BOLETÍN JUDICIAL 40 DEL 1° DE MARZO DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

El Consejo de la Judicatura y la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial, abren concursos para integrar listas de elegibles para los cargos de juez y jueza:

Concurso

Cargos de juez y jueza

Inicio de examen

Modalidad

CJ-01-2022

Juez y Jueza 2 Ejecución de la Pena

Abril

Escrito/Oral

CJ-02-2022

Juez y Jueza 3 Agrario

Abril

Escrito/Oral

CJ-03-2022

Juez y Jueza 3 Contencioso Administrativo

Abril

Escrito/Oral

CJ-04-2022

Juez y Jueza 3 Penal

Mayo

Escrito/Oral

CJ-05-2022

Juez y Jueza 3 Penal Juvenil

Mayo

Escrito/Oral

CJ-06-2022

Juez y Jueza 3 Familia

Abril

Escrito/Oral

CJ-07-2022

Juez y Jueza 4 Civil

Marzo

Escrito/Oral

CJ-08-2022

Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones

Marzo

Escrito/Oral

 

Observación: Una vez que se haya realizado la revisión de requisitos de las personas inscritas, se indicará por medio de correo electrónico la fecha, hora y lugar de las pruebas conforme al detalle indicado en el cuadro anterior.

Las pruebas orales en la medida de lo posible se realizarán un mes después de finalizados los exámenes escritos.

Temarios se encuentran a disposición en la página web: https://ghcarrerajudicial.poder-judicial.go.cr/

I. Requisitos:

Generales:

  Licenciatura en Derecho.

  Incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados de Costa Rica.

  Si no labora en el Poder Judicial, deberá aportar documento con la cuenta cliente del Banco de su elección.

Específicos: Además de los requisitos generales, las personas que oferten en el siguiente concurso deben cumplir con los requerimientos que establece el Manual de Clasificación de Puestos y demás disposiciones vigentes del marco jurídico costarricense y contar con lo siguiente:

Concursos: CJ-08-22 de Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones

    Haber ejercido la profesión durante diez años, salvo en los casos en que se trate de funcionarios judiciales con práctica jurisdiccional no menor de cinco años.

También, puede revisar el manual de puestos, en el que se indica cuáles son las competencias genéricas, técnicas y específicas, además las responsabilidades por funciones que requiere el puesto y que se encuentra en la siguiente dirección: https://ghanalisispuestos.poder-judicial.go.cr/index.php/manualdescriptivo-de-clases-de-puestos.

II. Fases que constituyen los concursos:

  Inscripción electrónica en el concurso.

  Quienes cumplan con los requisitos establecidos, deberán aplicar un examen escrito en la fecha que defina la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

  Solo las personas que obtengan en el examen escrito una nota igual o superior al 70, podrán realizar la prueba oral, en la fecha que defina la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

  Entrevista por parte de los y las integrantes del Consejo de la Judicatura.

  Valoraciones por parte de las personas profesionales de la Unidad Interdisciplinaria de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial en las áreas de psicología, medicina, trabajo social e investigación de antecedentes.

  Cierre del concurso por parte del Consejo de la Judicatura. Se realizará de acuerdo con lo señalado en el promedio final de elegibilidad del presente cartel.

  Ingreso de promedios de las personas que resulten elegibles al respectivo escalafón, una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto final del concurso.

III. Acerca de la inscripción a los concursos: La inscripción debe realizarse de manera electrónica, por ello es imprescindible que las personas oferentes se inscriban en los concursos a través del Sistema GH en Línea.

La guía para el registro de Usuario y Contraseña para el ingreso al Sistema GH en Línea la encuentra en las siguientes direcciones electrónicas:

Intranet: http://sjoaplpro16/ghenlinea2/

Internet: https://pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/

Inscripción a los concursos una vez que se haya ingresado al Sistema GH en Línea:

  En la barra superior del Sistema GH en Línea, posesionarse enTrámites” y luego enConcursos y Convocatorias”.

Imagen que contiene Interfaz de usuario gráfica

Descripción generada automáticamente

  Dentro de “Concursos y Convocatorias”, buscar el apartado de Concursos Carrera Judicial y presionarConcursos Lista de Elegibles”.

Interfaz de usuario gráfica, Aplicación

Descripción generada automáticamente

  Posesionarse y seleccionar el registro, y seguir las instrucciones señaladas hasta el final para lograr con éxito la inscripción a los concursos.

Interfaz de usuario gráfica, Patrón de fondo

Descripción generada automáticamente con confianza media

La inscripción será única y exclusivamente por este medio y queda registrada en línea automáticamente. Esta oficina habilita el Sistema GH en Línea las veinticuatro horas hasta la fecha de vencimiento del período de inscripción del concurso.

Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que complete todos los espacios requeridos en el formulario. Al final del proceso de inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura que ésta se efectuó con éxito, de ahí que la Sección Administrativa de la Carrera Judicial no extenderá comprobantes de inscripción. Caso contrario la solicitud será desestimada.

Los TEMARIOS de las pruebas están disponibles en la siguiente dirección electrónica.

Internet e intranet: https://ghcarrerajudicial.poderjudicial.go.cr/index.php/materialdeestudiopag.

La Sección Administrativa de la Carrera Judicial no cuenta con material de estudio ni prácticas de examen para las pruebas, de ahí que le corresponde a cada persona aspirante buscar y contar con dicho material.

IV. Documentos a presentar: De acuerdo con el procedimiento que se señala en el apartado III del presente cartel, los documentos correspondientes a los atestados deben subirse en formato electrónico por medio del Sistema GH en Línea a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores al vencimiento de la fecha límite para la inscripción a los concursos, fecha que se establece como Corte para contabilizar los atestados presentados. Esta disposición rige para quienes oferten por primera vez. En el caso de las personas servidoras judiciales únicamente deben aportar los atestados que no consten en su expediente electrónico, el mismo lo pueden revisar en GH en línea.

Es responsabilidad de cada persona servidora judicial activa al momento de inscribirse en un proceso de selección, verificar que los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos se encuentren al día en su expediente personal (previo a la fecha de cierre). No se deben remitir atestados duplicados.

Excluyentes:

  Licenciatura en Derecho. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados de Costa Rica y encontrarse al día con las obligaciones. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

Otros:

  Si no labora en el Poder Judicial. Documento del Banco de su elección que contenga el número de Cuenta Iban y Cuenta Cliente. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Bachiller de secundaria. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

Deseables: Tienen puntaje para la calificación.

  Documento que acredite la experiencia externa al Poder Judicial como profesional en Derecho. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

Empresa o institución: Constancia emitida por esta que especifique:

  Los puestos profesionales desempeñados.

  Requisitos y especialidad de los puestos desempeñados.

  La fecha de rige y vence de los períodos laborados.

  Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.

  El motivo de salida; Además indicar si hubo o no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.

Abogado y Abogada litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los períodos en los cuales ejerció libremente la profesión en derecho, acompañada de un comprobante de Tributación Directa, que muestre que la persona profesional es contribuyente y se desempeña en el área del derecho, incluyendo la fecha de inicio y fin, además de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.

  Certificación o constancia de las notas universitarias de los grados académicos obtenidos en la carrera universitaria en derecho emitidas por la universidad. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Certificación o constancia emitida por la universidad respectiva que al obtener el título de licenciatura en Derecho se encontraba acreditada por el Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Constancia como persona docente universitario en Derecho emitida por universidad, deberá contener membrete y especificar el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el año que la impartió. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Certificado que le acredite la especialidad por la aprobación del Programa de Formación General básica para jueces y juezas o título de especialidad, maestría o doctorado en cualquiera de las ramas del Derecho. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Publicaciones de libro u ensayos atinentes a la disciplina del Derecho que cuenten con Consejo Editorial. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

  Certificados de capacitación recibida atinente a la disciplina del derecho, para su reconocimiento la capacitación debe haberse recibido posterior a la incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados, que contenga la cantidad de horas y ser impartida por alguna institución de renombre. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).

V. Procedimiento para subir al sistema gh en línea los documentos correspondientes a los atestados en formato electrónico PDF: Escanear cada documento, crear el archivo digital en formato PDF e identificar los documentos. Cada archivo no debe sobrepasar los tres megas como máximo. Caso contrario el Sistema GH en Línea no lo subirá a la plataforma.

Si es una persona empleada judicial, o una persona que en algún momento laboró para el Poder Judicial, y requiere actualizar el expediente personal, es obligatorio que remita a la cuenta de correo electrónico del señor Set Durán Carrión sduranc@poderjudicial.go.cr la documentación correspondiente.

Si es una persona que NO es empleada judicial, debe ingresar a la dirección electrónica https://pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/ para subir al Sistema GH en Línea los documentos correspondientes a los atestados y seguir las siguientes instrucciones:

Al concluir su inscripción en los concursos y si ya tiene la documentación escaneada de los archivos digitales en PDF.

  Seleccioneadjuntar archivo”, presioneexaminar”, y en la pantalla emergente debe buscar y seleccionar los archivos digitales en PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

Para ver la imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF

  Presionarsubir atestados”.

Durante el periodo de inscripción o vencida la inscripción a los concursos, pero dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha límite de inscripción a los concursos:

  Ingresar el Usuario y Contraseña creado desde la inscripción para el ingreso al Sistema GH en Línea.

  En la barra superior del Sistema GH en Línea, posesionarse enSu Consulta” y luego enHistórico de Ofertas”.

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  Dentro de “Histórico de Ofertas”, buscar el apartado de Concursos de elegibles vencidos Carrera Judicial y presionarConcursos Elegibles Vencidos”.

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  Sin marcar el check seleccioneGuardar Atestados”.

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  Seleccioneadjuntar archivo”, presioneexaminar”, y en la pantalla emergente debe buscar y seleccionar los archivos digitales en PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

Para ver la imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF

  Presionarsubir atestados”.

Los documentos deben ser remitidos dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha límite de inscripción a los concursos:

  El Sistema GH en Línea no permite subir los archivos digitales en PDF a la plataforma.

Los documentos escaneados de los archivos digitales en PDF quedan agregados en forma automática en un buzón, el cual será revisado y descargado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

VI. De los componentes por valorar:

  Examen: Las personas aspirantes deberán rendir una prueba escrita que estará conformada por 80 ítems de selección única que abordarán los temas fundamentales del temario. Asimismo, quienes obtengan en el examen una nota igual o superior al 70, deberán realizar una prueba oral que se tratará de la resolución de un caso integrador que involucra las funciones propias del puesto por el que se aspira, y ésta segunda prueba será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.

Las notas de ambas pruebas (escrito - oral) tendrán un valor de 50% cada una del valor del examen, es decir 75% para el grado I, categorías de juez y jueza 1, 2 y 3; y para el grado II 70%, que conforma las categorías de juez y jueza 4 y 5.

El examen no representa el promedio de elegibilidad, por cuanto este porcentaje deberá ponderarse con otros factores, tales como: experiencia, promedio académico, entrevista, publicaciones, docencia, postgrados y capacitación.

A las personas que se presenten a las pruebas después de la hora citada no se les permitirá realizar las mismas y serán descalificados del concurso. De igual forma, a las personas que obtengan una nota inferior al 70 en el examen. De presentarse algún inconveniente que no permita el desarrollo normal de las pruebas éstas serán suspendidas y serán reprogramadas.

Las fechas de los exámenes que se les otorgue estarán sujetas a cambios, en caso de ser necesario.

  Entrevista: Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante. Será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.

  Experiencia profesional: Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Por lo que si posee experiencia externa al Poder Judicial, debe acreditarse mediante la siguiente documentación. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la documentación correspondiente:

Empresa o institución: Constancia emitida por esta que especifique:

  Los puestos profesionales desempeñados.

  Requisitos y especialidad de los puestos desempeñados.

  La fecha de rige y vence de los períodos laborados.

  Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.

  El motivo de salida; Además indicar si hubo o no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.

Abogado y Abogada litigante:

  Declaración jurada no protocolizada sobre los períodos en los cuales ejerció libremente la profesión en derecho, acompañada de un comprobante de Tributación Directa, que muestre que la persona profesional es contribuyente y se desempeña en el área del derecho, incluyendo la fecha de inicio y fin, además de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.

La Sección Administrativa de la Carrera Judicial determinará la experiencia como profesional en el área del Derecho en el Poder Judicial mediante el prontuario de puestos desempeñados.

En concordancia con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado el plazo de dos años desde el corte de experiencia anterior.

  Promedio académico: Para promediar este componente, debe remitir en formato electrónico PDF (ver punto V) certificación o constancia de las notas universitarias de los grados académicos obtenidos en la carrera universitaria en derecho emitidas por la universidad. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la certificación o constancia correspondiente emitida por la universidad respectiva.

  Docencia: Se reconocerá la docencia universitaria impartida en cursos atinentes a la disciplina del derecho, asignando una calificación total de 0.5, a razón de 0.05% por cada año efectivo, hasta un máximo de 10 años. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la certificación o constancia correspondiente emitida por la universidad respectiva.

  Acreditación en la Licenciatura SINAES: De acuerdo con el artículo 4 de la Ley N° 8798 conocida como Ley del Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior, se otorga 0.5 puntos a los títulos de licenciatura en derecho otorgados en universidades acreditadas. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la certificación o constancia correspondiente emitida por la universidad respectiva.

  Posgrado: Se reconocerán dos puntos por la especialidad, por la aprobación del Programa de Formación General básica para Jueces y Juezas o especialidad universitaria; tres puntos por la maestría y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro es de cinco puntos y no es acumulativo. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) el o los títulos correspondientes.

  Publicaciones: La guía para la calificación de los y las participantes en la Carrera Judicial contempla, únicamente, el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del Derecho que cuenten con Consejo Editorial y previo estudio y reconocimiento de la Unidad de Componentes Salariales del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la documentación correspondiente.

  Capacitación recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, siempre que contengan la cantidad de horas establecidas; la capacitación sea impartida por alguna institución de renombre, atinente a la disciplina del Derecho y sea realizada luego de la incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Debe subir formato electrónico PDF (ver punto V) los certificados correspondientes.

Los certificados de capacitación deben cumplir los siguientes elementos:

Que provengan de la Escuela Judicial o cualquier órgano auxiliar de capacitación autorizado o supervisado por ésta.

Que provengan de un centro de educación superior público o privado reconocido y avalado por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.

Que provenga de un centro encargado de la formación profesional dentro de un Colegio Profesional.

En el ámbito internacional, los certificados deben respaldarse por un organismo al que pertenezca Costa Rica o por un centro de enseñanza superior autorizado en el país de origen.

Cualquier otro certificado emitido por una institución del Estado siempre y cuando sea atinente a la Judicatura.

  Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicología: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicología, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección.

Asimismo, en vista de que el resultado de la evaluación interdisciplinaria es un peritaje integral, el mismo podrá ser comunicado una vez finalizada la evaluación en las tres áreas, por lo que no se emitirán criterios técnicos preliminares o por área.

La información que se obtenga de las valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos casos que se considere pertinente para mejor resolver. Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.

Los resultados que se obtengan en la evaluación de Trabajo Social, específicamente en el estudio sociolaboral y de antecedentes, relacionados con aspectos de la ética y moral, tendrán carácter vinculante. Por ello las personas que alcancen un resultado desfavorable serán descalificadas de los concursos en forma inmediata. Esta disposición se regirá con las normas establecidas en el Reglamento de la Unidad de Investigación Sociolaboral y Antecedentes (UISA) de la Sección Reclutamiento y Selección, con la excepción de lo estipulado en los artículos 13 y 14, relativo a las apelaciones, por cuanto las mismas serán atendidas por el Consejo de la Judicatura, Órgano Rector de la Carrera Judicial. Por lo tanto, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la UISA, quiénes obtengan resultado no favorable no podrán participar en ningún concurso mientras no se hayan cumplido los períodos establecidos, según sea el caso.

  Promedio final de elegibilidad: Se hará en el mismo momento a todas las personas participantes de un mismo concurso, por cuanto consta de un procedimiento único, con fases de cumplimiento iguales para los y las participantes. Esta regla aplica para las personas que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen para mejorar la nota. Salvo disposición contraria por el Consejo de la Judicatura o bien, que por interés institucional de contar con suficientes elegibles para llenar las plazas vacantes e interinas en cargos de la judicatura a la mayor brevedad; o con motivo de retrasos justificados o no atribuibles a la persona aspirante en la tramitación de algunas de las fases de los concursos, se finalizará el concurso y excluirá temporalmente aquellas personas que tengan pendiente cumplir con alguna de las fases del proceso, sin perjuicio de que cuando hayan completado con la totalidad de los requisitos y procede, se incorporen en el respectivo escalafón.

Si el promedio final es inferior a 70, no procederá en el futuro la modificación del promedio obtenido mediante la recalificación de los distintos factores. Consejo de la Judicatura, sesión CJ362001, artículo VIII, celebrada el 23 de octubre de 2001.

  Convalidación del promedio de elegibilidad: Procede convalidar el promedio obtenido en un concurso a otro de inferior categoría en la misma materia, esta gestión se realiza a solicitud de parte y una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto final del concurso donde está participando. Para ello, deberá haber obtenido un promedio igual a 70 o superior. Esta regla aplica para las personas que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen para mejorar la nota.

VIII. Sobre las reprogramaciones, exclusión y sanción.

  Exclusión: No se aceptarán solicitudes de exclusión del concurso una vez que la persona se encuentre inscrita, excepto por motivos de fuerza mayor y debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Consejo de la Judicatura, para lo cual deben presentar los comprobantes respectivos en forma oportuna.

  Reprogramación para prueba escrita: Proceden en casos calificados debidamente justificados que serán valorados, para lo cual debe remitir la solicitud y los comprobantes que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen.

  Reprogramación para prueba oral: Proceden en casos calificados debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Tribunal Examinador, para lo cual debe remitir la solicitud y los comprobantes que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen.

No se aceptarán solicitudes de reprogramación o exclusión por asuntos de trabajo, salvo en casos emergentes que serán valorados por el Tribunal Examinador o el Consejo de la Judicatura, respectivamente.

Sobre este tema y en relación a las exclusiones por motivos de la pandemia provocada por el COVID-19 es importante señalar que la Sección Administrativa de la Carrera Judicial garantizará el cumplimiento de los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud al momento de aplicar las pruebas, razón por la cual no se aceptarán solicitudes de exclusión fundamentadas en este tema, con excepción de aquellos casos en los que se presente documentación médica que respalde la gestión.

Además, según lo establecido por el Consejo de la Judicatura en la sesión CJ202019 del 12 de junio del 2019, artículo VI, las personas participantes en los concursos y que por razones justificadas no se presenten a realizar las pruebas en las fechas establecidas, se les reprogramará la prueba por una única vez. De no presentarse en la fecha asignada para la reprogramación de las pruebas, corresponderá la descalificación del concurso, a cuyos efectos la parte interesada deberá de presentar la justificación correspondiente, que será valorada por ese Consejo. En caso de no hacerlo se procederá con la descalificación aplicando la sanción establecida en el artículo 75 de la Ley de Carrera Judicial.

