BOLETÍN JUDICIAL 70 DEL 19 DE ABRIL DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:    Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES

DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 21-005041-0007-CO promovida por Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Luis Daniel Chacón Solórzano, Shirley María Durán Alpízar contra la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, en cuanto a la competencia para conocer la fase de ejecución de sentencia de los procesos contenciosos administrativo y civil de hacienda iniciados de previo a la Ley N° 8508, por infracción de los artículos 49, 35, 121, incisos 1) y 20),129, 152, 153, 155 y 166 de la Constitución Política, el ordinal 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el numeral 8.1 de la Convención Americana de Derechos, así como los principios de razonabilidad y proporcionalidad, se ha dictado el voto número 2022-007481 de las trece horas uno minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción

San José, 31 de marzo del 2022.

                                               Mariane Castro Villalobos,

                                                         Secretaria a. í.

O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022636023 ).

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 20-004780-0007-CO promovida por Graciela Virginia Molina, Javer Escalante Madrigal contra el artículo 45, inciso b), de la Ley de Regulación de los Servicios de Seguridad Privados, N° 8395 del 01 de diciembre de 2003, y el artículo 108, inciso 2, del Reglamento a la Ley de Servicios de Seguridad Privados, N° 38008 del 30 de septiembre de 2013, por estimarlos contrarios a los artículos 19, 25, 28, 33, 41, 46, 50, 56 y 68 de la Constitución Política; numerales 2, 16 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los artículos 1, 2 y 3, inciso c), del Convenio N° 111 de la Organización Internacional de Trabajo, se ha dictado el voto número 2022-007480 de las trece horas cero minutos del treinta de marzo de dos mil veintidós, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción. El magistrado Rueda Leal consigna nota. La magistrada Garro Vargas consigna nota.»

San José, 31 de marzo del 2022.

                                               Mariane Castro Villalobos,

                                                          Secretaria a.í.

O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022636024 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000584-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Carmen María Alfaro Chaves (cédula de identidad N° 1-956-550), este Juzgado mediante resolución N° 2022000018 de las ocho horas veintidós minutos del diecisiete de enero del dos mil veintidós, dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de cuatro meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 22 de marzo del 2022.

                                          Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                             Jueza

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636520 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 07-000966-0627-NO, de Víctor Hugo Arce Castro contra Juan Bernardo Velásquez Rojas, cédula de identidad N° 1-0822-0492, se dictó la resolución de las diez horas treinta y tres minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós, dispuso levantar a partir del primero de abril del dos mil veintidós, la sanción disciplinaria impuesta al notario Juan Bernardo Velásquez Rojas, mediante resolución número 0248-2011 dictada a las catorce horas y treinta minutos del día nueve de agosto del dos mil once (folios 96/97), que salió publicada en el Boletín Judicial número 92 del catorce de mayo del dos mil quince.

San José, 04 de abril del 2022.

                                           Dra. Melania Suñol Ocampo

                                                              Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636855 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el Proceso Disciplinario Notarial N°12-000039-0627-NO, de Heidy Ramos Madrigal contra Juan Bernardo Velázquez Rojas (cédula de identidad 1-0822-0492), este Juzgado mediante resolución de las once horas uno minutos del cuatro de abril de dos mil veintidós, dispuso que, siendo que el gestionante logra demostrar que el vehículo placa 671884, se encuentra en estado de desinscripción por orden judicial, lo que hace imposible cumplir con la inscripción del testimonio de escritura objeto de este asunto; por lo anterior, se ordena levantar a partir del día treinta y uno de marzo del dos mil veintidós, la sanción disciplinaria impuesta al notario Juan Bernardo Velázquez Rojas mediante resolución número 299-2016 de las once horas y diez minutos del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, que salió publicada en el Boletín Judicial número 94 de fecha 29 de mayo del 2018. Juzgado notarial.

San José, 04 de abril 2022

                                            Dra. Melania Suñol Ocampo

                                                             Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636876 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

De conformidad con el artículo 19.4 del Código Procesal Civil Reformado aplicado supletoriamente con el ordinal 428 del Código de Trabajo Reformado, se convoca a los socios, asociados o quienes corresponda designar representante, el cual deberán presentar mediante prueba idónea su condición de Hispanic Coalition Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-379392, para que dentro del plazo de cinco días se apersonen ante el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, a fin de acreditar el nombramiento del representante de la empresa acéfala. Se hace la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, se procederá a nombrar curador. Lo anterior por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales de Danelia Rufina García Espinoza contra Hispanic Coalition Sociedad Anónima, expediente N°21-002046-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 07 de diciembre del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636854 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ricardo Antonio Flores Sequeira, 0900820388, fallecido el 10 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000716-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000716-1288-LA. Por Ana Sequeira Bermúdez a favor de Ricardo Antonio Flores Sequeira.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del 2022.—Licda. Karla Valenciano Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636976 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Faustino Alvarado Solórzano, cédula N° 0202871039, fallecido el 28 de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000332-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000332-0639-LA. Promovido por Plácida Muñoz Porras.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de marzo del 2022.—Lic. Ronny Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636993 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gabriel Hugo de la Trinidad León Bermúdez, quien fue mayor, casado, portador de la cédula de identidad número 1-0597-0552, vecino de Alajuela, y falleció el 21 de enero del año 2010, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000341-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000341-0639-LA. Por Gabriel Hugo de la Trinidad León Bermúdez a favor de Gabriel Hugo de la Trinidad León Bermúdez.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 07 de marzo del 2022.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636994 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rigoberto Obando Garbanzo, quien en vida portó el número de cédula 3-0155-0649, quien fue mayor de edad, casado, pensionado y falleció el 26 de febrero del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el número 22-000376-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000376-0641-LA, promovido por María Victoria Barquero Rivera, cédula de identidad N° 3-0233-0594.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 11 de marzo del 2022.—Gustavo Enrique Solís Vega, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637305 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido Rodrigo Claudio Solera Mata, cédula de identidad N° 3-0250-0895, quien fue mayor de edad, casado, profesor, laboró para el Ministerio de Educación Pública, y falleció el 15 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el número 21-001586-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001586-0641-LA. Por Banco Popular y de Desarrollo Comunal a favor de Rodrigo Claudio Solera Mata.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 10 de marzo del 2022.—Lic. Gustavo Enrique Solís Vega, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637306 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido Evelio Padilla Abarca, cédula de identidad N° 1-0297-0271, quien fue mayor de edad, casado, pensionado y falleció el 11 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el número 22-000370-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000370-0641-LA, promovido por Yorleny de los Ángeles Padilla Segura, cédula de identidad N° 1-1283-0896.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 11 de marzo del 2022.—Gustavo Enrique Solís Vega, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637307 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona trabajadora fallecida Rafael Antonio González Balladares, cédula de identidad N° 3-0245-0675, quien fue mayor de edad, casado, trabajó para RECOPE y falleció el 06 de enero del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el número 22-000301-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000301-0641-LA, promovido por Jonathan Antonio González Aguilar, cédula de identidad N° 3-0391-0702.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 09 de marzo del 2022.—Gustavo Enrique Solís Vega, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637308 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona fallecida Viviana Beatriz Barraza Palominos, cédula de identidad N° 8-0062-0343, quien fue mayor de edad, soltera y falleció el 20 de enero del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignación de Prestaciones Laborales de Persona Fallecida, bajo el número 22-000323-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000323-0641-LA, promovido por Patricio Marco Barraza Palominos, cédula de identidad N° 01-0704-0884.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 02 de marzo del 2022.—Gustavo Enrique Solís Vega, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637309 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Francisco Quesada Molina, cédula de identidad N° 3-074-181, fallecido el 07 de noviembre de 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-000012-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000012-0641-LA. Promovido por Leda Quesada Morales, cédula de identidad N° 3-219-044 por el fallecimiento de Carlos Francisco Quesada Molina, cédula de identidad N° 3-074-181. Publíquese.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 25 de marzo de 2022.—Licda. Charling Vargas Valenciano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637310 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Hugo Portilla Madrigal cédula de identidad número 0104860718, fallecido el 21 de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 21-001786-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001786-0166-LA. Por Municipalidad De Montes De Oca a favor de Víctor Hugo Portilla Madrigal.—Juzgado de Trabajo de Cartago 30 de marzo del año 2022.—Licda. Rebeca Alexandra Ruiz Chamorro, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637311 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Adrián Esteban Bonilla Monge, con cédula de identidad N° 3-03770144, quien fue mayor, casado, agente de ventas, laboró para CS Comercial Solís Distribuidora, domicilio Cartago, Corralillo, Santa Elena, fallecido el 14 de julio del 2021, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el N° 22-000481-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000481-0641-LA, promovido por Evelyn Martina Castro Fallas, con cédula de identidad N° 1-0988-0693, a favor de Adrián Esteban Bonilla Monge.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 30 de marzo del 2022.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022637312 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Luis Pablo Cubero Rodríguez, quien fue mayor, soltero, domicilio Quepos, el Tajo, cédula de identidad N° 6-0431-0811, se les hace saber que Julissa Rodríguez Bolaños, cédula de identidad N° 1-0978-0390, domicilio Quepos, Paquita de la Gasolinera de Paquita, 300 metros noreste, casa color naranja, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del código de trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Luis Pablo Cubero Rodríguez. Expediente N° 21-000083-1590-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Quepos, (Materia Laboral), 9 de abril del 2021.—Licda. Aleyda de los Ángeles Vargas López, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022637326 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Esteban Josué Mora Castro, 0402070834, fallecido el 14 de enero del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el N° 22-000089-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000089-1001-LA. Por a favor de Esteban Josué Mora Castro.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 29 de marzo del 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637327 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Aura Isabel Ruiz Solís 0602300401, fallecida el 05 de febrero del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales de persona fallecida bajo el Número 22-000024-1085-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000024-1085-LA. Promovido por Walter Hidalgo Céspedes a favor de Aura Isabel Ruiz Solís.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Laboral), 15 de marzo del año 2022.—Licenciado. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637328 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de David Osvaldo Delgado Porras con cédula de identidad N° 5-0110-0851, quien era mayor de edad, casado, vecino de Bagaces con 73 años al momento del fallecimiento, casado con la promovente, vecino Bagaces, primaria incompleta. Falleció en Bagaces, en el Centro Médico de la Localidad el 22 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-000050-1560-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000050-1560-LA.—Juzgado Contravencional de Bagaces (Materia Laboral), 11 de marzo del año 2022.—Licda. Eliana María Hernández Vanegas, Jueza.—( IN2022637333 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mauricio David Agüero Cerdas 0603940045, fallecido el 06 de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000029-1418-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000029-1418-LA. Por Maureen Estefani Anchía Angulo a favor de Mauricio David Agüero Cerdas.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia Laboral), 29 de marzo del 2022.—Licda. Maureen María Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022637334 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Guillermo Vargas Leitón, quien fue mayor, casado, portador de la cédula de identidad número 1-0400-1288, fallecido el 07-09-2021, para que, dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en el proceso de consignación de prestaciones laborales tramitado bajo ésta autoridad con el número de expediente 22-000045-0173-LA, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 30 de marzo del 2022.—Lic. Claudio Cesar Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637336 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yorjani Espinoza Obando, quien fue mayor, soltero, portador de la cédula de identidad número 5-0296-0811, fallecido el 23-01-2007, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en el proceso de consignación de prestaciones laborales tramitado bajo ésta autoridad con el número de expediente 22-000038-1533-LA, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 31 de marzo del 2022.—Lic. Claudio Cesar Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637337 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Fabio Rojas Solano, quien fue mayor, casado, portador de la cédula de identidad número 1-0223-0164, fallecido el 31-07-2006, para que, dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en el proceso de consignación de prestaciones laborales tramitado bajo ésta autoridad con el número de expediente 22-000023-1533-LA, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 14 de marzo del 2022.—Lic. Claudio Cesar Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637338 ).

Lic. Francisco Daniel González Sibaja, Juez del Juzgado contravencional de La Cruz; hace saber: se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Maritza Adina Vargas Alvarado, cédula identidad N° 0502650785, mayor edad, soltera, fallecida el 17 de febrero del 2022, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el N° 22-000012-1564-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000012-1564-LA.—Juzgado Contravencional de la Cruz, (Materia Laboral), 31 de marzo del 2022.—Lic. Francisco Daniel González Sibaja, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022637468 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós. Con una base de ocho millones cuatrocientos diecinueve mil ciento quince colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2014-331888-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos diecisiete mil ciento treinta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir situada en el distrito 2-Palmar cantón 5-Osa de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, carretera Interamericana Sur, sur; Agro López y Núñez Osa S. A., este, Agro López y Núñez Osa S. A.; oeste, Agro López y Núñez Osa S. A. Mide: seiscientos sesenta metros cuadrados plano: P-1934022-2016. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós con la base de seis millones trescientos catorce mil trescientos treinta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del tres de junio de dos mil veintidós con la base de dos millones ciento cuatro mil setecientos setenta y ocho colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Francisco Antonio López Castro, Luis Francisco López Núñez. Expediente N° 20-001274-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: quince horas con cinco minutos del seis de diciembre del dos mil veintiuno.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2022637166 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones setecientos treinta y nueve mil setecientos siete colones con ochenta y nueve céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito citas: 0800-00864295-001; sáquese a remate el vehículo placa CL321498, marca: Mitsubishi, categoría: carga liviana, estilo: Canter Fuso, capacidad: 3 personas, carrocería: arenero, tracción: 4X2, año: 2020, color: blanco; serie, chasis y VIN: JLBFE73CELKU50016, combustible: diesel, motor: 4D33R38065. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la base de trece millones trescientos cuatro mil setecientos ochenta colones con noventa y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós con la base de cuatro millones cuatrocientos treinta y cuatro mil novecientos veintiséis colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elicinio del Socorro Zúñiga Elizondo. Expediente N° 22-000791-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: diez horas con veintitrés minutos del cinco de abril del dos mil veintidós.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2022637329 ).

En este despacho, con una base de veinticuatro millones setecientos noventa y cinco mil trescientos cuarenta y tres colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número treinta y seis mil setecientos veintidós-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Espíritu Santo, cantón 2-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ricardo Salas Mesen; al sur, calle pública; al este, lote 7 y al oeste, lote 9. Mide: Mil ochocientos setenta y cinco metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintidós con la base de dieciocho millones quinientos noventa y seis mil quinientos siete colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del trece de mayo de dos mil veintidós con la base de seis millones ciento noventa y ocho mil ochocientos treinta y cinco colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de amable Alejandrina Álvarez Chaverri contra Luis Gerardo Martín Álvarez Ramírez. Expediente N° 17-001546-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 03 de enero del año 2022.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2022637362 ).

En este Despacho, con una base de setenta y seis mil ochocientos sesenta y cuatro dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas: 509-11073-01-0002-001, servidumbre de acueducto y de paso de AYA citas: 526-10228-01-0061-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número treinta y cinco mil novecientos veinte-F, derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial ochenta y ocho terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional y que podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 02-Granadilla, cantón: 18- Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial ochenta y nueve; al sur, finca filial ochenta y siete; al este, área común de acceso vehicular número nueve con un frente a el de ocho metros cuatro centímetros y al oeste, finca filial noventa y siete y finca filial noventa y ocho. Mide: doscientos ocho metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del siete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós con la base de cincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y ocho dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós con la base de diecinueve mil doscientos dieciséis dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marcela Soto Suárez, Expediente número 22-000334-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 29 de marzo del año 2022.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2022637393 ).

En este Despacho, con una base de seis mil quinientos setenta y cuatro dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: SLN007, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, número chasis: KMHJT81EAFU117229, año fabricación: 2015. Para tal efecto, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil novecientos treinta dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del primero de junio del dos mil veintidós, con la base de mil seiscientos cuarenta y tres dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Andrés Arturo Esquivel Isern. Expediente N° 21-005866-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con seis minutos del doce de julio del dos mil veintiuno.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022637545 ).

En este Despacho, con una base de seis millones ochocientos quince mil setecientos ochenta y nueve colones con cuarenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BPC100, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2011, color: negro, Vin: KMHCU41EBBU008238, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina, Motor número: G4FDAU115664. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós con la base de cinco millones ciento once mil ochocientos cuarenta y dos colones con diez céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de junio de dos mil veintidós, con la base de un millón setecientos tres mil novecientos cuarenta y siete colones con treinta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de POLASI JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima contra Randal Rodríguez Porras.—Expediente N° 20-011268-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y ocho minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2022637569 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones pero soportando Aviso Catastral; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número doscientos catorce mil seiscientos veintitrés derecho cero cero cero, la cual es terreno Lote 4. Terreno para construir. Situada en el distrito 1-Tilaran, cantón 8-Tilaran, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte: Gerardo Solórzano Murillo; sur: calle pública; este: Fernando Ulloa Medrano; y oeste: Lotes segregados. Mide: ciento noventa y tres metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano: G-0691563-1987. Identificador Predial: 508010214623. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintidós con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fray Justo Ramón Valerio Pérez contra José Efrén Ulloa Medrano. Expediente N° 20-003580-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: diez horas con nueve minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2022637570 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones ochocientos ochenta y un mil colones exactos, soportando: servidumbre trasladada citas: 361-00850-01-0800-001; servidumbre trasladada citas: 361-00850-01-0801-001; servidumbre trasladada citas: 361-00850-01-0910-001; servidumbre trasladada citas: 361-00850-01-0911-001; servidumbre trasladada citas: 361-00850-01-0912-001; servidumbre trasladada citas: 361-00850-01-0913-001; servidumbre trasladada citas: 361-00850-01-0914-001; servidumbre trasladada citas: 361-00850-01-0915-001; hipoteca citas: 2017-629418-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 83860-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número treinta y nueve apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Palesa del Río Sociedad Anónima; al sur, calle de acceso al condominio con un frente de diez metros; al este, finca filial número treinta y ocho; y al oeste, finca filial número cuarenta. Mide: cuatrocientos cuarenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del siete de diciembre del dos mil veintidós con la base de treinta y cuatro millones cuatrocientos diez mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del once de enero de dos mil veintitrés con la base de (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial Arbora con Fincas Filiales Primarias Individualizadas contra José Gabriel Ballestero On. Expediente N° 21-008679-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: trece horas con veinticuatro minutos del quince de marzo del dos mil veintidós.—M.Sc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022637571 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y siete millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 207726-000, la cual es terreno naturaleza: lote a terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 2-San Pedro, cantón 4-Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, predio 4040201811300; al sur, predio 40402020193800; al este, predio 40402020858800 y al oeste, calle pública. Mide: trescientos cincuenta y siete metros cuadrados plano: H- 1240079-2007. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintidós con la base de cuarenta y dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de octubre de dos mil veintidós con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Hazel Enid Sánchez Alfaro, Juan Pablo García Quirós. Expediente 21-008681-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, Hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y cinco minutos del diez de marzo del dos mil veintidós.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022637573 ).

En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos tres mil ochocientos noventa y nueve colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número once mil ciento veintiséis, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Puntarenas, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Avenida Primera con 11 m; al sur, Emilia Montenegro Saborío; al este, Piedad Núñez; y al oeste, calle segunda con 15 m. Mide: ciento veinticuatro metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del seis de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintidós, con la base de diez millones trescientos cincuenta y dos mil novecientos veinticuatro colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil novecientos setenta y cuatro colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ronny Alberto Hernández Hernández. Expediente N° 21-003869-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciocho minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022637577 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos sesenta mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 378-03437-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 576-04355-01-0005-001, servidumbre de ancla citas: 576-31325-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2011- 47800-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2011-170163-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2011-181486-01-0010-001, servidumbre de paso citas: 2011-299336-01-0002-001; servidumbre de paso citas: 2012- 226658-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2012-226658-01-0008-001, servidumbre de paso citas: 2012-226658-01-0010-001, servidumbre de paso citas: 2013-92885-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2013- 105969-01-0007-001, servidumbre de paso citas: 2013-201700-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2013-233132-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2014-12449-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2014- 77835-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2014-77835-01-0007-001, servidumbre de paso citas: 2014-113083-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2014-161740-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2014- 222155-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2015-12103-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2015-12103-01-0015-001, servidumbre de paso citas: 2016-440068-01-0002-001,; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 542.287-000, la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito: 04-Aguas Zarcas, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte servidumbre de paso; al sur Ronald Tadeo del Carmen Peralta Álvarez; al este Ericka Rodríguez Barrantes y al oeste Max Eduardo Vargas Rojas.- Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: A-1893420-2016. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del tres de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintidós con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintidós, con la base de un millón cuatrocientos quince mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo Contra Llenssee Melissa Calvo Moya Expediente 20-000363-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y siete minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022637632 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y nueve millones setecientos cinco mil treinta y cuatro colones con veintitrés céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 360-16511-01-0905-001 y reservas y restricciones citas: 360-16511-01-0915-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 221990-000, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Adela Salas y María Angela Alfaro; al sur, calle pública; al este, Vega Araya S. A.; y al oeste, Joaquín Jiménez. Mide: doscientos tres metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0686906-1987. Identificador predial: 203010221990. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del nueve de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintidós con la base de treinta y siete millones doscientos setenta y ocho mil setecientos setenta y cinco colones con sesenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintidós con la base de doce millones cuatrocientos veintiséis mil doscientos cincuenta y ocho colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Modesto Murillo Espinoza. Expediente N° 22-000215-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: trece horas con dieciocho minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós.—Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—( IN2022637633 ).

