BOLETÍN
JUDICIAL N° 123 DEL 01 DE JULIO DEL 2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
TRIBUNAL DE SERVICIO CIVIL
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
HACE SABER
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional y al Registro Civil, y a toda
la ciudadanía en general,
que en el proceso disciplinario notarial N° 19-000966-0627-NO,
de Registro Civil contra Alejandro Javier Zeledón Portuguez, cédula
de identidad 104161208, este
Juzgado mediante
Sentencia de Primera Instancia
N° 2022000009 de las ocho horas veintiséis
minutos del catorce de enero de dos mil veintidós, en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado Notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio
de la función notarial. Rige
ocho días naturales después
de su publicación en el Boletín
Judicial. Juzgado Notarial. De conformidad con la circular n°67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, diecinueve de mayo del dos mil veintidós.
Melania
Suñol Ocampo,
Juez/a Decisor/a
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022657703 ).
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional y al Registro Civil, y a toda
la ciudadanía en general,
Que en el proceso disciplinario notarial N°
16-000327-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Audrys Gustavo
Esquivel Jiménez, cédula de identidad N° 108940281, este Juzgado
mediante Sentencia de
Primera Instancia N° 2021000463 de las diecinueve horas cuarenta y nueve minutos del treinta de junio de dos mil veintiuno, en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el
ejercicio de la función
notarial. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
Juzgado Notarial. “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, diecinueve de mayo del dos mil veintidós.
Juan
Carlos Granados Vargas,
Juez Decisor
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022657705 ).
Que en el proceso disciplinario notarial N° 17-000937-0627-NO, de Steven Gerardo Alvarado Fernández
contra Christopher José Espinoza Fernández, (cédula de identidad 112590656),
este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N°
2022000224 de las veintidós horas cincuenta y siete minutos del veintinueve de
abril de dos mil veintidós, en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado Notario la corrección
disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio del notariado. Dicha
suspensión, según lo establece el numeral 148 del Código Notarial, se deberá
mantener en el tiempo hasta que el notario denunciado acredite haber llevado a
cabo la finalmente la inscripción de la escritura número 189 del tomo primero
de su protocolo, otorgada a las 21:00 horas del 18 de enero de 2017, en la cual
el señor denunciante adquirió el vehículo placa 901139. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Nota “De
conformidad con la circular n°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22
de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que
rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
Juzgado Notarial.
San José, treinta de mayo del dos mil
veintidós.
MSc. Juan Carlos Granados Vargas
Juez
Decisor
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—(
IN2022657707 ).
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional y al Registro Civil, y a toda
la ciudadanía en general,
que en el proceso disciplinario notarial N°
18-000367-0627-NO, de Registro Civil contra Belma Patricia Castro Hernández (cédula de identidad 1-0469-0526), este Juzgado mediante resolución de las ocho horas veintinueve minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós
se ordenó dejar sin efecto el edicto
publicado en el Boletín Judicial N° 71 en fecha veinte de abril del dos mil veintidós
en donde se comunica la sanción de la Notaria Belma
Patricia Castro Hernández ya que no se incluyó el por tanto de la Sentencia de
Primera Instancia N° 2021000813 dictada
a las doce horas cuatro minutos
del trece de diciembre de
dos mil veintiuno, en vista
que se encuentra firme se
dispone comunicar al citado
Notario la corrección disciplinaria de cuatro días de suspensión
en el ejercicio
de la función notarial. Por tanto: se declara con lugar este proceso disciplinario
notarial establecido por el Registro Civil, representado por la licenciada Carolina Phillips Guardado,
contra la notaria Belma Patricia Castro Hernández.
Por lo tanto, resulta razonable
imponer a la notaria cuatro días de suspensión en el
ejercicio del notariado. La
presentación extemporánea
del matrimonio constituye una violación a un deber legal que les asiste a los notarios por
indicación expresa del
Código de Familia en su artículo 31. Conforme se expuso supra, para esta falta este juzgador
aplicó siempre el numeral 144 inciso e) del
Código Notarial, que dispone una sanción
que va de un mes y hasta
seis meses de suspensión a los
notarios que “incumplan alguna disposición, legal o reglamentaria, que les imponga deberes u obligaciones sobre la forma en que deben ejercer la función notarial”. No obstante, por
todo lo expuesto supra,
derecho citado, razones
dadas procede para este caso la aplicación del elemento del “tipo” “gravedad e importancia” de las faltas que establece el numeral 143 CN, ordenando la suspensión de la notaria por
cuatro días naturales que fue el
lapso de días de atraso en que incurrió. Dicha sanción, a tenor de lo estipulado en el
artículo 161 ibídem, regirá ocho días naturales después de su publicación
en el Boletín
Judicial. Deberá estar muy atenta la notaria a la publicación de la sanción en el Boletín
Judicial, pues a partir
de ahí, conforme se dijo rige la sanción,
para que evite la posibilidad
de incurrir en la falta de cartular estando suspendida, que podría acarrearle una sanción mucho
mayor a la que ahora se impone,
viniendo a ser más grave su situación postrera
que la que tenga al quedar firme este fallo.
Firme esta resolución, se expedirán las comunicaciones de estilo a la Dirección Nacional de
Notariado, al Registro
Nacional, al Archivo Notarial y al Registro Civil y se publicará el edicto respectivo
en el Boletín
Judicial. Medidas cautelares
que se ordenan en sentencia y con vigencia post sentencia: la suspensión de la
notaria opera de pleno derecho y absolutamente
de manera que no puede aceptar rogaciones de nuevos servicios notariales de ninguna especie, pasados los ocho días de la publicación del edicto, conforme se dirá. No obstante lo
anterior, queda habilitada
para realizar todo tipo de trámites, razones notariales, autorización de escrituras adicionales etc, que sean indispensables para lograr
la inscripción de escrituras
o documentos autorizados por ella como
notaria, o que las haya autorizado
en conotariado, en los Registros
Públicos, pero que los haya realizado
estando habilitada, o sea, previos a la presente suspensión. De manera que la suspensión de la notaria lo es para aceptar
la rogación de trámites notariales nuevos, posteriores a la presente suspensión, e independientes de otras actuaciones notariales anteriores realizadas por ella. Esta disposición
reviste el carácter de medida cautelar tomada en sentencia y vigente post sentencia, y se
dicta con el afán de
tutelar los intereses de
las partes que hayan otorgado escrituras o realizado trámites ante la
notaria, previos a la suspensión
que acá se ordena. De alguna manera también
esta disposición tutela los intereses de la notaria de manera que pueda cumplir responsabilidades por trabajos realizados
mientras estaba habilitada y que no le sean cancelados por los Registros los
asientos de presentación de documentos
que autorice en las condiciones dichas, del mismo modo que tampoco reciba una nueva
sanción por realizar un trabajo notarial al
que estaba obligada, y que tampoco pueda usar la notaria la suspensión que se le impone como excusa para no cumplir responsabilidades propias de su función
por instrumentos autorizados cuando estaba habilitada. Esta medida cautelar
debe incluirse en el edicto
que se publicará. Del mismo
modo en los oficios que se remitan a las oficinas públicas de ley se copiará el por
tanto de esta resolución
para que éstas conozcan las
condiciones bajo las cuales
se suspende a la notaria. Esta
medida cautelar estará vigente a partir del momento que rige la suspensión y mientras permanezca suspendida la notaria. Todo conforme este fallo
y la normativa que nos rige El envío de los oficios a las oficinas públicas que corresponde se hará por correo electrónico
a efecto de garantizar su comunicación
y acorde a las políticas ce cero papel. Se ordenará a esas
oficinas remitir por correo electrónico
acuse de recibo de la comunicación, mismo que dirigirán a este expediente. 17-000121-0627-NO. Segunda: una
vez firme esta sentencia, en el momento
que se envíe el edicto a publicar. En aras de no dejar
en indefensión a la notaria
y bajo una interpretación progresiva de sus derechos humanos,
se le enviará un correo electrónico al medio señalado a efecto de que tome nota de la publicación del edicto. Esa comunicación se hará efectiva al notario cinco días antes o cinco días después de que la coordinadora judicial remita el edicto para su publicación, de ese modo el notario deberá
estar muy atento a esa
publicación para evitar cometer la falta de cartular estando suspendido que tiene una sanción mínima
de seis meses de suspensión. El correo
electrónico se enviará del correo interno de la técnica judicial, en caso de que no se lograra el envío, se enviará
a otro correo
que tenga registrado en la DNN o el Colegio de
Abogados y Abogadas, y si
no tuviere otros correos reportados se le llamará al celular que tenga registrado. Tomen nota de estas dos medidas cautelares las señoras Coordinadora Judicial y la técnica
a cargo del expediente. Las medidas
cautelares ordenadas se fundan en los
numerales 11, 27, 39 y 41 de la Constitución
Política, artículo 163 del CN y 3.4, 3.5, 77 a 97 del
Código Procesal Civil. Notifíquese.
