BOLETÍN JUDICIAL N° 134 DEL 13 DE JULIO DEL 2021
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR N° 150-2021
ASUNTO: Sentencias
dictadas objeto de inscripción en el Registro Civil.
A TODOS LOS DESPACHOS DE FAMILIA DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión Nº
47-2021 celebrada el 8 de junio de 2021, artículo LXII, dispuso comunicar a todos los despachos del país que conocen la materia de Familia, que por acuerdo
con el Registro Civil todas las sentencias judiciales que tienen algún efecto de aplicación en los registros de hechos vitales y civiles incluyendo todas las relativas a temas filiatorios deberán de ser comunicadas de oficio por los despachos al correo electrónico ejecutorias@tse.go.cr
habilitado para tales efectos.
Asimismo, se habilitó el correo electrónico
mandamientos@tse.go.cr con la finalidad de recibir y enviar solicitudes de certificaciones
y estudios registrales, que
sean requeridos por los juzgados como parte
de procesos judiciales. Finalmente, a efecto
de recibir y dar curso, por parte del ente registral a los trámites de nulidades e inexistencias de matrimonios, las sentencias deberán ser comunicadas de oficio al correo:
sentenciasjudiciales@tse.go.cr.
San José, 2
de julio de 2021.
Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021565218 ).
HACE SABER:
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional y al Registro Civil y a toda
la ciudadanía en general,
que en el Proceso Disciplinario Notarial Nº
17-001042-0627-NO, de Laura Marcela Rodríguez Morera
contra Eduardo Gamboa Rojas (cédula de identidad 2-0321-0564), este Juzgado mediante resolución de las diecisiete
horas veintiséis minutos
del siete de julio de dos
mil veintiuno, dispuso dejar sin efecto la publicación del edicto divulgado en el
Boletín Judicial Nº 128 del cinco de julio del dos mil veintiuno. Notifíquese.
San José, 07
de julio del 2021.
M.Sc.
Juan Carlos Granados Vargas,
Juez.
1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021565206 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan De Dios Santana
Sirias 155800919615, fallecido el 27 de agosto del año 2019, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 21-000002- 1564-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000002-1564-LA. Por a favor de Juan de Dios Santana Sirias.—Juzgado Contravencional de la Cruz (Materia
Laboral), 21 de mayo del año 2021.—Licda. Seilin
Yadira López González, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021565211
).
Lic. Francisco
Daniel González Sibaja, Juez
del Juzgado Contravencional
de La Cruz, (Materia Laboral), hace saber: se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Francisco Vega López, cédula identidad N° 0501740753, fallecido
el 03 de diciembre del
2007, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación prestaciones de trabajador fallecido bajo el N° 21-000003-1564-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000003-1564-LA.—Juzgado Contravencional de la Cruz, (Materia Laboral), 23 de marzo del 2021.—Lic. Francisco Daniel González Sibaja,
Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021565212 ).
Lic. Francisco
Daniel González Sibaja Juez
del Juzgado Contravencional
de La Cruz (Materia Laboral), hace saber: se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manuel Arias Mata, cédula identidad 0800410991, fallecido el 04 de setiembre del año 2020, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación Prestaciones de Trabajador Fallecido bajo el N°
21-000006-1564-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000006-1564-LA.—Juzgado Contravencional
de La Cruz (Materia Laboral), 21 de abril del 2021.—Lic. Francisco Daniel
González Sibaja, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565213
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Felicia del Carmen Martínez Castro N° 0502330924, fallecida el 15 de junio del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000007-1564-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000007-1564-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias Vida Plena a favor de Felicia del Carmen
Martínez Castro.—Juzgado Contravencional
de la Cruz (Materia laboral), 19 de mayo del año 2021.—Licda. Natalia Orozco
Murillo, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565214 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Francisco Rivera Morales, mayor,
pensionado, casado, vecino
de Grecia, fallecido el veintisiete de junio del dos mil siete, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 21-000177-1113-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Laboral), 22 de junio del año 2021. Promovido por Diego
Rivera Miranda cédula 01-1256-0392.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021565216 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Gerardo Obando Calvo mayor, casado, funcionario del Ministerio de Salud, cédula de identidad 501870425, quien fue vecino de Cañas,
fallecido el 21 de mayo del
año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. Prest.
Sector público bajo el Número 21-000195-1557-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000195-1557-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias del Banco Popular a favor de Mario Gerardo
Obando Calvo.—Juzgado
Civil y Trabajo de Cañas
(Materia Laboral), 06 de julio del año 2021.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021565220 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de José Alonso Salazar
Villanueva, mayor, casado, educador,
con cédula de identidad uno-mil doscientos
ochenta y cuatro-cero novecientos seis, vecino de San
José, Pérez Zeledón, General, La Linda, cien metros este de la escuela, fallecido el 07 de junio del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el Número 21-000306-1125-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 21-000306-1125-LA. Por Maureen Zelmira Quesada Solís a favor de José Alonso Salazar Villanueva.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 08 de julio
del 2021.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021565222 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Guillermo Berrocal
Mora, quien era mayor, casado
una vez, de 72 años, cédula
de identidad número1-0367-0709, pensionado por invalidez, quien falleció el 8 de julio de 2020, vecino de San Luis
de Turrubares, 50 metros sur de la escuela, fallecido el 18 de julio del año 2020, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones,
bajo el Número
21-000015-1529-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 21-000015-1529-LA. Por a favor de
Guillermo Berrocal Mora.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Puriscal
(Materia Laboral), 19 de abril del 2021.—Lic. Jeffry García Soto, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021565261 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hernán Sandí Hernández, persona fallecida, quien fue mayor, casado una vez, cédula de identidad N°
0102340920, vecino de San Pablo de Turrubares, un kilómetro al sur de la plaza de deportes, casa de color blanca y falleció el 31 de octubre del año 2020. Que se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones,
bajo el número
21-000050-1529-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000050-1529-LA.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Puriscal (Materia laboral),
23 de abril del año 2021.—Lic. Jeffry García Soto, Juez(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565262 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Maxine Elizabeth Herra
Alfaro 0108400397, fallecido(a) el
07 de febrero del año 2021,
vecino de Puriscal se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Privado bajo el
Número 21-000067-1529-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000067-1529-LA. A
favor de Maxine Elizabeth Herra Alfaro.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Puriscal (Materia Laboral), 18 de junio del año 2021.—Lic. Jeffry García Soto, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021565263 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Aurea Monge Robles Aurea Monge Robles quien fue mayor, soltera, pensionada, portadora de la cédula
de identidad N° 1-0305-0403, vecina
de Santiago de Puriscal, Barrio San Isidro y falleció el 04 de junio del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-000072-1529-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000072-1529-LA. Por Shirley Brenes Monge a favor de Aurea Monge Robles.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Puriscal (Materia Laboral), 05 de julio del año 2021.—Lic. Jeffry García Soto, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021565264 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Axel Delroy Moreno González, 0702540994, fallecido el 25 de mayo
del año 2020, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Número
21-000111-1342-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000111-1342-LA. Por a
favor de Axel Delroy Moreno González.—Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil Y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia
Laboral), 10 de junio del año 2021.—Lic. José Alfredo Sánchez González,
Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021565265 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Bryan Quirós Santana quien
fue mayor, con cédula de identidad
0111490231 y falleció el 04
de abril del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número
21-000866-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente Nº 21-000866-0505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 18 de mayo del año 2021.—M.Sc. María Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565267 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de: Kenya Cristina Orozco González, 0401660302, fallecido el 21 de noviembre del 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número
21-001021-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001021-0505-LA. Por
Carlos Alonso Hernández Jiménez a favor de Kenya Cristina Orozco González.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 31 de mayo del 2021.—Msc. Francisco José Quesada Quesada, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565268 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Lelia Bertilia Brenes Elizondo,
0109090954, fallecida el 11
de mayo del año 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-001065-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-001065-0505-LA. Por Oscar Rafael
Sanabria Núñez a favor de Lelia
Bertilia Brenes Elizondo.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 25 de junio
del año 2021.—Lic. José
Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021565269 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gustavo Alonso Céspedes
Orozco 0205690206, fallecido el
13 de mayo del año 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número
21-001083- 0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001083-0505-LA. por M
& D Pharma Costa Rica Sociedad Anónima a favor de
Gustavo Alonso Céspedes Orozco.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 21 de junio del año
2021.—Lic. Oscar Mario Segura Rodríguez. Juez de Trabajo de Heredia.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021565270
).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Jorge Luis de Jesús Hernández Orozco quien fue mayor, casado, pensionado, cédula de identidad
N° 0401030614 y falleció el
13 de marzo de 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número 21-001102-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-001102-0505-LA. En favor de los beneficiarios de
Jorge Luis de Jesús Hernández Orozco.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 11 de junio del año
2021.—Lic. Óscar Mario Segura Rodríguez, Juez de Trabajo de Heredia.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565271
).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Ronny Alberto de Jesús Villegas Salas,
0401480371, fallecido el 31
de mayo del año 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-001227-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente Nº 21-001227-0505-LA. Por Bridgestone de
Costa Rica Sociedad Anónima a favor de Ronny Alberto
de Jesús Villegas Salas.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 28 de junio
del año 2021.—Lic. José
Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565272 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: María Isabel Chaves Rodríguez, quien
portó la cédula de identidad
número seis doscientos diecisiete trescientos cuarenta y ocho, fallecida el veinticinco
de junio del dos mil dieciséis,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación Prestaciones del
Sector Público bajo el número de expediente
21-000111-1125-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez
en el Boletín
Judicial libre de derechos. Expediente N°
21-000111-1125-LA. Por a favor de María
Isabel Chaves Rodríguez.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Laboral), 17 de marzo del 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565314 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alexánder Ortega Carmona con cédula
de identidad N° 0602570168, quien
fue mayor, soltero, laboró para Limofrut Sociedad Anónima y falleció el 19/05/2021; se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-000390-0679- LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000390-0679-LA. Por Limofrut Sociedad Anónima, a
favor de Alexánder
Ortega Carmona. Notifíquese.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 29 de junio del año 2021.—Lic. Max Alberto Alpízar Solórzano, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565315 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En el Despacho
del suscrito notario Juan
Carlos Radulovich Quijano, el
cual se encuentra ubicado en Limón, Pococí, Guápiles, de Correos de Costa Rica, cincuenta
metros al este, edificio
Mil Novecientos Setenta y Nueve, primera planta. Con una
base de ocho millones ochocientos setenta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo C156453, marca: Freigthliner, estilo: FLD ciento veinte Classic Xl, categoría: tracto camión (carga pesada), capacidad: dos personas,
chasís: uno F U P C S Z B nueve
y D B ocho ocho cinco ocho seis, serie/Vin: uno F U P C S Z B nueve
y D B ocho ocho cinco ocho seis, carrocería: cabezal o tracto camión, tracción: seis x cuatro, color:
celeste, año de fabricación:
dos mil, marca de motor: Detroit, número
de motor: cero seis r cero cinco cero cero nueve seis ocho, combustible: diésel, cilindrada: doce mil setecientos centímetros cúbicos, cilindros: seis. Para tal efecto se señalan
las diez horas del veinte
de agosto del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del tres de setiembre de dos mil veintiuno con la base de seis millones
seiscientos cincuenta y siete mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del veinte de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de dos millones doscientos
diecinueve mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de la sociedad acreedora del presente proceso. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
extrajudicial de ejecución prendaria
de 3-102-781179 Sociedad de Responsabilidad Limitada contra José Alfredo Rodríguez Salas. Expediente Nº cero uno-dos mil veintiuno-EEJ.—08 de julio del año 2021.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario Ejecutante.—(
IN2021564810 ).
En este despacho,
con una base de veintiséis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de limón, matrícula número treinta y ocho mil novecientos cincuenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, avenida con 15 m de frente; al sur, Ernesto Murillo Alfaro; al este, Flor Ibeth Fuente Murillo y
al oeste, Ernesto Murillo Alfaro. Mide:
Doscientos noventa y nueve metros con setenta y siete decímetros cuadrados, plano l-0697888-1987.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del
dos de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de diecinueve millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de seis millones quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Gerardina del Carmen Delgado Vargas. Expediente N° 20-001348-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 29 de junio del año 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez
Decisor.—( IN2021564816 ).
En este Despacho,
con una base de veinticuatro millones
treinta y seis mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
403-09154-01-0902-001, servidumbre de líneas eléctricas y
de paso citas: 414-18109-01-0001-001, hipoteca legal ley 9024 citas:
2017-536845-01-0381-001; sáquese a remate la finca
del Partido de Guanacaste, matrícula N°
16087-F-derecho 000, la cual es villa número ochenta y cuatro tipo D, destinada a Condohotel, en proceso de construcción. Situada
en el distrito
3-Sardinal, cantón
5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: noreste: área común de antejardín noroeste: área común de zona verde cuatro; sureste: villa número ochenta y tres; suroeste: área común de acceso
siete. Mide: doscientos metros con treinta decímetros cuadrados, valor porcentual:
0.64. Plano: no se indica. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil
veintiuno, con la base de dieciocho
millones veintisiete mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de seis millones
nueve mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Condohotel Costa
Cacique contra Neo Huasteca Sociedad Anónima. Expediente N° 15-001879-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz).
Hora y fecha de emisión: veintiún horas
con veintinueve minutos del
veintiuno de junio del dos
mil veintiuno.—Hannia Núñez
Rodríguez, Jueza.—( IN2021564848 ).
En este Despacho, con una base de ciento treinta y un millones
novecientos treinta y dos mil doscientos colones exactos, soportando
servidumbre trasladada citas: 293-19503-01-0901-002, servidumbre de aguas
pluviales citas: 483-06024-01-0005-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
497-04578-01-0002-001, servidumbre de cloaca citas: 497-04578-01-0003-001,
servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas: 576-87464-01-0001-001 e
hipoteca i grado citas: 2009-268101-01-0003-001, sáquese a remate la finca del
partido de Heredia, matrícula número sesenta y nueve mil ochocientos treinta y
cinco - f - cero cero cero
(69835-F-000), la cual es terreno naturaleza: finca filial dieciséis de dos
plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el
distrito 1- San Pablo, cantón 9-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, Desarrollos Nicolas S. A.; al sur, área común calle interna; al este,
finca filial número quince y al oeste, finca filial número diecisiete. Mide:
doscientos cincuenta y dos metros con setenta decímetros cuadrados, plano:
H-1280425- 2008. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del
tres de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas quince minutos del once de agosto de dos mil
veintiuno con la base de noventa y ocho millones novecientos cuarenta y nueve
mil ciento cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas quince minutos
del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno con la base de treinta y dos
millones novecientos ochenta y tres mil cincuenta colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal
Residencial Comercial El Tirol contra Keydos Persa
SRL EXP:19-011246-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 18 de enero del año 2021.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza
Tramitadora.—( IN2021564858 ).
En este Despacho, con una base de noventa
y cuatro millones trescientos setenta y siete mil setecientos dos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas: 315-14370-01-0901-001, reservas
ley caminos, citas:
321-09756-01-0004-001, servidumbre de paso,
citas:571-07693-01-0001-001; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número cincuenta y siete mil novecientos cincuenta y cinco F, derecho 000,
la cual es terreno finca
filial primaria individualizada
número cuatro apta para construir la cual se destinara a uso habitacional y podrá tener una altura máxima de dos plantas. Situada en el Distrito 1-Jacó, Cantón
11-Garabito, de la Provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste juegos infantiles; al noroeste finca filial primaria individualizada número tres; al sureste finca filial primaria individualizada número cinco y al suroeste calle pública. Mide: doscientos treinta y un metros con veintiséis
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del trece de enero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiuno de enero de dos mil veintidós con la
base de setenta millones setecientos ochenta y tres mil doscientos setenta y siete colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintidós con la
base de veintitrés millones
quinientos noventa y cuatro mil cuatrocientos veintiséis colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
N.E.I. Costa Rica Limitada contra Las Nubes Davenport CO Sociedad Anónima.
Expediente Nº:19-006037-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 31 de mayo del año 2021.—Luis
Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(
IN2021564861 ).
En este Despacho, con una base de
seis millones cuatrocientos
treinta y ocho mil setecientos diecinueve colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 374, asiento 0018742; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 373746, derecho
001, 002, la cual es terreno
para construir con 1 casa Nº 17-A. Situada en el
distrito Ipís, cantón Goicoechea,
de la provincia de San José: Colinda:
al norte, Invers Quesada y Campos S.A.; al sur,
Invers Quesada y Campos S.A.; al este, calle pública y al oeste, Luis Eduardo
Chinchilla Gutiérrez. Mide: ciento
treinta y dos metros con quince decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veintiséis
de agosto de dos mil veintiuno
con la base de cuatro millones
ochocientos veintinueve mil
treinta y nueve colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de un millón seiscientos
nueve mil seiscientos setenta y nueve colones con noventa y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Johora María Torres Jiménez, Rafael Enrique Ulloa Campos. Expediente
Nº 13-009620-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de mayo del año
2021.—Johnny Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021564889 ).
En este despacho, con una base de once millones
setecientos ochenta y nueve mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
310039-000, la cual es terreno
de agricultura lote 4.- Situada en el
distrito 2-Mercedes Sur, cantón
4-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cupertino Rubí; sur, Manuel Rubí; este, carretera oeste, calle. Mide:
tres mil haber novecientos sesenta y cuatro metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas y cero minutos del dieciocho
de octubre del año dos mil veintiuno. De no postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos
del cinco de noviembre del año dos mil veintiuno con la base
de ocho millones ochocientos cuarenta y dos mil trescientos noventa colones con noventa y cuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos
del quince de noviembre del año
dos mil veintiuno con la base de dos millones novecientos cuarenta y siete mil cuatrocientos sesenta y tres colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rafael
Emilio Artavia Agüero. Expediente
N° 19-006030-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 11 de junio del año 2021.—Cristian Mora
Acosta, Juez Tramitador.—(
IN2021564890 ).
En este Despacho,
con una base de ochocientos mil dólares
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
309-02727-01-0901-001; sáquese a remate la finca del
Partido de San José, matrícula N° 210011, derecho
000, la cual es terreno
para construir con una bodega, comedor
y vestidores. Situada en el distrito
6-San Francisco De Dos Ríos, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda:
al norte: Atlantis Costarricense
S. A.; al sur: Robert Alke de Costa Rica LTDA; al este: Servicios Unidos S. A., y
al oeste: calle pública. Mide: mil setecientos cincuenta y nueve metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del veintisiete
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del seis de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de seiscientos mil dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del veinte de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de doscientos
mil dólares exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Internacional de Costa Rica contra Inmobiliaria CAL Roca Sociedad Anónima.
Expediente N° 21-006349-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de junio del
2021.—Alonso Chaves Ledezma, Juez
Decisor.—( IN2021564895 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve millones cuatrocientos mil
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas: 312-02771-01-0043-001, servidumbre de paso bajo las
citas: 2018-682565-01-0001-001 y servidumbre de paso bajo las citas: 2018-
682565-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 343.550-000, la cual es terreno lote n.2, terreno para
construir. Situada en el distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San Ramon, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ramon Ureña Bolaños; al sur, calle
publica; al este, servidumbre en medio de lote tres y al oeste, lote uno.- Mide: doscientos noventa y nueve metros con cuatro
decímetros cuadrados, Plano: A- 0538430-1999. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas cero minutos del doce de agosto de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del
veinte de agosto de dos mil veintiuno con la base de catorce millones
quinientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero
minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno con la base de cuatro
millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Rolando Agustín Pérez Villalobos contra
Inversiones Aledan del Norte Sociedad Anónima.
