BOLETÍN JUDICIAL 84 DEL 9 DE MAYO DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

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Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 65-2022

Asunto:       Protocolo de atención de gestión de conflicto de interés y Formulario de denuncias relacionadas con conflicto de interés.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No. 21-2022 celebrada el 10 de marzo de 2022, artículo LXXV, dispuso a solicitud de la Oficina de Cumplimiento y la Contraloría de Servicios, aprobar el Protocolo de atención de gestión de conflicto de interés y Formulario de denuncias relacionadas con conflicto de interés, que literalmente dice:

“PROTOCOLO PARA LA DEBIDA RECEPCIÓN,

ATENCIÓN Y GESTIÓN DE CONFLICTOS

DE INTERÉS POR PARTE DE LA

CONTRALORÍA DE

SERVICIOS

Introducción

El Poder Judicial ha trabajado en los últimos años en el desarrollo de un marco normativo que permita adoptar medidas encaminadas a la prevención, detención y sanción de las conductas contrarias a la ética pública. Para esto, ha suscrito una serie de instrumentos internacionales en materia de anticorrupción y también se ha apoyado en instrumentos nacionales que dieron origen al Reglamento de Regulación para la identificación y la gestión adecuada de los conflictos de intereses en el Poder Judicial.

Este reglamento generó una serie de buenas prácticas encaminadas a la prevención de conductas que involucren un conflicto entre el deber público y los intereses privados de una persona funcionaria judicial en el que esta tenga capacidad de influir indebidamente en el ejercicio de sus deberes y estableció una lista de conductas o comportamientos que podrían constituir un eventual, aparente o real conflicto de interés.

El objetivo de estos lineamientos es permitir a la institución, el seguimiento y monitoreo sobre los posibles casos de conflicto de interés y manifestarlos a tiempo, de esta manera poder identificarlos y realizar el procedimiento necesario para prevenirlos y gestionarlos de manera que contribuya al aseguramiento de la imparcialidad, probidad y satisfacción del interés público.

Por lo anterior, siendo que uno de los principales canales de comunicación entre la institución y la persona usuaria es la Contraloría de Servicios y ante la carencia de algún mecanismo establecido para la recepción, atención y gestión de incidencias de conflictos de interés, se dispuso la creación de este protocolo que sirva de guía para un abordaje efectivo de este tipo de situaciones.

1. Objeto. El presente protocolo tiene como objeto establecer el procedimiento de acción de la Contraloría de Servicios ante denuncia interpuesta por personas usuarias de posibles casos de conflictos de interés y de esta forma contribuir a una gestión célere, efectiva, así como al fortalecimiento de la imparcialidad, objetividad e independencia judicial.

2. Definiciones y referencias. Para los efectos de este protocolo, téngase presente las siguientes definiciones y referencias relevantes:

Deber de abstención: El deber de abstención impone a la persona servidora judicial la obligación de apartarse del conocimiento de una causa por tener algún interés personal, familiar, o de otra naturaleza que le obliga a abstenerse de tramitar, gestionar, resolver, opinar, asesorar, influir o participar en la toma de la decisión. La legislación ordinaria (Ley Orgánica del Poder Judicial, CPC, CPP, etc) y la regulación de conflictos de intereses, describen las causales de abstención.

Causales de abstención: las causales de abstención son las descritas en el numeral 9 del Reglamento para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los Conflictos de Interés en el Poder Judicial.

Conflicto de interés: Un conflicto de interés se presenta cuando el interés privado de una persona servidora judicial tiene la capacidad de influir indebidamente en el ejercicio del cargo público, afectando el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades. Es decir, es una situación en la que colisionan el interés particular de un funcionario/a judicial y el interés general o público.

Formulario: instrumento de uso de la persona usuaria dispuesto para documentar y trasladar la gestión de conflicto de interés a la persona responsable de su resolución.

Reglamento: hace referencia al reglamento denominadoRegulación para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los conflictos de interés en el Poder Judicial”, instrumento aprobado por Corte Plena en sesión número 014-2019 y publicado mediante circular N° 72-2019, de 17 de mayo 2019. Fecha de vigencia: 1° de marzo de 2020.

Superior jerárquico: entiéndase jefatura inmediata, coordinador o puesto con cargo de dirección de la persona identificada en el formulario de gestión de conflicto de interés.

3. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en este protocolo serán de aplicación exclusiva para todas aquellas situaciones que de acuerdo con el Reglamento, planteen las personas usuarias del servicio y que identifiquen a personas que laboran en el Poder Judicial sea en propiedad, interinas, suplentes, personal subcontratado, personas meritorias, quienes desarrollen programas de voluntariado, pasantías y trabajos para fines académicos.

4. Alcance de la gestión de la Contraloría de Servicios. Cuando una persona usuaria del servicio plantee una gestión de conflicto de interés ante la Contraloría de Servicios, ésta la recibirá por medio del formulario, la incluirá en el sistema de registro de inconformidades que para el efecto tenga la oficina y la trasladará a la jefatura de la persona funcionaria para que esta se encargue de dar respuesta directamente a la persona usuaria.

Para darle curso a la gestión ante la jefatura respectiva, la persona usuaria deberá haber completado el formulario.

Cuando la gestión presentada se dirija contra un juez o una jueza se debe remitir el formulario que la persona usuaria complete al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional quien se encargará de valorar la procedencia de la solicitud.

5. Quien puede presentar una gestión ante un posible conflicto de interés. Toda aquella persona usuaria física o jurídica, pública o privada e incluso personal interno de la institución que voluntariamente decida poner en conocimiento de la Contraloría de Servicios un hecho que pueda constituir un posible conflicto de interés conforme a las causales establecidas en el numeral 9 y 10 del Reglamento, a través del formulario dispuesto para esos efectos.

6. Momento para gestionar. Cualquier persona de las indicadas en el artículo anterior podrá presentar su denuncia en el momento en el que tenga conocimiento de las circunstancias que pueden originar un conflicto de interés por parte del personal judicial, con el fin de prevenir o gestionar debidamente el conflicto ante la jefatura correspondiente.

En caso de que la persona usuaria decida presentar la gestión ante la oficina vinculada, la jefatura está en la obligación de recibirla conforme lo dispone el numeral 10 de la Regulación, y darle el trámite respectivo. En ningún caso deberán remitir a las personas a la Contraloría de Servicios o alguna otra dependencia. Para esto se le facilitará a la persona usuaria el formulario dispuesto al efecto, el cual estará disponible para el funcionariado en la Intranet Judicial.

7. Deber de Discreción y confidencialidad. Todo el personal de la Contraloría de Servicios deberá guardar absoluta confidencialidad respecto al manejo de la información a la que tengan acceso o de la que tengan conocimiento, a fin de salvaguardar la naturaleza de confidencialidad de quien la realice respecto del nombre y demás datos de la persona que la presente, así como de los terceros a los que les consten los hechos.

8. Atención prioritaria. Los requerimientos que se reciban y que se relacionen con conflictos de interés deberán tramitarse con la mayor celeridad posible a fin de procurar su pronta conclusión. Una vez completado el formulario de la denuncia e incluida la información en el sistema Aranda Service Desk, será remitida a la jefatura de la persona funcionaria en un plazo no mayor a 24 horas.

9. Medios de presentación de gestión de conflicto de interés ante la Contraloría de Servicios. La modalidad de recepción será de forma electrónica, personal y/o escrita.

    De manera electrónica por medio de un formulario que se encontrará en la página web institucional y que la persona gestionante deberá completar.

    De manera personal asistiendo a cualquier sede de la Contraloría de Servicios donde la persona completará un formulario que deberá ser firmado de su puño y letra, salvo que exista algún impedimento físico -temporal o permanente- que sea notorio a la vista o debidamente comprobado.

    Cuando la persona usuaria lo presente por escrito o correo electrónico, se le facilitará el respectivo formulario para que lo complete y trasladarlo en conjunto con la nota escrita que presente.

10.—Procedimiento a seguir para tramitar la gestión planteada por la persona usuaria. Una vez completado el formulario el mismo deberá ser incluido en el sistema con el que cuenta la Contraloría para el registro, atención y seguimiento de requerimientos de servicios, donde deberá asociar el hecho a la categoría de gestión previamente definido para atender posibles conflictos de interés.

Seguidamente la persona funcionaria encargada de atender la solicitud, deberá hacer traslado del hecho a la jefatura inmediata de la persona contra quien se dirija la denuncia, quien determinará la forma en la que gestionará la situación cuando así proceda y brindará la respuesta directamente a la persona usuaria.

Cuando la gestión se dirija en contra de un juez o una jueza se deberá remitir el formulario al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional quien se encargará de valorar la procedencia de la solicitud y/o su traslado a la jefatura respectiva para su resolución.

11.—Información para la persona usuaria y la jefatura inmediata. Completado adecuadamente el formulario y recibida en forma, a la persona usuaria se le deberá informar:

1.  El traslado de su denuncia al superior inmediato de la persona funcionaria involucrada.

2.  Que conforme lo dispone el numeral 9 del Reglamento corresponde al superior jerárquico o jefatura respectiva, la resolución de la gestión de conflicto de interés, sea que acoja la gestión o que la rechace.

3. En consecuencia, la jefatura respectiva será la responsable de brindarle una respuesta a su gestión.

4.  Trasladada la gestión a la jefatura respectiva, la Contraloría de Servicios suspenderá cualquier trámite en relación a la denuncia de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de Creación, Organización y Funcionamiento de la Contraloría de Servicios. Igual consecuencia surtirá en caso de que se constate que la situación de conflicto de interés esté siendo conocido por otra instancia administrativa o judicial competente para resolver.

5.  Con el traslado de la gestión, a la jefatura respectiva se le informará que conforme al numeral 9, 11 y 12 del Reglamento citado, le corresponde resolver la situación planteada y dar respuesta de su decisión a la persona usuaria en el plazo establecido en el Reglamento y a través del medio proporcionado para tales efectos.

6.  De lo resuelto, la jefatura comunicará a la Contraloría de Servicios fecha y hora de la resolución y comunicación a las partes.

12.—Vigencia. Este protocolo rige a partir de su aprobación por las instancias responsables de dicha labor.”

El Formulario de denuncias relacionadas con conflicto de interés, podrá encontrarlo en el siguiente enlace: https://secretariacorte.poder-judicial.go.cr/index.php/documentos?download=5214:formulario-de-denuncias-relacionadascon-conflictos-de-interes.

San José, 25 de abril de 2022.

                            Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez,

                                     Subsecretario General interino

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642369 ).

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:  Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 15-017202-0007-CO promovida por Francisco Álvaro Antonio Sagot Rodríguez, Jessica Núñez Castro, María Gabriela Boza Castillo, Mariela Reyes Salas contra la sección in fine del artículo 3o inciso 27), del Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Ejecutivo Nº 31849-MINAE-SMOPT-MAG-MEIC de 24 de mayo de 2004, publicado en La Gaceta Nº 125 de 28 de junio de 2004, por estimar que es contraria al artículo 50 de la Constitución Política y a los principios de no regresión, reserva de ley, objetivación, precautorio, protección a la biodiversidad intra y extra generacional, desarrollo sustentable y reparador, se ha dictado el voto número 2022-008750 de las dieciséis horas cuarenta minutos del veinte de abril de dos mil veintidós, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción. La Magistrada Garro Vargas consigna nota. Los Magistrados Cruz Castro, Rueda Leal y Garita Navarro salvan el voto y declaran con lugar la acción. Notifíquese.-»

San José, 28 de abril del 2022.

                                                    Mariane Castro Villalobos,

                                                                    Secretaria a.í.

O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022641965 ).

Para los efectos del artículo 90, párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción De Inconstitucionalidad que se tramita con el N° 19-006337-0007-CO, promovida por Carlos Asdrúbal Quesada Bermúdez, Corporación Nacional de Transportes Conatra Sociedad Anónima contra el artículo 31, inciso b) punto 1), de la Ley Reguladora Transporte Remunerado Personas Vehículos Automotores N° 3503 del 10 de mayo de 1995 y sus reformas, se ha dictado el voto N° 2022-009389 de las once horas cincuenta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós, que literalmente dice: «Se declara sin lugar la acción.-»

San José, 28 de abril del 2022.

                                                              Mariane Castro V.,

                                                                    Secretaria a.i.

O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022641979 ).

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 19-009174-0007-CO promovida por Asociación Cámara de Autobuseros del Atlántico, Asociación Cámara Nacional de Autobuseros, Asociación Cámara Nacional de Transportes, Asociación Cámara de Autobuseros de Heredia, Carlos Enrique López Solano, Johanna Mariela Zarate Sánchez, José Alfredo Campos Salas, Miguel De Los Ángeles Badilla Castro contra el artículo 17 inciso f) de la Ley número 3503, adicionado por la ley número 9600, por violentar el principio de proporcionalidad, así como por presentar vicios sustanciales en la tramitación de dicha norma, se ha dictado el voto número 2022-009346 de las nueve horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción

San José, 28 de abril del 2022.

                                                                      Mariane Castro V.

                                                                           Secretaria a. í.

O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022641980 ).

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Consulta Judicial que se tramita con el número 21-010654-0007-CO promovida por el Tribunal Penal de Heredia en lo referente con los artículos 71, inciso g) y 72 del Código Penal, se ha dictado el voto número 2022-008751 de las dieciséis horas cuarenta y uno minutos del veinte de abril de dos mil veintidós, que literalmente dice:

«Por mayoría, se evacua la consulta judicial de constitucionalidad formulada por el Tribunal Penal de Heredia, en el sentido de que las normas cuestionadas no son inconstitucionales, más las normas implícitas excluyentes. En consecuencia, las normas cuestionadas podrían extenderse en beneficio del grupo excluido en condición de vulnerabilidad. El magistrado Cruz Castro consigna nota. El magistrado Rueda Leal y la magistrada Garro Vargas salvan el voto y declaran inevacuable la consulta judicial de constitucionalidad. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese al Tribunal consultante

San José, 28 de abril del 2022.

                                                                   Mariane Castro V.,

                                                                         Secretaria a.i.

O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022641982 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000607-0627-NO, de archivo notarial contra Floria María Segreda Sagot (cédula de identidad 1-0434-0728), este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia 2021000357 a las dieciocho horas cincuenta y un minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintiuno, la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 0124-2021 de las ocho horas y diez minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno, en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado Notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, diecisiete de marzo del dos mil veintidós.

                            Lic. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez

                                         Juez Tramitador

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022642338 ).

A Registro Nacional, Archivo Nacional, Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil: Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 17-001000-0627-NO de Archivo Notarial contra Ana Cecilia Angulo Zúñiga (cédula de identidad 5-0149-0192), el Juzgado Disciplinario Notarial mediante sentencia número 221000556 de las dieciséis horas dos minutos del diez de agosto de dos mil veintiuno dictada en este proceso, misma que fue confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial en Voto 006-2022 de las ocho horas y treinta y dos minutos del catorce de enero del dos mil veintidós, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 25 de febrero del 2022

                          Lic. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez

                                                      Juez Decisor

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642423 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: MOT 717861, Marca: Can-Am. categoría: motocicleta, serie: 3JB2GEG19KJ002947. Carrocería: triciclo. Año: 2019. Color: Negro. Capacidad: 2 personas. Para tal efecto se señalan las ocho horas del veintiuno de junio del dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos noventa mil colones. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del veintinueve de junio del dos mil veintidós, con la base de cinco millones seiscientos noventa y dos mil quinientos colones (75% de la base original). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del siete de julio del año dos mil veintidós, con la base de un millón ochocientos noventa y siete mil quinientos colones (25% de la base original)). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario (R.P.L) de contra Feng Zhao Jin. Expediente 19-000077-1418-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia Laboral), 26 de abril de 2022.—Licda. Maureen María Robinson Rosales, Jueza Decisora.—( IN2022643063 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Ricardo Hernán Martínez Díaz, quien portó la cédula de residencia número 159100062412, y falleció el día 21 de octubre 2021, promovido por Maricela Arana Méndez, cédula de identidad N° 1 0884 0544; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000254-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000254-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de marzo del año 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642068 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Olger Ramón De La Trinidad Ávila Mejías 0203660561, fallecido el dos de junio del dos mil veintiuno, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Público bajo el número 21-000357-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000357-1113-LA. Por a favor de Olger Ramon De La Trinidad Ávila Mejías.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 30 de agosto del año 2021.—Msc. Karla Artavia Nájera, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642334 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Orlando Picado Villalobos, N° 0203030107, fallecido(a) el veintidós de octubre del dos mil dieciséis, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000559-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000559-1113-LA. Por a favor de Francisco Orlando Picado Villalobos.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 14 de diciembre del año 2021.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Juez(a) Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642360 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Guillermo Camacho Vargas, N° 0900690395, fallecido el cinco de octubre del dos mil veintiuno, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número 21-000531-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000531-1113-LA. Por a favor de Guillermo Camacho Vargas.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 26 de noviembre del año 2021.—Msc. Karla Artavia Nájera, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642362 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Deyanira Rojas Huertas 0203910085, fallecido(a) el 02 de diciembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el N° 22-000157-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000157-1288-LA. Por Edwin Bonilla Brenes a favor de María Deyanira Rojas Huertas.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 01 de abril del 2022.Licda. Karla Valenciano Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642364 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Pedro Antonio Castillo Espinoza 0601450808, fallecido el 07 de marzo del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-000026-1441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000026-1441-LA. Por Zumbado Badilla Flor de Lis causante Pedro Antonio Castillo Espinoza.—Juzgado Contravencional de Coto Brus (Materia Laboral), 27 de abril del año 2022.—Licda. Johanna Quesada Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642366 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sebastián Córdoba Rodríguez, N° 0604250051, fallecido el 21 de setiembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000022-1441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por a favor de las personas menores de edad Ayden Córdoba Guillén y Roilin Sander Córdoba Atencio, representado por Jeivy Yesica Atencio Bejarano y Yoseline Verónica Guillén Jiménez, expediente N° 22-000022-1441-LA.—Juzgado Contravencional de Coto Brus (Materia Laboral), 21 de abril del año 2022.—Licda. Johanna Quesada Monge, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642368 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones ciento sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 332-17232-01-0900-001 y 370-13624-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 510683-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 8-La Tigra cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública; sur: Neftalí Villalobos Matamoros; este: quebrada, y al oeste: Neftalí Villalobos Matamoros. Mide: cuatrocientos once metros cuadrados. Plano: A-1649975-2013. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del uno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la base de veinticinco millones seiscientos veinte mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós con la base de ocho millones quinientos cuarenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de F.G.R. Arrendadora Sociedad Anónima, María del Carmen Rojas Morera contra Agrícola Ganadera Azaria María Sociedad Anónima. Expediente N° 20-005011-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Seguno Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con treinta y cinco minutos del veintidós de abril del dos mil veintidós.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2022642882 )

En este Despacho, con una base de siete mil doscientos ochenta y cinco dólares con sesenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMJ800. Marca: BYD. Estilo: F0 GL I. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Serie: LC0C24DA4H0000098. Carrocería: Sedán. 4 puertas Hatchback. Tracción: 4X2. Número chasis: LC0C24DA4H0000098. Año fabricación: 2017. Color: negro. VIN: LC0C24DA4H0000098. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del veinte de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós con la base de cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del seis de julio de dos mil veintidós con la base de mil ochocientos veintiún dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Marco Vinicio Mora Alfaro, Alfaro Nájera Sandra. Expediente N° 21-009092-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y dos minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022642887 ).

