BOLETÍN JUDICIAL N° 241 DEL 15 DE DICIEMBRE DEL 2021
ASUNTO:
Acción de inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES
DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Para
los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley
de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que
se tramita con el número 18-016960-0007-CO promovida por Otto Claudio Guevara
Guth contra los artículos 34, 37, 44,
45, 46, 48, 57, 58, 60, 68 y 69 de la VII Convención Colectiva del Banco
Nacional de Costa Rica, por estimarlos contrarios a los artículos 10, 11, 33 y
63 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2021-025969 de las
doce horas quince minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno, que
literalmente dice:
«Se declara parcialmente con
lugar la acción. En consecuencia, se anulan por inconstitucionales las siguientes
normas:
1) Por unanimidad, el artículo
34, de la VII Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica,
en cuanto al pago de los montos por auxilio de cesantía -cuando en derecho
corresponda- mayores a un tope de doce años. El Magistrado Castillo Víquez da
razones diferentes.
2) Por unanimidad, el artículo
34, de la VII Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica,
al reconocer el pago de los montos por auxilio de cesantía por renuncia del
trabajador.
3) Por mayoría, los incisos b) y
c), del artículo 44. Los Magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal salvan el
voto y declaran sin lugar la acción.
4) Por unanimidad el artículo
45.
5) Por unanimidad el artículo
46.
Se declara sin lugar la acción de las siguientes normas:
1) Por unanimidad, contra el
pago de auxilio de cesantía por concepto de jubilación, pensión o a los
causahabientes de los empleados o empleadas que fallezcan, contenido en el
artículo 34, de la VII Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de
Costa Rica, siempre y cuando no supere el tope de la cesantía de los doce años.
2) Por mayoría, el artículo 37.
El Magistrado Rueda Leal salva el voto y declara inconstitucional este
artículo.
3) Por unanimidad, el artículo
44, inciso a).
4) Por unanimidad, el artículo
48.
Se rechaza de plano la acción de inconstitucionalidad presentada contra
los artículos 57, 58, 60, 68 y 69.
El Magistrado Salazar Alvarado consigna nota.
Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de
entrada en vigencia de las normas anuladas, sin
perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. Notifíquese este
pronunciamiento a las partes apersonadas y la Procuraduría General de la
República. Comuníquese esta sentencia a la Dirección de Asuntos
Laborales del Ministerio de Trabajo. Reséñese este pronunciamiento en
el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín
Judicial. Notifíquese.»
Se
hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige
a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.
San
José, 02 de diciembre del 2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña
Secretario
O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021607759
).
Para los efectos del artículo
90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la
acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 18-016832-0007-CO
promovida por Caravana Internacional S.A., Daniel Rojas Pochet, Inversiones
Esema S.A. contra los artículos 30 y 32 de la Ley N° 7495,
Ley de Expropiaciones, Reformados por Leyes Nos. 9286 de 11 de noviembre de
2014 y 9462 de 11 de julio de 2017, se ha dictado el voto número 2021-027046 de
las nueve horas veinte minutos del uno de diciembre de dos mil veintiuno, que
literalmente dice:
«Se declara sin lugar la acción.»
San José, 02 de diciembre del
2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña
Secretario
O. C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021607988
).
Para los efectos de los
artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el
número 19-010691-0007-CO promovida por Ana María
Esquivel Cruz contra los artículos 13, 36, inciso e); 38, incisos a), b), c),
d), e), f), g), h), i), k) y l); 42, inciso b); 43; 48; 96; 103, párrafo
primero, y 105 de la Convención Colectiva de Trabajo suscrita entre la
Municipalidad de Desamparados y el Sindicato de Trabajadores Municipales de
Desamparados (SITMUDE), se ha dictado el voto número 2021-026520 de las trece
horas once minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno, que
literalmente dice: «Se declara parcialmente con lugar la acción de
inconstitucionalidad interpuesta contra la convención colectiva de
la Municipalidad de Desamparados. En consecuencia: Primero: Por unanimidad,
respecto del artículo 36 inciso e) se estima que es constitucional siempre y
cuando se interprete que el plazo al que se refiere la licencia es de nueve
días naturales. Los magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal y la magistrada
Garro Vargas salvan el voto parcialmente en el sentido de que entienden que a
los hermanos se les deberá dar el mismo tratamiento que a los abuelos que no
son padres de crianza en los términos de la convención, en virtud de que
ostentan el mismo grado de consanguinidad. Asimismo, en relación con el
otorgamiento de la licencia con goce de salario por el fallecimiento de la
“pareja de vida”, el magistrado Rueda Leal y la magistrada Garro Vargas
declaran que no es inconstitucional siempre que se interprete, en atención al
principio constitucional de seguridad jurídica, que la relación de pareja deba
respetar los requerimientos fijados en el artículo 242 del Código de Familia. Segundo:
Del artículo 38, por mayoría, se declaran inconstitucionales los incisos a),
b), c), d), e) y h). El magistrado Cruz Castro salva el voto y declara
constitucionales dichos incisos. Por mayoría se declara la constitucionalidad
del artículo 38 inciso f). El magistrado Rueda Leal da razones diferentes en
cuanto a los aparatos ortopédicos y declara su constitucionalidad, siempre que
se demuestre que se trata de una herramienta indispensable para el buen
desempeño del trabajador, según la clase de puesto en concreto que ocupe. En
relación con esa misma norma, el magistrado Rueda Leal salva parcialmente el
voto y declara inconstitucional el pago con fondos públicos de prótesis
dentales por no tratarse de una herramienta indefectible para el buen desempeño
del trabajador. Por unanimidad se declara la constitucionalidad del artículo 38
inciso g). El magistrado Rueda Leal consigna nota. Del artículo 38 inciso i),
por mayoría, se declara inconstitucional el siguiente párrafo: “Por
fallecimiento del cónyuge o pareja de vida, hijos reconocidos o padres, la
Municipalidad le cancelará al funcionario la suma de ciento cincuenta mil
colones”. Los magistrados Castillo Víquez, Cruz Castro y Rueda Leal salvan el
voto y lo declaran constitucional. El magistrado Rueda Leal da razones
diferentes respecto de la pareja de vida. Tercero: Por mayoría se declara
inconstitucional el artículo 42 inciso b). El magistrado Rueda Leal da razones
diferentes. Salvan el voto los magistrados Castillo Víquez y Cruz Castro y la
magistrada Garro Vargas quienes consideran que la cláusula es constitucional.
Cuarto: Por mayoría se declara constitucional el artículo 43. El magistrado
Rueda Leal declara inconstitucional el artículo 43 por razones particulares. La
magistrada Garro Vargas declara inconstitucional el artículo 43 por sus propias
razones. Quinto: Por mayoría se declara inconstitucional el artículo 96 inciso
c). Los magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal ponen notas separadas. El
magistrado Cruz Castro salva el voto y declara sin lugar este extremo de la
acción. Sexto: De los artículos 103 párrafo primero y 105, se declara
inconstitucional el pago de un monto de indemnización por concepto de cesantía
cuando en derecho corresponda mayor a un tope de doce años. El magistrado Cruz
Castro salva el voto y declara sin lugar el agravio respecto a estos numerales.
Sétimo: Respecto de todo lo demás, se declara sin lugar la acción de
inconstitucionalidad. El magistrado Salazar Alvarado consigna nota. Esta
sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de
la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Notifíquese
este pronunciamiento a las partes apersonadas y a la Procuraduría General de la
República. Comuníquese esta sentencia a la Dirección de Asuntos Laborales del
Ministerio de Trabajo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La
Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial.
Notifíquese.» Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o
eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte
dispositiva del voto.
San José, 02 de diciembre del
2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario
O. C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021608007
).
Para los efectos de los
artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el
número 18-016960-0007-CO promovida por Otto Claudio Guevara Guth contra los
artículos 34, 37, 44, 45, 46, 48, 57, 58, 60, 68 y 69 de la VII Convención
Colectiva del Banco Nacional de Costa Rica, por estimarlos contrarios a los
artículos 10, 11, 33 y 63 de la Constitución Política, se ha dictado el voto
número 2021-025969 de las doce horas quince minutos del diecisiete de noviembre
de dos mil veintiuno, que literalmente dice:
Se declara parcialmente con
lugar la acción. En consecuencia, se anulan por inconstitucionales las
siguientes normas:
1) Por unanimidad, el artículo 34, de la VII
Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica, en cuanto al
pago de los montos por auxilio de cesantía -cuando en derecho corresponda-
mayores a un tope de doce años. El Magistrado Castillo Víquez da razones
diferentes.
2) Por unanimidad, el artículo 34, de la VII
Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica, al reconocer
el pago de los montos por auxilio de cesantía por renuncia del trabajador.
3) Por mayoría, los incisos b) y c), del artículo
44. Los Magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal salvan el voto y declaran sin
lugar la acción.
4) Por unanimidad el artículo 45.
5) Por unanimidad el artículo 46.
Se declara sin lugar la
acción de las siguientes normas:
1) Por unanimidad, contra el pago de auxilio de
cesantía por concepto de jubilación, pensión o a los causahabientes de los
empleados o empleadas que fallezcan, contenido en el artículo 34, de la VII
Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica, siempre y
cuando no supere el tope de la cesantía de los doce años.
2) Por mayoría, el artículo 37. El Magistrado
Rueda Leal salva el voto y declara inconstitucional este artículo.
3) Por unanimidad, el artículo 44, inciso a).
4) Por unanimidad, el artículo 48.
Se rechaza de plano la acción
de inconstitucionalidad presentada contra los artículos 57, 58, 60, 68 y 69.
El Magistrado Salazar
Alvarado consigna nota.
Esta sentencia tiene efectos declarativos y
retroactivos a la fecha de entrada en vigencia de las
normas anuladas, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe.
Notifíquese este pronunciamiento a las partes apersonadas y la Procuraduría
General de la República. Comuníquese esta sentencia a la Dirección de Asuntos
Laborales del Ministerio de Trabajo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario
Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial.
Notifíquese
Se hace saber que la
anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del
momento que se indica en la parte dispositiva del voto.
San José, 02 de diciembre del
2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña
Secretario
O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021608008
).
HACE SABER:
A
la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y
al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso
disciplinario notarial N° 18-000578-0627-NO, de Yorleni Alfaro Jara contra
Francisco Heriberto Gómez Céspedes, (cédula de identidad 2-0271- 0692), este
Juzgado mediante resolución número 2021-000704 de las siete horas veinte
minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintiuno, dispuso imponerle al
citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el
ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial.
San
José, 19 de noviembre del año 2021
Dra.
Melania Suñol Ocampo
Jueza
1
vez. —O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—
( IN2021608034 ).
A: Marta Patricia Víquez
Picado, cédula de identidad 2-0389-0120, que en el proceso Disciplinario
Notarial 19-000748-0627-NO establecido en su contra por Marcos Eduardo Villalta
Delgado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen:” Juzgado
Notarial, a las nueve horas y doce minutos del nueve de setiembre de dos mil
diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial
con pretensión resarcitoria de Marcos Eduardo Villalta Delgado contra Marta
Patricia Del Socorro Víquez Picado, a quien se confiere traslado por el plazo
de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos
denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los
efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la
Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe
referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere
pertinente. Se le previene a las partes que, dentro del plazo citado, deben
indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico,
fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o
si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por
la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente
notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas,
incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya
citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir
notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se
utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que
realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo
deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información
del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado
dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si
no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio
autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en
estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas
respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace
saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta,
en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de
San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este
Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada
semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por
el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización
lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un
correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de
nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad
con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones,
notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias
de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral.
Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de
habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de
notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente
ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la
notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser
entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio
registral de la parte denunciada ubicada en San Juan de Tibás, 750 metros al
oeste del Centro Comercial Feria del Norte, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de
San José (Goicoechea). La notificación en la oficina notarial de la parte
denunciada ubicada en San José, Escazú, San
Rafael, Plaza Loma Real, Local N° 4,
Carretera a Guachipelín, se
comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones;
Primer Circuito Judicial de San José. Asimismo, se ordena notificar a la
Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de
Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes
de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el
caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o
zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario
notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se
impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la
cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada (artículos
4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente
N°8687, publicada en La Gaceta
N° 20 del jueves 29 de enero
del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la
parte denunciada en la
Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153,
párrafo IV del Código Notarial, se ordena consultar la página web de la
Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para certificar si la
parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese. Msc.
Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez.” y la resolución “Juzgado Notarial, a
las dieciséis horas cuarenta y tres minutos del cuatro de noviembre del dos mil veintiuno. Siendo fallidos los intentos por notificarle
a la Licenciada Marta Patricia Víquez Picado, la resolución dictada a las nueve
horas y doce minutos del nueve de setiembre de dos mil diecinueve, en las
direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y en su domicilio
reportado en el Registro Civil (ver folio 52, 53 Y 79), y siendo que no tiene
apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas, como consta en
consulta visible en el expediente virtual el día veinticuatro de agosto del
presente año, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo
153 del Código Notarial, se dispone notificarle a la citada profesional esa
resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se
le hace saber a la denunciada que los hechos que le atribuye el denunciante
Marcos Eduardo Villalta Delgado son: “1. Yo firme un convenio de divorcio con
la señora Melissa Vargas Roldan, firma que me fue recogida por su hermano el
Lic. Sebastiánt Vargas Roldán, y la cual contenía un yerro, por cuanto no fue
consignada la fecha del matrimonio, debo aclarar que yo nunca he visto a la
Notaria a cargo del trámite. 2. Este asunto fue presentado ante el Juzgado de
Familia de Heredia, bajo el expediente 18-001288-0364-FA, para su homologación.
3. En este asunto fue prevenido que mediante adicional debía corregirse el tema
de la fecha del matrimonio, por ser un dato esencial. 4. Revisando el día de
ayer 17 de junio, 2019 el Registro Civil, me topo con la sorpresa de que aparezco
divorciado, ante lo cual me cuestiono ¿cómo?, si mediante resolución de las
16:52 horas del 4 de setiembre, 2018, se ordenó el archivo del proceso, por
vencimiento del plazo otorgado para la entrega de la escritura adiciona, que se
dio en el mes de julio que corrigiera los errores apuntados. 5. Para sorpresa
mía, se presenta segundo testimonio con la corrección, solicitada, pero debo
aclarar a Su Autoridad que el suscrito: a. No ha firmado adicional. b. No ha
firmado razón. c. No ha firmado nota o similar. En el Protocolo de la
Licenciada Marta Patricia Víquez Picado. Igual el documento presentado tiene
yerros significativos. 6. De esta forma he de cuestionar ¿Cómo aparezco
divorciado?, porque de haberse revisado con detenimiento, habrían notado que no
se cumplió la prevención realizada, que la escritura presentada, presta a
confusión porque menciona un segundo testimonio con hora y fecha distinta del
primer testimonio. 7. Aun
más
no comprendo como hicieron para dar el trámite correspondiente, cuando sólo una de las
partes ha firmado el escrito con la gestión para continuar, en el Juzgado de
Familia. 8. Aquí hay un gravísimo error en la tramitación, por parte del
Juzgado de Familia, pero peor aún un descuido en no observar las formalidades
que corresponden y hacer que un convenio con errores fuera homologado,
causándome grave perjuicio; junto con el hecho de que se hizo incurrir en mi
concepto en error al Juez de Familia. 9. Siendo así aquí ha existido una grave
vulneración a mis derechos y lo acontecido debe ser investigado hasta las
últimas consecuencias, no sólo con la sanción correspondiente, que desde ya
solicito sea la más severa posible, sino además con el resarcimiento
correspondiente; porque con su actuación ha puesto en peligro el quehacer de la
Administración de Justicia, mi estado civil y se han generado consecuencias que
me perjudican en mi quehacer. Se le pone en conocimiento a la Notaria Marta
Patricia Víquez Picado que el presente proceso se tramita una Pretensión Civil
Resarcitoria: Que los daños consisten en: a) producto del actuar negligente de
la Notaria Marta Víquez, al sustituir la voluntad de mi representado,
autorizando una escritura adicional que nunca fue por mi cliente, afectando con
ello su estado civil, pasando de casado a divorciado. Y es que dicho convenio
aún no se había homologado por contener vicios que se habían prevenido, por lo
que la Notaria en mención emitió una adicional corrigiendo esos vicios de fondo
y por ende esenciales, sin tomar en cuenta la voluntad del señor Villalta
Delgado, pues en se le informo de tal situación, ni se le recogió la firma
respectiva, causándole a mí representado un daño moral, al disponer libremente
de la voluntad de mi cliente, el cual se estima en la suma de dos millones de
colones (¢2 000 000.00). Que el perjuicio causado consiste en: producto de la
manipulación de la voluntad de mi cliente realizada por la Notaria Marta
Víquez, se ejecutó el convenio de divorcio que en un principio era nulo,
surtiendo efectos dicho acuerdo en sede de pensiones alimentarias, pues ahora
se me está ejecutando el cobro del concepto de pensión alimentaria, dicho
perjuicio se estima en la suma de un millón de colones (¢1 000 000.00). La
presente demanda se estima en: tres millones de colones (¢3 000 000.00) y para lo
cual se aportan los timbres de ley.” Conforme lo dispone el citado numeral,
comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un
defensor público a la denunciada Marta Patricia Víquez Picado, cédula de identidad
2-0389-0120. Notifíquese.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608035 ).
A la Dirección Nacional de
Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a
toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N°18-0000868-0627-NO,
de José Mauricio Carvajal Romero
contra Oldemar Antonio Fallas Navarro, (cédula de identidad 1-0765-0094), este
Juzgado mediante resolución a las catorce horas cuarenta y siete del dos de
noviembre del dos mil veintiuno, dispuso: “Siendo que la Imprenta Nacional,
publicó dos veces la sanción impuesta en este proceso al notario Oldemar
Antonio Fallas Navarro, como consta en el Boletín Judicial N°106 del día 03 de junio del 2021 y en el Boletín
Judicial N°123
del día 28 de junio del 2021; Se
resuelve: por existir duplicidad, se ordena la inmediata anulación de
la publicación realizada mediante boletín judicial N°123 del 28 de junio del
2021. Tome nota la Dirección Nacional de Notariado y el notario Oldemar Antonio
Fallas Navarro, que la única publicación válida es la realizada
mediante del Boletín Judicial N°106 del día 03 de junio del 2021. Comuníquese a la
Dirección Nacional de Notariado, Archivo Notarial, Registro Nacional y al
Registro Civil lo aquí resuelto. Expídase y publíquese el Edicto respectivo en
el Boletín Judicial. Notifíquese.
San José 02 de noviembre del
dos mil veintiuno
Dra.
Melania Suñol Ocampo.
Jueza
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608037 ).
A la Dirección Nacional de
Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a
toda la ciudadanía en general, Que en el proceso disciplinario notarial N°
18-000046-0627-NO, de Registro Civil contra Celina Rosa Izaguirre Sarkis
(cédula de identidad 700800048), este Juzgado mediante Sentencia de Primera
Instancia N° 567-2020 de las ocho horas doce minutos del diez de setiembre de
dos mil veinte (folios 48 al 50), la cual fue confirmada por el Tribunal
Notarial mediante Voto N° 0150-2021 de las nueve horas un minuto del nueve de
setiembre de dos mil veintiuno en vista que se encuentra firme se dispone
comunicar a la citada Notaria la corrección disciplinaria de un mes de
suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales
después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.
San José, tres de noviembre
de dos mil veintiuno.
M.Sc. Guillermo Rodrigo
Castro Rodríguez,
Juez
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021608690 ).
A la Dirección Nacional de
Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a
toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N°
17-000086-0627-NO, de Registro Civil contra Ángel López Miranda, cédula de
identidad N° 800710223, este Juzgado mediante sentencia de primera instancia N° 2021000337 de las seis horas veinticinco minutos del catorce de
mayo del dos mil veintiuno, la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial
mediante Voto N°
0155-2021 de las nueve
horas veinte minutos del viernes diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno,
en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado notario la
corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función
notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San José, 03 de noviembre del
2021.
Dra.
Melania Suñol Ocampo
Jueza
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608692 ).
A la Dirección Nacional de
Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a
toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N°
18-000277-0627-NO, de Registro Civil contra Randall Alejandro Vargas Pérez
(cédula de identidad 107770600), este Juzgado mediante Sentencia de Primera
Instancia N° 2021000630 de las catorce horas cincuenta y cinco minutos del
veintisiete de setiembre de dos mil veintiuno, en vista que se encuentra firme
se dispone comunicar al citado Notario, la corrección disciplinaria de cinco
días naturales de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho
días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Medida
cautelar en sentencia que se ordena: La suspensión del notario opera de pleno
derecho y absolutamente de manera que no puede aceptar rogaciones de nuevos
servicios notariales de ninguna especie, pasados los ocho días de la
publicación del edicto, conforme se dirá. No obstante
lo anterior, el notario queda habilitado para realizar todo tipo de trámites,
razones notariales, autorización de escrituras adicionales etc., que sean
indispensables para lograr la inscripción de escrituras o documentos
autorizados por el como notario, en los Registros Públicos, pero que se los
hayan rogado y los haya realizado estando habilitado, o sea, previos a la
presente suspensión. De manera que la suspensión del notario lo es para aceptar
la rogación de trámites notariales nuevos e independientes de otras actuaciones
notariales anteriores realizadas por el. Esta disposición reviste el carácter
de medida cautelar tomada en sentencia y vigente post sentencia, y se dicta con
el afán de tutelar los intereses de las partes que hayan otorgado escrituras o realizado trámites ante el notario, previos a la suspensión
que acá se ordena. De alguna manera también esta disposición tutela los
intereses del notario de manera que pueda cumplir responsabilidades por
trabajos rogados y realizados mientras estaba habilitado y que no le sean
cancelados por los Registros los asientos de presentación de documentos que
autorice en las condiciones dichas, del mismo modo que tampoco reciba una nueva
sanción por realizar un trabajo notarial al que estaba obligado, y que tampoco
pueda usar el notario la suspensión que se le impone como excusa para no
cumplir responsabilidades propias de su función por instrumentos autorizados
cuando estaba habilitado. Esta medida cautelar debe incluirse en el edicto que
se publicará. Del mismo modo en los oficios que se remitan a las oficinas públicas
de ley se copiará el por tanto de esta resolución para que éstas conozcan las
condiciones bajo las cuales se suspende al notario. Esta medida cautelar estará
vigente a partir del momento que rige la suspensión y mientras permanezca
suspendido el notario. Todo conforme este fallo y la normativa que nos rige.
Tomen las medidas del caso la DNN y las demás oficinas públicas a las que se
les envía esta sentencia; para que esta medida cautelar sea de conocimiento
público en todas sus plataformas digitales de consulta de suspensión de
notarios. Juzgado Notarial.
San José, seis de octubre de
dos mil veintiuno.
