BOLETÍN JUDICIAL N° 198 DEL 14 DE OCTUBRE DEL 2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA SEGUNDA
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Avisos
Causahabientes
TRIBUNAL DE SERVICIO CIVIL
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
Al señor Werner
Joe Rast, de domicilio ignorado, se hace saber: que en proceso de cooperación
judicial internacional promovido
por María Montalbán Rojas, tramitado
bajo el expediente N°
20-000002-0005-FA, se solicita el
reconocimiento de una sentencia
emitida por la Corte de Circuito,
condado de Green, Wisconsin, Estados
Unidos de América, en proceso
de divorcio seguido entre esas mismas partes.
La petición se apoya en el artículo
99 del Código Procesal Civil, y tiene
por objeto inscribir la sentencia en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar un curador para que lo represente.
Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Sala Segunda de La Corte Suprema de
Justicia. San José, a las quince horas dos minutos
del veintinueve de setiembre
del dos mil veintiuno. Se tiene
por aceptado el cargo de curador procesal conferido al licenciado Heberto José Noguera González
para representar al señor
Werner Joe Rast (folios 77 y 70), a quien se da traslado por el plazo de diez
días hábiles acerca de la solicitud que formula la parte promovente, María Montalbán
Rojas, tendiente a que se reconozca
la sentencia de divorcio aportada. Se le previene que en su primer escrito
deberá indicar, en el territorio
nacional, un medio de notificación
principal y otro secundario
autorizado por ley, el cual puede ser un correo electrónico siempre que la cuenta haya sido validada
ante el Poder Judicial (lo cual puede realizarse
en la dirección:
https://pjenlinea3.poder-judicial.go.cr/vcce.userinterface); la omisión producirá las consecuencias dispuestas en los artículos 10 y 11 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Tramítese el asunto con la intervención de la
persona curadora mencionada.
De conformidad con el artículo 19.4 del Código Procesal
Civil, notifíquese al señor
Werner Joe Rast la petición
inicial y la presente resolución por medio de un edicto
que se publicará una vez en el Boletín
Judicial. Lic. Kenneth Muñoz Rojas”. Publicación exenta por tratarse de materia de familia.
Kenneth
Muñoz Rojas
Secretario/a de Sala a. í.
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.— ( IN2021590479 ).
HACE SABER:
A Archivo Notarial, Dirección Nacional de Notariado, Registro Civil y Registro Nacional: que en el proceso disciplinario
notarial N° 11-0001000-0627-NO, de Francisco Marín Porras contra Óscar Eduardo Núñez
Calvo, (cédula de identidad N° 2-0378-0316), este Juzgado mediante
resolución número 205-2021
de las diecinueve horas cuarenta
y tres minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, dispuso levantar la suspensión impuesta al denunciado Óscar Núñez Calvo
a partir de la publicación
de este edicto. Juzgado Notarial.
San José, 24 de
mayo del 2021.
Lic. Francis Porras León,
Juez Tramitador
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.— ( IN2021590522 ).
Licda. Hellen Hidalgo Ávila, jueza del Juzgado Civil y Trabajo del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral); hace
saber a Asociación Juvenil Casa de la Juventud de
Pérez Zeledón, que en este Despacho se interpuso un proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales en su contra, bajo el expediente número
21-000093-1125-LA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: por ignorarse el domicilio o lugar de ubicación del representante legal de la persona jurídica
denominada Asociación
Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón representada por Édgar Arturo Arroyo Blanco, se emplaza a los socios, asociados o a quien corresponda designar representante, para que en el plazo
de un mes acrediten tal nombramiento, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4 del Código Procesal
Civil en aplicación supletoria de esta materia. Lo anterior se ordena así en proceso
OR.S.PRI. Prestac. laborales
de José Emilio Beita Vargas contra Asociación Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón. Nota: publíquese este edicto por única vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Laboral), 01 de setiembre del 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590298 ).
Msc. Norman Herrera Vargas, juez del Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral); hace saber a Nihau
Transport Limitada con cédula jurídica
número 3-102-668510; y Z & B Packing S.A., con
cédula jurídica número
3-101-679533, que en este Despacho se interpuso un proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales en su
contra, bajo el expediente número 18-000335-1125-LA donde se
dictó la resolución que literalmente dice: por ignorarse el domicilio o lugar de ubicación de los representantes legales de las
personas jurídicas denominadas:
Nihau Transport Limitada con cédula jurídica número 3-102-668510; y Z
& B Packing S.A., con cédula jurídica número 3-101-679533, se emplaza a
los socios, asociados o a quien corresponda designar representante, para que en el plazo
de un mes acrediten tal nombramiento, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4 del Código Procesal
Civil en aplicación supletoria de esta materia. Publíquese la presente por medio de boletín
judicial. Lo anterior se ordena así en proceso
de Néstor
Agustín
Espinoza Gutiérrez contra Nihau Transport Limitada;
Novus Mensajería Sociedad Anónima;
Z & B Packing S.A.; Tania Suñol Muñoz; Mayra Lubadinia León Marenco; Cristina
Hidalgo León; El Soldado de La Paz Sociedad Anónima;
Eugenia María
León Marenco; Inversiones Ceiba T Veinte
Sociedad Anónima, 27 de septiembre
del año 2021. Nota: publíquese este edicto por única vez en el
Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral).—Msc.
Norman Herrera Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—(IN2021590517).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Noemy Aurora
Bustos Morales 05-0142-0581, quien fue mayor, casada, vecina de San Juan de Santa Cruz Guanacaste, laboró para el Ministerio
de Educación Pública y falleció el veintitrés
de mayo del dos mil catorce, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número 21-000310-0775-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21- 000310-0775-LA. Por
Ingrid Vanessa Vega Bustos a favor de ella misma.— Juzgado de Trabajo de
Santa Cruz, 01 de octubre del año 2021.—Katherine Ramírez Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021590266 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eric Gerardo Rodríguez Méndez cédula de identidad 06-0296-0470, fallecido
el veintiuno de setiembre del dos mil veintiuno, quien fue mayor de edad, casado de derecho pero no de hecho,
trabajador en Proval y vecino de Alajuela, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector público bajo el número 21-000296-0775-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000296-0775-LA. Por
María Fernanda Rodríguez Alvarez.—Juzgado
de Trabajo de Santa Cruz, 29 de setiembre del año 2021.—
Katherine Ramírez Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590267 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Antonio Navarro Miranda 0106720390,
fallecido el 08 de mayo del
año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 21-001156-
1178-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-001156-1178-LA. Por a favor de Marco
Antonio Navarro Miranda.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 12 de julio del año 2021.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña,
Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021590268 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Fallas
Lobo quien fue mayor, viudo, pensionado, vecino de
Alajuela, San Ramón, San Juan y falleció el veintitrés de abril del dos mil dieciocho; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de
persona fallecida bajo el número 21-000338-0694-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000338-0694-LA.— Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Yorleni
Bello Varela, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590269 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yamileth Vargas
Gamboa 0202850762, fallecida
el 05 de junio del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. Prest.
Sector público bajo el número 21-000403- 1288-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000403-1288-LA. Promovido por Byron Mejías Vargas
a favor de Yamileth Vargas Gamboa.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 25 de junio del año 2021.—Msc. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590270 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Antonio Hernández Hernández cédula de identidad número 0108040671, fallecido
el 18 de septiembre de
2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de CONSIG. PREST. sector privado bajo el
número 21-001159-0929-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001159-0929-LA. Por
Municipalidad de Pococí, cédula jurídica
3-014-042125 a favor de Carlos Antonio Hernández Hernández.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de setiembre del año
2021.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021590271 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Claro Fajardo Obando
cédula de identidad 0501990853, fallecido
el 9 de agosto del 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-001163-0929-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001163-0929-LA. Por
Natalia María Fajardo Piñar, cédula de identidad 0503290393 a favor de Jose Claro Fajardo Obando.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 29 de setiembre del año 2021.—Msc. Gerardo Salas
Herrera, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590272 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Barrot
Hernandez quien fue mayor, divorciado, cédula de identidad número: 106890668, pensionado,
y fallecido el 07 de marzo del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 21-001027- 0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001027-0929-LA. Por Operadora BAC San José a favor de Jorge Eduardo Barrot
Hernandez.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 18 de agosto del año
2021.—Lic. Luis
Manuel Martínez Castro, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021590273 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wislado Benedicto Gómez Gómez cédula
de identidad 0501380026, fallecido
el 25 de enero
del año 2018, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el
número 21-001143-0929-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001143-0929-LA. Por Adelaida Gomez Rivera cédula de identidad
0603420627 a favor de Wislado Benedicto
Gomez Gomez.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 22 de setiembre del año 2021.—Lic. Luis Manuel Martínez Castro, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021590274 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wilson Antonio Porras Venegas, cédula de identidad 206650949, quien fue mayor, soltero, costarricense, vecino de Tres Esquinas de La Fortuna, laboraba en La Perla de La Fortuna, San Carlos, quien
falleció el 27 de diciembre del 2020, hijo de Rosibel Venegas Espinoza y Antonio Porras Rodríguez, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-000049-1513-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000049-1513-LA. Por a
favor de.—Juzgado Contravencional de la Fortuna (Materia Laboral), 29 de setiembre del año 2021.—Msc. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.— ( IN2021590275 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Luis Diego Jiménez Ramírez 0205520337, fallecido el 23 de agosto del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 21-000472-
1288-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000472-1288-LA. Por Adriana Patricia
Sandoval Brenes a favor de Luis Diego Jiménez Ramírez.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 07 de setiembre del año 2021.—Licda. Karla Valenciano Vargas, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-AC.— (
IN2021590672 ).
El Tribunal de Servicio Civil notifica que en gestión de despido
interpuesta por la Ministra
de Educación Pública contra
el servidor Óscar Antonio Orozco Fernández, cédula de identidad número seis-cero ciento sesenta y cuatro-cero doscientos cuarenta y ocho, tramitada como sin oposición bajo el expediente número GD-088-2021, se
dictó el Voto número 13627, de las nueve horas diez minutos del seis de setiembre de
dos mil veintiuno, cuyo por
tanto dice:
“Se declara: con lugar la gestión de despido promovida por la Ministra de Educación Pública para despedir al señor Óscar Antonio Orozco Fernández de su puesto sin responsabilidad
para el Estado, de acuerdo
con expuesto, disposiciones
legales, artículos 14 inciso a), 190 inciso a) 194 y 196
del Estatuto de Servicio
Civil, 63 inciso a) de su Reglamento y los numerales 63 Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública y 81 literal g)
del Código de Trabajo. Queda
autorizado el Poder Ejecutivo para despedir al indicado servidor. Contra la presente resolución cabe el recurso de apelación,
con la debida expresión de agravios ante este Tribunal,
dentro del plazo de tres
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación del presente fallo, según lo que establece el artículo
44 del Estatuto de Servicio
Civil y sus reformas.”
Lic. Omar Jiménez Camareno,
Actuario.—1
vez.—O.C. N° 4600052097.—Solicitud
N° 300349.—( IN2021590533 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de cinco millones cincuenta y un mil doscientos cincuenta colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKN884, Marca: BYD, Estilo
F0 GLX I, categoría automóvil,
Capacidad: 5 personas, año
2016, color blanco, combustible gasolina,
cilindrada 1000 c.c., Motor N° BYD371QAC15013197. Para tal
efecto se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos ochenta y ocho mil cuatrocientos treinta y siete colones con setenta y un céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dos de febrero del
dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos sesenta y dos mil ochocientos doce colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Yorleny de Los Ángeles Calderón Mora. Expediente
N° 19-007463-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con veinticuatro minutos del veintinueve de setiembre del dos
mil veintiuno.—Licda.
Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2021591458
).
En este Despacho, con una base de quince
millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de 185289-000, matrícula número
Guanacaste, la cual es naturaleza: terreno de potrero, situada en el distrito
1-Carmona cantón 9-Nandayure de la provincia de Guanacaste finca se encuentra
en zona catastrada linderos: norte, 3-101- 574527 Sociedad Anónima sur, Yanina
Guerrero Fonseca este: 3- 101-574527 Sociedad Anónima oeste, calle publica con
un frente a ella de 34 metros 87 centímetros. Mide: mil seis metros cuadrados plano:G-1464014-2010. Para tal efecto, se señalan las diez
horas cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del
nueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de once millones
cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas
cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la base de
tres millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Cristhian Campos Palma, Xinia María del Carmen Campos Palma. Expediente N° 21-000474-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y
fecha de emisión: diecinueve horas con quince minutos del treinta y uno de
Julio del dos mil veintiuno. Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021591461 ).
En la puerta exterior
de este Despacho, con una base de treinta y un millones cuatrocientos setenta y
seis mil setecientos setenta y tres colones con setenta y ocho céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número trescientos cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y
siete, derecho cero cero cero,
la cual es terreno con una casa de 2 plantas. Situada en el distrito cero uno,
San Juan, cantón trece, Tibás, de la provincia de San José.-
Colinda: al norte María Digna Matamoros Marín; al sur carretera con 10 metros;
al este Trinidad Otárola Marín y al oeste María Digna Matamoros Marín. Mide:
trescientos ochenta y nueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del tres de noviembre
de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las quince horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil veintiuno con
la base de veintitrés millones seiscientos siete mil quinientos ochenta colones
con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del
diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de siete millones
ochocientos sesenta y nueve mil ciento noventa y tres colones con cuarenta y
cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta.-”Se recuerda a las partes en el proceso lo dispuesto en el párrafo
tercero del artículo 159 del Código Procesal Civil y a saber “El postor, para
participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50%) de la base, en
efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado
de un banco costarricense o cualquier mecanismo tecnológico debidamente
autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender
notificaciones. Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de
lo ofrecido deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo hiciera, se
declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del original, para lo
cual deberán tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con
la diligencia señalada”. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Comisión Nacional de Prestamos Para La Educación contra Mayra
Luz del Carmen Blanco Matamoros, Viviana María Monge Blanco. Expediente N° 21-001432-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 19 de agosto del 2021.—Adriana Sequeira Muñoz, Jueza
Tramitadora.—( IN2021591481 ).
En este Despacho, con una base de siete
mil cuatrocientos cuarenta
y ocho dólares con cuarenta y tres centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: 829282; marca: Nissan; año:2010; color: gris;
categoría: automóvil; Vin:
3N1CC1CD2ZL163101. Para tal efecto
se señalan las once horas cero minutos
del veinticuatro de noviembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del siete
de diciembre de dos mil veintiuno
con la base de cinco mil quinientos
ochenta y seis dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del dieciséis de diciembre
de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos sesenta y dos dólares con diez centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Olga Isabel Mertina González Villalobos. Expediente
N° 19-017032-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 29 de setiembre del año
2021.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021591482 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
trescientos cuarenta y seis
mil cuarenta y tres colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia del OIJ inscrita al tomo 0005, asiento 13185, secuencia
001; sáquese a remate el vehículo Placa: 485997, Marca:
Mitsubishi, Estilo: Eclipse, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie: 4A3CF34B6PE029053, carrocería: Sedan
2 puertas, tracción: 4x2,
Combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del dos de noviembre
de dos mil veintiuno, con la base de un millón setecientos cincuenta y nueve mil quinientos treinta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de quinientos
ochenta y seis mil quinientos
diez colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacional VEINSA S.
A. contra Eric Mora Marín. Expediente N°
07-000711-0181-CI.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 30 de setiembre del año 2021.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez Tramitador.—( IN2021591484 ).
En este Despacho,
con una base de diecisiete mil cuatrocientos veinticinco dólares con treinta y un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas MFR959, marca: KIA, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: 3KPA241ABJE056917, año fabricación: 2018, color: azul, N° motor: G4LCHE721847, cilindrada: 1368
c.c., combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas treinta minutos
del veintiuno de marzo del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas treinta minutos
del veintinueve de marzo
del dos mil veintidós con la base de trece mil sesenta y ocho dólares con noventa y ocho centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas treinta minutos
del seis de abril del dos mil veintidós,
con la base de cuatro mil trescientos
cincuenta y seis dólares
con treinta y tres centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Miguel Ángel Abarca Ramírez. Expediente N°
20-009183-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: nueve horas con
cincuenta y cuatro minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021591486
).
En este Despacho, con una base de ocho
mil ciento sesenta y tres dólares con noventa y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa FSR213, marca Hyundai, estilo Accent GL, chasis KMHCT51BEGU249506, capacidad
5 personas, color blanco, año
2016, combustible gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós con
la base de seis mil ciento veintidós
dólares con noventa y seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de febrero del dos mil veintidós con la base de dos mil cuarenta
dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra
Juan José Segura Hernández, Laura Cristina Rodríguez Solano. Expediente N° 20-012490-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
17 de setiembre del 2021.—Lic.
Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021591487 ).
En este Despacho, con una base de siete
mil sesenta y siete dólares con veintiséis centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas BLM791, marca: Changan, estilo: CS 35, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
LS5A3DDE9HA955178, carrocería: todo terreno
4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2017, color: rojo, N° motor: JL478QEEGC9N061455, cilindrada:
1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las trece horas cuarenta minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós con la base de cinco
mil trescientos dólares con
cuarenta y cinco centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós con
la base de mil setecientos sesenta
y seis dólares con ochenta
y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se
le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Luis Diego Seas Oses.
Expediente N° 21-012151-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
27 de agosto del 2021.—María del Carmen Vargas González, Jueza
Decisor.—( IN2021591490 ).
En este Despacho, con una base de diez
mil treinta y tres dólares con cincuenta centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BNL720, marca: BYD, estilo: F3, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
carrocería: sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, número chasis: LGXC16DF9H0055119, año fabricación: 2017, N° motor: BYD473QE217012444, cilindrada: 1500
c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta
minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós, con
la base de siete mil quinientos
veinticinco dólares con doce centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del tres de febrero del dos mil veintidós,
con la base de dos mil quinientos ocho
dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Leonardo Carmona Murillo. Expediente
N° 21-012092-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de julio del 2021.—Maricela Monestel
Brenes, Juez/a Decisor/a.—(
IN2021591491 ).
En este Despacho, con una base de cinco
mil ochocientos un dólares
con setenta y ocho centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo TSJ 000291, marca:
Citroen, estilo: C 4SX, categoría:
automóvil,
capacidad: 5 personas, serie:
VF7LCN6ALBY500540, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número chasis: VF7LCN6ALBY500540, año fabricación: 2011, uso: taxi,
color: rojo, moneda: colones, Vin: VF7LCN6ALBY500540, N° motor: 10FX7W3446041, modelo: SX1.6I, cilindrada: 1587
c.c., cilindros: 4, potencia:80 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de cuatro mil trescientos
cincuenta y un dólares con treinta y tres centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de mil cuatrocientos cincuenta
dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Mario Alberto del
Carmen Bermúdez
Jiménez. Expediente N° 20-010923-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 20 de setiembre del 2021.—Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—(IN2021591494
).
En este Despacho, con una base de tres
mil seiscientos ochenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-256600, marca Suzuki,
estilo APV, carga liviana, chasis MHYDN71V2BJ303215, año
2011, color blanco. Para tal
efecto se señalan las trece horas treinta minutos del uno de noviembre del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de dos mil setecientos sesenta y cuatro dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintiuno con la base de novecientos
veintiún dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Vehículos
Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Mario Alfredo de
Los Ángeles
Porras Jiménez. Expediente N° 21-002388-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 01 de setiembre
del 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021591497 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil trescientos veintiún dólares con doce centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas N° 742470, Marca:
Nissan, Estilo: Tilda, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, año: 2008, carrocería:
Sedan 4 puertas, color: negro, tracción:
4x2. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veintiuno, con la base de tres
mil doscientos cuarenta dólares con ochenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de mil ochenta
dólares con veintiocho
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos
Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Johanna de Los Ángeles Fonseca Castillo. Expediente N° 20-011404-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 17 de setiembre del 2021.—Licda.
Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—(
IN2021591498 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil treinta y un dólares
con cincuenta y tres
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo 896473, teléfono:
2225-1800, celular: 8819-2120, fax: 2225-8938 o fax: 2281-0910. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil
veintiuno con la base de tres
mil veintitrés dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de mil siete dólares
con ochenta y ocho centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Óscar Uriel González Ochoa. Expediente N° 19-013964-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 24 de agosto
del año 2021.—Luis Abner Salas Muñoz, Juez Tramitador.—( IN2021591499
).
En este despacho, con una base de cuatro
mil trescientos cuarenta y cuatro dólares con noventa y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo 842496, marca: honda estilo: Civic LX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2010, color: gris,
Vin: 19xfa1650ae801595, cilindrada: 1799 c.c ,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintidós con
la base de tres mil doscientos
cincuenta ocho dólares con setenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de marzo de dos mil veintidós con la
base de mil ochenta y seis dólares
con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Jose Alberto Araya Fuentes Expediente
N° 21-006029-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora. y fecha
de emisión: quince horas con dos
minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno.—Gabriela Chaves Villalobos, Jueza
Tramitadora.—( IN2021591501 ).
En este Despacho, con
una base de nueve mil sesenta y tres dólares con sesenta y cinco centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BHL 255
Marca: Hyundai, Estilo: Tucson Limited, categoría:
automóvil capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, año
fabricación: 2015, número chasis: KMHJT81CDFU041911, número de Motor:
G4KEEU523023, cilindrada: 2400 c.c. cilindros: 4. Para tal efecto se señalan
las once horas del doce de enero del dos mil veintidós. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las once horas del veinte de enero del dos mil
veintidós, con la base de seis mil setecientos noventa y siete dólares con
setenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas del treinta y uno de enero del
dos mil veintidós, con la base de dos mil doscientos sesenta y cinco dólares
con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Silvia Marcela Clunie Vega. Expediente N°
20-013493-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de setiembre del año
2021.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021591503 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis
mil quinientos ochenta y siete dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo CL300651, marca:
Toyota, estilo: Hilux, categoría:
carga liviana, capacidad:
5 personas, serie: 8AJKB8CD5H1671068, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o campu, tracción: 4X4, número chasis: 8AJKB8CD5H1671068,
año fabricación: 2017,
color: negro, Vin: 8AJKB8CD5H1671068. Para tal efecto se señalan
las siete horas treinta minutos del uno de noviembre del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
siete horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de diecinueve mil novecientos
cuarenta dólares con setenta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de seis mil seiscientos cuarenta y seis dólares con noventa y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Emmeth Valle Alemán.
