BOLETÍN JUDICIAL 39 DEL 28 DE FEBRERO DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 36-2022

ASUNTO:    Se modifica la circular número 256-2014, denominadaLineamientos para el seguimiento de los nombramientos y pago de honorarios, de las personas auxiliares de la justicia.”

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión N° 05-22, celebrada el 18 de enero de 2022, artículo XIII, acordó modificar la circular número 256-2014, denominadaLineamientos para el seguimiento de los nombramientos y pago de honorarios, de las personas auxiliares de la justicia, en los siguientes términos:

1.  El Despacho Judicial comunicará a la Sección de Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva, por medio de correo electrónico, el nombre y el usuario de la persona (s) servidora (s) autorizada (s) por el despacho y el correo electrónico de esa oficina, con el fin de que se les habilite para utilizar el Sistema Automatizado de Administración de Peritos.

2.  La persona auxiliar judicial revisará el expediente y verificará si se requiere nombrar personas intérpretes, traductoras, peritos, ejecutoras o curadoras procesales, en virtud que existe una gestión de la parte interesada para ese requerimiento, o que en materia penal sea necesario averiguar la verdad real de los hechos investigados. Cuando amerite la designación de una persona curadora procesal, se tomará en consideración lo preceptuado en el artículo 19 del nuevo Código Procesal Civil (Ley 9342), el cual dispone: “19.4 Nombramiento de curador procesal. Sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales, será procedente el nombramiento de curador procesal cuando: 1. Se ignore el domicilio o lugar de ubicación del demandado y no se estuviera en el caso de declarar su ausencia. 2. Se trate de una persona jurídica que carezca de representante legítimo. 3. Existiera incompatibilidad o intereses contrapuestos entre representante y representado.

Cuando se trate de ausentes, de personas menores de edad o con capacidades especiales, se llamará a quienes, según la ley, corresponda ejercer la representación, para que dentro de cinco días manifiesten si están dispuestos a asumirla. Salvo que por las circunstancias sea imposible hacerlo, en la designación de curador procesal de personas menores de edad y personas con capacidades especiales se tomará en cuenta la opinión del futuro representado. Cuando conste en el expediente la dirección de los presuntos representantes, se les notificará personalmente o en su casa de habitación. Si no constara dirección, se les notificará por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial.

El tribunal designará al representante entre quienes se apersonen. Cuando nadie comparezca en el plazo señalado, el tribunal designará curador.

El mismo procedimiento se seguirá cuando se trate de una persona jurídica que carezca de representante legítimo. El llamamiento se hará a los socios, asociados o a quienes corresponda designar representante, bajo el apercibimiento de que, de no acreditar tal nombramiento en el plazo señalado, el tribunal procederá a nombrar curador.

Cuando proceda el nombramiento de curador, en la misma resolución en que se designe se fijarán sus honorarios, según lo dispuesto por el decreto de honorarios de abogados y podrán girarse anticipos según la etapa del proceso y la labor desplegada”.

3.  La persona auxiliar judicial elaborará el proyecto de resolución, donde se indica la especialidad de la experta o experto requerido para el caso en particular, efectúa una resolución en la que previene a las partes sobre el depósito a realizar para el pago de los honorarios.

4.  La persona auxiliar judicial trasladará el expediente, el proyecto de resolución y la cédula de notificación a la Jueza o Juez que tiene conocimiento del proceso, para la revisión y firma y procede a la notificación a las partes que intervienen en el proceso (persona auxiliar de la justicia) designada.

Nota: En el caso de los despachos electrónicos, la notificación se realiza por medios electrónicos.

5.  La persona interesada realizará el depósito de honorarios y entregará en el despacho judicial la copia de la boleta de depósito bancario, la auxiliar o el auxiliar judicial recibe la boleta de depósito bancario y la incorpora al expediente judicial.

Nota: En el caso de los Juzgados Electrónicos, escanea la boleta y la agrega al expediente como un escrito.

6.  La persona auxiliar judicial ingresará al Sistema de Administración de Peritos para realizar la designación correspondiente (persona auxiliar de la justicia). Ubica la especialidad indicada por la Jueza o el Juez, según el área del objeto del peritaje y verifica el rol establecido para ese Despacho para determinar a quién le corresponde asignar.

La auxiliar o el auxiliar judicial designará a la persona auxiliar de la justicia, registrando el número de expediente, y datos requeridos en el control establecido para ese efecto.

7.  La persona auxiliar judicial elaborará una resolución con el nombre de la persona auxiliar de la justicia designada y con la indicación del artículo 11 del Reglamento para regular la función de las y los intérpretes, traductores, peritos y ejecutores en el Poder Judicial, donde se establece el plazo de tres días para que se apersone a aceptar el cargo.

Nota: En los despachos electrónicos, en los que la persona auxiliar de la justicia haya señalado medio para recibir notificaciones, éste deberá incluirse como interviniente.

8.  La Jueza o el Juez recibirá el expediente, la resolución de la designación de la persona auxiliar de la justicia, revisará la resolución y la firmará.

9.  La persona auxiliar de la justicia recibe la notificación y se apersonará en el despacho judicial para aceptar el cargo personalmente.

10.  Si no aceptare el cargo, y emite por escrito las justificaciones correspondientes, la auxiliar o el auxiliar judicial realiza la reasignación del caso a otra persona auxiliar de la justicia, de acuerdo al rol establecido.

11.   En caso que la persona auxiliar de la justicia no haya entregado el avalúo o dictamen en el despacho, la parte interesada puede indicarlo en el despacho para que se comuniquen con el mismo y consultarle sobre el caso asignado. Continúa con el paso siguiente.

Nota: En los procesos orales el dictamen pericial se rendirá oralmente en la audiencia respectiva, salvo que la autoridad judicial lo requiera por escrito.

12.   El Despacho prevendrá a la persona auxiliar de la justicia mediante resolución para que aporte el peritaje.

13.   Si no presentare el peritaje o aclaración del mismo, la Jueza o el Juez puede destituir a la persona auxiliar de la justicia designada y procede a realizar otro nombramiento.

14.   La persona auxiliar judicial recibirá el dictamen pericial y lo agregará al expediente judicial. Elaborará una resolución que confiere audiencia a las partes por un plazo de tres días a efecto de que se pronuncien sobre el dictamen pericial.

15.   Si transcurrido el plazo, las partes no muestran disconformidad sobre el dictamen pericial, se elaborará una resolución en donde se ordenará el giro de los honorarios a la persona auxiliar de la justicia.

a)  Cuando el costo de la pericia es asumido por el Estado (Poder Judicial), el interesado debe tener en cuenta, a fin de tramitar el pago de honorarios, que deberán aportar ante el Departamento Financiero Contable o en la Administración Regional que corresponda, la siguiente documentación:

1.)    Factura timbrada, con su respectiva copia. En ésta deberá consignar de forma clara el número de autorización de los gastos, la fecha y el visto bueno de la autoridad judicial respectiva.

2.)    Copia del acta de la diligencia efectuada, con las firmas y el sello respectivo.

3.)    Las facturas deben ser autorizadas por la Dirección General de Tributación Directa, sea timbradas o con dispensa de timbraje, con los requisitos establecidos en el reglamento de cajas chicas auxiliares y caja chica general.

b)  Se recuerda que conforme al artículo 17, inciso e) del Reglamento para regular la función de las y los intérpretes, traductores, peritos y ejecutores en el Poder Judicial el perito tiene derecho a solicitar readecuación de sus honorarios, por lo que la autoridad judicial deberá valorar su procedencia, y resolver lo que corresponda.

c)  Además, es importante señalar que de conformidad con lo señalado en los artículos 105 del Código Procesal Contencioso Administrativo y 42 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, en los procesos que se rigen por el Código Procesal Contencioso Administrativo, los honorarios de los peritos serán girados cuando finalice la audiencia oral de juicio.

En síntesis, cuando corresponda fijar honorarios a la persona auxiliar de la justicia que esté incorporada en el Sistema Automatizado de Administración de Peritos, debe aplicarse lo preceptuado en los artículos 16, 17 y 18 del referido reglamento, a saber:

Artículo 16.—Honorarios de intérpretes, traductoras y traductores.

Los honorarios de los intérpretes, traductores y traductoras, se fijarán de acuerdo con el Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Traductores e Intérpretes Oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, excepto en caso de inopia, en que el Despacho resolverá el monto de los honorarios.

Artículo 17.—Reglas para fijación de honorarios.

Los honorarios de las peritas y los peritos se fijarán de conformidad con la tabla de honorarios que apruebe el Consejo Superior, y con base en las siguientes pautas:

a)  En principio es aplicable a toda clase de procesos, salvo ley especial que indique otro procedimiento.

b)  Si la pericia tiene que ver con objetos susceptibles de valor económico, para calcular los honorarios se aplicará la tabla correspondiente, tomando en consideración el valor del bien objeto de la pericia. En aquellos casos en que éste supere la cuantía del proceso, se tomará como parámetro para la fijación de honorarios el monto de la cuantía. En el caso de los procesos sucesorios, los honorarios siempre se calcularán de acuerdo con en el valor del bien valorado y no en la estimación del proceso.

c)  En cuanto a dictámenes no valorativos, sea aquellos que no aluden a una valoración de tipo económico de un bien, para calcular los honorarios se utilizará como referencia la cuantía del proceso.

d)  Si se tratara de asuntos de cuantía inestimable en los que la pericia carece de consideraciones económicas, o bien teniéndolas, no se pueden utilizar como parámetro, los honorarios podrán ser fijados de manera prudencial, tomando en cuenta la extensión y complejidad del estudio.

e)  La fijación de honorarios según las reglas anteriores, podrá ser aumentada o disminuida en un veinte por ciento, para lo cual se tomará en cuenta el criterio de la autoridad judicial respecto a la complejidad o simplicidad del peritaje. Esta variación del monto de los honorarios es de carácter excepcional y debe estar debidamente razonada por el despacho que así lo ordene”.

Con el fin de aplicar apropiadamente lo que establece esta disposición normativa, deberán considerar que en el caso de honorarios de las personas peritas aplica el artículo 17 del “Reglamento para regular la Función de las y los intérpretes, traductores, peritos y ejecutores en el Poder Judicial”; donde la tabla de honorarios vigente a la fecha, corresponde a la Circular 1-2021 de la Dirección Ejecutiva.

Una vez presentada la pericia correspondiente, y transcurrido el plazo, si las partes no muestran disconformidad sobre el dictamen pericial, el Juzgado o la Fiscalía elabora una resolución en donde se ordena el giro de los honorarios a la/al intérprete, traductora o traductor, perita o perito, quienes deben presentar la solicitud de cobro (factura, o recibo de pago) ante ese Despacho, acto seguido el Juez da visto bueno y envía el documento a la Administración correspondiente (ver artículo 88 inciso 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y Reglamento para regular la función de las y los intérpretes, traductores, peritos y ejecutores en el Poder Judicial, en su artículo 17), a saber:

Artículo 88.—Ley Orgánica del Poder Judicial: Corresponderá al Director, de conformidad con la ley, el reglamento y las directrices que la Corte, el Presidente del Consejo o éste le indiquen:

3.  Autorizar los gastos que deban realizarse en las oficinas judiciales, con motivo de peritajes, honorarios, copias, diligencias y otros servicios de la misma índole, cuando ese gasto corresponda al Poder Judicial.

13.   Autorizar los pagos del Poder Judicial.”

Artículo 18.—Materias en que se aplica el principio de gratuidad, del Reglamento para regular la función de las y los intérpretes, traductores, peritos y ejecutores en el Poder Judicial: Los honorarios y demás gastos de los intérpretes, traductores y traductoras, peritas y peritos, en aquellas materias en las que se aplique el principio de gratuidad, serán fijados por la Dirección Ejecutiva de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 inciso 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Lo pertinente es que la Oficina Judicial establezca un monto específico de acuerdo con la gestión del perito, tomando en consideración las reglas para la fijación de honorarios vigentes, cuando el Poder Judicial asuma el pago de los honorarios, la liquidación de gastos por diligencias judiciales, deberá enviarse al Departamento Financiero Contable o a las Administraciones Regionales, según sea el caso. Se debe adjuntar original y copia de la factura comercial timbrada, o bien el documento emitido por la Dirección General de Tributación Directa que dispensa el timbraje. La factura contendrá el número de la autorización del gasto, la fecha y el visto bueno de la autoridad judicial respectiva. Con el referido documento ha de adjuntarse, obligatoriamente, copia del dictamen pericial o del acta de la diligencia efectuada, con el sello y la firma de la autoridad judicial respectiva.

En el caso del servicio de interpretación y traducción, debe procederse según lo dispuesto en el artículo 16 del mismo Reglamento, donde el costo del servicio lo asumen las partes de acuerdo con el Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Traductores e Intérpretes Oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y de manera particular, para las materias en que se aplica el principio de gratuidad, donde el costo lo asume el Poder Judicial, se debe proceder conforme con lo indicado en el artículo 18 y para ello los montos son fijados en la tabla de honorarios vigente a la fecha, lo cual se comunicó en la Circular 1-2021 de la Dirección Ejecutiva.”

16.   Los honorarios de los Auxiliares Ejecutores, se fijarán conforme lo señala el artículo 30 del Reglamento para regular la función de las y los intérpretes, traductores, peritos y ejecutores en el Poder Judicial, a saber:

Artículo 30.—Los honorarios de las y los Auxiliares Ejecutores se fijarán de conformidad con las tablas aprobadas por el Consejo Superior.”(Circular Nº 71-2012, publicada en el Boletín Judicial N° 134 del 11 de julio de 2012).

Los honorarios del Auxiliar Ejecutor o de la Auxiliar Ejecutora los fijará el juez, y éstos deben ser pagados directamente por el interesado (Ley Nº 8624 de Cobro Judicial, artículo 18.2).”

Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 22 de febrero de 2022.

                                      Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez

                                             Subsecretario General Interino

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626280 ).

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 02-2020, sesión virtual, de fecha 10 de agosto del 2020, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 85-20 celebrada el 01 de setiembre del 2020 artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1997 al 2021 de la Administración Regional del Primer Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 501 S 97, Paquetes: 43, Años: 1997 al 2021, Documentación administrativa: 10 paquetes Reportes y Registros 2011 al 2019. Estimación de presupuesto para contrato 2008. (Presupuesto 2011 Sugey Fonseca Porras, Presupuesto 2011 Tatiana Fernández Delgado, Presupuesto 2011 y 2012 Ricardo, Presupuesto 2012 Tatiana Fernández Delgado, Presupuesto 2013 Tatiana Fernández Delgado, Presupuesto 2013 Sugey Fonseca Porras, Presupuesto 2014 Sugey Fonseca Porras, Presupuesto 2014 Tatiana Fernández Delgado, Presupuesto 2015 Iván Granados Barquero, Presupuesto 2015 Tatiana Fernández Delgado, Presupuesto 2015 Sugey Fonseca Porras, Presupuesto 2016 Tatiana Fernández Delgado, Presupuesto 2016 Sugey Fonseca Porras, Presupuesto 2015 al 2016 Bryan Zumbado, Presupuesto 2017 al 2021 Walter Jiménez, Presupuesto 2017 Anabelle García Rodríguez, Presupuesto 2018 Bryan Zumbado, Presupuesto 2017 al 2018 Rebeca Álvarez, Liquidaciones , modificaciones y Reservas 2006 al 2007). Formulario de uso de Salas de Juicio, Edificio Santa Rita 2020 (Ampo 1 enero-marzo 2020, Ampo 2 abril-junio 2020, Ampo 3 julio-diciembre 2020). Boletas de uso de Salas de Juicio 2018 al 2020 Marco Vargas. 1 paquete Control de Giras. (Boletas de transporte 2015 al 2019). 1 paquete Depósitos Judiciales (Estados de cuentas Banco de C.R. 1997 al 2007). 1 paquete Boletas de requisición de mercadería. Requisición de compras 2007 Sugey, Requisición de compras Sugey 2008, Requisición de mercadería 2019 al 2020 Fernando). 1 paquete de Facturas de Servicios Continuados. (Documentos Enviados y recibidos Financiero Contable 2011). 2 paquetes de Control de parqueos. (Parqueos 2011, 2012, 2015, 2015 Fabiola Artavia, 2016 Fabiola Artavia, 2017 Fabiola Artavia, 2017 y 2018 Fabiola Artavia, 2018 Fabiola Artavia, 2018 y 2019 Fabiola Artavia horario no hábil, 2019 Fabiola Artavia, 2019 Shirley Quesada, 2020 Shirley Quesada). 4 paquetes Ordenes de Libertad, Remisiones y Tener a la Orden. (Remisiones Tribunal Penal enero 2019 a diciembre 2019, Remisiones Tribunal Penal Flagrancia 28-junio 2019 al 20-noviembre 2019, 22-11-2019 al 30-12-2019). (Tener a la orden 16-012019, 23-06, 2019, 28-06-2019 al 25-12-2019). (Tener a la orden 16-012019, 23-06, 2019, 28-06-2019 al 25-12-2019) (Ordenes de Libertad Tribunal de Flagrancia 20-03-2019 al 24-06-2019 26-06-2019 al 11-10-2019, 14-10-2019 al 31-12-2019.) 1 paquete Recibidos de documentos enviados a Criminología (Criminología Tribunal Penal y Flagrancia del 29-11-19 al 12-12-19, Criminología Tribunal Penal San José-Tribunal Penal Flagrancia 2020, Criminología Tribunal Penal y Flagrancia 2020 Ampo 2, Criminología Tribunal Penal y Flagrancia 2020 Ampo 3,) 1 paquete Recibidos de ordenes de Citación Tribunal Penal de San José/Enero a Diciembre 2020 Tribunal Penal de Flagrancia/Enero a Diciembre 2020. Luis Villegas. 1 paquete Recibidos de las listas de notificación Tribunal Penal de San José/Enero a Diciembre 2020, Tribunal de Flagrancia/Enero a Diciembre 2020-Luis Villegas. Juzgado Penal de San José/, Tribunal de Flagrancia/Enero a Diciembre 2020-Luis Villegas. 2 paquetes Control de correo certificado 23-11-2018 al 26-06-19/Luis Villegas. Correo certificado y Boleta de Seguridad Tribunal Penal de San José y Flagrancia/enero a diciembre 2020-Ñuis Villegas. Boleta de Registro enero 2015 a 29-04-2019/Luis Villegas. Boleta de Registro 06-05-2019 a 18-12-2019/Luis Villegas. Juzgado Penal Correo certificado y Boletas de Seguridad/enero a diciembre 2019-Evelyn Muñoz. Juzgado Penal Correo certificado y Boletas de Seguridad/ enero a diciembre 2020-Evelyn Muñoz. 1 paquete Ordenes de Libertad, Remisiones y Tener a la orden. Orden de Libertad Tribunal Penal de San José/Luis Villegas 30-04-2019 al Diciembre 2019/ Luis Villegas. 2 paquetes correspondencia. Orden de capturas y Dejar sin efecto, Tribunal Penal y Tribunal Flagrancia 13-02-2019 al 1-11-2019. Oficios Oficina Reducción de Circulante 2019. Envío de expedientes 2018. Oficios Área de apoyo Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional 2017. Oficios devolución Suministros. 2016-2015-2014. Oficios comisiones. de Notificaciones 2012. 3 paquetes Solicitud de permisos de consultas incluidas SIREM, SOAP, y SACEJ Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Juzgados Civiles N° 2 2017 Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Juzgados Cobro N° 2 2017 Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Juzgados Cobro N° 1/ noviembre 2010 al junio 2017 Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Juzgados Civiles N° 1 /enero 2010 a junio 2017. Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Periferia N° 1 (B) Pavas, Hatillo, Alajuelita, Aserrí, Acosta, Desamparados, San Sebastián, /2012 al 2018. Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Periferia N° 1 (A) Escazú, Santa Ana, Mora, Puriscal, Turrubares/2010 al 2018. Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Otros Despachos N° 1 San José/2010 al 2018. Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Periferia N° 1 (A) Escazú, Santa Ana, Mora, Puriscal, Turrubares/2018 al 2019. SREM Periferia N° 1 (B) Pavas, Hatillo, Alajuelita, Aserrí, Acosta, Desamparados, San Sebastián, 2018 al 2019. Sistemas Obligados en Materia Penal (SOAP) N° 1 San José y Periferia/2013 al 2017. Sistemas Obligados en Materia Penal (SOAP) N° 1 Pensión Alimentaria y Periferia/2014 al 2018. SACEJ Todos los Despachos N° 1/ 2013 al 2018. Sistema de Registro de Agresores (SROG) Años 2013, 2015, 2016, 2017 Sistema de Registro de Agresores (SROG) Todos los Despachos N° 1 2018-2019. Permisos Suc y CEREDOC, Todos los Despachos 2019. Consulta Electrónica de Extranjeros Residentes (CEER) N° 1 2013 al 2018. 1 paquete de Control de Expedientes Entregados Periferia Recibidos Expedientes Carlos Castro 2016(A)01 diciembre 2015 al 20 mayo 2016. Periferia Recibidos Expedientes Carlos Castro 2016(B)23 mayo 2016 al 30 noviembre 2016. Periferia Recibidos Expedientes Carlos Castro 2016(C)01 diciembre 2016 al 31 agosto 2017. Recibidos Periferia Oficios Varios 2015(A) Carlos Castro. 2 paquete Recibidos de Evidencias. Recibidos Evidencias periferia 2015(B) Carlos Castro Recibidos Evidencias periferia 2018(A) Carlos Castro Recibidos Evidencias periferia 2018(B) Carlos Castro Recibidos Evidencias periferia 2018(C) Carlos Castro Recibidos Evidencias periferia 2018(D) Carlos Castro. Recibidos Evidencias periferia 2018(E) Carlos Castro. 1 paquete Boletas de Despacho de materiales y suministros de bodega. Boletas de Despachos adicionales San José y Periferia 2012. Suministros de oficinas y pedidos generales 2017. Formularios suministros 2019. 1 paquete Control y Reportes de Fax. Control de fax recibidos 2017 al 2019(Juzgado Penal, Juzgado Notarial, Administración, Trabajo Social, Juzgado de Pensiones, Tribunal Notarial). 1 paquete Ampos de Titulas Valores Custodia Activas y Pasivas Custodias Pasivas BCR San José-Periferia 2007 al 2009. Devolución de Títulos Valores Periferia 2009 y 2010 Custodia de Pasivas BCR 2010. Custodia Pasivas BCR San José-Periferia 2011. Control de Inventarios de Titulas valores en Custodia 2007. 1 paquete de Reintegros de Caja Chica Control de Caja Chica 2004 y 2005 Control de Caja Chica 2006 Control de Caja Chica 2007 Control de Caja Chica 2004 y 2005 Control de Caja Chica 2011(A, B, C) Control de Caja Chica 2011 (D, E). 1 paquete Viáticos pagados (facturas, liquidaciones de viáticos, y otros cancelados por caja chica. Pago de viáticos, compra de almuerzos otras compras 2010 y 2011. 1 paquete de Actas de juramentación. Juramentaciones 2016 al 2020. 1 paquete de oficios recibidos. Solicitud de casilleros 2002 Solicitud de casilleros 2003 Solicitud de casilleros 2018 al 2020 Currículo recibidos 2017 al 2019. 1 paquete de Control de Vacaciones. Control de vacaciones del 2009 al 2013. 1 paquete Activos de Despachos. Despacho de activos del Edificio de Tribunales 2012. Devolución de activos a Proveeduría 2017. Despacho de activos 2019.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 21 de febrero del 2022.