Lic. Francis Porras León. Rige
ocho días naturales después
de su publicación en el Boletín
Judicial. Juzgado Notarial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, diecisiete de marzo del dos mil veintidós.
Licda.
María Gloríela de la Trinidad Garro Fernández,
Jueza Decisora.
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017 JA.—( IN2022657708 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Vanessa Vargas Santamaría, N°
0205540947, fallecido(a) el
13 de abril del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida, bajo el número 22-000270-1288-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000270-1288-LA. Promovido por Jorge Mauricio
Escobar Telles a favor de Vanessa Vargas Santamaría. Nota: De conformidad con la
Circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 27 de mayo
del año 2022.—Msc. Martha Chaves Chaves, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657667 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Mario Alberto García Juárez, fallecido(a) el 09 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000203-0868-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000203-0868-LA. Por
Leticia Gómez Fonseca. Lic. David Alonso Abarca Campos Juez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Nicoya)
(Materia Laboral), 11 de noviembre del año 2021.—Lic. David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022657668 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de José Daniel Navarrete
Mendoza 0503720921, fallecido el
18 de marzo del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de persona fallecida bajo el
Número 22-000041-1584-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000041-1584-LA. Por a favor de José Daniel Navarrete Mendoza. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional
de Carrillo (Materia Laboral), 21 de junio
del 2022.—Licda. Amadita Barrantes Delgado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657669 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Norberto Méndez Rodríguez 0503330255, fallecido el 19 de febrero del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de personas fallecidas bajo el
número 22-000035-1584-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000035-1584-LA. Por Prhoresa Costa Rica S. A. a favor de Norberto Méndez
Rodríguez. Nota: “De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Carrillo (Materia Laboral), 13 de junio del año 2022.—Lic. Guillermo Emilio Benavides Ruiz, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022657671 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Jorge
Luis Corea García, quien
fue mayor, divorciado, trabajador de servicio al cliente, portador de la cédula de
identidad N° 0503460225, vecino
de San José, Desamparados, y fallecido el 04 de diciembre del año 2021, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000066-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000066-1550-LA. Por
Ana María García Mendoza y otros, portadora
de la cédula de identidad N° 0800660237, en favor del citado trabajador fallecido. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 02 de junio del año 2022.—Cinthia Pérez
Pereira, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022657673 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Juan Diego Rodríguez Hernández
0207550909, fallecido(a) el 05 de marzo del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000767-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000767- 0639-LA. Promovidas por
Rodrigo de la Trinidad Rodríguez Mora a favor de Juan Diego Rodríguez
Hernández. Nota: “De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los
artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 09 de junio del año 2022.—Licda. Wendy Gabriela Martínez
Garbanzo, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657674
).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Mauricio
Sánchez Bojorge con cédula de identidad
N° 7-0139-0691, quien fue
mayor, costarricense, vecino
de puntarenas, soltero y falleció el quince de agosto del dos mil veintiuno. Se
les hace saber que Berta Luz Bojorge
con documento de residencia N° 155803131918, mayor de
edad, nicaragüense, ama de casa, viuda, vecina de Limón, Ojo de agua de Pacuare, 75 metros
al sur de la Igesia Católica
detrás última casa a mano izquierda, primaria incompleta, fecha de nacimiento 28 de setiembre de
1959, se apersonó a este despacho en
calidad de madre del causante, a fin de promover las presentes diligencias de consignación
de prestaciones. En razón de lo anterior se les confiere
a todos los interesados el plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, a
efecto de que se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el expediente número
22-000015-0679-LA, a hacer valer
sus derechos, lo anterior de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000015-0679-LA. Por Mauricio Sánchez Bojorge a
favor de Berta Luz Bojorge. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 22 de junio del 2022.—Licda. Norma Sedyer Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022657676 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Carlos Enrique Reyes Rosales, N°
0203520477, fallecido el
seis de junio del dos mil veintidós,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas, bajo el
número 22-000204-0694-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000204-0694-LA. Por
Kimberly Reyes Angulo y otros. Nota:
De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 24 de junio del año 2022.—Lic. Héctor Álvarez Jiménez, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657677 ).
Resolución número
AJD-RES-280-2022. Expediente número
AJ-042-2022.—Dirección
General de Servicio Civil. Asesoría
Jurídica. A las catorce
horas cuarenta minutos del veintinueve de abril de dos mil veintidós. Se le informa de la gestión despido sin responsabilidad patronal instaurada
por el señor
Ministro de Educación Pública, contra el accionado Erick Díaz Díaz, el día 29 de abril de 2022, en la cual según
manifestación de la parte actora, supuestamente bajo su responsabilidad y deber incurrió en los siguientes
cargos que se le imputan: “…El cargo que se le atribuye al señor Díaz Díaz Erick, son ausencias injustificadas. Hechos. El servidor Díaz Díaz Erick, en su condición
antes citada, ha incurrido en aparente incumplimiento
serio a los deberes del
cargo, pues según documentación que consta en el legajo
de prueba, se debe proceder a imputarle lo siguiente: Que el servidor Díaz Díaz Erick, cédula
de identidad número
2-519-933, quien se desempeña
Auxiliar de Vigilancia en el Liceo Rural Valle Verde, adscrito a la Dirección Regional
de Educación Zona Norte-Norte; no se presentó a laborar durante los días 15, 20, 21, 22,
23, 24 y 25 de marzo; así como los días 03, 04, 07, 08, 10,
12 y 13 de abril todos del
2022. Lo anterior sin dar aviso oportuno
ni presentar justificación posterior alguna
ante su superior inmediato,
dentro del plazo legalmente establecido al efecto. (Ver legajo de prueba)”. Contraviniendo con su supuesto actuar
lo estipulado en los artículos 39 inciso a), 43 siguientes del Estatuto de Servicio Civil, 50,
63 y 72 del Reglamento Autónomo
de Servicios del Ministerio
de Educación Pública y 81 inciso g) del Código de Trabajo.
