BOLETÍN JUDICIAL N° 241 DEL 15 DE DICIEMBRE DEL 2021

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

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Remates

Títulos Supletorios

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES

DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 18-016960-0007-CO promovida por Otto Claudio Guevara Guth  contra los artículos 34, 37, 44, 45, 46, 48, 57, 58, 60, 68 y 69 de la VII Convención Colectiva del Banco Nacional de Costa Rica, por estimarlos contrarios a los artículos 10, 11, 33 y 63 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2021-025969 de las doce horas quince minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno, que literalmente dice:

 «Se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia, se anulan por inconstitucionales las siguientes normas:

1)  Por unanimidad, el artículo 34, de la VII Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica, en cuanto al pago de los montos por auxilio de cesantía -cuando en derecho corresponda- mayores a un tope de doce años. El Magistrado Castillo Víquez da razones diferentes.

2)  Por unanimidad, el artículo 34, de la VII Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica, al reconocer el pago de los montos por auxilio de cesantía por renuncia del trabajador.

3)  Por mayoría, los incisos b) y c), del artículo 44. Los Magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal salvan el voto y declaran sin lugar la acción.

4)  Por unanimidad el artículo 45.

5)  Por unanimidad el artículo 46.

Se declara sin lugar la acción de las siguientes normas:

1)  Por unanimidad, contra el pago de auxilio de cesantía por concepto de jubilación, pensión o a los causahabientes de los empleados o empleadas que fallezcan, contenido en el artículo 34, de la VII Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica, siempre y cuando no supere el tope de la cesantía de los doce años.

2)  Por mayoría, el artículo 37. El Magistrado Rueda Leal salva el voto y declara inconstitucional este artículo.

3)  Por unanimidad, el artículo 44, inciso a).

4)  Por unanimidad, el artículo 48.

Se rechaza de plano la acción de inconstitucionalidad presentada contra los artículos 57, 58, 60, 68 y 69.

El Magistrado Salazar Alvarado consigna nota.

Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de entrada en vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. Notifíquese este pronunciamiento a las partes apersonadas y la Procuraduría General de la República. Comuníquese esta sentencia a la Dirección de Asuntos

Laborales del Ministerio de Trabajo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.»

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 02 de diciembre del 2021.

                                                            Luis Roberto Ardón Acuña

                                                                            Secretario

O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021607759 ).

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 18-016832-0007-CO promovida por Caravana Internacional S.A., Daniel Rojas Pochet, Inversiones Esema S.A. contra los artículos 30 y 32 de la Ley N° 7495, Ley de Expropiaciones, Reformados por Leyes Nos. 9286 de 11 de noviembre de 2014 y 9462 de 11 de julio de 2017, se ha dictado el voto número 2021-027046 de las nueve horas veinte minutos del uno de diciembre de dos mil veintiuno, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción

San José, 02 de diciembre del 2021.

                                                 Luis Roberto Ardón Acuña

                                                               Secretario

O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021607988 ).

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 19-010691-0007-CO promovida por Ana María Esquivel Cruz contra los artículos 13, 36, inciso e); 38, incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), k) y l); 42, inciso b); 43; 48; 96; 103, párrafo primero, y 105 de la Convención Colectiva de Trabajo suscrita entre la Municipalidad de Desamparados y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Desamparados (SITMUDE), se ha dictado el voto número 2021-026520 de las trece horas once minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno, que literalmente dice: «Se declara parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la convención colectiva de la Municipalidad de Desamparados. En consecuencia: Primero: Por unanimidad, respecto del artículo 36 inciso e) se estima que es constitucional siempre y cuando se interprete que el plazo al que se refiere la licencia es de nueve días naturales. Los magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal y la magistrada Garro Vargas salvan el voto parcialmente en el sentido de que entienden que a los hermanos se les deberá dar el mismo tratamiento que a los abuelos que no son padres de crianza en los términos de la convención, en virtud de que ostentan el mismo grado de consanguinidad. Asimismo, en relación con el otorgamiento de la licencia con goce de salario por el fallecimiento de la “pareja de vida”, el magistrado Rueda Leal y la magistrada Garro Vargas declaran que no es inconstitucional siempre que se interprete, en atención al principio constitucional de seguridad jurídica, que la relación de pareja deba respetar los requerimientos fijados en el artículo 242 del Código de Familia. Segundo: Del artículo 38, por mayoría, se declaran inconstitucionales los incisos a), b), c), d), e) y h). El magistrado Cruz Castro salva el voto y declara constitucionales dichos incisos. Por mayoría se declara la constitucionalidad del artículo 38 inciso f). El magistrado Rueda Leal da razones diferentes en cuanto a los aparatos ortopédicos y declara su constitucionalidad, siempre que se demuestre que se trata de una herramienta indispensable para el buen desempeño del trabajador, según la clase de puesto en concreto que ocupe. En relación con esa misma norma, el magistrado Rueda Leal salva parcialmente el voto y declara inconstitucional el pago con fondos públicos de prótesis dentales por no tratarse de una herramienta indefectible para el buen desempeño del trabajador. Por unanimidad se declara la constitucionalidad del artículo 38 inciso g). El magistrado Rueda Leal consigna nota. Del artículo 38 inciso i), por mayoría, se declara inconstitucional el siguiente párrafo: “Por fallecimiento del cónyuge o pareja de vida, hijos reconocidos o padres, la Municipalidad le cancelará al funcionario la suma de ciento cincuenta mil colones”. Los magistrados Castillo Víquez, Cruz Castro y Rueda Leal salvan el voto y lo declaran constitucional. El magistrado Rueda Leal da razones diferentes respecto de la pareja de vida. Tercero: Por mayoría se declara inconstitucional el artículo 42 inciso b). El magistrado Rueda Leal da razones diferentes. Salvan el voto los magistrados Castillo Víquez y Cruz Castro y la magistrada Garro Vargas quienes consideran que la cláusula es constitucional. Cuarto: Por mayoría se declara constitucional el artículo 43. El magistrado Rueda Leal declara inconstitucional el artículo 43 por razones particulares. La magistrada Garro Vargas declara inconstitucional el artículo 43 por sus propias razones. Quinto: Por mayoría se declara inconstitucional el artículo 96 inciso c). Los magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal ponen notas separadas. El magistrado Cruz Castro salva el voto y declara sin lugar este extremo de la acción. Sexto: De los artículos 103 párrafo primero y 105, se declara inconstitucional el pago de un monto de indemnización por concepto de cesantía cuando en derecho corresponda mayor a un tope de doce años. El magistrado Cruz Castro salva el voto y declara sin lugar el agravio respecto a estos numerales. Sétimo: Respecto de todo lo demás, se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad. El magistrado Salazar Alvarado consigna nota. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Notifíquese este pronunciamiento a las partes apersonadas y a la Procuraduría General de la República. Comuníquese esta sentencia a la Dirección de Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.» Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 02 de diciembre del 2021.

                                                    Luis Roberto Ardón Acuña,

                                                                       Secretario

O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021608007 ).

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 18-016960-0007-CO promovida por Otto Claudio Guevara Guth contra los artículos 34, 37, 44, 45, 46, 48, 57, 58, 60, 68 y 69 de la VII Convención Colectiva del Banco Nacional de Costa Rica, por estimarlos contrarios a los artículos 10, 11, 33 y 63 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2021-025969 de las doce horas quince minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno, que literalmente dice:

Se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia, se anulan por inconstitucionales las siguientes normas:

1)  Por unanimidad, el artículo 34, de la VII Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica, en cuanto al pago de los montos por auxilio de cesantía -cuando en derecho corresponda- mayores a un tope de doce años. El Magistrado Castillo Víquez da razones diferentes.

2)  Por unanimidad, el artículo 34, de la VII Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica, al reconocer el pago de los montos por auxilio de cesantía por renuncia del trabajador.

3)  Por mayoría, los incisos b) y c), del artículo 44. Los Magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal salvan el voto y declaran sin lugar la acción.

4)  Por unanimidad el artículo 45.

5)  Por unanimidad el artículo 46.

Se declara sin lugar la acción de las siguientes normas:

1)  Por unanimidad, contra el pago de auxilio de cesantía por concepto de jubilación, pensión o a los causahabientes de los empleados o empleadas que fallezcan, contenido en el artículo 34, de la VII Convención Colectiva de Trabajo del Banco Nacional de Costa Rica, siempre y cuando no supere el tope de la cesantía de los doce años.

2)  Por mayoría, el artículo 37. El Magistrado Rueda Leal salva el voto y declara inconstitucional este artículo.

3)  Por unanimidad, el artículo 44, inciso a).

4)  Por unanimidad, el artículo 48.

Se rechaza de plano la acción de inconstitucionalidad presentada contra los artículos 57, 58, 60, 68 y 69.

El Magistrado Salazar Alvarado consigna nota.

Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de entrada en vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. Notifíquese este pronunciamiento a las partes apersonadas y la Procuraduría General de la República. Comuníquese esta sentencia a la Dirección de Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 02 de diciembre del 2021.

                                                     Luis Roberto Ardón Acuña

                                                                     Secretario

O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021608008 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000578-0627-NO, de Yorleni Alfaro Jara contra Francisco Heriberto Gómez Céspedes, (cédula de identidad 2-0271- 0692), este Juzgado mediante resolución número 2021-000704 de las siete horas veinte minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintiuno, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 19 de noviembre del año 2021

                                                        Dra. Melania Suñol Ocampo

                                                                              Jueza

1 vez. —O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021608034 ).

A: Marta Patricia Víquez Picado, cédula de identidad 2-0389-0120, que en el proceso Disciplinario Notarial 19-000748-0627-NO establecido en su contra por Marcos Eduardo Villalta Delgado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen:” Juzgado Notarial, a las nueve horas y doce minutos del nueve de setiembre de dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial con pretensión resarcitoria de Marcos Eduardo Villalta Delgado contra Marta Patricia Del Socorro Víquez Picado, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que, dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en San Juan de Tibás, 750 metros al oeste del Centro Comercial Feria del Norte, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en San José, Escazú, San Rafael, Plaza Loma Real, Local N° 4, Carretera a Guachipelín, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de San José. Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N°8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, se ordena consultar la página web de la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para certificar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese. Msc. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez.” y la resolución “Juzgado Notarial, a las dieciséis horas cuarenta y tres minutos del cuatro de noviembre del dos mil veintiuno. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la Licenciada Marta Patricia Víquez Picado, la resolución dictada a las nueve horas y doce minutos del nueve de setiembre de dos mil diecinueve, en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y en su domicilio reportado en el Registro Civil (ver folio 52, 53 Y 79), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas, como consta en consulta visible en el expediente virtual el día veinticuatro de agosto del presente año, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle a la citada profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la denunciada que los hechos que le atribuye el denunciante Marcos Eduardo Villalta Delgado son: “1. Yo firme un convenio de divorcio con la señora Melissa Vargas Roldan, firma que me fue recogida por su hermano el Lic. Sebastiánt Vargas Roldán, y la cual contenía un yerro, por cuanto no fue consignada la fecha del matrimonio, debo aclarar que yo nunca he visto a la Notaria a cargo del trámite. 2. Este asunto fue presentado ante el Juzgado de Familia de Heredia, bajo el expediente 18-001288-0364-FA, para su homologación. 3. En este asunto fue prevenido que mediante adicional debía corregirse el tema de la fecha del matrimonio, por ser un dato esencial. 4. Revisando el día de ayer 17 de junio, 2019 el Registro Civil, me topo con la sorpresa de que aparezco divorciado, ante lo cual me cuestiono ¿cómo?, si mediante resolución de las 16:52 horas del 4 de setiembre, 2018, se ordenó el archivo del proceso, por vencimiento del plazo otorgado para la entrega de la escritura adiciona, que se dio en el mes de julio que corrigiera los errores apuntados. 5. Para sorpresa mía, se presenta segundo testimonio con la corrección, solicitada, pero debo aclarar a Su Autoridad que el suscrito: a. No ha firmado adicional. b. No ha firmado razón. c. No ha firmado nota o similar. En el Protocolo de la Licenciada Marta Patricia Víquez Picado. Igual el documento presentado tiene yerros significativos. 6. De esta forma he de cuestionar ¿Cómo aparezco divorciado?, porque de haberse revisado con detenimiento, habrían notado que no se cumplió la prevención realizada, que la escritura presentada, presta a confusión porque menciona un segundo testimonio con hora y fecha distinta del primer testimonio. 7. Aun más no comprendo como hicieron para dar el trámite correspondiente, cuando sólo una de las partes ha firmado el escrito con la gestión para continuar, en el Juzgado de Familia. 8. Aquí hay un gravísimo error en la tramitación, por parte del Juzgado de Familia, pero peor aún un descuido en no observar las formalidades que corresponden y hacer que un convenio con errores fuera homologado, causándome grave perjuicio; junto con el hecho de que se hizo incurrir en mi concepto en error al Juez de Familia. 9. Siendo así aquí ha existido una grave vulneración a mis derechos y lo acontecido debe ser investigado hasta las últimas consecuencias, no sólo con la sanción correspondiente, que desde ya solicito sea la más severa posible, sino además con el resarcimiento correspondiente; porque con su actuación ha puesto en peligro el quehacer de la Administración de Justicia, mi estado civil y se han generado consecuencias que me perjudican en mi quehacer. Se le pone en conocimiento a la Notaria Marta Patricia Víquez Picado que el presente proceso se tramita una Pretensión Civil Resarcitoria: Que los daños consisten en: a) producto del actuar negligente de la Notaria Marta Víquez, al sustituir la voluntad de mi representado, autorizando una escritura adicional que nunca fue por mi cliente, afectando con ello su estado civil, pasando de casado a divorciado. Y es que dicho convenio aún no se había homologado por contener vicios que se habían prevenido, por lo que la Notaria en mención emitió una adicional corrigiendo esos vicios de fondo y por ende esenciales, sin tomar en cuenta la voluntad del señor Villalta Delgado, pues en se le informo de tal situación, ni se le recogió la firma respectiva, causándole a mí representado un daño moral, al disponer libremente de la voluntad de mi cliente, el cual se estima en la suma de dos millones de colones (¢2 000 000.00). Que el perjuicio causado consiste en: producto de la manipulación de la voluntad de mi cliente realizada por la Notaria Marta Víquez, se ejecutó el convenio de divorcio que en un principio era nulo, surtiendo efectos dicho acuerdo en sede de pensiones alimentarias, pues ahora se me está ejecutando el cobro del concepto de pensión alimentaria, dicho perjuicio se estima en la suma de un millón de colones (¢1 000 000.00). La presente demanda se estima en: tres millones de colones (¢3 000 000.00) y para lo cual se aportan los timbres de ley.” Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público a la denunciada Marta Patricia Víquez Picado, cédula de identidad 2-0389-0120. Notifíquese.

                                                 Dra. Melania Suñol Ocampo,

                                                                        Jueza

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608035 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N°18-0000868-0627-NO, de José Mauricio Carvajal Romero contra Oldemar Antonio Fallas Navarro, (cédula de identidad 1-0765-0094), este Juzgado mediante resolución a las catorce horas cuarenta y siete del dos de noviembre del dos mil veintiuno, dispuso: “Siendo que la Imprenta Nacional, publicó dos veces la sanción impuesta en este proceso al notario Oldemar Antonio Fallas Navarro, como consta en el Boletín Judicial N°106 del día 03 de junio del 2021 y en el Boletín Judicial N°123 del día 28 de junio del 2021; Se resuelve: por existir duplicidad, se ordena la inmediata anulación de la publicación realizada mediante boletín judicial N°123 del 28 de junio del 2021. Tome nota la Dirección Nacional de Notariado y el notario Oldemar Antonio Fallas Navarro, que la única publicación válida es la realizada mediante del Boletín Judicial N°106 del día 03 de junio del 2021. Comuníquese a la Dirección Nacional de Notariado, Archivo Notarial, Registro Nacional y al Registro Civil lo aquí resuelto. Expídase y publíquese el Edicto respectivo en el Boletín Judicial. Notifíquese.

San José 02 de noviembre del dos mil veintiuno

                                                 Dra. Melania Suñol Ocampo.

                                                                         Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608037 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000046-0627-NO, de Registro Civil contra Celina Rosa Izaguirre Sarkis (cédula de identidad 700800048), este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N° 567-2020 de las ocho horas doce minutos del diez de setiembre de dos mil veinte (folios 48 al 50), la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante Voto N° 0150-2021 de las nueve horas un minuto del nueve de setiembre de dos mil veintiuno en vista que se encuentra firme se dispone comunicar a la citada Notaria la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, tres de noviembre de dos mil veintiuno.

                       M.Sc. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez,

                                                       Juez

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021608690 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 17-000086-0627-NO, de Registro Civil contra Ángel López Miranda, cédula de identidad N° 800710223, este Juzgado mediante sentencia de primera instancia N° 2021000337 de las seis horas veinticinco minutos del catorce de mayo del dos mil veintiuno, la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante Voto N° 0155-2021 de las nueve horas veinte minutos del viernes diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno, en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 03 de noviembre del 2021.

                                              Dra. Melania Suñol Ocampo

                                                                    Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608692 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000277-0627-NO, de Registro Civil contra Randall Alejandro Vargas Pérez (cédula de identidad 107770600), este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N° 2021000630 de las catorce horas cincuenta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintiuno, en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado Notario, la corrección disciplinaria de cinco días naturales de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Medida cautelar en sentencia que se ordena: La suspensión del notario opera de pleno derecho y absolutamente de manera que no puede aceptar rogaciones de nuevos servicios notariales de ninguna especie, pasados los ocho días de la publicación del edicto, conforme se dirá. No obstante lo anterior, el notario queda habilitado para realizar todo tipo de trámites, razones notariales, autorización de escrituras adicionales etc., que sean indispensables para lograr la inscripción de escrituras o documentos autorizados por el como notario, en los Registros Públicos, pero que se los hayan rogado y los haya realizado estando habilitado, o sea, previos a la presente suspensión. De manera que la suspensión del notario lo es para aceptar la rogación de trámites notariales nuevos e independientes de otras actuaciones notariales anteriores realizadas por el. Esta disposición reviste el carácter de medida cautelar tomada en sentencia y vigente post sentencia, y se dicta con el afán de tutelar los intereses de las partes que hayan otorgado escrituras o realizado trámites ante el notario, previos a la suspensión que acá se ordena. De alguna manera también esta disposición tutela los intereses del notario de manera que pueda cumplir responsabilidades por trabajos rogados y realizados mientras estaba habilitado y que no le sean cancelados por los Registros los asientos de presentación de documentos que autorice en las condiciones dichas, del mismo modo que tampoco reciba una nueva sanción por realizar un trabajo notarial al que estaba obligado, y que tampoco pueda usar el notario la suspensión que se le impone como excusa para no cumplir responsabilidades propias de su función por instrumentos autorizados cuando estaba habilitado. Esta medida cautelar debe incluirse en el edicto que se publicará. Del mismo modo en los oficios que se remitan a las oficinas públicas de ley se copiará el por tanto de esta resolución para que éstas conozcan las condiciones bajo las cuales se suspende al notario. Esta medida cautelar estará vigente a partir del momento que rige la suspensión y mientras permanezca suspendido el notario. Todo conforme este fallo y la normativa que nos rige. Tomen las medidas del caso la DNN y las demás oficinas públicas a las que se les envía esta sentencia; para que esta medida cautelar sea de conocimiento público en todas sus plataformas digitales de consulta de suspensión de notarios. Juzgado Notarial.