Lic.
Francis Porras León,
Juez
Tramitador
1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021608736 ).
A la Dirección Nacional de
Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que
en el proceso disciplinario notarial N° 17-000625-0627-NO, de Christian Esteban
Abraham Quirós
contra Gerardo Badilla Rumoroso (cédula de identidad N° 1-827-687), este Juzgado mediante resolución N° 782-2020 de las
seis horas diecisiete minutos del diez de diciembre del dos mil veinte,
confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial según voto 167-2021 de las
nueve horas cuarenta y siete minutos del ocho de octubre del dos mil veintiuno,
dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes
de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales
después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el
artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.
San José, 19 de noviembre del
2021.
Dra.
Ingrid Palacios Montero,
Jueza
1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021608807 ).
A la Dirección Nacional de
Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que
en el proceso disciplinario notarial N°
16-000754-0627-NO, de Angie Mora Corrales contra Pedro Dávila Álvarez,
cédula de identidad N°
7-063-450, este Juzgado
mediante resolución N° 237-2021 de las siete horas del
veintiséis de marzo del dos mil veintiuno, confirmada por el Tribunal
Disciplinario Notarial del 165-2021 a las nueve horas treinta minutos del ocho
de octubre del dos mil veintiuno, dispuso imponerle a la parte denunciada la
corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la
función notarial, sanción que entrará en vigencia en cuanto se habilite el
encausado y permanecerá en el tiempo hasta que realice la inscripción
respectiva. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial. Notifíquese.
San José, 19 de noviembre del
2021.
Dra.
Ingrid Palacios Montero
Jueza
1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608809 ).
A la Dirección Nacional de
Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que
en el proceso disciplinario notarial
N° 18-000274-0627-NO,
de Registro Civil contra Rándall
Alejandro Vargas Pérez
(cédula de identidad N° 1-777-600), este Juzgado mediante resolución N°
2021000708 de las nueve horas cincuenta y cuatro minutos del veintisiete de
octubre del dos mil veintiuno, dispuso imponerle a la parte denunciada la
corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función
notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado
Notarial. Notifíquese.
San José, 16 de noviembre del
2021.
Dra.
Ingrid Palacios Montero,
Jueza
Decisora
1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608822 ).
A la Dirección Nacional de
Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que
en el proceso disciplinario notarial
N° 16-000214-0627-NO,
de Dani José
Escalante Díaz
contra Gladys Barrantes Quesada (cédula de identidad N° 1-472-499), este
Juzgado mediante resolución N° 541-2019 de las doce horas y cuarenta y un
minutos del veintinueve de agosto del dos mil diecinueve (folio 101), dispuso
imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de tres años de
suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales
después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el
artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. San José, 19 de noviembre
del 2021. Notifíquese.
Dra.
Ingrid Palacios Montero,
Jueza
Decisora
1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608824 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En
la puerta exterior de este Despacho, con una base de trescientos cincuenta millones
seiscientos doce millones doscientos setenta y cinco colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 362331, derecho 000, la cual es terreno de solar con un
edificio de dos plantas. Situada en el distrito 2 Merced, cantón 1, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Moisés Gerardo Aguilar; al sur, Mario
Saborío y otro; al este, SOC. Alvarado y Chacón y al oeste, Didier Campos
Quesada. Mide: ciento noventa y cuatro metros cuadrados con área de
construcción de quinientos cincuenta y uno punto setenta metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de febrero
de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas treinta minutos del siete de marzo de dos mil veintidós con la base
de doscientos sesenta y dos millones novecientos cincuenta y nueve mil
doscientos seis colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas
treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós con la base de
ochenta y siete millones seiscientos cincuenta y tres mil sesenta y ocho
colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso en
ejecución de Marvin Wendell Cousins Mountain contra Merkland LLC,S.R.L.
Expediente N° 13-000875-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia.—06 de
diciembre del año 2021. Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021610111 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Laura Mariela Méndez
Ramírez, mayor, soltera, costarricense, educadora, vecina de Pérez Zeledón,
Villa Ligia, con cédula de identidad número uno-mil ciento cincuenta y uno-cero
ciento diecinueve, fallecida el 08 de mayo del 2021, se consideren con derecho
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el N°
21-000527-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000527-1125-LA, por Rodrigo Méndez Zúñiga, con cédula de
identidad N° 1-0440-0126, a favor de Laura Mariela Méndez Ramírez.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón),
(Materia Laboral), 30 de noviembre del 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021608032 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Eliodora Gerardina Briceño González, mayor,
divorciada, cédula de identidad número seis-doscientos cuatro-doscientos
sesenta y tres (0602040263), vecina de Pérez Zeledón, Daniel Flores, Barrio
Baidambu, calle 4 casa número 11, fallecido(a) el 29 de mayo del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
21-000285-0188-CI, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una
vez en el boletín judicial. Expediente N° 21-000285-0188-CI. Promovente
Jonathan Rolando Chavarría Briceño.—Juzgado Civil y
Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Laboral), 23 de noviembre del año 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021608039 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Vega Quirós 0300970232,
fallecido el 14 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
21-001611-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Por Dirección Nacional de Pensiones del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a favor de Víctor Manuel Vega Quirós.
Expediente N° 21-001611-0641-LA.—Juzgado de Trabajo
de Cartago, 07 de diciembre del año 2021.—Msc. Andrea Gutierrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021609802 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Norma Cecilia Rivera
Acevedo, cédula de identidad 06-0107-0379, vecina de Naranjo, Alajuela,
fallecida el 11 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 21- 001853-1102-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-001853-1102-LA.—Juzgado de Trabajo
de Cartago, 02 de noviembre del año 2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya
Valverde, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609803 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Michael Gerardo
Rodríguez Alfaro, cédula 03-0425-0955, fallecido el 18 de febrero del año 2011,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
21-001549-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001549-0641-LA.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 16 de noviembre del año 2021.—Licda. Gabriela Rojas
Astorga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021609809 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Mario Alberto Rodríguez Céspedes 0104970830,
fallecido el 14 de marzo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número
21-001651-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001651-0639-LA. Promueve
Susana, Yeimy y Yahindra todos de apellidos Rodríguez Sequeira a favor de Mario
Alberto Rodríguez Céspedes.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de noviembre del año 2021.—Lic.
Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021609837 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Luis Guillermo de Los Ángeles Gomez Bonilla,
con cédula 03-0309-0556, vecino de Cartago, Paraíso, Orosi, fallecido el 25 de
julio del año 2021, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001450-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-001450-0641-LA.—Juzgado de Trabajo
de Cartago, 17 de noviembre del año 2021.—Licda. Gabriela Rojas Astorga,
Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021609838 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jeimmy Jarquín Mena,
0602440664, fallecida el 17 de setiembre del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000048-
1503-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000048-1503-LA. Promovido por Gineth Jarquín
Diaz en relación con la causahabientes de Jeimmy
Jarquín Mena. —Juzgado Contravencional de Los Chiles (Materia Laboral),
05 de noviembre del año 2021.—Lic. Randall Porras Chinchilla, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021609839 ).
Se cita y emplaza a los que,
en carácter de causahabientes de Manuel Antonio Barahona Mata, cédula
01-0347-0327, fallecido el 12 de octubre del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el
número 21-001558-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001558-0641-LA.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 16 de noviembre del año 2021.—Licda. Gabriela Rojas
Astorga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2021609840 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Gonzalo Sandoval
Solís, con cédula 03-0174-0724, vecino de Cartago, Tres Ríos, Dulce Nombre,
fallecido el 26 de setiembre del 2021, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 21- 001533-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-001533- 0641-LA.—Juzgado de Trabajo
de Cartago 11/11/2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609841 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Geovanny de Los Ángeles
Brenes Calderón, cédula de identidad 03-0298-0674, vecino de Cartago, San
Rafael de Oreamuno, fallecido el 11 de octubre del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
21-001469-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001469-0641-LA.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 02 de noviembre del año 2021.—M.Sc. Silvia Marcela
Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021609842 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Mauricio Zúñiga
Richmond, cédula 01-0675-0163, vecino de Tres Ríos, La Unión, fallecido el 10
de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 21-001295-0641- LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-001295- 0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago,
08 de octubre del año 2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021609846 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Marvin Rodolfo Sánchez Masís, cédula 03-0257-0984, fallecido el 18 de
agosto del 2021, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 210013720641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 210013720641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago,
27/10/2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609847 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Christopher Mauricio Tully Daniels, cédula
01-1049-0982, fallecido el 05 de agosto del 2020, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
210014410641LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 210014410641LA.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 16/11/2021.—Licda. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021609849 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Mena Quesada,
cédula de identidad 201870220, fallecido el 12 de octubre de 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias promovidas por Ronald Mena Torre, cédula de
identidad 108890986, de consig. prest. sector privado bajo el número
21-001274-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001274-0929-LA. Por Operadora
de Pensiones de la Caja Costarricense del Seguro Social a favor de Fernando
Mena Quesada.—Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de noviembre del año
2021.—Licda. Hannia Isabel Núñez Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021609854 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Nuria de Los Ángeles Bermúdez Alvarado
0601490594, fallecida el 23 de julio del año 2013, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
21-000845-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000845-0643-LA. Por Marco
Antonio Castro Bermúdez, portador de la cédula de identidad número 6-0321-0679
a favor de Nuria de Los Ángeles Bermúdez Alvarado.—Juzgado
de Trabajo de Puntarenas, 17 de noviembre del año 2021.—M.Sc. Luis Diego
Charpantier Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609977 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Maryuri Díaz Angulo cédula de identidad 5-02590364, quien fue mayor,
soltera, vecina de Cartagena de la Panadería El Valle, 200 metros al este y 100
al sur, en Santa Cruz, Guanacaste, laboró para Desarrollos Hoteleros
Guanacaste, S. A., y falleció el veinticinco de octubre del dos mil veintiuno
(25/10/2021), se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
privado bajo el Número 21-000373-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-000373-0775-LA. Por Desarrollos Hoteleros Guanacaste, S. A. a favor de
Yorlandia Dolores Díaz Angulo cédula de identidad 0502890382.—Juzgado de
Trabajo de Santa Cruz, 06 de diciembre del año 2021.—Licda. Katherine
Ramírez Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609980 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Alberto García
Juárez, fallecido el 09 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 21-000203- 0868-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21- 000203-0868-LA. Por Leticia Gómez Fonseca.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia
Laboral), 11 de noviembre del año 2021.—Lic. David Alonso Abarca Campos,
Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609982 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Alberto García
Juárez, fallecido el 09 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 21-000203- 0868-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21- 000203-0868-LA. Por Leticia Gómez Fonseca.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia
Laboral), 11 de noviembre del año 2021.—Lic. David Alonso Abarca Campos,
Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609983 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Oscar Ramon Ramírez Fonseca 0302090839,
fallecido el 30 de marzo del año 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000271-
1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000271-1549-LA. Por Anita Rivera Arrieta a favor
de Oscar Ramon Ramírez Fonseca.—Juzgado
Contravencional de Siquirres (Materia Laboral), 26 de noviembre del año
2021.—Lic. Kevin de Los Ángeles Leiva Masis,
Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609987 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Mario Arcadio de Los Ángeles Paniagua Romero
0300990784, fallecido el 13 de diciembre del año 2017, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
21-000268-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000268-1549-LA. Por Xinia
Marlene Paniagua Martínez a favor de Mario Arcadio de Los Ángeles Paniagua Romero.—Juzgado Contravencional de Siquirres (Materia
Laboral), 26 de noviembre del año 2021.—Lic. Kevin de Los Ángeles Leiva
Masis, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021609988 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edwin Enrique de Los
Ángeles Murillo Espinoza, 0400990016, fallecido el 24 de agosto del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-002287-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002287-0505-LA.
Promovido por Vilma Murillo Espinoza a favor de Edwin Enrique de Los Ángeles
Murillo Espinoza.—Juzgado de Trabajo de Heredia,
08 de diciembre del año 2021.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón,
Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610109 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Morera
Valverde, 0202770598, fallecido el 07 de noviembre del año 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-002226-
0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-002226-0505-LA. Por Rosa María Solís Carballo a
favor de Fernando Morera Valverde.—Juzgado de Trabajo
de Heredia, 24 de noviembre del año 2021.—Licda. Catherine Alejandra
Rodríguez Calderón, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021610113 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Pablo Alvarenga Martínez,
122200419921, fallecido el 26 de julio del año 2021, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 21-002020- 0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-002020-0505-LA. Por Silvia Díaz López a favor de Juan Pablo
Alvarenga Martínez.—Juzgado de Trabajo de Heredia 11
de noviembre del año 2021.—Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021610114 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Salas Fonseca,
fallecido el 18 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000872-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000872-0643-LA. Por Juana Lidieth Parajeles Alvarado a favor
del fallecido Rafael Salas Fonseca.—Juzgado de
Trabajo de Puntarenas, 24 de noviembre del año 2021.—Licda. Jesica Marcela
Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021610187 ).
Se cita y emplaza a las
personas que en carácter de causahabientes de Manuel
Humberto Rodríguez Jiménez, cédula de identidad 1-1235-0358, y quien falleció
el 29 de octubre de 2021, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de
conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N°21-001616-0166-LA . Diligencias de distribución de
prestaciones de la persona fallecida Manuel Humberto Rodríguez Jiménez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de San José, Goicoechea, 06 de diciembre de 2021.—Licda. María Dorelia
Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021610189 ).
Se cita y emplaza a las
personas que en carácter de causahabientes de Jeremy
Josué Chacón Madriz, cédula de identidad 1-1680-0282, y quien falleció el 18 de
octubre de 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una
vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001604-0166-LA. Diligencias
de distribución de prestaciones de la persona fallecida Jeremy Josué Chacón Madriz.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de San José, Goicoechea, 06 de diciembre de 2021.—MSc. María Dorelia Bravo
Núñez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021610190 ).
Se cita y emplaza a las
personas que en carácter de causahabientes de Luis
Enrique Siles Pizarro, cédula de identidad 5-0190-0288 y quien falleció el 20
de abril de 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una
vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001607-0166-LA. Diligencias
de distribución de prestaciones de la persona fallecida Luis Enrique Siles Pizarro.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de San José, Goicoechea, 06 de diciembre de 2021.—Licda. María Dorelia
Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021610191 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Laura Patricia Montoya Zarate quien fue mayor, soltera,
costarricense, portadora de la cédula de identidad 701630838, administradora,
vecina de Limón, Centro y falleció el 02 de noviembre del año 2020; se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número 20-000871-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-000871-0679-LA. Por Laura Lorena Zarate Sanabria, a favor de Laura Patricia
Montoya Zarate.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de noviembre del año 2020.—Lic.
Max Alberto Alpízar Solórzano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021610192 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este despacho, con una
base de trece mil seiscientos ocho dólares con treinta y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo marca: Hyundai,
estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, serie: MALA851CBJM778275, carrocería: sedan 4 puertas hatchback,
tracción: 4X2, número chasis: MALA851CBJM778275, año fabricación: 2018, color:
gris. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del
diecisiete de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco
de enero del dos mil veintidós con la base de diez mil doscientos seis dólares
con veintiséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del
dos de febrero del dos mil veintidós con la base de tres mil cuatrocientos dos
dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Juan Manuel Marbis
Jop. Expediente N° 21-003746-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
08 de abril del 2021.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza Decisora.—(
IN2021609360 ).
En este Despacho, con una
base de dieciséis mil novecientos ochenta y dos dólares con setenta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo:
BQB520, marca: Chevrolet, estilo: Cavalier, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año: 2018, color: blanco, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasis y vin:
LSGKB52HXJV115619. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del
diecisiete de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de enero
del dos mil veintidós, con la base de doce mil setecientos treinta y siete
dólares con tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del
dos de febrero del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil doscientos
cuarenta y cinco dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra
Heylin Cecilia Víctor
Garro. Expediente N° 21-004125-1209-CJ.—Juzgado de
Cobro de Pococí, 03
de noviembre del 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021609361 ).
En este Despacho, con una
base de diez mil doscientos cuarenta y dos dólares con dieciséis centavos,
libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones: 19-001702-0607-TR,
201952400127; sáquese a remate el vehículo: FYL120, marca: Hyundai; estilo:
Santa Fe GLS, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie:
KMHSU81CDEU281972, peso vacío: 0,
carrocería: todo terreno, 4 puertas, peso neto: 0 kgrms. Para tal efecto se
señalan las catorce horas cinco minutos del dieciocho de febrero de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas cinco minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintidós, con la base
de siete mil seiscientos ochenta y un dólares con sesenta y dos centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las catorce horas cinco minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós,
con la base de dos mil quinientos sesenta dólares con cincuenta y cuatro
centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q
Inversiones CR S. A., contra Franklin Alberto Diaz Briceño, Moisés Elías
Concepción
Olaciregui. Expediente N° 21-005729-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con ocho
minutos del seis de octubre del dos mil veintiuno.—Douglas
Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021609362 ).
En este Despacho, con una
base de nueve mil quinientos cincuenta y un dólares con tres centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito bajo las citas:
0800 00681115 001, cambio de características de bien mueble bajo las citas:
2016 00296650 002 y colisiones bajo sumaria número 19-005205-0489-TR del
Juzgado de Tránsito
del Primer Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placa: JDG008, marca: Hyundai, estilo: H 1,
categoría: microbús,
capacidad: 12 personas, serie: KMJWA37HAFU729047, carrocería: microbús, tracción: 4X2, año fabricación:
2015, color: azul. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco
minutos del uno de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del nueve
de febrero del dos mil veintidós con la base de siete mil ciento sesenta y tres
dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco
minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós con la base de dos mil
trescientos ochenta y siete dólares con setenta y cinco centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Daniel Rodríguez
Molina, Evadina Varela Castro. Expediente N° 21-006030-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de setiembre del 2021.—Carlos Soto
Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021609363 ).
En este Despacho, con una
base de ocho mil setecientos sesenta y siete dólares con cuarenta y siete centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BFF664,
marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, serie:
KMHCT41CBEU528372, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación:
2014, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas
cuarenta y cinco minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco
minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós, con la base de seis mil
quinientos setenta y cinco dólares con sesenta centavos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós,
con la base de dos mil ciento noventa y un dólares con ochenta y seis centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra José Christian
Hidalgo Morales. Expediente N° 21-006036-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11
de octubre del 2021.—Nidia Duran Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2021609364 ).
En
este Despacho, con una base de catorce mil seiscientos ochenta y dos dólares
con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes, pero soportando colisiones
19-000220-0491-TR; sáquese a remate el vehículo placa VYM915, marca Chevrolet,
estilo Spark LTZ, capacidad 5 personas, año 2017, color morado, serie
KL1CM6CA8HC725209, carrocería sedan 4 puertas hatchback, chasís
KL1CM6Ca8hc725209, VIN KL1CM6CA8HC725209, N° motor LV7162030144, modelo
1DW48ATL-1SG, combustible gasolina, cilindrada 1400 c.c. Para tal efecto se señalan
las trece horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta
minutos del nueve de febrero de dos mil veintidós con la base de once mil once
dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos
del diecisiete de febrero de dos mil veintidós con la base de tres mil
seiscientos setenta dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.,
contra Melany Mireya Jara García. Expediente N° 21-006038-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 05 de octubre del año 2021. Mariana Jovel
Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2021609365 ).
En este Despacho, con una
base de seis mil setecientos noventa y cuatro dólares con noventa y ocho
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo:
BFH023, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHJT81VDEU807539, peso vacío: 0,
tracción: 4x4, año
fabricación: 2014, color:
gris, N° motor:
D4HADU864873. Para tal efecto, se señalan las 08:45 horas del 15/02/2022. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las 08:45 horas del
23/02/2022, con la base de cinco mil noventa y seis dólares con veintitrés
centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las 08:45 horas del 03/03/2022, con la base de mil
seiscientos noventa y ocho dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra
Diana Marcela Rojas Arbeláez, Francisco Lasso Monsalve. Expediente N°
21-006046-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de octubre del 2021.—Paula
Morales González,
Jueza Decisora.—( IN2021609366 ).
En este Despacho, con una
base de catorce mil seiscientos cincuenta y cuatro dólares con ochenta y cinco
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placa: YZG229, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año
fabricación: 2018, color: gris, VIN: MALA841CAJM298450, cilindrada: 1200 c.c.
Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de
enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero
del dos mil veintidós con la base de diez mil novecientos noventa y un dólares
con trece centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del
veintisiete de enero del dos mil veintidós con la base de tres mil seiscientos
sesenta y tres dólares con setenta y un centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para
lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco Improsa S. A. contra Nicole Aguilar Yzaguirre. Expediente N°
21-005796-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San
José, 21 de octubre del 2021.—Cinthia Sáenz
Valerio, Jueza Decisora.—( IN2021609367 ).
En este despacho, con una
base de tres millones cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos noventa
colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: CL 272917, marca: Hyundai, estilo: HD 65, categoría:
carga liviana, capacidad: 3 personas, serie: KMFGA17PPDC216608, caja cerrada o
furgón, tracción: 4X2, año
fabricación: 2013, color: blanco. Para tal efecto se señalan las diez horas
cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y
cinco minutos del veinticinco de enero de dos mil veintidós con la base de dos
millones seiscientos dos mil doscientos sesenta y siete colones con ochenta
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dos de febrero de
dos mil veintidós con la base de ochocientos sesenta y siete mil cuatrocientos
veintidós colones con sesenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Rónald
Francisco Ávila
Navarro contra Enrique Miguel Barrientos Barrantes, expediente N°
21-002724-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 08 de abril del año 2021.—Msc. Cinthia Pérez
Moncada, Jueza Decisora.—( IN2021609393 ).
En este Despacho, con una
base de cinco millones setecientos noventa y dos mil novecientos sesenta y un
colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número sesenta y
cinco mil seiscientos veintisiete, derecho 000, la cual es terreno naturaleza:
lote para construir 1 casa. Situada en el distrito 1-Tilaran, cantón 8-Tilaran de la provincia de Guanacaste finca
se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Bienvenido Murillo Herrera,
sur, calle con 11 metros 70 centímetros, este, Bienvenido Murillo Herrera,
oeste, Humberto Rodríguez y otro. Mide: ciento cincuenta y siete metros con
setenta y siete decímetros cuadrados, plano: G-0667494-1987 identificador
predial: 508010065627. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta
minutos del trece de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de
enero del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones trescientos
cuarenta y cuatro mil setecientos veintiún colones con ocho céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil
veintidós, con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y ocho mil
doscientos cuarenta colones con treinta y seis céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Ángel Fernando Rodríguez Pérez. Expediente N°
21-002701-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con
cuatro minutos del trece de octubre del dos mil veintiuno.—Rolando Valverde
Calvo, Juez Decisor.—( IN2021609398 ).
