BOLETÍN
JUDICIAL N° 39 DEL 28 DE FEBRERO DEL 2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR N° 36-2022
ASUNTO: Se modifica la circular número 256-2014, denominada
“Lineamientos para el seguimiento de los nombramientos
y pago de honorarios, de
las personas auxiliares de la justicia.”
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión N° 05-22, celebrada el 18 de enero de 2022, artículo XIII, acordó modificar la circular número
256-2014, denominada “Lineamientos
para el seguimiento de los nombramientos y pago de honorarios, de las personas auxiliares
de la justicia, en los siguientes términos:
1. El Despacho Judicial
comunicará a la Sección de Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva, por medio de correo electrónico, el nombre y el usuario
de la persona (s) servidora (s) autorizada
(s) por el despacho y el correo electrónico
de esa oficina, con el fin de que se les habilite para
utilizar el Sistema Automatizado de Administración de
Peritos.
2. La persona auxiliar
judicial revisará el expediente y verificará si se requiere nombrar personas intérpretes, traductoras, peritos, ejecutoras o curadoras procesales, en virtud que existe una gestión de la parte interesada para ese requerimiento,
o que en materia penal sea necesario averiguar la verdad real de los hechos investigados. Cuando amerite la designación de una
persona curadora procesal,
se tomará en consideración lo preceptuado en el artículo
19 del nuevo Código Procesal Civil (Ley 9342), el cual dispone: “19.4 Nombramiento de curador procesal. Sin perjuicio de lo dispuesto en leyes
especiales, será procedente el nombramiento
de curador procesal cuando: 1. Se ignore el domicilio o lugar de ubicación del demandado y no se estuviera en el
caso de declarar su ausencia. 2. Se trate de una persona jurídica que
carezca de representante legítimo. 3. Existiera incompatibilidad o intereses contrapuestos entre representante
y representado.
Cuando se trate
de ausentes, de personas menores
de edad o con capacidades especiales, se llamará a quienes, según la ley, corresponda ejercer la representación, para que dentro de cinco
días manifiesten si están dispuestos a asumirla. Salvo que por las circunstancias sea imposible hacerlo, en la designación de curador procesal de personas menores de edad y personas con capacidades especiales se tomará en cuenta la opinión
del futuro representado. Cuando conste en
el expediente la dirección de los presuntos representantes, se les notificará
personalmente o en su casa de habitación. Si no constara dirección, se les notificará por medio de un edicto
que se publicará en el Boletín Judicial.
El tribunal designará al representante
entre quienes se apersonen.
Cuando nadie comparezca en el
plazo señalado, el tribunal designará curador.
El mismo procedimiento se seguirá cuando se trate de una persona jurídica que
carezca de representante legítimo. El llamamiento se hará a los socios, asociados o a quienes corresponda designar representante, bajo el apercibimiento de que, de no acreditar
tal nombramiento en el plazo
señalado, el tribunal procederá a nombrar curador.
Cuando proceda
el nombramiento de curador, en la misma resolución en que se designe se fijarán sus honorarios, según lo dispuesto por el decreto de honorarios
de abogados y podrán girarse
anticipos según la etapa del proceso y la labor desplegada”.
3. La persona auxiliar judicial elaborará el proyecto
de resolución, donde se
indica la especialidad de la experta
o experto requerido para el caso en particular, efectúa
una resolución en la que previene a las partes sobre el depósito
a realizar para el pago de los honorarios.
4. La persona auxiliar
judicial trasladará el expediente, el proyecto de resolución y la cédula
de notificación a la Jueza
o Juez que tiene conocimiento del proceso, para la
revisión y firma y procede a la notificación a las partes que intervienen en el proceso
(persona auxiliar de la justicia) designada.
Nota: En el caso de los despachos electrónicos, la notificación se realiza por medios electrónicos.
5. La persona interesada realizará el depósito de honorarios y entregará en el despacho
judicial la copia de la boleta
de depósito bancario, la
auxiliar o el auxiliar judicial recibe
la boleta de depósito bancario y la incorpora al expediente judicial.
Nota: En el caso de los Juzgados Electrónicos, escanea la boleta y la agrega al expediente como un escrito.
6. La persona auxiliar
judicial ingresará al Sistema de Administración
de Peritos para realizar la
designación correspondiente
(persona auxiliar de la justicia). Ubica la especialidad indicada por la Jueza o el Juez, según
el área del objeto del peritaje y verifica el rol
establecido para ese Despacho
para determinar a quién le corresponde asignar.
La auxiliar o el auxiliar judicial designará a
la persona auxiliar de la justicia, registrando el número de expediente, y datos requeridos en el control establecido
para ese efecto.
7. La persona auxiliar
judicial elaborará una resolución
con el nombre de la persona
auxiliar de la justicia designada
y con la indicación del artículo
11 del Reglamento para regular la función
de las y los intérpretes, traductores,
peritos y ejecutores en el Poder
Judicial, donde se establece
el plazo de tres días para que se apersone a aceptar el
cargo.
Nota: En
los despachos electrónicos,
en los que la persona auxiliar de la justicia haya señalado
medio para recibir notificaciones,
éste deberá incluirse como interviniente.
8. La Jueza
o el Juez recibirá el expediente,
la resolución de la designación
de la persona auxiliar de la justicia, revisará la resolución y la firmará.
9. La persona auxiliar de la justicia recibe la notificación y se apersonará en el despacho
judicial para aceptar el
cargo personalmente.
10. Si
no aceptare el cargo, y emite por escrito las justificaciones correspondientes, la auxiliar o el
auxiliar judicial realiza la reasignación
del caso a otra persona auxiliar de la justicia,
de acuerdo al rol establecido.
11. En
caso que la persona auxiliar de la justicia no haya entregado el avalúo
o dictamen en el despacho, la parte interesada puede indicarlo en el
despacho para que se comuniquen
con el mismo y consultarle sobre el caso asignado.
Continúa con el paso siguiente.
Nota: En
los procesos orales el dictamen pericial se rendirá oralmente en la audiencia respectiva, salvo
que la autoridad judicial lo requiera
por escrito.
12. El Despacho
prevendrá a la persona auxiliar de la justicia mediante resolución para que aporte el peritaje.
13. Si no presentare
el peritaje o aclaración del mismo, la Jueza o el Juez
puede destituir a la
persona auxiliar de la justicia designada
y procede a realizar otro nombramiento.
14. La persona auxiliar
judicial recibirá el
dictamen pericial y lo agregará
al expediente judicial. Elaborará
una resolución que confiere
audiencia a las partes por un plazo
de tres días a efecto de que se pronuncien sobre el dictamen pericial.
15. Si transcurrido
el plazo, las partes no muestran disconformidad sobre el dictamen pericial, se elaborará una resolución en donde se ordenará
el giro de los honorarios a la persona auxiliar de la justicia.
a) Cuando el costo de la pericia es asumido por el Estado (Poder Judicial), el interesado debe tener en cuenta,
a fin de tramitar el pago de honorarios, que deberán aportar ante el Departamento Financiero Contable o en la Administración Regional que
corresponda, la siguiente documentación:
1.) Factura timbrada, con su respectiva copia. En ésta deberá
consignar de forma clara el número de autorización
de los gastos, la fecha y el visto bueno de la autoridad
judicial respectiva.
2.) Copia
del acta de la diligencia efectuada, con las firmas y el sello
respectivo.
3.) Las facturas
deben ser autorizadas por
la Dirección General de Tributación
Directa, sea timbradas o
con dispensa de timbraje,
con los requisitos establecidos
en el reglamento
de cajas chicas auxiliares y caja chica general.
b) Se recuerda que conforme al artículo 17, inciso e) del Reglamento para
regular la función de las y los intérpretes,
traductores, peritos y ejecutores en el
Poder Judicial el perito tiene derecho a solicitar readecuación de sus honorarios, por lo que la autoridad
judicial deberá valorar su procedencia, y resolver lo que
corresponda.
c) Además, es importante señalar que de conformidad con lo
señalado en los artículos 105 del Código Procesal
Contencioso Administrativo
y 42 del Reglamento Autónomo
de Organización y Servicio
de la Jurisdicción Contenciosa
Administrativa, en los procesos que se rigen por el Código Procesal Contencioso Administrativo, los honorarios de los peritos serán girados cuando
finalice la audiencia oral de juicio.
En síntesis,
cuando corresponda fijar honorarios a la persona
auxiliar de la justicia que esté
incorporada en el Sistema Automatizado de Administración de Peritos, debe aplicarse lo preceptuado en los artículos 16, 17 y 18 del referido reglamento, a saber:
“Artículo 16.—Honorarios de intérpretes, traductoras y traductores.
Los honorarios de los intérpretes, traductores y traductoras, se fijarán de acuerdo con el Arancel de Honorarios
por Servicios Profesionales
de Traductores e Intérpretes
Oficiales del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, excepto en caso de inopia,
en que el Despacho resolverá el monto de los honorarios.
“Artículo 17.—Reglas
para fijación de honorarios.
Los honorarios de las peritas y los peritos se fijarán de conformidad con la tabla de honorarios que apruebe el Consejo Superior, y con base en las siguientes pautas:
a) En
principio es aplicable a toda
clase de procesos, salvo
ley especial que indique otro
procedimiento.
b) Si la pericia
tiene que ver con objetos susceptibles de valor económico, para calcular los honorarios se aplicará la tabla correspondiente, tomando en consideración
el valor del bien objeto de
la pericia. En aquellos casos en que éste supere
la cuantía del proceso, se tomará como parámetro
para la fijación de honorarios
el monto de la cuantía. En el
caso de los procesos sucesorios, los honorarios siempre se calcularán de acuerdo con en el valor del bien valorado y no en la estimación del proceso.
c) En
cuanto a dictámenes no valorativos, sea aquellos que no aluden a una valoración de tipo económico de un bien, para calcular los honorarios se utilizará como referencia la cuantía del proceso.
d) Si se tratara
de asuntos de cuantía
inestimable en los que la pericia
carece de consideraciones económicas, o bien teniéndolas,
no se pueden utilizar como parámetro, los honorarios podrán ser fijados de manera prudencial, tomando en cuenta la extensión
y complejidad del estudio.
e) La
fijación de honorarios según las reglas anteriores, podrá ser aumentada o disminuida en un veinte por ciento, para lo cual se tomará en cuenta
el criterio de la autoridad judicial respecto a la complejidad o simplicidad del peritaje. Esta variación del monto de los honorarios es de carácter excepcional y debe estar debidamente razonada por el despacho que así lo ordene”.
Con el fin de aplicar apropiadamente lo que establece esta disposición normativa, deberán considerar que en el caso de honorarios
de las personas peritas aplica
el artículo 17 del “Reglamento para regular la Función
de las y los intérpretes, traductores,
peritos y ejecutores en el Poder
Judicial”; donde la tabla
de honorarios vigente a la fecha, corresponde a la Circular
1-2021 de la Dirección Ejecutiva.
Una vez presentada la pericia correspondiente, y transcurrido el plazo, si las partes
no muestran disconformidad sobre el dictamen pericial, el Juzgado
o la Fiscalía elabora una resolución en donde
se ordena el giro de los honorarios a la/al intérprete, traductora o
traductor, perita o perito,
quienes deben presentar la solicitud de cobro (factura, o recibo de pago) ante ese Despacho, acto seguido el Juez
da visto bueno y envía el documento a la Administración correspondiente (ver artículo 88 inciso 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y Reglamento para regular la función
de las y los intérpretes, traductores,
peritos y ejecutores en el Poder
Judicial, en su artículo 17), a saber:
“Artículo 88.—Ley
Orgánica del Poder
Judicial: Corresponderá al Director, de conformidad con la ley, el reglamento y las directrices que la Corte, el Presidente del Consejo o éste le indiquen:
3. Autorizar
los gastos que deban realizarse en las oficinas judiciales, con motivo de peritajes, honorarios, copias, diligencias y
otros servicios de la misma índole, cuando
ese gasto corresponda al Poder Judicial.
13. Autorizar
los pagos del Poder
Judicial.”
“Artículo 18.—Materias en que se aplica el principio de gratuidad, del Reglamento para regular la función
de las y los intérpretes, traductores,
peritos y ejecutores en el Poder
Judicial: Los honorarios y demás
gastos de los intérpretes, traductores y traductoras, peritas y peritos, en aquellas materias
en las que se aplique el principio de gratuidad, serán fijados por la Dirección Ejecutiva de conformidad con lo dispuesto en el artículo
88 inciso 3 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial.
Lo pertinente es que la Oficina
Judicial establezca un monto
específico de acuerdo con
la gestión del perito, tomando en consideración
las reglas para la fijación
de honorarios vigentes, cuando el Poder
Judicial asuma el pago de los honorarios, la liquidación de gastos por
diligencias judiciales, deberá
enviarse al Departamento Financiero Contable o a las Administraciones Regionales, según sea el caso.
Se debe adjuntar original y copia
de la factura comercial timbrada, o bien el documento emitido por la Dirección General de Tributación Directa que dispensa el timbraje. La factura contendrá el número de la autorización del gasto, la fecha y el visto bueno de la autoridad judicial respectiva.
Con el referido documento ha de adjuntarse, obligatoriamente, copia del
dictamen pericial o del acta de la diligencia efectuada, con el sello y la firma de la autoridad judicial respectiva.
En el caso del servicio de interpretación y traducción, debe
procederse según lo dispuesto en el
artículo 16 del mismo Reglamento, donde el costo del servicio
lo asumen las partes de acuerdo con el Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Traductores e Intérpretes Oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y de manera particular,
para las materias en que se
aplica el principio de gratuidad, donde el costo lo asume
el Poder Judicial, se debe proceder conforme con lo indicado en el
artículo 18 y para ello los
montos son fijados en la tabla de honorarios vigente a la fecha, lo cual se comunicó en la Circular 1-2021 de
la Dirección Ejecutiva.”
16. Los honorarios de
los Auxiliares Ejecutores,
se fijarán conforme lo señala el artículo
30 del Reglamento para regular la función
de las y los intérpretes, traductores,
peritos y ejecutores en el Poder
Judicial, a saber:
“Artículo 30.—Los honorarios
de las y los Auxiliares Ejecutores
se fijarán de conformidad
con las tablas aprobadas
por el Consejo Superior.”(Circular Nº 71-2012, publicada en el Boletín
Judicial N° 134 del 11 de julio
de 2012).
Los honorarios del Auxiliar Ejecutor
o de la Auxiliar Ejecutora los fijará
el juez, y éstos deben ser pagados directamente por el interesado (Ley Nº 8624 de Cobro Judicial, artículo 18.2).”
Publíquese una sola vez en el
Boletín Judicial.
San José, 22 de febrero de 2022.
Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez
Subsecretario General Interino
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022626280 ).
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta N° 02-2020, sesión virtual, de fecha 10 de agosto del 2020, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 85-20 celebrada
el 01 de setiembre del 2020
artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1997 al 2021 de la Administración
Regional del Primer Circuito Judicial de San José.
La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 501 S 97, Paquetes: 43, Años:
1997 al 2021, Documentación administrativa:
10 paquetes Reportes y Registros 2011 al 2019. Estimación
de presupuesto para contrato
2008. (Presupuesto 2011 Sugey
Fonseca Porras, Presupuesto 2011 Tatiana Fernández
Delgado, Presupuesto 2011 y 2012 Ricardo, Presupuesto 2012 Tatiana Fernández Delgado, Presupuesto 2013 Tatiana Fernández Delgado, Presupuesto 2013 Sugey Fonseca
Porras, Presupuesto 2014 Sugey
Fonseca Porras, Presupuesto 2014 Tatiana Fernández
Delgado, Presupuesto 2015 Iván Granados Barquero, Presupuesto 2015
Tatiana Fernández Delgado, Presupuesto 2015 Sugey Fonseca Porras, Presupuesto
2016 Tatiana Fernández Delgado, Presupuesto 2016 Sugey Fonseca Porras, Presupuesto
2015 al 2016 Bryan Zumbado, Presupuesto
2017 al 2021 Walter Jiménez, Presupuesto 2017
Anabelle García Rodríguez, Presupuesto 2018 Bryan Zumbado, Presupuesto 2017 al 2018
Rebeca Álvarez, Liquidaciones , modificaciones
y Reservas 2006 al 2007). Formulario
de uso de Salas de Juicio, Edificio Santa Rita 2020 (Ampo 1 enero-marzo 2020, Ampo 2 abril-junio 2020, Ampo 3 julio-diciembre 2020). Boletas de
uso de Salas de Juicio 2018
al 2020 Marco Vargas. 1 paquete Control de Giras. (Boletas de transporte 2015 al 2019). 1 paquete
Depósitos Judiciales (Estados de cuentas Banco de C.R.
1997 al 2007). 1 paquete Boletas
de requisición de mercadería.
Requisición de compras 2007
Sugey, Requisición de compras Sugey 2008, Requisición de mercadería 2019 al
2020 Fernando). 1 paquete de Facturas
de Servicios Continuados.
(Documentos Enviados y recibidos Financiero Contable 2011). 2 paquetes de
Control de parqueos. (Parqueos
2011, 2012, 2015, 2015 Fabiola Artavia, 2016 Fabiola Artavia, 2017 Fabiola
Artavia, 2017 y 2018 Fabiola Artavia, 2018 Fabiola Artavia, 2018 y 2019 Fabiola
Artavia horario no hábil,
2019 Fabiola Artavia, 2019 Shirley Quesada, 2020 Shirley Quesada). 4 paquetes Ordenes de Libertad, Remisiones y Tener a la Orden. (Remisiones
Tribunal Penal enero 2019 a diciembre
2019, Remisiones Tribunal Penal Flagrancia
28-junio 2019 al 20-noviembre 2019, 22-11-2019 al 30-12-2019). (Tener a la orden 16-012019, 23-06, 2019, 28-06-2019 al 25-12-2019).
(Tener a la orden 16-012019, 23-06, 2019, 28-06-2019
al 25-12-2019) (Ordenes de Libertad Tribunal de Flagrancia 20-03-2019 al 24-06-2019 26-06-2019 al
11-10-2019, 14-10-2019 al 31-12-2019.) 1 paquete Recibidos de documentos enviados a Criminología (Criminología Tribunal Penal y Flagrancia
del 29-11-19 al 12-12-19, Criminología Tribunal Penal
San José-Tribunal Penal Flagrancia 2020, Criminología Tribunal Penal y Flagrancia
2020 Ampo 2, Criminología
Tribunal Penal y Flagrancia 2020 Ampo
3,) 1 paquete Recibidos
de ordenes de Citación
Tribunal Penal de San José/Enero a Diciembre 2020 Tribunal Penal de Flagrancia/Enero a Diciembre 2020. Luis
Villegas. 1 paquete Recibidos
de las listas de notificación
Tribunal Penal de San José/Enero a Diciembre 2020, Tribunal de Flagrancia/Enero a Diciembre 2020-Luis
Villegas. Juzgado Penal de San José/, Tribunal de Flagrancia/Enero a Diciembre 2020-Luis Villegas. 2 paquetes
Control de correo certificado
23-11-2018 al 26-06-19/Luis Villegas. Correo certificado y Boleta de Seguridad Tribunal Penal de San José y Flagrancia/enero a diciembre 2020-Ñuis Villegas. Boleta
de Registro enero 2015 a 29-04-2019/Luis Villegas. Boleta de Registro 06-05-2019 a 18-12-2019/Luis Villegas. Juzgado Penal Correo certificado y Boletas de Seguridad/enero a diciembre 2019-Evelyn Muñoz. Juzgado
Penal Correo certificado y Boletas de Seguridad/ enero a diciembre 2020-Evelyn
Muñoz. 1 paquete Ordenes
de Libertad, Remisiones y Tener a la orden. Orden de Libertad Tribunal Penal de San
José/Luis Villegas 30-04-2019 al Diciembre 2019/ Luis
Villegas. 2 paquetes correspondencia.
Orden de capturas y Dejar
sin efecto, Tribunal Penal y Tribunal Flagrancia 13-02-2019 al 1-11-2019. Oficios
Oficina Reducción de Circulante 2019. Envío de expedientes 2018. Oficios Área de apoyo Coordinación
y Mejoramiento de la Función
Jurisdiccional 2017. Oficios
devolución Suministros.
2016-2015-2014. Oficios comisiones.
de Notificaciones 2012. 3 paquetes
Solicitud de permisos de consultas incluidas SIREM, SOAP,
y SACEJ Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Juzgados Civiles N° 2 2017 Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Juzgados Cobro N° 2
2017 Sistema Electrónico de Mandamientos
SREM Juzgados Cobro N° 1/
noviembre 2010 al junio
2017 Sistema Electrónico de Mandamientos
SREM Juzgados Civiles N° 1
/enero 2010 a junio 2017.
Sistema Electrónico de Mandamientos
SREM Periferia N° 1 (B) Pavas,
Hatillo, Alajuelita, Aserrí,
Acosta, Desamparados, San Sebastián, /2012 al 2018. Sistema Electrónico
de Mandamientos SREM Periferia
N° 1 (A) Escazú, Santa Ana, Mora, Puriscal, Turrubares/2010 al
2018. Sistema Electrónico de Mandamientos
SREM Otros Despachos N° 1
San José/2010 al 2018. Sistema Electrónico de Mandamientos SREM Periferia N° 1
(A) Escazú, Santa Ana, Mora, Puriscal,
Turrubares/2018 al 2019. SREM Periferia
N° 1 (B) Pavas, Hatillo, Alajuelita, Aserrí, Acosta,
Desamparados, San Sebastián, 2018 al 2019. Sistemas Obligados en Materia Penal (SOAP)
N° 1 San José y Periferia/2013 al 2017. Sistemas Obligados en Materia Penal (SOAP) N° 1 Pensión
Alimentaria y Periferia/2014 al 2018. SACEJ Todos los Despachos N° 1/
2013 al 2018. Sistema de Registro de Agresores (SROG) Años 2013, 2015,
2016, 2017 Sistema de Registro de Agresores
(SROG) Todos los Despachos
N° 1 2018-2019. Permisos
Suc y CEREDOC, Todos los Despachos 2019. Consulta Electrónica
de Extranjeros Residentes
(CEER) N°
1 2013 al 2018. 1 paquete de Control de Expedientes Entregados Periferia Recibidos Expedientes Carlos Castro 2016(A)01 diciembre
2015 al 20 mayo 2016. Periferia Recibidos
Expedientes Carlos Castro 2016(B)23 mayo 2016 al 30 noviembre 2016. Periferia Recibidos Expedientes Carlos
Castro 2016(C)01 diciembre 2016 al 31 agosto 2017. Recibidos Periferia Oficios Varios 2015(A) Carlos Castro. 2 paquete
Recibidos de Evidencias.
Recibidos Evidencias periferia 2015(B) Carlos Castro Recibidos
Evidencias periferia
2018(A) Carlos Castro Recibidos Evidencias
periferia 2018(B) Carlos Castro Recibidos
Evidencias periferia
2018(C) Carlos Castro Recibidos Evidencias
periferia 2018(D) Carlos Castro. Recibidos
Evidencias periferia
2018(E) Carlos Castro. 1 paquete Boletas de Despacho de materiales y suministros de
bodega. Boletas de Despachos
adicionales San José y Periferia
2012. Suministros de oficinas
y pedidos generales 2017. Formularios suministros 2019. 1
paquete Control y Reportes
de Fax. Control de fax recibidos 2017 al 2019(Juzgado Penal, Juzgado Notarial, Administración, Trabajo Social, Juzgado de Pensiones, Tribunal
Notarial). 1 paquete Ampos
de Titulas Valores Custodia
Activas y Pasivas Custodias
Pasivas BCR San José-Periferia
2007 al 2009. Devolución de Títulos
Valores Periferia 2009 y
2010 Custodia de Pasivas BCR 2010. Custodia Pasivas BCR San José-Periferia
2011. Control de Inventarios de Titulas
valores en Custodia 2007. 1
paquete de Reintegros de Caja Chica Control de Caja
Chica 2004 y 2005 Control de Caja Chica 2006 Control
de Caja Chica 2007 Control de Caja
Chica 2004 y 2005 Control de Caja Chica 2011(A, B, C)
Control de Caja Chica 2011 (D, E). 1 paquete Viáticos pagados (facturas, liquidaciones de viáticos, y otros cancelados por caja chica. Pago de viáticos, compra de almuerzos otras compras 2010 y 2011. 1 paquete de Actas de juramentación. Juramentaciones 2016 al 2020. 1 paquete de oficios recibidos. Solicitud de casilleros 2002 Solicitud de casilleros 2003 Solicitud de casilleros 2018 al 2020 Currículo
recibidos 2017 al 2019. 1 paquete
de Control de Vacaciones. Control de vacaciones del 2009 al 2013. 1 paquete
Activos de Despachos. Despacho de activos del Edificio de Tribunales 2012. Devolución de activos a Proveeduría 2017. Despacho de activos 2019.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 21 de febrero del 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.— ( IN2022626305 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en
acta Nº 03-2019, celebrada el
17 de julio del 2019, artículo
XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1915 al 2020 del
Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos.
