BOLETÍN JUDICIAL N° 46 DEL 9 DE MARZO DEL 2022
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
DIRECCIÓN GENERAL DE
SERVICIO CIVIL
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
TERCERA
PUBLICACIÓN
Se informa que en el Tribunal de Juicio de Heredia, sin causa asociada,
se resguarda un lote de joyas las cuales se detallan:
Bolsa
plástica número uno conteniendo las siguientes joyas:
(1) Una cadena de material fantasía bronce, es para hombre, mide 57 cent. de largo y su peso
es de 14 gramos. 4 décimas,
su tejido es kartier, le doy un valor de dos
mil quinientos colones.
(2)
Una pulsera para dama, su material fantasía bronce, el peso es de 12 gramos.3
décimas, mide 25 cent. de
largo y su tranca es de pico de lora, le doy un valor de
dos mil colones.
(3)
Una cadena de oro amarillo para dama de 14 kilates su tranca
es de candado y su tejido es de 4 caras, mide 58 cent. de largo y tiene un
peso de 3 gramos. 9 décimas,
le doy un valor de ochenta
y un mil novecientos colones.
(4) Una cadena para dama, es oro amarillo
de 10 kilates, su tejido es kartier, mide 60 cent. de largo y tiene un
peso de 3 gramos 5 décimas,
cuenta con un dije que tiene forma de herradura le doy valor de sesenta y seis mil quinientos colones.
(5)
Una cadena de oro amarillo de 10 kilates, mide 59 cent. de largo y tiene un
peso de 4 gramos 6 décimas.
Es para dama, a la que le doy un valor de ochenta y siete mil cuatrocientos colones. Con ella un dije en forma de cruz con una piedra
zirconio en el centro, el
peso es de 9 décimas de gramo,
le doy un valor de diecisiete
mil colones.
(6)
Un dije de oro amarillo de 10 kilates, su forma diamantada en una cara,
el peso es de 6 gramos 4 décimas, le doy un valor de ciento veintiún mil clones.
(8)
Una cadena de oro amarillo de 10 kilates, su tejido martillado,
cuenta con un dije en forma de placa que se describe
Lorena, es una placa calada diamantada, esta cadena mide
66 cent. de largo y su peso es de 11 gramos 2 décimas, le doy un valor de doscientos doce mil ochocientos colones.
(9)
Un juguetero suelto oro de 10 kilates, el peso es de 1 décima de gramo, es un juguetero para dije de meter a la cadena, le doy un valor de mil ochocientos
clones.
(10)
Una cadena de oro amarillo de 10 kilates, su tejido kartier,
su tranca pico de lora, 62 cent. de largo, el peso es de 6 gramos 5 décimas, ciento treinta mil clones.
Total de la bolsa plástica número uno da la suma de setecientos cincuenta y siete mil setecientos colones.
Bolsa plástica número dos conteniendo las siguientes joyas:
(1)
Un anillo es para hombre, su
estilo es de graduación, y encima de mesa esmaltado en negro, se describe AA estas letras están en
medio de un triángulo en
alto relieve, cuenta con escudo de águila americana en ambos lados dicho anillo
es material de fantasía bronce
con baño de oro, el peso es de 8 gramos 6 décimas, le doy un valor de cinco mil colones.
(2)
Un anillo de reloj para poner en el
dedo, cuenta con una piedra de vidrio
en cada lado,
y cinco piedrillas zirconio, este anillo es de material fantasía, todo su borde
está relleno de piedrillas
de vidrio, el reloj no camina ya que probablemente batería descargada, el peso es de 12 gramos 8 décimas, le doy un valor de tres mil quinientos colones.
(3)
Un anillo de graduación,
con peso de 8 gramos 4 décimas,
cuenta con una piedra imitación rubí y escudo de Costa Rica, se describe INZCARF, es fantasía bronce y cuenta con un baño de oro le doy un valor de cinco mil colones.
(4)
Un anillo para dama, oro amarillo de 10 kilates, cuenta con una piedra rubí
redonda y su estilo es de
mesa, el peso es de 3 gramos
9 décimas, le doy un valor
de setenta y cuatro mil cien
colones.
(5)
Un anillo de graduación
escudo de colegio y de Costa Rica, oro amarillo de 10 kilates, peso 4 gramos 5 décimas, se describe
MERCEDES SUR le doy un valor de ochenta
y cinco mil quinientos
clones.
(6)
Un anillo de matrimonio de oro amarillo de 10 kilates, se escribe NELLY 30-9-9, es diamantado
en dibujos de rombos, peso 2 gramos 8 décimas, le doy un valor de cincuenta y tres mil doscientos clones.
(7)
Un anillo para hombre, oro amarillo de 10 kilates, cuenta con una piedra rubí ovalada
y un peso de 3 gramos 3 décimas,
está reventado por debajo, cuenta
con escudo de Costa Rica en ambos lados,
le doy un valor de sesenta
y dos mil setecientos colones.
(8)
Una piedra suelta cuadrada labrada, es para montarla sobre un anillo y es un agua marina sintética, le doy un valor de setecientos colones.
(9)
Una pulsera de oro amarillo de 10 kilates, su tranca de gancho,
con seguro de cadena, 18
cent de largo, es para dama, el
peso es de 9 gramos, es oro
rojizo, cuenta con un dije en forma de corazón, le doy un valor de ciento sesenta y dos mil colones.
(10) Una pulsera de oro amarillo de 10 kilates, su tejido
martillado plano, tranca pico de lora, es oro de 14 kilates, el peso es de 3 gramos 4 décimas, mide 19.5 cent. de
largo, le doy un valor de setenta
y un mil cuatrocientos colones.
(11) Un dije de material fantasía, le falta la piedra, el peso es de 1 gramos 4 décimas, le doy un valor de quinientos colones.
(12)
Un dije de oro amarillo de 10kilates, es en lámina con una cruz calada en
el centro, el peso es de 1 gramo, le doy un valor de dieciocho mil
clones.
(13)
Una moneda de colección, de
2 colones, en una cara se describe América
Central con la imagen de Cristóbal Colón,
se describe República de Costa Rica 1900, dicha moneda es oro de 21.5 kilates, con peso de 1 gramo 5 décimas, y eta en buen estado, la valoro como oro
en la suma de cuarenta y cinco mil colones.
(14)
Un reloj de pulsera para dama, su caja
y brazalete enchapados en oro, su
marca Citizen, modelo 5930
Citizen Wath Go, 568404. no trabaja,
prevalente batería descargada, le doy de treinta mil colones.
Total
de la bolsa número dos da la suma de seiscientos dieciséis mil seiscientos colones.
Bolsa plástica
número tres, conteniendo la siguientes joyas.
(1) Una cadena
de material oro amarillo
de10 kilates, su tejido kartier su tranca de candado,
es para hombre y dama, 50 cent.
de largo, tiene un peso de 11 gramos
3 décimas, le doy un valor doscientos catorce mil setecientos colones.
(2)
Tres esclavas 19 cent, de
largo cada una, 2 pesan nueve gramos
4 décimas gramos y una pesa 4 gramos
9 décimas, su forma de
arco, es fantasía bronce, tranca de llavero, valoro las tres en la suma de nueve
mil colones.
(3)
Un par de aretes en forma de argollas,
el peso es de 2 gramos 7 décimas, oro amarillo
de10 kilates, son de tubo redondo huecas por dentro el
peso es de 2 gramos 7 décimas,
les doy un valor de cincuenta
y un mil trecientos colones.
(4)
Una pulsera de oro amarillo de 10 kilates, su tejido es kartier,
su tranca pico de lora, el peso es de 7 gramos 3 décimas, es para dama, valoro en
ciento trienta y ocho mil setecientos colones.
(5)
Un dije con el peso es de 4
décimas de gramo, se
describe pisces de oro amarillo de 10 kilates le doy un valor de siete mil colones.
(6)
Una tranca de oro amarillo de 10 kilates, para cadena estilo pico
de lora, está en mal estado le falta un pedazo, pesa 7 décimas de gramo, le doy un valor de tres mil colones.
(7)
Un pedazo de cadena martillada fantasía mide 2 cent, de largo no valoro.
(8)
Una cadena de oro amarillo de 10 kilates, su tejido martillado,
53 cent. de largo, el peso
es de 2 gramos 5 décimas, está reventada en 2 partes le doy un valor de cuarenta y ocho mil quinientos colones.
(9) Una cadena de oro amarrillo de 10 kilates, para dama, 53 cent. de largo sin quitar el nudo que tiene,
la misma está reventada en 2 partes el peso es de 4 gramos 6 décimas, oro verduzco Le doy un valor de ochenta y dos mil
ochocientos colones.
Para
un total de la bolsa plástica
número tres da la suma de quinientos cincuenta y seis mil doscientos colones.
Bolsa plástica N° 4 conteniendo lo siguiente.
Un puño de oro
para fundir es en forma de
H en lámina y otros dibujos, el peso es de 27 gramos 7 décimas, oro de 14 kilates, le doy un valor al montoncito de setecientos veinte mil doscientos colones.
Para
un total de todo el lote de joyas, da la suma de dos millones seiscientos cincuenta mil setecientos colones.
Se brindará el
plazo de veinte días hábiles, para que las partes interesadas de los objetos se apersonen a la Departamento de proveeduría
Judicial a realizar el reclamo correspondiente.
San José, 31 de enero de 2020.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—
( IN2022627887 ).
UNA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el
caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior tomado en sesión
N° 77-19, celebrada el
03 de setiembre del 2019, artículo
LXIV, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 2018
de la Unidad de Correo Interno
del Departamento de Servicios
Generales, San José. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 18 S 18, Paquetes: 12, Año 2018, Asunto: Documentación Administrativa: Ruta de Correos de Costa Rica, facturas, telegramas, 2018. (2 paquetes)- Listados ruta del Primer circuito Judicial correspondiente
a Tribunales, La Corte, Organismo
de investigación Judicial, Edificios
anexos de San José, como A ,B, C, Periferia, Juzgado de Tránsito , Torre Zeta, correspondiente
al año 2018 ( 3 paquetes), Listado de ruta de Alajuela,
Heredia, San Ramón, Oficinas varias
en Ciudad Judicial, Sarapiquí,
Periferia Pavas, San Joaquín,
Santo Domingo, Escazú, Santa Ana, Sala Constitucional Sabana, Contraloría, Tesorería Nacional,
2018 ( 2 paquetes ) Listados
de ruta de provincia,
Guanacaste, Puntarenas, Limón, Zona Sur, Grecia, Turrialba, Quepos, San Carlos.
Año 2018 (2 paquetes) Listados de Ruta II Circuito San José, Cartago, Edificio
Motorola, Periferia Desamparados, Hatillo, La Unión, Alajuelita, Aserrí, San
Sebastián, Registro Nacional, Dirección
de Notariado 2018. (3 paquetes).
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San
José, 3 de marzo de 2022.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022628716 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el
caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta
Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de expedientes
de Violencia Doméstica del año 2018 del Juzgado de Violencia Doméstica de Heredia.
La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: V 500 H 18, Expedientes: 1625. Paquetes: 10. Año: 2018. Asunto: Violencia Domestica.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 3 de marzo de 2022
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022628717 ).
HACE SABER
A: Ana Ivette Venegas Elizondo, mayor, notario
público, cédula de identidad
número 1-0997-0767, de demás
calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario
notarial número 21-000173-0627-NO establecido
en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las
quince horas cuarenta y siete
minutos del siete de abril de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido
el presente proceso disciplinario notarial de
registro civil contra Ana Ivette Venegas Elizondo, a quien se confiere traslado por el
plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto
de los hechos denunciados mediante oficio número O-IFRA-085-2021 de fecha 26 de febrero del año 2021 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés.
Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene
como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro
del plazo citado, deben indicar medio en el cual
recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en
el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los)
medio(s) señalado(s) por la
parte, las resoluciones posteriores que se dicten
se le tendrán automáticamente
notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro
de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse
en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión,
será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente
detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si
no lo hiciere se producirán
iguales consecuencias a las
señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar
en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos
se exhibirán para su
consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones
del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días
martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un medio de localización
lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de
cédula, h) lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación
o domicilio
registral. Al respecto, se debe
tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier
persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia
persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el
lugar de trabajo u oficina, esta debe
ser entregada únicamente a
la persona denunciada. La notificación
en el domicilio
registral de la parte denunciada
ubicada en San José, San
Rafael, Vázquez de Coronado, contiguo a Escuela Veterinaria, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea).
La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en Guanacaste, Nandayure,
Carmona, de la iglesia católica,
400 metros al sur y 50 metros al este, primer casa
color amarillo de una
planta oficina rotulada como Bufete Venegas, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de Santa Cruz. Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional
de Notariado, mediante
comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito
Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro,
Edificio SIGMA, quinto piso.
En el caso
de que la notificación de esta
resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso
al funcionario notificador
a fin de realizar la diligencia encomendada;
y en caso de que se impida tal ingreso,
se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente
a la persona encargada de regular la entrada. (Artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet,
las direcciones reportadas por la parte denunciada
en la Dirección Nacional de
Notariado y Registro Civil.
Conforme al numeral 153, párrafo
IV del Código Notarial, remítase mandamiento
a la Dirección de Servicios
Registrales del Registro
Nacional, para que certifique si
la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso
de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así
conste. (Encadenar oficio). De conformidad con el artículo 313 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal
conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria
relación con el artículo 290 del Código Procesal
Civil. Notifíquese. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza.”
y “Juzgado Notarial, a las ocho
horas treinta y nueve minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintidós. Solicitud de defensor público. Dado
que han sido fallidos los intentos
por notificarle a la Licenciada Ana Ivette Venegas Elizondo, la resolución dictada a las quince
horas cuarenta y siete minutos del siete de abril de dos mil veintiuno en la dirección reportada en la Dirección
Nacional Notariado y el último domicilio registral
reportado en el Registro Civil, y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas, de conformidad con lo dispuesto por el
párrafo IV del artículo 153
del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente,
por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial;
comuníquese a la Imprenta
Nacional. Se le hace saber al denunciado(a)
que los hechos que se le atribuyen son: Primero: Que ante la persona notaria Venegas
Elizondo Ana Ivette, cédula de identidad N°
1-0997-0767, carné 13285, se celebró
el matrimonio de Blas
Erasmo Hernández Muñoz, cédula de identidad N° 5-0320-0685 y Magaly Castillo Acevedo, documento de identidad N° 155810630631,
el día 07 de noviembre de
20019; bajo el Certificado
de Declaración de Matrimonio
Civil N° 217733. Segundo: Que en fecha
22 de enero de 2021, se le comunicó
a Venegas Elizondo Ana Ivette, que debía subsanar el defecto advertido
en la declaración de
matrimonio presentado, a lo
cual se le otorgó el plazo de un mes para su cumplimiento
y a la fecha de la interposición
de esta demanda, no se ha cumplido con dicho previo y por consiguiente,
aún se encuentra sin inscribir el matrimonio en cuestión. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público a la denunciada Ana Ivette Venegas Elizondo, cédula de identidad N° 1-0997-0767. Notifíquese.
