BOLETÍN JUDICIAL N° 10 DEL 18 DE ENERO DEL 2022
TRIBUNALES DE TRABAJO
Avisos
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Licda. Hellen Hidalgo Ávila, jueza del Juzgado Civil y Trabajo del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral); hace
saber a Hispanic Coalition Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3101379392 que en este Despacho se interpuso un proceso Or.S.Pri. prestac.
laborales en su contra, bajo el expediente número 21-000385-1125-LA donde se
dictó la resolución que literalmente dice: por ignorarse el domicilio o lugar de ubicación de los representantes legales de las personas jurídicas
denominadas Hispanic Coalition Sociedad Anónima,
cédula jurídica número
3101379392, se emplaza a los socios,
asociados o a quien corresponda designar representante, para que en el plazo de un mes acrediten tal
nombramiento, bajo apercibimiento
de que en caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4 del Código Procesal Civil en aplicación supletoria de esta materia. Publíquese
la presente por medio de Boletín
Judicial. Lo anterior se ordena así en proceso
de Allan Ismael Castillo Leiva contra Hispanic
Coalition Sociedad Anónima.
Nota: publíquese este edicto por única vez en
el Boletín
Judicial. Los plazos comenzarán
a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 11 de enero
del 2022.—Hellen Hidalgo Ávila, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615304
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo Alfredo Fonseca Morera
N° 0501670949, fallecido el
24 de enero del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-000135-1288-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000135-1288-LA. Por
Marlene Hurtado González a favor de Gerardo Alfredo Fonseca Morera.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 05 de abril del año 2021.—Licda. Karla Valenciano
Vargas, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615066 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Rudy José Bustos Obando, mayor, soltero en unión de hecho,
minero, con cédula de identidad
5-0410-0412, vecino de Matapalo
de Abangares, y quien falleció el 11 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. Prest.
Sector privado bajo el Número
21-000301-1557-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N°21-000301-1557-LA. Por la Operadora de Pensiones Complementarias de la Caja Costarricense de Seguro Social a favor de Rudy José Bustos Obando.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia
Laboral), 03 de enero del año
2022.—Licda. Xinia María
Esquivel Herrera, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615077 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jonathan Fernando Bustos Miranda, mayor,
cédula de identidad 5-0391-0021, soltero
vecino de Cañas Guanacaste,
fallecido el 25 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de persona fallecida bajo el
Número 22-000070-1557-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000070-1557-LA. Por Rocío Sequiera Rodríguez, cédula
de identidad 5-0431-0710 a favor de Jonathan Fernando
Bustos Miranda.—Juzgado
Civil y Trabajo de Cañas
(Materia Laboral), 07 de enero del año 2022.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022615080 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Alfonso Chacón Mora, N° 0207420683, fallecido el 14 de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho
en las diligencias de consig.
prest. sector privado, bajo el
número 21-000525-1288-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000525-1288-LA. Por Sheisy Elena Mora Solera y Otro a
favor de Alfonso Chacón
Mora.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 09 de setiembre del año 2021.—Lic. Juan Gabriel Rodríguez Oviedo, Juez
Decisor.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615083 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sharol Astrid
Marín Mata 0107530491, fallecida el
10 de octubre del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado
bajo el Número
21-001959-0505- LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001959-0505-LA. Por Adrián Scafidi Vargas
a favor de Sharol Astrid Marín Mata.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 01 de noviembre del año
2021.—Msc. Priscila Marín Leiva,
Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615099 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Carlos Madrigal Ramírez, N°
0900620793, fallecido el 02
de marzo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-002147-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-002147-0505-LA. Por
Cristian Rodolfo Madrigal Rodríguez a favor de Juan Carlos Madrigal Ramírez.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 22 de noviembre
del año 2021.—Msc. Karol
Baltodano Aguilar, Jueza Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615101 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Luis Fernando
Montero Bendaña 0110170332, fallecido
el 23 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 21-002385-0505-la, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-002385- 0505-LA. Por Carolina Marín Siles a favor
de Luis Fernando Montero Bendaña.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 05 de enero
del año 2022.—Licda. Ana
Patricia Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615102 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hortencia del Milagro Rodríguez González
0108860777, fallecido(a) el
11 de noviembre del año
2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el
número 21-002362-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-002362-0505-LA. Por Marcela Sandí
Rodríguez, cédula de identidad número 1-1591-571, a favor de
Hortencia del Milagro Rodríguez González.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 05 de enero
del año 2022.—Licda. Ana
Patricia Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615103 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Esmeralda del Carmen Araya Zarate,
N° 0400670136, fallecida el
17 de abril del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 21-002361-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-002361-0505-LA. Por
Alba Espinoza Araya, Benjamín Gerardo Espinoza Araya, Rafael Ángel de La Trinidad Espinoza Araya, María de los Ángeles Espinoza Araya, Dora Margarita del Carmen Espinoza
Araya, Odalisa Julieta Espinoza Araya, Edwin Miguel
de los Ángeles Espinoza Araya, Jorge Luis de Lourdes
Espinoza Araya, Manuel Antonio de la Trinidad Espinoza Araya, Olga Nidia de la
Trinidad Espinoza Araya y Bernal del Carmen Espinoza Araya a favor de Esmeralda
del Carmen Araya Zárate.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 05 de enero del año 2022.—Licda. Ana Patricia
Montero Morales Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615104 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Maribel De La Trinidad Salas Rodríguez 0602020084, fallecida
el 14 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de distribución
de prestaciones laborales
de persona fallecidas bajo el
Número 21-002346-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-002346- 0505-LA.
Diligencias establecidas por Carlos Eduardo Murillo
Salas, cédula de identidad número
4-0204-0365.—Juzgado de Trabajo
de Heredia, 04 de enero del año
2022.—Licda. Katherin Dallan Alemán Castillo, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022615105 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Francisca Chaves Zúñiga, N°
0401200710, fallecida el 19
de mayo del año 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de distribución de prestaciones laborales de pers. fallecidas, bajo el número 21-002366-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-002366-0505-LA.
Diligencias establecidas por David Bacca Aguilar,
cédula de identidad número
5-228-380.—Juzgado de Trabajo
de Heredia, 04 de enero del año
2022.—Licda. Katherin Dallan Alemán Castillo, Jueza Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022615106 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jeannette Campos Cascante, fallecida el
27 de setiembre del año
2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
bajo el número
21-002370-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-002370-0505-LA. Por Juan Carlos
Espinoza Sánchez a favor de
Jeannette Campos Cascante.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 04 de enero
del año 2022.—Lic. Óscar Mario Segura Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615109 ).
Se cita y emplaza a
los que, en carácter de causahabientes de Jenny Cecilia De Los Ángeles
Castillo Chaves, 0106420650, fallecido el 07 de julio del año 2020, se consideren con
derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
sector privado bajo el N° 21-001217-0166-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001217-0166-LA. Por
Catalina Quesada Castillo a favor de Jenny Cecilia De Los Ángeles
Castillo Chaves.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 12 de noviembre
del 2021.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615110 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Karla María Carrillo Parajeles,
0603630217, fallecida el 27
de junio del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de personas fallecidas bajo el
número 22-000014-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000014-0643-LA. Por Angela María Parajeles Villegas, Depositante: Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sociedad a favor de Karla María Carrillo Parajeles.—Juzgado de Trabajo de
Puntarenas, 07 de enero del año
2022.—Natalia Fallas
Granados, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615126
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Rodrigo Ruiz Chaves, cédula de identidad N° 0501200176, fue
mayor, casado, pensionado, vecino
de Santa Cruz de Guanacaste, fallecido el primero de marzo del dos mil veintiuno, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el
número 21-000399-0775-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000399-0775-LA. Por proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas a favor de Zaida Rosales Castro, identificación N° 7045836.—Juzgado
de Trabajo de Santa Cruz, 03 de enero del 2022.—Licda. Laura del Carmen Rodríguez Chavarría,
Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615303 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de ocho millones
cuatrocientos ochenta y siete mil doscientos catorce colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
749105, marca: Toyota, estilo:
Land Cruiser Prado VX, categoría: automóvil, capacidad:
8 personas, serie: JTEBY25J400064391, N° motor: 1KZ1785255, N° serie: no indicado, cilindrada:
2982 C.C. Para tal efecto,
se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós, con
la base de seis millones trescientos
sesenta y cinco mil cuatrocientos diez colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del dos
mil veintidós, con la base de dos millones
ciento veintiún mil ochocientos tres colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Ligia Victoria Bolaños Quirós, Melvin
Adolfo Badilla Segura. Expediente
N° 18-006344-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: doce horas con cincuenta y cuatro minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintiuno.—Liseth Delgado
Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022615594 ).
En este Despacho, con una base de doscientos
cinco millones seiscientos cincuenta y dos mil treinta y siete colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 335-06348-01-0008-001 y servidumbre
de paso citas: 2019-559358-01-0002-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número setecientos cuatro mil ochocientos
ochenta y ocho, derecho
cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el
distrito 10-Rio Nuevo, cantón
19-Pérez Zeledón
de la provincia de San José. Colinda:
al norte: Alexis Rojas Rojas
y Franklin Barrientos Vindas; al sur: Jireh Salom S. A.; al este: calle pública de 14 metros de ancho y Arquitectura
Arcuo Dobon S. A.; y al oeste: Jireh Salom S. A. Mide: doscientos trece mil doscientos cuatro metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas
cero minutos del veinticuatro
de febrero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del cuatro de marzo de dos mil veintidós,
con la base de ciento cincuenta
y cuatro millones doscientos
treinta y nueve mil veintisiete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del catorce
de marzo de dos mil veintidós,
con la base de cincuenta y un millones
cuatrocientos trece mil nueve colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Dos MCG SRL, contra Finca la Promesa Ganadera Borges SRL. Expediente
N° 21-001380-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: catorce horas con diecinueve minutos del seis de enero del dos
mil veintidós.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2022615596 ).
En este Despacho, con una base de un millón
setecientos quince mil quinientos
treinta y nueve colones con cincuenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 270361-003-004, la cual
es terreno para construir, bloque F, lote F-2. Situada en el
distrito 1-Quesada, cantón
10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: lote: F-23; al sur: calle pública; al este: lote F-1; y al oeste: lote F-3. Mide: ciento cuarenta
y tres metros con cincuenta
decímetros
cuadrados. Plano: A-0873295-1990. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del once de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós, con la base de un millón
doscientos ochenta y seis
mil seiscientos cincuenta y
cuatro colones con sesenta
y ocho céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós, con la base de cuatrocientos
veintiocho mil ochocientos ochenta y cuatro colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coocique R.L., contra Floribeth
Del Carmen Acosta Zamora, Jonathan Chacón Acosta. Expediente
N° 20-006607-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 16 de abril
del 2021.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez
Decisor.—( IN2022615598 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones trescientos veinticinco mil quinientos dieciocho colones con sesenta y seis céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BQV554, marca:
Mitsubishi, estilo: Mirage G4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
N° de chasis: MMBSNA13AKH000286, año: 2019,
N° motor: 3A92UHB7445. Para tal
efecto se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintidós, con la base de seis millones
doscientos cuarenta y
cuatro mil ciento treinta y
nueve colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintidós, con
la base de dos millones ochenta
y un mil trescientos setenta
y nueve colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jason Eduardo Vargas Alvarado. Expediente N° 20-003391-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 7 de enero del 2022.—Susana Murillo Alpízar, Jueza
Tramitadora.—( IN2022615604 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
mil ochocientos noventa y nueve dólares con treinta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQR435, marca: Peugeot, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: VF3DDHMZ6JJ506344, carrocería:
Sedan, 4 puertas, tracción:
4x2, número chasis:
VF3DDHMZ6JJ506344, año fabricación:
2018, color: blanco, VIN: VF3DDHMZ6JJ506344. Para tal efecto se señalan
las catorce horas quince minutos
del quince de febrero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
quince minutos del veintitrés
de febrero de dos mil veintidós,
con la base de trece mil cuatrocientos
veinticuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del tres de marzo de dos mil veintidós, con
la base de cuatro mil cuatrocientos setenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA Sociedad Anónima, contra Kenny Daniel
Quesada Castro. Expediente N° 18-008741-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: veintiuno horas
con veintiocho minutos del diez de junio del dos mil veintiuno.—German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022615646 ).