A efecto de averiguar la verdad real de los hechos, y en resguardo
del debido proceso y del
derecho de defensa se le otorga
a la parte accionada acceso al expediente administrativo, mismo que consta de 5 folios, 1 legajo de prueba documental de 11 folios y 1 disco compacto, el cual
se encuentra en la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Servicio
Civil, ubicada de la esquina
noroeste de la Plaza de la Cultura,
300 metros norte, calle 3, avenidas 5 y 7, San José, para que, dentro
del plazo de diez
días hábiles, contados
a partir del día siguiente
al recibo de la notificación
de este acto, proceda a rendir por escrito su
oposición a los cargos que
se le atribuyen, presentando
toda la prueba de descargo que tuviere. Toda la documentación aportada a este expediente puede ser consultada y fotocopiada a costa de las partes
en esta Asesoría
Jurídica, advirtiéndole
que, por la naturaleza dicha de este expediente,
de conformidad con lo establecido
en el artículo
39 Constitucional y el
principio procesal consagrado
en el numeral 272 de la Ley
General de la Administración Pública,
en concordancia con el contenido del artículo 25.4 del Código Procesal
Civil: se declara el mismo de acceso
restringido sólo a las partes y a sus representantes legales; siendo lo aquí ventilado de interés para la Asesoría Jurídica y las partes mencionadas, por lo que puede incurrir en responsabilidad civil, penal o
de otra naturaleza, la
persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa a la parte accionada que, a toda audiencia que se realice,
con el fin de evacuar prueba testimonial, confesional, pericial, inspecciones oculares o cualquier otra diligencia probatoria tendientes a verificar la verdad real de los hechos, tiene derecho a hacerse asistir por un profesional en Derecho, además de peritos o cualquier especialista que considere necesario durante la tramitación del presente procedimiento. Se previene a la parte accionada, que en la primera gestión que realice ante este Despacho, debe señalar como medio para atender notificaciones una dirección de correo electrónico, según lo establecido en la Ley de Notificaciones N°
8687 del 4 de diciembre del 2008, bajo apercibimiento que en caso contario quedará
notificado de forma automática
dentro de las 24 horas siguientes
de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado,
sea porque fuere impreciso, no existiere, se encontrare descompuesto o presentare inconvenientes técnicos a nivel físico o lógico. La no presentación de la oposición hará presumir la renuncia al ejercicio de ese
derecho en esta etapa procedimental de conformidad con el artículo 90 inciso d) del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil. Además, se le advierte a las partes, la necesidad de cumplir con lo estipulado en el
artículo 75 del Reglamento
del Estatuto de Servicio
Civil, en cuanto al deber de proporcionar cuantas copias sean necesarias para cada una de las partes del proceso, de aquellos escritos y documentos que deseen aportar al expediente. En el caso
de presentar prueba, tanto los originales como las copias, deben presentarse conforme lo dispuesto por el Tribunal de Servicio Civil, mediante el oficio N° TSC-A-047-2017 del
08 de mayo de 2017, que dicta lo siguiente en el punto 10: “El expediente no debe tener un grosor que dificulte su revisión
y que afecte su conservación, por lo que cada tomo de un expediente o legajo no debe sobrepasar un grosor de más de 2 centímetros.(…)”; de modo que la documentación
presentada debe cumplir, con lo estipulado supra.
Queda a disposición de las partes la presentación de escritos por medio de la dirección de correo electrónico recepcion.ajuridica.dgsc@gmail.com con copia a asesoria_recepcion@dgsc.go.cr, los
cuales deberán ajustarse a lo señalado en los artículos
8 y 9 de la Ley N° 8454 del 30 de agosto de 2005 “Ley
de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos”, pero deberán
contar con la firma digital
debidamente validada. Ahora bien, como requisito indispensable para el reconocimiento de su equivalencia funcional, los escritos presentados
mediante correo electrónico deberán presentarse posteriormente en disco compacto, tanto el original para el expediente como la copia para la parte. De no oponerse a la gestión de despido dentro del plazo señalado o bien si el servidor
hubiere manifestado su conformidad, se procederá al traslado del expediente al Tribunal de Servicio
Civil, quien dictará el despido, en
definitiva, sin más trámite, según lo establece el inciso
c) del artículo 43 del Estatuto
de Servicio Civil. De conformidad
con el numeral 58.1 del Código Procesal
Civil, esta resolución es una de mera providencia,
en atención a que se trata de una resolución
de mero trámite, contra la cual no se dará recurso, según lo señala el artículo
65.9 del Código de previa cita. Comisión: De conformidad
con lo que dispone el artículo
94 del Reglamento del Estatuto
de Servicio Civil, para diligenciar
la notificación de esta resolución, se comisiona los Licenciados Alejandra Chaves Ballestero y Ronald Eduardo Núñez
Varela, funcionarios de Asuntos
Disciplinarios del Ministerio
de Educación Pública y para
tal efecto, se adjunta el acta de notificación, la cual debe ser devuelta
a este Despacho,
debidamente firmada por el accionado
el señor Erick Díaz Díaz. Solamente él debe firmar
dicha acta y entregársele todos los documentos
(sea la resolución AJD-RES-280-2022, el escrito de gestión
de despido con 5 folios, 1 legajo
de prueba documental de 11 folios y 1 disco compacto), pues esta notificación es PERSONAL. Considerando
que esta Dirección General tiene plazos perentorios
para realizar la instrucción
de la gestión de despido presentada por el señor Ministro
de Educación Pública, este trámite deberá
realizarse en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, contados a partir de la recepción de la comisión. En caso
de no poder diligenciar lo
anterior, deberá informarlo
por escrito a este Despacho,
exponiendo la razón de tal imposibilidad y devolviendo todos los documentos enviados por esta
Asesoría Jurídica. Una vez que se notifique, se debe enviar el
acta de notificación por correo electrónico o entregarse personalmente e informarse así al teléfono 2586-8311. Para
cualquier consulta, puede hacerse al número telefónico 2586-8311. Por último,
se pone en conocimiento de
las partes, que en el caso de las resoluciones firmadas con firma digital, los archivos digitales de las mismas se encuentran en custodia de esta Asesoría Jurídica. Notifíquese.—Alejandra
Barrantes Monge, Abogada Instructora.—Irma Velásquez Yánez, Directora de Asesoría Jurídica.—1 vez.—O.C. N° 4600054280.—Solicitud
N° 358135.—( IN2022656716 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de siete mil setecientos setenta y tres dólares con treinta centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo particular Placas: BJY299, Marca: Hyundai, Estilo: Grand
I10 GLS, Chasis: MALA841CBGM132612, Sedan 4 puertas. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del tres
de agosto de dos mil veintidós
con la base de cinco mil ochocientos
veintinueve dólares con noventa y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del
once de agosto de dos mil veintidós
con la base de mil novecientos cuarenta
y tres dólares con treinta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda Costa Rica S. A., contra Irene del
Carmen Shirley Shirley. Expediente
N° 19-009519-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 16
de junio del año 2022.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza
Decisora.—( IN2022656815 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas
318-02623-01-0901-006, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 174361 derecho 000, la cual
es terreno de palma. Situada en el
distrito 1-Parrita, cantón
9-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Elkyn Olyeri Díaz Bermúdez y Francisco Salas Pérez; al sur, calle pública con un frente a ella
de 57.89 metros lineales; al este,
Ana Bermúdez Pérez; y al oeste,
calle pública con un frente a ella de 65,29 metros lineales. Mide: cuatro mil ciento noventa y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta y cinco minutos del doce de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta y cinco minutos del veinte de octubre del dos mil veintidós con
la base de diecinueve millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta y cinco minutos del veintiocho de octubre del dos mil
veintidós con la base de seis millones
seiscientos veinticinco mil
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Elkyn Olyeri
Díaz Bermúdez, Walter Andrey Campos Rojas. Expediente N° 21-007410-1207-CJ.—Juzgado de Cobro
de Puntarenas, hora y fecha de emisión: quince horas con treinta
y cuatro minutos del veintinueve
de abril del dos mil veintidós.—Licda.
Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022657250 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 154645-000, la cual
es naturaleza: terreno para
construir, lote 20 F. Situada en el
distrito (05) Agua Caliente (San Francisco), cantón (01) Cartago de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte:
IMAS lote 1; al sur: alameda 5 con un frente de 7 metros 85 centímetros;
al este: IMAS, lote 21; y
al oeste: Cristóbal Madriz Martínez. Mide: ciento once metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós, con la base de quince millones
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del uno de setiembre de
dos mil veintidós, con la base de cinco
millones colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Roger William Cerdas Chaves, Silvia Elena Cerdas Hidalgo. Expediente N°
21-007997-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 9 de junio del 2022.—Marcela Brenes
Piedra, Jueza Tramitadora.—(
IN2022657282 ).