En este Despacho con una base
de ciento veinticinco mil dólares ($125.000.00), libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a venta judicial la finca del partido de: Guanacaste,
matrícula número: 69382, derecho 001 y 002, la cual es terreno: Solar. Situada
en el Distrito: Sámara, Cantón: Nicoya, de la provincia de: Guanacaste. finca
se encuentra en zona catastrada. colinda: al norte: calle pública; al sur:
Ulpiano Hernández Hernández; al ESTE: Ulpiano Hernández Hernández y al oeste:
Ulpiano Hernández Hernández. Mide: dos mil quinientos metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de
enero del año dos mil veintidós (13:30 HRS, 26/01/2022). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la venta judicial. Se realiza la venta judicial, por
ordenarse así en proceso ordinario de Inversiones el Comanche del Pacifico S.A
contra sucesión de Enardo Arenas Sánchez. Expediente:17-000015-0390-CI. Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia
Civil). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en Proceso Ordinario de contra Expediente:17-000015-0390-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: diez horas
con cuarenta y siete minutos del ocho de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Carlos Eduardo Arce Matarrita, Juez.—(
IN2021609419 ).
En este Despacho, con una
base de once millones novecientos noventa y cuatro mil setenta colones con
setenta y tres céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisiones, sumaria: 19-009771-0174-TR (Boleta: 201981400791); sáquese a remate
el vehículo placa: CLC728, marca: Chery, estilo: Tiggo 2, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie, VIN y chasis: LVVDB21B6LE002453, tracción 4X2, año: 2019, carrocería: todo terreno, 4
puertas, color: negro. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta
minutos del doce de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinte de
enero de dos mil veintidós, con la base de ocho millones novecientos noventa y
cinco mil quinientos cincuenta y tres colones con cuatro céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil veintidós,
con la base de dos millones novecientos noventa y ocho mil quinientos
diecisiete colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Cristian
Alonso Saborío Cedeño.
Expediente N° 21-000370-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 de
octubre del 2021.—Licda. Floryzul Porras Lopez, Jueza.—( IN2021609439 ).
En este Despacho, con una
base de doce mil seiscientos veinte dólares con cincuenta y siete centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 912336, marca:
Chevrolet, estilo: Cruze, tracción: 4X2, N° chasis:
KL1PD5C58CK551056, año fabricación: 2012, color: gris. Para tal efecto se
señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de enero de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veinticinco de enero de dos mil veintidós, con la base
de nueve mil cuatrocientos sesenta y cinco dólares con cuarenta y tres centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas cero minutos del dos de febrero de dos mil veintidós,
con la base de tres mil ciento cincuenta y cinco dólares con catorce centavos (25%
de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ S. A. contra Carlos Luis Espinoza
Mosquera. Expediente N° 18-005408-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora
y fecha de emisión: quince horas con veinticinco minutos del quince de
setiembre del dos mil veintiuno.—José Ricardo Cerdas
Monge, Juez Tramitador.—( IN2021609477 ).
En este Despacho, con una
base de catorce mil ciento cincuenta y un dólares con sesenta y cuatro
centavos, soportando infracciones/ colisiones bajo las citas 16-001025-0373-TC,
19-009867-0489-TR, sáquese a remate el vehículo placas BDV340, marca: Hyundai,
estilo: Santa Fe GL, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año: 2014,
carrocería: todo terreno 4 puertas, color: beige, tracción: 4x4. Para tal
efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de enero del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós,
con la base de diez mil seiscientos trece dólares con setenta y tres centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de febrero del dos mil
veintidós, con la base de tres mil quinientos treinta y siete dólares con
noventa y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de
Créditos S J S.A contra Yozhimar Gerardo Reid Mena. Expediente N° 20-014652-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de
noviembre del 2021.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021609478 ).
En
este Despacho, con una base de sesenta y ocho millones treinta y cuatro mil
trescientos cuarenta colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas
0358- 00009934-01- 0903-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida)
anotada bajo las citas 2015-00073871-01-0003-001; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número 53113-000, ,
la cual es terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito 02 Tárcoles,
cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública con 34 metros; al sur, Ganadería Chogun S.A; al este Ganadería Chogun
S. A., y al oeste, Jesusita Mayela Pacheco Olsen, Ganadería Chocun S. A. Mide:
mil sesenta y cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las ocho horas cero minutos del diez de enero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos
del dieciocho de enero de dos mil veintidós con la base de cincuenta y un
millones veinticinco mil setecientos cincuenta y cinco colones con cuarenta y
cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintiséis de enero de
dos mil veintidós con la base de diecisiete millones ocho mil quinientos
ochenta y cinco colones con quince céntimos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra José Roberto Molina Pacheco. Expediente
N° 17-005923-1764-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 03 de
diciembre del año 2021.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—(
IN2021609629 ).
En este Despacho, con una
base de cuarenta y tres millones ochocientos ochenta y cinco mil quinientos once
colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 400-19713-01-0802-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José,
matrícula número 00423814-000, la cual es terreno con una casa. Situada: en el
distrito 3-La Trinidad, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Asociaciones de Desarrollo La Trinidad y de Parasito; al
sur, resto destinado a calle pública
con un frente de 7 metros 50 centímetros; al este, Suministros E Inversiones
del Pacífico
Sociedad Anónima, y al oeste, Suministros E Inversiones del Pacífico Sociedad Anónima. Mide: ciento cuarenta y
cuatro metros cuadrados. Plano: SJ-1972632-2017. Para tal efecto, se señalan
las once horas cero minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del veintiséis de enero del dos mil veintidós, con la base de treinta y dos
millones novecientos catorce mil ciento treinta y tres colones con veintiocho
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del tres de febrero del
dos mil veintidós, con la base de diez millones novecientos setenta y un mil trescientos
setenta y siete colones con setenta y seis céntimos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Karla Ginnette Mata Sánchez. Expediente N° 20-000732-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 20 de octubre del 2021.—Licda.
Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2021609630 ).
En
la puerta exterior de este Despacho, con una base de siete millones doscientos
veintisiete mil ochocientos ochenta y seis colones con cuarenta y tres
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando servidumbre
trasladada a las citas 0403-0019815- 01-0915-001, sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número 416833-000, la cual es terreno lote 86 f
para construir. Situada en el distrito 03 Dulce Nombre de Jesús, cantón Vásquez
de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 87 F; al sur,
Juan Carlos Bonilla Montero; al este, Walter García Quirós y Luz Argentina
Rodríguez Sibaja y al oeste, calle publica con frente de 8.5 metros. Mide:
ciento veintiocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del veinte de enero de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil veintidós con
la base de cinco millones cuatrocientos veinte mil novecientos catorce colones
con ochenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos
del siete de febrero de dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos
seis mil novecientos setenta y un colones con sesenta céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis
Mauricio Acuña Gómez. Expediente N° 21-001645-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 29 de octubre del año 2021.—Adriana Sequeira Muñoz, Jueza
Tramitadora.—( IN2021609631 ).
En este Despacho, con una
base de trece millones ciento setenta y ocho mil setecientos sesenta y siete
colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 241-07723-01-0901-001, 339-05848-01-0927-001,
349-07499-01-0235-001, 364-15578-01-0803-001, 364-15578-01-0826-001;
servidumbre dominante bajo las citas: 339-05848-01-0928-001,
339-13169-01-0022-001, 349-07499-01-0213-001, 349-07499-01-0218-001,
349-07499-01-0234-001, 349-07499-01-0236-001, 349-07499-01-0244-001,
349-07499-01-0249-001, 356-01059-01-0913-001, 366-07889-01-0009-001,
371-08784-01-0005-001; servidumbre de alero bajo las citas:
340-17426-01-0005-001, 344-16382-01-0007-001; servidumbre sirviente bajo las
citas: 341-14441-01-0905-001, 342-12893-01-0023-001, 349-07499-01-0195-001,
349-07499-01-0212-001, 349-07499-01-0233-001, 349-07499-01-0239-001,
349-07499-01-0246-001, 349-07499-01-0248-001, 353-12262-01-0032-001,
356-01059-01-0914-001, 366-07889-01-0010-001, 371-08784-01-0007-001; servid. de
alero. ref.: 00327565 000 bajo las citas: 351-09587-01-0905-001; servid. de
alero ref.: 00350726-000 bajo las citas: 365-12999-01-0903-001; servid. de
alero. ref.: 00350926-000 bajo las citas: 365-12999-01-0906-001; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 00545637-000, la cual
es terreno para construir con una casa lote seiscientos setenta y dos,
Urbanización
Hatillo Ocho. Situada: en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, INVU y alameda diecisiete; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste,
alameda diecisiete. Mide: cuarenta y cuatro metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las quince horas cero minutos del once de enero del dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del diecinueve de enero del dos mil veintidós, con la base de nueve millones
ochocientos ochenta y cuatro mil setenta y cinco colones con ochenta y cuatro
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de
enero del dos mil veintidós, con la base de tres millones doscientos noventa y
cuatro mil seiscientos noventa y un colones con noventa y cinco céntimos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan
Luis González
Oviedo, Kattia María
Solano González.
Expediente N° 21-002523-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda,
13 de octubre del 2021.—Licda. Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza.—( IN2021609632
).
En este Despacho, con una
base de cuarenta y cuatro millones ciento setenta y un mil doscientos sesenta y
un colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 149809-000, la
cual es naturaleza: terreno para construir bloque-C, lote cuatro con una casa.
Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte: lote 3 C; al sur: lote 5 C; al este:
lote 37 C; y al oeste: calle pública.
Mide: ciento cincuenta y un metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de enero
de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintidós,
con la base de treinta y tres millones ciento veintiocho mil cuatrocientos
cuarenta y seis colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero
minutos del ocho de febrero de dos mil veintidós, con la base de once millones
cuarenta y dos mil ochocientos quince colones con treinta y nueve céntimos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Esteban Mauricio Quirós
Loaiza. Expediente N° 20-014851-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 28 de octubre del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín,
Jueza Tramitadora.—( IN2021609633 ).
En este despacho, con una
base de cinco millones ciento treinta y siete mil setecientos setenta y cinco
colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada citas: 384-09107-01-0904-001 servidumbre
trasladada citas: 384-09107-01-0905-001 servidumbre trasladada citas:
384-09107-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 318567-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en
el distrito 5-Palmira, cantón 11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Nautilio Blanco Alpízar;
al sur, calle pública
con un frente a ella de 31 metros; al este, Maribel Varela Soto y Carlos María Varela Rodríguez y al oeste, Nautilio Blanco
Alpízar. Mide: cuatrocientos cincuenta
y un metros con dieciocho decímetros cuadrados plano: A-0377188-1997
identificador predial: 211050318567. Para tal efecto, se señalan las quince
horas treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del ocho de febrero de dos mil veintidós con la base de tres millones
ochocientos cincuenta y tres mil trescientos treinta y un colones con treinta y
nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de
febrero de dos mil veintiuno con la base de un millón doscientos ochenta y
cuatro mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con ochenta céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Juan Eloy Segura Jiménez, Viviana Mayela Varela Soto. Expediente N°
21-002520-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia,
hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta minutos del veintinueve de
octubre del dos mil veintiuno.—Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—(
IN2021609634 ).
En este Despacho, con una
base de nueve millones seiscientos cincuenta y un mil quinientos cincuenta y
ocho colones con cincuenta y ocho céntimos, soportando servidumbre trasladada
bajo las citas: 382-19384-01-0810-001, hipoteca de primer grado bajo las citas:
2013-62110-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 378961-000, la cual es terreno para construir con una casa
número treinta-D destinada a vivienda. Situada en el distrito 9-Pavas, cantón
1-San José, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 8m, sur, Productos Demasa, este, lote
29D, oeste, lote 31D. Mide: ciento treinta y ocho metros con cincuenta y seis
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta
minutos del dieciocho de enero del año dos mil veintidós. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del
veintiséis de enero del año dos mil veintidós con la base de siete millones
doscientos treinta y ocho mil seiscientos sesenta y ocho colones con noventa y
tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del tres de febrero
del año dos mil veintidós con la base de dos millones cuatrocientos doce mil
ochocientos ochenta y nueve colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Sara Inés
Ramírez Vargas, Wilbert Gerardo Trejos Chaverri. Expediente N° 21-001115-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de mayo del año 2021.—Cristian
Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2021609635 ).
En este Despacho, con una
base de cuarenta y un millones ciento cincuenta y dos mil ciento doce colones
con treinta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 118962-000, la cual es
terreno solar, jardín y
casa. Situada en el distrito 6-Guadalupe (Arenilla), cantón 1-Cartago de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte: lote 19; al sur. lote 17; al este:
Arturo Calderón
Tencio; y al oeste. calle pública con
7 m. Mide: ciento cuarenta y dos metros con cuarenta y cinco decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos (01:30
p.m.) del diecinueve de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del
veintisiete de enero de dos mil veintidós, con la base de treinta millones
ochocientos sesenta y cuatro mil ochenta y cuatro colones con veintisiete
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del cuatro de
febrero de dos mil veintidós, con la base de diez millones doscientos ochenta y
ocho mil veintiocho colones con nueve céntimos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Adrián Francisco Gómez
Cordero. Expediente N° 19-006925-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Allan
Barquero Duran, Juez Tramitador.—( IN2021609636 ).
En este Despacho, con una base
de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada citas: 311-09950-01-0901-001, servidumbre de
paso citas: 2011-94331-01-0005-001, servidumbre de paso citas:
2014-40324-01-0008-001, servidumbre de paso citas: 2018-212911-01-0002-001,
servidumbre de paso citas: 2019-45425-01-0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula número 177642-000, la cual es terreno de
potrero. Situada: en el distrito 4-Aguas Zarcas, cantón 10-San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con Julio Cesar Esquivel Barrantes,
calle pública,
servidumbre de paso, Orlando Ramírez Mena y lote segregado; al sur, con Julio
Cesar Esquivel Barrantes, Orlando Ramírez Mena, Virginia Jara, servidumbre de
paso y quebrada Las Pericas; al este, con Julio Cesar Esquivel Barrantes,
Carlos Sibaja, Orlando Ramírez, Municipalidad de San Carlos, quebrada Las
Pericas, Orlando Ramírez Mena, y al oeste, con Julio Cesar Esquivel Barrantes,
calle pública,
servidumbre de paso, Orlando Ramírez Mena, Elizabeth Ramírez y lote de Orlando
Ramírez Mena. Mide: nueve mil cuatrocientos diecinueve metros con setenta
decímetros cuadrados. Plano: A-0061 208-1992. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas cero minutos del diecinueve de enero del dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos
del veintisiete de enero del dos mil veintidós, con la base de nueve millones
de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de
febrero del dos mil veintidós, con la base de tres millones de colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Francisco Hernández Araya contra Orlando de la
Trinidad Ramírez Mena. Expediente N° 21-005852-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de
emisión: quince horas con cuarenta y siete minutos del diecinueve de octubre
del dos mil veintiuno.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021609651 ).
En este Despacho, con una
base de doscientos quince mil ochocientos veintiún dólares con tres centavos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
318-05284-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 221843-000, la cual es terreno con una casa de habitación con
parqueo, cochera, patio luz, cocina, desayunador, alacena, estudio, pilas,
tendido, sala, comedor, tres baños y medio, cuatro dormitorios, walkng closet.
Situada en el distrito 3-Sánchez,
cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Jorge Herrera Lara; al este,
calle pública;
y al oeste, Urb Los Pinares S. A. Mide: quinientos veinticuatro metros con
setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
treinta minutos del siete de febrero del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del
quince de febrero del dos mil veintidós con la base de ciento sesenta y un mil
ochocientos sesenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós con
la base de cincuenta y tres mil novecientos cincuenta y cinco dólares con
veintiséis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de banco popular y de
Desarrollo Comunal contra Bio Baby Solutions Center Sociedad Anónima, Oscar
Eduardo Ureña Díaz,
Urpin Plastic Exchange of Central América Sociedad Anónima. Expediente N°
16-022869-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Segunda, 30 de noviembre del 2021.—Susana Murillo Alpízar, Jueza Tramitadora.—( IN2021609656 ).
En este despacho, con una
base de ocho millones trescientos noventa y ocho mil ochocientos veintiséis
colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 303138, derecho 000,
la cual es terreno naturaleza: terreno para construir bloque F lote 37. Situada
en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte lote 38F; al sur, lote 36F; al este calle pública y al oeste lotes 10F y
11F. Mide: ciento cincuenta metros con cinco decímetros cuadrados plano:
A-0295395-1995. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del
siete de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las once horas cero minutos del quince de febrero de dos mil
veintidós con la base de seis millones doscientos noventa y nueve mil ciento
diecinueve colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero
minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintidós con la base de dos
millones noventa y nueve mil setecientos seis colones con cincuenta y cinco
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra José
Francisco de Jesús Alpízar Calvo. Expediente N° 21-003881-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta minutos del
veintiséis de
abril del dos mil veintiuno.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza Decisora.—( IN2021609657 ).
En este Despacho, con una
base de cuarenta y dos millones cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta y dos
colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 394388,
derecho 000, la cual es terreno con una vivienda. Situada: en el distrito
07-San Isidro, cantón 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Gerardo Fernández Cruz; al sur, A F G F Crufer Sociedad Anónima; al este, calle pública con un frente de veinticinco metros, y al
oeste, Gerardo Fernández Cruz. Mide: mil doscientos treinta y tres metros con
diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero
minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del diecisiete de
febrero del dos mil veintidós, con la base de treinta y un millones quinientos
cuarenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y seis colones con setenta y seis
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del veinticinco de
febrero del dos mil veintidós, con la base de diez millones quinientos catorce
mil ochocientos ochenta y cinco colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Rodrigo Gerardo Fernández Salas. Expediente N° 21-001211-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 18 de octubre del 2021.—Licda. Jennsy María Montero
López, Jueza.—( IN2021609658 ).
A las ocho horas treinta
minutos del once de febrero de dos mil veintidós, en la puerta exterior del
local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando
reservas y restricciones bajo las citas: 0322-00000122-01-0901-001, servidumbre
de paso bajo las citas: 2012-00291694-01-0035-001, con la base de setenta y un
millones doscientos once mil trescientos cincuenta y cuatro colones diecisiete
céntimos, en el mejor postor remataré: la finca hipotecada del partido de
Alajuela, matrícula de folio real número ciento ochenta y tres mil trescientos
treinta y dos-cero cero cero, sita en Pocosol, distrito trece de San Carlos,
cantón diez de la provincia de Alajuela, que es terreno para agricultura.
Colinda al norte, camino público y lotes 4 y 5 segregados; al sur, Jerónimo
Barquero Ugalde y lotes 4 y 6 segregados; al este, camino público y Jerónimo
Barquero y lotes 3, 4, y 5 segregados; y al oeste, Jerónimo Barquero Ugalde y
lotes 4 y 5 segregados. Mide ciento ochenta y seis mil setecientos un metros con cero decímetros cuadrados. Plano A-1578321-
2012. Propietario Miguel Serrano Campos. En caso de resultar fracasado el
primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento
de la base original, sea la base de cincuenta y tres millones cuatrocientos
ocho mil quinientos quince colones sesenta y dos céntimos, se señalan las ocho
horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. En la
eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la
tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original,
sea la base de diecisiete millones ochocientos dos mil ochocientos treinta y
ocho colones cincuenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas treinta
minutos del primero de marzo de dos mil veintidós. Lo anterior por estar así
ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Miguel Gerardo Serrano Alfaro y otro. Expediente N°
19-000221-0298-AG. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín
Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad Quesada, 25 de noviembre de
2021.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O. C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609702 ).
A las ocho horas treinta
minutos del once de febrero de dos mil veintidós, en la puerta exterior del
local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando
reservas y restricciones bajo las citas: 0322-00000122-01-0901-001, servidumbre
de paso bajo las citas: 2012-00291694-01-0035-001, con la base de setenta y un
millones doscientos once mil trescientos cincuenta y cuatro colones diecisiete
céntimos, en el mejor postor remataré: la finca hipotecada del Partido de
Alajuela, matrícula de folio real número ciento ochenta y tres mil trescientos
treinta y dos-cero cero cero, sita en Pocosol, distrito trece de San Carlos,
cantón diez de la Provincia de Alajuela, que es terreno para agricultura,
colinda al norte: camino público y lotes 4 y 5 segregados, al sur: Jerónimo
Barquero Ugalde y lotes 4 y 6 segregados, al este: camino público y Jerónimo
Barquero y lotes 3, 4, y 5 segregados, y al oeste Jerónimo Barquero Ugalde y
lotes 4 y 5 segregados. Mide ciento ochenta y seis mil setecientos un metros con cero decímetros cuadrados. Plano A-1578321-
2012. Propietario Miguel Serrano Campos. En caso de resultar fracasado el
primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento
de la base original, sea la base de cincuenta y tres millones cuatrocientos
ocho mil quinientos quince colones sesenta y dos céntimos, se señalan las ocho
horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. En la
eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la
tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original,
sea la base de diecisiete millones ochocientos dos mil ochocientos treinta y
ocho colones cincuenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas treinta
minutos del primero de marzo de dos mil veintidós. Lo anterior por estar así
ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Miguel Gerardo Serrano Alfaro y otro. Expediente Nº
19-000221-0298-AG. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín
Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 25 de
noviembre de 2021.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609703 ).
A las ocho horas treinta
minutos del once de febrero de dos mil veintidós, en la puerta exterior del
local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando
reservas y restricciones bajo las citas: 0322-00000122-01-0901-001, servidumbre
de paso bajo las citas: 2012-00291694-01-0035-001, con la base de setenta y un
millones doscientos once mil trescientos cincuenta y cuatro colones diecisiete
céntimos, en el mejor postor remataré: la finca hipotecada del Partido de Alajuela,
matrícula de folio real número ciento ochenta y tres mil trescientos treinta y
dos- cero cero cero, sita en Pocosol, distrito trece de San Carlos, cantón diez
de la provincia de Alajuela, que es terreno para agricultura, colinda al norte,
camino público y lotes 4 y 5 segregados, al sur, Jerónimo Barquero Ugalde y
lotes 4 y 6 segregados, al este, camino público y Jerónimo Barquero y lotes 3,
4, y 5 segregados, y al oeste, Jerónimo Barquero Ugalde y lotes 4 y 5
segregados. Mide: ciento ochenta y seis mil setecientos un
metros con cero decímetros cuadrados. Plano: A-1578321-2012. Propietario
Miguel Serrano Campos. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la
segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original,
sea la base de cincuenta y tres millones cuatrocientos ocho mil quinientos
quince colones sesenta y dos céntimos, se señalan las ocho horas treinta
minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. En la eventualidad de
que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda
con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de
diecisiete millones ochocientos dos mil ochocientos treinta y ocho colones
cincuenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del
primero de marzo de dos mil veintidós. Lo anterior por estar así ordenado en
Proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Miguel Gerardo Serrano Alfaro y otro. Expediente N° 19-000221-0298-AG.
Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín Judicial, art. 157.5
del Código Procesal Civil.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 25 de noviembre de
2021.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021609708 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una
base de veintiún millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula
número trescientos setenta y nueve mil ochocientos noventa y dos, derecho 000,
naturaleza: lote para construcción de vivienda de interés social. Situada en el
distrito 12-Tambor; cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos:
norte: lote sesenta y cinco; sur: alameda el bajo; este: lote setenta y cinco;
oeste: lote setenta y tres. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con setenta
y un decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas cero
minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintidós. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de
febrero de dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones ciento
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del
dieciséis de febrero de dos mil veintidós, con la base de cinco millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra María De Los Ángeles
Morales Hernández.
Expediente: 18-030874-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de abril del 2021.—Angie Rodríguez
Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2021609713 ).
En este Despacho, con una
base de ochenta y seis mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 403-11259-01-0910-001 y calle
ref: 00073863 000 citas: 403-11259-01-0911-001; sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula número 196752-000, la cual es lote veintiocho-A
terreno para construir. Situada en el distrito: 05-Concepción, cantón: 03-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Coto y Compañía S.
A.; al sur, calle pública;
al este, lote número
29-A Urbanización Vistas del Este; y al oeste, lote número 27-A Urbanización Vistas del Este. Mide:
doscientos treinta y tres metros con setenta decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de enero del
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós con
la base de sesenta y cuatro mil quinientos dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil veintidós con la
base de veintiún mil quinientos dólares exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Grupo Anibre S. A., José
Patricio Moya Cubero. Expediente N° 20-014761-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 19 de
noviembre del 2021.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—(
IN2021609714 ).
En este Despacho, con una
base de diez millones novecientos treinta y ocho mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número ciento veinticinco mil trescientos noventa y siete derecho cero cero cero, la cual es terreno para
construir hoy con una casa, lote bloque E lote 7-E. Situada en el distrito:
01-Liberia, cantón: 01-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte,
Avenida Malinche con 8 metros lineales; sur, lote 21-E; este, lote 8-E y oeste,
lote 6-E. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Plano: G-0734932-2001. Para
tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de enero de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del trece de enero de dos mil veintidós con la base de
ocho millones doscientos tres mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas treinta minutos del veintiuno de enero de dos mil veintidós con la
base de dos millones setecientos treinta y cuatro mil quinientos colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Bismarck Antonio Díaz Navarro. Expediente N° 21-000909-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuatro minutos del
veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez Decisor.—( IN2021609715 ).
En este Despacho, Con una
base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre de paso citas: 508-13515-01-0006-001; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 400784 derecho 000,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 03-Tapezco, cantón:
11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Luis Ángel Solís
Chaves; al sur Luis Ángel Solís Chaves y servidumbre de paso con frente de 3
mts; al este Luis Ángel Solís Chaves y al oeste Luis Ángel Solís Chaves. Mide:
trescientos sesenta y tres metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados.
Plano: A-0909630-2004. identificador predial:211030400784. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas treinta minutos del diez de enero de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil veintidós, con la base
de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas
treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintidós, con la base de
dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Andrea María
Alfaro Alvarado, Warner Daniel Alvarado Soto. Expediente:21-002194-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de
emisión: catorce horas con cincuenta y ocho minutos del quince de setiembre del
dos mil veintiuno.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño
Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2021609716 ).
En este Despacho, con una
base de veintiún millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada, citas:259-00778-01-0901-001,
medianería, citas: 338-12879-01-0004-001, medianería, citas:
394-05594-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número ciento veinte mil dieciséis, derecho 000, la cual es terreno
bloque C terreno con una casa lote N.43. Situada en el distrito 8-Barranca,
cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 5 C; al este, lote 42 C; y
al oeste, lote 44 C. Mide: ciento cuarenta y cinco metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las trece horas veinte minutos del veintiocho de enero del
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas veinte minutos del siete de febrero del dos mil veintidós con la
base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las trece horas veinte minutos del quince de febrero del dos mil veintidós con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda
Ahorro y Préstamo contra Mayren Dayana Morera Vásquez.
Expediente N° 21-004115- 1207-CJ.—Juzgado de
Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: diecisiete
horas con uno minutos del veinticinco de junio del dos mil veintiuno.—Luis
Carrillo Gómez,
Juez Decisor.—( IN2021609717 ).
En este Despacho, con una
base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 242-08856-01-0002-001,
servidumbre de paso citas: 421-08379-01-0001-001, servidumbre de paso citas:
421-08379-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número setecientos cinco mil ochocientos sesenta y cinco, derecho
000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en
el distrito: 10-Damas, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, calle pública;
al sur, Julio, Danilo, Albino todos Rojas Chanto; al este, Julio, Danilo, Albino
todos Rojas Chanto y al oeste Julio, Danilo, Albino todos Rojas Chanto. Mide:
ciento noventa y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del veinticinco
de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas del dos de febrero de dos mil veintidós con la base
de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del
diez de febrero de dos mil veintidós con la base de cuatro millones quinientos
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Kattia María González
Otárola. Expediente N° 21-009951-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29
de julio del año 2021.—Licda. Mariela Iveth Cortés
García, Jueza Decisora.—( IN2021609718).
En
este Despacho, con una base de setenta y cinco millones sesenta y seis mil
ciento seis colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número
109480, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito
2-San Jose, cantón 6- San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, calle pública y Enrique Azofeifa Víquez; al sur, Jorge Vargas, Enredos
S. A. y Ángela Monge Bastos; al este, Jorge Vargas y al oeste, Enrique Azofeifa
Víquez, Quebrada Cienega. Mide: diecisiete mil quinientos dieciocho metros con
veintiocho decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las nueve horas treinta minutos del catorce de marzo de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta
minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós con la base de cincuenta y
seis millones doscientos noventa y nueve mil quinientos ochenta colones con
cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de marzo
de dos mil veintidós con la base de dieciocho millones setecientos sesenta y
seis mil quinientos veintiséis colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la
base original). Con una base de veintinueve millones sesenta y dos mil
doscientos catorce colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número 234749, derecho 000, la cual es terreno construir con 1 casa.- Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón
14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle publica; al
sur Condominios; al este lote 5 E y al oeste lote 3 E. Mide: trescientos
catorce metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de marzo de
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós con la
base de veintiún millones setecientos noventa y seis mil seiscientos sesenta
colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos
del treinta de marzo de dos mil veintidós con la base de siete millones
doscientos sesenta y cinco mil quinientos cincuenta y tres colones con sesenta
y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Entredos S. A., Pablo Alonso Vargas Acuña, Sociedad de
Proyectos La Merced S. A. Expediente N° 19-002874-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 05 de agosto del año 2021.—Iván Tiffer Vargas, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2021609721 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada 309-01008-01-0901-001, practicado por Demandada Laboral según
expediente N° 15-001216-1178-LA, servidumbre de paso 2014-213736-01-0009-001,
servidumbre de paso 2014-213736-01-0011-001 y servidumbre de paso
2014-213736-01-0002-001; a las nueve horas treinta minutos del nueve de febrero
del dos mil veintidós, y con la base de dos cientos setenta y nueve millones
ochocientos sesenta y siete mil trescientos veintinueve colones con noventa y
ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 72267-B-000 la cual es terreno de potrero con una
casa. Situada en el distrito (6) Guadalupe (Arenilla), cantón (01) Cartago, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con calle pública, lote de Adoguines y Bloques ADOBLOG S. A.
y Compañía Agrícola Feriola Ángel
Limitada; al sur, con Hernán
Molina Monge, Sucesores DHF Distribuidora Hermanos Fuentes SRL, lote de
Adoquines y Bloques ADOBLOG y Compañía Agrícola Feriola Ángel Limitada; al este, con Porcina Americana y
lote de Adoquines y Bloques ADOBLOG S. A.; y al oeste, con Hernán Molina Monge Sucesores, lote de Adoquines y
Bloques ADOBLOG S. A. y Compañía Agrícola Feriola Ángel Limitada. Mide: treinta y dos mil ciento
veintiséis metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil
veintidós, con la base de doscientos nueve millones novecientos mil
cuatrocientos noventa y siete colones con cincuenta céntimos, (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintidós con la base de
sesenta y nueve millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos treinta y
dos colones con cincuenta céntimos, (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Agricultores Cartagineses CYC del Guarco Sociedad
Anónima. Expediente N° 17-011022-1164-CJ.—Juzgado
Agrario de Cartago, 11 de noviembre del 2021.—Licda. Rebeca Salazar
Alcócer, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609805
).
En este Despacho, con una
base de siete millones doscientos ochenta y cuatro mil ciento treinta y un
colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones citas: 312-02771-01-0901-046; sáquese a
remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 365279-000, la cual es
terreno lote uno, terreno para construir con una casa de habitación. Situada en
el distrito: 7-La Fortuna, cantón: 10-San Carlos de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte: Bolaños y Jiménez
S. A.; al sur: calle pública
con 26 metros de frente; al este: Agropecuaria del Llano Grande S.A.; y al
oeste: calle pública
con 15 metros de frente. Mide: trescientos noventa metros cuadrados, plano:
A-0696721-2001. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del
tres de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las catorce horas cero minutos del once de octubre de dos mil
veintidós, con la base de cinco millones cuatrocientos sesenta y tres mil
noventa y ocho colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas
cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintidós, con la base de un
millón ochocientos veintiún mil treinta y dos colones con ochenta y tres céntimos
(25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad
Quesada COOCIQUE R.L., contra José
Alfredo Castro Varela. Expediente N° 21-005434-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de
emisión: quince horas con treinta y dos minutos del trece de octubre del dos
mil veintiuno.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza
Decisora.—( IN2021609865 ).
En
este Despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y
ley de caminos públicos en las citas 302-2436-01-0044-001; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula número 128687-000, derecho 000, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón
03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas.-
Colinda: al norte calle publica; al sur Victorino Lara Sanchez; al este Emilia
Sirlene Flores Obando y al oeste Hernán Sanchez Bejarano.- Mide: trescientos
cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta
minutos del catorce de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veintidós de
febrero de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del
dos de marzo de dos mil veintidós con la base de ochocientos setenta y cinco
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco
Nacional de Costa Rica contra Mario Adolfo Navarro Ramírez. Expediente N°
21-000087-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión:
dieciséis horas con doce minutos del uno de diciembre del dos mil
veintiuno.—Licda. Wendy Barrantes Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021609869 ).
En este Despacho, con una
base de un millón trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes
prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: BGK709, marca: BYD, estilo: F0
GLX-I, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie: LC0C14DA8E0002161, carrocería: Sedan, 4 puertas
tracción: 4x2 color: blanco. Para tal efecto se señalan las once horas quince
minutos del dieciocho de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del veintiséis de
enero de dos mil veintidós, con la base de novecientos setenta y cinco mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las once horas quince minutos del tres de febrero de
dos mil veintidós, con la base de trescientos veinticinco mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A.,
contra Jaime Alberto Sánchez
Bustamante. Expediente N° 21-001351-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14
de setiembre del 2021.—Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021609871 ).
En este Despacho, con una
base de dos millones setecientos noventa y dos mil setecientos once colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
CL-253375, marca: Toyota, estilo: Tacoma SR5, categoría: carga liviana, año:
2003, color: gris, VIN: 5TEWN72N53Z207968, N° motor:
ilegible, cilindrada: 3400cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las diez horas quince minutos del trece de enero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos
del veinticuatro de enero de dos mil veintidós, con la base de dos millones
noventa y cuatro mil quinientos treinta y tres colones con veinticinco céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas quince minutos del uno de febrero de dos mil
veintidós, con la base de seiscientos noventa y ocho mil ciento setenta y siete
colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A., contra Heiner Alberto Porras
Sibaja. Expediente N° 21-005841-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5
de noviembre del 2021.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—(
IN2021609872 ).
En este Despacho, con una
base de siete mil doscientos veintitrés dólares con ochenta y nueve centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número:
623749, Marca: Toyota, año 2001, Vin: JT3HN86R4Y0317398, cilindrada 3378 c.c.,
color: beige. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del
doce de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil
veintidós, con la base de cinco mil cuatrocientos diecisiete dólares con
noventa y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y
uno de enero de dos mil veintidós, con la base de mil ochocientos cinco dólares
con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra
Bufete Briceño Obando & Asociados Sociedad Anónima. Expediente:09-001357-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de
emisión: dieciocho horas con cincuenta y seis minutos del nueve de noviembre
del dos mil veintiuno.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca,
Juez.—( IN2021609968 ).
En este Despacho, con una
base de ocho mil ochocientos quince dólares exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número CL-220422, Marca:
Fotón, año 2007, Vio LVBV8PE607E001928, cilindrada 3.298 c.c., color blanco, categoría carga liviana.
Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de
enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil
veintidós, con la base de seis mil seiscientos once dólares veinticinco
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de febrero del dos
mil veintidós, con la base de dos mil doscientos tres dólares setenta y cinco centavos
(25% de la base original) Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA Sociedad
Anonima contra Miguel Ángel María Cubillo López. Expediente:09-001362-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de
emisión: dieciséis horas con cinco minutos del doce de Noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—(
IN2021609969 ).
En este Despacho, con una
base de trece millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos colones
exactos, soportando denuncia OIJ citas: 800-00675576-001 y denuncia OIJ citas:
800-00676166-001, sáquese a remate el vehículo: BTG-416, marca: Suzuki, estilo:
Vitara GL PLID Z, serie: TSMYD21SMM815105, tracción:
4x2 capacidad: 5 personas, año de fabricación: 2020, color: negro, vin: TSMYD21SMM815105,
N° motor:
M16A2338839, cilindrada: 1586 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se
señalan las quince horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince
horas treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós, con la
base de diez millones noventa y ocho mil doscientos veinticinco colones exactos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las quince horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintidós, con la base de tres millones trescientos sesenta y seis mil
setenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de
Educadores contra Melissa del Carmen Barahona Alvarado. Expediente N°
21-001891-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con
veintiséis
minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Shirley Montoya Montero,
Juez/a Decisor/a.—( IN2021610003 ).
En este Despacho, con una
base de treinta mil dólares exactos, soportando citas 402-07502-01-0923-02,
soportando las hipotecas de primer grado, hipoteca de segundo grado e hipoteca
de tercer grado, sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula
número 138319-001 y 002, la cual es terreno agricultura, lote 7. Situada en el
distrito Capellades, cantón Alvarado de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte: lote 6; al sur. lote 8; al este: calle pública;
y al oeste: Río
Birris. Mide: treinta y dos mil trescientos treinta y cinco metros con ochenta
y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta
minutos del dieciocho de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de
enero de dos mil veintidós, con la base de veintidós mil quinientos dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil
veintidós, con la base de siete mil quinientos dólares exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grettel Lutz Cruz y Jorge Arturo Donato Díaz contra Ana Ligia Ramírez Cisneros, Guillermo Enrique Obando Guillén. Expediente N° 17-009702-1044-CJ. Previo a
realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos
del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de
inmediato para su corrección.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de
diciembre del 2021.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor—( IN2021610075 ).
En
este Despacho, con una base de cuarenta y dos millones cincuenta y nueve mil
ciento setenta y cinco colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número cuatrocientos cuatro mil treinta y nueve, derecho 000, la cual es
terreno con una casa. Situada en el distrito Rosario, cantón Desamparados, de
la provincia de San Jose. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Angel Levi
Castro Fallas; al este, Rafael Castro Hidalgo y al oeste, Algel Levi Castro y
Álvaro Fallas. Mide: cuatrocientos dieciséis metros con cinco decímetros metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del
diecinueve de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de enero
de dos mil veintiuno con la base de treinta y un millones quinientos cuarenta y
cuatro mil trescientos ochenta y un colones con cincuenta y cinco céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil
veintiuno con la base de diez millones quinientos catorce mil setecientos
noventa y tres colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jinnette Milena de
los Ángeles Castro Román, Rafael Ángel de la Trinidad Hernández Zúñiga.
Expediente N° 21-000124-0217-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 22 de octubre del 2021.—Carlos Alberto Marín Angulo, Juez
Tramitador.—( IN202610080 ).
En este Despacho, con una
base de seis mil trescientos diecisiete dólares con veinticuatro centavos,
libre de gravámenes; sáquese a remate el vehículo placas MCB061, marca: Kia,
estilo: Picanto, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, número chasis: KNABX512BGT043175, capacidad: 5 personas,
4x2, año: 2016, color: blanco, 1248 C.C. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas cero minutos del doce de enero del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del
veinte de enero del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil setecientos
treinta y siete dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original),
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas
cero minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós, con la base de mil
quinientos setenta y nueve dólares con treinta y un centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa
Rica S. A., contra Karen Vanessa Jiménez Córdoba. Expediente N° 20-000593-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 07 de setiembre del 2021.—María Auxiliadora Cruz
Cruz, Jueza.—( IN2021610086 ).
En este Despacho, con una
base de trece millones ocho mil veintisiete colones con sesenta y cinco
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
Partido de San José, matrícula N° 539543-000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón de
la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública; al sur: Fulgencio Navarro Brenes; al este:
Carmen María
Murillo Rojas; y al oeste: Fulgencio Navarro Brenes. Mide: trescientos dos
metros con sesenta y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del
dieciocho de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de enero de
dos mil veintidós, con la base de nueve millones setecientos cincuenta y seis
mil veinte colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero
minutos del tres de febrero de dos mil veintidós, con la base de tres millones
doscientos cincuenta y dos mil seis colones con noventa y un céntimos (25% de
la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos
para la Educación contra José
Pablo Argüello
Navarro, Maribel Navarro Granados. Expediente N° 21-003314-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dos minutos del dos de diciembre
del dos mil veintiuno.—José Francisco Azofeifa
Barrantes, Juez Tramitador.—( IN2021610094 ).
En este Despacho, con una
base de cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y tres dólares con ochenta y
seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 308-07929-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número ciento ochenta mil ciento sesenta y tres, derecho
000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el Ulloa,
cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Juan Manuel
Villalobos Azofeifa; al sur, calle pública
con 6.51 metros de frente; al este, Francisco José
Villalobos Azofeifa, y al oeste, Los Nueve de Lagunilla S. A. Mide: ciento
cuarenta y cinco metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del dieciocho de enero del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho
horas quince minutos del veintiséis de enero del dos mil veintidós, con la base
de treinta y seis mil cuatrocientos noventa y siete dólares con noventa
centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del tres de febrero del
dos mil veintidós, con la base de doce mil ciento sesenta y cinco dólares con
noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de 3-102-638434 S.R.L. contra Warner Gershwin Smith West.
Expediente N° 21-000626-1044-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, hora y fecha de emisión: once horas con treinta y nueve minutos
del tres de diciembre del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza
Tramitadora.—( IN2021610149 ).
En este Despacho, con una base
de quince mil quinientos treinta y cuatro dólares con cuarenta y un centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-289358,
marca: Isuzu, categoría: carga liviana, serie: JAA1KR55EG7100401, carrocería: Arenero, tracción: 4x2, número chasis:
JAA1KR55EG7100401, año fabricación: 2016, color: blanco, vin:
JAA1KR55EG7100401, estilo: QKR55L-EE1AYVT, capacidad: 3 personas. Para tal
efecto se señalan las diez horas cero minutos del doce de enero del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del veinte de enero del dos mil veintidós, con la base de
once mil seiscientos cincuenta dólares con ochenta y un centavos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las diez horas cero minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós, con
la base de tres mil ochocientos ochenta y tres dólares con sesenta centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima
contra Flor Elena Flores Fuentes, Transportes Ugarte S. A. Expediente N°
20-000133-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: doce horas con cuatro
minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde
Calvo, Juez Decisor.—( IN2021610161 ).
A las nueve horas del
dieciocho de febrero del dos mil veintidós, en la puerta exterior del local que
ocupa este Juzgado, en el mejor postor, remataré la siguiente finca hipotecada:
1. Libre de gravámenes hipotecarios y soportando reserva Ley de Caminos
Públicos, citas: 517-19730-01-0006-001 y practicado bajo las citas: 800-634511-01-0001-001,
con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y tres mil novecientos
setenta y cuatro de colones con setenta y un céntimos, la finca inscrita en
propiedad al partido de Alajuela matrícula número trescientos ochenta y seis mil
setecientos cincuenta y cuatro-cero cero uno-cero cero dos, que es terreno de
para construir L-27. Situado: en el distrito uno Los Chiles, del cantón catorce
Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, lotes 28, 29, 30;
al sur, lote 26; al este, parcela 12; al oeste, calle pública. Plano:
A-0324279-1996. Propietarios Santos Gómez Gómez y Maribel Ruiz Condega. Mide:
ochocientos cincuenta y dos metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. En
caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la
rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de un millón
ochocientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos ochenta colones con setenta y
cuatro céntimos, remataré la finca del partido de Alajuela, matrícula número
trescientos ochenta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro-cero cero
uno-cero cero dos, para lo cual se señalan nueve horas del primero de marzo del
dos mil veintidós. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se
realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco por
ciento de la base original, sea la base de seiscientos trece mil cuatrocientos
noventa y tres mil colones con sesenta y siete céntimos, remataré la finca del
partido de Alajuela, matrícula número trescientos ochenta y seis mil
setecientos cincuenta y cuatro-cero cero uno-cero cero dos, para lo cual se
señalan nueve horas del nueve de marzo del dos mil veintidós. Lo anterior por
estar así ordenado en proceso de ejecución de Fundación de Unión y Desarrollo
de las Comunidades Campesinas contra Santos Gómez Gómez y Maribel Ruiz Condega.
Expediente N° 21-000205-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 08 de diciembre del 2021.—William
Arburola Castillo, Juez.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021610164 ).
En este Despacho, con una
base de seis mil novecientos cuatro dólares con catorce centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo NBX 357, marca: Nissan,
estilo: Xtrail, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, número chasis:
JN1JBAT32GW008155, año fabricación: 2016, color: gris, Vin: JN1JBAT32GW008155,
N° motor:
QR25493967L, cilindrada: 2500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las catorce horas cero minutos (02:00 pm) del trece de enero del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas cero minutos (02:00 pm) del veinticuatro de enero del dos mil
veintidós con la base de cinco mil ciento setenta y ocho dólares con diez
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas cero minutos (02:00 pm) del uno de febrero
del dos mil veintidós con la base de mil setecientos veintiséis dólares con tres
centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de
verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun
Sociedad Anónima
contra Edwin Andrés
Artavia Quirós.
Expediente N° 21-005839-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 25 de noviembre del 2021.—Audrey Abarca Quirós, Juez
Decisor.—( IN2021610168 ).
