BOLETÍN JUDICIAL 37 DEL 24 DE FEBRERO DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Avisos

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

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Edictos Matrimoniales

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

TERCERA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 19-019988-0007-CO promovida por Manuel Emilio Rodríguez Rodríguez, Taxis Unidos Aeropuerto Internacional Juan Santamaría Sociedad Anónima contra los Decretos Ejecutivos N° 36965-MOPT, publicado en La Gaceta N° 26 de 06-02- 2012 que es “Reglamento del primer procedimiento especial abreviado de taxis, de la base de operación del Aeropuerto Internacional Juan Santa María” y el Decreto Ejecutivo N° 35985-MOPT, por estimarlos contrarios a los principios de igualdad, libertad de contratación, libertad empresa, razonabilidad y proporcionalidad, libre concurrencia e incapacidad de objetar el cartel, se ha dictado el voto número 2022-002282 de las doce horas diez minutos del veintiséis de enero de dos mil veintidós, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad. El Magistrado Salazar Alvarado y el Magistrado Araya García consignan nota. El Magistrado Rueda Leal da razones diferentes

San José, 17 de febrero del 2022.

                                                         Luis Roberto Ardón Acuña

                                                                         Secretario

O.C. Nº 364-12-2021B.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2022624956 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

En Río Azul de La Unión de Tres Ríos, 50 metros al sur de la Iglesia Católica del lugar, Bodegas Azules número 05, a las diez horas del quince de marzo de dos mil veintidós. Con una base de ocho millones doscientos setenta y siete mil seiscientos colones sin céntimos libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate los bienes embargados: 1. Bagui celeste 21629 talla 10. 2. Bagui celeste 21629 talla 12. 3. Bagui celeste 21629 talla 14. 4. Bagui celeste 21629 talla 16. 5. Bagui celeste 21629 talla 4. 6. Bagui celeste 21629 talla 6. 7. Bagui celeste 21629 talla 8. 8. Bagui stone est: 2181 talla 4. 9. Barcelona est: 73592934 talla 16. 10. Barcelona est: 735937 talla 6. 11. Barcelona est: 735927 talla-2. 12. Barcelona est: 735927 talla 4. 13. Barcelona est: 735927 talla 6. 14. Barcelona est:735927 talla-8. 15. Barcelona est: 735937 talla-14. 16. Barcelona est: 735937 talla-2. 17. Barcelona est: 735938 talla-16. 18. Barcelona est: 735938 talla-14. 19. Barcelona est: 735938 talla-2. 20. Barcelona est: 735938 talla-4. 21. Barcelona est: 735938 talla-6. 22. Barcelona est: 73595 talla:14. 23. Barcelona est:73595 talla: 2. 24. Barcelona est: 73595 talla: 4. 25. Barcelona est:.73595 talla: 6. 26. Barcelona est:.73595 talla: 8. 27. Barcelona Stone est: 2131 talla 14. 28. Barcelona Stone est:.2131 talla 16. 29. Barcelona Stone est: 2131 talla 2. 30. Barcelona Stone est: 2131 talla 6. 31. Barcelona Stone est: 2131 talla 8. 32. Blazer est: 170116 talla XXS. 33. Blazer est: 170116 talla XS. 34. Blazer est: 170116 talla XXL. 35. Blazer est: 17012 talla XXS 36. Blazer est: 170127 talla XXL. 37. Blazer est: 170127 talla XXS. 38. Blazer est: 170137 talla XL. 39. Blazer est: 170137 talla XXL. 40. Blazer est: 170137 talla XXS. 41. Blazer est: 170138 talla XL. 42. Blazer est: 170138 talla XS. 43. Blazer est: 170138 talla XXL. 44. Blazer est: 170138 talla XXS. 45. Blazer est: 17012 talla: S. 46. Blazer est: 170138 talla: S. 47. Blazer negro est: 17018 talla L. 48. Blazer negro est: 17018 talla S. 49. Blazer negro est: 17018 talla XL. 50. Curvy verde est: 40337 talla 16. 51. Curvy verde est: 40337 talla 20. 52. Curvy vino est: 40338 talla 16. 53. Curvy vino est: 40338 talla 20 54. Enagua cuerina verde est: 180337 talla 4 55. Enagua cuerina verde est: 180337 talla 6. 56. Enagua cuerina verde est: 180337 talla 10. 57 est: 10211 talla 18 2X1 oferta. 58. Jacket est: 80137 talla: XS 59. Jacket comb negro/verde est: 827837 talla L. 60 Jacket comb negro/verde est: 827837 talla M. 61. Jacket comb negro/verde est: 827837 talla S. 62. Jacket comb negro/verde est: 827837 talla XS. 63 Jacket comb negro/verde est: 827837 talla XXS. 64. Jacket cuadros est: 811127 talla: L. 65. Jacket cuadros est: 811137 talla: L. 66. Jacket de hombre casual est: 80516 talla M. 67. Jacket de hombre casual est: 80516 talla S. 68. Jacket de hombre casual est: 80527 talla S. 69. Jacket de hombre casual est: 80538 talla L. 70. Jacket est: 8018 talla S. 71. 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Jacket mangas flores verde est: 8044337 talla M. 97. Jacket mangas flores verde est: 8044337 talla S. 98. Jacket mujer celest:e est: 80829 talla L. 99. Jacket mujer est: 8081 talla L. 100. Jacket mujer est: 8086 talla L. 101. Jacket mujer est: 8086 talla M. 102. Jacket mujer est: 8086 talla S. 103. Jacket mujer est: 8086 talla XL. 104. Jacket mujer est: 8086 talla XS. 105. Jacket mujer stone s/pretina est: 8211 talla L. 106. Jacket mujer tie-dye est: 80836 talla L. 107. Jogger gris est: 901615 talla 30. 108. Jogger gris est: 901615 talla 32. 109. Jogger gris est: 901615 talla 34. 110. Jogger mostaza 902127 talla 28. 111. Jogger mostaza estilo 902127 talla 30. 112. Jogger mostaza estilo 902127 talla 32. 113. Jogger mostaza estilo 902127 talla 34. 114. Jogger mostaza estilo 902127 talla 36. 115. Jogger stone est: 7031 talla 30. 116. Jogger vino est: 902138 talla: 38. 117.Jogger vino estilo 902138 talla 28. 118. Jogger vino estilo 902138 talla. 30. 119. Jogger vino estilo 902138 talla 32. 120. Jogger vino estilo 902138 talla 34. 121. Jogger vino estilo 902138 talla 36. 122. Jogguer stone est: 7031 talla 28. 123. Jogguer stone est: 7031 talla 32. 124. Jogguer stone est: 7031 talla 34. 125. Paris Bagui A,.W est: 218813 talla 2. 126. Paris Bagui celest:e est: 21829 talla 10. 127. Paris Bagui celest:e est: 21829 talla 2 128. Paris Bagui celeste est: 21829 talla 4. 129. Paris Bagui celeste est: 21829 talla 6. 130. Paris Bagui negro est: 218850 talla 10. 131. Paris Bagui negro est: 218850 talla 2. 132. Paris Bagui negro est: 218850 talla 4. 133. Paris Bagui negro est: 218850 talla 8. 134. Paris Bagui stone est: 2181 talla 10. 135. Paris Bagui stone est: 2181 talla 6. 136. Paris Bagui stone est: 2181 talla 8. 137. Paris Bagui stone est: 2181 talla 10. 138. Paris Bagui stone est: 2181 talla 2. 139. Paris Bagui stone est: 2181 talla 6. 140. Paris Bagui stone est: 2181 talla 8. 141. Red blanco est: 730411 talla:16 2x1 oferta. 142. Redu blanco est: 730411 talla 18 2x1 oferta. 143. Reductor est: 73968 talla-14. 144. Reductor est: 73968 talla-16. 145. Reductor S/B est: 1028 talla 14. 146. Reductor S/B est:1028 talla 16. 147. Reductor S/B est:1028 talla 4. 148. Sao Paulo cargo celest:e est: 20829 talla 14. 149. Sao Paulo cargo stone est: 2081 talla 2. 150. Sao Paulo cargo stone est: 2081 talla 4. 151. Slim Fit est:901937 talla-28. 152. Slim Fit est: 901937 talla-36. 153. Slim Fit est: 901937 talla-38. 154. Slim Fit gris est: 130615 talla 30. 155. Slim Fit gris est:130615 talla 34. 156. Slim Fit gris est: 130615 talla 36. 157. Slim Fit gris est: 130615 talla 28. 158. Slim Fit gris est: 130615 talla 38. 159. Slim Fit SR verde est: 130337 talla 38. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintitrés de marzo de dos mil veintidós con la base de seis millones doscientos ocho mil doscientos colones. (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del cuatro de abril de dos mil veintidós con la base de dos millones sesenta y nueve mil cuatrocientos colones. (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Ricardo Alonso Loría Aguilar contra Comercializadora Internacional D.D. Rohmis Sociedad Anónima y otro. Expediente N° 20-000303-1001-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral).—Randall Gómez Chacón, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625608 ).

Avisos

Licda. Lilliana Castillo Bolaños, Jueza del Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral); hace saber a Hispanic Coalition Sociedad Anónima, documento de identidad N° 3101379392 que en este Despacho se interpuso un proceso ordinario laboral en su contra, bajo el expediente número 21-000380-1125-LA donde se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral). A las nueve horas once minutos del diez de enero de dos mil veintidós. Como se solicita, se emplaza a los socios, asociados o a quien corresponda designar representante de la empresa Hispanic Coalition S. A., para que en el plazo de un mes acrediten tal nombramiento, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4 del Código Procesal Civil en aplicación supletoria de esta materia. Publíquese la presente por medio de Boletín Judicial. Licda. Lilliana María Castillo Bolaños, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso ordinario laboral de Daniel Durán Valverde contra Hispanic Coalition Sociedad Anónima. Expediente Nº 21-000380-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), (Materia Laboral), 10 de enero del 2022.—Licda. Lilliana Castillo Bolaños, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625650 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Luis Alfonso Guevara Pacheco, cédula N° 1-0243-0409, fallecido el 21 de noviembre del 2021, se consideren con derecho para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. bajo el N° 22-000210-1178-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000210-1178-LA, a favor de los causahabientes de Luis Alfonso Guevara Pacheco, cédula N° 1-0243-0409.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de febrero del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625581 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de María De Los Ángeles Morales Morales, cédula 103690216, fallecida el 24 de octubre del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 22-000261-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000261-1178-LA. A favor de los causahabientes de María De Los Ángeles Morales Morales, cédula 103690216.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de febrero del 2022.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625582 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Ramón Méndez Villarreal, cédula N° 102260366, fallecido el 15 de enero del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. bajo el Número 22-000211-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000211-1178-LA. A favor de los causahabientes de Juan Ramón Méndez Villarreal, cédula 102260366.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de febrero del 2022.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625584 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Gerardo Ortega Campos, cédula 0103520852, fallecido el 15 de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. bajo el Número 22-000200-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000200-1178-LA. A favor de los causahabientes de Luis Gerardo Ortega Campos, cédula 0103520852.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de febrero del año 2022.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625585 )

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jorge Emilio Cordero Marín, cédula N° 107540921, fallecido el 14 de enero de 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest., bajo el número 22-000340-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000340-1178-LA. A favor de los causahabientes de Jorge Emilio Cordero Marín, cédula N° 1-0754-0921.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de febrero del año 2022.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625586 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Freddy Elías Cruz Méndez, 0602520062, fallecido(a) el 16 de junio del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. fallecidas bajo el número 22-000114-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000114-0643-LA. Por Operadora de Pensiones Banco Popular a favor de Freddy Elías Cruz Méndez.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 14 de febrero del 2022.—Msc. Allan Roberto Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625605 ).

Se hace saber: A los causahabientes de quien en vida se llamó Jorge Enrique Duarte Sequeira, quien fue mayor, costarricense, domicilio Alajuela, Upala, San Cristóbal 100 metros oeste de la escuela, cédula de identidad número 0203930275, se les hace saber que: Elsa Zeneida Calderón Agüero, cédula de identidad o documento de identidad número 0204420987, domicilio Alajuela, Upala, San Cristóbal 100 metros oeste de la escuela, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido Jorge Enrique Duarte Sequeira, expediente numero 21-000141-1516-LA.- Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Laboral), 27 de enero del año 2022.—Licda. Génesis Stephannie Jirón Bastos, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625614 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jiustin Ignacio Matarrita Gómez portador de la cédula de identidad 0113150579, quien fue mayor, soltero, laboró como dependiente, y falleció el 14/12/2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el Número 22-000036-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000036-0775-LA. Proceso promovido por la señora Daniela Adilia Gómez Galeano cédula de identidad 503850486 en calidad de madre y representación de la patria potestad y representación de la menor Samantha Daniela Matarrita Gómez cédula de identidad 0505170839 (única hija y menor de edad que en vida dejó el occiso) y en favor de misma.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 14 de febrero del año 2022.—Katherine Ramírez Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625615 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Efraín Brenes Castro 0301260124, fallecido el 02 de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el Número 22-000034-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000034-1001-LA. Por a favor de Efraín Brenes Castro.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 25 de enero del año 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625626 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Bryan José Alvarado Espinoza 0113840043, fallecido el 11 de mayo del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número 21-001797-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001797-1178-LA. Por a favor de Bryan José Alvarado Espinoza.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 02 de setiembre del año 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625629 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gilberto Rosales Amaya 0602510968, fallecido el 24 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número 21-001187-1178- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001187-1178-LA. Por a favor de Gilberto Rosales Amaya.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de julio del año 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625630 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María del Carmen Tacsan Ulate, cédula de identidad 0110640740, fallecida el 19 de setiembre del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número 20-002939-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002939-1178-LA. Por a favor de María del Carmen Tacsan Ulate.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 05 de julio del año 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625631 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Ruth Méndez Martínez 0502080588, fallecida el 09 de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000111-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000111-0929-LA. Por Ministerio de Educación Pública a favor de María Ruth Méndez Martínez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de febrero del año 2022.—Licda. Carolina Muñoz González, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625632 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Róger Antonio Jaen Arguijo, cédula de identidad número 601220710, fallecido el 29 de mayo de 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias promovidas por Jenny Beatriz Duran Sánchez, cédula de identidad 9000750004, de proceso de consignación de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000122-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000122-0929-LA. Por Operadora de Pensiones del Banco Popular a favor de Róger Antonio Jaen Arguijo.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de febrero del año 2022.—Licda. Carolina Muñoz González, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625633 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Luis Fernando Agüero Chaves, quien portó la cédula de identidad 1 0584 0949 y falleció el día 27 de abril del 2021, promovido por Rose Mary Badilla Artavia, cédula de identidad N° 1 0617 0174; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-001318-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-001318-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 19 de julio del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Juez(a) Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625651 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Amador Pedro Minaya Cristobal, quien portó la cédula de identidad N° 8 0092 0149, y falleció el día 27 de diciembre del 2020, promovido por Julia Victoria Florecin Naupa, cédula de identidad N° 8 0117 0555; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público, bajo el número 21-001176-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001176-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 14 de julio del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625652 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Dagoberto Herrera Carvajal 0300890985, fallecido el 28 de mayo del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 21-000298- 1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000298-1549-LA. Por Carlos Alberto Herrera Castro a favor de Miguel Dagoberto Herrera Carvajal.—Juzgado Contravencional de Siquirres (Materia Laboral) 07 de enero del año 2022.—Lic. Kevin de Los Ángeles Leiva Masis, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625654 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Walter Calderón Piedra, quien fue costarricense, peón, vecino de Puntarenas, Buenos Aires, Santa Cruz 70 metros al sur de la escuela pública de Santa Cruz, cédula de identidad número 111750445, se les hace saber que: Josefa Piedra Vásquez, cédula de identidad o documento de identidad número 302280242, vecina de Buenos Aires de Puntarenas, Santa Cruz 70 metros al sur de la escuela pública de Santa Cruz, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Walter Calderón Piedra, Expediente número 21-000080-1551-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Laboral), 20 de enero del año 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625657 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Domingo Rivera Rivera, quien fue viudo en unión de hecho, domicilio Buenos Aires, cédula de identidad número 6-0026-0451, se les hace saber que: se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Domingo Rivera Rivera, expediente número 21-000041-1551-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Laboral), 27 de enero del año 2022.—Licda. Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625659 ).