En este Despacho, con
una base de quince millones ochocientos cincuenta mil colones exactos , libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic y reserv ref: 000000000IDA citas:
395-15899-01-0899-001, condic y
reservref:00134620-000 citas: 395-15899-01-0900-001, condic
y reservref:00134620-000 citas: 395-15899-01-0905-001; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos
cincuenta y cuatro mil ochocientos veintinueve, derecho 000, la cual es terreno
para construir con una casa de interés social. Situada en el distrito 2-Santiago,
cantón 2- Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Misael Céspedes Brenes Y Odilie Mora
Ulloa; al sur Lidiette Redondo Valerín;
al este Lidiette Redondo Valerín
y al oeste calle pública. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas cero minutos del dos de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero
minutos del doce de setiembre de dos mil veintidós con la base de once millones
ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintidós con la
base de tres millones
novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Adriana Johanna
Roque Solano, Expediente N° 21-006191-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de
junio del año 2022.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez Tramitador.—(
IN2022657289 ).
En este Despacho,
con una base de dieciséis
mil seiscientos
treinta y dos dólares con ochenta y un centavos, soportando
denuncia de tránsito 800 00807329 001, sáquese a remate el vehículo placa: BNW289, marca: CMC, año fabricación: 2017, color: plateado,
vin: RKMAS47LXHY057498, N. motor: 4G69S4NSSB2962, cilindrada:
2400 c.c, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós con la base de doce mil
cuatrocientos setenta y
cuatro dólares con sesenta
y un centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil veintidós con la
base de cuatro mil ciento cincuenta
y ocho dólares con veinte centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Dorian Abarca Gómez, expediente 21-008310-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión:
nueve horas con cincuenta y
ocho minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintiuno.—Noelia Prendas
Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2022657297 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho millones ciento setenta y un mil doscientos ochenta colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 343552, derecho 000, la cual
es terreno naturaleza: terreno de patio con una casa. Situada: en el
distrito 2-Jesús, cantón
5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rodrigo Guzmán Murillo;
al sur, Dagoberto Quesada Oconitrillo;
al este, calle pública con un
frente de 12,37 mts lineales
de frente, y al oeste,
Fernando Salas Lobo. Mide: doscientos
cincuenta metros cuadrados.
Plano: A-2030372-2018. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del trece de setiembre del dos mil veintidós, con la base de trece millones seiscientos veintiocho mil cuatrocientos sesenta colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintidós de setiembre del dos
mil veintidós, con la base de cuatro millones quinientos cuarenta y dos mil ochocientos veinte colones con veintitrés céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Asdrúbal Alberto Oviedo Sánchez. Expediente N° 21-011113-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas
con cuarenta y siete minutos del primero de diciembre
del dos mil veintiuno.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2022657298 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
quinientos cuarenta y cinco mil setenta y seis, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito:
01-San Mateo, cantón: 04-San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Idaly Acosta
González; al sur, calle pública; al este,
Sierra Brava Sociedad Anónima, y al oeste, Sierra Brava Sociedad Anónima.
Mide: doscientos noventa y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós, con
la base de treinta millones
de colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós, con la base de diez millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo
contra Edgar Andrés Torres
Canaval. Expediente N°
21-008986-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha
de emisión: nueve horas con
catorce minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintiuno.—Lic. Manuel Loría Corrales, Juez
Tramitador.—(
IN2022657299 ).
En este Despacho, con una base de doce mil doscientos setenta y dos unidades de desarrollo, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
377-10414-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 469907-001 y 002, la cual
es terreno para construir
con una casa lote quinientos treinta y uno. Situada: en el
distrito 09-Pavas, cantón
01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, casa contigua de la Urbanización Metrópolis segunda etapa; al sur, alameda peatonal con 5 metros 50 centímetros; al este,
casa contigua 532 de la Urbanización
Metrópolis
segunda etapa, y al oeste, casa contigua 530 de la Urbanización Metrópolis segunda etapa. Mide: ochenta
y dos metros con cincuenta decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas con treinta minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas con
treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós, con la base de nueve
mil doscientos cuatro unidades
de desarrollo (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
veintidós, con la base de tres
mil sesenta y ocho unidades de desarrollo (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra María Cristina Hernández Ramírez. Expediente N° 22-000939-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de junio del año 2022.—Lic. Alonso Chaves Ledezma, Juez Decisor.—( IN2022657301 ).
En este Despacho, con una base de doce millones colones
exactos, soportando Reservas Ley Aguas citas: 405-10258-01-0012-001 y Reservas
Ley Caminos citas: 405-10258-01-0013-001, sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
216349, derecho 001-002, la cual es terreno solar galera, establos,
casa, cultivos, granja. Situada en el
distrito 1-Paraíso, cantón 2-Paraíso, de la provincia
de Cartago. Finca se encuentra en
zona catastrada. Colinda:
al norte: calle pública; al
sur: Identificador predial 30201024070200; al este: calle pública; y al oeste:
Identificador predial 30201021641900. Mide: dos mil doscientos cuarenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veintidós con
la base de nueve millones colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós con la base de tres millones colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Multiservicios W M R de Paraíso Sociedad Anónima contra Deily
Patricia Fonseca Brenes,
Jorge Arturo Víquez
Álvarez. Expediente
N° 21-006774-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
19 de mayo del año 2022.—Licda.
Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022657303 ).
En este Despacho, con una base de ochenta y cinco millones trescientos setenta y un mil quinientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes , pero soportando servidumbre trasladada citas:
154-02969-01-0002-001, servidumbre trasladada citas:225-03175-01-0901-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2012-300027-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 109342-F,
derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número F-doscientos cuarenta
y cinco, apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 7-Puente de Piedra, cantón
3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, fincas filiales primarias individualizadas número F-doscientos veinticuatro y F-doscientos veintitrés; al sur, área común a acceso F-dos; al este, finca
filial primarias individualizada
número F-doscientos cuarenta y seis; y al oeste,
finca filial primaria individualizada
número F-doscientos cuarenta y cuatro. Mide: doscientos cuarenta y seis metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil veintidós con
la base de sesenta y cuatro millones
veintiocho mil seiscientos setenta y un colones con ochenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del doce de agosto del dos mil veintidós con
la base de veintiún millones
trescientos cuarenta y dos
mil ochocientos noventa colones con sesenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Eddy Miguel De Praga
Agüero González, Rafael Estiven Blanco Zúñiga. Expediente N° 22-001328-1204-CJ.—Juzgado de Cobro
de Grecia, hora y fecha de emisión: diez horas con cuatro minutos del veintidós de junio
del dos mil veintidós.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022657307 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones cuarenta y tres mil cuatrocientos veintisiete colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando cancelación de concesión de taxi (MOPT) Ley N° 7969
22-12-1999 anotado bajo tomo
2021, asiento 00669355 secuencia 007, cancelación de
concesión
de taxi (MOPT) Ley N° 7969 22-12-1999 anotado bajo tomo 2021, asiento 00669355, secuencia
008; sáquese a remate el vehículo placas: TSJ 3693, marca: FAW, estilo: OLEY, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie, chasis y vin todos: LFP83ACCXG1K01060, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, año fabricación: 2016, uso: taxi,
color: rojo, N° motor: CA4GA5ME103031, marca: FAW, N°
serie: no indicado,
modelo: OLEY, cilindrada:
1500 C.C. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
del cuatro de agosto del año
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas del doce de agosto del año dos mil veintidós, con la base de tres millones treinta y dos mil quinientos setenta colones con setenta y nueve céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas del veintitrés de agosto del año dos mil veintidós, con la
base de un millón diez mil ochocientos cincuenta y seis colones con noventa y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Fulvio Vega
Chaverri. Expediente N° 21-007497-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
10 de junio del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2022657308 ).
