BOLETÍN
JUDICIAL N° 40 DEL 1° DE MARZO DEL 2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN
HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remate
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
SEGUNDA PUBLICACIÓN
El Consejo de la Judicatura y la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial,
abren concursos para integrar listas de elegibles para los cargos de juez
y jueza:
Concurso |
Cargos de juez y jueza |
Inicio
de examen |
Modalidad |
CJ-01-2022 |
Juez y Jueza 2 Ejecución
de la Pena |
Abril |
Escrito/Oral |
CJ-02-2022 |
Juez y Jueza 3 Agrario |
Abril |
Escrito/Oral |
CJ-03-2022 |
Juez y Jueza 3 Contencioso
Administrativo |
Abril |
Escrito/Oral |
CJ-04-2022 |
Juez y Jueza 3 Penal |
Mayo |
Escrito/Oral |
CJ-05-2022 |
Juez y Jueza 3 Penal Juvenil |
Mayo |
Escrito/Oral |
CJ-06-2022 |
Juez y Jueza 3 Familia |
Abril |
Escrito/Oral |
CJ-07-2022 |
Juez y Jueza 4 Civil |
Marzo |
Escrito/Oral |
CJ-08-2022 |
Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones |
Marzo |
Escrito/Oral |
Observación: Una vez que se haya
realizado la revisión de requisitos de las personas inscritas,
se indicará por medio de correo
electrónico la fecha, hora
y lugar de las pruebas conforme al detalle indicado en el
cuadro anterior.
Las pruebas orales en la medida
de lo posible se realizarán
un mes después de finalizados los exámenes escritos.
Temarios se encuentran a disposición
en la página web:
https://ghcarrerajudicial.poder-judicial.go.cr/
I. Requisitos:
Generales:
✓ Licenciatura
en Derecho.
✓ Incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados de Costa Rica.
✓ Si no labora en
el Poder Judicial, deberá aportar documento con la cuenta cliente del Banco de su elección.
Específicos: Además de los requisitos generales, las
personas que oferten en el siguiente concurso
deben cumplir con los requerimientos que establece el Manual de Clasificación de Puestos y demás disposiciones vigentes del marco jurídico costarricense y contar con lo siguiente:
Concursos: CJ-08-22 de Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones
• Haber ejercido la profesión durante diez años, salvo en los casos en
que se trate de funcionarios
judiciales con práctica jurisdiccional no menor de cinco años.
También, puede revisar el manual de puestos, en el
que se indica cuáles son las competencias
genéricas, técnicas y específicas, además las responsabilidades por funciones
que requiere el puesto y que se encuentra en la siguiente dirección:
https://ghanalisispuestos.poder-judicial.go.cr/index.php/manualdescriptivo-de-clases-de-puestos.
II. Fases que constituyen
los concursos:
✓ Inscripción
electrónica en el concurso.
✓ Quienes cumplan
con los requisitos establecidos,
deberán aplicar un examen escrito en la fecha
que defina la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.
✓ Solo las personas que obtengan en el
examen escrito una nota igual
o superior al 70, podrán realizar
la prueba oral, en la fecha que defina la Sección Administrativa de la
Carrera Judicial.
✓ Entrevista
por parte de los y las integrantes
del Consejo de la Judicatura.
✓ Valoraciones
por parte de las personas profesionales
de la Unidad Interdisciplinaria de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial en las áreas de psicología, medicina, trabajo social e investigación de
antecedentes.
✓ Cierre
del concurso por parte del Consejo de la Judicatura. Se realizará de acuerdo con lo señalado en el
promedio final de elegibilidad
del presente cartel.
✓ Ingreso
de promedios de las personas que resulten
elegibles al respectivo escalafón, una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto
final del concurso.
III. Acerca de la inscripción
a los concursos: La inscripción
debe realizarse de manera electrónica, por ello es imprescindible que las personas oferentes
se inscriban en los concursos a través del Sistema GH
en Línea.
La guía para el registro de Usuario y Contraseña para el ingreso al Sistema GH en Línea la encuentra
en las siguientes direcciones electrónicas:
Intranet:
http://sjoaplpro16/ghenlinea2/
Internet:
https://pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/
Inscripción a los concursos una vez que se haya ingresado al Sistema GH en Línea:
✓ En la
barra superior del Sistema GH en Línea,
posesionarse en “Trámites” y luego en “Concursos y Convocatorias”.
✓ Dentro de “Concursos
y Convocatorias”, buscar el apartado de Concursos Carrera Judicial y presionar “Concursos Lista de Elegibles”.
✓ Posesionarse
y seleccionar el registro, y seguir las instrucciones señaladas hasta el final para lograr con éxito la inscripción a los concursos.
La inscripción será única y exclusivamente por este medio y queda registrada en línea
automáticamente. Esta oficina habilita el Sistema GH en Línea las veinticuatro horas
hasta la fecha de vencimiento
del período de inscripción
del concurso.
Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que
complete todos los espacios
requeridos en el formulario. Al final del proceso de inscripción, el sistema le brindará
un comprobante mediante el cual se asegura
que ésta se efectuó con éxito, de ahí que la Sección Administrativa de la
Carrera Judicial no extenderá comprobantes
de inscripción. Caso contrario
la solicitud será desestimada.
Los TEMARIOS
de las pruebas están disponibles en la siguiente dirección electrónica.
Internet e
intranet:
https://ghcarrerajudicial.poderjudicial.go.cr/index.php/materialdeestudiopag.
La Sección Administrativa de la
Carrera Judicial no cuenta con material de estudio ni prácticas
de examen para las pruebas, de ahí
que le corresponde a cada
persona aspirante buscar y contar con dicho material.
IV. Documentos a presentar:
De acuerdo con el procedimiento que se señala en el apartado
III del presente cartel, los documentos
correspondientes a los atestados
deben subirse en formato electrónico
por medio del Sistema GH en Línea
a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores al vencimiento de la fecha límite para la inscripción a los concursos, fecha que se establece como Corte para contabilizar los atestados presentados. Esta disposición rige para quienes oferten por primera vez. En el
caso de las personas servidoras
judiciales únicamente deben aportar los atestados que no consten en su expediente
electrónico, el mismo lo pueden revisar en GH en
línea.
Es responsabilidad
de cada persona servidora
judicial activa al momento
de inscribirse en un proceso de selección, verificar que los documentos que acrediten el cumplimiento
de los requisitos se encuentren
al día en su expediente personal (previo a la fecha de cierre). No se deben remitir atestados
duplicados.
Excluyentes:
✓ Licenciatura
en Derecho. (Debe subirse en formato electrónico
PDF, ver punto V).
✓ Incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados de Costa Rica y encontrarse
al día con las obligaciones. (Debe subirse en formato
electrónico PDF, ver punto
V).
Otros:
✓ Si no labora
en el Poder
Judicial. Documento del Banco de su elección que contenga el número
de Cuenta Iban y Cuenta Cliente. (Debe subirse en formato electrónico
PDF, ver punto V).
✓ Bachiller de secundaria.
(Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).
Deseables: Tienen puntaje para la calificación.
✓ Documento
que acredite la experiencia
externa al Poder Judicial como
profesional en Derecho.
(Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).
➢ Empresa o institución: Constancia emitida
por esta que especifique:
✓ Los puestos
profesionales desempeñados.
✓ Requisitos y especialidad de los puestos desempeñados.
✓ La fecha de rige
y vence de los períodos laborados.
✓ Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso
de que los haya disfrutado,
se debe señalar el período.
✓ El motivo de salida;
Además indicar si hubo o no pago
de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.
➢ Abogado y Abogada
litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los períodos en los cuales ejerció libremente la profesión en derecho, acompañada de un comprobante de Tributación
Directa, que muestre que la
persona profesional es contribuyente
y se desempeña en el área del derecho, incluyendo la fecha de inicio y fin, además de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.
✓ Certificación
o constancia de las notas universitarias de los grados académicos obtenidos en la carrera universitaria
en derecho emitidas por la universidad. (Debe subirse en formato electrónico
PDF, ver punto V).
✓ Certificación o constancia
emitida por la universidad respectiva que al obtener el título de licenciatura
en Derecho se encontraba acreditada por el Sistema
Nacional de Acreditación de la Educación
Superior. (Debe subirse en formato electrónico PDF, ver punto V).
✓ Constancia como persona docente universitario en Derecho emitida por universidad, deberá contener membrete y especificar el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el
año que la impartió. (Debe subirse en formato
electrónico PDF, ver punto
V).
✓ Certificado que le acredite
la especialidad por la aprobación
del Programa de Formación
General básica para jueces
y juezas o título de especialidad, maestría o doctorado en cualquiera
de las ramas del Derecho. (Debe subirse
en formato electrónico PDF, ver punto V).
✓ Publicaciones de libro
u ensayos atinentes a la disciplina del Derecho que cuenten
con Consejo Editorial. (Debe subirse
en formato electrónico PDF, ver punto V).
✓ Certificados de capacitación
recibida atinente a la disciplina del derecho, para su reconocimiento la capacitación
debe haberse recibido
posterior a la incorporación al Colegio de Abogadas y Abogados, que contenga
la cantidad de horas y ser impartida
por alguna institución de renombre. (Debe subirse en formato electrónico
PDF, ver punto V).
V. Procedimiento para subir
al sistema gh en línea los documentos
correspondientes a los atestados
en formato electrónico
PDF: Escanear cada documento, crear el
archivo digital en formato PDF e identificar los
documentos. Cada archivo no debe sobrepasar los tres megas como
máximo. Caso contrario el Sistema GH en Línea no lo subirá a la plataforma.
Si es una
persona empleada judicial, o una persona que en algún momento
laboró para el Poder Judicial, y requiere actualizar el expediente
personal, es obligatorio que remita
a la cuenta de correo electrónico del señor Set Durán Carrión sduranc@poderjudicial.go.cr la documentación
correspondiente.
Si es una persona que NO es empleada judicial, debe ingresar
a la dirección electrónica
https://pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/ para subir
al Sistema GH en Línea los documentos correspondientes a los
atestados y seguir las siguientes instrucciones:
➢ Al concluir
su inscripción en los concursos y si ya tiene
la documentación escaneada
de los archivos digitales en PDF.
✓ Seleccione
“adjuntar archivo”,
presione “examinar”,
y en la pantalla emergente debe buscar y seleccionar los archivos digitales en PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Presionar
“subir atestados”.
➢ Durante el
periodo de inscripción o vencida la inscripción a los concursos, pero dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha límite de inscripción a los concursos:
✓ Ingresar
el Usuario y Contraseña creado desde la inscripción para el ingreso al Sistema GH en Línea.
✓ En la barra superior del Sistema GH en Línea, posesionarse
en “Su Consulta”
y luego en “Histórico de Ofertas”.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Dentro de “Histórico de Ofertas”,
buscar el apartado de Concursos de elegibles vencidos Carrera
Judicial y presionar “Concursos
Elegibles Vencidos”.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Sin marcar
el check seleccione “Guardar Atestados”.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Seleccione
“adjuntar archivo”,
presione “examinar”,
y en la pantalla emergente debe buscar y seleccionar los archivos digitales en PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.
Para ver la imagen
solo en el Boletín Judicial con
formato PDF
✓ Presionar
“subir atestados”.
➢ Los documentos
deben ser remitidos dentro
de los ocho días hábiles posteriores a la fecha límite de inscripción a los concursos:
✓ El Sistema GH en Línea no permite
subir los archivos digitales en PDF a la plataforma.
Los documentos escaneados de los archivos digitales en PDF quedan agregados
en forma automática en un buzón, el
cual será revisado y descargado por la Sección Administrativa de la
Carrera Judicial.
VI. De los componentes por valorar:
✓ Examen: Las personas aspirantes deberán rendir una prueba escrita que estará conformada por 80 ítems de selección única que abordarán los temas fundamentales del temario. Asimismo, quienes obtengan en el examen una nota igual o superior al 70, deberán realizar una prueba oral que se tratará de la resolución de un caso integrador que involucra las funciones propias del puesto por el que se aspira, y ésta segunda prueba
será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.
Las notas de ambas pruebas (escrito - oral) tendrán un valor
de 50% cada una del valor del examen, es decir 75% para el grado I, categorías de juez y jueza 1, 2 y 3; y para el grado II 70%, que conforma las categorías de juez y jueza 4 y 5.
El examen no representa
el promedio de elegibilidad, por cuanto este porcentaje deberá ponderarse con otros factores, tales como: experiencia, promedio académico, entrevista, publicaciones, docencia, postgrados y capacitación.
A las personas que se presenten
a las pruebas después de la
hora citada no se les permitirá
realizar las mismas y serán descalificados del concurso. De igual forma, a las
personas que obtengan una nota inferior al 70 en el examen. De presentarse algún inconveniente que no permita el desarrollo normal de las pruebas éstas serán
suspendidas y serán reprogramadas.
Las fechas de los
exámenes que se les otorgue
estarán sujetas a cambios, en caso
de ser necesario.
✓ Entrevista:
Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes
del Consejo de la Judicatura,
la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante. Será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.
✓ Experiencia profesional:
Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio
de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Por lo que si posee experiencia
externa al Poder Judicial, debe acreditarse
mediante la siguiente documentación. Debe subir en formato electrónico
PDF (ver punto V) la documentación
correspondiente:
➢ Empresa o institución: Constancia emitida
por esta que especifique:
✓ Los puestos
profesionales desempeñados.
✓ Requisitos y especialidad de los puestos desempeñados.
✓ La fecha de rige
y vence de los períodos laborados.
✓ Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso
de que los haya disfrutado,
se debe señalar el período.
✓ El motivo de salida;
Además indicar si hubo o no pago
de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.
➢ Abogado y Abogada litigante:
✓ Declaración
jurada no protocolizada sobre los períodos en los cuales ejerció
libremente la profesión en derecho, acompañada de un comprobante de Tributación
Directa, que muestre que la
persona profesional es contribuyente
y se desempeña en el área del derecho, incluyendo la fecha de inicio y fin, además de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.
La Sección Administrativa de la
Carrera Judicial determinará la experiencia
como profesional en el área
del Derecho en el Poder Judicial mediante el prontuario de puestos desempeñados.
En concordancia con lo establecido
en el artículo
38 del Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior. Se podrá
computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado
el plazo de dos años desde el
corte de experiencia
anterior.
✓ Promedio
académico: Para promediar
este componente, debe remitir en
formato electrónico PDF (ver punto V) certificación o constancia de las notas universitarias de los grados académicos obtenidos en la carrera universitaria
en derecho emitidas por la universidad. Debe subir en formato electrónico
PDF (ver punto V) la certificación
o constancia correspondiente
emitida por la universidad respectiva.
✓ Docencia: Se reconocerá la docencia universitaria impartida en cursos atinentes
a la disciplina del derecho, asignando
una calificación total de 0.5, a razón
de 0.05% por cada año efectivo, hasta un máximo de 10 años. Debe subir en formato electrónico
PDF (ver punto V) la certificación
o constancia correspondiente
emitida por la universidad respectiva.
✓ Acreditación en la Licenciatura SINAES: De
acuerdo con el artículo 4 de la Ley N° 8798 conocida
como Ley del Sistema Nacional de Acreditación
de la Educación Superior, se otorga
0.5 puntos a los títulos de licenciatura
en derecho otorgados en universidades acreditadas. Debe subir en formato electrónico
PDF (ver punto V) la certificación
o constancia correspondiente
emitida por la universidad respectiva.
✓ Posgrado: Se reconocerán dos puntos por la especialidad,
por la aprobación del Programa
de Formación General básica
para Jueces y Juezas o especialidad universitaria;
tres puntos por la maestría
y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro
es de cinco puntos y no es acumulativo.
Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) el o los títulos correspondientes.
✓ Publicaciones: La guía para la calificación de los
y las participantes en la
Carrera Judicial contempla, únicamente,
el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del
Derecho que cuenten con Consejo
Editorial y previo estudio
y reconocimiento de la Unidad de Componentes
Salariales del Departamento
de Gestión Humana del Poder
Judicial. Debe subir en formato electrónico PDF (ver punto V) la documentación correspondiente.
✓ Capacitación recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, siempre
que contengan la cantidad
de horas establecidas; la capacitación
sea impartida por alguna institución de renombre, atinente a la disciplina del
Derecho y sea realizada luego
de la incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de
Costa Rica. Debe subir formato
electrónico PDF (ver punto
V) los certificados correspondientes.
Los certificados de capacitación deben cumplir los siguientes elementos:
➢ Que provengan
de la Escuela Judicial o cualquier órgano auxiliar de capacitación autorizado o supervisado por ésta.
➢ Que provengan de un centro
de educación superior público
o privado reconocido y avalado
por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.
➢ Que provenga de un centro
encargado de la formación profesional dentro de un Colegio Profesional.
➢ En el ámbito internacional, los certificados deben respaldarse por un organismo al
que pertenezca Costa Rica o por un centro de enseñanza superior autorizado en el
país de origen.
➢ Cualquier otro certificado emitido por una institución del Estado siempre y cuando sea atinente a la Judicatura.
✓ Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicología: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social
y psicología, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección.
Asimismo, en vista de que el
resultado de la evaluación interdisciplinaria es un peritaje
integral, el mismo podrá ser comunicado una vez finalizada la evaluación en las tres áreas, por lo que no se emitirán criterios técnicos preliminares o por área.
La información que se obtenga de las
valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación
de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad
se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos
casos que se considere pertinente para mejor resolver.
Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones
contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales
de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales
de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.
Los resultados que se obtengan
en la evaluación de Trabajo Social, específicamente en el estudio
sociolaboral y de antecedentes,
relacionados con aspectos
de la ética y moral, tendrán
carácter vinculante. Por ello las personas que alcancen un
resultado desfavorable serán descalificadas de los concursos en forma inmediata. Esta disposición se regirá con las normas establecidas en el Reglamento
de la Unidad de Investigación Sociolaboral
y Antecedentes (UISA) de la Sección
Reclutamiento y Selección,
con la excepción de lo estipulado
en los artículos 13 y 14, relativo a las apelaciones, por cuanto las mismas serán atendidas por el Consejo de la Judicatura, Órgano Rector de la
Carrera Judicial. Por lo tanto, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la UISA, quiénes obtengan resultado no favorable no podrán participar en ningún
concurso mientras no se hayan cumplido los períodos establecidos, según sea el caso.
✓ Promedio
final de elegibilidad: Se hará
en el mismo
momento a todas las personas
participantes de un mismo concurso, por cuanto consta de un procedimiento único, con fases de cumplimiento iguales para los y
las participantes. Esta regla aplica para las personas
que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen
para mejorar la nota. Salvo disposición
contraria por el Consejo de la Judicatura o bien,
que por interés institucional
de contar con suficientes elegibles para llenar las plazas vacantes e interinas en cargos de la judicatura a la
mayor brevedad; o con motivo
de retrasos justificados o
no atribuibles a la persona aspirante
en la tramitación de algunas de las fases de los concursos, se finalizará el concurso y excluirá
temporalmente aquellas
personas que tengan pendiente
cumplir con alguna de las fases del proceso, sin perjuicio de que cuando hayan completado con la totalidad de los requisitos y sí procede, se incorporen en el
respectivo escalafón.
Si el promedio final es inferior a
70, no procederá en el futuro la modificación
del promedio obtenido mediante la recalificación de los
distintos factores. Consejo de la Judicatura, sesión CJ362001, artículo VIII, celebrada el 23 de octubre de 2001.
✓ Convalidación
del promedio de elegibilidad:
Procede convalidar el promedio obtenido
en un concurso a otro de inferior categoría en la misma materia, esta gestión se realiza a solicitud de parte y una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto
final del concurso donde está participando.
Para ello, deberá haber obtenido un promedio igual a 70 o superior. Esta regla aplica para las personas
que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen
para mejorar la nota.
VIII. Sobre las reprogramaciones,
exclusión
y sanción.
✓ Exclusión:
No se aceptarán solicitudes de exclusión
del concurso una vez que la
persona se encuentre inscrita,
excepto por motivos de fuerza mayor y debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Consejo de la Judicatura, para lo
cual deben presentar los comprobantes respectivos en forma oportuna.
✓ Reprogramación para prueba escrita: Proceden en casos
calificados debidamente justificados que serán valorados, para lo cual debe remitir la solicitud y los comprobantes que acrediten su gestión en
los cinco días hábiles posteriores a la fecha del
examen.
✓ Reprogramación para prueba
oral: Proceden en casos calificados debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Tribunal Examinador,
para lo cual debe remitir
la solicitud y los comprobantes
que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del
examen.
No se aceptarán solicitudes de reprogramación o exclusión por asuntos de trabajo, salvo en casos
emergentes que serán valorados por el Tribunal Examinador o el Consejo de la Judicatura, respectivamente.
Sobre este tema y en relación a las exclusiones por motivos de la pandemia provocada por el COVID-19 es importante señalar que la Sección Administrativa de la Carrera Judicial garantizará
el cumplimiento de los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud al momento de aplicar las pruebas, razón por la cual no se aceptarán solicitudes de exclusión
fundamentadas en este tema, con excepción de aquellos casos en los que se presente documentación médica que respalde la gestión.
Además, según lo establecido
por el Consejo de la Judicatura en la sesión CJ202019 del 12 de junio
del 2019, artículo VI, las personas participantes en los concursos y que por razones justificadas no se presenten a realizar las pruebas en las fechas establecidas,
se les reprogramará la prueba por una única vez. De no presentarse en la fecha asignada para la reprogramación de las pruebas, corresponderá la descalificación
del concurso, a cuyos efectos la parte interesada deberá de presentar la justificación correspondiente, que será valorada por ese Consejo. En caso de no hacerlo
se procederá con la descalificación
aplicando la sanción establecida en el artículo 75 de la Ley de
Carrera Judicial.
✓ De la sanción: En
concordancia con lo establecido
en el artículo
75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, no podrán
participar en estos concursos aquellas personas que fueron descalificadas de un concurso
anterior de la misma categoría
y materia, cuya descalificación ya le haya sido comunicada
por la Sección Administrativa
de la Carrera Judicial. Si no se le hubiera comunicado si podrá
participar.
Al finalizar cada uno de los concursos, serán descalificadas y no podrán participar en el
siguiente concurso de la misma categoría y materia, las personas que se inscribieron
en este y no continuaron con el proceso respectivo por cualquiera de los siguientes motivos:
• Quienes no se presentaron a realizar el examen, se presentaron después de iniciado el examen y a quienes se le anule el examen.
• Quienes
no alcancen la nota mínima en el examen.
• Aquellas
personas participantes que obtengan
en la prueba escrita y oral una nota igual o
superior al 70, pero que sumados
los componentes evaluables no logran alcanzar en el
concurso un promedio final igual o superior al 70, “aplazados”,
no quedarán elegibles.