Se citan y se emplazan a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Mileydy de Jesús Alpízar Venegas, cédula número 0115140350, se consideran con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 21-000064-1551-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 20 de enero del año 2022.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625660 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Carlos Enrique Sánchez Torres, cédula de identidad N° 1-0403-1116, y quien falleció el 16 octubre del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000098-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Carlos Enrique Sánchez Torres.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 31 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625661 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Carlos Enrique Sánchez Torres, cédula de identidad N° 1-0403-1116, y quien falleció el 16 octubre del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000098-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Carlos Enrique Sánchez Torres.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 31 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625662 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó José Sadan Figueroa Figueroa, quien fue mayor, domicilio Buenos Aires, Cabagra, 75 metros este del ebais San Rafael Cabagra, cédula de identidad N° 6-0409-0269, se les hace saber que: Indira Diguo Figueroa Figueroa, cédula de identidad o documento de identidad N° 1-1302-0651, domicilio Buenos Aires, Salitre, un kilómetro al este del ebais, en puente nuevo, segunda entrada a mano izquierda, se apersonó a este Despacho en calidad de conviviente del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, Expediente N° 21-000079-1551-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Laboral), 10 de enero del 2022.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625663 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Luis Eduardo Ocampo Van Patten, cédula de identidad número 1-0518-0349, y quien falleció el 23 de abril del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000091-0166-LA . Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Luis Eduardo Ocampo Van Patten.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 31 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625667 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Juan María Angulo Chinchilla, cédula de identidad N° 5-0068-0912, y quien falleció el 05 de junio del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000083-0166LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Juan María Angulo Chinchilla.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 31 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625669 ).

Se cita y emplaza a las personas que, en carácter de causahabientes de Pedro Alberto Sandi Calvo, cédula de identidad 1-0445-0214, y quien falleció el 12 de junio del 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000065-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Pedro Alberto Sandi Calvo.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625671 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Ricardo Ernesto Guillén Herrera, cédula de identidad N° 8-0073-0574, y quien falleció el 21 de noviembre del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000065-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Ricardo Ernesto Guillen Herrera.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625672 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Misael Luis Alberto Solís Alfaro, cédula de identidad N° 4-0063-0460, y quien falleció el 28 de mayo del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000058-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Misael Luis Alberto Solís Alfaro.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625674 ).

Se cita y emplaza a las personas que, en carácter de causahabientes de Eloy Leonel López, cédula de residencia 155826492111, y quien falleció el 30 de octubre del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000046-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Eloy Leonel López.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625675 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Carlos Eduardo Blanco Vega, cédula de identidad N° 1-0553-0960, y quien falleció el 22 de noviembre del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000035-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Carlos Eduardo Blanco Vega.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625676 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Mario Enrique Vega Guillén, cédula de identidad N° 3-0087-0806, y quien falleció el 07 de noviembre de 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000019-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Mario Enrique Vega Guillén.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de enero de 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625677 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó José Mario Solano Pérez, costarricense, quien portó el número de cédula 1-0498-0903, domicilio Buenos Aires, Térraba, frente al salón comunal, segunda casa, se les hace saber que Isabel Rivera Navas, mayor de edad, costarricense, portadora del número de cédula 6-0179-0675, vecina de Puntarenas, Buenos Aires, Térraba, frente al salón comunal, segunda casa, se apersonó a este Despacho en calidad de cónyuge del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de Prestaciones del Trabajador Fallecido. Expediente N° 21-000065-1551-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Laboral), 07 de enero del 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625679 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Ronald Warner Gregory Wang, cédula de identidad N° 1-1007-0379, y quien falleció el 16 de agosto de 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001780-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Ronald Warner Gregory Wang.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625680 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Jorge Enrique Velásquez Ceballos, cédula de identidad N° 8-0093-0093, y quien falleció el 09 de noviembre del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-001745-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Jorge Enrique Velásquez Ceballos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 31 de enero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625740 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Christopher José Badilla Alfaro, cédula de identidad N° 1-1292-0801, y quien falleció el 08 de noviembre de 2021, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001691-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Christopher José Badilla Alfaro.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de diciembre de 2021.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625741 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Víctor Andrés López Chavarría, cédula de identidad 1-1272-0780, y quien falleció el 17 diciembre del 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001516-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Víctor Andrés López Chavarría.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 15 de febrero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625742 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Elian Raúl González Sáenz, cédula de identidad N° 1-0668-0027, y quien falleció el 30 de setiembre del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-001481-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Elian Raúl González Sáenz.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de febrero del 2022.—Licda. María Dorelia Bravo Núñez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625743 ).

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En este Despacho, con una base de setenta y tres mil setecientos dieciocho dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 423216-000, la cual es terreno naturaleza: lote once P, terreno para construir. Situada en el distrito 10-Desamparados cantón 1-Alajuela Linderos: norte, resto destinado a calle sur, lotes 29-P y 30-P este, lote P-10 oeste, lote P-12 Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Plano: A-1093841-2006. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós con la base de cincuenta y cinco mil doscientos ochenta y ocho dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de dieciocho mil cuatrocientos veintinueve dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Mayeri Torres Vargas Expediente N° 1-009485-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y seis minutos del nueve de octubre del dos mil veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022625208 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil seiscientos diez dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes; sáquese a remate el vehículo: ZCM061, marca: Renault; estilo: Koleos; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; serie: VF1VY0CAVDC436235; carrocería: todo terreno, 4 puertas; tracción: 4x4; número chasis: VF1VY0CAVDC436235; año fabricación: 2013; color: negro y VIN: VF1VY0CAVDC436235. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas quince minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós, con la base de siete mil doscientos siete dólares con setenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas quince minutos del seis de abril de dos mil veintidós con la base de dos mil cuatrocientos dos dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A., contra Maxwell Rojas Sosa. Expediente N° 21-004685-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y nueve minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022625209 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y nueve mil setecientos tres dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 519583, derecho 000, la cual su naturaleza es terreno para construir: Lote A-6. Situada en el Distrito 1-San Vicente, Cantón 14-Moravia, de la Provincia de San José. Colinda: al norte José Joaquín Mata Alvarado; al sur resto destinado a calle pública; al este Lote A-5 y al oeste Lote A-7. Mide: ciento sesenta y cinco metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas con cincuenta minutos del veintidós de junio del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas con cincuenta minutos del treinta de junio del año dos mil veintidós, con la base de treinta y siete mil doscientos setenta y siete dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas con cincuenta minutos del ocho de julio del año dos mil veintidós, con la base de doce mil cuatrocientos veinticinco dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra William Rojas Zamora. Expediente:21-018484-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de enero del año 2022.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022625213 ).

En este Despacho, con una base de setenta y dos mil ochocientos nueve dólares con cincuenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos treinta y cinco mil ciento treinta y cinco, derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir lote número cinco. Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote cuatro; al sur lote seis; al este, calle pública y al oeste, Bosques Adentro Sociedad Anónima. Mide: ciento sesenta metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados, plano: SJ-0257468-1995. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta minutos del siete de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de cincuenta y cuatro mil seiscientos siete dólares con trece centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta minutos del veintitrés de junio del dos mil veintidós con la base de dieciocho mil doscientos dos dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Carlos Eduardo Vivo Quirós, Sandra Gabriela Vargas Corrales Expediente N° 21-023001-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de diciembre del 2021.—Mariela Iveth Cortes García, Jueza Decisora.—( IN2022625214 ).

En este Despacho, con una base de trescientos veintidós mil trescientos sesenta y seis dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 25903-B--000, la cual es naturaleza: de repastos situada en el distrito 4-Belén cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, camino y quebrada, sur: sucesión de Esteban Cortés y Alfredo Contreras, este, Santos Angulo Diez, oeste, Jesús Sixto Moreno Mide: seiscientos veintiocho mil treinta y nueve metros cuadrados Plano: G-0000065-1970. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del diez de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintidós con la base de doscientos cuarenta y un mil setecientos setenta y cuatro dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintidós con la base de ochenta mil quinientos noventa y un dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Impala Investments S.A., Luis Guillermo Obando Agüero contra Los Planes de Belén S.A. Expediente N° 20-003144-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: trece horas con veintidós minutos del veinte de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022625215 ).

En este Despacho, con una base de seis mil seiscientos sesenta dólares con noventa y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo FFQ129, marca: Nissan; estilo: Sentra; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; serie: 3N1AB7AA6ZL800870; carrocería: sedan 4 puertas; tracción: 4x2; número chasis: 3N1AB7AA6ZL800870; año fabricación: 2014; color: azul y VIN: 3N1AB7AA6ZL800870. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil novecientos noventa y cinco dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós con la base de mil seiscientos sesenta y cinco dólares con veintitrés centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Bayron Fernando Mc Carthy Solano. Expediente N° 22-000001-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta minutos del dos de febrero del dos mil veintidós.—M.sc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022625249 ).

En este Despacho, con una base de doce millones setecientos trece mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Condiciones ref: 00262982-000 bajo las citas: 406-10667-01-0900-001, Condiciones ref: 2586-227-001 bajo las citas: 406-10667-01-0901-001, Condiciones ref: 00278103-000 bajo las citas: 406-10667-01-0912-001, Condiciones ref:00278103-000 bajo las citas: 406-10667-01-0913-001, Condiciones ref: 00278103-000 bajo las citas: 406-10667-01-0914-001, Condiciones ref: 00278103-000 bajo las citas: 406-10667-01-0915-001, Servidumbre de Líneas Eléctricas y de Paso bajo las citas: 2010-106482-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 552.107-001-002, la cual es terreno construcción de vivienda de interés social. Situada en el distrito 7-La Fortuna, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de diez metros lineales; al sur, Silvia Lorena Rojas Zúñiga y Cristopher Manuel Chavarría Hernández; al este, Silvia Lorena Rojas Zúñiga y Cristopher Manuel Chavarría Hernández, y al oeste, Katherine Elena Rojas Benavides. Mide: trescientos cuarenta metros cuadrados, plano: A-1935211-2016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós, con la base de nueve millones quinientos treinta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós, con la base de tres millones ciento setenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Cristopher Manuel Chavarría Hernández, Silvia Lorena Rojas Zúñiga. Expediente N° 20-000781-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y uno minutos del seis de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022625258 ).

En este Despacho, con una base de ciento ochenta y tres mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 263-02836-01-0901-001 Manif cto, calle ref: 1658 392 007; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 154038, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 1-San Pedro, cantón 15-Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, German Federico Sáenz Renauld; al sur, calle publica; al este, Álvaro Luque Fernández y Emilia Zamora Palavicini; y al oeste, calle pública. Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós con la base de ciento treinta y siete mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de abril de dos mil veintidós con la base de cuarenta y cinco mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Casa Sueños Metálicos S. A., Damien Castells, Valerie Raust. Expediente N° 21-006091-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de octubre del año 2021.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022625259 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 356-00411-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 356-00411-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cuarenta y siete mil setenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito 3-Toro Amarillo, cantón 12-Sarchí, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, camino público a Bajos del Toro con un frente de 39.99 metros; al sur, Cafetalera Monte Flores S.A.; al este, Cafetalera Monte Flores S.A. y al oeste, Innovaciones Salen Occy S. A. Mide: cinco mil metros cuadrados. Plano: A-1241999-2008. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del siete de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Sarchí contra Rachelle Arberman, expediente N° 19-003546-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y cuatro minutos del cuatro de febrero del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022625263 ).

En este Despacho, con una base de setenta y ocho millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil ciento dos colones con noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 261827-000, la cual es naturaleza: Terreno sembrado de café. Situada en el distrito (02) Tucurrique, cantón (04) Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Land and Trust S. A.; al sur, Junta Directiva de Inversiones 16016 S. A.; al este, Junta Directiva de Inversiones 16016 S.A y al oeste, calle pública. Mide: veinticinco mil uno metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del uno de abril de dos mil veintidós con la base de cincuenta y ocho millones ochocientos cuarenta mil quinientos setenta y siete colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la base de diecinueve millones seiscientos trece mil quinientos veinticinco colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elisabeth María Van Der Kroft contra Inversiones Dieciséis Mil Dieciséis S.A, Sonia Yamileth De Los Ángeles Chinchilla Rivera. Expediente N° 18-013963-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de febrero del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022625267 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 360836-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir, Situada en el Distrito 13-Peñas Blancas Cantón 2-San Ramon de la Provincia de Alajuela Linderos: norte: resto de Elizabeth Chacón Pérez sur: resto de Elizabeth Chacón Pérez este: resto de Elizabeth Chacón Pérez oeste: frente a calle pública con 9.67 metros. Mide: doscientos ocho metros con treinta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0375332-1997. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós con la base de tres millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de diciembre de dos mil veintidós con la base de un millón trescientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rogelio Valverde Elizondo contra Delmis María Moxi Mora. Expediente:20-005654-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: veinte horas con veintidós minutos del veintiséis de enero del dos mil veintidós.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022625280 ).

