BOLETÍN JUDICIAL 10 DEL 18 DE ENERO DEL 2022

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Licda. Hellen Hidalgo Ávila, jueza del Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral); hace saber a Hispanic Coalition Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3101379392 que en este Despacho se interpuso un proceso Or.S.Pri. prestac. laborales en su contra, bajo el expediente número 21-000385-1125-LA donde se dictó la resolución que literalmente dice: por ignorarse el domicilio o lugar de ubicación de los representantes legales de las personas jurídicas denominadas Hispanic Coalition Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3101379392, se emplaza a los socios, asociados o a quien corresponda designar representante, para que en el plazo de un mes acrediten tal nombramiento, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4 del Código Procesal Civil en aplicación supletoria de esta materia. Publíquese la presente por medio de Boletín Judicial. Lo anterior se ordena así en proceso de Allan Ismael Castillo Leiva contra Hispanic Coalition Sociedad Anónima. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 11 de enero del 2022.—Hellen Hidalgo Ávila, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615304 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo Alfredo Fonseca Morera N° 0501670949, fallecido el 24 de enero del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000135-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000135-1288-LA. Por Marlene Hurtado González a favor de Gerardo Alfredo Fonseca Morera.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 05 de abril del año 2021.—Licda. Karla Valenciano Vargas, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615066 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rudy José Bustos Obando, mayor, soltero en unión de hecho, minero, con cédula de identidad 5-0410-0412, vecino de Matapalo de Abangares, y quien falleció el 11 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 21-000301-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°21-000301-1557-LA. Por la Operadora de Pensiones Complementarias de la Caja Costarricense de Seguro Social a favor de Rudy José Bustos Obando.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Laboral), 03 de enero del año 2022.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615077 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jonathan Fernando Bustos Miranda, mayor, cédula de identidad 5-0391-0021, soltero vecino de Cañas Guanacaste, fallecido el 25 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de persona fallecida bajo el Número 22-000070-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000070-1557-LA. Por Rocío Sequiera Rodríguez, cédula de identidad 5-0431-0710 a favor de Jonathan Fernando Bustos Miranda.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Laboral), 07 de enero del año 2022.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615080 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alfonso Chacón Mora, N° 0207420683, fallecido el 14 de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número 21-000525-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000525-1288-LA. Por Sheisy Elena Mora Solera y Otro a favor de Alfonso Chacón Mora.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de setiembre del año 2021.—Lic. Juan Gabriel Rodríguez Oviedo, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615083 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sharol Astrid Marín Mata 0107530491, fallecida el 10 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 21-001959-0505- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001959-0505-LA. Por Adrián Scafidi Vargas a favor de Sharol Astrid Marín Mata.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 01 de noviembre del año 2021.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615099 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Carlos Madrigal Ramírez, N° 0900620793, fallecido el 02 de marzo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-002147-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-002147-0505-LA. Por Cristian Rodolfo Madrigal Rodríguez a favor de Juan Carlos Madrigal Ramírez.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 22 de noviembre del año 2021.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615101 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Fernando Montero Bendaña 0110170332, fallecido el 23 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 21-002385-0505-la, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002385- 0505-LA. Por Carolina Marín Siles a favor de Luis Fernando Montero Bendaña.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 05 de enero del año 2022.—Licda. Ana Patricia Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615102 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hortencia del Milagro Rodríguez González 0108860777, fallecido(a) el 11 de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 21-002362-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002362-0505-LA. Por Marcela Sandí Rodríguez, cédula de identidad número 1-1591-571, a favor de Hortencia del Milagro Rodríguez González.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 05 de enero del año 2022.—Licda. Ana Patricia Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615103 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Esmeralda del Carmen Araya Zarate, N° 0400670136, fallecida el 17 de abril del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 21-002361-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-002361-0505-LA. Por Alba Espinoza Araya, Benjamín Gerardo Espinoza Araya, Rafael Ángel de La Trinidad Espinoza Araya, María de los Ángeles Espinoza Araya, Dora Margarita del Carmen Espinoza Araya, Odalisa Julieta Espinoza Araya, Edwin Miguel de los Ángeles Espinoza Araya, Jorge Luis de Lourdes Espinoza Araya, Manuel Antonio de la Trinidad Espinoza Araya, Olga Nidia de la Trinidad Espinoza Araya y Bernal del Carmen Espinoza Araya a favor de Esmeralda del Carmen Araya Zárate.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 05 de enero del año 2022.—Licda. Ana Patricia Montero Morales Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615104 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Maribel De La Trinidad Salas Rodríguez 0602020084, fallecida el 14 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de distribución de prestaciones laborales de persona fallecidas bajo el Número 21-002346-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002346- 0505-LA. Diligencias establecidas por Carlos Eduardo Murillo Salas, cédula de identidad número 4-0204-0365.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 04 de enero del año 2022.—Licda. Katherin Dallan Alemán Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615105 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Francisca Chaves Zúñiga, N° 0401200710, fallecida el 19 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de distribución de prestaciones laborales de pers. fallecidas, bajo el número 21-002366-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002366-0505-LA. Diligencias establecidas por David Bacca Aguilar, cédula de identidad número 5-228-380.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 04 de enero del año 2022.—Licda. Katherin Dallan Alemán Castillo, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615106 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jeannette Campos Cascante, fallecida el 27 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de bajo el número 21-002370-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002370-0505-LA. Por Juan Carlos Espinoza Sánchez a favor de Jeannette Campos Cascante.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 04 de enero del año 2022.—Lic. Óscar Mario Segura Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615109 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jenny Cecilia De Los Ángeles Castillo Chaves, 0106420650, fallecido el 07 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el N° 21-001217-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001217-0166-LA. Por Catalina Quesada Castillo a favor de Jenny Cecilia De Los Ángeles Castillo Chaves.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 12 de noviembre del 2021.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615110 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Karla María Carrillo Parajeles, 0603630217, fallecida el 27 de junio del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-000014-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000014-0643-LA. Por Angela María Parajeles Villegas, Depositante: Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sociedad a favor de Karla María Carrillo Parajeles.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 07 de enero del año 2022.—Natalia Fallas Granados, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615126 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Rodrigo Ruiz Chaves, cédula de identidad N° 0501200176, fue mayor, casado, pensionado, vecino de Santa Cruz de Guanacaste, fallecido el primero de marzo del dos mil veintiuno, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 21-000399-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000399-0775-LA. Por proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas a favor de Zaida Rosales Castro, identificación N° 7045836.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 03 de enero del 2022.—Licda. Laura del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615303 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de ocho millones cuatrocientos ochenta y siete mil doscientos catorce colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 749105, marca: Toyota, estilo: Land Cruiser Prado VX, categoría: automóvil, capacidad: 8 personas, serie: JTEBY25J400064391, N° motor: 1KZ1785255, N° serie: no indicado, cilindrada: 2982 C.C. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós, con la base de seis millones trescientos sesenta y cinco mil cuatrocientos diez colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del dos mil veintidós, con la base de dos millones ciento veintiún mil ochocientos tres colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Ligia Victoria Bolaños Quirós, Melvin Adolfo Badilla Segura. Expediente N° 18-006344-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: doce horas con cincuenta y cuatro minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022615594 ).

En este Despacho, con una base de doscientos cinco millones seiscientos cincuenta y dos mil treinta y siete colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 335-06348-01-0008-001 y servidumbre de paso citas: 2019-559358-01-0002-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número setecientos cuatro mil ochocientos ochenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 10-Rio Nuevo, cantón 19-Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: Alexis Rojas Rojas y Franklin Barrientos Vindas; al sur: Jireh Salom S. A.; al este: calle pública de 14 metros de ancho y Arquitectura Arcuo Dobon S. A.; y al oeste: Jireh Salom S. A. Mide: doscientos trece mil doscientos cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintidós, con la base de ciento cincuenta y cuatro millones doscientos treinta y nueve mil veintisiete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del catorce de marzo de dos mil veintidós, con la base de cincuenta y un millones cuatrocientos trece mil nueve colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Dos MCG SRL, contra Finca la Promesa Ganadera Borges SRL. Expediente N° 21-001380-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: catorce horas con diecinueve minutos del seis de enero del dos mil veintidós.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2022615596 ).

En este Despacho, con una base de un millón setecientos quince mil quinientos treinta y nueve colones con cincuenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 270361-003-004, la cual es terreno para construir, bloque F, lote F-2. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: lote: F-23; al sur: calle pública; al este: lote F-1; y al oeste: lote F-3. Mide: ciento cuarenta y tres metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano: A-0873295-1990. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del once de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos ochenta y seis mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós, con la base de cuatrocientos veintiocho mil ochocientos ochenta y cuatro colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L., contra Floribeth Del Carmen Acosta Zamora, Jonathan Chacón Acosta. Expediente N° 20-006607-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 16 de abril del 2021.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022615598 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones trescientos veinticinco mil quinientos dieciocho colones con sesenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BQV554, marca: Mitsubishi, estilo: Mirage G4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, N° de chasis: MMBSNA13AKH000286, año: 2019, N° motor: 3A92UHB7445. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintidós, con la base de seis millones doscientos cuarenta y cuatro mil ciento treinta y nueve colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintidós, con la base de dos millones ochenta y un mil trescientos setenta y nueve colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jason Eduardo Vargas Alvarado. Expediente N° 20-003391-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 7 de enero del 2022.—Susana Murillo Alpízar, Jueza Tramitadora.—( IN2022615604 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil ochocientos noventa y nueve dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQR435, marca: Peugeot, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF3DDHMZ6JJ506344, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: VF3DDHMZ6JJ506344, año fabricación: 2018, color: blanco, VIN: VF3DDHMZ6JJ506344. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del quince de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintidós, con la base de trece mil cuatrocientos veinticuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del tres de marzo de dos mil veintidós, con la base de cuatro mil cuatrocientos setenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA Sociedad Anónima, contra Kenny Daniel Quesada Castro. Expediente N° 18-008741-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: veintiuno horas con veintiocho minutos del diez de junio del dos mil veintiuno.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022615646 ).