La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 21725, Libros 15: cajas 9: Años: 1915 al 2020: Asunto: Documentación administrativa: 2 cajas con reportes y registros del año 2018 al 2020, 3
cajas con registros de asistencia del 2008 al 2019, 1 caja
comprobantes de pago del año 2004 al 2008, 1 caja con correspondencia del año 2004 al
2009, 1 caja con correo certificado del 2004 al 2012, 1 caja
con comisiones del año 2005
al 2012, 7 libros de entrada del año
1954 al 2011, 4 Libros de juramentaciones
del año 1915 al 1967, 4 Libros
de conocimientos del año
1966 al 2012.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 22 de febrero de 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.— ( IN2022626306 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en
acta Nº 03-2019, celebrada el
17 de julio del 2019, artículo
XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1998 al 2020 del Juzgado
de Tránsito de Heredia. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 501 H 98, Paquetes:
17 Carpetas, 10 Libros, 9 Ampos, Año: 1998 al 2020, Asunto: Documentación Administrativa: 1 carpeta de registros de asistencia del 2015
al 2020, 2 Ampos con control de fax recibidos del 2016 al 2020, 3 carpetas
de correo certificado del
20169 al 2018, 5 Carpetas de expedientes
(Quejas declaradas sin lugar, desestimadas, archivadas o rechazadas de plano) del 2002 al 2013, 1 carpeta
entrada de mercadería 2015, 2 carpetas
registros de asistencia del
2012 al 2015, 2 carpetas de reportes
y registros del 2013 al 2017, 2 libros
de conocimiento de entrega
de escritos a los técnicos
del 2014 al 2016, 3 libros de control de correo certificado del 2012 al
2017, 1 carpeta de control de correo
certificado del 2006 al 2007, 2 libros
de control de entrega de expedientes
a otros despachos del 2014
al 2016, 2 carpetas de control de vacaciones
del 2012 al 2017, 2 libros de control de entrega de documentos a los técnicos del 1998 al 2015, 1 libro
de conocimientos de los roles de los técnicos judiciales del 2014 al
2016, 2 ampos con informes
de labores realizadas por
los técnicos judiciales del
2013 al 2014, 5 ampos de comprobantes
de recibido de escritos del
2015 al 2019.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 22 de febrero de 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.— ( IN2022626307 ).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN HUMANA
DEL PODER
JUDICIAL
PRIMERA PUBLICACIÓN
El Consejo de la Judicatura y la Dirección de Gestión Humana del Poder
Judicial, abren concursos
para integrar listas de elegibles para los cargos de juez
y jueza:
Concurso |
Cargos de juez y jueza |
Inicio
de examen |
Modalidad |
CJ-01-2022 |
Juez y Jueza 2 Ejecución
de la Pena |
Abril |
Escrito/Oral |
CJ-02-2022 |
Juez y Jueza 3 Agrario |
Abril |
Escrito/Oral |
CJ-03-2022 |
Juez y Jueza 3 Contencioso
Administrativo |
Abril |
Escrito/Oral |
CJ-04-2022 |
Juez y Jueza 3 Penal |
Mayo |
Escrito/Oral |
CJ-05-2022 |
Juez y Jueza 3 Penal Juvenil |
Mayo |
Escrito/Oral |
CJ-06-2022 |
Juez y Jueza 3 Familia |
Abril |
Escrito/Oral |
CJ-07-2022 |
Juez y Jueza 4 Civil |
Marzo |
Escrito/Oral |
CJ-08-2022 |
Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones |
Marzo |
Escrito/Oral |
Observación: Una vez que se haya
realizado la revisión de requisitos de las personas inscritas,
se indicará por medio de correo
electrónico la fecha, hora
y lugar de las pruebas conforme al detalle indicado en el
cuadro anterior.
Las pruebas orales en la medida
de lo posible se realizarán
un mes después de finalizados los exámenes escritos.
Temarios se encuentran a disposición
en la página web:
https://ghcarrerajudicial.poder-judicial.go.cr/
I. Requisitos:
Generales:
✓ Licenciatura
en Derecho.
✓ Incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados de Costa Rica.
✓ Si no labora en
el Poder Judicial, deberá aportar documento con la cuenta cliente del Banco de su elección.
Específicos: Además de los requisitos generales, las
personas que oferten en el siguiente concurso
deben cumplir con los requerimientos que establece el Manual de Clasificación de Puestos y demás disposiciones vigentes del marco jurídico costarricense y contar con lo siguiente:
Concursos: CJ-08-22 de Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones
• Haber ejercido la profesión durante diez años, salvo en los casos en
que se trate de funcionarios
judiciales con práctica jurisdiccional no menor de cinco años.
También, puede
revisar el manual de puestos, en el
que se indica cuáles son las competencias
genéricas, técnicas y específicas, además las responsabilidades por funciones
que requiere el puesto y que se encuentra en la siguiente dirección:
https://ghanalisispuestos.poder-judicial.go.cr/index.php/manualdescriptivo-de-clases-de-puestos.
II. Fases que constituyen
los concursos:
✓ Inscripción
electrónica en el concurso.
✓ Quienes cumplan
con los requisitos establecidos,
deberán aplicar un examen escrito en la fecha
que defina la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.
✓ Solo las personas que obtengan en el
examen escrito una nota igual
o superior al 70, podrán realizar
la prueba oral, en la fecha que defina la Sección Administrativa de la
Carrera Judicial.
✓ Entrevista
por parte de los y las integrantes
del Consejo de la Judicatura.
✓ Valoraciones
por parte de las personas profesionales
de la Unidad Interdisciplinaria de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial en las áreas de psicología, medicina, trabajo social e investigación de
antecedentes.
✓ Cierre
del concurso por parte del Consejo de la Judicatura. Se realizará de acuerdo con lo señalado en el
promedio final de elegibilidad
del presente cartel.
✓ Ingreso
de promedios de las personas que resulten
elegibles al respectivo escalafón, una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto
final del concurso.
III. Acerca de la inscripción
a los concursos: La inscripción
debe realizarse de manera electrónica, por ello es imprescindible que las personas oferentes
se inscriban en los concursos a través del Sistema GH
en Línea.
La guía para el registro de Usuario y Contraseña para el ingreso al Sistema GH en Línea la encuentra
en las siguientes direcciones electrónicas:
Intranet:
http://sjoaplpro16/ghenlinea2/
Internet:
https://pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/
Inscripción a los concursos una vez que se haya ingresado al Sistema GH en Línea:
✓ En
la barra superior del Sistema GH en Línea, posesionarse en “Trámites” y luego en “Concursos
y Convocatorias”.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Dentro de “Concursos y Convocatorias”, buscar el apartado
de Concursos Carrera Judicial y presionar
“Concursos Lista de Elegibles”.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Posesionarse
y seleccionar el registro, y seguir las instrucciones señaladas hasta el final para lograr con éxito la inscripción a los concursos.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
La inscripción será única y exclusivamente por este medio y queda registrada en línea
automáticamente. Esta oficina habilita el Sistema GH en Línea las veinticuatro horas
hasta la fecha de vencimiento
del período de inscripción
del concurso.
Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que
complete todos los espacios
requeridos en el formulario. Al final del proceso de inscripción, el sistema le brindará
un comprobante mediante el cual se asegura
que ésta se efectuó con éxito, de ahí que la Sección Administrativa de la
Carrera Judicial no extenderá comprobantes
de inscripción. Caso contrario
la solicitud será desestimada.
Los TEMARIOS
de las pruebas están disponibles en la siguiente dirección electrónica.
Internet e
intranet:
https://ghcarrerajudicial.poderjudicial.go.cr/index.php/materialdeestudiopag.
La Sección Administrativa de la
Carrera Judicial no cuenta con material de estudio ni prácticas
de examen para las pruebas, de ahí
que le corresponde a cada
persona aspirante buscar y contar con dicho material.
IV. Documentos a presentar:
De acuerdo con el procedimiento que se señala en el apartado
III del presente cartel, los documentos
correspondientes a los atestados
deben subirse en formato electrónico
por medio del Sistema GH en Línea
a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores al vencimiento de la fecha límite para la inscripción a los concursos, fecha que se establece como Corte para contabilizar los atestados presentados. Esta disposición rige para quienes oferten por primera vez. En el
caso de las personas servidoras
judiciales únicamente deben aportar los atestados que no consten en su expediente
electrónico, el mismo lo pueden revisar en GH en
línea.
Es responsabilidad
de cada persona servidora
judicial activa al momento
de inscribirse en un proceso de selección, verificar que los documentos que acrediten el cumplimiento
de los requisitos se encuentren
al día en su expediente personal (previo a la fecha de cierre). No se deben remitir atestados
duplicados.
Excluyentes:
✓ Licenciatura
en Derecho. (Debe subirse en formato electrónico
PDF, ver punto V).
✓ Incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados de Costa Rica y encontrarse
al día con las obligaciones. (Debe subirse en formato
electrónico PDF, ver punto
V).
Otros:
✓ Si no labora
en el Poder
Judicial. Documento del Banco de su elección que contenga el número
de Cuenta Iban y Cuenta Cliente. (Debe subirse en formato electrónico
PDF, ver punto V).
✓ Bachiller de secundaria.
(Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).
Deseables: Tienen puntaje para la calificación.
✓ Documento
que acredite la experiencia
externa al Poder Judicial como
profesional en Derecho. (Debe
subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).
➢ Empresa o institución: Constancia emitida
por esta que especifique:
✓ Los puestos
profesionales desempeñados.
✓ Requisitos y especialidad de los puestos desempeñados.
✓ La fecha de rige
y vence de los períodos laborados.
✓ Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso
de que los haya disfrutado,
se debe señalar el período.
✓ El motivo de salida;
Además indicar si hubo o no pago
de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.
➢ Abogado y Abogada
litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los períodos en los cuales ejerció libremente la profesión en derecho, acompañada de un comprobante de Tributación
Directa, que muestre que la
persona profesional es contribuyente
y se desempeña en el área del derecho, incluyendo la fecha de inicio y fin, además de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.
✓ Certificación
o constancia de las notas universitarias de los grados académicos obtenidos en la carrera universitaria
en derecho emitidas por la universidad. (Debe subirse en formato electrónico
PDF, ver punto V).
✓ Certificación o constancia
emitida por la universidad respectiva que al obtener el título de licenciatura
en Derecho se encontraba acreditada por el Sistema
Nacional de Acreditación de la Educación
Superior. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).
✓ Constancia como persona docente universitario en Derecho emitida por universidad, deberá contener membrete y especificar el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el
año que la impartió. (Debe subirse en formato
electrónico PDF, ver punto
V).
✓ Certificado que le acredite
la especialidad por la aprobación
del Programa de Formación
General básica para jueces
y juezas o título de especialidad, maestría o doctorado en cualquiera
de las ramas del Derecho. (Debe subirse
en formato electrónico PDF, ver punto V).
✓ Publicaciones de libro
u ensayos atinentes a la disciplina del Derecho que cuenten
con Consejo Editorial. (Debe subirse
en formato electrónico PDF, ver punto V).
✓ Certificados de capacitación
recibida atinente a la disciplina del derecho, para su reconocimiento la capacitación
debe haberse recibido
posterior a la incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados, que contenga
la cantidad de horas y ser impartida
por alguna institución de renombre. (Debe subirse en formato electrónico
PDF, ver punto V).
V. Procedimiento para subir
al sistema gh en línea los documentos
correspondientes a los atestados
en formato electrónico
PDF: Escanear cada documento, crear el
archivo digital en formato PDF e identificar los
documentos. Cada archivo no debe sobrepasar los tres megas como
máximo. Caso contrario el Sistema GH en Línea no lo subirá a la plataforma.
Si es una
persona empleada judicial, o una persona que en algún momento
laboró para el Poder Judicial, y requiere actualizar el expediente
personal, es obligatorio que remita
a la cuenta de correo electrónico del señor Set Durán Carrión sduranc@poderjudicial.go.cr la documentación
correspondiente.
Si es una persona que NO es empleada judicial, debe ingresar
a la dirección electrónica
https://pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/ para subir
al Sistema GH en Línea los documentos correspondientes a los
atestados y seguir las siguientes instrucciones:
➢ Al concluir
su inscripción en los concursos y si ya tiene
la documentación escaneada
de los archivos digitales en PDF.
✓ Seleccione
“adjuntar archivo”,
presione “examinar”,
y en la pantalla emergente debe buscar y seleccionar los archivos digitales en PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Presionar
“subir atestados”.
➢ Durante el
periodo de inscripción o vencida la inscripción a los concursos, pero dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha límite de inscripción a los concursos:
✓ Ingresar
el Usuario y Contraseña creado desde la inscripción para el ingreso al Sistema GH en Línea.
✓ En la barra superior del Sistema GH en Línea, posesionarse
en “Su Consulta”
y luego en “Histórico de Ofertas”.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Dentro de “Histórico de Ofertas”,
buscar el apartado de Concursos de elegibles vencidos Carrera
Judicial y presionar “Concursos
Elegibles Vencidos”.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Sin marcar
el check seleccione “Guardar Atestados”.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Seleccione
“adjuntar archivo”,
presione “examinar”,
y en la pantalla emergente debe buscar y seleccionar los archivos digitales en PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Presionar
“subir atestados”.
➢ Los documentos
deben ser remitidos dentro
de los ocho días hábiles posteriores a la fecha límite de inscripción a los concursos:
✓ El Sistema GH en Línea no permite
subir los archivos digitales en PDF a la plataforma.
Los documentos escaneados de los archivos digitales en PDF quedan agregados
en forma automática en un buzón, el
cual será revisado y descargado por la Sección Administrativa de la
Carrera Judicial.
VI. De los componentes por valorar:
✓ Examen: Las personas aspirantes deberán rendir una prueba escrita que estará conformada por 80 ítems de selección única que abordarán los temas fundamentales del temario. Asimismo, quienes obtengan en el examen una nota igual o superior al 70, deberán realizar una prueba oral que se tratará de la resolución de un caso integrador que involucra las funciones propias del puesto por el que se aspira, y ésta segunda prueba
será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.
Las notas de ambas pruebas (escrito - oral) tendrán un valor
de 50% cada una del valor del examen, es decir 75% para el grado I, categorías de juez y jueza 1, 2 y 3; y para el grado II 70%, que conforma las categorías de juez y jueza 4 y 5.
El examen no representa
el promedio de elegibilidad, por cuanto este porcentaje deberá ponderarse con otros factores, tales como: experiencia, promedio académico, entrevista, publicaciones, docencia, postgrados y capacitación.
A las personas que se presenten
a las pruebas después de la
hora citada no se les permitirá
realizar las mismas y serán descalificados del concurso. De igual forma, a las
personas que obtengan una nota inferior al 70 en el examen. De presentarse algún inconveniente que no permita el desarrollo normal de las pruebas éstas serán
suspendidas y serán reprogramadas.
Las fechas de los
exámenes que se les otorgue
estarán sujetas a cambios, en caso
de ser necesario.
✓ Entrevista:
Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes
del Consejo de la Judicatura,
la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante. Será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.
✓ Experiencia profesional:
Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio
de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Por lo que si posee experiencia
externa al Poder Judicial, debe acreditarse
mediante la siguiente documentación. Debe subir en formato electrónico
PDF (ver punto V) la documentación
correspondiente:
➢ Empresa o institución: Constancia emitida
por esta que especifique:
✓ Los puestos
profesionales desempeñados.
✓ Requisitos y especialidad de los puestos desempeñados.
✓ La fecha de rige
y vence de los períodos laborados.
✓ Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso
de que los haya disfrutado,
se debe señalar el período.
✓ El motivo de salida;
Además indicar si hubo o no pago
de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.
➢ Abogado y Abogada litigante:
✓ Declaración
jurada no protocolizada sobre los períodos en los cuales ejerció
libremente la profesión en derecho, acompañada de un comprobante de Tributación
Directa, que muestre que la
persona profesional es contribuyente
y se desempeña en el área del derecho, incluyendo la fecha de inicio y fin, además de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.
La Sección Administrativa de la
Carrera Judicial determinará la experiencia
como profesional en el área
del Derecho en el Poder Judicial mediante el prontuario de puestos desempeñados.
En concordancia con lo establecido
en el artículo
38 del Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior. Se podrá
computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado
el plazo de dos años desde el
corte de experiencia
anterior.
✓ Promedio
académico: Para promediar
este componente, debe remitir en
formato electrónico PDF (ver punto V) certificación o constancia de las notas universitarias de los grados académicos obtenidos en la carrera universitaria
en derecho emitidas por la universidad. Debe subir en formato electrónico
PDF (ver punto V) la certificación
o constancia correspondiente
emitida por la universidad respectiva.
✓ Docencia: Se reconocerá la docencia universitaria impartida en cursos atinentes
a la disciplina del derecho, asignando
una calificación total de 0.5, a razón
de 0.05% por cada año efectivo, hasta un máximo de 10 años. Debe subir en formato electrónico
PDF (ver punto V) la certificación
o constancia correspondiente
emitida por la universidad respectiva.
✓ Acreditación en la Licenciatura SINAES: De
acuerdo con el artículo 4 de la Ley N° 8798 conocida
como Ley del Sistema Nacional de Acreditación
de la Educación Superior, se otorga
0.5 puntos a los títulos de licenciatura
en derecho otorgados en universidades acreditadas. Debe subir en formato electrónico
PDF (ver punto V) la certificación
o constancia correspondiente
emitida por la universidad respectiva.
✓ Posgrado: Se reconocerán dos puntos por la especialidad,
por la aprobación del Programa
de Formación General básica
para Jueces y Juezas o especialidad universitaria;
tres puntos por la maestría
y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro
es de cinco puntos y no es acumulativo.
Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) el o los títulos correspondientes.
✓ Publicaciones: La guía para la calificación de los
y las participantes en la
Carrera Judicial contempla, únicamente,
el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del
Derecho que cuenten con Consejo
Editorial y previo estudio
y reconocimiento de la Unidad de Componentes
Salariales del Departamento
de Gestión Humana del Poder
Judicial. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la documentación correspondiente.
✓ Capacitación recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, siempre
que contengan la cantidad
de horas establecidas; la capacitación
sea impartida por alguna institución de renombre, atinente a la disciplina del
Derecho y sea realizada luego
de la incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Debe subir
formato electrónico PDF (ver punto V) los certificados correspondientes.
Los certificados de capacitación deben cumplir los siguientes elementos:
➢ Que provengan
de la Escuela Judicial o cualquier órgano auxiliar de capacitación autorizado o supervisado por ésta.
➢ Que provengan de un centro
de educación superior público
o privado reconocido y avalado
por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.
➢ Que provenga de un centro
encargado de la formación profesional dentro de un Colegio Profesional.
➢ En el ámbito internacional, los certificados deben respaldarse por un organismo al
que pertenezca Costa Rica o por un centro de enseñanza superior autorizado en el
país de origen.
➢ Cualquier otro certificado emitido por una institución del Estado siempre y cuando sea atinente a la Judicatura.
✓ Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicología: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social
y psicología, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección.
Asimismo, en vista de que el
resultado de la evaluación interdisciplinaria es un peritaje
integral, el mismo podrá ser comunicado una vez finalizada la evaluación en las tres áreas, por lo que no se emitirán criterios técnicos preliminares o por área.
La información que se obtenga de las
valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación
de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad
se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos
casos que se considere pertinente para mejor resolver.
Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones
contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales
de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales
de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.
Los resultados que se obtengan
en la evaluación de Trabajo Social, específicamente en el estudio
sociolaboral y de antecedentes,
relacionados con aspectos
de la ética y moral, tendrán
carácter vinculante. Por ello las personas que alcancen un
resultado desfavorable serán descalificadas de los concursos en forma inmediata. Esta disposición se regirá con las normas establecidas en el Reglamento
de la Unidad de Investigación Sociolaboral
y Antecedentes (UISA) de la Sección
Reclutamiento y Selección,
con la excepción de lo estipulado
en los artículos 13 y 14, relativo a las apelaciones, por cuanto las mismas serán atendidas por el Consejo de la Judicatura, Órgano Rector de la
Carrera Judicial. Por lo tanto, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la UISA, quiénes obtengan resultado no favorable no podrán participar en ningún
concurso mientras no se hayan cumplido los períodos establecidos, según sea el caso.
✓ Promedio
final de elegibilidad: Se hará
en el mismo
momento a todas las
personas participantes de un mismo
concurso, por cuanto consta de un procedimiento único, con fases de cumplimiento iguales para los y
las participantes. Esta regla aplica para las personas
que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen
para mejorar la nota. Salvo disposición
contraria por el Consejo de la Judicatura o bien,
que por interés institucional
de contar con suficientes elegibles para llenar las plazas vacantes e interinas en cargos de la judicatura a la
mayor brevedad; o con motivo
de retrasos justificados o
no atribuibles a la persona aspirante
en la tramitación de algunas de las fases de los concursos, se finalizará el concurso y excluirá
temporalmente aquellas
personas que tengan pendiente
cumplir con alguna de las fases del proceso, sin perjuicio de que cuando hayan completado con la totalidad de los requisitos y sí procede, se incorporen en el
respectivo escalafón.
Si el promedio final es inferior a
70, no procederá en el futuro la modificación
del promedio obtenido mediante la recalificación de los
distintos factores. Consejo de la Judicatura, sesión CJ362001, artículo VIII, celebrada el 23 de octubre de 2001.
✓ Convalidación
del promedio de elegibilidad:
Procede convalidar el promedio obtenido
en un concurso a otro de inferior categoría en la misma materia, esta gestión se realiza a solicitud de parte y una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto
final del concurso donde está participando. Para ello, deberá haber
obtenido un promedio igual a 70 o superior. Esta regla aplica
para las personas que ya cuentan
con elegibilidad y realizan
examen para mejorar la nota.
VIII. Sobre las reprogramaciones,
exclusión
y sanción.
✓ Exclusión:
No se aceptarán solicitudes de exclusión
del concurso una vez que la
persona se encuentre inscrita,
excepto por motivos de fuerza mayor y debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Consejo de la Judicatura, para lo
cual deben presentar los comprobantes respectivos en forma oportuna.
✓ Reprogramación para prueba escrita: Proceden en casos
calificados debidamente justificados que serán valorados, para lo cual debe remitir la solicitud y los comprobantes que acrediten su gestión en
los cinco días hábiles posteriores a la fecha del
examen.
✓ Reprogramación para prueba
oral: Proceden en casos calificados debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Tribunal Examinador,
para lo cual debe remitir
la solicitud y los comprobantes
que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del
examen.
No se aceptarán solicitudes de reprogramación o exclusión por asuntos de trabajo, salvo en casos
emergentes que serán valorados por el Tribunal Examinador o el Consejo de la Judicatura, respectivamente.
Sobre este tema y en relación a las exclusiones por motivos de la pandemia provocada por el COVID-19 es importante señalar que la Sección Administrativa de la Carrera Judicial garantizará
el cumplimiento de los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud al momento de aplicar las pruebas, razón por la cual no se aceptarán solicitudes de exclusión
fundamentadas en este tema, con excepción de aquellos casos en los que se presente documentación médica que respalde la gestión.
Además, según lo establecido
por el Consejo de la Judicatura en la sesión CJ202019 del 12 de junio
del 2019, artículo VI, las personas participantes en los concursos y que por razones justificadas no se presenten a realizar las pruebas en las fechas establecidas,
se les reprogramará la prueba por una única vez. De no presentarse en la fecha asignada para la reprogramación de las pruebas, corresponderá la descalificación
del concurso, a cuyos efectos la parte interesada deberá de presentar la justificación correspondiente, que será valorada por ese Consejo. En caso de no hacerlo
se procederá con la descalificación
aplicando la sanción establecida en el artículo 75 de la Ley de
Carrera Judicial.
✓ De la sanción: En
concordancia con lo establecido
en el artículo
75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, no podrán
participar en estos concursos aquellas personas que fueron descalificadas de un concurso
anterior de la misma categoría
y materia, cuya descalificación ya le haya sido comunicada
por la Sección Administrativa
de la Carrera Judicial. Si no se le hubiera comunicado si podrá
participar.
Al finalizar cada uno de los concursos, serán descalificadas y no podrán participar en el
siguiente concurso de la misma categoría y materia, las personas que se inscribieron
en este y no continuaron con el proceso respectivo por cualquiera de los siguientes motivos:
• Quienes no se presentaron a realizar el examen, se presentaron después de iniciado el examen y a quienes se le anule el examen.
• Quienes
no alcancen la nota mínima en el examen.
• Aquellas
personas participantes que obtengan
en la prueba escrita y oral una nota igual o
superior al 70, pero que sumados
los componentes evaluables no logran alcanzar en el
concurso un promedio final igual o superior al 70, “aplazados”,
no quedarán elegibles.
En concordancia
con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del
Sistema de Carrera Judicial, no podrán participar en los presentes concursos aquellas personas que fueron descalificadas de un concurso de
la misma categoría y materia, según se detalla:
Concurso CJ-01-2022 de Juez y Jueza 2 Ejecución de la Pena. No podrán participar en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas del concurso CJ-01-2020 de juez y jueza 2 Ejecución de la Pena, que
no se presentaron al examen, obtuvieron
una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
Concurso CJ-02-2022 de Juez y Jueza 3 Agrario. No podrán participar en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas
del concurso CJ-07-2021 de juez
y jueza 3 Agrario, que no
se presentaron al examen, obtuvieron
una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
Concurso CJ-04-2022 de Juez y Jueza 3 Penal. No podrán participar
en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas
del concurso CJ-04-2020 de juez
y jueza 3 Penal, que no se presentaron
al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo
para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
Concurso CJ-06-2022 de Juez y Jueza 3 Familia. No podrán participar
en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas del concurso CJ-03-2020 de juez y jueza 3 Familia, que no se presentaron
al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo
para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
Concurso CJ-07-2022 de Juez y Jueza 4 Civil. No podrán participar
en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas del concurso CJ-04-2021 de juez y jueza 4 Civil, que no se presentaron
al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo
para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
Concurso CJ-08-2022 de Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones. No podrán participar en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas del concurso CJ-08-2020 de juez y jueza 5 Penal Apelaciones, que no
se presentaron al examen, obtuvieron
una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
IX. De las notificaciones: La Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizará
el correo electrónico para todos los efectos como único
medio de notificación. Para ello,
deberá indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones
las veinticuatro horas, ya
que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección
y se tendrá por realizada
la notificación, veinticuatro
horas después de dictada la
resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico
señalado, debe ser comunicado
oportunamente a esta oficina al correo electrónico:
carrera-jud@poderjudicial.go.cr.
X. Información adicional. Cumplir con lo establecido por la
Ley Orgánica del Poder
Judicial, la Ley de Carrera Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial y demás
disposiciones vigentes.
Todas las personas que aspiran laborar o laboren para el Poder Judicial, deben acatar obligatoriamente
los lineamientos establecidos
en el Reglamento
de vestimenta formal tanto para hombres como para mujeres aprobado por la Corte Plena y que está
a su disposición en la página web.
Por ser éste un servicio que requiere atención permanente es inherente al puesto, el trabajo en
diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes
a la generalidad del personal. Pueden
ser reubicadas en función de la carga de trabajo en cualquier zona del país por uso eficiente
del recurso y del servicio público; por esa razón, además, podrían laborar en horarios vespertinos
y hasta en jornadas semanales
de cinco días que involucren
los fines de semana y estar
sujeto a disponibilidad.
Las plazas de jueces y juezas
supernumerarios pueden ser ubicadas en jornada vespertina o en cualquier parte del país, a fin de atender las necesidades donde el servicio público
lo requiera.