En este despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 2018- 183844-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número doscientos veintiséis mil setecientos sesenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 1- Bagaces, cantón 4-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jorge Rodríguez Vega y Javier Rodríguez Esquivel; al sur, calle pública con 14 metros con 30 decímetros de ancho y un frente a calle pública de 30 metros; al este, Humbert Arrieta Murillo y al oeste, Ligia Sandoval Picado y Annikey Nelson Spencer. Mide: Cuatro mil setecientos setenta y tres metros cuadrados. Plano: G-2109034-2019. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del uno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Annikey Nelson Spencer contra sucesión de Luis Jesús Rodríguez Esquivel. Expediente N° 19-006721-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta y cinco minutos del quince de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022637639 ).

Primer remate: A las trece treinta horas del trece de mayo del dos mil veintidós, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios, reservas y restricciones citas: 386-06481-01-0916-001, y con la base de veintidós millones setecientos setenta mil novecientos treinta y dos colones con sesenta céntimos, por la mejor postura se rematará la finca inscrita en el Registro Público Inmobiliario, partido de Guanacaste número 72594-000. Es terreno de charral. Ubicado en: Cañas [distrito primero], Cañas [cantón sexto] de la provincia de Guanacaste. Sus linderos son: norte, Rafael Murillo y otro; sur, Álvaro Solano Murillo; este, Miguel Ángel Murillo, y oeste, calle pública con 175 metros de frente. Mide: treinta y cuatro mil novecientos cuarenta metros con veintiséis decímetros cuadrados. Plano: G-0956555-1991. Pertenece a Andesa S.A. Otros: reservas y restricciones citas: 386-06481-01-0916-001. Segundo remate: De no existir postura, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece treinta horas del veintitrés de mayo del dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones setenta y ocho mil ciento noventa y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: De no existir postura en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las trece treinta horas del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós, con la base de cinco millones seiscientos noventa y dos mil setecientos treinta y tres colones con quince céntimos (un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario N° 19-002298-1205-CJ, de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Andrés Piedades María Elizondo Salas y otros.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 30 de marzo del 2022.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Juez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637694 ).

En este despacho, con una base de setenta y un millones novecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 336615, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 01-San Ramón, cantón: 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Elvaque de San Ramón S. A.; al sur, Elvaque de San Ramón S A; al este, calle pública con un frente de siete metros y al oeste, Elvaque de San Ramón S. A. Mide: ciento cuarenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con la base de cincuenta y tres millones novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones novecientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Roy Horacio Méndez Castro. Expediente N° 21-002769-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 01 de marzo del año 2022.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza.—( IN2022637712 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil noventa y seis dólares con doce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BSR243, Marca: Chery, estilo: Tiggo 2, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2020, color: blanco, Vin: LVVDB11B4LE003403, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintidós, con la base de catorce mil trescientos veintidós dólares con nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil setecientos setenta y cuatro dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ana Grace Rivera Araya. Expediente N° 21-003290-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de marzo del 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022637713 ).

En este despacho, con una base de veintidós millones seiscientos cuatro mil novecientos tres colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 193235-000, la cual es terreno para construir con una casa situada en el distrito: 01-Tilarán cantón 08-Tilarán de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, calle pública; sur, Rafel Ángel Soto Elizondo; este, Rafael Ángel Soto Elizondo; oeste, Rafael Ángel Soto Elizondo. Mide: doscientos un metros cuadrados. Plano: G-1548660-2012 identificador predial: 508010193235_. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del tres de junio de dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones novecientos cincuenta y tres mil seiscientos setenta y siete colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de junio de dos mil veintidós, con la base de cinco millones seiscientos cincuenta y un mil doscientos veinticinco colones con ochenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz contra Carlos Alberto Mondragón Barrantes, Mary Cristi Durán Pimentel. Expediente N° 21-002640-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y cuatro minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2022637720 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos (¢2.000.000), soportando gravamen mediante citas: 300-18351-01-0077-001 y 800-546162- 01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido Guanacaste, matrícula número: 213617- 000, la cual es terreno: De potrero. Situada en el distrito San Antonio, cantón: Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cira del Carmen, Clímaco, Elvia, Javier, Noilyn todos Granados Carrillo y Ericka Mora Granados; al sur, Camino Público; al este, Telmo, Zulema Ligia, Miriam todos Granados Carrillo y al oeste, Isaías, Euclides, Arnoldo, todos Matarrita Reyes, Berta Matarrita Guevara, Dominga Matarrita Reyes y Digna Matarrita Reyes. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de mayo del año dos mil veintidós (13:30 hrs 06/05/2022). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del año dos mil veintidós (13:30 hrs 16/05/2022), con la base de un millón quinientos mil colones exactos (¢1.500.000) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil veintidós (13:30 hrs 24/05/2022), con la base de quinientos mil colones exactos (¢500.000) (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Banco de Costa Rica contra Valerio Luis Alberto Vargas Yong. Expediente 02-100004-0390-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y dos minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Diana Jeannette Peraza Retana, Jueza.—( IN2022637725 ).

En este despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 259-00778-01-0901-001, medianería citas: 338- 12879-01-0004-001, medianería citas: 394-05594-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 119903 derecho 000, la cual es terreno bloque a terreno con una casa lote N° 7. Situada en el distrito 15-El Roble, cantón 1- Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, resto destinado a calle publica; al sur, resto destinado a parque; al este lote 6 A y al oeste, lote 8 A. Mide: Ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintidós con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta minutos del ocho de junio de dos mil veintidós con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marvin Antonio del Carmen Zúñiga Valladares, Milena De Los Ángeles Zúñiga Jiménez. Expediente N° 21-008515-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: seis horas con cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022637768 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos veinticinco mil setecientos ochenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo AB 007766, marca: Hyundai, estilo: Grace, categoría: microbús, serie: KMJRD37FP3K567933, carrocería: microbús, número chasis: KMJRD37FP3K567933, año fabricación: 2003, color: plateado, Vin: KMJRD37FP3K567933, N° motor: D4BFY268338. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del nueve de junio del dos mil veintidós con la base de cuatro millones ciento cuarenta y cuatro mil trescientos treinta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil veintidós con la base de un millón trescientos ochenta y un mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporaciones de Inversiones S. A. REPP/contra Jorge Rolando Mora Castillo. Expediente N° 21-002323-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y tres minutos del veintinueve de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022637777 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones doscientos treinta y dos mil ciento treinta y ocho colones con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones (citas: 397-18205-01-0982-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 269325, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: para construir bloque E lote 24. Situada en el distrito: San Rafael, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública avenida 5 con 7,50 metros; al sur, lote 5 y 6 E; al este, lote 25 E; y al oeste, lote 23 E. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintitrés con la base de quince millones novecientos veinticuatro mil ciento cuatro colones con un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del uno de febrero del dos mil veintitrés con la base de cinco millones trescientos ocho mil treinta y cuatro colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra Felipe Fidel Gerardo Campos García. Expediente N° 20-002010-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con siete minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintidós.—Laura Marcela Alfaro Vargas, Jueza.—( IN2022637780 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones setecientos treinta y dos mil trescientos treinta y nueve colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 456953-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-San Ignacio, cantón 12-Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Álvaro y Francisco ambos Alfaro Morales; al sur, Milagro Alfaro Morales; al este, Consuelo Fallas Morales, y al oeste, calle de servidumbre con frente a ella de 11 metros. Mide: doscientos cuarenta y tres metros con siete decímetros cuadrados. Plano: SJ-0399024-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós, con la base de veintisiete millones quinientos cuarenta y nueve mil doscientos cincuenta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de julio del dos mil veintidós, con la base de nueve millones ciento ochenta y tres mil ochenta y cuatro colones con noventa y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra Ólger Dimas Alfaro Morales. Expediente N° 21-004587-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de marzo del 2022.—Nidia Durán Oviedo, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022637782 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 207-05076-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número noventa y nueve mil ciento cuarenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno con una casa situada en el Distrito 3-San Juan Cantón 7-Abangares de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada Linderos: Norte: Azucena Lamas Jaén sur: calle pública con un frente de 20,00 lineales este: Azucena Lamas Jaén oeste: Azucena Lamas Jaén. Mide: ochocientos metros cuadrados Plano: G-0001813-1991 identificador predial:507030099148, para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del trece de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós con la base de dieciséis millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintidós con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Orlando Mejías Fernández, Yorleni Del Socorro Alpízar Marín. Expediente: 21- 004183-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: nueve horas con seis minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintidós.—Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2022637783 ).

En este Despacho, con una base de un millón doscientos cuarenta y nueve mil trescientos veintinueve colones con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 92884, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote 109-E. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte noreste, INVU; al sur noroeste, lote 108-E; al este sureste, lote 110-E; y al oeste suroeste, resto destinado a calle. Mide: ciento veinticinco metros con quince decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas veinte minutos del trece de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas veinte minutos del veintiuno de junio del dos mil veintidós con la base de novecientos treinta y seis mil novecientos noventa y siete colones con veintiséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós con la base de trescientos doce mil trescientos treinta y dos colones con cuarenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L contra Jairo Enrique Flores Sosa. Expediente N° 21-006238-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y ocho minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022637785 ).

En este despacho, con una base de ciento diecinueve mil ciento cuarenta y cinco dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 300-17148-01-0901-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 421-03927-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 64049-F, derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial siete apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de un piso. Situada en el distrito: 01-Liberia, cantón: 01-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial ocho; al sur, finca filial seis; al este, Rexford Duane Belleville y al oeste, calle acceso. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con noventa y un decímetros cuadrados. Valor porcentual: 4.98. Valor medida: 0.0498. Plano: G-1172756-2007. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil veintidós, con la base de ochenta y nueve mil trescientos cincuenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós, con la base de veintinueve mil setecientos ochenta y seis dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Absalon Ortiz Almanzor. Expediente N° 21-004977-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y cuatro minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022637792 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 308-16478-01-0901-001 reservas y restricciones citas: 336-06991-01-0900-001 reservas y restricciones citas: 336-06991-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 121305-000, la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 7-Belén de Nosarita, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al norte, Ganadera J Y J Belén S. A.; al sur, calle pública; al este, Ganadera J Y J Belén S. A.; y al oeste, Ganadera J Y J Belén S. A. Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. Plano: G-0657940-2000. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del cuatro de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del doce de agosto del dos mil veintidós con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Jeamper Bonilla Cubero contra José Modesto Rosales Rosales. Expediente N° 21-003990-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con uno minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Edith Aleida Brenes Quesada, Jueza Tramitadora.—( IN2022637797 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos treinta y tres mil trescientos noventa y siete colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cincuenta y un mil doscientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 13-Garita, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Roberto Rojas González; al sur, calle publica con 13,43 metros de frente; al este, Maricel Rojas Víquez y al oeste, Mario Rojas Víquez. Mide: seiscientos setenta y nueve metros con ochenta y ocho decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas quince minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de cuatro millones trescientos setenta y cinco mil cuarenta y ocho colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas quince minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos cuarenta y nueve colones con treinta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Eddie Mauricio Hernández Jimenez, Maricel Rojas Víquez. Expediente 21-005867-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con veintitrés minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—1 vez.—( IN2022637805 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones ciento treinta y siete mil cincuenta colones con trece céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 127134-F-000, la cual es naturaleza: finca filial primaria individualizada filial quince apta para construir que podrá tener una altura máxima de tres pisos destinada a uso habitacional. Situada en el distrito (06) Dulce Nombre, cantón (03) La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle interna; al sur, Carlos Fonseca Calderón y servidumbre de paso en medio; al este, finca filial dieciséis; y al oeste, finca filial catorce. Mide: ciento veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintidós, con la base de veinticinco millones seiscientos dos mil setecientos ochenta y siete colones con sesenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de junio del dos mil veintidós, con la base de ocho millones quinientos treinta y cuatro mil doscientos sesenta y dos colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Andrea Melissa Castro Vives. Expediente N° 21-001853-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de marzo del 2022.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022637806 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y nueve mil dólares exactos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 0318-00009431-01-0901-001, servidumbre trasladada bajo las citas: 0325-00008750-01-0901-001, hipoteca de primer grado bajo las citas: 2010-00129149-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 184191-000, la cual es naturaleza: lote 18 terreno para construir. Situada: en el distrito (05) Concepción, cantón (03) La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 19, calle uno con 6.59 metros; al sur, Carretera Regional 221 con 19.26 metros; al este, lote 17 A, y al oeste, lote 19; noreste, calle 1 con 6.59 metros; noroeste, servidumbre pluvial; suroeste, calle 2 con 18.26 metros. Mide: ciento setenta y siete metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del seis de junio del dos mil veintidós, con la base de cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil veintidós, con la base de catorce mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sara Carolina Estrada Bernal contra Nelson Alexander Fernández Solano. Expediente N° 21-003048-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de marzo del 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022637817 ).

En este Despacho, con una base de seis millones doscientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y seis colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo las citas: 2011-102037-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 507945-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito: 01-Quesada cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Javier Armando Blanco Alfaro; sur, Adrián Rojas Vargas y Gladis Vargas Torres; este, María Mayela Saborío Chacón; oeste, servidumbre de paso en medio y Javier Armando Blanco Alfaro. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Plano: A-1645229-2013. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones seiscientos noventa y seis mil ochocientos cincuenta y siete colones con veintinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos sesenta y cinco mil seiscientos diecinueve colones con diez céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Esteban Alonso Bolaños Corrales. Expediente N° 21-000260-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas con trece minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—( IN2022637822 ).

En este Despacho, Con una base de ocho mil novecientos sesenta y ocho dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa Nº BBY115, marca: Suzuki, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:2012, Vin: JS2YA21SXD6300715. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos (03:30 p.m.) del seis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos (03:30 p.m.) del dieciséis de mayo de dos mil veintidós con la base de seis mil setecientos veintiséis dólares con trece centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos (03:30 pm) del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de dos mil doscientos cuarenta y dos dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S.J S.A. contra Carlos Eduardo Valladares González. Expediente N° 18-004809-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de abril del año 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022637854 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones ochocientos noventa mil sesenta y siete colones con un céntimo, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BVC461, Marca: Kia, Estilo: RIO, Categoría: Automóvil, Serie: 3KPA241AAJE089394, Año de Fabricación: 2018, Color: Gris, N° Motor: G4LCHE728804, Cilindrada 1368 c.c., Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas quince minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós, con la base de seis millones seiscientos sesenta y siete mil quinientos cincuenta colones con veintiséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós, con la base de dos millones doscientos veintidós mil quinientos dieciséis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ángel Andrés Rodríguez Cambronero. Expediente N° 19-000263-1765-CJ.—Juzgado de Cobro del Primero Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y nueve minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza Decisora.—( IN2022637859 ).

En este despacho, con una base de seis millones de colones exactos, soportando hipoteca primer grado citas: 2017-544342-01-0002-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 350-14129-01-0008-001, servidumbre de ancla bajo las citas: 555-12816-01-0001-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2010-108116-01-0001-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2010-108116-01-0001-001, servidumbre bajo las citas: 2017-368215-01- 0021-001, servidumbre bajo las citas: 2017-368215-01-0028-001, servidumbre bajo las citas: 2017-368215-01-0029-001, servidumbre bajo las citas: 2017-368215-01-0036-001, servidumbre bajo las citas: 2017-368215-01-0037-001, servidumbre bajo las citas: 2017-368215-01- 0045-001, servidumbre bajo las citas: 2017-368215-01-0045-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2017-368215-01-0052-001, servidumbre de acueducto y de paso de a y a bajo las citas: 2018-219913-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 553.206-000, la cual es terreno lote 14: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 7-La Fortuna, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública; al sur, lote 13 bloquera fuente del Paraíso S. A.; al este, resto reservado bloquera fuente del Paraíso S. A. y al oeste, servidumbre de paso. Mide: Trescientos veintiocho metros cuadrados, plano: A-1972117-2017. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de febrero de dos mil veintitrés con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Arturo Porras Herrera contra Bolívar Gerardo Villalobos Salas. Expediente N° 21-007280-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con trece minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós.—Bridley Rodríguez Aguilar, Juez/a decisor/a.—( IN2022637867 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos cinco mil cuatrocientos ochenta y seis colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 373-12259-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos treinta y seis mil trescientos cincuenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 2-La Virgen, cantón 10-Sarapiqui, de la provincia de Heredia.- Colinda: al norte, calle publica con un frente a ella de 10,00 mts; al sur, Olman Castro Alfaro; al este, Olman Castro Alfaro y al oeste, Olman Castro Alfaro. Mide: ciento noventa y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del doce de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del veinte de julio de dos mil veintidós con la base de seis millones trescientos setenta y nueve mil ciento catorce colones con setenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintinueve de julio de dos mil veintidós con la base de dos millones ciento veintiséis mil trescientos setenta y un colones con sesenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R. L. contra Mario Chaves Cortes, Shirley Angelica Ulate Arce. Expediente 22-000142-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta minutos del dos de marzo del dos mil veintidós.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022637868 ).

En este Despacho, con una base de quince millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 509344-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito: 07-La Fortuna, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Arnoldo Cedeño González en medio quebrada Platanillo; al sur: Gilbert Alberto del Socorro Villalobos Calvo; al este: Rolando Solís Moya y Úrsula Blanco Villalobos y al oeste: camino público con un frente de treinta y seis punto sesenta y seis. Mide: novecientos ochenta y cinco metros cuadrados. plano: A- 1725370-2014. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veintidós de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del treinta de junio de dos mil veintidós, con la base de once millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del ocho de julio de dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional contra Gilbert Alberto del Socorro Villalobos Calvo, Villa Mesén GS S. A. Expediente 21-002773-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuarenta y seis minutos del trece de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022637906 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de quince millones quinientos cuarenta y un mil setecientos setenta y un colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servid. acued. Ref.: 024299 B 000 citas: 386-10014-01-0946-004; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número setenta y un mil seiscientos sesenta y ocho derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 29 M. Situada en el distrito: 01-Cañas, cantón: 06-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, lote 28 m; sur, calle pública; este, calle pública y oeste, calle pública con 11,50 mts. Mide: doscientos diecisiete metros con diecisiete decímetros cuadrados. Plano: G-0948488-1991. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintidós, con la base de once millones seiscientos cincuenta y seis mil trescientos veintiocho colones con cuarenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del ocho de junio de dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y dos colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Melido Mora Madriz. Expediente N° 21-003826-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y seis minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2022637987 ).

En este Despacho, Primera finca: Con una base de treinta y un millones setenta y dos mil trescientos cincuenta y ocho colones con dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 326-04055-01-0901-001 y 396-16623-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 108818-001 y 002, la cual es terreno inculto con una casa y un taller. Situada: en el distrito 1 Desamparados, cantón 3 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Fabio Brenes Madrigal; al noroeste, Carlos Luis Regidor Mattey; al sureste, Fabio Brenes Madrigal, César Sojo Acuña, Clara Amelia y Francisco Acuña Sánchez, y al suroeste, calle pública con un frente de 8,45 metros. Mide: doscientos sesenta y siete metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós, con la base de veintitrés millones trescientos cuatro mil doscientos sesenta y ocho colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con la base de siete millones setecientos sesenta y ocho mil ochenta y nueve colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Segunda finca: Con una base de veintiséis millones quinientos cuarenta y dos mil ciento nueve colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 351-13449-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 328052-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 1 Desamparados, cantón 3 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 7m 76cm; al sur, Gabriel Ureña Morales; al este, Luz Marina Badilla Mora, y al oeste, Lidia Padilla Fernández. Mide: ochenta y ocho metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós, con la base de diecinueve millones novecientos seis mil quinientos ochenta y dos colones con quince céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con la base de seis millones seiscientos treinta y cinco mil quinientos veintisiete colones con treinta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jeannette Virginia Madrigal Rodríguez. Expediente N° 20-002824-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de marzo del 2022.—Licda. Susana Murillo Alpízar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022637990 ).

En este Despacho, con una base de noventa y ocho millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 295-09729-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 295-09729-01-0902-001, servidumbre sirviente citas: 359-17990-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento trece mil cuatrocientos setenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Quepos, cantón 6-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ridopos S.A., sur, Miguel Durán Chavarría, este, Jesús Fallas García, oeste, calle pública con frente de 55,65 metros. Mide: veintiséis mil metros cuadrados plano: P-0612553-2000. Para tal efecto, se señalan las catorce horas veinte minutos del cinco de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas veinte minutos del trece de julio del dos mil veintidós, con la base de setenta y cuatro millones cien mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer, remate se señalan las catorce horas veinte minutos del veintiuno de julio del dos mil veintidós, con la base de veinticuatro millones setecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Richard Herve Lemire no indica, Ridopos S. A. Expediente N° 15-000303-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: quince horas con dos minutos del seis de abril del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022637992 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones ochocientos treinta y tres mil quinientos treinta y cuatro colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre trasladada bajo las citas 358-08508-01-0830-001 y 395-03669-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y dos mil ciento treinta y uno, derecho 000, la cual es terreno de Agricultura. Situada en el distrito: 01-Parrita, cantón: 09-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con un frente de 52.19 metros; al sur Alonso Villareal Romero; al este Marcos Eli González Torres y al oeste Alonso Villareal Romero. Mide: quince mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintidós, con la base de doce millones seiscientos veinticinco mil ciento cincuenta colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones doscientos ocho mil trescientos ochenta y tres colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Miguel Ángel Hernández Cerdas, Sidia Maritza Zumbado Rojas contra 3-101-641205 Sociedad Anónima. Expediente:21-000282-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: ocho horas con diez minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022637994 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cinco millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 358-08508-01-0830-001, servidumbre trasladada citas: 395-03669-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecisiete mil doscientos setenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno sembrado de palma aceitera lote T 35. Situada en el distrito 1-Parrita, cantón 9-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 102,13 centímetros; al sur, calle pública con 99,40 centímetros; al este, lote T 34 y al oeste, calle pública con 491,24 centímetros. Mide: cuarenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas diez minutos del treinta de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas diez minutos del siete de junio de dos mil veintidós con la base de cuarenta y un millones cuatrocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas diez minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de trece millones ochocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sidia Maritza Zumbado Rojas contra Alex Antonio Monge Villalobos, Antonio Francisco de Jesús Montoya Jiménez. Expediente N° 20-007801-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: trece horas con cuatro minutos del doce de Diciembre del dos mil veintiuno.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022637997 ).