                                                        Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                                               Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022626305 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año  1915 al 2020 del Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: 21725, Libros 15:  cajas 9: Años: 1915 al 2020: Asunto: Documentación administrativa: 2 cajas con reportes y registros del año 2018 al 2020, 3 cajas con registros de asistencia del 2008 al 2019, 1 caja comprobantes de pago del año 2004 al 2008, 1 caja con correspondencia del año 2004 al 2009, 1 caja con correo certificado del 2004 al 2012, 1 caja con comisiones del año 2005 al 2012, 7 libros de entrada del año 1954 al 2011, 4 Libros de juramentaciones del año 1915 al 1967, 4 Libros de conocimientos del año 1966 al 2012.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 22 de febrero de 2022.

                                                        Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                               Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022626306 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1998 al 2020 del Juzgado de Tránsito de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 501 H 98, Paquetes: 17 Carpetas, 10 Libros, 9 Ampos, Año: 1998 al 2020, Asunto: Documentación Administrativa: 1 carpeta de registros de asistencia del 2015 al 2020, 2 Ampos con control de fax recibidos del 2016 al 2020, 3 carpetas de correo certificado del 20169 al 2018, 5 Carpetas de expedientes (Quejas declaradas sin lugar, desestimadas, archivadas o rechazadas de plano) del 2002 al 2013, 1 carpeta entrada de mercadería 2015, 2 carpetas registros de asistencia del 2012 al 2015, 2 carpetas de reportes y registros del 2013 al 2017, 2 libros de conocimiento de entrega de escritos a los técnicos del 2014 al 2016, 3 libros de control de correo certificado del 2012 al 2017, 1 carpeta de control de correo certificado del 2006 al 2007, 2 libros de control de entrega de expedientes a otros despachos del 2014 al 2016, 2 carpetas de control de vacaciones del 2012 al 2017, 2 libros de control de entrega de documentos a los técnicos del 1998 al 2015, 1 libro de conocimientos de los roles de los técnicos judiciales del 2014 al 2016, 2 ampos con informes de labores realizadas por los técnicos judiciales del 2013 al 2014, 5 ampos de comprobantes de recibido de escritos del 2015 al 2019.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 22 de febrero de 2022.

                                                        Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                               Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022626307 ).

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

El Consejo de la Judicatura y la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial, abren concursos para integrar listas de elegibles para los cargos de juez y jueza:

Concurso

Cargos de juez y jueza

Inicio de examen

Modalidad

CJ-01-2022

Juez y Jueza 2 Ejecución de la Pena

Abril

Escrito/Oral

CJ-02-2022

Juez y Jueza 3 Agrario

Abril

Escrito/Oral

CJ-03-2022

Juez y Jueza 3 Contencioso Administrativo

Abril

Escrito/Oral

CJ-04-2022

Juez y Jueza 3 Penal

Mayo

Escrito/Oral

CJ-05-2022

Juez y Jueza 3 Penal Juvenil

Mayo

Escrito/Oral

CJ-06-2022

Juez y Jueza 3 Familia

Abril

Escrito/Oral

CJ-07-2022

Juez y Jueza 4 Civil

Marzo

Escrito/Oral

CJ-08-2022

Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones

Marzo

Escrito/Oral

 

Observación: Una vez que se haya realizado la revisión de requisitos de las personas inscritas, se indicará por medio de correo electrónico la fecha, hora y lugar de las pruebas conforme al detalle indicado en el cuadro anterior.

Las pruebas orales en la medida de lo posible se realizarán un mes después de finalizados los exámenes escritos.

Temarios se encuentran a disposición en la página web: https://ghcarrerajudicial.poder-judicial.go.cr/

I. Requisitos:

Generales:

  Licenciatura en Derecho.

  Incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados de Costa Rica.

  Si no labora en el Poder Judicial, deberá aportar documento con la cuenta cliente del Banco de su elección.

Específicos: Además de los requisitos generales, las personas que oferten en el siguiente concurso deben cumplir con los requerimientos que establece el Manual de Clasificación de Puestos y demás disposiciones vigentes del marco jurídico costarricense y contar con lo siguiente:

Concursos: CJ-08-22 de Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones

    Haber ejercido la profesión durante diez años, salvo en los casos en que se trate de funcionarios judiciales con práctica jurisdiccional no menor de cinco años.

También, puede revisar el manual de puestos, en el que se indica cuáles son las competencias genéricas, técnicas y específicas, además las responsabilidades por funciones que requiere el puesto y que se encuentra en la siguiente dirección: https://ghanalisispuestos.poder-judicial.go.cr/index.php/manualdescriptivo-de-clases-de-puestos.

II. Fases que constituyen los concursos:

  Inscripción electrónica en el concurso.

  Quienes cumplan con los requisitos establecidos, deberán aplicar un examen escrito en la fecha que defina la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

  Solo las personas que obtengan en el examen escrito una nota igual o superior al 70, podrán realizar la prueba oral, en la fecha que defina la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

  Entrevista por parte de los y las integrantes del Consejo de la Judicatura.

  Valoraciones por parte de las personas profesionales de la Unidad Interdisciplinaria de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial en las áreas de psicología, medicina, trabajo social e investigación de antecedentes.

  Cierre del concurso por parte del Consejo de la Judicatura. Se realizará de acuerdo con lo señalado en el promedio final de elegibilidad del presente cartel.

  Ingreso de promedios de las personas que resulten elegibles al respectivo escalafón, una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto final del concurso.

III. Acerca de la inscripción a los concursos: La inscripción debe realizarse de manera electrónica, por ello es imprescindible que las personas oferentes se inscriban en los concursos a través del Sistema GH en Línea.

La guía para el registro de Usuario y Contraseña para el ingreso al Sistema GH en Línea la encuentra en las siguientes direcciones electrónicas:

Intranet: http://sjoaplpro16/ghenlinea2/

Internet: https://pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/

Inscripción a los concursos una vez que se haya ingresado al Sistema GH en Línea:

  En la barra superior del Sistema GH en Línea, posesionarse enTrámites” y luego enConcursos y Convocatorias”.

Para ver la imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF

  Dentro de “Concursos y Convocatorias”, buscar el apartado de Concursos Carrera Judicial y presionarConcursos Lista de Elegibles”.

Para ver la imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF

  Posesionarse y seleccionar el registro, y seguir las instrucciones señaladas hasta el final para lograr con éxito la inscripción a los concursos.

Para ver la imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF

La inscripción será única y exclusivamente por este medio y queda registrada en línea automáticamente. Esta oficina habilita el Sistema GH en Línea las veinticuatro horas hasta la fecha de vencimiento del período de inscripción del concurso.

Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que complete todos los espacios requeridos en el formulario. Al final del proceso de inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura que ésta se efectuó con éxito, de ahí que la Sección Administrativa de la Carrera Judicial no extenderá comprobantes de inscripción. Caso contrario la solicitud será desestimada.

Los TEMARIOS de las pruebas están disponibles en la siguiente dirección electrónica.

Internet e intranet: https://ghcarrerajudicial.poderjudicial.go.cr/index.php/materialdeestudiopag.

La Sección Administrativa de la Carrera Judicial no cuenta con material de estudio ni prácticas de examen para las pruebas, de ahí que le corresponde a cada persona aspirante buscar y contar con dicho material.

IV. Documentos a presentar: De acuerdo con el procedimiento que se señala en el apartado III del presente cartel, los documentos correspondientes a los atestados deben subirse en formato electrónico por medio del Sistema GH en Línea a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores al vencimiento de la fecha límite para la inscripción a los concursos, fecha que se establece como Corte para contabilizar los atestados presentados. Esta disposición rige para quienes oferten por primera vez. En el caso de las personas servidoras judiciales únicamente deben aportar los atestados que no consten en su expediente electrónico, el mismo lo pueden revisar en GH en línea.

Es responsabilidad de cada persona servidora judicial activa al momento de inscribirse en un proceso de selección, verificar que los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos se encuentren al día en su expediente personal (previo a la fecha de cierre). No se deben remitir atestados duplicados.

Excluyentes:

  Licenciatura en Derecho. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados de Costa Rica y encontrarse al día con las obligaciones. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

Otros:

  Si no labora en el Poder Judicial. Documento del Banco de su elección que contenga el número de Cuenta Iban y Cuenta Cliente. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Bachiller de secundaria. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

Deseables: Tienen puntaje para la calificación.

  Documento que acredite la experiencia externa al Poder Judicial como profesional en Derecho. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

Empresa o institución: Constancia emitida por esta que especifique:

  Los puestos profesionales desempeñados.

  Requisitos y especialidad de los puestos desempeñados.

  La fecha de rige y vence de los períodos laborados.

  Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.

  El motivo de salida; Además indicar si hubo o no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.

Abogado y Abogada litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los períodos en los cuales ejerció libremente la profesión en derecho, acompañada de un comprobante de Tributación Directa, que muestre que la persona profesional es contribuyente y se desempeña en el área del derecho, incluyendo la fecha de inicio y fin, además de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.

  Certificación o constancia de las notas universitarias de los grados académicos obtenidos en la carrera universitaria en derecho emitidas por la universidad. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Certificación o constancia emitida por la universidad respectiva que al obtener el título de licenciatura en Derecho se encontraba acreditada por el Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Constancia como persona docente universitario en Derecho emitida por universidad, deberá contener membrete y especificar el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el año que la impartió. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Certificado que le acredite la especialidad por la aprobación del Programa de Formación General básica para jueces y juezas o título de especialidad, maestría o doctorado en cualquiera de las ramas del Derecho. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Publicaciones de libro u ensayos atinentes a la disciplina del Derecho que cuenten con Consejo Editorial. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Certificados de capacitación recibida atinente a la disciplina del derecho, para su reconocimiento la capacitación debe haberse recibido posterior a la incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados, que contenga la cantidad de horas y ser impartida por alguna institución de renombre. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

V. Procedimiento para subir al sistema gh en línea los documentos correspondientes a los atestados en formato electrónico PDF: Escanear cada documento, crear el archivo digital en formato PDF e identificar los documentos. Cada archivo no debe sobrepasar los tres megas como máximo. Caso contrario el Sistema GH en Línea no lo subirá a la plataforma.

Si es una persona empleada judicial, o una persona que en algún momento laboró para el Poder Judicial, y requiere actualizar el expediente personal, es obligatorio que remita a la cuenta de correo electrónico del señor Set Durán Carrión sduranc@poderjudicial.go.cr la documentación correspondiente.

Si es una persona que NO es empleada judicial, debe ingresar a la dirección electrónica https://pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/ para subir al Sistema GH en Línea los documentos correspondientes a los atestados y seguir las siguientes instrucciones:

Al concluir su inscripción en los concursos y si ya tiene la documentación escaneada de los archivos digitales en PDF.

  Seleccioneadjuntar archivo”, presioneexaminar”, y en la pantalla emergente debe buscar y seleccionar los archivos digitales en PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

Para ver la imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF

  Presionarsubir atestados”.

Durante el periodo de inscripción o vencida la inscripción a los concursos, pero dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha límite de inscripción a los concursos:

  Ingresar el Usuario y Contraseña creado desde la inscripción para el ingreso al Sistema GH en Línea.

  En la barra superior del Sistema GH en Línea, posesionarse enSu Consulta” y luego enHistórico de Ofertas”.

Para ver la imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF

  Dentro de “Histórico de Ofertas”, buscar el apartado de Concursos de elegibles vencidos Carrera Judicial y presionarConcursos Elegibles Vencidos”.

Para ver la imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF

  Sin marcar el check seleccioneGuardar Atestados”.

Para ver la imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF

  Seleccioneadjuntar archivo”, presioneexaminar”, y en la pantalla emergente debe buscar y seleccionar los archivos digitales en PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

Para ver la imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF

  Presionarsubir atestados”.

Los documentos deben ser remitidos dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha límite de inscripción a los concursos:

  El Sistema GH en Línea no permite subir los archivos digitales en PDF a la plataforma.

Los documentos escaneados de los archivos digitales en PDF quedan agregados en forma automática en un buzón, el cual será revisado y descargado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

VI. De los componentes por valorar:

  Examen: Las personas aspirantes deberán rendir una prueba escrita que estará conformada por 80 ítems de selección única que abordarán los temas fundamentales del temario. Asimismo, quienes obtengan en el examen una nota igual o superior al 70, deberán realizar una prueba oral que se tratará de la resolución de un caso integrador que involucra las funciones propias del puesto por el que se aspira, y ésta segunda prueba será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.

Las notas de ambas pruebas (escrito - oral) tendrán un valor de 50% cada una del valor del examen, es decir 75% para el grado I, categorías de juez y jueza 1, 2 y 3; y para el grado II 70%, que conforma las categorías de juez y jueza 4 y 5.

El examen no representa el promedio de elegibilidad, por cuanto este porcentaje deberá ponderarse con otros factores, tales como: experiencia, promedio académico, entrevista, publicaciones, docencia, postgrados y capacitación.

A las personas que se presenten a las pruebas después de la hora citada no se les permitirá realizar las mismas y serán descalificados del concurso. De igual forma, a las personas que obtengan una nota inferior al 70 en el examen. De presentarse algún inconveniente que no permita el desarrollo normal de las pruebas éstas serán suspendidas y serán reprogramadas.

Las fechas de los exámenes que se les otorgue estarán sujetas a cambios, en caso de ser necesario.

  Entrevista: Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante. Será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.

  Experiencia profesional: Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Por lo que si posee experiencia externa al Poder Judicial, debe acreditarse mediante la siguiente documentación. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la documentación correspondiente:

Empresa o institución: Constancia emitida por esta que especifique:

  Los puestos profesionales desempeñados.

  Requisitos y especialidad de los puestos desempeñados.

  La fecha de rige y vence de los períodos laborados.

  Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.

  El motivo de salida; Además indicar si hubo o no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.

Abogado y Abogada litigante:

  Declaración jurada no protocolizada sobre los períodos en los cuales ejerció libremente la profesión en derecho, acompañada de un comprobante de Tributación Directa, que muestre que la persona profesional es contribuyente y se desempeña en el área del derecho, incluyendo la fecha de inicio y fin, además de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.

La Sección Administrativa de la Carrera Judicial determinará la experiencia como profesional en el área del Derecho en el Poder Judicial mediante el prontuario de puestos desempeñados.

En concordancia con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado el plazo de dos años desde el corte de experiencia anterior.

  Promedio académico: Para promediar este componente, debe remitir en formato electrónico PDF (ver punto V) certificación o constancia de las notas universitarias de los grados académicos obtenidos en la carrera universitaria en derecho emitidas por la universidad. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la certificación o constancia correspondiente emitida por la universidad respectiva.

  Docencia: Se reconocerá la docencia universitaria impartida en cursos atinentes a la disciplina del derecho, asignando una calificación total de 0.5, a razón de 0.05% por cada año efectivo, hasta un máximo de 10 años. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la certificación o constancia correspondiente emitida por la universidad respectiva.

  Acreditación en la Licenciatura SINAES: De acuerdo con el artículo 4 de la Ley N° 8798 conocida como Ley del Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior, se otorga 0.5 puntos a los títulos de licenciatura en derecho otorgados en universidades acreditadas. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la certificación o constancia correspondiente emitida por la universidad respectiva.

  Posgrado: Se reconocerán dos puntos por la especialidad, por la aprobación del Programa de Formación General básica para Jueces y Juezas o especialidad universitaria; tres puntos por la maestría y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro es de cinco puntos y no es acumulativo. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) el o los títulos correspondientes.

  Publicaciones: La guía para la calificación de los y las participantes en la Carrera Judicial contempla, únicamente, el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del Derecho que cuenten con Consejo Editorial y previo estudio y reconocimiento de la Unidad de Componentes Salariales del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la documentación correspondiente.

  Capacitación recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, siempre que contengan la cantidad de horas establecidas; la capacitación sea impartida por alguna institución de renombre, atinente a la disciplina del Derecho y sea realizada luego de la incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Debe subir formato electrónico PDF (ver punto V) los certificados correspondientes.

Los certificados de capacitación deben cumplir los siguientes elementos:

Que provengan de la Escuela Judicial o cualquier órgano auxiliar de capacitación autorizado o supervisado por ésta.

Que provengan de un centro de educación superior público o privado reconocido y avalado por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.

Que provenga de un centro encargado de la formación profesional dentro de un Colegio Profesional.

En el ámbito internacional, los certificados deben respaldarse por un organismo al que pertenezca Costa Rica o por un centro de enseñanza superior autorizado en el país de origen.

Cualquier otro certificado emitido por una institución del Estado siempre y cuando sea atinente a la Judicatura.

  Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicología: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicología, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección.

Asimismo, en vista de que el resultado de la evaluación interdisciplinaria es un peritaje integral, el mismo podrá ser comunicado una vez finalizada la evaluación en las tres áreas, por lo que no se emitirán criterios técnicos preliminares o por área.

La información que se obtenga de las valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos casos que se considere pertinente para mejor resolver. Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.

Los resultados que se obtengan en la evaluación de Trabajo Social, específicamente en el estudio sociolaboral y de antecedentes, relacionados con aspectos de la ética y moral, tendrán carácter vinculante. Por ello las personas que alcancen un resultado desfavorable serán descalificadas de los concursos en forma inmediata. Esta disposición se regirá con las normas establecidas en el Reglamento de la Unidad de Investigación Sociolaboral y Antecedentes (UISA) de la Sección Reclutamiento y Selección, con la excepción de lo estipulado en los artículos 13 y 14, relativo a las apelaciones, por cuanto las mismas serán atendidas por el Consejo de la Judicatura, Órgano Rector de la Carrera Judicial. Por lo tanto, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la UISA, quiénes obtengan resultado no favorable no podrán participar en ningún concurso mientras no se hayan cumplido los períodos establecidos, según sea el caso.

  Promedio final de elegibilidad: Se hará en el mismo momento a todas las personas participantes de un mismo concurso, por cuanto consta de un procedimiento único, con fases de cumplimiento iguales para los y las participantes. Esta regla aplica para las personas que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen para mejorar la nota. Salvo disposición contraria por el Consejo de la Judicatura o bien, que por interés institucional de contar con suficientes elegibles para llenar las plazas vacantes e interinas en cargos de la judicatura a la mayor brevedad; o con motivo de retrasos justificados o no atribuibles a la persona aspirante en la tramitación de algunas de las fases de los concursos, se finalizará el concurso y excluirá temporalmente aquellas personas que tengan pendiente cumplir con alguna de las fases del proceso, sin perjuicio de que cuando hayan completado con la totalidad de los requisitos y procede, se incorporen en el respectivo escalafón.

Si el promedio final es inferior a 70, no procederá en el futuro la modificación del promedio obtenido mediante la recalificación de los distintos factores. Consejo de la Judicatura, sesión CJ362001, artículo VIII, celebrada el 23 de octubre de 2001.

  Convalidación del promedio de elegibilidad: Procede convalidar el promedio obtenido en un concurso a otro de inferior categoría en la misma materia, esta gestión se realiza a solicitud de parte y una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto final del concurso donde está participando. Para ello, deberá haber obtenido un promedio igual a 70 o superior. Esta regla aplica para las personas que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen para mejorar la nota.

VIII. Sobre las reprogramaciones, exclusión y sanción.

  Exclusión: No se aceptarán solicitudes de exclusión del concurso una vez que la persona se encuentre inscrita, excepto por motivos de fuerza mayor y debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Consejo de la Judicatura, para lo cual deben presentar los comprobantes respectivos en forma oportuna.

  Reprogramación para prueba escrita: Proceden en casos calificados debidamente justificados que serán valorados, para lo cual debe remitir la solicitud y los comprobantes que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen.

  Reprogramación para prueba oral: Proceden en casos calificados debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Tribunal Examinador, para lo cual debe remitir la solicitud y los comprobantes que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen.

No se aceptarán solicitudes de reprogramación o exclusión por asuntos de trabajo, salvo en casos emergentes que serán valorados por el Tribunal Examinador o el Consejo de la Judicatura, respectivamente.

Sobre este tema y en relación a las exclusiones por motivos de la pandemia provocada por el COVID-19 es importante señalar que la Sección Administrativa de la Carrera Judicial garantizará el cumplimiento de los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud al momento de aplicar las pruebas, razón por la cual no se aceptarán solicitudes de exclusión fundamentadas en este tema, con excepción de aquellos casos en los que se presente documentación médica que respalde la gestión.

Además, según lo establecido por el Consejo de la Judicatura en la sesión CJ202019 del 12 de junio del 2019, artículo VI, las personas participantes en los concursos y que por razones justificadas no se presenten a realizar las pruebas en las fechas establecidas, se les reprogramará la prueba por una única vez. De no presentarse en la fecha asignada para la reprogramación de las pruebas, corresponderá la descalificación del concurso, a cuyos efectos la parte interesada deberá de presentar la justificación correspondiente, que será valorada por ese Consejo. En caso de no hacerlo se procederá con la descalificación aplicando la sanción establecida en el artículo 75 de la Ley de Carrera Judicial.

  De la sanción: En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, no podrán participar en estos concursos aquellas personas que fueron descalificadas de un concurso anterior de la misma categoría y materia, cuya descalificación ya le haya sido comunicada por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial. Si no se le hubiera comunicado si podrá participar.

Al finalizar cada uno de los concursos, serán descalificadas y no podrán participar en el siguiente concurso de la misma categoría y materia, las personas que se inscribieron en este y no continuaron con el proceso respectivo por cualquiera de los siguientes motivos:

    Quienes no se presentaron a realizar el examen, se presentaron después de iniciado el examen y a quienes se le anule el examen.

    Quienes no alcancen la nota mínima en el examen.