San José, seis de octubre de dos mil veintiuno.

                                                           Lic. Francis Porras León,

                                                                         Juez Tramitador

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021608736 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 17-000625-0627-NO, de Christian Esteban Abraham Quirós contra Gerardo Badilla Rumoroso (cédula de identidad N° 1-827-687), este Juzgado mediante resolución N° 782-2020 de las seis horas diecisiete minutos del diez de diciembre del dos mil veinte, confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial según voto 167-2021 de las nueve horas cuarenta y siete minutos del ocho de octubre del dos mil veintiuno, dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 19 de noviembre del 2021.

                                                Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                       Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021608807 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000754-0627-NO, de Angie Mora Corrales contra Pedro Dávila Álvarez, cédula de identidad N° 7-063-450, este Juzgado mediante resolución N° 237-2021 de las siete horas del veintiséis de marzo del dos mil veintiuno, confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial del 165-2021 a las nueve horas treinta minutos del ocho de octubre del dos mil veintiuno, dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, sanción que entrará en vigencia en cuanto se habilite el encausado y permanecerá en el tiempo hasta que realice la inscripción respectiva. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Notifíquese.

San José, 19 de noviembre del 2021.

                                               Dra. Ingrid Palacios Montero

                                                                      Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608809 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000274-0627-NO, de Registro Civil contra Rándall Alejandro Vargas Pérez (cédula de identidad N° 1-777-600), este Juzgado mediante resolución N° 2021000708 de las nueve horas cincuenta y cuatro minutos del veintisiete de octubre del dos mil veintiuno, dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 16 de noviembre del 2021.

                                            Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                           Jueza Decisora

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608822 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000214-0627-NO, de Dani José Escalante Díaz contra Gladys Barrantes Quesada (cédula de identidad N° 1-472-499), este Juzgado mediante resolución N° 541-2019 de las doce horas y cuarenta y un minutos del veintinueve de agosto del dos mil diecinueve (folio 101), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. San José, 19 de noviembre del 2021. Notifíquese.

                                              Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                             Jueza Decisora

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021608824 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de trescientos cincuenta millones seiscientos doce millones doscientos setenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 362331, derecho 000, la cual es terreno de solar con un edificio de dos plantas. Situada en el distrito 2 Merced, cantón 1, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Moisés Gerardo Aguilar; al sur, Mario Saborío y otro; al este, SOC. Alvarado y Chacón y al oeste, Didier Campos Quesada. Mide: ciento noventa y cuatro metros cuadrados con área de construcción de quinientos cincuenta y uno punto setenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del siete de marzo de dos mil veintidós con la base de doscientos sesenta y dos millones novecientos cincuenta y nueve mil doscientos seis colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós con la base de ochenta y siete millones seiscientos cincuenta y tres mil sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso en ejecución de Marvin Wendell Cousins Mountain contra Merkland LLC,S.R.L. Expediente N° 13-000875-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia.—06 de diciembre del año 2021. Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610111 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Laura Mariela Méndez Ramírez, mayor, soltera, costarricense, educadora, vecina de Pérez Zeledón, Villa Ligia, con cédula de identidad número uno-mil ciento cincuenta y uno-cero ciento diecinueve, fallecida el 08 de mayo del 2021, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 21-000527-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000527-1125-LA, por Rodrigo Méndez Zúñiga, con cédula de identidad N° 1-0440-0126, a favor de Laura Mariela Méndez Ramírez.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Laboral), 30 de noviembre del 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608032 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eliodora Gerardina Briceño González, mayor, divorciada, cédula de identidad número seis-doscientos cuatro-doscientos sesenta y tres (0602040263), vecina de Pérez Zeledón, Daniel Flores, Barrio Baidambu, calle 4 casa número 11, fallecido(a) el 29 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000285-0188-CI, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el boletín judicial. Expediente N° 21-000285-0188-CI. Promovente Jonathan Rolando Chavarría Briceño.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 23 de noviembre del año 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608039 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Vega Quirós 0300970232, fallecido el 14 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-001611-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a favor de Víctor Manuel Vega Quirós. Expediente N° 21-001611-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 07 de diciembre del año 2021.—Msc. Andrea Gutierrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609802 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Norma Cecilia Rivera Acevedo, cédula de identidad 06-0107-0379, vecina de Naranjo, Alajuela, fallecida el 11 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21- 001853-1102-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001853-1102-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 02 de noviembre del año 2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609803 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Michael Gerardo Rodríguez Alfaro, cédula 03-0425-0955, fallecido el 18 de febrero del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001549-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001549-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 16 de noviembre del año 2021.—Licda. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021609809 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Alberto Rodríguez Céspedes 0104970830, fallecido el 14 de marzo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 21-001651-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001651-0639-LA. Promueve Susana, Yeimy y Yahindra todos de apellidos Rodríguez Sequeira a favor de Mario Alberto Rodríguez Céspedes.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de noviembre del año 2021.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609837 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Guillermo de Los Ángeles Gomez Bonilla, con cédula 03-0309-0556, vecino de Cartago, Paraíso, Orosi, fallecido el 25 de julio del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001450-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001450-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 17 de noviembre del año 2021.—Licda. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021609838 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jeimmy Jarquín Mena, 0602440664, fallecida el 17 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000048- 1503-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000048-1503-LA. Promovido por Gineth Jarquín Diaz en relación con la causahabientes de Jeimmy Jarquín Mena. —Juzgado Contravencional de Los Chiles (Materia Laboral), 05 de noviembre del año 2021.—Lic. Randall Porras Chinchilla, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609839 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Manuel Antonio Barahona Mata, cédula 01-0347-0327, fallecido el 12 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-001558-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001558-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 16 de noviembre del año 2021.—Licda. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021609840 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Gonzalo Sandoval Solís, con cédula 03-0174-0724, vecino de Cartago, Tres Ríos, Dulce Nombre, fallecido el 26 de setiembre del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21- 001533-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001533- 0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago 11/11/2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609841 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Geovanny de Los Ángeles Brenes Calderón, cédula de identidad 03-0298-0674, vecino de Cartago, San Rafael de Oreamuno, fallecido el 11 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001469-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001469-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 02 de noviembre del año 2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609842 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Mauricio Zúñiga Richmond, cédula 01-0675-0163, vecino de Tres Ríos, La Unión, fallecido el 10 de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001295-0641- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001295- 0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 08 de octubre del año 2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609846 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin Rodolfo Sánchez Masís, cédula 03-0257-0984, fallecido el 18 de agosto del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 210013720641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 210013720641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 27/10/2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609847 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Christopher Mauricio Tully Daniels, cédula 01-1049-0982, fallecido el 05 de agosto del 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 210014410641LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 210014410641LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 16/11/2021.—Licda. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021609849 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Mena Quesada, cédula de identidad 201870220, fallecido el 12 de octubre de 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias promovidas por Ronald Mena Torre, cédula de identidad 108890986, de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001274-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001274-0929-LA. Por Operadora de Pensiones de la Caja Costarricense del Seguro Social a favor de Fernando Mena Quesada.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de noviembre del año 2021.—Licda. Hannia Isabel Núñez Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609854 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Nuria de Los Ángeles Bermúdez Alvarado 0601490594, fallecida el 23 de julio del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000845-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000845-0643-LA. Por Marco Antonio Castro Bermúdez, portador de la cédula de identidad número 6-0321-0679 a favor de Nuria de Los Ángeles Bermúdez Alvarado.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 17 de noviembre del año 2021.—M.Sc. Luis Diego Charpantier Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609977 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Maryuri Díaz Angulo cédula de identidad 5-02590364, quien fue mayor, soltera, vecina de Cartagena de la Panadería El Valle, 200 metros al este y 100 al sur, en Santa Cruz, Guanacaste, laboró para Desarrollos Hoteleros Guanacaste, S. A., y falleció el veinticinco de octubre del dos mil veintiuno (25/10/2021), se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 21-000373-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000373-0775-LA. Por Desarrollos Hoteleros Guanacaste, S. A. a favor de Yorlandia Dolores Díaz Angulo cédula de identidad 0502890382.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 06 de diciembre del año 2021.—Licda. Katherine Ramírez Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609980 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Alberto García Juárez, fallecido el 09 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000203- 0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21- 000203-0868-LA. Por Leticia Gómez Fonseca.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 11 de noviembre del año 2021.—Lic. David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609982 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Alberto García Juárez, fallecido el 09 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000203- 0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21- 000203-0868-LA. Por Leticia Gómez Fonseca.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 11 de noviembre del año 2021.—Lic. David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609983 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Oscar Ramon Ramírez Fonseca 0302090839, fallecido el 30 de marzo del año 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000271- 1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000271-1549-LA. Por Anita Rivera Arrieta a favor de Oscar Ramon Ramírez Fonseca.—Juzgado Contravencional de Siquirres (Materia Laboral), 26 de noviembre del año 2021.—Lic. Kevin de Los Ángeles Leiva Masis, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609987 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Arcadio de Los Ángeles Paniagua Romero 0300990784, fallecido el 13 de diciembre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000268-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000268-1549-LA. Por Xinia Marlene Paniagua Martínez a favor de Mario Arcadio de Los Ángeles Paniagua Romero.—Juzgado Contravencional de Siquirres (Materia Laboral), 26 de noviembre del año 2021.—Lic. Kevin de Los Ángeles Leiva Masis, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609988 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edwin Enrique de Los Ángeles Murillo Espinoza, 0400990016, fallecido el 24 de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-002287-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002287-0505-LA. Promovido por Vilma Murillo Espinoza a favor de Edwin Enrique de Los Ángeles Murillo Espinoza.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 08 de diciembre del año 2021.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610109 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Morera Valverde, 0202770598, fallecido el 07 de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-002226- 0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002226-0505-LA. Por Rosa María Solís Carballo a favor de Fernando Morera Valverde.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 24 de noviembre del año 2021.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610113 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Pablo Alvarenga Martínez, 122200419921, fallecido el 26 de julio del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-002020- 0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002020-0505-LA. Por Silvia Díaz López a favor de Juan Pablo Alvarenga Martínez.—Juzgado de Trabajo de Heredia 11 de noviembre del año 2021.—Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610114 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Salas Fonseca, fallecido el 18 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000872-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000872-0643-LA. Por Juana Lidieth Parajeles Alvarado a favor del fallecido Rafael Salas Fonseca.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 24 de noviembre del año 2021.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610187 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Manuel Humberto Rodríguez Jiménez, cédula de identidad 1-1235-0358, y quien falleció el 29 de octubre de 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°21-001616-0166-LA . Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Manuel Humberto Rodríguez Jiménez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de diciembre de 2021.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610189 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Jeremy Josué Chacón Madriz, cédula de identidad 1-1680-0282, y quien falleció el 18 de octubre de 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001604-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Jeremy Josué Chacón Madriz.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de diciembre de 2021.—MSc. María Dorelia Bravo Núñez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610190 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Luis Enrique Siles Pizarro, cédula de identidad 5-0190-0288 y quien falleció el 20 de abril de 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001607-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Luis Enrique Siles Pizarro.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de diciembre de 2021.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610191 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Laura Patricia Montoya Zarate quien fue mayor, soltera, costarricense, portadora de la cédula de identidad 701630838, administradora, vecina de Limón, Centro y falleció el 02 de noviembre del año 2020; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-000871-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000871-0679-LA. Por Laura Lorena Zarate Sanabria, a favor de Laura Patricia Montoya Zarate.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de noviembre del año 2020.—Lic. Max Alberto Alpízar Solórzano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610192 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este despacho, con una base de trece mil seiscientos ocho dólares con treinta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MALA851CBJM778275, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4X2, número chasis: MALA851CBJM778275, año fabricación: 2018, color: gris. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de enero del dos mil veintidós con la base de diez mil doscientos seis dólares con veintiséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del dos de febrero del dos mil veintidós con la base de tres mil cuatrocientos dos dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Juan Manuel Marbis Jop. Expediente N° 21-003746-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de abril del 2021.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza Decisora.—( IN2021609360 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil novecientos ochenta y dos dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BQB520, marca: Chevrolet, estilo: Cavalier, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2018, color: blanco, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasis y vin: LSGKB52HXJV115619. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintidós, con la base de doce mil setecientos treinta y siete dólares con tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil doscientos cuarenta y cinco dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Heylin Cecilia Víctor Garro. Expediente N° 21-004125-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 03 de noviembre del 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021609361 ).

En este Despacho, con una base de diez mil doscientos cuarenta y dos dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones: 19-001702-0607-TR, 201952400127; sáquese a remate el vehículo: FYL120, marca: Hyundai; estilo: Santa Fe GLS, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: KMHSU81CDEU281972, peso vacío: 0, carrocería: todo terreno, 4 puertas, peso neto: 0 kgrms. Para tal efecto se señalan las catorce horas cinco minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cinco minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintidós, con la base de siete mil seiscientos ochenta y un dólares con sesenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cinco minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós, con la base de dos mil quinientos sesenta dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A., contra Franklin Alberto Diaz Briceño, Moisés Elías Concepción Olaciregui. Expediente N° 21-005729-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con ocho minutos del seis de octubre del dos mil veintiuno.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021609362 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil quinientos cincuenta y un dólares con tres centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito bajo las citas: 0800 00681115 001, cambio de características de bien mueble bajo las citas: 2016 00296650 002 y colisiones bajo sumaria número 19-005205-0489-TR del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placa: JDG008, marca: Hyundai, estilo: H 1, categoría: microbús, capacidad: 12 personas, serie: KMJWA37HAFU729047, carrocería: microbús, tracción: 4X2, año fabricación: 2015, color: azul. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del uno de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós con la base de siete mil ciento sesenta y tres dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós con la base de dos mil trescientos ochenta y siete dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Daniel Rodríguez Molina, Evadina Varela Castro. Expediente N° 21-006030-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de setiembre del 2021.—Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021609363 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil setecientos sesenta y siete dólares con cuarenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BFF664, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, serie: KMHCT41CBEU528372, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2014, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós, con la base de seis mil quinientos setenta y cinco dólares con sesenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós, con la base de dos mil ciento noventa y un dólares con ochenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra José Christian Hidalgo Morales. Expediente N° 21-006036-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de octubre del 2021.—Nidia Duran Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2021609364 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil seiscientos ochenta y dos dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes, pero soportando colisiones 19-000220-0491-TR; sáquese a remate el vehículo placa VYM915, marca Chevrolet, estilo Spark LTZ, capacidad 5 personas, año 2017, color morado, serie KL1CM6CA8HC725209, carrocería sedan 4 puertas hatchback, chasís KL1CM6Ca8hc725209, VIN KL1CM6CA8HC725209, N° motor LV7162030144, modelo 1DW48ATL-1SG, combustible gasolina, cilindrada 1400 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil veintidós con la base de once mil once dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintidós con la base de tres mil seiscientos setenta dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A., contra Melany Mireya Jara García. Expediente N° 21-006038-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de octubre del año 2021. Mariana Jovel Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2021609365 ).

En este Despacho, con una base de seis mil setecientos noventa y cuatro dólares con noventa y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BFH023, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHJT81VDEU807539, peso vacío: 0, tracción: 4x4, año fabricación: 2014, color: gris, N° motor: D4HADU864873. Para tal efecto, se señalan las 08:45 horas del 15/02/2022. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las 08:45 horas del 23/02/2022, con la base de cinco mil noventa y seis dólares con veintitrés centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las 08:45 horas del 03/03/2022, con la base de mil seiscientos noventa y ocho dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Diana Marcela Rojas Arbeláez, Francisco Lasso Monsalve. Expediente N° 21-006046-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de octubre del 2021.—Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2021609366 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil seiscientos cincuenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: YZG229, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año fabricación: 2018, color: gris, VIN: MALA841CAJM298450, cilindrada: 1200 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero del dos mil veintidós con la base de diez mil novecientos noventa y un dólares con trece centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós con la base de tres mil seiscientos sesenta y tres dólares con setenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Nicole Aguilar Yzaguirre. Expediente N° 21-005796-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de octubre del 2021.—Cinthia Sáenz Valerio, Jueza Decisora.—( IN2021609367 ).

En este despacho, con una base de tres millones cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos noventa colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 272917, marca: Hyundai, estilo: HD 65, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, serie: KMFGA17PPDC216608, caja cerrada o furgón, tracción: 4X2, año fabricación: 2013, color: blanco. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de enero de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos dos mil doscientos sesenta y siete colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dos de febrero de dos mil veintidós con la base de ochocientos sesenta y siete mil cuatrocientos veintidós colones con sesenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Rónald Francisco Ávila Navarro contra Enrique Miguel Barrientos Barrantes, expediente N° 21-002724-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de abril del año 2021.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza Decisora.—( IN2021609393 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos noventa y dos mil novecientos sesenta y un colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número sesenta y cinco mil seiscientos veintisiete, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: lote para construir 1 casa. Situada en el distrito 1-Tilaran, cantón 8-Tilaran de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Bienvenido Murillo Herrera, sur, calle con 11 metros 70 centímetros, este, Bienvenido Murillo Herrera, oeste, Humberto Rodríguez y otro. Mide: ciento cincuenta y siete metros con setenta y siete decímetros cuadrados, plano: G-0667494-1987 identificador predial: 508010065627. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos veintiún colones con ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós, con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y ocho mil doscientos cuarenta colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Ángel Fernando Rodríguez Pérez. Expediente N° 21-002701-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuatro minutos del trece de octubre del dos mil veintiuno.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021609398 ).

En este Despacho con una base de ciento veinticinco mil dólares ($125.000.00), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a venta judicial la finca del partido de: Guanacaste, matrícula número: 69382, derecho 001 y 002, la cual es terreno: Solar. Situada en el Distrito: Sámara, Cantón: Nicoya, de la provincia de: Guanacaste. finca se encuentra en zona catastrada. colinda: al norte: calle pública; al sur: Ulpiano Hernández Hernández; al ESTE: Ulpiano Hernández Hernández y al oeste: Ulpiano Hernández Hernández. Mide: dos mil quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de enero del año dos mil veintidós (13:30 HRS, 26/01/2022). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la venta judicial. Se realiza la venta judicial, por ordenarse así en proceso ordinario de Inversiones el Comanche del Pacifico S.A contra sucesión de Enardo Arenas Sánchez. Expediente:17-000015-0390-CI. Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ordinario de contra Expediente:17-000015-0390-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y siete minutos del ocho de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Carlos Eduardo Arce Matarrita, Juez.—( IN2021609419 ).