La información
que se obtenga de las valoraciones
realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social,
tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad
se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos
casos que se considere pertinente para mejor resolver.
Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones
contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales
de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales
de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.
Las personas que resulten nombradas
en los cargos de juez y jueza 1 y en caso
de que se requiera, deben asumir las funciones propias del Servicio de Facilitadores y Facilitadoras Judiciales, como parte de sus funciones regulares.
El Consejo de la Judicatura en la sesión 2116 del 14 de junio de
2016, artículo XVIII, dispuso
que las personas oferentes que resulten
elegibles deberán de gestionar la firma digital por su cuenta.
En cumplimiento a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635), así como lo dispuesto por la Corte
Plena en la sesión N° 1119
del 18 de marzo de 2019, artículo
XIV, el reconocimiento del pago del Componente Salarial de Prohibición está sujeto a los porcentajes estipulados en la norma. Por lo tanto, las
personas profesionales en
derecho que ingresen o reingresen
a laborar a este Poder de la República en una fecha posterior al 04 de diciembre de 2018 o tengan un ascenso por primera vez posterior a esa misma fecha se les cancelará el porcentaje
que por Ley corresponde.
Asimismo, al participar en
este proceso, la persona oferente da fe que conoce los alcances del Reglamento denominado “Regulación para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los conflictos de interés en el
Poder Judicial”, mediante el cual toda
persona se obliga a cumplir
las funciones que le confiere
la ley, acatando los deberes
de imparcialidad y probidad
que orienten la satisfacción
del interés público, es decir, con rectitud, buena fe y en
estricto apego a la legalidad. (Acuerdo de Corte
Plena, sesión N° 14-19 del 1 de abril
de 2019, artículo XIII).
La Circular de Secretaría
de la Corte 072-2019 la puede encontrar
en la siguiente dirección electrónica:
https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/avi-1-0003-6250
Además se indica que según con lo establecido en la Circular 239-2021 es obligatorio
para todas las personas servidoras
del Poder Judicial estar debidamente vacunados (as) contra
el COVID-19.
Se insta a las mujeres a participar en este proceso
(sesión Corte Plena N° 0313, del 21 de enero de 2013, artículo XXVIII).
Consultas: Sección Administrativa de la
Carrera Judicial, ubicada en
el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación
Judicial (OIJ), horario de atención
de 7:30 a.m. a 12 m.d., y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3781/ 62114208 Maribel Quintero Ureña / 89370618 Ana Laura Ureña
Morales /2295-3781 recepción o a los correos electrónicos:
carrerajud@poderjudicial.go.cr; aurenam@poderjudicial.go.cr;
mquintero@poderjudicial.go.cr
ESTOS
CONCURSOS VENCEN EL
06 DE MARZO DEL 2021
Para trámite personal hasta las 4:30 p.m. y para la inscripción por medios electrónicos, se habilita las 24
horas de la fecha indicada.
Olga Guerrero Córdoba.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022617991 ).
UNIDAD DE RECLUTAMIENTO
CONCURSO N° CN-01-2022
La Dirección de Gestión Humana invita a las personas interesadas
a participar en el proceso selectivo
(por antecedentes) para nombramiento
en propiedad en las siguientes clases de puestos:
Ø SECRETARIO (A) GENERAL
ORGANISMO
DE
INVESTIGACIÓN JUDICIAL
Ø SUBJEFE (A) SECRETARIA GENERAL
DEL
ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN
JUDICIAL
Para conocer los requisitos
y otros detalles para participar, puede acceder a las siguientes direcciones electrónicas:
INSCRIPCIÓN
POR INTERNET
(personas externas al Poder Judicial)
https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/
INSCRIPCIÓN
POR INTRANET
(personas empleadas
judiciales)
http://sjoaplpro40/ghenlinea2/
Periodo de inscripción
Inicia: 28 de febrero de 2022
Finaliza: 11 de marzo de 2022
(La inscripción
es en línea por lo que se puede
acceder durante las 24 horas)
Horario de atención al público
De lunes a viernes,
de 7:30 a.m. a 12:00 m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Correo: reclutamiento@poder-judicial.go.cr
Teléfono:
6241-9764
Msc. Rodolfo Castañeda Vargas,
Jefe, a. í. Sección Reclutamiento y Selección Poder Judicial.—1 vez.—O. C. Nº N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022621780 ).
CONCURSO CN-02-2022
La Dirección de Gestión Humana invita a las personas interesadas
a participar en el proceso selectivo
(por antecedentes) para nombramiento
en propiedad para:
Puestos Profesionales,
Jefaturas y Coordinaciones (Especialidades Varias)
Para conocer los requisitos
y otros detalles para participar, puede acceder a las siguientes direcciones electrónicas:
INSCRIPCIÓN POR INTERNET
(personas externas
al Poder Judicial)
https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/
INSCRIPCIÓN POR INTRANET
(personas empleadas
judiciales)
http://sjoaplpro40/ghenlinea2/
Periodo de inscripción
Inicia: 28 de febrero de 2022
Finaliza: 11 de marzo de 2022
(La inscripción
es en línea por lo que se puede
acceder durante las 24 horas)
Horario de atención al público
De lunes a viernes,
de 7:30 a.m. a 12:00 m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Correo: reclutamiento@poder-judicial.go.cr
Teléfono:
6241-9764
Persona responsable:
Msc. Rodolfo Castañeda
Vargas, Jefe, a. í. Sección Reclutamiento y Selección Poder Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022621653 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Delix González Camacho, quien portó la cédula de identidad N°
600960175, y falleció el
día 28 de setiembre del 2020, promovido
por Carmen Briceño Chavarría,
cédula de identidad
N° 107860965; se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 21-002547-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 21-002547-0173-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de diciembre
del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626015 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Juan Antonio Calvo Jiménez, quien
portó la cédula de identidad
N° 6-0060-0990 y falleció el
día 07 de agosto del 2021, promovido
por Yorleny Calvo Chaves, cédula de identidad N° 1-0671-0254; se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número 21-002974-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 21-002974-0173-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de diciembre
del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626017 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de: Mario Andrés Céspedes Solano, 0303780262, fallecido el 20 de diciembre del 2021, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Personas Fallecidas bajo el
número 22-000065-1001-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000065-1001-LA. Promovido por María Yirley
Gutiérrez Chavarría.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba
(Materia Laboral), 21 de febrero del 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626018 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Rainier Palomo
Alvarado, 0204490045, fallecido el
20 de febrero del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000391-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000391-0505-LA. Por Ivania Araya Montero a favor de Rainier Palomo
Alvarado.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 16 de febrero
del año 2022.—Licda.
Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626020 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de: Eladio Elizondo Quirós, 0102840223, fallecido
el 08 de diciembre del
2021, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el número 22-000387-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000387-0505-LA. Por
Mireya Chacón
González a favor de Eladio Elizondo Quirós.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 16 de febrero del 2022.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626021 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Jesús Manuel Salazar Carmona, 0104890413, fallecido el 25 de junio del 2007, se consideren con
derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Personas Fallecidas bajo el
N° 22-000389-0505-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
22-000389-0505-LA, por Carmen María Blanco Tenorio, a favor de Jesús Manuel Salazar Carmona.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 16 de febrero del 2022.—Licda. Catherine Alejandra Rodríguez Calderón Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626023 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis de Jesús López Alfaro 0401250412, fallecido
el 18 de setiembre del año 2010, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el Número 22-000253- 0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 22-000253-0505-LA. Por María Haydee
Sandoval León a favor de Carlos Luis de Jesús López Alfaro.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 28 de enero del 2022.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022626024 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Jessenia del Carmen Sánchez Sánchez, 0401640274, fallecida el 24 de diciembre del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000234-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000234-0505-LA. Por Alberysam Sociedad Anónima a
favor de Jessenia del Carmen Sánchez Sánchez.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 28 de enero del 2022.—Msc. Karol Baltodano
Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626025 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de María Guiselle
Rodríguez Monge,
0110210709, fallecido el 19
de enero del 2022, se consideren con derecho
para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las Diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Persona
Fallecidas bajo el N° 22-000356-0505-LA,
a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
22-000356-0505-LA, por Capitales JMC Sociedad Anónima, a favor de María Guiselle
Rodríguez Monge.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 08 de febrero
del 2022.—Msc. Karol Baltodano
Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626027 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido José Alejandro Hernández Jiménez, cédula de identidad número 1-0586-0885, y falleció el día 09 de setiembre del 2016, promovido por
Damaris Jiménez Solano, mayor, casada, cédula de identidad número 1-0331-0361; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 21-002595-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 21-002595-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de octubre del año 2021.—M.Sc.
Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626028 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marcos Eliecer
León Villegas, N° 0202010670, fallecido el 01 de noviembre del año 2017, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Persona Fallecida, bajo el
número 22-000009-1441-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000009-1441-LA. Establecido
por María Jiménez Romero, Causante: Marcos Eliecer León Villegas.—Juzgado Contravencional
de Coto Brus (Materia Laboral), 18 de febrero del año 2022.—Licda. Johanna Quesada
Monge, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626029 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Rosa Elena Carrillo Álvarez, 0204850016, fallecida el 09 de diciembre del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Personas Fallecidas bajo el
N° 22-000130-0639-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000130-0639-LA. Promovida
por Yessica María Morañes
Carrillo y Angélica
Aguirre Carrillo a favor de Rosa Elena Carrillo Álvarez.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 28 de enero del 2022.—Licda. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626031 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de: Primo Antonio Sánchez Vásquez, quien fue mayor, casado, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y cuatro-cuatrocientos veinticinco
(5-0134-0425); y vecino de Pérez Zeledón,
San Isidro de El General, Barrio Dora Obando, fallecido
el 02 de diciembre del
2016, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000060-1125-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000060-1125-LA. Promueve Ana María Carranza Vargas.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 18 de febrero
del 2022.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626056 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Francisco Mavisca
Aguilar 0113780621, fallecido el
06/10/2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número
210014960641LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 210014960641-LA a favor de José
Francisco Mavisca Aguilar.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 17 de noviembre del 2021.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626074 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Jesús Francisco Araya Abarca,
quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número 3-0427-0063, con último domicilio en Agua Caliente de
Cartago, y falleció el 3 de Diciembre del año 2015; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo
el expediente número 22-000130-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000130-0641-LA. Promovidas por María Gabriela Araya Abarca,
cédula de identidad número
3-0246-0995.—Juzgado de Trabajo
de Cartago, 28 de enero del año
2022.—Licda. Mariela Porras Retana, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626076 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes del trabajador fallecido del trabajador fallecido Carlos Javier Castresana
Isla Barrantes, quien portó la cédula de identidad 1
0312 0654 y falleció el día
18 de agosto del 2021, promovido
por Graziela Eugenia Castresana
Isla Barrantes, cédula de identidad
1 0425 0951; se consideren con derecho, para que,
dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
sector público bajo el N°
22-000205-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000205-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda.—M.Sc. Susana Porras Cascante Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626078 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de la persona fallecida
Simón Esteban Campos Flores, cédula de identidad
3-0428-0785, nacido el día
17/06/1988, con último domicilio
en Cartago, Urbanización
Manuel de Jesús Jiménez, casa Nº G-58 y falleció el 23 de febrero del 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el N°
22-000142-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000142-0641-LA, promovido por Blanca Nieves Flores Carpio, cédula de identidad 03-0290-0148.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 02 de febrero
del 2022.—Licda. Ana Laura
Solís Mena, Juez/a Decisor/a.—1
vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626079 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ramón A Agüero Quirós,
quien fue mayor, divorciado, pensionado, con cédula de identidad
número nueve-cero cero sesenta y cinco-cero novecientos setenta y dos, vecino de Pavas, San José, fallecido el 07 de marzo del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000042-1125-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000042-1125-LA. Por
favor de Ramón A Agüero Quirós.— Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Laboral), 03 de febrero del año
2022.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626080 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona fallecida
Lilliana Pacheco Siles, cédula número
03-0303-0744, quien fue
mayor, soltera, y falleció el 19 de mayo del año 2017, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignación
de prestaciones laborales
bajo el Número
22-000124-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000124-0641-LA, promovido Gloria Siles Pérez,
cédula de identidad 03-0142-0976.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 01 de febrero
del año 2022.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626081 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Mario Alberto Paniagua Calderón
0302910132, fallecido(a) en
el mes de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el
N° 22-000016-1549-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000016-1549-LA. Por a favor de Mario
Alberto Paniagua Calderón.—Juzgado Contravencional
de Siquirres (Materia Laboral), 21 de enero del
2022.—Lic. Kevin De Los Ángeles
Leiva Masís, Juez(a).—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626214 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes del trabajador fallecido Gerardo Jiménez Mena, cédula de
identidad número 1 0429 0707 y falleció el día 25 de octubre del 2021,
promovido por Elizabeth Georgina Umaña Quirós, cédula de identidad número 9
0069 0809; se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número
22-000071-0173-LA-7, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial .
Expediente N° 22-000071-0173-7.—Juzgado De Trabajo
del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de enero del 2022.—M.Sc. Susana Porras
Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626215
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido: Rubén Delgado Zúñiga, quien portó la cédula de identidad N° 102100919, y falleció el día 27 de setiembre del 2021, promovido por
Patricia Delgado Sánchez, portadora del número de cédula 1-0458-0863; se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número 21-003001-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-003001-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 16 de diciembre
del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626222 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Roberto Berrocal González con cédula de identidad N° 7-0061-0152, quien fue mayor, soltero, masculino,
oficial de seguridad, costarricense, nació el 24/11/1957, vecino de Limón,
Matina, y falleció el cinco de marzo del dos mil diecisiete. Se les hace saber
que Ligia Berrocal González con cédula de identidad N°
7-0057-0058, mayor, costarricense, soltera, nacida el 31/12/1955, 66 años de edad, sin discapacidad, vecina de Limón, Matina de
la gasolinera Lester 50 metros este, se apersonó a este despacho en calidad de
hermana del causante, a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. En razón de lo anterior
se les confiere a todos los interesados el plazo improrrogable de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, a efecto de que se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el expediente número 22- 000077-0679-LA, a hacer
valer sus derechos, lo anterior de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000077-0679- LA. Por
Roberto Berrocal González a favor de Ligia Berrocal González.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 22 de febrero
del año 2022.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022626223 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de: María del Rosario Chaves Chaves,
0401160866, fallecida el 10
de enero del 2022, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000271-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000271-0505-LA. Por
Leidy Magaly Solano Chaves a favor de María del Rosario Chaves Chaves.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 31 de enero del 2022.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626257 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edgar Mata Rodríguez, con cédula de identidad N° 3-0118-0219, quien fue mayor, Casado, pensionado y falleció
el quince de enero del dos
mil veintiuno. Se les hace
saber que Yadira Morales Cerdas, con cédula de identidad N° 3-0169-0330, mayor, costarricense,
viuda, vecina de Limón,
barrio los cangrejos, de la plaza de deportes 200 metros al sur, casa esquinera
número 25, se apersonó a este despacho
en calidad de esposa del causante, a fin de promover las presentes
diligencias de consignación de prestaciones.
En razón de lo anterior se
les confiere a todos los interesados el plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, a
efecto de que se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest bajo el expediente
número 22-000076-0679-LA, a hacer
valer sus derechos, lo anterior de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000076-0679-LA. Por Edgar Mata
Rodríguez a favor de Yadira Morales Cerdas.—Juzgado de trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 23 de febrero del año 2022.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626260 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de: Jorge Luis Sánchez Loría, 0601540948, mayor de edad, casado, vecino
de Grecia, fallecido el veintidós de noviembre del dos
mil veintiuno, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000072-1113-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000072-1113-LA. Promovidas por Rosibel Vásquez
Álvarez a favor de Jorge Luis Sánchez Loría.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Laboral), 15 de febrero del
2022.—Msc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626264 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Giovanni Gerardo Durán Muñoz, quien portó la cédula de identidad N° 105770857 y falleció
el día 07 de noviembre del
2014, promovido por Ana Lizette Lacayo
Cubillo, cédula de identidad N° 106580727; se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el Número 21-002688-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 21-002688-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda,
11 de noviembre del 2021.—M.Sc. Susana Porras
Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626313 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Geison Andrés González
Cordero, portó la cédula número
1 1186 0582 y falleció el
día 04 de mayo del 2009, promovido por Grettel Marcela Abarca Morales,
cédula de identidad N° 3 0335 0497; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 21-002620-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-002620-0173-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 28 de octubre del año 2021.—M.Sc.
Susana Porras Cascante, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626314 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de doce mil seiscientos veintisiete dólares con un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo CL 272925, marca Changan, estilo Star Light, categoría carga liviana,
carrocería: Panel, número
de motor: Cuatro G Uno Tres S Uno E T H A Cero Cero Ocho Dos Siete Cinco; chasis número: L S Cuatro A S B
Tres R Nueve E G Cero Cero Cero Nueve Ocho
Seis; color: blanco, combustible: gasolina,
año: dos mil catorce, capacidad: dos pasajeros, cilindrada: mil trescientos centímetros cúbicos, cilindros: cuatro, tracción:
cuatro por dos. Para tal efecto
se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós, con la base de nueve
mil cuatrocientos setenta dólares con veinticinco centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós, con
la base de tres mil ciento cincuenta y seis dólares con setenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo Antonio De Jesús Calderón Araya. Expediente N° 14-025879-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 06 de agosto del 2021.—Hellen Viviana Segura Godínez,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022624602 ).
En este Despacho, con una base de ciento veintisiete millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y seis colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 230-02960-01-0901-003 y servidumbre
trasladada bajo las citas:
302-19538-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 373.557-000, la cual es terreno construido con dos casas. Situada en el distrito
1-Quesada, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Gilber Carranza Amores; al sur, Olman Huertas
Rojas; al este, Zaida, Carlos Alberto, Marta Eugenia,
María Leticia y Manuel Enrique todos Rodríguez
Quesada, Daniel y María Eugenia Rodríguez Delgado y al oeste
calle publica con un frente
de 20,92 metros lineales. Mide:
setecientos treinta metros
con veinticinco decímetros cuadrados, Plano: A-0751339-2001. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del tres de junio de dos mil veintidós con la
base de noventa y cinco millones novecientos noventa y un mil quinientos siete colones con veinticuatro céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del trece de junio de dos mil veintidós con la
base de treinta y un millones
novecientos noventa y siete mil ciento sesenta y nueve colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Ángel Alfaro
Alfaro, José Daniel Alfaro Hernández.
Expediente N° 19-008100-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con veintisiete minutos del tres de Febrero del dos mil veintidós.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022625024 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y nueve mil novecientos dieciséis dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y cond Ref:
1760-436-007 citas: 312-04504-01-0901-001, serv y cond ref:1760-406-003 citas:
312-04504-01-0904-001, servidumbre de paso citas: 2012-138644-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos mil seiscientos doce - cero cero cero (200612- 000), la cual es terreno naturaleza: lote N-17 para uso agrícola. Situada en el distrito
4-Jesús, cantón 4-Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, lote 16 segregado de Servicios Fiduciarios del Foro S.A.; al
sur, Servicios Fiduciarios
El Foro S.A.; al este, Servicios Fiduciarios del Foro S.A. y al oeste, calle publica con frente de 48
metros con 39 centímetros. Mide:
cinco mil quinientos cinco metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano: H-1052656-2006. Para tal
efecto, se señalan las once
horas cuarenta y cinco minutos del uno de junio de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la
base de cuarenta y cuatro mil novecientos
treinta y siete dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y
cinco minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós con la base de catorce
mil novecientos setenta y nueve dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia contra Manuel Lachner
Victory, expediente N° 20-000229-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: catorce horas
con quince minutos del quince de febrero
del dos mil veintidós.—Noelia
Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022625316 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos treinta y seis mil ochocientos sesenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BNY331, marca: Hyundai, estilo: accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: blanco, vin: KMHCS41CBEU538606, N° motor: G4FADU437258, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince
horas quince minutos del cinco
de abril de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince minutos
del veinte de abril de dos
mil veintidós con la base de cuatro millones trescientos setenta
y siete mil seiscientos cuarenta y siete colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos
del veintiocho de abril de
dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y nueve mil doscientos quince colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones SA contra Magaly de Los Ángeles
Chavarría Marín. Expediente
N° 19-018858-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de febrero del año 2022.—Yessenia
Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2022625824 ).
En este Despacho, con una base de ochenta
y nueve mil quinientos dólares, libre de gravámenes pero soportando servidumbre trasladada citas: 0280-00000617-01-0915-001 y reservas
de ley de aguas y ley de caminos
públicos citas:
0517-00013644-01-0004-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 75916-F-000, la cual
es terreno finca filial primaria
individualizada número ciento cuarenta y cinco apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos plantas. Situada en el Distrito 04 San Antonio, Cantón 01 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
filial ciento cuarenta y
cuatro; al sur filial ciento cuarenta
y seis; al este Lucia Mora Arguello Y retiro de construcción y al oeste área común
destinada acera, retiro de construcción y calle tercera. Mide: doscientos diecisiete metros con cero decímetros
cuadrados. valor porcentual:
0.57. proporción medida:
0.0058000. Plano: A- 1339836-2009. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del cinco de abril de dos mil veintidós con la
base de sesenta y siete mil
ciento veinticinco dólares (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril de dos mil veintidós con la base de veintidós
mil trescientos setenta y cinco dólares (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Michael Ballestero Rojas.
Expediente:21-004701-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas del once
de junio del dos mil veintiuno.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza
Tramitadora.—( IN2022625826 ).
En este Despacho, con una base de ochenta
y cuatro millones setecientos
sesenta y seis mil ochocientos
treinta y seis colones,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
89379, derecho 000, la cual es terreno
para construir, situada en el distrito
06 Guadalupe (Arenilla), cantón
01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda al norte, con Manuel Masis Masis, al sur, con Jesús Cerdas Guzmán, al este, con calle La Lima con 12 mts. 60 cms,
y al oeste, con Marcial
Monge Cerdas. Mide: Quinientos noventa y cinco metros con setenta decímetros cuadrado. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de marzo de dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
sucesorio del causante José
Roberto Cerdas Roldan. Expediente
N° 18-000351-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, ocho horas con trece minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós.—M.Sc.
Alonso Oviedo Betrano, Juez.—(
IN2022625838 ).
En este Despacho, con una base de ochenta
y un mil doscientos ochenta
y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos, libre
de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
039500011037-01-0902-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
N° 264610-000, la cual es terreno de café y para construir con una casa. Situada en el distrito
06 San Isidro, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Seymour Edwin Pratt; al sur, Chumley
Sociedad Anónima; al este, calle pública con 87,67 metros, y
al oeste, Geovanny Alvarado
Vargas, Flory Alvarado Vargas y Hillis Consultores
Sociedad Anónima. Mide:
cuatro mil setecientos ochenta
y ocho metros con setenta y
un decímetros cuadrados.
Plano: A-0045633-1992. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con la base de sesenta
mil novecientos sesenta y
cuatro dólares con dieciséis
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con
la base de veinte mil trescientos
veintiún dólares con treinta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.A contra Corporación Nerveland y Overland S.A, Johnny Pinchansky
Bynderosky. Expediente N°
21-005263-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dieciocho minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintiuno.—Ronald
Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2022625839 ).
En este Despacho, con una base de once mil trescientos
ochenta dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito bajo citas: 0800
00646957 001; sáquese a remate el
vehículo placa: BQH647, marca: Suzuki, estilo: D Zire GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
color: bronce, año: 2018, N° motor: K12MN2107592, cilindrada; 1200CC,
combustible: gasolina. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del once de marzo del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós, con la base de ocho
mil quinientos treinta y cinco dólares con cuarenta y nueve centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con
la base de dos mil ochocientos cuarenta
y cinco dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Allan Enrique Agüero Granados, Juan José Agüero Granados. Expediente N° 21-012940-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de setiembre del 2021.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Juez/a Decisor/a.—( IN2022625842 ).
En este Despacho, con una base de cuatrocientos
dieciséis mil setecientos treinta y un colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
359-05935-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 366306-002, la cual es terreno de zona verde. Situada: en el
distrito 1-Quesada, cantón
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Picadokoschny y Deyanira Madrigal Villegas; al sur, William
Mora Valerio y Sonia María Quesada Umaña;
al este, otra propiedad de Mario Alberto Chacón Soto y Elizabeth Villalobos
González, y al oeste, río Platanar.
Mide: doscientos ochenta y un metros con noventa y
tres decímetros cuadrados. Plano:
A-0568347-1999. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del seis de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del dieciséis
de mayo del dos mil veintidós, con la base de trescientos doce mil quinientos cuarenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintidós,
con la base de ciento cuatro mil ciento
ochenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio dinerario de
contra Brian Soto Villalobos, Elizabeth Villalobos González. Expediente N° 10-100828-0297-CI.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y dos minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—(
IN2022625851 ).
En este Despacho, con una base de quince millones
de colones, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos cuarenta y dos mil setecientos cuarenta, derecho
cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el
distrito 06, San Rafael, cantón
02, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Agapito Suárez Zúñiga; al sur,
Fidelina Ramírez Alvarado y en parte servidumbre
de paso; al este, Marco Tulio Rodríguez
Monge; y al oeste, Miguel Angel Ramirez Alvarado, Agapito Suárez Zúñiga y servidumbre de paso con tres metros de frente. Mide: diecinueve mil cuatrocientos trece metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas y treinta minutos del
tres de mayo del dos mil veintidós
con la base de (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de mayo del
dos mil veintidós con la base de (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Arnoldo de La Trinidad Miranda González contra
CECAPRIFA de Morazán S. A. Expediente N° 21-005957-1157-CJ.—Juzgado
Agrario del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela
(San Ramón), 21 de febrero del 2022.—Tatiana
Rodríguez Herrera, Jueza Decisora.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022625889 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones quinientos mil colones (¢22.500.000) sea dieciocho
millones (suma acordada) más el
25% por costas, libre de gravámenes
y soportando servidumbre trasladada bajo las citas
384-10238-01-0832-002, finca referencia:
00211945-000, afecta a finca: 2-00252279-000. Sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
252279-000, la cual es terreno
naturaleza: para construir lote 4, en el
distrito 09-Alfaro, cantón
02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Moisés Elizondo Méndez; al sur, Moisés
Elizondo Méndez; al este, calle
pública con 8 metros y al oeste,
Moisés Elizondo Méndez, medida:
doscientos ochenta metros
con seis decímetros cuadrados,
plano: A-0886346-1990. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas del nueve de mayo del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del diecisiete de mayo del año dos
mil veintidós, con la misma
base y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas del veinticinco de mayo del año dos
mil veintidós, con la misma
base. Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
divorcio de Amelia Montero Araya contra Juan Carlos
López Arias. Expediente 15-000192-0688-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia Familia), 31 de enero del año 2022.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022625916 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 382-06208-01-0807-002; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 131927-001-002,
la cual es terreno para construir, lote 24, con una casa
de habitación. Situada en el distrito
1- Turrialba, cantón 5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, lote 22; al sur, calle pública; al este, Banco Anglo Costarricense y al oeste, lote 23. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del uno de abril de dos mil veintidós con la
base de cuatro millones quinientos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la
base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Myriam Palma Navarro contra Blanca Rosa Brenes Pereira, Marco Tulio Chaves
Fonseca, expediente N° 19-013816-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
03 de febrero del año
2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022625947 ).