En este Despacho, con una base de un millón quinientos cuarenta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 236510. Para tal efecto se señalan las diez horas del veintitrés de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas del tres de marzo del dos mil veintidós, con la base de un millón ciento cincuenta y cinco mil colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del once de marzo del dos mil veintidós, con la base de trescientos ochenta y cinco mil colones (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de VEINSA S. A. Vehículos Internacionales contra José Uriel García Hernández. Expediente N° 06-000363-0181-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 18 de noviembre del 2021.—Licda. María Sophia Ramírez Rodríguez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022615648 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones sesenta y un mil seiscientos noventa y cinco colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 447856, marca: Mitsubishi estilo: Montero LS, categoría: automóvil. serie: JA4MR41H2SJ008787. carrocería: familiar. tracción: 4x4. número chasis: JA4MR41H2SJ008787. año fabricación: 1995. color: blanco. vin: JA4MR41H2SJ008787. N° motor: 6G72K12432. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós con la base de veintiún millones cuarenta y seis mil doscientos setenta y un colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós con la base de siete millones quince mil cuatrocientos veintitrés colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Vehículos Internacionales Veinsa S.A. contra Roberto Guzmán Baltodano Expediente N° 20-003984-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: quince horas con uno minutos del tres de Enero del dos mil veintidós.—Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2022615649 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil seiscientos dieciocho dólares con cincuenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: 842565, Marca: Mitsubishi, Estilo: Montero GLS, Capacidad: 7 personas, Año: 2011, Color: Negro, Vin: JMYLRV96WAJ000408, N° Motor: 4M40HL9646, Cilindrada: 2835 c.c., Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del once de febrero de dos mil veintidós con la base de doce mil cuatrocientos sesenta y tres dólares con noventa y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós con la base de cuatro mil ciento cincuenta y cuatro dólares con sesenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales ( VEINSA ) Sociedad Anónima contra Andrés David Cordero Fernández. Expediente N° 19-008912-1170-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de enero del 2022.—Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022615651 ).

En este Despacho, se señalan las diez horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintidós. Con una base de cuatro millones novecientos treinta y siete mil ciento diecisiete colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ochenta y seis mil seiscientos dieciséis, derecho cero cero cero, la cual es Lote 10-terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 3-Guaycara, cantón 7-Golfito de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Hugo Pérez Araya, sur, Lilliam Obando Obando, este, calle pública con 19,00 metros de frente, oeste, Coopeguaycara. Mide: cuatrocientos noventa y nueve metros con setenta decímetros cuadrados, plano: P-0151818-1993. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del trece de mayo del dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos dos mil ochocientos treinta y siete colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos treinta y cuatro mil doscientos setenta y nueve colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra William Ramon Calderón Granados. Expediente N° 20-002606-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y dos minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintiuno.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2022615653 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones setenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 330-06992-01-0901-001, reservas y restricciones bajo las citas: 376-05359-01-0900-001, reservas y restricciones bajo las citas: 376-05359-01-0901-001, y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 465-16355-01-0194-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 525.982-000, la cual es terreno con una casa de habitación, patio y ante jardín. Situada: en el distrito 9-La Palmera, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Cecilia Castro Molina y Gerardo Avalos Rosales; al sur, Eduardo Zamora Durán y María Giselle Arguedas Barquero; al este, calle pública, y al oeste, calle pública. Mide: trescientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Plano: A-1768663-2014 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós, con la base de doce millones ochocientos dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de setiembre del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones doscientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Luis Eduardo de Jesús Zamora Durán. Expediente N° 21-004912-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con dos minutos del primero de setiembre del dos mil veintiuno.—Pablo Asdrúbal López Vindas, Juez/a Decisor/a.—( IN2022615663 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil noventa dólares con catorce centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo la sumaria 19-005619-0497-TR del Juzgado de Tránsito de Heredia y la colisión bajo la sumaria 19-005620-0497-TR del Juzgado de Tránsito de Heredia; sáquese a remate el vehículo placa GRM146, marca: KIA, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: gris, N° de chasis: KNADN412BD6196755, cilindrada: 1396 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del siete de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas quince minutos del quince de febrero del dos mil veintidós, con la base de tres mil ochocientos diecisiete dólares con sesenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas quince minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós, con la base de mil doscientos setenta y dos dólares con cincuenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) S. A. contra Daniela Elena Galli Sánchez. Expediente N° 21-005951-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de enero del 2022.—Ricardo Barrantes López, Juez/a Decisor/a.—( IN2022615678 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando demanda ordinaria citas: 2010-176378-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta y seis mil quinientos veintiuno, derecho cero cero cero, la cual es terreno, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Puerto Cortés, cantón 5-Osa de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Ronulfo Cubero; al sur: Alfonso Argüello; al este: Alberto Núñez; y al oeste: calle cuarta con 39 m. 59 cm. Mide: mil seiscientos veintitrés metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Plano: P-0475183-1982. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintidós, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Distribuidora Agrocomercial S. A., contra Alberto Zamora Gómez. Expediente N° 12-000177-0295-CI.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con veinte minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022615718 ).

En este Despacho, con una base de siete millones novecientos noventa y cinco mil colones exactos, soportando Hipoteca citas: 569-47188-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil setecientos veinte, derecho 000, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 03-Macacona, cantón 02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Jose Manuel Álvarez Martínez; al sur, Luis Alberto Chinchilla; al este, Emilce Castro; y al oeste, calle pública con 21.21 metros. Mide: mil ciento veintiún metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del dos de marzo de dos mil veintidós con la base de cinco millones novecientos noventa y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del diez de marzo de dos mil veintidós con la base de un millón novecientos noventa y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sheyla Cristina Mendoza Cabrales contra Richard López Castro. Expediente N° 20-005044-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: siete horas con cuarenta y uno minutos del diecinueve de julio del dos mil veintiuno.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022615721 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: CL123821, marca: Hino, estilo: F.A., categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, año fabricación: 1992, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del primero de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Adilia Mata Godínez contra Didier Gerardo Abarca Mata. Expediente N° 21-001198-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: diez horas con veintinueve minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno.—Franz Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022615767 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: 683977, marca: Hyundai, estilo: Elantra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan, 4 puertas, año fabricación: 2001, N° chasis: KMHDN45D21U047610, color: blanco, año fabricación: 2001. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del diez de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintidós, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del diez de marzo de dos mil veintidós, con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Exportaciones Santa María S. A., contra Minior Julio Herrera Mendoza. Expediente N° 21-002834-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: once horas con veintiséis minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno.—Patricia Eugenia Cedeño Leiton, Jueza Tramitadora.—( IN2022615796 ).

En este Despacho, con una base de dos millones novecientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2016-49405-01-0002-001, citas: 2016-95794-01-0013-001, citas: 2016-95794-01-0019-001, citas: 2016-95794-01-0034-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas: 2016-95794-01-0014-001, citas: 2016-95794-01-0020-001, citas: 2016-95794-01-0035-001, servidumbre de acueducto citas:2016-95794-01-0015-001, citas: 2016-95794-01-0021-001, citas: 2016-95794-01-0036-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 147353-000, la cual es naturaleza: terreno de solar. Situada en el distrito: 02-La Suiza, cantón: 05-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Ortiz González; al sur, Silverio Ortiz González; al este, servidumbre y de paso con un ancho de 5m y frente de 90 cm en medio Silverio Ortiz González y al oeste, Carmen Cassasola Aguilar. Mide: doscientos dieciocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós, con la base de dos millones ciento noventa mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós, con la base de setecientos treinta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Eli Martínez Sánchez contra Silverio Ortiz González. Expediente número 20-005118-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de diciembre del año 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022615839 ).

En este Despacho, con una base de siete millones setecientos cinco mil ochocientos setenta y tres colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 360-02771-01-0944-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 536.827-000 la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 4-Katira, cantón 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Édgar Méndez Murillo; al sur, calle pública con un frente a ella de 30.34 centímetros; al este, frente a servidumbre agrícola con un frente de 19.83 centímetros, y al oeste, Fressy Bolaños Rodríguez. Mide: seiscientos veintitrés metros cuadrados. Plano: A-1855425-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil veintidós, con la base de cinco millones setecientos setenta y nueve mil cuatrocientos cuatro colones con noventa y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de un millón novecientos veintiséis mil cuatrocientos sesenta y ocho colones con treinta céntimos (25% de la base original). Con una base de cinco millones ciento diecisiete mil ochocientos sesenta y siete colones con dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 360-02771-01-0944-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 528.038-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 4-Katira, cantón 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Édgar Méndez Murillo; al sur, frente calle pública de 23 metros 83 centímetros; al este, Ediet Méndez Murillo, y al oeste, Juan María Ocampo Vega. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Plano: A-1804584-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos treinta y ocho mil cuatrocientos colones con veintisiete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos setenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y seis colones con setenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fressy Vivian Francisca Bolaños Rodríguez, José Mauricio Luna Bolaños. Expediente N° 21-005482-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con dos minutos del seis de octubre del dos mil veintiuno.—Bridley Rodríguez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—( IN2022615848 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones seiscientos seis mil setecientos treinta y nueve colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 315-03382-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 80679-001, 002, la cual es naturaleza: terreno para construir con 1 casa. Situada: en el distrito: 01-Oriental, cantón: 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Distribuidora González S. A.; al sur, Distribuidora González S. A.; al este, calle de la Urbanización, y al oeste, Josefa Quirós. Mide: trescientos veinte metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós, con la base de veintiún millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil cincuenta y cuatro colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós, con la base de siete millones ciento cincuenta y un mil seiscientos ochenta y cuatro colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a   favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra Marino Alfredo Navarro Solano, Sonia Isabel Mayela de Los Ángeles Mata Picado. Expediente N° 19-007951-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de diciembre del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022615852 ).

En este Despacho, con una base de un millón setecientos sesenta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo Placa: 711526, marca: Nissan, estilo: Sentra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: 1N4AB41D0SC762114, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, color gris, año fabricación: 1995. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del once de mayo del dos mil veintidós, con la base de un millón trescientos veinticuatro mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós con la base de cuatrocientos cuarenta y un mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Susan Iveth Soto Barboza contra Aníbal Morales García. Expediente N° 15-013190-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de diciembre del 2021.—Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2022615899 ).