Expediente N° 20-005856-1205-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y cuatro minutos del seis de setiembre del
dos mil veintiuno.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2021591507 ).
En este Despacho,
con una base de diez mil quinientos sesenta
y dos dólares con cinco
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa BDW 403, Marca:
Hyundai, Categoría: automóvil,
Estilo: Accent GL, Serie: KMHCT41DAEU504941, tracción: 4x2, cilindrada: 1600.
Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del once de noviembre
de dos mil veintiuno, con la base de siete mil novecientos veintiún dólares con cincuenta y tres centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos
mil veintiuno, con la base de dos mil seiscientos cuarenta dólares con cincuenta y un
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Jeremi José Arce Rojas. Expediente
N° 17-021518-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 16 de setiembre del año
2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2021591508 ).
En este Despacho, con una base de tres millones setenta y ocho mil trescientos setenta colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 299-11693-01
0909-004, plazo de convalidación
(rectificación de medida) citas: 2009-35716-01-0004-001 (para ambos
derechos); sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 29043, derecho 003 y 004, la cual
es terreno agricultura. Situada en el
distrito cero tres, Zapotal, cantón cero nueve, Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, calle; al sur,
Marco Vinicio Vargas Barboza, María de los Ángeles Vargas Barboza; al este, Norma Barboza Ulate; y al oeste, Río Ora. Mide: dos mil cincuenta
y ocho metros con treinta y
seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del
dos de diciembre del dos mil veintiuno
con la base de dos millones trescientos
ocho mil setecientos setenta y ocho colones con seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del once de diciembre del
dos mil veintiuno con la base de setecientos
sesenta y nueve mil quinientos noventa y dos colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Comisión
Nacional de Préstamos
para Educación
(CONAPE) contra Norma Barboza Ulate y otro. Expediente N° 13-025303-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Primera, 21 de setiembre del 2021.—Adriana Sequeira
Muñoz, Jueza Tramitadora.—(
IN2021591513 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de veinticinco millones
cuatrocientos ochenta y
seis mil quinientos ochenta
y tres colones con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas:
406-01422-01-0940-001 servidumbre de paso citas: 2011-342980-01-0001-001 y plazo
de convalidación (rectificación
de medida) citas:
2018-645769-01-0003-001, sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
N° 1-483645-000, la cual es terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 7-Patarra, cantón 3-Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Carlos Cordero Brenes; al sur, servidumbre de paso;
al este, Lote dos, y al oeste, Alfonso Emilio Monestel
Cordero. Mide: ciento setenta y un metros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del dos de noviembre
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del diez
de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de diecinueve millones
ciento catorce mil novecientos treinta y siete colones con ochenta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del dieciocho de noviembre
del dos mil veintiuno, con la base de seis millones trescientos setenta y un mil seiscientos cuarenta y cinco colones con noventa y seis céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo
Montero Cascante, Hallen Monestel
Vega. Expediente
N° 21-001410-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de agosto
del 2021.—Floryzul Porras López, Jueza
Tramitadora.—( IN2021591521 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones novecientos ochenta mil doscientos ochenta y tres colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones
17-002867-0497-TR; sáquese a remate el vehículo placa
TH-000121, marca Hyundai, estilo
Accente, categoría automóvil,
estilo Accente, capacidad 5 personas, año 2006, carrocería
sedan 4 puertas, tracción 4x2, color rojo, vin KMHCM41VP6U010379, cilindrada 1500 cc, combustible diésel,
cilindros 4. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del uno de febrero
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas cero minutos del nueve
de febrero del dos mil veintidós,
con la base de cuatro millones
cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos doce colones con ochenta y dos céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas cero minutos del diecisiete
de febrero del dos mil veintidós,
con la base de un millón cuatrocientos
noventa y cinco mil setenta colones con noventa y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra
Luis Antonio Romero Dolmos. Expediente N° 20-000241-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de setiembre del
2021.—Paula Morales González, Juez/a Decisor/a.—( IN2021591524 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones novecientos diez mil quinientos cinco colones con veintiocho céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL315013, marca
Mitsubishi, estilo: L200, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas. Para
tal efecto se señalan las once horas quince minutos del veintiséis de julio de
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas quince minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós con la base
de diecisiete millones ciento ochenta y dos mil ochocientos setenta y ocho
colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos
del dieciocho de agosto de dos mil veintidós con la base de cinco millones
setecientos veintisiete mil seiscientos veintiséis colones con treinta y dos
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra BDT Comercial Sociedad Anónima, Miguel Mora Brenes.
Expediente N° 20-003807-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del I Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión:
catorce horas con cuarenta y nueve minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintiuno.—Manuel Loria Corrales, Juez Tramitador.—( IN2021591542 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
millones setecientos ochenta mil colones, libre de gravámenes de garantías reales pero soportando
servidumbre trasladada bajo
las citas: 301-00003903-01-0002-001 y servidumbre de paso bajo las citas:
2016-00156538- 01-0005-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 493788, derecho 000, la cual
es terreno para construir y
parte destinado a servidumbre de paso. Situada en el distrito:
Río Segundo, cantón: Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Alexis Agüero; al sur, Guiselle
Villalobos Cabezas; al este, calle
pública; y al oeste, Alexis
Agüero. Mide: doscientos setenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de noviembre del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas y treinta minutos del once de noviembre del
dos mil veintiuno con la base de diecisiete
millones ochocientos treinta y cinco mil colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de cinco millones
novecientos cuarenta y cinco mil colones (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas en el Boletín
Judicial, la primera publicación
con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ordinario de Angela de La Cruz García Alegría contra Juan Enrique
Salazar Guerrero. Expediente N° 14-000401-0307-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha
de emisión: diez horas con cincuenta y seis minutos del veintinueve de setiembre del dos
mil veintiuno.—M.Sc. Kathia
Rivera Hernández, Jueza.—( IN2021591560 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y un millones doscientos noventa y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José finca: 578968, derecho 000, naturaleza: terreno con 1 casa y patio situada
en el distrito
2-Guaitil cantón 12-Acosta de la provincia
de San José finca se encuentra en
zona catastrada. Linderos: norte, Virgilio Fallas Hidalgo,
sur, calle pública, este,
Virgilio Fallas Hidalgo, oeste,
calle pública. Mide: seiscientos un metro con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano:
SJ-1006167-2005, identificador predial:112020578968
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno con la base de treinta millones novecientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno
con la base de diez millones
trescientos veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Asociacion Solidarista de Empleados dela Compañía Nacional de Fuerza y Luz
contra Alexander Francisco Chacón Brenes, Teresita Auxiliadora Fallas Hidalgo. Expediente N° 21-007851-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de julio del año 2021.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernandez, Juez
Decisor.—(
IN2021591568 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic y
reservref:1848 511 001, citas: 277-04235-01-0901-003;
sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número ciento cincuenta y tres mil cuatrocientos nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito:
07-La Colonia, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Odilia Ramírez Chacón; al
sur, Zeneida Chacón
Ramírez, destinado a servidumbre
de paso; al este, calle pública, y al oeste, Odilia
Ramírez Chacón. Mide: ciento cincuenta y un metros cuadrados, plano L-1784051-2014.
Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del seis de diciembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de tres millones
de colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del seis de enero del dos
mil veintidós, con la base de un millón
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Deybi José Castrillo
Ramírez, Florencio de Jesús Castrillo Vásquez. Expediente N°
19-000657-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 05 de octubre
del 2021.—Licda. Eida
Virginia Madrigal Camacho, Jueza Decisora.—( IN2021591571 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y dos millones trescientos
once mil setecientos setenta
y cinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.:
2857-003-001 citas: 325-01254-01-0968-001, servidumbre de oleoducto y de
paso de RECOPE citas: 427-12741-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
212209-000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito
3-Capellades, cantón 6-Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Enrique Fausto Valverde Ramírez; al sur, Julio
Cesar Morales Valverde; al este, servidumbre
agrícola en parte y calle pública,
y al oeste, José Manuel Mena Cordero. Mide:
ochocientos cincuenta
metros cuadrados. Plano: C-1140464-2007. Identificador predial: 306030212209__. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del
dos de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de veinticuatro millones
doscientos treinta y tres mil ochocientos treinta y un colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de ocho millones
setenta y siete mil novecientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio
dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra
Allan Johanny Aguilar Valverde, María Bernarda Valverde Chinchilla, Minor
Gerardo Ruiz Naranjo. Expediente N° 16-017736-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de setiembre
del 2021.—Licda. Jéssika
Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—(
IN2021591618 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
seiscientos noventa y siete mil quinientos cuarenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Inversiones Automovilísticas W.I.B. Internacional S. A.; al sur, calle
pública
con frente de 20.22 metros; al este,
calle pública con frente 12.04
metros; y al oeste, Inversiones
Automovilísticas
W.I.B. Internacional S. A. Mide:
doscientos cincuenta metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de noviembre de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de seis millones trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintiuno con la base de dos millones
ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Nazareth Padilla
Montero. Expediente N° 21-002987-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y ocho minutos del diez de setiembre del dos mil veintiuno.—Franz Castro Solís, Juez
Tramitador.—( IN2021591642 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
228141-000, naturaleza: lote
13 terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Linderos:
al norte, Miguel Ángel Alcoser Pineda; al sur, Antonio Hakong Sánchez
Guerrero; al este, Juan Benavides; y al oeste, calle pública. Mide:
ciento sesenta y siete metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano:
A-0717160-1987. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del
uno de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de un millón trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra María de Los Ángeles Sosa Navarro. Expediente N° 21-001941-1204-CJ.—Juzgado de Cobro
de Grecia, hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta
y seis minutos del doce de agosto del dos mil veintiuno.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—(
IN2021591643 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas: 2017-643746-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 333658, derechos
001 / 002, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito
3-San Juan, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, María de los Ángeles
Villalobos Salazar; al sur, María de los Ángeles
Villalobos Salazar; al este, servidumbre
de paso frente 8 metros 99 centímetros
por 8 metros de ancho, y al oeste, María de los Ángeles Villalobos Salazar. Mide:
ciento ochenta y cuatro metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veintitrés
de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del dos de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de veinte millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del trece de diciembre del
dos mil veintiuno, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Javier Francisco Sotela Quesada, María del Milagro Moya Salas, Tricia María Fuentes Dinarte.
Expediente N° 21-000862-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 20 de agosto del 2021.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza.—( IN2021591644 ).
En este Despacho,
con una base de ciento veintidós
mil seiscientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas: 800-707366-01-0001-001
servidumbre trasladada citas: 352-04459-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número
216097-000, la cual es naturaleza:
terreno para construir-lote
3 bloque K. Situada en el distrito
5-Concepción, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al
noreste, lote 2 K; al noroeste, lote 9 K; al sureste, calle pública;
y al suroeste, lote 4 K. Mide: ciento sesenta
metros cuadrados metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del siete de diciembre del dos mil veintiuno
con la base de noventa y un mil novecientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de diciembre del dos
mil veintiuno con la base de treinta
mil seiscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hernán Francisco De Asís
González Rodríguez. Expediente N° 20-014186-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 29 de setiembre del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021591645 ).
En este Despacho,
con una base de doce millones
novecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando Cond Rest citas:
345-12738-01-0911-001 y reservas y restricciones citas:
345-12738-01-0913-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ochenta y nueve mil ciento cuarenta y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno Lote N° 14 de cascadas
uno, terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, lote N°
15; al sur, Lote N° 13; al este, calle pública con frente de 12 metros, y al oeste, calle pública con frente de 12 metros. Mide: doscientos veintiocho metros cuadrados, plano L-0542226-1999.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del treinta de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno
con la base de nueve millones
setecientos doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de diciembre del dos
mil veintiuno, con la base de tres
millones doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Karen Yuliette
Trejos Piedra. Expediente N° 21-003472-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí,
29 de setiembre del 2021.—Eida
Virginia Madrigal Camacho, Juez/a Decisor/a.—(
IN2021591646 ).
En este Despacho,
con una base de veintinueve millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
289260, derecho 000, la cual es terreno
de solar para construir con una casa. Situada en el
distrito 6-Esquipulas, cantón
7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Abelardo Marique y Mario Solano Rojas
y Ana Rita Solórzano García; al sur, servidumbre, Alberto Sancho González y Fabio Francisco Chavarría
Araya; al este, servidumbre,
Fabio Francisco Chavarría Araya y Ademar Ramírez Chacón; y al oeste,
Álvaro Francisco Rojas Jiménez. Mide: trescientos setenta y cuatro metros con ochenta y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno
con la base de veintiún millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno
con la base de siete millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Praxede Del Carmen
Delgadillo Laguna. Expediente N° 19-001882-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón), 17 de setiembre del 2021.—Licda. Jennsy María Montero
López, Jueza.—( IN2021591647 ).
En este Despacho, con una base de cinco
millones trescientos ochenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 396-18015-01-0806-001 servidumbre trasladada citas: 396-18015-01-0900-001;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos
sesenta y nueve mil seiscientos setenta y tres, derecho cero cero uno y cero cero dos la cual
es terreno de patio con 1 casa-lote 1. Situada en el distrito 7- Puente de
Piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote
3; al sur, Carlos Luis Solorzano Arias; al este, calle publica con 08,94 mts y al oeste Marielos Bolaños Arias. Mide: ciento quince
metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0005882-1991. identificador
predial:203070269673. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero
minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del nueve de
noviembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones treinta y seis
mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos
del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la base de un millón
trescientos cuarenta y cinco mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Edwin Vargas Villalobos
contra Miriam Vega Araya, Rodrigo Cortes Céspedes.
Expediente N° 21-001940-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: catorce horas
con treinta minutos del dieciséis de Agosto del dos mil veintiuno.—Maricruz
Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—( IN2021591667 ).
En este Despacho, con una base de siete mil
quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada: 259-00778-01-0901-001; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecinueve mil novecientos
sesenta y seis, derecho cero cero cero,
la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Barranca, cantón
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.- Colinda:
al norte, resto destinado a calle pública; al sur, lote cinco B; al este, lote
treinta y seis B y al oeste, lote treinta y ocho B. Mide: ciento cuarenta y
seis metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las once horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno con la
base de cinco mil seiscientos veinticinco dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas cero minutos del dos de diciembre de dos mil veintiuno con la base
de mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Sacha S.CH. S. A. contra Kattia
Rebeca Torres González. Expediente N° 20-002771-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de
emisión: siete horas con diecisiete minutos del diez de agosto del dos mil
veintiuno.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021591669 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos diez mil seiscientos ochenta y cinco colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
ciento setenta y ocho mil novecientos cincuenta y dos, derecho 000, la cual
es terreno con dos casas. Situada en el
distrito 2-La Virgen, cantón
10-SarapiquI, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Juan Rodríguez
Rodríguez; al sur, calle pública con
10.00 metros; al este, lote
A 23 y al oeste, lote A 25.
Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas quince minutos del veintinueve
de marzo de dos mil veintidós
con la base de cuatro millones
doscientos ocho mil catorce colones con treinta y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas quince minutos del seis de abril de dos
mil veintidós con la base de un millón
cuatrocientos dos mil seiscientos
setenta y un colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional Costa Rica contra Dionis Otoniel Pichardo Mejías. Expediente N° 21-008772-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión:
ocho horas con veintisiete minutos del diecisiete de Setiembre del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021591673
).
En este Despacho, con una base de dos millones
doscientos quince mil colones
exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: BCD043, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, año: 2000, color: negro, Vin: KMHCG41FPYU070505, N°
motor: GAEA760887, cilindrada: 1500 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas cero minutos del uno
de febrero del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós con
la base de un millón seiscientos
sesenta y un mil doscientos
cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil
veintidós con la base de quinientos
cincuenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Katherine Dayana Jiménez
Ruiz contra Johnny Zúñiga Segura. Expediente
N° 16-010277-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San
José, 17 de setiembre del 2021.—Lic Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021591674 ).
En este Despacho, con una base de ocho
mil setecientos tres dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: SJB 014936, marca: Toyota,
estilo: Hiace, categoría: microbús, capacidad: 16 personas, serie, chasis y vin:
JTFSK22P8G0023410, año: 2016, carrocería: microbús, color: azul,
tracción: 4x2. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del once
de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de dos mil ciento setenta
y cinco dólares con ochenta y cuatro centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de seis mil quinientos
veintisiete dólares con cincuenta y cuatro centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra
Erick Gerardo Garita Rodríguez.
Expediente N° 21-008743-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de agosto del
2021.—Jenny María Corrales Torres,
Juez/a Decisor/a.—(
IN2021591677 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones quinientos tres mil doscientos noventa y seis colones con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito 0800-00775700-001; sáquese
a remate el vehículo
BSP308. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del once de mayo
del dos mil veintidós, con la base de trece millones ochocientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta y dos colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós
con la base de cuatro millones
seiscientos veinticinco mil
ochocientos veinticuatro colones con veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jair Josué Porras
Jiménez. Expediente N° 21-002109-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 14 de setiembre del 2021.—Iván Tiffer
Vargas, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2021591680 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones quinientos seis
mil trescientos setenta y siete colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 311-09622-01-0901-001, servidumbre
de paso bajo las citas: 429-17330-01-0011-001, servidumbre de aguas pluviales bajo las citas:
2019-391864-01-0001-001, servidumbre de paso bajo las
citas: 2019-391877-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 580023-000, la cual es terreno de patio con una
casa. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos, cantón, de
la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, María Aurora Campos Castro; sur, Autorespuestos Chanan S. A. destinado a servidumbre de paso
con un ancho 7 metros lineales y frente
de 33.54 metros lineales en
medio de Osvaldo Segura Zúñiga; este,
Randall Rojas Castro; oeste, calle
pública con frente de 9.97
metros lineales. Mide: trescientos sesenta metros cuadrados. Plano: A-2111326-2019. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del quince de setiembre de dos mil veintidós
con la base de trece millones
ciento veintinueve mil setecientos ochenta y tres colones con veintidós céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de setiembre de dos
mil veintidós con la base de cuatro
millones trescientos setenta y seis mil quinientos noventa y cuatro colones con cuarenta y un céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Ángel de
Jesús Monestel Sancho, Monestel
Motores Sociedad Anónima. Expediente N° 21-002906-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas
con veintinueve minutos del
diecisiete de setiembre del
dos mil veintiuno.—Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—( IN2021591684 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
setecientos noventa mil trescientos ochenta y nueve colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas: 333-01776-01-0901-001, citas:
333-01776-01-0902-001, condiciones Ref:2614-097-002; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
doscientos sesenta y tres mil ochenta y uno, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito
12-La Amistad, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Quebrada Salitre en medio
Jacinto Duarte Blanco; al sur, calle pública; al este, en parte
Jacinto Duarte Blanco, Quebrada Salitre, Roberto
Espinoza González y calle pública y al oeste, Quebrada Salitre Jacinto Duarte Blanco quebrada y Eugenia Murcia López. Mide: siete mil setecientos treinta y cuatro metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del uno de noviembre de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
nueve de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de cinco
millones noventa y dos mil setecientos noventa y un colones con setenta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de un millón seiscientos
noventa y siete mil quinientos noventa y siete colones con veintiséis céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Jukaje del General S.A. contra Gerardo Guillermo Espinoza
Quirós, expediente N° 20-000971-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con veintitrés minutos del diez de setiembre del dos mil veintiuno.—Franz
Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2021591694 ).
En este Despacho, con una base de veinte
millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisiones bajo la sumaria 17-602586-0500-TC del Juzgado de tránsito de Pavas;
sáquese a remate el vehículo BFZ718 Marca: B.M.W. Estilo: X6 Categoría:
automóvil Capacidad: 5 personas Serie: WBAFH610XE0B45655 Carrocería: todo
terreno 4 puertas Tracción: 4x4 año fabricación: 2014 color: rojo cilindrada:
3000 c.c., cilindros: 6, combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las
trece horas treinta minutos del once de enero de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del
diecinueve de enero de dos mil veintidós, con la base de quince millones de
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de
enero de dos mil veintidós, con la base de cinco millones de colones exactos
(25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha
fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Richard Iván Romero Peláez.
Expediente N° 19-002873-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22
de setiembre del año 2021.—Licda. Wendy Pagani Rojas, Jueza.—( IN2021591704 ).
En este Despacho, con una base de veinte
mil catorce dólares con veintidós centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: JCS146, marca: Mitsubishi,
estilo: Lancer GLS, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería:
sedan 4 puertas, tracción:
4X2, año fabricación: 2017,
color: rojo, Vin: JMYSNCY1AHU000240, N° motor: 4A92CH3884, cilindrada: 1600 c.c., cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas con diez minutos del dos de noviembre del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas con diez minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de quince mil diez dólares
con sesenta y seis centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas con diez minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintiuno con la base de cinco
mil tres dólares con cincuenta y cinco centavos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco LAFISE S. A. contra Jorge Eduardo Corrales Salas. Expediente
N° 21-008334-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de junio
del 2021.—Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—( IN2021591705 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones ciento treinta y cuatro mil setecientos ocho colones con ochenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: SJB 016665,
Marca: Toyota, Categoría: microbús, Serie Vin Chasis: JTFSK22P3F0022728, Estilo:
Hiace, Capacidad: 16
personas, año 2015, color blanco,
N° Motor:
5L6251302, combustible: diésel, cilindrada 2986 c.c.. Para tal efecto
se señalan las diez horas veinte minutos del cinco de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas veinte, minutos del
quince de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de trece millones
seiscientos uno mil treinta
y un colones con sesenta y
seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veintiuno, con la base de cuatro
millones quinientos treinta y tres mil seiscientos setenta y siete colones con veintidós céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Manuel Salvador Ríos Coto. Expediente N° 21-008253-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
07 de julio del 2021.—Licda.
Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza
Decisora.—(
IN2021591706 ).