En este Despacho, con una base de ciento sesenta y nueve millones seiscientos noventa y ocho mil ciento veintidós colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento once mil novecientos setenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Víctor Valverde; al sur, Carretera Nacional con 29.09 metros de frente; al este, Víctor Valverde, y al oeste, Carlos Gutiérrez Salas. Mide: seiscientos noventa y nueve metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de junio del dos mil veintidós, con la base de ciento veintisiete millones doscientos setenta y tres mil quinientos noventa y un colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de junio del dos mil veintidós, con la base de cuarenta y dos millones cuatrocientos veinticuatro mil quinientos treinta colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Héctor Fabricio Antonio Ulate Aguilar, Huka Global De Herradura SA, Inversiones Octomayo SA. Expediente N° 19-001738-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: doce horas con seis minutos del trece de enero del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(IN2022625312 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones seiscientos setenta y siete mil cuatrocientos noventa y tres colones con sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 222-04156-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cincuenta y un mil quinientos dieciséis, derecho cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa de habitación y una cochera finca que se encuentra en zona catastrada. Situada en el Distrito 09 Monte Verde, Cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Carlos Villalobos Murillo; al sur Fray Ulises González Navarro; al este Rafael Evelio González Navarro y calle pública con un frente de 35.51 metros y al oeste calle pública con un frente de 140.11 metros. Mide: cinco mil veintisiete metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del quince de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós con la base de diecisiete millones setecientos cincuenta y ocho mil ciento veinte colones con veintisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintidós con la base de cinco millones novecientos diecinueve mil trescientos setenta y tres colones con cuarenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fernando Enrique De La Trinidad De La O Rojas, Rosaura María De Los Ángeles Alvarado Castro. Expediente:21-003372-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: quince horas con veintidós minutos del cinco de octubre del dos mil veintiuno.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022625313 ).

En este Despacho, con una base de dos millones ochocientos cuarenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BSV800, marca: Hyundai, estilo: Elantra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2014, color: gris, vin: 5NPDH4AE4EH495583, cilindrada: 1800 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del ocho de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintidós con la base de dos millones ciento treinta y cuatro mil ochocientos treinta y tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós con la base de setecientos once mil seiscientos once colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Andrés Antonio Méndez Ramírez, Roxana de Jesús Ramírez Guillen. Expediente N° 22-000045-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de enero del año 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2022625315 ).

En este Despacho, con una base de treinta y tres millones trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 497497, derecho 000, la cual es terreno bloque A casa 13-A. Terreno con una casa. Situada en el distrito 03 San Juan de Dios, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 16 A; al este, lote 14 A; y al oeste, Facilidades Comunales. Mide: ciento veintisiete metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del once de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós con la base de veinticinco millones veintisiete mil noventa y ocho colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós con la base de ocho millones trescientos cuarenta y dos mil trescientos sesenta y seis colones con diez céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adela Del Carmen Mora Gaitán. Expediente N° 21-003505-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 07 de enero del 2022.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2022625324 ).

En este Despacho, con una base de un millón quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número 874253, Marca: Toyota, Estilo: RAV 4, Categoría: Automóvil, Capacidad: 05 personas, Año: 1996, Color: Negro, Vin: JT3HP10V4T0076927, Cilindrada: 2000 c.c., Combustible: Gasolina, Motor N°: No Legible. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintidós con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintidós con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Chaco Chafa Sociedad Anónima contra Óscar Felipe Vargas Rojas. Expediente N° 21-004860-1170-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con nueve minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidos.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022625362 ).

En este Despacho, con una base de treinta y tres mil setecientos noventa y siete dólares con veintinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa GMS883, marca B.M.W, estilo X1, color blanco, año 2016, chasis WBAHU3102G5E31427, combustible diesel, tracción 4X4. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós con la base de veinticinco mil trescientos cuarenta y siete dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós con la base de ocho mil cuatrocientos cuarenta y nueve dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra José Gabriel Masís Morales, Rogelio Oscar Chanis Reyes. Expediente N° 19-012281-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de enero del 2022.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2022625367 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones setecientos setenta y dos mil doscientos setenta y nueve colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BHM373, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automovil, capacidad: 5 personas, año: 2007, color: azul, cilindrada: 1600 c.c., Vin: KMHCN46C47U082921, combustible: gasolina, número de motor: no legible. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintidós con la base de seis millones quinientos setenta y nueve mil doscientos nueve colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintidós con la base de dos millones ciento noventa y tres mil sesenta y nueve colones con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Scotiabank de Costa Rica y Afines contra María Mayela Olga Cubillo Guadamuz. Expediente N° 18-008766-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de enero del 2022.—Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2022625369 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos setenta y siete mil ochocientos ochenta y cinco colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BMH993, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCT4AE8CU242064, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, peso bruto: 1272 kgrms, número chasis: KMHCT4AE8CU242064, año fabricación: 2012, modelo: GLS, cilindrada: 1600 c.c., cilindros: 4, potencia: 84 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos (03:00 pm) del veintiuno de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos (03:00 pm) del veintinueve de marzo del dos mil veintidós con la base de tres millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos trece colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos(03:00 pm) del seis de abril del dos mil veintidós con la base de un millón ciento diecinueve mil cuatrocientos setenta y un colones con veintiséis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MV Law Inmobiliary Services SRL contra Luis Fernando Ferllini Molina. Expediente N° 19-005012-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de enero del 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022625392 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cincuenta y dos millones ochocientos veinticuatro mil cien colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones citas: 395-13842-01-0800-003; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 79002-000. Que se describe así: naturaleza: terreno para construir lote 20 hoy con una casa. Situada en el distrito 4-Belén, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, I.D.A.; al sur, I.D.A.; al este, calle pública; y al oeste, Municipalidad de Carrillo. Mide: cuatrocientos veintidós metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0872067-2003. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del diez de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinte de junio del dos mil veintidós con la base de treinta y nueve millones seiscientos dieciocho mil setenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintiocho de junio del dos mil veintidós con la base de trece millones doscientos seis mil veinticinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja de ANDE contra Adriana Cantero Vásquez. Expediente N° 21-004612-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: ocho horas del quince de febrero del dos mil veintidós.—Victor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022625428 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil setecientos noventa y siete dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BKS872, Marca: BYD, Estilo: F3 GS I DCT, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: LGXCG6DF6G0000205, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2016, color: blanco, N° Motor: BYD473QE215053948, Marca: BYD. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del treinta de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del catorce de julio de dos mil veintidós, con la base de seis mil quinientos noventa y siete dólares con ochenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del veinticinco de julio de dos mil veintidós, con la base de dos mil ciento noventa y nueve dólares con veinte centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A., contra Kenneth Alberto Morera Kirkland. Expediente N° 21-010845-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y cuatro minutos del siete de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022625548 ).

En este Despacho, con una base de diez mil setecientos cincuenta y ocho dólares con dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BHQ498, marca: Chevrolet, estilo: Spark LT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año fabricación: 2015, color: negro, vin: KL1CM6CD4FC726493, cilindrada: 1200 c.c, combustible: gasolina, N. motor: B12D1260322KD3. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del doce de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós con la base de ocho mil sesenta y ocho dólares con cincuenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintidós con la base de dos mil seiscientos ochenta y nueve dólares con cincuenta y un centavo (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos de SJ S.A. contra Greivin Lorenzo Mora Arguedas, expediente N° 19-000685-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y ocho minutos del veinticinco de enero del dos mil veintidós.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez/a Decisor/a.—( IN2022625549 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones trescientos ochenta y nueve mil sesenta y siete colones con veintinueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento treinta y dos mil ochocientos sesenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pastos atravesado por una quebrada. Situada en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, José Roberto Zumbado Arias; al sur, José Roberto Zumbado Arias; al este, calle pública de Nicoya a Santa Cruz, con 64 mts 42 cts y al oeste, Lidieth Peña Gutiérrez. Mide: cuatro mil novecientos sesenta y cuatro metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la base de catorce millones quinientos cuarenta y un mil ochocientos colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil veintidós con la base de cuatro millones ochocientos cuarenta y siete mil doscientos sesenta y seis colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L contra Ángel Tobías Arredondo Calderón, Ivette Genoveva de Jesús Fonseca Sequeira, expediente N° 21-002582-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: veinte horas con tres minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Hannia Núñez Rodríguez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022625554 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil seiscientos cuarenta y cuatro dólares con sesenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: HYM131, marca: Audi, estilo: A4, categoría: automóvil, año: 2016, color: plateado, VIN: WAUZZZ8K6GA000299, N° motor: CDH181495, cilindrada: 1798 C.C., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós, con la base de doce mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil ciento sesenta y un dólares con quince centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank De Costa Rica S. A. contra Huberth Alonso Arias Zamora, Karla Patricia Herrera Pochet. Expediente N° 20-006849-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de octubre del 2021.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2022625595 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ocho dólares con doce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el placa RCC025, marca: Kia, estilo: Rio, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedán 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2018, color: gris, vin: 3KPA241AAJE110908, N. motor: G4LCJE705932. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril de dos mil veintidós con la base de diez mil quinientos seis dólares con nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de abril de dos mil veintidós con la base de tres mil quinientos dos dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Rodolfo Enrique Castro Castro, expediente N° 21-001249-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de octubre del año 2021.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2022625598 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo citas: 320-03385-01-0906-003; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cuarenta mil doscientos cincuenta, derecho 000, la cual es terreno para construir CN Locales Comerciales y Apartamentos. Situada en el distrito Batán, cantón Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Asociación Solidarista de Empleados de Finca Monte Líbano y Calidad; al sur, con calle pública de 20 metros; al este, con calle pública de 7 metros; y al oeste, Asociacion Solidarista de Empleados de Finca Monte Líbano y Calidad. Mide: cuatrocientos cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Miguel Alfonso De Sa Rodríguez Lizano contra Dagoberto Cubero Belis. Expediente N° 20-014597-1044-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 08 de febrero del año 2022.—Hazel Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—( IN2022625616 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil quinientos cuarenta y nueve dólares con treinta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MTV001, Marca: Toyota, Estilo: Yaris S, categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Número Chasis: MR2BT9F3X01050526, Año Fabricación: 2014, VIN: MR2BT9F3X01050526, N.Motor: 1NZY881335, cilindrada: 1500 c.c, combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas quince minutos (03:15 pm) del cuatro de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince minutos (03:15 pm) del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la base de siete mil ciento sesenta y dos dólares con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos (03:15 pm) del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la base de dos mil trescientos ochenta y siete dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A., contra Manuel Enrique Sequeira Rodríguez. Expediente: 22-000394-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Primer Circuito Judicial de San José, 08 de febrero del año 2022.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2022625621 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones novecientos treinta y ocho mil trescientos veinticinco colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 523-12636-01-0004-001; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 160426, derecho 000, la cual es terreno con árboles frutales. Situada en el distrito: 06-Bejuco, cantón: 09-Nandayure de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: calle pública con un frente de 20 metros 08 centímetros; sur: Río Islita; este: José Ángel Méndez Pizarro; oeste: José Ángel Méndez Pizarro. Mide: dos mil quinientos veintiséis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, plano: G-1217500-2007, identificador predial: 509060160426. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós, con la base de veintiún millones setecientos tres mil setecientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de junio de dos mil veintidós, con la base de siete millones doscientos treinta y cuatro mil quinientos ochenta y un colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José María Acuña Román, Sol de la Península Tropical S. A. Expediente N° 20-005821-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuarenta y siete minutos del veinte de enero del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022625642 ).