En este Despacho, con una base de once millones novecientos noventa y cuatro mil setenta colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, sumaria: 19-009771-0174-TR (Boleta: 201981400791); sáquese a remate el vehículo placa: CLC728, marca: Chery, estilo: Tiggo 2, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie, VIN y chasis: LVVDB21B6LE002453, tracción 4X2, año: 2019, carrocería: todo terreno, 4 puertas, color: negro. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del doce de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil veintidós, con la base de ocho millones novecientos noventa y cinco mil quinientos cincuenta y tres colones con cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil veintidós, con la base de dos millones novecientos noventa y ocho mil quinientos diecisiete colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Cristian Alonso Saborío Cedeño. Expediente N° 21-000370-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 de octubre del 2021.—Licda. Floryzul Porras Lopez, Jueza.—( IN2021609439 ).

En este Despacho, con una base de doce mil seiscientos veinte dólares con cincuenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 912336, marca: Chevrolet, estilo: Cruze, tracción: 4X2, N° chasis: KL1PD5C58CK551056, año fabricación: 2012, color: gris. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticinco de enero de dos mil veintidós, con la base de nueve mil cuatrocientos sesenta y cinco dólares con cuarenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dos de febrero de dos mil veintidós, con la base de tres mil ciento cincuenta y cinco dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ S. A. contra Carlos Luis Espinoza Mosquera. Expediente N° 18-005408-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: quince horas con veinticinco minutos del quince de setiembre del dos mil veintiuno.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021609477 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ciento cincuenta y un dólares con sesenta y cuatro centavos, soportando infracciones/ colisiones bajo las citas 16-001025-0373-TC, 19-009867-0489-TR, sáquese a remate el vehículo placas BDV340, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GL, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año: 2014, carrocería: todo terreno 4 puertas, color: beige, tracción: 4x4. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós, con la base de diez mil seiscientos trece dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de febrero del dos mil veintidós, con la base de tres mil quinientos treinta y siete dólares con noventa y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A contra Yozhimar Gerardo Reid Mena. Expediente N° 20-014652-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de noviembre del 2021.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021609478 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y ocho millones treinta y cuatro mil trescientos cuarenta colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas 0358- 00009934-01- 0903-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) anotada bajo las citas 2015-00073871-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 53113-000, , la cual es terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 34 metros; al sur, Ganadería Chogun S.A; al este Ganadería Chogun S. A., y al oeste, Jesusita Mayela Pacheco Olsen, Ganadería Chocun S. A. Mide: mil sesenta y cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del diez de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintidós con la base de cincuenta y un millones veinticinco mil setecientos cincuenta y cinco colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintidós con la base de diecisiete millones ocho mil quinientos ochenta y cinco colones con quince céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Roberto Molina Pacheco. Expediente N° 17-005923-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 03 de diciembre del año 2021.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2021609629 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y tres millones ochocientos ochenta y cinco mil quinientos once colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 400-19713-01-0802-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00423814-000, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito 3-La Trinidad, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Asociaciones de Desarrollo La Trinidad y de Parasito; al sur, resto destinado a calle pública con un frente de 7 metros 50 centímetros; al este, Suministros E Inversiones del Pacífico Sociedad Anónima, y al oeste, Suministros E Inversiones del Pacífico Sociedad Anónima. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. Plano: SJ-1972632-2017. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del veintiséis de enero del dos mil veintidós, con la base de treinta y dos millones novecientos catorce mil ciento treinta y tres colones con veintiocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del tres de febrero del dos mil veintidós, con la base de diez millones novecientos setenta y un mil trescientos setenta y siete colones con setenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Karla Ginnette Mata Sánchez. Expediente N° 20-000732-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 20 de octubre del 2021.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2021609630 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de siete millones doscientos veintisiete mil ochocientos ochenta y seis colones con cuarenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando servidumbre trasladada a las citas 0403-0019815- 01-0915-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 416833-000, la cual es terreno lote 86 f para construir. Situada en el distrito 03 Dulce Nombre de Jesús, cantón Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 87 F; al sur, Juan Carlos Bonilla Montero; al este, Walter García Quirós y Luz Argentina Rodríguez Sibaja y al oeste, calle publica con frente de 8.5 metros. Mide: ciento veintiocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil veintidós con la base de cinco millones cuatrocientos veinte mil novecientos catorce colones con ochenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del siete de febrero de dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos seis mil novecientos setenta y un colones con sesenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Mauricio Acuña Gómez. Expediente N° 21-001645-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 29 de octubre del año 2021.—Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—( IN2021609631 ).

En este Despacho, con una base de trece millones ciento setenta y ocho mil setecientos sesenta y siete colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 241-07723-01-0901-001, 339-05848-01-0927-001, 349-07499-01-0235-001, 364-15578-01-0803-001, 364-15578-01-0826-001; servidumbre dominante bajo las citas: 339-05848-01-0928-001, 339-13169-01-0022-001, 349-07499-01-0213-001, 349-07499-01-0218-001, 349-07499-01-0234-001, 349-07499-01-0236-001, 349-07499-01-0244-001, 349-07499-01-0249-001, 356-01059-01-0913-001, 366-07889-01-0009-001, 371-08784-01-0005-001; servidumbre de alero bajo las citas: 340-17426-01-0005-001, 344-16382-01-0007-001; servidumbre sirviente bajo las citas: 341-14441-01-0905-001, 342-12893-01-0023-001, 349-07499-01-0195-001, 349-07499-01-0212-001, 349-07499-01-0233-001, 349-07499-01-0239-001, 349-07499-01-0246-001, 349-07499-01-0248-001, 353-12262-01-0032-001, 356-01059-01-0914-001, 366-07889-01-0010-001, 371-08784-01-0007-001; servid. de alero. ref.: 00327565 000 bajo las citas: 351-09587-01-0905-001; servid. de alero ref.: 00350726-000 bajo las citas: 365-12999-01-0903-001; servid. de alero. ref.: 00350926-000 bajo las citas: 365-12999-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00545637-000, la cual es terreno para construir con una casa lote seiscientos setenta y dos, Urbanización Hatillo Ocho. Situada: en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU y alameda diecisiete; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, alameda diecisiete. Mide: cuarenta y cuatro metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del once de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del diecinueve de enero del dos mil veintidós, con la base de nueve millones ochocientos ochenta y cuatro mil setenta y cinco colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós, con la base de tres millones doscientos noventa y cuatro mil seiscientos noventa y un colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan Luis González Oviedo, Kattia María Solano González. Expediente N° 21-002523-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 13 de octubre del 2021.—Licda. Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza.—( IN2021609632 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones ciento setenta y un mil doscientos sesenta y un colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 149809-000, la cual es naturaleza: terreno para construir bloque-C, lote cuatro con una casa. Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: lote 3 C; al sur: lote 5 C; al este: lote 37 C; y al oeste: calle pública. Mide: ciento cincuenta y un metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintidós, con la base de treinta y tres millones ciento veintiocho mil cuatrocientos cuarenta y seis colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del ocho de febrero de dos mil veintidós, con la base de once millones cuarenta y dos mil ochocientos quince colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Esteban Mauricio Quirós Loaiza. Expediente N° 20-014851-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de octubre del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021609633 ).

En este despacho, con una base de cinco millones ciento treinta y siete mil setecientos setenta y cinco colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 384-09107-01-0904-001 servidumbre trasladada citas: 384-09107-01-0905-001 servidumbre trasladada citas: 384-09107-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 318567-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 5-Palmira, cantón 11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Nautilio Blanco Alpízar; al sur, calle pública con un frente a ella de 31 metros; al este, Maribel Varela Soto y Carlos María Varela Rodríguez y al oeste, Nautilio Blanco Alpízar. Mide: cuatrocientos cincuenta y un metros con dieciocho decímetros cuadrados plano: A-0377188-1997 identificador predial: 211050318567. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del ocho de febrero de dos mil veintidós con la base de tres millones ochocientos cincuenta y tres mil trescientos treinta y un colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno con la base de un millón doscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan Eloy Segura Jiménez, Viviana Mayela Varela Soto. Expediente N° 21-002520-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta minutos del veintinueve de octubre del dos mil veintiuno.—Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—( IN2021609634 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones seiscientos cincuenta y un mil quinientos cincuenta y ocho colones con cincuenta y ocho céntimos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 382-19384-01-0810-001, hipoteca de primer grado bajo las citas: 2013-62110-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 378961-000, la cual es terreno para construir con una casa número treinta-D destinada a vivienda. Situada en el distrito 9-Pavas, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 8m, sur, Productos Demasa, este, lote 29D, oeste, lote 31D. Mide: ciento treinta y ocho metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del dieciocho de enero del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del veintiséis de enero del año dos mil veintidós con la base de siete millones doscientos treinta y ocho mil seiscientos sesenta y ocho colones con noventa y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del tres de febrero del año dos mil veintidós con la base de dos millones cuatrocientos doce mil ochocientos ochenta y nueve colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Sara Inés Ramírez Vargas, Wilbert Gerardo Trejos Chaverri. Expediente N° 21-001115-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de mayo del año 2021.—Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2021609635 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y un millones ciento cincuenta y dos mil ciento doce colones con treinta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 118962-000, la cual es terreno solar, jardín y casa. Situada en el distrito 6-Guadalupe (Arenilla), cantón 1-Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: lote 19; al sur. lote 17; al este: Arturo Calderón Tencio; y al oeste. calle pública con 7 m. Mide: ciento cuarenta y dos metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del diecinueve de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del veintisiete de enero de dos mil veintidós, con la base de treinta millones ochocientos sesenta y cuatro mil ochenta y cuatro colones con veintisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos (01:30 p.m.) del cuatro de febrero de dos mil veintidós, con la base de diez millones doscientos ochenta y ocho mil veintiocho colones con nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Adrián Francisco Gómez Cordero. Expediente N° 19-006925-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 8 de diciembre del 2021.—Lic. Allan Barquero Duran, Juez Tramitador.—( IN2021609636 ).

En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 311-09950-01-0901-001, servidumbre de paso citas: 2011-94331-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 2014-40324-01-0008-001, servidumbre de paso citas: 2018-212911-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2019-45425-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 177642-000, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 4-Aguas Zarcas, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con Julio Cesar Esquivel Barrantes, calle pública, servidumbre de paso, Orlando Ramírez Mena y lote segregado; al sur, con Julio Cesar Esquivel Barrantes, Orlando Ramírez Mena, Virginia Jara, servidumbre de paso y quebrada Las Pericas; al este, con Julio Cesar Esquivel Barrantes, Carlos Sibaja, Orlando Ramírez, Municipalidad de San Carlos, quebrada Las Pericas, Orlando Ramírez Mena, y al oeste, con Julio Cesar Esquivel Barrantes, calle pública, servidumbre de paso, Orlando Ramírez Mena, Elizabeth Ramírez y lote de Orlando Ramírez Mena. Mide: nueve mil cuatrocientos diecinueve metros con setenta decímetros cuadrados. Plano: A-0061 208-1992. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós, con la base de nueve millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de febrero del dos mil veintidós, con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francisco Hernández Araya contra Orlando de la Trinidad Ramírez Mena. Expediente N° 21-005852-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta y siete minutos del diecinueve de octubre del dos mil veintiuno.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021609651 ).

En este Despacho, con una base de doscientos quince mil ochocientos veintiún dólares con tres centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 318-05284-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 221843-000, la cual es terreno con una casa de habitación con parqueo, cochera, patio luz, cocina, desayunador, alacena, estudio, pilas, tendido, sala, comedor, tres baños y medio, cuatro dormitorios, walkng closet. Situada en el distrito 3-Sánchez, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Jorge Herrera Lara; al este, calle pública; y al oeste, Urb Los Pinares S. A. Mide: quinientos veinticuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil veintidós con la base de ciento sesenta y un mil ochocientos sesenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós con la base de cincuenta y tres mil novecientos cincuenta y cinco dólares con veintiséis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de banco popular y de Desarrollo Comunal contra Bio Baby Solutions Center Sociedad Anónima, Oscar Eduardo Ureña Díaz, Urpin Plastic Exchange of Central América Sociedad Anónima. Expediente N° 16-022869-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 30 de noviembre del 2021.—Susana Murillo Alpízar, Jueza Tramitadora.—( IN2021609656 ).

En este despacho, con una base de ocho millones trescientos noventa y ocho mil ochocientos veintiséis colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 303138, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir bloque F lote 37. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte lote 38F; al sur, lote 36F; al este calle pública y al oeste lotes 10F y 11F. Mide: ciento cincuenta metros con cinco decímetros cuadrados plano: A-0295395-1995. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del siete de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del quince de febrero de dos mil veintidós con la base de seis millones doscientos noventa y nueve mil ciento diecinueve colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintidós con la base de dos millones noventa y nueve mil setecientos seis colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Francisco de Jesús Alpízar Calvo. Expediente N° 21-003881-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta minutos del veintiséis de abril del dos mil veintiuno.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza Decisora.—( IN2021609657 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y dos millones cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta y dos colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 394388, derecho 000, la cual es terreno con una vivienda. Situada: en el distrito 07-San Isidro, cantón 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gerardo Fernández Cruz; al sur, A F G F Crufer Sociedad Anónima; al este, calle pública con un frente de veinticinco metros, y al oeste, Gerardo Fernández Cruz. Mide: mil doscientos treinta y tres metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós, con la base de treinta y un millones quinientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y seis colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintidós, con la base de diez millones quinientos catorce mil ochocientos ochenta y cinco colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rodrigo Gerardo Fernández Salas. Expediente N° 21-001211-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 18 de octubre del 2021.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza.—( IN2021609658 ).

A las ocho horas treinta minutos del once de febrero de dos mil veintidós, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0322-00000122-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2012-00291694-01-0035-001, con la base de setenta y un millones doscientos once mil trescientos cincuenta y cuatro colones diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré: la finca hipotecada del partido de Alajuela, matrícula de folio real número ciento ochenta y tres mil trescientos treinta y dos-cero cero cero, sita en Pocosol, distrito trece de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela, que es terreno para agricultura. Colinda al norte, camino público y lotes 4 y 5 segregados; al sur, Jerónimo Barquero Ugalde y lotes 4 y 6 segregados; al este, camino público y Jerónimo Barquero y lotes 3, 4, y 5 segregados; y al oeste, Jerónimo Barquero Ugalde y lotes 4 y 5 segregados. Mide ciento ochenta y seis mil setecientos un metros con cero decímetros cuadrados. Plano A-1578321- 2012. Propietario Miguel Serrano Campos. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cincuenta y tres millones cuatrocientos ocho mil quinientos quince colones sesenta y dos céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de diecisiete millones ochocientos dos mil ochocientos treinta y ocho colones cincuenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de marzo de dos mil veintidós. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Miguel Gerardo Serrano Alfaro y otro. Expediente N° 19-000221-0298-AG. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad Quesada, 25 de noviembre de 2021.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609702 ).

A las ocho horas treinta minutos del once de febrero de dos mil veintidós, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0322-00000122-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2012-00291694-01-0035-001, con la base de setenta y un millones doscientos once mil trescientos cincuenta y cuatro colones diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré: la finca hipotecada del Partido de Alajuela, matrícula de folio real número ciento ochenta y tres mil trescientos treinta y dos-cero cero cero, sita en Pocosol, distrito trece de San Carlos, cantón diez de la Provincia de Alajuela, que es terreno para agricultura, colinda al norte: camino público y lotes 4 y 5 segregados, al sur: Jerónimo Barquero Ugalde y lotes 4 y 6 segregados, al este: camino público y Jerónimo Barquero y lotes 3, 4, y 5 segregados, y al oeste Jerónimo Barquero Ugalde y lotes 4 y 5 segregados. Mide ciento ochenta y seis mil setecientos un metros con cero decímetros cuadrados. Plano A-1578321- 2012. Propietario Miguel Serrano Campos. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cincuenta y tres millones cuatrocientos ocho mil quinientos quince colones sesenta y dos céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de diecisiete millones ochocientos dos mil ochocientos treinta y ocho colones cincuenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de marzo de dos mil veintidós. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Miguel Gerardo Serrano Alfaro y otro. Expediente Nº 19-000221-0298-AG. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 25 de noviembre de 2021.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609703 ).

A las ocho horas treinta minutos del once de febrero de dos mil veintidós, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0322-00000122-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2012-00291694-01-0035-001, con la base de setenta y un millones doscientos once mil trescientos cincuenta y cuatro colones diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré: la finca hipotecada del Partido de Alajuela, matrícula de folio real número ciento ochenta y tres mil trescientos treinta y dos- cero cero cero, sita en Pocosol, distrito trece de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela, que es terreno para agricultura, colinda al norte, camino público y lotes 4 y 5 segregados, al sur, Jerónimo Barquero Ugalde y lotes 4 y 6 segregados, al este, camino público y Jerónimo Barquero y lotes 3, 4, y 5 segregados, y al oeste, Jerónimo Barquero Ugalde y lotes 4 y 5 segregados. Mide: ciento ochenta y seis mil setecientos un metros con cero decímetros cuadrados. Plano: A-1578321-2012. Propietario Miguel Serrano Campos. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cincuenta y tres millones cuatrocientos ocho mil quinientos quince colones sesenta y dos céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de diecisiete millones ochocientos dos mil ochocientos treinta y ocho colones cincuenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de marzo de dos mil veintidós. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Miguel Gerardo Serrano Alfaro y otro. Expediente N° 19-000221-0298-AG. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 25 de noviembre de 2021.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021609708 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de veintiún millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y nueve mil ochocientos noventa y dos, derecho 000, naturaleza: lote para construcción de vivienda de interés social. Situada en el distrito 12-Tambor; cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte: lote sesenta y cinco; sur: alameda el bajo; este: lote setenta y cinco; oeste: lote setenta y tres. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de febrero de dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintidós, con la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra María De Los Ángeles Morales Hernández. Expediente: 18-030874-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de abril del 2021.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2021609713 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y seis mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 403-11259-01-0910-001 y calle ref: 00073863 000 citas: 403-11259-01-0911-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 196752-000, la cual es lote veintiocho-A terreno para construir. Situada en el distrito: 05-Concepción, cantón: 03-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Coto y Compañía S. A.; al sur, calle pública; al este, lote número 29-A Urbanización Vistas del Este; y al oeste, lote número 27-A Urbanización Vistas del Este. Mide: doscientos treinta y tres metros con setenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós con la base de sesenta y cuatro mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil veintidós con la base de veintiún mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Grupo Anibre S. A., José Patricio Moya Cubero. Expediente N° 20-014761-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de noviembre del 2021.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021609714 ).