  De la sanción: En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, no podrán participar en estos concursos aquellas personas que fueron descalificadas de un concurso anterior de la misma categoría y materia, cuya descalificación ya le haya sido comunicada por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial. Si no se le hubiera comunicado si podrá participar.

Al finalizar cada uno de los concursos, serán descalificadas y no podrán participar en el siguiente concurso de la misma categoría y materia, las personas que se inscribieron en este y no continuaron con el proceso respectivo por cualquiera de los siguientes motivos:

    Quienes no se presentaron a realizar el examen, se presentaron después de iniciado el examen y a quienes se le anule el examen.

    Quienes no alcancen la nota mínima en el examen.

    Aquellas personas participantes que obtengan en la prueba escrita y oral una nota igual o superior al 70, pero que sumados los componentes evaluables no logran alcanzar en el concurso un promedio final igual o superior al 70, “aplazados”, no quedarán elegibles.

En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, no podrán participar en los presentes concursos aquellas personas que fueron descalificadas de un concurso de la misma categoría y materia, según se detalla:

Concurso CJ-01-2022 de Juez y Jueza 2 Ejecución de la Pena. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

  Las personas descalificadas del concurso CJ-01-2020 de juez y jueza 2 Ejecución de la Pena, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Concurso CJ-02-2022 de Juez y Jueza 3 Agrario. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

Las personas descalificadas del concurso CJ-07-2021 de juez y jueza 3 Agrario, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Concurso CJ-04-2022 de Juez y Jueza 3 Penal. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

Las personas descalificadas del concurso CJ-04-2020 de juez y jueza 3 Penal, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Concurso CJ-06-2022 de Juez y Jueza 3 Familia. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

  Las personas descalificadas del concurso CJ-03-2020 de juez y jueza 3 Familia, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Concurso CJ-07-2022 de Juez y Jueza 4 Civil. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

  Las personas descalificadas del concurso CJ-04-2021 de juez y jueza 4 Civil, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

Concurso CJ-08-2022 de Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones. No podrán participar en este concurso por su condición, las siguientes personas:

  Las personas descalificadas del concurso CJ-08-2020 de juez y jueza 5 Penal Apelaciones, que no se presentaron al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.

IX. De las notificaciones: La Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizará el correo electrónico para todos los efectos como único medio de notificación. Para ello, deberá indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección y se tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónico: carrera-jud@poderjudicial.go.cr.

X. Información adicional. Cumplir con lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

Todas las personas que aspiran laborar o laboren para el Poder Judicial, deben acatar obligatoriamente los lineamientos establecidos en el Reglamento de vestimenta formal tanto para hombres como para mujeres aprobado por la Corte Plena y que está a su disposición en la página web.

Por ser éste un servicio que requiere atención permanente es inherente al puesto, el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad del personal. Pueden ser reubicadas en función de la carga de trabajo en cualquier zona del país por uso eficiente del recurso y del servicio público; por esa razón, además, podrían laborar en horarios vespertinos y hasta en jornadas semanales de cinco días que involucren los fines de semana y estar sujeto a disponibilidad.

Las plazas de jueces y juezas supernumerarios pueden ser ubicadas en jornada vespertina o en cualquier parte del país, a fin de atender las necesidades donde el servicio público lo requiera.

La información que se obtenga de las valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos casos que se considere pertinente para mejor resolver. Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.

Las personas que resulten nombradas en los cargos de juez y jueza 1 y en caso de que se requiera, deben asumir las funciones propias del Servicio de Facilitadores y Facilitadoras Judiciales, como parte de sus funciones regulares.

El Consejo de la Judicatura en la sesión 2116 del 14 de junio de 2016, artículo XVIII, dispuso que las personas oferentes que resulten elegibles deberán de gestionar la firma digital por su cuenta.

En cumplimiento a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635), así como lo dispuesto por la Corte Plena en la sesión N° 1119 del 18 de marzo de 2019, artículo XIV, el reconocimiento del pago del Componente Salarial de Prohibición está sujeto a los porcentajes estipulados en la norma. Por lo tanto, las personas profesionales en derecho que ingresen o reingresen a laborar a este Poder de la República en una fecha posterior al 04 de diciembre de 2018 o tengan un ascenso por primera vez posterior a esa misma fecha se les cancelará el porcentaje que por Ley corresponde.

Asimismo, al participar en este proceso, la persona oferente da fe que conoce los alcances del Reglamento denominadoRegulación para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los conflictos de interés en el Poder Judicial”, mediante el cual toda persona se obliga a cumplir las funciones que le confiere la ley, acatando los deberes de imparcialidad y probidad que orienten la satisfacción del interés público, es decir, con rectitud, buena fe y en estricto apego a la legalidad. (Acuerdo de Corte Plena, sesión N° 14-19 del 1 de abril de 2019, artículo XIII).

La Circular de Secretaría de la Corte 072-2019 la puede encontrar en la siguiente dirección electrónica:

https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/avi-1-0003-6250

Además se indica que según con lo establecido en la Circular 239-2021 es obligatorio para todas las personas servidoras del Poder Judicial estar debidamente vacunados (as) contra el COVID-19.

Se insta a las mujeres a participar en este proceso (sesión Corte Plena N° 0313, del 21 de enero de 2013, artículo XXVIII).

Consultas: Sección Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a.m. a 12 m.d., y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3781/ 62114208 Maribel Quintero Ureña / 89370618 Ana Laura Ureña Morales /2295-3781 recepción o a los correos electrónicos: carrerajud@poderjudicial.go.cr; aurenam@poderjudicial.go.cr; mquintero@poderjudicial.go.cr

ESTOS CONCURSOS VENCEN EL

06 DE MARZO DEL 2021

Para trámite personal hasta las 4:30 p.m. y para la inscripción por medios electrónicos, se habilita las 24 horas de la fecha indicada.

Olga Guerrero Córdoba.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022617991 ).

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Remate

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la parte exterior del “Área de Manifestación” del Juzgado de Trabajo de Cartago, y con una base de dieciséis millones treinta y un mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones (¢16,031,448.00) -monto que corresponde al valor fiscal actualizado (27 de Octubre del año 2020) certificado por la Municipalidad de Oreamuno-; sáquese a remate la finca partido Cartago número 140735---003, que es propiedad del demandado Franklin Manuel Brenes Valverde, cédula de identidad número 7-0098-0296, en calidad de dueño de un medio en el usufructo; y que tiene las siguientes características: naturaleza: terreno para construir; situada en el distrito 1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno de la provincia de Cartago; linderos: norte, Julio Valverde Gómez; sur, calle pública con 11,90 mts; este, Manuel Brenes Valverde y oeste, calle pública con 15,40 mts; mide: ciento setenta y nueve metros con treinta y ocho decímetros cuadrados; plano: C-0100537-1993; y soporta cuatro gravámenes bajos las siguientes citas: 800-718208-01-0001-001, 800-718209-01-0001-001, 800-718210-01-0001-001 y 800-718211-01-0001-001. Para tal efecto, se señala el primer remate a las nueve horas y cero minutos del veintiuno de abril del dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones treinta y un mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones (¢16,031,448.00). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós, con la base de doce millones veintitrés mil quinientos ochenta y seis colones (¢12,023,586.00) -rebajada en un 25%. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de mayo del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones siete mil ochocientos sesenta y dos colones (¢4,007,862.00), un 25% de la base original. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral en ejecución de Xinia Patricia Siles Cerdas contra Franklin Manuel Brenes Valverde, que se tramita bajo el expediente número 19-001698-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 25 de noviembre del año 2021.—Msc. Rónald Figueroa Acuña, Juez Decisor.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626987 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Duban Sánchez Gómez, cédula de identidad número 601420112, fallecido el 24 de junio del 2011, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias promovidas por María Teresa Moya Vargas, cédula de identidad número 501670425, de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000037-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000037-0929-LA. Por Operadora de Pensiones Banco Popular a favor de Duban Sánchez Gómez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de enero del 2021.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626805 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Francisco Agüero Chacón, 0104480146, fallecido el 25 de abril del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el N° 22-000047-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000047-1001-LA. Por Yesenia Gabriela Corrales Serrano a favor de José Francisco Agüero Chacón.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 08 de febrero del 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626870 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Franklin Alberto Díaz Briceño 0601340325, fallecido el 09 de diciembre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000150-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 22- 000150-0643-LA. Por BN Vital Operadora de Planes de Pensiones Complementarias Sociedad Anónima a favor de Franklin Alberto Díaz Briceño.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 22 de febrero del año 2022.—Msc. Allan Roberto Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022626871 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Marchena Gómez cédula de identidad N° 06-02030236, quien fue mayor, soltero, desempleado, vecino de Guanacaste, Santa Cruz, El Cacao, de la pulpería El Manguito, próxima entrada, y falleció el nueve de octubre del dos mil nueve (09/10/2009), se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el Número 22-000042-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000042-0775-LA. Por Jeannette Gregoria Marchena Gómez 0600970341 a favor de ella misma.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 18 de febrero del 2022.—Licda. Laura Del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626872 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: José Luis Solano Porras, 0203580750, fallecido el 08 de marzo del 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Personas Fallecidas bajo el número 21-002344-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-002344-0505-LA. Por Roxana Calderón Obaldía a favor de José Luis Solano Porras.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 05 de enero del 2022.—Licda. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626873 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 390-03415-01-0901-001, servidumbre de acueducto citas: 464-05993-01-0007-001, servidumbre de paso citas: 464-05993-01-0010-001, demanda penal citas: 2013-326880-01-0002-001. Expediente 13-000911-0612-PE; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 351244-000., derecho , la cual es terreno pasto. Situada en el distrito 6- Pital , cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte, Alvaragui Sociedad de Responsabilidad Limitada; sur, Alvaragui Sociedad de Responsabilidad Limitada; este, Alvaragui Sociedad de Responsabilidad Limitada; oeste, calle pública con un frente de 25 metros. Mide: novecientos veintitrés metros con sesenta y siete decímetros cuadrados, plano: A-0388264-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodce de Palmares S.A contra Linda Fruta Sociedad Anónima Expediente 14-000209-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y seis minutos del uno de Junio del dos mil veintiuno.—Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—( IN2022626232 ).

En este Despacho, con una base de trece mil ciento sesenta y ocho dólares con sesenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BLW704, marca: Fiat, estilo: uno, categoría: automóvil, serie / chasis / vin: 9BD195A44H0770227, tracción: 4x2, año fabricación: 2017, color: plateado, N° motor: 2917354, modelo: Atractive, cilindrada: 1400 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cincuenta minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintidós, con la base de nueve mil ochocientos setenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del tres de junio del dos mil veintidós, con la base de tres mil doscientos noventa y dos dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Steven José Loaiza Jiménez. Expediente N° 20-013174-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de noviembre del 2021.—Marvin Hernández Calderón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022626240 ).

En este Despacho, con una base de diez millones setecientos sesenta y seis mil ochocientos noventa y seis colones con once céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-293661, marca Toyota, Estilo Hilux, categoría carga liviana, año 2017, color blanco, chasis MR0KS8CDXH1101893. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós con la base de ocho millones setenta y cinco mil ciento setenta y dos colones con ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de junio de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos noventa y un mil setecientos veinticuatro colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Humberto Farid Chen Garbanzo. Expediente 21-004226-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dieciocho minutos del diecinueve de Enero del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022626243 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paja de agua; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuarenta mil ochocientos noventa y cuatro derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno actualmente con una casa. Situada: en el distrito 6-Esquipulas, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 12 metros; al sur, José Daniel Meléndez Alfaro; al este, José Daniel Meléndez Alfaro, y al oeste, José Daniel Meléndez Alfaro. Mide: doscientos sesenta y seis metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós, con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de abril del dos mil veintidós, con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Carlos Madrigal Soto, Miguel Ángel Salas Araya contra José Carlos Vásquez Pacheco, Yeymy Yajaira Pacheco Thomas. Expediente N° 21-002100-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 01 de diciembre del 2021.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2022626249 ).

A las diez horas del veintitrés de marzo del dos mil veintidós (10:00 a.m. de miércoles 23/03/2022), en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones al tomo: 342, asiento: 02988, servidumbre sirviente al tomo: 385, asiento: 13856, servidumbre de paso al tomo: 524, asiento: 13940, servidumbre de paja de agua al tomo: 524, asiento: 13940, plazo de convalidación (rectificación de medida) al tomo: 562, asiento: 06477, servidumbre de paso, de paja de agua, y servidumbre de líneas eléctricas y de paso al tomo: 564, asiento: 00197, limitaciones vencidas del artículo 292 del Código Civil, al tomo: 565, asiento: 17601, anotación de demanda ordinaria al tomo: 574, asiento: 54318, sin sujeción a tipo, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil setecientos ochenta y cinco-cero cero cero (148.785-000), la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Corporación Delfos Internacional Sociedad de R.L. con servidumbre de paso en medio de setenta y dos metros con noventa y seis centímetros lineales; al sur, Villa Mono Araña J.P.E Veintisiete Crema S. A.; al este, Corporación Delfos Internacional Sociedad de R.L., con servidumbre de paso con un frente de sesenta y cinco metros con cincuenta y un centímetros lineales, y al oeste, Villa Topacio J.P.E. Veintitrés Plata S. A. Mide: cuatro mil quinientos cuarenta y ocho metros con noventa y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-1050658-2006. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Édgar Antonio Miranda Jaén contra Villa Mono Cariblanco J.P.E Veintiséis Hueso S. A. Expediente N° 07-000581-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil).—Lic. Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez Decisor.—( IN2022626312 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil treinta y ocho dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 19-000966-1729-TR 2019-76200544; sáquese a remate el vehículo Placa: SJB 017358 marca: Hyundai Estilo: H1 categoría: microbús capacidad: 12 personas año fabricación: 2015 cilindrada: 2500 c.c combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas diez minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas diez minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de doce mil setecientos setenta y ocho dólares con setenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas diez minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base de cuatro mil doscientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Graciela Edicta Pérez Bermúdez. Expediente 21-006680-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y uno minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022626323 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil quinientos diecinueve dólares con cuarenta y seis centavos, sáquese a remate el vehículo: BKJ772, Marca: Hyundai, Estilo: Tucson GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHJ2813AGU068926, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: KMHJ2813AGU068926, año fabricación: 2016, color: azul y Vin: KMHJ2813AGU068926. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós, con la base de diez mil ochocientos ochenta y nueve dólares con sesenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con la base de tres mil seiscientos veintinueve dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra José Jairo Campos Monge. Expediente N° 21-006675-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: seis horas con treinta y ocho minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno.—M.Sc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022626324 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil quinientos sesenta colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: AB 007536, Marca: Hyundai, Estilo: H1, Categoría: microbús, número Chasis: KMJWA37HAHU906941, año: 2017, N° Motor: D4BHH005151, Modelo: GDBC4C855 G GJLA, cilindrada: 2500 c.c., combustible: diésel. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del once de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con la base de catorce mil seiscientos setenta colones con veintitrés céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil ochocientos noventa colones con ocho céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Transporte Turísticos Arenal Azul V I P Sociedad Anónima. Expediente N° 21-004344-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con nueve minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2022626325 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil quinientos setenta y ocho dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: CL283398, marca: Isuzu, estilo: D Max LS, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, chasis: MPATFS86JFT008083, carrocería: CAM-PU, tracción: 4x4, año: 2015, color: rojo, cilindrada: 2500 C.C, combustible: diesel, número de motor: 4JK1MS9114. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dos de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del diez de junio del dos mil veintidós, con la base de trece mil novecientos treinta y tres dólares con sesenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de junio del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil seiscientos cuarenta y cuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Star Cars Sociedad Anónima contra Roy Alberto Porras García. Expediente N° 21-000038-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de diciembre del 2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Juez/a Decisor/a.—( IN2022626326 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta mil doscientos cincuenta y seis dólares con cuarenta centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito 0800 00713533 001; sáquese a remate el vehículo: BBK384, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCT51CACU024847. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós, con la base de treinta mil ciento noventa y dos dólares con treinta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con la base de diez mil sesenta y cuatro dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Reynaldo José González Guillén. Expediente N° 21-006688-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: doce horas con ocho minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2022626327 ).

En este Despacho, con una base de tres mil novecientos cinco dólares con ochenta y tres centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, número boleta 2014-57400040, Número de Sumaria 14-600080-0240-TC, del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Mora; sáquese a remate el vehículo placas BFR767, Marca: Chevrolet, Estilo: Spark LS, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie, número chasis y Vin: KL1MJ6C43EC020482, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2014, color: blanco, N. Motor: A08S3133110272, cilindrada: 800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas veinte minutos del tres de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas veinte minutos del trece de junio de dos mil veintidós, con la base de dos mil novecientos veintinueve dólares con treinta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas veinte minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós, con la base de novecientos setenta y seis dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Star Cars Sociedad Anónima contra Lei Wang -, Servicios de Ruteo SERUSA S. A. Expediente 21-010893-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de noviembre del año 2021.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022626328 ).

En este Despacho, con una base de seis mil trescientos treinta y nueve dólares con cincuenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BBC986, Marca: Hyundai, estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCT41DACU117643, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2012, color: celeste, Vin: KMHCT41DACU117643, N° Motor: G4FCBU661422, marca: Hyundai, Modelo: SBS4D2615 D G716, cilindrada: 1600 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas con treinta minutos del siete de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas con treinta minutos del veintidós, de abril del dos mil veintidós con la base de cuatro mil setecientos cincuenta y cuatro dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas con treinta minutos del dos de mayo del dos mil veintidós, con la base de mil quinientos ochenta y cuatro dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Carlos Antonio Osegueda Villegas. Expediente N° 21-011154-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del 2021.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2022626329 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil doscientos treinta y nueve dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BQZ801, marca: Chevrolet, estilo: Spark LT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, color: blanco, tracción: 4x2, VIN: KL1CJ6CA5JC418207, N° motor: LV7172440272, cilindrada: 1400 C.C, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las once horas diez minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas diez minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de diez mil seiscientos setenta y nueve dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas diez minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de tres mil quinientos cincuenta y nueve dólares con ochenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Mario Antonio Céspedes Chaves. Expediente N° 21-011232-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del 2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2022626330 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés mil seiscientos dieciséis dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: MJM-015, marca: Nissan, categoría: automóvil, serie: SJNFBNJ11JA099662, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: SJNFBNJ11JA099662, año fabricación: 2018, color: blanco, vin: SJNFBNJ11JA099662, estilo: Qashqai, capacidad: 5 personas. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del tres de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del once de mayo del dos mil veintidós, con la base de diecisiete mil setecientos doce dólares con doce centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós, con la base de cinco mil novecientos cuatro dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Mario Armando Villanueva Mendoza, Rodgers Zhivago Levisey. Expediente N° 20-000579-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: quince horas con veinte minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2022626340 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando servidumbre trasladada citas: 327-05994-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2014-233000-01-0003-001, servidumbre citas: 2017-453240-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 521284-000, naturaleza: terreno para construir con una vivienda de interés social. Situada: en el distrito 3-San José, cantón 6-Naranjo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Marvin Rodríguez Elizondo, Ronald Méndez Steller y Elidier Steller Araya con servidumbre en medio de 3 mts de ancho; sur, Ana Cecilia Carvajal Madrigal; este, Jacqueline Rodríguez Carvajal; oeste, resto de finca. Mide: ciento setenta y tres metros cuadrados. Plano: A-1721411-2014. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós, con la base de un millón cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ismael García Guillén, Yeseira Lisseth Hernández Moran. Expediente N° 21-002636-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y tres minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022626346 ).

