BOLETÍN JUDICIAL N° 201 DEL 19 DE OCTUBRE DEL 2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A
LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo
81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad número
21-019013-0007-CO que promueve Alcalde Municipal de Río Cuarto, se ha dictado la resolución que literalmente dice:
«Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las quince horas
uno minutos del seis de octubre
de dos mil veintiuno. /Se da curso
a la acción de inconstitucionalidad
interpuesta por José Miguel Jiménez Araya, cédula de identidad N° 2-0575-0334, en su condición de alcalde del cantón de Río Cuarto, contra la actualización
del Reglamento de Fraccionamiento
y Urbanizaciones aprobado mediante acuerdo de Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, tomado en sesión ordinaria
N° 6411, artículo II, inciso
2), celebrada el 24 de octubre de 2019; por estimarlo contrario a los artículos 21, 50,
89, 169 y 170 de la Constitución Política, el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, principios de no regresión, progresividad, razonabilidad, proporcionalidad y
autonomía municipal. Se confiere
audiencia por quince días al procurador General de la
República y al presidente de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. La norma se impugna en cuanto
establece variaciones sustanciales con relación al reglamento anterior en materia de fraccionamientos, tipos de usos de los predios, temas de manejo de aguas residuales, alcantarillados pluviales y sanitarios, tamaños de predios, alturas de edificaciones, porcentajes de coberturas de las construcciones, alineamientos, delimitación de cuadrantes, áreas de expansión de cuadrantes, vías públicas, cesión de áreas públicas y su mantenimiento, parcelas de cobertura boscosa, terrenos con pendiente, aprovechamiento de madera, movimientos de tierra, número de unidades habitacionales y otros temas propios de un plan regulador. Estima que la norma impugnada va más allá
del reglamento que deroga y
de esta forma se hace ordenamiento territorial y planificación
urbana para todo el país, mediante
un reglamento que aprueba
la Junta Directiva del INVU y que, en el caso
actual, al no requerir estudios
previos y aprobación de las
respectivas municipalidades,
se estarían violentando principios ambientales y de autonomía municipal. Además, en virtud de los estudios necesarios que ahora deben realizarse
para los planes reguladores y que son competencia de otros entes estatales, si anteriormente no se requerían tales estudios y el reglamento anterior es de
1982, casi 40 años, la provisionalidad del reglamento impugnado queda totalmente cuestionada. Aduce que es abundante la jurisprudencia de la Sala Constitucional
en relación con la necesidad de contar con los estudios previos para realizar planes reguladores o normas que planifiquen el uso del suelo,
que establecen el decreto N° 32967 del 2 de mayo de 2006 “Introducción
de la Variable Ambiental en los Planes Reguladores y cualquier otra Planificación de Uso del Suelo” y el acuerdo N° 4975 del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), que establece
la “Metodología General para la Elaboración
de los estudios Hidrogeológicos
para los Planes Reguladores”. En
este sentido, la Sala Constitucional ha sido contundente en los recientes votos N° 23743-20 y N°
11958-21 que declaran inconstitucional
el Decreto Ejecutivo N° 38334-PLAN-MINAE-MIVAH-MOPT-S-MOPT del 10 de marzo de 2014, por tal razón, considera que de la misma manera deviene
en inconstitucional el Reglamento de Fraccionamiento y Urbanizaciones aprobado mediante acuerdo de Junta Directiva del
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, tomado en sesión
ordinaria N° 6411, artículo
II, inciso 2), celebrada el 24 de octubre de 2019, al no haberse realizado previamente los estudios pertinentes para cada uno de los cantones del país donde sería aplicable
supletoria y provisionalmente.
En razón de esto, considera que el INVU violenta el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como infringe los principios de
no regresión, progresividad,
razonabilidad y proporcionalidad
tutelados por la Constitución
Política. Alega que, sobre
la reiterada violación a la
autonomía municipal por parte
del Estado costarricense en
materia de planificación urbana, la Sala Constitucional ha
sido categórica en cuanto a la competencia residual y provisional del Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo en materia de planificación urbana y que esta corresponde a los gobiernos
locales (voto N° 5305-93 de las 10:06 horas del 22 de
octubre de 1993). Reclama que la violación
de la autonomía municipal parte
de la mora en que han incurrido tanto el MINAE al no realizar la variable ambiental como SENARA al no realizar los estudios hidrogeológicos, para cada uno de los cantones del país, que permitan a las municipalidades realizar y aprobar los planes reguladores. Y
es que se ha partido, equivocadamente,
de que corresponde a las municipalidades
realizar los estudios ambientales e hidrogeológicos
para la realización de los planes reguladores,
cuando en la línea de lo que establece el artículo 28 de la Ley Orgánica del Ambiente sería a las instituciones citadas por su especialidad a las que les correspondería
realizarlos, sobre todo porque la necesidad de contar con los mismos nace de sus propias iniciativas y competencias, no imponiéndole a
las municipalidades la realización
de estas sino a esas instituciones por su especialización. Indica que el reglamento que se impugna por medio de esta acción no viene más que a dilatar una responsabilidad país, de las instituciones públicas involucradas y de las municipalidades
respectivas de cada cantón. Estima el accionante que se requiere de una pronta coordinación interinstitucional a
fin de que Costa Rica cuente con planes reguladores en todos los cantones, por lo que seguir utilizando el transitorio II de la Ley de Planificación Urbana para crear normativa de alcance nacional, sin tomar en consideración las particularidades de los territorios
cantonales, es una flagrante violación
de la autonomía municipal. Señala
que de acuerdo al transitorio
segundo de la Ley de Planificación
Urbana, en el año 1982 se aprobaron instrumentos de planificación urbana de manera temporal y
provisional para el Gran Área
Metropolitana y para el país, pero esa
temporalidad se convierte en definitiva, cuando contrario a buscar el cómo
resolver la ausencia de planes reguladores
en los cantones, se aprueba nueva normativa
que sustituye a la de 1982 con más
alcances que las anteriores,
entendido que son instrumentos
que al final de cuentas establecen
limitaciones a la propiedad,
lo que es reserva de Ley con la excepción
de los planes reguladores que constituyen
Ley material y que sí pueden
imponer ciertas limitaciones al derecho de propiedad.
Por todo lo anterior, solicita
que se declare inconstitucional y se anule el Reglamento
de Fraccionamiento y Urbanizaciones
aprobado mediante acuerdo de Junta Directiva del
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, tomado en sesión
ordinaria N° 6411, artículo
II, inciso 2), celebrada el 24 de octubre de 2019, y se ordene al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) realizar lo establecido en el decreto
N° 32967 del 2 de mayo de 2006 “Introducción de la
Variable Ambiental en los Planes Reguladores
y cualquier otra Planificación de Uso del Suelo” y al Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA) a ejecutar el acuerdo
N° 4975 que establece la “Metodología
General para la Elaboración de los estudio Hidrogeológicos para los
Planes Reguladores”; para lo cual
deberán realizar las respectivas coordinaciones con
las municipalidades del país,
de conformidad con el artículo 28 de la Ley Orgánica
del Ambiente. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
del accionante proviene del
del artículo 75, párrafo segundo, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, toda vez que interpone
esta acción en su condición
de alcalde del cantón de Río Cuarto, electo de manera popular, según resolución N° 1494-E11-2020
de las 14:30 horas del 27 de febrero de 2020 del
Tribunal Supremo de Elecciones, publicada
en La Gaceta N° 47
del 10 de marzo de 2020, así
como en su
condición personal por haber
un interés difuso en razón de la materia ambiental involucrada en esta acción. Agrega
que cuenta con autorización
del Concejo de Río Cuarto para accionar
en esta vía,
otorgada mediante acuerdo firme del artículo N° IV, acuerdo 05, de la
sesión ordinaria número 95-2021 del 26 de agosto
de 2021, transcrito en el oficio N° OF-CM-239-2021 de la
Secretaría del Concejo de
Río Cuarto. Publíquese por tres
veces consecutivas un aviso
en el Boletín
Judicial sobre la interposición
de la acción. Efectos jurídicos de la interposición de
la acción: la publicación prevista en el
numeral 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional tiene por objeto poner en
conocimiento de los tribunales
y los órganos que agotan la
vía administrativa, que la demanda de inconstitucionalidad
ha sido establecida, a efectos de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho pronunciamiento del caso.
De este precepto legal se extraen varias reglas. La primera, y quizás la más importante,
es que la interposición de una acción
de inconstitucionalidad no suspende
la eficacia y aplicabilidad
en general de las normas.
La segunda, es que solo se suspenden
los actos de aplicación de
las normas impugnadas por
las autoridades judiciales en los procesos incoados ante ellas, o por las administrativas, en los procedimientos tendientes a agotar la vía
administrativa, pero no su vigencia y aplicación
en general. La tercera es
que -en principio-, en los casos de acción directa (como ocurre
en la presente acción), no opera el efecto suspensivo de la interposición (véanse votos Nº 537-91, 2019-11633, así como resoluciones dictadas en los expedientes números 2019-11022,
19-006416 y 19-015543 del Tribunal Constitucional).
Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes
en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto
a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso,
los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con
los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. La contestación a la
audiencia conferida en esta resolución deberá ser presentada una única vez, utilizando
solo uno de los siguientes medios:
documentación física presentada directamente en la Secretaría de la Sala; el sistema de fax; documentación electrónica por
medio del Sistema de gestión en
línea; o bien, a la dirección
de correo electrónico
Informes-SC@poder-judicial.go.cr, la cual es correo exclusivo dedicado a la recepción de informes. En cualquiera
de los casos, la contestación
y demás documentos deberán indicar de manera expresa el número de expediente
al cual van dirigidos. La contestación que se rindan por medios electrónicos, deberá consignar la firma de la persona responsable
que lo suscribe, ya sea digitalizando el documento físico que contenga su firma,
o por medio de la firma digital, según
las disposiciones establecidas
en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, Nº 8454,
a efectos de acreditar la autenticidad de la gestión. Se advierte que los documentos generados electrónicamente o digitalizados
que se presenten por el
Sistema de Gestión en Línea o por el correo electrónico señalado, no deberán superar los 3 Megabytes. Notifíquese.
/Fernando Castillo Víquez, Presidente/.»
San José, 06 de octubre del 2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario
O.C. N°
364-12-2021B.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2021591241 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Carlos Alonso Rodríguez Delgado, quien portó la cédula de identidad 1 0999 0545 y falleció el día 26 de julio del 2021, promovido por United Facility Services Costa Rica Sociedad Anónima,
cédula jurídica número
3-101- 055923; se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-002157-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21- 002157-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de setiembre
del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.— (IN2021592549).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Salvador Grijalva Barascout,
documento de identidad número 132000141429, y falleció el día 17 de marzo del 2017, promovido por Ana Cecilia Ortuño
Durán, portadora de
la cédula de identidad número
1-0287-0703; se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-002141- 0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-002141- 0173-LA.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de setiembre
del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—(IN2021592550).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Alfonso Alvarado Brenes,
quien portó la cédula de identidad 01 0593 0439 y falleció
el día 07 de agosto 2021, promovido por Lilliam Jiménez Salazar, cédula de identidad 1 0535 0375; se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector privado bajo el número
21-001804-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001804-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de setiembre
del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.— ( IN2021592553 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Julio Cesar Hurtado Hurtado 0202610266, fallecido el 13 de noviembre del año 2004, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número
21-000019-1542-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000019-1542-LA. Por a
favor de Julio Cesar Hurtado Hurtado.—Juzgado Contravencional
de Matina (Materia Laboral), 21 de abril del año 2021.—Lic. Carlos Manrique
Martínez Durán, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021592869 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Luis Alberto Alvarado Quirós, cédula 1-0664-0100, fallecido
el 11 de agosto del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. bajo el número 21-002232-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N°21-002232-1178-LA. A favor de los causahabientes de Luis Alberto Alvarado Quirós, cédula 1-
0664-0100.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 28 de setiembre del año 2021.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021592871 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Julio César Hurtado Hurtado 0202610266,
fallecido el 13 de noviembre del año 2004, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 21-000019-
1542-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000019-1542-LA. Por a favor de Julio
César Hurtado Hurtado.—Juzgado Contravencional
de Matina (Materia Laboral), 21 de abril del año 2021.—Lic. Carlos Manrique
Martínez Durán, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(IN2021592918).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Luis Guillermo Murillo Rodríguez conocido como Luis Guillermo Rodríguez López, fallecido
el nueve de noviembre del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-000205-0694-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000205-0694-LA. Por a
favor de.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral),
16 de junio del año 2021.—Lic. Héctor Álvarez Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021592923 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Vera Nidia Mora Céspedes
0104490680, fallecida el 10
de noviembre del año 2020,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000056-1178- LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000056-1178- LA. Por a
favor de Vera Nidia Mora Céspedes.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 21 de enero del año 2021.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021592926 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Sergio Roberto Godínez
Monge, quien fue portador de la cédula de identidad
0111840134, mayor, soltero, agricultor,
vecino de San Marcos de Tarrazú,
fallecido el 25 de noviembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público, bajo el número 21-000034-1453-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000034-1453-LA. promovido por Nydia Rosa Monge Flores y Sergio Godínez Campos.—Juzgado Contravencional
de Tarrazú, Dota y León Cortés (Materia Laboral),
09 de octubre del año
2021.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(IN2021592948).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Jorge Juan de Dios Carballo Espinoza cédula 501660597, fallecido
el 17 de julio del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-000098-1584-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000098-1584-LA. Por
Mercedes Dávila García a favor de Jorge Juan de Dios
Carballo Espinoza.—Juzgado
Contravencional de Carrillo (Materia Laboral), 06
de octubre del año 2021.—Licda. Amadita Barrantes Delgado, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021592957 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alberto Montiel García 0502240917, fallecido el 01 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-000084-1085-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000084-1085-LA. Promovido por Cristina Gomez Mendoza a favor de Alberto
Montiel García.—Juzgado
Civil y Trabajo de Golfito (Materia Laboral), 05
de octubre del año 2021.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021592975 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de cinco millones novecientos noventa y cuatro mil trescientos colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito anotada al Tomo: 0800, Asiento: 00604921 y Secuencia:
001; sáquese a remate el vehículo placas BNZ540, marca: Hyundai, estilo: Elantra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014,
color: plateado, Vin: KMHDG41LBEU884221, cilindrada: 1600 c.c., N° motor:
L4FADU094151. Para tal efecto
se señalan las ocho horas cuarenta minutos del veinticinco de noviembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cuarenta minutos del siete de diciembre del dos mil veintiuno con la base de cuatro millones cuatrocientos noventa y cinco mil setecientos veinticinco colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta minutos del dieciséis de diciembre del dos
mil veintiuno con la base de un millón
cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos setenta y cinco colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Eduardo Amaral González Rodríguez,
Rolando Francisco Muñoz Vargas. Expediente N°
21-009117-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de julio
del 2021.—Licda. Heilim María Badilla
Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2021593176 ).
En este
Despacho, con una base de ciento
cuarenta y ocho mil doscientos veintisiete dólares con sesenta y cuatro centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
334-04023-01-0900-001, serv de agua ref: 00233775 000
citas: 368-16791-01-0004-001, servidumbre
dominante citas:
405-15333-01-0911-001; sáquese a remate la finca del partido de la provincia: Alajuela
finca: 339146 duplicado: horizontal: derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza:
lote 20 terreno para construir. Situada en el distrito
5-Guácima, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Linderos: al norte,
Los Reyes S. A.; al sur, calle pública con un frente
de 28,57 metros; al este, lote
19; y al oeste, calle prevista, Los Reyes S. A. Mide:
mil quinientos veintinueve
metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del dieciocho de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas quince minutos del veintisiete
de julio del dos mil veintidós
con la base de ciento once mil ciento
setenta dólares con setenta y tres centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del diez de agosto del dos mil veintidós con la base de treinta
y siete mil cincuenta y
seis dólares con noventa y
un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Norma Elena Boza Handal.
Expediente N° 21-007488-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y uno minutos del veintiuno de setiembre del dos
mil veintiuno.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2021593185
).
En este Despacho,
con una base de trece mil ochocientos
cuarenta y un dólares con treinta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: ZZZ247, Marca:
Kia, estilo: Soul, Categoría: automóvil, Capacidad:
5 personas, Serie, Chasis y Vin: KNAJP811BJ7455332, año: 2017, carrocería: todo
terreno 4 puertas, color: azul, tracción: 4x2. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta minutos del cinco de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta minutos del quince de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de diez mil trescientos
ochenta y un dólares con cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veintiuno, con la base de tres
mil cuatrocientos sesenta dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Otniel Lozano
Tejada. Expediente N° 20-007731-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de junio del 2021.—Licda. Tatiana
Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2021593230 ).
En este Despacho,
1) Libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones según citas: 0365-00013578-01
0963-001, y con una base de seis millones trescientos treinta mil trescientos treinta y nueve colones con dieciocho céntimos (primer
remate) en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita
en el Registro
Público, Partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 199087-000, la cual es Terreno de Solar con el número uno. Situada en el distrito:
02-La Virgen, cantón: 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Isidro Quesada Rojas, al sur, Río
San Gerardo; al este, Isidro Quesada Rojas; y al oeste,
servidumbre de paso con un ancho de tres metros y una distancia de treinta y siete metros con dieciocho centímetros lineales. Mide: quinientos setenta y siete metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados, para lo cual se señalan las once horas cero minutos
del veintiséis de noviembre
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del siete
de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
setecientos cuarenta y siete mil setecientos cincuenta y cuatro colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del dieciséis de diciembre
de dos mil veintiuno, con la base de un millón quinientos ochenta y dos mil quinientos ochenta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos (25% de la base
original). 2) Libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando reservas restricciones según citas:
0365-00013578-01-0963-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso según citas: 2009-00079224-01-0001-001, y con
la base de cuatro millones doscientos veinte mil doscientos veintiséis colones con doce céntimos en el
mejor postor remataré lo siguiente finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, matrícula número 235764-000 la cual es terreno de solar. Situada en el distrito:
02-La Virgen, cantón: 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Isidro Quesada Rojas; al sur, calle pública con un frente a calle de 10 metros lineales; al este, Isidro Quesada Rojas; y al oeste,
Pedro Enrique Acevedo Navarro. Mide: trescientos ochenta y cuatro metros cuadrados con cero decímetros cuadrados, para lo cual se señalan las once horas
cero minutos del veintiséis
de noviembre del dos mil veintiuno
(primer remate). De no haber postores,
para el segundo remate, se señalan las once horas cero minutos
del siete de diciembre del
dos mil veintiuno, con la base de tres
millones ciento sesenta y cinco mil ciento sesenta y nueve colones con cincuenta y nueve céntimos ( 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para la tercera subasta se señalan las once horas cero minutos
del dieciséis de diciembre
del dos mil veintiuno, con la base de un millón cincuenta y cinco mil cincuenta y seis colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Daniel Acevedo Blandón. Expediente
N° 16-035971-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Primera, 12 de octubre del 2021.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—(
IN2021593269 ).
En este Despacho,
con una base de veintiún millones
setecientos noventa y cuatro mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
297-12156-01-0929-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número doscientos once mil seiscientos cuarenta, derecho
cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada: en el
distrito 2-Santa Cecilia, cantón
10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Inversiones Guanaranja S. A.; al
sur, calle pública; al este,
Fabiola Velásquez
Rodríguez, y al oeste,
Fernando Álvarez Oporta. Mide: doscientos
sesenta y un metros cuadrados.
Plano: G-1814845-2015. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del doce de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veinte de enero del dos mil veintidós, con la base de dieciséis
millones trescientos cuarenta y cinco mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós, con
la base de cinco millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores
R.L. contra Félix Danelia Álvarez
Rojas, Julio Félix Guzmán González. Expediente N°
21-002065-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y seis minutos del seis
de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021593280 ).
En este
Despacho, con una base de cuatro
millones ciento cincuenta mil doscientos veintinueve colones con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas:
897803, Marca: Chevrolet, Estilo: Cruze
LS, Categoría: automóvil capacidad:
5 personas, Serie: KL1PJ5C50BK165951, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número chasis:
KL1PJ5C50BK165951, año de fabricación: 2011, color: rojo, Vin: KL1PJ5C50BK165951, N° Motor:
F18D4177755KA, cilindrada: 1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del tres de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de tres millones
ciento doce mil seiscientos setenta y dos colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos
mil veintiuno, con la base de un millón
treinta y siete mil quinientos cincuenta y siete colones con cuarenta y seis céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Josué Chavarría
Cedeño. Expediente N° 20-013473-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 09 de setiembre del 2021.—Licda. Pilar Gómez
Marín, Jueza Tramitadora.—(
IN2021593316 ).
En este Despacho,
con una base de catorce mil setecientos
ochenta y dos dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: BKY835, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: blanco,
vin: KMHCT41BEHU131712, cilindrada: 1400 cc,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las nueve horas cero minutos del uno
de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno,
con la base de once mil ochenta y siete
dólares con cuatro centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil veintiuno, con la base de tres
mil seiscientos noventa y cinco dólares con sesenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J Sociedad Anónima contra
Armando Oporta Alban, Shalimar Paola Hines Cavallini. Expediente:
19-017898-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 01 de octubre del 2021.—Sabina Hidalgo
Ruiz, Jueza Tramitadora.—(IN2021593317).
En este
Despacho, con una base de catorce
mil novecientos treinta y cuatro dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BLT816.
Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del dos de noviembre de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del diez de noviembre de
dos mil veintiuno con la base de once mil doscientos un dólares con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de cuatro mil ochocientos
dieciséis dólares con veinte centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Automotors JACJ S.A., contra Fabián Andrés Alvarado Zúñiga, expediente N° 20-000965-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con veinticuatro minutos del veinticuatro de setiembre del dos
mil veintiuno.—Eileen Chaves Mora, Juez/a Tramitador/a.—(IN2021593318).
En este
Despacho, con una base de catorce
mil sesenta y cuatro dólares con nueve centavos, libre
de gravámenes prendarios,
libre de gravámenes pero soportando tomo 2018 asiento
681319 001 (traspaso de un bien mueble);
sáquese a remate el vehículo DKJ710, marca, Hyundai, estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color azul, carrocería todo terreno 4 puertas, tracción 4x2, chasis y vin
KMHJT81EAEU901643. Para tal efecto
se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veintiuno con la base de diez mil
quinientos cuarenta y ocho dólares con siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos
mil veintiuno con la base de tres
mil quinientos dieciséis dólares con dos centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A contra Luis Diego
Sandoval Pereira, expediente N° 19-015600-1170-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 30 de setiembre del año 2021.—Eida Virginia Madrigal
Camacho, Juez/a Decisor/a.—(IN2021593319).