En este Despacho, con una base de siete mil doscientos ochenta y cinco dólares con sesenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMJ800. Marca: BYD Estilo: F0 GL I categoría: Automóvil capacidad: 5 personas Serie: LC0C24DA4H0000098 carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, Tracción: 4X2, Número Chasis: LC0C24DA4H0000098, año fabricación: 2017 color: Negro. VIN: LC0C24DA4H0000098. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del veinte de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós con la base de cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del seis de julio de dos mil veintidós con la base de mil ochocientos veintiún dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A contra Marco Vinicio Mora Alfaro, Alfaro Nájera Sandra. Expediente:21-009092-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y dos minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintiuno.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022642889 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y siete millones novecientos once mil trescientos treinta y tres colones con cuarenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada al tomo: 0268, asiento: 00001957-01-0901-001, servidumbre de oleoducto y de paso de RECOPE anotada al tomo: 0511, asiento:00006404-01-0001-001, servidumbre de aguas pluviales anotada al tomo: 2014, asiento: 00190396-01-0395-001, servidumbre de acueducto y de paso de AYA anotada al tomo: 0216, asiento:00374121-01-0142-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cero cero ciento once mil cuatrocientos cincuenta y cuatro-F-003, F-004 (111454-F-003 y 004), la cual es terreno finca filial primaria individualizada número noventa y seis apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 03 la Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de juegos infantiles; al sur, finca filial noventa y cinco; al este, área común libre destinada a acceso y al oeste finca ochenta y nueve. Mide: doscientos sesenta y dos metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós con la base de sesenta y cinco millones novecientos treinta y tres mil quinientos colones con nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil veintidós con la base de veintiún millones novecientos setenta y siete mil ochocientos treinta y tres colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Mario Arturo Garita Morera. Expediente N° 20-003723-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 01 de marzo del año 2022.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2022642900 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 301-12942-01-0911-0030; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 33311---000, la cual es naturaleza: terreno para agricultura situada en el distrito 2-Mansion, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, calle pública, sur, Río Pueblo Viejo, este, Río Pueblo Viejo y otros, oeste, Junta Educación Pueblo Viejo. Mide: tres mil ciento doce metros con quince decímetros cuadrados. Plano: G-0008273-1974. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diez de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinte de junio de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Saul Bernabé de Los Ángeles Quirós Rojas contra Yorjana Diaz Acosta. Expediente N° 21-000155-0388-CI.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: ocho horas con once minutos del quince de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022642909 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones ciento veintiocho mil quinientos setenta y tres colones con tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintiún mil quinientos noventa y cuatro, derecho 000, la cual es terreno para construir con un local comercial y tres cabinas finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 5.91 metros; al sur, Flander Quirós Madrigal; al este, calle pública con 17.32 metros y al oeste, Luis Orozco Hernández. Mide: ciento dos metros con cero decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil veintidós con la base de doce millones noventa y seis mil cuatrocientos veintinueve colones con setenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones treinta y dos mil ciento cuarenta y tres colones con veintiséis céntimos (25% de la base original). Con una base de doce millones doscientos nueve mil cincuenta colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento dieciocho mil ochocientos ochenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa y tres cabinas en la parte alta finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Luisa Solórzano Solórzano, Luis Orozco Hernández, Flander Quirós Madrigal; al sur, Róger Rojas; al este, calle pública con un frente de 6.7 metros y al oeste, Luis Hernández. Mide: ciento un metros con cero decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil veintidós con la base de nueve millones ciento cincuenta y seis mil setecientos ochenta y ocho colones con diez céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de tres millones cincuenta y dos mil doscientos sesenta y dos colones con setenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Flander Quirós Castro, expediente N° 22-001032-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: diez horas con veintitrés minutos del siete de abril del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022642910 ).

En este Despacho, con una base de trece millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0308-00001335-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 207242 derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito Espíritu Santo, Cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con 10 metros; al sur Si Diwo SRL; al este Antonio Álvarez Jiménez y al oeste Si Diwo SRL. Mide: doscientos treinta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Mide: doscientos treinta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del trece de setiembre de dos mil veintiuno con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Monitorio Dinerario de Banco de Costa Rica contra Miguel Rafael Monge Useda. Expediente:18-001299-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: siete horas con diez minutos del quince de Abril del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022642914 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 354824-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-San Rafael, cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Nelly Herrera León; al sur, María Estrella Herrera León; al este Clotilde León Castro y al oeste, calle publica con 10m 72cm. Mide: trescientos cincuenta y dos metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del cinco de setiembre al año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del trece de setiembre al año dos mil veintidós con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintidós de setiembre al año dos mil veintidós con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica Contra Carlos Alberto Alpízar Herrera. Expediente 22-000015-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 25 de febrero del año 2022.—Msc. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2022642915 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos cincuenta y cinco mil novecientos sesenta y seis colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BST314, marca: Chery, estilo: QQ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: LVVDB12B5LB010506, peso vacío: 0, carrocería: sedán 4 puertas hatchback, peso neto: 0 kgrms., tracción: 4X2, peso bruto: 1311 kgrms., número chasis: LVVDB12B5LB010506, año fabricación: 2020, techo: techo duro, uso: particular, peso remolque: 0, color: rojo, convertido: N, vin: LVVDB12B5LB010506, N. motor: SQR371FBHKE80729, cilindrada: 1000 c.c, cilindros: 4, potencia: 68 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del cuatro de julio de dos mil veintidós con la base de cinco millones cuatrocientos cuarenta y un mil novecientos setenta y cuatro colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del doce de julio de dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos trece mil novecientos noventa y un colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Manuel García Rodríguez, expediente N° 21-000734-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 18 de noviembre del año 2021.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022642917 ).

En este Despacho, con una base de doce mil ciento treinta y tres dólares con cuarenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BKP602 Marca: Geely Estilo: GX2, categoría: Automóvil Capacidad: 5 Serie: LB37422S9GH041631 Peso Vacío: GX2, carrocería: Sedán 4 puertas Hatchback, Número de Chasis: LB37422S9GH041631. Para tal efecto se señalan las trece horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintidós con la base de nueve mil cien dólares con cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de tres mil treinta y tres dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Douglas Manuel Lizano Solano. Expediente: 18-003681-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de abril del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022642982 ).

En este Despacho, con una base de trece mil trescientos ochenta y cinco dólares con cuarenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo DGR234, marca: Kia, estilo: Picanto, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: beige, cilindrada:1248 c.c, Vin: KNABX512AHT398736, combustible: gasolina, número de motor: G4LAGP108248. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del veintiséis de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del cuatro de agosto de dos mil veintidós con la base de diez mil treinta y nueve dólares con siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del doce de agosto de dos mil veintidós con la base de tres mil trescientos cuarenta y seis dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito SJ S. A. contra Edgar Mauricio Meza Araya. Expediente 18-014503-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de abril del año 2022.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2022642984 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil trescientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BDZ651, Marca: JAC, Estilo: S 5, Año cación: 2014, color: plateado, Serie chasis y Vin: LJ12EKS4XE4700027 y N. Motor: HFC4GA3D3046089. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de julio de dos mil veintidós, con la base de seis mil doscientos setenta y tres dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil veintidós, con la base de dos mil noventa y un dólares con once centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J S.A. contra Luis Carlos Alvarado Rodríguez. Expediente:19-006813-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de abril del año 2022.—Licda. Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2022642987 ).

En este Despacho, con una base de once mil seiscientos veintiocho dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BMQ093, marca: Suzuki, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: negro, vin: MMSVC41S4HR101984. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del trece de julio del dos mil veintidós, con la base de ocho mil setecientos veintiún dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil veintidós, con la base de dos mil novecientos siete dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos de SJ S.A. contra Luis Diego Maroto Chía. Expediente N° 20-004044-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primera Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de abril del 2022.—Paula Priscilla Vargas Rodríguez, Jueza.—( IN2022642989 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos quince mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. cond. proh. ref:2182-379-001 en las citas 344-10239- 01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de SAN JOSE, matrícula número 593327, derecho 000, la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito 08 CAJÓN, cantón 19 PÉREZ ZELEDÓN, de la provincia de SAN JOSÉ.- COLINDA: al norte CARLOS CASTRO VARGAS y servidumbre de paso; al sur ERICO MARIN MARIN y SIXTO CALDERÓN CALDERÓN; al este ERICO MARIN MARIN y al oeste ARNOLDO NÚÑEZ ARAUZ.- MIDE: trescientos veinticinco metros con treinta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de cinco millones cuatrocientos once mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Virgilio Ademar Castro Vargas. Expediente 19-002159-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y cuatro minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2022643020 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones cuatrocientos setenta y siete mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de Leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de Viviendas, citas:2016-424739-01-003-001 y; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos once mil cuatrocientos, derecho 000, la cual es terreno de frutales. Situada en el distrito 1-Miramar, cantón 4-Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte identificador predial número seis cero cuatro cero uno cero cero nueve uno cero uno cuatro cero cero; al sur calle pública con frente a calle de ocho metros lineales; al este identificador predial número seis cero cuatro cero uno cero uno seis uno cuatro nueve seis cero cero y al oeste identificador predial número seis cero cuatro cero uno cero uno seis uno cuatro nueve seis cero cero. Mide: ciento setenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas veinte minutos del treinta de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas veinte minutos del siete de junio de dos mil veintidós con la base de doce millones trescientos cincuenta y siete mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de cuatro millones ciento diecinueve mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo. contra Keyla Noemy Cortes Prendas. Expediente:21-007612-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: Catorce horas con veintiocho minutos del dos de mayo del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022643021 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones seiscientos cuarenta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 2 servidumbres de aguas pluviales / 2 servidumbres de líneas eléctricas y paso; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 540544, derecho 000, la cual es terreno de zacate. Situada en el distrito: 10-Volio, cantón: 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Marco Vinicio Araya Villalobos; al sur, servidumbre de paso con un frente de 9.34 metros; al este, Marco Vinicio Araya Villalobos y al oeste, Marco Vinicio Araya Villalobos. Mide: ciento setenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del primero de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de junio de dos mil veintidós, con la base de diez millones novecientos ochenta y seis mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós, con la base de tres millones seiscientos sesenta y dos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: 1)- Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. 2)- “Al tratarse de hipoteca con bono, se advierte a los terceros oferentes que de conformidad con el artículo 153 bis de la Ley 7052, el monto total de la oferta debe ser entregado en el remate”. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Cristian Evelio Ramírez Zúñiga Expediente 22-000221-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 04 de abril del año 2022.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza.—( IN2022643022 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el finca: matricula: 440853-000, naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 7-El Rosario, cantón 6-Naranjo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, María Nidia Jimenez Arce, sur, María Nidia Jimenez Arce, este, María Nidia Jimenez Arce, oeste, calle de acceso. Mide: trescientos veintisiete metros con treinta y un decímetros cuadrados, plano: A-1198739-2008. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del seis de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del catorce de junio del dos mil veintidós, con la base de siete millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintidós de junio de dos mil veintidós, con la base de dos millones cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Andrea Vanessa Porras Jiménez. Expediente N° 22-001031-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y dos minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022643023 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-Calle Blancos, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María de Los Ángeles Rodríguez; al sur, calle pública; al este, Vidal Vargas Gutiérrez y al oeste, calle pública. Mide: noventa y tres metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Plano: SJ-0001197-1970. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de julio de dos mil veintidós con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de julio de dos mil veintidós con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Xiomara Maricela Lanza Rodríguez. Expediente N° 22-002686-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de abril del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—( IN2022643024 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 268452, derecho 000, la cual es terreno para construir con una Casa Número D-11. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública; al sur Gerardo Cruz Solano y otros; al este Lote D-12 y al oeste Lote D-10. Mide: ciento diecinueve metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del doce de diciembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de enero de dos mil veintitrés con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades Don Jerónimo Sociedad Anónima contra María Eduvigis González Blanco. Expediente:22-001679-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: Once horas con treinta y ocho minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2022643031 ).

En este Despacho, con una base de once mil cuatrocientos veintisiete dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Infracción(es) y colisión(es) bajo el número de sumaria 18-001184-0174-TR, sáquese a remate el vehículo placa BFX619. Marca: Citroen. Estilo: Celysee. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Año: 2014. Color: verde. Vin: VF7DDNFPBEJ515971. Cilindrada: 1587 c.c. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la base de ocho mil quinientos setenta dólares con noventa y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintidós con la base de dos mil ochocientos cincuenta y seis dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima Contra Leopoldo José Serrano Ayon, Luis Antonio Serrano Pérez. Expediente N° 16-003765-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de marzo del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Juez Decisor.—( IN2022643052 ).

En este Despacho, Con una base de dieciocho mil trescientos ochenta y un dólares con cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BFG452, marca: Ssang Yong, estilo: Rexton, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año fabricación: 2014, color: plateado, VIN: KPTG0B1FSEP324573, cilindrada: 2696 c.c., combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós con la base de trece mil setecientos ochenta y seis dólares con siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del uno de julio de dos mil veintidós con la base de cuatro mil quinientos noventa y cinco dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Age Capital S. A. contra Ana Gabriela Guillén Marín. Expediente 20-014946-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de marzo del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022643053 ).

En este Despacho, I-) Con una base de diecinueve mil setecientos sesenta y tres dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-277378, marca: Mitsubishi, estilo: Canter Fuso, categoría: carga liviana, capacidad 3 personas, año: 2013, color: blanco, vin: FE71PBA30086, cilindrada: 3900 c.c., combustible: diésel, motor Nº: 4D34N50921. Para tal efecto se señalan las catorce horas veinte minutos del veinte de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas diez minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós, con la base de catorce mil ochocientos veintidós dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas veinte minutos del seis de julio del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil novecientos cuarenta dólares con noventa y cinco centavos (25% de la base original). II-) Con una base de diecinueve mil setecientos sesenta y tres dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-277379, marca: Mitsubishi, estilo: Canter Fuso, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, año: 2013, color: blanco, vin: FE71PBA30096, cilindrada: 3900 c.c., combustible: diésel, motor Nº: 4D34N52081. Para tal efecto se señalan las catorce horas veinte minutos del veinte de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas diez minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós con la base de catorce mil ochocientos veintidós dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas veinte minutos del seis de julio de dos mil veintidós con la base de cuatro mil novecientos cuarenta dólares con noventa y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) S. A., contra Keneth Manrique Díaz Aguilar. Expediente N° 16-004573-1170-CJ. Nota: Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercero día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2022.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2022643054 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil seiscientos veintiocho dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa 898864, Marca: Geely Estilo: LC, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: LB37102S5AH038696, carrocería: Sedan 4 Puertas Hatchback, tracción: 4X2, año fabricación: 2012, color: blanco, N. Motor: JL3G10AA9H012395 Marca: Geely. Para tal efecto se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del cinco de julio de dos mil veintidós, con la base de tres mil cuatrocientos setenta y un dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de julio de dos mil veintidós, con la base de mil ciento cincuenta y siete dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Hamsa Autotapicería S. A. Expediente N° 20-014084-1338-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y tres minutos del quince de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022643056 ).

En este Despacho, con una base de novecientos setenta y un dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 873394, marca: Geely, estilo: LC GT, categoría: automóvil, año: 2011, color: negro, vin: LB37122S9BH042229, N. motor: MR479QABN566667, cilindrada: 1300. c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del seis de julio de dos mil veintidós con la base de setecientos veintiocho dólares con cuarenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de julio de dos mil veintidós con la base de doscientos cuarenta y dos dólares con ochenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA ) S.A. contra Melissa Espinoza Villarreal, expediente N° 22-002613-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo del año 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2022643057 ).

En este Despacho, con una base de quince millones setenta y cinco mil colones exactos, soportando hipoteca legal Ley 7052 citas: 2017-287157-01-0012-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 171939-008-009, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 2-La Suiza, cantón 5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte camino público con frente de 26.43 metros; al sur Roberto Hernandez Quirós; al este camino público con frente de 16.26 metros y al oeste Roberto Hernandez Quirós. Mide: cuatrocientos ochenta y ocho metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del treinta de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintidós con la base de once millones trescientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Hubert Jesús Campos Chaves, Marjorie Priscilla Chaves Barrantes. Expediente N° 20-006997-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de abril del año 2022.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022643059 ).

En este Despacho, Con una base de seis millones seiscientos cuatro mil veintisiete colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BFP180, marca: Hyundai Estilo: Accent GL categoría: automóvil capacidad: 5 personas serie: KMHCT41BAEU560012 carrocería: sedan 4 puertas tracción: 4X2 número chasis: KMHCT41BAEU560012 año fabricación: 2014. Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintidós con la base de cuatro millones novecientos cincuenta y tres mil veinte colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta minutos del ocho de junio de dos mil veintidós con la base de UN millón seiscientos cincuenta y un mil seis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Eddie Alberto Granados Valverde contra Carlos Armando Morales Quintero. Expediente 19-006689-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de noviembre del año 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2022643061 ).

En este Despacho con una base de diez millones setecientos mil colones libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado bajo las citas 2012-382457-01; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos veinte mil ochocientos once, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito cuatro Mata Plátano, Cantón Ocho Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: norte Inversiones Callim SA; sur Ronnie Robles Arce; este, calle pública y oeste Ecom SA. Mide: trescientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de ocho millones veinticinco mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos setenta y cinco mil colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados Dos Pinos contra Andrea Mora Salgado. Expediente:17-006650-1338-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 20 abril 2022.—Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022643081 ).

En este Despacho, con una base de tres millones novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMN697 marca: Honda, estilo: CRV, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas serie: JHLRE38748C025265, carrocería: todo terreno 4 puertas tracción: 4x2 número chasis: JHLRE38748C025265, año fabricación: 2008 color: azul N° motor: K24Z12465916, marca: Honda, modelo: EXL, cilindrada: 2400 c.c., cilindros: 4 combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del trece de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil veintidós, con la base de dos millones novecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós, con la base de novecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Exportaciones Santa María S. A. contra Francisco José López Briceño. Expediente N° 20-002290-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dieciséis minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós.—Valerie Beatriz Sancho Bermúdez, Juez/a Decisor/a.—( IN2022643168 ).

En este Despacho, con una base de ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 637378, marca: Suzuki, estilo: Esteem, tracción: 4X2, año 2000, vin: JS2GB31S3Y5182775, N. motor: G16Y802762, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós con la base de seiscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de julio de dos mil veintidós con la base de doscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Exportaciones Santa María S.A. contra Luis Miguel Ugalde Rojas, expediente N° 21-002222-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta y uno minutos del tres de mayo del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022643169 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 242056, Marca: Toyota Estilo: Hilux Categoría: carga liviana capacidad: 5 personas Tracción: 4X4 año fabricación: 2007 número chasis: 8AJFR22G004518591 N. Motor: 2KD7295920 marca: Toyota. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós con la base de tres millones trescientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base de un millón cien mil colones exactos (25% de la base original). notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Importadora de Autos Gómez 2008 S.A contra Nora María Portuguez Vargas. Expediente 22- 000706-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y nueve minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022643171 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 527-05509-01-0001-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 2015-19187-01-0001-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 2015-19187-02-0001-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 2015-19187-03-0001-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 2015-19187-04-0001-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-107276-01-0005-001, y servidumbre de ancla citas: 2015-107276-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número doscientos catorce mil doscientos cincuenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Liberia, cantón: 01-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle publica con un frente a ella de diez metros con cincuenta centímetros; al sur, Morada Properties INC MPI Sociedad Anónima; al este, Morada Properties INC MPI Sociedad Anónima con servidumbre de paso a lotes de por medio de quince metros de largo y seis metros de ancho, y al oeste, Morada Properties INC MPI Sociedad Anónima. Mide: ciento sesenta y tres metros cuadrados. Plano: G-1797356-2015. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del nueve de junio del dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Arango del Sur y López del Norte S. A. contra Kimberly del Socorro Sanarrusia Sánchez. Expediente N° 21-004189-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y siete minutos del ocho de abril del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022643179 ).

En este Despacho, Con una base de sesenta y un millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 280-02114- 01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número doscientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito 1-Liberia, Cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle publica con un frente a ella de 12.73 cms; al sur Río Claro; al este Rosibel Jiménez Salas y al oeste Rosibel Jiménez Salas. Mide: mil metros cuadrados. Plano: G-1994253-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del uno de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del once de julio de dos mil veintidós con la base de cuarenta y cinco millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintidós con la base de (25% de la base original). quince millones trescientos veinticinco mil colones exactos Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Johanna Paola Álvarez Castrillo. Expediente:21-005605- 1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y cinco minutos del siete de abril del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2022643182 ).