Expediente N° 20-002976- 1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de noviembre del año
2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021564897 ).
En este Despacho, con una base de
once millones cuatrocientos
cuarenta y cuatro mil seiscientos sesenta y seis colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paja de agua citas:
332-17891-01-0002-001, citas: 332-17891-01-0900-001
Condic. limita ref.: 2839-071-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
trescientos seis mil quinientos
cincuenta y cinco, derecho
cero cero cero, la cual es terreno de cafetal y
potrero. Situada en el distrito: 07-Pejibaye, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte,
Raúl Naranjo Morales; al sur, Carlos Luis Naranjo Cordero; al este, servidumbre de uso agrícola de 7 mts. en medio Raúl Naranjo Morales y Francisco Naranjo Abarca y al oeste, yurro en medio Nicasio Varela Carranza. Mide: cuatro mil setecientos setenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del doce de agosto de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones quinientos ochenta y tres mil quinientos colones con veintitrés céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de agosto de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
ochocientos sesenta y un
mil ciento sesenta y seis colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos
para la Educación (CONAPE) contra Emmanuel Eugenio
Naranjo Abarca. Expediente
Nº 21-001950-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y cinco minutos del once de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—(
IN202564901 ).
En este Despacho, con una base de treinta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cinco dólares con treinta y cuatro centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas GSM912, Marca:
Hyundai, Estilo: Santa Fe GLS, Categoría:
automóvil, Capacidad: 7
personas, Serie: KMHSU81CDGU542140. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas cuarenta y cinco minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de veinticinco mil noventa
y un dólares con cincuenta
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de ocho
mil trescientos sesenta y tres dólares con ochenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa Sociedad Anónima
contra Marco Vinicio Sáenz Barquero.
Expediente Nº:19-017755-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 27 de junio del año 2021.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2021564932 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete
millones doscientos noventa y dos mil quinientos sesenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería
citas: 345-19246-01-0309-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos dieciocho mil seiscientos catorce, derecho, la cual es terreno para construir con una casa N° 348. Situada en el
distrito Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, alameda 1; al sur, lote
345 y 344; al este, lote
349; y al oeste, lote 347. Mide: ciento quince metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiuno de setiembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintinueve
de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de veinte millones
cuatrocientos sesenta y nueve mil cuatrocientos veintitrés colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del siete de octubre del dos mil veintiuno, con la base de seis millones
ochocientos veintitrés mil ciento cuarenta y un colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Instituto Costarricense de Electricidad
contra Jorge Espinoza González. Expediente
N° 17-005622-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Primera, 25 de junio del 2021.—Licda. María
Sophia Ramírez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2021564952 ).
En este Despacho,
con una base de siete millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo TAX PA 000054, marca:
Toyota, estilo: Corolla XLI, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, serie: JTDBJ41E40J001864, carrocería: Sedan, 4 puertas,
tracción:4x2, número chasis:
JTDBJ41E40J001864, año fabricación:
2009, color: anaranjado. Para tal
efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de noviembre de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil veintiuno, con la base de un millón
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Luis
Fernando Bogantes Herrera contra Taxis Unidos Aeropuerto Internacional Juan
Santamaría Sociedad Anónima. Expediente
N° 21-002760-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 11 de marzo del 2021.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza
Decisora.—(
IN2021564962 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve mil seiscientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones IDA citas:
404-10100-01-0809-002 servidumbre de paso citas: 563-08752-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil ochocientos setenta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 11-Cóbano, cantón 1-Puntarenas,
de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, José López López; al sur, calle pública con un frente
a ella de 27,04 metros; al este, José
López López y al oeste, Jose
López López. Mide: setecientos diecisiete metros con
cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano:
P-1042861-2005. Para tal efecto,
se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del catorce de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de catorce mil setecientos
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de cuatro mil novecientos
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra All Things Possible S. A., Leslie Alfred
Derrick III N/A. Expediente Nº 21-002793-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 30 de abril
del año 2021.—Licda. Anny
Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021564964 ).
En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 0378-00007212-01-0952-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos ocho mil tres, derecho 000, la cual es terreno de jardín, patio y casa. Situada: en el
distrito 04 San Rafael, cantón
02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rafael Ángel Romero Romero y María Irene González Rojas; al sur, Rafael Ángel Romero Romero; al este, Rafael Ángel Romero Romero, y al oeste,
calle pública. Mide: mil trescientos ochenta y dos metros con cero decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del nueve de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas quince minutos del diecisiete
de agosto del dos mil veintiuno,
con la base de nueve millones
de colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas quince minutos del veinticinco de agosto del dos mil
veintiuno, con la base de tres
millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio dinerario de Cooperativa de Servicios Múltiples de
Esparza Responsabilidad Limitada
contra Marco Vinicio Martínez Monge. Expediente N°
15-002579-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 16 de marzo
del 2021.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021564965 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos setenta y seis mil ciento sesenta y nueve colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
125.772-000, la cual es terreno
de repasto. Situada en el distrito:
05-Venecia, cantón: 10- San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Aracelly Zúñiga Vargas;
al sur, calle pública con un frente
a ella de 28.37 mts lineales; al este, José Zúñiga Alvarado y al oeste, Álvaro Ruiz Valverde y Mainor Valverde Zamora. Mide: tres mil cuatrocientos cincuenta y seis
metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Plano:
A-1025585-2005. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
trescientos treinta y dos
mil ciento veintisiete colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de un millón cuatrocientos
cuarenta y cuatro mil cuarenta y dos colones con cuarenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Ciudad Quesada contra José Luis Zúñiga Vargas. Expediente N°
20-001566-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 08 de marzo del año 2021.—Lic. Viviana Salas
Hernández, Jueza Decisora.—( IN2021564966 ).
A las quince horas del quince de julio del año dos mil veintiuno, en la puerta exterior que ocupa este Juzgado,
al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la
base de nueve millones doscientos cuarenta y siete mil seiscientos colones netos (¢9.247.600), remataré la finca de la Provincia
de Alajuela, matrícula de folio real 424372-000, naturaleza: Terreno con una casa,
situado en el distrito 13-Pocosol, cantón 10-San Carlos, de la Provincia
de Alajuela. Linderos: Norte, Unifar
Sociedad Anónima; sur, Unifar
Sociedad Anónima; este, Unifar Sociedad Anónima; oeste, calle pública
con un frente de doce
metros, cuatro centímetros lineales, plano A--1013749-2005,
con una medida de doscientos
ochenta y dos metros con treinta
y ocho decímetros cuadrados; no se indica antecedentes
debe de consultarse en el folio microfilmado de la Provincia de Alajuela número
424372. Propietaria: Elizabeth Heitmann
Agüero, estimación o precio: un millón quinientos mil colones, dueño: de dominio, presentación: 2021-00277711-01, fecha
de inscripción: 28-04-2021. Anotaciones
sobre la finca: No hay. Gravámenes
o Afectaciones: Si hay: Reservas
y restricciones citas
0398-00008302-01-0900-001, finca de referencia
2268090-000 y afecta finca 2-00268090-000, anotaciones del gravamen: No hay. Otros:
Servidumbre de paso, citas:
0455-00003831-01-0005-001, Finca referencia:
2268090-000, inicia: 3 de junio
1998. Anotaciones del gravamen: No hay. En caso de que el primer remate fracase, la segunda venta será
realizada a las Quince horas del veintinueve
de julio del año dos mil veintiuno, con la misma base, sea
la suma de nueve millones doscientos cuarenta y siete mil seiscientos colones netos (¢9.247.600) sin rebajas; y
en caso de su fracaso, la tercera venta será
realizada a las quince horas del dieciocho
de agosto del año dos mil veintiuno, con la misma base sea
la suma de nueve millones doscientos cuarenta y siete mil seiscientos colones netos (¢9.247.600) sin rebajas. Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho; lo anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Por haberse ordenado
así en el
Proceso de Ejecución de Sentencia, Expediente N°
10-400566-0924FA, de Nuria Vargas Álvarez contra Johnny Eduardo Monge Castro.—Juzgado de
Familia de San Carlos, 03 de junio del año 2021.—Licda. Katerine Andrea Vargas Leal, Jueza.—( IN2021564967 ).
En este Despacho, Con una base de cuarenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 351-06277-01-0909-001; sáquese
a remate la finca del Partido de San José, matrícula número trescientos veintiséis mil ochocientos ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 6-San Francisco, cantón 1-San José
de la provincia de San José. Colinda:
al norte: resto para calle pública; al sur: Rio Tiribì; al este: Compañía Agropecuaria la Cabaña S. A.; y al oeste:
Compañía Agropecuaria la
Cabaña S. A. Mide: doscientos
veinticinco setenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del doce de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veinte de agosto de dos
mil veintiuno, con la base de treinta
millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del treinta
de agosto de dos mil veintiuno,
con la base de diez millones
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Tatiana María De Lemos Chavarría. Expediente N°
18-008976-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 14 de junio
del 2021.—Licda. Daisy Alejandra Hidalgo Arias, Jueza.—(
IN2021564969 ).
En este despacho, con una base de tres millones seiscientos
ochenta y ocho mil setecientos setenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 846180, marca: Hyundai, año: 2006, color:
verde, VIN: KM8JM12B56U411811, estilo:
Tucson. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del doce de agosto de dos mil veintiuno con la base de dos millones
setecientos sesenta y seis
mil quinientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno con la base de novecientos
veintidós mil ciento noventa y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Christian Mauricio Cordero Arroyo contra Ligia Jiménez Reyes. Expediente N° 17-007535-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 28 de mayo del año 2021.—Tadeo Solano Alfaro, Juez.—(
IN2021564971 ).
En este Despacho, con una base de doscientos setenta y ocho millones ochocientos
diecisiete mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando pero soportando servidumbre trasladada anotadas bajo las citas 390-3380-01-0901-001 y 390-3380-01-0902-001 y servidumbre de acueducto y de
paso de a y a anotada bajo las citas
2010-298088-01-0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
N° 63075-F-000, derecho,
la cual es terreno filial treinta y tres-dos C terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional en el cual
no se podrá construir más de dos niveles. Situada en el
distrito 03 Sánchez, cantón
18 Curridabat, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
acceso doce; al sur, servidumbre pluvial; al este, filiales treinta y cuatro U y cuarenta y cuatro U, y al oeste, acceso doce y servidumbre
pluvial. Mide: ochocientos cincuenta y nueve metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del quince de setiembre
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas cero minutos
del veintitrés de setiembre
del dos mil veintiuno, con la base de doscientos nueve millones ciento doce mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del
uno de octubre del dos mil veintiuno,
con la base de sesenta y nueve
millones setecientos cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra María Adriana Ortíz Álvarez. Expediente Nº 19-004018-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 24 de junio del 2021.—Johnny Esquivel Vargas, Juez
Tramitador.—( IN2021564973 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo privilegiado en razón del proceso
alimentario tramitado mediante expediente N° 11-000598-0625-PA de Daniel Isaac
Delgado Arias contra Salvador Delgado Serrano, según resolución del Juzgado Pensiones del dieciséis de setiembre de dos mil veinte, en favor de Daniel Isaac Delgado Arias por la suma de trece millones
novecientos dos mil novecientos
colones (13.902.900) y en
favor de la señora Lidieth
Arias Elizondo por la suma de treinta
y ocho millones setecientos cuarenta mil trescientos cuarenta y siete colones (38.740.347); a las
diez horas treinta minutos del veinte de agosto de dos mil veintiuno y con
la base de seis millones novecientos
treinta y un mil novecientos
treinta colones cada una de las acciones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: cincuenta acciones debidamente repuestas por el secretario, numeradas del 1 al 50
y depositadas en este despacho, que conforman el total del capital
social de la persona jurídica
Inversiones Delgaser S.A.,
cédula jurídica N° 3-101-141510. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones ciento noventa y ocho mil novecientos cuarenta y ocho colones (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veintiuno, con
la base de un millón
setecientos treinta y dos
mil novecientos ochenta y
dos colones (un veinticinco
por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución de sentencia de Lidieth Arias Elizondo contra Salvador Delgado Serrano, expediente N° 09-001477-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 15 de
junio del año 2021.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza Tramitadora.—(
IN2021564975 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de veintiún millones doscientos sesenta y ocho mil quinientos cuarenta colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas:
303-04673-01-0901-001, reservas y restricciones,
citas: 309-02129-01-0901-001, servidumbre
trasladada, citas:
311-02623-01-0901-001, servidumbre de paso,
citas:417-02042-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales, citas: 449-16186-01-0001-001, servidumbre
de aguas pluviales, citas: 450-13821-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos ochenta y ocho mil setecientos cuarenta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir, bloque I, lote cinco, con una casa de habitación.
Situada en el distrito cero uno, Quesada, cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 4; al sur, lote 6; al este, calle pública con un frente de 7,99 metros lineales y
al oeste, lote 15. Mide: ciento sesenta
y ocho metros con setenta y
un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de quince millones novecientos
cincuenta y un mil cuatrocientos
cinco colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos
mil veintiuno con la base de cinco
millones trescientos diecisiete mil ciento treinta y cinco colones con veintiún céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. “Se recuerda a las partes en el proceso
lo dispuesto en el párrafo tercero
del artículo 159 del Código Procesal
Civil y a saber “El postor, para participar,
debe depositar el cincuenta por ciento (50%) de la
base, en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal,
cheque certificado de un banco costarricense
o cualquier mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de lo ofrecido deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del original, para lo cual
deberán tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con la diligencia señalada”.
Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Héctor Luis Montes Corrales, Shirlene
González Valverde. Expediente Nº 18-007552-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 16 de junio
del año 2021.—Carlos Alberto Marín Angulo, Juez.—( IN2021564977 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos trece mil trescientos un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa
796352. Marca: Jeep. Estilo: Wrangler. Categoría: automóvil.
Capacidad: 4 personas. año fabricación: 2008. color: verde.
Vin: 1J4FA54138L553964. N° Motor: N/A. cilindrada: 3800
c.c. combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno con
la base de cuatro millones trescientos cincuenta y nueve mil novecientos setenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre del
dos mil veintiuno, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y tres mil trescientos veinticinco colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Luis
Róger
González Corrales contra Johan Reinerio Alfaro
Gutiérrez. Expediente N° 18-032766-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 15 de marzo
del 2021.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(
IN2021564978 ).
A las nueve horas del seis de agosto
del dos mil veintiuno, en
la puerta exterior del local que ocupa
este Juzgado, en el mejor
postor remataré la siguiente finca hipotecada: libre
de gravámenes hipotecarios,
soportando servidumbre de
paso bajo las citas 506-05993-01-0001-001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas
2009-84839-01-0002-001, con la base de veintidós millones quinientos mil colones, la finca inscrita en propiedad al partido de Alajuela matrícula número cuatrocientos setenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y siete-cero cero cero, que es lote dos terreno de repastos, situado en el distrito
nueve, La Palmera del cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linderos:
al norte, lote 1 y Juan
Castro Blanco Dude Ranch & Resort; al sur, lote
3; al este, Juan Castro Blanco Dude Ranch &
Resort y al oeste, servidumbre
agrícola con un frente de
42.62 metros lineales. Plano A-1395736-2010. Propietario Juan Castro Blanco Dude Ranch & Resort
Sociedad Anónima. Mide: cinco mil seiscientos noventa y siete metros cuadrados. En caso
de resultar fracasado el primer remate, para la segunda
subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base
original, sea la base de dieciséis millones ochocientos setenta y cinco mil colones, remataré la finca del Partido
de Alajuela matrícula número
cuatrocientos setenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y siete-cero cero cero, para lo cual se señalan nueve horas del dieciséis de agosto del dos mil veintiuno. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco
por ciento de la base original, sea la cinco millones seiscientos veinticinco mil colones, base de remataré la
finca del Partido de Alajuela matrícula número cuatrocientos setenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y siete-cero cero cero, para lo cual se señalan nueve horas del veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno. Lo
anterior por estar así ordenado en proceso
de ejecución de Banco Nacional de Costa Rica, representado por el Lic. Freddy Antonio Rojas López en
su condición de su apoderado especial judicial
contra J.C.B Fauna y Lora S.A. y Juan Castro Blanco Dude Ranch & Resort
S.A. Expediente N° 20-003079-1202-CJ. Razón: publicar 2 veces consecutivas en el Boletín
Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 08 de julio
del 2021.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021564980 ).
En este Despacho,
con una base de dieciocho mil trescientos
cincuenta y un dólares con diez centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: MJB241, marca: KIA, estilo: Sportage, categoría: automóvil, capacidad: 5 pasajeros, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, año: 2017, color: rojo. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de julio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del seis de agosto del
dos mil veintiuno, con la base de trece
mil setecientos sesenta y tres dólares con treinta y tres centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno, con la base de cuatro
mil quinientos ochenta y siete dólares con setenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Natalia Francisca Morera
Rodríguez. Expediente N° 19-005583-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 19 de abril del 2021.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2021564989 ).
En este Despacho, con una base de diez mil ochenta y siete dólares con veinte centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BNS411.
Marca: Geely. Estilo: GC2. Categoría: Automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería:
Sedan 4 puertas HATCHBACK. Tracción:
4X2. Año Fabricación: 2017.
Uso: Particular. Color: Negro. Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las quince
horas cero minutos del treinta
de julio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del diez de agosto de dos
mil veintiuno con la base de siete
mil quinientos sesenta y cinco dólares con cuarenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del dieciocho de agosto de
dos mil veintiuno con la base de dos mil quinientos veintiún dólares con ochenta centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Gloribel Nathaly Medina Contreras. Expediente
Nº:19-005321-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: veintidós horas
con treinta y uno minutos
del quince de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Raquel Machado Fernández, Jueza.—( IN2021564991 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve mil doscientos ocho dólares con cincuenta y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: CL 329913, marca:
Nissan, estilo: Frontier, categoría:
categoría liviana, capacidad: 5 personas, carrocería: camioneta
Pick-Up, caja abierta o campu, tracción: 4X4, Vin:
3N6CD33BXGK805715, cilindrada: 2500 c.c. Para tal efecto se señalan
las nueve horas cero minutos
del veintiocho de julio de
dos mil veintiuno. De no haber
postores el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del nueve de agosto de dos
mil veintiuno, con la base de veintiún
mil novecientos seis dólares
con cuarenta y un centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de siete mil trescientos
dos dólares con trece
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José Sociedad Anónima contra
Daniel Segura Solís. Expediente
N° 17-009834-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago. Hora y fecha de emisión:
trece horas con cincuenta y
dos minutos del siete de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021564992
).
En este Despacho, con una base de ciento doce millones
quinientos ochenta y dos
mil doscientos sesenta y
seis colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones, citas: 296-11428-01-0901-001; reservas
y restricciones, citas:
351-17138-01-0900-001; reservas y restricciones,
citas: 351-17138-01-0901-001; reservas
y restricciones, citas:
351-17138-01-0902-001; reservas y restricciones,
citas: 351-17138-01-0903-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número sesenta y dos mil ochocientos noventa y uno F, derecho 000, naturaleza:
finca filial cuarenta y siete
identificada como Q-dos de
una planta ubicada en el segundo destinada
a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito 1-Jacó, cantón
11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, vacío sobre área
construida destinada a vestíbulo, escaleras; al noroeste vacío sobre
área común libre destinada a zona verde; al sureste vacío sobre
área común libre destinada a zona verde y a circulación peatonal y área recreativa y al suroeste vacío sobre área común
libre destinada a zona verde.