En este Despacho, con una base de ocho
mil ochocientos veinticinco
dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes
prendarios; sáquese a
remate el vehículo BNG036,
Marca: Suzuki, estilo: Alto DX, carrocería:
Sedan 4 puertas hatchback, año:
2017, color: gris, Vin: MA3FB32S9J0A12783, N° Motor: F8DN5771068, Modelo: OD13C2K00049600, cilindrada:
800 c.c.. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos
mil veintiuno, con la base de seis mil seiscientos diecinueve dólares con doce centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de dos mil doscientos seis dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco
Lafise S.A. contra Evelyn María Cascante Quirós. Expediente N° 21-002684-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 04 de octubre del año 2021.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza
Decisora.—(
IN2021591707 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones ochocientos ochenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con cuarenta y seis céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
145995, derecho 000, la cual es terreno
para construir bloque a lote 25. Situada en el distrito
9-Dulce Nombre, cantón
1-Cartago, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, lote 24 A; al sur, lote 26 A; al este, Edwin Bolívar Rojas Céspedes y al oeste, calle pública con un frente
de 13,01 cm. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de seis millones seiscientos
sesenta y cuatro mil ochocientos treinta y nueve colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dos
de diciembre de dos mil veintiuno
con la base de dos millones doscientos
veintiún mil seiscientos trece colones con once céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Luis Bolívar Rojas Céspedes, expediente
N° 20-010483-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 09 de setiembre del año
2021.—Lic. Luis Salas Muñoz, Juez/a
Tramitador/a.—(IN2021591816).
En este Despacho, con una base de cuatrocientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 301-16499-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula N°
549669-000, la cual es terreno
de césped destinado a tumba, Bloque A, denominado del valle, Fila 11, Lote 9. Situada en el distrito
1-San Vicente, cantón 14-Moravia de la provincia de San José. Linderos: norte, Campo Santo La Piedad S. A., sur, Campo Santo La
Piedad S. A., este, Campo Santo La Piedad S. A., oeste, Campo Santo La Piedad S. A. Mide:
un metros con ochenta decímetros
cuadrados plano:
SJ-0939048-2004. Para tal efecto,
se señalan las 08:30 horas del 25/01/2022. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las 08:30 horas del 02/02/2022, con la base de trescientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
08:30 horas del 10/02/2022 con la base de cien mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Daniels Family Inversionistas S.A. contra Real
Sporting S. A.C. SA. Expediente N° 20-008734-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de setiembre del 2021.—Licda. Paula Morales González, Jueza
Decisora.—(
IN2021591886 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de cincuenta y dos millones
quinientos doce mil quinientos diecisiete colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
número cuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno urbano con 1 casa. Situada en el
distrito 1-Liberia, cantón
1- Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 27,21 metros de frente;
al sur, Amer González; al este, Juana María Loáiciga y al oeste, calle pública con 10.23 metros de frente. Mide: doscientos
cincuenta metros cuadrados.
Plano: G-0402609-1980. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del dos de noviembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
diez de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de treinta
y nueve millones trescientos ochenta y cuatro mil trescientos ochenta y siete colones con noventa y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil
veintiuno con la base de trece
millones ciento veintiocho mil ciento veintinueve colones con treinta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Luis Camareno Castro, expediente N°
19-000148-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y cuatro minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021592067 ).
En este Despacho, con una base de siete millones doscientos dos mil setecientos ocho colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMR781, marca: Kia, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: KNADN412BH6087928, carrocería:
sedán 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: KNADN412BH6087928, año fabricación: 2017, color: azul, vin: KNADN412BH6087928. Para tal
efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de noviembre de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de cinco millones
cuatrocientos dos mil treinta
y un colones con veinticinco
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de un millón
ochocientos mil seiscientos
setenta y siete colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Junior Fernán Toruño
Castañeda, expediente N°
20-004911-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta minutos del quince de setiembre del dos mil veintiuno.—Rolando
Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—(
IN2021592068 ).
En este Despacho, 1- Con una base de veinte
millones setecientos sesenta y nueve mil seiscientos veintidós colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
331-18058-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 158146 derecho 000, la cual
es terreno de uso agrícola parcela número 81. Situada en el distrito
3-Sardinal, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, lotes 4 y 5 Inversiones Agrícola Tamarindo S. A. Servidumbre
agrícola
en medio; sur, lote 79 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A.; este, lote 82 y 83 Inversiones Agrícola
Tamarindo S.A. y oeste, lote
80 Inversiones Agrícola Tamarindo S. A. Mide: cinco mil cuatrocientos sesenta y siete metros con veintitrés decímetros cuadrados.
Plano: G-1149156-2007. De no haber postores, el segundo
remate con la base de quince millones quinientos setenta y siete mil doscientos dieciséis colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate con la base de cinco
millones ciento noventa y dos mil cuatrocientos cinco colones con cincuenta y seis céntimos (25% de
la base original). 2- Con una base de veintitrés millones ciento noventa y seis mil novecientos treinta y un colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 331-18058-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 158161 derecho
000, la cual es terreno de uso agrícola parcela número 96. Situada en el
distrito 3-Sardinal, cantón
5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 97 Inversiones Agrícola
Tamarindo S.A.; sur, lote 54 Inversiones
Agrícola
Tamarindo S.A. servidumbre agrícola en
medio; este, lotes 47 y 48 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. y oeste, lote 95 Inversiones Agrícola
Tamarindo S.A. Mide: seis mil ciento
setenta y tres metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-1137004-2007. De no haber
postores, el segundo remate con la base de diecisiete
millones trescientos noventa y siete mil seiscientos noventa y ocho colones con sesenta y dos céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate con
la base de cinco millones setecientos noventa y nueve mil doscientos treinta y dos colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base original). 3- Con una base de dieciocho millones setecientos setenta y siete mil cincuenta y seis colones con un céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 331-18058-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 158164 derecho
000, la cual es terreno de uso agrícola parcela número 99. Situada en el
distrito 3-Sardinal, cantón
5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lotes 41 y 42 Inversiones Agrícola
Tamarindo S.A., servidumbre agrícola en
medio; sur, lotes 92 y 93 Inversiones
Agrícola
Tamarindo S.A.; este, lote
98 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. y oeste, lote 100 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. Mide: cinco mil trece metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano:
G-1137233-2007. De no haber postores,
el segundo remate con la
base de catorce millones ochenta y dos mil setecientos noventa y dos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate con la base de cuatro
millones seiscientos noventa y cuatro mil doscientos sesenta y cuatro colones exactos (25% de la base original). 4- Con una base de diecinueve millones doscientos cincuenta y seis mil trescientos noventa colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
331-18058-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 158166 derecho 000, la cual
es terreno de uso agrícola parcela número 101. Situada en el distrito
3- Sardinal, cantón
5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lotes 15 Inversiones Agrícola
Tamarindo S.A., servidumbre agrícola en
medio; sur, lotes 90 y 91 Inversiones
Agrícola
Tamarindo S.A.; este, lote
100 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. y oeste, lote 102 Inversiones Agrícola Tamarindo S.A. Mide: cinco mil quince metros con diez decímetros cuadrados. Plano: G-1135804-2007. De no haber
postores, el segundo remate con la base de catorce
millones cuatrocientos cuarenta y dos mil doscientos noventa y dos colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate con la base de cuatro
millones ochocientos catorce mil noventa y siete colones con cincuenta y seis céntimos (25% de
la base original). Señalamientos: para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintidós y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del seis de mayo de dos mil veintidós.
Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Gary Richard Flood Schmidt, Lomas de Vesta Noventa y Nueve S.A., Sierras de Ulen Noventa y Seis S.A., Vistas
de Kasota Ochenta y Uno
S.A., Vistas de Odessa Ciento Uno S.A., expediente N° 20-001909-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: dieciocho horas
con cuatro minutos del ocho de octubre del dos mil veintiuno.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021592070 ).
En este Despacho, con una base de veinticinco
millones ciento catorce mil novecientos ochenta y seis colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas:
0421-00003928-01-0001-001 en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número
ciento cincuenta y dos mil novecientos trece-cero cero uno,
cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito primero Liberia, cantón
primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al este, lote 9-F; al oeste, calle cuatro; al noroeste, lote 8-F, y al sureste, lote 6-F. Mide: ciento sesenta
metros con cero decímetros cuadrados.
Plano: G-1096426-2006. Para tal efecto,
se señalan las quince horas cero minutos
del once de enero del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del diecinueve de enero del
dos mil veintidós, con la base de dieciocho
millones ochocientos treinta y seis mil doscientos treinta y nueve colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del veintisiete de enero
del dos mil veintidós, con la base de seis millones doscientos setenta y ocho mil setecientos cuarenta y seis colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ángel Dionicio
Pineda Acosta, Elvia Alicia Salazar Delgadillo. Expediente
N° 16-001488-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con veinticuatro minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez
Decisor.—(
IN2021592079 ).
En este Despacho, con una base de novecientos
cincuenta y tres dólares con treinta centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa CL245250, marca: Fiat, estilo: Strada
Working, categoría: carga liviana,
capacidad: 2 personas, año: 2010, carrocería:
camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, vin: 9BD27840NA7193552,
color: blanco, tracción:
4x2, cilindrada: 1368 c.c., cilindros:
4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de enero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dos de febrero de dos
mil veintidós con la base de setecientos
catorce dólares con noventa y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de febrero de dos mil veintidós con la base de doscientos
treinta y ocho dólares con treinta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima
contra Jose Rafael Padilla Morales. Expediente N° 21-004612-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del año 2021.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Tramitadora.—(IN2021592083).
En este Despacho, con una base de dos millones
doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas citas: 258-06894-01-0004-001
y Reservas Ley Caminos citas:
258-06894-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 163062-000, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito: 01-Buenos Aires, cantón:
03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, El Huerto del Edén S. A.; al sur, calle pública con un frente a ella de 14.50 metros; al este, El Huerto del Edén S. A.; y al oeste, El Huerto del Edén S. A. Mide: ciento noventa
y dos metros con noventa y cinco
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de un millón
seiscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil
veintiuno, con la base de quinientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Edgar Cecilio Maroto Garro contra Mileidy Ávila Zúñiga. Expediente N° 21-002827-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta
y ocho minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintiuno.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2021592133 ).
En este Despacho, con una base de cien
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre de acueducto y de
paso de A Y A, citas: 0532-00007536-01-0001-001 y
0532-00007536-01-0046-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 35171-F-000, la cual
es naturaleza: Filial primaria
individualizada número 17 terreno apto para construir con un apartamento. Situada en el
distrito 01-Desamparados, cantón
03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al este, Caja Costarricense de Seguro
Social; al oeste, área común de calle llamada Los Sauces; al noreste,
Finca Filial dieciséis; y al suroeste,
Finca Filial dieciocho. Mide:
doscientos ocho metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: SJ-0843272-2003. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cincuenta minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cincuenta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós con la base de setenta
y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cincuenta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós con la
base de veinticinco mil dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Luis Enrique Pacheco Vargas contra Erick Antonio Wright Mc Lean. Expediente N° 20-012514-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de setiembre del año 2021.—Giovanni Morales Mora, Juez
Tramitador.—(IN2021592135).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y ocho millones doscientos treinta y ocho mil doscientos noventa y siete colones con cuarenta y siete céntimos, libre de gravámenes de garantías mobiliarias, pero soportando servidumbre trasladada citas:
250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 158890-F-000, la
cual es terreno finca
filial número
27 identificada como
FF-AP-403 ubicada en el nivel 4 destinada
a uso residencial en proceso de construcción.
Situada en el distrito: 10-Hatillo, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, área común libre ducto y vacío
existente sobre el área común; al sur, finca filial FF-AP-402 y en parte área común libre de ducto y área común construida de pasillo; al este, vacío existente
sobre el área común y área
común libre de ducto; y al oeste, finca filial
FF-AP-404, finca filial FF-BO-401 y área común construida de pasillo. Mide: setenta metros con ochenta y seis decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del tres de mayo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del once de mayo del dos mil veintidós, con la base
de cuarenta y tres millones seiscientos setenta y ocho mil setecientos veintitrés colones con diez céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del diecinueve
de mayo del dos mil veintidós con la base de catorce millones quinientos cincuenta y nueve mil quinientos setenta y cuatro colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Con una base de dos millones ochocientos dieciocho mil seis colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes de garantías mobiliarias, pero soportando servidumbre trasladada citas:
250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 159721-F-000, la cual es terreno finca filial número 232 identificada como FF-E-1-01, destinada a unidad de estacionamiento, ubicada en planta 1, en proceso de construcción. Situada
en el distrito:
10-Hatillo, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, área común construida de acceso
vehicular; al sur, vacío; al este,
finca filial FF-E-1-02; y al oeste, área común libre de estacionamiento. Mide: catorce metros con treinta decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del tres
de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del once de mayo del dos mil veintidós con la base de
dos millones ciento trece mil quinientos cuatro colones con setenta y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del diecinueve de mayo del dos mil veintidós, con la base de setecientos
cuatro mil quinientos un colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
contra Felipe Antonio Ortiz Sandino, Marcela Rodríguez Villafuerte, Róger Sandino Sandino. Expediente N°
20-003779-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Tercera,
17 de setiembre del 2021.—Licda.
Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2021592190
).
En este Despacho, con una base de ciento
treinta y cuatro millones ochocientos treinta y siete mil quinientos colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 372-17391-01-0915-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número 237728-000, derecho, la cual es terreno
naturaleza: para uso industrial. Situada en el distrito 4-San Antonio cantón
1-Alajuela Linderos: norte, calle pública con 57 m 60 cm, sur, calle publica
con 63 m 40 cm este, Joaquín Sánchez, oeste, Eugenio Sánchez. Mide: tres mil
ochocientos treinta y dos metros con diez decímetros cuadrados plano:
A-0742338-1988. Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos
del treinta de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del siete de junio de
dos mil veintidós con la base de ciento un millones ciento veintiocho mil
ciento veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos
del quince de junio de dos mil veintidós con la base de treinta y tres millones
setecientos nueve mil trescientos setenta y cinco colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eugenio Sanchez
Arrieta contra Finza Danica KW S. A. Expediente N° 21-007428-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión:
dieciséis horas con cuarenta y ocho minutos del tres de agosto del dos mil
veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2021592543 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de cinco millones
ochocientos setenta y tres mil setecientos cincuenta y cinco colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) correspondiente a las citas: 2013-02650-01-0007-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento setenta y dos mil setecientos cuarenta, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito 15-Montes de Oca, cantón 15-Montes de Oca, de la provincia
de San José. Colinda: al este,
servidumbre de paso seis metros sesenta
y siete centímetros de frente; al noreste, Clementina
Vargas Arroyo; al sureste, Julia Ballestero
González y al suroeste, Juan Félix Acuña Sandi. Mide: setenta y siete metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del uno
de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de cuatro millones
cuatrocientos cinco mil trescientos dieciséis colones con noventa y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de un millón cuatrocientos
sesenta y ocho mil cuatrocientos treinta y ocho colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Arturo Solano Ballestero.
Expediente N° 21-000788-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 16 de agosto del año 2021.—Licda. Lissette Córdoba Quirós, Jueza
Tramitadora.—( IN2021592552 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: 679555, marca: Hyundai, estilo: Elantra
GLS, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año fabricación:
2007, color: blanco, vin: KMHDU41BP7U137048, número de motor: G4FC7U115116, marca
de motor: Hyundai. Para tal efecto
se señalan las ocho horas
cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticinco de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Grupo Canafin S.A. contra Wálter Antonio Alcocer
Ramírez, expediente
N° 21-008200-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de junio del año 2021.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592569 ).
En este Despacho,
con una base de dos millones ochocientos
treinta y dos mil novecientos
sesenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDR028, marca: Hyundai, estilo: Accent
GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan 4 puertas Hatchback, año
fabricación: 2013, color: azul,
cilindrada: 1400 c.c, cilindros: 4, N° motor: G4FADU288180, vin:
KMHCT51CADU098921. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del
primero de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de dos millones ciento
veinticuatro mil setecientos
veintidós colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diez de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de setecientos ocho
mil doscientos cuarenta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Grupo Canafin S. A. contra Guiselle
García Acuña. Expediente N° 21-007915-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 09 de julio del
2021.—Mauricio Hidalgo Hernández,
Juez/a Decisor/a.—(
IN2021592571 ).
A las ocho horas del catorce de enero de dos mil veintidós, en la puerta exterior del local
que ocupa este Juzgado, al mejor postor, soportando reservas y restricciones, según citas
0395-00011906-01-0903-001 y con la base de catorce millones cuatrocientos veinte mil novecientos veintiún colones, remataré: el fundo
hipotecado inscrito al partido de Alajuela, matrícula de
folio real número cuatrocientos
ochenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y siete-cero cero cero, que es terreno para cultivos, sito en el
distrito seis Río Cuarto, cantón
tres Grecia, de la provincia
de Alajuela, lindante al norte,
calle pública; al sur, Efraín Ávila Vargas; al este,
Quebrada caño Negro y al oeste,
Eliécer
Zamora Alpízar; el cual mide diecisiete
mil trescientos veintisiete
metros con cero decímetros cuadrados,
plano A-1510631-2011, propiedad
de Johnny Giovanny Zamora Ávila. En caso de resultar fracasado el primer remate, para
la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base
original, sea la suma de diez
millones ochocientos quince
mil seiscientos noventa colones con setenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas del veinticuatro de enero de dos mil veintidós. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco
por ciento de la base original, o se la suma de tres millones
seiscientos cinco mil doscientos treinta colones con veinticinco céntimos, se señalan las ocho horas del dos de febrero de
dos mil veintidós. Lo anterior por estar así ordenado
en Proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco
de Costa Rica contra Johnny Giovanny Zamora Ávila. Expediente
N° 21-000148-0298-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 04 de octubre
de 2021.—Lic. William Arburola
Castillo, Juez Agrario.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021592581 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas:
379-13433-01-0860-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 64380, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una
casa de habitación. Situada
en el distrito
1 Quepos, cantón 6 Quepos, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública con frente de 18,25
metros; al sur, Roberto Vargas Aguilar; al este,
Manuel Ramírez Zeledón y al oeste,
Rodolfo Calderón Umaña. Mide:
ochocientos treinta y siete metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de noviembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del siete
de diciembre de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
ciento cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno
con la base de un millón cincuenta
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Grey de Los Ángeles
Urbina Vásquez, Marcos Aurelio Vargas Calderón. Expediente
N° 11-003942-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 01 de octubre
del año 2021.—Licda.
Michelle Francine Allen Umaña, Jueza
Tramitadora.—( IN2021592585 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y cuatro mil ochocientos cuarenta nueve dólares con un centavo, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa CL 450843, marca:
Volkswagen, categoría: carga liviana,
estilo: Amarok, capacidad:
5 personas, tracción: 4x4, año:
2018, color: azul, Vin: WV1ZZZ2HZJA022317, Cilindrada: 3000 c.c,
combustible: diésel. Para tal
efecto se señalan las catorce horas con cuarenta minutos del doce de noviembre del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas con cuarenta minutos
del veintidós de noviembre
del año dos mil veintiuno,
con la base de treinta y tres
mil seiscientos treinta y
seis dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas con cuarenta minutos del tres de diciembre del año dos mil veintiuno, con la
base de once mil doscientos doce
dólares con veinticinco
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S.
A. contra Hulera Escazú
Técnica Sociedad Anónima. Expediente
N° 21-008741-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2021.—Licda. María Del
Carmen Vargas González, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592588 ).
En este Despacho, con una base de doce millones cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 378-06395-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 244304-000, la cual es terreno 1 casa sembrado de frijoles. Situada en el distrito:
9-La Palmera, cantón:
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, noroeste calle pública con 22 metros 84centímetros, sur, noreste Emilia Carvajal Soto, este,
sureste Guido Salazar Vargas, oeste,
suroeste, calle pública con 22 metros 61 centímetros.
Mide: quinientos diecinueve metros con treinta y ocho decímetros cuadrados, plano: A-0862590-1989.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del quince de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de nueve millones treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiséis de setiembre del dos
mil veintidós, con la base de tres
millones doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos
Alberto Sequeira Bonilla. Expediente
N° 21-005042-1202-CJ. Notas: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta
y uno minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno.
Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez/a Decisor/a.—(IN2021592591).
En este Despacho, con una base de treinta
y seis millones seiscientos
nueve mil quinientos doce colones con once céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
407-18500-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 279.676-000, la cual es terreno de potrero y montaña. Situada en el
distrito 1-Upala, cantón
13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Miguel Ángel Lopez Guadamuz; al sur, calle pública con 100,00 metros; al este,
Sumy Servicios S. A. y al oeste,
Sumy Servicios S. A. Mide: ciento cuatro mil ochocientos cuarenta metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano: A-0051452-1992. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintidós con la base de veintisiete
millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento treinta y cuatro colones con ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del siete de julio de dos mil veintidós con la base de nueve millones ciento cincuenta y dos mil trescientos setenta y ocho colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Inversiones Vana
Upala S. A., Rodolfo Ernesto Ocampo Cortés. Expediente N° 21-003136-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecinueve horas con treinta y
uno minutos del nueve de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021592595 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos ochenta y siete mil trescientos cuatro colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BMT630, marca: Chevrolet, estilo: Spark
LTZ, capacidad: 5 personas, categoría:
automóvil, carrocería:
sedan 4 puertas hatchback, número
chasis: KL1CM6CA8HC725629, año
fabricación: 2017, color: negro, cilindrada:
1400 c.c., cilindros: 4, potencia:
98 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del doce
de enero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veinte de enero de dos
mil veintidós con la base de cuatro
millones cuatrocientos
quince mil cuatrocientos setenta
y ocho colones con sesenta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintiocho
de enero de dos mil veintidós
con la base de un millón cuatrocientos
setenta y un mil ochocientos
veintiséis colones con veintidós céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Andrés Vásquez Vásquez.
