BOLETÍN JUDICIAL 198 DEL 14 DE OCTUBRE DEL 2021

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA SEGUNDA

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Causahabientes

TRIBUNAL DE SERVICIO CIVIL

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA SEGUNDA

Al señor Werner Joe Rast, de domicilio ignorado, se hace saber: que en proceso de cooperación judicial internacional promovido por María Montalbán Rojas, tramitado bajo el expediente N° 20-000002-0005-FA, se solicita el reconocimiento de una sentencia emitida por la Corte de Circuito, condado de Green, Wisconsin, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre esas mismas partes. La petición se apoya en el artículo 99 del Código Procesal Civil, y tiene por objeto inscribir la sentencia en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar un curador para que lo represente. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Sala Segunda de La Corte Suprema de Justicia. San José, a las quince horas dos minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno. Se tiene por aceptado el cargo de curador procesal conferido al licenciado Heberto José Noguera González para representar al señor Werner Joe Rast (folios 77 y 70), a quien se da traslado por el plazo de diez días hábiles acerca de la solicitud que formula la parte promovente, María Montalbán Rojas, tendiente a que se reconozca la sentencia de divorcio aportada. Se le previene que en su primer escrito deberá indicar, en el territorio nacional, un medio de notificación principal y otro secundario autorizado por ley, el cual puede ser un correo electrónico siempre que la cuenta haya sido validada ante el Poder Judicial (lo cual puede realizarse en la dirección: https://pjenlinea3.poder-judicial.go.cr/vcce.userinterface); la omisión producirá las consecuencias dispuestas en los artículos 10 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Tramítese el asunto con la intervención de la persona curadora mencionada. De conformidad con el artículo 19.4 del Código Procesal Civil, notifíquese al señor Werner Joe Rast la petición inicial y la presente resolución por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Lic. Kenneth Muñoz Rojas”. Publicación exenta por tratarse de materia de familia.

                                                             Kenneth Muñoz Rojas

                                                             Secretario/a de Sala a. í.

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021590479 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A Archivo Notarial, Dirección Nacional de Notariado, Registro Civil y Registro Nacional: que en el proceso disciplinario notarial N° 11-0001000-0627-NO, de Francisco Marín Porras contra Óscar Eduardo Núñez Calvo, (cédula de identidad N° 2-0378-0316), este Juzgado mediante resolución número 205-2021 de las diecinueve horas cuarenta y tres minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, dispuso levantar la suspensión impuesta al denunciado Óscar Núñez Calvo a partir de la publicación de este edicto. Juzgado Notarial.

San José, 24 de mayo del 2021.

                                                            Lic. Francis Porras León,

                                                                     Juez Tramitador

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021590522 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Licda. Hellen Hidalgo Ávila, jueza del Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral); hace saber a Asociación Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón, que en este Despacho se interpuso un proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales en su contra, bajo el expediente número 21-000093-1125-LA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: por ignorarse el domicilio o lugar de ubicación del representante legal de la persona jurídica denominada Asociación Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón representada por Édgar Arturo Arroyo Blanco, se emplaza a los socios, asociados o a quien corresponda designar representante, para que en el plazo de un mes acrediten tal nombramiento, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4 del Código Procesal Civil en aplicación supletoria de esta materia. Lo anterior se ordena así en proceso OR.S.PRI. Prestac. laborales de José Emilio Beita Vargas contra Asociación Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 01 de setiembre del 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590298 ).

Msc. Norman Herrera Vargas, juez del Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral); hace saber a Nihau Transport Limitada con cédula jurídica número 3-102-668510; y Z & B Packing S.A., con cédula jurídica número 3-101-679533, que en este Despacho se interpuso un proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales en su contra, bajo el expediente número 18-000335-1125-LA donde se dictó la resolución que literalmente dice: por ignorarse el domicilio o lugar de ubicación de los representantes legales de las personas jurídicas denominadas: Nihau Transport Limitada con cédula jurídica número 3-102-668510; y Z & B Packing S.A., con cédula jurídica número 3-101-679533, se emplaza a los socios, asociados o a quien corresponda designar representante, para que en el plazo de un mes acrediten tal nombramiento, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4 del Código Procesal Civil en aplicación supletoria de esta materia. Publíquese la presente por medio de boletín judicial. Lo anterior se ordena así en proceso de Néstor Agustín Espinoza Gutiérrez contra Nihau Transport Limitada; Novus Mensajería Sociedad Anónima; Z & B Packing S.A.; Tania Suñol Muñoz; Mayra Lubadinia León Marenco; Cristina Hidalgo León; El Soldado de La Paz Sociedad Anónima; Eugenia María León Marenco; Inversiones Ceiba T Veinte Sociedad Anónima, 27 de septiembre del año 2021. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral).—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(IN2021590517).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Noemy Aurora Bustos Morales 05-0142-0581, quien fue mayor, casada, vecina de San Juan de Santa Cruz Guanacaste, laboró para el Ministerio de Educación Pública y falleció el veintitrés de mayo del dos mil catorce, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000310-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21- 000310-0775-LA. Por Ingrid Vanessa Vega Bustos a favor de ella misma.— Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 01 de octubre del año 2021.—Katherine Ramírez Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590266 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eric Gerardo Rodríguez Méndez cédula de identidad 06-0296-0470, fallecido el veintiuno de setiembre del dos mil veintiuno, quien fue mayor de edad, casado de derecho pero no de hecho, trabajador en Proval y vecino de Alajuela, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector público bajo el número 21-000296-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000296-0775-LA. Por María Fernanda Rodríguez Alvarez.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 29 de setiembre del año 2021.— Katherine Ramírez Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590267 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Antonio Navarro Miranda 0106720390, fallecido el 08 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001156- 1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001156-1178-LA. Por a favor de Marco Antonio Navarro Miranda.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de julio del año 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590268 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Fallas Lobo quien fue mayor, viudo, pensionado, vecino de Alajuela, San Ramón, San Juan y falleció el veintitrés de abril del dos mil dieciocho; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de persona fallecida bajo el número 21-000338-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000338-0694-LA.— Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Yorleni Bello Varela, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590269 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yamileth Vargas Gamboa 0202850762, fallecida el 05 de junio del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el número 21-000403- 1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000403-1288-LA. Promovido por Byron Mejías Vargas a favor de Yamileth Vargas Gamboa.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 25 de junio del año 2021.—Msc. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590270 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Antonio Hernández Hernández cédula de identidad número 0108040671, fallecido el 18 de septiembre de 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de CONSIG. PREST. sector privado bajo el número 21-001159-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001159-0929-LA. Por Municipalidad de Pococí, cédula jurídica 3-014-042125 a favor de Carlos Antonio Hernández Hernández.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de setiembre del año 2021.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590271 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Claro Fajardo Obando cédula de identidad 0501990853, fallecido el 9 de agosto del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001163-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001163-0929-LA. Por Natalia María Fajardo Piñar, cédula de identidad 0503290393 a favor de Jose Claro Fajardo Obando.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de setiembre del año 2021.—Msc. Gerardo Salas Herrera, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590272 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Barrot Hernandez quien fue mayor, divorciado, cédula de identidad número: 106890668, pensionado, y fallecido el 07 de marzo del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001027- 0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001027-0929-LA. Por Operadora BAC San José a favor de Jorge Eduardo Barrot Hernandez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de agosto del año 2021.—Lic. Luis Manuel Martínez Castro, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590273 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wislado Benedicto Gómez Gómez cédula de identidad 0501380026, fallecido el 25 de enero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001143-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001143-0929-LA. Por Adelaida Gomez Rivera cédula de identidad 0603420627 a favor de Wislado Benedicto Gomez Gomez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 22 de setiembre del año 2021.—Lic. Luis Manuel Martínez Castro, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590274 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wilson Antonio Porras Venegas, cédula de identidad 206650949, quien fue mayor, soltero, costarricense, vecino de Tres Esquinas de La Fortuna, laboraba en La Perla de La Fortuna, San Carlos, quien falleció el 27 de diciembre del 2020, hijo de Rosibel Venegas Espinoza y Antonio Porras Rodríguez, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000049-1513-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000049-1513-LA. Por a favor de.—Juzgado Contravencional de la Fortuna (Materia Laboral), 29 de setiembre del año 2021.—Msc. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590275 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Diego Jiménez Ramírez 0205520337, fallecido el 23 de agosto del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000472- 1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000472-1288-LA. Por Adriana Patricia Sandoval Brenes a favor de Luis Diego Jiménez Ramírez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 07 de setiembre del año 2021.—Licda. Karla Valenciano Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-AC.— ( IN2021590672 ).

TRIBUNAL DE SERVICIO CIVIL

El Tribunal de Servicio Civil notifica que en gestión de despido interpuesta por la Ministra de Educación Pública contra el servidor Óscar Antonio Orozco Fernández, cédula de identidad número seis-cero ciento sesenta y cuatro-cero doscientos cuarenta y ocho, tramitada como sin oposición bajo el expediente número GD-088-2021, se dictó el Voto número 13627, de las nueve horas diez minutos del seis de setiembre de dos mil veintiuno, cuyo por tanto dice:

“Se declara: con lugar la gestión de despido promovida por la Ministra de Educación Pública para despedir al señor Óscar Antonio Orozco Fernández de su puesto sin responsabilidad para el Estado, de acuerdo con expuesto, disposiciones legales, artículos 14 inciso a), 190 inciso a) 194 y 196 del Estatuto de Servicio Civil, 63 inciso a) de su Reglamento y los numerales 63 Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública y 81 literal g) del Código de Trabajo. Queda autorizado el Poder Ejecutivo para despedir al indicado servidor. Contra la presente resolución cabe el recurso de apelación, con la debida expresión de agravios ante este Tribunal, dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación del presente fallo, según lo que establece el artículo 44 del Estatuto de Servicio Civil y sus reformas.”

Lic. Omar Jiménez Camareno, Actuario.—1 vez.—O.C. N° 4600052097.—Solicitud N° 300349.—( IN2021590533 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cinco millones cincuenta y un mil doscientos cincuenta colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKN884, Marca: BYD, Estilo F0 GLX I, categoría automóvil, Capacidad: 5 personas, año 2016, color blanco, combustible gasolina, cilindrada 1000 c.c., Motor N° BYD371QAC15013197. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos ochenta y ocho mil cuatrocientos treinta y siete colones con setenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos sesenta y dos mil ochocientos doce colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yorleny de Los Ángeles Calderón Mora. Expediente N° 19-007463-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con veinticuatro minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2021591458 ).

En este Despacho, con una base de quince millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de 185289-000, matrícula número Guanacaste, la cual es naturaleza: terreno de potrero, situada en el distrito 1-Carmona cantón 9-Nandayure de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada linderos: norte, 3-101- 574527 Sociedad Anónima sur, Yanina Guerrero Fonseca este: 3- 101-574527 Sociedad Anónima oeste, calle publica con un frente a ella de 34 metros 87 centímetros. Mide: mil seis metros cuadrados plano:G-1464014-2010. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de once millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la base de tres millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Cristhian Campos Palma, Xinia María del Carmen Campos Palma. Expediente 21-000474-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: diecinueve horas con quince minutos del treinta y uno de Julio del dos mil veintiuno. Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021591461 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de treinta y un millones cuatrocientos setenta y seis mil setecientos setenta y tres colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa de 2 plantas. Situada en el distrito cero uno, San Juan, cantón trece, Tibás, de la provincia de San José.- Colinda: al norte María Digna Matamoros Marín; al sur carretera con 10 metros; al este Trinidad Otárola Marín y al oeste María Digna Matamoros Marín. Mide: trescientos ochenta y nueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil veintiuno con la base de veintitrés millones seiscientos siete mil quinientos ochenta colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de siete millones ochocientos sesenta y nueve mil ciento noventa y tres colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.-”Se recuerda a las partes en el proceso lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 159 del Código Procesal Civil y a saber “El postor, para participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50%) de la base, en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado de un banco costarricense o cualquier mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de lo ofrecido deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del original, para lo cual deberán tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con la diligencia señalada”. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Prestamos Para La Educación contra Mayra Luz del Carmen Blanco Matamoros, Viviana María Monge Blanco. Expediente 21-001432-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de agosto del 2021.—Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—( IN2021591481 ).

En este Despacho, con una base de siete mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares con cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 829282; marca: Nissan; año:2010; color: gris; categoría: automóvil; Vin: 3N1CC1CD2ZL163101. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno con la base de cinco mil quinientos ochenta y seis dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos sesenta y dos dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Olga Isabel Mertina González Villalobos. Expediente N° 19-017032-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de setiembre del año 2021.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021591482 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos cuarenta y seis mil cuarenta y tres colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia del OIJ inscrita al tomo 0005, asiento 13185, secuencia 001; sáquese a remate el vehículo Placa: 485997, Marca: Mitsubishi, Estilo: Eclipse, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: 4A3CF34B6PE029053, carrocería: Sedan 2 puertas, tracción: 4x2, Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del dos de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de un millón setecientos cincuenta y nueve mil quinientos treinta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de quinientos ochenta y seis mil quinientos diez colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacional VEINSA S. A. contra Eric Mora Marín. Expediente N° 07-000711-0181-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 30 de setiembre del año 2021.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez Tramitador.—( IN2021591484 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil cuatrocientos veinticinco dólares con treinta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas MFR959, marca: KIA, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3KPA241ABJE056917, año fabricación: 2018, color: azul, N° motor: G4LCHE721847, cilindrada: 1368 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós con la base de trece mil sesenta y ocho dólares con noventa y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del seis de abril del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil trescientos cincuenta y seis dólares con treinta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Miguel Ángel Abarca Ramírez. Expediente N° 20-009183-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y cuatro minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021591486 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil ciento sesenta y tres dólares con noventa y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa FSR213, marca Hyundai, estilo Accent GL, chasis KMHCT51BEGU249506, capacidad 5 personas, color blanco, año 2016, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós con la base de seis mil ciento veintidós dólares con noventa y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de febrero del dos mil veintidós con la base de dos mil cuarenta dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Juan José Segura Hernández, Laura Cristina Rodríguez Solano. Expediente N° 20-012490-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2021.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021591487 ).

En este Despacho, con una base de siete mil sesenta y siete dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BLM791, marca: Changan, estilo: CS 35, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: LS5A3DDE9HA955178, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2017, color: rojo, N° motor: JL478QEEGC9N061455, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós con la base de cinco mil trescientos dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós con la base de mil setecientos sesenta y seis dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Luis Diego Seas Oses. Expediente N° 21-012151-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de agosto del 2021.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisor.—( IN2021591490 ).

En este Despacho, con una base de diez mil treinta y tres dólares con cincuenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BNL720, marca: BYD, estilo: F3, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: LGXC16DF9H0055119, año fabricación: 2017, N° motor: BYD473QE217012444, cilindrada: 1500 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós, con la base de siete mil quinientos veinticinco dólares con doce centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del tres de febrero del dos mil veintidós, con la base de dos mil quinientos ocho dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Leonardo Carmona Murillo. Expediente N° 21-012092-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de julio del 2021.—Maricela Monestel Brenes, Juez/a Decisor/a.—( IN2021591491 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil ochocientos un dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TSJ 000291, marca: Citroen, estilo: C 4SX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF7LCN6ALBY500540, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número chasis: VF7LCN6ALBY500540, año fabricación: 2011, uso: taxi, color: rojo, moneda: colones, Vin: VF7LCN6ALBY500540, N° motor: 10FX7W3446041, modelo: SX1.6I, cilindrada: 1587 c.c., cilindros: 4, potencia:80 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil veintiuno con la base de cuatro mil trescientos cincuenta y un dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno con la base de mil cuatrocientos cincuenta dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Mario Alberto del Carmen Bermúdez Jiménez. Expediente N° 20-010923-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de setiembre del 2021.—Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—(IN2021591494 ).

En este Despacho, con una base de tres mil seiscientos ochenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-256600, marca Suzuki, estilo APV, carga liviana, chasis MHYDN71V2BJ303215, año 2011, color blanco. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del uno de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno con la base de dos mil setecientos sesenta y cuatro dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno con la base de novecientos veintiún dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Mario Alfredo de Los Ángeles Porras Jiménez. Expediente N° 21-002388-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 01 de setiembre del 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021591497 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil trescientos veintiún dólares con doce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas N° 742470, Marca: Nissan, Estilo: Tilda, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2008, carrocería: Sedan 4 puertas, color: negro, tracción: 4x2. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de tres mil doscientos cuarenta dólares con ochenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de mil ochenta dólares con veintiocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Johanna de Los Ángeles Fonseca Castillo. Expediente N° 20-011404-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de setiembre del 2021.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021591498 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil treinta y un dólares con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 896473, teléfono: 2225-1800, celular: 8819-2120, fax: 2225-8938 o fax: 2281-0910. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil veintiuno con la base de tres mil veintitrés dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno con la base de mil siete dólares con ochenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Óscar Uriel González Ochoa. Expediente N° 19-013964-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de agosto del año 2021.—Luis Abner Salas Muñoz, Juez Tramitador.—( IN2021591499 ).

En este despacho, con una base de cuatro mil trescientos cuarenta y cuatro dólares con noventa y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 842496, marca: honda estilo: Civic LX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2010, color: gris, Vin: 19xfa1650ae801595, cilindrada: 1799 c.c , combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintidós con la base de tres mil doscientos cincuenta ocho dólares con setenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de marzo de dos mil veintidós con la base de mil ochenta y seis dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Jose Alberto Araya Fuentes Expediente N° 21-006029-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora. y fecha de emisión: quince horas con dos minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno.—Gabriela Chaves Villalobos, Jueza Tramitadora.—( IN2021591501 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil sesenta y tres dólares con sesenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BHL 255 Marca: Hyundai, Estilo: Tucson Limited, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, año fabricación: 2015, número chasis: KMHJT81CDFU041911, número de Motor: G4KEEU523023, cilindrada: 2400 c.c. cilindros: 4. Para tal efecto se señalan las once horas del doce de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas del veinte de enero del dos mil veintidós, con la base de seis mil setecientos noventa y siete dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas del treinta y uno de enero del dos mil veintidós, con la base de dos mil doscientos sesenta y cinco dólares con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Silvia Marcela Clunie Vega. Expediente 20-013493-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de setiembre del año 2021.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021591503 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis mil quinientos ochenta y siete dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL300651, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, serie: 8AJKB8CD5H1671068, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o campu, tracción: 4X4, número chasis: 8AJKB8CD5H1671068, año fabricación: 2017, color: negro, Vin: 8AJKB8CD5H1671068. Para tal efecto se señalan las siete horas treinta minutos del uno de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno con la base de diecinueve mil novecientos cuarenta dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno con la base de seis mil seiscientos cuarenta y seis dólares con noventa y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Emmeth Valle Alemán. Expediente N° 20-005856-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y cuatro minutos del seis de setiembre del dos mil veintiuno.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2021591507 ).

