BOLETÍN
JUDICIAL N° 112 DEL 16 DE JUNIO DEL 2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto
concedido al personal judicial que labora en las oficinas
judiciales del cantón de
Flores de la provincia de Heredia (no incluye la Ciudad Judicial).
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Flores de la provincia
de Heredia, permanecerán cerradas
durante el día veintiséis de julio del dos mil veintidós, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico-patronales
de dicho cantón. Comuníquese.
San José, 07 de junio del 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector
Ejecutivo
O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022653048 ).
PubLICACIóN DE UNA VEZ
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la comisión institucional de
selección y eliminación de documentos (C.I.S.E.D.) en acta N°
05-2019 de fecha 25 de noviembre del 2019, artículo vi y el acuerdo del consejo
superior en sesión N° 02-2020 celebrada el
09 de enero del 2020, artículo LXI. de la comisión institucional de selección y
eliminación de documentos (C.I.S.E.D.) en acta N°
01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo ii y el
acuerdo del consejo superior en sesión N° 51-16
celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV. acuerdo del consejo superior en
sesión N° 73-2021, celebrada el 26 de agosto del
2021, artículo LIII., se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Paquetes de Expedientes de penal, Paquetes de Expedientes de tutelar, Paquetes
de Expedientes de familia, Paquetes de Expedientes de civil, de los despachos
que a continuación se detallan. la información se encuentra remesada y
custodiada en el archivo judicial.
Para ver
las imágenes solo en el Boletín Judicial con formato
PDF
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la dirección ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
publicación de este aviso. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
San José, 3 de junio de 2022.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—(
IN2022652983 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
del Consejo Superior en sesión N° 73-2021, celebrada el 26 de agosto del 2021, artículo LIII,
se hace del conocimiento de
las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de paquetes de expedientes de penal, paquetes de
expedientes de tutelar, de los
despachos que a continuación se detallan.
La información
se encuentra remesada y custodiada en el
archivo judicial.
Para ver
las imágenes solo en el Boletín Judicial con formato
PDF
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la dirección ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la publicación de este aviso. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial.
San José, 3 de junio de 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022652984 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta N° 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de Violencia Doméstica del año 2018 del Juzgado de Violencia Doméstica del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: V 506 S 18, Expedientes 1503, Paquetes
17, Año 2018, Asunto Violencia Doméstica.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 31 de
mayo del 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022652986 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión número 73-2021 celebrada el 26 de agosto del 2021, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Materia Penal del año
1995, 1997 al 2000, 2003 al 2005, 2007 y 2009 al 2018 del Juzgado
Penal de Puriscal. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 505 S 95, Expedientes:
1, Paquetes: 1, Año: 1995 Asunto: Penales: Receptación 1. Sobreseimiento
Remesa: P 507 S 97, Expedientes:
39, Paquetes: 1, Año 1997 Asuntos Penales: Agresión
Calificada 1, Atípico
1, Perjurio 1, Estafa
Mediante cheque 1, Estafa 1, Hurto
1, Hurto Simple 4, Hurto Agravado 5, Robo 1, Robo Agravado
16, Robo Simple 7. Sobreseimiento
Remesa: P 507 S 98, Expedientes:
176, Paquetes: 1, Año 1998 Asuntos Penales: Profanación de Tumbas 1, Infracción
Ley Forestal 1, Atípico
2, Agresión Calificada 1, Abuso de Autoridad 1, Abuso deshonesto 1, Invasión
área de protección 1, usurpación 1, venta de droga
1, estelionato 1, falsificación de señas y marcas 1, delitos contra el ambiente 1, secuestro 1, hurto 4, resistencia 2, daños 5, estafa 3, hurto agravado 19, Robo Agravado 47, Hurto Simple 34, lesiones leves 1, Robo Simples
35, Incendio 12. Sobreseimiento
Remesa: P 508 S 99, Expedientes:
136, Paquetes: 1, Año 1999 Asuntos Penales: Invasión
en área de protección 1, Atípico
1, Falsificación de señas y marcas
1, falsificación de documento 1, usurpación
de aguas 1, lesiones
leves 1, abandono de menor 1, estafa mediante cheque 1, cultivo de droga
1, venta de droga 2, agresión
con arma 1, receptación 1, aprovechamiento ilegal de madera 1,
tala ilegal 4, daños 7, lesiones culposas 1, averiguar muerte 2, incendio 5, Hurtos 6, Robo simple
28, Hurto Agravado 8, Hurto Simple 17, Robo Agravado
44. Sobreseimiento
Remesa: P 510 S 00, Expedientes:
2, Paquetes: 1, Año 2000 Asuntos Penales: Robo Agravado 1, Venta de Droga 1. Sobreseimiento
Remesa: P 507 S 03, Expedientes:
1 , Paquetes: 1, Año 2003 Asuntos Penales: Robo Agravado 1. Sobreseimiento
Remesa: P 511 S 04, Expedientes:
1, Paquetes: 1, Año 2004 Asuntos Penales: Abuso sexual contra persona menor
de edad 1. Sobreseimiento
Remesa: P 513 S 05, Expedientes:
8, Paquetes: 1, Año 2005 Asuntos Penales: Robo Agravado 7, Abuso Sexual contra menor de edad 1. Sobreseimiento
Remesa: P 520 S 07, Expedientes:
3, Paquetes: 1, Año 2007 Asuntos Penales: Estafa 1, Robo Agravado 1, Hurto Agravado 1. Sobreseimiento
Remesa: P 527 S 09, Expedientes:
7, Paquetes: 1, Año 2009 Asuntos Penales: Invasión
Área de Protección 2, Resistencia 1, Infracción
Ley Forestal 1, receptación
1, denuncia calumniosa 1,
tala ilegal 1. Sobreseimiento
Remesa. P 532 S 10, Expedientes:
8, Paquetes: 1, Año 2010 Asuntos Penales: Falsificación de documento
privado 1, Falsedad Ideológica
2, Fraude de simulación 1, Denuncia Calumniosa 1, Invasión área de protección 1, Resistencia Agravada
1, Portación Ilegal de arma permitida 1. Sobreseimiento
Remesa: P 541 S 11, Expedientes:
13, Paquetes: 2, Año 2011 Asuntos Penales: Incumplimiento o abuso de autoridad 1, Resistencia Agravada
2, Conducción Temeraria 2, Invasión área de protección 2, Lesiones culposas 1, Agresión física 1, tala ilegal 1, Robo Agravado 2, Matrimonio Ilegal 1. Sobreseimiento
Remesa: P 535 S 12, Expedientes:
272 , Paquetes: 2, Año 2012 Asuntos Penales: Sobreseimiento Portación Ilegal de Arma permitida 1, Invasión en área
de protección 2, agresión
con arma 4, hurto simple 1,
lesiones graves 2, lesiones
culposas 3, robo simple 1, tentativa de robo simple 1, tala ilegal 3, conducción temeraria 8, Accionamiento de arma 1, incumplimiento de medida de protección 1, hurto 2, tala en zona de protección 1. Desestimación 17 Hurto, 4 Hurto Simple, 6 Hurto Agravado, 4 Robo Simple, 1 Estafa, 7 Maltrato, 1 Resistencia
a la Autoridad, 1 Agresión,
8 Averiguar Muerte, 4 Falsificación
de documento, 1 infracción
a la ley de salud, 4 lesiones,
2 tentativa de hurto, 1 homicidio culposo, 1 circulación de moneda falsa, 6 usurpación, 4 conducción temeraria, 1 agresión, 5 simulación de delito, 3 suicidio, 9 Atípico, 24 Agresión con arma, 20 lesiones culposas, 24 Agresión con Arma, 5 Lesiones leves, 1 Falsificación de señas y marcas, 1 abandono de animales, 2 desobediencia, 1 infracción ley de pesca, 5 receptación, 2 ofensa a la dignidad, 1 Agresión contra una Mujer, 4 Amenazas
Agravadas, 5 Daños, 1 daño menores, 11 incumplimientos de medida de protección, 2 fraude de simulación, 3 violación de domicilio, 1 falso testimonio, 4 transporte ilegal de madera, 2 Infracción ley vida silvestres, 1 resistencia agravada, 1 abuso de autoridad, 8 tala ilegal, 1 infracción adulto mayor, 4 falsedad ideológica, 1 infracción ley de lotería, 1 secuestro de menores e incapaces, 11 retención indebida, 6 portación ilegal de Arma, 1 Estelionato.
Remesa. P 563 S 13, Expedientes:
596 , Paquetes: 4, Año 2013
Asuntos Penales: Sobreseimiento Daños 3, Usurpación 1, Falsificación de señas y marcas 1, incumplimientos de medida de protección 6, Amenazas 1, Desobediencia 1, Amenazas a Mujer 1, Resistencia Agravada 4, Lesiones culposas 11, conducción temeraria 13, transporte ilegal de madera 1, Amenazas Agravadas 2, Agresión con Armas 5, Receptación 5, Lesiones leves 3, Infracción ley vida silvestre 2, Abuso patria potestad 1, lesiones graves 1,
tala ilegal 2, infracción
ley forestal 1, hurto 1, hurto simple 3, robo simple 1, invasión área de protección 1.Desestimación: 1 Agresión
Psicológica, 1 infracción
ley de pesca, 1 Falso
testimonio, 1 Resistencia Agravada, 2 Amenazas, 5 ofensas a la dignidad, 1 abandono de incapaz, 2 Abuso sexual contra
persona mayor de edad, 3 falsificación
de documento, 2 apropiación
irregular, 1 uso de comunicaciones
electrónicas y otros, 1 suplantación de identidad, 1 violencia doméstica, 2 amenazas a funcionario público, 9 amenazas contra mujer, 4 maltrato, 3 resistencia a la autoridad, 1 hurto menor, 3 desaparición, 3 Violación de domicilio, 8 maltrato contra mujer, 20 portación ilegal de arma permitida, 3 lesiones leves, 3 mal praxis, 11 desobediencia,
4 suicidio, 2 simulación de
delito, 4 accionamiento de arma, 11 amenaza agravada, 11 averiguar muerte, 30 Atípico, 44 agresión con arma, 1 Daño Patrimonial, 2 Irrespeto a
la Autoridad, 2 abuso de autoridad, 10 hurto simple, 37 Hurto, 5 robo simple, 45 lesiones culposas, 9 lesiones, 13 receptación, 1 evasión, 7 incumplimiento o abuso patria potestad, 8 falsificación de señas y marcas, 4 alteración señas y marcas, 47 retenciones indebidas, 3 transporte ilegal de madera, 52 incumplimiento de medida de protección, 46 daños, 7 invasión área de protección, 3 infracción ley derechos de autor,
3 infracción ley adulto
mayor, 2 infracción a la vida
silvestre, 10 usurpación, 2
infracción a la ley forestal,
1 infracción ley de licores,
5 conducción temeraria, 2 infracción ley de armas, 1 infracción ley de aguas, 1 circulación moneda falsa.
Remesa: P 583 S 14, Expedientes:
652, Paquetes: 5, Año 2014 Asuntos Penales: Sobreseimiento Amenazas 1, Amenazas Agravadas 2, incumplimiento de medida de seguridad 1, incumplimiento de deberes alimentarios 1, conducción temeraria 13, Amenazas de muerte 1, Amenazas contra mujer 1, maltrato contra mujer 1, receptación 2, alteración de señas y marcas 1, amenazas a funcionario público 2, resistencia a la autoridad 4, lesiones 2, violación de domicilio 1, resistencia a la autoridad agravada 1, desobediencia 1, usurpación 3, agresión con arma 13, robo simple 3, robo 1, tentativa de hurto 1, portación ilícita de arma permitida 6, daños agravados 1, daños 8, lesiones 1, lesiones graves 1, lesiones culposas 9, incumplimiento de una medida de protección 17, agresión calificada 1, infracción ley forestal 1, transporte ilegal de madera 3, invasión área de protección 1, retención indebida 5, estafa 1, libramiento de cheque
sin fondo 1. Desestimación
6 Amenazas, 9 desobediencias,
5 apropiación
irregular, 4 amenazas agravadas,
53 incumplimiento de una
medida de protección, 4 conducción temeraria, 4 infracción ley adulto mayor, 39 daños, 1 ofensas a la dignidad, 1 abuso de autoridad, 2 Violencia Domestica,
13 maltrato, 5 maltrato
contra mujer, 2 accionamientos
de arma, 15 portaciones ilegales de arma, 53 agresiones con arma, 9 falsificaciones de señas y marcas, 4 alteraciones de señas y marcas, 1 alboroto, 10 lesión, 1 lesión leve, 74 lesiones culposas, 1 circulación de moneda falsa, 22 hurtos simples, 18 hurtos, 3 transporte ilegal de madera, 9 usurpaciones, 6 amenazas a funcionar, 3 resistencias a la autoridad, 3 resistencia agravada, 1 resistencia, 1 relación sexual
contra mayor de edad, 1 agresión,
1 infracción de licores, 1 incumplimiento de deberes, 1 infracción a la ley de pesca, 2
tala ilegal, 4 infracciones
a la ley forestal, 2 infracciones
ley vida silvestre, 1 infracción ley derechos de autor,
1 tentativa de agresión con
arma, 2 abandonos y maltrato persona adulto mayor, 2 amenazas contra mujer, 16 violencia doméstica, 1 amenaza con arma, 3 abuso patria potestad, 3 mal
praxis, 1 destace de ganado,
2 robo simple, 1 uso documento falso, 13 receptación, 1 daño patrimonial,
1 incumplimiento de deberes,
1 atentado, 1 tentativa de robo, 1 incumplimiento de deberes alimentario, 1 incumplimiento de régimen de visita, 1 abuso deshonesto, 1 privación de libertad, 12 atípico, 1 comercialización de armas y pólvora, 3 averiguar desaparición, 19 averiguar muerte.
Remesa: P 546 S 15, Expedientes:
648, Paquetes: 8, Año 2015 Asuntos Penales: Sobreseimiento Libramiento de
cheques sin fondo 1, Violación
de domicilio 1, maltrato 4,
Extorsión simple 1, simulación
de delito 1, portación ilícita de arma permitida 5, daños agravados 1, conducción temeraria 15, desobediencia 4, falsificación de señas y marcas 1, agresión con armas 15, resistencia a la autoridad 2, amenazas agravadas 3, amenazas a funcionario público 1, incumplimiento de una medida de protección 18, tentativa de robo simple
1,lesiones culposas 5, lesiones
3, abuso sexual personas mayores
de edad 2, infracción ley adulto mayor 1, receptación
3,transporte ilegal de madera
2, infracción ley fauna silvestre
1, tentativa de estafa 1, retención indebida 3, apropiación y retención indebida 2, Desestimación 1 Profanación de cementerios, 2 infracción ley de violencia doméstica, 1 circulación de moneda falsa, 1 agresión psicológica, 14 violencia doméstica, 15 maltrato, 7 violación de domicilio, 4 maltrato contra mujer, 1 violación contra mujer, 1 denuncia calumniosa, 15 averiguar muerte, 1 usura, 1 infracción ley de armas, 1 descuido de animales, 5 atípico, 1 amenazas personales, 3 simulación de delito, 1 conducción temeraria, 1 venta de lotería ilegal, 1 hurto de ganado, 3 robo, 7 Hurto, 7 Robo simple, 46 agresión con arma, 1 agresión física, 34 daños, 2 accionamiento de arma de fuego, 2 agresión, 35 hurto simple, 3 amenazas a funcionario público, 3 abuso patria potestad, 6 amenazas agravadas, 3 Amenazas, 4 amenazas contra mujer, 8 lesiones leves, 1 lesión grave, 14 lesiones, 76 lesiones culposas, 6 resistencia a la autoridad, 2 incumplimiento de deberes alimentarios, 12 desobediencia, 2
falsificación de señas y marcas, 8 averiguar desaparición, 41 incumplimiento
de medida de protección, 6 infracción ley adulto mayor, 8 abandono de incapaz, 12 portación ilegal de arma permitida, 8 usurpación, 30 receptación, 3 apropiación irregular, 6 apropiación
indebida, 26 retención indebida, 8 invasión en área de protección,
1 infracción ley vida silvestre, 2 infracción ley flora
y fauna, 2 infracción ley de caza y pesca, 2 tala en zona de protección, 2 tala ilegal, 3 transporte ilegal de madera, 1 infracción ley forestal, 1 aprovechamiento de productos forestales en propiedad privada;
Remesa: P 532 S 16, Expedientes:
560, Paquetes: 5, Año 2016 Asuntos Penales: Sobreseimiento Simulación de delito 1, ofensas a la dignidad 1, violación de domicilio 2, hurto 1, hurto simple 2, maltrato 4, tentativa de robo simple 1, amenazas agravadas 1, resistencia 2, desobediencia 5, conducción temeraria 6, portación ilegal de arma 1, daños 2, agresión con arma 14, incumplimiento de una medida de protección 12, robo simple 2, lesiones 1, lesione leves 1, lesiones culposas 2, infracción ley vida silvestre 1, invasión área de protección 1, infracción ley adulto mayor 1, apropiación y retención indebida 4, usurpación 1, receptación 2. Desestimación 1 Amenaza contra mujer, 2 coacción, 2 violación de sellos, 1 violación de datos personales, 2 obstrucción a la vía pública, 7 maltrato, 1 calumnias, 1 abandono de animales, 1 conducción temeraria, 1 maltrato a una mujer, 1 Actos Hostiles, 4 circulación de moneda falsa, 8 violencia doméstica, 1 privación de libertad sin ánimo de lucro, 2 incumplimientos de deberes alimentarios, 3 incumplimientos o
abuso de patria potestad, 1
falso testimonio, 1 violación
de datos personales, 2 simulación de datos, 1 infracción a la ley 7600, 6 suicidio,
12 atípico, 13 desaparición,
22 averiguar muerte, 37 incumplimiento de una medida de protección, 3 robo, 23 hurto, 7 robo simple, 7 violación de domicilio, 14 hurto simple, 7 lesiones, 67 lesiones culposas, 26 agresión con arma, 1 accionamiento con arma, 1 agresión, 9 desobediencia, 26 daños, 8 amenazas, 5 amenazas agravadas, 6 resistencia, 2 amenazas personales, 1 abuso patria potestad, 13 portación ilícita de arma permitida, 5 alteración de señas y marcas, 1 falsificación de señas y marcas, 7 infracción ley adulto mayor, 2 amenazas a funcionario público, 1 abuso sexual contra
mayor de edad, 8 usurpación,
2 agresión Psicológica, 1
usura, 1 abandono de incapaz,
9 invasión a área de protección, 4 tala ilegal, 2 infracción ley de vida silvestre, 1 transporte ilegal de madera, 1 caza ilegal, 1 tala en zona de protección, 2 infracción a la ley
forestal, 1 aprovechamiento
ilegal de madera, 13 receptación, 3 apropiación y retención indebida, 6 apropiación indebida, 6 retención indebida, 2 limitación al ejercicio del
derecho de propiedad.
Remesa:
P 512 S 17, Expedientes: 390, Paquetes: 4, Año 2017 Asuntos Penales: Sobreseimiento Desobediencia 2, daños 6, incumplimiento de medidas de protección 3, agresión con arma 3, circulación de moneda falsa 1, receptación 1, hurto simple 1, retención indebida 1, maltrato 1, coacción 1, robo simple 1. Remesa: , Desestimación 2 falsificación de moneda, 1 infracción ley adulto mayor, 2 agresión Psicológica, 1 daño patrimonial, 1 violación de domicilio, 2 violencia doméstica, 16 maltrato, 2 circulación de moneda falsa, 2 infracción ley 7600, 1 abandono dañino de animales, 1 injurias, 1 uso documento falso, 18 atípico, 5 suicidio, 23 averiguar muerte, 1 obstrucción de la vía pública, 7 averiguar desaparición, 1 accionamiento de arma, 1 tenencia de arma, 3 coacción, 11 portación ilegal de arma permitida, 1 maltrato animal, 1 pelea entre animales, 1 muerte animal, 1 simulación de delito, 1 explotación de persona mayor de edad,
6 hurto, 2 agresión, 2 alteración de señas y marcas, 1 agresión física, 1 amenaza a funcionario público, 31 incumplimiento de medidas de protección, 5 robo simple, 17 daños, 5 robo, 19 hurto simple, 3 pensión
alimentaria, 21 agresión con arma,
1 abuso de autoridad, 1 conducción temeraria, 4 resistencia a la autoridad, 7 desobediencia, 1 amenaza
personal, 3 amenazas agravadas,
7 desaparición, 1 resistencia
agravada, 1 lesiones leves, 41 lesiones culposas, 1 abandono de incapaz, 1 invasión en área de protección,
2 infracción ley de fauna silvestre,
2 abuso sexual contra mayor de edad,
27 receptación, 7 usurpación,
1 colisión con objeto fijo, 1 apropiación indebida, 1 extracción de flora silvestre, 1 extracción ilegal de madera, 4 apropiación irregular;
Remesa:
P 511 S 18, Expedientes: 155, Paquetes: 2, Año 2018 Asuntos Penales: Sobreseimiento Agresión con arma 1, desobediencia 1, lesiones culposas 1, incumplimiento de una medida de protección,
maltrato 1. Desestimación 1
averiguar muerte, 1 abuso de autoridad, 5 desaparición, 2 conducción temeraria, 1 maltrato de animales, 3 abuso patria potestad, 8 atípico, 11 portación ilícita de arma permitida, 10 incumplimiento de medida de protección, 2 alteración de señas y marcas, 2 violencia doméstica, 2 violación de domicilio, 7 maltrato, 15 desobediencia, 2 hurto, 6 hurto simple, 4 robo simple, 8 daños, 2 infracción adulto mayor, 9 agresión con arma, 20 lesiones culposas, 2 lesiones, 2 amenazas agravadas, 1 resistencia, 2 agresión física, 1 lesiones leves, 2 lesiones levísimas, 1 abuso sexual contra menor de edad, 12 receptación, 1 apropiación irregular, 1 invasión
en área de protección.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 20 de
mayo del 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022652987 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de Familia del año
2000 y 2008 al 2016 del Juzgado de Familia
de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: F 500 H 00, Expedientes:1, Paquetes:1, Año: 2000, Asuntos: Divorcio por mutuo acuerdo
con lugar.
Remesa: F 501 H 08, Expedientes:1, Paquetes: 1, Año: 2008, Asunto: Régimen de Visitas con lugar.
Remesa: F 501 H 09, Expedientes:1, Paquetes: 1, Año: 2009. Asunto: Salvaguardia con lugar.
Remesa: F 502 H 10, Expedientes:
12, Paquetes: 1, Año 2010, Asunto: 1 Suspensión de patria potestad abandonado, 2 divorcios con lugar, 1 nulidad de matrimonio sin lugar, 2 modificaciones de guarda, crianza y educación abandonado, 1 régimen de visitas sin lugar, 1 declaratoria de abandono con lugar, 4 divorcios por mutuo
acuerdo con lugar.
Remesa: F 502 H 11, Expedientes:14,
Paquetes:1, Año 2011, Asuntos:
1 Insania sin lugar, 1 1 régimen de visitas sin lugar, 1 reconocimiento de unión de hecho sin lugar, 1 divorcio sin lugar, 1 divorcio abandonado y 1 divorcio desierto, 8 divorcios por mutuo acuerdo
con lugar.
Remesa: F 502 H 12, Expedientes:18,
Paquetes:1, Año: 2012, Asuntos:
1 Separación judicial desierto,
2 diligencias de utilidad y necesidad
con lugar, 1 diligencia de utilidad
y necesidad sin lugar, 4 régimen de visitas sin lugar,1 modificación de guarda, crianza y educación desierto, 1 modificación de guarda, crianza y educación sin lugar, 1 divorcio sin sentencia, 1 divorcio abandonado, 6 divorcios por mutuo
acuerdo con lugar.