En este Despacho, con una base de un millón
quinientos cuarenta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
236510. Para tal efecto se señalan las diez horas del veintitrés de febrero del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas del tres de marzo del
dos mil veintidós, con la base de un millón ciento cincuenta
y cinco mil colones (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del once de marzo del
dos mil veintidós, con la base de trescientos
ochenta y cinco mil colones (25% de la base original). Publíquese
el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el
edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de VEINSA S. A. Vehículos
Internacionales contra José Uriel García Hernández. Expediente N° 06-000363-0181-CI.—Juzgado Tercero Civil
de San José, 18 de noviembre del 2021.—Licda. María Sophia
Ramírez Rodríguez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022615648 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho
millones sesenta y un mil seiscientos noventa y cinco colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 447856, marca:
Mitsubishi estilo: Montero LS, categoría: automóvil.
serie: JA4MR41H2SJ008787. carrocería: familiar. tracción: 4x4. número
chasis: JA4MR41H2SJ008787. año
fabricación: 1995. color: blanco.
vin: JA4MR41H2SJ008787. N° motor: 6G72K12432. Para tal
efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós con la base de veintiún
millones cuarenta y seis
mil doscientos setenta y un
colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós con la
base de siete millones
quince mil cuatrocientos veintitrés
colones con setenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Vehículos Internacionales Veinsa S.A. contra Roberto Guzmán Baltodano
Expediente N° 20-003984-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: quince horas
con uno minutos del tres de
Enero del dos mil veintidós.—Natalia
Orozco Murillo, Jueza Decisora.—(
IN2022615649 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
mil seiscientos dieciocho dólares con cincuenta y ocho centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa: 842565, Marca: Mitsubishi, Estilo:
Montero GLS, Capacidad: 7 personas, Año: 2011, Color: Negro, Vin: JMYLRV96WAJ000408, N° Motor: 4M40HL9646, Cilindrada:
2835 c.c., Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del once de febrero
de dos mil veintidós con la base de doce mil cuatrocientos sesenta y tres dólares con noventa y cuatro
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós con la base de cuatro mil ciento
cincuenta y cuatro dólares
con sesenta y cinco
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales ( VEINSA ) Sociedad Anónima contra
Andrés David Cordero Fernández. Expediente N°
19-008912-1170-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 03 de enero del 2022.—Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022615651 ).
En este Despacho, se señalan las diez horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintidós.
Con una base de cuatro millones novecientos
treinta y siete mil ciento diecisiete colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ochenta y seis mil seiscientos dieciséis, derecho
cero cero cero, la cual es Lote 10-terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
3-Guaycara, cantón
7-Golfito de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Hugo Pérez
Araya, sur, Lilliam Obando Obando, este, calle pública
con 19,00 metros de frente, oeste,
Coopeguaycara. Mide: cuatrocientos noventa y nueve metros con setenta decímetros cuadrados, plano: P-0151818-1993. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del trece de mayo del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
setecientos dos mil ochocientos
treinta y siete colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de mayo
del dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos treinta y cuatro mil doscientos setenta y nueve colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores
R.L. contra William Ramon Calderón Granados. Expediente
N° 20-002606-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito, hora y fecha
de emisión: diez horas con treinta y dos minutos del dieciséis de diciembre del dos
mil veintiuno.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2022615653
).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones setenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 330-06992-01-0901-001, reservas
y restricciones bajo las citas:
376-05359-01-0900-001, reservas y restricciones
bajo las citas: 376-05359-01-0901-001, y reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos bajo las citas:
465-16355-01-0194-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 525.982-000, la cual es terreno con una casa de habitación,
patio y ante jardín. Situada:
en el distrito
9-La Palmera, cantón 10-San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Cecilia
Castro Molina y Gerardo Avalos Rosales; al sur, Eduardo Zamora Durán y María Giselle
Arguedas Barquero; al este,
calle pública, y al oeste, calle pública. Mide: trescientos sesenta y cuatro
metros cuadrados. Plano: A-1768663-2014 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
veintidós, con la base de doce
millones ochocientos dos
mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de setiembre del
dos mil veintidós, con la base de cuatro millones doscientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores
R.L. contra Luis Eduardo de Jesús Zamora Durán. Expediente
N° 21-004912-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con dos minutos del primero de setiembre del dos mil veintiuno.—Pablo
Asdrúbal
López Vindas, Juez/a
Decisor/a.—( IN2022615663 ).
En este Despacho,
con una base de cinco mil noventa dólares
con catorce centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión bajo la sumaria 19-005619-0497-TR del Juzgado
de Tránsito
de Heredia y la colisión bajo la sumaria
19-005620-0497-TR del Juzgado de Tránsito de Heredia; sáquese a remate el vehículo placa GRM146, marca: KIA, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: gris, N° de chasis:
KNADN412BD6196755, cilindrada: 1396 c.c. Para tal efecto se señalan
las catorce horas quince minutos
del siete de febrero del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas quince minutos
del quince de febrero del dos mil veintidós,
con la base de tres mil ochocientos
diecisiete dólares con sesenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas quince minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós,
con la base de mil doscientos setenta
y dos dólares con cincuenta
y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) S. A. contra Daniela Elena Galli Sánchez. Expediente
N° 21-005951-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de enero del 2022.—Ricardo Barrantes
López, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022615678 ).
En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando demanda ordinaria citas: 2010-176378-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula
número cincuenta y seis mil
quinientos veintiuno,
derecho cero cero cero, la cual es terreno, terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 1-Puerto Cortés, cantón 5-Osa de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte:
Ronulfo Cubero; al sur: Alfonso Argüello; al este:
Alberto Núñez; y al oeste: calle cuarta con 39 m. 59 cm. Mide: mil seiscientos veintitrés metros con cincuenta y
un decímetros cuadrados.
Plano: P-0475183-1982. Para tal efecto
se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintidós, con
la base de dos millones quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Distribuidora Agrocomercial S. A., contra Alberto
Zamora Gómez. Expediente N° 12-000177-0295-CI.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: dieciocho horas
con veinte minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022615718 ).
En este Despacho, con una base de siete millones novecientos noventa y cinco mil colones exactos, soportando Hipoteca citas: 569-47188-01-0002-001, sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil setecientos veinte, derecho 000, la cual es terreno de patio con una casa. Situada
en el distrito
03-Macacona, cantón 02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Jose Manuel
Álvarez Martínez; al sur, Luis Alberto Chinchilla; al este,
Emilce Castro; y al oeste, calle pública con 21.21 metros. Mide: mil ciento veintiún metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del dos de marzo
de dos mil veintidós con la base de cinco millones novecientos noventa y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del diez de marzo de dos mil veintidós con la
base de un millón novecientos
noventa y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Sheyla Cristina Mendoza Cabrales
contra Richard López
Castro. Expediente N° 20-005044-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha
de emisión: siete horas con
cuarenta y uno minutos del diecinueve de julio del dos mil veintiuno.—Anny Hernández Monge, Jueza
Decisora.—( IN2022615721 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: CL123821, marca: Hino, estilo: F.A., categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, año fabricación: 1992,
combustible: diesel. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del primero de febrero
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas cero minutos
del nueve de febrero del
dos mil veintidós, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós,
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Adilia Mata Godínez contra Didier Gerardo Abarca
Mata. Expediente N° 21-001198-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: diez horas con veintinueve minutos del veinticuatro de noviembre del dos
mil veintiuno.—Franz Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022615767 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: 683977, marca: Hyundai,
estilo: Elantra, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería:
Sedan, 4 puertas, año fabricación: 2001, N° chasis:
KMHDN45D21U047610, color: blanco, año fabricación: 2001.
Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del diez de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas
cero minutos del veinticuatro
de febrero de dos mil veintidós,
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del diez de marzo de dos mil veintidós, con la base de quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Exportaciones Santa María S. A., contra Minior Julio Herrera Mendoza. Expediente
N° 21-002834-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: once horas con veintiséis minutos
del diecisiete de diciembre
del dos mil veintiuno.—Patricia Eugenia Cedeño Leiton, Jueza Tramitadora.—( IN2022615796
).
En este Despacho,
con una base de dos millones novecientos
veinte mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2016-49405-01-0002-001, citas:
2016-95794-01-0013-001, citas: 2016-95794-01-0019-001, citas:
2016-95794-01-0034-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas:
2016-95794-01-0014-001, citas:
2016-95794-01-0020-001, citas:
2016-95794-01-0035-001, servidumbre de acueducto citas:2016-95794-01-0015-001, citas:
2016-95794-01-0021-001, citas:
2016-95794-01-0036-001; sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula
número 147353-000, la cual
es naturaleza: terreno de
solar. Situada en el distrito: 02-La Suiza, cantón: 05-Turrialba, de
la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Carlos Ortiz González; al sur, Silverio
Ortiz González; al este, servidumbre
y de paso con un ancho de 5m y frente de 90 cm en medio Silverio Ortiz González y al oeste,
Carmen Cassasola Aguilar. Mide:
doscientos dieciocho metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del ocho
de marzo de dos mil veintidós,
con la base de dos millones ciento
noventa mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós, con la base de setecientos
treinta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Jorge Eli Martínez Sánchez
contra Silverio Ortiz González. Expediente número 20-005118-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de diciembre del año 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022615839 ).
En este Despacho, con una base de siete millones setecientos cinco mil ochocientos setenta y tres colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
360-02771-01-0944-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 536.827-000 la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito
4-Katira, cantón 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Édgar Méndez Murillo; al sur, calle pública con un
frente a ella
de 30.34 centímetros; al este,
frente a servidumbre agrícola con un frente de 19.83 centímetros, y al oeste, Fressy Bolaños Rodríguez. Mide: seiscientos veintitrés metros cuadrados. Plano: A-1855425-2015. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil veintidós, con la base de cinco millones setecientos setenta y nueve mil cuatrocientos cuatro colones con noventa y un céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós,
con la base de un millón novecientos
veintiséis mil cuatrocientos
sesenta y ocho colones con treinta céntimos (25% de la base original). Con una base de cinco millones ciento diecisiete mil ochocientos sesenta y siete colones con dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
360-02771-01-0944-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 528.038-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito 4-Katira, cantón
15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Édgar Méndez Murillo; al sur, frente
calle pública de 23 metros 83 centímetros;
al este, Ediet Méndez
Murillo, y al oeste, Juan María Ocampo
Vega. Mide: cuatrocientos
metros cuadrados. Plano: A-1804584-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos treinta y ocho mil cuatrocientos colones con veintisiete céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós,
con la base de un millón doscientos
setenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y seis colones con setenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Fressy Vivian
Francisca Bolaños Rodríguez, José Mauricio Luna Bolaños. Expediente
N° 21-005482-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con dos minutos del seis de octubre del
dos mil veintiuno.—Bridley
Rodríguez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022615848 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho
millones seiscientos seis
mil setecientos treinta y nueve colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas:
315-03382-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 80679-001, 002, la cual es
naturaleza: terreno para construir con 1 casa. Situada: en el distrito:
01-Oriental, cantón: 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Distribuidora
González S. A.; al sur, Distribuidora González S. A.;
al este, calle de la Urbanización, y al oeste, Josefa
Quirós. Mide: trescientos veinte metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta
minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós, con
la base de veintiún millones
cuatrocientos cincuenta y cinco mil cincuenta y cuatro colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós, con
la base de siete millones ciento cincuenta y un mil seiscientos ochenta y cuatro colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra Marino Alfredo Navarro
Solano, Sonia Isabel Mayela de Los Ángeles Mata Picado. Expediente N° 19-007951-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 09 de diciembre
del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022615852 ).
En este Despacho, con una base de un millón
setecientos sesenta y seis
mil colones exactos, libre
de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo Placa: 711526, marca: Nissan, estilo: Sentra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: 1N4AB41D0SC762114, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, color gris, año fabricación: 1995. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del once de mayo
del dos mil veintidós, con la base de un millón trescientos veinticuatro mil quinientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós
con la base de cuatrocientos cuarenta
y un mil quinientos colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Susan Iveth Soto Barboza contra Aníbal
Morales García. Expediente N° 15-013190-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de diciembre del
2021.—Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—(
IN2022615899 ).