En este Despacho, con una base de dos millones novecientos cuarenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo PLACA 545901, Marca Toyota, Estilo Tercel, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1996, color verde, motor 1500c.c, gasolina, VIN JT2AC52L7T0192918. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta minutos del tres de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta minutos del trece de junio de dos mil veintidós con la base de dos millones doscientos ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós con la base de setecientos treinta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Chaco Chafa Sociedad Anónima contra Marvin Antonio Román Miranda. Expediente:18-014953-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del año 2021.—Mariela Iveth Cortes García, Jueza Decisora.—( IN2022625713 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones setenta mil colones exactos, soportando los siguientes gravámenes: Contrato Prendario, tomo: 2016, asiento: 637941 secuencia 01, de Banco Improsa S. A.; Practicado: tomo: 800, asiento: 428917 secuencia 001, Juzgado Cuarto Civil de San José, sumaria 18-000086-0221-CI; Practicado: tomo: 800, asiento: 466280, secuencia 001, Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, sumaria 18-013582-1044-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 475353, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, bajo la sumaria 18-017148-1044-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 488872, secuencia 001, Juzgado Especializado de Cobro de San José, sumaria 18-013133-1044-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 516990, secuencia 001, Juzgado Cobro y Civil del Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, sumaria 18-014628-1338-CI; Practicado: tomo: 800, asiento: 525230, secuencia 001, Juzgado Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 18-018589-1338-CJ; Practicado, tomo: 800, asiento: 531205, secuencia 001, Juzgado Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-002217-1158-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 00550027, secuencia 001, Juzgado Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-006387-1158-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 00552514, secuencia 001 del Juzgado Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, bajo la sumaria 19-008475-1158-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 640810, secuencia 001, Juzgado Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-009647-1158-CJ; sáquese a remate el vehículo Placas: BLD323, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra GLS, Año: 2017, Categoría: Automóvil, Serie: KMHD841CBHU183101, Carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4x2. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del seis de abril del dos mil veintidós, con la base de seis millones cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós, con la base de dos millones diecisiete mil quinientos colones (25% de la base original). Con una base de siete millones doscientos setenta mil colones exactos, soportando: Practicado: tomo: 800, asiento: 429026, secuencia 001, Juzgado Cuarto Civil de San José, sumaria 18-000086-0221-CI; Practicado: tomo: 800, asiento: 475381, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 18-017148-1044-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 488866, secuencia 001, Juzgado Especializado de Cobro de San José, sumaria 18-013133-1044-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 516996, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Alajuela, sumaria 18-014628-1338-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 525235, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 18-018589-1338-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 552515, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-008475-1158-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 559370, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-010113-1158-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 640813, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-009647-1158-CJ; sáquese a remate el vehículo Placa: CL278870, marca: Hyundai, Estilo: H 1, Año: 2014, Categoría: Carga liviana, Serie: KMFWBX7HAEU646326, Carrocería: Panel. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del seis de abril del dos mil veintidós, con la base de cinco millones cuatrocientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós, con la base de un millón ochocientos diecisiete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Con una base de nueve millones ciento setenta mil colones exactos, soportando: Practicado: tomo: 800, asiento: 428944, secuencia 001, Juzgado Cuarto Civil de San José, sumaria 18-000086-0221-CI; Practicado: tomo: 800, asiento: 466274, secuencia 001, Juzgado Especializado de Cobro de San José, sumaria 18-013582-1044-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 475376, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 18-017148-1044-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 488867, secuencia 001, Juzgado Especializado de Cobro de San José, sumaria 18-013133-1044-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 516997, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Alajuela, sumaria 18-014628-1338-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 525241, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 18-018589-1338-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 640815, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-009647-1158-CJ; sáquese a remate el vehículo Placa: C168942, Marca: Freightliner, Carrocería: Cabezal, Modelo: 2000, Tracción: 6x4, Estilo: FLD 120, Cilindrada: 12700, Clase: 2350031, Serie: 1FUYDSEB5YDF67169. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del seis de abril del dos mil veintidós, con la base de seis millones ochocientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós, con la base de dos millones doscientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Con una base de cuatro millones setecientos setenta mil colones exactos, soportando: Contrato Prendario: tomo: 800, asiento: 492597, secuencia 002, Banco Improsa S. A.. Practicado: tomo: 800, asiento: 428919, secuencia 001, Juzgado Cuarto Civil de San José, sumaria 18-000086-0221-CI; Practicado: tomo: 800, asiento: 475357, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 18-017148-1044-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 516991, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Alajuela, sumaria 18-014628-1338-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 525239, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 18-018589-1338-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 531204, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-002217-1158-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 550026, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-006387-1158-CJ; Practicado: tomo: 800, asiento: 552516, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-008475-1158-CJ. Practicado: tomo: 800, asiento: 640814, secuencia 001, Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, sumaria 19-009647-1158-CJ. sáquese a remate el vehículo Placa: BLF070, Marca: Hyundai, Estilo: Grand I10, Carrocería: Sedan 4 puertas, Modelo: 2017, Tracción: 4x2, Serie: MALA841CAHM150592. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del seis de abril del dos mil veintidós, con la base de tres millones quinientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós, con la base de un millón ciento noventa y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso incidente de cobro de alquileres insolutos de Productos Viscaya S. A. contra Integrados Aduanales Shekina S. A.. Expediente N° 18-000209-0307-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: trece horas con veintidós minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez Decisor.—( IN2022625796 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000334-0386-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Ada María del Socorro Viales Martinez, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, bibliotecaria pensionada, cédula N° 501760351, vecina de San José, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para pasto. Situada en el distrito Nacascolo, cantón Liberia. Colinda: al norte, con Randal Salazar Viales y Andrei Salazar Viales; al sur, con Paulina Rodríguez Viales; al este, con Tubo Cobre Sociedad Anónima; y al oeste, con Alicia Rodríguez Viales y Paulina Rodríguez Viales. Mide: tres mil setecientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones exacto. Que adquirió dicho inmueble adjudicación protocolizada, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener limpio con cerca de alambre de pua por tres de sus lados a tres hilos y con postería de la zona. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Ada María del Socorro Viales Martinez. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Expediente N° 21-000334-0386-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y ocho minutos del siete de diciembre del dos mil ventiuno.—Brenda Celina Calvo de la O, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022625268 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000554-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Lucy Gabriela Angulo Zelaya, quien es mayor, soltera, secretaria, vecina de La Garita Nueva de Santa Cruz, portadora de la cédula número 05-0388-0768, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar, situado en La Garita, distrito noveno, Tamarindo, del cantón tercero Santa Cruz, con una medida según plano doscientos cinco metros cuadrados, colinda al norte, con Liliana Zelaya Duarte, al sur, con Edgardo de Jesús Ocampo Fonseca, al este, con Liliana Zelaya Duarte y al oeste, con servidumbre de paso legalmente constituida con diez metros con veintitrés centímetros de frente. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesa carga de servidumbre de paso inscrita mediante tomo 2013, asiento 166536, no pesan gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su madre, Madelina Lilliana Zelaya Duarte y que hasta la fecha lo ha poseído en forma ininterrumpida, quieta y pacífica y que los actos de posesión han consistido en actos de posesión han consistido en mantener el terreno debidamente deslindado de los demás terrenos, Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias. otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Lucy Gabriela Angulo Zelaya. Expediente N° 21-000554-0388-CI-9.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con cincuenta y cuatro minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2022625457 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000733-0640-CI donde se promueve información posesoria por parte de Marco Antonio Hernández Ramírez, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Paraíso de Cartago-Condominio Los Lagos casa número A-10, portador de la cédula número 0302100102, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón primero Cartago. Colinda: al norte, con Antonio Solano Pereira; al sur, con calle pública; al este, con quebrada zopilote y al oeste, con calle pública. Mide: trescientos noventa y un metros con ochenta y dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra al señor Marvin Gerardo Solano Brenes, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en tenerla bajo dominio y de sus propios recursos, pago de mantenimiento y limpieza del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marco Antonio Hernández Ramírez. Expediente N° 210007330640CI-7.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuarenta y siete minutos del nueve de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2022625538 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000011-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Yuri Tatiana Leal Ruiz quien es mayor, soltera en unión de hecho, del hogar, vecina de Veintisiete de Abril, Santa Cruz, portadora de la cédula de identidad vigente número 05-380- 522, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es pasturas. Situada en el Distrito Tercero, Cantón Tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte José Eloy Ruiz Gómez; al sur Karma Potrero LLC Limitada; al este José Eloy Ruiz Gómez y Forestales Los Nacientes Sociedad Anónima y al oeste calle pública con un frente de seiscientos cincuenta metros con ochenta y siete centímetros lineales. Mide: dieciocho hectáreas trescientos dos metros con once decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1072891-2006. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de siete millones de colones cada una.- Que adquirió dicho inmueble por donación verbal y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria, promovida por Yuri Tatiana Leal Ruiz. Expediente: 22-000011-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 16 de febrero del año 2022.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625580 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000113-1002-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Miguel Delgado Cordero, quien es mayor, viudo, agricultor, vecino de Cartago, Turrialba, Alto Cruz, del Taller Auto Pintores ciento veinticinco metros oeste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-ciento veinticuatro-novecientos cuarenta (3-0124-0940), a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describen así: Finca Uno cuya naturaleza es terreno de solar con una casa. Situada en El Calvario, del distrito diez Tres Equis, cantón cinco Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Brecal S.A.; al sur y al este, calle pública con un frente a ella de noventa y nueve metros con cuarenta y tres centímetros lineales; y al oeste, Diego Aguilar Cortés. Mide: mil cuatrocientos noventa y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-dos millones doscientos setenta y siete mil ciento setenta-dos mil veintiuno (3-2277170-2021). Finca Dos cuya naturaleza es terreno de Potrero con dos casas. Situada en El Calvario, del distrito diez Tres Equis, cantón cinco Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y siete metros con un centímetro lineal; al sur, Gacris AM R.L; al este, servidumbre agrícola en medio de Zeydy Ramírez Acuña, Nerita Hernández Brenes y Gacris AM R.L; y al oeste, calle pública con un frente a ella de cincuenta y seis metros con cincuenta y seis centímetros lineales, quebrada sin nombre en medio de Moisés Camacho Palma. Mide: diecisiete mil quinientos treinta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-dos millones doscientos ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta y tres-dos mil veintiuno (3-2286483-2021). Finca Tres cuya naturaleza es terreno de Potrero. Situada en El Calvario, del distrito diez Tres Equis, cantón cinco Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Brecal S.A; al sur, calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y tres metros con treinta y ocho centímetros lineales; al este, Diego Aguilar Cortés; y al oeste, Quebrada sin nombre en medio de Moisés Camacho Palma. Mide: tres mil seiscientos cincuenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-dos millones doscientos ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cuatro-dos mil veintiuno (3-2286484-2021). Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima los inmuebles de la siguiente forma: Lote Uno en la suma de un millón de colones, Lote Dos en la suma de siete millones de colones, y Lote Tres en la suma de tres millones de colones, y las presentes diligencias en la suma de once millones de colones. Que adquirió dichos inmuebles por posesión decenal, y hasta la fecha los ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, mantenimiento de cercas y el mantenimiento de los terrenos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todas las personas interesadas en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de Un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Miguel Delgado Cordero. Expediente N° 21-000113-1002-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Agraria). Turrialba, 08 de febrero del 2022.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625612 ).

Agroindustrial Eliluz De Pavones SA, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y nueve, Representada por Elías García Mena, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad número seis-doscientos cuatro-quinientos catorce, vecino de Paso Canoas Corredores, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para construir con una casa en mal estado, situado en el distrito octavo Biolley del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos actualizados: al norte con Wilson Romero Valverde; al sur con Agroindustrial Eliluz de Pavones; al este con calle pública y Agroindustrial Eliluz de Pavones; y al oeste, con Yurro. Mide quince mil cuatrocientos sesenta metros cuadrados, según plano catastrado P-2084344-2018. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de un millón de colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 21-000040-1555-AG establecidas por Agroindustrial Eliluz de Pavones SA. Nota: Publíquese este edicto por una vez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, miércoles 09 de febrero del 2021.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625656 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000453-0930-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Melina Ester Castro Martínez, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de La Colonia, Pococí, Limón, portadora de la cédula número 0111630971, profesión manicurista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público las Propiedades, los terrenos se describen así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar. Situada en el distrito La Colonia, cantón Pococí. Colinda: al norte y al sur con: Inversiones La Parada S. A.; al este con: Alba Leda Soto Ibarra y Alex Rodrigo Venegas Delgado; y al oeste con: Servidumbre de Paso. Mide: cuatrocientos veintidós metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por venta privada de Gerardo Francisco Guzmán Navarro y Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar. Situada en el distrito La Colonia, cantón Pococí. Colinda: al norte y al sur con: Inversiones La Parada S. A.; al oeste con: Marco Antonio Alfaro Solano, Ronald Eginio Marín Guerrero y Sirian Gamboa Guzmán; y al este con: Servidumbre de Paso. Mide: cuatrocientos trece metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por donación de su esposo Jose María Marenco Orozco y hasta la fecha los ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en Mantenimiento, cuido y limpieza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Melina Ester Castro Martínez. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Expediente N° 21-000453-0930-CI-8.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de febrero del año 2022.—Lic. Jose Francisco de Jesús Cordero Calderón, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022625732 ).

Citaciones

Se emplaza a todos los que se consideren herederos, acreedores y/o interesados, en la sucesión de Arabela Barrantes Rodríguez, mayor, soltera, de oficios domésticos, vecina de San Antonio de Belén, Heredia, cédula N° 2-0130-0918, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus Derechos, apercibidos, que si así no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicios de terceros con igual o mejor derecho. Expediente N° 0001-2021. Sucesión Sede Notarial. Causante Arabela Barrantes Rodríguez. Notaría. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario Público, sita San José, Escazú, San Rafael; Guachipelín, Edificio Amara Plaza, cuarto piso; oficina número cuatro cero seis.—San José, 21 de febrero de 2022.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2022625398 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Rita De Los Ángeles Poveda Alvarado, mayor, viuda, de oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad 0500760661 y vecina de Cañas Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000087-0927-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y cinco minutos del veinte de julio del dos mil veintiuno.—Xinia María Esquivel Herrera, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2022625432 ).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien se llamó: Jorge Antonio Gutiérrez Barrantes, cédula N° 5-0141-0855, vecino Río Cañas Nuevo, Belén, Carrillo, Guanacaste, para que dentro del plazo de quince días a partir de la publicación se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente N° 01-2021-SU.—San José, 21 de febrero de 2022.—Lic. José López Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2022625446 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión Luis Gerardo Gutiérrez Vindas, quien fue mayor, cédula número 402150147, Miguel Ángel Miranda Oviedo, soltero, vecino de San José San Rafael de Montes de Oca, para que en un plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, hacer valer sus derechos, deberá manifestarlo en esta notaría en Coronado, de la Bomba El Trapiche 300 al norte 400 oeste y 25 al sur, con el apercibimiento que si no lo hiciere aquella pasará a quien corresponda.—San José 15 de febrero del 2022.—Licda. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2022625456 ).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue Juan Rodolfo Chavarría Paniagua, quien era, mayor de edad, casado una vez, oficial de seguridad pública, portador de la cédula de identidad número 203630964, quien residía en Alajuela, carretera a Vara blanca, fallecido el 22 de diciembre de 2021. Para que dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación del aviso en el Boletín Judicial, comparezcan ante este despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo, los bienes sucesorios pasarán a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría del Licenciado Bernal Eduardo Alfaro Solano, Leus Legal, Barrio Escalante. Expediente N001-2022. Proceso Sucesorio Ab intestado de Juan Rodolfo Chavarría Paniagua.—San José, 21 de febrero del 2022.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625459 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Alberto Bent Mc Donald, mayor, soltero, agricultor, vecino de Cartago de El Guarco, costarricense, con cédula de identidad número 0700630691. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Nota: Publíquese por única vez. Expediente N° 21-000617-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: diez horas con quince minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca. LL.M, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022625463 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Yazmín Odali García Acosta, a las catorce horas del cuatro del mes de febrero del año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Odali Elena Acosta Ortiz, mayor de edad, viuda, ama de casa, con cédula de identidad número: siete-cero ciento treinta y dos-cero setecientos quince, fallecida el catorce de noviembre de dos mil veinte. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Errol Pérez Gamboa, en la ciudad de Guápiles, de la Mucap, doscientos cincuenta metros al oeste, teléfono 6063-6626, Publicar 1 vez en el Boletín Judicial.—Licenciado Errol Pérez Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2022625468 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Manuel Pérez Murillo, mayor, soltero, agricultor, costarricense, con documento de identidad N° 0105460331 y vecino Limón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000384-0678-CI-6.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de enero del 2022.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez.—1 vez.—( IN2022625470 ).

Ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio notarial, de quien en vida se llamó Gloria Luz del Socorro Núñez Morales, mayor, casada una vez, cédula N° 1-017-577, vecina de Coronado provincia de San José. Me ha sido presentado por María Felicia Núñez Morales, mayor, casada una vez, de oficios del hogar, cédula nueve-cero cero tres uno-tres dos uno, vecina de setecientos metros oeste del Centro de Salud de Santo Domingo de Heredia, casa de abobe y color azul con blanco en esa propiedad se ubica una casa en la parte de atrás, diagonal al Jardín de Niños Manitas de Ángel, provincia de Heredia, el comprobante respectivo de defunción de la causante, solicitando como hereden la apertura del correspondiente proceso sucesorio. Por ello se confiere el plazo legal de quince días establecido en el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Asimismo, se les advierte que deberán señalar lugar o medio para notificaciones bajo el apercibimiento que si no lo hicieren o el lugar fuere incierto, el fax no estuviere funcionando, las resoluciones se les tendrán por notificadas por el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Para el debido apersonamiento señalo la dirección de notaría ubicada en 75 metros oeste del Banco Nacional de Costa Rica en Desamparados centro, Oficinas de Bufete Leiva & Asoc.-Abogados, San José. Expediente N° 2020-0001.—San José, 11 de febrero de 2022.—Lic. Edwin Daniel Leiva Jara, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625474 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Allan Rodolfo Orozco Solano, mayor, estado civil soltero/a, profesión u oficio bioquímico, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0107580664 y vecino de San José, Sabanilla, del parque de Sabanilla, 400 metros al este, Urbanización Españolita, casa 79. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 21-000741-0180-CI-9.—Juzgado Primero Civil de San José, 08 de diciembre del año 2021.—Msc. Adriana Orocú Chavarría, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022625477 ).

Ante esta notaría se tramita el sucesorio notarial de que en vida fue Carlos Alberto Centeno Martínez, cédula de identidad número 5-163-425. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos que corresponde al expediente número 0001-2022. Notaría de la Licda. Hannia Murillo Murillo.—Licda. Hannia Murillo Murillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022625489 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Cecilia Godínez Azofeifa, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad uno- cuatrocientos treinta y nueve - cero doce, vecina de Cajón de Pérez Zeledón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 22-000035-0188-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: catorce horas con trece minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2022625497 ).

Ante , Guido Alberto González Brenes, Notario Público con oficina abierta en Cartago, San Nicolás, La Lima, contiguo a la Dos Pinos, mediante acta de apertura otorgada por Marleni Arias Leiva, cédula: 302770481, en la ciudad de Cartago, a las dieciocho horas del día ocho de febrero de dos mil veintidós. Comprobado el fallecimiento de Adrián Arias Leiva, cédula:303090703, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—Cartago, a las siete horas del nueve de febrero de dos mil veintidós.—Guido Alberto González Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2022625501 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Cristobalina Fidencia Mayorga Matarrita, mayor, estado civil: soltero/a, profesión u oficio: oficios domésticos, nacionalidad: Costa Rica, con documento de identidad N° 0500266467. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000009-0927-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), hora y fecha de emisión: diez horas con veintiséis minutos del dos de febrero del dos mil veintidós.—Xinia María Esquivel Herrera, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2022625511 ).

Se cita a todos los interesados dentro del proceso sucesorio de Alfonso Martínez Salas, quien fue mayor, soltero, empresario, vecino de La Unión, Cartago, cédula N° 1-1274-625, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante mi notaría sita en San José, calle once, avenida sexta, apercibiendo a los que crean tener calidad de herederos de que si no comparecen dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 007-2022 SN.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2022625512 ).

Se cita a todos los interesados dentro del proceso sucesorio de Alfonso Martínez Salas, quien fue mayor, soltero, empresario, vecino de La Unión, Cartago, cédula 1-1274-625, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante mi notaría sita en San José, calle once, avenida sexta, apercibiendo a los que crean tener calidad de herederos, de que, si no comparecen dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 007-2022 SN.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625513 ).

A las 10:20 horas del 29 de enero del 2022, mediante la escritura N° 323, del tomo 23, se realiza el acta de apertura de la sucesión ab intestato de: Ana Vita Solís Méndez, cédula N° 1-0329-0220. Por lo tanto y en cumplimiento de lo estipulado en el Código Procesal Civil, se procede a publicar por una vez en el Boletín Judicial, citando interesados para que, dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos.—Cartago, 21 de febrero del 2022.—Lic. Didier Fallas Hidalgo, carné N° 7911, Abogado y Notario Público.—1 vez.—( IN2022625522 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Ana Zaida del Socorro Campos Ramírez, mayor, divorciada, costarricense, con documento de identidad N° 0401340021, y vecino de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 18-000105-0504-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil de Heredia, 14 de marzo del 2018.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—( IN2022625534 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juana María Castillo Hernández, mayor, viuda, costarricense, con documento de identidad N° 0301300486 y Ramón Cordero Jiménez, mayor, casado una vez, costarricense, con cédula de identidad N° 0301210145, ambos vecinos de Cartago, Corralillo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000013-0640-CI-0.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: catorce horas con nueve minutos del catorce de enero del dos mil veintidós.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—( IN2022625537 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Erum Fulton Gordon Pinnoch conocido como Eron Fulton Gordon Pinnock, mayor, casado, mecánico, costarricense, con documento de identidad N° 0700540706 y vecino de Limón Barrio Cieneguita. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000266-0678-CI-5.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de setiembre del 2021.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez.—1 vez.—( IN2022625540 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana Ivette Durán Argüello, mayor, estado civil soltera, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0700700805 y vecina de Limón, Urbanización Los Cocos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 21-000356-0678-CI-4.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 30 de noviembre del año 2021.—Licenciado Diego Steven Durán Mora, Juez.—1 vez.—( IN2022625541 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eduardo Alfredo Sterling Reislia, mayor, estado civil casado en segunda nupcias, pensionado, costarricense, con documento de identidad N° 700230561, y vecino de Limón, barrio La Colina. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000374-0678-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de enero del año 2022.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022625544 ).

Marisol Corrales Boza, cédula: uno-mil trescientos once-cero seiscientos noventa y uno, se presentó en esta notaría a abrir el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue: Carlos Alberto Boza Lara, cédula uno-cero doscientos setenta y cuatro-cero cero treinta y nueve. Se cita a los presuntos interesados, para que en el plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en mi notaría sita setenta y cinco metros norte de la Rotonda de Circunvalación de Paso Ancho, San José, para que concurran a hacer valer sus derechos. SI no se presentan en ese plazo, la herencia pasará a la señorita Corrales Boza.—San José, veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—( IN2022625557 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la Sucesión Notarial de la señora la María Elena Vindas Estrada, mayor, soltera, pensionada, vecina de San José, Desamparados, San Gerónimo, casa veintitrés, cédula uno-cero doscientos treinta y cuatro-cero doscientos, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria, sita en San José, Curridabat, de la Heladería Pops, veinticinco metros este, Oficentro Galerías del Este, oficina veintitrés, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 004-2021. Notaría del Licenciado Mario Alberto Piña Lios.—San José, Curridabat, 13 de setiembre del 2021.— Lic. Mario Alberto Piña Lios, Notario.—1 vez.—( IN2022625560 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Lizet Sandi Solano, cédula seis-doscientos catorce-doscientos ochenta y siete, quien en vida fue mayor, soltera, Asistente de Pacientes, vecina de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, de Agroquímicos Cotobruseños setecientos metros noreste, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2022. Sucesión de Lizet Sandí Solano.—Notaría de la Licda. Ayalile Jiménez Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2022625563 ).

Yo Roberto Garita Chinchilla, Notario Público, código de colegiado número dieciocho mil ciento treinta y uno, hago constar que en mi notaría ubicada en Sarapiquí, frente a la Municipalidad, se tramita bajo el expediente número cero cero dos-dos mil veintidós, la sucesión Ab Intestata, de José Eriberto de La Trinidad Moya Campos, mayor, soltero, pensionado, cédula de identidad seis-cero veinticinco-seiscientos treinta y nueve, vecino Mastate de Orotina, quinientos metros oeste de la escuela, fallecido en Alajuela, Orotina, Mastate, el día diez de enero del año dos mil, según consta en certificación emitida por el Registro de Defunciones, provincia de Alajuela, al tomo doscientos cinco, folio: noventa, Asiento: ciento ochenta, por lo se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en este proceso, para que dentro el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, en la dirección dicha, a hacer valer sus derechos. Expediente número 02-2022.—Sarapiquí, ocho horas del veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Roberto Garita Chinchilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625565 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Renier Vargas Vargas, c.c Reinier, mayor, cédula de identidad N° 1-0282-0594, casado, pensionado, vecino de las Juntas de Abangares. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 22-000013-0927-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y dos minutos del once de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2022625569 ).

Por escritura otorgada ante el notario Álvaro Rodrigo Mora Salazar, número ciento cuarenta y siete del tomo sesenta y ocho de mi protocolo en la ciudad de San José a las dieciséis con cincuenta horas del dieciocho de febrero de dos mil veintidós, el señor William Amador Rojas, mayor, soltero, pensionado, cédula de identidad uno-cuatrocientos ochenta y ocho, vecino de San José, solicita la apertura del sucesorio en sede notarial de José Amador Chacón, mayor, casado una vez, pensionado, cédula uno-doscientos cincuenta y tres-novecientos sesenta y seis, vecino de San Juan de Dios de Desamparados. Se convoca a los interesados y acreedores, se apersonen ante esta notaría ubicada en la ciudad de San José avenidas diez y diez bis calle veintiuno, numero mil sesenta y cinco dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este aviso, en defensa de sus derechos, se les previene que deben señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro judicial de San José, con la advertencia, de que, si no lo hacen los bienes pasarán a los que legalmente correspondan.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625577 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Leonardo Alonso Rodríguez Álvarez, quién en vida fuera mayor, casado una vez , pensionado , portador de la cédula de identidad número dos-cero quinientos treinta y ocho-cero setecientos sesenta y ocho, vecino de Alajuela, en Carrizal, calle El Tanque, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2022.—Licda. Anabelle Campos Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2022625583 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Oscar Luis Durán Flores, mayor, soltero en unión de hecho, capataz, costarricense, con cédula de identidad N° 0700730656 y vecino de Limón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000395-0678-CI-4.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de febrero del 2022.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez.—1 vez.—( IN2022625588 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Isabel Porras Berrocal, mayor, soltera, pensionada, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0102080362 y vecina de Cartago, La Unión, Dulce Nombre, setenta y cinco metros al noroeste de la Chicharronera la Primavera. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000541-0640-CI-6.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: once horas con veintidós minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022625593 ).

Se hace saber: en éste Despacho se tramita el proceso sucesorio de quién en vida se llamó José Luis Fernández Romero, cédula N° 0302110935, mayor, casado una vez, pensionado, vecino Cartago, Turrialba, El Mora, frente a la clínica del Ebais. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de éste edicto. Expediente N° 22-000017-0341-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y siete minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022625599 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Francisco María Hernández Hernández, casado una vez, comerciante, vecino de Heredia centro, calle central, avenidas dos y cuatro, frente a Hotel América, cédula de identidad cuatro-cero cero cuatro seis-cero uno seis dos, se personen a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hiciere la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente N° 001-2019. Notaría del Lic. Max Heriberto Rodríguez Mora, sita en Santo Domingo de Heredia, avenida cinco, calles dos y cuatro, a las catorce horas del catorce de mayo del dos mil diecinueve.—Lic. Max Heriberto Rodríguez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2022625603 ).

Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Rafael Ángel Carranza Vega, a las once horas con treinta minutos del día treinta y uno de enero del año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Ramón Carranza Fernández, mayor, viudo una vez, vecino de Alajuela, San Carlos, San Joaquín de Cutris, del Tanque del Acueducto 300 metros al norte, camino a Coopevega, casa número dos a mano derecha, cédula de identidad 2-0119-0312, y la existencia y validez del testamento por él otorgado; esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Urbanización La Leyla, de la bomba Meco 100 metros al oeste y 100 metros al sur, teléfono 2460-8350, a hacer valer sus derechos.—Ciudad Quesada, San Carlos, a las 15:00 horas del 21 de febrero del 2022.—Lic. Alexis Romero Pazos, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625623 ).

En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Eduardo Filomena Arce, mayor, casado, vecino de Alajuelita, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0105590784. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000287-0216-CI-1.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: ocho horas con dos minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022625637 ).