Remesa: F 502 H 13, Expedientes:42,
paquetes:3, Año: 2013, Asuntos:
1 Reconocimiento de hijo de
mujer casada abandonado, 1 investigación de paternidad abandonado, 1 suspensión de patria potestad sin
lugar, 3 modificaciones de guarda, crianza y educación sin lugar, 2 modificaciones de guarda, crianza y educación desiertos, 1 modificación de guarda, crianza y educación abandonado, 1 separación judicial sin sentencia,
1 desafectación familiar sin lugar, 1 deposito
judicial sin lugar, 6 régimen
de visitas sin lugar, 2 reconocimiento de unión de hecho sin lugar, 1 reconocimiento de unión de hecho desierto, 1 insania con lugar, 5 divorcios sin lugar, 3 divorcios desiertos, 10 divorcios por mutuo
acuerdo con lugar y 2 divorcios por mutuo
acuerdo abandonados.
Remesa: F 502 H 14, Expedientes:
49, Paquetes:1, Año: 2014, Asuntos:17 divorcios por mutuo
acuerdo abandonados, 17 divorcios por mutuo
acuerdo sin sentencia, 10 divorcios por mutuo
acuerdo sin lugar y 5 divorcios por mutuo
acuerdo con lugar.
Remesa: F 502 H 15, Expedientes:6, Paquetes: 1, Año 2015, Asuntos: 5 Divorcios por mutuo acuerdo
con lugar, 1 reconocimiento
de unión de hecho desierto.
Remesa: F 502 H 16, Expedientes:9, Paquetes:1,
Año 2016, Asuntos: 8 Divorcio por mutuo
acuerdo con lugar y 1 divorcio por mutuo
acuerdo sin sentencia.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 20 de
mayo de 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017JA.—( IN2022652988 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 01-2007, celebrada el
20 de abril del 2007, artículo
VIII, y la aprobación del Consejo
Superior en Sesión Nº
35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de expedientes sociales ,psicológicos y psicosociales del año 2014 y 2016
de la Oficina de Trabajo
Social y Psicología de Upala.
La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 502 A 14, paquetes:
2, expedientes: 122, año:
2014, asunto: expedientes sociales, psicológicos, psicosociales.
Remesa: A 502 A 15, paquetes:
9 expedientes: 378 año:
2015, asunto: expedientes sociales, psicológicos, psicosociales.
Remesa:
A 503 A 16, paquetes: 11 expedientes: 148 año: 2016, asunto: expedientes sociales, psicológicos, psicosociales.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 20 de
mayo de 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652989 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión número 73-2021 celebrada el 26 de agosto del 2021, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Materia Penal Juvenil del año 2000 al 2018 del Juzgado
Penal Juvenil de Cañas. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: T 501 G 00, Año: 2000. Expedientes:
101. Paquetes 2: Asunto: Penales varios: robo simple 38, hurto simple 15, daños 20, Violación 16, robo agravado 12. (75 expedientes con sobrecedimiento definitivo y 26 expedientes desestimados).
Remesa: T 500 G 01, Año: 2001. Expedientes:
110. Paquetes 4: Asunto: Penales varios: robo simple 9, hurto simple 20, daños 28, Violación 9, robo agravado 19, lesiones levísimas 12, Abuso sexual contra persona menor
de edad 13, (55 expedientes
con sobrecedimiento definitivo
y 55 expedientes desestimados).
Remesa: T 502 G 02, Año: 2002. Expedientes: 131. Paquetes 2: Asunto: Penales varios: robo simple 18, hurto simple 14, daños 12, Violación 5, robo agravado 10, hurto agravado 5, portación ilegal de arma permitida 10, venta de drogas 5, desobediencia a la autoridad 10, Amenazas Personales 12, Receptación 15, Agresión con arma 15 (80 expedientes con sobrecedimiento definitivo y 51 expedientes desestimados).
Remesa: T 501 G 03, Año: 2003. Expedientes:
123. Paquetes 3: Asunto: Penales varios: robo simple 20, hurto simple 10, daños 15, Violación 2, robo agravado 3, hurto agravado 11, portación ilegal de arma permitida 14, venta de drogas 8, desobediencia a la autoridad 3, Amenazas Personales 10, Receptación 11, Agresión con arma 16, (93 expedientes con sobrecedimiento definitivo y 30 expedientes desestimados).
Remesa: T 502 G 04, Año: 2004. Expedientes:
104. Paquetes 2: Asuntos Penales varios robo simple 15, hurto simple 5, daños 10, violación 1, robo agravado 14, hurto agravado 10, portación ilegal de arma permitida 15, venta de drogas 5, desobediencia a la autoridad 5, Amenazas Personales. 5, Receptación 5, Agresión con arma 10. (93 expedientes con sobrecedimiento definitivo y 30 expedientes desestimados).
Remesa: T 501 G 05, Año: 2005 Expedientes:
142. Paquetes 3: Asunto: Penales varios: robo simple 17, hurto simple 9, daños 15, Violación 5, robo agravado 22, hurto agravado 10, portación ilegal de arma permitida 15, venta de drogas 5, desobediencia a la autoridad 5, Amenazas Personales 5, Receptación 5, Agresión con arma 29, (97 expedientes con sobrecedimiento definitivo y 45 expedientes desestimados).
Remesa: T 502 G 06, Año: 2006. Expedientes:
98. Paquetes 2: Asunto: Penales varios: robo simple 25, hurto simple 6, daños 11, Violación 4, robo agravado 15, hurto agravado 14, portación ilegal de arma permitida 11, venta de drogas 5, desobediencia a la autoridad 6.
(47 expedientes con sobrecedimiento
definitivo y 51 expedientes
desestimados).
Remesa: T 501 G 07, Año: 2007. Expedientes:
85. Paquetes 1: Asunto: Penales varios: robo simple 11, hurto simple 9, daños 15, Violación 1, robo agravado 15, hurto agravado 16, portación ilegal de arma permitida 14; venta de drogas 4, desobediencia a la autoridad 5,
(55 expedientes con sobrecedimiento
definitivo y 30 expedientes
desestimados).
Remesa: T 502 G 08, Año: 2008. Expedientes:
273. Paquetes 4: Asunto: Penales, varios: robo simple 31, hurto simple 20, daños 26, Violación 5, robo agravado 22, hurto agravado 18, portación ilegal de arma permitida 14 venta de drogas 2, desobediencia a la autoridad 8, Amenazas Personales 16, Receptación 7, Agresión con arma 33, abuso sexual contra
persona menor de edad 6, lesiones levísimas 18, lesiones leves 29, Homicidio culposo 1, resistencia agravada 11, Infracción a la ley de psicotrópicos
6, (273 expedientes con sobrecedimiento
definitivo y 133 expedientes
desestimados).
Remesa: T 502 G 09, Año: 2009. Expedientes:
406. Paquetes 6: Asunto: Penales, varios: robo simple 63, hurto simple 22, daños 36, Violación 8, robo agravado 32, hurto agravado 38, portación ilegal de arma permitida 24, venta de drogas 9, desobediencia a la autoridad 28, Amenazas Personales 11, Receptación 23, Agresión con arma 23, abuso sexual contra
persona menor de edad 10, lesiones levísimas 28, lesiones; leves 39, resistencia agravada 12 (125 expedientes; con sobrecedimiento definitivo y 148 expedientes; desestimados)
Remesa: T 501 G 10, Año: 2010. Expedientes:
375. Paquetes 6: Asunto: Penales varios: robo simple: 53, hurto simple 12.
daños 26, Violación 4, robo agravado 22, hurto agravado 38, portación ilegal arma permitida 27, venta de drogas 8, desobediencia a la autoridad 38, Amenazas Personales 21, Receptación 33, Agresión con arma 29, abuso sexual contra
persona menor de edad 5, lesiones levísimas 22, lesiones leves 19, resistencia agravada 18 (225 expedientes con sobrecedimiento definitivo y 150 expedientes desestimados)
Remesa: T 502 G 11, Año: 2011. Expedientes:
245. Paquetes 4: Asunto: Penales varios: robo simple 21, hurto simple 19, daños 36, robo agravado 12, hurto agravado 11, portación ilegal de arma permitida 19, verta de drogas 1, desobediencia a la autoridad 7, Amenazas Personales 26, Receptación 11, Agresión con arma 13, abuso sexual contra persona menor
de edad 2, lesiones levísimas 28, lesiones leves 22, resistencia agravada 17. (186 expedientes con
sobrecedimiento definitivo
y 59 expedientes desestimados).
Remesa: T 503 G 12, Año: 2012. Expedientes:
188. Paquetes 4: Asunto: Penales varios: robo simple 29, hurto simple 10, daños 19, Violación 2, robo agravado 8. hurto agravado 21, portación ilegal de arma permitida 14, venta de drogas 8, desobediencia a la autoridad 23, Amenazas Personales 19, Receptación 15, Agresión con arma 20, (106 expedientes con sobrecedimiento definitivo y 82 expedientes desestimados).
Remesa: T 502 G 13, Año: 2013. Expedientes:
159. Paquetes 4: Asunto: Penales varios: robo simple 11, hurto simple 19. daños 15, Violación 1, robo agravado 29, hurto agravado 10, portación ilegal de arma permitida 19, venta de drogas 1, desobediencia a la autoridad 15, Amenazas Personales 8, Receptación 5, Agresión con arma 26, (97 expedientes con sobrecedimiento definitivo y 62 expedientes desestimados).
Remesa: T 502 G 14, Año: 2014. Expedientes:
173. Paquetes 5: Asunto: Penales varios: robo simple 19, hurto simple 18, daños 19, robo agravado 18, hurto agravado 21, portación ilegal de arma permitida 18, venta de drogas 8, desobediencia a la autoridad 33, A menazas Personales 19. (115 expedientes
con sobrecedimiento definitivo
y 58 expedientes desestimados).
Remesa: T 502 G 15, Año: 2015. Expedientes:
172. Paquetes 5: Asunto: Penales varios: robo simple 31, hurto simple 15, daños 20, robo agravado 18, hurto agravado 24, portación ilegal
de arma permitida 11, venta de drogas 14, desobediencia a la autoridad 23, Amenazas Personales 15. (98 expedientes con sobrecedimiento definitivo y 74 expedientes desestimados).
Remesa: T 502 G 16, Año: 2016. Expedientes:
107. Paquetes 2: Asunto: Penales varios: robo simple 15, hurto simple 15, daños 12, robo agravado 26, hurto agravado 14, portación ilegal de arma permitida 11, venta de drogas 5, desobediencia a la autoridad 8. (47 expedientes co sobrecedimiento definitivo y 60 expedientes desestimados).
Remesa: T 502 G 16, 7 Año: 2017. Expedientes:
29. Paquetes 1: Asunto: penales varios: robo simple 11, hurto simple 6, daños 1, robo agravado
10. (12 expedientes con sobrecedimiento
definitivo y 17 expedientes
desestimados).
Remesa: T 502 G 18, Año: 2018. Expedientes:
61. Paquetes 1: Asuntos penales varios: robo simple 11, hurto simple 6, daños 8, robo agravado
10, desobediencia a la autoridad
14, amenazas personales 12.
(28 expedientes con sobrecedimiento
definitivo y 33 expedientes
desestimados).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 20 de
mayo del 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022652990 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 02-2020, sesión virtual, de fecha 10 de agosto del 2020, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 85-20 celebrada el 01 de setiembre del 2020 artículo LIII,
se hace del conocimiento de
las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 2005
al 2019 de la Administración Regional de
Grecia. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 501 A 05, 03 Libros, 68 Ampos,
Año: 2005 al 2019, Asunto: Documentación Administrativa: (01
Libro de Control Diario OCJ 2010 al 2011, 01 Libro de
Control Combustible de la OCJ 2005 al 2010, 1 Libro de Control Diario Vehículo de la OCJ 2005 al
2009, 25 Ampos de Control y Reportes
de Fax 2009 al 2019, 03 Ampos de Comprobantes
de Envío Cered, 25 Ampos de Comprobantes de Envío de CEREDOC 2016 al 2018, 02 Ampos
de Boletas de Reportes de Mantenimiento 2018 al 2019, 01 Ampo
de Registro de Asistencia
2018 al 2019, 02 Ampos de Boletas
de Despacho de Suministros
2015 al 2018, 01 Ampo de Boletas
de Fotocopias 2015 al 2016, 01 Ampo
de Circulares Administrativas 2009 al 2019, 02 Ampos
de Oficios Recibidos 2016
al 2019, 01 Ampo de Boletas
BN Flota 2010 al 2019, 01 Ampo
de Control de Pagos de Póliza de Fidelidad
2010 al 2019, 01 Ampo de Correspondencia
Recibida 2010 al 2017, 01 Ampo
de Correspondencia Recibida
de OCJ 2010 al 2018, 01 Ampo de Boletas
de Control de Giras de Vehículos
2014 al 2018, 01 Ampo de Control y Reportes de Fax de OCJ 2015 al 2018, 01 Ampo
de Boletas de Control Diario
de OCJ 2014 al 2019 y 01 Ampo de Cédulas de Citación de OCJ 2012 al 2015).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 20 de
mayo de 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022652991 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión virtual
Nº 01-2020, de fecha 06 de febrero
del 2020, artículo VIII y el
acuerdo del Consejo
Superior en sesión Nº
34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 2007
al 2019 de la Unidad Regional del Organismo de Investigación Judicial de Monte Verde. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 502 P 07, Paquetes: 65, Libros:
51, Años: 2007 al 2019, Asuntos:
Documentación Administrativa
y Policial: Libretas de
control y servicio de mantenimiento
preventivo de vehículos
2007 al 2017 (51 libretas), Legajos
de Investigación del 2007 al 2014 (43 paquetes), Oficios de Capturas del 2007 al 2017 (1 paquete),
Copias de informes policiales del 2007 al 2011 (2 paquetes),
Correspondencia enviada y recibida del 2007 al 2016 (1 paquetes),
Diligencias Menores del 2007 al 2019 (1 paquete), Expediente Vehicular
Unidad 298 del 2007 al 20111 (1 paquete). Citaciones del 2007 al 2014 (1 paquete),
Distribución de casos del
2007 al 2019 ( 1 paquete), Distribución
de capturas del 2011 al 2017 (1 paquete),
Distribución de diligencia menores
del 2011 al 2019 ( 1 paquete), Documentación
de Pizarra Informativa 2015
al 2016 ( 1 paquete), Actas
de entrega del 2007 al 2012 (1 paquete),
Consecutivo de oficios del
2008 al 2010 (1 paquete), Estadísticas
del 2008 al 2011 (1 paquete), Control de correo certificado del 2015 al
209 (1 paquete), Control de asistencia
del 2007 a 2019 (2 paquetes), copias
de viáticos
del 2007 al 2012 (1 paquete), Actas
de entrega del 2007 al 2019 (1 paquete),
CICOS del 2014 (1 paquete), Voucheres
de combustibles BN Flota del 2013 al 2018 (1 paquete), Solicitudes de vehículos
del 2014 al 2017 (1 paquete).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
San José, 20 de
mayo del 2022.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector Ejecutivo del Poder Judicial
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022652992 ).
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES
Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo
81 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, dentro de
la acción de inconstitucionalidad número 19-0241990007-CO
que promueve Centro Internacional de
Inversiones CII S. A., se ha dictado
la resolución que literalmente
dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia. San José, a las doce horas doce minutos del dos de junio de dos mil veintidós. Téngase por ampliada
esta acción de inconstitucionalidad 19-024199-0007-CO, en
los términos expuestos en el
escrito de interposición de
la misma, en el sentido de que también se impugnan los artículos 543 párrafo segundo y 545 del Código de Trabajo, por estimarlos contrarios a la garantía constitucional del debido proceso y el principio de razonabilidad constitucional. En cuanto al artículo
573 párrafo primero del Código de Trabajo,
se amplía la acción por cuanto el
accionante solicita se
declare la inconstitucionalidad también
por el siguiente
motivo: infracción al
numeral 63 de la Constitución Política. El artículo 543 párrafo segundo del Código de Trabajo se impugna en tanto, en criterio del accionante, es contrario a lo dispuesto en el
artículo 39 de la Constitución
Política, pues la norma permite en los
procesos de tutela, que la reinstalación
de los trabajadores se realice de inmediato, sin mediar notificación al patrono, ni una
audiencia donde se pueda analizar si la solicitud del trabajador cuenta con fundamentos razonables, lo que viola la garantía
constitucional del debido proceso en dos de sus vertientes: a) El derecho de defensa
propiamente dicho, pues el artículo
543 no permite al patrono ejercer su derecho de defensa material, pues la medida cautelar autorizada se impone prima facie,
sin audiencia previa a aquél, bastando
para establecerla el mero dicho del trabajador y las pruebas que aporte al expediente; b) La garantía del debido proceso, por cuanto
no está prevista la doble instancia en la materia. La disposición prevé la reinstalación inmediata del trabajador, pero no otorga la posibilidad de impugnación de la medida cautelar, o derecho a una doble instancia. Con respecto al ordinal 545 del
Código de Trabajo, estima el accionante que es inconstitucional por violación del principio de razonabilidad.
Lo anterior, porque en aquellos casos en los que el
patrono no gana el juicio en
primera instancia, la indicada norma le exige mantener al trabajador laborando hasta que se
resuelva el proceso
definitivamente, en Casación, lo que implica mantener un trabajador que ha perdido la confianza del patrono por, al menos, dos años laborando en la empresa. La norma, viola el principio constitucional de razonabilidad, pues la medida no es necesaria, ni idónea ni
proporcional. No es necesaria,
pues si al final del proceso se le diera la razón al trabajador, el patrono quedaría
obligado a reintegrar los salarios caídos
con los intereses de ley,
de allí que no es necesario
establecer la sanción a
priori, contra el patrono, pues, en todo
caso, los derechos de los trabajadores están a buen recaudo.
Tampoco es idónea, pues existen otros
medios para lograr el mismo resultado,
como la garantía de que, en caso de obtener
una sentencia estimatoria en el recurso de casación,
el patrono queda obligado a reintegrarlo en el goce de todos
sus derechos laborales de manera
retroactiva desde el momento de su
despido injustificado,
hasta su reinstalación. La disposición contenida en la norma indicada
tampoco es proporcional, por cuanto el
sacrificio del patrono es
de mucho mayor entidad que el que eventualmente sufriría el interés
público, en este caso representado
por el interés
del trabajador. Y también
lo es de manera opuesta, en el sentido
de que el interés público -entendido por el de todos
los otros empleados de las codenunciadas-,
se afecta, ante las determinaciones
judiciales que se adoptan
para los casos puntuales de reinstalación.
Argumenta que el patrono tendría que continuar pagando salarios, cargas sociales, aportes a la asociación solidarista, pagos por impuesto
sobre la renta, a pesar de haber obtenido una sentencia
estimatoria a su favor en primera instancia,
o bien, haber sido condenado, y que, de revertirse eventualmente en casación, no podría recuperar los montos
pagados, pues el trabajador despedido
no tendría medios económicos para cancelar las sumas recibidas espuriamente mientras se tramitó el proceso
laboral. Por el contrario, el trabajador,
en caso de prosperar su recurso
de casación, podría cobrar al patrono retroactivamente sus salarios con
intereses e indexación cuando procediere, así como los
demás daños y perjuicios sufridos que demostrare en ejecución
de sentencia. En cuanto al párrafo primero del
ordinal 573 del Código de Trabajo, se amplía la acción por el siguiente
motivo: violación del
numeral 63 de la Constitución Política. Estima el accionante
que, si el derecho del trabajador ante un despido sin justa causa es una “indemnización”, ello condiciona el pago
de los aguinaldos, las vacaciones, las cotizaciones a la
seguridad social, los aportes a la asociación solidarista, etc., que en efecto correspondería pagarlos sólo si
la naturaleza de lo pagado fueren salarios, inclusive si éstos tuvieren
la condición de “caídos. Afirma que, si la reinstalación se conceptúa en la praxis laboral como una sustitución
del pago de la indemnización
contemplada en el artículo 63 constitucional por despido sin justa causa, en estos casos
no procedería el pago de los extremos
laborales citados, pues ellos están
ligados al salario y no al pago de la indemnización antes citada. Asevera que el numeral 63 de la Constitución Política no contempla el instituto de la reinstalación como mecanismo
de indemnización para el trabajador despedido sin justa causa, sino únicamente el pago
de una indemnización denominada auxilio de cesantía. De allí que en el ámbito
del derecho laboral privado no puede
existir el instituto de la reinstalación como mecanismo sustitutivo del pago del auxilio de cesantía, pues el artículo
63 de la Constitución Política no lo autoriza. Asegura que, el primer párrafo de la norma cuestionada, en cuanto consagra
el instituto de la reinstalación y el pago de otros extremos
diferentes del salario al trabajador restituido, viola el artículo 63 de la Carta
Política, dado que esa norma
sólo autoriza el pago del auxilio
de cesantía, a título de indemnización, en caso de que un trabajador sea despedido sin justa causa. Acerca de esta ampliación, se confiere audiencia
por quince días a la Procuraduría
General de La República y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Esta ampliación se admite por reunir
los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
de las empresas accionantes
deriva del artículo 75, párrafo 1° de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional. Los asuntos
previos son dos procesos ordinarios que están en conocimiento ante la Sala
Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en razón de los recursos
de casación interpuestos en los expedientes Nos. 17-001162-0505-LA-O
y 17-001163-0505-LA-O. Publíquese por
tres veces un aviso en el Boletín
Judicial sobre la interposición
de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la omisión impugnada, y la aplicación de lo cuestionado, no
se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento
del caso. Este aviso sólo afecta los procesos
judiciales pendientes en los cuales
se discuta la omisión impugnada y la aplicación de lo cuestionado, se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos,
es dictar sentencia o bien el acto en
que haya de resolverse sobre lo cuestionado, en el sentido
en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa
es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar
esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes
en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los
que se discuta sobre lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto
a su procedencia o improcedencia,
o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. José
Roberto Garita Navarro, Magistrado Instructor.»
San José, 03 de junio del 2022.
Luis
Roberto Ardón Acuña
Secretario
O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022651655 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Brallan
Gerardo Porras Meléndez,
mayor de edad, soltero, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad
N° 0205050911, fallecido(a) el
03 de agosto del año 2007,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida
bajo el número
22-000595-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial, expediente N° 22-000595-0639-LA. Por el fallecimiento de Brallan Gerardo Porras Meléndez promovidas por María Elena Meléndez Céspedes.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de mayo
del año 2022.—Licda. Lucía Alpízar
Pérez, Juez(a) Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652775 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Mario Eduardo Piedra Arias,
cédula número 0109260813, fallecido
el 15 de febrero del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000716-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000716-0639-LA. Por el fallecimiento de Mario Eduardo
Piedra Arias promovidas por
Elieth Castillo Amador.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de mayo
del año 2022.—Lic. Ronny
Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652777 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Narciso Rodolfo Arguello Gómez 0800900358, fallecido el 06 de
marzo de 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc
esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el Número
22-000789-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
22-000789-0505-LA. Por Cargill Business Services
Sociedad De Responsabilidad Limitada a favor de Narciso Rodolfo Arguello Gómez.—Juzgado de Trabajo de Heredia
27 de abril del año 2022.—Licda. Sédier Villegas
Méndez Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652778 ).
Se cita y emplaza a
los que, en carácter de causahabientes de
Francisco Isaac Córdoba Durán,
cédula de identidad N° 0110510800, fallecido el 07 de marzo del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Personas Fallecidas bajo el
N°
22-000754-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000754-0505-LA. Por Comercial Dinant de Costa Rica
Sociedad Anónima a favor de Francisco Isaac Córdoba
Durán. Publíquese
una vez en
el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 26 de abril del 2022.—Licda. Sedier Villegas Méndez Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022652779 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de María Cecilia Umaña Saborío, 0900450076, fallecido el 22 de diciembre del 2016, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el N° 22-000714-0505-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N°
22-000714-0505-LA, por María Guadalupe Arguedas Umaña, a favor de María Cecilia Umaña Saborío.—Juzgado de Trabajo
de Heredia, 22 de abril del 2022.—Licda. Sédier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022652780 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Luis Alberto de Jesús Sánchez
Herrera, cédula de identidad numero
04-0103-0771, fallecido el
29 de octubre del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de Pers. fallecidas bajo el
Número 22-000311-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000311-0505-LA. Por
Ana Lorena Jiménez Ugalde a favor de Luis Alberto De Jesús Sánchez Herrera.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 04 de febrero
del año 2022.—Lic.