En este Despacho, con una base de diez millones novecientos treinta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento veinticinco mil trescientos noventa y siete derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir hoy con una casa, lote bloque E lote 7-E. Situada en el distrito: 01-Liberia, cantón: 01-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, Avenida Malinche con 8 metros lineales; sur, lote 21-E; este, lote 8-E y oeste, lote 6-E. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Plano: G-0734932-2001. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del trece de enero de dos mil veintidós con la base de ocho millones doscientos tres mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de enero de dos mil veintidós con la base de dos millones setecientos treinta y cuatro mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Bismarck Antonio Díaz Navarro. Expediente N° 21-000909-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuatro minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2021609715 ).

En este Despacho, Con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 508-13515-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 400784 derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 03-Tapezco, cantón: 11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Luis Ángel Solís Chaves; al sur Luis Ángel Solís Chaves y servidumbre de paso con frente de 3 mts; al este Luis Ángel Solís Chaves y al oeste Luis Ángel Solís Chaves. Mide: trescientos sesenta y tres metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0909630-2004. identificador predial:211030400784. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintidós, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Andrea María Alfaro Alvarado, Warner Daniel Alvarado Soto. Expediente:21-002194-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y ocho minutos del quince de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2021609716 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas:259-00778-01-0901-001, medianería, citas: 338-12879-01-0004-001, medianería, citas: 394-05594-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento veinte mil dieciséis, derecho 000, la cual es terreno bloque C terreno con una casa lote N.43. Situada en el distrito 8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 5 C; al este, lote 42 C; y al oeste, lote 44 C. Mide: ciento cuarenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas veinte minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas veinte minutos del siete de febrero del dos mil veintidós con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas veinte minutos del quince de febrero del dos mil veintidós con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Mayren Dayana Morera Vásquez. Expediente N° 21-004115- 1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con uno minutos del veinticinco de junio del dos mil veintiuno.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021609717 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 242-08856-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 421-08379-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 421-08379-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número setecientos cinco mil ochocientos sesenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito: 10-Damas, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Julio, Danilo, Albino todos Rojas Chanto; al este, Julio, Danilo, Albino todos Rojas Chanto y al oeste Julio, Danilo, Albino todos Rojas Chanto. Mide: ciento noventa y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del veinticinco de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del dos de febrero de dos mil veintidós con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del diez de febrero de dos mil veintidós con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Kattia María González Otárola. Expediente N° 21-009951-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de julio del año 2021.—Licda. Mariela Iveth Cortés García, Jueza Decisora.—( IN2021609718).

En este Despacho, con una base de setenta y cinco millones sesenta y seis mil ciento seis colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 109480, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 2-San Jose, cantón 6- San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública y Enrique Azofeifa Víquez; al sur, Jorge Vargas, Enredos S. A. y Ángela Monge Bastos; al este, Jorge Vargas y al oeste, Enrique Azofeifa Víquez, Quebrada Cienega. Mide: diecisiete mil quinientos dieciocho metros con veintiocho decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós con la base de cincuenta y seis millones doscientos noventa y nueve mil quinientos ochenta colones con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós con la base de dieciocho millones setecientos sesenta y seis mil quinientos veintiséis colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Con una base de veintinueve millones sesenta y dos mil doscientos catorce colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 234749, derecho 000, la cual es terreno construir con 1 casa.- Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle publica; al sur Condominios; al este lote 5 E y al oeste lote 3 E. Mide: trescientos catorce metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós con la base de veintiún millones setecientos noventa y seis mil seiscientos sesenta colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós con la base de siete millones doscientos sesenta y cinco mil quinientos cincuenta y tres colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Entredos S. A., Pablo Alonso Vargas Acuña, Sociedad de Proyectos La Merced S. A. Expediente N° 19-002874-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 05 de agosto del año 2021.—Iván Tiffer Vargas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021609721 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada 309-01008-01-0901-001, practicado por Demandada Laboral según expediente N° 15-001216-1178-LA, servidumbre de paso 2014-213736-01-0009-001, servidumbre de paso 2014-213736-01-0011-001 y servidumbre de paso 2014-213736-01-0002-001; a las nueve horas treinta minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós, y con la base de dos cientos setenta y nueve millones ochocientos sesenta y siete mil trescientos veintinueve colones con noventa y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 72267-B-000 la cual es terreno de potrero con una casa. Situada en el distrito (6) Guadalupe (Arenilla), cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con calle pública, lote de Adoguines y Bloques ADOBLOG S. A. y Compañía Agrícola Feriola Ángel Limitada; al sur, con Hernán Molina Monge, Sucesores DHF Distribuidora Hermanos Fuentes SRL, lote de Adoquines y Bloques ADOBLOG y Compañía Agrícola Feriola Ángel Limitada; al este, con Porcina Americana y lote de Adoquines y Bloques ADOBLOG S. A.; y al oeste, con Hernán Molina Monge Sucesores, lote de Adoquines y Bloques ADOBLOG S. A. y Compañía Agrícola Feriola Ángel Limitada. Mide: treinta y dos mil ciento veintiséis metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós, con la base de doscientos nueve millones novecientos mil cuatrocientos noventa y siete colones con cincuenta céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintidós con la base de sesenta y nueve millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos treinta y dos colones con cincuenta céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Agricultores Cartagineses CYC del Guarco Sociedad Anónima. Expediente N° 17-011022-1164-CJ.—Juzgado Agrario de Cartago, 11 de noviembre del 2021.—Licda. Rebeca Salazar Alcócer, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609805 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos ochenta y cuatro mil ciento treinta y un colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 312-02771-01-0901-046; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 365279-000, la cual es terreno lote uno, terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito: 7-La Fortuna, cantón: 10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Bolaños y Jiménez S. A.; al sur: calle pública con 26 metros de frente; al este: Agropecuaria del Llano Grande S.A.; y al oeste: calle pública con 15 metros de frente. Mide: trescientos noventa metros cuadrados, plano: A-0696721-2001. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del tres de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del once de octubre de dos mil veintidós, con la base de cinco millones cuatrocientos sesenta y tres mil noventa y ocho colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintidós, con la base de un millón ochocientos veintiún mil treinta y dos colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada COOCIQUE R.L., contra José Alfredo Castro Varela. Expediente N° 21-005434-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y dos minutos del trece de octubre del dos mil veintiuno.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2021609865 ).

En este Despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos en las citas 302-2436-01-0044-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 128687-000, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte calle publica; al sur Victorino Lara Sanchez; al este Emilia Sirlene Flores Obando y al oeste Hernán Sanchez Bejarano.- Mide: trescientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del catorce de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintidós con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Adolfo Navarro Ramírez. Expediente N° 21-000087-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con doce minutos del uno de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Wendy Barrantes Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021609869 ).

En este Despacho, con una base de un millón trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: BGK709, marca: BYD, estilo: F0 GLX-I, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: LC0C14DA8E0002161, carrocería: Sedan, 4 puertas tracción: 4x2 color: blanco. Para tal efecto se señalan las once horas quince minutos del dieciocho de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del veintiséis de enero de dos mil veintidós, con la base de novecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos del tres de febrero de dos mil veintidós, con la base de trescientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A., contra Jaime Alberto Sánchez Bustamante. Expediente N° 21-001351-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre del 2021.—Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021609871 ).

En este Despacho, con una base de dos millones setecientos noventa y dos mil setecientos once colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CL-253375, marca: Toyota, estilo: Tacoma SR5, categoría: carga liviana, año: 2003, color: gris, VIN: 5TEWN72N53Z207968, N° motor: ilegible, cilindrada: 3400cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del trece de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintidós, con la base de dos millones noventa y cuatro mil quinientos treinta y tres colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del uno de febrero de dos mil veintidós, con la base de seiscientos noventa y ocho mil ciento setenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A., contra Heiner Alberto Porras Sibaja. Expediente N° 21-005841-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de noviembre del 2021.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2021609872 ).

En este Despacho, con una base de siete mil doscientos veintitrés dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número: 623749, Marca: Toyota, año 2001, Vin: JT3HN86R4Y0317398, cilindrada 3378 c.c., color: beige. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil veintidós, con la base de cinco mil cuatrocientos diecisiete dólares con noventa y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintidós, con la base de mil ochocientos cinco dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra Bufete Briceño Obando & Asociados Sociedad Anónima. Expediente:09-001357-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cincuenta y seis minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2021609968 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil ochocientos quince dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número CL-220422, Marca: Fotón, año 2007, Vio LVBV8PE607E001928, cilindrada 3.298 c.c., color blanco, categoría carga liviana. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintidós, con la base de seis mil seiscientos once dólares veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de febrero del dos mil veintidós, con la base de dos mil doscientos tres dólares setenta y cinco centavos (25% de la base original) Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA Sociedad Anonima contra Miguel Ángel María Cubillo López. Expediente:09-001362-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cinco minutos del doce de Noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—( IN2021609969 ).

En este Despacho, con una base de trece millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos colones exactos, soportando denuncia OIJ citas: 800-00675576-001 y denuncia OIJ citas: 800-00676166-001, sáquese a remate el vehículo: BTG-416, marca: Suzuki, estilo: Vitara GL PLID Z, serie: TSMYD21SMM815105, tracción: 4x2 capacidad: 5 personas, año de fabricación: 2020, color: negro, vin: TSMYD21SMM815105, N° motor: M16A2338839, cilindrada: 1586 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós, con la base de diez millones noventa y ocho mil doscientos veinticinco colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintidós, con la base de tres millones trescientos sesenta y seis mil setenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores contra Melissa del Carmen Barahona Alvarado. Expediente N° 21-001891-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con veintiséis minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Shirley Montoya Montero, Juez/a Decisor/a.—( IN2021610003 ).

En este Despacho, con una base de treinta mil dólares exactos, soportando citas 402-07502-01-0923-02, soportando las hipotecas de primer grado, hipoteca de segundo grado e hipoteca de tercer grado, sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula número 138319-001 y 002, la cual es terreno agricultura, lote 7. Situada en el distrito Capellades, cantón Alvarado de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: lote 6; al sur. lote 8; al este: calle pública; y al oeste: Río Birris. Mide: treinta y dos mil trescientos treinta y cinco metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintidós, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintidós, con la base de siete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grettel Lutz Cruz y Jorge Arturo Donato Díaz contra Ana Ligia Ramírez Cisneros, Guillermo Enrique Obando Guillén. Expediente N° 17-009702-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de diciembre del 2021.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor—( IN2021610075 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y dos millones cincuenta y nueve mil ciento setenta y cinco colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos cuatro mil treinta y nueve, derecho 000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Rosario, cantón Desamparados, de la provincia de San Jose. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Angel Levi Castro Fallas; al este, Rafael Castro Hidalgo y al oeste, Algel Levi Castro y Álvaro Fallas. Mide: cuatrocientos dieciséis metros con cinco decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintiuno con la base de treinta y un millones quinientos cuarenta y cuatro mil trescientos ochenta y un colones con cincuenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno con la base de diez millones quinientos catorce mil setecientos noventa y tres colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jinnette Milena de los Ángeles Castro Román, Rafael Ángel de la Trinidad Hernández Zúñiga. Expediente N° 21-000124-0217-CI.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 22 de octubre del 2021.—Carlos Alberto Marín Angulo, Juez Tramitador.—( IN202610080 ).

En este Despacho, con una base de seis mil trescientos diecisiete dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes; sáquese a remate el vehículo placas MCB061, marca: Kia, estilo: Picanto, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, número chasis: KNABX512BGT043175, capacidad: 5 personas, 4x2, año: 2016, color: blanco, 1248 C.C. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del doce de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinte de enero del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil setecientos treinta y siete dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós, con la base de mil quinientos setenta y nueve dólares con treinta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Karen Vanessa Jiménez Córdoba. Expediente N° 20-000593-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 07 de setiembre del 2021.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021610086 ).

En este Despacho, con una base de trece millones ocho mil veintisiete colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 539543-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública; al sur: Fulgencio Navarro Brenes; al este: Carmen María Murillo Rojas; y al oeste: Fulgencio Navarro Brenes. Mide: trescientos dos metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintidós, con la base de nueve millones setecientos cincuenta y seis mil veinte colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintidós, con la base de tres millones doscientos cincuenta y dos mil seis colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos para la Educación contra José Pablo Argüello Navarro, Maribel Navarro Granados. Expediente N° 21-003314-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dos minutos del dos de diciembre del dos mil veintiuno.—José Francisco Azofeifa Barrantes, Juez Tramitador.—( IN2021610094 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y tres dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 308-07929-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento ochenta mil ciento sesenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Juan Manuel Villalobos Azofeifa; al sur, calle pública con 6.51 metros de frente; al este, Francisco José Villalobos Azofeifa, y al oeste, Los Nueve de Lagunilla S. A. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince minutos del veintiséis de enero del dos mil veintidós, con la base de treinta y seis mil cuatrocientos noventa y siete dólares con noventa centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del tres de febrero del dos mil veintidós, con la base de doce mil ciento sesenta y cinco dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-102-638434 S.R.L. contra Warner Gershwin Smith West. Expediente N° 21-000626-1044-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: once horas con treinta y nueve minutos del tres de diciembre del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021610149 ).

En este Despacho, con una base de quince mil quinientos treinta y cuatro dólares con cuarenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-289358, marca: Isuzu, categoría: carga liviana, serie: JAA1KR55EG7100401, carrocería: Arenero, tracción: 4x2, número chasis: JAA1KR55EG7100401, año fabricación: 2016, color: blanco, vin: JAA1KR55EG7100401, estilo: QKR55L-EE1AYVT, capacidad: 3 personas. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del doce de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veinte de enero del dos mil veintidós, con la base de once mil seiscientos cincuenta dólares con ochenta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós, con la base de tres mil ochocientos ochenta y tres dólares con sesenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Flor Elena Flores Fuentes, Transportes Ugarte S. A. Expediente N° 20-000133-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: doce horas con cuatro minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021610161 ).

A las nueve horas del dieciocho de febrero del dos mil veintidós, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, en el mejor postor, remataré la siguiente finca hipotecada: 1. Libre de gravámenes hipotecarios y soportando reserva Ley de Caminos Públicos, citas: 517-19730-01-0006-001 y practicado bajo las citas: 800-634511-01-0001-001, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y tres mil novecientos setenta y cuatro de colones con setenta y un céntimos, la finca inscrita en propiedad al partido de Alajuela matrícula número trescientos ochenta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro-cero cero uno-cero cero dos, que es terreno de para construir L-27. Situado: en el distrito uno Los Chiles, del cantón catorce Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, lotes 28, 29, 30; al sur, lote 26; al este, parcela 12; al oeste, calle pública. Plano: A-0324279-1996. Propietarios Santos Gómez Gómez y Maribel Ruiz Condega. Mide: ochocientos cincuenta y dos metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de un millón ochocientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos ochenta colones con setenta y cuatro céntimos, remataré la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos ochenta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro-cero cero uno-cero cero dos, para lo cual se señalan nueve horas del primero de marzo del dos mil veintidós. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de seiscientos trece mil cuatrocientos noventa y tres mil colones con sesenta y siete céntimos, remataré la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos ochenta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro-cero cero uno-cero cero dos, para lo cual se señalan nueve horas del nueve de marzo del dos mil veintidós. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución de Fundación de Unión y Desarrollo de las Comunidades Campesinas contra Santos Gómez Gómez y Maribel Ruiz Condega. Expediente N° 21-000205-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 08 de diciembre del 2021.—William Arburola Castillo, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021610164 ).

En este Despacho, con una base de seis mil novecientos cuatro dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo NBX 357, marca: Nissan, estilo: Xtrail, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, número chasis: JN1JBAT32GW008155, año fabricación: 2016, color: gris, Vin: JN1JBAT32GW008155, N° motor: QR25493967L, cilindrada: 2500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos (02:00 pm) del trece de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos (02:00 pm) del veinticuatro de enero del dos mil veintidós con la base de cinco mil ciento setenta y ocho dólares con diez centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos (02:00 pm) del uno de febrero del dos mil veintidós con la base de mil setecientos veintiséis dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Edwin Andrés Artavia Quirós. Expediente N° 21-005839-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de noviembre del 2021.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2021610168 ).

En este Despacho, con una base de trescientos ochenta y ocho millones ciento cinco mil ochocientos setenta y un colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 564-18215-01-0026-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste (5), matrícula número 150900, derecho -002 , la cual es terreno para agricultura lote D-1.- Situada en el distrito 4-Santa Elena, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste (5). Colinda: al norte, calle pública; al sur, parcela D-6; al este, Río Mairena y al oeste, parcela D-7. Mide: ciento setenta y tres mil setecientos setenta y seis metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos (09:30 a.m.) del trece de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos (09:30 a.m.) del veinticuatro de enero de dos mil veintidós con la base de doscientos noventa y un millones setenta y nueve mil cuatrocientos tres colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos (09:30 a.m.) del uno de febrero de dos mil veintidós con la base de noventa y siete millones veintiséis mil cuatrocientos sesenta y siete colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Mario Alberto Piedra Soto contra Ivania Molina Cerdas Expediente N° 16- 008194-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del año 2021.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2021610185 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres mil setecientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado (citas: 2013-181561-01-0002-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 416615, derecho 000, la cual es terreno de forma irregular, lote 9, bloque S, con una casa de habitación. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 17 metros 10 centímetros de frente; al noreste: lote 8 bloque S de Inmuenles de Residencias Santa Cecilia Pacoti S. A. e Inmuenles de Residencias Santa Cecilia Pacoti S.A; al noroeste, calle pública con 9 metros 16 centímetros de frente y al suroeste, Lote 10 bloque S Inmuenles de Residencias Santa Cecilia Pacoti S. A. Mide: doscientos tres metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós, con la base de cuarenta mil trescientos diecinueve dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós, con la base de trece mil cuatrocientos treinta y nueve dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Andrea María Gómez Gutiérrez. Expediente N° 21-002913-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de abril del 2021.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021610207 ).