En este Despacho, con una base de un millón novecientos sesenta y dos mil seiscientos setenta y cinco colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 280-04226-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San Jose, matrícula número 652572, derecho 000 la cual es naturaleza: terreno de pastos, situada en el distrito 4-San Gabriel cantón 6-Aserri de la provincia de San Jose, Linderos: norte, Corporación Eczel Sociedad Anónima, sur, Corporación Eczel Sociedad Anónima, este, Corporación Eczel Sociedad Anónima, oeste, calle publica con 10 metros 28 CM de frente. Mide doscientos ochenta y cinco metros cuadrados. Plano: SJ-1726913-2014; Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del siete de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos setenta y dos mil seis colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós con la base de cuatrocientos noventa mil seiscientos sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Roi Inversiones Costa Rica contra Kattia María Gutiérrez Sandoval. Expediente 22-000916-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo del año 2022.—Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2022643206 ).

En este Despacho, con una base de tres millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 265-06568-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 265-06568-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 265-06568-01-0905-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento dieciocho mil ochocientos cincuenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 5-Duacarí, cantón 6-Guácimo de la provincia de Limón. Linderos: al norte, Pedro Acosta Jiménez; al sur, camino público con un frente a ella de 8 metros; al este, Pedro Acosta Jiménez y al oeste, lote dos. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Plano L-1106254-2006. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del dos de junio de dos mil veintidós con la base de dos millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintidós con la base de novecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Johnny Humberto Chavarría Arias contra Randall de los Ángeles Pérez Hernández. Expediente N° 21-002589-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 18 de marzo del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez/a Decisor/a.—( IN2022643207 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos diez colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 378229-000, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito 10 Hatillo, Cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda al este: calle pública con 4.95 metros, al noreste: calle pública con 5.51 metros, al noroeste: casa y Lote 17 de Colonia Belgrado, al sureste: calle pública con 11.76 metros, al suroeste: Escuela Quince de setiembre. Mide: ciento treinta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de junio de dos mil veintidós con la base de diez millones novecientos noventa y seis mil ochocientos ochenta y dos colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintidós con la base de tres millones seiscientos sesenta y cinco mil seiscientos veintisiete colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bernardo Enrique Carranza Castillo, María Del Rocío Jiménez Corrales. Expediente:19-002023-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de abril del año 2022.—Adriana Sequeira Muñoz, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022643214 ).

En este Despacho, sáquese a remate las siguientes fincas: 1. La finca inscrita en el partido de Guanacaste, matrícula número ciento ochenta y siete mil trescientos quince-cero cero cero libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 316-11537-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 321-09418-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 321-15422-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0900-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0902-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0904-001, reservas y restricciones citas: 349-06056-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 349-06056-01-0908-001, servidumbre de paso citas: 2011-183372-01-0739-001, servidumbre de paso citas: 2011-183372-01-0739-001, servidumbre de acueducto citas: 2011-183372-01-1013-001, servidumbre de acueducto citas: 2011-183372-01-1013-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-183372-01-1423-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-183372-01-1423-001, la cual es terreno de uso exclusivamente agrícola lote 50 B. Situada en el distrito 1-Bagaces, cantón 4-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte: lote 51 B; sur, lote 49 B; este, José Luis Solera Rivas, y oeste, lote 47 B con servidumbre en medio. Mide: diez mil setenta y cuatro metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Plano: G-1120734-2007. 2. La finca inscrita en el partido de Guanacaste, matrícula número ciento ochenta y siete mil trescientos dieciséis-cero cero cero libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 316-11537-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 321-09418-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 321-15422-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0900-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0902-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0904-001, reservas y restricciones citas: 349-06056-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 349-06056-01-0908-001, servidumbre de paso citas: 2011-183372-01-0739-001, servidumbre de paso citas: 2011-183372-01-0739-001, servidumbre de acueducto citas: 2011-183372-01-1013-001, servidumbre de acueducto citas: 2011-183372-01-1013-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-183372-01-1423-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-183372-01-1423-001, la cual es terreno de uso exclusivamente agrícola lote 51 b. Situada en el distrito 1-Bagaces, cantón 4-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, lote 52 B; sur, lote 50 B; este, José Luis Solera Rivas, y oeste, lotes 47 B y en parte lote 54 B ambos con servidumbre en medio. Mide: diez mil veintitrés metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-1120753-2007. 3. La finca inscrita en el partido de Guanacaste, matrícula número ciento ochenta y siete mil trescientos diecisiete-cero cero cero libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 316-11537-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 321-09418-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 321-15422-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0900-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0902-001, reservas y restricciones citas: 341-03508-01-0904-001, reservas y restricciones citas: 349-06056-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 349-06056-01-0908-001, servidumbre de paso citas: 2011-183372-01-0739-001, servidumbre de paso citas: 2011-183372-01-0739-001, servidumbre de acueducto citas: 2011-183372-01-1013-001, servidumbre de acueducto citas: 2011-183372-01-1013-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-183372-01-1423-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-183372-01-1423-001, la cual es terreno de uso exclusivamente agrícola lote 52 B. Situada en el distrito 1-Bagaces, cantón 4-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, lote 53 B; sur, lote 51 B; este, José Luis Solera Rivas, y oeste, lotes 47 B y en parte lote 54 B ambos con servidumbre en medio. Mide: diez mil cuatrocientos ochenta y cinco metros con veintinueve decímetros cuadrados. Plano: G-1248183-2007. Con una base para cada una de tres mil quinientos dólares exactos. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del nueve de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil veintidós, con la base para cada una de dos mil seiscientos veinticinco dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil veintidós, con la base para cada una de ochocientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mil Cuatrocientos Seis Del Norte S. A. contra Alturas de Coronado Cuatro S. A. Expediente N° 21-003433-1205-CJ Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y nueve minutos del ocho de abril del dos mil veintidós. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2022643223 ).

En este Despacho, con una base de treinta y dos mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula N° 90513-001-003, la cual es terreno para construir, diez K con una casa de habitación. Situada en el distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Comunidad Modelo La Aurora S A; al sur, Avenida El Cristóbal con 04 metros 50 centímetro, al este, Comunidad Modelo La Aurora S A, y al oeste, Comunidad Modelo La Aurora S A. Mide: setenta y nueve metros con setenta decímetros cuadrados Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas quince minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós, con la base de veinticuatro mil dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós, con la base de ocho mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ginette Patricia González Ledezma, Henry Antonio Alvarado Alfaro contra Carlos Alberto Peña Coto, María Eugenia Ureña Madrigal. Expediente N° 19-004003-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: diez horas con uno minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022643229 ).

En este Despacho, con una base de once millones cuatrocientos sesenta y tres mil doscientos noventa colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 471765, derecho 001, la cual es terreno Lote 183 marcado con el número 188 terreno para construir asentamiento 26 de Abril. Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte: INVU; al sur: INVU; al este: INVU; y al oeste: Alameda Sexta. Mide: noventa metros cuadrados, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, la finca partido de San José, matrícula número 471765, derecho 002, la cual es terreno lote 183 marcado con el número 188 terreno para construir asentamiento 26 de Abril. Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte: INVU; al sur: INVU; al este: INVU; y al oeste: Alameda Sexta. Mide: noventa metros cuadrados, y libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando Servidumbre Trasladada bajo las citas: 340-11474-01-0900-001, la finca partido de San José, matrícula número 312268, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 7-Salitrillos, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte: Gerardo Araya y Ademias Ugalde; al sur: Rolando Araya Arias; al este: Abdenago Castro Bonilla; y al oeste: calle pública con 8m. Mide: doscientos cincuenta y siete metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del cuatro de julio de dos mil veintidós con la base de ocho millones quinientos noventa y siete mil cuatrocientos sesenta y ocho colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintidós con la base de dos millones ochocientos sesenta y cinco mil ochocientos veintidós colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada Coocique R. L. contra Blanca Iris Marenco Yescas, Ruth Azofeifa Solano, Víctor Alonso Alanis Acevedo. Expediente N° 19-007007-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de abril del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2022643230 ).

En este Despacho, con una base de quince millones quinientos treinta y tres mil quinientos diez colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones artículo 16 Ley 7599 citas: 466 02470-01-0043-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 343636, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: para construir lote 11-D-1017 con una casa de habitación. Situada en el distrito Delicias, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rodolfo Alemán Ortiz; al sur, calle pública con un frente de 20.12 cm lineales; al este, Rodolfo Alemán Ortiz y al oeste, Diana Orozco Brenes. Mide: mil ochocientos noventa y nueve metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés con la base de once millones seiscientos cincuenta mil ciento treinta y dos colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dos de marzo de dos mil veintitrés con la base de tres millones ochocientos ochenta y tres mil trescientos setenta y siete colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Diana Teresa Orozco Brenes, expediente N° 19-009661-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta y seis minutos del veintidós de abril del dos mil veintidós.—Licda. Viviana Salas Hernández, Juez/a Decisor/a.—( IN2022643231 ).

En este Despacho, con una base de tres millones ciento treinta y ocho mil ochenta y dos colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 258-00750-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 429392, derecho 000, naturaleza: terreno de solar y una casa de habitación. Situada en el distrito 2-Tarbaca, cantón 6-Aserrí de la provincia de San José, Linderos: norte, Isabel Segura Segura; sur, Claudio Segura Segura y Filiberto Segura Navarro; este, camino de servidumbre, Filiberto Segura Navarro y Isabel Segura Segura y oeste, Isabel Segura Segura. Mide: setecientos un metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados y plano: SJ-0191283-1994. Para tal efecto, se señalan las ocho horas veinte minutos del nueve de junio del 2022. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas veinte minutos del diecisiete de junio del 2022, con la base de dos millones trescientos cincuenta y tres mil quinientos sesenta y un colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del veintisiete de junio del 2022, con la base de setecientos ochenta y cuatro mil quinientos veinte colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Álvaro Corrales Corrales contra Vilma Segura García, expediente N° 21-009005-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de diciembre del año 2021.—Mariela Iveth Cortés García, Juez/a Decisor/a.—( IN2022643247 ).

En este Despacho, con una base de cien mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y un mil cuatrocientos cuarenta, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-La Ribera, cantón 7-Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Luis Guillermo Zamora Víquez; al sur, Luis Guillermo Zamora Víquez; al este, calle pública con frente de 18 metros y al oeste, Luis Guillermo Zamora Víquez. Mide: quinientos treinta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de veinticinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Lafise S.A. contra Luis Alberto Zamora Sauma, Tecnología e Ingeniería Verde S. A., expediente N° 22-002916-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: nueve horas con cinco minutos del veintisiete de abril del dos mil veintidós.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022643261 ).

En este Despacho, con una base de ciento ochenta y tres mil trescientos cincuenta y ocho dólares con siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 441434-000, derecho, la cual es terreno para construir, lote 8-Z. Situada en el distrito 3-Sánchez, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 7-Z con 25 metros; al sur, lote 9-Z con 25 metros; al este, calle pública con 12 metros y al oeste, Condominios Lomas del Tenis, S. A. con 12 metros. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: SJ-0291058-1995 Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del seis de julio de dos mil veintidós con la base de ciento treinta y siete mil quinientos dieciocho dólares con cincuenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de julio de dos mil veintidós con la base de cuarenta y cinco mil ochocientos treinta y nueve dólares con cincuenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Lafise S. A. contra Yadira Hoffman Altamirano. Expediente N° 22-003044-1338-CJ. Notifíquese.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de abril del año 2022.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2022643262 ).

En este Despacho, con una base de diez mil setecientos treinta y tres dólares con cincuenta y ocho centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: YYZ219, marca: Kia, estilo: Sportage, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KNAPB81ADG7861845, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, año fabricación: 2016, color: gris, N° motor: G4NAFH124496, marca: Kia, potencia: 113 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del dos de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del trece de junio del dos mil veintidós, con la base de ocho mil cincuenta dólares con dieciocho centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiuno de junio del dos mil veintidós, con la base de dos mil seiscientos ochenta y tres dólares con treinta y nueve centavos (moneda de curso legal de los estados unidos) (25% de la base original). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Dayton Javier Gutiérrez Cuadra. Expediente N° 22-002011-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo del año 2022.—Cinthia Sáenz Valerio, Jueza Decisora.—( IN2022643263 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de siete mil novecientos sesenta y tres dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo NBR986, marca: Kia, estilo: Picanto, capacidad: 5 personas, carrocería: sedán 4 puertas hatchback. Para tal efecto se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del seis de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cuarenta y cinco minutos del catorce de junio de dos mil veintidós con la base de cinco mil novecientos setenta y dos dólares con noventa centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de junio de dos mil veintidós con la base de mil novecientos noventa dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Nadia Alfonsina Jiménez Arroyo, expediente N° 19-012542-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con cincuenta y ocho minutos del cuatro de agosto del dos mil veintiuno.—M.Sc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022642886 ).

En este Despacho, con una base de quince millones trescientos setenta mil colones exactos, soportando hipoteca de primer grado citas: 2013-261031-01-0002-001 y servidumbre trasladada citas: 362-19088-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 345742-000, derecho 000, la cual es terreno con 1 Casa. Situada en el distrito: 04-San Rafael, cantón: 15-Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Calle Estefanía con 11 metros 18 centímetros, sur, Amura S A, este, Amura S A, y oeste Francisco Torres Conejo. Mide: doscientos diez metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del doce de julio del dos mil veintidós, con la base de once millones quinientos veintisiete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de julio del dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense de Electricidad contra Allan Augusto Madrigal Durán. Expediente N° 19-003108-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de abril del 2022.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza Tramitadora.—( IN2022643326 ).

En este despacho, 1.- Con una base de nueve millones seiscientos cuarenta y cuatro mil trescientos ochenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 441- 09275-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número ciento dos mil trescientos treinta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Paula Martínez López; al sur, calle pública; al este, Anthony Chaves Martínez y al oeste, María Santos Fajardo. Mide: Ciento ochenta y cinco metros cuadrados. Plano: G-1863225-2015. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la base de siete millones doscientos treinta y tres mil doscientos ochenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós con la base de dos millones cuatrocientos once mil noventa y seis colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). 2.- Con una base de quince millones quinientos cincuenta y cinco mil seiscientos quince colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 392-01172-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número setenta y seis mil seiscientos quince, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Eduardo Antonio Peña Lara; al sur, calle pública con 11 m. 64 cm.; al este, Francisco Luis Ledezma López y otro y al oeste, Carlos Fuentes Garnier. Mide: Doscientos noventa y ocho metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0465610-1982. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la base de once millones seiscientos sesenta y seis mil setecientos once colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós con la base de tres millones ochocientos ochenta y ocho mil novecientos tres colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Fabiola López López. Expediente N° 21-005253-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primero Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión doce horas con seis minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022643328 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones cuatrocientos veintitrés mil ciento cuarenta y siete colones con ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento treinta y siete mil novecientos sesenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1- Liberia, cantón 1- Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, camino público con un frente de 51,71 metros; al sur, los terreros de Liberia S. A.; al este, Los Terreros de Liberia S. A. y al oeste, los terreros de Liberia S. A. Mide: Dos mil seiscientos un metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintidós con la base de diez millones ochocientos diecisiete mil trescientos sesenta colones con treinta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós con la base de tres millones seiscientos cinco mil setecientos ochenta y seis colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sergio Enrique Darcia Pizarro. Expediente N° 22-000133-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y uno minutos del siete de abril del dos mil veintidós.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022643333 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BRT409, Marca: Mitsubishi, Estilo: Montero Sport, Categoría: automóvil, tracción: 4x2, año: 1999, color: Rojo. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiocho de junio del dos mil veintidós, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del seis de julio del dos mil veintidós, con la base de seiscientos veinticinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Julissa Santamaría Cubero contra Marisol de La Trinidad Rodríguez Araya. Expediente N° 21-000768-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con cuarenta y seis minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022643391 ).

En este despacho, con una base de ochenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cuatro dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento veintisiete mil seiscientos veintisiete, derecho 000, la cual es terreno lote 4 terreno de solar y café. Situada en el distrito 3-Llorente, cantón 8-Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, identificador a 40803012762500, identificador 40803012762600; al sur identificador 40803012762800; al este identificador 40803P00042100 y al oeste, calle pública. Mide: Doscientos cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós con la base de sesenta y tres mil doscientos sesenta y seis dólares con tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del diecinueve de setiembre de dos mil veintidós con la base de veintiún mil ochenta y ocho dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Prival Bank (Costa Rica) Sociedad Anónima contra José Miguel Lanuza Aguilar. Expediente N° 19-018981-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con uno minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022643462 ).

En este despacho, con una base de seiscientos noventa mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 305-01542-01-0901-002, servidumbre de paso citas: 469-17015-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número treinta mil quinientos cuarenta y uno F, derecho 000, la cual es terreno filial cincuenta y seis c apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual tendrá una altura máxima de un piso. Situada en el distrito 2-Tarcoles, cantón 11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, zona marítimo terrestre en medio océano pacifico; al sur zona marítimo terrestre en medio océano pacifico; al este, área común para desfogue pluvial y al oeste zona marítimo terrestre en medio océano pacifico. Mide: seiscientos treinta y seis metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del catorce de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintidós de junio de dos mil veintidós con la base de quinientos diecisiete mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del treinta de junio de dos mil veintidós con la base de ciento setenta y dos mil seiscientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Los Sueños de Suzanne Sociedad Anónima contra Villa Macaw S. A. Expediente N° 18-003804-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con uno minutos del tres de Diciembre del dos mil veintiuno.— Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022643469 ).

En este Despacho, con una base de un millón trescientos dieciséis mil ochocientos veintisiete dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 311-12083-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos veintidós mil ciento treinta y cinco, derecho 000, la cual es terreno con 2 edificios. Situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública con un frente a ella de 61 metros 5 centímetros; al sur, Howard Earl Law Clegg; al este, Howard Earl Law Clegg, y al oeste, calle pública con un frente a ella de 49 metros 59 centímetros. Mide: mil novecientos noventa y siete metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del seis de julio del dos mil veintidós, con la base de novecientos ochenta y siete mil seiscientos veinte dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del catorce de julio del dos mil veintidós, con la base de trescientos veintinueve mil doscientos seis dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3101774122 Sociedad Anónima, Laibale Sociedad Anónima, Montes Begichev Sociedad Anónima, Valle Del Brasil Sociedad Anónima contra Corporación Ne Her Sociedad Anónima, Richard Charles Godfrey. Expediente N° 22-003075-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de marzo del 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2022643531 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis millones trescientos dos mil trescientos noventa y tres colones con doce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 288-06872-01-0901-001, servidumbre de paso citas 575-30514-01-0037-001 así como servidumbre de paja de agua citas 575-30514-01-0062-00; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos noventa y un mil cuatrocientos noventa y ocho, derecho cero cero cuatro y cero cero cinco, la cual es terreno de agricultura, lote dos con un rancho. Situada en el distrito: 10-Río Nuevo, Cantón 19-Perez Zeledón, de la provincia de San Jose. colinda: al norte calle publica y Heriberto Alfaro Arias; al sur lote y servidumbre de uso agrícola; al este Sonia Céspedes y al oeste Javier León Ureña. Mide: cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del uno de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del nueve de junio de dos mil veintidós, con la base de diecinueve millones setecientos veintiséis mil setecientos noventa y cuatro colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós, con la base de seis millones quinientos setenta y cinco mil quinientos noventa y ocho colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra Laura Olivia León Gamboa. Expediente N° 21-002787-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2022643534 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y un millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil ciento ochenta y ocho colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 211384-000, la cual es terreno para construir, lote nueve. Situada en el distrito: 05-Santa Rosa, cantón: 07-Oreamuno de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: Ganadera San Martín S. A.; al sur: calle pública; al este: Inversiones y Residencias las Rosas LTDA; y al oeste: Inversiones Residencias las Rosas LTDA. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del ocho de junio de dos mil veintidós. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del dieciséis de junio de dos mil veintidós, con la base de treinta y un millones ochenta y seis mil ochocientos noventa y un colones con catorce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintidós, con la base de diez millones trescientos sesenta y dos mil doscientos noventa y siete colones con cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L., contra Henry Francisco Gómez Gutiérrez. Expediente N° 21-004545-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de abril del 2022.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez Tramitador.—( IN2022643542 ).