En concordancia
con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del
Sistema de Carrera Judicial, no podrán participar en los presentes concursos aquellas personas que fueron descalificadas de un concurso de
la misma categoría y materia, según se detalla:
Concurso CJ-01-2022 de Juez y Jueza 2 Ejecución de la Pena. No podrán participar en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas del concurso CJ-01-2020 de juez y jueza 2 Ejecución de la Pena, que
no se presentaron al examen, obtuvieron
una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
Concurso CJ-02-2022 de Juez y Jueza 3 Agrario. No podrán participar en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas
del concurso CJ-07-2021 de juez
y jueza 3 Agrario, que no
se presentaron al examen, obtuvieron
una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
Concurso CJ-04-2022 de Juez y Jueza 3 Penal. No podrán participar
en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas
del concurso CJ-04-2020 de juez
y jueza 3 Penal, que no se presentaron
al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo
para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
Concurso CJ-06-2022 de Juez y Jueza 3 Familia. No podrán participar
en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas del concurso CJ-03-2020 de juez y jueza 3 Familia, que no se presentaron
al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo
para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
Concurso CJ-07-2022 de Juez y Jueza 4 Civil. No podrán participar
en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas del concurso CJ-04-2021 de juez y jueza 4 Civil, que no se presentaron
al examen, obtuvieron una nota de examen insuficiente o no alcanzaron el promedio mínimo
para quedar elegible en ese puesto, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
Concurso CJ-08-2022 de Juez y Jueza 5 Penal Apelaciones. No podrán participar en este concurso
por su condición, las siguientes personas:
✓ Las personas descalificadas del concurso CJ-08-2020 de juez y jueza 5 Penal Apelaciones, que no
se presentaron al examen, obtuvieron
una nota de examen insuficiente, a quienes se les haya comunicado sobre su descalificación.
IX. De las notificaciones: La Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizará
el correo electrónico para todos los efectos como único
medio de notificación. Para ello,
deberá indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones
las veinticuatro horas, ya
que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección
y se tendrá por realizada
la notificación, veinticuatro
horas después de dictada la
resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico
señalado, debe ser comunicado
oportunamente a esta oficina al correo electrónico:
carrera-jud@poderjudicial.go.cr.
X. Información adicional. Cumplir con lo establecido por la
Ley Orgánica del Poder
Judicial, la Ley de Carrera Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial
y demás disposiciones
vigentes.
Todas las personas que aspiran laborar o laboren para el Poder Judicial, deben acatar obligatoriamente
los lineamientos establecidos
en el Reglamento
de vestimenta formal tanto para hombres como para mujeres aprobado por la Corte Plena y que está
a su disposición en la página web.
Por ser éste un servicio que requiere atención permanente es inherente al puesto, el trabajo
en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos
diferentes a la generalidad
del personal. Pueden ser reubicadas
en función de la carga de trabajo en cualquier
zona del país por uso eficiente del recurso y del servicio público; por esa razón, además,
podrían laborar en horarios vespertinos
y hasta en jornadas semanales
de cinco días que involucren
los fines de semana y estar
sujeto a disponibilidad.
Las plazas de jueces y juezas
supernumerarios pueden ser ubicadas en jornada vespertina o en cualquier parte del país, a fin de atender las necesidades donde el servicio público
lo requiera.
La información
que se obtenga de las valoraciones
realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social,
tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad
se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos
casos que se considere pertinente para mejor resolver.
Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones
contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales
de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales
de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.
Las personas que resulten nombradas
en los cargos de juez y jueza 1 y en caso
de que se requiera, deben asumir las funciones propias del Servicio de Facilitadores y Facilitadoras Judiciales, como parte de sus funciones regulares.
El Consejo de la Judicatura en la sesión 2116 del 14 de junio de
2016, artículo XVIII, dispuso
que las personas oferentes que resulten
elegibles deberán de gestionar la firma digital por su cuenta.
En cumplimiento a la Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas
(Ley 9635), así como lo dispuesto por la Corte Plena en
la sesión N° 1119 del 18 de marzo
de 2019, artículo XIV, el reconocimiento del pago del Componente Salarial de Prohibición está sujeto a los porcentajes estipulados en la norma. Por lo tanto, las personas profesionales
en derecho que ingresen o reingresen a laborar a este Poder
de la República en una fecha
posterior al 04 de diciembre de 2018 o tengan un ascenso por primera vez posterior a esa misma fecha
se les cancelará el porcentaje que por Ley corresponde.
Asimismo, al participar en
este proceso, la persona oferente da fe que conoce los alcances del Reglamento denominado “Regulación para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los conflictos de interés en el
Poder Judicial”, mediante el cual toda
persona se obliga a cumplir
las funciones que le confiere
la ley, acatando los deberes
de imparcialidad y probidad
que orienten la satisfacción
del interés público, es decir, con rectitud, buena fe y en
estricto apego a la legalidad. (Acuerdo de Corte
Plena, sesión N° 14-19 del 1 de abril
de 2019, artículo XIII).
La Circular de Secretaría
de la Corte 072-2019 la puede encontrar
en la siguiente dirección electrónica:
https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/avi-1-0003-6250
Además se indica que según con lo establecido en la Circular 239-2021 es obligatorio
para todas las personas servidoras
del Poder Judicial estar debidamente vacunados (as) contra
el COVID-19.
Se insta a las mujeres a participar en este
proceso (sesión Corte Plena
N° 0313, del 21 de enero de 2013, artículo
XXVIII).
Consultas: Sección Administrativa de la
Carrera Judicial, ubicada en
el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación
Judicial (OIJ), horario de atención
de 7:30 a.m. a 12 m.d., y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3781/ 62114208 Maribel Quintero Ureña / 89370618 Ana Laura Ureña
Morales /2295-3781 recepción o a los correos electrónicos:
carrerajud@poderjudicial.go.cr; aurenam@poderjudicial.go.cr;
mquintero@poderjudicial.go.cr
ESTOS
CONCURSOS VENCEN EL
06 DE MARZO DEL 2021
Para trámite personal hasta las 4:30 p.m. y para la inscripción por medios electrónicos, se habilita las 24
horas de la fecha indicada.
Olga Guerrero Córdoba.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022617991 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la parte exterior del “Área de Manifestación” del Juzgado
de Trabajo de Cartago, y con una base de dieciséis millones treinta y un mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones (¢16,031,448.00) -monto
que corresponde al valor fiscal actualizado
(27 de Octubre del año
2020) certificado por la Municipalidad de Oreamuno-; sáquese a remate la finca partido
Cartago número 140735---003, que es propiedad del demandado Franklin
Manuel Brenes Valverde, cédula de identidad número 7-0098-0296, en calidad de dueño de un medio en el usufructo;
y que tiene las siguientes características: naturaleza: terreno para construir; situada en el
distrito 1-San Rafael, cantón
7-Oreamuno de la provincia de Cartago; linderos: norte, Julio Valverde
Gómez; sur, calle pública con 11,90 mts; este, Manuel Brenes Valverde y oeste,
calle pública con 15,40 mts; mide: ciento setenta y nueve metros con treinta y ocho decímetros cuadrados; plano: C-0100537-1993;
y soporta cuatro gravámenes
bajos las siguientes citas: 800-718208-01-0001-001, 800-718209-01-0001-001,
800-718210-01-0001-001 y 800-718211-01-0001-001. Para tal
efecto, se señala el primer remate a las nueve
horas y cero minutos del veintiuno
de abril del dos mil veintidós,
con la base de dieciséis millones
treinta y un mil cuatrocientos
cuarenta y ocho colones (¢16,031,448.00). De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las nueve
horas y cero minutos del veintiocho
de abril del dos mil veintidós,
con la base de doce millones
veintitrés mil quinientos ochenta y seis colones
(¢12,023,586.00) -rebajada en
un 25%. De no apersonarse rematantes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de mayo del dos
mil veintidós, con la base de cuatro millones siete mil ochocientos sesenta y dos colones (¢4,007,862.00), un 25% de la base original. Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ordinario laboral en ejecución de Xinia Patricia Siles Cerdas contra Franklin Manuel Brenes Valverde, que se tramita bajo el expediente número
19-001698-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 25 de noviembre
del año 2021.—Msc. Rónald Figueroa Acuña, Juez Decisor.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626987 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Duban Sánchez
Gómez, cédula de identidad número 601420112, fallecido el 24 de junio del
2011, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias promovidas por María Teresa Moya Vargas, cédula de
identidad número 501670425,
de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000037-0929-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000037-0929-LA. Por Operadora de Pensiones Banco
Popular a favor de Duban Sánchez Gómez.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de enero del
2021.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626805 ).
Se cita y emplaza a
los que, en carácter de causahabientes de José Francisco Agüero Chacón,
0104480146, fallecido el 25
de abril del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el
N°
22-000047-1001-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000047-1001-LA. Por
Yesenia Gabriela Corrales Serrano a favor de José Francisco Agüero Chacón.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 08 de febrero del 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626870 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Franklin Alberto Díaz Briceño 0601340325,
fallecido el 09 de diciembre del año 2022, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers
fallecidas bajo el Número 22-000150-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22- 000150-0643-LA. Por BN Vital Operadora de Planes de
Pensiones Complementarias Sociedad Anónima a favor de Franklin Alberto Díaz Briceño.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 22 de
febrero del año 2022.—Msc. Allan Roberto Espinoza
Martínez, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626871
).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de José Marchena Gómez cédula de identidad N° 06-02030236, quien fue mayor, soltero, desempleado, vecino de
Guanacaste, Santa Cruz, El Cacao, de la pulpería El Manguito, próxima entrada, y falleció el nueve de octubre
del dos mil nueve (09/10/2009), se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el Número 22-000042-0775-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 22-000042-0775-LA. Por Jeannette Gregoria Marchena Gómez 0600970341 a favor
de ella misma.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 18 de febrero del 2022.—Licda. Laura
Del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022626872 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: José Luis Solano Porras,
0203580750, fallecido el 08
de marzo del 2017, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las Diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Personas Fallecidas bajo el
número 21-002344-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-002344-0505-LA. Por
Roxana Calderón Obaldía
a favor de José Luis Solano Porras.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 05 de enero
del 2022.—Licda. Karol Baltodano
Aguilar, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626873 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas: 390-03415-01-0901-001, servidumbre de acueducto
citas: 464-05993-01-0007-001, servidumbre de paso citas: 464-05993-01-0010-001, demanda penal citas: 2013-326880-01-0002-001. Expediente
N° 13-000911-0612-PE; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 351244-000., derecho ,
la cual es terreno pasto. Situada en el distrito 6- Pital ,
cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte, Alvaragui Sociedad de Responsabilidad Limitada; sur, Alvaragui Sociedad de Responsabilidad Limitada; este, Alvaragui Sociedad de Responsabilidad Limitada; oeste,
calle pública con un frente de 25 metros. Mide: novecientos veintitrés metros
con sesenta y siete decímetros cuadrados, plano: A-0388264-1997. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintidós con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós con la base de un
millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodce de Palmares S.A contra Linda Fruta Sociedad Anónima
Expediente N° 14-000209-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de
emisión: nueve horas con cincuenta y seis minutos del uno de Junio del dos mil
veintiuno.—Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—( IN2022626232 ).
En este Despacho, con una base de trece
mil ciento sesenta y ocho dólares con sesenta y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo: BLW704,
marca: Fiat, estilo: uno, categoría: automóvil, serie / chasis /
vin: 9BD195A44H0770227, tracción: 4x2, año fabricación: 2017, color: plateado,
N° motor: 2917354, modelo: Atractive, cilindrada: 1400 C.C,
combustible: gasolina. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del dieciocho de mayo del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cincuenta minutos del veintiséis de mayo
del dos mil veintidós, con la base de nueve mil ochocientos setenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del tres de junio del dos mil veintidós, con la base de tres
mil doscientos noventa y
dos dólares con quince centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra
Steven José Loaiza Jiménez. Expediente N° 20-013174-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 11 de noviembre
del 2021.—Marvin Hernández Calderón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022626240 ).
En este Despacho, con
una base de diez millones setecientos sesenta y seis mil ochocientos noventa y
seis colones con once céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo CL-293661, marca Toyota, Estilo Hilux, categoría carga
liviana, año 2017, color blanco, chasis MR0KS8CDXH1101893. Para tal efecto se
señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós con la base
de ocho millones setenta y cinco mil ciento setenta y dos colones con ocho
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de junio de dos mil
veintidós con la base de dos millones seiscientos noventa y un mil setecientos
veinticuatro colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Humberto Farid Chen
Garbanzo. Expediente N°
21-004226-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de
emisión: dieciséis horas con dieciocho minutos del diecinueve de Enero del dos
mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—(
IN2022626243 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paja de agua; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuarenta mil ochocientos noventa y cuatro
derechos cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno actualmente con una casa. Situada:
en el distrito
6-Esquipulas, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con un
frente de 12 metros; al sur, José Daniel Meléndez
Alfaro; al este, José Daniel Meléndez
Alfaro, y al oeste, José Daniel Meléndez
Alfaro. Mide: doscientos sesenta y seis metros con cuarenta
y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós, con
la base de quince millones de colones
exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de abril del dos mil veintidós, con
la base de cinco millones
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Luis
Carlos Madrigal Soto, Miguel Ángel Salas Araya contra José Carlos Vásquez Pacheco, Yeymy
Yajaira Pacheco Thomas. Expediente N° 21-002100-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 01 de diciembre del 2021.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(
IN2022626249 ).
A las diez horas del veintitrés de marzo del dos mil veintidós
(10:00 a.m. de miércoles 23/03/2022), en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones al tomo: 342,
asiento: 02988, servidumbre sirviente
al tomo: 385, asiento: 13856, servidumbre
de paso al tomo: 524, asiento: 13940, servidumbre de paja de agua al tomo: 524, asiento:
13940, plazo de convalidación
(rectificación de medida) al
tomo: 562, asiento: 06477, servidumbre
de paso, de paja de agua, y
servidumbre de líneas eléctricas
y de paso al tomo: 564, asiento: 00197, limitaciones vencidas del artículo 292 del Código Civil, al tomo:
565, asiento: 17601, anotación de demanda
ordinaria al tomo: 574,
asiento: 54318, sin sujeción a tipo,
en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cuarenta y ocho mil setecientos ochenta y cinco-cero cero cero
(148.785-000), la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito
cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Corporación Delfos Internacional Sociedad de R.L.
con servidumbre de paso en
medio de setenta y dos metros con noventa
y seis centímetros lineales;
al sur, Villa Mono Araña J.P.E Veintisiete
Crema S. A.; al este, Corporación
Delfos Internacional
Sociedad de R.L., con servidumbre de paso con un frente de sesenta y cinco metros con cincuenta y un centímetros lineales, y al oeste, Villa Topacio J.P.E. Veintitrés Plata S. A. Mide:
cuatro mil quinientos cuarenta
y ocho metros con noventa y
dos decímetros cuadrados, según plano catastrado
número G-1050658-2006. Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en
proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Édgar Antonio Miranda Jaén contra Villa Mono Cariblanco
J.P.E Veintiséis
Hueso S. A. Expediente N°
07-000581-0386-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil).—Lic.
Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez Decisor.—(
IN2022626312 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
mil treinta y ocho dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisiones 19-000966-1729-TR 2019-76200544; sáquese
a remate el vehículo Placa: SJB 017358 marca: Hyundai Estilo: H1 categoría:
microbús capacidad: 12 personas año fabricación: 2015 cilindrada: 2500 c.c combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las
dieciséis horas diez minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas diez
minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de doce mil
setecientos setenta y ocho dólares con setenta centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
dieciséis horas diez minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base
de cuatro mil doscientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta y siete
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi
Q Inversiones CR S. A. contra Graciela Edicta Pérez
Bermúdez. Expediente N° 21-006680-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y uno minutos
del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza
Tramitadora.—( IN2022626323 ).
En este Despacho, con una base de catorce
mil quinientos diecinueve dólares con cuarenta y seis
centavos, sáquese a remate el
vehículo: BKJ772, Marca: Hyundai, Estilo:
Tucson GL, Categoría: automóvil, Capacidad:
5 personas, Serie: KMHJ2813AGU068926, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: KMHJ2813AGU068926, año fabricación: 2016, color: azul y
Vin: KMHJ2813AGU068926. Para tal efecto,
se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós,
con la base de diez mil ochocientos
ochenta y nueve dólares con sesenta centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con
la base de tres mil seiscientos
veintinueve dólares con ochenta y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra José Jairo Campos Monge. Expediente N° 21-006675-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: seis horas con treinta y ocho minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno.—M.Sc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza
Tramitadora.—( IN2022626324 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
mil quinientos sesenta colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
AB 007536, Marca: Hyundai, Estilo: H1, Categoría: microbús, número Chasis:
KMJWA37HAHU906941, año: 2017, N° Motor: D4BHH005151, Modelo: GDBC4C855 G GJLA, cilindrada:
2500 c.c., combustible: diésel. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del once
de agosto del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con
la base de catorce mil seiscientos
setenta colones con veintitrés céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil ochocientos
noventa colones con ocho céntimos (25% de la base
original). Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra Transporte Turísticos Arenal Azul V I P
Sociedad Anónima. Expediente
N° 21-004344-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con nueve minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintiuno.—Licda.
Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2022626325 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
mil quinientos setenta y ocho dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo:
CL283398, marca: Isuzu, estilo:
D Max LS, categoría: carga liviana,
capacidad: 5 personas, chasis:
MPATFS86JFT008083, carrocería: CAM-PU, tracción: 4x4, año: 2015, color:
rojo, cilindrada: 2500 C.C, combustible: diesel, número de
motor: 4JK1MS9114. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas cero minutos del dos de junio del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del diez de junio del dos mil veintidós, con
la base de trece mil novecientos
treinta y tres dólares con sesenta y dos
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de junio del dos mil veintidós, con
la base de cuatro mil seiscientos cuarenta
y cuatro dólares con cincuenta
y cuatro centavos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Star
Cars Sociedad Anónima contra Roy Alberto Porras García. Expediente
N° 21-000038-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de diciembre del 2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Juez/a Decisor/a.—( IN2022626326
).
En este Despacho, con una base de cuarenta
mil doscientos cincuenta y
seis dólares con cuarenta
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando denuncia de tránsito 0800 00713533 001; sáquese
a remate el vehículo:
BBK384, marca: Hyundai, estilo:
Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHCT51CACU024847. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
quince minutos del veintitrés
de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince
minutos del treinta y uno
de mayo del dos mil veintidós, con la base de treinta mil ciento noventa y dos dólares con treinta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con
la base de diez mil sesenta
y cuatro dólares con diez
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra Reynaldo José González Guillén.
Expediente N° 21-006688-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: doce horas con ocho minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2022626327 ).
En este Despacho, con
una base de tres mil novecientos cinco dólares con ochenta y tres centavos,
libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, número boleta
2014-57400040, Número de Sumaria 14-600080-0240-TC, del Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Mora; sáquese a remate el vehículo placas BFR767, Marca:
Chevrolet, Estilo: Spark LS, Categoría: automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie, número chasis y Vin:
KL1MJ6C43EC020482, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación:
2014, color: blanco, N. Motor: A08S3133110272, cilindrada: 800 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas veinte
minutos del tres de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las catorce horas veinte minutos del trece de
junio de dos mil veintidós, con la base de dos mil novecientos veintinueve
dólares con treinta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas veinte
minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós, con la base de novecientos
setenta y seis dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Star Cars Sociedad
Anónima contra Lei Wang -, Servicios de Ruteo SERUSA
S. A. Expediente N° 21-010893-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30
de noviembre del año 2021.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—(
IN2022626328 ).
En este Despacho, con una base de seis mil trescientos
treinta y nueve dólares con cincuenta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa: BBC986, Marca:
Hyundai, estilo: Accent GL, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCT41DACU117643, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4X2, año fabricación: 2012, color: celeste, Vin: KMHCT41DACU117643,
N° Motor: G4FCBU661422, marca:
Hyundai, Modelo: SBS4D2615 D
G716, cilindrada: 1600 c.c., cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las once
horas con treinta minutos
del siete de abril del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas con treinta minutos del veintidós, de abril del dos mil veintidós con la base de cuatro mil setecientos
cincuenta y cuatro dólares
con sesenta y tres centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas con treinta minutos
del dos de mayo del dos mil veintidós, con la base de
mil quinientos ochenta y
cuatro dólares con ochenta
y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa S. A. contra Carlos Antonio Osegueda Villegas. Expediente N°
21-011154-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 15 de octubre del
2021.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2022626329 ).
En este Despacho, con una base de catorce
mil doscientos treinta y nueve dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas: BQZ801, marca: Chevrolet,
estilo: Spark LT, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, color: blanco, tracción:
4x2, VIN: KL1CJ6CA5JC418207, N° motor: LV7172440272, cilindrada: 1400 C.C, cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal
efecto, se señalan las once
horas diez minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas diez minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de diez
mil seiscientos setenta y nueve dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas diez minutos del
cuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de tres mil quinientos cincuenta y nueve dólares con ochenta y un centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa S. A. contra Mario Antonio Céspedes
Chaves. Expediente N° 21-011232-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del 2021.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2022626330 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
mil seiscientos dieciséis dólares con dieciséis centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: MJM-015, marca: Nissan,
categoría: automóvil, serie: SJNFBNJ11JA099662, carrocería:
todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: SJNFBNJ11JA099662,
año fabricación: 2018,
color: blanco, vin: SJNFBNJ11JA099662, estilo: Qashqai, capacidad: 5
personas. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del tres
de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del once de mayo del dos mil veintidós, con la base de diecisiete
mil setecientos doce dólares con doce centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós,
con la base de cinco mil novecientos
cuatro dólares con cuatro centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra
Mario Armando Villanueva Mendoza, Rodgers Zhivago Levisey.
Expediente N° 20-000579-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: quince horas
con veinte minutos del
quince de febrero del dos mil veintidós.—Lic.
Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2022626340 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando servidumbre trasladada citas:
327-05994-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2014-233000-01-0003-001, servidumbre
citas: 2017-453240-01-0004-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 521284-000, naturaleza: terreno para construir con una vivienda de interés
social. Situada: en el distrito 3-San José, cantón 6-Naranjo de
la provincia de Alajuela. Linderos:
norte, Marvin Rodríguez Elizondo, Ronald
Méndez Steller y Elidier Steller Araya con servidumbre en medio de 3 mts de
ancho; sur, Ana Cecilia Carvajal Madrigal; este,
Jacqueline Rodríguez Carvajal; oeste, resto de finca. Mide: ciento setenta
y tres metros cuadrados.
Plano: A-1721411-2014. Para tal efecto,
se señalan las quince horas cero minutos
del veinticuatro de marzo
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del siete
de abril del dos mil veintidós,
con la base de cuatro millones doscientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del veintiocho de abril del
dos mil veintidós, con la base de un millón cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ismael García Guillén, Yeseira
Lisseth Hernández Moran. Expediente
N° 21-002636-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: diez horas con treinta y tres minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022626346 ).