    Aquellas personas participantes que obtengan en la prueba escrita y oral una nota igual o superior al 70, pero que sumados los componentes evaluables no logran alcanzar en el concurso un promedio final igual o superior al 70, “aplazados”, no quedarán elegibles.

En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, no podrán participar en los presentes concursos aquellas personas que fueron descalificadas de un concurso de la misma categoría y materia, según se detalla:

Concurso CJ-01-2022 de Juez y Jueza 2 Ejecución de la Pena. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

  Las personas descalificadas del concurso CJ-01-2020 de juez y jueza 2 Ejecución de la Pena, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Concurso CJ-02-2022 de Juez y Jueza 3 Agrario. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

Las personas descalificadas del concurso CJ-07-2021 de juez y jueza 3 Agrario, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Concurso CJ-04-2022 de Juez y Jueza 3 Penal. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

Las personas descalificadas del concurso CJ-04-2020 de juez y jueza 3 Penal, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Concurso CJ-06-2022 de Juez y Jueza 3 Familia. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

  Las personas descalificadas del concurso CJ-03-2020 de juez y jueza 3 Familia, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Concurso CJ-07-2022 de Juez y Jueza 4 Civil. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

  Las personas descalificadas del concurso CJ-04-2021 de juez y jueza 4 Civil, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Concurso CJ-08-2022 de Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

  Las personas descalificadas del concurso CJ-08-2020 de juez y jueza 5 Penal Apelaciones, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

IX. De las notificaciones: La Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizará el correo electrónico para todos los efectos como único medio de notificación. Para ello, deberá indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección y se tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónico: carrera-jud@poderjudicial.go.cr.

X. Información adicional. Cumplir con lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

Todas las personas que aspiran laborar o laboren para el Poder Judicial, deben acatar obligatoriamente los lineamientos establecidos en el Reglamento de vestimenta formal tanto para hombres como para mujeres aprobado por la Corte Plena y que está a su disposición en la página web.

Por ser éste un servicio que requiere atención permanente es inherente al puesto, el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad del personal. Pueden ser reubicadas en función de la carga de trabajo en cualquier zona del país por uso eficiente del recurso y del servicio público; por esa razón, además, podrían laborar en horarios vespertinos y hasta en jornadas semanales de cinco días que involucren los fines de semana y estar sujeto a disponibilidad.

Las plazas de jueces y juezas supernumerarios pueden ser ubicadas en jornada vespertina o en cualquier parte del país, a fin de atender las necesidades donde el servicio público lo requiera.

La información que se obtenga de las valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos casos que se considere pertinente para mejor resolver. Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.

Las personas que resulten nombradas en los cargos de juez y jueza 1 y en caso de que se requiera, deben asumir las funciones propias del Servicio de Facilitadores y Facilitadoras Judiciales, como parte de sus funciones regulares.

El Consejo de la Judicatura en la sesión 2116 del 14 de junio de 2016, artículo XVIII, dispuso que las personas oferentes que resulten elegibles deberán de gestionar la firma digital por su cuenta.

En cumplimiento a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635), así como lo dispuesto por la Corte Plena en la sesión N° 1119 del 18 de marzo de 2019, artículo XIV, el reconocimiento del pago del Componente Salarial de Prohibición está sujeto a los porcentajes estipulados en la norma. Por lo tanto, las personas profesionales en derecho que ingresen o reingresen a laborar a este Poder de la República en una fecha posterior al 04 de diciembre de 2018 o tengan un ascenso por primera vez posterior a esa misma fecha se les cancelará el porcentaje que por Ley corresponde.

Asimismo, al participar en este proceso, la persona oferente da fe que conoce los alcances del Reglamento denominadoRegulación para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los conflictos de interés en el Poder Judicial”, mediante el cual toda persona se obliga a cumplir las funciones que le confiere la ley, acatando los deberes de imparcialidad y probidad que orienten la satisfacción del interés público, es decir, con rectitud, buena fe y en estricto apego a la legalidad. (Acuerdo de Corte Plena, sesión N° 14-19 del 1 de abril de 2019, artículo XIII).

La Circular de Secretaría de la Corte 072-2019 la puede encontrar en la siguiente dirección electrónica:

https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/avi-1-0003-6250

Además se indica que según con lo establecido en la Circular 239-2021 es obligatorio para todas las personas servidoras del Poder Judicial estar debidamente vacunados (as) contra el COVID-19.

Se insta a las mujeres a participar en este proceso (sesión Corte Plena N° 0313, del 21 de enero de 2013, artículo XXVIII).

Consultas: Sección Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a.m. a 12 m.d., y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3781/ 62114208 Maribel Quintero Ureña / 89370618 Ana Laura Ureña Morales /2295-3781 recepción o a los correos electrónicos: carrerajud@poderjudicial.go.cr; aurenam@poderjudicial.go.cr; mquintero@poderjudicial.go.cr

ESTOS CONCURSOS VENCEN EL

06 DE MARZO DEL 2021

Para trámite personal hasta las 4:30 p.m. y para la inscripción por medios electrónicos, se habilita las 24 horas de la fecha indicada.

Olga Guerrero Córdoba.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022617991 ).

UNIDAD DE RECLUTAMIENTO

CONCURSO N° CN-01-2022

La Dirección de Gestión Humana invita a las personas interesadas a participar en el proceso selectivo (por antecedentes) para nombramiento en propiedad en las siguientes clases de puestos:

Ø SECRETARIO (A) GENERAL ORGANISMO

DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL

Ø SUBJEFE (A) SECRETARIA GENERAL DEL

ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN

JUDICIAL

Para conocer los requisitos y otros detalles para participar, puede acceder a las siguientes direcciones electrónicas:

INSCRIPCIÓN POR INTERNET

(personas externas al Poder Judicial)

https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/

INSCRIPCIÓN POR INTRANET

(personas empleadas judiciales)

http://sjoaplpro40/ghenlinea2/

Periodo de inscripción

Inicia: 28 de febrero de 2022

Finaliza: 11 de marzo de 2022

(La inscripción es en línea por lo que se puede

acceder durante las 24 horas)

Horario de atención al público

De lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 12:00 m.d.

y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.

Correo: reclutamiento@poder-judicial.go.cr

Teléfono: 6241-9764

Msc. Rodolfo Castañeda Vargas, Jefe, a. í. Sección Reclutamiento y Selección Poder Judicial.—1 vez.—O. C. Nº N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022621780 ).

CONCURSO CN-02-2022

La Dirección de Gestión Humana invita a las personas interesadas a participar en el proceso selectivo (por antecedentes) para nombramiento en propiedad para:

Puestos Profesionales, Jefaturas y Coordinaciones (Especialidades Varias)

Para conocer los requisitos y otros detalles para participar, puede acceder a las siguientes direcciones electrónicas:

INSCRIPCIÓN POR INTERNET

(personas externas al Poder Judicial)

https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/

INSCRIPCIÓN POR INTRANET

(personas empleadas judiciales)

http://sjoaplpro40/ghenlinea2/

Periodo de inscripción

Inicia: 28 de febrero de 2022

Finaliza: 11 de marzo de 2022

(La inscripción es en línea por lo que se puede

acceder durante las 24 horas)

Horario de atención al público

De lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 12:00 m.d.

y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.

Correo: reclutamiento@poder-judicial.go.cr

Teléfono: 6241-9764

Persona responsable:

Msc. Rodolfo Castañeda Vargas, Jefe, a. í. Sección Reclutamiento y Selección Poder Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022621653 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Delix González Camacho, quien portó la cédula de identidad N° 600960175, y falleció el día 28 de setiembre del 2020, promovido por Carmen Briceño Chavarría, cédula de identidad N° 107860965; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 21-002547-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-002547-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de diciembre del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626015 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Juan Antonio Calvo Jiménez, quien portó la cédula de identidad N° 6-0060-0990 y falleció el día 07 de agosto del 2021, promovido por Yorleny Calvo Chaves, cédula de identidad N° 1-0671-0254; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número 21-002974-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-002974-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de diciembre del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626017 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Mario Andrés Céspedes Solano, 0303780262, fallecido el 20 de diciembre del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Personas Fallecidas bajo el número 22-000065-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000065-1001-LA. Promovido por María Yirley Gutiérrez Chavarría.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 21 de febrero del 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626018 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rainier Palomo Alvarado, 0204490045, fallecido el 20 de febrero del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000391-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000391-0505-LA. Por Ivania Araya Montero a favor de Rainier Palomo Alvarado.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de febrero del año 2022.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626020 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Eladio Elizondo Quirós, 0102840223, fallecido el 08 de diciembre del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el número 22-000387-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000387-0505-LA. Por Mireya Chacón González a favor de Eladio Elizondo Quirós.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de febrero del 2022.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626021 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jesús Manuel Salazar Carmona, 0104890413, fallecido el 25 de junio del 2007, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Personas Fallecidas bajo el N° 22-000389-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000389-0505-LA, por Carmen María Blanco Tenorio, a favor de Jesús Manuel Salazar Carmona.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de febrero del 2022.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626023 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis de Jesús López Alfaro 0401250412, fallecido el 18 de setiembre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el Número 22-000253- 0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000253-0505-LA. Por María Haydee Sandoval León a favor de Carlos Luis de Jesús López Alfaro.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 28 de enero del 2022.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626024 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Jessenia del Carmen Sánchez Sánchez, 0401640274, fallecida el 24 de diciembre del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000234-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000234-0505-LA. Por Alberysam Sociedad Anónima a favor de Jessenia del Carmen Sánchez Sánchez.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 28 de enero del 2022.Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626025 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Guiselle Rodríguez Monge, 0110210709, fallecido el 19 de enero del 2022, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las Diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Persona Fallecidas bajo el N° 22-000356-0505-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000356-0505-LA, por Capitales JMC Sociedad Anónima, a favor de María Guiselle Rodríguez Monge.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 08 de febrero del 2022.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626027 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido José Alejandro Hernández Jiménez, cédula de identidad número 1-0586-0885, y falleció el día 09 de setiembre del 2016, promovido por Damaris Jiménez Solano, mayor, casada, cédula de identidad número 1-0331-0361; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 21-002595-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002595-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de octubre del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626028 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marcos Eliecer León Villegas, N° 0202010670, fallecido el 01 de noviembre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Persona Fallecida, bajo el número 22-000009-1441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000009-1441-LA. Establecido por María Jiménez Romero, Causante: Marcos Eliecer León Villegas.—Juzgado Contravencional de Coto Brus (Materia Laboral), 18 de febrero del año 2022.—Licda. Johanna Quesada Monge, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626029 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Rosa Elena Carrillo Álvarez, 0204850016, fallecida el 09 de diciembre del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Personas Fallecidas bajo el N° 22-000130-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000130-0639-LA. Promovida por Yessica María Morañes Carrillo y Angélica Aguirre Carrillo a favor de Rosa Elena Carrillo Álvarez.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de enero del 2022.—Licda. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626031 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Primo Antonio Sánchez Vásquez, quien fue mayor, casado, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y cuatro-cuatrocientos veinticinco (5-0134-0425); y vecino de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Barrio Dora Obando, fallecido el 02 de diciembre del 2016, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000060-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000060-1125-LA. Promueve Ana María Carranza Vargas.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 18 de febrero del 2022.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626056 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Francisco Mavisca Aguilar 0113780621, fallecido el 06/10/2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 210014960641LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 210014960641-LA a favor de José Francisco Mavisca Aguilar.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 17 de noviembre del 2021.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626074 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jesús Francisco Araya Abarca, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número 3-0427-0063, con último domicilio en Agua Caliente de Cartago, y falleció el 3 de Diciembre del año 2015; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo el expediente número 22-000130-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000130-0641-LA. Promovidas por María Gabriela Araya Abarca, cédula de identidad número 3-0246-0995.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 28 de enero del año 2022.—Licda. Mariela Porras Retana, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626076 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes del trabajador fallecido del trabajador fallecido Carlos Javier Castresana Isla Barrantes, quien portó la cédula de identidad 1 0312 0654 y falleció el día 18 de agosto del 2021, promovido por Graziela Eugenia Castresana Isla Barrantes, cédula de identidad 1 0425 0951; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector público bajo el N° 22-000205-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000205-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda.—M.Sc. Susana Porras Cascante Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626078 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona fallecida Simón Esteban Campos Flores, cédula de identidad 3-0428-0785, nacido el día 17/06/1988, con último domicilio en Cartago, Urbanización Manuel de Jesús Jiménez, casa Nº G-58 y falleció el 23 de febrero del 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el N° 22-000142-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000142-0641-LA, promovido por Blanca Nieves Flores Carpio, cédula de identidad 03-0290-0148.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 02 de febrero del 2022.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626079 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ramón A Agüero Quirós, quien fue mayor, divorciado, pensionado, con cédula de identidad número nueve-cero cero sesenta y cinco-cero novecientos setenta y dos, vecino de Pavas, San José, fallecido el 07 de marzo del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000042-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000042-1125-LA. Por favor de Ramón A Agüero Quirós.— Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 03 de febrero del año 2022.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626080 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona fallecida Lilliana Pacheco Siles, cédula número 03-0303-0744, quien fue mayor, soltera, y falleció el 19 de mayo del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el Número 22-000124-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000124-0641-LA, promovido Gloria Siles Pérez, cédula de identidad 03-0142-0976.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 01 de febrero del año 2022.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626081 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Mario Alberto Paniagua Calderón 0302910132, fallecido(a) en el mes de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el N° 22-000016-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000016-1549-LA. Por a favor de Mario Alberto Paniagua Calderón.—Juzgado Contravencional de Siquirres (Materia Laboral), 21 de enero del 2022.—Lic. Kevin De Los Ángeles Leiva Masís, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626214 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Gerardo Jiménez Mena, cédula de identidad número 1 0429 0707 y falleció el día 25 de octubre del 2021, promovido por Elizabeth Georgina Umaña Quirós, cédula de identidad número 9 0069 0809; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 22-000071-0173-LA-7, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial . Expediente 22-000071-0173-7.—Juzgado De Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de enero del 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022626215 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido: Rubén Delgado Zúñiga, quien portó la cédula de identidad N° 102100919, y falleció el día 27 de setiembre del 2021, promovido por Patricia Delgado Sánchez, portadora del número de cédula 1-0458-0863; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 21-003001-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-003001-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 16 de diciembre del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626222 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roberto Berrocal González con cédula de identidad 7-0061-0152, quien fue mayor, soltero, masculino, oficial de seguridad, costarricense, nació el 24/11/1957, vecino de Limón, Matina, y falleció el cinco de marzo del dos mil diecisiete. Se les hace saber que Ligia Berrocal González con cédula de identidad 7-0057-0058, mayor, costarricense, soltera, nacida el 31/12/1955, 66 años de edad, sin discapacidad, vecina de Limón, Matina de la gasolinera Lester 50 metros este, se apersonó a este despacho en calidad de hermana del causante, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. En razón de lo anterior se les confiere a todos los interesados el plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, a efecto de que se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el expediente número 22- 000077-0679-LA, a hacer valer sus derechos, lo anterior de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 22-000077-0679- LA. Por Roberto Berrocal González a favor de Ligia Berrocal González.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 22 de febrero del año 2022.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022626223 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: María del Rosario Chaves Chaves, 0401160866, fallecida el 10 de enero del 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000271-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000271-0505-LA. Por Leidy Magaly Solano Chaves a favor de María del Rosario Chaves Chaves.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 31 de enero del 2022.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626257 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edgar Mata Rodríguez, con cédula de identidad N° 3-0118-0219, quien fue mayor, Casado, pensionado y falleció el quince de enero del dos mil veintiuno. Se les hace saber que Yadira Morales Cerdas, con cédula de identidad N° 3-0169-0330, mayor, costarricense, viuda, vecina de Limón, barrio los cangrejos, de la plaza de deportes 200 metros al sur, casa esquinera número 25, se apersonó a este despacho en calidad de esposa del causante, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. En razón de lo anterior se les confiere a todos los interesados el plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, a efecto de que se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest bajo el expediente número 22-000076-0679-LA, a hacer valer sus derechos, lo anterior de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000076-0679-LA. Por Edgar Mata Rodríguez a favor de Yadira Morales Cerdas.—Juzgado de trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de febrero del año 2022.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626260 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Jorge Luis Sánchez Loría, 0601540948, mayor de edad, casado, vecino de Grecia, fallecido el veintidós de noviembre del dos mil veintiuno, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000072-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000072-1113-LA. Promovidas por Rosibel Vásquez Álvarez a favor de Jorge Luis Sánchez Loría.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 15 de febrero del 2022.—Msc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626264 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Giovanni Gerardo Durán Muñoz, quien portó la cédula de identidad N° 105770857 y falleció el día 07 de noviembre del 2014, promovido por Ana Lizette Lacayo Cubillo, cédula de identidad N° 106580727; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 21-002688-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-002688-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de noviembre del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626313 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Geison Andrés González Cordero, portó la cédula número 1 1186 0582 y falleció el día 04 de mayo del 2009, promovido por Grettel Marcela Abarca Morales, cédula de identidad N° 3 0335 0497; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 21-002620-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002620-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 28 de octubre del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626314 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de doce mil seiscientos veintisiete dólares con un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 272925, marca Changan, estilo Star Light, categoría carga liviana, carrocería: Panel, número de motor: Cuatro G Uno Tres S Uno E T H A Cero Cero Ocho Dos Siete Cinco; chasis número: L S Cuatro A S B Tres R Nueve E G Cero Cero Cero Nueve Ocho Seis; color: blanco, combustible: gasolina, año: dos mil catorce, capacidad: dos pasajeros, cilindrada: mil trescientos centímetros cúbicos, cilindros: cuatro, tracción: cuatro por dos. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós, con la base de nueve mil cuatrocientos setenta dólares con veinticinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós, con la base de tres mil ciento cincuenta y seis dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo Antonio De Jesús Calderón Araya. Expediente N° 14-025879-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 06 de agosto del 2021.—Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2022624602 ).

En este Despacho, con una base de ciento veintisiete millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y seis colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 230-02960-01-0901-003 y servidumbre trasladada bajo las citas: 302-19538-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 373.557-000, la cual es terreno construido con dos casas. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gilber Carranza Amores; al sur, Olman Huertas Rojas; al este, Zaida, Carlos Alberto, Marta Eugenia, María Leticia y Manuel Enrique todos Rodríguez Quesada, Daniel y María Eugenia Rodríguez Delgado y al oeste calle publica con un frente de 20,92 metros lineales. Mide: setecientos treinta metros con veinticinco decímetros cuadrados, Plano: A-0751339-2001. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del tres de junio de dos mil veintidós con la base de noventa y cinco millones novecientos noventa y un mil quinientos siete colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del trece de junio de dos mil veintidós con la base de treinta y un millones novecientos noventa y siete mil ciento sesenta y nueve colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Ángel Alfaro Alfaro, José Daniel Alfaro Hernández. Expediente N° 19-008100-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con veintisiete minutos del tres de Febrero del dos mil veintidós.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022625024 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y nueve mil novecientos dieciséis dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y cond Ref: 1760-436-007 citas: 312-04504-01-0901-001, serv y cond ref:1760-406-003 citas: 312-04504-01-0904-001, servidumbre de paso citas: 2012-138644-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos mil seiscientos doce - cero cero cero (200612- 000), la cual es terreno naturaleza: lote N-17 para uso agrícola. Situada en el distrito 4-Jesús, cantón 4-Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 16 segregado de Servicios Fiduciarios del Foro S.A.; al sur, Servicios Fiduciarios El Foro S.A.; al este, Servicios Fiduciarios del Foro S.A. y al oeste, calle publica con frente de 48 metros con 39 centímetros. Mide: cinco mil quinientos cinco metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano: H-1052656-2006. Para tal efecto, se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del uno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la base de cuarenta y cuatro mil novecientos treinta y siete dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós con la base de catorce mil novecientos setenta y nueve dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia contra Manuel Lachner Victory, expediente N° 20-000229-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: catorce horas con quince minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022625316 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos treinta y seis mil ochocientos sesenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BNY331, marca: Hyundai, estilo: accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: blanco, vin: KMHCS41CBEU538606, N° motor: G4FADU437258, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas quince minutos del cinco de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince minutos del veinte de abril de dos mil veintidós con la base de cuatro millones trescientos setenta y siete mil seiscientos cuarenta y siete colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos del veintiocho de abril de dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y nueve mil doscientos quince colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones SA contra Magaly de Los Ángeles Chavarría Marín. Expediente N° 19-018858-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de febrero del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2022625824 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y nueve mil quinientos dólares, libre de gravámenes pero soportando servidumbre trasladada citas: 0280-00000617-01-0915-001 y reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 0517-00013644-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 75916-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ciento cuarenta y cinco apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos plantas. Situada en el Distrito 04 San Antonio, Cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte filial ciento cuarenta y cuatro; al sur filial ciento cuarenta y seis; al este Lucia Mora Arguello Y retiro de construcción y al oeste área común destinada acera, retiro de construcción y calle tercera. Mide: doscientos diecisiete metros con cero decímetros cuadrados. valor porcentual: 0.57. proporción medida: 0.0058000. Plano: A- 1339836-2009. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cinco de abril de dos mil veintidós con la base de sesenta y siete mil ciento veinticinco dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril de dos mil veintidós con la base de veintidós mil trescientos setenta y cinco dólares (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Michael Ballestero Rojas. Expediente:21-004701-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas del once de junio del dos mil veintiuno.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022625826 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y cuatro millones setecientos sesenta y seis mil ochocientos treinta y seis colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 89379, derecho 000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 06 Guadalupe (Arenilla), cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda al norte, con Manuel Masis Masis, al sur, con Jesús Cerdas Guzmán, al este, con calle La Lima con 12 mts. 60 cms, y al oeste, con Marcial Monge Cerdas. Mide: Quinientos noventa y cinco metros con setenta decímetros cuadrado. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de marzo de dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso sucesorio del causante José Roberto Cerdas Roldan. Expediente N° 18-000351-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, ocho horas con trece minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—( IN2022625838 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y un mil doscientos ochenta y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 039500011037-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 264610-000, la cual es terreno de café y para construir con una casa. Situada en el distrito 06 San Isidro, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Seymour Edwin Pratt; al sur, Chumley Sociedad Anónima; al este, calle pública con 87,67 metros, y al oeste, Geovanny Alvarado Vargas, Flory Alvarado Vargas y Hillis Consultores Sociedad Anónima. Mide: cuatro mil setecientos ochenta y ocho metros con setenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0045633-1992. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con la base de sesenta mil novecientos sesenta y cuatro dólares con dieciséis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con la base de veinte mil trescientos veintiún dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.A contra Corporación Nerveland y Overland S.A, Johnny Pinchansky Bynderosky. Expediente N° 21-005263-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dieciocho minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintiuno.—Ronald Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2022625839 ).