En este Despacho, con una base de diez mil quinientos sesenta y dos dólares con cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BDW 403, Marca: Hyundai, Categoría: automóvil, Estilo: Accent GL, Serie: KMHCT41DAEU504941, tracción: 4x2, cilindrada: 1600. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de siete mil novecientos veintiún dólares con cincuenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de dos mil seiscientos cuarenta dólares con cincuenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Jeremi José Arce Rojas. Expediente N° 17-021518-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de setiembre del año 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021591508 ).

En este Despacho, con una base de tres millones setenta y ocho mil trescientos setenta colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 299-11693-01 0909-004, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2009-35716-01-0004-001 (para ambos derechos); sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 29043, derecho 003 y 004, la cual es terreno agricultura. Situada en el distrito cero tres, Zapotal, cantón cero nueve, Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle; al sur, Marco Vinicio Vargas Barboza, María de los Ángeles Vargas Barboza; al este, Norma Barboza Ulate; y al oeste, Río Ora. Mide: dos mil cincuenta y ocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del dos de diciembre del dos mil veintiuno con la base de dos millones trescientos ocho mil setecientos setenta y ocho colones con seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del once de diciembre del dos mil veintiuno con la base de setecientos sesenta y nueve mil quinientos noventa y dos colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos para Educación (CONAPE) contra Norma Barboza Ulate y otro. Expediente N° 13-025303-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 de setiembre del 2021.—Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—( IN2021591513 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de veinticinco millones cuatrocientos ochenta y seis mil quinientos ochenta y tres colones con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas: 406-01422-01-0940-001 servidumbre de paso citas: 2011-342980-01-0001-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2018-645769-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 1-483645-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 7-Patarra, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos Cordero Brenes; al sur, servidumbre de paso; al este, Lote dos, y al oeste, Alfonso Emilio Monestel Cordero. Mide: ciento setenta y un metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del dos de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno con la base de diecinueve millones ciento catorce mil novecientos treinta y siete colones con ochenta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de seis millones trescientos setenta y un mil seiscientos cuarenta y cinco colones con noventa y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo Montero Cascante, Hallen Monestel Vega. Expediente N° 21-001410-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de agosto del 2021.—Floryzul Porras López, Jueza Tramitadora.—( IN2021591521 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones novecientos ochenta mil doscientos ochenta y tres colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 17-002867-0497-TR; sáquese a remate el vehículo placa TH-000121, marca Hyundai, estilo Accente, categoría automóvil, estilo Accente, capacidad 5 personas, año 2006, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, color rojo, vin KMHCM41VP6U010379, cilindrada 1500 cc, combustible diésel, cilindros 4. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del uno de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos doce colones con ochenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós, con la base de un millón cuatrocientos noventa y cinco mil setenta colones con noventa y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Luis Antonio Romero Dolmos. Expediente N° 20-000241-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2021.—Paula Morales González, Juez/a Decisor/a.—( IN2021591524 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones novecientos diez mil quinientos cinco colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL315013, marca Mitsubishi, estilo: L200, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las once horas quince minutos del veintiséis de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós con la base de diecisiete millones ciento ochenta y dos mil ochocientos setenta y ocho colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós con la base de cinco millones setecientos veintisiete mil seiscientos veintiséis colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra BDT Comercial Sociedad Anónima, Miguel Mora Brenes. Expediente 20-003807-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del I Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y nueve minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno.—Manuel Loria Corrales, Juez Tramitador.—( IN2021591542 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones setecientos ochenta mil colones, libre de gravámenes de garantías reales pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 301-00003903-01-0002-001 y servidumbre de paso bajo las citas: 2016-00156538- 01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 493788, derecho 000, la cual es terreno para construir y parte destinado a servidumbre de paso. Situada en el distrito: Río Segundo, cantón: Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alexis Agüero; al sur, Guiselle Villalobos Cabezas; al este, calle pública; y al oeste, Alexis Agüero. Mide: doscientos setenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del once de noviembre del dos mil veintiuno con la base de diecisiete millones ochocientos treinta y cinco mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno con la base de cinco millones novecientos cuarenta y cinco mil colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Angela de La Cruz García Alegría contra Juan Enrique Salazar Guerrero. Expediente N° 14-000401-0307-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y seis minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno.—M.Sc. Kathia Rivera Hernández, Jueza.—( IN2021591560 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y un millones doscientos noventa y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José finca: 578968, derecho 000, naturaleza: terreno con 1 casa y patio situada en el distrito 2-Guaitil cantón 12-Acosta de la provincia de San José finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Virgilio Fallas Hidalgo, sur, calle pública, este, Virgilio Fallas Hidalgo, oeste, calle pública. Mide: seiscientos un metro con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: SJ-1006167-2005, identificador predial:112020578968 Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno con la base de treinta millones novecientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno con la base de diez millones trescientos veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociacion Solidarista de Empleados dela Compañía Nacional de Fuerza y Luz contra Alexander Francisco Chacón Brenes, Teresita Auxiliadora Fallas Hidalgo. Expediente21-007851-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de julio del año 2021.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernandez, Juez Decisor.—( IN2021591568 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic y reservref:1848 511 001, citas: 277-04235-01-0901-003; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y tres mil cuatrocientos nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito: 07-La Colonia, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Odilia Ramírez Chacón; al sur, Zeneida Chacón Ramírez, destinado a servidumbre de paso; al este, calle pública, y al oeste, Odilia Ramírez Chacón. Mide: ciento cincuenta y un metros cuadrados, plano L-1784051-2014. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del seis de diciembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del seis de enero del dos mil veintidós, con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Deybi José Castrillo Ramírez, Florencio de Jesús Castrillo Vásquez. Expediente N° 19-000657-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 05 de octubre del 2021.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Decisora.—( IN2021591571 ).

En este Despacho, con una base de treinta y dos millones trescientos once mil setecientos setenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 2857-003-001 citas: 325-01254-01-0968-001, servidumbre de oleoducto y de paso de RECOPE citas: 427-12741-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 212209-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 3-Capellades, cantón 6-Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Enrique Fausto Valverde Ramírez; al sur, Julio Cesar Morales Valverde; al este, servidumbre agrícola en parte y calle pública, y al oeste, José Manuel Mena Cordero. Mide: ochocientos cincuenta metros cuadrados. Plano: C-1140464-2007. Identificador predial: 306030212209__. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dos de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de veinticuatro millones doscientos treinta y tres mil ochocientos treinta y un colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de ocho millones setenta y siete mil novecientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Allan Johanny Aguilar Valverde, María Bernarda Valverde Chinchilla, Minor Gerardo Ruiz Naranjo. Expediente N° 16-017736-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de setiembre del 2021.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2021591618 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos noventa y siete mil quinientos cuarenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones Automovilísticas W.I.B. Internacional S. A.; al sur, calle pública con frente de 20.22 metros; al este, calle pública con frente 12.04 metros; y al oeste, Inversiones Automovilísticas W.I.B. Internacional S. A. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Nazareth Padilla Montero. Expediente N° 21-002987-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y ocho minutos del diez de setiembre del dos mil veintiuno.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2021591642 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 228141-000, naturaleza: lote 13 terreno para construir. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Miguel Ángel Alcoser Pineda; al sur, Antonio Hakong Sánchez Guerrero; al este, Juan Benavides; y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y siete metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0717160-1987. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra María de Los Ángeles Sosa Navarro. Expediente N° 21-001941-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta y seis minutos del doce de agosto del dos mil veintiuno.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2021591643 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas: 2017-643746-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 333658, derechos 001 / 002, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 3-San Juan, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María de los Ángeles Villalobos Salazar; al sur, María de los Ángeles Villalobos Salazar; al este, servidumbre de paso frente 8 metros 99 centímetros por 8 metros de ancho, y al oeste, María de los Ángeles Villalobos Salazar. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del dos de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del trece de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Javier Francisco Sotela Quesada, María del Milagro Moya Salas, Tricia María Fuentes Dinarte. Expediente N° 21-000862-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 20 de agosto del 2021.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza.—( IN2021591644 ).

En este Despacho, con una base de ciento veintidós mil seiscientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas: 800-707366-01-0001-001 servidumbre trasladada citas: 352-04459-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 216097-000, la cual es naturaleza: terreno para construir-lote 3 bloque K. Situada en el distrito 5-Concepción, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, lote 2 K; al noroeste, lote 9 K; al sureste, calle pública; y al suroeste, lote 4 K. Mide: ciento sesenta metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del siete de diciembre del dos mil veintiuno con la base de noventa y un mil novecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintiuno con la base de treinta mil seiscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hernán Francisco De Asís González Rodríguez. Expediente N° 20-014186-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de setiembre del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021591645 ).

En este Despacho, con una base de doce millones novecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Cond Rest citas: 345-12738-01-0911-001 y reservas y restricciones citas: 345-12738-01-0913-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ochenta y nueve mil ciento cuarenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno Lote N° 14 de cascadas uno, terreno para construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote N° 15; al sur, Lote N° 13; al este, calle pública con frente de 12 metros, y al oeste, calle pública con frente de 12 metros. Mide: doscientos veintiocho metros cuadrados, plano L-0542226-1999. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del treinta de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno con la base de nueve millones setecientos doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de tres millones doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Karen Yuliette Trejos Piedra. Expediente N° 21-003472-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 29 de setiembre del 2021.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Juez/a Decisor/a.—( IN2021591646 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 289260, derecho 000, la cual es terreno de solar para construir con una casa. Situada en el distrito 6-Esquipulas, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Abelardo Marique y Mario Solano Rojas y Ana Rita Solórzano García; al sur, servidumbre, Alberto Sancho González y Fabio Francisco Chavarría Araya; al este, servidumbre, Fabio Francisco Chavarría Araya y Ademar Ramírez Chacón; y al oeste, Álvaro Francisco Rojas Jiménez. Mide: trescientos setenta y cuatro metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno con la base de veintiún millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno con la base de siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Praxede Del Carmen Delgadillo Laguna. Expediente N° 19-001882-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 17 de setiembre del 2021.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza.—( IN2021591647 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos ochenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 396-18015-01-0806-001 servidumbre trasladada citas: 396-18015-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos sesenta y nueve mil seiscientos setenta y tres, derecho cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno de patio con 1 casa-lote 1. Situada en el distrito 7- Puente de Piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 3; al sur, Carlos Luis Solorzano Arias; al este, calle publica con 08,94 mts y al oeste Marielos Bolaños Arias. Mide: ciento quince metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0005882-1991. identificador predial:203070269673. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones treinta y seis mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la base de un millón trescientos cuarenta y cinco mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Edwin Vargas Villalobos contra Miriam Vega Araya, Rodrigo Cortes Céspedes. Expediente 21-001940-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta minutos del dieciséis de Agosto del dos mil veintiuno.—Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—( IN2021591667 ).

En este Despacho, con una base de siete mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada: 259-00778-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecinueve mil novecientos sesenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte, resto destinado a calle pública; al sur, lote cinco B; al este, lote treinta y seis B y al oeste, lote treinta y ocho B. Mide: ciento cuarenta y seis metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno con la base de cinco mil seiscientos veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del dos de diciembre de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Sacha S.CH. S. A. contra Kattia Rebeca Torres González. Expediente 20-002771-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: siete horas con diecisiete minutos del diez de agosto del dos mil veintiuno.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021591669 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos diez mil seiscientos ochenta y cinco colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento setenta y ocho mil novecientos cincuenta y dos, derecho 000, la cual es terreno con dos casas. Situada en el distrito 2-La Virgen, cantón 10-SarapiquI, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Juan Rodríguez Rodríguez; al sur, calle pública con 10.00 metros; al este, lote A 23 y al oeste, lote A 25. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós con la base de cuatro millones doscientos ocho mil catorce colones con treinta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas quince minutos del seis de abril de dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos dos mil seiscientos setenta y un colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Dionis Otoniel Pichardo Mejías. Expediente N° 21-008772-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: ocho horas con veintisiete minutos del diecisiete de Setiembre del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021591673 ).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos quince mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BCD043, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, año: 2000, color: negro, Vin: KMHCG41FPYU070505, N° motor: GAEA760887, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del uno de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós con la base de un millón seiscientos sesenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós con la base de quinientos cincuenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Katherine Dayana Jiménez Ruiz contra Johnny Zúñiga Segura. Expediente N° 16-010277-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2021.—Lic Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021591674 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil setecientos tres dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: SJB 014936, marca: Toyota, estilo: Hiace, categoría: microbús, capacidad: 16 personas, serie, chasis y vin: JTFSK22P8G0023410, año: 2016, carrocería: microbús, color: azul, tracción: 4x2. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del once de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de dos mil ciento setenta y cinco dólares con ochenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de seis mil quinientos veintisiete dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Erick Gerardo Garita Rodríguez. Expediente N° 21-008743-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de agosto del 2021.—Jenny María Corrales Torres, Juez/a Decisor/a.—( IN2021591677 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones quinientos tres mil doscientos noventa y seis colones con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito 0800-00775700-001; sáquese a remate el vehículo BSP308. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del once de mayo del dos mil veintidós, con la base de trece millones ochocientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta y dos colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós con la base de cuatro millones seiscientos veinticinco mil ochocientos veinticuatro colones con veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jair Josué Porras Jiménez. Expediente N° 21-002109-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 14 de setiembre del 2021.—Iván Tiffer Vargas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021591680 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones quinientos seis mil trescientos setenta y siete colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 311-09622-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas: 429-17330-01-0011-001, servidumbre de aguas pluviales bajo las citas: 2019-391864-01-0001-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2019-391877-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 580023-000, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos, cantón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Aurora Campos Castro; sur, Autorespuestos Chanan S. A. destinado a servidumbre de paso con un ancho 7 metros lineales y frente de 33.54 metros lineales en medio de Osvaldo Segura Zúñiga; este, Randall Rojas Castro; oeste, calle pública con frente de 9.97 metros lineales. Mide: trescientos sesenta metros cuadrados. Plano: A-2111326-2019. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del quince de setiembre de dos mil veintidós con la base de trece millones ciento veintinueve mil setecientos ochenta y tres colones con veintidós céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de setiembre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones trescientos setenta y seis mil quinientos noventa y cuatro colones con cuarenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Ángel de Jesús Monestel Sancho, Monestel Motores Sociedad Anónima. Expediente N° 21-002906-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con veintinueve minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno.—Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—( IN2021591684 ).

En este Despacho, con una base de seis millones setecientos noventa mil trescientos ochenta y nueve colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas: 333-01776-01-0901-001, citas: 333-01776-01-0902-001, condiciones Ref:2614-097-002; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos sesenta y tres mil ochenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 12-La Amistad, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Quebrada Salitre en medio Jacinto Duarte Blanco; al sur, calle pública; al este, en parte Jacinto Duarte Blanco, Quebrada Salitre, Roberto Espinoza González y calle pública y al oeste, Quebrada Salitre Jacinto Duarte Blanco quebrada y Eugenia Murcia López. Mide: siete mil setecientos treinta y cuatro metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de cinco millones noventa y dos mil setecientos noventa y un colones con setenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos noventa y siete mil quinientos noventa y siete colones con veintiséis céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jukaje del General S.A. contra Gerardo Guillermo Espinoza Quirós, expediente N° 20-000971-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con veintitrés minutos del diez de setiembre del dos mil veintiuno.—Franz Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021591694 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo la sumaria 17-602586-0500-TC del Juzgado de tránsito de Pavas; sáquese a remate el vehículo BFZ718 Marca: B.M.W. Estilo: X6 Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas Serie: WBAFH610XE0B45655 Carrocería: todo terreno 4 puertas Tracción: 4x4 año fabricación: 2014 color: rojo cilindrada: 3000 c.c., cilindros: 6, combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del once de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil veintidós, con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintidós, con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Richard Iván Romero Peláez. Expediente 19-002873-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del año 2021.—Licda. Wendy Pagani Rojas, Jueza.—( IN2021591704 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil catorce dólares con veintidós centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: JCS146, marca: Mitsubishi, estilo: Lancer GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2017, color: rojo, Vin: JMYSNCY1AHU000240, N° motor: 4A92CH3884, cilindrada: 1600 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas con diez minutos del dos de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas con diez minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno con la base de quince mil diez dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas con diez minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno con la base de cinco mil tres dólares con cincuenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra Jorge Eduardo Corrales Salas. Expediente N° 21-008334-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de junio del 2021.—Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—( IN2021591705 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones ciento treinta y cuatro mil setecientos ocho colones con ochenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: SJB 016665, Marca: Toyota, Categoría: microbús, Serie Vin Chasis: JTFSK22P3F0022728, Estilo: Hiace, Capacidad: 16 personas, año 2015, color blanco, N° Motor: 5L6251302, combustible: diésel, cilindrada 2986 c.c.. Para tal efecto se señalan las diez horas veinte minutos del cinco de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas veinte, minutos del quince de noviembre del dos mil veintiuno con la base de trece millones seiscientos uno mil treinta y un colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones quinientos treinta y tres mil seiscientos setenta y siete colones con veintidós céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Manuel Salvador Ríos Coto. Expediente N° 21-008253-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del 2021.—Licda. Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2021591706 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil ochocientos veinticinco dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo BNG036, Marca: Suzuki, estilo: Alto DX, carrocería: Sedan 4 puertas hatchback, año: 2017, color: gris, Vin: MA3FB32S9J0A12783, N° Motor: F8DN5771068, Modelo: OD13C2K00049600, cilindrada: 800 c.c.. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de seis mil seiscientos diecinueve dólares con doce centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de diciembre de dos mil veintiuno, con la base de dos mil doscientos seis dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S.A. contra Evelyn María Cascante Quirós. Expediente N° 21-002684-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de octubre del año 2021.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021591707 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones ochocientos ochenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con cuarenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 145995, derecho 000, la cual es terreno para construir bloque a lote 25. Situada en el distrito 9-Dulce Nombre, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, lote 24 A; al sur, lote 26 A; al este, Edwin Bolívar Rojas Céspedes y al oeste, calle pública con un frente de 13,01 cm. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno con la base de seis millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos treinta y nueve colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dos de diciembre de dos mil veintiuno con la base de dos millones doscientos veintiún mil seiscientos trece colones con once céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Bolívar Rojas Céspedes, expediente N° 20-010483-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de setiembre del año 2021.—Lic. Luis Salas Muñoz, Juez/a Tramitador/a.—(IN2021591816).