En este Despacho, con una base de siete mil dieciocho dólares con noventa centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BQJ641, Marca: Suzuki, estilo: Alto DX, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año: fabricación: 2018, color: gris, Vin: MA3FB32S5J0A73015, cilindrada: 800 c.c., cilindros: 3, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del once de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas con cincuenta minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós, con la base de cinco mil doscientos sesenta y cuatro dólares con diecisiete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con la base de mil setecientos cincuenta y cuatro dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Jordy Josué Escobar Rodríguez. Expediente N° 21-014214-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del 2021.—Licda. Jenny María Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2022626378 ).

En este Despacho, con una base de once mil ciento sesenta y un dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BPB003, marca: Ford, estilo: Figo, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: azul, vin: MAJTKNFE6HTT49607, cilindrada: 1500 C.C, combustible: gasolina, N° motor: UEKDTT49607. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil veintidós, con la base de ocho mil trescientos setenta y un dólares con nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de julio del dos mil veintidós, con la base de dos mil setecientos noventa dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa Sociedad Anónima contra Olga María Valdez Cuadra. Expediente N° 21-021490-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de enero del 2022.—Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2022626380 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones novecientos cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y nueve colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate vehículo placas: BLT191, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: MMBGUKS10HH001469, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: MMBGUKS10HH001469, año fabricación: 2017, color: azul, vin: MMBGUKS10HH001469, N° motor: 4N15UBA0985, modelo: KS1WGUPFPL, cilindrada: 2400 C.C, cilindros: 4, potencia: 132 Kw, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones novecientos sesenta y ocho mil seiscientos diecinueve colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de cinco millones novecientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y nueve colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica (antes Banco Crédito Agrícola de Cartago) contra Antonio de la Trinidad Álvarez González. Expediente N° 18-006042-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de febrero del 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz.—( IN2022626443 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y dos millones doscientos doce mil ochocientos treinta y un colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 115034-000, la cual es terreno de café con una fábrica. Situada: en el distrito: 01-Atenas, cantón: 05-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Álvaro Vargas; al sur, calle pública; al este, Carlos Castro, y al oeste, Carlos Soto. Mide: seiscientos noventa y cinco metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0311162-1978. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con la base de treinta y un millones seiscientos cincuenta y nueve mil seiscientos veintitrés colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con la base de diez millones quinientos cincuenta y tres mil doscientos siete colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Sociedad Los Herederos Sociedad Anónima. Expediente N° 19-003698-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: nueve horas con uno minutos del veintisiete de mayo del dos mil veintiuno.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez Decisor.—( IN2022626455 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones seiscientos treinta y seis mil ochocientos sesenta y nueve colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas: 0259-00000778-01-0901-001, medianería bajo citas: 0338-00012879-01-0004-001, 0394-00005594-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecinueve mil novecientos cuarenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno bloque B terreno con una casa lote número 19. Situada: en el distrito: 08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 20-B; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, lote 18-B. Mide: ciento treinta y seis metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones doscientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y un colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con la base de cinco millones cuatrocientos nueve mil doscientos diecisiete colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Christofer Ávila Villalobos. Expediente N° 21-002889-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y seis minutos del trece de enero del dos mil veintidós.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022626456 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones quinientos noventa y un mil setecientos setenta y dos colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos sesenta y cuatro mil ciento ochenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito: 01-Orotina, cantón: 09-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juana Antonia Picado Álvarez; al sur, carece de este lindero, por ser el lote de forma triangular; al este, calle pública, con 27.96 metros de frente; y al oeste, calle pública, con 34.90 metros de frente. Mide: trescientos noventa y cinco metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones novecientos cuarenta y tres mil ochocientos veintinueve colones con doce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril del dos mil veintidós, con la base de cinco millones seiscientos cuarenta y siete mil novecientos cuarenta y tres colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alonso Mauricio Mata Méndez. Expediente N° 21-005429-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas con veintiocho minutos del siete de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2022626457 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones novecientos treinta y cuatro mil doscientos cincuenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos, soportando servidumbre de paso citas: 2017-214514-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 363979---000, naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito: 02-San Isidro, cantón: 03-Grecia de la provincia de Alajuela, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Alicia Alfaro Alfaro; sur, servidumbre de paso con 20,54 metros de frente; este, Andrea Alfaro Rojas; oeste, Andrea Alfaro Rojas y Bolivia Alfaro Rojas. Mide: mil seis metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0690087-2001. Identificador predial: 203020363979. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con la base de treinta y ocho millones novecientos cincuenta mil seiscientos noventa y cuatro colones con quince céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del seis de abril del dos mil veintidós, con la base de doce millones novecientos ochenta y tres mil quinientos sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jhonny Gerardo Bogantes Porras, Merling Andrea Alfaro Rojas. Expediente N° 22-000200-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: once horas con treinta y seis minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022626458 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones ochocientos quince mil seiscientos noventa colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos dos mil trescientos noventa y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una vivienda. Situada en el Distrito: 06-San Rafael, Cantón: 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública y Tobías Salas Salas; al sur Tobías Salas Salas; al este, calle pública y al oeste Tobías Salas Salas. Mide: doscientos treinta y nueve metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones ochocientos sesenta y un mil setecientos sesenta y siete colones con noventa y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de abril de dos mil veintidós, con la base de cinco millones novecientos cincuenta y tres mil novecientos veintidós colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Eduardo Alonso Salas Núñez, Yorlene García Cabezas. Expediente:21-002041-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 22 de noviembre del año 2021.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza Tramitadora.—( IN2022626460 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones cuatrocientos sesenta mil novecientos setenta y dos colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes , pero soportando servidumbre trasladada citas: 154-02969-01-0002-001, servidumbre trasladada citas: 225-03175-01-0901-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-300027-01-0001-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2016-489462-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 160428-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número 26 identificada como FFPIM-026 apta para construir que podrá tener una altura máxima de 2 pisos destinada a uso residencial. Situada en el distrito: 07-Puente de Piedra, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso ACL-M1; al sur, FFPI M-027; al este, FFPI-M-027; y al oeste, FFPI-M-025. Mide: doscientos sesenta y seis metros con veintiséis decímetros cuadrados. Valor porcentual: 0.376. Valor medida: 0.00405. Plano: A-1952950-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil veintidós, con la base de dieciocho millones trescientos cuarenta y cinco mil setecientos veintinueve colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós, con la base de seis millones ciento quince mil doscientos cuarenta y tres colones con quince céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Montezuma contra Gaudy Gabriela Mora Retana. Expediente N° 19-003309-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con cuarenta y cuatro minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022626461 ).

En este Despacho, a) Con una base de cincuenta y cinco millones ciento sesenta y tres mil novecientos noventa y ocho colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 2015-413438-01-0001-001, servi. tubería de agua potable alcantarillado y de paso a favor AyA; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 118521-F-000, la cual es terreno finca filial 59 ubicada en el nivel 3 del edificio C destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el distrito: 01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de ducto mecánicos y shut de basura y pasillo y escalera de emergencia; al sur, área común construida de ducto mecánicos y shut de basura y vacío; al este, área común construida de ducto mecánicos y shut de basura, área de estar, pasillos, escaleras y ascensores, y al oeste, vacío. Mide: cincuenta y seis metros cuadrados. Plano: SJ-1838752-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, con la base de cuarenta y un millones trescientos setenta y dos mil novecientos noventa y nueve colones con ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con la base de trece millones setecientos noventa mil novecientos noventa y nueve colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). b) Con una base de dos millones cuatrocientos veintitrés mil seiscientos setenta y siete colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 2015-413438-01-0001-001, servi. tubería de agua potable alcantarillado y de paso a favor AyA; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 118683-F-000, derecho, la cual es terreno finca filial 221 ubicada en el nivel 1 destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada: en el distrito: 01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida acceso a estacionamientos; al sur, área común libre de zona verde; al este, filial 222, y al oeste, filial 220. Mide: catorce metros cuadrados. Plano: SJ-1838422-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, con la base de un millón ochocientos diecisiete mil setecientos cincuenta y siete colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con la base de seiscientos cinco mil novecientos diecinueve colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Liliana María Bermúdez Castro, María Gabriela González Bermúdez. Expediente N° 21-003765-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 31 de enero del 2022.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2022626462 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones cuatrocientos diecinueve mil trescientos veintinueve colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas: 0407-00015855-01-0270-001 y Reservas Ley Caminos: 0407-00015855-01-0364-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y seis mil trescientos setenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote uno, terreno de pastos y frutales. Situada en el distrito Tárcoles, cantón Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con lote dos; al sur, con servidumbre de paso; al este, con lote tres; y al oeste, con carretera nacional. Mide: setecientos sesenta y nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas diez minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas diez minutos del siete de abril del dos mil veintidós, con la base de trece millones sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y seis colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas diez minutos del dieciocho de abril del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones trescientos cincuenta y cuatro mil ochocientos treinta y dos colones con treinta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Daniel Sánchez Solís. Expediente N° 21-006424-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: siete horas con veintidós minutos del doce de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022626463 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y seis millones novecientos treinta y un mil doscientos cuarenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas: 0364-00007024-01-0900-001 y denuncia penal bajo citas: 2010-00087509-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 51680-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número treinta y cuatro del bloque G terreno apto para construir que se destinará a uso habitaciones el cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial once del bloque G; al sur, avenida dos, acceso vehicular; al este, finca filial treinta y tres, bloque G, y al oeste, finca filial treinta y cinco, bloque G. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del primero de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del once de julio del dos mil veintidós, con la base de cincuenta millones ciento noventa y ocho mil cuatrocientos treinta y siete colones con treinta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de julio del dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones setecientos treinta y dos mil ochocientos doce colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alan Eduardo Monge Sequeira, Condo G-Treinta y Cuatro Casa al Valle S. A. Expediente N° 11-100155-0642-CI.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022626464 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones doscientos siete mil ochocientos colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos tres, derecho cero cero uno y cero cero dos, el cual es terreno terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito: Cuatro Carrillos, Cantón: Ocho Poás, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública con un frente de 6.50 metros; al sur Rafael María Sánchez Alvarado; al este Lote J5 y al oeste Lote J3. Mide: ciento treinta y cuatro metros con cuatro decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del cuatro de abril del año dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Juan Rafael Brenes Alvarado contra Carmen Elieth Molina Rodríguez. Expediente:20-000134-0638-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de febrero del año 2022.—Lic. Elio Campos López, Juez.—( IN2022626473 ).

En este Despacho, con una base de once millones trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos once colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado citas: 2015-07620-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 139677-001-002, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Froilán Alvarado Vargas; al sur, Flory Alpízar Rojas; al este, Froilán Alvarado Vargas; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del quince de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós con la base de ocho millones quinientos diecinueve mil quinientos cincuenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós con la base de dos millones ochocientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y dos colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Eduardo Ivankovich Arce, Keyna María Ivankovich Zúñiga, Yolanda Zúñiga Masís. Expediente N° 19-018687-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de enero del 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2022626476 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y ocho mil trescientos cuarenta dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y condic ref:194162-000 citas: 336-00034-01-0901-001, servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0015-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0181-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0182-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0183-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0184-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0185-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0186-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0187-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0188-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0189-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0190-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0191-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0192-001 servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0193-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0194-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0195-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0196-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0197-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0198-001, servidumbre trasladada citas: 358-16290-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0920-001, condiciones ref:243424 - 000 citas: 403-15261-01-0921-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0922-001, servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0923-001, condiciones ref:245222-000, citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 101550-f, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: finca filial setenta y tres a e dos de una planta destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 8-San Rafael, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común libre calzada; al sur, área común libre zona verde; al este finca filial sesenta y cuatro etapa dos, y al oeste, área común libre juegos infantiles. Mide: ciento once metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de cincuenta y un mil doscientos cincuenta y cinco dólares con veinte centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil veintidós, con la base de diecisiete mil ochenta y cinco dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BCT S. A. contra Eduardo Enrique Zambrano Quintero. Expediente N° 21-010048-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y tres minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintidós.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2022626522 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada correspondiente a las citas: 373-19574-01-0911-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento veintiocho mil doscientos doce, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir Lote 1. Situada en el distrito: 03-Carmen, cantón: 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 10 metros; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, parque alameda medio con 16 metros. Mide: ciento cincuenta metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan la nueve horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Cartago contra Gerardo Alfredo Del Rosario Coto Alvarado. Expediente N° 15-021602-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de febrero del 2022.—Licda. Michelle Francine Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2022626542 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones cuarenta y un mil ciento noventa y nueve colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 573-72584-01-0012-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos doce mil noventa y siete, derecho cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote 3 -G con una casa. Situada en el distrito: 02-San José, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida pública quinta; al sur, Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aéreo Industriales R.L; al este, Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aéreo Industriales R.L y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintidós, con la base de treinta y ocho millones doscientos ochenta mil ochocientos noventa y nueve colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós, con la base de doce millones setecientos sesenta mil doscientos noventa y nueve colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Briceida Indira González Valle, Julio César López Morales, expediente N° 21-008023-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y nueve minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Manuel Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022626543 ).

En este Despacho, a) Con una base de cien millones quinientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y seis colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 212938, derecho 000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el Distrito 2-San Isidro, Cantón 8-El Guarco, de la Provincia de Cartago. Colinda: al norte Edith Monge Rojas; al sur Edith Monge Rojas; al este, calle pública y al oeste Víctor Manuel Monge Rojas. Mide: quinientos tres metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se fija la base en la suma de setenta y cinco millones cuatrocientos dieciséis mil seiscientos quince colones con veintidós céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, se fija la base en la suma de veinticinco millones ciento treinta y ocho mil ochocientos setenta y un colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). b) Con una base de once millones novecientos treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 211581, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el Distrito 2-San Isidro, Cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur Edith María Monge Rojas; al este Edith María Monge Rojas y al oeste Víctor Manuel Monge Rojas. Mide: doscientos dieciocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se fija la base en la suma de ocho millones novecientos cincuenta mil novecientos ochenta y seis colones con trece céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, se fija la base en la suma de dos millones novecientos ochenta y tres mil seiscientos sesenta y dos colones con cuatro céntimos (25% de la base original). c) Con una base de quince millones cuatrocientos veintiséis mil setecientos setenta y nueve colones con noventa y seis, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 219964, derecho 000. la cual es terreno de agricultura lote 11. Situada en el Distrito 2-San Isidro, Cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Sonia Leiva Masis; al sur calle pública; al este Yendry Villalobos Muñoz y al oeste calle pública. Mide: doscientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate, se fija la base en la suma de once millones quinientos setenta mil ochenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, se fija la base en la suma de tres millones ochocientos cincuenta y seis mil seiscientos noventa y cuatro colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Las fechas para la realización de los remates son las siguientes: Primer remate: nueve horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós. Segundo remate: nueve horas treinta minutos del uno de abril de dos mil veintidós. Tercer remate: nueve horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Sonia María Leiva Masis. Expediente: 21-000631-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de febrero del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022626545 ).

En este Despacho, con una base de ciento cuarenta y ocho mil ciento veinticinco dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San Jose, matrícula número 117592-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número ciento ochenta y cinco destinada a residencia, situada en el nivel seis. Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, pasillo y pared común; al sur, pared común y en parte columna estructural; al este, pared común y columna estructural, y al oeste, finca filial 184, pared común y ducto en parte. Mide: noventa y dos metros con cero decímetros cuadrados, plano SJ-1688502-2013. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con la base de ciento once mil noventa y cuatro dólares con tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós, con la base de treinta y siete mil treinta y un dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Con una base de trece mil trescientos ochenta y siete dólares con veintiocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 117536-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número ciento veintinueve, destinada a estacionamiento, situada en el nivel uno. Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San Jose, de la provincia de San Jose. Colinda: al norte área de circulación vehicular y en parte columna estructural; al sur pared común y en parte columna estructural; al este finca filial 128, y al oeste finca filial 130 y en parte columnas estructurales. Mide: dieciséis metros cuadrados, planto SJ-1688747-2013. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con la base de diez mil cuarenta dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós, con la base de tres mil trescientos cuarenta y seis dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). Con una base de mil setecientos cuarenta y seis dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 117553-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número ciento cuarenta y seis destinada a bodega, situada en el nivel uno. Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, acera y en parte área común de bodega; al sur finca filial 147; al este, pared estructural, y al oeste, finca filial 145.- Mide: dos metros cuadrados, plano SJ- 1688978-2013. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con la base de mil trescientos diez dólares con dieciséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós, con la base de cuatrocientos treinta y seis dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Rosnel Orlando Borrero Medina, Expediente 21-008546- 1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero del año 2022.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2022626550 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos, soportando Servidumbre Trasladada citas: 302-16003-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil setecientos setenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno Lote 87 Terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al noreste: calle pública con 8 metros de frente; al noroeste: Lotes 88 y 89; al este sureste: Lote 86; y al suroeste: Lote 92. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-0503549-1998. Para tal efecto, se señalan las 15.00 horas del 23 de marzo del 2022. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 15.00 horas del 31 de marzo del 2022 con la base de veinte millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 15.00 horas del 08 de abril del 2022 con la base de seis millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Olga Isabel Marin Delgado. Expediente N° 21-003476-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de enero del año 2022.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2022626578 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de veintidós mil doscientos veintisiete dólares con seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo PB 2524, marca: Hyundai, estilo:H 1, categoría: microbús, capacidad: 12 personas, año fabricación: 2015, color: gris, Vin: KMJWA37HAFU697853, cilindrada: 2500 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós con la base de dieciséis mil seiscientos setenta dólares con veintinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós con la base de cinco mil quinientos cincuenta y seis dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Olman Alberto González Jiménez. Expediente N° 18-025331-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del 2022.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Jueza Decisora.—( IN2022626681 ).

En este Despacho, con una base de once mil novecientos siete dólares con treinta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BNY499. marca: Chevrolet, estilo: Beat LTZ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie, chasis y VIN: MA6CH5CD3JT000267, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2018, color: plateado, cilindrada: 1200 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintidós con la base de ocho mil novecientos treinta dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de dos mil novecientos setenta y seis dólares con ochenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima. contra Andrés de los Ángeles Brenes Sánchez. Expediente 19-014631-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con doce minutos del siete de febrero del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022626683 ).

En este Despacho, con una base de mil ciento treinta y tres dólares con setenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BCW633, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie, chasis y vin: KL1MJ6C49CC142051, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2012, color: plateado, cilindrada: 800 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós, con la base de ochocientos cincuenta dólares con treinta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós, con la base de doscientos ochenta y tres dólares con cuarenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Alberth de Jesús Espinoza Porras. Expediente N° 20-013047-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecinueve horas con treinta y dos minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022626684 ).