En este Despacho, con una base de siete millones seiscientos trece mil seiscientos cuarenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BRC827, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2014, color: plateado, cilindrada: 1600 C.C cilindros: 4, combustible: GLP, N. Motor: L4FAEU246261 y Vin: KMHDG41LBEU116917. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del nueve de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del diecisiete de junio de dos mil veintidós, con la base de cinco millones setecientos diez mil doscientos treinta y tres colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de junio de dos mil veintidós, con la base de un millón novecientos tres mil cuatrocientos once colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S.A. contra Juan Carlos Fernández Estrada. Expediente N° 21-002393-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de abril del año 2022.—Licda. Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2022643549 ).

En este Despacho, sáquese a remate: 1) Con una base de setenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 299-11661-01-0901-001; la finca del partido de San José, matrícula número 149146-F-001 y 002, la cual es terreno finca filial dos, identificada como a-uno-dos de una planta, ubicada en el primer nivel de la Torre A, destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito: 11-San Sebastián, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte área común libre de acera y área común libre de juegos infantiles; al sur área común construida de pasillo; al este, área común libre de juegos infantiles y al oeste área común construida de pasillo. Mide: ochenta y tres metros cuadrados. Plano:SJ-1887888-2016. 2) Con una base de ochenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Medianería bajo las citas: 325-18320-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 286227-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito: 10-Hatillo, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte INVU; al sur INVU; al este Paseo de la República y al oeste INVU. Mide: ciento veinticinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano: SJ-0508556-1983. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del uno de junio de dos mil veintidós, con la base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del nueve de junio de dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Unilever de Centroamérica S.A contra Carmen Mora Rojas, Damaris Elena Mora Mora, Distribuidora López Mora S.A (DILOMOSA), Jesús Daniel López Mora. Expediente:21-005870-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de mayo del año 2022.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2022643637 ).

En este despacho, con una base de cinco mil ochocientos treinta y nueve dólares con dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 832731, Marca: Kia, Estilo: Picanto, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2010, color: plateado y Serie/Chasis: KNABJ513AAT968210. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del cinco de julio de dos mil veintidós, con la base de cuatro mil trescientos setenta y nueve dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de julio de dos mil veintidós, con la base de mil cuatrocientos cincuenta y nueve dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra Judy Chung Yeh. Expediente N° 19-015895-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del año 2022.—Licda. Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2022643638 ).

En este Despacho, con una base de seis mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BBT173. Marca: Nissan, estilo: March, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2012, color: gris, número de chasis: 3N1CK3CD3ZL356808, cilindrada: 1600 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas quince minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince minutos del cuatro de julio de dos mil veintidós, con la base de cuatro mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos del doce de julio de dos mil veintidós, con la base de mil seiscientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra José Heriberto Rodríguez Mata. Expediente N° 20-003401-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de abril del año 2022.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2022643639 ).

Con una base de cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa DDZ129, marca KIA, estilo Cerato, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color plateado, carrocería Sedan 4 puertas, tracción 4X2, VIN KNAFU411BC5960258, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del uno de junio de dos mil veintidós con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del nueve de junio de dos mil veintidós con la base de mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra Esteban Alberto Esquivel Piedra. Expediente N° 21-005972-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de marzo del 2022.—Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2022643640 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil ciento setenta y cinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo RCR166, Marca: Mitsubishi, Categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas, Chasis, Serie y Vin JMYSNCY1ACU000554, Uso particular, Estilo: Lancer GLS, Capacidad: 5 personas, año 2013, color beige, número Motor 4A92BA0997, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del once de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diecinueve de julio de dos mil veintidós, con la base de tres mil ochocientos ochenta y un dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintiocho de julio de dos mil veintidós, con la base de mil doscientos noventa y tres dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra Julio Cesar Arriola Jiménez. Expediente N° 21-021884-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de enero del año 2022.—Licda. Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2022643641 ).

En este Tribunal, con una base de cinco millones ciento setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 138558, derecho 003, la cual es terreno para construir con lote 23A. Situada en el distrito: Ulloa, cantón: Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Des Urb Vistas del Valle y calle pública; al sur, Desarr Urb Vistas del Valle S. A.; al este, Desarr Urb Vistas del Valle y Calle y al oeste, Desarr Urb Vistas del Valle S. A. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de junio del dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución provisional de Renta Car Saji de Orotina S.A contra Allen Javier Soto Cruz. Expediente 17-000500-0638-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de marzo del año 2022.—Rodrigo Araya Durán, Juez.—( IN2022643688 ).

En este despacho, con una base de trece millones colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 301-20063-01-0902-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 91562, derecho 021, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 8-Río Azul, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, Antonio Richmond y otro; al sur, Antonio Richomnd; al este, parte callejón en medio y otros y al oeste, Rafael Mesen. Mide: veinte mil setecientos ochenta y seis metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del primero de junio del año 2022. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del nueve de junio del año 2022. Con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de junio del año 2022. Con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Misael Sánchez Fonseca contra Luis Roger Hernández Cano. Expediente N° 21-004333-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de abril del año 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022643691 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 21-000055- 0423-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Haydee Ester Sánchez Hernández, quien es mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Kilómetro 40 contiguo al Puente del cuarenta, portadora de la cédula de identidad 06- 0169-0147, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de agricultura. Situada en Kilómetro 40, distrito 05° Piedras Blancas, cantón 05° Osa, de la provincia de Puntarenas.- Colinda al norte, calle pública con un frente lineal a ella de ciento dieciséis metros con sesenta y nueve decímetros lineales; al sur, Víctor Manuel Murillo Vargas; al este, Miriam Beita Granados y al oeste, Víctor Manuel Murillo Vargas.- Mide: una hectárea, quinientos sesenta y tres metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1108602-2006.- Estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones cien mil colones.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Haydee Ester Sánchez Hernández. Expediente 21-000055-0423-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores), Corredores, 08 de marzo del año 2022.—Lic. Oscar Andrés Segura Navarro, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022642064 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000348-0678-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Manuel Arnoldo Gerardo Hambelant Zeledón, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Cahuita, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0591-0993, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno con casa y solar . Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Alejandro Ramírez Granados y Zeidy Meléndez Cerdas; al sur, Francisco Ruin Barrantes y Bernardo Dixon Morgan; al este, Francisco Ruin Barrantes y Berbardo Dixon Morgan y al oeste, Calderón Morales López. Mide: dos mil treinta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-2307168-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones exactos cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Manuel Arnoldo Gerardo Hambelant Zeledón. Expediente N° 21-000348-0678-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 26 de abril del año 2022.—Licda. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642066 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000155-0390-CI donde se promueve información posesoria por parte de Yahaira Villarreal Leitón quien es mayor, estado civil soltera, vecina de San Antonio de Nicoya, Guanacaste, de plaza de deportes trescientos metros al suroeste, portadora de cédula de identidad número: 05-0320-0244, profesión: operaria, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno casa de habitación. Situada en el distrito San Antonio, cantón Nicoya. Colinda: al norte, con Vilma Chavarría Campos; al sur, con Betty Arroyo Gutiérrez; al este, con calle pública y al oeste, con Balbino Grijalba Campos y Quebrada Gusanosa. Mide: setecientos setenta y ocho metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de Donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en: cuido, limpieza, mantenimiento de cercos y pago de tributos Municipales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Yahaira Villarreal Leitón, expediente N° 21-000155-0390-CI-4. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: ocho horas con dos minutos del quince de marzo del dos mil veintidós.—Lic. David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—( IN2022642077 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 22-000017-0386-CI donde se promueve información posesoria por parte de Yesenia Romero González, mayor de edad, costarricense, servidora doméstica, soltera, portador del número de cédula 5-0326-0170, vecina de Liberia, Guanacaste, del Colegio de Cañas Dulces 100 metros al norte y 300 metros al oeste, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo Cañas Dulces, cantón primero de Liberia- Colinda: Colinda con los siguientes linderos al Norte: Olga Vera Romero González, sur: calle pública de 3.14 metros de ancho, Oeste: Olga Vera Romero González, Este Xinia María Romero González. Mide: ciento treinta y siete metros cuadrados (137 metros cuadrados). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones colones.- Que adquirió dicho inmueble de Olga Vera Romero González, mayor de edad, costarricense, servidora doméstica, casada una vez, portador del número de cédula 5-031 1- 0389, vecina de Liberia, Guanacaste, de la entrada a Cañas Dulces 1 kilómetro al norte y 50 metros al este, lo hicimos mediante escritura de donación y transmisión del derecho de posesión de 37 años ante la notaria Johanna María Moreno Bustos el día tres de junio del dos mil veinte y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento del lote mediante chapias constantes y la inscripción de plano catastrado del lote a mi nombre.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.- proceso información posesoria, promovida por Yesenia Romero González. Expediente 22-000017-0386-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y uno minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022642146 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000137-0386-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Fany Del Carmen Ulloa Bonilla, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Liberia, Barrio Santa Ana, carretera a Aeropuerto Daniel Oduber Quirós, de la Rent a Car Economy, 200 metros al sur, portadora de la cédula N° 0901090387, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia. Colinda: al norte: con Josefina Ugarte Chavarría; al sur: con Arsenio Sánchez Seas; al este: con Arsenio Sánchez Seas; y al oeste: con Francisco Angulo Álvarez. Mide: cuatrocientos noventa y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble compra realizada a Jorge Arturo Torres Torres, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar malezas, cercar y reparar las mismas, sembrar árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por... Expediente N° 21-000137-0386-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: once horas del catorce de marzo del dos mil veintidós.—Lic. Ricardo Zapata Corrales, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022642250 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 22-000065-0930-CI donde se promueve información posesoria por parte de Idabet Agüero Fallas quien es mayor, viuda del primer matrimonio, ama de casa, vecina de Limón Guácimo Río Jiménez Santa Rosa, portador de la cédula de identidad número 1-0370-0269, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de solar con dos casas.- Situada en San Rosa, distrito Río Jiménez, cantón Guácimo. Colinda: al norte, con Omar Mora Torres; al sur, con Jenny Navarro Chaves; al este, con Santos Juárez Juárez y al oeste, con calle pública. Mide: setecientos setenta y dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dieciocho millones setenta y cinco colones. Que adquirió dicho inmueble con plano catastrado L2131376-2019 por adjudicación de bien ganancial en sucesorio, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueña sobre el terreno desde el año 1989, unida a la posesión del anterior transmitente. Que los actos de posesión han consistido en la construcción de dos casas, mantenimiento de linderos, árboles frutales y huerto. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.- Proceso información posesoria, promovida por Idabet Aguero Fallas. Expediente 22-000065-0930-CI-9.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,21 de abril del año 2022.—Licda. Lilliana Garro Sánchez, Jueza.—1 vez.—( IN2022642262 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000128-0390-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Gerarda Marlenny Vargas Delgado, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Barrio La Virginia de Nicoya, portadora de la cédula número 0502320439, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno construido. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya. Colinda: al norte, con Orlando Briceño Campos; al sur, con calle pública; al este, con Orlando Briceño Campos y al oeste, con Gerarda Marlenny Vargas Delgado. Mide: sesenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento a la construcción existente. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Gerarda Marlenny Vargas Delgado. Expediente N° 21-000128-0390-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y uno minutos del diez de agosto del dos mil veintiuno.—Msc. María Fernanda Hernández Marchena, Jueza.—1 vez.—( IN2022642305 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000003-0422-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Roy Alberto Quirós Chavarría, quien es mayor, casado, Agricultor, vecino de Cuervito de Bahía Pavón, portador de la cédula de identidad número 06-0295-03481, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno dedicado a potreros y agricultura. Situada en Pavones, distrito 04°: Pavón, cantónGolfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José María Adilia Mora Madrigal; al noroeste, Elebey Mora Jiménez; al sur, Quinta Bosques S.A.; al sureste, con quebrada y José María Adilia Mora Madrigal al este, José María Adilia Mora Madrigal y al oeste; calle pública con un frente lineal a ella de ciento veintiuno metro con cuarenta centímetros lineales. Mide: treinta y seis mil trescientos ochenta y dos metros cuadrados. Estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de treinta y seis millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Roy Alberto Quirós Chavarría. Expediente N° 22-000003-0422-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 08 de abril del año 2022.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642314 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000090-0678-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Alcides De Jesús Echeverri Patiño, quien es mayor, casado, vecino de Heredia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 8-0109-0630, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es solar con árboles frutales. Situada en el distrito Batan, cantón Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, Olga María Navarro Durán. Mide: cuatro mil cuatrocientos cuarenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° 7-2141275-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Alcides De Jesús Echeverri Patiño. Expediente N° 22-000090-0678-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Agrario Del I Circuito Judicial De La Zona Atlántica, Limón, 18 de abril del 2022.—Licda. Heilin Rojas Madrigal, Juez(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642331 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°21-000174-0341-CI donde se promueven diligencias de información posesoria (para rectificación de medida) por parte de la sucesión de Hernán Jiménez Gutiérrez, quien fue mayor, casado una vez, profesor pensionado, vecino de Cartago, Alvarado, Pacayas, quinientos metros al Este del Banco Nacional de Pacayas, portador de la cédula de identidad número nueve-cero cero dieciséis - cero ciento diez, a fin de rectificar la medida de su finca inscrita ante el Registro Público de la Propiedad, en la provincia de Cartago, matrícula número cincuenta y cinco mil setecientos veinticuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en Torito, del Distrito cuatro Santa Cruz, Cantón Cinco Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Omar Araya Abarca y Quebrada Lajitas; al sur Río Lajitas; al este Quebrada Lajitas; y al oeste Omar Araya Abarca y Río Lajas. Mide: cuarenta y cuatro mil trescientos treinta y un metros con treinta y tres decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-Ciento Setenta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Siete-Mil Novecientos Noventa y Cuatro (C-178467-1994). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, estima el inmueble en la suma de veinte millones novecientos sesenta mil colones exactos, y las presentes diligencias en la suma de cien mil colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en actividades de recreación y ocasionalmente agrícolas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todas las personas interesadas en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por la sucesión de Hernán Jiménez Gutiérrez. Expediente: 21-000174-0341-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Agraria). Turrialba, 24 de enero del año 2022.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642499 ).

Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-100332-0217-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria, por parte de Ramón Antonio Hernández Vindas, quien es mayor, casado una vez, pero separado de hecho, pensionado, vecino de Aserrí, cédula de identidad N° 09-0060-0027, a fin de inscribir a su nombre, y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno con una casa de dos plantas, jardín, patio, ubicado en Aserrí, distrito primero del cantón sexto de la provincia de San José, cuya área según plano: SJ-2187143-2020, es de ciento treinta metros cuadrados. Linda al norte: con calle pública; al sur: con Hogar de Ancianos Albergue Mixto San Francisco de Asís de Aserrí; al este: con Elí Claudio García Carvajal; y al oeste: con José Enrique Prado Carvajal. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y a título de dueño. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de linderos, ocupación de una construcción de una pequeña casa de dos plantas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Ramón Antonio Hernández Vindas. Expediente N° 09-100332-0217-CI-8.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados). Hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y dos minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintidós.—Johanna Montealegre Cortés, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022642547 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000085-0422-CI donde se promueve información posesoria por parte de Bahía Banano Sociedad Anónima representada por Jorge Arturo Marín Arrieta, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Golfito, portador de la cédula número03-0157-0608 profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno construido. Situada en la provincia de Puntarenas, el distrito Golfito, cantón sétimo Golfito. Colinda: al norte, con calle pública, Cesar Corrales e Idalí Sirias Alfaro; al sur, con Bahía de Golfito y Javier Pacheco; al este, con Javier Pacheco y calle pública y al oeste con Bahía de Golfito. Mide: Ochenta y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra que se le hizo a Saul Barquero, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento del inmueble, limpieza, chapeas y mantenimiento a la construcciones. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Bahía Banano Sociedad Anónima. Expediente N° 21-000085-0422-CI-4.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil), hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y cinco minutos del siete de marzo del dos mil veintidós.—Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Tramitador.—( IN2022645550 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 22- 000028-0422-CI donde se promueve información posesoria por parte de Frank Wrigth Norton. quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Langostino , Pavón , dos kilómetros al sur de la escuela portador de la cédula número 720751022, profesión Comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno zona verde.- Situada en el distrito Pavón , cantón Golfito.- Colinda: al norte, con Eulalio Abarca Abarca; al sur, con Frank Wrught Norton; al este, con Calle Publica y al oeste, con calle publica. Mide: cinco mil setecientos ochenta y uno metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos mil de colones exactos colones.- Que adquirió dicho inmueble P-6-2175847-2020, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han consistido en construcción de tapia frente a calle publica, embellecimiento con árboles frutales y ornamentales , mantenimiento de zona verde, puesta de postes vivos y muertos a tres hilos de alambre en buen estado y limpieza de maleza.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Frank Wrigth Norton. Expediente 22-000028-0422-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con dos minutos del veinticuatro de Marzo del dos mil veintidós.—Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022642642 ).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab-intestado en sede notarial de quienes en vida fueron Hipólito Azofeifa Madrigal, quien fue mayor, agricultor, con número de identificación uno-cero-uno-ocho-siete-cero-tres-nueve-nueve pensionado, casado y Josefina Mora Agüero, quien fue mayor, con número de identificación seis-cero-cero-dos-siete-uno-cero-dos-cero-uno-ocho-dos, viuda, ama de casa; ambos vecinos de Guápiles, Limón. Para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidades de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente N° 2022-002. El expediente se encuentra en la notaría del Licenciado Jonathan Segura Rosales, ubicada en Santa Rosa de Pocosol, frente al Almacén Coopelesca, San Carlos, Alajuela.—Lic. Jonathan Segura Rosales, Notario Público.—1 vez.—( IN2022642044 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab-intestado en sede notarial de quien en vida fue Gilberto Gerardo Castro Campos, mayor, soltero, agricultor, vecino de Venado, tres kilómetros noreste de la Iglesia Católica, Venado, San Carlos, Alajuela, cédula de identidad cinco-ciento noventa-ochocientos veintisiete, para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidades de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente N° 2022-001. El expediente se encuentra en la notaría del Licenciado Jonathan Segura Rosales, ubicada en Santa Rosa de Pocosol, frente al almacén Coopelesca, San Carlos, Alajuela.—Lic. Jonathan Segura Rosales.—1 vez.—( IN2022642046 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión del señor Asdrúbal Gerardo Garita Arrieta, cédula cuatro - cero ochenta y nueve - cero setecientos veintidós, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente cero uno -dos mil veintidós.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós. Notario.—1 vez.—( IN2022642050 ).

Por una sola vez se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Eduardo Ocampo Rodríguez, mayor, casado una vez, cédula de identidad número uno cero cuatrocientos ocho-cero cero setenta y cuatro, comerciante, siendo su último domicilio en San José, Montes de Oca, Sabanilla, frente al parque municipal de Urbanización Luciana, quien falleció el día diez de noviembre del dos mil veintiuno, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento, de que, si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2022. Sucesorio notarial de Eduardo Ocampo Rodríguez.—San José, 23 de abril del 2022.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario Público.—1 vez.—( IN2022642057 ).

Por una sola vez se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera José Martin Arguedas Villalobos, quien era mayor de edad, soltero, cédula de identidad número uno mil quinientos uno — cero setecientos veinticuatro, Contador, siendo su último domicilio en San José, Barrio Fátima, Damas, Desamparados, frente a Residencial Llanos de Monteverde, casa color Naranja. Quien falleció el día veinticinco de marzo del dos mil veintidós, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2022. Sucesorio Notarial de José Martín Arguedas Villalobos.—San José, 27 de abril del 2022.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario Público.—1 vez.—( IN2022642058 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mainor Alfaro Castro, costarricense, mayor de edad, divorciado, transportista, cédula 0205470434 y vecino de Naranjo de Alajuela.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 22-000080-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión: siete horas con nueve minutos del seis de abril del dos mil veintidós.—Karla Artavia Nájera, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022642075 ).