En este Despacho, con una base de setenta mil cuatrocientos diecisiete dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada citas: 405-10070-01-0803-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 179569-001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa de habitación-Lote 193-E del Proyecto Residencial Real de Santamaría. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 34 metros 92 centímetros; al sur, Casas números 194 y 228 de Urbanización Real de Santamaría; al este, calle pública con 11 metros 20 centímetros; y al oeste, calle pública con 14 metros 47 centímetros. Mide: cuatrocientos noventa y ocho metros con trece decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintidós con la base de cincuenta y dos mil ochocientos doce dólares con setenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del once de febrero de dos mil veintidós con la base de diecisiete mil seiscientos cuatro dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eduardo Antonio Cascante Manjarres, Xinia Guiselle Barrantes Solano. Expediente N° 19-017854-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2021610208 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones ochocientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta colones con noventa y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BBL-182, marca: Renault, estilo: Koleos, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF1VY0CAVUC374096, año fabricación: 2012, color: beige, N° motor: 2TRA703P081279, cilindrada: 2500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del once de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós con la base de tres millones seiscientos veintiséis mil ciento treinta y ocho colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintidós con la base de un millón doscientos ocho mil setecientos doce colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Bavarian Motors C. R.  S. A. y Afines (ASOBAVARIAN) contra Daniel Enrique Brizuela Molina. Expediente N° 21-001396-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con siete minutos del siete de junio del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021610231 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones cien mil colones exactos, pero soportando servidumbre trasladada citas: 403-14939-01-0941-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246250-001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa de interés social. Situada en el distrito 5-Llanos de Santa Lucía, cantón 2-Paraiso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rose Emile Bouzid Jiménez; al este, Rose Emile Bouzid Jiménez; y al oeste, Rose Emile Bouzid Jiménez. Mide: ciento veinte metros cuadrados. cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos (02:30 pm) del doce de enero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos (02:30 pm) del veinte de enero del dos mil veintidós con la base de seis millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos (02:30 pm) del veintiocho de enero del dos mil veintidós con la base de dos millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Juan Gabriel Bonilla Hidalgo, Stephanie Johanna Maroto Hall. Expediente N° 18-010671-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de octubre del 2021.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021610256 ).

En este Despacho, con una base de trece mil ciento cincuenta y dos dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQB260, marca Chevrolet, capacidad: 5 personas, año: 2018, Vin: MA6CG6CD2JT001712, estilo: Beat LT, color: blanco, cilindrada: 1200 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintidós con la base de nueve mil ochocientos sesenta y cuatro dólares con catorce centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil veintidós con la base de tres mil doscientos ochenta y ocho dólares con cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Genova Trading S. A., contra David Adrián Villanueva Chacón. Expediente N° 19-005332-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: diecisiete horas con veintiocho minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2021610257 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones veintiún mil treinta y nueve colones exactos, soportando denuncia de tránsito, citas 0800 00794536 001, sáquese a remate el vehículo: 891346, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCT41DACU033118, tracción: 4X2, número chasis: KMHCT41DACU033118, año fabricación: 2012. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del uno de marzo de dos mil veintidós, con la base de (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del nueve de marzo de dos mil veintidós, con la base de (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Rodolfo Gerardo Sancho Dittel contra Roger De Los Ángeles Artavia Carmona. Expediente N° 21-002642-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y cuatro minutos del once de noviembre del dos mil veintiuno.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2021610275 ).

En este Despacho, con una base de quinientos ochenta mil setecientos tres colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BBS691. Marca: Mitsubishi Estilo: Eclipse. Categoría: automóvil capacidad: 4 personas. carrocería: Sedan 2 puertas Hatchback. Tracción: 4X2.Motor: 4G64AS4978 Marca: Mitsubishi. Modelo: Eclipse GS. Cilindrada: 2400 c.c cilindros: 4. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del veintisiete de enero del año dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Exportaciones Santamaría S. A. contra Josué Daniel Mena Blandón. Expediente: 21-002137- 1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta y cinco minutos del nueve de Diciembre del dos mil veintiuno.—Mileidy María Calvo Quesada, Jueza Decisora.—( IN2021610277 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: CL-322303, marca: H 100 Porter, color: blanco, categoría: carga liviana, N° de vin, serie y chasis: KMFZSZ7JAAU635301, cilindrada: 2500CC, cilindros: 4, combustible: diesel, año: 2010, carrocería furgón refrigerado. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintidós, con la base de tres millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintidós, con la base de un millón trescientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marco Vinicio Mora Mora contra 3-101-799586 S. A. Expediente N° 21-002833-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con diecinueve minutos del ocho de diciembre del dos mil veintiuno.—Mileidy María Calvo Quesada, Jueza Decisora.—( IN2021610278 ).

En este Despacho, con una base de dos millones novecientos veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BMK378, marca Kia, estilo Soul, año 2012, color blanco, vin KNDJT2A5XC7386486. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del trece de enero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintidós con la base de dos millones ciento noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil veintidós con la base de setecientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Di Lassio Autos S.A. contra Édgar Mauricio Fournier Barrantes, expediente N° 19-020868-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del año 2021.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021610307 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones y referencias citas 304-1938-01-0901-057, servidumbre de paso citas 552-19267-01-0001-001 y 568-75836-01-0029-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil seiscientos cuarenta y tres, derecho 000, la cual es terreno lote 5, terreno de potrero. Situada en el distrito 01-Puerto Cortes, cantón 05-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Quebrada en medio y lote 9 y 10; al sur, servidumbre de paso de 10.00 metros de ancho en medio y lotes 11 y 12; al este, Lote 4 y al oeste, yuro en medio y lotes 9 y 10. Mide: cinco mil ciento dieciocho metros con veintiséis decímetros cuadrados. Plano: P-1087856-2006. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintidós, con la base de seis mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós, con la base de dos mil ciento veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Multiservicios Clemente Sociedad Anónima contra CRC Royal Caoba S. A. Expediente N° 15-000388-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021610318 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones setecientos veinticuatro mil novecientos dieciocho colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos bajo las citas: 447-14970-01-0135-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 327.033-000, la cual es terreno lote 15, terreno para construir, Proyecto Granjas Familiares. Situada en el distrito 1- Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 24; al este, lote 14 y al oeste lote 16. Mide: setecientos cincuenta y cuatro metros con un decímetros cuadrados, plano: A-0298784-1996. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del doce de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós con la base de dieciséis millones doscientos noventa y tres mil seiscientos ochenta y ocho colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintidós con la base de cinco millones cuatrocientos treinta y un mil doscientos veintinueve colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Alejandro Gorgona Mendoza. Expediente N° 21-004637-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con doce minutos del veintisiete de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Shirley Montoya Montero, Jueza Decisora.—( IN2021610326 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y seis mil dólares, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 390783-001-002, la cual es terreno para construir, con una casa. Situada en el distrito 10 Desamparados, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Manuel Gerardo Muñoz Bravo; al sur: lotes 35 y 34 K; al este: avenida primera; y al oeste El Pasito Ltda. Mide: ciento cincuenta metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0867122-2003. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veintiséis de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós, con la base de cuarenta y dos mil dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós, con la base de catorce mil dólares (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alberto José Vargas Molina, Sara Eugenia Del Carmen Delgado Ramírez. Expediente N° 21-001245-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: doce horas con quince minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2021610327 ).

En este Despacho, con una base de seis millones novecientos noventa y cinco mil novecientos cuarenta y un colones con catorce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.:1925-371-001 citas: 284-02909-01-0901-001, servidumbre de paso citas: 447-15573-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento nueve mil cuatrocientos cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Lote 26. Situada en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 44; al sur, calle pública con 10 metros; al este, lote 27 y al oeste, lote 25. Mide: trescientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós con la base de cinco millones doscientos cuarenta y seis mil novecientos cincuenta y cinco colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de un millón setecientos cuarenta y ocho mil novecientos ochenta y cinco colones con veintinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L., contra Jeyson Eduardo Arroyo Ramírez, María Torres Darling. Expediente N° 21-002572-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2021610328 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000105-0689-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de 1. Marilyn Durán Meza, quien es mayor, estado civil: soltera, vecina de Vuelta de Jorco, Aserrí, portadora de la cédula de identidad vigente N° 01-1623-0128, de profesión: ama de casa; y 2. Cynthia María Durán Meza, quien es mayor, estado civil: soltera, vecina de Vuelta de Jorco, Aserrí, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-1503-0644, de profesión: ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es café con una casa. Situada: en el distrito Vuelta de Jorco, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Roberto Durán Monge; al sur, Ronald Durán Castro; al este, Allan Castro Fallas, y al oeste, Rafael Fallas Castro. Mide: mil ochenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2196575-2020. Indican las promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirieron dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo han mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cincuenta años. Que no existen otros condueños, únicamente las promoventes por partes iguales. Que los actos de posesión han consistido en habitar la casa, siembra de café, recolección de café y frutales como limones, mandarinas, guatabas, plátanos, jocotes, chapia, rodajea, fertilización de los árboles, mantenimiento de árboles y mantenimiento de cerca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Cynthia María Durán Meza. Expediente N° 21-000105-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de agosto del 2021.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608012 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000100-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de William Alvarado Delgado quien es mayor, estado civil casado, vecino de San Antonio de Escazú, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0834-0758, profesión Agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Terreno de repastos. Situada en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Río Agres; al sur, calle pública; al este, Lidieth Fernández Vargas y calle pública y al oeste, William Alvarado Delgado. Mide: mil seiscientos treinta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-2272451-2021.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de siete millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de tres años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener los terrenos para aprovechamiento del pasto y el espacio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por William Alvarado Delgado. Expediente N° 21-000100-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 02 de setiembre del año 2021.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza Agraria.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608014 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000088-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rigoberto Fonseca Díaz quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Sabanillas de Acosta, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0389-0179, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de agricultura. Situada en el distrito Sabanillas, cantón Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Karla Adriana Arias Segura; al sur, quebrada sin nombre y Carlos Fonseca Carvajal; al este, calle pública con un frente a ella de dieciocho metros con sesenta y centímetros lineales; y al oeste, Carlos Fonseca Carvajal. Mide: cuatro mil quinientos setenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2139344-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dieciocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de árboles de ciprés y frutales para su comercialización, así como reparación y construcción de cercas y mantenimiento de los árboles frutales, como lo son podas, fertilizaciones y chapeas del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rigoberto Fonseca Díaz. Expediente N° 21-000088-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 05 de agosto del 2021.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608016 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 21-000086-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria para rectificación de medida por parte de Odilia Chacón Muñoz quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Ginebra, Suiza, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0408-0722, profesión pensionada, a fin de rectificar la medida del inmueble inscrito ante el Registro Público de la propiedad a su nombre, del partido de San José, número doscientos ochenta y un mil seiscientos doce-cero cero cero (FR. 1-281612-000), el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es cultivos, tacotal y pasto. Situada en el distrito Mercedes Sur, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Felipe Antonio Badilla Jiménez, Armando Badilla Chacón, María Isabel Badilla Chacón, Iris María Badilla Chacón, Marjorie Badilla Chacón, Mary Badilla Chacón, Lilliana Badilla Chacón, Bernardita Badilla Chacón, José Francisco Badilla Chacón, Rita Badilla Chacón, Ivonne Rocío Moraga Badilla, Esmer Enrique Moraga Badilla; al sur, calle pública con un frente a ella de 354, 70 metros lineales; al este, Felipe Antonio Badilla Jiménez y Andanic Sociedad Anónima y al oeste, Felipe Antonio Badilla Jiménez, Armando Badilla Chacón, María Isabel Badilla Chacón, Iris María Badilla Chacón, Marjorie Badilla Chacón, Mary Badilla Chacón, Lilliana Badilla Chacón, Bernardita Badilla Chacón, José Francisco Badilla Chacón, Rita Badilla Chacón, Ivonne Rocío Moraga, Esmer Enrique Moraga Badilla, Jesús Vindas Masis. Mide: sesenta y ocho mil quinientos cincuenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2280214-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones cada una. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en dar el mantenimiento y todo lo relacionado con la conservación y el buen uso del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Odilia Chacón Muñoz. Expediente N° 21-000086-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de noviembre del año 2021.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608017 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°21-000068-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hernán Antonio Hernández Fallas quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de La Pacaya, Desamparados, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0536-0580, profesión Empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Bosque Agrícola, Galera. Situada en el Distrito San Miguel, Cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur Río Alumbre; al este Yurro y al oeste Edwin Jiménez Cerdas. Mide: seis mil doscientos veinticuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-2122439-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta y siete años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, cuido del terreno, reparación de cercas, siembra de árboles y arbustos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Hernán Antonio Hernández Fallas. Expediente: 21-000068-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 20 de julio del año 2021.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza Agraria.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608018 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 21-000053-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Elner Marino Elizondo Cascante quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Parrita, Puntarenas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número: 01-1165-0016, profesión comerciante , a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es repastos, cultivos. Situada en el distrito Chires, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Parque Nacional La Cangreja; al sur, Edwin Arias Sibaja; al este Parque Nacional La Cangreja y al oeste, calle pública. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados con cuarenta y nueve milímetros, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1006322-2005. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 50 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en darle mantenimiento al terreno, así como todo lo relacionado con la conservación y buen uso del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elner Marino Elizondo Cascante. Expediente N° 21-000053-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 15 de noviembre del año 2021.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza Agraria.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608019 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°21-000047-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan Luis Salazar Rodríguez quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de El Tablazo de San Ignacio de Acosta, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-seis siete ocho-cuatro siete uno, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de café y árboles frutales. Situada en el Distrito Uno-San Ignacio, Cantón Doce-Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte Margarita Salazar Granados; al sur Oscar Salazar Rodríguez; al este Oldemar Salazar Rodríguez y al oeste calle pública con ochenta y cinco metros y sesenta y dos centímetros, César Johan Quesada Díaz, Carlos Ramírez Ramírez, Orlando Cruz Picado y Alexis Arias Álvarez. Mide: Seis mil ochocientos cuarenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2298366-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de café y árboles frutales y maderables, recolección de frutas, chapia, rodajea, fertilización, y mantenimiento de árboles y cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Juan Luis Salazar Rodríguez. Expediente: 21-000047-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 31 de agosto del año 2021.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608020 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000042-0689-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Vinicio Hernández Agüero, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Grifo Alto, Puriscal, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 1-0757-0462, profesión pasto y tacotal, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pasto y tacotal. Situada en el distrito Grifo Alto, cantón Puriscal de la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública con un frente de 50.2 metros y Ramón Alberto Hernández Agüero; al sur: Elizabeth Mora Rodríguez y en medio un yurro en parte; al este: Denis Santiago Hernández Agüero y Elizabeth Mora Rodríguez; y al oeste: Elizabeth Mora Rodríguez, parte Quebrada Mora, parte escorentia. Mide: cuatro hectáreas ocho mil ciento sesenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° SJ-2250513-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno debidamente deslindado de los demás terrenos colindantes, mediante cercas con alambres de púas y carriles amplios y visibles, e igualmente mediante la conservación de buena parte del terreno que ha sido destinado a repastos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria, promovida por José Vinicio Hernández Agüero. Expediente N° 21-000042-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de julio del 2021.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza Agraria.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608022 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000041-0689-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis Gerardo Prado Duran, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Ceiba Alta De Acosta, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 01-0978-0442, profesión oficial de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es potrero y montaña. Situada en el distrito vuelta de Jorco, cantón Aserrí de la provincia de San José. Colinda: al norte: Román Naranjo Venegas y Hermes Picado Portuguez; al sur: Hugo García Méndez y Emilio Díaz Gamboa; al este: Román Naranjo Venegas, Luis Naranjo Portuguez y Melvin Humberto Naranjo Portuguez, y al oeste: Quebrada Roble. Mide: 10ha. 7550 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2219547-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de trece años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y chapea. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Gerardo Prado Duran. Expediente N° 21-000041-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 1° de junio del 2021.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608023 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°20-000113-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Mario Alberto Fallas Durán quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de San José, Acosta, San Ignacio, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0776-0789, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de cítricos, tacotal. Situada en el distrito Quinto Sabanillas, cantón Doce Acosta, de la provincia de San Jose. Colinda: al norte, Mario Humberto Mora Mora; al sur, Lucas Rodríguez; al este, calle pública, con un frente a ella de 31.09 metros lineales y al oeste, Río Parrita. Mide: ochocientos veintitrés metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-2123926-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por una cesión de derechos de Agroveterinaria La Fila, S. A., y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de quince años, sumando la posesión de su anterior propietario. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la siembra de cítricos como Limón Mecino, Naranjilla, bananos, plátanos, pipas, todos estos productos se comercializan en la época que hay cosecha además de ser para la agricultura familiar o de subsistencia, además de todos los cuidados que requiere la finca, como limpieza, chapea, hierbicea, cosechar, abonar y atomizar. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mario Alberto Fallas Durán. Expediente N° 20-000113-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de noviembre del año 2020.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608025 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000090-0689-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Carmen Sergio Rodríguez Fallas, quien es mayor, estado civil: casada una vez, vecino de Puntarenas, Parrita, La Vascónica, trescientos metros al sur de la Escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0706-0173, profesión: agricultor; y Fausto de la Trinidad Rodríguez Fallas, quien es mayor, estado civil: casada una vez, vecino de Puntarenas, Parrita, La Vascónica, trescientos metros al sur de la Escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0596-0941, profesión: agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es bosque. Situada: en el distrito San Miguel, de Chires, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Desarrollo Agroindustrial Las Alturas Limitada; al sur, Laura de los Ángeles Cruz Fuentes; al este, quebrada sin nombre en medio con Desarrollo Agroindustrial Las Alturas Limitada, y al oeste, Desarrollo Agroindustrial Las Alturas Limitada. Mide: cuarenta y ocho mil ochocientos ochenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-dos millones doscientos diez mil treinta y ocho-dos mil veinte. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones cada una. Que adquirieron dicho inmueble mediante posición originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen más codueños. Que los actos de posesión han consistido en darle mantenimiento al terreno, así como todo lo relacionado con la conservación y el buen uso del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovido por Carmen Sergio Rodríguez Fallas y Fausto de la Trinidad Rodríguez Fallas. Expediente N° 20-000090-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de noviembre del 2020.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608026 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°16-000009-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Nuria María Naranjo Castro quien es mayor, estado civil casada segunda vez, vecina de Barrio Cuba, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0508-0278, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de café y árboles frutales. Situada en el Distrito Vuelta De Jorco, Cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte José Miguel Quirós Solano; al sur Amado Naranjo Abarca; al este Doris Fallas Cascante y al oeste calle pública con un frente a ella de ochenta y siete metros con ochenta y siete centímetros lineales. Mide: nueve mil seiscientos veinticuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-1676957-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuatro años, sumando la posesión derivada al momento de adquirir el inmueble, sumando más de cuarenta años en total años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en ser de forma pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueño durante el período de posesión, dándose mejoras al cercado, chapias, deslindado, recolección de frutas para uso doméstico, siembre de café y recolección del mismo, así como las asistencias de abono de café con árboles frutales, guineo, banano siembra y corta de caña de azúcar. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Nuria María Naranjo Castro. Expediente: 16-000009-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 03 de setiembre del año 2021.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608027 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-100129-0217-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carlos María Navarro Segura, quien es mayor, estado civil separado de hecho , vecino de Tarbaca, Aserrí, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 01-0214-0910, profesión: Agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es: Terreno de café. Situada en el distrito 3 Ojo de Agua, cantón 6 Vuelta de Jorco, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de ochenta y cuatro metros con ochenta y un centímetros; al sur, Bendición Koveda S.A.; al este, Rosibel Marín Quirós, Rafael Heinner Retana Vargas y Gaby Alejandra Campos Cruz, y al oeste, Cristina Navarro Segura, conocida como María De Los Ángeles Navarro Segura. Mide: seis mil ciento cincuenta y ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° SJ-228106-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 40 años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en: cuidar y conservar el inmueble y ejercer todos los actos propios de dominio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Carlos María Navarro Segura. Expediente N° 11-100129-0217-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de noviembre del 2021.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza Agraria.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608029 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°21-000070-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis Diego Hernández Vargas quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Salitrillos, Montes De Oca, San José, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-1362-0629, profesión Agente de Seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es cultivos con una casa. Situada en el Distrito Guaitil, Cantón Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte identificador predial 11202008972400, identificador predial 11206268500 y Yurro; al sur calle pública con un frente a ella de 2.24 metros lineales; al este identificador predial 11202008972400 y al oeste identificador predial 1120206268500 y calle pública con un frente a ella de 96.03 metros lineales. Mide: setenta y cinco mil quinientos cincuenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2213623-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de catorce años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de pasto, árboles maderables, chapia, rodajea, fertilización de los árboles, mantenimiento de árboles, mantenimiento de cercas, así como siembra de cítricos, como mandarinas, limón, naranja, marañón, caña, plátano y banano. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Expediente: 21-000070-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de julio del año 2021.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608030 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000041-0689-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Luis Gerardo Prado Durán quien, es mayor, estado civil: casado una vez, vecino de Ceiba Alta de Acosta, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0978-0442, profesión: oficial de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero y montaña. Situada: en el distrito Vuelta de Jorco, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Román Naranjo Venegas y Hermes Picado Portuguez; al sur, Hugo García Méndez y Emilio Díaz Gamboa; al este, Román Naranjo Venegas, Luis Naranjo Portuguez y Melvin Humberto Naranjo Portuguez, y al oeste, quebrada Roble. Mide: 10ha. 7550 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2219547-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de trece años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y chapea. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Luis Gerardo Prado Durán. Expediente N° 21-000041-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 01 de junio del 2021.—Dra. María Vanessa Fisher, González, Jueza. —1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608189 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21- 000290-0296-CI donde se promueve información posesoria por parte de Edgar Vargas Rojas quien es mayor, pensionado, casado, vecino de Palmares, portador de la cédula número 2-0247-0668, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de solar, casa y piscina. Situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares. Colinda: al norte con Grupo Famvaro, S.A; al sur con Tania María Vásquez Jiménez; al este con Los Carracos, S.A, Oscar Gerardo Rojas Vargas, María del Carmen Rojas Vargas, Gladys María del Carmen Rojas Vargas, María Magdalena Rojas Vargas, Grace María Rojas Vargas y Dayra María Rojas Vargas y al oeste con calle pública con un frente de treinta y nueve metros con once centímetros lineales. Mide: mil ochocientos seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinticinco millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de los linderos, corta de árboles y limpieza de maleza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Edgar Vargas Rojas. Expediente N° 21-000290-0296-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 07 de diciembre del año 2021.—Msc. José Pablo Quesada Padilla, Juez.—1 vez.—( IN2021609515 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21- 000432-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Orlando Rodríguez Arroyo quien es mayor, estado civil casado una vez, comerciante, vecino de Santa Gertrudis Norte, Grecia, Alajuela, portador de la cédula número 0104660689, comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno solar. Situada en el distrito Tercero Sardinal, cantón Quinto Carrillo. Colinda: al norte con calle pública con un frente de veinticinco metros con sesenta y nueve centímetros lineales; al sur con Orlando Rodríguez Arroyo; al este calle pública con un frente de ocho metros con ochenta centímetros lineales y al oeste con Miguel Odir Contreras Gutiérrez. Mide: doscientos veintiuno metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir con plano catastrado número G-2255341-2021 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido, cercado, limpieza, rondas, chapias, mantenimiento general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Orlando Rodríguez Arroyo. Expediente N° 21-000432-0388-CI-0.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión quince horas con treinta y cinco minutos del veintisiete de octubre del dos mil veintiuno.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2021609519 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21- 000382-0642-CI donde se promueve información posesoria por parte de María Luisa Montiel Chaves quien es mayor, divorciada, vecina de Montes de Oro, portadora de la cédula número 0105160866, de oficios domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno con solar y una casa. Situada en el distrito Montes de Oro, cantón Motes de Oro. Colinda: al norte con Lucía Miranda Sandoval; al sur con Victoria Prado Castro; al este con calle pública con frente a ella de ocho metros con cincuenta y nueve centímetros y al oeste con José Luis Mora Zúñiga. Mide: doscientos sesenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir P-2259013- 2021 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble P-2259013- 2021, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en reparación de cercas y mantenimiento de casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Luisa Montiel Chaves. Expediente N° 21-000382-0642-CI-6.—Juzgado Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión catorce horas con cincuenta minutos del dos de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Diana Sánchez Cubero, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021609603 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000070-1143-CI donde se promueve información posesoria por parte de Octavio Ordoñez Meléndez quien es mayor, estado civil divorciado una vez, agricultor, vecino de Alajuela, Upala, El Rosario, portador de la cédula número 0502140782, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Las Delicias, cantón Upala. Colinda: al norte con Xinia Molina Meza; al sur con Karol Oporta Gutiérrez; al este con calle pública, con cuarenta y cinco metros lineales y al oeste con calle pública, con veintidós metros lineales. Mide: mil ciento veintitrés metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapear, delimitar las colindancias. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Octavio Ordoñez Meléndez. Expediente N° 21-000070-1143-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Civil), 20 de octubre del año 2021.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—( IN2021609616 ).