En este despacho, libre de gravámenes y anotaciones en todos los casos; se señalan las diez horas del trece de mayo de dos mil veintidós, con una base de cinco mil colones por cada objeto, sáquese a remate 1) Trece cuadros (para el hogar). Un total en monto de sesenta y cinco mil colones todos los objetos; 2) 2 laptos descritas, la primera una de color negra con la base de sesenta mil colones y, la segunda una laptop marca Gateway modelo 8510G2 con la base de cien mil colones; 3) Un candelabro café de dos luces con la base de treinta mil colones; 4) Una impresora marca hp serie CN66GE335P por la suma de treinta y cinco mil colones; 5) Un baúl floreado con libros varios en la suma de ciento treinta mil colones; 6) Una pantalla marca Durabrand modelo LE42U6500DA por la suma de sesenta mil colones; 7) Una pantalla rca rc 32lska en la suma de sesenta mil colones; 8) Un ventilador de torre marca Lasko en la suma de veinticinco mil colones; 9) Un cilindro de gas en la suma de cuarenta mil colones; 10) Una secadora marca Whirlpool serie W10775960 white en la suma de doscientos veinticinco mil colones; 11) Un equipo de sonido Sony Cine Studio Part 5451942, serie 9141987 en la suma de ciento veinticinco mil colones; 12) Dos esculturas mar Lladró Nº 66-E8 en la suma de ciento ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos colones con dieciocho céntimos cada una; 13) Una escultura más de rey en lladró Nº 92 en la suma de ciento ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos colones con dieciocho céntimos; 14) Una escultura de lladrófigura con libros en la mano” en la suma de ciento ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos colones con dieciocho céntimos; 15) Una escultura en lladró Nº 16-18 en la suma de ciento ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos colones con dieciocho céntimos; 16) Una escultura en lladró Nº 5444 por la suma de ciento ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos colones con dieciocho céntimos; 17) Una escultura en lladró femenina sin número de referencia por la suma de ciento ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos colones con dieciocho céntimos; 18) Una escultura P17F en la suma de ciento ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos colones con dieciocho céntimos; 19) Una escultura femenina con numeración Nº 49 por la suma de ciento ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos colones con dieciocho céntimos; 20) Un ángel de madera en la suma de quince mil colones, 21) Dos mecedoras individuales de manera en la suma de sesenta mil colones cada una; 22) una mecedero doble de madera en la suma de ochenta mil colones; 23) Una mesa de centro de sala en la suma de sesenta mil colones y, 24) una bola de cristal con pasito dentro en la suma de diez mil colones. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintitrés de mayo de dos mil veintidós con las bases rebajadas en un 25%, es decir (75% de la base original) de la siguiente manera: 1) Trece cuadros (para el hogar). Un total en monto de cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta colones todos los objetos; 2) 2 laptos descritas, la primera una de color negra con la base de cuarenta y cinco mil colones y, la segunda una laptop marca Gateway modelo 8510G2 con la base de setenta y cinco mil colones; 3) Un candelabro café de dos luces con la base de veintidós mil quinientos colones; 4) Una impresora marca HP serie CN66GE335P por la suma de veintiséis mil doscientos cincuenta colones; 5) Un baúl floreado con libros varios en la suma de noventa y siete mil quinientos colones; 6) Una pantalla marca Durabrand modelo LE42U6500DA por la suma de cuarenta y cinco mil colones; 7) Una pantalla RCA RC 32LSKA en la suma de cuarenta y cinco mil colones; 8) Un ventilador de torre marca Lasko en la suma de dieciocho mil setecientos cincuenta colones; 9) Un cilindro de gas en la suma de treinta mil colones; 10) Una secadora marca Whirlpool serie W10775960 white en la suma de ciento sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones; 11) Un equipo de sonido Sony Cine Studio Part 5451942, serie 9141987 en la suma de noventa y tres mil setecientos cincuenta colones; 12) Dos esculturas mar lladró Nº 66-e8 en la suma de ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con catorce céntimos cada una; 13) una escultura más de rey en lladró Nº 92 en la suma de ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con catorce céntimos; 14) una escultura de lladrófigura con libros en la mano” en la suma de ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con catorce céntimos; 15) Una escultura en lladró Nº 16-18 en la suma de ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con catorce céntimos; 16) Una escultura en lladró Nº 5444 por la suma de ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con catorce céntimos; 17) Una escultura en lladró femenina sin número de referencia por la suma de ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con catorce céntimos; 18) Una escultura p17f en la suma de ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con catorce céntimos; 19) Una escultura femenina con numeración Nº 49 por la suma de ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con catorce céntimos; 20) Un ángel de madera en la suma de once mil doscientos cincuenta colones, 21) dos mecedoras individuales de manera en la suma de cuarenta y cinco mil colones cada una; 22) Una mecedero doble de madera en la suma de sesenta mil colones; 23) Una mesa de centro de sala en la suma de cuarenta y cinco mil colones y, 24) Una bola de cristal con pasito dentro en la suma de siete mil quinientos colones y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del treinta y uno de mayo de dos mil veintidós con las bases al (25% de la base original) es decir, se rematarán de la siguiente manera: 1) Trece cuadros (para el hogar). Un total en monto de dieciséis mil doscientos cincuenta colones todos los objetos; 2) 2 laptos descritas, la primera una de color negra con la base de quince mil colones y, la segunda una laptop marca Gateway modelo 8510G2 con la base de veinticinco mil colones; 3) Un candelabro café de dos luces con la base de siete mil quinientos colones; 4) Una impresora marca hp serie cn66ge335p por la suma de ocho mil setecientos cincuenta colones; 5) Un baúl floreado con libros varios en la suma de treinta y dos mil quinientos colones; 6) Una pantalla marca Durabrand modelo LE42U6500DA por la suma de quince mil colones; 7) Una pantalla RCA RC 32LSKA en la suma de quince mil colones; 8) Un ventilador de torre marca Lasko en la suma de seis mil doscientos cincuenta colones; 9) Un cilindro de gas en la suma de diez mil colones; 10) Una secadora marca Whirlpool serie W10775960 white en la suma de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones; 11) Un equipo de sonido Sony Cine Studio Part 5451942, serie 9141987 en la suma de treinta y un mil doscientos cincuenta colones; 12) Dos esculturas mar lladró Nº 66-E8 en la suma de cuarenta y cinco mil seiscientos dieciocho colones con cuatro céntimos cada una; 13) Una escultura más de rey en lladró Nº 92 en la suma de cuarenta y cinco mil seiscientos dieciocho colones con cuatro céntimos; 14) una escultura de lladróFigura con libros en la mano” en la suma de cuarenta y cinco mil seiscientos dieciocho colones con cuatro céntimos; 15) Una escultura en lladró Nº 16-18 en la suma de cuarenta y cinco mil seiscientos dieciocho colones con cuatro céntimos; 16) Una escultura en lladró Nº 5444 por la suma de cuarenta y cinco mil seiscientos dieciocho colones con cuatro céntimos; 17) Una escultura en lladró femenina sin número de referencia por la suma de cuarenta y cinco mil seiscientos dieciocho colones con cuatro céntimos; 18) Una escultura p17f en la suma de cuarenta y cinco mil seiscientos dieciocho colones con cuatro céntimos; 19) Una escultura femenina con numeración Nº 49 por la suma de cuarenta y cinco mil seiscientos dieciocho colones con cuatro céntimos; 20) Un Ángel de madera en la suma de tres mil setecientos cincuenta colones, 21) Dos mecedoras individuales de manera en la suma de quince mil colones cada una; 22) Una mecedero doble de madera en la suma de veinte mil colones; 23) Una mesa de centro de sala en la suma de quince mil colones y 24) Una bola de cristal con pasito dentro en la suma de dos mil quinientos colones. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio arrendaticio de Condominio Los Cáceres Número Uno Sociedad Anónima contra Steven James Stewart. Expediente N° 20-000486-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 17 de marzo del año 2022.—Nathalie Palma Miranda, Jueza Decisora.—( IN2022637999 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis millones ciento cincuenta mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (ley de informaciones posesorias) citas: 2020-264230-01-0003-001 reservas ley forestal citas: 2020-264230-01-0005-001 reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 2020-264230-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 589435-000, la cual es terreno de pastos, árboles frutales y tacotal. Situada en el distrito 2-San Miguel, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, STCR Costa Rica Trust and Escrow Company Limited Sociedad Anónima; al sur, calle pública con un frente de 588.84 metros lineales; al este, STCR Costa Rica Trust and Scrow Company Limited Sociedad Anónima , Ana Cecilia Rodríguez y Evelin Dalila Villalobos chaves y un yurro que colinda por esquina sureste y al oeste, Municipalidad de Naranjo. Mide: doscientos dieciséis mil ochocientos treinta y seis metros cuadrados. plano:A-2058433-2018. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintidós con la base de diecinueve millones seiscientos doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintidós con la base de seis millones quinientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marvelly del Carmen Zamora Obando contra Jose Meza JR. Expediente 22-000846-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: quince horas con ocho minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós.—Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—( IN2022638008 ).

En este Despacho, con una base de once millones seiscientos veinticinco mil ochenta y cuatro colones exactos, soportando reservas y restricciones al Tomo 359, Asiento 18059, Secuencia 01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 112861-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito Santa Teresita, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Rolando Pérez; al sur, camino público y Zoraida Díaz Vílchez; al este, Marcos Madrigal y Gerardo Aguilar; y al oeste, Zoraida Díaz. Mide: mil ciento noventa y cinco metros con treinta y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del cuatro de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del doce de agosto del dos mil veintidós, con la base de ocho millones setecientos dieciocho mil ochocientos trece colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós, con la base de dos millones novecientos seis mil doscientos setenta y un colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Myriam del Socorro Barboza Díaz. Expediente N° 08-003478-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 27 de enero del 2022.—Lic. Wilkko Adred Retana Álvarez, Juez Tramitador.—( IN2022638063 ).

En este Despacho, con una base de un millón cuatrocientos setenta y cuatro mil sesenta colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TSJ2592 año 2014, color rojo, chasis LFP83ACC7E1D51594, serie LFP83ACC7E1D51594, capacidad 5 personas, 4x2, gasolina y GLP, 1500 c.c. número de motor CA4GA5ME100178 marca Faw, modelo Oley, 4 cilindros potencia 69K. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintidós con la base de un millón ciento cinco mil quinientos cuarenta y cinco colones con veintiún céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintidós con la base de trescientos sesenta y ocho mil quinientos quince colones con siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eddy Moya Jiménez. Exp: N° 21-000882-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 26 de marzo del año 2022.—Carlos Alberto Marín Angulo, Juez Tramitador.—( IN2022638064 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos sesenta y dos mil quinientos veinticinco colones con noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: TSJ-002661, marca: Nissan, categoría: automóvil, serie: 3N1CC1AD3GK206298, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasis: 3N1CC1AD3GK206298, Vin: 3N1CC1AD3GK206298, cabina: no aplica, techo: no aplica, Est. Tributario: pago derechos de aduana, uso: taxi, utilización: taxi, estilo: Tiida, capacidad: *****5 personas, Año: 2016, color: rojo, peso bruto: **1180.00 kgrms., peso neto: ******kgrms., longitud: ********metros, num.ejes: *******2, valor cont: *****17460**dólares, clase trib: 2284441. características del motor: N° motor: HR16835369K, N° serie: no indicado, cilindrada: **1598 c.c., potencia: 80.00KW, combustible: gasolina, fabricante: no indicado, marca: Nissan, modelo: BDTALAFC11EJA-RA, cilindros: 04, procedencia: desconocido. Se aclara que lo que se subasta en el presente proceso es del vehículo placas TSJ-002661 y no la placa de taxi, siendo que estas últimas no son objeto de remate. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del cinco de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del trece de setiembre del dos mil veintidós con la base de un millón novecientos veintiún mil ochocientos noventa y cuatro colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil veintidós con la base de seiscientos cuarenta mil seiscientos treinta y un colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Enrique Quesada Calderón. Expediente N° 21-003631-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 01 de abril del 2022.—Lic. Wilkko Adred Retana Álvarez, Juez Tramitador.—( IN2022638066 ).

En este Despacho, con una base de diez millones doscientos cincuenta y ocho mil trescientos cuarenta y cuatro colones con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa y tres mil setecientos cincuenta y uno, derecho 000, la cual es terreno para construir finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 02 San Juan Grande, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Dinorah Méndez Polanco; al sur BICSA CR S.A; al este, calle pública con un frente a ella de 19.63 metros lineales y Olga Barrantes Méndez y al oeste Río Esparza. Mide: tres mil ciento veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós con la base de siete millones seiscientos noventa y tres mil setecientos cincuenta y ocho colones con cincuenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós con la base de dos millones quinientos sesenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Hugo Ricardo Barrantes Salas. Expediente: 19-007665-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: catorce horas con veinte minutos del cuatro de octubre del dos mil veintiuno.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022638108 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 3 servidumbres de paso citas: 456-18463-01-0009-001, citas: 456-18463-01-0012-001 y citas: 456-18463-01-0015-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 236968-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 8-Tierra Blanca, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Inmobiliaria JASFRA S.A.; al sur, Martín Álvarez Redondo; al este, Sonia Rivera Cubero y al oeste, calle pública. Mide: dos mil cuatrocientos sesenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de treinta y nueve millones novecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base de trece millones trescientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carla Vanessa Solano Camacho. Expediente N° 20-005815-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 30 de marzo del año 2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022638124 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y dos mil ciento cincuenta y uno, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03-Macacona, cantón 02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Víctor Manuel Peraza Solorzano; al sur: calle pública con un frente de 8 metros; al este: Víctor Manuel Peraza Solorzano; y al oeste: Víctor Manuel Peraza Solorzano. Mide: ciento veintisiete metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintidós con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Andrés Corrales Ríos y Cinthia Mayela Badilla Varela. Expediente N° 21-007737-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: siete horas con cuarenta y nueve minutos del veintiséis de noviembre del dos mil veintiuno.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022638143 ).

En este Despacho, con una base de quince millones cuatrocientos sesenta y cinco mil trescientos treinta y tres colones con noventa y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 89409-000. Que se describe así: Naturaleza: terreno de solar para construir con una casa. Situada: en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con frente de trece metros diez centímetros lineales; sur, Dirección General de Aviación Civil; este, Isabel Díaz Baltodano; oeste, Betsi Quesada. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con veintiséis decímetros cuadrados. Plano: G-0721832-1987. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil veintidós, con la base de once millones quinientos noventa y nueve mil colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos sesenta y seis mil trescientos treinta y tres colones con cuarenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L. contra Philippe Jean Vernaison. Expediente N° 21-002340-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta y tres minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022638184 ).

En este Despacho, con una base de un millón ochenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo SRS-778, Marca Peugeot, Categoría automóvil, Serie VF3CU5FS0GY001770, carrocería Station Wagon o familiar, tracción 4x2, Chasis VF3CU5FS0GY001770, Estilo: 2008 Active, Capacidad 5 personas, año: 2016, color: gris, Combustible: gasolina, cilindrada: 1598 c.c.. Para tal efecto se señalan las ocho horas cincuenta minutos del quince de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cincuenta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós, con la base de ochocientos diecisiete mil noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cincuenta minutos del uno de julio de dos mil veintidós, con la base de doscientos setenta y dos mil trescientos sesenta y seis colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Findirect Capital S.A. contra Pablo Andrés Guillén Jiménez. Expediente N° 21-007636-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta minutos del doce de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022638186 ).

En este Despacho, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós. con una base de treinta millones ciento treinta y cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro colones con noventa y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuatro mil veintitrés, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote 50 terreno una casa de habitación. Situada en el Distrito: 03-Guaycará Cantón: 07-Golfito de la provincia de Puntarenas Linderos: Norte: COOPROSUR Responsabilidad Limitada sur: COOPROSUR Responsabilidad Limitada este: FIBASUR y COOPROSUR Responsabilidad Limitada oeste: COOPROSUR Responsabilidad Limitada. Mide: dos mil quinientos noventa y un metros con diecisiete decímetros cuadrados. Plano:P-0348162-1996. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintidós, con la base de veintidós millones seiscientos uno mil quinientos setenta y seis colones con veintiún céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de mayo de dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos treinta y tres mil ochocientos cincuenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alexandro Quintero Méndez. Expediente:21-002097-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con trece minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2022638214 ).

En este Despacho, con una base de tres millones trescientos cuarenta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 329-14013-01-0979-001, sáquese a remate la finca situada en la provincia Limón y titular de la matrícula número 159427-000, la cual es terreno para la agricultura, se sitúa en el distrito Limón, del cantón Limón, colinda: al Norte, al sur y al este, con María Delfina Centeno Jiménez, y al oeste con calle pública, y mide ciento ochenta metros cuadrados. Para ello, se señalan las 9:00 del 17/5/2022. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 9:00 del 25/5/2022 con la base de dos millones quinientos siete mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 9:00 del 2/6/2022 con la base de ochocientos treinta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Nota: se informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, tal deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Malcom Andrey Sagot Castro. Expediente: 22-000581-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. 31 de marzo de 2022.—Lic. Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez.—( IN2022638224 ).

En este Despacho, con una base de dos millones cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas citas: 449-19865-01-0004-001, reservas Ley Caminos citas: 449-19865-01-0005-001, reservas Ley Forestal citas: 449-19865-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 500237-000, derecho, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 03-El Amparo, cantón: 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Angela Lucía Hernández Álvarez, sur, Ramón Orias, este, calle pública con un frente a ella de 10 mts., oeste, Ramón Orias. Mide: doscientos treinta y ocho metros cuadrados. Plano: A-1588371-2012. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintidós, con la base de un millón quinientos treinta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con la base de quinientos diez mil colones exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yesenia del Carmen Vargas Jiménez. Expediente N° 21-001839-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con cuatro minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno.—Lic. Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—( IN2022638225 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta y ocho dólares con noventa y ocho centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic. y reserv. ref.: 000000000IDA citas: 398-09742-01-0932-002 / condic. y reserv. ref.: 000000000IDA citas: 398-09742-01-0941-002 / condic. y reserv. ref.: 00400111-000 citas: 398-09742-01-0945-001 / condic. y reserv. ref.: 00400111-000 citas: 398-09742-01-0946-002 / servidumbre de ancla citas: 2017-569443-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 123725-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número 91 apta para construir que se destinará a uso residencial la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito San Pablo, cantón Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada 92 y área común libre de acceso con 27.41 metros lineales de frente; al sur, finca filial primaria individualizada 90; al este, área común libre de acceso con 27.41 m lineales de frente, y al oeste, finca filial primaria individualizada 92. Mide: quinientos cincuenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas veinte minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas veinte minutos del dos de junio del dos mil veintidós, con la base de cuarenta y un mil ochocientos once dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas veinte minutos del diez de junio del dos mil veintidós, con la base de trece mil novecientos treinta y siete dólares con veinticuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de MBC Leding Group Limitada contra Susan Margoth Alfaro Gómez. Expediente N° 21-017887-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de noviembre del 2021.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2022638243 ).

En este Despacho, con una base de diez mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BLH027, Estilo: C-Elysee, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie, Chasis y Vin: VF7DDNFPBH501400, año: 2017, color negro, N° Motor: 10FC1A0079244, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del treinta de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintidós, con la base de siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintidós, con la base de dos mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A contra Omar Alonso Barrantes Jiménez. Expediente: 20-000448-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas con dos minutos del once de agosto del dos mil veintiuno.—Licda. Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2022638244 ).

En este Despacho, con una base de seis mil ochocientos cuarenta dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BFQ507; Marca: Suzuki; Estilo: SX4; Categoría: automóvil: Capacidad: 5 personas; año: 2014; color: gris; Vin: JS2YC21S2E6101136; cilindrada: 1586 c.c.; combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil veintidós, con la base de cinco mil ciento treinta dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintidós, con la base de mil setecientos diez dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra José Pablo Alvarado Calderón Expediente: 20-001759-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de marzo del año 2022.—Licda. Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022638245 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil sesenta y nueve dólares con cincuenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo YGL123, Marca: Kia, Estilo: Sportage, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, serie, chasis y Vin: KNAPB811AD7414542, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2013, color: azul, cilindrada: 1998 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós, con la base de seis mil cincuenta y dos dólares con trece centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con la base de dos mil diecisiete dólares con treinta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra Heyner Gerardo Carballo Varela. Expediente N° 19-013170-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y tres minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022638246 ).