Oscar Mario Segura Rodríguez Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652781 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Enrique Alberto Víctor Alfaro Aguilar, 0400810748, fallecido
el 20 de marzo del año 2015, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 22-001028-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001028-0505-LA.
Diligencias establecidas por
Milagros Alfaro Aguilar, mayor de edad, portadora de cédula de identificación personal número: 1-0696-0219.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 31 de mayo del año
2022.—Msc. Juan Pablo Carpio
Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652782 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Carlos Alberto Alpízar
Torres, N° 0602640838, fallecido el
01 de enero del año 2021,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas, bajo el
número 22-000501-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000501-0505-LA. Por
Keren Melissa Alpízar
Rodríguez a favor de Carlos Alberto Alpízar Torres.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 09
de marzo del año 2022.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652783 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Freyner Saul de
Jesús González Delgado 0602010531, fallecido el 14 de abril del año 2022, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones
Laborales de Personas Fallecidas bajo el Número 22-000941-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000941-0505-LA. Por Fujitsu Consulting Costa Rica Sociedad Anónima a favor de Freyner Saul de Jesús González Delgado.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 24 de mayo del año 2022.—Lic. Rúsbel
Alberto Herrera Medina, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652784
).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Erik David Loáiza
Gómez N° 0108880260, fallecido
el 05 de abril del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas bajo el
número 22-001013-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial, expediente N° 22-001013-0505-LA. Por
Rosalba de Jesús Gómez Bermúdez a favor de Erik David Loaiza Gómez.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 31 de mayo del año
2022.—Lic. Rúsbel Alberto
Herrera Medina, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022652785 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Jurgen Horacio Morales Marchena,
0207930206, fallecido el 19
de enero del 2022, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas bajo el
N° 22-000989-0505-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000989-0505-LA, por Bass Americas Sociedad Anónima, a
favor de Jurgen Horacio Morales Marchena.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 30 de mayo del 2022.—Lic. Rúsbel Alberto
Herrera Medina, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652786 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de María Magdalena Sevilla Gómez
155802248329, fallecido el
10 de junio del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el Número
21-001586-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001586-0505-LA. Por
Elizabeth Aguirre Sevilla en favor de los beneficiarios de María Magdalena
Sevilla Gómez.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 17 de agosto del año
2021.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez de Trabajo
de Heredia.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652787
).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Luis Antonio Bolaños Esquivel,
04-0122-0937, fallecido el
15 de febrero del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Persona Fallecida bajo el
número 22-000485-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000485-0505-LA.
Establecido por Miguel Ángel Bolaños Soto.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 07 de marzo del año
2022.—Lic. Óscar Mario Segura Rodríguez, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022652788 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de María Cecilia de Jesús Esquivel Herrera
0400550154, fallecido(a) el 11 de octubre del año 2008, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones
laborales de pers fallecidas bajo el Número
22-001036- 0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
22-001036-0505-LA. Por María Cecilia de Jesús Esquivel Herrera, cédula
0400550154 a favor de María Cecilia de Jesús Esquivel Herrera Juzgado de
Trabajo de Heredia 03 de junio del año 2022.—Msc. Ana Patricia Montero Morales, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652789 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter
de causahabientes de Berta Eugenia Calvo Salas, cédula de identidad
N° 0103240135, fallecida el 12 de febrero del año 2006, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso
de consignaciones de prestaciones
laborales de persona fallecida
bajo el N° 22-000276-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000276-0505-LA. Por
Ingrid Marín Calvo a favor de Berta Eugenia Calvo Salas.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 04 de febrero del 2022.—Msc. Oscar Mario Segura Rodríguez, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652791 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Hilda María Cambronero Corrales
0105300870, fallecida el 13
de marzo del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
Proc Esp. Distribución de Prestaciones
de Persona Trabajadora Fallecida
bajo el Número
22-000830-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000830-0505-LA. Por Kembly Paola Bolaños
Cambronero a favor de Hilda María Cambronero Corrales.—Juzgado de Trabajo
de Heredia, 02 de mayo del 2022.—Msc.
Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022652792 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Samantha Gabriela Quesada López,
0118520570, fallecida el 03
de octubre del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-001997-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001997-0505-LA. Por
Dialogue Marketing Costa Rica S.A. a favor de Samantha Gabriela Quesada López.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 25 de abril
del año 2022.—Msc.
Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022652793 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Guillermo Enrique Rivera
Montero, 0502280034, fallecido el
04 de junio del año 2021,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el número 22-000690-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000690-0505-LA. Por Salenzka Magali Vega Fait a favor de Guillermo Enrique
Rivera Montero.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 18 de abril
del año 2022.—Msc. Priscila
Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652794 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Carlos Luis Quesada Carmona N° 0401200019, fallecido el 29 de diciembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000560-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial, expediente N° 22-000560-0505-LA. Por
Socorro Eufemia Trinidad Carmona Cerdas a favor de
Carlos Luis Quesada Carmona.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 01 de abril
del año 2022.—Msc. Priscila
Marín Leiva, Jueza Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022652795 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Erik David Loaiza
Gómez, N° 0108880260, fallecido el
08 de abril del año 2022,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignación
de prestaciones laborales
de personas fallecidas, bajo el
número 22-000969-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000969-0505-LA. Promovidas por GEP de Costa Rica
Sociedad Anónima.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 23 de mayo del año
2022.—Licda. Aracelly
Naranjo Picado, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022652796 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Minor
Gerardo Rojas Ramírez 0107810419, fallecido el 28 de marzo del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones
Laborales de Pers Fallecidas bajo el Número 22-000424-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-
000424-0505-LA. Promovidas por María Eugenia Ramírez Ramírez,
cédula de identidad 4-0091-0826.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 24 de
febrero del año 2022.—MSc.
Jeisson Quiel Castro, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022652797 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Walter Gerardo Villalobos
Vargas, 0107090632, fallecido(a) el
17 de mayo del año 2022, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el número 22-000997-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000997-0505-LA. Por
José Daniel Camacho Villalobos, cédula de identidad
N° 4-0210-0636, a favor de Walter Gerardo Villalobos Vargas.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 27 de mayo del año
2022.—Licda. Ana Patricia Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022652798 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Luz
Nelly Gallegos López,
0800910508, fallecida el 06
de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000981-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000981-0505-LA. Por
Sandra Paola Badillo Gallego, cédula de identidad numero 8-137-430 a favor de Luz Nelly Gallegos López.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 27 de mayo del año 2022.—Licda. Ana Patricia
Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652799 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Nelly Gerarda
Moya Guarín,
0700440438, fallecida el 12
de octubre del 2021, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el
N° 22-000829-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000829-0505-LA. Promovida por
Yessie Mena Moya, a favor de Nelly Gerarda Moya Guarín.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 5 de mayo del 2022.—Licda. Aracelly Naranjo Picado, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022652800 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Ermes Zúñiga Mena 0603440164, fallecido
el 14 de noviembre del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el Número 22-000578-0505-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 22-000578-0505-LA. Diligencias establecidas por María Fernanda Miranda Garita, mayor, viuda, costarricense, cédula de identidad N°
0402190064.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 04 de mayo del 2022.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652801 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter
de causahabientes de Jefferson Vargas Miranda, portador de la cédula de identidad 116790370, fallecido el 12 de abril del año 2019, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de bajo el N° 21-002347-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-002347-0505-LA. Por
Disney Miranda Soto a favor de Jefferson Vargas Miranda.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 03 de enero del 2022.—Lic. Oscar Mario Segura Rodríguez Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022652802 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Calixto Alejandro Iznardo Azcurra N° 0800530681, fallecido el 11 de noviembre del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Distribución de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas
bajo el número
22-000953-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000953-0505-LA. Diligencias establecidas por María Isabel Iznardo Figuerola, mayor, casada, ama de casa, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad
número 8-0082-0724.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 18 de mayo del año 2022.—Msc.
Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez Decisor.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022652803 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Édgar Hipolito
Vargas Chanto 0400750764, fallecido(a) el 17 de noviembre del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000495- 0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000495-0505-LA. Por Néstor Vargas Vargas a favor de Édgar Hipolito
Vargas Chanto.—Juzgado de Trabajo de Heredia,
22 de marzo del año 2022.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652804
).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Kimberly Ann George, quien fue mayor, con cédula de
residencia N° 184000540436, y falleció el 08 de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número
21-001744-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001744-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 11 de febrero del año
2022.—Lic. Óscar Mario Segura Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022652805 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Rudy Antonio Castro Picado, cédula de identidad número uno -
novecientos sesenta y uno - setecientos dieciocho, mayor, casado, vecino de
Pérez Zeledón, 1 kilómetro al oeste de la Escuela El Zapote de Pejibaye, casa
de color papaya a mano derecha, fallecido el 02 de mayo del año 2022, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de proc esp. distribución
de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el Número
22-000214-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. . Expediente N° 22-000214-1125-LA. Por Marjorie Agüero Abarca, cédula de
identidad número uno - mil trescientos cincuenta y ocho - cero veintinueve, a
favor de Rudy Antonio Castro Picado con cédula de identidad número uno -
novecientos sesenta y uno - setecientos dieciocho.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Laboral), 06 de junio del año 2022.—Msc.
Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022652851 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Alberto José Moya Araya, cédula
de identidad N° 3-416-819, fallecido
el 09 de abril del 2022, se
consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo
el número
22-000734-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000734-0641-LA. Promovido por Lidia Araya Vargas,
cédula de identidad N° 3-198-533, por
el fallecimiento de Alberto
José Moya Araya, cédula de identidad N° 3-416-819. Publíquese.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 30 de mayo del 2022.—Licda. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022653257 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de José Ricardo Guevara Sequeira, fallecido el 07 de julio del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número
21-000061-1085-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
21-000061-1085-LA. Por Transportes Delgado Sociedad Anónima
a favor de José Ricardo Guevara Sequeira.—Juzgado Civil y
Trabajo de Golfito (Materia Laboral),
09 de agosto del 2021.—Lic.
Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022653258 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Sandra María González Paniagua, mayor, cédula N°
0401640448, fallecida el 28
de febrero del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el Número
21-000461-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
21-000461-0639-LA. Presentado por
Micro Technologies S. A. por el
fallecimiento de Sandra María González Paniagua.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 08 de junio del 2022.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022653259 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Rosa María
Marina Ortega Cascante 0501210658,quien fue mayor, soltera, fue vecina de Santa Cruz de Guanacaste, laboró para Ministerio de Educación Pública,
y falleció el ocho de agosto del dos mil veintiuno, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el Número 22-000097-0775-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000097-0775-LA. Por Nancy Ortega Cascante.—Juzgado de Trabajo
de Santa Cruz, 29 de abril del
2022.—Katherine Ramírez Angulo, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022653260 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Gonzalo del Carmen Valverde Piedra, 0107350706, fallecido el 04 de diciembre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000530-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000530-1178-LA. Por Euromobilia Sociedad Anónima, a favor de Gonzalo del
Carmen Valverde Piedra.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, 01 de junio del año 2022.—Lic. Edwin Santamaría
Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022653262 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Federico Josué
Rodríguez Barahona
0108880783, fallecido el 16
de junio del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000300-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000300-1178-LA. Por Dole Shared Service Ltd 3102342026 a favor de Federico Josué
Rodríguez Barahona.—Juzgado de
Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, 01 de junio
del 2022.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022653263 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Galmy Sequeira Calvo, 0108800326,
fallecido(a) el 15 de febrero del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000284-0166-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000284-0166-LA. Por Aniram Elena Brenes Morales a favor de Galmy
Sequeira Calvo.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de mayo
del año 2022.—Lic. Edwin
Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022653264 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Norberto Esteban Sáenz Vindas 0110490185, fallecido el 17 de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
proc esp. distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida
bajo el Número
22-000156-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000156-0173-LA. Por Estela Magaly Cascante Elizondo a favor de Norberto
Esteban Sáenz
Vindas.—Juzgado de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de
San José, 23 de mayo del 2022.—Lic. Edwin
Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022653265 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Pedro José Salgado
Álvarez 0203000240, fallecido(a) el
09 de diciembre del año
2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de persona fallecida bajo el
Número 22-000008-1574-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 22-000008-1574-LA. Por a favor de Pedro
José Salgado Álvarez.—Juzgado Contravencional de Abangares
(Materia Laboral), 03 de mayo del 2022.—Licda. Kerling Vargas Medina, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022653266 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Max Alberto Rojas Mora,
0108210252, fallecido el 21 de diciembre
del año 2019, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número 20-000133-1516-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000133-1516-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Laboral), 29 de abril del año 2022.—Licda.
Mónica Marcela Mora Vílchez,
Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022653267 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Ángel de Los Ángeles Rizo Leiva
0601610537, fallecido el 26
de mayo del año 2022, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el Número 22-000528-0929-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000528-0929-LA. Por Limofrut S. A. a favor de Ángel de Los Ángeles Rizo
Leiva.—Juzgado de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 02 de junio del 2022.—Lic. Mario José
Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022653268 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de doce mil seiscientos noventa y seis dólares con ochenta y seis
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando infracción/ colisión bajo la sumaria 16-604280-0500-TC; sáquese
a remate el vehículo placas MPR123, marca: Suzuki, Estilo: Ciaz GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2017,
color: blanco, tracción:
4X2. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de julio del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de julio del dos mil veintidós, con la base de nueve
mil quinientos veintidós dólares con sesenta y cuatro
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de julio del dos mil veintidós, con
la base de tres mil ciento setenta y cuatro dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra 3-102-713401 Sociedad de
Responsabilidad Limitada,
Rubén de Jesús Alvarado Solano. Expediente N°
19-004284-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
de Cartago, 28 de abril del
2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022653073 ).
En este Despacho,
con una base de ciento seis mil novecientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
Servidumbres Trasladadas, citas: 336-09027-01-0907-001, citas:
381-10394-01-0900-001, citas: 400-11070-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
173525-000, la cual es terreno
naturaleza: Sección C, Lote
39, para construir. Situada
en el distrito:
09-Dulce Nombre, cantón:
01-Cartago, de la provincia de Cartago, Colinda: norte: calle publica con 7,01 metros; sur: Iris, María, Roberto,
Jacobo, María de Los Ángeles todos de apellido
Murillo Subirós;
este: Lote 38; oeste: Lote 40. Mide: ciento noventa
y tres metros con ocho decímetros metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintinueve de julio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós, con
la base de ochenta mil ciento
setenta y cinco dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós, con
la base de veintiséis mil setecientos
veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo
contra Marvin Alexis de Los Monge Marín. Expediente N°
21-006599-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 26 de mayo del año 2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2022653190 ).
En este Despacho, con una base de setenta y seis millones novecientos sesenta y siete mil ciento ochenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 403-17329-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento setenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno apto para construir. Situada en el distrito:
03-Sardinal, cantón: 05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, camino público
y Elizabeth Corrales Jiménez; al sur, camino
público
y Juan Carlos Pizarro Moraga; al este, Tres Ciento Uno Quinientos Setenta y Siete Mil Seiscientos Sesenta y Cinco S. A.
y Juan Carlos Pizarro Moraga; y al oeste, Zeidi García Bustos. Mide: doce mil cuatrocientos treinta y seis metros con veintiséis
decímetros cuadrados.
Plano: G-1370969-2009. Identificador predial:
505030176443. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del doce de julio del dos mil veintidós, con la base de cincuenta
y siete millones setecientos veinticinco mil trescientos ochenta y cinco colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil veintidós, con
la base de diecinueve millones
doscientos cuarenta y un
mil setecientos noventa y cinco colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Luis Ángel Martin Madrigal Bonilla contra Desarrollos Ecoturísticos Artola
MVX S. A. Expediente N° 17-000109-0386-CI.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha
de emisión: siete horas con
treinta minutos del dos de
mayo del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde
Calvo, Juez Decisor.—( IN2022653192 ).
En este Despacho, con una base de siete millones novecientos ochenta y cinco mil ciento treinta y ocho colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BGK494, Marca:
Toyota, Estilo: Yaris G, Categoría:
Automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie: MR2BT9F36F1129880, Carrocería: Sedan
4 puertas, Tracción: 4x2, Número de Chasis:
MR2BT9F36F1129880, Año de Fabricación:
2015, Peso Bruto: 1500 Kgrms,
Cabina: Sencilla, Techo: Techo alto, Uso: Particular, Color: Negro, Vin: MR2BT9F36F1129880, Número de Motor: 1NZZ042073, Cilindrada:
1500 c.c., cilindros: 4, Potencia:
64 kW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las diez horas cero minutos
del nueve de agosto de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del dieciocho
de agosto de dos mil veintidós,
con la base de cinco millones
novecientos ochenta y ocho mil ochocientos cincuenta y cuatro colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós, con la base de un millón
novecientos noventa y seis
mil doscientos ochenta y
cuatro colones con sesenta y
siete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra María Elena Meléndez Arguedas. Expediente
N° 17-000207-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 04 de febrero del año
2022.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez
Tramitador.—(
IN2022653215 ).
En este Despacho,
con una base de siete millones ciento un mil setecientos cincuenta y seis colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas:
BQD184, marca: Toyota, categoría:
Automóvil, VIN: JTDBT4K36CL029942, AÑO: 2012, color:
Negro. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil veintidós con la base de cinco millones trescientos veintiséis mil trescientos diecisiete colones con treinta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós con
la base de un millón setecientos
setenta y cinco mil cuatrocientos treinta y nueve colones con diez céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada
contra Alonso Alberto Quesada Araya. Exp:17-010249-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 23 de mayo del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2022653370 ).
A las siete horas y cuarenta minutos (7:40 a.m.) del próximo
12, 19 y 26 de julio del año
dos mil veintidós, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado bajo las
citas 2011-258451-01-0003-001, hipoteca
de segundo grado bajo las citas 2014-74367-01-0001-001, hipoteca de tercer grado bajo
las citas 2014-103661-01-0001-001 y con la base de
¢105,911,815.93, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca que se describe así, inscrita en
el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 97591-000 la cual es terreno para construir con una casa, Situada en el distrito
2 Occidental, cantón 1 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, calle pública;
al sur, Inversiones El Molino S. A.; al este, Grupo Molino S. A. lote 16;
y al oeste, Grupo Molino S. A. lote
14. Mide: doscientos sesenta y uno metros con setenta
y dos decímetros cuadrados.
Plano: C-0467028-1982, a nombre de Laura Inés Bravo Coppola. Se remata
por ordenarse así en proceso
de ejecución de sentencia
de Raúl Francisco
Machado Marín contra Laura
Inés Bravo Coppola. Expediente
número
15-002549-0338-FA, tramitado en
el Juzgado de Familia
de Cartago, 12 de mayo del 2022.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022653405 ).
En este Despacho, con una base de siete
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos ochenta y
seis mil ochocientos sesenta y siete, derecho 000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito: 11-Paramo, cantón: 19-Pérez, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Elicinio Quirós; al
sur, Elicinio Quirós; al este, Elicinio
Quirós y al oeste, Elicinio Quirós. Mide: seis mil
ochocientos treinta y cinco metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del trece de julio de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veintidós, con la base de
cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas cero minutos del uno de agosto de dos mil veintidós, con la base de
un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de David Indio West Betts
contra Greidin Ramón Quirós Solano. Expediente N° 22- 000794-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). hora
y fecha de emisión: dieciséis horas con seis minutos del nueve de mayo del dos
mil veintidós.—Eileen Chaves Mora, Jueza
Tramitadora.—( IN2022653421 ).
En este Despacho, con una base de quince
mil quinientos noventa y cinco dólares con sesenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas BJF-645, Marca
Nissan, Estilo X-Trail, categoría
automóvil, capacidad 5
personas, carrocería todo terreno 4 puertas, Tracción 4X4, año fabricación 2015, color gris, VIN JN1TBNT32FW000157, N.motor QR25290800L, cilindrada 2500 c.c., combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos
del veintinueve de julio de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del nueve
de agosto de dos mil veintidós
con la base de once mil seiscientos noventa y seis dólares con setenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del dieciocho de agosto
de dos mil veintidós con la base de tres mil ochocientos noventa y ocho dólares con noventa y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica
de Costa Rica S A. contra Mariela Auxiliadora Rojas
Calderón, Expediente: 21-006314-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
27 de mayo del año 2022.—Lic.
Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez.—( IN2022653423 )
En este Despacho, con una base de cuarenta y
cuatro millones quinientos noventa y siete mil ochocientos trece colones con
ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula número 86499-000, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito 1-El Tejar, cantón 8- El
Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, calle pública con
nueve metros cincuenta centímetros de frente noroeste, lote once del
residencial Los Sauces sureste, lote nueve del residencial los sauces suroeste,
servidumbre de aguas pluviales. Mide: ciento noventa y dos metros con ochenta y
ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero
minutos del siete de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del quince de julio
de dos mil veintidós con la base de treinta y tres millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos
sesenta colones con cuarenta céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero
minutos del veintiséis de julio de dos mil veintidós con la base de once
millones ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con
cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra Rodrigo Mena Granados,
Viviana Marcela Mena Hernández. Expediente N°
21-006579-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 09 de junio del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2022653425 ).
En este Despacho, con
una base de ciento nueve mil doscientos dólares exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número
ciento noventa y ocho mil ochocientos cinco, derecho 000, la cual es terreno
con dos casas y árboles frutales. Situada en el distrito Concepción, cantón San Rafael, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Álvaro Camacho Morales y Antonio Gómez
Vásquez; al sur, María Elena Camacho Morales; al este, José Matamoros Delgado y
al oeste, calle pública y zona verde. Mide: mil trescientos cincuenta y siete
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos
del uno de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del nueve de noviembre
de dos mil veintidós, con la base de ochenta y un mil novecientos dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de noviembre
de dos mil veintidós, con la base de veintisiete mil trescientos dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Yendry Vanessa Pérez Núñez. Expediente N° 19-006425-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: doce horas con cincuenta y
ocho minutos del tres de mayo del dos mil veintidós.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2022653427 ).
En este Despacho,
con una base de trece millones doscientos setenta y nueve mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando seis servidumbres sirvientes y ocho servidumbres trasladadas; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número cuatrocientos ochenta y cinco mil trescientos veintitrés-cero cero cero, la cual es terreno Lote 30, terreno para construir. Situada en el
Distrito San Juan, Cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte Lote 29; al sur Lote 31; al este Lote 25 y al oeste calle pública con 7.00 metros de frente.
Mide: ciento treinta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintiocho
de julio de dos mil veintidós,
con la base de nueve millones
novecientos cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós, con la base de tres millones trescientos diecinueve mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. 2) Al tratarse de hipoteca con bono, se advierte a terceros oferentes que de conformidad con el artículo 153 bis de la ley 7052, el
monto total de la oferta debe ser entregado en el remate. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yesica Magally Fernández Vega. Expediente
N° 22-000795-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 06 de mayo
del año 2022.—María Auxiliadora
Cruz Cruz, Jueza Decisora.—( IN2022653428 ).
En este Despacho, con una base de noventa y seis mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
ciento noventa y seis mil seiscientos noventa y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno construir con 1 casa. Situada en el
distrito: 01-San Pedro, cantón:
15-Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carnicería
Tunia S. A.; al sur, calle pública
con 6,28 metros; al este, en
parte con Vinicio Montero Díaz y en parte Fernando Garro Hernández; y al oeste,
Carnicería
Tunia S. A. Mide: trescientos ochenta y tres metros con un decímetros, cuadrados.
Plano: SJ-0302196-1978. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas quince minutos del seis de julio
del dos mil veintidós, con la base de setenta y dos mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del catorce de julio del dos mil veintidós, con la base de veinticuatro
mil ciento veinticinco dólares exactos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Geovanni
Antonio Vega Cordero. Expediente N° 22-003078-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de junio del
2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—(
IN2022653429 ).