Mide: ciento ochenta y seis metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas veinticinco minutos
del cinco de agosto de dos
mil veintiuno con la base de ochenta
y cuatro millones cuatrocientos treinta y seis mil seiscientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas veinticinco minutos del trece de agosto de dos mil veintiuno con la base de veintiocho
millones ciento cuarenta y cinco mil quinientos sesenta y seis colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
N.E.I. Costa Rica Limitada contra Sociedad Comercial Machago Sociedad Anónima. Expediente Nº
19-005072-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: quince horas
con cincuenta minutos del
seis de julio del dos mil veintiuno.—Luis
Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(
IN2021565002 ).
En este Despacho,
con una base de dos millones cuatrocientos
treinta y seis mil quinientos
veinticuatro colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 352-00479-01-0910-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 517.777-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Karla Cruz Soto; al sur, Efraín Vargas Brenes; al este, Miguel Martínez
Morales, y al oeste, calle pública con un frente a ella de 16 metros 65 centímetros lineales. Mide: seiscientos seis metros cuadrados, plano: A-1719602-2014.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de un millón ochocientos
veintisiete mil trescientos
noventa y tres colones con treinta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del dos de setiembre del
dos mil veintiuno, con la base de seiscientos
nueve mil ciento treinta y un colones con diez céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Nación GN S.A contra Distribuidora
Herrera Cruz del Norte S. A., Javier Francisco Herrera Chavarría. Expediente
Nº 19-005479-1338-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 25 de marzo del 2021.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021565109 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis millones colones exactos, soportando servid-convenio
ref:00062894-000 bajo las citas
0383-00000001-01-0900-001, paja de agua ref 00062894-000 bajo las citas
0383-00000001-01-0901-001, sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula
número 126440-000, la cual
es terreno naturaleza: p/construir con 1 casa. Situada en el distrito
(03) Orosi, cantón (02)
Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rafael Ángel Ortega Vega; al sur, camino
privado 1/ 2 Segifredo Mora; al este,
Hacoenda Cochi S.A. y al oeste, calle pública con 9.00. Mide: ciento sesenta
y cuatro metros con treinta
y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del dieciocho
de agosto de dos mil veintiuno
con la base de doce millones
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno con
la base de cuatro millones colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Corporación Barza Sociedad Anónima contra
Rafael Ángel Ortega Jiménez, Roxana Araya Chaves, expediente N° 20-008599-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, hora y fecha
de emisión: quince horas con siete
minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno.—Marcela
Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021565115 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones ochocientos noventa y siete mil trescientos noventa y tres colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHV963, Marca:
Hyundai, Estilo: Grand I10, Categoría:
automóvil,
Capacidad: 5 personas, color: gris,
año fabricación: 2015, Vin:
MALA851CAFM185277, cilindrada: 1200 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós, con
la base de tres millones seiscientos setenta y tres mil cuarenta y cuatro colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero del dos mil veintidós, con la base de un millón
doscientos veinticuatro mil
trescientos cuarenta y ocho colones con veintinueve céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados
de Holcim Costa Rica S. A. y Afines contra German
Enrique Castro Román.
Expediente N° 20-003419-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, 09 de abril del 2021.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—(
IN2021565133 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de diecinueve
millones novecientos noventa y cinco mil ochocientos cinco colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número 164388, derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir y potrero. Situada en el distrito
Colinas, cantón Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Ademar de Jesús Flores Vega; al sur, calle pública; al este, Ademar de Jesús Flores Vega; y al oeste,
Amalia Amador Picado. Mide: dos mil seiscientos cincuenta y nueve metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del tres de agosto del año dos mil veintiuno, con la base de diecinueve
millones novecientos noventa y cinco mil ochocientos cinco colones. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las ocho
horas del once de agosto del año
dos mil veintiuno, con la base de catorce
millones novecientos noventa y seis mil ochocientos cincuenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del diecinueve de agosto del año dos mil veintiuno, con la
base de cuatro millones novecientos noventa y ocho mil novecientos cincuenta y uno colones con veinticinco céntimos (un 25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ramón
Gerardo Campos Prendas. Expediente
99-100101-0442-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Osa
(Materia Civil), catorce horas con treinta y dos minutos del tres de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Maureen María
Robinson Rosales, Jueza Decisora.—( IN2021565137 ).
En este Despacho,
con una base de trece millones
cien mil colones exactos, soportando servidumbre sirviente
334-06978-01-0001-001 y Reservas de Ley de Aguas y Ley Caminos Públicos
424-10093-01-0162-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 250719, derecho 001-002, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 6-Pavones, cantón
5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente de
13.73 metros; al sur, resto reservado de Maryfuente S. A.; al este, servidumbre de paso en medio de
resto reservado de Maryfuente
S. A.; y al oeste, resto reservado
de Maryfuente S. A. Mide: trescientos setenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de setiembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintisiete
de setiembre del dos mil veintiuno
con la base de nueve millones
ochocientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno con
la base de tres millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro
y Préstamo
contra Cristhian Roberto Coto
Jiménez, Lisbeth López Quesada. Expediente N° 19-006536-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con treinta y seis minutos
del dos de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Salas Muñoz, Juez Tramitador.—(
IN2021565140 ).
En este despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando demanda civil, citas:
800-00535718-001; expediente N° 19-000131-0181-CI; autoridad judicial: Juzgado 2do.
Civil de San José; sáquese a remate el vehículo placas
número BMY215. Marca Honda. Estilo
Civic. Categoría automóvil.
Capacidad 5 personas. Año
2002. Color blanco. VIN SHHEP33582U308241. Cilindrada 2000 cc. Combustible gasolina.
Motor Nº no indica. Para tal efecto
se señalan las ocho horas
cero minutos del treinta de
agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil
veintiuno con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Juan
Mariano Carvajal Ramírez contra Israel Hernández Arias. Expediente
N° 19-003847-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: diez horas con cuarenta y seis minutos del veintitrés de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Mileidy María Calvo Quesada, Jueza
Decisora.—(
IN2021565142 ).
En este Despacho, con una base de
seis mil ochocientos treinta
y un dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo JTP014,
Marca: Kia, Estilo: Rio, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, Carrocería: Sedan 4 puertas,
Tracción: 4x2, Año fabricación: 2015, uso:
particular, color: gris, Marca motor: Kia, cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del once de febrero de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
veintiuno de febrero de dos
mil veintidós, con la base de cinco
mil ciento veintitrés dólares con ochenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del uno de marzo de dos
mil veintidós, con la base de mil setecientos
siete dólares con noventa y cuatro centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Jessy de Los Ángeles Torijano Peraza. Expediente Nº
20-007420-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: siete horas con
cuarenta y seis minutos del
cinco de Junio del dos mil veintiuno.—Licda. Licda. Raquel Machado
Fernández, Jueza.—( IN2021565161 ).
En este Despacho, con una base de cuatro mil cuatrocientos ochenta y nueve dólares con treinta centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: 889532, marca: Hyundai,
estilo: Tucson GLS, categoría:
automóvil,
capacidad: 5 personas, serie:
KMHJU81BDBU297721, N° motor: G4KDBU359283, N° serie: no indicado, modelo:
TMW5L561G-G-G274, cilindrada: 2000 C.C. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del once de febrero del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas quince minutos del veintiuno
de febrero del dos mil veintidós,
con la base de tres mil trescientos
sesenta y seis dólares con noventa y ocho centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del
primero de marzo del dos mil veintidós,
con la base de mil ciento veintidós
dólares con treinta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José Sociedad Anónima contra
Miguel Ángel Hernández León. Expediente N° 19-002142-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
hora y fecha de emisión:
once horas con diecinueve minutos
del ocho de junio del dos
mil veintiuno.—Liseth
Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021565163 ).
En este Despacho,
con una base de tres mil ochocientos
setenta y siete dólares con ocho centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BDB457, marca:
Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría:
automóvil,
capacidad: 5 personas, serie:
KL1CJ6C1XCC673762, carrocería: sedán 4 puertas hatchback, tracción: 4x2, número
chasis: KL1CJ6C1XCC673762, año fabricación: 2012,
color: verde, vin: KL1CJ6C1XCC673762. Para tal efecto se señalan
las catorce horas cero minutos
del dieciocho de febrero de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas cero minutos
del veintiocho de febrero
de dos mil veintidós con la base de dos mil novecientos siete dólares con ochenta y un centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
14:00 08/03/2022 con la base de novecientos sesenta y nueve dólares con veintisiete centavos
(25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Alexandra Isabel Campos Masís. Expediente
N° 21-006035-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: nueve horas con
seis minutos del siete de junio del dos mil veintiuno.—German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021565165 ).
En este Despacho, con una base de setenta y tres mil ciento catorce dólares con sesenta centavos,
libre de gravámenes y anotaciones,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 387-07939-01-0800-001, limitaciones
de Leyes 7052, 7208 Sist. Financiero
de Vivienda citas: 2014-106377-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
211643 derecho 000, la cual es terreno
para construir lote once. Situada en el
distrito 9-Dulce Nombre, cantón 1-Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, resto reservado;
al este, lote comercial 1 y al oeste, resto destinado a servidumbre. Mide: ciento cuarenta
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del catorce de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veinticuatro
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de cincuenta y cuatro
mil ochocientos treinta y cinco dólares con noventa y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno con la base de dieciocho
mil doscientos setenta y ocho dólares con sesenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José S. A. contra Brians Vargas
Cordero. Expediente Nº 20-008852-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y nueve minutos del veinticinco de junio del dos mil veintiuno.—María José Badilla
Montes, Jueza Tramitadora.—(
IN2021565171 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de cuarenta
millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, servidumbre trasladada y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos; sáquese a
remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cuarenta
y seis mil novecientos noventa
y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada:
en el distrito:
04-Roxana, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Jorge
Solano Barboza y Seida Montoya Morales; al sur, calle pública; al este, Randall Murillo Coto, y al oeste, Jorge Solano Barboza y Seida
Montoya Morales. Mide: seis mil ochocientos
treinta y siete metros cuadrados. Plano: L-1658140-2013. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del siete
de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de treinta millones
trescientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de diez millones
ciento doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Eduardo Oconor
Villarreal. Expediente N° 19-005596-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 30 de junio del 2021.—Lic. Jeffrey
Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021565141 ).
En este Despacho, con una base de treinta y siete mil trescientos ochenta y ocho unidades de desarrollo, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la
finca del Partido de San José, matrícula N° 397942-001 y 002, la cual
es terreno para construir
con una casa, finca se encuentra en
zona catastrada. Situada en el distrito
Curridabat, cantón Curridabat de la provincia de San
José. Colinda: al norte: calle pública con 10 metros; al sur:
Julia Rodríguez Quirós; al este: Jean Paul Larouche; y al oeste: José Guillermo Marín Rosales y Pablo Rojas Marín ambos en parte. Mide: doscientos
sesenta y cuatro metros con
ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las nueve horas treinta minutos del seis de octubre de
dos mil veintiuno. De no haber
postores el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del catorce de octubre de dos mil veintiuno, con
la base de veintiocho mil cuarenta
y un unidades de desarrollo
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de octubre de dos mil veintiuno, con
la base de nueve mil trescientos
cuarenta y siete unidades de desarrollo (25% de la
base original). Notas: se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra William Francisco Valverde Bonilla. Expediente N° 21-000508-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
22 de marzo del 2021.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021565143
).
En este Despacho, con una base de ciento setenta y dos mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 334-04023-01-0900-001, serv. de agua
ref: 00233775 000 citas: 368-16791-01-0004-001; servidumbre dominante citas: 405-15333-01-0911-001; servidumbre
de paso citas: 2011-57694-01-0001-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2012-383009-01-0001-001; servidumbre de paso citas: 2014-12043-01-0075-001; servidumbre
de paja de agua citas: 2014-12043-01-0146-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento veintitrés mil ochocientos ochenta y uno-F,
derecho cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno naturaleza: finca filial número uno identificada como FFPI-uno, apta para construir que se destinará a
uso habitacional, la cual podrá tener
una altura máxima de dos niveles. Situada en el distrito:
05-Guácima, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Acceso Vehicular
y área común libre; al
sur, Party City S. A., Inversiones Vista del Oriente S. A. y Hortencar S. A.;
al este, finca filial FFPI-dos; y al oeste, acceso vehicular. Mide: tres mil seiscientos sesenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las diez horas quince minutos
del siete de marzo de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas quince minutos del quince de marzo de dos mil veintidós, con
la base de ciento veintinueve
mil dólares exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós, con la base de cuarenta
y tres mil dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Bac San José S. A. contra Andrzej Baranski, Flora María Madrigal
Rodríguez. Expediente 20-003797-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con nueve minutos del cuatro de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Angie Rodríguez
Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2021565152 ).
En este Despacho, con una base de doce mil doscientos cuarenta dólares con cincuenta y un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placas: KYM-088, Marca: Kia, Estilo
Picanto, Categoría automóvil, Serie: KNAB2512BJT101923, año:
2018, color: celeste, N° Motor: G4LAHP060233, cilindrada
1248 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan
las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno, con la base de nueve
mil ciento ochenta dólares con treinta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de tres mil
sesenta dólares con trece centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Kimberly Yorleny
López Calderón. Expediente Nº:20-002532-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de junio del año 2021.—Licda. Mayra Vanessa Guillén
Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021565166 ).
En este despacho, 1. Con una base de
ciento once mil doscientos catorce dólares con sesenta y cuatro centavos, pero soportando: servidumbre trasladada citas: 369-02060-01- 0004-001; servidumbre
trasladada citas:
369-02060-01-0005-001; servidumbre trasladada citas:
369-02060-01-0006-001; servidumbre trasladada citas:
369-02060-01-0007-001; servidumbre trasladada citas:
369-02060-01-0900-001; practicado citas:
800-417393-01-0001-001; practicado citas: 800-418784-01-0001- 001; servidumbre
de paso citas: 2014-09306-01-0001-001; servidumbre de acueducto citas: 2014-09306-01-0003-001; servidumbre
de aguas pluviales citas: 2014-09306-01-0005-001; servidumbre
de paso citas: 2014-272507-01-0001-001; servidumbre de paso citas:
2014-272507-01-0453-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 2-134094-F-000, la cual
es terreno finca filial número
treinta y cuatro ubicada en el
segundo nivel del edificio b, destinada a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito 5-Guácima cantón 1-Alajuela de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre de patio
de luz, finca filial 33, área común
construida de ducto y espacio libre; sur, área común construida de pasillo y espacio libre; este, espacio libre y oeste, área común construida
de ducto, finca filial 33, área
común libre de patio de luz y área
común construida de
pasillo; mide: ochenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós con la
base de ochenta y tres mil cuatrocientos diez dólares con noventa y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del once de mayo de dos mil veintidós
con la base de veintisiete mil ochocientos
tres dólares con sesenta y seis centavos (25% de la base original). 2. Con
una base de dieciséis mil ciento
seis dólares con siete centavos
de dólar, pero soportando: servidumbre trasladada citas:
369-02060-01-0004-001; servidumbre trasladada citas:
369-02060-01-0005-001; servidumbre trasladada citas:
369-02060-01-0006-001; servidumbre trasladada citas:
369-02060-01-0007-001; servidumbre trasladada citas:
369-02060-01-0900-001; practicado citas:
800-417393-01-0001-001; practicado citas: 800-418784-01-0001- 001; servidumbre
de paso citas: 2014-09306-01-0001-001; servidumbre de acueducto citas: 2014-09306-01-0003-001; servidumbre
de aguas pluviales citas: 2014-09306-01-0005-001; servidumbre
de paso citas: 2014-272507-01-0001-001; servidumbre de paso citas:
2014-272507-01-0453-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 2- 134217-f-000, la cual
es terreno finca filial número
ciento cincuenta y siete ubicada en
el primer nivel destinada a parqueo para uso de la finca filial 34 , en proceso de construcción. Situada en el
distrito 5-Guácima cantón
1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, finca filial 158
y área común construida de acera; sur, finca
filial 156 y área común
libre de calle uno; este, área común libre de calle uno y finca filial 158 y oeste,
área común construida de acera, finca filial
156, mide: veintinueve
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintiséis
de abril de dos mil veintidós
con la base de doce mil setenta
y nueve dólares con cincuenta y cinco centavos de dólar (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del once
de mayo de dos mil veintidós con la base de cuatro mil veintiséis dólares con cincuenta y dos
centavos de dólar (25% de la base original).Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José S. A. contra Alejandro Samayoa Tercero Expediente N°
20-014438-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con catorce minutos del veinticuatro de junio del dos mil veintiuno.—M.sc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza
Tramitadora.—( IN2021565170 ).
En este Despacho, con una base de catorce millones cuatro mil setenta y tres colones con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
número setenta y tres mil doscientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir lote 1.- Situada en el distrito
1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Josefa Ramona Araya; al sur, calle pública 29 metros 67 centímetros; al este, Josefa
Ramona Araya, y al oeste, lote
2. Mide: mil seiscientos veintiún metros con veinte decímetros cuadrados. Plano:
G-0874923-1990. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
veintiuno, con la base de diez
millones quinientos tres mil cincuenta y cinco colones con veintiséis céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de setiembre del
dos mil veintiuno, con la base de tres
millones quinientos uno mil
dieciocho colones con cuarenta y dos céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores
R. L. contra Felicia Viales Araya. Expediente Nº 20-004665-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y siete minutos del quince de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez
Decisor.—(
IN2021565173 ).
En este Despacho, con una base de catorce millones ochocientos setenta y un mil quinientos treinta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando restricciones Reg. Art 18, Ley 2825, bajo las citas: 546-10197-01-0028-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 606719-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito
2-Guaitil, cantón 12-Acosta, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Jorge Godínez Zárate; al sur, resto reservado de Luz Marina Esquivel Retana;
al este, resto reservado de
Luz Marina Esquivel Retana y al oeste,
calle pública con 19,39 metros lineales
de frente. Mide: trescientos cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno con
la base de once millones ciento
cincuenta y tres mil seiscientos cincuenta y dos colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
setecientos diecisiete mil ochocientos ochenta y cuatro colones con veintiún céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta Nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores
R.L. contra Leda Patricia Vargas Esquivel, expediente
N° 21-005485-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de junio del año 2021.—Hellen Mora
Salazar, Jueza Decisora.—(
IN2021565174 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y tres mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número
313871-001-002, la cual es terreno
para construir con 1 casa N° 78. Situada
en el distrito:
01- Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública
con 8m de frente; al sur, MOPT; al este INVU; y al oeste, INVU. Mide: ciento veintiún
metros con cincuenta y un decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos
mil veintiuno, con la base de cuarenta
y siete mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de quince mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Blanca Lidia
Rodríguez Solano, Reinaldo Roque Espinoza Chavarría.
Expediente N° 17-002851-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, hora
y fecha de emisión: dieciséis
horas con treinta minutos
del uno de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2021565179 ).
En este Despacho,
con una base de catorce millones
dos mil colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 302-04193-01-0901-001, servidumbre
trasladada bajo las citas:
302-04193-01-0904-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
302-04193-01-0907-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
302-04193-01-0910-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
302-04193-01-0913-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
302-04193-01-0916-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
302-04193-01-0919-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
302-04193-01-0922-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas:
426-04913-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 394.896-000, la cual es lote 7 H terreno para construir. Situada: en el distrito
1-Quesada, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, avenida 5; al
sur, lote 28 H; al este, lote 8 H, y al oeste, lote 6 H. Mide: ciento ochenta metros cuadrados. Plano: A-0900088-2003. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintiuno, con la base de diez millones quinientos un mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de tres millones quinientos mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Marilyn Paola Barrantes Jiménez. Expediente
N° 20-002979-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con once minutos del seis de julio del dos
mil veintiuno.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2021565183 ).