En este Despacho, con una base de diez millones ciento once mil cuatrocientos noventa y nueve colones con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
N° BJX439, marca: Hyundai, estilo: Creta GL,
serie: MALC281CAGM036161, chasis:
MALC281CAGM036161, Vin: MALC281CAGM036161, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: todo terreno, 4 puertas, color: blanco, tracción: 4x2, año: 2016, N° de motor: G4FGFU613988, combustible: gasolina,
cilindrada: 1600 c.c. Para tal
efecto se señalan las once
horas cero minutos del dieciséis
de febrero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veinticuatro de febrero
de dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos ochenta y tres mil seiscientos veinticuatro colones con noventa y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del cuatro de marzo
de dos mil veintidós, con la base de dos millones quinientos veintisiete mil ochocientos setenta y cuatro colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Bonilla Salas. Expediente N° 17-011378-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 4 de enero del 2022.—Carlos Alberto Marín Angulo, Juez Tramitador.—( IN2022615922
).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y cuatro millones trescientos
seis mil setenta y tres colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
N° 217820-000, la cual es terreno para construir N°
19 D Urbanización Las Rosas.
Situada en el distrito 1-San Juan, cantón 13-Tibás, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Residencias S. A.; al sur, Residencias S. A.; al este,
calle pública con 10 metros
de frente, y al oeste,
Residencias S. A. Mide: doscientos
setenta y tres metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, señalan las catorce horas cero minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veintidós
de febrero del dos mil veintidós
con la base de cuarenta millones
setecientos veintinueve mil
quinientos cincuenta y cinco colones con treinta y dos céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del
dos de marzo de dos mil veintidós
con la base de trece millones
quinientos setenta y seis
mil quinientos dieciocho colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de cinco millones setecientos veintiséis mil ochocientos veintidós colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
361-03258-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N°
103320-F-000, la cual es Finca filial número setenta y dos, parqueo número treinta y tres ubicado en el
primer nivel, destinada a estacionamiento en proceso de construcción.
Situada en el distrito 3-Sánchez, cantón 18-Curridabat, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
área común libre destinada a calle; al sur, área común libre destinada a acera;
al este, finca filial número
setenta y tres y al oeste finca filial número setenta y uno. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintidós
de febrero del dos mil veintidós,
con la base de cuatro millones doscientos
noventa y cinco mil ciento dieciséis colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de marzo del dos
mil veintidós, con la base de un millón
cuatrocientos treinta y un
mil setecientos cinco colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base
original). 3) Con una base de siete millones seiscientos dos mil ochocientos cincuenta colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 361-03258-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 103319-F-000, la cual es Finca filial número setenta y uno, parqueo número treinta y dos ubicado en el
primer nivel, destinada a estacionamiento para discapacitados en proceso de construcción. Situada en el
distrito 3-Sánchez, cantón
18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre destinada a calle; al sur, área común libre destinada a acera;
al este, finca filial número
setenta y dos, y al oeste, área común libre destinada a acera. Mide: dieciocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veintidós
de febrero del dos mil veintidós,
con la base de cinco millones
setecientos dos mil ciento treinta y siete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de marzo del dos
mil veintidós con la base de un millón
novecientos mil setecientos
doce colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base original). 4) Con una base de ochenta y seis millones trescientos noventa y seis mil veintiséis colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 361-03258-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de, matrícula N° 103274-F-000, la cual es finca filial número veintiséis ubicada en el quinto nivel
del edificio, destinada a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito 3-Sánchez, cantón 18-Curridabat, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Espacio Aéreo Vacío; al
sur, Espacio Aéreo Vacío;
al este, área común construida destinada a escalera
de emergencia uno, pasillo cinco
cero uno y finca filial número veintisiete,
y al oeste, área común construida destinada a ducto y espacio aéreo vacío. Mide: ciento cincuenta y un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintidós
de febrero del dos mil veintidós,
con la base de sesenta y cuatro millones
setecientos noventa y siete mil diecinueve colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de marzo del dos
mil veintidós, con la base de veintiún
millones quinientos noventa y nueve mil seis colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Luis Arce Durán, José Luis Arce González
y 3-102-656547 Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente N°
21-001059-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—(
IN2022615923 ).
En este Despacho, con una base de trescientos
diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
veinticuatro mil cuatrocientos
cincuenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno de frutales con una casa de habitación.
Situada en el distrito 2-San José, cantón 6-San Isidro, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
Marco Villalobos Hernández; al sur, Ovidio Zúñiga
Ramírez, Roberto Chacón
Rodríguez y Mario Chávez Salas; al este, Mario
Chávez Salas, Humberto Solís, Efraín Chacón Brenes y Enrique Chávez Araya; y al oeste,
Manfred Huebner Hernández en parte,
calle publica con 18,16 metros. Mide:
once mil un metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince
minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós con la
base de doscientos treinta
y dos millones quinientos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del
seis de abril de dos mil veintidós
con la base de setenta y siete
millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Hermont de San Pedro S.
A., Rodney Eugenio Fernández Solano. Expediente N°
21-008216-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: nueve horas con
diecinueve minutos del nueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022615934 ).
En este Despacho,
con una base de ocho mil cincuenta y un dólares
con noventa y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BKF152, Marca:
Chevrolet, Estilo: Spark Classic LTZ, Chasis: MA6CH6CD8GT000215, Capacidad:
5 personas, Color: Blanco, Año: 2016, Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del uno
de febrero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince
minutos del nueve de febrero de dos mil veintidós con
la base de seis mil treinta y ocho
dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintidós con
la base de dos mil doce dólares
con noventa y nueve
centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de MB Creditos S. A. contra Angelo Sebastián
Colmenares Morales. Expediente N° 20-013479-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del año 2021.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—(
IN2022615960 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
millones seiscientos dos
mil ciento setenta y siete colones con veintisiete céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 341-16011-01-0902-001
servidumbre trasladada citas: 320-14768-01-0901-001 servidumbre
trasladada citas:
341-16011-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 538237 derechos 001 y 002, naturaleza:
terreno de café situada en el distrito:
07-El Rosario cantón: 06-Naranjo de la provincia de Alajuela: Linderos: norte, calle pública en
medio Mauricio Brizuela Casanova y María del Pilar
Casanova Aragón, sur, Víctor Arias Esquivel, este,
Mauricio Brizuela Casanova y María del Pilar Casanova
Aragón y Benedicto Bolaños Alpízar,
oeste, Víctor Arias Esquivel. Mide:
seis mil dieciocho metros cuadrados.
Plano: A-1867797-2015. Para tal efecto,
se señalan las dieciséis
horas cero minutos del veintiocho
de febrero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas
cero minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós, con
la base de diecisiete millones
setecientos uno mil seiscientos
treinta y dos colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós, con la base de cinco millones novecientos mil quinientos cuarenta y cuatro colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
María del Pilar Casanova Aragón, Mauricio Antonio Brizuela
Casanova. Expediente N° 22-000033-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: diez horas con ocho minutos del once de enero del dos mil veintidós.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—( IN2022615962 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y cuatro mil quinientos veintiún
dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Serv. y Cond.
Ref:1760-436-007 citas: 312-04504-01-0901-001 y Servidumbre de Paso citas:
2012-138644-01-0002-001; sáquese a remate la finca
del partido de Heredia, matrícula
número doscientos mil quinientos noventa y dos, derecho
000, la cual es Lote N-7
para uso agrícola. Situada en el
distrito 4-Jesús, cantón
4-Santa Barbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Lote 6 Segregado de Servicios Fiduciarios del Foro S. A.; al sur, Servicios Fiduciarios del Foro S. A.; al este, calle pública con un frente
de 40 metros con 60 centímetros; y al oeste, Servicios Fiduciarios del Foro S. A.. Mide: cinco
mil nueve metros con noventa
y seis decímetros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas veinte minutos del veintiuno de julio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas veinte minutos del uno de febrero de dos mil veintidós con
la base de cuarenta mil ochocientos
noventa dólares con setenta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del diez de agosto de dos mil veintidós con
la base de trece mil seiscientos
treinta dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Santa Barbara de Heredia contra Manuel Lachner
Victory. Expediente N° 20-000257-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: once horas con veintiuno
minutos del diez de enero del dos mil veintidós.—M.Sc.
Liseth Delgado Chavarría, Jueza Decisora.—( IN2022615969 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y cinco millones ochocientos setenta y cinco mil ochocientos treinta y nueve colones exactos, soportando hipoteca I grado citas:
571-74141-01-0002-001, servidumbre trasladada citas:
217-00842-01-0901-001, servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 569-03232-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 51821-F, derecho
000, la cual es terreno
finca filial primaria individualizada
veintiséis terreno apto para la construcción que se destinará a uso habitacional, en el cual
no se podrá construir más de dos plantas. Situada: en el
distrito 1-San Pablo, cantón
9-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial veinticinco; al sur, finca filial veintisiete;
al este, acceso vehicular
con un frente de diez
metros lineales, y al oeste,
Olga y Flor ambas Smith Espinoza. Mide:
doscientos doce metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del veintiocho de abril del
dos mil veintidós, con la base de veintiséis
millones novecientos seis
mil ochocientos setenta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas cero minutos del seis de mayo del dos mil veintidós, con la base de ocho millones novecientos sesenta y ocho mil novecientos cincuenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial
Puebla Real contra Leonardo Gutiérrez Sanabria. Expediente
N° 19-006779-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: trece horas del
siete de enero del dos mil veintidós.—German
Valverde Vindas, Juez Decisor.—( IN2022616066 ).
En este Despacho, con una base de siete
mil ciento sesenta y nueve dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo 826208, marca: Volkswagen, estilo: Bora, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: 3VWHW11K6AM024435, peso vacío: 0, carrocería: Sedan 4 puertas, peso neto: 0 kgrms., tracción: 4x2, VIN: 3VWHW11K6AM024435. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós, con la base de cinco
mil trescientos setenta y siete dólares con cuarenta y siete centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós,
con la base de mil setecientos noventa
y dos dólares con cuarenta
y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Víctor Manuel Calderón Cartín. Expediente N°
18-000510-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: quince horas con veintiséis
minutos del siete de enero del dos mil veintidos.—Rolando
Valverde Calvo, Juez Decisor.—(
IN2022616169 ).
En este Despacho, con una base de quince mil setecientos
noventa y cinco dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa BKJ461, marca Citroën, estilo C-ELYSEE, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2016, color plateado, Vin
VF7DDNFPBGJ515836, N°
motor: 10FC1A0075704, cilindrada 1587 c.c.,
combustible gasolina. Para tal
efecto se señalan las once
horas treinta minutos del siete de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil veintidós,
con la base de once mil ochocientos cuarenta y seis dólares con veintiocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós con
la base de tres mil novecientos
cuarenta y ocho dólares con setenta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J
S.A contra Etelsi María Marín Cerdas.
Expediente N° 19-000363-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 05 de enero del
2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022616171 ).
En este Despacho,
con una base de doce mil trescientos
nueve dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo FJC478 Marca:
Hyundai; Estilo: Santa Fe GL; capacidad:
5 personas; año:2013; color: azul; carrocería: Todo terreno 4 puertas; Tracción: 4X2; CHASÍS: KMHST81CBDU062805; N N°Motor: G4KECU898181; combustible: gasolina;
cilindros: 04. Para tal efecto se señalan ocho horas veinte minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a ocho
horas veinte minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós con la base de nueve
mil doscientos treinta y un
dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con la base de tres mil
setenta y siete dólares con veinticinco centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ
Sociedad Anónima. contra Alejandro Jiménez Alfaro.
Expediente:19-007613-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del año 2021.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Decisor.—( IN2022616175 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
mil seiscientos sesenta dólares con treinta y cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa KTH001, marca: BYD, Estilo: S 6 GS I MT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año fabricación: 2016,
color: blanco, número de chasis: LC0C14CG8G1000137, cilindrada:
2400 c.c. Para tal efecto
se señalan las diez horas
quince minutos del siete de
febrero del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince
minutos del quince de febrero
del dos mil veintidós, con la base de trece mil novecientos noventa y cinco dólares con veintiséis centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintidós, con la base de cuatro mil seiscientos sesenta y cinco dólares con ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Berny Francisco Martínez Arroyo Expediente N° 19-009649-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de enero del
2022.—Ricardo Barrantes López, Juez
Decisor.—( IN2022616176 ).
En este Despacho, con una base de cinco
mil novecientos noventa dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa: BHZ720, Marca: BYD, Estilo:
S 6 GS-I, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie: LC0CG4CG3F1006862, Año: 2015, Color: Negro. Para tal
efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós con
la base de cuatro mil cuatrocientos noventa y dos dólares con setenta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós con la base de mil cuatrocientos
noventa y siete dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de MB Creditos S. A. contra Douglas Ulises Aguilar Hernández, Expediente N° 20-009067-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciocho minutos del veintiséis de setiembre del dos mil veintiuno.—M.Sc.
Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2022616178 ).