En este Despacho,
con una base de dos mil trece dólares
con ochenta centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: 716559, marca: Mazda, estilo: Mazda2, carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, N° Chasis: JM7DE10Y180100494, N° motor:
ZY409395, cilindrada: 1500 c.c,
capacidad: 5 personas, color: azul,
año fabricación: 2008. Para
tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós,
con la base de mil quinientos diez
dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós,
con la base de quinientos tres
dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S.A contra María Emilia Venegas Céspedes.
Expediente N° 21-005783-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2021.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2021593320 ).
En este
Despacho, con una base de diez
mil ochocientos siete dólares con ochenta centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa BFL751; marca: Peugeot; VIN: VF3WC5FSODE000987; capacidad:
5 personas; color: blanco; año:
2014. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del uno de noviembre de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
nueve de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de ocho
mil ciento cinco dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de dos mil setecientos un dólar con noventa y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Andrall Rafael Rojas Ureña. Expediente: 19-011172-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 30 de setiembre
del año 2021.—Lic. Luis
Salas Muñoz, Juez/a Tramitador/a.—(IN2021593321).
En este Despacho,
con una base de siete mil setecientos
treinta dólares con sesenta y tres centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BDY 334, Marca:
Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría:
automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCT41BAEU505741, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número Chasis: KMHCT41BAEU505741, año fabricación: 2014, color: azul,
Vin: KMHCT41BAEU505741, N° Motor: G4LCDU062826, cilindrada:
1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del
seis de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de cinco mil setecientos
noventa y siete dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de mil novecientos treinta
y dos dólares con sesenta y
cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra de Jairo Barrantes Castillo. Expediente N°
20-013765-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 23 de setiembre del 2021.—Licda. Pilar Gómez
Marín, Jueza Tramitadora.—(
IN2021593325 ).
En este
Despacho, con una base de diecinueve
millones doscientos diez mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: JLR046, Toyota
Fortuner, color blanco, año
2017, chasis: 8AJDA8FSXH0770626, 7 personas, N° motor: 1GDG018362, marca: Toyota, cilindrada: 2800
c.c., cilindros: 4, potencia:
130 KW, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos
mil veintiuno con la base de catorce
millones cuatrocientos siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos
mil veintiuno con la base de cuatro
millones ochocientos dos
mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Juan Luis López Rosales. Expediente N° 20-000683-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: trece horas con veinte minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2021593326
).
En este Despacho,
con una base de veinte mil doscientos
treinta y un dólares con setenta y cuatro centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas: BTM721, Marca:
Suzuki, Estilo: Baleno GLX,
Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería:
sedán 4 puertas hatchback, tracción: 4x2,
año fabricación: 2020,
color: gris, Vin: MBHWB52S9LG399335, N. Motor:
K14BN4143303, cilindrada: 1400 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas veinte minutos del once de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas veinte minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós, con la base de quince mil ciento
setenta y tres dólares con ochenta centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas veinte minutos del primero de marzo de
dos mil veintidós. con la base de cinco
mil cincuenta y siete dólares con noventa y tres centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S.A. contra Viviana
Priscilla Sánchez González, expediente N°
21-009265-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del año 2021.—Licda. Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2021593327 ).
En este Despacho,
con una base de once mil ocho dólares
con ochenta y cinco
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas: BMC313, Marca:
BYD, Estilo: F3 GS I MT, Categoría:
automóvil,
capacidad: 5 personas, año:
2017, color: negro, combustible: gasolina, cilindrada: 1500 c.c., Motor N° BYD473QE216079959. Para tal efecto se señalan
las diez horas quince minutos
del ocho de marzo de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas quince minutos del dieciséis
de marzo de dos mil veintidós,
con la base de ocho mil doscientos
cincuenta y seis dólares
con sesenta y tres centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós, con la base de dos mil setecientos
cincuenta y dos dólares con
veintiún centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A., contra Sharol Melissa López
Rodríguez. Expediente
N° 21-006057-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 05 de octubre del 2021.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza.—(
IN2021593328 ).
En este Despacho,
con una base de tres mil cuatrocientos
ochenta y tres dólares con noventa y un
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando colisión bajo la sumaria
07-006309-0174-TR con Boleta Nº 2017315700201 del Juzgado de Transito del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese
a remate el vehículo Placa: BBL910, Marca: CMC, Categoría:
automóvil, Estilo: Z7, capacidad: 7 personas, tracción:
4x2, año: 2012, color: negro, Vin: RKMAS47L3CY026036,
cilindrada: 2400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas con cuarenta minutos del dos de marzo del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas con cuarenta minutos
del diez de marzo del dos
mil veintidós, con la base de dos mil seiscientos doce dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas con cuarenta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintidós, con la base de ochocientos
setenta dólares con noventa y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos de S J S. A. contra Cacime
Auditores Financieros Asociados Sociedad Anónima y
Carlos Enrique Valverde Godínez. Expediente
N° 20-006693-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de setiembre del 2021.—Licda. María
Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2021593330 ).
En este
Despacho, con una base de cinco
millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: NCH026, marca: Kia, estilo: Río, carrocería:
Sedan 4 puertas, número chasis: KNADN412BH6028806, N° motor:
G4FAGS050156, cilindrada: 1396 c.c., capacidad: 5 personas, color: negro, año
fabricación: 2017. Para tal
efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinte de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de enero de dos mil veintidós con la
base de cuatro millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del siete de febrero de dos mil veintidós con la base de un millón
cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Sebastián Castro Hernández. Expediente N° 21-000128-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del año 2021.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—(
IN2021593332 ).
En este Despacho, con una
base de veintiocho mil seiscientos setenta y dos dólares con treinta y ocho centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BTZ534,
marca: Chery, estilo: Tiggo 7, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, color: gris,
tracción: 4x2, vin: LVVDB21BXMD010479, Nº Motor: SQRE4T15BATKM00072, cilindrada: 1500 c.c.,
cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce
horas veinte minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas veinte
minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de
veintiún mil quinientos cuatro dólares con veintiocho centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas veinte minutos del nueve de diciembre de dos mil veintiuno, con
la base de siete mil ciento sesenta y ocho dólares con nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S.A contra
Maricela Elimara Tercero Vásquez. Expediente N° 21-008255-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07
de setiembre del año 2021.—Licda. Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza
Decisora.—( IN2021593333 ).
En este Despacho judicial y,
con una base de diez millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil trescientos
cuarenta y un colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones, citas: 322-10713-01-0904-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 170.470-000, la
cual es naturaleza: terreno para construir. situada en el distrito 7- Arenal,
cantón 8-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona
catastrada. Linderos: norte, calle pública de 17 mts
con 56 cms lineales, sur, Odilie
Nelly Elizondo Agüero, este, Ólger López Zamora y
oeste, Odilie Nelly Elizondo Agüero. Mide: mil
quinientos setenta y tres metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados.
Plano: G-1221040-2008. Identificador predial: 508070170470. Para tal efecto, se
señalan las diez horas del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del treinta de
noviembre de dos mil veintiuno, con la base de siete millones ochocientos
cuarenta y cuatro mil quinientos seis colones con cinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas del diez de diciembre de dos mil veintiuno, con la base de dos
millones seiscientos catorce mil ochocientos treinta y cinco colones con
treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días hábiles de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en el proceso de
ejecución hipotecaria, establecido por la Comisión Nacional de Préstamos para
la Educación contra Deneiz Torres Elizondo y Yenda de los Ángeles Rodríguez Torres. Expediente:
18-014117-1164- CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), hora y fecha de emisión: quince
horas con quince minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic.
Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2021593352 ).
Al ser las nueve horas del veintiséis de enero de dos mil veintidós (09:00am del 26/01/2022), en
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria bajo las citas
2017-00802693-01-0001-001 y las condiciones anotadas bajo las citas
0367-00006818-01-0942-001; con la base de setenta millones ochocientos doce mil setecientos nueve colones con doce céntimos (¢ 70. 812.709,
12), en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita
en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, matricula número
00230303-000, la cual se describe como
un terreno pastos con apartos, Situada en el Distrito: Upala, Cantón: Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda al norte:
Calle pública,
al sur: Río Chimurria, al este:
Ricardo Fallas Granados, al oeste:
Gerardo Solórzano Barrantes. Mide:
ciento ochenta y siete mil quinientos treinta y nueve metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate: Se señala a las nueve horas del tres de febrero del dos mil veintidós (09:00am del 03/02/2022), con la base de cincuenta y tres millones ciento nueve mil quinientos treinta y un colones con ochenta y cuatro céntimos (¢53.109.531,84) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas del catorce de febrero de dos mil veintidós
(09:00am del 14/02/2022), con la base de diecisiete millones setecientos tres mil ciento setenta y ocho colones (¢ 17. 703. 178°°) (un 25% de la base original). Se
remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Alexander Antonio Fallas
Mora, Ricardo Antonio Del Carmen Fallas Granados. Nota: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Expediente: 19-000054-0298-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
Segundo Circuito Judicial Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 07 de octubre del año 2021.—Lic. Armando Guevara
Rodríguez, Juez.—O. C Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-AJ.—( IN2021593367 ).
En este Despacho,
con una base de dos millones novecientos
cuarenta y seis mil quinientos
cuarenta y dos colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas:
567862, marca: Toyota, estilo:
Corolla XE, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, serie: 9BR53ZEC208563549, N° chasis:
9BR53ZEC208563549, año fabricación:
2005, color: negro, vin: 9BR53ZEC208563549, N° motor: 1ZZ4339514, modelo:
ZZE122L-GEMNKG, cilindrada: 1794 C.C cilindros: 4 potencia:,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las ocho horas cuarenta minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta minutos del quince de noviembre de dos mil veintiuno,
con la base de dos millones doscientos
nueve mil novecientos seis colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta minutos del veintitrés de noviembre de dos
mil veintiuno, con la base de setecientos
treinta y seis mil seiscientos
treinta y cinco colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Sociedad Anónima
Finauto Saficar contra
Helmer Andrés Porras Guerrero. Expediente N° 21-008293-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de junio del 2021.—Jenny
María Corrales Torres, Jueza
Decisora.—(IN2021593390).
En este Despacho,
con una base de veintidós millones
doscientos cincuenta y dos
mil seiscientos noventa y
seis colones con cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 322-07291-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y tres, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para montaña y
potrero. Situada: en el distrito 3-Veintisiete Abril, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Clemente Campos Álvarez y Martín Ignacio Almenara
del Riva Agüero ambos en parte;
al sur, Inversiones Dirham del Este I.D.E. Sociedad Anónima; al este, calle pública con un frente de 127,48
metros, y al oeste, Clemente Campos Álvarez. Mide: setenta y cinco mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diez de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintidós, con la base de dieciséis
millones seiscientos ochenta y nueve mil quinientos veintidós colones con cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintidós,
con la base de cinco millones
quinientos sesenta y tres mil ciento setenta y cuatro colones con un céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
COOCIQUE R.L. contra Freddy Alberto Hidalgo Garro. Expediente N° 21-002487-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y dos minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2021593406
).
En este
Despacho, con una base de nueve
millones cuatrocientos noventa mil ochocientos noventa y un colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
392-18508-01-0920-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número trescientos noventa y dos mil quinientos doce, derecho cero cero cero, la cual es terreno de breñon. Situada: en el
distrito 5-San Pedro, cantón
19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Víctor
Umaña Beita; al sur, Misael
Portuguez Cordero; al este,
calle pública, y al oeste, Miguel Mena Umaña. Mide: seis mil cuatrocientos setenta y cinco metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del cuatro de noviembre del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del doce
de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de siete millones
ciento dieciocho mil ciento sesenta y ocho colones con cincuenta y un céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del veintidós
de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de dos millones trescientos
setenta y dos mil setecientos
veintidós colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Mauricio Araya Navarro. Expediente
N° 21-002797-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y dos minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno.—José
Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021593418 ).
En este Despacho,
con una base de seis millones ochocientos
cincuenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
noventa y dos mil seiscientos
noventa y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir una vivienda de interés social. Situada N° el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al noreste
INVU; al noroeste lote cincuenta y siete d; al sureste lote cincuenta
y nueve d y al suroeste
resto destinado a calle. Mide: ciento veintiséis
metros con cincuenta y un decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de cinco millones
ciento cuarenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil veintiuno con la base de un millón
setecientos trece mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Jairo Josué
Chaves Masis, William Francisco López Loria. Expediente N° 21-004040-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, hora y fecha de emisión:
catorce horas con veinte minutos del dos mil veintiuno dieciséis de junio del dos mil veintiuno.—Luis
Carrillo Gómez, Jueza Decisor.—(IN2021593424).
En este Despacho,
con una base de seis millones trescientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando restricciones Reg. Art. 18, Ley N° 2825 citas:
526-10638-01-0048-001, reservas Ley Forestal citas:
526-10638-01-0067-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 526-10638-01-0086-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y dos, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada: en el
distrito: 01-San Isidro de El General, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Luis Enrique Mata Mora; al sur, Luis
Enrique Mata Mora; al este, calle
pública,
y al oeste, Luis Enrique Mata Mora. Mide: doscientos diez metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones setecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de un millón quinientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Karen Gabriela Segura Mora. Expediente N° 21-002959-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: once horas con doce minutos del once de octubre del
dos mil veintiuno.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2021593425 ).
En este Despacho,
con una base de dieciséis millones
novecientos cincuenta y
seis mil colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208
Sist. Financiero de Vivienda citas:
2014-274590-01-0003-001; sáquese a remate la finca
del Partido de Cartago, matrícula N° 241695-001, 002,
la cual es terreno naturaleza: lote N.4-F, terreno para construir. Situada en el
distrito: 05-Agua Caliente (San Francisco), cantón: 01-Cartago de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte:
alameda 7; al sur: lote 22-F; al este:
lote 5-F; y al oeste: lote 3-F.- Mide: setenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del doce
de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veintidós de noviembre
de dos mil veintiuno, con la base de doce millones setecientos
diecisiete mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del dos de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
doscientos treinta y nueve mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alejandro Antonio Retana
Vega, Rosa Argentina Zapata Díaz. Expediente número 20-013537-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 22 de setiembre
del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021593426 ).
En este Despacho,
con una base de quinientos treinta
y tres mil novecientos setenta y ocho dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 351-17235-01-0900-001, 357-17376-01-0900-001,
357-17376-01-0901-001, 357-17376-01-0902-001, 357-17376-01-0903-001 y servidumbre de paso citas
470-19010-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos treinta y siete mil trescientos ochenta y uno,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito:
01-Escazú, cantón: 02-Escazú, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública y Condominio Monte Sol; al sur, lote
dos de Condominio Residencial
La Arboleda S.A.; al este, lote dos de Condominio Residencial La Arboleda S.A. y calle pública y al oeste, Hacienda Palmares S.A., Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamos.
Mide: dos mil trescientos ochenta y seis metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós con la
base de cuatrocientos mil cuatrocientos
ochenta y tres dólares con cincuenta centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós con la base de ciento treinta y tres mil cuatrocientos noventa y cuatro dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Rojo Vino RVP Plata Sociedad Anónima
contra Condominio Residencial
La Arboleda Sociedad Anónima,
expediente N° 20-004767-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 31 de agosto del año 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—(
IN2021593434 ).
En este
Despacho, Con una base de veinte
mil ochocientos setenta y tres dólares con sesenta y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
228939 - 000, la cual es terreno
para construir. Situada en el Distrito Ángeles, Cantón San Rafael, de la
provincia de Heredia. Colinda:
al norte resto de María Emilia Cordero Vargas; al sur
calle pública; al este callejón de acceso y María Emilia Cordero Vargas y al oeste resto de María Emilia Cordero Vargas. Mide: doscientos ocho metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veintidós
de febrero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del dos de marzo de dos mil veintidós
con la base de quince mil seiscientos cincuenta y cinco dólares con veinticuatro centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del diez
de marzo de dos mil veintidós
con la base de cinco mil doscientos
dieciocho dólares con cuarenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de
(Banco Crédito Agrícola de
Cartago) Banco de Costa Rica contra Juan Carlos Vargas Leal, Kattia Susana Cordero Vargas. Expediente:18-005101-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: quince horas con ocho
minutos del siete de octubre del dos mil veintiuno.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2021593447
).
En este
Despacho, con una base de siete
millones quinientos cuarenta y un mil quinientos nueve colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo GMG983, marca: KIA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: azul,
Vin: KNADN412AH6053755 N° motor: G4FAGS079943, marca: KIA, cilindrada: 1396 c.c cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos
del cinco de noviembre del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas cero minutos del quince de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
seiscientos cincuenta y
seis mil ciento treinta y
dos colones con veintinueve
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del veintitrés de noviembre
del dos mil veintiuno, con la base de un millón ochocientos ochenta y cinco mil trescientos setenta y siete colones con cuarenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Gravin Martin Garita Araya. Expediente N°
18-006978-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 17 de marzo
del 2021.—Licda. María Emilia Rojas Rodríguez,
Jueza Tramitadora.—( IN2021593465 ).
En este Despacho,
con una base de cuarenta millones
cuatrocientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y dos colones con siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
seiscientos diecisiete mil doscientos seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 2-San Rafael, cantón 11-Vásquez de Coronado, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Martha Aguilar García; al sur, Sonia
Leticia Garita Aguilar; al este,
Rodolfo Coronado Lizano, Sonia Garita
Aguilar, y al oeste, Vera Garita
Aguilar. Mide: trescientos diez metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de treinta millones
trescientos treinta y dos
mil ochocientos catorce colones con cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de diez millones
ciento diez mil novecientos treinta y ocho colones con dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra Sonia Leticia Garita Aguilar. Expediente N° 17-001337-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecinueve horas con cuarenta y
seis minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—M.Sc.
Angie Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2021593471 ).
En este
Despacho, con una base de veinticinco
millones seiscientos ocho mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: FKJ307, marca: Ford, estilo: Explorer, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: 1FM5K8DH0HGA64701, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x4, año: 2017. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del doce de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de diecinueve millones
doscientos seis mil colones
exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del primero de diciembre
del dos mil veintiuno, con la base de seis millones cuatrocientos dos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados Dos Pinos contra Pedro
José Guzmán Bravo. Expediente
N° 21-001177-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 04 de marzo
del 2021.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2021593526 ).
En este
Despacho, con una base de cuatro
mil doscientos sesenta y
seis dólares con treinta y
seis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones N° de sumaria 17-000720-0359-PE/ N° de boleta
201796100263; sáquese a remate el
vehículo placa: BCB532, marca: Suzuki, estilo: Swift GL,
Vin: JS2ZC82S3C6109328, color: gris, año: 2012. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dos
de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de tres mil ciento
noventa y nueve dólares con setenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno
con la base de mil sesenta y seis dólares
con cincuenta y nueve
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Stephanie Navarro Salguero. Expediente N°
18-005718-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
09 de agosto del 2021.—Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2021593527 ).
En este
Despacho, con una base de ochenta
y siete mil quinientos cincuenta y cuatro dólares con cincuenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
cuatrocientos ocho mil novecientos quince, derecho 003 Y 004, la cual es terreno para construir Lote 133F. Situada en el
distrito Patalillo, cantón Vázquez de Coronado, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Lote 117F; al este, Lote 132F; y al oeste, Lote 134F. Mide: ciento sesenta
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cincuenta minutos del uno de diciembre de dos mil veintiuno
con la base de sesenta y cinco
mil seiscientos sesenta y cinco dólares con ochenta y nueve centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cincuenta minutos del diez de diciembre de dos mil veintiuno
con la base de veintiún mil ochocientos
ochenta y ocho dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Elizabeth Núñez
Pupo, José
Antonio López Toirac. Expediente N° 20-002312-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de julio del año 2021.—Heilim María
Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—(IN2021593529).
En este
Despacho, con una base de diez
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 215541-000, la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación.
Situada en el distrito Hospital, cantón San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Mabel Ruiz Rojas; al sur, calle
pública
con 3 metros; al este, Virginia Meléndez
Masís; y
al oeste, Sandra Salas García. Mide: ochenta y tres metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del uno
de marzo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince
minutos del nueve de marzo del dos mil veintidós con
la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Finsa S. A. contra Guillermo Mora Quirós,
Yamilet Navarro Bermúdez.
Expediente N° 21-006025-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 29 de setiembre del
2021.—Paula Morales González, Jueza
Decisora.—( IN2021593532 ).
En este despacho,
con una base de catorce mil treinta
y un dólares con cincuenta
y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
FFB242, marca: Nissan, estilo:
QASHQAI, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, Serie / Chasis
/ VIN: SJNFBNJ11GA543877, carrocería: Todo Terreno 4 puertas, tracción: 4x4, año fabricación: 2016, color: bronce, N. Motor: MR20388071W, cilindrada:
2000 c.c, combustible: Gasolina.
Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del once de enero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del diecinueve de enero de dos mil veintidós con la base de diez mil
quinientos veintitrés dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintidós con la base de tres mil
quinientos siete dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda Costa Rica S.A contra Andrés Gerardo
Fernandez Zamora. Expediente:21-008637-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 15 de julio del año 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2021593539 ).
En este Despacho,
con una base de ciento dos mil ochenta
y seis dólares con noventa
y siete centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
303-21885-01-0901-003; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 198955-000, la cual es lote 66, terreno para construir. Situada: en el distrito
San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, terreno destinado a calle pública de
27.68 metros; al sur, lote 50, lote
51 y lote 52; al este, terreno destinado a calle pública con 9.23 metros, y al oeste,
lote 65. Mide: trescientos cincuenta metros con catorce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintiséis
de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de setenta y seis mil quinientos
sesenta y cinco dólares con veintitrés centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del siete de diciembre del dos mil veintiuno, con la base de veinticinco
mil quinientos veintiún dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra
3-101-585066 Sociedad Anónima, Pablo Antonio Loáiciga Vásquez. Expediente
N° 19-014326-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 07 de setiembre del 2021.—Lic. Roberth Yocsander Abarca Picado, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021593551 ).