Expediente N° 20-002406-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 28 de setiembre del año 2021.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza
Tramitadora.—(IN2021592607).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones doscientos sesenta y siete mil setecientos doce colones exactos
,soportando hipoteca de primer grado citas 2011-282886- 01-0001-001, plazo de
convalidación (rectificación de medida) citas: 2010-1454825-01-0011-001,
condiciones ref: 2953 113 001 citas:
327-18638-01-0903-001, reservas y restricciones citas: 327-18638-01- 0902-001,
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos
once mil seiscientos sesenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para pasto,
cultivos. Situada en el distrito 5 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Víctor Manuel Barboza Porras y Guillermo
Leiva Elizondo; al sur, quebrada en medio y Humberto Arias Monge y Óscar Umaña
Salas; al este, quebrada en medio Y Gerardo Calderón Valverde y al oeste,
servidumbre en medio de Humberto Arias Monge Y Geovanny Arias Segura. Mide:
veinticuatro mil seiscientos sesenta y ocho metros con dieciséis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho
de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de doce millones novecientos cincuenta mil
setecientos ochenta y cuatro colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero
minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno con la base de
cuatro millones trescientos dieciséis mil novecientos veintiocho colones
exactos (25% de la base original). Con una base de cuatro millones trescientos
treinta y cuatro mil cuatrocientos dieciocho colones exactos ,soportando
hipoteca de primer grado citas: 2011-283126-01-0001-001, reservas y
restricciones citas: 327-18638-01-0902-001, condiciones ref:
2953 113 001, citas: 327-18638-01-0903-001, sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número 611659-000, derecho 000, la cual es
terreno para cultivos.- Situada en el distrito 5 San Pedro, cantón 19 Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Víctor Manuel Barboza
Porras; al sur, Guillermo Leiva Elizondo; al este, Guillermo Leiva Elizondo y
al oeste, Geovanny arias segura y servidumbre de paso. Mide: dos mil
cuatrocientos ocho metros con un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de
noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de tres millones doscientos cincuenta mil ochocientos
trece colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos
del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno con la base de un millón
ochenta y tres mil seiscientos cuatro colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Concentrados Almosi S.A contra Guillermo Leiva Elizondo. Expediente N° 20-002880-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), hora
y fecha de emisión: nueve horas con veintitrés minutos del veintiocho de
setiembre del dos mil veintiuno.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—(
IN2021592610 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
mil seiscientos veintisiete
dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 278250-000, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
06 San Francisco, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública; al
sur, Hermanos Amador Zúñiga
S. A.; al este, lote 7; y
al oeste, lote 9. Mide: trescientos metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del dos de noviembre del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del diez de noviembre del
dos mil veintiuno con la base de doce
mil cuatrocientos setenta dólares con noventa y un centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintiuno con la base de cuatro
mil ciento cincuenta y seis
dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Hadda Cecilia
Muñoz Sibaja. Expediente N°
21-005745-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de julio del
2021.—Mariana Jovel Blanco, Jueza
Tramitadora.—( IN2021592612 ).
En este Despacho, con una base de ocho mil
seiscientos setenta y siete dólares con
noventa y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placas 910242, Marca: Hyundai, Estilo: Santa Fe GL, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción:
4X4, número Chasis: KMHSG81BDCU826589, año fabricación: 2012, color:
gris, cilindrada: 2400 c.c, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del doce de enero
de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil veintidós con
la base de seis mil quinientos ocho dólares con cuarenta y cinco centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil
veintidós con la base de dos mil ciento sesenta y nueve dólares con cuarenta y
ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones Costa Rica S.A contra Carlos Miguel
Molina Gutierrez, Carmen Mirieth
Abarca Elizondo. Expediente N° 21-001346-1203- CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 28 de setiembre del año 2021.—Jennsy
María Montero Lopez, Jueza Tramitadora.—(
IN2021592616 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y cinco mil ciento setenta dólares con noventa centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placas: BQK-286, Marca: Chevrolet, Estilo:
Captiva LTZ, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 7 personas, Carrocería:
Todo terreno 4 puertas, Tracción: 4x4, Año Fabricación: 2018, Color:
Negro, Vin: KL1FC6C65JB024778, N° Motor: Z22D1171320041, Cilindrada:
2200 c.c., Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del siete de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del quince de marzo
de dos mil veintidós, con la base de veintiséis mil trescientos setenta y ocho dólares con diecisiete centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós, con la base de ocho
mil setecientos noventa y
dos dólares con setenta y
dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa S. A. contra Gary Richard Flood
Schmidt. Expediente N° 21-002640-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz). Hora y fecha
de emisión: quince horas con nueve
minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021592617
).
En este Despacho, con una base de doce
mil novecientos cuarenta y
un dólares con quince centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BFV397, Marca:
Hyundai, Estilo: Elantra GL, categoría:
automóvil,
Capacidad: 5 personas, tracción:
4x2, año: 2014, color: café, Motor número: G4NBDU832358, cilindrada:
1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veinticinco de enero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince
minutos del dos de febrero
del dos mil veintidós, con la base de nueve mil setecientos cinco dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del diez de febrero del dos mil veintidós,
con la base de tres mil doscientos
treinta y cinco dólares con veintiocho centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Juan Gabriel Amador Quirós. Expediente N° 21-004560-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del 2021.—Licda. Hellen
Gutiérrez Desanti, Jueza.—( IN2021592618 ).
En este Despacho, con una base de cinco
mil cincuenta y dos dólares
con sesenta y cuatro
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando colisiones bajo el número de sumaria
19-000078-0174-TR; sáquese a remate el vehículo Placa:
CL-282620, Marca: Hyundai, Estilo: HD 50S, Categoría: carga liviana, Capacidad: 3 personas, año fabricación: 2015, color: blanco,
Vin: KMFGA17CPFC270469, cilindrada: 3900 c.c.. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
quince minutos del cuatro
de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas
quince minutos del quince de noviembre
del dos mil veintiuno, con la base de tres mil setecientos ochenta y nueve dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del veintisiete de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de mil doscientos sesenta
y tres dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos
de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR SA contra
Jorge Mauricio Quirós Núñez. Expediente N° 21-005741-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 05 de octubre del 2021.—Licda. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2021592619 ).
En este Despacho, con una base de diez
mil cuatrocientos cuarenta
y ocho dólares con cincuenta y dos centavos, libre de gravámenes
prendarios; sáquese a
remate el vehículo placa: BKD926, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHCT51BAGU249832, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4X2,
color: azul, año fabricación:
2016. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre del
dos mil veintiuno con la base de siete
mil ochocientos treinta y
seis dólares con treinta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de diciembre del dos mil veintiuno
con la base de dos mil seiscientos doce dólares con trece centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa S. A. contra Marlene María Cordero
Vega. Expediente N° 21-005857-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 24 de agosto del
2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2021592620 ).
En este Despacho, con una base de nueve
mil ochocientos cuarenta y
dos dólares con sesenta y ocho centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa: BKY252, Marca Hyundai, Estilo
Accent GL, Capacidad: 5 personas, año:
2016, Serie: KMHCT41DAGU976408, Chasis:
KMHCT41DAGU976408, color plateado, Vin:
KMHCT41DAGU976408, N° Motor: G4FCFU347091, cilindrada
1600 c.c., Modelo SBS4D2617 D D305, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del veinticinco
de enero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del dos de febrero de dos mil veintidós,
con la base de siete mil trescientos
ochenta y dos dólares con
un centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del diez
de febrero de dos mil veintidós,
con la base de dos mil cuatrocientos sesenta dólares con sesenta y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa S. A. contra Armando Antonio Chaurel Pérez. Expediente N° 21-005893-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del año 2021.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2021592621 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
mil ciento ochenta y ocho dólares con setenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa BNT042, marca Chevrolet, estilo Cruze LT, Vin
3G1B85DM5HS513592, año 2017, color negro, N° motor 1HS513592, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del dieciséis, de marzo del
dos mil veintidós, con la base de catorce
mil trescientos noventa y
un dólares con cincuenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del veinticuatro de marzo
del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil setecientos noventa y siete dólares con diecinueve centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa S. A. Contra Ana Valeria Aguilar Vargas. Expediente N°
21-006027-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de octubre del
2021.—Wendy Pagani Rojas, Jueza Tramitadora.—(
IN2021592622 ).
En este Despacho,
con una base de doce mil novecientos
cuarenta y seis dólares con
setenta y cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: BMM473, marca: Chevrolet, estilo: Spark LTZ, categoría: automóvil, año:
2017, color: negro, Vin: KL1CM6CA4HC743481, N° motor: LV7162680247, cilindrada:
1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las once horas cero minutos del veintitrés
de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del dos de diciembre del dos mil veintiuno
con la base de nueve mil setecientos
diez dólares con seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del trece
de diciembre del dos mil veintiuno
con la base de tres mil doscientos
treinta y seis dólares con sesenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Christian Gerardo Quesada Bolaños contra Nicanor Alonso Leiva
Elizondo. Expediente N° 20-012531-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
25 de agosto del 2021.—Lic.
Verny Gustavo Arias Vega, Juez
Tramitador.—(IN2021592623).
En este Despacho, con
una base de diez mil quinientos diez dólares con veintinueve centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo la sumaria
19-004314-0497-TR, Juzgado de Transito de Heredia; sáquese a remate el vehículo
BMR242, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría:
automóvil, Capacidad; 5 personas, año: 2017, color: azul, Vin:
KMHCT41BAHU276771, Motor: G4LCGU729915. Para tal efecto se señalan las diez
horas quince minutos del dos de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del
diez de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de siete mil ochocientos
ochenta y dos dólares con setenta y dos centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince
minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de dos mil
seiscientos veintisiete dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A.
contra Lindsay Selene Sanchez Castro. Expediente N° 20-008078-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09
de agosto del año 2021.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—(
IN2021592624 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
trescientos mil trescientos
veintitrés colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: TSJ-002595 (se aclara que lo que se embarga y subasta es el vehículo
y no la concesión de taxi),
Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría:
automóvil Capacidad: 5
personas, Serie: KMHCG41GP4U534709, carrocería:
Sedan, 4 puertas, tracción:
4x2, color: rojo. Para tal efecto se señalan las 08:45 horas
del 22/11/2021. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las 08:45 horas del 01/12/2021 con la base de
un millón setecientos veinticinco mil doscientos cuarenta y dos colones con cuarenta y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las 08:45 horas del 13/12/2021 con la base de quinientos setenta y cinco mil ochenta colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra
Mario Alberto Briceño Vargas. Expediente
N° 20-001132-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 01 de setiembre del año 2021.—Licda. Paula Morales
González, Jueza Decisora.—( IN2021592647 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y
cinco millones veintidós mil ciento catorce colones con noventa y cuatro
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando reservas ley aguas
citas: 409-06830-01-0004-001, reservas ley caminos citas:
409-06830-01-0005-001, y advertencia administrativa, sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula número 142564, derecho 000, la cual es
terreno de solar de forma triangular. Situada en el distrito 11-Quebradilla,
cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al este: calle publica;
al noroeste: Francisco Céspedes Montero; al suroeste:
Pastora Monge Angulo Y Eliecer Ilama Salmerón. Mide: cuatrocientos diecinueve
metros con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho
horas cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del doce
de noviembre de dos mil veintiuno con la base de treinta y tres millones
setecientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y seis colones con veinte
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de once millones doscientos cincuenta y cinco mil
quinientos veintiocho colones con setenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional De Costa Rica contra Johnny
Roberto Romero Ramírez, Juan José Romero Quirós. Expediente N°
17-002648-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 12 de agosto del 2021.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza
Tramitadora.—( IN2021592648 ).
En este Despacho, con una base de once millones
ciento setenta y cinco mil ciento noventa y un colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo DYG841, marca: Kia, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3KPA341ABKE204420, carrocería: sedán 4 puertas
tracción: 4x2 número chasis: 3KPA341ABKE204420, año fabricación: 2019 color: blanco,
vin: 3KPA341ABKE204420. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de ocho
millones trescientos ochenta y un mil trescientos noventa y tres colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno
con la base de dos millones setecientos
noventa y tres mil setecientos noventa y siete colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Luisa Calderon Acuña,
Lorena Torres Villanueva, expediente N°
21-003693-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 09 de abril
del año 2021.—German Valverde Vindas,
Juez/a Tramitador/a.—(
IN2021592649 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones pero soportando servidumbre trasladada citas: 310-02560-01-0901-001, servidumbre
trasladada citas:
310-02560-01-0903-001 y servidumbre trasladada citas:
310-02560-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 231409-000, la cual es terreno para construir con una
casa en proceso de construcción. Situada en el distrito
1-Juan Viñas, cantón 4-Jiménez, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Helechos de Centroamérica
S.A.; al sur, Helechos de Centroamérica
S.A.; al este, calle pública con un
frente de 8.00 metros y al oeste
Helechos de Centroamérica
S.A. Mide: doscientos
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintidós
de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de seis millones seiscientos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dos
de diciembre de dos mil veintiuno
con la base de dos millones doscientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo
contra José Daniel Aguilar
Rojas. Expediente N° 20-013670-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
16 de setiembre del año
2021.—Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—(
IN2021592651 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
mil cuatrocientos cuarenta
y dos dólares con ochenta
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas FCB013, marca: Jeep, estilo: Renegade, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, serie: 988611458HK121566, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2017, color: gris, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas cincuenta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cincuenta minutos del
diecisiete de noviembre del
dos mil veintiuno con la base de trece
mil ochenta y dos dólares
con diez centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cincuenta minutos del veinticinco de noviembre del dos
mil veintiuno con la base de cuatro
mil trescientos sesenta dólares con setenta centavos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en
la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Vivian
Patricia Gentilini Salazar. Expediente
N° 21-008722-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de junio del 2021.—María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2021592664 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones ochocientos ochenta mil doscientos ocho colones con diez céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas:
323-04273-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 282660, derecho cero cero cero, la cual es terreno con café y frutales. Situada en el
distrito 3-Vuelta de Jorco,
cantón 6-Aserrí, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle pública con 22,63 centímetros; al sur, Carlos Durán Monge y Zayda Hernández Mora; al este,
Virgilio Rojas Abarca; y al oeste,
Luis Leiva Mora. Mide: cuatro mil setecientos nueve metros con cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del cuatro de enero del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas cero minutos del doce de enero del dos mil veintidós con
la base de seis millones seiscientos
sesenta mil ciento cincuenta y seis colones con siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del veinte de enero del dos mil veintidós con
la base de dos millones doscientos
veinte mil cincuenta y dos colones con dos céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Juan De Dios Arias Monge. Expediente N° 21-000090-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 07 de octubre del 2021.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—(IN2021592665).
En este Despacho, con una base de dos millones
setecientos cincuenta y ocho mil setecientos noventa y cuatro colones con catorce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas:
BQN092, marca: Hyundai, estilo:
Accent, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería:
sedán 4 puertas, año fabricación:
2005, color: plateado, cilindrada: 1300 c.c cilindros: 4 potencia: 80 Kw, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del
quince de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de dos millones sesenta
y nueve mil noventa y cinco colones con sesenta y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de seiscientos
ochenta y nueve mil seiscientos noventa y ocho colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones
S.A. contra Mac Dónald
Pizarro Canales, Sofía
Lorena Dávila
Briceño, expediente N°
19-005561-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: nueve horas con
cuarenta y cuatro minutos del dieciséis de agosto
del dos mil veintiuno.—Hannia
Núñez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2021592675 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones quinientos sesenta y nueve mil ciento catorce colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 387-11479-01-0873-002 condiciones
citas: 387-11479-01-0874-002; sáquese
a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula
número ciento setenta y seis mil ochocientos sesenta y siete, derecho 000, la cual es terreno de pastos situada en el distrito
1-Tilarán cantón
8-Tilarán de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada linderos: norte: calle pública, sur; Instituto de
Desarrollo Agrario, este: calle pública, oeste: Juanito Gerardo
Ramírez Méndez. Mide: cinco
mil novecientos ochenta y nueve metros con diez decímetros cuadrados, plano G-1180698-2007, identificador
predial 508010176867. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del dieciséis
de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de trece millones
ciento setenta y seis mil ochocientos treinta y seis colones con seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de cuatro
millones trescientos noventa y dos mil doscientos setenta y ocho colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Arturo Aguilar Rodriguez, exp.
N°17-002844-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión dieciocho horas con treinta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintiuno.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021592712 ).
En este Despacho, con una base de cuatrocientos
cincuenta y tres mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 315-00211-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento ochenta y ocho mil doscientos setenta y dos, derecho cero cero tres, la cual es terreno cultivado de café con una
casa. Situada en el distrito: 01-San Isidro de El
General, cantón:
19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Ana María Barrantes
y Cristóbal Monge Castro; al sur, Hernán Picado Monge; al este, Hernán Picado Monge y al oeste, carretera interamericana. Mide: sesenta y cuatro mil doscientos trece metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del
once de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de trescientos treinta
y nueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de ciento trece
mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Klasse Inc S.A. contra Hermatana
S.A., expediente N° 21-002336-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: nueve horas con veintitrés minutos del uno de octubre del
dos mil veintiuno.—Lic. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2021592745 ).
En este Despacho, con una base de un millón
ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa:
BKH347, marca: Toyota, estilo:
Echo, Serie: JTDBT123510177187, tracción: 4x2, año fabricación: 2001, color: gris, N° motor: 1NZ1833216, combustible: gasolina, cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del treinta
de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de un millón trescientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso
de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del
tercer día, para su inmediata corrección. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Inversiones Chaco Chafa S. A. contra Carlos Luis
Ríos Murillo. Expediente N° 19-002720-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de octubre del 2021.—Cinthia Sáenz Valerio, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592747 ).
En este Despacho, con una base de cuatrocientos
mil colones, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo: 517624,
marca: Hyundai, estilo:
Elantra GL, automóvil, capacidad:
cinco personas, tracción: cuatro por dos, año: mil novecientos noventa y dos. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del veintiséis de noviembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas del seis de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de trescientos
mil colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del catorce de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de cien
mil colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro
de obligación dineraria N° 07-000469-0182-CI-9 de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Moamet
Ávila Arroyo.—Msc. Daniel Jiménez Medrano, Juez.—( IN2021592750 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y cuatro mil novecientos ochenta y un dólares con ochenta y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
208789, derecho 000, la cual es terreno:
naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito: Guadalupe, cantón: Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Napoleón González Chacón y, ambos en parte, al sur: servidumbre de paso con un frente
a ella de 15.50 metros; al este: Aracelly Sánchez Durán; y al oeste:
calle publica con un frente
a ella de 4.51 metros. Mide:
sesenta y dos metros con setenta
y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de mayo de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
veinticinco de mayo de dos mil veintidós
con la base de treinta y tres
mil setecientos treinta y
seis dólares con cuarenta y
dos centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dos de junio de dos
mil veintidós con la base de once mil doscientos cuarenta y cinco dólares con cuarenta y siete centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Manfred Hartley González Expediente N°
19-001178-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 06 de octubre el año 2021.—Licda.
Marlene Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2021592759 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (Ley de Informaciones
Posesorias) citas:
2019-93594-01-0003-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 2019-93594-01-0004-001, Reservas
Ley Forestal citas:
2019-93594-01-0005-001; sáquese a remate la finca del
partido de Guanacaste, matrícula
número doscientos treinta y un mil ciento cuarenta y tres, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de patio con 2 casas. Situada
en el distrito
1-La Cruz, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Dora Chaves Chaves;
al sur, Ramón Arias Sánchez; al este, calle
pública
con una medida lineal de 21,14 metros; y al oeste, Río Vueltas y Vera
Violeta Gutiérrez Martínez. Mide: mil doce
metros cuadrados. Plano: G-1618022-2012. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dos de noviembre del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del diez de noviembre del
dos mil veintiuno con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del dieciocho de noviembre
del dos mil veintiuno con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Fátima Yesenia López Pavón. Expediente N° 21-002137-1205-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y tres minutos del veintisiete de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez
Decisor.—(IN2021592770).
En este Despacho, con una base de doce millones ochocientos cuarenta y cuatro mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca del partido
de guanacaste, matrícula número doscientos veintiún mil ochocientos cincuenta, derecho 001-002, la cual
es terreno lote a terreno de solar situada en el distrito
1-Bagaces cantón
4-Bagaces de la provincia de Guanacaste Linderos: norte, Rodrigo Zúñiga Bermúdez; sur, Edgardo Alvarado Ruiz, este, calle publica oeste, Flor Saldoval Duarte Mide: Doscientos treinta y nueve metros cuadrados plano:g-1960109-2017. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del dieciséis
de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de nueve millones
seiscientos treinta y tres mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de tres
millones doscientos once
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Freddy Hernández Busto, Mariela Lobo Pérez. Expediente N° 21-001829-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con diez minutos del doce de agosto del dos mil veintiuno.—Rolando
Valverde Calvo, Juez Decisor.—(
IN2021592771 ).
En este Despacho,
con una base de doce millones
setecientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
345-19995-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento veintiocho
mil ciento cuarenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir identificado como el lote 6-G. Situada:
en el distrito
1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, lote 5-G; al sur,
lote 7-G; al este, calle tres con ocho metros, y al oeste, lote 19-G. Mide: ciento sesenta y seis metros con tres decímetros cuadrados. Plano: G-0763390-2002. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del dos de noviembre del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de nueve millones
quinientos ochenta y un mil
doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintiuno, con la base de tres
millones ciento noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Fabián Cerdas Salas. Expediente
N° 21-001807-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y tres minutos del veintisiete de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021592772 ).
En este Despacho, con una base de once
millones ciento treinta y un mil colones exactos, libre de gravámenes, pero
soportando servidumbre de aguas pluviales, citas: 542-02165-01-0001-001;
sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento treinta
y dos mil novecientos cuarenta y cinco, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, Macadamia Los Jadeos Sociedad Anónima; al sur, Macadamia Los Jadeos
Sociedad Anónima; al este, Herbert Blackford Blackfort y al oeste, calle pública con frente 20,67
metros. Mide: cuatrocientos setenta y dos metros con cincuenta decímetros
cuadrados, plano L-0672572-2000. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del nueve de
noviembre de dos mil veintiuno con la base de ocho millones trescientos
cuarenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la
base de dos millones setecientos ochenta y dos mil setecientos cincuenta
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-LA Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yodhendy
Vanessa Pérez Álvarez. Expediente N° 21-000132-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 29 de setiembre del
año 2021.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza
Decisora.—( IN2021592773 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete
millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula número 3-120863-000, la
cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada
en el distrito
5-Concepción, cantón 3-La Unión, de
la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, lote 151; al sur,
lote 149; al este, calle; y al oeste, lote 154. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas treinta minutos del tres de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de veinte millones
setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del diecinueve de noviembre
del dos mil veintiuno con la base de seis millones novecientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ronald Rojas Barrantes
e Isabel Barrantes Siles. Expediente N° 20-013414-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 08
de setiembre del 2021.—Luis Abner Salas Muñoz, Juez Tramitador.—( IN2021592774
).