Citaciones

Se hace saber: en esta notaría del notario público Licenciado José Eduardo Diaz Canales, se tramita proceso sucesorio notarial de quien en vida se llamó: Jesús María Castro Mejías, quien fuera soltera, del hogar, con cédula de identidad cinco-cero cero setenta y tres-cero seiscientos cincuenta y ocho, vecina de Astúa Pirie de Cariari de Pococí. Se indica a las personas, herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso sucesorio, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación del edicto. Notaría del notario público Licenciado José Eduardo Díaz Canales. Expediente N° 21-000002-SN.—Guápiles de Pococí, 3 de diciembre del 2021.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—( IN2021607867 ).                                                                               3 v.2.

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Oscar Eduardo Corrales Solís, cédula de identidad 112580258 y quien falleció el 29 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001415-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Oscar Eduardo Corrales Solís.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 08 de noviembre del año 2021.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609705 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Luis Jiménez Pérez, mayor, estado civil casado una vez, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0202210187 y vecino de Toro Amarillo y de Odilie González Tenorio, mayor, estado civil, viuda una vez, jefa del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 7- 0045-0951, vecina de Toro Amarillo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000465-0930-CI - 0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de noviembre del año 2021.—Lic. Luis Gabriel Del Carmen Quirós Soto, Juez.—1 vez.—( IN2021609235 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Tito Zamora Baltodano, mayor, viudo, vecino de Cañas Guanacaste, frente a la UNED, comerciante, cédula cinco- ciento siete- trescientos veintitrés, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidades de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente N° 01-2021.—José Ronny Sandí Chavarría, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609369 ).

Por acta de apertura ante esta notaría, por Michael Roger Aguilar Araya de las nueve horas del nueve de diciembre del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Marlene Montero Suarez, cédula seis cero dos cuatro seis cero dos cuatro siete, esta notaría declara abierto proceso sucesorio ab intestato. Con expediente dos mil veintiuno-cero cero uno, Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, del Lic. Walter Garita Quirós.—San José, La Uruca, trescientos sur del Lagar, nueve de diciembre.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609378 ).

Se cita y emplaza a quien interese el sucesorio notarial extraprotocolario, de quien fue Ana Isabel Alfaro, que al morir era mayor, ama de casa, divorciada una vez, vecina de San Vicente de Moravia, Apartamentos Coragua número cuatro y cédula: 203050547, para que en un plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente a esta publicación, comparezcan a mí notaría, sita en San José, Carmen, Condominio Doña Lolita, segundo Piso, Oficina cinco, Avenida Central, calles 29 y 33, a hacer valer sus derechos, pasado el plazo, se declarará herederos a quien corresponda.—Dennis Francisco Alvarado Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2021609391 ).

El día de hoy, seis de diciembre de dos mil veintiuno, compareció ante mí la señora Rebeca del Rocío Rodríguez Palomo, mayor, casada dos veces, orientadora, cédula uno-ochocientos veinte-ochocientos ochenta, vecina de San José, Catedral, avenida 28, calles 7 y 9, casa 710, en su condición de Albacea de quien en vida fuera Eduardo Rodríguez Barquero, cédula 1-0276-0144 y la señora Elizabeth Palomo Bonilla, cédula 1-0380-0513, ambos mayores, casados una vez, pensionados, vecinos del mismo domicilio anterior, quienes fallecieron el 27 de octubre de 2003 y el 21 de abril de 2021, respectivamente. La señora Rodríguez Palomo que como Albacea procederá a realizar inventario de los bienes de los causantes. El notario hizo constar las anteriores declaraciones en su protocolo, abriendo el expediente de la sucesión, número 0001-2021, y por este medio cita a los interesados para que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación concurran a hacer valer sus derechos. Francisco Muñoz Rojas, Notario Público. Tel. 2290-4549.—San José, seis de agosto de dos mil trece.—Lic. Francisco Muñoz Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609397 ).

Se emplaza a todos los herederos e interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue: Freddy Antonio Pérez Ugalde, mayor, casado una vez, albañil, vecino de Chimurria de Los Chiles, Alajuela, cédula 2-0397-0764; para que dentro del término de 30 días a partir de esta publicación, se apersonen a la notaría de la Licda. María Elieth Pacheco Rojas, ubicada al costado norte de la Iglesia Católica, de Venecia, San Carlos, Alajuela, en reclamo de sus derechos. por escritura otorgada ante esta misma notaria, a las 10:50 del 3 de noviembre del 2021, se solicitó la apertura del juicio sucesorio extrajudicial ab intestado en sede notarial.—Venecia, San Carlos, 09/12/2021.—María Elieth Pacheco Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609400 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Virginia Alpízar Quesada, quien fue mayor, viuda una vez, de oficios del hogar, vecina de San José, Moravia, cédula uno-trescientos veintiséis-seiscientos cincuenta, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 04- 2021. Notaría del Notario Público Carlos Eduardo Mata Ortega, ubicada en Cartago, 75 metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica, teléfono 2551-0464, fax 2591-4789.—Cartago, 9 de diciembre del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609421 ).

Se hace saber que, ante la notaría del licenciado Víctor Hugo Porras Morales, Notario Público con oficina en Santo Tomas de Santo Domingo de Heredia, costado este de la Escuela, se tramita el proceso sucesorio, de quien en vida fue Norman Armando Miranda Ortuño, con cédula de identidad número seis-ciento treinta y uno setecientos noventa y cinco, fallecido en Catedral, Central, San José, el día doce de julio del dos mil diecisiete. Por este medio, se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del término de quince días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante dicha notaría a hacer valer sus derechos, advertidos de que, si no se apersonan dentro del referido plazo, la herencia, pasará a quien legalmente corresponda. Expediente N° 2021-002-10795.—Lic. Víctor Hugo Porras Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609436 ).

Se hace saber: Que ante la notaría del Licenciado Víctor Hugo Porras Morales, Notario Público con oficina en Santo Tomas de Santo Domingo de Heredia, costado este de la Escuela, se tramita el proceso sucesorio, de quien en vida fue Cipriana María Inés Bolaños Torres, mayor, cédula de identidad número cuatro cero cero cuarenta y seis cero seiscientos treinta y uno, quien file vecina de Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, frente al bar Baruc, servidumbre casa número cinco. Por este medio, se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del término de quince días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante dicha notaría a hacer valer sus derechos, advertidos de que si no se apersonan dentro del referido plazo, la herencia, pasara a quien legalmente corresponda. Expediente N° 2021- 001-10795.—Notaría del Lic. Víctor Hugo Porras Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609437 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en La Sucesión de quien en vida fue Rafael Ángel Beita Granados, mayor, casado en terceras nupcias. contador, con cédula de identidad número seis- cero cero ochenta y ocho- cero doscientos treinta y tres, quien fue vecino de Santo Domingo de Heredia, San Vicente, del Automercado quinientos metros norte para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta Notaria en defensa de sus derechos. Y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos de que si no lo hacen dentro del término, dicha herencia pasará a quien corresponda. Notaría pública de la Licenciada Ginnette Arias Mora, cita en San José, Moravia, San Felipe, costado norte del Parque el Alto, tel 8363 45 170 al 2245 58 95.—Licda. Ginnette Arias Mora, Notario Público. —1 vez.—( IN2021609448 ).

Se cita y emplaza a todos los sucesores e interesados en la sucesión de quien en vida fue Arnoldo Acosta Porras, quien al momento de su fallecimiento era mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José, Montes de Oca, Sabanilla, del Abastecedor La Cosecha cien metros al sur, trescientos metros al este y cincuenta metros al norte, portador de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos treinta y nueve-cero seiscientos cuarenta y uno, para que en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría sita en San José, Escazú, San Rafael, edificio EBC, piso ocho, oficinas de Sfera Legal, a aceptar la herencia y/o reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2021.—Escazú, 08 de diciembre de 2021.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609459 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Zonia Virginia Del Carmen López Pérez, mayor, soltera, pensionada, costarricense, con cédula de identidad 4-0063-0671 y vecina de Mercedes Sur de Heredia.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-001234-0504-CI-7.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión dieciocho horas con cuarenta y siete minutos del ocho de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609475 ).

Se hace saber a todos los interesados en la sucesión de Ana María Quesada Castillo, quien fue mayor, ama casa vecina de San Jose, cédula nueve cero uno cinco cero siete dos ocho, se cita a los herederos, legataries, y los que crean tener derecho para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se les apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente número dos mil veintiuno- cero cero cinco- SN.—Lic. Luis Alberto Vega Solís, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609480 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Albertina Josefina Salvatierra Lopez, mayor, estado civil viuda, profesión u oficio Dato Desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0600320067 y vecina de Barranca de Puntarenas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000328-0642-CI-1.—Juzgado Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión catorce horas con uno minutos del tres de noviembre del dos mil veintiuno.—Diana Sánchez Cubero, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021609495 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Xinia María de La Trinidad Rodríguez Santamaria, quien fue mayor, viuda, Ama de casa, vecina de Concepción Alajuela, cédula de identidad número dos-cero trescientos cuarenta y seis-cero cero cincuenta y cinco, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero ocho- dos mil veintiuno. Notaría Licenciada María González Campos sita en la ciudad de Alajuela veinticinco metros sur de esquina sureste del Parque Central. Teléfono 2442-6487. Fax 2442-7501.—Licda. María González Campos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609498 ).

A las 11 horas del 7 de diciembre de 2021 y comprobado el fallecimiento de Arturo Blanco Solís, mayor, casado, médico, vecino de San José con cédula de identidad 1-068-6171, y la existencia y validez del testamento por él otorgado, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos en las oficinas de la suscrita Notaria, localizada en San José, Curridabat costado norte de Plaza Cristal edificio Jurex. Teléfono: 22832020.—Licda. Melania Zamora Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609504 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Norma Castro Flores, mayor, estado civil casada, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0102750256 y vecina de San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000705- 0180-CI - 2.—Juzgado Primero Civil de San José, 11 de noviembre del año 2021.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021609520 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio Notarial de Daisy Matilde Pandolfi Inneken, quien en vida fue, casada una vez, administradora de empresas y vecina de provincia uno San José, cantón uno San José, distrito once San Sebastián, barrio Jardines de Cascajal veinticinco metros este del colegio Reina de Los Ángeles, cedula uno cero seis cinco cero cero cinco siete seis. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0003-2021. Notaria de Elena Murillo Agüero, carnet 11149, ubicada en Curridabat, barrio La Lía, residencial Lomas De Curridabat casa nueve H. teléfono 87250315.—San José nueve de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Elena Murillo Agüero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609530 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Héctor Julio Alfaro Rojas, mayor, divorciado, comerciante, costarricense, con documento de identidad 0204710903 y vecino de Toro Amarillo, Sarchí. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000073-0295-CI - 4.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión dieciséis horas con cincuenta y cinco minutos del siete de octubre del dos mil veintiuno.—M.Sc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021609571 ).

Se hace saber: En este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dionisia Guido Guido, cédula 0900210413, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense y vecina de Turrialba. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000122-0341-CI-1.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, hora y fecha de emisión dieciséis horas con veinte minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2021609589 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Guido Jara Soto, mayor, estado civil: casado, profesión u oficio: comerciante, nacionalidad: costarricense, con documento de identidad 0202860873 y vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, Urbanización Santa Fe, trescientos metros norte y cien metros este de la tercera entrada. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000457-0297-CI-2.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión catorce horas con veinticinco minutos del veintiuno de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021609598 ).

Por solicitud de apertura del sucesorio notarial ante esta notaría. Se ordeno la apertura y tramitación del sucesorio notarial del causante Mariano Echeverria Morales, siendo su Albacea Propietario Guillermo Enrique Echeverria Castillo, portador de la cédula 1-0520-0944. Por lo que se pone en conocimiento de terceros de mejor derecho, por el plazo de un mes, a fin de que manifiesten sus pretensiones e interés en el mismo. Ante la notaría del Lic. Jose Alberto Delgado Bolaños. teléfonos 2250-7097 y 8382-3495.—San Jose, 25 de noviembre del 2021.—Lic. Jose Alberto Delgado Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609601 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Miguel Montero Rojas, mayor, casado, agricultor, costarricense, con documento de identidad 0301190484 y vecino de Cartago, barrio Los ángeles Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 210008530640CI. —Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión diecisiete horas del veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca. LL.M, Juez. —1 vez.—( IN2021609605 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Rafael Rodríguez Rodríguez, mayor, casado, pensionado, costarricense, con cédula de identidad 5-0204-0131 y vecino de Santa Lucía de Barva de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°: 21-001213-0504-CI-5.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión dieciséis horas con treinta y tres minutos del ocho de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Juez.—1 vez.—( IN2021609618 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de Rosa María Cerdas Vásquez, cedula seis- cero cero nueve nueve- cero ocho cuatro tres, fue casada una vez, de oficios del hogar, que murió en fecha catorce de febrero del año dos mil ocho, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número SN cero cero cero dos - dos mil veintiuno. Este proceso se tramita en sede Notarial ante el Notario Marcos Fernández Herrera, con oficina en Guápiles, Pococi, Limón, frente al Banco Bac Credomatic.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609638 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Miguel Eduardo Román Venegas, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número uno- mil doscientos veintisiete-cuatrocientos treinta y uno, vecino de San José, Lomas del Río. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000702-0181-CI- 7.—Juzgado Segundo Civil de San José, 30 de noviembre del año 2021.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021609642 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Enrique Calvo Quesada cédula número uno - cero setecientos cincuenta y seis - cero setecientos cincuenta y uno, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 05-2021. Notaria del Bufete Aguilera.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609644 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Eliette Delgadillo Quesada,  Álvaro Francis Espinoza Delgadillo, Angie Vanessa Espinoza Delgadillo y Brandon Gabriel Espinoza Delgadillo, a las 18:30 del 07 de diciembre año 2021 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera Álvaro Espinoza Santos, mayor, casado una vez, pensionado por invalidez, cédula número cinco - cero ocho uno seis - cero dos cuatro nueve, vecino de Liberia, Guanacaste, Barrio Alaska del segundo play setecientos metros al este en centro familiar El Porvenir. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría del Lic. German J Berdugo González, en Liberia, Guanacaste, 75 metros este del Instituto Nacional de Seguros, Edificio Montiel a hacer valer sus derechos. Teléfono 85411051.—Liberia, 10 de diciembre de 2021.—Lic. German J Berdugo González, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609645 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Rutdelia Zúñiga Soza, a las quince horas del día once de junio del año dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento del señor Eusebio Zúñiga González, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta lo ha indicado. Notaría del Lic. Félix Ángel Herrera Alvarez, con oficina en Alajuela, Upala, frente a la Municipalidad, teléfono 2470 0937.—Upala, veintiséis de noviembre del año dos mil veintiuno.—Lic. Félix Ángel Herrera Alvarez, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609710 ).