A las quince horas del tres de noviembre de dos mil veintiuno
(03:00pm del 03/11/2021), en la puerta
exterior del local que ocupa este
Juzgado, al mejor postor, por la suma de treinta y siete millones novecientos veinticinco mil cuatrocientos nueve colones con noventa y dos céntimos (¢37.925.409,92), libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones inscritas bajo las citas: 235-01600-01-0910-001,
380-13093-01-0900-001, 380-13093-01-0901-001,
380-13093-01-0902- 001,380-13093-01-0903-001, 380-13093-01-0904-001,
380-13093-01-0905-001, 380-13093-01-0906-001, 380-13093-01-0907-001,
380-13093-01-0908-001; remataré el
inmueble dado en garantía, sea: Partido de Alajuela, matrícula
número trescientos veintisiete mil ciento veintiocho-cero cero cero
(2-327128-000), que es terreno dedicado
a la agricultura lote 7, sito en el
Distrito 1, Upala, Cantón
13, Upala de la Provincia
de Alajuela, lindante al norte:
Lote 6; al sur: Lote 8; al este: calle pública;
y al oeste: Enrique Olivas Ruiz; el
cual mide cuarenta y un mil cuatrocientos treinta y cuatro metros con trece decímetros cuadrados, según plano Nº A-0441743-1997, propiedad
del demandado Nelson Fletes
Villalta. En caso de resultar fracasado el primer remate, para
la segunda subasta y con la
rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma
de veintiocho millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil cincuenta y siete colones con cuarenta y cuatro céntimos (¢28.444.057,44), se señalan
las quince horas del once de noviembre de dos mil veintiuno (03:00 pm. del 11/11/2021). En
la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco
por ciento de la base original, o se la suma de nueve millones
cuatrocientos ochenta y un
mil trescientos cincuenta y
dos colones con cuarenta y ocho céntimos (¢9.481.352,48), se
señalan las quince horas del veintidós
de noviembre de dos mil veintiuno
(03:00pm del 22/11/2021). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Nelson
Felipe Fletes Villalta. Nota: Publíquese por dos veces consecutivas en el Boletín
Judicial. Expediente: 20-007725-1202-CJ.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Agraria), 07 de octubre
del año 2021.—Lic. Armando
Guevara Rodríguez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021593595 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; al ser las nueve horas del doce de enero del dos mil veintidós
(09:00 am del 12/01/2022), y con la base de tres millones novecientos treinta y ocho mil colones (¢3.938.000,00), en el mejor postor
remataré lo siguiente soportando hipoteca en segundo grado,
bajo las citas 2014-146388-01-0001-001; finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 412240-000, la cual es terreno para construir. Situada en Bijagua
el distrito: Bijagua, cantón Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
Cristian Alfredo Brenes López; al sur, Edgar Hernán Brees Chavarría;
al este, calle pública; y al oeste, Edgar Hernán Brees Chavarría.
Mide: cuatrocientos veinte metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinte de enero del dos mil veintidós
(09:00 am del 20/01/2022), con la base de dos millones
novecientos cincuenta y tres mil quinientos colones (¢2.953.500) (rebajada en un veintiséis de enero de dos mil veintidós (09:00
am del 26/01/2022) con la base de novecientos ochenta y cuatro mil quinientos colones (¢984.500) (un
veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Abelardo Brenes Chavarría. Expediente N° 20-000027-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Sede Upala
(Materia Agraria), 21 de setiembre
de 2021.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-AJ.—(
IN2021593575 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes sáquese a remate la
finca hipotecada inscrita en Registro Público
Inmobiliario, Partido de Alajuela, matrícula N°
299126-000, a las trece horas y treinta
minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno
(01:30 p.m. del 17/11/2021), y con la base de catorce
millones doscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones con veinticuatro céntimos
(¢14.245.455,24), en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro
Público, Partido de Alajuela, que se describe como naturaleza terreno para agricultura y ganadería lote 2, con una casa de
habitación, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
N° 299126-000. Situada en el
distrito Upala, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, José Antonio Reyes Calero; al sur, Juana
Calero Calero, Tito Somarrivas;
al este, Quebrada Puente Negro, y al oeste, calle pública
con un frente de 119, 79 metros lineales.
Mide: ochenta y tres mil ochocientos sesenta y siete metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados, según plano A-0600890-1985. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del
primero de diciembre del dos mil veintiuno
(9:00 a.m. del 01/12/2021), con la base de diez millones seiscientos ochenta y cuatro mil noventa y un colones con cuarenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las trece horas del quince de diciembre
del dos mil veintiuno (1:30 pm del 15/12/2021) con la
base de tres millones quinientos sesenta y un mil trescientos sesenta y tres colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Antonio Reyes Calero. Expediente N° 21-000027-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 28 de setiembre del
2021.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-AJ.—(
IN2021593594 ).
En este Despacho,
con una base de doce millones
treinta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
400-09709-01-0886-002, reservas y restricciones
citas: 400-09709-01-0909-002, reservas
y restricciones citas:
400-09709-01-0993-002, servidumbre de paso citas: 2016-801188-03-0002-001, servidumbre
de paso citas: 2017-279799-01-0002-001, servidumbre de paso citas:
2017-470741-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2018-232567-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento sesenta y ocho mil quinientos sesenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de solar. Situada
en el distrito
04-Roxana, cantón 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, resto reservado de Félix Leitón Monestel,
al sur, Vilma Miranda Sandoval y resto reservado de Félix Leitón Monestel;
al este, servidumbre de
paso con 12.99 metros; y al oeste, Bayron Leitón Miranda. Mide: trescientos treinta y cuatro metros cuadrados. plano L-1983346-2017. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del ocho
de diciembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del diecisiete de diciembre
del dos mil veintiuno con la base de nueve millones veintisiete mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del diez
de enero del dos mil veintidós
con la base de tres millones
nueve mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Katherine Sequeira Ríos. Expediente
N° 20-004628-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí,
08 de octubre del 2021.—Eida
Virginia Madrigal Camacho, Jueza Decisora.—(
IN2021593603 ).
En este Despacho,
con una base de doce millones
setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número cuatrocientos cincuenta y ocho mil ochocientos noventa y cinco cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito: 08-Ángeles, cantón: 02-San Ramón, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Mauricio y Alejandro Rodríguez Herrera; al sur, calle
pública con 20 metros; al este
Mauricio y Alejandro Rodríguez Herrera, y al oeste, Lote N°
3. Mide: mil cien metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del doce de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintidós
de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de nueve millones
quinientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del uno de diciembre del
dos mil veintiuno, con la base de tres
millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Elizabeth Delgado Herrera contra Alfonso Gerardo Jiménez Vega. Expediente N° 21-001151-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 11 de agosto del 2021.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021593605 ).
En este Despacho,
con una base de catorce mil seiscientos
setenta y un dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito bajo las citas al tomo 0800, asiento 00696176, consecutivo 001 y al tomo 0800, asiento 00739846, consecutivo 001; sáquese a remate
el vehículo placa:
BQR962, marca: Toyota, estilo:
ETIOS, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, tracción:
4x2, año fabricación: 2018,
Color: blanco, VIN: 9BRB29BT1J2184121, cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintiuno con la base de once mil tres
dólares con cincuenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veintiuno con la base de tres mil
seiscientos sesenta y siete dólares con ochenta y seis centavos (25% de la base original). NOTAS:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del Edicto
a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día
para proceder con la respectiva
corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.-
Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Bac San Jose Sociedad Anónima contra Fernando Hermida
Portillo, Orbin Ayax
Martínez Moncada. Expediente:20-003473-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de octubre del año 2021.—Cinthia Sáenz Valerio, Jueza Decisora.—( IN2021593606 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y nueve
millones seiscientos cuarenta y nueve mil novecientos catorce colones con ochenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
379-17803-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos cuarenta y siete mil novecientos treinta-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito
San Juan, cantón San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con 12m 87cm; al sur, Amalia Ulate,
al este, Agencias Jiménez Mora San Ramón S. A.; y al oeste, calle pública con 10m 87cm. Mide: ciento sesenta metros con setenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del once de enero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil veintidós con la base de veintinueve
millones setecientos treinta y siete mil cuatrocientos treinta y seis colones con doce céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós con
la base de nueve millones novecientos doce mil cuatrocientos setenta y ocho colones con setenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados del INA (ASEMINA) contra María Gabriela Chacón Arguedas. Expediente
N° 19-012898-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela
(San Ramón), 15 de setiembre del 2021.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza Decisora.—(IN2021593642).
En este
Despacho, con una base de diez
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 462805-000, la cual
es terreno de agriculturas
con una casa de habitación.
Situada: en el distrito: 06-Pital, cantón: 10-San
Carlos, cantón, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con una medida frente a ella
de 14 metros; sur, Frutex S. A.; este,
Aisen del Norte S. A.; oeste,
Jorge Aguilar Alpízar.
Mide: mil ciento catorce metros cuadrados. Plano:
A-1384599-2009. Para tal efecto,
se señalan las once horas cero minutos
del treinta de mayo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del siete de junio del dos
mil veintidós, con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del quince de junio del dos mil veintidós,
con la base de dos millones quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Marcianito Humano Sociedad Anónima contra Heidi Mariela
Aguilar Alpízar.
Expediente N° 21-002971-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y uno minutos del veintitrés de junio
del dos mil veintiuno.—Lic.
Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—(
IN2021593651 ).
En este Despacho,
con una base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos, soportando infracción sumaria
05-603223-489-TC, infracción sumaria
02-603487-494-TC, infracción sumaria
08-602029-0489-TC, sáquese a remate el vehículo placa
343861, marca KIA, estilo
Avella Delta, año 2000, color verde,
motor B5882528, chasis KNADB2222X6256992. Para tal efecto se señalan
las diez horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de novecientos
treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de trescientos doce
mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio dinerario de
Scotiabank de Costa Rica S.A contra Darleny Gaviria
Restrepo, Juan Fernando Eusse Gómez. Expediente N° 10-013399-1044-CJ. Previo
a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso
de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de octubre del 2021.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021593655 ).
En este Despacho,
con una base de seis millones quinientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de fiscalía Tomo 2019 Asiento 00050175 Secuencia
001; sáquese a remate el vehículo BQV260, marca: Toyota, estilo: Corolla, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie: 2T1BURHE0FC380831. Para tal
efecto se señalan las catorce horas quince minutos del dieciocho de noviembre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas quince minutos del treinta
de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de cuatro millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del nueve de diciembre de dos mil veintiuno con la base de un millón
seiscientos veinticinco mil
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gerardo Sequeira Calvo contra Renzo Giraldo.
Expediente:19-018751-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de octubre del año 2021.—María Karina Zúñiga
Cruz, Jueza Decisora.—(
IN2021593656 ).
En este Despacho,
con una base de nueve mil quinientos
veintiocho dólares con treinta y un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo GSJ195, Marca: Kia, Estilo:
Rio, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: KNADN412BH6010844, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: KNADN412BH6010844, año fabricación: 2017, color: café, Vin:
KNADN412BH6010844. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del trece de mayo del dos
mil veintidós con la base de siete
mil ciento cuarenta y seis dólares con veintitrés centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós,
con la base de dos mil trescientos ochenta y dos dólares con dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Rafael Ángel Alvarado Soto. Expediente N° 21-007319-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, Hora y fecha de emisión: diez horas con veinticuatro minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintiuno.—Licda.
German Valverde Vindas, Juez
Tramitador.—(
IN2021593663 ).
En este
Despacho, con una base de ocho
mil cuatrocientos sesenta y
dos dólares con noventa
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BGB888, marca: Mitsubishi, estilo:
Outlander, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, carrocería:
todo terreno 4 puertas,
tracción: 4x4, año fabricación: 2014, techo: techo alto, uso: particular, color: blanco,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas treinta minutos
del seis de junio del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta
minutos del catorce de junio del dos mil veintidós, con
la base de seis mil trescientos cuarenta
y siete dólares con dieciocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del veintidós de junio del dos mil veintidós, con
la base de dos mil ciento quince dólares
con setenta y tres centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Inversiones Cordero y
Zamora Sociedad Anónima, Mario Luis Cordero Zamora. Expediente N° 21-007312-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión:
catorce horas con catorce minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—(
IN2021593664 ).
En este
Despacho, con una base de veintiún
mil quinientos noventa y cinco dólares con noventa y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa BNM426, Marca: Suzuki, Estilo:
Vitara GLX Z, Categoría: automóvil,
Capacidad: 5 personas, Carrocería:
todo terreno 4 puertas, Tracción: 4x4. Año fabricación: 2017, uso: particular, color: gris, combustible: gasolina. Para
tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintiuno con la base de dieciséis
mil ciento noventa y seis dólares con noventa y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos
mil veintiuno, con la base de cinco
mil trescientos noventa y ocho dólares con noventa y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco LAFISE Sociedad Anónima contra Paula Verónica
Chen Rojas. Expediente N° 19-019254-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: nueve horas con doce minutos del siete de octubre del dos mil veintiuno.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2021593665 ).
En este
Despacho, con una base de cinco
millones cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: 643033, Marca: Mitsubishi, Estilo: Montero GLS, Año: 2007, Combustible: Diesel, Tracción: 4x4. Para tal efecto se señalan las siete horas treinta minutos del doce de enero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos ochenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil veintidós con la
base de un millón doscientos
sesenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio dinerario de José
Luis de la Trinidad Vargas Picado contra Nathanael D Yoder Des. Expediente N° 20-002701-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con doce minutos del doce de octubre del dos mil veintiuno.—Wendy Barrantes Rojas,
Jueza Tramitadora.—(
IN2021593669 ).
En este Despacho,
con una base de cuarenta y cuatro
millones cuatrocientos sesenta y siete mil ochocientos diecisiete colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0207-00004035-01-0902-001, citas:
0207-00004035-01-0915-001, citas:
0298-00014213-01-0927-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 515192-000, la cual es terreno de Pastos. Situada en el
Distrito 01 Santiago, Cantón 04 Puriscal,
de la Provincia de San José. Colinda:
al norte calle pública; al
sur Amigos Ticos S. A.; al este Ana Isabel Reyes Mora
y al oeste MSI Raíces Puriscaleñas
S. A. Mide: mil doscientos cinco metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del seis de diciembre
de dos mil veintiuno con la base de treinta y tres millones trescientos cincuenta mil ochocientos sesenta y tres colones con treinta y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del quince de diciembre
de dos mil veintiuno con la base de once millones ciento dieciséis mil novecientos cincuenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Alejandro Mauricio Araya
Monge. Expediente:15-001756-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 24 de setiembre
del año 2021.—Licda. Pilar
Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021593690
).
En este
Despacho, con una base de ocho
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
290-04482-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos dieciséis mil quinientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación, lote
8, situada en el distrito: 05-San Pedro, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la Provincia de San José, linderos:
Norte: María Isabel Marín Acuña, sur: Johnny Corrales Angulo, este: calle pública, oeste:
Ada Hernández Campos. Mide: ciento
cincuenta y ocho metros con
setenta y cinco decímetros cuadrados,
plano:SJ-0548071-1999. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del quince de noviembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas cero minutos
del veintitrés de noviembre
de dos mil veintiuno, con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del
dos de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de dos millones de colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Juan
Francisco Menjivar Hernández, María Anneth Mora Vega. Expediente:21-003029-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y seis minutos del veintitrés de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2021593714 ).
En este Despacho, con una
base de cinco millones seiscientos setenta y siete mil quinientos dieciséis
colones con setenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 95558, derecho 000,
la cual es terreno para construir con una casa de habitación situada en el
distrito 1-Filadelfia cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, Clara María Pizarro Angulo, sur, Abigail Espinoza Méndez,
este, Clara María Pizarro Angulo y oeste, calle pública con 15 metros de
frente. Mide: quinientos veintinueve metros con ocho decímetros cuadrados.
Plano: G-0307906-1996. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero
minutos del cuatro de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del doce de
noviembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones doscientos
cincuenta y ocho mil ciento treinta y siete colones con cincuenta y tres
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de noviembre de
dos mil veintiuno con la base de un millón cuatrocientos diecinueve mil
trescientos setenta y nueve colones con dieciocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de
Préstamos Para La Educación (CONAPE) contra Ana Virginia Fuentes Pizarro, Luis
Rodolfo Miranda Fuentes. Expediente N°
20-004407-1763-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión:
nueve horas con diez minutos del dos de setiembre del dos mil veintiuno.—Hannia
Isabel Núñez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2021593725 ).
En este Despacho,
con una base de dieciséis millones
ochocientos sesenta y seis
mil setecientos treinta y siete colones con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.:
2857-003-001, bajo las citas
0325-00001255-01-0957-001, servidumbre trasladada, bajo las citas
0325-00001255-01-0959-001; sáquese a remate la finca
del Partido de Cartago, matrícula N° 241053-000, la cual es naturaleza: terreno de charral y pastos. Situada en el distrito
(02) Santiago, cantón (02) Paraíso de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte: calle pública y callejón de acceso con 6.2
metros; al sur: calle pública y callejón
de acceso con 6.2 metros; al este:
Inversiones Villajoyosa S.
A.; y al oeste: Inversiones
Villajoyosa S. A. Mide: novecientos cincuenta metros con
cero decímetros cuadrados.
Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos
del veinticuatro de noviembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del siete
de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de doce millones
seiscientos cincuenta mil cincuenta y tres colones con cuarenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del dieciséis
de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
doscientos dieciséis mil seiscientos ochenta y cuatro colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro
Social contra Maricel García Enríquez. Expediente N°
20-010683-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 30 de setiembre del 2021.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—(IN2021593756).
En este Despacho,
con una base de diez millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número treinta y dos mil doscientos ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno con un salón, un bar y un apartamento. Situada en el
distrito 04-Río Jiménez, cantón
06-Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Delegación Sta. Rosa; al este,
Julio Méndez; y al oeste,
calle pública. Mide: mil cuatrocientos setenta y seis metros con siete decímetros cuadrados, Plano:
L-0650002-1986. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veintiuno con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos
mil veintiuno con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Santobru S. A., Luis
Alberto Salazar Montero contra Inversiones Wittz S. A. Expediente N°
19-005273-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 30
de setiembre del año 2021.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza
Decisora.—( IN2021593759 ).
En este Despacho,
con una base de doce millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos, citas:
570-15583-01-0004-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Heredia, matrícula N° 203676, derecho 000,
la cual es terreno de solar
con una casa. Situada en el distrito 8-Pará, cantón 3-Santo
Domingo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: Inversiones Lamda S. A.; al sur: Inversiones Lamda S. A.; al este: Carretera Nacional San Miguel San Luis con 14,50
metros; y al oeste: Inversiones
Lamda S. A. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con ochenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cero minutos del tres de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de nueve millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cero minutos del trece de diciembre de dos mil veintiuno, con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
William Antonio Schmidt Vega contra Jorge Johnny de la T Benavides Mejías. Expediente N° 21-004402-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 19 de abril del 2021.—German Valverde
Vindas, Juez Tramitador.—(IN2021593761).
En este Despacho,
con una base de sesenta y cinco
mil dólares exactos, soportando servidumbre trasladada citas:
405-10070-01-0803-001, sáquese a remate la finca del
Partido de Heredia, matrícula N° 175199-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito 4-Ulloa, cantón
1-Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: lote 796; al sur: lote 794; al este: calle con 7.95 metros, y al
oeste: Real de Santamaria S. A. Mide:
ciento cincuenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos
mil veintiuno, con la base de cuarenta
y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del dos de diciembre de
dos mil veintiuno, con la base de dieciséis
mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Cabezas y Garita
Sociedad Anónima,
Manuel Antonio Zumbado Villalobos contra Eduardo Arce
Juárez. Expediente
N° 19-010506-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 12 de abril
del 2021.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza
Tramitadora.—( IN2021593764 ).
En este Despacho,
con una base de ciento quince mil cuatrocientos
setenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servids y obligfef: 00235434 00000234797 000 CITAS: 0351-
00014385-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos veintisiete mil seiscientos noventa y seis, derecho 000, la cual
es terreno con una casa. Situada
en el distrito
09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia
de San José. Colinda:
al norte Lillian Chinchilla Arias y Gonzalo Fernández
Echeverría; al sur calle pública; al este Carlos Castro
Harrigan y al oeste Helmer Marin Núñez. Mide: quinientos
siete metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del veinticuatro de noviembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del tres
de diciembre de dos mil veintiuno
con la base de ochenta y seis mil seiscientos
ocho dólares con noventa y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del catorce de diciembre de
dos mil veintiuno con la base de veintiocho
mil ochocientos sesenta y nueve dólares con sesenta y cuatro centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y Desarrollo Comunal contra 3-101-595005 Sociedad Anónima,
Babilonia Proyectos y Desarrollos Sociedad Anónima.
Expediente:19-007392-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 28 de setiembre del año 2021.—Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—( IN2021593766 ).
En la puerta exterior de este Despacho judicial y, con una
base de un millón noventa
mil ciento treinta y dos colones con setenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas:
257-00143-01-0901-001, sáquese a remate la finca del
Partido de Guanacaste, matrícula número
ciento veintiún mil seiscientos setenta y cinco derecho cero cero cero, la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
1-Cañas, cantón 6-Cañas de la provincia
de Guanacaste. Linderos: norte:
calle pública; sur: Alfredo Luna Centeno; este:
calle pública, oeste: Guadalupe Centeno
Centeno. Mide: ciento trece metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0188665-1994. Para tal
efecto, se señalan las diez horas del veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del
seis de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de ochocientos diecisiete
mil quinientos noventa y nueve colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del catorce de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de doscientos setenta
y dos mil quinientos treinta
y tres colones con dieciocho céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria, establecido por el Banco Popular
y de Desarrollo Comunal contra Roger Obando Santana. Expediente: 20-003720-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia).
Hora y fecha de emisión:
once horas con uno minutos del cinco
de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2021593767).