En este Despacho, con una base de cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 301-16499-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 549669-000, la cual es terreno de césped destinado a tumba, Bloque A, denominado del valle, Fila 11, Lote 9. Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón 14-Moravia de la provincia de San José. Linderos: norte, Campo Santo La Piedad S. A., sur, Campo Santo La Piedad S. A., este, Campo Santo La Piedad S. A., oeste, Campo Santo La Piedad S. A. Mide: un metros con ochenta decímetros cuadrados plano: SJ-0939048-2004. Para tal efecto, se señalan las 08:30 horas del 25/01/2022. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las 08:30 horas del 02/02/2022, con la base de trescientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las 08:30 horas del 10/02/2022 con la base de cien mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Daniels Family Inversionistas S.A. contra Real Sporting S. A.C. SA. Expediente N° 20-008734-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del 2021.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2021591886 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cincuenta y dos millones quinientos doce mil quinientos diecisiete colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número cuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno urbano con 1 casa. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1- Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 27,21 metros de frente; al sur, Amer González; al este, Juana María Loáiciga y al oeste, calle pública con 10.23 metros de frente. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Plano: G-0402609-1980. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dos de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintiuno con la base de treinta y nueve millones trescientos ochenta y cuatro mil trescientos ochenta y siete colones con noventa y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno con la base de trece millones ciento veintiocho mil ciento veintinueve colones con treinta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Luis Camareno Castro, expediente N° 19-000148-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y cuatro minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592067 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos dos mil setecientos ocho colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMR781, marca: Kia, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KNADN412BH6087928, carrocería: sedán 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: KNADN412BH6087928, año fabricación: 2017, color: azul, vin: KNADN412BH6087928. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de cinco millones cuatrocientos dos mil treinta y un colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la base de un millón ochocientos mil seiscientos setenta y siete colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Junior Fernán Toruño Castañeda, expediente N° 20-004911-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta minutos del quince de setiembre del dos mil veintiuno.—Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592068 ).

En este Despacho, 1- Con una base de veinte millones setecientos sesenta y nueve mil seiscientos veintidós colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 331-18058-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 158146 derecho 000, la cual es terreno de uso agrícola parcela número 81. Situada en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lotes 4 y 5 Inversiones Agrícola Tamarindo S. A. Servidumbre agrícola en medio; sur, lote 79 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A.; este, lote 82 y 83 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. y oeste, lote 80 Inversiones Agrícola Tamarindo S. A. Mide: cinco mil cuatrocientos sesenta y siete metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano: G-1149156-2007. De no haber postores, el segundo remate con la base de quince millones quinientos setenta y siete mil doscientos dieciséis colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate con la base de cinco millones ciento noventa y dos mil cuatrocientos cinco colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). 2- Con una base de veintitrés millones ciento noventa y seis mil novecientos treinta y un colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 331-18058-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 158161 derecho 000, la cual es terreno de uso agrícola parcela número 96. Situada en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 97 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A.; sur, lote 54 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. servidumbre agrícola en medio; este, lotes 47 y 48 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. y oeste, lote 95 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. Mide: seis mil ciento setenta y tres metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-1137004-2007. De no haber postores, el segundo remate con la base de diecisiete millones trescientos noventa y siete mil seiscientos noventa y ocho colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate con la base de cinco millones setecientos noventa y nueve mil doscientos treinta y dos colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base original). 3- Con una base de dieciocho millones setecientos setenta y siete mil cincuenta y seis colones con un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 331-18058-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 158164 derecho 000, la cual es terreno de uso agrícola parcela número 99. Situada en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lotes 41 y 42 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A., servidumbre agrícola en medio; sur, lotes 92 y 93 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A.; este, lote 98 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. y oeste, lote 100 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. Mide: cinco mil trece metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano: G-1137233-2007. De no haber postores, el segundo remate con la base de catorce millones ochenta y dos mil setecientos noventa y dos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate con la base de cuatro millones seiscientos noventa y cuatro mil doscientos sesenta y cuatro colones exactos (25% de la base original). 4- Con una base de diecinueve millones doscientos cincuenta y seis mil trescientos noventa colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 331-18058-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 158166 derecho 000, la cual es terreno de uso agrícola parcela número 101. Situada en el distrito 3- Sardinal, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lotes 15 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A., servidumbre agrícola en medio; sur, lotes 90 y 91 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A.; este, lote 100 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. y oeste, lote 102 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. Mide: cinco mil quince metros con diez decímetros cuadrados. Plano: G-1135804-2007. De no haber postores, el segundo remate con la base de catorce millones cuatrocientos cuarenta y dos mil doscientos noventa y dos colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate con la base de cuatro millones ochocientos catorce mil noventa y siete colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). Señalamientos: para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintidós y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del seis de mayo de dos mil veintidós. Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gary Richard Flood Schmidt, Lomas de Vesta Noventa y Nueve S.A., Sierras de Ulen Noventa y Seis S.A., Vistas de Kasota Ochenta y Uno S.A., Vistas de Odessa Ciento Uno S.A., expediente N° 20-001909-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuatro minutos del ocho de octubre del dos mil veintiuno.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021592070 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco millones ciento catorce mil novecientos ochenta y seis colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 0421-00003928-01-0001-001 en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil novecientos trece-cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al este, lote 9-F; al oeste, calle cuatro; al noroeste, lote 8-F, y al sureste, lote 6-F. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-1096426-2006. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del once de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del diecinueve de enero del dos mil veintidós, con la base de dieciocho millones ochocientos treinta y seis mil doscientos treinta y nueve colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós, con la base de seis millones doscientos setenta y ocho mil setecientos cuarenta y seis colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ángel Dionicio Pineda Acosta, Elvia Alicia Salazar Delgadillo. Expediente N° 16-001488-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con veinticuatro minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021592079 ).

En este Despacho, con una base de novecientos cincuenta y tres dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CL245250, marca: Fiat, estilo: Strada Working, categoría: carga liviana, capacidad: 2 personas, año: 2010, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, vin: 9BD27840NA7193552, color: blanco, tracción: 4x2, cilindrada: 1368 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dos de febrero de dos mil veintidós con la base de setecientos catorce dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de febrero de dos mil veintidós con la base de doscientos treinta y ocho dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Jose Rafael Padilla Morales. Expediente N° 21-004612-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del año 2021.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Tramitadora.—(IN2021592083).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas citas: 258-06894-01-0004-001 y Reservas Ley Caminos citas: 258-06894-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 163062-000, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Buenos Aires, cantón: 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, El Huerto del Edén S. A.; al sur, calle pública con un frente a ella de 14.50 metros; al este, El Huerto del Edén S. A.; y al oeste, El Huerto del Edén S. A. Mide: ciento noventa y dos metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de quinientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Edgar Cecilio Maroto Garro contra Mileidy Ávila Zúñiga. Expediente N° 21-002827-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y ocho minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2021592133 ).

En este Despacho, con una base de cien mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A Y A, citas: 0532-00007536-01-0001-001 y 0532-00007536-01-0046-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 35171-F-000, la cual es naturaleza: Filial primaria individualizada número 17 terreno apto para construir con un apartamento. Situada en el distrito 01-Desamparados, cantón 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al este, Caja Costarricense de Seguro Social; al oeste, área común de calle llamada Los Sauces; al noreste, Finca Filial dieciséis; y al suroeste, Finca Filial dieciocho. Mide: doscientos ocho metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: SJ-0843272-2003. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cincuenta minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cincuenta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cincuenta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós con la base de veinticinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Enrique Pacheco Vargas contra Erick Antonio Wright Mc Lean. Expediente N° 20-012514-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del año 2021.—Giovanni Morales Mora, Juez Tramitador.—(IN2021592135).

En este Despacho, con una base de cincuenta y ocho millones doscientos treinta y ocho mil doscientos noventa y siete colones con cuarenta y siete céntimos, libre de gravámenes de garantías mobiliarias, pero soportando servidumbre trasladada citas: 250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 158890-F-000, la cual es terreno finca filial número 27 identificada como FF-AP-403 ubicada en el nivel 4 destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito: 10-Hatillo, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre ducto y vacío existente sobre el área común; al sur, finca filial FF-AP-402 y en parte área común libre de ducto y área común construida de pasillo; al este, vacío existente sobre el área común y área común libre de ducto; y al oeste, finca filial FF-AP-404, finca filial FF-BO-401 y área común construida de pasillo. Mide: setenta metros con ochenta y seis decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del tres de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del once de mayo del dos mil veintidós, con la base de cuarenta y tres millones seiscientos setenta y ocho mil setecientos veintitrés colones con diez céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós con la base de catorce millones quinientos cincuenta y nueve mil quinientos setenta y cuatro colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Con una base de dos millones ochocientos dieciocho mil seis colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes de garantías mobiliarias, pero soportando servidumbre trasladada citas: 250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 159721-F-000, la cual es terreno finca filial número 232 identificada como FF-E-1-01, destinada a unidad de estacionamiento, ubicada en planta 1, en proceso de construcción. Situada en el distrito: 10-Hatillo, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de acceso vehicular; al sur, vacío; al este, finca filial FF-E-1-02; y al oeste, área común libre de estacionamiento. Mide: catorce metros con treinta decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del tres de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del once de mayo del dos mil veintidós con la base de dos millones ciento trece mil quinientos cuatro colones con setenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós, con la base de setecientos cuatro mil quinientos un colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra Felipe Antonio Ortiz Sandino, Marcela Rodríguez Villafuerte, Róger Sandino Sandino. Expediente N° 20-003779-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de setiembre del 2021.—Licda. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2021592190 ).

En este Despacho, con una base de ciento treinta y cuatro millones ochocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 372-17391-01-0915-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 237728-000, derecho, la cual es terreno naturaleza: para uso industrial. Situada en el distrito 4-San Antonio cantón 1-Alajuela Linderos: norte, calle pública con 57 m 60 cm, sur, calle publica con 63 m 40 cm este, Joaquín Sánchez, oeste, Eugenio Sánchez. Mide: tres mil ochocientos treinta y dos metros con diez decímetros cuadrados plano: A-0742338-1988. Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del treinta de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del siete de junio de dos mil veintidós con la base de ciento un millones ciento veintiocho mil ciento veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de treinta y tres millones setecientos nueve mil trescientos setenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eugenio Sanchez Arrieta contra Finza Danica KW S. A. Expediente 21-007428-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta y ocho minutos del tres de agosto del dos mil veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2021592543 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos setenta y tres mil setecientos cincuenta y cinco colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) correspondiente a las citas: 2013-02650-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento setenta y dos mil setecientos cuarenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 15-Montes de Oca, cantón 15-Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al este, servidumbre de paso seis metros sesenta y siete centímetros de frente; al noreste, Clementina Vargas Arroyo; al sureste, Julia Ballestero González y al suroeste, Juan Félix Acuña Sandi. Mide: setenta y siete metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones cuatrocientos cinco mil trescientos dieciséis colones con noventa y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la base de un millón cuatrocientos sesenta y ocho mil cuatrocientos treinta y ocho colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Arturo Solano Ballestero. Expediente N° 21-000788-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 16 de agosto del año 2021.—Licda. Lissette Córdoba Quirós, Jueza Tramitadora.—( IN2021592552 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 679555, marca: Hyundai, estilo: Elantra GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2007, color: blanco, vin: KMHDU41BP7U137048, número de motor: G4FC7U115116, marca de motor: Hyundai. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S.A. contra Wálter Antonio Alcocer Ramírez, expediente N° 21-008200-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de junio del año 2021.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592569 ).

En este Despacho, con una base de dos millones ochocientos treinta y dos mil novecientos sesenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDR028, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, año fabricación: 2013, color: azul, cilindrada: 1400 c.c, cilindros: 4, N° motor: G4FADU288180, vin: KMHCT51CADU098921. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del primero de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento veinticuatro mil setecientos veintidós colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diez de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de setecientos ocho mil doscientos cuarenta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Guiselle García Acuña. Expediente N° 21-007915-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de julio del 2021.—Mauricio Hidalgo Hernández, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592571 ).

A las ocho horas del catorce de enero de dos mil veintidós, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, soportando reservas y restricciones, según citas 0395-00011906-01-0903-001 y con la base de catorce millones cuatrocientos veinte mil novecientos veintiún colones, remataré: el fundo hipotecado inscrito al partido de Alajuela, matrícula de folio real número cuatrocientos ochenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y siete-cero cero cero, que es terreno para cultivos, sito en el distrito seis Río Cuarto, cantón tres Grecia, de la provincia de Alajuela, lindante al norte, calle pública; al sur, Efraín Ávila Vargas; al este, Quebrada caño Negro y al oeste, Eliécer Zamora Alpízar; el cual mide diecisiete mil trescientos veintisiete metros con cero decímetros cuadrados, plano A-1510631-2011, propiedad de Johnny Giovanny Zamora Ávila. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de diez millones ochocientos quince mil seiscientos noventa colones con setenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas del veinticuatro de enero de dos mil veintidós. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de tres millones seiscientos cinco mil doscientos treinta colones con veinticinco céntimos, se señalan las ocho horas del dos de febrero de dos mil veintidós. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco de Costa Rica contra Johnny Giovanny Zamora Ávila. Expediente N° 21-000148-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 04 de octubre de 2021.—Lic. William Arburola Castillo, Juez Agrario.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021592581 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas: 379-13433-01-0860-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 64380, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 1 Quepos, cantón 6 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con frente de 18,25 metros; al sur, Roberto Vargas Aguilar; al este, Manuel Ramírez Zeledón y al oeste, Rodolfo Calderón Umaña. Mide: ochocientos treinta y siete metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno con la base de un millón cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Grey de Los Ángeles Urbina Vásquez, Marcos Aurelio Vargas Calderón. Expediente N° 11-003942-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 01 de octubre del año 2021.—Licda. Michelle Francine Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2021592585 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro mil ochocientos cuarenta nueve dólares con un centavo, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa CL 450843, marca: Volkswagen, categoría: carga liviana, estilo: Amarok, capacidad: 5 personas, tracción: 4x4, año: 2018, color: azul, Vin: WV1ZZZ2HZJA022317, Cilindrada: 3000 c.c, combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las catorce horas con cuarenta minutos del doce de noviembre del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas con cuarenta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil veintiuno, con la base de treinta y tres mil seiscientos treinta y seis dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas con cuarenta minutos del tres de diciembre del año dos mil veintiuno, con la base de once mil doscientos doce dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Hulera Escazú Técnica Sociedad Anónima. Expediente N° 21-008741-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2021.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592588 ).