En
este Despacho, con una base de trescientos ochenta y ocho millones ciento cinco
mil ochocientos setenta y un colones con treinta y ocho céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos citas: 564-18215-01-0026-001; sáquese a remate la finca del
partido de Guanacaste (5), matrícula número 150900, derecho -002 , la cual es
terreno para agricultura lote D-1.- Situada en el distrito 4-Santa Elena,
cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste (5). Colinda: al norte, calle
pública; al sur, parcela D-6; al este, Río Mairena y al oeste, parcela D-7.
Mide: ciento setenta y tres mil setecientos setenta y seis metros con cuarenta
y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
treinta minutos (09:30 a.m.) del trece de enero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta
minutos (09:30 a.m.) del veinticuatro de enero de dos mil veintidós con la base
de doscientos noventa y un millones setenta y nueve mil cuatrocientos tres
colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos
(09:30 a.m.) del uno de febrero de dos mil veintidós con la base de noventa y
siete millones veintiséis mil cuatrocientos sesenta y siete colones con ochenta
y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación
con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.
Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del
Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda,
caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para
proceder con la respectiva corrección. Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario
de Mario Alberto Piedra Soto contra Ivania Molina Cerdas Expediente N° 16-
008194-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del año
2021.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2021610185 ).
En este Despacho, con una
base de cincuenta y tres mil setecientos cincuenta y nueve dólares con
cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
hipoteca de primer grado (citas: 2013-181561-01-0002-001); sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula N° 416615,
derecho 000, la cual es terreno de forma irregular, lote 9, bloque S, con una
casa de habitación. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 17 metros 10
centímetros de frente; al noreste: lote 8 bloque S de Inmuenles de Residencias
Santa Cecilia Pacoti S. A. e Inmuenles de Residencias Santa Cecilia Pacoti S.A;
al noroeste, calle pública con 9 metros 16 centímetros de frente y al suroeste,
Lote 10 bloque S Inmuenles de Residencias Santa Cecilia Pacoti S. A. Mide:
doscientos tres metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de
enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del ocho de febrero del dos
mil veintidós, con la base de cuarenta mil trescientos diecinueve dólares con
sesenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco
minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós, con la base de trece
mil cuatrocientos treinta y nueve dólares con ochenta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Andrea María Gómez Gutiérrez. Expediente N° 21-002913-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 20 de abril del 2021.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(
IN2021610207 ).
En este Despacho, con una
base de setenta mil cuatrocientos diecisiete dólares exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada citas:
405-10070-01-0803-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número 179569-001 y 002, la cual es terreno para construir con una
casa de habitación-Lote 193-E del Proyecto Residencial Real de Santamaría.
Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, calle pública
con 34 metros 92 centímetros; al sur, Casas números 194 y 228 de Urbanización
Real de Santamaría; al este, calle pública
con 11 metros 20 centímetros; y al oeste, calle pública
con 14 metros 47 centímetros. Mide: cuatrocientos noventa y ocho metros con
trece decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta
minutos del veintiséis de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del tres de
febrero de dos mil veintidós con la base de cincuenta y dos mil ochocientos
doce dólares con setenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos
del once de febrero de dos mil veintidós con la base de diecisiete mil
seiscientos cuatro dólares con veinticinco centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eduardo Antonio
Cascante Manjarres, Xinia Guiselle Barrantes Solano. Expediente N°
19-017854-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta minutos del cinco de octubre
del dos mil veintiuno.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2021610208 ).
En este Despacho, con una
base de cuatro millones ochocientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta
colones con noventa y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate el vehículo BBL-182, marca: Renault, estilo: Koleos, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF1VY0CAVUC374096, año fabricación:
2012, color: beige, N° motor: 2TRA703P081279,
cilindrada: 2500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las
ocho horas treinta minutos del once de febrero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos
del veintiuno de febrero de dos mil veintidós con la base de tres millones
seiscientos veintiséis mil ciento treinta y ocho colones con veinticuatro
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil
veintidós con la base de un millón doscientos ocho mil setecientos doce colones
con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Asociación
Solidarista de Empleados de Bavarian Motors C. R. S. A. y Afines (ASOBAVARIAN) contra Daniel
Enrique Brizuela Molina. Expediente N° 21-001396-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con siete
minutos del siete de junio del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría,
Jueza Tramitadora.—( IN2021610231 ).
En este Despacho, con una
base de nueve millones cien mil colones exactos, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 403-14939-01-0941-001; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número 246250-001 y 002, la cual es terreno para
construir con una casa de interés
social. Situada en el distrito 5-Llanos de Santa Lucía, cantón 2-Paraiso, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, calle pública;
al sur, Rose Emile Bouzid Jiménez;
al este, Rose Emile Bouzid Jiménez;
y al oeste, Rose Emile Bouzid Jiménez.
Mide: ciento veinte metros cuadrados. cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las catorce horas treinta minutos (02:30 pm) del doce de enero del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos (02:30 pm) del veinte de enero del dos mil veintidós con
la base de seis millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las catorce horas treinta minutos (02:30 pm) del veintiocho de enero del dos
mil veintidós con la base de dos millones doscientos setenta y cinco mil
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual
Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Juan Gabriel Bonilla Hidalgo, Stephanie Johanna Maroto Hall. Expediente
N° 18-010671-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 14 de octubre del 2021.—Licda. Sabina
Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021610256 ).
En este Despacho, con una
base de trece mil ciento cincuenta y dos dólares con dieciocho centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQB260, marca
Chevrolet, capacidad: 5 personas, año: 2018, Vin: MA6CG6CD2JT001712, estilo:
Beat LT, color: blanco, cilindrada: 1200 c.c., combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de enero de
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintidós con
la base de nueve mil ochocientos sesenta y cuatro dólares con catorce centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil
veintidós con la base de tres mil doscientos ochenta y ocho dólares con cinco
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Genova Trading S.
A., contra David Adrián
Villanueva Chacón.
Expediente N° 19-005332-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: diecisiete horas con
veintiocho minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno.—Eileen
Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2021610257 ).
En este Despacho, con una
base de cuatro millones veintiún mil treinta y nueve colones exactos,
soportando denuncia de tránsito,
citas 0800 00794536 001, sáquese a remate el vehículo: 891346, marca: Hyundai,
estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHCT41DACU033118, tracción: 4X2, número chasis: KMHCT41DACU033118, año
fabricación: 2012. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del
veintiuno de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del uno de marzo de dos mil
veintidós, con la base de (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del
nueve de marzo de dos mil veintidós, con la base de (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Rodolfo Gerardo Sancho Dittel contra Roger De
Los Ángeles Artavia Carmona.
Expediente N° 21-002642-1204-CJ.—Juzgado de Cobro
de Grecia. Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y cuatro
minutos del once de noviembre del dos mil veintiuno.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—( IN2021610275 ).
En este Despacho, con una
base de quinientos ochenta mil setecientos tres colones con setenta y cinco
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
BBS691. Marca: Mitsubishi Estilo: Eclipse. Categoría: automóvil capacidad: 4
personas. carrocería: Sedan 2 puertas Hatchback. Tracción: 4X2.Motor: 4G64AS4978
Marca: Mitsubishi. Modelo: Eclipse GS. Cilindrada: 2400 c.c cilindros: 4.
Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos
del veintisiete de enero del año dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Exportaciones Santamaría S. A. contra Josué Daniel Mena
Blandón. Expediente: 21-002137- 1204-CJ.—Juzgado de
Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta y cinco
minutos del nueve de Diciembre del dos mil veintiuno.—Mileidy
María Calvo Quesada, Jueza Decisora.—( IN2021610277 ).
En este Despacho, con una
base de cinco millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: CL-322303, marca: H 100
Porter, color: blanco, categoría: carga liviana, N° de vin,
serie y chasis: KMFZSZ7JAAU635301, cilindrada: 2500CC, cilindros: 4,
combustible: diesel, año: 2010, carrocería furgón refrigerado. Para tal efecto
se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintidós, con la
base de tres millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil
veintidós, con la base de un millón trescientos veinticinco mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marco Vinicio Mora
Mora contra 3-101-799586 S. A. Expediente N° 21-002833-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con diecinueve minutos del ocho de
diciembre del dos mil veintiuno.—Mileidy María Calvo Quesada, Jueza Decisora.—( IN2021610278
).
En este Despacho, con una
base de dos millones novecientos veinticinco mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BMK378, marca
Kia, estilo Soul, año 2012, color blanco, vin KNDJT2A5XC7386486. Para tal
efecto se señalan las once horas treinta minutos del trece de enero de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintidós con la
base de dos millones ciento noventa y tres mil setecientos cincuenta colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil
veintidós con la base de setecientos treinta y un mil doscientos cincuenta
colones exactos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Di
Lassio Autos S.A. contra Édgar
Mauricio Fournier Barrantes, expediente N° 19-020868-1044-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del
mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato
para su corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del año
2021.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021610307 ).
En este Despacho, con una
base de ocho mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando condiciones y referencias citas 304-1938-01-0901-057,
servidumbre de paso citas 552-19267-01-0001-001 y 568-75836-01-0029-001;
sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento
cuarenta y ocho mil seiscientos cuarenta y tres, derecho 000, la cual es
terreno lote 5, terreno de potrero. Situada en el distrito 01-Puerto Cortes,
cantón 05-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Quebrada en
medio y lote 9 y 10; al sur, servidumbre de paso de 10.00 metros de ancho en
medio y lotes 11 y 12; al este, Lote 4 y al oeste, yuro en medio y lotes 9 y
10. Mide: cinco mil ciento dieciocho metros con veintiséis decímetros
cuadrados. Plano: P-1087856-2006. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta
minutos del diez de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de
marzo del dos mil veintidós, con la base de seis mil trescientos setenta y
cinco dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho
de marzo del dos mil veintidós, con la base de dos mil ciento veinticinco
dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Multiservicios Clemente
Sociedad Anónima contra CRC Royal Caoba S. A. Expediente N° 15-000388-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de
emisión: trece horas con cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre del dos
mil veintiuno.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021610318 ).
En
este Despacho, con una base de veintiún millones setecientos veinticuatro mil
novecientos dieciocho colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos
públicos bajo las citas: 447-14970-01-0135-001; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 327.033-000, la cual es terreno lote 15,
terreno para construir, Proyecto Granjas Familiares. Situada en el distrito 1-
Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, lote 24; al este, lote 14 y al oeste lote 16. Mide:
setecientos cincuenta y cuatro metros con un decímetros
cuadrados, plano: A-0298784-1996. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas cero minutos del doce de agosto de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del
veintitrés de agosto de dos mil veintidós con la base de dieciséis millones
doscientos noventa y tres mil seiscientos ochenta y ocho colones con sesenta y
dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del treinta y uno de
agosto de dos mil veintidós con la base de cinco millones cuatrocientos treinta
y un mil doscientos veintinueve colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra
Alejandro Gorgona Mendoza. Expediente N° 21-004637-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de
emisión: ocho horas con doce minutos del veintisiete de agosto del dos mil
veintiuno.—Licda. Shirley Montoya Montero, Jueza Decisora.—( IN2021610326 ).
En este Despacho, con una
base de cincuenta y seis mil dólares, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 390783-001-002,
la cual es terreno para construir, con una casa. Situada en el distrito 10
Desamparados, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte: Manuel Gerardo Muñoz Bravo; al sur: lotes 35 y 34 K; al este: avenida
primera; y al oeste El Pasito Ltda. Mide: ciento cincuenta metros con setenta y
cuatro decímetros
cuadrados. Plano: A-0867122-2003. Para tal efecto, se señalan las quince horas
cero minutos del veintiséis de julio de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del
nueve de agosto de dos mil veintidós, con la base de cuarenta y dos mil dólares
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil
veintidós, con la base de catorce mil dólares (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alberto José Vargas Molina, Sara Eugenia Del Carmen Delgado
Ramírez. Expediente N°
21-001245-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: doce horas con
quince minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Susana
Cristina Mata Gómez,
Jueza Tramitadora.—( IN2021610327 ).
En este Despacho, con una
base de seis millones novecientos noventa y cinco mil novecientos cuarenta y un
colones con catorce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
condiciones ref.:1925-371-001 citas: 284-02909-01-0901-001, servidumbre de paso
citas: 447-15573-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número ciento nueve mil cuatrocientos cinco, derecho cero
cero cero, la cual es terreno para construir. Lote 26. Situada en el distrito
1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
lote 44; al sur, calle pública
con 10 metros; al este, lote 27 y al oeste, lote 25. Mide: trescientos metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del
dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril de
dos mil veintidós con la base de cinco millones doscientos cuarenta y seis mil
novecientos cincuenta y cinco colones con ochenta y seis céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós con la
base de un millón setecientos cuarenta y ocho mil novecientos ochenta y cinco
colones con veintinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L., contra Jeyson Eduardo Arroyo
Ramírez, María Torres Darling. Expediente N° 21-002572-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y
fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y cinco minutos del veintinueve
de setiembre del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza
Tramitadora.—( IN2021610328 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N°
21-000105-0689-AG donde se
promueven diligencias de Información Posesoria por parte de 1. Marilyn Durán
Meza, quien es mayor, estado civil: soltera, vecina de Vuelta de Jorco, Aserrí,
portadora de la cédula de identidad vigente N° 01-1623-0128, de profesión: ama
de casa; y 2. Cynthia María Durán Meza, quien es mayor, estado civil: soltera,
vecina de Vuelta de Jorco, Aserrí, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 01-1503-0644, de profesión: ama de casa, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es café con una casa. Situada: en el
distrito Vuelta de Jorco, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Roberto Durán Monge; al sur, Ronald Durán Castro; al este, Allan
Castro Fallas, y al oeste, Rafael Fallas Castro. Mide: mil ochenta y dos metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2196575-2020.
Indican las promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas
reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones
cada una. Que adquirieron dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo han
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de cincuenta años. Que no existen otros condueños,
únicamente las promoventes por partes iguales. Que los actos de posesión han
consistido en habitar la casa, siembra de café, recolección de café y frutales
como limones, mandarinas, guatabas, plátanos, jocotes, chapia, rodajea,
fertilización de los árboles, mantenimiento de árboles y mantenimiento de
cerca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Cynthia María Durán
Meza. Expediente N° 21-000105-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 06 de agosto del 2021.—Licda. Andrea
Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021608012 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000100-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de William Alvarado Delgado quien es mayor, estado civil casado, vecino
de San Antonio de Escazú, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 01-0834-0758, profesión Agricultor, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
cuya naturaleza es Terreno de repastos. Situada en el distrito San Antonio,
cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Río Agres; al
sur, calle pública; al este, Lidieth Fernández Vargas y calle pública y al
oeste, William Alvarado Delgado. Mide: mil seiscientos treinta y dos metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-2272451-2021.-
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de siete millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de tres años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en mantener los terrenos para aprovechamiento del pasto y el
espacio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por William Alvarado Delgado. Expediente N° 21-000100-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 02 de
setiembre del año 2021.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza Agraria.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021608014 ).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 21-000088-0689-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Rigoberto Fonseca Díaz quien es mayor, estado civil casado una vez,
vecino de Sabanillas de Acosta, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 01-0389-0179, profesión agricultor, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de agricultura. Situada
en el distrito Sabanillas, cantón Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Karla Adriana Arias Segura;
al sur, quebrada sin nombre y Carlos Fonseca Carvajal; al este, calle pública
con un frente a ella de dieciocho metros con sesenta y centímetros lineales; y
al oeste, Carlos Fonseca Carvajal. Mide: cuatro mil quinientos setenta y cuatro
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2139344-2019.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una.
Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de dieciocho años. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en siembra de árboles de ciprés y frutales para su comercialización,
así como reparación y construcción de cercas y mantenimiento de los árboles
frutales, como lo son podas, fertilizaciones y chapeas del terreno. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rigoberto Fonseca Díaz. Expediente N° 21-000088-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José,
Goicoechea, 05 de agosto del 2021.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021608016 ).
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente N° 21-000086-0689-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria para rectificación de medida por parte de
Odilia Chacón Muñoz quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Ginebra,
Suiza, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número
01-0408-0722, profesión pensionada, a fin de rectificar la medida del inmueble
inscrito ante el Registro Público de la propiedad a su nombre, del partido de
San José, número doscientos ochenta y un mil seiscientos doce-cero cero cero
(FR. 1-281612-000), el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es
cultivos, tacotal y pasto. Situada en el distrito Mercedes Sur, cantón
Puriscal, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Felipe Antonio Badilla Jiménez, Armando Badilla Chacón,
María Isabel Badilla Chacón, Iris María Badilla Chacón, Marjorie Badilla
Chacón, Mary Badilla Chacón, Lilliana Badilla Chacón, Bernardita Badilla
Chacón, José Francisco Badilla Chacón, Rita Badilla Chacón, Ivonne Rocío Moraga
Badilla, Esmer Enrique Moraga Badilla; al sur, calle pública con un frente a
ella de 354, 70 metros lineales; al este, Felipe Antonio Badilla Jiménez y
Andanic Sociedad Anónima y al oeste, Felipe Antonio Badilla Jiménez, Armando
Badilla Chacón, María Isabel Badilla Chacón, Iris María Badilla Chacón,
Marjorie Badilla Chacón, Mary Badilla Chacón, Lilliana Badilla Chacón,
Bernardita Badilla Chacón, José Francisco Badilla Chacón, Rita Badilla Chacón,
Ivonne Rocío Moraga, Esmer Enrique Moraga Badilla, Jesús Vindas Masis. Mide:
sesenta y ocho mil quinientos cincuenta y nueve metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número 1-2280214-2021. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias
en la suma de ocho millones de colones cada una. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en dar el mantenimiento y todo lo
relacionado con la conservación y el buen uso del mismo.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Odilia Chacón Muñoz. Expediente N° 21-000086-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de
noviembre del año 2021.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608017 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°21-000068-0689-AG donde se promueven diligencias
de información posesoria por parte de Hernán Antonio Hernández Fallas quien es
mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de La Pacaya, Desamparados,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0536-0580,
profesión Empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es
Bosque Agrícola, Galera. Situada en el Distrito San Miguel, Cantón
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al
sur Río Alumbre; al este Yurro y al oeste Edwin Jiménez Cerdas. Mide: seis mil
doscientos veinticuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número SJ-2122439-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por
compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta y
siete años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento, cuido del terreno, reparación de cercas, siembra de árboles y
arbustos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Hernán Antonio Hernández Fallas. Expediente: 21-000068-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 20 de julio
del año 2021.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza Agraria.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608018 ).
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente N° 21-000053-0689-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Elner Marino Elizondo
Cascante quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Parrita,
Puntarenas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número:
01-1165-0016, profesión comerciante , a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es repastos, cultivos. Situada en el distrito Chires, cantón
Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Parque Nacional La
Cangreja; al sur, Edwin Arias Sibaja; al este Parque Nacional La Cangreja y al
oeste, calle pública. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados con
cuarenta y nueve milímetros, tal como lo indica el plano catastrado número
SJ-1006322-2005. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones
de colones cada una. que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de 50 años. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en darle mantenimiento al terreno, así
como todo lo relacionado con la conservación y buen uso del
mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones
posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elner Marino
Elizondo Cascante. Expediente N° 21-000053-0689-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 15 de noviembre del año
2021.—Dra. María
Vanessa Fisher González,
Jueza Agraria.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021608019 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°21-000047-0689-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Juan Luis Salazar Rodríguez
quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de El Tablazo de San
Ignacio de Acosta, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
uno-seis siete ocho-cuatro siete uno, profesión agricultor, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de café y árboles frutales.
Situada en el Distrito Uno-San Ignacio, Cantón Doce-Acosta, de la provincia de
San José. Colinda: al norte Margarita Salazar Granados; al sur Oscar Salazar
Rodríguez; al este Oldemar Salazar Rodríguez y al oeste calle pública con
ochenta y cinco metros y sesenta y dos centímetros, César Johan Quesada Díaz,
Carlos Ramírez Ramírez, Orlando Cruz Picado y Alexis Arias Álvarez. Mide: Seis
mil ochocientos cuarenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número 1-2298366-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de cuatro millones colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de café
y árboles frutales y maderables, recolección de frutas, chapia, rodajea,
fertilización, y mantenimiento de árboles y cercas. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Juan Luis Salazar
Rodríguez. Expediente: 21-000047-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 31 de agosto del año
2021.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608020 ).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 21-000042-0689-AG, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de José Vinicio Hernández
Agüero, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Grifo Alto, Puriscal,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 1-0757-0462, profesión
pasto y tacotal, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pasto y
tacotal. Situada en el distrito Grifo Alto, cantón Puriscal de la provincia de
San José. Colinda: al norte: calle pública con un frente de 50.2 metros y Ramón
Alberto Hernández Agüero; al sur: Elizabeth Mora Rodríguez y en medio un yurro
en parte; al este: Denis Santiago Hernández Agüero y Elizabeth Mora Rodríguez;
y al oeste: Elizabeth Mora Rodríguez, parte Quebrada Mora, parte escorentia.
Mide: cuatro hectáreas ocho mil ciento sesenta y un metros cuadrados, tal como
lo indica el plano catastrado N° SJ-2250513-2021. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantener el terreno debidamente deslindado de los demás terrenos colindantes,
mediante cercas con alambres de púas y carriles amplios y visibles, e
igualmente mediante la conservación de buena parte del terreno que ha sido
destinado a repastos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información
posesoria, promovida por José Vinicio Hernández Agüero. Expediente N°
21-000042-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San
José, Goicoechea, 27 de julio del 2021.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz
Ramírez, Jueza Agraria.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021608022 ).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000041-0689-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Luis Gerardo Prado Duran, quien es mayor, estado civil casado una vez,
vecino de Ceiba Alta De Acosta, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe N° 01-0978-0442, profesión oficial de seguridad, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca cuya naturaleza es potrero y montaña. Situada en el distrito vuelta
de Jorco, cantón Aserrí de la provincia de San José. Colinda: al norte: Román Naranjo Venegas y
Hermes Picado Portuguez; al sur: Hugo García Méndez y Emilio Díaz Gamboa; al
este: Román Naranjo Venegas, Luis Naranjo Portuguez y Melvin Humberto Naranjo
Portuguez, y al oeste: Quebrada Roble. Mide: 10ha. 7550 metros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número 1-2219547-2020. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
trece años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento de cercas y chapea. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Luis Gerardo Prado Duran. Expediente N°
21-000041-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San
José, Goicoechea, 1° de junio del 2021.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608023 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°20-000113-0689-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Mario
Alberto Fallas Durán quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de
San José, Acosta, San Ignacio, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 01-0776-0789, profesión agricultor, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno de cítricos, tacotal. Situada en el
distrito Quinto Sabanillas, cantón Doce Acosta, de la provincia de San Jose.