En este Despacho, Con una base de diecisiete millones ochocientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería, citas: 352-07630-01- 0004-001 y servidumbre trasladada, citas: 352-07630-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta mil seiscientos cincuenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir 1 casa 509. Situada en el distrito 8- Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, acera 4 con 6 m 1 cm; al sur, Alexis Farriel Brays Clara L Zúñiga; al este, Emilce Chaves Vivas y al oeste, Anais Jiménez Rodríguez. Mide: ciento treinta y cinco metros con un decímetros cuadrados . Para tal efecto, se señalan las nueve horas diez minutos del trece de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del veintiuno de julio de dos mil veintidós con la base de trece millones trescientos noventa y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del uno de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Giovanni Quirós Garro. Expediente 21-008559-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y uno minutos del trece de enero del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022626694 ).

En este Despacho, con una base de setenta y un millones colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de cloaca bajo las citas: 569-85184-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 132331-F-000, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada N° 14, identificada como 14-A, ubicada en el bloque A, apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito (11) Quebradilla, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada 13-A; al sur, finca filial primaria individualizada 15-A; al este, finca filial primaria individualizada 5-A, y al oeste, acceso uno de área común libre. Mide: ciento cincuenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del primero de abril del dos mil veintidós, con la base de cincuenta y tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Kevin Anchía Quesada. Exp.: N° 20-016735-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de febrero del 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022626720 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil ochocientos veinticuatro dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate vehículo placas BJN151; marca: BYD; estilo F0GLXI; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; año: 2016; color: plateado; Vin: LC0C14DA8G0000672; número de motor: BYD371QAC15012184, Cilindrada: 1000 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós con la base de seis mil seiscientos dieciocho dólares con cuarenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós con la base de dos mil doscientos seis dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Jonathan Daniel Mora Ramírez. Expediente N° 20-011469-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de enero del 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022626725 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 304-19987-01-0901-001, 304-19987-01-0902-001, reservas ley aguas citas: 318-03823-01-0002-001, reservas ley caminos citas: 318-03823-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 429-10061-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 199638-000, la cual es terreno naturaleza: Bloque-A. Lote para construir 14-A. Situada en el Distrito 5-Llanos de Santa Lucía, Cantón 2-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Lote 13 A; al sur Lote 15 A; al este, avenida pública número tres, con 6,00 metros de frente y al oeste centro agrícola Cantonal del Cantón de Cartago. Mide: ciento sesenta y un metros con quince decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós con la base de cuatro millones doscientos sesenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del seis de abril de dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos veinte mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra César Andrés Calvo Castillo. Expediente N° 20-016734-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de enero del año 2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022626752 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones novecientos seis mil ochocientos noventa y seis colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 319-04705-01-0902-001 y servidumbre de paso, citas: 569-18913-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa y un mil ciento noventa y dos, derecho 000, la cual es terreno para construir finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 2-San Juan Grande, cantón 2-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, finca madre; al sur, servidumbre agrícola de 10 metros de ancho con un frente a ella de 41 metros lineales con 71 centímetro lineales; al este, finca madre, y al oeste, finca madre. Mide: cinco mil trescientos sesenta y siete metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós, con la base de treinta y ocho millones novecientos treinta mil ciento setenta y dos colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós, con la base de doce millones novecientos setenta y seis mil setecientos veinticuatro colones con catorce céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples de Los Médicos R.L (COOPEMÉDICOS R.L) contra Álvaro Avillins De La Trinidad Gatgens Ugalde, Solholistom Sociedad Anónima. Expediente N° 21-004910-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veintitrés minutos del veintiséis de enero del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022626820 ).

En este Despacho, con una base de ciento dieciséis millones doscientos tres mil seiscientos setenta y seis colones con veintitrés céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 394-01137-01-0917-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 263072-000, derecho, la cual es terreno de pasto y charral con un bodegón. Situada en el distrito 7-Puente de piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, La Argentina Sociedad Anónima con paja de agua intermedia; al sur, frente a Carretera Bernardo Soto; al este, Materiales para la Construcción Arsenio Soto Fonseca y La Casa del Azulejo Sociedad Anónima, y al oeste, La Argentina Sociedad Anónima. Mide: seis mil ciento ochenta metros con sesenta decímetros cuadrados plano: A-0291967-1995 identificador predial: 203070263072. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del siete de abril del dos mil veintidós, con la base de ochenta y siete millones ciento cincuenta y dos mil setecientos cincuenta y siete colones con diecisiete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós, con la base de veintinueve millones cincuenta mil novecientos diecinueve colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Administradora Ofilela Sociedad Anónima, Connie Vargas Porras, Jaime Murillo Herrera. Expediente N° 21-001020-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: once horas con tres minutos del once de febrero del dos mil veintidós.—Mileidy María Calvo Quesada, Jueza Decisora.—( IN2022626825 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones seiscientos mil colones exactos (4,600,000.00), soportando contrato prendario citas: 2014-131224-002, quien es el acreedor el Banco Nacional de Costa Rica, así como infracciones y colisiones boleta N° 2016320900177 sumaria N° 16-004912-0174-TR, sáquese a remate el vehículo Placa: FSL004, Marca: Nissan, Categoría: automóvil, Vin: 3N1CC1AD6EK204297, año: 2014, color: dorado, cilindrada: 1598 c.c.. Para tal efecto, se señalan las diez horas del veintitrés de marzo del dos mil veintidós (10:00 a.m. 23/03/2022). De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas del cuatro de abril del dos mil veintidós (10:00 a.m. 04/04/2022), con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (¢3,450,000.00) (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veinte de abril del dos mil veintidós (10:00 a.m. 20/04/2022) con la base de un millón ciento cincuenta mil colones exactos (¢1,150,000.00) (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Evelyn Solange Méndez García contra Rebeca Lugo Arguedas. Expediente N° 20-000134-1623-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cincuenta y uno minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez Decisor.—Lic. Santiago Ugalde Castillo, Juez Decisor.—Lic. Bernardo Solano Solano, Juez Decisor.—( IN2022626834 ).

En este Despacho, con una base de once millones doscientos sesenta y un mil veintinueve colones con diez céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 397-08507-01-0954-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 397820-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Curridabat, cantón 1-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 493; al sur, calle con 8m; al este, lote 486; y al oeste, lote 488. Mide: ciento cuarenta y un metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Róger Eduardo Rodríguez Martínez. Expediente N° 01-007815-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de enero del 2022.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2022626846 ).

En este Despacho, con una base de un millón cien mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 352-05790-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos sesenta y cuatro mil setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con casa, corredor, chochera, aula internet, libreria, video, cancha uno con area de servicio a clientes, mezanine cancha uno y cancha dos con plaza de comidas. Situada en el distrito 11-Turrúcares, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 44,69 cm y Marcos Calvo Bolaños; al sur, Custodio Murillo Sánchez y José Manue Alfaro Arroyo; al este, en parte Marcos Calvo Bolaños, María Eugenia Araya Calvo, José Manuel Alfaro Arroyo, Carlos López Rodríguez y calle pública con un frente de 12,78 c; y al oeste, Argentina Pérez Bolaños. Mide: catorce mil quinientos sesenta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del cinco de julio del dos mil veintidós con la base de ochocientos veinticinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de julio del dos mil veintidós con la base de doscientos setenta y cinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bombardelli y Asociados Sociedad Anónima contra Avícola H H Sociedad Anónima, Hernán Hernández Araya. Expediente N° 21-006777-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuarenta y dos minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintiuno.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza Tramitadora.—( IN2022626851 ).

En este Despacho, con una base de tres millones novecientos nueve mil seiscientos dieciocho colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Serv. y Condic. ref: 3069-063-001 (citas: 329-00928-01-0901-001), Serv. y Condic. Ref: 3069-061-001 (citas: 329-00928-01-0904-001), Servidumbre Sirviente (citas: 338-13993-01-0002-001), Servidumbre Sirviente (citas: 338-13993-01-0006-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0019-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0020-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0021-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0022-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0023-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0024-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0025-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0026-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0027-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0028-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0029-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0030-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0031-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0032-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0033-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0034-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0035-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0036-001),  Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0091-001),  Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0092-001),  Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0093-001),  Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0094-001),  Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0095-001),  Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0096-001),  Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0097-001),  Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0098-001),  Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0099-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0100-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0101-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0102-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0103-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0104-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0105-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0106-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0107-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0108-001),  Servid. y Condic. ref: 00201524 000 (citas: 347-19046-01-0900-001), Servidumbre Trasladada (citas: 353-14628-01-0900-001), Servidumbre Trasladada (citas: 403-15261-01-0920-001), Condiciones ref: 243424-000 (citas: 403-15261-01-0921-001), Servidumbre Trasladada (citas: 403-15261-01-0922-001), Servidumbre Trasladada (citas: 403-15261-01-0923-001), Condiciones ref: 245222-000 (citas: 403-15261-01-0924-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 154735-F, derecho 001, 002, la cual es terreno Finca Filial Estacionamiento C-8-4: Estacionamiento C-8-4 en proceso de construcción, destinado para parqueos de vehículos. Situada en el distrito: 08-San Rafael, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Área Común Libre (zona verde); al sur, Área Común Libre (calle de acceso); al este, Finca Filial Estacionamiento D-5-1; y al oeste, Finca Filial Estacionamiento C-8-3. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veintiséis de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del cuatro de octubre de dos mil veintidós con la base de dos millones novecientos treinta y dos mil doscientos trece colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del doce de octubre de dos mil veintidós con la base de novecientos setenta y siete mil cuatrocientos cuatro colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base original). b) Con una base de sesenta y dos millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil ochocientos treinta y seis colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Serv. y Condic. ref: 3069-063-001(citas: 329-00928-01-0901-001 Finca referencia 200151752 F000), Serv. y Condic. ref: 3069-061-001 (citas: 329-00928-01-0904-001), Servidumbre Sirviente (citas: 338-13993-01-0002-001), Servidumbre Sirviente (citas: 338-13993-01-0006-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0019-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0020-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0021-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0022-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0023-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0024-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0025-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0026-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0027-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0028-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0029-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0030-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0031-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0032-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0033-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0034-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0035-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0036-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0091-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0092-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0093-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0094-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0095-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0096-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0097-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0098-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0099-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0100-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0101-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0102-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0103-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0104-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0105-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0106-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0107-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0108-001), Servid. y Condic. ref: 00201524 000 (citas: 347-19046-01-0900-001) Servidumbre Trasladada (citas: 353-14628-01-0900-001), Servidumbre Trasladada (citas: 403-15261-01-0920-001), Condiciones ref: 243424-000 (citas: 403-15261-01-0921-00), Servidumbre Trasladada (citas: 403-15261-01-0922-001), Servidumbre Trasladada (citas: 403-15261-01-0923-001), Condiciones ref: 245222-000 (citas: 403-15261-01-0924-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 154355-F, derecho 001, 002, la cual es terreno Finca Filial C-8-4: Apartamento 8-4 en proceso de construcción, de una planta destinado a uso habitacional, ubicado en el Nivel 8 del Edificio C. Situada en el distrito: 08-San Rafael, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Área Común Libre (zona verde); al sur, Finca Filial C-8-3; al este, Área Común Libre (zona verde); y al oeste, Acceso Área Común Construida. Mide: setenta y un metros cuadrados. Para lo cual se señalan las once horas cero minutos del veintiséis de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del cuatro de octubre de dos mil veintidós, con la base de cuarenta y seis millones ochocientos cuarenta y un mil ochocientos setenta y siete colones con quince céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del doce de octubre de dos mil veintidós, con la base de quince millones seiscientos trece mil novecientos cincuenta y nueve colones con cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Daniela María Fernández Cordero, Kenneth Alberto Vargas Agüero. Expediente N° 21-002586-1765-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: veintitrés horas con dieciocho minutos del veinte de enero del dos mil veintidós.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2022626867 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil novecientos cincuenta y cuatro dólares con setenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo DJF611, Marca: Nissan, Categoría: automóvil, Serie: 3N1AB7ADXFL611189, carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4X2, Número Chasis: 3N1AB7ADXFL611189, año fabricación: 2015, color: gris, Vin: 3N1AB7ADXFL611189, Estilo: Sentra, Capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintidós, con la base de siete mil cuatrocientos sesenta y seis dólares con cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintidós, con la base de dos mil cuatrocientos ochenta y ocho dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Diego Solano Brenes. Expediente:19-005859-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: quince horas con veinte minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022626966 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos seis mil noventa y ocho colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas DSL169, marca Suzuki, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2015, color gris, serie, chasis y Vin: JS3TE04V8F4200227, número de motor J24B1271765, cilindrada 2393 c.c, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones trescientos cincuenta y cuatro mil quinientos setenta y cuatro colones con diecinueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del seis de mayo del dos mil veintidós, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y un mil quinientos veinticuatro colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Teresa Damaris Brenes Cascante. Expediente N° 19-006147-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 18 de febrero del 2022.—Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022626967 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil novecientos noventa y tres dólares con dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas BGP393 Marca: Citroen Estilo: C-ELYSEE categoría: automóvil capacidad: 5 personas año fabricación: 2014 color: verde N.Motor: 10FC1A0023954 cilindrada: 1587 c.c combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintisiete de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del cinco de julio de dos mil veintidós con la base de seis mil setecientos cuarenta y cuatro dólares con setenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintidós con la base de dos mil doscientos cuarenta y ocho dólares con veintiséis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Mónica Liliana Mendoza Barón. Expediente:19-010197-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y cinco minutos del once de febrero del dos mil veintidós.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022626973 ).