En este Despacho, con una base de siete mil ciento cuarenta y cuatro dólares con diecisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BFP995, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCT51BAEU148844. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del dos de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas quince minutos del trece de junio del dos mil veintidós, con la base de cinco mil trescientos cincuenta y ocho dólares con doce centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del veintiuno de junio del dos mil veintidós, con la base de mil setecientos ochenta y seis dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al Despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Purdy Motor S. A. contra Ingrid Aurora Becerra Quirós. Expediente N° 20-008746-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del 2022.—Licda. Cinthia Sáenz Valerio, Jueza Decisora.—( IN2022638254 ).

En este Despacho, con una base de seis millones seiscientos cuatro mil veintisiete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BFP180, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCT41BAEU560012, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número chasis: KMHCT41BAEU560012, año fabricación: 2014. Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones novecientos cincuenta y tres mil veinte colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta minutos del ocho de junio del dos mil veintidós, con la base de un millón seiscientos cincuenta y un mil seis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Eddie Alberto Granados Valverde contra Carlos Armando Morales Quintero. Expediente N° 19-006689-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de noviembre del 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2022638273 ).

En este Despacho, con una base de setenta y un mil quinientos treinta y siete dólares con noventa y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número 14614, horizontal: F Derecho: 000 naturaleza: destinado a uso habitacional apartamento 2 construido. Situada en el distrito: 02-Granadilla cantón: 18-Curridabat de la provincia de San José, Linderos: Norte:  Marcela Murillo Quirós, sur: Luis Diego Murillo Quirós, este: Área común de acceso, oeste: Álvaro Collado Montealegre, mide: doscientos diecinueve metros con noventa y ocho decímetros cuadrados valor porcentual: 33.33 Plano: SJ-0641173- 2000. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintidós, con la base de cincuenta y tres mil seiscientos cincuenta y tres dólares con cuarenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del uno de junio del dos mil veintidós, con la base de diecisiete mil ochocientos ochenta y cuatro dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Luis Bernal Conejo Morales contra María Eugenia Murillo Quirós. Expediente: 21-017815-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de octubre del año 2021.—Licda. Mariela Iveth Cortés García, Jueza Decisora.—( IN2022638280 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil cuatrocientos setenta y cinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: PB2257, marca: Hyundai, estilo: H-1, categoría: microbús, capacidad: 12 personas, tracción: 4x2, número chasis: KMJWA37HACU386516, año fabricación: 2012, color: negro, vin: KMJWA37HACU386516, N° motor: D4BHB044650, cilindrada: 2500 C.C. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil veintidós, con la base de seis mil trescientos cincuenta y seis dólares con veinticinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós, con la base de dos mil ciento dieciocho colones con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiopciones La Huella de Oro Sociedad Anónima contra Gerald Marcial Díaz Araya. Expediente N° 19-003864-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: once horas con cuatro minutos del ocho de abril del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022638285 ).

En este Despacho, con una base de tres millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, número de expediente: 18-008625-0174-TR, boleta número: 2018237701057, Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial San José, sáquese a remate el vehículo BQQ642, Marca: Nissan, tracción: 4x2, color: negro, Estilo: Versa, Serie chasis y Vin: 3N1CN7AP0CL847467. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintidós, con la base de dos millones cuatrocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del ocho de junio de dos mil veintidós, con la base de ochocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Wilmer Antonio Mora Zeledón. Expediente: 20-004117-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 04 de abril del año 2022.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—( IN2022638296 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve mil trescientos cincuenta dólares exactos, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 315324 derechos 001 y 002, la cual es terreno para construir con 1 casa N° 9 B. Situada en el distrito: 01-Curridabat, cantón: 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote N° 8 B; al sur, Cadet Fernández S A; al este Hogares de Costa Rica S. A. y al oeste, calle Los Bruncas. Mide: ciento treinta y siete metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintidós, con la base de veintidós mil doce dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, con la base de siete mil trescientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Arturo Donato Díaz contra Guiselle Maritza del Carmen Gómez Arias, Nelly Arias Meléndez. Expediente N° 21-007831-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero del año 2022.—Licda. Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2022638299 ).

En este Despacho, con una base de ochocientos quince mil trescientos veintitrés colones con sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando prenda en primer grado bajo las citas tomo: 2018, asiento: 00003829, secuencia: 002; sáquese a remate el vehículo Placas número BPL267, Marca: Toyota, Estilo: Yaris, categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2009, color: gris, Vin: JTDBT903294055313, cilindrada: 1500 c.c.. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del tres de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del once de mayo del dos mil veintidós, con la base de seiscientos once mil cuatrocientos noventa y dos colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintidós, con la base de doscientos tres mil ochocientos treinta colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Daniel Alejandro Elizondo Durán. Expediente N° 18-010256-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de marzo del 2022.—Licda. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2022638314 ).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas citas: 258-06894-01-0004-001 y reservas Ley Caminos citas: 258-06894-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 163062, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, El Huerto del Edén S. A.; al sur, calle pública con un frente a ella de 14.50 metros; al este, El Huerto del Edén S. A., y al oeste, El Huerto del Edén S. A. Mide: ciento noventa y dos metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del nueve de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintidós, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las cero horas cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintidós, con la base de quinientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Édgar Cecilio Maroto Garro contra Mileidy Ávila Zúñiga. Expediente N° 21-002827-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con tres minutos del nueve de marzo del dos mil veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2022638316 ).

En este Despacho, con una base de ciento cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 300-15319-01-0901-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 571-42931-01-0007-001, servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 2017-603834-01-0150-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 77503-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ciento treinta y ocho, apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 7-Puente de Piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, con un frente de área común de nueve metros con sesenta y cinco centímetros; noroeste, lote ciento treinta y siete; sureste, con lote ciento treinta y nueve; suroeste, con Sucesión Otto Kooper Vega. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con ocho decímetros cuadrados. Valor porcentual: 0.6802721. Valor medida: 0.0065. Plano: A-1362127-2009. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dos de mayo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del diez de mayo del dos mil veintidós, con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintidós, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Johnny Alexander Segura Aguilar. Expediente N° 22-000077-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y siete minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022638318 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones 398-03426-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y nueve mil trescientos treinta, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Jacó, cantón: 11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Arnoldo González Díaz; al sur: José Chanto Chanto; al este: Arnoldo González Díaz; y al oeste: calle pública con un frente de 20 metros. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cinco minutos del catorce de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cinco minutos del veintidós de junio de dos mil veintidós con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cinco minutos del treinta de junio de dos mil veintidós con la base de doce mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ricardo Jiménez Artavia contra Corporación Audio Mundo Dos Mil. Expediente N° 21-007583-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: doce horas con tres minutos del siete de enero del dos mil veintidós.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022638383 ).

En este Despacho, con una base de ciento cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 388555-000, la cual es terreno para construir con un parqueo y taller para buses con una casa y dormitorio de choferes, con una bodega de repuestos, con servicio sanitario y cuarto de compresor y obras complementarias. Situada en el distrito 2-Merced, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Linderos: norte: María Cristina Cubillo; sur: calle pública con 17,09 mts.; este: Comp Finac Auto Plaza y otros; oeste: Eraida Cubillo Ramírez y otro. Mide: mil trescientos ochenta y siete metros con seis decímetros cuadrados. Plano: SJ-0645270-1986. Para tal efecto, se señalan las 11:15 horas del 05/07/2022. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 11:15 horas del 13/07/2022 con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 11:15 horas del 21/07/2022 con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cafetalera del Medio Oeste S. A., contra Tralapa Autobuses S. A. Expediente N° 21-006523-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de abril del año 2022.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2022638401 ).

En este Despacho, Con una base de dos millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic-reserv citas: 355-18060-01-0825-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento treinta y nueve mil doscientos ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Río Jiménez, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, William Campos Zúñiga, sur, William Campos Zúñiga, este, calle pública con un frente de 8,00 mts, oeste, William Campos Zúñiga. Mide: ciento sesenta metros cuadrados, plano:L-1528422-2011. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del tres de junio de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de junio de dos mil veintidós con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodolfo Ignacio Trinidad Herrera Valverde contra Rosibel Quirós Sevilla. Expediente 21-001786-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 18 de marzo del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2022638407 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000785-0640-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Maricela De Los Ángeles Mondragón Vindas, mayor, casada, comerciante, costarricense, cédula de identidad N° 0109230738, vecina de Tarrazú, Víctor Antonio Obando Navarro, mayor, casado, comerciante, costarricense, cédula de identidad N° 0302300927, vecino de León Cortes e Ileana Vindas Garro, mayor, casada, educadora, costarricense, cédula de identidad N° 0107460313, vecina de León Cortes, a fin de inscribir a nombre de los promoventes y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno construido. Situada en el distrito San Pablo, cantón León Cortés. Colinda: al norte con Patricia Salazar Rojas; al sur: con calle pública; al este: con Víctor Obando Navarro; y al oeste: con calle pública. Mide: ciento cincuenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir: 1-7824-2022 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones colones exactos. Que adquirió dicho inmueble plano catastrado: 1-7824-2022, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidar y mejorar la construcción y explotarlo comercialmente. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Maricela De Los Ángeles Mondragón Vindas, Víctor Antonio Obando Navarro y Ileana Vindas Garro. Expediente N° 21-000785-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2022636911 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000905-0640-CI donde se promueve información posesoria por parte de Víctor Joel Del Carmen Chacón Quesada mayor, casado, programador de cómputo y agricultor, costarricense, vecino de León Cortés, portador de la cédula número 0106140882, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el Distrito San Andrés, Cantón León Cortés. Colinda: al norte con Omer Chacón Mora; al sur con Francis Gerardo Díaz Segura y María Bertilia Mora Gamboa; al este con Camino Público y María Bertilia Mora Gamboa y al oeste con Omer Chacón Mora. Mide: mil setenta y seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir plano catastrado 1-2311286-2021 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones exactos. Que adquirió dicho inmueble 1-2311286-2021, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en trabajar el inmueble, reparar cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Víctor Joel Del Carmen Chacón Quesada. Expediente: 21-000905-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y uno minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2022636921 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000071-0386-CI donde se promueve información posesoria por parte de José Antonio Torres Quirós, mayor, soltero, supervisor, vecino de Bagaces, Guanacaste, Montenegro, ciento veinticinco metros norte de la Iglesia Católica, portador de la cédula de identidad número cinco-trescientos sesenta y cuatro-seiscientos dieciséis, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de para construir. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces de la provincia de Guanacaste, colinda al norte, con Alejandra Quirós Quirós; oeste con Jorge Enrique Quirós Quirós y calle publica con un frente a ella de seis metros con setenta y cuatro centímetros lineales; este con Iglesia Adventista del Séptimo día y sur, con Juan Morales Arguedas e Ignacio Morales Arguedas. Mide: doscientos noventa y un metros cuadrados. Según Plano G- un millón setecientos cuatro mil doscientos treinta y siete- dos mil trece de fecha veintiséis de noviembre del dos mil trece. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble el veintidós de agosto de dos mil catorce, fecha en que adquirió la propiedad mediante escritura pública de venta con cesión de derechos posesorios de su señora madre Guiselle Quirós Quirós, mayor, soltera, ama de casa, Montenegro de Bagaces, Guanacaste, ciento veinticinco metros al norte de la Iglesia Católica, con número de cédula número cinco-doscientos treinta-trescientos cincuenta y siete y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Antonio Torres Quirós, expediente N° 15-000071-0386-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 11 de marzo del año 2020.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022636922 ).

Hugo Gamboa Samudio, mayor, casado una vez, cédula de identidad número uno-mil sesenta y uno-ciento veintitrés, vecino de Puntarenas, Buenos Aires, San Carlos ciento cincuenta metros sur y cincuenta oeste de la plaza de deportes del lugar, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno para construir, ubicada en San Carlos, distrito 01 Buenos Aires, del cantón 03 de Buenos Aires de la provincia de Puntarenas, según plano catastrado número P-2241718-2020, los linderos actualizados de la finca son: norte, calle pública; sur, Maritza Patricia Rivera Duarte; este, calle pública; oeste, Maritza Patricia Rivera Duarte. Mide: Trescientos setenta y seis metros cuadrados. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de cinco millones de colones, y las presentes diligencias en la suma de Quinientos mil colones. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 21-000050-1046-CI establecidas por Hugo Gamboa Samudio.—Juzgado Civil de Buenos Aires, Jueves 24 de marzo del 2022.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—( IN2022636932 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000007-1046-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Juan Rafael Retana Gap, quien es mayor, estado civil casado, vecino de kmena@hotmail.es, portador de la cédula N° 0603300451, profesión maestro, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno solar con casa. Situada en el distrito noveno Brunka, cantón tercero Buenos Aires. Colinda: al norte: con Elmer Marchena Mora; al sur: con Luis Beita Céspedes; al este: con quebrada sin nombre; y al oeste: con calle pública. Mide: quinientos treinta y cinco metros cuadrados metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que el inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en hechura y mantenimiento de cercas en alambre de púas y mantenimiento de la propiedad limpia y libre de malezas, y una casa en mal estado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Juan Rafael Retana Gap. Expediente N° 22-000007-1046-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Civil), 9 de marzo del 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—1 vez.—( IN2022636935 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000006- 1046-CI donde se promueve información posesoria por parte de Temporalidades De La Diócesis de San Isidro Del General, institución sin fines de lucro, cédula jurídica número: 3-010-045279, domiciliada en Pérez Zeledón, frente al parque, inscrita en el Registro Público de Personas Jurídicas tomo: dos mil catorce, asiento: ciento treinta y un mil veintiuno, consecutivo: uno, secuencia: uno, representada por Fabián Gerardo Campos Chavarría, mayor célibe, soltero, sacerdote católico, cédula de identidad número: 3-0370-0088, vecino de San Isidro de El General, casa cural, sin discapacidades físicas visibles, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno: Solar, cocina, templo. Situada en el Distrito: Brunka, Cantón: Buenos Aires. Colinda: al norte con José Antonio Romero Cordero; al sur con: Calle Publica; al este: Jorge Martínez Romer y al oeste con calle pública. Mide: setecientos quince metros cuadrados, según plano catastrado número: 6-2237308-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria, promovida por Temporalidades de La Diócesis De San Isidro Del General. Expediente: 22-000006-1046-CI-6.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), 25 de marzo del año 2022.—Jean Carlos Céspedes Mora, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022636936 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 20- 000861-0638-CI donde se promueve información posesoria por parte de Elías Adrián Herrera Sandoval quien es mayor, estado civil Casado una vez, pensionado, vecino de Atenas, Jesús, frente al Bar las Brisas, portador(a) de la cédula número 0202760427, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno construido.- Situada en el distrito 02 Jesús, cantón 05 Atenas.- Colinda: al norte con calle publica; al sur con Quebrada Cuajiniquil; al este con Thais Alejandra Herrera Alpízar y al oeste con Ana Magaly Murillo Arguello. Mide: setecientos tres metros cuadrados. Lo anterior de conformidad con el plano catastrado 2- 1986710-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble publica pacífica y quieta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido habitacional y mantenimiento de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elías Adrián Herrera Sandoval. Expediente 20-000861-0638-CI-0.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno.—Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022637118 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000196-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marjorie Guiselle Mena Gómez, quien es mayor, casada en segundas nupcias, vecina de Lagarto Guaycará, Golfito, cédula de identidad 06-0257-0609 y Ricardo Antonio Cazares Kaufman, quien es mayor, casado, vecino de Lagarto Guaycará, Golfito, cédula de identidad 08-0103-0394 a fin de inscribir a sus nombres en partes iguales y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de potrero y tacotal. Situada en Linda Vista del distrito 03: Guaycará, cantón 07: Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Víctor Manuel Monge Solís, Alexis Berrocal Herrera, José Bogantes Herrera, José Bogantes Herrera; al sur, Analive Rodríguez González; al este, calle pública con un frente lineal a ella de trescientos noventa y seis metros y al oeste, Heiner Morales Flores. Mide: Treinta y cuatro hectáreas siete mil quinientos setenta y ocho con ochenta y seis decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1247827-2008. Estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marjorie Guiselle Mena Gómez y otro. Expediente N° 21-000196-0419-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 28 de enero del 2022.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637141 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000217-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Emmanuel Francisco Sibaja Castro, quien es mayor, masculino, costarricense, Policía, soltero, cédula Nº 2-0641-0384, vecino de La Arena de Grecia, Alajuela, del Supermercado La Arena, 700 metros al oeste, calle hacia Santa Gertrudis Norte, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de solar con árboles frutales y una casa. Ubicado en Santa Delia, distrito segundo La Virgen, del cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia. Mide: 9.607 m². Linda al norte con Ganadera Sibaja Alfaro Limitada, al sur con calle pública con un frente de 55.21 metros lineales, al este con Óscar William Sibaja Alfaro y al oeste con Karol Pamela Núñez. Graficado en el plano catastrado Nº 4-2090619-2018. Inmueble que fue estimado en la suma de ¢10.000.000.00 y las diligencias en ¢500.000.00. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Diligencias de información posesoria Nº 21-000217-0507-AG. Nota: Este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 05 de abril de 2022.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez Agrario.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637162 ).

Hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 20-000006-0638-CI donde se promueve información posesoria por parte de Dora Gerarda Ulate Zumbado quien es mayor, estado civil Viudo/a, vecino(a) de San José de la Montaña, Barba de Heredia, portadora de la cédula número 0400950149, profesión Oficios Domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno solar con un galerón.- Situada en el distrito 14 Sarapiquí, cantón Alajuela.- Colinda: al norte, con Juan López Nofuentes y Antonio Coromina Costa; al sur, con Municipalidad de Alajuela; al este, con José Manuel Alvarado Ulate y al oeste, con Municipalidad de Alajuela. Mide: ochocientos treinta y cuatro metros cuadrados, plano dos- dos millones ciento cuenta y dos mil setecientos cincuenta y seis - dos mil diecinu.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones colones.Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en pública, pacifica e ininterrumpida y en condición de dueña. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Dora Gerarda Ulate Zumbado.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil), 20 de octubre del año 2021. Expediente 20-000006-0638-CI-0.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022637238 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000126-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Stephany Guzmán Contreras, mayor, soltera, ayudante de cocina, costarricense, femenina, sin ninguna discapacidad, cédula de identidad número 05-0353-0798, vecina de Nuevo Colón, Sardina, Carrillo, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de naturaleza solar con una casa, con una medida de quinientos cincuenta y nueve metros cuadrados (559 m2) ubicada en Nuevo Colón, distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, provincia de Guanacaste, con plano catastrado número G-2161048-2019, con linderos actuales y correctos; norte, Costa Linda Gte. Realty Limitada con quebrada cuestecita en medio, sur, calle pública con un frente de nueve metros, con doce centímetros y Vera Nidia Contreras Moraga, este, Cindy Vanessa Contreras Moraga, y oeste, Ingrid Contreras Moraga y Vera Nidia Contreras Moraga. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de parte del señor José Ángel Contreras Moreno y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, continua, ininterrumpida y a título de única propietaria. Que los actos de posesión han consistido en cuido, cercado, limpieza, rondas, chapeas, mantenimiento general y ocupación personal de la casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Stephany Guzmán Contreras. Expediente N° 22-000126-0388-CI-5. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: once horas con veinte minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2022637285 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000061-1870-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Guillermo Orlando Chacón Batista, quien es mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Guápiles, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-0379-0816, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el inmueble que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de solar, situada en Chiqueros, en el distrito: 04° Lepanto, cantón 01° Puntarenas, provincia: Puntarenas. Colinda: por el rumbo norte, calle pública, con un frente a ella de treinta y ocho metros cero un decímetros lineales; por los sectores sur y oeste, con Santos Batista Gómez; y al este, Sergio Mata Montero. Mide: dos mil ciento cincuenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 6-2273004-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble en la suma de un millón colones y las presentes diligencias en el mismo monto. Que es dueño de los derechos de adquisición por más de cuarenta y cinco años adquirió dicho inmueble mediante donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión sobre el bien han consistido en el mantenimiento, cercado y chapias. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efectos de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de información posesoria, promovido por Guillermo Orlando Chacón Batista. Expediente N° 21-000064-1870-AG.—Juzgado Agrario de Puntarenas, Sede Jicaral, Jicaral, Lepanto, 02 de marzo del 2022.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022637299 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000053-0295-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Édgar Antonio Corrales Barrantes, quien es mayor, estado civil. soltero, vecino de abogadamatamoroslopez@gmail.com, portador de la cédula número 0206250356, profesión: chofer, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de solar con una casa. Situada: en el distrito quinto, cantón sexto. Colinda: al norte, con Amable Barrantes Conejo, Jenny Rosalía y Édgar Antonio ambos Corrales Barrantes; al sur, con Ana Marielos Corrales Barrantes; al este, con calle pública con siete metros de frente, y al oeste, con Amable Barrantes Conejo, Jenny Rosalía y Édgar Antonio ambos Corrales Barrantes. Mide: dos mil ochocientos cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de siete millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble en mil novecientos ochenta y cinco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra cuido y mantenimiento del inmueble, y construcción de casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Édgar Antonio Corrales Barrantes. Expediente N° 22-000053-0295-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y siete minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós.—Karla Artavia Nájera, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022637300 ).