Colinda: al norte, Mario Humberto Mora Mora; al sur, Lucas Rodríguez; al este,
calle pública, con un frente a ella de 31.09 metros lineales y al oeste, Río
Parrita. Mide: ochocientos veintitrés metros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número SJ-2123926-2019. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió
dicho inmueble por una cesión de derechos de Agroveterinaria La Fila, S. A., y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de quince años, sumando
la posesión de su anterior propietario. Que no existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en la siembra de cítricos como Limón Mecino,
Naranjilla, bananos, plátanos, pipas, todos estos productos se comercializan en
la época que hay cosecha además de ser para la agricultura familiar o de
subsistencia, además de todos los cuidados que requiere la finca, como
limpieza, chapea, hierbicea, cosechar, abonar y atomizar. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mario Alberto Fallas
Durán. Expediente N° 20-000113-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 19 de noviembre del año 2020.—Lic. Diego
Steven Durán Mora, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608025 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 20-000090-0689-AG donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Carmen Sergio Rodríguez
Fallas, quien es mayor, estado civil: casada una vez, vecino de Puntarenas,
Parrita, La Vascónica, trescientos metros al sur de la Escuela, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0706-0173, profesión:
agricultor; y Fausto de la Trinidad Rodríguez Fallas, quien es mayor, estado
civil: casada una vez, vecino de Puntarenas, Parrita, La Vascónica, trescientos
metros al sur de la Escuela, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 1-0596-0941, profesión: agricultor, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es bosque. Situada: en el distrito San Miguel, de
Chires, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Desarrollo Agroindustrial Las Alturas Limitada; al sur, Laura de los Ángeles Cruz Fuentes; al este, quebrada sin
nombre en medio con Desarrollo Agroindustrial Las Alturas Limitada, y al oeste,
Desarrollo Agroindustrial Las Alturas Limitada. Mide: cuarenta y ocho mil
ochocientos ochenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número SJ-dos millones doscientos diez mil treinta y ocho-dos mil
veinte. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas
reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones
cada una. Que adquirieron dicho inmueble mediante posición originaria, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen más
codueños. Que los actos de posesión han consistido en darle mantenimiento al
terreno, así como todo lo relacionado con la conservación y el buen uso del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovido
por Carmen Sergio Rodríguez Fallas y Fausto de la Trinidad Rodríguez Fallas. Expediente N° 20-000090-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de
noviembre del 2020.—Lic. Diego Steven Durán
Mora, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608026 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°16-000009-0689-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Nuria María Naranjo Castro
quien es mayor, estado civil casada segunda vez, vecina de Barrio Cuba,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0508-0278,
profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es terreno de café y árboles frutales. Situada en el Distrito Vuelta De Jorco,
Cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte José Miguel
Quirós Solano; al sur Amado Naranjo Abarca; al este Doris Fallas Cascante y al
oeste calle pública con un frente a ella de ochenta y siete metros con ochenta
y siete centímetros lineales. Mide: nueve mil seiscientos veinticuatro metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-1676957-2013. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de cuatro años, sumando la posesión derivada al momento de adquirir el
inmueble, sumando más de cuarenta años en total años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en ser de forma pública, pacífica, ininterrumpida y a título de
dueño durante el período de posesión, dándose mejoras al cercado, chapias,
deslindado, recolección de frutas para uso doméstico, siembre de café y
recolección del mismo, así como las asistencias de
abono de café con árboles frutales, guineo, banano siembra y corta de caña de
azúcar. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Nuria María Naranjo Castro. Expediente: 16-000009-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 03 de
setiembre del año 2021.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608027 ).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 11-100129-0217-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Carlos María Navarro Segura,
quien es mayor, estado civil separado de hecho , vecino de Tarbaca, Aserrí,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N°
01-0214-0910, profesión: Agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es: Terreno de café. Situada en el distrito 3 Ojo de Agua, cantón 6
Vuelta de Jorco, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública
con un frente de ochenta y cuatro metros con ochenta y un centímetros; al sur,
Bendición Koveda S.A.; al este, Rosibel Marín Quirós, Rafael Heinner Retana
Vargas y Gaby Alejandra Campos Cruz, y al oeste, Cristina Navarro Segura,
conocida como María De Los Ángeles Navarro Segura. Mide: seis mil ciento
cincuenta y ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° SJ-228106-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de cinco millones colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación
verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 40 años. Que NO
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en: cuidar y
conservar el inmueble y ejercer todos los actos propios de dominio. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Carlos María
Navarro Segura. Expediente N° 11-100129-0217-CI.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de
noviembre del 2021.—Dra. María
Vanessa Fisher González,
Jueza Agraria.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021608029 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°21-000070-0689-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Luis Diego Hernández Vargas
quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Salitrillos, Montes De
Oca, San José, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
01-1362-0629, profesión Agente de Seguridad, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
cuya naturaleza es cultivos con una casa. Situada en el Distrito Guaitil,
Cantón Acosta, de la provincia de San José.
Colinda: al norte identificador predial 11202008972400, identificador predial
11206268500 y Yurro; al sur calle pública con un frente a ella de 2.24 metros
lineales; al este identificador predial 11202008972400 y al oeste identificador
predial 1120206268500 y calle pública con un frente a ella de 96.03 metros
lineales. Mide: setenta y cinco mil quinientos cincuenta y dos metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2213623-2020. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de catorce años. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en siembra de pasto, árboles maderables, chapia,
rodajea, fertilización de los árboles, mantenimiento de árboles, mantenimiento
de cercas, así como siembra de cítricos, como mandarinas, limón, naranja,
marañón, caña, plátano y banano. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Expediente: 21-000070-0689-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de julio del año
2021.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608030 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 21-000041-0689-AG
donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Luis
Gerardo Prado Durán
quien, es mayor, estado civil: casado una vez, vecino de Ceiba Alta de Acosta,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0978-0442,
profesión: oficial de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es potrero y montaña. Situada: en el distrito Vuelta de Jorco,
cantón Aserrí, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Román Naranjo Venegas y Hermes Picado Portuguez; al sur,
Hugo García Méndez y Emilio Díaz Gamboa; al este, Román Naranjo Venegas, Luis
Naranjo Portuguez y Melvin Humberto Naranjo Portuguez, y al oeste, quebrada
Roble. Mide: 10ha. 7550 metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número 1-2219547-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de trece años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de
cercas y chapea. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Luis Gerardo Prado Durán.
Expediente N° 21-000041-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 01 de junio del 2021.—Dra.
María Vanessa Fisher, González, Jueza. —1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608189 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 21- 000290-0296-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Edgar Vargas Rojas quien es mayor,
pensionado, casado, vecino de Palmares, portador de la cédula número
2-0247-0668, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno de solar, casa y piscina. Situada en el distrito
segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares. Colinda: al norte con Grupo Famvaro,
S.A; al sur con Tania María Vásquez Jiménez; al este con Los Carracos, S.A,
Oscar Gerardo Rojas Vargas, María del Carmen Rojas Vargas, Gladys María del
Carmen Rojas Vargas, María Magdalena Rojas Vargas, Grace María Rojas Vargas y
Dayra María Rojas Vargas y al oeste con calle pública
con un frente de treinta y nueve metros con once centímetros lineales. Mide:
mil ochocientos seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinticinco
millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en limpieza de los linderos, corta de árboles y
limpieza de maleza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Edgar Vargas Rojas. Expediente N°
21-000290-0296-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 07 de diciembre del año 2021.—Msc. José Pablo Quesada Padilla, Juez.—1
vez.—( IN2021609515 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 21- 000432-0388-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Orlando Rodríguez Arroyo quien es mayor,
estado civil casado una vez, comerciante, vecino de Santa Gertrudis Norte,
Grecia, Alajuela, portador de la cédula número 0104660689, comerciante, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno solar. Situada en el distrito Tercero Sardinal, cantón Quinto Carrillo.
Colinda: al norte con calle pública con un frente de veinticinco metros con
sesenta y nueve centímetros lineales; al sur con Orlando Rodríguez Arroyo; al este calle pública con un frente de ocho metros con ochenta
centímetros lineales y al oeste con Miguel Odir Contreras Gutiérrez. Mide:
doscientos veintiuno metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir con plano catastrado número G-2255341-2021 no pesan cargas
reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de diez millones de colones exactos colones. Que adquirió
dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido, cercado, limpieza,
rondas, chapias, mantenimiento general. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Orlando Rodríguez Arroyo. Expediente N°
21-000432-0388-CI-0.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión
quince horas con treinta y cinco minutos del veintisiete de octubre del dos mil
veintiuno.—Milkyan Sánchez Aguilar,
Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2021609519 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 21- 000382-0642-CI donde se promueve
información posesoria por parte de María Luisa Montiel Chaves quien es mayor,
divorciada, vecina de Montes de Oro, portadora de la cédula número 0105160866,
de oficios domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la
provincia de Puntarenas, la cual es terreno con solar y una casa. Situada en el
distrito Montes de Oro, cantón Motes de Oro. Colinda: al norte con Lucía Miranda Sandoval; al sur con Victoria Prado
Castro; al este con calle pública con frente a ella de ocho metros con
cincuenta y nueve centímetros y al oeste con José Luis Mora Zúñiga. Mide:
doscientos sesenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir P-2259013- 2021 no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón
de colones. Que adquirió dicho inmueble P-2259013- 2021, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en reparación de cercas y mantenimiento de casa. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Luisa Montiel
Chaves. Expediente N° 21-000382-0642-CI-6.—Juzgado Civil de Puntarenas,
hora y fecha de emisión catorce horas con cincuenta minutos del dos de diciembre
del dos mil veintiuno.—Licda. Diana Sánchez Cubero,
Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021609603 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 21-000070-1143-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Octavio Ordoñez Meléndez quien es mayor,
estado civil divorciado una vez, agricultor, vecino de Alajuela, Upala, El
Rosario, portador de la cédula número 0502140782, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito Las Delicias, cantón Upala. Colinda: al norte
con Xinia Molina Meza; al sur con Karol Oporta Gutiérrez; al este con calle
pública, con cuarenta y cinco metros lineales y al oeste con calle pública, con
veintidós metros lineales. Mide: mil ciento veintitrés metros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante venta, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en chapear, delimitar las colindancias. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Octavio Ordoñez Meléndez.
Expediente N° 21-000070-1143-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Civil), 20 de octubre
del año 2021.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1
vez.—( IN2021609616 ).
Se
hace saber: en esta notaría del
notario público Licenciado José Eduardo Diaz Canales, se tramita proceso
sucesorio notarial de quien en vida se llamó: Jesús María Castro Mejías,
quien fuera soltera, del hogar, con cédula de identidad cinco-cero cero setenta
y tres-cero seiscientos cincuenta y ocho, vecina de Astúa Pirie de Cariari de
Pococí. Se indica a las personas, herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso sucesorio, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de
la publicación del edicto. Notaría del
notario público Licenciado José Eduardo Díaz Canales. Expediente N° 21-000002-SN.—Guápiles de Pococí, 3 de diciembre del 2021.—Lic. José
Eduardo Díaz Canales, Notario.—( IN2021607867 ). 3
v.2.
Se cita y emplaza a las
personas que en carácter de causahabientes de Oscar
Eduardo Corrales Solís, cédula de identidad 112580258 y quien falleció el 29 de
setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de
conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-001415-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona
fallecida Oscar Eduardo Corrales Solís.—Juzgado de
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 08 de
noviembre del año 2021.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609705 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Carlos Luis Jiménez Pérez, mayor, estado civil casado una vez, pensionado,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0202210187 y vecino de Toro
Amarillo y de Odilie González Tenorio, mayor, estado civil, viuda una vez, jefa
del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 7- 0045-0951,
vecina de Toro Amarillo. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000465-0930-CI - 0.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de noviembre
del año 2021.—Lic. Luis Gabriel Del Carmen Quirós Soto, Juez.—1
vez.—( IN2021609235 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Tito Zamora Baltodano, mayor, viudo, vecino de
Cañas Guanacaste, frente a la UNED, comerciante, cédula cinco- ciento siete-
trescientos veintitrés, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidades de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién
corresponda. Expediente N° 01-2021.—José
Ronny Sandí
Chavarría, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609369 ).
Por acta de apertura ante
esta notaría, por Michael Roger Aguilar Araya de las nueve horas del nueve de
diciembre del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Marlene
Montero Suarez, cédula seis cero dos cuatro seis cero dos cuatro siete, esta
notaría declara abierto proceso sucesorio ab intestato. Con expediente dos mil
veintiuno-cero cero uno, Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de
quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, del Lic. Walter
Garita Quirós.—San José, La Uruca, trescientos sur del
Lagar, nueve de diciembre.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario Público.—1 vez.—(
IN2021609378 ).
Se
cita y emplaza a quien interese el sucesorio notarial extraprotocolario, de
quien fue Ana Isabel Alfaro, que al morir era mayor, ama de casa, divorciada
una vez, vecina de San Vicente de Moravia, Apartamentos Coragua número cuatro y
cédula: 203050547, para que en un plazo de quince días hábiles, a partir del
día siguiente a esta publicación, comparezcan a mí notaría, sita en San José,
Carmen, Condominio Doña Lolita, segundo Piso, Oficina cinco, Avenida Central,
calles 29 y 33, a hacer valer sus derechos, pasado el plazo, se declarará
herederos a quien corresponda.—Dennis Francisco Alvarado Castillo, Notario.—1
vez.—( IN2021609391 ).
El día de hoy, seis de
diciembre de dos mil veintiuno, compareció ante mí la señora Rebeca del Rocío
Rodríguez Palomo, mayor, casada dos veces, orientadora, cédula uno-ochocientos
veinte-ochocientos ochenta, vecina de San José, Catedral, avenida 28, calles 7
y 9, casa 710, en su condición de Albacea de quien en vida fuera Eduardo
Rodríguez Barquero, cédula 1-0276-0144 y la señora Elizabeth Palomo Bonilla,
cédula 1-0380-0513, ambos mayores, casados una vez, pensionados, vecinos del
mismo domicilio anterior, quienes fallecieron el 27 de octubre de 2003 y el 21
de abril de 2021, respectivamente. La señora Rodríguez Palomo que como Albacea
procederá a realizar inventario de los bienes de los causantes. El notario hizo
constar las anteriores declaraciones en su protocolo, abriendo el expediente de
la sucesión, número 0001-2021, y por este medio cita a los interesados para que
dentro de los treinta días siguientes a esta publicación concurran a hacer
valer sus derechos. Francisco Muñoz Rojas, Notario Público. Tel. 2290-4549.—San
José, seis de agosto de dos mil trece.—Lic. Francisco
Muñoz Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609397 ).
Se emplaza a todos los
herederos e interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue: Freddy
Antonio Pérez Ugalde, mayor, casado una vez, albañil, vecino de Chimurria de
Los Chiles, Alajuela, cédula 2-0397-0764; para que
dentro del término de 30 días a partir de esta publicación, se apersonen a la
notaría de la Licda. María Elieth Pacheco Rojas, ubicada al costado norte de la
Iglesia Católica, de Venecia, San Carlos, Alajuela, en reclamo de sus derechos.
por escritura otorgada ante esta misma notaria, a las 10:50 del 3 de noviembre
del 2021, se solicitó la apertura del juicio sucesorio extrajudicial ab
intestado en sede notarial.—Venecia, San Carlos,
09/12/2021.—María Elieth Pacheco Rojas, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021609400 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Virginia Alpízar Quesada, quien fue mayor, viuda
una vez, de oficios del hogar, vecina de San José, Moravia, cédula
uno-trescientos veintiséis-seiscientos cincuenta, para que dentro del plazo de
quince días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente 04- 2021. Notaría del Notario Público Carlos Eduardo Mata
Ortega, ubicada en Cartago, 75 metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica,
teléfono 2551-0464, fax 2591-4789.—Cartago, 9 de diciembre del 2021.—Lic.
Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario Público.—1 vez.—(
IN2021609421 ).
Se hace saber que, ante la
notaría del licenciado Víctor Hugo
Porras Morales, Notario Público con oficina en Santo Tomas de Santo Domingo de
Heredia, costado este de la Escuela, se tramita el proceso sucesorio, de quien
en vida fue Norman Armando Miranda Ortuño, con cédula
de identidad número seis-ciento treinta y uno setecientos noventa y cinco,
fallecido en Catedral, Central, San José, el
día doce de julio del dos mil
diecisiete. Por este medio, se cita y emplaza a herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del término
de quince días, contados a partir de la publicación del presente edicto,
comparezcan ante dicha notaría a
hacer valer sus derechos, advertidos de que, si no se apersonan dentro del
referido plazo, la herencia, pasará a quien
legalmente corresponda. Expediente N° 2021-002-10795.—Lic. Víctor Hugo Porras
Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609436 ).
Se hace saber: Que ante la notaría del
Licenciado Víctor Hugo Porras Morales, Notario Público con oficina en Santo
Tomas de Santo Domingo de Heredia, costado este de la Escuela, se tramita el
proceso sucesorio, de quien en vida fue Cipriana María Inés Bolaños Torres,
mayor, cédula de identidad número cuatro cero cero cuarenta y seis cero seiscientos
treinta y uno, quien file vecina de Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia,
frente al bar Baruc, servidumbre casa número cinco. Por este medio, se cita y
emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del término de quince
días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante
dicha notaría a
hacer valer sus derechos, advertidos de que si no se apersonan dentro del
referido plazo, la herencia, pasara a quien legalmente corresponda. Expediente
N° 2021- 001-10795.—Notaría del Lic. Víctor Hugo Porras Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609437 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en La Sucesión de quien en vida fue Rafael Ángel Beita Granados,
mayor, casado en terceras nupcias. contador, con cédula de identidad número seis- cero cero ochenta
y ocho- cero doscientos treinta y tres, quien fue vecino de Santo Domingo de
Heredia, San Vicente, del Automercado quinientos metros norte para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se
apersonen ante esta Notaria en defensa de sus derechos. Y se apercibe a los que
crean tener la calidad de herederos de que si no lo
hacen dentro del término, dicha herencia pasará a quien corresponda. Notaría pública de la Licenciada Ginnette Arias Mora,
cita en San José, Moravia, San Felipe, costado norte del Parque el Alto, tel
8363 45 170 al 2245 58 95.—Licda. Ginnette Arias Mora,
Notario Público. —1 vez.—( IN2021609448 ).
Se cita y emplaza a todos los
sucesores e interesados en la sucesión de quien en vida fue Arnoldo Acosta
Porras, quien al momento de su fallecimiento era mayor, casado una vez,
empresario, vecino de San José, Montes de Oca, Sabanilla, del Abastecedor La
Cosecha cien metros al sur, trescientos metros al este y cincuenta metros al
norte, portador de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos treinta
y nueve-cero seiscientos cuarenta y uno, para que en el plazo de quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría sita en San José, Escazú, San Rafael, edificio EBC, piso ocho, oficinas
de Sfera Legal, a aceptar la herencia y/o reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
002-2021.—Escazú, 08 de diciembre de 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021609459 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Zonia Virginia Del Carmen López Pérez, mayor, soltera, pensionada,
costarricense, con cédula de identidad 4-0063-0671 y vecina de Mercedes Sur de Heredia.- Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente N° 21-001234-0504-CI-7.—Juzgado
Civil de Heredia, hora y fecha de emisión dieciocho horas con cuarenta y
siete minutos del ocho de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda.
Julieth Víquez Fernández, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2021609475 ).
Se hace saber a todos los
interesados en la sucesión de Ana María Quesada Castillo, quien fue mayor, ama
casa vecina de San Jose, cédula
nueve cero uno cinco cero siete dos ocho, se cita a los herederos, legataries,
y los que crean tener derecho para que dentro del plazo de quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus
derechos; y se les apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si
no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasara a quien corresponda.
Expediente número
dos mil veintiuno- cero cero cinco- SN.—Lic. Luis
Alberto Vega Solís, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609480 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Albertina Josefina Salvatierra Lopez, mayor, estado civil viuda, profesión u
oficio Dato Desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad
0600320067 y vecina de Barranca de Puntarenas. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000328-0642-CI-1.—Juzgado Civil de Puntarenas, hora y fecha de
emisión catorce horas con uno minutos del tres de noviembre del dos mil veintiuno.—Diana Sánchez Cubero, Jueza Decisora.—1 vez.—(
IN2021609495 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Xinia María de La Trinidad Rodríguez Santamaria,
quien fue mayor, viuda, Ama de casa, vecina de Concepción Alajuela, cédula de
identidad número dos-cero trescientos cuarenta y seis-cero cero cincuenta y
cinco, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero
ocho- dos mil veintiuno. Notaría Licenciada María González Campos sita en la
ciudad de Alajuela veinticinco metros sur de esquina sureste del Parque
Central. Teléfono 2442-6487. Fax 2442-7501.—Licda. María González Campos,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609498 ).
A las 11 horas del 7 de
diciembre de 2021 y comprobado el fallecimiento de Arturo Blanco Solís, mayor,
casado, médico, vecino de San José con cédula de identidad 1-068-6171, y la
existencia y validez del testamento por él otorgado, esta Notaría ha declarado
abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos en las oficinas de la
suscrita Notaria, localizada en San José, Curridabat costado norte de Plaza
Cristal edificio Jurex. Teléfono: 22832020.—Licda. Melania Zamora Rojas,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609504 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Norma Castro Flores, mayor, estado civil casada, profesión u oficio ama de
casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0102750256 y vecina
de San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N° 21-000705- 0180-CI - 2.—Juzgado
Primero Civil de San José, 11 de noviembre del año 2021.—Licda. Tatiana
Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021609520
).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio Notarial de Daisy Matilde Pandolfi
Inneken, quien en vida fue, casada una vez, administradora de empresas y vecina
de provincia uno San José, cantón uno San José, distrito once San Sebastián,
barrio Jardines de Cascajal veinticinco metros este del colegio Reina de Los Ángeles, cedula uno cero seis cinco
cero cero cinco siete seis. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
0003-2021. Notaria de Elena Murillo Agüero, carnet 11149, ubicada en
Curridabat, barrio La Lía, residencial Lomas De Curridabat casa nueve H.
teléfono 87250315.—San José nueve de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda.
Elena Murillo Agüero, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2021609530 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Héctor Julio Alfaro Rojas, mayor, divorciado, comerciante, costarricense, con
documento de identidad 0204710903 y vecino de Toro Amarillo, Sarchí. Se indica
a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan
un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente N° 21-000073-0295-CI - 4.—Juzgado Civil
y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión dieciséis
horas con cincuenta y cinco minutos del siete de octubre del dos mil
veintiuno.—M.Sc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2021609571 ).