Se hace saber que en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de Virginia Fallas Chavarría, mayor, casada una vez, ama de casa, hija de Eliseo Fallas Chinchilla y Victoria Chavarría Céspedes, vecina de Tabarcia, Barrio Los Ángeles, de la escuela trescientos norte, cédula de identidad uno-cero dos siete nueve-cero seis uno nueve y José Joaquín Marino Bustamante Aguilar, mayor, casado una vez, agricultor, hija de Ramón Bustamante Vargas y Esperanza Aguilar Agüero, vecino de Tabarcia, Barrio Los Ángeles, de la escuela trescientos norte, cédula de identidad nueve-cero cero dos nueve-cero ocho ocho tres, se emplaza a los herederos, legatarios acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Expediente N° 002-2022. Notaria de Lic. Marco Antonio Montero González. Notario Público, oficina en San José, Mora, Tabarcia, setenta y cinco metros norte y setenta y cinco metros oeste del Ebais.—Lic. Marco Antonio Montero González, Notario.—1 vez.—( IN2022642080 ).

Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por María Auxiliadora Sanchez Baltodano en Liberia, Guanacaste, a las catorce horas del veintiocho de abril del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Azucena De Los Santos Sanchez Baltodano, de nacionalidad nicaragüense, mayor de edad, empresaria, viuda una vez, vecina de Nicaragua, Masatepe, del Templo Bautista, cien metros al este, portadora del pasaporte número C cero dos cero cuatro tres cinco nueve dos, portadora del pasaporte número C cero tres tres cero dos tres, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Guanacaste, Liberia, Liberia, de Coopeservidores veinticinco metros oeste, Centro Comercial Plaza Bolbaldi, local número nueve, teléfono 2666-3774 a hacer valer sus derechos. María Auxiliadora Sanchez Baltodano, a las once horas del veintinueve de abril de dos mil veintidós.—Lic. Francisco Pizarro Machado, Notario.—1 vez.—( IN2022642089 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Miriam Quesada Navarro, María Jeaneth de los Ángeles Jara Quesada, Marisol Martina Jara Quesada y Leonardo Fabio Jara Quesada, a las 8 horas y 30 minutos del 26 de abril del 2022, y comprobado el fallecimiento de Fabio Jara Medina, quien en vida fuera mayor, casado una vez, vecino de San José, Calle Blancos, cédula de identidad N° 1 0666 0999, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab Intestato. Se cita y emplaza a los herederos legítimos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente N° 0001-2022. Notaría de la licenciada Seidy Patricia Arias Durán, provincia de San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos 100 este y 50 norte de la Plaza de Deportes, teléfonos 8810-1813 / 8891-8048.—26 de abril del 2022.—Licda. Seidy Patricia Arias Durán, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022642126 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Israel Vinicio Del Carmen Villalobos Ramírez, costarricense, mayor, pensionado, casada una vez, portador de la cédula de identidad N° 04-0093-0891 y vecino de San Isidro de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000324-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia. Hora y fecha de emisión: once horas con trece minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós.—Lic. Jorge Eduardo Leandro Rivera, Juez.—1 vez.—( IN2022642129 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ana Virginia Zeledón Escobedo, mayor, divorciada una vez, pensionada, vecina de San José, Barrio México, Barrio Claret, doscientos sur y setenta y cinco oeste del Liceo San José, cédula de identidad uno- quinientos setenta y tres- novecientos cincuenta, a las diez horas del veintiséis de abril del dos mil veintidós. Y comprobado el fallecimiento de la causante, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida se llamó señora Carmen Escobedo Calderón, quien era costarricense, mayor de edad, viuda, pensionada, vecina de San José, Barrio México, calle veinticuatro, avenidas tres y quince, número mil trescientos cuarenta y ocho, fallecida el día tres de noviembre del dos mil veintiuno, San José, Central, Hospital, defunción inscrita al Registro Civil de San José, al tomo seiscientos cincuenta y tres, folio ciento noventa y uno, asiento trescientos ochenta y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Mario Rodríguez Barrantes,  Teléfono 8345-7373.—San José.—Lic. Mario Rodríguez Barrantes.—1 vez.—( IN2022642132 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Osman Esquivel Cascante, quien fuera mayor, divorciado una vez, pensionado, vecino de El Carmen de Cajón de Pérez Zeledón, quinientos metros al norte del Restaurante El Hawai, cédula N° 1-0424-0516, para que dentro de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a la oficina del notario Miguel Salazar Gamboa, ubicada en San Isidro de Pérez Zeledón, 50 metros al oeste del Supermercado Palí, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0005-2022, en sucesión de Osman Esquivel Cascante. Notario público: Miguel Salazar Gamboa, teléfono N° 2772-27-44. Correo electrónico: msalazargamboa58@gmail.com.—San Isidro de Pérez Zeledón, 29 de abril del 2022.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2022642156 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Leandro Potoy Potoy, mayor, viudo de su primer matrimonio, pensionado, costarricense, con documento de identidad N° 800700085; Luz Marina Valerín Sánchez, mayor, casada una vez, administradora del hogar, costarricense, con cédula de identidad N° 301790958 y ambos vecinos de Limón, barrio Quinto, detrás de las instalaciones de la Feria del Agricultor. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 22-000039-0678-CI-1.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de marzo del año 2022.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022642166 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Johnny Ballestero Pérez, mayor, casado, enfermero, costarricense, con documento de identidad N° 0203950563, y vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, Barrio Baltazar Quesada, 50 metros norte de la capilla. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000019-0297-CI-5.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con veintisiete minutos del uno de febrero del dos mil veintidós.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022642169 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Raúl Alexánder Cossío, a las once horas del veinte de abril del 2022 y comprobado el fallecimiento de Raúl Alberto Cossío del Pino, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Licenciado Esteban Hernández Salazar, Limón, Pococí, Guápiles, cincuenta metros norte del estadio Municipal Ebal Rodríguez, edificio LI local número ocho, teléfono 8663-4297.—Guápiles, 29 de abril del 2022.—Lic.  Esteban Hernández Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2022642171 ).

Se hace saber: Que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mélida Villarreal Villarreal, quien en vida gozaba de las siguientes calidades: mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad: cinco- cero tres cinco- cuatro cero cero, vecina de Filadelfia, Corralillo de la plaza de cantarrana doscientos metros al oeste Se cita los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, por lo cual, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente cero cero Cinco- dos mil veintidós, del Lic. Noel Claudio Gutiérrez Zúñiga con oficina abierta en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, del costado sur-este de la Iglesia Católica cien metros al sur.—A las trece horas y tres minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós.—Lic. Noel Claudio Gutiérrez Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2022642202 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por María Cecilia Zúñiga López, cédula 2-0444-0778; a las 13 horas del 01 de abril del 2022, comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera María Antonia López Matamoros, quien fue mayor, viuda, ama de casa, vecina de Alajuela, Bijagua de Upala, del Súper Paika setenta y cinco metros al este, cédula 5-0050-0300, fallecida el día quince del mes de mayo del dos mil uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Rosa María Artavia Sánchez, ubicada en la ciudad de Atenas, frente el costado este del mercado municipal edificio Vicdani segunda planta, Teléfono 2446-3709, correo electrónico rosamabogada@yahoo.es.—Licenciada Rosa María Artavia Sánchez.—1 vez.—( IN2022642214 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Oldemar Jonathan Arias Ahrens, mayor, estado civil casado, profesión u oficio funcionario del Organismo de Investigación Judicial, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0401890991 y vecino de Santo Domingo de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000323-0504-CI-9.—Juzgado Civil de Heredia, Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con uno minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós.—Licda. Lidieth Venegas Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2022642235 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jose Evaristo Pérez Pérez, mayor de edad, casado una vez, jornalero, cédula número 0900330818, domiciliado en la ciudad de Liberia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 21-000352- 0386-CI - 8.—Juzgado Civil Y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), Hora y fecha de emisión: once horas con treinta minutos del seis de diciembre del dos mil veintiuno.—Brenda Celina Calvo De La O, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022642248 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Cecilia María Alvarado Arias, mayor, divorciada, oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N° 0204830675 y vecina de Alajuela, San Carlos, Florencia, Santa Clara, Urbanización Los Ángeles, casa número seis. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 22-000166-0297-CI-2.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y uno minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022642253 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Amancio Gerardo Araya Ureña, casado una vez, cédula de identidad dos-trescientos treinta y dos-trescientos setenta, vecino de Alfaro de San Ramón de Alajuela, quinientos norte de la Escuela Bajo Matamoros, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2022.—San Ramón, 01 de mayo de 2022.—Licda. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2022642276 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión legítima de Jorge Jesús Zúñiga Rojas, quien en vida fue mayor, casado una vez, comerciante, cédula uno-cero noventa y cuatro-un mil novecientos cuarenta y cuatro, y vecino de San José, Hatillo Dos, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero uno-dos mil veintidós. Notaria de la Licda. Yanzy Mayela Rodríguez Reyes, en Puntarenas, Corredores, Ciudad Neily, Barrio El Estadio, contiguo a Cabinas Heileen.—Veintiocho de abril del año dos mil veintidós.—Licda. Yanzy Mayela Rodríguez Reyes, Notaria.—1 vez.—( IN2022642301 ).

Ante esta notaria se tramita proceso sucesorio notarial de Herminia Ulloa Granados, quien en vida fue mayor, viuda una vez, Ama de casa, vecina de Paso Ancho, cédula de identidad tres-ciento treinta-setecientos treinta y ocho, fallecida el trece de diciembre del dos mil veintiuno. Por lo anterior se confiere el plazo legal, de quince días establecido en el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, a todos los herederos para que comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Esta Notaría se encuentra ubicada en San Marcos de Tarrazú, cien metros oeste de la Funeraria Los Santos, cabaña de dos plantas a mano izquierda.—San Marcos de Tarrazú, diecisiete de abril del dos mil veintidós.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2022642302 ).

Ante esta notaría, se tramita proceso sucesorio notarial de Agapita Zúñiga Ortiz, quien en vida fue mayor, casada una vez, Ama de casa, vecina de Santa Marta de Tarrazú, contiguo a la Capilla, cédula de identidad uno-doscientos treinta y nueve-doscientos cincuenta y cinco, fallecida el trece de febrero del dos mil doce. Por lo anterior se confiere el plazo legal, de quince días establecido en el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, a todos los herederos para que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Esta notaría se encuentra ubicada en San Marcos de Tarrazú, cien metros oeste de la Funeraria Los Santos, cabaña de dos plantas a mano izquierda.—San Marcos de Tarrazú, diecisiete de abril del dos mil veintidós.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2022642303 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión legítima de Gladis Teresa Madriz Vargas, quien en vida fue mayor, casado una vez, Administradora del Hogar, cédula uno-ciento diecinueve-seis mil novecientos ochenta y tres; y vecina de San José, Hatillo Dos, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien corresponda. Expediente número cero cero cero dos-dos mil veintidós. Notaría de la Licda. Yanzy Mayela Rodríguez Reyes, en Puntarenas, Corredores, Ciudad Neily, Barrio El Estadio, contiguo a Cabinas Heileen.—Veintiocho de abril del año dos mil veintidós.—Licda. Yanzy Mayela Rodríguez Reyes, Notaria.—1 vez.—( IN2022642304 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Roberto Montoya Otárola, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de San José, cantón y ciudad de San José, Barrio Los Ángeles, calles doce S’ dieciséis, avenida catorce, casa número mil cuatrocientos cincuenta y dos, y portó la cédula de identidad número uno-quinientos nueve-ciento nueve, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles, contado a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan, ante esta Notaría, ubicada en San José, Barrio Naciones Unidas, avenida treinta y cuatro, diagonal treinta y dos, de la esquina noroeste de la Escuela Naciones Unidas, setenta y cinco metros noreste, a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentaren, dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número dos-dos mil veintidós.—San José, dos de mayo del año dos mil veintidós.—Lic. Mario Alberto Valladares Guilá, Notario.—1 vez.—( IN2022642312 ).

Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Eugenia De Los Ángeles Romero Arce, mayor, estado civil casada, Secretaria, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0900540708 y vecina de Cartago, Dulce Nombre, Caballo Blanco, contiguo a MacDonalds. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000309-0640-CI-1.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con quince minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022642320 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sandra Garita Quirós, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número tres-cero trescientos veintinueve-cero trescientos cincuenta, vecina de Tucurrique de Cartago, ciento setenta y cinco metros al suroeste de la Plaza para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda, expediente N° 0002-2022. Notaria del Licdo. Carlos Luis Rojas Céspedes.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—( IN2022642333 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Carlos Ernesto Guillén Porras, a las catorce horas y treinta minutos del 21 de abril del 2022 y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato, de quien en vida fuera Ricardo Ernesto Guillén Herrera, mayor, divorciado, policía. vecino de la provincia de San José, Cantón Central, distrito Mata Redonda y portador de la cédula de identidad N° 800730574. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Esteban Bornemisza Fernández, costado este de la Iglesia de San Rafael de Escazú, correo electrónico: ebornemisza@hotmail.com, teléfono N° 8830-4589.—Lic. Esteban Bornemisza Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2022642342 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Cristian Gerardo Miranda Morales, mayor, estado civil Soltero, profesión u oficio Técnico en Farmacia, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0111560484 y vecino de Palmar. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente:22-000015-0423-CI-6.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con ocho minutos del siete de abril del dos mil veintidós.—Maureen María Robinson Rosales, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022642350 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en el proceso sucesorio notarial testamentario de quien en vida fue Ohel Solís Vargas, mayor de edad, soltero, vecino de Naranjo, Alajuela, Urbanización Tres Marías, frente a la tercera entrada, casa números sesenta y cuatro portadores del documento de identidad número dos-trescientos veintiocho-quinientos catorce, para que se apersonen a la notaría del notario público Luis Carlos Acuña Jara, en Naranjo Centro, veinticinco metros norte del Almacén Roes, por un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a hacer valer sus derechos presentando para ello todos los documentos que los acrediten como legitimados y los escritos respectivos en papel de seguridad notarial. Se les avisa que una vez pasado el plazo dicho, se protocolizan los acuerdos ya tomados por los herederos. Expediente número cero cero cero uno-dos mil veintidós.—Naranjo, veintiocho de marzo del año dos mil veintidós.—Luis Carlos Acuña Jara, Notario Público.—1 vez.—( IN2022642370 ).

Notaría de la Licda. Roxana Sanabria Castillo. Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de la señora María de Los Ángeles Zúñiga Richmond, mayor, casada una vez, cédula tres-cero dos cero uno-cero ocho cinco uno, vecina de Tres Ríos, La Unión, Cartago. Se emplaza a los herederos, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonaren dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2022-RSC. Notaría de la Licenciada Roxana Sanabria Castillo, sita en Tres Ríos, Edificio Samuel Víquez, segundo piso. Teléfonos 22790229, 89374847, correo roxanabria@yahoo.com.—Licda. Roxana Sanabria Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2022642412 ).

Se cita y emplaza a herederos, testamentarios, legatarios y demás interesados en el proceso de sucesión de quien en vida fue Enrique Antonio Clare García, quien fue mayor de edad, casado en segundas nupcias, Empresario, vecino de San José y con cédula de identidad número uno – cero trescientos nueve – cero ciento treinta y cinco, para que dentro del plazo de quince días y a partir de la primera publicación de este Edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en la oficina del Licenciado Pablo Enrique Guier Acosta, ubicada en San José, Barrio Los Yoses, intersección de la Calle Treinta y Siete con la Avenida Ocho, bajo el expediente número cero cero cero uno – dos mil veintidós. El sucesorio fue abierto por los herederos Doña María Eugenia Rodríguez Agüero, Don Jorge Alberto Clare Rodríguez, Don Enrique José Clare Jiménez, Doña Ingrid Clare Jiménez, Don Sergio Clare Rodríguez, Don Luis Diego Clare Jiménez, Doña Ericka María Clare Jiménez.—San José, veintinueve de abril del dos mil veintidós.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2022642445 ).

Por escritura número trescientos ochenta y tres, del protocolo número Cuatro, otorgada ante este Notario el día doce de abril, a las veinte horas, del año dos mil veintidós, se inició en sede notarial, el sucesorio del señor Manuel Felipe Gerardo Rodríguez Delgado, quien fue mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad número: 4-0085-0917, vecino de Dulce Nombre de La Garita de Alajuela, se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en reclamo de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de tercero con mejor derecho.—San José, veinte de abril del año dos mil veintidós.—Lic. Greivin Chacón Ramírez, Notario Público.—1 vez.—( IN2022642460 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera María Murillo Alfaro, quien fue mayor de edad, soltera, de oficios domésticos, vecina de Guápiles, portadora de la cédula de identidad N° 2-0259-0028, fallecida el 21 de noviembre de 2017 en Limón, Pococí, Guápiles, para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se hacen dentro del plazo conferido la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente N° 2022-0002. Sucesión Notarial Ab Intestato de María Murillo Alfaro. Notaría del Licenciado Rubiert Hidalgo Guillén, ubicada en Limón, Pococí, Cariari, Edificio IBP Legal, veinticinco metros oeste de Palí, teléfono N° 8714-1010. Correo electrónico rubiert.rhlegal@outlook.com.—Limón, Pococí, 2 de mayo de 2022.—Lic. Rubiert Hidalgo Guillén, Notario Público.—1 vez.—( IN2022642493 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Enrique Ortega Alvarado, mayor, estado civil divorciado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0302300800 y vecino de Desamparados, San Miguel, en el Barrio de Higuito, 450 metros sureste del abastecedor La Estación en Calle Rodillal. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000678-0217-CI-1. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y siete minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintidós.—MSc. Wálther Obando Corrales, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642503 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Ángel Alpízar Rodríguez, mayor, soltero, pensionado, costarricense, con cédula de identidad N° 0201300521 y vecino de Abangares. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000016-0927-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas, (Materia Civil)- Hora y fecha de emisión: quince horas con cinco minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022642511 ).

Mediante escritura pública se realiza la apertura del proceso sucesorio ante esta notaría, por parte de José Hugo García Vargas, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número seis-cero doscientos veintiuno-cero trescientos cincuenta y dos, vecino de Puntarenas, Buenos Aires, Pilas, ochocientos metros este de la escuela del lugar, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: José Hugo García Vargas, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número seis-cero doscientos veintiuno-cero trescientos cincuenta y dos, vecino de Puntarenas, Buenos Aires, Pilas, ochocientos metros este de la escuela del lugar, fallecido el veintidós de octubre del mil novecientos noventa y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría situada en Buenos Aires, Puntarenas, en los altos de correos de Costa Rica, a hacer valer sus derechos apercibiéndose a los que crean tener derecho a la herencia que la misma pasará a quien corresponda, si no lo hacen dentro del plazo aludido. Expediente N° 0003-2022.—Buenos Aires, 2 de febrero del 2022.—Licda. Karol Vivianna Calvo Mena, Notaria.—1 vez.—( IN2022642519 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Carlos Luis Calderón bonilla, mayor, estado civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0301410889 y vecino del Yas, Santiago de Paraíso de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000858-0640-CI-0.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y dos minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022642535 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de José Antonio Venegas Rodríguez, mayor de edad, casado una vez, empresario, vecino de Alajuela, La Guácima, Urbanización La Pradera, cédula dos cero cuatrocientos veintiocho cero quinientos veinte a fin de que se apersonen, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, ante esta notaria, ubicada en Alajuela, costado este del Colegio Instituto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasara a quien corresponda.—Alajuela, 22 de abril del 2022.—Lic. Karen Otárola Luna, Notaria.—1 vez.—( IN2022642539 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión Carlos Alberto Orozco Cordero, costarricense, quien fue casado una vez, comerciante, cédula de identidad número cuatro-ciento veintiuno-cero cincuenta y tres, quien fue vecino de Golfito, Puntarenas; quien falleció el día veintitrés de agosto del dos mil veintiuno, en Pérez Zeledón, San José, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2022-01. Notaría de Marco Vinicio Barrantes Aguilar frente a la antigua Delegación de la Fuerza Pública de Río Claro, Guaycará, Golfito, Puntarenas.—Lic. Marco Vinicio Barrantes Aguilar, Notario Público.—1 vez.—( IN2022642551 ).

Se hace saber en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Daniel Josué Maroto García, mayor, soltero, comerciante, costarricense, cédula de identidad N° 0304560485 y vecino de Cartago, Turrialba, Santa Rosa, frente a la plaza de Santa Rosa. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 22-000044-0341-CI.Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba. Hora y fecha de emisión: diez horas con siete minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022642552 ).