En la puerta exterior de este Despacho; se hace saber que al ser las nueve horas treinta minutos del seis de abril del dos mil veintidós (primer remate), con la base de seis millones cuatrocientos quince mil setecientos setenta y tres colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 36278-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Capellades, cantón Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Deyanira y Javier Obando Ulloa; al este, Olga Ulloa Lao, y al oeste, Ministerio de Gobernación. Mide: Mil novecientos noventa y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones ochocientos once mil ochocientos treinta colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de mayo del año mil veintidós, con la base de un millón seiscientos tres mil novecientos cuarenta y tres colones con cuarenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa, a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agro Pro Centro América Sociedad Anónima contra Cooperativa Agropecuaria y de Servicios Múltiples de Buenos Aires R.L. Expediente N° 21-000086-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 21 de enero del 2022.—Licda. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626982 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000893-0640-CI donde se promueve información posesoria por parte de Jessica Teresita Fallas Naranjo quien es mayor, estado civil Casada, vecina de la Sabana de Tarrazú, portadora de la cédula número 0112800341, profesión Dato Desconocido, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito San Marcos, Cantón Tarrazú. Colinda: al norte con Ricardo Zúñiga Calvo; al sur con Evelio Mora Monge; al este con Ana Naranjo Barrantes y al oeste con Liliam Naranjo Barrantes. Mide: seiscientos cuarenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir SJ-4711149-98 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinticuatro millones setecientos sesenta y seis mil ciento setenta y cinco colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble SJ-4711149-98, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en uso de suelo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jessica Teresita Fallas Naranjo. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Expediente:21-000893-0640-CI-1.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: nueve horas con uno minutos del diez de enero del dos mil veintidós.—Lic. Allan Barquero Duran, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626385 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 210008920640CI donde se promueve información posesoria por parte de Jessica Teresita Fallas Naranjo quien es mayor, costarricense, casada, administradora de empresas, vecina de La Sabana de Tarrazú y portadora de la cédula número 0112800341, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero San Marcos, cantón quinto Tarrazú. Colinda: Al norte, Ricardo Zúñiga Calvo, sur, Evelio Mora Monge, este, Ana María Naranjo Barrantes, oeste, William Naranjo Barrantes. Mide: seiscientos cuarenta y dos metros cuadrados con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: SJ-471153-98. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinticuatro millones setecientos setenta y seis mil ciento setenta y cinco colones. Que adquirió dicho inmueble el veinticinco de mayo del dos mil veinte, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno deslindado mediante cercas con alambre de púas y carriles amplios. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jessica Teresita Fallas Naranjo. Expediente N° 210008920640CI-7.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: trece horas con siete minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2022626387 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000031-0678-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Fernando Dionisio Jiménez Jiménez, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Limón, Matina, Matina, Barrio San Miguel, portador de la cédula número 0103530123, pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar. Situada en el distrito Matina, cantón Matina. Colinda: al noreste y sureste, con Adelino Núñez Muria; noroeste, calle pública con frente a ella de 17.53 metros lineales; suroeste, Gerrado Oviedo Rojas Quesada. Mide: seiscientos sesenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir L-2294683-2021 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble el seis de agosto del dos mil veintiuno y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de zona verde, siembra de árboles frutales, mantenimiento de las colindancias en cerca de alambre de púas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Fernando Dionisio Jiménez Jiménez. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Expediente N° 22-000031-0678-CI-5.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de febrero del año 2022.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626399 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000014-0297-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Eladio Gerardo del Carmen Pérez Castro, quien es mayor, divorciado una vez, vecino de Platanar de Florencia de San Carlos, de la Bodega Wamase, setecientos metros al este, portador de la cédula número 0203910020, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada: en Platanar, distrito segundo: Florencia, cantón décimo: San Carlos. Colinda: al noroeste y sureste, con Eladio Gerardo Pérez Castro; al noreste, con José Daniel Pérez Castro; al suroeste, con calle pública con un frente a ella de 13 metros lineales. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número 2-2297701-2021 de fecha 06 de agosto del 2021, una superficie de doscientos cuarenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil colones y en la suma de seis millones quinientos mil colones se estiman las presentes diligencias. Que adquirió dicho inmueble por venta privada que le hiciera su difunta madre Aida Castro Pérez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0201340346, vecina de Platanar de Florencia de San Carlos, de la Bodega Wamase, setecientos metros al este, en fecha 20 de junio de 1996, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en darle mantenimiento, limpiarlo y realizar chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Eladio Gerardo del Carmen Pérez Castro. Expediente N° 22-000014-0297-CI-2. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y cinco minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626451 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000182-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gladys Dávila Espinoza, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Liberia, Guanacaste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 05-0164-0108, profesión Trabajadora Social y pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito Guardia de Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jaime Alberto García Dávila, Maricela García Dávila, Patricia García Dávila; al sur, Manrique Dávila Espinoza; al este, Fernando Lara Gutiérrez y al oeste, Justina Viales Dávila, Mayela Viales Dávila, Víctor Manuel Viales Dávila, Rigoberto Viales Dávila, Xinia Viales Dávila y Manrique Dávila Espinoza. Mide: ocho mil seiscientos ochenta y ocho metros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Simeón García García y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de maleza, cuido de cercas, reparación de las cercas, siembra de árboles frutales y el cuido de los naturales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Gladys Dávila Espinoza. Expediente N° 21-000182-0386-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda (Contencioso Administrativo), 31 de enero del año 2022.—Mtr. Oriana Dávila Hilarión, Jueza.—1 vez.—( IN2022626500 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 21-000419-0930-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Graciela Vanesa Jaen Zúñiga, quien es mayor, soltera, educadora, vecina de Limón, Guácimo, setenta y cinco metros al oeste del plantel del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito Guácimo, cantón Guácimo. Colinda: al norte: con calle pública; al sur: con Arcelia Arcella Zúñiga Cowan; al este: con Arcelia Arcella Zúñiga Cowan; y al oeste: con Arcelia Arcella Zúñiga Cowan. Mide: doscientos veintiséis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir descrito en el plano N° L-2247326-2020, no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de lote (chapeas). Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Graciela Vanesa Jaen Zúñiga. Expediente N° 21-000419-0930-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de enero del 2022.— Licda. Yency Gabriela Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2022626525 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-160054-0642-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Yesenia Núñez Rodríguez, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Puntarenas, Monteverde, Santa Elena, frente al Salón Parroquial, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-nueve cero seis-ocho dos nueve (1-906-829), profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de pasto. Situada en La Pita el distrito: 03-Chomes, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte con: Pablo Guillermo Núñez Rodríguez; al sur con: Tito Núñez Rodríguez; al este con: calle pública con un frente a ella de ciento treinta y dos metros con veintisiete centímetros lineales; y al oeste con: Bryan Guzmán Madrigal. Mide: cuatro hectáreas siete mil doscientos cincuenta y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno dos siete cinco uno siete nueve-dos cero cero ocho (P-1275179-2008). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble en la suma de quince millones y las presentes diligencias en la suma de un millón quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta verbal que le hizo su padre Tito Núñez Fonseca, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintisiete años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercar el terreno y manteniendo limpio con algunos semovientes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Yesenia Núñez Rodríguez. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Expediente número 09-160054-0642-AG.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Licda. Dayana Mercedes Rodríguez Rojas, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626529 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000036-0930-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Angela María López Mendoza, quien es mayor, casada una vez, docente, vecina de Limón, Pococí, Roxana, San Antonio, trescientos metros al norte y cincuenta metros al sur del Salón Netos Bar. portadora de la cédula de identidad N° 2-0571-0676, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de solar con una casa de habitación. Situada en el distrito Roxana, cantón Pococí. Colinda: al norte, con Francisco Juvenal Campos Bolaños; al sur, con Sofía Mendoza González; al este, con María Teodora Masis Hernández, y al oeste, con Servidumbre de paso y Geoconda Patricia Mendoza González. Mide: ciento cuarenta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir descrito en el plano número L-2230053-2020 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno de solar chapeado y limpio y, además, tenerlo debidamente delimitado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Angela María López Mendoza. Expediente N° 22-000036-0930-CI-2. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de febrero del 2022.—Lic. José Francisco de Jesús Cordero Calderón, Juez.—1 vez.—( IN2022626540 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000026-0930-CI donde se promueve información posesoria por parte de Leonel Antonio Bermúdez Pérez quien es mayor, casado una vez, educador, vecino de Limón, Pococí, Roxana, El Humo, diagonal a la Escuela, en Liberia y Juguetería J y O, portador de la cédula de identidad número 5-0257-0220, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de solar con casa de habitación. Situada en el Distrito Roxana, Cantón Pococí. Colinda: al norte con Lorena Medina Díaz; al sur con Calle pública; al este con Floribeth Ramírez Guerrero y al oeste con Carlos Villalobos Camacho. Mide: quinientos dieciséis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir descrito en el plano L-2218649-2020 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno de solar debidamente chapeado y limpio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Leonel Antonio Bermúdez Pérez. Expediente: 22-000026-0930-CI-9.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 03 de febrero del año 2022.—Lic. Andrey De Los Ángeles Garro Carvajal, Juez.—1 vez.—( IN2022626541 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000585-0638-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Néstor Calvo González, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Alajuela, Turrúcares, portador de la cédula número 0203330916, profesión Dato desconocido, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno potrero. Situada en el distrito Once, cantón Primero. Colinda: al norte con: Néstor Calvo González; al sur con: Sergio Calvo González; al este con: Yolanda Azofeifa Zamora; y al oeste con: calle pública. Mide: mil cuatrocientos cuarenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidar el inmueble, mantenimiento de cercas y postes de cemento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Néstor Calvo González. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Expediente N° 21-000585-0638-CI-7.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con uno minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno.—M.Sc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626561 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000333-0297-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Dora María Aleman Jarquín quien es mayor, soltera, ama de casa, vecina de Los Chiles, portadora de la cédula número 155811283017, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de solar con una casa de habitación. Situada en el distrito 1, cantón 14 de los Chiles. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de 24.07 metros lineales; al sur, con José Antonio Lanza Hernández; al este, con Mariano Morales Casillo; y al oeste, con Gladis Roque Brenes. Mide: mil cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra verbal que le hiciera a Alfredo Dávila Cruz, con quien no le liga parentesco alguno, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento del terreno . Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Dora María Aleman Jarquín. Expediente N° 21-000333-0297-CI-4.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y dos minutos del catorce de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626628 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000363-0678-CI donde se promueve información posesoria por parte de Mylene Ligia María Acosta Chavarría quien es mayor, casada, vecina de Guápiles, Pococí, portadora de la cédula número 0105670935, profesión Abogada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno inculto. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca. Colinda: al norte, con calle pública con 15.98 metros lineales; al sur, con José Gerardo Vargas Ramírez; al este, Josué Conejo Venegas y al oeste, con Yorleny Salazar Alvarado. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir plano 7-2159198-2019 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones y medio de colones. Que adquirió dicho inmueble el 13 de agosto de 2004, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno debidamente deslindado de los demás terrenos colindantes, mediante cercas con alambre de púas, postes de cemento y carriles amplios y visibles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mylene Ligia María Acosta Chavarría, expediente21-000363-0678-CI-4. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de febrero del año 2022.—Licenciado Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626647 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000475-0388-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Arlyn Yorleny Espinoza Sandoval, quien es mayor, soltera, vecina de Rio Cañas Viejo de Santa Cruz, quinientos metros al sur del puente de Río Cañas, portadora de la cédula N° 0108600526, educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz. Colinda: al norte: con Alicia Barrantes Valerín; al sur: con Arlin Yorleny Espinoza Sandoval; al este con calle pública con un frente de cuarenta y cuatro metros con un centímetro lineales; y al oeste: con servidumbre de paso y Henry Mendoza Espinoza. Mide: quinientos setenta y dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir del plano catastrado N° 5-2088696-2018, no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones colones. Que adquirió dicho inmueble del plano catastrado N° 5-2088696-2018, por medio de donación realizada por sus padres Edwin Espinoza Duarte, cédula de identidad N° 05-0084-0388, y Esperanza Sandoval Rivera, cédula de identidad N° 09-0075-0441, en fecha dos de noviembre del dos mil diecisiete y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en realizar chapeas, rondas, manteniéndolo debidamente el terreno deslindado y cercado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Arlyn Yorleny Espinoza Sandoval. Expediente N° 21-000475-0388-CI-8.—Juzgado Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y seis minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós.—Licda. Lizeth Gómez Gómez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626721 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000020-0386-CI donde se promueve información posesoria por parte de Virginia del Carmen Collado López, mayor, casada una vez, del hogar, cédula 9-104-777, vecina de La Cruz, Guanacaste, del Liceo Nocturno 100 metros al norte y 50 al este, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir- Situada en el distrito uno La Cruz, cantón diez La Cruz.- Colinda: al norte con servidumbre de paso con un frente a ella de veinte metros, al sur con Liceo de La Cruz; al este con Manuel Antonio Alan Montiel y Víctor Julio Román Méndez (Escuela Salvador Villar) y al oeste con Enrique Alvarado Romero* hoy Loida Mayorga Martínez. -Mide: trescientos ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados-. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones.- Que adquirió dicho inmueble Alba Nidia Bonilla Vega, mayor, casada una vez, del hogar, cédula 5-227-328, vecina de la Cruz, Guanacaste, del Liceo Nocturno 100 metros al Norte y 50 al Este en forma pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han consistido en el cercado del mismo, cuido de los cercos, le doy mantenimiento al lote limpiándolo de malezas.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.- Proceso información posesoria, promovida por Virginia del Carmen Collado López. Expediente 18-000020-0386-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 07 de diciembre del año 2020.—Brenda Celina Calvo de la O, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022626767 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000204-0390-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Rodolfo Bonilla Badilla, quien es mayor, estado civil soltero, vecino del Golfo de Nicoya 500 metros al sur de la entrada a Corozal, portador de la cédula número 0503480007, profesión educador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno lote construido y solar. Situada en el distrito cuarto Lepanto, cantón primero. Colinda: al norte, con calle pública; al sur con Héctor Badilla Morera; al este, con Rubier Rojas Badilla y al oeste, con servidumbre de paso y Olman Badilla Morera. Mide: seiscientos setenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno limpio debidamente deslindado de los demás terrenos colindantes, mediante cercas con alambre de púas carriles amplios y visibles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rodolfo Bonilla Badilla. Expediente N° 21-000204-0390-CI-4.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: diez horas con veintiuno minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós.—Licda. Diana Jeannette Peraza Retana, Jueza.—1 vez.—( IN2022626842 ).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Kattia Rosella Umaña Rojas, a diez horas del veintiocho de enero del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Mario Mauricio González Quijano. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rodrigo Gerardo Arauz Figueroa, con oficina en San José, costado este de la Asamblea Legislativa, edificio Dubarum, segundo piso, teléfono: 8389-9800.—Rodrigo Arauz Figueroa.—1 vez.—( IN2022626127 ).

Se avisa que en esta notaria se tramita el sucesorio de quien vida se llamó María del Socorro Mora Segura, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina Hatillo de Quepos, Piedra Amarilla, 50 metros norte y 25 metros este, con cédula de identidad número 6-0083-0302. Se convoca a todos los interesados para que en el plazo de 15 días se apersonen hacer valer sus derechos. Notaría José Ricardo Guevara Guevara. Cel. 83831008.—Ciudad Cortés, 22 de febrero del 2022.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626137 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Gustavo de Jesús Flores García, mayor, soltero, comerciante, costarricense, con documento de identidad N° 0106050925 y vecino(a) de San José, Alajuelita, Concepción Abajo, Barrio El Tejar. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 22-000050-0216-CI-2.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: catorce horas con catorce minutos del tres de febrero del dos mil veintidós Allan Barquero Durán, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2022626364 ).

Se hace saber que, en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio acumulado de quienes en vida fueron Julieta Avendaño Barboza, cédula 0101540229 y Juan José Romero Montoya, cédula 101490228, mayores, esposos entre , retirados, vecinos de Barrio México. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar sus intereses en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Proceso que se tramita en esta notaría bajo el N° 2022-001-NOT. Apersonarse al correo en San José Guayabos, contiguo a puerta lateral Colegio Internacional SEK o al correo notificaciones@rtasistencia.com, o teléfono 88384400.—Dania Valverde Núñez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626368 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olger Eduardo Morales Azofeifa, mayor, estado civil casado, profesión u oficio dato desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0602670814 y vecino de Santa Cecilia de la Fortuna de San Carlos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000551-0297-CI-8.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y uno minutos del siete de enero del dos mil veintidós.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626393 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mauricio Bogantes Benavides, mayor, estado civil casado por segunda vez, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 05-0297-0860 y vecino de Pavas, Metrópolis 2, de Los Laureles, casa N° 441. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 07-000648-0183-CI-0.—Juzgado Primero Civil de San José, 11 de febrero del año 2022.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626396 ).

Ante esta notaría, Juan Manuel Fernández Morales, se tramitan las sucesiones acumuladas ab intestato en vía notarial, de quienes en vida fueron Eulalia Villalobos Arce conocida como Dalia Villalobos Arce, quien fue, agente de aduanas, casada dos veces con el señor Rolando Courrau Arias, con cédula de identidad número: cuatro-ciento seis-trescientos cincuenta, y Rolando Courrau Arias, casado una vez con la señora Villalobos Arce, cedula uno-cero cuatro uno seis-uno dos seis dos, pensionado, cónyuges entre , ambos mayores y vecinos de Heredia, San Francisco, Residencial la Victoria casa número catorce B. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante esta notaría, sito en San Francisco de Heredia, frente al Vivero Girasol.—Heredia, veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Juan Manuel Fernández Morales, Notario.—1 vez.—( IN2022626407 ).

Ante la notaría del suscrito, a solicitud de los señores Daniel Rodríguez Casanova, inicié el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Ninia Goldick Rosenstock, quien era vecina de San José, cédula de identidad ocho cero cero uno cuatro cuatro uno. Se emplazan a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos y si no se presentan dentro del mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda, la dirección para oír los apersonamientos es la oficina del suscrito en San José, calle once, avenida seis, edificio Alfavia segundo piso o por medio de correo electrónico sotcar@gmail.com.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Carlos Soto Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626413 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Alma Rita Cárdenas Matarrita, mayor de edad, cédula de identidad N° 5-0124-0145, viuda una vez, de oficios domésticos, con domicilio en Guanacaste, Nicoya, Curime, de la escuela, dos kilómetros al oeste, calle a los tanques, a las 09:30 horas del 18 de febrero del 2022 y, comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Alfredo Chaves Zavaleta, mayor de edad, cédula de identidad N° 1-0294-0837, casado una vez, pensionado, con último domicilio en Guanacaste, Nicoya, Curime, de la escuela, dos kilómetros al oeste, calle a los tanques, fallecido el 29 de enero del 2022. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, con oficina abierta en la ciudad de San José, San José, Catedral, Barrio González Lahmann, avenida 10, calle 19, N° 1025, Bufete Castro y Herrera, teléfono: 2223-3829. Expediente N° 0001-2022-LABO.—San José, a las diez horas del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1 vez.—( IN2022626414 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Cecilia Godínez Azofeifa, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad uno-cuatrocientos treinta y nueve-cero doce, vecina de Cajón de Pérez Zeledón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000035-0188-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: catorce horas con trece minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2022626418 ).

Sucesión extrajudicial: Por escritura otorgada el día diecisiete de febrero de dos mil veintidós compareció Maritza Altamirano Hernández, nicaragüense, cédula de residencia uno cinco cinco ocho uno tres ocho dos cero cero cero tres y solicito a esta notaría la apertura y tramitación extrajudicial de la sucesión ab intestato de quien en vida se llamó: René de Jesús Rojas Hernández, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de residencia uno cinco cinco ocho cero ocho nueve seis dos tres uno cero, vecino de Jardines de Moravia, nicaragüense. Por el término de treinta días a partir de su publicación se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores en general y a todos los interesados en la presente sucesión, para que dentro de este término se apersonen ante mi despacho ubicado en Heredia, Condominio Casas Vita, casa ciento ochenta y nueve, o por medio del correo electrónico rgourzong@hotmail.com, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasara a quien legalmente corresponda. Sucesión extrajudicial - Notarial de René de Jesús Rojas Hernández. Expediente N° NRGC-001-2022. Bufete Roberto Gourzong Cerdas y Asociados.—San José, 19 de febrero de 2022.—Lic. Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2022626420 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría el 23 de febrero del 2022 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Alfonso Fonseca Mata, cédula número tres-cero uno siete cinco-cero cero cuatro ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Andrea Fernández Montoya.—Licda. Andrea Fernández Montoya, Notaria.—1 vez.—( IN2022626427 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por la señora: Luz María Acosta Mora, mayor, viuda, esposa del causante, ama de casa y vecina de San Ramón, Alajuela, de Correos de Costa Rica, veinticinco metros al norte, casa a mano izquierda, con portón café, con el cédula de identidad dos-cero ciento noventa y nueve-cero ciento ochenta y siete, solicitó al suscrito notario tramitar proceso sucesorio de quien en vida fuera la señora: y comprobado el fallecimiento de: Renan Francisco Morera Cordero, mayor de edad, casado dos veces, pensionado, con el número de cédula dos-cero ciento setenta y siete-cero setecientos noventa y nueve, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. José Rafael Ortiz Carvajal, San Ramón, Alajuela, cien metros al norte de Correos de Costa Rica, altos de Pollos Twins, oficina número dos, a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós.—Lic. José Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2022626444 ).

Sucesión ab intestato, mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Minor Enrique Acuña Flores, cédula 2-0246-0859, y habiéndose comprobado el fallecimiento del causante, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera María Luz Flores Moscoso, mayor, ama de casa, divorciada, nacida el 15-08-1953 y fallecida el 10-10-2018, cédula 2-0293-0657, vecina de Alajuela, Jesús María, 1 kilómetro sur Iglesia Católica. Se cita y emplaza a todos los legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría licenciada Yesenia Mora Jiménez, oficina Alajuela, San Mateo, Labrador, Oricuajo de Pacas Don Leo 250 metros sur, correo electrónico juridicosmora@gmail.com, Telf. 8880-4282. Expediente N° 002-2022. 22/02/2022. Publicar una vez.—Licda. Yesenia Mora Jiménez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626459 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó el señor: José Arturo Alan Tinoco, mayor, estado civil divorciado, abogado, costarricense, con documento de identidad N° 0106850330 y vecino de San José, Montes de Oca, San Pedro, La Granja, de la Bomba El Higuerón, 100 metros al sur y 50 metros al oeste, casa a mano izquierda. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000891-0181-CI-8.—Juzgado Segundo Civil de San José, 24 de enero del 2022.—Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626465 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisca María Leonor Matarrita Matarrita, mayor, estado civil Soltero/a, profesión u oficio del hogar, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0501150563 y vecina de Santa Cruz Guanacaste, Arado, 700 metros al norte del bar el Típico. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 21-000575-0388-CI - 0.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: nueve horas con veinticinco minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós.—Licda. Lizeth Gómez Gómez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626466 ).

Se cita y emplaza a los todos los herederos, acreedores, e interesados en general en la sucesión de quien en vida fue el señor Víctor José Hansel Kelly, divorciado una vez, técnico de educación física, vecino de Heredia, Centro, Barrio Fátima, del costado norte de la Clínica, 250 metros al este, Hogar María Celina Calderón, y con cédula N° 7-069-910, para dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que, de no apersonarse en el mencionado plazo, los bienes de la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio, expediente N° 0001-2022. Notaría del Lic. Juan José Picado Herrera, diagonal a los Tribunales de Justicia de Limón, Centro, 16 de febrero 2022.—Lic. Juan José Picado Herrera, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626483 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Leslia Rojas Gamez, a las quince horas del viernes once de setiembre del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de Orlando José Quintero Rojas, quien fue mayor, soltero, Oficial el OIJ, vecino de Río Claro, Guaycará, Golfito, Puntarenas, cédula de identidad número seis-doscientos noventa-cien, fallecido el veintisiete de noviembre del año dos mil diecisiete, Corredor, Corredores, Puntarenas, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Licenciado Jorge Daniel Moncrieffé Santana. Teléfono 2783-4334.—Ciudad Neily, al ser las dieciséis horas del viernes once de setiembre del año dos mil veinte.—Lic. Jorge Daniel Moncrieffé Santana, Notario.—1 vez.—( IN2022626485 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Juan Alfredo Palacios Gutiérrez, al ser las diez horas veinte minutos del quince de marzo del del mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento de Pedro Pablo Palacios Palacios, quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino de Colorado, seiscientos metros al este de la escuela, Corredores, Puntarenas, fallecido el cinco de noviembre del dos mil veinte, Corredor, Corredores, Puntarenas, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Licenciado Jorge Daniel Moncrieffé Santana, teléfono27834334.—Ciudad Neily, al ser las dieciséis horas del quince de marzo del dos mil veintiuno.—Lic. Jorge Daniel Moncrieffé Santana, Notario.—1 vez.—( IN2022626488 ).

Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Seyla Cecilia Rigau Marín, a las a las trece horas del cuatro de noviembre del dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento de Juan José Mena Hernández, y la existencia y validez del testamento por él otorgado; esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, avenida dos, calles veintiséis y veintiocho, Paseo Colón, cincuenta este de la Sala Garbo, edificio verde, oficina número trece, teléfono 8732-3904, a hacer valer sus derechos.—San José, a las trece y treinta horas del cuatro de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. Heile Guerrero García, Notaria.—1 vez.—( IN2022626498 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: María Eugenia Montes León, mayor, viuda, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0103290159 y vecina San José, Hatillo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. EXP:21- 000024-1143-CI-7.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. Hora y fecha de emisión: seis horas con trece minutos del veintiuno de mayo del dos mil veintiuno.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022626504 ).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Eraydis De Los Ángeles Hernández Ledezma, mayor, casada una vez, de ocupación administradora del hogar, con cédula de identidad número seis-cero ciento veinticinco-cero ochocientos veinticuatro, con último domicilio en Guadalupe de Goicoechea, San José, de Baterías Total, cien metros sur, veinticinco metros al oeste, casa esquinera, fallecida el día cinco de febrero del año dos mil veintiuno, en San José, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Expediente Nº 003-2022. Notaría del licenciado Carlos Eduardo Vargas Arias, localizada en la ciudad de Liberia, Guanacaste, 800 metros al oeste de la escuela de Barrio La Cruz, frente a planta de Manga Rica.—Liberia, 24 de febrero del 2022.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Arias, Notario.—1 vez.—( IN2022626510 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por María de Los Ángeles Ruiz Hernández, a las 12 horas del 23 de febrero del 2022 y comprobado el fallecimiento de Amable Isabel del Carmen Hernández Alfaro, mayor, casada una vez, ama de casa, vecino de Heredia, Barva, San José de la Montaña, cuatrocientos metros al norte de la Plaza de deportes y portadora de la cedula de identidad número cuatro – cero cero ocho cinco – cero uno cinco dos, fallecida el 21 de febrero del 2022, en Heredia, Barva, San José de la Montana, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, si no lo hacen dentro del término, dicha herencia pasara a quien corresponda. Notaría del Lic. José Joaquín Jiménez Chew, oficina abierta en San José, San José, Catedral, avenida 10, calle 17, Bufete Jiménez Chew & Asociados. Teléfonos: 2222-8120.—San José, 24 de febrero del 2022.—Lic. José Joaquín Jiménez Chew.—1 vez.—( IN2022626523 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Francisco Montiel León, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, empresario, con cédula de identidad número uno-cero ochocientos cincuenta y uno-cero doscientos noventa y cinco, vecino de la misma dirección que la compareciente, vecina de Desamparados, San Antonio, Urbanización La Constancia, casa cinco i, fallecido el tres de diciembre del año dos mil veintiuno; para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, situada en San Pedro de Montes de Oca, de la Bomba El Higuerón, doscientos metros al sur y cien metros al oeste, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2022, sucesorio.—San José, 23 de febrero del 2022.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626547 ).

Ante esta notaría mediante acta de apertura otorgada por el señor: Fabio Sánchez Vargas, a las dieciséis horas del siete de febrero del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de María Rosa Sánchez Castro, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, Naranjo, Palmitos, de la Iglesia Católica, quinientos metros al sur, cédula número dos-cero dos cero dos-cero cuatro uno ocho, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Alajuela, San Ramón, de la Agencia del Banco de Costa Rica, cincuenta metros al sur, teléfono N° 8474 5393, a hacer valer sus derechos.—San Ramón, a las nueve horas y cincuenta y cinco minutos del veintidós de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Gonzalo Erick Zumbado Ballestero, Notario, Público .—1 vez.—( IN2022626553 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas treinta minutos del 16 de febrero del 2022, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera el señor: Rafael Ángel Robles León mayor de edad, casado, comerciante, vecino de San José, Alajuelita, del supermercado Full veinticinco metros sur, cédula de identidad número uno- cero cuatro cuatro nueve- cero tres cinco dos, fallecido el veintisiete de enero del año dos mil dieciocho, en Alajuelita, San José, citas de defunción uno cero cinco siete dos dos nueve nueve cero cinco nueve siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Juan Carlos Brenes González, San José, Barrio Luján 200 metros sur de casa Matute Gómez. Teléfono 83467523.—Lic. Juan Carlos Brenes González, Notario.—1 vez.—( IN2022626554 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Flora Yadira Soto Moreno, conocida como Flory Soto Moreno, quien fuera mayor, viuda una vez, maestra pensionada, cédula de identidad dos-ciento setenta y ocho-trescientos veintidós, vecina de Alajuela centro, frente a la Escuela Bernardo Soto, fallecida el pasado quince de noviembre del año dos mil veintiuno, para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2022 diligencias extrajudiciales de sucesión ab intestato de Flora Yadira Soto Moreno cc Flory Soto Moreno. Promoventes: Ana Lorena Plá Moreno, José Francisco Plá Moreno, Daisy María Plá Moreno. Ciudad de Cartago, Oreamuno, San Rafael, INVU Oreamuno casa cuarenta y ocho, teléfono 8926-8212.—Licda. Melissa Salazar López, Notaria. Carné N° 19758.—1 vez.—( IN2022626556 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Miguel Alexander Espinoza Morales, mayor, nicaragüense, soltero, estudiante, cédula de residencia 155824578331, con último domicilio en Alajuela, Boca Tapada de San Carlos, Casa de Lata, para que, dentro del plazo de 30 días contados a partir de su publicación, se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de que, si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente N° 0001-2022 Sucesorio en sede notarial de Miguel Alexander Espinoza Morales. Con oficina en San José, San Pedro de Montes de Oca, del Banco Nacional 400 sur y 300 este, Fax 22811306.—Licda. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626564 ).

En mi notaría, en Limón, Talamanca, Cahuita, Hone Creek, segunda planta del Super Negro, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue: Petronila Herrera Herrera, cédula número 7-0043-0391, por lo que emplazo a toda persona que considere tener interés legítimo en dicha sucesión para que, en el plazo de 15 días contados a partir del día hábil siguiente al de esta publicación hagan valer sus derechos en el entendido de que de no hacerlo, cumplido dicho plazo los bienes del causante, sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho, pasarán a quienes en derecho corresponda. Expediente N° 0001-2022.—Licda. Daniela Madriz Quesada.—1 vez.—( IN2022626591 ).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue Josúe David Jiménez Román, soltero, mensajero, titular de la cédula de identidad número 3-0456-0840, vecino de la provincia de Cartago, Paraíso, Barrio Los Solares, del Bar Restaurante La Orquídeas 100 metros al sur y 75 metros al este, quien falleció el día 20 de enero del 2022, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del aviso en el Boletín Judicial, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo, los bienes sucesorios pasarán a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría de la Licenciada Lidiette Carvajal Sánchez, cita en San José, Montes de Oca, San Pedro, Mall San Pedro, Ofimall, segundo piso, oficina 41-2. Expediente Nº 002-2022.—San José, 23 de febrero del 2022.—Licda. Lidiette Carvajal Sánchez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626598 ).

Ante esta notaria, mediante acta de apertura otorgada por Cecilia Matamoros Villalobos, a las 14:00 horas del 24 de febrero del año 2022 y comprobado el fallecimiento de Ana Cecilia Argüello Matamoros, quien fue mayor de edad, minusválida, portadora de la cédula de identidad dos-cero tres ocho cinco-cero dos uno uno, vecina de Barrio San Antonio, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, doscientos metros norte y cien metros este de la Ermita de Barrio San Antonio esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Heredia, avenida 4 calles 1 y 3, costado norte del Parque del Carmen, Edificio Zumbado Segundo Piso, oficina 2 Teléfono 8722-9435 a hacer valer sus derechos.—Heredia, a las quince horas del 24 de febrero del 2022.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626604 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Francisco Quirós Quirós, quien fue mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número seis-cero sesenta y cuatro-cero doscientos treinta y ocho, vecino de Paquera, Puntarenas, Barrio Órganos, trescientos metros al este y ciento cincuenta metros al sur de la Iglesia Asambleas de Dios. Para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0004-2021. Notaría del Bufete del Lic. Álvaro Córdoba Díaz, notario. Teléfono: 83714420.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626608 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Roberto Enrique Obando Venegas, quien fue mayor, casado dos veces, médico, cédula de identidad número seis-cero setenta y cuatro-trescientos cincuenta, vecino de Puntarenas, de la Capilla de Velación cien metros al sur, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0003-2021. Notaría del Bufete del Lic. Álvaro Córdoba Díaz, notario. Teléfono: 83714420.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626609 ).

Se hace saber que, ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio notarial de Víctor Manuel Saborío Carballo, quien era mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Escazú y portador de la cédula de identidad número uno-doscientos veintitrés-doscientos sesenta y uno, expediente 001-2022. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apresan dentro del plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente Nº 001-2022. Notaría Lic. Jurgen Kinderson Roldán. Goicoechea de los Tribunales de Justicia del Segundo Circuito Judicial 100 metros al oeste y 130 metros al sur, Oficentro Turia.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2022626653 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Grevin Mora Zúñiga, mayor, estado civil casado/a, profesión u oficio comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0302330129 y vecino(a) de Tres Ríos, Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 21-000950-0640-CI-6.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuatro minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022626660 ).

Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en vida fuera William Montero Peraza, mayor, soltero, pensionado, con la cédula de identidad número: nueve-cero cero treinta y uno-cero seiscientos ocho, el cual era vecino San José, San Francisco de Dos Ríos, dos cuadras Oeste del Bac San José,; para que dentro del plazo de quince días contados a partir de su publicación, se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente 0003-2022 Proceso Sucesorio ab intestato en sede notarial de William Montero Peraza). Lic. Allan García Barquero, Notario Público con oficina en San José, Moravia costado Oeste del Banco Popular.—Lic. Allan García Barquero, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626677 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Kathya Yisenia Barrantes Duarte, mayor, soltera, técnica judicial, vecina de la provincia de San José, Concepción Abajo de Alajuelita, Urbanización Once de Abril, casa número D-cuatro, del Palí cien metros al oeste y veinticinco metros al sur, portadora de la cédula de identidad número siete-cero noventa y siete-cero setecientos treinta y uno, en su condición de Apoderada Generalísima, poder limitado a un millón de colones de los señores Alfredo Enrique Parks Myrie, mayor soltero, educador, vecino de ochocientos ochenta, calle sesenta y ocho, apartamento seis H, Brockling New York uno uno dos dos cero; poder inscrito en el Sección de Personas Jurídicas del Registro Público al tomo dos mil veintiuno, asiento cinco tres cuatro seis ocho nueve, el cual se encentra vigente de lo que la suscrita notaria da fe; Jasmine Annette Parks, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltera, vecina de uno dos tres nueve Sandestin way Orlando Florida tres dos ocho dos cuatro-cinco dos cero tres, pasaporte de su país P cinco cinco seis tres uno uno dos tres ocho, poder inscrito en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público al tomo dos mil veintiuno, asiento cinco tres cuatro seis ocho cero, el cual se encuentra vigente de lo que la suscrita notaria da fe, Yorleny Emilia Myrie Parchment, conocida como Yorleny Anna Parks Chen mayor, casada una vez, vecina de dos nueve dos tres Silver Crest Drive, Mill Creek Washington noventa y ocho mil doce-cinco mil seiscientos treinta y uno de paso por la ciudad de San José, Barrio Don Bosco, exactamente en el hotel Parking, portadora de la cédula de identidad número uno-setecientos doce-cero cincuenta y cinco poder inscrito en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público al tomo dos cero dos uno-cinco tres cuatro seis nueve tres-uno-uno, el cual se encuentra vigente de lo que la suscrita notaria da fe y Jorge Arturo Myrie Parchment, de nacionalidad costarricense, soltero, operario de mantenimiento, vecino de ciento noventa dos Longfellow drive, mastic beach, New York uno uno nueve cinco uno, portador de la cédula de identidad número uno-cero seiscientos ochenta y tres-cero seiscientos veintiuno, poder inscrito en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público al tomo dos cero dos uno-siete cuatro ocho dos cinco seis-uno-uno, el cual se encuentra vigente de lo que la suscrita notaria da fe y Alfredo Parks, único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, quien fue mayor, casado dos veces comerciante, vecino de Aserrí, costado este de la plaza de deportes, cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero uno cinco nueve seis ocho uno dos; quien falleció el día veintinueve de noviembre de dos mil veinte, defunción inscrita en el Registro Civil, Sección Defunciones, al tomo seiscientos cuarenta y uno, folio cuatrocientos cuarenta y nueve, asiento ochocientos noventa y ocho, cónyuge de la causante quien se encuentra representado por la albacea de su sucesión señora Ligia Mora Peraza, mayor, viuda una vez, jubilada, vecina de Aserrí, costado este de la plaza de deportes, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos tres-cero cuatrocientos noventa y seis, albaceazgo debidamente inscrito en el Registro Nacional sección personas bajo las citas dos cero dos uno-siete tres cero dos nueve cinco-uno-uno, a las diez horas del día veintitrés de febrero del año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Linda Redanever Myrie Parchmente mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad número siete-cero cuarenta y uno-ochocientos ochenta y cinco, que al momento de su fallecimiento residía en Los Estados Unidos de América, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Licda. Stefany Borey Bryan. Limón, Centro Central, setenta y cinco metros sur del Colegio de Limón Diurno, diagonal a la entrada principal de TEC, edificio blanco con gris. Teléfono 2758-1795.—Limón, veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Stefany Borey Bryan, Notaria.—1vez.—( IN2022626678 ).

Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio AB intestato en sede notarial de quien en vida fuera José Julián Ruiz Gómez, mayor, casado una vez, comerciante, con la cédula de identidad número: cinco-cero ciento noventa y ocho-cero seiscientos trece, el cual era vecino de San José, Hatillo Tres del Liceo Édgar Cervantes cincuenta metros oeste y veinticinco metros sur, casa tres; para que dentro del plazo de quince días contados a partir de su publicación, se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente N° 0002-2022 proceso sucesorio AB Intestato en Sede Notarial de José Julián Ruiz Gómez). Lic. Allan García Barquero, Notario Público con oficina en San José, Moravia costado oeste del Banco Popular.—Lic. Allan García Barquero, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626687 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Inocente Zúñiga Molina, quien fue mayor de edad, casado en primeras nupcias, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento cuatro-seiscientos ochenta y ocho, pensionado, vecino de Limón, Siquirres, Reventazón, Imperio Dos La Isla, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 02-2022. Notaría de la licenciada Ingrid Otoya Murillo, situada en Limón, Siquirres, Barrio San Rafael, cien metros al oeste y ciento veinticinco metros al norte del Salón Comunal. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Licda. Ingrid Otoya Murillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626695 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gabriel Barboza Marchena, quien fue mayor de edad, casado en primeras nupcias, portador de la cédula de identidad número siete-cero treinta y siete-trescientos diecinueve, pensionado, vecino de Limón, Siquirres, Barrio San Rafael, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2022. Notaría de la Licenciada Ingrid Otoya Murillo situada en Limón, Siquirres, Barrio San Rafael, cien metros al oeste y ciento veinticinco metros al norte del Salón Comunal. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Licda. Ingrid Otoya Murillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626696 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Olga Vega Arce, quien en vida fue mayor, viuda, pensionada, vecina de San Ramón, Alajuela, cédula número 202950281, para que, dentro del plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2022.—San Ramón, Alajuela, veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626724 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Delio Quesada Chaves, mayor de edad, viudo, comerciante, con cédula de identidad número uno-cero ciento sesenta y uno-cero trescientos, y su último domicilio fue en San José, Puriscal, Santiago, costado sur del Parque de Santiago, casa verde de dos plantas y fallecido el día treinta y uno de octubre del año dos mil veintiuno, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente N° 0001-2022. Notaría de la, carné 10928, oficina abierta en San Jose, Barrio Francisco Peralta de Casa Italia 100 al sur 200 al este y 50 al sur; teléfono 8822-9498.—Licda. María Isabel García Campos.—1 vez.—( IN2022626748 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Kathia Vanessa López Jara, quien fue mayor de edad, estado civil: divorciada una vez, vecina de Cañas, Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000159-0927-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y dos minutos del cinco de enero del dos mil veintidós.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2022626750 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de María Eugenia Núñez Rosales, quien fue mayor, casada una vez, Docente Pensionada, vecina de El Cacique Alajuela, cédula de identidad número seis-cero cero ochenta y cinco-cero doscientos noventa y siete, y José Gerardo Corrales Castillo, quien fue mayor, viudo, chofer, vecino de El Cacique Alajuela, cédula de identidad número uno-cero trescientos veinticuatro-cero novecientos cincuenta y tres; para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero uno-dos mil veintidós. Notaría Licenciada María González Campos sita en la ciudad de Alajuela veinticinco metros sur de esquina sureste del Parque Central. Teléfono 2442-6487. Fax 2442-7501.Correo electrónico: gonzalezabog@ice.co.cr.—Licda María González Campos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626764 ).

Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Olger Mauricio Gutiérrez Rivera, a las quince horas del diecisiete de enero del dos mil veintiuno, y comprobada el fallecimiento de Mayra Margarita Rivera Bustillo, cédula de identidad número: seis-cero cinco siete-tres seis ocho, hija de Euclides Rivera Pacheco y Juanita Bustillo Robledo (ambos fallecidos), costarricense, mayor de edad, ama de casa, divorciada y vecina: Puntarenas, Puntarenas, Barrio El Invu del Cocal, alameda dos, casa número diez, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Puntarenas, cien metros al oeste del Banco Nacional, edificio Tabash, segunda planta, oficina número tres. Teléfono: 8448-9425, a hacer valer sus derechos.—Puntarenas, a las diecisiete horas del diecisiete de enero del año 2022.—Lic. Pedro Jesús Ramírez Méndez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626772 ).