Se cita y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Paula Escalante Mora, mayor, casada una vez, Administradora, vecina de San José, Tibás, Anselmo Llorente, Urbanización La Gacela, casa cuatro d, con número de cédula uno-mil seiscientos veintinueve- cero novecientos veinte, fallecida el día veintiséis de octubre del año dos mil veintiuno en, Goicochea, San José, a fin de que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto concurran ante la notaría del Licenciado Daniel Esteban Rojas Ceciliano, situada en San José, Pérez Zeledón, veinticinco metros norte de la Escuela Las Juntas de Pacuar (en horario de ocho de la mañana a las cinco de la tarde), a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de este término, aquella pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede notarial de la causante se tramita bajo expediente número: cero cero cero dos-dos mil veintidós.—Lic. Daniel Esteban Rojas Ceciliano, Notario.—1 vez.—( IN2022625647 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bernarda del Carmen Parajeles Gutiérrez, mayor, estado civil casada, profesión u oficio no indica, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0500900778 y vecina de Sarchí, Valverde Vega. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Publíquese este edicto por una única vez, expediente N° 21-000056-0295-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta y tres minutos del nueve de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625655 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Orlando León Jiménez, mayor, casado, comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad dos-cero doscientos trece-cero novecientos cuarenta y tres y vecino(a) de San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Barrio Pavones.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Teléfono: 2770-1570. Expediente:22-000004-0188-CI-3.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: catorce horas del uno de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—( IN2022625666 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Leticia Pérez Hidalgo, mayor, soltera, Licenciada en Derecho, con cédula de identidad número: uno-cero quinientos seis-cero quinientos sesenta y uno, vecina de San José, Calle Blancos, a las doce horas del veintiséis de enero del dos mil veintidós, comprobando su fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Thelma Pérez Trejos, con cédula de identidad número: uno-cero dos seis uno-cero cero seis cero. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir del día de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de Leticia Pérez Hidalgo. San José, Calle Blancos, teléfono 8916-5728. (Publicar una vez en el Boletín Judicial). El original fue retirado por el albacea a las trece horas del veintiséis de enero del dos mil veintidós.—Licda. Leticia Pérez Hidalgo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022625686 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por el Licenciado Anthony Norman Borbón Rojas, a las trece horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil veintidós., y comprobado el fallecimiento de Rosa Segura Herrera, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, cedula de identidad: uno-cero dos cuatro siete-cero siete dos cinco, vecina de San José, Tibás, San Juan, La Florida, INVU número uno, acera ocho, casa dos, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, San José, Goicoechea, Purral, doscientos cincuenta metros este del Super Mercado Palí, portón gris. Teléfonos: 6295-8961 /2229-5180.—Siete de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625692 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Reyna Liz Mairena Castillo, a las 11:00 horas del 20 de enero del 2022 y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Fernando Paris Chaverri. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Reyna Liz Mairena Castillo, Montelimar Guadalupe, 150 metros sur del Colegio de Microbiólogos, teléfono N° 22 81 11 36.—Licda. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2022625701 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó Flor De María Maroto Segura, costarricense, mayor de edad, casada una vez, de oficios del hogar, con documento de identidad 0201830360 y vecina de Puente Piedra de Grecia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000025-0295-CI-4.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión: quince horas con quince minutos del cuatro de febrero del dos mil veintidós.—Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2022625716 ).

En mi notaría, a las dieciséis horas del diecisiete de febrero del dos mil veintidós, se apersonó Yolanda Lorena Quirós Jiménez, mayor, trabajadora doméstica, casada dos veces, y portadora de la cédula de identidad número: uno cero siete nueve cinco cero uno seis tres, vecina de San Rafael de Oreamuno, setecientos metros este de Blanquillo, camino a valle escondido, casa a mano izquierda para iniciar trámite sucesorio extrajudicial de quien en vida se llamó Mario Quirós Fernández, soltero, portador de la cédula de identidad número: tres cero uno cinco dos cero cuatro cuatro siete; se convoca a los interesados y/o personas que crean tener derechos a reclamos en contra de esta sucesión comparecer en esta notaria ubicada en Cartago, Oreamuno, San Rafael, Residencial González Ángulo, segunda etapa, contiguo al Templo Bautista.—Lic. Carlos Enrique Guzmán Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625739 ).

Ante esta notaría, comprobado el fallecimiento de Sandra de Los Ángeles Guevara Trejos, y a solicitud de Jeimy Guevara Trejos, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría Bufete Gómez Morales, ubicada en Tibás, costado oeste del parque, teléfono 7104-7227.—Dado a las catorce horas del dieciséis de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Carlos Manuel Gómez Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625746 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Ian Jirón Romero, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 17-002108-0292-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y veintidós minutos del cuatro de marzo de dos mil diecinueve, 17 de febrero del 2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625609 ).                                                        3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el Depósito Judicial de las personas menores de edad Bryan, Karol, German y Sebastián David todos Vílchez García, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000661-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas veintidós minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625611 ).    3. v 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Michelle Nicole Vega Vindas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 21-000196-1552-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), a las catorce horas cuarenta y ocho minutos del once de enero de dos mil veintidós, 11 de enero del año 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625753 ).                                  3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Rebeca Fernández Villanueva, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°21- 000229-1552-FA. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), a las catorce horas diecisiete minutos del once de enero del dos mil veintidós.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625755 ).                   3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de los menores Arturo Espinoza Mayorga y Eliécer Espinoza Mayorga, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las trece horas treinta y uno minutos del once de enero de dos mil veintidós, expediente N° 21-000230-1552-FA.—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 11 de enero del 2022.—Licda. Francella Guzmán Valerio, Juez Decisor.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625756 ). 3 v. 1.

MSc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Álvaro Rodolfo Alfaro Montero, en su carácter personal, quien es mayor, soltero, de domicilio desconocido, cédula N° 0115060310, se le hace saber que en demanda abreviado de suspensión de patria potestad, expediente N° 17-001500-0292-FA, establecida por Carolina Barquero Espinoza contra Álvaro Rodolfo Alfaro Montero, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas cincuenta y uno minutos del siete de enero de dos mil veintidós. Proceso abreviado de suspensión de responsabilidad parental de la persona menor de edad Luciana Alfaro Barquero hija en común de las partes, promovido por Carolina Barquero Espinoza quien es persona mayor de edad, casada, estudiante de administración aduanera, costarricense, titular de la cédula de identidad número dos-setecientos treinta-doscientos treinta y nueve, vecina de Alajuela Centro; en contra de Álvaro Rodolfo Alfaro Montero, quien es mayor de edad, costarricense, comerciante, de paradero desconocido, con cédula de identidad número uno-mil quinientos seis-trescientos diez. Actúa como apoderado especial de la parte actora el Licenciado Víctor Armando Rodríguez Vado, y como curador procesal de la parte demandada el Licenciado José Luis Moreno Rodríguez. En el presente asunto se ha dado intervención al Patronato Nacional de la Infancia. Por tanto: con base en lo expuesto y normativa indicada, existiendo interés actual, derecho y legitimación en la pretensión expuesta, se declara con lugar la demanda interpuesta por Carolina Barquero Espinoza en contra de Álvaro Rodolfo Alfaro Montero, consecuentemente, se suspende al demandado Álvaro Rodolfo Alfaro Montero en el ejercicio de la responsabilidad parental sobre la persona menor de edad Luciana Alfaro Barquero. El accionado podrá presentar el proceso de rehabilitación correspondiente el cual procederá siempre y cuando acredite que sus actitudes en relación con su hija Luciana, han cambiado y que se encuentre en condiciones de asumir el rol paterno. Corresponderá a la progenitora Carolina Barquero Espinoza el ejercicio exclusivo de la responsabilidad parental. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, Alajuela, citas de nacimiento de la persona menor de edad Luciana al tomo: novecientos setenta y dos, folio: cuatrocientos veinticinco, asiento: ochocientos cuarenta y nueve. Se le dice a Luciana, que hasta tanto su padre no muestre ser un padre cariñoso y preocupado por ella, y le brinde el apoyo que ella necesita tanto en lo material como emocional, su padre no podrá participar en su vida; sino, hasta que la conducta de su padre mejore y así lo demuestre. Se dicta esta sentencia sin especial condenatoria en Costas. Se hace ver a las partes su derecho de apelar lo resuelto en el plazo de ley para ante el Superior en grado. Publíquese la parte dispositiva de la sentencia por una única vez en el Boletín Judicial (artículo 263 del Código Procesal Civil). Hágase saber.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625200 ).

Licda. María Del Rocío Quesada Zamora, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón); hace saber a Michael Andrés Alvarado Arroyo, documento de identidad uno-mil trescientos cincuenta-setecientos treinta y ocho, casado, comerciante, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente número 20-000435-1303-FA donde se dictó la sentencia número 2021000985 dictada a las siete horas veintiocho minutos del dos de diciembre del año dos mil veintiuno, que en su parte dispositiva, literalmente dice: “por tanto Se declara con lugar la demanda de divorcio por separación judicial establecida por María Elena del Carmen Garro Sánchez en contra de Michael Andrés Alvarado Arroyo. No existe derecho de las partes a solicitarse pensión alimentaria entre . No hay bienes gananciales que distribuir. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Una vez firme esta resolución, procédase con el giro de honorarios de la persona curadora. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, provincia de San José, al tomo: 558, asiento: 489, folio: 245. Licda. Marisol María Mejías Bogantes. Jueza.”. 10 de febrero del año 2022.- Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Licda. María Del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625218 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 21-003302-0338-FA, Carlos Eduardo Ivankovich Zúñiga e Inés María Guillén Mora, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Thiago Rodríguez Artavia. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago,11 de enero del año 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625227 ).

César Monge Vallejos, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Marvin Adaliz Zelaya López documento de identificación desconocido, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de autorización de salida del país en su contra promovido por Damileida Herrera Benavidez, bajo el expediente número 21-001035-0187-FA donde se dictó el auto de traslado de las diez horas veinticuatro de minutos del quince de febrero de dos mil veintidós que en lo interesa dice: I. Con el escrito presentado por la Licenciada Estrella García Araya, el 11 de febrero de 2022, se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal en representación del señor Marvin Adaliz Zelaya López. II. Del anterior proceso sumario de autorización de salida permanente del país y obtención del pasaporte que solicita Damileida Herrera Benavidez se concede audiencia por el plazo de cinco días al señor Marvin Adaliz Zelaya López para que en la persona de su curadora procesal Licenciada Estrella García Araya la conteste en la forma que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil. Se ordena tener como interviniente de estas diligencias al Patronato Nacional de la Infancia, institución a la cual se le previene indicar medio (fax/casillero/correo electrónico) para escuchar notificaciones, con advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de las veinticuatro horas luego de su dictado (Articulo 11 Ley de Notificaciones Judiciales). Con el objeto de fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación. (Sesión de Corte Plena N°16-09 del 11 de mato de 2009, Art. XXI) Por ello, esta autoridad se permite instar a las partes, abogado y demás intervinientes en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas en el artículo 39 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. III. De conformidad con el artículo 151 del Código de Familia, se convoca a las partes y sus abogados a la audiencia oral que se realizará en este Juzgado a las ocho horas del diecinueve de mayo de dos mil veintidós. Se tiene por aportada la documental presentada por la actora, así mismo se admite el testimonio de Adaluz Herrera Benavidez, quienes se referirán a todos los hechos de esta demanda. IV. Notifíquese esta resolución al demandado, por medio de su curadora procesal Licenciada Estrella García Araya. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar al demandado Marvin Adaliz Zelaya López por medio de edicto esta resolución, remítase el mismo mediante sistema electrónico a la Imprenta Nacional. V. Ciertamente uno de los atributos en el ejercicio de la autoridad parental es el que tiene que ver con la legítima representación que ejercen los progenitores a favor de sus hijos menores de edad. Se discute a nivel doctrinario si esa representación parental debe ser ejercida en todos los casos en forma conjunta -por ambos padres a la vez- o si alguno de los padres puede actuar válidamente por separado. El sistema de ejercicio indistinto parte de la presunción de cada uno de los progenitores decidirá en última instancia conforme a lo que mejor convenga al hijo en común. El sistema de ejercicio conjunto busca que las decisiones sean adoptadas por ambos padres mediante mutuos acuerdos, mismos que de igual forma deben entenderse son adoptados considerando la conveniencia del hijo. En nuestro medio, en el tema de las autorizaciones de salidas del país, ciertamente opera aquel ejercicio conjunto, pues de acuerdo con el artículo 48 del Reglamento para la Aplicación de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764 a las Personas Menores de Edad publicado en la Gaceta N°133 del 11 de Julio del 2011, la autorización de salida del menor debe ser otorgada por ambos progenitores, sin perjuicio por supuesto de la autorización judicial ante el conflicto de intereses de los padres; autorización judicial esa incluso que puede ser concedida obviando formalidades de tramitología considerando en todo momento el interés superior de la persona menor de edad, tal y como lo prevé el numeral 110 del supra citado Reglamento. Pero incluso en ese mismo presupuesto donde es requerido la voluntad de ambos padres, ciertos trámites migratorios pueden válidamente ser ejecutados por uno de los progenitores sin requerir la concurrencia del otro, como es precisamente el trámite para la renovación del pasaporte para el menor, pues si si bien el artículo 29 del citado Reglamento refiere que para la tramitación del pasaporte el menor debe estar acompañado por sus padres o representantes legales, tal situación lo es para los casos donde los progenitores de común acuerdo otorgarán el permiso de salida del hijo, pues la misma norma citada refiere que en ese acto se le expedirá el permiso de salida al menor de edad. Ahora bien, en lo que respecta a los trámites de renovación de pasaporte es claro que la sola renovación de tal documento de viaje no equivale a la autorización misma de salida del país, por lo que en ese tanto, siendo que la renovación del documento aludido que haga uno solo de los padres no tiene la potestad de variar o modificar la condición del permiso de salida del país, bien puede en este caso la gestionante por si sola y sin requerir la autorización expresa del padre de su hijo (a), tramitar la renovación del pasaporte. Lo mismo ocurre con relación a los trámites de renovación de la Visa para el menor, pues si bien es un documento de permiso de ingreso o salida del territorio nacional, no es la autorización misma de salida del país, por lo que su renovación tampoco tiene la potestad de modificar propiamente la condición de salida del país del infante. Conforme lo dicho antes, queda autorizada la señora Damileida Herrera Benavidez para que personalmente y sin la autorización del padre, pueda gestionar lo pertinente a fin de obtener o renovar el pasaporte de su hijo Jesse John Zelaya Herrera. Expídase el oficio que interesa a las autoridades de Migración y Extranjería quienes deben ejecutar lo aquí dispuesto aun cuando la resolución no se encuentre en firme. VI. Se reserva la contestación de la demanda de la curadora procesal, presentada el 13 de febrero de 2022, hasta que conste en autos publicado el edicto en la Imprenta Nacional. VII. Se le previene a la parte actora para que en el plazo de tres días aporte un juego de copias de la manifestación inicial a efecto de notificar al Patronato Nacional de la Infancia. Se le apercibe que en caso de omisión no se atenderán futuras gestiones y se remitirá el expediente a casilla de archivo provisional.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625228 ).

Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Shijie Ye, pasaporte chino N° PE03601615, casado, ocupación y paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso reconocimiento de hijo/a mujer casada, bajo el expediente número 21-000566-0186-FA donde se pretende el desplazamiento de su paternidad en relación con la hija de su esposa. Lo anterior se ordena así en proceso reconocimiento de hijo/a mujer casada de Fabio Alejandro Cabalceta Mora. Expediente N° 21-000566-0186-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 12 de noviembre del 2021.—Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—( IN2022625230 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Vilma Granados Mora, mayor, soltera, estudiantes, documento de identidad 0305230777, vecina de Turrialba, Nochebuena, 50 metros al este del Salón Comunal, y Carlos Alberto Zamora Rodríguez mayor, soltero, mecánico, documento de identidad 0304990056, vecino de Turrialba, Barrio Cementerio, 150 metros antes de la entrada del cementerio, en el cual se solicita cambiar el nombre de su hijo menor Asap Zamora Granados por el de Eisap Daniel Zamora Granados. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presente al proceso a hacer valer sus derechos o formular una oposición fundada. Artículo 55 del Código Civil. Expediente:22-000013-0341-CI-9.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba. Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y tres minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022625508 ).

Se avisa, a Genesis Priscilla Monge Gutierrez cédula de identidad número 1-1669-0061, de domicilio y de demás calidades desconocidas, representados por el curador procesal Licenciado Roberto Marín Araya, se le hace saber que existe proceso N° 18-000030-1591-FA de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad Justin Jafet Rivera Sobalbarro establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Genesis Priscilla Monge Gutierrez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas y cincuenta y uno minutos del tres de noviembre del dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: Se le concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de noviembre del 2020.—Msc. José Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625587 ).

Licenciado(a) Iván Tiffer Vargas Juez(a) Tramitador del Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera; hace saber a los anotantes Pamela Alpízar Zúñiga y Hanz Alpízar Zúñiga, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria bajo el expediente N° 15-015948-1012-CJ, donde se dictó la resolución de las nueve horas y treinta y siete minutos del seis de noviembre del año que literalmente dice: Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Control Camposanto S. A., representada por Ramón Aguilar Facio, Forestales Parques de Costa Rica S. A., representada por Ana Cristina Aguilar Facio, Forestales Trescientos Cuarenta y Cinco S. A., representada por Ramón Aguilar Facio, Parques de Costa Rica S. A., representada por Celina Sáenz Pacheco, Seiscientos Setenta y Ocho Forestales S. A., representada por Ramón Aguilar Facio, Cortejos Fúnebres del Este Sociedad Anónima, representado por Ramón Aguilar Facio, a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Previo realizar señalamiento para remate, a efecto de proceder con el nombramiento de perito calificado, deberá depositarse la suma prudencial de novecientos setenta y ocho mil colones exactos, para responder en forma provisional a los emolumentos del profesional a designar, sin que dicha suma implique en forma definitiva el monto total de sus honorarios, ya que estos dependerán no sólo de la labor desplegada, sino acorde con la tabla de honorarios de peritos aprobada por el Consejo Superior del Poder Judicial, publicada en el Boletín Judicial 38 del 24 de enero del año 2014. La misma deberá depositarse en la cuenta automatizada N°150159481012-9 de este Juzgado, en el Banco de Costa Rica. Una vez efectuado el depósito deberá comunicarse al Despacho mediante la comprobación del depósito, a efecto de proceder con su nombramiento De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días a la parte demandada. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del(la)(las) finca(s) dada(s) en garantía. Al tenor del artículo 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se emplaza al (los) anotantes Procuraduría General de La República, Banco Popular y de Desarrollo Comunal e Instituto Nacional de Aprendizaje; para que en la persona de su(s) legítimo(s) representante(s), se apersone(n) a los autos en defensa de sus derechos. Apórtese la personería de Procuraduría General de La República y Banco Popular y de Desarrollo Comunal e Instituto Nacional de Aprendizaje, asimismo, apórtese la dirección exacta del Instituto Nacional de Aprendizaje, así como la(s) de su(s) representante(s), para efectos de notificación, lo que a la postre se ordena. Numerales 102 y 103 ibídem. Ahora bien, aporte el actor la certificación de microfilm de la compraventa bajo las citas 2013-00122721-01. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula o copias de ley en su casa de habitación; en el domicilio real de éste, o bien en el domicilio social o real. Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a la parte demandada, se comisiona a la Oficina de Notificaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de San José. Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la circular N° 5-2012 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, cuando se señale fax, casillero y/o estrados judiciales, se aplicará de manera analógica el artículo 15 de la Ley de Notificaciones Judiciales, en el sentido de que las partes se reservarán las copias de la demanda y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para obtener en formato digital un archivo con la comisión, u obtengan dicha información digital, por medio del sistema de gestión en línea, lo anterior conforme a las políticas institucionales de cero papel. “Se le hace saber a la parte actora que la comisiones que entregue al despacho para ser tramitadas por correo interno, deben venir completas, con su debida carátula, resolución intimatoria y las copias de ley, bajo apercibimiento de no poder ser tramitadas. Notifíquese. Lic. Iván Tiffer Vargas. Se notifica por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Control Camposanto S. A., Cortejos Fúnebres del Este Sociedad Anónima, Forestales Parques de Costa Rica S A, Forestales Trescientos Cuarenta y Cinco S A, Parques de Costa Rica S A, Seiscientos Setenta y Ocho Forestales S.A. Expediente N° 15-015948-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 19 de octubre del 2021.—Iván Tiffer Vargas, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2022625592 ).

Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Guanying Zheng Chen, en su carácter personal, quien es mayor, cédula de identidad N° 8-0086- 0227, de más calidades y paradero desconocido, se le hace saber que en demanda actividad judicial no contenciosa, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Guanying Zheng Chen, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Por tanto: de conformidad con lo expuesto y citas legales mencionadas, haciendo prevalecer el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, se declara con lugar la solicitud realizada por la entidad actora, y se otorga el depósito judicial de la persona menor de edad: Felipe Jiade Zheng Sun bajo la responsabilidad y protección del Patronato Nacional de la Infancia, pudiendo dicha entidad decidir sobre el recurso institucional que mejor tutele los derechos de Felipe como hogar de acogimiento, cuidado y protección. Consecuentemente deberá la representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, dentro del plazo de cinco días presentar ante este despacho la aceptación del cargo jurando su fiel cumplimiento, con la debida responsabilidad siempre atendiendo a lo que mejor beneficie el interés superior de la persona menor de edad Felipe Jiade Zheng Sun. Se ordena al Patronato Nacional de la Infancia realizar a la mayor brevedad y dentro del plazo prudencial de dos meses una valoración psicosocial a fin de determinar si existe la posibilidad -conforme al interés superior de la persona menor de edad- de que Felipe pueda mantener contacto e interrelación -de manera supervisada- con la madre señora Qihua Sun Xiao conocida como Liliana Sun Xiao y con la hermana la joven Natalia, siempre que no se exponga a riesgo a ninguna de las partes involucradas. En dicha valoración psicosocial deberán las profesionales a cargo rendir las recomendaciones necesarias a fin de materializar el contacto materno y fraterno. El resultado de la valoración psicosocial deberá ser informado a Felipe por parte del Patronato Nacional de la Infancia, ello por medio de su representante legal o de profesionales de trabajo social y psicología. En caso de que una vez realizada la valoración psicosocial por parte del PANI resulte factible establecer una nuevas visitas, las mismas se llevarán a cabo de manera supervisadas por profesionales de trabajo social o psicología, ya sea del PANI o de la alternativa de protección en la que se encuentre viviendo Felipe. Ejecutoria: Firme esta sentencia, inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de Provincia de San José, bajo las citas 119620073. N° 16-001363-0292-FA. Proceso actividad judicial no contenciosa N° 16-001363-0292-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia contra Guanying Zheng Chen y Qihua Sun Chen.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625607 ).

M.Sc. Liana Mata Méndez, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela a Cecilia Aracelly Vílchez García, en su carácter personal, quien es mayor, soltera, de nacionalidad nicaragüense, domicilio desconocido, identificación desconocida, se le hace saber que en proceso de depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. De las presentes diligencias de depósito judicial de las personas menores de edad Bryan, Karol, German y Sebastián David todos Vílchez García, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia. Asimismo se tiene como curadora procesal de la señora Cecilia Aracelly Vílchez García a la Licda. Sandra González Pinto quien se apersonó al presente asunto en fecha siete de setiembre de dos mil veintiuno. Edicto de Interés: Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Edicto de Traslado: Desconociéndose el domicilio de la señora Cecilia Aracelly Vílchez García, progenitora de las personas menores de edad señaladas supra, con el fin de poner en conocimiento la existencia del presente proceso, se ordena notificar la presente resolución por medio de edicto a publicar por única vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000661-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625610 ).

MSc. Francinni Campos León, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Carlos Silva Aragón, en su carácter personal, quien es mayor, casado de domicilio desconocido, cédula desconocida, se le hace saber que en demanda Abreviado de Divorcio, expediente N° 21-001347-0292-FA, establecida por Graciela de Los Ángeles Guido Coronado contra Carlos Silva Aragón, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las dieciséis horas diecisiete minutos del once de enero de dos mil veintidós. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Graciela de Los Ángeles Guido Coronado, se confiere traslado a la accionado Carlos Silva Aragón en la persona de su Curador Procesal, Licenciado Dowglas Dayan Murillo Murillo, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese al Curador Procesal al medio señalado en autos para tales efectos, y de conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena la publicación de la presente resolución en el Boletín Judicial, mediante el edicto correspondiente. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625628 ).

Msc. Mayra Trigueros Brenes, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Aylen Judith Aguirre Martínez, mayor, casada, cubana, del hogar, documento de identidad número: DI84061918096 y Gerardo Leonel Calvo Vargas, mayor, casado, costarricense, alistador de automotriz, cédula de identidad número: 4-188-892, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente número 18-000295-0186-FA donde se les confiere traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechazan por inexacto o los admiten como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyen. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de nulidad de matrimonio de El Estado contra Aylen Judith Aguirre Martínez y Gerardo Leonel Calvo Vargas. Expediente Nº 18-000295-0186-FA. Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 16 de febrero del 2022.—Msc. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625634 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Carlos Javier Vásquez Morales, mayor de edad, costarricense, casado una vez, operario, paradero actual desconocido, cédula de identidad número 3-0322-0700 y a Francisca Flores Flores, mayor, casada, hondureña, comerciante, paradero desconocido, documento de identidad número 134000211927 que en el proceso abreviado de inexistencia de matrimonio, expediente N° 15-000099-0186-FA se encuentra la sentencia que en su parte dispositiva dice: “Sentencia N° 2021001280 Juzgado Primero de Familia de San José. A las nueve horas cuatro minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno... Por tanto: por las razones expuestas y citas legales invocada, se declara con lugar la demanda ordinaria de inexistencia de matrimonio, incoada por la Licda. Marcela Ramírez Jara, representante legal de la Procuraduría General de la República, en contra de Francisca Flores Flores y Carlos Javier Vásquez Morales; en consecuencia: 1.- Se anula la inscripción de dicho matrimonio inscrito en la Sección de Matrimonios de la provincia de San José, Tomo 514, Folio 421, Asiento 842, comunicándose al Registro Civil mediante certificación o ejecutoria. 2.- Se anula todo trámite de naturalización que presente Francisca Flores Flores, derivado de ese matrimonio. 3.- Se anula todo acto dirigido a otorgar la nacionalidad costarricense a Francisca Flores Flores que dependa al matrimonio, específicamente el expediente 4166-2012. 4.- Una vez firme este fallo, se ordena pagar Lic. Luz Marina Gutiérrez Porras y a la Licda. Ana Gabriela Muñoz Vargas, por concepto de honorarios, la suma de cincuenta mil colones a cada una, lo cual debe hacerse por parte de la Administración de Tribunales, tomando en cuenta lo relativo al IVA; sin otra resolución que así lo indique. 5.- Por ser esta demanda con curadora procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Hágase saber. MSc. Patricia Méndez Gómez, Jueza.” Lo anterior se ordena en proceso abreviado de inexistencia de matrimonio. Procuraduría General de la República contra Carlos Javier Vásquez Morales y Francisca Flores Flores; expediente Nº 15-000099-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 14 de enero del año 2022.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625635 ).

Se avisa a la señora Awilda Echavarría Ventura, mayor, casada, comerciante, nacionalidad dominicana, pasaporte 3380703, demás calidades y domicilio desconocido, que dentro del proceso abreviado nulidad matrimonio N° 20-000778-0186-FA establecido por Procuraduría General República, que se tramita en este Juzgado, se dictó la Sentencia N° 2022000197 de las once horas cuarenta y dos minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintidós, cuya parte dispositiva dice: “Por tanto: De conformidad con todo lo expuesto, normas legales y Doctrina citadas, se declara con lugar en todos sus extremos la demanda incoada por Procuraduría General de la República contra Awilda Echavarría Ventura y Luis Fernando De Los Ángeles Mora Fernández. A) Se declara confesa al demandado Luis Fernando De Los Ángeles Mora Fernández, y se tiene por afirmativas la totalidad de las preguntas, 1 a la 3 y 5 a la 9. B) Se declara la inexistencia del matrimonio de Awilda Echavarría Ventura, mayor, nacionalidad dominicana, casada, documento de identidad al momento de contraer matrimonio, pasaporte 3380703, ama de casa, demás calidades y domicilio desconocidos Y Luis Fernando De Los Ángeles Mora Fernández, mayor, costarricense, casado, cédula de identidad 0105590754, comerciante, vecino de San José, celebrado el 16 de febrero del 2003, inscrito al tomo cuatrocientos treinta y nueve (0439), folio trescientos noventa (390), asiento setecientos setenta y nueve (0779), del Registro de Matrimonios, Provincia de San José. C) Comuníquese tanto al Registro Civil, como a la Dirección General de Migración, para que en caso de que Awilda Echavarría Ventura, hubiese obtenido beneficios migratorios o de naturalización, para que se tome nota de que tales beneficios serán nulos conforme lo establece el numeral 19 del Código de Familia. D) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. E) Por ser esta demanda con Curador Procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. F) Una vez firme, gírese los respectivos honorarios al Curador Procesal, sin necesidad de resolución que así lo indique. La suma de ¢50.000 más el 13% para un total de ¢56.500 cincuenta y seis mil quinientos. G) Expídase la ejecutoria del caso, previa solicitud de la parte interesada. H) Se les recuerda a las partes su derecho a recurrir esta decisión en caso de inconformidad. Notifíquese”. y resolución de las trece horas cincuenta y cinco minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintidós, que corrige el error material que contiene el encabezado de la sentencia No 2022000197, indicando que el número correcto del expediente es 20-000778-0186-FA, y no como por error se consigno.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de febrero del 2022.—Licda. Mayra Helena Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625649 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Plácido Ramírez Solano, mayor, soltero, cocino, vecino de San José, Desamparados, San Juan de Dios, Urbanización La Lucha, cuarta alameda a la izquierda, casa 84, portador de la cédula de identidad número 1-1593-0802, en el cual pretende cambiarse el nombre a Santiago mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Nota: Se le recuerda a la persona interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000019-0217-CI-7.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados). Hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y ocho minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós.—Licda. Johanna Montealegre Cortés, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022625668 ).