En este Despacho, con una base de siete
mil dieciocho dólares con noventa centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa: BQJ641, Marca:
Suzuki, estilo: Alto DX, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, tracción: 4x2, año:
fabricación: 2018, color: gris, Vin:
MA3FB32S5J0A73015, cilindrada: 800 c.c., cilindros: 3, combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas
con cincuenta minutos del
once de marzo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas con cincuenta minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós, con la base de cinco
mil doscientos sesenta y
cuatro dólares con diecisiete
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con
la base de mil setecientos cincuenta
y cuatro dólares con setenta
y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Jordy Josué Escobar
Rodríguez. Expediente N° 21-014214-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del 2021.—Licda. Jenny
María Corrales Torres,
Jueza Decisora.—( IN2022626378 ).
En este Despacho, con una base de once mil ciento
sesenta y un dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo: BPB003,
marca: Ford, estilo: Figo, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: azul, vin: MAJTKNFE6HTT49607, cilindrada:
1500 C.C, combustible: gasolina, N° motor: UEKDTT49607. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de junio del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil veintidós, con
la base de ocho mil trescientos
setenta y un dólares con nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de julio del dos mil veintidós, con
la base de dos mil setecientos noventa
dólares con treinta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Cafsa Sociedad Anónima contra Olga María Valdez Cuadra. Expediente N°
21-021490-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de enero del 2022.—Henry Steven Sanarrusia
Gómez, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022626380 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
millones novecientos cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y nueve colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate vehículo placas: BLT191, marca: Mitsubishi, estilo:
Montero Sport, categoría: automóvil,
capacidad: 7 personas, serie:
MMBGUKS10HH001469, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: MMBGUKS10HH001469, año fabricación: 2017, color: azul,
vin: MMBGUKS10HH001469, N° motor:
4N15UBA0985, modelo: KS1WGUPFPL, cilindrada:
2400 C.C, cilindros: 4, potencia:
132 Kw, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del dieciocho
de abril del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del veintiséis de abril del
dos mil veintidós, con la base de diecisiete
millones novecientos sesenta y ocho mil seiscientos diecinueve colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del cuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base
de cinco millones novecientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y nueve colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco de Costa Rica (antes Banco Crédito Agrícola de Cartago) contra Antonio de la Trinidad Álvarez
González. Expediente N° 18-006042-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
03 de febrero del 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz.—( IN2022626443
).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y dos millones doscientos doce mil ochocientos treinta y un colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 115034-000, la cual
es terreno de café con una fábrica. Situada:
en el distrito:
01-Atenas, cantón: 05-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Álvaro Vargas; al sur, calle
pública;
al este, Carlos Castro, y al oeste,
Carlos Soto. Mide: seiscientos
noventa y cinco metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados.
Plano: A-0311162-1978. Para tal efecto,
se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con
la base de treinta y un millones
seiscientos cincuenta y nueve mil seiscientos veintitrés colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con
la base de diez millones quinientos cincuenta y tres mil doscientos siete colones con noventa céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Sociedad
Los Herederos Sociedad Anónima. Expediente
N° 19-003698-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: nueve horas con uno minutos del veintisiete de mayo
del dos mil veintiuno.—Lic.
Ronald Chacón
Mejía, Juez Decisor.—(
IN2022626455 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
millones seiscientos treinta y seis mil ochocientos sesenta y nueve colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas:
0259-00000778-01-0901-001, medianería bajo citas:
0338-00012879-01-0004-001, 0394-00005594-01-0008-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecinueve mil novecientos cuarenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno bloque B terreno con una casa lote número 19. Situada: en el distrito:
08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, lote 20-B; al
sur, calle pública; al este, calle pública,
y al oeste, lote 18-B. Mide: ciento treinta
y seis metros con cincuenta y cinco
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, con la base de dieciséis
millones doscientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y un colones con noventa y seis céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós, con
la base de cinco millones cuatrocientos nueve mil doscientos diecisiete colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Christofer Ávila Villalobos. Expediente
N° 21-002889-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y seis minutos del trece de enero del dos mil veintidós.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza
Decisora.—(
IN2022626456 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones quinientos noventa y un mil setecientos setenta y dos colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
trescientos sesenta y
cuatro mil ciento ochenta y
cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una
casa de habitación.
Situada en el distrito: 01-Orotina, cantón: 09-Orotina, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Juana Antonia Picado Álvarez; al sur, carece de este lindero, por ser el lote de forma triangular; al este, calle pública, con 27.96 metros de frente; y al oeste, calle pública, con 34.90 metros de frente.
Mide: trescientos noventa y cinco metros con sesenta y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con
la base de dieciséis millones
novecientos cuarenta y tres mil ochocientos veintinueve colones con doce céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril del dos
mil veintidós, con la base de cinco
millones seiscientos cuarenta y siete mil novecientos cuarenta y tres colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alonso
Mauricio Mata Méndez. Expediente N° 21-005429-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha
de emisión: quince horas con veintiocho
minutos del siete de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2022626457
).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y un millones novecientos treinta y cuatro mil doscientos cincuenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos, soportando servidumbre de paso citas:
2017-214514-01-0001-001, sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 363979---000, naturaleza:
terreno para construir con
una casa de habitación.
Situada: en el distrito: 02-San Isidro, cantón:
03-Grecia de la provincia de Alajuela, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Alicia Alfaro Alfaro; sur,
servidumbre de paso con 20,54 metros de frente; este, Andrea Alfaro
Rojas; oeste, Andrea Alfaro Rojas y Bolivia Alfaro
Rojas. Mide: mil seis metros con sesenta
y cuatro decímetros
cuadrados. Plano: A-0690087-2001. Identificador
predial: 203020363979. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del veintiuno
de marzo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con
la base de treinta y ocho millones novecientos cincuenta mil seiscientos noventa y cuatro colones con
quince céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del seis de abril del dos
mil veintidós, con la base de doce
millones novecientos ochenta y tres mil quinientos sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jhonny Gerardo Bogantes Porras, Merling Andrea Alfaro Rojas. Expediente
N° 22-000200-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: once horas con treinta
y seis minutos del veintisiete
de enero del dos mil veintidós.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Tramitador.—(
IN2022626458 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
millones ochocientos quince
mil seiscientos noventa colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos dos mil trescientos
noventa y ocho, derecho
cero cero cero, la cual es terreno con una vivienda. Situada en el Distrito: 06-San Rafael, Cantón: 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública y Tobías Salas Salas; al sur Tobías Salas Salas; al este, calle pública y al oeste Tobías Salas Salas. Mide: doscientos treinta y nueve metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del treinta
y uno de marzo de dos mil veintidós,
con la base de diecisiete millones
ochocientos sesenta y un
mil setecientos sesenta y siete colones con noventa y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de abril de dos mil veintidós, con la base de cinco millones novecientos cincuenta y tres mil novecientos veintidós colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Eduardo
Alonso Salas Núñez, Yorlene
García Cabezas. Expediente:21-002041-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 22 de noviembre del año 2021.—Licda. Jennsy María
Montero López, Jueza Tramitadora.—( IN2022626460
).
En este Despacho, con una base de veinticuatro
millones cuatrocientos sesenta mil novecientos setenta y dos colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes , pero soportando servidumbre trasladada citas:
154-02969-01-0002-001, servidumbre trasladada citas:
225-03175-01-0901-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-300027-01-0001-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2016-489462-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 160428-F-000, la
cual es terreno finca
filial primaria individualizada
número
26 identificada como
FFPIM-026 apta para construir
que podrá
tener una altura máxima de 2 pisos destinada a uso residencial. Situada en el distrito:
07-Puente de Piedra, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, acceso ACL-M1; al
sur, FFPI M-027; al este, FFPI-M-027; y al oeste, FFPI-M-025. Mide: doscientos sesenta y seis metros
con veintiséis decímetros cuadrados. Valor porcentual:
0.376. Valor medida: 0.00405. Plano: A-1952950-2017.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil veintidós, con la base de dieciocho
millones trescientos cuarenta y cinco mil setecientos veintinueve colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós, con la base de seis millones
ciento quince mil doscientos
cuarenta y tres colones con quince céntimos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial
de Fincas Filiales Primarias
Individualizadas Montezuma contra Gaudy Gabriela Mora
Retana. Expediente N°
19-003309-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora
y fecha de emisión: diecinueve horas con cuarenta y
cuatro minutos del dieciséis de febrero
del dos mil veintidós.—Licda.
Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022626461
).
En este Despacho, a) Con una base de cincuenta
y cinco millones ciento sesenta y tres mil novecientos noventa y ocho colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de
paso de AyA citas:
2015-413438-01-0001-001, servi. tubería de agua
potable alcantarillado y de paso a favor AyA; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 118521-F-000, la cual
es terreno finca filial 59 ubicada
en el nivel
3 del edificio C destinada
a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada: en el distrito: 01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
área común construida de ducto mecánicos y shut de basura y
pasillo y escalera de emergencia;
al sur, área común construida de ducto mecánicos y shut de basura y vacío; al este, área común construida
de ducto mecánicos y shut
de basura, área de estar, pasillos, escaleras y
ascensores, y al oeste, vacío.
Mide: cincuenta y seis
metros cuadrados. Plano: SJ-1838752-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, con
la base de cuarenta y un millones
trescientos setenta y dos
mil novecientos noventa y nueve colones con ocho céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con
la base de trece millones setecientos noventa mil novecientos noventa y nueve colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). b) Con una base de dos millones cuatrocientos veintitrés mil seiscientos setenta y siete colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 2015-413438-01-0001-001, servi.
tubería de agua potable alcantarillado y de paso a favor AyA; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 118683-F-000,
derecho, la cual es terreno
finca filial 221 ubicada en
el nivel 1 destinada a estacionamiento
en proceso de construcción. Situada: en el distrito:
01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, área común construida acceso a estacionamientos;
al sur, área común libre de
zona verde; al este, filial
222, y al oeste, filial 220. Mide:
catorce metros cuadrados.
Plano: SJ-1838422-2015. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del veintiocho
de marzo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, con
la base de un millón ochocientos
diecisiete mil setecientos cincuenta y siete colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con
la base de seiscientos cinco
mil novecientos diecinueve colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Liliana María Bermúdez
Castro, María Gabriela González Bermúdez. Expediente N° 21-003765-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 31 de enero del 2022.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2022626462 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones cuatrocientos diecinueve mil trescientos veintinueve colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas:
0407-00015855-01-0270-001 y Reservas Ley Caminos:
0407-00015855-01-0364-001; sáquese a remate la finca
del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento ochenta y seis mil trescientos setenta y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno lote uno, terreno de pastos y frutales. Situada en el distrito
Tárcoles,
cantón Garabito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
con lote dos; al sur, con servidumbre
de paso; al este, con lote tres; y al oeste, con carretera nacional. Mide: setecientos sesenta y nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas diez minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas diez minutos del siete de abril del dos mil veintidós, con la base de trece millones sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y seis colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas diez minutos del dieciocho de abril del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones
trescientos cincuenta y
cuatro mil ochocientos treinta
y dos colones con treinta y
tres céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Daniel Sánchez Solís. Expediente N° 21-006424-1207-CJ.—Juzgado de Cobro
de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: siete horas con veintidós minutos del doce de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022626463 ).
En este Despacho, con una base de sesenta
y seis millones novecientos
treinta y un mil doscientos
cuarenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas: 0364-00007024-01-0900-001 y denuncia
penal bajo citas: 2010-00087509-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
51680-F, derecho 000, la cual es terreno
finca filial primaria individualizada
número treinta y cuatro del bloque G terreno apto para construir que se destinará a uso
habitaciones el cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito
01 El Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte,
finca filial once del bloque G; al sur, avenida dos, acceso vehicular; al
este, finca filial treinta
y tres, bloque G, y al oeste, finca filial treinta y cinco, bloque G. Mide: ciento sesenta
metros con cero decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del primero de julio del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas cero minutos
del once de julio del dos mil veintidós,
con la base de cincuenta millones
ciento noventa y ocho mil cuatrocientos treinta y siete colones con treinta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de julio del dos mil veintidós, con
la base de dieciséis millones
setecientos treinta y dos
mil ochocientos doce colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alan
Eduardo Monge Sequeira, Condo G-Treinta y Cuatro Casa
al Valle S. A. Expediente N° 11-100155-0642-CI.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha
de emisión: nueve horas con
cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022626464 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
millones doscientos siete mil ochocientos colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos tres, derecho cero cero uno y cero cero dos, el cual es terreno
terreno para construir con
una casa. Situada en el Distrito: Cuatro Carrillos, Cantón: Ocho Poás,
de la Provincia de Alajuela. Colinda:
al norte calle pública con un frente de 6.50
metros; al sur Rafael María Sánchez Alvarado; al este
Lote J5 y al oeste Lote J3. Mide: ciento treinta y cuatro metros
con cuatro decímetros metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas del cuatro
de abril del año dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ordinario de Juan Rafael Brenes Alvarado contra
Carmen Elieth Molina Rodríguez.
Expediente:20-000134-0638-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de febrero del año 2022.—Lic. Elio Campos López, Juez.—( IN2022626473 ).
En este Despacho, con una base de once millones
trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos once colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado citas:
2015-07620-01-0001-001; sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula
número 139677-001-002, la cual
es terreno con 1 casa. Situada
en el distrito
1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Froilán Alvarado Vargas; al sur, Flory
Alpízar
Rojas; al este, Froilán Alvarado Vargas; y al oeste, calle pública. Mide:
doscientos cincuenta metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del
quince de marzo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintitrés
de marzo del dos mil veintidós
con la base de ocho millones
quinientos diecinueve mil quinientos cincuenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del treinta y uno de marzo del dos
mil veintidós con la base de dos millones
ochocientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y dos colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Eduardo Ivankovich
Arce, Keyna María Ivankovich Zúñiga, Yolanda Zúñiga Masís. Expediente N° 19-018687-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 26
de enero del 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2022626476 ).
En este Despacho, con una base de sesenta
y ocho mil trescientos cuarenta dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando serv y condic
ref:194162-000 citas: 336-00034-01-0901-001, servidumbre sirviente
citas: 338-13993-01-0015-001, servidumbre
sirviente citas:
339-00515-01-0181-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0182-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0183-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0184-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0185-001, servidumbre
sirviente citas:
339-00515-01-0186-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0187-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0188-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0189-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0190-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0191-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0192-001 servidumbre dominante
citas: 339-00515-01-0193-001, servidumbre
dominante citas:
339-00515-01-0194-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0195-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0196-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0197-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0198-001, servidumbre trasladada citas:
358-16290-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
403-15261-01-0920-001, condiciones ref:243424 - 000 citas: 403-15261-01-0921-001, servidumbre
trasladada citas:
403-15261-01-0922-001, servidumbre trasladada citas:
403-15261-01-0923-001, condiciones ref:245222-000, citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 101550-f,
derecho 000, la cual es terreno
naturaleza: finca filial setenta
y tres a e dos de una planta destinada
a uso residencial en proceso de construcción.
Situada en el distrito 8-San Rafael, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
área común libre calzada; al sur, área común libre zona verde; al este finca filial sesenta y
cuatro etapa dos, y al oeste,
área común libre juegos infantiles. Mide: ciento once metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós,
con la base de cincuenta y un mil doscientos
cincuenta y cinco dólares con veinte centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil
veintidós, con la base de diecisiete
mil ochenta y cinco dólares con siete centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BCT S. A. contra Eduardo Enrique Zambrano Quintero. Expediente
N° 21-010048-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y tres minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintidós.—Susana
Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—(
IN2022626522 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de tres millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada correspondiente a las citas: 373-19574-01-0911-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento veintiocho mil doscientos doce, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir Lote 1. Situada en el distrito:
03-Carmen, cantón: 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, calle pública con 10 metros; al sur, INVU; al este,
INVU, y al oeste, parque
alameda medio con 16 metros. Mide: ciento cincuenta metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan la nueve horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós, con la base de dos millones
seiscientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós,
con la base de ochocientos setenta
y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad
de Cartago contra Gerardo Alfredo Del Rosario Coto
Alvarado. Expediente N° 15-021602-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de febrero
del 2022.—Licda. Michelle Francine Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2022626542
).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y un millones cuarenta y un
mil ciento noventa y nueve colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida)
citas: 573-72584-01-0012-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos doce mil noventa y siete, derecho cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote 3 -G con una casa. Situada en el distrito:
02-San José, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, avenida pública quinta; al sur, Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aéreo Industriales R.L; al este, Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aéreo Industriales R.L y al oeste, calle pública. Mide:
ciento cincuenta y nueve metros con un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintidós, con la base de treinta
y ocho millones doscientos ochenta mil ochocientos noventa y nueve colones con setenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós, con la base de doce millones setecientos sesenta mil doscientos noventa y nueve colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Briceida
Indira González Valle, Julio César López Morales, expediente
N° 21-008023-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta
y nueve minutos del veintinueve de setiembre del dos
mil veintiuno.—Lic. Manuel Loría
Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022626543 ).
En este Despacho, a) Con una base de cien
millones quinientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y seis colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 212938, derecho 000, la cual
es terreno de agricultura. Situada en el
Distrito 2-San Isidro, Cantón 8-El Guarco, de la Provincia de
Cartago. Colinda: al norte
Edith Monge Rojas; al sur Edith Monge Rojas; al este,
calle pública y al oeste Víctor Manuel
Monge Rojas. Mide: quinientos
tres metros con noventa y
seis decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se fija la base en la suma de setenta y cinco millones cuatrocientos dieciséis mil seiscientos quince colones con veintidós céntimos (75% de la
base original). Para el tercer
remate, se fija la base en
la suma de veinticinco millones ciento treinta y ocho mil ochocientos setenta y un colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). b) Con una base de once
millones novecientos treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 211581, derecho 000, la cual
es terreno de solar. Situada
en el Distrito 2-San
Isidro, Cantón 8-El Guarco,
de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, calle pública; al sur Edith María Monge Rojas; al este Edith María Monge Rojas y al oeste
Víctor Manuel Monge Rojas. Mide: doscientos
dieciocho metros con ochenta
y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se fija la base en la suma de ocho millones
novecientos cincuenta mil novecientos ochenta y seis colones con trece céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, se fija la base en la suma de dos millones novecientos ochenta y tres mil seiscientos sesenta y dos colones con cuatro céntimos (25% de la base original). c) Con una base de
quince millones cuatrocientos
veintiséis mil setecientos setenta y nueve colones con noventa y seis, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
219964, derecho 000. la cual es terreno
de agricultura lote 11. Situada en el
Distrito 2-San Isidro, Cantón 8-El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte
Sonia Leiva Masis; al sur calle pública; al este Yendry Villalobos Muñoz y al oeste
calle pública. Mide: doscientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate, se fija la base en la suma de once millones quinientos setenta mil ochenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, se fija la base en la suma de tres millones
ochocientos cincuenta y
seis mil seiscientos noventa
y cuatro colones con noventa
y nueve céntimos (25% de la
base original). Las fechas para la realización de los remates son las siguientes:
Primer remate: nueve horas treinta
minutos del veinticuatro de
marzo de dos mil veintidós.
Segundo remate: nueve horas treinta
minutos del uno de abril de
dos mil veintidós. Tercer
remate: nueve horas treinta
minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Sonia María Leiva Masis. Expediente: 21-000631-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
17 de febrero del año
2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza
Tramitadora.—( IN2022626545 ).
En este Despacho, con una base de ciento
cuarenta y ocho mil ciento veinticinco dólares con treinta y ocho centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San
Jose, matrícula número 117592-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial
número ciento ochenta y cinco destinada a residencia, situada en el nivel seis.
Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, pasillo y pared común; al sur, pared común y en
parte columna estructural; al este, pared común y columna estructural, y al
oeste, finca filial 184, pared común y ducto en parte. Mide: noventa y dos
metros con cero decímetros cuadrados, plano SJ-1688502-2013. Para tal efecto,
se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con
la base de ciento once mil noventa y cuatro dólares con tres centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo de dos mil
veintidós, con la base de treinta y siete mil treinta y un dólares con treinta
y cinco centavos (25% de la base original). Con una base de trece mil
trescientos ochenta y siete dólares con veintiocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 117536-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número
ciento veintinueve, destinada a estacionamiento, situada en el nivel uno.
Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San Jose, de la provincia
de San Jose. Colinda: al norte área de circulación vehicular y en parte columna
estructural; al sur pared común y en parte columna estructural; al este finca filial 128, y al oeste finca filial 130 y en
parte columnas estructurales. Mide: dieciséis metros cuadrados, planto
SJ-1688747-2013. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco
minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de
mayo de dos mil veintidós, con la base de diez mil cuarenta dólares con
cuarenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco
minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós, con la base de tres mil
trescientos cuarenta y seis dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base
original). Con una base de mil setecientos cuarenta y seis dólares con ochenta
y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 117553-F, derecho 000, la cual es
terreno finca filial número ciento cuarenta y seis destinada a bodega, situada
en el nivel uno. Situada en el distrito: 08-Mata Redonda, cantón: 01-San José,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, acera y en parte área común de
bodega; al sur finca filial 147; al este, pared estructural, y al oeste, finca
filial 145.- Mide: dos metros cuadrados, plano SJ- 1688978-2013. Para tal
efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil
veintidós, con la base de mil trescientos diez dólares con dieciséis centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo de
dos mil veintidós, con la base de cuatrocientos treinta y seis dólares con
setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Rosnel
Orlando Borrero Medina, Expediente N° 21-008546-
1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero del año 2022.—Lic. Verny
Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2022626550 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete
millones doscientos cincuenta mil colones
exactos, soportando Servidumbre Trasladada citas: 302-16003-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil setecientos setenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno Lote 87 Terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia
de San José. Colinda: al noreste:
calle pública con 8 metros de frente;
al noroeste: Lotes 88 y 89;
al este sureste: Lote 86; y al suroeste: Lote 92. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros
con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0503549-1998. Para tal efecto,
se señalan las 15.00 horas del 23 de marzo del 2022. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las 15.00 horas del 31 de marzo del 2022 con la base de veinte
millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
15.00 horas del 08 de abril del 2022 con la base de
seis millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Olga Isabel Marin
Delgado. Expediente N° 21-003476-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Segunda, 21 de enero del año 2022.—Ana Elsy
Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—(
IN2022626578 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de veintidós mil doscientos
veintisiete dólares con
seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo PB 2524, marca: Hyundai, estilo:H 1, categoría: microbús, capacidad:
12 personas, año fabricación:
2015, color: gris, Vin: KMJWA37HAFU697853, cilindrada:
2500 c.c. Para tal efecto
se señalan las diez horas
quince minutos del cuatro de abril
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas quince minutos
del diecinueve de abril del
dos mil veintidós con la base de dieciséis
mil seiscientos setenta dólares con veintinueve centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós con la base de cinco
mil quinientos cincuenta y
seis dólares con setenta y
seis centavos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra Olman Alberto González Jiménez. Expediente N° 18-025331-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
10 de febrero del 2022.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Jueza Decisora.—( IN2022626681 ).