En este Despacho, con una base de diez millones ciento once mil cuatrocientos noventa y nueve colones con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas N° BJX439, marca: Hyundai, estilo: Creta GL, serie: MALC281CAGM036161, chasis: MALC281CAGM036161, Vin: MALC281CAGM036161, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno, 4 puertas, color: blanco, tracción: 4x2, año: 2016, N° de motor: G4FGFU613988, combustible: gasolina, cilindrada: 1600 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos ochenta y tres mil seiscientos veinticuatro colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintidós, con la base de dos millones quinientos veintisiete mil ochocientos setenta y cuatro colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Bonilla Salas. Expediente N° 17-011378-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 4 de enero del 2022.—Carlos Alberto Marín Angulo, Juez Tramitador.—( IN2022615922 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro millones trescientos seis mil setenta y tres colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 217820-000, la cual es terreno para construir N° 19 D Urbanización Las Rosas. Situada en el distrito 1-San Juan, cantón 13-Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Residencias S. A.; al sur, Residencias S. A.; al este, calle pública con 10 metros de frente, y al oeste, Residencias S. A. Mide: doscientos setenta y tres metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, señalan las catorce horas cero minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintidós con la base de cuarenta millones setecientos veintinueve mil quinientos cincuenta y cinco colones con treinta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de marzo de dos mil veintidós con la base de trece millones quinientos setenta y seis mil quinientos dieciocho colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de cinco millones setecientos veintiséis mil ochocientos veintidós colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 361-03258-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 103320-F-000, la cual es Finca filial número setenta y dos, parqueo número treinta y tres ubicado en el primer nivel, destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 3-Sánchez, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre destinada a calle; al sur, área común libre destinada a acera; al este, finca filial número setenta y tres y al oeste finca filial número setenta y uno. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones doscientos noventa y cinco mil ciento dieciséis colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de marzo del dos mil veintidós, con la base de un millón cuatrocientos treinta y un mil setecientos cinco colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base original). 3) Con una base de siete millones seiscientos dos mil ochocientos cincuenta colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 361-03258-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 103319-F-000, la cual es Finca filial número setenta y uno, parqueo número treinta y dos ubicado en el primer nivel, destinada a estacionamiento para discapacitados en proceso de construcción. Situada en el distrito 3-Sánchez, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre destinada a calle; al sur, área común libre destinada a acera; al este, finca filial número setenta y dos, y al oeste, área común libre destinada a acera. Mide: dieciocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintidós, con la base de cinco millones setecientos dos mil ciento treinta y siete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de marzo del dos mil veintidós con la base de un millón novecientos mil setecientos doce colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base original). 4) Con una base de ochenta y seis millones trescientos noventa y seis mil veintiséis colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 361-03258-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de, matrícula N° 103274-F-000, la cual es finca filial número veintiséis ubicada en el quinto nivel del edificio, destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 3-Sánchez, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Espacio Aéreo Vacío; al sur, Espacio Aéreo Vacío; al este, área común construida destinada a escalera de emergencia uno, pasillo cinco cero uno y finca filial número veintisiete, y al oeste, área común construida destinada a ducto y espacio aéreo vacío. Mide: ciento cincuenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintidós, con la base de sesenta y cuatro millones setecientos noventa y siete mil diecinueve colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de marzo del dos mil veintidós, con la base de veintiún millones quinientos noventa y nueve mil seis colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Luis Arce Durán, José Luis Arce González y 3-102-656547 Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente N° 21-001059-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de diciembre del 2021.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2022615923 ).

En este Despacho, con una base de trescientos diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno de frutales con una casa de habitación. Situada en el distrito 2-San José, cantón 6-San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Marco Villalobos Hernández; al sur, Ovidio Zúñiga Ramírez, Roberto Chacón Rodríguez y Mario Chávez Salas; al este, Mario Chávez Salas, Humberto Solís, Efraín Chacón Brenes y Enrique Chávez Araya; y al oeste, Manfred Huebner Hernández en parte, calle publica con 18,16 metros. Mide: once mil un metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós con la base de doscientos treinta y dos millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del seis de abril de dos mil veintidós con la base de setenta y siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Hermont de San Pedro S. A., Rodney Eugenio Fernández Solano. Expediente N° 21-008216-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: nueve horas con diecinueve minutos del nueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022615934 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil cincuenta y un dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BKF152, Marca: Chevrolet, Estilo: Spark Classic LTZ, Chasis: MA6CH6CD8GT000215, Capacidad: 5 personas, Color: Blanco, Año: 2016, Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del uno de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del nueve de febrero de dos mil veintidós con la base de seis mil treinta y ocho dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintidós con la base de dos mil doce dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Creditos S. A. contra Angelo Sebastián Colmenares Morales. Expediente N° 20-013479-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del año 2021.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2022615960 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones seiscientos dos mil ciento setenta y siete colones con veintisiete céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 341-16011-01-0902-001 servidumbre trasladada citas: 320-14768-01-0901-001 servidumbre trasladada citas: 341-16011-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 538237 derechos 001 y 002, naturaleza: terreno de café situada en el distrito: 07-El Rosario cantón: 06-Naranjo de la provincia de Alajuela: Linderos: norte, calle pública en medio Mauricio Brizuela Casanova y María del Pilar Casanova Aragón, sur, Víctor Arias Esquivel, este, Mauricio Brizuela Casanova y María del Pilar Casanova Aragón y Benedicto Bolaños Alpízar, oeste, Víctor Arias Esquivel. Mide: seis mil dieciocho metros cuadrados. Plano: A-1867797-2015. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones setecientos uno mil seiscientos treinta y dos colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós, con la base de cinco millones novecientos mil quinientos cuarenta y cuatro colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María del Pilar Casanova Aragón, Mauricio Antonio Brizuela Casanova. Expediente N° 22-000033-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: diez horas con ocho minutos del once de enero del dos mil veintidós.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022615962 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro mil quinientos veintiún dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Serv. y Cond. Ref:1760-436-007 citas: 312-04504-01-0901-001 y Servidumbre de Paso citas: 2012-138644-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos mil quinientos noventa y dos, derecho 000, la cual es Lote N-7 para uso agrícola. Situada en el distrito 4-Jesús, cantón 4-Santa Barbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Lote 6 Segregado de Servicios Fiduciarios del Foro S. A.; al sur, Servicios Fiduciarios del Foro S. A.; al este, calle pública con un frente de 40 metros con 60 centímetros; y al oeste, Servicios Fiduciarios del Foro S. A.. Mide: cinco mil nueve metros con noventa y seis decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas veinte minutos del veintiuno de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas veinte minutos del uno de febrero de dos mil veintidós con la base de cuarenta mil ochocientos noventa dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del diez de agosto de dos mil veintidós con la base de trece mil seiscientos treinta dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Santa Barbara de Heredia contra Manuel Lachner Victory. Expediente N° 20-000257-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: once horas con veintiuno minutos del diez de enero del dos mil veintidós.—M.Sc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Decisora.—( IN2022615969 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones ochocientos setenta y cinco mil ochocientos treinta y nueve colones exactos, soportando hipoteca I grado citas: 571-74141-01-0002-001, servidumbre trasladada citas: 217-00842-01-0901-001, servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 569-03232-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 51821-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada veintiséis terreno apto para la construcción que se destinará a uso habitacional, en el cual no se podrá construir más de dos plantas. Situada: en el distrito 1-San Pablo, cantón 9-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial veinticinco; al sur, finca filial veintisiete; al este, acceso vehicular con un frente de diez metros lineales, y al oeste, Olga y Flor ambas Smith Espinoza. Mide: doscientos doce metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós, con la base de veintiséis millones novecientos seis mil ochocientos setenta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del seis de mayo del dos mil veintidós, con la base de ocho millones novecientos sesenta y ocho mil novecientos cincuenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial Puebla Real contra Leonardo Gutiérrez Sanabria. Expediente N° 19-006779-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: trece horas del siete de enero del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Decisor.—( IN2022616066 ).

En este Despacho, con una base de siete mil ciento sesenta y nueve dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 826208, marca: Volkswagen, estilo: Bora, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3VWHW11K6AM024435, peso vacío: 0, carrocería: Sedan 4 puertas, peso neto: 0 kgrms., tracción: 4x2, VIN: 3VWHW11K6AM024435. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós, con la base de cinco mil trescientos setenta y siete dólares con cuarenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós, con la base de mil setecientos noventa y dos dólares con cuarenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Víctor Manuel Calderón Cartín. Expediente N° 18-000510-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: quince horas con veintiséis minutos del siete de enero del dos mil veintidos.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022616169 ).

En este Despacho, con una base de quince mil setecientos noventa y cinco dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BKJ461, marca Citroën, estilo C-ELYSEE, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2016, color plateado, Vin VF7DDNFPBGJ515836, N° motor: 10FC1A0075704, cilindrada 1587 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del siete de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil veintidós, con la base de once mil ochocientos cuarenta y seis dólares con veintiocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós con la base de tres mil novecientos cuarenta y ocho dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J S.A contra Etelsi María Marín Cerdas. Expediente N° 19-000363-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de enero del 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022616171 ).

En este Despacho, con una base de doce mil trescientos nueve dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo FJC478 Marca: Hyundai; Estilo: Santa Fe GL; capacidad: 5 personas; año:2013; color: azul; carrocería: Todo terreno 4 puertas; Tracción: 4X2; CHASÍS: KMHST81CBDU062805; N N°Motor: G4KECU898181; combustible: gasolina; cilindros: 04. Para tal efecto se señalan ocho horas veinte minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a ocho horas veinte minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós con la base de nueve mil doscientos treinta y un dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con la base de tres mil setenta y siete dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima. contra Alejandro Jiménez Alfaro. Expediente:19-007613-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del año 2021.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Decisor.—( IN2022616175 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil seiscientos sesenta dólares con treinta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa KTH001, marca: BYD, Estilo: S 6 GS I MT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, color: blanco, número de chasis: LC0C14CG8G1000137, cilindrada: 2400 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del siete de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del quince de febrero del dos mil veintidós, con la base de trece mil novecientos noventa y cinco dólares con veintiséis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil seiscientos sesenta y cinco dólares con ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Berny Francisco Martínez Arroyo Expediente N° 19-009649-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de enero del 2022.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2022616176 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil novecientos noventa dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BHZ720, Marca: BYD, Estilo: S 6 GS-I, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: LC0CG4CG3F1006862, Año: 2015, Color: Negro. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro mil cuatrocientos noventa y dos dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós con la base de mil cuatrocientos noventa y siete dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Creditos S. A. contra Douglas Ulises Aguilar Hernández, Expediente N° 20-009067-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciocho minutos del veintiséis de setiembre del dos mil veintiuno.—M.Sc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022616178 ).

En este Despacho, con una base de once millones setecientos ochenta y nueve mil cuatrocientos treinta y seis colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BRD135, marca: Citroën, estilo: Celysee, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF7DDNFPTJJ503367, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: VF7DDNFPTJJ503367, año fabricación: 2018, estado actual: Inscrito, N° motor: 10FC1M0092428, marca: Citroën N° Serie: No Indicado, modelo: N°1. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con la base de ocho millones ochocientos cuarenta y dos mil setenta y siete colones con treinta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con la base de dos millones novecientos cuarenta y siete mil trescientos cincuenta y nueve colones con doce céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Karen Lilliana López Miranda. Expediente N° 20-005881-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: diecinueve horas con cincuenta minutos del veintidós de junio del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022616182 ).