Se publicará por una vez en
el Boletín
Judicial
San José, 23 de febrero del 2022.
M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,
Juez.
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— (
IN2022628739 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de:
Pedro Gerardo Navarro Salas, con cédula de identidad número seis-cero ciento treinta y dos-cero cuatrocientos ochenta y dos, fallecido el 04 de diciembre del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número
21-000543-1125-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000543-1125-LA. Por
Jeannette María Rodríguez Molina,
con cédula de identidad número
5-0207-0008, a favor de Pedro Gerardo Navarro Salas.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 03 de enero
del 2022.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022628655 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Carlos Alberto Chamorro Rodríguez, 0600950787, fallecido
el 15 de octubre del año 2015, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales
de persona fallecida bajo el
número 22-000038-1549-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000038-1549-LA. Por Petrona Margarita Jaén Ugarte, BN
Vital Operadora de Planes de Pensiones
Complementarias Sociedad Anónima
a favor de Carlos Alberto Chamorro Rodríguez.—Juzgado Contravencional de Siquirres
(Materia Laboral), 16 de febrero del año 2022.—Msc. Kevin de Los Ángeles Leiva Masis,
Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022628656 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Rosendo Albino Gómez Aguirre, fallecido el diez de noviembre
del dos mil veintiuno, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de distribución
de prestaciones laborales
de persona fallecida bajo el
número 22-000022-0694-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial, expediente N° 22-000022-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral) 10
de febrero del año
2022.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez
Decisor.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022628710 ).
A los causahabientes
de quien en vida se llamó Filiberto Roque
Ramon Salazar Avendaño, quien
fue mayor de edad, viudo una vez,
jubilado, domicilio Quepos,
Barrio San Martín, cédula de identidad número 0400770197, se les hace
saber que: Róger Antonio Salazar Chacón,
cédula de identidad o documento
de identidad número
0203970058, domicilio Quepos, Barrio San Martín, se apersonó en este
Despacho en calidad de hijo del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación
de Prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho,
en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez
en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Filiberto Roque Ramon Salazar Avendaño,
Expediente numero 21-000242-1590-LA.—Juzgado Civil y Trabajo
de Quepos (Materia Laboral), 02 de marzo del año 2022.—Licda.
Aleyda Vargas López, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022628712 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Moisés Alvarado Valerio, quien fuera mayor, titular de la cédula de identidad
03-0193-0927 vecino de Limón, fallecido
el 31 de agosto del 2005,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones sector público bajo el N° 21-000229-0679-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000229-0679-LA. Por a
favor de.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 26 de mayo del
2021.—Licda. Andrea Méndez Garita,
Jueza.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022628713 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes
de María Anabelle Cabalceta Peña, quien fue portadora
de la cédula de identidad 0501451250, mayor, divorciada, vecina de Santa Cruz,
Guanacaste, laboró para el Ministerio de Educación Pública, y actualmente se
encontraba pensionada, y falleció el 05/11/2021, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo
el Número 22- 000011-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000011-0775-LA. Proceso promovido por sus hijas mayores
de edad llamadas Ana Laura Rivera Cabalceta portadora de la cédula de identidad
0205410784 Y Carolina Rivera Cabalceta portadora de la cédula de identidad
114670141, en favor y beneficio de si mismas.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz,
22 de febrero del año 2022.—Licda. Laura del Carmen Rodríguez Chavarría,
Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022628714 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jennifer Campos Monge, quien fue mayor, cédula de identidad N° 1-1061053, vecina de
La Guácima de Alajuela, y falleció
el 11 de octubre del año 2005, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo
el número
22-000048-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial, expediente N° 22-000048-0639-LA. Por gestionante Daniela Sánchez Campos a favor de fallecido Jennifer Campos Monge.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de enero
del año 2022.—Msc. Eugenio
Molina Sequeira, Juez(a) Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022628735 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wilson De Jesús Villalobos Ovares, cédula N° 0601900268, fallecido
el 14 de agosto del 2018,
se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proceso de de
prestaciones laborales de
pers fallecidas bajo el N° 21-000135-1418-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000135-1418-LA, por Luz Mery
Montoya Solís, a favor de Wilson De Jesús Villalobos Ovares.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Osa,
(Materia Laboral), 12 de enero del 2022.—Licda. Maureen María Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022628741 ).
Resolución N° AJD-RES-921-2021.—Expediente N° AJ-134-2021. Dirección General de Servicio Civil. Asesoría Jurídica. A las catorce horas treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veintiuno. Se le informa de la gestión despido sin responsabilidad patronal instaurada
por el señor
Ministro de Obras
Públicas y Transportes en contra del accionado Farid
Peña Álvarez, el día treinta
de noviembre del año dos
mil veintiuno, en la cual según manifestación
de la parte actora, supuestamente bajo su responsabilidad y deber incurrió en los
siguientes cargos que se le imputan:
“…Se le atribuye al servidor
Farid Peña Álvarez, que en apariencia
incumplió el Convenio de Préstamo N° 2013-36, debido a que, siendo conocedor del Derecho, debido a su formación
como Abogado, teniendo
claro que su lugar de trabajo es el Ministerio
de Obras Públicas y Transportes y, sabiendo que no se
había firmado un Addendum
de prórroga del Convenio de
Préstamo, para formalizar
la continuidad del préstamo,
tenía pleno conocimiento de su deber de volver a sus funciones en el
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, ya que se espera que, como Licenciado en Derecho, conozca los efectos de un Convenio o Contrato a cabalidad y las consecuencias de
un incumplimiento contractual, según
lo establecido mediante el Convenio N° 2013-36, así también
en apariencia el funcionario Farid Peña
Álvarez, supuestamente suscribió
y ejecutó un documento, sin
fundamento jurídico, para acogerse a la modalidad de
teletrabajo; pero autorizándose laborar desde una dirección
extranjera; cita en 6718 Faith Drive, Cheyenne, Wyoming, EE.UU, siendo que no hay normativa expresa que disponga de dicha posibilidad para el funcionario público. Se tiene entonces que en apariencia, el servidor Farid Peña Álvarez, incurrió
una falta grave en la prestación de sus servicios, pues sabiendo que no se había formalizado ningún addendum para prorrogar el Convenio
de Préstamo N° 2013-36, el cual
según lo estipulado en el “Addendum N° 2019-013” vencía en
fecha en fecha 20 de junio del 2020, el mismo no se presentó a brindar a sus funciones en el
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, incumpliendo así con lo pactado, además de que suscribió un Contrato Temporal de
Teletrabajo, con quien ya no era su jefe, pues ya se había
vencido el Convenio de Préstamo, consignando en ese documento, una dirección para brindar sus servicios de manera remota y continúa, en el extranjero,
concretamente en Estados Unidos de Norte América, situación
que no está contemplada como válida para realizar teletrabajo, a lo interno de la institución…”. Contraviniendo con su supuesto actuar lo estipulado en los
artículos 11 de la Constitución
Política, 39 de Estatuto de Servicio
Civil, 50 inciso a) del Reglamento
del Estatuto de Servicio
Civil, 81 inciso g) del Código de Trabajo,
11, 211.1, 213 de la Ley General de la Administración
Pública, 41 y 44 del Reglamento
Autónomo de Servicio (RAS)
del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. A efecto de averiguar la verdad real de los hechos, y en resguardo
del debido proceso y del
derecho de defensa se le otorga
a la parte accionada acceso al expediente administrativo, mismo que consta de 50 folios respectivamente,
2 (dos) discos compactos, 1 (un) legajo de prueba documental N°
DAG-RH-28-2021 de 46 folios respectivamente, el cual se encuentra
en la Asesoría Jurídica de la Dirección General
de Servicio Civil, ubicada
de la esquina noroeste de
la Plaza de la Cultura, 300 metros norte, calle 3, avenidas 5 y 7, San José, para que, dentro
del plazo de diez
días hábiles, contados
a partir del día siguiente
al recibo de la notificación
de este acto, proceda a rendir por escrito su oposición
a los cargos que se le atribuyen,
presentando toda la prueba de descargo que tuviere. Asimismo, por disposición expresa del Tribunal de Servicio
Civil, y con base en el artículo 37.2 del Código Procesal
Civil, cuya aplicación supletoria es autorizada por el numeral 80 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en caso que desee plantear algún tipo de excepción que requiera ser de conocimiento
previo, ésta deberá ser interpuesta dentro de los primeros
cinco días hábiles
del emplazamiento, caso contrario su conocimiento
y resolución quedará hasta
para el momento procesal que el Tribunal de Servicio Civil determine. Toda la documentación
aportada a este expediente puede ser consultada y fotocopiada a costa
de las partes en esta Asesoría Jurídica,
advirtiéndole que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo
39 Constitucional y el
principio procesal consagrado
en el numeral 272 de la Ley
General de la Administración Pública,
en concordancia con el contenido del artículo 25.4 del Código Procesal
Civil: se declara el mismo de acceso
restringido sólo a las partes y a sus representantes legales; siendo lo aquí ventilado de interés para la Asesoría Jurídica y las partes mencionadas, por lo que puede incurrir en responsabilidad civil, penal o
de otra naturaleza, la
persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa a la parte accionada que, a toda audiencia que se realice,
con el fin de evacuar prueba testimonial, confesional, pericial, inspecciones oculares o cualquier otra diligencia probatoria tendientes a verificar la verdad real de los hechos, tiene derecho a hacerse asistir por un profesional en Derecho, además de peritos o cualquier especialista que considere necesario durante la tramitación del presente procedimiento. Se previene a la parte accionada, que en la primera gestión que realice ante este Despacho, debe señalar como medio para atender notificaciones una dirección de correo electrónico o en su defecto
un número de fax, según lo establecido en la Ley de Notificaciones N°
8687 del 4 de diciembre del 2008, bajo apercibimiento que en caso contario quedará
notificado de forma automática
dentro de las 24 horas siguientes
de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado,
sea porque fuere impreciso, no existiere, se encontrare descompuesto o presentare inconvenientes técnicos a nivel físico o lógico. La no presentación de la oposición, hará presumir la renuncia al ejercicio de ese
derecho en esta etapa procedimental de conformidad con el artículo 90 inciso d) del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil. Además se le advierte a las partes, la necesidad de cumplir con lo estipulado en el
artículo 75 del Reglamento
del Estatuto de Servicio
Civil, en cuanto al deber de proporcionar cuantas copias sean necesarias para cada una de las partes del proceso, de aquellos escritos y documentos que deseen aportar al expediente. En el caso
de presentar prueba, tanto los originales como las copias, deben presentarse conforme lo dispuesto por el Tribunal de Servicio Civil, mediante el oficio N° TSC-A-047-2017 del
08 de mayo de 2017, que dicta lo siguiente en el punto 10: “El expediente no debe tener un grosor que dificulte su revisión
y que afecte su conservación, por lo que cada tomo de un expediente o legajo no debe sobrepasar un grosor de más de 2 centímetros.(…)”; de modo que la documentación presentada debe cumplir, con lo estipulado supra.
Queda a disposición de las partes la presentación de escritos por medio de la dirección de correo electrónico recepcion.ajuridica.dgsc@gmail.com con copia a asesoria_recepcion@dgsc.go.cr, los
cuales deberán ajustarse a lo señalado en los artículos
8 y 9 de la Ley N° 8454 del 30 de agosto de 2005 “Ley
de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos”, pero deberán
contar con la firma digital
debidamente validada. Ahora bien como requisito indispensable para el reconocimiento de su equivalencia funcional, los escritos presentados
mediante correo electrónico, deberán presentarse posteriormente en disco compacto, tanto el original para el expediente como la copia para la parte. De no oponerse a la gestión de despido dentro del plazo señalado o bien si el servidor
hubiere manifestado su conformidad, se procederá al traslado del expediente al Tribunal de Servicio
Civil, quien dictará el despido en
definitiva, sin más trámite, según lo establece el inciso
c) del artículo 43 del Estatuto
de Servicio Civil. De conformidad
con el numeral 58.1 del Código Procesal
Civil, esta resolución es una de mera providencia,
en atención a que se trata de una resolución
de mero trámite, contra la cual no se dará recurso, según lo señala el artículo
65.9 del Código de previa cita. Comisión:
De conformidad con lo que dispone el
artículo 94 del Reglamento
del Estatuto de Servicio
Civil, para diligenciar la notificación
de esta resolución, se comisiona a la Apoderada Especial, la Licenciada Katherine
Álvarez Cubillo, funcionaria
del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes y
para tal efecto, se adjunta el Acta de Notificación, la cual debe ser devuelta
a este Despacho,
debidamente firmada por el accionado
el señor Farid Peña
Álvarez. Solamente él debe firmar dicha
acta y entregársele todos los documentos (sea la resolución AJD-RES-921-2021, copia
del expediente administrativo, mismo que consta de 50 folios respectivamente, copia de 2 (dos)
discos compactos, copia de 1
(un) legajo
de prueba documental N° DAG-RH-28-2021 de 46
folios respectivamente, pues
esta notificación es personal.
Considerando que esta Dirección General tiene plazos perentorios para realizar la instrucción de la gestión de despido presentada por el señor Ministro
de Hacienda, este trámite
deberá realizarse en el plazo
de cinco días hábiles,
contados a partir de la recepción de la comisión. En caso de no poder
diligenciar lo anterior, deberá
informarlo por escrito a este
Despacho, exponiendo la razón de tal imposibilidad
y devolviendo todos los documentos enviados por esta
Asesoría Jurídica. Una vez que se notifique, se debe enviar el
acta de notificación por correo electrónico o entregarse personalmente e informarse así al teléfono 2586-8311. Para cualquier
consulta, puede hacerse al número telefónico 2586-8311. Por último, se pone en conocimiento de las partes, que en el caso de las resoluciones firmadas con firma digital, los archivos digitales de las mismas se encuentran en custodia de esta Asesoría Jurídica.