Se cita y emplaza a los que crean tener derecho legítimo en la sucesión de quien en vida fue Alida Rodríguez González, cédula 2-0276-1209, vecina de Venecia de San Carlos; para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, comparezcan ante la notaria del Lic. José Enrique Arce Salas en Venecia de San Carlos 500 metros al sur y 200 al este de Almacén Dos Pinos, a hacer valer sus derechos; de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2022. Maritza Rodríguez González albacea.—Venecia 02 de mayo de 2022.—Lic. José Enrique Arce Salas, Notario.—1 vez.—( IN2022642560 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Donelia Jiménez Marín, mayor, casada, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0202010678 y Víctor Marín Mora, mayor, casado, agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 02- 0154-0880, ambos vecinos de La Tigra de San Carlos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 22-000151-0297-CI - 6.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con veintiuno minutos del veintidós de abril del dos mil veintidós.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022642565 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Antonio Muñoz Palacios, mayor, casado, empresario, nacionalidad mexicana, cédula de residencia 148400301822 y vecino de San José, Curridabat. Y María De Los Ángeles Martínez Muñoz, mayor, casada, empresaria, nacionalidad mexicana, cédula de residencia 148400314116 y vecina de San José, Curridabat. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000673-0181-CI-4.—Juzgado Segundo Civil de San José, 14 de octubre del 2021.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022642627 ).

Se hace saber que en esta notaria se tramita el proceso sucesorio de Mynor Vindas Oreamuno, mayor de edad, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número dos-cero cuatrocientos veintiséis-cero seiscientos seis, vecino de la provincia de Alajuela, Barrio San José, de la Escuela Barrio San José doscientos metros norte y doscientos metros este. Comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio en sede notarial, se emplaza a los interesados y posibles herederos a comparecer ante esta notaría pública ubicada en San José, Moravia, San Vicente, 25 metros este de la Delegación Policial, dentro del plazo de ley. Expediente Número 04-2021.—San José, 2 de mayo del 2022.—Licda. Maureen Masís Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022642631 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Pedro Antonio Villalobos González, mayor, soltero, pensionado, portador de la cédula de identidad número tres – ciento sesenta y dos – novecientos cuarenta y seis, con domicilio en San José, Granadilla Sur de Curridabat, frente al Residencial Monteran, quien falleció el diez de octubre del año dos mil veinte, para que dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y que si no se presentaran dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de la Licda. Gabriela Mora Aguilar, con oficina en San José, Granadilla Sur de Curridabat, cien metros al este del Residencial Monterán Teléfono: 88172417.—Licda. Gabriela Mora Aguilar.—1 vez.—( IN2022642632 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de Alexis Vásquez Vásquez, quien en vida fue mayor, viudo, costarricense con cédula de identidad número seis-cero cero cincuenta-cero ciento setenta y tres y domicilio en Puntarenas, Chomes, veinticinco metros hacia el pueblo casa color rojo, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este Edicto, comparezcan a reclamar sus derechos en la notaría de la Licda. Adriana Zamora López, y se apercibe a los que se crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero cero dos- dos mil veintidós, Notaría de Licda. Adriana Zamora López, Puntarenas.— Licda. Adriana Zamora López, Notaria.—1 vez.—( IN2022642635 ).

Se emplaza: a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Inés Aurora Margarita Piedades Salazar Vindas, con cédula de identidad número cuatro- cero cero sesenta y tres- cero novecientos treinta y ocho, vecina de San Francisco Central de Heredia, casa número setenta y tres, para que, dentro del plazo de Ley, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que, si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notario público William David Solís Segura, San José, San Isidro de El General, cien metros norte de las oficinas del AYA. Expediente No 01-2022.—Lic. William David Solís Segura.—1 vez.—( IN2022642638 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Daisy María Mondragón Rapso, mayor, estado civil Viuda, profesión u oficio Dato Desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0102590085 y vecina de Puntarenas Esparza, costado este del Banco de Costa Rica, entrada a Marañonal y Renan Jara Rojas, mayor, estado civil Viudo, profesión u oficio Pensionado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201820473 y vecino de Puntarenas Esparza, costado este del Banco de Costa Rica, entrada a Marañonal. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 21-000400-0642-CI - 0.—Juzgado Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y dos minutos del siete de febrero del dos mil veintidós.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022642645 ).

Avisos

Al señor Marvin Jarquín García, mayor, viudo, operario de construcción, portador de la cédula de residencia 155803718426, vecino de Guanacaste, Santa Cruz, San José de la Montaña Finca Azul y Verde, por este medio se les comunica que en proceso tramitado bajo el expediente 22-000015-0687-FA del Juzgado de Familia de Grecia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las dieciséis horas y diecisiete minutos del siete de enero del año dos mil veintidós. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Zuly Yohanna Jarquín Hernandez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Marvin Jarquín García, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Desconociéndose el paradero actual del padre de la persona menor de edad interesada, notifíquesele esta resolución mediante un edicto que se publicará en el Boletín Judicial. Por medio de edicto, que se publicará por una vez en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-00000015-FA. Clase de asunto depósito judicial. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), 22 de marzo del año 2022.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022641914 ).     3 v. 2.

A: María José Amador Araya, Christian Alejandro León Gutiérrez y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Franco León Amador, se les pone en conocimiento la resolución de las trece horas con cincuenta y cinco minutos del trece de julio del dos mil veintiuno de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito de las personas menores: Franco León Amador, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a: María José Amador Araya y Christian Alejandro León Gutiérrez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial: http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Christian Alejandro León Gutierrez y, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real: San José, Desamparados, San Miguel, del cruce de Higuito, 50 mts. sur y 100 mts. norte casa N° 14. Para estos efectos se comisiona a la Delegación de Fuerza Pública San José, Desamparados. Notifíquese esta resolución a María José Amador Araya por medio de edicto. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Asimismo, se ordena el depósito provisional de la persona menor de edad Franco León Amador bajo la responsabilidad de la señora Yaniria María Araya Soto. Queda la comisión/documentación a disposición de la parte interesada en el Sistema de Gestión en Línea para su diligenciamiento. El párrafo final del artículo 19 de la Ley de Notificaciones, N° 8687 indica que a la notificación se le acompañarán copias de los escritos y documentos salvo disposición legal en contrario. El artículo 27.2 del Código Procesal Civil establece que cuando los documentos o escritos fueran incorporados a la carpeta escaneados o por otros medios, no se requerirá la presentación de copias salvo que se trate de documentación que no pueda ser escaneada. Con motivo de lo anterior, deberá la parte demandada, acceder al “Sistema de Gestión en Línea” (https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr), para obtener las copias de todas las piezas del expediente, no siendo necesario adjuntarle a la notificación las copias del mismo. Para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Por otro lado, según lo establece el artículo 8 de la Ley de Notificaciones, N° 8687, la persona que notifica está investida de autoridad para exigir la plena identificación de la persona que reciba la cédula, así como para solicitar el auxilio de otras autoridades, cuando lo necesite para cumplir sus labores. (Contenciosos). En caso de cuya omisión transcurrido el plazo de tres meses se declarará la deserción, (No Contenciosos). En cuya omisión transcurrido el plazo de 06 meses se declarará el abandono del proceso. Expediente N° 21-000474-0687-FA. Clase de asunto Depósito Judicial. Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia, (Materia de Familia).—Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022641910 ). 3 v. 2.

Expediente N° 21-000670-0504-CI – 2. Proceso: declaratoria de ausencia. Promueve: Elena Virginia de los Ángeles Perera Hernández. Sentencia N° 2022000205

Juzgado Civil de Heredia. A las catorce horas con cuarenta minutos del siete de febrero del dos mil veintidós. Declaración de ausencia de Richard Robertian Tamayo Mallma, mayor, casado, peruano, pasaporte 246726, de ubicación y paradero desconocido. Promueve Elena Virginia de los Ángeles Perera Hernández, mayor, casada, cédula de identidad número 4-150-032, vecina de Heredia.

Considerando:

I.—Síntesis de las alegaciones y pretensiones.

1.  El presente asunto ha sido establecido para que en sentencia se declare la ausencia de Richard Robertian Tamayo Mallma.

2.  Debidamente publicados los edictos ordenados y haberse recibo la prueba ofrecida, no hubo oposición alguna a este trámite.

II.—Hechos probados: de importancia para la decisión de este asunto se tienen como tales los siguientes: a) La señora Elena Virginia Perera Hernández contrajo matrimonio con el señor Richard Robertian Tamayo Mallma el 03 de enero de 2004, producto de dicha relación procrearon al menor Miguel Ángel Tamayo Perera nacido el 16 de enero de 2017 (certificaciones registrales visibles en páginas 9 y 10 formato pdf). b) El 14 de febrero de 2007 el señor Richard Robertian Tamayo Mallma se separó de la señora  Elena Virginia Perera Hernández sin que se tenga razón de su paradero o ubicación actual (documento de migración visible en página 13 formato pdf, testimonio de Matilde Gavilán Salvatierra Josseline Perera Hernández grabado oralmente en SIGAO) c) Richard Robertian Tamayo Mallma al veintiocho de mayo de dos mil veintiuno no aparece con bienes muebles e inmuebles inscritos (certificaciones del Registro Público en páginas 17 y 21 formato pdf), d) Richard Robertian Tamayo Mallma  al veintidós de junio de dos mil veintiuno no aparece con apoderado alguno registrado (certificación del Registro Nacional en página 28 formato pdf), f) Richard Robertian Tamayo Mallma es peruano y registra movimiento migratorio saliendo del país el 14/02/2007 (certificación del Ministerio de Gobernación y Policía en página 13 formato pdf), g) Al once de mayo de dos mil veintiuno, no aparece ningún testamento a nombre de Richard Robertian Tamayo Mallma (certificación del Jefe de Archivo Notarial del Archivo Nacional a en página 24 formato pdf), h) Desde el  año 2007, no se tiene noticia de Richard Robertian Tamayo Mallma (declaraciones de los testigos Matilde Gavilán Salvatierra Josseline Perera Hernández grabado oralmente en SIGAO) i) El edicto ordenado se publicó en el Boletín Judicial número 158 el día 18 de agosto de 2021 y la publicación del edicto en un periódico de circulación nacional se hizo el día 02 de noviembre de 2021 en el periódico La Extra (páginas  47 y 48, 52).

III.—Sobre el fondo del asunto: esta solicitud de declaratoria de ausencia Richard Robertian Tamayo Mallma ha sido establecida por su esposa Elena Virginia Perera Hernández, para que en sentencia se declare tal ausencia, pues han transcurrido años de no tenerse noticia de él. Establece el artículo 67 del Código Civil: Cuando una persona desaparece del lugar de su domicilio sin dejar apoderado y se ignora su paradero o consta que se halla fuera de la República, en caso de urgencia y a solicitud de parte interesada o de la Procuraduría General de la República, se le nombrará curador para determinado negocio, o para la administración de todos si fuere necesario ...” (la negrilla y el subrayado no son del original). En ese mismo sentido el artículo 71 ibídem prevé: “Cualquier interesado podrá demandar la declaración de ausencia pasados dos años después del día en que desapareció el ausente sin que haya habido noticias suyas o después de recibidas las últimas, pero si dejó apoderado general para todos o la mayor parte de sus negocios, no se podrá pedir la declaración de ausencia, mientras no hayan trascurrido diez años desde la desaparación del ausente o desde sus últimas noticias ...” (la negrilla y el subrayado no son del original). Ahora bien como se indicó la declaratoria pedida por la señora Elena Virginia Perera Hernández tiene como finalidad principal que se establezca la ausencia legal de quien figura como su esposo.  Todo para los efectos de los artículos 67 y siguientes del Código Civil. Quedó debidamente acreditado con el testimonio de Matilde Gavilán Salvatierra y Josseline Perera Hernández grabado oralmente en SIGAO, que Elena desde febrero del año 2007 no tiene noticia de él, lo cual se comprueba también con las publicaciones en periódicos. También quedó demostrado que no tiene registrado apoderado alguno, por otra parte el Ministerio de Gobernación y Policía certificó que dichao señor es peruano y no tiene movimientos migratorios desde el 14 de febrero de 2007. De acuerdo a las disposiciones legales de los artículos 872 y siguientes del Código Procesal Civil, se dispuso la publicación del edicto el cual se publicó en el Boletín Judicial número 58 el día 18 de agosto de 2021 y la publicación del edicto en un periódico de circulación nacional se hizo el día 02 de noviembre de 2021 en el periódico La Extra (páginas 47 y 48, 52), sin que conste a la fecha de hoy en el expediente oposición alguna a esta solicitud de declaratoria de ausencia. Habiendo transcurrido tres meses desde la última publicación de la demanda y no habiendo noticias de la ausente procede como consecuencia declarar la ausencia de Richard Robertian Tamayo Mallma, y se ordena publicar esta resolución por tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de quince días, y también deberá publicarse por igual número de veces en un diario de circulación nacional  o bien por medio de la radio. Por tanto, De conformidad con lo expuesto artículos 1, 3, 5, 99, 872 y siguientes del Código Procesal Civil, y artículos 67 y 71 del Código Civil, se resuelve: se declara ausente a Richard Robertian Tamayo Mallma, y se ordena publicar esta resolución por tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de quince días, y también deberá publicarse por igual número de veces en un diario de circulación nacional o bien por medio de la radio.—Juzgado Civil de Heredia.—Msc. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza Tramitadora.—( IN2022642510 ).      3 v. 1. Alt.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legitima de la persona menor Gabriel Sibaja Álvarez, por haber sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto, expediente N° 22-000248-0673-NA. Proceso tutela legítima. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 26 de abril del año 2022.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642424 ).                                           3 v. 1.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela del menor de edad Jadiel Mauricio Lara Calvo para que se apersonen dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial. Publíquese 3 veces consecutivas. 18 de abril del 2022. Expediente N° 22-000124-0928-FA. Proceso Actividad Judicial no Contenciosa de Nombramiento de Tutor, Actor: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado Familia de Cañas, Guanacaste.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642501 ).                       3 v. 1.

Expediente N° 20-000112-0958-CI.—Se hace saber que en proceso judicial de concurso civil de acreedores tramitado en este despacho judicial, se dictó la sentencia número 72-2021 de las diez horas dieciocho minutos del veintiuno de mayo del dos mil veintiuno y la resolución de las once horas treinta y ocho minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, que en lo conducente dicen: “...Se declara insolvente a Nancy Lorena Carrillo Chaves cédula de identidad número 6-0287-0746, soltera, oficial de policía y vecina de Puntarenas como insolvente y se ordena la apertura del proceso concurso civil de acreedores de conformidad con los numerales 899 del Código Civil y 763 del Código Procesal Civil. En consecuencia, se dispone la apertura del concurso civil de acreedores del citado fallido. Solicítese a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial la designación del curador propietario, curador suplente y notario inventariador que por turno corresponda. La petente Nancy Lorena Carrillo Chaves queda de derecho separado e inhibido de la facultad de administrar y disponer de los bienes que le pertenecen y sean legalmente embargables. El curador será quien administre los bienes y activos embargables que se constaten, para luego ser pagados los créditos conforme a las reglas concursales vigentes. Se fija en calidad de por ahora y en perjuicio de terceros, el 07 de julio del 2020 tres meses antes de la presentación del escrito inicial -según consta en los sistemas judiciales se presentó el 17 de octubre del 2020-. fecha en que se presume empezó el estado de insolvencia, de conformidad con el artículo 888 del Código Civil. Se previene a la insolvente que no abandone su domicilio ni salga del país sin autorización judicial, bajo el apercibimiento de que, si lo hiciere, podrá ser juzgado por desobediencia a la autoridad. Comuníquese a la Dirección General de Migración y al Ministerio Público para lo que corresponda. Procédase a la ocupación, inventario y depósito de los bienes embargables del insolvente. Lo primero y tercero lo asumirá el curador que se designe y lo segundo el notario inventariador que se nombre al efecto, tómese nota de los bienes inscritos a nombre de la persona insolvente. Comuníquese al Registro Público la declaratoria y su fecha, para que se abstenga de inscribir títulos emanados del insolvente. Asimismo, a la Dirección General de Correos a fin de que envíe al Juzgado la correspondencia perteneciente al mismo. Comuníquese también a los bancos, almacenes generales de depósito y aduanas para que se abstengan de entregar a la deudora o su apoderado, títulos valores, efectos de comercio, mercaderías o cualquier documento con valor económico. Por ser asalariado la persona insolvente, comuníquese a la parte patronal la presente resolución, por mandamiento, para que proceda a depositar en adelante, período tras período de pago de salario, la parte legalmente embargable del salario de Nancy Lorena Carrillo Chaves en la cuenta automatizada de este proceso judicial número: 200001120958CI del Banco de Costa Rica. La parte legalmente inembargable de su salario, le será entonces entregada de manera íntegra al insolvente, por lo que, el patrono deberá abstenerse, con esta orden judicial, de hacer deducciones salariales automáticas, aun consentidas por la persona trabajadora insolvente, en perjuicio de la masa de acreedores, según la interpretación judicial del artículo 899 del Código Civil y el principio concursal de igualdad de acreedores. Este mandamiento lo diligenciará el curador o la persona insolvente de manera personal, de la misma forma con el oficio que se ordena expedir a las entidades acreedoras de su interés que hasta ahora se han visto beneficiadas con pagos de cuotas de créditos mediante el sistema de deducción automática de la planilla de la persona deudora. Se concede a los acreedores nacionales y extranjeros un plazo de dos meses para legalizar sus créditos y reclamar en su caso, el privilegio que tuvieren, el cual empezará a correr desde la última publicación de la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín Judicial y en un periódico de circulación nacional. Apersónese la persona insolvente, la persona curadora o cualquier otra persona interesada ante la Imprenta Nacional a efectos de atender el gasto necesario para la publicación del edicto que aquí se ordena, mismo que será enviado de inmediato por el Juzgado Concursal de forma electrónica. Este gasto podrá ser reembolsado posteriormente, con preferencia, como un crédito de la masa. Se prohíbe hacer pagos y entregas de efectos a la deudora insolvente, y si esto se incumpliere no quedarán descargados de la obligación. Se previene a todas las personas en cuyo poder existan pertenencias del insolvente, cualquiera que sea su naturaleza, que dentro del plazo de ocho días hagan entrega al curador o a este juzgado manifestación y entrega de ellas, bajo pena de ser tenidos como ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios. Los tenedores de prendas y demás acreedores con derecho de retención, tendrán la obligación de dar noticia al curador o al Juzgado, también bajo el apercibimiento indicado. En caso de pagos de dinero o devolución de éste a favor del insolvente, el dinero deberá ser depositado en la cuenta bancaria número 200001120958CI del Banco de Costa Rica, para lo cual la persona depositante, en forma personal en este estrado judicial, por teléfono o por escrito con autenticación de abogado, deberá identificarse con su nombre completo y número correcto de identificación, para que pueda ser incluido en el sistema informático de los depósitos judiciales previo a la transacción bancaria que interese. Comuníquese al Ministerio Público para que se investigue la posible comisión o participación del delito de insolvencia fraudulenta. Notifíquese...” “...De conformidad con el artículo 63 del Código Procesal Civil, se corrige el error material contenido en la resolución de las diez horas dieciocho minutos del veintiuno de mayo de dos mil veintiuno para que se lea la cédula de identidad número 6-0289-0746 en lugar de cédula de identidad número 6-0287-0746...”.—Juzgado Concursal, San José, nueve horas tres minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno.—Dra. Jennifer Arroyo Chacón, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022641955 ).

Se comunica a la señora Catalina Urbina que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de la persona menor de edad Heydis Danielka Urbina, bajo el expediente N° 22-000383-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 13 de abril del 2022.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642022 ).

Se comunica al señor Víctor Alexander Robleto Garzón, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de la persona menor de edad Dilan Robleto Reyes, bajo el expediente N° 22-000377-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Notas: Publíquese por única vez consecutivas.—Juzgado de Familia de San Carlos, 18 de abril del año 2022.—Msc Sandra Saborío Artavia, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642024 ).