En este Despacho,
con una base de treinta y dos millones
trescientos cincuenta y siete mil ciento setenta y ocho colones con ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número 605216, derecho 000, la cual
es terreno lote 1 terreno de frutales. Situada: en el
distrito 1-San Pablo, cantón
16-Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle de servidumbre de paso de 4 m de ancho en
medio Berlilia Sandí Agüero y Olga Lidia Gómez Sandí; sur, lote 2; este, calle
pública;
oeste, Romelio Arias Hernández. Mide: tres mil novecientos treinta y dos metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos
mil veintiuno, con la base de veinticuatro
millones doscientos sesenta y siete mil ochocientos ochenta y tres colones con cincuenta y seis céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de ocho millones
ochenta y nueve mil doscientos noventa y cuatro colones con cincuenta y dos céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Romelio Arias Hernández.
Expediente N° 21-002057-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de setiembre del 2021.—Licda. Elia
Corina Marchena Fennell, Jueza.—( IN2021593768 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y tres
millones trescientos veintinueve mil seiscientos treinta y seis colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 401-13481-01-0938-001, medianería citas:
401-13481-01-0939-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Cartago, matrícula N° 139280-000, la cual es terreno L-20, N° 171 P/construir
con una casa. Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisc., cantón 1 de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte: I.N.V.U.; al sur: I.N.V.U.; al este: calle pública; y al oeste:
I.N.V.U. Mide: noventa y siete metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del veintitrés de noviembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del seis de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de veinticuatro millones
novecientos noventa y siete mil doscientos veintisiete colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del quince de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de ocho millones
trescientos treinta y dos
mil cuatrocientos nueve colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Bigberto Chávez
Acosta. Expediente N° 18-010070-1164-CJ .—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
24 de setiembre del 2021.—Lic.
Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—(
IN2021593769 ).
En este Despacho,
con una base de trescientos veintiocho
mil trescientos cuatro dólares con once centavos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada, citas: 264-04309-01-0003-001, servidumbre
trasladada citas:
264-04309-01-0004-001, servidumbre trasladada citas:
264-04309-01-0005-001, servidumbre de líneas eléctricas y
de paso citas: 446-19286-01-0001-001, servidumbre de paso, citas:
512-14742-01-0002-001, servidumbre de paso, citas: 512-14742-01-0004-001, servidumbre
de paso citas: 2010-97012-01-0006-001, servidumbre de paso, citas:
2010-124112-01-0117-001 y servidumbre de paso citas: 2010-124112-01-0117-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 227368-000, la cual es terreno lote 18 para construir. Situada: en el
distrito 5-Llanos de Santa Lucía, cantón 2-Paraíso, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Construcciones El Paraíso INC Empresa de R.J.; al este, Construcciones El Paraíso INC Empresa de
R.L., y al oeste, Construcciones
El Paraíso INC Empresa de
R.L. Mide: cinco mil setecientos veintiún metros cuadrados.
Plano: C-1410770-2010. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del primero de noviembre
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas cero minutos
del nueve de noviembre del
dos mil veintiuno, con la base de doscientos
cuarenta y seis mil doscientos
veintiocho dólares con ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de ochenta y dos mil setenta
y seis dólares con tres
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inmobiliaria NMNJK S. A., Russo Investments CR Limitada contra Construcciones El
Paraíso INC EIRL, Luis Randolfo
Pereira Mata, Seven Days S. A. Expediente N°
20-010019-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 08 de octubre del 2021.—Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021593777 ).
En este Despacho,
con una base de diecinueve mil quinientos
cuarenta dólares con cuarenta y siete centavos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 291-02231-01-0901-002, servidumbre
trasladada citas:
402-01405-01-0903-001, servidumbre trasladada citas:
402-01405-01-0904-001, sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número 17964 F, derecho 000, la cual
es terreno apartamento número uno de uso habitacional ya construido. Situada en el distrito:
03-Sanchez, cantón: 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común
jardín, bodega de transformadores
y caseta de guarda; al sur,
finca filial número
2; al este, zona común acceso peatonal y vehicular en medio finca filial número 8 y
al oeste, Ana Franco Calzia.
Mide: ciento cuarenta y un metros con sesenta
y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintiuno con la base de catorce
mil seiscientos cincuenta y
cinco dólares con treinta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diez de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro mil ochocientos
ochenta y cinco dólares con once centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) S.A. contra Ana Marcela
Segares Fernandez, Ana Victoria Domínguez Beeche. Expediente N°
21-009245-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de octubre del año 2021.—Licda. Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza
Decisora.—(
IN2021593819 ).
En este Despacho,
con una base de cinco mil ciento
treinta y dos dólares con noventa y cuatro centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BNC764, marca: Renault, categoría: automóvil, estilo: Duster, carrocería: todo terreno 4 puertas, año de fabricación: 2017, color: gris,
vin y número de chasis:
9FBHSR5BAJM727595, Nº motor: F4RE412C055309, cilindrada
2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las catorce horas cuarenta
y cinco minutos del uno de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno,
con la base de tres mil ochocientos
cuarenta y nueve dólares con setenta centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintiuno con la base de mil doscientos
ochenta y tres dólares con veintitrés centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A
contra Fernando Francisco García Merlo Expediente N°
21-002855-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 14 de marzo del 2021.—Sofía
Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—(IN2021593851).
En este
Despacho, con una base de ocho
mil cuatrocientos un dólares
con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, N° de Sumaria:
18-007133-0174-TR, número boleta:
201832790046, autoridad judicial: Juzgado
de Tránsito
del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese
a remate el vehículo
833224, marca: Toyota, estilo:
Land Cruiser Prado T, categoría: automóvil,
capacidad: 7 personas, serie:
JTEBH9FJ10K015306, N° chasis:
JTEBH9FJ10K015306, año fabricación:
2010, color: beige, Vin: JTEBH9FJ10K015306, N° motor: 1KD1995786, cilindrada:
3000 c.c, cilindros: 4,
combustible: diésel. Para tal
efecto se señalan las once
horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del uno de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de seis mil trescientos un dólares con veinticuatro centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas treinta minutos
del diez de diciembre del
dos mil veintiuno con la base de dos mil cien dólares con cuarenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A.
contra Ruth Del Socorro Fajardo Jarquín. Expediente N°
21-008945-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de julio del 2021.—Jenny María Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2021593852 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta
y nueve millones ochocientos noventa y ocho mil quinientos setenta y un colones con noventa céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 313-14204-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos diez mil seiscientos sesenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno repasto montaña. Situada en el
distrito 2-La Virgen, cantón
10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste, calle pública; al noroeste, Silvia Paniagua Calvo y Álvaro Paniagua Barquero; al sureste, Álvaro
Paniagua Barquero Lote 7
Vicente Miranda Bermúdez, y al suroeste,
Silvia Paniagua Calvo y Álvaro Paniagua Barquero. Mide: ciento cincuenta
mil setecientos cuarenta y tres metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil veintidós, con la base de treinta
y siete millones cuatrocientos veintitrés mil novecientos veintiocho colones con noventa y tres céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil veintidós, con
la base de doce millones cuatrocientos setenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y dos colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Rincón de Paraíso
de la Familia Curci Sociedad Anónima,
Wallace Maldonado Agüero. Expediente N°
21-006110-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: trece horas con
trece minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021593854
).
En este Despacho,
con una base de cincuenta y cinco
millones doscientos trece mil seiscientos treinta y siete colones con un céntimo, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. y condic. ref.: 3069-063-001 citas:
329-00928-01- 0901-001, serv. y condic. ref.: 3069-061-001 citas: 329-00928-01-0904-001, servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0002-001, servidumbre
sirviente citas: 338-13993-01-0006-001, servidumbre
dominante citas:
339-00515-01- 0019-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0020-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0021-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0022-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0023-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0024-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0025-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0026-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0027-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0028-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0029-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0030-001,
servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0031-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0032-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0033-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0034-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0035-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0036-001, servidumbre
dominante citas:
339-00515-01-0091-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0092-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0093-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0094-001,
servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0095-001, servidumbre
dominante citas:
339-00515-01-0096-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0097-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0098-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0099-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0100-001,
servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0101-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0102-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0103-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0104-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0105-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0106-001, servidumbre
sirviente citas: 339-00515-01-0107-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0108-001,
servid. y condicref.:
00201524 000 citas: 347-19046-01-0900-001, servidumbre
trasladada citas:
353-14628-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
403-15261-01-0920-001, condiciones ref.: 243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001, servidumbre
trasladada citas: 403-15261-01-0922-001, servidumbre
trasladada citas:
403-15261-01-0923-001, condiciones ref.: 245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001;
sáquese
a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número setenta y nueve mil ochocientos treinta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno Naturaleza: finca Filial
B seis cuatro, de una planta, destinada
a uso habitacional, ubicada en el
nivel seis del edificio B, en proceso de construcción. Situada
en el distrito:
08-San Rafael, cantón: 01-Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, área común libre
(patio); al sur: finca filial B seis tres; al este: área común libre zona verde;
y al oeste: acceso área común construida. Mide: ochenta y siete metros con noventa y nueve decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
quince minutos del diecisiete
de agosto de dos mil veintidós,
con la base de cuarenta y un millones
cuatrocientos diez mil doscientos veintisiete colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós, con la base de trece millones ochocientos tres mil cuatrocientos nueve colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio
Vertical Residencial Paso Real contra Credibanjo Sociedad Anónima. Expediente
N° 20-007117-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con treinta y tres minutos del ocho de octubre del dos mil veintiuno.—Licda. Elizabeth Rodríguez
Pereira, Jueza.—( IN2021593908 ).
En este Despacho,
con una base de cincuenta y dos millones
quinientos noventa y cuatro mil quinientos setenta y siete colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y condic ref: 3069-063-001 citas:
329-00928-01-0901-001, serv y condic ref:
3069-061-001, citas: 329-00928-01-0904-001, servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0002-001, servidumbre
sirviente citas:
338-13993-01-0006-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0019-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0020-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0021-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0022-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0023-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0024-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0025-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0026-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0027-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0028-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0029-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0030-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0031-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0032-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0033-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0034-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0035-001, servidumbre
sirviente citas:
339-00515-01-0036-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0091-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0092-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0093-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0094-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0095-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0096-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0097-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0098-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0099-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0100-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0101-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0102-001, servidumbre
sirviente citas:
339-00515-01-0103-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0104-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0105-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0106-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0107-001, servidumbre
sirviente citas:
339-00515-01-0108-001, servid y condic ref: 00201524 000 citas:
347-19046-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
353-14628-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
403-15261-01-0920-001, condiciones ref: 243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001, servidumbre
trasladada citas:
403-15261-01-0922-001, servidumbre trasladada citas:
403-15261-01-0923-001, condiciones ref: 245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 154264-F,
derecho 000, la cual es terreno
naturaleza: finca filial A-2-1: apartamento
2-1 en proceso de construcción,
de una planta destinado a uso
habitacional, ubicado en el nivel
2 del edificio A. Situada en el distrito
8-San Rafael, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, área común
libre (zona verde); al sur, acceso
área común construida; al este, finca filial A-2-2; y al oeste,
área común libre (zona verde). Mide: setenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós con
la base de treinta y nueve millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil novecientos treinta y dos colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós con
la base de trece millones ciento cuarenta y ocho mil seiscientos cuarenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Residencial Condominio Nueve-Diez contra Nilza Edith Torrens Cedeño. Expediente
N° 19-012838-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con cuarenta y seis minutos
del seis de octubre del dos mil veintiuno.—Manuel
Loría
Corrales, Juez Tramitador.—(
IN2021593909 ).
En este Despacho,
con una base de trescientos trece
dólares con cincuenta y siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa RVB212, Marca: Nissan, Xtrail,
año: 2013, color azul, Vin:
JN1TANT31Z0104584, Chasis: JN1TANT31Z0104584. Para tal efecto se señalan
las trece horas treinta minutos del catorce de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós, con la base de doscientos
treinta y cinco dólares con dieciocho centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del dos de marzo de dos
mil veintidós, con la base de setenta
y ocho dólares con treinta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Ramón Gustavo Valle Briceño. Expediente N° 21-001850-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz).
Hora y fecha de emisión: veintitrés horas con cuatro minutos del doce de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021593913
).
En este Despacho,
con una base de cinco millones
ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
BJZ089, marca: Suzuki, estilo:
Ciaz GLX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4x2, año fabricación: 2016, color: gris,
vin: MA3VC41S2GA168938, N°
motor: K14BN7104655, cilindrada: 1400 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince
minutos del tres de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del trece de diciembre del dos mil veintiuno,
con la base de un millón cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Luis Andrés Vílchez
Vargas. Expediente N° 18-008088-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 19 de abril
del 2021.—German Valverde Vindas, Juez
Tramitador.—( IN2021593925 ).
En este Despacho,
con una base de noventa y nueve
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida)
citas: 2015-02182-01-0016-001 sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 148206 derecho
000, la cual es terreno con
1 casa y 1 local comercial. Situada
en el distrito
San Juan, cantón Tibás, de
la provincia de San José. Colinda:
al norte, José Fernando Chavarría Ulloa; al sur, calle pública 8m 20cm; al este, Caridad
Azofeifa; y al oeste, calle pública con 14m 90cm. Mide: ciento cuarenta y seis metros con
cuarenta y siete decímetros cuadrados. Plano: SJ-0781015-1988. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cuarenta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta minutos del veinticinco de febrero del dos
mil veintidós con la base de setenta
y cuatro millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta minutos del siete de marzo del dos mil veintidós con la base de veinticuatro
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Alexander de los Ángeles Calderón
Muñoz. Expediente N° 21-012465-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San
José, 27 de agosto del 2021.—María del Carmen
Vargas González, Jueza Decisora.—(
IN2021593927 ).
En este Despacho,
con una base de once millones cuarenta
y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
297-06968-01-0901-001; servidumbre de paso citas: 571-93548-01-0011-001, 575-58724-01-0051-001,
575-58724-01-0052-001,
575-58724-01-0053-001, 575-58724-01-0054-001, 575-58724-01-0055-001, 575-58724-01-0056-001,
2009-145803-01-0002-001, 2009-162892-01-0002-001, 2009-162892-01-0017-001, 2009-162892-01-0018-001,
2009-162892-01-0019-001, 2009-162892-01-0020-001, 2010-105949-01-0002-001,
2011-139235-01-0003-001, 2012-376221-01-0001-001, 2012-376221-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
634208-000, la cual es naturaleza:
terreno de solar. Situada en el distrito
3 Vuelta de Jorco, cantón 6
Aserrí, de la provincia de
San José. Colinda: al norte,
calle pública con frente de 9m 98 cm; al sur, Katzi
S. A.; al este, Katzi S.
A.; y al oeste, Katzi S. A.
Mide: doscientos un metros cuadrados. Plano: SJ-1636644-2013. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del uno de abril
del dos mil veintidós con la base de ocho millones doscientos
ochenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós con
la base de dos millones setecientos
sesenta y un mil doscientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Nuria María Quesada Rojas. Expediente N° 20-013707-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
24 de setiembre del 2021.—Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—(IN2021593928).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000410-0388-CI, donde se promueve
información posesoria por parte de Kattia Francis Soto
Jaen, quien es mayor, soltera,
vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Veintisiete
de Abril, Los Ranchos, frente al costado
sur de la plaza, portadora de la cédula N°
0107250081, administradora de hogar,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
solar con una casa. Situada en
el distrito Veintisiete de Abril, cantón
Santa Cruz. Colinda: al norte:
con calle pública con un frente de 9 metros y 30 centímetros
lineales; al sur: con Luis Jaén
Jaén; al este: con Hilda Jaén Jaén; y al oeste: con Asociación de
Desarrollo Integral Los Ranchos. Mide: ciento ochenta y cuatro metros cuadrados con noventa y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir del plano catastrado: G-653778-2000,
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro
millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble del plano catastrado G-653778- 2000, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en Mantener el terreno debidamente
deslindado de los demás terrenos colindantes, mediante cercas con postes y alambre de púas, rondas, chapias periódicas, siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Kattia Francis Soto
Jaen. Expediente N° 21-000410-0388-CI-3.—Juzgado Civil de
Santa Cruz. Hora y fecha de emisión:
catorce horas con cuarenta
y dos minutos del treinta
de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021591304 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000351-0388-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Heilen Yaritza Dinarte López,
quien es mayor, soltera, vecina de Nicoya, Nambí, seiscientos metros norte de la
Dos Pinos, portadora de la
cédula número 0504060829, administradora
del hogar, y Paula López Rosales, quien es mayor,
soltera, vecina de
Alajuela, La Guácima, Urbanización
La Pradera, de la Iglesia Católica cien metros oeste, portadora de la cédula número 0502080659, administradora
del hogar; a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno de solar. Situada
en el distrito
noveno-Tamarindo, cantón tercero-Santa Cruz. Colinda: al norte con, Carmen Obando Angulo; al sur con, Ana María
Rosales Angulo; al este con, Ana María Rosales
Angulo; y al oeste con, calle
pública con un frente a ella
de 18.74 metros lineales. Mide:
trescientos cincuenta y dos
metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir con plano catastrado número G-2273202-2021, no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de tres millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el
terreno debidamente deslindado de los demás terrenos colindantes, mediante cercas con postes y alambre de púas, rondas, chapias periódicas, siembra de árboles frutales, tales como jocotes, cocos,
naranja y limón. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Heilen Yaritza Dinarte López.
Expediente N° 21-000351-0388-CI-0.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y tres minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno.—Natanael Sánchez
Guzmán, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021591307 ).
Se Hace Saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
19-000084-1143-CI donde se promueve
información posesoria por parte de José
Alfonso Fonseca Cortés, quien
es mayor, casado una vez, operario, portador de la cédula
de identidad dos quinientos
treinta y cinco setecientos ochenta y seis, vecino de Popoyoapa de San José
de Upala, Alajuela, de la escuela
quinientos metros al este,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca Terreno
para potrero, situada en Popoyoapa, distrito tres San José, cantón trece Upala de la provincia dos Alajuela, con los siguientes
linderos: norte, Ismenia Cortés Bado, Rosa Vega Cortés, Manuel Fonseca Cortés, sur, calle pública con un frente a ella de ciento siete con setenta y dos metros lineales, este, Silvio Castillo
Pérez, y servidumbre de paso e Ismenia
Cortés Bado, oeste, Antonio Cortés Bado, con una medida de nueve mil ochocientos sesenta y uno metros cuadrados, con plano catastrado A- dos cero tres tres tres nueve
ocho-dos mil dieciocho.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble el 13 de junio del 2011, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en cercarla, chapearla, mantenimiento de cercas y limpieza general del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por José
Alfonso Fonseca Cortés. Nota:
Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola. Expediente N° 19-000084-1143-CI-3.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Civil), 18 de julio del año 2021.—Luis Adrián Rojas Hernández, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2021591327 ).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000003-0699-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Grace de Los Ángeles Cordero Rojas, quien es
mayor, estado civil casada en primeras nupcias,
ama de casa, vecino de Higuito,
San Isidro, El Guarco, Cartago, portadora
de la cédula de identidad vigente
que exhibe número
3-273-598, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno de
potrero. Situado en el distrito: 2° San Isidro, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, con acequia; al sur, con servidumbre
y Egidio Cordero Rojas; al este, con servidumbre; y al oeste, Olman Cordero Rojas. Mide: mil quinientos ochenta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número C-2153944-2019. Indica la promovente
que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en
la suma de un millón de colones y las presentes
diligencias en la suma de doscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación
verbal de su madre Berta
Rojas Romero en el año dos mil, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueña por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en conservación y cuido del terreno, se realizó un lago artificial para
tilapias y plantación de yuca, plátano y malanga. Que no han inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho
a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por Grace de
Los Ángeles Cordero Rojas. Expediente N° 21-000003-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago,
Cartago, 03 de setiembre del 2021.—Lic. José Francisco
Chacón Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021591451 ).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N°21-
000080-0699-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Silvia Rosa Serrano Chaves, quien es mayor, casada una vez, vecina de Vásquez de
Coronado, San José, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe N°
1 0399 0712, oficios de hogar,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es. Situada en el distrito
Copey, cantón Dota, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, sur, y al este,
con calle pública, y al noroeste, Bernardo Serrano Chávez, y al suroeste,
servidumbre de paso. Mide: cuatro mil quinientos ochenta y tres metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número SJ-855885-2003. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
en la suma de cinco millones y las presentes diligencias en la suma de un millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y siembra. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. proceso
información posesoria, promovida por Silvia Rosa Serrano Chaves. Expediente N° 21-000080-0699-AG.—Juzgado Agrario de
Cartago. Cartago, 09 de setiembre del 2021.—Licda. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021591453 ).
Se hace saber que, ante este
Despacho se tramita el expediente N°
20-000135-0699-AG, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Clemencia Fonseca Barahona, quien
es mayor, estado civil soltera,
vecina Tobosi del Guarco de Cartago, portadora de
la cédula número 0302280727, profesión
peón agrícola, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de Cartago,
la cual es terreno potrero.
Situada en el distrito: 03-Tobosi, cantón: 08-El Guarco. Colinda: al norte con, Abraham
Barahona Alfaro, Graciela Barahona Masís, Eddi Alberto; al sur con, calle pública con un frente a ella
de 46 metros lineales; al este
con, Alberto Villegas Aguilera y Gilbert Roberto Montero Ortiz; y al oeste, con Avelino Ortega Ortiz, Ricardo José Ortega
Montero, Greivin Danil. Mide: cuatro mil ochocientos diecisiete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por compra en escritura
pública hace 37 años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en cuido, mejoras, puesta de cercas de alambre de púas y chapeado de maleza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Clemencia Fonseca Barahona. Expediente N° 20-000135-0699-AG-0.—Juzgado
Agrario de Cartago, 05 de octubre
del año 2021.—Licda. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021591454 ).
Se hace saber que, ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000097-0390-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de quien es mayor, estado civil, vecino de San José,
Calle Blancos, doscientos
metros al oeste del Bar Amigos, portador
de la cédula número: 01-0975-0969, profesión no indica, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito Paquera, cantón Puntarenas. Colinda: al norte con, María Celina Molina Zúñiga;
al sur con, María Celina Molina Zúñiga; al este con, calle pública; y al oeste con, María Celina Molina Zúñiga.
Mide: cuatrocientos treinta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres
millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantener el terreno debidamente
deslindado de los demás terrenos colindantes, mediante cercas con alambre de púas y carriles amplios y visibles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Juan Carlos Madriz Azofeifa.