En este Despacho, con una base de ciento veintitrés millones ciento cincuenta y tres mil trescientos noventa y nueve colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo tipo de vehículo: Maquinaria sin inscribir; marca: Caterpilar; estilo: D8T; año: 2008; color: amarillo; capacidad: 1 persona; motor: HXL6724; chasis:
CAT00D8TCJBB1358. Para tal efecto
se señalan las once horas cero minutos
del veinticinco de marzo
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas cero minutos del ocho
de abril de dos mil veintidós,
con la base de noventa y tres
millones trescientos sesenta y cinco mil cuarenta y nueve colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del veintinueve de abril
del dos mil veintidós con la base de treinta millones setecientos ochenta y ocho mil trescientos cuarenta y nueve colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio dinerario de Maquinaria y Tractores Limitada contra Constructora Albosa Sociedad Anónima, Leonel Nautilio Alpízar Castro. Expediente N° 19-009696-1157-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, hora y fecha de emisión:
once horas con treinta y siete
minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós.—Mileidy María Calvo Quesada, Jueza
Decisora.—( IN2022625959 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
mil ciento sesenta dólares con tres centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa: BMN802, Marca:
Mitsubishi, Estilo: Lancer GLS, Capacidad:
5 personas, año: 2017, color: rojo, Vin: JMYSNCY1AHU000333, N. Motor: 4A92CJ7616,
cilindrada:1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto
se señalan las once horas treinta
minutos del veinte de abril de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del veintiocho de abril de dos mil veintidós, con
la base de diecisiete mil trescientos
setenta dólares con dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del seis de mayo de dos mil veintidós,
con la base de cinco mil setecientos
noventa dólares con un
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S.J
S.A. contra Gina Freund Carvajal. Expediente número 19-000456-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago.—09 de febrero
del año 2022.—Licda.
Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022625981
).
En este Despacho, con una base de dieciséis
mil un dólar con noventa y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BLJ336, marca: Hyundai, estilo: Accent
GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: negro, cilindrada:
1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las catorce horas cero minutos
del veintiuno de marzo de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas cero minutos
del veintinueve de marzo de
dos mil veintidós con la base de doce
mil un dólar con cuarenta y
cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del seis de abril de dos
mil veintidós con la base de cuatro mil dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ
Sociedad Anónima contra Jorge Arturo Benavides
Campos, Lizbeth Shirlene Benavides Arguedas. Expediente
N° 20-000352-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: diez horas con cuarenta y siete minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022625982
).
En este Despacho, con una base de diez
mil seiscientos noventa y
dos dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BPT780, marca: Geely, estilo:
GC2, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie, chasis y vin: LB37122S9JX508343, carrocería: sedán 4 puertas hatchback, tracción: 4X2,
año fabricación: 2018,
color: rojo, cilindrada: 1300 c.c,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas cero minutos del treinta y uno de octubre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del ocho
de noviembre de dos mil veintidós
con la base de ocho mil diecinueve
dólares con cincuenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintidós
con la base de dos mil seiscientos setenta y tres dólares con veinte centavos (25%
de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de San José S.A. contra
Luis Alberto Barquero Vásquez, expediente N°
20-004604-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y dos minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Angie
Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2022625984 ).
En este Despacho, con una base de seis mil setecientos
treinta y tres dólares con nueve centavos, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo la boleta 2017240600252
sumaria 17-004844-0174-TR del Juzgado
de Tránsito
del Segundo Circuito Judicial de San Jose, y colisión bajo la boleta
2019242100874 sumaria 20-000001-0497-TR del Juzgado de Tránsito de Heredia; sáquese a
remate el vehículo Placas: KRK002, Marca: Kia, Categoría:
automóvil, Serie: KNADN412AH6025418, carrocería: Sedan 4 puertas, estilo: RIO, Capacidad: 5
personas, año: 2017 color: gris, N Motor:
G4FAGS046478, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las nueve horas cuarenta minutos del doce de julio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós, con la base de cinco
mil cuarenta y nueve dólares con ochenta y un centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta minutos del veintinueve de julio de dos mil veintidós, con
la base de mil seiscientos ochenta
y tres dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito S J S. A.
contra Carolina Virginia Masís Ugalde. Expediente:20-004759-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de febrero del año 2022.—Lic. Marvin Hernández
Calderón, Juez Tramitador.—( IN2022625985 ).
En este Despacho, con una base de ciento siete mil cuatrocientos sesenta y dos dólares exactos, soportando servidumbre de paso citas:
576-23520-01-0016-001 y arrendamiento de lote sin segregar citas: 576-23520-01-0017-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos veintitrés mil novecientos treinta y seis,
derecho 000, la cual es terreno
de potrero. Situada en el distrito 3-Tabarcia, cantón 7 Mora, de la provincia de
San José. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Hugo
Sibaja Castro y Edgar Sibaja
Guerrero; al este, calle pública, y al oeste, Hugo Sibaja Castro y Edgar Sibaja
Guerrero. Mide: sesenta y
cuatro mil quinientos veinte
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cincuenta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cincuenta minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós, con
la base de ochenta mil quinientos
noventa y seis dólares con cincuenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cincuenta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós, con la base de veintiséis
mil ochocientos sesenta y cinco dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Fatin Soufan Soufan
contra Hugo Sibaja Castro. Expediente
N° 20-005972-1164-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de diciembre del 2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Juez/a Decisor/a.—( IN2022625989
).
En este Despacho, con una base de trece millones trescientos setenta mil doscientos treinta y dos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas
0302-00011695-01-0030-001, reservas ley caminos citas
0302-00011695-01-0031-001, reservas ley de aguas citas
0302-00011695-01-0032-001; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 598815, derecho 000, la cual
es terreno para construir.
Situada en el
Distrito 06-Platanares, Cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte Erasmo
Jiménez Navarro; al sur resto reservado de Julio
Jiménez Cruz y calle pública; al este,
servidumbre agrícola en medio y resto reservado de
Julio Jiménez Cruz y al oeste callejón
de acceso en parte y Elías Fernández Gómez. Mide:
mil cuatrocientos cincuenta
y cuatro metros con cincuenta y nueve
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós con la base de diez millones veintisiete mil seiscientos setenta y cuatro colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de
mayo de dos mil veintidós con la base de tres millones trescientos
cuarenta y dos mil quinientos
cincuenta y ocho colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Instituto Costarricense de Electricidad
contra Oduber Stewar Madriz Jiménez.
Expediente:16-003915-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).- Hora y fecha de emisión: nueve horas con trece minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Hellen
María Gutiérrez Desanti, Jueza
Tramitadora.—( IN2022626000 ).
En este Despacho, con la base de un millón
cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 15 motores; de sesenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 3 motores long block; de doscientos ochenta y ocho mil colones exactos sáquese a remate Lote de 96 forros de guardabarros; de doscientos cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 41 guardabarros; de quinientos setenta y seis mil colones exactos sáquese a remate Lote de 72 compuertas; de ciento cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 15 tapas de baúl; de cuatrocientos veinte mil colones exactos sáquese a remate Lote de 60 puertas delanteras; de trescientos noventa y nueve mil colones exactos sáquese a remate Lote de 57 puertas traseras; de cuatrocientos ochenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 80 bumpers traseros; de quinientos diez mil colones exactos sáquese a remate Lote de 170 espejos retrovisores; de ciento setenta y siete mil colones exactos sáquese a remate Lote de 59 stops; de doscientos ochenta y ocho mil colones exactos sáquese a remate Lote de 72 focos principales; de cien mil colones exactos sáquese a remate Lote de 5 diferenciales; de cuatrocientos cuarenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 110 bobinas; de cuarenta y nueve mil colones exactos sáquese a remate Lote de 7 arrancadores; de cuarenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 10 inyectores; de noventa y tres mil colones exactos sáquese a remate Lote de 31
calipers; de doscientos ochenta
y ocho mil colones exactos sáquese a remate Lote de 36 ejes completos; de doscientos ochenta y ocho mil colones exactos sáquese a remate Lote de 48 tijeretas; de ciento ochenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 18 radiadores completos; de ochenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 17 radiadores solo; y de treinta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 10 radiadores, con la
base de un millón trescientos
mil colones exactos sáquese a remate montacarga TCM (Hayster) vehículo de carga y descarga, todos los bienes libres de gravámenes y anotaciones; para lo
cual se señalan las nueve horas del veinticinco de marzo de dos mil veintidós, como fecha de primer remate. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas
del catorce de
abril de dos mil veintidós
con la base de un millón ciento
seis mil doscientos cincuenta
colones exactos exactos sáquese a remate Lote de 15 motores; de cuarenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 3 motores long block; de doscientos
dieciséis mil colones exactos sáquese a remate Lote de 96 forros de guardabarros; de ciento cincuenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 41 guardabarros; de cuatrocientos treinta y dos mil colones exactos sáquese a remate Lote de 72 compuertas; de setenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 15 tapas
de baúl; de trescientos
quince mil colones exactos sáquese a remate Lote de 60 puertas delanteras; de doscientos noventa y nueve mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 57 puertas traseras; de trescientos sesenta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 80 bumpers traseros; de trescientos ochenta y dos mil quinientos colones exactos sáquese a remate Lote de 170 espejos retrovisores; de ciento treinta y dos mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 59 stops; de doscientos dieciséis mil colones exactos exactos sáquese a remate Lote de 72 focos principales; de setenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 5 diferenciales; de trescientos treinta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 110 bobinas; de treinta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 7 arrancadores; de treinta mil colones exactos sáquese a remate Lote de 10 inyectores; de sesenta y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 31
calipers; de doscientos dieciséis
mil colones exactos exactos sáquese a remate Lote de 36 ejes completos; de doscientos dieciséis mil colones exactos sáquese a remate Lote de 48 tijeretas; de ciento treinta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 18 radiadores completos; de sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 17 radiadores solo; y de veintidós mil quinientos colones exactos sáquese a remate Lote de 10 radiadores; con la base de novecientos
setenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate montacarga TCM (Hayster) vehículo de carga y descarga, montos que corresponden al 75% de las bases originales.
De no haber postores, el tercer remate se efectuará a las nueve horas del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la base de con la base de trescientos
sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 15 motores; de quince mil colones exactos sáquese a remate Lote de 3 motores long block; de setenta y dos mil colones exactos sáquese a remate Lote de 96 forros de guardabarros; de cincuenta y un
mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 41 guardabarros; de ciento cuarenta y cuatro mil colones exactos sáquese a remate Lote de 72 compuertas; de veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 15 tapas de baúl; de ciento cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 60 puertas delanteras; de noventa y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 57 puertas traseras; de ciento veinte mil colones exactos sáquese a remate Lote de 80
bumpers traseros; de ciento
veintisiete mil quinientos colones exactos exactos sáquese a remate Lote de 170 espejos retrovisores; de cuarenta y
cuatro mil doscientos cincuenta
colones exactos sáquese a remate Lote de 59
stops; de setenta y dos mil colones
exactos sáquese a remate Lote de 72 focos principales; de veinticinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 5 diferenciales; de ciento diez mil colones exactos sáquese a remate Lote de 110 bobinas; de doce mil doscientos cincuenta colones exactos exactos sáquese a remate Lote de 7 arrancadores; de diez mil colones exactos sáquese a remate Lote de 10 inyectores; de veintitrés mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 31
calipers; de setenta y dos mil colones
exactos sáquese a remate Lote de 36 ejes completos; de setenta y dos mil colones exactos sáquese a remate Lote de 48 tijeretas; de cuarenta y cinco mil colones exactos sáquese a remate Lote de 18 radiadores completos; de veintiún mil doscientos cincuenta colones exactos sáquese a remate Lote de 17 radiadores solo; y de siete mil quinientos colones exactos sáquese a remate Lote de 10 radiadores; con la
base de trescientos veinticinco
mil colones exactos sáquese a remate montacarga TCM (Hayster) vehículo de carga y descarga; montos que corresponden al 25% de las bases originales.
Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso
Incidente de Cobro de Alquileres Insolutos de Avigo del Sur Sociedad Anónima
contra Autopartes Fe S. A. Expediente:20-000172-0216-CI.—Juzgado Civil
Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. Hora y fecha de emisión: nueve horas con veinticuatro minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(
IN2022626096 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y dos millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
296-12010-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número diecinueve mil quinientos sesenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno de potrero, plátano y cacao con 1 casa. Situada en el
distrito 3-Guaycara, cantón
7- Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carretera Interamericana; al sur, Ángela Solera; al este, Marta Cascante y al oeste, Asociación Iglesia Evangélica Metodista
de Costa Rica y Juan Araya. Mide: cuarenta
y seis mil noventa metros con setenta
decímetros
cuadrados. Plano: P-0994230-2005 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de mayo de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del trece de mayo de dos mil veintidós
con la base de veinticuatro millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de mayo de
dos mil veintidós con la base de ocho
millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria en contra Carlos Luis Zúñiga Jiménez, expediente N° 21-001712-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito, hora y fecha de emisión:
catorce horas con cincuenta
y seis minutos del dieciséis de diciembre
del dos mil veintiuno.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2022626119
).
En este Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos veintiséis mil dieciséis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 233557,
Marca: Mazda, estilo: BT-50, Categoría:
carga liviana, Capacidad: 5
personas, carrocería: camioneta
pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, año fabricación: 2008, color:
gris, cilindrada: 2499 c.c., cilindros:
4, combustible: diésel,
N. Motor: WL217036, Vin: MM7UNY0W380683871. Para tal efecto se señalan las ocho horas veinte minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas veinte minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones
sesenta y nueve mil quinientos doce colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del siete de abril de dos mil veintidós, con la base de un millón
trescientos cincuenta y
seis mil quinientos cuatro colones
exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Inversiones NMCM del Caribe Sociedad Anónima contra Kerovi
Internacional Sociedad Anónima, expediente
N° 21-006749-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de enero del año 2022.—Licda. Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza
Decisora.—(
IN2022626048 ).
En este Despacho, sáquese a remate las siguientes fincas: 1) Libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando dos servidumbres trasladada y una servidumbres de
paso, con una base de cuarenta mil dólares exactos, la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos veinte mil ochocientos sesenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, para la agricultura, con una casa y un galerón. Situada
en el distrito:
11-Concepción, cantón: 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, Carmen Jiménez Rodríguez, sur, Elena Solórzano
Jiménez, este, Leticia Rodríguez Salas y Elena
Solórzano Jiménez, oeste, servidumbre
de 3 metros y Rosa Jiménez Rodríguez y Elena Solórzano Jiménez. Mide: tres mil cuatrocientos diez metros cuadrados. 2) Libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando cada uno de los
derechos una servidumbre trasladada
y con una base de veinticinco mil dólares
exactos, la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
ciento cuarenta y nueve mil quinientos derechos del
cero cero uno al cero trece,
la cual es terreno de café
y charral. Situada en el distrito:
01-Alajuela, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, Víctor Calvo Calvo,
sur, Horacio Loría
Loría, este, Río Ciruelas, oeste, camino público y 162,25 metros de frente.
Mide: veintitrés mil novecientos noventa y tres metros cuadrados. Para lo cual se señalan las once horas y
cero minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del doce de mayo del dos
mil veintidós, con la base de treinta
mil dólares exactos para la
finca número uno y con una base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos para la finca número dos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas y cero minutos del veinte
de mayo del dos mil veintidós, con la base de diez mil dólares exactos para la finca número uno
y con una base de seis mil doscientos cincuenta dólares exactos para la finca número dos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Frac Sociedad Anónima contra Rancho Los Manantiales Sociedad Anónima, Restaurantes Latitud X Grados Sociedad Anónima. Expediente N° 19-000335-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 14 de febrero del 2022.—Licda. Jennsy María Montero
López, Jueza Decisora.—( IN2022626200 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
390-03415-01-0901-001, servidumbre de acueducto citas: 464-05993-01-0007-001,
servidumbre de paso citas: 464-05993-01-0010-001, demanda penal citas:
2013-326880-01-0002-001. Expediente N°
13-000911-0612-PE; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 351244-000., derecho , la cual es terreno
pasto. Situada en el distrito 6- Pital , cantón 10-San
Carlos, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte, Alvaragui
Sociedad de Responsabilidad Limitada; sur, Alvaragui
Sociedad de Responsabilidad Limitada; este, Alvaragui
Sociedad de Responsabilidad Limitada; oeste, calle pública con un frente de 25
metros. Mide: novecientos veintitrés metros con sesenta y siete decímetros
cuadrados, plano: A-0388264-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del diez de mayo
de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo
de dos mil veintidós con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Rodce de Palmares S.A contra
Linda Fruta Sociedad Anónima Expediente N°
14-000209-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: nueve horas con
cincuenta y seis minutos del uno de Junio del dos mil veintiuno.—Carlos Alonso
Cascante Calvo, Juez Decisor.—( IN2022626232 ).
En este Despacho, con una base de trece
mil ciento sesenta y ocho dólares con sesenta y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo: BLW704,
marca: Fiat, estilo: uno, categoría: automóvil, serie / chasis / vin: 9BD195A44H0770227, tracción:
4x2, año fabricación: 2017,
color: plateado, N° motor:
2917354, modelo: Atractive,
cilindrada: 1400 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del dieciocho de mayo del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cincuenta minutos del veintiséis de mayo
del dos mil veintidós, con la base de nueve mil ochocientos setenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del tres de junio del dos mil veintidós, con la base de tres
mil doscientos noventa y
dos dólares con quince centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra
Steven José Loaiza Jiménez. Expediente
N° 20-013174-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de noviembre del 2021.—Marvin Hernández Calderón, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022626240 ).
En este Despacho, con
una base de diez millones setecientos sesenta y seis mil ochocientos noventa y
seis colones con once céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo CL-293661, marca Toyota, Estilo Hilux, categoría carga
liviana, año 2017, color blanco, chasis MR0KS8CDXH1101893. Para tal efecto se
señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós con la base
de ocho millones setenta y cinco mil ciento setenta y dos colones con ocho
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de junio de dos mil
veintidós con la base de dos millones seiscientos noventa y un mil setecientos
veinticuatro colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Humberto Farid Chen
Garbanzo. Expediente N° 21-004226-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con
dieciocho minutos del diecinueve de Enero del dos mil veintidós.—Lic. Víctor
Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022626243 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paja de agua; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuarenta mil ochocientos noventa y cuatro
derechos cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno actualmente con una casa. Situada:
en el distrito
6-Esquipulas, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con un
frente de 12 metros; al sur, José Daniel Meléndez
Alfaro; al este, José Daniel Meléndez
Alfaro, y al oeste, José Daniel Meléndez
Alfaro. Mide: doscientos sesenta y seis metros con cuarenta
y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós, con
la base de quince millones de colones
exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de abril del dos mil veintidós, con
la base de cinco millones
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Luis Carlos Madrigal Soto, Miguel Ángel Salas Araya contra José Carlos Vásquez Pacheco, Yeymy
Yajaira Pacheco Thomas. Expediente N° 21-002100-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 01 de diciembre del 2021.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(
IN2022626249 ).
A las diez horas del veintitrés de marzo del dos mil veintidós
(10:00 a.m. de miércoles 23/03/2022), en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones al tomo: 342,
asiento: 02988, servidumbre sirviente
al tomo: 385, asiento: 13856, servidumbre
de paso al tomo: 524, asiento: 13940, servidumbre de paja de agua al tomo: 524, asiento:
13940, plazo de convalidación
(rectificación de medida)
al tomo: 562, asiento: 06477, servidumbre
de paso, de paja de agua, y
servidumbre de líneas eléctricas
y de paso al tomo: 564, asiento: 00197, limitaciones vencidas del artículo 292 del Código Civil, al tomo:
565, asiento: 17601, anotación de demanda
ordinaria al tomo: 574,
asiento: 54318, sin sujeción a tipo,
en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cuarenta y ocho mil setecientos ochenta y cinco-cero cero cero
(148.785-000), la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito
cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Corporación Delfos Internacional Sociedad de
R.L. con servidumbre de paso en
medio de setenta y dos metros con noventa
y seis centímetros lineales;
al sur, Villa Mono Araña J.P.E Veintisiete
Crema S. A.; al este, Corporación
Delfos Internacional
Sociedad de R.L., con servidumbre de paso con un frente de sesenta y cinco metros con cincuenta y un centímetros lineales, y al oeste, Villa Topacio J.P.E. Veintitrés Plata S. A. Mide:
cuatro mil quinientos cuarenta
y ocho metros con noventa y
dos decímetros cuadrados, según plano catastrado
número G-1050658-2006. Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en
proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Édgar Antonio Miranda Jaén contra Villa Mono Cariblanco
J.P.E Veintiséis
Hueso S. A. Expediente N°
07-000581-0386-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil).—Lic.
Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez Decisor.—(
IN2022626312 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
mil treinta y ocho dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisiones 19-000966-1729-TR 2019-76200544; sáquese
a remate el vehículo Placa: SJB 017358 marca: Hyundai Estilo: H1 categoría:
microbús capacidad: 12 personas año fabricación: 2015 cilindrada: 2500 c.c combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las
dieciséis horas diez minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas diez
minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de doce mil
setecientos setenta y ocho dólares con setenta centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
dieciséis horas diez minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base
de cuatro mil doscientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta y siete
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi
Q Inversiones CR S. A. contra Graciela Edicta Pérez
Bermúdez. Expediente N° 21-006680-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y uno minutos
del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza
Tramitadora.—( IN2022626323 ).
En este Despacho, con una base de catorce
mil quinientos diecinueve dólares con cuarenta y seis
centavos, sáquese a remate el
vehículo: BKJ772, Marca: Hyundai, Estilo:
Tucson GL, Categoría: automóvil, Capacidad:
5 personas, Serie: KMHJ2813AGU068926, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: KMHJ2813AGU068926, año fabricación: 2016, color: azul y
Vin: KMHJ2813AGU068926. Para tal efecto,
se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós,
con la base de diez mil ochocientos
ochenta y nueve dólares con sesenta centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con
la base de tres mil seiscientos
veintinueve dólares con ochenta y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra José Jairo Campos Monge. Expediente N°
21-006675-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: seis horas con treinta y
ocho minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno.—M.Sc.
Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2022626324 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
mil quinientos sesenta colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
AB 007536, Marca: Hyundai, Estilo: H1, Categoría: microbús, número Chasis:
KMJWA37HAHU906941, año: 2017, N° Motor: D4BHH005151, Modelo: GDBC4C855 G GJLA, cilindrada:
2500 c.c., combustible: diésel. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del once
de agosto del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con
la base de catorce mil seiscientos
setenta colones con veintitrés céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil ochocientos
noventa colones con ocho céntimos (25% de la base
original). Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra Transporte Turísticos Arenal Azul V I P
Sociedad Anónima. Expediente
N° 21-004344-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con nueve minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintiuno.—Licda.
Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2022626325 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
mil quinientos setenta y ocho dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo:
CL283398, marca: Isuzu, estilo:
D Max LS, categoría: carga liviana,
capacidad: 5 personas, chasis:
MPATFS86JFT008083, carrocería: CAM-PU, tracción: 4x4, año: 2015, color:
rojo, cilindrada: 2500 C.C, combustible: diesel, número de
motor: 4JK1MS9114. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del dos de junio
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas cero minutos
del diez de junio del dos
mil veintidós, con la base de trece
mil novecientos treinta y tres dólares con sesenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de junio del dos mil veintidós, con
la base de cuatro mil seiscientos cuarenta
y cuatro dólares con cincuenta
y cuatro centavos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Star
Cars Sociedad Anónima contra Roy Alberto Porras García. Expediente N° 21-000038-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 13 de diciembre del
2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Juez/a Decisor/a.—( IN2022626326 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
mil doscientos cincuenta y
seis dólares con cuarenta
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando denuncia de tránsito 0800 00713533 001; sáquese
a remate el vehículo:
BBK384, marca: Hyundai, estilo:
Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHCT51CACU024847. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
quince minutos del veintitrés
de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince
minutos del treinta y uno
de mayo del dos mil veintidós, con la base de treinta mil ciento noventa y dos dólares con treinta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con
la base de diez mil sesenta
y cuatro dólares con diez
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra Reynaldo José González Guillén.
Expediente N° 21-006688-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: doce horas con ocho minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2022626327 ).
En este Despacho, con
una base de tres mil novecientos cinco dólares con ochenta y tres centavos,
libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, número boleta
2014-57400040, Número de Sumaria 14-600080-0240-TC, del Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Mora; sáquese a remate el vehículo placas BFR767, Marca:
Chevrolet, Estilo: Spark LS, Categoría: automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie, número chasis y Vin:
KL1MJ6C43EC020482, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación:
2014, color: blanco, N. Motor: A08S3133110272, cilindrada: 800 c.c., combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas veinte minutos del tres
de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas veinte minutos del trece de junio de dos mil
veintidós, con la base de dos mil novecientos veintinueve dólares con treinta y
siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las catorce horas veinte minutos del veintiuno de
junio de dos mil veintidós, con la base de novecientos setenta y seis dólares
con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Star Cars Sociedad Anónima contra
Lei Wang -, Servicios de Ruteo SERUSA S. A.
Expediente N° 21-010893-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30
de noviembre del año 2021.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza
Decisora.—( IN2022626328 ).