En este Despacho, con una base de tres millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos, citas: 318-06179-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos dieciséis mil trescientos cincuenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 13. Situada en el Distrito 5-Paquera, Cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Dersita S. A.; al sur calle pública con un frente a ella de 8.51 metros; al este Dersita S. A. y al oeste Dersita S. A. Mide: doscientos trece metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós con la base de dos millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del uno de abril de dos mil veintidós con la base de novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan María Sibaja Castro contra La Dersita S.A. Expediente:21-005191-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: once horas con catorce minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022616193 ).

En este despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de la provincia: Alajuela finca: 21286 duplicado: horizontal: F derecho: 000, segregaciones: No hay, naturaleza: apartamento noventa y tres bloque F, dedicado a habitación en proceso de construcción. Situada en el distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte: Área común de acceso peatonal; sur: Área común de patio; este: Isabel Ulloa Naranjo; oeste: Apartamento 92 F, Mide: treinta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del uno de marzo de dos mil veintidós con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del nueve de marzo de dos mil veintidós con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sirlia María Ovares Alvarado contra Kendal Andrey Aguilar Corrales. Expediente N° 17-013114-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con veinticinco minutos del diez de mayo del dos mil veintiuno.—Michelle Allen Umaña, Jueza Decisora.—( IN2022616202 ).

En la puerta exterior de este despacho judicial y con una base de dieciséis mil trescientos diez dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate el vehículo placas GB 002975, marca: Hyundai, estilo: H 1, categoría: microbús, capacidad: 12 personas, serie, chasis y VIN: KMJWA37HAFU712589, carrocería: microbús, año de fabricación: 2015, color: gris N° de motor: D4BHF002218, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas del tres de febrero de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del once de febrero de dos mil veintidós, con la base de doce mil doscientos treinta y dos dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del veintiuno de febrero de dos mil veintidós, con la base de cuatro mil setenta y siete dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días hábiles de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria, establecido por Credi Q Inversiones CR S. A. contra José Manuel Díjeres Araya. Expediente N° 19-005778-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cincuenta y uno minutos del diez de enero del dos mil veintidós.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Jueza.—( IN2022616208 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos catorce mil cuatrocientos treinta colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKV782, Marca: Peugeot, Estilo:301 Active, Serie: VF3DDNFPEGJ510797, carrocería: Sedan 4 puertas, Sedan 4 puertas. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintisiete de julio de dos mil veintidós, con la base de tres millones seiscientos ochenta y cinco mil ochocientos veintidós colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos veintiocho mil seiscientos siete colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra Isaac Josué Araya Rojas, Jose Henry Araya Marín. Expediente N° 20-015617-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con doce minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Manuel Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022615819 ).

En este despacho, 1-) Finca del partido de guanacaste, matrícula número 55.183-000; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones citas: 351-02377-01-0900-001. La cual es naturaleza: terreno con una casa situada en el distrito 1- Nicoya cantón 2- Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Nicolasa Guevara Cardenas; sur, calle pública; este, Nicolasa Guevara Cardenas; oeste, Nicolasa Guevara Cardenas. Mide: mil setecientos setenta y seis metros con treinta y un decímetros cuadrados plano: G-0599940-1985. Para el primer remate con una base de setenta y ocho millones quinientos cincuenta y ocho mil setecientos cinco colones con sesenta y nueve céntimos. Para el segundo remate con la base de cincuenta y ocho millones novecientos diecinueve mil veintinueve colones con veintisiete céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate con la base de diecinueve millones seiscientos treinta y nueve mil seiscientos setenta y seis colones con cuarenta y dos céntimos (25% de la base original). 2- ) Finca del partido de guanacaste, matrícula número: 158.994-000, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones citas: 301-12942-01-0914-001. La cual es naturaleza: Terreno de bosque lote 1 situada en el distrito 1- Nicoya cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Omar Briceño Cardenas; sur, Nicolasa Guevara Cardenas; este, calle pública con un frente de 65.85 metros oeste, Omar Briceño Cardenas. Mide: dieciséis mil trescientos cincuenta y dos metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano: G-1138033-2007. Para el primer remate con una base de cuarenta y cinco millones setecientos ochenta y seis mil doscientos noventa y cuatro colones con treinta y un céntimos. Para el segundo remate con la base de treinta y cuatro millones trescientos treinta y nueve mil setecientos veinte colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate con la base de once millones cuatrocientos cuarenta y seis mil quinientos setenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base original). Señalamientos: Para el primer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del uno de junio de dos mil veintidós. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Asimismo. Se le pone en conocimiento a los postores, oferentes o terceros interesados que para ofrecer posturas dentro del presente asunto por el inmueble a rematar, deberá aportar la oferta en la moneda en la que se haya establecido la base para remate. Lo anterior, bajo el apercibimiento de no atender las posturas que sean aportadas en moneda distinta a la del remate que se celebra. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Héctor Luis Briceño Víquez, Laura Gabriela Obando Villegas. Expediente N° 19-000196-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: veinte horas con cincuenta y uno minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022616243 ).

En este Despacho, con una base de ciento setenta y siete mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 287-01036-01-0901-001 y servidumbre sirviente citas: 379-10476-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 106482-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número cinco de dos plantas. Ubicada en el primer y segundo nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito: 03-Santiago, cantón: 05-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial número seis; al sur, Rancho y Juegos Infantiles; al este, Claudio Ramírez Segura y al oeste, acceso vehicular. Mide: doscientos veintiocho metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós, con la base de ciento treinta y dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del seis de abril de dos mil veintidós, con la base de cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra 3-102-694871 S.R.L, Luis Francisco Calderón Leal, expediente N° 19-015164-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: once horas con treinta y cinco minutos del veintiuno de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022616261 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 367-01215-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 372.765-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 7-La Fortuna, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de uso agrícola con un frente de 44,42 metros lineales; al sur, Alba Iris Rodríguez Rodríguez; al este, Dinorah Vargas Rojas y calle pública con un frente de 3 metros lineales, y al oeste, Dinorah Vargas Rojas. Mide: cuatrocientos veintinueve metros con ocho decímetros cuadrados, plano: A-0917240-2004. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintidós, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Giovanni Salas Montiel. Expediente N° 20-007058-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 25 de febrero del 2021.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022616320 ).

En este Despacho, con una base de doce millones sesenta y siete mil noventa y ocho colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula N° 64292-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veintiséis apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 5-Sámara, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan Castrillo Vásquez; al sur, calle de acceso; al este, finca filial veinticinco, y al oeste, filial veintisiete. Mide: ciento cincuenta y un metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil veintidós, con la base de nueve millones cincuenta mil trescientos veintitrés colones con noventa céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós, con la base de tres millones dieciséis mil setecientos setenta y cuatro colones con sesenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Panamá Sámara contra Constructora Patriali S. A. Expediente N° 18-000557-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: once horas con diez minutos del seis de setiembre del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2022616411 ).

En este Despacho, Con una base de doscientos ochenta y ocho millones ochenta y cinco mil doscientos ocho colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 138620, derecho 000, la cual es terreno de café, árboles frutales y una casa. Situada en el distrito 6-San Isidro, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Ana María Álvarez Picado, Jose Miguel Alfaro González y Albano Miranda Soto; al sur Marta Analive Solera Alfaro y Saramanta Álvarez López; al este calle publica y al oeste Río Tacacori. Mide: seis mil setecientos ochenta y dos metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base de doscientos dieciséis millones sesenta y tres mil novecientos seis colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la base de setenta y dos millones veintiún mil trescientos dos colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caprede Factoreo S. A. contra Embotelladora y Distribuiora Awwa S. A., Hotelera Promohotel S. A. Expediente 18-005394-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de noviembre del año 2021.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022616428 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°21-000117- 1002-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Giovanni De Los Ángeles Vargas Aguilar, quien es mayor, casado una vez, ganadero, vecino de Cartago, Turrialba, Santa Cruz, Calle Vargas, doscientos metros oeste de la plaza de deportes, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres - cero trescientos diecisiete - cero ochocientos ochenta y nueve (3-0317-0889), a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en Calle Vargas, del distrito cuatro Santa Cruz, cantón cinco Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Plaza Pública de la Asociación Desarrollo Integral de Calle Vargas y las Virtudes de Turrialba; al sur, calle pública con un frente a ella de setenta y un metros con cincuenta y un centímetro lineal y Giovanni de los Ángeles Vargas Aguilar; al este, calle pública con un frente a ella de ochenta y ocho metros con ochenta y un centímetros lineales; y al oeste Annia Sileny Vargas Aguilar. Mide: tres mil ciento noventa y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C - dos millones doscientos setenta y tres mil ochocientos ochenta y dos - dos mil veintiuno (C-2273882-2021). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento de cercas y potrero. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todas las personas interesadas en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Giovanni de los Ángeles Vargas Aguilar. Expediente 21-000117-1002-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Agraria), Turrialba, 13 de diciembre del año 2021.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022615075 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000322-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Miguel Pereira Chaves quien es mayor, soltero, agricultor, vecino de Heredia San Pablo cédula uno-novecientos veintisiete-cuatrocientos setenta, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en La Leona en el distrito primero Guápiles, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jorge Vargas Jiménez; al sur, José Manuel Jiménez Conejo; al este, Cristian Emilio Fuentes Ulate y al oeste, calle público. Mide: catorce mil seiscientos treinta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-225418-94. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias así como el inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Francisco Hernández Hernández. Expediente N° 19-000322-0507-AG. Este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí, 15 de diciembre de 2021.—José Francisco De Jesús Cordero Calderón.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615084 ).