Edwin León Jiménez, mayor, soltero, comerciante, masculino, cédula de identidad N° 1-0518-0188, vecino de la Teresa, La Rita, Pococí, Limón, cien metros al oeste de las oficinas de acueductos, promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno potrero con acequia. Ubicado en: La Teresa, distrito tercero La Rita, cantón segundo de Pococí, provincia de Limón. Mide: veinticuatro mil setecientos ochenta y nueve metros cuadrados. Linda: al norte, con calle pública con un frente a ella de ciento veintiséis metros con setenta y un centímetros lineales; al sur, con Haydee Meza Rojas, María Cecilia, María Elena, Ivannia y Cristina, todas de apellidos Campos Meza; al este, con Miguel Gallo Madrigal y Aracelly León Álvarez; y al oeste, con Asdrúbal León Jiménez. Graficado en el plano catastrado Número 7-2195389-2020. Inmueble que fue adquirido mediante posesión originaria. Fue estimado en la suma de seis millones de colones exactos, misma suma en que estima las diligencias. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee codueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente N° 22-000049-0930-CI. Este edicto deberá de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 24 de marzo de 2022.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez Agrario.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022637303 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000086-0422-CI, donde se promueve información posesoria por parte de José Antonio Sánchez Sequeira, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de La Mona de Golfito, frente a las Bodegas de Abopac, portador de la cédula N° 0800950428, profesión Pastor Evangélico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno con una casa, y árboles frutales. Situada en el distrito Golfito, cantón sétimo Golfito. Colinda: al norte: con Luzmilda Angulo Mora, ahora con calle pública con una medida lineal de cuarenta metros con catorce centímetros; al sur: María Isabel Venegas, ahora Andrey Jesús Martínez Alvarado; al este: con servidumbre de paso con una medida lineal de ciento veintiocho metros con cincuenta dos centímetros; y al oeste: con Quebrada La Mona y la Ria en medio de quince metros de ancho. Mide: cuatro mil seiscientos noventa y cuatro metros cuadrados metros cuadrados, según plano catastrado N° P-P-2223639-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de posesión originaria puesto que tengo más de diez años de ocupar el terreno, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en realizando mejoras y dándole mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Antonio Sánchez Sequeira. Expediente N° 20-000086-0422-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito, (Materia Civil), 14 de diciembre del 2020.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022637315 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000019-0422-CI donde se promueve información posesoria por parte de Michelle Ann Large de único apellido Large en razón de su nacionalidad Estadounidense, mayor, soltera, empresaria, vecina de Playa Sombrero de Puerto Jiménez de Golfito, con pasaporte de su país de origen número 529039565 a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el Distrito segundo Puerto Jiménez, Cantón sétimo Golfito. Colinda: al norte con Renta de Carros Diez Sociedad Anónima; al sur con calle Pública con una medida lineal de ochenta y tres metros con cero seis centímetros; al este con Inversiones Platino D Y M Siete mil Cien S.A y Finca Sabor Latino S.A y al oeste con Calle pública con una medida lineal de cincuenta y cinco metros con treinta centímetros. Mide: seis mil cuarenta y seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de treinta y ocho millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener limpio el inmueble, y debidamente deslindado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria, promovida por Michelle Ann Large Desconocido. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Expediente:22-000019-0422-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y nueve minutos del siete de marzo del dos mil veintidós Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022637317 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000031-0422-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Fulvio de Los Ángeles Sandoval Núñez, quien mayor, soltero, comerciante, vecino de Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez el Sándalo, cédula de identidad número 5–0182-0853, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno tacotal. Situada en el distrito Dos Puerto Jinetea, cantón Sétimo Golfito: Linda: al norte, con calle pública con un frente de cuarenta y un metros con cincuenta y tres centímetros; al sur y al oeste, con Fulvio Sandoval Peraza; y al este, con Josefa Mosquera Morales. Mide: dos mil seiscientos diecisiete metros cuadrados, según plano catastrado número P-2279314-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quince millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hizo al señor Delbert Chavarría Ceballos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener limpio el inmueble, y debidamente deslindado y no existen cultivos de ninguna naturaleza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Fulvio de Los Ángeles Sandoval Núñez. Expediente N° 22-000031-0422-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y ocho minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós.—Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022637318 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000106-0993-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Víctor Julio Alpízar Ureña quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Calle Ángeles de San Juan, San Ramón de Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos cuatrocientos diecisiete-cuatrocientos noventa y tres, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es cafetal. Situada en el distrito 08-Ángeles, cantón 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Desarrollo Daromacar Sociedad Anónima; al sur, Ramón Antonio Murillo Alfaro, Carmen María Alfaro Alpízar, Mabel Cecilia Alpízar Rodríguez; al este, Enar María Méndez Jiménez, Edgardo José León Cruz y calle pública, con frente a esta de diecisiete metros y veinticinco centímetros, y al oeste, Ramón Antonio Murillo Alfaro, Desarrollo Daromacar Sociedad Anónima. Mide: quince mil doscientos ochenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-dos uno cinco ocho ocho uno cinco-dos mil diecinueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de siete millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cincuenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, cercado y cuido del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Víctor Julio Alpízar Ureña, expediente N° 21-000106-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), San Ramón, 31 de marzo del año 2022.—Licda. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637469 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000049-0386-CI donde se promueve información posesoria por parte de Xinia Lorena Edwards Wright quien es mayor, estado civil divorciada, profesión u oficio contratista de limpieza, vecino(a) de Liberia, Guanacaste, portador(a) de la cédula número 07-0080-0207, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en Barrio La Cruz, el Distrito Primero Liberia, Cantón Primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al Norte con Yendri Tatiana Castro Murillo con servidumbre de paso al medio; al sur con Marjorie Flores González; al este con calle pública con un frente a ella de seis metros con noventa y dos centímetros linales, y al oeste con Juana María Cortés Angulo. Mide: Trescientos metros cuadrados. Con plano catastrado cinco-dos millones doscientos veintiocho mil cuatrocientos ochenta y seis-dos mil veinte (5- 2.228.486-2020). Indica la persona promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de siete millones quinientos mil colones (¢7.500.000.oo). Que adquirió dicho inmueble de Juana María Cortés Angulo con quien no le liga parentesco alguno en fecha 02 de enero de 2021, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, además de labores de ornato de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Xinia Lorena Edwards Wright. Expediente: 21-000049-0386-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: ocho horas con siete minutos del nueve de Junio del dos mil veintiuno.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022637540 ).

Se hace saber que, ante este despacho se tramita el expediente N° 21-000289-0295-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Reyford Gerardo Lizano Mendoza quien es mayor de edad, estado civil soltero, vecino de Alajuela, portador de la cédula número 0118650178, profesión cajero, a fin de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno frutales con casa. Situada en el distrito Rosales, cantón Puente Piedra. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con acequia; al este, con Ana Live Cervantes Molina y al oeste, con Dunia Bogantes Suarez. Mide: doscientos treinta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir 174396-94 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble 174396-94, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembre de matas, chapea de lote, mantenimiento de casa, mantenimiento y limpieza de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Reyford Gerardo Lizano Mendoza. Expediente N° 21-000289-0295-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y cuatro minutos del siete de diciembre del dos mil veintiuno.—Msc. Freddy Aikman Espinoza, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022637165 ).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a solicitud de Danilo Gerardo Fernández Castro, mayor, soltero, agricultor, vecino de Valle Azul de San Lorenzo, San Ramón, Alajuela, trescientos metros al sur de la Termales del Valle, cédula de identidad número nueve-cero treinta y dos-setecientos veintitrés, y comprobado el fallecimiento de Jesús María Fernández Castro, quien en vida fue soltero, agricultor, vecino de Valle Azul de San Lorenzo de San Ramón, Alajuela, trescientos metros al sur de la Termales del Valle, cédula de identidad número dos-ciento sesenta y cinco-setecientos ochenta y cuatro, quien falleció en San Ramón Alajuela en fecha diecinueve de marzo de dos mil diecinueve bajo citas de defunción dos cero dos siete cero cero ocho tres cero uno seis cinco, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Arley Vargas Rojas con oficina en Santiago, San Ramón, doscientos metros al sur de la plaza. Teléfono 8562-0630.—Cuatro de abril del dos mil veintidós.—Licda. Arley Vargas Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2022636897 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Maximiliano Barrantes Méndez, mayor, viudo, agricultor, portador de la cédula de identidad número 1-0199-0129 y Rosa Barboza Blanco, mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 1-0257-0030, ambos vecinos de Limón, Pococí, Guápiles, Toro Amarillo, Calle Tractor novecientos metros al norte de la carnicería Toro Amarillo.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 22-000080-0930-CI-3.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de marzo del año 2022.—Licda. Lilliana Garro Sánchez, Jueza.—1 vez.—( IN2022636909 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dineth María Chaves Solano, mayor, estado civil casada, profesión u oficio oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0303050059 y vecina de Turrialba. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 22-000040-0341-CI-6.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, hora y fecha de emisión: quince horas con veinticuatro minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022636912 ).

Yo, Aldo Morelli Lizano, notario público con oficina en la ciudad de San José, calle 21 entre avenidas 2 y 6, número 246, hago constar que conforme a los términos del artículo 129 del Código Notarial, se declaró abierto el proceso sucesorio acumulado testamentario de los señores: Roque Aronne Mainieri, quien en vida fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San José, calle siete entre avenidas seis y ocho, número seiscientos ochenta y dos, portador de la cédula de identidad número ocho-cero cero cuarenta y siete-cero doscientos noventa y uno, quien falleció el día treinta de enero del año mil novecientos ochenta y siete; y Rosa Laurito Campos, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, calle siete entre avenidas seis y ocho, número seiscientos ochenta y dos, portadora de la cédula de identidad número uno-cero ciento diecisiete-cuatro mil novecientos noventa, quien falleció el día veinticuatro de octubre del año dos mil tres. Por lo tanto, cito a todos los interesados para que, en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este único edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2022.—San José, 01 de abril del 2022.—Lic. Aldo Fabricio Morelli Lizano, Notario Público.—1 vez.—( IN2022636917 ).

Se hace saber. que en este despacho judicial se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se Marcelino Rodríguez Hernández, de nacionalidad nicaragüense, portadora de cédula de residencia costarricense número: 155803360619, pensionado, vecino igualmente de Miramar de Puntarenas, doscientos cincuenta metros al oeste del Taller Chavarría, quien falleció el día 19 del mes de setiembre del año en curso 2021, a las 18:00 pm. Se cita a las personas herederas, legatarios, acreedores y en general a todas las personas interesadas, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho en la herencia de que sino se apersonan dentro del este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2022-Sede Notarial.—01 de abril del 2022.—Licda. Patricia Benavides Chaverri, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022636930 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor: Rafael Ángel Chinchilla Segura, cédula N° 1-0489-0032, vecino de Patarrá, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2022.—San José, catorce horas del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Luis Calderón Ureña, Notario Público. C.27402.—1 vez.—( IN2022636931 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó William Torres Romero, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio comerciante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0109890725 y vecino de Cristo Rey, Cariari, Pococí. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 22-000075-0930-CI - 2.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 21 de marzo del año 2022.—Licda. Lilliana Garro Sánchez, Jueza.—1 vez.—( IN2022636948 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por parte de los señores Alfredo Antonio Chaves Prestinary, María Julia Alvarado Ocampo y Felipe Valverde Gallegos, de las quince horas del día veintiuno de marzo del año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Mary Anne Valverde Alvarado, soltera en unión de hecho, diseñadora de modas, vecina de San José, Escazú, San Rafael, Condominio San Ángel, casa número nueve, portadora de la cédula de identidad número nueve cero ciento doce cero trescientos cincuenta, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, San Rafael de Escazú, Oficentro Momentum Escazú, cuarto piso, oficina diez a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como está lo ha indicado. Notaría del Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, teléfono 506 22200306, correo electrónico jpino@legalvisioncr.com.—San José, 31 de marzo del año 2022.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario Público.—1 vez.—( IN2022636961 ).

Por el término de quince días hábiles se cita y emplaza a los interesados, herederos, y acreedores, para que dentro de dicho plazo se apersonen ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, en la sucesión testamentaria de quien en vida fuera Sigifredo Bolaños Román, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número uno- cuatrocientos dieciocho- setecientos treinta y cuatro, vecino en sus últimos días de San José, Moravia, La Trinidad, calle la Huesera, del Molino Herrera, trescientos metros noroeste. Apertura del proceso en fecha del 28 de marzo de 2022. San José, Expediente 001-2022. Queda el expediente a disposición en la oficina del Notario Artavia Barrantes, sita en San José, Montes de Oca, San Pedro, Torre Condal, tercer piso, oficina tres b, Tel. 2234-0233.—San José, 29 de marzo de 2022.—Sergio Artavia Barrantes, Notario Público 4945.—1 vez.—( IN2022636965 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Mario López Muñoz, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número uno-cero doscientos cincuenta y ocho-cero doscientos ochenta y seis, vecino de Desamparados, Higuito, costado norte de la plaza de deportes; fallecido el catorce de diciembre de mil novecientos ochenta y siete; para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, situada en San Pedro de Montes de Oca, de la Bomba El Higuerón, doscientos metros al sur y cien metros al oeste, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2022, sucesorio.—San José, 4 de abril del 2022.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario Público.—1 vez.—( IN2022636975 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eduardo Esteban Rivera Zúñiga, mayor, soltero, Farmacéutico, cédula: uno-novecientos cincuenta y cinco-trescientos sesenta y tres, y que residió en San Isidro de Coronado, frente a la Escuela José Ana Marín, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2022. Notario Lic. Víctor Julio Herrera Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN2022637003 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rosey Isabel Mena Rodríguez y Donay Ramírez Mena, a las diez horas del veinticuatro de marzo del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quienes en vida fueron Anatolio Rafael Del Carmen Ramírez Villalobos, que fuera mayor, casado una vez, agricultor, cédula número seis-cero cero cincuenta y seis-cero cero treinta y cinco, vecino de Puntarenas, Buenos Aires, Bioley, Colorado, cien metros oeste del Ebais de Colorado, fallecido el quince de julio del dos mil diez en Buenos Aires de Puntarenas, y Silveria Ramona Mena Rodríguez, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número: seis-cero cero treinta y seis- cero cuatrocientos setenta y uno, que vivía en Puntarenas, Buenos Aires, Bioley, Colorado, cien metros oeste del Ebais de Colorado, fallecida el doce de noviembre del dos mil veinte en Buenos Aires de Puntarenas. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a aceptar la herencia y hacer valer sus derechos. En caso de no presentarse en el plazo de ley, la herencia pasará a quienes corresponda. Notaría del Lic. Jairo Bolaños Núñez, en San Isidro de El General, Pérez Zeledón frente a la plaza de Villa Nueva, Teléfono 2770-4444. Expediente N° 0001-2022.—El cinco de abril del dos mil veintidós.—Lic. Jairo Bolaños Núñez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022637014 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas de 03 de marzo del 2022, comprobado el fallecimiento, se declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Mayra Gómez Corrales, quien fuera divorciada una vez, último domicilio en Cartago, La Unión, cédula: 9-0005-0872. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado William Chaves Villalta, San José, avenida 14, calles 10 y 12, número 1040, teléfono: 2233-9390.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—( IN2022637028 ).

Que se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en las sucesiones de Ramón Fernández Quirós, mayor, casado una vez, pensionado, con cédula número tres-cero ciento treinta y cuatro-cero doscientos cuarenta y cuatro, quien falleció el día quince de marzo del dos mil dieciséis, de Mireya Zúñigapez, mayor, viuda una vez, pensionada, con cédula número tres-cero ciento treinta y cuatro-cero ochocientos cuarenta y cuatro, quien falleció el diez de julio del dos mil veintiuno y de José Álvaro Fernández Zúñiga, mayor, soltero, pensionado, con cédula número tres-cero doscientos cincuenta y tres-cero trescientos veintisiete, quien falleció el once de abril dos mil siete, en Vásquez de Coronado, todos vecinos de San José, Vásquez de Coronado, San Rafael, calle La Máquina, del templo Católico ciento cincuenta metros al sureste, para que dentro del plazo perentorio de quince días, se apersonen ante esta notaría ubicada en San José, Vásquez de Coronado, San Isidro, Centro Comercial Yorustí, local número seis, expediente número: cero cero cero cuatro-dos mil veintidós, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentaren dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Publíquese el edicto una vez en el Boletín Judicial.—Coronado, cinco de abril del dos mil veintidós.—Roxana Jara Tenorio, Notario.—1 vez.—( IN2022637050 ).

Mediante acta de apertura ante esta notaría Flor María Vásquez Batres, mayor, viuda una vez, ama de casa, con cedula: 6-106-1296, vecina de la ciudad de Alajuela, Invu las cañas, urbanización El Pasito, cuatrocientos metros de la primera entrada casa D dieciocho, a las trece horas con quince minutos del 1 de abril del 2022, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Jorge Gerardo Agüero Solís, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula: 2-278-513, fallecido el día 23 de marzo del 2022. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Linda Todd Lazo, con oficina en la ciudad de San José, Santa Ana, Plaza Lindora. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Licda. Linda Todd Lazo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022637056 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Felipe Andrés Acosta Cadrano, mayor, casado, chofer, costarricense, con documento de identidad 0207410293 y vecino de Alajuela, Santa Rosa, Pocosol, de la Iglesia Católica, un kilómetro al sur, calle al cementerio, 200 metros al este y 50 metros al sur. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 22-000123-0297-CI-4.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con doce minutos del quince de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Bridley Rodríguez Aguilar, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022637087 ).

Se cita y emplaza a personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, presentarse a gestionar lo que corresponda en el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Teresa Mora Moya, mayor de edad, casada en primeras nupcias, ama de casa, vecina de San José, Goicoechea, Purral, con cédula número dos-doscientos catorce-setecientos treinta y uno, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría situada en Cartago, cincuenta metros este de la esquina noreste de los Tribunales de Justicia, edificio Oficentro La Soledad, a reclamar sus derechos, con el apercibimiento que de no hacerlo dentro del plazo citado se procederá conforme corresponda, expediente Nº 002-2022.—Eduardo Cortés Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2022637094 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por José Luis, Grace, y Manuel de Jesús, todos Beatham Montoya, a las diez horas del dos de abril del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Josefa Montoya Abarca, mayor, casada una vez, vecina de Río Claro de Golfito, con cédula de identidad número doscientos sesenta-cuatrocientos cinco, fallecida el día dieciocho de abril del dos mil tres, en el hospital de Ciudad Neily, esta notaría ha declarado abierto su proceso testamentario. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Emilia Durán Umaña, sita en Barrio González Lahmann, avenida doce, calles veinticinco y veinticinco A.—04 de abril del 2022.—Licda. Emilia Durán Umaña, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022637121 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuere Mayra Yolanda Jiménez Vargas, mayor, cédula de identidad número uno-cero cinco ocho ocho-cero uno cuatro tres, soltera, administrado de empresas, vecina de San Francisco de Dos Ríos, del Abastecedor Los Sauces veinticinco metros oeste, casa de portón café frente al parque, para que dentro de quince días hábiles se apersonen a reclamar sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de Steve Miguel Monge González, sita en San José, Escazú, Avenida Escazú, Torre Lexus, piso cuatro, oficina doscientos tres.—Cinco de abril del dos mil veintidós.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario Público.—1 vez.—( IN2022637122 ).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Grethel Obando Zúñiga, mayor, soltera, vecina de San José́, Guadalupe, cédula de identidad: cinco cero dos dos uno cero nueve cuatro cinco. Para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, La Uruca trescientos sur del Lagar, a reclamar sus derechos los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.—San José́, cuatro de abril del dos mil veintidós.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario Público, carné catorce mil setenta y seis.—1 vez.—( IN2022637128 ).

Ante mi notaría se tramita proceso sucesorio de quien en vida fuera Carlos Francisco Molina Ortiz, con cédula de identidad número 1-0554-0574, se declara abierto el proceso sucesorio, razón por la cual, se invita a todos los herederos, legatarios y cualquier persona interesada en la sucesión para que puedan apersonarse dentro del plazo de 15 días hábiles a hacer valer sus derechos, para tales efectos se habilita el correo electrónico david.walsh@jwabogados.com y el número de expediente es JW-001-2022.—Lic. David Walsh Jiménez.—1 vez.—( IN2022637157 ).

Con 15 días contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Víctor Mauro Guzmán León, cédula N° 1-454-024, divorciado, vecino de San José, para que se apersonen en defensa de sus derechos ante la notaría de la suscrita, sita en San José, avenida 12, calle 35, N° 3541, y se les apercibe a quienes crean tener algún derecho, que deberán hacerlo dentro del ese plazo. Sucesión intestada en sede notarial N° 001-2022.—San José, 05 de abril de 2022.—Licda. Leslie Arias Masís, Notaria Pública, Carné N° 10696.—1 vez.—( IN2022637220 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fue Zoila Rosa Haydee Gómez Gómez, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Cartago, San Francisco, Agua Caliente de Cartago, del Palí de la Pitahaya trescientos metros al este y cien metros al norte, urbanización Veredas de San Francisco, casa nueve-A, cédula número 3–0109–0002, para que dentro del término de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersone todo aquel que se crea con interés, igual o mayor derecho ante esta oficina ubicada en Cartago, Tejar del Guarco, del bar Reno City quinientos metros al sur, a hacer valer sus derechos. Apercibidos que de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 001–2022–NO.—Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2022637224 ).