En este Despacho, con una base de seis mil trescientos
treinta y nueve dólares con cincuenta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa: BBC986, Marca:
Hyundai, estilo: Accent GL, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCT41DACU117643, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4X2, año fabricación: 2012, color: celeste, Vin: KMHCT41DACU117643,
N° Motor: G4FCBU661422, marca:
Hyundai, Modelo: SBS4D2615 D
G716, cilindrada: 1600 c.c., cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las once
horas con treinta minutos
del siete de abril del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas con treinta minutos del veintidós, de abril del dos mil veintidós con la base de cuatro mil setecientos
cincuenta y cuatro dólares
con sesenta y tres centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas con treinta minutos
del dos de mayo del dos mil veintidós, con la base de
mil quinientos ochenta y
cuatro dólares con ochenta
y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa S. A. contra Carlos Antonio Osegueda Villegas. Expediente N°
21-011154-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 15 de octubre del
2021.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2022626329 ).
En este Despacho, con una base de catorce
mil doscientos treinta y nueve dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo placas: BQZ801, marca: Chevrolet,
estilo: Spark LT, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, color: blanco, tracción:
4x2, VIN: KL1CJ6CA5JC418207, N° motor: LV7172440272, cilindrada: 1400 C.C, cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal
efecto, se señalan las once
horas diez minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas diez minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de diez
mil seiscientos setenta y nueve dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas diez minutos del
cuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de tres mil quinientos cincuenta y nueve dólares con ochenta y un centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco
Improsa S. A. contra Mario Antonio Céspedes
Chaves. Expediente N° 21-011232-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del 2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2022626330 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
mil seiscientos dieciséis dólares con dieciséis centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: MJM-015, marca: Nissan,
categoría: automóvil, serie: SJNFBNJ11JA099662, carrocería:
todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: SJNFBNJ11JA099662,
año fabricación: 2018,
color: blanco, vin: SJNFBNJ11JA099662, estilo: Qashqai, capacidad: 5
personas. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del tres
de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del once de mayo del dos mil veintidós, con la base de diecisiete
mil setecientos doce dólares con doce centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós,
con la base de cinco mil novecientos
cuatro dólares con cuatro centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra
Mario Armando Villanueva Mendoza, Rodgers Zhivago Levisey.
Expediente N° 20-000579-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: quince horas
con veinte minutos del
quince de febrero del dos mil veintidós.—Lic.
Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2022626340 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando servidumbre trasladada citas:
327-05994-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2014-233000-01-0003-001, servidumbre
citas: 2017-453240-01-0004-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 521284-000, naturaleza: terreno para construir con una vivienda de interés
social. Situada: en el distrito 3-San José, cantón 6-Naranjo de
la provincia de Alajuela. Linderos:
norte, Marvin Rodríguez Elizondo, Ronald
Méndez Steller y Elidier Steller Araya con servidumbre en medio de 3 mts de
ancho; sur, Ana Cecilia Carvajal Madrigal; este,
Jacqueline Rodríguez Carvajal; oeste, resto de finca. Mide: ciento setenta
y tres metros cuadrados.
Plano: A-1721411-2014. Para tal efecto,
se señalan las quince horas cero minutos
del veinticuatro de marzo
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del siete
de abril del dos mil veintidós,
con la base de cuatro millones doscientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del veintiocho de abril del
dos mil veintidós, con la base de un millón cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ismael García Guillén, Yeseira
Lisseth Hernández Moran. Expediente
N° 21-002636-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: diez horas con treinta y tres minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022626346 ).
En este Despacho, con una base de siete
mil dieciocho dólares con noventa centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa: BQJ641, Marca:
Suzuki, estilo: Alto DX, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, tracción: 4x2, año:
fabricación: 2018, color: gris, Vin:
MA3FB32S5J0A73015, cilindrada: 800 c.c., cilindros: 3, combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas
con cincuenta minutos del
once de marzo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas con cincuenta minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós, con la base de cinco
mil doscientos sesenta y
cuatro dólares con diecisiete
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con
la base de mil setecientos cincuenta
y cuatro dólares con setenta
y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Jordy Josué Escobar
Rodríguez. Expediente N° 21-014214-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del 2021.—Licda. Jenny
María Corrales Torres,
Jueza Decisora.—( IN2022626378 ).
En este Despacho, con una base de once mil ciento
sesenta y un dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo: BPB003,
marca: Ford, estilo: Figo, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: azul, vin: MAJTKNFE6HTT49607, cilindrada:
1500 C.C, combustible: gasolina, N° motor: UEKDTT49607. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de junio del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil veintidós, con
la base de ocho mil trescientos
setenta y un dólares con nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de julio del dos mil veintidós, con
la base de dos mil setecientos noventa
dólares con treinta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Cafsa Sociedad Anónima contra Olga María Valdez Cuadra. Expediente N°
21-021490-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de enero del 2022.—Henry Steven Sanarrusia
Gómez, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022626380 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
millones novecientos cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y nueve colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate vehículo placas: BLT191, marca: Mitsubishi, estilo:
Montero Sport, categoría: automóvil,
capacidad: 7 personas, serie:
MMBGUKS10HH001469, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: MMBGUKS10HH001469, año fabricación: 2017, color: azul,
vin: MMBGUKS10HH001469, N° motor:
4N15UBA0985, modelo: KS1WGUPFPL, cilindrada:
2400 C.C, cilindros: 4, potencia:
132 Kw, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del dieciocho
de abril del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del veintiséis de abril del
dos mil veintidós, con la base de diecisiete
millones novecientos sesenta y ocho mil seiscientos diecinueve colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del cuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base
de cinco millones novecientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y nueve colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco de Costa Rica (antes Banco Crédito Agrícola de Cartago) contra Antonio de la Trinidad Álvarez
González. Expediente N° 18-006042-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
03 de febrero del 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz.—( IN2022626443
).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y dos millones doscientos doce mil ochocientos treinta y un colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 115034-000, la cual
es terreno de café con una fábrica. Situada:
en el distrito:
01-Atenas, cantón: 05-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Álvaro Vargas; al sur, calle
pública;
al este, Carlos Castro, y al oeste,
Carlos Soto. Mide: seiscientos
noventa y cinco metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados.
Plano: A-0311162-1978. Para tal efecto,
se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con
la base de treinta y un millones
seiscientos cincuenta y nueve mil seiscientos veintitrés colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con
la base de diez millones quinientos cincuenta y tres mil doscientos siete colones con noventa céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Sociedad
Los Herederos Sociedad Anónima. Expediente
N° 19-003698-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: nueve horas con uno minutos del veintisiete de mayo
del dos mil veintiuno.—Lic.
Ronald Chacón
Mejía, Juez Decisor.—(
IN2022626455 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
millones seiscientos treinta y seis mil ochocientos sesenta y nueve colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas:
0259-00000778-01-0901-001, medianería bajo citas:
0338-00012879-01-0004-001, 0394-00005594-01-0008-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecinueve mil novecientos cuarenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno bloque B terreno con una casa lote número 19. Situada: en el distrito:
08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, lote 20-B; al
sur, calle pública; al este, calle pública,
y al oeste, lote 18-B. Mide: ciento treinta
y seis metros con cincuenta y cinco
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con la base de dieciséis
millones doscientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y un colones con noventa y seis céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con
la base de cinco millones cuatrocientos nueve mil doscientos diecisiete colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Christofer Ávila Villalobos. Expediente
N° 21-002889-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y seis minutos del trece de enero del dos mil veintidós.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza
Decisora.—(
IN2022626456 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones quinientos noventa y un mil setecientos setenta y dos colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
trescientos sesenta y
cuatro mil ciento ochenta y
cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una
casa de habitación.
Situada en el distrito: 01-Orotina, cantón: 09-Orotina, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Juana Antonia Picado Álvarez; al sur, carece de este lindero, por ser el lote de forma triangular; al este, calle pública, con 27.96 metros de frente; y al oeste, calle pública, con 34.90 metros de frente.
Mide: trescientos noventa y cinco metros con sesenta y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con
la base de dieciséis millones
novecientos cuarenta y tres mil ochocientos veintinueve colones con doce céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril del dos
mil veintidós, con la base de cinco
millones seiscientos cuarenta y siete mil novecientos cuarenta y tres colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alonso
Mauricio Mata Méndez. Expediente N° 21-005429-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha
de emisión: quince horas con veintiocho
minutos del siete de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2022626457
).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y un millones novecientos treinta y cuatro mil doscientos cincuenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos, soportando servidumbre de paso citas:
2017-214514-01-0001-001, sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 363979---000, naturaleza:
terreno para construir con
una casa de habitación.
Situada: en el distrito: 02-San Isidro, cantón:
03-Grecia de la provincia de Alajuela, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Alicia Alfaro Alfaro; sur,
servidumbre de paso con 20,54 metros de frente; este, Andrea Alfaro
Rojas; oeste, Andrea Alfaro Rojas y Bolivia Alfaro
Rojas. Mide: mil seis metros con sesenta
y cuatro decímetros
cuadrados. Plano: A-0690087-2001. Identificador
predial: 203020363979. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del veintiuno
de marzo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con
la base de treinta y ocho millones novecientos cincuenta mil seiscientos noventa y cuatro colones con
quince céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del seis de abril del dos
mil veintidós, con la base de doce
millones novecientos ochenta y tres mil quinientos sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jhonny Gerardo Bogantes Porras, Merling Andrea Alfaro Rojas. Expediente
N° 22-000200-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: once horas con treinta
y seis minutos del veintisiete
de enero del dos mil veintidós.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022626458 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
millones ochocientos quince
mil seiscientos noventa colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos dos mil trescientos
noventa y ocho, derecho
cero cero cero, la cual es terreno con una vivienda. Situada en el Distrito: 06-San Rafael, Cantón: 02-San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte
calle pública y Tobías Salas Salas; al sur Tobías Salas Salas; al este, calle pública y al oeste Tobías Salas Salas. Mide: doscientos treinta y nueve metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del treinta
y uno de marzo de dos mil veintidós,
con la base de diecisiete millones
ochocientos sesenta y un
mil setecientos sesenta y siete colones con noventa y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de abril de dos mil veintidós, con la base de cinco millones novecientos cincuenta y tres mil novecientos veintidós colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Eduardo
Alonso Salas Núñez, Yorlene
García Cabezas. Expediente:21-002041-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 22 de noviembre del año 2021.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza
Tramitadora.—( IN2022626460 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro
millones cuatrocientos sesenta mil novecientos setenta y dos colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes , pero soportando servidumbre trasladada citas:
154-02969-01-0002-001, servidumbre trasladada citas:
225-03175-01-0901-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-300027-01-0001-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2016-489462-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 160428-F-000, la
cual es terreno finca
filial primaria individualizada
número
26 identificada como
FFPIM-026 apta para construir
que podrá
tener una altura máxima de 2 pisos destinada a uso residencial. Situada en el distrito:
07-Puente de Piedra, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, acceso ACL-M1; al
sur, FFPI M-027; al este, FFPI-M-027; y al oeste, FFPI-M-025. Mide: doscientos sesenta y seis metros
con veintiséis decímetros cuadrados. Valor porcentual:
0.376. Valor medida: 0.00405. Plano: A-1952950-2017.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil veintidós, con la base de dieciocho
millones trescientos cuarenta y cinco mil setecientos veintinueve colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós, con la base de seis millones
ciento quince mil doscientos
cuarenta y tres colones con quince céntimos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial
de Fincas Filiales Primarias
Individualizadas Montezuma contra Gaudy Gabriela Mora
Retana. Expediente N°
19-003309-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora
y fecha de emisión: diecinueve horas con cuarenta y
cuatro minutos del dieciséis de febrero
del dos mil veintidós.—Licda.
Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022626461
).
En este Despacho, a) Con una base de cincuenta
y cinco millones ciento sesenta y tres mil novecientos noventa y ocho colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de
paso de AyA citas:
2015-413438-01-0001-001, servi. tubería de agua
potable alcantarillado y de paso a favor AyA; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 118521-F-000, la cual
es terreno finca filial 59 ubicada
en el nivel
3 del edificio C destinada
a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada: en el distrito: 01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
área común construida de ducto mecánicos y shut de basura y
pasillo y escalera de emergencia;
al sur, área común construida de ducto mecánicos y shut de basura y vacío; al este, área común construida
de ducto mecánicos y shut
de basura, área de estar, pasillos, escaleras y
ascensores, y al oeste, vacío.
Mide: cincuenta y seis
metros cuadrados. Plano: SJ-1838752-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, con
la base de cuarenta y un millones
trescientos setenta y dos
mil novecientos noventa y nueve colones con ocho céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con
la base de trece millones setecientos noventa mil novecientos noventa y nueve colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). b) Con una base de dos millones cuatrocientos veintitrés mil seiscientos setenta y siete colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 2015-413438-01-0001-001, servi.
tubería de agua potable alcantarillado y de paso a favor AyA; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 118683-F-000,
derecho, la cual es terreno
finca filial 221 ubicada en
el nivel 1 destinada a estacionamiento
en proceso de construcción. Situada: en el distrito:
01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, área común construida acceso a estacionamientos;
al sur, área común libre de
zona verde; al este, filial
222, y al oeste, filial 220. Mide:
catorce metros cuadrados.
Plano: SJ-1838422-2015. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del veintiocho
de marzo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, con
la base de un millón ochocientos
diecisiete mil setecientos cincuenta y siete colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con
la base de seiscientos cinco
mil novecientos diecinueve colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Liliana María Bermúdez
Castro, María Gabriela González Bermúdez. Expediente N° 21-003765-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 31 de enero del 2022.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2022626462 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones cuatrocientos diecinueve mil trescientos veintinueve colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas:
0407-00015855-01-0270-001 y Reservas Ley Caminos:
0407-00015855-01-0364-001; sáquese a remate la finca
del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento ochenta y seis mil trescientos setenta y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno lote uno, terreno de pastos y frutales. Situada en el distrito
Tárcoles,
cantón Garabito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
con lote dos; al sur, con servidumbre
de paso; al este, con lote tres; y al oeste, con carretera nacional. Mide: setecientos sesenta y nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas diez minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas diez minutos del siete de abril del dos mil veintidós, con la base de trece millones sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y seis colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas diez minutos del dieciocho de abril del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones
trescientos cincuenta y
cuatro mil ochocientos treinta
y dos colones con treinta y
tres céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Daniel Sánchez Solís. Expediente N° 21-006424-1207-CJ.—Juzgado de Cobro
de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: siete horas con veintidós minutos del doce de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022626463 ).
En este Despacho, con una base de sesenta
y seis millones novecientos
treinta y un mil doscientos
cuarenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas: 0364-00007024-01-0900-001 y denuncia
penal bajo citas: 2010-00087509-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
51680-F, derecho 000, la cual es terreno
finca filial primaria individualizada
número treinta y cuatro del bloque G terreno apto para construir que se destinará a uso
habitaciones el cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito
01 El Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte,
finca filial once del bloque G; al sur, avenida dos, acceso vehicular; al
este, finca filial treinta
y tres, bloque G, y al oeste, finca filial treinta y cinco, bloque G. Mide: ciento sesenta
metros con cero decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del primero de julio del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas cero minutos
del once de julio del dos mil veintidós,
con la base de cincuenta millones
ciento noventa y ocho mil cuatrocientos treinta y siete colones con treinta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de julio del dos mil veintidós, con
la base de dieciséis millones
setecientos treinta y dos
mil ochocientos doce colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alan
Eduardo Monge Sequeira, Condo G-Treinta y Cuatro Casa
al Valle S. A. Expediente N° 11-100155-0642-CI.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha
de emisión: nueve horas con
cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022626464 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
millones doscientos siete mil ochocientos colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos tres, derecho cero cero uno y cero cero dos, el cual es terreno
terreno para construir con
una casa. Situada en el Distrito: Cuatro Carrillos, Cantón: Ocho Poás,
de la Provincia de Alajuela. Colinda:
al norte calle pública con un frente de 6.50
metros; al sur Rafael María Sánchez Alvarado; al este
Lote J5 y al oeste Lote J3. Mide: ciento treinta y cuatro metros
con cuatro decímetros metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas del cuatro
de abril del año dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ordinario de Juan Rafael Brenes Alvarado contra
Carmen Elieth Molina Rodríguez.
Expediente:20-000134-0638-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de febrero del año 2022.—Lic. Elio Campos López, Juez.—( IN2022626473 ).
En este Despacho, con una base de once millones
trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos once colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado citas:
2015-07620-01-0001-001; sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula
número 139677-001-002, la cual
es terreno con 1 casa. Situada
en el distrito
1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Froilán Alvarado Vargas; al sur, Flory
Alpízar
Rojas; al este, Froilán Alvarado Vargas; y al oeste, calle pública. Mide:
doscientos cincuenta metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del
quince de marzo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintitrés
de marzo del dos mil veintidós
con la base de ocho millones
quinientos diecinueve mil quinientos cincuenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del treinta y uno de marzo del dos
mil veintidós con la base de dos millones
ochocientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y dos colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Eduardo Ivankovich
Arce, Keyna María Ivankovich Zúñiga, Yolanda Zúñiga Masís. Expediente N° 19-018687-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 26
de enero del 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2022626476 ).
En este Despacho, con una base de sesenta
y ocho mil trescientos cuarenta dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando serv y condic
ref:194162-000 citas: 336-00034-01-0901-001, servidumbre sirviente
citas: 338-13993-01-0015-001, servidumbre
sirviente citas:
339-00515-01-0181-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0182-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0183-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0184-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0185-001, servidumbre
sirviente citas:
339-00515-01-0186-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0187-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0188-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0189-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0190-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0191-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0192-001 servidumbre dominante
citas: 339-00515-01-0193-001, servidumbre
dominante citas:
339-00515-01-0194-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0195-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0196-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0197-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0198-001, servidumbre trasladada citas:
358-16290-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
403-15261-01-0920-001, condiciones ref:243424 - 000 citas: 403-15261-01-0921-001, servidumbre
trasladada citas:
403-15261-01-0922-001, servidumbre trasladada citas:
403-15261-01-0923-001, condiciones ref:245222-000, citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 101550-f,
derecho 000, la cual es terreno
naturaleza: finca filial setenta
y tres a e dos de una planta destinada
a uso residencial en proceso de construcción.
Situada en el distrito 8-San Rafael, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
área común libre calzada; al sur, área común libre zona verde; al este finca filial sesenta y
cuatro etapa dos, y al oeste,
área común libre juegos infantiles. Mide: ciento once metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós,
con la base de cincuenta y un mil doscientos
cincuenta y cinco dólares con veinte centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil
veintidós, con la base de diecisiete
mil ochenta y cinco dólares con siete centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BCT S. A. contra Eduardo Enrique Zambrano Quintero. Expediente
N° 21-010048-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y tres minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintidós.—Susana
Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—(
IN2022626522 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de tres millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada correspondiente a las citas: 373-19574-01-0911-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento veintiocho mil doscientos doce, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir Lote 1. Situada en el distrito:
03-Carmen, cantón: 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, calle pública con 10 metros; al sur, INVU; al este,
INVU, y al oeste, parque
alameda medio con 16 metros. Mide: ciento cincuenta metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan la nueve horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de dos millones
seiscientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós,
con la base de ochocientos setenta
y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad
de Cartago contra Gerardo Alfredo Del Rosario Coto
Alvarado. Expediente N° 15-021602-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de febrero
del 2022.—Licda. Michelle Francine Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2022626542
).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y un millones cuarenta y un
mil ciento noventa y nueve colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida)
citas: 573-72584-01-0012-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos doce mil noventa y siete, derecho cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote 3 -G con una casa. Situada en el distrito:
02-San José, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, avenida pública quinta; al sur, Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aéreo Industriales R.L; al este, Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aéreo Industriales R.L y al oeste, calle pública. Mide:
ciento cincuenta y nueve metros con un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintidós, con la base de treinta
y ocho millones doscientos ochenta mil ochocientos noventa y nueve colones con setenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós, con la base de doce millones setecientos sesenta mil doscientos noventa y nueve colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Briceida
Indira González Valle, Julio César López Morales, expediente
N° 21-008023-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta
y nueve minutos del veintinueve de setiembre del dos
mil veintiuno.—Lic. Manuel Loría
Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022626543 ).
En este Despacho, a) Con una base de cien
millones quinientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y seis colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 212938, derecho 000, la cual
es terreno de agricultura. Situada en el
Distrito 2-San Isidro, Cantón 8-El Guarco, de la Provincia de
Cartago. Colinda: al norte
Edith Monge Rojas; al sur Edith Monge Rojas; al este,
calle pública y al oeste Víctor Manuel
Monge Rojas. Mide: quinientos
tres metros con noventa y
seis decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se fija la base en la suma de setenta y cinco millones cuatrocientos dieciséis mil seiscientos quince colones con veintidós céntimos (75% de la
base original). Para el tercer
remate, se fija la base en
la suma de veinticinco millones ciento treinta y ocho mil ochocientos setenta y un colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). b) Con una base de once
millones novecientos treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 211581, derecho 000, la cual
es terreno de solar. Situada
en el Distrito 2-San
Isidro, Cantón 8-El Guarco,
de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, calle pública; al sur Edith María Monge Rojas; al este Edith María Monge Rojas y al oeste
Víctor Manuel Monge Rojas. Mide: doscientos
dieciocho metros con ochenta
y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se fija la base en la suma de ocho millones
novecientos cincuenta mil novecientos ochenta y seis colones con trece céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, se fija la base en la suma de dos millones novecientos ochenta y tres mil seiscientos sesenta y dos colones con cuatro céntimos (25% de la base original). c) Con una base de
quince millones cuatrocientos
veintiséis mil setecientos setenta y nueve colones con noventa y seis, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
219964, derecho 000. la cual es terreno
de agricultura lote 11. Situada en el
Distrito 2-San Isidro, Cantón 8-El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte
Sonia Leiva Masis; al sur calle pública; al este Yendry Villalobos Muñoz y al oeste
calle pública. Mide: doscientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate, se fija la base en la suma de once millones quinientos setenta mil ochenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, se fija la base en la suma de tres millones
ochocientos cincuenta y
seis mil seiscientos noventa
y cuatro colones con noventa
y nueve céntimos (25% de la
base original). Las fechas para la realización de los remates son las siguientes:
Primer remate: nueve horas treinta
minutos del veinticuatro de
marzo de dos mil veintidós.
Segundo remate: nueve horas treinta
minutos del uno de abril de
dos mil veintidós. Tercer
remate: nueve horas treinta
minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Sonia María Leiva Masis. Expediente: 21-000631-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
17 de febrero del año
2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza
Tramitadora.—( IN2022626545 ).
En este Despacho, con una base de ciento
cuarenta y ocho mil ciento veinticinco dólares con treinta y ocho centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San
Jose, matrícula número 117592-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial
número ciento ochenta y cinco destinada a residencia, situada en el nivel seis.
Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, pasillo y pared común; al sur, pared común y en
parte columna estructural; al este, pared común y columna estructural, y al
oeste, finca filial 184, pared común y ducto en parte. Mide: noventa y dos
metros con cero decímetros cuadrados, plano SJ-1688502-2013. Para tal efecto,
se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con
la base de ciento once mil noventa y cuatro dólares con tres centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo de dos mil
veintidós, con la base de treinta y siete mil treinta y un dólares con treinta
y cinco centavos (25% de la base original). Con una base de trece mil
trescientos ochenta y siete dólares con veintiocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 117536-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número
ciento veintinueve, destinada a estacionamiento, situada en el nivel uno.
Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San Jose, de la provincia
de San Jose. Colinda: al norte área de circulación vehicular y en parte columna
estructural; al sur pared común y en parte columna estructural; al este finca filial 128, y al oeste finca filial 130 y en
parte columnas estructurales. Mide: dieciséis metros cuadrados, planto
SJ-1688747-2013. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco
minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de
mayo de dos mil veintidós, con la base de diez mil cuarenta dólares con
cuarenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco
minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós, con la base de tres mil
trescientos cuarenta y seis dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base
original). Con una base de mil setecientos cuarenta y seis dólares con ochenta
y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 117553-F, derecho 000, la cual es
terreno finca filial número ciento cuarenta y seis destinada a bodega, situada
en el nivel uno. Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San José,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, acera y en parte área común de
bodega; al sur finca filial 147; al este, pared estructural, y al oeste, finca
filial 145.- Mide: dos metros cuadrados, plano SJ- 1688978-2013. Para tal
efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil
veintidós, con la base de mil trescientos diez dólares con dieciséis centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo de
dos mil veintidós, con la base de cuatrocientos treinta y seis dólares con
setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Rosnel
Orlando Borrero Medina, Expediente N° 21-008546-
1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero del año 2022.—Lic. Verny
Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2022626550 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete
millones doscientos cincuenta mil colones exactos, soportando Servidumbre Trasladada citas: 302-16003-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil setecientos setenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno Lote 87 Terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito 5-San
Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda:
al noreste: calle pública con 8
metros de frente; al noroeste:
Lotes 88 y 89; al este sureste: Lote 86; y al suroeste: Lote 92. Mide: ciento cuarenta
y cuatro metros con treinta y ocho
decímetros cuadrados.
Plano: SJ-0503549-1998. Para tal efecto,
se señalan las 15.00 horas del 23 de marzo del 2022. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las 15.00 horas del 31 de marzo del 2022 con la base de veinte
millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
15.00 horas del 08 de abril del 2022 con la base de
seis millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Olga Isabel Marin Delgado. Expediente
N° 21-003476-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de enero
del año 2022.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2022626578
).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000144-0387-AG, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Virginia Cubillo Camareno quien es mayor, estado civil casada, vecina de San José, Pavas, Residencial del oeste, casa número BB-2, portadora de la
cédula número 0501481322, profesión
Oficios Domésticos, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada
en el Distrito Bagaces, Cantón Bagaces. Colinda: al norte con calle pública, con frente de once
metros con noventa y seis centímetros
lineales; al sur con Pánfilo
Vasconcelo Pereira; al este
con Wilberth González González
y al oeste con Jorge Montano Montano.