Se comunica a la señora Juekdenex Johana Zeas Aguirre y el señor Lorenzo De Jesús Herrera López que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de las personas menores de edad Freysi Johari Zeas y Emily Rosmery Herrera Zeas, bajo el Expediente Nº 22-000306-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 01 de abril del año 2022.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642025 ).

Se comunica al señor Walter Antonio Amador que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de la persona menor de edad Bleykeling Amador Artola, bajo el Expediente Nº 22-000281-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 21 de marzo del año 2022.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642027 ).

Se comunica al señor Juan José Mendoza Araya que en este despacho judicial se tramita proceso de depósito judicial de la persona menor de edad Cristhofer José Mendoza Hurtado, bajo el expediente 22-000074-1302- FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia de Los Chiles, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 24 de enero del año 2022.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022642029 ).

Licenciada Grace Cordero Solórzano. Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos, al señor Walter Palma Fajardo, se le hace saber que en proceso de Depósito Judicial de menor, expediente número 22-000046-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. A las catorce horas cincuenta y dos minutos del diecisiete de enero de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso de protección a la niñez y la adolescencia en sede judicial que promueve el Patronato Nacional de la Infancia en favor de las personas menores Yonatan David y Yogan Jorgani ambos de apellidos Palma Sanches. A efectos de entrevistar a las personas menores Yonatan David y Yogan Jorgani ambos de apellidos Palma Sanches, sin intervención de partes se señalan las trece horas treinta minutos del quince de febrero del año dos mil veintidós. Se tiene a la vista el expediente levantado en sede administrativa. Se le previene al ente promotor del proceso que dentro del plazo de treinta días, deberá actualizar el informe social aportado. Se convoca a las partes a una audiencia oral y pública que se celebrará en la sede de este Juzgado a las trece horas treinta minutos del quince de febrero del año dos mil veintidós, se prorrogan las medidas hasta ese día (artículos 114 inciso b), 143, 144 y 145 del Código de la Niñez y la Adolescencia). En esta audiencia las partes podrán proponer pruebas, las cuales se evacuarán, de ser admitidas, en la misma comparecencia. Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Notifíquese esta resolución personalmente o en su casa de habitación a Walter Francisco Palma Fajardo y Belki Elizabet Sanches Briones, a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Walter Francisco Palma Fajardo y Belki Elizabet Sanches Briones, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otros Comunicaciones; de este Circuito Judicial, Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Limón). En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Lic. Brian Alonso Agüero Chaves, Juez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Grace María Cordero Solórzano, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642030 ).

Licenciada Grace Cordero Solórzano, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, al señor Rafael Ángel Durán Montero, se le hace saber que en proceso de Depósito Judicial de menor, expediente N° 21-001500-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas cincuenta minutos del veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Ashley Tamara Durán Saborío, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere audiencia por tres días a Aniveth Saborío Herrera y Rafael Ángel Durán Montero, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Aniveth Saborío Herrera y Rafael Ángel Durán Montero, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Cartago y Los Chiles. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Sobre la medida cautelar: En otro orden de ideas, De conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de La Niñez y Adolescencia, se ordena el depósito provisional de Ashley Tamara Durán Saborío, en el hogar de la señora Iveth del Socorro Herrera Herrera, por lo que se previene al ente actor apersonar a dicha señora a este Despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo que se le ha conferido. Asimismo, deberá hacer ver a la depositaria provisional su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su cargo como buena madre de familia. Notifíquese. Publíquese por única vez. Msc Sandra Saborío Artavia. Jueza. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos. Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642038 ).

Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón); hace saber a Albino Salas Navarro, mayor, casado, jornalero, cédula de identidad seis-doscientos cuarenta-ciento cincuenta y dos, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso Abreviado de Divorcio en su contra, bajo el expediente número 19-000875-1303-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado de Familia del Prime Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), a las siete horas veintiuno minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De la anterior demanda Abreviada de Divorcio establecida por la accionante Runi Edit Segura Elizondo, se confiere traslado al accionado Albino Salas Navarro por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De previo a continuar con el trámite de declaratoria de ausencia del accionado, inténtese la notificación en su domicilio electoral, sea en Sabalito de Coto Brus, Santa Teresa, de la escuela trescientos metros norte, casa color verde. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Coto Brus. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. De previo a expedir la comisión, se le previene a la parte actora aportar un juego de copias, el cual deberá ser entregado de manera física en este Despacho, para lo cual se le concede el plazo de tres días, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, no serán atendidas sus futuras gestiones. Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.”.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), a las trece horas cincuenta y uno minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós. Habiéndose acreditado en autos la ausencia del accionado Albino Salas Navarro, se nombra como su curador procesal al licenciado Luis Fernando Oses Arias; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículos 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.”. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 27 de abril del año 2022.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642329 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia que promueve Sioni Milena Leiva Arias persona con discapacidad Randall Leiva Arias. Expediente número 22-000209-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de enero del año 2022.—Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642332 ).

Licenciada Sandra Saborío Artavia. Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos, al señor Sling Daykeli Manzanares Angulo, se le hace saber que en proceso de depósito judicial de menor, expediente numero 22-000177-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas diez minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso de Protección a la Niñez y la Adolescencia en sede judicial que promueve el Patronato Nacional de la Infancia en favor de las personas menores Juan José Manzanares Manzanares y Devora Yahoska, Yurling Dariana, Briana Lucía todos de apellidos Manzanares Angulo. A efectos de entrevistar a las personas menores Juan José Manzanares Manzanares y Devora Yahoska, Yurling Dariana, sin intervención de partes se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de mayo del año dos mil veintidós. Se tiene a la vista el expediente levantado en sede administrativa. Se le previene al ente promotor del proceso que, dentro del plazo de treinta días, deberá actualizar el informe social aportado. Se convoca a las partes a una audiencia oral y pública que se celebrará en la sede de este Juzgado a las catorce horas treinta minutos del tres de mayo del año dos mil veintidós, se prorrogan las medidas hasta este día (artículos 114 inciso b), 143, 144 y 145 del Código de la Niñez y la Adolescencia). En esta audiencia las partes podrán proponer pruebas, las cuales se evacuarán, de ser admitidas, en la misma comparecencia. Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Notifíquese esta resolución personalmente o en su casa de habitación a Sling Daykeli Manzanares Angulo, a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Sling Daykeli Manzanares Angulo, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otros Comunicaciones; de este Circuito Judicial. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642335 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 22-000467-0338-FA, Karla Marcela Hernández Acuña, Maximiliano Álvarez Cartín, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Dara Sahily Arias Aguilar. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 28 de marzo del año 2022.—Msc. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642336 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente N° 22-000332-0338-FA, Allan Reinaldo Solorzano Quirós, solicitan se apruebe la adopción de la persona adoptada Kevin Daniel González Moya. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 9 de marzo del 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642367 ).

Se hace saber: expediente: N° 22-000005-1420-FA. Suspensión patria potestad y tutela. actor: PANI. Demandados: Andreina Gallo Alvarado y otros. Juzgado de Familia de Osa. 16:33 horas. 09/febrero/2022. Curso: de toda la prueba y de la presente demanda: suspensión de patria de potestad y tutela, se confiere traslado por el plazo de 10 días a la parte demandada: 1) Andreina Gallo Alvarado, 2) José David López Leal y 3) José Alberto Anchia Mora. Para que conteste y ofrezca sus pruebas. Tómese nota de que el padre del menor Jeudy, Alvin Brizuela Torres, ya falleció (f. 54). Medio: se le previene a todas las partes e interesados, que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio (correo electrónico autorizado), para atender sus futuras notificaciones. De no hacerlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, incluido que no este autorizado, todas las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Depósito: se nombra depositaria judicial de los menores: 1) Jeudy Alberto Brizuela Gallo (f. 17), 2) Cristopher López Gallo (f. 18) y 3) Keilyn Layjam Anchia Gallo (f. 19), a: Teresita Alvarado Jara, quien dentro de 3 días tiene que venir al juzgado para aceptar el cargo. Notificaciones: depositaria, madre y padre: José David, con la: Ocj Osa. Padre: José Alberto, con la OcjCirtoJudi. SJ. Aviso: se les informa a todas las partes e interesados que este proceso es electrónico. Es decir, no existe a nivel físico o material, sino que todo su respaldo es virtual. Es todo.—Juzgado de Familia de Osa, 28 de abril del 2022.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642417 ).

Se avisa a la señora Frezi María Mayorga Rojas, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 21-000537-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Neibelin Martínez Mayorga Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de abril de dos mil veintidós.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642418 ).

Karol Adriana Gómez Chacón, Jueza del Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia); hace saber a Elsy Yolanda Peralta Flores, mayor, mexicana, documento de identidad D1262, casada, vecina de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente número 17-000276-1534-FA, en el cual se dictó la Sentencia de Primera Instancia N° 72-2022, que en su por tanto establece lo siguiente: “Por tanto: Se declara con lugar la presente demanda de divorcio promovida y se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a Gerardo Romualdo Herrera Salazar y a Elsy Yolanda Peralta Flores. Alimentos: Acudan las partes a la vía de alimentos correspondiente. Gananciales: De existir algún bien no señalado en este proceso y cuya naturaleza sea de ganancialidad, cada cónyuge adquiere el derecho de participar en el cincuenta por ciento de tales bienes que se llegaren a constatar en el patrimonio del otro cónyuge, como lo dispone el supracitado numeral 41 del Código de Familia. Costas: Sin especial condenatoria de costas (artículo 222 del Código Procesal Civil). Inscripción: a la firmeza de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de San José, tomo doscientos cuarenta; folio ciento treinta y tres, asiento doscientos sesenta y cinco. Notifíquese la parte dispositiva de esta sentencia por medio de edicto en el Boletín Judicial. Una vez firme esta sentencia, gírese al curador procesal el monto que corresponda por concepto de honorarios. Notifíquese. Licda. Daniela Bolaños Camacho. Jueza de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de divorcio de Gerardo Romualdo Herrera Salazar contra Elsy Yolanda Peralta Flores. Expediente Nº 17-000276-1534-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia), 25 de marzo del año 2022.— Karol Adriana Gómez Chacón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642419 ).

Se avisa, a Adrián Josué Matarrita Villata, mayor, de domicilio y de demás calidades desconocidas representado por el curador procesal Licenciado Eduardo Robert Cruz Ramírez, se le hace saber que existe proceso 20- 000536-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Eithan Matarrita Fonseca establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Adrián Josué Matarrita Villalta, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diecisiete horas nueve minutos del diecinueve de febrero de dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: Se le concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de abril de 2022.—Licda. Nelda Jimenez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022642421 ).

Se avisa, a Georgina Vanessa Boza Calero cédula de identidad número 1-1702-0474, de domicilio y de demás calidades desconocidas representado por el curador procesal Licenciado José Adrián Vargas Solís, se le hace saber que existe proceso N° 21-000050-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Dayan Monserrath Boza Calero establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Georgina Vanessa Boza Calero, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las veintidós horas y quince minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: Se le concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de abril de 2022.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642422 ).

Licenciado Carlos Sánchez Miranda, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a Santa Clara Garzón Mairena, en su carácter personal, quien es mayor, casada una vez, de oficios domésticos, vecino de Curridabat, cédula N° 0801180182, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio, expediente N° 21-000711-0165-FA, establecida por Luis Paulino Arias Fonseca, contra Santa Clara Garzón Mairena, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las dieciocho horas tres minutos del seis de octubre de dos mil veintiuno. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Luis Paulino Arias Fonseca, se confiere traslado a la accionada Santa Clara Garzón Mairena, representada por la curadora procesal Licenciada Marlene Alvarado Bermúdez, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación.- Expídase y publíquese. Se reserva la contestación de la demanda realizada por la curadora procesal, para ser conocida en el momento procesal oportuno.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—MSc. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642500 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Gaby Carmela Puña Alcocer, documento de identidad P2393420, casada, oficios domésticos, vecina de paradero desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso Nulidad Matrimonio en su contra, bajo el expediente número 18-000353-0186-FA donde se dictó sentencia de primera instancia N° 2022000375, resolución de las dieciséis horas treinta y tres minutos del uno de abril de dos mil veintidós, cuya parte dispositiva literalmente dice: Por tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada. Se dispone: 1) Se tiene contestadas afirmativas la preguntas de la Confesión ficta en relación con la demandada Richard Fabián Aguilar Monge, en cuanto a las numeradas de la 1 a la 9 y de 11 a la 18. 2) Se acoge la presente demanda, 3) Se declara nulo el matrimonio de Gaby Carmela Puña Alcocer, mayor de edad, de nacionalidad boliviana, casada, al momento de contraer nupcias documento de identidad P2393420, oficio ama de casa y paradero desconocido, y Richard Fabián Aguilar Monge, mayor de edad, casado, costarricense, comerciante, portador de la cédula de identidad número 0111820447, vecina de San José, celebrado el 13 de noviembre del 2008, inscrito al tomo: 0501; folio: 376 asiento: 0752, citas 1-0501-376-0752, la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José; 4) Comuníquese tanto al Registro Civil, como a la Dirección General de Migración, para que en caso de que Gaby Carmela Puna Alcocer, hubiese obtenido beneficios migratorios o de naturalización, para que se tome nota de que tales beneficios serán nulos conforme lo establece el numeral 19 del Código de Familia. Anúlese el trámite de naturalización del 08 de octubre del 2008, tramitado bajo expediente N° 1548-2006. 5) Se resuelve sin especial condenatoria en costas. 6) Por ser esta demanda con curadora procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. 7) Una vez firme, gírese los respectivos honorarios al curadora procesal, sin necesidad de resolución que así lo indique. La suma de ¢F84.750, de la siguientes forma ¢75.000.00 + 13% ¢9.750 = total ¢84.750.00, por concepto de Honorarios de Curadora Procesal. 8) Expídase la ejecutoria del caso, previa solicitud de la parte interesada. 9) Se les recuerda a las partes su derecho a recurrir esta decisión en caso de inconformidad. Lo anterior se ordena así en proceso Nulidad Matrimonio de Estado contra Gaby Carmela Puña Alcocer; Expediente N° 18-000353-0186-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 22 de abril del año 2022.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642502 ).

En proceso ordinario de Juan Carlos Barquero Varela y Multiservicios Maeju S. A. contra Jacqueline Pamela Alfaro Loría y otros, expediente 13-000021-0164-CI, de conformidad con los artículos 29.3 y 157.4 del Código Procesal Civil, se ordena notificar por medio de edicto en el Boletín Judicial, al señor Miguel Antonio González Orozco, acreedor hipotecario de primer grado sobre el derecho 001 de la finca de la provincia de San José 188803 propiedad de Gonzalo Antonio Campos Valverde, la resolución de las nueve horas catorce minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno que en lo que interesa dice: “La representante legal de la sociedad actora Multiservicios Maeju S. A., solicita se proceda a notificar al acreedor de la hipoteca de primer grado Miguel Antonio González Orozco, en su condición de acreedor del señor Campos Valverde, por medio de edicto en el Boletín Judicial. Al respecto, la nueva integración de este tribunal tomando en cuenta que el Diario Oficial La Gaceta, del cual forma parte el Boletín Judicial, es una publicación digital en internet, considera que el mismo puede ser accesado con cierta facilidad desde cualquier lugar, ingresando a las publicaciones del Boletín Judicial que se hacen por ese medio, sin importar si la persona se ubica dentro o fuera de nuestro país. Así entonces, por estimar este órgano colegiado que el señor Miguel González Orozco, acreedor hipotecario de primer grado sobre el derecho 001 propiedad del demandado Gonzalo Antonio Campos Valverde, puede enterarse de la existencia de este proceso a través de la publicación digital del Boletín Judicial, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 157.4 párrafo tercero del Código Procesal Civil, por ser procedente lo solicitado, notifíquese el señalamiento a remate al señor González Orozco, por medio de edicto, a fin de que dentro del plazo de cinco días se apersone a hacer valer sus derechos”. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.—Tribunal Segundo Colegiado Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del 2021.—Diego Sánchez Cascante, Juez.—1 vez.—( IN2022642549 ).