Sucesión AB Intestato en Sede Notarial de Floribeth Ramírez Angulo. Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Jimmy Segura Sánchez, Juan Diego Segura Ramírez, Blanca Rosa Angulo Montero, Carlos Fernando Ramírez Varela, a las diez horas del treinta de marzo del año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Floribeth Ramírez Angulo, portadora de la cédula de identidad número dos-cero trescientos noventa y nueve-cero doscientos cuarenta y nueve, casada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, San Antonio, Tejar Condominio Rioja, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Alajuela ciento cincuenta metros al este de la Escuela Ascensión Esquivel Ibarra Oficentro Plaza Acosta, a hacer valer sus derechos.—Alajuela, a las diez horas y treinta minutos del treinta del mes de marzo del año dos mil veintidós.—Lic. Michael Roberto Loría Camacho, Notario Público.—1 vez.—( IN2022637227 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día veinticinco de marzo del año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Mario Humberto Bukele Kattán, quien en vida fuera de nacionalidad salvadoreña, con pasaporte de su país número PA cero uno cero tres dos siete cinco cinco, mayor de edad, soltero, vecino de Cartago, Tres Ríos, La Unión. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días contados a partir de esta publicación de edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Ivania Araya Vargas, cinco de abril del año dos mil veintidós. En San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Trilogía, edificio tres, piso dos, oficina tres dos cuatro, teléfono 4000-0354.—Licda. Ivania Araya Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2022637260 ).

Ante mi notaría, sita en San José, San Rafael de Escazú, Edificio Meridiano piso tres oficina doce, se presentó Carlos Eduardo Quirós Rodríguez, mayor, viudo de mi único matrimonio, recolector municipal, titular de la cédula de identidad número uno-seiscientos treinta y cinco-ochocientos ochenta y siete, vecino de Pueblo Nuevo de Pavas, San José doscientos metros sur y veinticinco metros este del Restaurante León Dorado, a solicitar la tramitación del sucesorio testamentario extrajudicial de quien en vida fue Magda Rocío Paniagua Brenes, mayor, casada una vez, del hogar, titular de la cédula de identidad número uno-seiscientos ocho-cuatrocientos nueve, vecina de Pavas, San José. Indica que acepta la herencia y solicita se le nombre como albacea, dejando desde ya formado el inventario. Se cita a los interesados para que dentro del plazo de quince días hagan valer sus derechos ante mi notaría.—San José, seis de abril de dos mil veintidós.—Mauricio Villalobos Barrientos, Notario Público.—1 vez.—( IN2022637281 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Agapita De La O Reyes, mayor, divorciada, miscelánea, costarricense, con documento de identidad N° 700640192 y vecina de Limón, Valle la Estrella, Penshurt. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000051-0678-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de marzo del 2022.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez.—1 vez.—( IN2022637284 ).

Se emplaza a los interesados en la Sucesión de quien en vida se llamó María Celina Madrigal Vega, quien fuera mayor, viuda de su único matrimonio, vecina de Puriscal, Barbacoas, ciento cincuenta metros este de la Iglesia Católica portadora de la cédula uno- cero doscientos cincuenta y seis- cero ochocientos veinticuatro, para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este aviso se apersonen al proceso en defensa de sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial. Notaria: Ana Graciela Alvarenga Jiménez, con oficina abierta en San José, Montes de Oca, Barrio La Granja, de la Estación El Higuerón, 400 metros sur, 100 este, cien sur, 75 este.—San José, primero de abril de 2022.—Ana Graciela Alvarenga Jiménez.—1 vez.—( IN2022637291 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Emisael Quesada Fernández, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número tres-cero ciento cuarenta y tres-cero quinientos sesenta y seis, vecino de Vista de Mar de Goicoechea, contiguo al antiguo Bar La Última copa, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2022. Notaría del Bufete Blanco Araya, San Isidro de Coronado, del Banco de Costa Rica, ciento veinticinco metros al norte.—San Isidro de Coronado, 06 de abril del 2022.—Lic. Hugo Antonio Blanco Araya, MSc, Notario.—1 vez.—( IN2022637313 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fuera: Rodrigo Piedra Mora, mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número: 3-144-132, quien era vecino de Cartago, Central, frente al Colegio Universitario de Cartago, para que, dentro del plazo de 30 días hábiles contados a partir de le publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante esta notaría, sita en Cartago, Oriental, del antiguo Almacén La Hormiga de Oro 75 metros al norte, y se aperciben a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente N° 0004-2022. Proceso sucesorio en sede notarial de Rodrigo Piedra Mora.—Cartago, 06 de abril del 2022.—Licda. Alejandra Rojas Carballo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022637314 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ezequiel Marín Mesén, mayor, estado civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0103000091 y vecino de La Mona, Golfito, Ciudadela Madrigal, 100 metros al este de la Iglesia Evangélica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 22-000006-0422-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil), hora y fecha de emisión: diez horas con nueve minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós.—Edwin Eduardo Mata Elizondo, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022637316 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron José Antonio Agüero Parajeles, mayor, estado civil: casado, comerciante, nacionalidad: Costa Rica, con documento de identidad N° 0202880290, y vecino de Alajuela; y Marina de Jesús Casanova Casanova, mayor, viuda, ama de casa, nacionalidad: Costa Rica, con documento de identidad N° 0501530525, y vecina de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000168-0638-CI-1.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y ocho minutos del cuatro de abril del dos mil veintidós.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022637322 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Vladimir Villalba Velásquez, mayor, nacionalidad venezolano con documento de identidad 186200033026 y vecino Cartago, Tres Ríos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 210003940640CI. Nota: publíquese por única vez.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: trece horas con seis minutos del doce de enero del dos mil veintidós.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—( IN2022637358 ).

Por segunda vez se emplaza al sucesorio notarial extra protocolario de Ángel German Arroyo Campos, cédula 9-0057-0922 fallecido, por 15 días a partir de esta publicación a mi notaría, avenida 12, número 2375, a los interesados a hacer valer sus derechos, sobre la continuación del proceso, sucesorio, nombramiento de albacea, declaración de herederos, adjudicación de bienes y gananciales, especialmente a la señora Gerarda Aracelly Jiménez Jiménez, cédula 6-0111-0824 cónyuge del causante, del proceso sucesorio, en el cual se encuentra nombrado e inscrito ante el Registro Público el señor: Jason Eduardo Arroyo Jiménez cédula 4-0189-0583 desde fecha 12 de noviembre del 2020. Expediente. 02-10-11- 2020- WRHJ-4966.—Walter Rubén Hernández Juárez, Notario.—1 vez.—( IN2022637378 ).

Ante esta notaría, se tramita proceso sucesorio notarial de quien en vida fue la señora Shirley Vanessa Orozco Brenes, soltera, administradora de negocios, cédula de identidad N° 1-1066-0745, vecina de San José, Tibás, costado oeste del cementerio, para lo cual se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, la cual sito en San José, Av. cuarta entre calles 6 y 8, edificio Román, tercer nivel.—San José, 06 de abril del 2022.—Lic. Evelyn Karina Ramírez Solórzano, Notario.—1 vez.—( IN2022637402 ).

En la notaría del Lic. Johan Castillo Umaña, se ha iniciado proceso sucesorio de quien en vida fue: Rubén Negrini Vargas, cédula N° 1-0449-0950. Se cita a todos los interesados para que, dentro del término de ley se apersonen hacer valer sus derechos. Notaría en Orotina, costado este de Ferretería Ferjuca. Expediente N° 0001-2022.—Orotina, 06 de abril del 2022.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario Público.—1 vez.—( IN2022637421 ).

Se comunica que, en la oficina del suscrito notario, ubicada en Alajuela, Los Chiles, Los Chiles, del Hospital ciento cincuenta metros al norte, se lleva a cabo el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue: Pedro Gallo Rodríguez, mayor de edad, casada una vez, agricultor, cédula de identidad N° 5-0083-0862, vecino de Liberia, Guanacaste. Se emplaza a terceros interesados en este sucesorio a apersonarse a dicho proceso sucesorio en la dirección indicada.—Lic. Rafael Valle Molina, Notario Público.—1 vez.—( IN2022637431 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Víctor de los Ángeles Gómez Guillén, mayor, estado civil: casado, profesión u oficio: chofer, nacionalidad: Costa Rica, con documento de identidad N° 0302970441, y vecino de Cartago, Central, Tierra Blanca, de la Iglesia Católica de Tierra Blanca 300 metros norte. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000172-0640-CI-0.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con trece minutos del once de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—( IN2022637439 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Elieth Adoración Garita Gómez, mayor, costarricense, viuda, ama de casa, vecina de Tierra Blanca y con documento de identidad 0301830372. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 22-000224-0640-CI-3.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y seis minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2022637443 ).

En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Ángel Solano Garro, mayor, casado, cédula de identidad N° 3-0143-0531 y vecino de Orosi de Paraíso de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000232-0640-CI.- M.—Juzgado Civil de Cartago, a las nueve horas con cincuenta y un minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—( IN2022637454 ).

Mediante escritura 169-21 otorgada ante esta notaría por María Julia Coto Hernández, José Ricardo De La Trinidad Ramírez Coto y Juan Diego Ramírez Coto, a las 14:00 horas del 23 de marzo del 2022 de quien en vida fue José Ricardo De La Trinidad Ramírez Mora, quien en vida fue mayor, casado una vez, número de cédula de identidad 3-0095-0980, fallecido el 8 de noviembre de 1989. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Manuel Enrique Ortiz Coronado, ubicada en San Pablo de Heredia, Residencial La Amada, número 94A, teléfono 22376546, correo manuelortizc@live.com. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Lic. Manuel Enrique Ortiz Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2022637455 ).

Con quince días plazo, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Allyson Ávila Gómez c.c. Alex Ávila Gómez, quien era mayor, soltero, comerciante, cédula número uno-mil trescientos cuarenta y dos-cero seis nueve seis, San José, Aserrí, Barrio Corazón de Jesús, urbanización Los cenízaros, casa número ochenta y dos, a fin de que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la herencia pasará a manos de quien o quienes hayan demostrado en el proceso su legítimo derecho a heredar. Asimismo, se le previene acerca del señalamiento de un medio (fax o correo electrónico), para atender sus futuras notificaciones, apercibidos de que, en caso de no hacerlo, o bien que el medio escogido imposibilite su notificación por causas ajenas a esta Notaría, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igualmente, se les hace saber que, de surgir controversia en relación a la tramitación de esta sucesión en esta sede, se procederá a dar por terminado el proceso en sede notarial, para su inmediata remisión a la sede judicial. La dirección de esta notaría es en Aserrí, San José, frente a la Escuela Santa María, teléfono número veintidós treinta-noventa catorce. Expediente número cero cero cuatro-dos mil veintidós.—Aserrí, San José, diez horas del cinco de abril del dos mil veintidós.—Licda. Karina del Carmen Badilla Abarca, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022637464 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Fernando Alfonso Méndez Hernández, mayor, estado civil Casado, Pensionado, costarricense, con documento de identidad 0301810658 y vecino de Cartago, Guadalupe, 500 metros sur y 25 metros oeste de la iglesia católica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000408-0640-CI - 5.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y nueve minutos del diecinueve de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022637466 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Fernando Alfonso Méndez Hernández, mayor, estado civil Casado, Pensionado, costarricense, con documento de identidad 0301810658 y vecino de Cartago, Guadalupe, 500 metros sur y 25 metros oeste de la iglesia católica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente:19-000408-0640-CI-5.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y nueve minutos del diecinueve de octubre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637467 ).

Se emplaza a todos los herederos e interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue: Francisca de la Trinidad Mena Rodríguez, soltera, vecina de barrio el Carmen de Venecia, San Carlos, Alajuela, cédula número 5-0097-0805; para que, dentro del término de 30 días, a partir de esta publicación, se apersonen a la notaría de la licenciada María Elieth Pacheco Rojas, ubicada al costado norte de la iglesia católica de Venecia, San Carlos, Alajuela, en reclamo de sus derechos. Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 11:55 del 10/03/2022, se solicitó la apertura del juicio sucesorio extrajudicial ab intestado en sede notarial.—Licda. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2022637478 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión Ab Intestato del señor Antonio Soto Aguero, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Alajuela, Alajuela, San Rafael, de la Panasonic doscientos metros oeste, cédula de identidad número dos- doscientos noventa-cero noventa y dos, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0006-2022.—Alajuela, seis de abril del año dos mil veintidós.—Notaría de la Licenciada Rita Isabel Jiménez Soto, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022637506 ).

Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Roxana Sandí Murillo, a las trece horas del dos de febrero de dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de Rodolfo Stanley González, y la existencia y validez del testamento por él otorgado; esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, avenida once, calles cincuenta y seis y cincuenta y ocho, casa 5635, teléfono 2231-1200, a hacer valer sus derechos.—San José, a las trece horas con treinta y tres minutos horas del seis de abril del dos mil veintidós.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2022637511 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alfredo del Socorro Rodríguez Ulate, mayor, estado civil: casado, vecino de Linda Vista de Chachagua, cédula de identidad N° 9-032-31. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000343-0297-CI-9.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de noviembre del 2020.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022637513 ).

Ante el suscrito notario se declara abierto el sucesorio de quien en vida fue Bernardo Arturo Campos Avalos, mayor, casado una vez, cédula 900080749, vecino de San José, Central, Hospital, quien falleciera a los 83 años de edad, en Cartago-La Unión-Concepción-C, el día 26 de agosto de 2021, bajo el número de expediente: 0026 -2021. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del MSc. Jonatan López Arias Notario Público con oficina abierta en la ciudad de San José, San Francisco de Dos Ríos cincuenta Este de Faro del Caribe, Teléfono: 8304-0268.—San José, a las 13 horas 04 minutos del 06 abril del 2022.—MSc. Jonatan López Arias, Notario.—1 vez.—( IN2022637526 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Antonio de los Ángeles González Alfaro, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0900140985 y vecino de San Rafael, Pococí. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 22-000042-0930-CI-8.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 30 de marzo del año 2022.—Licda. Lilliana Garro Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022637527 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de Marilyn Sue (nombre) Dresslar (apellido) de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, quien en vida era mayor, casada en segundas nupcias, pensionada, cédula de residencia de nuestro país número uno ocho cuatro cero cero cero cinco cero dos nueve dos cuatro, vecina de San José, Coronado, San Antonio, Residencial Normandía, casa sesenta, quien falleció el nueve de julio del año dos mil catorce en San José, Vázquez de Coronado, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan ante ésta notaría en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 00001-2022. La dirección de esta notaría es Bufete Gallardo Abogados y Notarios, sito en San José, Barrio Dent, Edificio Latitud Dent, oficina trescientos cinco, fax 2524-1080.—San José, seis de abril de 2022.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario Público.—1 vez.—( IN2022637529 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Irene Ramírez Araya, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-001866-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las doce horas siete minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno. 09 de noviembre del año 2021.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022635847 ).               3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores, Valeska Salazar Morales y Jean Marco Ovares Morales para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 22-000262-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas treinta y seis minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636613 ).                 3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores, Valeska Salazar Morales y Jean Marco Ovares Morales para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 22-000262-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas treinta y seis minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintidós.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636613 ).               3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la menor Gynnes Vargas Torres, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las quince horas diecisiete minutos del siete de marzo de dos mil veintidós, expediente N° 22-000023-1552-FA.—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 07 de marzo del 2022.—Licda. Lilliana Castillo Bolaños, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636844 ).                                                        3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la declaratoria de estado de abandono y otro de la menor Keira Fernández Rivera, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las nueve horas veintitrés minutos del cinco de abril de dos mil veintiuno. Expediente: 21-000103-1552-FA.—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 07 de marzo del 2022.—Licda. Liliana María Castillo Bolaños, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022636845 ).                                      3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la menor Samara Fallas Quirós, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las nueve horas veintiocho minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintidós. Publíquese por tres veces consecutivas Expediente. 22-000021-1552-FA.—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 18 de marzo del 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636848 ).                                 3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores: Joshua Jiménez Fonseca y Mathew Fonseca Altamirano, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las trece horas veintiséis minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintidós. Expediente: 22-000017-1552-FA.—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 17 de marzo del 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022636849 ).                  3 v. 1.

Se avisa a la señora Gerlen Soleima Carlos García, portadora de la cédula de residencia N° 155831034423, mayor, de domicilio desconocido, misma representada por el curador procesal Licenciado Dowglas Dayan Murillo Murillo , se le hace saber que existe proceso N° 21-000603-0673-NA de suspensión de autoridad parental menor de edad José Alejandro Carlos García, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Gerlen Soleima Carlos García, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas y cuarenta y nueve minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de diez días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 159 del Código de Familia, 262 y 263 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Isabel Ortiz Fernández.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del 2022.—Msc. Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022636749 ).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Johny Torrres Blandon, documento de identidad PC639144, casado, de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso abreviado de nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente N° 18-000301-0186-FA, mediante el cual se pretende declarar la inexistencia de matrimonio que la une con el señora María Del Pilar Espinoza Castillo, donde se le confiere traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. lo anterior se ordena así en proceso abreviado de nulidad de matrimonio de Procuraduría General de la República contra Johny Torrres Blandon y María Del Pilar Espinoza Castillo. Expediente N° 18-000301-0186-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 22 de marzo del 2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 687-2017-JA.—( IN2022636779 ).

Licda. Silán Navarro Jiménez, jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Adrián Guillermo Arroyo Vega, documento de identidad no indica, dato desconocido, no indica, vecino de dato desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso procesos especiales de declaratoria judicial de abandono en su contra, bajo el expediente número 22-000705-0364-FA establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, expediente Nº 22-000705-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente DICEN: Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de las personas menores de edad Bridney Arroyo Prieto y Brenda Harina Prieto Lezcano, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Adrián Guillermo Arroyo Vega, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que, si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)” Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial. go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Nombramiento de curador: de conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal al demandado se resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si la demandada ausente cuenta con apoderado inscrito y así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública del señor Adrián Guillermo Arroyo Vega. Además, las generalidades de ley de dos testigos que declaren sobre el conocimiento o desconocimiento del paradero del demandado. Prevención de honorarios: Inclúyase el presente asunto en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa del Poder Judicial (SIGAPJ), esto con el fin que la Unidad Administrativa de Heredia asuma el pago de honorarios de curador a nombrar, y de conformidad con la circular numero 86-2019 de la Dirección Ejecutiva, emitida el 28 de junio del 2019 y conforme con lo establecido en la Ley 9635 “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” y el Reglamento 41779 “Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado”, la Dirección Jurídica emitió criterio mediante oficio N° DJ-193-2019 del 13 de junio de 2019, y en acatamiento a dicha circular los honorarios se fijan en la suma de noventa y seis mil cincuenta colones, monto que incluye el 13% del I.V.A. Citación de dos testigos: se cita a dos testigos para que en el plazo de una semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Otros extremos: se otorga el depósito judicial provisional de las menores de edad Bridney Arroyo Prieto y Brenda Harina Prieto Lezcano en el hogar y bajo responsabilidad de la señora Alexandra Castillo Prieto. A la cual se le previene que deberá comparecer a este despacho en el plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo. Notificaciones: . Para notificar al demandado el señor Adrián Guillermo Arroyo Vega, se le notificará por medio de edicto y se le nombrará curador procesal, una vez que se hayan acreditado los requisitos para la procedencia de dicho nombramiento, debiendo publicarse el edicto correspondiente, tome en cuenta la parte interesada que el edicto se enviará de manera electrónica por parte de éste Juzgado, por lo que sin perjuicio alguno puede estar pendiente de la Publicación del mismo y puede aportarlo al despacho. Notifíquese. Lo anterior se ordena así en proceso procesos especiales de declaratoria judicial de abandono de Patronato Nacional de la Infancia contra Adrián Guillermo Arroyo Vega; expediente Nº 22-000705-0364-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de marzo del año 2022.—Licda. Silán Navarro Jiménez, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636780 ).

Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Marcela Álvarez Mora, en su carácter personal, quien es mayor, divorciada, portadora de la cédula de identidad número 0110140415, demás calidades y domicilio desconocidos, se le hace saber que en demanda suspensión de la autoridad parental, tramitada bajo el número de expediente N° 200003370364FA, establecida por el Patronato Nacional de la Infancia en su contra, se ordenó notificarle por edicto el contenido de la sentencia de primera instancia N° 2022000565 de las diecisiete horas cuarenta y siete minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintidós, que en lo conducente dice: “...Por tanto: Con base en lo expuesto y citas de ley, se declara con lugar la demanda incoada por el por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Marcela Álvarez Mora, a quien se le suspende del ejercicio de la autoridad parental con relación a su hija Victoria Álvarez Mora. La suspensión se impone por el plazo de cinco años. Se hace ver que, si la señora Álvarez Mora modifica su conducta, previa demostración de esa circunstancia en la vía judicial pertinente, y siempre y cuando resulte en el mejor interés de la persona menor de edad, podrá ser rehabilitada en el ejercicio de los derechos que concede la autoridad parental. Esta suspensión implica únicamente los derechos que como madre le asisten, no de los deberes que como tal tiene la obligación de cumplir en beneficio de su hija. En forma expresa, se dispone el depósito judicial de Victoria Álvarez Mora, al señor Gerson Arias Picado, quien deberá apersonarse dentro de los próximos ocho días siguientes a la notificación de esta resolución para aceptar el cargo conferido. Se resuelve el presente asunto sin especial condena en costas. Publíquese la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. Firme esta sentencia, anótese al margen de los asientos de inscripción de nacimiento de la persona menor de edad bajo las citas 403220345. Notifíquese...”.—Juzgado de Familia de Heredia, 13 de marzo del 2022.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636782 ).