En este Despacho, con una base de doce millones cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 378-06395-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 244304-000, la cual es terreno 1 casa sembrado de frijoles. Situada en el distrito: 9-La Palmera, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, noroeste calle pública con 22 metros 84centímetros, sur, noreste Emilia Carvajal Soto, este, sureste Guido Salazar Vargas, oeste, suroeste, calle pública con 22 metros 61 centímetros. Mide: quinientos diecinueve metros con treinta y ocho decímetros cuadrados, plano: A-0862590-1989. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de nueve millones treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiséis de setiembre del dos mil veintidós, con la base de tres millones doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Alberto Sequeira Bonilla. Expediente N° 21-005042-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y uno minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno. Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez/a Decisor/a.—(IN2021592591).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones seiscientos nueve mil quinientos doce colones con once céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 407-18500-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 279.676-000, la cual es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Miguel Ángel Lopez Guadamuz; al sur, calle pública con 100,00 metros; al este, Sumy Servicios S. A. y al oeste, Sumy Servicios S. A. Mide: ciento cuatro mil ochocientos cuarenta metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano: A-0051452-1992. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintidós con la base de veintisiete millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento treinta y cuatro colones con ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del siete de julio de dos mil veintidós con la base de nueve millones ciento cincuenta y dos mil trescientos setenta y ocho colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Vana Upala S. A., Rodolfo Ernesto Ocampo Cortés. Expediente N° 21-003136-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecinueve horas con treinta y uno minutos del nueve de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021592595 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos ochenta y siete mil trescientos cuatro colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BMT630, marca: Chevrolet, estilo: Spark LTZ, capacidad: 5 personas, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, número chasis: KL1CM6CA8HC725629, año fabricación: 2017, color: negro, cilindrada: 1400 c.c., cilindros: 4, potencia: 98 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del doce de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veinte de enero de dos mil veintidós con la base de cuatro millones cuatrocientos quince mil cuatrocientos setenta y ocho colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintiocho de enero de dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos setenta y un mil ochocientos veintiséis colones con veintidós céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Andrés Vásquez Vásquez. Expediente N° 20-002406-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 28 de setiembre del año 2021.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza Tramitadora.—(IN2021592607).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones doscientos sesenta y siete mil setecientos doce colones exactos ,soportando hipoteca de primer grado citas 2011-282886- 01-0001-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2010-1454825-01-0011-001, condiciones ref: 2953 113 001 citas: 327-18638-01-0903-001, reservas y restricciones citas: 327-18638-01- 0902-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos once mil seiscientos sesenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para pasto, cultivos. Situada en el distrito 5 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Víctor Manuel Barboza Porras y Guillermo Leiva Elizondo; al sur, quebrada en medio y Humberto Arias Monge y Óscar Umaña Salas; al este, quebrada en medio Y Gerardo Calderón Valverde y al oeste, servidumbre en medio de Humberto Arias Monge Y Geovanny Arias Segura. Mide: veinticuatro mil seiscientos sesenta y ocho metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno con la base de doce millones novecientos cincuenta mil setecientos ochenta y cuatro colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones trescientos dieciséis mil novecientos veintiocho colones exactos (25% de la base original). Con una base de cuatro millones trescientos treinta y cuatro mil cuatrocientos dieciocho colones exactos ,soportando hipoteca de primer grado citas: 2011-283126-01-0001-001, reservas y restricciones citas: 327-18638-01-0902-001, condiciones ref: 2953 113 001, citas: 327-18638-01-0903-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 611659-000, derecho 000, la cual es terreno para cultivos.- Situada en el distrito 5 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Víctor Manuel Barboza Porras; al sur, Guillermo Leiva Elizondo; al este, Guillermo Leiva Elizondo y al oeste, Geovanny arias segura y servidumbre de paso. Mide: dos mil cuatrocientos ocho metros con un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno con la base de tres millones doscientos cincuenta mil ochocientos trece colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno con la base de un millón ochenta y tres mil seiscientos cuatro colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Concentrados Almosi S.A contra Guillermo Leiva Elizondo. Expediente 20-002880-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con veintitrés minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2021592610 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil seiscientos veintisiete dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 278250-000, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 San Francisco, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Hermanos Amador Zúñiga S. A.; al este, lote 7; y al oeste, lote 9. Mide: trescientos metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno con la base de doce mil cuatrocientos setenta dólares con noventa y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno con la base de cuatro mil ciento cincuenta y seis dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Hadda Cecilia Muñoz Sibaja. Expediente N° 21-005745-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2021.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2021592612 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil seiscientos setenta y siete dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 910242, Marca: Hyundai, Estilo: Santa Fe GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, número Chasis: KMHSG81BDCU826589, año fabricación: 2012, color: gris, cilindrada: 2400 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del doce de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil veintidós con la base de seis mil quinientos ocho dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil veintidós con la base de dos mil ciento sesenta y nueve dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones Costa Rica S.A contra Carlos Miguel Molina Gutierrez, Carmen Mirieth Abarca Elizondo. Expediente 21-001346-1203- CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 28 de setiembre del año 2021.—Jennsy María Montero Lopez, Jueza Tramitadora.—( IN2021592616 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco mil ciento setenta dólares con noventa centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BQK-286, Marca: Chevrolet, Estilo: Captiva LTZ, Categoría: Automóvil, Capacidad: 7 personas, Carrocería: Todo terreno 4 puertas, Tracción: 4x4, Año Fabricación: 2018, Color: Negro, Vin: KL1FC6C65JB024778, N° Motor: Z22D1171320041, Cilindrada: 2200 c.c., Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del siete de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintidós, con la base de veintiséis mil trescientos setenta y ocho dólares con diecisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós, con la base de ocho mil setecientos noventa y dos dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Gary Richard Flood Schmidt. Expediente N° 21-002640-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: quince horas con nueve minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021592617 ).

En este Despacho, con una base de doce mil novecientos cuarenta y un dólares con quince centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BFV397, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra GL, categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, tracción: 4x2, año: 2014, color: café, Motor número: G4NBDU832358, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veinticinco de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del dos de febrero del dos mil veintidós, con la base de nueve mil setecientos cinco dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del diez de febrero del dos mil veintidós, con la base de tres mil doscientos treinta y cinco dólares con veintiocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Juan Gabriel Amador Quirós. Expediente N° 21-004560-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del 2021.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza.—( IN2021592618 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil cincuenta y dos dólares con sesenta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo el número de sumaria 19-000078-0174-TR; sáquese a remate el vehículo Placa: CL-282620, Marca: Hyundai, Estilo: HD 50S, Categoría: carga liviana, Capacidad: 3 personas, año fabricación: 2015, color: blanco, Vin: KMFGA17CPFC270469, cilindrada: 3900 c.c.. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del cuatro de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas quince minutos del quince de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de tres mil setecientos ochenta y nueve dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del veintisiete de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de mil doscientos sesenta y tres dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR SA contra Jorge Mauricio Quirós Núñez. Expediente N° 21-005741-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de octubre del 2021.—Licda. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2021592619 ).

En este Despacho, con una base de diez mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares con cincuenta y dos centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: BKD926, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCT51BAGU249832, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4X2, color: azul, año fabricación: 2016. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre del dos mil veintiuno con la base de siete mil ochocientos treinta y seis dólares con treinta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de diciembre del dos mil veintiuno con la base de dos mil seiscientos doce dólares con trece centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Marlene María Cordero Vega. Expediente N° 21-005857-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de agosto del 2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2021592620 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil ochocientos cuarenta y dos dólares con sesenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BKY252, Marca Hyundai, Estilo Accent GL, Capacidad: 5 personas, año: 2016, Serie: KMHCT41DAGU976408, Chasis: KMHCT41DAGU976408, color plateado, Vin: KMHCT41DAGU976408, N° Motor: G4FCFU347091, cilindrada 1600 c.c., Modelo SBS4D2617 D D305, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veinticinco de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dos de febrero de dos mil veintidós, con la base de siete mil trescientos ochenta y dos dólares con un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del diez de febrero de dos mil veintidós, con la base de dos mil cuatrocientos sesenta dólares con sesenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Armando Antonio Chaurel Pérez. Expediente N° 21-005893-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del año 2021.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2021592621 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil ciento ochenta y ocho dólares con setenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BNT042, marca Chevrolet, estilo Cruze LT, Vin 3G1B85DM5HS513592, año 2017, color negro, N° motor 1HS513592, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del dieciséis, de marzo del dos mil veintidós, con la base de catorce mil trescientos noventa y un dólares con cincuenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil setecientos noventa y siete dólares con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. Contra Ana Valeria Aguilar Vargas. Expediente N° 21-006027-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de octubre del 2021.—Wendy Pagani Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021592622 ).

En este Despacho, con una base de doce mil novecientos cuarenta y seis dólares con setenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BMM473, marca: Chevrolet, estilo: Spark LTZ, categoría: automóvil, año: 2017, color: negro, Vin: KL1CM6CA4HC743481, N° motor: LV7162680247, cilindrada: 1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dos de diciembre del dos mil veintiuno con la base de nueve mil setecientos diez dólares con seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del trece de diciembre del dos mil veintiuno con la base de tres mil doscientos treinta y seis dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Christian Gerardo Quesada Bolaños contra Nicanor Alonso Leiva Elizondo. Expediente N° 20-012531-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del 2021.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—(IN2021592623).

En este Despacho, con una base de diez mil quinientos diez dólares con veintinueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo la sumaria 19-004314-0497-TR, Juzgado de Transito de Heredia; sáquese a remate el vehículo BMR242, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, Capacidad; 5 personas, año: 2017, color: azul, Vin: KMHCT41BAHU276771, Motor: G4LCGU729915. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del dos de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del diez de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de siete mil ochocientos ochenta y dos dólares con setenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de dos mil seiscientos veintisiete dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Lindsay Selene Sanchez Castro. Expediente 20-008078-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de agosto del año 2021.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2021592624 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos mil trescientos veintitrés colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: TSJ-002595 (se aclara que lo que se embarga y subasta es el vehículo y no la concesión de taxi), Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCG41GP4U534709, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4x2, color: rojo. Para tal efecto se señalan las 08:45 horas del 22/11/2021. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 08:45 horas del 01/12/2021 con la base de un millón setecientos veinticinco mil doscientos cuarenta y dos colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 08:45 horas del 13/12/2021 con la base de quinientos setenta y cinco mil ochenta colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Mario Alberto Briceño Vargas. Expediente N° 20-001132-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de setiembre del año 2021.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2021592647 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones veintidós mil ciento catorce colones con noventa y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando reservas ley aguas citas: 409-06830-01-0004-001, reservas ley caminos citas: 409-06830-01-0005-001, y advertencia administrativa, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 142564, derecho 000, la cual es terreno de solar de forma triangular. Situada en el distrito 11-Quebradilla, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al este: calle publica; al noroeste: Francisco Céspedes Montero; al suroeste: Pastora Monge Angulo Y Eliecer Ilama Salmerón. Mide: cuatrocientos diecinueve metros con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno con la base de treinta y tres millones setecientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y seis colones con veinte céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno con la base de once millones doscientos cincuenta y cinco mil quinientos veintiocho colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional De Costa Rica contra Johnny Roberto Romero Ramírez, Juan José Romero Quirós. Expediente 17-002648-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de agosto del 2021.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021592648 ).

En este Despacho, con una base de once millones ciento setenta y cinco mil ciento noventa y un colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo DYG841, marca: Kia, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3KPA341ABKE204420, carrocería: sedán 4 puertas tracción: 4x2 número chasis: 3KPA341ABKE204420, año fabricación: 2019 color: blanco, vin: 3KPA341ABKE204420. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno con la base de ocho millones trescientos ochenta y un mil trescientos noventa y tres colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno con la base de dos millones setecientos noventa y tres mil setecientos noventa y siete colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Luisa Calderon Acuña, Lorena Torres Villanueva, expediente N° 21-003693-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 09 de abril del año 2021.—German Valverde Vindas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021592649 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones pero soportando servidumbre trasladada citas: 310-02560-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 310-02560-01-0903-001 y servidumbre trasladada citas: 310-02560-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 231409-000, la cual es terreno para construir con una casa en proceso de construcción. Situada en el distrito 1-Juan Viñas, cantón 4-Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Helechos de Centroamérica S.A.; al sur, Helechos de Centroamérica S.A.; al este, calle pública con un frente de 8.00 metros y al oeste Helechos de Centroamérica S.A. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno con la base de seis millones seiscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dos de diciembre de dos mil veintiuno con la base de dos millones doscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra José Daniel Aguilar Rojas. Expediente N° 20-013670-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de setiembre del año 2021.—Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021592651 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil cuatrocientos cuarenta y dos dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas FCB013, marca: Jeep, estilo: Renegade, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 988611458HK121566, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2017, color: gris, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cincuenta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cincuenta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno con la base de trece mil ochenta y dos dólares con diez centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cincuenta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veintiuno con la base de cuatro mil trescientos sesenta dólares con setenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Vivian Patricia Gentilini Salazar. Expediente N° 21-008722-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de junio del 2021.—María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2021592664 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones ochocientos ochenta mil doscientos ocho colones con diez céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas: 323-04273-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 282660, derecho cero cero cero, la cual es terreno con café y frutales. Situada en el distrito 3-Vuelta de Jorco, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 22,63 centímetros; al sur, Carlos Durán Monge y Zayda Hernández Mora; al este, Virgilio Rojas Abarca; y al oeste, Luis Leiva Mora. Mide: cuatro mil setecientos nueve metros con cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del cuatro de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del doce de enero del dos mil veintidós con la base de seis millones seiscientos sesenta mil ciento cincuenta y seis colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veinte de enero del dos mil veintidós con la base de dos millones doscientos veinte mil cincuenta y dos colones con dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan De Dios Arias Monge. Expediente N° 21-000090-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de octubre del 2021.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—(IN2021592665).

En este Despacho, con una base de dos millones setecientos cincuenta y ocho mil setecientos noventa y cuatro colones con catorce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BQN092, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedán 4 puertas, año fabricación: 2005, color: plateado, cilindrada: 1300 c.c cilindros: 4 potencia: 80 Kw, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil veintiuno con la base de dos millones sesenta y nueve mil noventa y cinco colones con sesenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno con la base de seiscientos ochenta y nueve mil seiscientos noventa y ocho colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S.A. contra Mac Dónald Pizarro Canales, Sofía Lorena Dávila Briceño, expediente N° 19-005561-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y cuatro minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2021592675 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones quinientos sesenta y nueve mil ciento catorce colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 387-11479-01-0873-002 condiciones citas: 387-11479-01-0874-002; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número ciento setenta y seis mil ochocientos sesenta y siete, derecho 000, la cual es terreno de pastos situada en el distrito 1-Tilarán cantón 8-Tilarán de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada linderos: norte: calle pública, sur; Instituto de Desarrollo Agrario, este: calle pública, oeste: Juanito Gerardo Ramírez Méndez. Mide: cinco mil novecientos ochenta y nueve metros con diez decímetros cuadrados, plano G-1180698-2007, identificador predial 508010176867. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno con la base de trece millones ciento setenta y seis mil ochocientos treinta y seis colones con seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones trescientos noventa y dos mil doscientos setenta y ocho colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Arturo Aguilar Rodriguez, exp. N°17-002844-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión dieciocho horas con treinta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021592712 ).

En este Despacho, con una base de cuatrocientos cincuenta y tres mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 315-00211-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento ochenta y ocho mil doscientos setenta y dos, derecho cero cero tres, la cual es terreno cultivado de café con una casa. Situada en el distrito: 01-San Isidro de El General, cantón:  19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ana María Barrantes y Cristóbal Monge Castro; al sur, Hernán Picado Monge; al este, Hernán Picado Monge y al oeste, carretera interamericana. Mide: sesenta y cuatro mil doscientos trece metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil veintiuno con la base de trescientos treinta y nueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de ciento trece mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Klasse Inc S.A. contra Hermatana S.A., expediente N° 21-002336-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: nueve horas con veintitrés minutos del uno de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2021592745 ).

En este Despacho, con una base de un millón ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BKH347, marca: Toyota, estilo: Echo, Serie: JTDBT123510177187, tracción: 4x2, año fabricación: 2001, color: gris, N° motor: 1NZ1833216, combustible: gasolina, cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del treinta de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Chaco Chafa S. A. contra Carlos Luis Ríos Murillo. Expediente N° 19-002720-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de octubre del 2021.—Cinthia Sáenz Valerio, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592747 ).

En este Despacho, con una base de cuatrocientos mil colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: 517624, marca: Hyundai, estilo: Elantra GL, automóvil, capacidad: cinco personas, tracción: cuatro por dos, año: mil novecientos noventa y dos. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del veintiséis de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas del seis de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de trescientos mil colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del catorce de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de cien mil colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria N° 07-000469-0182-CI-9 de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Moamet Ávila Arroyo.—Msc. Daniel Jiménez Medrano, Juez.—( IN2021592750 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y un dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 208789, derecho 000, la cual es terreno: naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito: Guadalupe, cantón: Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Napoleón González Chacón y, ambos en parte, al sur:  servidumbre de paso con un frente a ella de 15.50 metros; al este: Aracelly Sánchez Durán; y al oeste: calle publica con un frente a ella de 4.51 metros. Mide: sesenta y dos metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintidós con la base de treinta y tres mil setecientos treinta y seis dólares con cuarenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dos de junio de dos mil veintidós con la base de once mil doscientos cuarenta y cinco dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Manfred Hartley González Expediente N° 19-001178-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera,  06 de octubre  el año 2021.—Licda. Marlene Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2021592759 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (Ley de Informaciones Posesorias) citas: 2019-93594-01-0003-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 2019-93594-01-0004-001, Reservas Ley Forestal citas: 2019-93594-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número doscientos treinta y un mil ciento cuarenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno de patio con 2 casas. Situada en el distrito 1-La Cruz, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Dora Chaves Chaves; al sur, Ramón Arias Sánchez; al este, calle pública con una medida lineal de 21,14 metros; y al oeste, Río Vueltas y Vera Violeta Gutiérrez Martínez. Mide: mil doce metros cuadrados. Plano: G-1618022-2012. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Fátima Yesenia López Pavón. Expediente N° 21-002137-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y tres minutos del veintisiete de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—(IN2021592770).

En este Despacho, con una base de doce millones ochocientos cuarenta y cuatro mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número doscientos veintiún mil ochocientos cincuenta, derecho 001-002, la cual es terreno lote a terreno de solar situada en el distrito 1-Bagaces cantón 4-Bagaces de la provincia de Guanacaste Linderos: norte, Rodrigo Zúñiga Bermúdez; sur, Edgardo Alvarado Ruiz, este, calle publica oeste, Flor Saldoval Duarte Mide: Doscientos treinta y nueve metros cuadrados plano:g-1960109-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno con la base de nueve millones seiscientos treinta y tres mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno con la base de tres millones doscientos once mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Freddy Hernández Busto, Mariela Lobo Pérez. Expediente N° 21-001829-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con diez minutos del doce de agosto del dos mil veintiuno.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021592771 ).

En este Despacho, con una base de doce millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 345-19995-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento veintiocho mil ciento cuarenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir identificado como el lote 6-G. Situada: en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 5-G; al sur, lote 7-G; al este, calle tres con ocho metros, y al oeste, lote 19-G. Mide: ciento sesenta y seis metros con tres decímetros cuadrados. Plano: G-0763390-2002. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de nueve millones quinientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de tres millones ciento noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Fabián Cerdas Salas. Expediente N° 21-001807-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y tres minutos del veintisiete de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592772 ).

En este Despacho, con una base de once millones ciento treinta y un mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre de aguas pluviales, citas: 542-02165-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento treinta y dos mil novecientos cuarenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Macadamia Los Jadeos Sociedad Anónima; al sur, Macadamia Los Jadeos Sociedad Anónima; al este, Herbert Blackford Blackfort y al oeste, calle pública con frente 20,67 metros. Mide: cuatrocientos setenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados, plano L-0672572-2000. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de ocho millones trescientos cuarenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la base de dos millones setecientos ochenta y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-LA Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yodhendy Vanessa Pérez Álvarez. Expediente 21-000132-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 29 de setiembre del año 2021.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Decisora.—( IN2021592773 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula número 3-120863-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 5-Concepción, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 151; al sur, lote 149; al este, calle; y al oeste, lote 154. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del tres de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil veintiuno con la base de veinte millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veintiuno con la base de seis millones novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ronald Rojas Barrantes e Isabel Barrantes Siles. Expediente N° 20-013414-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de setiembre del 2021.—Luis Abner Salas Muñoz, Juez Tramitador.—( IN2021592774 ).