En este Despacho, con una base de seis millones setecientos veintiocho mil trescientos sesenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas C-166829, marca Freightliner, estilo CL112
Columbia, año 2006, Vin: 1FUJF0CV36LX21990, cilindrada: 12800 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas veinte minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas veinte minutos del veinticinco de octubre del dos
mil veintidós con la base de cinco
millones cuarenta y seis
mil doscientos setenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas veinte minutos del dos de noviembre del
dos mil veintidós con la base de un millón seiscientos ochenta y dos mil noventa y un colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Apartamento Balance Dos Sociedad Anónima
contra José Alfredo Rodríguez Salas. Expediente N°
22-001127-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de junio del
2022.—Karina Alexandra Pizarro García, Jueza.—(
IN2022657309 ).
En este Despacho, con una base de un millón seiscientos veintidós mil seiscientos cuarenta colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLJ244 Marca: Nissan Estilo: Sentra GXE categoría: automóvil capacidad: 5 personas serie: 3N1CB51DX2L637833 carrocería:
Sedan 4 puertas tracción:
4X2 Número Chasis:
3N1CB51DX2L637833 año fabricación:
2002 color: Dorado cilindrada: 1800 c.c combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan
las nueve horas cero minutos
del once de julio de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del diecinueve de julio de dos mil veintidós con la
base de un millón doscientos
dieciséis mil novecientos ochenta colones con cuarenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de julio de dos mil veintidós con la base de cuatrocientos
cinco mil seiscientos sesenta colones con dieciséis céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de OPC Operadora de Cobro y Crédito Comercial S. A. contra
Paul André Mata Gómez, Rosa María Gómez Calderón. Expediente:20-007442-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
02 de mayo del año 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022657310
).
En este Despacho, con una base de siete millones trescientos veintiséis mil cuarenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BFG407, Marca:
Nissan, Estilo: Versa, Categoría:
Automóvil, Capacidad: 5
personas, Carrocería: Sedan 4 puertas,
Tracción: 4x2, Año: 2014.
Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos
del tres de agosto de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas cero minutos del once de agosto de dos
mil veintidós con la base de cinco
millones cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos treinta y tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del veintidós de agosto de
dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos trece mil quinientos once colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de José
Alexis Canales Velásquez contra Felipe Amado
Contreras Morales, Karol Vanessa Ramírez Vargas. Expediente
N° 19-000784-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 15 de junio del año 2022.—Licda. Jennsy María Montero
López, Jueza Tramitadora.—( IN2022657338 ).
En este Despacho,
con una base de nueve millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 187-05283-01-0901-001, servidumbre
sirviente citas:
267-05909-01-0901-001 y servidumbre trasladada citas:
306-08173-01-0903-001, sáquese a remate
la finca del partido de Cartago, matrícula
número 176598, derecho 000, la cual
es terreno para uso agrícola. Situada: en el
distrito 4-San Nicolás, cantón
1-Cartago, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, Urbanización El Atardecer Limitada destinado a servidumbre agrícola; al sur, Urbanización El Atardecer
Limitada; al este, lote cinco, y al oeste, José María Hernández Solano. Mide:
dos mil ochocientos sesenta
y tres metros con cincuenta
decímetros
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós, con la base de siete millones doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintidós, con
la base de dos millones cuatrocientos
doce mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de El
Mongito WGQ Sociedad Anónima
contra Taller San Antonio Sociedad Anónima. Expediente N°
21-007214-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 26 de mayo del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes
Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022657353
).
En este Despacho, con una base de tres millones setecientos
setenta mil novecientos treinta
y ocho colones con noventa céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 347-15050-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento ochenta y dos mil quinientos cincuenta y seis,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito:
05-Curubandé, cantón: 01-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, servidumbre de
paso y Ana Félix Bustos Morales; al sur, Ana Félix Bustos Morales y
José Leoncio Bustos Morales; al este, Ana Félix Bustos Morales, y al oeste,
calle pública con un frente de 15
metros con 60 decímetros lineales.
Mide: cuatrocientos noventa y dos metros cuadrados.
Plano: G-1464532-2010. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del tres de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del once de agosto del
dos mil veintidós, con la base de dos millones ochocientos veintiocho mil doscientos cuatro colones con dieciocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con
la base de novecientos cuarenta
y dos mil setecientos treinta
y cuatro colones con setenta
y tres céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Comisión Nacional
de Préstamos
para la Educación contra Karla Nelly Picado Bustos. Expediente N° 21-004568-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: once horas con
cuatro minutos del veinticuatro
de mayo del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez
Decisor.—(
IN2022657355 ).
En este Despacho, con una base de once millones quinientos sesenta y ocho mil colones exactos, soportando servidumbre de paso citas: 2013-17748-01-0004-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
503280-001-002, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
7-La Fortuna, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, José Efraín Castillo Vega; al sur, Miguel Ángel Zárate Araya; al este, Miguel Ángel Zárate Araya, y al oeste, servidumbre de paso. Mide: cuatrocientos veintitrés metros cuadrados, plano: A-1616122-2012
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil veintidós, con la base de ocho millones seiscientos setenta y seis mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de agosto del
dos mil veintidós, con la base de dos millones ochocientos noventa y dos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Amelia Del Carmen Mairena
Hernández, Pedro Joaquín Altamirano Acuna. Expediente
N° 21-003812-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con veintiséis
minutos del veintidós de julio del dos mil veintiuno.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022657356 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
235423-000, la cual es terreno
para construir lote numero 19 con una casa de habitación. Situada en el distrito:
01-Los Chiles, cantón:
14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, alameda y lote 19; al sur, Corkin S. A.; al
este, Corkin S. A.; y al oeste, lote 17. Mide: doscientos sesenta y un metros con noventa y
un decímetros
cuadrados. Plano: A-0771748-1989. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del seis de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del catorce de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintitrés
de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de dos millones de colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Ana Rosa Alfaro Rodríguez, Victor Manuel Del Carmen Ramírez Quirós contra
José Tomás Rodríguez Rodríguez. Expediente
N° 21-005089-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con dos minutos del veinticuatro de junio del dos mil veintidós.—Pablo Asdrúbal López Vindas,
Juez Decisor.—(
IN2022657362 ).
En este Despacho, con una base de dos millones novecientos ochenta y siete mil cuatrocientos colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
285894-001 y 002, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
2-San Rafael, cantón 11-Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Fausto Zúñiga
Elizondo; al sur, calle pública;
al este, Fausto Zúñiga
Elizondo, y al oeste, Fausto Zúñiga
Elizondo. Mide: trescientos
cincuenta y ocho metros con
cuatro decímetros cuadrados,
plano: SJ-0393403-1980. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos
mil veintidós con la base de dos millones
doscientos cuarenta mil quinientos cincuenta colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de setecientos cuarenta
y seis mil ochocientos cincuenta
colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Los Servidores Públicos R.L. contra
Gerardo Enrique Artavia Zúñiga, Roxana Del Rosario
Zúñiga Chaves, y Gerardo Enrique Artavia Méndez, Expediente N° 22-000895-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 07 de junio del año 2022.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022657364 ).
En este Despacho, se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de julio de dos mil veintidós. Para la primera finca,
con una base de siete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos, citas:
451-11097-01-0005-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Puntarenas, matrícula número
ciento seis mil ochocientos
cincuenta y nueve, derecho
cero cero cero. la cual es lote A-21, terreno para construir, situada en el
distrito: 01-Golfito, cantón 07-Golfito de la provincia de Puntarenas. Linderos:
norte: Webb Acuña James y Jenny Castro Molina;
sur: calle pública; este:
lote A-20; oeste: lote A-22 Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados, plano: P-0465175-1998.