En este Despacho, con una
base de once mil novecientos siete dólares con treinta y tres
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
BNY499. marca: Chevrolet, estilo: Beat LTZ, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie, chasis y VIN: MA6CH5CD3JT000267,
carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2018, color:
plateado, cilindrada: 1200 c.c, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del treinta de
mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las once horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintidós con la
base de ocho mil novecientos treinta dólares con cincuenta centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las once horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la
base de dos mil novecientos setenta y seis dólares con ochenta y tres centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de
Créditos SJ Sociedad Anónima. contra Andrés de los Ángeles Brenes Sánchez.
Expediente N° 19-014631-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión:
catorce horas con doce minutos del siete de febrero del dos mil
veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022626683 ).
En este Despacho, con una base de mil ciento
treinta y tres dólares con setenta y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo: BCW633,
marca: Chevrolet, estilo:
Spark LS, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie,
chasis y vin: KL1MJ6C49CC142051, carrocería:
Sedan 4 puertas Hatchback, tracción:
4x2, año fabricación: 2012, color: plateado, cilindrada: 800 C.C, combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de ochocientos cincuenta
dólares con treinta
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de doscientos
ochenta y tres dólares con cuarenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Alberth de Jesús Espinoza Porras. Expediente N° 20-013047-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha
de emisión: diecinueve
horas con treinta y dos minutos
del ocho de febrero del dos
mil veintidós.—Angie
Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022626684 ).
En este Despacho, Con una base de diecisiete
millones ochocientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando medianería, citas: 352-07630-01- 0004-001 y
servidumbre trasladada, citas: 352-07630-01-0901-001; sáquese a remate la finca
del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta mil seiscientos cincuenta
y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir 1 casa N° 509. Situada en el distrito 8- Barranca, cantón
1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, acera 4 con 6 m
1 cm; al sur, Alexis Farriel Brays
Clara L Zúñiga; al este, Emilce Chaves Vivas y al oeste, Anais Jiménez
Rodríguez. Mide: ciento treinta y cinco metros con un decímetros cuadrados . Para tal efecto, se señalan las nueve horas diez
minutos del trece de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del veintiuno de
julio de dos mil veintidós con la base de trece millones trescientos noventa y
cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del
uno de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones cuatrocientos
sesenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación
con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Giovanni Quirós Garro. Expediente N° 21-008559-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta
y uno minutos del trece de enero del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez,
Juez Decisor.—( IN2022626694 ).
En este Despacho, con una base de setenta
y un millones colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de cloaca
bajo las citas: 569-85184-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
132331-F-000, la cual es terreno
naturaleza: finca filial primaria
individualizada N° 14, identificada
como 14-A, ubicada en el bloque
A, apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el
distrito (11) Quebradilla, cantón (01) Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
finca filial primaria individualizada
13-A; al sur, finca filial primaria individualizada 15-A; al este,
finca filial primaria individualizada
5-A, y al oeste, acceso uno
de área común
libre. Mide: ciento cincuenta y dos metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del
primero de abril del dos mil veintidós,
con la base de cincuenta y tres
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós, con
la base de diecisiete millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo
contra Kevin Anchía
Quesada. Exp.: N° 20-016735-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
01 de febrero del 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022626720
).
En este Despacho,
con una base de ocho mil ochocientos veinticuatro
dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate vehículo placas
BJN151; marca: BYD; estilo
F0GLXI; categoría: automóvil;
capacidad: 5 personas; año:
2016; color: plateado; Vin: LC0C14DA8G0000672; número de motor: BYD371QAC15012184, Cilindrada:
1000 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas treinta minutos del cuatro de abril del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós con
la base de seis mil seiscientos dieciocho
dólares con cuarenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós con la base de dos mil doscientos
seis dólares con quince centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José
Sociedad Anónima
contra Jonathan Daniel Mora Ramírez. Expediente N° 20-011469-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 27 de enero del
2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022626725 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
304-19987-01-0901-001, 304-19987-01-0902-001, reservas
ley aguas citas:
318-03823-01-0002-001, reservas ley caminos citas:
318-03823-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 429-10061-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 199638-000, la cual es terreno naturaleza: Bloque-A. Lote para construir 14-A. Situada en el
Distrito 5-Llanos de Santa Lucía, Cantón 2-Paraíso,
de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte Lote 13 A; al sur Lote 15 A; al este, avenida pública número tres, con 6,00 metros de frente y
al oeste centro agrícola Cantonal del Cantón de
Cartago. Mide: ciento sesenta y un metros con quince decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintinueve
de marzo de dos mil veintidós
con la base de cuatro millones doscientos
sesenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del seis
de abril de dos mil veintidós
con la base de un millón cuatrocientos
veinte mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra César Andrés Calvo Castillo. Expediente N°
20-016734-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de enero del año
2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2022626752 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y un millones novecientos
seis mil ochocientos noventa
y seis colones con cincuenta
y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 319-04705-01-0902-001 y servidumbre
de paso, citas: 569-18913-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento noventa y un mil ciento noventa y dos, derecho
000, la cual es terreno
para construir finca se encuentra
en zona catastrada. Situada en el
distrito 2-San Juan Grande, cantón
2-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, finca madre; al sur, servidumbre agrícola de 10 metros de ancho con un frente
a ella de 41 metros lineales con 71 centímetro lineales; al este, finca madre, y al oeste, finca madre. Mide: cinco
mil trescientos sesenta y siete metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós, con la base de treinta
y ocho millones novecientos treinta mil ciento setenta y dos colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós, con la base de doce millones novecientos setenta y seis mil setecientos veinticuatro colones con catorce céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples de Los Médicos
R.L (COOPEMÉDICOS R.L) contra Álvaro Avillins De La
Trinidad Gatgens Ugalde, Solholistom
Sociedad Anónima. Expediente N° 21-004910-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha
de emisión: dieciséis horas
con veintitrés minutos del veintiséis de enero del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez, Juez
Decisor.—( IN2022626820 ).
En este Despacho, con una base de ciento dieciséis millones doscientos tres mil seiscientos setenta y seis colones con veintitrés céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
394-01137-01-0917-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N°
263072-000, derecho, la cual es terreno
de pasto y charral con un bodegón. Situada en el distrito
7-Puente de piedra, cantón
3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, La Argentina
Sociedad Anónima con paja
de agua intermedia; al sur, frente
a Carretera Bernardo Soto; al este, Materiales para la Construcción
Arsenio Soto Fonseca y La Casa del Azulejo Sociedad Anónima,
y al oeste, La Argentina Sociedad Anónima.
Mide: seis mil ciento ochenta metros con sesenta decímetros cuadrados plano: A-0291967-1995 identificador
predial: 203070263072. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del siete de abril del dos mil veintidós, con la base de ochenta
y siete millones ciento cincuenta y dos mil setecientos cincuenta y siete colones con diecisiete céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós, con
la base de veintinueve millones
cincuenta mil novecientos diecinueve colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Administradora Ofilela Sociedad Anónima, Connie
Vargas Porras, Jaime Murillo Herrera. Expediente N°
21-001020-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: once horas con tres
minutos del once de febrero
del dos mil veintidós.—Mileidy
María Calvo Quesada, Jueza Decisora.—(
IN2022626825 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones
seiscientos mil colones exactos (4,600,000.00), soportando
contrato prendario citas: 2014-131224-002, quien es el acreedor el
Banco Nacional de Costa Rica, así como
infracciones y colisiones boleta N°
2016320900177 sumaria N° 16-004912-0174-TR, sáquese
a remate el vehículo Placa: FSL004, Marca: Nissan, Categoría:
automóvil, Vin: 3N1CC1AD6EK204297, año: 2014, color: dorado, cilindrada:
1598 c.c.. Para tal efecto, se señalan las diez horas del veintitrés de marzo del dos mil veintidós
(10:00 a.m. 23/03/2022). De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas del cuatro de abril del dos mil veintidós (10:00 a.m. 04/04/2022), con la base de tres millones cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos (¢3,450,000.00) (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veinte de abril del dos mil veintidós (10:00 a.m. 20/04/2022) con la base de un millón ciento cincuenta
mil colones exactos
(¢1,150,000.00) (25% de la base original). Notas: Se
le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ordinario de Evelyn Solange Méndez García contra Rebeca Lugo Arguedas. Expediente N° 20-000134-1623-CI.—Tribunal
Colegiado Primera Instancia Civil
de Cartago. Hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con cincuenta y uno minutos
del diez de febrero del dos
mil veintidós.—Lic.
Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez
Decisor.—Lic. Santiago Ugalde Castillo, Juez
Decisor.—Lic. Bernardo Solano Solano,
Juez Decisor.—( IN2022626834 ).
En este Despacho, con una base de once millones
doscientos sesenta y un mil veintinueve
colones con diez céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 397-08507-01-0954-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 397820-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
1-Curridabat, cantón 1-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 493; al sur,
calle con 8m; al este, lote 486; y al oeste, lote 488. Mide: ciento cuarenta y un metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Róger Eduardo Rodríguez Martínez. Expediente
N° 01-007815-0170-CA.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de enero
del 2022.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—(
IN2022626846 ).
En este Despacho, con una base de un millón
cien mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 352-05790-01-0900-001;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
trescientos sesenta y
cuatro mil setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual
es terreno naturaleza: terreno para construir con casa, corredor, chochera, aula internet,
libreria, video, cancha uno con area de servicio a clientes, mezanine cancha uno y cancha dos con plaza de comidas. Situada en el
distrito 11-Turrúcares, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 44,69
cm y Marcos Calvo Bolaños; al sur, Custodio Murillo Sánchez y
José Manue Alfaro Arroyo; al este, en parte
Marcos Calvo Bolaños, María Eugenia Araya Calvo, José Manuel Alfaro
Arroyo, Carlos López Rodríguez y calle pública con un frente de 12,78 c; y al oeste,
Argentina Pérez Bolaños. Mide: catorce
mil quinientos sesenta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del cinco de julio del dos mil veintidós con
la base de ochocientos veinticinco
mil dólares exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de julio del dos mil veintidós con la base de doscientos
setenta y cinco mil dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Bombardelli y Asociados Sociedad Anónima contra
Avícola
H H Sociedad Anónima, Hernán Hernández Araya. Expediente N° 21-006777-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuarenta y dos minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintiuno.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza Tramitadora.—(
IN2022626851 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones
novecientos nueve mil seiscientos dieciocho colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Serv. y Condic. ref: 3069-063-001 (citas: 329-00928-01-0901-001), Serv. y Condic. Ref:
3069-061-001 (citas: 329-00928-01-0904-001), Servidumbre Sirviente (citas: 338-13993-01-0002-001), Servidumbre
Sirviente (citas: 338-13993-01-0006-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0019-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0020-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0021-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0022-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0023-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0024-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0025-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0026-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0027-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0028-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0029-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0030-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0031-001),
Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0032-001), Servidumbre
Sirviente (citas:
339-00515-01-0033-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0034-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0035-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0036-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0091-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0092-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0093-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0094-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0095-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0096-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0097-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0098-001), Servidumbre Dominante (citas: 339-00515-01-0099-001), Servidumbre
Sirviente (citas:
339-00515-01-0100-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0101-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0102-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0103-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0104-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0105-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0106-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0107-001), Servidumbre
Sirviente (citas:
339-00515-01-0108-001), Servid. y Condic. ref: 00201524 000 (citas:
347-19046-01-0900-001), Servidumbre Trasladada (citas:
353-14628-01-0900-001), Servidumbre Trasladada (citas: 403-15261-01-0920-001), Condiciones ref: 243424-000 (citas:
403-15261-01-0921-001), Servidumbre Trasladada (citas:
403-15261-01-0922-001), Servidumbre Trasladada (citas:
403-15261-01-0923-001), Condiciones ref: 245222-000 (citas: 403-15261-01-0924-001); sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
154735-F, derecho 001, 002, la cual es terreno Finca Filial Estacionamiento
C-8-4: Estacionamiento C-8-4 en
proceso de construcción, destinado para parqueos de vehículos. Situada en el distrito:
08-San Rafael, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Área Común Libre (zona verde); al sur,
Área Común Libre (calle de acceso); al este, Finca Filial Estacionamiento
D-5-1; y al oeste, Finca Filial Estacionamiento
C-8-3. Mide: catorce metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veintiséis
de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del cuatro de octubre de dos mil veintidós
con la base de dos millones novecientos
treinta y dos mil doscientos
trece colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del doce
de octubre de dos mil veintidós
con la base de novecientos setenta
y siete mil cuatrocientos
cuatro colones con cincuenta
y tres céntimos (25% de la
base original). b) Con una base de sesenta y dos millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil ochocientos treinta y seis colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Serv. y Condic. ref: 3069-063-001(citas:
329-00928-01-0901-001 Finca referencia 200151752
F000), Serv. y Condic. ref: 3069-061-001 (citas:
329-00928-01-0904-001), Servidumbre Sirviente (citas:
338-13993-01-0002-001), Servidumbre Sirviente (citas:
338-13993-01-0006-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0019-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0020-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0021-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0022-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0023-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0024-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0025-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0026-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0027-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0028-001),
Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0029-001), Servidumbre
Sirviente (citas:
339-00515-01-0030-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0031-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0032-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0033-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0034-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0035-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0036-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0091-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0092-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0093-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0094-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0095-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0096-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0097-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0098-001), Servidumbre Dominante (citas:
339-00515-01-0099-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0100-001), Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0101-001),
Servidumbre Sirviente (citas: 339-00515-01-0102-001), Servidumbre
Sirviente (citas:
339-00515-01-0103-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0104-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0105-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0106-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0107-001), Servidumbre Sirviente (citas:
339-00515-01-0108-001), Servid. y Condic.
ref: 00201524 000 (citas: 347-19046-01-0900-001) Servidumbre Trasladada (citas: 353-14628-01-0900-001), Servidumbre
Trasladada (citas:
403-15261-01-0920-001), Condiciones ref: 243424-000 (citas: 403-15261-01-0921-00), Servidumbre
Trasladada (citas:
403-15261-01-0922-001), Servidumbre Trasladada (citas:
403-15261-01-0923-001), Condiciones ref: 245222-000 (citas: 403-15261-01-0924-001); sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 154355-F,
derecho 001, 002, la cual es terreno
Finca Filial C-8-4: Apartamento 8-4 en proceso de construcción,
de una planta destinado a uso
habitacional, ubicado en el Nivel 8 del Edificio C. Situada en el distrito:
08-San Rafael, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Área Común Libre (zona verde); al sur,
Finca Filial C-8-3; al este, Área
Común Libre
(zona verde); y al oeste, Acceso Área Común
Construida. Mide: setenta y un metros cuadrados.
Para lo cual se señalan las
once horas cero minutos del veintiséis
de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del cuatro de octubre de dos mil veintidós,
con la base de cuarenta y seis millones
ochocientos cuarenta y un
mil ochocientos setenta y siete colones con quince céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del doce
de octubre de dos mil veintidós,
con la base de quince millones seiscientos
trece mil novecientos cincuenta y nueve colones con cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Daniela María Fernández Cordero, Kenneth Alberto
Vargas Agüero. Expediente N° 21-002586-1765-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: veintitrés horas con dieciocho minutos del veinte de enero del dos mil veintidós.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2022626867 ).
En este Despacho, con una base de nueve
mil novecientos cincuenta y
cuatro dólares con setenta
y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo DJF611, Marca:
Nissan, Categoría: automóvil,
Serie: 3N1AB7ADXFL611189, carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4X2, Número Chasis: 3N1AB7ADXFL611189,
año fabricación: 2015,
color: gris, Vin: 3N1AB7ADXFL611189, Estilo: Sentra, Capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de mayo de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del
once de mayo de dos mil veintidós, con la base de siete mil cuatrocientos sesenta y seis dólares con cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintidós,
con la base de dos mil cuatrocientos ochenta y ocho dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Diego Solano Brenes.
Expediente:19-005859-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: quince horas con veinte minutos del quince de febrero del
dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022626966 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos seis mil noventa y ocho colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
DSL169, marca Suzuki, categoría
automóvil, capacidad cinco personas, año 2015, color
gris, serie, chasis y Vin:
JS3TE04V8F4200227, número de motor J24B1271765, cilindrada 2393 c.c, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del veintiocho de abril del
dos mil veintidós, con la base de cuatro millones trescientos cincuenta y cuatro mil quinientos
setenta y cuatro colones
con diecinueve céntimos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas cero minutos del seis de mayo del dos mil veintidós, con la base de un millón
cuatrocientos cincuenta y
un mil quinientos veinticuatro
colones con setenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Teresa Damaris Brenes Cascante. Expediente N° 19-006147-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 18 de febrero del 2022.—Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022626967
).
En este Despacho, con una base de ocho
mil novecientos noventa y tres dólares con
dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas
BGP393 Marca: Citroen Estilo: C-ELYSEE categoría: automóvil capacidad: 5 personas año fabricación: 2014 color: verde N.Motor: 10FC1A0023954 cilindrada: 1587 c.c combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintisiete de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las dieciséis
horas cero minutos del cinco
de julio de dos mil veintidós
con la base de seis mil setecientos cuarenta y cuatro dólares con setenta y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintidós con la base de dos mil doscientos
cuarenta y ocho dólares con veintiséis centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Mónica Liliana
Mendoza Barón. Expediente:19-010197-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: nueve horas con
cincuenta y cinco minutos del once de febrero del
dos mil veintidós.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022626973 ).
En la puerta
exterior de este Despacho;
se hace saber que al ser las nueve
horas treinta minutos del
seis de abril del dos mil veintidós
(primer remate), con la base de seis millones cuatrocientos quince mil setecientos
setenta y tres colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor
remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Cartago, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio
Real, matrícula N° 36278-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito Capellades, cantón Alvarado, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública; al sur,
Deyanira y Javier Obando Ulloa; al este, Olga Ulloa
Lao, y al oeste, Ministerio
de Gobernación. Mide: Mil novecientos noventa y cuatro
metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil veintidós, con
la base de cuatro millones ochocientos
once mil ochocientos treinta
colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de mayo del año mil veintidós, con la base de un millón
seiscientos tres mil novecientos cuarenta y tres colones con cuarenta y cinco céntimos
(un 25% de la base original). Nota: Se le informa, a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Agro Pro Centro América Sociedad Anónima
contra Cooperativa Agropecuaria
y de Servicios Múltiples de
Buenos Aires R.L. Expediente N° 21-000086-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 21 de enero
del 2022.—Licda. Rebeca Salazar Alcocer,
Jueza.—O.C.
Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626982 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 21-000893-0640-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Jessica Teresita Fallas
Naranjo quien es mayor, estado
civil Casada, vecina de la Sabana de Tarrazú, portadora de la cédula número
0112800341, profesión Dato Desconocido,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de San
José, la cual es terreno
para construir. Situada en el Distrito San Marcos, Cantón Tarrazú. Colinda: al norte con Ricardo Zúñiga Calvo; al sur con Evelio
Mora Monge; al este con Ana Naranjo Barrantes y al oeste con Liliam Naranjo Barrantes. Mide: seiscientos cuarenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir SJ-4711149-98 pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de veinticuatro millones setecientos sesenta y seis mil ciento setenta y cinco colones exactos
colones. Que adquirió dicho inmueble SJ-4711149-98, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en uso de suelo.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Jessica Teresita Fallas
Naranjo. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.
Expediente:21-000893-0640-CI-1.—Juzgado
Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: nueve horas con uno minutos del diez de enero del dos mil veintidós.—Lic. Allan Barquero
Duran, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626385 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 210008920640CI donde se promueve información posesoria por parte de Jessica Teresita Fallas
Naranjo quien es mayor, costarricense,
casada, administradora de empresas, vecina de La Sabana de Tarrazú y portadora de la cédula número
0112800341, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de San José,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
primero San Marcos, cantón quinto Tarrazú.
Colinda: Al norte, Ricardo Zúñiga Calvo, sur, Evelio Mora
Monge, este, Ana María Naranjo Barrantes,
oeste, William Naranjo Barrantes.
Mide: seiscientos cuarenta y dos metros cuadrados
con cincuenta y cuatro decímetros
cuadrados. Plano: SJ-471153-98. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinticuatro
millones setecientos setenta y seis mil ciento setenta y cinco colones. Que adquirió dicho inmueble el veinticinco de mayo del dos
mil veinte, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantener el terreno deslindado
mediante cercas con alambre
de púas y carriles amplios. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Jessica Teresita Fallas
Naranjo. Expediente N° 210008920640CI-7.—Juzgado Civil de
Cartago, hora y fecha de emisión:
trece horas con siete minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2022626387 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000031-0678-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Fernando Dionisio Jiménez Jiménez,
quien es mayor, estado
civil casado una vez, vecino de Limón, Matina, Matina, Barrio San Miguel, portador de la cédula número
0103530123, pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar. Situada en el distrito
Matina, cantón Matina. Colinda:
al noreste y sureste, con Adelino Núñez Muria;
noroeste, calle pública con frente a ella
de 17.53 metros lineales; suroeste,
Gerrado Oviedo Rojas Quesada. Mide:
seiscientos sesenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir L-2294683-2021
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble el seis de agosto del dos mil veintiuno y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento de zona verde, siembra de árboles frutales, mantenimiento de las colindancias
en cerca de alambre de púas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Fernando Dionisio Jiménez Jiménez.
Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez. Expediente
N° 22-000031-0678-CI-5.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de febrero del año 2022.—Lic.
Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2022626399 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000014-0297-CI donde se promueve
Información Posesoria por parte de Eladio Gerardo del Carmen Pérez Castro,
quien es mayor, divorciado
una vez, vecino de Platanar de Florencia de San Carlos, de la Bodega Wamase, setecientos metros al este, portador de la cédula número 0203910020, agricultor, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno
para construir. Situada: en Platanar, distrito
segundo: Florencia, cantón décimo: San Carlos. Colinda: al noroeste y sureste, con Eladio
Gerardo Pérez Castro; al noreste, con José Daniel
Pérez Castro; al suroeste, con calle
pública con un frente a ella de 13 metros lineales. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número 2-2297701-2021 de fecha 06
de agosto del 2021, una superficie
de doscientos cuarenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil colones y en la suma de seis millones quinientos mil colones se estiman las presentes
diligencias. Que adquirió dicho
inmueble por venta privada que le hiciera su difunta madre
Aida Castro Pérez, mayor, soltera, ama de casa,
cédula de identidad N° 0201340346, vecina de Platanar de Florencia
de San Carlos, de la Bodega Wamase, setecientos metros al este, en fecha 20 de junio de 1996, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en darle mantenimiento, limpiarlo y realizar chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Eladio Gerardo del Carmen Pérez Castro.