Mide: doscientos treinta metros con sesenta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinte
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en limpiar terreno, chapearlo, cercarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Virginia Cubillo Camareno. Expediente:21-000144-0387-AG-6.—Juzgado Civil y Trabajo
de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Civil). Hora y Fecha de emisión: diez horas con cincuenta minutos del treinta y uno de enero del dos
mil veintidós.—Lic. Roy Francisco Espinoza
Quesada, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022625967 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000396-0388-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Carlos Alberto Alfaro Morales, mayor, casado una vez, guarda privado, vecino de San
Juan de Santa Cruz, de la escuela setecientos
metros al sur, cien metros al este
y cien metros al sur, portador
de la cédula número 0502220077, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
para construir. Situada en San Juan, distrito 1º Santa
Cruz, cantón 3º Santa Cruz. Colinda:
al norte, calle pública con un frente a ella de treinta
y cuatro metros con setenta centímetros
lineales; al sur, José Solón
Álvarez Matarrita; al este
María Odette Díaz Romero; y al oeste calle pública con un frente a ella de treinta metros con setenta y tres céntimetros lineales. Mide: 977 metros cuadrados, según plano G-2144048-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación que le hiciera su padre Gilberth Alfaro
Corrales, mayor, viudo una vez,
pensionado, vecino de San Juan de Santa Cruz, de la escuela setecientos metros al sur
cien metros al este y cien metros al sur, el día 18 de junio del año dos mil diecinueve y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en arreglo las cercas, hace rondas,
se le hacen chapeas, se le siembran árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Carlos Alberto Alfaro Morales. Expediente N° 20-000396-0388-CI-8.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 02 de noviembre del
2020.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022625978 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000141-1520-AG,
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Inversiones Molilu de Guanacaste S. A., vecina
de Guanacaste, Bagaces, Guayabo, en
Abastecedor Chaves, cédula de jurídica
número tres-ciento uno trescientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y uno, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito
Aguas Claras, cantón Upala de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte: lnversiones Molilu de Guanacaste S. A.; al sur: calle
pública con un frente a ella de trescientos
ochenta y siete metros con ochenta y ocho decímetros lineales; al este. lnversiones Molilu de Guanacaste S. A., y al oeste:
lnversiones Molilu de
Guanacaste S. A. Mide: ochenta
y seis mil quinientos metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado
número A-un millón ochocientos ochenta y dos mil quinientos noventa y uno-dos mil dieciséis. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones
de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener el
inmueble limpio, cercarlo, hacer rondas, y los demás atributos del dominio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Inversiones Molilu de Guanacaste S. A. Expediente
N° 17-000141-1520-AG.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala,
(Materia Agraria), 18 de febrero
del 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626054 ).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000030-0341-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Gerardo Antonio Solís Venegas, quien
es mayor, casado, comerciante,
vecino de Tuis de Turrialba, cédula número 0302001043, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar con un local comercial.
Situada en el distrito sétimo
Tuis, cantón quinto Turrialba. Colinda:
al norte, con Juan Carlos Morales Morales;
al sur, con calle pública;
al este, con Juan Carlos Morales Morales;
y al oeste, con Asociación
Integral de Tuis. Mide: doscientos
ochenta y seis metros con ochenta
y cuatro decímetros cuadrados,
y graficado en el plano catastrado
C-un millón sesenta y dos
mil ciento setenta y uno-dos
mil seis (C-1062171-2006). Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por traspaso de la posesión de
Salvador Alpízar Mendoza, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en dicho terreno
trabajos de delimitación, colindancias, construcción, limpieza, y es dedicado a la venta de artículos de ferretería y en general a la venta de artículos de comercio en el
área del sector agrícola.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todas las personas interesadas en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por
Gerardo Antonio Solís Venegas. Expediente N°
21-000030-0341-CI-3.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y uno minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós.—Lic.
Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez
Tramitador.—1
vez.—( IN2022626073 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000260-0297-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Yeisson Enrique Porras
Picado quien es mayor, estado
soltero, vecino de Santa
María de Pocosol. 25 metros al sur de la Escuela de
Santa María de Pocosol, portador
de la cédula número 0206040685, carnicero,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno
para construir. Situada en Santa María, Distrito 13, Pocosol,
Cantón 10, San Carlos. Colinda:
al noroeste y noreste con
Ramón Ramírez Alvarado; al suroeste con María Eugenia
Rodríguez Marín y al sureste con Calle pública con un frente a ella de once metros lineales. Mide: trescientos cuarenta y tres metros cuadrados, graficado en el
plano 2-2041573-2018 de fecha
06 de abril de 2018. Indica el
promovente que sobre el inmueble no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos
mil colones y en la misma suma estima
las presentes diligencias. Que adquirió
dicho inmueble por compraventa que le hiciera a la señora Lizberry Lucia Mena
Sandino, mayor, soltera, miscelánea,
cédula de identidad 0901070226, vecina
de Ciudad Quesada, de Pizza Latina, cincuenta metros
al norte y veinticinco
metros al oeste, con quien no le liga parentesco
alguno, en fecha 06 de setiembre de 2018, mediante testimonio de escritura
Nº 130 otorgado ante la Notaria Fressia
Guzmán Mena y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento y uso del mismo, así como limpieza
de zonas verdes. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Yeisson Enrique
Porras Picado. Expediente:20-000260-0297-CI-0.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
02 de setiembre del año
2020.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626143 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
10-000358-0388-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Melida Constancia Diaz Soto, mayor, divorciada,
vecina de Lagunilla de Santa
Cruz, asentamiento Lagunilla,
parcela número seis, de la
plaza de deportes dos kilómetros,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
primero de Santa Cruz, cantón tercero
Santa Cruz. Colinda: al norte,
con calle pública, Roberto
Miguel Garbanzo Delgado Beatriz Acuña Coto, Leonardo Bustos Morales; al sur, con Leonardo Bustos
Morales; al este, con calle
pública y Leonardo Bustos Morales, y al oeste, con Roberto Miguel Garbanzo Delgado, Beatriz Acuña Coto y Leonardo B. Mide: doscientos setenta y siete metros y noventa y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir G-1116529-2006 NO pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento, cuido y limpieza del lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Mélida Díaz Soto. Expediente N° 10-000358-0388-CI-4. Nota:
Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa
Cruz, hora y fecha de emisión:
dieciséis horas con treinta
minutos del siete de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez
Decisor.—1 vez.—( IN2022626179 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000469-0388-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Lloys Caravaca Rodríguez quien es
mayor, estado soltera, vecina de Sardinal, Carrillo,
Guanacaste, de la Cruz Roja ciento
cincuenta metros al oeste, portadora de la cédula número
0502220671, profesión Operaria
Municipal, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
solar con casa. Situada en el Distrito Sardinal, Cantón Carrillo. Colinda: al norte con calle pública con un frente
de diez metros lineales; al sur con Río Brasilito; al este con Shirley Ruiz Caravaca y Eliseio García García y al oeste con Clementina Caravaca
Rodríguez y Eliseo García García. Mide:
cuatrocientos cuarenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir del Plano Catastrado Número G-2269630-2021,
No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble del Plano Catastrado Número G-2269630-2021 por medio de Donación
hecha por Eliseo Clementino García García, quien es su padre, el día dieciocho de octubre del dos mil veintiuno y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en Mantenimiento de rondas y cercas, chapeas y mantener el lugar limpio.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Lloys Caravaca Rodríguez. Nota: Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez. Expediente:21-000469-0388-CI-2.—Juzgado Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión: catorce horas con veintidós minutos del quince de diciembre
del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan
Sánchez Aguilar, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626299 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000040-1870-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Eilin Andrea Gómez Espinoza, quien es mayor, soltera, policía, vecina de Cabo Blanco de
Lepanto, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-0354-0077, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno con
una casa, patio y jardín sembrado
con árboles frutales, situada en Cabo Blanco, en el distrito:
04° Lepanto, cantón 01° Puntarenas, Provincia: Puntarenas. Colinda
por el rumbo norte, con Rosibel López Valerín, por el rumbo sur, Caja Costarricense de Seguro Social y Rogelio Casanova
Rodríguez, por el este,
Damiana Casanova Ortiz, por el sector oeste, Rosibel López Valerín. Mide: quinientos treinta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número 6-2266668-2021. Indica la promovente
que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble en
la suma de tres millones de colones y las presentes diligencias en el monto de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión sobre el bien han consistido
en cercado, chapias y asistencias. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efectos
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
de información posesoria, promovido por Eilin Andrea Gómez Espinoza. Expediente N° 21-000040-0391-AG..—Juzgado Agrario de Puntarenas, Sede
Jicaral, Jicaral, Lepanto,
11 de febrero del año
2022.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626318 ).
Se hace saber que
en esta notaría,
se tramita el proceso sucesorio de María Cecilia
Guerrero Cascante, quien fue
portador de la cédula de identidad
tres-cero ciento cuarenta y cinco-cero ochocientos ochenta y dos, casada en segundas
nupcias, ama de casa, vecina
de San José, San Sebastián del Hipermás de San Sebastián quinientos
metros oeste contiguo a Decomar. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a quienes tengan un interés legítimo en este proceso
para que, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Lidiette Ríos Elizondo, ubicada en San Isidro de Heredia, del Más por Menos
setecientos metros este, cien metros sur. (Expediente número dos mil veintidós-cero cero uno).—San Isidro
de Heredia, veintiuno de febrero
del dos mil veintidós.—Licda.
Lidiette Ríos Elizondo, Notaria.—1
vez.—( IN2022625415 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de la señora
Virginia Poveda Céspedes, mayor, soltera,
jubilada, portadora de la
cédula de identidad número
103200267, vecina de El Carmen de Guadalupe, 300
metros este de los tanques
de agua, frente al Taller
Durán, casa número 144, para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada
en San José, avenida 10
bis, calle 21, número 1080,
Bufete Campos & Aguilar, a hacer
valer sus derechos, bajo el
apercibimiento que de no hacerlo
la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente N°
0001-2021-D.C.S.—San José, 17 de febrero de 2022.—Lic. Carmen Aguilar Mora,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022625927 ).
Se notifica a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien en vida
fue Erlinda Badilla Brenes,
cédula 1-0241-0053 y Rafael Ángel Elizondo Piedra,
cédula 1-0171-0524, para que hagan valer sus derechos, por el plazo de 15 días, el cual se tramita en la notaría de Evelin Sandoval Sandoval, en San José, San
Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica, 400 metros este, 100
sur, oficina esquinera azul con blanco.—San José, 17 de febrero del 2022.—Licda. Evelin
Sandoval Sandoval, Notaria.—1
vez.—( IN2022625929 ).
Se notifica a los herederos
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien en vida
fue: María Antonio Ramírez
Ríos, de nacionalidad
nicaragüense, con cédula de residencia N° 155 812 362
730, para que hagan valer
sus derechos, por el plazo
de 15 días, el cual se tramita en la notaría
de Evelin Sandoval Sandoval, en
San José, San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica, 400 mts este, 100 sur, oficina esquinera azul con blanco.—San José, 22 de febrero del 2022.—Licda. Evelin
de Los Ángeles Sandoval Sandoval,
Notaria.—1 vez.—(
IN2022625931 ).
Se notifica a los herederos
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien en vida
fue José Carlos Artavia Espinoza, cédula 2-0196-0558,
para que hagan valer sus
derechos, por el plazo de
15 días, el cual se tramita en la notaría
de Evelin Sandoval Sandoval, en
San José, San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica, 400 metros este, 100
sur, oficina esquinera azul con blanco.—San José, 22 de febrero del
2022.—Licda. Evelin Sandoval Sandoval,
Notaria.—1 vez.—(
IN2022625933 ).
Se emplaza a los interesados en la sucesión de Nidia Meléndez Jovel, quien en vida
fue mayor, soltera, ama de
casa, vecina de San José Av 9 y 11 calle 14 Bis Casa 935, Barrio México, con cédula de identidad número uno-cero doscientos quince-seiscientos cincuenta y ocho, para que en el plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto se apersonen a éste proceso a hacer valer sus derechos, cito en San
José Curridabat de las torres
del ICE cien metros sur y setenta
y cinco oeste Barrio Tecla Licda Jenny Anne Vargas Jiménez. Apercibidos
de que sino lo hacen en el plazo
conferido la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
03-2022. San José, Montes de Oca, Curridabat,
Hacienda Vieja de las Torres del ICE cien metros al sur y setenta y cinco oeste, Barrio Tecla.—San José, veinticinco del
dos mil veintidós.—Licda.
Jenny Anne Vargas Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625936 ).
Yo, Braulio Vargas Núñez, notario
público con oficina abierta en la ciudad de San José, calle
21 entre avenidas 2 y 6, número
246, hago constar que conforme a los términos del artículo 129 y concordantes del
Código Notarial, se declaró abierto
el proceso sucesorio intestato, de la señora: Emilia María Hidalgo Bolaños, mayor, soltera, ama de
casa, vecina de San José, Tibás,
Colima, Urbanización Cuatro Reinas,
casa N° 6 H, portadora de la cédula de identidad número 2-0280-0272. Por
lo tanto, cito a todos los interesados
para que, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este único edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento,
a los que crean tener
derecho a la herencia, de que, si
no se presentan dentro de ese plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2022.—San José, 17 de febrero del 2022.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022625941 ).
Se citan y emplazan a interesados por 30 días, para que se apersonen
en proceso sucesorio de Ademar Rodríguez Araya, quien
fuera mayor, casado una vez, chofer, con cédula de identidad número: tres-ciento ochenta y dos-cuatrocientos sesenta y seis, vecino Barrio Limón de Santa Cruz, Guanacaste, de la
entrada principal a la Universidad de Costa Rica, ochocientos
metros al este, occiso desde el día dos de marzo del año dos mil veintiuno, según consta en el
certificado de defunción
que a efectos emitió el Registro Civil y según consta en
el Registro Civil, Sección de Defunciones de la provincia de San José, al tomo: seiscientos cuarenta y cinco, folio: trescientos cuarenta y cuatro, asiento: seiscientos
ochenta y ocho, de lo cual da fe la suscrita
Notaria, con vista en la certificación
extendida por el Registro de Defunciones del Registro Civil, haciendo valer sus derechos, de lo contrario
la herencia pasará a quien corresponda. Licda. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Santa Cruz, Guanacaste,
125 metros sur de los Tribunales de Justicia de Santa
Cruz, Guanacaste. Expediente sucesorio
notarial: SU-003-2021.—Licda.
Andrea Melissa Ruiz Juárez, Notaria.—1 vez.—( IN2022625975 ).
Se citan y emplazan
a interesados por 30 días, para que se apersonen en Proceso
Sucesorio de Agustín Gilberto Rodríguez Gutiérrez, quien
fuera mayor, divorciado una
vez, pensionado, con cédula: cinco-ciento
veinticuatro-novecientos sesenta
y cuatro, vecino Barrio Buenos Aires, Santa Cruz, Guanacaste, del costado noreste de la plaza de deportes ciento veinticinco metros al norte, occiso desde el
día dieciséis de octubre
del año dos mil veintiuno, según consta en
el certificado de defunción que a efectos emitió el Registro Civil, código verificador dos dos tres XYCDEJEAJ, y según consta en
el Registro Civil, Sección de Defunciones de la provincia de Guanacaste, al tomo:
ciento treinta, folio: doscientos seis, asiento: cuatrocientos
once, de lo cual da fe la suscrita notarial, con vista en
la certificación extendida
por el Registro de Defunciones del Registro Civil, haciendo valer sus derechos, de lo contrario
la herencia pasará a quien corresponda. Licda. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Santa Cruz, Guanacaste,
125 metros Sur de los Tribunales de Justicia de Santa
Cruz, Guanacaste. Expediente Sucesorio
Notarial: SU-001-2022.—Licda.
Andrea Melissa Ruiz Juárez, Notaria.—1 vez.—( IN2022625976 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fuera María Lidiette Guevara
Gutiérrez, cédula N° 5-088-593, para que dentro del plazo
máximo de treinta días
naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezca ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Notaría
de la Licenciada Adriana María Arrieta Arrieta, Santa Cruz, Guanacaste, del Banco Nacional, 600 este y 75 norte.—Licda. Adriana María Arrieta Arrieta, Notaria.—1 vez.—( IN2022625977 ).
Se emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Edwin Arce Vega, quien
en vida fue
mayor, costarricense, casado,
agricultor, cédula de identidad
6-0073-0071, vecino de
Heredia, Sarapiquí, Horquetas,
Ticari un kilómetro al este de SINDEA, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen en este Juzgado
a hacer valer sus derechos,
en caso de que lo omitieren la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión Nº
21-000162-0507-AG, número Interno
184-1-21. Nota: “Este edicto debe publicarse
por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 17 de febrero de 2022.—Lic. Ronald
Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022625996 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por
Stephanie Jo (nombre) Bogatinoff
(apellido), de único apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense,
mayor, casada dos veces, pensionada, cédula de residencia número: uno ocho cuatro cero cero cero cinco
ocho siete nueve uno seis, a las ocho horas
del nueve de febrero del
dos mil veintidós, y comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio testamentario de: Peter Frederick (nombre)
Bogatinoff (apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad
estadounidense, mayor, casado
dos veces, pensionado, cédula de residencia número:
uno ocho cuatro cero cero cero cinco ocho
siete ocho cero nueve, fallecido el tres de mayo del dos mil veintiuno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de treinta días
naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Ronald Francisco
Ramírez Garita, Atenas, costado sur de los Tribunales de Justicia, Centro Comercial
Plaza La Fuente, local cinco.—Lic. Ronald Francisco Ramírez
Garita, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626009 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida
se llamó José Jovel Faustino Mora Marín, mayor, estado civil casado, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0900380340 y vecino del INVU Barranca de Puntarenas.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000417-0642-CI-6.—Juzgado Civil de
Puntarenas. Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con cuarenta y siete minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626010 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, Álvaro, Orlando,
Olga María y Ana Virginia, todos Calzada
Miranda, a las 08:00 horas del 28 de enero del 2022 y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera: Emilia Miranda Monge, quien
fue mayor, viuda una vez, jubilada del Poder Judicial, con cédula de identidad número dos-ciento uno-novecientos noventa y cuatro, vecina de San
José, Tibás. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de treinta días
naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Francisco Javier
Vargas Solano, notario tramitador,
carné del Colegio de Abogados N° 6528. San José, Central, Pavas, Rohrmoser. Teléfono: 83024226.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022626030 ).
Se emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores, y cualquier interesado en la Sucesión Intestada o Legítima,
de quien en vida se llamó Luis Roberto
Rodriguez Monge, quien fuera, mayor, divorciado dos veces, taxista, con cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos sesenta y cuatro-cero ochocientos
once, vecino de San José, Barrio México, Florida
Norte, de la gasolinera JSM doscientos
metros norte y cincuenta oeste, casa B dieciocho, fallecido en fecha
diez de noviembre de dos
mil veintiuno. Para que, dentro del plazo de quince días a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría a hacer
valer sus derechos, bajo el
apercibimiento de que si no
lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Queda a disposición el expediente
N°
0001-2022, en la oficina
del notario Lic. Juan
Carlos González Rojas, sita, provincia
de San José, Barrio Córdoba, frente a esquina noreste
del Ministerio de Seguridad
Pública. Asimismo, para efectos de información llamar a los teléfonos: Celular: 8338-5117. Oficina: Tel:
2226-2590.—San José, 22 de febrero de 2022.—Lic. Juan Carlos González
Rojas, Notario. Código N°
14273.—1 vez.—( IN2022626044 ).
Álvaro Castillo Castro, notario público con oficina en San José, con carné número cuatro mil quinientos ochenta y siete, hace saber que ante el suscrito notario
se ha abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue
Laureen Sarah Burian, que por razón
de su nacionalidad no usa segundo apellido,
quien fue mayor de edad, casada un vez, administradora de empresas, ciudadana alemana, pasaporte número C siete tres Z R seis Z V cinco, cédula
de residencia número ciento
veintisiete seiscientos doscientos seis cero cero ocho. Se cita a posibles herederos, legatarios, acreedores, y en general, a todos los interesados, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este
aviso, comparezcan ante el suscrito notario a hacer valer sus derechos, apercibidos, los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro en ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Tel: 8825-2277.—San José, 21 de febrero del 2021.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1 vez.—( IN2022626047 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión Notarial de quien en vida fue
Oscar Castillo Pérez, mayor de edad, casado
una vez, agricultor, cédula de
identidad número tres-cero
ciento noventa y siete-cero novecientos veintidós,
vecino de San José, Coronado,
Monserrat, de la iglesia quinientos
metros norte, novecientos
metros este, para que, dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro dicho plazo, la herencia, pasará
a quien corresponda. Expediente N° 002-2022.—San José, 08:00 horas del 23 de febrero del 2022. Email: notario79@yahoo.es Fax 2292-3344.—Lic. Rubén Ramírez
Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2022626049 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados y herederos en la sucesión de Mario Jiménez Beut,
mayor, casado una vez,
cédula: uno-cero cuatro uno uno-uno cero uno siete, microbiólogo y siendo su último domicilio
Guayabos de Curridabat, para que, dentro del plazo de quince días, a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, en
defensa de sus derechos, apercibidos
de que, si así no lo hicieren, la herencia pasará a quién corresponda. Notaría del licenciado Carlos Alberto Campos Mora, San José, Mata
Redonda, de Torre Mercedes doscientos setenta y cinco metros al sur, edificio JM, tercer piso. Teléfono 8713-7700 y correo electrónico: licenciadocarloscampos@gmail.com.—Lic.
Carlos Alberto Campos Mora, Notario.—1 vez.—( IN2022626052 ).
Se hace saber: Que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
José Fernando Garita Guillén,
costarricense, cédula de identidad
N° 301650348, último domicilio conocido en Cartago, Cartago, El
Carmen, San Blas, de la plaza de deportes 800 metros este y 125 metros norte. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Sucesorio Judicial de José Fernando Garita Guillén. Expediente N° 22-000040-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 22 de febrero de 2022.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022626063 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Dora Martínez
Rojas, de las dieciséis horas con treinta
minutos del dieciocho de febrero del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio Ab Intestado Nº 01-2022-NO de quien en vida fuera
Carlos Antonio Ulloa Redondo, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Cartago, Alvarado, Cervantes, 25 metros al oeste de la entrada a la Flor de
Paraíso, y con cédula número 3-00146-0675. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, con oficina
en Cervantes de Cartago, 300 metros al oeste de la entrada a la Flor de Paraíso.—22 de febrero del 2022.—Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, Abogado y Notario.—1
vez.—( IN2022626072 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Luis Siezar Salguera, mayor, soltero, comerciante, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad 0503550811 y vecino de Liberia,
Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N°
22-000047-0386-CI - 8.—Juzgado Civil Y Trabajo De I Circuito Judicial De
Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: seis horas
con cuarenta y siete minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Brenda Celina Calvo de La O, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—( IN2022626088 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión testamentaria y legitima en sede notarial
de quien en vida fuera María Deyanira Rojas Huertas, casada dos veces, educadora
con cédula de identidad dos-trescientos noventa y uno-cero ochenta y cinco
vecina de San Carlos-Aguas Zarcas, Los Lotes un kilómetro al Norte de la
Escuela fallecida el dos de diciembre de dos mil veintiuno, persona de la cual
el suscrito Notario da fe con vista del Registro de Defunciones de Alajuela,
bajo las citas dos cero dos ocho uno cuatro tres uno cero ocho seis dos,
para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de
este edicto y que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se
apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría ubicada en Aguas Zarcas
de San Carlos, Alajuela, contiguo a Almacén Artelec;
apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente cero cero uno dos mil veintidós.—San José, veintitrés de febrero de dos mil
veintidós.—Lic. José Esteban Olivas Jimenez,
Notario.—1 vez.—( IN2022626094 ).
Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Carlos Umaña Guzmán, cédula número uno-trescientos dieciséis-trescientos
diecisiete, quien en vida fuera
soltero, pensionado y cuyo último domicilio reportado fue: San José,
Guadalupe, Barrio Pilar, detrás del Mall El Dorado,
para que, dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesorio notarial N°
002-2021.—San José, veintitrés
de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Evelyn Gómez Quirós, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626102 ).
Ante mí Alexis Arias López, mediante escritura número veinticuatro, visible en el folio veintiuno
frente, del tomo dos, a las
diez horas y treinta minutos del día tres del mes de febrero del año dos mil veintidós, se apertura proceso sucesorio con testamento en sede Notarial de Ronaldo Moya
Guevara conocido como
Ronald Moya Guevara. Se cita y emplaza
a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—Alexis Arias López, Notario.—1
vez.—( IN2022626108 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por Yanidi Martina Castro Vargas, mayor, divorciada
una vez, ama de casa, cédula número uno- setecientos treinta y cinco-quinientos cincuenta y
cuatro, vecina de Puntarenas, Buenos Aires, ciento cincuenta metros norte y doscientos metros este del Salón Azteca, comprobado
el fallecimiento del causante, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fue Alan Mauricio Solís Castro, mayor, que fuera soltero, pintor, cédula número uno-mil ciento sesenta y nueve-ochocientos veinticinco, vecino de Pérez Zeledón, Barrio
San Luis, doscientos metros oeste
de la Iglesia Católica, segunda entrada a la derecha, fallecido el cuatro de febrero de dos mil veintidós. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Eduardo Román
Gómez, en San Isidro de El General, Pérez Zeledón doscientos metros norte de los Tribunales de
Justicia, Teléfono 2771-36-22. Expediente
0001-2022, Sucesión en sede Notarial de Alan Mauricio Solís Castro.—Nueve de febrero de dos mil veintidós.—Lic. Eduardo Román
Gómez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626110
Ante esta notaría se ha solicitado la
apertura de la Sucesión extrajudicial de Maida Maruja Valverde Castro, mayor de
edad, casada dos veces, ama de casa, cédula de identidad número: uno -
trescientos cuarenta y dos - ochocientos cincuenta y seis, vecina de San Miguel
de Desamparados, Urbanización La Capri, casa AK - ocho, del Super La Esperanza
setenta y cinco metros al este, quien murió el día ocho de noviembre del año
dos mil diecisiete. Se emplaza a los herederos y demás interesados a que se
apersonen en el plazo de Ley a partir de la publicación de este edicto, a esta
Notaría situada en Guadalupe, Goicoechea, costado norte de la Escuela Pilar
Jiménez, en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de que
si así no lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasará a quien
corresponda sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho. Expediente
01-2022.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1
vez.—( IN2022626125 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Clemencia Zúñiga Monge, mayor, estado
civil viuda, profesión u oficio pensionada, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0201700614 y vecino(a)
de Alajuela, San Isidro. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000859-0638-CI-2.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y dos minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—M.Sc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez
Decisor.—1 vez.—(
IN2022626129 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Jesús María Eliseo del Socorro Rodríguez Salas, nació
en San Ramón de Alajuela, el
ocho de enero de mil novecientos dos, fue bautizado en la Parroquia de San Ramón de Alajuela el
diez de enero del mil novecientos dos, hijo de Fermín Hernán Rodríguez Cordero y Adelina Salas Araya, casado con Natalia Mora Araya el nueve de febrero de mil novecientos veintinueve en San Ramón de Alajuela, agricultor,
nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad no indica y vecino
de San Lorenzo de San Ramón de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000353-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 09 de diciembre
del año 2021.—Msc. José Pablo
Quesada Padilla, Juez.—1 vez.—( IN2022626131 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue: María Del Carmen Monge Vega, mayor de edad, costarricense, cédula de identidad número tres-cero ciento noventa y siete-doble cero sesenta y nueve, soltera, pensionada, vecina de Cartago, Central, Oriental, Barrio los Ángeles, cien metros norte del Restaurante la Puerta
del Sol, para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, apercibidos
de que, si no lo hicieren en el plazo
aquí dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2022. Notaría
de la licenciada María José Valverde Villalón. Teléfono 8528-4684, correo electrónico: mvalverde@abogadacr.com.—Licda.