Para la segunda finca, con una
base de nueve millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 451-11097-01-0005-001; sáquese
a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula
número ciento veintitrés mil trescientos treinta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote A veinte, situada en el
distrito: 01-Golfito, cantón: 07-Golfito de la provincia de Puntarenas. Linderos:
norte: lote A 9; sur: calle pública con un frente de 10
metros; este: lote A 19; oeste: lote A 21. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados, plano: P-0465215-1998. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del veintiocho de julio de
dos mil veintidós, con la base de cinco
millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) (para la primera finca), y con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) (para la segunda finca). y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós, con
la base de un millón ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). (Para la primera finca), y con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). (Para la segunda finca). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Ovidio Mario
Castro Rojas, Josué
Eugenio Gutiérrez Calderón, Maria de Los Ángeles Pérez Salazar, Shirley Patricia Castro Pérez. Expediente
N° 13-000330-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito. Hora y fecha
de emisión: catorce horas
con quince minutos del diecinueve de abril del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez
Coordinador.—( IN2022657390 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés millones novecientos veinticuatro mil ciento sesenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando embargo practicado al tomo 800, asiento
222526-01, expediente 14-003950-1207-CJ y servidumbre de paso bajo las citas
2011-325574-01-0038-001; sáquese a remate la finca
del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento ochenta y cinco mil doscientos noventa y dos, derecho
000, la cual es terreno de
solar denominado lote número cinco accesado
por una servidumbre
con un frente subdividido en dos partes con una medida de 9.28 metros lineales de frente y 54.00 metros
lineales de largo. Situada en el distrito
03 Naranjito, cantón 06
Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Viejo Marino
S. A.; al sur, lote 6 El Canal de La Palma S. A. y en parte servidumbre;
al este, El Canal de La Palma S. A.; y al oeste, El Canal de La Palma S. A. lote
4. Mide: mil seiscientos sesenta y cuatro metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las siete horas cincuenta minutos del diez de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las siete
horas cincuenta minutos del
diecinueve de agosto del
dos mil veintidós con la base de diecisiete
millones novecientos cuarenta y tres mil ciento veinte colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cincuenta minutos del veintinueve de agosto del dos mil
veintidós con la base de cinco
millones novecientos ochenta y un mil cuarenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Walter Ramón Herrera Castro contra Juan Carlos Ramírez Rodríguez,
Redemption Songs Sociedad Anónima. Expediente N°
16-001076-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas,
hora y fecha de emisión:
quince horas con nueve minutos
del diecinueve de abril del
dos mil veintidós.—Luis
Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(
IN2022657412 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve mil trescientos cuarenta y seis dólares con ochenta y un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas número RMM951. Marca
Renault. Estilo Duster 4X2. Categoría automóvil. Capacidad 05 personas. Año 2019. Color gris. Vin 9FBHSR595KM383574. Cilindrada 1600 c.c. Combustible gasolina.
Motor Nº K4M2842Q167139. Para tal efecto
se señalan las once horas treinta
minutos del uno de agosto
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del once de agosto del dos mil veintidós
con la base de catorce mil quinientos
diez dólares con once
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós con la base de cuatro mil ochocientos
treinta y seis dólares con setenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Marlon Alberto Rojas Martínez. Expediente N° 22-000824-1204-CJ.—Juzgado de Cobro
de Grecia, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta
minutos del veinte de junio del dos mil veintidós.—Heiner Eduardo Baltodano Solís, Juez Decisor.—( IN2022657413 ).
En este Despacho, con una base de ciento sesenta y cuatro mil sesenta y cuatro dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada bajo las citas:
382-05464-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 58287-F-003 y 004, la cual
es terreno Finca Filial Uno destinada
a uso habitacional ubicada en el
primer nivel en proceso de construcción. Situada en el
distrito 3-San Rafael, cantón
2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte: zona verde, área de juegos infantiles y en parte terraza
del área común libre; al
sur: zona verde, vestíbulo
de la residencia, escalera del área
común construida y ducto mecánico; al este: en parte
con zona verde, en parte con ducto y Lote número ocho; y al oeste: vestíbulo, salón y terraza. Mide: ciento treinta
y seis metros con sesenta y siete
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas diez minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas diez minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós con la base de ciento
veintitrés mil cuarenta y ocho dólares exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas diez minutos del uno de setiembre de
dos mil veintidós con la base de cuarenta
y un mil dieciséis dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José S. A. contra Carmen María Guerra Espinoza,
Livia María Ortuño Pinto. Expediente
N° 22-001808-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de abril del año 2022.—Sirlene de los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022657415 ).
En este Despacho, con una base de quince millones quinientos cincuenta mil setecientos nueve colones con setenta y cuatro céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
564870, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
7-Patarrá, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Finca Patarrá Sociedad Anónima;
al sur, Finca Patarrá
Sociedad Anónima; al este,
Finca Patarrá
Sociedad Anónima y al oeste,
calle pública con 8.00 metros de frente.
Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cincuenta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cincuenta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós con la base de once millones
seiscientos sesenta y tres mil treinta y dos colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cincuenta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con
la base de tres millones ochocientos ochenta y siete mil seiscientos setenta y siete colones con cuarenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados
de la Compañía (ASEFYL) contra Eladio Fallas Zúñiga, Lidieth María Leitón Carvajal. Expediente N°
21-023454-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José,
07 de junio del año 2022.—Sirlene de Los Ángeles Salazar
Muñoz, Jueza Decisora.—(
IN2022657416 ).
En este Despacho, con una base de doscientos mil novecientos sesenta y nueve dólares con veintiún centavos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servid. localiz. ref.:
2616/257/002, bajo las citas: 324-14904-01-0901-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 62765-F-000, la cual
es terreno naturaleza:
finca filial número
setenta y cinco, vivienda tipo D, de dos niveles primero y segundo, destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada
en el distrito
3-Pozos, cantón 9-Santa Ana de la provincia
de San José. Colinda: al norte
finca filial número
setenta y seis; al sur: finca filial número setenta y cuatro y parqueo de visitas, que es área común
libre; al este: Norma Virginia Rodríguez Jiménez; y al oeste: acceso peatonal
y vehicular. Mide: trescientos
sesenta y siete metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos
(2:15 p.m.) del dieciséis de agosto
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas quince minutos
del veinticuatro de agosto
de dos mil veintidós, con la base de ciento cincuenta mil setecientos veintiséis dólares con noventa y un centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del
uno de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de cincuenta mil doscientos
cuarenta y dos dólares con treinta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Bac San José S. A., contra 3101477172 S. A., José Pablo Coto García. Expediente N° 19-007582-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 7 de junio del 2022.—Marvin Antonio
Hernández Calderón, Juez Tramitador.—(
IN2022657417 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis mil noventa dólares con setenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas CKD127, Marca:
Nissan. Estilo: QASHQAI. Categoría:
Automóvil. Capacidad: 5 personas.
Carrocería: Todo terreno 4 puertas. Tracción: 4X2. Año fabricación: 2017. Uso:
Particular. Color: Blanco. Combustible: Gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas quince minutos del cuatro de octubre de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas quince minutos
del doce de octubre de dos
mil veintidós con la base de doce
mil sesenta y ocho dólares con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del veinte de octubre de dos mil veintidós con
la base de cuatro mil veintidós dólares
con sesenta y ocho centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Bac San José S. A., contra Cristóbal Francisco Herrera Ramos. Exp:
20-014692-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: veintitrés
horas con dieciocho minutos
del veinticinco de mayo del dos mil veintidós.—German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022657419 )
En este Despacho, con una base de cincuenta y tres mil dólares exactos ,soportando servidumbre
trasladada citas:
305-15921-01-0903-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 145189-000, la cual es terreno para construir con una casa lote 4 bloque K. Situada en el distrito:
04-Jesús, cantón: 04-Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, calle pública con
08.00 metros; al sur, en parte
con lotes 10 y 11; al este,
lote 3; y al oeste, lote 5. Mide: ciento
noventa y siete metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del siete de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del quince de noviembre
del dos mil veintidós, con la base de treinta y nueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de trece mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José S. A. contra John Sebastián Hernández Hernández,
Sebkathh Sociedad Anónima. Expediente N° 21-011543-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, Hora y fecha de emisión: nueve horas con seis minutos del treinta de mayo del
dos mil veintidós.—Noelia
Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022657422 ).