En este Despacho, con una base de once mil trescientos ochenta dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito bajo citas: 0800 00646957 001; sáquese a remate el vehículo placa: BQH647, marca: Suzuki, estilo: D Zire GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: bronce, año: 2018, N° motor: K12MN2107592, cilindrada; 1200CC, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del once de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós, con la base de ocho mil quinientos treinta y cinco dólares con cuarenta y nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con la base de dos mil ochocientos cuarenta y cinco dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Allan Enrique Agüero Granados, Juan José  Agüero Granados. Expediente N° 21-012940-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2021.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Juez/a Decisor/a.—( IN2022625842 ).

En este Despacho, con una base de cuatrocientos dieciséis mil setecientos treinta y un colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 359-05935-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 366306-002, la cual es terreno de zona verde. Situada: en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Picadokoschny y Deyanira Madrigal Villegas; al sur, William Mora Valerio y Sonia María Quesada Umaña; al este, otra propiedad de Mario Alberto Chacón Soto y Elizabeth Villalobos González, y al oeste, río Platanar. Mide: doscientos ochenta y un metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0568347-1999. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del seis de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintidós, con la base de trescientos doce mil quinientos cuarenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de ciento cuatro mil ciento ochenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de contra Brian Soto Villalobos, Elizabeth Villalobos González. Expediente N° 10-100828-0297-CI.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y dos minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022625851 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos cuarenta y dos mil setecientos cuarenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 06, San Rafael, cantón 02, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Agapito Suárez Zúñiga; al sur, Fidelina Ramírez Alvarado y en parte servidumbre de paso; al este, Marco Tulio Rodríguez Monge; y al oeste, Miguel Angel Ramirez Alvarado, Agapito Suárez Zúñiga y servidumbre de paso con tres metros de frente. Mide: diecinueve mil cuatrocientos trece metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del tres de mayo del dos mil veintidós con la base de (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintidós con la base de (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Arnoldo de La Trinidad Miranda González contra CECAPRIFA de Morazán S. A. Expediente N° 21-005957-1157-CJ.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 21 de febrero del 2022.—Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza Decisora.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625889 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones quinientos mil colones (¢22.500.000) sea dieciocho millones (suma acordada) más el 25% por costas, libre de gravámenes y soportando servidumbre trasladada bajo las citas 384-10238-01-0832-002, finca referencia: 00211945-000, afecta a finca: 2-00252279-000. Sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 252279-000, la cual es terreno naturaleza: para construir lote 4, en el distrito 09-Alfaro, cantón 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Moisés Elizondo Méndez; al sur, Moisés Elizondo Méndez; al este, calle pública con 8 metros y al oeste, Moisés Elizondo Méndez, medida: doscientos ochenta metros con seis decímetros cuadrados, plano: A-0886346-1990. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del nueve de mayo del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del diecisiete de mayo del año dos mil veintidós, con la misma base y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del veinticinco de mayo del año dos mil veintidós, con la misma base. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso divorcio de Amelia Montero Araya contra Juan Carlos López Arias. Expediente 15-000192-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia Familia), 31 de enero del año 2022.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625916 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 382-06208-01-0807-002; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 131927-001-002, la cual es terreno para construir, lote 24, con una casa de habitación. Situada en el distrito 1- Turrialba, cantón 5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 22; al sur, calle pública; al este, Banco Anglo Costarricense y al oeste, lote 23. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del uno de abril de dos mil veintidós con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Myriam Palma Navarro contra Blanca Rosa Brenes Pereira, Marco Tulio Chaves Fonseca, expediente N° 19-013816-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de febrero del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022625947 ).

En este Despacho, con una base de ciento veintitrés millones ciento cincuenta y tres mil trescientos noventa y nueve colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo tipo de vehículo: Maquinaria sin inscribir; marca: Caterpilar; estilo: D8T; año: 2008; color: amarillo; capacidad: 1 persona; motor: HXL6724; chasis: CAT00D8TCJBB1358. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del ocho de abril de dos mil veintidós, con la base de noventa y tres millones trescientos sesenta y cinco mil cuarenta y nueve colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós con la base de treinta millones setecientos ochenta y ocho mil trescientos cuarenta y nueve colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Maquinaria y Tractores Limitada contra Constructora Albosa Sociedad Anónima, Leonel Nautilio Alpízar Castro. Expediente N° 19-009696-1157-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: once horas con treinta y siete minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós.—Mileidy María Calvo Quesada, Jueza Decisora.—( IN2022625959 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés mil ciento sesenta dólares con tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BMN802, Marca: Mitsubishi, Estilo: Lancer GLS, Capacidad: 5 personas, año: 2017, color: rojo, Vin: JMYSNCY1AHU000333, N. Motor: 4A92CJ7616, cilindrada:1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintidós, con la base de diecisiete mil trescientos setenta dólares con dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del seis de mayo de dos mil veintidós, con la base de cinco mil setecientos noventa dólares con un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S.J S.A. contra Gina Freund Carvajal. Expediente número 19-000456-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago.—09 de febrero del año 2022.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022625981 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil un dólar con noventa y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLJ336, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: negro, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós con la base de doce mil un dólar con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del seis de abril de dos mil veintidós con la base de cuatro mil dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Jorge Arturo Benavides Campos, Lizbeth Shirlene Benavides Arguedas. Expediente N° 20-000352-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y siete minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022625982 ).

En este Despacho, con una base de diez mil seiscientos noventa y dos dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BPT780, marca: Geely, estilo: GC2, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie, chasis y vin: LB37122S9JX508343, carrocería: sedán 4 puertas hatchback, tracción: 4X2, año fabricación: 2018, color: rojo, cilindrada: 1300 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de ocho mil diecinueve dólares con cincuenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintidós con la base de dos mil seiscientos setenta y tres dólares con veinte centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de San José S.A. contra Luis Alberto Barquero Vásquez, expediente N° 20-004604-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y dos minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022625984 ).

En este Despacho, con una base de seis mil setecientos treinta y tres dólares con nueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo la boleta 2017240600252 sumaria 17-004844-0174-TR del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San Jose, y colisión bajo la boleta 2019242100874 sumaria 20-000001-0497-TR del Juzgado de Tránsito de Heredia; sáquese a remate el vehículo Placas: KRK002, Marca: Kia, Categoría: automóvil, Serie: KNADN412AH6025418, carrocería: Sedan 4 puertas, estilo: RIO, Capacidad: 5 personas, año: 2017 color: gris, N Motor: G4FAGS046478, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta minutos del doce de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós, con la base de cinco mil cuarenta y nueve dólares con ochenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta minutos del veintinueve de julio de dos mil veintidós, con la base de mil seiscientos ochenta y tres dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito S J S. A. contra Carolina Virginia Masís Ugalde. Expediente:20-004759-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de febrero del año 2022.—Lic. Marvin Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2022625985 ).

En este Despacho, con una base de ciento siete mil cuatrocientos sesenta y dos dólares exactos, soportando servidumbre de paso citas: 576-23520-01-0016-001 y arrendamiento de lote sin segregar citas: 576-23520-01-0017-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos veintitrés mil novecientos treinta y seis, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 3-Tabarcia, cantón 7 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Hugo Sibaja Castro y Edgar Sibaja Guerrero; al este, calle pública, y al oeste, Hugo Sibaja Castro y Edgar Sibaja Guerrero. Mide: sesenta y cuatro mil quinientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cincuenta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cincuenta minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós, con la base de ochenta mil quinientos noventa y seis dólares con cincuenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cincuenta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós, con la base de veintiséis mil ochocientos sesenta y cinco dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fatin Soufan Soufan contra Hugo Sibaja Castro. Expediente N° 20-005972-1164-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de diciembre del 2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Juez/a Decisor/a.—( IN2022625989 ).

En este Despacho, con una base de trece millones trescientos setenta mil doscientos treinta y dos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 0302-00011695-01-0030-001, reservas ley caminos citas 0302-00011695-01-0031-001, reservas ley de aguas citas 0302-00011695-01-0032-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 598815, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito 06-Platanares, Cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte Erasmo Jiménez Navarro; al sur resto reservado de Julio Jiménez Cruz y calle pública; al este, servidumbre agrícola en medio y resto reservado de Julio Jiménez Cruz y al oeste callejón de acceso en parte y Elías Fernández Gómez. Mide: mil cuatrocientos cincuenta y cuatro metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós con la base de diez millones veintisiete mil seiscientos setenta y cuatro colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de tres millones trescientos cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y ocho colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense de Electricidad contra Oduber Stewar Madriz Jiménez. Expediente:16-003915-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).- Hora y fecha de emisión: nueve horas con trece minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Hellen María Gutiérrez Desanti, Jueza Tramitadora.—( IN2022626000 ).

En este Despacho, con la base de un millón cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 15 motores; de sesenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 3 motores long block; de doscientos ochenta y ocho mil colones exactos sáquese a remate Lote de 96 forros de guardabarros; de doscientos cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 41 guardabarros; de quinientos setenta y seis mil colones exactos sáquese a remate Lote de 72 compuertas; de ciento cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 15 tapas de baúl; de cuatrocientos veinte mil colones exactos sáquese a remate Lote de 60 puertas delanteras; de trescientos noventa y nueve mil colones exactos sáquese a remate Lote de 57 puertas traseras; de cuatrocientos ochenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 80 bumpers traseros; de quinientos diez mil colones exactos sáquese a remate Lote de 170 espejos retrovisores; de ciento setenta y siete mil colones exactos sáquese a remate Lote de 59 stops; de doscientos ochenta y ocho mil colones exactos sáquese a remate Lote de 72 focos principales; de cien mil colones exactos sáquese a remate Lote de 5 diferenciales; de cuatrocientos cuarenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 110 bobinas; de cuarenta y nueve mil colones exactos sáquese a remate Lote de 7 arrancadores; de cuarenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 10 inyectores; de noventa y tres mil colones exactos sáquese a remate Lote de 31 calipers; de doscientos ochenta y ocho mil colones exactos sáquese a remate Lote de 36 ejes completos; de doscientos ochenta y ocho mil colones exactos sáquese a remate Lote de 48 tijeretas; de ciento ochenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 18 radiadores completos; de ochenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 17 radiadores solo; y de treinta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 10 radiadores, con la base de un millón trescientos mil colones exactos sáquese a remate montacarga TCM (Hayster) vehículo de carga y descarga, todos los bienes libres de gravámenes y anotaciones; para lo cual se señalan las nueve horas del veinticinco de marzo de dos mil veintidós, como fecha de primer remate. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del  catorce de abril de dos mil veintidós con la base de un millón ciento seis mil doscientos cincuenta colones exactos exactos sáquese a remate Lote de 15 motores; de cuarenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 3 motores long block; de doscientos dieciséis mil colones exactos sáquese a remate Lote de 96 forros de guardabarros; de ciento cincuenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 41 guardabarros; de cuatrocientos treinta y dos mil colones exactos sáquese a remate Lote de 72 compuertas; de setenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 15 tapas de baúl; de trescientos quince mil colones exactos sáquese a remate Lote de 60 puertas delanteras; de doscientos noventa y nueve mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 57 puertas traseras; de trescientos sesenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 80 bumpers traseros; de trescientos ochenta y dos mil quinientos colones exactos sáquese a remate Lote de 170 espejos retrovisores; de ciento treinta y dos mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 59 stops; de doscientos dieciséis mil colones exactos exactos sáquese a remate Lote de 72 focos principales; de setenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 5 diferenciales; de trescientos treinta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 110 bobinas; de treinta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 7 arrancadores; de treinta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 10 inyectores; de sesenta y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 31 calipers; de doscientos dieciséis mil colones exactos exactos sáquese a remate Lote de 36 ejes completos; de doscientos dieciséis mil colones exactos sáquese a remate Lote de 48 tijeretas; de ciento treinta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 18 radiadores completos; de sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 17 radiadores solo; y de veintidós mil quinientos colones exactos sáquese a remate Lote de 10 radiadores; con la base de novecientos setenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate montacarga TCM (Hayster) vehículo de carga y descarga, montos que corresponden al 75% de las bases originales. De no haber postores, el tercer remate se efectuará a las nueve horas del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la base de con la base de trescientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 15 motores; de quince mil colones exactos sáquese a remate Lote de 3 motores long block; de setenta y dos mil colones exactos sáquese a remate Lote de 96 forros de guardabarros; de cincuenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 41 guardabarros; de ciento cuarenta y cuatro mil colones exactos sáquese a remate Lote de 72 compuertas; de veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 15 tapas de baúl; de ciento cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 60 puertas delanteras; de noventa y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 57 puertas traseras; de ciento veinte mil colones exactos sáquese a remate Lote de 80 bumpers traseros; de ciento veintisiete mil quinientos colones exactos exactos sáquese a remate Lote de 170 espejos retrovisores; de cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 59 stops; de setenta y dos mil colones exactos sáquese a remate Lote de 72 focos principales; de veinticinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 5 diferenciales; de ciento diez mil colones exactos sáquese a remate Lote de 110 bobinas; de doce mil doscientos cincuenta colones exactos exactos sáquese a remate Lote de 7 arrancadores; de diez mil colones exactos sáquese a remate Lote de 10 inyectores; de veintitrés mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 31 calipers; de setenta y dos mil colones exactos sáquese a remate Lote de 36 ejes completos; de setenta y dos mil colones exactos sáquese a remate Lote de 48 tijeretas; de cuarenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 18 radiadores completos; de veintiún mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 17 radiadores solo; y de siete mil quinientos colones exactos sáquese a remate Lote de 10 radiadores; con la base de trescientos veinticinco mil colones exactos sáquese a remate montacarga TCM (Hayster) vehículo de carga y descarga; montos que corresponden al 25% de las bases originales. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Incidente de Cobro de Alquileres Insolutos de Avigo del Sur Sociedad Anónima contra Autopartes Fe S. A. Expediente:20-000172-0216-CI.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. Hora y fecha de emisión: nueve horas con veinticuatro minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—( IN2022626096 ).

En este Despacho, con una base de treinta y dos millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 296-12010-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número diecinueve mil quinientos sesenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno de potrero, plátano y cacao con 1 casa. Situada en el distrito 3-Guaycara, cantón 7- Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carretera Interamericana; al sur, Ángela Solera; al este, Marta Cascante y al oeste, Asociación Iglesia Evangélica Metodista de Costa Rica y Juan Araya. Mide: cuarenta y seis mil noventa metros con setenta decímetros cuadrados. Plano: P-0994230-2005 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del trece de mayo de dos mil veintidós con la base de veinticuatro millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintidós con la base de ocho millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria en contra Carlos Luis Zúñiga Jiménez, expediente N° 21-001712-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y seis minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintiuno.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2022626119 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos veintiséis mil dieciséis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 233557, Marca: Mazda, estilo: BT-50, Categoría: carga liviana, Capacidad: 5 personas, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, año fabricación: 2008, color: gris, cilindrada: 2499 c.c., cilindros: 4, combustible: diésel, N. Motor: WL217036, Vin: MM7UNY0W380683871. Para tal efecto se señalan las ocho horas veinte minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas veinte minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones sesenta y nueve mil quinientos doce colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del siete de abril de dos mil veintidós, con la base de un millón trescientos cincuenta y seis mil quinientos cuatro colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones NMCM del Caribe Sociedad Anónima contra Kerovi Internacional Sociedad Anónima, expediente N° 21-006749-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de enero del año 2022.—Licda. Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2022626048 ).

En este Despacho, sáquese a remate las siguientes fincas: 1) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres trasladada y una servidumbres de paso, con una base de cuarenta mil dólares exactos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos veinte mil ochocientos sesenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, para la agricultura, con una casa y un galerón. Situada en el distrito: 11-Concepción, cantón: 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, Carmen Jiménez Rodríguez, sur, Elena Solórzano Jiménez, este, Leticia Rodríguez Salas y Elena Solórzano Jiménez, oeste, servidumbre de 3 metros y Rosa Jiménez Rodríguez y Elena Solórzano Jiménez. Mide: tres mil cuatrocientos diez metros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando cada uno de los derechos una servidumbre trasladada y con una base de veinticinco mil dólares exactos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil quinientos derechos del cero cero uno al cero trece, la cual es terreno de café y charral. Situada en el distrito: 01-Alajuela, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, Víctor Calvo Calvo, sur, Horacio Loría Loría, este, Río Ciruelas, oeste, camino público y 162,25 metros de frente. Mide: veintitrés mil novecientos noventa y tres metros cuadrados. Para lo cual se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del doce de mayo del dos mil veintidós, con la base de treinta mil dólares exactos para la finca número uno y con una base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos para la finca número dos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil veintidós, con la base de diez mil dólares exactos para la finca número uno y con una base de seis mil doscientos cincuenta dólares exactos para la finca número dos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Frac Sociedad Anónima contra Rancho Los Manantiales Sociedad Anónima, Restaurantes Latitud X Grados Sociedad Anónima. Expediente N° 19-000335-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 14 de febrero del 2022.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza Decisora.—( IN2022626200 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 390-03415-01-0901-001, servidumbre de acueducto citas: 464-05993-01-0007-001, servidumbre de paso citas: 464-05993-01-0010-001, demanda penal citas: 2013-326880-01-0002-001. Expediente 13-000911-0612-PE; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 351244-000., derecho , la cual es terreno pasto. Situada en el distrito 6- Pital , cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte, Alvaragui Sociedad de Responsabilidad Limitada; sur, Alvaragui Sociedad de Responsabilidad Limitada; este, Alvaragui Sociedad de Responsabilidad Limitada; oeste, calle pública con un frente de 25 metros. Mide: novecientos veintitrés metros con sesenta y siete decímetros cuadrados, plano: A-0388264-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodce de Palmares S.A contra Linda Fruta Sociedad Anónima Expediente 14-000209-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y seis minutos del uno de Junio del dos mil veintiuno.—Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—( IN2022626232 ).

En este Despacho, con una base de trece mil ciento sesenta y ocho dólares con sesenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BLW704, marca: Fiat, estilo: uno, categoría: automóvil, serie / chasis / vin: 9BD195A44H0770227, tracción: 4x2, año fabricación: 2017, color: plateado, N° motor: 2917354, modelo: Atractive, cilindrada: 1400 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cincuenta minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintidós, con la base de nueve mil ochocientos setenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del tres de junio del dos mil veintidós, con la base de tres mil doscientos noventa y dos dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Steven José Loaiza Jiménez. Expediente N° 20-013174-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de noviembre del 2021.—Marvin Hernández Calderón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022626240 ).

En este Despacho, con una base de diez millones setecientos sesenta y seis mil ochocientos noventa y seis colones con once céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-293661, marca Toyota, Estilo Hilux, categoría carga liviana, año 2017, color blanco, chasis MR0KS8CDXH1101893. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós con la base de ocho millones setenta y cinco mil ciento setenta y dos colones con ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de junio de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos noventa y un mil setecientos veinticuatro colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Humberto Farid Chen Garbanzo. Expediente 21-004226-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dieciocho minutos del diecinueve de Enero del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022626243 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paja de agua; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuarenta mil ochocientos noventa y cuatro derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno actualmente con una casa. Situada: en el distrito 6-Esquipulas, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 12 metros; al sur, José Daniel Meléndez Alfaro; al este, José Daniel Meléndez Alfaro, y al oeste, José Daniel Meléndez Alfaro. Mide: doscientos sesenta y seis metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós, con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de abril del dos mil veintidós, con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Carlos Madrigal Soto, Miguel Ángel Salas Araya contra José Carlos Vásquez Pacheco, Yeymy Yajaira Pacheco Thomas. Expediente N° 21-002100-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 01 de diciembre del 2021.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2022626249 ).

A las diez horas del veintitrés de marzo del dos mil veintidós (10:00 a.m. de miércoles 23/03/2022), en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones al tomo: 342, asiento: 02988, servidumbre sirviente al tomo: 385, asiento: 13856, servidumbre de paso al tomo: 524, asiento: 13940, servidumbre de paja de agua al tomo: 524, asiento: 13940, plazo de convalidación (rectificación de medida) al tomo: 562, asiento: 06477, servidumbre de paso, de paja de agua, y servidumbre de líneas eléctricas y de paso al tomo: 564, asiento: 00197, limitaciones vencidas del artículo 292 del Código Civil, al tomo: 565, asiento: 17601, anotación de demanda ordinaria al tomo: 574, asiento: 54318, sin sujeción a tipo, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil setecientos ochenta y cinco-cero cero cero (148.785-000), la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Corporación Delfos Internacional Sociedad de R.L. con servidumbre de paso en medio de setenta y dos metros con noventa y seis centímetros lineales; al sur, Villa Mono Araña J.P.E Veintisiete Crema S. A.; al este, Corporación Delfos Internacional Sociedad de R.L., con servidumbre de paso con un frente de sesenta y cinco metros con cincuenta y un centímetros lineales, y al oeste, Villa Topacio J.P.E. Veintitrés Plata S. A. Mide: cuatro mil quinientos cuarenta y ocho metros con noventa y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-1050658-2006. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Édgar Antonio Miranda Jaén contra Villa Mono Cariblanco J.P.E Veintiséis Hueso S. A. Expediente N° 07-000581-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil).—Lic. Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez Decisor.—( IN2022626312 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil treinta y ocho dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 19-000966-1729-TR 2019-76200544; sáquese a remate el vehículo Placa: SJB 017358 marca: Hyundai Estilo: H1 categoría: microbús capacidad: 12 personas año fabricación: 2015 cilindrada: 2500 c.c combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas diez minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas diez minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de doce mil setecientos setenta y ocho dólares con setenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas diez minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base de cuatro mil doscientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Graciela Edicta Pérez Bermúdez. Expediente 21-006680-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y uno minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022626323 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil quinientos diecinueve dólares con cuarenta y seis centavos, sáquese a remate el vehículo: BKJ772, Marca: Hyundai, Estilo: Tucson GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHJ2813AGU068926, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: KMHJ2813AGU068926, año fabricación: 2016, color: azul y Vin: KMHJ2813AGU068926. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós, con la base de diez mil ochocientos ochenta y nueve dólares con sesenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con la base de tres mil seiscientos veintinueve dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra José Jairo Campos Monge. Expediente N° 21-006675-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: seis horas con treinta y ocho minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno.—M.Sc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022626324 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil quinientos sesenta colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: AB 007536, Marca: Hyundai, Estilo: H1, Categoría: microbús, número Chasis: KMJWA37HAHU906941, año: 2017, N° Motor: D4BHH005151, Modelo: GDBC4C855 G GJLA, cilindrada: 2500 c.c., combustible: diésel. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del once de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con la base de catorce mil seiscientos setenta colones con veintitrés céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil ochocientos noventa colones con ocho céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Transporte Turísticos Arenal Azul V I P Sociedad Anónima. Expediente N° 21-004344-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con nueve minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2022626325 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil quinientos setenta y ocho dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: CL283398, marca: Isuzu, estilo: D Max LS, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, chasis: MPATFS86JFT008083, carrocería: CAM-PU, tracción: 4x4, año: 2015, color: rojo, cilindrada: 2500 C.C, combustible: diesel, número de motor: 4JK1MS9114. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dos de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del diez de junio del dos mil veintidós, con la base de trece mil novecientos treinta y tres dólares con sesenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de junio del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil seiscientos cuarenta y cuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Star Cars Sociedad Anónima contra Roy Alberto Porras García. Expediente N° 21-000038-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de diciembre del 2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Juez/a Decisor/a.—( IN2022626326 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta mil doscientos cincuenta y seis dólares con cuarenta centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito 0800 00713533 001; sáquese a remate el vehículo: BBK384, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCT51CACU024847. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós, con la base de treinta mil ciento noventa y dos dólares con treinta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con la base de diez mil sesenta y cuatro dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Reynaldo José González Guillén. Expediente N° 21-006688-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: doce horas con ocho minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2022626327 ).