Expediente N° 21-000097-0390-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)
(Materia Civil), hora y fecha de emisión: quince horas con veintiocho
minutos del diez de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. María Fernanda Hernández Marchena, Jueza.—1 vez.—( IN2021591597 ).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000345-0388-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Katherine Verónica Núñez Chavarría quien es mayor, estado civil soltera, vecina de
notificaciones@rcelegal.com, portador(a) de la cédula
número 0701770679, profesión
dato desconocido, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
Belén, cantón Santa Cruz. Colinda: al norte, con servidumbre de paso con un frente
a ella de 12,39 metros lineales; al sur, con Ligia Viales
Cabalceta; al este, con
Fernando Chavarría Marchena y al oeste,
con Johanna Chavarría Marchena. Mide:
doscientos sesenta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir catastrado número G-2204305-2020 no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de tres millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble catastrado número
G-2204305-2020, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en cercar la propiedad, limpieza de la misma y mantenimiento en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Katherine Verónica Núñez Chavarría, expediente N° 21-000345-0388-CI-4. Nota:
publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y dos minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Natanael Sánchez Guzmán, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021591653 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores y terceros interesados en el proceso sucesorio
notarial de quien en vida fue Hugo Antonio Sanchez
Quesada, casado una vez,
cédula de identidad 2-0226-0681, vecino
de San Ramón de Alajuela; para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos, bajo
el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0003-2021, ante la notaría
de la Licda. Silvia Castro Quesada, carné 15236 ubicada en la ciudad de San
Isidro de Pérez Zeledón, setenta
y cinco metros al este del
INS, edificio 2000.—San Isidro de Pérez Zeledón, 11 de octubre del 2021.—Licda. Silvia Castro
Quesada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021591622 ).
Se citan interesados
sucesión María Teresa Monge Fallas,
mayor, viuda una vez, pensionada, cédula identidad número 1-0209-0022, vecina de San
José, Concepción Abajo de Alajuelita, diagonal a la escuela contiguo a Mercadito
Verde, para que dentro plazo 15 días hábiles comparezcan hacer valer sus derechos ante Notaría ubicada San José, Curridabat, José María Zeledón de
gasolinera “El Ranchito” un kilómetro
norte, con el apercibimiento a los que crean tener derecho, que si no se presentan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesorio notarial Nº 0004-2021.—San José, 11 octubre 2021.—Óscar Eddy Trejos Monge,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021591632 ).
Se citan interesados sucesión Rubén
Rodríguez Rojas, mayor de edad, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número 1-0196-0024, vecino de San José, Concepción Abajo de Alajuelita,
diagonal a la escuela contiguo
a verdulería Mercadito Verde, para que dentro plazo 15 días hábiles comparezcan hacer valer sus derechos ante notaría ubicada San José, Curridabat,
José María Zeledón de gasolinera
“El Ranchito” un kilómetro norte,
con el apercibimiento a los
que crean tener derecho, que
si no se presentan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesorio notarial Nº
0005-2021.—San José, 11 octubre 2021.—Óscar Eddy Trejos Monge,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021591639 ).
Manuel Detrinidad
Gaitán, Notario Público, hace constar que está tramitando en su notaría la sucesión
de las señoras Zoila Rosa Zamora Campos y María
Andrea Zamora Campos. Se emplaza a los herederos e interesados para que,
dentro del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a mi oficina, situada en San José, Curridabat, ciento cincuenta metros oeste de Plaza
Cristal para hacer valer
sus derechos, bajo apercibimiento de que, si no lo hicieren, la herencia pasará a quien legalmente corresponda.—San
José, treinta de setiembre
de dos mil veintiuno.—Manuel Detrinidad
Gaitán, Notario Público.—1 vez.—( IN2021591665 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por Domitila Morun Villalobos, portadora de la
cédula de identidad
numero 5- 0082-0831. a las 8 horas del 246 de julio de 2021, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto
el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Aquiles Arnoldo de
Jesús Elizondo Porras, mayor, casado en primeras nupcias,
pensionado, portador de la cedula de identidad numero 6-0046-0863, vecino de Puntarenas centro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría del Lic.
Heidy María Rivera Campos, San Pedro Montes de Oca, de ferretería
el Mar 50 metros Sur. Teléfono
02253-0348.—Licda. Heidy
María Rivera Campos, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2021591668 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fuere Luis Gerardo Jiménez Salazar quien en vida
fuera casado una vez, pensionado, vecino de San
José, Goicoechea, Guadalupe, El Carmen, Lomas de
Tepeyac número uno, casa número
ochenta y uno, cédula de identidad
número uno- cero trescientos
cincuenta y ocho- cero novecientos sesenta y tres, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos
bajo apercibimiento de que si
no lo hacen dentro del término
indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente número
001-2021, sucesorio notarial testamentario
de Luis Gerardo Jiménez Salazar.—San José, once de octubre de 2021.—Diana Picado Vargas, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021591678 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Myriam Bravo Madrigal, mayor de edad, soltera, cedula uno-cero tres dos tres- cero cinco tres cuatro,
vecina de San José, Alajuelita,
Concepción Abajo, frente a Capilla
Santa Ana. Para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 002- 2021, correo electrónico wilescobar@hotmail.com.—Lic. Wilman
Yohalmo Escobar Escamilla, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021591683 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en el sucesorio
de Máximo Antonio Apuy
Sirias, cédula: 5-0173-0239; para que dentro del plazo
de 15 días, contados a partir
de la publicación del presente
edicto, comparezcan en mi oficina, sita en San José, Zapote, Quesada
Durán, calle 39, avenida
36, número 6, a reclamar
sus derechos; se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien por derecho corresponda. Expediente:
0006-2021 notaría del Licenciado
José Duarte Sibaja celular.
83-80-29-59.—Lic. José
Duarte Sibaja., Notario Público.—1
vez.—(IN2021591687).
Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de María de Jesús
Madrigal Salas, cédula: 5-0079-0030; para que, dentro del plazo
de 15 días, contados a partir
de la publicación del presente
edicto, comparezcan en mi oficina, sita en San José, Zapote, Quesada
Durán, calle 39, avenida
36, número 6, a reclamar
sus derechos; se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien por derecho corresponda, celular.
83-80-29-59. Expediente: 0007-2021.—Lic. José Duarte Sibaja, Notario Público.—1 vez.—( IN2021591688 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Francisco Dueñas Estrada, mayor de edad, ecuatoriano, soltero, pasaporte ecuatoriano número siete nueve
dos seis tres nueve siete cero, para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría
a hacer valer sus derechos,
y se percibe a los que crean
tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001- 2021. Notaría de
Federico Rucavado Luque,
San José, San José, Mata Redonda, Sabana Norte, Edificio Business Center, piso once.—San José, tres de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Federico Rucavado Luque, Notario Público.—1
vez.—( IN2021591711 ).
Se cita y emplaza a
los todos los herederos, acreedores, e interesados en general en la Sucesión de quien en vida fue
la señora: Cecilia Molina Quirós, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Limón, Centro, Central, Barrio Santa Eduviges, ciento veinticinco metros al sur del Bar Terramar
y con cédula 1-0407-0735, para dentro del plazo de
quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Se apercibe a todos
los interesados que, de no apersonarse
en el mencionado
plazo, los bienes de la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior
por ordenarse así en sucesorio, expediente
0005-2021, Notaria de la Licda. Nydia Elena Fonseca Trejos, frente a los Tribunales de Justicia, altos de Casa Empeño
Prestamás de Limón, Centro.—11
de octubre de 2021.—Licda.
Nydia Elena Fonseca Trejos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021591824 ).
Se ordena la publicación
del edicto de ley en el que se cite y emplace a los herederos,
legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión del señor Rafael Eduardo
Ramírez Villalobos, mayor, casado una vez, contador privado, número de cédula 204320015, vecino
Alajuela, San Ramón, Alfaro, un kilómetro al sur oeste de la plaza de Deportes de
San Pedro, entre la primera y segunda
entrada de Los Olivos, quien
falleció a la edad de 53 años en Alajuela, San Ramón,
Alfaro el día 28 de agosto
del dos mil veintiuno; para que en
el plazo de los quince días
siguientes a la publicación
del edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que, si no se presentan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La dirección de este notario es Alajuela, San Ramón de Alajuela, trescientos setenta y cinco metros al oeste del
Hospital de San Ramón; con horario de lunes a viernes de las nueve a las dieciocho horas.—Merlin Alberto
Rojas Vargas. Carnet: 28671, Notario Público.—1
vez.—( IN2021592078 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por
Alberto Martínez Mata, al ser las siete horas del día
primero de octubre del dos mil veintiuno,
y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Ana Janey Chaves Gómez, quien era mayor, soltera, del hogar, vecina de Ciudad Cortés, Osa,
Puntarenas, cédula de identidad número
seis-doscientos sesenta y
uno- ochocientos sesenta y tres; fallecida el día tres de marzo del dos mil diecisiete, en Cortés de
Osa; Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Billy Latouche Ortiz, Palmar Norte, Osa,
Puntarenas, cien metros al Oeste de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social, Segundo Piso, Edificio Esquinero, Teléfono 2786-6146.— Lic. Billy Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.—( IN2021592232 ).
Acta de apertura de proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Evelio Segura Cubillo, quien fue mayor de edad, casado una vez, comerciante, vecino de San José, Mora, Colón, cédula de identidad número uno- trescientos cuarenta y nueve- cero treinta y nueve; promovido por Carmelina
Solís León, mayor, viuda una vez,
ama de casa, vecina de San José, Mora, Colón, Altos
de San Rafael, un kilómetro al sureste
de la Gruta Santa Cecilia, portadora
de la cédula de identidad número
uno- trescientos sesenta y ocho- doscientos cincuenta y cinco. Por este medio se cita a los herederos, legatarios, acreedores e interesados para que
dentro de un plazo de quince días comparezcan
a hacer valer sus derechos,
bajo el apercibimiento a
los que crean tener derecho
a la herencia, de que si no
se presentan en este plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Todo en conformidad con lo dispuesto en el
Código Procesal Civil y los artículos
129 y siguientes del Código Notarial, ante la Notaría Pública de la suscrita, situada en Santa Ana, doscientos metros
al sur y doscientos oeste
del Servicentro JSM.—Licda. Daniela Madrigal Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021592245 ).
Se hace saber en la
oficina de la notaria pública
Celina Rosa Izaguirre Sarkís, se tramita
el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera
Lijuan Wu, de nacionalidad china, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de San José, Cantón
Central, Distrito Merced, avenida trece,
veinticinco metros al este
del Castro’s Bar, en Restaurante
Kong Chay, y con cédula de Residente
Permanente número uno uno cinco seis cero cero cero dos dos nueve
uno siete. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto.—Licda. Celina Rosa Izaguirre Sarkís, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021592304 ).
Se cita y emplaza a
los herederos y demás interesados sen la sucesión de quien en vida fue
María Isabel Quirós Morales, cedula de identidad número: nueve- cero cero cero cuatro-
cero cuatro nueve tres, quien en
vida fuera mayor, casada, ama de casa, cuyo último domicilio fuera en Barrio Moracia, del Colegio Nocturno 550
metros este a mano derecha,
quien falleció el día nueve de enero del dos mil veinte, para
que dentro de un plazo de quince días contados a partir de la publicación del aviso en el Boletín Judicial,
comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo,
el bien sucesorio pasara a quienes corresponda. El Expediente N° dos
uno-cero cero cero cero tres siete-cero tres ocho seis-CI-cinco, se tramita en el Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia).—Lic. Marcos
Vinicio Chavarría Espinoza, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021592352 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante notaría por
Rosa María Hernandez Potoy, Manuel Salvador Barrera
Hernandez, Leonidas Jose Barrera Hernandez, Julio César Barrera Hernandez,
y María Del Socorro Barrera Hernandez, a las quince horas del día ocho del mes de octubre del año dos mil veintiuno, y comprobado el respectivo fallecimiento,
se declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera
Leonidas Barrera Mendoza, quien al momento de fallecer era de nacionalidad nicaragüense, mayor,
casado una vez, agricultor, con domicilio en San Rafael, Pocosol, San
Carlos, Alajuela, mil quinientos metros al sur del Liceo Rural, nicaragüense, cédula de residencia uno
cinco cinco ocho cero dos cuatro dos uno cuatro cero cero, fallecido el dieciocho
de setiembre del año dos
mil veintiuno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría
a hacer valer sus derechos.
Notario Marlon Arce Blanco, en
Pavón de Los Chiles, Alajuela, costado
norte del Centro Agrícola, teléfono 24717170.—Marlon Arce Blanco, Notario
Público.—1
vez.—(IN2021592432).
Se cita y se emplaza
a los interesados, presuntos
herederos, legatarios y acreedores, que en esta notaría se ha iniciado en sede notarial, la sucesión de quien en vida fue
la señora: Carmen Lidieth Calderón
Campos, mayor de edad, casada
una vez, ama de casa, con cedula de identidad numero dos- doscientos ochenta y cuatro- mil doscientos sesenta y cuatro, vecina del Patio San Cristóbal setecientos
metros al este y ciento cincuenta metros al norte del cruce de calle los Guerrero, la
Rita, Pococí, Limón, proceso
que ocupa el expediente número cero cero cero uno - dos mil veintiuno, para que en el término de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a los
que crean tener derecho a
la herencia. La Notaria de relación
está situada en Cariari Centro, cincuenta
metros al este y veinticinco
metros al norte de la Cruz Roja,
Pococí, Limón. Teléfono
2767-8283, Fax 2767-7329. Correo electrónico
licenciadocalderon@yahoo.com. Es todo.—Cariari, Pococí, al ser las diez horas con treinta minutos del once de octubre del
dos mil veintiuno.—Lic.
Alfredo Calderón Chavarría, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021592590 ).
Mediante acta de apertura, el señor Efraín
Rojas Ramírez, mayor, portador de la cédula de identidad número tres-cero uno tres uno-cero ocho nueve cuatro,
maestro de obras y vecino
de Tirrases de Curridabat cien metros antes del Antiguo
IAFA, contiguo al comercial
Pamela, ha solicitado la apertura
del proceso sucesorio de quien en vida
fuera Iris María Torres Cascante, mayor, con cédula
de identidad número
uno-cero tres siete
cero-cero dos cero ocho, se cita
y emplaza a todas las
personas que crean tener
derechos por el termino de treinta días, para que ejerzan
sus derechos y aporten la documentación
correspondiente.—Heredia uno de octubre
del año dos mil veintiuno.—Lic. David Solera Arguedas, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021592602 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Rodrigo Jiménez Granados, mayor, casado, pensionado, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0301990235 y vecino
de San Blas de Cartago. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000620-0640-CI-7.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión trece horas con cincuenta y cuatro minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—( IN2021592625 ).
Ante esta notaría se tramita
proceso sucesorio notarial
de Ángela Gutierrez Herrera, conocida
como Ángela Herrera Ortiz, quien en
vida fue, mayor, viuda, señora de su hogar, con domicilio
en San Jose, Alajuelita,
San Felipe, portadora de la cedula de identidad numero dos-cero cero nueve ocho- cero nueve cuatro dos, falleció el día siete de mayo del dos mil once. Se confiere
el plazo legal de quince
días, establecido en el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, a todos los herederos e interesados para que,
comparezcan ante esta notaría a aceptar la herencia
y hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento, a
los que crean tener derecho
a la herencia, que, si no
se presentan en ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Esta notaría se encuentra ubicada en San José, Barrio Escalante, del Banco Improsa cincuenta metros al este número tres
uno cuatro cinco.—San José,
once de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Roberto Antonio Quirós Coronado, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021592636 ).
Ante esta notaría
se tramita proceso sucesorio notarial de Froilán
Méndez Herra, conocido como Freddy Méndez Herrera, quien
en vida fue
mayor, viudo, pensionado, con domicilio
en San Jose, Alajuelita,
San Felipe, portador de la cédula de identidad número seis - cero cero siete cero - cero uno cero uno, falleció
el día treinta de julio del dos mil veinte. Se confiere el plazo
legal, de quince días establecido en
el artículo 126.3 del
Código Procesal Civil, a todos
los herederos e interesados
para que, comparezcan ante esta
notaría a aceptar la herencia y hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Esta notaría se encuentra ubicada en San Jose, Barrio Escalante, del Banco Improsa cincuenta metros al este número tres
uno cuatro cinco.—San Jose, once de octubre del
dos mil veintiuno.—Lic.
Roberto Antonio Quirós Coronado, Notario Público.—1
vez.—(IN2021592637).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Sonia Damaris Elizondo Camacho, mayor, casada, Administradora de Empresas, costarricense, con documento de identidad 0109940598 y vecina de
Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar lo que corresponda en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000650-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión diecinueve horas con veintiséis minutos del dieciséis de setiembre del dos
mil veintiuno.—Lic. Jairo
Jiménez Sandoval, Juez.—1 vez.—( IN2021592643 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Silvina Piña Piña, c.c. Silvina Piñar Piñar
mayor, viuda, ama de casa, vecina
de San José, Desamparados, San Antonio, Barrio Churuca,
del Liceo de San Antonio 700 metros sureste y 200 metros este, casa a
mano derecha, cédula de identidad
5- 0072-0526. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000114-0217-CI-8. Nota: Publíquese
una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 26
de marzo del año 2021.—Lic. Henry Steven Sanarrusia
Gómez, Juez.—1 vez.—( IN2021592660 ).
El suscrito notario hago constar
que, el día de hoy, se presentaron
a mi Despacho, las señoras
Ligia María Herrera Alvarado, viuda una vez, ama de casa, cédula uno-doscientos
ochenta y uno-quinientos setenta y siete; Ana Patricia
Delgado Herrera, viuda una vez,
ama de casa, cédula uno-setecientos quince-cero setenta y nueve; Mayra Elena
Delgado Herrera, casada una vez,
ama de casa, cédula uno-seiscientos setenta y cuatro-doscientos ochenta y cuatro; Luz Marina
Delgado Herrera, divorciada una vez,
ama de casa, cédula uno-quinientos diecinueve-doscientos cuarenta y tres; los señores Luis Enrique
Delgado Herrera, casado una vez,
Jardinero, cédula uno-seiscientos
cuarenta y siete-quinientos
doce; Miguel Antonio Delgado Herrera, casado una vez, Comerciante, cédula uno-quinientos
setenta y cuatro-setecientos
treinta y ocho, todos vecinos de Escazú, San José y Carlos Manuel Delgado Herrera, soltero, Comerciante, vecino de Canoas de Alajuela, cédula uno-cuatrocientos noventa y tres-ochocientos cincuenta y cinco, y me solicitaron que iniciara la tramitación
extrajudicial del sucesorio del señor
Miguel Delgado Delgado, quien
fue casado una vez, Pensionado, vecino de Barrio
Corazón de Jesús de Escazú, San José, cédula uno-doscientos siete-cero noventa y siete. Con base en lo anterior se cita y emplaza a los herederos e interesados en dicha sucesión, para que, dentro
del término de quince días contados
a partir de esta publicación, se apersonen ante la
oficina del suscrito Notario, situada en Escazú, doscientos
setenta y cinco metros al
Oeste del Palacio Municipal, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que, si no lo verifican, la herencia pasará a quién legalmente corresponda.—Escazú, 08 de octubre del 2021.—Lic. Ever
Vargas Araya, Notario Público.—1 vez.—( IN2021592667 ).
Se hace saber en la
notaría de la licenciada Annia Shirley Zúñiga Méndez, con oficina abierta en Pérez Zeledón, San Isidro de
El General, cien metros este
y veinticinco metros sur de la Municipalidad, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Flor de María Del Milagro Cantillo
Calderón, mayor, casada una vez,
pensionada, cédula de tres-
cero ciento noventa y siete- mil ciento sesenta y tres, vecina de San José, Pérez Zeledón,
San Isidro de El General, Pedregoso, Residencial Rodríguez, cien
metros norte y doscientos
metros este del Super SM. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras, y en general, a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Proceso sucesorio expediente: cero cero cuatro-dos mil veintiuno.—Licda. Annia
Shirley Zúñiga Méndez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021592669 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría por María
Elena Quesada Elizondo, Yubani Quesada Elizondo,
Freddy Claudio Quesada Elizondo, Edwin Quesada Elizondo, Rita María Quesada
Elizondo, Aníbal Gerardo Quesada Elizondo, Franklin
Gerardo Quesada Elizondo, Edgar del Carmen Quesada Elizondo, Ofelia Antonia
Elizondo Bermúdez, a las quince horas con treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Aníbal Quesada Alpízar, mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Alajuela, San Carlos, Aguas
Zarcas, Esquipulas dos kilómetros al noreste de la escuela los Chiles calle a Esquipulas casa a mano izquierda
color verde, con cédula de identidad
número dos-ciento cuarenta y cinco- setecientos noventa y ocho, fallecido el veintinueve de noviembre del dos mil doce en Quesada, San Carlos, Alajuela, esta
notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría de
la Licenciada Karen Ginneth López Jara, oficina abierta en Ciudad Quesada de San Carlos, setenta
y cinco metros oeste de ElectroBeyco. Teléfono 2460-7484.—Veinte de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Karen Ginneth López Jara, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021592705 ).