En este Despacho, con una base de ocho mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con sesenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BGF396. marca Renault, estilo Sandero Stepway, categoría automóvil, capacidad cinco personas, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, año 2014, color
gris, vin: 9FBBSRALSEM244179, número motor
K4MA690Q226868, cilindrada
1600 c.c, combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas quince minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas
quince minutos del dos de noviembre
del dos mil veintidós, con la base de seis mil trescientos cincuenta y seis dólares con setenta y seis
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós con la base de dos mil ciento
dieciocho dólares con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José contra María Elisa Álvarez Soñez. Expediente N° 19-006604-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión:
veintidós horas con seis minutos
del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas,
Juez Tramitador.—(
IN2022654724 ).
En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones cuatrocientos veintinueve mil setecientos siete colones con siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 297-12156-01-0909-001, y servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso citas:
545-07048-01- 0001-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Guanacaste, matrícula número
ciento sesenta y dos mil setecientos diecinueve, derecho cero
cero cero, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito:
02-Santa Cecilia, cantón: 10-La Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte: calle pública; al
sur: Virgil Christian Patterson Anderson; al este:
Tomás Baltodano Carrillo; y al oeste: Juan Taleno Navarro y
Virgil Christian Patterson Anderson. Mide: sesenta mil metros cuadrados.
Plano: G-1076442-2006. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós, con la base de veintiséis
millones quinientos setenta y dos mil doscientos ochenta colones con treinta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de ocho millones
ochocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos veintiséis colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Margarita Ulloa Camacho, y Mario José Montiel
Ulloa. Expediente N° 22-000006-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con
seis minutos del catorce de
junio del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022657427 ).
En este Despacho, con una base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando limitación de Ley de Aguas y Ley
de Caminos Públicos bajo las citas
de inscripción: 2010-333925-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido
de la provincia: Guanacaste, matrícula
número: 222771-000, derecho 000, la cual es terreno solar. Situada: en el
distrito: 3 Mogote, cantón:
4 Bagaces, de la provincia de Guanacaste, matrícula número: 2147217900. Colinda: al norte, Zenón Vargas Alfaro; al sur, Zenón
Vargas Alfaro; al este, Zenón
Vargas Alfaro, y al oeste, calle
pública, con un frente de
9.5 metros. Mide: ciento ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil veintidós (13:30
horas 17/08/2022). De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del año dos mil veintidós (13:30
horas 25/08/2022), con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos, (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil veintidós (13:30 horas 02/09/2022), con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución de sentencia de
José Tranquilino López Álvarez contra Sloan Angelita
Jiménez Gómez. Expediente N° 17-000013-0873-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), hora y fecha
de emisión: ocho horas con cincuenta y cuatro minutos del veintisiete de junio del dos mil veintidós.—Lic. Carlos Eduardo Arce Matarrita,
Juez.—(
IN2022657434 ).
En este Despacho, con una base de tres millones doscientos
once mil setecientos trece colones con cuatro céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
cincuenta y un mil setecientos
cuarenta y nueve, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada en el Distrito 1-Buenos Aires, Cantón 3-Buenos Aires, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte
Emira Solís Granados; al sur Juan Manuel Mu/Oz
Flores; al este José Quirós Carranza y al oeste calle pública con 10m 03cm. Mide: doscientos treinta metros con tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de agosto de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del doce de agosto de dos
mil veintidós con la base de dos millones
cuatrocientos ocho mil setecientos ochenta y cuatro colones con setenta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós con
la base de ochocientos dos mil novecientos
veintiocho colones con veintiséis céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados del Ministerio de Educación Pública R.L contra Jose Uriel Vásquez Carvajal, María
Griselda De Los Ángeles Carvajal Carvajal.
Exp:22-001402-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta minutos del diecisiete de mayo
del dos mil veintidós.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022657448 ).
En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número doscientos quince
mil setecientos ochenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 11=C. Situada en el distrito
4-Piedades norte, cantón
2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Lucas Gonzalo Caballero Madrigal; al sur, calle 4,43 de fte y servidumbre; al este, servidumbre de alcantarillado Purral, y al oeste, lote 12=C. Mide: ciento ochenta y cuatro metros
con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del veinticinco
de agosto del dos mil veintidós,
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del seis
de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de quinientos mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Ramón Antonio Salas Arias contra Ovidio Francisco Gerardo De Los Ángeles
Fernández Vega. Expediente N° 22-001311-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 21 de junio del 2022.—Licda. Jennsy María Montero López,
Jueza Decisora.—( IN2022657476 ).
En este Despacho, con una base de seis millones setecientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
número ciento siete mil trescientos sesenta y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Liberia, cantón
1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: Galo Alvarado
Salazar; al sur: Marta Eugenia Alvarado; al este: Servidumbre en medio Ana Mercedes
Alvarado; y al oeste: Ovidio
Bonilla Bonilla. Mide: ciento sesenta y un metros con tres decímetros cuadrados. Plano: G-0808359-1989. Para tal
efecto, se señalan las
quince horas treinta minutos
del tres de agosto de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veintidós con
la base de cinco millones cuarenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del veintidós de agosto de
dos mil veintidós con la base de un millón seiscientos ochenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Betsabe Mora Cruz, Oscar de Jesús Valverde Villalobos
contra Grupo Lucafe de Curridabat
Sociedad Anónima. Expediente
N° 21-005525-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y nueve minutos del ocho de junio del dos mil veintidós.—Lic.
Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022657483 ).
En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas
335-18983-01-0900-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 202692-000, la cual es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito
7 Puente de Piedra, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública,
Francisco Angulo y Miriam Guevara Angulo; al sur, Luis Antonio Ulate y otros; al este, Luis Antonio Ulate; y al oeste, Francisco Angulo Monge, Miriam Guevara Murillo y
Luis Angulo. Mide: trescientos
noventa metros cuadrados.
Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos
del uno de agosto de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del once de agosto del dos mil veintidós
con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintitrés
de agosto del dos mil veintidós
con la base de dos millones quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Douglas Del Carmen Jiménez Alfaro contra Ana Isabel Carvajal Benavides. Expediente
N° 22-001469-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora
y fecha de emisión: quince
horas con veinticinco minutos
del veintisiete de junio
del dos mil veintidós.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022657489 ).
En este Despacho, con una base de trece mil quinientos noventa y dos dólares con ochenta y siete centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: CL 293522, marca: JMC, estilo: N601, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, tracción:
4x2, año fabricación: 2017,
color: blanco, vin: LETYEAA15HHN00037, N° motor: JX493Q1FB185487, cilindrada: 2771 C.C, cilindros:
4, combustible: diesel. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
quince minutos del tres de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince
minutos del once de octubre
del dos mil veintidós, con la base de diez mil ciento noventa y cuatro dólares con sesenta y cinco centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del diecinueve de octubre del dos mil
veintidós, con la base de tres
mil trescientos noventa y ocho dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de MB Créditos S.A
contra Jairo Azofeifa Montero. Expediente
N° 20-015891-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: catorce horas
con diecisiete minutos del trece de mayo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022657497 ).