Se hace saber que David Carazo Barquero, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Guatuso de Alajuela, Cote, cincuenta metros sur de la pulpería Amapola Pejibaye, cédula de identidad número 203670549 y Manuel Antonio Carazo Barquero, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Guatuso de Alajuela, Cote, cincuenta metros sur de la pulpería Amapola Pejibaye, cédula de identidad número 203790080. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero - Cote cantón quince - Guatuso. Colinda: al norte, German Porras Ugalde, al oeste, German Porras Ugalde, al sur Río Pejibaye, al este, Damaris Carazo Blanco. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-374926-1979 una superficie de doscientos noventa y cuatro mil ciento diecisiete metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Adquirió el bien a titular de Miguel Antonio Carazo Cantillano, mayor, casado una vez, vecino de Alajuela, Guatuso, Cote cincuenta metros sur de la pulpería Amapola Pejibaye, cédula de identidad número cinco cero cincuenta doscientos uno, en fecha dieciséis de mayo del año dos mil veinte, quien le trasmitió en donación por medio de Escritura veintidós, ante el Notario Público Rosa María García Sossa y Manuel Enrique Leiva Chamorro, ejerciendo sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. Valora el terreno en la suma de doce millones de colones y estima las presentes diligencias en la misma suma de doce millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de proceso información posesoria, promovida por David Ángel Carazo Barquero, Manuel Antonio Del S Carazo Barquero. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Expediente 21-000008-1520-AG-4.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 06 de enero del año 2022.—Armando Guevara Rodríguez, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022615125 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 21-000118-1002-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Annia Sileny Vargas Aguilar, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Cartago, Oreamuno, Cipreses, cien metros al este de la iglesia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-cero trescientos veinticinco-cero ochocientos cincuenta y tres (3-0325-0853), a fin de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en Calle Vargas, del distrito cuatro Santa Cruz, cantón cinco Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Greivin Guillermo Masis Fernández y Annia Sileny Vargas Aguilar; al sur, Geovanni Vargas Aguilar; al este, Annia Sileny Vargas Aguilar y Geovanni Vargas Aguilar; y al oeste calle pública con un frente a ella de ochenta y cuatro metros con setenta centímetros lineales. Mide: tres mil trescientos quince metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-dos millones doscientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y ocho-dos mil veintiuno (C-2283848-2021). Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueña por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y el potrero. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todas las personas interesadas en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Annia Sileny Vargas Aguilar. Expediente N° 21-000118-1002-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Agraria), 14 de diciembre del año 2021.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615194 ).

Citaciones

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alexis Jesús de La Trinidad Sánchez Solano, mayor, estado civil divorciado, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0105250536 y vecino Cartago, San Diego de La Unión casa 33. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000692-0640-CI-1.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y ocho minutos del treinta de setiembre del dos mil ventiuno.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—( IN2022615146 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Víctor Adrián Ceferino Gutiérrez Chavarría, quien fue mayor, costarricense, cédula número 5-0036-0857, viudo, comerciante, vecino de Santa Cruz, Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 21-000532-0388-CI-2.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y cinco minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022615192 ).

Se convoca a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Jesús del Carmen Espinoza Álvarez, mayor, estado civil casado, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0500520483, a fin de que comparezcan a este Despacho a las nueve horas del dos de mayo dos mil veintidós (09:00 hrs 02/05/2022) a fin de conocer los extremos previstos en el artículo 133.2 del Código Procesal Civil. Expediente N° 20-000087-0419-AG. Sucesión de Jesús del Carmen Espinoza Álvarez.—Juzgado Agrario de la Zona Sur Corredores, 14 de diciembre 2021.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615196 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana María Delgado Azofeifa, mayor, estado civil Casada, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad uno ciento noventa y cinco novecientos sesenta y ocho y vecino de Barrio Cocorí, entrada contiguo a Abastecedor Montero,100 metros sur, mano izquierda, San Isidro de EI General, Pérez Zeledón, San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente:21-000312-0188-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veintitrés minutos del seis de enero del dos mil veintidós.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022615215 ).

SE hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisco Mata Meza, mayor, estado civil divorciado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0302260981 y vecino de Cartago, Turrialba, Santa Rosa, 300 metros al norte del Ebais. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000001-0341-CI-6.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dieciocho minutos del cinco de enero del dos mil veintidós.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022615234 ).

Avisos

Licda. Marjorie Salazar Herrera, jueza, Juzgado de Familia de Grecia. Que en proceso de depósito judicial N. 21-000718-687-FA. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor (incapaz) Nataly Dayane Amador Arce, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Publíquese tres veces, expediente N° 21-000718-0687-FA. Clase de asunto actividad judicial no Contenciosa Depósito Judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las catorce horas con cuarenta minutos del veinticinco de octubre del año dos mil veintiuno, 25 de octubre del año 2021.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613638 ).                                                                                                             3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Ana Lucy Amador Cruz, Yineth Graciela Bustos Cruz y Makenzi Emanuel Bustos Cruz, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno, 16 de diciembre del año 2021, expediente N° 21-000267-1591-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez Decisor.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613643 ).                                                                     3 v. 3.

Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza, Juzgado de Familia de Grecia, a los señores Marjorie Skarlet González y Marvin José Hernández Potosme, mayores, de nacionalidad nicaragüenses y residen en dicho país, y a toda persona que tenga interés en este asunto. Por este medio se les comunica que en Proceso de Depósito Judicial N° 21-000833-0687-FA, del Juzgado de Familia de Grecia, se dictó la resolución de las trece horas con treinta y dos minutos del quince de diciembre del dos mil veintiuno, que en lo conducente y en lo que aquí interesa dice: De las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad: Marjorie Elieth Hernández González, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Marjorie Skarlet González y al señor Marvin José Hernández Potosme, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se notificará a los señores Marjorie Skarlet González y Marvin José Hernández Potosme. Además, se emplazará a quienes tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Depósito provisional: Con fundamento en la solicitud de la representante legal de la entidad promotora de este proceso y con sustento en las pruebas documentales aportadas hasta el momento en autos se ordena depositar provisionalmente a la persona menor de edad: Marjorie Elieth Hernández González bajo el cuido de la señora Ruth Raquel Rodríguez Chaves, quien deberá apersonarse a este proceso en el plazo de tres días a aceptar el cargo conferido. Notifíquese. Msc. Patricia María Vega Jenkins, Juez(a). Expediente N° 21-000833-0687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), 15 de diciembre del 2021.—Msc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613659 ).             3 v. 3.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de las personas menores de edad Monserrat Tapia Herrera, Mónica Alejandra Tapia Herrera, Mairy Tapia Herrera, Mario Ariel Tapia Herrera, y Ada Herrera para que se apersonen dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial. Publíquese 3 veces consecutivas. Expediente N° 21-000395-0928-FA. Proceso actividad judicial no contenciosa de nombramiento de tutor, actor: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado Familia de Cañas, Guanacaste, 16 de diciembre del 2021.—Lic. Luis Fernando Saúrez Jiménez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613664 ).                                         3 v. 3.

MSC. Patricia Vega Jenkins, Jueza, Juzgado de Familia de Grecia. Proceso de depósito judicial. Expediente N° 21-000714-0687-FA. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Treici María Acosta Torres, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-000714-0687-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las doce horas con cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintiuno, 25 de octubre del 2021.—Msc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021B.Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613671 ).           3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Dereck Fabian González Quirós, para que, se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-001223-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa, depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas seis minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613792 ).                                            3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad María Esther Arguedas Araúz, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.- Expediente 21-001227-0292-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa (depósito judicial).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial De Alajuela, a las once horas dieciséis minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno.- 19 de agosto del año 2021.—Msc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022613816 ).  3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Rene Gabriel Matus Jirón, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°210006340292FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las catorce horas doce minutos del siete de junio de dos mil veintiuno.—Msc. Jenniffer Ocampo Cerna, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613817 ).                             3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Evelin Liseth Aguilar Romero, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 210015010292FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de octubre del 2021.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613819 ).  3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad: Ashly Yuliana Ruiz Rodríguez, para que, se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-001282-0292-FA. Clase de asunto: Depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas dieciséis minutos del cuatro de agosto del dos mil veintiuno.—Msc. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613843 ).                3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Isabella León Altamirano y Brianna Yaretzy León Altamirano, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°21-001560-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas treinta y dos minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno. 04 de octubre del año 2021.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud68-2017-JA.—( IN2022613933 ).              3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor: Kilary Valentina Zapata Moraga, para que, se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-000275-1591-FA. Clase de asunto: Actividad judicial no contenciosa.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), a las nueve horas cuarenta y nueve minutos del veintidós de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022613956 ).                     3 v. 3.

Se hace saber: que, por iniciativa de María Auxiliadora Barba Barba, cédula N° 8-0054-0791, viuda comerciante vecina de Cañas, Guanacaste, en su condición de albacea de la sucesión de quien fue en vida Bernare Sequeira Barbas, se ha promovido un proceso judicial a fin de que se le reponga por el Registro Nacional títulos nominativos. Se concede un plazo de un Mes a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en defensa de sus derechos. Se ordena así en proceso judicial de Reposición de Título Valor. Expediente N° 21-000196-0386-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y cinco minutos del uno de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. Brenda Calvo de la O, Jueza Decisora.—( IN2022614059 ).  3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la personas menores de edad Engels Friedrich Oses Hernández y Susan Stephani Oses Hernández, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°20-000252-0673-NA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas cuarenta y cuatro minutos del cuatro de agosto del dos mil veintiuno.—Msc. Jenniffer Ocampo Cerna, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022614489 ).              3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor: Pamela Michelle Delgado Javier, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 210012020292FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de agosto de 2021.—Msc. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022614686 ).    3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad: Horacio López Hernández, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 200006320292FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de agosto de 2021.—Licda. Laura Marcela Alfaro Vargas, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022614703 ).                                                                                                          3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Mariana Orozco Centeno, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-001535-0292-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas catorce minutos del 2 de diciembre del 2020.—Licda. Susan De Los Ángeles Herrera Álvarez, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022614705 ).      3 v. 2.

MSC. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Juez(a) del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a Mitzi Mariana Chavarría Martínez, cédula 0206630035, se le hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa, establecido por Patronato Nacional de la Infancia se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia Familia), a las trece horas y trece minutos del nueve de enero del año dos mil diecinueve. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores de edad Britany Dayana y Julián Alexander ambos Carranza Chavarría, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Mitzi Mariana Chavarría Martínez y Kenny Gerardo Carranza Alfaro, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Petitoria de Especial Pronunciamiento: Tal y como lo solicita la parte actora y por considerarse lo más conveniente para las personas menores de edad; se ordena el depósito provisional de los niños Britany Dayana y Julián Alexander ambos Carranza Chavarría, bajo el cuidado y la responsabilidad de sus abuelos paternos, la señora Ana Lucia Alfaro Vargas y Freddy Carranza Chaves. Deberán los mismos en el plazo de cinco días presentarse a este Despacho a aceptar y jurar cumplir el cargo conferido. Notifíquese esta resolución a Mitzi Mariana Chavarría Martínez mediante edicto. Notifíquese esta resolución a Kenny Gerardo Carranza Alfaro, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Heredia. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Licda. Mariam Calderón Villegas, Jueza.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia).—Msc. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado. Juez(a).—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022614868 ).               3 v. 2.