Se hace saber: expediente N° 22-000003-1420-FA. Suspensión de patria potestad y tutela. Actor: PANI. Demandados: Henry Jesús Aguirre Bejarano y Viviana Gutiérrez Monge. Juzgado Familia de Osa, a las 08:07 horas del 15 de febrero del 2022. Curso: de toda la prueba y de la presente demanda de suspensión de patria potestad y tutela, se confiere traslado por el plazo de 10 días a la parte demandada: 1) Henry Jesús Aguirre Bejarano y 2) Viviana Gutiérrez Monge. Para que contesten y ofrezcan sus pruebas. Medio: se les previene a todas las partes e interesados que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio (correo electrónico autorizado) para atender sus futuras notificaciones. de no hacerlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, incluido que no este autorizado, todas las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Depósito: se nombra como depositaria judicial de la menor: Hilary Alais Aguirre Gutiérrez, a: Nora Bejarano Suazo, quien tiene que apersonarse a este juzgado dentro del 3° día a aceptar el cargo y jurar su fiel cumplimiento. Notificaciones: madre y depositaria: Ocj. Osa. Edicto: conforme lo pide PANI, y por su información sobre el desconocimiento del domicilio del progenitor, se ordena notificarle de este asunto vía edicto en el Boletín Judicial y sin curador. Téngase en cuenta que la normativa de familia permite la notificación por edicto y sin designación alguna de curador, cuando se ignore el paradero de los padres, artículo 85 Código de Familia. Ahora bien, tal normativa puede ser aplicada supletoriamente a este tipo de asuntos, en razón de los principios del interés superior del niño, ausencia de ritualismo procesal, impulso procesal y celeridad, artículos: 5 y 113 Código de la Niñez y de la Adolescencia (7739). Lo anterior es así, porque en ambos casos estamos ante la hipótesis de ausencia, asimismo, porque su eje central no es un derecho de orden adultocentrista, sino por el contrario, de los menores. Ya que en aquél se analiza sobre la génesis filial de los pequeños, y aquí el tratar de solventar la aparente situación irregular de abandono en que se haya la persona menor. También es de hacer ver, que inclusive en aquellos se daría una extinción total de los atributos de la patria potestad, en tanto que aquí es una situación únicamente de suspensión. Aviso: se les informa a todas las partes e interesados que este proceso es electrónico. Es decir, no existe a nivel físico o material, sino que todo su respaldo es virtual. Es todo.—Juzgado de Familia de Osa, 15 de febrero del 2022.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625772 ).

Licenciada Jenny Ñurinda Montoya, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Cristian Eduardo Segura Barquero, en su carácter personal, quien es mayor, Casado/a, de domicilio desconocido, cédula 0107690722, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio, bajo el número de expediente 21-002068-0364-FA establecida por Mónica Liliana Gutiérrez Torres contra Cristian Eduardo Segura Barquero, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado de Familia de Heredia. A las quince horas treinta y cinco minutos del catorce de setiembre de dos mil veintiuno. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Mónica Liliana Gutiérrez Torres, se confiere traslado a la accionada(o) Cristian Eduardo Segura Barquero por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.”Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-”Igualmente si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea y a señalar este medio para recibir notificaciones, lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde la comodidad de su casa a consultar su expediente y revisar sus notificaciones, con lo anterior se evitará largas filas de espera. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41- 14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino atraves del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Nombramiento de curador: De conformidad con lo dispuesto por el artÍculo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal al demandado se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional y la parte interesada deberá estar atenta a su publicación. Prevención de documentos: De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, asi como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública. Prevención de honorarios: Se le previene a la parte actora que a efectos de que proceder cubrir los honorarios del curador a nombrar, dicho monto lo es la suma de noventa y seis mil cincuenta colones, monto que incluye el 13% del I.V.A., por lo que deberá depositarlo en la cuenta N° 21-002068-0364-FA-3, del Banco de Costa Rica. Citación a la parte actora y a dos testigos: Se cita a la señora Vivian Núñez Vargas y a dos testigos para que en el plazo de una semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar.Notifíquese. MSc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza de Familia.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Jenny Ñurinda Montoya. Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625775 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad: Luciana Esquivel Ocampo, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-002128-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de diciembre del 2021.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-217-JA.—( IN2022625778 ).

Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a José Nahum Castro García, pasaporte nicaragüense número: PC1474154, guarda de seguridad, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso proceso especial de autorización de salida del país en su contra, bajo el expediente número 22-000048-0186-FA donde se le otorgó el plazo de cinco días a fin de que se sirvan contestar la demandada, interponer las excepciones de ley, en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Lo anterior se ordena así en proceso especial de autorización de salida del país de Hazel Carolina Guido Mendoza contra José Nahum Castro García. Expediente Nº 22-000048-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 26 de enero del 2022.—Marilene Herra Alfaro, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625779 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Denyn Morales Morales, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad N° 6-0355-0351, hija de Pedro Morales Morales y Angélica Morales Morales, nacida en Buenos Aires, Puntarenas, el 09/04/1986, y Sigifredo Bonilla Picado, mayor, divorciado dos veces, Pensionado, cédula de identidad N° 1-0396-1320, hijo de Amelia Bonilla Picado, nacido en Quebradas, Pérez Zeledón, San José, el 10-09-1951; ambas personas tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expídase el edicto y publíquese en el Boletín Judicial por una única vez. Expediente N° 22-000126-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 09 de febrero de 2022.—Licda. María Del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625219 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Natalia Viviana Consuegra Madrid, mayor, soltera, Oficinista, vecina de Llanos de Santa Lucía, casa número 47 i, cédula de identidad número 0304810717, hija de Elida Dominga Madrid Herrera y Juan José Consuegra Martínez, de nacionalidad salvadoreños, nacida en Oriental Central Cartago, el 04/10/1994, con 27 años de edad y Pablo Jesús Torres García, mayor, soltero, Agente de Ventas, vecino de Llanos de Santa Lucía, casa número 47 i, cédula de identidad número 0112490214, hijo de Xinia Marlene García Chinchilla y Sergio Edo Torres Valverde, nacido en San Isidro Pérez Zeledón, San José, el 08/07/1985, actualmente con 36 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 22-000096-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 13 de enero del año 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625226 ).

Hago constar que han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil los señores Yency Coromoto Aponcio Angulo, de nacionalidad venezolana, soltera, con domicilio en San José, avenidas dos y seis, calle trece, frente la Procuraduría General de la República pasaporte de su país número cero nueve tres cero seis siete cinco cuatro dos, y Didier Raymond Pierre Raffin, siento Raffin su único apellido en razón de su nacionalidad francesa, divorciado de su tercer matrimonio, del mismo domicilio, pasaporte de su país número uno seis F V cero ocho cuatro seis cuatro. En razón de lo anterior y en cumplimiento de los artículos veinticinco y veintiséis del Código de Familia, se cita y emplaza a quienes conozcan de la existencia de alguna oposición para que lo manifiesten dentro del plazo improrrogable de ocho días naturales en la oficina de la notaría pública María Luz Calderón Retana, sita en Bagaces, Guanacaste, cien metros sur de la Cruz Roja.—Bagaces, dieciocho de febrero del dos mil veintidós.—Licda. María Luz Calderón Retana, Notaria.—1 vez.—( IN2022625444 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Giovanni Enrique Rojas Alvarado, mayor, soltero, peón de explotaciones agrícolas, cédula de identidad N° 0602530067, vecino de Caracol, de la entrada, la primera casa, casa de bono, color rosada, hijo de Josefina Alvarado Arguedas y Rafael Adonay Rojas Quirós, nacido en Quepos, Aguirre, Puntarenas, el 09/04/1973, con cuarenta y ocho años de edad, y Guiselle Del Jesús Villalobos Robles, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad N° 0602720437, vecina de la misma dirección del anterior, hija de Fidelia Robles Arias y Rigoberto Villalobos Molina, nacida en Centro Golfito, Puntarenas, el 13/01/1976, actualmente con cuarenta y seis años de edad y si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000129-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Familia), Ciudad Neily, 22 de febrero del 2022.—Licda. Katia Soto Barahona, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625606 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Iván Antonio Venegas Orozco, mayor, divorciado, agricultor, cédula de identidad número 0106140988, vecino de San Vito, Sabalito, Las Parcelas, Miraflores, parcela N° 07, cabaña de madera, hijo de Rosibell Orozco Umaña y Javier Venegas Marín, nacido en Hospital, Central, San José, el 30/10/1963, con 58 años de edad, y Luisa de los Ángeles Cerdas Cerdas, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0601930455, vecina de la misma dirección indicada anteriormente, hija de Esperanza Neri Cerdas Cerdas, nacida en González Víquez, Golfito, Puntarenas, el 28/04/1965, actualmente con 57 años de edad. Corredores, Ciudad Neily. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000128-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, fecha, 21 de febrero del año 2022.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625627 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Jeremy Adam (nombre) Free de único apellido por su nacionalidad estadounidense mayor, soltero, empresario, vecino de South Carolina, Estados Unidos, con pasaporte de su país número: seis cuatro dos seis nueve cinco cuatro seis cinco, hijo de Dennis Floyd (nombre) Free (apellido) y Pamela Denise (nombre) Spangler (apellido) ambos de único apellido por su nacionalidad estadounidense y Nikohl Persahay (nombre), Bergmann (apellido) de único apellido por su nacionalidad estadounidense, mayor, soltera, empresaria, vecina estadounidense, exactamente en South Carolina, Estados Unidos, con pasaporte de su país número: seis cuatro dos seis ocho ocho seis ocho seis, hija de Michael Noel (nombre) Bergmann (apellido), de único apellido por su nacionalidad estadounidense y Season Persahay (nombre) Sexton (apellido) de único apellido por su nacionalidad estadounidense. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto; teléfono 8335-6177.—8:00 horas del día 21 de febrero del año 2022.—Licda. Yorleni Díaz Berrocal, Notaria.—1 vez.—( IN2022625749 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Brenda Matarrita Rueda, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0115180612, hija de Bertalina Rueda Gutiérrez y José Matarrita Matarrita, domicilio en Carmen Central San José, el 14/11/1992, con 29 años de edad, y Dixon Chaves Peraza, mayor, soltero, peón de explotaciones agrícolas, cédula de identidad número 0204940420, hijo de Luz Marina Peraza Delgado y Ascensión Chaves Peraza, domicilio en C. Quesada San Carlos Alajuela, el 04/05/1974, actualmente con 47 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Sarapiquí, Puerto Viejo, Colonia Caño San José, El Progreso 300 metros al norte del Caño San José, Sarapiquí, Heredia. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000024-1343-FA.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), Sarapiquí, Heredia, 02 de febrero del año 2022.—M.Sc. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625781 ).

Edictos en lo Penal

Se orden devolver motocicleta y publicar edicto. Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, al ser las trece horas veintiséis minutos del cuatro de febrero de dos mil veintidós. Luego de un estudio de los autos, se desprende que en la presente causa penal número 19-000154-0801-PE contra Flores Rivas William Alberto por el delito de falsificación de señas y marcas en perjuicio de la fe pública se decomisó un vehículo automotor, mismo que se encuentra en custodia del depósito de vehículos judiciales, siendo que el artículo 200 del Código Procesal Penal señala que es obligación de las autoridades devolver a la persona legitimada los objetos secuestrados no sometidos a comiso, restitución o embargo después de realizadas las diligencias para las cuales se obtuvieron-devolución que podrá ser provisional o definitiva-, se ordena la entrega definitiva de una Yamaha, tipo XT, estilo monocompensador posterior, color azul y negro, porta la placa de circulación: M326697, a su propietario registral o bien a quien demuestre ser su legítimo propietario, debiendo aportar la certificación registral y demás documentos que lo demuestren. En otro orden de ideas, ante la imposibilidad material de localizar por los medios idóneos a Víctor Hugo Chaves Rodríguez, presidente de la sociedad anónima finca once bajo la cual se encuentra registrada la motocicleta, se ordena la publicación de un único edicto en el Boletín Judicial, siendo que al transcurrir tres meses naturales a partir de su publicación, sin que exista reclamo alguno, se solicitará el comiso a favor del Estado de la motocicleta indicada. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. Juan Pablo Solano Sing, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625757 ).

Luego de un estudio de los autos, se desprende que en la presente causa penal número 21-000128-0706-PE contra Manuel Javier Varela Araya por el delito de falsificación de señas y marcas en perjuicio de la fe pública se decomisó un vehículo automotor, mismo que se encuentra en custodia en el depósito de vehículos decomisados en San Joaquín de Flores, Heredia a la orden de esta Fiscalía de Los Chiles, siendo que el artículo 200 del Código Procesal Penal señala que es obligación de las autoridades devolver a la persona legitimada los objetos secuestrados no sometidos a comiso, restitución o embargo después de realizadas las diligencias para las cuales se obtuvieron -devolución que podrá ser provisional o definitiva-, se ordena la entrega definitiva de una motocicleta marca TVS Star, color roja, con el número de motor 0F5H51226158, número de marco MD625GF5951H40827, a su propietario registral o bien a quien demuestre ser su legítimo propietario, debiendo aportar la certificación registral y demás documentos que lo demuestren. En otro orden de ideas, ante la imposibilidad material de localizar por los medios idóneos a Kapena Express Sociedad Anónima con cédula jurídica N° 3101722805, dueño registral de dicha motocicleta, se ordena la publicación de un único edicto en el Boletín Judicial, siendo que, al transcurrir tres meses naturales a partir de su publicación, sin que exista reclamo alguno, se solicitará el comiso a favor del Estado de la motocicleta indicada. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, al ser las trece horas veintiséis minutos del once de febrero de dos mil veintidós.—Lic. Juan Pablo Solano Sing, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625773 ).