En la puerta exterior de este despacho y con una base de once millones
ochocientos treinta mil doscientos cuarenta y siete colones con veintitrés
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número 277763, derecho 000, la cual es terreno
para construir una casa. Situada en el distrito Calle Blancos, cantón
Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 9- D; al sur,
lote 7-D; al este, lote 34-D y al oeste, calle Las Pomas. Mide: sesenta y siete
metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las diez horas cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del doce
de agosto de dos mil veintiuno con la base de ocho millones ochocientos setenta
y dos mil seiscientos ochenta y cinco colones con cuarenta y dos céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas cero minutos del veinte de agosto de dos mil veintiuno
con la base de dos millones novecientos cincuenta y siete mil quinientos
sesenta y un colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Julia Neisy
Flores Trejos, Marcela Patricia Solano Flores. Expediente N°
20-004563-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 29 de abril del
año 2021.—Johnny Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021565184 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y seis millones
quinientos treinta y ocho mil quinientos ochenta y dos colones con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
364-04410-01-0001-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 532-05297-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número trece mil quinientos treinta y seis, derecho 000, la cual
es terreno naturaleza:
potrero. Situada en el Distrito Santo Tomas, Cantón
Santo Tomas, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte calle en medio Antonio Arce; al
sur Río Tibás en
medio otro; al este Río Tibás
en medio otro y al oeste Benigno Ocampo Castro. Mide: Diez mil doscientos setenta y un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos
mil veintidós con la base de veintisiete
millones cuatrocientos tres mil novecientos treinta y siete colones con veintiún céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintidós con la
base de nueve millones ciento treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta y cinco colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Junta Administradora del Fondo
de Ahorro y Préstamo de la
Universidad de Costa Rica contra Carlos Mauricio Martínez Chacón.
Expediente Nº:21-002758-1157-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 21 de mayo del año 2021.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021565230
).
En este Despacho, con una base
de cuarenta y ocho mil ochocientos diez dólares con tres centavos, libre
de gravámenes, pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas: 2015-05510-01-0002-001, servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso citas:
2015-05510-01-0003-001, servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 2015-05510-01-0010-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos veinticinco mil ochenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito
3-San José, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 4; al sur, servidumbre de paso con frente
42.18 centímetros; al este,
lote 5, y al oeste, calle pública con frente 13 metros. Mide: quinientos veinticuatro metros cuadrados.
Plano: A-1792208-2014. Identificador predial:
203030525082. Para tal efecto,
se señalan las quince horas cero minutos
del veintitrés de agosto
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del treinta
y uno de agosto del dos mil veintiuno,
con la base de treinta y seis mil seiscientos
siete dólares con cincuenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del ocho de setiembre del
dos mil veintiuno, con la base de doce
mil doscientos dos dólares
con cincuenta y un centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Marlon
Eduardo Vega Rodríguez. Expediente N° 21-000289-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: quince horas con cincuenta
y seis minutos del veintidós de junio
del dos mil veintiuno.—Licda.
Mileidy María Calvo Quesada, Jueza Decisora.—( IN2021565238 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete millones ochenta y cuatro mil cuatrocientos siete colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 359-16785-01-0911-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N°
219.978, derecho 000, la cual es terreno
para agricultura. Situada en el distrito
1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Río Canalete; al este, Santos Ramírez, y al oeste,
María Elena Chaverri. Mide:
cuatro mil quinientos treinta y cinco metros con cincuenta decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del trece de agosto del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate. se efectuará a las quince horas cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de doce millones ochocientos trece mil trescientos cinco colones con noventa y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del treinta y uno de agosto
del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones doscientos setenta y un mil ciento un colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Luis Alonso
Mayorga Chaves. Expediente Nº 20-001305-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 20 de noviembre del
2020.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2021565239 ).
En este despacho, con una base de veinticuatro millones trescientos cinco mil cuatrocientos veinticuatro colones con sesenta y seis céntimos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 153519-F- derecho cero cero
cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número 73 apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito
1-Grecia, cantón 3- Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
finca filial numero 86; al sur, área
común libre calle cedro; al
este, finca filial número
72 y al oeste finca filial número
74. Mide: trescientos
metros cuadrados valor porcentual:
0.38 valor medida: 0.0038. Plano: A-1909018-2016.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veinticuatro
de agosto de dos mil veintiuno
con la base de dieciocho millones
doscientos veintinueve mil sesenta y ocho colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del
uno de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de seis millones setenta
y seis mil trescientos cincuenta
y seis colones con diecisiete
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Paula Mayela Jiménez Barrantes. Expediente N° 21-000243-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, hora y fecha de emisión:
nueve horas con dieciocho minutos del uno de julio del dos
mil veintiuno.—Licda. Mileidy María Calvo Quesada, Jueza
Decisora.—(
IN2021565240 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro mil ochenta y tres dólares con cuarenta y cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones, sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y un mil ochocientos ochenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno lote 1 terreno de pastos hoy con una casa. Situada:
en el distrito
1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, calle pública; al
sur, Víctor Zúñiga Mora; al este, Eusebio Vargas Ureña, y al oeste, Santos Muñoz Quesada. Mide: seiscientos
setenta y siete metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veinte de agosto del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del treinta de agosto del
dos mil veintiuno, con la base de cuarenta
mil quinientos sesenta y
dos dólares con cincuenta y
nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del siete de setiembre del
dos mil veintiuno, con la base de trece
mil quinientos veinte dólares con ochenta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Isaac de
la Trinidad Hidalgo Solís. Expediente N° 21-001016-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta y
nueve minutos del veinticinco de junio del dos mil veintiuno.—Eileen Chaves Mora, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2021565241 ).
En este Despacho, con una base de diez millones novecientos
ochenta y siete mil cuatrocientos veintiocho colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
doscientos ochenta y seis
mil ochocientos sesenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pasto actualmente con una casa. Situada
en el distrito
1 Colón, cantón 7 Mora,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Francisco Retana;
al sur, calle pública con 8
m 50 cm; al este, Adolfo Aguilar; y al oeste, Pablo Antonio Aguilar Solís. Mide:
cuatrocientos cuarenta y siete metros con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintiuno con la base de ocho millones doscientos cuarenta mil quinientos setenta y un colones con cuarenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno con la base de dos millones
setecientos cuarenta y seis
mil ochocientos cincuenta y
siete colones con trece céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mandye Bernarda Mora Solano. Expediente
21-001121-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 07 de junio
del año 2021.—Licda.
Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021565242
).
En este Despacho, con una base de veintiocho millones trescientos cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y ocho colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de Cartago, matrícula número 173265-000, la cual es Terreno para construir lote 83-C con una casa de habitación.
Situada en el Distrito 5-Aguacaliente (San Francisc,
Cantón 1-Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte
INVU; al sur INVU; al este, alameda y al oeste INVU. Mide: noventa y seis metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de veintiún millones
doscientos sesenta y dos
mil trescientos cuarenta y
un colones con veintitrés céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del siete de octubre de dos mil veintiuno con la base de siete millones ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y siete colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Reyner Rafael Hernández Morales. Expediente
Nº:19-012213-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago.-Hora y fecha de emisión:
siete horas con cuarenta y
uno minutos del cuatro de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—(
IN2021565245 ).
En este despacho, con una base de cincuenta y seis mil trescientos sesenta y un dólares con treinta centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N°
227084, derecho 000, la cual es terreno
para construir lote 10 D. Situada en el
distrito 3-Tobosi, cantón
8-El Guarco de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte:
lote 11 D; al sur: lote 9
D; al este: lote 29 D y 30
D; al oeste: calle pública con
8.33 metros de frente. Mide:
ciento veintitrés metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno, con la base de cuarenta
y dos mil doscientos setenta
dólares con noventa y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, con la base de catorce
mil noventa dólares con treinta y tres centavos (25% de
la base original). NOTAS: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo contra Angie Pamela Salas Chaves. Expediente N° 18-012616-1164-J.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago. Hora y fecha de emisión:
diez horas con cincuenta y
seis minutos del veinte de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Decisora.—(
IN2021565246 ).
En este Despacho, con una base de veintidós millones doscientos dos mil setecientos cinco colones con noventa céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando restricciones Reg. Art. 18, Ley N° 2825 citas:
536-08592-01-0136-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 208101, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada: en el
distrito Veintisiete Abril,
cantón Santa Cruz, provincia
Guanacaste. Colinda: al norte,
María Eugenia Matarrita Durán; al sur, calle pública con un frente que mide 31.10 metros lineales; al este, María Jesús
Hernández Gutiérrez, y al oeste, María Eugenia Matarrita Durán. Mide: dos mil un
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veinticuatro
de agosto del dos mil veintiuno,
con la base de dieciséis millones
seiscientos cincuenta y dos
mil veintinueve colones con
cuarenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del primero de setiembre
del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones quinientos cincuenta mil seiscientos setenta y seis colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Danier Gerardo Gutiérrez Matarrita.
Expediente N° 20-003619-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y cinco minutos del diez de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2021565248 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y tres millones trescientos sesenta y seis mil novecientos cuarenta y siete colones con sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula N° 129367, derecho 000, la cual
es terreno p/construir
C/1casa lote 9. Situada en el distrito
2-San Vicente, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, María
Belisa Bolaños Barrantes;
al sur, calle Pub; al este,
Hermanos Arce Bolaños, y al oeste, José Luis Bolaños Barrantes. Mide: ciento sesenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del tres de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del once de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de cuarenta millones
veinticinco mil doscientos diez colones con setenta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de trece millones trescientos cuarenta y un mil setecientos treinta y seis colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José de
La Cruz Alvarado Gutiérrez. Expediente Nº
20-017153-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 18 de enero
del 2021.—German Valverde Vindas, Juez
Tramitador.—( IN2021565249 ).
En este despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos diecisiete mil setenta y tres colones con noventa céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 314-08336-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cuarenta y cuatro mil veinticuatro, derecho
000 la cual es terreno casa
y pasto. Situada en el distrito
13-Pocosol, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Roberto Matus
Vargas; al sur, calle pública
y servidumbre de paso; al este
Diego Rodríguez Salas, Wilson Gerardo Sandoval Vargas, servidumbre
de paso y Andrés Gómez Huete y al oeste,
Domingo Matus Vargas, Agapito
Matus González. Mide: mil ciento noventa metros cuadrados. Plano: A-2092864-2018. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veinticinco
de agosto de dos mil veintiuno
con la base de cuatro millones
sesenta y dos mil ochocientos
cinco colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del
dos de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de un millón trescientos
cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta y ocho colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Domingo Matus Vargas. Expediente N°
20-001369-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y seis minutos del dieciocho de junio del dos mil Veintiuno.—Viviana Salas Hernández, Jueza
Decisora.—( IN2021565250 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno (9 de la mañana del
17/08/2021), con la base de setecientos mil colones exactos, el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo Placas 620336. Marca:
Toyota, Estilo: Tercel, Modelo
DX, categoría: Automóvil, capacidad: cinco personas, Serie:
JT2EL43B5M0086860, Carrocería: Sedan, dos puertas, tracción 4x2, número de chasis:
JT2EL43B5M0086860, Año de Fabricación
1991, color vino, combustible gasolina, número de motor NR, cilindrada:
1500 c.c. Cilindros 4. Para el
segundo remate se señalan
las nueve horas cero minutos
del veinticinco de agosto
del dos mil veintiuno (9 de la mañana
del 25/08/2021), con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del dos de
setiembre del dos mil veintiuno
(9 de la mañana del 02/09/2021), con la base de ciento setenta y cinco mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). NOTA:
Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
Proceso OR.S. Pri. Prestac. Laborales de Jairo
Eduardo García Rodríguez contra Jorge Alonso Moreno Abadía.
Expediente Nº:12-300005-0406-LA.—Juzgado
Contravencional de Nandayure
(Materia Laboral), 05 de julio del año 2021.—Lic.
David Campos Rojas, Juez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021565258 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas
259-00778-01-0901-001, medianería, citas:
338-12879-01-0004-001, medianería, citas. 394-05594-01-0008-001; sáquese
a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula
número ciento veinte mil trescientos treinta, derecho 000, la cual es terreno bloque M, terreno con una casa, lote N. 9. Situada en el
distrito 08 Barranca, cantón
01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: lote 8-M; al sur: lote 10-M; al este: destinado a parque; y al oeste: destinado a calle pública. Mide: ciento cuarenta
y siete metros con treinta
y dos decímetros cuadrados.
Para tal efecto se señalan las siete horas quince minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas
quince minutos del siete de
setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de catorce millones
cuatrocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas quince minutos del dieciséis de setiembre de dos mil
veintiuno, con la base de cuatro
millones ochocientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Carlos Enrique Peña García. Expediente N° 20-002709-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 31 de mayo del 2021.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021565276 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula número ciento veintidós mil seiscientos cincuenta y tres, derechos 003-004, la cual
es terreno con una casa. Situada
en el distrito
Ulloa, cantón Heredia de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte:
lote 2; al sur: calle pública; al este: lote 19, y al oeste: lote 1. Mide: ciento dieciséis metros cuadrados.
La finca se encuentra en
zona catastrada. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las dieciséis
horas cero minutos del uno de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de diecinueve millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de seis millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra William Eduardo Villalobos Eduarte, Yuliana Pamela Villalobos Quesada. Expediente N° 21-000626-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 25 de enero del 2021.—Raquel Priscilla
Machado Fernandez, Jueza Tramitadora.—(
IN2021565277 ).
En este Despacho, con una base de
once millones de colones exactos, soportando servidumbre de paso citas:
2018-574564-01-0001-001, servidumbre citas: 2019-207870-01-0001-001 y servidumbre
citas: 2019-207870-01-0001-001, sáquese
a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula
N° 233998-000, la cual es terreno,
terreno inculto para construir con una casa. Situada en el distrito
1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte:
servidumbre Carlos Soto fte.
11 m. 34 cm.; al sur: Peters S. A.; al este: Carlos
Soto Calvo; y al oeste: Carlos Soto Calvo. Mide: ciento sesenta
y cuatro metros con noventa
y un decímetros
cuadrados. Plano: A-0796740-1989. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos
mil veintiuno, con la base de ocho
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de dos millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra José Andrés
Alfaro Soto, José Ramón Alfaro Gómez, María
Teresa Soto Ruiz. Expediente N° 21-001039-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: catorce horas
del veintidós
de junio del dos mil veintiuno.—Patricia Eugenia
Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—(
IN2021565278 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número seiscientos treinta y un mil trescientos diez, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito: 03-Daniel Flores, cantón:
19-Perez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Girocruz S.A.; al sur, Girocruz S.A.; al este, calle pública con un frente de 8 mts y
al oeste, José Rojas Cruz. Mide: doscientos metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del dieciocho de agosto de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del veintiséis
de agosto de dos mil veintiuno,
con la base de tres millones
cuatrocientos cincuenta mil
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del tres de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de un millón ciento cincuenta
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Cristian Gerardo Zúñiga Araya, expediente N°
21-001754-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con once minutos del dieciocho
de mayo del dos mil veintiuno.—Lic.
José Ricardo Cerdas Monge, Juez
Tramitador.—(
IN2021565279 ).
En este Despacho, con una base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 298-01149-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos
cuarenta y dos mil ochocientos setenta y ocho, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para cultivos hoy con una
casa. Situada en el distrito: 07-Pejibaye, cantón: 19-Perez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Ricardo Alberto Zúñiga Chaves, calle
pública y Asociación Femenina Independiente de Veracruz de Pejibaye; al sur,
Asociación Femenina Independiente de Veracruz de Pejibaye y Carlos García; al
este, Ricardo Alberto Zúñiga Chaves y Carlos García y al oeste, Asociación
Femenina Independiente de Veracruz de Pejibaye, calle pública. Mide:
ochocientos once metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas
cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del
veintisiete de agosto de dos mil veintiuno, con la base de novecientos treinta
y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del
seis de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de trescientos doce mil
quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Marco Tulio Mena Murillo, Ricardo Alberto Zúñiga Chaves.
Expediente N° 21-001927-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Hora
y fecha de emisión: ocho horas con treinta y cinco minutos del dos de junio del
dos mil veintiuno.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021565280
).
En este Despacho, con una base de trece millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 322-15138-01-0901-002; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número seiscientos ochenta y siete mil quinientos dos, derecho
000, la cual es terreno de
solar con una casa de habitación en
mal estado. Situada en el distrito
1 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Heidy
Gabriela Alvarado López; al sur, resto reservado de
Katherine Paola Alvarado y Daniela Marianita
Alvarado; al este, calle pública; y al oeste, Castalla Internacional Sociedad Anónima, humedal tipo palustre en
medio. Mide: ochocientos setenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del uno de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ángel Maikol Briceño Sanabria, Sandra Marelly
Alvarado López. Expediente 21-001982-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), quince
horas con cuarenta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—(
IN2021565281 ).
En este Despacho, con una base de
seis millones ochocientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre traslada citas 292-02623-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y cinco, derecho 000, la cual es terreno lote para construcción de vivienda de interés social. Situada en el
Distrito 6-Platanares, Cantón 19-Pérez Zeledón, de la Provincia de San
José. Colinda: al norte
Flora Cordero Picado; al sur Greivin Araya Cordero;
al este, calle pública y al oeste Flora Cordero Picado. Mide:
cuatrocientos cuarenta
metros con noventa y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil veintiuno con la base de cinco millones cien mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de un millón setecientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dinorah Del Carmen Araya Cordero. Expediente Nº:21-002026-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: once horas con ocho minutos del veinticinco de junio del dos mil veintiuno.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2021565282 ).
En este Despacho, con una base de veintidós millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 254-05499-01-0901-001 y servidumbre
trasladada citas:
254-05499-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 573060 derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 7-Desamparaditos, cantón
4-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Deseado Vargas Gómez; al sur, calle
pública; al este, Deseado Vargas Gómez; y al oeste,
Deseado Vargas Gómez. Mide:
trescientos cincuenta y cuatro metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno con la base de dieciséis
millones ochocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno
con la base de cinco millones
seiscientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marvin José Delgado Vargas, Shirley María Agüero Chavarría. Expediente N° 21-005030-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de mayo
del 2021.—Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2021565283 ).
En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
317-05499-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 236850, derecho 000, la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación. Situada
en el distrito
1-Aserrí, cantón 6 Aserrí, de la provincia
de . Colinda: al norte, calle pública con 10 metros 63 centímetros de frente; al sur, calle pública con 10 metros 30 centímetros
de frente; al este, con
José Luis Chacón Morales y al oeste, Nora Vargas Solís. Mide:
doscientos sesenta metros
con noventa y cinco decímetros metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cincuenta minutos del
treinta y uno de agosto de
dos mil veintiuno con la base de diez
millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cincuenta minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
cuatrocientos cincuenta mil
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Gustavo Aguilar Zamora, expediente N° 19-010902-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de mayo del año 2021.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza
Decisora.—(
IN2021565284 ).
En este Despacho,
con una base de dieciséis millones
ciento treinta mil ciento veintiocho colones con cincuenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca número 1-468802-000, naturaleza:
terreno para construir con
una casa no. 123, distrito: 10-Hatillo, cantón: 01-San José, provincia:
San José, norte: lote 122,
sur: lote 124 del I.M.A.S., este:
lote 102, oeste: calle pública con 7 metros 97 centímetros. Mide: ciento cuarenta y dos metros con veintiséis decímetros cuadrados Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del treinta
de agosto de dos mil veintiuno,
con la base de doce millones
noventa y siete mil quinientos noventa y seis colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
treinta y dos mil quinientos
treinta y dos colones con doce céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Esteban Gonzalo Arce Quesada y Gonzalo
Martín de Jesús Arce Mena. Expediente Nº
20-000047-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de junio del año 2021.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021565285 ).