Expediente N° 22-000014-0297-CI-2. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y cinco minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Adolfo
Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626451 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000182-0386-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Gladys Dávila
Espinoza, quien es mayor, estado
civil soltera, vecina de
Liberia, Guanacaste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 05-0164-0108, profesión Trabajadora Social y pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno para agricultura.
Situada en el distrito Guardia de Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Jaime Alberto García Dávila, Maricela García Dávila, Patricia García Dávila;
al sur, Manrique Dávila Espinoza; al este, Fernando Lara Gutiérrez y al oeste,
Justina Viales Dávila, Mayela Viales Dávila,
Víctor Manuel Viales Dávila,
Rigoberto Viales Dávila, Xinia Viales Dávila
y Manrique Dávila Espinoza. Mide:
ocho mil seiscientos ochenta y ocho metros cuadrados. Indica la promovente
que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Simeón García García y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en limpieza de maleza, cuido de cercas, reparación de las cercas, siembra de árboles frutales y el cuido de los naturales. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Gladys Dávila
Espinoza. Expediente N° 21-000182-0386-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y
Civil de Hacienda (Contencioso Administrativo),
31 de enero del año 2022.—Mtr. Oriana Dávila Hilarión, Jueza.—1 vez.—( IN2022626500 ).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N°
21-000419-0930-CI, donde se promueve
información posesoria por parte de Graciela Vanesa Jaen Zúñiga, quien es mayor, soltera,
educadora, vecina de Limón,
Guácimo, setenta y cinco metros al oeste del plantel del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito
Guácimo, cantón Guácimo. Colinda: al norte: con calle pública; al sur: con Arcelia Arcella Zúñiga Cowan;
al este: con Arcelia Arcella Zúñiga Cowan;
y al oeste: con Arcelia Arcella Zúñiga Cowan.
Mide: doscientos veintiséis metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir descrito en el
plano N° L-2247326-2020, no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento de lote (chapeas). Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Graciela Vanesa Jaen Zúñiga. Expediente N° 21-000419-0930-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 12 de enero del 2022.— Licda. Yency Gabriela Vargas
Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2022626525 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
09-160054-0642-AG, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de Yesenia Núñez
Rodríguez, quien es mayor, estado
civil casada una vez, vecina de Puntarenas, Monteverde, Santa Elena, frente al Salón Parroquial, portadora de la cédula de identidad
vigente que exhibe número uno-nueve cero seis-ocho dos nueve (1-906-829), profesión ama de casa, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca cuya naturaleza es terreno de pasto. Situada en La Pita el distrito: 03-Chomes, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte
con: Pablo Guillermo Núñez Rodríguez; al sur con:
Tito Núñez Rodríguez; al este
con: calle pública con un frente a ella
de ciento treinta y dos
metros con veintisiete centímetros
lineales; y al oeste con:
Bryan Guzmán Madrigal. Mide: cuatro hectáreas siete mil doscientos cincuenta y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno dos siete cinco uno siete nueve-dos cero cero ocho (P-1275179-2008). Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble en la suma de quince millones y las presentes diligencias en la suma de un millón quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta verbal que le hizo su padre Tito Núñez Fonseca, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de veintisiete años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercar el
terreno y manteniendo limpio con algunos semovientes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Yesenia Núñez
Rodríguez. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez. Expediente
número 09-160054-0642-AG.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Licda. Dayana Mercedes Rodríguez Rojas, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022626529 ).
Se hace saber que, ante este
Despacho se tramita el expediente
N° 22-000036-0930-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Angela María López Mendoza, quien es
mayor, casada una vez, docente, vecina de Limón, Pococí, Roxana, San Antonio, trescientos
metros al norte y cincuenta
metros al sur del Salón Netos Bar. portadora de la cédula de identidad
N° 2-0571-0676, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de Limón,
la cual es terreno de solar
con una casa de habitación. Situada
en el distrito
Roxana, cantón Pococí. Colinda: al norte, con Francisco
Juvenal Campos Bolaños; al sur, con Sofía Mendoza González; al este, con María Teodora Masis
Hernández, y al oeste, con Servidumbre
de paso y Geoconda Patricia Mendoza González. Mide: ciento cuarenta
y nueve metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir descrito en el
plano número L-2230053-2020
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el
terreno de solar chapeado y
limpio y, además, tenerlo debidamente delimitado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Angela María López Mendoza. Expediente N° 22-000036-0930-CI-2. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de febrero del
2022.—Lic. José Francisco de Jesús Cordero Calderón, Juez.—1 vez.—( IN2022626540 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
22-000026-0930-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Leonel Antonio Bermúdez
Pérez quien es mayor, casado
una vez, educador, vecino de Limón, Pococí, Roxana,
El Humo, diagonal a la Escuela, en
Liberia y Juguetería J y O, portador
de la cédula de identidad número
5-0257-0220, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Limón,
la cual es terreno de solar
con casa de habitación. Situada
en el Distrito Roxana, Cantón Pococí. Colinda: al norte con Lorena
Medina Díaz; al sur con Calle pública; al este con Floribeth Ramírez
Guerrero y al oeste con Carlos Villalobos Camacho. Mide: quinientos dieciséis metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir descrito en el
plano L-2218649-2020 no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el
terreno de solar debidamente
chapeado y limpio. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Leonel Antonio Bermúdez
Pérez. Expediente: 22-000026-0930-CI-9.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 03 de febrero
del año 2022.—Lic. Andrey De Los Ángeles Garro Carvajal, Juez.—1 vez.—( IN2022626541 ).
Se hace saber que, ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000585-0638-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Néstor Calvo González, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Alajuela, Turrúcares, portador de la cédula
número 0203330916, profesión
Dato desconocido, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno potrero. Situada en el distrito
Once, cantón Primero. Colinda:
al norte con: Néstor Calvo González; al sur
con: Sergio Calvo
González; al este con: Yolanda Azofeifa
Zamora; y al oeste con: calle
pública. Mide: mil cuatrocientos cuarenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de diez millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en cuidar el inmueble, mantenimiento
de cercas y postes de cemento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Néstor Calvo González. Nota: Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez. Expediente
N° 21-000585-0638-CI-7.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con uno minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno.—M.Sc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez
Decisor.—1 vez.—(
IN2022626561 ).
Se hace saber que, ante este
Despacho se tramita el expediente
N° 21-000333-0297-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Dora María Aleman Jarquín quien
es mayor, soltera, ama de casa, vecina
de Los Chiles, portadora de la cédula número 155811283017, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno de solar con una casa de habitación.
Situada en el distrito 1, cantón 14 de los Chiles. Colinda:
al norte, con calle pública con un frente a ella de 24.07 metros lineales; al sur, con José Antonio Lanza Hernández; al este, con Mariano Morales Casillo;
y al oeste, con Gladis
Roque Brenes. Mide: mil cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra verbal que le hiciera a Alfredo Dávila Cruz, con quien no le liga parentesco alguno, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento del terreno .
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Dora María Aleman Jarquín. Expediente
N° 21-000333-0297-CI-4.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Hora y fecha
de emisión: diez horas con cincuenta y dos minutos del catorce de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Adolfo Mora Arce,
Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626628 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000363-0678-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Mylene Ligia María Acosta Chavarría quien es mayor, casada, vecina de Guápiles, Pococí, portadora de la cédula número 0105670935, profesión Abogada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno inculto. Situada en el
distrito Cahuita, cantón
Talamanca. Colinda: al norte,
con calle pública con 15.98 metros lineales;
al sur, con José Gerardo Vargas Ramírez; al este, Josué Conejo Venegas y al oeste, con Yorleny Salazar
Alvarado. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir plano 7-2159198-2019 no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones y medio de colones. Que adquirió dicho inmueble el 13 de agosto de 2004, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantener el terreno debidamente
deslindado de los demás terrenos
colindantes, mediante cercas con alambre de púas, postes de cemento y carriles amplios y visibles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Mylene
Ligia María Acosta Chavarría, expediente N° 21-000363-0678-CI-4. Nota: publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de febrero del año 2022.—Licenciado Diego Steven
Durán Mora, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2022626647 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000475-0388-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Arlyn Yorleny Espinoza Sandoval, quien
es mayor, soltera, vecina
de Rio Cañas Viejo de Santa Cruz, quinientos
metros al sur del puente de Río Cañas,
portadora de la cédula N° 0108600526, educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito Santa Cruz, cantón
Santa Cruz. Colinda: al norte:
con Alicia Barrantes Valerín;
al sur: con Arlin Yorleny
Espinoza Sandoval; al este con calle
pública con un frente de cuarenta y cuatro metros con un centímetro
lineales; y al oeste: con servidumbre de paso y Henry Mendoza Espinoza. Mide: quinientos setenta y dos metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir del plano catastrado N° 5-2088696-2018, no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones colones. Que adquirió dicho inmueble del plano catastrado N° 5-2088696-2018, por medio de donación realizada por sus padres
Edwin Espinoza Duarte, cédula de identidad N°
05-0084-0388, y Esperanza Sandoval Rivera, cédula de identidad
N° 09-0075-0441, en fecha
dos de noviembre del dos mil diecisiete
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en realizar chapeas,
rondas, manteniéndolo debidamente el terreno deslindado y cercado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria promovida por Arlyn Yorleny Espinoza Sandoval. Expediente
N° 21-000475-0388-CI-8.—Juzgado
Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta
y seis minutos del veintisiete
de enero del dos mil veintidós.—Licda. Lizeth Gómez Gómez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626721 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 18-000020-0386-CI donde se
promueve información posesoria por parte de Virginia del Carmen Collado López,
mayor, casada una vez, del hogar, cédula 9-104-777, vecina de La Cruz,
Guanacaste, del Liceo Nocturno 100 metros al norte y 50 al este, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno para construir- Situada en el distrito uno La Cruz, cantón diez La
Cruz.- Colinda: al norte con servidumbre de paso con un frente a ella de veinte
metros, al sur con Liceo de La Cruz; al este con Manuel Antonio Alan Montiel y
Víctor Julio Román Méndez (Escuela Salvador Villar) y al oeste con Enrique
Alvarado Romero* hoy Loida Mayorga Martínez. -Mide: trescientos ocho metros con
veintitrés decímetros cuadrados-. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones.-
Que adquirió dicho inmueble Alba Nidia Bonilla Vega, mayor, casada una vez, del hogar, cédula 5-227-328,
vecina de la Cruz, Guanacaste, del Liceo Nocturno 100 metros al Norte y 50 al
Este en forma pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han
consistido en el cercado del mismo, cuido de los cercos, le doy mantenimiento
al lote limpiándolo de malezas.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos.- Proceso información posesoria, promovida
por Virginia del Carmen Collado López. Expediente N°
18-000020-0386-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Civil), 07 de diciembre
del año 2020.—Brenda Celina Calvo de la O, Jueza Tramitadora.—1
vez.—( IN2022626767 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000204-0390-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Rodolfo Bonilla Badilla,
quien es mayor, estado civil
soltero, vecino del Golfo de Nicoya 500 metros al sur de la entrada a Corozal, portador de la cédula número
0503480007, profesión educador,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno
lote construido y solar. Situada en el
distrito cuarto Lepanto, cantón primero. Colinda: al norte, con calle pública; al sur con Héctor Badilla
Morera; al este, con Rubier Rojas Badilla y al oeste, con servidumbre de paso y Olman Badilla Morera.
Mide: seiscientos setenta y cuatro metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantener el terreno limpio
debidamente deslindado de
los demás terrenos colindantes, mediante cercas con alambre de púas carriles amplios y visibles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Rodolfo Bonilla Badilla.
Expediente N° 21-000204-0390-CI-4.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)
(Materia Civil). Hora y fecha de emisión: diez horas con veintiuno minutos del veintiocho de enero del dos mil veintidós.—Licda. Diana Jeannette Peraza Retana,
Jueza.—1
vez.—( IN2022626842 ).
Mediante acta
de apertura otorgada ante esta notaría por Kattia Rosella Umaña Rojas, a diez horas del veintiocho de enero del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento,
esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera
Mario Mauricio González Quijano. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días
naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rodrigo Gerardo Arauz Figueroa, con oficina en San José, costado este de la Asamblea Legislativa, edificio Dubarum, segundo piso, teléfono:
8389-9800.—Rodrigo Arauz Figueroa.—1
vez.—( IN2022626127 ).
Se avisa que en esta notaria se tramita el sucesorio de quien vida se llamó
María del Socorro Mora Segura, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina Hatillo de Quepos, Piedra Amarilla, 50 metros norte y 25 metros este, con cédula de identidad
número 6-0083-0302. Se convoca
a todos los interesados
para que en el plazo de 15 días se apersonen hacer valer sus derechos. Notaría José
Ricardo Guevara Guevara. Cel.
83831008.—Ciudad Cortés,
22 de febrero del 2022.—Lic. José
Ricardo Guevara Guevara, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022626137 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Luis Gustavo de Jesús
Flores García, mayor, soltero, comerciante, costarricense, con documento de identidad N° 0106050925 y vecino(a) de San José, Alajuelita,
Concepción Abajo, Barrio El Tejar. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente N°
22-000050-0216-CI-2.—Juzgado Civil Hatillo,
San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: catorce horas con catorce minutos del tres de febrero del dos mil veintidós Allan Barquero
Durán, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—(
IN2022626364 ).
Se hace saber que, en
esta notaría, se tramita el proceso sucesorio
acumulado de quienes en vida fueron
Julieta Avendaño Barboza, cédula 0101540229 y Juan
José Romero Montoya, cédula
101490228, mayores, esposos entre sí, retirados, vecinos de Barrio México. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar sus intereses en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Proceso que se tramita en esta
notaría
bajo el N° 2022-001-NOT. Apersonarse
al correo en San José Guayabos, contiguo a puerta lateral Colegio Internacional
SEK o al correo notificaciones@rtasistencia.com, o teléfono 88384400.—Dania Valverde Núñez,
Notario Público.—1 vez.—( IN2022626368 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Olger Eduardo Morales Azofeifa,
mayor, estado civil casado,
profesión u oficio dato desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0602670814 y vecino
de Santa Cecilia de la Fortuna de San Carlos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000551-0297-CI-8.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión:
nueve horas con treinta y
uno minutos del siete de enero del dos mil veintidós.—Adolfo
Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626393 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Mauricio Bogantes
Benavides, mayor, estado civil casado
por segunda vez, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 05-0297-0860 y vecino
de Pavas, Metrópolis 2, de
Los Laureles, casa N° 441. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 07-000648-0183-CI-0.—Juzgado
Primero Civil de San José, 11 de febrero del año 2022.—Lic.
Carlos Alejandro Báez Astúa,
Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626396 ).
Ante esta notaría, Juan Manuel
Fernández Morales, se tramitan las sucesiones acumuladas ab intestato en vía
notarial, de quienes en vida fueron Eulalia Villalobos
Arce conocida como Dalia
Villalobos Arce, quien fue,
agente de aduanas, casada dos veces con el señor Rolando Courrau Arias, con cédula de identidad
número: cuatro-ciento seis-trescientos cincuenta, y Rolando Courrau Arias, casado una vez con la señora Villalobos
Arce, cedula uno-cero cuatro uno seis-uno dos seis dos, pensionado, cónyuges entre sí, ambos mayores y vecinos de Heredia, San
Francisco, Residencial la Victoria casa número catorce B. Cualquier interesado podrá hacer valer
sus derechos ante esta notaría,
sito en San Francisco de
Heredia, frente al Vivero Girasol.—Heredia, veinticuatro de febrero del dos
mil veintidós.—Juan Manuel Fernández Morales, Notario.—1 vez.—( IN2022626407 ).
Ante la notaría
del suscrito, a solicitud
de los señores Daniel Rodríguez Casanova, inicié el proceso
sucesorio en sede notarial de quien en vida fue
Ninia Goldick Rosenstock, quien era vecina de San José,
cédula de identidad ocho
cero cero uno cuatro cuatro
uno. Se emplazan a todos
los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos y si no se presentan dentro del mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda, la dirección para oír los apersonamientos es la oficina del
suscrito en San José, calle once, avenida seis, edificio Alfavia segundo piso o por medio de correo electrónico
sotcar@gmail.com.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Carlos Soto Calderón, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022626413 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Alma Rita
Cárdenas Matarrita, mayor de edad,
cédula de identidad N° 5-0124-0145, viuda una vez, de oficios domésticos, con domicilio en Guanacaste, Nicoya, Curime, de la escuela, dos kilómetros al oeste, calle a los tanques, a las 09:30
horas del 18 de febrero del 2022 y, comprobado el fallecimiento
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera
Alfredo Chaves Zavaleta, mayor de edad,
cédula de identidad N° 1-0294-0837, casado una vez, pensionado, con último domicilio en Guanacaste, Nicoya, Curime, de
la escuela, dos kilómetros
al oeste, calle a los tanques, fallecido el 29 de enero del 2022. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, con oficina
abierta en la ciudad de San
José, San José, Catedral, Barrio González Lahmann, avenida 10, calle 19, N° 1025, Bufete Castro
y Herrera, teléfono: 2223-3829. Expediente
N° 0001-2022-LABO.—San José, a las diez horas del veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1 vez.—( IN2022626414 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida
se llamó María Cecilia Godínez
Azofeifa, mayor, casada,
ama de casa, cédula de identidad uno-cuatrocientos treinta y nueve-cero doce, vecina de Cajón de Pérez Zeledón. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000035-0188-CI-9.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Civil). Hora y fecha de emisión:
catorce horas con trece minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2022626418 ).
Sucesión extrajudicial: Por escritura otorgada el día diecisiete de febrero de dos mil veintidós compareció Maritza Altamirano Hernández, nicaragüense, cédula de residencia uno cinco
cinco ocho uno tres ocho dos cero cero cero tres
y solicito a esta notaría la apertura y tramitación extrajudicial de la sucesión
ab intestato de quien en vida se llamó:
René de Jesús Rojas Hernández, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de residencia uno cinco cinco ocho cero ocho nueve seis dos tres uno cero, vecino de Jardines de Moravia, nicaragüense.
Por el término de treinta días a partir de su publicación
se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores en general y a todos los interesados en la presente sucesión, para que
dentro de este término se apersonen ante mi despacho ubicado en Heredia, Condominio Casas
Vita, casa ciento ochenta y
nueve, o por medio del correo
electrónico rgourzong@hotmail.com, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasara a quien legalmente corresponda. Sucesión
extrajudicial - Notarial de René de Jesús Rojas Hernández.
Expediente N° NRGC-001-2022. Bufete
Roberto Gourzong Cerdas y Asociados.—San
José, 19 de febrero de 2022.—Lic. Roberto Gourzong
Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2022626420 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría el
23 de febrero del 2022 y comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera:
Alfonso Fonseca Mata, cédula número tres-cero uno siete cinco-cero cero cuatro ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles contados
a partir de la publicación
de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licda. Andrea Fernández Montoya.—Licda. Andrea Fernández Montoya, Notaria.—1
vez.—( IN2022626427 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por la señora: Luz María Acosta Mora, mayor, viuda,
esposa del causante, ama de
casa y vecina de San Ramón, Alajuela, de Correos de Costa Rica, veinticinco
metros al norte, casa a mano izquierda,
con portón café, con el
cédula de identidad dos-cero ciento
noventa y nueve-cero ciento ochenta y siete, solicitó al suscrito notario tramitar proceso sucesorio de quien en vida fuera
la señora: y comprobado el fallecimiento de: Renan Francisco
Morera Cordero, mayor de edad,
casado dos veces,
pensionado, con el número
de cédula dos-cero ciento setenta
y siete-cero setecientos noventa y nueve, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles contados
a partir de la publicación
de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. José Rafael Ortiz Carvajal, San Ramón, Alajuela, cien metros al norte de Correos de Costa Rica, altos de Pollos
Twins, oficina número dos,
a las quince horas y treinta minutos
del veintitrés de febrero
del dos mil veintidós.—Lic.
José Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2022626444 ).
Sucesión ab intestato, mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Minor Enrique Acuña
Flores, cédula
2-0246-0859, y habiéndose comprobado
el fallecimiento del causante, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio de quien en vida fuera
María Luz Flores Moscoso,
mayor, ama de casa, divorciada, nacida
el 15-08-1953 y fallecida el 10-10-2018, cédula 2-0293-0657, vecina
de Alajuela, Jesús María, 1 kilómetro sur Iglesia Católica. Se cita y emplaza a todos los legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal
como ésta lo ha indicado. Notaría licenciada Yesenia Mora Jiménez, oficina
Alajuela, San Mateo, Labrador, Oricuajo de Pacas Don Leo 250 metros sur, correo
electrónico juridicosmora@gmail.com, Telf. 8880-4282. Expediente N°
002-2022. 22/02/2022. Publicar una vez.—Licda. Yesenia Mora Jiménez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626459 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
el señor: José Arturo Alan
Tinoco, mayor, estado civil divorciado,
abogado, costarricense, con documento
de identidad N° 0106850330 y vecino
de San José, Montes de Oca, San Pedro, La Granja, de la Bomba
El Higuerón, 100 metros al sur y 50 metros al oeste, casa a mano izquierda. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000891-0181-CI-8.—Juzgado
Segundo Civil de San José, 24 de enero del
2022.—Ingrid Fonseca
Esquivel, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626465 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisca María
Leonor Matarrita Matarrita, mayor, estado civil
Soltero/a, profesión u oficio del hogar, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0501150563 y vecina de Santa Cruz Guanacaste, Arado, 700 metros al
norte del bar el Típico. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000575-0388-CI - 0.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de
emisión: nueve horas con veinticinco minutos del veintiocho de enero del dos
mil veintidós.—Licda. Lizeth Gómez Gómez,
Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022626466 ).
Se cita y emplaza a
los todos los herederos, acreedores, e interesados en general en la sucesión de quien en vida fue
el señor Víctor José Hansel Kelly, divorciado
una vez, técnico de educación física, vecino de Heredia, Centro, Barrio Fátima, del costado norte de la Clínica, 250 metros al este,
Hogar María Celina Calderón, y con cédula N° 7-069-910, para dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que, de no apersonarse
en el mencionado
plazo, los bienes de la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior
por ordenarse así en sucesorio, expediente
N° 0001-2022. Notaría
del Lic. Juan José Picado Herrera, diagonal a los Tribunales de Justicia de Limón, Centro, 16 de febrero 2022.—Lic.