En este Despacho, Con una base de doce
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladad citas 355-06864-01-0900-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 333509-000, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el
distrito: 01- Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Gabriel Araya; al sur, Olger Herrera; al este,
Edgar Cubero y al oeste, calle pública con 8m 89 cm.- Mide: trescientos sesenta
y seis con noventa y un decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las diez horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta
minutos del veinte de julio de dos mil veintidós, con la base de nueve millones
de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintinueve de
julio de dos mil veintidós, con la base de tres millones de colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Nuria Cubero Mora, Rodrigo Zumbado Vargas. Expediente N°
22-003288-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09
de mayo del año 2022.—Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2022653430 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro millones ochocientos setenta y cinco mil novecientos cincuenta y tres colones con un céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2015-107485-01-0003-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 290437-001 / 002, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito: 03-San Juan, cantón:
02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Claudio Castro
Sancho; al sur, Adilia Castro Sancho; al este, Adilia Castro Sancho, y al oeste, calle pública
con 10 metros. Mide: doscientos
sesenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del cuatro de agosto
de dos mil veintidós, con la base de dieciocho millones seiscientos cincuenta y seis mil novecientos sesenta y cuatro colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del doce de agosto del dos mil veintidós, con
la base de seis millones doscientos
dieciocho mil novecientos ochenta y ocho colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Allen Rodrigo Castro Castro,
Miriam Cecilia Castro Cordero, Rodrigo Jesús Castro Soto. Expediente
N° 22-000670-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 17 de mayo
del 2022.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza.—(
IN2022653452 ).
En este Despacho, con una base de seis
mil trescientos cuarenta y
un dólares con un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MRF108, Marca: Nissan, estilo:
Sentra, Categoría: automóvil
Capacidad: 5 personas, Serie: 3N1AB7AE2HL621226, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número de chasis: 3N1AB7AE2HL621226, año fabricación: 2017, color: blanco,
número Motor: MRA8914279H, cilindrada:
1800 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cero minutos
del veintiséis de julio del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas cero minutos
del cuatro de agosto del dos mil veintidós,
con la base de cuatro mil setecientos cincuenta y cinco dólares con setenta y seis
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del doce de agosto del dos mil veintidós, con la base de mil quinientos
ochenta y cinco dólares con veinticinco centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra
3-102-674002 Sociedad de Responsabilidad Limitada, Fernando Samaniego Sánchez. Expediente
N° 20-001381-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciocho minutos del tres de junio del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2022653497 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis mil ciento ochenta y dos dólares con noventa y tres centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando denuncia O.I.J. bajo el Tomo 800, Asiento 00511611, Secuencia
001; sáquese a remate el vehículo Placas BMD508, Marca:
M.G., estilo: MG GS STD, Categoría:
automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie, Chasis y Vin: LSJA24U37HS010131, carrocería: todo terreno 4 puertas, año: 2017, color: blanco, N° Motor: 15E4EPWSG6200108, cilindrada: 1500
c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas diez minutos del once de julio del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del diecinueve de julio del dos mil veintidós, con la base de doce
mil ciento treinta y siete dólares con diecinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del veintiocho de julio del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil cuarenta
y cinco dólares con setenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Arnoldo
Rojas Calderón. Expediente N° 19-015014-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de enero
del 2022.—Sirlene De Los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—(
IN2022653500 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones diecisiete mil ciento sesenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo 640534, Marca: Suzuki, Estilo: Grand
Vita, Capacidad: 5 personas, Año:
2007, Vin: JS3TD54V174102688, Motor: J20A345688, Cilindrada: 2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos sesenta y dos mil ochocientos setenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós, con
la base de un millón doscientos
cincuenta y cuatro mil doscientos
noventa colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Christian Mauricio Cordero Arroyo contra Onix Antonio
Murillo Fallas. Expediente
N° 19-001987-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: quince horas
con cuarenta y dos minutos
del siete de junio del dos
mil veintidós.—Carlos Contreras
Reyes, Juez Tramitador.—(
IN2022653502 ).
En este Despacho, con una
base de dos millones seiscientos veinte mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos citas: 2013-28093-01-0004-001; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número 195855, derecho 000, la cual es terreno
de patio, jardín y una casa. Situada en el distrito: 01-Buenos Aires, cantón:
03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Margarita
Obando Vargas; al sur, Margarita Obando Vargas y María Elena Picado Fonseca en
medio servidumbre de paso; al este, Margarita Obando Vargas y al oeste,
Margarita Obando Vargas. Mide: doscientos doce metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de agosto de
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós,
con la base de un millón novecientos sesenta y cinco mil colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas treinta minutos del uno de setiembre de dos mil
veintidós, con la base de seiscientos cincuenta y cinco mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elena María Rojas
Blanco contra Ester Lina Flores Obando. Expediente N°
21-002779-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión:
trece horas con cuarenta y dos minutos del treinta de mayo del dos mil veintidós.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—(
IN2022653543 ).
En este Despacho, con una base de trece mil doscientos veinticinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de Puntarenas, matrícula
N° 116494-F, derecho 001 y 002, la cual es terreno finca filial primaria individualizada N° 165, apta para
construir, que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de 2 pisos. Situada en el
distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito de
la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte: área común libre, área recreativo y finca 166; al
sur: área común libre acceso
trece y finca filial 164; al este:
finca filial 166 y área común
libre acceso trece; y al oeste:
finca filial 164. Mide: doscientos
cincuenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las once horas veinticinco minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas veinticinco minutos del veintiocho de setiembre de dos
mil veintidós, con la base de nueve
mil novecientos dieciocho dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas veinticinco
minutos del seis de octubre
de dos mil veintidós, con la base de tres mil trescientos seis dólares con veinticinco centavos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Diana Mercedes Calderón Chaves contra Eduardo Villalobos Solano, María Gabriela
Gutierrez Alvarado. Expediente N° 22-001549-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha
de emisión: dieciséis horas con treinta
y cinco minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022653545 ).
En este Despacho, con una base de setenta mil cuarenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
seiscientos setenta y ocho mil ochocientos cincuenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito San Rafael Abajo, cantón
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Fernando
Chinchilla Segura; al sur, calle pública
con 14.06 metros; al este, Corporación
para el Desarrollo de Proyectos
Rojas y Porras S. A., y al oeste, Educación
Desarrollo Organizacional Asesoría y Servicios
Edas S. A. Mide: ciento noventa y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del trece de julio del dos mil veintidós, con la base de cincuenta
y dos mil quinientos treinta
dólares exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil veintidós, con
la base de diecisiete mil quinientos
diez dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Carlos Eduardo Hernández Seas contra Jorge Eduardo Rojas Porras. Expediente
N° 22-003169-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de abril del año 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2022653547 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis millones quinientos dieciséis mil setecientos veinticuatro colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número trescientos sesenta mil ochocientos ochenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir
con una casa y cultivos. Situada en el
distrito: 02-Santiago, cantón:
02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Sergio y José ambos
Salas Jiménez; al sur Agropecuaria Hiro de San Ramón S.A.; al este Sergio y José Salas Jiménez y al oeste
calle pública con 14 metros,15 centímetros.
Mide: mil ochocientos setenta y cinco metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veinticuatro
de agosto de dos mil veintidós,
con la base de diecinueve millones
ochocientos ochenta y siete mil quinientos cuarenta y tres colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dos
de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de seis millones seiscientos
veintinueve mil ciento ochenta y un colones con cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Juan Carlos Hidalgo Rodríguez. Expediente:
22-000749-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 01 de junio del año 2022.—Licda. Jennsy María Montero
López, Jueza Decisora.—( IN2022653550 ).
En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TSJ-5993, Marca: Hyundai, Estilo:
Starex, Categoría: Microbús, Capacidad: 7 personas, Año: 2004, Vin:
KMJWWH7HP4U611941, Motor: D4BH4958987, Cilindrada:
2500 c.c., Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintidós
con la base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Mauricio Enrique Fallas Monge contra William Alberto Lizano Fernández. Expediente N°
22-001504-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con veintitrés minutos del ocho de junio del dos mil veintidós.—Xinia
Vindas Mejía, Jueza Tramitadora.—( IN2022653551 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis millones trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
692563-000, derecho, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
10-Río Nuevo, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Inversiones Yariela S. A.; al sur, calle pública de 14 metros de ancho; al este,
Inversiones Yareial S. A.;
y al oeste, Inversiones Yareial S. A. Mide: cinco mil doscientos noventa y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de julio de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintidós con la
base de doce millones doscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós con la
base de cuatro millones ochenta
y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Tres-Ciento Dos-Setecientos
Cincuenta y Ocho Mil Ciento Cincuenta y Dos Sociedad
de Responsabilidad contra Luis Diego Valverde Quirós. Expediente
N° 22-001194-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: trece horas con uno minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós.—Wendy Barrantes
Rojas, Jueza Tramitadora.—(
IN2022653561 ).
En este Despacho,
con una base de ochenta y ocho millones diez
mil cincuenta y seis colones
con ochenta céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del
Partido de San José, matrícula N° 272678-001 y 002,
la cual es terreno lote 43 D, terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 1-Guadalupe, cantón
8-Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte: lote 42 D, Urbanización El Ensueño; al
sur: lote 44 D Urbanización
El Ensueño;
al este: parque comunal vacío; y al oeste: calle pública, primera, con 7,94 cm. de
frente. Mide: ciento veinticinco metros con setenta y seis centímetros cuadrados.
Plano: SJ-0343920-1979. Para tal efecto,
se señalan las once horas quince minutos
del cinco de julio de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas quince minutos del trece de julio de dos mil veintidós, con
la base de sesenta y seis millones
siete mil quinientos cuarenta y dos colones con sesenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos
del veintiuno de julio de
dos mil veintidós, con la base de veintidós
millones dos mil quinientos
catorce colones con veinte céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados
Dos Pinos contra Ana Rosa Carvajal Rojas, Sergio
Guevara Carvajal. Expediente N° 22-001122-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 29 de abril del 2022.—Nidia
Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—(
IN2022653564 ).
En este Despacho, Con una base de siete millones quinientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 373-03577-01-0900-001;
sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento ochenta
y tres mil cuarenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
Distrito 4-Santa Elena, Cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte Olman Francisco
Coronado García; al sur Olman Francisco Coronado
García; al este Olman
Francisco Coronado García y al oeste servidumbre de paso con 16,10 metros de frente.
Mide: mil metros cuadrados.
Plano: G-1393798-2010, identificador predial:
510040183045. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del
once de agosto de dos mil veintidós
con la base de cinco millones
seiscientos setenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón
ochocientos noventa mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Eduardo Cirilo Rodríguez Salas contra Esteban Corrales Leon. Expediente: 20-010274-1158-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: catorce horas con siete minutos del veintisiete de Mayo
del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2022653577 )
A las ocho horas treinta minutos del cinco de agosto de dos mil veintidós, en la puerta exterior del local que ocupa
este juzgado, en el mejor
postor remataré, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo las citas:
0322-00004480-01-0901-001, servidumbre de paso bajo
las citas: 0516-00016462-01-0014-001, y con la base fijada pericialmente de ciento treinta y tres millones seiscientos
treinta y dos mil setecientos
sesenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos, la finca embargada inscrita en propiedad al Partido de
Alajuela matrícula número ciento ochenta y cuatro mil cero ochenta y tres- cero cero cero, naturaleza:
terreno de charral. Situada en distrito
cuatro Aguas Zarcas, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linderos:
al norte, Asociación Administradora del Acueducto
Rural de San Carlos, Sociedad Juan Pablo Primero, al sur, Asociación
Administradora del Acueducto
Rural de San Carlos y calle pública,
al este, Asociación Administradora del Acueducto
Rural de San Carlos, Aníbal Quesada, calle privada, y al oeste, Minervino Rodríguez. Mide cincuenta y un mil doscientos sesenta y cuatro
metros con setenta y dos decímetros
cuadrados. No se indica plano.
Propiedad de La Gota S. A.
Para la segunda subasta,
con la rebaja del veinticinco
por ciento de la base
original, sea la base de cien millones
doscientos veinticuatro mil
quinientos setenta y siete colones con once céntimos se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós.
Para la tercera subasta,
que iniciará con el veinticinco por ciento de la base original, sea la base de treinta y tres millones cuatrocientos ocho mil ciento noventa y dos colones con treinta y seis céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós. Se remata por ordenarse así
en proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra La Gota S. A. Expediente N°
15-000993-1202-CJ. Razón: Publicar
2 veces consecutivas en el Boletín
Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, 02 de junio del 2022.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022653648 ).
En este Despacho, con una base de veintiún millones quinientos ochenta y dos mil quinientos treinta y cinco colones con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
342-07771-01-0002-001 y servidumbre de paso citas: 2013-21151-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento noventa y seis mil ciento sesenta y tres, derecho 000, la cual es terreno de patio con dos casas de
habitación y un local comercial
destinado a pulpería. Situada en el
distrito 4-Nacascolo, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra
en zona catastrada. Linderos: al norte, Adolfo Sabino
Pereira; al sur, Adolfo Sabino Pereira, y servidumbre
de paso con un frente de 10 metros 60 cms; al este, Heidy Palacios Palacios; y al oeste, Adolfo
Sabino Pereira. Mide: seiscientos
ocho metros cuadrados.
Plano: G-1610314-2012. Identificador
predial:501040196163. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del cuatro de julio
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
doce de julio del dos mil veintidós con la base de dieciséis
millones ciento ochenta y seis mil novecientos un
colones con ochenta y nueve céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de julio del dos mil veintidós con
la base de cinco millones trescientos noventa y cinco mil seiscientos treinta y tres colones con noventa y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alfredo
José Bishting Lara. Expediente
N° 21-003942-1765-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
hora y fecha de emisión: diez horas con ocho minutos del siete de abril del dos mil veintidós.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022653727 ).
En este Despacho, libre de anotaciones
pero soportando los siguientes gravámenes: 1. Reservas y restricciones citas: 332-17595-01-0900-001, 2. Reservas y restricciones
citas: 332-17595-01-0901-001. 3. Reservas y restricciones citas:
402-11604-01-0904-001. 4. Reservas y restricciones citas:
402-11604-01-0905-001. 5. Servidumbre de paso citas: 474-05504-01-0002-001.
6. Servidumbre de paso citas: 487-11799-01-0006-001. 7. Demanda ordinaria
(correspondiente a este proceso) citas: 800-614812-01-0001-001. 8. Demanda
ordinaria (correspondiente a este proceso) citas: 800-614813-01-0001-001. 9.
Hipoteca en primer grado citas: 2015-62326-01-0001-001; sáquese a remate el
bien inmueble que a continuación se detalla: Finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 42533-F-000. Naturaleza: Finca filial uno, apta para construir
que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de
dos pisos. Situada en el distrito: tercero (Sardinal), cantón: quinto
(Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, filial tres y
Palmeras Hermosas de Guanacaste S.A; al sur, Finca filial dos; al este, Finca
filial tres y área común libre de acera, calle de acceso y zona verde y al
oeste, Valores Comerciales S. A. Mide: dos mil doscientos veinticuatro metros
con sesenta y ocho decímetros cuadrados, con las siguientes bases; Primer
Remate: ciento tres millones seiscientos diez mil quinientos cincuenta y ocho
colones con cuarenta y nueve céntimos (base original). Segundo remate: setenta
y siete millones setecientos siete mil novecientos dieciocho colones con
ochenta y seis céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate: veinticinco millones
novecientos dos mil seiscientos treinta y nueve colones con sesenta y dos
céntimos (un 25% de la base original). Asimismo, libre de anotaciones
pero soportando los siguientes gravámenes: 1.
Reservas y restricciones citas: 332-17595-01-0900-001, 2. Reservas y
restricciones citas: 332-17595-01-0901-001. 3. Reservas y restricciones citas:
402-11604-01-0904-001. 4. Reservas y restricciones citas:
402-11604-01-0905-001. 5. Servidumbre de paso, citas: 474-05504-01-0002-001. 6.
Servidumbre de paso citas: 487-11799-01-0006-001. 7. Demanda ordinaria
(correspondiente a este proceso) citas: 800-614814-01-0001-001. 8. Demanda
ordinaria (correspondiente a este proceso) citas: 800-614815-01-0001-001. 9.
Hipoteca en primer grado citas: 2015-62326-01-0001-001; sáquese a remate el
bien inmueble que a continuación se detalla: Finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 42535-F-000. Naturaleza: Finca filial tres, apta para
construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada en el Distrito tercero (Sardinal), Cantón quinto
(Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Bernie Davison Davison; al sur,
Finca filial uno y área común libre de acera y calle de acceso; al este, Área
común libre de acera y calle de acceso y al oeste, Finca filial uno y Palmeras
Hermosas de Guanacaste S. A. Mide: dos mil trescientos sesenta y tres metros
con ochenta y un decímetros cuadrados, con las siguientes bases; primer remate:
ciento noventa y siete millones cuatrocientos sesenta y seis mil ochocientos
veintisiete colones con setenta y seis céntimos (base original). Segundo
remate: ciento cuarenta millones cien mil ciento veinte colones con ochenta y
dos céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate: cuarenta y nueve millones
trescientos sesenta y seis mil setecientos seis colones con noventa y cuatro
céntimos (un 25% de la base original). Para el primer remate de ambas fincas se
señalan ocho horas y treinta minutos del veinte de julio del año dos mil
veintidós. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate de ambas
fincas, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de agosto del año
dos mil veintidós. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate de ambas
fincas, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del
año dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ordinario de Gabriel Jara Chacón contra El
Jardín de la Luz S.A y Pacific Coast
Construcción S. A. Expediente N° 14-000234-0388-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), 29 de abril del año 2022.
Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—(
IN2022653741 ).
En este Despacho, con una base de doscientos
cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre de trasladada citas
318-06677-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 635638-000, la cual es terreno con una casa de habitación,
destinada a vivienda. Situada en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Grupo Perigia
S. A.; al sur, calle pública con frente de 16.19 mt;
al este, Édgar Eduardo Marín Delgado y al oeste, construido de 3mt de ancho por
19.86 mt de largo. Mide: trescientos dieciséis metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del uno de
agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las quince horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintidós con la
base de ciento ochenta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós con la
base de sesenta y dos mil quinientos dólares exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ricardo Lizano Yglesias. Expediente N°
21-001502-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San
José, Sección Segunda, 03 de
junio del año 2022.—Susana Murillo Alpízar, Jueza Tramitadora.—( IN2022653745
).
En este Despacho, con una base de mil
trescientos veintidós dólares con veintidós centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT 670792. Marca: Honda Estilo: XR
250 tornado Categoría: motocicleta Capacidad:
2 personas Serie: 8CHMD3410JP300878 Tracción: 2X2. Año Fabricación: 2018.
color: blanco. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos
del veintiocho de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas cero minutos del ocho de agosto de dos
mil veintidós, con la base de novecientos noventa y un dólares con sesenta y
siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del diecisiete de agosto
de dos mil veintidós, con la base de trescientos treinta dólares con cincuenta
y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima de Vehículos Automotores contra
Braulio Sánchez Alvarado, Kuvus Logistiks
Inc. S. A. Expediente N° 21-001320-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de
emisión: trece horas con treinta y cinco minutos del dieciocho de noviembre del
dos mil veintiuno.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022653753 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de once millones cuatrocientos noventa mil seiscientos sesenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 458505-000. Que se describe así: naturaleza: terreno de solar, situada en el distrito:
06-Pital, cantón
10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos: norte: calle pública; sur: lote segregado a María Auxiliadora Solano González y Rafael Salas Barrantes;
este: lote segregado a María Auxiliadora Solano González y resto de Leonel Quirós Delgado; oeste:
resto de Leonel Quirós
Delgado. Mide: veintinueve
metros con veinticuatro decímetros cuadrados.
Plano: A-1289379-2008. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del trece de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de ocho millones
seiscientos diecisiete mil novecientos noventa y seis colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil
veintidós, con la base de dos millones
ochocientos setenta y dos
mil seiscientos sesenta y cinco colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de
Banco Nacional de Costa Rica contra Leonel Quirós Delgado. Expediente
N° 12-000262-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz). Hora y fecha
de emisión: dieciséis horas con treinta
y uno minutos del dieciocho
de mayo del dos mil veintidós.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022653755 ).
En este Despacho, con una base de setenta y un millón cuatrocientos diecinueve mil quinientos colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula
número 121755 F derecho 000, la cual
es terreno finca filial primaria
individualizada N-36 apta
para construir destina a uso de habitación la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el
distrito: 04-San Nicolás, cantón:
01-Taras, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada N-37; al
sur, finca filial primaria individualizada
N-35; al este, Hongos de
Costa Rica S. A., y al oeste, acceso
vehicular 6. Mide: 167.00 metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas del diecinueve de julio del año dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a nueve horas del veintiocho de julio del año dos mil veintidós, con
la base de cincuenta y tres
millones quinientos sesenta y cuatro mil seiscientos veinticinco colones (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del ocho de agosto del año dos mil veintidós, con
la base de diecisiete millones
ochocientos cincuenta y
cuatro mil ochocientos setenta
y cinco colones (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de José Francisco Mata Céspedes contra Riviera Vulcano Inter Ltda. Expediente N°
17-000227-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta
y siete
minutos del nueve de junio del dos mil veintidós.—
M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—( IN2022653795 ).
En este despacho, con una base de cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y un dólares con cincuenta centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
403-11259-01-0910-001, calle ref: 00073863 000 citas: 403-11259-01-0911-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 98455-F derecho
000, la cual es terreno:
finca filial uno destinada a uso
habitacional dos plantas en proceso de construcción. Situada
en el distrito
5-Concepción, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Coto y Compañía S.
A., área de parque;
al sur, área común construida destinada a acceso peatonal
y área común libre destinada
a zona verde; al este,
Finca Filial Dos; y al oeste, área de estacionamientos.
Mide: ciento cinco metros cuadrados. Plano:
C-1593721-2012. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del primero
de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil veintidós con la base de cuarenta
y dos mil cuatrocientos noventa
y seis dólares con doce
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintidós
con la base de catorce mil ciento
sesenta y cinco dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Kendy Del Milagro
Montenegro Corea, Vistas Del Este A Uno Sociedad Anónima. Expediente N° 21-008250-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 09
de junio del 2022.—Licda.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2022653812 ).
En este Despacho, con una base de diez millones doscientos
uno mil ciento treinta colones con cuarenta y dos céntimos, soportando demanda ordinaria citas: 800-679494-01-0001-001, demanda
ordinaria citas:
800-679495-01-0001-001, servidumbre de ancla citas: 2012-192101-01-0002-001,
servidumbre de ancla citas: 2012-192101-01-0003-001, servidumbre
de ancla citas:
2012-192101-01-0004-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0005-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0006-001, servidumbre de ancla citas: 2012-192101-01-0007-001,
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela matrícula 506.093-000 la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito:
01-Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, resto de Inversiones
Romdox Sociedad Anónima; al
sur, servidumbre pluvial; al este,
calle pública, y al oeste, resto de Inversiones
Romdox Sociedad Anónima. Mide: trescientos diecinueve metros cuadrados.