Se avisa, a Nayra Mayra Porras Montes, cédula de identidad número 0109660988, de domicilio y de demás calidades desconocidas, representados por el curador procesal Licenciado Julio César González Méndez, se le hace saber que existe proceso N° 20-000622-0673-NA de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad Sebastián Mauricio Zúñiga Porras establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Nayra María Porras Montes, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas y cuarenta y siete minutos del nueve de abril del dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril del 2022.—Msc. Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636794 ).

MSC. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Juan Pablo Valdez Lira, portador del documento de identidad N° CO16714444, de demás calidades y dirección desconocidas, que en este despacho el Patronato Nacional de la Infancia interpuso un proceso especial de Declaratoria Judicial de Abandono en su contra, bajo el expediente número 180025620364FA, en el cual se ordenó notificarle por edicto las resoluciones que literalmente dicen: “...Juzgado de Familia de Heredia. A las catorce horas y uno minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono con fines de Adopción de la persona menor de edad Anny Fernanda de Los Ángeles Valdez Loaiza, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, contra Juan Pablo Valdez Lira, Lesly Michelle Loaiza Chacón, a quienes se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Gestión en línea: si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea, a señalar este medio para recibir notificaciones, e ingresar escritos directamente al expediente; lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde cualquier dispositivo electrónico a consultar su expediente, revisar sus notificaciones así como los escritos presentados, con lo anterior se evitará largas filas. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N° 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 22776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 2283-5533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, teléfono: 2265-5640. Y en la Defensa Publica de Heredia. teléfono 2560-0659. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)” Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros extremos: se otorga el Depósito Judicial Provisional de la menor de edad Anny Fernanda de Los Ángeles Valdez Loaiza a la Institución que representa el Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de San Carlos. A la cual se le previene que deberá comparecer a este despacho en el plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 del Código de Familia. Lo anterior, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar un profesional en derecho en su lugar. Notificaciones: notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a las partes demandadas, se comisiona a la a la Oficina de Comunicaciones y otros Comunicaciones Judiciales de Heredia. Notifíquese....” “...Juzgado de Familia de Heredia. A las ocho horas diez minutos del trece de enero de dos mil veintidós. Vista la gestión que presentó el Licenciado Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, en fecha 17 de junio del 2021, visible en las páginas 58 al 62 del expediente electrónico, se resuelve: siendo que no ha sido posible dar con el paradero del demandado Juan Pablo Valdez Lira, según se desprende del registro de intervención aportado y que consta en autos (páginas 60-62), proceda la parte actora, previo al nombramiento del o la curador(a) procesal, cumplir con los siguientes requisitos: 1- aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, 2- así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública. Citación de parte actora y testigos: se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona en compañía de dos testigos, para que, bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que, si no comparece, el proceso no podrá avanzar. De lo anterior, se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional y la parte interesada deberá estar atenta a su publicación. Notifíquese...” (Sic). 23/03/2022. Nota: publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636795 ).

Se avisa, al señora Gheidy Auxiliadora Chavarría Rodríguez, mayor, portador de la identidad número C0110211, con demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal licenciada Viviana Melissa Vargas Téllez, hace saber que existe proceso N° 20-000158-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Ariana Michel Jirón Chavarría establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Miguel Jirón Vivas y Vivas y Gheidy Auxiliadora Chavarría Rodríguez que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 2022000190. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia. A las quince horas y cuarenta y ocho minutos del nueve de julio de dos mil veinte. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos probados: … II. Sobre el fondo: … por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 17, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Ariana Michel Jirón Chavarría. Se extingue a su madre y padre, Miguel Jirón Vivas y Gheidy Auxiliadora Chavarría Rodríguez el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial del niño Ariana Michel Jirón Chavarría en los señores Mileydy Jirón Chavarría. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, en el Registro de Nacimientos de la provincia de Limón, tomo: cuatrocientos dieciséis, folio: treinta y siete, asiento: setenta y tres. Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Msc. José Ólger Valverde Leitón, Juez(a), teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia 2295-3115.—Juzgado de Niñez y Adolescencia, 04 de abril de 2022.—Msc. Charlyn Miranda Arias, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636796 ).

Se avisa a Evans Josué Araya Fernández, cédula de identidad número 0114480074 de domicilio y demás calidades desconocidas, quien es representada por el curador procesal licenciado Juan José Alvarado Quirós, que en este Despacho se dictó dentro del expediente N° 20-000143-0673-NA establecido por el licenciado Alejandro Campos Garro en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 2022181. Juzgado de Familia de Niñez y Adolescencia, a las diecisiete horas catorce minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos probados… II. Sobre el fondo: … Por tanto: por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad Maripaz Araya Gorgona respecto a su padre. Se suspende a la señora Raquel Gorgona Chinchilla y Evans Josué Araya Fernández en el ejercicio de la patria potestad y se ordena que sea depositada judicialmente en el hogar de María Julia Fernández Salazar, quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de tres días, a partir de la firmeza. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo dos mil ciento cincuenta y tres, folio cuarenta y uno, asiento ochenta y dos. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Msc. José Ólger Valverde Leitón, Juez(a). Notifíquese.—Juzgado de Familia de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de abril 2022.—Msc Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636798 ).

Se avisa a los señores Jennifer Del Carmen Poveda Rojas (pasaporte N° C01984357), de domicilio y (demás) calidades desconocidas y a Nelson Josué Castro Dávila, (pasaporte N° C01624767), de domicilio y (demás) calidades desconocidas que en este juzgado, se tramita el expediente N° 21-000277-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Leandro Poveda Rojas y Derry Braon Castro Poveda. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias. Expediente N° 21-000277-0673-NA. Clase de asunto: actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, dieciséis horas y treinta y dos minutos del primero de abril del 2022.—Msc Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022636799 ).

Se avisa a el señor José David Mora Prado, mayor, con el documento de identidad número 0115080610, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 21-000095-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad: David Solano Aguirre, Ismael Alonso Mora Aguirre y Sara Dayana Aguirre López. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que, manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de abril del 2022.—Licda. Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636800 ).

Se avisa, al señor Ivis David Moreno, mayor, con demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal licenciado Rándall Alberto Quirós Herrera, hace saber que existe proceso N° 20-000511-0673-NA de suspensión de patria potestad persona menor de edad Emelyn Indira Moreno Baldizón y Daniel Baldizón Torrez establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Karen Elieta Baldizón Torrez y Rándall Alberto Quirós Herrera, que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 2021000606. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia. A las ocho horas cincuenta y cuatro minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos probados: … II. Sobre el fondo: … por tanto: por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad sobre la persona menor de edad Emelyn Indira Moreno Baldizón y Daniel Baldizón Torrez. Por lo que se suspende a los señores Karen Elieta Baldizón Torrez y Ivis David Moreno en el ejercicio de la patria potestad. Se confiere el depósito de los niños Emelyn Indira Moreno Baldizón y Daniel Baldizón Torrez, en el hogar de Yesenia Francisca Prado Torrez. Dentro de los ocho días posteriores a la firmeza de este fallo deberá la señora Elvira de la Cruz Ávila comparecer a este Juzgado a aceptar el cargo que aquí se le confiere. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, para Lilliam Gissel Rojas Ávila, provincia de San José, al tomo: dos mil ciento treinta, folio: ciento ciento seis, asiento: doscientos once. Se resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese. MSC. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 01 de abril de 2022.—Msc. Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636801 ).

MSC. Felicia Quesada Zúñiga, jueza del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Fabián Alberto Bermúdez Álvarez, en carácter personal, quien es mayor, costarricense, casado una vez, portador de la cédula de identidad número 4-0210-0019, demás calidades y domicilio desconocidos, que en este despacho el Patronato Nacional de la Infancia interpuso un proceso abreviado de suspensión de responsabilidad parental y depósito judicial, que se tramita bajo el número de expediente 190025430364FA donde se ordenó notificarle por edicto, el contenido de las resoluciones que en lo literal dicen: “...Juzgado de Familia de Heredia. A las diez horas y treinta y seis minutos del trece de febrero de dos mil veintidós. Encontrando la suscrita que el señor Fabián Alberto Bermúdez Álvarez no se localizó en la dirección aportada por el ente actor, según se desprende del acta de notificación emitida el 16 de setiembre de 2021 por la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Heredia, visible a página 172, y en atención a lo solicitado por la licenciada Ana Julieta Hernández Issa El Khoury en carácter de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, mediante el escrito que corre agregado a página 175 fechado 26 de noviembre de 2021, se rechaza lo peticionado toda vez que esta litis es contra la señora Murillo Quesada, y en todo caso, el fin de la resolución emitida al ser las trece horas y trece minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno (páginas 162 a la 167), es informarle al señor Bermúdez Álvarez sobre la pretensión de depósito judicial en favor de su hijo menor Juan Emmanuel Bermúdez Murillo. Dicho esto, se ordena notificarle por edicto el contenido de las resoluciones emitidas al ser las catorce horas y veinticuatro minutos del treinta de enero de dos mil veinte (páginas 136 a la 140), la que rola a páginas 162 a la 167, así como de la presente. Se informa a las partes que el documento se remitirá en forma electrónica a la Imprenta Nacional por medio de la Plataforma SEDIN, para que procedan con lo de cargo. Será una vez que el edicto esté publicado, que por encontrarse debidamente notificada sobre este asunto la señora Dayana Murillo Quesada, así como el señor Luis Manuel Bustos Aguirre (ver actas a páginas 147 y 173, respectivamente), se emitirá pronunciamiento sobre la audiencia de ley. Notifíquese...” “...Juzgado de Familia de Heredia. A las catorce horas y veinticuatro minutos del treinta de enero de dos mil veinte. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia de Heredia, se confiere traslado a la accionada Dayana Murillo Quesada por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 2283-5533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, teléfono: 2265-5640. Y en la Defensa Publica de Heredia, teléfono 2560-0659. Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N° 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Depósito judicial provisional: solicita el ente promovente que las personas menores de edad en cuestión sean depositadas provisionalmente en el hogar de su abuela materna, por haber sido la misma valorada como un recurso idóneo para el cuido de sus nietos. Ahora bien, tomando en consideración la información brindada por el Patronato Nacional de la Infancia con relación a los informes psicosociales donde en resumen afirman que tanto la niña como el niño presentan factores de riesgo y vulnerabilidad al lado de su madre, así como los antecedentes de abuso sexual presuntamente cometido por su padrastro, y con el fin de otorgar la debida protección a las personas menores de edad atendiendo a su mejor interés, en pro de su estabilidad física y emocional, se concede el depósito provisional de Dayanaski Nejama Bustos Murillo y Juan Emmanuel Bermúdez Murillo a la señora Zeidy Álvarez Sánchez cc. Seidy Álvarez Sánchez, quien deberá apersonarse al despacho dentro del plazo de tres días con el fin de aceptar el cargo conferido. Para tales efectos deberá el ente promovente comunicarle a la nueva depositaria bajo apercibimiento de que en caso de omisión el proceso no podrá avanzar. Notificaciones: Notifíquese esta resolución a las personas demandadas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Heredia. Previo a expedir dicha comisión deberá la parte actora dentro del plazo de tres días, aportar copia de la totalidad del expediente, bajo apercibimiento de que en caso de omisión, no se atenderán sus futuras gestiones. Se le hace saber a la parte promovente que dichas copias deberán ser presentadas exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante respectivo. Notifíquese...” “...Juzgado de Familia de Heredia. A las trece horas y trece minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno. Denotando la suscrita que el Patronato Nacional de la Infancia accionó un proceso abreviado de suspensión de responsabilidad parental y depósito judicial en favor de las personas menores de edad Dayanski Nejama Bustos Murillo y Juan Emmanuel Bermúdez Murillo, y si bien dicha suspensión está dirigida a la madre de los infantes, señora Dayana Murillo Quesada; lo cierto es que al pretenderse el depósito de las mismas, resulta imprescindible que sus progenitores también sean notificados de esta solicitud. Por esta razón en aras de evitar indefensión y futuras nulidades y en aplicación al principio de conservación de los actos y como medida de saneamiento, se anula la audiencia celebrada en este despacho al ser las ocho horas y treinta minutos del pasado trece de enero de dos mil veintiuno (minuta a página 158), dejando incólume únicamente la entrevista privada realizada a las personas menores de edad Dayanski Nejama y Juan Emmanuel. En este sentido, se ordena notificar del presente proceso a los señores Luis Manuel Bustos Aguirre (progenitor de Dayanski Nejama Bustos Murillo) y Fabián Alberto Bermúdez Álvarez (progenitor de Juan Emmanuel Bermúdez Murillo), a las direcciones aportadas por la licenciada Ana Julieta Hernández Issa El Khoury en su condición de representante legal del PANI (ver páginas 160-161); sobre la pretensión esbozada por el ente actor a página 9 del líbelo de demanda en especial sobre el depósito judicial solicitado, así como del contenido de la presente resolución y del auto emitido al ser las catorce horas y veinticuatro minutos del treinta de enero de dos mil veinte (páginas 136 a la 140), en el cual se concedió como medida cautelar el depósito provisional de las personas menores de edad en el hogar y bajo la responsabilidad de la señora Zeidy María c.c Seidy María Álvarez Sánchez, todo esto con la finalidad de que en el plazo de diez días se manifiesten al respecto. Lo anterior en el entendido de que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, ya que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N° 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se les informa que si por el monto de sus ingresos anuales no están obligados a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no les es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, pueden recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son: de la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776-715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 2283-5533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, teléfono: 2265-5640. Y en la Defensa Publica de Heredia, teléfono 2560-0659. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Prevención: previo a expedir las comisiones deberán el ente promovente dentro del plazo de tres días aportar dos juegos de copias de todo el expediente, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciera, no se le atenderán futuras gestiones que presente y se podrá ordenar el archivo del expediente (artículo 136 del Código Procesal Civil). Se le hace saber a la referida parte que dichas copias deberán ser presentadas exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante respectivo. Notificaciones: Notifíquese esta resolución a los señores Luis Manuel Bustos Aguirre y Fabián Alberto Bermúdez Álvarez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real, en las siguientes direcciones (según su orden): Centro Penitenciario La Reforma y en Heredia centro, de las Bodegas del Banco Nacional, 225 metros al sur, pasando la línea del tren a mano derecha, unas casas color ladrilla en la primera casa. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para tales efectos, se comisiona a la Policía de Proximidad de San Rafael de Alajuela y a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Heredia. Notifíquese...”. Nota: publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Heredia,11 de marzo del 2022.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636852 ).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Luis Manuel Carlo Ortiz, documento de identidad N° P457532077, casado, puertorriqueño, de paradero desconocido, que en este despacho se interpuso un Proceso Abreviado de Divorcio en su contra, bajo el expediente N° 21-000627-0186-FA, mediante el cual la señora Olga Etelinda Umanzor Contreras pretende la disolución del vínculo matrimonial que los une. Lo anterior se ordena así en Proceso Abreviado de Divorcio de Olga Etelinda Umanzor Contreras, contra Luis Manuel Carlo Ortiz. Expediente N° 21-000627-0186-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 10 de marzo del 2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—( IN2022636871 ).

Licenciado Douglas Quesada Zamora, Juez del Juzgado de Cobro de Puntarenas: hace saber a Minas Brillantes S. A.; representada por Grettel María Serrano Montero, cédula jurídica N° 3-101-239113 que en este despacho se interpuso un proceso Ejecución Hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ronny Alberto Hernández Hernández, proceso que se tramita bajo el expediente 21-003869-1207-CJ-1, donde se dictó la resolución que literalmente dice: A las ocho horas con dieciocho minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno. Visto el memorial de la actora, se tiene por cumplida la prevención que corre en autos. Ahora bien, se tiene por establecido el proceso de ejecución hipotecaria en contra de Ronny Alberto Hernández Hernández. Oposición: Podrá oponerse a esta demanda dentro del plazo de cinco días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 del Código Procesal Civil. Conciliación: Se les recuerda a las partes la posibilidad de conciliar en cualquier etapa del proceso según lo dispone la Ley N° 7727, Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social. Con una base de trece millones ochocientos tres mil ochocientos noventa y nueve colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número once mil ciento veintiséis, derecho 000 para lo cual se señalan las once horas cero minutos del seis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós con la base de diez millones trescientos cincuenta y dos mil novecientos veinticuatro colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil novecientos setenta y cuatro colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Otros asuntos: Se ordena anotar la presente demanda sobre los bienes que aquí se ejecutan (Artículo 167 del Código Procesal Civil). Mediante anotación tecnológica ante el Registro Nacional procédase con la anotación de demanda ordenada en esta resolución. Se le(s) previene a la(s) parte(s) demandada(s), que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Queda la documentación a disposición de la parte interesada en el Sistema de Gestión en Línea para su diligenciamiento. El párrafo final del artículo 19 de la Ley de Notificaciones, N° 8687 indica que a la notificación se le acompañarán copias de los escritos y documentos salvo disposición legal en contrario. La parte demandada podrá acceder al “Sistema de Gestión en Línea” (https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr) para consultar, visualizar y gestionar en el expediente, Para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema, la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Por otro lado, según lo establece el artículo 8 de la Ley de Notificaciones, N° 8687, la persona que notifica está investida de autoridad para exigir la plena identificación de la persona que reciba la cédula, así como para solicitar el auxilio de otras autoridades, cuando lo necesite para cumplir sus labores. Cuando se trate de zonas o edificaciones de acceso restringido, exclusivamente para efectos de practicar la notificación al destinatario, se ordena permitir el ingreso del funcionario notificador; si el ingreso fuera impedido, se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. Notifíquese esta resolución a la (s) parte (s) demandada (s), si se trata de persona física por medio de cédula, personalmente o en su domicilio contractual, real o registral, de tratarse de persona jurídica por medio de cédula, personalmente por medio de su representante, en el domicilio real o registral de este o en el domicilio contractual o social. Se le concede el plazo de cinco días a Minas Brillantes S. A. representado(a) por Grettel María Serrano Montero en su condición de tercer adquiriente para que se apersone a hacer valer sus derechos. En caso de que esta persona no pueda ser encontrada se le podrá notificar por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Se le hacen las mismas prevenciones efectuadas a la parte demandada respecto a la notificación. Notifíquesele por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Primer Circuito Judicial de San José. De conformidad con lo establecido en la circular 181-2019 del Consejo Superior, el interesado deberá presentar las copias respectivas directamente ante la Oficina de Comunicaciones Judiciales, la cual no desactivará los registros para practicar las notificaciones personales, en el sistema informático, mientras no se aporten las copias. Una vez aportadas, se procederá con el trámite respectivo. En caso de no hacerlo oportunamente, se expondrá a las posibles sanciones procesales que correspondan. Notifíquese esta resolución al demandado Ronny Alberto Hernández Hernández, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Puntarenas. De conformidad con lo establecido en la circular 181-2019 del Consejo Superior, el interesado deberá presentar las copias respectivas directamente ante la Oficina de Comunicaciones Judiciales, la cual no desactivará los registros para practicar las notificaciones personales, en el sistema informático, mientras no se aporten las copias. Una vez aportadas, se procederá con el trámite respectivo. En caso de no hacerlo oportunamente, se expondrá a las posibles sanciones procesales que correspondan. Deberá la parte interesada, presentar en la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este Circuito Judicial, un juego de copias de la demanda y memorial donde cumple la prevención, con la finalidad de proceder a tramitar la notificación ordenada, caso contrario, la notificación quedará deshabilitada en el sistema informático debiendo la parte gestionar nuevamente la notificación. Finalmente, se le previene a la parte actora indicar el estado del proceso 17-021632-1164-CJ indíquese si existe publicación de edicto, señalamiento a subasta así como las calidades del actor.Licda Anny Hernández Monge. Publíquese este edicto por única vez, publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Minas Brillantes Sociedad Anónima, Ronny Alberto Hernández Hernández. Expediente N° 21-003869-1207-CJ. Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y cuatro minutos del seis de abril del dos mil veintidós. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor. A las catorce horas con cuarenta y cuatro minutos del seis de abril del dos mil veintidós. Vistas las gestiones de la parte actora se resuelve: 1) En cuanto a las manifestaciones en relación al error en las bases, debe esta autoridad judicial rechazar la misma dado que en la constitución de hipoteca a cobro no indica que lo considerado sea el saldo de capital más los intereses, comisiones, costas y demás responsabilidades pecuniarias tal y como lo menciona la parte accionante sino por el contrario dicha constitución es clara e informa que la base corresponde a la suma de capital adeudada, intereses,comisiones, costas y demás responsabilidades pecuniarias. 2) Ahora bien, siendo que la propietaria registral no se logro notificar en el domicilio social y de conformidad con lo solicitado en cuanto a la notificación del tercer adquirente se establece lo siguiente: Por ser conforme a derecho dicha solicitud, según el numeral 29.3 y 157.4 del Código Procesal Civil, procédase a confeccionar el respectivo edicto de ley en donde se indique notificar al tercer adquirente Minas Brillantes S. A.; representado(a) por Grettel María Serrano Montero, la resolución de las ocho horas y dieciocho minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno (resolución que da inicio al proceso). Se le concede a la misma el plazo de cinco días a dicha parte para que se apersone a hacer valer sus derechos. Procédase a confeccionar el edicto de ley. 3) En relación al estado del proceso 17-021632-1164-CJ si bien se aporta la misma, esta no indica si se han publicado edictos de ley. 4) En otro orden de ideas y por haberse omitido en su oportunidad de la liquidación de intereses de demanda se le confiere audiencia por el plazo de tres días al demandado. 5) Finalmente, se tiene por aportada el acta de notificación del demandado Hernández Hernández Ronny. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor. A las catorce horas con tres minutos del siete de abril del dos mil veintidós Vista la gestión agregada a la carpeta electrónica por parte del apoderado especial judicial de la accionante se resuelve: 1) Se tiene por cumplida la prevención en relación a la certificación del estado del proceso número 17-021632-1164-CJ. 2) Ahora bien, como se solicita conforme a los numerales 29.3 y 157.4 del Código Procesal Civil, procédase a confeccionar el respectivo edicto de ley en donde se indique notificar a Minas Brillantes S. A.; representado(a) por Grettel María Serrano Montero como tercer adquirente y anotante del proceso ejecución hipotecaria del expediente 17-021632-1164-CJ, la resolución de las ocho horas y dieciocho minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno (resolución que da inicio al proceso), catorce horas con cuarenta y cuatro minutos del seis de abril del dos mil veintidós y la presente resolución para que dentro del plazo de cinco días se apersone hacer valer sus derechos. Firmada la presente resolución se confeccionaría el edicto respectivo. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor. Proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Minas Brillantes Sociedad Anónima, Ronny Alberto Hernández Hernández. Expediente N° 21-003869-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y seis minutos del siete de abril del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022638326 ).