Se convoca por medio de este edicto que se publicará por tres veces, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de Dayanara Oberembt Chacón, para que, se apersonen dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002289-0364-FA. Proceso de Tutela.—Juzgado de Familia de Heredia, 30 de setiembre del 2021.—Leonardo Loría Alvarado, Juez de Familia.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022614878 ).     3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Nadia Nathalia Boza Ledezma, para que, se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 210004320292FA. Clase de asunto: Actividad judicial no contenciosa de depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinte de mayo del dos mil veintiuno.—Msc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615198 ).                                   3 v. 1.

Se avisa que en este Despacho David Enrique Gálvez Venegas, Hilda Natalia Rojas Zamora, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Krisia Alondra Cordero Solorzano. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 21-000986-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de enero del 2022.—Msc. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615074 ).

Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes. Al señor José Ramón Herrera Sánchez se le pone en conocimiento la resolución de las diez horas con diecisiete minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil veintiuno de este despacho que en lo conducente dice: proceso abreviado de suspensión de autoridad parental establecido por Yeimy María Rodríguez Araya, mayor, soltera, administradora de empresas, vecina de Grecia, titular de la cédula de identidad 206610698 contra José Ramón Herrera Sánchez, mayor, soltero, oficio desconocido, nicaragüense, pasaporte C123355, de domicilio y paradero exacto desconocido, representado dentro del presente proceso por la curadora procesal Licda. Margarita Regidor Solano. Se confirió audiencia al Patronato Nacional de la Infancia. ResultandoConsiderando... Hechos probados... Sobre la figura del abandono o del estado de vulnerabilidad de la persona menor de edadSobre la excepción de falta de derecho interpuesta por la curadora procesal.... Por tanto de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, normas de derecho y jurisprudenciales citadas, se estima pertinente ordenar: 1.-) Se declara sin lugar la excepción de falta de derecho interpuesta por la curadora procesal de la parte demandada. 2.-) Se declara con lugar el presente proceso abreviado de suspensión de autoridad parental incoado por Yeimy María Rodríguez Araya contra José Ramón Herrera Sánchez. En consecuencia, se suspende a este último del ejercicio de los atributos de la autoridad parental respecto de su hijo menor de edad Ethan Guillermo Herrera Rodríguez. 3.-) La suspensión de la autoridad parental ordenada se mantendrá vigente hasta tanto el señor Herrera Sánchez presente ante autoridad judicial competente una formal solicitud de restitución de atributos de autoridad parental mediante la cual acredite en forma objetiva con sustento en elementos probatorios contundentes, objetivos, pertinentes, idóneos, un interés fidedigno y estable en iniciar una vinculación afectiva regular y sana con su hijo. Se someta a un proceso terapéutico que le permita asumir una paternidad responsable, estable y positiva. Cumpla hasta su finalización con un programa de escuela para padres y madres impartido por el Patronato Nacional de la Infancia u otra entidad similar. Acredite haber asumido la obligación económica en forma estable y regular para con su hijo, acreditado así un interés auténtico en forjar una vinculación afectiva sana, productiva, estable y conveniente para la persona menor de edad Ethan Guillermo Herrera Rodríguez. El ejercicio de los atributos de la Autoridad Parental de la persona menor de edad indicada durante todo el período de suspensión será detentado exclusivamente por su madre la señora Yeimy María Rodríguez Araya entre ellos el ejercicio de la guarda protectora exclusiva del niño por lo que la misma no requerirá autorización, consentimiento ni permiso presencial, escrito o de ninguna índole del señor Herrera Sánchez para gestionar en sede administrativa, educativa, de salud, consular, judicial, etc. a favor de su hijo. A la firmeza de lo aquí resuelto inscríbase lo ordenado mediante ejecutoria a fin de presentarse ante la Sección de Nacimientos del Registro Civil, partido de Alajuela al Tomo 908; Folio 220; Asiento 439. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Se les apercibe a los/as interesados/as sobre su derecho de recurrir la presente resolución ante el superior en caso de inconformidad. Publíquese la parte dispositiva de la sentencia en el Boletín Judicial o un periódico de circulación nacional. Notifíquese. Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza. Notifíquese esta resolución al demandado Herrera Sánchez mediante un edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial) (Artículos 295, 420 inciso 1º y 422 del Código Procesal Civil). Comuníquese. Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Juez(a) Publíquese una única vez, expediente N° 20-000409-0687-FA. Suspensión de autoridad parental.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—María Magdalena Alfaro Alfaro, Jueza 02.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615078 ).

Se avisa que, en este Despacho bajo el expediente número 20-000459-0292-FA, Oscar Denis Chang Vindas, solicitan se apruebe la adopción individual de hija de cónyuge de la persona menor de edad Brenda León Morales. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de enero del año 2022.—M.Sc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615079 ).

Se avisa, a los señores Cristina de los Ángeles Bermúdez Noguera y Henry Eli Delgado García,, mayores, de domicilio desconocido, mismos representados por el curador procesal Licenciado Eduardo Robert Cruz Ramírez, se le hace saber que existe proceso 20-000759-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Ángel Delgado Bermúdez establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Cristina de Los Ángeles Bermúdez Noguera y Henry Eli Delgado García, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, catorce horas cincuenta y ocho minutos del siete de enero de dos mil veintidós, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero del 2022.—Licda. Katia Soto Barahona, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022615081 ).

Se avisa a los señores Darwin Jose Polanco López, de calidades desconocidas y a Minor Alberto Arias Sequeira, portador del documento de identidad número 1-1397-0542, ambos de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 21-000965-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Ashley Paola Arias Ramírez, Darwin Yoryued Polanco Ramírez, Dayrin Gael Ramírez Hernandez, Dominic Joel Ramírez Hernandez, Jeikol Santiago Álvarez Ramírez, Scarlett Natasha Ramírez Hernández. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, nueve horas y tres minutos del siete de enero de dos mil veintidós.—Licda. Katia Gioconda Soto Barahona, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615082 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Chao Yu Wu Ng Zheng, documento de identidad 0003045943, mayor, casado, vecino de domicilio desconocido, se le hace ver que en demanda abreviada de nulidad de matrimonio por simulación número 14-001275-0186-FA establecida por el Estado contra Chao Yu Wu Ng Zheng y Xiomara Patricia Ramírez Torres, se ordena notificarle por edicto, la sentencia número 2021-001245 de las quince horas veintiún minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno, que en lo conducente, en su parte dispositiva dice: “Por las razones expuestas y citas legales invocada, se declara parcialmente con lugar la demanda abreviada de nulidad de matrimonio, incoada por Guillermo Fernández Lizano, representante legal de la Procuraduría General de la República en contra de Chao Yu Wu Ng Zheng y Xiomara Patricia Ramírez Torres; en consecuencia: 1.-Se anula el matrimonio de las partes, así como la inscripción de dicho matrimonio según las siguientes citas: 1-456-149-297; comunicándose al Registro Civil mediante certificación o ejecutoria. 2.-De existir, se anula todo trámite de naturalización presentado por el demandado Chao Yu Wu Ng Zheng que se derive del anterior matrimonio nulo. 3.-De existir, se anula todo acto preparatorio emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería, tendente a otorgar la residencia al señor Chao Yu Wu Ng Zheng, producto del matrimonio nulo. 4.-Se anula la filiación que ostenta el señor Chao Yu Wu Ng Zheng sobre la niña Chania Chemira, para que en adelante lleve los apellidos maternos. Una vez firme este fallo debe inscribirse en la Sección de Nacimientos citas 120830912. 5.- Una vez firme este fallo, se ordena pagar a la Licda. Leticia Pérez Hidalgo, por concepto de honorarios y por parte de la Administración de Tribunales, la suma de 50.000,00 colones menos el 13% del impuesto del valor agregado, sin posterior resolución. 6.-Por ser esta demanda con curador procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. 7.-Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Hágase saber. MSc. Patricia Méndez Gómez, Jueza.”.—Juzgado Primero de Familia de San José, diez horas seis minutos del diez de enero de dos mil veintidós.—Mayra Trigueros Brenes, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615098 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Freddy de La Cruz Vásquez, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda actividad judicial no contenciosa de depósito judicial expediente 21-003220-0338-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Freddy de La Cruz Vásquez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las diez horas diecinueve minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Freddy Aníbal de La Cruz Vásquez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Igualmente se les invita a utilizarel sistema de gestión en línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del poder judicial, http://www.poderjudicial.go.cr si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Así mismo, por haberlo así dispuesto el consejo superior, en concordancia con la política de género del poder judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo lV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. En virtud de que se desconoce el paradero y demás calidades del accionado, dado que es una persona extranjera y no se tiene más información, notifíquese esta resolución a Freddy Aníbal De La Cruz Vásquez, por medio de edicto. Para estos efectos, se comisiona en caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la ley de notificaciones judiciales. Previo a resolver la medida cautelar que solicita, debe aclarar la misma toda vez que se refiere a una persona menor de edad distinta a la indicada en sus hechos y pretensión. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615128 ).

Licenciada Patricia Cordero García. Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Andrés Gerardo Santamaria Redondo, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda abreviada de suspensión de patria potestad expediente 21-002660-0338-FA establecida por Jennifer López Chaves contra Andrés Gerardo Santamaria Redondo, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las dieciséis horas siete minutos del cinco de octubre de dos mil veintiuno. De la anterior demanda abreviada de suspensión de autoridad parental establecida por la accionante Jennifer López Chaves, se confiere traslado al accionado Andrés Gerardo Santamaria Redondo por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de gestión en línea. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En virtud de la prueba que se aporta se desprende que el accionado se encuentra fuera del país y siendo que la actora desconoce el domicilio donde se localiza, a fin de nombrarle curador procesal para que lo represente, se le previene a la actora depositar en la cuenta de este despacho 210026600338FA-4 del Banco de Costa Rica la suma de sesenta y cinco mil colones más el 13% de IVA para una sumatoria total de setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones (¢73.450), una vez efectuado el depósito acredite a fin de proceder con el nombramiento. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615129 ).