En este Despacho, con una base de
once millones setecientos ochenta y nueve mil cuatrocientos treinta y seis colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BRD135, marca: Citroën, estilo: Celysee, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF7DDNFPTJJ503367, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número chasis: VF7DDNFPTJJ503367, año fabricación: 2018, estado actual: Inscrito, N° motor: 10FC1M0092428, marca: Citroën N° Serie: No Indicado,
modelo: N°1. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas quince minutos del veintidós
de marzo del dos mil veintidós,
con la base de ocho millones
ochocientos cuarenta y dos
mil setenta y siete colones con treinta y siete céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con
la base de dos millones novecientos
cuarenta y siete mil trescientos cincuenta y nueve colones con doce céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Karen Lilliana López Miranda. Expediente
N° 20-005881-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: diecinueve horas
con cincuenta minutos del veintidós de junio del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022616182 ).
En este Despacho, con una base de tres millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos, citas: 318-06179-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos dieciséis mil trescientos cincuenta y cuatro,
derecho 000, la cual es terreno
para construir lote 13. Situada en el
Distrito 5-Paquera, Cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte Dersita S. A.; al
sur calle pública con un frente a ella de 8.51 metros; al este Dersita S. A. y al oeste Dersita S. A. Mide: doscientos trece metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós con la
base de dos millones setecientos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del uno
de abril de dos mil veintidós
con la base de novecientos mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Juan María Sibaja Castro contra La Dersita S.A. Expediente:21-005191-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas. Hora y fecha de emisión:
once horas con catorce minutos
del cinco de agosto del dos
mil veintiuno.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022616193 ).
En este despacho, con una base de cuatro millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de la provincia: Alajuela finca: 21286 duplicado: horizontal: F derecho: 000, segregaciones:
No hay, naturaleza: apartamento
noventa y tres bloque F, dedicado a habitación en proceso
de construcción. Situada en el distrito
4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte: Área común de acceso peatonal; sur: Área común de patio; este: Isabel Ulloa Naranjo; oeste: Apartamento 92 F, Mide: treinta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del uno de marzo de dos
mil veintidós con la base de tres millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del nueve de marzo de dos mil veintidós con la base de un millón
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Sirlia María Ovares Alvarado contra Kendal Andrey Aguilar
Corrales. Expediente N° 17-013114-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión:
quince horas con veinticinco minutos
del diez de mayo del dos mil veintiuno.—Michelle
Allen Umaña, Jueza Decisora.—( IN2022616202 ).
En la puerta
exterior de este despacho
judicial y con una base de dieciséis mil trescientos diez dólares con catorce centavos,
libre de gravámenes y anotaciones,
sáquese a remate el vehículo placas GB 002975, marca: Hyundai, estilo: H 1, categoría: microbús, capacidad: 12 personas, serie,
chasis y VIN: KMJWA37HAFU712589, carrocería:
microbús, año de fabricación: 2015, color: gris N° de motor: D4BHF002218,
combustible: diesel. Para tal efecto
se señalan las ocho horas
del tres de febrero de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas del once de febrero de dos mil veintidós, con la base de doce
mil doscientos treinta y
dos dólares con sesenta y
un centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del veintiuno de febrero de dos mil veintidós, con
la base de cuatro mil setenta y siete
dólares con cincuenta y
cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días hábiles de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso de ejecución prendaria, establecido por Credi Q Inversiones CR S. A.
contra José Manuel Díjeres Araya. Expediente
N° 19-005778-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia), hora y fecha de
emisión: dieciséis horas con cincuenta
y uno minutos del diez de enero del dos mil veintidós.—Licda.
Natalia Orozco Murillo, Jueza.—( IN2022616208 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de cuatro millones novecientos
catorce mil cuatrocientos treinta colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKV782, Marca: Peugeot, Estilo:301 Active, Serie:
VF3DDNFPEGJ510797, carrocería: Sedan 4 puertas, Sedan 4 puertas. Para tal efecto se señalan
las diez horas cero minutos
del dieciocho de julio de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
veintisiete de julio de dos
mil veintidós, con la base de tres
millones seiscientos ochenta y cinco mil ochocientos veintidós colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintidós, con la base de un millón
doscientos veintiocho mil seiscientos siete colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco LAFISE S. A. contra Isaac Josué Araya Rojas,
Jose Henry Araya Marín. Expediente N° 20-015617-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con doce minutos del diecisiete de setiembre del dos
mil veintiuno.—Lic. Manuel Loría
Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022615819 ).
En este despacho, 1-) Finca del partido
de guanacaste, matrícula número 55.183-000; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones citas:
351-02377-01-0900-001. La cual es naturaleza:
terreno con una casa situada
en el distrito
1- Nicoya cantón
2- Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Nicolasa Guevara
Cardenas; sur, calle pública; este,
Nicolasa Guevara Cardenas; oeste,
Nicolasa Guevara Cardenas. Mide:
mil setecientos setenta y
seis metros con treinta y un decímetros
cuadrados plano:
G-0599940-1985. Para el primer remate con una base de
setenta y ocho millones quinientos cincuenta y ocho mil setecientos cinco colones con sesenta y nueve céntimos. Para el segundo remate con la base de cincuenta y ocho millones novecientos diecinueve mil veintinueve colones con veintisiete céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate con la base de diecinueve millones seiscientos treinta y nueve mil seiscientos setenta y seis colones con cuarenta y dos céntimos (25% de
la base original). 2- ) Finca del partido de guanacaste, matrícula número: 158.994-000, libre de gravámenes hipotecarios
pero soportando reservas y restricciones citas: 301-12942-01-0914-001. La cual
es naturaleza: Terreno de
bosque lote 1 situada en el distrito
1- Nicoya cantón
2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Omar Briceño
Cardenas; sur, Nicolasa Guevara Cardenas; este, calle pública con un frente
de 65.85 metros oeste, Omar Briceño Cardenas. Mide:
dieciséis
mil trescientos cincuenta y
dos metros con sesenta y un decímetros cuadrados.
Plano: G-1138033-2007. Para el primer remate con una
base de cuarenta y cinco millones setecientos ochenta y seis mil doscientos noventa y cuatro colones con treinta y un céntimos. Para el segundo remate con la base de treinta y cuatro millones trescientos treinta y nueve mil setecientos veinte colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate con la base de
once millones cuatrocientos
cuarenta y seis mil quinientos
setenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Señalamientos: Para el
primer remate se señalan las ocho
horas cero minutos del dieciséis
de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticuatro de mayo
de dos mil veintidós y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del uno
de junio de dos mil veintidós.
Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Asimismo. Se le pone en conocimiento a los postores, oferentes o terceros interesados que para ofrecer posturas dentro del presente asunto por el inmueble a rematar,
deberá aportar la oferta en la moneda
en la que se haya establecido la base para remate. Lo anterior, bajo el apercibimiento de no atender las posturas que sean aportadas en moneda distinta
a la del remate que se celebra. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Héctor Luis Briceño Víquez, Laura
Gabriela Obando Villegas. Expediente N°
19-000196-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: veinte horas
con cincuenta y uno minutos
del dieciséis
de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022616243 ).
En este Despacho, con una base de ciento setenta y siete mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 287-01036-01-0901-001 y servidumbre
sirviente citas:
379-10476-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 106482-F, derecho 000, la cual
es terreno finca filial número cinco
de dos plantas. Ubicada en el primer y segundo nivel destinada
a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito: 03-Santiago, cantón: 05-San Rafael, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
finca filial número
seis; al sur, Rancho y Juegos Infantiles;
al este, Claudio Ramírez Segura y al oeste, acceso vehicular. Mide: doscientos veintiocho metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas quince minutos del veintinueve
de marzo de dos mil veintidós,
con la base de ciento treinta
y dos mil setecientos cincuenta
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del seis de abril de dos
mil veintidós, con la base de cuarenta
y cuatro mil doscientos cincuenta
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra 3-102-694871
S.R.L, Luis Francisco Calderón Leal, expediente N°
19-015164-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: once horas con treinta
y cinco minutos del veintiuno de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022616261 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
367-01215-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 372.765-000,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
7-La Fortuna, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, servidumbre de uso agrícola con un frente de 44,42 metros lineales;
al sur, Alba Iris Rodríguez Rodríguez; al este, Dinorah Vargas Rojas y calle
pública
con un frente de 3 metros lineales,
y al oeste, Dinorah Vargas Rojas. Mide:
cuatrocientos veintinueve
metros con ocho decímetros cuadrados, plano: A-0917240-2004.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil
veintidós, con la base de tres
millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de febrero del dos
mil veintidós, con la base de un millón
ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo
contra Giovanni Salas Montiel. Expediente N°
20-007058-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 25 de febrero del 2021.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022616320 ).
En este Despacho, con una base de doce millones sesenta y siete mil noventa y ocho colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
N° 64292-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veintiséis apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito
5-Sámara, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan Castrillo Vásquez; al
sur, calle de acceso; al este, finca filial veinticinco, y
al oeste, filial veintisiete.
Mide: ciento cincuenta y un metros con cuarenta
y un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del
quince de febrero del dos mil veintidós,
con la base de nueve millones
cincuenta mil trescientos veintitrés colones con noventa céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintidós, con la base de tres
millones dieciséis mil setecientos setenta y cuatro colones con sesenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Panamá
Sámara
contra Constructora Patriali
S. A. Expediente N° 18-000557-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
hora y fecha de emisión:
once horas con diez minutos
del seis de setiembre del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2022616411
).
En este Despacho, Con una base de doscientos
ochenta y ocho millones ochenta y cinco mil doscientos ocho colones con
veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula número 138620, derecho 000, la cual es
terreno de café, árboles frutales y una casa. Situada en el distrito 6-San
Isidro, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Ana
María Álvarez Picado, Jose Miguel Alfaro González y
Albano Miranda Soto; al sur Marta Analive Solera
Alfaro y Saramanta Álvarez López; al este calle publica y al oeste Río Tacacori.
Mide: seis mil setecientos ochenta y dos metros con ochenta y un decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del
veinticuatro de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del uno de junio de dos
mil veintidós con la base de doscientos dieciséis millones sesenta y tres mil novecientos seis colones con dieciséis céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil
veintidós con la base de setenta y dos millones veintiún mil trescientos dos
colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Caprede Factoreo S. A. contra Embotelladora y Distribuiora
Awwa S. A., Hotelera Promohotel
S. A. Expediente N° 18-005394-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de
noviembre del año 2021.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—(
IN2022616428 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°21-000117- 1002-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Giovanni
De Los Ángeles Vargas Aguilar, quien es mayor, casado una vez, ganadero, vecino
de Cartago, Turrialba, Santa Cruz, Calle Vargas, doscientos metros oeste de la
plaza de deportes, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
tres - cero trescientos diecisiete - cero ochocientos ochenta y nueve
(3-0317-0889), a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de
potrero. Situada en Calle Vargas, del distrito cuatro Santa Cruz, cantón cinco
Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Plaza Pública de la
Asociación Desarrollo Integral de Calle Vargas y las Virtudes de Turrialba; al
sur, calle pública con un frente a ella de setenta y un metros con cincuenta y
un centímetro lineal y Giovanni de los Ángeles Vargas Aguilar; al este, calle pública
con un frente a ella de ochenta y ocho metros con ochenta y un centímetros
lineales; y al oeste Annia Sileny Vargas Aguilar.
Mide: tres mil ciento noventa y seis metros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número C - dos millones doscientos setenta y tres mil
ochocientos ochenta y dos - dos mil veintiuno (C-2273882-2021). Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por compraventa verbal, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en el mantenimiento de cercas y potrero. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todas las personas interesadas en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Giovanni de los Ángeles Vargas Aguilar. Expediente N° 21-000117-1002-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario
de Turrialba (Materia Agraria), Turrialba, 13 de diciembre del año
2021.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615075 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
19-000322-0507-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de José Miguel Pereira Chaves quien es mayor, soltero, agricultor, vecino de Heredia San
Pablo cédula uno-novecientos veintisiete-cuatrocientos
setenta, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en La Leona en el distrito primero Guápiles, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jorge Vargas Jiménez; al sur, José Manuel Jiménez Conejo; al este, Cristian Emilio
Fuentes Ulate y al oeste, calle público. Mide: catorce mil seiscientos treinta y cuatro
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-225418-94. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias así como el
inmueble en la suma de cinco millones
de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Francisco Hernández Hernández.
Expediente N° 19-000322-0507-AG. Este edicto debe de publicarse por una
sola vez y con la mayor brevedad
en el Boletín
Judicial de conformidad con el
artículo 5 de la Ley de Informaciones
Posesorias.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí, 15 de diciembre de 2021.—José Francisco De Jesús Cordero
Calderón.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615084 ).