Plano: A-1641400-2013. Para tal efecto,
señalan las catorce horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós, con la base de siete millones seiscientos cincuenta mil ochocientos cuarenta y siete colones con ochenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de dos millones
quinientos cincuenta mil doscientos ochenta y dos colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). Con una
base de ocho millones novecientos treinta y tres mil ciento catorce colones con setenta y seis céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de ancla citas: 2012-192101-01-0002-001, servidumbre
de ancla citas:
2012-192101-01-0003-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0004-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0005-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0006-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0007-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 506.100-000,
la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito:
01-Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública; al
sur, servidumbre pluvial; al este,
Inversiones Romdox Sociedad
Anónima, y al oeste, Inversiones Romdox Sociedad Anónima. Mide: doscientos cincuenta y siete metros cuadrados. Plano:
A-1641408-2013. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del
primero de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós, con la base de seis millones
seiscientos noventa y nueve mil ochocientos treinta y seis colones con siete céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de dos millones
doscientos treinta y tres mil doscientos setenta y ocho colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Con una base de ocho
millones ciento treinta y tres mil seiscientos cincuenta y tres colones con doce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de ancla citas: 2012-192101-01-0002-001, servidumbre
de ancla citas:
2012-192101-01-0003-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0004-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0005-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0006-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0007-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 506.142-000,
la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito:
01-Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública; al
sur, Inversiones Romdox
Sociedad Anónima; al este, Inversiones Romdox Sociedad Anónima, y al oeste, Inversiones Romdox Sociedad Anónima. Mide: doscientos treinta y cuatro
metros cuadrados. Plano: A-1641545-2013. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós, con la base de seis millones
cien mil doscientos treinta y nueve colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de dos millones
treinta y tres mil cuatrocientos trece colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Con una
base de cinco millones trescientos quince mil cuatrocientos
ochenta y cuatro colones
con tres céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de ancla citas: 2012-192101-01-0002-001, servidumbre
de ancla citas:
2012-192101-01-0003-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0004-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0005-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0006-001, servidumbre de ancla citas:
2012-192101-01-0007-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 568.332-000,
la cual es terreno lote dos terreno para construir. Situada: en el distrito
1-Quesada, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Orlando Francisco Quesada Solís; al sur, calle pública; al este, Inversiones Romdox S. A., y al oeste, Inversiones Romdox S. A. Mide: doscientos veintitrés metros cuadrados. Plano: A-2073515-2018. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del primero de noviembre
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
novecientos ochenta y seis
mil seiscientos trece colones con dos céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de un millón trescientos
veintiocho mil ochocientos setenta y un colones con un céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
COOPEGRECIA R.L. contra Agencia de Viajes Aeronort S.A., María de Los Ángeles Solís Rodríguez, Orlando Francisco Quesada Solís. Expediente N° 21-005251-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con siete minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintidós.—Viviana
Salas Hernández, Jueza Decisora.—(
IN2022653836 ).
En este Despacho, con una base de tres millones doscientos
cinco mil novecientos noventa y cuatro colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo: BLK656,
Marca: Honda, Estilo: Civic, Categoría:
automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie: 2HGFA15536H508275, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2006, color: negro. Para tal
efecto, se señalan las nueve
horas cero minutos del siete
de julio del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del quince de julio del
dos mil veintidós, con la base de dos millones cuatrocientos cuatro mil
cuatrocientos noventa y cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticinco de julio del dos mil veintidós, con la base de ochocientos
uno mil cuatrocientos noventa
y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Suleidy
Camacho Espinoza. Expediente N° 21-001811-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: catorce horas con tres minutos del veintidós de abril
del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2022653837
).
En este Despacho, con una base de setecientos catorce mil ochocientos ochenta y tres colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo MOT-625040, Marca: Freedom, Categoría:
Motocicleta, Serie: LZSPCJLGXJ1900564, carrocería: Motocicleta, Tracción: 2X2, Número Chasis: LZSPCJLGXJ1900564, año fabricación: 2018, color: rojo, Vin: LZSPCJLGXJ1900564, Estilo: ZS 150-7, capacidad: 2
personas. Para tal efecto
se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del trece de julio de dos mil veintidós, con la base de quinientos
treinta y seis mil ciento sesenta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil veintidós, con la base de ciento setenta y ocho mil setecientos veinte colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Michael Gerardo Sirias Saborío. Expediente N° 20-000650-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con ocho minutos del once de mayo del
dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022653838 ).
En este Despacho, con una base de dos millones quinientos cincuenta y cinco mil ciento treinta y cuatro colones exactos, soportando colisiones 17-001729-0607-TR 201767902619, sáquese a remate el vehículo: BKS401, Marca: Toyota, estilo:
Echo, Categoría: automóvil,
Capacidad: 5 personas, serie:
JTDBT123225026375, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año: 2002, cilindrada: 1500 c.c.,
cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del veintiséis de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cincuenta minutos del
cuatro de agosto del dos mil veintidós,
con la base de un millón novecientos
dieciséis mil trescientos cincuenta colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del doce de agosto del dos mil veintidós, con
la base de seiscientos treinta
y ocho mil setecientos ochenta y tres colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra María Yamileth
López Jiménez. Expediente
N° 19-008100-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: nueve horas con diecisiete minutos del once de febrero del
dos mil veintidós.—Licda.
Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022653839 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones doscientos tres mil novecientos cincuenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: PB 001771, marca: N Toyota, estilo: Hiace, categoría: microbús, capacidad: 16 personas, carrocería: microbús, año fabricación:
2007, color: crema, vin: JTFSK22P800003163,
N° motor: 5L6016283, cilindrada: 3000 C.C,
combustible: diesel. Para tal efecto,
se señalan las quince horas quince minutos del veintiséis de julio del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas quince minutos
del nueve de agosto del dos
mil veintidós, con la base de seis millones novecientos dos mil novecientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas quince minutos
del dieciocho de agosto del
dos mil veintidós, con la base de dos millones trescientos mil novecientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra María Lucrecia Vega Ramírez. Expediente N° 20-006994-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con cuarenta y ocho minutos del treinta de setiembre del dos mil veintiuno.—Susana
Cristina Mata Gómez, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022653841 ).
En este Despacho, con una base de dos millones trescientos trece mil seiscientos setenta y ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BNC371; Marca:
Toyota, estilo: Yaris; Categoría: automóvil; Capacidad:
5 personas; Serie: JTDBT4K38A139297; año: 2010. Para tal efecto se señalan
las nueve horas quince minutos
del veintiséis de julio del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas quince minutos
del nueve de agosto del dos
mil veintidós, con la base de un millón
setecientos treinta y cinco mil doscientos cincuenta y ocho colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós, con
la base de quinientos setenta
y ocho mil cuatrocientos diecinueve colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Instacredit S. A. contra Junior Anatoly Alfaro Gutiérrez. Expediente N° 20-004953-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con veintidós
minutos del veintiséis de setiembre
del dos mil veintiuno.—M.Sc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza
Tramitadora.—( IN2022653842 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil quinientos cuarenta dólares con noventa y cuatro
centavos, libre de gravámenes, pero
soportando Denuncia por lesiones culposas
bajo las citas tomo: 2016
asiento: 00296041 Sec: 001; sáquese a remate el vehículo Placa
BHR264, Marca: Suzuki, estilo: AWIFT GA., Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie:
MA3ZC62S7FA759096, año:
2015, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback,
color: gris, tracción: 4x2, peso bruto: 952 kgrms.,
chasis y vin: MA3ZC62S7FA759096, cilindrada:
1200 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las nueve horas treinta minutos del cuatro de agosto del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas treinta minutos del doce del agosto de dos mil veintidós, con
la base de tres mil cuatrocientos
cinco dólares con setenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós, con la base de mil ciento
treinta y cinco dólares con veinticuatro centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Luis Santamaría González. Expediente N° 21-000914-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
16 de diciembre del 2021.—Lic.
Gonzalo Gamboa Valverde, Juez
Tramitador.—(
IN2022653849 ).
En este Despacho, con una base de un millón quinientos siete mil
ciento treinta y dos colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa 547020.
Marca: Nissan, Estilo Pathfinder, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5 personas, Año: 1998, color: blanco, Vin:
JN8AR05Y3WW228321, Cilindrada: 3300 c.c.,
combustible: gasolina. Motor Número
NR. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del uno de julio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del once de julio de dos mil veintidós, con
la base de un millón ciento
treinta mil trescientos cuarenta y nueve colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintidós, con la base de trescientos
setenta y seis mil setecientos
ochenta y tres colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Grupo Canafin S. A. contra Carlos Alfonso Chacón Solano. Expediente:17-014079-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 27 de enero del año 2022.—Yesenia Alicia Solano Molina, Juez
Decisor.—( IN2022653873 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas número 306-21120-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 206666-000, la cual es terreno para construir, lote F tres con un bar y un apartamento. Situada: en el
distrito Ipís, cantón Goicoechea,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, zona verde en medio avenida con 10 metros 60
centímetros;
al sur, Invu con 10 metros 49 centímetros; al este,
calle pública con 20 metros 28 centímetros, y al oeste,
Invu con 20 metros 26 centímetros. Mide:
doscientos trece metros con
noventa y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez
horas del diez de agosto
del dos mil veintidós
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas del treinta de agosto del dos mil veintidós, con
la base de doce millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro
y Préstamo
contra Víctor Hugo Bolaños
Hernández. Expediente
N° 20-003012-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de junio del año 2022.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022653882 ).
En este Despacho, con una base de un millón seiscientos dos mil seiscientos siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-534047, Marca United Motors, Estilo Xtreet 230, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año fabricación 2015, color blanco,
VIN LRPRPM205FA000014, combustible gasolina, cilindrada 230 c.c, N. Motor
165FMM8E300202. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de julio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio de dos mil veintidós con la
base de un millón doscientos
uno mil novecientos cincuenta
y cinco colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diez de agosto de dos mil veintidós con
la base de cuatrocientos mil seiscientos
cincuenta y un colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Gregorio Jesús Amador Espinoza Expediente:18-029008-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y dos minutos del veinticuatro de setiembre del dos
mil veintiuno.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(
IN2022653885 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones trescientos cuarenta y siete
mil doscientos dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
número ciento diecinueve mil ciento setenta, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito 2-Quebrada Grande, cantón 8-Tilarán de la provincia
de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, calle pública; sur, Hermanos Álvarez Araya; este,
Geiner Rodríguez Arias; oeste,
Hermanos Álvarez Araya. Mide: doscientos
setenta metros con trece decímetros cuadrados. Plano:
G-0555025-1999. Identificador predial:
508020119170__. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
cero minutos del cuatro de julio
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cero minutos
del doce de julio del dos
mil veintidós, con la base de dos millones
quinientos diez mil cuatrocientos un colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de julio del dos mil veintidós, con la base de ochocientos
treinta y seis mil ochocientos
colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Instacredit S. A. contra Deiler
Alejandro Pérez Álvarez. Expediente N° 21-004365-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y ocho minutos del siete de abril del dos mil veintidós.—Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2022653886
).
En este Despacho,
con una base de dos millones
doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas citas: 258-06894-01-0004-001 y reservas Ley
Caminos citas: 258-06894-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
163062-000, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Buenos Aires, cantón
3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, El Huerto del Edén S. A.; al sur calle pública con un frente a ella
de 14.50 metros; al este El Huerto
del Edén S. A. y al oeste
El Huerto del Edén S. A. Mide: ciento noventa
y dos metros con noventa y cinco
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del
once de agosto de dos mil veintidós
con la base de un millón seiscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós con
la base de quinientos cincuenta
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Edgar Cecilio Maroto Garro contra Mileidy Ávila Zúñiga. Expediente N°
1-002827-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: trece horas con uno minutos del ocho de Junio del dos
mil veintidós.—José Francisco Azofeifa
Barrantes, Juez Tramitador.—( IN2022653896 ).
En este Despacho,
con una base de quince millones
ciento veinticuatro mil doscientos ochenta colones
exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 279-03601-01- 0901-001, hipoteca
primer grado citas:
576-45280-01-0001-001, sáquese a remate la finca del
Partido de San José, matrícula número
ciento cuarenta y dos mil setenta y siete, derecho 000, la cual es terreno, terreno para construir. Situada en el
distrito: 02-El General, cantón:
19-Pérez Zeledón
de la provincia de San José. Colinda:
al norte: calle pública; al
sur: Luis Martín Elizondo Moreno; al este: Luis Martín Elizondo
Moreno; y al oeste: Mainor Giovanni Sánchez Mora.
Mide: cuatro mil sesenta y
dos metros con catorce decímetros
cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del uno de setiembre
de dos mil veintidós, con la base de once millones trescientos cuarenta y tres mil doscientos diez colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de tres millones
setecientos ochenta y un
mil setenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Minor Giovanni Sánchez Mora contra Inversiones Sol Internacional de Costa Rica y Panamá S. A., Sociedad Inversiones Digame Usted S. A. Expediente N° 22-000626-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: diez horas con dieciséis minutos
del dieciocho de mayo del dos mil veintidós.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2022653900
).
En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y dos colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos citas: 426-09176-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 92962, derecho
000, la cual es naturaleza:
para construir. Situada en el Distrito 2- Palmira Cantón 5-Carrillo de la Provincia
de Guanacaste Linderos: Norte: Marta María Roblero Roblero sur: Elia Camareno Camareno y Gerardo Guido
Guido ambos en partes este: Alejandro Guido Guido oeste: calle
pública
con un frent 12,37 metros. Mide:
cuatrocientos cuarenta y
cuatro metros con nueve decímetros
cuadrados. Plano: G-0864662-1989. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones
siete mil seiscientos cincuenta y seis colones con cincuenta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintidós
con la base de un millón trescientos
treinta y cinco mil ochocientos ochenta y cinco colones con cincuenta y dos céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Rafael Enrique
Guido Chavarría. Expediente:
21-005115-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste
(Santa Cruz). Hora y fecha de emisión:
trece horas con cinco minutos del treinta y uno de mayo
del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Decisor.—( IN2022653902 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 222-04836-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 49044 derecho
000, la cual es terreno
para construir con una
casa. Situada: en el distrito 1-Turrialba, cantón 5-Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Rubén Alvarado; al sur, Juan López; al este, calle segunda con 8,80 metros, y
al oeste, Sergio Castro Jiménez. Mide: ciento treinta
y seis metros con cuarenta decímetros cuadrados.
Plano: C-0399347-1980. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciséis de agosto del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del año dos mil veintidós, con la
base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del primero de setiembre del año dos mil veintidós, con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Automotores Dos Mil S. A. contra Fabián Andrés Quirós Chaves, Isaac Lorenzo Zúñiga Quirós, Martín Rigoberto Quirós Sáenz. Expediente
N° 21-008164-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 08 de junio del año
2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(
IN2022653912 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete mil trescientos treinta y nueve dólares con setenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo PB-002849 marca Toyota, estilo Hiace, categoría microbús, color plateado,
año 2017, capacidad 16
personas, número de serie
JTFSK22P6H0025254, chasis JTFSK22P6H0025254, vin
JTFSK22P6H0025254, características del motor: número de motor 5L6286386, cilindrada 3000
cc, potencia 68 kw, marca
Toyota, modelo LH222L-LEMDE, cilindros
4, combustible diesel. Para tal efecto
se señalan las trece horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós con la base de veinte
mil quinientos cuatro dólares
con setenta y nueve centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con
la base de seis mil ochocientos treinta
y cuatro dólares con noventa
y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander Antonio Chinchilla Sánchez. Expediente N° 21-000364-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, hora y fecha de emisión:
ocho horas con diecisiete minutos del veinte de mayo del
dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022653930 ).
En este Despacho, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós Con una base de un millón doscientos quince mil trescientos
doce colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-280098. Características Generales del Vehículo Marca: Mazda Estilo:
BT-50 Categoría: Carga liviana
Capacidad: 5 personas Serie: MM7UNY0W4E0935722 carrocería: Camioneta Pickup caja abierta o Cam-Pu Tracción: 4X4. Número Chasis:
MM7UNY0W4E0935722 año fabricación:
2014 color: plateado Vin: MM7UNY0W4E0935722 características del motor N. Motor: WLAT1385308 Marca:
Mazda N. Serie: N° indicado Modelo: UC6G Cilindrada: 2499
c.c. Cilindros: 4 Potencia:
86 KW combustible: diésel.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil veintidós, con la base de novecientos
once mil cuatrocientos ochenta
y cuatro colones con cincuenta
y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós, con la base de trescientos
tres mil ochocientos veintiocho colones con diecinueve céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Enmanuel José Ramírez Fonseca. Expediente:
21-000857-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro
de Golfito. Hora y fecha de emisión: once horas con dieciocho minutos del cinco de mayo del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo
Monge Blanco, Juez.—( IN2022653931 ).
En este Despacho, con
una base de siete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLQ531, marca: Honda estilo: Civic, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color:
azul, año: 2004, cilindrada: 1700 c.c, Combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos
del cinco de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de setiembre de dos mil
veintidós con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de
setiembre de dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos setenta y
cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un
mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.-
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Representación a
Mare Sociedad Anónima contra Mauricio Duran Pérez. Expediente N° 20-000871-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: siete horas con cuarenta y
dos minutos del veintinueve de abril del dos mil veintidós.—Liseth
Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022653939 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones ciento cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria, citas:
576-89163-01-0002-001 y demanda penal citas: 2009-43846-01-0012-001 del Juzgado
Penal del Segundo Circuito Judicial de San Jose, expediente N° 08-001597-0277-PE; sáquese
a remate la finca del Partido de San José, matrícula
N° 85913-C, derecho 069 naturaleza: potrero, casa C/2
casas, galerón,
situada en distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José de la provincia de San José. Linderos:
norte: Luis Abarca y Reyes
Meléndez; sur: Rio Tiribí, calle pública y otros;
oeste: Rio Tiribí otro.
Mide: cincuenta mil ciento veintitrés metros con noventa y seis decímetros cuadrados: Plano: no indica. Para tal
efecto se señalan las once
horas cero minutos del diez
de agosto de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veintidós de agosto de
dos mil veintidós, con la base de tres
millones ciento doce mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del treinta de agosto de
dos mil veintidós, con la base de un millón treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Alquileres Ramos AD Sociedad de Responsabilidad
Limitada, Leonardo Picado Duran contra Edgar Antonio
Mora Barrantes, Simona Pérez. Expediente N° 22-002694-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del
2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2022653943 ).
En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
diez mil trescientos sesenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito:
01-La Cruz, cantón: 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Francisco Morales Otros;
al sur, Juan Aviles Otros; al este,
Rosa Montiel y Otros; y al oeste,
calle pública otros. mide: trescientos veinticuatro metros con ocho decímetros cuadrados. Plano:
G-0426680-1981. Para tal efecto,
se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de julio del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del trece de julio del dos mil veintidós, con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil veintidós, con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mario Francisco Fernández
Bustos contra Brandon Alberto Chacón Coronado. Expediente N°
21-004146-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste.
Hora y fecha de emisión:
quince horas con uno minutos del diecisiete
de mayo del dos mil ventidos.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez
Decisor.—( IN2022653964 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve millones seiscientos cuarenta y cinco mil quinientos treinta y ocho colones con treinta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 326-19238-
01-0901-001; y plazo de convalidación
citas: 2009-202076-01-0006-001, sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y nueve mil veintiséis, derecho
cero cero cero, la cual es terreno con una casa, patio y jardín. Situada en el
distrito 3-Guaycara, cantón
7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rodrigo Vargas
Solano y William Mora Campos; al sur, calle pública con frente de 27,77 metros; al este,
William Mora Campos y al oeste, Adolfo Piedra Sánchez
y Rodrigo Vargas Solano. Mide: trescientos
setenta y ocho metros cuadrados. Plano: P-1342145-2009. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veinticuatro
de agosto de dos mil veintidós
con la base de catorce millones
setecientos treinta y cuatro
mil ciento cincuenta y tres colones con setenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del uno
de setiembre de dos mil veintidós
con la base de cuatro millones novecientos
once mil trescientos ochenta
y cuatro colones con cincuenta
y nueve céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Hermanos Acuña Chavarría O. R. Sociedad Anónima,
Rafael Ángel de Los Ángeles
Acuña Chavarría. Expediente N° 19-002110-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito, hora y fecha de emisión:
once horas con diecisiete minutos
del once de mayo del dos mil veintidós.—Gerardo
Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—(
IN2022654039 ).
Andrea Ramírez Hernández, cédula de identidad número 1-1339-0275, mayor, costarricense,
soltera, asesora comercial, vecina de Buenos Aires,
Guápiles, Pococí, Limón,
Calle Mango, última casa a mano derecha,
promueve diligencia de información
posesoria para inscribir a su nombre en
el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de cultivos y repastos, situado en Finca Nueve, en el distrito
tercero Las Horquetas, del cantón diez
Sarapiquí, de la Provincia
de Heredia. Mide: Tres mil trescientos
diecinueve metros cuadrados
(3.319m²). Linda al norte, con Jorge Arturo Campos
Villalobos, al sur, con servidumbre agrícola sin inscribir, el fundo sirviente
es propiedad de la promovente
y el titular del fundo dominante es el señor Carlos Porras Mora, al este,
con calle pública con un frente a ella
de 18.45 metros lineales y al oeste,
con Carlos Porras Mora. Graficado en
el plano catastrado Nº 4-2218748-2020. Inmueble
que fue adquirido mediante donación que le hizo el señor
Héctor de los Ángeles
Ramírez Porras, quien es su
padre. Fue estimado en la suma de tres
millones quinientos mil colones (¢3.500.000), misma suma en que fueron
estimadas las diligencias. Dicho
inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo,
no posee codueños y con las
presentes diligencias no se pretende
evadir las consecuencias de
un proceso sucesorio. Por
medio de este edicto se
llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro
del plazo de un mes, contado a partir de su publicación,
se apersonen en este Juzgado en
defensa de sus derechos, bajo los
apercibimientos legales en caso de omisión.
Expediente N° 22-000007-0507-AG, número
interno 10-4-22. Este edicto
debe de publicarse por una sola vez
y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial
de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones
Posesorias.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 07 de junio de 2022.—Lic. Daniel
González Sibaja, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022652806 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000155-0297-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Xinia
María Salazar Álvarez quien es mayor, estado civil casada, vecina de gonzamonse@yahoo.com, portadora
de la cédula número 0202990418, profesión,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
2 Florencia, cantón 10 San Carlos. Colinda: al norte, Roy Alberto Abarca Acuña y Ada Luz del Carmen
Porras Soto; al sur, Ada Luz Porras Soto; al este,
María Magdalena Hidalgo Solano, Ada Luz Porras Soto, y Marcial Barrantes Dobles y Xinia María Salazar Álvarez; y
al oeste, Gasolinera Santa
Clara S. A. Mide: doscientos
doce metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres
millones colones. Que adquirió dicho inmueble compra e hiciere el señor
Norman Jiménez Berrocal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en cercar el
terreno, limpiarlo y utilizarlo como parqueo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Xinia
María Salazar Álvarez. Expediente N°
22-000155-0297-CI-4.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y nueve minutos del veinte de abril del dos mil veintidós.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022653049 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
210005070640CI donde se promueve
Información Posesoria por parte de María Auxiliadora Maroto Quirós, quien es mayor, estado civil: casada una vez,
vecina de San Rafael de Oreamuno, costado
norte de la plaza de deportes,
portadora de la cédula número
0304330869, profesión: oficios
domésticos, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno casa habitación. Situada: en el
distrito San Rafael, cantón
Oreamuno. Colinda: al norte,
con José Alberto Guillén
Gutiérrez; al sur, calle pública con; al este, con José Alberto Guillén Gutiérrez, y al oeste, con Kattia Patricia Guzmán
Rivera. Mide: ciento veintinueve metros cuadrados
metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en mantener y vivir
en la casa de habitación,
que construyo mi abuela. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por María Auxiliadora Maroto Quirós. Expediente N° 210005070640CI-9.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con un minutos del primero de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—(
IN2022653235 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000137-0386-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Margarita María Novo Díaz quien es mayor, estado civil casada una vez,
profesión u oficio traductora interprete médico, portadora de la cédula número 05-0230-0702, vecina de
San Rafael de Heredia, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno de solar y construido.
Situada en Liberia, distrito Primero Liberia, cantón
Primero Liberia. Colinda: al norte,
con Grupo de Inversiones Gloscar
S. A.; al sur, con calle pública
con un frente de tres
metros con noventa y siete centímetros lineales; al este, con Conrado Estrada Baltodano; y al oeste, con María Melbi Díaz Madrigal. Mide: ciento treinta
y cuatro metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación
de su madre María Melbi Díaz Madrigal el día 23 de abril de 2022, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en mantenimiento de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Margarita María Novo
Díaz. Expediente N° 22-000137-0386-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y cinco minutos del tres de junio del dos mil veintidós.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022653285 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Arturo
Pacheco De Benedictis, quien
en vida fuera
mayor, casado una vez, cédula de identidad número uno-cero seiscientos cincuenta y nueve-cero seiscientos cincuenta y cinco, quien falleció
en San José, cantón
Central, distrito Carmen, veinte
de enero del dos mil veintidós,
vecino de San José, Zapote, Barrio Quesada Durán, urbanización La Alborada; para que dentro
del término de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría, situada en San José, Zapote, de la agencia
del Banco de Costa Rica ciento veinticinco
metros al sur, en defensa
de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que en su omisión la herencia pasará a quien corresponda.—San José, ocho de junio de dos mil veintidós.—Licda. Maricela Ramírez Amador, carné
19684, Notaria.—1 vez.—(
IN2022652621 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Gerardo Antonio Herrera Sánchez, mayor, estado civil divorciado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0501411468 y vecino
de Río Claro, 500 noroeste de la entrada al Guabo, casa después del puente de San Ramón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000041-0422-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo
de Golfito (Materia Civil), hora y fecha
de emisión: diez horas con cuarenta y uno minutos del veintisiete de mayo del dos mil veintidós.—Lic.
Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022652625 ).
Se emplaza a todos los interesados en el
proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Jorge Godínez Arroyo, mayor,
Soltero, Pensionado, vecino de San José, Pérez Zeledón, San Isidro, Rivas, cien
metros al sur del Cementerio de Rivas, portador de la cédula de identidad
número uno- trescientos sesenta y cinco- cero cincuenta y cinco, para que
dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero
uno- dos mil veintidós. Notaría. Merlin Leiva
Madrigal. San Isidro de Pérez Zeledón, San José, Edificio María Teresa, Segunda
planta, local número seis, ciento veinticinco metros Oeste del parque, en
Bufete Leiva y Asociados.—Lic. Merlin
Leiva Madrigal.—1 vez.—( IN2022652635 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dolores Bermúdez Bermúdez, mayor, viuda, pensionada costarricense, con documento de identidad N° 01-0200-0630 y vecina
de San José, Escazú. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000243-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil
de San José, 06 de mayo del 2022.—Licda.
Paula Elena Sáenz Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(
IN2022652637 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Bolívar Cruz Cruz, mayor, estado
civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0201450599 y vecino de Heredia. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000139-0390-CI-5.—Juzgado Civil de Heredia, hora
y fecha de emisión: dieciséis
horas con cincuenta y nueve
minutos del siete de junio del dos mil veintidós.—Licda.
Lidieth Venegas Chacón, Jueza.—1 vez.—( IN2022652644 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión del señor Hernán Azofeifa
Lizano, mayor de edad, soltero, pensionado, vecino de
Heredia, Santo Domingo, 150 metros norte de la Iglesia San Martín, cédula de identidad
número 1-0668-0096, fecha
del fallecimiento 05/05/2022, para que, dentro del plazo de 15 días, contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos, que, si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del licenciado Andrés Oviedo Sánchez, sita
en Heredia. Expediente N°
22-000001-AOS.—Heredia, 01 de junio
del 2022.—Lic. Andrés Oviedo Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2022652670 ).
En mi notaria se inicia sucesorio notarial de quien en vida fuera
Walter Martín Jiménez Garita,
mayor de edad, casado una vez, comerciante,
vecino de San José, Desamparados, Los Guido, Sector tres, casa número dieciséis, cédula de identidad número 104970548, y comprobado el fallecimiento. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Lic. Manuel Mora Ulate, Notario Público.—1
vez.—( IN2022652694 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Yesica Gabriela Meléndez Benavides,
mayor, estado civil divorciada,
profesión u oficio operaria industrial, nacionalidad
costarricense, con documento
de identidad N° 0205880737 y vecina
de: Alajuela, San Isidro, doscientos metros oeste del puente de San Jerónimo. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000304-0638-CI-7.—Juzgado
Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha
de emisión: ocho horas con cuarenta y siete minutos del dos de junio del dos
mil veintidós.—Licda. Jenny María Corrales Torres,
Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022652697 ).
Se emplaza: a todos los
herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados en la
Sucesión Notarial Testamentaria de quien en vida fuera Luis Alberto Salazar Sandí,
mayor, casado una vez, taxista, costarricense con cédula uno-cero seiscientos
veintidós-cero ciento veinte, vecino de La Aurora de Heredia, para que dentro
del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que
si no se presentan en el plazo citado, aquella (herencia) pasará a quien
corresponda. Expediente Notarial Nº WG-cero
uno-dos mil veintidós-Notaria Licenciado Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, en San
José, Condominio Las Américas, nivel mezanine, oficina número nueve, costado
sur del Banco de Costa Rica en avenida segunda.—San
José, diez horas cincuenta y cinco minutos del nueve de mayo de dos mil
veintidós.— Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2022652705
).
Con quince días plazo, contados
a partir de la fecha de publicación de este edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó Iris Segura García, quien en vida fue,
mayor, casada una vea pensionada, cédula número uno-cuatrocientos cuarenta y dos-trescientos cuarenta y cinco, vecina de San José, Aserrí, Barrio María Auxiliadora, calle Zúñiga, detrás del salón Comunal, a fin de que comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo,
la herencia pasará a manos
de quien o quienes hayan demostrado en el proceso
su legítimo derecho a heredar. Asimismo, se le previene acerca del señalamiento de un medio (fax o correo
electrónico), para atender
sus futuras notificaciones,
apercibidos de que en caso de no hacerlo, o bien que el medio escogido imposibilite su notificación por causas ajenas a
esta Notaría, las resoluciones que se dicten se les
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igualmente, se les hace saber que,
de surgir controversia en relación a la tramitación de esta sucesión en esta
sede, se procederá a dar por terminado
el proceso en sede notarial para su inmediata remisión
a la sede judicial. La dirección
de esta notaría es en Aserrí, San José, frente
a la Escuela Santa María, teléfono número veintidós treinta-noventa catorce, expediente número cero cero seis-dos mil veintidós.—Aserrí, San José, nueve horas del
siete de junio del dos mil veintidós.—Licda. Karina del
Carmen Badilla Abarca,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022652717 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Hannya Raquel López Méndez,
cédula 2–0573–0569, David Vinicio López Méndez, cédula 2–0545–0584 y Jannis Cristina López Méndez, cédula 2-0599-0385 y comprobado el fallecimiento
de Flor María Del Carmen Méndez Arce, quien fue mayor, costarricense, divorciada, ama de
casa, cédula de identidad número
2–0350–0163, quien en vida fue vecina
de San José de Naranjo, cuatrocientos metros suroeste del Salón Esquivel, calle
Las Palmeras, quien falleció el 15 de mayo del 2021, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República. Notaría del Lic. Grazy Calvo López. San José, Moravia, Lindo Horizonte, Casa
quince A. Teléfono 88346973. 8 de junio
del 2022.—Lic. Grazy Calvo López.—1 vez.—( IN2022652739 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Lilliana María Godínez López, mayor, estado civil divorciada, profesión comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0107340967 y vecina
de San José, La Uruca, de Repretel
100 metros al oeste, 200 metros sur y 150 al oeste. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000090-0180-CI-2.—Juzgado Primero Civil
de San José, 20 de mayo del año 2022.—Licda. Tatiana Chaves
Sánchez, Jueza.—1 vez.—( IN2022652740 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Celia Rocha Umaña, mayor, casado/a,
oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad 0201990359 y vecino(a)
de San Juan de Florencia, un kilómetro quinientos metros al este de la
Plaza de deportes. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000480-0297-CI-1.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión:
quince horas con veinte minutos
del cuatro de noviembre del dos mil veintiuno.—Adolfo
Mora Arce, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022652741 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de Ronald
Vega León, cédula N° 109100680, con domicilio en Alajuela, para que, dentro del
plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quién corresponda. Expediente N°
1-2021. Oficina Alajuela Av. 7 C. 1y 3.—Denia Cruz Morera, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2022652748 ).
A solicitud del albacea y heredera de quien
en vida fuera su esposo Ronny Jose Dobrosky Rojas,
quien fue mayor, casado, comerciante, con cedula de identidad número 7-153-280
y de ultimo domicilio en esta ciudad de Limón, Barrio Cristóbal Colon primera
entrada a la derecha después de la iglesia católica, se avisa que se ha
iniciado el tramite su Sucesión Notarial, y que la
heredera ha aceptado la herencia. Cualquier persona que tenga interés en este
sucesorio deberá apersonarse en las oficinas del Notario Público Licenciada
Ania Bonilla Rivas dentro de los 15 días siguientes de la publicación de este
aviso, a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos que si no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
0003-2022. Notaría del Bufete de Licda. Ania Bonilla Rivas.—Licda.
Ania Bonilla Rivas.—1 vez.—( IN2022652772 ).
De conformidad con el
artículo 126, inc. 3 del Código Procesal
Civil, se cita y emplaza a los interesados en la sucesión en sede notarial del causante: Lidio Ramón Jiménez Barquero, quien fuera mayor, divorciado una vez, agricultor, último domicilio: Sarchí Norte Alajuela, 150 metros norte
del puente sobre el Río Trojas, cédula 2-202-131,
para que dentro del plazo
de 15 días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quién corresponda. Expediente número: 0001-2022, notaria del Bufete
Mena & Asociados. Teléfono
83838481.—Lic Fernando Mena Alvarado, Notario.—1
vez.—( IN2022652776 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos
interesados en la sucesión de quien en vida fuera
Juan De Dios Cubero Vega, mayor, casado una vez, ingeniero
Agrónomo, vecino de San
José, Zapote, de la Escuela Napoleón Quesada cien metros noreste, frente al Minisúper Barato, portador de la cédula de identidad número uno-cero doscientos ochenta y siete-cero setecientos setenta y uno, para que, dentro
del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos. En consecuencia, cualquier otro heredero o interesado deberá concurrir ante la suscrita notario para lo que corresponda. Expediente cero cero uno-dos mil dieciocho. Notaría de la licenciada Ana Cristina Moya Bedoya, sita
en San José, Zapote,
Montealegre, avenida veinticuatro, entre calles veintisiete y veintinueve, Edificio Jurys Asesores.—San José, 07 de junio del 2022.—Licda. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022652815 ).
Por apertura en mi notaría, a las 16 horas del día 02 de junio
del 2022 y probada la muerte,
se declara abierto el sucesorio notarial, de quien fuera Bemy
Calderón Fonseca, cédula N° 1-700-941. Se cita y emplaza a los interesados
para que dentro del plazo
de 30 días naturales, contados a partir
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rónald Córdoba Artavia, 50 metros sur de los Tribunales, Ciudad Quesada,
San Carlos, Alajuela, teléfono 2460-2475.—Lic. Rónald Córdoba Artavia, Notario.—1
vez.—( IN2022652817 ).
Se hace saber: En este Juzgado se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Hermann Pedro Koschny Saborío, mayor de edad,
costarricense, portador de
la cédula de identidad N° 02-0137-0087, casado una vez, pensionado, y vecino de Alajuela, Poás, Carrillos Bajos. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000068-0297-CI-9.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y ocho minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós.—Lic.
Víctor Obando Rivera, Juez.—1 vez.—(
IN2022652824 ).
Mediante actas de apertura
otorgadas ante esta Notaría suscritas por José Francisco, casado una vez, pensionado, cédula
3-192-32; Eduardo, casado una
vez, empresario, cédula 3-202-999; María De Los Ángeles,
divorciada, ama de casa, cédula 3-215-818; Rosa María, viuda,
cédula 1-488-330: Ana Cecilia, soltera, ama de casa,
cédula 1526-392; y Roberto, soltero, empresario,
cédula 1-588-734; todos vecinos
de San José, apellidos Cordero Moya; y comprobado el fallecimiento
de Eduardo Cordero González,
cédula 3-092-803, mayor, casado, vecino
de San José, Hatillo, deceso ocurrido
el 07 de junio de 1995, y
de María Teresa Moya Gómez, cédula 3-103-222, mayor, viuda de únicas nupcias, vecina de San José,
Hatillo, deceso ocurrido el 26 de octubre del 2020, esta Notaría ha declarado abiertos ambos procesos sucesorios testamentarios. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, Notaría del Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez. San José, ocho de
junio del dos mil veintidós,
La Uruca, Residencial Robledal
casa treinta y cinco, frente al Parque del Hotel San José Palacio. Teléfono 8380-5400. Publicar una vez.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2022652837 ).
En mi notaría, se tramita sucesorio ab intestato de quien en vida
se llamó Ana Lorena Green Green,
cédula número siete-cero cero ocho seis-cero
tres tres uno, suceso ocurrido el día
trece de abril del año dos mil veintidós, y su último domicilio fue en
Limón, Siglo
Veintiuno, detrás de la
Central de Taxis. Se cita y emplaza
a los interesados para que,
dentro del plazo de quince
días hábiles a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, sita San José, San José, avenida segunda frente las oficinas centrales del Banco Costa
Rica, Condominio Las Américas,
tercer piso, sacando cita al correo: licda.sarita@hotmail.com.—San
José, nueve de junio del año dos mil veintidós.—Licda. Sara Montero Castrillo,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022652873 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de Gerardo
de Jesús Sánchez Ríos, costarricense, quien fue casado
una vez, dependiente, cédula de identidad número 1-0555-0015, quien fue vecino de San Ramón de Río Claro,
Centro, Puntarenas, quien falleció
el día 4 de abril del 2013,
en República Panamá, para que, dentro
del plazo de treinta días a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2022-02. Notaría de Marcos Vinicio Barrantes Aguilar, frente a la
Antigua Delegación de la Fuerza
Pública
de Río Claro, Golfito, Puntarenas.—Lic. Marcos Vinicio Barrantes
Aguilar, Notario Público.—1 vez.—( IN2022652876 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
José Rafael Sánchez Rojas, mayor, estado
civil casado, profesión u oficio soldador, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0301850246 y vecino
de Orosi, Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 17-000004-1457-CI-5.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta
y seis minutos del veintidós de abril
del dos mil veintidós.—Luis Diego Romero
Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022652878 ).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida fuera Cristina Jiménez Murillo,
quien era mayor de edad, Soltera, Ama de casa, portadora de la cédula de
identidad Nº2-0139-0949, quien era vecina Alajuela, Sarchí Sur, Imas, Dos, para que dentro del
término de Ley, a partir de esta publicación se apersonen a este proceso a
hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo
indicado la herencia pasará a quien corresponda. Alajuela, 03 de marzo del
2022, Apertura de Testamento, que se tramita ante la Notaría Pública del Lic.
Hugo Salazar Solano, Expediente: N° 01-2022, correo:
huggo132000©yahoo.es.—Lic. Hugo Salazar Solano,
Notario.—1 vez.—( IN2022652886 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Maritza Alvarado Calero, mayor, divorciada, peón agrícola, nicaragüense, con documento de identidad N° 155801204312, y vecina de Buenos Aires de Venecia, San Carlos, 700 metros norte
de la Escuela, casa a mano derecha. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000052-0297-CI-9.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
10 de febrero del año
2021.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—
1 vez.—( IN2022652913 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Norma Isabel Rojas Sánchez, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio no indica, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
N° 0103860931 y vecina de no indica. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto, expediente N° 22-000069-0217-CI-5. Nota:
publíquese por única vez en
el Boletín
Judicial según el artículo 126.3 del Código Procesal
Civil.—Juzgado
Civil del Tercer Circuito
Judicial de San José (Desamparados), hora y fecha
de emisión: diecisiete
horas con veintiséis
minutos del veinticuatro de
febrero del dos mil veintidós.—M.Sc. Wálther
Obando Corrales, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2022652921 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Guido Barrantes Bogantes, costarricense, mayor de edad, casado, cédula N° 0201890220 y vecino de San Juan de Grecia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000147-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión: ocho horas con veinte minutos del ocho de junio del dos mil veintidós.— Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1
vez.—( IN2022652939 ).
Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión del señor Alfonso Ramón Faba Alpízar, quien fue mayor, divorciado de sus segundas nupcias, contador público, vecino de San José, San Juan de Tibás
de la Iglesia Bautista cincuenta
metros al norte, cédula número
uno-cero seiscientos setenta
y cuatro-cero cuatrocientos treinta
y uno para que dentro del plazo
de quince días hábiles a partir
de esta publicación comparezcan a esta notaria a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener
derecho a la herencia, de que si
no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero uno-dos mil veintidós. Se advierte a los interesados que las comunicaciones y escritos se recibirán en esta
notaria situada en calle treinta y cinco sur entre vía doscientos once y avenida cincuenta, San Francisco de Dos Ríos, de lunes a viernes con horario de las nueve horas a las dieciséis horas
con treinta minutos o al correo electrónico
gonzalogarzona@ice.co.cr. Publíquese.—Lic. Gonzalo Albero
Garzona Meseguer, Notario Público.—1 vez.—( IN2022652941 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Ángel Cesar Cruz Quesada, mayor, estado
civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0500530228 y vecino
del Porvenir de Aguas Claras de Upala. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000126-1143-CI-9.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Civil), 07 de abril del 2022.—Lic. Jainer
Alonso Gamboa Muñoz, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2022652949 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Henry Francisco Sequeira Rivera, mayor, transportista, casado una vez, nacionalidad
costarricense, con documento
de identidad N° 1-1020-040, y vecino
de San José, Moravia, del Centro Comercial Plaza Los
Colegios, 25 metros este, portón
café de verjas, entrada privada,
casa 10, portón grande. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000239-0181-CI-5.—Juzgado
Segundo Civil de San José, 12 de mayo del año 2022.—Licda. Nathalie Palma
Miranda, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022652997 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Leonel Centeno Madrigal, mayor, estado civil. divorciado, profesión u oficio: ingeniero civil, nacionalidad: costarricense, con documento de identidad N° 0105020963,
y vecino San José, Escazú.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000571-0180-CI-4.—Juzgado Primero Civil
de San José, 13 de octubre del año 2021.—Licda.
Tatiana Chaves Sánchez, Juez/a Decisor/a.—1
vez.—(
IN2022653008 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Francisco Antonio Fonseca García, mayor, estado civil
casado, profesión u oficio comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°
0104420892 y vecino Alajuela, el
Coyol. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000049-0638-CI-6.—Juzgado Civil
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintidós horas con treinta y
cuatro minutos del veinticinco
de febrero del dos mil veintidós.—Luis Guillermo
Ruiz Bravo, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2022653011 ).
Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Yolanda Eugenia Soto Álvarez, Iliana Mayela conocida como Ileana Mayela Soto Álvarez,
Jorge Mario Soto Álvarez y Rodrigo Soto Álvarez, a las diecisiete
horas del veinticuatro de febrero
del dos mil veintidós, y comprobado
el fallecimiento de Rodrigo
Soto Jiménez, mayor, casado una
vez, pensionado, cédula número dos-cero
uno ocho dos-cero seis cuatro siete,
vecino de Alajuela, del Banco Popular cien metros al este y ciento cincuenta metros al sur, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada
en Naranjo, veinticinco
metros al norte del Parque Infantil,
teléfono:
2451-3304, a hacer valer
sus derechos.—Naranjo, ocho
horas del primero de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Katia María Ledezma Padilla, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2022653013 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Ricardo Francisco Salas González, mayor, estado civil
casado, profesión u oficio oficial de seguridad, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0107570997 y vecino de
Heredia Barva. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras
y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez, el cual
deberá de ser cancelado por la parte interesada.
Expediente N° 22-000496-0504-CI-0.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas
con trece minutos del ocho de junio del dos mil veintidós.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2022653014 ).
Se tramita proceso sucesorio notarial de quien en vida fue
José María Jiménez Cruz. Se cita y emplaza
a todos los herederos e interesados para que,
dentro del plazo máximo de quince días, contados a
partir de esta publicación comparezca ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Licda. Elena Floribeth Argueta López, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022653026 ).
Se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en el sucesorio
notarial acumulado de Yolanda Ly Pereira, cédula N°
300900491 y Alfonso Madriz Calderón, cédula N° 301460868, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría para hacer valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de ese término, ésta pasará
a quien corresponda.
Cartago, costado norte Tribunales de Justicia.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez. Tel 8914-0020, cédula N° 105690003, Notario.—1
vez.—( IN2022653039 ).
Se declara la apertura
del proceso sucesorio
notarial de quien en vida fue:
Juan Carlos de Jesús Campos Sánchez, casado una vez, asistente
de ingeniería acueductos y alcantarillados, cédula de identidad
cuatro-cero ciento tres-cero
cuatrocientos once, vecino
de Heredia, Mercedes Norte, Urbanización San
Gerardo, del Súper Mercado MT cien
metros al oeste, muerte inscrita al tomo: noventa y dos folio: trescientos treinta y siete asiento: seiscientos setenta y cuatro, fallecido el diez
de noviembre del dos mil siete.
Se emplaza a todos los herederos, acreedores e interesados por quince días hábiles de acuerdo con el artículo quinientos veintinueve del Código Civil. Dirección
electrónica mary.fra@hotmail.com, teléfono
8868-5096, expediente N° 0001-2022-NO.—Licda. María Jesús Espinoza Garro,
Notaria.—1 vez.—(
IN2022653041 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Luis Enrique Marin Aguilar, mayor, estado civil soltero/a, profesión u oficio comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0203820402 y vecino(a)
de Quesada. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000201-0297-CI-2.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 22 de julio del 2020.—Adolfo Mora Arce, Juez/a
Decisor/a.—1 vez.—( IN2022653043 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por
Luis Antonio Cornavaca González, a las diecisiete horas del catorce de
mayo del año dos mil veintidós
y comprobado el fallecimiento de Hilda Cedeño Segura, mayor, casada una vez,
ama de casa, vecina de Barranca de Puntarenas, Barrio
Los Ángeles, veinticinco
metros al oeste del Abastecedor
El Hogar; esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
Lic. Ronny Gerardo Schmidt Céspedes,
Marañonal de Esparza, quinientos
cincuenta metros al norte
del Banco de Costa Rica Teléfono 8830-9993.—Dieciséis de mayo del dos
mil veintidós.—Lic. Ronny
Gerardo Schmidt Céspedes,
Notario Público.—1 vez.—( IN2022653064 ).
Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de ley, a partir de esta publicación, comparezcan ante esta notaría, sita
en San José, Barrio Francisco Peralta, de la Casa
Italia cincuenta metros al este,
Bufete 2938, con el fin de hacer valer sus derechos, dentro del proceso sucesorio notarial. Expediente
2-2022, de quien en vida fue Ronald Shaw Mora, casado una vez,
cédula 1-0737-0186, vecino de San José, Zapote
Centro, apercibidos los que
crean tener derecho a la herencia, de que, sí no se presentan en el
plazo, la herencia pasará a quién corresponda.—San
José, ocho horas del seis de junio
del dos mil veintidós.—Lic.
Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2022653086 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos
e interesados en la sucesión de Michael José Rizo
Marín mayor de edad, soltero,
cajero, con cédula de identidad
número: cinco-cero trescientos noventa y cinco-cero ciento tres, vecino de Tilarán, Guanacaste, en Barrio
Los Guanacastes, cien
metros al sur y cuarenta y cinco
metros al este de la Estación
de Bomberos, quien falleció
el día veintiuno de mayo
del dos mil veintidós, para que dentro
de quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos. Se apercibe a
quienes crean tener calidad de herederos, legatarios y acreedores, que si no se presentan dentro de este término, la herencia pasará a quien corresponda. Dirección de notaría: Bufete Wattson, frente a Gasolinera Tilarán, en Centro de Tilarán, Guanacaste. Teléfono
2695-5725, fax 2695-6022. Correo electrónico:
gwattsong@gmail.com. Expediente N° 0001-2022.—Tilarán, nueve
de junio del dos mil veintidós.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.—1 vez.—(
IN2022653092 ).