La licenciada Marianela Vargas Cousin, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, avisa al señor Siviany José Elizondo Castro, mayor, costarricense, cédula de identidad 0603540861, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente 21-000391-1146-FA, correspondiente a Diligencias de Autorización de Trámites Migratorios y Salida del País, promovidas por Karina Hernández Álvarez, donde se solicita que se apruebe la salida del país de la persona menor de edad Grace Valeria Elizondo Hernández. En dicha causa se ordenó notificarle por edicto las resoluciones de las catorce horas veinticuatro minutos del veintiséis de abril de dos mil veintiuno y las once horas veinticinco minutos del diez de marzo de dos mil veintidós y las diez horas cinco minutos del veintiocho de abril de dos mil veintidós, que en lo conducente indican: “Se tienen por establecidas las presentes diligencias de autorización para realizar trámites migratorios y salida del país de la persona menor de edad Grace Valeria Elizondo Hernández, establecidas por Karina Hernández Álvarez contra Siviany José Elizondo Castro. Se le da intervención al Patronato Nacional de la Infancia con sede en esta Ciudad. A fin de realizar una audiencia en el presente asunto, se cita a las partes a comparecer a este despacho al ser las trece horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil veintiuno. Admitiéndose la prueba testimonial de Andrés Hernández Castellón, Daniel Hernández Álvarez y Karla Elizondo Castro, se le hace saber a la parte actora que de conformidad con lo establecido en el artículo 365 del Código Procesal Civil, se ordena reducir a dos los testigos ofrecidos a su libre escogencia. Notifíquesele personalmente a la demandado Siviany Jose Elizondo Castro personalmente o en su casa de habitación en la dirección aportada en su cuenta cedular de la página del Tribunal Supremo de Elecciones, sea en Morales de Chomes, 75 metros este de la pulpería Leidy, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Puntarenas. Se le hace saber al demandado que a dicha audiencia podrá hacer llegar la prueba que considere pertinente ya sea testimonial o documental, se le previene, además, que de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de medio para atender futuras notificaciones, sea éste correo electrónico, fax, casillero en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren en la forma prevenida, o el lugar señalado resulte ser impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluida las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Notifíquese.- MSc. Tania Morera Solano. Jueza.- jchavarriab” y “Siendo que no se ha podido comprobar que el demandado efectivamente trabaje para la empresa Wallmart, pues no se tiene respuesta del oficio remitido y tampoco de las llamadas telefónicas realizadas al efecto, siendo además que dentro del expediente 17-000761-1146-FA por Abreviado de Divorcio que se tramitó en este despacho entre las mismas partes también consta que el demandado no es fácilmente localizable, a fin de no retrasar más el presente asunto se cita a la parte actora a comparecer a este despacho en compañía de los testigos ofrecidos, al ser las trece horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil veintidós. Admitiéndose la prueba testimonial de Andrés Hernández Castellón, Daniel Hernández Álvarez y Karla Elizondo Castro, los cuales deberán ser reducidos a dos a conveniencia de la parte actora. Asimismo, se ordena publicar en el Boletín Judicial de la Imprenta Nacional, por una sola ocasión, un edicto que contenga tanto el auto de traslado así como la presente resolución a fin de que sirva como notificación para el demandado presuntamente ausente.- Hágase Saber.- MSc.- Maureen Vanessa Ortiz Cerdas. Juez.- f) MSc. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza.” y “A las diez horas cinco minutos del veintiocho de abril de dos mil veintidós.- Siendo que el edicto remitido a la Imprenta Nacional no pudo ser publicado, según consta en autos, se varía el señalamiento para ser efectuado a las quince horas del veintiséis de mayo del dos mil veintidós.- Además en esa audiencia se procederá - conforme lo establece el numeral 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia - a una entrevista con la persona menor de edad Ainara Briggite Montero Chaverri, para lo cual la parte actora debe apersonarla al despacho a la hora indicada. Publíquese la presente resolución también mediante edicto.- Hágase Saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—MCs.- Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022643494 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Ingrid Mayela Barahona Barrantes, mayor, divorciada de Errol Mauricio Acenjo Víquez, en Cartago, el 18/07/2008, dependiente, vecina de Tejar de Cartago, 200 metros al oeste del Bar Cuatro Vientos, casa de color crema con verjas negras, cédula de identidad número 0303350970, hija de Ana Victoria Barrantes Castillo y Luis Enrique Barahona Hernández, nacida en Centro, Central, Cartago, el 06/06/1975, con 47 años de edad; y Pablo de Jesús Montoya Vargas, mayor, divorciado de Wendy Vanessa Aguilera Brenes, en San José, el 02/10/2017, chofer, vecino de Alajuelita, Urbanización Chorotega, 75 metros al oeste de la Pulpería Dieciocho Kilates, casa de color beige con verjas rojas, cédula de identidad número 0106080276, hijo de Dulcelina Vargas Chinchilla y Juan Rafael Montoya Arroyo, nacido en Centro, Pérez Zeledón, San José, el 23/03/1963, actualmente con 59 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000633-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 15 de marzo del año 2022.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022641907 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Carlos Luis Segura Montoya, mayor, Soltero, Pensionado, vecino de La Unión, San Diego, Calle Girales, del Abastecedor Naía, 300 metros al sureste, casa de portón verde, cédula de identidad número 0301740080, hijo de Cecilia Segura Montoya, nacido en Centro La Unión Cartago, el 02/05/1947, con 74 años de edad y Elky Milagro Rojas Chacón, mayor, soltera, cajera, vecina de San Diego, La Unión, Calle Girales, del Abastecedor Naía, 300 metros al sureste, casa de portón verde, cédula de identidad número 0108440591, hija de Ester María Chacón Solís y Juan María Rojas Castro, nacida en Hospital Central San Jose, el 20/12/1972, actualmente con 49 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000538-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 14 de marzo del año 2022.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022641908 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil José Luis Valverde Ramírez, mayor, soltero, trabaja en logística, vecino de Tobosí de Cartago, 75 metros al sur de la plaza deportes, casa de color papaya sin verjas, cédula de identidad N° 0304420717, hijo de Flor María Ramírez Ramírez y Joaquín Valverde Fernández, nacido en Oriental Central Cartago, el 13/01/1990, con 32 años de edad y Katerin Sujey Pérez Pereira, mayor, soltera, Empacadora, vecina de Agua Caliente de Cartago, frente al Liceo, Daniel Eduber Quirós, casa de color crema y verjas café, cédula de identidad N° 0304760683, hija de Norma María Pereira Jara y Juan Martin Pérez Ramírez, nacida en Agua Caliente, Central, Cartago, el 30/01/1994, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000541-0338-FA. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 07 de marzo del 2022.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022641909 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas Darío Martín Brenes Claudel, mayor, costarricense, soltero, mecánico, cédula de identidad número 0304370664, vecino de Cervantes de Alvarado Cartago, hijo de Nubia Claudel Leitón y Martín Brenes Soto, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central Cartago, el 02/07/1989, con 32 años de edad, y Hazel Lineth Mora Garita, mayor, costarricense, soltera, educadora, cédula de identidad número 0304600533, vecina de Tierra Blanca de Cartago, hija de Lineth María Garita Masís y José Antonio Mora Brenes, ambos padres costarricenses, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 13/02/1992, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000685-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 31 de marzo del año 2022.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022641911 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jose Gerardo Méndez Loría, mayor, Costarricense, divorciado de Karla Jeannette Campos Alvarado el 23 de noviembre de dos mil quince en Cartago, Inspector de calidad, cédula de identidad número 0303530822, vecino de San Nicolás, Taras, hijo de Edith Loría Guzmán y José Méndez Vindas, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental Central Cartago, el 24/06/1978, con 43 años de edad, y Katy Victoria Hidalgo Hernández, mayor de edad, de nacionalidad Nicaragüense, Oficios Domésticos, pasaporte número 2198947, vecina de San Nicolas de Taras, hija de Victoria Hernández Osorio y Manuel Antonio Hidalgo Espinales, ambos padres Nicaragüenses, nacida en Nicaragua, el 13/10/1980, actualmente con 35 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 22-000485-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 11 de marzo del año 2022.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022641964 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio Civil los señores Walter Barrantes Rodríguez, quien es mayor, divorciado, de 53 años de edad, oficio taxista, portador de la cédula 02-0442-0409, hijo de Zacarías Barrantes Parajeles y Julia Rodríguez Quesada, vecino de Los Ángeles de la Fortuna y Kristy Loreyli Albín Gutiérrez, quien es mayor de 40 años de edad, soltera, de oficio del hogar, portadora de la cédula 02-0562-0060, hija de Lidia Marta Gutiérrez Herrera y Cesar Albin Aragón, vecina de los Ángeles de La Fortuna de San Carlos. Si alguna persona tuviera conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno para la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente. 22-000368-1302 FA.—Juzgado de Familia de San Carlos, 08 de abril del año 2022.—Msc Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022641988 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio Civil los señores Keilor González Jiménez, quien es mayor, soltero, de 45 años de edad, oficio Ingeniero Industrial, portador de la cédula 02-05140754, hijo de José Santos González Morera y Mayra Jiménez Rodríguez, vecino de Barrio Baltazar Ciudad Quesada y María José López Vindas, quien es mayor de 24 años de edad, soltera, de oficio Ingeniera Industrial, portadora de la cédula 06- 0439-0251, hija de María Isabel Vindas Arroyo y José Francisco López Carrillo, vecina de Ciudad Quesada Barrio Baltazar. Si alguna persona tuviera conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno para la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente 22- 000181-1302 FA.—Juzgado de Familia de San Carlos, 21 de febrero del año 2022.—Licda. Grace Cordero Solorzano.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022641991 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Floribeth De Los Ángeles Cedeño Fernández, mayor de edad, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad N° 303310247, vecina de Cartago, Quircot, El Atardecer, 100 metros al oeste de CECUDI, teléfono N° 6206-1364, hija de Amalia Rosa Fernández Solano y José Gerardo Cedeño Navarro, nacida en Centro Central, Cartago, el 08/08/1974, con 47 años de edad, y Martín Alonso Jara Cervantes, mayor de edad, divorciado, Jefe de Planta, cédula de identidad N° 303960079, vecino de Cartago, Quircot, El Atardecer, 100 metros al oeste de CECUDI, teléfono 6126-5254, hijo de Elsie Cervantes Estrada y Walter Jara Quesada, nacido en Centro Turrialba, Cartago, el 22/06/1984, actualmente con 37 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000954-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de abril del 2022.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642063 ).

Han comparecido ante esta notaría, solicitando contraer matrimonio: Thomas Edmund Bellegarde, mayor de edad, soltero, geógrafo, ciudadano de Estados Unidos, titular del pasaporte: cinco, ocho, seis, tres, dos, cuatro, cuatro, tres, siete, hijo de Thomas Roddy Bellegarde y Deborah Lee Bellegarde y Elizabeth Suárez Suárez, mayor de edad, soltera, administradora de empresas, ciudadana costarricense titular de la cédula de identidad: dos-cero setecientos cuarenta-cero cero treinta y cinco, hija de Luis Guillermo Suárez Madrigal y Damaris Suárez Núñez. Si alguna persona conoce impedimento legal que no permita la realización de este matrimonio por obligación legal deberá notificarlo ante esta notaría, ubicada: veinticinco metros sur del lubricentro, Residencial El Rey, ciudad de Alajuela, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del presente edicto.—Ciudad de Alajuela, 26 de abril del 2022.—Lic. Luis Guillermo Cornejo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2022642167 ).

Han comparecido ante esta notaría, solicitando contraer matrimonio, Rafael Guillermo Fogarty Virgilio, mayor de edad, divorciado, médico ortopedista, ciudadano de Panamá con estatus en Costa Rica de residente permanente de libre condición, titular del documento de identidad migratorio para extranjeros: uno, cinco, nueve, uno, cero, cero, cero, siete, dos, dos, cero, uno, hijo de Rodolfo Constantino Fogarty Herrera y Teresa Beatriz Virgilio de Fogarty; y Eleonor Suárez Suárez, mayor de edad, soltera, estudiante, ciudadana costarricense titular de la cedula de identidad: dos, cero setecientos nueve, cero ciento setenta y ocho, hija de Luis Guillermo Suárez Madrigal y Damaris Suarez ñez. Si alguna persona conoce impedimento legal que no permita la realización de este matrimonio, por obligación legal deberá notificarlo ante esta notaría, ubicada: veinticinco metros sur del lubricentro, Residencial El Rey, ciudad de Alajuela, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del presente edicto.—Ciudad de Alajuela, a los veinte días del mes de abril del año 2022.—Lic. Luis Guillermo Cornejo Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2022642168 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Javier Arturo Varela Fernández, mayor, soltero, policía, cédula de identidad N° 0204160924, vecino de San Ramón, San Juan, Los Jardines, segunda entrada de los Jardines, 150 metros al oeste, casa N° 9, hijo de Gerardo Varela Ledezma y Plácida Fernández Fernández, nacida en Centro San Ramon, Alajuela, el 01/06/1966, con 55 años de edad, y Alexandra Méndez Santamaria, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad N° 0207460324, vecina de San Ramón, San Juan, Los Jardines, segunda entrada de los Jardines, 150 metros al oeste, casa N° 9, hija de Alexis Méndez Núñez y Ana Francisca Santamaria Araya, nacida en Centro, San Ramón, Alajuela, el 26/10/1995, actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000290-0688-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a partir de su publicación.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Familia), 27 de abril del 2022.—Msc. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642325 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Christian Enrique Varela Villalobos, mayor, divorciado de Francinie María Montero Lobo el 18 de marzo del 2013, constructor, cédula de identidad número 0206760856, vecino de Alajuela, San Ramón, San Juan, Calle Ángeles, 300 metros norte del Polideportivo frente al Taller Elizondo, hijo de Nelson Varela Rojas y María del Carmen Villalobos Solano, nacido en Quesada San Carlos Alajuela, el 12/09/1990, con 31 años de edad, y María Fernanda Villegas Castro, mayor, soltera, manicurista, cédula de identidad número 0206900472, vecina de Alajuela, San Ramón, San Juan, Calle Ángeles, 300 metros norte del Polideportivo frente al Taller Elizondo, hija de Jose Luis Villegas Chavarría y María Marlene Castro Zúñiga, nacida en Centro San Ramón Alajuela, el 15/09/1991, actualmente con 30 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Luis Diego Brenes Campos cédula de identidad 0207340954 y Mónica Gloriana Montero Solano, cédula de identidad 0206850223. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente. Nº22-000284-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), San Ramón, fecha, 25 de abril del año 2022.—Msc. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642327 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Jordan Jesús solano monge, mayor, soltero, contador público, cédula de identidad N° 0305120232, vecino de Cartago, higuito, hijo de Auxiliadora Monge Céspedes y Roger Solano Ortega, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 28/08/1998, con 23 años de edad, y Karolyn Fabiola Jara Fonseca, mayor, soltera, dependiente, cédula de identidad N° 0305050229, vecina de Hacienda Vieja, hija de Olga Fonseca Campos y Miguel Jara Hernández, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 29/09/1997, actualmente con 24 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Olga Fonseca Campos y Auxiliadora Monge Céspedes. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000936-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 21 de abril del 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642339 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil José Milton Castro Ortega , mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 0112200171, vecino de La Unión de Tres Ríos, hijo(a) de Luz Marina Ortega García y Milton Castro Segura , nacido(a) en hospital central San José, el 02/10/1984, con 33 años de edad, y Katherine Marcela Boza Ramírez, mayor, divorciada, pastelera, cédula de identidad número 0303880510, vecino de La Unión de Tres Ríos, hijo(a) de Zeidy Ramírez Agüero y Olman Boza Quesada, nacida en Oriental Central Cartago , el 07/05/1983, actualmente con 34 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 22-000320-0186-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 25 de abril del año 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022642359 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Álvaro Alejandro Umaña Zúñiga, mayor de edad, divorciado, Operador de Maquinaria o Equipo Pesado, portador de la cédula de identidad número 0303920451, nombre de la progenitora Eusebia Aurelia Zúñiga Venegas y nombre del progenitor William Umaña Venegas, nacido el 08/01/1984, con treinta y ocho años de edad, y María Fernanda Araya Castillo, mayor de edad, soltera, oficios domésticos, portadora de la cédula de identidad número 0304930118, nombre de la progenitora María Ester Araya Castillo, domicilio en Centro Turrialba Cartago, el 20/02/1996, actualmente con veintiséis años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente. Nº 22-000091-0675-FA-I.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), Turrialba, fecha, 27 de abril del año 2022.—Licda. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642363 ).

Piden casarse: Mauricio Leal Carmona, cédula N° 113100080 y Viviana Vanessa Céspedes Mendoza, cédula N° 702130507, ambos vecinos de Puntarenas, Osa, Palmar Sur. Si alguna persona conoce impedimento para que esta boda se realice, deberá manifestarlo a este despachó dentro del plazo de 8 días siguientes de la publicación de este edicto, expediente N° 22-000086-1420-FA. Nota: Publíquese por 1 sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Osa, 28 de abril 2022.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642425 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Geovanny Villegas Santana, mayor, soltero, constructor, cédula de identidad número 0503960453, nacido en centro, Liberia, Guanacaste, el 26/07/1993, con 28 años de edad, y la señora Hazel del Carmen Coronado Chaves, mayor, soltera, ama de casa y niñera, cédula de identidad número 0504300032, nacida en centro, Liberia, Guanacaste, el 31/10/1999, actualmente con 22 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000270-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, fecha, 26 de abril del año 2022.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642497 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Dayana Endrina Calvo Martínez, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0504340105, hija de María Elizabeth Martínez Espinoza y Roy Calvo Barquero, domicilio en Liberia, Barrio Corazón de Jesús, de la Escuela de Corazón de Jesús cincuenta metros al sur, nació el 09/08/2000, con 21 años de edad, y Rafael Molina Mejía, mayor, Soltero/a, Estudiante y comerciante, cédula de identidad número 0504270600, hijo de Mariana Lisseth Mejía García, y Félix Rafael Molina Meza, domicilio en Liberia, Corazón de Jesús cincuenta al norte del Taller Rolando, nació el 27/05/1999, actualmente con 22 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 22-000259-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 20 de abril del año 2022.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022642498 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Leonardo Agustín López Alvarado, mayor, soltero y convive en unión libre con la señora Jazmín, operario en la imprenta en Turrialba, cédula de identidad número 0303990140, hijo de Carlos Alberto López Loaiza y Nora Alvarado Solano, nacido en Centro Turrialba Cartago, el 19/11/1984, con 36 años de edad, y Jazmín de Los Ángeles Avendaño Vargas, mayor, soltera, ama de casa y estudiante, cédula de identidad número 0304460246, hija de Carlos Avendaño Alvarado y Fainier Vargas Rojas, nacida en Centro Turrialba Cartago, el 12/06/1990, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000156-0675-FA-I.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), Turrialba, 29 de marzo del año 2022.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642504 ).

Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza. Juzgado de Familia de Grecia. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Edwin Amado De Jesús Mora Guadamuz, mayor, soltero, Oficial de Seguridad, cédula de identidad número 0107140460, vecino de Grecia, Invu número 2, de la cancha de deportes 230 metros suroeste, casa a mano derecha, color verde, muro rojo, verjas negras, hijo de Carmen Guadamuz Álvarez y Eduardo Mora Delgado, nacido en Salitral, Santa Ana San José, el 19/11/1967, con 53 años de edad, y Oscar Enrique Aguilar Bermúdez, mayor, soltero/a, oficios domésticos, cédula de identidad N° 0113550513, vecino de Grecia, Invu número 2, de la cancha de deportes 230 metros suroeste, casa a mano derecha, color verde, muro rojo verjas negras, hijo de María Elena Bermúdez Sánchez y Álvaro Aguilar Leitón, nacido en Hospital Central San José, el 30/05/1988, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-000947-0186-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), Alajuela, Grecia, 15 de noviembre del 2021.—MSc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642505 ).

Han comparecido ante esta Notaría solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Rigoberto Torres Soto, cédula 1-0419-1407 y Giovanni Filomena Arce, cédula 1-0537-0725, ambos vecinos de Guanacaste, Santa Cruz, Veintisiete de Abril, en Paraíso, setecientos metros este mano derecha casa color beige. Si alguna persona tuviere conocimiento que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio).—Santa Cruz, 2 de mayo, 2022.—Lic. Lennis Ramos Briceño. 8544-4923.—1 vez.—( IN2022642580 ).

Edictos en lo Penal

Ana Isabel Moya Chacón, Fiscal Auxiliar de Cartago, hace saber: Por requerirse en causa penal 19-000145-0345-PE seguida contra Martin Serrano Álvarez, por el delito Lesiones Culposas en perjuicio de Luis Ángulo Rojas, se solicita interponer sus buenos oficios con el fin de proceder a la publicación por edicto de la comunicación al (la) co demandada civil Arlyn Domínguez Lacayo, cédula de identidad 1-1462- 097 de la resolución en donde se da Traslado de la Acción Civil Resarcitoria de las once horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. Se Tiene por presentada acción civil resarcitoria. Fiscalía Adjunta de Cartago, a las once horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. De conformidad con el numeral 115 del Código Procesal Penal, se tiene por presentada la Acción Civil Resarcitoria y se pone en conocimiento de la misma al(os) imputado(s), demandado(s) civil(es), defensor(es), Martín Serrano Álvarez, Arlyn Domínguez Lacayo, Defensor(es), Ana Yorleny Rodríguez Chaves. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta de Cartago (Materia Penal).Licda. Ana Isabel Moya Chacón, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022641961 ).

Licenciado Diego Maroto Vargas, Fiscal Auxiliar de Cartago al señora Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, hace saber: Por requerirse en causa penal 16-004426-0042-PE seguida contra Abel Gerardo de las Piedades Lobo Morera, por el delito contrabando articulo 211 en perjuicio de la Hacienda Pública, se solicita interponer sus buenos oficios con el fin de proceder a la publicación por edicto de la comunicación al codemandado civil Abel Gerardo de las Piedades Lobo Morera, cédula de identidad N° 0600720371, la resolución donde se da Traslado de la Acción Civil Resarcitoria al ser las catorce horas cinco minutos del seis de noviembre de dos mil veinte. edicto (para publicación) Diego Maroto Vargas, Fiscal Auxiliar de Cartago, hace saber: Por requerirse en causa penal 16-004426-0042-PE seguida contra Abel Gerardo de las Piedades Lobo Morera, por el delito contrabando articulo 211 en perjuicio de la Hacienda Pública, se solicita interponer sus buenos oficios con el fin de proceder a la publicación por edicto de la comunicación al codemandado civil Abel Gerardo de las Piedades Lobo Morera, cédula de identidad N° 0600720371, de la resolución en donde se da Traslado de la Acción Civil Resarcitoria de al ser las catorce horas cinco minutos del seis de noviembre de dos mil veinte. Se da Traslado de la Acción Civil Resarcitoria. Fiscalía Adjunta de Cartago (Materia Penal), al ser las catorce horas y siete minutos del veinticuatro de julio de dos mil veinte. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Abel Gerardo de las Piedades Lobo Morera, a darle traslado al demandado civil de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en forma separada. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta de Cartago. Cartago, al ser las diez horas y diez minutos del veintiuno de abril del dos mil veintidós.—Lic. Diego Maroto Vargas, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022642372 ).

Carolina Soto Fonseca, Fiscal Auxiliar de Cartago, hace saber: Por requerirse en causa penal 20-001754-0496-TR seguida contra Oscar Emilio Fernandez Rodríguez, por el delito Lesiones Culposas en perjuicio de Ana Lisbeth De Los Ángeles Gamboa Blanco, se solicita interponer sus buenos oficios con el fin de proceder a la publicación por edicto de la comunicación al (la) co demandado civil González Santiesteban Daniel, identificación N° F-895800, de la resolución de la Acción Civil Resarcitoria. Traslado de acción civil resarcitoria. Fiscalía Adjunta de Cartago (Materia Penal), al ser las once horas veinticinco minutos del treinta de noviembre de dos mil veintiuno. De conformidad con el numeral 115 del Código Procesal Penal, se tiene por presentada la Acción Civil Resarcitoria y se pone en conocimiento de la misma al(os) imputado(s), demandado(s) civil(es), defensor(es). Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que, si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso incierto o inexistente. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta de Cartago.—Licda. Carolina Soto Fonseca Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022642416 ).