Licenciada Daniela de los Ángeles Obando Jiménez, jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Luis Fernando de la Trinidad Fernández Brenes, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio, expediente N° 21-003123-0338-FA, establecida por Sonia Virginia de los Ángeles Monge Flores contra Luis Fernando de la Trinidad Fernández Brenes, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las once horas treinta y nueve minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Sonia Virginia de los Ángeles Monge Flores, se confiere traslado a la accionado Luis Fernando de la Trinidad Fernández Brenes por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia onsistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En virtud de la prueba que se aporta y la consulta que se realiza en la plataforma digital del Tribunal Supremo de Elecciones y de la Caja Costarricense de Seguro Social, siendo que no fue posible obtener una dirección donde localizar al accionado se ordena el nombramiento de curador procesal para tal efecto debe la actora depositar en la cuenta de este despacho 210031230338-1 del Banco de Costa Rica, la suma de cincuenta mil colones más el 13% de IVA para una sumatoria total de setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones (¢73.450) una vez efectuado el depósito acredite el mismo a fin de proceder con el nombramiento. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez.—Licda. Daniela de los Ángeles Obando Jiménez, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615131 ).

Licenciada Guadalupe Solano Patiño, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Annette Ariana Torres Cortés y Jesús Antonio Arley Valverde, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda abreviado de suspensión de patria potestad, expediente 21-001257-0338-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Annette Ariana Torres Cortés, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre de dos mil veintiuno. Proceso abreviado establecido por Patronato Nacional de la Infancia contra Annette Ariana Torres Cortés y Jesús Antonio Arley Valverde, portadores de las cédulas de identidad N° 0115800655 y 0115540457 respectivamente. Resultando: 1), 2), 3) Considerando: I.—… II.—… III.—... IV.—... Por tanto: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 51 de la Constitución Política, 158 y subsiguientes del Código de Familia, 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia, el presente proceso de Suspensión de la Patria Potestad, se resuelve de la siguiente forma: 1) Se acoge la pretensión invocada por el ente actor, se suspende a Annette Ariana Torres Cortés y Jesús Antonio Arley Valverde de los atributos de la patria potestad sobre Dariana Cassandra Arley Torres por el plazo de dos años, de conformidad con el artículo 159 del Código de Familia, entendiéndose que no están autorizados de ejercer ninguno de los atributos de la autoridad parental. Al cabo de dicho período de dos años, a fin de ser restablecidos en el goce de los atributos de la autoridad parental respecto de su hija Dariana Cassandra, deberán los demandados demostrar que cumplieron con el programa de Escuela de Padres que imparte el Patronato Nacional de la Infancia, que cuentan con un trabajo y salario estables para poder atender las necesidades propias y de su hija, así como que cuentan con un domicilio estable, y en el caso específico de doña Annette, deberá comprobar que se ha sometido al programa del IAFA para dejar el consumo de drogas y que no ha reincidido en dicho vicio. Cuando haya cesado el motivo de la suspensión o de la incapacidad, el suspenso o el incapacitado recobrará los derechos de la patria potestad, mediante declaratoria expresa del Tribunal que los rehabilite, siempre y cuando las personas menores de edad no hayan sido declaradas judicialmente en estado de abandono con fines de adopción. 2) Se deposita judicialmente a Dariana Cassandra Arley Torres a cargo de Yolanda Cortés Masís, cédula 107330517, quien deberá apersonarse a aceptar el cargo en el plazo de tres días hábiles contados desde la firmeza de esta sentencia. 4) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Msc. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615132 ).

Licenciada Daniela de Los Ángeles Obando Jiménez, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Jefferson Raúl Contreras Carrillo, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda Procesos Especiales de Autorización de Salida de País. Expediente 21-003135-0338-FA, establecida por Yadira del Valle Montilla Justo contra Jefferson Raúl Contreras Carrillo, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las diez horas cuarenta y nueve minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente trámite de conflicto de autoridad parental de Autorización de Salida de País indefinida y permiso para tramitar pasaporte promovido por Yadira del Valle Montilla Justo. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Jefferson Raúl Contreras Carrillo, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten r personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez como parte al Patronato Nacional de la Infancia. A efecto de resolver oportunamente la gestión se convoca a las partes a una audiencia de conciliación y pruebas que se realizará en la sede de este Juzgado a las diez horas (10:00 am) del once de febrero de dos mil veintidós (artículo 151 del Código de Familia). Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Posterior a esta diligencia, sin perjuicio de la potestad de ordenar prueba para mejor resolver, se dictará la resolución de fondo. Notifíquese esta resolución a la parte demandada por medio de edicto toda vez que es persona extranjera y se desconoce su domicilio además de la consulta en la plataforma digital del Tribunal Supremo de Elecciones y de la Caja Costarricense de Seguro Social no se obtienen resultados. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Daniela de Los Ángeles Obando Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615133 ).

Licenciada Guadalupe Solano Patiño, Jueza Del Juzgado de Familia de Cartago, a Osvaldo Jose Toribio Palacios, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda procesos especiales de autorización de salida de país indefinida, expediente 21-002970-0338-FA establecida por Cinthya Jeanneth Mendieta Gómez contra Osvaldo José Toribio Palacios, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las nueve horas treinta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente proceso de autorización de salida de país indefinida promovido por Cinthya Jeanneth Mendieta Gómez. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Osvaldo José Toribio Palacios, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez como parte al Patronato Nacional de la Infancia.- A efecto de resolver oportunamente la gestión y convocar a la audiencia una audiencia de conciliación y recepción de prueba testimonial de María Muñoz Segura y Yorleny Velásquez Sánchez indique la actora si existe la posibilidad de que se realice de manera virtual o bien se señale presencial. Para notificar al demandado en virtud de que es persona extranjera y se desconoce su domicilio se le notificará por medio de edicto. En relación con la medida cautelar, se autoriza la salida de país provisional por única vez del 23 de diciembre de dos mil veintiuno al siete de enero de dos mil veintidós sin embargo se le indica a doña Cinthya señalar el lugar donde se hospedará y medio donde sea localizable. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022615134 ).

Licenciado Carlos Sánchez Miranda, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a Jaime Román Cerpas Bojorge, en su carácter personal, quien es mayor, nicaragüense, número de identificación 155802437730, se le hace saber que en demanda abreviado suspensión de patria potestad, expediente 20-000553-0165-FA, establecida por Ana Cristina Acevedo Valverde contra Jaime Roman Cerpas Bojorge, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 776-21. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las quince horas tres minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: De conformidad con lo expuesto normas legales citadas y artículos 1, 7, 99, 153, 155, 317 y 420 del Código Procesal Civil, 2 del Código de Familia, 3 de la convención sobre los derechos del niño, y 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia, el presente proceso abreviado de suspensión de la patria potestad, incoado por Ana Cristina Acevedo Valverde contra Jaime Cerpas Bojorge se falla de la siguiente forma:1) Se acoge la pretensión principal de la demanda. 2) Se suspende al demandado Jaime Cerpas Bojorge el ejercicio de la autoridad parental indefinidamente respecto de su hija menor de edad: Kevin Román y David Enrique ambos Cerpas Acevedo. 3) Una vez firme esta sentencia, inscríbase en el Registro Civil, Registro de Nacimientos de la provincia de San José, al tomo 2007, folio 434, asiento 868, y las de David son al tomo 2157, folio 184, asiento 367.- 4) Se exime al demandado del pago de las costas personales y procesales de este asunto. 5) Notifíquese al demandado ausente, por medio de un edicto que se publicará, por una sola vez, la parte dispositiva de este fallo, en el Boletín Judicial, o en un diario de circulación nacional.—F. Master. Carlos Manuel Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615197 ).

Licenciado Diego Acevedo Gómez, Juez del Juzgado de Familia de Puntarenas, a José Francisco Jiménez Mena, en su carácter personal, quien es mayor, cédula 0603910878, de demás calidades y paradero desconocido y a Yocselin Eugenia Quesada Morera, en su carácter personal, quien es mayor, cédula 0604360894, de demás calidades y paradero desconocido, se les hace saber que en demanda proceso especial de declaratoria judicial de estado de abandono con fines de adopción, extinción de la responsabilidad parental y depósito judicial de persona menor de edad, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra José Francisco Jiménez Mena, Yocselin Eugenia Quesada Morera, expediente N° 21-001004-1146-FA, se ordena notificarle por edicto a José Francisco Jiménez Mena, Yocselin Eugenia Quesada Morera, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas, a las ocho horas seis minutos del nueve de setiembre del dos mil veintiuno. I.—Se tiene por establecido el presente proceso de declaratoria judicial de estado de abandono con fines de adopción, extinción de la responsabilidad parental y solicitud de depósito judicial, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Yoczelin Eugenia Quesada Morera y José Francisco Jiménez Mena. A quien se le concede el plazo de cinco días hábiles para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. II.—Asimismo, se otorga el depósito judicial provisional de las personas menores de edad de interés Franchesca Sofía y Francisco Ezequiel ambos de apellidos Jiménez Quesada, a cargo de la señora Yadira Paniagua Miranda y a la persona menor de edad Misael Jesús Quesada Morera a cargo de los señores Daniel Isaac Salazar Quesada y Alejandra Vanessa Alvarado Jiménez. A quienes se les invita a apersonarse a este despacho para realizar la debida aceptación del cargo conferido. Se le previene a los demandados, de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, como medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. III.—Notifíquese esta resolución a la demandada Yoczelin Eugenia Quesada Morera, mediante la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Alajuela por ser habida la misma en Alajuela Centro, calle Tiquis, IMAS 1 al final de la calle, casa de color verde, al demandado Jose Francisco Jiménez Mena por medio de la Delegación Policial de Esparza por ser habido el mismo en Puntarenas, Esparza, Tres Marías antigua peluquería Pope, casa esquinera color verde, sobre calle principal al Liceo Emiliano Odio, a la señora Yadira Paniagua Miranda en calidad de depositaria judicial por medio de la Delegación Policial de Miramar por ser habida la misma en Puntarenas, Miramar, Barrio El Jocote de la entrada principal 600 metros norte, casa a mano derecha segunda casa, color naranja y a los señores Daniel Isaac Salazar Quesada y Alejandra Vanessa Alvarado Jiménez en calidad de depositarios judiciales por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del II Circuito Judicial de San José por ser habidos los mismos en San José, Montes de Oca, Sabanilla 25 metros oeste y 150 metros norte de la entrada principal de las instalaciones deportivas de la UCR, casa número 28, color blanca con verjas negras. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez de Familia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615199 ).