Se hace saber que David Carazo Barquero,
quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Guatuso de Alajuela, Cote,
cincuenta metros sur de la pulpería Amapola Pejibaye, cédula de identidad
número 203670549 y Manuel Antonio Carazo Barquero, quien es mayor, estado civil
soltero, vecino de Guatuso de Alajuela, Cote, cincuenta metros sur de la
pulpería Amapola Pejibaye, cédula de identidad número 203790080. Solicita se
levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el
Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que
se describe así: Terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero -
Cote cantón quince - Guatuso. Colinda: al norte, German Porras Ugalde, al
oeste, German Porras Ugalde, al sur Río Pejibaye, al este, Damaris Carazo
Blanco. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado
número A-374926-1979 una superficie de doscientos noventa y cuatro mil ciento
diecisiete metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Adquirió el bien a
titular de Miguel Antonio Carazo Cantillano, mayor, casado una vez, vecino de
Alajuela, Guatuso, Cote cincuenta metros sur de la pulpería Amapola Pejibaye,
cédula de identidad número cinco cero cincuenta doscientos uno, en fecha
dieciséis de mayo del año dos mil veinte, quien le trasmitió en donación por
medio de Escritura veintidós, ante el Notario Público Rosa María García Sossa y
Manuel Enrique Leiva Chamorro, ejerciendo sobre el fundo en forma quieta,
pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años.
Valora el terreno en la suma de doce millones de colones y estima las presentes diligencias en la misma suma de doce
millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación
de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta
titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos.
Diligencias de proceso información posesoria, promovida por David Ángel Carazo Barquero, Manuel Antonio Del S Carazo
Barquero. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una
sola vez. Expediente N° 21-000008-1520-AG-4.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede
Upala (Materia Agraria), 06 de enero del año 2022.—Armando Guevara
Rodríguez, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022615125 ).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 21-000118-1002-AG
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Annia Sileny Vargas Aguilar, quien es
mayor, casada una vez, ama
de casa, vecina de Cartago, Oreamuno, Cipreses, cien metros al este de la iglesia, portadora de la cédula de identidad
vigente que exhibe número tres-cero trescientos veinticinco-cero ochocientos cincuenta y tres (3-0325-0853), a fin de inscribir
a su nombre y ante el registro público
de la propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en Calle Vargas, del distrito
cuatro Santa Cruz, cantón cinco
Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Greivin Guillermo Masis Fernández
y Annia Sileny Vargas
Aguilar; al sur, Geovanni Vargas Aguilar; al este, Annia Sileny Vargas Aguilar y
Geovanni Vargas Aguilar; y al oeste calle pública con un frente a ella
de ochenta y cuatro metros con setenta
centímetros lineales. Mide: tres mil trescientos quince metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado
número C-dos millones doscientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y ocho-dos mil veintiuno (C-2283848-2021). Indica la promovente
que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en
la suma de ocho millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa verbal, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueña por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y el potrero. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todas las personas interesadas en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo
de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Annia Sileny Vargas Aguilar. Expediente
N° 21-000118-1002-AG.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de
Turrialba (Materia Agraria), 14 de diciembre del año 2021.—Lic. Yeison Darío Rodríguez
Fernández, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615194 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Alexis Jesús de La
Trinidad Sánchez Solano, mayor, estado civil divorciado, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0105250536 y vecino
Cartago, San Diego de La Unión casa 33. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000692-0640-CI-1.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y ocho minutos del treinta de setiembre del dos mil ventiuno.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—( IN2022615146 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Víctor Adrián Ceferino Gutiérrez Chavarría, quien fue mayor, costarricense, cédula número
5-0036-0857, viudo, comerciante,
vecino de Santa Cruz, Guanacaste. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto, expediente N° 21-000532-0388-CI-2.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y cinco minutos del diecisiete de diciembre del dos
mil veintiuno.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022615192 ).
Se convoca a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Jesús del
Carmen Espinoza Álvarez, mayor, estado civil casado, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0500520483, a fin de que comparezcan
a este Despacho
a las nueve horas del dos de mayo dos mil veintidós (09:00 hrs 02/05/2022)
a fin de conocer los extremos
previstos en el artículo 133.2 del Código Procesal Civil. Expediente N°
20-000087-0419-AG. Sucesión de Jesús del Carmen
Espinoza Álvarez.—Juzgado
Agrario de la Zona Sur
Corredores, 14 de diciembre 2021.—Licda.
Maricel Zamora Arias, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022615196 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Ana María Delgado Azofeifa, mayor, estado civil Casada, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad uno ciento noventa y cinco novecientos sesenta y ocho y vecino de Barrio Cocorí, entrada contiguo a Abastecedor Montero,100 metros sur, mano izquierda, San Isidro de EI General, Pérez Zeledón, San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto.
Expediente:21-000312-0188-CI-7.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Civil). Hora y fecha de emisión:
dieciséis horas con veintitrés
minutos del seis de enero
del dos mil veintidós.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022615215 ).
SE hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Francisco Mata Meza, mayor, estado civil divorciado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0302260981 y vecino
de Cartago, Turrialba, Santa Rosa, 300 metros al norte
del Ebais. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000001-0341-CI-6.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba. Hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con dieciocho minutos
del cinco de enero del dos
mil veintidós.—Licda.
Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—( IN2022615234 ).
Licda. Marjorie Salazar Herrera, jueza, Juzgado de Familia de
Grecia. Que en proceso de depósito
judicial N. 21-000718-687-FA. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor (incapaz)
Nataly Dayane Amador Arce, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Publíquese tres veces,
expediente N° 21-000718-0687-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no Contenciosa Depósito Judicial.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las catorce horas con cuarenta minutos del veinticinco de octubre del año dos mil veintiuno, 25 de octubre del año 2021.—Licda. Marjorie
Salazar Herrera, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022613638 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de las personas menores de edad Ana Lucy Amador
Cruz, Yineth Graciela Bustos Cruz y Makenzi Emanuel
Bustos Cruz, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Quepos (Materia Familia), a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de diciembre de dos mil
veintiuno, 16 de diciembre
del año 2021, expediente N°
21-000267-1591-FA. Clase de asunto
actividad judicial no contenciosa.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez Decisor.—O.C.
Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022613643 ). 3
v. 3.
Msc. Patricia Vega
Jenkins, Jueza, Juzgado de
Familia de Grecia, a los señores Marjorie Skarlet González y Marvin José Hernández Potosme, mayores, de nacionalidad nicaragüenses y residen en dicho
país, y a toda persona que tenga interés en
este asunto. Por este medio se les comunica que en Proceso de Depósito
Judicial N° 21-000833-0687-FA, del Juzgado
de Familia de Grecia, se dictó la resolución
de las trece horas con treinta
y dos minutos del quince de diciembre
del dos mil veintiuno, que en
lo conducente y en lo que aquí interesa dice: De las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad: Marjorie Elieth Hernández González, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Marjorie Skarlet González y al señor Marvin
José Hernández Potosme, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso, que el
lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Por medio de edicto,
que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se notificará a los señores
Marjorie Skarlet González y Marvin José Hernández Potosme. Además, se emplazará a quienes tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Depósito provisional:
Con fundamento en la solicitud de la representante
legal de la entidad promotora
de este proceso y con sustento en las pruebas documentales aportadas hasta el momento en autos se ordena depositar provisionalmente a la persona menor
de edad: Marjorie Elieth
Hernández González bajo el cuido de la señora Ruth Raquel
Rodríguez Chaves, quien
deberá apersonarse a este proceso
en el plazo
de tres días a aceptar el cargo conferido. Notifíquese. Msc. Patricia María Vega Jenkins, Juez(a). Expediente
N° 21-000833-0687-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
de Grecia (Materia de Familia), 15 de diciembre
del 2021.—Msc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613659
). 3 v. 3.
Se convoca
por medio de edicto que se publicará
por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela de las personas menores de edad Monserrat Tapia Herrera, Mónica Alejandra Tapia
Herrera, Mairy Tapia Herrera, Mario Ariel Tapia
Herrera, y Ada Herrera para que se apersonen dentro
del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto en el Boletín
Judicial. Publíquese 3 veces
consecutivas. Expediente N°
21-000395-0928-FA. Proceso actividad
judicial no contenciosa de nombramiento
de tutor, actor: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado Familia de Cañas,
Guanacaste, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Fernando Saúrez Jiménez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022613664 ). 3
v. 3.
MSC. Patricia Vega Jenkins, Jueza, Juzgado de Familia de
Grecia. Proceso de depósito
judicial. Expediente N° 21-000714-0687-FA. Se cita
y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
judicial de la persona menor de edad
Treici María Acosta Torres, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
21-000714-0687-FA. Clase de asunto
actividad judicial no contenciosa
depósito
judicial.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
de Grecia (Materia de Familia), a las doce horas con cinco minutos del veinticinco de octubre del dos
mil veintiuno, 25 de octubre
del 2021.—Msc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022613671 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor Dereck Fabian González Quirós,
para que, se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-001223-0292-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa, depósito
judicial.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a las quince horas seis minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613792 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad María
Esther Arguedas Araúz, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.- Expediente N°
21-001227-0292-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa (depósito
judicial).—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial De Alajuela, a las once horas dieciséis minutos del diecinueve de
agosto de dos mil veintiuno.- 19 de agosto del año 2021.—Msc.
Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022613816
). 3 v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor de edad Rene Gabriel Matus Jirón, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°210006340292FA. Clase
de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.
A las catorce horas doce minutos
del siete de junio de dos
mil veintiuno.—Msc.
Jenniffer Ocampo Cerna, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022613817 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial de la
persona menor de edad
Evelin Liseth Aguilar Romero, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 210015010292FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 11 de octubre del 2021.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022613819 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor de edad: Ashly Yuliana Ruiz
Rodríguez, para que, se apersonen a
este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-001282-0292-FA. Clase
de asunto: Depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las nueve horas dieciséis minutos del cuatro de agosto del
dos mil veintiuno.—Msc.
José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022613843 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial de las
personas menores de edad
Isabella León Altamirano y Brianna Yaretzy León
Altamirano, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°21-001560-0292-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las
quince horas treinta y dos minutos
del cuatro de octubre de dos mil veintiuno.
04 de octubre del año 2021.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022613933 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor: Kilary
Valentina Zapata Moraga, para que, se apersonen a este juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 21-000275-1591-FA. Clase
de asunto: Actividad
judicial no contenciosa.—Juzgado Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica
de Quepos (Materia Familia), a las nueve horas cuarenta y nueve minutos del veintidós de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022613956 ). 3 v. 3.
Se hace
saber: que, por iniciativa de María Auxiliadora
Barba Barba, cédula N° 8-0054-0791, viuda comerciante vecina de Cañas, Guanacaste, en su condición de albacea de la sucesión de quien fue en
vida Bernare Sequeira Barbas, se ha promovido un proceso judicial a
fin de que se le reponga por el
Registro Nacional títulos nominativos. Se concede un plazo
de un Mes a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en defensa de sus derechos. Se ordena así en
proceso judicial de Reposición
de Título Valor. Expediente
N° 21-000196-0386-CI-5.—Juzgado
Civil y Trabajo de Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y cinco minutos del uno de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. Brenda Calvo de la O, Jueza
Decisora.—(
IN2022614059 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la personas menores de edad Engels Friedrich Oses Hernández y Susan Stephani Oses
Hernández, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°20-000252-0673-NA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas cuarenta y cuatro minutos del cuatro de agosto del
dos mil veintiuno.—Msc. Jenniffer Ocampo Cerna, Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022614489 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor: Pamela Michelle Delgado Javier, para que se apersonen a este
juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 210012020292FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 19 de agosto de 2021.—Msc.
José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022614686
). 3 v. 2.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor de edad: Horacio López Hernández, para que se apersonen
a este juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 200006320292FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
17 de agosto de 2021.—Licda.
Laura Marcela Alfaro Vargas, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022614703 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
Mariana Orozco Centeno, para que se apersonen a este juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 20-001535-0292-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las ocho horas catorce minutos del 2 de diciembre del 2020.—Licda. Susan De Los Ángeles
Herrera Álvarez, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022614705 ). 3 v.
2.