Ante mí, Efraín
Torres Zúñiga, notario público, con oficina abierta en Puriscal,
cincuenta este del Banco
Popular edificio Zuma segundo
piso: se constituye el sucesorio de quienes en vida
fue Rómulo Jiménez Marín, cédula uno- mil ciento
ochenta y seis- cero trescientos
ochenta y tres, viudo en primeras
nupcias, vecino de San
José, Puriscal, Barrio el
Carmen, de la hielera cuatrocientos
metros al oeste y María Petronila Molina Chacón, cédula
uno- cero cero noventa y siete- cuatro mil novecientos setenta y seis, casada en primeras
nupcias, vecina de San
José, Puriscal, Barrio el
Carmen, de la hielera cuatrocientos
metros al oeste, les informo
que en la oficina del suscrito notario se ha presentado como heredero su hijo:
Juver Jiménez Molina, solicitando
la tramitación en sede notarial del sucesorio de
los causantes. Cualquier heredero o interesado deberá apersonarse a mi oficina anteriormente citada, dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación
del edicto, para hacer valer sus derechos.—Puriscal, a los doce días del mes de octubre de dos mil veintiuno.—Lic. Efraín Torres Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—( IN2021592708 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión de Jaqueline de La
Trinidad Abarca Solano, quien
fue soltera, comerciante, vecina de San José, San Sebastián, Paso Ancho Sur, Barrio Tiribi, portador de la cédula de identidad
número uno-seiscientos dieciséis-setecientos
ocho, fallecida el día once de enero del dos mil veintiuno, para que en el plazo de treinta
días. contados a partir de
la publicación de este Edicto, comparezcan a aceptar la herencia
y hacer valer sus derechos;
del mismo modo se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente numero: cero cero uno-dos mil veintiuno.—Lic. Guido Núñez
Jarquín,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021592721 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Grace María de Los Ángeles Rojas Delgado, mayor, estado civil casada una vez, profesión u oficio Pensionada, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0103860356 y vecina
de San Francisco de Dos Ríos, San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000566-0180-CI-3.—Juzgado
Primero Civil de San José, 27 de setiembre del año 2021.—Dra. Lizeth Álvarez
Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2021592723 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida
fue María Isabel Figueroa Molina, mayor, casada una vez, ama de casa, con
cedula tres- cero setenta- setecientos siete y Edgar Cubero Cubero, mayor, casado una vez, Pensionado, con cedula uno- ciento
treinta y siete- trescientos sesenta y dos, ambos vecinos de Cartago, Residencial
Los Tules, casa número cinco Bloque C, para que dentro
del término de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto que se hará por una sola vez en el Boletín
Judicial, se apersone todo
aquel que se crea con interés, igual o mayor derecho
ante esta oficina ubicada en Cartago, Distrito
Oriental, cien metros este
de la Farmacia Fishel, a hacer valer sus derechos, apercibidos que de no hacerlo, la
herencia pasará a quien
corresponda. Expediente N°
01-2021-NO.—Lic. Eduardo E. Solano Monge, Notario Público.—1 vez.—( IN2021592736 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Agustín
Herbert Granados Cortés, mayor, estado
civil casado, profesión u oficio educador, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0500930899 y vecino
de Upala, Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Publíquese edicto por única vez. Expediente
N° 19-000090-1143-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial
Alajuela, Sede Upala
(Materia Civil), 14 de mayo del año 2020.—Lic. Jose Francisco Azofeifa Barrantes, Juez.—1 vez.—( IN2021592742 ).
Por escritura autorizada
por mí, a las 15 horas del 11 de octubre
del 2021, se apertura la sucesión
de quien en vida fue José Ignacio Paredes Grieve, se emplaza a terceros herederos, acreedores y quienes tengan derecho a apersonarse al correo rodriaso@icloud.com.—San José, 11 de octubre de 2021.—Lic. Javier Rodríguez Carrasquilla,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021592752 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Gerardo González Barrientos, mayor, estado civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0202460171
y vecino Alajuela, La Garita,
contiguo a la Fábrica Fibrocem. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000659-0638-CI-7.
Publíquese una vez.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión diez horas con cincuenta y nueve minutos del once de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Jaime Eduardo Rivera
Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2021592757 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Greibin Eduardo de Jesús Zúñiga
Fernández, mayor, soltero, salonero,
cédula de identidad 3-0263-0609 y vecino
de Cartago, tejar, El Guarco.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000700-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, dieciséis horas con treinta
y seis minutos del veintiuno
de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca,
LL.M, Juez.—1
vez.—( IN2021592777 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Ana Rosa Luz Arroyo Vásquez, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense y
vecina de Belén, Heredia.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000973-0504- CI-4.—Juzgado
Civil de Heredia, hora y fecha de emisión dieciséis horas con veinte minutos del uno de octubre del dos mil veintiuno.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2021592781 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Gemma Lourdes De Jesús Pérez Calvo, mayor, estado
civil: casada una vez, profesión u oficio: ama de casa, nacionalidad: costarricense, con documento de identidad:
0203590225, vecina de: San Carlos, Venecia, Barrio Corazón de Jesús, cien
metros norte y veinticinco
metros este de la imagen del Corazón de Jesús. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000413- 0297-CI - 0.—Juzgado Civil del Sergundo
Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión quince horas con
veinticuatro minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintiuno.—Lic. Adolfo
Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021592782 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
María Villalobos Varela, mayor, casada dos veces, ama de casa, costarricense
con número de cédula 0201740657 y vecina
de Tacares de Grecia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000201-0295-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Civil). Hora y fecha de emisión diecisiete horas con veintisiete minutos del doce de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—(
IN2021592785 ).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las 08:00 horas del 1 de octubre
de 2021, por Leda María de La Trinidad Mora Segura, vecina
de San José, cédula de identidad número
uno-cero cinco cinco uno-
cero cuatro cero dos, Manuel Emilio Mora Segura, vecino de San José, cédula de identidad
uno- cero seis uno cero- cero siete ocho cuatro; Federico de La
Trinidad Mora Segura, vecino de Heredia, cédula de identidad uno- cero siete siete ocho- cero cuatro ocho cero, Julia Lidiette Mora Segura, vecina de
San José, cédula de identidad uno- cero seis siete cero- cero uno siete cero,
y Laura María Mora Segura, vecina de San José, cédula
de identidad uno- cero siete
cero cero- cero nueve nueve nueve, y comprobado el fallecimiento
de Manuel Antonio Mora Jiménez, mayor de edad, casado una vez, Comerciante, con domicilio al momento del fallecimiento en San José, Desamparados, del Banco Nacional de Costa Rica
ciento cincuenta Norte,
titular de la cédula de identidad número
uno- cero uno nueve cinco-
cero tres cero dos, fallecido
el trece de julio del dos mil diecisiete, y Lidieth Segura Madrigal, mayor de edad,
viuda de sus únicas nupcias al momento de su fallecimiento, del hogar, con domicilio al momento de su fallecimiento
en San José, San Francisco de Dos Ríos, Barrio Los
Sauces, de Palí ciento veinticinco metros Este , con cédula número
uno- cero dos tres cero- cero seis tres cero; esta Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en San José, San Francisco de Dos Ríos, Barrio Los Sauces,
del Almacén El Eléctrico, trescientos Sur, cuatrocientos
Oeste cincuenta Sur, Teléfono
2226-3890, a hacer valer
sus derechos. No se tiene como
parte a la Procuraduría
General de la República, tal como
ésta lo ha indicado.—San José, a las ocho horas treinta minutos del dos de octubre de dos mil veintiuno.—Licda. Lindy Viviana Acuña Benavides,
Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2021592795 ).
Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Ofran Rojas Vega,
cédula dos-cero dos siete nueve-cero
seis dos dos, para que en el término de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante mi notaría ubicada en Alajuela, 200 oeste y 75 norte de los Tribunales, a hacer valer sus derechos, apercibidos todos aquellos que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan en ese plazo, aquella
pasará a quien legalmente corresponda.—Alajuela,
octubre 12, 2021.—Lic.
Henry Núñez Arias, Notario Público.—1
vez.—( IN2021592819 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría, por Ediberto Ramón
Nájera Fuentes, a las once horas del veintitrés de agosto del año dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento
de Gloria Fuentes Araya, quien fue
mayor de edad, casada una vez, ama de casa, cédula tres- ciento veinte- seiscientos cincuenta y dos, vecina de Cartago, Turrialba, La suiza
Pacayitas, de la Escuela de Pacayitas
ciento veinticinco metros
al norte, fallecido en Turrialba, esta Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría de
la Licda. Karla Fabiana Carrillo Salguero, Cartago,
Turrialba, cien metros este
de la Municipalidad, diagonal al Taller Miguel Aguilar. Teléfono
2556-1500.—Primero de setiembre
del dos mil veintiuno.—Licda.
Karla Fabiana Carrillo Salguero, Notaria.—1 vez.—( IN2021592840 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Lidia Jiménez Zúñiga, mayor, estado civil casada una vez, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0101320076 y vecina
de San José, Coronado, San Isidro 200 mts al norte
del Supermercado Más por Menos
y Oscar Fallas López, mayor, estado
civil casado una vez, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0100985760 y vecino
de San Jose, Coronado San Isidro 200 mts al norte del
Supermercado Más por Menos.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-
000212-0182-CI-5.—Juzgado Tercero Civil de San José, 24 de mayo del año 2021.—Cynthia Blanco Valverde,
Jueza. Tramitadora—1 vez.—(IN2021592856).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Jorge Gerardo Fallas Conejo,
mayor, estado civil: casado
una vez, profesión u oficio: agricultor, nacionalidad: costarricense, con documento de identidad 0203760049
y vecino de: La Perla de La Fortuna de San Carlos,
del salón multiusos cincuenta metros sur. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 08-100365-0297-CI-1.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión quince horas con veintisiete
minutos del nueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2021592862 ).
En mi notaría en la ciudad de Heredia, a las 11:00 horas del ocho de octubre del 2021, doy por abierta la sucesión notarial
de Víctor Manuel Elizondo Cerdas, fallecido,
Ingeniero Civil, pensionado, cédula: dos ciento
treinta y cinco ochocientos treinta y cuatro, vecino de Heredia, centro, cito a
los interesados, legatarios,
acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de
que si no se apersonan
dentro de ese plazo aquélla pasará
a quien corresponda, mi oficina se encuentra en la ciudad Heredia, cien metros
este, quince sur tribunales.—Heredia,
doce de octubre del 2021.—Licda. Norma Quintero Ureña,
Notaria Pública.—1 vez.—(IN2021592870).
Esta notaría, ha declarado abierto proceso sucesorio de Lía de La Trinidad Cascante Cascante,
quién exhibió la cédula de identidad número 9-0013-0443, fallecida el 28 de marzo del 2018. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
15 días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos Tel.
8911-11-51. Publicar una vez.—Lic.
José Manuel Fernández Valverde, Notario Público, Notario Público.—1
vez.—( IN2021592872 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión de la señora Aina Graham Gordon, quien en vida
fue mayor de edad, divorciada, ama de casa, portadora
de la cédula de identidad
siete-cero cero treinta y cuatro-cero setecientos noventa y ocho, vecina de Heredia, San Rafael, Santiago, del abastecedor Bella vista, cincuenta
metros sur, casa número ciento
setenta y tres, quien falleció el día diecisiete de agosto del año dos mil veintiuno, en Heredia. para que
dentro del plazo de quince días, contados
a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Notaría
de la Licda. Mary Hellen Esquivel Brenes,
sita en Heredia, San Pablo,
Urbanización las Brisas, segunda entrada a mano izquierda,
casa treinta y uno.—Doce de octubre del dos mil veintiuno.—Licda. Mary Hellen
Esquivel Brenes, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2021592878).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión legítima de Juan Miguel Del Carmen Castro Muñoz quien en vida
fue mayor, soltero, comerciante, con cédula número
seis- cero ciento diez-
cero seiscientos noventa y
seis y vecino de Buenos Aires de Alajuela, para que
dentro del plazo de quince contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean
tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cinco- dos mil veintiuno. Notaría del Lic. Fernando Ávila
González en Palmares de
Alajuela, cincuenta metros al oeste
y cincuenta metros al norte
del Palacio Municipal.—Lic.
Fernando Ávila González, Notario Público.—1 vez.—( IN2021592884 ).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Julia Redondo Gomez, quien
fuera mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Cartago y portaba la
cédula de identidad número tres-cero ciento cincuenta y seis-cero seiscientos
ochenta y siete, fallecida el cinco
de abril del dos mil dieciocho,
para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
que los que crean tener capacidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente 0001-2021. Notaría de Randall Dávila
Soto.—Lic. Randall Dávila Soto, Notario Público.—1
vez.—( IN2021592886 ).
Se hace saber, que ante esta
notaría se tramita el proceso sucesorio
notarial de quienes en vida fueron: Rosalba Gómez Nossa, conocida como Rosalba Gómez Herrera, colombiana,
cédula residencia cuatro
dos cero uno dos siete cuatro
tres seis cero cero dos siete siete, casada
una vez, y Humberto Herrera Herrera,
colombiano, cédula de residencia cuatro
dos cero uno siete dos ocho
dos seis, casado una vez.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia,
de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero dos-dos mil veinte. Notaría del Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, carné
tres mil ochenta y nueve, cédula uno-quinientos veintisiete-quinientos cuarenta y
uno, sita en San José, Goicoechea, Guadalupe centro, cien metros al norte de la sucursal del Banco de Costa Rica, edificio
esquinero, segunda planta.—San José, primero de setiembre
del dos mil veinte.—Lic.
Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario Público.—1
vez.—( IN2021592887 ).
Se hace saber, que, ante esta
notaría, se tramita el proceso sucesorio
notarial de quienes en vida fueron: Arsenia
Lilia Rodríguez Vargas, conocida como
Arsenia Lidia Rodríguez Vargas, cédula uno-doscientos noventa y dos-ciento setenta y dos, viuda, y Guillermo Barboza Rojas, cédula uno-trescientos veintiuno-cero cero nueve, viudo. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia,
de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero dos-dos mil veintiuno. Notaría del Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, carné
tres mil ochenta y nueve, cédula uno-quinientos veintisiete quinientos cuarenta y uno, sita en San José, Goicoechea,
Guadalupe centro, cien
metros al norte de la sucursal
del Banco de Costa Rica, edificio esquinero,
segunda planta.—San José, veintiuno de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Mariano
Vargas Mayorga, Notario Público.—1 vez.—( IN2021592888 ).
Se hace saber, que, ante esta
notaría, se tramita el proceso sucesorio
notarial de quienes en vida fue: José de Jesús Mora Ramírez, cédula uno-ciento ochenta y siete-quinientos setenta y siete, casado una vez. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que,
dentro del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero tres-dos mil veintiuno. Notaría del Lic. Luis Mariano
Vargas Mayorga, carné tres
mil ochenta y nueve, cédula uno-quinientos veintisiete-quinientos cuarenta
y uno, sita en San José, Goicoechea, Guadalupe centro, cien metros al norte de la sucursal del Banco de Costa Rica, edificio
esquinero, segunda planta.—San José, cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021592889 ).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Fernando Roldán Rojas, quien
fuera mayor, casado una vez, Pensionado, vecino de
Heredia, San Isidro, San José, Santa Elena y portaba
la cédula de identidad número
uno-cero cuatrocientos noventa
y uno-cero quinientos noventa
y uno, fallecido el diecisiete de agosto del dos mil veintiuno, para que dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
que los que crean tener capacidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 0002- 2021. Notaria de Randall Dávila Soto.—Lic.
Randall Dávila Soto, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021592894 ).
Mediante acta notarial de auto inicial
de apertura otorgada ante esta notaría por Abdenago Francisco Picado Sandoval, a las dieciocho horas del once de octubre
del año dos mil veintiuno y
comprobado el fallecimiento de Margarita Sandoval Chinchilla, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab instestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal
como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Jean Christian Gould Ávalos.—San José, Teléfono: 8943-9797, correo electrónico: bufetegould@hotmail.com.—Lic.
Jean Christian Gould Ávalos. Carné
9345, Notario Público.—1 vez.—( IN2021592899 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las diez horas del ocho de octubre del 2021, y por medio de resolución
de las doce horas del once de octubre
del 2021, bajo el expediente
número 0004-2021, se ha declarado
abierto el proceso sucesorio en sede notarial, conforme con lo establecido en los artículos ciento veintinueve del Código
Notarial y ciento quince, siguientes
y concordantes del Código Procesal
Civil, de la señora Vera Elizabeth Quesada Valverde, quién era mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula de identidad
número uno-trescientos veinte-cero trece, vecina de San Antonio de Desamparados, Urbanización
Huetares, casa número sesenta y seis S. Se cita y emplaza a los posibles herederos e interesados a presentarse ante esta notaría, situada en San José, Barrio Francisco Peralta, de la Casa Italia, setenta y cinco metros al este, edificio número 2947, dentro del plazo de
quince días siguientes a la publicación
del presente edicto, para hacer valer sus derechos.—San
José, 11 de octubre del 2021.—Lic.
Carlos Chaverri Negrini,
carnet número 4952, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021592906 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
William Álvaro del Carmen Gamboa Muñoz, mayor, casado una vez, comerciante, costarricense, con documento de identidad uno- cero quinientos sesenta y cinco- cero ciento cincuenta y nueve y vecino de Barrio los Ángeles de
Daniel Flores, Pérez Zeledón de la provincia de San José, exactamente
en residencial Halder doscientos cincuenta metros sur
de la UNED. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000239-0188-CI-3.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Civil). Hora y fecha de emisión
trece horas con cuarenta y nueve minutos del once de octubre del dos mil veintiuno.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1 vez.—( IN2021592908 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Luis Álvaro López
Quesada, mayor, viudo, Comerciante,
costarricense, con cédula de identidad
número 0301500243 y vecino
de San José, San Pedro, Montes de Oca. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000374- 0182-CI.—Juzgado Tercero Civil
de San José, 18 de agosto del año
2021.—Msc. Isabel Alfaro Obando, Juez.—1 vez.—(
IN2021592909 ).
San José, al ser las nueve
horas del día siete de octubre
del dos mil veintiuno. Comprobado
el fallecimiento de quien en vida
fuera Edgar Rafael Castro Sandoval y Elisa María Chavarría, se declara abierto el proceso
sucesorio testamentario. Se
designa como Albacea Provisional al señor José
Francisco Castro Chavarría, a quien
se le previene comparecer
ante esta notaría dentro del plazo
de cinco días a aceptar y jurar el cargo, lo que también puede hacer por medio de un escrito, bajo el apercibimiento de que si no lo hace dentro del plazo indicado, se entenderá de que no
lo acepta. Se cita y emplaza a todos los interesados para que se apersonen
a hacer sus derechos. Publíquese
el edicto de ley. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la Republica
por no tener este ningún interés este proceso.—Lic. Paul Tacsan
Tacsan, Notario Público.—1
vez.—( IN2021592914 ).
San José, al ser las ocho
horas del día ocho de octubre
del dos mil veintiuno. Comprobado
el fallecimiento de quien en vida
fuera Adán Chaves Solano, y
Luz Eida Quesada Fallas, se
declara abierto el proceso sucesorio.
Se designa como Albacea Provisional a la Señora
Gabriela María Chaves Quesada, a quien se le previene comparecer ante esta notaria dentro del plazo de cinco días a aceptar
y jurar el cargo, lo que también puede hacer
por medio de un escrito, bajo el
apercibimiento de que, si
no lo hace dentro del plazo
indicado, se entenderá de
que no lo acepta. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que se apersonen
a hacer sus derechos. Expediente
Número 002-2021. Email tacsan@lawservicescr.com. Publíquese el edicto
de ley. No se tiene como parte a la Procuraduría General
de la República por no tener este ningún
interés este proceso.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario Público.—1
vez.—( IN2021592915 ).
Se hace saber: En el Juzgado Agrario
del II Circuito Judicial de la Zona Sur se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Carlos Luis Esquivel Chaves, adulto mayor, viudo, costarricense, con documento de identidad 0600260571
y vecino de Palmar Norte, Olla Cero, San Gabriel, 100
metros antes de la escuela,
casa celeste a mano izquierda. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000013-0419-AG- 0.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores), 27 de setiembre del año 2021.—Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021592922 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Eustasio
Salvador Pereira Jara, mayor, estado
civil dato desconocido, profesión u oficio desconocido, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0300044217 y vecino de Coris de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 210006280640CI-3.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión quince horas con veintiséis
minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—(IN2021592932).
Se hace saber: que en
la notaría del licenciado
Santos Granados Obando se tramita el
Proceso Sucesorio Notarial
de quien en vida se llamó Gerardo Ernesto
Rodríguez Corrales, mayor, casado una vez, pensionado, cédula
de identidad número, seis-ciento treinta y cuatro-doscientos cincuenta y
dos, vecino de Alajuela, Villa Bonita, Lotes Sanchez, cincuenta metros
sur de la panadería Musmanni.
Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, que a aquellos que crean
tener derecho a la herencia
y que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella
pasara a quien corresponda. Se les advierte a
los que se crean con interés
en la herencia que de no apersonarse aceptando expresamente la herencia; no se
les declarara herederos y
los bienes pasarán a quien
corresponde. Artículos 528,
529 y 531 del Código Civil. Expediente N° 002-2021-SN.—Alajuela, 07 de octubre del
2021.—Lic. Santos Granados Obando, Notario Público.—1 vez.—(IN2021592960).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por el señor Vicente Enríquez Grajal, costarricense, mayor, agricultor, portador de la cedula
de identidad número seis-
uno seis cuatro- dos nueve tres, todos los anteriores vecinos de Puntarenas,
Quepos, Londres, cuatrocientos
sureste de la Plaza de Deportes;
comprobado el fallecimiento de quien en vida fuera
el señor Enio Raúl Enríquez Grajal, costarricense, mayor, soltero, quien en vida fue
Agricultor, portador de la
cedula de identidad número
seis- uno nueve ocho- ocho tres cuatro,
vecino de Puntarenas, Quepos, Londres,
cuatrocientos sureste de la
Plaza de Deportes, fallecido
el día ocho de junio del año dos mil veintiuno; por lo que esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato. Por
lo que se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Mariel
María González Rojas, Carne del Colegio de Abogados veintidós
mil; al email: steiler24@hotmail.com. Es todo.—Licda. Mariel María González
Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2021593003 ).
Se emplaza a los sucesores
e interesados en la sucesión de quien en vida fue
Freddy Adolfo Rugama Villalobos, mayor de edad, divorciado de su primer matrimonio, vendedor, vecino de Tibás, San Jose, de la entrada al cementerio
100 metros al este y 275 metros al sur, titular de la
cedula numero 1- 0579- 0847, para que dentro del plazo de 15 días que se computarán a partir
del día siguiente de esta publicación, comparezcan a aceptar la herencia
y hacer valer sus derechos.
Se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos o interesados de que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien corresponda. El proceso lo tramita el Notario Publico
Juan Ignacio Mata Centeno, carne Nº 2059, con oficina
abierta en Barrio
Escalante, distrito Carmen, cantón
San Jose, provincia San Jose, 50 metros al suroeste de la Rotonda el Farolito, edificio
Nº 2967, expediente Nº 0001-2021.—San Jose, 23 de setiembre de 2021.—Lic. Juan Ignacio Mata Centeno, Notario.—1 vez.—( IN2021593004 ).