En este Despacho, con una base de tres mil novecientos cinco dólares con ochenta y tres centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, número boleta 2014-57400040, Número de Sumaria 14-600080-0240-TC, del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Mora; sáquese a remate el vehículo placas BFR767, Marca: Chevrolet, Estilo: Spark LS, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie, número chasis y Vin: KL1MJ6C43EC020482, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2014, color: blanco, N. Motor: A08S3133110272, cilindrada: 800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas veinte minutos del tres de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas veinte minutos del trece de junio de dos mil veintidós, con la base de dos mil novecientos veintinueve dólares con treinta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas veinte minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós, con la base de novecientos setenta y seis dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Star Cars Sociedad Anónima contra Lei Wang -, Servicios de Ruteo SERUSA S. A. Expediente 21-010893-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de noviembre del año 2021.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022626328 ).

En este Despacho, con una base de seis mil trescientos treinta y nueve dólares con cincuenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BBC986, Marca: Hyundai, estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCT41DACU117643, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2012, color: celeste, Vin: KMHCT41DACU117643, N° Motor: G4FCBU661422, marca: Hyundai, Modelo: SBS4D2615 D G716, cilindrada: 1600 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas con treinta minutos del siete de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas con treinta minutos del veintidós, de abril del dos mil veintidós con la base de cuatro mil setecientos cincuenta y cuatro dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas con treinta minutos del dos de mayo del dos mil veintidós, con la base de mil quinientos ochenta y cuatro dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Carlos Antonio Osegueda Villegas. Expediente N° 21-011154-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del 2021.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2022626329 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil doscientos treinta y nueve dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BQZ801, marca: Chevrolet, estilo: Spark LT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, color: blanco, tracción: 4x2, VIN: KL1CJ6CA5JC418207, N° motor: LV7172440272, cilindrada: 1400 C.C, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las once horas diez minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas diez minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de diez mil seiscientos setenta y nueve dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas diez minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de tres mil quinientos cincuenta y nueve dólares con ochenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Mario Antonio Céspedes Chaves. Expediente N° 21-011232-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del 2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2022626330 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés mil seiscientos dieciséis dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: MJM-015, marca: Nissan, categoría: automóvil, serie: SJNFBNJ11JA099662, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: SJNFBNJ11JA099662, año fabricación: 2018, color: blanco, vin: SJNFBNJ11JA099662, estilo: Qashqai, capacidad: 5 personas. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del tres de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del once de mayo del dos mil veintidós, con la base de diecisiete mil setecientos doce dólares con doce centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós, con la base de cinco mil novecientos cuatro dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Mario Armando Villanueva Mendoza, Rodgers Zhivago Levisey. Expediente N° 20-000579-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: quince horas con veinte minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2022626340 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando servidumbre trasladada citas: 327-05994-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2014-233000-01-0003-001, servidumbre citas: 2017-453240-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 521284-000, naturaleza: terreno para construir con una vivienda de interés social. Situada: en el distrito 3-San José, cantón 6-Naranjo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Marvin Rodríguez Elizondo, Ronald Méndez Steller y Elidier Steller Araya con servidumbre en medio de 3 mts de ancho; sur, Ana Cecilia Carvajal Madrigal; este, Jacqueline Rodríguez Carvajal; oeste, resto de finca. Mide: ciento setenta y tres metros cuadrados. Plano: A-1721411-2014. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós, con la base de un millón cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ismael García Guillén, Yeseira Lisseth Hernández Moran. Expediente N° 21-002636-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y tres minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022626346 ).

En este Despacho, con una base de siete mil dieciocho dólares con noventa centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BQJ641, Marca: Suzuki, estilo: Alto DX, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año: fabricación: 2018, color: gris, Vin: MA3FB32S5J0A73015, cilindrada: 800 c.c., cilindros: 3, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del once de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas con cincuenta minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós, con la base de cinco mil doscientos sesenta y cuatro dólares con diecisiete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con la base de mil setecientos cincuenta y cuatro dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Jordy Josué Escobar Rodríguez. Expediente N° 21-014214-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del 2021.—Licda. Jenny María Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2022626378 ).

En este Despacho, con una base de once mil ciento sesenta y un dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BPB003, marca: Ford, estilo: Figo, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: azul, vin: MAJTKNFE6HTT49607, cilindrada: 1500 C.C, combustible: gasolina, N° motor: UEKDTT49607. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil veintidós, con la base de ocho mil trescientos setenta y un dólares con nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de julio del dos mil veintidós, con la base de dos mil setecientos noventa dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa Sociedad Anónima contra Olga María Valdez Cuadra. Expediente N° 21-021490-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de enero del 2022.—Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2022626380 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones novecientos cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y nueve colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate vehículo placas: BLT191, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: MMBGUKS10HH001469, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: MMBGUKS10HH001469, año fabricación: 2017, color: azul, vin: MMBGUKS10HH001469, N° motor: 4N15UBA0985, modelo: KS1WGUPFPL, cilindrada: 2400 C.C, cilindros: 4, potencia: 132 Kw, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones novecientos sesenta y ocho mil seiscientos diecinueve colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de cinco millones novecientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y nueve colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica (antes Banco Crédito Agrícola de Cartago) contra Antonio de la Trinidad Álvarez González. Expediente N° 18-006042-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de febrero del 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz.—( IN2022626443 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y dos millones doscientos doce mil ochocientos treinta y un colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 115034-000, la cual es terreno de café con una fábrica. Situada: en el distrito: 01-Atenas, cantón: 05-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Álvaro Vargas; al sur, calle pública; al este, Carlos Castro, y al oeste, Carlos Soto. Mide: seiscientos noventa y cinco metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0311162-1978. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con la base de treinta y un millones seiscientos cincuenta y nueve mil seiscientos veintitrés colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con la base de diez millones quinientos cincuenta y tres mil doscientos siete colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Sociedad Los Herederos Sociedad Anónima. Expediente N° 19-003698-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: nueve horas con uno minutos del veintisiete de mayo del dos mil veintiuno.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez Decisor.—( IN2022626455 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones seiscientos treinta y seis mil ochocientos sesenta y nueve colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas: 0259-00000778-01-0901-001, medianería bajo citas: 0338-00012879-01-0004-001, 0394-00005594-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecinueve mil novecientos cuarenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno bloque B terreno con una casa lote número 19. Situada: en el distrito: 08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 20-B; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, lote 18-B. Mide: ciento treinta y seis metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones doscientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y un colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con la base de cinco millones cuatrocientos nueve mil doscientos diecisiete colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Christofer Ávila Villalobos. Expediente N° 21-002889-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y seis minutos del trece de enero del dos mil veintidós.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022626456 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones quinientos noventa y un mil setecientos setenta y dos colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos sesenta y cuatro mil ciento ochenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito: 01-Orotina, cantón: 09-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juana Antonia Picado Álvarez; al sur, carece de este lindero, por ser el lote de forma triangular; al este, calle pública, con 27.96 metros de frente; y al oeste, calle pública, con 34.90 metros de frente. Mide: trescientos noventa y cinco metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones novecientos cuarenta y tres mil ochocientos veintinueve colones con doce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril del dos mil veintidós, con la base de cinco millones seiscientos cuarenta y siete mil novecientos cuarenta y tres colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alonso Mauricio Mata Méndez. Expediente N° 21-005429-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas con veintiocho minutos del siete de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2022626457 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones novecientos treinta y cuatro mil doscientos cincuenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos, soportando servidumbre de paso citas: 2017-214514-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 363979---000, naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito: 02-San Isidro, cantón: 03-Grecia de la provincia de Alajuela, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Alicia Alfaro Alfaro; sur, servidumbre de paso con 20,54 metros de frente; este, Andrea Alfaro Rojas; oeste, Andrea Alfaro Rojas y Bolivia Alfaro Rojas. Mide: mil seis metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0690087-2001. Identificador predial: 203020363979. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con la base de treinta y ocho millones novecientos cincuenta mil seiscientos noventa y cuatro colones con quince céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del seis de abril del dos mil veintidós, con la base de doce millones novecientos ochenta y tres mil quinientos sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jhonny Gerardo Bogantes Porras, Merling Andrea Alfaro Rojas. Expediente N° 22-000200-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: once horas con treinta y seis minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022626458 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones ochocientos quince mil seiscientos noventa colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos dos mil trescientos noventa y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una vivienda. Situada en el Distrito: 06-San Rafael, Cantón: 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública y Tobías Salas Salas; al sur Tobías Salas Salas; al este, calle pública y al oeste Tobías Salas Salas. Mide: doscientos treinta y nueve metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones ochocientos sesenta y un mil setecientos sesenta y siete colones con noventa y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de abril de dos mil veintidós, con la base de cinco millones novecientos cincuenta y tres mil novecientos veintidós colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Eduardo Alonso Salas Núñez, Yorlene García Cabezas. Expediente:21-002041-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 22 de noviembre del año 2021.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza Tramitadora.—( IN2022626460 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones cuatrocientos sesenta mil novecientos setenta y dos colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes , pero soportando servidumbre trasladada citas: 154-02969-01-0002-001, servidumbre trasladada citas: 225-03175-01-0901-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-300027-01-0001-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2016-489462-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 160428-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número 26 identificada como FFPIM-026 apta para construir que podrá tener una altura máxima de 2 pisos destinada a uso residencial. Situada en el distrito: 07-Puente de Piedra, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso ACL-M1; al sur, FFPI M-027; al este, FFPI-M-027; y al oeste, FFPI-M-025. Mide: doscientos sesenta y seis metros con veintiséis decímetros cuadrados. Valor porcentual: 0.376. Valor medida: 0.00405. Plano: A-1952950-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil veintidós, con la base de dieciocho millones trescientos cuarenta y cinco mil setecientos veintinueve colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós, con la base de seis millones ciento quince mil doscientos cuarenta y tres colones con quince céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Montezuma contra Gaudy Gabriela Mora Retana. Expediente N° 19-003309-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con cuarenta y cuatro minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022626461 ).

En este Despacho, a) Con una base de cincuenta y cinco millones ciento sesenta y tres mil novecientos noventa y ocho colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 2015-413438-01-0001-001, servi. tubería de agua potable alcantarillado y de paso a favor AyA; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 118521-F-000, la cual es terreno finca filial 59 ubicada en el nivel 3 del edificio C destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el distrito: 01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de ducto mecánicos y shut de basura y pasillo y escalera de emergencia; al sur, área común construida de ducto mecánicos y shut de basura y vacío; al este, área común construida de ducto mecánicos y shut de basura, área de estar, pasillos, escaleras y ascensores, y al oeste, vacío. Mide: cincuenta y seis metros cuadrados. Plano: SJ-1838752-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, con la base de cuarenta y un millones trescientos setenta y dos mil novecientos noventa y nueve colones con ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con la base de trece millones setecientos noventa mil novecientos noventa y nueve colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). b) Con una base de dos millones cuatrocientos veintitrés mil seiscientos setenta y siete colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 2015-413438-01-0001-001, servi. tubería de agua potable alcantarillado y de paso a favor AyA; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 118683-F-000, derecho, la cual es terreno finca filial 221 ubicada en el nivel 1 destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada: en el distrito: 01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida acceso a estacionamientos; al sur, área común libre de zona verde; al este, filial 222, y al oeste, filial 220. Mide: catorce metros cuadrados. Plano: SJ-1838422-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, con la base de un millón ochocientos diecisiete mil setecientos cincuenta y siete colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con la base de seiscientos cinco mil novecientos diecinueve colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Liliana María Bermúdez Castro, María Gabriela González Bermúdez. Expediente N° 21-003765-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 31 de enero del 2022.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2022626462 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones cuatrocientos diecinueve mil trescientos veintinueve colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas: 0407-00015855-01-0270-001 y Reservas Ley Caminos: 0407-00015855-01-0364-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y seis mil trescientos setenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote uno, terreno de pastos y frutales. Situada en el distrito Tárcoles, cantón Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con lote dos; al sur, con servidumbre de paso; al este, con lote tres; y al oeste, con carretera nacional. Mide: setecientos sesenta y nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas diez minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas diez minutos del siete de abril del dos mil veintidós, con la base de trece millones sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y seis colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas diez minutos del dieciocho de abril del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones trescientos cincuenta y cuatro mil ochocientos treinta y dos colones con treinta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Daniel Sánchez Solís. Expediente N° 21-006424-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: siete horas con veintidós minutos del doce de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022626463 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y seis millones novecientos treinta y un mil doscientos cuarenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas: 0364-00007024-01-0900-001 y denuncia penal bajo citas: 2010-00087509-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 51680-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número treinta y cuatro del bloque G terreno apto para construir que se destinará a uso habitaciones el cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial once del bloque G; al sur, avenida dos, acceso vehicular; al este, finca filial treinta y tres, bloque G, y al oeste, finca filial treinta y cinco, bloque G. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del primero de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del once de julio del dos mil veintidós, con la base de cincuenta millones ciento noventa y ocho mil cuatrocientos treinta y siete colones con treinta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de julio del dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones setecientos treinta y dos mil ochocientos doce colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alan Eduardo Monge Sequeira, Condo G-Treinta y Cuatro Casa al Valle S. A. Expediente N° 11-100155-0642-CI.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022626464 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones doscientos siete mil ochocientos colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos tres, derecho cero cero uno y cero cero dos, el cual es terreno terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito: Cuatro Carrillos, Cantón: Ocho Poás, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública con un frente de 6.50 metros; al sur Rafael María Sánchez Alvarado; al este Lote J5 y al oeste Lote J3. Mide: ciento treinta y cuatro metros con cuatro decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del cuatro de abril del año dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Juan Rafael Brenes Alvarado contra Carmen Elieth Molina Rodríguez. Expediente:20-000134-0638-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de febrero del año 2022.—Lic. Elio Campos López, Juez.—( IN2022626473 ).

En este Despacho, con una base de once millones trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos once colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado citas: 2015-07620-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 139677-001-002, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Froilán Alvarado Vargas; al sur, Flory Alpízar Rojas; al este, Froilán Alvarado Vargas; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del quince de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós con la base de ocho millones quinientos diecinueve mil quinientos cincuenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós con la base de dos millones ochocientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y dos colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Eduardo Ivankovich Arce, Keyna María Ivankovich Zúñiga, Yolanda Zúñiga Masís. Expediente N° 19-018687-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de enero del 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2022626476 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y ocho mil trescientos cuarenta dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y condic ref:194162-000 citas: 336-00034-01-0901-001, servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0015-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0181-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0182-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0183-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0184-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0185-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0186-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0187-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0188-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0189-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0190-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0191-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0192-001 servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0193-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0194-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0195-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0196-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0197-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0198-001, servidumbre trasladada citas: 358-16290-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0920-001, condiciones ref:243424 - 000 citas: 403-15261-01-0921-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0922-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0923-001, condiciones ref:245222-000, citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 101550-f, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: finca filial setenta y tres a e dos de una planta destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 8-San Rafael, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común libre calzada; al sur, área común libre zona verde; al este finca filial sesenta y cuatro etapa dos, y al oeste, área común libre juegos infantiles. Mide: ciento once metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de cincuenta y un mil doscientos cincuenta y cinco dólares con veinte centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil veintidós, con la base de diecisiete mil ochenta y cinco dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BCT S. A. contra Eduardo Enrique Zambrano Quintero. Expediente N° 21-010048-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y tres minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintidós.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2022626522 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada correspondiente a las citas: 373-19574-01-0911-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento veintiocho mil doscientos doce, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir Lote 1. Situada en el distrito: 03-Carmen, cantón: 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 10 metros; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, parque alameda medio con 16 metros. Mide: ciento cincuenta metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan la nueve horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Cartago contra Gerardo Alfredo Del Rosario Coto Alvarado. Expediente N° 15-021602-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de febrero del 2022.—Licda. Michelle Francine Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2022626542 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones cuarenta y un mil ciento noventa y nueve colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 573-72584-01-0012-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos doce mil noventa y siete, derecho cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote 3 -G con una casa. Situada en el distrito: 02-San José, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida pública quinta; al sur, Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aéreo Industriales R.L; al este, Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aéreo Industriales R.L y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintidós, con la base de treinta y ocho millones doscientos ochenta mil ochocientos noventa y nueve colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós, con la base de doce millones setecientos sesenta mil doscientos noventa y nueve colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Briceida Indira González Valle, Julio César López Morales, expediente N° 21-008023-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y nueve minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Manuel Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022626543 ).

En este Despacho, a) Con una base de cien millones quinientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y seis colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 212938, derecho 000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el Distrito 2-San Isidro, Cantón 8-El Guarco, de la Provincia de Cartago. Colinda: al norte Edith Monge Rojas; al sur Edith Monge Rojas; al este, calle pública y al oeste Víctor Manuel Monge Rojas. Mide: quinientos tres metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se fija la base en la suma de setenta y cinco millones cuatrocientos dieciséis mil seiscientos quince colones con veintidós céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, se fija la base en la suma de veinticinco millones ciento treinta y ocho mil ochocientos setenta y un colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). b) Con una base de once millones novecientos treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 211581, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el Distrito 2-San Isidro, Cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur Edith María Monge Rojas; al este Edith María Monge Rojas y al oeste Víctor Manuel Monge Rojas. Mide: doscientos dieciocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se fija la base en la suma de ocho millones novecientos cincuenta mil novecientos ochenta y seis colones con trece céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, se fija la base en la suma de dos millones novecientos ochenta y tres mil seiscientos sesenta y dos colones con cuatro céntimos (25% de la base original). c) Con una base de quince millones cuatrocientos veintiséis mil setecientos setenta y nueve colones con noventa y seis, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 219964, derecho 000. la cual es terreno de agricultura lote 11. Situada en el Distrito 2-San Isidro, Cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Sonia Leiva Masis; al sur calle pública; al este Yendry Villalobos Muñoz y al oeste calle pública. Mide: doscientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate, se fija la base en la suma de once millones quinientos setenta mil ochenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, se fija la base en la suma de tres millones ochocientos cincuenta y seis mil seiscientos noventa y cuatro colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Las fechas para la realización de los remates son las siguientes: Primer remate: nueve horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós. Segundo remate: nueve horas treinta minutos del uno de abril de dos mil veintidós. Tercer remate: nueve horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Sonia María Leiva Masis. Expediente: 21-000631-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de febrero del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022626545 ).