MSC. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Juez(a) del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a Mitzi Mariana Chavarría Martínez, cédula 0206630035,
se le hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia
Familia), a las trece horas y trece
minutos del nueve de enero del año dos mil diecinueve. De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores de edad Britany Dayana y
Julián Alexander ambos Carranza Chavarría, promovidas
por el Patronato Nacional
de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a
Mitzi Mariana Chavarría
Martínez y Kenny Gerardo Carranza Alfaro, a quienes
se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión
N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. Petitoria de Especial Pronunciamiento:
Tal y como lo solicita la parte actora y por considerarse lo más conveniente para las personas menores
de edad; se ordena el depósito provisional de los niños Britany Dayana y Julián Alexander ambos Carranza Chavarría, bajo el cuidado y la responsabilidad de
sus abuelos paternos, la señora Ana Lucia Alfaro Vargas y Freddy Carranza Chaves. Deberán los mismos en el plazo
de cinco días presentarse a este Despacho
a aceptar y jurar cumplir el cargo conferido. Notifíquese esta resolución a Mitzi Mariana Chavarría Martínez mediante edicto. Notifíquese esta resolución a Kenny Gerardo
Carranza Alfaro, personalmente
o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; Heredia. En caso
de que el lugar de
residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos
de practicar la notificación,
artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Por medio de edicto,
que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Licda. Mariam Calderón Villegas, Jueza.—Juzgado
de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia).—Msc. Yuliana Andrea Ugalde
Zumbado. Juez(a).—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022614868 ). 3
v. 2.
Se convoca
por medio de este edicto
que se publicará por tres veces, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela de Dayanara Oberembt Chacón, para
que, se apersonen dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 21-002289-0364-FA. Proceso de Tutela.—Juzgado de Familia de Heredia, 30 de setiembre del 2021.—Leonardo Loría
Alvarado, Juez de Familia.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022614878 ). 3 v. 2.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el
depósito de la persona menor
Nadia Nathalia Boza Ledezma, para que, se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
210004320292FA. Clase de asunto:
Actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinte de mayo del
dos mil veintiuno.—Msc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615198 ). 3
v. 1.
Se avisa que en este Despacho David Enrique Gálvez
Venegas, Hilda Natalia Rojas Zamora, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Krisia
Alondra Cordero Solorzano. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo
de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
21-000986-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de enero del 2022.—Msc. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022615074 ).
Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes. Al señor José Ramón Herrera Sánchez se le
pone en conocimiento la resolución de las diez horas con diecisiete minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil veintiuno de este despacho que en lo conducente dice: proceso abreviado de suspensión de autoridad parental establecido
por Yeimy María Rodríguez Araya,
mayor, soltera, administradora
de empresas, vecina de
Grecia, titular de la cédula de identidad 206610698
contra José Ramón Herrera Sánchez, mayor, soltero, oficio
desconocido, nicaragüense, pasaporte C123355, de domicilio y
paradero exacto desconocido, representado dentro
del presente proceso por la
curadora procesal Licda. Margarita Regidor Solano. Se confirió
audiencia al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando… Considerando... Hechos probados... Sobre la figura del abandono o del estado de vulnerabilidad de la
persona menor de edad… Sobre la excepción de falta de derecho interpuesta por la curadora procesal.... Por tanto de conformidad
con todo lo anteriormente expuesto, normas de derecho y jurisprudenciales citadas, se estima pertinente ordenar: 1.-) Se declara sin lugar la excepción de falta de derecho interpuesta por
la curadora procesal de la parte demandada. 2.-) Se declara con lugar el presente proceso
abreviado de suspensión de autoridad
parental incoado por Yeimy
María Rodríguez Araya contra José Ramón Herrera Sánchez. En consecuencia, se suspende a este
último del ejercicio de los
atributos de la autoridad
parental respecto de su hijo menor de edad
Ethan Guillermo Herrera Rodríguez. 3.-) La suspensión
de la autoridad parental ordenada
se mantendrá vigente hasta
tanto el señor Herrera Sánchez presente ante autoridad judicial competente una formal solicitud
de restitución de atributos
de autoridad parental mediante
la cual acredite en forma objetiva con sustento en elementos
probatorios contundentes, objetivos, pertinentes, idóneos, un interés fidedigno y estable en iniciar una vinculación afectiva regular y sana con su hijo.
Se someta a un proceso terapéutico que le permita asumir una paternidad responsable, estable y positiva. Cumpla hasta su finalización con un programa de escuela para padres y
madres impartido por el Patronato Nacional de la Infancia u otra entidad similar. Acredite haber asumido la obligación económica en forma estable y regular para
con su hijo, acreditado así un interés auténtico en forjar una vinculación
afectiva sana, productiva, estable y conveniente para la persona menor
de edad Ethan Guillermo Herrera Rodríguez. El ejercicio de los atributos de la Autoridad Parental de la persona menor
de edad indicada durante todo el
período de suspensión será detentado exclusivamente por su madre la señora Yeimy María Rodríguez Araya entre ellos
el ejercicio de la guarda protectora exclusiva del niño por lo que la misma no requerirá autorización, consentimiento ni permiso presencial,
escrito o de ninguna índole del señor Herrera Sánchez para gestionar en sede
administrativa, educativa,
de salud, consular, judicial, etc. a favor de su hijo. A la firmeza
de lo aquí resuelto inscríbase lo ordenado mediante ejecutoria a fin de presentarse ante la Sección de Nacimientos del Registro Civil, partido de Alajuela al Tomo 908;
Folio 220; Asiento 439. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Se les apercibe a los/as interesados/as sobre su derecho de recurrir la presente resolución ante el superior en caso de inconformidad. Publíquese la parte dispositiva de la sentencia en el Boletín
Judicial o un periódico de circulación
nacional. Notifíquese. Msc.
Patricia Vega Jenkins, Jueza. Notifíquese
esta resolución al demandado Herrera Sánchez mediante un edicto que
se publicará una sola vez en el Boletín
Judicial) (Artículos 295, 420 inciso
1º y 422 del Código Procesal Civil).
Comuníquese. Licda. María
Magdalena Alfaro Barrantes, Juez(a)
Publíquese una única vez, expediente N°
20-000409-0687-FA. Suspensión de autoridad parental.—Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica de Grecia
(Materia de Familia).—María Magdalena Alfaro Alfaro,
Jueza 02.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615078 ).
Se avisa que, en este
Despacho bajo el expediente número
20-000459-0292-FA, Oscar Denis Chang Vindas, solicitan se apruebe la adopción individual de
hija de cónyuge de la
persona menor de edad
Brenda León Morales. Se concede a los interesados el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 06 de enero del año 2022.—M.Sc. Luz Amelia Ramírez Garita,
Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022615079 ).
Se avisa, a los señores Cristina de los
Ángeles Bermúdez Noguera y Henry Eli Delgado García,, mayores, de domicilio
desconocido, mismos representados por el curador procesal Licenciado Eduardo
Robert Cruz Ramírez, se le hace saber que existe proceso N°
20-000759-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de
edad Ángel Delgado Bermúdez establecido por el Patronato Nacional de la
Infancia en contra de Cristina de Los Ángeles Bermúdez Noguera y Henry Eli Delgado García, que en resolución dictada
por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San
José, catorce horas cincuenta y ocho minutos del siete de enero de dos mil
veintidós, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a
dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de
descargo si es del caso de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a
la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el
proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el
artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará
sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero del
2022.—Licda. Katia Soto Barahona,
Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615081 ).
Se avisa a los señores Darwin Jose
Polanco López, de calidades desconocidas
y a Minor Alberto Arias Sequeira, portador
del documento de identidad número 1-1397-0542, ambos de domicilio
y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
N° 21-000965-0673-NA, correspondiente a diligencias
no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita
que se apruebe el depósito de las personas menores
de edad Ashley Paola Arias Ramírez, Darwin Yoryued Polanco Ramírez, Dayrin
Gael Ramírez Hernandez, Dominic Joel Ramírez Hernandez, Jeikol
Santiago Álvarez Ramírez, Scarlett Natasha Ramírez Hernández. Se le concede el
plazo de tres días
naturales, para que manifiesten su
conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, nueve
horas y tres minutos del siete de enero de dos mil veintidós.—Licda. Katia Gioconda Soto Barahona, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022615082 ).
Licda. Mayra Trigueros
Brenes, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace
saber a Chao Yu Wu Ng Zheng, documento de identidad 0003045943, mayor, casado,
vecino de domicilio desconocido, se le hace ver que en demanda
abreviada de nulidad de matrimonio por simulación número 14-001275-0186-FA establecida
por el Estado contra Chao Yu Wu Ng Zheng y Xiomara
Patricia Ramírez Torres, se ordena notificarle por edicto, la sentencia número 2021-001245 de
las quince horas veintiún minutos
del dieciséis de noviembre
de dos mil veintiuno, que en
lo conducente, en su parte dispositiva
dice: “Por las razones expuestas
y citas legales invocada, se declara parcialmente con lugar la demanda abreviada de nulidad de matrimonio, incoada por Guillermo Fernández Lizano,
representante legal de la Procuraduría
General de la República en contra de Chao Yu Wu Ng
Zheng y Xiomara Patricia Ramírez Torres; en consecuencia: 1.-Se anula el matrimonio de las partes, así como
la inscripción de dicho matrimonio según las siguientes citas: 1-456-149-297; comunicándose al Registro Civil mediante certificación o ejecutoria. 2.-De existir, se anula todo trámite
de naturalización presentado
por el demandado Chao Yu Wu
Ng Zheng que se derive del anterior matrimonio nulo. 3.-De existir, se anula todo acto
preparatorio emitido por la
Dirección General de Migración
y Extranjería, tendente a otorgar la residencia al señor Chao Yu Wu Ng Zheng, producto
del matrimonio nulo. 4.-Se anula la filiación que ostenta el señor
Chao Yu Wu Ng Zheng sobre la niña
Chania Chemira, para
que en adelante lleve los apellidos maternos. Una vez firme este fallo
debe inscribirse en la Sección de Nacimientos citas 120830912. 5.- Una vez firme este fallo,
se ordena pagar a la Licda. Leticia Pérez Hidalgo, por concepto
de honorarios y por parte
de la Administración de Tribunales,
la suma de 50.000,00 colones
menos el 13% del impuesto del valor agregado, sin
posterior resolución. 6.-Por ser esta
demanda con curador procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva
de esta sentencia en el Boletín
Judicial. 7.-Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Hágase saber. MSc.
Patricia Méndez Gómez, Jueza.”.—Juzgado Primero de Familia de San José,
diez horas seis minutos del
diez de enero de dos mil veintidós.—Mayra Trigueros Brenes, Jueza Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615098 ).
Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de
Cartago, a Freddy de La Cruz Vásquez, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda actividad judicial no contenciosa de depósito judicial expediente 21-003220-0338-FA, establecida
por Patronato Nacional de la Infancia
contra Freddy de La Cruz Vásquez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago. A las diez horas diecinueve minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno. De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Freddy Aníbal de La Cruz Vásquez, a quienes
se les previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de
2009. con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Igualmente se
les invita a utilizar “el sistema de gestión
en línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del poder judicial, http://www.poderjudicial.go.cr si desea más
información contacte al
personal del despacho en
que se tramita el expediente de interés. Así mismo, por haberlo así dispuesto
el consejo superior, en concordancia con la política de género del poder judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo lV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de
cédula, h) lugar de residencia. En
virtud de que se desconoce el paradero y demás
calidades del accionado,
dado que es una persona extranjera y no se tiene más información, notifíquese esta resolución a Freddy Aníbal De La
Cruz Vásquez, por medio de edicto. Para estos efectos, se comisiona en caso
que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la ley de notificaciones judiciales.
Previo a resolver la medida
cautelar que solicita, debe
aclarar la misma toda vez que se refiere a una persona menor de edad distinta a la indicada en sus hechos y pretensión. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615128 ).
Licenciada Patricia Cordero García. Jueza del Juzgado de Familia de
Cartago, a Andrés Gerardo Santamaria Redondo, en su carácter
personal, se le hace saber que en
demanda abreviada de suspensión de patria potestad expediente 21-002660-0338-FA establecida
por Jennifer López Chaves contra Andrés Gerardo Santamaria Redondo, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las dieciséis
horas siete minutos del cinco de octubre de dos mil veintiuno. De la anterior demanda
abreviada de suspensión de autoridad parental establecida
por la accionante Jennifer López Chaves, se confiere traslado al accionado Andrés Gerardo Santamaria Redondo por el plazo perentorio
de diez días, para que se oponga
a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de gestión en línea.
Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
En virtud de la prueba que se aporta se desprende que el accionado se encuentra fuera del país y siendo que la actora desconoce el domicilio
donde se localiza, a fin de
nombrarle curador procesal para que lo represente,
se le previene a la actora depositar en la cuenta de este despacho 210026600338FA-4 del Banco de Costa Rica la suma de sesenta y cinco mil colones más el 13% de IVA para una sumatoria total de setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones (¢73.450), una vez efectuado el
depósito acredite a fin de proceder con el nombramiento. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero
García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615129 ).