De conformidad con el artículo ciento veintinueve del Código Notarial, ante notaría de la Notaria Pública Irene Arrieta Chacon, sita en Puntarenas frente a la entrada principal del Estadio Lito Pérez, se ha abierto el proceso sucesorio testamentario en sede notarial, de quien en vida fue Alfredo Sánchez Sánchez, cédula de identidad cinco-ciento treinta y uno- cuatrocientos setenta y cuatro, casado una vez, empresario, vecino de Barranca de Puntarenas, costado oeste del Hogar de Ancianos. De acuerdo al artículo 126.3 del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados a presentarse en esta Notaría, dentro del término de quince días siguientes a la publicación del presente edicto, para hacer valer sus derechos. Expediente 2021-6392-02. Notaria: Licda. Irene Arrieta Chacón.—10 de diciembre del 2021.—Licda. Irene Arrieta Chacón. Carné. 6392, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609722 ).

Se hace saber que en mi notaría, ubicada en el Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, 700 metros al oeste del templo católico, se tramita el proceso sucesorio extrajudicial en sede notarial, de quien en vida fue Luz Marina Rojas Chaves, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, cedula de identidad numero dos- doscientos ochenta y nueve- mil trescientos noventa y cinco, vecina de Calle Jiménez del Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, cien metros al norte de la plaza de futbol. Se cita a los sucesores, herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonaren dentro de ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Expediente sucesorio notarial N° 0002-2021.—09 de diciembre del 2021.—Lic. Olger Vargas Castillo, carné 14326, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609723 ).

Por el término de quince días hábiles se emplaza a los interesados, herederos, y acreedores, para que se apersonen a hacer valer sus derechos, en la sucesión de quien en vida fuese la señora María Elena Rodríguez Sagot, mayor, viuda, ama de casa, portadora de la cédula de identidad numero dos-cero ciento setenta y dos-cero seiscientos cincuenta y cuatro, vecina de San Jose, Hatillo Seis, de la Panadería Yuli ciento setenta y cinco metros suroeste, casa número once, quien falleciera el día cuatro del mes de julio del año dos mil veintiuno. Expediente 0003-2021. Queda el expediente a disposición en la oficina del Notario Leonel Alvarado Zumbado, situado en San Jose, Montes De Oca, Mercedes, Ofiplaza del Este, Edificio D. Oficina número diez, Bufete ABCQ Legal.—San Jose, 10 del mes de diciembre del año 2021.—Leonel Alvarado Zumbado, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609735 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quienes en vida fuera Mariano Rodríguez Rodríguez, quien fue mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, Barrio Luján, calle veintiuno, avenidas diez y doce bis, portador de la cédula de identidad número dos-cero cero noventa-ocho uno tres tres, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº cero dos-dos mil veintiuno, once horas del cuatro de diciembre del dos mil veintiuno, San José. Lic. Luis Manuel Sarmiento Retana C veintisiete mil cuatrocientos sesenta y siete, con oficina en la ciudad de San José, Desamparados, Barrio Metrópoli, contiguo al Juzgado de Violencia Domestica. —Lic. Luis Manuel Sarmiento Retana, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609739 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quienes en vida fueron José Ramón Madrigal Jiménez, mayor, soltero, profesión desconocida, quien portador de la cédula de identidad número uno-cero quinientos noventa y uno-cero doscientos setenta, y residió en Ipís de Guadalupe y Jesús María de Los Ángeles Madrigal Jiménez, mayor, soltero, profesión desconocida, quien era portador de la cédula de identidad número uno-cero-seiscientos treinta y cinco-cero-seiscientos dieciocho y residió en Ipís de Guadalupe, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº cero uno-dos mil veintiuno, de las once horas del treinta de noviembre del año dos mil veintiuno, San José. Lic. Luis Manuel Sarmiento Retana C veintisiete mil cuatrocientos sesenta y siete, con oficina en la ciudad de San José, Desamparados, Barrio Metrópoli, contiguo al Juzgado de Violencia Domestica. —Lic. Luis Manuel Sarmiento Retana, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609740 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Castro Delgado, mayor, casado, inspector de obra, costarricense, con documento de identidad 0105440895 y vecino de Escazú. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 14-000176-0222-CI - 4.—Juzgado Tercero Civil de San José, 16 de junio del año 2021.—Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2021609751 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos interesados en la sucesión testamentaria de Francisco Javier Tormo Peña, quien en vida fuera mayor, casado una vez, cirujano dentista, vecino de San José, Curridabat, de Mac Donald’s de Plaza del Sol trescientos metros al sur y veinticinco metros al este, tercera casa a mano derecha, número doscientos ochenta y cinco, portador de la cédula de identidad número uno-cero quinientos setenta y dos-cero trescientos uno, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos. En consecuencia, cualquier otro heredero o interesado deberá concurrir ante la suscrita Notaria Pública para lo que corresponda. Expediente cero cero uno-dos mil veintiuno. Notaría de la Licda. Ana Cristina Moya Bedoya, sita en San José, Zapote, Montealegre, avenida veinticuatro, entre calles veintisiete y veintinueve, Edificio Jurys Asesores.—Diciembre del 2021.—Licda. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609758 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a diez horas cuarenta y cinco minutos del seis de diciembre del dos mil veintiuno, por el señor Ricardo Araya Solano, mayor de edad, divorciado, arquitecto, vecino de Ciudad de San José, San José, cédula de identidad número uno seiscientos cincuenta y seis-trescientos sesenta y siete, y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Damarys Solano Arguello, mayor de edad, soltera, jubilada, cedula de identidad número uno-doscientos ochenta y siete-seiscientos setenta y tres, vecina de San José, ocurrida en San José, Costa Rica en fecha diecisiete de junio del dos mil dieciséis, se declara abierto su proceso sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Adrián Fernández Madrigal, doscientos metros norte de la Funeraria Montesacro, Niehaus Abogados. Teléfono 2280-9692.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609793 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lindon Antonio Vargas Moya, mayor, estado civil divorciado, chofer, costarricense, con documento de identidad 0106560443 y vecino de San Pedro, San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 13-000635-0164-CI-9.—Juzgado Segundo Civil de San José, 24 de noviembre del año 2021.—Daniel Jiménez Medrano, Juez.—1 vez.—( IN2021609821 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Miguel Francisco Araya Paniagua, mayor, casado, panadero, costarricense, con documento de identidad 0302100149 y vecino de Cervantes de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar lo que corresponda en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000884-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión trece horas con cuarenta y cinco minutos del veintinueve de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2021609825 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rigoberto Salas Villalobos, mayor, estado civil Soltero, profesión Agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0201610076 y vecino Alajuela, Guatuso, Katira, El Valle, de la escuela 500 metros sur y 500 metros oeste.- Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº21-000141-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 26 de noviembre del año 2021.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609856 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisco Reinaldo Rodríguez Arce, mayor, estado civil casado, docente, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0108580947 y vecino de Moravia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000753-0181- CI - 0.—Juzgado Segundo Civil de San José, 23 de noviembre del año 2021.—Dr. Ricardo Aman Díaz Anchia, Juez.—1 vez.—( IN2021609873 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, en general, a todos los interesados en la sucesión de Víctor Manuel Amador Naranjo, cedula de identidad número 107280122; vecino de San Gabriel de La Amistad, Pérez Zeledón, quien falleció el 16 de abril de 2020, para que dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría sita en la dudad de San Vicente de Moravia, de Megasuper 200 metros este, 100 sur y 50 oeste, para hacer valer sus derechos, con el apercibimiento que de no hacerlo dentro del plazo citado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2021.—San Jose, 13 de diciembre de 2021.—Licda. María Esther Quirós Valverde, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609878 ).

Se cita y emplaza por única vez a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de 15 días hábiles, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos y sean parte del proceso sucesorio testamentario de Arnoldo Salazar Zamora, quién era mayor de edad, casado en primeras nupcias, agricultor, con cédula de identidad número: 2-0327-0592, residía de Alajuela, San Carlos, Pital, del cruce del Palmar, carretera hacia la Legua, 100 metros oeste; proceso solicitado ante esta notaría por Arnaldo Salazar Vargas, José Pablo Salazar Vargas y Ángela Aurora Vargas Cubero, a las 14 horas 50 minutos del 10 de diciembre de 2021, se tramita en la oficina ubicada 10 metros norte de la oficina de Correos de Costa Rica, Pital, San Carlos, Alajuela.—10 de diciembre de 2021.—Francis Estrada Acevedo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609940 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Freddy Rodríguez Torres, cedula de identidad número: 6-0174-0981, vecino de Alajuela, Desamparados, INVU Las Cañas número: Dos, Urbanización Nueva Jerusalén, casa número 59, quien falleció el día 15 de febrero del año 2020, en Uruca, Central, San José, para que dentro del plazo de 15, contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la Herencia pasara a quien corresponda. Notaría de la Licenciada Luz Marina Chaves Rojas, situada en Heredia, La Aurora, 12 horas del 12 de diciembre del año 2021.—Licda. Luz Marina Chaves Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021609955 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ricardo Granados Varela, mayor, estado civil divorciado, pensionado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0102760140 y vecino de San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21- 000303-0180-CI-2.—Juzgado Primero Civil de San José, 21 de setiembre del año 2021.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021610026 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de Virgilio Gamboa Monge, cédula de identidad uno cero cuatrocientos noventa y siete cero cero setenta y dos, mayor, divorciado una vez, pensionado, vecino de Pavas Urbanización Santa Catalina, quien falleció el 22 de noviembre del 2020, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaria a hacer valer sus derechos, en caso de no hacerlo la herencia pasara a quien en derecho corresponda. La dirección de la notaría es: San Jose, Moravia de la Agenda del Banco de Costa Rica, 100 norte, 100 oeste y 25 sur. Fax 2240-2020.—Licda. Coralia Bolaños Bolaños, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021610040 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Deseado Ruiz Solórzano, mayor, casado, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0201610212 y vecino de Palmares, 125 este estadio. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000284-0296-CI - 6.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 23 de noviembre del año 2021.— Msc. José Pablo Quesada Padilla, Juez.—1 vez.—( IN2021610072 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gustavo Adolfo Alvarado Rodríguez, mayor, estado civil casado dos veces, profesión u oficio Educador, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0106210434 y vecino Guatuso, San Rafael, cincuenta metros sur del edificio de supervisión escolar. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000394-0297-CI -5.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Civil), 31 de agosto del año 2021.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021610081 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Leandro Melvin Oviedo Gutierrez, mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, portador del documento de identidad 5-0113- 0916 y vecino de 27 de abril de Santa Cruz. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000485-0388-CI - 1.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión once horas con tres minutos del siete de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2021610107 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miguel Ángel Ortíz Morales y Petronila de La O Cortés, quienes fueron en su orden, mayor, viudo, cédula cinco-cero noventa y nueve-doscientos setenta y tres, agricultor; y mayor, ama de casa, casada una vez, cédula cinco-ciento cuarenta y dos-ciento dieciséis, ambos vecinos de Guanacaste, Liberia, Cañas Dulces, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente sucesorio Nº 21-000168-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 9 diciembre 2021.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021610169 ).

Avisos

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de las personas menores de edad Carolane Yuleisy y Sheila Naomi ambas Calvo Morace, ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 21-000768-1152-FA. Proceso tutela. Promovente: Gisela Beatriz Morace Winter.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Juez de Familia de Pococí.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2021608737 ).                                                                                                             3 v. 1.

Licenciada Viria Artavia Quesada. Jueza del Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), hace saber que, se ha dictado la sentencia N°2021000507 al ser las diez horas quince minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintiuno, la cual, literalmente reza así: Juzgado de Familia, Violencia Doméstica y Penal Juvenil de Turrialba, a las diez horas quince minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintiuno. Proceso actividad judicial no contenciosa de depósito judicial de persona menor de edad, incoado por Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: Primero: ....Segundo:......Tercero:......Considerando: Sobre hechos probados: 1.-)..... 2.-).....3.-). Sobre la figura del depósito judicial: ... Sobre el fondo: ... Por tanto: De acuerdo a lo expuesto y artículos 51 de la Constitución Política; 2, 5 y 140 y siguientes del Código de Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niño, 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia y 796 y 854 y siguientes del Código Procesal Civil, se acoge la solicitud que hace el Patronato Nacional de la Infancia y se ordena el depósito judicial de persona menor de edad Betsabé Arévalo Mungía, en su abuela materna la señora Dolores Emperatriz Torres De Recinos, quien debe apersonarse al Despacho en el plazo de tres días hábiles, a aceptar el cargo conferido. En virtud de lo especial de la materia, se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese por una vez, un extracto de esta decisión en el Boletín Judicial. Notifíquese. —Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia).—Licda. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608186 ).

Se avisa al señor Marcos Enrique Cascante Mora, mayor, costarricense, cédula de identidad número 604440603, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 21-001167-1146-FA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Jeydan Aylan Cascante Hernández. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608187 ).

Se comunica los señores Damaris Romero Rojas y Marcial Ulises Calderón Mendieta, mayores, de nacionalidad nicaragüense, demás datos desconocidos, padres registrales del menor de edad César Anthony Calderón Romero, que en este Juzgado se tramita Proceso de Depósito Judicial de Menor, bajo el expediente Nº 21-000921-1302, promovido por la Licda. Marcela Luna Chaves, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de Aguas Zarcas, donde solicita que se apruebe el depósito del citado niño; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de esta publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Expediente N° 21-000921-1302-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. —Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 16 de agosto del año 2021.—Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608192 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 21-002226-0338-FA, adopción conjunta de persona menor de edad, de la persona menor de edad Allison Alexa Rios Mejía, promovida por Christopher Antonio Duarte Calderón y Mariela Vanessa Navarro Rojas, con intervención del Patronato Nacional de la Infancia, y de los interesados directos a quienes se les concede el plazo de cinco días para apersonarse o formular oposiciones. A los interesados directos se les comunicará por medio de un aviso que se publicará en el Boletín Judicial de conformidad con lo prescrito por el numeral 131 del Código de Familia. Señalen los promoventes el lugar donde se encuentra el adoptando, y proceda el Patronato Nacional de la Infancia a verificar dicha información. Para notificar al ente aludido, se notifica por medio del correo notifadopciones@pani.go.cr.—Juzgado de Familia de Cartago, 26 de noviembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608193 ).

Se hace saber a los personas que mantengan interés, que en este Despacho, en el expediente número 21-001386-0637-FA, que es un proceso de adopción de persona mayor de edad, promovido por Lester Díaz Aguilar, quien es mayor, costarricense, casado una vez, electromecánico, vecino de Desamparados, portador de la cédula de identidad número 1-1162-0195, quien solicita se apruebe la adopción de la joven: Amanda José Madrigal Avalos, mayor, costarricense, soltera, estudiante, vecina de Desamparados, portadora de la cédula de identidad número 1-1776-0288. Por lo que se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrá los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma y señalarán medio para recibir notificaciones.—Juzgado de Familia de Desamparados, 23 de noviembre del 2021.—Licda. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608195 ).

Licenciada Maureen Vanessa Ortiz Cerdas. Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Karina de Los Ángeles Rivera Bustos, en su carácter personal, quien es mayor, de calidades y domicilio desconocidos, se le hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa de depósito judicial de persona menor de edad, expediente 20-000819-1146-FA establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto a Karina de Los Ángeles Rivera Bustos, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2021001022 sentencia de primera instancia Juzgado de Familia de Puntarenas. A las diez horas treinta y dos minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil veintiuno. Depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia (en adelante PANI), a través de su representante legal Lic. Víctor Picado Calvo, cédula: 0303730846, en favor del menor Alexandra Maritza Zúñiga Rivera. Resultando 1) Pretende la entidad actora que se deposite judicialmente a la menor Alexandra Maritza Zúñiga Rivera bajo la responsabilidad del recurso familiar donde la prima materna Maureen González Rivera. (Ver solicitud a imágenes 2-7 del expediente electrónico) 2) La progenitora del menor Karina Rivera Bustos, fue notificada por edicto N° 119 y su progenitor Ismael Zúñiga Pérez de forma personal (ver imágenes 180-186 del expediente electrónico). No ha hecho ninguna objeción. 3) Concurren las formalidades de ley. Considerando primero: El juzgado tiene por probado que la menor nació el 04/05/2021 hija de la señora Karina Rivera Bustos y el señor Ismael Zúñiga Pérez, tenemos que la madre de la menor no le brindan los cuidados, tanto físicos como materiales, para permitir su adecuado crecimiento, además según entrevistas por parte del personal del Patronato Nacional de la infancia se tiene que la madre de la menor está de acuerdo que el mismo permanezca con su prima materna Maureen González Rivera, por cuanto reconoce que hace dos años esta ha asumido en todo sentido el cuidado de la menor, indicó que había dejado a la niña con la prima materna Maureen González Rivera por cuanto estaba trabajando, y actualmente no tiene un lugar estable y no trabaja lo que se le hace difícil cuidar de la menor, en cuanto al progenitor éste se encuentra en la Reforma acusado por homicidio. Luego de la intervención del PANI, se desprende que la menor Alexandra Maritza Zúñiga Rivera se encuentra ubicada provisionalmente con el recurso familiar la prima materna Maureen González Rivera, según resolución administrativa del 22 de octubre. Por último, en cuanto al informe actualizado por la psicóloga Msc. Yesenia Chinchilla se desprende que la menor refleja felicidad de convivir con la señora Maureen, Relación parental desligada de la PME hacia los progenitores, PME impresionan adecuada salud física y mental, Personas Menores de Edad evidencian mantener trato adecuado y de protección por parte de prima materna, Progenitor privado de libertad. Dando como recomendación que la menor se mantenga viviendo con la prima materna Maureen González Rivera como lo ha hecho estos últimos tres años. (Ver demanda y expediente administrativo adjunto al expediente electrónico). Segundo: De conformidad con el artículo 32 del Código de la Niñez y la Adolescencia cuando ninguno de los dos padres pueda encargarse del cuidado personal de sus hijos menores de edad, procederá el depósito de estos. En el caso de marras, se ha comprobado que la madre no se ha ocupado de la menor y que ésta se encuentra con su prima materna Maureen González Rivera, quien ha velado por cada una de sus necesidades personales y le ha brindado afecto; por ende, no se vislumbra conveniente variar tal situación. Aunado a lo dicho, en autos no existe ninguna prueba o indicio que permita concluir que se deba modificar las condiciones actuales del infantil. Por tanto: Se deposita a la menor Alexandra Maritza Zúñiga Rivera bajo la responsabilidad del recurso familiar prima materna Maureen Gónzalez Rivera. Se ordena la inscripción de la presente sentencia en el Registro Civil.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Msc. Maureen Ortiz Cerdas, Jueza. —1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608678 ).