Juan José Picado Herrera, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626483 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Leslia Rojas Gamez, a las quince
horas del viernes once de setiembre
del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento
de Orlando José Quintero Rojas, quien fue mayor, soltero, Oficial el OIJ, vecino de Río Claro, Guaycará, Golfito, Puntarenas, cédula de identidad número seis-doscientos noventa-cien, fallecido el veintisiete
de noviembre del año dos
mil diecisiete, Corredor, Corredores, Puntarenas, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
Licenciado Jorge Daniel Moncrieffé
Santana. Teléfono 2783-4334.—Ciudad
Neily, al ser las dieciséis horas del viernes once de setiembre del año dos mil veinte.—Lic. Jorge Daniel Moncrieffé
Santana, Notario.—1 vez.—( IN2022626485 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Juan Alfredo
Palacios Gutiérrez, al ser las diez horas veinte minutos del quince de marzo del
del mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento
de Pedro Pablo Palacios Palacios, quien
fue mayor, soltero, agricultor, vecino de Colorado,
seiscientos metros al este
de la escuela, Corredores,
Puntarenas, fallecido el cinco de noviembre del dos mil veinte, Corredor, Corredores, Puntarenas, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado.
Notaría del Licenciado Jorge Daniel Moncrieffé Santana, teléfono
N° 27834334.—Ciudad Neily, al ser las dieciséis horas del quince de marzo
del dos mil veintiuno.—Lic.
Jorge Daniel Moncrieffé Santana, Notario.—1 vez.—( IN2022626488 ).
Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Seyla Cecilia Rigau Marín, a las a las trece
horas del cuatro de noviembre del dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento de Juan José
Mena Hernández, y la existencia y validez del testamento por él otorgado; esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio testamentario. Se
cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, avenida dos, calles veintiséis y veintiocho, Paseo Colón, cincuenta
este de la Sala Garbo, edificio
verde, oficina número trece, teléfono
8732-3904, a hacer valer
sus derechos.—San José, a las trece y treinta horas del cuatro de noviembre
del dos mil veintiuno.—Licda.
Heile Guerrero García, Notaria.—1
vez.—( IN2022626498 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó:
María Eugenia Montes León, mayor, viuda, ama
de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°
0103290159 y vecina San José, Hatillo. Se indica a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. EXP:21-
000024-1143-CI-7.—Juzgado
Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. Hora y
fecha de emisión: seis
horas con trece minutos del
veintiuno de mayo del dos mil veintiuno.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—(
IN2022626504 ).
Se cita y emplaza a
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Eraydis De Los Ángeles Hernández Ledezma, mayor,
casada una vez, de ocupación administradora del hogar, con cédula de identidad número seis-cero ciento veinticinco-cero ochocientos veinticuatro, con último domicilio en Guadalupe de Goicoechea, San
José, de Baterías Total, cien
metros sur, veinticinco metros al oeste,
casa esquinera, fallecida el día cinco de febrero del año dos mil veintiuno, en San José, para que
dentro del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen a esta notaría, en defensa
de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que en caso de que no lo
hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Expediente Nº 003-2022. Notaría
del licenciado Carlos Eduardo Vargas Arias, localizada en la ciudad de Liberia,
Guanacaste, 800 metros al oeste de la escuela de Barrio La Cruz, frente
a planta de Manga Rica.—Liberia, 24 de febrero del 2022.—Lic. Carlos
Eduardo Vargas Arias, Notario.—1 vez.—( IN2022626510 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por María de Los Ángeles Ruiz Hernández, a las 12 horas del 23 de
febrero del 2022 y comprobado el fallecimiento de Amable Isabel del Carmen
Hernández Alfaro, mayor, casada una vez, ama de casa, vecino de Heredia, Barva,
San José de la Montaña, cuatrocientos metros al norte de la Plaza de deportes y
portadora de la cedula de identidad número cuatro – cero cero
ocho cinco – cero uno cinco dos, fallecida el 21 de febrero del 2022, en
Heredia, Barva, San José de la Montana, esta notaría ha declarado abierto su
proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos, si no lo hacen dentro del término, dicha herencia pasara a
quien corresponda. Notaría del Lic. José Joaquín Jiménez Chew,
oficina abierta en San José, San José, Catedral, avenida 10, calle 17, Bufete
Jiménez Chew & Asociados. Teléfonos:
2222-8120.—San José, 24 de febrero del 2022.—Lic. José Joaquín Jiménez Chew.—1
vez.—( IN2022626523 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Francisco
Montiel León, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, empresario, con cédula de identidad
número uno-cero ochocientos
cincuenta y uno-cero doscientos
noventa y cinco, vecino de la misma dirección que la compareciente, vecina de Desamparados, San Antonio, Urbanización
La Constancia, casa cinco
i, fallecido el tres de diciembre del año dos mil veintiuno; para que
dentro del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante esta notaría, situada en San Pedro de Montes de Oca, de la Bomba
El Higuerón, doscientos
metros al sur y cien metros al oeste,
a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2022, sucesorio.—San
José, 23 de febrero del 2022.—Lic.
Javier Clot Barrientos, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626547 ).
Ante esta notaría mediante acta de apertura otorgada por el señor: Fabio Sánchez
Vargas, a las dieciséis
horas del siete de febrero
del dos mil veintidós
y comprobado el fallecimiento de María Rosa Sánchez
Castro, mayor, casada una vez,
ama de casa, vecina de Alajuela, Naranjo, Palmitos, de la Iglesia Católica, quinientos metros al
sur, cédula número dos-cero dos cero dos-cero cuatro
uno ocho, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada
en Alajuela, San Ramón, de la Agencia
del Banco de Costa Rica, cincuenta metros al sur, teléfono N° 8474 5393, a hacer valer sus derechos.—San Ramón, a las nueve
horas y cincuenta y cinco minutos del veintidós de febrero
del dos mil veintidós.—Lic. Gonzalo Erick Zumbado Ballestero, Notario, Público .—1
vez.—( IN2022626553 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas treinta minutos del 16 de febrero del 2022, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera el señor: Rafael Ángel Robles León mayor de edad, casado, comerciante,
vecino de San José, Alajuelita, del supermercado Full veinticinco metros sur,
cédula de identidad número uno- cero cuatro cuatro
nueve- cero tres cinco dos, fallecido el veintisiete de enero del año dos mil
dieciocho, en Alajuelita, San José, citas de defunción uno cero cinco siete dos
dos nueve nueve cero cinco
nueve siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del
plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
Lic. Juan Carlos Brenes González, San José, Barrio Luján 200 metros sur de casa
Matute Gómez. Teléfono 83467523.—Lic. Juan Carlos Brenes González, Notario.—1 vez.—( IN2022626554 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Flora Yadira
Soto Moreno, conocida como
Flory Soto Moreno, quien fuera
mayor, viuda una vez, maestra pensionada, cédula de identidad dos-ciento setenta y ocho-trescientos veintidós, vecina de Alajuela centro, frente a la Escuela
Bernardo Soto, fallecida el
pasado quince de noviembre
del año dos mil veintiuno,
para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente N°
001-2022 diligencias extrajudiciales de sucesión
ab intestato de Flora Yadira Soto Moreno cc Flory
Soto Moreno. Promoventes: Ana Lorena Plá Moreno, José Francisco Plá
Moreno, Daisy María Plá Moreno. Ciudad de Cartago, Oreamuno,
San Rafael, INVU Oreamuno casa cuarenta y ocho, teléfono 8926-8212.—Licda. Melissa Salazar
López, Notaria. Carné N° 19758.—1 vez.—(
IN2022626556 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede
notarial de Miguel Alexander Espinoza Morales, mayor, nicaragüense,
soltero, estudiante, cédula
de residencia 155824578331, con último domicilio en Alajuela, Boca Tapada de San Carlos, Casa de Lata, para que, dentro del plazo de 30 días contados a partir de su publicación,
se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de que, si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente N°
0001-2022 Sucesorio en sede notarial de Miguel Alexander Espinoza Morales. Con oficina en San José, San Pedro de
Montes de Oca, del Banco Nacional 400 sur y 300 este,
Fax 22811306.—Licda. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626564 ).
En mi notaría,
en Limón, Talamanca, Cahuita, Hone Creek, segunda planta del Super Negro, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida fue:
Petronila Herrera Herrera, cédula número
7-0043-0391, por lo que emplazo a toda
persona que considere tener
interés legítimo en dicha sucesión
para que, en el plazo de 15 días contados a partir del día hábil siguiente al de esta publicación hagan valer sus derechos en el entendido de que de no hacerlo, cumplido dicho plazo los bienes del causante, sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho, pasarán a quienes en derecho corresponda. Expediente N° 0001-2022.—Licda. Daniela Madriz Quesada.—1 vez.—( IN2022626591 ).
Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue
Josúe David Jiménez Román, soltero,
mensajero, titular de la cédula de identidad número 3-0456-0840, vecino de la provincia de Cartago,
Paraíso, Barrio Los Solares, del Bar Restaurante La Orquídeas 100
metros al sur y 75 metros al este, quien falleció el día 20 de enero del 2022, para
que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del aviso en el Boletín Judicial,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo,
los bienes sucesorios pasarán a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría de la Licenciada Lidiette Carvajal Sánchez, cita en San José, Montes de Oca, San Pedro, Mall San Pedro, Ofimall, segundo piso, oficina 41-2. Expediente Nº 002-2022.—San José, 23 de febrero del 2022.—Licda. Lidiette Carvajal Sánchez,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626598 ).
Ante esta notaria, mediante acta de apertura otorgada por Cecilia
Matamoros Villalobos, a las 14:00 horas del 24 de febrero
del año 2022 y comprobado el fallecimiento de Ana Cecilia Argüello
Matamoros, quien fue mayor
de edad, minusválida, portadora de la cédula de identidad
dos-cero tres ocho cinco-cero dos uno uno, vecina de Barrio San Antonio, Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela, doscientos metros norte
y cien metros este de la
Ermita de Barrio San Antonio esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Heredia, avenida 4 calles 1 y 3, costado norte del Parque del Carmen, Edificio
Zumbado Segundo Piso, oficina 2 Teléfono 8722-9435 a hacer valer sus derechos.—Heredia, a las quince horas del 24 de febrero del 2022.—Lic. Carlos
Manuel Sánchez González, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626604 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Francisco Quirós Quirós, quien
fue mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número seis-cero sesenta y cuatro-cero doscientos treinta y ocho, vecino de Paquera, Puntarenas,
Barrio Órganos, trescientos metros al este y ciento cincuenta metros al sur de
la Iglesia Asambleas de
Dios. Para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0004-2021. Notaría del Bufete
del Lic. Álvaro Córdoba Díaz, notario. Teléfono: 83714420.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626608 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Roberto Enrique Obando Venegas, quien
fue mayor, casado dos veces, médico, cédula de identidad número
seis-cero setenta y cuatro-trescientos
cincuenta, vecino de
Puntarenas, de la Capilla de Velación cien
metros al sur, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0003-2021. Notaría del Bufete
del Lic. Álvaro Córdoba Díaz, notario. Teléfono: 83714420.—Lic. Álvaro
Córdoba Díaz, Notario Público.—1
vez.—( IN2022626609 ).
Se hace saber que, ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio
notarial de Víctor Manuel Saborío Carballo, quien era mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Escazú y portador de la cédula de
identidad número uno-doscientos veintitrés-doscientos sesenta y uno, expediente
001-2022. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia,
de que, si no se apresan
dentro del plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente Nº
001-2022. Notaría Lic.
Jurgen Kinderson Roldán. Goicoechea de los Tribunales de
Justicia del Segundo Circuito Judicial 100 metros al oeste y 130 metros al sur, Oficentro
Turia.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2022626653 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Grevin Mora Zúñiga, mayor, estado civil casado/a, profesión
u oficio comerciante,
nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N°
0302330129 y vecino(a) de Tres Ríos, Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto, expediente N° 21-000950-0640-CI-6.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuatro minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022626660 ).
Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio
ab intestato en sede notarial de quien en vida fuera
William Montero Peraza, mayor, soltero, pensionado,
con la cédula de identidad número:
nueve-cero cero treinta y
uno-cero seiscientos ocho, el cual era vecino
San José, San Francisco de Dos Ríos, dos cuadras
Oeste del Bac San José,; para que dentro del plazo de
quince días contados a partir
de su publicación, se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de
que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente 0003-2022 Proceso Sucesorio ab intestato en sede notarial de William
Montero Peraza). Lic. Allan García Barquero, Notario Público con oficina en San José, Moravia costado
Oeste del Banco Popular.—Lic.
Allan García Barquero, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022626677 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Kathya Yisenia Barrantes Duarte, mayor, soltera,
técnica judicial, vecina de
la provincia de San José, Concepción Abajo de Alajuelita, Urbanización Once de
Abril, casa número D-cuatro, del Palí
cien metros al oeste y veinticinco metros al sur, portadora
de la cédula de identidad número
siete-cero noventa y siete-cero setecientos treinta y uno, en su condición de Apoderada Generalísima, poder limitado a un millón de colones de los señores Alfredo Enrique Parks Myrie,
mayor soltero, educador, vecino de ochocientos ochenta, calle sesenta y ocho, apartamento seis H, Brockling New
York uno uno dos dos cero; poder inscrito en el Sección
de Personas Jurídicas del Registro
Público al tomo dos mil veintiuno, asiento cinco tres cuatro seis ocho nueve, el cual
se encentra vigente de lo
que la suscrita notaria da fe;
Jasmine Annette Parks, de único apellido
en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltera, vecina de uno dos tres nueve Sandestin way Orlando
Florida tres dos ocho dos
cuatro-cinco dos cero tres,
pasaporte de su país P cinco cinco
seis tres uno uno dos tres ocho, poder
inscrito en la Sección de Personas Jurídicas del
Registro Público al tomo dos mil veintiuno, asiento cinco tres cuatro seis ocho cero, el cual
se encuentra vigente de lo
que la suscrita notaria da fe,
Yorleny Emilia Myrie
Parchment, conocida como Yorleny Anna Parks Chen mayor, casada
una vez, vecina de dos nueve dos tres Silver Crest
Drive, Mill Creek Washington noventa y ocho mil doce-cinco mil seiscientos treinta y uno de paso
por la ciudad de San José, Barrio Don Bosco, exactamente
en el hotel Parking, portadora de la cédula de identidad
número uno-setecientos doce-cero cincuenta y cinco poder inscrito
en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público al tomo dos cero dos uno-cinco tres cuatro seis nueve tres-uno-uno, el cual se encuentra
vigente de lo que la suscrita
notaria da fe y Jorge Arturo Myrie
Parchment, de nacionalidad costarricense,
soltero, operario de mantenimiento, vecino de ciento noventa dos Longfellow
drive, mastic beach, New York uno uno nueve cinco uno, portador de la cédula de identidad
número uno-cero seiscientos
ochenta y tres-cero seiscientos veintiuno, poder inscrito en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público al tomo dos cero dos uno-siete cuatro ocho dos cinco seis-uno-uno, el cual se encuentra vigente de lo que la suscrita
notaria da fe y Alfredo Parks, único
apellido en razón de su nacionalidad
estadounidense, quien fue mayor, casado dos veces comerciante, vecino de Aserrí, costado este de la plaza de deportes, cédula de residencia número
uno ocho cuatro cero cero
uno cinco nueve seis ocho uno dos; quien falleció el día veintinueve de noviembre de dos
mil veinte, defunción inscrita en el
Registro Civil, Sección Defunciones, al tomo seiscientos cuarenta y uno, folio
cuatrocientos cuarenta y nueve, asiento ochocientos noventa y ocho, cónyuge de la causante quien se encuentra representado por la albacea de su sucesión señora
Ligia Mora Peraza, mayor, viuda una vez, jubilada, vecina de Aserrí, costado este de la plaza de deportes, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos tres-cero cuatrocientos noventa y seis, albaceazgo debidamente inscrito en el Registro
Nacional sección personas bajo las citas dos cero dos uno-siete tres cero dos nueve cinco-uno-uno, a las diez horas
del día veintitrés de febrero
del año dos mil veintidós y
comprobado el fallecimiento de Linda Redanever Myrie Parchmente mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad
número siete-cero cuarenta y uno-ochocientos ochenta y cinco, que al momento de su fallecimiento
residía en Los Estados Unidos de América, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
Licda. Stefany Borey Bryan.
Limón, Centro Central, setenta y cinco
metros sur del Colegio de Limón Diurno, diagonal a la
entrada principal de TEC, edificio blanco con gris. Teléfono
2758-1795.—Limón, veinticuatro de febrero
del dos mil veintidós.—Stefany Borey Bryan,
Notaria.—1vez.—( IN2022626678 ).
Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio
AB intestato en sede notarial de quien en vida fuera
José Julián Ruiz Gómez, mayor,
casado una vez, comerciante, con la cédula de identidad
número: cinco-cero ciento noventa y ocho-cero seiscientos trece, el cual
era vecino de San José, Hatillo Tres del Liceo Édgar Cervantes cincuenta metros oeste y veinticinco metros sur,
casa tres; para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de su publicación, se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de
que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente N° 0002-2022 proceso sucesorio AB Intestato en Sede Notarial de José Julián Ruiz Gómez). Lic. Allan García Barquero, Notario Público con oficina en San José, Moravia costado oeste del Banco Popular.—Lic. Allan García Barquero, Notario Público.—1
vez.—( IN2022626687 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Inocente Zúñiga Molina,
quien fue mayor de edad, casado en
primeras nupcias, portador de la cédula de identidad
número cinco-ciento cuatro-seiscientos ochenta y ocho, pensionado, vecino de
Limón, Siquirres, Reventazón,
Imperio Dos La Isla, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
02-2022. Notaría de la licenciada
Ingrid Otoya Murillo, situada
en Limón, Siquirres, Barrio
San Rafael, cien metros al oeste
y ciento veinticinco metros
al norte del Salón Comunal.
Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el
Boletín Judicial.—Licda.
Ingrid Otoya Murillo, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2022626695 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gabriel Barboza Marchena, quien
fue mayor de edad, casado en primeras
nupcias, portador de la cédula de identidad
número siete-cero treinta y siete-trescientos diecinueve,
pensionado, vecino de Limón, Siquirres, Barrio San
Rafael, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir
de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2022. Notaría de la Licenciada
Ingrid Otoya Murillo situada
en Limón, Siquirres, Barrio San Rafael, cien metros al oeste y ciento veinticinco metros al norte del Salón Comunal. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el
Boletín Judicial.—Licda. Ingrid Otoya Murillo,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626696 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Olga Vega Arce,
quien en vida fue mayor, viuda, pensionada, vecina de San Ramón, Alajuela, cédula número
202950281, para que, dentro del plazo de quince días a partir
de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2022.—San
Ramón, Alajuela, veinticuatro de febrero
del dos mil veintidós.—Lic.
Willy Rojas Chacón,
Notario Público.—1 vez.—( IN2022626724 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión de Delio Quesada Chaves,
mayor de edad, viudo, comerciante, con cédula de identidad número uno-cero ciento sesenta y uno-cero trescientos, y su último domicilio fue en San José, Puriscal,
Santiago, costado sur del Parque de Santiago, casa verde de dos plantas y fallecido el día treinta y
uno de octubre del año dos mil veintiuno,
para que dentro del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda,
expediente N° 0001-2022. Notaría de la, carné 10928, oficina abierta en San Jose, Barrio
Francisco Peralta de Casa Italia 100 al sur 200 al este
y 50 al sur; teléfono
8822-9498.—Licda. María Isabel García Campos.—1
vez.—( IN2022626748 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó:
Kathia Vanessa López Jara, quien fue mayor de edad, estado civil: divorciada una vez, vecina de Cañas, Guanacaste. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000159-0927-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
de Cañas (Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y dos
minutos del cinco de enero del dos mil veintidós.—Lic.
Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—(
IN2022626750 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de María Eugenia Núñez Rosales, quien fue mayor, casada una vez, Docente Pensionada,
vecina de El Cacique Alajuela, cédula de identidad número seis-cero cero ochenta y cinco-cero doscientos noventa y siete, y José Gerardo Corrales Castillo, quien fue mayor, viudo, chofer, vecino de El Cacique
Alajuela, cédula de identidad número
uno-cero trescientos veinticuatro-cero
novecientos cincuenta y tres; para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero uno-dos mil veintidós. Notaría Licenciada María González Campos sita
en la ciudad de Alajuela veinticinco
metros sur de esquina sureste
del Parque Central. Teléfono 2442-6487. Fax 2442-7501.Correo electrónico: gonzalezabog@ice.co.cr.—Licda
María González Campos,
Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2022626764 ).
Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Olger Mauricio Gutiérrez Rivera, a las
quince horas del diecisiete de enero
del dos mil veintiuno, y comprobada
el fallecimiento de Mayra
Margarita Rivera Bustillo, cédula de identidad número: seis-cero cinco siete-tres seis ocho, hija de Euclides Rivera Pacheco y
Juanita Bustillo Robledo (ambos fallecidos), costarricense, mayor de edad, ama
de casa, divorciada y vecina:
Puntarenas, Puntarenas, Barrio El Invu del Cocal, alameda dos, casa número diez, esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Puntarenas, cien metros al oeste del Banco Nacional, edificio
Tabash, segunda planta, oficina
número tres. Teléfono: 8448-9425, a hacer valer sus derechos.—Puntarenas, a
las diecisiete horas del diecisiete
de enero del año 2022.—Lic. Pedro Jesús Ramírez Méndez, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022626772 ).
Ante esta notaría se tramita proceso sucesorio notarial de Manuel Bolaños Herrera, adulto mayor de setenta y años de edad, casado, pensionado, vecino de Alajuela, Central, Guácima, Santiago Oeste, Rincón Chiquito del Ebais, un kilómetro al oeste, portador de la cédula de identidad número dos-cero dos dos uno-cero
cuatro siete cinco; fallecido el día quince de
diciembre del dos mil trece.
Se confiere el plazo legal, de quince días establecido
en el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, a todos los herederos e interesados para que,
comparezcan ante esta notaría a aceptar
la herencia y hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, que,
si no se presentan en ese plazo, aquella
pasará a
quien corresponda. Esta notaría se encuentra ubicada en San José, Barrio
Escalante, del Banco Improsa cincuenta
metros al este número tres
uno cuatro cinco.—San José, veintiséis de febrero
del dos mil veintidós.—Lic. Roberto Antonio Quirós Coronado, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626775 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Guiselle Fernadez Vargas, San
José Escazú, a las dieciséis
horas del veintisiete de agosto
del dos mil veintiuno y comprobado
el fallecimiento de María
Teresa Vargas González, mayor de edad, viuda una vez, ama de casa, vecina de: vecina Palmares, Alajuela un kilómetro
al sur de la parroquia, con cédula de identidad número dos cero doscientos treinta y cinco cero novecientos sesenta y uno, fallecido el cinco de julio
de dos mil veinte en San
Juan, San Ramón, Alajuela, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal
como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Lucrecia Campos Delgado San José, Escazú, San Antonio Urbanización
La Avellana casa 5-A, teléfono 8862-4406.—Veinticuatro de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1
vez.—( IN2022626777 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Jesús Antonio Rojas Corrales, mayor, casado, Costa
Rica, con documento de identidad
0202270105 y vecino de Aguas
Zarcas de San Carlos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000186-0297-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y ocho minutos del catorce de mayo del
dos mil veintiuno.—Lic.