Notifíquese.—Jennifer Ruiz Salazar, Abogada Instructora.—Irma Velásquez Yánez, Directora de Asesoría Jurídica.—1 vez.—O.C. N°
4600062025.— Solicitud N° 006-2022.—( IN2022628533
).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este
despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 338-03972-01-0002-001, Serv contra Ref: 211552-000 citas: 338-03972-01-0900-001, Serv en
contra Ref: 211552-000 citas: 338- 03972-01-0901-001,
servidumbre sirviente citas: 338-03972-01-0903-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 669465-000,
derecho 000, la cual es terreno
lote uno, terreno de pasto. Situada en el distrito
1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez
Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, con Eliecer
Romero Valverde; al sur, con calle pública con un
frente a ella
de 25 metros con 52 centímetros; al este, con Damaris Romero Valverde y al oeste,
con resto de la finca madre de Elvia González.
Mide: mil cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del siete de abril de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la
base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Ideas Los Conejos Azules S.R.L contra José
Rubén Morales González. Expediente N° 22-000023-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y seis minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez tramitador.—( IN2022628083
).
En este
Despacho, con una base de sesenta y siete millones setecientos ochenta y cuatro mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando afectaciones y limitaciones ley forestal 7575 citas:
2013-286806-01-0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula
número diecisiete mil ciento cincuenta y seis, derecho
cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: Terreno de bosque. Situada en el
Distrito 1-Santa Cruz, Cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al Norte calle pública con 11 metros de ancho; al
sur Ángel Briceño Matarrita, Máximo Briceño Matarrita y Víctor Oquendo Oquendo;
al este Felipe Gutiérrez Coronado y Serafín Oquendo Ruiz y al oeste calle pública con 11 metros de ancho. Mide:
doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y seis
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos
del veinticuatro de octubre
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
dieciséis horas quince minutos
del uno de noviembre de dos mil veintidós
con la base de cincuenta millones
ochocientos treinta y ocho mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas quince minutos del
nueve de noviembre de dos
mil veintidós con la base de dieciséis
millones novecientos cuarenta y seis mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Alonso Jose Leitón Castillo contra Hermarse Sociedad Anónima.
Expediente:15-007112-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta
y nueve minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós.—Manuel
Loria Corrales, Jueza Tramitadora.—(
IN2022628085 ).
En este Despacho, con una base de siete mil quinientos veinte
dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, sumaria
18-002386-0174-TR; sáquese a remate el vehículo placa:
BLY363, marca: Hyundai, estilo:
Grand I10 GLS, categoría:
automóvil,
año: 2017, color: plateado,
vin: MALA841CAHM186442, N. motor: G4LAGM060344, cilindrada: 1200 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de mayo
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos del uno de junio de dos
mil veintidós con la base de cinco
mil seiscientos cuarenta dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la base de mil ochocientos
ochenta dólares con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda ( Costa
Rica ) Sociedad Anónima contra Dania Vanessa Elizondo
Quesada, expediente N° 21-008377-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2022.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2022628088 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 323-12459-01-0903-001 reservas
y restricciones citas:
323-12459-01-0924-001 reservas y restricciones
citas: 323-12459-01-0925-001 reservas
y restricciones citas:
323-12459-01-0926-001 reservas y restricciones
citas: 323-12459-01-0926-001 reservas
y restricciones citas: 323-12459-01-0926-001
reservas y restricciones citas: 323-12459-01-0927-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 193481-000. Que
se describe así: naturaleza:
terreno para construir. Situada en el
Distrito 2-Palmira Cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste Linderos:
Norte: calle pública con
39,71 metros de frente sur: Sandra Vargas Paniagua este: Marta Eugenia Morales Vargas oeste:
Guillermina Vargas Moya y Condominio Vía Luna. Mide: cinco mil trescientos metros cuadrados plano: G-1533387-2011. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós con la base de cuarenta
y ocho millones de colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil veintidós con la base de dieciséis
millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Iván Rodolfo De Jesús Rodríguez Murillo. Expediente:20-000516-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con cincuenta y siete minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022628146
).
En este
Despacho, con una base de veintiséis millones novecientos sesenta y nueve mil trescientos cincuenta y seis colones con
cuatro céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas:
2012-266682-01-0009-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número trescientos sesenta y ocho mil ochocientos veintitrés, derecho
000, la cual es terreno construir con 1 casa. Situada en el Distrito 1-Desamparados, Cantón 3-Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte
José León Fallas Chacón; al sur Julio Diaz; al este,
calle pública con frente a ella de 7 metros 44 centímetros y al oeste Denso S.
A. Mide: ciento siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del cinco de abril de dos mil veintidós con la
base de veinte millones doscientos veintisiete mil diecisiete colones con tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintidós con la
base de seis millones setecientos
cuarenta y dos mil trescientos
treinta y nueve colones con un céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jazmín Elena
Rodríguez Calvo, Luis Gerardo Dobles Ramírez.
Expediente:20-018161- 1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 31 de enero
del año 2022.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(
IN2022628377 ).
En este
Despacho, con una base de
seis millones quinientos noventa y tres mil cuatrocientos setenta y siete colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
393-15597-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 190334-000, la cual es naturaleza: terreno de agricultura. Situada en el distrito
2-Cervantes, cantón 6-Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Rosemary Moya Claudel, Evelio
Ulloa Claudel y L Rándall
Salazar Quirós; al sur, María Elena Jiménez
Aguilar; al este, María Elena Jiménez
Aguilar lote uno, Evelyn Salazar Quirós,
lote dos y al oeste, Rándall
Salazar Quirós, calle pública con
4.18 metros de frente. Mide:
novecientos once metros con cincuenta
y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del uno de abril
de dos mil veintidós con la base de cuatro millones novecientos cuarenta y cinco mil ciento ocho colones
con un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la
base de un millón
seiscientos cuarenta y ocho mil trescientos sesenta y nueve colones con treinta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Salazar Martínez.
Expediente N° 20-016294-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 03 de febrero
del año 2022.—Licda. Pilar
Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022628504 ).
En este
Despacho, con una base de ocho millones trescientos
ochenta y ocho mil ciento ochenta y dos colones con sesenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas:
315-05396-01-0901-001USO REF:2362-266-005; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula N°
243917 A, derecho 000, la cual es terreno
para construir con 1 casa. Situada
en el distrito
9 Pavas, cantón 1 San José,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle con 17
metros 49 centímetros; al sur, José
Ramón; al este, Vilma
Solano, y al oeste, calle
con 10 metros 79 centímetros. Mide:
doscientos treinta y seis
metros con noventa decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil veintidós,
con la base de seis millones doscientos
noventa y un mil ciento treinta y seis colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del once de mayo
del dos mil veintidós, con la base de dos millones noventa y siete mil cuarenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos (25% de
la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra
Jorge Isaac Jiménez Lamugue. Expediente N° 19-004954-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 25 de febrero del 2022.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(
IN2022628535 ).
En este Despacho, con una base de quinientos mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
396544, derecho 000, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el Distrito 1-Alajuela, Cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
Manuel Arguello Peralta, María Elena Rosabal Guevara
y Mario González Saborío.; al sur calle
pública
con un frente de 29.27 mt.; al este
María Luisa Harker García. y al oeste Cuesta Colorada Sociedad Anónima. Mide: ochocientos treinta y cuatro metros con diecinueve
decímetros cuadrados plano: A- 0275891-1995. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós con la
base de trescientos setenta
y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril de dos mil veintidós con la
base de ciento veinticinco
mil dólares exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Omar Álvarez Alpízar contra Alapuerto
Cinco Cero Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente:21-003768-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con veintiocho minutos del ocho de junio del dos mil veintiuno.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(
IN2022628537 ).
En el Juzgado Concursal, con una base de cuatrocientos ochenta y nueve millones cuatrocientos ochenta y cuatro
mil quinientos veintidós colones con treinta y cuatro céntimos (¢489.484.522.34) y libre de anotaciones,
gravámenes o afectaciones, sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula N° 18004, derecho 000, la cual es terreno con edificio y bodegas. Situada en el distrito
1-Guapiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con Guido Madrigal Carvajal; al sur, con Toyo del
Atlántico; al este, con calle
pública de 13.27 metros, y al oeste,
con Reenfrio Comercial Automotriz S.A. Mide: mil setecientos setenta y un metros
con ochenta decímetros cuadrados. Plano L-0704749-2001. Para tal
efecto, se señalan las
quince horas del veintiuno de marzo
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas del veintinueve de marzo del dos mil veintidós, con
la base de trescientos sesenta
y siete millones con ciento trece mil trescientos noventa y un colones con setenta y cinco céntimos (¢367.113.391.75)
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas del seis de abril del dos mil veintidós, con la base de ciento veintidós millones trescientos setenta y un mil ciento treinta colones con cincuenta y ocho céntimos (¢122,371,130.58)
(25% de la base original). Notas: 1) Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. 2) La nueva sede del Juzgado Concursal es Primer Circuito
Judicial de San José, Edificio Torre Judicial, Octavo
Piso Teléfonos: 2212-0100. Fax: 2295-3627. Correo electrónico: juzg-concursal@poder-judicial.go.cr.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Bridgestone de Costa Rica S.A. contra Reenfrio Comercial Automotriz S.A. Expediente N° 20-000116-0958-CI.—Juzgado Concursal,
10 de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Sergio Huertas Ortega, Juez.—( IN2022628545 ).
En este
Despacho, con una base de
dos mil novecientos cuarenta
y seis dólares con noventa
y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BBP181, marca Volvo, estilo
S40 T5, categoría
automóvil,
capacidad 5 personas, carrocería sedan 4 puertas,
color negro, año 2012, serie YV1MS6759C2572103, tracción 4X2,
combustible gasolina, cilindrada
2500cc. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince
minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós con la
base de dos mil doscientos diez
dólares con veinte centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del siete de abril de dos mil veintidós con la base de setecientos
treinta y seis dólares con setenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda ( Costa
Rica ) Sociedad Anónima contra Óscar Ricardo González
Arriaga, expediente N° 21-006098-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 16 de noviembre del año 2021.—Mayra
Vanessa Guillén
Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022628558 ).
En este
Despacho, con una base de doce mil trescientos sesenta y dos dólares con ochenta y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BTH307, marca: Changan, estilo: CS 15, categoría: automóvil, capacidad: 05 personas, tracción:
4x2, año: 2020, color: rojo, cilindrada:
1500 c.c, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del trece de julio del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince
minutos del veintiuno de julio del dos mil veintidós, con
la base de nueve mil doscientos
setenta y dos dólares con catorce centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del uno de agosto del dos
mil veintidós, con la base de tres
mil noventa dólares con setenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Cristian José Montalván
Rivera Expediente N° 21-003418-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha
de emisión: once horas con treinta
y uno minutos del veintiocho
de febrero del dos mil veintidós.—Luis
Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(
IN2022628568 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 390-01769-01-0866-001 serv/acueducto,
servidumbre de paso citas:
390-01769-01-0972-002; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 12521-F, derecho 000, la cual
es terreno naturaleza: Plat
Alt Apart 89 Habit Proc Constru. Situada
en el distrito
5-Colima, cantón 13- Tibás de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
aparto 81; al sur, áreas comunes; al este, aparto 90 y al oeste, aparto 88. Mide: cuarenta metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0863021-2003. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del
cuatro de abril de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos
del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Geovanni Antonio Calvo Marín,
expediente N° 19-009661-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de febrero del año 2022.—Cinthia Sáenz Valerio, Jueza
Decisora.—( IN2022628571 ).
En este Despacho, las catorce horas treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil veintidós, con una base de noventa y dos mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada inscrita bajo las citas
0407-00019714-01-0902-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 417378- 000, la cual
es terreno lote 1-D con dos apartamentos. Situada en el
distrito 01 San Vicente, cantón
14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte resto destinado a calle; al sur lote 15-D; al este lote 2-D y al oeste resto destinado a calle. Mide: doscientos quince metros
con sesenta y cinco decímetros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del tres de mayo de dos mil veintidós
con la base de sesenta y nueve
mil dólares exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintidós
con la base de veintitrés mil dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Moravia contra Maribel del Socorro Martínez Vargas, Katherine
Calvo Martínez y Rodrigo Adrián Carrillo Montoya. Expediente:20-001197-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 18 de febrero
del año 2022.—Licda. Carmen
Valverde Phillips, Jueza.—( IN2022628572 ).
En este Despacho, con una base de siete millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 339-16149-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 441999-000, la cual es terreno para construir lote 25. Situada en el distrito
1-Upala cantón
13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, Tatiana de Upala S A; este, Lote 24; oeste, Lote 26. Mide: ciento cincuenta y dos metros con
setenta y cinco decímetros cuadrados. Plano:
A-1228591-2008. Para tal efecto,
se señalan las once horas cero minutos
del uno de abril del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del dieciocho de abril del
dos mil veintidós, con la base de cinco
millones cuatrocientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del veintiséis de abril del
dos mil veintidós, con la base de un millón ochocientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Ángel Mairena Cruz. Expediente N° 21-001952-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con doce minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintiuno.—Carlos
Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—(
IN2022628573 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 501.018-001-002, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 7-La Fortuna, cantón
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Miguel Ángel Zarate Araya; al sur, calle pública; al este, callejón de acceso y al oeste, José
Gerardo Castro Mirnada, Luzmilda
Vargas Rivera. Mide: trescientos
dieciocho metros cuadrados.
Plano: A-1616119-2012. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil veintidós con la base de cuatro millones
doscientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil veintidós con la
base de un millón cuatrocientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Sergio José Moreno
Alaniz, Xiomara Rodríguez Pérez,
expediente N° 21-001985-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y dos minutos del veintiuno de mayo del
dos mil veintiuno.—Lic.
Giovanni Vargas Loaiza, Juez
Decisor.—(
IN2022628574 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones ciento diez mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 388-08027-01-0982-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y cuatro mil trescientos setenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir, lote 640. Situada: en el distrito
8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, INVU; al sur, Avenida Rosario; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: ciento sesenta
metros cuadrados. Plano: P-0839660-1989. Para tal efecto, se señalan las siete horas cinco minutos del veintidós de abril del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las siete
horas cinco minutos del dos
de mayo del dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos
treinta y dos mil quinientos
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas cinco minutos del once de mayo del dos mil veintidós,
con la base de un millón doscientos
setenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Juan Pablo Gómez Giraldo.
Expediente N° 21-007724-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, hora y fecha de emisión:
nueve horas con cincuenta y
seis minutos del ocho de diciembre del dos mil veintiuno.—Douglas
Quesada Zamora, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022628575 ).