En este Despacho, con una base de doce millones ochocientos cincuenta y seis mil ochocientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref:00215217 000 citas:
369-08854-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos treinta y tres mil doscientos nueve, derecho 000, la
cual es terreno naturaleza: lote N° 6 a 47 para agricultura. Situada en el distrito
2-Aguas Claras, cantón 13- Upala
de la provincia de Alajuela. Linderos:
norte, Eugenio Benavides; sur, Carmen Acu/a; este, Ángel
Villegas y oeste, calle. Mide: ochocientos cincuenta y siete metros con doce decímetros cuadrados. Plano:
A-0769065-1988. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil
veintiuno con la base de nueve
millones seiscientos cuarenta y dos mil seiscientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de tres
millones doscientos catorce mil doscientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio dinerario de
Banco Nacional de Costa Rica contra Eugenio Benavides López, expediente N°
12-001559-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha
de emisión: diecisiete
horas con cincuenta y nueve
minutos del veinticuatro de
agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando
Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2021592760 ).
En este Despacho, con
una base de treinta y siete millones seiscientos cincuenta y nueve mil colones
exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y seis mil quinientos
setenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir, bloque D, lote
7 D situada en el distrito 1-Liberia cantón 1- Liberia de la provincia de Guanacaste
Linderos: norte, lote 14 D sur, avenida 3 pública este, lote 6 D Residencial
del Río de Liberia JCLM S A oeste, lote 8 D residencial del Río de Liberia JCLM
S A Mide: doscientos cincuenta metros con cinco decímetros cuadrados
plano:G-1162323-2007. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos
del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta de
noviembre de dos mil veintiuno con la base de veintiocho millones doscientos
cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas cero minutos del ocho de diciembre de dos mil veintiuno con la base
de nueve millones cuatrocientos catorce mil setecientos cincuenta colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro Y Préstamo contra Raúl Andrés Garita
Matamoros. Expediente N° 21-002607-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y uno minutos
del veintisiete de agosto del dos mil veintiuno.—Rolando Valverde Calvo, Juez
Decisor.—( IN2021592778 ).
Se hace saber: Que ante
este Despacho se tramita el expediente N°
21-000206-0188-CI donde se promueve información posesoria por parte de Rafael
Ángel Mora Marín quien es mayor, divorciado una vez, comerciante, vecino de San
José, Pérez Zeledón, Quebrada Honda, Calle La Conejera, portador(a) de la
cédula número uno- cero cuatrocientos noventa y ocho- cero quinientos
veinticuatro, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San
José, la cual es terreno de pasto.- Situada en el distrito San Isidro de El General,
cantón Pérez Zeledón.- Colinda: al norte, con Ana Marlene Gutiérrez Laidley; al sur, con calle pública de catorce metros; al
este, con Dainer Vega Valverde y al oeste, con Kemly Patricia Baldi Hernández. Mide: trescientos
veintiséis metros cuadrados.- Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir Plano Nº SJ-
2186300-2020 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones
exactos. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en mantener el terreno debidamente deslindado de los demás terrenos
colindantes, mediante cercas con alambre de púas y carriles amplios y visibles.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso Información posesoria, promovida por Rafael Ángel
Mora Marín. Expediente N° 21-000206-0188-CI-9.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Civil), hora y fecha de emisión: once horas con diecinueve minutos
del cinco de Agosto del dos mil veintiuno.—Licda.
Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—( IN2021590191 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente número 21-000196-0642-CI donde se promueven diligencias
de información posesoria por parte de Luis Anselmo Castro Ulate quien es mayor,
estado civil casado una vez, vecino de Puntarenas, Montes de Oro, Miramar,
ciento veinticinco metros norte del Bar Luna, Las huacas, portador de la cédula
de identidad vigente que exhibe número seis-cero siete nueve-dos ocho tres
(6-079-283), profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno de bosque y pasto.- Situada en Miramar el distrito 01
Miramar, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, con: Ojochal Miramar S. A.; al sur, con Agrícola Gecaig
S. A. y calle pública con un frente a ella de quinientos treinta y nueve
centímetros con veintinueve decímetros lineales; al este, con Ojochal Miramar
S. A. y al oeste con: Río Naranjo.- Mide: Veintiuna hectárea cuatro mil
seiscientos uno metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
seis-dos dos cero cuatro uno uno dos-dos cero dos
cero (P-2204112-2020).- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
el inmueble en la suma de veinte millones de colones, asi
como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones.- Que
adquirió dicho inmueble por donación que el hiciera su padre Omar Castro
Bolaños, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta y cinco
años contando la de sus trasmitente.- Que existen
condueños.- Que los actos de posesión han consistido en construcción de la
casa, cercado del lote, darle mantenimiento y limpieza al terreno, la siembra
de árboles frutales y ornamentales, agricultura y ganado vacuno a pequeña
escala.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Luis Anselmo Castro Ulate. Expediente N°
21-000196-0642-CI.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Licda.
Rosaura Segnini Vargas,
Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590281 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000117-0298-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Olger Elías
Varela Picado quien es menor,
soltero, vecino de Alajuela,
Los Chiles, San Jorge, 100 metros de la Escuela Colonia de Guanacaste, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 208530488, estudiante, quien para los efectos es representado en este proceso por su padre Olger Elías
Varela Núñez, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
cuya naturaleza es terreno de repastos. Situada en el
distrito Cuarto San Jorge, cantón Catorce
Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Eduardo Clemente Quirós Jarquín; al sur,
Jose Félix Quirós Quirós; al este,
Clemente Quirós Quirós; y al oeste,
calle pública con un frente a ella
de ciento veintisiete
metros con cincuenta y nueve
centímetros lineales. Mide: cuarenta y un mil trescientos sesenta y un metros
con cuarenta y siete decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número A-263088-1995. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera su padre Olger Varela Núñez el 23 de junio de 2021, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño, junto con los derechos de posesión
transmitidos, por más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercarlo, mantenerlo
limpio y realizar siembras para consumo propio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Olger Elías
Varela Picado. Expediente N° 21-000117-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, 24 de setiembre del 2021.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(IN2021590283).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000167-0298-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de José Valentín de Jesús
García Quirós quien es
mayor, estado civil casado,
vecino(a) de Alajuela, Los Chiles, San Jorge, 1 km al
sur del Liceo Rural, portador(a)
de la cédula de identidad vigente
que exhibe número
502070072, profesión agricultor,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya
naturaleza es terreno de repastos con una casa y un corral. Situada
en el distrito
cuatro San Jorge, cantón catorce Los Chiles, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Orlando García Morera y en parte Río Quebrada Boca Tapada;
al sur, calle pública con
un frente a ella de doscientos ochenta y tres metros con veintisiete centímetros lineales y en parte
Río Quebrada Boca Tapada; al este,
calle pública con un frente a ella de ciento cincuenta y seis metros
con treinta y tres centímetros lineales y al oeste, Río Quebrada Boca Tapada. Mide: cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y nueve metros con catorce decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-263077-1995. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones
de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación que le realizará su padre José Félix García Solano
el 20 de julio de 2001, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 25 años, contando los derechos de posesión transmitidos. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercar el
terreno y mantenerlo limpio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por José Valentín de Jesús García Quirós, expediente N° 21-000167-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, 27 de setiembre
del año 2021.—William Arburola
Castillo, Juez (a) Decisor(a).—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590284 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
18-000016-1520-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Ricardo Luis Jiménez Chacón
mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Fortuna de
Bagaces cincuenta metros oeste
del super Bar, cédula de identidad número 5-168-215, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es repasto. Situada en el distrito
San José, cantón Upala, de
la provincia de Alajuela. Colinda:
Linderos: por el norte, con Carmen Loría y José Zúñiga Obando, en la actualidad el colindante por el norte es la finca descrita anteriormente como finca uno propiedad de
Ricardo Jiménez Chacón; al sur, con Marvin Jiménez Chacón en la actualidad
con Ricardo Jiménez Chacón; al este,
con calle pública con un frente a ella de setecientos setenta metros con dieciocho centímetros lineales; y al oeste, con Marcos
Alvarado González y Eduardo Zúñiga Flores, en la actualidad el colindante
por el oeste es Marcos
Alvarado González. Mide: cincuenta
y dos hectáreas cinco mil doscientos ochenta y nueve metros con cero seis decímetros
cuadrados catorce hectáreas ocho mil setecientos treinta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número A-635583-2000. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones y las diligencias en doscientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpia de maleza,
chapes rondes reparación de cercas,
siembra de pasto, cuido en general. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Ricardo Luis Jiménez Chacón.
Expediente N° 18-000016-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Sede Upala
(Materia Agraria), Alajuela, Upala, 27 de julio del 2021.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590285 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
18-000016-1520-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Ricardo Luis Jiménez Chacón, mayor, casado
una vez, agricultor, vecino de Fortuna de Bagaces, cincuenta
metros oeste del super Bar, cédula de identidad N° 5-168-215, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es repasto. Situada en el
distrito San José, cantón Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública; al sur,
Ricardo Jiménez Chacón; al este,
Dora Zoraida Urbina Aguilar y calle pública, y al oeste, Nydia Stewar Piedra y Marcos Alvarado González. Mide: catorce hectáreas
ocho mil setecientos treinta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1798438-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones y las diligencias en doscientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de once años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en limpia de maleza, chapes rondes reparación
de cercas, siembra de pasto, cuido en
general. Que, si ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Ricardo Luis Jiménez Chacón.
Expediente N° 18-000016-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Alajuela, Upala,
27 de julio del 2021.—Lic.
Armando Guevara Rodríguez, Juez (a).—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590286 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000068-1520-AG, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de Inversiones El
Río Azul del Norte S. C. R. Sociedad Anónima, cédula jurídica
N° 3-101-479046, con domicilio
en Alajuela, Upala, San
Rosa, un kilómetro norte de
la Iglesia Católica, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno solar
en el distrito
Upala, cantón Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
Evangelina Sequeira Sequeira;
al sur, Gerardo Solorzano Barrantes;
al este, Gerardo Solorzano Barrantes; y al oeste, calle pública. Mide: siete mil nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número A-2157899-2019. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones y dos millones el bien inmueble. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapear, limpiar
el terreno, realizar y cuidar cercas, cultivar cacao y dedicando
a solar. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de UN MES contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Inversiones El Río
Azul del Norte S. C. R. Sociedad Anónima. Expediente N° 21-000068-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria). Alajuela, Upala, 13
de agosto del año 2021.—Licda. Armando Guevara Rodríguez,
Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590413 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 20-000074-0930-CI donde se
promueve información posesoria por parte de Fabian García Valle quien es mayor,
estado civil casado/a, vecino(a) de la Rita de Pococí, barrio Nájera,
abastecedor el Pueblo, setenta y cinco metros oeste, portador(a) de la cédula
número 0702280028, profesión Auxiliar de cocina, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar, construir y
servidumbre de paso. Situada en barrio Nájera, en el distrito tercero la Rita,
cantón segundo Pococí. Colinda: al norte, con German Barrantes Montiel; al sur,
con calle pública con un frente de tres metros con noventa y ocho centímetros y
Juana Berta Valles Valles; al este, con Gerardo
Chinchilla Zúñiga y al oeste, con Carolina García Valle, fin de servidumbre y
Maribel Urbina Páez. Mide: cuatrocientos treinta y nueve metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra
realizada al señor Olgin Bolívar García Cubillo, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en mantener el terreno en solar y bien
cerrado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Fabián García Valle. Expediente N°
20-000074-0930-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 25 de febrero del 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021590469 ).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
20-000295-0295-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Francisco González Rodríguez, quien
es mayor, estado civil casado
una vez, comerciante, vecino de San Roque, Grecia, portador(a)
de la cédula número 2-0327-0026, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno
para construir con una casa de habitación,
solar y taller. Situada en el distrito cuarto
San Roque, cantón tercero
Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con calle pública con diez metros de frente; al sur, con María Luisa Vargas Rodríguez; al este, con Cristian García Ramírez y al oeste,
con María Luisa Vargas Rodríguez. Mide: doscientos diecinueve metros cuadrados. Plano catastrado
A-1724167-2014. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco
millones de colones. Que dicho bien lo ha mantenido hasta
la fecha en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en construcción de casa de habitación con solar y café. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Francisco González Rodríguez, expediente N° 20-000295-0295-CI-7. Nota:
publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Civil), 26 de noviembre del año 2020.—MSC. Emi Lorena Guevara Guevara,
Juez/a Decisor/a.—1 vez.—(
IN2021590474 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000029-0465-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Daniel Esteban Ruiz Álvarez, quien es mayor, casado una vez, empresario inmobiliario, vecino de Calle Real Pereira, frente
a Condominios Andro, Pozos de Santa Ana, San José, cédula uno-mil ciento setenta y ocho-cero cero veinticuatro, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es árboles frutales. Situada en Betania en
el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, José María Solorzano
Rivera, Evelin Zarate Mendoza, Julio Nájera Sánchez,
Irma Taylor Ramírez y Natalia Arias Taylor; al sur,
Ester Ruiz Álvarez, Ramón Morales Alvarado, Zoila Mena Chavarría y
Edwin Elizondo Torres, al este, Lizeth Calderón
Rodríguez, Elmer Aguilar Ardón, Omar Fonseca Ardón y al oeste, calle pública con un frente a la misma de doce metros lineales, Romain Ureña Agüero, Etelgive Ureña Agüero y Carlos Luis Ureña Agüero. Mide:
doce mil novecientos noventa y ocho metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número 7-2176540-2020. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de treinta
millones de colones y el inmueble en
la suma de veintiséis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Daniel Esteban Ruiz Álvarez. Expediente N° 20-000029-0465-AG. Este edicto
debe de publicarse por una sola vez
y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial
de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones
Posesorias.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 30 de setiembre de 2021.—Lic. Geison López Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590521 ).
Gerardo Francisco Herrera Herrera, notario público hago saber: que en mi notaría se tramita proceso sucesorio notarial del causante: Álvaro Elizondo Obando, conocido
como Álvaro Antonio Elizondo Obando, cédula número uno-cero setecientos ochenta y cuatro-cero setecientos sesenta y nueve, casada tres
veces, taxista, fallecido el seis febrero del año dos mil veintiuno, en Higuito,
Desamparados, San José, lugar de su
último domicilio. Se emplaza a los herederos, legatarios y acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo
de treinta días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con apercibimiento,
a los que crean tener
derecho a la herencia, que si
no se apersonan dentro de ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Goicoechea. Sucesorio notarial de
Jenny Mayela Umaña Brizuela, expediente N° 21-0001-SN.—San José, a las once horas del día veintitrés
de setiembre del año dos
mil veintiuno.—Gerardo Francisco Herrera Herrera, Notario Público.—1 vez.—(IN2021590186).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Sabino Eugenio Carrillo Carrillo, mayor, estado civil divorciado, agricultor, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
0500490391 y vecino
de Bejuco de Nandayure, Guanacaste. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este
edicto. Expediente N°
21-000068-0390-CI- 9.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), hora y fecha
de emisión dieciséis horas
con veinticuatro minutos
del veintiuno de setiembre
del dos mil veintiuno.—Lic.
David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—(
IN2021590203 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Naila Ruth Quirós
Jiménez, a las nueve horas del veinticuatro
de setiembre del año dos
mil veintiuno, y comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Sadi Quirós Jiménez, cédula de identidad
número uno-cero dos ocho siete-cero dos cinco nueve, su último
domicilio San José, Pavas,
de Mc Donalds quinientos
metros norte y setenta y cinco metros oeste. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Ricardo
Ramírez Jiménez. San José, Escazú, setecientos metros sur del Liceo
de Escazú. Teléfono
83466447 (Publicar 1 vez en el Boletín
Judicial).—Lic. Ricardo
Ramírez Jiménez, Notario Público.—1 vez.—(IN2021590212).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
María Consuelo Moya Chaves, mayor, estado civil casada una vez, oficio administradora del hogar, costarricense con documento de identidad
03-0052-4427 y vecina de Guayacan, Guácimo, Limón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 08-100228-0477-CI- 6.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de agosto del año 2021.—Licda.
Lilliana Garro Sánchez, Juez.—1 vez.—(
IN2021590219 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó: Carlos Humberto Mata Álvarez, mayor, casado
una vez, cédula N° 4-0098-0767, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersone ante esta notaría en defensa de sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
01-2021, notaría
de la Licda. Andrea María Alvarado Sandí, ubicada en Heredia, San Pablo, Rincón de
Sabanilla, Miraflores, número 144, teléfono: 8840-6899.—Licda. Andrea María Alvarado Sandí,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021590231 ).
Por una sola vez se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión del causante Cecilia
González Calvo, cédula de identidad número 1-228-367, fallecido el 05 de junio del 2021, para
que, dentro del plazo de 15 días contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus Derechos bajo apercibimiento,
de que, si no lo hacen
dentro del término indicado,
la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente número
001-2021, Sucesorio Notarial.—San
José, Paseo, 01 de octubre
del 2021.—Licda. Cintya
Benavides Gómez, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021590247 ).
Se hace saber: En este Juzgado se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Luz Midey Sánchez Segura, mayor de edad, portadora
de la cédula de identidad Nº 02-0194-0426, soltera, ama de casa y vecina de
Alajuela, La Garita. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000613-0638-CI-5.— Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión diez horas con treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—(
IN2021590258 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Bolívar Brenes Araya, mayor, estado civil soltero, oficio agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0301690763 y vecino de
Cartago, Turrialba, Pavones, Sitio Mata. Se indica a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000143-0341-CI-3.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba, hora y fecha de emisión trece horas con cuarenta y cuatro minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza.—1 vez.—(
IN2021590302 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Cándida Jinette González
Chaves, quien fue mayor de edad, costarricense, casada una vez, ama de casa, con
cédula de identidad 5-0138-0448 y cuyo
último domicilio conocido fue en
la Provincia de Guanacaste, Santa Cruz, 900 metros al
oeste de la entrada a Hatillo, sobre
carretera a Tamarindo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000379-0388-CI-3.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión once horas con siete minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Natanael Sánchez Guzmán, Juez.—1 vez.—( IN2021590341 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Eduardo Vindas
Torres, quien en vida, fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, con cédula de identidad
dos- cero trescientos noventa
y ocho- cero novecientos cincuenta y ocho, vecino de Alajuela, Grecia, Grecia, El Poro,
trescientos metros sur de la Mueblería
Siles, Calle Rosales, para que dentro de quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, ubicada
en Alajuela, Grecia, Grecia, quinientos
metros sur, ciento cincuenta
oeste y veinticinco norte de Servicentro Alvarado y
Molina, a reclamar sus derechos y señalar
medio para atender notificaciones,
de conformidad con el artículo treinta y cuatro de la Ley de Notificaciones.
Se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término,
la herencia pasará a quien corresponda. La solicitud de apertura del proceso sucesorio en sede notarial, se hizo mediante acta notarial, otorgada en escritura
pública levantada por el suscrito Notario,
a las dieciséis horas cuarenta
y cinco minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno, escritura número cuarenta y siete- veinticuatro y se nombró como Albacea
a Xinia María Herra Rojas,
mayor de edad, viuda en primeras nupcias,
pensionada, vecina de igual dirección que el causante, con cédula dos- cero
trescientos noventa y siete- cero trescientos doce. Expediente número 0002- 2021.—Lic. José Eduardo González Bogantes,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021590351 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Mercedes Haydee Mora Sanchez, mayor, estado civil divorciada, profesión u oficio: oficios domésticos, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0301730138 y vecina San
Francisco de dos Ríos. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000574-0181-CI-6.—Juzgado Segundo Civil
de San José, 23 de agosto del año
2021.—Dr. Ricardo Aman Diaz Anchia, Juez.—1 vez.—( IN2021590355 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Dunia Patricia
Vega Méndez, cédula número 602320640 a las ocho horas del 04 de octubre del
2021 y comprobado el fallecimiento de Juan Manuel Vega Castillo, costarricense, mayor de edad, portó la cédula de identidad número 6 0063 0745, su último domicilio fue en Esparza, Puntarenas, doscientos metros al este del abastecedor Hidalgo y Billy Ladislao
Méndez Barrantes, quien fuera mayor de edad, ama de casa,
costarricense, casada una vez, cédula número 60074 0246, nacionalidad costarricense, mayor
de edad, portó la cédula de
identidad número seis cero cero sesenta y tres. Se declara abierto el proceso
sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Roger Jesús Aguilar Obregón.—Liberia, 5-10-21.—Lic. Roger Jesús Aguilar Obregón.
Tel 88 38 54 64, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590380 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de los señores John Gordon (nombres)
Mitchell (apellido), de un único
apellido en razón de su nacionalidad
canadiense, quien en vida fue
mayor de edad, divorciado
una vez, conviviente en unión de hecho,
pensionado, vecino de mil ciento
veintinueve, Table Mountain Road, Pincher Creek,
Alberta, Canadá, T cero K uno W cero, portador del pasaporte de su país número
HD siete dos uno dos siete
uno y Jane Caroline (nombres) Fetisoff
(apellido), de un único apellido en razón
de su nacionalidad estadounidense, quien en vida fue
mayor de edad, viuda de sus
segundas nupcias, conviviente en unión de hecho, pensionada, vecina de mil ciento veintinueve, Table
Mountain Road, Pincher Creek, Alberta, Canadá, T cero
K uno W cero, portadora del pasaporte
de su país número cinco cero uno cero ocho tres siete
uno seis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos; del mismo
modo se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero uno- dos mil veintiuno. Notaría del Bufete del Licenciado Jorge Ramón Arias Mora, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021590382 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante mi notaria a las 10 horas del 01 de octubre del
2021, comparecieron: Ileana María Ballestero
Alfaro, cédula de identidad 1-0658-0242 y Rocío Ballestero Alfaro, cédula
de identidad 1-0776-0031, quienes
comparecieron en su condición de presuntos herederos, y comprobado el fallecimiento
de Marianela Ballestero Alfaro, quien
en vida fue
mayor, soltera, pensionada,
portadora de la cédula de identidad
número 1-0607-0907, vecina
de San José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización
La Pacífica, de la esquina sureste del parque Okayama 100
metros sur y 25metros este, casa mano izquierda con muro de piedras negras, quien ha fallecido el 05 de setiembre de 2019, según consta en
el Certificado de Defunción debidamente emitido por el Registro Civil, esta mi Notaría se declara abierto el proceso
sucesorio testamentario de quien en vida
fuera la hermana de Ileana
María Ballestero Alfaro y Rocío
Ballestero Alfaro. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, de conformidad con el numeral 126.3
del Código Procesal Civil. Notaría
del Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, con oficina en San José, Zapote,
Barrio Yoses Sur, del Centro Cultural de México, 500
metros al sur y 100 metros al oeste sobre calle 39, Edificio de Ladrillos a mano izquierda, para oposiciones y notificaciones o bien por medio del correo
electrónico: asesorlegal@mac.com. Es todo.—Lic. Luis Franklin Gutiérrez Rodríguez, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021590383 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Auristela Vargas Vargas,
mayor, estado civil viuda, profesión u oficio No indica, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0500100857 y vecina
San José y la sucesión del señor
Miguel Wauters Acevedo, mayor viudo,
agricultor y ganadero
cédula 05-0010-0608, de no indica. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contando a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000578-0180-CI 6.—Juzgado primero civil
de San José, 10 de setiembre del año 2021.—Dra. Lizeth Álvarez
Salas, Jueza Decisora.—Firma Responsable.
Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Juez.—1 vez.—(
IN2021590435 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el
proceso sucesorio acumulado de quien en vida se llamó
Santos Rosibel Rivera Zúñiga
quien era mayor, costarricense,
casada una vez, ama de
casa, portadora del documento
de identidad 05-0075-0696 y Amadeo Emel Del Socorro Moraga Ríos, mayor, costarricense,
viudo una vez, pensionado,
con cédula de identidad 05-0064-0094. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000407-0388-CI-1.—Juzgado Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión trece horas con cincuenta y uno minutos del treinta de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan
Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2021590450 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio conjunto de quienes
en vida se llamaron Iris María Montero Santamaria, mayor, viuda una vez, costarricense, con documento de identidad 0102840222 y Marco Antonio Mora Thomas, mayor, casado una vez, costarricense, con documento de identidad
0104890013, ambos vecinos de Desamparados. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000493-0217-CI-0.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de San José, (Desamparados),
hora y fecha de emisión dieciséis horas con once minutos
del veinte de setiembre del
dos mil veintiuno.—Msc. Wálther
Obando Corrales, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590482 ).
Ante esta notaria, mediante
acta de apertura otorgada a
las 11:00 del 23 de setiembre del año
2021, y comprobado el fallecimiento de Marina Segura Cubero, cédula 600350910, se
ha declarado abierto su proceso sucesorio
testamentario notarial. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada
en Quepos, Quepos, Puntarenas, de Coope
Ande cincuenta metros al norte, a hacer valer sus derechos.—Quepos, 12:31
del 06 de octubre del 2021.—Lic.
Jaime Fonseca Zúñiga, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021590494 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta Notaría por
Gerardo Iván Moya Galindo, José Arturo Moya Galindo, René Javier Moya Galindo, Waleska Teresa Moya
Galindo, Ericka María Moya Galindo, Juan Pablo Moya Galindo, Emily Francheska Moya Galindo, a las nueve
horas del cuatro de octubre
del año dos mil veintiuno y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato
conjunto de quienes en vida fueron Gerardo Moya Gomez,
mayor, costarricense, portador
de la cedula de identidad número
tres cero uno seis cuatro
cero nueve dos cinco, casado una vez y María Teresa
Galindo Venegas, mayor, hondureña, portadora del pasaporte número uno uno cinco siete cero cero siete cinco,
ama de casa, viuda de Gerardo Moya Gomez ambos vecinos de San José, Moravia, San Vicente, del Liceo de Moravia trescientos
metros al este y veinticinco
metros al sur del Barrio las Américas, calle setenta y cinco, avenida setenta y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento que de no hacerlo se distribuirá a quien corresponda. Notaría del Lic. Feidel Kimaura Carr Carr.—Limón, Siquirres, El Cairo, La
Francia del abastecedor Ramírez ciento
cincuenta metros al este. Teléfono 6076 3780.—Lic. Feidel Kimaura
Carr Carr, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590498 ).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Cesar Augusto Godoy Cadenas,
venezolano, mayor de edad, casado
una vez, comerciante, portador del pasaporte de su país número
uno dos tres nueve ocho tres seis siete nueve, vecino
de San Jose, Curridabat, seiscientos
metros al este del Fresh Market, Residencial
San Ángel, Condominio
Colonia Roble, numero treinta
y cuatro, para que en el plazo de treinta
días comparezcan a la notaría del Licenciado
Kenneth Mora Diaz, a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento
a los que crean tener
derecho a la herencia, de que si
no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 22/09/2021 Notaria. Lic.
Kenneth Mora Diaz., San José, Zapote de la Toyota doscientos
cincuenta metros este contiguo al ciclo Carlos Mata.—Catorce horas cinco minutos del veintidós de setiembre del dos
mil veintiuno.—Lic. Kenneth
Mora Diaz, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590506 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Freddy Eugenio Fuentes Calvo, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0109360884 y vecino
Alajuela, El Roble, Urbanización Villa Anatolia, de
la entrada principal, cien metros al sur, casa con portón blanco y tapia color vino.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000619-0638-CI-2.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión diez horas con veintinueve minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—(
IN2021590554 ).
Se hace saber: Que, ante la notaría del licenciado Arturo
Varela Aguilar, ubicada en
San José, Barrio Luján, calle
diecinueve, avenida dieciséis bises, número mil quinientos cuarenta y dos, se tramita el proceso sucesorio
ad intestato de Alejandro
Cesar Arnuero Varela, quien
fue mayor, soltero,
pensionado, vecino de San José, distrito
Hospital, Barrio Cristo Rey, calles 10 y 12, número 1040, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos dieciséis-mil doscientos cuatro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que,
dentro del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esa notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 2021-000001-SCN.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario Público.—1 vez.—( IN2021590564 ).
Por una vez se emplaza al sucesorio notarial extra protocolario
de José María Picado Ortega, cédula 300840484, fallecido,
por 15 días a partir de esta
publicación a mi notaría, avenida
12, N° 2375, a hacer valer
derechos. En la apertura,
los gananciales y el nombramiento del Albacea
provisional Jack Alejandro Padilla Carvajal, cédula 1170900848. Expediente. N° 01-01-10-2021-WRHJ-4966.—Walter Rubén
Hernández Juárez, Notario.—1 vez.—(IN2021590567).
Por una vez se emplaza
al sucesorio notarial extra protocolario de Gilbert Javier Agüero Mora, cédula
N° 106900545, fallecido, por 15 días a partir
de esta publicación a mi notaría, avenida 12, número 2375, a hacer valer derechos. En la apertura, los gananciales y el nombramiento del albacea provisional Luis Alonso Rosales Castillo, cédula N°
503350030. Expediente N°
01-25-09-2021-WRHJ-4966.—Lic.
Walter Rubén Hernández
Juárez, Notario.—1 vez.—(IN2021590568).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Dulcelina Cerdas Villegas,
mayor, estado civil casada,
profesión u oficio, oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0601280375 y vecina
de Barranca, Los Almendros, casa número 37. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 17-000136-0642-CI-7.—Juzgado Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión diez horas con once minutos del
dos de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Diana Sánchez Cubero, Jueza.—1 vez.—(
IN2021590569 ).
Se hace saber: Que en este despacho notaría
de María del Rocío Rivas Lopez, notario público con
oficina en San José, Barrio Luján, casa quince veinte, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se Ilamó Isidro Antonio
Calvo Cerdas, mayor, casado una vez, jubilado, cedula cinco- uno dos tres-
cinco ocho seis, vecino de Guanacaste, Cañas, centro, Barrio Las Brisas casa
ciento trece, quien falleció el día veinticinco de agosto de dos mil veintiuno,
fue hijo de Petronila Calvo Cerdas, cédula nueve- cero cero
uno ocho - cero nueve cuatro ocho, ya fallecida.- Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente 2021-000001-MRRL-CI. Notaría de María del
Rocío Rivas Lopez en San José, 25 de setiembre del
año 2021.—Licda. María del Rocío Rivas López, Notaria.—1
vez.—( IN2021590575 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Luz María Acosta Mora, mayor, estado civil casada, profesión u oficio pensionada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0102560592
y vecina de La Aurora de Heredia. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000986-0504-CI-1.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión diecinueve horas con diecisiete minutos del uno de octubre del
dos mil veintiuno.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Juez.—1 vez.—(
IN2021590598 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
José Pablo Rodríguez Salazar, mayor, estado civil divorciado, profesión u oficio taxista, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0111020258
y vecino de Orotina, Alajuela. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000567-0638-CI-9.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión dieciséis horas con treinta y uno
minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno.—M.Sc. Kathia Rivera Hernández, Jueza.—1 vez.—( IN2021590600 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
María Angela Blanco Obando, quien fue
mayor de edad, viuda una vez, educadora pensionada, portó la cédula de identidad en vida
5-0048-0881, cuyo último domicilio fue de Cañas, Guanacaste y falleció el día 26/01/2021. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000117-0927-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
de Cañas (Materia Civil), hora y fecha de emisión catorce horas con cincuenta y ocho minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—(
IN2021590656 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la personas menores
de edad Daniela Abigail Lagos Jiménez y David Jiménez
López, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 21-000138-0292-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, 19 de
marzo del año 2021.—Msc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021589699 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor Ericka Patricia Meza Mora y Ángel
Emiliano Meza Mora, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, contra Ángel Hilario
Meza Bermúdez y Floribeth
Mora Mora, para que se apersonen
a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 21-000188-1591-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa.—Juzgado Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica
de Quepos (Materia Familia), a las trece horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil
veintiuno. 21 de setiembre
del año 2021.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—(IN2021589993). 3 v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor de edad Gretel Yahoska
Urbina, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 21-001219-0292-FA. Clase
de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las doce horas once minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno, 23
de agosto del año 2021.—Licda. Jorleny María Murillo
Vargas, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590453 ). 3
v. 1.
Licenciada Jorleny María Murillo Vargas, Jueza
del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a María Esther Urbina Jarquín, en
su carácter personal, quien es mayor, nicaragüense, datos y domicilio desconocido, se le hace saber que
en demanda depósito
judicial, expediente N° 21-001219-0292-FA, establecida por Patronato
Nacional de la Infancia contra María
Esther Urbina Jarquín,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las doce horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. De
las presentes diligencias de depósito judicial de las
personas menores Gretel Yahoska Urbina, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a María Esther Urbina Jarquín,
a quienes se les previene
que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese la presente resolución a la señora María Esther Urbina Jarquín
por medio de edicto a publicar
en el Boletín
Judicial. Edicto: Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas
en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Medida cautelar: Con fundamento en lo peticionado por la representante
legal del ente promotor en su escrito inicial
la documentación existente en expediente Administrativo
OLA-00152-2019, y con fundamento en
los numerales 242 del Código Procesal
Civil, 1, 2, 3, 5, del Código de Niñez y Adolescencia, 1, 2, 3, 5, 8, 9, de la Convención
sobre los derechos del niño/a,
por estimar esta autoridad que resulta lo más cercano por el momento al interés
superior y estabilidad de la persona menor de edad, se ordena el depósito provisional de Gretel
Yahoska Urbina en el hogar de la señora Milagro Jarquín Obando, a quien se le previene apersonarse a este despacho en
el plazo de cinco días a fin de aceptar el cargo conferido. Prevención: Se le previene al ente actor que deberá apersonar en este
despacho a la depositaria
provisional Milagro Jarquín Obando a fin de que rinda declaración bajo fe de juramento sobre el paradero
desconocido de la demandada. Dicho apersonamiento podrá realizarse los días miércoles siempre y cuando el despacho no esté pronto a cerrar. Asimismo, debe el ente promotor aportar la certificación de nacimiento de la persona menor de edad emitida por su país de origen
y debidamente apostillada.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021B.— Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021590454 ). 3
v. 1.
Se convoca
por medio de edicto que se publicará
por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela legitima de la persona menor Kianny Daniela Alan Portuguez, por haber sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de
quince días contados a partir
de la fecha de publicación
del último edicto. Expediente N° 21-000691-0673-NA. Proceso
Tutela. Promovente: Patronato
Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia, de Niñez
y Adolescencia, 21 de setiembre de
2021.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—(IN2021590515). 3 v. 1.
Se hace saber a la a la señora María Marlene
Bonilla Bonilla, cédula 1-751-539 en
su condición de propietaria de la finca del Partido de San José matrícula 567879, y deudora en crédito hipotecario
inscrito en esa finca., cuyo domicilio es desconocido según acuse de notificación que consta a folio
145, y al señor Eliecer Ureña Calderón, cédula 1-799-318, titular del plano catastrado SJ-987173-2005
que está inscrito en la finca 1-567879, y deudor en crédito hipotecario
inscrito en dicho inmueble, que al ser partes interesadas con respecto a ocurso presentado por el Topógrafo Róger Venegas Alvarado
contra la calificación realizada
en las citas de presentación catastral número 2021-16927 C, que en este Registro se iniciaron Diligencias Ocursales
para resolver dicha situación.
Por lo anterior esta Asesoría
mediante resolución de las
11:09 horas del 16 de julio de 2021, autorizó la apertura del trámite ocursal y realizar las investigaciones del caso. De igual forma por resolución de las 09:52 horas del 01 de octubre
de 2021, cumpliendo el
principio del debido proceso,
se autorizó publicación por
una única vez de edicto para conferir audiencia a
las personas mencionadas, por el
término de ocho días contados a partir del día siguiente de la respectiva publicación en el “Boletín Judicial”;
para que dentro de dicho término
presenten los alegatos correspondientes, y se les previene
que dentro del término establecido
para audiencia señalar facsímil
o casa u oficina dentro de la ciudad de San José para
oír notificaciones, bajo apercibimiento, que de no cumplir
con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar
señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 11 de la Ley
8687 Ley de Notificaciones Judiciales.
Todo lo anterior conforme a
lo estipulado con respecto
al Ocurso en los artículos 18 siguientes y concordantes de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro
Público. Notifíquese. (Referencia Expediente N°
2021-558-RIM).—Curridabat,
01 de octubre de 2021.—Lic.
Manrique Vargas Rodríguez, Asesor Jurídico.—1 vez.—O.C. N° OC21-0001.—Solicitud
N° 299761.—( IN2021589973 ).
Se avisa a la señora Maricel Loría Gallo (calidades), de domicilio y (demás) calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000199-0673-NA, correspondiente
a Diligencias no contenciosas de Depósito
Judicial, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de la persona menor de edad
Alisson Tashana Miranda Loría. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas
diligencias. Expediente N° 21-000199-0673-NA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, dieciocho
horas treinta y tres minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021590221 ).
Se avisa a la señora Milagro Góngora Zeledón (calidades), de domicilio y (demás) calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000137-0673-NA, correspondiente
a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de la (s) persona (s) menor (es) de edad Breyner Steven Góngora. Se le
concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste
(n) su conformidad o se oponga (n) en estas
diligencias, expediente N° 21-000137-0673-NA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, dieciocho
horas treinta y tres minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno,
30 de setiembre del año
2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza
Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590223 ).
Se avisa a los señores Pablo José
Carvajal Obando con cédula de identidad N°
1-1044-0476 y Mónica Patricia López Marín con cédula de identidad N°
1-1499-0722, de domicilio y demás
calidades desconocidas, que
en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000448-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por
el Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Daniela Samantha
Carvajal López. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifiesten
su conformidad o se opongan en estas
diligencias. Expediente N° 21-000448-0673-NA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, diez horas del treinta
de setiembre de dos mil veintiuno.—Nelda
Jimenez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021590224 ).
Se avisa a la señora Kimberly
Fabiola Molina Briones, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente 20-000755-0673-NA, correspondiente
a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de las personas menores de edad
Dereck Camacho Molina y Mathias Molina Briones. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre de 2021.—Licda. Nelda
Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(IN2021590225).
Se avisa al señor Marcial José Murillo
Chinchilla, de domicilio y demás calidades desconocidas, que
en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000789- 0673-NA, correspondiente a
Diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato
Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la
persona menor de edad Sebastián Joel Murillo Calderón. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 12 de agosto del dos mil
veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590227
).
Se avisa al señor
Joshua Badilla Aguilar, portador
del documento de identidad
N° 1-1773-0406, soltero, mayor, de domicilio y (demás) calidades desconocidas que en este juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000650-0673-NA, correspondiente
a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de la persona menor de edad
Kylie Sofia Badilla Fonseca. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas
diligencias. Expediente N° 21-000650-0673-NA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, veintitrés
de setiembre de dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021590228 ).
MSC. Cynthia
Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado
de Familia de Heredia, hace saber a Josette Melissa
Espinoza Castro, en su carácter personal, mayor, soltera,
portadora de la cédula de identidad
N° 115730831, demás calidades
desconocidas, que en proceso depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia
local Heredia Norte, tramitado bajo el número de expediente
210017980364FA, se ordenó notificarle
por edicto el contenido de la resolución que en lo literal dice: “Juzgado de
Familia de Heredia, a las quince horas y doce minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintiuno.
De las presentes diligencias de depósito
judicial de las personas menores de edad Tanisha Gutiérrez Espinoza y Evolet
Ailyn Loría Espinoza, promovidas por Patronato Nacional
de la Infancia Oficina
Heredia Norte, se confiere traslado
por tres días a la señora
Josette Melissa Espinoza Castro, así como a los señores Erick Druanis Gutiérrez Prendergast y Christian Alfonso Loría Ramírez, quienes en el primer escrito
que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20, del
29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo. b) sexo. c) fecha de nacimiento. d) profesión u oficio. e) si cuenta
con algún tipo de discapacidad. f) estado civil. g)
número de cédula.
h) lugar de residencia. De conformidad
con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada
el 6 de mayo del 2014, artículo
XLIII, se le previene a la parte
actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección
de la vivienda como el lugar de trabajo,
horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números
telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre
de algún familiar o vecino
a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la referida señora que, si por el monto
de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede
recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono
central número 22-07-42-23. En
otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí,
que la demanda debe ser contestada
en el plazo
que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”.
Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia
el 28 de febrero de 2009,
dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica
es posible que la parte señale un Lugar para atender notificaciones. (Art.58)
y en todos los demás procesos, las partes deben señalar
Medio para recibir sus notificaciones.
Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar
medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación
automática. (Art.34). Así
las cosas, se le previene a
las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica
en el Departamento
de Tecnología de Información
del Poder Judicial (gestión
que debe hacerse una única vez y no cada vez
que señale ese medio). Para ello
debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a
los teléfonos
2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero
electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar
un documento a la dirección
electrónica que se presenta
y el Departamento de Tecnología
de Información verificará
la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento
citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Medida cautelar: Se otorga el depósito
judicial provisional de las menores Tanisha Gutiérrez
Espinoza y Evolet Ailyn Loría Espinoza en el hogar y bajo la responsabilidad de su abuela materna Rocío Castro Mora, quien deberá comparecer
a este despacho
dentro del plazo de tres
días a aceptar y jurar el cargo conferido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
236 del Código de Familia. Lo anterior será cumplido bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, se resolverá lo que por derecho corresponda.
Prevenciones: a. Previo a expedir la comisión deberá el ente
promovente aportar dos juegos de copias de todo el expediente,
las cuales deberán presentarse exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante
respectivo. b. Habiéndose expuesto que el señor Christian Alfonso Loría
Ramírez está privado de libertad,
tendrá que indicarse el ámbito en
el que se encuentra recluido, toda vez que la información se encuentra incompleta (página 5 del escrito inicial). Lo anterior será satisfecho dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento de
que, si no lo hiciera, no
se le atenderán futuras gestiones que presente y se podrá ordenar el
archivo del expediente. Notificaciones: c. En virtud de que se desconoce el paradero de la señora Josette Melissa Espinoza Castro, se ordena notificarle sobre el contenido
de este auto, por edicto, el cual será
remitido electrónicamente a
la Imprenta Nacional mediante el SEDIN. d. Notifíquese
esta resolución a los señores Erick Druanis Gutiérrez
Prendergast, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real, en la siguiente dirección: Limón, central, Barrio Envaco,
Sector El Huerto, en la
entrada del puente nuevo, tercera
casa color marrón, mano derecha.
Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para tales efectos,
queda comisionada la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de
la Zona Atlántica. Notifíquese”.—Juzgado de Familia de
Heredia, 16 de setiembre del
2021.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo. Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021590229 ).
Se avisa a la señora María Eugenia Jara López (calidades), de domicilio y (demás) calidades desconocidas, que, en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000015-0673-NA, correspondiente
a Diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de la(s) persona(s) menor(es) de edad:
Roger de Jesús y Laura Eugenia ambos Jara López. Se
le concede el plazo de tres días naturales, para
que manifieste(n) su conformidad o se oponga(n) en estas diligencias. Expediente N° 21-000015-0673-NA. Clase
de asunto: Actividad
judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, dieciocho
horas treinta y tres minutos del catorce de julio de dos mil veintiuno.- 29
de setiembre del 2021.—Licda.
Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590232 ).
Se avisa, a la señora Fabiola Trejos
Quirós, mayor, de domicilio desconocido,
mismos representados por el curador procesal
Licenciado Víctor Manuel Fallas
Mora, se le hace saber que existe
proceso N° 19-000405-0673-NA de declaratoria
judicial de abandono de las personas menores de edad, Brisa Trejos
Quirós, Dylan Josué Trejos Quirós, Justin Trejos
Quirós y Samira Trejos Quirós establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Fabiola
Trejos Quirós, que en resolución
dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las quince horas y cuarenta y
cuatro minutos del nueve de agosto de dos mil diecinueve, y once horas y trece minutos del nueve de octubre de dos mil diecinueve que
en lo conducente dice: se
le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y
privada conforme con el artículo 123 del Código de
Familia y una vez recibida
la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de setiembre de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021590233 ).
Se avisa a la señora Karina Golden
Facey, de demás calidades y
domicilio desconocidos que en este juzgado,
que se tramita el expediente 18-000829-0673-NA, correspondiente
a declaratoria judicial de abandono,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
en contra de Karina Golden Facey, que en resolución dictada
por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las nueve
horas y cuarenta y siete minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diecinueve,
que en lo conducente dice: En virtud de desconocerse
el domicilio de la accionada Karina Golden Facey, se designa
como curador procesal de la misma al Licenciado Walter Habid Ardon Sánchez, quién deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de ocho días, a aceptar el cargo y jurar su fiel
cumplimiento. Se le hace
saber al Licenciado supracitado
que su nombramiento es para
continuar la representación
de la accionada Golden Facey, ya
que su representante legal renunció a continuar el trámite, y no se le logró notificar la renuncia de su abogado, así que a fin de no causarle una indefensión se procede a nombrarle un curador procesal. Finalizado el proceso, se procederá a realizar el trámite correspondiente
para el pago de los honorarios. Se le hace saber al Licenciado Ardon Sánchez que el expediente es completamente
virtual, por lo cual lo podrá
visualizar por medio de gestión
en línea. Confecciónese el edicto correspondiente el cual será
remitido a la Imprenta Nacional mediante sistema
electrónico. Notifíquese.—Juzgado de Familia Niñez y Adolescencia, 22 de setiembre de 2021.—Licda. Nelda
Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590235 ).