Adolfo Mora Arce, Juez, Decisor.—1 vez.—( IN2022626785 ).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Luis Moya Matamoros, mayor, divorciado una vez,
pensionado, vecino de Cartago, Caballo Blanco, Residencial Lankaster,
casa cinco, cédula tres- doscientos siete- setecientos cuarenta y seis, para
que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen a hacer valer sus derechos y se les apercibe que si no se
presentan dentro de ese plazo la herencia pasara a quien corresponda. proceso
sucesorio extrajudicial 0001-2022 de Luis Moya Matamoros. notaría del licenciado Erick
Fabricio Jiménez Masís , con oficina en San Rafael de Oreamuno Cartago, contiguo a
Ferretería San Rafael.—Cartago veintitrés de febrero del dos mil
veintidós.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís,
Notario.—1 vez.—( IN2022626791 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Laureana Prendas Aguirre,
mayor, estado civil soltera,
profesión u oficio ama de
casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°
0600280712 y vecino(a) de Palmar. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000077-0423-CI-8.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Osa (Materia Civil), hora y fecha de emisión: veintidós
horas con veintinueve minutos
del dieciséis
de enero del dos mil veintidós.—Licda.
Maureen María Robinson Rosales, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2022626810 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Ana Lorena Auxiliadora Ramona Montoya Feoli, mayor,
estado civil viuda, profesión agente de viajes, Nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 0105250562 y vecina de Tirrases
de Curridabat. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N°
21-000657-0180-CI-7.—Juzgado Primero Civil de San José, 18 de noviembre
del año 2021.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza.—1
vez.—( IN2022626813 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Alexander Durán Guevara, costarricense, mayor, divorciado, con documento de identidad 0110160984 y vecino provincia de San José, cantón Alajuelita. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000018-0216-CI-4.—Juzgado
Civil Hatillo, San Sebastián Y Alajuelita, hora y
fecha de emisión: siete horas con treinta minutos del treinta de enero del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—(
IN2022626819 ).
Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo
de quince días, comparezcan ante mi notaría ubicada en San José, Santa Ana, Uruca, Urbanización Río Oro, oficina número dos, o por medio del correo
electrónico alerm_08@hotmail.com, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de este plazo, aquella pasará a quien legalmente corresponda en la Sucesión Legítima Notarial de quien en vida fuera:
Carlos Venegas Fernández, mayor de edad, casado
en primeras nupcias, pensionado, portador de
la cédula de identidad número
dos-doscientos treinta y tres-cero sesenta y seis, vecino de Alajuela, San Carlos, Cuidad
Quesada, costado oeste del
Estadio Municipal, casa a mano derecha. Expediente Nº 0001-2022.—San José,
veinticuatro de febrero del
dos mil veintidós.—Licda.
Alexandra Rodríguez Masís,
Notaria.—1 vez.—(
IN2022626824 ).
Se cita y se emplaza
a otros posibles interesados en la sucesión de quien en vida
fue Ana Rosa Aguilar Garro,
vecina de Heredia, San Joaquín, sucesión que se está tramitando en
la notaría
de la licenciada Monika Rodríguez Campos, para que en el plazo correspondiente
se apersonen a reclamar sus
derechos a la herencia, apercibidos
de que si no lo hacen
dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda, expediente número cero cero cero tres-dos
mil veintidós.—Licda.
Mónica Rodríguez Campos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626829 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
José Alberto Hidalgo Bermúdez, mayor, estado civil viudo primeras nupcias, profesión u oficio agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0103250107 y vecino de
Limón, Guácimo Centro. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto.
Expediente:21-000013-0930-CI-2.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de enero del año 2021.—Licda.
Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—(
IN2022626832 ).
En mi oficina de notario ubicada en san Isidro, Pérez Zeledón frente al centro del sonido se ha abierto y tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó María Luisa Mena Zamora, con cédula de identidad uno cero dos cinco nueve cero tres ocho cinco por lo que, dentro del
plazo de quince días contados
a partir de la publicación
del presente edicto, cito y
emplazo a todas aquellas personas que se consideren
con interés legítimo dentro
del presente proceso para
que se apersonen a mi oficina
a hacer valer sus derechos;
en el entendido
de que, si no lo hicieren
dentro del plazo dicho la herencia pasará a quienes, habiéndose apersonado, demostraren tener derecho a sucederla. Expediente Nº 001-2022.—Lic. Eduardo Barquero Elizondo, Notario Público.—1 vez.—( IN2022626836 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Bernardita María Antonia González Sancho, mayor, soltera, enfermera, costarricense, con cédula de identidad
N° 4-0139-0434 y vecina de Heredia, Barva, San Pedro. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto, expediente N° 21-001137-0504-CI-8.—Juzgado Civil de Heredia. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y siete minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza Tramitadora.—1
vez.—( IN2022626838 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Oliva Teodora Gutiérrez Obregón, mayor, estado civil divorciada, profesión u
oficio pensionada, nacionalidad Costarricense, con documento de identidad
0601650474 y vecina de la Provincia de Puntarenas, Corredores, Corredores,
Barrio El Carmen de Abrojo, 200 metros al este y 25 metros sur del Puesto de
Policía..- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N°
20-000119-0920-CI - 6.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil), 18 de enero del año 2021.—Juan
Carlos Cerdas Bermúdez, Juez Decisor.—1 vez.—(
IN2022626848 ).
En mi notaría,
se tramita proceso sucesorio notarial acumulado de: Adilia Piedra Calvo, cédula de identidad
número uno cero trescientos
cuarenta y nueve cero trescientos uno, y Edgar Carvajal Campos, cédula de identidad número uno cero doscientos cincuenta y uno cero seiscientos veintinueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 003-2021.—Licda. Kattia
Muñoz Zúñiga, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626852 ).
Se cita a todos los
herederos, acreedores e interesados en general a la sucesión notarial de la señora
Gretel Yolanda Bernabé Lewell,
mayor, soltera, Coordinadora
Judicial, cedula siete-cero sesenta
y ocho-novecientos setenta
y cuatro, vecina de Limón, Barrio Pueblo Nuevo, Espíritu Santo, trescientos
metros noroeste, casa mano derecha
con muro beige, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a la notaría que se indicara a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse
en el mencionado
plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse
así en el sucesorio
notarial número JBO-cero cero uno-dos mil veintidós de Gretel Yolanda Bernabé
Lewell; gestionan Yolanshie Vivian Bernabé Lewell y Kenrick Ronney Bernabé Lewell. Oficina de la notaria Janel Barboza Orias,
ubicada en Costa Rica,
Limón, veinticinco metros al norte
del Hotel Maribu Caribe. Fax 2798-5022. Correo electrónico licdajaba@hotmail.com.—Limón, 24 de febrero
del 2022.—Licda. Janel Barboza Orias,
Notaria.—1 vez.—(
IN2022626856 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue Julia María Mora Zúñiga,
cédula: 1-0246-0172, para que, dentro del plazo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
01-2022. Notaría
de la licenciada María Virginia Montero Jiménez.—Licda. María Virginia
Montero Jiménez, Notaria.—1 vez.—(
IN2022626857 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, en
la ciudad de San José,
según escritura 205-14 de las 08:00 horas del 16 de febrero del año 2022, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto
el proceso sucesorio testado, de quien en vida
fue Jane Michelle Calcaño Oramas,
mayor, casada una vez, escritora, de nacionalidad venezolana, naturalizada costarricense, cédula de identidad número 8-0120-0769, vecina de San Rafael de Alajuela, Condominios
Paso Real, Apartamento H cuarenta
y tres; fallecida el día
08 de diciembre del año 2021, en
Alajuela. Se cita y emplaza
a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de 30 días hábiles, contados
a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic.
Ricardo González Fournier, sita en Sabana
Sur, Oficentro Ejecutivo La
Sabana, Torre 7, piso 2.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—( IN2022626859 ).
Se convoca a quienes por ley, les pueda corresponder la representación de Camerina Gene
Zamora, pasaporte número
572157308, para que en el plazo de cinco días se apersonen a este
Despacho y manifiesten lo
que corresponda respecto de
la representación de la persona indicada,
conforme al artículo 19.4
del Código Procesal Civil. En
caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de un curador procesal. Lo anterior por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Corporación Zamora Mairena del Pacífico S. A.
Expediente N° 21-000004-1207-CJ. Nota:
Sin fecha límite de publicación.—Juzgado de Cobro
de Puntarenas, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y seis minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós.—Luis
Carrillo Gómez, Jueza Decisor.—(
IN2022618252 ). 3
v. 3. Alt.
MSc. Pablo Amador Villanueva, juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Cristina Patricia
Hernández Chacón,
en su carácter
personal, quien es mayor, nacionalidad
costarricense, cédula de identidad
N° 1-1356-0424, domicilio desconocido; se le hace saber que
en demanda actividad judicial no contenciosa,
expediente N° 21-000718-0364-FA, establecida
por el Patronato Nacional
de la Infancia Oficina
Local de Heredia Sur contra Santiago Elizondo Vargas y Cristina Patricia
Hernández Chacón,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las dieciséis
horas y treinta y uno minutos
del veintiocho de abril del
dos mil veintiuno. De las presentes
diligencias de depósito judicial de la(s) persona(s) menor(es) Ismael Antonio Elizondo Hernández, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
Oficina Local de Heredia Sur, se confiere
traslado por tres días a
Santiago Elizondo Vargas y a Cristina Patricia Hernández Chacón. Se le previene
a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Gestión en línea:
si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar
o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea, a señalar
este medio para recibir notificaciones, e ingresar escritos directamente al expediente; lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial
www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le
proporcionará personalmente
en el despacho,
usted podrá ingresar desde cualquier dispositivo electrónico a consultar su expediente, revisar sus notificaciones así como los escritos
presentados, con lo anterior se evitará
largas filas. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios Firmado profesionales de un abogado, puede
recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la
Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende
de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a
19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario
de atención: Lunes a viernes
08:00am a 12:00md, teléfono: 22776715, Universidad
Libre de Derecho, Horario de atención:
Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533.
En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio.
Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia
únicamente vecinos de
Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono
25600659. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el
plazo que se le ha concedido,
por lo que debe procurarse la asistencia
jurídica antes de que venza.
(Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)” Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia
el 28 de febrero de 2009,
dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica
es posible que la parte señale un Lugar para atender notificaciones (Art.58) y
en todos los demás procesos, las partes deben señalar
Medio para recibir sus notificaciones.
Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar
medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación
automática (Art.34). Así
las cosas, se le previene a
las partes su obligación de cumplir con Firmado digital de lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección
electrónica en el
Departamento de Tecnología
de Información del Poder
Judicial (gestión que debe hacerse
una única vez y no cada vez que señale
ese medio). Para ello debe hacerse
lo siguiente: Comunicarse
con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos
2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero
electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el
mismo fin. La prueba consiste en enviar
un documento a la dirección
electrónica que se presenta
y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que
el correo fue
recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está
inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada
a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros extremos: Se otorga el depósito
judicial provisional de la(s) persona(s) menor(es) de
edad Ismael Antonio Elizondo Hernández, en el hogar
de Gerardo Elizondo Rivera y Denise Vargas Carmona, abuelos
paternos del menor, a quien se le previene que comparezca a este
despacho dentro del plazo
de tres días a aceptar y jurar el cargo. Lo anterior bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se resolverá lo que en derecho corresponda. Notificaciones: Notifíquese esta resolución al señor Santiago
Elizondo Vargas personalmente o por medio de cédulas
y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real, en la siguiente dirección: Heredia, San Francisco, residencial
Las Palmeras, casa número
51. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para notificar
a la referida persona, se comisiona
a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones de Heredia. Asimismo, notifíquese esta resolución a la señora Cristina Patricia Hernández Chacón por medio de edicto, la presente comunicación se enviará de forma electrónica a la Dirección Ejecutiva de la Imprenta
Nacional. Prevención: Previo
a expedir la comisión deberá el ente
promovente dentro del plazo
de tres días aportar un juego de copias de todo el expediente,
bajo el apercibimiento de
que, si no lo hiciera, no
se le atenderán futuras gestiones que presente y se podrá ordenar el archivo del presente asunto
(artículo 136 del Código Procesal
Civil). Se le hace saber a la parte
promovente que dichas copias deberán ser presentadas exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante
respectivo. Notifíquese.
MSc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022625780 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
judicial de la persona menor de edad
Abigail Hernández Cubero, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 21-001953-0292-FA. Clase
de Asunto actividad
judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, a las nueve horas cuarenta y ocho minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626062 ). 3
v. 2.
A Rosendo Ocampo García y a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
de los menores Meylin María
Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y Ronny Rosendo Ocampo Picado, N°
22-000019-0687-FA se les pone en conocimiento
la resolución de las diez
horas con veintidós minutos
del doce de enero del año dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito
de las personas menores Meylin
María Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y Ronny Rosendo Ocampo
Picado, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Rosendo Ocampo García, a quienes se les previene que en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. En caso de que,
el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial,
se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Asimismo, se ordena el depósito judicial provisional
de los menores Meylin María
Ocampo Picado, Rosa Natalia Ocampo Picado y
Ronny Rosendo Ocampo Picado bajo la custodia de Melvin Antonio Picado quien deberá presentarse
ante este despacho para la aceptación del cargo dentro de los tres
días posteriores a la notificación
de esta resolución. Expediente
N° 22-000019-0687-FA. Clase de asunto
depósito judicial.
Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia
(Materia de Familia).—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes.—O. C. Nº 364-12-2021B.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626216 ). 3
v. 2.
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona
menor Santiago Jesús Camacho Fernández, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.- Expediente N°21-000808-0687-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de
Grecia (Materia de Familia), a las trece horas con treinta y tres minutos
del nueve de diciembre del año dos mil veintiuno, 09 de diciembre del año
2021.—Licda. Marjorie Salazar Herrera.- Jueza.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626219
). 3 v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor Santiago Jesús Camacho Fernández,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 21-000808-0687-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa depósito
judicial. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las trece
horas con treinta y tres minutos del
nueve de diciembre del año dos mil veintiuno, 09 de diciembre
del año 2021.—Licda.
Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626220 ). 3
v. 2.
A Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz y a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de los menores
Logan Santiago Córdoba Marchena, se les pone en conocimiento la resolución de las
nueve horas con ocho minutos del diez de febrero del año dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: de las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Logan Santiago Córdoba Marchena, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz, a quienes se les previene que en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución a Valeria de los Ángeles
Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz por medio de edicto de ley.
Para estos efectos, se comisiona. En caso
de que el lugar de
residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial,
se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado.- Se le
previene a la parte interesada, que para efectos de
la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009, Expediente
22-000097-0687-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
de Grecia (Materia de Familia).—Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626853 ). 3
v. 1.
Expediente N°
22-000097-0687-FA.—A Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz y a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de los menores:
Logan Santiago Córdoba Marchena, se les pone en conocimiento la resolución de las
nueve horas con ocho minutos del diez de febrero del dos mil veintidós de este Despacho, que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito
de las personas menores: Logan Santiago Córdoba
Marchena, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz, a quienes se les previene que en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20,
del 29 de enero del 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, sesión N° 78-07 celebrada
el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución a Valeria de los Ángeles Marchena Segura y José Enrique Córdoba Ruiz
por medio de edicto de ley. Para estos
efectos, se comisiona. En caso que el
lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4° de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por
medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial,
se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que, para efectos de
la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20,
del 29 de enero del 2009. Expediente
N° 22-000097-0687-FA. Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera, Juez(a). Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia
(Materia de Familia).—Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626854 ). 3
v. 1.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la tutela legítima de la
persona menor de edad Fabián Alonso Solano Rodríguez, para que se
apersonen a este Juzgado dentro del plazo de quince días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
20-000621-0292-FA. Clase de Asunto
Tutela.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las ocho
horas cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno, 09 de setiembre del
2021.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626862
). 3 v.
1.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en la tutela legítima de la persona menor de edad Fabián Alonso Solano Rodríguez, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
quince días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado, expediente N° 20-000621-0292-FA. Clase
de Asunto Tutela.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a ocho horas cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno, 09 de setiembre del año 2021.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza Decisora.—O.C. Nº
364-12-2021B.— Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022626863 ). 3
v. 1.
Msc. Tania Morera
Solano, Jueza del Juzgado
de Familia de Puntarenas, a Karla Vanessa Gómez Quirós, en
su carácter personal, quien es mayor, cédula N° 0603570616, de paradero y demás calidades desconocidas y Rudy
Cordero Morales, en su carácter personal, quien es
mayor, cédula N° 0603540868, se le hace saber que en proceso actividad
judicial no contenciosa de depósito
judicial de persona menor de edad.
Expediente N° 21-000665-1146-FA establecido
por Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto a Karla Vanessa Gómez Quirós, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las catorce
horas dieciséis minutos del
dieciséis de junio de dos
mil veintiuno. I-Por parte
del Patronato Nacional de la Infancia
se tiene por establecidas éstas diligencias de Actividad
Judicial no Contenciosa de Depósito
Judicial a favor de la persona menor
de edad Rusdy Jesús Cordero
Gómez. De éstas diligencias se confiere
audiencia por el plazo de tres días a Karla Vanessa Gómez Quirós y Rudy Cordero
Morales , para que si a bien lo tienen
se refieran a los hechos y pretensiones que formula el ente promovente y si, lo consideran, podrán oponerse a las mismas; además se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias, y se producir a igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
II-Siendo que se desconoce
la dirección de la señora
Gómez Quirós, madre de dicho
menor, según lo manifestado por el ente promovente, se ordena notificar a estos por medio de un edicto que se publicará por una única vez en
el Boletín
Judicial. Al padre señor Cordero Morales se ordena notificar por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales
de Alajuela por ser habido en
Alajuela, San Rafael, Unidad de Admisión Puesto Diez. III-Medida provisional:
Tal y como se solicitada
por parte del ente promovente, se concede el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Rusdy
Jesús Cordero Gómez a su abuela paterna
la señora Yanni Morales Ávila, a quien
se invita a apersonarse a este despacho para la debida aceptación del cargo conferido. Hágase saber.—Juzgado
de Familia de Puntarenas.—Msc Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626531 ).
Se convoca a los socios,
asociados o a quienes corresponda designar representante de Cometa Ocho Marrón
Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-419890 en pleno derecho por la Ley 9024 el
día 09/08/2017, mediante las citas
2017-479612-1-115 para que en el
plazo de cinco días se apersonen a este despacho y manifiesten lo que corresponda respecto de la representación de la persona indicada,
conforme a lo establecido
por los artículos 209 y 210 del Código de Comercio,
3.4, 19.4 y 178.1 del Código Procesal Civil. En caso de no apersonarse
ninguna persona interesada,
este tribunal procederá a
la designación de una persona liquidadora
para ese efecto. Lo anterior por ordenarse
así en proceso
liquidación persona jurídica
de Condominio Vertical Horizontal Residencial
El Cometa del Pacífico
contra Cometa Ocho Marrón Sociedad Anónima, Expediente N° 20-000373-0388-CI. Nota:
Sin fecha límite de publicación.—Juzgado Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y dos minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan Sánchez
Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2022626549 ).
Expediente Nº 20-000060-0958-CI. Se hace saber que en proceso judicial de concurso
civil de acreedores tramitado
en este despacho
judicial, se dictó la sentencia
número 130-2021 de las dieciséis
horas treinta dos minutos
del dieciséis de julio del
dos mil veintiuno, que en
lo conducente dice: “...Se decreta
la insolvencia de Marco Aurelio Amador Madrigal, cédula de identidad
número 1-1325-0245. Consecuentemente
con ello, se inician los procedimientos necesarios para la apertura del concurso de acreedores solicitada por el promovente. Así que, de conformidad con los numerales 899 del Código Civil y 763 del Código Procesal Civil. En consecuencia, se dispone la apertura
del concurso civil de acreedores
del citado insolvente. Solicítese a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial la designación del curador propietario, curador suplente y persona notaria inventariadora
que por turno corresponda.
Del mismo modo, la persona insolvente
promovente queda de derecho
separada e inhibida de la facultad de administrar y
disponer de los bienes que le pertenecen
y sean legalmente embargables. La persona curadora será quien administre
los bienes y activos embargables que se constaten,
para luego ser pagados los créditos conforme a las reglas concursales vigentes. Se fija en calidad de por ahora y en perjuicio
de terceros, el 14 de mayo
de 2020 fecha en que se
presume empezó el estado de insolvencia retrotraído a un mes, de conformidad con el artículo 888 del Código Civil. Se previene
al deudor que no abandone su domicilio, ni
salga del país sin autorización judicial, bajo el apercibimiento de que, si lo hiciere, podrá ser juzgado por desobediencia a la autoridad. Comuníquese a la Dirección General de Migración y
al Ministerio Público para
lo que corresponda en ambos
casos. Procédase a la ocupación, inventario y depósito de los bienes embargables de la insolvente. Lo
primero y tercero lo asumirá
el curador que se designe. El inventario lo hará el notario
inventariador que se nombrará
en su momento.
Comuníquese al Registro Público la declaratoria de insolvencia y su fecha, para que se abstenga de inscribir títulos emanados de la persona insolvente.