Licenciada Daniela de los Ángeles Obando Jiménez, jueza del Juzgado de Familia de
Cartago, a Luis Fernando de la Trinidad Fernández Brenes, en su
carácter personal, se le hace
saber que en demanda abreviado de divorcio, expediente N° 21-003123-0338-FA, establecida
por Sonia Virginia de los Ángeles Monge Flores contra Luis Fernando de la Trinidad Fernández Brenes, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago. A las once horas treinta y nueve minutos del veinticuatro de noviembre de dos
mil veintiuno. De la anterior demanda
abreviada de divorcio establecida por el accionante Sonia Virginia de los Ángeles Monge Flores, se confiere traslado a la accionado Luis
Fernando de la Trinidad Fernández Brenes por el plazo perentorio
de diez días, para que se oponga
a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. En caso que el lugar de residencia onsistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos
de practicar la notificación,
artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. En virtud de la prueba que se aporta y la consulta que se realiza
en la plataforma digital del
Tribunal Supremo de Elecciones y de la Caja Costarricense de Seguro
Social, siendo que no fue posible obtener una dirección donde localizar al accionado se ordena el nombramiento
de curador procesal para tal efecto
debe la actora depositar en la cuenta de este despacho 210031230338-1 del
Banco de Costa Rica, la suma de cincuenta
mil colones más el 13% de IVA para una sumatoria
total de setenta y tres mil
cuatrocientos cincuenta colones (¢73.450) una vez efectuado el depósito acredite
el mismo a fin de proceder con el nombramiento. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez.—Licda. Daniela de los Ángeles Obando Jiménez, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615131 ).
Licenciada Guadalupe Solano Patiño, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Annette Ariana Torres Cortés y Jesús Antonio Arley Valverde, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda abreviado de suspensión de patria potestad, expediente 21-001257-0338-FA, establecida
por Patronato Nacional de la Infancia
contra Annette Ariana Torres Cortés, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre de dos mil veintiuno. Proceso abreviado establecido por Patronato
Nacional de la Infancia contra Annette Ariana Torres
Cortés y Jesús Antonio Arley Valverde, portadores de las cédulas de identidad
N° 0115800655 y 0115540457 respectivamente.
Resultando: 1), 2), 3) Considerando:
I.—… II.—… III.—... IV.—... Por tanto: De conformidad
con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 51 de la Constitución
Política, 158 y subsiguientes del Código de Familia,
3 de la Convención sobre
los Derechos del Niño, y 5 del Código de la Niñez y
la Adolescencia, el presente proceso de Suspensión de la Patria Potestad,
se resuelve de la siguiente
forma: 1) Se acoge la pretensión
invocada por el ente actor, se suspende a Annette
Ariana Torres Cortés y Jesús Antonio Arley Valverde
de los atributos de la patria potestad
sobre Dariana Cassandra Arley Torres por el plazo de dos años, de conformidad con el artículo 159 del Código de Familia, entendiéndose
que no están autorizados de
ejercer ninguno de los atributos de la autoridad
parental. Al cabo de dicho período de dos años, a fin de ser
restablecidos en el goce de los atributos de la autoridad
parental respecto de su hija Dariana Cassandra, deberán los demandados demostrar que cumplieron con el programa de Escuela de Padres
que imparte el Patronato Nacional de la Infancia,
que cuentan con un trabajo
y salario estables para poder atender las necesidades propias y de su hija, así
como que cuentan con un domicilio estable, y en el caso
específico de doña Annette,
deberá comprobar que se ha sometido al programa del IAFA
para dejar el consumo de drogas y que no ha reincidido en dicho
vicio. Cuando haya cesado el
motivo de la suspensión o
de la incapacidad, el suspenso o el incapacitado
recobrará los derechos de la patria potestad, mediante declaratoria expresa del Tribunal
que los rehabilite, siempre y cuando las personas menores de edad no hayan sido
declaradas judicialmente en estado de abandono
con fines de adopción. 2) Se deposita
judicialmente a Dariana
Cassandra Arley Torres a cargo de Yolanda Cortés Masís, cédula 107330517, quien deberá apersonarse a aceptar el
cargo en el plazo de tres días hábiles contados desde la firmeza de esta sentencia. 4) Se resuelve este asunto
sin especial condena en
costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia de
Cartago.—Msc.
Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615132 ).
Licenciada Daniela de Los Ángeles Obando Jiménez, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Jefferson Raúl Contreras
Carrillo, en su carácter personal, se le hace
saber que en demanda Procesos Especiales de Autorización de Salida de País. Expediente
21-003135-0338-FA, establecida por Yadira del Valle Montilla Justo contra Jefferson Raúl Contreras Carrillo, se
ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las diez
horas cuarenta y nueve minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno.
Se tiene por establecido el presente trámite
de conflicto de autoridad
parental de Autorización de Salida de País indefinida y permiso para tramitar pasaporte promovido por Yadira del Valle Montilla
Justo. De esa solicitud se
da audiencia por tres días a Jefferson Raúl Contreras
Carrillo, a quien se le previene
que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20,
del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten r personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución en forma
personal a las demás partes
interesadas. Téngase a su vez como
parte al Patronato Nacional
de la Infancia. A efecto de resolver oportunamente
la gestión se convoca a las
partes a una audiencia de conciliación
y pruebas que se realizará en la sede de este
Juzgado a las diez
horas (10:00 am) del once de febrero de dos mil veintidós (artículo 151 del Código de Familia). Las partes
y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Posterior a esta diligencia, sin perjuicio de la potestad de ordenar prueba para mejor resolver, se dictará la resolución de fondo. Notifíquese esta resolución a la parte demandada por medio de edicto toda vez que es persona extranjera y se desconoce su domicilio además
de la consulta en la plataforma
digital del Tribunal Supremo de Elecciones y de la Caja Costarricense de Seguro Social no se obtienen
resultados. Notifíquese.—Juzgado de Familia
de Cartago.—Licda.
Daniela de Los Ángeles Obando
Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615133 ).
Licenciada Guadalupe Solano Patiño, Jueza Del
Juzgado de Familia de Cartago, a Osvaldo Jose Toribio
Palacios, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda procesos
especiales de autorización de salida de país indefinida, expediente
21-002970-0338-FA establecida por Cinthya Jeanneth Mendieta Gómez contra
Osvaldo José Toribio Palacios, se ordena notificarle por edicto, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las nueve horas
treinta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno. Se
tiene por establecido el presente proceso de autorización de salida de país
indefinida promovido por Cinthya Jeanneth Mendieta Gómez. De esa solicitud se
da audiencia por tres días a Osvaldo José Toribio Palacios, a quien se le
previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de
trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones.-” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás
partes interesadas. Téngase a su vez como parte al Patronato Nacional de la Infancia.- A efecto de resolver oportunamente la gestión y
convocar a la audiencia una audiencia de conciliación y recepción de prueba
testimonial de María Muñoz Segura y Yorleny Velásquez Sánchez indique la actora
si existe la posibilidad de que se realice de manera virtual o bien se señale presencial. Para notificar al demandado en virtud
de que es persona extranjera y se desconoce su domicilio se le notificará por
medio de edicto. En relación con la medida cautelar, se autoriza la salida de
país provisional por única vez del 23 de diciembre de dos mil veintiuno al
siete de enero de dos mil veintidós sin embargo se le indica a doña Cinthya
señalar el lugar donde se hospedará y medio donde sea localizable. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda.
Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615134
).
Licenciado Carlos Sánchez Miranda, Juez del Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José, a Jaime Román Cerpas Bojorge, en su carácter
personal, quien es mayor, nicaragüense,
número de identificación
155802437730, se le hace saber que en demanda abreviado
suspensión de patria potestad,
expediente 20-000553-0165-FA, establecida
por Ana Cristina Acevedo Valverde contra Jaime Roman Cerpas
Bojorge, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 776-21. Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José,
a las quince horas tres minutos
del treinta de setiembre de
dos mil veintiuno. Resultando:
... Considerando: ... Por tanto: De conformidad con lo expuesto normas legales citadas y artículos 1, 7, 99,
153, 155, 317 y 420 del Código Procesal Civil, 2 del
Código de Familia, 3 de la convención sobre los derechos del niño, y 5
del Código de la Niñez y la Adolescencia,
el presente proceso abreviado de suspensión de la patria potestad,
incoado por Ana Cristina Acevedo Valverde contra
Jaime Cerpas Bojorge se falla de la siguiente forma:1) Se
acoge la pretensión
principal de la demanda. 2) Se suspende
al demandado Jaime Cerpas Bojorge el ejercicio
de la autoridad parental indefinidamente
respecto de su hija menor de edad:
Kevin Román y David Enrique ambos Cerpas Acevedo. 3)
Una vez firme esta sentencia, inscríbase en el
Registro Civil, Registro de
Nacimientos de la provincia
de San José, al tomo 2007, folio 434, asiento 868, y
las de David son al tomo 2157, folio 184, asiento
367.- 4) Se exime al demandado
del pago de las costas personales y procesales de este asunto. 5) Notifíquese al demandado ausente, por medio de un edicto
que se publicará, por una sola vez,
la parte dispositiva de este fallo, en
el Boletín
Judicial, o en un diario
de circulación nacional.—F. Master. Carlos Manuel Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022615197 ).
Licenciado Diego Acevedo Gómez, Juez del Juzgado de Familia de
Puntarenas, a José Francisco Jiménez Mena, en su carácter personal, quien es mayor, cédula 0603910878, de demás
calidades y paradero desconocido y a Yocselin Eugenia
Quesada Morera, en su carácter personal, quien es mayor, cédula 0604360894, de demás
calidades y paradero desconocido, se les hace saber
que en demanda proceso especial de declaratoria
judicial de estado de abandono
con fines de adopción, extinción
de la responsabilidad parental y depósito
judicial de persona menor de edad,
establecida por Patronato
Nacional de la Infancia contra José Francisco Jiménez
Mena, Yocselin Eugenia Quesada Morera,
expediente N° 21-001004-1146-FA, se ordena notificarle por edicto a José Francisco Jiménez Mena, Yocselin
Eugenia Quesada Morera, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas, a las ocho
horas seis minutos del nueve
de setiembre del dos mil veintiuno.
I.—Se tiene por establecido
el presente proceso de declaratoria judicial
de estado de abandono con
fines de adopción, extinción
de la responsabilidad parental y solicitud
de depósito
judicial, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia
contra Yoczelin Eugenia Quesada Morera
y José Francisco Jiménez Mena. A quien se le concede el plazo de cinco
días hábiles para que se pronuncie
sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. II.—Asimismo, se otorga el depósito judicial provisional
de las personas menores de edad
de interés Franchesca Sofía
y Francisco Ezequiel ambos de apellidos Jiménez
Quesada, a cargo de la señora Yadira Paniagua Miranda
y a la persona menor de edad
Misael Jesús Quesada Morera a cargo de los señores Daniel Isaac Salazar Quesada y Alejandra Vanessa
Alvarado Jiménez. A quienes se les invita a apersonarse
a este despacho para realizar la debida aceptación del cargo conferido.
Se le previene a los demandados,
de conformidad con los numerales
10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de correo electrónico, fax, casillero, en estrado
o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, como medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre
que ello se debió a causas que no le sean imputables. III.—Notifíquese esta resolución a la demandada Yoczelin Eugenia
Quesada Morera, mediante la
Oficina de Comunicaciones Judiciales
de Alajuela por ser habida la misma
en Alajuela Centro, calle Tiquis, IMAS 1 al final de la calle,
casa de color verde, al demandado
Jose Francisco Jiménez Mena por medio de la Delegación
Policial de Esparza por ser habido
el mismo en Puntarenas, Esparza, Tres Marías
antigua peluquería Pope,
casa esquinera color verde,
sobre calle principal al Liceo Emiliano Odio, a la señora Yadira Paniagua Miranda en
calidad de depositaria
judicial por medio de la Delegación Policial de Miramar por ser habida
la misma en Puntarenas,
Miramar, Barrio El Jocote de la entrada principal 600
metros norte, casa a mano derecha
segunda casa, color naranja
y a los señores Daniel Isaac Salazar Quesada y
Alejandra Vanessa Alvarado Jiménez en calidad de depositarios judiciales por medio de la Oficina
de Comunicaciones Judiciales del II Circuito Judicial de San José por ser habidos
los mismos en San José,
Montes de Oca, Sabanilla 25 metros oeste y 150 metros
norte de la entrada principal de las instalaciones deportivas de la
UCR, casa número 28, color blanca
con verjas negras. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego
Acevedo Gómez, Juez de Familia.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022615199 ).