Se avisa al señor Juan Bautista
Carballo Romero, de domicilio y demás
calidades desconocidas, que
en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000265-0673-NA, correspondiente
a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Katherin Vanessa Carballo Castro, Tamara Castro Herrera Y
Tatiana Castro Herrera. Se le concede el plazo de tres días naturales,
para que manifieste(n) su conformidad o se oponga(n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de setiembre de dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez
Rojas, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590236 ).
Se avisa a la señora Aylin Marín
Chinchilla, mayor, costarricense, portadora
del documento de identidad
N° 1-1671-0566, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
N° 21-000036-0673-NA, correspondiente a Diligencias
no contenciosas de Depósito
Judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Tanisha Yaslin Castillo Marín. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590237 ).
Se avisa a la señora Cristina María Díaz Mora,
mayor, costarricense, portadora
del documento de identidad
N° 1-1216-0007, de domicilio y demás
calidades desconocidas, que
en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000026-0673-NA, correspondiente
a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Alisson María Montealegre Díaz y Cristopher David Cornejo Díaz. Se le
concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste
su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre de 2021.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590238 ).
Se avisa a los señores Iván García y
Carolina de los Ángeles Navarro Ortiz, esta última de nacionalidad costarricense, portadora del documento de identidad N° 1-1181-0338, ambos de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000298-0673-NA, correspondiente
a actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial, promovida
por el Patronato Nacional
de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Meybelin
Natasha García Navarro. Se les concede el plazo de tres días naturales,
para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de setiembre de
2021.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590240
).
Se avisa al señor Hairol Alberto Moreira Chavarría, cédula N°
1-1034-0974, y Elieth Rebeca Tenorio Moreira, cédula
N° 1-1329-0783, ambos, mayores, costarricenses,
de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 20-000874-0673-NA, correspondiente
a actividad judicial no contenciosa
de depósito
judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de la persona menor de edad
Katherin Steisy Moreira
Tenorio. Se les concede el plazo
de tres días naturales, para que manifiesten
su conformidad o se opongan en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590241 ).
Se avisa a los señores Jesús Alberto
Naranjo Guevara, portador del documento
de identidad N° 1-1338-0285 y Marilyn Chaves López, portadora del documento de identidad N° 1-1471-0033, ambos mayores,
costarricenses, de domicilio
y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
N° 21-000568-0672-NA, correspondiente a diligencias
no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Christopher Naranjo
Chaves. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifiesten
su conformidad o se opongan en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre de 2021.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590242 ).
Se avisa al señor Jimmy Lorenzo
Carter López, de nacionalidad nicaragüense,
de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000516-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas
de Depósito Judicial, promovidas
por Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de la persona menor de edad
Jimmy Argey Carter Quintanilla. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590243 ).
Se avisa al señor Gerald Alonso
Chaves García, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 1-1452-0930, de domicilio
y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
N° 20-000808-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa
de depósito
judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de las personas menores de edad:
Santiago Jareth Rivera Arroyo, Saul Andre y Joshua Emmanuel de apellidos Chaves Arroyo. Se le concede el
plazo de tres días
naturales, para que manifieste su
conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de setiembre del
2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590244 ).
Se avisa a la señora Stephanie
Brenes Quirós, mayor costarricense, portadora del documento de identidad N° 1-1357-0018, de domicilio
y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
N° 20-000810-0673-NA, correspondiente a Diligencias
no contenciosas de Depósito
Judicial, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de las personas menores de edad
Reychel Natalia Pérez Brenes y Steven Jesús Pérez Brenes. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre de 2021.—MSc. Milagro
Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590245 ).
Se avisa, a los señores Karla Francinie Azofeifa Moreira, mayor, de domicilio desconocido
y Wilmar Freddy Erazo Rodríguez, mayor, de domicilio desconocido, mismos
representados por el curador procesal Licenciada Francini Mayela Venegas
Hernandez, se le hace saber que existe proceso N°
19-000994-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores
de edad Jeidrel Josué Agüero Azofeifa y Deylan Aaron Erazo Azofeifa establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia en contra de Karla Francinie
Azofeifa Moreira, Yeyson Martin Agüero Mora y Wilmar
Freddy Erazo Rodríguez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y
Adolescencia Del Primer Circuito Judicial de San José a las quince horas
cuarenta y tres minutos del diez de noviembre de dos mil veinte, que en lo
conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para
que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a
la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el
proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el
artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará
sentencia. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de
setiembre de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021590295 ).
Se avisa, a la señora Cándida Álvarez Gómez, mayor, con demás
calidades desconocidas, representada por el curador procesal licenciada Sandra Gómez Marín hace saber que existe proceso N° 20-000001-0673-NA de declaratoria
judicial de abandono de la persona menor de edad: Esnaider Antonio Álvarez Gómez establecido por el Patronato Nacional de la Infancia
en contra de Cándida Álvarez Gómez, que en este Despacho
se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 2021000447.—Juzgado
de Familia, de Niñez y Adolescencia,
a las catorce horas dieciséis
minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9°
de la Convención Sobre los
Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes
del Código de la Niñez y la Adolescencia,117, 160 y siguientes y concordantes del
Código de Familia, se declara con lugar
la demanda de declaratoria
de abandono con fines de adopción
de la persona menor de edad:
Esnaider Álvarez Gómez. Se extingue a su madre
Cándida Álvarez Gómez el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial del niño Esnaider Álvarez Gómez en los señores Rodolfo Álvarez Gómez y Aracelly Reyes Silva. Inscríbase esta sentencia en el Registro
Civil, en el Registro de Nacimientos de la provincia de San José, tomo:
2237, folio: 490, asiento: 980. Publíquese la parte dispositiva de esta sentencia en el
Boletín
Judicial. Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.
Licda. Nelda Jiménez Rojas, Juez(a).
Teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia: 2295-3115.—Juzgado de Familia, Niñez
y Adolescencia, 27 de setiembre del 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021590296 ).
MSc. Jenniffer de Los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a Joani José Urbina Sánchez, en su carácter
personal, quien es mayor, demás
calidades desconocidas, se
le hace saber que en demanda abreviado de suspensión de patria potestad número 19-001822-0292-FA, establecida
por Cindy Geannina Diaz Padilla contra Joani José Urbina Sánchez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. A las quince horas nueve minutos del cinco de agosto de dos mil veintiuno. De
la anterior demanda abreviada
de suspensión de patria potestad,
establecida por el accionante Cindy Geannina Diaz
Padilla, se confiere traslado
al accionado Joani José
Urbina Sánchez, en la persona de su
Curador Procesal, Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; de este
Circuito Judicial. Se le previene
a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de
cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese
la presente resolución a la
parte accionada al medio señalado por su curadora procesal, Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado. Asimismo, al tenor del
ordinal 263 del Código Procesal Civil de 1989, vigente en materia
de familia, se ordena la publicación de la presente resolución en el
Boletín Judicial, a través
del edicto correspondiente.
Nota: Publíquese por una única vez.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Jenniffer de Los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590299 ).
Licenciado Pablo Amador Villanueva, Juez del Juzgado de Familia de
Heredia, a Rhodes William Edward, en su carácter personal, quien es mayor, casado,
pensionado, vecino de desconocido,
cédula P51157501, se le hace saber que en demanda abreviado
de divorcio expediente N°
20-001951-0364-FA, establecida por Kathya Marcela Acuña Delgado
contra Rhodes William Edward, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2021002305. Juzgado
de Familia de Heredia, a las dieciocho horas doce minutos del veintinueve de setiembre de dos
mil veintiuno. Proceso abreviado de divorcio expediente N° 20-001951-0364-FA, establecido por Kathya Marcela Acuña Delgado, mayor, casada, pensionada, vecina de Heredia,
cédula N° 0106360940 contra Rhodes William Edward,
mayor, casado, pensionado, vecino
de desconocido, cédula P51157501. Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución
Política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 y 57 del Código de Familia; se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Kathya Marcela Acuña Delgado
contra William Edward Rhodes y se declara: 1) La disolución del matrimonio que une a la actora y el demandado. 2) No se otorga derecho alimentario para ninguno de los cónyuges. 3) No
hay hijos por los cuales se
deba hacer referencia sobre la custodia de ellos, ni de los demás atributos de la Responsabilidad Parental. 4) No existen
bienes de los cuales alguno de los cónyuges pueda tener algún
derecho de ganancialidad, pero
en todo caso,
de aparecer alguno, el no propietario adquiere el derecho a participar en la mitad del valor neto final del mismo, debiendo ventilarse ese monto y demás extremos en la etapa siguiente
de proceso de ejecución que
corresponda. 5) Se resuelve
el asunto sin condena en costas
para la parte demandada vencida del proceso. 6) Una vez firme este
fallo, por medio de ejecutoria
expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo
en el Registro
Civil en el libro de matrimonios de la provincia de San José, al tomo
550, folio 110, asiento 219. 7) Se debe publicar un edicto con el extracto
de este fallo por una única vez en
el Boletín
Judicial. Hágase saber. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Pablo
Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590301 ).
Se avisa que en este Despacho Claudio Sale y
Lucia Coi, solicitan se apruebe la adopción conjunta de las personas menores
de edad Nancy Yaretzy
Gutiérrez Calderón, Yerik Manuel Gutiérrez Calderón y
Yetzel Antonio Gutiérrez Calderón. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo
de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
21-000688-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial, San José, 27 de setiembre del 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021590414 ).
Se avisa que en este
Despacho Edwin Navarrete López y María Antonieta Vázquez Gamboa, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Karolina Fernández
Sánchez. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
21-000709-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial, San José, 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez
Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590416 ).
Msc. Pablo Amador Villanueva Juez
del Juzgado de Familia de Heredia, a Yadir Flores
López, en su carácter personal, quien es mayor, demás calidades desconocidas,
se le hace saber que en demanda abreviado, establecida
por Patronato Nacional de la Infancia contra Yadir
Flores López y Alba Lidia Arauz Rodríguez. Expediente N°21-001953-0364-FA, se
ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice:
“Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas y cincuenta y tres minutos
del veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno. De la anterior demanda
abreviada de suspensión de patria potestad establecida por el accionante
Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a la accionada Alba
Lidia Arauz Rodríguez y Yadir Flores López por el
plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su
conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer
excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad
las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se
apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno,
manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En al misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le
previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del
29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b)
sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Se informa a la parte demandada que si por
el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración,
según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones
económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado,
puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia,
los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El
Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas,
y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número
22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el
servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo
que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes
de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios
Jurídicos Nº 4775)”- Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29
de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de
febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra
la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender
notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben
señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo
Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de
manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se
le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la
referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de
Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar
la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea
habilitar ó enviar un correo al buzón electrónico del
Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste
en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el
Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el
correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un
informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De
confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a
la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de
la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Medida cautelar: Se otorga el
depósito judicial provisional de las personas menores de edad Dylan Francisco y
Joshua Moisés Flores Arauz a cargo del Patronato Nacional de la Infancia. Para
lo cual deberá el representante legal comparecer a este despacho en el plazo de
tres días, a aceptar y jurar el cargo.- Notificación: Notifíquese esta resolución
a la demandada Alba Lidia Arauz Rodríguez, personalmente o por medio de cédulas
y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.-
Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.- Para estos efectos, se
comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y otras Comunicaciones del Primer Circuito Judicial de San José.- En
caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos
de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Previo a su notificación aporte el actor dos juegos de copias de
todo el expediente en la secretaria
del despacho, dentro del plazo de tres días, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciera, no se le atenderán futuras gestiones
(art. 136 del Código Procesal Civil). Al demandado Yadir Flores Lopez,
se ordena notificarle por medio de edicto. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021590417 ).
Se avisa que en este
Despacho Jeffry Madrigal Angulo y Marlene Monge Cárdenas, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Silvia María Apu Santana. Se concede a todos
las personas interesadas directas
el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma, expediente N°
21-000678-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 20 de setiembre
del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Juez(a)
Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590418 ).
Se avisa al señor Moisés David López Sosa, mayor,
nicaragüense, cédula de identidad
número 0206540385, únicos datos conocidos, que en este Juzgado
se tramita el expediente N° 21-001098-1302-FA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial de menor de edad, promovidas por la licenciada
Marcela Luna Chaves, representante legal del Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de la persona menor de edad:
Sharon Stacy López Calvo. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad
o se oponga a estas diligencias. Expediente N°
21-001098-1302-FA. Clase de asunto:
Depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del 2021.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590420 ).
Licenciada Sandra Saborío Artavia, Jueza
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las personas interesadas, se les hace saber
que en Proceso Especial Protección, expediente N°
21-001064-1302-FA, promovido por el
Patronato Nacional de la Infancia
San Carlos, se ordena notificarle
por edicto, la resolución
que literalmente dice: Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
a las ocho horas veintinueve
minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintiuno.
Se tiene por establecido el presente proceso
de Protección a la Niñez y
la Adolescencia en sede judicial que promueve el Patronato Nacional de la Infancia en favor de la persona menor de edad Ángel
San Carlos PANI (nombre provisional). Por el término legal de tres días, se confiere audiencia
e intervención a cualquier interesado en este
proceso. Se tiene a la
vista el expediente levantado en sede
administrativa. Se le previene
al ente promotor del proceso
que, dentro del plazo de treinta
días, deberá actualizar el informe de investigación
preliminar psicología aportado. Se convoca a las partes a una audiencia oral y pública
que se celebrará en la sede de este Juzgado
a las diez horas treinta minutos del tres de noviembre del dos mil veintiuno
(artículos 114 inciso b),
143, 144 y 145 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Se omite realizar entrevista a la persona menor de edad en
razón de su edad (5 meses). En esta audiencia las partes podrán proponer pruebas, las cuales se evacuarán, de ser admitidas, en la misma comparecencia.
Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Por la naturaleza de esta Audiencia, se les recuerda a
los abogados que intervienen sobre
la obligación que tienen de
asistir a la misma, (artículo 16 del Código de Deberes
Jurídicos, Morales y Éticos
del Profesional en
Derecho), apercibidos que en
caso de ausencia injustificada serían comunicados a la Fiscalía del
Colegio de Abogados de Costa Rica. Notifíquese esta resolución a las personas interesadas por medio de edicto,
a quienes se les previene
que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78- 07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. Prórroga de medidas: Desde ya se dispone a prorrogar las Medidas de Protección dictadas en Sede Administrativa
(PANI) hasta el día de realización
de la Audiencia aquí programada,
sea el 03 de noviembre del
2021. Notifíquese.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—MSC.
Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021590421 ).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse
de ella o a manifestar su interés
dentro del plazo de quince días contados
a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia interpuesto por
Concepción de María
Aguirre Quirós a favor de Jeiner Alexis Jiménez Aguirre. Expediente
número 21-000085-0869-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), 24 de setiembre del
2021.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590422 ).
Licenciada María Alejandra Quesada García, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia
Familia), a Graig Shawn Williamson, quien es mayor de edad, estadounidense, divorciado, de oficio desconocido, pasaporte número 505642741, con domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso Actividad Judicial no Contenciosa (reconocimiento de hijo de mujer casada)
expediente número
21-000317-0938-FA, establecido por Edgar Gerardo Chacón Villalobos, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2021000450 sentencia
de primera instancia Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), a las dieciocho
horas treinta y dos minutos
del veintitrés de agosto de
dos mil veintiuno. Diligencias de Reconocimiento
de hijo de mujer casada establecidas por el señor Edgar Gerardo Chacón Villalobos, mayor de edad,
soltero, administrador de empresas, cédula de identidad
N° 5-322-680, vecino de Liberia, Guanacaste. Se tuvo como intervinientes
a la señora Ana Alejandra Cheves
Angulo, mayor de edad, divorciada,
educadora, portadora de la
cédula de identidad N° 5-351-178, vecina
de Liberia, Guanacaste y el señor
Graig Shawn Williamson, quien
es mayor de edad, estadounidense, divorciado, de oficio desconocido, pasaporte número 505642741, con domicilio desconocido, en calidad de padres registrales de
la persona menor de edad
David Willianson Cheves. Se
ha dado intervención al Patronato
Nacional de la Infancia. Resultando:
1)... 2)... 3)... Considerando:
I. Hechos probados:... II. Sobre el Fondo:... III. Costas:... Por tanto: De conformidad
con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 85, y 90 del Código de Familia, 99, 153, 155 y
317 del Código Procesal Civil, se declara
con lugar el presente proceso promovido por don Edgar Gerardo Chacón
Villalobos, se falla de la siguiente
forma: 1) Se acoge la solicitud
planteada. 2) Se tiene por efectuado el reconocimiento
y por ello se ordena inscribir esta resolución de forma que la persona menor
de edad David en adelante aparezca inscrito como hijo
del señor Edgar Gerardo Chacón
Villalobos, con los apellidos Chacón
Cheves, lo anterior ante el
Registro Civil, en la provincia de Guanacaste, al tomo:
553, folio 146 y asiento: 292 en la Sección de Nacimientos respectiva. Expídase la ejecutoria de oficio. 3) Se resuelve este asunto
sin especial sanción en cuanto a las costas. Publíquese un extracto de esta sentencia por una sola vez en el
Boletín Judicial. Notifíquese.
Nota: Para que sea publicado por una única vez.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), 04 de octubre del año 2021.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590423 ).
Se avisa que en este
despacho bajo el expediente número 210019190364FA,
Ana Gabriela Araya López y Yunier de Jesús Campos Rodríguez, solicitan
se apruebe la Adopción Conjunta de las personas menores
de edad Josué Daniel y Mariángel ambos de apellidos
Zamora Araya. Se concede a los interesados el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 21/09/2021.—M.Sc.
Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590424 ).
Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de
Heredia; hace saber a Dannia
Belén Porras Pérez, en su carácter personal, mayor, soltera, portadora de la cédula
de la identidad número
0207400293, demás calidades
y domicilio desconocidos,
que en este Despacho se interpuso un Proceso Terminación de Responsabilidad Parental en su contra, bajo el expediente número 210020320364FA,
en el cual
se ordenó notificarle por edicto la resolución que literalmente dice: “...Juzgado de
Familia de Heredia, a las diecisiete horas y diecisiete minutos del dieciséis de setiembre del dos
mil veintiuno. De la anterior demanda
terminación de responsabilidad
parental establecida por el
accionante Armando Huete
Soto, se confiere traslado
a la accionada Dannia Belén Porras Pérez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Parte interviniente: Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del casillero 403. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20,
del 29 de enero del 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente
si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar
o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea y a señalar
este medio para recibir notificaciones, lo único que debe
hacer es ingresar a la página del poder judicial
www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le
proporcionará personalmente
en el despacho,
usted podrá ingresar desde la comodidad de su casa a consultar su expediente
y revisar sus notificaciones,
con lo anterior se evitará largas
filas de espera. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, sesión
N° 78-07 celebrada el 18 de
octubre del 2007, artículo
LV, se les solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia.
De conformidad con la Circular N° 122-2014, sesión del Consejo Superior N° 41-14,
celebrada el 06 de mayo del
2014, artículo XLIII, se le previene
a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar
de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre
de algún familiar o vecino
a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que si por el monto
de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un
abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro,
San José, y se atiende de lunes a viernes
de 08:00 a.m. a 12:00 m.d., y lunes, miércoles y viernes de 13:30 p.m. a 19:30 p.m., Universidad Latina, Sede de Heredia oficina ubicada en la Municipalidad de
Heredia, horario de atención:
Lunes a viernes 08:00 a.m. a 12:00 m.d., teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes: 13:30 p.m. a 16:30 p.m., teléfono:
22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio.
Así como en la Defensa Pública Pisav-San
Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, teléfono:
22655640. Y en la Defensa Pública de
Heredia. Teléfono: 25600659. En
otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí,
que la demanda debe ser contestada
en el plazo
que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7° del Código de Familia y 1°
de la Ley de Consultorios Jurídicos
N° 4775)”. Siendo que la Ley N°
8687, Ley de Notificaciones Judiciales,
publicada el 29 de enero del 2009 y que entrara en vigencia el
28 de febrero del 2009, dispone que sólo en procesos
de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58)
y en todos los demás procesos, las partes deben señalar
medio para recibir sus notificaciones.
Estos medios son: Fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar
medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación
automática. (Art. 34). Así
las cosas, se le previene a
las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica
en el Departamento
de Tecnología de Información
del Poder Judicial (gestión
que debe hacerse una única vez y no cada vez
que señale ese medio). Para ello
debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a
los teléfonos: 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el
casillero electrónico que
se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento
a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento
citado ingresará la cuenta
autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Finalmente, por haberse manifestado que se desconoce el domicilio
actual de la señora Porras Pérez, se ordena tramitar el presente proceso
bajo la modalidad del paradero
desconocido, por lo que deberá
cumplirse con los siguientes
requisitos: a. A efecto de cubrir los honorarios de la persona profesional
en derecho que representará
a la accionada en este asunto, deberá
el actor depositar la suma de noventa y seis mil cincuenta colones exactos (a razón de ochenta y cinco mil colones exactos más el 13% del IVA), en la cuenta judicial N°
210020320364FA-5 del Banco de Costa Rica. b. Se cita
al señor Armando Huete Soto
y a dos testigos para que comparezcan
al Juzgado y, bajo juramento,
respondan las preguntas que
se les formularán para determinar
la procedencia del nombramiento del curador o curadora procesal. c. Expídase y publíquese el edicto al que se refiere el artículo
263 del Código Procesal Civil, con el propósito de notificar a la parte demandada sobre estas diligencias. Todo lo
anterior será satisfecho
dentro del plazo de una semana
bajo el apercibimiento de
que, en caso de omisión, el proceso
no avanzará y se podrá ordenar el archivo
del expediente. Notifíquese.”
Nota: Publíquese este edicto por única vez en
el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 16 de setiembre del 2021.—Msc. Cynthia
Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590452 ).