En este Despacho, con una base de ciento sesenta millones doscientos cuarenta y un mil ochocientos veintiún colones con sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de San José, matrícula N°
176862-000, derecho, la cual es terreno
para construir con una casa de dos plantas. Situada en el distrito
09 Pavas, cantón 01 San José de la provincia
de San José. Colinda:
al norte: calle pública; al
sur: Donatilla Ramos; al este.
Fernando Castro; y al oeste: Guinette
Vallejo. Mide: doscientos cuarenta y tres metros y sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano: SJ-0004015-1966. Para tal
efecto, se señalan las once
horas cero minutos del dieciséis
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veinticuatro de agosto
de dos mil veintiuno, con la base de ciento veinte millones
ciento ochenta y un mil trescientos sesenta y seis colones con veintisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del uno de setiembre
de dos mil veintiuno, con la base de cuarenta millones sesenta mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones con cuarenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica antes Banco Crédito Agrícola de Cartago contra 3-101-698023 Sociedad Anónima, María Luisa Gutiérrez Gutiérrez. Expediente N°
17-000818-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 7 de mayo del 2021.—Diego Steven Duran
Mora, Juez Tramitador.—(
IN2021565286 ).
En este Despacho, con una base de treinta y nueve mil doscientos cincuenta y cinco dólares exactos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 301-08895-01-0912-001, servidumbre
trasladada citas:
330-04291-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 323667 derecho 001 y 002, la cual
es terreno naturaleza: lote Nº 28 terreno para construir. Situada en el distrito
1 Alajuela, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Compañía Cafetalera Carrizal del Norte
Sociedad Anónima; al sur, Compañía
Cafetalera Carrizal del
Norte Sociedad Anónima; al este,
calle pública; y al oeste, río Alajuela. Mide: cuatrocientos diecisiete metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
quince minutos del treinta
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos
del siete de setiembre de
dos mil veintiuno con la base de veintinueve
mil cuatrocientos cuarenta
y un dólares con veinticinco
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas quince minutos del dieciséis
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de nueve mil ochocientos
trece dólares con setenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y préstamo contra Gerardina de la
Trinidad Carvajal Rodríguez, Ignacio Dávila Durán, Yorleni de Jesús Bastos Carvajal. Expediente
17-011577-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 05 de febrero del año 2021.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza Decisora.—( IN2021565287 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, pero soportando servidumbre trasladada citas: 308-09216-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ochenta y dos mil cuatrocientos catorce, derecho 003 y 004, la cual
es terreno de café con una casa de habitación. Situada
en el distrito
2-San Diego, cantón 3-La Unión, de la provincia de
Cartago. Finca se encuentra en
zona catastrada. Colinda:
al norte, Rafael Ángel Arce Córdoba;
al sur, Carlos Alberto González
Castro; al este, calle pública con 10
mts 05 cms y al oeste,
Rafael Ángel Arce Córdoba. Mide: ciento noventa y cuatro metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del treinta de agosto de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del siete
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de veinte millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del dieciséis de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Freddy Heberto
Ramírez Alvarado, Ruth Ramírez Alvarado, Yaoska
Yasuara Rodríguez
Ramírez, expediente
N° 19-006920-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, hora y fecha de emisión:
doce horas con treinta y nueve minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintiuno.—María José Badilla
Montes, Jueza Decisora.—(
IN2021565288 ).
En este Despacho, Con una base de diecisiete millones doscientos mil
colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula número ciento diecisiete mil trescientos
noventa y cinco, derecho 003 y 004, la cual es terreno p/construir bloque-J- 10
con 1 casa. Situada en el distrito 3-San Juan, cantón 3-La Unión, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 9-J; al sur, lote 11-J; al este,
calle pública y al oeste, Inversiones Zeta S. A. Mide: ciento cuarenta metros
con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece
horas treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta
minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de doce millones
novecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del
veinte de setiembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones
trescientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Joshua Alexander
Murillo Porras, Randall Alexander de Murillo Valverde. Expediente N° 19-009782-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, hora y fecha de emisión: ocho horas con
cincuenta y siete minutos del dieciocho de junio del dos mil veintiuno.—Licda.
María José Badilla Montes, Jueza Tramitadora.—( IN2021565289 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones trescientos cincuenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 337-13059-01-0900-001, servidumbre
trasladada citas:
385-01197-01-0901-001, reservas y restricciones
citas: 389-00344-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 554893-001-002,
la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito:
09-La Palmera, cantón:
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Walter Gerardo Meza Zúñiga; al este, calle pública, y al oeste, Walter
Gerardo Meza Zúñiga.
Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-1980291-2017. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de tres millones doscientos sesenta y cuatro mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de setiembre del dos
mil veintiuno, con la base de un millón
ochenta y ocho mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Greibis Alberto Vallejos Argeñal. Expediente N° 20-003850-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad
Quesada, 03 de diciembre del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021565290 ).
En este Despacho, Con una base de catorce
millones trescientos sesenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
294-22943-01-0901-001, servidumbre de paso citas: 513-04166-02-0004-001, servidumbre
de paso citas: 2013-49326-01-0004-001, servidumbre de paso citas:
2013-60420-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2013-284936-02-0004-001, servidumbre
de paso citas: 2015-46050-01-0004-001, servidumbre de paso citas:
2015-115737-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2016-274871-01-0001-001, servidumbre
de paso citas: 2017-578407-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
556258, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 4-Cirri Sur, cantón
6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Manuel Morera Morera; al sur, Mayela Carranza Soto; al este,
José Arrieta; y al oeste, servidumbre
de paso en medio resto con un frente
de 8 metros con 24 centímetros lineales.
Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno con la base de diez millones setecientos setenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos
mil veintiuno con la base de tres
millones quinientos noventa y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Eraida
Mariela Retana Ulate,
Randal Gerardo Villegas Morera. Expediente
N° 21-001445-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora
y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y cuatro minutos del veintiocho de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Mileidy María Calvo Quesada, Jueza
Decisora.—(
IN2021565292 ).
En este Despacho, con una base de
seis millones trescientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando condic y reservref: 000000000IDA citas: 399-02790-01-0939-003, condic
y reserref: 00078575-000 citas:
399-02790-01-0940-003 y condic y reserref:
00078575-000 citas: 399-02790-01-0941-003; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
184621-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito:
03-Potrero Grande, cantón: 03-Buenos Aires, de la Provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte calle pública; al
sur Franklin Elizondo Gamboa y Elizabeth Sánchez
Rojas; al este, servidumbre
de uso agrícola de 7.00
metros, Carlos Rodríguez Arguedas, Franklin Elizondo Gamboa
y Elizabeth Sánchez Rojas y al oeste Franklin
Elizondo Gamboa y Elizabeth Sánchez Rojas. Mide: ochocientos cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del veintisiete de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del seis de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
setecientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del catorce de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de un millón quinientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Elvia Sidey
Granados Martínez. Expediente Nº: 21-002135-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: veintiuno horas con veintiuno minutos del cuatro de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2021565293 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
254-05499-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
254-05499-01-0902-001, servidumbre de paso citas: 2010-26913-01-0002-001 y servidumbre
de paso citas: 2010-30331-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José (1), matrícula número
653361, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
7-Desamparaditos, cantón 4-Puriscal, de la provincia de San José (1). Colinda:
al norte, Jorge Alexander Delgado Vargas; al sur, calle pública; al este, Marvin José Delgado Vargas y al oeste,
servidumbre de paso. Mide: doscientos cuarenta y tres metros con ochenta y tres decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos (02:30 p.m.) del dieciséis de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos
(02:30 p.m.) del veinticuatro de agosto
de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones ciento seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos (02:30 p.m.) del uno de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de un millón trescientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos
de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marvin Jose Delgado Vargas, Shirley María Agüero Chavarría. Expediente Nº 21-005629-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de mayo del año
2021.—Audrey Abarca Quirós, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021565294 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
trescientos sesenta y nueve mil cien colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 862263, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHCG41FP1U234707, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número chasis: KMHCG41FP1U234707,
año fabricación: 2001,
color: plateado, vin: KMHCG41FP1U234707, Nº motor:
G4EA1010857, marca: Hyundai, modelo:
sin emblema, cilindrada:
1500 cc, cilindros: 4, potencia:
80 kW y combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cero minutos
del veintitrés de agosto de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
treinta y uno de agosto de
dos mil veintiuno con la base de un millón setecientos setenta y seis mil ochocientos veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno con la base de quinientos
noventa y dos mil doscientos
setenta y cinco colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada
contra Mario Giovanni Corella Hidalgo. Expediente
17-010479-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, quince horas con veintisiete minutos del veintinueve de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez.—( IN2021565296 ).
En este Despacho, con una base de un
millón trescientos sesenta y dos mil treinta y cinco colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BHB703, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHCG51FP1U120155, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2,
número chasis:
KMHCG51FP1U120155, año fabricación:
2001, color: gris, vin: KMHCG51FP1U120155, N° motor:
G4EA103178, modelo: Euro, cilindrada:
1500 C.C, cilindros: 4, potencia:
80 Kw, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos
mil veintiuno, con la base de un millón
veintiún mil quinientos veintiséis colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de trescientos cuarenta
mil quinientos ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima
contra Miguel Enrique Durán
Porras. Expediente N° 17-001026-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
hora y fecha de emisión: diez horas con seis minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno.—Víctor
Obando Rivera, Juez.—( IN2021565298 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos cincuenta y siete mil cuatrocientos noventa y siete colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
BPV892, marca: Hyundai, estilo:
ELANTRA, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año:
2013, color: negro, Vin: KMHDG41LBDU826116, cilindrada:
1600 c.c., tracción: 4X2, combustible: GLP. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cincuenta minutos del veintiuno de octubre del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cincuenta minutos del veintinueve de octubre del dos
mil veintiuno con la base de cuatro
millones doscientos cuarenta y tres mil ciento veintitrés colones con veinte céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cincuenta minutos del ocho de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de un millón cuatrocientos
catorce mil trescientos setenta y cuatro colones con cuarenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Ivannia
María Solano Vásquez, Manuel Enrique Rojas Oviedo. Expediente
N° 18-008879-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 18 de junio
del 2021.—Msc. Sirleny
Salazar Muñoz, Jueza.—( IN2021565299 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones seiscientos ochenta y siete mil trescientos noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 735009, marca: Daihatsu, estilo: Terios, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
carrocería: todo terreno 4 puertas, color: negro, tracción: 4x4, serie, chasis y vin: JDAJ210G001064588, número
motor: 2026550, cilindrada: 1495 c.c,
cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del dos de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del diez de noviembre de dos mil veintiuno con la base de tres millones quinientos quince mil quinientos cuarenta y cinco colones con treinta y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil
veintiuno con la base de un millón
ciento setenta y un mil ochocientos cuarenta y ocho colones con cuarenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S.A. contra Miguel Ángel Dinarte Guzmán, expediente N° 18-016074-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de junio del año 2021.—Alonso Chaves Ledezma, Juez Decisor.—( IN2021565300 ).
En este Despacho, con una base de veintiún millones doscientos sesenta y seis mil ochocientos setenta y un colones con setenta y cinco céntimos, soportando demanda ordinaria citas:
800-460417-01-0001-001. (Expediente Nº
11-000387-0364-FA), sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento sesenta
y ocho mil treinta y nueve-cero cero cero (168039-000),
la cual es terreno naturaleza: lote 5, terreno para construir con una
casa de habitación. Situada
en el distrito
2-Mercedes, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, parque y calle pública, con 06.20 metros de frente;
al sur, calle pública, con 11.04 metros de frente; al este, lote seis y al oeste, calle pública, con 08.26 metros de frente.
Mide: ciento ochenta y ocho metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados.
Plano:H-0535066-1998. Para tal efecto,
se señalan las once horas treinta
minutos del veintiocho de octubre de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de quince millones novecientos
cincuenta mil ciento cincuenta y tres colones con ochenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del
quince de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de cinco millones
trescientos dieciséis mil setecientos diecisiete colones con noventa y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Alonso José
Brenes Villalobos. Expediente
Nº 19-007470-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 18 de marzo
del año 2021.—Noelia Prendas
Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2021565309 ).
En este despacho, se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de agosto de dos mil veintiuno. Con una base de ochenta
y tres millones trescientos cuarenta y siete mil doscientos treinta colones con cincuenta y seis céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando citas: 305-08700-01-0901-003 Condic y
Limitaref:2393-015-001; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula
número veinticuatro mil quinientos diecisiete, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para agricultura situada en el distrito
5-Piedras Blancas cantón
5-Osa de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, calle con 710.00 metros Hermanos Guadamuz
y Rogelio Mejías Villalobos; sur, Aurelia Timotea Vega, Casimira Cruz; este,
Luciano Mejías, Aurelia Timotea;
oeste, calle con 710.00
metros Ramon Blanco. Mide: trescientos
veintitrés mil novecientos dieciséis metros cuadrados plano: P-1641964-2013. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno con
la base de sesenta y dos millones
quinientos diez mil cuatrocientos veintidós colones con noventa y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno con
la base de veinte millones ochocientos treinta y seis mil ochocientos siete colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Lafise Sociedad Anónima
contra Corporación FOP Zona Sur Sociedad Anónima, Interaduanal Sociedad Anónima, Juan Pablo García Quirós, Marco Vinicio García
Quirós. Expediente N° 19-004105-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 20 de octubre
del año 2020.—Eida Virginia
Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—(
IN2021565352 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 374-09322-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del Partido de Limón, matrícula número cuarenta y un mil seiscientos nueve, derecho
001-002, la cual es terreno
de agricultura con una casa de habitación. Situada
en el distrito
5-Cariari, cantón 2-Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte: Rio Carlos
Luna; al sur: frente a calle
pública
de 105.33 mts.; al este: Óscar
Hidalgo Chinchilla; y al oeste: Rio Carlos Luna. Mide: nueve mil novecientos veintisiete metros
con cinco decímetros cuadrados.
Plano: L-0776221-1988. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del diecisiete
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de seis millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del tres de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Kenneth Calderón Mora contra Inversiones
Sharon Del Sur S. A. Expediente N° 15-040756-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de junio del
2021.—Susana Cristina Mata Gómez,
Jueza.—( IN2021565361 ).
En este Despacho, con una base de
dos millones setecientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
cincuenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno con 1 casa lote 134. Situada en el
distrito 1-Puntarenas, cantón
1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 130; al sur, alameda; al este,
lote 135; y al oeste, lote 132-133. Mide: ciento doce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cincuenta y cinco minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas cincuenta y cinco minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno con
la base de dos millones veinticinco
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cincuenta y cinco minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintiuno con la base de seiscientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Melba Ruiz Jiménez. Expediente
N° 20-008477-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas,
22 de febrero del 2021.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021565366 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos setenta y seis mil quinientos ochenta y seis colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando demandada de transito citas 800-00679417-001; sáquese a
remate el vehículo PYT162.
Para tal efecto se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre de
dos mil veintiuno, con la base de cuatro
millones trescientos treinta y dos mil cuatrocientos cuarenta colones con cuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de un millón cuatrocientos
cuarenta y cuatro mil ciento cuarenta y seis colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Karla Paola González Molina. Expediente
Nº:21-003292-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 14 de mayo del año 2021.—Lic. Anny Hernández
Monge, Jueza Decisora.—( IN2021565374 ).
Se hace
saber que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 21-000262-0388-CI donde
se promueve información posesoria por parte de Grettel Ivania Centeno Aguirre quien es mayor, mayor, soltera,
ama de casa, vecina de Paso Tempisque
de Carrillo Guanacaste, portadora de la cédula número 05-0359-0079, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno de patio con una casita, situado en Barrio San Rafael, distrito segundo de Palmira, cantón Quinto de Carrillo, Mide
mil setenta metros cuadrados,
lo anterior con base a la información consignada en el
plano Catastrado número G-dos uno cero seis ocho cuatro siete-dos mil diecinueve. Colinda: al norte, Maira Silva Zapata; sur, calle pública con un frente de 29.47 metros lineales; este, Zona de Protección Río Tempisque y oeste, calle pública con un frente de 46.27 metros lineales.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación hecha por Ramon Alexis Mendoza, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, continua y a título de propietaria. Que los actos de posesión han consistido
en darle mantenimiento adecuado en limpieza, chapeas
y arreglo de cercas, esto con el objetivo
de mantenerlo en buen estado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Grettel Ivania Centeno Aguirre. Nota: Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez. Expediente N°
21-000262-0388-CI-5.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y uno minutos del siete de Julio del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2021565178 ).
Se hace saber: Que ante este
despacho se tramita el expediente N°
21-000103-0298-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Magdalena Campos Campos,
quien es mayor, viuda de primeras nupcias, oficios del hogar, cédula N°
202660737, vecina de La Lucha,
La Tigra, San Carlos, Alajuela, de la escuela 2 kilómetros al oeste, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de cultivos con una casa,
un galerón y un yurro que atraviesa la propiedad, situado en La Tigra,
distrito ocho de San
Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela, linda al norte, calle pública
con un frente a ella de sesenta y un metros con veintidós
centímetros lineales y Evelio Campos Campos, al sur,
Carlos Luis Campos Campos y Agrícola
Pocosol Limitada, al este, Evelio Campos Campos, y al oeste, Carlos Luis
Campos Campos. Mide catorce mil seiscientos nueve metros cuadrados de acuerdo al plano aportado 2-2130058-2019. Manifiesta
la titulante que el inmueble lo adquirió por donación verbal que hace más de treinta años le realizó su padre Arturo Campos Cambronero, mayor de edad, casado una vez, agricultor, cédula N°
201050434, vecino de la Tigra
de San Carlos, Alajuela, frente al Salón El Paraíso,
y que ha poseído el inmueble por más de cuarenta años en
forma quieta, pública, pacífica, y a título de dueña. El terreno fue estimado en
la suma de quince millones
de colones y las presentes
diligencias en la suma de cinco millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa
de sus derechos. Información Posesoria
promovida por Magdalena Campos Campos.
Expediente Nº 21-000103-0298-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad Quesada,
08 de julio de 2021.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021565313 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°18-000168-0993-AG
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de BJR Mariliken
S. A., cédula jurídica
3-101-536936 representada por Damaris Barrantes
Lobo, mayor, divorciada una vez,
vecina de Santiago de San Ramón, cédula 5-0210-0350,
a fin de inscribir a nombre
de su representada y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es pastos y bosque. Situada en el Distrito Santiago, Cantón San Ramón, de la provincia
de Alajuela. Colinda: Al norte
3-101-507285 Sociedad Anónima y calle
pública nacional con frente de dieciocho metros con ochenta y tres centímetros lineales; al sur Ana
y Enilda ambas Barrantes
Lobo; al este Miriam Porras Paniagua y al oeste BJR Mariliken S. A. Mide: dieciocho mil trescientos treinta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-2195683-2020.- Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir
No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en
la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación de Emiliano Barrantes
Espinoza, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cinco años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpiar, cercar
y explotación lechera. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por BJR Mariliken S A. Expediente Nº: 18-000168-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), San Ramón, 30 de junio del año 2021.—Msc. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021565411 ).