En este Despacho, con una base de ciento cuarenta y ocho mil ciento veinticinco dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San Jose, matrícula número 117592-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número ciento ochenta y cinco destinada a residencia, situada en el nivel seis. Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, pasillo y pared común; al sur, pared común y en parte columna estructural; al este, pared común y columna estructural, y al oeste, finca filial 184, pared común y ducto en parte. Mide: noventa y dos metros con cero decímetros cuadrados, plano SJ-1688502-2013. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con la base de ciento once mil noventa y cuatro dólares con tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós, con la base de treinta y siete mil treinta y un dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Con una base de trece mil trescientos ochenta y siete dólares con veintiocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 117536-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número ciento veintinueve, destinada a estacionamiento, situada en el nivel uno. Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San Jose, de la provincia de San Jose. Colinda: al norte área de circulación vehicular y en parte columna estructural; al sur pared común y en parte columna estructural; al este finca filial 128, y al oeste finca filial 130 y en parte columnas estructurales. Mide: dieciséis metros cuadrados, planto SJ-1688747-2013. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con la base de diez mil cuarenta dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós, con la base de tres mil trescientos cuarenta y seis dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). Con una base de mil setecientos cuarenta y seis dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 117553-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número ciento cuarenta y seis destinada a bodega, situada en el nivel uno. Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, acera y en parte área común de bodega; al sur finca filial 147; al este, pared estructural, y al oeste, finca filial 145.- Mide: dos metros cuadrados, plano SJ- 1688978-2013. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con la base de mil trescientos diez dólares con dieciséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós, con la base de cuatrocientos treinta y seis dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Rosnel Orlando Borrero Medina, Expediente 21-008546- 1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero del año 2022.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2022626550 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos, soportando Servidumbre Trasladada citas: 302-16003-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil setecientos setenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno Lote 87 Terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al noreste: calle pública con 8 metros de frente; al noroeste: Lotes 88 y 89; al este sureste: Lote 86; y al suroeste: Lote 92. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-0503549-1998. Para tal efecto, se señalan las 15.00 horas del 23 de marzo del 2022. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 15.00 horas del 31 de marzo del 2022 con la base de veinte millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 15.00 horas del 08 de abril del 2022 con la base de seis millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Olga Isabel Marin Delgado. Expediente N° 21-003476-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de enero del año 2022.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2022626578 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000144-0387-AG, donde se promueve Información Posesoria por parte de Virginia Cubillo Camareno quien es mayor, estado civil casada, vecina de San José, Pavas, Residencial del oeste, casa número BB-2, portadora de la cédula número 0501481322, profesión Oficios Domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito Bagaces, Cantón Bagaces. Colinda: al norte con calle pública, con frente de once metros con noventa y seis centímetros lineales; al sur con Pánfilo Vasconcelo Pereira; al este con Wilberth González González y al oeste con Jorge Montano Montano. Mide: doscientos treinta metros con sesenta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinte millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar terreno, chapearlo, cercarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Virginia Cubillo Camareno. Expediente:21-000144-0387-AG-6.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil). Hora y Fecha de emisión: diez horas con cincuenta minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—Lic. Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022625967 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000396-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Carlos Alberto Alfaro Morales, mayor, casado una vez, guarda privado, vecino de San Juan de Santa Cruz, de la escuela setecientos metros al sur, cien metros al este y cien metros al sur, portador de la cédula número 0502220077, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en San Juan, distrito 1º Santa Cruz, cantón 3º Santa Cruz. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de treinta y cuatro metros con setenta centímetros lineales; al sur, José Solón Álvarez Matarrita; al este María Odette Díaz Romero; y al oeste calle pública con un frente a ella de treinta metros con setenta y tres céntimetros lineales. Mide: 977 metros cuadrados, según plano G-2144048-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación que le hiciera su padre Gilberth Alfaro Corrales, mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de San Juan de Santa Cruz, de la escuela setecientos metros al sur cien metros al este y cien metros al sur, el día 18 de junio del año dos mil diecinueve y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en arreglo las cercas, hace rondas, se le hacen chapeas, se le siembran árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Carlos Alberto Alfaro Morales. Expediente N° 20-000396-0388-CI-8.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 02 de noviembre del 2020.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022625978 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000141-1520-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Inversiones Molilu de Guanacaste S. A., vecina de Guanacaste, Bagaces, Guayabo, en Abastecedor Chaves, cédula de jurídica número tres-ciento uno trescientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y uno, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito Aguas Claras, cantón Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: lnversiones Molilu de Guanacaste S. A.; al sur: calle pública con un frente a ella de trescientos ochenta y siete metros con ochenta y ocho decímetros lineales; al este. lnversiones Molilu de Guanacaste S. A., y al oeste: lnversiones Molilu de Guanacaste S. A. Mide: ochenta y seis mil quinientos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-un millón ochocientos ochenta y dos mil quinientos noventa y uno-dos mil dieciséis. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener el inmueble limpio, cercarlo, hacer rondas, y los demás atributos del dominio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Inversiones Molilu de Guanacaste S. A. Expediente N° 17-000141-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Agraria), 18 de febrero del 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626054 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000030-0341-CI donde se promueve información posesoria por parte de Gerardo Antonio Solís Venegas, quien es mayor, casado, comerciante, vecino de Tuis de Turrialba, cédula número 0302001043, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar con un local comercial. Situada en el distrito sétimo Tuis, cantón quinto Turrialba. Colinda: al norte, con Juan Carlos Morales Morales; al sur, con calle pública; al este, con Juan Carlos Morales Morales; y al oeste, con Asociación Integral de Tuis. Mide: doscientos ochenta y seis metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados, y graficado en el plano catastrado C-un millón sesenta y dos mil ciento setenta y uno-dos mil seis (C-1062171-2006). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por traspaso de la posesión de Salvador Alpízar Mendoza, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en dicho terreno trabajos de delimitación, colindancias, construcción, limpieza, y es dedicado a la venta de artículos de ferretería y en general a la venta de artículos de comercio en el área del sector agrícola. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todas las personas interesadas en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Gerardo Antonio Solís Venegas. Expediente N° 21-000030-0341-CI-3.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y uno minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022626073 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000260-0297-CI donde se promueve información posesoria por parte de Yeisson Enrique Porras Picado quien es mayor, estado soltero, vecino de Santa María de Pocosol. 25 metros al sur de la Escuela de Santa María de Pocosol, portador de la cédula número 0206040685, carnicero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en Santa María, Distrito 13, Pocosol, Cantón 10, San Carlos. Colinda: al noroeste y noreste con Ramón Ramírez Alvarado; al suroeste con María Eugenia Rodríguez Marín y al sureste con Calle pública con un frente a ella de once metros lineales. Mide: trescientos cuarenta y tres metros cuadrados, graficado en el plano 2-2041573-2018 de fecha 06 de abril de 2018. Indica el promovente que sobre el inmueble no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones y en la misma suma estima las presentes diligencias. Que adquirió dicho inmueble por compraventa que le hiciera a la señora Lizberry Lucia Mena Sandino, mayor, soltera, miscelánea, cédula de identidad 0901070226, vecina de Ciudad Quesada, de Pizza Latina, cincuenta metros al norte y veinticinco metros al oeste, con quien no le liga parentesco alguno, en fecha 06 de setiembre de 2018, mediante testimonio de escritura Nº 130 otorgado ante la Notaria Fressia Guzmán Mena y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y uso del mismo, así como limpieza de zonas verdes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Yeisson Enrique Porras Picado. Expediente:20-000260-0297-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de setiembre del año 2020.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626143 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000358-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Melida Constancia Diaz Soto, mayor, divorciada, vecina de Lagunilla de Santa Cruz, asentamiento Lagunilla, parcela número seis, de la plaza de deportes dos kilómetros, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero de Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz. Colinda: al norte, con calle pública, Roberto Miguel Garbanzo Delgado Beatriz Acuña Coto, Leonardo Bustos Morales; al sur, con Leonardo Bustos Morales; al este, con calle pública y Leonardo Bustos Morales, y al oeste, con Roberto Miguel Garbanzo Delgado, Beatriz Acuña Coto y Leonardo B. Mide: doscientos setenta y siete metros y noventa y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir G-1116529-2006 NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, cuido y limpieza del lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mélida Díaz Soto. Expediente N° 10-000358-0388-CI-4. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta minutos del siete de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626179 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000469-0388-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Lloys Caravaca Rodríguez quien es mayor, estado soltera, vecina de Sardinal, Carrillo, Guanacaste, de la Cruz Roja ciento cincuenta metros al oeste, portadora de la cédula número 0502220671, profesión Operaria Municipal, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno solar con casa. Situada en el Distrito Sardinal, Cantón Carrillo. Colinda: al norte con calle pública con un frente de diez metros lineales; al sur con Río Brasilito; al este con Shirley Ruiz Caravaca y Eliseio García García y al oeste con Clementina Caravaca Rodríguez y Eliseo García García. Mide: cuatrocientos cuarenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir del Plano Catastrado Número G-2269630-2021, No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble del Plano Catastrado Número G-2269630-2021 por medio de Donación hecha por Eliseo Clementino García García, quien es su padre, el día dieciocho de octubre del dos mil veintiuno y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en Mantenimiento de rondas y cercas, chapeas y mantener el lugar limpio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Lloys Caravaca Rodríguez. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Expediente:21-000469-0388-CI-2.—Juzgado Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión: catorce horas con veintidós minutos del quince de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626299 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000040-1870-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eilin Andrea Gómez Espinoza, quien es mayor, soltera, policía, vecina de Cabo Blanco de Lepanto, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-0354-0077, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno con una casa, patio y jardín sembrado con árboles frutales, situada en Cabo Blanco, en el distrito: 04° Lepanto, cantón 01° Puntarenas, Provincia: Puntarenas. Colinda por el rumbo norte, con Rosibel López Valerín, por el rumbo sur, Caja Costarricense de Seguro Social y Rogelio Casanova Rodríguez, por el este, Damiana Casanova Ortiz, por el sector oeste, Rosibel López Valerín. Mide: quinientos treinta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 6-2266668-2021. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble en la suma de tres millones de colones y las presentes diligencias en el monto de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión sobre el bien han consistido en cercado, chapias y asistencias. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efectos de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de información posesoria, promovido por Eilin Andrea Gómez Espinoza. Expediente21-000040-0391-AG..Juzgado Agrario de Puntarenas, Sede Jicaral, Jicaral, Lepanto, 11 de febrero del año 2022.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626318 ).

Citaciones

Se hace saber que en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de María Cecilia Guerrero Cascante, quien fue portador de la cédula de identidad tres-cero ciento cuarenta y cinco-cero ochocientos ochenta y dos, casada en segundas nupcias, ama de casa, vecina de San José, San Sebastián del Hipermás de San Sebastián quinientos metros oeste contiguo a Decomar. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a quienes tengan un interés legítimo en este proceso para que, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Lidiette Ríos Elizondo, ubicada en San Isidro de Heredia, del Más por Menos setecientos metros este, cien metros sur. (Expediente número dos mil veintidós-cero cero uno).—San Isidro de Heredia, veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Lidiette Ríos Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2022625415 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de la señora Virginia Poveda Céspedes, mayor, soltera, jubilada, portadora de la cédula de identidad número 103200267, vecina de El Carmen de Guadalupe, 300 metros este de los tanques de agua, frente al Taller Durán, casa número 144, para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada en San José, avenida 10 bis, calle 21, número 1080, Bufete Campos & Aguilar, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento que de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente N° 0001-2021-D.C.S.—San José, 17 de febrero de 2022.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022625927 ).

Se notifica a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien en vida fue Erlinda Badilla Brenes, cédula 1-0241-0053 y Rafael Ángel Elizondo Piedra, cédula 1-0171-0524, para que hagan valer sus derechos, por el plazo de 15 días, el cual se tramita en la notaría de Evelin Sandoval Sandoval, en San José, San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica, 400 metros este, 100 sur, oficina esquinera azul con blanco.—San José, 17 de febrero del 2022.—Licda. Evelin Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2022625929 ).

Se notifica a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien en vida fue: María Antonio Ramírez Ríos, de nacionalidad nicaragüense, con cédula de residencia N° 155 812 362 730, para que hagan valer sus derechos, por el plazo de 15 días, el cual se tramita en la notaría de Evelin Sandoval Sandoval, en San José, San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica, 400 mts este, 100 sur, oficina esquinera azul con blanco.—San José, 22 de febrero del 2022.—Licda. Evelin de Los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2022625931 ).

Se notifica a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien en vida fue José Carlos Artavia Espinoza, cédula 2-0196-0558, para que hagan valer sus derechos, por el plazo de 15 días, el cual se tramita en la notaría de Evelin Sandoval Sandoval, en San José, San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica, 400 metros este, 100 sur, oficina esquinera azul con blanco.—San José, 22 de febrero del 2022.—Licda. Evelin Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2022625933 ).

Se emplaza a los interesados en la sucesión de Nidia Meléndez Jovel, quien en vida fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de San José Av 9 y 11 calle 14 Bis Casa 935, Barrio México, con cédula de identidad número uno-cero doscientos quince-seiscientos cincuenta y ocho, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto se apersonen a éste proceso a hacer valer sus derechos, cito en San José Curridabat de las torres del ICE cien metros sur y setenta y cinco oeste Barrio Tecla Licda Jenny Anne Vargas Jiménez. Apercibidos de que sino lo hacen en el plazo conferido la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 03-2022. San José, Montes de Oca, Curridabat, Hacienda Vieja de las Torres del ICE cien metros al sur y setenta y cinco oeste, Barrio Tecla.—San José, veinticinco del dos mil veintidós.—Licda. Jenny Anne Vargas Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625936 ).

Yo, Braulio Vargas Núñez, notario público con oficina abierta en la ciudad de San José, calle 21 entre avenidas 2 y 6, número 246, hago constar que conforme a los términos del artículo 129 y concordantes del Código Notarial, se declaró abierto el proceso sucesorio intestato, de la señora: Emilia María Hidalgo Bolaños, mayor, soltera, ama de casa, vecina de San José, Tibás, Colima, Urbanización Cuatro Reinas, casa N° 6 H, portadora de la cédula de identidad número 2-0280-0272. Por lo tanto, cito a todos los interesados para que, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este único edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2022.—San José, 17 de febrero del 2022.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625941 ).

Se citan y emplazan a interesados por 30 días, para que se apersonen en proceso sucesorio de Ademar Rodríguez Araya, quien fuera mayor, casado una vez, chofer, con cédula de identidad número: tres-ciento ochenta y dos-cuatrocientos sesenta y seis, vecino Barrio Limón de Santa Cruz, Guanacaste, de la entrada principal a la Universidad de Costa Rica, ochocientos metros al este, occiso desde el día dos de marzo del año dos mil veintiuno, según consta en el certificado de defunción que a efectos emitió el Registro Civil y según consta en el Registro Civil, Sección de Defunciones de la provincia de San José, al tomo: seiscientos cuarenta y cinco, folio: trescientos cuarenta y cuatro, asiento: seiscientos ochenta y ocho, de lo cual da fe la suscrita Notaria, con vista en la certificación extendida por el Registro de Defunciones del Registro Civil, haciendo valer sus derechos, de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Licda. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Santa Cruz, Guanacaste, 125 metros sur de los Tribunales de Justicia de Santa Cruz, Guanacaste. Expediente sucesorio notarial: SU-003-2021.—Licda. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Notaria.—1 vez.—( IN2022625975 ).

Se citan y emplazan a interesados por 30 días, para que se apersonen en Proceso Sucesorio de Agustín Gilberto Rodríguez Gutiérrez, quien fuera mayor, divorciado una vez, pensionado, con cédula: cinco-ciento veinticuatro-novecientos sesenta y cuatro, vecino Barrio Buenos Aires, Santa Cruz, Guanacaste, del costado noreste de la plaza de deportes ciento veinticinco metros al norte, occiso desde el día dieciséis de octubre del año dos mil veintiuno, según consta en el certificado de defunción que a efectos emitió el Registro Civil, código verificador dos dos tres XYCDEJEAJ, y según consta en el Registro Civil, Sección de Defunciones de la provincia de Guanacaste, al tomo: ciento treinta, folio: doscientos seis, asiento: cuatrocientos once, de lo cual da fe la suscrita notarial, con vista en la certificación extendida por el Registro de Defunciones del Registro Civil, haciendo valer sus derechos, de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Licda. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Santa Cruz, Guanacaste, 125 metros Sur de los Tribunales de Justicia de Santa Cruz, Guanacaste. Expediente Sucesorio Notarial: SU-001-2022.—Licda. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Notaria.—1 vez.—( IN2022625976 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera María Lidiette Guevara Gutiérrez, cédula N° 5-088-593, para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Adriana María Arrieta Arrieta, Santa Cruz, Guanacaste, del Banco Nacional, 600 este y 75 norte.—Licda. Adriana María Arrieta Arrieta, Notaria.—1 vez.—( IN2022625977 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Edwin Arce Vega, quien en vida fue mayor, costarricense, casado, agricultor, cédula de identidad 6-0073-0071, vecino de Heredia, Sarapiquí, Horquetas, Ticari un kilómetro al este de SINDEA, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este Juzgado a hacer valer sus derechos, en caso de que lo omitieren la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 21-000162-0507-AG, número Interno 184-1-21. Nota: “Este edicto debe publicarse por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 17 de febrero de 2022.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625996 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Stephanie Jo (nombre) Bogatinoff (apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casada dos veces, pensionada, cédula de residencia número: uno ocho cuatro cero cero cero cinco ocho siete nueve uno seis, a las ocho horas del nueve de febrero del dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de: Peter Frederick (nombre) Bogatinoff (apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado dos veces, pensionado, cédula de residencia número: uno ocho cuatro cero cero cero cinco ocho siete ocho cero nueve, fallecido el tres de mayo del dos mil veintiuno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Ronald Francisco Ramírez Garita, Atenas, costado sur de los Tribunales de Justicia, Centro Comercial Plaza La Fuente, local cinco.—Lic. Ronald Francisco Ramírez Garita, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626009 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Jovel Faustino Mora Marín, mayor, estado civil casado, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0900380340 y vecino del INVU Barranca de Puntarenas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000417-0642-CI-6.—Juzgado Civil de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con cuarenta y siete minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626010 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, Álvaro, Orlando, Olga María y Ana Virginia, todos Calzada Miranda, a las 08:00 horas del 28 de enero del 2022 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Emilia Miranda Monge, quien fue mayor, viuda una vez, jubilada del Poder Judicial, con cédula de identidad número dos-ciento uno-novecientos noventa y cuatro, vecina de San José, Tibás. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Francisco Javier Vargas Solano, notario tramitador, carné del Colegio de Abogados N° 6528. San José, Central, Pavas, Rohrmoser. Teléfono: 83024226.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626030 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y cualquier interesado en la Sucesión Intestada o Legítima, de quien en vida se llamó Luis Roberto Rodriguez Monge, quien fuera, mayor, divorciado dos veces, taxista, con cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos sesenta y cuatro-cero ochocientos once, vecino de San José, Barrio México, Florida Norte, de la gasolinera JSM doscientos metros norte y cincuenta oeste, casa B dieciocho, fallecido en fecha diez de noviembre de dos mil veintiuno. Para que, dentro del plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Queda a disposición el expediente N° 0001-2022, en la oficina del notario Lic. Juan Carlos González Rojas, sita, provincia de San José, Barrio Córdoba, frente a esquina noreste del Ministerio de Seguridad Pública. Asimismo, para efectos de información llamar a los teléfonos: Celular: 8338-5117. Oficina: Tel: 2226-2590.—San José, 22 de febrero de 2022.—Lic. Juan Carlos González Rojas, Notario. Código N° 14273.—1 vez.—( IN2022626044 ).

Álvaro Castillo Castro, notario público con oficina en San José, con carné número cuatro mil quinientos ochenta y siete, hace saber que ante el suscrito notario se ha abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue Laureen Sarah Burian, que por razón de su nacionalidad no usa segundo apellido, quien fue mayor de edad, casada un vez, administradora de empresas, ciudadana alemana, pasaporte número C siete tres Z R seis Z V cinco, cédula de residencia número ciento veintisiete seiscientos doscientos seis cero cero ocho. Se cita a posibles herederos, legatarios, acreedores, y en general, a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este aviso, comparezcan ante el suscrito notario a hacer valer sus derechos, apercibidos, los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Tel: 8825-2277.—San José, 21 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1 vez.—( IN2022626047 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión Notarial de quien en vida fue Oscar Castillo Pérez, mayor de edad, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número tres-cero ciento noventa y siete-cero novecientos veintidós, vecino de San José, Coronado, Monserrat, de la iglesia quinientos metros norte, novecientos metros este, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2022.—San José, 08:00 horas del 23 de febrero del 2022. Email: notario79@yahoo.es Fax 2292-3344.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2022626049 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados y herederos en la sucesión de Mario Jiménez Beut, mayor, casado una vez, cédula: uno-cero cuatro uno uno-uno cero uno siete, microbiólogo y siendo su último domicilio Guayabos de Curridabat, para que, dentro del plazo de quince días, a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos, apercibidos de que, si así no lo hicieren, la herencia pasará a quién corresponda. Notaría del licenciado Carlos Alberto Campos Mora, San José, Mata Redonda, de Torre Mercedes doscientos setenta y cinco metros al sur, edificio JM, tercer piso. Teléfono 8713-7700 y correo electrónico: licenciadocarloscampos@gmail.com.—Lic. Carlos Alberto Campos Mora, Notario.—1 vez.—( IN2022626052 ).

Se hace saber: Que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Fernando Garita Guillén, costarricense, cédula de identidad301650348, último domicilio conocido en Cartago, Cartago, El Carmen, San Blas, de la plaza de deportes 800 metros este y 125 metros norte. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Sucesorio Judicial de José Fernando Garita Guillén. Expediente22-000040-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 22 de febrero de 2022.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626063 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Dora Martínez Rojas, de las dieciséis horas con treinta minutos del dieciocho de febrero del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio Ab Intestado Nº 01-2022-NO de quien en vida fuera Carlos Antonio Ulloa Redondo, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Cartago, Alvarado, Cervantes, 25 metros al oeste de la entrada a la Flor de Paraíso, y con cédula número 3-00146-0675. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, con oficina en Cervantes de Cartago, 300 metros al oeste de la entrada a la Flor de Paraíso.—22 de febrero del 2022.—Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2022626072 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Luis Siezar Salguera, mayor, soltero, comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0503550811 y vecino de Liberia, Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 22-000047-0386-CI - 8.—Juzgado Civil Y Trabajo De I Circuito Judicial De Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: seis horas con cuarenta y siete minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Brenda Celina Calvo de La O, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022626088 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria y legitima en sede notarial de quien en vida fuera María Deyanira Rojas Huertas, casada dos veces, educadora con cédula de identidad dos-trescientos noventa y uno-cero ochenta y cinco vecina de San Carlos-Aguas Zarcas, Los Lotes un kilómetro al Norte de la Escuela fallecida el dos de diciembre de dos mil veintiuno, persona de la cual el suscrito Notario da fe con vista del Registro de Defunciones de Alajuela, bajo las citas dos cero dos ocho uno cuatro tres uno cero ocho seis dos, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto y que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría ubicada en Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, contiguo a Almacén Artelec; apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero uno dos mil veintidós.—San José, veintitrés de febrero de dos mil veintidós.—Lic. José Esteban Olivas Jimenez, Notario.—1 vez.—( IN2022626094 ).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Carlos Umaña Guzmán, cédula número uno-trescientos dieciséis-trescientos diecisiete, quien en vida fuera soltero, pensionado y cuyo último domicilio reportado fue: San José, Guadalupe, Barrio Pilar, detrás del Mall El Dorado, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesorio notarial N° 002-2021.—San José, veintitrés de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Evelyn Gómez Quirós, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626102 ).