Ante esta notaría se tramita proceso sucesorio notarial de Manuel Bolaños Herrera, adulto mayor de setenta y años de edad, casado, pensionado, vecino de Alajuela, Central, Guácima, Santiago Oeste, Rincón Chiquito del Ebais, un kilómetro al oeste, portador de la cédula de identidad número dos-cero dos dos uno-cero cuatro siete cinco; fallecido el día quince de diciembre del dos mil trece. Se confiere el plazo legal, de quince días establecido en el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, a todos los herederos e interesados para que, comparezcan ante esta notaría a aceptar la herencia y hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Esta notaría se encuentra ubicada en San José, Barrio Escalante, del Banco Improsa cincuenta metros al este número tres uno cuatro cinco.—San José, veintiséis de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Roberto Antonio Quirós Coronado, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626775 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Guiselle Fernadez Vargas, San José Escazú, a las dieciséis horas del veintisiete de agosto del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de María Teresa Vargas González, mayor de edad, viuda una vez, ama de casa, vecina de: vecina Palmares, Alajuela un kilómetro al sur de la parroquia, con cédula de identidad número dos cero doscientos treinta y cinco cero novecientos sesenta y uno, fallecido el cinco de julio de dos mil veinte en San Juan, San Ramón, Alajuela, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Lucrecia Campos Delgado San José, Escazú, San Antonio Urbanización La Avellana casa 5-A, teléfono 8862-4406.—Veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2022626777 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jesús Antonio Rojas Corrales, mayor, casado, Costa Rica, con documento de identidad 0202270105 y vecino de Aguas Zarcas de San Carlos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000186-0297-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y ocho minutos del catorce de mayo del dos mil veintiuno.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez, Decisor.—1 vez.—( IN2022626785 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Moya Matamoros, mayor, divorciado una vez, pensionado, vecino de Cartago, Caballo Blanco, Residencial Lankaster, casa cinco, cédula tres- doscientos siete- setecientos cuarenta y seis, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos y se les apercibe que si no se presentan dentro de ese plazo la herencia pasara a quien corresponda. proceso sucesorio extrajudicial 0001-2022 de Luis Moya Matamoros. notaría del licenciado Erick Fabricio Jiménez Masís , con oficina en San Rafael de Oreamuno Cartago, contiguo a Ferretería San Rafael.—Cartago veintitrés de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—( IN2022626791 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Laureana Prendas Aguirre, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0600280712 y vecino(a) de Palmar. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000077-0423-CI-8.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia Civil), hora y fecha de emisión: veintidós horas con veintinueve minutos del dieciséis de enero del dos mil veintidós.—Licda. Maureen María Robinson Rosales, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626810 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana Lorena Auxiliadora Ramona Montoya Feoli, mayor, estado civil viuda, profesión agente de viajes, Nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0105250562 y vecina de Tirrases de Curridabat. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 21-000657-0180-CI-7.—Juzgado Primero Civil de San José, 18 de noviembre del año 2021.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza.—1 vez.—( IN2022626813 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alexander Durán Guevara, costarricense, mayor, divorciado, con documento de identidad 0110160984 y vecino provincia de San José, cantón Alajuelita. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000018-0216-CI-4.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián Y Alajuelita, hora y fecha de emisión: siete horas con treinta minutos del treinta de enero del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022626819 ).

Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días, comparezcan ante mi notaría ubicada en San José, Santa Ana, Uruca, Urbanización Río Oro, oficina número dos, o por medio del correo electrónico alerm_08@hotmail.com, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de este plazo, aquella pasará a quien legalmente corresponda en la Sucesión Legítima Notarial de quien en vida fuera: Carlos Venegas Fernández, mayor de edad, casado en primeras nupcias, pensionado, portador de la cédula de identidad número dos-doscientos treinta y tres-cero sesenta y seis, vecino de Alajuela, San Carlos, Cuidad Quesada, costado oeste del Estadio Municipal, casa a mano derecha. Expediente Nº 0001-2022.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Alexandra Rodríguez Masís, Notaria.—1 vez.—( IN2022626824 ).

Se cita y se emplaza a otros posibles interesados en la sucesión de quien en vida fue Ana Rosa Aguilar Garro, vecina de Heredia, San Joaquín, sucesión que se está tramitando en la notaría de la licenciada Monika Rodríguez Campos, para que en el plazo correspondiente se apersonen a reclamar sus derechos a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente número cero cero cero tres-dos mil veintidós.—Licda. Mónica Rodríguez Campos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626829 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Alberto Hidalgo Bermúdez, mayor, estado civil viudo primeras nupcias, profesión u oficio agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0103250107 y vecino de Limón, Guácimo Centro. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente:21-000013-0930-CI-2.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de enero del año 2021.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2022626832 ).

En mi oficina de notario ubicada en san Isidro, Pérez Zeledón frente al centro del sonido se ha abierto y tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Luisa Mena Zamora, con cédula de identidad uno cero dos cinco nueve cero tres ocho cinco por lo que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del presente edicto, cito y emplazo a todas aquellas personas que se consideren con interés legítimo dentro del presente proceso para que se apersonen a mi oficina a hacer valer sus derechos; en el entendido de que, si no lo hicieren dentro del plazo dicho la herencia pasará a quienes, habiéndose apersonado, demostraren tener derecho a sucederla. Expediente Nº 001-2022.—Lic. Eduardo Barquero Elizondo, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626836 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bernardita María Antonia González Sancho, mayor, soltera, enfermera, costarricense, con cédula de identidad N° 4-0139-0434 y vecina de Heredia, Barva, San Pedro. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 21-001137-0504-CI-8.—Juzgado Civil de Heredia. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y siete minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022626838 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Oliva Teodora Gutiérrez Obregón, mayor, estado civil divorciada, profesión u oficio pensionada, nacionalidad Costarricense, con documento de identidad 0601650474 y vecina de la Provincia de Puntarenas, Corredores, Corredores, Barrio El Carmen de Abrojo, 200 metros al este y 25 metros sur del Puesto de Policía..- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 20-000119-0920-CI - 6.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil), 18 de enero del año 2021.—Juan Carlos Cerdas Bermúdez, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626848 ).

En mi notaría, se tramita proceso sucesorio notarial acumulado de: Adilia Piedra Calvo, cédula de identidad número uno cero trescientos cuarenta y nueve cero trescientos uno, y Edgar Carvajal Campos, cédula de identidad número uno cero doscientos cincuenta y uno cero seiscientos veintinueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 003-2021.—Licda. Kattia Muñoz Zúñiga, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626852 ).

Se cita a todos los herederos, acreedores e interesados en general a la sucesión notarial de la señora Gretel Yolanda Bernabé Lewell, mayor, soltera, Coordinadora Judicial, cedula siete-cero sesenta y ocho-novecientos setenta y cuatro, vecina de Limón, Barrio Pueblo Nuevo, Espíritu Santo, trescientos metros noroeste, casa mano derecha con muro beige, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a la notaría que se indicara a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en el sucesorio notarial número JBO-cero cero uno-dos mil veintidós de Gretel Yolanda Bernabé Lewell; gestionan Yolanshie Vivian Bernabé Lewell y Kenrick Ronney Bernabé Lewell. Oficina de la notaria Janel Barboza Orias, ubicada en Costa Rica, Limón, veinticinco metros al norte del Hotel Maribu Caribe. Fax 2798-5022. Correo electrónico licdajaba@hotmail.com.—Limón, 24 de febrero del 2022.—Licda. Janel Barboza Orias, Notaria.—1 vez.—( IN2022626856 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Julia María Mora Zúñiga, cédula: 1-0246-0172, para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2022. Notaría de la licenciada María Virginia Montero Jiménez.—Licda. María Virginia Montero Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2022626857 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, según escritura 205-14 de las 08:00 horas del 16 de febrero del año 2022, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testado, de quien en vida fue Jane Michelle Calcaño Oramas, mayor, casada una vez, escritora, de nacionalidad venezolana, naturalizada costarricense, cédula de identidad número 8-0120-0769, vecina de San Rafael de Alajuela, Condominios Paso Real, Apartamento H cuarenta y tres; fallecida el día 08 de diciembre del año 2021, en Alajuela. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Ricardo González Fournier, sita en Sabana Sur, Oficentro Ejecutivo La Sabana, Torre 7, piso 2.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—( IN2022626859 ).

Avisos

Se convoca a quienes por ley, les pueda corresponder la representación de Camerina Gene Zamora, pasaporte número 572157308, para que en el plazo de cinco días se apersonen a este Despacho y manifiesten lo que corresponda respecto de la representación de la persona indicada, conforme al artículo 19.4 del Código Procesal Civil. En caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de un curador procesal. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Corporación Zamora Mairena del Pacífico S. A. Expediente N° 21-000004-1207-CJ. Nota: Sin fecha límite de publicación.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y seis minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez, Jueza Decisor.—( IN2022618252 ).                                                                           3 v. 3. Alt.

MSc. Pablo Amador Villanueva, juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Cristina Patricia Hernández Chacón, en su carácter personal, quien es mayor, nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1356-0424, domicilio desconocido; se le hace saber que en demanda actividad judicial no contenciosa, expediente N° 21-000718-0364-FA, establecida por el Patronato Nacional de la Infancia Oficina Local de Heredia Sur contra Santiago Elizondo Vargas y Cristina Patricia Hernández Chacón, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las dieciséis horas y treinta y uno minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiuno. De las presentes diligencias de depósito judicial de la(s) persona(s) menor(es) Ismael Antonio Elizondo Hernández, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Heredia Sur, se confiere traslado por tres días a Santiago Elizondo Vargas y a Cristina Patricia Hernández Chacón. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Gestión en línea: si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea, a señalar este medio para recibir notificaciones, e ingresar escritos directamente al expediente; lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde cualquier dispositivo electrónico a consultar su expediente, revisar sus notificaciones así como los escritos presentados, con lo anterior se evitará largas filas. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios Firmado profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 22776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)” Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un Lugar para atender notificaciones (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar Medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con Firmado digital de lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros extremos: Se otorga el depósito judicial provisional de la(s) persona(s) menor(es) de edad Ismael Antonio Elizondo Hernández, en el hogar de Gerardo Elizondo Rivera y Denise Vargas Carmona, abuelos paternos del menor, a quien se le previene que comparezca a este despacho dentro del plazo de tres días a aceptar y jurar el cargo. Lo anterior bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se resolverá lo que en derecho corresponda. Notificaciones: Notifíquese esta resolución al señor Santiago Elizondo Vargas personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real, en la siguiente dirección: Heredia, San Francisco, residencial Las Palmeras, casa número 51. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a la referida persona, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de Heredia. Asimismo, notifíquese esta resolución a la señora Cristina Patricia Hernández Chacón por medio de edicto, la presente comunicación se enviará de forma electrónica a la Dirección Ejecutiva de la Imprenta Nacional. Prevención: Previo a expedir la comisión deberá el ente promovente dentro del plazo de tres días aportar un juego de copias de todo el expediente, bajo el apercibimiento de que, si no lo hiciera, no se le atenderán futuras gestiones que presente y se podrá ordenar el archivo del presente asunto (artículo 136 del Código Procesal Civil). Se le hace saber a la parte promovente que dichas copias deberán ser presentadas exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante respectivo. Notifíquese. MSc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022625780 ).                                                                                                          3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Abigail Hernández Cubero, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-001953-0292-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas cuarenta y ocho minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626062 ).                                                                           3 v. 2.

A Rosendo Ocampo García y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Meylin María Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y Ronny Rosendo Ocampo Picado, N° 22-000019-0687-FA se les pone en conocimiento la resolución de las diez horas con veintidós minutos del doce de enero del año dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Meylin María Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y Ronny Rosendo Ocampo Picado, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Rosendo Ocampo García, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso de que, el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Asimismo, se ordena el depósito judicial provisional de los menores Meylin María Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y Ronny Rosendo Ocampo Picado bajo la custodia de Melvin Antonio Picado quien deberá presentarse ante este despacho para la aceptación del cargo dentro de los tres días posteriores a la notificación de esta resolución. Expediente N° 22-000019-0687-FA. Clase de asunto depósito judicial. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes.—O. C. Nº 364-12-2021B.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626216 ).  3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Santiago Jesús Camacho Fernández, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.- Expediente N°21-000808-0687-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las trece horas con treinta y tres minutos del nueve de diciembre del año dos mil veintiuno, 09 de diciembre del año 2021.—Licda. Marjorie Salazar Herrera.- Jueza.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022626219 ).    3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Santiago Jesús Camacho Fernández, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-000808-0687-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa depósito judicial. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las trece horas con treinta y tres minutos del nueve de diciembre del año dos mil veintiuno, 09 de diciembre del año 2021.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626220 ).                                                                                 3 v. 2.

A Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Logan Santiago Córdoba Marchena, se les pone en conocimiento la resolución de las nueve horas con ocho minutos del diez de febrero del año dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: de las presentes diligencias de depósito de las personas menores Logan Santiago Córdoba Marchena, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz por medio de edicto de ley. Para estos efectos, se comisiona. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.- Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009, Expediente 22-000097-0687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626853 ).             3 v. 1.

Expediente N° 22-000097-0687-FA.—A Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores: Logan Santiago Córdoba Marchena, se les pone en conocimiento la resolución de las nueve horas con ocho minutos del diez de febrero del dos mil veintidós de este Despacho, que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito de las personas menores: Logan Santiago Córdoba Marchena, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz por medio de edicto de ley. Para estos efectos, se comisiona. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4° de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que, para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Expediente N° 22-000097-0687-FA. Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera, Juez(a). Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626854 ).                                   3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la tutela legítima de la persona menor de edad Fabián Alonso Solano Rodríguez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de quince días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000621-0292-FA. Clase de Asunto Tutela.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno, 09 de setiembre del 2021.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626862 ).                                   3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la tutela legítima de la persona menor de edad Fabián Alonso Solano Rodríguez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de quince días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 20-000621-0292-FA. Clase de Asunto Tutela.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a ocho horas cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno, 09 de setiembre del año 2021.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021B.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626863 ).                    3 v. 1.

Msc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Karla Vanessa Gómez Quirós, en su carácter personal, quien es mayor, cédula N° 0603570616, de paradero y demás calidades desconocidas y Rudy Cordero Morales, en su carácter personal, quien es mayor, cédula N° 0603540868, se le hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa de depósito judicial de persona menor de edad. Expediente N° 21-000665-1146-FA establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto a Karla Vanessa Gómez Quirós, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las catorce horas dieciséis minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno. I-Por parte del Patronato Nacional de la Infancia se tiene por establecidas éstas diligencias de Actividad Judicial no Contenciosa de Depósito Judicial a favor de la persona menor de edad Rusdy Jesús Cordero Gómez. De éstas diligencias se confiere audiencia por el plazo de tres días a Karla Vanessa Gómez Quirós y Rudy Cordero Morales , para que si a bien lo tienen se refieran a los hechos y pretensiones que formula el ente promovente y si, lo consideran, podrán oponerse a las mismas; además se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, y se producir a igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. II-Siendo que se desconoce la dirección de la señora Gómez Quirós, madre de dicho menor, según lo manifestado por el ente promovente, se ordena notificar a estos por medio de un edicto que se publicará por una única vez en el Boletín Judicial. Al padre señor Cordero Morales se ordena notificar por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Alajuela por ser habido en Alajuela, San Rafael, Unidad de Admisión Puesto Diez. III-Medida provisional: Tal y como se solicitada por parte del ente promovente, se concede el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Rusdy Jesús Cordero Gómez a su abuela paterna la señora Yanni Morales Ávila, a quien se invita a apersonarse a este despacho para la debida aceptación del cargo conferido. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Msc Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626531 ).

Se convoca a los socios, asociados o a quienes corresponda designar representante de Cometa Ocho Marrón Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-419890 en pleno derecho por la Ley 9024 el día 09/08/2017, mediante las citas 2017-479612-1-115 para que en el plazo de cinco días se apersonen a este despacho y manifiesten lo que corresponda respecto de la representación de la persona indicada, conforme a lo establecido por los artículos 209 y 210 del Código de Comercio, 3.4, 19.4 y 178.1 del Código Procesal Civil. En caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de una persona liquidadora para ese efecto. Lo anterior por ordenarse así en proceso liquidación persona jurídica de Condominio Vertical Horizontal Residencial El Cometa del Pacífico contra Cometa Ocho Marrón Sociedad Anónima, Expediente N° 20-000373-0388-CI. Nota: Sin fecha límite de publicación.—Juzgado Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y dos minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2022626549 ).

Expediente Nº 20-000060-0958-CI. Se hace saber que en proceso judicial de concurso civil de acreedores tramitado en este despacho judicial, se dictó la sentencia número 130-2021 de las dieciséis horas treinta dos minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: “...Se decreta la insolvencia de Marco Aurelio Amador Madrigal, cédula de identidad número 1-1325-0245. Consecuentemente con ello, se inician los procedimientos necesarios para la apertura del concurso de acreedores solicitada por el promovente. Así que, de conformidad con los numerales 899 del Código Civil y 763 del Código Procesal Civil. En consecuencia, se dispone la apertura del concurso civil de acreedores del citado insolvente. Solicítese a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial la designación del curador propietario, curador suplente y persona notaria inventariadora que por turno corresponda. Del mismo modo, la persona insolvente promovente queda de derecho separada e inhibida de la facultad de administrar y disponer de los bienes que le pertenecen y sean legalmente embargables. La persona curadora será quien administre los bienes y activos embargables que se constaten, para luego ser pagados los créditos conforme a las reglas concursales vigentes. Se fija en calidad de por ahora y en perjuicio de terceros, el 14 de mayo de 2020 fecha en que se presume empezó el estado de insolvencia retrotraído a un mes, de conformidad con el artículo 888 del Código Civil. Se previene al deudor que no abandone su domicilio, ni salga del país sin autorización judicial, bajo el apercibimiento de que, si lo hiciere, podrá ser juzgado por desobediencia a la autoridad. Comuníquese a la Dirección General de Migración y al Ministerio Público para lo que corresponda en ambos casos. Procédase a la ocupación, inventario y depósito de los bienes embargables de la insolvente. Lo primero y tercero lo asumirá el curador que se designe. El inventario lo hará el notario inventariador que se nombrará en su momento. Comuníquese al Registro Público la declaratoria de insolvencia y su fecha, para que se abstenga de inscribir títulos emanados de la persona insolvente. Asimismo, a la Dirección General de Correos a fin de que envíe al Juzgado la correspondencia perteneciente al mismo. Comuníquese también a los bancos, almacenes generales de depósito y aduanas para que se abstengan de entregar al deudor o su apoderado, títulos valores, efectos de comercio, mercaderías o cualesquiera documentos con valor económico. Por ser asalariado el señor Marco Aurelio Amador Madrigal, comuníquese al departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad de San José, por mandamiento, para que proceda a depositar en adelante, período tras período de pago de salario, la parte legalmente embargable del salario de la señora Marco Aurelio Amador Madrigal en la cuenta automatizada de este proceso judicial número 20 000060-0958-8 del Banco de Costa Rica. De ese modo, la parte legalmente inembargable de su salario le será entonces entregada de manera íntegra al insolvente, por lo que, el patrono deberá abstenerse, con esta orden judicial, de hacer deducciones salariales automáticas, aún consentidas por la trabajadora insolvente, en perjuicio de la masa de acreedores, según la interpretación judicial del artículo 899 del Código Civil y el principio concursal de igualdad de acreedores. Este mandamiento lo diligenciará la persona curadora o la persona insolvente de manera personal. Se concede a los acreedores nacionales y extranjeros un plazo de dos meses para legalizar sus créditos y reclamar en su caso, el privilegio que tuvieren, el cual empezará a correr desde la última publicación de la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín Judicial y en un periódico de circulación nacional. Apersónese la persona insolvente, o bien el curador o cualquier interesado ante la Imprenta Nacional a efectos de atender el gasto necesario para la publicación del edicto que aquí se ordena, mismo que será enviado de inmediato por el Juzgado Concursal de forma electrónica y al periódico de circulación nacional para su publicación. Este gasto podrá ser reembolsado posteriormente, con preferencia, como un crédito de la masa. Se prohíbe hacer pagos y entregas de efectos al deudor insolvente, y si esto se incumpliere no quedarán descargados de la obligación. Se previene a todas las personas en cuyo poder existan pertenencias de la insolvente, cualquiera que sea su naturaleza, que dentro del plazo de ocho días hagan entrega al curador o a este juzgado manifestación y entrega de ellas, bajo pena de ser tenidos como ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios. Los tenedores de prendas y demás acreedores con derecho de retención, tendrán la obligación de dar noticia al curador o al Juzgado, también bajo el apercibimiento indicado. En caso de pagos de dinero o devolución de éste a favor de la insolvente, el dinero deberá ser depositado en la cuenta bancaria número 20 0000600958-8 del Banco de Costa Rica, para lo cual la persona depositante, en forma personal en este estrado judicial, por teléfono o por escrito con autenticación de abogado, deberá identificarse con su nombre completo y número correcto de identificación, para que pueda ser incluido en el sistema informático de los depósitos judiciales previo a la transacción bancaria que interese. Comuníquese al Ministerio Público para que se investigue la posible comisión o participación del delito de insolvencia fraudulenta...”.—Juzgado Concursal, San José, doce horas cuarenta y tres minutos del diez de setiembre de dos mil veintiuno.—Lic. Sergio Huertas Ortega, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626623 ).