Se convoca
por medio de edicto a todas
aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela de las personas menores de edad Emily Yariela Peña Ampie hija de Mayra de Los Ángeles Peña Ampie, por haber sido nombradas
en testamento, por corresponderles la legítima o por
tener interés en la dativa, para que se presenten dentro del plazo de
quince días contados a partir
de la fecha de publicación
del último edicto. Expediente N° 21-000402-0938-FA. Proceso
Tutela. Promovente: Patronato
Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia),
05 de agosto del 2021.—Msc.
Marcela González Solera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021590932 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
MARÍA Auxiliadora Quesada Navarro, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
21-000149- 0292-FA. Clase de Asunto
depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las nueve horas veinticinco minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. 06 de
abril del 2021.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021590935 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
Fabián Josué Mendoza Hernández, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-000638-0292-FA.
Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela,
a las catorce horas veintidós
minutos del once de junio
de dos mil veintiuno.—MSc. Jenniffer
de Los Ángeles Ocampo Cerna,
Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021590936 ). 3 v. 3.
Se cita
y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
de la persona menor de edad
Fabián Josué Mendoza Hernández, para que se apersonen a este
juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
21-000638-0292-FA. Clase de asunto
depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, A las catorce horas veintidós minutos del once de junio de dos mil veintiuno, 11 de
junio del 2021.—MSc Jenniffer
De Los Ángeles Ocampo Cerna,
Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021590937 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
Ana Gabriela Delgado Pérez, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Clase de asunto Depósito Judicial. Expediente N° 210013810292FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 20 de setiembre del 2021.—Msc. Liana
Mata Méndez, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021591192 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
James Mathias García Araya, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 210013390292FA. Clase
de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 16 de setiembre
del 2021.—Msc. Jenniffer de
Los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021591193 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito judicial de la persona menor
de edad Tian David Molina Núñez,
para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 210012570292FA.
Clase de asunto depósito
judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de setiembre
de 2021.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021591194 ). 3 v.
2.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
Celso de Jesús Gutiérrez Escoto, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
20-000617-0292-FA. Clase de Asunto
Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela,
14 de setiembre del 2021.—Msc.
Jenniffer de Los Ángeles
Ocampo Cerna, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021591195 ). 3
v. 2.
Msc. Alicia Chacón
Araya, Jueza, Juzgado de Familia de Grecia, al señor Roy Alberto Arias
Chavarría y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial
de la persona menor de edad Joshua Alberto Arias Arias,
se les pone en conocimiento la resolución de las trece horas cincuenta y dos
minutos del seis de abril de dos mil veintiuno de este despacho que en lo
conducente dice: De las presentes diligencias de depósito judicial de la
persona menor de edad Joshua Alberto Arias Arias,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por
tres días a Yenoide Arias Barrantes y Roy Alberto
Arias Chavarría, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten
deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por
el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de
que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de
uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial,
Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h)
lugar de residencia. En caso que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de
practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la
parte interesada, que para efectos de la diligencia en
cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender
notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Se le indica a la parte
actora que deberá aportar 1 juego de copias para notificar a la parte demandada
Roy Alberto. Dicho juego de copias deberá de ser presentado directamente en la
Oficina de Comunicaciones Judiciales. Caso contrario trascurrido el plazo de
seis meses se procederá a declarar el abandono y archivo de este proceso. Asimismo queda la comisión/documentación para notificar a Yenoide a disposición de la parte interesada en el Sistema
de Gestión en Línea para su diligenciamiento. El párrafo final del artículo 19
de la Ley de Notificaciones, N° 8687 indica que a la
notificación se le acompañarán copias de los escritos y documentos salvo
disposición legal en contrario. El artículo 27.2 del Código Procesal Civil
establece que cuando los documentos o escritos fueran incorporados a la carpeta
escaneados o por otros medios, no se requerirá la presentación de copias salvo
que se trate de documentación que no pueda ser escaneada. Con motivo de lo
anterior, deberá la parte demandada, acceder al “Sistema de Gestión en Línea”
(https://pjenlinea.poderjudicial. go.cr) para obtener las copias de todas las
piezas del expediente, no siendo necesario adjuntarle a la notificación las
copias del mismo. Para ello, deberá obtener una clave
de acceso al sistema la cual puede solicitar en la oficina judicial más
cercana. Por otro lado, según lo establece el artículo 8 de la Ley de
Notificaciones, N°8687, la persona que notifica está investida de autoridad
para exigir la plena identificación de la persona que reciba la cédula, así
como para solicitar el auxilio de otras autoridades, cuando lo necesite para cumplir
sus labores. (contenciosos) En caso de cuya omisión
transcurrido el plazo de tres meses se declarará la deserción, (no
contenciosos) En cuya omisión transcurrido el plazo de 06 meses se declarará el
abandono del proceso. Depósito
provisional: Tal como lo solicita la representante legal de la entidad
promotora del proceso y con sustento en la prueba documental que hasta el
momento consta en autos, por estimarse que esa la decisión más cercana al
interés superior y estabilidad de la persona menor de edad Joshua Alberto Arias
Arias se asigna el depósito provisional del mismo
bajo el cuido y responsabilidad de la señora María Eugenia Rojas Hernandez cédula de identidad 204170819. La misma deberá
presentarse al juzgado en el plazo de tres días a aceptar el cargo conferido. Expediente N°
21-000249-0687-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Msc. Alicia Chacón Araya, Jueza.—(IN2021591196).
3 v. 2.
A María José
Amador Araya y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de los menores Franco León Amador, se les pone en conocimiento la resolución de las
trece horas con cincuenta y
cinco minutos del trece de julio del año dos mil veintiuno, de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito
de las personas menores Franco León Amador, promovidas
por el Patronato Nacional
de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a
María José Amador Araya y Christian Alejandro León Gutiérrez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución a Christian Alejandro León Gutiérrez y, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real: San José, Desamparados, San Miguel, del cruce
de Higuito 50 metros sur y 100 metros norte casa Nº 14. Para estos efectos, se comisiona a la Delegación de Fuerza Pública San José,
Desamparados. Notifíquese esta
resolución a María José
Amador Araya por medio de edicto. En
caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Por medio de edicto,
que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado.-Se le previene a la parte interesada, que para efectos de
la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Asimismo, se ordena el depósito
provisional de la persona menor de edad Franco León
Amador bajo la responsabilidad de la señora Yaniria María Araya Soto. Queda
la comisión/documentación a
disposición de la parte interesada en el
Sistema de Gestión en Línea para su diligenciamiento.
El párrafo final del artículo
19 de la Ley de Notificaciones, N° 8687 indica que a
la notificación se le acompañarán
copias de los escritos y documentos salvo disposición
legal en contrario. El artículo 27.2 del Código Procesal
Civil establece que cuando
los documentos o escritos fueran incorporados a la carpeta escaneados o por otros medios, no se requerirá la presentación de copias salvo que se trate de documentación que no pueda ser escaneada. Con motivo de lo
anterior, deberá la parte demandada, acceder al “Sistema de Gestión
en Línea”
(https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr) para obtener
las copias de todas las piezas del expediente, no siendo necesario adjuntarle a la notificación las copias del mismo. Para ello, deberá obtener
una clave de acceso al sistema
la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Por otro lado, según lo establece el artículo
8 de la Ley de Notificaciones, N°8687, la persona que
notifica está investida de autoridad para exigir la plena identificación de
la persona que reciba la cédula, así
como para solicitar el auxilio de otras
autoridades, cuando lo necesite para cumplir sus labores. (Contenciosos) En caso de cuya
omisión transcurrido el plazo de tres
meses, se declarará la deserción,
(No Contenciosos) En cuya omisión transcurrido
el plazo de 06 meses se declarará el abandono
del proceso. Expediente N°
21-000474-0687-FA. Clase de Asunto
Depósito Judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica
de Grecia (Materia de Familia).—Licda.
Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021591198 ). 3
v. 2.
A Miguel Alejandro Céspedes
Bolaños y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
Mayron Antuan Céspedes Navarro, se les pone en conocimiento la resolución de las
trece horas seis minutos
del veintidós de marzo del
dos mil veintiuno, de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Mayron Antuan Céspedes Navarro, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Miguel Alejandro Céspedes
Bolaños y Angie Daniela Navarro Sánchez, a quienes se
les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión
N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de Trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución a Miguel Alejandro Céspedes
Bolaños por medio de edicto y Angie Daniela Navarro
Sánchez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al delegado de la Fuerza Pública de Sarchí, Angie Daniela Navarro Sánchez se localiza
en Sarchí, en la Urbanización
Río Sarchí, del puente 200 metros, en el segundo portón de Tenería
Pirro, casa color blanco. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial,
se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Queda la documentación a disposición de la parte interesada en el
Sistema de Gestión en Línea para su diligenciamiento.
El párrafo final del artículo
19 de la Ley de Notificaciones, N° 8687 indica que a
la notificación se le acompañarán copias de los escritos y documentos salvo disposición
legal en contrario. Con motivo de lo anterior, deberá la parte actora, acceder al “Sistema
de Gestión en Línea” (https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr) para obtener las copias de todas las piezas del expediente. Publíquese tres veces. Expediente
N° 21-000201-0687-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes,
Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2021B.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021591200 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
Dayana Rojas Arias, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 210013630292FA. Clase
de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 18 de setiembre
de 2021.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021591202
). 3
v. 2.
Se cita
y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
de la persona menor de edad
Joshua Porras Rodríguez, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 200021270292FA. Clase
de Asunto Actividad
Judicial no Contenciosa de Depósito
Judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de setiembre de 2021.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021591203 ). 3
v. 2.
Se convoca por
medio de edicto que se publicará
por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela de la persona menor de edad José Ángel Orozco Torres hijo de Ceferina
Orozco Torres; ya por corresponderles
la legitima tutela, para que se presenten
dentro del plazo de quince días contados
a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N°
21-001093-1302-FA. Proceso tutela legítima. Promovente:
Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 28
de setiembre del 2021.—Msc.
Sandra Saborío Artavia, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021591222 ). 3 v. 2.
Se convoca por medio de edicto que
se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela dativa
de las personas menores de edad
Winston Harold Dávila
Moreno y Roy Dávila
Moreno hijo de Merlyn Dávila Moreno; ya
por corresponderles la legitima
tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N°
21-000455-1302-FA. Proceso Tutela Dativa.
Promovente: Patronato
Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
30 de setiembre del 2021.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021591227 ). 3 v. 2.
Se cita
y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
de la persona menor de edad
Wendy de Los Ángeles Sánchez, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
20-000512-0292-FA. Clase de Asunto
depósito judicial, promovido
por el Patronato Nacional
de la Infancia.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a las diez horas treinta y
dos minutos del cinco de julio de dos mil veintiuno.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021591270 ). 3 v. 2.
Se cita
y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
judicial de la persona menor de edad
Luis Ernesto Olivas, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado, expediente N° 210007190292FA. Clase
de asunto depósito
judicial, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 01 de julio de 2021.—Msc.
Liana Mata Méndez, Jueza Decisora.—O.C. Nº
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021591299 ). 3 v. 2.
Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza. Juzgado Familia de Grecia.
Al señor Raúl Ernesto Castillo y Yuliana Chacón Alvarado y a todas las
personas que tuvieren interés
en el Depósito
Judicial de la persona menor de edad
Dayana Castillo Chacón, se les pone en conocimiento la resolución de las trece horas cuatro minutos del diecisiete de diciembre del dos
mil veinte, de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes
diligencias de depósito judicial de la persona menor Dayana Castillo Chacón, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Raúl Ernesto Castillo y Yuliana Chacón Alvarado, a quienes se les
previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión
N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. En caso de que,
el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Notifíquese a los progenitores
por medio de edicto, que se publicará
en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente
N°20-000876-0687-FA. Clase de Asunto
Depósito Judicial.—Msc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021591471 ). 3
v. 1.
Se comunica al señor
Bairon José Jaime Suárez que en
este despacho judicial se tramita proceso de depósito judicial de la persona menor
de edad Katherine Valeska Jaime Miranda, bajo el expediente Nº 21-001130-1302-FA,
promovido por la Licenciada
Marcela Luna Chaves, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia
de Aguas Zarcas, donde solicita que se apruebe el depósito
de la citada menor; por lo
que se les concede el plazo
de tres días contados a partir de la publicación, para
que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado
de Familia de San Carlos, 06 de octubre
del 2021.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021591300 ).
Se comunica al señor
Pedro José Bonilla que en este
despacho judicial se tramita
proceso de depósito
judicial de la persona menor de edad
Jeskar Isabela y Katriana Anai ambas Bonilla Serrano, bajo el
expediente Nº 21-001129-1302-FA, promovido por el licenciado Ernesto Romero Obando, Representante
Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito de las citadas menores; por lo que se
les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para
que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado
de Familia de San Carlos, 06 de octubre del año 2021.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021591302 ).
Se hace saber: a los asociados
de Asociación de Voluntariado,
Investigación y Desarrollo Ambiental, cédula jurídica número 3-002-098035, todos los interesados conforme a lo dispuesto en la parte dispositiva
de la sentencia de las trece
horas veintiún
minutos del diecinueve de agosto del dos mil veintiuno, se dispuso en la parte
dispositiva de la sentencia
supra, lo que literalmente dice “...Por tanto: Se declara la disolución de la disolución de asociación de voluntariado, investigación y desarrollo ambiental, cédula jurídica N° 3-002-098035 y se acoge
la pretensión de la demanda.
Expídase el aviso de ley
para advertir a interesados que cuentan con treinta días para oponerse y hacer valer su
derecho en la eventual liquidación.
Transcurrido el plazo otorgado en el aviso, según
las circunstancias, se podría
señalar junta de asociados
para designar órgano liquidador de constatarse algún activo o pasivo. Igualmente, una vez decursado ese plazo y comprobada la publicación, se librará la ejecutoria del fallo para su inscripción en Registro de Asociaciones, al margen de las citas de inscripción de la disuelta, sea expediente Nº 3027,
citas tomo 368, asiento
18620, o cualquier otra sede registral que se indique,
previa aportación de copias
y especies fiscales necesarias. Se resuelve sin
especial condenatoria en costas por su naturaleza.
Gersan Tapia Martínez, Juez
Tramitador.” Lo anterior por ordenarse
así en proceso
disolución de asociación de
asociación de voluntariado,
investigación y desarrollo ambiental. Expediente N° 19-000174-1624-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 09 de setiembre del 2021.—Gersan Tapia
Martínez, Juez.—1 vez.—(
IN2021591393 ).
Se comunica a Esmeralda Patricia Centeno Paz, mayor, cédula 2- 791-786, demás calidades desconocidas, y al señor José Fabio Reyes Barrera,
mayo, cédula 2-755-446, taxista informal, vecino de Medio Queso de Los Chiles, sin más datos, ambos padres de la menor de edad Britany Paola Reyes
Centeno, que en este Juzgado se tramita Proceso de Depósito Judicial de Menor, bajo el Expediente nº21-001044-1302-FA, promovido
por la Licda. Vivian Cabezas Chacón,
Representante Legal del Patronato
Nacional de la Infancia de Los Chiles, donde solicita que se apruebe el depósito
de la citada menor de edad; por lo que se les concede el
plazo de tres días contados a partir de esta publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 06 de octubre del 2021.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021591442 ).
Licda. Grace María Cordero
Solórzano, Jueza del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
hace saber a Yobania del
Carmen Hurtado Martínez, mayor, ama de casa, nicaragüense,
demás datos y domicilio desconocidos; y Yorquin Ariel Pérez Miranda, mayor, nicaragüense, demás datos y domicilio desconocidos, que en proceso declaratoria de abandono en su
contra, expediente 21-000034-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia
se dictó la Sentencia N°
2021001051 de las doce horas quince minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintiuno resolución que en síntesis dice: “Por tanto: con fundamento
en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los derechos del Niño, artículo
30 y siguientes del Código de la Niñez
y la Adolescencia, 160 y siguientes
y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de estado de abandono con fines de adopción y se ordena: A) Declarar el estado
de abandono con fines de adopción
de las personas menores de edad
Taylin de los Ángeles Hurtado Martínez
y Yocsan David Pérez Hurtado. B) Se extingue a sus progenitores Yorquin Ariel Miranda y Yovania
del Carmen Hurtado Martínez el
ejercicio de la patria potestad
que ostentan en pro de Yocsan David y Taylin de los Ángeles. C) Se otorga el depósito judicial de las personas menores
de edad Taylin de los Ángeles Hurtado Martínez y Yocsan David Perez Hurtado en los
señores Anielka Patricia
Hurtado Martínez y Marvin José Rocha Oporta, quienes deberán apersonarse a este Despacho
para aceptar el cargo conferido a nivel judicial o administrativo, en el entendido que, éste segundo deberá
la parte gestora presentarlo al despacho, para su admisión. Publicación de edicto
y honorarios: publíquese la
presente sentencia en el Boletín
Judicial del Diario Oficial
La Gaceta. Una vez firme la misma, se dispone que
los honorarios de la licenciada
Nichole Molina Chaves en calidad
de Curadora Procesal de la parte demandada, se cancelarán parcialmente, en el tanto que, dicha profesional no cumplió a cabalidad con la función encomendada, dado que no concurrió a la audiencia oral y privada
de este proceso. Comuníquese lo que corresponda a
la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Costas y recursos:
de conformidad con el
ordinal 222 del anterior Código Procesal Civil -vigente en materia
familiar- y canon 106 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se dicta la presente
sentencia, sin especial condenatoria
en costas. En caso de disconformidad
con lo resuelto, cuentan
las partes con tres días posteriores a la notificación de
la presente resolución o contados desde que les quede notificada la misma, para plantear el recurso de apelación
respectivo. La inscripción
de la sentencia: inscríbase
a la firmeza de esta sentencia, en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, ambos de la provincia
de Alajuela. Con respecto al niño
Yocsan en las citas de inscripción número 209090411. En atención a la niña Taylin en las citas
de inscripción número
209680231. Notifíquese.
Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.”
Lo anterior se ordena así en declaratoria de abandono de Patronato Nacional de
la Infancia contra Yobania
del Carmen Hurtado Martínez y Yorquin
Ariel Pérez Miranda; expediente N°
21-000034-1302-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
06 de octubre del 2021.—Licda.
Grace María Cordero Solórzano, Jueza
Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021591443 ).
Msc. Patricia Vega
Jenkins, Jueza. Juzgado de Familia
de Greica, a quien interese, por este medio se le comunica que en el proceso tramitado
bajo el expediente número 21-000609- 0687-FA del Juzgado
de Familia de Grecia, se dictó la resolución
de las diez horas con cincuenta
y cinco minutos del siete de octubre del año dos mil veintiuno, que en lo conducente y en lo que aquí concretamente interesa dice: Se tiene por establecido por parte de Francisco Gerardo Mora Rojas el
presente proceso no contencioso de reconocimiento hija mujer casada
promovido por parte del señor Francisco Gerardo Mora Rojas respecto
de la persona menor de edad
Ana Lucia Sánchez Arce. Participan como intervinientes la señora Olga Lidia Arce Hidalgo quien
se encuentra debidamente apersonada en autos y por lo
tanto se encuentra enterada
y se da por notificada de las presentes
diligencias sin mostrar oposición
a éstas. Debido a que el señor Carlos Mario Sánchez
González se reporta como
persona fallecida situación
que se verifica con la documental aportada
a los autos y dado que el mismo
participa en este proceso como
un mero interviniente se ordena que se notificará y emplazará por cinco días a cualquier persona que tenga interés en este
proceso mediante Edicto que se publicará en el Boletín
Judicial. Se invita a las partes
a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio,
e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese. Expediente N° 21-000609-0687-FA.—Msc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-20017-JA.—( IN2021591450 ).
Licenciado Carlos Sánchez Miranda, Juez
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a Salvatore Palermo, en su carácter
personal, quien es mayor, casado,
cédula N° 0801270374, se le hace saber que en Demanda Abreviado
de Divorcio, expediente N°
21-001107-0165-FA establecida por Albinka
María Villarreal Umaña
contra Salvatore Palermo Saieva, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José, a las veintidós horas cincuenta y nueve minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintiuno.
De la anterior demanda abreviada
de divorcio establecida por
la accionante Albinka María Villarreal Umaña,
se confiere traslado al accionado Salvatore Palermo, representado
por el curadora procesal José
Adrián Vargas Solís, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un
edicto que se publicará en el Boletín
Judicial o en un diario
de circulación nacional;
para los efectos del artículos
263 del Código Procesal Civil. Inclúyase
en el mismo
los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Se reserva la contestación de la demanda realizada por la curadora procesal mediante escrito con fecha de presentación
del 17 de agosto 2021, para ser conocida
en el momento
procesal oportuno.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José.—MSc.
Carlos Sánchez Miranda, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021591512 ).
Se avisa a la señora Diana Lizeth Mora Méndez, con cédula de identidad N° 1-1457-0619, de domicilio
demás calidades desconocidas, que, en este Juzgado,
se tramita el expediente
N° 21-000684-0673-NA, correspondiente a Diligencias
No Contenciosas de Depósito
Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de las personas menores de edad
Darrel y Sofía, ambos Roblez Mora. Se le
concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste
su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, a las dieciséis
horas y siete minutos del cuatro
de octubre de dos mil veintiuno.—Licda. Isabel Ortiz Fernández, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021591514 ).
Se avisa que, en este Despacho Marcos Vinicio Díaz Sánchez, solicitan se apruebe la Adopción Individual de
la persona menor de edad
Marcelo Sosa Alfaro. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
21-000701-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 07 de octubre
del 2021.—Licda. Isabel
Ortiz Fernández, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021591515 ).
Se avisa que, en este Despacho Andrea Angélica
Cascante Méndez, solicitan se apruebe
la Adopción Individual de la persona menor de edad Leslie Valeria Chavarría Ramírez. Se
concede a todos las personas interesadas
directas el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 21-000646-0673-NA.—Juzgado
de la Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial, San José, 07 de octubre del 2021.—Licda. Isabel Ortiz
Fernández, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021591516 ).
Se avisa que, en este Despacho, solicitan se apruebe la Adopción Individual de las personas menores
de edad Daniela Godínez
Castillo y Valery Godínez Castillo. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo
de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
21-000626-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 07 de octubre
del año 2021.—Licda. Isabel Ortiz Fernández, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021591518 ).