Licenciada Marjorie Salazar Herrera, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia
(Materia de Familia), Expediente 21-000567-0687-FA a
Ronald Manuel Serrano Villegas, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: a las catorce horas
con veintitrés minutos del diez de enero del año dos mil veintidós. De la
anterior demanda abreviada
de declaratoria de abandono
establecida por el accionante Adriana María Araya Castro, se confiere traslado a la curadora Marlene Alvarado Bermúdez
en representación Ronald
Manuel Serrano Villegas por el plazo
perentorio de diez días,
para que se oponga a la demanda
o manifieste su conformidad con la misma. Dentro
del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; Grecia de este
circuito. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución al (los) demandado(s)
Ronald Manuel Serrano Villegas, por medio de edicto
que se publicará una vez en el Boletín
Judicial.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615202 ).
Msc. Patricia Méndez Gómez jueza
del Juzgado Primero de
Familia de San José; hace saber a Bismar
García Ponce, nicaragüense, pasaporte
de su país PC01530725, casado, ocupación y paradero desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso reconocimiento de hija de mujer casada, bajo el expediente número
21-001100-0186-FA, donde se pretende
reconocer a su hija registral, la persona menor
de edad Melina García Castillo, como
hija del promovente. Lo
anterior se ordena así en proceso reconocimiento
de hija de mujer casada de Wálter Antonio Marenco Cortez, expediente Nº 21-001100-0186-FA. Nota:
publíquese este edicto por única vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de
Familia de San José, 16 de diciembre
del año 2021.—Msc. Patricia
Méndez Gómez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022615205 ).
Licenciada Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Romero Gleenford Gray Dayli, en su carácter
personal, quien es mayor, casado,
cédula 0700540924, de paradero y demás
calidades desconocidas, se
le hace saber que en Demanda Abreviada de Divorcio, expediente
20-000809-1146-FA establecida por Adelaida
María Cuevas Polanco contra Romero Gleenford Gray Dayli, se ordena notificarle por edicto a Romero Gleenford Gray Dayli, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia
de Puntarenas, a las trece horas treinta
y ocho minutos del once de enero de dos mil veintidós. Del
anterior Proceso Abreviado
de Divorcio establecido por
Adelaida María Cuevas Polanco, se confiere
traslado por el plazo de diez días hábiles a la parte demandada Romero Gleenford Gray Dayli, representado por su curadora procesal
la licenciada Yorleny Carvajal
Hernández, de quien se tiene
por aceptado el cargo conforme al escrito que se incorporó al expediente electrónico el trece de diciembre de dos mil veintiuno y contestada la demanda conforme al escrito que se incorporó al expediente electrónico en la fecha supra citada, de la cual se confiere audiencia a la parte actora por el plazo
de tres días hábiles, de conformidad con lo normado en el artículo
305 del Código Procesal Civil aún vigente
para procedimientos de familia.
Notifíquese a la parte demandada Romero Gleenford Gray Dayli, por medio de su curadora procesal al medio
señalado. Publíquese esta resolución mediante edicto. Hágase saber.—Juzgado
de Familia de Puntarenas.—Msc. Maureen Vanessa Ortiz
Cerdas, Jueza de Familia.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615300
).
Se avisa a Reiner Villegas Morales, que en este Juzgado
se tramita expediente proceso Proyecciones a la Niñez y la Adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia,
Expediente N° 21-001386-1302-FA, donde
se solicita medidas de protección a
favor de la persona menor Rachel Marisol Villegas
Guerrero y Tyler Jesús Zamora Guerrero. Se le concede el
plazo de tres días
naturales, para que manifieste su
conformidad o se oponga a este proceso.
Lo anterior, por ordenarse así
en Proceso Protección a la Niñez y la Adolescencia promovido por
el Patronato Nacional de la
Infancia. Expediente N°
21-001386-1302-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
11 de enero del 2022.—MSC. Sandra Saborío
Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615308 ).
La licenciada Katherine Meza Chaves, Jueza
del Juzgado de Familia de Puntarenas hace saber, que en Expediente número
20-001276-1146-FA, correspondiente a un Proceso de Declaratoria Judicial de
Estado de Abandono, promovido por el Patronato Nacional de La Infancia, contra
Ariana Álvarez Arroyo, Juan Pablo Esquivel Calvo, y Gerardo Obando Gómez se
dictó la sentencia número 2021001302, de las trece horas cincuenta y seis
minutos del nueve de diciembre de dos mil veintiuno, que en lo conducente reza
así: Resultando. Primero: (...) Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando.
I.—Hechos Probados. II.—Sobre el fondo del asunto. Por tanto. De acuerdo a lo
expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34
del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y
siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda especial de
declaratoria judicial de abandono de persona menor de edad establecido por el
Patronato Nacional de la Infancia contra Ariana Álvarez Arroyo, Juan Pablo
Esquivel Calvo, y Gerardo Obando Gómez, declarando en esta vía judicial el
estado de abandono de la menor de edad Emily, Wesly y
Gerardo todos de apellidos Esquivel Álvarez, con la consecuente pérdida de los derechos de la Responsabilidad Parental que de
ellos ostentaban los aquí demandados. Se ordena el depósito judicial de los
niños bajo responsabilidad del Patronato Nacional de la Infancia. Anótese el
fallo en las citas de inscripción de las personas menores de edad, nacimientos
que se encuentran inscritos en el Registro de Nacimientos de la provincia de
Alajuela, el de Emily bajo las citas de inscripción tomo novecientos treinta y
cinco, página cero ochenta y uno, asiento ciento sesenta y dos; el de Wesly bajo las citas de inscripción tomo novecientos
sesenta, página doscientos cincuenta y seis, asiento quinientos once; y el de
Gerardo bajo las citas de inscripción tomo quinientos cincuenta y uno, página
cientos cuarenta y cinco, asiento doscientos noventa. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615312
).
Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a
Oscar Guillermo Mena Siles, en su carácter
personal, quien es mayor, costarricense,
cédula de identidad número
302860344, se le hace saber que en
demanda procesos especiales, establecida por Marisel Navarro Picado contra Oscar Mena Siles, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago. A las trece horas cincuenta y tres minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiuno.
Se tiene por establecido el presente trámite
de autorización de salida
del país, expediente
21-002928-0338-FA, promovido por Marisel
Navarro Picado. De esa solicitud
se da audiencia por tres días a
Oscar Mena Siles, a quien
se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de
cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese
esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez
como parte al Patronato Nacional de la Infancia.
Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de Cartago. En caso que el
lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso
de la persona funcionaria notificadora,
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Notifíquese.—Juzgado de Familia de
Cartago.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022616159 ).
Han comparecido a
este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Carlos Eduardo Camacho Sojo, mayor, costarricense, soltero, ayudante de mecánica general, cédula de identidad
número 0304310475, vecino
de Turrialba, hijo de Xinia
Lía Sojo Montenegro y
Carlos Camacho Ureña, nacido
en Centro Turrialba Cartago, el
24/09/1988, con años 33 de edad,
y Hazel María Sánchez Zúñiga, mayor, costarricense, soltera, administradora del hogar,
cédula de identidad número
0701040817, vecina de Guadalupe de Cartago, hija de Elsa María Zúñiga Martínez y José Luis Sánchez Quirós, nacida en Pocora
Guácimo Limón, el 13/07/1972, actualmente con 49 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 21-003356-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 04 de
enero del año 2022.—M.Sc.
Wendy Blanco Donaire, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022615130 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Carlos
Alberto Solís
Rodríguez, mayor, costarricense,
soltero, peón, cédula de identidad número 0303180620, vecino de Cartago, hijo de Miriam
Rodríguez Leiva y Carlos Solís Ramírez, ambos padres costarricenses, nacido en Centro Central Cartago, el
27/01/1972, con años 49 de edad,
y María Esmeralda Rodríguez Meneses,
mayor, costarricense, Soltera,
Niñera, cédula de identidad
número 0302710542, vecina
de Cartago, hija de Angela Meneses
Segura y Rodrigo Rodríguez Salas, ambos padres costarricenses, nacida
en Centro Central Cartago, el
06/11/1964, actualmente con 57 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 21-003133-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 25 de noviembre del año
2021.—Licda. Guadalupe Solano
Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615135 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Aditza Disney Fernández Camacho, cédula de identidad N° 0604000458 y Julio César Valverde Ramírez, cédula
de identidad N° 0604450671. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-001399-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas,
fecha, 07 de diciembre del
2021.—Maureen Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022615195 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Braulio Giovanny Otárola Quesada, mayor, soltero,
Técnico Automotriz, vecino de Manuel de Jesús Jiménez, casa G 103, cédula de
identidad número 0304300875, hijo de Lidia María Quesada Rojas y Juan Enrique
Otárola Barquero, nacido en Oriental Central Cartago, el 09/09/1988, con 33
años de edad y Elba Liliana Umaña Tames, mayor,
soltera, miscelánea, vecina de Lourdes, 1 kilometro al sur de la Iglesia del
lugar, casa en obra en gris nueva, cédula de identidad número 0113480740, hija
de María Auxiliadora Tames Céspedes
y Ademar Umaña Barquero, nacida en San Isidro Pérez Zeledón San Jose, el 04/03/1988, actualmente con 33 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-003256-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 13 de diciembre del año 2021.—Licda.
Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615201
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Alejandro Ferreto Morales, mayor, soltero, Mecánico General, costarricense, cédula de
identidad número: 1-1583-0783, vecino de San José, Central, Hospital,
200 metros sur del Hospital de la mujer y 125 metros oeste, casa de una planta
color azul con blanco a mano izquierda, hijo de Carmen Morales Morales y Víctor Daniel Ferreto Campos, ambos costarricenses,
nacido en Uruca Central, San José, el día 29 de septiembre de 1994, con 27 años
de edad y Sharon Michelle López Silva, mayor, soltera, Ama de casa y
Estudiante, costarricense, cédula de identidad número 1-1642-0741, vecina de
San José, Central, Hospital, 200 metros sur del Hospital de la mujer y 125
metros oeste casa de una planta color azul con blanco a mano izquierda, hija de
Luis Javier López Céspedes, costarricense y Fátima
Silva Salinas, nicaragüense, nacida en Hospital Central San José, el día 27 de
mayo de 1996, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
20- 000853-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de
San José, San José, 10 de enero del año 2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615305
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
Marianela Fallas Varela, mayor, soltera,
Niñera, costarricense,
cédula de identidad N° 1-1111-0618, vecina de San José, Escazú, Bello
Horizonte, de la Iglesia católica
de Bello Horizonte, 300 metros oeste y 150 metros al norte, casa de una planta, color crema con portón negro, hija de Isidro Fallas Naranjo y Lilliam Varela Ramírez, nacida en San Isidro Pérez Zeledón San José, el día 04 de agosto de 1981, con 40 años de edad, y Jonathan Mauricio González Porras, mayor, soltero, Comerciante, costarricense, cédula de identidad
número 1-0986-0268, vecino
de San José, Escazú, Bello Horizonte, de la Iglesia católica de bello horizonte, 300 metros oeste y 150
metros al norte, casa de una planta, color crema con portón negro, hijo de Rosa María
González Porras, (sin padre registral), nacido en Uruca, Central, San José, el día 10 de noviembre de 1977, actualmente con 44 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 20-000859-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 08 de
diciembre del año 2021.—Msc. Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022615307 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Julio Cesar Mairena
Martínez, mayor, divorciado, jornalero,
cédula de identidad número
0502680936, vecino de Tronadora
de Tilarán, 250 metros al este
de la entrada El Roble, carretera
hacia Tronadora, hijo de Susana Martínez Jiménez y Luis Alberto Mairena Juárez, nacido en Centro Liberia Guanacaste, el
05/09/1971, con 50 años de edad,
teléfono: 8435 0427; y Maritza de Los Ángeles Cordero Méndez, mayor, divorciada,
empleada doméstica, cédula
de identidad número
0502550769, vecina de Tronadora
De Tilarán, 250 metros al este
de la entrada el roble, carretera
hacia Tronadora, hija de Margarita Odali Méndez Castro (fallecida) y Alejandro
Cordero Cruz, nacida en
Quebrada Grande Tilarán
Guanacaste, el 04/07/1969, actualmente
con 52 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente. Nº 22-000008-0928-FA.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas, fecha, 07 de enero del año 2022.—Lic. Luis Fernando Suárez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022615310 ).