Licenciado Anthony Zapata Sojo, juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Matilde Yamileth Hernández Blanco y Francisco Ramón Gaitán del Cid, en su carácter personal, se les hace saber que en demanda declaratoria de abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Matilde Yamileth Hernández Blanco y Francisco Ramón Gaitán del Cid, se ordena notificarles por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las trece horas diecisiete minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno. Visto el memorial de fecha diecinueve de Agosto del año en curso, presentado por el representante legal del Patronato Nacional de la infancia, de acuerdo con lo solicitado y por economía procesal, se revoca el auto de las quince horas cuarenta minutos del veintiocho de julio de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono expediente número 21-001448-0338-FA, de la persona menor Andrea Nahomy Gaitán Hernández, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Matilde Yamileth Hernández Blanco y Francisco Ramón Gaitán del Cid, a quienes se les concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.- “Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones de Cartago. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se resuelve la medida cautelar solicitada por el actor tomando en cuenta el interés superior de la persona menor de edad, así como su bienestar y su derecho a residir en un lugar donde tenga mejores condiciones de cuido, se otorga el depósito provisional de Andrea Nahomy Gaitán Hernández en el Patronato Nacional de la Infancia. Por otra parte siendo que la menor es de nacionalidad Salvadoreña, envíese atento oficio a la embajada de El Salvador en Costa Rica, a fin que dicho ente se sirva remitir la certificación de nacimiento de la persona menor de edad. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608739 ).

Se avisa, a la señora Grettel Mercedes Pérez Mejías, mayor, de domicilio desconocido, misma representada por el curador procesal Licenciado Roberto María Araya, se le hace saber que existe proceso N° 20-000812- 0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Óscar  Jennifer María Pérez Mejías establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Grettel Mercedes Pérez Mejías, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las dieciocho horas treinta minutos del siete de mayo de dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. —Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de diciembre de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—Licda. Katia Gioconda Soto Barahona, Jueza.—1 vez.—O.C.N°364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608742 ).

Se avisa a la señora Brandon David Fernández Ureña (calidades), de domicilio y (demás) calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 20-002614-0338-FA, correspondiente a diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Ian Daniel Fernández Martínez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Expediente N° 20-002614-0338-FA. Clase de Asunto Actividad Judicial No Contenciosa.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las veintitrés horas treinta y tres minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno. 26 de noviembre del año 2021.—Katia Gioconda Soto Barahona, Jueza Decisora. —1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021608745 ).

Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Wagih (nombre) Adli (primer apellido) Abadir Demian (segundo apellido), en su carácter personal, mayor, con nacionalidad egipcia y mexicana, portador del pasaporte de su país número G02233157, demás calidades y domicilio desconocidos, que en este despacho la señora Luz Alejandra Boza López interpuso un proceso de autorización de salida del país en su contra, mismo que se tramita dentro del expediente N° 210011920364FA y en el que se ordenó notificarle por edicto la parte dispositiva de la sentencia de primera instancia N° 2021002796 dictada al ser las dieciséis horas nueve minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: “...Por tanto: Razones dadas y normativa citada, se acoge la gestión incoada por Luz Alejandra Boza López contra Wagih Adli Abadir Demian. En consecuencia, se autoriza la salida del país de Samira Adli Boza de forma permanente hasta su mayoría de edad (esto lo que quiere decir es que no será necesario interponer otra vez estás mismas diligencias para volver a salir del país), quien podrá viajar en compañía de su madre Luz Alejandra Boza López. Se autoriza a la señora Boza López, para que ella en su condición de madre de la persona menor de edad Samira Adli Boza, en ejercicio de la Autoridad Parental, gestione sola todo lo relacionado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, a fin de solicitar pasaporte para su hija y obtener la renovación, revalidación o reposición del Pasaporte, así como para la obtención de los permisos o visas que se requieran. En forma expresa se le advierte a la señora Boza López que: Tiene el deber de gestionar el regreso de su hija Samira Adli Boza a Costa Rica y en caso de no acatar la orden, podrá incurrir en conductas que son penalmente sancionadas como desobediencia, sustracción de menor o incumplimiento o abuso en el ejercicio de la autoridad parental. Se advierte a las partes que esta autorización no podrá ser revocada unilateralmente y que deberán acudir para modificaciones a la vía judicial. Se le advierte a la señora Boza López que la presente autorización no podrá contravenir el posible horario de interrelación y contacto paterno filial; ni interferir con los horarios escolar o colegial de la persona menor de edad. Se advierte a las partes que la presente resolución no autoriza un cambio de residencia en el extranjero de la persona menor de edad: Samira Adli Boza. Se resuelve sin especial condenatoria en costas (artículo 222 del Código Procesal Civil). Una vez firme gírese los honorarios del curador procesal. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese...”. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 24 de noviembre del 2021.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608746 ).

Se avisa a los señores Estany Tatiana Álvarez Mora, mayor, costarricense, con el documento de identidad número 114250863, de domicilio y demás calidades desconocidas, y Jonathan Josué Carmona Calderón, mayor, costarricense, con el documento de identidad número 114340761, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 21-000559-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Sasha Julissa Carmona Álvarez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias, expediente N° 21-000559-0673-NA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia. A las dieciséis horas once minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno, 26 de noviembre del año 2021.—Katia Gioconda Soto Barahona, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608775 ).

Se avisa al señor Jorge Eduardo Aguilar Mora, portador del documento de identidad N° 1-0813-0880, de domicilio y demás calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente N°21-000629-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Alison Marcela Aguilar Oconitrillo. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. —Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, once horas treinta minutos del dos de setiembre de dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jimenez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021608783 ).

Edictos Matrimoniales

Ante esta notaría y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia comparecen los señores Carlos Mauricio Howard Gomez, de nacionalidad estadounidense de veintinueve años de edad, coordinador comunicaciones y mercadeo, portador del pasaporte de los Estados Unidos de América número cuatro nueve cero nueve cero siete cero cuatro seis, nacido el veintidós de febrero de mil novecientos noventa y dos en la República de El Salvador, Candelaria de la Frontera, Santa Ana, El Salvador, vecino de Urbanización Villas de Montecarlo, Pol E número veinte, Santa Ana, El Salvador, hijo de Charles Otis Howard de nacionalidad estadounidense y Zoila Esperanza Gómez de Howard de nacionalidad salvadoreña y Edgardo Armando García Sintigo, de nacionalidad salvadoreña de veintiocho años de edad, Técnico de planificación, portador del pasaporte de la República de El Salvador número A cero cuatro siete tres siete nueve cero dos, nacido el veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa y dos, en Ahuachapan, Ahuachapan, El Salvador, vecino de Urbanización Villas de Montecarlo, Pol E número veinte, Santa Ana, El Salvador, hijo de Fredy Armando García García y Xinia Margarita Sintigo Chigüila ambos de nacionalidad salvadoreña; quienes manifiestan que desean contraer matrimonio. Quien tenga oposición a dicha unión, debe hacerlo saber a esta notaría con oficina en San José, Santa Ana, Piedades, Residencial Montaña Luna, casa número siete.—San José, a las nueve horas cinco minutos del día tres del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.—Lic. Ricardo Fernando Mora Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—( IN2021609533 ).

Se hace saber a quienes interese que ante este Juzgado han comparecido a efecto de contraer matrimonio civil Luis Gerardo Madrigal Guzmán, mayor, costarricense, divorciado, vecino de San José, Pavas, Lomas del Río, detrás de la escuela, alameda 3, casa 200, portador de la cédula de identidad número 1-0926-0867, nacido el catorce de enero de mil novecientos setenta y seis. Hijo de Luz Marina Guzmán Quesada y Gerardo Madrigal Sandí, ambos son costarricenses y Alexandra Meléndez Rodríguez, mayor, costarricense, divorciada, costurera, vecina de San José, Pavas, Lomas del Río, detrás de la escuela, alameda 3, casa 200, portadora de la cédula de identidad 1-0915-0157, nacida el doce de julio de mil novecientos setenta y cinco. Hija de Miriam Martina Rodríguez Rosales, y Humberto Meléndez Vargas, ambos costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de algún impedimento legal para este matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial debiendo con ello señalar lugar o medio (fax/casillero/correo electrónico)donde atenderá sus notificaciones, apercibido(a) que si no lo hiciere, todas aquellas resoluciones que en lo futuro se dicten, se tendrán por notificadas en el solo transcurso de veinticuatro horas después de notificadas. Igual consecuencia ocurrirá si el medio señalado fuere impreciso, no exista, o existiendo se encuentre inhabilitado o se impida la notificación por causas ajenas al Despacho. Expediente Nº 21-000925- 0187-FA. Solicitud de matrimonio.—Juzgado Segundo de Familia de San José, a las diez horas veintitrés minutos del primero de noviembre de dos mil veintiuno.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609706 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Maribel Vargas Villalobos, mayor, divorciada, ama de casa, cédula de identidad número 0106470962, vecina de San José, Goicoechea, Guadalupe, Ipís, Ciudadela Rodrigo Facio, casa número 44, hija de Irma Villalobos Conejo y Leonardo Vargas Calero, nacida en Hospital, Central, San José, el 02/03/1965, con 56 años de edad, y José Roberto Alvarado Mora , mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad número 0107610147, vecino de San José, Goicoechea, Vásquez de Coronado, San Francisco, hijo de Lillian Mora Quirós y Joaquín Alvarado Mora, nacido en Carmen, Central, San José, el 11/12/1969, actualmente con 51 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-002208-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, fecha, 01 de diciembre del año 2021.—Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609830 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Pedro José Rosales Enríquez, mayor, soltero, Pensionado, cédula de identidad número 0501180895 y María Lucía Mairena Aguirre, mayor, viuda, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0601420049; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-001011-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas, fecha, 01 de setiembre del año 2021.—Msc. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609833 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil María Elizabeth Selva Franco, costarricense, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula de identidad número 0602520654, vecina de Silencio, 50 metros al sur-oeste del Colegio de dicha región, hija de Federico Selva Medrano y Toribia Franco Losaba, nacida en 20/03/1973, en Coto 47, Golfito, Puntarenas, de 48 con años de edad; y Miguel Ángel Olivares Núñez, costarricense, mayor, viudo, pensionado, cédula de identidad número 0601150552, vecino de Silencio, 50 metros al sur-oeste del Colegio de dicha región, hijo de Leonilda Olivares Núñez, nacido el 02/10/1949, en Centro, Golfito, de Puntarenas, de 72 con años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000261-1591-FA.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), Puntarenas, Quepos, fecha, 07 de diciembre del año 2021.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609834 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Luis Mariano Ramírez Quesada, soltero, costarricense, cédula de identidad número 1-1363-0713, vecino de Alajuela, Atenas, Mercedes, Agentes de ventas, hijo de José Joaquín Ramírez Alpízar y Cristina Elena Quesada Brenes, ambos costarricenses, y María Fernanda Elizondo Elizondo, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense, cédula de identidad número 2-0681-0676, vecina de Alajuela, Atenas, Mercedes, hija de Lucila Elizondo Elizondo, quien es costarricense. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-002067-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, fecha, 08 de noviembre del año 2021.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609848 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Alexandra Farlet Rodríguez Aguilar, cédula de identidad número 0604380893 y Kaleb Mauricio Oviedo Gabuardi, cédula de identidad número 0604450109. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-001213-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas, fecha, 01 de noviembre del año 2021.—Maureen Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609851 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Wanerge González Mora, mayor, divorciado, Guarda Costas, cédula de identidad número 0602970262, vecino de Golfito Barrio San Juan detrás del Colegio, hijo de Sandra Elieth Mora Jiménez y Carlos Luis González Cordero, nacido en Centro, Golfito, Puntarenas, el 29/03/1979, con 42 años de edad, y Karol María Saborío Sandi, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0603410180, vecina de Paso Canoas Barrio San Jorge, hija de Nubia Yadira Sandi Juárez y Alfredo Saborío Soto, nacida en Centro, Golfito, Puntarenas, el 26/09/1984, actualmente con 37 años de edad Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000315-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), Golfito, fecha, 18 de noviembre del año 2021.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609852 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Alexander Josué Ramírez Cordero, mayor, costarricense, soltero, comerciante, cédula de identidad número 0304580492, vecino de Cocorí de Cartago, hijo de Xinia Cordero Matamoros y José Luis Ramírez Madrigal, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 23/11/1991, con 30 años de edad, y María Alejandra Muñoz Centeno, mayor, costarricense, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0115090018, vecina de Agua Caliente de Cartago, hija de Lidia Aurora Centeno Rodríguez y Luis Rodrigo Muñoz Jiménez, ambos padres costarricenses, nacida en Hospital, Central, San Jose, el 28/07/1992, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-003199-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 07 de diciembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( in2021609858 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Francisco Javier González Núñez, mayor, costarricense, soltero, Operario, cédula de identidad número 0304740336, vecino de Tejar del Guarco, hijo de Laura Núñez Marin y Vicente Martin González Flores, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 30/10/1993, con 27 años de edad, y Kimberly Jazmín Navarro Aguilar, mayor, costarricense, soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0304650378, vecina de Tejar del Guarco Cartago, hija de Sugey María Navarro Aguilar madre costarricense, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 12/09/1992, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-002838-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 26 de octubre del año 2021.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609859 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Guillermo Acosta Rojas, mayor, Divorciado, Peón agrícola, cédula de identidad número 0601650598, vecino de Cenizo de Laurel, de la escuela setenta y cinco metros al oeste, hijo de Irmina Rojas Delgado y Manuel Antonio Acosta Serrano, nacido en Sierpe, Osa, Puntarenas, el 26/01/1962, con cincuenta y nueve años de edad, y Maritza Isabel Salazar Brenes, mayor, divorciada, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0602040311, vecina de mismo domicilio del anterior, hija de Sara Brenes Marin y Sebastián Salazar Alfaro, nacida en Puerto Cortes, Osa, Puntarenas, el 01/12/1966, actualmente con cincuenta y cuatro años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los OCHO DÍAS siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21- 000420-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, fecha, 05 de agosto del año 2021.—Lic. Johanna Vargas Hernandez, Jueza.—1 vez.—O.C. N°364-12-2021B.—Solicitud N°68-2017-JA.—( IN2021609990 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Víctor Daniel Carvajal Miranda, mayor, costarricense, divorciado de Karen Isabel Meoño Núñez el 11 de marzo de 2019, en Cartago, cédula de identidad número 0304580009, vecino de Llanos de Santa Lucía Paraíso de Cartago, hijo de Cirlenne Miranda Ramírez y Víctor Abel Carvajal Loaiza, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 10/11/1991, con 30 años de edad, y Karen Isabel Meoño Núñez, mayor, costarricense, Divorciada de Vitor Daniel Carvajal Miranda el 11 de marzo de 2019 en Cartago, Oficinista, cédula de identidad número 0304220862, vecina de Llanos de Santa Lucía Paraíso de Cartago, hija de María Isabel Núñez Araya y José Ángel Meoño Barrantes, ambos padres costaricenses, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 04/10/1987, actualmente con 34 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-002936-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 12 de noviembre del año 2021.—Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609991 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, José Gabriel Parra Arguedas, mayor, costarricense, soltero, Hojalatero, cédula de identidad número 0112700533, vecino de Santiago del Monte la Unión, hijo de Anabelle Arguedas Cordero y José Parra Parra ambos padres costarricenses, nacido en Carmen, Central, San Jose, el 21/01/1986, con 35 años de edad, y Yadira Isabel Guzmán Fonseca, mayor, costarricense, soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0112770270, vecina de Rancho Redondo Goicoechea, hija de Roxana Isabel Fonseca Angulo y Eligio Martin Guzmán Barboza, ambos padres costarricenses, nacida en Carmen, Central, San Jose, el 28/03/1986, actualmente con 35 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-003130-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 25 de noviembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609992 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Ruisiery Alejandro Camacho Platero, mayor, costarricense, soltero, Supervisor, cédula de identidad número 0304630249, vecino de Residencial Cartago hijo de Silvia Margarita Platero Hernández y Dagoberto Camacho Brenes, madre salvadoreña y padre costarricense, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 29/06/1992, con 29 años de edad, y Pamela de Los Ángeles Obando Retana, mayor, costarricense, soltera, operadora, cédula de identidad número 0117210957, vecina de Residencial Cartago, hija de Cinthya Retana Goñi y Alexander Obando Guzmán, ambos padres costarricenses, nacida en Carmen, Central, San Jose, el 23/09/1998, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-003039-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 23 de noviembre del año 2021.—Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609997 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Jorge Antonio Meléndez Porras, mayor, costarricense, soltero, Operario, cédula de identidad número 0114630020, vecino de Llanos de Santa Lucía Paraíso de Cartago, hijo de Ana Eraida Porras Jiménez y Jorge Antonio Meléndez Caracas, madre costarricense y padre de nacionalidad Nicaragüense, nacido en Hospital, Central, San Jose, el 30/03/1991, con 30 años de edad, y Merlyn Deidamia Leiva Bonilla, mayor, costarricense, soltera, Psicóloga, cédula de identidad número 0701900968, vecina de Llanos de Santa Lucía Paraíso de Cartago, hija de Ana Lorena Bonilla Mora y Hugo Leiva González, ambos padres costarricenses, nacida en Centro, Central, Limón, el 25/04/1989, actualmente con 32 años de edad.. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-003038-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 23 de noviembre del año 2021.—Msc. Guadalupe Solano Patiño, Juez. —1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021609998 ).