Mediante escritura número ciento treinta y uno otorgada a las dieciséis horas
del siete de julio de dos
mil veintiuno, ante esta Notaría compareció el albacea Rodolfo Trejos Ulloa, solicitando que se declare abierto
el procedimiento sucesorio extrajudicial testamentario
de quien en vida fuera Martha Elena Madrigal
López, de doble nacionalidad costarricense
y estadounidense, mayor, viuda,
pensionada, vecina mil ciento dieciséis South Novena avenida, Hacienda Heights, California, Estados
Unidos de América, portadora del pasaporte
estadounidense número cinco cinco ocho
cero cero nueve siete cuatro tres
y la cédula de identidad costarricense
número uno-cero cuatrocientos
once-mil cuatrocientos noventa
y siete. Comprobado el fallecimiento, se declara abierto dicho procedimiento sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que en el plazo máximo
de quince días a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que si no se apersonan
dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito Notario se encuentra ubicada en San José, San Rafael
de Escazú, ciento cincuenta metros sur de la entrada sureste
del Centro Comercial Multiplaza,
Edificio Terraforte, cuarto piso, Bufete
Lex Counsel. Expediente 0001-2021.—San José, ocho de julio del 2021.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1
vez.—( IN2021565076 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó:
Hubert Johnson Reid, mayor, costarricense,
pensionado, casado una vez,
con cédula de identidad N° 7-026-657, vecino de Limón, Barrio Cieneguita.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000161-0678-CI-0.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de junio del 2021.—Licda. Adriana Magally Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—(
IN2021565144 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Allan Gerardo Loría
Espinoza, mayor de edad, estado
civil divorciado, profesión
u oficio no se indica, nacionalidad
costarricense, con documento
de identidad 0205040088 y vecino
de San Juan de Grecia. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto. Expediente
21-000195-0295-CI-3.—Juzgado
Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y
fecha de emisión: diez horas con cuarenta y siete minutos del siete de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Freddy Aikman
Espinoza, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021565176 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Gilda María De Los Ángeles Rojas Villalobos, mayor, casada, empresaria, costarricense, con documento de identidad 0401050777 y vecina de
Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente
Nº:21-000418-0504-CI-1.—Juzgado Civil de
Heredia, 21 de mayo del año 2021.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(
IN2021565181 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó:
Teresa de Jesús Viales
Navarro, quien en vida fue mayor, estado civil: soltera, administradora del hogar, vecina de Esquipulas de Palmares, Alajuela, Barrio El Progreso
de la entrada principal ciento cincuenta
metros al sur y setenta y cinco
metros al oeste, con cédula de identidad
N° 0501780351. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000152-0296-CI. Nota: Publíquese
por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 21 de junio
del 2021.—Licda. Yorleny
Bello Varela, Jueza.—1 vez.—( IN2021565189 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Flor Eliette de la Trinidad Sánchez Mora, portadora de la
cédula de identidad
número tres-cero doscientos ochenta y cinco-cero novecientos trece, a las doce horas del día
seis de junio del dos mil veintiuno
y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera María
Luisa Mora Arce, viuda de primeras
nupcias, ama de casa, cédula de identidad
número tres-cero ciento cuarenta y cuatro-cero doscientos dieciséis, último domicilio en
Cartago, Lourdes. Se cita y emplaza
a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Marilyn Cerdas Chaves, Cartago, Agua Caliente, San Francisco, cincuenta metros norte y cincuenta metros oeste de la antigua Delegación Policial, teléfono
87349827.—Marilyn Cerdas Chaves, Notaria.—1
vez.—( IN2021565254 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Isaías
Hernández Ortega, mayor, casado,
comerciante, costarricense,
con documento de identidad N° 0501460873 y vecino
de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000641-0504-CI-6.—Juzgado
Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veintisiete minutos del uno de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2021565256 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por María Eugenia Jiménez Gómez, cédula de identidad número
dos-doscientos
dieciséis-cero setenta y nueve, a las quince horas del cuatro
de julio de dos mil veintiuno
y comprobado el fallecimiento Rigoberto Centeno Arauz,
mayor, costarricense, casado
una vez, agricultor, quien en vida
fue vecino de Puntarenas, Corredores, Laurel, Tamarindo, cien
metros del Supermercado, cédula número
seis-cero setenta y seis-setecientos
sesenta y siete, el deceso ocurrió
en Laurel, Corredores,
Puntarenas, el día veintidós
de diciembre de dos mil diecisiete,
esposo de la compareciente,
esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal
como está lo ha indicado. Notaría de la licenciada Glenda Gómez Castillo, Puntarenas, Corredores, Laurel, ciento cincuenta metros este del Colegio
Finca Naranjo.—Licda. Glenda
Gómez Castillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021565302 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Diego
Alejandro Jiménez Vega, diecinueve horas del catorce de junio del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Geime Joset Jiménez Vega, mayor, soltera, administradora de centro estético, con cedula de identidad número: uno-uno uno ocho nueve-cero cuatro uno uno, vecina de San José. Curridabat
Centro, Barrio San José de la capilla católica 500 metros al norte, fallecida el día primero de junio del año dos mil veintiuno. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría de
la M.S.c Ana María Flores Garbanzo, San José, Curridabat, Bufete Flores, de la Agencia del Banco Nacional cien
metros al sur y veinticinco metros al oeste. Tel: 8348-9559 o 2272-9588.—M.S.c
Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1 vez.—( IN2021565320 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Víctor Manuel Rodríguez Barrantes, quien fue mayor, divorciado, agricultor, costarricense, con documento de identidad 0204020940 y vecino de
Naranjo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente Nº
21-000131-0295-CI-3.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y tres minutos del veinticinco de junio del dos mil veintiuno.—M.Sc.
Freddy Aikman Espinoza, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2021565326 ).
Por escritura 278 de las 9:00 horas del 9 de julio del 2021, se da
inicio el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida se llamó Héctor
Ramón de la Trinidad Sanabria Echavarría, hijo de Dolores Sanabria Obando y
Luisa Echavarría Valverde, quien falleció el día 5 de setiembre del 2017, fue
mayor de edad, agricultor, su último estado civil casado en primeras nupcias,
portó la cédula de identidad costarricense número 3- 0097- 0113 y su último
domicilio fue en Cartago, La Unión, Yerba Buena, 75 metros este del Centro
Diurno de Ancianos. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 4- 2021. Quien tenga
interés puede apersonarse ante esta Notaría ubicada en Cartago, La Unión, Tres
Ríos, de la Delegación de Policía, doscientos metros al este, Centro Comercial
de locales amarillos, primer local de la izquierda.—Licda.
Grettel Cristina Zúñiga Tortós,
Notaria.—1 vez.—( IN2021565337 ).
Sucesión
Notarial Expediente 0017-2021 por Escritura
otorgada en Puntarenas a
las catorce horas y del día ocho
de julio del año dos mil veintiuno y por haberse dado apertura en sede
notarial, la mortual de Warner Javier Bustamante
García el suscrito Notario Público hago del conocimiento público, a todas aquellas personas Físicas, Jurídicas, hijos extra-matrimoniales, la apertura del presente proceso Sucesorio Notarial, y señalo para
recibir, notificaciones, al
correo electrónico
gerzunzun@yahoo.com , a efecto de hacer
valer derechos en este proceso, para lo cual se les confieren el plazo de quince días a partir de su publicación
es todo.—Santos Gerardo Zúñiga
Zúñiga. Notario Público.—1
vez.—( IN2021565341 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Adela Laida de los Ángeles Jiménez
Villalobos, mayor, viuda, pensionada, costarricense, con documento de identidad
0300990803 y vecina de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar lo que corresponda en el plazo de quince días
contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000455-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta y ocho
minutos del veintinueve de junio del dos mil veintiuno.—M.Sc.
Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1
vez.—( IN2021565347 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de: Roney Alpízar Badilla, cédula N° 2-321-259, mayor, soltero, comerciante, vecino de Río Cuarto de Alajuela, para que,
dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría, a reclamar
sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° SN 0003-2021. Notaría del Lic.
Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Ciudad Quesada, costado
norte de los Tribunales.
Fax: 24 60 25 19. Teléfono:
24 60 00 46.—Lic. Gonzalo
Alfonso Monge Corrales, Notario Público.—1 vez.—( IN2021565354 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta Notaría por el Licenciado Anthony Norman Borbón Rojas, a las dieciséis
horas del siete de julio
del dos mil veintiuno, y comprobado
el fallecimiento de José
Alberto Chaves Álvarez, mayor de edad, casado una vez, oficial de seguridad, cédula de identidad: uno-cero cuatro ocho siete-cero nueve seis cuatro, vecino de San José, Goicoechea, Purral, urbanización Kurú, alameda nueve, casa cuatrocientos treinta y dos, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal
como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Anthony Norman Borbón Rojas,
San José, Goicoechea, Purral,
doscientos cincuenta metros
este del super mercado Palí,
portón negro. Teléfonos:
6295-8961 / 2229-5180.—San José, nueve
de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Anthony Norman Borbón Rojas,
Notario.—1
vez.—( IN2021565370 ).
En mi notaría se tramita el Sucesorio
Notarial Ab intestato de Jorge Arias Chinchilla, cédula
de identidad número uno-cero cuatrocientos once-cero setecientos
once. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo de quince días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 002-2021.—Licda. Kattia Muñoz Zúñiga, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021565383 ).
Msc. Guadalupe
Valverde Carranza, Jueza del Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
del III Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Familia), a María Yuslania Araya
Picado, mayor, costarricense, cédula de identidad N° 206910604, vecina de
Alajuela, San Ramón, de la Escuela Laboratorio, 100
metros al este y 200 metros al oeste,
y de Deiby Faubricio Ramírez Matarrita,
mayor, costarricense, cédula de identidad
N° 206760959, vecino de Alajuela, San Ramón, La
Unión, frente a la escuela,
casa con portón negro, se le hace
saber que en proceso depósito judicial, NUE 21-000182-0688-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: de las presentes diligencias de depósito
de las personas menores Naomy
Ramírez Araya y Dersham
Eduardo Ramírez Araya, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a María
Yuslania Araya Picado y Deiby
Faubricio Ramírez Matarrita, a quienes se les previene que en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Previo a notificar a la señora María
Yuslania Araya Picado y al señor
Deiby Faubricio Ramírez Matarrita. Se
le previene a la parte gestionante aportar en el plazo
de tres días dos juegos de copias de la demanda y la prueba ofrecida, bajo el apercibimiento de no hacerlo no se podrá oír sus futuras gestiones de conformidad con el artículo 136 del Código Procesal Civil vigente para esta materia. Notifíquese
esta resolución a María Yuslania
Araya Picado y Deiby Faubricio
Ramírez Matarrita, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón). A: María Yuslania
Araya Picado: San Ramón, de la Escuela Laboratorio
100 metros al este y 200 metros al oeste. A Deiby Faubricio Ramírez Matarrita:
San Ramón, La Unión, frente a la escuela,
casa con portón negro. En caso que el lugar
de residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Msc. Guadalupe Valverde Carranza, Jueza.
Expediente N° 21-000182-0688-FA. Clase
de asunto depósito judicial.—Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Familia), 5 de julio del 2021.—Msc. Guadalupe
Valverde Carranza, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021565219 ). 3
v. 1.
Expediente Nº 20-000019-0958-CI.—Se hace saber que en proceso judicial de quiebra tramitado en este
despacho judicial, se dictó
la sentencia número
131-2020 de las once horas cuarenta y ocho minutos del veinticinco de setiembre de dos
mil veinte y la resolución
de las trece horas cincuenta
y ocho minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno, que en lo conducente dicen: “...Se acoge la solicitud formulada por Almacenes Mauro S.
A. cédula jurídica Nº 3-101-003233 y se declara el estado
de quiebra de Constructora Tecnológica Jura S. A., con base en
lo dispuesto por los artículos:
851 inciso b), 852, 860, 868 y 886 del Código de
Comercio y 760 del Código Procesal Civil y tomar las medidas legales consiguientes. Concatenando los artículos 863 y
868 del Código de Comercio, se fija por ahora y en perjuicio
de terceros la época en que cesaron al pago de sus obligaciones, provisionalmente el 15 de noviembre del 2019, que es el día
exacto del plazo de tres meses retroactivo contado a partir del quince de febrero del 2020, fecha en la cual se cumplieron
las veinticuatro horas para la declaración
de quiebra como lo contempla el canon 863 ibídem. Nótese que fue en escrito presentado
a estrados judiciales el día 14 de febrero del 2020, cuando la parte actora solicitó
en forma la presente declaración de quiebra.
Se les previene
a todas las personas que en
cuyo poder existan pertenencias de la
quebrada, cualquiera que sea
su naturaleza, que dentro
del plazo de un mes, hagan al curador o al Juez manifestación y entrega de ellas bajo pena de ser tenidos por ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios. Los tenedores de prendas y demás acreedores con derecho de retención,
tendrán la obligación de dar noticia al curador o al Juez, bajo la misma pena. Se prohíbe a terceros hacer pagos o entregar
efectos de bienes de cualquier clase a la quebrada
bajo el apercibimiento de nulidad de tal pago o entregas. En tratándose de dineros, los mismos podrán ser depositados en la cuenta bancaria
número: 200000190958CI-0 del Banco de Costa Rica, previo a lo cual la persona física o jurídica depositante habrá de comunicarse en persona o por teléfono con este Juzgado a efectos de ser habilitada en el
sistema de depósitos judiciales con su nombre y número de identificación completos.
Se prohíbe
a terceros hacer pagos o entregar efectos de bienes de cualquier clase a la quebrada
bajo el apercibimiento de nulidad de tal pago o entregas. Envíese mandamiento al Registro Nacional, Sección de Propiedad, de Inmuebles, Vehículos y General de Prendas para
que se abstengan de dar curso e inscribir cualquier documento emanado del deudor, en el que se consigne
un traspaso de derechos o la imposición
de un gravamen. Comuníquese a los Bancos,
Instituciones de Crédito, Almacenes Generales de depósitos y Aduanas para que se abstengan de entregar al deudor, apoderado o encargado suyo, títulos valores, efectos de comercio, mercaderías y cualquier otro documento o efecto de algún contenido económico.
Comuníquese a la oficina de correos, telégrafos, radios y
cables, para que le entreguen al Señor
Curador toda correspondencia, encomiendas y Despachos que lleguen dirigidos a la quebrada. Comuníquese
a las Oficinas y Autoridades
del Ministerio Público a
fin de que inicien proceso
para determinar si la
quebrada ha incurrido en el delito de quiebra
fraudulenta o culposa y
para que se impongan, si fuera el caso,
las sanciones penales correspondientes.
Se concede a todos los interesados un plazo de un mes para que presenten legalización de sus créditos, plazo que empezará a correr desde la publicación de la parte dispositiva. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por una sola vez en el Boletín
Judicial y en un periódico
de circulación nacional, lo
cual corre a cargo de la parte promovente.
Por lo demás,
se le indica a la parte actora
que deberá legalizar su crédito en
igual forma que cualquier otro acreedor, ya que la presente sentencia no hace partícipes, de previo a terceros acreedores. De ahí que como cualquier
otro, el crédito que legalice eventualmente la actora, en el momento
procesal oportuno, será objeto de reconocimiento en junta de acreedores.
Al amparo del artículo 73.1 del Código Procesal
Civil y por resultar parte vencida, se condena a Corporación Fairuza S.
A., al pago de costas...”.
“...Según
lo dispuesto por el artículo 58.3 del Código Procesal
Civil, se corrige el error
material respecto al párrafo
último de la sentencia N°
2020-131, de las once horas cuarenta y ocho minutos del veinticinco de setiembre de dos
mil veinte, se indicó: “Al
amparo del artículo 73.1 del Código Procesal Civil y por resultar parte vencida, se condena a Corporación Fairuza S. A., al pago de costas.”, cuando lo correcto será: Se resuelve sin especial condenatoria
en costas. Por lo anterior
se ordena expedir el edicto de Ley...”.—Juzgado Concursal, San José, diez
horas diecinueve minutos
del nueve de junio de dos
mil veintiuno.—Lic. Sergio
Huertas Ortega, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021565196 ).
Diego Acevedo Gómez, Juez de Familia de
Puntarenas, avisa a Yubelca
Bermúdez Rayo, mayor, soltera,
nacida el 01 de julio de 1988 y nicaragüense con demás calidades y domicilio desconocido, que en Expediente N°
17-000720-1146-FA, correspondiente a un depósito judicial, interpuesto
por el PANI contra los mismos,
se dictó la sentencia N° N°
2021-687 de las nueve horas siete
minutos del veintiuno de junio de dos mil veintiuno, que en lo conducente reza así: “Resultando.
Primero: (...) Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando. I.-Hechos probados. II.-Sobre el fondo del asunto.
Por tanto: “de acuerdo a lo expuesto
y artículos 51 de la Constitución
Política; 2, 5 y 140 y siguientes
del Código de Familia; 3 de la Convención de los
Derechos del Niño, 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia y 796 y 854 y siguientes
del Código Procesal Civil, se acoge
la solicitud y se ordena el depósito judicial de las personas menores
de edad Mario bajo la responsabilidad
de Meyling Bermúdez Centeno y Luís Espinoza
Pacheco, y de Isaías Efrén,
a quien presuntamente es su padre biológico, señor Isaías Marchena Jiménez,
sin embargo en el caso de este último, deberá el
Patronato Nacional de la Infancia
acudir a la vía correspondiente,
a fin de
que en el plazo mínimo de un año a partir de la notificación de esta sentencia, se proceda a determinar en proceso
de filiación, la paternidad
del señor Marchena Jiménez, respecto
de la persona menor de edad
Isaías Bermúdez Rayo, ello sin perjuicio de que sea el propio
padre biológico quien inicie el proceso
correspondiente. Una vez resuelto lo anterior, deberá informarse a este
despacho lo correspondiente
con la obligación de parte
del Patronato Nacional de la Infancia
de promover la resolución
de la situación jurídica de
Isaías Efrén, una vez aclarado el
tema de su filiación. Firme esta resolución, deberán apersonarse al despacho los depositarios para el acto de aceptación del cargo. Hágase saber.—Juzgado de Familia de
Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021565205 ).
Se avisa a la señora Sharon Vanessa
Rojas Carvajal, mayor, soltera, ama de casa, cédula
N° 2-697-568, demás datos y
domicilio desconocido, que en este Juzgado
se tramita el expediente N° 19-000970-1302-FA, mediante
el cual la Licda. Eva María Arguedas Sequeira,
representante legal del Patronato
Nacional de la Infancia de San Carlos, solicita Modificación de Fallo en cuanto
al Depositario de su hija Yuriana Vanessa Garro Rojas. Se le concede el plazo de tres días para que manifieste su conformidad
o se oponga a estas diligencias. Proceso Depósito Judicial, promueve Patronato Nacional de la Infancia.
Expediente N° 19-000970-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del 2021.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021565207 ).
El Licenciado Diego Acevedo Gómez, Juez
del Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber a William Alberto De La Trinidad Rodríguez
Farrier, mayor, costarricense, cédula de identidad N° 1-638-302, con demás
calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente
N° 19-001162-1146-FA, correspondiente a diligencias
no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
donde se dictó la sentencia número, sentencia de primera instancia N° 2021-705 de las diecinueve
horas siete minutos del veintidós de junio de dos mil veintiuno, que en lo conducente reza así: “Resultando. Primero: (...)
Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando.
I.- Hechos probados. II.- Sobre el fondo
del asunto. Por tanto: de acuerdo
a lo expuesto y artículos
51 de la Constitución Política;
2, 5 y 140 y siguientes del Código de Familia; 3 de
la Convención de los Derechos del Niño, 5 del Código
de la Niñez y la Adolescencia
y 796 y 854 y siguientes del Código Procesal Civil, se acoge la solicitud y se ordena el depósito judicial de la persona menor
de edad: Yulainy Beatriz
Rodríguez Cortés, en los abuelos
maternos de nombre Floribeth Rodríguez Sibaja y Luís
Alberto Bonilla Zapata. Firme esta resolución deberá apersonarse al despacho la señora Rodríguez Cortés para el acto de aceptación del cargo. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021565208 ).