Licenciada Marjorie Salazar Herrera, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), Expediente 21-000567-0687-FA a Ronald Manuel Serrano Villegas, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: a las catorce horas con veintitrés minutos del diez de enero del año dos mil veintidós. De la anterior demanda abreviada de declaratoria de abandono establecida por el accionante Adriana María Araya Castro, se confiere traslado a la curadora Marlene Alvarado Bermúdez en representación Ronald Manuel Serrano Villegas por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Grecia de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s) Ronald Manuel Serrano Villegas, por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615202 ).

Msc. Patricia Méndez Gómez jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Bismar García Ponce, nicaragüense, pasaporte de su país PC01530725, casado, ocupación y paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso reconocimiento de hija de mujer casada, bajo el expediente número 21-001100-0186-FA, donde se pretende reconocer a su hija registral, la persona menor de edad Melina García Castillo, como hija del promovente. Lo anterior se ordena así en proceso reconocimiento de hija de mujer casada de Wálter Antonio Marenco Cortez, expediente Nº 21-001100-0186-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 16 de diciembre del año 2021.—Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022615205 ).

Licenciada Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Romero Gleenford Gray Dayli, en su carácter personal, quien es mayor, casado, cédula 0700540924, de paradero y demás calidades desconocidas, se le hace saber que en Demanda Abreviada de Divorcio, expediente 20-000809-1146-FA establecida por Adelaida María Cuevas Polanco contra Romero Gleenford Gray Dayli, se ordena notificarle por edicto a Romero Gleenford Gray Dayli, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas, a las trece horas treinta y ocho minutos del once de enero de dos mil veintidós. Del anterior Proceso Abreviado de Divorcio establecido por Adelaida María Cuevas Polanco, se confiere traslado por el plazo de diez días hábiles a la parte demandada Romero Gleenford Gray Dayli, representado por su curadora procesal la licenciada Yorleny Carvajal Hernández, de quien se tiene por aceptado el cargo conforme al escrito que se incorporó al expediente electrónico el trece de diciembre de dos mil veintiuno y contestada la demanda conforme al escrito que se incorporó al expediente electrónico en la fecha supra citada, de la cual se confiere audiencia a la parte actora por el plazo de tres días hábiles, de conformidad con lo normado en el artículo 305 del Código Procesal Civil aún vigente para procedimientos de familia. Notifíquese a la parte demandada Romero Gleenford Gray Dayli, por medio de su curadora procesal al medio señalado. Publíquese esta resolución mediante edicto. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Msc. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza de Familia.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615300 ).

Se avisa a Reiner Villegas Morales, que en este Juzgado se tramita expediente proceso Proyecciones a la Niñez y la Adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, Expediente N° 21-001386-1302-FA, donde se solicita medidas de protección a favor de la persona menor Rachel Marisol Villegas Guerrero y Tyler Jesús Zamora Guerrero. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso. Lo anterior, por ordenarse así en Proceso Protección a la Niñez y la Adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia. Expediente N° 21-001386-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 11 de enero del 2022.—MSC. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615308 ).

La licenciada Katherine Meza Chaves, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas hace saber, que en Expediente número 20-001276-1146-FA, correspondiente a un Proceso de Declaratoria Judicial de Estado de Abandono, promovido por el Patronato Nacional de La Infancia, contra Ariana Álvarez Arroyo, Juan Pablo Esquivel Calvo, y Gerardo Obando Gómez se dictó la sentencia número 2021001302, de las trece horas cincuenta y seis minutos del nueve de diciembre de dos mil veintiuno, que en lo conducente reza así: Resultando. Primero: (...) Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando. I.—Hechos Probados. II.—Sobre el fondo del asunto. Por tanto. De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de persona menor de edad establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Ariana Álvarez Arroyo, Juan Pablo Esquivel Calvo, y Gerardo Obando Gómez, declarando en esta vía judicial el estado de abandono de la menor de edad Emily, Wesly y Gerardo todos de apellidos Esquivel Álvarez, con la consecuente pérdida de los derechos de la Responsabilidad Parental que de ellos ostentaban los aquí demandados. Se ordena el depósito judicial de los niños bajo responsabilidad del Patronato Nacional de la Infancia. Anótese el fallo en las citas de inscripción de las personas menores de edad, nacimientos que se encuentran inscritos en el Registro de Nacimientos de la provincia de Alajuela, el de Emily bajo las citas de inscripción tomo novecientos treinta y cinco, página cero ochenta y uno, asiento ciento sesenta y dos; el de Wesly bajo las citas de inscripción tomo novecientos sesenta, página doscientos cincuenta y seis, asiento quinientos once; y el de Gerardo bajo las citas de inscripción tomo quinientos cincuenta y uno, página cientos cuarenta y cinco, asiento doscientos noventa. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022615312 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Oscar Guillermo Mena Siles, en su carácter personal, quien es mayor, costarricense, cédula de identidad número 302860344, se le hace saber que en demanda procesos especiales, establecida por Marisel Navarro Picado contra Oscar Mena Siles, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las trece horas cincuenta y tres minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente trámite de autorización de salida del país, expediente 21-002928-0338-FA, promovido por Marisel Navarro Picado. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Oscar Mena Siles, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Cartago. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022616159 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Carlos Eduardo Camacho Sojo, mayor, costarricense, soltero, ayudante de mecánica general, cédula de identidad número 0304310475, vecino de Turrialba, hijo de Xinia Lía Sojo Montenegro y Carlos Camacho Ureña, nacido en Centro Turrialba Cartago, el 24/09/1988, con años 33 de edad, y Hazel María Sánchez Zúñiga, mayor, costarricense, soltera, administradora del hogar, cédula de identidad número 0701040817, vecina de Guadalupe de Cartago, hija de Elsa María Zúñiga Martínez y José Luis Sánchez Quirós, nacida en Pocora Guácimo Limón, el 13/07/1972, actualmente con 49 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-003356-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 04 de enero del año 2022.—M.Sc. Wendy Blanco Donaire, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615130 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Carlos Alberto Solís Rodríguez, mayor, costarricense, soltero, peón, cédula de identidad número 0303180620, vecino de Cartago, hijo de Miriam Rodríguez Leiva y Carlos Solís Ramírez, ambos padres costarricenses, nacido en Centro Central Cartago, el 27/01/1972, con años 49 de edad, y María Esmeralda Rodríguez Meneses, mayor, costarricense, Soltera, Niñera, cédula de identidad número 0302710542, vecina de Cartago, hija de Angela Meneses Segura y Rodrigo Rodríguez Salas, ambos padres costarricenses, nacida en Centro Central Cartago, el 06/11/1964, actualmente con 57 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-003133-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 25 de noviembre del año 2021.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615135 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Aditza Disney Fernández Camacho, cédula de identidad N° 0604000458 y Julio César Valverde Ramírez, cédula de identidad N° 0604450671. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-001399-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas, fecha, 07 de diciembre del 2021.—Maureen Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615195 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Braulio Giovanny Otárola Quesada, mayor, soltero, Técnico Automotriz, vecino de Manuel de Jesús Jiménez, casa G 103, cédula de identidad número 0304300875, hijo de Lidia María Quesada Rojas y Juan Enrique Otárola Barquero, nacido en Oriental Central Cartago, el 09/09/1988, con 33 años de edad y Elba Liliana Umaña Tames, mayor, soltera, miscelánea, vecina de Lourdes, 1 kilometro al sur de la Iglesia del lugar, casa en obra en gris nueva, cédula de identidad número 0113480740, hija de María Auxiliadora Tames Céspedes y Ademar Umaña Barquero, nacida en San Isidro Pérez Zeledón San Jose, el 04/03/1988, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 21-003256-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 13 de diciembre del año 2021.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022615201 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Alejandro Ferreto Morales, mayor, soltero, Mecánico General, costarricense, cédula de identidad número: 1-1583-0783, vecino de San José, Central, Hospital, 200 metros sur del Hospital de la mujer y 125 metros oeste, casa de una planta color azul con blanco a mano izquierda, hijo de Carmen Morales Morales y Víctor Daniel Ferreto Campos, ambos costarricenses, nacido en Uruca Central, San José, el día 29 de septiembre de 1994, con 27 años de edad y Sharon Michelle López Silva, mayor, soltera, Ama de casa y Estudiante, costarricense, cédula de identidad número 1-1642-0741, vecina de San José, Central, Hospital, 200 metros sur del Hospital de la mujer y 125 metros oeste casa de una planta color azul con blanco a mano izquierda, hija de Luis Javier López Céspedes, costarricense y Fátima Silva Salinas, nicaragüense, nacida en Hospital Central San José, el día 27 de mayo de 1996, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 20- 000853-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, San José, 10 de enero del año 2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022615305 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Marianela Fallas Varela, mayor, soltera, Niñera, costarricense, cédula de identidad N° 1-1111-0618, vecina de San José, Escazú, Bello Horizonte, de la Iglesia católica de Bello Horizonte, 300 metros oeste y 150 metros al norte, casa de una planta, color crema con portón negro, hija de Isidro Fallas Naranjo y Lilliam Varela Ramírez, nacida en San Isidro Pérez Zeledón San José, el día 04 de agosto de 1981, con 40 años de edad, y Jonathan Mauricio González Porras, mayor, soltero, Comerciante, costarricense, cédula de identidad número 1-0986-0268, vecino de San José, Escazú, Bello Horizonte, de la Iglesia católica de bello horizonte, 300 metros oeste y 150 metros al norte, casa de una planta, color crema con portón negro, hijo de Rosa María González Porras, (sin padre registral), nacido en Uruca, Central, San José, el día 10 de noviembre de 1977, actualmente con 44 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000859-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 08 de diciembre del año 2021.—Msc. Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022615307 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Julio Cesar Mairena Martínez, mayor, divorciado, jornalero, cédula de identidad número 0502680936, vecino de Tronadora de Tilarán, 250 metros al este de la entrada El Roble, carretera hacia Tronadora, hijo de Susana Martínez Jiménez y Luis Alberto Mairena Juárez, nacido en Centro Liberia Guanacaste, el 05/09/1971, con 50 años de edad, teléfono: 8435 0427; y Maritza de Los Ángeles Cordero Méndez, mayor, divorciada, empleada doméstica, cédula de identidad número 0502550769, vecina de Tronadora De Tilarán, 250 metros al este de la entrada el roble, carretera hacia Tronadora, hija de Margarita Odali Méndez Castro (fallecida) y Alejandro Cordero Cruz, nacida en Quebrada Grande Tilarán Guanacaste, el 04/07/1969, actualmente con 52 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente. Nº 22-000008-0928-FA.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas, fecha, 07 de enero del año 2022.—Lic. Luis Fernando Suárez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022615310 ).