Ante Alexis Arias López, mediante escritura número veinticuatro, visible en el folio veintiuno frente, del tomo dos, a las diez horas y treinta minutos del día tres del mes de febrero del año dos mil veintidós, se apertura proceso sucesorio con testamento en sede Notarial de Ronaldo Moya Guevara conocido como Ronald Moya Guevara. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—Alexis Arias López, Notario.—1 vez.—( IN2022626108 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Yanidi Martina Castro Vargas, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula número uno- setecientos treinta y cinco-quinientos cincuenta y cuatro, vecina de Puntarenas, Buenos Aires, ciento cincuenta metros norte y doscientos metros este del Salón Azteca, comprobado el fallecimiento del causante, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue Alan Mauricio Solís Castro, mayor, que fuera soltero, pintor, cédula número uno-mil ciento sesenta y nueve-ochocientos veinticinco, vecino de Pérez Zeledón, Barrio San Luis, doscientos metros oeste de la Iglesia Católica, segunda entrada a la derecha, fallecido el cuatro de febrero de dos mil veintidós. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Eduardo Román Gómez, en San Isidro de El General, Pérez Zeledón doscientos metros norte de los Tribunales de Justicia, Teléfono 2771-36-22. Expediente 0001-2022, Sucesión en sede Notarial de Alan Mauricio Solís Castro.—Nueve de febrero de dos mil veintidós.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626110

Ante esta notaría se ha solicitado la apertura de la Sucesión extrajudicial de Maida Maruja Valverde Castro, mayor de edad, casada dos veces, ama de casa, cédula de identidad número: uno - trescientos cuarenta y dos - ochocientos cincuenta y seis, vecina de San Miguel de Desamparados, Urbanización La Capri, casa AK - ocho, del Super La Esperanza setenta y cinco metros al este, quien murió el día ocho de noviembre del año dos mil diecisiete. Se emplaza a los herederos y demás interesados a que se apersonen en el plazo de Ley a partir de la publicación de este edicto, a esta Notaría situada en Guadalupe, Goicoechea, costado norte de la Escuela Pilar Jiménez, en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho. Expediente 01-2022.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—( IN2022626125 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Clemencia Zúñiga Monge, mayor, estado civil viuda, profesión u oficio pensionada, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201700614 y vecino(a) de Alajuela, San Isidro. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000859-0638-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y dos minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—M.Sc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626129 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jesús María Eliseo del Socorro Rodríguez Salas, nació en San Ramón de Alajuela, el ocho de enero de mil novecientos dos, fue bautizado en la Parroquia de San Ramón de Alajuela el diez de enero del mil novecientos dos, hijo de Fermín Hernán Rodríguez Cordero y Adelina Salas Araya, casado con Natalia Mora Araya el nueve de febrero de mil novecientos veintinueve en San Ramón de Alajuela, agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad no indica y vecino de San Lorenzo de San Ramón de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000353-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 09 de diciembre del año 2021.—Msc. José Pablo Quesada Padilla, Juez.—1 vez.—( IN2022626131 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: María Del Carmen Monge Vega, mayor de edad, costarricense, cédula de identidad número tres-cero ciento noventa y siete-doble cero sesenta y nueve, soltera, pensionada, vecina de Cartago, Central, Oriental, Barrio los Ángeles, cien metros norte del Restaurante la Puerta del Sol, para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, apercibidos de que, si no lo hicieren en el plazo aquí dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2022. Notaría de la licenciada María José Valverde Villalón. Teléfono 8528-4684, correo electrónico: mvalverde@abogadacr.com.—Licda. María José Valverde Villalón, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626133 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Luis Zúñiga Zúñiga, mayor, soltero, agricultor, nacionalidad Costarricense, con documento de identidad 0900440378 y vecino de Ostional de Santa Cruz, Guanacaste, un kilómetro al oeste de la plaza de deportes. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000291-0388-CI - 6.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 22 de noviembre del año 2019.—Licda. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626142 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Harol Octavio Peña Mora, mayor, estado civil casado/a, profesión u oficio mecánico, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0303500184 y vecino(a) de Limón, Barrio Los Cocos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 21-000317-0678-CI - 4.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de diciembre del año 2021.—Lic. Diego Steven Duran Mora, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626155 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Elena Salazar Sánchez, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio Oficios Domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0700481302 y vecina de No Indica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000070-0297-CI-8.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 16 de marzo del 2020.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626161 ).

Mediante solicitud de apertura otorgada en escritura pública formulada ante esta Notaría por los señores, María Eugenia Morales Soto, Lidiette Morales Soto, Julián Antonio Morales Soto, Jose Francisco Morales Soto, Marvin Antonio Morales Soto, Laura del Carmen Morales Soto, y Johnny Bernardo Morales Soto, a las dieciocho horas del día once de febrero del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de quien en vida se llamó Ismael Antonio Morales Brenes, mayor, fallecido, quien en vida fue portador de la cedula de identidad número tres - cero uno cero seis - cero dos cero cinco, vecino de Cartago, Paraíso, setenta y cinco metros al sur del Bar Atlántico, esta Notaria ha declarado abierto su proceso sucesorio ad intestato en sede notarial. Por lo que, por una sola vez se cita y emplaza a todos los herederos, legataries, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ismael Antonio Morales Brenes, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus Derechos bajo apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasara a quien corresponda. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta misma lo ha indicado. Dirección de Notaría: Cartago, Paraíso, Barrio La Estación, cincuenta metros al sur del Bar Atlántico. Teléfono: 88127220. Expediente número cero cero uno-dos mil veintidós. Sucesorio notarial de Ismael Antonio Morales Brenes. Notaría del Licenciado José Ricardo Argüello Brenes.—Paraíso de Cartago, a las dieciocho horas del veintidós de febrero del dos mil veintidós.—Lic. José Ricardo Argüello Brenes, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626162 ).

Mediante solicitud de apertura otorgada en escritura pública formulada ante esta notaría por los señores, Saúl Andrés Morales Morales, Fabián Alonso Morales Morales y Rosa Amelia Morales Gamboa, a las dieciocho horas del día catorce de febrero del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de quien en vida se llamó Saúl Antonio Morales Soto, fallecido, quien en vida fue mayor, costarricense, mecánico automotriz ,casado una vez, vecino de Paraíso de Cartago, veinticinco metros oeste de la parada de buses de Llanos de Santa Lucía, con cédula de identidad número: tres-cero dos cuatro cero-cero ocho cinco tres, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ad intestato en sede notarial. Por lo que, por una sola vez se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Saúl Antonio Morales Soto, para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus Derechos bajo apercibimiento de que, si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quién corresponda. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta misma lo ha indicado. Dirección de Notaría: Cartago, Paraíso, Barrio La Estación, cincuenta metros al sur del Bar Atlántico. Teléfono: 88127220. Expediente número cero cero dos-dos mil veintidós. Sucesorio Notarial de Saúl Morales Soto. Notaría del Licenciado José Ricardo Argüello Brenes.—Paraíso de Cartago, a las diecinueve horas del veintidós de febrero del dos mil veintidós.—Lic. José Ricardo Argüello Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2022626163 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alexandra María Zúñiga Gutiérrez, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense con documento de identidad 0302180479 y vecina de Cartago, La Unión de Tres Ríos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente:220000420640CI.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: doce horas con cincuenta y tres minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—( IN2022626175 ).

Se cita y emplaza por haber sido abierto proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Carlos Federico Piedra Cerdas, mayor, divorciado una vez, comerciante, cédula de identidad tres - cero doscientos - mil trescientos veinte, vecino de Cartago. A todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Guillermo Valverde Schmidt, Cartago, centro, del Bac San José, doscientos metros al sur y veinticinco metros este. Teléfono 2552-3297.—Lic. Guillermo Valverde Schmidt.—1 vez.—( IN2022626185 ).

Se hace saber: Que ante la notaría del licenciado Roberto Marín Segura, notario público con oficina en Paracito de Santo Domingo de Heredia, cien metros norte de la Iglesia católica, se tramita el proceso sucesorio, de quien en vida fueron María Eugenia Jara Fernández, con cédula de identidad número uno cero dos cuatro siete cero siete cero cuatro, y Juan Pedro García Sancho, con cédula de identidad número uno cero dos cuatro cuatro cero nueve ocho seis. Por este medio se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante dicho Notario a hacer valer sus derechos, advertido de que si no se apersonan dentro del referido plazo, la herencia pasará a quien se apersone y legalmente corresponda.—Heredia 23 de febrero de 2022.—Roberto Marín Segura, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626190 ).

Se hace saber que, ante la notaría del licenciado Roberto Marín Segura, notario público, con oficina en Paracito de Santo Domingo de Heredia, cien metros norte de la Iglesia católica, se tramita el proceso sucesorio, de quien en vida fue Juana Ruiz Bonilla, con cédula de identidad número cinco-cero cero siete seis-cero cinco tres seis. Por este medio se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante dicho Notario a hacer valer sus derechos, advertido de que, si no se apersonan dentro del referido plazo, la herencia pasará a quien se apersone y legalmente corresponda.—Heredia 23 de febrero de 2022.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626191 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisco de Jesús Cerdas López, mayor, estado civil casado/a, profesión u oficio agricultor(a), nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0500540462 y vecino(a) de Palmira de Cañas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 22-000017-0927-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta y nueve minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós.—Luis Adrián Rojas Hernández, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2022626201 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Blanca Rosa Azofeifa Vargas, a las trece horas del veintitrés de febrero el año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Rónald Hugh Harmon Anderson, estadounidense, vecino de La Libertad de Sardinal de Carrillo, setenta y cinco metros al sur de la capilla Católica, pasaporte número Z-ocho cero nueve cinco nueve-ocho cinco dos cuatro, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Marianela Moreno Paniagua. Filadelfia, Carrillo, Guanacaste frente al Banco Nacional, teléfono 8826-7358.—Ocho de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Marianela Moreno Paniagua.—1 vez.—( IN2022626210 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Ángela Micaela Marchena Marchena, a las doce horas del doce de febrero el año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Antonio Montes Álvarez c/c José Antonio Montes Montes, vecino de Río Cañas de Belén de Carrillo, cuatrocientos metros al este del salón El Jardín, cédula número cinco-cero cero setenta y dos-cero setecientos cuarenta y uno, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Marianela Moreno Paniagua. Filadelfia, Carrillo, Guanacaste frente al Banco Nacional, teléfono 8826-7358.—Ocho de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1 vez.—( IN2022626212 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ubaldo Picado Sandí, mayor, comerciante, divorciado, vecino de Calle Fallas, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0102390273. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 22-000010-0216-CI-8.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: <A_FECHAEMISIONFIRMA[-R1]>.—Allan Barquero Durán, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022626244 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Estrella Artavia Aldecoba, mayor, estado civil casada, ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0105670265 y vecina San José, Alajuelita, distrito San Josecito. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000036-0216-CI-2.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: catorce horas con veintiséis minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022626285 ).

De acuerdo a lo establecido en los artículos 115 y siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se informa y cita a todas aquellos interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta notaría se ha iniciado en sede notarial, la sucesión de quienes en vida se llamaron Rubén Oses Herrera, jubilado, cédula de Identidad N° 4-0023-6254, defunción acaecida el 29 de mayo de 1996; Luz Ángel Del Socorro Álvarez Morales, ama de casa, cédula de Identidad N° 4-0038-0836s, defunción acaecida el 9 de setiembre de 2007; ambos casados una vez entre y Carlos Luis Oses Álvarez, empleado, soltero, portador de la cédula de Identidad N° 4-0104-1077, defunción acaecida el 28 de setiembre de 2021; todos mayores de edad y vecinos de Barva de Heredia, para que en el término de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. La notaría está ubicada 25 metros al este del Polideportivo de Ipís, Goicoechea, San José, correo gloriavega@ice.co.cr, Fax 22 29 65 51.—Licda. Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626297 ).

De acuerdo a lo establecido en los artículos 115 y siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se informa y cita a todos aquellos interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta notaría se ha iniciado en sede notarial, la sucesión de quien en vida se llamó José Mauricio Araya Araya, soltero, politólogo, vecino de Guatuso de Patarrá, Desamparados, cédula de identidad número 1-0754-0299. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras, y, en general, a todos lo que tengan interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el término de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, lo que en derecho corresponda, con el apercibimiento de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. La Notaría está ubicada 25 metros al este del Polideportivo de Ipís, Goicoechea, San José, correo gloriavega@ice.co.cr, fax 2229-6551; teléfono: 2229-6551.—Licda. Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626298 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Michael Angello Vargas Salazar, Svetlana Vargas Salazar, Ivanova Vargas Salazar, Viacheslav Vargas Salazar y Valentina Vargas Salazar a las catorce horas treinta minutos del seis de mayo del año dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento de Ana Isabel Salazar Fonseca, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. notaría del Lic. Jorge Luis Castro Solano. San José, Hatillo Centro, Residencial Belgrano Teléfono 8480-7391. Publicar una vez.—San José, veintidós de febrero del año dos mil veintidós.—Lic. Jorge Luis Castro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2022626322 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Eduardo Wechekem Rose, a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Marlon Enrique Wickehem Fray, cédula de identidad siete-cero cero ochenta y cinco-cero cuatrocientos quince, mayor, soltero y vecino de San José; esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del licenciado Luis Fernando Torres Rueda, oficina abierta en Limón centro, frente a Tribunales de Justicia en los altos de Prestamás, teléfono dos siete cinco ocho-dos tres siete dos, a las once horas del veintitrés de febrero del dos mil veintidós. Publicar una vez.—Lic. Luis Fernando Torres Rueda, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626333 ).

En la notaría del licenciado Hilario Agüero Chaves, en Ciudad Neily Puntarenas, diagonal a la Regional del MEP, a las catorce horas del día veintitrés de febrero del dos mil veintidós, se hace de público conocimiento el edicto, convocando a los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Luz Marina Novoa Molina, quien fue, mayor, viuda una vez, del hogar, cédula de identidad número: dos-doscientos cincuenta y cinco-cuatrocientos cuarenta y nueve, fue vecina de Barrio El Carmen, Corredores Puntarenas, frente a la plaza de deportes. Se emplaza a todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda, expediente: número cero cero cero uno-dos mil veintiuno. Sucesorio en Sede Notarial.—Licda. Hilario Agüero Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2022626335 ).

En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Israel Silvino Sánchez Duarte, mayor, viudo, agricultor, vecino de Pérez Zeledón, con documento de identidad uno-doscientos cuarenta y cinco-novecientos cincuenta y siete (0102450957). Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000025-0188-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2022626342 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por David Wabe Arce, a las catorce horas del nueve de octubre del dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Sofie Betti Zander Kuhn, mayor, viuda, con último domicilio en Frobelstrasse veinte, nueve mil quinientos trece, Zirndorf, Baviera, Alemania, pasaporte de su país número D-uno siete ocho cuatro dos nueve seis. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría en San José, Curridabat, Granadilla, cuatrocientos metros al norte y ciento veinticinco metros al este de Plaza Freses, Condominio Tapanti número uno, a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Esteban Villegas C. notario público. Expediente número 01-2021-Notarial.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626357 ).

Mediante Acta de Apertura otorgada ante esta notaría por María Eugenia Flores Acuña, cédula 2-0320-0927, y habiéndose comprobado el fallecimiento de los causantes, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fueran Bolívar Flores Nájera, mayor, casado una vez, pensionado, cédula 1-0212-0114, fallecido el 6-06-2003 y Mireya Josefina Ramona Moscoso Vega, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 9-0014-0849, fallecida el 12-10-2012, ambos vecinos de Alajuela, Jesús María, un kilómetro sur de la Iglesia Católica. Se cita y emplaza a todos los legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría Lic. Yesenia Mora Jiménez, oficina Alajuela, San Mateo, Labrador, Oricuajo de Pacas Don Leo 250 metros sur, correo electrónico juridicosmora@gmail.com, Telf. 8880-4282. Exp. 003- 2022.24-02-222.—Licda. Yesenia Mora Jiménez.—1 vez.—( IN2022626360 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Ian Jirón Romero, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 17-002108-0292-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y veintidós minutos del cuatro de marzo de dos mil diecinueve, 17 de febrero del 2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625609 ).                                                        3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el Depósito Judicial de las personas menores de edad Bryan, Karol, German y Sebastián David todos Vílchez García, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000661-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas veintidós minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022625611 ).    3. v 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Michelle Nicole Vega Vindas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 21-000196-1552-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), a las catorce horas cuarenta y ocho minutos del once de enero de dos mil veintidós, 11 de enero del año 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625753 ).                                  3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Rebeca Fernández Villanueva, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°21- 000229-1552-FA. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), a las catorce horas diecisiete minutos del once de enero del dos mil veintidós.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625755 ).                   3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de los menores Arturo Espinoza Mayorga y Eliécer Espinoza Mayorga, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las trece horas treinta y uno minutos del once de enero de dos mil veintidós, expediente N° 21-000230-1552-FA.—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 11 de enero del 2022.—Licda. Francella Guzmán Valerio, Juez Decisor.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625756 ). 3 v. 3.

MSc. Pablo Amador Villanueva, juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Cristina Patricia Hernández Chacón, en su carácter personal, quien es mayor, nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1356-0424, domicilio desconocido; se le hace saber que en demanda actividad judicial no contenciosa, expediente N° 21-000718-0364-FA, establecida por el Patronato Nacional de la Infancia Oficina Local de Heredia Sur contra Santiago Elizondo Vargas y Cristina Patricia Hernández Chacón, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las dieciséis horas y treinta y uno minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiuno. De las presentes diligencias de depósito judicial de la(s) persona(s) menor(es) Ismael Antonio Elizondo Hernández, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Heredia Sur, se confiere traslado por tres días a Santiago Elizondo Vargas y a Cristina Patricia Hernández Chacón. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Gestión en línea: si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea, a señalar este medio para recibir notificaciones, e ingresar escritos directamente al expediente; lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde cualquier dispositivo electrónico a consultar su expediente, revisar sus notificaciones así como los escritos presentados, con lo anterior se evitará largas filas. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios Firmado profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 22776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)” Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un Lugar para atender notificaciones (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar Medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con Firmado digital de lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros extremos: Se otorga el depósito judicial provisional de la(s) persona(s) menor(es) de edad Ismael Antonio Elizondo Hernández, en el hogar de Gerardo Elizondo Rivera y Denise Vargas Carmona, abuelos paternos del menor, a quien se le previene que comparezca a este despacho dentro del plazo de tres días a aceptar y jurar el cargo. Lo anterior bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se resolverá lo que en derecho corresponda. Notificaciones: Notifíquese esta resolución al señor Santiago Elizondo Vargas personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real, en la siguiente dirección: Heredia, San Francisco, residencial Las Palmeras, casa número 51. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a la referida persona, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de Heredia. Asimismo, notifíquese esta resolución a la señora Cristina Patricia Hernández Chacón por medio de edicto, la presente comunicación se enviará de forma electrónica a la Dirección Ejecutiva de la Imprenta Nacional. Prevención: Previo a expedir la comisión deberá el ente promovente dentro del plazo de tres días aportar un juego de copias de todo el expediente, bajo el apercibimiento de que, si no lo hiciera, no se le atenderán futuras gestiones que presente y se podrá ordenar el archivo del presente asunto (artículo 136 del Código Procesal Civil). Se le hace saber a la parte promovente que dichas copias deberán ser presentadas exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante respectivo. Notifíquese. MSc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625780 ).                                    3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Abigail Hernández Cubero, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-001953-0292-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas cuarenta y ocho minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626062 ).                                                               3 v. 1.

A Rosendo Ocampo García y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Meylin María Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y Ronny Rosendo Ocampo Picado, N° 22-000019-0687-FA se les pone en conocimiento la resolución de las diez horas con veintidós minutos del doce de enero del año dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Meylin María Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y Ronny Rosendo Ocampo Picado, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Rosendo Ocampo García, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso de que, el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Asimismo, se ordena el depósito judicial provisional de los menores Meylin María Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y Ronny Rosendo Ocampo Picado bajo la custodia de Melvin Antonio Picado quien deberá presentarse ante este despacho para la aceptación del cargo dentro de los tres días posteriores a la notificación de esta resolución. Expediente N° 22-000019-0687-FA. Clase de asunto depósito judicial. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626216 ).                3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Santiago Jesús Camacho Fernández, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.- Expediente N°21-000808-0687-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las trece horas con treinta y tres minutos del nueve de diciembre del año dos mil veintiuno, 09 de diciembre del año 2021.—Licda. Marjorie Salazar Herrera.- Jueza.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022626219 ).    3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Santiago Jesús Camacho Fernández, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-000808-0687-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa depósito judicial. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las trece horas con treinta y tres minutos del nueve de diciembre del año dos mil veintiuno, 09 de diciembre del año 2021.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626220 ).                                                                                3 v. 1.

MSc. Liana Mata Méndez, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a María José Esquivel Ocampo, en su carácter personal, quien es de domicilio desconocido, cédula 4-0425-0185, se le hace saber que en Proceso Actividad Judicial no Contenciosa (Depósito Judicial Expediente N° 20-002128-0292-FA), establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del quince de diciembre de dos mil veintiuno. De las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad Luciana Esquivel Ocampo, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a María José Esquivel Ocampo, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de Trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado Civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese esta resolución al licenciado Mariano Alfredo Solórzano Olivares, quien figura como Curador Procesal de la señora María José Esquivel, al medio señalado en autos para tales efectos. Ordena edictos: Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Asimismo, al tenor del ordinal 263 del Código Procesal Civil de 1989, vigente en materia de familia, se ordena publicar la presente resolución en el Boletín Judicial mediante el edicto correspondiente. Nota: Publíquese por una única vez. Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625995 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 21-000665-1304-FA, solicitan se apruebe la adopción individual de Kembly Pamela Monge Méndez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia). Ciudad Neily, 22 de febrero del año 2022.—Licda. Katia Soto Barahona, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626060 ).