En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas:
430-19498-01-0001-001, servidumbre de cloaca citas: 430-19498-01-0003-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula
número veintinueve mil novecientos cuarenta y cinco, F 000, la cual es terreno finca filial número treinta y dos a ubicada en el tercer
bloque de la primera planta
destinadas a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el
Distrito 7 Uruca, Cantón 1
San José,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte áreas comunes; al sur áreas comunes; al este filial treinta y tres a y al oeste filial treinta y uno A. Mide: cuarenta y cuatro metros
con diez decímetros cuadrados plano SJ 0774634-2002.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas diez minutos del veintiocho de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas diez minutos del seis
de mayo de dos mil veintidós con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del dieciséis de mayo de
dos mil veintidós con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Karla Amparo Espinoza Ruiz.
Expediente:21-019428-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del año 2022.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza
Decisora.—( IN2022628576 ).
En este
Despacho, con una base de nueve millones noventa mil doscientos dos colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo KFZ246, marca: Hyundai, estilo: Creta GL,
categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, serie: MALC281CBHM114902, año 2017, carrocería: todo terreno 4 puertas, color negro, peso neto:
1210 kgrms, tracción: 4X2,
peso bruto: 1730 kgrms, número chasis: MALC281CBHM114902,
vin: MALC281CBHM114902. Para tal efecto
se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del treinta y uno de marzo de dos mil
veintidós con la base de seis millones
ochocientos diecisiete mil seiscientos cincuenta y dos colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del siete de abril de dos mil veintidós con la
base de dos millones doscientos
setenta y dos mil quinientos
cincuenta colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Francinny Pamela
Araya Montes. Expediente N° 19-007625-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Primera, 11 de febrero del
año 2022.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022628598 ).
En este Despacho, con una base de doce millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
316-08469-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 177120 derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito
5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al noreste,
Miguel Ángel Iglesias López; al noroeste,
Emilce Morales Cerdas; al sureste, servidumbre de paso en medio de Marvin Rodríguez Morales con 21,35
metros lineales, y al suroeste,
con frente a calle pública con 10,36
metros lineales. Mide: doscientos dieciséis metros con sesenta cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0269345-1995. Identificador
predial: 203050177120. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del veintiocho
de marzo del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, con
la base de nueve millones quinientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con
la base de tres millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en
la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Flor Idilia del Socorro Vindas
Ramírez
contra Xinia Vásquez Alfaro. Expediente N° 21-002532-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, hora y fecha de emisión:
ocho horas con veintiuno minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022628621
).
En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos veintidós mil setecientos
treinta colones con cuarenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas:
TSJ-003698, marca: Hyundai, estilo:
Accent, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie,
número chasis, vin:
KMHCM41AP8U271414, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2008, color: rojo, cilindrada:
1500 C.C., combustible: gasolina. Se advierte que lo rematado es el vehículo, no así la placa de taxi por cuanto la misma
es una concesión del
Estado, por lo tanto, no pertenece
al demandado. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del tres
de junio del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del trece de junio del dos
mil veintidós, con la base de tres
millones novecientos noventa y dos mil cuarenta y siete colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del veintiuno de junio del
dos mil veintidós, con la base de un millón trescientos treinta mil seiscientos ochenta y dos colones con sesenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra
Denis Méndez
Mendoza, William Porras Ramírez. Expediente N° 21-020049-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 13 de diciembre del 2021.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022628624 ).
En este
despacho, con una base de noventa y ocho mil quinientos noventa y cuatro dólares con veintiún centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
341477 derecho cero cero cero,
la cual es terreno sembrado de café. Situada en el
distrito 1-Naranjo, cantón
6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Alfredo
Ramírez Corrales y Junta Edificadora Escuela de San
Roque de Naranjo; al sur, Kemly Sauma
Corrales; al este, calle pública con
14,68 metros-Junta Edificadora Escuela San Roque de
Naranjo y al oeste, quebrada. Mide:
Treinta y un mil trescientos setenta
y ocho metros con noventa y
tres decímetros cuadrados. Plano:
A-0264353-1995. Para tal efecto,
se señalan las once horas treinta
minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del cinco de abril de dos mil veintidós con la
base de setenta y tres mil novecientos cuarenta y cinco dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintidós con la
base de veinticuatro mil seiscientos
cuarenta y ocho dólares con cincuenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Aida Lina Obando Martínez, Alfonso Guzmán Chaves, Ana Cecilia Salazar Elizondo,
Las Princesas de Rodrigo Sociedad Anónima,
Soluciones Doradas J Y J
Sociedad Anónima
contra Yamna María Sauma
Corrales. Expediente N° 19-009495-1157-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, hora y fecha de emisión: quince horas con treinta
y cuatro minutos del veintiocho
de febrero del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022628629
).
En este
Despacho, con una base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes , pero soportando servidumbre de paso citas:
497-15366-02-0011-001, servidumbre de paso citas: 497-15366-03-0003-001, servidumbre
de paso citas: 505-19031-01-0001-001, servidumbre trasladada citas: 572-96432-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos ochenta y cuatro
mil setecientos cuatro, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de solar con una
casa de habitación. Situada
en el distrito
7-Puente de Piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte Omar Matarrita
Jiménez; al sur Oscar Gerardo Lizano Arias; al este Oscar Gerardo Lizano Arias y
al oeste calle pública con un
frente a ella
de 16 metros 40 centímetros. Mide:
trescientos cincuenta y nueve metros con trece decímetros cuadrados. Plano:
A-1228197-2008. Identificador predial:203070484704.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintidós con la
base de diez millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de abril de dos
mil veintidós con la base de tres
millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
José Edwin Vargas Villalobos contra Carlos Alberto
De Los Ángeles Castillo Madriz, José
David Castillo Villalobos, María De Los Ángeles
Villalobos Sancho. Expediente:21- 002319-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia. Hora y fecha de emisión:
quince horas con cuarenta y tres
minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós.—Mauricio Hidalgo Hernández, Juez
Tramitador.—( IN2022628702 ).
En este
Despacho, con una base de doce millones cuarenta y siete mil colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo
las citas: 387-02153-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 560141-001-002, la cual es terreno de solar. Situada
en el distrito 2-Florencia, cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Ana Cecilia Rocha Umaña, sur, Freddy Daniel Ávila Rocha;
este, calle pública con un frente a ella de 8.75 metros lineales; oeste, Israel
Umaña Castro. Mide: doscientos metros cuadrados. plano: A-2020004- 2017. Para
tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de marzo de
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del siete de abril de dos mil veintidós con la base
de nueve millones treinta y cinco mil doscientos cincuenta colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil
veintidós con la base de tres millones once mil setecientos cincuenta colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual
Cartago Ahorro y Préstamo contra Greivin Alberto Matamoros Villalobos,
Katherine Magaly López Miranda Expediente N°
21-000713-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con
cincuenta y cinco minutos del siete de mayo del dos mil veintiuno.—Viviana
Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022628703 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve mil quinientos treinta y cuatro dólares con cincuenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa: JCK316, marca: Toyota, estilo: Rush G, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año fabricación: 2019, color: Bronce.
Para tal efecto se señalan las quince horas cuarenta
y cinco minutos del treinta y uno de octubre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de catorce mil seiscientos
cincuenta dólares con ochenta y nueve centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan
las quince horas cuarenta y cinco
minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de cuatro mil ochocientos ochenta y tres dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Oscar Enrique Céspedes Álvarez. Expediente N° 21-012444-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con
cuatro minutos del catorce
de febrero del dos mil veintidós.—Angie
Rodríguez
Salazar, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022628753 ).
En este
Despacho, con una base de dieciséis mil seiscientos ochenta y un dólares con
diez centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
BTL979, Marca: BYD, Estilo: F 3, categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas,
Año: 2020, Color: blanco, Vin: LGXC16DF3M0000062,
cilindrada: 1500 c.c, combustible: gasolina, motor
número: BYD473QE219328098. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero
minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticinco de
octubre de dos mil veintidós con la
base de doce mil quinientos diez dólares con ochenta y tres centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las ocho horas cero minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós con la
base de cuatro mil ciento setenta dólares con veintiocho centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Dave Porras
Alvarado. Expediente N° 21-012432-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con ocho minutos del
veintisiete de enero del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(
IN2022628754 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, inscrita a las citas 295-20626-01-0967-001; servidumbre
de línea eléctricas y de
paso, citas 575-66241-01-0002-001, servidumbre de paso inscrita a
las citas 575-66241-01-0003-001, servidumbre
de acueducto, inscrita a
las citas 575-66241-01-0004-001; demanda
ordinaria inscrita
800-585857-01-0001-001, y la inscrita al tomo 800-292000-01-0001-001, a las ocho
horas y treinta minutos del
seis de abril del año dos
mil veintidós, y con la base de cinco
millones cuatrocientos doce mil colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número
130939-cero cero cero la cual
es terreno para tajo. Situada en el
distrito: cuarto
(quebrada), cantón: segundo
(Nicoya), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María Medina Medina y Miguel Ozorno Arias; al
sur, Sociedad Ganadera Monte Limar
Sociedad Anónima; al este,
Marina Medina Medina y al oeste,
calle pública y Marina
Medina Medina. Mide: diez mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de abril del año dos mil veintidós con la base
de (rebajada en un veinticinco por ciento) sea la suma de cuatro millones cincuenta y nueve mil colones y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del once mayo del
año dos mil veintidós con
la base de (un veinticinco por
ciento de la base inicial)
sea la suma de un millón trescientos cincuenta y tres mil colones. Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución
sentencia de Rafael Ángel
Carrillo Cubero contra Asociación de Desarrollo
Integral de Copal. Expediente N° 10-000098-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 21 de febrero
del año 2022.—Lic. José
Walter Ávila
Quirós, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022628785 ).
En este despacho, con una base de ochenta mil setecientos ochenta y tres dólares ochenta
y cinco centavos de dólar, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América,
libre de gravámenes y anotaciones,
se ordena el remate del vehículo placas EE 750002, retroexcavadora, marca Caterpillar, estilo
420F2, año 2019, chasis CAT0420FHLBS01452, motor número G4D60930, color
amarillo, para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós, con
la base de sesenta mil quinientos ochenta y siete dólares ochenta
y ocho centavos de dólar moneda de curso legal de los Estados Unidos de América
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós, con
la base de veinte mil ciento
noventa y cinco dólares noventa y siete centavos de dólar moneda de curso legal de los Estados Unidos de América
(25% de la base original). Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución Mobiliaria de Caterpillar Crédito
S. A. de C.V. contra 3101754424 S. A. y otro. Expediente N° 21-005558-1202-CJ. Razón:
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas en el Boletín
Judicial.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Ciudad Quesada, 14 de enero
del 2022.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Tramitadora.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022628793 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo las citas
2017-285143-01-0011-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 551734-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito: 9-La Palmera, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, servidumbre de paso con frente de 13 metros; al sur, Marvin
Campos Gamboa; al este, Marlen González Porras y al
oeste, Eliar González Porras. Mide: seiscientos cincuenta
y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero
minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del treinta de
enero de dos mil veintitrés con la base de tres millones trescientos setenta y
cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del
siete de febrero de dos mil veintitrés con la base de un millón ciento
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elena María Soto Quirós
Contra Luis Diego González Porras. Notas: Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Expediente N° 21-
005851-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con
cincuenta y nueve minutos del veintiuno de Febrero del dos mil
veintidós.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Tramitadora.—( IN2022627779 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones dieciséis mil ochocientos once colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: LPM702, marca: Hyundai, estilo: Elantra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHDH4AE0BU121615, año fabricación: 2011, VIN: KMHDH4AE0BU121615, N° motor: no indica. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del cinco de abril del dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos sesenta y dos mil seiscientos ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintidós, con
la base de un millón doscientos
cincuenta y cuatro mil doscientos
dos colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Christian Mauricio Cordero Arroyo contra Yeifer
Enrique Barboza Castro. Expediente N° 20-003148-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: doce horas con cinco minutos del primero de marzo del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022628488
).
En este
despacho, con una base de diecinueve mil seiscientos veinticinco dólares con diecisiete centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo JMV284, marca: Hyundai, categoría automóvil, carrocería: todo terreno, 4 puertas, chasis, serie y VIN: MALC381CBJM367360, uso particular, estilo:
Creta GLS, capacidad: 5 personas, año:
2018, color: plateado, número motor: G4FGHW643517,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del siete de abril de dos mil veintidós. De no
haber postores el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintidós, con la base de catorce
mil setecientos dieciocho dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de mayo
de dos mil veintidós, con la base de cuatro mil novecientos seis dólares con veintinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) S.A., contra Carlos
Mauricio Solano López, Viviana Paola Esquivel Ayales.
Expediente N° 21-014296-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 11 de octubre del
2021.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2022628490 ).
En este despacho, con una base de veintitrés millones setecientos cincuenta y tres mil cuatrocientos colones exactos, soportando servidumbre trasladada: citas: 370-18238-01-0144-001, hipoteca
citas: 2013-156935-01-0003-001; sáquese
a remate la finca del Partido de la provincia:
Alajuela, matricula: 313206, duplicado: horizontal:
derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: terreno para construir, lote cuatrocientos veintiocho, con una casa, situada en el distrito
10-Desamparados, cantón
1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: noreste: zona verde, noroeste: Alexis Rojas
Herrera, sureste: alameda oeste
3, con 6.01 metros, suroeste: casa 427. Mide: setenta y siete metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las catorce horas quince minutos
del veintiuno de marzo de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas quince minutos
del veintinueve de marzo de
dos mil veintidós, con la base de diecisiete
millones ochocientos quince
mil cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del
seis de abril de dos mil veintidós,
con la base de cinco millones
novecientos treinta y ocho mil trescientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Alajuela contra Whitman Yobanny
Sandi Porras. Expediente N° 20-010846-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y ocho minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2022628814
).
En este Despacho, con una base de seis millones cuatrocientos veintitrés mil quinientos veintidós colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito al tomo 800, asiento 808987; sáquese
a remate el vehículo
BSH411, marca Geely, serie chasis y VIN: LB37624S7LL000204,
color blanco, sedán 4 puertas,
tracción
4x2, para 5 personas. Para tal efecto
se señalan las quince horas treinta
minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la
base de cuatro millones ochocientos
diecisiete mil seiscientos cuarenta y dos colones con cuatro
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del cinco de mayo de dos
mil veintidós con la base de un millón
seiscientos cinco mil ochocientos ochenta colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Pablo Alberto
Vargas Quirós, expediente N° 22-000015-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 17 de
febrero del año
2022.—Adriana Sequeira Muñoz, Jueza
Tramitadora.—( IN2022628820 ).