María José Valverde Villalón, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2022626133 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Luis Zúñiga Zúñiga, mayor, soltero, agricultor, nacionalidad Costarricense, con documento de identidad 0900440378 y
vecino de Ostional de Santa Cruz, Guanacaste, un
kilómetro al oeste de la plaza de deportes. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
19-000291-0388-CI - 6.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 22 de noviembre del
año 2019.—Licda. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626142 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Harol Octavio Peña
Mora, mayor, estado civil casado/a, profesión u oficio mecánico, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
0303500184 y vecino(a) de Limón, Barrio Los Cocos. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000317-0678-CI - 4.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de diciembre del año 2021.—Lic.
Diego Steven Duran Mora, Juez Decisor.—1 vez.—(
IN2022626155 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
María Elena Salazar Sánchez, mayor, estado
civil soltera, profesión u oficio Oficios Domésticos, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
0700481302 y vecina de No Indica. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 20-000070-0297-CI-8.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 16
de marzo del 2020.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626161 ).
Mediante solicitud de
apertura otorgada en escritura pública formulada ante esta Notaría por los
señores, María Eugenia Morales Soto, Lidiette Morales
Soto, Julián Antonio Morales Soto, Jose Francisco Morales Soto, Marvin Antonio
Morales Soto, Laura del Carmen Morales Soto, y Johnny Bernardo Morales Soto, a
las dieciocho horas del día once de febrero del año dos mil veintidós, y
comprobado el fallecimiento de quien en vida se llamó Ismael Antonio Morales
Brenes, mayor, fallecido, quien en vida fue portador de la cedula de identidad
número tres - cero uno cero seis - cero dos cero cinco, vecino de Cartago,
Paraíso, setenta y cinco metros al sur del Bar Atlántico, esta Notaria ha declarado
abierto su proceso sucesorio ad intestato en sede notarial. Por lo que, por una
sola vez se cita y emplaza a todos los herederos, legataries, acreedores y en
general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ismael
Antonio Morales Brenes, para que dentro del plazo de
quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus Derechos bajo apercibimiento de
que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasara a quien
corresponda. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República,
tal como esta misma lo ha indicado. Dirección de Notaría: Cartago, Paraíso,
Barrio La Estación, cincuenta metros al sur del Bar Atlántico. Teléfono:
88127220. Expediente número cero cero uno-dos mil
veintidós. Sucesorio notarial de Ismael Antonio Morales Brenes. Notaría del
Licenciado José Ricardo Argüello Brenes.—Paraíso de
Cartago, a las dieciocho horas del veintidós de febrero del dos mil
veintidós.—Lic. José Ricardo Argüello Brenes, Notario Público.—1 vez.—(
IN2022626162 ).
Mediante solicitud de apertura otorgada en escritura
pública formulada ante esta notaría por los señores, Saúl Andrés Morales Morales, Fabián Alonso Morales Morales
y Rosa Amelia Morales Gamboa, a las dieciocho horas del día catorce
de febrero del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de quien en vida
se llamó Saúl Antonio
Morales Soto, fallecido, quien
en vida fue
mayor, costarricense, mecánico
automotriz ,casado una vez, vecino de Paraíso de
Cartago, veinticinco metros oeste
de la parada de buses de Llanos de Santa Lucía, con
cédula de identidad número:
tres-cero dos cuatro cero-cero ocho
cinco tres, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ad intestato en sede notarial. Por lo que, por
una sola vez se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó Saúl Antonio
Morales Soto, para que, dentro del plazo de quince
días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus Derechos bajo apercibimiento de que, si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quién corresponda. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal
como ésta misma lo ha indicado. Dirección de Notaría: Cartago,
Paraíso, Barrio La Estación, cincuenta
metros al sur del Bar Atlántico. Teléfono: 88127220. Expediente número cero cero dos-dos mil veintidós. Sucesorio Notarial de Saúl
Morales Soto. Notaría del Licenciado
José Ricardo Argüello Brenes.—Paraíso
de Cartago, a las diecinueve horas del veintidós de febrero del dos mil veintidós.—Lic. José Ricardo Argüello Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2022626163 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Alexandra María Zúñiga Gutiérrez, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense
con documento de identidad
0302180479 y vecina de Cartago, La Unión de Tres
Ríos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente:220000420640CI.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: doce horas con cincuenta y tres minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós.—M.Sc.
Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1
vez.—( IN2022626175 ).
Se cita y emplaza por
haber sido abierto proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Carlos
Federico Piedra Cerdas, mayor, divorciado una vez, comerciante, cédula de
identidad tres - cero doscientos - mil trescientos veinte, vecino de Cartago. A
todos los interesados para que dentro del plazo máximo
de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Guillermo
Valverde Schmidt, Cartago, centro, del Bac San José, doscientos metros al sur y
veinticinco metros este. Teléfono 2552-3297.—Lic. Guillermo Valverde Schmidt.—1 vez.—( IN2022626185 ).
Se hace saber: Que ante
la notaría del licenciado Roberto Marín Segura, notario público con oficina en
Paracito de Santo Domingo de Heredia, cien metros norte de la Iglesia católica,
se tramita el proceso sucesorio, de quien en vida fueron María Eugenia Jara
Fernández, con cédula de identidad número uno cero dos cuatro siete cero siete
cero cuatro, y Juan Pedro García Sancho, con cédula de identidad número uno
cero dos cuatro cuatro cero nueve ocho seis. Por este
medio se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de
la publicación del presente edicto, comparezcan ante dicho Notario a hacer
valer sus derechos, advertido de que si no se apersonan dentro del referido
plazo, la herencia pasará a quien se apersone y legalmente corresponda.—Heredia
23 de febrero de 2022.—Roberto Marín Segura, Notario Público.—1 vez.—(
IN2022626190 ).
Se hace saber que, ante la notaría del licenciado
Roberto Marín Segura, notario público,
con oficina en Paracito de Santo Domingo de Heredia, cien
metros norte de la Iglesia católica, se tramita el proceso sucesorio,
de quien en vida fue Juana Ruiz Bonilla, con
cédula de identidad número cinco-cero cero siete seis-cero cinco tres seis. Por este medio se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que,
dentro del término de treinta
días, contados a partir de
la publicación del presente
edicto, comparezcan ante dicho Notario a hacer valer sus derechos, advertido de que, si no se apersonan dentro del referido plazo, la herencia pasará a quien se apersone y legalmente corresponda.—Heredia 23 de febrero de 2022.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022626191 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Francisco de Jesús Cerdas López, mayor, estado civil casado/a, profesión u oficio agricultor(a), nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
N° 0500540462 y vecino(a) de Palmira de Cañas. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente N°
22-000017-0927-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil),
hora y fecha de emisión:
once horas con cincuenta y nueve
minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós.—Luis Adrián Rojas Hernández, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2022626201 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Blanca Rosa Azofeifa Vargas, a las trece
horas del veintitrés de febrero
el año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Rónald Hugh
Harmon Anderson, estadounidense, vecino
de La Libertad de Sardinal de Carrillo, setenta y cinco metros al sur de
la capilla Católica, pasaporte número Z-ocho cero nueve cinco nueve-ocho
cinco dos cuatro, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio testamentario. Se
cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Marianela Moreno Paniagua. Filadelfia,
Carrillo, Guanacaste frente al Banco Nacional, teléfono 8826-7358.—Ocho de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Marianela Moreno Paniagua.—1 vez.—( IN2022626210 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Ángela Micaela Marchena Marchena, a las doce horas del doce de febrero el año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Antonio
Montes Álvarez c/c José Antonio Montes Montes, vecino de Río Cañas de Belén de Carrillo, cuatrocientos
metros al este del salón El
Jardín, cédula número cinco-cero cero setenta y
dos-cero setecientos cuarenta
y uno, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
testamentario. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Marianela Moreno
Paniagua. Filadelfia, Carrillo, Guanacaste frente al Banco Nacional, teléfono
8826-7358.—Ocho de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1
vez.—( IN2022626212 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Ubaldo Picado Sandí,
mayor, comerciante, divorciado,
vecino de Calle Fallas, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0102390273. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente N°
22-000010-0216-CI-8.—Juzgado Civil Hatillo,
San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión:
<A_FECHAEMISIONFIRMA[-R1]>.—Allan Barquero Durán, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022626244
).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
María Estrella Artavia Aldecoba, mayor, estado civil casada, ama de casa,
nacionalidad costarricense,
con documento de identidad
0105670265 y vecina San José, Alajuelita,
distrito San Josecito. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000036-0216-CI-2.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: catorce horas con veintiséis minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes
Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022626285 ).
De acuerdo a lo establecido en los artículos 115 y siguientes y concordantes del
Código Procesal Civil, artículo
129 del Código Notarial, se informa y cita a todas aquellos
interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta notaría
se ha iniciado en sede notarial, la sucesión de quienes en vida
se llamaron Rubén Oses
Herrera, jubilado, cédula de Identidad N°
4-0023-6254, defunción acaecida
el 29 de mayo de 1996; Luz Ángel
Del Socorro Álvarez Morales, ama de casa, cédula de Identidad N°
4-0038-0836s, defunción acaecida
el 9 de setiembre de 2007;
ambos casados una vez entre
sí y Carlos Luis Oses
Álvarez, empleado, soltero,
portador de la cédula de Identidad N°
4-0104-1077, defunción acaecida
el 28 de setiembre de 2021;
todos mayores de edad y vecinos de Barva de Heredia, para que en el término de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. La notaría está ubicada 25 metros al este del Polideportivo de Ipís, Goicoechea, San José, correo gloriavega@ice.co.cr, Fax 22 29 65 51.—Licda. Gloria Virginia Vega
Chávez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626297 ).
De acuerdo a lo establecido en los artículos 115 y siguientes y concordantes del
Código Procesal Civil, artículo
129 del Código Notarial, se informa y cita a todos aquellos
interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta notaría
se ha iniciado en sede notarial, la sucesión de quien en vida
se llamó José Mauricio Araya Araya,
soltero, politólogo, vecino de Guatuso de Patarrá, Desamparados, cédula de identidad
número 1-0754-0299. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras, y, en general, a todos lo que tengan interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el término
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, lo que en derecho corresponda, con el apercibimiento de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. La Notaría está ubicada 25 metros al este del Polideportivo de Ipís, Goicoechea, San José, correo gloriavega@ice.co.cr, fax 2229-6551; teléfono: 2229-6551.—Licda. Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2022626298 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por
Michael Angello Vargas Salazar, Svetlana Vargas
Salazar, Ivanova Vargas Salazar, Viacheslav Vargas Salazar y Valentina Vargas
Salazar a las catorce horas treinta
minutos del seis de mayo del año
dos mil veintiuno, y comprobado
el fallecimiento de Ana
Isabel Salazar Fonseca, esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que,
dentro del plazo máximo de quince
días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. notaría del
Lic. Jorge Luis Castro Solano. San José, Hatillo
Centro, Residencial Belgrano Teléfono
8480-7391. Publicar una vez.—San José, veintidós de febrero del año dos mil veintidós.—Lic. Jorge Luis Castro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2022626322 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Eduardo Wechekem Rose, a las nueve horas
con cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento
de Marlon Enrique Wickehem Fray, cédula de identidad siete-cero cero ochenta y cinco-cero cuatrocientos quince, mayor, soltero
y vecino de San José; esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
licenciado Luis Fernando Torres Rueda, oficina abierta en Limón centro, frente a Tribunales de Justicia en los altos de Prestamás, teléfono dos siete cinco ocho-dos tres siete dos, a las once horas
del veintitrés de febrero
del dos mil veintidós. Publicar
una vez.—Lic. Luis Fernando Torres Rueda, Notario Público.—1 vez.—(
IN2022626333 ).
En la notaría
del licenciado Hilario Agüero Chaves, en Ciudad Neily Puntarenas, diagonal a la Regional del MEP,
a las catorce horas del día veintitrés
de febrero del dos mil veintidós,
se hace de público conocimiento el edicto, convocando a los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó
Luz Marina Novoa Molina, quien
fue, mayor, viuda una vez, del hogar, cédula de identidad número: dos-doscientos cincuenta y cinco-cuatrocientos cuarenta y nueve, fue vecina
de Barrio El Carmen, Corredores Puntarenas, frente a la plaza de deportes. Se
emplaza a todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para
que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda, expediente: número cero cero cero uno-dos mil veintiuno. Sucesorio en Sede
Notarial.—Licda. Hilario
Agüero Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2022626335 ).
En este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Israel Silvino Sánchez Duarte, mayor, viudo, agricultor, vecino de Pérez Zeledón, con documento de identidad uno-doscientos cuarenta y cinco-novecientos cincuenta y siete (0102450957). Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000025-0188-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), hora y fecha
de emisión: catorce horas
con cincuenta minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Msc. Norman Herrera
Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2022626342 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por David Wabe Arce, a las catorce horas
del nueve de octubre del
dos mil veintiuno, y comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio de quien en vida
fue Sofie Betti Zander
Kuhn, mayor, viuda, con último domicilio en Frobelstrasse veinte, nueve mil quinientos trece, Zirndorf, Baviera, Alemania, pasaporte de su país número D-uno siete ocho cuatro dos nueve seis. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo
máximo de 30 días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría en San José, Curridabat, Granadilla, cuatrocientos
metros al norte y ciento veinticinco metros al este de
Plaza Freses, Condominio Tapanti número uno, a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Esteban Villegas
C. notario público. Expediente número 01-2021-Notarial.—Lic. Esteban Villegas
Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626357 ).
Mediante Acta de Apertura otorgada ante esta
notaría por María Eugenia Flores Acuña, cédula 2-0320-0927, y habiéndose
comprobado el fallecimiento de los causantes, esta Notaría declara abierto el
proceso sucesorio de quien en vida fueran Bolívar Flores Nájera, mayor, casado
una vez, pensionado, cédula 1-0212-0114, fallecido el 6-06-2003 y Mireya
Josefina Ramona Moscoso Vega, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula
9-0014-0849, fallecida el 12-10-2012, ambos vecinos de Alajuela, Jesús María,
un kilómetro sur de la Iglesia Católica. Se cita y emplaza a todos los
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de
la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría Lic. Yesenia Mora Jiménez,
oficina Alajuela, San Mateo, Labrador, Oricuajo de
Pacas Don Leo 250 metros sur, correo electrónico juridicosmora@gmail.com, Telf.
8880-4282. Exp. 003- 2022.24-02-222.—Licda. Yesenia
Mora Jiménez.—1 vez.—( IN2022626360 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor
de edad Ian Jirón Romero,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 17-002108-0292-FA. Clase
de Asunto depósito judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las diez
horas y veintidós minutos
del cuatro de marzo de dos mil diecinueve,
17 de febrero del 2022.—Msc.
Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022625609 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el Depósito
Judicial de las personas menores de edad Bryan, Karol, German y Sebastián David todos Vílchez García, para que se
apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000661-0292-FA. Clase
de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las catorce
horas veintidós minutos del
veintiuno de febrero del
dos mil veintidós.—Msc.
Liana Mata Méndez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022625611 ). 3. v
3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor de edad Michelle Nicole
Vega Vindas, para que se apersonen
a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 21-000196-1552-FA.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), a las catorce
horas cuarenta y ocho minutos del once de enero de dos
mil veintidós, 11 de enero
del año 2022.—Licda. Alicia
Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022625753 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor de edad Rebeca Fernández
Villanueva, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°21- 000229-1552-FA. Publíquese
por tres veces consecutivas.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), a las catorce horas diecisiete
minutos del once de enero
del dos mil veintidós.—Licda.
Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—O. C. Nº
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625755
). 3 v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial de los menores Arturo Espinoza Mayorga y Eliécer Espinoza Mayorga, para que
se apersonen al Juzgado de
Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las trece horas treinta y uno minutos del once de
enero de dos mil veintidós,
expediente N° 21-000230-1552-FA.—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 11 de enero del 2022.—Licda. Francella Guzmán Valerio, Juez Decisor.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022625756 ). 3 v. 3.
MSc. Pablo Amador Villanueva, juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Cristina Patricia
Hernández Chacón,
en su carácter
personal, quien es mayor, nacionalidad
costarricense, cédula de identidad
N° 1-1356-0424, domicilio desconocido; se le hace saber que
en demanda actividad judicial no contenciosa,
expediente N° 21-000718-0364-FA, establecida
por el Patronato Nacional
de la Infancia Oficina
Local de Heredia Sur contra Santiago Elizondo Vargas y Cristina Patricia
Hernández Chacón,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las dieciséis
horas y treinta y uno minutos
del veintiocho de abril del
dos mil veintiuno. De las presentes
diligencias de depósito judicial de la(s) persona(s) menor(es) Ismael Antonio Elizondo Hernández, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
Oficina Local de Heredia Sur, se confiere
traslado por tres días a
Santiago Elizondo Vargas y a Cristina Patricia Hernández Chacón. Se le previene
a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Gestión en línea:
si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar
o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea, a señalar
este medio para recibir notificaciones, e ingresar escritos directamente al expediente; lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial www.poder-judicial.go.cr
al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará
personalmente en el despacho, usted
podrá ingresar desde cualquier dispositivo electrónico a consultar su expediente,
revisar sus notificaciones así como los escritos
presentados, con lo anterior se evitará
largas filas. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios Firmado profesionales de un abogado, puede
recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la
Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende
de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a
19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario
de atención: Lunes a viernes
08:00am a 12:00md, teléfono: 22776715, Universidad
Libre de Derecho, Horario de atención:
Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533.
En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio.
Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia
únicamente vecinos de
Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono
25600659. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el
plazo que se le ha concedido,
por lo que debe procurarse la asistencia
jurídica antes de que venza.
(Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)” Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia
el 28 de febrero de 2009,
dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica
es posible que la parte señale un Lugar para atender notificaciones (Art.58) y
en todos los demás procesos, las partes deben señalar
Medio para recibir sus notificaciones.
Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar
medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación
automática (Art.34). Así
las cosas, se le previene a
las partes su obligación de cumplir con Firmado digital de lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección
electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
(gestión que debe hacerse
una única vez y no cada vez que señale
ese medio). Para ello debe hacerse
lo siguiente: Comunicarse
con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos
2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero
electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para
el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento
a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento
citado ingresará la cuenta
autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros extremos: Se otorga el depósito judicial provisional
de la(s) persona(s) menor(es) de edad
Ismael Antonio Elizondo Hernández, en el hogar de Gerardo Elizondo
Rivera y Denise Vargas Carmona, abuelos paternos del menor, a quien se le previene que comparezca a este
despacho dentro del plazo
de tres días a aceptar y jurar el cargo. Lo anterior bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se resolverá lo que en derecho corresponda. Notificaciones: Notifíquese esta resolución
al señor Santiago Elizondo Vargas personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real, en la siguiente dirección: Heredia, San Francisco, residencial
Las Palmeras, casa número
51. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para notificar a la referida persona, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones de Heredia. Asimismo, notifíquese esta resolución a la señora Cristina Patricia Hernández Chacón por medio de edicto, la presente comunicación se enviará de forma electrónica a la Dirección Ejecutiva de la Imprenta Nacional.
Prevención: Previo a expedir la comisión deberá el ente
promovente dentro del plazo
de tres días aportar un juego de copias de todo el expediente,
bajo el apercibimiento de
que, si no lo hiciera, no
se le atenderán futuras gestiones que presente y se podrá ordenar el
archivo del presente asunto (artículo 136 del Código Procesal Civil). Se le hace saber
a la parte promovente que dichas copias deberán
ser presentadas exclusivamente
en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante
respectivo. Notifíquese.
MSc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022625780 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
judicial de la persona menor de edad
Abigail Hernández Cubero, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 21-001953-0292-FA. Clase
de Asunto actividad
judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, a las nueve horas cuarenta y ocho minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626062
). 3
v. 1.
A Rosendo Ocampo García y a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
de los menores Meylin María
Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y Ronny Rosendo Ocampo Picado, N°
22-000019-0687-FA se les pone en conocimiento
la resolución de las diez
horas con veintidós minutos
del doce de enero del año dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito
de las personas menores Meylin
María Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y Ronny Rosendo Ocampo
Picado, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Rosendo Ocampo García, a quienes se les previene que en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. En caso de que,
el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial,
se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Asimismo, se ordena el depósito judicial provisional
de los menores Meylin María
Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y
Ronny Rosendo Ocampo Picado bajo la custodia de Melvin Antonio Picado quien deberá presentarse
ante este despacho para la aceptación del cargo dentro de los tres
días posteriores a la notificación
de esta resolución. Expediente
N° 22-000019-0687-FA. Clase de asunto
depósito judicial. Publíquese
tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia
(Materia de Familia).—Licda. María Magdalena
Alfaro Barrantes.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626216 ). 3
v. 1.
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona
menor Santiago Jesús Camacho Fernández, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.- Expediente N°21-000808-0687-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de
Grecia (Materia de Familia), a las trece horas con treinta y tres minutos
del nueve de diciembre del año dos mil veintiuno, 09 de diciembre del año
2021.—Licda. Marjorie Salazar Herrera.- Jueza.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626219
). 3 v. 1.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor Santiago Jesús Camacho Fernández, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
21-000808-0687-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa depósito
judicial. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las trece horas con treinta y tres minutos del nueve de diciembre del año dos mil veintiuno, 09 de diciembre del año 2021.—Licda. Marjorie Salazar
Herrera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626220 ). 3
v. 1.
MSc. Liana Mata
Méndez, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a María José Esquivel Ocampo, en su
carácter personal, quien es
de domicilio desconocido,
cédula 4-0425-0185, se le hace saber que en Proceso Actividad
Judicial no Contenciosa (Depósito
Judicial Expediente N° 20-002128-0292-FA), establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a
las catorce horas cincuenta
y cinco minutos del quince
de diciembre de dos mil veintiuno.
De las presentes diligencias de depósito
judicial de la persona menor de edad
Luciana Esquivel Ocampo, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a María
José Esquivel Ocampo, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20, del
29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión
N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169- 2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de Trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado Civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Notifíquese esta resolución al licenciado Mariano
Alfredo Solórzano Olivares, quien figura
como Curador Procesal de la señora María José
Esquivel, al medio señalado en
autos para tales efectos. Ordena
edictos: Por medio de edicto,
que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Asimismo, al tenor del ordinal 263 del Código Procesal Civil de 1989, vigente en materia de familia,
se ordena publicar la presente resolución en el Boletín
Judicial mediante el edicto correspondiente. Nota: Publíquese por una única vez. Msc.
Liana Mata Méndez, Jueza.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022625995 ).
Se avisa que en este
Despacho bajo el expediente número
21-000665-1304-FA, solicitan se apruebe
la adopción individual de Kembly
Pamela Monge Méndez. Se concede a los interesados
el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia
Familia). Ciudad Neily, 22 de febrero del año 2022.—Licda.
Katia Soto Barahona, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022626060 ).
Expediente Nº 20-000079-0958-CI.—Se hace saber que en proceso judicial de concurso civil
de acreedores tramitado en este despacho
judicial, se dictó la sentencia
número 19-2021 de las quince horas tres minutos del doce de febrero del dos mil veintiuno, y la resolución de las
nueve horas treinta y tres minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno, que en lo conducente dicen: “...Se declara insolvente a Fressia Valverde
Araya, mayor, soltera, administradora,
cédula N° 01-1143-470, vecina de Pérez Zeledón, trabajadora de la Caja Costarricense de Seguro
Social y se ordena la apertura
del proceso concurso civil
de acreedores de conformidad
con los numerales 899 del Código Civil y 763 del
Código Procesal Civil. En consecuencia, se dispone la apertura
del concurso civil de acreedores
del citado fallido. Solicítese a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial la designación del curador propietario, curador suplente y notario inventariador que por turno corresponda. La petente Fressia Valverde Araya queda de
derecho separado e inhibido
de la facultad de administrar
y disponer de los bienes que le pertenecen
y sean legalmente embargables. El curador será quien administre
los bienes y activos embargables que se constaten,
para luego ser pagados los créditos conforme a las reglas concursales vigentes. Se fija en calidad de por ahora y en perjuicio
de terceros, el 22 de abril del 2020 tres meses antes
de la presentación del escrito
inicial -según consta en los sistemas
judiciales se presentó el 22 de julio del 2020- fecha en que se presume empezó el estado
de insolvencia, de conformidad
con el artículo 888 del
Código Civil. Se previene al deudor
que no abandone su domicilio ni salga
del país sin autorización
judicial, bajo el apercibimiento
de que, si lo hiciere, podrá ser juzgado por desobediencia a la autoridad. Comuníquese a la Dirección.
General de Migración y al Ministerio
Público para lo que corresponda.