En este Despacho, con una base de doce millones ochocientos cincuenta y seis mil ochocientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref:00215217 000 citas: 369-08854-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos treinta y tres mil doscientos nueve, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: lote N° 6 a 47 para agricultura. Situada en el distrito 2-Aguas Claras, cantón 13- Upala de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Eugenio Benavides; sur, Carmen Acu/a; este, Ángel Villegas y oeste, calle. Mide: ochocientos cincuenta y siete metros con doce decímetros cuadrados. Plano: A-0769065-1988. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno con la base de nueve millones seiscientos cuarenta y dos mil seiscientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno con la base de tres millones doscientos catorce mil doscientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Eugenio Benavides López, expediente N° 12-001559-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con cincuenta y nueve minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592760 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete millones seiscientos cincuenta y nueve mil colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y seis mil quinientos setenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir, bloque D, lote 7 D situada en el distrito 1-Liberia cantón 1- Liberia de la provincia de Guanacaste Linderos: norte, lote 14 D sur, avenida 3 pública este, lote 6 D Residencial del Río de Liberia JCLM S A oeste, lote 8 D residencial del Río de Liberia JCLM S A Mide: doscientos cincuenta metros con cinco decímetros cuadrados plano:G-1162323-2007. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta de noviembre de dos mil veintiuno con la base de veintiocho millones doscientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de diciembre de dos mil veintiuno con la base de nueve millones cuatrocientos catorce mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro Y Préstamo contra Raúl Andrés Garita Matamoros. Expediente 21-002607-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y uno minutos del veintisiete de agosto del dos mil veintiuno.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021592778 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 21-000206-0188-CI donde se promueve información posesoria por parte de Rafael Ángel Mora Marín quien es mayor, divorciado una vez, comerciante, vecino de San José, Pérez Zeledón, Quebrada Honda, Calle La Conejera, portador(a) de la cédula número uno- cero cuatrocientos noventa y ocho- cero quinientos veinticuatro, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno de pasto.- Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón.- Colinda: al norte, con Ana Marlene Gutiérrez Laidley; al sur, con calle pública de catorce metros; al este, con Dainer Vega Valverde y al oeste, con Kemly Patricia Baldi Hernández. Mide: trescientos veintiséis metros cuadrados.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir Plano SJ- 2186300-2020 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno debidamente deslindado de los demás terrenos colindantes, mediante cercas con alambre de púas y carriles amplios y visibles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información posesoria, promovida por Rafael Ángel Mora Marín. Expediente 21-000206-0188-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: once horas con diecinueve minutos del cinco de Agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—( IN2021590191 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente número 21-000196-0642-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis Anselmo Castro Ulate quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Puntarenas, Montes de Oro, Miramar, ciento veinticinco metros norte del Bar Luna, Las huacas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-cero siete nueve-dos ocho tres (6-079-283), profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de bosque y pasto.- Situada en Miramar el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con: Ojochal Miramar S. A.; al sur, con Agrícola Gecaig S. A. y calle pública con un frente a ella de quinientos treinta y nueve centímetros con veintinueve decímetros lineales; al este, con Ojochal Miramar S. A. y al oeste con: Río Naranjo.- Mide: Veintiuna hectárea cuatro mil seiscientos uno metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-dos dos cero cuatro uno uno dos-dos cero dos cero (P-2204112-2020).- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de veinte millones de colones, asi como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones.- Que adquirió dicho inmueble por donación que el hiciera su padre Omar Castro Bolaños, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta y cinco años contando la de sus trasmitente.- Que existen condueños.- Que los actos de posesión han consistido en construcción de la casa, cercado del lote, darle mantenimiento y limpieza al terreno, la siembra de árboles frutales y ornamentales, agricultura y ganado vacuno a pequeña escala.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Anselmo Castro Ulate. Expediente 21-000196-0642-CI.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021590281 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000117-0298-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Olger Elías Varela Picado quien es menor, soltero, vecino de Alajuela, Los Chiles, San Jorge, 100 metros de la Escuela Colonia de Guanacaste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 208530488, estudiante, quien para los efectos es representado en este proceso por su padre Olger Elías Varela Núñez, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de repastos. Situada en el distrito Cuarto San Jorge, cantón Catorce Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Eduardo Clemente Quirós Jarquín; al sur, Jose Félix Quirós Quirós; al este, Clemente Quirós Quirós; y al oeste, calle pública con un frente a ella de ciento veintisiete metros con cincuenta y nueve centímetros lineales. Mide: cuarenta y un mil trescientos sesenta y un metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-263088-1995. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera su padre Olger Varela Núñez el 23 de junio de 2021, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño, junto con los derechos de posesión transmitidos, por más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercarlo, mantenerlo limpio y realizar siembras para consumo propio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Olger Elías Varela Picado. Expediente N° 21-000117-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, 24 de setiembre del 2021.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(IN2021590283).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000167-0298-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Valentín de Jesús García Quirós quien es mayor, estado civil casado, vecino(a) de Alajuela, Los Chiles, San Jorge, 1 km al sur del Liceo Rural, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 502070072, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de repastos con una casa y un corral. Situada en el distrito cuatro San Jorge, cantón catorce Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Orlando García Morera y en parte Río Quebrada Boca Tapada; al sur, calle pública con un frente a ella de doscientos ochenta y tres metros con veintisiete centímetros lineales y en parte Río Quebrada Boca Tapada; al este, calle pública con un frente a ella de ciento cincuenta y seis metros con treinta y tres centímetros lineales y al oeste, Río Quebrada Boca Tapada. Mide: cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y nueve metros con catorce decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-263077-1995. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación que le realizará su padre José Félix García Solano el 20 de julio de 2001, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 25 años, contando los derechos de posesión transmitidos. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercar el terreno y mantenerlo limpio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Valentín de Jesús García Quirós, expediente N° 21-000167-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, 27 de setiembre del año 2021.—William Arburola Castillo, Juez (a) Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590284 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000016-1520-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ricardo Luis Jiménez Chacón mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Fortuna de Bagaces cincuenta metros oeste del super Bar, cédula de identidad número 5-168-215, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es repasto. Situada en el distrito San José, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: Linderos: por el norte, con Carmen Loría y José Zúñiga Obando, en la actualidad el colindante por el norte es la finca descrita anteriormente como finca uno propiedad de Ricardo Jiménez Chacón; al sur, con Marvin Jiménez Chacón en la actualidad con Ricardo Jiménez Chacón; al este, con calle pública con un frente a ella de setecientos setenta metros con dieciocho centímetros lineales; y al oeste, con Marcos Alvarado González y Eduardo ñiga Flores, en la actualidad el colindante por el oeste es Marcos Alvarado González. Mide: cincuenta y dos hectáreas cinco mil doscientos ochenta y nueve metros con cero seis decímetros cuadrados catorce hectáreas ocho mil setecientos treinta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-635583-2000. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones y las diligencias en doscientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpia de maleza, chapes rondes reparación de cercas, siembra de pasto, cuido en general. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ricardo Luis Jiménez Chacón. Expediente N° 18-000016-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Alajuela, Upala, 27 de julio del 2021.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590285 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000016-1520-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ricardo Luis Jiménez Chacón, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Fortuna de Bagaces, cincuenta metros oeste del super Bar, cédula de identidad N° 5-168-215, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es repasto. Situada en el distrito San José, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ricardo Jiménez Chacón; al este, Dora Zoraida Urbina Aguilar y calle pública, y al oeste, Nydia Stewar Piedra y Marcos Alvarado González. Mide: catorce hectáreas ocho mil setecientos treinta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1798438-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones y las diligencias en doscientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de once años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpia de maleza, chapes rondes reparación de cercas, siembra de pasto, cuido en general. Que, si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ricardo Luis Jiménez Chacón. Expediente N° 18-000016-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Alajuela, Upala, 27 de julio del 2021.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez (a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590286 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000068-1520-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Inversiones El Río Azul del Norte S. C. R. Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-479046, con domicilio en Alajuela, Upala, San Rosa, un kilómetro norte de la Iglesia Católica, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno solar en el distrito Upala, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Evangelina Sequeira Sequeira; al sur, Gerardo Solorzano Barrantes; al este, Gerardo Solorzano Barrantes; y al oeste, calle pública. Mide: siete mil nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-2157899-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones y dos millones el bien inmueble. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapear, limpiar el terreno, realizar y cuidar cercas, cultivar cacao y dedicando a solar. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de UN MES contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Inversiones El Río Azul del Norte S. C. R. Sociedad Anónima. Expediente N° 21-000068-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria). Alajuela, Upala, 13 de agosto del año 2021.—Licda. Armando Guevara Rodríguez, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590413 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 20-000074-0930-CI donde se promueve información posesoria por parte de Fabian García Valle quien es mayor, estado civil casado/a, vecino(a) de la Rita de Pococí, barrio Nájera, abastecedor el Pueblo, setenta y cinco metros oeste, portador(a) de la cédula número 0702280028, profesión Auxiliar de cocina, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar, construir y servidumbre de paso. Situada en barrio Nájera, en el distrito tercero la Rita, cantón segundo Pococí. Colinda: al norte, con German Barrantes Montiel; al sur, con calle pública con un frente de tres metros con noventa y ocho centímetros y Juana Berta Valles Valles; al este, con Gerardo Chinchilla Zúñiga y al oeste, con Carolina García Valle, fin de servidumbre y Maribel Urbina Páez. Mide: cuatrocientos treinta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra realizada al señor Olgin Bolívar García Cubillo, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno en solar y bien cerrado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Fabián García Valle. Expediente 20-000074-0930-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de febrero del 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021590469 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000295-0295-CI donde se promueve información posesoria por parte de Francisco González Rodríguez, quien es mayor, estado civil casado una vez, comerciante, vecino de San Roque, Grecia, portador(a) de la cédula número 2-0327-0026, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir con una casa de habitación, solar y taller. Situada en el distrito cuarto San Roque, cantón tercero Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con calle pública con diez metros de frente; al sur, con María Luisa Vargas Rodríguez; al este, con Cristian García Ramírez y al oeste, con María Luisa Vargas Rodríguez. Mide: doscientos diecinueve metros cuadrados. Plano catastrado A-1724167-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que dicho bien lo ha mantenido hasta la fecha en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de casa de habitación con solar y café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Francisco González Rodríguez, expediente N° 20-000295-0295-CI-7. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 26 de noviembre del año 2020.—MSC. Emi Lorena Guevara Guevara, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2021590474 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000029-0465-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Daniel Esteban Ruiz Álvarez, quien es mayor, casado una vez, empresario inmobiliario, vecino de Calle Real Pereira, frente a Condominios Andro, Pozos de Santa Ana, San José, cédula uno-mil ciento setenta y ocho-cero cero veinticuatro, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es árboles frutales. Situada en Betania en el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, José María Solorzano Rivera, Evelin Zarate Mendoza, Julio Nájera Sánchez, Irma Taylor Ramírez y Natalia Arias Taylor; al sur, Ester Ruiz Álvarez, Ramón Morales Alvarado, Zoila Mena Chavarría y Edwin Elizondo Torres, al este, Lizeth Calderón Rodríguez, Elmer Aguilar Ardón, Omar Fonseca Ardón y al oeste, calle pública con un frente a la misma de doce metros lineales, Romain Ureña Agüero, Etelgive Ureña Agüero y Carlos Luis Ureña Agüero. Mide: doce mil novecientos noventa y ocho metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 7-2176540-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de treinta millones de colones y el inmueble en la suma de veintiséis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Daniel Esteban Ruiz Álvarez. Expediente N° 20-000029-0465-AG. Este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 30 de setiembre de 2021.—Lic. Geison López Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590521 ).

Citaciones

Gerardo Francisco Herrera Herrera, notario público hago saber: que en mi notaría se tramita proceso sucesorio notarial del causante: Álvaro Elizondo Obando, conocido como Álvaro Antonio Elizondo Obando, cédula número uno-cero setecientos ochenta y cuatro-cero setecientos sesenta y nueve, casada tres veces, taxista, fallecido el seis febrero del año dos mil veintiuno, en Higuito, Desamparados, San José, lugar de su último domicilio. Se emplaza a los herederos, legatarios y acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Goicoechea. Sucesorio notarial de Jenny Mayela Umaña Brizuela, expediente N° 21-0001-SN.—San José, a las once horas del día veintitrés de setiembre del año dos mil veintiuno.—Gerardo Francisco Herrera Herrera, Notario Público.—1 vez.—(IN2021590186).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sabino Eugenio Carrillo Carrillo, mayor, estado civil divorciado, agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0500490391 y vecino de Bejuco de Nandayure, Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000068-0390-CI- 9.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), hora y fecha de emisión dieciséis horas con veinticuatro minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—( IN2021590203 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Naila Ruth Quirós Jiménez, a las nueve horas del veinticuatro de setiembre del año dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Sadi Quirós Jiménez, cédula de identidad número uno-cero dos ocho siete-cero dos cinco nueve, su último domicilio San José, Pavas, de Mc Donalds quinientos metros norte y setenta y cinco metros oeste. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Ricardo Ramírez Jiménez. San José, Escazú, setecientos metros sur del Liceo de Escazú. Teléfono 83466447 (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Lic. Ricardo Ramírez Jiménez, Notario Público.—1 vez.—(IN2021590212).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Consuelo Moya Chaves, mayor, estado civil casada una vez, oficio administradora del hogar, costarricense con documento de identidad 03-0052-4427 y vecina de Guayacan, Guácimo, Limón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 08-100228-0477-CI- 6.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de agosto del año 2021.—Licda. Lilliana Garro Sánchez, Juez.—1 vez.—( IN2021590219 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó: Carlos Humberto Mata Álvarez, mayor, casado una vez, cédula N° 4-0098-0767, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersone ante esta notaría en defensa de sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2021, notaría de la Licda. Andrea María Alvarado Sandí, ubicada en Heredia, San Pablo, Rincón de Sabanilla, Miraflores, número 144, teléfono: 8840-6899.—Licda. Andrea María Alvarado Sandí, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021590231 ).

Por una sola vez se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del causante Cecilia González Calvo, cédula de identidad número 1-228-367, fallecido el 05 de junio del 2021, para que, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus Derechos bajo apercibimiento, de que, si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 001-2021, Sucesorio Notarial.—San José, Paseo, 01 de octubre del 2021.—Licda. Cintya Benavides Gómez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021590247 ).

Se hace saber: En este Juzgado se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luz Midey Sánchez Segura, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº 02-0194-0426, soltera, ama de casa y vecina de Alajuela, La Garita. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000613-0638-CI-5.— Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión diez horas con treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2021590258 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bolívar Brenes Araya, mayor, estado civil soltero, oficio agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0301690763 y vecino de Cartago, Turrialba, Pavones, Sitio Mata. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000143-0341-CI-3.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, hora y fecha de emisión trece horas con cuarenta y cuatro minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2021590302 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Cándida Jinette González Chaves, quien fue mayor de edad, costarricense, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad 5-0138-0448 y cuyo último domicilio conocido fue en la Provincia de Guanacaste, Santa Cruz, 900 metros al oeste de la entrada a Hatillo, sobre carretera a Tamarindo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000379-0388-CI-3.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión once horas con siete minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Natanael Sánchez Guzmán, Juez.—1 vez.—( IN2021590341 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Eduardo Vindas Torres, quien en vida, fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, con cédula de identidad dos- cero trescientos noventa y ocho- cero novecientos cincuenta y ocho, vecino de Alajuela, Grecia, Grecia, El Poro, trescientos metros sur de la Mueblería Siles, Calle Rosales, para que dentro de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, ubicada en Alajuela, Grecia, Grecia, quinientos metros sur, ciento cincuenta oeste y veinticinco norte de Servicentro Alvarado y Molina, a reclamar sus derechos y señalar medio para atender notificaciones, de conformidad con el artículo treinta y cuatro de la Ley de Notificaciones. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. La solicitud de apertura del proceso sucesorio en sede notarial, se hizo mediante acta notarial, otorgada en escritura pública levantada por el suscrito Notario, a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno, escritura número cuarenta y siete- veinticuatro y se nombró como Albacea a Xinia María Herra Rojas, mayor de edad, viuda en primeras nupcias, pensionada, vecina de igual dirección que el causante, con cédula dos- cero trescientos noventa y siete- cero trescientos doce. Expediente número 0002- 2021.—Lic. José Eduardo González Bogantes, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590351 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mercedes Haydee Mora Sanchez, mayor, estado civil divorciada, profesión u oficio: oficios domésticos, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0301730138 y vecina San Francisco de dos Ríos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000574-0181-CI-6.—Juzgado Segundo Civil de San José, 23 de agosto del año 2021.—Dr. Ricardo Aman Diaz Anchia, Juez.—1 vez.—( IN2021590355 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Dunia Patricia Vega Méndez, cédula número 602320640 a las ocho horas del 04 de octubre del 2021 y comprobado el fallecimiento de Juan Manuel Vega Castillo, costarricense, mayor de edad, portó la cédula de identidad número 6 0063 0745, su último domicilio fue en Esparza, Puntarenas, doscientos metros al este del abastecedor Hidalgo y Billy Ladislao Méndez Barrantes, quien fuera mayor de edad, ama de casa, costarricense, casada una vez, cédula número 60074 0246, nacionalidad costarricense, mayor de edad, portó la cédula de identidad número seis cero cero sesenta y tres. Se declara abierto el proceso sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Roger Jesús Aguilar Obregón.—Liberia, 5-10-21.—Lic. Roger Jesús Aguilar Obregón. Tel 88 38 54 64, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590380 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de los señores John Gordon (nombres) Mitchell (apellido), de un único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, quien en vida fue mayor de edad, divorciado una vez, conviviente en unión de hecho, pensionado, vecino de mil ciento veintinueve, Table Mountain Road, Pincher Creek, Alberta, Canadá, T cero K uno W cero, portador del pasaporte de su país número HD siete dos uno dos siete uno y Jane Caroline (nombres) Fetisoff (apellido), de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, quien en vida fue mayor de edad, viuda de sus segundas nupcias, conviviente en unión de hecho, pensionada, vecina de mil ciento veintinueve, Table Mountain Road, Pincher Creek, Alberta, Canadá, T cero K uno W cero, portadora del pasaporte de su país número cinco cero uno cero ocho tres siete uno seis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; del mismo modo se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero uno- dos mil veintiuno. Notaría del Bufete del Licenciado Jorge Ramón Arias Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590382 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante mi notaria a las 10 horas del 01 de octubre del 2021, comparecieron: Ileana María Ballestero Alfaro, cédula de identidad 1-0658-0242 y Rocío Ballestero Alfaro, cédula de identidad 1-0776-0031, quienes comparecieron en su condición de presuntos herederos, y comprobado el fallecimiento de Marianela Ballestero Alfaro, quien en vida fue mayor, soltera, pensionada, portadora de la cédula de identidad número 1-0607-0907, vecina de San José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización La Pacífica, de la esquina sureste del parque Okayama 100 metros sur y 25metros este, casa mano izquierda con muro de piedras negras, quien ha fallecido el 05 de setiembre de 2019, según consta en el Certificado de Defunción debidamente emitido por el Registro Civil, esta mi Notaría se declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera la hermana de Ileana María Ballestero Alfaro y Rocío Ballestero Alfaro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, de conformidad con el numeral 126.3 del Código Procesal Civil. Notaría del Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, con oficina en San José, Zapote, Barrio Yoses Sur, del Centro Cultural de México, 500 metros al sur y 100 metros al oeste sobre calle 39, Edificio de Ladrillos a mano izquierda, para oposiciones y notificaciones o bien por medio del correo electrónico: asesorlegal@mac.com. Es todo.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590383 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Auristela Vargas Vargas, mayor, estado civil viuda, profesión u oficio No indica, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0500100857 y vecina San José y la sucesión del señor Miguel Wauters Acevedo, mayor viudo, agricultor y ganadero cédula 05-0010-0608, de no indica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contando a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000578-0180-CI 6.—Juzgado primero civil de San José, 10 de setiembre del año 2021.—Dra. Lizeth Álvarez Salas, Jueza Decisora.—Firma Responsable. Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Juez.—1 vez.—( IN2021590435 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio acumulado de quien en vida se llamó Santos Rosibel Rivera Zúñiga quien era mayor, costarricense, casada una vez, ama de casa, portadora del documento de identidad 05-0075-0696 y Amadeo Emel Del Socorro Moraga Ríos, mayor, costarricense, viudo una vez, pensionado, con cédula de identidad 05-0064-0094. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000407-0388-CI-1.—Juzgado Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión trece horas con cincuenta y uno minutos del treinta de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2021590450 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio conjunto de quienes en vida se llamaron Iris María Montero Santamaria, mayor, viuda una vez, costarricense, con documento de identidad 0102840222 y Marco Antonio Mora Thomas, mayor, casado una vez, costarricense, con documento de identidad 0104890013, ambos vecinos de Desamparados. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000493-0217-CI-0.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), hora y fecha de emisión dieciséis horas con once minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno.—Msc. Wálther Obando Corrales, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590482 ).