En este
Despacho, con una base de nueve millones setecientos cuarenta y un mil trescientos doce colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas:
BQN404, Marca: Suzuki, Estilo:
Vitara GL Plus Z, Categoría: Automóvil, Capacidad:
5 personas, Tracción: 4x2, Año Fabricación: 2018, Color: Negro, Vin: TSMYD21S6KM484451, Cilindrada:
1586 c.c.,
Combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las once
horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós, con la base de siete millones trescientos cinco mil novecientos ochenta y cuatro colones con doce céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós,
con la base de dos millones cuatrocientos
treinta y cinco mil trescientos veintiocho colones con cuatro céntimos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Francisco Alberto Méndez Cambronero. Expediente N° 20-002707-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia. Hora y fecha de emisión:
once horas con venticuatro minutos
del seis de enero del dos mil ventidos.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Decisor.—( IN2022628821 ).
En este
despacho, con una base de cinco millones doscientos cincuenta y cinco mil setecientos treinta y tres colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TSJ003354 marca: Nissan,
estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3N1CC1AD8GK203798, carrocería:
sedan 4 puertas. Tracción:
4x2, número chasis: 3N1CC1AD8GK203798, uso: taxi, color: rojo, VIN: 3N1CC1AD8GK203798, combustible:
gasolina, cilindrada: 1598
c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de abril de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintidós con la base de tres millones novecientos cuarenta y un mil ochocientos colones con doce céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós con la
base de un millón trescientos
trece mil novecientos treinta y tres colones con treinta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra José Ángel Álvarez
González. Expediente N° 18-007650-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 04 de febrero
del año 2022.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2022628825 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones trescientos ochenta y cinco mil ciento veinticinco colones con cincuenta y un céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
286.875-001 y 002, la cual es terreno
con una casa de habitación
de 57 metros cuadrados de construcción
y anexo de 60 metros cuadrados
de construcción. Situada en el distrito
1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Katia Acevedo Hurtado; al sur, Matías Acevedo Villavicencio; al este,
calle pública con un frente de 10
metros lineales; y al oeste,
Ruth de La Herran Martínez. Mide:
trescientos veintidós
metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano:
A-0064867-1992. Para tal efecto,
se señalan las quince horas cero minutos
del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas cero minutos del ocho de junio del dos mil veintidós con
la base de cuatro millones treinta
y ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro colones con trece céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del dieciséis de junio del
dos mil veintidós con la base de un millón trescientos cuarenta y seis mil doscientos ochenta y un colones con dieciocho céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra María de Los Ángeles Acevedo Villavicencio, Victor Manuel Ruiz Castro. Expediente N° 21-002560-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión: doce horas con cincuenta y cuatro
minutos del veintinueve de junio del dos mil veintiuno.—Viviana
Salas Hernández, Jueza Decisora.—(
IN2022628829 ).
A las nueve horas cero minutos del veintisiete de junio de dos mil veintidós, en la puerta exterior de este Despacho, de la forma que se
dirá y con sus respectivas
bases, en el mejor postor remataré
lo siguiente: 1) Finca 2-460315-000: Con una base de $64920 dólares, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 342-10183-01-0902-001; la cual
es lote dos, terreno de pasto. Situada en el distrito
9-La Palmera, cantón 10-San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote de Heisel Soto Fonseca; al
sur, 3-101-525761 S. A.; al este, Fersoro
La Loma S. A.; y al oeste, calle
pública.
Mide: diez mil cuatrocientos noventa y nueve metros cuadrados. Plano:
A-14881126-2011. 2) Finca 2-481073-000: Con una
base de $20,372.24 dólares, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 360-02317-01-0904-001, citas:
360-02317-01-0905-001, citas:
360- 02317-01-0906-001, citas:
372-03720-01-0900-001, servidumbre de paso citas: 2009-241795-01-0004-001, servidumbre
de líneas eléctricas y de
paso citas: 2013-109443-01-0001-001; la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito
9-La Palmera, cantón 10-San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, 3-101-525761
Sociedad Anónima; al sur, 3-101-525761 Sociedad Anónima; al este, 3-101-525761 Sociedad Anónima; y al oeste,
calle pública con un frente de 44.42m lineales. Mide: mil metros cuadrados. Plano: A-1470308-2010. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del cinco de julio de dos
mil veintidós con las siguientes
bases: 1) Finca 2-460315-000: Con una base de $48,690
dólares. 2) Finca 2-481073-000: Con una base de $15,279.18 dólares
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintidós con las siguientes
bases: 1) Finca 2-460315-000: Con una base de $16,230
dólares. 2) Finca 2-481073-000: Con una base de $5,093.06 dólares
(25% de la base original). Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Cristian Alfredo Herrera León.
Expediente N° 21-002169-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con seis minutos del veinte de julio del dos mil veintiuno.—Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—( IN2022628831 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 334-02701-01-0003-001; y, servidumbre
trasladada, citas:
334-02701-01-0004-001; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número doscientos noventa y un mil ciento ochenta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno de potreros. Situada en el distrito
4-San Roque, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Daguel Alfaro
Quesada; al sur, Pedro Saborío Ramírez; al este, calle pública y Hafet
Hidalgo Rodríguez en parte; y al oeste, Río Vigia. Mide: doscientos cuatro mil trescientos noventa y cinco metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano:
A-0231092-1995. Identificador predial: 203040291186.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de abril del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del diecinueve de abril del
dos mil veintidós con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós con
la base de dos millones quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Arturo Corrales Miranda contra José Francisco Miranda Saborío. Expediente N° 22-000489-1204-CJ.—Juzgado de Cobro
de Grecia, hora y fecha de emisión: catorce horas con doce minutos del tres de marzo del dos mil veintidós.—María
Del Milagro Montero Barrantes, Jueza
Decisora.—( IN2022628859 ).
Se
convoca a quienes, por ley, les pueda corresponder la representación de
Gibraltar S.A, cédula jurídica número
3-101-016716, para que en el
plazo de cinco días se apersonen a este
Despacho y manifiesten lo
que corresponda respecto de
la representación de la persona indicada,
conforme al artículo 19.4
del Código Procesal Civil. En
caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de un curador procesal. Lo anterior por ordenarse así en
proceso liquidación persona
jurídica de ABRAAN Isaac Ligator
Feldman contra, expediente N°21-000310-0181-CI. Nota: Sin fecha límite de publicación. Publíquese el presente
edicto una única vez.—Juzgado Segundo Civil
de San José, 06 de setiembre del año 2021.—Daniel Jiménez Medrano, Juez
Tramitador.—1 vez.—(
IN2022628984 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 21- 000145-0927-CI en el
cual se promueve información posesoria por parte de Trinidad Ramírez
Salazar quien es mayor, casado,
agricultor, vecino de Tres
Hermanos de la Sierra de Abangares, con cédula de identidad 06-0061-0941, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno solar. Situada en el distrito
Abangares, cantón Abangares. Colinda: al norte, con predio 50702P00002100 propiedad de Marjorie Villalobos Duran; al sur con predio 50702006088100 propiedad
de Agropecuaria Lea Góndola
S. A.; al este con calle pública con un frente de 34.77
metros lineales y al oeste
con zona de protección de quebrada. Mide: mil trescientos cuarenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión
originaria y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en hechura y mantenimiento
de cerca y limpieza del fundo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Trinidad Ramírez
Salazar. Expediente N° 21-000145-0927-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil),
hora y fecha de emisión: trece horas con veintiséis minutos
del cinco de enero del dos mil veintidós.—Licda. Xinia María
Esquivel Herrera, Jueza Tramitadora.—
1 vez.—(
IN2022622786 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 17-000232-0388-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Carlos Luís Mora Avilés quien es mayor, estado civil casado en primeras nupcias,
vecino de Huacas de Santa
Cruz Guanacaste cien metros del salon comunal, portador de la cédula número 5-0187-0867 profesión
abogado y notario, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito Tempate, cantón Santa Cruz. Colinda: al norte, con María Iris López Ortíz;
al sur, con Victoria López Ortíz; al este, con María Iris López Ortíz;
y al oeste, con Mayela
López Ortíz. Mide: trescientos veintiséis metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir G-1948420-2017
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble G-1948420-2017, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en en mantenimiento
y limpieza del terreno, cercado y siembra de árboles frutales Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Carlos Luís Mora Avilés. Expediente N°
17-000232-0388-CI-0.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: catorce horas con diecisiete minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós.—Lic. Lizeth Gómez Gómez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022627226 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 21-000178-0386-CI donde se promueve
información posesoria por parte de María
Ester Antonia Dávila
Espinoza, quien es mayor, estado
civil casada una vez, profesión u oficio pensionada, vecina de Liberia, Guanacaste, Barrio El Capulín, portadora de la cédula número 05-0115-0592, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno para construir. Situada en Guardia, distrito Primero Liberia, cantón
Primero Liberia. Colinda: al norte,
con calle pública con un frente de veintiséis metros con cincuenta y ocho metros lineales; al sur, con Pablo Dávila Espinoza; al este, con Luis Alonso, Andrea y Yesica
todos apellidos Dávila
Angulo; y al oeste, con Manrique Dávila Espinoza. Mide: mil ciento dieciséis metros cuadrados. Plano
catastro: cinco-dos millones doscientos veintitrés mil ochocientos cincuenta y seis-dos mil veinte
(5-2.223.856-2020). Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres
millones quinientos mil colones (¢3.500.000.00). Que adquirió dicho
inmueble desde el día 15 de diciembre del 2010 por donación, de parte del señor Simeón García García, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en limpieza de malezas, cercar y reparación de cercas, siembra de árboles frutales y cuidar los naturales. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por María
Ester Antonia Dávila
Espinoza. Expediente N° 21-000178-0386-CI-7.—Juzgado Civil y
Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de
emisión: ocho horas con veintiocho minutos del doce de enero del dos mil veintidós.—Lic. Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez
Decisor.—1
vez.—( IN2022628505 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 21-000185-0386-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Heinor
Méndez Steller, quien
es mayor, estado civil casado/a,
vecino Liberia, Cañas Dulces, doscientos metros al norte del puesto de salud, portador(a) de la cédula número 0502980393, profesión telecomunicaciones, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito dos Cañas Dulces, cantón uno Liberia. Colinda: al norte, con Orlando
Steller Garita; al sur, con Gloriana Méndez Steller,
José Elías Méndez Stelle; al este, con Joselyn Méndez
Steller y al oeste, con José Guillermo Méndez
Steller. Mide: mil ochocientos
veintinueve metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de María Elisa Steller Garita,
casada una vez, del hogar, cédula de identidad N° 6-0130-0209, vecina
de Liberia, Cañas Dulces.
Por medio de una donación el día 17 de junio del 2020, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en sembrar árboles frutales,
mantener en buen estado las cercas, cortar el zacate y en general dar mantenimiento a la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Heinor
Méndez Steller, expediente
N° 21-000185-0386-CI-7. Nota: publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo
de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Civil), hora y fecha de emisión: quince horas con quince minutos
del siete de setiembre del
dos mil veintiuno.—Brenda Celina Calvo De La O, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2022628591 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 17-000008-1555-AG donde se promueve
información posesoria por parte de Temporalidades
de la Diócesis
de San Isidro de El General, cédula jurídica número: 3-010-045279 por medio de
Édgar Orozco
Alfaro, mayor, célibe, sacerdote
católico, vecino de Barrio
Brasilia, contiguo al Hotel Montecito, en la Curia Diocesana en San Isidro de El General, cédula número
tres-ciento noventa y
seis-mil cuatrocientos sesenta
y tres, actuando en su condición
de Representante Legal con facultades
de Apoderado Generalísimo
sin límite de suma, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca situada
en La Puna del distrito ocho Biolley, cantón
Buenos Aires, provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Anabelio Chavarría Azofeifa; al sur, con Tirso Sarracín
Vargas; al este, con Olman Loría Chaves y al oeste, con calle pública. Mide: dos mil quinientos ochenta y ocho metros cuadrados, según plano catastrado 6-1593295-2012.
Del terreno antes descrito,
el solicitante manifiesta ser el poseedor en calidad
de dueño de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez
años. Estima el fundo en
la suma de cuatro millones
de colones exactos colones. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Temporalidades
de la Diócesis
de San Isidro de El General, expediente N°
17-000008-1555-AG-3. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), 22 de diciembre
del año 2020.—Lic. Róger Sibaja Arias, Juez Tramitador.—1
vez.—( IN2022628599 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 18-000190-0386-CI donde
se promueve información posesoria por parte
de Víctor Manuel Apú Mendoza, quien
es mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad N° 0502480196, técnico en laboratorio, vecino de Palmares, Nidia Apú Mendoza, quien es mayor, soltera, portadora de la cédula
de identidad N° 0501980590, cocinera,
vecina de San Ramón, Leticia Apú
Mendoza, mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad N° 0502200648, de oficios
domésticos, vecina de San
Ramón, Rosibel Apú Mendoza,
quien es mayor, casada una vez, portadora
de la cédula de identidad 0502690940, administradora de empresas, vecina de San Ramón, Digna María Apu
Mendoza quien es mayor, casada
una vez, vecina de San Ramón, portadora de
la cédula número 0502570696, educadora
y Francisco Oldemar Apú
Mendoza, quien es mayor, portadora
de la cédula de identidad N° 052320488, vecino de Carrillo, comerciante,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
de pastos. Situada en el distrito
Sardinal, cantón Carrillo. Colinda: al norte, con David Apú Mendoza, Víctor Apú Mendoza,
Digna Apú Mendoza, Leticia Apú
Mendoza, Rosibel Apú
Mendoza y Socorro Apú Apú;
al sur, con José Joaquín Contreras Sandoval; al este,
con José Joaquín Contreras Sandoval y al oeste, con
Jeffrey Pérez Barboza. Mide: dos mil metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir descrito bajo el plano G-2015494-2017 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa
que le hiciere Joaquín Contreras Sandoval, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en chapia, cercado
y en general asistencia del
lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Digna María Apu Mendoza. Expediente N°
18-000190-0386-CI-3.—Juzgado Civil de Santa
Cruz, 13 de mayo del año 2019.—Licda. Floribeth Palacios
Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022628670 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 21-000059- 1870-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Ocksan Fernando Aju Calvo, quien es mayor, soltero, Administrador de Empresas, vecina de Pilas de Canjel de Lepanto Puntarenas costado
sur de la plaza de deportes, portador
de la cédula de identidad vigente
que exhibe número
01-1330-0479, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de cultivos, situado en Pilas
de Canjel, distrito cuarto Lepanto, cantón primero de
Puntarenas, Provincia de Puntarenas. Colinda por el
rumbo norte con Jenny Gisela Calvo Ugalde, Ministerio de Salud y calle pública con un frente a la misma de dieciocho metros cuarenta y cinco centímetros lineales sur, Rosa Aju Rojas, este Agropecuaria La Penca S. A. oeste: Calle pública con un frente a ella de sesenta
y seis metros cero cuatro centímetros lineales. MIDE: once mil trescientos
noventa y cuatro metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número P-2266198- 2021. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble
en la suma de tres millones de colones y las presentes
diligencias en el monto de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compraventa de sus anteriores poseedores Melones del
Bongo S.A y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión sobre el bien han
consistido cercado, chapias y en general asistencia de la propiedad. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efectos de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
de información posesoria, promovido por Ocksan
Fernando Aju Calvo. Expediente:
21-000059-1870-AG.—Juzgado
Agrario de Puntarenas, Sede
Jicaral, Jicaral,
Lepanto, 13 de enero del año
2022.—Licda. Erika
Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022628711 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de Sergio Flores Garrido, quien
en vida fue,
mayor de edad, casado en primeras nupcias,
empresario, con último domicilio
en San José, Escazú, San
Rafael, Guachipelín, urbanización
Real de Pereira, casa tres cinco
E, portador de la cédula de identidad
número uno-cero cuatrocientos
ochenta y uno-cero trescientos
treinta y dos, para que dentro
del plazo de quince (15) días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, lo cual podrán hacer ante la oficina del Notario Público Otto Guevara Guth, quien tiene
oficina abierta en San José, Los Yoses, Calle
Treinta y Cinco, Avenida Catorce, Edificio
Grupo Jurídico Especializadol.