Procédase a la ocupación, inventario y depósito de los bienes embargables del insolvente. Lo primero y tercero
lo asumirá el curador que se designe. El inventario lo hará el notario inventariador
por nombrar. Comuníquese al
Registro Público la declaratoria y su fecha, para que se abstenga de inscribir títulos emanados del insolvente. Asimismo, a la Dirección General
de Correos a fin de que envíe
al Juzgado la correspondencia
perteneciente al mismo. Comuníquese también a los bancos, almacenes generales de depósito y aduanas para que se abstengan de entregar a la deudora o su apoderado, títulos
valores, efectos de comercio, mercaderías o cualquier documento con valor económico. Por ser asalariado la
persona insolvente, comuníquese
a la Dirección de Recursos
Humanos de la Caja Costarricense
del Seguro Social la presente resolución,
por mandamiento, para que proceda
a depositar en adelante, período tras período de pago de salario, la parte legalmente embargable del salario de Fressia Valverde Araya en la cuenta automatizada de este proceso judicial número: 200000790958CI del Banco de Costa Rica. La parte legalmente inembargable de su salario le será entonces entregada de manera íntegra al insolvente, por lo que, el patrono deberá abstenerse, con esta orden judicial, de hacer deducciones salariales automáticas, aun consentidas por la persona trabajadora
insolvente, en perjuicio de la masa de acreedores,
según la interpretación
judicial del artículo 899 del Código Civil y el principio concursal de igualdad de acreedores. Este mandamiento lo diligenciará el curador o la persona insolvente de manera personal, de
la misma forma con el oficio que se ordena expedir a las entidades acreedoras de su interés que hasta ahora se han visto beneficiadas con pagos de cuotas de créditos mediante el sistema de deducción
automática de la planilla
de la persona deudora. Se concede a los acreedores nacionales y extranjeros un plazo de dos meses
para legalizar sus créditos
y reclamar en su caso, el
privilegio que tuvieren, el
cual empezará a correr desde la última publicación de la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín
Judicial y en un periódico
de circulación nacional. Apersónese la persona insolvente,
la persona curadora o cualquier
otra persona interesada
ante la Imprenta Nacional a efectos
de atender el gasto necesario para la publicación del edicto que aquí se ordena, mismo que será enviado de inmediato por el Juzgado Concursal
de forma electrónica. Este gasto
podrá ser reembolsado posteriormente, con preferencia, como un crédito de la masa. Se prohíbe hacer pagos
y entregas de efectos a la deudora insolvente, y si esto se incumpliere
no quedarán descargados de
la obligación. Se previene
a todas las personas en cuyo poder existan
pertenencias del insolvente,
cualquiera que sea su naturaleza, que dentro del plazo de ocho días hagan entrega al curador o a este
juzgado manifestación y entrega de ellas, bajo pena de ser tenidos como ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios. Los tenedores de prendas y demás acreedores con derecho de retención, tendrán la obligación de dar noticia al curador o al Juzgado, también bajo el apercibimiento indicado. En caso
de pagos de dinero o devolución
de éste a favor del insolvente,
el dinero deberá ser depositado en la cuenta bancaria número 200000790958CI del Banco de Costa Rica, para lo cual la persona depositante, en forma personal en este estrado judicial, por teléfono o por escrito con autenticación de abogado, deberá identificarse con su nombre completo y número correcto de identificación, para que pueda
ser incluido en el sistema informático
de los depósitos judiciales
previo a la transacción bancaria que interese. Comuníquese al Ministerio Público para que se investigue la
posible comisión o participación del delito de insolvencia fraudulenta. Notifíquese...” “...Según lo dispuesto por el artículo 58.3 del Código Procesal
Civil (Ley 9342), se Corrige el
error material respecto al número
de identificación de la insolvente
Fressia Valverde Araya, ya
que en sentencia N°
2021-19, de las quince horas tres minutos
del doce de febrero de dos
mil veintiuno, se indicó
01-1143-470, cuando lo correcto
será 1-1153-0470...”.— Juzgado Concursal,
San José, quince horas cincuenta y tres minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno. Doctora Jennifer
Arroyo Chacón, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2022626193 ).
Licenciada Maureen Vanessa Ortiz Cerdas. Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Adonys
Miguel Moraga Fajardo, en su
carácter personal, quien es
mayor, cédula 0604280625, de paradero y demás calidades desconocidas, y a Josué Daniel
Cárdenas Guido, en su carácter personal, quien es
mayor, cédula 0603980520, de paradero y demás calidades desconocidas se les hace saber
que en proceso actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial de persona menor
de edad, expediente
21-000103-1146-FA establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, contra Jessica Alejandra
Álvarez Montero, Adonys Miguel Moraga Fajardo, Josué Daniel Cárdenas Guido y Francisco Villegas Barrantes se ordena notificarle por edicto a Adonys Miguel Moraga Fajardo, Josué
Daniel Cárdenas Guido, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las siete
horas cuarenta y nueve minutos del dos de febrero de dos
mil veintidós. Por parte
del Patronato Nacional de la Infancia
se tiene por establecidas éstas diligencias de Actividad
Judicial no Contenciosa de Depósito
Judicial a favor de las personas menores de edad Marjorie Chaleska Moraga
Álvarez, Nailyn Taicha
Cárdenas Álvarez. Naidelyn Naomi Álvarez Montero, y Ashly Villegas Álvarez.
De éstas diligencias se confiere
audiencia por el plazo de tres días hábiles a Jessica
Alejandra Álvarez Montero, Adonys Miguel Moraga
Fajardo, Josué Daniel Cárdenas Guido y Francisco
Villegas Barrantes para que si
a bien lo tienen se refieran
a los hechos y pretensiones
que formula el ente promovente y si, lo consideran, podrán oponerse a las mismas; además se les previene que en el primer escrito
que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias, y se producir a igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Siendo que se desconoce la dirección de los señores Moraga
Fajardo y Cárdenas Guido, según lo manifestado por el ente promovente, se ordena notificar a estos por medio de un edicto que
se publicará por una única vez en el
Boletín Judicial. A la señora Álvarez Montero por medio de la Oficina
de Comunicaciones Judiciales de Alajuela, por ser habida en Alajuela, Guatuso, San Rafael, del Colegio Técnico Profesional de Guatuso, 800 metros
amino a Betania, 2 entrada de los lotes
Municipales, primera casa
de sócalo, de cemento y madera color vino. Teléfono:
7245-4362. Al señor Villegas Barrantes,
por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Puntarenas, por ser habido
en Puntarenas, Fray Casiano,
Barrio El Huerto, primera
entrada, 175 metros al Este, cuarta casa a mano izquierda. Medida provisional:
Tal y como se solicitada
por parte del ente promovente, se concede el depósito judicial provisional de las personas menores de edad Marjorie Chaleska Moraga Álvarez, Nailyn Taicha
Cárdenas Álvarez al recurso familia señora Xinia María Álvarez Álvarez, de
la persona menor de edad Naidelyn Naomi Álvarez Montero con el recurso
comunal Marco Vinicio Altamirano Raygada
y Sara María de los Ángeles Jiménez Sileski, y la persona menor de edad Ashly Villegas Álvarez bajo el cuido de Ericka Peña García a quienes
se invita a apersonarse a este despacho para la debida aceptación del cargo conferido. A fin de notificar a
las partes, se le previene
al ente promovente que, en el plazo
de tres días hábiles, aporte un juego de copias de la demanda. Hágase saber.—Juzgado
de Familia de Puntarenas.—Msc. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza
de Familia.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626197 ).
Se les comunica a todas las partes e interesados, y a los que
legalmente corresponda la
tutela (artículo 177 Código de Familia), que en este despacho
se tramita el proceso de tutela de la menor:
José David Herrera Valderramos, vecino
de Puntarenas, Osa, Ojochal,
para que se le nombre como
tutor a: María Valderrama Jiménez. Lo anterior, para que dentro de los 15 días posteriores a la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos,
o se presenten a encargarse de la tutela. Asimismo,
de que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio (correo electrónico autorizado), para atender sus futuras notificaciones. De no hacerlo, o si el medio escogido
imposibilitare la notificación
por causas ajenas al Despacho, incluido que no esté autorizado, todas las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Artículo 8 y 177 Código de Familia, 4 Código Procesal Civil (7130), 126.3 Código Procesal
Civil (9342), 11 y 34 Ley de Notificaciones (8687). Expediente: 22-000014-1420-FA. Tutela. Promotor: PANI.—Juzgado de Familia
de Osa, 16 de febrero
del 2022.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626218 ).
Se avisa a la señora Raquel Vanessa
Cordero Bonilla (portadora de la cédula de identidad 1-1410-0557), de domicilio
y (demás) calidades desconocidas, y a Carlo Alonso Mora García (portadora de la cédula de identidad
1-1219-0417) de domicilio y (demás)
calidades desconocidas, que
en este Juzgado,
se tramita el expediente N°21-000582-0673-NA, correspondiente
a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de la (s) persona (s) menor (es) de edad Geancarlo Mora Cordero. Se
le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste
(n) su conformidad o se oponga (n) en estas
diligencias. Expediente N°21-000582-0673-NA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, diez
horas treinta y tres minutos del quince de febrero del
dos mil veintidós.—Msc.
José Valverde Leitón,
Juez.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626224 ).
Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza,
Juzgado de Familia de Grecia, a la señora Kimberly A. Oses Cruz y Francisco
Vargas Torres y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
judicial de las personas menores de edad Vargas Oses Jose Ángel, Vargas Oses
Jose Mario y Vargas Oses Javier Francisco, se les pone en conocimiento la
resolución de las trece horas con ocho minutos del doce de octubre del año dos
mil veintiuno de este despacho que en lo conducente dice: Razones dadas y
normativa citada, se declara con lugar la presente acción y se ordena el
depósito judicial de las personas menores de edad Jose Ángel, José Mario y
Javier Francisco todos apellidos Vargas Oses a cargo de su abuela paterna la
señora Elizabeth Torres Salas quien seguirá velando por cuido directo y
bienestar integral de sus dos nietos menores de edad bajo la constante
supervisión, soporte profesional y si es del caso inclusive material del
Patronato Nacional de la Infancia. En caso necesario inclusive valorando la
posibilidad de incorporar el recurso familiar de cuido en este caso al Programa
de Hogares Solidarios Subvencionados del PANI, a fin de que la situación
económica del grupo familiar no se convierta en un elemento de riesgo para los
derechos fundamentales de las personas menores de edad. Se le confiere a la
persona designada como Depositaria Judicial un plazo de cinco días a partir de
la notificación de la presente resolución para que se apersone a este despacho
a aceptar el cargo conferido. La representante legal del ente promotor deberá
promover su presentación ante este despacho judicial. Publíquese la parte
dispositiva de esta resolución por una única
vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. Lo
así dispuesto se inscribirá ante el Registro Civil sección de Nacimiento de la
provincia de Alajuela según citas de inscripción 208690484 en el caso de Jose
Ángel Vargas Oses; 208690485 en el caso de Jose Mario Vargas Oses y citas
208510297 en el caso de Javier Francisco Vargas Oses. Se resuelve este asunto
sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Expediente 21-000431-0687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia
(Materia de Familia).—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626256
).
Se avisa que en este
Despacho, bajo el expediente número
22-000403-0338-FA, adopción conjunta
de persona menor de edad de
Eythan Gamboa Villanueva, promovida por Marianela del Rescate
Bonilla Rodríguez, Randall Mauricio Sánchez Fuentes. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su disconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de
Cartago, 21 de febrero del 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626261 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el
expediente número 22-000394-0338-FA, adopción
de hijo de conyugue de persona mayor de edad, de las personas Brandon Daniel
Chacón Duarte, promovida por Erick Mauricio Araya Ureña. Se concede a los
interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito
donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en
que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de
Cartago, 18 de febrero del año 2022.—Licda. Patricia Cordero García,
Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626262 ).
De las presentes diligencias de depósito
de las personas menores Johanzel
Aguilar Trigueros, Santiago Rojas Aguilar y Luciana
Rojas Aguilar, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Dayana Cristina Aguilar y Steve Johansen Rojas
Cordero, a quienes se les previene
que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de
cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese
esta resolución a Dayana
Cristina Aguilar, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; Tercer
Circuito Judicial de San José. En
caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales
y Steve Johansen Rojas Cordero Por medio de edicto,
que se publicará en el Boletín Judicial,
se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Notifíquese. Expediente
N°22-000311-0338-FA. Clase de Asunto
actividad judicial no contenciosa.—07 de febrero del año 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626275 ).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse
de ella dentro del plazo de
quince días contados a partir
de esta publicación. Proceso de salvaguardia promovido por Jorge Martín Alpízar Campos a favor de Ema Generosa Dulcelina Campos Leitón, expediente número 21-001983-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, 22 de febrero del año
2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626302 ).
Se avisa que, en este
Despacho bajo el expediente N° 22-000372-0338-FA, solicitan se apruebe la adopción de la de persona menor
de edad Hijo de Conyugue, de la persona menor de edad Uriel José Romero Ulloa, promovida
por Carlos Alberto Brenes Barquero. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su disconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma. Este edicto debe publicarse por una
sola vez.—Juzgado de Familia de Cartago, 18 de febrero del 2022.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626303 ).
Se avisa, a los señores Wagner
Arturo Soto Molina portador de la cédula de identidad número 2-0494-0671 Y Kattia Yajaira Salazar Calderón portadora
de la cédula número 1-1355-0663 hace
saber que existe proceso N° 20-000639-0673-NA
de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad
Brandon Arturo Soto Salazar establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Wagner
Arturo Soto Molina y Kattia Yajaira Salazar Calderón
que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia
2022000131. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia. A las once
horas treinta y tres minutos del nueve de febrero de dos mil veintidós Resultando: I…, II…, III…, Considerando:
I. Hechos probados: … II. Sobre el fondo:
… Por tanto: Con fundamento en
las razones dadas, artículo
9 de la Convención Sobre
los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez
y la Adolescencia, 117, 160 y siguientes
y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Brandon Arturo Soto Salazar. Se extingue
a su madre Kattia Yajaira Salazar Calderón, el
ejercicio de la patria potestad,
así como a su padre Wagner Arturo Soto Molina. Se ordena
el depósito judicial del niño Brandon Arturo Soto Salazar en
el Patronato Nacional de la
Infancia, debiendo apersonarse a este
despacho dentro de tercer
día a aceptar el cargo conferido. Inscríbase esta sentencia en el Registro
Civil. Inscríbase esta sentencia en el
Registro Civil. Sin especial condenatoria
en costas. Inscríbase esta sentencia en el
Registro Civil. Tome nota el
registro de nacimientos de
la provincia de: Heredia, tomo:
trescientos treinta y siete folio: ciento seis asiento:
doscientos doce. Sin
especial condenatoria en costas. Notifíquese. Publíquese parte dispositiva en Boletín Judicial, para lo que corresponda. Msc. Jose Olger Valverde Leitón. Juez(a). Teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia 2295-3115.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 16 de mayo de 2022.—Msc. José Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626311 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil,
Melissa Herrera Hernández,
mayor, estado civil soltera,
profesión asistente administrativa, cédula de identidad
número 1-1267-0780, vecina
de San Rafael de Heredia, del Restaurante Katuay 125 mtrs este, casa portón rojo, hija de Juan Ramón Herrera León y Marielos
Hernández González, nacida en
San José el 06/12/1985, con 36 años
de edad, y Adrián Aguilar Álvarez, mayor, estado
civil soltero, profesión
Barista, cédula de identidad número
11170084, vecino de San Rafael de Heredia, del Restaurante Katuay 125 mtrs este, casa portón rojo, hijo de Alexis
Aguilar Jiménez y María del Socorro Álvarez Campos c.c
Mayra, nacido en San José, el 10/09/1981, con 40 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto,
expediente Nº 22-000201-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, fecha, 27 de enero del año 2022.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Juez(a) Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625924 ).
Licenciada Kensy
Cruz Chaves, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, los señores: Diego Gómez Poveda, mayor, costarricense,
soltero, operario, cédula
de identidad número
7-0196-0386, hijo de Juan Rafael Gómez Gómez y Rosa Poveda Sandoval, nacido
en Centro, Central, Limón, el
05/02/1990, con 32 años de edad;
y Maurely Tatiana Mora Aguilar, mayor, costarricense, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número
7-0184-0219, hija de Gerardo Mora Vargas y Carmen
Aguilar Maroto, nacida en Centro, Central, Limón, el
24/04/1988, actualmente con 33 años
de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Limón, Barrio Bananito Sur, costado de la Iglesia de Dios Pacto, casa mano izquierda de baldosas blancas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 22-000066-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 21 de febrero del 2022.—Msc. Kensy Cruz Chaves, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626053 ).
Ante esta notaría y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia comparecen
los señores Moisés Antonio
González Ocampo, de veinte años
de edad, Desarrollador de
Software, portador de la cédula de identidad número uno-uno ocho dos cuatro-cero tres cinco cero, nacido en Costa Rica, San José, vecino
de San José, Central, Pavas, Alameda Ricardo Jiménez,
casa N° 2, hijo de Marvin González Eduarte y de Mercedes Auxiliadora
Ocampo Jaime, ambos de nacionalidad costarricense; y Dalia Elizabeth Bermúdez
Varela, de veinte años de edad, Desarrolladora de Software,
portadora del pasaporte nicaragüense número c-cero dos siete cero seis tres ocho cinco, nacida
en León Nicaragua, vecina
de San José, Goicoechea, San Francisco, de la iglesia de ladrillos, 100 metros este y 100 metros sur, hija de
Marcia Eunice Varela Hernández y de Mauricio Antonio Bermúdez
Zepeda, ambos nacionalidad Nicaragüense,
y quienes manifiestan que desean contraer matrimonio. Quien tenga oposición a dicha unión, debe hacerlo saber a esta notaría con oficina en San José, Santa Ana, Piedades,
Residencial Montaña Luna, casa 7.—San José, a las 10
horas del 23 de febrero del 2022.—Lic. Ricardo Fernando Mora Zúñiga,
Notario.—1
vez.—( IN2022626059 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil el señor Edwin Amado De Jesús
Mora Guadamuz, mayor, soltero,
oficial de seguridad,
cédula de identidad número
0107140460, vecino de Grecia, Invu
número 2, de la cancha de deportes
230 mts suroeste, casa a mano derecha,
color verde, muro rojo, verjas negras, hijo de Carmen Guadamuz Álvarez y
Eduardo Mora Delgado, nacido en
Salitral, Santa Ana San José, el
19/11/1967, con 53 años de edad,
y Oscar Enrique Aguilar Bermúdez, mayor, soltero, oficios domésticos, cédula de identidad número 0113550513, vecino de
Grecia, Invu número
2, de la cancha de deportes 230 mts suroeste, casa a mano derecha,
color verde, muro rojo verjas negras, hijo de María Elena Bermúdez
Sánchez y Álvaro Aguilar Leitón, nacido en Hospital Central San José, el 30/05/1988, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº21-000947- 0186-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia de Familia),
Alajuela, Grecia, 15 de noviembre del año 2021.—MSc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626226 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil:
Giovanni Enrique Rojas Alvarado, mayor, soltero, peón de explotaciones agrícolas, cédula de identidad número 0602530067, vecino de Caracol, de la entrada, la primera
casa, casa de bono color rosada, hijo
de Josefina Alvarado Arguedas y Rafael Adonay Rojas
Quirós, nacido en
Quepos, Aguirre, Puntarenas, el 09/04/1973, con cuarenta y ocho años de edad; y Guiselle del Jesús Villalobos Robles, mayor, divorciada,
oficios domésticos, cédula
de identidad número
0602720437, vecina de la misma
dirección del anterior, hija de
Fidelia Robles Arias y Rigoberto Villalobos Molina, nacida
en Centro, Golfito, Puntarenas, el
13/01/1976, actualmente con cuarenta
y seis años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000129-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores)
(Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, 22
de febrero del 2022.—Licda.
Katia Soto Barahona, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626258 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Crisel Gabriela Jiménez
González, mayor, soltera, niñera, cédula de identidad número 0604200564, vecina
de Copa Buena de San Vito, 150 metros sureste del Salón Multiusos, casa de bono
color mostaza con café, hija de Aurora María González Salas y Roger Alberto Jimenez Arguello, nacida en San Vito Coto Brus Puntarenas,
el 09/11/1994, con veintisiete años de edad, e Isaí Zúñiga Cordero, mayor,
soltero agricultor, cédula de identidad número 0604020665, vecino de la misma
dirección de la anterior, hijo de Inés Cordero Molina y Nery Zúñiga Salas,
nacida en Corredor Corredores Puntarenas, el 03/04/1992, actualmente con
veintinueve años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 22-000127-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores,
Ciudad Neily, 21 de febrero del 2022.—Licda. Katia Soto Barahona, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626259 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de
Emmanuel Alejandro Pacheco Jiménez, mayor, soltero, técnico en informática, cédula de identidad número 0304480346, vecino de Oreamuno, hijo de Vera
Violeta Jiménez Brenes y Alonso Gerardo Pacheco Quesada, nacido
en Oriental Central Cartago, el
12/09/1990, con 31 años de edad,
y Noelia María Torres Quesada, mayor, soltera, operaria, cédula de identidad número 0304840761, vecina de
Oreamuno, hija de Lilliana María
Quesada Víquez
y Mario Torres Méndez, nacida en
Oriental Central Cartago, el 10/02/1995, actualmente con 28 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio
civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Alonso
Pacheco Jiménez y Ileana
Araya Cedeño. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 22-000345-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
Cartago, 10 de febrero del 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022626266 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil José Antonio Serrano Bonilla, mayor, divorciado/a, dato desconocido, cédula de identidad número 0303340062, vecino(a) de
47, hijo(a) de Ana Bonilla Berrocal
y Modesto Serrano González,
nacido(a) en Orosi, Paraíso, Cartago, el 08/12/1974, con 47 años de edad, y Sonia María Torres Fallas,
mayor, divorciado/a, oficios
domésticos, cédula de identidad
número 0303910328, vecino(a)
de Cervantes, hijo(a) de Ana Lorena Fallas Badilla y Dagoberto Torres Arroyo, nacida en Oriental, Central, Cartago, el
19/11/1983, actualmente con 38 años
de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio
civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Dagoberto Torres Arroyo y Ana Lorena Fallas
Badilla. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto,
expediente Nº 22-000146-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, fecha, 18 de enero del año 2022.—Licda. Patricia Cordero
García, Juez(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626278 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil:
Anthony Mauricio Cordero Rodríguez, mayor, soltero,
comerciante, cédula de identidad
número 0304730042, vecino
de Cartago, hijo de Evelyn Rodríguez Campos
y Mauricio Cordero Miranda, nacido en Oriental, Central, Cartago, el
20/09/1993, con 28 años de edad;
y Kimberly María Serrano Hernández, mayor, soltera, manicurista,
cédula de identidad número
0304950800, vecina de Cartago, hija
de Fressy Hernández Marín y Henry
Enrique Serrano Salgado, nacida en
Oriental, Central, Cartago, el 14/07/1996, actualmente con 25 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio
civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Fressy Hernández Marín y Henry Serrano
Salgado. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000138-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 18 de
enero del 2022.—Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626279 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Gerardo
Alfonso Vega Gómez, mayor, divorciado, agricultor, cédula de identidad número 0303730472, vecino de Llano Grande, hijo de
María Teresa Gómez Brenes y Mario Vega Núñez, nacido en Oriental, Central,
Cartago, el 24/05/1981, con 40 años
de edad, y Melany Estefanía
Carvajal Aguilar, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0304510143, vecina de Llano Grande, hija de Yury Marlene Aguilar Leitón y
Juan Carlos Carvajal Barquero, nacida
en Oriental, Central, Cartago, el
12/12/1990, actualmente con 30 años
de edad. Las personas comparecientes manifiestan:
Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio
civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Hannia Sandoval Aguilar Y Lorena Vega Gómez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-003111-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 24 de noviembre del año 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626301 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Brandon Josué
Jiménez Rodríguez, mayor, soltero, administrador, cédula de identidad
número 0116800983, nombre
de la progenitora Kattia
Rodríguez Loría
y nombre del progenitor José Guillermo Jiménez
Altamirano, nacido en
Hospital Central San José, el 06/07/1997, con 24 años de edad, y Luis Alejandro
Molina Chaverri, mayor, soltero,
administrador, cédula de identidad
número 0112240596, nombre de
la progenitora Cristina Chaverri
Matamoros y nombre del progenitor Rafael Ángel Molina de Bernardi,
nacido en Hospital Central
San José, el 17/11/1984, actualmente
con 37 años de edad; ambas
personas contrayentes tienen
el domicilio en Mora, 150 metros sur de la Fábrica
de Mallas Salazar, Fila de Mora, casa color azul, San José, Puriscal. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Publíquese este edicto por única vez. Expediente N°
22-000057-1530-FA.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Puriscal
(Materia Familia), San José, Puriscal, 22 de febrero del año 2022.—Licda. Milena Peñas Salas, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022626309 ).
En la sumaria N° Único 20-001103-0305-PE, por Falsificación de Señas y Marcas en contra de Marlon José Muñoz Mejía en perjuicio
de Fe Pública, y de conformidad
con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola
vez la resolución de las “dieciséis horas treinta y siete minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil veintiuno” a quien acredite con documentación idónea ser el dueño del bien mueble, la devolución del motor
con numeración GA16801225M; así
mismo cuenta con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse
se ordenara la donación a
favor del estado. Este edicto
de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Se ordena su publicación
por única vez en el Boletín
Judicial. Es todo.—Juzgado Penal del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, al ser las
16/02/2022 11:37.—Msc. Yendry
Durán Brenes Jueza
Penal. Etapa Intermedia.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626057 ).
En la sumaria N° Único 16-016008-0042-PE por Atípico en contra de Ignorado en perjuicio
de La fé
pública, y de conformidad
con el artículo 7 de la Ley
de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las “catorce horas cincuenta y siete minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós” a Maribel Gómez Borbón cédula
N° 6-0204-0072 o a quien acredite con documentación idónea ser el dueño
del bien mueble, la devolución
del motor 355818 a la persona que figura como dueño registral; así mismo cuenta con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse
se ordenara la donación a
favor del estado. Se ordena
su publicación por única vez en
el Boletín
Judicial. Es todo.—Juzgado Penal del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, al ser las
16/02/2022 11:46.—Msc. Yendry
Durán Brenes, Jueza Penal. Etapa Intermedia.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022626058 ).