Ante esta notaria, mediante acta de apertura otorgada a las 11:00 del 23 de setiembre del año 2021, y comprobado el fallecimiento de Marina Segura Cubero, cédula 600350910, se ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario notarial. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Quepos, Quepos, Puntarenas, de Coope Ande cincuenta metros al norte, a hacer valer sus derechos.—Quepos, 12:31 del 06 de octubre del 2021.—Lic. Jaime Fonseca Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590494 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Gerardo Iván Moya Galindo, José Arturo Moya Galindo, René Javier Moya Galindo, Waleska Teresa Moya Galindo, Ericka María Moya Galindo, Juan Pablo Moya Galindo, Emily Francheska Moya Galindo, a las nueve horas del cuatro de octubre del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato conjunto de quienes en vida fueron Gerardo Moya Gomez, mayor, costarricense, portador de la cedula de identidad número tres cero uno seis cuatro cero nueve dos cinco, casado una vez y María Teresa Galindo Venegas, mayor, hondureña, portadora del pasaporte número uno uno cinco siete cero cero siete cinco, ama de casa, viuda de Gerardo Moya Gomez ambos vecinos de San José, Moravia, San Vicente, del Liceo de Moravia trescientos metros al este y veinticinco metros al sur del Barrio las Américas, calle setenta y cinco, avenida setenta y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento que de no hacerlo se distribuirá a quien corresponda. Notaría del Lic. Feidel Kimaura Carr Carr.—Limón, Siquirres, El Cairo, La Francia del abastecedor Ramírez ciento cincuenta metros al este. Teléfono 6076 3780.—Lic. Feidel Kimaura Carr Carr, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590498 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Cesar Augusto Godoy Cadenas, venezolano, mayor de edad, casado una vez, comerciante, portador del pasaporte de su país número uno dos tres nueve ocho tres seis siete nueve, vecino de San Jose, Curridabat, seiscientos metros al este del Fresh Market, Residencial San Ángel, Condominio Colonia Roble, numero treinta y cuatro, para que en el plazo de treinta días comparezcan a la notaría del Licenciado Kenneth Mora Diaz, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 22/09/2021 Notaria. Lic. Kenneth Mora Diaz., San José, Zapote de la Toyota doscientos cincuenta metros este contiguo al ciclo Carlos Mata.—Catorce horas cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Kenneth Mora Diaz, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590506 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Freddy Eugenio Fuentes Calvo, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0109360884 y vecino Alajuela, El Roble, Urbanización Villa Anatolia, de la entrada principal, cien metros al sur, casa con portón blanco y tapia color vino. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000619-0638-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión diez horas con veintinueve minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2021590554 ).

Se hace saber: Que, ante la notaría del licenciado Arturo Varela Aguilar, ubicada en San José, Barrio Luján, calle diecinueve, avenida dieciséis bises, número mil quinientos cuarenta y dos, se tramita el proceso sucesorio ad intestato de Alejandro Cesar Arnuero Varela, quien fue mayor, soltero, pensionado, vecino de San José, distrito Hospital, Barrio Cristo Rey, calles 10 y 12, número 1040, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos dieciséis-mil doscientos cuatro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esa notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 2021-000001-SCN.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590564 ).

Por una vez se emplaza al sucesorio notarial extra protocolario de José María Picado Ortega, cédula 300840484, fallecido, por 15 días a partir de esta publicación a mi notaría, avenida 12, N° 2375, a hacer valer derechos. En la apertura, los gananciales y el nombramiento del Albacea provisional Jack Alejandro Padilla Carvajal, cédula 1170900848. Expediente. N° 01-01-10-2021-WRHJ-4966.—Walter Rubén Hernández Juárez, Notario.—1 vez.—(IN2021590567).

Por una vez se emplaza al sucesorio notarial extra protocolario de Gilbert Javier Agüero Mora, cédula N° 106900545, fallecido, por 15 días a partir de esta publicación a mi notaría, avenida 12, número 2375, a hacer valer derechos. En la apertura, los gananciales y el nombramiento del albacea provisional Luis Alonso Rosales Castillo, cédula N° 503350030. Expediente N° 01-25-09-2021-WRHJ-4966.—Lic. Walter Rubén Hernández Juárez, Notario.—1 vez.—(IN2021590568).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dulcelina Cerdas Villegas, mayor, estado civil casada, profesión u oficio, oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0601280375 y vecina de Barranca, Los Almendros, casa número 37. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 17-000136-0642-CI-7.—Juzgado Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión diez horas con once minutos del dos de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Diana Sánchez Cubero, Jueza.—1 vez.—( IN2021590569 ).

Se hace saber: Que en este despacho notaría de María del Rocío Rivas Lopez, notario público con oficina en San José, Barrio Luján, casa quince veinte, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se Ilamó Isidro Antonio Calvo Cerdas, mayor, casado una vez, jubilado, cedula cinco- uno dos tres- cinco ocho seis, vecino de Guanacaste, Cañas, centro, Barrio Las Brisas casa ciento trece, quien falleció el día veinticinco de agosto de dos mil veintiuno, fue hijo de Petronila Calvo Cerdas, cédula nueve- cero cero uno ocho - cero nueve cuatro ocho, ya fallecida.- Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 2021-000001-MRRL-CI. Notaría de María del Rocío Rivas Lopez en San José, 25 de setiembre del año 2021.—Licda. María del Rocío Rivas López, Notaria.—1 vez.—( IN2021590575 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luz María Acosta Mora, mayor, estado civil casada, profesión u oficio pensionada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0102560592 y vecina de La Aurora de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000986-0504-CI-1.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión diecinueve horas con diecisiete minutos del uno de octubre del dos mil veintiuno.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2021590598 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Pablo Rodríguez Salazar, mayor, estado civil divorciado, profesión u oficio taxista, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0111020258 y vecino de Orotina, Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000567-0638-CI-9.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión dieciséis horas con treinta y uno minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno.—M.Sc. Kathia Rivera Hernández, Jueza.—1 vez.—( IN2021590600 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Angela Blanco Obando, quien fue mayor de edad, viuda una vez, educadora pensionada, portó la cédula de identidad en vida 5-0048-0881, cuyo último domicilio fue de Cañas, Guanacaste y falleció el día 26/01/2021. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000117-0927-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), hora y fecha de emisión catorce horas con cincuenta y ocho minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—( IN2021590656 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la personas menores de edad Daniela Abigail Lagos Jiménez y David Jiménez López, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 21-000138-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, 19 de marzo del año 2021.—Msc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021589699 ).    3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Ericka Patricia Meza Mora y Ángel Emiliano Meza Mora, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, contra Ángel Hilario Meza Bermúdez y Floribeth Mora Mora, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-000188-1591-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), a las trece horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintiuno. 21 de setiembre del año 2021.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(IN2021589993). 3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Gretel Yahoska Urbina, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 21-001219-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las doce horas once minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno, 23 de agosto del año 2021.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590453 ).                    3 v. 1.

Licenciada Jorleny María Murillo Vargas, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a María Esther Urbina Jarquín, en su carácter personal, quien es mayor, nicaragüense, datos y domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda depósito judicial, expediente N° 21-001219-0292-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra María Esther Urbina Jarquín, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las doce horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. De las presentes diligencias de depósito judicial de las personas menores Gretel Yahoska Urbina, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a María Esther Urbina Jarquín, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese la presente resolución a la señora María Esther Urbina Jarquín por medio de edicto a publicar en el Boletín Judicial. Edicto: Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Medida cautelar: Con fundamento en lo peticionado por la representante legal del ente promotor en su escrito inicial la documentación existente en expediente Administrativo OLA-00152-2019, y con fundamento en los numerales 242 del Código Procesal Civil, 1, 2, 3, 5, del Código de Niñez y Adolescencia, 1, 2, 3, 5, 8, 9, de la Convención sobre los derechos del niño/a, por estimar esta autoridad que resulta lo más cercano por el momento al interés superior y estabilidad de la persona menor de edad, se ordena el depósito provisional de Gretel Yahoska Urbina en el hogar de la señora Milagro Jarquín Obando, a quien se le previene apersonarse a este despacho en el plazo de cinco días a fin de aceptar el cargo conferido. Prevención: Se le previene al ente actor que deberá apersonar en este despacho a la depositaria provisional Milagro Jarquín Obando a fin de que rinda declaración bajo fe de juramento sobre el paradero desconocido de la demandada. Dicho apersonamiento podrá realizarse los días miércoles siempre y cuando el despacho no esté pronto a cerrar. Asimismo, debe el ente promotor aportar la certificación de nacimiento de la persona menor de edad emitida por su país de origen y debidamente apostillada.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590454 ).           3 v. 1.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legitima de la persona menor Kianny Daniela Alan Portuguez, por haber sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 21-000691-0673-NA. Proceso Tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 21 de setiembre de 2021.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(IN2021590515).     3 v. 1.

Se hace saber a la a la señora María Marlene Bonilla Bonilla, cédula 1-751-539 en su condición de propietaria de la finca del Partido de San José matrícula 567879, y deudora en crédito hipotecario inscrito en esa finca., cuyo domicilio es desconocido según acuse de notificación que consta a folio 145, y al señor Eliecer Ureña Calderón, cédula 1-799-318, titular del plano catastrado SJ-987173-2005 que está inscrito en la finca 1-567879, y deudor en crédito hipotecario inscrito en dicho inmueble, que al ser partes interesadas con respecto a ocurso presentado por el Topógrafo Róger Venegas Alvarado contra la calificación realizada en las citas de presentación catastral número 2021-16927 C, que en este Registro se iniciaron Diligencias Ocursales para resolver dicha situación. Por lo anterior esta Asesoría mediante resolución de las 11:09 horas del 16 de julio de 2021, autorizó la apertura del trámite ocursal y realizar las investigaciones del caso. De igual forma por resolución de las 09:52 horas del 01 de octubre de 2021, cumpliendo el principio del debido proceso, se autorizó publicación por una única vez de edicto para conferir audiencia a las personas mencionadas, por el término de ocho días contados a partir del día siguiente de la respectiva publicación en elBoletín Judicial”; para que dentro de dicho término presenten los alegatos correspondientes, y se les previene que dentro del término establecido para audiencia señalar facsímil o casa u oficina dentro de la ciudad de San José para oír notificaciones, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 11 de la Ley 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Todo lo anterior conforme a lo estipulado con respecto al Ocurso en los artículos 18 siguientes y concordantes de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público. Notifíquese. (Referencia Expediente N° 2021-558-RIM).—Curridabat, 01 de octubre de 2021.—Lic. Manrique Vargas Rodríguez, Asesor Jurídico.—1 vez.—O.C. N° OC21-0001.—Solicitud N° 299761.—( IN2021589973 ).

Se avisa a la señora Maricel Loría Gallo (calidades), de domicilio y (demás) calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000199-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Alisson Tashana Miranda Loría. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias. Expediente N° 21-000199-0673-NA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, dieciocho horas treinta y tres minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590221 ).

Se avisa a la señora Milagro Góngora Zeledón (calidades), de domicilio y (demás) calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000137-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Breyner Steven Góngora. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias, expediente N° 21-000137-0673-NA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, dieciocho horas treinta y tres minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno, 30 de setiembre del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590223 ).

Se avisa a los señores Pablo José Carvajal Obando con cédula de identidad N° 1-1044-0476 y Mónica Patricia López Marín con cédula de identidad N° 1-1499-0722, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000448-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Daniela Samantha Carvajal López. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias. Expediente N° 21-000448-0673-NA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, diez horas del treinta de setiembre de dos mil veintiuno.—Nelda Jimenez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590224 ).

Se avisa a la señora Kimberly Fabiola Molina Briones, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000755-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Dereck Camacho Molina y Mathias Molina Briones. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(IN2021590225).

Se avisa al señor Marcial José Murillo Chinchilla, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000789- 0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Sebastián Joel Murillo Calderón. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021590227 ).

Se avisa al señor Joshua Badilla Aguilar, portador del documento de identidad N° 1-1773-0406, soltero, mayor, de domicilio y (demás) calidades desconocidas que en este juzgado, se tramita el expediente N° 21-000650-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Kylie Sofia Badilla Fonseca. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias. Expediente N° 21-000650-0673-NA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, veintitrés de setiembre de dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590228 ).

MSC. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Josette Melissa Espinoza Castro, en su carácter personal, mayor, soltera, portadora de la cédula de identidad N° 115730831, demás calidades desconocidas, que en proceso depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia local Heredia Norte, tramitado bajo el número de expediente 210017980364FA, se ordenó notificarle por edicto el contenido de la resolución que en lo literal dice: “Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas y doce minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintiuno. De las presentes diligencias de depósito judicial de las personas menores de edad Tanisha Gutiérrez Espinoza y Evolet Ailyn Loría Espinoza, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia Oficina Heredia Norte, se confiere traslado por tres días a la señora Josette Melissa Espinoza Castro, así como a los señores Erick Druanis Gutiérrez Prendergast y Christian Alfonso Loría Ramírez, quienes en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo. b) sexo. c) fecha de nacimiento. d) profesión u oficio. e) si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) estado civil. g) número de cédula. h) lugar de residencia. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la referida señora que, si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un Lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar Medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Medida cautelar: Se otorga el depósito judicial provisional de las menores Tanisha Gutiérrez Espinoza y Evolet Ailyn Loría Espinoza en el hogar y bajo la responsabilidad de su abuela materna Rocío Castro Mora, quien deberá comparecer a este despacho dentro del plazo de tres días a aceptar y jurar el cargo conferido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 del Código de Familia. Lo anterior será cumplido bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, se resolverá lo que por derecho corresponda. Prevenciones: a. Previo a expedir la comisión deberá el ente promovente aportar dos juegos de copias de todo el expediente, las cuales deberán presentarse exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante respectivo. b. Habiéndose expuesto que el señor Christian Alfonso Loría Ramírez está privado de libertad, tendrá que indicarse el ámbito en el que se encuentra recluido, toda vez que la información se encuentra incompleta (página 5 del escrito inicial). Lo anterior será satisfecho dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento de que, si no lo hiciera, no se le atenderán futuras gestiones que presente y se podrá ordenar el archivo del expediente. Notificaciones: c. En virtud de que se desconoce el paradero de la señora Josette Melissa Espinoza Castro, se ordena notificarle sobre el contenido de este auto, por edicto, el cual será remitido electrónicamente a la Imprenta Nacional mediante el SEDIN. d. Notifíquese esta resolución a los señores Erick Druanis Gutiérrez Prendergast, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real, en la siguiente dirección: Limón, central, Barrio Envaco, Sector El Huerto, en la entrada del puente nuevo, tercera casa color marrón, mano derecha. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para tales efectos, queda comisionada la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Notifíquese”.—Juzgado de Familia de Heredia, 16 de setiembre del 2021.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo. Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590229 ).