Se avisa a la señora Cecilia Marcela Estrada Camacho, (portadora de la cédula de identidad
N° 3-0449-0272, costarricense, soltera),
de domicilio y (demás) calidades desconocidas, que, en este juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000661-0673-NA, correspondiente
a Diligencias No Contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por
el Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad: José Francisco
Estrada Camacho. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias. Expediente N°21-000661-0673-NA. Clase
de asunto: Actividad
Judicial No Contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021591519 ).
Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez Juez del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y
Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia); hace saber a Minor Enrique Rivera Calderón, documento de identidad 0110090199,
Casado, Soldador, vecino de desconocida, que en este Despacho se interpuso un
Proceso Procesos Especiales en su contra, bajo el expediente número
19-000336-0928-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente
dicen:Resultando......1)......2).....3).......4)......5).....Considerando.......I.
Hechos probados......a)........b).......c)......e)......II....III.....IV. ...V......VI......VII......VIII......IX.....Por
tanto.......De conformidad con loexpuesto, normas
legales citadas y artículos 99, 153, 155, 316, 317, 432, 433 y 434 del Código
Procesal Civil, 2, 158, 160 y 161 del Código de Familia. Se declara con lugar
el presente proceso de Declaratoria de Abandono para fines de Tutela, incoado
por el Patronato Nacional de la Infancia representado por la Licenciada Johanna
Matamoros Miranda, en contra de MISSY Johaidy
Monestel Muñoz, Bryan Miguel Corrales Arroyo y Minor
Enrique Rivera Calderón, se falla de la siguiente forma: 1) Se acoge la
presente demanda. 2) En vista de que las personas menores de edad se hallaban
en riesgo social, se da por terminada la patria potestad de las personas
demandadas Missy Johaidy
Monestel Muñoz, Bryan Miguel Corrales Arroyo y Minor
Enrique Rivera Calderón, en relación con las personas menores de edad
mencionadas Yaran Manuel Corrales Monestel y Mattias
Enrique Rivera Monestel. 3) Se otorga el Depósito judicial de las personas
menores de edad Yaran Manuel Corrales Monestel y
Mattias Enrique Rivera Monestel a María Clavelina Muñoz Ureña a quien se le
otorga el plazo de tres días a partir de la firmeza de la presente resolución
para que se presente a aceptar el cargo de depositario definitivo. 4) Firme la
presente resolución se ordena su inscripción en el Registro Civil, Registro de
Nacimientos de la provincia de Guanacaste, Tomo cuatrocientos noventa y siete,
Folio ciento treinta y uno, Asiento doscientos sesenta y uno, para Yaran Manuel y Tomo cuatrocientos ochenta y tres, Folio
cuatrocientos cuarenta y cinco, Asiento ochocientos ochenta y nueve, provincia
de Guanacaste, para Mattias Enrique. 5) De acuerdo con el artículo 106 del
Código de la niñez y la Adolescencia, se resuelve este asunto sin especial
condenatoria en costas. Se omite pronunciamiento sobre la persona Gipzy Natalia Monestel Muñoz, por haber cumplido la mayoría
de edad. Notifíquese esta sentencia al accionado Minor
Enrique Rivera Calderón, por medio de un edicto que se publicara por una sola
vez en el Boletín Judicial, o en Diario de Circulación Nacional. Lic.
Luis Fernando Sáurez Jiménez. Juez. Lo anterior se
ordena así en Proceso Procesos Especiales Declaratoria de Abandono del
Patronato Nacional de la Infancia Cañas contra Bryan Miguel Corrales Arroyo, Minor Enrique Rivera Calderón y Missy
Johaidy Monestel Muñoz; expediente
Nº19-000336-0928-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a
correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia),
29 de julio del año 2021.—Lic. Luis Fernando Sáurez
Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021591598
).
Licenciada Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, a Omar Rueda Quintero, en su carácter
personal, quien es mayor, cédula N° 0800870579, se le
hace saber que en demanda procesos especiales, establecida por Patronato Nacional de la Infancia
contra Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. A las diez horas veintidós minutos del veintisiete de abril de dos mil veintiuno. Por parte del ente accionante en escrito de fecha
22/04/2021 se tiene por cumplida
la prevención realizada en autos respecto a la valoración psicosocial ordenada, así como
por hechas sus manifestaciones
respecto a continuar este proceso únicamente
en relación al niño Carlett Dylan Rueda Varela, en ese sentido se resuelve: Se ordena continuar con el trámite
de este asunto únicamente en cuanto
a dicho menor, en este acto
se revoca el nombramiento de depositaria otorgado a la señora Magda Rosa
Sandoval Reyes en relación
al niño Heidan Adrián Rueda
Varela y se le ordena al representante
legal del Patronato Nacional de la Infancia iniciar de forma inmediata el proceso
de investigación de paternidad
a favor del niño Heidan y su supuesto padre biológico el señor
Adrián, esto por cuanto es un derecho de la persona menor
de edad de saber quién es su
progenitor y tener un conocimiento
real sobre su filiación, en el
tanto se efectúe tal proceso se autoriza la permanencia de Heidan en el hogar
de su supuesto padre el señor Adrián Alberto Sánchez
Hernández y una vez teniendo
el resultado de tal procedimiento deberá de informarlo a este expediente. Ahora bien, contando con una posible dirección del señor Omar Rueda Quintero se ordena
continuar con el trámite
de este asunto. Se tiene por establecido el presente Proceso
Especial de Declaratoria de Abandono
de la persona menor Carlett
Dylan Rueda Varela, planteado por Patronato
Nacional de la Infancia contra Omar Rueda Quintero
(la madre de la persona menor
la señora Segeillyn se encuentra fallecida), a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en
el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio,
e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
Se le advierte que, si no contesta en el
indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada,
conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; de este Circuito
Judicial. La parte demandada
puede ser localizada en la siguiente dirección: Ciudad Quesada, costado
sur del estado Carlos Ugalde casa esquinera
de dos pisos, en la parte de abajo están unos apartamentos
al lado de esos apartamentos existen unas gradas en
la segunda planta donde finalizan esas gradas ahí está la casa. En
caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
de la persona funcionaria notificadora,
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021591600 ).
Licenciada
Kensy Cruz Chaves, Jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Maryuli
María Gutiérrez Rangel, en su carácter personal, quien es mayor, Soltera,
vecina dato desconocido, cédula 0504100840, se le hace saber que en demanda
Declaratoria Judicial de Estado de Abandono, establecida por Patronato Nacional
de la Infancia contra Maryuli María Gutiérrez Rangel,
se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice:
N°2021000928 sentencia de primera instancia Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las diez horas cincuenta y nueve
minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno.-
Procesos Declaratoria Judicial de Estado de Abandono, establecido por Patronato
Nacional de la Infancia de Limón. Resultando: I, II Considerando: I.—, II.—,
II.—, IV.—, V.—, Por tanto: Por lo expuesto y artículos 1 a 9, 115 y
siguientes, 146, 148, 158 inciso c) y 160 inciso c) del Código de Familia, 155,
162 a 165, 222 del Código Procesal Civil, la presente demanda de Declaratoria
de Abandono formulada por el Patronato Nacional de la Infancia contra Maryuli María Gutiérrez Rangel, se resuelve de la siguiente
manera: a) El estado de abandono con fines de adopción de los menores Jeiler Andrés, Darielyn Aimar y Betzi Alexandra; todos de apellidos Gutiérrez Rangel, por
parte de su madre Maryuli María Gutiérrez Rangel,
demandada a quienes se le sanciona con la perdida de la patria potestad sobre
dicho menor. b) Se ordena mantener en Depósito Judicial de la persona menor de
edad Darielyn Aimar Gutiérrez Rangel en el Patronato
Nacional de la Infancia, pudiendo delegar esta institución el hogar de los
señores Milagro Morales Soto y su esposo Gerardo Alexis Morales Chaves. c) Se
ordene el Depósito de la persona menor de edad Betzi
Alexandra Gutiérrez Rangel en el Patronato Nacional de la Infancia, pudiendo
delegar la institución el Hogar Metodista. d) Se ordene el Depósito Judicial de
la persona menor de edad Jeiler Andrés Gutiérrez
Rangel en el Patronato Nacional de la Infancia, pudiendo delegar la institución
el Hogarcito de Pococí y Guácimo. Deberá el Representante Legal deberá aceptar
el cargo definitivo una vez firme esta sentencia, ya sea en forma personal ante
este despacho o bien por escrito. Así mismo se autoriza a dicho Representante a
reubicar a la persona menor de edad en una Familia potencialmente adoptiva
debidamente autorizada por el Departamento de Adopciones. e) Firme la sentencia expídase la ejecutoria de ley para su correspondiente
inscripción al margen de las citas de nacimiento de la menor Dariely Aimar Gutiérrez Rangel (Provincia de Limón, tomo
396, folio 423, asiento 846), de Jeiler Andrés
Gutiérrez Rangel (Provincia de Limón, tomo 418, folio 87, asiento 173) y de Betzi Alexandra Gutiérrez Rangel (Provincia de Limón, tomo
408, folio 396, asiento 792) f) Se resuelve sin especial condenatoria en
costas. g) Publíquese a parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial
por única vez. Firma la misma procédase con la cancelación de los honorarios de
la curadora procesal. Notifíquese. Expediente: 19-000127-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica,
Fecha: 07 de Octubre del 2021.—Licda. Kensy Cruz
Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021591603 ).
Licenciada Grace María Cordero Solorzano, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, a Ronald James Gasper, en su carácter personal, quien es mayor, se le hace saber
que, en Demanda Procesos Especiales, establecida por PANI San Carlos contra Jason Andrés Ramírez
Azofeifa y otros mediante el expediente
N° 17-000484-1302-FA, se ordena notificarle
por edicto, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. A las trece horas y treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil dieciocho.- Se tiene por establecido el presente Proceso Especial de Declaratoria de Abandono de las personas
menores Hilary Michelle Y Naomy
ambas de apellidos Ramírez Villegas, así como la niña
Alis Gasper Villegas, planteado
por PANI San Carlos contra Jason Andrés Ramírez Azofeifa,
Luz Francila Villegas Garro
y Ronald James Gasper (quien será
notificado mediante su curadora procesal
la Licenciada Margarita Regidor Solano), a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en
el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20,
del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado Civil, g) Número
de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que, si no contesta en el indicado
plazo de cinco días, el proceso seguirá
su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada,
conforme lo estipula el artículo 123 Ibidem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al Curador Procesal por medio del lugar señalado. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; de este circuito
judicial. La parte demandada
puede ser localizada en la siguiente dirección: En relación
a la señora Luz Francila
Villegas Garro siendo que
la misma se encuentra apersonada a este
asunto se ordena notificarla al medio de notificación
señalado, esto por medio de
su representante legal. En cuanto al señor
Jason Andrés Ramírez Azofeifa Aguas
Zarcas, de la escuela 300
metros en dirección a la delegación y del reductor de velocidad
200 metros hacia el sur al lado izquierdo por calle de piedra por donde viven los Newman. En caso que el
lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso
de la persona funcionaria notificadora,
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Licda.
Grace María Cordero Solorzano, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021591604 ).
A Miriam Marín Corrales y a todas
las personas que tuvieren interés
en el depósito
de la menor Mileidy Marín
Corrales, se les pone en conocimiento
la resolución de este despacho que en lo conducente dice: “Juzgado de
Familia de Grecia, a las diez horas con cincuenta y dos minutos del treinta de setiembre del dos mil veintiuno. Se confiere traslado por tres días a la señora Miriam Marín Corrales, a quien
se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009. Con
respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 69-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo. b) sexo. c) fecha de nacimiento. d) profesión u oficio. e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad. f) estado civil. g) número de
cédula. h) lugar de residencia. Por medio de edicto, que se publicará por una vez en el
Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de ocho
días que se contarán a partir
de la publicación del edicto
ordenado. Desconociéndose el paradero actual de la madre de la persona menor de edad interesada, notifíquesele esta resolución mediante un edicto que se publicará en el Boletín
Judicial (Artículos 161 del Código de Familia;
819 inciso 1º del Código Procesal Civil). Publíquese
esta resolución por una
sola vez en el Boletín Judicial
o bien en un diario de circulación nacional. 30 de setiembre del año 2021. Expediente N°21-000655-0687-FA. Clase
de asunto depósito judicial.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021591627 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Marixsa de Los Ángeles Carranza
Arias, mayor, divorciada, Oficios
Domésticos, cédula de identidad
número 0502690143, vecina
de Cañas barrio Unión 100 metros sur del abastecedor Magaly, hija de
Miriam Arias Murillo y Cecilio Carranza Ortega, nacida en centro
Liberia, Guanacaste, el 20/10/1971, con 49 años de edad, celular
64790685; y Minor Enrique Hernández Artavia,
mayor, soltero, Operario
Industrial, cédula de identidad número
0503140591, vecino Cañas
barrio Unión 100 metros sur del abastecedor Magaly, hijo de Ana Lorena Hernández Artavia,
nacida en Centro Liberia
Guanacaste, el 22/02/1980, actualmente
con 41 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-000325-0928-FA.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas,
fecha, 06 de octubre del año 2021.—Lic. Roly Arturo Bogarin Morales, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021592579 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil, Jaquelin María Isaba
Calero, mayor, soltera, comerciante,
cédula de identidad número
0604730259, nombre de la progenitora
y nombre del progenitor, con 19 años
de edad, y Michael José Tenorio Pérez, mayor, soltero,
pescador, cédula de identidad
número 0604020421, actualmente
con 29 años de edad; ambas
personas contrayentes tienen
el domicilio en Puntarenas, Morales de Chómes,
Puntarenas. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-001083-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas,
fecha, 17 de setiembre del año 2021.—MSc. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas,
Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021592580
).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Langing Jael Rivas Vega, mayor, soltera,
profesión Administradora de
Empresas, costarricense,
cédula 1-1762-0066, hija de Freddy Antonio Rivas Chavarría, nicaragüense y Julia Janitcia Vega Abarca, costarricense, nacida en Costa Rica, Hospital, Central, San José, el día 25 de noviembre de 1999
con 21 años de edad, y Eyra
Johana Santamaria Moncada, mayor, soltera, profesión cajera, nicaragüense, cédula de residencia 155831673118, hija de Julio Cesar Santamaría, nicaragüense, y Leyla
Argentina Moncada López, nicaragüense, nacida en Nicaragua, Masaya,
Masaya, el día 15 de setiembre
de 1984, actualmente con 37 años
de edad. Ambas comparecientes
son vecinas de San José, cantón
San José, distrito Hospital, de Pizza Hut Paseo
Colón, 400 metros sur, 200 metros este, casa a mano derecha, portones blancos. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 21-000873-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, San José, fecha, 05 de octubre del año 2021.—Licda. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—(
IN2021592897 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil el señor Walter Noel Leiva Mora, mayor, soltero, chofer de bus, cédula de residencia número
155818356132, hijo Enrique Ramón Leiva
Darce y Justina de la Concepción Mora Cantillano, nacido en León Nicaragua, con 36 años de
edad, y la señora Adriana
Isabel Jiménez Méndez, mayor, soltera, ama de casa,
cédula de identidad número
4-0206-0138, hija de José Luis Jiménez Arce y Mayra
Méndez Gamboa, nacida en Heredia, el 19 de Abril del
1990, actualmente con 31 años
de edad, ambos vecinos de
Heredia. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá
manifestarlo ante este juzgado dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente 210022440364FA.—Juzgado de Familia
de Heredia, 04/10/2021.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021592919
).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Arelys Yoana Calderón Guerra,
mayor, Soltera en Unión de Hecho, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0604190510, vecina de Corredores, Caracol norte, cien metros norte de la Asada, hija de Toribia Guerra Olmos y William Calderón Cordero, nacida en Centro, Golfito,
Puntarenas, el 10/10/1994, con veintiséis
años de edad, y Gabriel
Delgado Elizondo, mayor, soltero en
unión de hecho, Dependiente, cédula de identidad número 0603590857, vecino de la misma dirección de la anterior, hijo de Isabel Elizondo Rojas y Omar Francisco Delgado Gatgens, nacido en Centro Golfito Puntarenas, el
01/08/19g86, actualmente con treinta
y cinco años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 21- 000499-1304-FA.—Juzgado de Familia y
Violencia Doméstica del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores,
Ciudad Neily, fecha, 10 de setiembre
del año 2021.—Lic. William
Calderón Navarro, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021592920 ).
Expediente N° 21-000532-0687-FA, Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de
Grecia (Materia Familia), Grecia, fecha 29 de setiembre del año 2021. Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Carlos
Antonio Murillo Avilés, mayor, soltero,
jornalero, cédula de identidad
número 503030520, vecino de
Grecia, Barrio Latino, Bajo Reinier, hijo de Susana Avilés Víctor y Jerónimo Murillo Avendaño, nacido en Guanacaste, el 29 de diciembre 1977, con 44 años de edad, y Marta Lorena
Urbina Avilez, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad número
0401730893, vecina de Grecia, Barrio Latino, Bajo Reinier, hija de Rosa Avilez Duarte y Julio Urbina Durán, nacida
en Puerto Viejo, Sarapiquí,
el 28 de febrero 1980, actualmente con 42 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
publíquese una vez. Expediente Nº 21-000532-0687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia de Familia), Alajuela,
Grecia,
fecha, 29 de setiembre del año 2021.—Licda. María Magdalena
Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—(IN2021592925).
Han comparecido antes este Despacho solicitando
contraer matrimonio Civil
los señores José Luis Martínez Brenes,
quien es mayor, divorciado,
de 32 años de edad, dependiente, portador de la
cédula 02-0652-0755, hijo de Luis Ángel
Martínez Esquivel y Marleny Giselle Brenes García, vecino de Barrio
La Isla San MartÍn,
Ciudad Quesada, San Carlos y Carol Priscilla Arana Sandoval, quien es mayor de 38 años de edad, soltera, de oficio del hogar, portadora de la cédula 02-06-0331-0343, hija
de Nidia Milena Sandoval Araya y Maximiliano Arana Navarro, vecina
de las Monte Horeb San Rafael Ciudad Quesada San Carlos. Si alguna
persona tuviera conocimiento
de la existencia de impedimento
legal alguno para la realización
de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado
dentro de los ocho días posteriores
a la publicación de este edicto. Expediente
21-000987-1302-FA.—Juzgado
de Familia de San Carlos, 13 de mayo del año
2021.—Licda. Sandra Saborío
Artavia, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021592954 ).
Msc. Patricia Vega
Jenkins, Jueza. Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia
Familia). Grecia comunica a quien
tenga interés que han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil el señor Vidal Diaz Azofeifa, mayor,
divorciado por segunda vez, el último
divorcio que registra es
con la señora Inés Gabriela Waterhouse Soto el 07 de julio del dos mil once.
El señor Diaz Azofeifa es
persona mayor de edad, electricista,
cédula de identidad número
0104191300, vecino de Heredia, Santa Rosa De Santo
Domingo, de tatos bar 25 metros al este, hijo de Vidal Diaz Quirós y
Elena Azofeifa Meza, nacido
en Pérez Zeledón el 06 de febrero de 1954, con 67 años de edad, hijo
de Vidal Díaz Quirós y Elena Azofeifa Meza y Claudia Mayela Cambronero Araya, mayor, Soltera,
ama de casa, cédula de identidad número
202860523, vecina de Sarchí
de Innovaplant 800 metros al norte,
hija de María Cambronero Araya, nacida
en La Suiza, Alajuela el 21 de setiembre de 1952, con
69 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente judicial 21-000643-0687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las ocho horas veintiocho minutos del veinticuatro de setiembre de dos
mil veintiuno.—Msc.
Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021592958 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil German Centeno Junez, mayor, soltero,
pensionado, cédula de identidad número
0502500528, hijo de María Junez
Junez, nacido en La Cruz, Liberia, Guanacaste, el
28/05/1968, con 51 años de edad,
y Flor María Del Carmen Morales Núñez,
mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0602230096, hija de
Justina Morales Núñez, nacida
en Centro, Central, Puntarenas, el
04/05/1969, actualmente con 51 años
de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Río Jiménez de Guácimo, 50 metros oeste del cementerio, casa color verde, Pococí. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 21-001183-1307-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, fecha, 05 de octubre del año 2021.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021593043 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil,
Carlos Alberto Salazar Mondragón, mayor, soltero, cajero, cédula de identidad número 0604040666, vecino de Cañas, Barrio San Martín, del kinder de la escuela Antonio Obando 700 metros oeste,
hijo de María Del Rosario Mondragón
Galera y Carlos Alberto Salazar Sandoval, nacido en centro, Central, Puntarenas, el 03/11/1992, con 28 años de edad, celular 87116602 y Karen Jarquín Guevara, mayor, soltera, Nutricionista, cédula de identidad
número 0503950756, vecina
de Cañas, Barrio San Martín, del kinder de la escuela Antonio Obando 700 metros oeste,
hija de Nery Socorro Guevara Miranda y Francisco Jarquín Flores, nacida en Centro, Liberia, Guanacaste, el
05/11/1993, actualmente con 27 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Publíquese por única vez. Expediente Nº 21-000233-0928-FA,
solicitud de matrimonio, promoventes: Carlos Alberto Salazar Mondragón
y Karen Jarquín Guevara.—Juzgado de Familia Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas,
fecha, 14 de julio del año 2021.—Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—(IN2021592981).
Por requerirse
así en la sumaria 14-000737-0485-PE, en
contra de Emanuel Mauricio Chaves Hernández, por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), en
perjuicio de Juan José Carrillo Carrillo,
se solicita publicar por
medio de edicto y por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial y de conformidad con el
artículo
115 del Código Procesal Penal la siguiente
Resolución: Acción Civil Resarcitoria del cuatro de setiembre del dos mil catorce, establecida por la Licenciada
Evelyn Baltodano Zúñiga, en calidad de Abogada del ofendido Juan José
Carrillo Carrillo, en
contra del demandado civilmente
Emilio Banchs Fabregat
cédula de identidad N° 1-0463-0530, esto para que interponga las excepciones que estime convenientes. Lo anterior de carácter
urgente ya que la causa
prescribe el 25 de marzo
del 2022.—Fiscalía
Adjunta del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Guillermo Cordero
Camacho, Fiscal Auxiliar.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021591635 ). 3
v. 1.