Se hace saber: En este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dionisia
Guido Guido, cédula 0900210413, mayor, casada una vez, ama de casa,
costarricense y vecina de Turrialba. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000122-0341-CI-1.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, hora y fecha de emisión dieciséis
horas con veinte minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza.—1
vez.—( IN2021609589 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Guido Jara Soto, mayor, estado civil: casado, profesión u oficio: comerciante,
nacionalidad: costarricense, con documento de identidad 0202860873 y vecino de
Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, Urbanización Santa Fe, trescientos metros
norte y cien metros este de la tercera entrada. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000457-0297-CI-2.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión catorce horas con veinticinco minutos del veintiuno de
octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Adolfo Mora Arce,
Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021609598 ).
Por solicitud de apertura del
sucesorio notarial ante esta notaría. Se
ordeno la apertura y tramitación del sucesorio notarial del causante Mariano
Echeverria Morales, siendo su Albacea Propietario Guillermo Enrique Echeverria
Castillo, portador de la cédula
1-0520-0944. Por lo que se pone en conocimiento de terceros de mejor derecho,
por el plazo de un mes, a fin de que manifiesten sus pretensiones e interés en
el mismo. Ante la notaría del Lic. Jose Alberto Delgado Bolaños. teléfonos
2250-7097 y 8382-3495.—San Jose, 25 de noviembre del 2021.—Lic. Jose Alberto
Delgado Bolaños, Notario Público.—1 vez.—(
IN2021609601 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
José Miguel Montero Rojas, mayor,
casado, agricultor, costarricense, con documento de identidad 0301190484 y
vecino de Cartago, barrio Los ángeles Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 210008530640CI. —Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión diecisiete horas del veinticuatro
de noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Mateo
Ivankovich Fonseca. LL.M, Juez. —1 vez.—( IN2021609605
).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan
Rafael Rodríguez Rodríguez, mayor, casado, pensionado, costarricense, con
cédula de identidad 5-0204-0131 y vecino de Santa Lucía de Barva de Heredia. Se
indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar
en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente N°: 21-001213-0504-CI-5.—Juzgado Civil de Heredia, hora y
fecha de emisión dieciséis horas con treinta y tres minutos del ocho de
diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Julieth Víquez
Fernández, Juez.—1 vez.—( IN2021609618 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la Sucesión de Rosa María Cerdas Vásquez, cedula seis- cero cero
nueve nueve- cero ocho cuatro tres, fue casada una vez, de oficios del hogar,
que murió en fecha catorce de febrero del año dos mil ocho, para que dentro del
plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número SN cero cero cero dos
- dos mil veintiuno. Este proceso se tramita en sede Notarial ante el Notario
Marcos Fernández Herrera, con oficina en Guápiles, Pococi, Limón, frente al
Banco Bac Credomatic.—Lic. Marcos Fernández Herrera,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021609638 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Miguel Eduardo Román Venegas, quien fue mayor, casado una vez, comerciante,
portador de la cédula de identidad número uno- mil doscientos
veintisiete-cuatrocientos treinta y uno, vecino de San José, Lomas del Río. Se
indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar
en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente N° 21-000702-0181-CI- 7.—Juzgado Segundo Civil de San José, 30 de
noviembre del año 2021.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2021609642 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Jorge Enrique Calvo Quesada cédula número uno - cero setecientos cincuenta y
seis - cero setecientos cincuenta y uno, para que
dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasara a quien corresponda. Expediente 05-2021. Notaria del Bufete Aguilera.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario Público.—1
vez.—( IN2021609644 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Eliette Delgadillo Quesada, Álvaro Francis Espinoza Delgadillo, Angie
Vanessa Espinoza Delgadillo y Brandon Gabriel Espinoza Delgadillo, a las 18:30
del 07 de diciembre año 2021 y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera Álvaro
Espinoza Santos, mayor, casado una vez, pensionado por invalidez, cédula número
cinco - cero ocho uno seis - cero dos cuatro nueve, vecino de Liberia,
Guanacaste, Barrio Alaska del segundo play setecientos metros al este en centro
familiar El Porvenir. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría del Lic.
German J Berdugo González, en Liberia, Guanacaste, 75 metros este del Instituto
Nacional de Seguros, Edificio Montiel a hacer valer sus derechos. Teléfono
85411051.—Liberia, 10 de diciembre de 2021.—Lic. German J Berdugo González,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021609645 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría,
por Rutdelia Zúñiga Soza, a las quince horas del día once de junio del año dos
mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento del señor Eusebio Zúñiga González, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab
intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de
la República, tal como esta lo ha indicado. Notaría del
Lic. Félix Ángel Herrera Alvarez, con oficina en Alajuela, Upala, frente a la
Municipalidad, teléfono 2470 0937.—Upala, veintiséis de noviembre del año dos mil veintiuno.—Lic.
Félix Ángel Herrera Alvarez, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609710 ).
De conformidad con el
artículo ciento veintinueve del Código Notarial, ante notaría de la Notaria Pública Irene Arrieta Chacon, sita en Puntarenas frente
a la entrada principal del Estadio Lito Pérez, se ha abierto el proceso
sucesorio testamentario en sede notarial, de quien en vida fue Alfredo Sánchez Sánchez,
cédula de identidad cinco-ciento treinta y uno- cuatrocientos setenta y cuatro,
casado una vez, empresario, vecino de Barranca de Puntarenas, costado oeste del
Hogar de Ancianos. De acuerdo al artículo 126.3 del
Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados a presentarse en esta Notaría,
dentro del término de quince días siguientes a la publicación del presente
edicto, para hacer valer sus derechos. Expediente 2021-6392-02. Notaria: Licda.
Irene Arrieta Chacón.—10 de diciembre del 2021.—Licda.
Irene Arrieta Chacón. Carné. 6392, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021609722 ).
Se hace saber que en mi notaría,
ubicada en el Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, 700 metros al oeste del
templo católico, se tramita el proceso sucesorio extrajudicial en sede
notarial, de quien en vida fue Luz Marina Rojas Chaves, mayor de edad, casada
una vez, ama de casa, cedula de identidad numero dos- doscientos ochenta y
nueve- mil trescientos noventa y cinco, vecina de Calle Jiménez del Rincón de Zaragoza,
Palmares de Alajuela, cien metros al norte de la plaza de futbol. Se cita a los
sucesores, herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de quince días
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia,
de que si no se apersonaren dentro de ese plazo, aquella pasara a quien
corresponda. Expediente sucesorio notarial N° 0002-2021.—09 de diciembre del
2021.—Lic. Olger Vargas Castillo, carné 14326, Notario Público.—1
vez.—( IN2021609723 ).
Por el término de quince días hábiles se emplaza a los
interesados, herederos, y acreedores, para que se apersonen a hacer valer sus
derechos, en la sucesión de quien en vida fuese la señora María Elena Rodríguez
Sagot, mayor, viuda, ama de casa, portadora de la cédula de identidad numero dos-cero ciento setenta
y dos-cero seiscientos cincuenta y cuatro, vecina de San Jose, Hatillo Seis, de
la Panadería Yuli ciento setenta y cinco metros suroeste, casa número once,
quien falleciera el día cuatro del mes de julio del año dos mil veintiuno. Expediente 0003-2021. Queda
el expediente a disposición en la oficina del Notario Leonel Alvarado Zumbado,
situado en San Jose, Montes De Oca, Mercedes, Ofiplaza del Este, Edificio D.
Oficina número diez, Bufete ABCQ Legal.—San Jose, 10
del mes de diciembre del año
2021.—Leonel Alvarado Zumbado, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609735 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quienes en vida fuera Mariano Rodríguez
Rodríguez, quien fue mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, Barrio
Luján, calle veintiuno, avenidas diez y doce bis, portador de la cédula de
identidad número dos-cero cero noventa-ocho uno tres tres, para que dentro del
plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente Nº cero dos-dos mil veintiuno, once horas del
cuatro de diciembre del dos mil veintiuno, San José.
Lic. Luis Manuel Sarmiento Retana C veintisiete mil cuatrocientos sesenta y
siete, con oficina en la ciudad de San José, Desamparados, Barrio Metrópoli,
contiguo al Juzgado de Violencia Domestica. —Lic. Luis Manuel Sarmiento Retana,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021609739 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quienes en vida fueron José Ramón
Madrigal Jiménez, mayor, soltero, profesión desconocida, quien portador de la
cédula de identidad número uno-cero quinientos noventa y uno-cero doscientos
setenta, y residió en Ipís de
Guadalupe y Jesús María de Los Ángeles Madrigal Jiménez, mayor, soltero,
profesión desconocida, quien era portador de la cédula de identidad número
uno-cero-seiscientos treinta y cinco-cero-seiscientos dieciocho y residió en Ipís de Guadalupe, para que dentro del plazo de
quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos,
que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente Nº cero uno-dos mil veintiuno, de las once horas del
treinta de noviembre del año dos mil veintiuno, San José. Lic. Luis Manuel
Sarmiento Retana C veintisiete mil cuatrocientos sesenta y siete, con oficina
en la ciudad de San José, Desamparados, Barrio Metrópoli, contiguo al Juzgado
de Violencia Domestica. —Lic. Luis Manuel Sarmiento Retana, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609740 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Carlos Castro Delgado, mayor, casado, inspector de obra, costarricense, con
documento de identidad 0105440895 y vecino de Escazú. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
14-000176-0222-CI - 4.—Juzgado Tercero Civil de San José, 16 de junio
del año 2021.—Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—(
IN2021609751 ).
Se cita y emplaza a todos los
herederos interesados en la sucesión testamentaria de Francisco Javier Tormo
Peña, quien en vida fuera mayor, casado una vez, cirujano dentista, vecino de
San José, Curridabat, de Mac Donald’s de Plaza del Sol trescientos metros al
sur y veinticinco metros al este, tercera casa a mano derecha, número
doscientos ochenta y cinco, portador de la cédula de identidad número uno-cero
quinientos setenta y dos-cero trescientos uno, para que dentro del plazo de
quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos. En consecuencia, cualquier otro heredero o interesado
deberá concurrir ante la suscrita Notaria Pública para lo que corresponda.
Expediente cero cero uno-dos mil veintiuno. Notaría de la Licda. Ana Cristina
Moya Bedoya, sita en San José, Zapote, Montealegre, avenida veinticuatro, entre
calles veintisiete y veintinueve, Edificio Jurys Asesores.—Diciembre
del 2021.—Licda. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021609758 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría a diez
horas cuarenta y cinco minutos del seis de diciembre del dos mil veintiuno, por
el señor Ricardo Araya Solano, mayor de edad, divorciado, arquitecto, vecino de
Ciudad de San José, San José, cédula
de identidad número uno seiscientos cincuenta y seis-trescientos sesenta y
siete, y comprobado el fallecimiento esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera
Damarys Solano Arguello, mayor de edad, soltera, jubilada, cedula de identidad
número uno-doscientos ochenta y siete-seiscientos setenta y tres, vecina de San
José, ocurrida en San José, Costa Rica en fecha diecisiete de junio del dos mil
dieciséis, se declara abierto su proceso sucesorio. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Adrián Fernández Madrigal,
doscientos metros norte de la Funeraria Montesacro, Niehaus Abogados. Teléfono
2280-9692.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario Público.—1
vez.—( IN2021609793 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Lindon Antonio Vargas Moya, mayor, estado civil divorciado, chofer,
costarricense, con documento de identidad 0106560443 y vecino de San Pedro, San
José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a
gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este
edicto. Expediente N° 13-000635-0164-CI-9.—Juzgado Segundo Civil de San José,
24 de noviembre del año 2021.—Daniel Jiménez Medrano, Juez.—1
vez.—( IN2021609821 ).
Se hace saber: En este tribunal
de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Miguel
Francisco Araya Paniagua, mayor, casado, panadero, costarricense, con documento
de identidad 0302100149 y vecino de Cervantes de Cartago. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar lo que
corresponda en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de
este edicto. Expediente N° 21-000884-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión trece horas con cuarenta y cinco
minutos del veintinueve de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. Franciny
Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2021609825 ).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rigoberto
Salas Villalobos, mayor, estado civil Soltero, profesión Agricultor,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0201610076 y vecino
Alajuela, Guatuso, Katira, El Valle, de la escuela 500 metros sur y 500 metros
oeste.- Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº21-000141-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 26
de noviembre del año 2021.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609856 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Francisco Reinaldo Rodríguez Arce, mayor, estado civil casado, docente,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0108580947 y vecino de
Moravia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N° 21-000753-0181- CI - 0.—Juzgado
Segundo Civil de San José, 23 de noviembre del año 2021.—Dr. Ricardo Aman
Díaz Anchia, Juez.—1 vez.—( IN2021609873 ).
Se cita y emplaza a todos los
herederos, en general, a todos los interesados en la sucesión de Víctor Manuel
Amador Naranjo, cedula de identidad número
107280122; vecino de San Gabriel de La Amistad, Pérez Zeledón, quien falleció el 16 de abril de 2020, para que dentro del
plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría
sita en la dudad de San Vicente de Moravia, de Megasuper 200 metros este, 100
sur y 50 oeste, para hacer valer sus derechos, con el apercibimiento que de no
hacerlo dentro del plazo citado la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente 001-2021.—San Jose, 13 de diciembre de
2021.—Licda. María Esther Quirós Valverde, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021609878 ).
Se cita y emplaza por única
vez a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo de 15 días hábiles, a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos y sean parte
del proceso sucesorio testamentario de Arnoldo Salazar Zamora, quién era mayor
de edad, casado en primeras nupcias, agricultor, con cédula de identidad
número: 2-0327-0592, residía de Alajuela, San Carlos, Pital, del cruce del
Palmar, carretera hacia la Legua, 100 metros oeste; proceso solicitado ante
esta notaría por Arnaldo Salazar Vargas, José Pablo Salazar Vargas y Ángela
Aurora Vargas Cubero, a las 14 horas 50 minutos del 10 de diciembre de 2021, se
tramita en la oficina ubicada 10 metros norte de la oficina de Correos de Costa
Rica, Pital, San Carlos, Alajuela.—10 de diciembre de 2021.—Francis Estrada
Acevedo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609940 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión del señor Freddy Rodríguez Torres, cedula de
identidad número: 6-0174-0981, vecino de Alajuela, Desamparados, INVU Las Cañas
número: Dos, Urbanización Nueva Jerusalén, casa número 59, quien falleció el
día 15 de febrero del año 2020, en Uruca, Central, San José, para que dentro
del plazo de 15, contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar
sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si
no se presentan dentro de dicho plazo, la Herencia pasara a quien corresponda.
Notaría de la Licenciada Luz Marina Chaves Rojas, situada en Heredia, La
Aurora, 12 horas del 12 de diciembre del año 2021.—Licda. Luz Marina Chaves
Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609955 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Ricardo Granados Varela, mayor, estado civil divorciado, pensionado,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0102760140 y vecino de San
José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a
gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este
edicto. Expediente N° 21- 000303-0180-CI-2.—Juzgado Primero Civil de San
José, 21 de setiembre del año 2021.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021610026 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en el sucesorio de Virgilio Gamboa Monge, cédula de identidad uno cero cuatrocientos noventa
y siete cero cero setenta y dos, mayor, divorciado una vez, pensionado, vecino
de Pavas Urbanización Santa Catalina, quien falleció el 22 de noviembre del
2020, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaria a hacer valer sus
derechos, en caso de no hacerlo la herencia pasara a quien en derecho
corresponda. La dirección de la notaría es:
San Jose, Moravia de la Agenda del Banco de Costa Rica, 100 norte, 100 oeste y
25 sur. Fax 2240-2020.—Licda. Coralia Bolaños Bolaños, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021610040 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Deseado Ruiz Solórzano, mayor, casado, agricultor, nacionalidad costarricense,
con documento de identidad 0201610212 y vecino de Palmares, 125 este estadio.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a
gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este
edicto. Expediente N° 21-000284-0296-CI - 6.—Juzgado Civil y Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 23 de
noviembre del año 2021.— Msc. José Pablo Quesada Padilla, Juez.—1
vez.—( IN2021610072 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Gustavo Adolfo Alvarado Rodríguez, mayor, estado civil casado dos veces,
profesión u oficio Educador, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad 0106210434 y vecino Guatuso, San Rafael, cincuenta metros sur del
edificio de supervisión escolar. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000394-0297-CI -5.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia
Civil), 31 de agosto del año 2021.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021610081 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Leandro Melvin Oviedo Gutierrez, mayor, casado una vez, agricultor,
costarricense, portador del documento de identidad 5-0113- 0916 y vecino de 27
de abril de Santa Cruz. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000485-0388-CI - 1.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión once horas con tres minutos
del siete de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic.
Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2021610107
).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Miguel Ángel Ortíz Morales y Petronila de La O
Cortés, quienes fueron en su orden, mayor, viudo, cédula cinco-cero noventa y
nueve-doscientos setenta y tres, agricultor; y mayor, ama de casa, casada una
vez, cédula cinco-ciento cuarenta y dos-ciento dieciséis, ambos vecinos de
Guanacaste, Liberia, Cañas Dulces, para que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Juzgado
a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hacen la
herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente sucesorio Nº
21-000168-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste (Liberia), 9 diciembre 2021.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021610169 ).
Se
convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a
todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de las personas
menores de edad Carolane Yuleisy y Sheila Naomi ambas Calvo Morace, ya por
haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para
que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha
de publicación del último edicto. Expediente N° 21-000768-1152-FA. Proceso
tutela. Promovente: Gisela Beatriz Morace Winter.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 26 de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Juez de Familia de
Pococí.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2021608737 ). 3
v. 1.
Licenciada Viria Artavia
Quesada. Jueza del Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de
Turrialba (Materia Familia), hace saber que, se ha dictado la sentencia
N°2021000507 al ser las diez horas quince minutos del veintisiete de octubre de
dos mil veintiuno, la cual, literalmente reza así: Juzgado de Familia,
Violencia Doméstica y Penal Juvenil de Turrialba, a las diez horas quince
minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintiuno. Proceso actividad
judicial no contenciosa de depósito judicial de persona menor de edad, incoado
por Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: Primero:
....Segundo:......Tercero:......Considerando: Sobre hechos probados:
1.-)..... 2.-).....3.-). Sobre la figura del depósito
judicial: ... Sobre el fondo: ... Por tanto: De acuerdo a lo expuesto y
artículos 51 de la Constitución Política; 2, 5 y 140 y siguientes del Código de
Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niño, 5 del Código de la Niñez
y la Adolescencia y 796 y 854 y siguientes del Código Procesal Civil, se acoge
la solicitud que hace el Patronato Nacional de la Infancia y se ordena el
depósito judicial de persona menor de edad Betsabé Arévalo Mungía, en su abuela
materna la señora Dolores Emperatriz Torres De Recinos, quien debe apersonarse
al Despacho en el plazo de tres días hábiles, a aceptar el cargo conferido. En
virtud de lo especial de la materia, se resuelve sin especial condena en
costas. Publíquese por una vez, un extracto de esta decisión en el Boletín
Judicial. Notifíquese. —Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Turrialba (Materia Familia).—Licda. Viria Artavia Quesada,
Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608186 ).
Se avisa al señor Marcos
Enrique Cascante Mora, mayor, costarricense, cédula de identidad número
604440603, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se
tramita el expediente N° 21-001167-1146-FA, correspondiente a diligencias no
contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de
edad Jeydan Aylan Cascante Hernández. Se le concede el plazo de tres días, para
que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado
de Familia de Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608187 ).
Se comunica los señores Damaris
Romero Rojas y Marcial Ulises Calderón Mendieta, mayores, de nacionalidad
nicaragüense, demás datos desconocidos, padres registrales del menor de edad
César Anthony Calderón Romero, que en este Juzgado se tramita Proceso de
Depósito Judicial de Menor, bajo el expediente Nº 21-000921-1302, promovido por
la Licda. Marcela Luna Chaves, Representante Legal del Patronato Nacional de la
Infancia de Aguas Zarcas, donde solicita que se apruebe el depósito del citado
niño; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de esta publicación, para
que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Expediente N°
21-000921-1302-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. —Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 16 de agosto del año
2021.—Sandra Saborío
Artavia, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021608192 ).
Se avisa que en este Despacho
bajo el expediente número 21-002226-0338-FA, adopción conjunta de persona menor
de edad, de la persona menor de edad Allison Alexa Rios Mejía, promovida por
Christopher Antonio Duarte Calderón y Mariela Vanessa Navarro Rojas, con
intervención del Patronato Nacional de la Infancia, y de los interesados
directos a quienes se les concede el plazo de cinco días para apersonarse o
formular oposiciones. A los interesados directos se les comunicará por medio de
un aviso que se publicará en el Boletín Judicial de conformidad con lo
prescrito por el numeral 131 del Código de Familia. Señalen los promoventes el
lugar donde se encuentra el adoptando, y proceda el Patronato Nacional de la
Infancia a verificar dicha información. Para notificar al ente aludido, se
notifica por medio del correo notifadopciones@pani.go.cr.—Juzgado
de Familia de Cartago, 26 de noviembre del año 2021.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021608193 ).
Se hace saber a los personas
que mantengan interés, que en este Despacho, en el expediente número
21-001386-0637-FA, que es un proceso de adopción de persona mayor de edad,
promovido por Lester Díaz Aguilar, quien es mayor, costarricense, casado una
vez, electromecánico, vecino de Desamparados, portador de la cédula de
identidad número 1-1162-0195, quien solicita se apruebe la adopción de la
joven: Amanda José Madrigal Avalos, mayor, costarricense, soltera, estudiante,
vecina de Desamparados, portadora de la cédula de identidad número 1-1776-0288.
Por lo que se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrá los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma y señalarán medio para
recibir notificaciones.—Juzgado de Familia de
Desamparados, 23 de noviembre del 2021.—Licda. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608195 ).