Se avisa a la señora María Eugenia Jara López (calidades), de domicilio y (demás) calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000015-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la(s) persona(s) menor(es) de edad: Roger de Jesús y Laura Eugenia ambos Jara López. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste(n) su conformidad o se oponga(n) en estas diligencias. Expediente N° 21-000015-0673-NA. Clase de asunto: Actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, dieciocho horas treinta y tres minutos del catorce de julio de dos mil veintiuno.- 29 de setiembre del 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590232 ).

Se avisa, a la señora Fabiola Trejos Quirós, mayor, de domicilio desconocido, mismos representados por el curador procesal Licenciado Víctor Manuel Fallas Mora, se le hace saber que existe proceso N° 19-000405-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad, Brisa Trejos Quirós, Dylan Josué Trejos Quirós, Justin Trejos Quirós y Samira Trejos Quirós establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Fabiola Trejos Quirós, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del nueve de agosto de dos mil diecinueve, y once horas y trece minutos del nueve de octubre de dos mil diecinueve que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590233 ).

Se avisa a la señora Karina Golden Facey, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, que se tramita el expediente 18-000829-0673-NA, correspondiente a declaratoria judicial de abandono, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, en contra de Karina Golden Facey, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las nueve horas y cuarenta y siete minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: En virtud de desconocerse el domicilio de la accionada Karina Golden Facey, se designa como curador procesal de la misma al Licenciado Walter Habid Ardon Sánchez, quién deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de ocho días, a aceptar el cargo y jurar su fiel cumplimiento. Se le hace saber al Licenciado supracitado que su nombramiento es para continuar la representación de la accionada Golden Facey, ya que su representante legal renunció a continuar el trámite, y no se le logró notificar la renuncia de su abogado, así que a fin de no causarle una indefensión se procede a nombrarle un curador procesal. Finalizado el proceso, se procederá a realizar el trámite correspondiente para el pago de los honorarios. Se le hace saber al Licenciado Ardon Sánchez que el expediente es completamente virtual, por lo cual lo podrá visualizar por medio de gestión en línea. Confecciónese el edicto correspondiente el cual será remitido a la Imprenta Nacional mediante sistema electrónico. Notifíquese.—Juzgado de Familia Niñez y Adolescencia, 22 de setiembre de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590235 ).

Se avisa al señor Juan Bautista Carballo Romero, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000265-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Katherin Vanessa Carballo Castro, Tamara Castro Herrera Y Tatiana Castro Herrera. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste(n) su conformidad o se oponga(n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre de dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590236 ).

Se avisa a la señora Aylin Marín Chinchilla, mayor, costarricense, portadora del documento de identidad N° 1-1671-0566, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000036-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Tanisha Yaslin Castillo Marín. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590237 ).

Se avisa a la señora Cristina María Díaz Mora, mayor, costarricense, portadora del documento de identidad N° 1-1216-0007, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000026-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Alisson María Montealegre Díaz y Cristopher David Cornejo Díaz. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre de 2021.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590238 ).

Se avisa a los señores Iván García y Carolina de los Ángeles Navarro Ortiz, esta última de nacionalidad costarricense, portadora del documento de identidad N° 1-1181-0338, ambos de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000298-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Meybelin Natasha García Navarro. Se les concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre de 2021.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590240 ).

Se avisa al señor Hairol Alberto Moreira Chavarría, cédula N° 1-1034-0974, y Elieth Rebeca Tenorio Moreira, cédula N° 1-1329-0783, ambos, mayores, costarricenses, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 20-000874-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Katherin Steisy Moreira Tenorio. Se les concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590241 ).

Se avisa a los señores Jesús Alberto Naranjo Guevara, portador del documento de identidad N° 1-1338-0285 y Marilyn Chaves López, portadora del documento de identidad N° 1-1471-0033, ambos mayores, costarricenses, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000568-0672-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Christopher Naranjo Chaves. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre de 2021.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590242 ).

Se avisa al señor Jimmy Lorenzo Carter López, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000516-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Jimmy Argey Carter Quintanilla. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590243 ).

Se avisa al señor Gerald Alonso Chaves García, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 1-1452-0930, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 20-000808-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad: Santiago Jareth Rivera Arroyo, Saul Andre y Joshua Emmanuel de apellidos Chaves Arroyo. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590244 ).

Se avisa a la señora Stephanie Brenes Quirós, mayor costarricense, portadora del documento de identidad N° 1-1357-0018, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 20-000810-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Reychel Natalia Pérez Brenes y Steven Jesús Pérez Brenes. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590245 ).

Se avisa, a los señores Karla Francinie Azofeifa Moreira, mayor, de domicilio desconocido y Wilmar Freddy Erazo Rodríguez, mayor, de domicilio desconocido, mismos representados por el curador procesal Licenciada Francini Mayela Venegas Hernandez, se le hace saber que existe proceso 19-000994-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Jeidrel Josué Agüero Azofeifa y Deylan Aaron Erazo Azofeifa establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Karla Francinie Azofeifa Moreira, Yeyson Martin Agüero Mora y Wilmar Freddy Erazo Rodríguez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia Del Primer Circuito Judicial de San José a las quince horas cuarenta y tres minutos del diez de noviembre de dos mil veinte, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021590295 ).

Se avisa, a la señora Cándida Álvarez Gómez, mayor, con demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal licenciada Sandra Gómez Marín hace saber que existe proceso N° 20-000001-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad: Esnaider Antonio Álvarez Gómez establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Cándida Álvarez Gómez, que en este Despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 2021000447.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las catorce horas dieciséis minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9° de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia,117, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad: Esnaider Álvarez Gómez. Se extingue a su madre Cándida Álvarez Gómez el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial del niño Esnaider Álvarez Gómez en los señores Rodolfo Álvarez Gómez y Aracelly Reyes Silva. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, en el Registro de Nacimientos de la provincia de San José, tomo: 2237, folio: 490, asiento: 980. Publíquese la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas, Juez(a). Teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia: 2295-3115.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 27 de setiembre del 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590296 ).

MSc. Jenniffer de Los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Joani José Urbina Sánchez, en su carácter personal, quien es mayor, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en demanda abreviado de suspensión de patria potestad número 19-001822-0292-FA, establecida por Cindy Geannina Diaz Padilla contra Joani José Urbina Sánchez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las quince horas nueve minutos del cinco de agosto de dos mil veintiuno. De la anterior demanda abreviada de suspensión de patria potestad, establecida por el accionante Cindy Geannina Diaz Padilla, se confiere traslado al accionado Joani José Urbina Sánchez, en la persona de su Curador Procesal, Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese la presente resolución a la parte accionada al medio señalado por su curadora procesal, Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado. Asimismo, al tenor del ordinal 263 del Código Procesal Civil de 1989, vigente en materia de familia, se ordena la publicación de la presente resolución en el Boletín Judicial, a través del edicto correspondiente. Nota: Publíquese por una única vez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Jenniffer de Los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590299 ).

Licenciado Pablo Amador Villanueva, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Rhodes William Edward, en su carácter personal, quien es mayor, casado, pensionado, vecino de desconocido, cédula P51157501, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio expediente N° 20-001951-0364-FA, establecida por Kathya Marcela Acuña Delgado contra Rhodes William Edward, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2021002305. Juzgado de Familia de Heredia, a las dieciocho horas doce minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno. Proceso abreviado de divorcio expediente N° 20-001951-0364-FA, establecido por Kathya Marcela Acuña Delgado, mayor, casada, pensionada, vecina de Heredia, cédula N° 0106360940 contra Rhodes William Edward, mayor, casado, pensionado, vecino de desconocido, cédula P51157501. Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 y 57 del Código de Familia; se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Kathya Marcela Acuña Delgado contra William Edward Rhodes y se declara: 1) La disolución del matrimonio que une a la actora y el demandado. 2) No se otorga derecho alimentario para ninguno de los cónyuges. 3) No hay hijos por los cuales se deba hacer referencia sobre la custodia de ellos, ni de los demás atributos de la Responsabilidad Parental. 4) No existen bienes de los cuales alguno de los cónyuges pueda tener algún derecho de ganancialidad, pero en todo caso, de aparecer alguno, el no propietario adquiere el derecho a participar en la mitad del valor neto final del mismo, debiendo ventilarse ese monto y demás extremos en la etapa siguiente de proceso de ejecución que corresponda. 5) Se resuelve el asunto sin condena en costas para la parte demandada vencida del proceso. 6) Una vez firme este fallo, por medio de ejecutoria expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil en el libro de matrimonios de la provincia de San José, al tomo 550, folio 110, asiento 219. 7) Se debe publicar un edicto con el extracto de este fallo por una única vez en el Boletín Judicial. Hágase saber. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590301 ).

Se avisa que en este Despacho Claudio Sale y Lucia Coi, solicitan se apruebe la adopción conjunta de las personas menores de edad Nancy Yaretzy Gutiérrez Calderón, Yerik Manuel Gutiérrez Calderón y Yetzel Antonio Gutiérrez Calderón. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 21-000688-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 27 de setiembre del 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590414 ).

Se avisa que en este Despacho Edwin Navarrete López y María Antonieta Vázquez Gamboa, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Karolina Fernández Sánchez. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 21-000709-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590416 ).

Msc. Pablo Amador Villanueva Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Yadir Flores López, en su carácter personal, quien es mayor, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en demanda abreviado, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Yadir Flores López y Alba Lidia Arauz Rodríguez. Expediente N°21-001953-0364-FA, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas y cincuenta y tres minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno. De la anterior demanda abreviada de suspensión de patria potestad establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a la accionada Alba Lidia Arauz Rodríguez y Yadir Flores López por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos 4775)”- Siendo que la Ley 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar ó enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Medida cautelar: Se otorga el depósito judicial provisional de las personas menores de edad Dylan Francisco y Joshua Moisés Flores Arauz a cargo del Patronato Nacional de la Infancia. Para lo cual deberá el representante legal comparecer a este despacho en el plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo.- Notificación: Notifíquese esta resolución a la demandada Alba Lidia Arauz Rodríguez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.- Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.- Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones del Primer Circuito Judicial de San José.- En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Previo a su notificación aporte el actor dos juegos de copias de todo el expediente en la secretaria del despacho, dentro del plazo de tres días, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciera, no se le atenderán futuras gestiones (art. 136 del Código Procesal Civil). Al demandado Yadir Flores Lopez, se ordena notificarle por medio de edicto. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021590417 ).

Se avisa que en este Despacho Jeffry Madrigal Angulo y Marlene Monge Cárdenas, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Silvia María Apu Santana. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma, expediente N° 21-000678-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 20 de setiembre del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Juez(a) Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590418 ).

Se avisa al señor Moisés David López Sosa, mayor, nicaragüense, cédula de identidad número 0206540385, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 21-001098-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor de edad, promovidas por la licenciada Marcela Luna Chaves, representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad: Sharon Stacy López Calvo. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N° 21-001098-1302-FA. Clase de asunto: Depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del 2021.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590420 ).

Licenciada Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las personas interesadas, se les hace saber que en Proceso Especial Protección, expediente N° 21-001064-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia San Carlos, se ordena notificarle por edicto, la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas veintinueve minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente proceso de Protección a la Niñez y la Adolescencia en sede judicial que promueve el Patronato Nacional de la Infancia en favor de la persona menor de edad Ángel San Carlos PANI (nombre provisional). Por el término legal de tres días, se confiere audiencia e intervención a cualquier interesado en este proceso. Se tiene a la vista el expediente levantado en sede administrativa. Se le previene al ente promotor del proceso que, dentro del plazo de treinta días, deberá actualizar el informe de investigación preliminar psicología aportado. Se convoca a las partes a una audiencia oral y pública que se celebrará en la sede de este Juzgado a las diez horas treinta minutos del tres de noviembre del dos mil veintiuno (artículos 114 inciso b), 143, 144 y 145 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Se omite realizar entrevista a la persona menor de edad en razón de su edad (5 meses). En esta audiencia las partes podrán proponer pruebas, las cuales se evacuarán, de ser admitidas, en la misma comparecencia. Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Por la naturaleza de esta Audiencia, se les recuerda a los abogados que intervienen sobre la obligación que tienen de asistir a la misma, (artículo 16 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho), apercibidos que en caso de ausencia injustificada serían comunicados a la Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. Notifíquese esta resolución a las personas interesadas por medio de edicto, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78- 07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Prórroga de medidas: Desde ya se dispone a prorrogar las Medidas de Protección dictadas en Sede Administrativa (PANI) hasta el día de realización de la Audiencia aquí programada, sea el 03 de noviembre del 2021. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—MSC. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590421 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella o a manifestar su interés dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia interpuesto por Concepción de María Aguirre Quirós a favor de Jeiner Alexis Jiménez Aguirre. Expediente número 21-000085-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), 24 de setiembre del 2021.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590422 ).

Licenciada María Alejandra Quesada García, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), a Graig Shawn Williamson, quien es mayor de edad, estadounidense, divorciado, de oficio desconocido, pasaporte número 505642741, con domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso Actividad Judicial no Contenciosa (reconocimiento de hijo de mujer casada) expediente número 21-000317-0938-FA, establecido por Edgar Gerardo Chacón Villalobos, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2021000450 sentencia de primera instancia Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), a las dieciocho horas treinta y dos minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. Diligencias de Reconocimiento de hijo de mujer casada establecidas por el señor Edgar Gerardo Chacón Villalobos, mayor de edad, soltero, administrador de empresas, cédula de identidad N° 5-322-680, vecino de Liberia, Guanacaste. Se tuvo como intervinientes a la señora Ana Alejandra Cheves Angulo, mayor de edad, divorciada, educadora, portadora de la cédula de identidad N° 5-351-178, vecina de Liberia, Guanacaste y el señor Graig Shawn Williamson, quien es mayor de edad, estadounidense, divorciado, de oficio desconocido, pasaporte número 505642741, con domicilio desconocido, en calidad de padres registrales de la persona menor de edad David Willianson Cheves. Se ha dado intervención al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: 1)... 2)... 3)... Considerando: I. Hechos probados:... II. Sobre el Fondo:... III. Costas:... Por tanto: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 85, y 90 del Código de Familia, 99, 153, 155 y 317 del Código Procesal Civil, se declara con lugar el presente proceso promovido por don Edgar Gerardo Chacón Villalobos, se falla de la siguiente forma: 1) Se acoge la solicitud planteada. 2) Se tiene por efectuado el reconocimiento y por ello se ordena inscribir esta resolución de forma que la persona menor de edad David en adelante aparezca inscrito como hijo del señor Edgar Gerardo Chacón Villalobos, con los apellidos Chacón Cheves, lo anterior ante el Registro Civil, en la provincia de Guanacaste, al tomo: 553, folio 146 y asiento: 292 en la Sección de Nacimientos respectiva. Expídase la ejecutoria de oficio. 3) Se resuelve este asunto sin especial sanción en cuanto a las costas. Publíquese un extracto de esta sentencia por una sola vez en el Boletín Judicial. Notifíquese. Nota: Para que sea publicado por una única vez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), 04 de octubre del año 2021.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590423 ).

Se avisa que en este despacho bajo el expediente número 210019190364FA, Ana Gabriela Araya López y Yunier de Jesús Campos Rodríguez, solicitan se apruebe la Adopción Conjunta de las personas menores de edad Josué Daniel y Mariángel ambos de apellidos Zamora Araya. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 21/09/2021.—M.Sc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590424 ).

Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Dannia Belén Porras Pérez, en su carácter personal, mayor, soltera, portadora de la cédula de la identidad número 0207400293, demás calidades y domicilio desconocidos, que en este Despacho se interpuso un Proceso Terminación de Responsabilidad Parental en su contra, bajo el expediente número 210020320364FA, en el cual se ordenó notificarle por edicto la resolución que literalmente dice: “...Juzgado de Familia de Heredia, a las diecisiete horas y diecisiete minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintiuno. De la anterior demanda terminación de responsabilidad parental establecida por el accionante Armando Huete Soto, se confiere traslado a la accionada Dannia Belén Porras Pérez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Parte interviniente: Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del casillero 403. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea y a señalar este medio para recibir notificaciones, lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde la comodidad de su casa a consultar su expediente y revisar sus notificaciones, con lo anterior se evitará largas filas de espera. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con la Circular N° 122-2014, sesión del Consejo Superior N° 41-14, celebrada el 06 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 12:00 m.d., y lunes, miércoles y viernes de 13:30 p.m. a 19:30 p.m., Universidad Latina, Sede de Heredia oficina ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00 a.m. a 12:00 m.d., teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes: 13:30 p.m. a 16:30 p.m., teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Pública Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, teléfono: 22655640. Y en la Defensa Pública de Heredia. Teléfono: 25600659. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7° del Código de Familia y 1° de la Ley de Consultorios Jurídicos N° 4775)”. Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero del 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero del 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos: 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Finalmente, por haberse manifestado que se desconoce el domicilio actual de la señora Porras Pérez, se ordena tramitar el presente proceso bajo la modalidad del paradero desconocido, por lo que deberá cumplirse con los siguientes requisitos: a. A efecto de cubrir los honorarios de la persona profesional en derecho que representará a la accionada en este asunto, deberá el actor depositar la suma de noventa y seis mil cincuenta colones exactos (a razón de ochenta y cinco mil colones exactos más el 13% del IVA), en la cuenta judicial N° 210020320364FA-5 del Banco de Costa Rica. b. Se cita al señor Armando Huete Soto y a dos testigos para que comparezcan al Juzgado y, bajo juramento, respondan las preguntas que se les formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador o curadora procesal. c. Expídase y publíquese el edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, con el propósito de notificar a la parte demandada sobre estas diligencias. Todo lo anterior será satisfecho dentro del plazo de una semana bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, el proceso no avanzará y se podrá ordenar el archivo del expediente. Notifíquese.” Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 16 de setiembre del 2021.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590452 ).