Expediente Nº 20-000079-0958-CI.—Se hace saber que en proceso judicial de concurso civil de acreedores tramitado en este despacho judicial, se dictó la sentencia número 19-2021 de las quince horas tres minutos del doce de febrero del dos mil veintiuno, y la resolución de las nueve horas treinta y tres minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno, que en lo conducente dicen: “...Se declara insolvente a Fressia Valverde Araya, mayor, soltera, administradora, cédula N° 01-1143-470, vecina de Pérez Zeledón, trabajadora de la Caja Costarricense de Seguro Social y se ordena la apertura del proceso concurso civil de acreedores de conformidad con los numerales 899 del Código Civil y 763 del Código Procesal Civil. En consecuencia, se dispone la apertura del concurso civil de acreedores del citado fallido. Solicítese a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial la designación del curador propietario, curador suplente y notario inventariador que por turno corresponda. La petente Fressia Valverde Araya queda de derecho separado e inhibido de la facultad de administrar y disponer de los bienes que le pertenecen y sean legalmente embargables. El curador será quien administre los bienes y activos embargables que se constaten, para luego ser pagados los créditos conforme a las reglas concursales vigentes. Se fija en calidad de por ahora y en perjuicio de terceros, el 22 de abril del 2020 tres meses antes de la presentación del escrito inicial -según consta en los sistemas judiciales se presentó el 22 de julio del 2020- fecha en que se presume empezó el estado de insolvencia, de conformidad con el artículo 888 del Código Civil. Se previene al deudor que no abandone su domicilio ni salga del país sin autorización judicial, bajo el apercibimiento de que, si lo hiciere, podrá ser juzgado por desobediencia a la autoridad. Comuníquese a la Dirección. General de Migración y al Ministerio Público para lo que corresponda. Procédase a la ocupación, inventario y depósito de los bienes embargables del insolvente. Lo primero y tercero lo asumirá el curador que se designe. El inventario lo hará el notario inventariador por nombrar. Comuníquese al Registro Público la declaratoria y su fecha, para que se abstenga de inscribir títulos emanados del insolvente. Asimismo, a la Dirección General de Correos a fin de que envíe al Juzgado la correspondencia perteneciente al mismo. Comuníquese también a los bancos, almacenes generales de depósito y aduanas para que se abstengan de entregar a la deudora o su apoderado, títulos valores, efectos de comercio, mercaderías o cualquier documento con valor económico. Por ser asalariado la persona insolvente, comuníquese a la Dirección de Recursos Humanos de la Caja Costarricense del Seguro Social la presente resolución, por mandamiento, para que proceda a depositar en adelante, período tras período de pago de salario, la parte legalmente embargable del salario de Fressia Valverde Araya en la cuenta automatizada de este proceso judicial número: 200000790958CI del Banco de Costa Rica. La parte legalmente inembargable de su salario le será entonces entregada de manera íntegra al insolvente, por lo que, el patrono deberá abstenerse, con esta orden judicial, de hacer deducciones salariales automáticas, aun consentidas por la persona trabajadora insolvente, en perjuicio de la masa de acreedores, según la interpretación judicial del artículo 899 del Código Civil y el principio concursal de igualdad de acreedores. Este mandamiento lo diligenciará el curador o la persona insolvente de manera personal, de la misma forma con el oficio que se ordena expedir a las entidades acreedoras de su interés que hasta ahora se han visto beneficiadas con pagos de cuotas de créditos mediante el sistema de deducción automática de la planilla de la persona deudora. Se concede a los acreedores nacionales y extranjeros un plazo de dos meses para legalizar sus créditos y reclamar en su caso, el privilegio que tuvieren, el cual empezará a correr desde la última publicación de la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín Judicial y en un periódico de circulación nacional. Apersónese la persona insolvente, la persona curadora o cualquier otra persona interesada ante la Imprenta Nacional a efectos de atender el gasto necesario para la publicación del edicto que aquí se ordena, mismo que será enviado de inmediato por el Juzgado Concursal de forma electrónica. Este gasto podrá ser reembolsado posteriormente, con preferencia, como un crédito de la masa. Se prohíbe hacer pagos y entregas de efectos a la deudora insolvente, y si esto se incumpliere no quedarán descargados de la obligación. Se previene a todas las personas en cuyo poder existan pertenencias del insolvente, cualquiera que sea su naturaleza, que dentro del plazo de ocho días hagan entrega al curador o a este juzgado manifestación y entrega de ellas, bajo pena de ser tenidos como ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios. Los tenedores de prendas y demás acreedores con derecho de retención, tendrán la obligación de dar noticia al curador o al Juzgado, también bajo el apercibimiento indicado. En caso de pagos de dinero o devolución de éste a favor del insolvente, el dinero deberá ser depositado en la cuenta bancaria número 200000790958CI del Banco de Costa Rica, para lo cual la persona depositante, en forma personal en este estrado judicial, por teléfono o por escrito con autenticación de abogado, deberá identificarse con su nombre completo y número correcto de identificación, para que pueda ser incluido en el sistema informático de los depósitos judiciales previo a la transacción bancaria que interese. Comuníquese al Ministerio Público para que se investigue la posible comisión o participación del delito de insolvencia fraudulenta. Notifíquese...” “...Según lo dispuesto por el artículo 58.3 del Código Procesal Civil (Ley 9342), se Corrige el error material respecto al número de identificación de la insolvente Fressia Valverde Araya, ya que en sentencia N° 2021-19, de las quince horas tres minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno, se indicó 01-1143-470, cuando lo correcto será 1-1153-0470...”.— Juzgado Concursal, San José, quince horas cincuenta y tres minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno. Doctora Jennifer Arroyo Chacón, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626193 ).

Licenciada Maureen Vanessa Ortiz Cerdas. Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Adonys Miguel Moraga Fajardo, en su carácter personal, quien es mayor, cédula 0604280625, de paradero y demás calidades desconocidas, y a Josué Daniel Cárdenas Guido, en su carácter personal, quien es mayor, cédula 0603980520, de paradero y demás calidades desconocidas se les hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa de depósito judicial de persona menor de edad, expediente 21-000103-1146-FA establecido por Patronato Nacional de la Infancia, contra Jessica Alejandra Álvarez Montero, Adonys Miguel Moraga Fajardo, Josué Daniel Cárdenas Guido y Francisco Villegas Barrantes se ordena notificarle por edicto a Adonys Miguel Moraga Fajardo, Josué Daniel Cárdenas Guido, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las siete horas cuarenta y nueve minutos del dos de febrero de dos mil veintidós. Por parte del Patronato Nacional de la Infancia se tiene por establecidas éstas diligencias de Actividad Judicial no Contenciosa de Depósito Judicial a favor de las personas menores de edad Marjorie Chaleska Moraga Álvarez, Nailyn Taicha Cárdenas Álvarez. Naidelyn Naomi Álvarez Montero, y Ashly Villegas Álvarez. De éstas diligencias se confiere audiencia por el plazo de tres días hábiles a Jessica Alejandra Álvarez Montero, Adonys Miguel Moraga Fajardo, Josué Daniel Cárdenas Guido y Francisco Villegas Barrantes para que si a bien lo tienen se refieran a los hechos y pretensiones que formula el ente promovente y si, lo consideran, podrán oponerse a las mismas; además se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, y se producir a igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Siendo que se desconoce la dirección de los señores Moraga Fajardo y Cárdenas Guido, según lo manifestado por el ente promovente, se ordena notificar a estos por medio de un edicto que se publicará por una única vez en el Boletín Judicial. A la señora Álvarez Montero por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Alajuela, por ser habida en Alajuela, Guatuso, San Rafael, del Colegio Técnico Profesional de Guatuso, 800 metros amino a Betania, 2 entrada de los lotes Municipales, primera casa de sócalo, de cemento y madera color vino. Teléfono: 7245-4362. Al señor Villegas Barrantes, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Puntarenas, por ser habido en Puntarenas, Fray Casiano, Barrio El Huerto, primera entrada, 175 metros al Este, cuarta casa a mano izquierda. Medida provisional: Tal y como se solicitada por parte del ente promovente, se concede el depósito judicial provisional de las personas menores de edad Marjorie Chaleska Moraga Álvarez, Nailyn Taicha Cárdenas Álvarez al recurso familia señora Xinia María Álvarez Álvarez, de la persona menor de edad Naidelyn Naomi Álvarez Montero con el recurso comunal Marco Vinicio Altamirano Raygada y Sara María de los Ángeles Jiménez Sileski, y la persona menor de edad Ashly Villegas Álvarez bajo el cuido de Ericka Peña García a quienes se invita a apersonarse a este despacho para la debida aceptación del cargo conferido. A fin de notificar a las partes, se le previene al ente promovente que, en el plazo de tres días hábiles, aporte un juego de copias de la demanda. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Msc. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626197 ).

Se les comunica a todas las partes e interesados, y a los que legalmente corresponda la tutela (artículo 177 Código de Familia), que en este despacho se tramita el proceso de tutela de la menor: José David Herrera Valderramos, vecino de Puntarenas, Osa, Ojochal, para que se le nombre como tutor a: María Valderrama Jiménez. Lo anterior, para que dentro de los 15 días posteriores a la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, o se presenten a encargarse de la tutela. Asimismo, de que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio (correo electrónico autorizado), para atender sus futuras notificaciones. De no hacerlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, incluido que no esté autorizado, todas las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Artículo 8 y 177 Código de Familia, 4 Código Procesal Civil (7130), 126.3 Código Procesal Civil (9342), 11 y 34 Ley de Notificaciones (8687). Expediente: 22-000014-1420-FA. Tutela. Promotor: PANI.—Juzgado de Familia de Osa, 16 de febrero del 2022.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626218 ).

Se avisa a la señora Raquel Vanessa Cordero Bonilla (portadora de la cédula de identidad 1-1410-0557), de domicilio y (demás) calidades desconocidas, y a Carlo Alonso Mora García (portadora de la cédula de identidad 1-1219-0417) de domicilio y (demás) calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N°21-000582-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Geancarlo Mora Cordero. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias. Expediente N°21-000582-0673-NA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, diez horas treinta y tres minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Msc. José Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626224 ).

Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza, Juzgado de Familia de Grecia, a la señora Kimberly A. Oses Cruz y Francisco Vargas Torres y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Vargas Oses Jose Ángel, Vargas Oses Jose Mario y Vargas Oses Javier Francisco, se les pone en conocimiento la resolución de las trece horas con ocho minutos del doce de octubre del año dos mil veintiuno de este despacho que en lo conducente dice: Razones dadas y normativa citada, se declara con lugar la presente acción y se ordena el depósito judicial de las personas menores de edad Jose Ángel, José Mario y Javier Francisco todos apellidos Vargas Oses a cargo de su abuela paterna la señora Elizabeth Torres Salas quien seguirá velando por cuido directo y bienestar integral de sus dos nietos menores de edad bajo la constante supervisión, soporte profesional y si es del caso inclusive material del Patronato Nacional de la Infancia. En caso necesario inclusive valorando la posibilidad de incorporar el recurso familiar de cuido en este caso al Programa de Hogares Solidarios Subvencionados del PANI, a fin de que la situación económica del grupo familiar no se convierta en un elemento de riesgo para los derechos fundamentales de las personas menores de edad. Se le confiere a la persona designada como Depositaria Judicial un plazo de cinco días a partir de la notificación de la presente resolución para que se apersone a este despacho a aceptar el cargo conferido. La representante legal del ente promotor deberá promover su presentación ante este despacho judicial. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por una única vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. Lo así dispuesto se inscribirá ante el Registro Civil sección de Nacimiento de la provincia de Alajuela según citas de inscripción 208690484 en el caso de Jose Ángel Vargas Oses; 208690485 en el caso de Jose Mario Vargas Oses y citas 208510297 en el caso de Javier Francisco Vargas Oses. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Expediente 21-000431-0687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022626256 ).

Se avisa que en este Despacho, bajo el expediente número 22-000403-0338-FA, adopción conjunta de persona menor de edad de Eythan Gamboa Villanueva, promovida por Marianela del Rescate Bonilla Rodríguez, Randall Mauricio Sánchez Fuentes. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 21 de febrero del 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626261 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 22-000394-0338-FA, adopción de hijo de conyugue de persona mayor de edad, de las personas Brandon Daniel Chacón Duarte, promovida por Erick Mauricio Araya Ureña. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 18 de febrero del año 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022626262 ).

De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Johanzel Aguilar Trigueros, Santiago Rojas Aguilar y Luciana Rojas Aguilar, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Dayana Cristina Aguilar y Steve Johansen Rojas Cordero, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Dayana Cristina Aguilar, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Tercer Circuito Judicial de San José. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales y Steve Johansen Rojas Cordero Por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Notifíquese. Expediente N°22-000311-0338-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—07 de febrero del año 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626275 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por Jorge Martín Alpízar Campos a favor de Ema Generosa Dulcelina Campos Leitón, expediente número 21-001983-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 22 de febrero del año 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626302 ).

Se avisa que, en este Despacho bajo el expediente N° 22-000372-0338-FA, solicitan se apruebe la adopción de la de persona menor de edad Hijo de Conyugue, de la persona menor de edad Uriel José Romero Ulloa, promovida por Carlos Alberto Brenes Barquero. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Este edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado de Familia de Cartago, 18 de febrero del 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626303 ).

Se avisa, a los señores Wagner Arturo Soto Molina portador de la cédula de identidad número 2-0494-0671 Y Kattia Yajaira Salazar Calderón portadora de la cédula número 1-1355-0663 hace saber que existe proceso N° 20-000639-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Brandon Arturo Soto Salazar establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Wagner Arturo Soto Molina y Kattia Yajaira Salazar Calderón que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 2022000131. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia. A las once horas treinta y tres minutos del nueve de febrero de dos mil veintidós Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos probados: … II. Sobre el fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 117, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Brandon Arturo Soto Salazar. Se extingue a su madre Kattia Yajaira Salazar Calderón, el ejercicio de la patria potestad, así como a su padre Wagner Arturo Soto Molina. Se ordena el depósito judicial del niño Brandon Arturo Soto Salazar en el Patronato Nacional de la Infancia, debiendo apersonarse a este despacho dentro de tercer día a aceptar el cargo conferido. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil. Sin especial condenatoria en costas. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil. Tome nota el registro de nacimientos de la provincia de: Heredia, tomo: trescientos treinta y siete folio: ciento seis asiento: doscientos doce. Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Publíquese parte dispositiva en Boletín Judicial, para lo que corresponda. Msc. Jose Olger Valverde Leitón. Juez(a). Teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia 2295-3115.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 16 de mayo de 2022.—Msc. José Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626311 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Melissa Herrera Hernández, mayor, estado civil soltera, profesión asistente administrativa, cédula de identidad número 1-1267-0780, vecina de San Rafael de Heredia, del Restaurante Katuay 125 mtrs este, casa portón rojo, hija de Juan Ramón Herrera León y Marielos Hernández González, nacida en San José el 06/12/1985, con 36 años de edad, y Adrián Aguilar Álvarez, mayor, estado civil soltero, profesión Barista, cédula de identidad número 11170084, vecino de San Rafael de Heredia, del Restaurante Katuay 125 mtrs este, casa portón rojo, hijo de Alexis Aguilar Jiménez y María del Socorro Álvarez Campos c.c Mayra, nacido en San José, el 10/09/1981, con 40 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000201-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, fecha, 27 de enero del año 2022.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Juez(a) Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625924 ).

Licenciada Kensy Cruz Chaves, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, los señores: Diego Gómez Poveda, mayor, costarricense, soltero, operario, cédula de identidad número 7-0196-0386, hijo de Juan Rafael Gómez Gómez y Rosa Poveda Sandoval, nacido en Centro, Central, Limón, el 05/02/1990, con 32 años de edad; y Maurely Tatiana Mora Aguilar, mayor, costarricense, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 7-0184-0219, hija de Gerardo Mora Vargas y Carmen Aguilar Maroto, nacida en Centro, Central, Limón, el 24/04/1988, actualmente con 33 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Barrio Bananito Sur, costado de la Iglesia de Dios Pacto, casa mano izquierda de baldosas blancas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000066-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 21 de febrero del 2022.—Msc. Kensy Cruz Chaves, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626053 ).

Ante esta notaría y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia comparecen los señores Moisés Antonio González Ocampo, de veinte años de edad, Desarrollador de Software, portador de la cédula de identidad número uno-uno ocho dos cuatro-cero tres cinco cero, nacido en Costa Rica, San José, vecino de San José, Central, Pavas, Alameda Ricardo Jiménez, casa N° 2, hijo de Marvin González Eduarte y de Mercedes Auxiliadora Ocampo Jaime, ambos de nacionalidad costarricense; y Dalia Elizabeth Bermúdez Varela, de veinte años de edad, Desarrolladora de Software, portadora del pasaporte nicaragüense número c-cero dos siete cero seis tres ocho cinco, nacida en León Nicaragua, vecina de San José, Goicoechea, San Francisco, de la iglesia de ladrillos, 100 metros este y 100 metros sur, hija de Marcia Eunice Varela Hernández y de Mauricio Antonio Bermúdez Zepeda, ambos nacionalidad Nicaragüense, y quienes manifiestan que desean contraer matrimonio. Quien tenga oposición a dicha unión, debe hacerlo saber a esta notaría con oficina en San José, Santa Ana, Piedades, Residencial Montaña Luna, casa 7.—San José, a las 10 horas del 23 de febrero del 2022.—Lic. Ricardo Fernando Mora Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2022626059 ).

 Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Edwin Amado De Jesús Mora Guadamuz, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0107140460, vecino de Grecia, Invu número 2, de la cancha de deportes 230 mts suroeste, casa a mano derecha, color verde, muro rojo, verjas negras, hijo de Carmen Guadamuz Álvarez y Eduardo Mora Delgado, nacido en Salitral, Santa Ana San José, el 19/11/1967, con 53 años de edad, y Oscar Enrique Aguilar Bermúdez, mayor, soltero, oficios domésticos, cédula de identidad número 0113550513, vecino de Grecia, Invu mero 2, de la cancha de deportes 230 mts suroeste, casa a mano derecha, color verde, muro rojo verjas negras, hijo de María Elena Bermúdez Sánchez y Álvaro Aguilar Leitón, nacido en Hospital Central San José, el 30/05/1988, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº21-000947- 0186-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), Alajuela, Grecia, 15 de noviembre del año 2021.—MSc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626226 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Giovanni Enrique Rojas Alvarado, mayor, soltero, peón de explotaciones agrícolas, cédula de identidad número 0602530067, vecino de Caracol, de la entrada, la primera casa, casa de bono color rosada, hijo de Josefina Alvarado Arguedas y Rafael Adonay Rojas Quirós, nacido en Quepos, Aguirre, Puntarenas, el 09/04/1973, con cuarenta y ocho años de edad; y Guiselle del Jesús Villalobos Robles, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0602720437, vecina de la misma dirección del anterior, hija de Fidelia Robles Arias y Rigoberto Villalobos Molina, nacida en Centro, Golfito, Puntarenas, el 13/01/1976, actualmente con cuarenta y seis años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000129-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, 22 de febrero del 2022.—Licda. Katia Soto Barahona, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626258 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Crisel Gabriela Jiménez González, mayor, soltera, niñera, cédula de identidad número 0604200564, vecina de Copa Buena de San Vito, 150 metros sureste del Salón Multiusos, casa de bono color mostaza con café, hija de Aurora María González Salas y Roger Alberto Jimenez Arguello, nacida en San Vito Coto Brus Puntarenas, el 09/11/1994, con veintisiete años de edad, e Isaí Zúñiga Cordero, mayor, soltero agricultor, cédula de identidad número 0604020665, vecino de la misma dirección de la anterior, hijo de Inés Cordero Molina y Nery Zúñiga Salas, nacida en Corredor Corredores Puntarenas, el 03/04/1992, actualmente con veintinueve años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 22-000127-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, 21 de febrero del 2022.—Licda. Katia Soto Barahona, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022626259 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Emmanuel Alejandro Pacheco Jiménez, mayor, soltero, técnico en informática, cédula de identidad número 0304480346, vecino de Oreamuno, hijo de Vera Violeta Jiménez Brenes y Alonso Gerardo Pacheco Quesada, nacido en Oriental Central Cartago, el 12/09/1990, con 31 años de edad, y Noelia María Torres Quesada, mayor, soltera, operaria, cédula de identidad número 0304840761, vecina de Oreamuno, hija de Lilliana María Quesada Víquez y Mario Torres Méndez, nacida en Oriental Central Cartago, el 10/02/1995, actualmente con 28 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Alonso Pacheco Jiménez y Ileana Araya Cedeño. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000345-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 10 de febrero del 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626266 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil José Antonio Serrano Bonilla, mayor, divorciado/a, dato desconocido, cédula de identidad número 0303340062, vecino(a) de 47, hijo(a) de Ana Bonilla Berrocal y Modesto Serrano González, nacido(a) en Orosi, Paraíso, Cartago, el 08/12/1974, con 47 años de edad, y Sonia María Torres Fallas, mayor, divorciado/a, oficios domésticos, cédula de identidad número 0303910328, vecino(a) de Cervantes, hijo(a) de Ana Lorena Fallas Badilla y Dagoberto Torres Arroyo, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 19/11/1983, actualmente con 38 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Dagoberto Torres Arroyo y Ana Lorena Fallas Badilla. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000146-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, fecha, 18 de enero del año 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Juez(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626278 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Anthony Mauricio Cordero Rodríguez, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad número 0304730042, vecino de Cartago, hijo de Evelyn Rodríguez Campos y Mauricio Cordero Miranda, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 20/09/1993, con 28 años de edad; y Kimberly María Serrano Hernández, mayor, soltera, manicurista, cédula de identidad número 0304950800, vecina de Cartago, hija de Fressy Hernández Marín y Henry Enrique Serrano Salgado, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 14/07/1996, actualmente con 25 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Fressy Hernández Marín y Henry Serrano Salgado. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000138-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 18 de enero del 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626279 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Gerardo Alfonso Vega Gómez, mayor, divorciado, agricultor, cédula de identidad número 0303730472, vecino de Llano Grande, hijo de María Teresa Gómez Brenes y Mario Vega Núñez, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 24/05/1981, con 40 años de edad, y Melany Estefanía Carvajal Aguilar, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0304510143, vecina de Llano Grande, hija de Yury Marlene Aguilar Leitón y Juan Carlos Carvajal Barquero, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 12/12/1990, actualmente con 30 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Hannia Sandoval Aguilar Y Lorena Vega Gómez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-003111-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 24 de noviembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626301 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Brandon Josué Jiménez Rodríguez, mayor, soltero, administrador, cédula de identidad número 0116800983, nombre de la progenitora Kattia Rodríguez Loría y nombre del progenitor José Guillermo Jiménez Altamirano, nacido en Hospital Central San José, el 06/07/1997, con 24 años de edad, y Luis Alejandro Molina Chaverri, mayor, soltero, administrador, cédula de identidad número 0112240596, nombre de la progenitora Cristina Chaverri Matamoros y nombre del progenitor Rafael Ángel Molina de Bernardi, nacido en Hospital Central San José, el 17/11/1984, actualmente con 37 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Mora, 150 metros sur de la Fábrica de Mallas Salazar, Fila de Mora, casa color azul, San José, Puriscal. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Publíquese este edicto por única vez. Expediente N° 22-000057-1530-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia Familia), San José, Puriscal, 22 de febrero del año 2022.—Licda. Milena Peñas Salas, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626309 ).

Edictos en lo Penal

En la sumariaÚnico 20-001103-0305-PE, por Falsificación de Señas y Marcas en contra de Marlon José Muñoz Mejía en perjuicio de Fe Pública, y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las “dieciséis horas treinta y siete minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil veintiuno” a quien acredite con documentación idónea ser el dueño del bien mueble, la devolución del motor con numeración GA16801225M; así mismo cuenta con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenara la donación a favor del estado. Este edicto de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Se ordena su publicación por única vez en el Boletín Judicial. Es todo.—Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela, al ser las 16/02/2022 11:37.—Msc. Yendry Durán Brenes Jueza Penal. Etapa Intermedia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626057 ).

En la sumariaÚnico 16-016008-0042-PE por Atípico en contra de Ignorado en perjuicio de La pública, y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las “catorce horas cincuenta y siete minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós” a Maribel Gómez Borbón cédula N° 6-0204-0072 o a quien acredite con documentación idónea ser el dueño del bien mueble, la devolución del motor 355818 a la persona que figura como dueño registral; así mismo cuenta con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenara la donación a favor del estado. Se ordena su publicación por única vez en el Boletín Judicial. Es todo.—Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela, al ser las 16/02/2022 11:46.—Msc. Yendry Durán Brenes, Jueza Penal. Etapa Intermedia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626058 ).