Teléfono: 8866-4708. Se apercibe
a los que crean tener algún derecho en el proceso
que si no se presentan se procederá como en derecho corresponde. Sucesión de Sergio Flores Garrido en
Sede Notarial. Expediente
N° 0001-2021. Notaría
del Lic. Otto Guevara Guth.—San José, 28 de febrero del 2022.—Lic. Otto
Guevara Guth, Notario.—1 vez.—( IN2022627455 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Allan Gerardo Venegas Vargas, mayor, costarricense, operario, portador de la cédula
de identidad número
04-0145-0100, y vecino de Heredia, La Ribera, Belén, Calle El Avión, Barrio San
José, casa número cuatro. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000171-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, hora
y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y uno minutos del venticuatro de febrero del dos mil veintidós.—M.Sc. Victoria Eugenia
Ramírez Víquez, Jueza.—1 vez.—( IN2022627456 ).
Se hace
saber: en este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Juan Cantillo
Corrales, quien fue mayor
de edad, viudo una vez, pensionado, vecino de Liberia, Barrio Daniel Oduber, frente a la parada de buses,
cédula de identidades número
0501020769. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
07-000598-0386-CI-3.—Juzgado Civil y
Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y dos minutos del veintiséis de enero del dos mil veintidós.—Brenda
Celina Calvo De La O, Jueza Tramitadora.—1
vez.—( IN2022628502 ).
Auto inicial de apertura del sucesorio. Notaría del Licenciado Sergio Mena Diaz de la ciudad de San José
a las diecinueve horas treinta
minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós. Habiéndose comprobado en forma fehaciente el fallecimiento de Manuel De
Jesús Mata Salas, se declara abierto
su proceso sucesorio. Como albacea
provisional se nombra a Marcia Cecilia Mainieri Vindas, mayor, viuda, fotógrafa, vecina de San Jose, Goicoechea, Ipís, cincuenta metros este de la iglesia católica de Vista de Mar, casa de color crema con portones verdes, portadora de la cedula de identidad
número uno-uno cero cinco ocho- cero nueve uno cero, a quien se le previene comparecer ante esta Notaria dentro del plazo de cinco días a aceptar y jurar el cargo, con la advertencia de que, si así no lo hace, se enterara que no lo acepta. Igualmente, podrá manifestar su aceptación
mediante escrito. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que se apersonen a hacer
valer sus derechos. Se ordena
la publicación del edicto
de ley. Notaria Expediente 01-2022-SMD-. Sergio Mena
Diaz, cédula uno-cero nueve
seis cero cuatro cinco dos.—San
Jose, cuatro de marzo de dos mil veintidós.—Sergio
Mena Diaz, Notario Público.—1
vez.—( IN2022628604 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó:
Beiy Hiu Li Villalobos,
mayor, casada, abogada, costarricense, con documento de identidad N° 0110230594, y vecina
de San José, Goicoechea, Mata de Plátano.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000087-0182-CI-7.—Juzgado Tercero Civil de San José, 16 de febrero
del 2022.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez Tramitador.—1
vez.—( IN2022628613 ).
Edicto de
acuerdos firmes del sucesorio de Rosa Jiménez Hidalgo, acta 2 del 2 de marzo de
2022, se declara firme junta de herederos, se aprueba avalúo, declaratoria de
herederos, renuncias, cesiones, adjudicaciones y autorización de
protocolización. Expediente N° 03-18-12-2021-WRHJ-
4966. carné 4966.—Walter Rubén Hernández Juárez.—1 vez.—( IN2022628627
).
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó: Braulio Cordero Granados, mayor, casado una vez,
agricultor, cédula de identidad
número
uno-doscientos uno-ciento noventa y uno, vecino de San José, Tarrazú, San
Marcos, El Rodeo, frente a la Plaza de Deportes, quien falleció el día cinco de diciembre del dos mil veintiuno, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, ante la notaría del notario público Oscare Sevilla Ureña, ubicada en San Isidro de El
General, Pérez Zeledón, ciento
setenta y cinco metros al oeste de la esquina noroeste del Parque Central, sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos o algún derecho, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2022. Es todo.—San Isidro de El
General, Pérez Zeledón, 03 de marzo
del 2022.—Lic. Oscare
Sevilla Ureña, Notario Público.—1
vez.—( IN2022628638 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue:
Mario Fabio Chaves Rodríguez, quien fue casado una vez,
transportista, vecino de Barreal de Heredia, La Carpintera,
del Lubricentro Fredyluber,
doscientos metros suroeste,
cédula
número
cuatro cero ciento uno mil cuatrocientos sesenta, para que, dentro del plazo de quince días,
contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2022.—Heredia, siete de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Kattia Vanessa
Ramos González, Notaria Pública, directora
del proceso en sede notarial.—1 vez.—( IN2022628640 ).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue Gladys Madrigal
Núñez, cédula de identidad 6-0072-0120, tramitado por el suscrito notario,
según expediente notarial número 001-2022. Se cita a los herederos, legatario,
acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de su publicación de este edicto comparezcan a
hacer valer sus derechos con el percibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia de que si no se apersonan a este plazo aquella pasara a
quien corresponda. Expediente notarial 001-2022.—Javier Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—( IN2022628641 ).
Se cita y emplaza
a los interesados en la sucesión de Vladimir Chaves
Vargas, quien en vida era mayor, titular de la cédula de identidad
número uno-seiscientos diecisiete-novecientos ochenta y siete, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Heredia, San Francisco, ochocientos
metros al oeste de Walmart, de los
semáforos del quiropráctico,
cien metros al sur y veinticinco
metros al oeste, Residencial La Gaby, casa cinco B, fallecido en Heredia, Central, San Francisco, el
día seis de marzo del dos mil veinte,
para que dentro del plazo
de quince días hábiles contados
a partir de la publicación
de este edicto y que se hará por una
sola vez en el Boletín Judicial,
se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta Notaría, ubicada en San José, Zapote, Barrio Yoses
Sur, de la Universidad Veritas, trescientos metros al
este y trescientos metros
al norte, en las oficinas del Bufete Grupo Jurídico Especializado, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2022-9954.—San
José, tres de marzo del dos
mil veintidós.—Licda. Vera
Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—(
IN2022628643 ).
Sucesión AB intestato en sede notarial de Mercedes Etelvina Bolaños Sánchez, cédula 4-068-0761, pensionada, vecina de San Luis, Santo
Domingo, Heredia, casada una
vez. Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Ana Florieth Valerio Bolaños, a las 19:00 horas del 17 de febrero del año 2022 y comprobado el fallecimiento
de Mercedes Etelvina Bolaños Sánchez, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Vera Violeta
Salazar Rojas, San Isidro, Heredia, ruta 32, Rest Beso, 200 sur. Teléfono
89208173.—Heredia, 17 de febrero del 2022.—Lic. Vera Violeta Salazar
Rojas, Notaria.—1 vez.—(
IN2022628645 ).
Se hace saber que en este despacho,
se tramita proceso sucesorio número 2022-001 de
Wilfred Enrique Lewis, quien fue
mayor, casado una vez, pensionado, portador de la
cédula de identidad número
7-0032-647, vecino de Florida, Estados
Unidos de América. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de presente edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, de lo contrario
la herencia pasará a manos
de quien corresponda. Licenciado Mark Beckford Douglas, con oficina
en San José, calle once
entre avenidas seis y ocho edificio número seiscientos sesenta y cuatro.—San José, quince de enero
de dos mil dieciséis.—Lic.
Mark Beckford Douglas, Notario.—1 vez.—( N2022628651 ).
Con quince días plazo,
contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó Juan Enrique Godínez
Quesada, quien en vida fue mayor, soltero, ayudante de construcción, portador de la
cedula de identidad número
uno-seiscientos ochenta y siete-seiscientos setenta y uno, vecino de San José, Aserrí,
Barrio San Luis, de la iglesia católica
cuatrocientos metros este, detrás de la delegación, a fin de
que comparezcan ante esta
notaria a hacer valer sus
derechos, bajo el apercibimiento
de que en caso de no hacerlo, la herencia pasará a manos de quien o quienes hayan demostrado
en el proceso
su legítimo derecho a heredar. Asimismo se le previene acerca del señalamiento de un medio (fax o correo
electrónico), para atender
sus futuras notificaciones,
apercibidos de que en caso de no hacerlo, o bien que el medio escogido imposibilite su notificación por causas ajenas a
esta Notaría, las resoluciones que se dicten se les
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igualmente se les hace saber que,
de surgir controversia en relación a la tramitación de esta sucesión en esta
sede, se procederá a dar por terminado
el proceso en sede notarial, para su inmediata remisión
a la sede judicial. La dirección
de esta notaría es en Aserrí, San José, frente a la Escuela Santa María, teléfono
número veintidós treinta-noventa catorce. Expediente número cero cero uno-dos mil veintidós.—Aserrí, San José, diez horas del tres de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Karina Del Carmen Badilla Abarca, Notaria.—1 vez.—( IN2022628667 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por María
Lorena Solís Azofeifa, a las nueve horas del dieciséis de agosto del dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento
de: Lidia Rosa Azofeifa Castro, esta
notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
Dr. Fernando Zamora Castellanos, San José, Rohrmoser,
del Restaurante Isla Verde, veinticinco
metros norte y cincuenta este, teléfono: 2290-6350.—San
José, dieciséis de agosto
del dos mil veintiuno.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario
Público.—1 vez.—(
IN2022628680 ).
Se hace
saber: en este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Fernando Segura Arguedas, mayor, soltero, profesor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
3-0378-0572 y vecino de Goicoechea,
San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente N°
21-000752-0181-CI-5. Publíquese una
única vez el presente edicto.—Juzgado Segundo Civil de San José, 11 de enero del año 2022.—Daniel
Jiménez Medrano, Juez Tramitador.—1 vez.—(
IN2022628690 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Mauricio Mora
Morales, a las once horas del dieciocho de febrero del dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fueron
Alphaeus Buchanan Palmer, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Limón, Cahuita, contiguo
Hotel Casa Mango, cedula de identidad número siete-cero diecinueve-trescientos veinticuatro,
defunción que se encuentra inscrita en la sección de defunciones de la provincia de limón al Tomo: sesenta y tres, Folio: trescientos diez, Asiento: seiscientos diecinueve, Inés Stephens Peinford,
mayor, pensionada, viuda una vez, con cedula de identidad siete-cero cuarenta y seis-setecientos treinta y siete, vecina de Limón, Cahuita, contiguo
Hotel Casa Mango, defunción que se encuentra inscrita en la sección de defunciones de la provincia de
Limón, al tomo: quinientos setenta y uno , folio: trescientos
veintinueve, asiento: seiscientos
cincuenta y ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
licenciada Sarita Pradilla Conejo, Notaria Pública, con oficina abierta San José, Puriscal, Mercedes Sur, ochocientos
oeste de la escuela de
Mercedes Norte portón negro mano derecha.—Licda.
Sarita Pradilla Conejo,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022628694 ).
De acuerdo a lo establecido en el Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se informa
y cita a todas aquellos interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta notaría se ha iniciado en sede
notarial, la sucesión de quien
en vida se Ilamó Aida
Viola Chinchilla Calvo, quien en
vida fuera mayor, casada una vez,
comerciante, cédula número uno-cero trescientos cincuenta y tres-cero novecientos nueve, vecina de La Unión Río Azul, se inicia el sucesorio
de José Antonio Baltodano
Morales, quien fue mayor, tapicero, vecino del mismo lugar de doña Aida
Viola Chinchilla Calvo, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos nueve-cero doscientos cuarenta y siete expediente número cero dos-dos mil veintidós
acumulado a el expediente cero uno de esta notaría, para que en el término de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
derecho a la herencia de que si
no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. La notaría está ubicada en San Rafael Arriba de
Desamparados contiguo a Instalaciones
de Café Segura, fax 2219-0520.—Lic.
Jorge Luis Ulloa Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN2022628727 ).
Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Carmen Mora Ulloa,
mayor, estado civil casada,
del hogar, costarricense,
con documento de identidad
0302230036 y vecina de Cervantes de Alvarado. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000025-0640-CI-2.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y ocho minutos del dieciocho de enero del dos mil veintidós.—Lic. Luis Diego Romero
Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022628734 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Miguel Benavides Barrantes, mayor, estado civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
N° 0201880874 y vecino de Piedras Blancas
de Osa, de la provincia de
Puntarenas, exactamente a
800 metros al oeste de la escuela
de Piedras Blancas, casa contigua
a al último poste de luz, camino
a cerro Oscuro. Se indica a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto, expediente N° 22-000012-0423-CI-2.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia Civil), hora y fecha
de emisión: nueve horas con
cinco minutos del veinticuatro de febrero del dos
mil veintidós.—Maureen
María Robinson Rosales, Jueza
Decisora.—1 vez.—(
IN2022628740 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Franklin Morera Arce, a las quince horas del nueve
de julio del dos mil veintiuno
y comprobado el fallecimiento de Julieta Durán Durán, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
Dr. Fernando Zamora Castellanos. San José, Rohrmoser, del Restaurante Isla Verde,
veinticinco metros norte y cincuenta este, teléfono: 2290-6350.—4 de marzo
del 2022.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—( IN2022628752 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
María Evangelia Valderrama Bermúdez, mayor, estado
civil viuda, profesión de oficios domésticos, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0600520086 y vecina de Puntarenas, Buenos Aires, 100
metros sur y 100 metros este de la pulpería Mena, casa color blanco frente a la cancha de fútbol 5.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente N°
20-000023-1046-CI-1. Nota: publíquese
una vez en
el Boletín Judicial.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), 14 de julio
del año 2020.—Jean Carlos Céspedes Mora, Juez
Tramitador.—1 vez.—(
IN2022628794 ).
Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Edwin Gerardo León
Alfaro, mayor, estado civil casado
una vez, profesión u oficio comerciante, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
0203980279 y vecino(a) de Buenos Aires Puntarenas, doscientos metros norte y cincuenta metros este de la
Escuela Veracruz. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000003-1046-CI-3. Nota: Publíquese
este edicto por una vez.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil),
21 de octubre del 2021.—Lic.
Jean Carlos Céspedes Mora, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—(
IN2022628795 ).
En mi notaria compareció Ana Vita Francesa
Blanco, cédula 108340313, y solicitó la apertura del proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera
Gillio Francesa Ferraro,
con cédula de identidad número
201600100. La solicitante requirió
ser designada como albacea y presentó inventario de bienes a repartir. Se cita y emplaza a herederos e interesados, acreedores, legatarios y beneficiarios, para
que, en el plazo de 15 días a partir de la publicación del presente, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría, sita en
la ciudad de Guanacaste, Liberia, Barrio Condega, de
Pizza Pronto cincuenta metros al norte.—Cuatro de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Manuel Mora Ulate, Notario Público.—1 vez.—( IN2022628796 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Heriberto
Rodolfo Del Carmen Arguedas Sánchez, quien fuera mayor, Agricultor, casado una
vez, cedula de identidad 6 0110 0997, vecino de 400 metros al sur del rancho
Cahuín, contiguo a Pulpería La Amistad. Distrito: Barranca-Cantón Puntarenas,
Provincia de Puntarenas, para que dentro del plazo de
quince días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
reclamar sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos,
que de no atender este llamado dentro de dicho plazo, la herencia pasara a
quien corresponda. Expediente 001-2022 Notaría de la Licenciada Yadira Correa
Martínez. Notaría Pública, situada en Residencial Los Corales casa 44, San
Isidro Puntarenas.—Yadira Correa Martínez.—1 vez.—(
IN2022628802 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Merlin Vengas Calvo, cédula N°
7-195-544 a las 10:30 horas del 24-12-2021 y comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara abierto
el proceso sucesorio notarial Ab Intestato
de quien en vida fuera: Rosa Calvo Solano, divorciada una vez, ama de casa, de Limón, Pocora,
Barrio Iroquois de la Pulpería Cristal cincuenta norte cédula N°
3-266-920, quien falleció en San José, Central, Uruca, el 09 de octubre de 2021. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaria a hacer valer sus derechos. Notaría de Lic. Mario Sánchez Maroto, Guápiles, Pococí, Limón, urbanización Santa Clara del súper
Karen 150 metros este, teléfono
2710-5064.—Mario Alexánder Sánchez Maroto.—1
vez.—( IN2022628844 ).
Por primera vez se emplaza al
sucesorio notarial extra protocolario de Matilde Jiménez Quintana, cédula
900040423 fallecido, por 15 días a partir de esta publicación a mi notaría,
avenida 12, número 2375, a los interesados a hacer valer sus derechos, sobre la
apertura, nombramiento de albacea y adjudicación de gananciales, del proceso
sucesorio o el nombramiento del Albacea provisional, en el cual se nombró a la
señora Wendy Magaly Navarro Núñez cédula 111600079. Expediente 05-28-02-2022-
WRHJ-4966.—Walter Rubén Hernández Juárez, Notario.—1
vez.—( IN2022628856 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría de licenciada Maureen
Calvo Calvo, por el señor Norberto Aguilar Chavarría, a
las quince horas del once de febrero del año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera
María Ofelia De Las Piedades Chavarría Mora, cédula de identidad número: seis-setenta y dos-setecientos cuarenta y cuatro, ama de casa, vecina
de Buenos Aires de Puntarenas, exactamente cien metros al norte y ochocientos este de la clínica de la localidad. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada. Maureen
Calvo Calvo, Ubicada en Mollejones de Platanares de Pérez Zeledón, treinta y cinco metros sureste del Supermercado el Cruce, Pérez Zeledón, provincia de San José,
República de Costa Rica. Teléfonos: 8994-2444 /
8574-3436. (Publicar 1 vez en el Boletín
Judicial).—Licda. Maureen
Calvo Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2022628904 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Adelia Segura
Suárez
conocida como Adelia Chavarría
Segura, cédula cinco-cero treinta
y nueve-ciento veintisiete,
quien en vida fue mayor, viuda una vez,
ama de casa, vecina de San Joaquín de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, de la escuela,
quinientos metros sureste,
para que dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0003-2021. Sucesión de
Adelia Segura Suárez conocida como
Adelia Chavarría
Segura.—Licda. Ayalile Jiménez Céspedes, Notaria
Pública.—1
vez.—( IN2022628910 ).
Se hace
saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Eduardo Argüello Dorado, mayor, soltero,
abogado, costarricense, con cédula de identidad 2-0659-0394 y vecino
Ulloa de Heredia. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Juzgado Civil
de Heredia, Hora y fecha de emisión:
once horas con veintinueve minutos
del tres de noviembre del
dos mil veintiuno. Expediente
N° 21-001087-0504-CI-3.—Licda.
Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2022628914 ).
Mediante acta de apertura
con fecha de 05 de febrero
del 2022, ante esta Notaria por
Bolívar Ernesto Esquivel Cascante, cédula: 4-0124-0899, Serguei
Esquivel Seredin, cédula: 1-1243-0406 y Luis Andréi Esquivel Seredin, cédula:
2-0759-0103; y comprobado el
fallecimiento, esta Notaria
declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fue:
Svetlana Seredin Seredina,
mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela,
Residencial Santa Teresita, casa 56, cédula de identidad
número: 8-0077-0309. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo de ley, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaria a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda.
Ariel Víquez Vargas. Notaria Pública
con oficina en Alajuela, quinta entrada de lotes llobeth Teléfono 8708-5691.—Licda. Ariel Víquez Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2022628924 ).
Se hace
saber en este Tribunal de
Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Yolanda de Los Santos Marín Hernández, mayor, estado civil casada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0900710428 y vecina de La Libertad, Kilómetro
Treinta y Uno, Laurel de Corredores, Puntarenas, frente a la Pulpería la Bambú. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto. Causante; Yolanda de Los
Santos Marín Hernández. Promueve: Rafael Ángel Castro Alfaro. Expediente N°
22-000005-0920-CI-0.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Civil).
Hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con cincuenta minutos
del diecisiete de febrero
del dos mil veintidós.—Lic.
Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—1 vez.—(
IN2022628926 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue: José Ángel Fonseca Vargas, cédula número dos-cero ciento veinticuatro-cero
cuatrocientos quince, fallecido
el diecisiete de febrero del dos mil seis, para que, comparezcan
dentro del plazo de quince
días contados a partir de la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, en la notaría de
Dania Valverde Núñez,
sita en San José, Vázquez
de Coronado, Cascajal, del Centro Salud setecientos metros oeste, o al correo electrónico:
notificaciones@rtasistencia.com apercibidos de que, si no lo hacen dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San José,
primero de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—( IN2022628928 ).
Se comunica que en la notaría de la notaria
Maritza Araya Rodríguez, se tramita el proceso sucesorio
en sede notarial, bajo el expediente número
cero cero cero uno-dos mil veintidós, de quien en vida
se llamó Elida Ramona Garita
Ugalde, quien fue mayor, casada de primeras nupcias, ejecutiva del hogar, portadora de la cédula de identidad número seis-uno siete cuatro-cero uno cuatro, su último domicilio
vecina de La Pintada un kilómetro al noroeste de la
Escuela de La Pintada, Coto
Brus, Puntarenas. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
para que dentro del plazo
de quince días, comparezcan en
esta notaría, situada en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, frente a
las oficinas del IMAS en edificio Plaza La Colonia a hacer
valer sus derechos, con apercibimiento
a los que crean tener derecho a la herencia, de
que si no se presentan en ese plazo, aquella
pasará a quién corresponda, notificaciones: señalo el correo
electrónico bufetemaraya@gmail.com Publíquese el edicto
Ley.—Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2022628929 ).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Maribel Herrera
Castro, con cédula de identidad uno-quinientos setenta y cinco-ciento once, para que, dentro
del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los
que crean tener en calidad de herederos
que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
001-2022. Notaría de la licenciada
Jeannette Lizano Quesada. (Publicar
una vez).—Licda. Jeannette Lizano Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2022628937 ).
Se hace
saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Trudy Gayle Gayle conocida como Trudy
Price Gayle, mayor, soltera, costarricense, con documento de identidad
700440015, vecina de Nueva York en Estados Unidos de América.- Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000008-0678-CI - 6.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 02 de febrero del año 2022.—Lic.
Diego Steven Duran Mora, Juez.—1 vez.—( IN2022628948
).
Se hace saber que ante la notario Mónica
Lizano Zamora, se tramita
la sucesión ab intestato
extrajudicial del señor Roberto Gerardo Solorzano Sanabria, mayor, casado
cinco veces, empresario, vecino de Cartago, portador de la
cédula de identidad número
dos-cero doscientos treinta
y siete-cero ciento setenta y cinco. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente
proceso, para que, dentro
del plazo de quince días, que se contarán
a partir de la publicación
del edicto en el Boletin Judicial,
se apersonen a esta notaría para hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener
derecho a la herencia, de que, si
no se presentan en este plazo, aquella
pasará a quién corresponda. Para estos efectos, se hace saber que la
notaria se encuentra situada
en San José, San Rafael de Escazú,
Avenida Escazú, Torre AE Dos, quinto piso, oficina de Gómez y Galindo.
Expediente N° 0002-2022.—San José, a las nueve horas del diecisiete de febrero del año dos mil veintidós.—Mónica
Lizano Zamora, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2022628958 ).
Esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera,
Amelia María Rojas Solís, mayor, costarricense, de oficios domésticos, vecina de Cartago, La
Unión, Tres Ríos, del Depósito Irazú,
setenta y cinco metros al
sur y cien metros al este, quien contaba con la cédula de identidad número tres-doscientos quince-seiscientos
ochenta y tres; quien falleció el diez de noviembre
del dos mil dieciocho; según
las citas de defunción inscritas: en la provincia de Cartago, tomo: ciento noventa y cinco, folio: ciento noventa y uno, asiento: trescientos
ochenta y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos en San José, Curridabat, cien metros oeste de Plaza
Cristal, teléfono 6072-5075, email:
mymabogadoscr@outlook.com, expediente número cero cero cero uno-dos mil veintidós.—Licda. Melania Andrea Fallas Hidalgo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022628966 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Bernal Antonio Zúñiga
Alpízar,
mayor, soltero, transportista,
costarricense, con documento
de identidad N° 0109910577, y vecino
de La Laguna de Alfaro Ruiz, Alajuela, veinticinco
metros al norte de la esquina
noreste de la Iglesia Católica. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Publíquese por una única
vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 22-000036-0295-CI-2.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con veintisiete minutos
del veintitrés
de febrero del dos mil veintidós.—M.Sc. Karla Artavia Nájera, Jueza Tramitadora.—1 vez.—(
IN2022628978 ).
Se hace saber
en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Óscar Chavarría Acuña,
mayor, casado, técnico en telecomunicaciones, costarricense, con documento de identidad N° 0104660462 y vecino
de San José, Mora La Fila, 800 metros al norte de la
plaza de deportes. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000015-0197-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia Puriscal, (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con treinta y ocho minutos del tres de marzo del dos mil veintidós.—M.Sc.
Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2022628983 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Didier Gerardo de
Los Ángeles Fallas Angulo,
mayor, estado civil soltero,
profesión u oficio oficinista, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
N° 0107820006 y vecino de La Unión Tres Ríos, Urbanización La Estancia antigua
casa 19 E Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000037-0640-CI-5.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con uno minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—(
IN2022628997 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Carmen María Bonilla Barrantes, mayor, estado civil divorciado/a, profesión u oficio empleada bancaria, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0302810563 y vecina Salitrillo,
Concepción, La Unión, Cartago, 150 metros al norte de
la Escuela Ricardo Andre Straut. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse
a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N°
22-000059-0640-CI-1.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: doce horas con dieciséis minutos del diez de febrero del dos mil veintidós.—Licda.
Franciny Gutiérrez López, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2022629001 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Elizabeth Magdalena
Madrigal Hernández, a las diecisiete horas del cuatro
de marzo del dos mil veintidós,
y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio testamentario de quien en vida
fuera: Rolando Leitón Arias, mayor, casado una vez,
comerciante, portador de la
cédula de identidad número
uno-cero uno ocho nueve-cero
seis seis dos, vecino de
San José, Paseo Colón, del Banco Davivienda setenta y cinco metros al sur,
casa amarilla a mano izquierda. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Dennis Rubio Castro, ubicada
en San José, Montes de Oca, San Pedro, Lourdes, frente al Ministerio de Salud, Bufete Cano, correo electrónico:
rubiedennis161@gmail.com. Teléfono: seis uno dos siete tres ocho
cinco uno.—San José, siete de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Dennis Rubie
Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN2022629002 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría al ser las ocho horas del
veintisiete de enero del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento,
esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio
Ab Intestato de quien en vida fuera
Godofredo Florencio Núñez
Gómez,
mayor de edad, casado una vez, ebanista,
vecino de Jicaral de
Puntarenas; setenta y cinco
metros al sur de la Clínica del Seguro Social; con
cédula de identidad número
seis-cero cero sesenta y cuatro-cero ochocientos ochenta y cinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Expediente en sede
notarial 2022-0001. Notaría Pública
del Lic. María Luisa Ortiz Alemán;
ubicada en Nicoya,
Guanacaste; Residencial Las Brisas del Cerro, teléfono 8811-3560, correo electrónico:
lic.rodrigogonzalez@gmail.com. (Publicar 1 vez en el
Boletín Judicial.—María Luisa Ortiz Alemán, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022629018 ).