Msc. Wendy Yariela Blanco Donaire, jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Juan Carlos Hernández Velazque, documento de identidad N° 155823109318, soltero/a, oficial de seguridad, que en este Despacho se interpuso un Proceso Abreviado de Suspensión de Patria Potestad en su contra, bajo el expediente número 20-002016-0165-FA, donde se dictó la resolución de las trece horas treinta y tres minutos del uno de setiembre de dos mil veintiuno que literalmente dice: de la anterior demanda abreviada de suspensión de patria potestad establecida por el accionante María Iveth Bolaños Solís, se confiere traslado a la accionado Juan Carlos Hernández Velazque representado por la Licda. Viviana Melissa Vargas Téllez en calidad de curadora procesal por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículos 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de Suspensión de Patria Potestad de María Iveth Bolaños Solís contra Juan Carlos Hernandez Velazque; expediente Nº 20-002016-0165-FA. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de setiembre del año 2021. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590455 ).

Se hace saber a la señora Awilda Echavarría Ventura, mayor, casada, nacionalidad dominicana, oficios del hogar, pasaporte número 3380703, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se tramita proceso abreviado inexistencia matrimonio 20-000778-0186-FA (2) establecido por Procuraduría General de la República, se ordena notificarle por edicto, la solicitud planteada por la entidad actora, y para que se refiera a ella le fue otorgado el plazo de diez días, dentro del cual podrá contestar negativamente, expresando sus razones, aceptar los hechos, ofrecer prueba, presentar excepciones y señalar medio para recibir notificaciones. Se solicita declarar la inexistencia del matrimonio celebrado entre las partes, al Registro Civil la anulación de su inscripción, la anulación de cualquier trámite de naturalización y todo acto para otorgar la residencia emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre de 2021.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021590456 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia por Leslie Marcela Aguero Mora a favor de Zoraida Mora Aguero. Expediente número 21-001139-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero Garcia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590457 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por Jackeline Navarro Miranda a favor de Silvia Miranda Guerra. Expediente N° 21-001001-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de setiembre del 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590458 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por Shirley Aurora Navarro Piedra a favor de Rosibel Piedra Brenes. Expediente número 21-000612-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(IN2021590459).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia de Lidia Gómez Asenjo, expediente número 21-001494-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590460 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por Luis Guillermo Lépiz Solano a favor de Flory Isabel Solano Gómez. Expediente número 21-001501-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 28 de setiembre del 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590461 ).

Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Nidia Lizbeth Jirón Obando, en su carácter personal, quien es soltera, cédula N° 701660928, demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso Procesos Especiales, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, expediente número 18-001148-1307-FA, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2021001079. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las trece horas quince minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno. Resultando: I... II... III..., Considerando: I... II... III ... Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13,30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara Con Lugar la demanda especial de Declaratoria Judicial de Abandono de Persona Menor de Edad con Fines de Adopción establecida por el Patronato Nacional de la Infancia contra Nidia Lizbeth Jirón Obando declarando: 1.—En estado de abandono a la persona menor de edad Gerald Steven Jirón Obando por parte de su progenitora. 2.—Consecuentemente se hace menester el extinguirle a la accionada el ejercicio de la patria potestad sobre su hijo. 3.—Siendo que la persona menor de edad Gerald Steven Jirón Obando, se encuentra bajo la custodia y protección del ente actor se ordena mantener el depósito judicial de la citada persona menor de edad a cargo de ésta, debiendo comparecer dentro del octavo día, después de la firmeza de la presente sentencia, a este Despacho a aceptar el cargo conferido. En el evento de que este depósito tenga que cesar, el Patronato es el encargado de asumir lo que corresponda en protección de los derechos de las personas menores de edad. 4.—Firme este fallo, expídase ejecutoria al Registro Civil para que se anote la declaratoria de abandono, al margen de las citas de inscripción 704130989. Costas: Se falla este asunto sin condena en costas para la demandada vencida. Notifíquese. María Marta Corrales Cordero, Jueza de Familia.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590477 ).

Licenciada Mayra Trigueros Brenes. Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José, a María Rosa Abarca Abarca, de oficios domésticos, cédula de identidad número 2-340-327, de domicilio desconocido, representada por el curador procesal Licenciado Rolando Tellini Duarte, se le hace saber que en demanda proceso de nulidad de matrimonio, expediente: 14-001392-0187-FA establecida por Procuraduría General de la República Contra Héctor Izquierdo Betancourt y María Rosa Abarca Abarca se ordena notificarle por edicto, la sentencia 2021001052 de las nueve horas treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: Por tanto con fundamento en las razones expuestas y con base en los artículos 51 y 52 de la Constitución Política, artículos 11, 12, 13, 34 y 35 del Código de Familia, artículos 20 y 22 del Código Civil, artículos 98 y 290 y siguientes del Código Procesal Civil, así como las demás citas de derecho citadas, se rechazan las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación pasiva, falta de legitimación activa, la genérica de sine actione agit y prescripción, y se declara con lugar la presente demanda, declarando la inexistencia matrimonial y por consiguiente se decreta lo siguiente: 1.  Se rechaza las excepciones de: Falta de derecho, Falta de interés actual, Falta de legitimación, Falta de acción y Prescripción. 2. Se declara la nulidad del matrimonio por ser simulado que une a María Rosa Abarca Abarca, cédula de identidad número 2-340-327, con Héctor Izquierdo Betancourt, de nacionalidad cubana, documento de su país número B869133, tornando nuevamente las partes a su estado primigenio de solteros. 3.- Proceda el Registro Civil a anotar al margen de las citas de matrimonio de las partes, inscrito en el Registro de Matrimonios del Partido de San José, al tomo 444, folio 127, asiento 254. 4. Comuníquese al Registro Civil y a la Dirección General de Migración y Extranjería, para que se anule trámite de naturalización o cualquier otro trámite migratorio que haya presentado el demandado Héctor Izquierdo Betancourt, con base en el matrimonio mencionado. 5. Costas: Se condena al pago de ambas costas de este proceso al demandado Izquierdo Betancourt, y se resuelve sin especial condenatoria en costas respecto de la demandada Abarca Abarca. 6. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por única vez en el Boletín Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo normativo supra citado. 7. Una vez firme, gírese los respectivos honorarios al curador procesal, sin necesidad de resolución que así lo indique. La suma de ¢84.750, de la siguiente forma ¢75.000.00 + 13% ¢9.750 = total ¢84.750.00, por concepto de honorarios de curadora procesal. 8.- Expídase la ejecutoria del caso. 9.- Se les recuerda a las partes su derecho a recurrir esta decisión en caso de inconformidad. Notifíquese. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021590480 ).

Se avisa que en este Despacho Christian Enrique Campos Monge y Cindy Lizbeth Solís Rodríguez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Luis Ismael Chavarría Campos. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 21-000625-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 24 de setiembre del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590483 ).

Se avisa que en este Despacho Daniela Fallas Morales y Deiby Andrés Hernández Solís, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Luis Alejandro Acosta Guevara. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 21-000312-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 22 de setiembre del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590484 ).

Se avisa que en este Despacho Juan Andrés Ceciliano Altamirano y María Elena Fallas Duarte, solicitan se apruebe la Adopción Conjunta de la persona menor de edad Isabella Esperanza Arias Cruz. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 20-000876-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 22 de setiembre del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590485 ).

Se avisa a los señores Anthony Alberto Sequeira Keer, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 1-1298-0749 y Lorin de Los Ángeles Sánchez Álvarez, mayor, costarricense, portadora del documento de identidad N° 1-0951-0008; ambos de domicilio y de demás calidades desconocidas, representados por el curador procesal Licenciado Jorge Isaac De Jesús Solano Aguilar, que dentro del proceso N° 19-000764-0673-NA de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad Debony Alexa Sequeira Sánchez, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Anthony Alberto Sequeira Keer y Lorin De Los Ángeles Sánchez Álvarez, existe resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas y veinticuatro minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: Se les concede el plazo de diez días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se les advierte a los accionados que, si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se les declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos. Notifíquese. Lic. Juan José Alvarado Quirós, Juez.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 se setiembre del 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590486 ).

Se avisa a la señora Evelyn Patricia Durán Jiménez, mayor de edad, cédula de identidad 1-1358-0417, de domicilio y demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Roberto María Ramon Montealegre Quijano, que en este despacho se dictó dentro del expediente n°19-000694-0673-NA de Declaratoria Judicial de Abandono establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia 2021000337. Juzgado de Niñez Y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las seis horas cuarenta y tres minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno. Resultando: I.…, II.…, III.…, Considerando: I….Hechos Probados…, II….Sobre el fondo:..., Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Saúl Rafael Durán Jiménez. Se extingue a su madre Evelyn Patricia Durán Jiménez, el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial de la persona menor de edad Saúl Rafael Duran Jiménez con los señores Alejandra Durán Jiménez y Jorge Alejandro Badilla Carvajal, debiendo apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, Provincia de San José, al tomo dos mil trescientos dieciséis, folio ciento treinta y tres, asiento doscientos sesenta y seis. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021590487 ).

Se avisa que en este Despacho Víctor Hugo Alfaro Mora y Giselle del Carmen Bonilla Hernández, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Ian Damián Burgos Quirós. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 21-000696-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del año 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590488 ).

Se avisa que en este Despacho Andrea del Carmen Espinoza Prado y Socorro Orlando del Carmen Durán Fernández, solicitan se apruebe la Adopción Conjunta de la persona menor de edad Camila Adriana Aguilera Morales. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 21-000553-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 17 de setiembre del año 2021.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590512 ).

Se avisa, a Irma María Ortega Rocha, mayor, nicaragüense, portadora del pasaporte N° C01896073, de domicilio y de demás calidades desconocidas, representados por la curadora procesal licenciada Rosa Lidia del Carmen Villalobos Retana, se le hace saber que existe proceso N° 19-000447-0673-NA de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad: Ethan Todd Dupuis Ortega, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Irma María Ortega Rocha, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas y cuarenta minutos del veintiuno de enero del dos mil veinte, que en lo conducente dice: Se le concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la demandada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia de San José, 28 de setiembre del 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(IN2021590513).

Licenciada Karol Vindas Calderón, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Francisco de Paula López López, en su carácter personal, quien es mayor, casado, No indica, de paradero desconocido, cédula PC219476, se le hace saber que en demanda Abreviado, establecida por Antonia Petrona Narváez Palacios contra Francisco de Paula López López, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las quince horas cuarenta y siete minutos del cuatro de agosto de dos mil veintiuno. De la anterior Demanda Abreviada de Divorcio, promovida por la señora Antonia Petrona Narváez Palacios se confiere traslado a la accionada(o) Francisco de Paula López López por el plazo perentorio de diez días, para que en la persona de su curador procesal Ilse María González Meléndez que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 262 del Código Procesal, se ordena la publicación de la presente resolución en el Boletín Judicial, La Gaceta, de forma electrónica y gratuita.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590518 ).

MSc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Joani José Urbina Sánchez, en su carácter personal, quien es mayor, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en demanda abreviado de suspensión de patria potestad número 19-001822-0292-FA, establecida por Cindy Geannina Díaz Padilla contra Joani José Urbina Sánchez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas nueve minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno. De la anterior demanda abreviada de suspensión de patria potestad, establecida por el accionante Cindy Geannina Díaz Padilla, se confiere traslado al accionado Joani José Urbina Sánchez, en la persona de su curador procesal, Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo. b) sexo. c)  fecha de nacimiento. d) profesión u oficio. e) si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) número de cédula. h) lugar de residencia. Notifíquese la presente resolución a la parte accionada al medio señalado por su curadora procesal, Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado. Asimismo, al tenor del ordinal 263 del Código Procesal Civil de 1989, vigente en materia de familia, se ordena la publicación de la presente resolución en el Boletín Judicial, a través del edicto correspondiente. Msc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(IN2021590520).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Plácida del Rosario Espinoza Vásquez, mayor, soltera, oficios domésticos, documento de identidad N° 0900780851, vecino(a) de Heredia, Sarapiquí, Horquetas, Río Frío, Finca Seis, correo electrónico: bufetesalas@gmail.com, en el cual pretende cambiarse el nombre a Rosario Espinoza Vásquez mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 21-000052-1309-CI-1.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil), 19 de agosto del 2021.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—(IN2021590654).

Edictos Matrimoniales

Ante esta notaría y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia comparecen los señores Luis Alberto Sandoval Molina, 39 años, comerciante, portador de la cédula de identidad número 801000554, nacido en Nicaragua, vecino de San José, Barrio Cristo Rey, calle 16, avenida 32, hijo de María Yolanda Sandoval Molina, nicaragüense, y Darwin José Iglesias Hurtado, 35 años, cajero, portador del pasaporte número C02009060, nacido en Nicaragua, vecino de Alajuela, San Antonio del Tejar, Residencias Málaga San Antonio, apartamento 30-201, hijo de Juana Isabel Hurtado González, nicaragüense y Óscar Iglesias Munguía, nicaragüense; quienes manifiestan que desean contraer matrimonio. Quien tenga oposición a dicha unión, debe hacerlo saber a esta notaría con oficina en San José, Santa Ana, Piedades, Residencial Montaña Luna, casa siete.—San José, Santa Ana, a las 11 horas del 06 del mes de octubre del año 2021.—Lic. Ricardo Fernando Mora Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590514 ).

Ha comparecido a este despacho solicitando contraer Matrimonio Civil, Dayani del Carmen Baldelomar Bustos, mayor, divorciada, ama de casa, pasaporte número C01270137, vecina de Sardinal de Carrillo, Obandito del cruce de Artola 400 al este casa de madera sin pintar, hija Estebana del Carmen Bustos Ceras y de Santos Jesús Baldelomar Mercado, nacida en Nicaragua, el 05/05/1980, con 41 años de edad y Gerald Fabian Gutiérrez Valdes, mayor, soltero, mantenimiento, cédula de identidad número 0503250644, vecino de Sardinal de Carrillo, Obandito del cruce de Artola 400 al este casa de madera sin pintar, hijo de María Elia Valdés Acevedo y Manuel Antonio Gutiérrez Mora, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, Costa Rica, el 17/12/1981, actualmente con 39 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días, siguientes a la publicación del edicto. Expediente. N° 21-000363-0776-FA. El señor Gerald Fabian Gutiérrez Valdés puede ser localizado al teléfono 8651-29-30.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, Santa Cruz, 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (IN2021590519).

Ante la Notaría de Katherine Chaves Alpízar, Notaria Pública con oficina en Sarchí Norte, costado norte de la iglesia católica, comparecen: Nazarena del Carmen Chong Ortega, mayor, divorciada una vez, estadística, vecina de San José, Santa Ana, Pozos, Condominio Q, casa número cinco, Dimex: 159100314136, de nacionalidad panameña, hija de Sebastián Chong Sánchez y Otilda María Ortega Herrera, ambos de nacionalidad panameña y Amparito María Chavarría Alvarado, mayor, soltera, psicóloga, vecina de la misma dirección de la primera, costarricense, cédula número: 110650275, hija de Emanuel Chavarría Vargas y Ana María Alvarado Castillo, ambos de nacionalidad costarricense. En cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, quien tenga oposición a dicha unión, debe hacerlo saber a esta Notaría, en el plazo de ley.—Sarchí, 04 de octubre del 2021.—Licda. Katherine Chaves Alpízar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021590532 ).

Se hace saber que en notaría de José Antonio Umanzor Rodríguez, ubicada en San José, Hatillo 3, calle 58, correo lic_umanzor@botmail.com, fax 2214-5337 se tramita matrimonio de Hasser Bismarck Rivas Guadamuz divorciado, pasaporte c02571050 y Juvelqui Deyanira Urbina Lumbis, residencia 155819375031 ambos nicaragüenses y vecinos de Patarrá de la Escuela Monge Guillén 1 km este; el cual se realizará a finales de octubre del 2021.—Lic. José Antonio Umanzor Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—(IN2021590561).

Edictos en lo Penal

La suscrita Laura María Méndez Porras, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, se le comunica a Juan Rigoberto Meza Peregrina, pasaporte N° 07040105685, nacionalidad: mexicano, quien según el Registro Público de Costa Rica es el propietario registral del vehículo marca: Kia, estilo: Bongo III, placas de circulación CL240542, por lo que deberá presentarse ante la Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, ubicada en San José, Barrio González Lahmann, edificio Tribunales de Justicia, segundo piso, a fin de manifestar su interés como tercero interesado, bajo la sumaria N° 11-002953-0059-PE, contra Ignorado, por el delito de Homicidio Calificado, en perjuicio de Federico Alonso Débalos y otro. De modo que, se procede a comunicarle por medio de edicto que se publicará tres veces en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo.—Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos.—Licda. Laura María Méndez Porras, Fiscal Auxiliar.—O. C. N° 364-12-2021B.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590300 ).            3 v. 1.

Tribunal Penal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Corredores, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil veintiuno. De conformidad con artículos 84 y 99 de la Ley Nº 7530 “Ley de Armas y Explosivos” y artículo 1º de la Ley Nº 6106 “Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso y su Reglamento”; se ordena notificar mediante edicto en el Diario Oficial, por única vez, que el arma de fuego tipo revolver, marca: Rohm, modelo RG14S, calibre 22, serie Z117947, registrada a nombre del señor Víctor Miguel Gutiérrez Gutiérrez, cédula de identidad 06-0087-0051, será puesta a la orden del Departamento de Arsenal Nacional del Ministerio de Seguridad Pública, al no haber sido posible localizar a su propietario y habiendo transcurrido el plazo de tres meses posteriores a la firmeza de la sentencia Nº 415-2020 de las quince horas con treinta minutos del dos de diciembre del dos mil veinte, sin haberse presentado gestión de devolución a cargo del legítimo propietario. En virtud de lo antes expuesto y de conformidad con la normativa aludida resulta procedente el comiso y la donación de dicho bien a favor del Estado. Procédase con el comiso del arma de fuego decomisada en la causa penal Nº 18-000076-1262-PE seguida en contra de Carlos Murillo Villalobos por el delito de portación ilícita de arma permitida en perjuicio de la seguridad pública. Notifíquese.—Tribunal Penal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Corredores.—Licda. Marianela Pessoa Rodríguez, Jueza de Flagrancia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590516 ).