Licenciada Maureen Vanessa
Ortiz Cerdas. Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Karina de Los
Ángeles Rivera Bustos, en su carácter personal, quien es mayor, de calidades y
domicilio desconocidos, se le hace saber que en proceso actividad judicial no
contenciosa de depósito judicial de persona menor de edad, expediente
20-000819-1146-FA establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena
notificarle por edicto a Karina de Los Ángeles Rivera Bustos, la sentencia que
en lo conducente dice: N° 2021001022 sentencia de primera instancia Juzgado de
Familia de Puntarenas. A las diez horas treinta y dos minutos del veinticuatro
de setiembre de dos mil veintiuno. Depósito judicial promovido por el Patronato
Nacional de la Infancia (en adelante PANI), a través de su representante legal
Lic. Víctor Picado Calvo, cédula: 0303730846, en favor del menor Alexandra
Maritza Zúñiga Rivera. Resultando 1) Pretende la entidad actora que se deposite
judicialmente a la menor Alexandra Maritza Zúñiga Rivera bajo la
responsabilidad del recurso familiar donde la prima materna Maureen González
Rivera. (Ver solicitud a imágenes 2-7 del expediente electrónico) 2) La
progenitora del menor Karina Rivera Bustos, fue notificada por edicto N° 119 y
su progenitor Ismael Zúñiga Pérez de forma personal (ver imágenes 180-186 del
expediente electrónico). No ha hecho ninguna objeción. 3) Concurren las
formalidades de ley. Considerando primero: El juzgado tiene por probado que la
menor nació el 04/05/2021 hija de la señora Karina Rivera Bustos y el señor
Ismael Zúñiga Pérez, tenemos que la madre de la menor no le brindan los cuidados,
tanto físicos como materiales, para permitir su adecuado crecimiento, además
según entrevistas por parte del personal del Patronato Nacional de la infancia
se tiene que la madre de la menor está de acuerdo que el mismo permanezca con
su prima materna Maureen González Rivera, por cuanto reconoce que hace dos años
esta ha asumido en todo sentido el cuidado de la menor, indicó que había dejado
a la niña con la prima materna Maureen González Rivera por cuanto estaba
trabajando, y actualmente no tiene un lugar estable y no trabaja lo que se le
hace difícil cuidar de la menor, en cuanto al progenitor éste se encuentra en
la Reforma acusado por homicidio. Luego de la intervención del PANI, se
desprende que la menor Alexandra Maritza Zúñiga Rivera se encuentra ubicada
provisionalmente con el recurso familiar la prima materna Maureen González
Rivera, según resolución administrativa del 22 de octubre. Por último, en
cuanto al informe actualizado por la psicóloga Msc. Yesenia Chinchilla se
desprende que la menor refleja felicidad de convivir con la señora Maureen,
Relación parental desligada de la PME hacia los progenitores, PME impresionan
adecuada salud física y mental, Personas Menores de Edad evidencian mantener
trato adecuado y de protección por parte de prima materna, Progenitor privado
de libertad. Dando como recomendación que la menor se mantenga viviendo con la
prima materna Maureen González Rivera como lo ha hecho estos últimos tres años.
(Ver demanda y expediente administrativo adjunto al expediente electrónico).
Segundo: De conformidad con el artículo 32 del Código de la Niñez y la
Adolescencia cuando ninguno de los dos padres pueda encargarse del cuidado
personal de sus hijos menores de edad, procederá el depósito de estos. En el
caso de marras, se ha comprobado que la madre no se ha ocupado de la menor y
que ésta se encuentra con su prima materna Maureen González Rivera, quien ha
velado por cada una de sus necesidades personales y le ha brindado afecto; por
ende, no se vislumbra conveniente variar tal situación. Aunado a lo dicho, en
autos no existe ninguna prueba o indicio que permita concluir que se deba
modificar las condiciones actuales del infantil. Por tanto: Se deposita a la
menor Alexandra Maritza Zúñiga Rivera bajo la responsabilidad del recurso familiar
prima materna Maureen Gónzalez Rivera. Se ordena la inscripción de la presente
sentencia en el Registro Civil.—Juzgado de Familia
de Puntarenas.—Msc. Maureen Ortiz Cerdas, Jueza. —1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608678 ).
Licenciado Anthony Zapata
Sojo, juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Matilde Yamileth Hernández
Blanco y Francisco Ramón Gaitán del
Cid, en su carácter personal, se les hace saber que en
demanda declaratoria de abandono, establecida por Patronato Nacional de la
Infancia contra Matilde Yamileth Hernández Blanco y Francisco Ramón Gaitán del Cid, se ordena notificarles por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las
trece horas diecisiete minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno.
Visto el memorial de fecha diecinueve de Agosto del
año en curso, presentado por el representante legal del Patronato Nacional de
la infancia, de acuerdo con lo solicitado y por economía procesal, se revoca el
auto de las quince horas cuarenta minutos del veintiocho de julio de dos mil
veintiuno. Se tiene por establecido el presente proceso especial de
declaratoria de abandono expediente número
21-001448-0338-FA, de la persona menor Andrea Nahomy Gaitán Hernández, planteado por Patronato Nacional de
la Infancia contra Matilde Yamileth Hernández Blanco y Francisco Ramón Gaitán del Cid, a quienes se les concede el plazo de
cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y
ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del
Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del
29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.- “Igualmente se les
invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c)
Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se
le advierte que si no contesta en el indicado plazo de
cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia
oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez
recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a los
demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de
habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones de Cartago. En
caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de
acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria
notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Se resuelve la medida cautelar solicitada por el
actor tomando en cuenta el interés superior de la persona menor de edad, así
como su bienestar y su derecho a residir en un lugar donde tenga mejores
condiciones de cuido, se otorga el depósito
provisional de Andrea Nahomy Gaitán
Hernández en el Patronato Nacional de la Infancia. Por otra parte
siendo que la menor es de nacionalidad Salvadoreña, envíese atento oficio a la
embajada de El Salvador en Costa Rica, a fin que dicho ente se sirva remitir la
certificación de nacimiento de la persona menor de edad. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Cartago.—Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez/a Decisor/a.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608739 ).
Se
avisa, a la señora Grettel Mercedes Pérez Mejías, mayor, de domicilio
desconocido, misma representada por el curador procesal Licenciado Roberto
María Araya, se le hace saber que existe proceso N° 20-000812- 0673-NA de
declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Óscar Jennifer María Pérez Mejías establecido por
el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Grettel Mercedes Pérez
Mejías, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, a las dieciocho horas treinta minutos del
siete de mayo de dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: se le concede el
plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y
ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que, si no contesta
en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada
conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba
se dictará sentencia. Notifíquese. —Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 01 de diciembre de 2021.—Licda. Nelda
Jiménez Rojas, Jueza.—Licda. Katia Gioconda Soto
Barahona, Jueza.—1 vez.—O.C.N°364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021608742 ).
Se avisa a la señora Brandon
David Fernández Ureña (calidades), de domicilio y (demás) calidades
desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el
expediente N°
20-002614-0338-FA,
correspondiente a diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas
por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de la persona menor de edad Ian Daniel Fernández Martínez. Se le
concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o
se oponga en estas diligencias. Expediente N° 20-002614-0338-FA. Clase de
Asunto Actividad Judicial No Contenciosa.—Juzgado
de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las veintitrés horas treinta y tres
minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno. 26 de noviembre del
año 2021.—Katia Gioconda Soto Barahona, Jueza
Decisora. —1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021608745 ).
Msc. Cynthia Rodríguez
Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Wagih (nombre)
Adli (primer apellido) Abadir Demian (segundo apellido), en su carácter
personal, mayor, con nacionalidad egipcia y mexicana, portador del pasaporte de
su país número G02233157, demás calidades y domicilio desconocidos, que en este
despacho la señora Luz Alejandra Boza López interpuso un proceso de autorización
de salida del país en su contra, mismo que se tramita dentro del expediente N° 210011920364FA y en el que se ordenó notificarle por edicto la
parte dispositiva de la sentencia de primera instancia N° 2021002796 dictada al
ser las dieciséis horas nueve minutos del diecisiete de noviembre del dos mil
veintiuno, que en lo conducente dice: “...Por tanto: Razones dadas y normativa
citada, se acoge la gestión incoada por Luz Alejandra Boza López contra Wagih
Adli Abadir Demian. En consecuencia, se autoriza la salida del país de Samira
Adli Boza de forma permanente hasta su mayoría de edad (esto lo que quiere
decir es que no será necesario interponer otra vez estás mismas diligencias
para volver a salir del país), quien podrá viajar en compañía de su madre Luz
Alejandra Boza López. Se autoriza a la señora Boza López, para que ella en su condición de
madre de la persona menor de edad Samira Adli Boza, en ejercicio de la
Autoridad Parental, gestione sola todo lo relacionado ante la Dirección General
de Migración y Extranjería, a fin de solicitar pasaporte para su hija y obtener
la renovación, revalidación o reposición del Pasaporte, así como para la
obtención de los permisos o visas que se requieran. En forma expresa se le
advierte a la señora Boza López que: Tiene el deber de gestionar el regreso de
su hija Samira Adli Boza a Costa Rica y en caso de no acatar la orden, podrá
incurrir en conductas que son penalmente sancionadas como desobediencia,
sustracción de menor o incumplimiento o abuso en el ejercicio de la autoridad
parental. Se advierte a las partes que esta autorización no podrá ser revocada
unilateralmente y que deberán acudir para modificaciones a la vía judicial. Se
le advierte a la señora Boza López que la presente autorización no podrá
contravenir el posible horario de interrelación y contacto paterno filial; ni
interferir con los horarios escolar o colegial de la persona menor de edad. Se
advierte a las partes que la presente resolución no autoriza un cambio de
residencia en el extranjero de la persona menor de edad: Samira Adli Boza. Se
resuelve sin especial condenatoria en costas (artículo 222 del Código Procesal
Civil). Una vez firme gírese los honorarios del curador procesal. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese...”. Nota: Publíquese este
edicto por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Heredia,
24 de noviembre del 2021.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608746 ).
Se avisa a los señores Estany
Tatiana Álvarez Mora, mayor, costarricense, con el documento de identidad
número 114250863, de domicilio y demás calidades desconocidas, y Jonathan Josué
Carmona Calderón, mayor, costarricense, con el documento de identidad número
114340761, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 21-000559-0673-NA,
correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas
por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de la persona menor de edad Sasha Julissa Carmona Álvarez. Se le
concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o
se oponga en estas diligencias, expediente N° 21-000559-0673-NA. Clase de
asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado
de Familia, de Niñez y Adolescencia. A las dieciséis horas once minutos del
veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno, 26 de noviembre del año
2021.—Katia Gioconda Soto Barahona, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608775 ).
Se avisa al señor Jorge
Eduardo Aguilar Mora, portador del documento de identidad N° 1-0813-0880, de
domicilio y demás calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el
expediente N°21-000629-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas
de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Alison
Marcela Aguilar Oconitrillo. Se le concede el plazo de tres días naturales,
para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. —Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, once
horas treinta minutos del dos de setiembre de dos mil veintiuno.—Licda.
Nelda Jimenez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021608783 ).
Ante esta notaría y en
cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia comparecen los señores
Carlos Mauricio Howard Gomez, de nacionalidad estadounidense de veintinueve
años de edad, coordinador comunicaciones y mercadeo, portador del pasaporte de
los Estados Unidos de América número cuatro nueve cero nueve cero siete cero
cuatro seis, nacido el veintidós de febrero de mil novecientos noventa y dos en
la República de El Salvador,
Candelaria de la Frontera, Santa Ana, El Salvador, vecino de Urbanización
Villas de Montecarlo, Pol E número veinte, Santa Ana, El Salvador, hijo de
Charles Otis Howard de nacionalidad estadounidense y Zoila Esperanza Gómez de
Howard de nacionalidad salvadoreña y Edgardo Armando García Sintigo, de
nacionalidad salvadoreña de veintiocho años de edad, Técnico de planificación,
portador del pasaporte de la República
de El Salvador número A cero cuatro siete tres siete nueve cero dos, nacido el
veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa y dos, en Ahuachapan,
Ahuachapan, El Salvador, vecino de Urbanización Villas de Montecarlo, Pol E
número veinte, Santa Ana, El Salvador, hijo de Fredy Armando García García y
Xinia Margarita Sintigo Chigüila ambos de nacionalidad salvadoreña; quienes
manifiestan que desean contraer matrimonio. Quien tenga oposición a dicha
unión, debe hacerlo saber a esta notaría con oficina en San José, Santa Ana,
Piedades, Residencial Montaña Luna, casa número siete.—San
José, a las nueve horas cinco minutos del día tres del mes de diciembre del año
dos mil veintiuno.—Lic. Ricardo Fernando Mora Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—(
IN2021609533 ).
Se hace saber a quienes
interese que ante este Juzgado han comparecido a efecto de contraer matrimonio
civil Luis Gerardo Madrigal Guzmán, mayor, costarricense, divorciado, vecino de
San José, Pavas, Lomas del Río, detrás de la escuela, alameda 3, casa 200,
portador de la cédula de identidad número 1-0926-0867, nacido el catorce de
enero de mil novecientos setenta y seis. Hijo de Luz Marina Guzmán Quesada y
Gerardo Madrigal Sandí, ambos son costarricenses y Alexandra Meléndez
Rodríguez, mayor, costarricense, divorciada, costurera, vecina de San José,
Pavas, Lomas del Río, detrás de la escuela, alameda 3, casa 200, portadora de
la cédula de identidad 1-0915-0157, nacida el doce de julio de mil novecientos
setenta y cinco. Hija de Miriam Martina Rodríguez Rosales, y Humberto Meléndez
Vargas, ambos costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de la
existencia de algún impedimento legal para este matrimonio deberá comunicarlo a
este Juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este
edicto en el Boletín Judicial debiendo con ello señalar lugar o medio
(fax/casillero/correo electrónico)donde atenderá sus notificaciones, apercibido(a)
que si no lo hiciere, todas aquellas resoluciones que en lo futuro se dicten,
se tendrán por notificadas en el solo transcurso de veinticuatro horas después
de notificadas. Igual consecuencia ocurrirá si el medio señalado fuere
impreciso, no exista, o existiendo se encuentre inhabilitado o se impida la
notificación por causas ajenas al Despacho. Expediente Nº 21-000925- 0187-FA.
Solicitud de matrimonio.—Juzgado Segundo de Familia
de San José, a las diez horas veintitrés minutos del primero de noviembre
de dos mil veintiuno.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609706 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Maribel Vargas Villalobos,
mayor, divorciada, ama de casa, cédula de identidad número 0106470962, vecina
de San José, Goicoechea, Guadalupe, Ipís, Ciudadela Rodrigo Facio, casa número
44, hija de Irma Villalobos Conejo y Leonardo Vargas Calero, nacida en
Hospital, Central, San José, el 02/03/1965, con 56 años de edad, y José Roberto
Alvarado Mora , mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad número
0107610147, vecino de San José, Goicoechea, Vásquez de Coronado, San Francisco,
hijo de Lillian Mora Quirós y Joaquín Alvarado Mora, nacido en Carmen, Central,
San José, el 11/12/1969, actualmente con 51 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-002208-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
San José, Goicoechea, fecha, 01 de diciembre del año 2021.—Msc. Carlos
Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021609830 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Pedro José Rosales Enríquez,
mayor, soltero, Pensionado, cédula de identidad número 0501180895 y María Lucía Mairena Aguirre, mayor, viuda, Oficios
Domésticos, cédula de identidad número 0601420049; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 21-001011-1146-FA.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, Puntarenas, fecha, 01 de setiembre del año
2021.—Msc. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609833 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil María Elizabeth Selva Franco,
costarricense, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula de identidad
número 0602520654, vecina de Silencio, 50 metros al sur-oeste del Colegio de
dicha región, hija de Federico Selva Medrano y Toribia Franco Losaba, nacida en
20/03/1973, en Coto 47, Golfito, Puntarenas, de 48 con años de edad; y Miguel
Ángel Olivares Núñez, costarricense, mayor, viudo, pensionado, cédula de
identidad número 0601150552, vecino de Silencio, 50 metros al sur-oeste del
Colegio de dicha región, hijo de Leonilda Olivares Núñez, nacido el 02/10/1949,
en Centro, Golfito, de Puntarenas, de 72 con años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000261-1591-FA.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica
de Quepos (Materia Familia), Puntarenas, Quepos, fecha, 07 de diciembre del
año 2021.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609834 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Luis Mariano Ramírez Quesada,
soltero, costarricense, cédula de identidad número 1-1363-0713, vecino de
Alajuela, Atenas, Mercedes, Agentes de ventas, hijo de José Joaquín Ramírez
Alpízar y Cristina Elena Quesada Brenes, ambos costarricenses, y María Fernanda
Elizondo Elizondo, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense, cédula de
identidad número 2-0681-0676, vecina de Alajuela, Atenas, Mercedes, hija de
Lucila Elizondo Elizondo, quien es costarricense. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-002067-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, Alajuela, fecha, 08 de noviembre del año 2021.—Msc. Liana Mata
Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021609848 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Alexandra Farlet Rodríguez
Aguilar, cédula de identidad número 0604380893 y Kaleb Mauricio Oviedo
Gabuardi, cédula de identidad número 0604450109. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-001213-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas,
fecha, 01 de noviembre del año 2021.—Maureen Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609851 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Wanerge González Mora, mayor,
divorciado, Guarda Costas, cédula de identidad número 0602970262, vecino de
Golfito Barrio San Juan detrás del Colegio, hijo de Sandra Elieth Mora Jiménez
y Carlos Luis González Cordero, nacido en Centro, Golfito, Puntarenas, el
29/03/1979, con 42 años de edad, y Karol María Saborío Sandi, mayor,
divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0603410180, vecina
de Paso Canoas Barrio San Jorge, hija de Nubia Yadira Sandi Juárez y Alfredo
Saborío Soto, nacida en Centro, Golfito, Puntarenas, el 26/09/1984, actualmente
con 37 años de edad Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente N° 21-000315-1086-FA.—Juzgado de Familia
y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), Golfito, fecha, 18 de
noviembre del año 2021.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609852 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Alexander Josué Ramírez
Cordero, mayor, costarricense, soltero, comerciante, cédula de identidad número
0304580492, vecino de Cocorí de Cartago, hijo de Xinia Cordero Matamoros y José Luis Ramírez Madrigal, ambos padres
costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 23/11/1991, con 30
años de edad, y María Alejandra Muñoz Centeno, mayor, costarricense, soltera,
oficios domésticos, cédula de identidad número 0115090018, vecina de Agua
Caliente de Cartago, hija de Lidia Aurora Centeno Rodríguez y Luis Rodrigo
Muñoz Jiménez, ambos padres costarricenses, nacida en Hospital, Central, San
Jose, el 28/07/1992, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-003199-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 07
de diciembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( in2021609858 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Francisco Javier González
Núñez, mayor, costarricense, soltero, Operario, cédula de identidad número
0304740336, vecino de Tejar del Guarco, hijo de Laura Núñez Marin y Vicente
Martin González Flores, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental,
Central, Cartago, el 30/10/1993, con 27 años de edad, y Kimberly Jazmín Navarro
Aguilar, mayor, costarricense, soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad
número 0304650378, vecina de Tejar del Guarco Cartago, hija de Sugey María
Navarro Aguilar madre costarricense, nacida en Oriental, Central, Cartago, el
12/09/1992, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-002838-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 26
de octubre del año 2021.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609859 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Guillermo Acosta Rojas, mayor,
Divorciado, Peón agrícola, cédula de identidad número 0601650598, vecino de
Cenizo de Laurel, de la escuela setenta y cinco metros al oeste, hijo de Irmina
Rojas Delgado y Manuel Antonio Acosta Serrano, nacido en Sierpe, Osa,
Puntarenas, el 26/01/1962, con cincuenta y nueve años de edad, y Maritza Isabel
Salazar Brenes, mayor, divorciada, Oficios Domésticos, cédula de identidad
número 0602040311, vecina de mismo domicilio del anterior, hija de Sara Brenes
Marin y Sebastián Salazar Alfaro, nacida en Puerto Cortes, Osa, Puntarenas, el
01/12/1966, actualmente con cincuenta y cuatro años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los OCHO DÍAS
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21- 000420-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Familia), Corredores,
Ciudad Neily, fecha, 05 de agosto del año 2021.—Lic. Johanna Vargas
Hernandez, Jueza.—1 vez.—O.C. N°364-12-2021B.—Solicitud N°68-2017-JA.—( IN2021609990 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Víctor Daniel Carvajal Miranda,
mayor, costarricense, divorciado de Karen Isabel Meoño Núñez el 11 de marzo de
2019, en Cartago, cédula de identidad número 0304580009, vecino de Llanos de
Santa Lucía Paraíso de Cartago, hijo de Cirlenne Miranda Ramírez y Víctor Abel
Carvajal Loaiza, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central,
Cartago, el 10/11/1991, con 30 años de edad, y Karen Isabel Meoño Núñez, mayor,
costarricense, Divorciada de Vitor Daniel Carvajal Miranda el 11 de marzo de
2019 en Cartago, Oficinista, cédula de identidad número 0304220862, vecina de Llanos
de Santa Lucía Paraíso de Cartago, hija de María Isabel Núñez Araya y José Ángel Meoño Barrantes, ambos padres
costaricenses, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 04/10/1987, actualmente
con 34 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente N° 21-002936-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, Cartago, fecha, 12 de noviembre del año 2021.—Lic. Anthony Zapata
Sojo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021609991 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, José Gabriel Parra Arguedas, mayor, costarricense,
soltero, Hojalatero, cédula de identidad número 0112700533, vecino de Santiago
del Monte la Unión, hijo de Anabelle Arguedas Cordero y José Parra Parra ambos
padres costarricenses, nacido en Carmen, Central, San Jose, el 21/01/1986, con
35 años de edad, y Yadira Isabel Guzmán Fonseca, mayor, costarricense, soltera,
Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0112770270, vecina de Rancho
Redondo Goicoechea, hija de Roxana Isabel Fonseca Angulo y Eligio Martin Guzmán
Barboza, ambos padres costarricenses, nacida en Carmen, Central, San Jose, el
28/03/1986, actualmente con 35 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-003130-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 25
de noviembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609992 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Ruisiery Alejandro Camacho
Platero, mayor, costarricense, soltero, Supervisor, cédula de identidad número
0304630249, vecino de Residencial Cartago hijo de Silvia Margarita Platero
Hernández y Dagoberto Camacho Brenes, madre salvadoreña y padre costarricense,
nacido en Oriental, Central, Cartago, el 29/06/1992, con 29 años de edad, y
Pamela de Los Ángeles Obando Retana, mayor, costarricense, soltera, operadora,
cédula de identidad número 0117210957, vecina de Residencial Cartago, hija de
Cinthya Retana Goñi y Alexander Obando Guzmán, ambos padres costarricenses,
nacida en Carmen, Central, San Jose, el 23/09/1998, actualmente con 23 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
21-003039-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
Cartago, fecha, 23 de noviembre del año 2021.—Lic. Anthony Zapata Sojo,
Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609997 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Jorge Antonio Meléndez Porras,
mayor, costarricense, soltero, Operario, cédula de identidad número 0114630020,
vecino de Llanos de Santa Lucía Paraíso de Cartago, hijo de Ana Eraida Porras
Jiménez y Jorge Antonio Meléndez Caracas, madre costarricense y padre de
nacionalidad Nicaragüense, nacido en Hospital, Central, San Jose, el
30/03/1991, con 30 años de edad, y Merlyn Deidamia Leiva Bonilla, mayor,
costarricense, soltera, Psicóloga, cédula de identidad número 0701900968,
vecina de Llanos de Santa Lucía Paraíso de Cartago, hija de Ana Lorena Bonilla
Mora y Hugo Leiva González, ambos padres costarricenses, nacida en Centro,
Central, Limón, el 25/04/1989, actualmente con 32 años de edad.. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-003038-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 23
de noviembre del año 2021.—Msc. Guadalupe Solano Patiño, Juez. —1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609998 ).