Msc. Wendy Yariela
Blanco Donaire, jueza del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José;
hace saber a Juan Carlos Hernández Velazque, documento de identidad N° 155823109318, soltero/a,
oficial de seguridad, que en este Despacho
se interpuso un Proceso Abreviado de Suspensión de Patria
Potestad en su contra, bajo el expediente número
20-002016-0165-FA, donde se dictó
la resolución de las trece
horas treinta y tres minutos del uno de setiembre de
dos mil veintiuno que literalmente
dice: de la anterior demanda abreviada
de suspensión de patria potestad
establecida por el accionante María Iveth Bolaños Solís, se confiere traslado a la accionado Juan Carlos Hernández Velazque
representado por la Licda.
Viviana Melissa Vargas Téllez
en calidad de curadora procesal por el plazo perentorio
de diez días, para que se oponga
a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales
y otras Comunicaciones; de este
Circuito Judicial. Se le previene
a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre
2007, artículo LV, se le solicita
a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese a la parte
demandada; la presente demanda, por medio de un edicto
que se publicará en el Boletín Judicial
o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos
del artículos 263 del Código Procesal
Civil. Inclúyase en el mismo los datos
que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Lo
anterior se ordena así en proceso abreviado
de Suspensión de Patria Potestad
de María Iveth Bolaños Solís contra Juan Carlos Hernandez Velazque; expediente Nº 20-002016-0165-FA. Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José,
01 de setiembre del año
2021. Nota: publíquese este edicto por única vez en
el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc.
Wendy Blanco Donaire, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590455
).
Se hace saber a la señora Awilda Echavarría
Ventura, mayor, casada, nacionalidad dominicana, oficios del hogar, pasaporte
número 3380703, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho
se tramita proceso abreviado inexistencia matrimonio N°
20-000778-0186-FA (2) establecido por
Procuraduría General de la República, se ordena notificarle por edicto, la
solicitud planteada por la entidad actora, y para que se refiera a ella le fue
otorgado el plazo de diez días, dentro del cual podrá contestar negativamente,
expresando sus razones, aceptar los hechos, ofrecer prueba, presentar
excepciones y señalar medio para recibir notificaciones. Se solicita declarar
la inexistencia del matrimonio celebrado entre las partes, al Registro Civil la
anulación de su inscripción, la anulación de cualquier trámite de
naturalización y todo acto para otorgar la residencia emitido por la Dirección
General de Migración y Extranjería. El emplazamiento corre tres días
después de esta publicación.—Juzgado Primero de
Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre de
2021.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590456 ).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de familia,
para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia por Leslie Marcela Aguero Mora a favor de
Zoraida Mora Aguero. Expediente número
21-001139-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero
Garcia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590457 ).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse
de ella dentro del plazo de
quince días contados a partir
de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por Jackeline Navarro Miranda a favor de Silvia
Miranda Guerra. Expediente N° 21-001001-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, 27 de setiembre del 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021590458 ).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse
de ella dentro del plazo de
quince días contados a partir
de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por Shirley Aurora Navarro Piedra a favor de Rosibel Piedra Brenes. Expediente
número 21-000612-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—(IN2021590459).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse
de ella dentro del plazo de
quince días contados a partir
de esta publicación. Proceso de salvaguardia de Lidia
Gómez Asenjo, expediente
número 21-001494-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de setiembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021590460 ).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse
de ella dentro del plazo de
quince días contados a partir
de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por Luis Guillermo Lépiz Solano a favor de Flory
Isabel Solano Gómez. Expediente número
21-001501-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 28 de setiembre
del 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590461 ).
Licenciada María Marta
Corrales Cordero, Jueza del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Nidia Lizbeth Jirón
Obando, en su carácter personal, quien es soltera, cédula N° 701660928, demás
calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que
en proceso Procesos Especiales, establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, expediente
número 18-001148-1307-FA, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2021001079. Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las trece horas
quince minutos del quince de setiembre
de dos mil veintiuno. Resultando:
I... II... III..., Considerando: I... II... III ...
Por tanto: De acuerdo a lo expuesto,
y artículos 51 y 55 de la Constitución
Política; 5, 13,30, 32 y 34 del Código de la Niñez y
la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del
Código de Familia, se declara Con Lugar la demanda especial de Declaratoria
Judicial de Abandono de Persona Menor
de Edad con Fines de Adopción
establecida por el Patronato Nacional de la Infancia
contra Nidia Lizbeth Jirón Obando declarando:
1.—En estado de abandono a la persona menor de edad Gerald Steven Jirón Obando
por parte de su progenitora. 2.—Consecuentemente
se hace menester el extinguirle a la accionada el ejercicio
de la patria potestad sobre
su hijo. 3.—Siendo que la persona menor de edad Gerald Steven Jirón Obando,
se encuentra bajo la custodia y protección
del ente actor se ordena mantener el depósito
judicial de la citada persona menor
de edad a cargo de ésta, debiendo comparecer dentro del
octavo día, después de la firmeza
de la presente sentencia, a este Despacho
a aceptar el cargo conferido. En el
evento de que este depósito tenga que cesar, el Patronato
es el encargado de asumir lo que corresponda en protección de los derechos de
las personas menores de edad.
4.—Firme este fallo, expídase ejecutoria al Registro Civil para que se anote
la declaratoria de abandono,
al margen de las citas de inscripción 704130989. Costas: Se falla
este asunto sin condena en costas
para la demandada vencida. Notifíquese. María Marta Corrales Cordero, Jueza de Familia.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590477 ).
Licenciada Mayra
Trigueros Brenes. Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José, a María Rosa Abarca Abarca, de oficios domésticos, cédula de identidad número
2-340-327, de domicilio desconocido, representada por el curador procesal
Licenciado Rolando Tellini Duarte, se le hace saber
que en demanda proceso de nulidad de matrimonio, expediente: 14-001392-0187-FA
establecida por Procuraduría General de la República Contra Héctor Izquierdo
Betancourt y María Rosa Abarca Abarca se ordena
notificarle por edicto, la sentencia N° 2021001052 de
las nueve horas treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil
veintiuno, que en lo conducente dice: Por tanto con fundamento en las razones
expuestas y con base en los artículos 51 y 52 de la Constitución Política,
artículos 11, 12, 13, 34 y 35 del Código de Familia, artículos 20 y 22 del Código
Civil, artículos 98 y 290 y siguientes del Código Procesal Civil, así como las
demás citas de derecho citadas, se rechazan las excepciones de falta de
derecho, falta de legitimación pasiva, falta de legitimación activa, la
genérica de sine actione agit
y prescripción, y se declara con lugar la presente demanda, declarando la
inexistencia matrimonial y por consiguiente se decreta lo siguiente: 1. Se rechaza las excepciones de: Falta de
derecho, Falta de interés actual, Falta de legitimación, Falta de acción y
Prescripción. 2. Se declara la nulidad del matrimonio por ser simulado que une
a María Rosa Abarca Abarca, cédula de identidad
número 2-340-327, con Héctor Izquierdo Betancourt, de nacionalidad cubana,
documento de su país número B869133, tornando nuevamente las partes a su estado
primigenio de solteros. 3.- Proceda el Registro Civil a anotar al margen de las
citas de matrimonio de las partes, inscrito en el Registro de Matrimonios del
Partido de San José, al tomo 444, folio 127, asiento 254. 4. Comuníquese al
Registro Civil y a la Dirección General de Migración y Extranjería, para que se
anule trámite de naturalización o cualquier otro trámite migratorio que haya
presentado el demandado Héctor Izquierdo Betancourt, con base en el matrimonio
mencionado. 5. Costas: Se condena al pago de ambas costas de este proceso al
demandado Izquierdo Betancourt, y se resuelve sin especial condenatoria en
costas respecto de la demandada Abarca Abarca. 6.
Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por única vez en el Boletín
Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo
normativo supra citado. 7. Una vez firme, gírese los respectivos honorarios al
curador procesal, sin necesidad de resolución que así lo indique. La suma de
¢84.750, de la siguiente forma ¢75.000.00 + 13% ¢9.750 = total ¢84.750.00, por
concepto de honorarios de curadora procesal. 8.- Expídase la ejecutoria del
caso. 9.- Se les recuerda a las partes su derecho a recurrir esta decisión en
caso de inconformidad. Notifíquese. Nota: Publíquese este edicto por única vez
en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los
plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic.
Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590480
).
Se avisa que en este
Despacho Christian Enrique Campos Monge y Cindy
Lizbeth Solís Rodríguez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Luis Ismael Chavarría
Campos. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
21-000625-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 24 de setiembre
del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021590483 ).
Se avisa que en este
Despacho Daniela Fallas
Morales y Deiby Andrés Hernández Solís, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Luis Alejandro
Acosta Guevara. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
21-000312-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 22 de setiembre
del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez
Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590484 ).
Se avisa que en este Despacho Juan Andrés Ceciliano Altamirano y María Elena Fallas Duarte, solicitan se apruebe la Adopción Conjunta de la persona menor de edad Isabella Esperanza
Arias Cruz. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
20-000876-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 22 de setiembre
del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590485 ).
Se avisa a los señores Anthony
Alberto Sequeira Keer,
mayor, costarricense, portador
del documento de identidad
N° 1-1298-0749 y Lorin de Los Ángeles Sánchez Álvarez, mayor, costarricense,
portadora del documento de identidad N° 1-0951-0008; ambos de domicilio y de demás calidades desconocidas, representados por el curador procesal Licenciado Jorge Isaac De Jesús Solano Aguilar, que dentro
del proceso N° 19-000764-0673-NA de suspensión de patria potestad de
la persona menor de edad
Debony Alexa Sequeira Sánchez, establecido
por el Patronato Nacional
de la Infancia en contra de
Anthony Alberto Sequeira Keer
y Lorin De Los Ángeles
Sánchez Álvarez, existe resolución
dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las diez horas y veinticuatro minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: Se les concede el
plazo de diez días para que
se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal
Civil. Se les advierte a los accionados
que, si no contestan en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio
se les declarará rebelde y
se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos. Notifíquese. Lic. Juan José Alvarado Quirós, Juez.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 20 se setiembre del 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590486 ).
Se avisa a la señora Evelyn Patricia Durán
Jiménez, mayor de edad, cédula de identidad 1-1358-0417, de domicilio y demás
calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Roberto
María Ramon Montealegre Quijano, que en este despacho se dictó dentro del
expediente n°19-000694-0673-NA de Declaratoria Judicial de Abandono establecido
por el Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa
dice: sentencia N° 2021000337. Juzgado de Niñez Y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las seis horas
cuarenta y tres minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno.
Resultando: I.…, II.…, III.…, Considerando: I….Hechos
Probados…, II….Sobre el fondo:..., Por tanto: Con fundamento en las razones
dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y
siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y
concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de
declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Saúl
Rafael Durán Jiménez. Se extingue a su madre Evelyn Patricia Durán Jiménez, el
ejercicio de la patria potestad. Se ordena
mantener el depósito judicial de la persona menor de edad Saúl Rafael Duran
Jiménez con los señores Alejandra Durán Jiménez y Jorge Alejandro Badilla
Carvajal, debiendo apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase
esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, Provincia de
San José, al tomo dos mil trescientos dieciséis, folio ciento treinta y tres,
asiento doscientos sesenta y seis. Se resuelve sin especial condena en costas.
Publíquese el edicto respectivo.
Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de
setiembre 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021590487
).
Se avisa que en este
Despacho Víctor Hugo Alfaro Mora y Giselle del Carmen
Bonilla Hernández, solicitan se apruebe
la adopción conjunta de la
persona menor de edad Ian
Damián Burgos Quirós. Se concede a todos las personas
interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
21-000696-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del año 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza,
Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590488 ).
Se avisa que en este
Despacho Andrea del Carmen Espinoza Prado y Socorro Orlando del Carmen Durán Fernández, solicitan
se apruebe la Adopción Conjunta de la persona menor de edad Camila Adriana Aguilera Morales. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo
de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
21-000553-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 17 de setiembre
del año 2021.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021590512 ).
Se avisa, a Irma María Ortega Rocha, mayor, nicaragüense, portadora
del pasaporte N° C01896073,
de domicilio y de demás calidades desconocidas, representados por la curadora procesal licenciada Rosa Lidia del Carmen
Villalobos Retana, se le hace
saber que existe proceso N°
19-000447-0673-NA de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad: Ethan Todd Dupuis Ortega, establecido
por el Patronato Nacional
de la Infancia en contra de
Irma María Ortega Rocha, que en resolución
dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las quince horas y cuarenta minutos del veintiuno de enero del dos mil veinte, que en lo conducente dice: Se le
concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a
la demandada que, si no contesta en el
plazo dicho, el proceso seguirá
su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto
a los hechos. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia de
San José, 28 de setiembre del 2021.—MSc. Milagro
Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(IN2021590513).
Licenciada Karol Vindas
Calderón, Jueza del Juzgado
Segundo de Familia de San José, a Francisco de Paula López López,
en su carácter
personal, quien es mayor, casado,
No indica, de paradero desconocido,
cédula PC219476, se le hace saber que en demanda Abreviado,
establecida por Antonia Petrona
Narváez Palacios contra Francisco de Paula López López, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Segundo
de Familia de San José, a las quince horas cuarenta y
siete minutos del cuatro de agosto de dos mil veintiuno. De la anterior Demanda
Abreviada de Divorcio, promovida por la señora Antonia Petrona Narváez Palacios se confiere traslado a la accionada(o) Francisco de Paula López López
por el plazo perentorio de diez días, para que
en la persona de su curador procesal Ilse María
González Meléndez que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
N° 78-07 celebrada el 18 de
octubre 2007, artículo LV,
se les solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar
de residencia. De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 262 del Código Procesal,
se ordena la publicación de
la presente resolución en el Boletín
Judicial, La Gaceta, de forma electrónica y gratuita.—Juzgado Segundo de
Familia de San José.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021590518 ).
MSc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a Joani José Urbina Sánchez, en su carácter
personal, quien es mayor, demás
calidades desconocidas, se
le hace saber que en demanda abreviado de suspensión de patria potestad número 19-001822-0292-FA, establecida
por Cindy Geannina Díaz Padilla contra Joani
José Urbina Sánchez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a
las quince horas nueve minutos
del cinco de agosto del dos
mil veintiuno. De la anterior demanda
abreviada de suspensión de
patria potestad, establecida
por el accionante Cindy Geannina Díaz Padilla, se confiere traslado
al accionado Joani José
Urbina Sánchez, en la persona de su
curador procesal, Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; de este
Circuito Judicial. Se le previene
a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, sesión N° 78-07 celebrada
el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo. b) sexo. c) fecha
de nacimiento. d) profesión
u oficio. e) si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) número de cédula. h) lugar
de residencia. Notifíquese la presente
resolución a la parte accionada al medio señalado por su curadora procesal,
Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado. Asimismo, al tenor del
ordinal 263 del Código Procesal Civil de 1989, vigente en materia
de familia, se ordena la publicación de la presente resolución en el
Boletín Judicial, a través
del edicto correspondiente. Msc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—(IN2021590520).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
proceso de cambio de nombre promovido por Plácida del
Rosario Espinoza Vásquez, mayor, soltera, oficios domésticos, documento de identidad N°
0900780851, vecino(a) de Heredia, Sarapiquí,
Horquetas, Río Frío, Finca Seis, correo
electrónico: bufetesalas@gmail.com, en el cual
pretende cambiarse el nombre a Rosario Espinoza
Vásquez mismos apellidos.
Se concede el plazo de
quince días a cualquier persona interesada
para que se presenten al proceso
a hacer valer sus derechos.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente
N° 21-000052-1309-CI-1.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Sarapiquí
(Materia Civil), 19 de agosto del 2021.—Lic. José Alfredo Sánchez
González, Juez/a Tramitador/a.—1
vez.—(IN2021590654).
Ante esta notaría y en cumplimiento
del artículo 25 del Código de Familia comparecen los señores Luis
Alberto Sandoval Molina, 39 años, comerciante,
portador de la cédula de identidad
número 801000554, nacido en Nicaragua, vecino de San José,
Barrio Cristo Rey, calle 16, avenida
32, hijo de María Yolanda Sandoval Molina, nicaragüense, y Darwin José Iglesias Hurtado, 35 años, cajero, portador
del pasaporte número
C02009060, nacido en
Nicaragua, vecino de Alajuela, San Antonio del Tejar, Residencias Málaga San Antonio, apartamento
30-201, hijo de Juana Isabel Hurtado González, nicaragüense y Óscar Iglesias Munguía, nicaragüense;
quienes manifiestan que desean contraer matrimonio. Quien tenga oposición a dicha unión, debe hacerlo saber a esta notaría con oficina en San José, Santa Ana, Piedades,
Residencial Montaña Luna, casa siete.—San José, Santa Ana,
a las 11 horas del 06 del mes de octubre
del año 2021.—Lic. Ricardo
Fernando Mora Zúñiga, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021590514 ).
Ha comparecido a este despacho solicitando contraer Matrimonio Civil, Dayani del Carmen Baldelomar
Bustos, mayor, divorciada, ama de casa, pasaporte número C01270137, vecina de Sardinal de Carrillo, Obandito del cruce de Artola 400 al este casa de madera sin pintar, hija Estebana del Carmen Bustos
Ceras y de Santos Jesús Baldelomar Mercado, nacida en Nicaragua, el 05/05/1980, con 41 años de edad y Gerald Fabian Gutiérrez Valdes, mayor, soltero, mantenimiento, cédula de
identidad número
0503250644, vecino de Sardinal de Carrillo,
Obandito del cruce de Artola 400 al este casa de madera sin pintar, hijo de María Elia Valdés Acevedo y Manuel Antonio
Gutiérrez Mora, nacido en
Centro, Liberia, Guanacaste, Costa Rica, el
17/12/1981, actualmente con 39 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este despacho
dentro de los ocho días, siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente. N° 21-000363-0776-FA. El señor Gerald Fabian Gutiérrez Valdés puede
ser localizado al teléfono
8651-29-30.—Juzgado
de Familia de Santa Cruz, Santa Cruz, 27 de setiembre
del año 2021.—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—
(IN2021590519).
Ante la Notaría de Katherine Chaves Alpízar, Notaria Pública con oficina en Sarchí
Norte, costado norte de la iglesia católica, comparecen: Nazarena del Carmen
Chong Ortega, mayor, divorciada una vez, estadística, vecina de San José, Santa Ana, Pozos,
Condominio Q, casa número cinco, Dimex: 159100314136, de nacionalidad panameña, hija de Sebastián Chong Sánchez y Otilda
María Ortega Herrera, ambos de nacionalidad panameña y Amparito María Chavarría Alvarado, mayor, soltera,
psicóloga, vecina de la misma dirección de la primera, costarricense, cédula número: 110650275, hija de
Emanuel Chavarría Vargas y Ana María Alvarado
Castillo, ambos de nacionalidad costarricense.
En cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, quien
tenga oposición a dicha unión, debe hacerlo saber a esta Notaría, en el
plazo de ley.—Sarchí, 04 de octubre del 2021.—Licda. Katherine Chaves Alpízar,
Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2021590532 ).
Se hace saber que en notaría de José Antonio Umanzor
Rodríguez, ubicada en San
José, Hatillo 3, calle 58, correo
lic_umanzor@botmail.com, fax 2214-5337 se tramita matrimonio de Hasser Bismarck
Rivas Guadamuz divorciado, pasaporte c02571050 y Juvelqui
Deyanira Urbina Lumbis, residencia 155819375031 ambos
nicaragüenses y vecinos de Patarrá de la Escuela Monge Guillén
1 km este; el cual se realizará a finales de octubre del 2021.—Lic. José Antonio Umanzor
Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—(IN2021590561).
La suscrita Laura María Méndez Porras, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, se le comunica a Juan Rigoberto Meza Peregrina, pasaporte N° 07040105685, nacionalidad:
mexicano, quien según el Registro
Público de Costa Rica es el
propietario registral del vehículo
marca: Kia, estilo: Bongo III,
placas de circulación
CL240542, por lo que deberá presentarse
ante la Fiscalía Adjunta
contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, ubicada en San José, Barrio
González Lahmann, edificio Tribunales de Justicia, segundo piso, a fin de manifestar su interés como
tercero interesado, bajo la
sumaria N° 11-002953-0059-PE, contra Ignorado, por el delito de Homicidio
Calificado, en perjuicio de Federico Alonso Débalos
y otro. De modo que, se procede
a comunicarle por medio de edicto
que se publicará tres veces en el
Boletín Judicial. Confeccionándose
el oficio de estilo.—Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos.—Licda. Laura María
Méndez Porras, Fiscal Auxiliar.—O. C. N°
364-12-2021B.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021590300 ). 3 v. 1.
Tribunal Penal de
Juicio del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur, Sede Corredores,
a las diez horas cuarenta y
cinco minutos del veinticuatro de setiembre del dos
mil veintiuno. De conformidad
con artículos 84 y 99 de la Ley Nº 7530 “Ley de Armas y Explosivos” y artículo 1º de la Ley Nº 6106 “Ley de Distribución
de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso
y su Reglamento”; se ordena notificar mediante edicto en el Diario
Oficial, por única vez, que el arma
de fuego tipo revolver, marca: Rohm, modelo RG14S, calibre 22, serie Z117947, registrada a nombre del señor Víctor Miguel Gutiérrez Gutiérrez,
cédula de identidad 06-0087-0051, será
puesta a la orden del Departamento de Arsenal Nacional del Ministerio
de Seguridad Pública, al no
haber sido posible localizar a su propietario y habiendo transcurrido el plazo de tres
meses posteriores a
la firmeza de la sentencia
Nº 415-2020 de las quince horas con treinta minutos del dos de diciembre del
dos mil veinte, sin haberse
presentado gestión de devolución a cargo del legítimo propietario. En virtud de lo antes expuesto y de conformidad con la normativa aludida resulta procedente el comiso
y la donación de dicho bien
a favor del Estado. Procédase con el
comiso del arma de fuego decomisada en la causa penal Nº 18-000076-1262-PE seguida
en contra de Carlos Murillo Villalobos por el delito de portación
ilícita de arma permitida en perjuicio
de la seguridad pública. Notifíquese.—Tribunal
Penal de Juicio del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur, Sede Corredores.—Licda. Marianela Pessoa Rodríguez, Jueza de Flagrancia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021590516 ).