Asimismo, a la Dirección
General de Correos a fin de que envíe
al Juzgado la correspondencia
perteneciente al mismo. Comuníquese también a los bancos, almacenes generales de depósito y aduanas para que se abstengan de entregar al deudor o su apoderado, títulos
valores, efectos de comercio, mercaderías o cualesquiera documentos con valor
económico. Por ser asalariado
el señor Marco Aurelio
Amador Madrigal, comuníquese al departamento
de Recursos Humanos de la Municipalidad de San José,
por mandamiento, para que proceda
a depositar en adelante, período tras período de pago de salario, la parte legalmente embargable del salario de la señora Marco Aurelio Amador Madrigal en
la cuenta automatizada de este proceso judicial número 20 000060-0958-8 del Banco de Costa Rica. De ese
modo, la parte legalmente inembargable de su salario le será entonces entregada de manera íntegra al insolvente, por lo que, el patrono deberá abstenerse, con esta orden judicial, de hacer deducciones salariales automáticas, aún consentidas por la trabajadora insolvente, en perjuicio de la masa de acreedores,
según la interpretación
judicial del artículo 899 del Código Civil y el principio concursal de igualdad de acreedores. Este mandamiento lo diligenciará la
persona curadora o la persona insolvente
de manera personal. Se concede a los acreedores nacionales y extranjeros un plazo de dos meses
para legalizar sus créditos
y reclamar en su caso, el
privilegio que tuvieren, el
cual empezará a correr desde la última publicación de la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín
Judicial y en un periódico
de circulación nacional. Apersónese la persona insolvente,
o bien el curador o cualquier interesado ante la Imprenta Nacional a efectos de atender el gasto
necesario para la publicación
del edicto que aquí se ordena, mismo que será enviado de inmediato por el Juzgado Concursal de forma electrónica y al periódico de circulación nacional para su publicación. Este gasto podrá ser reembolsado posteriormente, con preferencia, como un crédito de la masa. Se prohíbe hacer pagos y entregas
de efectos al deudor insolvente, y si esto se incumpliere no quedarán descargados de la obligación. Se previene a todas las personas en cuyo poder existan
pertenencias de la insolvente,
cualquiera que sea su naturaleza, que dentro del plazo de ocho días hagan entrega al curador o a este
juzgado manifestación y entrega de ellas, bajo pena de ser tenidos como ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios. Los tenedores de prendas y demás acreedores con derecho de retención, tendrán la obligación de dar noticia al curador o al Juzgado, también bajo el apercibimiento indicado. En caso
de pagos de dinero o devolución
de éste a favor de la insolvente,
el dinero deberá ser depositado en la cuenta bancaria número 20 0000600958-8 del Banco de Costa Rica, para lo cual la persona depositante, en forma personal en este estrado judicial, por teléfono o por escrito con autenticación de abogado, deberá identificarse con su nombre completo y número correcto de identificación, para que pueda ser incluido en el sistema
informático de los depósitos
judiciales previo a la transacción bancaria que interese. Comuníquese al Ministerio Público para que se investigue la posible comisión o participación del delito de insolvencia fraudulenta...”.—Juzgado Concursal, San
José, doce horas cuarenta
y tres minutos del diez de setiembre de dos mil veintiuno.—Lic. Sergio Huertas
Ortega, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022626623 ).
Se avisa que, en este
Despacho bajo el expediente N° 21-003027-0338-FA, Lauri
Ann Bickel, Ryan Allan Bickel, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de las personas menores de
edad Ana Yancy y Jaime ambos Palacios Santos. Se
concede a los interesados el
plazo de cinco días para
formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cartago, 19 de noviembre del 2021.—Licda.
Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626855 ).
Ana Catalina Cisneros Martínez Juez(a) del
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia); hace
saber a Tatiana Herrera Porras, documento de identidad 0603450731, Soltera, No
indica, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un
proceso procesos especiales en su contra, bajo el expediente número
21-000209-1086-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen:
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia). A las
trece horas catorce minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiuno. Se
tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono
de la persona menor Jefferson Darío Chavarría Herrera, planteado por Patronato
Nacional de la Infancia contra Tatiana Herrera Porras, a quién se le concede el
plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la
solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y
122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que
presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho
fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que
suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y
recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos, explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Se le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de
cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia
oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibidem; y una vez
recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la
parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su
casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Previo a enviar la comisión, solicítese la cuenta
cedular de la demanda al Registro Civil. Se nombra como
depositaria judicial Provisional de la persona menor Jefferson Darío Chavarría,
a la señora Alba De Los Ángeles Chavarría Chavarría,
a quien se le previene apersonarse al proceso dentro del plazo de Cinco días, a
aceptar el cargo conferido. Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez. Jueza. Lo
anterior se ordena así en proceso procesos especiales de patronato nacional de
la infancia contra Tatiana Herrera Porras; Expediente
Nº21- 000209-1086-FA. Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de
Golfito (Materia Familia). 15 de febrero del año 2022. Nota: Publíquese este
edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se
hizo la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Golfito (Materia Familia).—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626860
).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la Tutela de la
persona menor Nathaly Silke Toruño
Santamaría, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de ocho días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-000305-1086-FA. Clase
de Asunto Actividad
Judicial no Contenciosa de Tutela. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito
(Materia Familia), a las ocho horas cuatro minutos del once de febrero del
dos mil veintidós.—Licda.
Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626861 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la tutela legítima de la persona menor de edad Fabián Alonso Solano Rodríguez, para que se apersonen a este
juzgado dentro del plazo de
quince días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N°20-000621-0292-FA. Clase
de asunto: Tutela.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las ocho horas cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno, 09 de setiembre del
2021.—Licda. Jorleny María Murillo
Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626864 ).
Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez
jueza del Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica
de Golfito (Materia Familia); hace saber a Lester
Jesús Amador Aguirre, documento de identidad desconocido presuntamente nicaragüense, de ocupación
desconocida y sin domicilio
conocido que en este Despacho se interpuso un Proceso Actividad Judicial no Contenciosa
de depósito
de menor de edad en su contra, bajo el expediente número
15-000196-1086-FA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: Juzgado de Familia
de Golfito, a las diez horas y cincuenta
y tres minutos del ocho de diciembre de dos mil
quince. De las presentes diligencias de depósito del menor Lester Manuel
Amador Centeno, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Lester Jesús Amador Aguirre y a Kelin Centeno Campos, a quienes
se les previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión
N° 65-08, celebrada el 02
de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio,
e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
Civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a los señores, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y otras Comunicaciones; Circuito
Judicial de Golfito con el fin de notificar
a la señora Centeno Campos, y con
el fin de notificar al señor Amador Aguirre por medio de la Fuerza
Pública de La Carpio. En caso, que el lugar
de residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial,
se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Se nombra como depositario
judicial del menor Lester Manuel Amador Centeno, al señor Manuel Centeno Fajardo, a quien
se le previene que debe apersonarse
al despacho dentro de cinco
días, después de notificado,
a fin de aceptar el cargo conferido. Lic. Rafael Araya Fallas Juez. Lo anterior se ordena así en
Proceso Actividad Judicial
no Contenciosa de Depósito Judicial de Patronato Nacional de la Infancia
contra Lester Jesús Amador Aguirre. Expediente Nº
15-000196-1086-FA. Nota: publíquese
este edicto por única vez en
el Boletín Judicial o
en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Golfito (Materia Familia),
23 de febrero del año
2022..—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626865 ).
Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de
Cartago, a Kaffir Andrés Montes Castellón, en su carácter
personal, quien es mayor, soltero,
operario de construcción, vecino de, cédula 000, se le hace
saber que en demanda Procesos Especiales de Salida del
País Sumaria Expediente
21-003313-0338-FA, establecida por Heydi Elizabeth Martínez Rivera contra
Kaffir Andrés Montes Castellón, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago. Se tiene por establecido
el presente trámite de autorización de salida
del país
de manera indefinida y solicitud de pasaporte promovido por Heydi Elizabeth
Martínez Rivera. De esa solicitud
se da audiencia por tres días a Kaffir Andrés Montes Castellón, a quien se le previene que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de
cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese
esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez
como parte al Patronato Nacional de la Infancia.
Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Posterior a esta diligencia, sin perjuicio de
la potestad de ordenar prueba para mejor resolver, se dictará la resolución de fondo. En caso que el
lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso
de la persona funcionaria notificadora,
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626995 ).
Se hace saber que en mi notaría ubicada en San José, Hatillo 3, calle 58 correo electrónico
Lic_umanzor@hotmail.com telefax 2214-5337, se tramita
matrimonio de Wilmer Gabriel Dávila
Avilez cédula 801300988 y Abigail Marie Doan, estadounidense pasaporte
535671413, para realizarse en
San José a partir del día 1 de abril
del 2022.—Lic. José Antonio Umanzor Rodríguez, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022626508 ).
La suscrita Paula María Chacón
Loaiza, costarricense,
mayor de edad, casada en primeras nupcias,
abogada y notaria pública, vecina de Cartago, Alvarado, Pacayas,
portadora de la cédula de identidad
número 3-0415-0875, con oficina
abierta en la ciudad de Pacayas de Alvarado, Cartago, frente
a la Cruz Roja, hace saber
que, a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación, ante mi notaría comparecieron el señor: Pablo Alexander Sibaja Jiménez, costarricense,
mayor de edad, soltero, farmacéutico, vecino de San José,
Coronado, Barrio Cedros, costado este
de la iglesia católica, 200
metros este, 200 metros sur y 25 metros este, portón blanco,
portador de la cédula de identidad
número 1-1310-0178, hijo de
Carlos Alberto Sibaja Cerdas
y Lilliana Jiménez Castro, ambos padres costarricenses,
nacido el 12 de febrero de 1987 y actualmente con
35 años de edad y la señorita: Jessica Teresa Marín Mora, costarricense,
mayor de edad, soltera, médico general, vecina de San
José, Coronado, Barrio Cedros, costado este de la iglesia católica, 200 metros este, 200
metros sur y 25 metros este, portón
blanco, portadora de la
cédula de identidad número 1-1355-0578,
hija de Antonio Marín Barrantes
y Hazel Mora Fernández, ambos padres costarricenses, nacida el 13 de junio del año 1988 y actualmente con 33 años de edad. En virtud
de ello y en cumplimiento de los artículos 25
y 26 del Código de Familia, se ordena la publicación del presente edicto para quien tenga alguna oposición
a la unión solicitada por
los futuros contrayentes,
lo haga saber ante esta notaría dentro del plazo de ocho días naturales, después de
la publicación de este edicto.—Cartago,
Alvarado, Pacayas, frente a
la Cruz Roja, 24 de febrero
del año 2022.—Licda. Paula
María Chacón Loaiza, Abogada y Notaria 24805.—1vez.—(
IN2022626657 ).
Se hace saber que, ante mi Claudia Carvajal
Varela, notaria pública con oficina
abierta en Alajuela,
Alajuela, San Antonio, de la Ferretería El Tejar 25 metros al oeste entrada privada a mano izquierda portón gris al fondo, han comparecido Francisco Javier
Villalobos Cruz, mayor, soltero, Profesional
en Informática, con cédula de identidad
número 1-1539-0576, vecino
de Alajuela, Alajuela, Dulce Nombre, 50 metros al oeste del restaurante Las Delicias del Maíz; y Tiffany
Zamora González, mayor, soltera, Profesional en Informática, con cédula de identidad
número
2-0733-0796 y vecina de Alajuela, Alajuela, San
Antonio, 50 metros al oeste y 25 metros al sur del
Centro Comercial Los Tejares;
a efecto de celebrar matrimonio civil ante esta
notaria conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena
la publicación de este edicto en aras
de que, si existe alguna oposición a la unión solicitada, lo hagan saber dentro del plazo de 8
días naturales después de la publicación
de este edicto.—María Claudia Carvajal Varela, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2022626779 ).
Se hace saber que ante mí, Jenifer
Valenciano Jiménez, notaria pública con oficina abierta en Alajuela, Alajuela, San Antonio del Tejar,
veinticinco metros oeste de
Ferretería El Tejar,
entrada privada mano izquierda,
portón gris al fondo, han comparecido: Santiago José Baltodano Díaz, mayor, quien dice ser soltero, electricista,
con documento de identidad
migratorio para extranjeros
residente permanente en Costa Rica libre de condición número: uno cinco cinco ocho uno dos cero cero cuatro tres cero dos, de nacionalidad: nicaragüense; y Fátima
del Socorro (nombre) Artola
(apellido), de un solo apellido
en razón de su nacionalidad: nicaragüense, mayor, quien dice
ser soltera, ama de casa, con documento
de identidad migratorio
para extranjeros residente permanente en Costa Rica libre de
condición número: uno cinco cinco ocho
dos cero uno cero nueve tres
uno cinco, ambos vecinos de
Alajuela, Alajuela, San Isidro, Itiquís, del Ebais doscientos metros norte, casa de color verde con verjas negras, frente al Hotel Villa Pacandé, han comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello
y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena
la publicación de este edicto en aras
de que, si existe alguna oposición a la unión solicitada, lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de la
publicación de este edicto ante esta notaría.—Licda. Jenifer Valenciano Jiménez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022626782 ).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Bienvenido Santamaría Guerra, mayor, divorciado,
pensionado, cédula de identidad número
0600960745, vecino de Río Claro, Ciudadela Cruz Roja, hijo de Isabel Santamaría Guerra, nacido
en Sierpe, Osa, Puntarenas,
el 20/03/1951, con 70 años
de edad; y María Rosa de los Dolores Murillo Chavarría, mayor, divorciada,
oficios domésticos, cédula
de identidad número
0106170303, vecina de Río Claro, Ciudadela Cruz
Roja, hija de Nelly Chavarría
Murillo y Alamar Murillo Jiménez, nacida en Santiago, Puriscal,
San José, el 22/10/1963, actualmente con 58
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000032-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Golfito (Materia Familia), Golfito, 16 de febrero
del 2022.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626793 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores David Alejandro Ojeda González, costarricense
naturalizado, estado civil:
soltero, cédula de identidad
número: 8-0079-0495, edad en años cumplidos:
49 años, ocupación: docente, sexo: masculino, nacido en: provincia: Nicaragua, en fecha: 08-05-1972 y Juana
Elisabeth Espinoza Toval, nicaragüense,
estado civil: soltera,
cédula de identidad número:
155824210036, edad en años cumplidos: 41 años, ocupación: oficios domésticos, sexo: femenino, nacida en: Nicaragua, en fecha: 24-06-1980, ambas
personas contrayentes tienen
el domicilio en Limón, La Colina, del Mega
Super 75 metros oeste, 100 sur, casa color amarillo. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto,
expediente Nº 22-000077-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 11 de febrero del año 2022.—Msc. Kensy Cruz Chaves, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626794 ).
Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Vanessa
Yaneeth Vargas Vásquez, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad N° 1-1845-0030, hija de Sandra Vargas Vásquez, nacida
en San Isidro, Pérez Zeledón,
San José, el 02/06/2002, y Steven Josué
Navas Morales, mayor, soltero,
ayudante de construcción,
cédula de identidad N° 1-1615-0023, hijo de Edelma Navas Morales, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, San
José, el 29-07-1995; ambas personas tienen el domicilio
en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expídase el edicto
y publíquese en el Boletín Judicial
por una única vez. Expediente N° 22-000164-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 21 de febrero de 2022.—Licda. Kellen
Pamela Maroto Solano, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626795 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil:
Eleonor Elizondo Cordero, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad N° 1-0916-0160, hija de William Elizondo Hernández y Mayela
Cordero Ceciliano, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, San
José, el 28/05/1975; y Ademar Gerardo Castro Pérez,
mayor, soltero, operario en lácteos, cédula de identidad N° 1-0727-0104, hijo de Ramón Castro Jiménez y Elena Pérez Jiménez, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 26-12-1967;
ambas personas tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 22-000157-1303-FA. Expídase
el edicto y publíquese en el
Boletín Judicial por una única vez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 18 de febrero del
2022.—Licda. María del Rocío
Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626796 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil de
Diana Melissa Solano Dávila,
mayor, soltera, oficinista,
cédula de identidad número
0116490098, hija de Alba María Dávila Espinoza y de Edgar Enrique Solano Portuguez, el 12/07/1996, con veinticinco años de edad, y Stiven Wilfredo Ruiz García, mayor, soltero,
estudiante, cédula de identidad
número 0504100904, hijo de Sileni García Rodríguez y Wilfredo Ruiz Mora, el 08/06/1996, actualmente con 25
años de edad; ambas
personas contrayentes tienen
el domicilio en vecino de domicilio
en Liberia, Barrio San Roque, de la iglesia Eben-Ezer cincuenta metros al norte. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000105-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, fecha, 10 de febrero del año 2022.—Msc. Marcela González
Solera, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626797 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio el señor Javier Felipe Díaz Artiaga, mayor, soltero, operador de maquinaria, cédula de identidad
número 0502690224, nacido en Centro
Liberia Guanacaste, el 28/10/1971,
con 50 años de edad, y la señora Karen María Martínez Morales, mayor,
soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0503000966, nacida en Centro
Liberia Guanacaste, el 30/09/1977, actualmente con 44 años de edad; ambas
personas contrayentes tienen el domicilio en Cañas Dulces de Liberia,
Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000122-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 16 de
febrero del año 2022.—Msc. Marcela González Solera, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022626799
).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, los señores: Cristóbal Guzmán Alvarado, costarricense,
estado civil: soltero,
cédula de identidad número:
7-0290-0028, edad en años cumplidos: 20 años, ocupación: jornalero en bananera,
sexo: masculino, nacido en provincia:
Limón, en fecha:
03-11-2001; y Elmis Estefany
Jiménez Layan, costarricense, estado
civil: soltera, cédula de identidad
número: 7-0291-0613, edad en años cumplidos:
20 años, ocupación: oficios domésticos, sexo: femenino, nacida en: Valle de la Estrella, Limón, en
fecha: 10-04-2001, ambas personas contrayentes tienen el domicilio en
Limón, San Clemente, de la Escuela 500 metros sur, casa verde
agua. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 22-000062-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 11 de febrero del 2022.—Licda. Silán Navarro Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022626800 ).
Licda. Silán
Navarro Jiménez. Jueza del Juzgado
de Familia del primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Dasaeth de Los Ángeles Chaves Vindas, Costarricense, estado civil: soltero, cédula de identidad número: 7-0226-0215, edad en años cumplidos:
27 años, ocupación: oficinista, sexo: masculino, nacido en: provincia: Limón, en fecha: 13-03-1994 y Daniela Magally Jiménez Carranza, Costarricense,
estado civil: soltera,
cédula de identidad número:
7-0232- 0897, edad en años cumplidos: 27 años, ocupación: trabajadora social, sexo: femenino, nacida en: Central Limón, en fecha: 31-12-1994, ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Limón, Pueblo Nuevo,
Espíritu Santo, del abastecedor
el Pueblo, 250 metros noreste,
casa esquinera a mano derecha.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los OCHO
DÍAS siguientes a la
publicación del edicto.
Exp. Nº22-000132-1152-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, Fecha, 18
de febrero del año 2022.—Licda. Silán Navarro Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626801 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jairo
Eduardo Varela Portuguez, mayor, divorciado,
panadero, cédula de identidad
número uno-mil quince-doscientos
seis, hijo de Eduardo Varela Valverde y Albertina Portuguez Navarro, nacido en San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
el 26 de setiembre del año 1978, y Julia
Marlene Quirós Zúñiga, mayor, divorciada,
educadora, cédula de identidad
número uno-seiscientos sesenta y tres-ochocientos veintisiete, hija de Didio Quirós Barrantes y Odilia Zúñiga Chinchilla, nacida en San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
el 07 de julio del año 1963; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000160-1303-FA. Nota:
publíquese por una única vez en el
Boletín Judicial.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón), 23 de febrero
del año 2022.—Licda. María
Del Rocío Quesada
Zamora, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626802 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil Jairo
Eduardo Varela Portuguéz, mayor, divorciado,
panadero, cédula de identidad
número uno-mil quince-doscientos
seis, hijo de Eduardo Varela Valverde y Albertina Portuguéz Navarro, nacido en San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
el 26 de setiembre del año 1978, y Julia Marlene Quirós Zúñiga,
mayor, divorciada, educadora,
cédula de identidad número
uno-seiscientos sesenta y tres-ochocientos veintisiete, hija de Didio Quirós Barrantes y Odilia Zúñiga
Chinchilla, nacida en San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, el 07 de julio del año 1963; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 22-000160-1303-FA. Nota:
Publíquese por una única vez en el
Boletín Judicial.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón), 23 de febrero
del 2022.—Licda. María del Rocío
Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626803 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Bryan Anthonny Colindres Mora, mayor, soltero, gondolero, cédula de identidad número 0504300345, nacido en Centro Liberia
Guanacaste, el 21/11/1999, con 22 años de edad, y la señora María Paola
Artavia Rugama, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad número
0504300998, nacida en Centro Liberia
Guanacaste, el 28/12/1999, actualmente con 22 años de edad;
ambas personas contrayentes tienen el domicilio
en Liberia, Guanacaste. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación
del edicto. Expediente.
Nº22-000142-0938-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Familia), Liberia, Fecha, 23 de febrero del año 2022.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022626804 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil en este Despacho:
Henry Moisés
González Marchena, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad
N° 0604610686, vecino de Kilometro
Siete, Purruja, Golfito, hijo de Edith Trinidad Marchena Rojas y José Dany González
Vargas, nacido en Corredor, Corredores, Puntarenas,
el 04/08/2000, con 21 años
de edad, y Keilyn María
Romero Angulo, mayor, soltera, oficios
domésticos, cédula de identidad
N° 0604670270, vecina de Kilometro
Siete, Purruja, Golfito, hija de Florinda Angulo Villagra y Kid Douglas Romero López, nacida en Centro Golfito, Puntarenas, el 13/06/2001, actualmente con 20
años de edad, ambas personas
contrayentes tienen el domicilio
en Purruja, Golfito. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 22-000033-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Golfito, (Materia Familia), Golfito, 17 de febrero
del 2022.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022626866 ).
Juzgado
Penal de San Carlos del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, a las nueve horas con treinta y cinco minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintidós, en la sumaria N°
21-000009-0306-PE por el delito
de Falsificación de Señas y
Marcas, contra German Vega González, en perjuicio de La Fe Pública; de conformidad con el artículo 7° de la Ley de Notificaciones y por resultado de
orden citación negativa, se dispone notificar
por edicto a: Ruddy Gómez Alemán, cédula residencia N°
155808194907 sobre la devolución del motor: 162FMJ1606906175, marca: Serpento, modelo: Cobra, cilindrada: 150 C.C, cilindros:
1, potencia: 9 Kw, combustible: gasolina,
o bien a quien demuestre con documento
idóneo la titularidad del mismo; contando con el plazo de tres
meses a partir de esta publicación para su retiro; siendo que una vez vencido se dispondrá su donación
en favor del Estado, según
lo dispuesto en la Ley N°
6106, denominada Ley de Distribución de Bienes Confiscados
o Caídos en Comiso. Publíquese.—Juzgado Penal del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, San
Carlos, Ciudad Quesada.—Msc. Joselyn Villegas Araya, Juez
Penal.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022626530
).
Juzgado Penal de San Carlos, Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve
horas con treinta y cinco minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintidós, en la sumaria Nº
21-000009-0306-PE por el delito
de falsificación de señas y
marcas, contra German Vega González, en perjuicio de La Fe Pública; de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones y por resultado de
orden citación negativa, se dispone notificar
por edicto a Ruddy Gómez Aleman, cédula residencia N°
155808194907 sobre la devolución
del motor: 162FMJ1606906175, marca: Serpento, modelo: Cobra, cilindrada:
150 c.c., cilindros: 1, potencia:
9 KW, combustible: gasolina, o bien a quien demuestre con documento idóneo la titularidad del mismo; contando con el plazo de tres meses a partir de esta publicación para su retiro; siendo que una vez vencido se dispondrá su donación
en favor del Estado, según
lo dispuesto en la Ley
6106, denominada Ley de Distribución
de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso.
Publíquese.—Juzgado Penal de San Carlos, Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Msc.
Joselyn Villegas Araya, Juez Penal en San Carlos, Ciudad Quesada.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022626532 ).