Licenciado Walter Francisco Alvarado Arias, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, a José del Carmen Bravo Sánchez, mayor de edad, ecuatoriano, comerciante, pasaporte número SC 40566, casado, de paradero o domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso abreviado de nulidad de matrimonio, expediente: 20-000849-0187-FA, establecida por Procuraduría General de la República contra Cynthia Madrigal Sánchez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia N° 2022000345 de las siete horas cincuenta y cinco minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós, que en lo conducente dice: Por tanto: Con fundamento en todo lo anteriormente expuesto se estima pertinente al final del asunto puesto en conocimiento de este despacho judicial, acceder a la pretensión del representante legal de la entidad que promueve el proceso y por ende declarar con lugar el presente proceso abreviado de nulidad de matrimonio simulado interpuesto por el representante de la Procuraduría General de la República en contra de los señores José del Carmen Bravo Sánchez y Cinthya Madrigal Sánchez, por ende, se ordena: a) Se decreta la nulidad absoluta del vínculo matrimonial entre los demandados José del Carmen Bravo Sánchez y Cinthya Madrigal Sánchez inscrito en el Registro Civil, Registro de Matrimonios de la provincia de San José, al tomo 0390; folio 278, asiento 0556. Se ordena consecuentemente la cancelación de la inscripción registral de dicho matrimonio ante el Registro Civil. Comuníquese lo pertinente a dicha entidad para lo de su cargo; b) Se ordena la nulidad absoluta de todo proceso y eventual acto final administrativo que se encuentre en trámite, pudiera haber conferido o aprobado la nacionalidad costarricense por naturalización a favor del señor José del Carmen Bravo Sánchez ante el Registro Civil de Costa Rica con ocasión de su matrimonio con la costarricense Cinthya Madrigal Sánchez. Tales actos o beneficios deberán ser considerados como absolutamente nulos conforme lo establece el numeral 19 del Código de Familia. c) Se ordena la nulidad absoluta de cualquier trámite llevado a cabo o que se realice ante la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica tendiente a conceder Residencia o cualesquiera otro beneficio migratorio al señor José del Carmen Bravo Sánchez con ocasión de su matrimonio con la señora Madrigal Sánchez. Tales beneficios deberán ser considerados como absolutamente nulos; d) Ninguno de los demandados registra bienes muebles o inmuebles en Costa Rica. En caso de que aparezcan bienes, derechos o valores en titularidad o posesión de alguno de los demandados, adquiridos dentro del enlace matrimonial, cuya nulidad absoluta se ordena a través de esta resolución, se ordena excluirlos de toda consideración de ganancialidad. Permanecerán en patrimonio o posesión personal exclusiva de su dueño o poseedor (a) y se inscribirán bajo su estado civil de persona soltera. e) De conformidad con lo dispuesto por el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese esta sentencia a la parte accionada con domicilio desconocido, sea al señor Bravo Sánchez mediante edicto que se publicará en el Boletín Judicial o bien otro medio similar. Expídase el mismo; y f) Se exime del pago de costas a los demandados, por cuanto la actitud procesal del curador del demandado, su condición de persona ausente en el proceso, así como la actitud procesal de la codemandada Madrigal Sánchez y la ausencia de elementos de convicción de desacreditaran la tesis de la entidad promotora del proceso, propiciaron el resultado antes expuesto; ya que no hubo mayor contención. g) Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por única vez en el Boletín Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo normativo supra citado. h) Por haber cumplido con sus labores propias del cargo designado, solicítese a la Administración del Primer Circuito Judicial de San José cancelar los honorarios de la persona profesional en derecho que figura como curadora procesal, licenciada Melanie Campos Bermúdez por un monto de setenta y cinco mil colones exactos más el trece por ciento de I.V.A. dicho monto por concepto de impuesto al valor agregado, según aplicación de la Ley de Fortalecimiento de Finanzas Públicas y Circulares de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, para un total de ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos. Una vez aprobados los mismos, se estará comunicando el número de autorización para que dicha abogada presente ante este despacho la factura por sus servicios profesionales, consignando el número asignado a fin de proceder a realizar el visto bueno. Una vez firme la sentencia se ordena mediante ejecutoria disponer su inscripción ante el Registro Civil sección de Matrimonios de la provincia de San José al tomo 0390; folio 278; asiento 0556. Se informa que se cuenta con la posibilidad de impugnar la presente resolución dentro del plazo de ley ante el superior. Notifíquese. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter Francisco Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636977 ).

Se avisa al señor Cesar Augusto Pérez Cortes, mayor, casado, agrónomo, de nacionalidad nicaragüense, pasaporte número C1587547, demás calidades y domicilio desconocido, que dentro del proceso abreviado nulidad matrimonio No 14-000650-0186-FA establecido por Procuraduría General República que se tramita en este Juzgado, se dictó la Sentencia 474-2015 de las catorce horas cuarenta y tres minutos del once de mayo de dos mil quince, que en lo conducente dice: “Por tanto: Con base en lo expuesto, normas legales citadas, se falla: Se acoge la demanda, declarando la nulidad del matrimonio entre los señores Francini Lucía Mata Venegas y César Augusto Pérez Cortes. Firme, anótese la nulidad de este matrimonio al margen de las citas de inscripción de ese matrimonio, en la Provincia de San José, tomo quinientos ocho, folio ciento cincuenta y ocho, asiento trescientos dieciséis. Igualmente es nula el acta de naturalización por medio del cual se autorizó al señor César a naturalizarse como costarricense. Son ambas costas a cargo de los demandados César Augusto Pérez Cortés y Francini Lucía Mata Venegas. Notifíquese Licda. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de marzo de 2022.—MSC. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022636979 ).

Licenciada Johanna Vargas Hernández, jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), a Arturo José Rocha, en su carácter demandado, quien es vecino de Nicaragua, se le hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa - depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), a las quince horas cuarenta y nueve minutos del nueve de abril de dos mil veintiuno. Habiendo ingresado el presente proceso en incompetencia, conózcase del mismo hasta su fenecimiento. De las presentes diligencias de depósito de los menores Sullyn Frachesca Barrios Madrigal, Taycha Nicole Rocha Madrigal, Alexsia Suleyka Barrios Madrigal, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Sara de la Trinidad Madrigal Jimenez, Rommel Rodolfo Barrios Aguirrez y Arturo Jose Rocha, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al señor Rommel Rodolfo Barrios Aguirrez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real, sea en San José, La Carpio, tercera parada al norte, de la iglesia Paz y Amor, ciento cincuenta metros este, casa de madera color azul, portón de zing color celeste a mano izquierda. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones del Primer Circuito Judicial de San Jose. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la circular N° 5-2012 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, el procedimiento de notificación por medio de comisión, la parte interesada deberá reservarse las correspondientes copias en su poder, en el caso de haber señalado el correo electrónico como medio para recibir notificaciones, de tal modo que el despacho le remitirá la comisión para que la imprima, agregue las copias y la lleve para su diligenciamiento, lo anterior de conformidad con el artículo 15 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Con relación al demandado Arturo José Rocha y de previo a ordenar notificar al mismo, deberá la entidad promovente identificarlo e indicar las calidades y datos personales a fin de ordenar su notificación por medio de la entidad respectiva. En otro orden de ideas, se tiene por apersonado al proceso a la demandada Sara de la Trinidad Madrigal Jiménez mediante escrito aportado al proceso en fecha dos de marzo de los corrientes, el cual se reserva hasta se encuentren notificadas todas las partes del proceso. Licda. Johanna Vargas Hernández, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso actividad judicial no contenciosa de Patronato Nacional de la Infancia contra Rommel Barrios Aguirrez, Sara de La Trinidad Madrigal Jiménez; expediente Nº 20-000854-0673-NA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Ciudad Neily, 01 de abril del año 2022.—Licda. Johanna Vargas Hernández, Jueza Decisor/a.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022636980 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Jeiner Alfonso Zamora Calvo, mayor de edad, divorciado, trabaja en construcción y trabajos ocasionales, portador de la cédula de identidad número 0302840283, vecino de Turrialba, Carmen Lyra, casa N° 7, de la antigua Oficina del Agua 50 metros al sur, casa con tapia color papaya y verjas color café, hijo de Antonio Zamora Castro y Teresa Calvo Méndez, nacido en San Rafael Turrialba Cartago, el 15/03/1966, con 56 años de edad, y Sirley María Chaves Chevez, mayor de edad, Soltera, cuidadora de adulta mayor en San Rafael, portadora de la cédula de identidad número 0304390830, vecina de Turrialba, Carmen Lyra, casa N° 7, de la antigua Oficina del Agua 50 metros al sur, casa con tapia color papaya y verjas color café, hija de José Miguel Chaves Cruz y Floribeth Chevez Salgado, nacida en Centro Turrialba, Cartago, el 11/09/1989, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000131-0675-FA-W.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), Turrialba, 08 de abril del año 2021.—Licda. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637001 ).

Licenciada Kensy Cruz Chaves, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Olger Rivas Espinoza, mayor, costarricense, divorciado, trabajador independiente, cédula de identidad número 6-0268-0651, hijo de Domingo Rivas Rivas y Felicia Espinoza Espinoza, nacido en Jiménez, Puntarenas, el 01/07/1975, con 46 años de edad, y María de Los Ángeles Martínez Castro, mayor, costarricense, divorciada, ama de casa, cédula de identidad número 7-0112-0509, hija de José Antonio Martínez Gallo y Isabel Castro Gaitán, nacida en Centro Central, Limón, el 07/10/1974 actualmente con 47 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Barrio Sillas Blancas de Beverly, de la Iglesia de Dios, 75 metros sur, casa de bono, color verde a mano derecha. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000216-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 01 de abril del año 2022.—Msc. Kensy Cruz Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637032 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil los comparecientes Luis Alfredo Rodríguez Corrales, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad número 0114280023, vecino de San Rafael de Coronado, calle la Yerba Buena, tercera casa, después del puente mano derecha portón verde, hijo de Luis Rodríguez Ríos y Flore María Corrales Vargas , nacido en Carmen Central San José, el 06/05/1990, con 31 años de edad, y Jessica Paola Duran Masis, mayor, soltera, empleada doméstica, cédula de identidad número 0117470723, vecino San Rafael de Coronado, calle la Yerba Buena, tercera casa, después del puente mano derecha portón verde, hijo de Juan Durán Solís y Xinia Masís Rojas, nacida en Carmen Central San José, el 02/07/1999, actualmente con 22 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Álvaro Morales Rodríguez y Keytt Jaén Aguilar. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto-Solicitud de Matrimonio. Expediente: 22-000197-165-FA-en el.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San Jose, Montelimar, 01 de febrero de 2022.—Carlos Sánchez Miranda, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637078 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Concepción Esteban Romero Navarro, Maribel Báñez Pérez (Persona indígena) de la siguiente manera, Maribel Bañez Pérez, conocida como Xinia Báñez Pérez mayor, femenina, cédula de identidad número 901020054, nombre de la progenitora Argentina Pérez Brenes y nombre del progenitor Raúl Báñez Moya, domicilio en Turrialba, Tuis cien manzanas en finca La Española, nacida el 11/04/1968, con 53 años de edad, y Concepción Esteban Romero Navarro, mayor, soltero, masculino, cédula de residencia N° 155813517628, de nacionalidad nicaragüense nombre de la progenitora Enriqueta Navarro de Romero y nombre del progenitor Lorenzo Romero, domicilio en Nicaragua, el 08/12/1963, actualmente con 58 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Turrialba, Tuis cien manzanas en finca La Española. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente N° 22-000032-0675-FA-W.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), Turrialba, fecha, 05 de abril del año 2022.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022367124 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Juan Carlos Fernández Mora, mayor, costarricense, divorciado, chofer de autobús, portador de la cédula de identidad número 1-0998-0141, vecino de San José, Goicoechea, Mata de Plátano, Urb Vista del Valle del árbol bicentenario 300 este 50 norte casa color papaya verjas negras, nacido el 02/04/1978, en Carmen Central San José, hijo de Mario Fernández Castro y Piedades Mora Quesada, actualmente con 43 años de edad, y Marta Patricia Vargas Calvo, mayor, costarricense, soltera, administradora de heladería, portadora de la cédula de identidad número 1-1455-0254, vecina de San José, Goicoechea, Mata de Plátano, Urb Vista del Valle del árbol bicentenario 300 este 50 norte casa color papaya verjas negras, nacida el 28/12/1990, en Hospital Central San José, hija de Fernando Gerardo Vargas Canet y Ana Iris Calvo Zamora, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente N° 22-000578-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de marzo del 2022.—Msc. Valeska Juliane Von Koller Fournier, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022637129 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Bessica Sofía Zamora Viales, mayor, soltera, trabaja en ventas, cédula de identidad número N° 0117670794, vecina de Belén de Palestina del Bar el Bosque 150 al norte, hija de Bessica Viales Gutiérrez y Fernando Zamora López, costarricense, nacida en Hospital, Central, San José, el 27/01/2000, con 22 años de edad y el señor Ramiro Gutiérrez Méndez, mayor, soltero, trabaja en seguridad privada, costarricense, cédula de identidad número 0504190268, vecino de Río Cañas Nuevo, costado noreste de la Iglesia, casa de color rosada, hijo de Mabel Méndez Duarte y Jorge Antonio Gutiérrez Barrantes, nacido en Centro, Nicoya, Guanacaste, el 12/11/1997, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000089-0776-FA.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), Santa Cruz, fecha, 22 de marzo del año 2022.—Msc. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637130 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Carolina de los Ángeles Rojas Bastos, Jorge Vinicio Salas Gómez, de la siguiente manera: Jorge Vinicio Salas Gómez mayor, divorciado, Oficinista, cédula de identidad número 0303380044, nombre de la progenitora Gladys Gómez Segura y nombre del progenitor Jorge Antonio Salas Ávila, domicilio en Turrialba, El Carmen de la Suiza, 700 metros norte y 100 metros este de la Escuela de Canadá, nacido el 09/10/1975 con 46 años de edad, y Carolina de los Ángeles Rojas Bastos, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0303440314, nombre de la progenitora Olga Bastos Aguilar y nombre del progenitor José Ángel Rojas Calderón, domicilio en centro Turrialba Cartago, el 09/11/1976, actualmente con 45 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio el mismo domicilio de Jorge Salas Gómez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 22-000068-0675-FA-W.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), Turrialba, 05 de abril del año 2022.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022637136 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Jhonny Daniel Aguilar Romero, Kimberly Yuliana Bastos Cerdas, de la siguiente manera: Jhonny Daniel Aguilar Romero, mayor, soltero, con cédula de identidad N° 0304790802, Operador de Máquina, nombre de la progenitora Grettel Romero Vega y nombre del progenitor Ronald Aguilar Martínez, domicilio en Turrialba Santa Teresita, Barrio el dos, 300 metros sur de la entrada del dos, nacido el 06/06/1994, con 27 años de edad, y Kimberly Yuliana Bastos Cerdas, mayor, soltera, Oficios domésticos, cédula de identidad N° 0304960068, nombre de la progenitora Irene Cerdas García y nombre del progenitor Luis Carlos Bastos Araya, domicilio en mismo que el señor Aguilar Romero, nacida el 13/07/1996, actualmente con 25 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Turrialba. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 22-000097-0675-FA-W.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), Turrialba, 05 de abril del 2022.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637138 ).

Piden casarse: William Gerardo Borbón Reyes, cédula: 603850468 y Sabrina Berrocal Gómez, cédula: 603610350, ambos vecinos de Puntarenas, Osa, Palmar. Si alguna persona conoce impedimento para que esta boda se realice, deberá manifestarlo a este despachó dentro del plazo de 8 días siguientes después de la publicación de este edicto. Expediente: 22-000054-1420-FA.—Juzgado de Familia de Osa, 18/marzo/2022.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022637163 ).

Los señores María Jesús Madriz Bermúdez, mayor de edad, soltera, costarricense, cédula N° 3-0522-0488, oficio: administradora, hija de José Antonio Madriz Oreamuno y Hazel Bermúdez Quirós; y el señor Daniel Josias Salazar Ledezma, mayor de edad, soltero, costarricense, cédula N° 4-0249-0381, oficio: administrador, hijo de Giovanni Gerardo Salazar Sánchez y Ruth Rebeca Ledezma Rodríguez. Ambos con domicilio en San Isidro de Heredia, han solicitado a la suscrita notaria pública celebrar su matrimonio civil. Si alguna persona se opone a esta unión, puede apersonarse al Bufete de la Licda. Gabriela Miranda Chavarría, en San Isidro de Heredia, 100 metros norte de la Casa Cural, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.—Licda. Gabriela Miranda Chavarría, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022637221 ).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Juan Carlos Baltodano Ortiz, mayor, divorciado una vez, oficial de seguridad, portador de la cédula de identidad número 1-1023-0915, con 43 años de edad actualmente, nacido en La Caja, Central, San José en fecha 14-01-1979, vecino de San Jose. Alajuelita, La Aurora, Urbanización La Guápil, frente a la Musmanni, hijo de Carlos Luis Baltodano Bejarano y Maura Ortiz Ortiz, ambos costarricenses y la señora Génesis Dayana Sánchez Cárdenas, mayor, divorciada una vez, oficial de seguridad, portadora de la cédula de identidad número 5-0388-0677, de 29 años de edad actualmente, nacida en Centro, Nicoya, Guanacaste, en fecha 23-08-1992, vecina del mismo lugar anteriormente indicado, hija de Francisco Esteban Sánchez Cabrera y María Yamileth Cárdenas Gómez, ambos costarricenses. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del presente edicto. Expediente 22-000123-1534-FA.—Juzgado de Familia y Trabajo de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 31- 03-2022.—Lic. Claudio Cesar Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637335 ).

De conformidad con el artículo dieciséis del Código de Familia, se hace saber que, a las quince horas del veinte de abril del dos mil veintidós, se celebrará en mi notaría, el matrimonio civil de Víctor Manuel Ramírez Hernández, cédula: 1-1627-835, mayor, soltero, cocinero, vecino Barrio Pilo, La Fortuna de San Carlos, Alajuela; y Dayana Gabriela Castillo Dandy, cédula: 7-207-838, mayor, soltera, operaria, al mismo domicilio que el anterior. Cualquier persona que tenga un interés contrario que lo haga saber en el término de ley ante la Notaría dicha, sita veinticinco este del Parque, La Fortuna de San Carlos.—La Fortuna, seis de abril del dos mil veintidós.—Lic. José Ml. Villegas Rojas. Carné: 14434.—1 vez.—( IN2022637492 )

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Lidier Alberto González Quirós, mayor de edad, cédula de identidad 7-0060-0541, ocupación pensionado, vecino de Río Segundo de Alajuela, hijo de Lider Alberto González Alvarado y de Virginia Quirós Fonseca, nacido en Limón, en fecha 03 de setiembre de 1957, con 64 años de edad, y la señora Maribel Roció Arias Ocampo, mayor de edad, cédula de identidad 2-0446-0065, ocupación oficial de seguridad privada, vecina de Río Segundo de Alajuela, hija de Ramón Arias Sibaja y de Gilda María Ocampo Monge, nacida en Alajuela, en fecha 04 de junio de 1966, con 55 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000232-0292-FA. Nota: Publíquese por una vez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 02 de febrero del 2022.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637495 ).

MSc. Patricia María Vega Jenkins, Juez(a) del Juzgado de Familia de Grecia. Se informa a las personas que tengan interés que han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, la señora: Mirna Ester Ledezma Álvarez, mayor, soltero/a, ama de casa, cédula de identidad número 0602100306, vecino(a) de Naranjo, El Rosario, El Llano de Naranjo, 200 metros norte de la Escuela del Llano, casa color papaya y amarillo, hijo(a) de Joaquín Ledezma Novoa y Marcelina Álvarez Álvarez, nacido(a) en Manzanillo, Central, Puntarenas, el 15/08/1967, con 52 años de edad; y Marvin Gerardo Villegas Vargas, mayor, soltero/a, guarda, cédula de identidad número 0204230753, hijo de Domingo Villegas Morera y María Enid Vargas Arias, vecino(a) de Naranjo, El Rosario, El Llano de Naranjo, 200 metros norte de la Escuela del Llano, casa color papaya y amarillo, nacido en Centro, Naranjo, Alajuela, el 16/01/1967, actualmente con 52 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000082-0687-F.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia), Grecia, 02 de febrero del 2021.—MSc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022637501 ).