La suscrita MSc. Tania Morera Solano, Jueza
avisa a: Marjorie Rosales Alvarado, cédula de identidad 0603440903 y a José
Vallecillo Pacheco, documento de identificación desconocido, que en este
despacho se dictó dentro del expediente de depósito judicial N° 20-000391-1146-FA establecido por la Licenciada Karol Vargas Matamoros en calidad de Representante Legal
del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa
dice: “sentencia N° 658-2021 de las once horas
diecisiete minutos del catorce de junio de dos mil veintiuno. Juzgado de
Familia de Puntarenas, a las diez horas treinta minutos del veintidós de enero
del dos mil diecinueve. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…, Considerando:
I.—Hechos probados… II.—Sobre el fondo: … por tanto: “De acuerdo a lo expuesto
y artículos 51 de la Constitución Política; 2, 5 y 140 y siguientes del Código
de Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niño, 5 del Código de la
Niñez y la Adolescencia y 796 y 854 y siguientes del Código Procesal Civil, se
acoge la solicitud y se ordena el depósito judicial de las personas menores de
edad Kenan José Vallecillo Rosales y Juan Diego
Sánchez Rosales, en el abuelo materno Pedro José Rosales Enríquez, y la pareja
de este la señora María Lucía Mairena Aguirre. Firme esta resolución, deberán
apersonarse al despacho los señores Pedro José Rosales Enríquez, y María Lucía
Mairena Aguirre, para el acto de aceptación del cargo, lo anterior en el plazo
de tres días, a partir de la notificación de la presente resolución. Sin
especial condenatoria en costas. Hágase saber.—Juzgado
de Familia de Puntarenas.—MSc. Tania Morera
Solano, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021565210
).
El suscrito Diego Acevedo Gómez, Juez
del Juzgado de Familia de Puntarenas, avisa a Yocelyn Francella Vargas Artavia, cédula de identidad
N° 0702320510 y Enso Paolo Matamoros López, cédula de identidad
N° 0603910624, que en este despacho se dictó dentro del expediente de depósito judicial
de persona menor de edad N°
21-000062-1146-FA, establecido por la Licenciada Dalia Benavides Álvarez, en
calidad de representante
legal del Patronato Nacional de la INFANCIA, la sentencia N° 340-2021 de las quince horas diez minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno, que en lo que interesa dice: “Resultando: I…,
II…, III…, Considerando: I. Hechos
probados… II. Sobre el fondo: … Por tanto: de acuerdo a lo expuesto y artículos 51 de la Constitución Política; 2, 5 y 140 y siguientes
del Código de Familia; 3 de la Convención de los
Derechos del Niño, 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia y 796 y 854 y siguientes
del Código Procesal Civil, se acoge
la solicitud y se ordena el depósito judicial de las personas menores
de edad: Diego Leonel, Ahinara
Paola, y Mateo Gael todos de apellidos
Matamoros Vargas en la abuela materna
de nombre Cathia Artavia
Salguero. Firme esta resolución
deberá apersonarse al despacho la señora Cathia Artavia Salguero nombrada
para el acto de aceptación del cargo. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021565215 ).
Licenciada
Guadalupe Valverde Carranza, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia), a Isabeth García Chavarría,
en su carácter
interesada, del proceso actividad judicial no contenciosa
depósito judicial Nue Expediente N° 20-000646-0688-FA, establecido
por Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia), a las once horas cuarenta y ocho minutos del veintisiete de enero de dos mil veintiuno. De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Marjorie Vannesa
Matamoros García, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Isabet García Chavarría y Juan Luis Matamoros Alvarado, a quienes se les previene que en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedaran notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N¢X8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N¢X20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N¢X 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, articulo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Medida de especial pronunciamiento: Se ordena
el Depósito Judicial provisional
de la persona menor de edad
Marjorie Vanessa Matamoros García bajo el cuido de la señora Zulay Chavarría Alvarado quien deberá en
el plazo de cinco días hábiles aceptar el cargo conferido, bajo apercibimiento de
que en caso de omisión se tendrá por rechazado y se nombrará a otro en
su lugar. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea”, que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Genero del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Numero de cedula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución personalmente o por
medio de cedulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real a Isabet García Chavarría en San Ramón, San Pedro
Las Musas, 500 metros antes
del Balneario Las Musas
casa color azul y Juan Luis Matamoros Alvarado en San Ramón, San Juan de la Bloquera
de Chelo Chavarría 100
metros bajando casa rosado con portón
negro. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón). En caso que el
lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. A fin de notificar
a las partes deberá la parte actora aportar
copia del escrito inicial y de la prueba documental
en el plazo
de tres días bajo apercibimiento
de que en caso de incumplimiento no se le atenderán
sus futuras gestiones.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón) (Materia Familia).—Msc.
Guadalupe Valverde Carranza, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021565217 ).
Licda. Brenda
De Los Ángeles Vargas Quesada, Jueza
del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Oscar Enrrique Mora Coto, documento de identidad, casado, dato desconocido, vecino de desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso abreviado en su
contra, bajo el expediente número 18-000164-0187-FA donde se
dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: Considerando: I.— III.— Por tanto: Con base en lo expuesto se declara sin lugar la demanda de suspensión de patria potestad incoada por Sulema Díaz
Carrillo contra Oscar Enrique Mora Coto. Por haber cumplido con su labor, solicítese a la Administración del Primer Circuito
Judicial de San José cancelar los honorarios
de la Licenciada Nickole
Molina Chaves, curadora procesal
del demandado, lo anterior por un monto
de setenta y cinco mil colones más un trece por ciento del impuesto sobre el valor agregado, que corresponde a un monto de nueve mil setecientos cincuenta, lo que asciende a un
total de ochenta y cuatro
mil setecientos cincuenta.
Una vez aprobados los mismos, se estará comunicando el número de autorización para que
la licenciada, presenten
ante este despacho la factura por sus servicios profesionales, consignando el número dado, a fin de proceder a realizar el visto bueno. Son las costas personales y procesales a cargo de la actora. Notifíquese. Licda. Brenda Vargas
Quesada, Jueza. Lo anterior se ordena
así en proceso
abreviado de Sulema Del Carmen Díaz Carrillo contra
Oscar Enrrique Mora Coto. Expediente Nº 18-000164-0187-FA. Nota:
Publíquese este edicto por única vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de
Familia de San José, 05 de julio
del 2021.—Licda. Brenda de Los Ángeles
Vargas Quesada, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021565259 ).
Licda. María
del Rocío Quesada Zamora, Jueza
del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón); hace saber a Gerardo Enrique Morera
Chavarría,
mayor, casado una vez,
cédula de identidad número seis-ciento sesenta y seis-seiscientos cinco, de domicilio desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso
especial de filiación en su contra, bajo el expediente número
20-000325-1303-FA donde se dictó
la resolución que literalmente
dice: “Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón),
a las catorce horas treinta
y nueve minutos del veintiuno de octubre del dos mil veinte. Se tiene por establecido por parte de Ivania María Morera Jiménez el presente proceso especial de filiación de impugnación de reconocimiento en contra de
Gerardo Enrique Morera Chavarría e investigación
de paternidad en contra de Librado de los Ángeles Chacón Rivera, a quienes
se les confiere traslado
por el plazo de diez días, para que la contesten,
opongan excepciones
previas, la prueba documental que tuvieren
y la testimonial con indicación en
su caso del nombre y generales de los testigos que propongan. Al contestar negativamente deberán expresar con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyan. Respecto de los hechos de la demanda, deberán contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechazan por inexactos, o si los admiten como ciertos
o con variantes o rectificaciones.
Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se
les solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia.
Se les hace saber a las partes
interesadas que una vez que
conste en autos que la parte demandada fue debidamente notificada de esta demanda, se procederá a asignarles una cita en coordinación
con el Departamento de Laboratorio Forense, Sección de Bioquímica, para realizar la prueba de marcadores genéticos (ADN), ubicado en San Joaquín de Flores,
Heredia. Por lo que desde ya
se les hace saber que no es necesario
que se presenten en ayunas, pero sí
es indispensable la presentación del documento de su identidad vigente y en buenas condiciones.
También, se les hace saber
que la persona que sin fundamento razonable
se niegue a someterse a la práctica de esa prueba, dispuesta por esta autoridad podrá ser tenida como procediendo con malicia. Además, esa circunstancia podrá ser tenida como indicio de la veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba y que si una persona se niega someterse a un examen médico, que sea necesario para acreditar en juicio ciertos
hechos controvertidos, el Juez puede
considerar como probados los hechos que se trataban de demostrar por la vía del examen (artículos 98 del
Código de Familia y 46, párrafo segundo
del Código Civil); de ahí la importancia
de que señalen un medio donde
atender sus notificaciones
y de suministrar su número telefónico de celular a efecto de enviarles a la vez un recordatorio de la que cita que posteriormente se les vaya a asignar. Por así solicitarlo la parte interesada; por medio de notario
(a) público (a); notifíquese
esta resolución al accionado Librado de los Ángeles Chacón Rivera, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real, para estos efectos, se designa al Lic. Francisco Cerdas Porras. La cédula y copias
de ley, quedan a disposición
en el despacho.
Se advierte al notario notificador, que, dentro del tercer
día hábil posterior a la notificación,
deberá entregar al despacho la respectiva documentación (Artículos 19, 29,
30 y 31 de la Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese esta resolución al accionado Gerardo Enrique Morera Chavarría, en su domicilio
electoral, sito en Villa Briceño de Golfito, doscientos
metros este de la Escuela de La Gamba.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de Golfito. De previo a expedir
la comisión, se le previene
a la parte actora aportar un juego de copias, para lo cual se le
concede el plazo de tres días, bajo apercibimiento de
que, si así no lo hiciere, no serán atendidas sus futuras gestiones. Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza”. Nota: Publíquese este edicto por única vez en
el Boletín
Judicial. Los plazos comenzarán
a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de julio del 2021.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565260 ).
Se hace saber a Cassandra Marie Bush, mayor de edad, casada, de ocupación y domicilio ignorado, con número de identificación 310638206, que en este juzgado se tramita proceso de abreviado de divorcio dentro del expediente N° 21-000170-1303-FA, establecido
por Rolando Gerardo Gamboa Mora y en
cual figura su persona como interesada. Proceso en el cual
se dictó la resolución que literalmente dice: “N° 2021000460 sentencia
de primera instancia Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). A las catorce horas veintiséis minutos del veintidós de junio del dos mil veintiuno. Por
tanto: Se declara con lugar
la presente demanda de divorcio promovida por la parte actora, y en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre Rolando Gerardo Gamboa
Mora y Cassandra Marie Bush. Alimentos: No existe
pronunciamiento al respecto, es por eso que en caso
de que se considere pertinente,
deberá ser instaurado a instancia de parte
en la vía correspondiente. Gananciales: No existen bienes muebles o inmuebles a liquidar como gananciales,
en cuanto a los bienes muebles e inmuebles que se encuentran a nombre del señor Rolando, se pudo demostrar durante el proceso
que los mismos no cuentan
con los elementos para ser considerado
ganancial, es por eso que en este caso
en concreto la señora Cassandra Marie Bush, no tiene
derecho sobre los mismos.
Sin embargo de existir algún
otro bien no señalado en este proceso
y cuya naturaleza sea de ganancialidad, cada cónyuge adquiere el derecho de participar en el cincuenta
por ciento de tales bienes
que se llegaren a constatar
en el patrimonio
del otro cónyuge, como lo dispone el supra citado numeral 41 del Código de Familia. Costas: Se eximen a ambas partes
del pago de costas (artículo 222 del Código Procesal
Civil). Inscripción: a la firmeza
de este fallo, inscríbase esta sentencia en el
Registro Civil, Sección de Matrimonios, partido de San José,
tomo quinientos cinco, folio ciento quince,
asiento doscientos treinta.
Notifíquese. Licda. Kellen
Pamela Maroto Solano, Jueza.
Fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro
Civil, Sección de Matrimonios,
partido de San José, tomo quinientos cinco, folio ciento quince, asiento doscientos
treinta. Notifíquese. Licda. Kellen Pamela Maroto
Solano, Jueza. Expídase el edicto y publíquese
en el Boletín
Judicial por una única vez.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 06
de julio de 2021.—Licda.
Kellen Pamela Maroto Solano, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021565266 ).
Se convoca a los socios, asociados o a quienes por ley la representación de 3-102-665579 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3-102-665579, con domicilio
social en Alajuela Atenas 250 metros al sur de
COOPETANAS R.L. , para que en el
plazo de quince días a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen en representación o efectúen el nombramiento
del liquidador de la sociedad
mencionada, la cual fue disuelta por el artículo 6 de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas.
Se advierte que de no hacerlo
en el plazo
indicado este Juzgado, de oficio, procederá al nombramiento del liquidador. Lo anterior por ordenarse
así en proceso
liquidación persona jurídica
promovido por James Calvin Bailey JR y Lynn Meryl
Davis. Expediente N° 20-000370-0638-CI.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Alajuela,
24 de junio del 2020.—Erika Andrea Rojas Chavarría, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021565295
).
Msc. Pablo
Amador Villanueva, juez del Juzgado
de Familia de Heredia, a Santos Esteban Pérez no indica, en
su carácter personal, quien es mayor, casado/a, dato desconocido, vecino de desconocido , cédula N° PC0952499, se le hace
saber que en demanda abreviado de divorcio, expediente N° 19-001194-0364-FA, establecida
por María de los Ángeles Zumbado Cerdas
contra Santos Esteban Pérez no indica, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2020-2201. Juzgado
de Familia de Heredia, a las nueve horas cincuenta y nueve minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte. Proceso abreviado, establecido por María de los Ángeles Zumbado Cerdas,
mayor, casado/a, dato desconocido, vecina de Asunción
de Heredia, cédula N° 0110830188 contra Santos Esteban Pérez no indica, mayor, casado/a, dato desconocido, vecino de desconocido, cédula N° PC0952499. Por tanto: de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución
Política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 y 57 del
Código de Familia; se declara con lugar
la demanda abreviada de divorcio interpuesta por María de
los Ángeles Zumbado Cerdas,
contra Santos Esteban Pérez y se declara: 1) La disolución del matrimonio que une a actora
y demandado. 2) No se otorga
derecho alimentario para ninguno
de los cónyuges. 3) No hay hijos
por los cuales se deba hacer referencia sobre la custodia de ellos, ni de los demás atributos de la responsabilidad
parental. 4) No existen bienes
de los cuales alguno de los
cónyuges pueda tener algún derecho de ganancialidad, pero en todo caso,
de aparecer alguno, el no propietario adquiere el derecho a participar en la mitad del valor neto final del mismo, debiendo ventilarse ese monto y demás extremos en la etapa siguiente
de proceso de ejecución que
corresponda. Sin condena en costas para la parte vencida. Una vez firme este
fallo, por medio de ejecutoria
expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo
en el Registro
Civil al tomo ochenta y nueve, folio ocho, asiento quince
del libro de matrimonios de
la provincia de Heredia. Por haber
sido representado el demandado por medio de un curador procesal se ordena publicar un extracto del fallo en el Boletín
Judicial. Notifíquese. Abreviado
de divorcio, expediente
N°19-001194-0364-FA, establecida por María de los Ángeles Zumbado Cerdas
contra Santos Esteban Pérez no indica.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021565412 ).
Licenciado
Leonardo Loría Alvarado, Juez
del Juzgado de Familia de Heredia, a Hagar Awad Abdeldayem Mansour, en su carácter
personal, quien es mayor, Dato Desconocido,
Dato Desconocido, vecino de
desconocido, cédula , se le hace saber que en demanda Procesos Especiales de Cambio de Residencia Exp N°
20-002050-0364-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia
contra Hagar Awad Abdeldayem
Mansour, se ordena notificarle
por edicto, la Sentencia
que en lo conducente dice:
N° 2021-1151. Juzgado de Familia de Heredia, a las
once horas veintiuno minutos
del siete de mayo de dos mil veintiuno.
Proceso Procesos Especiales de Cambio de Residencia, establecido
por Patronato Nacional de la Infancia,
mayor, dato desconocido, vecino(a) de Heredia, cédula 3007042039 contra Hagar Awad Abdeldayem Mansour, mayor, dato desconocido, dato desconocido, vecino(a) de desconocido, cédula.
Por tanto: De acuerdo a lo expuesto,
y artículos 51 y 52 de la Constitución
Política; Convención sobre los derechos del niños; y
1, 2, 5, 6, 8, y 140 y siguientes del Código de
Familia; se Acoge el Proceso Abreviado de Autorización de Salida del País de Persona Menor de Edad y Cambio de Domicilio establecido por la menor de edad Fatma Mohammad Hemida Abdeldayem, quién es representada - en ejercicio de los atributos de la Responsabilidad
Parental- por su madre
Hagar Awad Abdeldayem
Mansour Awad, contra Mohammad Hemidaattia
y se autoriza para que la menor
de edad, nacida en Costa Rica, el 25 de noviembre de 2015, pueda salir del país en forma permanente para ir a residir a Egipto, incluyendo la posibilidad de que en caso de ingresar nuevamente a Costa Rica y desea salir siendo aún
menor de edad, no requiera de permiso de su padre, el aquí
accionado. Este fallo puede ser ejecutado en cuanto a la salida del país, incluso aún en
la eventualidad de que no se encuentre
firme, por cualquier motivo que conlleve esa circunstancia; con la garantía que la parte promovente, especialmente la madre de la menor de edad, como titular de su representación, debe dar de que en caso
de firmeza diversa a la aquí dada en vista de un eventual
recurso y diferente resolución del órgano superior, asumirá consecuencias de responsabilidad en los alegatos y manifestaciones expresadas para esta autorización, si es que son éstas las razones de una revocatoria de la autorización
por el superior. Si es solicitada,
extiéndase la respectiva certificación. Se resuelve el asunto sin condena
en costas para la parte accionada. Publíquese en el
Boletín Judicial un extracto
de la sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021565413 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor
de edad Cristian Castillo Castillo,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. Expediente
N°21-000390-1152-FA. Clase de Asunto:
Depósito judicial de persona menor
de edad.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica. A las diez horas cuarenta y tres minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. 01 de julio del año 2021.—Msc.
Kensy Cruz Chaves, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021565414 ).
Msc. Pablo
Amador Villanueva, Juez del Juzgado
de Familia de Heredia, a José Emilio Hidalgo Sarmiento, en
su carácter demandado, quien es mayor, vecino(a) de desconocido, cédula
07-0195-0935, se le hace saber que en proceso actividad
judicial no contenciosa Expediente
Nº 21-001220-0364-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia
contra Hellen Roblero Brenes
y José Emilio Hidalgo Sarmento, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las catorce
horas treinta y uno minutos
del uno de junio de dos mil veintiuno.
De las presentes diligencias de depósito
de la menor Zarhay Hidalgo Roblero, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia
de San Pablo, se confiere traslado
por tres días a los señores
Hellen Roblero Brenes y
José Emilio Hidalgo Sarmento. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Parte interviniente: Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del correo electrónico
castilloh.im@abogados.or.cr. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de
Nacimiento. d) Profesión u oficio.
e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia.
De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°
41-14, celebrada el 6 de
mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección
de la vivienda como el lugar de trabajo,
horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números
telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre
de algún familiar o vecino
a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que, si por el monto
de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede
recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono
central número 22-07-42-23. En
otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí,
que la demanda debe ser contestada
en el plazo
que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”.
Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia
el 28 de febrero de 2009,
dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica
es posible que la parte señale un Lugar para atender notificaciones. (Art.58)
y en todos los demás procesos, las partes deben señalar
Medio para recibir sus notificaciones.
Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar Dos Medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar
medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación
automática. (Art.34). Así
las cosas, se le previene a
las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica
en el Departamento
de Tecnología de Información
del Poder Judicial (gestión
que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale
ese medio). Para ello debe hacerse
lo siguiente: Comunicarse
con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos
2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero
electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar
un documento a la dirección
electrónica que se presenta
y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que
el correo fue recibido en
la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está
inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros Extremos: Se otorga el depósito
judicial provisional de la menor de edad Zarhay Hidalgo Roblero, en la señora Romelia Robledo Brenes. A
la cual se le previene que deberá comparecer a este despacho
en el plazo
de tres días, a aceptar y jurar el cargo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
236 del Código de Familia. Notificaciones: Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s),
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para notificar
al ente aludido, se comisiona a la a la Oficina de
Comunicaciones y Otros Comunicaciones Judiciales de Siquirres. Al señor José Emilio Hidalgo Sarmento,
por medio de edicto el cual será publicado
en el Diario
Oficial La Gaceta. Notifíquese. Actividad Judicial
No Contenciosa Expediente
Nº 21-001220-0364-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia
contra Hellen Roblero Brenes
y José Emilio Hidalgo Sarmento.—Juzgado de Familia de
Heredia.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021565417 ).
Se hace saber al señor Oscar Antonio
Ávila Mora, mayor, casado, cédula identidad
1-0907-0967, demás calidades
y domicilio desconocido,
que en este Despacho se tramita proceso abreviado nulidad matrimonio Nº 14-00851-0186-FA establecido
por la procuraduría general de la república
se ordenó notificarle por edicto, la solicitud planteada por la entidad actora, referida a que se declare
la nulidad del matrimonio celebrado con la señora Martha Soley Salzar por haberse configurado un vicio en el
consentimiento de unos de
los contrayentes. Contará
con el plazo de diez das para contestar la demanda, ya sea que la acepte o la rechace en cuyo caso
expresará sus razones, ofrecerá prueba, presentará excepciones y señalará medio para recibir notificaciones. Se solicita declarar la nulidad del matrimonio, al Registro Civil la anulación de su inscripción, la anulación de cualquier trámite de naturalización y todo acto para otorgar la residencia emitido por la Dirección General
de Migración y Extranjería.
El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de
Familia del Primer Circuito Judicial de San José,
26 de mayo de 2021.—Licda. Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021565437 ).
Se hace saber a la señora Hye Shin
Han, mayor, casada, nacionalidad
coreana, empresaria, pasaporte número PM6993591, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho
se tramita Proceso Abreviado Nulidad Matrimonio N° 15-000091-0186-FA establecido
por Procuraduría General de la República, se ordena notificarle por edicto, la solicitud planteada por la entidad actora, para que se declare la inexistencia
del matrimonio celebrado
entre las partes, y para que se refiera
a ella le fue otorgado el plazo
de diez días, dentro del cual
podrá contestar negativamente, expresando sus razones, aceptar los hechos, ofrecer prueba, presentar excepciones y señalar medio para recibir notificaciones. Se solicita declarar la nulidad del matrimonio, al Registro Civil la anulación de su inscripción, corregir las citas de inscripción de la menor; la anulación de cualquier trámite de naturalización y todo acto para otorgar la residencia emitido por
la Dirección General de Migración
y Extranjería. El emplazamiento
corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de mayo de 2021.—Licda. Marianela Vargas Cousin, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021565438 ).
Se avisa al señor Víctor Aquilizan Parang, mayor, casado,
nacionalidad filipina, comerciante, domicilio y demás calidades desconocidas,
que en este Despacho se tramita Diligencias Reconocimiento Hijo Mujer Casada
expediente N° 18-000739-0186-FA promovido por David
Josué Rivas Castillo, para que en sentencia se le autorice a reconocer como su
hijo al menor Anderson David Parang Torres. Dentro de
dicho proceso se dictó el auto que en lo conducente dice: “Juzgado Primero de
Familia de San José, a las diecisiete horas cinco minutos del diecisiete de
mayo de dos mil veintiuno. III. Siendo que ha sido imposible localizar al señor
Víctor Aquilizan Parang,
tal como dispone el artículo 86 del Código de Familia, notifíquesele al mismo,
la presente resolución, mediante edicto que se publicará en el Boletín
Judicial o en un Diario de circulación nacional.—Juzgado
Primero de Familia, San José, 17 de Mayo de 2021.—Msc.
Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021565439 ).
Se avisa al señor Alirio Vanegas
Zapata, mayor, casado, nacionalidad
colombiana, domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita diligencias de reconocimiento
de hijo de mujer casada, expediente N°
20-000248-0186-FA promovido por Jean Carlo Begnozzi Marín,
para que en sentencia se le
autorice a reconocer como su hijo
al menor Andrés Alirio Vanegas Rojas. Dentro de dicho proceso se dictó el auto que en lo conducente dice: “Juzgado Primero de Familia. San José, a las catorce horas cuarenta minutos del veinticuatro de abril de dos mil veinte...tal y como dispone el artículo 86 del Código de
Familia, notifíquesele al mismo,
la presente resolución mediante edicto que se publicará en el
Boletín
Judicial o en un diario
de circulación nacional”.—Juzgado Primero de
Familia, San José, 27 de mayo de 2021.—Msc.
Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021565440 ).
Se hace saber a la señora Guiselle Jacqueline Astúa Gamboa,
mayor, casada, portadora
cédula identidad N° 1-0805-0752, demás
calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se tramita proceso abreviado divorcio N° 21-000203-0186-FA (2) establecido por Freddy Alberto Elizondo Arias, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda de divorcio por la causal de separación
de hecho, sin declaración en cuanto a guarda,
crianza, educación y gananciales por no existir hijos menores de edad ni bienes.
Se solicita la disolución
del vínculo matrimonial. El emplazamiento
corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de julio de 2021.—Licda. Marianela
Vargas Cousin, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021565449 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
Maricruz Pérez Rojas, costarricense, mayor, estudiante, con número telefónico 89469341 cédula de identidad
número 0207280910, vecina
de San Rafael, Llano Brenes 500 metros este de la escuela del lugar, hija de Edgar Pérez Rodríguez
y Carmen Rojas Alvarado, nacida en
San Ramón Centro, con 26 años
de edad, y Rafael Alexander Ramírez Fernández, mayor, Soltero,
Bibliotecario, cédula de identidad
número 0115080411, vecino
de San Ramón, San Rafael, 400 oeste de la Iglesia del lugar, hijo de Alexander Ramírez Torres y Olga Fernández Castro, nacida en Uruca
Central San José, el
29/07/1992, actualmente con 28 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 21-000256-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia),
San Ramón, fecha, 23 de marzo
del año 2021.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021565221 ).
Licenciada Kensy Carolina Cruz Chaves, Jueza
del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de
Denis Leonel Acosta Duarte, país de origen: Costa Rica, estado civil:
divorciado, en unión de hecho cédula de identidad N° 7139225 ocupación: dependiente, sexo: masculino, edad 49 años cumplidos y Sinia Rocha Prado, país de origen: Costa Rica, estado civil,
soltera en unión de hecho, cédula de identidad número: 7134654, edad en años
cumplidos: 41 años, ambos contrayentes son vecinos de
Limón. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000433-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 29 de junio
del 2021.—Msc. Kensy Cruz
Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021565223 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil:
Alondra Vanessa Hernández Nicholson, cédula de identidad
número 0604750756 y Anthony David Fallas
Anchia cédula de identidad número 0604040174;
ambas personas contrayentes tienen
el domicilio en Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este
matrimonio se realice, está
en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº Nº21-000814-1146-FA.—Juzgado de Familia
de Puntarenas, Puntarenas, fecha, 07 de julio del año 2021.—MSc. Maureen
Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021565316 ).
Msc. Kensy Cruz Chaves, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Maureen Molina Sirias, costarricense,
estado civil: unión libre,
cédula de identidad N° 7-0153-0381, 37 años, ocupación: estudiante, sexo: femenino, nacido en: provincia: Centro, Central,
Limón, en fecha 30 de julio de 1983 y Juan Guzmán Solano, costarricense,
estado civil: unión libre,
cédula N° 7-0167-0188, 35 años, ocupación:
construcción, sexo: masculino, nacido en: provincia: Centro, Central,
Limón, en fecha 22 de setiembre de 1985. Ambas personas tienen
su domicilio en Limón, Barrio Limoncito, 2
casas antes de la Iglesia
Soldados de La Cruz, casa de cemento sin pintar. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 21-000445-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
Limón, 06 de julio del 2021.—Msc.
Kensy Cruz Chaves, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021565416 ).
MSC. Kensy Cruz Chaves, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil, los señores Kevin Cerna Thomas, costarricense, estado civil: soltero en unión
de hecho, cédula de identidad
N° 7-0227-0325, 27 años, ocupación: mantenimiento y jardinería, sexo: masculino, nacido en: provincia:
Centro Central, Limón, en fecha
10 de mayo de 1994, no tiene ninguna
discapacidad, hijo de Gerónimo Cerna Obando, Nacionalidad: costarricense y
Valeria Thomas Francis nicaragüense. Y Azaria Fallas Rocha, costarricense, estado civil: divorciada, cédula
N° 7-0240-0152, 25 años, estudiante,
sexo: femenino, nacida en: Centro, Central Limón,
dirección; no tiene ninguna discapacidad. Hija de Enrique Fallas Espinoza, nacionalidad costarricense y
Evelin Rocha Rojas, nacionalidad: Costarricense.
Celular personal, 6181-2744. La contrayente
manifiesta estar embarazada. Ambas, personas tiene
su domicilio en Limón, Bordón de Cahuita
Talamanca, 800 metros norte carretera
a Limón casa Fibrolit sin pintar.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-000358-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 14 de junio del 2021.—Msc. Kensy Cruz Chaves, Jueza.— 1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021565457 ).
En concordancia con el artículo 162 del Código Procesal
Penal y el artículo 13 de
la ley de notificaciones, se proceda
a publicar el siguiente edicto dos veces con un intervalo no menor a ocho
días entre cada publicación;
gestión que de conformidad
a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria de La Corte el 22 de junio de 2009, en virtud al principio de gratuidad,
dicha publicación se encuentra exento de todo pago de derechos. Conforme a la resolución de las trece horas nueve minutos del cinco de mayo del dos
mil veintiuno del Juzgado
Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela comuníquese a la Empresa S&R
Trustee Company Sociedad Limitada
a través de su representante legal Edwin Alberto Acuña
Rosales en su calidad de Gerente 01, o quien ostente el
cargo, la resolución que ordena
restablecimiento de las cosas
al estado anterior de las quince horas del veinte de noviembre del año dos mil veinte del Juzgado Penal del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela dentro de la Investigación Penal
N° 16-000011-0611-PE.—Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental, al ser
las trece horas y cincuenta
y seis minutos del dieciocho
de mayo del año dos mil veintiuno
– Comuníquese a la empresa
a S&R Trustee Company Sociedad Limitada cédula Jurídica 3-102-574288 a través de
su representante legal
Edwin Alberto Acuña Rosales, cédula 1-0675-0999, o quien ostente el
cargo, en su calidad de propietaria de las
fincas partido de Alajuela, matrícula
A-243001; 176677, 393963, 546580, 498416, 551511 y 176959 sobre
la resolución de las quince horas del veinte de noviembre del año dos mil veinte del Juzgado Penal del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela dentro de la investigación penal
N° 16-000011-0611-PE, la cual enuncia en su
parte dispositiva: “Por
tanto: De conformidad con la normativa
citada se ordena: dentro
del plazo de seis meses, deberá
procederse con las siguientes
acciones y prohibiciones: Sobre el delito
de Invasión de área de protección: En las propiedades matrículas número 2-176959, 2-551511, 2-546580, se ordena
al Banco Improsa S. A., representado
legalmente por Marianela Ortuno
Pinto: 1. El retiro total de cultivos
de piña, así como el depósito de tierra y otros materiales que se encuentran invadiendo el área de protección
las nacientes y la quebrada sin nombre.
2. Que se desarraiguen las plantas
de piña que invaden el área de bosque en el Proyecto Azucena. Sobre el delito de relleno y drenaje de Humedal: En de las propiedades 2-176677,
2-243001, 2-393963, 2-546580, 2-498416 y 2-551511, se ordena
a las empresas: S&R Trust Company S.A, representada legalmente por Edwin
Alberto Acuña Rosales Cédula 1-0675-0999, Ganadera Agropecuaria La Camila
Sociedad Anónima, representada
legalmente por Enrique Eduardo Batalla
Navarro cédula de identidad 1-0993-0134, Banco Improsa S.A representado legalmente por Marianela Ortuho
Pinto, RBT Trust Services Limitada, representada legalmente por
Juvenal Rafael Sánchez Zúñiga, ced
1-0905-0554: 1. Realizar una limpieza
de canales de manera artesanal. 2. Eliminar todos los canales de drenaje de los cultivos que se encuentren afectando los humedales. 3. Realizar una restitución del espejo de agua: abrir un espacio físico en áreas de influencia
directa con el fin de que
se desarrolle la vegetación
flotante del humedal. 4. Eliminar y remover totalmente todos los residuos sólidos que se encuentren dentro
y fuera de los humedales.
5. Construir obras de contención hidráulica que asegure un llenado rápido de las áreas de transición que controlen las salidas de flujos de agua con el propósito
de mantener un nivel adecuado del espejo de agua que favorezca la restitución de la flora y fauna natural. Para la ejecución de dichas medidas cautelares, se ordena a los o las representantes
legales de las personas jurídicas
de los inmuebles cumplir
con lo citado. En el caso de que los obligados no ejecuten las medidas ordenadas en el Plazo
de Seis Meses, se ordena al MINAE en
asocio con la Municipalidad que le corresponda, dentro del plazo de
Seis Meses contados a partir
del día siguiente del vencimiento
del plazo otorgado a las empresas obligadas e ejecutar dichas acciones, que procedan con la ejecución forzosa de las medidas, dejando ver que las costas se podrán cobrar a las responsables en sentencia. Se les previene a los
o las representantes legales
de las personas jurídicas del inmueble
que, en caso de incumplimiento injustificado de
lo anterior, se les podrá seguir
causa por el delito de
DESOBEDIENCIA, a partir de lo dispuesto
en el artículo
314 del Código Penal. Se ordena notificar
de manera personal lo resuelto
a los representantes legales
de dichas empresas. Notifíquese, Procédase y Ejecútese. Msc. Joselyn Villegas
Araya, Jueza Penal. Etapa Preparatoria.”
Es todo.—Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental.—Lic. José
Alejandro Alpízar Arrones,
Fiscal Auxiliar.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021562040 ). 2 v. 2 Alt.
En concordancia con el artículo 162 del Código Procesal Penal y el artículo 13 de la Ley de Notificaciones,
se proceda a publicar el siguiente edicto
dos veces con un intervalo
no menor a ocho días entre cada publicación; gestión que de conformidad a la Circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría
de la Corte el 22 de junio
de 2009, en virtud al
principio de gratuidad, dicha
publicación
se encuentra exento de todo pago de derechos. Conforme a la resolución de las trece
horas nueve minutos del cinco de mayo de dos mil veintiuno
del Juzgado Penal del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela comuníquese a la empresa Ganadera Agropecuaria La Camila
Sociedad Anónima a través
de su representante legal
Enrique Eduardo Batalla Navarro en
su calidad de presidente, o quien ostente el cargo, la resolución que ordena restablecimiento de las cosas al estado anterior de las quince horas del veinte
de noviembre del año dos
mil veinte del Juzgado
Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela
dentro de la investigación penal número
16-000011-0611-PE. Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental, al ser las dieciséis
horas y veinte minutos del dieciocho de mayo del año dos mil
veintiuno. Comuníquese a la empresa a Ganadera Agropecuaria La Camila Sociedad Anónima,
cédula jurídica N°
3-101-373935 a través de su
representante legal Enrique Eduardo Batalla Navarro, cédula de identidad
número 1-0993-0134, o quien
ostente el cargo, sobre la resolución de las quince
horas del veinte de noviembre
del año dos mil veinte del Juzgado Penal del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela dentro de la investigación penal
número 16-000011-0611-PE, la cual
enuncia en su parte dispositiva:
“Por tanto: De conformidad con la normativa
citada se ordena: dentro
del plazo de seis meses, deberá
procederse con las siguientes
acciones y prohibiciones: Sobre el delito
de Invasión de área de protección: En las propiedades matrículas número 2-176959, 2-551511, 2-546580, se ordena
al Banco Improsa S.A., representado
legalmente por Marianela Ortuno
Pinto: 1. El retiro total de cultivos
de piña, así como el depósito de tierra y otros materiales que se encuentran invadiendo el área de protección
las nacientes y la quebrada sin nombre.
2. Que se desarraiguen las plantas
de piña que invaden el área de bosque en el Proyecto Azucena. Sobre el delito de relleno y drenaje de Humedal: En de las propiedades 2-176677,
2-243001, 2-393963, 2-546580, 2-498416 y 2-551511, se ordena
a las empresas: S&R Trust Company S. A., representada legalmente por Edwin
Alberto Acuña Rosales Cédula 1-0675-0999, Ganadera Agropecuaria La Camila
Sociedad Anónima, representada
legalmente por Enrique Eduardo Batalla
Navarro cédula de identidad 1-0993-0134, Banco Improsa S.A representado legalmente por Marianela Ortuho
Pinto, RBT Trust Services Limitada, representada legalmente por
Juvenal Rafael Sánchez Zúñiga, cédula N° 1-0905-0554: 1. Realizar
una limpieza de canales de manera artesanal 2. Eliminar todos los canales de drenaje de los cultivos que se encuentren afectando los humedales. 3. Realizar una restitución del espejo de agua: abrir un espacio físico en áreas
de influencia directa con el fin de que se desarrolle la vegetación flotante del humedal. 4. Eliminar y remover totalmente todos los residuos sólidos que se encuentren dentro y fuera de los humedales. 5. Construir obras de contención hidráulica que asegure un llenado rápido de las áreas de transición que controlen las salidas de flujos de agua con el propósito de mantener un nivel adecuado del espejo de agua que favorezca la restitución de la flora y fauna natural. Para la ejecución de dichas medidas cautelares, se ordena a los o las representantes
legales de las personas jurídicas
de los inmuebles cumplir
con lo citado. En el caso de que los obligados no ejecuten las medidas ordenadas en el plazo
de seis meses, se ordena al MINAE en
asocio con la municipalidad
que le corresponda, dentro del plazo
de seis meses contados a partir
del día siguiente del vencimiento
del plazo otorgado a las empresas obligadas a ejecutar dichas
acciones, que procedan con
la ejecución forzosa de las
medidas, dejando ver que las costas se podrán cobrar a las responsables en sentencia. Se les previene a los
o las representantes legales
de las personas jurídicas del inmueble
que, en caso de incumplimiento injustificado de
lo anterior, se les podrá seguir
causa por el delito de desobediencia -a partir de lo dispuesto en el
artículo 314 del Código Penal-. Se ordena notificar de manera personal lo resuelto a los
representantes legales de dichas empresas. Notifíquese, procédase y ejecútese. Msc. Joselyn Villegas
Araya, Jueza Penal. Etapa Preparatoria.”
Es todo.—Fiscalía
Adjunta Agrario Ambiental.—Lic. José Alejandro Alpízar
Arrones, Fiscal Auxiliar.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021562044 ). 2 v. 2 Alt