Ante esta notaría, mediante
acta de apertura otorgada por Samarcandra Rodríguez Ruiz,
mayor, casada una vez, pensionada, vecina de seis treinta y uno Trinette Avenune, Garde Grove,
CA, Estados Unidos de Norteamérica, cédula de identidad número: seis-cero uno tres tres-cinco uno cinco, María Lorena Rodríguez Ruiz, empresaria, divorciada una vez, vecino
diez mil doscientos treinta y nueve Lemona Avenue, Missions Hills CA, Estados
Unidos de Norteamérica,
cédula de identidad número:
seis-uno cuatro cuatro-tres ocho
cero, Eva Hernández, siendo Hernández su
único apellido en virtud de su
nacionalidad estadounidense,
vecina de: seiscientos dos Yorshire Avenue, Pasadena TX setenta
y siete mil quinientos tres de Estados Unidos de Norteamérica, maestra, casada una vez,
pasaporte estadounidense tipo P número: cinco cero cinco tres tres seis cero seis seis y Patricia Marcela Stammich,
siendo Stammich su único apellido
en virtud de su nacionalidad estadounidense, vecina de: quince
mil ochenta y tres Camden
Lane Frisco, TX, de Estados Unidos de Norteamérica, ama de casa, casada
una vez, pasaporte estadounidense tipo P número: seis seis cero cero tres cinco cinco
seis cero, a las catorce horas del tres de junio del año dos mil veintidós y comprobado
el fallecimiento de María Felipa Neri Ruiz Salazar, mayor, divorciada
una vez, vecina de Rio Naranjo de Bagaces, doscientos
cincuenta al oeste de la
Plaza de Fútbol, cedula de identidad número: cinco-cero cero siete seis-cero nueve ocho uno, fallecida el treinta y uno de Mayo del año dos mil veintidós, en
Liberia y la existencia y validez
del testamento por él otorgado; esta
Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio testamentario. Se
cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría ubicada
en
Bagaces, ciento veinticinco metros al este del
Instituto Costarricense de Electricidad,
Teléfono: ocho ocho uno dos-uno ocho dos cero, a
hacer valer sus derechos.
No se tiene como parte a la Procuraduría General
de la República, tal como ésta lo ha indicado. Bagaces, a
las diez horas y treinta y cinco minutos del seis del mes de junio del año dos mil veintidós. Expediente: 01-2022.—Lic. Romell Alberto Chevez Ordoñez, Notario—1 vez.—( IN2022653094 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Juan Rafael Chaves Prada, mayor, estado civil soltero, oficio agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0301710919 y vecino de
Turrialba, Santa Teresita. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000065-0341-CI-6.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de
Turrialba, hora y fecha
de emisión: trece horas con
dieciocho minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintidós.—Licda.
Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza Tramitadora.—
1 vez.—( IN2022653106 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Claudio Eliecer del Carmen Villalobos González,
mayor, estado civil Casado, nacionalidad
costarricense, con documento
de identidad 0100820075 y vecino
de Heredia.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000482-0504-CI-9.—Juzgado
Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veintiocho minutos del siete de junio del dos mil veintidós.—Licda. Lidieth Venegas Chacón, Jueza.—1 vez.—( IN2022653114 ).
Mediante acta de apertura ante esta notaría, José Andrés Pacheco Obando, mayor, soltero,
estudiante, vecino de
ciudad de San José, Tibás, San Juan, cien metros al norte y cincuenta metros al este de la
Municipalidad, a las ocho horas con cincuenta minutos del 8 de junio del 2022, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
José Luis Pacheco Jiménez, mayor, divorciado, ingeniero agrónomo, con cédula de
identidad número uno-trescientos setenta y ocho-setecientos treinta y seis, vecino de Vázquez de Coronado centro,
frente a Cafetería Kaffa, fallecido el día 16 de enero del 2022. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de 30 días naturales, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Luis Diego Elizondo Esquivel, con oficina en la ciudad de Alajuela,
INVU Las Cañas,
cincuenta metros al oeste
del antiguo colegio.—Lic. Luis Diego Elizondo Esquivel, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022653117 ).
Conforme lo dispuesto por nuestro del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó:
Tácito Jiménez Delgado, para que en
el plazo de treinta días naturales contados a
partir de la publicación de
este edicto se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el entendido de que sí no lo hacen la herencia pasará a quiénes legalmente corresponda.—Palmares, nueve
de junio del dos mil veintidós.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.
Teléfono: 2453-5500.—1 vez.—( IN2022653121 ).
Por una vez, se emplaza
al sucesorio en sede notarial extra protocolario
de José Alfredo Rodríguez Salas, cédula N° 7-0149-0259, fallecido el día 23 de noviembre del 2021, por 15 días a
partir de esta publicación a mi notaría, avenida
12, número 2375, a los interesados hacer valer derechos de oposición o interés, en la apertura, nombramiento de albacea, declaración de herederos y los gananciales respectivos a la señora Karla Vanessa Sequeira Mairena, cónyuge del causante. Albacea nombrado el día 11 de enero del 2022, el señor: Luis Alonso Rosales Castillo, cédula N° 5-0335-0030.
Expediente N° 02-2022-WRHJ-4966. Es todo.—San
José, 15 de enero del 2022.—Lic.
Walter Rubén Hernández Juárez, Notario Público.—1
vez.—( IN2022653127 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida
fuera el señor Joaquín Sáenz Obando, mayor, costarricense,
pensionado, casado dos veces,
Pococí de Cariari de Limón, sito
Urbanización El Llano, del Minisúper El Llano, treinta metros al norte, portador de la cédula de identidad número seis-cero
cero sesenta y nueve-cero ciento sesenta y dos; quien falleció el día ocho de febrero del año dos mil diecinueve, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos. Se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2022-16692-echv. Notaría
del licenciado Elías Chavarría
Villegas, Nicoya Centro, 125 metros al norte de la
Radio Cultural. Póngase a disposición
del interesado.—Lic. Elías Chavarría
Villegas, Notario.—1 vez.—( IN2022653128 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
José Armando Chaves Paniagua, mayor, estado
civil soltero, profesión u oficio desconocida, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0117730434 y vecino de Alajuela, San Antonio del Tejar, Urbanización Loma Linda I.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000214-0638-CI-8.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y seis minutos del seis de junio del dos
mil veintidós.—Licda. Jenny
María Corrales Torres, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023653129 ).
Se convoca a los interesados
en el sucesorio
notarial testamentaria de Aníbal Amador Madriz, cédula N° 1-288-151,
quien falleció el 23 de mayo del 2022, para que, en
un plazo no mayor a 15 días hábiles
contados a partir de la publicación de este aviso, comparezcan a esta
notaría a hacer valer sus derechos. Esta notaría se ubica en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado este del Colegio
Monterrey, correo electrónico:
jvargas@audyconcr.com.—San José, 6 de junio del 2022.—Lic. Johnny
Alberto Vargas Carranza, Notario Público.—1 vez.—( IN2022653171 ).
Ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida fue Flor
del Carmen Aguilar Coronado, mayor de edad, viuda una vez,
comerciante, vecina de
Liberia, Guanacaste, con cédula de identidad número 501130411. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. Maureen
Cecilia Diaz Araya, Liberia, Guanacaste, del costado noreste de los Tribunales de Liberia, veinticinco
metros este, bufete Jiménez
Barboza, segunda planta oficina
número seis. Número de teléfono 8892-7756. Email madiaraya@hotmail.com.—Licda. Maureen Cecilia Diaz Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2022653194 ).
Ante esta notaría, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida fue
Eladio Mora Rodríguez, mayor de edad, divorciado dos veces, comerciante, vecino de Barrio Condega, Liberia, Guanacaste, del Parque Central trescientos metros sur, con cédula de identidad
número 202020319. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. Maureen Cecilia
Díaz Araya, Liberia, Guanacaste, del costado noreste de los Tribunales de Liberia, veinticinco metros este, Bufete Jiménez Barboza, segunda
planta oficina número seis.
Número de teléfono:
88927756. Email: madiaraya@hotmail.com.—Licda. Maureen Cecilia Díaz Araya, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2022653195 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por
Edwin Kwok Yuan y Alicia Kwok Yuan, a las nueve horas
veinte minutos del diez de junio del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento
Kuocyin (nombre) Yang
(primer apellido) Chang (segundo
apellido), esta notaría, ha declarado abierto su proceso
sucesorio testamentario así como comprobado
el fallecimiento de Kui Lian (nombre) Yuan (primer apellido) Fam (segundo apellido), se ha declarado abierto su sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado.
Notaría del Lic. Jorge Luis Castro
Solano, San José, Hatillo Centro, Residencial Beigrano, teléfono: 8480-7391.—San José, diez de junio del año dos mil veintidós.—Lic. Jorge Luis Castro
Solano, Notario Público.—1 vez.—( IN2022653207 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Ronny Pizarro Méndez, mayor, estado civil casado una vez,
profesión u oficio abogado
y notario, con documento de
identidad número cinco-cero cero ochenta y tres-cero novecientos treinta y ocho (05-0083-0938), último domicilio Liberia,
Guanacaste, quien falleció el día 08 de diciembre del año 2021. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000029-0386-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo
de Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: once horas con diez minutos del nueve de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez
Decisor.—1
vez.—( IN2022653289 ).
Se cita y se emplaza a todos los interesados
en la sucesión de Carlos
Alonso Segura Víquez,
quien en vida fue mayor, soltero, asistente administrativo, vecino de
Heredia, Heredia, Mercedes, Urbanización Roemy, de la entrada principal cuatrocientos
metros norte y setenta y cinco metros este, cédula de identidad número cuatro-cero ciento
sesenta y tres-cero seiscientos treinta y seis, para
que, dentro del plazo máximo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
ante esta notaría, situada
en Heredia, Heredia, Mercedes, del cementerio de Mercedes Norte, setenta
y cinco metros oeste a hacer valer sus derechos. Se advierte que en caso de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente número JMUR-cero cero uno-dos mil veintidós.—Heredia, diez de junio del dos mil veintidós.—Lic. José Manuel Ulate Rojas, Notario Público.—1
vez.—( IN2022653299 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Francisca María Ruiz López a las a las dieciocho horas del ocho de
junio del dos mil veintidós. y comprobado el fallecimiento de Oscar Minor Cubero Ruiz, quien es mayor de edad, divorciado una
vez, con cedula de identidad número uno cero novecientos cincuenta y dos cero
seiscientos treinta y tres vecino de Escazú San
Antonio Urbanización La Avellana casa número Treinta y ocho A. fallecido el
Siete de Junio del año dos mil veintidós, en la Provincia de San José, cantón
Central, Hospital. San Juan de Dios, esta Notaría ha declarado abierto su
proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro
del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se
tiene como parte a la Procuraduría General
de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Lucrecia Campos
Delgado San José Escazú San Antonio Urbanización La Avellana casa 5-A Teléfono
88624406.—Ocho de junio del dos mil veintidós.—Licda.
Lucrecia Campos Delgado.—1 vez.—( IN2022653314 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de las personas menores de edad
Alana Gómez Céspedes y Gabriela del Rosario Gómez Céspedes, para que, se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
220005700292FA. Clase de asunto:
Depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2022.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022651653 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Jobrill Esteban Beita Bell, para
que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.-
. Expediente N°19-000226-0292- FA. Clase de Asunto depósito Judicial Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas cuarenta y
cuatro minutos del veinticinco de abril de dos mil veintidós,25 de abril del
año 2022.—Msc. Luz Amelia
Ramírez Garita, Jueza.—( IN2022651829 ). 3 v. 3.
Se hace saber: Que por
iniciativa de Cooperativa de Ahorro de Crédito Coopeande
Número Uno Responsabilidad Limitada, cédula número 3004045027, se ha promovido
un proceso judicial a fin de que se le reponga cédula hipotecaria que consta
inscrita bajo las citas 576-65472-01-0002-001 y que afecta la finca nº 3-000198154-000, constituida por Rafael Enrique Maroto
Arias a favor de Cooperativa de Ahorro de Crédito Coopeande
Número Uno Responsabilidad Limitada, por un monto de cuatro millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos. Se concede un plazo de quince
días a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en
defensa de sus derechos. Se ordena así en proceso judicial de reposición de
título valor. Expediente N° 22-000032-1629-CI-7.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión:
quince horas con ocho minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintidós.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—( IN2022651868 ). 3 v. 3.
Se hace saber: Que por
iniciativa de Cooperativa
de Ahorro y Crédito Coopeande Número Uno Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número 3-004045027, con domicilio en San José cantón Central, se ha promovido
diligencias a fin de que se le reponga la cédula hipotecaria cita 2010-187891-01-0001-001,
que soporta la finca de partido
de Cartago finca 254037 derechos 001 y 002.
Se concede un plazo de quince días a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para que se presente en defensa de sus derechos. Se ordena así en
diligencias de Reposición de Cédula Hipotecaria. Expediente N°
22-000030-1629-CI-8. Nota: Publíquese
por tres veces en días consecutivos
este edicto.—Juzgado Civil de
Cartago, veinte horas con diecisiete
minutos del veinticuatro de
mayo del dos mil veintidós.—Lic.
Allan Barquero Durán, Juez Decisor.—( IN2022651869 ). 3
v. 3.
Se hace
saber: que por iniciativa
de Cooperativa de Ahorro y Crédito COOPEANDE Número Uno R.L, cédula jurídica N° 3004045027 con domicilio
en San José cantón Central,
se ha promovido diligencia a fin de que se le reponga la cédula hipotecaria cita 2011-300469-02-0002-001 que soporta
la finca de partido de Cartago Matrícula
89547 derecho. Se concede un plazo de quince días a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en defensa de sus derechos. Se ordena así en
proceso judicial de reposición
cédula hipotecaria. Expediente
N° 22-000033-1629-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veintiuno minutos del veinte de mayo del
dos mil veintidós.—M.Sc.
Alonso Oviedo Betrano, Juez.—(
IN2022651870 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor Kristian Mauricio Castro Long, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000381-0292-FA. Clase
de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las nueve horas cuarenta y nueve minutos del veinticinco de mayo
de dos mil veintidós.—Msc. Francinni
Campos León, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022651899 ). 3
v. 3.
Se hace saber que ante este
tribunal de justicia se tramita
proceso de declaratoria de ausencia promovido por Álvaro Antonio Mayorga Espinoza, mayor, casada
una vez, peón agrícola, vecino de San José de Upala en Popoyoapa, cédula de identidad N° 0205020590, en el cual se solicita
declarar ausente a Mariela
Sabrina Arauz Meza, mayor casada
una vez, nicaragüense, número de pasaporte PC 1349569, quién era vecina de San José de Upala en Popoyoapa,
al frente del bar el Brete, sin documentos, cédula
de identidad N° PC 1349569. Se concede a los interesados el plazo de un mes contado a partir de la última publicación de este edicto para que se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos. Transcurrido el plazo de un mes se resolverá si procede
o no la declaración de ausencia. Expediente N°
21-000028-1143-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala,
(Materia Civil), 20 de agosto del 2021.—Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—(
IN2022651974 ). 3
v. 2.
Conforme se ordena en la resolución
de las nueve horas del seis de mayo del dos mil veintidós, y de acuerdo con el artículo 157.4 del Código Procesal Civil, se procede a notificar a los acreedores Herradura Partners LLC
y KJ-CR LLC en su condición de Acreedores vía edicto. Licda.
Noelia Prendas Ugalde, Jueza
del Juzgado de Cobro de
Heredia; hace saber a Herradura
Partners LLC y KJ-CR LLC en su
condición de Acreedores,
que en este Despacho se interpuso un proceso Ejecución Hipotecaria, bajo el expediente N° 21-003355-1158-CJ en el que figuran
como acreedores, donde se dictó la resolución que literalmente Dicen: Juzgado de Cobro de Heredia, nueve horas del
seis de mayo del dos mil veintidós. Se tiene por establecido
el proceso de ejecución hipotecaria en contra de Bonanza Entertainment Group S. A., por medio de su representante Gustavo Adolfo Araya Carvajal. Oposición: Podrá oponerse a esta
demanda dentro del plazo de cinco días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
168 del Código Procesal Civil. Conciliación:
Se les recuerda a las partes
la posibilidad de conciliar en
cualquier etapa del proceso según lo dispone la Ley
N°7727, Ley sobre Resolución
Alterna de Conflictos y Promoción
de la Paz Social. Con una base de dieciséis
millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil quinientos cincuenta y tres colones con cincuenta y tres céntimos, soportando Serv de paso Ref:2431-480-002 citas: 282-04540-01-0901-001, servidumbre
sirviente citas:
328-17330-01-0015-001, servidumbre sirviente citas:
328-17330-01-0016-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula N°
59175000, para lo cual se señalan
las once horas treinta minutos
del veintiséis de setiembre
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas treinta minutos
del cuatro de octubre del dos mil veintidós,
con la base de doce millones
trescientos treinta y tres mil cuatrocientos quince colones con quince céntimos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas treinta minutos
del doce de octubre del dos
mil veintidós, con la base de cuatro millones ciento once mil ciento treinta y ocho colones con treinta y ocho céntimos (25% de la base original). Publíquese
el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto
se encuentre correcta previo a su publicación.
Otros asuntos: Se ordena anotar la presente demanda sobre los bienes
que aquí se ejecutan (Artículo 167 del Código Procesal
Civil). Mediante anotación tecnológica
ante el Registro Nacional procédase con la anotación de demanda ordenada en esta resolución.
Se le(s) previene a la(s) parte(s)
demandada(s), que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga(n), las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20, del
29 de enero de 2009. Queda
la documentación a disposición de la parte interesada en el
Sistema de Gestión en Línea
para su diligenciamiento.
El párrafo final del artículo
19 de la Ley de Notificaciones, N°
8687 indica que a la notificación se le acompañarán copias de los escritos y documentos salvo disposición
legal en contrario. La parte demandada podrá acceder al “Sistema de Gestión
en Línea”
(https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr) para consultar,
visualizar y gestionar en el expediente,
Para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema, la cual puede solicitar
en la oficina judicial más cercana. Por otro lado, según
lo establece el artículo 8 de la Ley de Notificaciones,
N°8687, la persona que notifica está
investida de autoridad para
exigir la plena identificación
de la persona que reciba la cédula, así como para solicitar
el auxilio de otras autoridades, cuando lo necesite para cumplir sus labores. Cuando se trate de zonas o edificaciones de acceso restringido, exclusivamente para efectos de practicar la notificación al destinatario, se ordena permitir el ingreso del funcionario notificador; si el ingreso
fuera impedido, se tendrá por válida
la notificación practicada
a la persona encargada de regular la entrada. Notifíquese esta resolución a la (s) parte (s) demandada (s), si se trata de persona física por medio de cédula, personalmente
o en su domicilio
contractual, real o registral, de tratarse de persona
jurídica por medio de
cédula, personalmente por
medio de su representante, en el domicilio
real o registral de este o en
el domicilio contractual o
social. Se le concede el plazo
de cinco días a las sociedades
Herradura Partners LLC y KJ- CR LLC en su condición
de Acreedores para que se apersone
a hacer valer sus derechos.
Se ordena notificar por medio de edicto conforme se dispone en el artículo 157.4 del Código Procesal Civil, dado que dichas sociedades acreedores tiene su domicilio
fueran del país, el edicto se publicará
una vez en
el Boletín
Judicial. Se le hacen las mismas
prevenciones efectuadas a
la parte demandada respecto a la notificación. Notifíquese esta resolución a Bonanza Entertainment Group S. A. representada por Gustavo Adolfo
Araya Carvajal, por medio de la Oficina
de Correos de Costa Rica en:
Heredia, Belén, Hotel Ramada Plaza Herradura, frente al Centro Comercial Real Cariari sobre la Autopista General Cañas. En este Despacho,
con una base de cuatro millones
de dólares, soportando Serv
de paso Ref:2431-480-002 citas: 28204540-01-0901-001,
servidumbre sirviente citas: 328-17330-01-0015-001, servidumbre
sirviente citas:
328-17330-01-0016-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula N°
59175-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
3-La Asunción, cantón 7-Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Conducen S A; al
sur, Residenciales Doña Claudia-Otro; al este, Hotelera Bonanza S A y otro, y al
oeste, calle pública. Mide: treinta y nueve mil quinientos cincuenta y seis
metros con noventa y cuatro decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del veintiséis de setiembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
de dólares (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del doce de octubre del dos mil veintidós,
con la base de un millón de dólares
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Belén contra Bonanza Entertainment
Group S. A. Expediente N° 21-003355-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: catorce horas
con treinta y seis minutos
del seis de mayo del dos mil veintidós.—Noelia Prendas Ugalde, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022653685 ). 2
v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores
de edad Marlon Acuña
Blandon y Olga Valeria Acuña Blandon, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-000009-0292-FA. Clase
de Asunto Depósito Judicial. Nota: Publíquese tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las catorce horas doce minutos del tres de marzo de dos mil veintidós. 03 de marzo del año 2022.—Msc.
Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022652610 ). 3 v.
1.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el
depósito de la persona menor
José Daniel Mora
Aguirre, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
22-000776-0292-FA. Clase de asunto
actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las once horas y treinta
y cuatro minutos del seis de mayo de dos mil veintidós.—Msc. Liana Mata
Méndez, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652611 ). 3 v. 1.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
Nayudel Cordero Ramírez, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°22-000734-0292-FA. Clase
de asunto depósito judicial. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las diez horas treinta y dos minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintidós.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. Nº
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652612
). 3 v. 1.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de Jeremy Ulate Godínez y Jefferson Ulate Godínez, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que, se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente
N°22-000135-0688-FA. Clase de asunto
depósito
judicial. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia de Familia), a las nueve horas con treinta y un minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O. C. Nº
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652856 ). 3 v. 1.
MSc. Liana Mata Méndez, Jueza del
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Wilbert Vega
Arias, cédula 6-343-630 y Eric Navarrete Castillo, en su carácter personal,
quienes son mayores, de domicilio desconocido, se les hace saber que en proceso
actividad judicial no contenciosa (depósito judicial) EXP. 22-000227-0292-FA
establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por
edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela.- A las quince horas treinta y ocho minutos del
once de marzo de dos mil veintidós.- De las presentes diligencias de depósito
de las personas menores de edad Valery Vega Arroyo y Elías Navarrete Arroyo,
promovidas por el Patronato Nacional de La Infancia, se confiere traslado por
tres días a Wilbert Vega Arias y Eric Navarrete Castillo, a quienes se les
previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior,
en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del
2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de
trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones.-” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona
o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo
4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.- Publicación de edicto: Por medio de
edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se
cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se
apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado.- En otro orden de ideas, en atención al
interés superior de las personas menores de edad, siendo que se desconoce el
domicilio de los padres biológicos de los niños, se ordena la publicación de la
presente resolución en el Boletín Judicial, de conformidad con lo que
establece el numeral 263 del Código Procesal Civil de 1989, vigente en esta
materia, para tales efectos remítase el edicto correspondiente. Depósito
provisional: Con fundamento en lo peticionado por la representante legal del
ente promotor en su escrito inicial, así como el informe final del proceso
especial de protección del área de psicología que acompaña a dicho memorial, se
ordena como medida cautelar con fundamento en los numerales 242 del Código
Procesal Civil, 1, 2, 3, 5, del Código de Niñez y Adolescencia, 1, 2, 3, 5, 8,
9, de la Convención sobre los derechos del Niño/a, por estimar esta autoridad
que resulta lo más cercano por el momento al interés superior y estabilidad de
la persona menor de edad se ordena a solicitud de entre promotor el depósito
provisional de la personas menores de edad Valery Vega Arroyo y Elías Navarrete
Arroyo, en el hogar de los abuelos maternos, María Alexandra Arias Santamaría y
Luis Guillermo Arroyo González, a quien se le previene apersonarse a este
despacho en el plazo de cinco días a fin de aceptar el cargo conferido. La
medida provisional adoptada resulta necesaria por cuanto la madre de los niños
ha fallecido y los padre biológicos han sido personas
ausentes en la vida de sus hijos, tanto ha sido así que los propios menores de
edad han manifestado no tener ningún contacto con ellos. Además de que,
mientras se resuelve en forma definitiva la presente acción es oportuno que
exista estabilidad para los niño, por ello se otorga
el depósito a los abuelos maternos con quienes han permanecido desde el
lamentable fallecimiento de la señora María Rebeca Arroyo Arias. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022652608 ).
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia,
(Materia de Familia), a las catorce horas con doce minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil veintidós. 24 de febrero del año 2022. Expediente N°21-000187-0688-FA. De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores María Liseth Banegas Martínez, promovidas por el Patronato Nacional de La Infancia, se confiere traslado por tres
días a Ana Liseth Martines
Torres y Juan Ramon Banegas Reyes, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20,
del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese a Ana Liseth
Martines Torres y Juan Ramon Banegas Reyes por medio de edicto, que se publicará una vez
en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia, (Materia de Familia), a las catorce horas con doce minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil veintidós. 24 de febrero del año 2022.—Licda.