De conformidad
con el artículo 129 del
Código Notarial, ante esta notaria. Se da por abierto el
proceso sucesorio ab-intestato, en sede
notarial, de quien en vida fuera, Luisa Cristobalia Espinoza Martínez, cédula 2-0496-0440. De acuerdo con el artículo 922 del Código Procesal
Civil, se cita y emplaza a todos los herederos,
legataries y en general a todos
los interesados a presentarse ante esta Notaria Pública, dentro del término de 15 días siguientes a
la publicación del presente
Edicto, para hacer valer sus derechos. Expediente
2022-002-9552.—Puntarenas, 07 de marzo del 2022.—Lic. Walter Navarro Guadamuz, Notario Público.—1
vez.—( IN2022629022 ).
Con 30 días de término se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de
María Cristina Mata Torres, cédula
de identidad número uno
cero uno nueve tres cero tres dos dos, viuda
una vez, ama de casa, vecina de San José, para que
se apersonen en defensa de sus derechos ante la notaría de la suscrita,
sita en San José,
Goicoechea, 50 metros sur del Mall El Dorado y se les
apercibe a quienes crean tener algún derecho, que deberán hacerlo dentro de ese plazo. Sucesión intestada en
sede notarial N° 001-2022; carné
5866.—Licda. Laura Ramírez
Torres, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022629026 ).
Con treinta días
de término,
se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de: Norman Castro Cervantes, cédula de identidad número uno cero uno
tres cuatro cero seis seis ocho, casado una
vez, pensionado, vecino de
San José, para que, se apersonen
en defensa de sus derechos
ante la notaría
de la suscrita, sita en San José, Goicoechea, 50 metros sur del Mall El Dorado, y se les apercibe a quienes crean tener algún derecho, que deberán hacerlo dentro del ese plazo. Sucesión intestada en
sede notarial N° 001-2022.—Licda.
Laura Ramírez Torres, Notaria Pública, carné N° 5866.—1 vez.—( IN2022629027 ).
Por única vez, se cita y emplaza
a herederos y demás partes interesadas en el sucesorio de quien en vida se
llamó María Justina Angulo Cabalceta mayor, soltera, viuda, de oficios
domésticos, portadora de cédula número cinco-cero noventa y siete trescientos
dieciséis, vecina de Cartagena de Santa Cruz, a fin de que se apersonen a hacer
valer sus derechos o la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número
cero cero uno-dos mil veintidós. Notaría del Bufete MSc., Angela Aurora Leal Gómez, Notaria Pública, Santa
Cruz, Guanacaste, cuatro de marzo del año dos mil veintidós.—1
vez.—( IN2022629033 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Hilda Fuentes Brenes, a las 08:00 horas del 02 de marzo
del 2022, y comprobado el fallecimiento de quien en vida fue:
José Martí Solórzano
Rojas, mayor, casado dos veces,
politólogo pensionado, cédula N° 1-0400-0012, vecino de San Rafael de Escazú, Residencial Trejos Montealegre,
de la Embajada de Corea del
Sur, 100 metros sur y 100 metros oeste, Condominio Villa Linda, número 3,
esta notaría, ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
Lic. Ana Victoria Mora Mora,
sita en San José, Sabana Oeste, de la UCIMED cien
metros oeste y cincuenta norte, número mil doscientos setenta y cinco. Teléfonos: 2290-4465 y
2290-3316.—San José, 02 de marzo del 2022.—Licda. Ana Victoria Mora Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022629035 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de Abelardo Gamboa Esquivel,
quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Heredia, San Rafael,
Barrio Santiago, Jardines de Roma, Casa número Uno, cédula de identidad número
dos-cero doscientos cincuenta y cuatro- cero quinientos noventa y uno, para que
dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº
0022-0001. Notaria del Bufete Lao & Asociados.—Lic.
Lenin Rojas López, Notario.—1 vez.—( IN2022629046 ).
Se emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quienes en vida fue
el señor Marco Antonio
Benavides Bonilla, cédula número 4-0094-0194. Se declara abierto el proceso sucesorio
en sede notarial, para que dentro del plazo de quince días
naturales, contados a partir
de la publicación del edicto,
se apersonen ante esta Notaría en defensa
de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que en caso de que no lo
hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente número cero cero cero dos-dos mil veintidós. Notaría de la Licenciada Alejandra Arias Madrigal.—Licda. Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1
vez.—( IN2022629047 ).
En ésta notaría se tramita el sucesorio
de José
Domingo Mena Pérez, casado una
vez, portó cédula de identidad cinco-cero cero cuarenta y cuatro-cero dos tres
seis, fue vecino de Paraíso
de Santa Cruz, Guanacaste, esto por
haber fallecido el cuatro de mayo del dos mil siete,
Zoila Blanca De La Trinidad Gómez Rodríguez, casada una vez, portó
cédula de identidad número nueve-cero cero tres-cero siete nueve seis, esto por haber
fallecido el veintiocho de diciembre del dos
mil veinte, se cita a los herederos, legatarios, acreedores, interesados, para que, dentro del
plazo de ley comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de
que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cinco-dos mil veintiuno. Notaria
Olga Martha Cascante Sandoval, Telefax 2680-16-94.—Santa Cruz, 03 de marzo del 2022.—Licda. Olga Martha Cascante Sandoval, Notaria.—1
vez.—( IN2022629055 ).
Se emplaza a todos los interesados
en la sucesión de quien
en vida fue
Idolo Agustín Mastroeni Labaño, cédula N° 6-0055-0811, para que dentro
del término
de quince días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso
a hacer valer sus derechos,
apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda.
Notaría Bufete Rodríguez. Expediente N°
12-2021.—Lic. Rafael
Mauricio Rodríguez
González,
Notario.—1 vez.—(
IN2022629099 ).
A Yesi Ramón Mejías Lanza, Esmeralda Arguedas Montero y a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de los menores Ryan Heriberto Mejías Arguedas, se les pone en conocimiento la resolución de las diez horas y treinta y cinco minutos del veintiuno de mayo de
dos mil veinte de este despacho que en lo conducente dice: de las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Ryan Heriberto Mejías Arguedas, promovidas
por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a Esmeralda
Arguedas Montero y Yesi Ramón Mejías Lanza, a quienes se les previene que en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Esmeralda Arguedas
Montero y Yesi Ramón Mejías Lanza, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona Fuerza Pública de Naranjo y la Oficina
de Comunicaciones Judiciales de San Carlos. En caso que el
lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de
la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Quedan las comisiones a disposición de la parte interesada en el
Sistema de Gestión en Línea para su diligenciamiento.
El párrafo final del artículo
19 de la Ley de Notificaciones, N° 8687 indica que a
la notificación se le acompañarán
copias de los escritos y documentos salvo disposición legal en contrario. El artículo 27.2 del
Código Procesal Civil establece
que cuando los documentos o escritos fueran incorporados a la carpeta escaneados o por otros medios,
no se requerirá la presentación
de copias salvo que se trate
de documentación que no pueda
ser escaneada. Con motivo
de lo anterior, deberá la parte
demandada, acceder al “Sistema de Gestión
en Línea”
(https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr) para obtener
las copias de todas las piezas del expediente, no siendo necesario adjuntarle a la notificación las copias del mismo. Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera, Juez(a), expediente N°
20-000335-0687-FA. Clase de asunto
depósito judicial. Publíquese
tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia
(Materia de Familia).—Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar
Herrera, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022628013 ). 3
v. 3.
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Zardy
Hernández Reyes, en su carácter personal, quien es
mayor, casada, cédula 0204490176, de más calidades y paradero desconocido, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio, establecida por Rodolfo Sandi Lemaitre contra Zardy
Hernández Reyes, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia N°
2022000317, de las diecisiete horas veinte minutos del del veintidós de febrero de dos mil veintidós, que
en lo conducente dice: por tanto: se declara con lugar la demanda de divorcio establecida por el señor
Rodolfo Sandi Lemaitre en contra de la señora Zardy Hernández Reyes. En consecuencia, se declara: 1) La disolución del vínculo matrimonial que une a los cónyuges, con base en la causal de separación de hecho por un término
no menor de tres años. Se declara caduca la causal de Sevicia por no acreditarse su permanencia en el tiempo.
2) Bienes gananciales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo
41 del Código de Familia, se declara que la unión matrimonial, no existen bienes muebles ni inmuebles que liquidar. 3) Pensión alimentaria
entre cónyuges: De conformidad
con lo dispuesto en el numeral 57 del Código de Familia, una vez divorciados, no existirá obligación alimentaria entre excónyuges,
es decir, NO existirá obligación alimentaria entre el señor Rodolfo Sandi Lemaitre y la señora
Zardy Hernández Reyes, al disolverse
el vínculo matrimonial. 4) hijos e hijas. Los cónyuges no procrearon hijos ni hijas,
por lo que se omite
pronunciamiento en ese sentido.
5) Costas. Al ser planteado este
proceso contra una demandada ausente, la cual es representada mediante curador procesal, se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. 6) Ejecutoria: Firme esta sentencia, de oficio expídase la ejecutoria respectiva, que se inscribirá en el
Registro Civil, Sección de Matrimonios, Partido de Alajuela, al tomo:
235, folio: 359, asiento: 718. 7) Edicto: Conforme lo establece el numeral 263 del
Código Procesal Civil, publíquese
la parte dispositiva de esta sentencia mediante el edicto
correspondiente. Expediente
19-001675-0292-FA. Proceso abreviado
de divorcio, establecido por Rodolfo Sandi Lemaitre contra Zardy
Hernández Reyes.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022628654 ).
De conformidad
con el artículo 21.4 del
Código de Procesal Civil Reformado
en aplicación supletoria con el ordinal 428 del
Código de Trabajo Reformado,
se emplaza a los socios, asociados o quienes corresponda designar representante, el cual deberán
presentar mediante prueba idónea su
condición de Consorcio Centroamericano de Mercadeo Cooperativo R.L, cédula jurídica número 3-004-165218, se apersonen
dentro del plazo de cinco días ante el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección
Primera a fin de acreditar el
nombramiento del representante
de la cooperativa que se pretende
disolver. Se hace la advertencia de que en caso de no acreditar tal nombramiento en el plazo
señalado, se procederá a nombrar curador. Lo anterior por ordenarse así
en el proceso
de disolución y/o liquidación
Cooperativas de INFOCOOP contra Consorcio
Centroamericano de Mercadeo
Cooperativo R.L, expediente
N° 18-003697-1178-LA. Nota: publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr partir del día siguiente de la publicación.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 21 de octubre del año 2021.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022628715
).
Master Luz Amelia Ramírez Garita. Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a Tifany Lyari García Salazar, en su carácter
personal, quien es mayor, portadora
del pasaporte C01440210, de domicilio
desconocido se le hace
saber que en demanda divorcio, expediente 21-001182-
0292-FA, establecida por
David Francisco Guzmán Hernández contra Tifany Lyari
García Salazar, se ordena notificarle
por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a
las doce horas treinta y
cuatro minutos del quince de febrero
de dos mil veintidós. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante
David Francisco Guzmán Hernández, se confiere traslado a la accionada Tifany Lyari García Salazar, representada
por la Curadora Procesal Marcela del Carmen Chaves Hernández, a quien se le confiere el plazo perentorio
de diez días, para que se oponga
a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta
N°20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión
N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo,
por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
Notifíquese esta resolución a la demandada por medio de edicto a publicar en el Boletín
Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022628744 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Arnoldo Umaña Jiménez, mayor, soltero, pensionado, cédula de identidad número 0900730861, vecino de Paso Canoas, de la escuela
de La Palma, un kilómetro carretera
a Colorado, casa mixta, hijo
de Cándida Umaña Jiménez, nacido en La Cuesta, Corredores, Puntarenas, el
26/06/1956, con sesenta y cinco
años de edad, y Elizabeth
Salas Rodríguez, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0203260063, vecina de la misma dirección del anterior, hija de
Blanca Em Rodríguez Rodríguez y Ulises Salas Chavarría,
nacida en San Juan Poas Alajuela, el 10/10/1953, actualmente con sesenta y ocho años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente.
Nº22-000147-1304-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia
Familia), Corredores, Ciudad Neily, Fecha, 02 de marzo del año 2022.—Lic. Juan Carlos
Sánchez García, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022628736 ).
MSc Patricia María Vega Jenkins. Juez(a), Juzgado de Familia de Grecia. Se informa a las
personas que tengan interés
que han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil
la señora Mirna Ester Ledezma
Álvarez, mayor, soltero/a, ama de casa, cédula de identidad N° 0602100306, vecino(a) de
Naranjo, El Rosario el Llano de Naranjo, 200 metros norte de la escuela del llano,
casa color papaya y amarillo, hijo(a)
de Joaquín Ledezma Novoa y
Marcelina Álvarez Álvarez, nacido(a)
en Manzanillo Central, Puntarenas, el 15/08/1967, con 52 años de edad, y Marvin Gerardo Villegas Vargas, mayor, soltero/a, guarda, cédula de identidad N° 0204230753, hijo de
Domingo Villegas Morera y María Enid Vargas Arias, vecino(a) de Naranjo, El Rosario el
Llano de Naranjo, 200 metros norte de la escuela del llano, casa color papaya y amarillo,
nacido en Centro Naranjo,
Alajuela, el 16/01/1967, actualmente
con 52 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente:
Nº 21-000082-0687-F.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
de Grecia (Materia Familia), Grecia, fecha,
02 de febrero del 2021.—MSc.
Patricia María
Vega Jenkins, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022628762 ).
El suscrito Licda. Hellen Azofeifa Calderón,
Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Adjunta
contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, se le comunica a José Ernesto Araya Mora, cédula de identidad 111730592, en calidad de Propietario Registral
del vehículo Marca Nissan, estilo
Sentra, color Gris, placas de circulación
187942, a fin de presentarse ante la Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, ubicada en San José, Barrio
González Lahman, Edificio Tribunales de Justicia, segundo piso, a fin de hacerle la devolución de dicho automotor, mismo que fue decomisado bajo la causa
12-000011-0614-PE, contra Alexander Gonzalez Meléndez, por
el delito de Robo Agravado, en perjuicio
de Allan Cortés
Contreras, a su vez, que aporte la documentación idónea que lo acredite, en caso contrario
vencido el plazo previsto en la Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso.
Por lo anterior se procede a comunicarle
por medio de edicto que se publicará tres veces en el
Boletín Judicial.—Fiscalía
Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos.—Licda. Hellen Azofeifa Calderón, Fiscal Auxiliar.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022628017 ). 3 v. 3.