Se avisa que, en este Despacho bajo el expediente N° 21-003027-0338-FA, Lauri Ann Bickel, Ryan Allan Bickel, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de las personas menores de edad Ana Yancy y Jaime ambos Palacios Santos. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cartago, 19 de noviembre del 2021.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626855 ).

Ana Catalina Cisneros Martínez Juez(a) del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia); hace saber a Tatiana Herrera Porras, documento de identidad 0603450731, Soltera, No indica, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso procesos especiales en su contra, bajo el expediente número 21-000209-1086-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia). A las trece horas catorce minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor Jefferson Darío Chavarría Herrera, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Tatiana Herrera Porras, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos, explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibidem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Previo a enviar la comisión, solicítese la cuenta cedular de la demanda al Registro Civil. Se nombra como depositaria judicial Provisional de la persona menor Jefferson Darío Chavarría, a la señora Alba De Los Ángeles Chavarría Chavarría, a quien se le previene apersonarse al proceso dentro del plazo de Cinco días, a aceptar el cargo conferido. Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso procesos especiales de patronato nacional de la infancia contra Tatiana Herrera Porras; Expediente Nº21- 000209-1086-FA. Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia). 15 de febrero del año 2022. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia).—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022626860 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la Tutela de la persona menor Nathaly Silke Toruño Santamaría, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de ocho días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-000305-1086-FA. Clase de Asunto Actividad Judicial no Contenciosa de Tutela. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), a las ocho horas cuatro minutos del once de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626861 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la tutela legítima de la persona menor de edad Fabián Alonso Solano Rodríguez, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de quince días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°20-000621-0292-FA. Clase de asunto: Tutela.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno, 09 de setiembre del 2021.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626864 ).

Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia); hace saber a Lester Jesús Amador Aguirre, documento de identidad desconocido presuntamente nicaragüense, de ocupación desconocida y sin domicilio conocido que en este Despacho se interpuso un Proceso Actividad Judicial no Contenciosa de depósito de menor de edad en su contra, bajo el expediente número 15-000196-1086-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Golfito, a las diez horas y cincuenta y tres minutos del ocho de diciembre de dos mil quince. De las presentes diligencias de depósito del menor Lester Manuel Amador Centeno, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Lester Jesús Amador Aguirre y a Kelin Centeno Campos, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en  sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado Civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a los señores, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Circuito Judicial de Golfito con el fin de notificar a la señora Centeno Campos, y con el fin de notificar al señor Amador Aguirre por medio de la Fuerza Pública de La Carpio. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se nombra como depositario judicial del menor Lester Manuel Amador Centeno, al señor Manuel Centeno Fajardo, a quien se le previene que debe apersonarse al despacho dentro de cinco días, después de notificado, a fin de aceptar el cargo conferido. Lic. Rafael Araya Fallas Juez. Lo anterior se ordena así en Proceso Actividad Judicial no Contenciosa de Depósito Judicial de Patronato Nacional de la Infancia contra Lester Jesús Amador Aguirre. Expediente Nº 15-000196-1086-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), 23 de febrero del año 2022..—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626865 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Kaffir Andrés Montes Castellón, en su carácter personal, quien es mayor, soltero, operario de construcción, vecino de, cédula 000, se le hace saber que en demanda Procesos Especiales de Salida del País Sumaria Expediente 21-003313-0338-FA, establecida por Heydi Elizabeth Martínez Rivera contra Kaffir Andrés Montes Castellón, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. Se tiene por establecido el presente trámite de autorización de salida del país de manera indefinida y solicitud de pasaporte promovido por Heydi Elizabeth Martínez Rivera. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Kaffir Andrés Montes Castellón, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Posterior a esta diligencia, sin perjuicio de la potestad de ordenar prueba para mejor resolver, se dictará la resolución de fondo. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626995 ).

Edictos Matrimoniales

Se hace saber que en mi notaría ubicada en San José, Hatillo 3, calle 58 correo electrónico Lic_umanzor@hotmail.com telefax 2214-5337, se tramita matrimonio de Wilmer Gabriel Dávila Avilez cédula 801300988 y Abigail Marie Doan, estadounidense pasaporte 535671413, para realizarse en San José a partir del día 1 de abril del 2022.—Lic. José Antonio Umanzor Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626508 ).

La suscrita Paula María Chacón Loaiza, costarricense, mayor de edad, casada en primeras nupcias, abogada y notaria pública, vecina de Cartago, Alvarado, Pacayas, portadora de la cédula de identidad número 3-0415-0875, con oficina abierta en la ciudad de Pacayas de Alvarado, Cartago, frente a la Cruz Roja, hace saber que, a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación, ante mi notaría comparecieron el señor: Pablo Alexander Sibaja Jiménez, costarricense, mayor de edad, soltero, farmacéutico, vecino de San José, Coronado, Barrio Cedros, costado este de la iglesia católica, 200 metros este, 200 metros sur y 25 metros este, portón blanco, portador de la cédula de identidad número 1-1310-0178, hijo de Carlos Alberto Sibaja Cerdas y Lilliana Jiménez Castro, ambos padres costarricenses, nacido el 12 de febrero de 1987 y actualmente con 35 años de edad y la señorita: Jessica Teresa Marín Mora, costarricense, mayor de edad, soltera, médico general, vecina de San José, Coronado, Barrio Cedros, costado este de la iglesia católica, 200 metros este, 200 metros sur y 25 metros este, portón blanco, portadora de la cédula de identidad número 1-1355-0578, hija de Antonio Marín Barrantes y Hazel Mora Fernández, ambos padres costarricenses, nacida el 13 de junio del año 1988 y actualmente con 33 años de edad. En virtud de ello y en cumplimiento de los artículos 25 y 26 del Código de Familia, se ordena la publicación del presente edicto para quien tenga alguna oposición a la unión solicitada por los futuros contrayentes, lo haga saber ante esta notaría dentro del plazo de ocho días naturales, después de la publicación de este edicto.—Cartago, Alvarado, Pacayas, frente a la Cruz Roja, 24 de febrero del año 2022.—Licda. Paula María Chacón Loaiza, Abogada y Notaria 24805.—1vez.—( IN2022626657 ).

Se hace saber que, ante mi Claudia Carvajal Varela, notaria pública con oficina abierta en Alajuela, Alajuela, San Antonio, de la Ferretería El Tejar 25 metros al oeste entrada privada a mano izquierda portón gris al fondo, han comparecido Francisco Javier Villalobos Cruz, mayor, soltero, Profesional en Informática, con cédula de identidad número 1-1539-0576, vecino de Alajuela, Alajuela, Dulce Nombre, 50 metros al oeste del restaurante Las Delicias del Maíz; y Tiffany Zamora González, mayor, soltera, Profesional en Informática, con cédula de identidad número 2-0733-0796 y vecina de Alajuela, Alajuela, San Antonio, 50 metros al oeste y 25 metros al sur del Centro Comercial Los Tejares; a efecto de celebrar matrimonio civil ante esta notaria conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que, si existe alguna oposición a la unión solicitada, lo hagan saber dentro del plazo de 8 días naturales después de la publicación de este edicto.—María Claudia Carvajal Varela, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626779 ).

Se hace saber que ante , Jenifer Valenciano Jiménez, notaria pública con oficina abierta en Alajuela, Alajuela, San Antonio del Tejar, veinticinco metros oeste de Ferretería El Tejar, entrada privada mano izquierda, portón gris al fondo, han comparecido: Santiago José Baltodano Díaz, mayor, quien dice ser soltero, electricista, con documento de identidad migratorio para extranjeros residente permanente en Costa Rica libre de condición número: uno cinco cinco ocho uno dos cero cero cuatro tres cero dos, de nacionalidad: nicaragüense; y Fátima del Socorro (nombre) Artola (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad: nicaragüense, mayor, quien dice ser soltera, ama de casa, con documento de identidad migratorio para extranjeros residente permanente en Costa Rica libre de condición número: uno cinco cinco ocho dos cero uno cero nueve tres uno cinco, ambos vecinos de Alajuela, Alajuela, San Isidro, Itiquís, del Ebais doscientos metros norte, casa de color verde con verjas negras, frente al Hotel Villa Pacandé, han comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que, si existe alguna oposición a la unión solicitada, lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de este edicto ante esta notaría.—Licda. Jenifer Valenciano Jiménez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626782 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Bienvenido Santamaría Guerra, mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad número 0600960745, vecino de Río Claro, Ciudadela Cruz Roja, hijo de Isabel Santamaría Guerra, nacido en Sierpe, Osa, Puntarenas, el 20/03/1951, con 70 años de edad; y María Rosa de los Dolores Murillo Chavarría, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0106170303, vecina de Río Claro, Ciudadela Cruz Roja, hija de Nelly Chavarría Murillo y Alamar Murillo Jiménez, nacida en Santiago, Puriscal, San José, el 22/10/1963, actualmente con 58 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000032-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), Golfito, 16 de febrero del 2022.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626793 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores David Alejandro Ojeda González, costarricense naturalizado, estado civil: soltero, cédula de identidad número: 8-0079-0495, edad en años cumplidos: 49 años, ocupación: docente, sexo: masculino, nacido en: provincia: Nicaragua, en fecha: 08-05-1972 y Juana Elisabeth Espinoza Toval, nicaragüense, estado civil: soltera, cédula de identidad número: 155824210036, edad en años cumplidos: 41 años, ocupación: oficios domésticos, sexo: femenino, nacida en: Nicaragua, en fecha: 24-06-1980, ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, La Colina, del Mega Super 75 metros oeste, 100 sur, casa color amarillo. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000077-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 11 de febrero del año 2022.—Msc. Kensy Cruz Chaves, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626794 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Vanessa Yaneeth Vargas Vásquez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 1-1845-0030, hija de Sandra Vargas Vásquez, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 02/06/2002, y Steven Josué Navas Morales, mayor, soltero, ayudante de construcción, cédula de identidad N° 1-1615-0023, hijo de Edelma Navas Morales, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 29-07-1995; ambas personas tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expídase el edicto y publíquese en el Boletín Judicial por una única vez. Expediente N° 22-000164-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 21 de febrero de 2022.—Licda. Kellen Pamela Maroto Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626795 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Eleonor Elizondo Cordero, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 1-0916-0160, hija de William Elizondo Hernández y Mayela Cordero Ceciliano, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 28/05/1975; y Ademar Gerardo Castro Pérez, mayor, soltero, operario en lácteos, cédula de identidad N° 1-0727-0104, hijo de Ramón Castro Jiménez y Elena Pérez Jiménez, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 26-12-1967; ambas personas tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000157-1303-FA. Expídase el edicto y publíquese en el Boletín Judicial por una única vez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 18 de febrero del 2022.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626796 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Diana Melissa Solano Dávila, mayor, soltera, oficinista, cédula de identidad número 0116490098, hija de Alba María Dávila Espinoza y de Edgar Enrique Solano Portuguez, el 12/07/1996, con veinticinco años de edad, y Stiven Wilfredo Ruiz García, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad número 0504100904, hijo de Sileni García Rodríguez y Wilfredo Ruiz Mora, el 08/06/1996, actualmente con 25 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en vecino de domicilio en Liberia, Barrio San Roque, de la iglesia Eben-Ezer cincuenta metros al norte. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000105-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, fecha, 10 de febrero del año 2022.—Msc. Marcela González Solera, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626797 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Javier Felipe Díaz Artiaga, mayor, soltero, operador de maquinaria, cédula de identidad número 0502690224, nacido en Centro Liberia Guanacaste, el 28/10/1971, con 50 años de edad, y la señora Karen María Martínez Morales, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0503000966, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el 30/09/1977, actualmente con 44 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Cañas Dulces de Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 22-000122-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 16 de febrero del año 2022.—Msc. Marcela González Solera, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022626799 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, los señores: Cristóbal Guzmán Alvarado, costarricense, estado civil: soltero, cédula de identidad número: 7-0290-0028, edad en años cumplidos: 20 años, ocupación: jornalero en bananera, sexo: masculino, nacido en provincia: Limón, en fecha: 03-11-2001; y Elmis Estefany Jiménez Layan, costarricense, estado civil: soltera, cédula de identidad número: 7-0291-0613, edad en años cumplidos: 20 años, ocupación: oficios domésticos, sexo: femenino, nacida en: Valle de la Estrella, Limón, en fecha: 10-04-2001, ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, San Clemente, de la Escuela 500 metros sur, casa verde agua. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000062-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 11 de febrero del 2022.—Licda. Silán Navarro Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626800 ).

Licda. Silán Navarro Jiménez. Jueza del Juzgado de Familia del primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Dasaeth de Los Ángeles Chaves Vindas, Costarricense, estado civil: soltero, cédula de identidad número: 7-0226-0215, edad en años cumplidos: 27 años, ocupación: oficinista, sexo: masculino, nacido en: provincia: Limón, en fecha: 13-03-1994 y Daniela Magally Jiménez Carranza, Costarricense, estado civil: soltera, cédula de identidad número: 7-0232- 0897, edad en años cumplidos: 27 años, ocupación: trabajadora social, sexo: femenino, nacida en: Central Limón, en fecha: 31-12-1994, ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Pueblo Nuevo, Espíritu Santo, del abastecedor el Pueblo, 250 metros noreste, casa esquinera a mano derecha. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los OCHO DÍAS siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº22-000132-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, Fecha, 18 de febrero del año 2022.—Licda. Silán Navarro Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626801 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jairo Eduardo Varela Portuguez, mayor, divorciado, panadero, cédula de identidad número uno-mil quince-doscientos seis, hijo de Eduardo Varela Valverde y Albertina Portuguez Navarro, nacido en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, el 26 de setiembre del año 1978, y Julia Marlene Quirós Zúñiga, mayor, divorciada, educadora, cédula de identidad número uno-seiscientos sesenta y tres-ochocientos veintisiete, hija de Didio Quirós Barrantes y Odilia Zúñiga Chinchilla, nacida en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, el 07 de julio del año 1963; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000160-1303-FA. Nota: publíquese por una única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de febrero del año 2022.—Licda. María Del Rocío Quesada Zamora, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626802 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil Jairo Eduardo Varela Portuguéz, mayor, divorciado, panadero, cédula de identidad número uno-mil quince-doscientos seis, hijo de Eduardo Varela Valverde y Albertina Portuguéz Navarro, nacido en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, el 26 de setiembre del año 1978, y Julia Marlene Quirós Zúñiga, mayor, divorciada, educadora, cédula de identidad número uno-seiscientos sesenta y tres-ochocientos veintisiete, hija de Didio Quirós Barrantes y Odilia Zúñiga Chinchilla, nacida en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, el 07 de julio del año 1963; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000160-1303-FA. Nota: Publíquese por una única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de febrero del 2022.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626803 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Bryan Anthonny Colindres Mora, mayor, soltero, gondolero, cédula de identidad número 0504300345, nacido en Centro Liberia Guanacaste, el 21/11/1999, con 22 años de edad, y la señora María Paola Artavia Rugama, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0504300998, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el 28/12/1999, actualmente con 22 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente. Nº22-000142-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, Fecha, 23 de febrero del año 2022.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626804 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil en este Despacho: Henry Moisés González Marchena, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad N° 0604610686, vecino de Kilometro Siete, Purruja, Golfito, hijo de Edith Trinidad Marchena Rojas y José Dany González Vargas, nacido en Corredor, Corredores, Puntarenas, el 04/08/2000, con 21 años de edad, y Keilyn María Romero Angulo, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad N° 0604670270, vecina de Kilometro Siete, Purruja, Golfito, hija de Florinda Angulo Villagra y Kid Douglas Romero López, nacida en Centro Golfito, Puntarenas, el 13/06/2001, actualmente con 20 años de edad, ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Purruja, Golfito. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000033-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito, (Materia Familia), Golfito, 17 de febrero del 2022.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626866 ).

Edictos en lo Penal

Juzgado Penal de San Carlos del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas con treinta y cinco minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós, en la sumaria N° 21-000009-0306-PE por el delito de Falsificación de Señas y Marcas, contra German Vega González, en perjuicio de La Fe Pública; de conformidad con el artículo 7° de la Ley de Notificaciones y por resultado de orden citación negativa, se dispone notificar por edicto a: Ruddy Gómez Alemán, cédula residencia N° 155808194907 sobre la devolución del motor: 162FMJ1606906175, marca: Serpento, modelo: Cobra, cilindrada: 150 C.C, cilindros: 1, potencia: 9 Kw, combustible: gasolina, o bien a quien demuestre con documento idóneo la titularidad del mismo; contando con el plazo de tres meses a partir de esta publicación para su retiro; siendo que una vez vencido se dispondrá su donación en favor del Estado, según lo dispuesto en la Ley N° 6106, denominada Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso. Publíquese.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada.—Msc. Joselyn Villegas Araya, Juez Penal.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626530 ).

Juzgado Penal de San Carlos, Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas con treinta y cinco minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós, en la sumaria Nº 21-000009-0306-PE por el delito de falsificación de señas y marcas, contra German Vega González, en perjuicio de La Fe Pública; de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones y por resultado de orden citación negativa, se dispone notificar por edicto a Ruddy Gómez Aleman, cédula residencia N° 155808194907 sobre la devolución del motor: 162FMJ1606906175, marca: Serpento, modelo: Cobra, cilindrada: 150 c.c., cilindros: 1, potencia: 9 KW, combustible: gasolina, o bien a quien demuestre con documento idóneo la titularidad del mismo; contando con el plazo de tres meses a partir de esta publicación para su retiro; siendo que una vez vencido se dispondrá su donación en favor del Estado, según lo dispuesto en la Ley 6106, denominada Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso. Publíquese.—Juzgado Penal de San Carlos, Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Joselyn Villegas Araya, Juez Penal en San Carlos, Ciudad Quesada.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626532 ).