Marjorie De Los Ángeles Salazar
Herrera, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652609 ).
Por haberse ordenado dentro del proceso ejecución hipotecaria N°
19-004911-1157-CJ, interpuesto por
Sergio Hidalgo Alvarado contra Oldemar De Jesús Valverde
Amador. En resolución dictada a las veinte horas nueve minutos del dos de junio de dos mil veintidós, se ordenó notificar a la anotante Ana Karina Berrocal
Vargas, la resolución dictada
a las trece horas treinta minutos del primero de marzo de
dos mil veintiuno que literalmente
dice: Visto el escrito ingresado por la parte actora en
fecha 15/04/2020, se acoge totalmente el recurso
de revocatoria interpuesto
contra la resolución de las siete
horas y treinta y cinco minutos del tres de abril de dos mil veinte. En lugar de lo revocado, se resuelve: se tiene por establecido
el proceso de ejecución hipotecaria en contra de Oldemar De Jesús Valverde
Amador. Oposición: podrá oponerse a esta
demanda dentro del plazo de cinco días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
168 del Código Procesal Civil. Conciliación:
se les recuerda a las partes
la posibilidad de conciliar en
cualquier etapa del proceso según lo dispone la Ley
N° 7727, Ley sobre Resolución
Alterna de Conflictos y Promoción
de la Paz Social. Con una base de sesenta
millones de colones exactos; sáquese a remate la
finca del Partido de Alajuela, matrícula N°
514661-000, para lo cual se señalan
las nueve horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintiuno,
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). publíquese el
edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el
edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Otros asuntos: de la liquidación de intereses que formula
el ejecutante en escrito de demanda,
se confiere audiencia por tres días a la parte demandada. se ordena anotar la presente demanda sobre los
bienes que aquí se ejecutan (artículo 167 del Código
Procesal Civil). Mediante anotación
tecnológica ante el Registro Nacional procédase con
la anotación de demanda ordenada en esta
resolución. Se le(s) previene
a la(s) parte(s) demandada(s),
que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero
de 2009. Queda la documentación
a disposición de la parte interesada en el
Sistema de Gestión en Línea para su diligenciamiento.
El párrafo final del artículo
19 de la Ley de Notificaciones, N° 8687 indica que a
la notificación se le acompañarán
copias de los escritos y documentos salvo disposición legal en contrario. La parte demandada podrá acceder al
“Sistema de Gestión en Línea” (https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr), para consultar, visualizar y gestionar en el
expediente. Para ello deberá obtener una clave de acceso al sistema, la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Por otro lado, según
lo establece el artículo 8 de la Ley de Notificaciones,
N° 8687, la persona que notifica está
investida de autoridad para
exigir la plena identificación
de la persona que reciba la cédula, así como para solicitar
el auxilio de otras autoridades, cuando lo necesite para cumplir sus labores. Cuando se trate de zonas o edificaciones de acceso restringido, exclusivamente para efectos de practicar la notificación al destinatario, se ordena permitir el ingreso del funcionario notificador; si el ingreso
fuera impedido, se tendrá por válida
la notificación practicada
a la persona encargada de regular la entrada. Notifíquese esta resolución a la (s) parte (s) demandada (s), si se trata de persona física por medio de cédula, personalmente
o en su domicilio
contractual, real o registral, de tratarse de persona
jurídica por medio de
cédula, personalmente por
medio de su representante, en el domicilio
real o registral de este o en
el domicilio contractual o
social. Se le concede el plazo
de cinco días a Ana Karina Berrocal
Vargas, en su condición de anotante sobre la demanda ordinaria citas:
800-458962-01-0001-001, numero de expediente
N° 17-002174-0292-FA, para que se apersone a hacer valer sus derechos. . En caso
de que esta persona no pueda
ser encontrada se le podrá notificar por medio de un edicto que se publicará una vez en
el Boletín
Judicial. Se le hacen las mismas
prevenciones efectuadas a
la parte demandada respecto a la notificación. Por así solicitarlo la parte interesada por medio de notario(a) público(a); notifíquese esta resolución a la parte anotante en la siguiente dirección: Alajuela, Orotina, Cuatro Esquinas
de Orotina, 125 al norte y 25 metros al oeste de la escuela en la siguiente dirección: Alajuela, Orotina, Cuatro Esquinas
de Orotina, 125 al norte y 25 metros al oeste de la escuela. Para estos efectos puede
la parte actora acudir ante el notario público que estime conveniente. Se advierte al (la) notario(a) notificador(a), que dentro del tercer día hábil posterior a la notificación, deberá entregar al despacho la respectiva documentación. Artículos 19, 29, 30 y 31 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Por así solicitarlo la parte interesada; por medio de notario(a) público(a); notifíquese esta resolución a la parte demandada Oldemar De Jesús
Valverde Amador, por el o
la notario público. en la siguiente dirección: Alajuela, Alajuela, Orotina, Cuatro Esquinas De Orotina, 125 al norte
y 25 metros al oeste de la escuela.
Para estos efectos puede la parte actora acudir ante el notario público
que estime conveniente. Se advierte al (la) notario(a) notificador(a), que dentro del tercer día hábil posterior a la notificación, deberá entregar al despacho la respectiva documentación. Artículos 19, 29, 30 y 31 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. En otro orden de ideas y siendo que la finca garante registra anotación de practicado, citas:
800-615461-01-0001-001, numero de expediente
N° 20-003945-1338-CJ y practicado, citas: 800-618325-01-0001-001, número de expediente:
20-005806-1157-CJ, para los efectos
de lo dispuesto en el artículo 157.4, deberá la parte actora demostrar mediante documento idóneo emitido por la Autoridad Judicial correspondiente, el estado actual de la sumaria, si la misma cuenta
con remates señalados o realizados,
de quien figura como parte anotante,
así como su domicilio de notificación. En caso de ser una persona jurídica, deberá aportarse la respectiva certificación de personería. Lo
anterior bajo apercibimiento, de no hacerlo, la demanda podrá ser declarada inadmisible. Si bien es
cierto la parte actora en fecha
26/08/2020 y 15/04/2020, aporta parte
de la información aquí solicita, deberá aportar lo demás arriba indicado. Por carecer de interés actual se omite resolver sobre el recurso
de apelación interpuesto por la parte actora.
Michelle Allen Umaña, Jueza
Decisora.—Juzgado del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: veinte horas con doce minutos del dos de junio del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—1 vez.—( IN2022652634 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Cesar Augusto Baltodano Torres, cédula de residencia N° 155806039601, nicaragüense
y Gloria Melania Zamora Villalobos, cédula N°
5-359-464, ambos vecinos de Liberia, Barrio San
Roque, 200 norte del Salón Brasilia, en el cual
se solicita cambiar el nombre de su
hijo menor Mateo José Baltodano Zamora por el de César Mateo, mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier
persona interesada para que se presente
al proceso a hacer valer sus derechos o formular una
oposición fundada. Artículo 55 del Código Civil. Expediente
N° 21-000371-0386-CI-0.—Juzgado
Civil y Trabajo de Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con veintinueve minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022652641 )
Se avisa que, en este
Despacho Diego Alexander Herrera Sanabria, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor
de edad Ángel Julián Guevara Solano. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo
de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
22-000325-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de mayo del 2022.—Msc. Charlyn Susana Miranda
Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652850 ).
Se avisa a la señor
Carlos Enrique Molina Meléndez, mayor, costarricense,
de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 21-000861-0673-NA, correspondiente
a Diligencias no contenciosas de Depósito
Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Karla Lucía Molina Valverde. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 02 de junio de 2022.—MSc. Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652852 ).
Se avisa al señor
Roberto Chaves Pérez, mayor, costarricense, portador
de la cédula de identidad N° 1-1084-0774, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 22-000224-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas
de depósito judicial, promovidas
por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Mishelle
Gloriana Chaves Peralta. Se le concede el plazo de tres días naturales,
para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 01 de junio del
2022.—MSc. Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022652853 ).
Se avisa al señor Manuel Enrique
Carmona Rodríguez, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 1-0430-0804, de domicilio
y demás calidades desconocidas que en este despacho se dictó dentro del expediente de depósito judicial
N° 21-000014-0673-NA establecido por
el Patronato Nacional de la
Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: N°
20220001874. Sentencia de primera
instancia. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las once horas cincuenta y cinco minutos del siete de marzo de dos mil veintidós. Resultando: I…, II…, III…, Considerando:
I. Hechos probados… II. Sobre el Fondo:
…, III:..., Por tanto: De conformidad
con lo expuesto y haciendo prevalecer el interés
superior de la persona menor de edad,
se aprueba la solicitud de depósito judicial formulada por el Patronato
Nacional de la Infancia de Nicolle Stepfanie Carmona
Vargas, bajo la protección
institucional ONG, se le ordena
al representante del Patronato
Nacional de la infancia, comparecer
dentro de tercer día a aceptar el cargo conferido. Una vez firme la presente resolución y mediante ejecutoria que se expedirá a solicitud de persona interesada, inscríbase en el
Registro Civil lo resuelto en las citas de nacimiento de la PME. Sin especial condenatoria
en costas. Notifíquese. Msc. Alicia Yesenia Chacón Araya, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia de San José,
23 de mayo de 2022.—Msc. Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652854 ).
Se avisa al señor
Juan José Mora Bejarano, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 1-1155-0842, de domicilio
y demás calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente
N° 21-000348-0673-NA, correspondiente a Diligencias no Contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Mónica Dayana
Mora Esquivel. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifieste
su conformidad o se oponga en estas
diligencias. MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de mayo de 2022.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Charlyn
Susana Miranda Arias, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022652855
).
Se avisa, al señor Daniel Elías
Escobar Aguirre, portador del documento
de identidad N° 1-1075-0743 y a Ángela
de los Ángeles Chacón Céspedes, portadora del documento de identidad N° 1-1472-0531, ambos mayores,
costarricenses, de domicilio
y demás calidades desconocidas, representados por el curador
procesal licenciado Jorge
Isaac de Jesús Solano Aguilar que en este despacho se dictó dentro del expediente de declaratoria
judicial de abandono N° 19000890-0673-NA establecido por el Patronato Nacional de La Infancia en contra de Daniel
Elías Escobar Aguirre y Ángela de los
Ángeles Chacón Céspedes, la sentencia, así como la resolución
que en lo que interesa dicen: N° 2022000264. Sentencia
de primera instancia. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil veintidós. Resultando: 1…, 2…, 3..., Considerando:
I. Hechos probados… II. Sobre el fondo:
..., Por tanto: Con fundamento en
las razones dadas, artículo
9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo
30 y siguientes del Código de la Niñez
y la Adolescencia, 117, 160 y siguientes
y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción y depósito Provisional en el Patronato Nacional de la Infancia de la persona menor de edad Daleycha Naomi Escobar Chacón. Se extingue a sus progenitores Daniel Elías Escobar Aguirre y Ángela De Los Ángeles Chacón
Céspedes el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el Depósito Judicial Provisional
de la niña Daleycha Naomi
Escobar Chacón a cargo del Patronato
Nacional de la Infancia, debiendo
apersonarse su representación a este despacho dentro
de tercer día a aceptar el cargo conferido. Inscríbase esta sentencia en el
Registro Civil. Tóme nota el registro de nacimientos de la provincia de:
San José, tomo: dos mil doscientos
cuarenta y seis, folio: cincuenta
y cuatro, asiento: ciento ocho.
Se resuelve sin especial condenatoria
en costas. Notifíquese. Msc. Charlyn Susana
Miranda Arias, Jueza. Juzgado
de familia, de Niñez y Adolescencia, a las nueve horas treinta y cuatro minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós.
Por haberse omitido en la Sentencia N° 2022000264 de las catorce horas cincuenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil veintidós, se ordena publicar el edicto correspondiente. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia de San José,
27 de mayo de 2022.—Msc. Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022652857 ).
Se avisa al señor: Tránsito Pablo
Zamora García, mayor, costarricense, portadora del documento de identidad N° 155822505127, de domicilio
y demás calidades desconocidos, representado por la curadora procesal Licenciada Kryssia Abigail Miranda Hurtado, se le hace
saber que existe proceso N°
20-000008-1146-FA, de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Axel Michael Zamora Hodgson, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia
en contra de Tránsito Pablo Zamora García y
Guillermina Hodgson, que en resolución
dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las dieciséis
horas y treinta y cinco minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veinte, que en lo conducente dice: se le
concede el plazo de cinco días a dicho demandado para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del
Código de Familia. Se le advierte al demandado que si no contesta en el
plazo dicho, el proceso seguirá
su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de
Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Katherine
Isabel Meza Chaves, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia de San José,
24 de mayo de 2022.—MSC Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022652858 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
proceso de cambio de nombre promovido por Jessica Rocha Gutiérrez, mayor, casado/a, educador(a), documento de identidad N° 0205780250 vecino(a) de Los Chiles, Los Chiles, Alajuela, 200
metros oeste de la Cruz Roja,
en el cual
se solicita cambiar el nombre de su
hijo(a) menor Thiago
Rodríguez Rocha por el de
Thiago Manuel, mismos apellidos.
Se concede el plazo de
quince días a cualquier persona interesada
para que se presente al proceso
a hacer valer sus derechos
o formular una oposición fundada. Artículo 55 del Código
Civil. Expediente N° 22-000230-0297-CI-7.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y cinco minutos del nueve de junio del dos mil veintidós.—Adolfo
Mora Arce, Juez/a Decisor/a.—1
vez.—( IN2022653180 ).
MSC. Pablo Amador Villanueva, Juez del
Juzgado de Familia de Heredia, a Alejandro Esteban Román Moya, en su carácter
personal, quien es mayor, soltero, nacionalidad costarricense, domicilio
desconocido, cédula de identidad número 0112470769, se le hace saber que en
demanda Proceso Especial de Autorización de Salida del País de persona menor de
edad, expediente: 21-000639-0364-FA establecida por Paula Daniela Ávila Alfaro
contra Alejandro Esteban Román Moya, se ordena notificarle por edicto, LA
sentencia de primera instancia N° 2022001474 que en
lo conducente dice: (...) Juzgado de Familia de Heredia, a las veintidós horas
veintiuno minutos del seis de junio de dos mil veintidós, Resultando: ...
considerando: ... Por tanto: Por las razones indicadas y normativa de cita, se
declara sin lugar la excepción de falta de derecho y con lugar la gestión
presentada por la señora Paula Daniela Ávila Alfaro contra el señor Alejandro
Esteban Román Ávila, y en consecuencia: 1) Se confiere autorización o permiso
permanente de salida del país a favor de la persona menor de edad Alex
Sebastián Román Ávila, por motivos de paseo, con su madre Paula Daniela Ávila
Alfaro o cualquier otro familiar o persona cercana autorizada por la madre, de
aquí hasta que adquiera la mayoría de edad, sin necesidad de nueva autorización
y a cualquier destino, inicialmente se trata de una salida a Guatemala, en los
próximos meses. 2) Esta autorización implica que la señora Paula Daniela Ávila
Alfaro podrá realizar por su propia y entera cuenta, sin necesidad de contar
para tales efectos con la autorización escrita o presencial del padre de su
hijo, señor Alejandro Esteban Román Moya, todos los trámites migratorios
(pasaporte, renovación, etc) administrativos y
consulares (visa) incluida solicitud de visa norteamericana a favor de su hija
menor de edad Alex Sebastián Román Ávila a fin de hacer efectivo el permiso de
salida del país aquí conferido, sea las veces que así lo requiera. 3) Se
advierte de forma directa a la señora Paula Daniela Ávila Alfaro sobre su deber
de gestionar y asegurar el regreso de su hijo menor de edad a Costa Rica. En caso de no acatar lo así ordenado por la autoridad
judicial, podría incurrir en responsabilidad penal internacional por
sustracción de persona menor de edad, desobediencia a la autoridad o bien
cualquier otro tipo penal que le resulte aplicable según el criterio de las
autoridades judiciales en materia penal. Se reitera que en caso de no acatarse
lo aquí establecido y existan elementos que hagan suponer la intención de no
regresar a su hijo menor de edad a nuestro país, de manera inmediata se harán
las comunicaciones de rigor a las Autoridades competentes, para lo que en
Derecho corresponda de acuerdo a su cargo y se activarían los protocolos
aprobados por nuestro país para la Restitución Internacional de Personas
menores de edad según convenios internacionales aprobados por el Estado
costarricense. Firme esta resolución, expídase oficio a la promovente, para
que pueda presentar la solicitud ante las autoridades migratorias.
Confecciónense los oficios correspondientes. Se resuelve el asunto sin condena
en costas para la parte accionada por tratarse de un asunto donde está involucrada una persona menor de edad; los honorarios
de la curadora procesal del demandado han sido ya depositados por la parte
promovente. Por haber sido representado el demandado por medio de un curador
procesal se ordena publicar un extracto del fallo en el Boletín Judicial.
Se le informa a las personas interesadas sobre su
derecho de recurrir esta resolución dentro del plazo de ley en caso de
inconformidad. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—MSc. Pablo
Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022654010 ).
Ante esta notaría solicitan
la celebración de matrimonio
los señores Huber De Los Ángeles Serrano Mena, mayor, divorciado una vez, llantero, con domicilio en Santa Ana, Río Oro, calle
La Chimba, del super El Barrio; cien
metros norte y cien metros
sur, con cédula de identidad número
uno-mil cuarenta y dos-quinientos
treinta y ocho, cuyos padres son José Luis Serrano Mena y María Mena Sánchez, ambos costarricenses; y Ana Yansy Aguilar Chavarría, mayor, soltera,
asistente dental, con domicilio
en la misma dirección del primer compareciente,
con cédula de identidad número
uno-mil ciento uno-setecientos
sesenta y ocho cuyos padres son Víctor Aguilar Elizondo y de Olga Chavarría Acuña,
ambos costarricenses. Además
comparecen como testigos Stephanie Patricia Aguilar Chavarría, mayor, soltera,
estudiante de medicina, vecina de Santa Ana, Rio Oro, del Super Río Oro; trescientos
metros al sur y cincuenta metros este,
portadora de la cédula de identidad
número uno-mil cuatrocientos
noventa y cinco-novecientos
catorce, y Julio Cesar Aguilar Jiménez, mayor, soltero,
contador privado, vecino de
Santa Ana, Salitral, veinticinco
metros norte del Super La Gloria, con cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos treinta-novecientos
treinta y cuatro. Solicitan
celebrar matrimonio a las diez horas y treinta minutos del día ocho de junio del año dos mil veintidós en Santa Ana, San José.
Se hace de conocimiento de terceros. / Santa Ana, 8 de junio
del 2022—Lic. Sixto Vinicio
Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2022652630 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
Alejandro Ferreto Morales, mayor, soltero,
mecánico general, costarricense,
cédula de identidad número:
1-1583-0783, vecino de San José, Central, Hospital,
200 metros sur del Hospital de la mujer y 125 metros oeste, casa de una planta color azul con blanco a mano izquierda, hijo de Carmen Morales
Morales y Víctor Daniel Ferreto
Campos, ambos costarricenses, nacido
en Uruca Central, San José,
el día 29 de setiembre de
1994, con 27 años de edad y
Sharon Michelle López Silva, mayor, soltera, ama de
casa y estudiante, costarricense,
cédula de identidad número
1-1642-0741, vecina de San José, Central, Hospital,
200 metros sur del Hospital de la mujer y 125 metros oeste casa de una planta color azul con blanco a mano izquierda, hija de Luis Javier
López Céspedes, costarricense
y Fátima Silva Salinas, nicaragüense, nacida en Hospital Central San
José, el día 27 de mayo de 1996, actualmente
con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
21-000853-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 08 de junio del año 2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022653241 ).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Kervin Rogelio Vega Rojas, mayor, soltero,
comerciante, cédula de identidad
número 0604320586, vecino
de La Cuesta, Corredores, Puntarenas, frente a Ciudadela Tamayo, a un costado del Salón Comunal, casa
de color verde hijo de Elda
Rojas Cascante y Ronald Alexis Vega Moraga, nacido en Corredor, Corredores,
Puntarenas, el 03/07/1996; actualmente con 24 años;
y Melissa Yoset Picado Corella, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0604510981, vecina de misma dirección anterior, hija de Maritza Corella Gutiérrez y Melvin Picado Blanco, nacida en Corredor,
Corredores, Puntarenas, el
22/03/1999, actualmente con 23 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000346-1304-FA, la publicación
está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores)
(Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, 06
de junio del año 2022.—Msc. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022653242 ).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Ángelo Antonio Olivo Bonilla, mayor, soltero/a,
deportista, cédula de identidad
número 18684306, nombre de
la progenitora y nombre del
progenitor, domicilio en, el 30/10/1987, con años de edad; y Yancy Lorena Zumbado
Rojas, mayor, soltero/a, educadora,
cédula de identidad número
0112580568, nombre de la progenitora
y nombre del progenitor, domicilio
en Carmen, Central, San José, el 27/10/1985, actualmente
con años de edad; ambas
personas contrayentes tienen
el domicilio en, Puntarenas. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000373-1146-FA. Msc. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas,
Jueza.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas,
30 de marzo del año 2022.—Francinni Campos León, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022653243 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Jean
Carlo Reyes Arrieta, mayor, soltero, operador de máquinas en general, cédula de identidad número 0604210444, vecino de
Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, hijo de
Elieth de Los Ángeles Arrieta Carmona y Ademar Reyes Loría, nacido en Corredor
Corredores Puntarenas, el
11/01/1995, con 27 años de edad;
y Amarilys Venessa Castro Jiménez, mayor, soltera, educadora, cédula de identidad número
0604530024, vecina de misma
disección anterior, hija de
Daisy Jiménez Calvo y Alfredo Castro Montes, nacida en Corredor
Corredores Puntarenas, el
15/05/1999, actualmente con 23 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000361-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Sur (Corredores) (Materia
Familia), Corredores, Ciudad Neily, 09 de junio del 2022.—Msc. Johanna
Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022653245 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Jafeth
Andrey Granados Brenes, costarricense, estado civil: soltero, cédula de identidad número: 7-0295-0843, edad en años
cumplidos: 19 años, ocupación: Investigador de
Amazon, sexo: masculino, nacido en: provincia:
Limón, en fecha: 21/10/2002
y Karyme Priscilla Pérez Esquivel, Costarricense, estado civil: soltera, cédula de identidad
número:1-1885-0432, edad en
años cumplidos: 18 años, ocupación: estudiante, sexo: femenino, nacida en: San José, en fecha: 19/09/2003, ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Limón, Corales Tres, del Ebais 50 metros
este y 50 metros norte, cuarta casa a mano izquierda. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000386-1152-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón,
07 de junio del 2022.—Msc.
Mariam Calderón Villegas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022653246 ).
En la causa penal 20-000250-0331-PE seguida contra Jorge Andrés Mena Campos y Tifanny Andrea Rodríguez González por
el delito de Transporte de Droga en perjuicio de la Salud Pública, en acatamiento a la Sentencia de este Tribunal Nº
21-TGRE-2022 de las 20:18 horas del 2 de febrero de
2022, se dispone notificar por
este medio al señor Diego
Armando Alvarado Aguilar, cédula de identidad
2-710-818, en condición de dueño registral del vehículo placas 768409 a fin que en el plazo de tres
meses contados a partir de
la publicación del presente
edicto, se apersone a este Tribunal para proceder a la devolución de dicho vehículo, caso contrario y vencido el término aquí
conferido, se procederá con el decreto del comiso de ese bien a
favor del Instituto Costarricense sobre
Drogas, de conformidad con la Ley Nº 8204. Se publica
gratuitamente de acuerdo a
la Circular 67-2009 de la Secretaría General de la
Corte Suprema de Justicia. Publíquese por tres veces.
06/06/2022 15:37:31.—Tribunal
del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela, Sede Grecia.—Msc.
José Alejandro Piedra Pérez, Juez Coordinador.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022652563
). 3 v. 1.