En este Despacho, con una base de veinticinco millones ciento ocho mil seiscientos sesenta y ocho colones con setenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y nueve, derecho 000,
la cual es terreno para construir lote 4 del bloque A. Situada en el distrito
4-San Nicolás, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, lote 3; al sur, calle pública con un frente de 23
metros 21 centímetros;
al este, calle pública con un
frente de 10 metros 95 centímetros; y al oeste.
lote 5. Mide: doscientos setenta metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del treinta
y uno de agosto del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del ocho de setiembre del
dos mil veintidós con la base de dieciocho
millones ochocientos treinta y un mil quinientos un colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veinte
de setiembre de dos mil veintidós
con la base de seis millones doscientos
setenta y siete mil ciento sesenta y siete colones con diecisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados
de Coca Cola FEMSA de Costa Rica S. A. (ASEFEMSA) contra Mauricio José Marín Vargas. Expediente N° 21-005665-1338-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 20
de junio del 2022.—Lic.
Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez.
Tramitador.—(
IN2022657501 ).
En este Despacho, con una base de treinta y seis millones seiscientos setenta y dos mil ciento veinticuatro colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 310685-001-002, la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación.
Situada: en el distrito: 01-Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Pedro Quesada Solís; al sur, calle pública con 10 metros; al este, Teresita Vargas Arce, y al oeste,
Inversiones Romdox S A. Mide: doscientos noventa y nueve metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: A-0266400-1995. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de veintisiete
millones quinientos cuatro
mil noventa y tres colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil veintitrés,
con la base de nueve millones
ciento sesenta y ocho mil treinta y un colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Cinco ZN S. A. contra Gerardo Alexander Villegas Villegas,
Los Mesén
del Norte S. A. Expediente N° 20-007251-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con trece minutos del tres de marzo del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza, Jueza Decisora.—( IN2022657527 ).
En este Despacho, con una base de noventa y cuatro millones sesenta y cinco mil trescientos sesenta y tres colones con dieciocho céntimos, soportando servidumbre trasladada citas:
300-15319-01-0901-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 571-42931-01-0007-001, demanda
ordinaria citas:
800408423-01-0001-001, número
de expediente 17-000348-0687-FA, servidumbre
de acueducto y de paso de AyA
citas: 2017-603834010150-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 77366-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número uno futura finca matriz apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de tres
pisos. Situada: en el distrito:
07-Puente de Piedra, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte noreste, con un frente a área común
de trece metros con treinta
y cinco centímetros; al sur noroeste, lote dos; al este sureste, área
común, y
al oeste suroeste, con
resto de la finca. Mide: cuatrocientos
dos metros cuadrados. Plano: A-1360413-2009. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós, con
la base de setenta millones
quinientos cuarenta y nueve mil veintidós colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de veintitrés millones
quinientos dieciséis mil trescientos cuarenta colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
COOPEGRECIA R.L. contra Guido Fernando Salazar Gómez, Inversiones Dora Jiménez S. A. Expediente
N° 21-000270-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: catorce horas
con cincuenta y siete minutos del veintitrés de junio
del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia
Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022657528 ).
En este Despacho, con una base de diez millones novecientos
treinta y cuatro mil quinientos
dieciséis colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas citas:
312-00995-01-0022-001, reservas Ley Caminos citas: 312-00995-01-0023-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 299.042-000, la cual es terreno de agricultura. Situada: en el distrito:
11-Cutris, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Otilia Murillo Salas; al sur, Carlos
Gerardo Araya Salas; al este, Otilia Murillo Salas, y
al oeste, calle pública con frente de 91,43 metros lineales. Mide: cincuenta y seis mil ciento dos metros con cuarenta y
seis decímetros cuadrados.
Plano: A-0979906-1991. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintitrés, con la base de ocho
millones doscientos mil ochocientos ochenta y siete colones exactos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintitrés, con
la base de dos millones setecientos
treinta y tres mil seiscientos veintinueve colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Luis Alonso Matamoros Arce contra José Antonio López
Urbina. Expediente N° 21-001955-1204-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y uno minutos del cinco de mayo del dos mil veintidós.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022657578 ).
En este Despacho,
con una base de veintiún mil setecientos seis dólares
con treinta y ocho
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas: BQX019, Marca:
Mitsubishi, Estilo: Outlander, Categoría:
Automóvil, Capacidad: 7
personas, Serie, Chasis y Vin todos:
JMYXTGF2WJZ001066, Carrocería: Todo
terreno 4 puertas, Tracción: 4x2, Año Fabricación: 2018, Color: Blanco. Para tal
efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de agosto del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas y treinta minutos del
once de agosto del año dos
mil veintidós, con la base de dieciséis
mil doscientos setenta y nueve dólares con setenta y nueve centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de agosto del año dos mil veintidós, con la base de cinco
mil cuatrocientos veintiséis
dólares con sesenta
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Miguel Antonio Brenes Rodríguez. Expediente
N° 21-006095-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 18 de mayo del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza
Decisora.—(
IN2022657580 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones ochocientos cuarenta y cinco mil doscientos veinte colones con noventa y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 829086, marca: Hyundai, estilo: Starex, categoría: microbús, capacidad: 12 personas,
serie: KMJWWH7HP5U653066, tracción:
4x2, número chasis:
KMJWWH7HP5U653066, año fabricación:
2005, color: gris, Vin:
KMJWWH7HP5U653066, N° motor: D4BH4065371, cilindrada: 2500 c.c., cilindros:
4, combustible: diésel. Para tal
efecto se señalan las trece horas cincuenta minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas cincuenta minutos del veinticuatro de agosto del dos
mil veintidós, con la base de tres
millones seiscientos treinta y tres mil novecientos quince colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cincuenta minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós
con la base de un millón doscientos
once mil trescientos cinco colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Alexia María Sibaja
González, Geremmy De Los Ángeles
Chaves Marin. Expediente N° 21-004278-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 24 de marzo del año 2022.—Sirlene De Los Ángeles Salazar
Muñoz, Jueza Decisora.—(
IN2022657582 ).
En este Despacho, con una base de trece mil trescientos once dólares con cuarenta centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo WTF147, marca: Mitsubishi, estilo:
Montero Sport, categoría: automóvil,
capacidad: 7 personas, serie:
MMBGNKH40CF024272, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: MMBGNKH40CF024272, año fabricación: 2013. Para tal
efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintitrés con
la base de nueve mil novecientos
ochenta y tres dólares con cincuenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del uno de marzo de dos
mil veintitrés con la base de tres
mil trescientos veintisiete
dólares con ochenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Ángel Andrés Arana Guevara. Expediente N° 22-003525-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y cinco minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintidós.—Manuel
Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022657583 )
En este Despacho, con una base de ciento trece mil trescientos dieciocho dólares con nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones,
pero soportando servidumbre de paso citas: 578-16968-01-0002-001;
sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
216522 derecho 000, la cual es terreno
construir, Lote 9. Situada en el
distrito: 03-Carmen, cantón:
01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: Lote 8; al sur: Viviendas Vargas Masis Limitada; al Este: Luis
Calvo Meoño y al oeste: servidumbre de paso. Mide: ciento noventa y cuatro metros
con treinta y nueve decímetros cuadrados.
Plano:C-1284926-2008. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del
cuatro de agosto de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del doce de agosto de dos mil veintidós, con la base de ochenta
y cuatro mil novecientos ochenta
y ocho dólares con cincuenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós, con la base de veintiocho
mil trescientos veintinueve
dólares con cincuenta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco LAFISE S. A. contra Adrián José de La O Selva. Exp:21-008190-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
07 de junio del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2022657592 ).
En este Despacho,
con una base de diecinueve millones quinientos catorce mil ciento setenta y siete colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas SJB 16734, Marca:
Nissan, estilo: Urvan
NV350, capacidad: 15 personas, año fabricación:
2017, color: blanco, Vin: JN1UC4E26H9003847, N° Motor: YD25420820A, cilindrada:
2488 c.c., combustible: diésel. Para tal efecto se señalan
las catorce horas treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de catorce millones
seiscientos treinta y cinco mil seiscientos treinta y dos colones con noventa y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones
ochocientos setenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro colones con treinta céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Minor Alonso Santana Solano. Expediente N° 19-004733-1763-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia. Hora y fecha de emisión:
ocho horas con cuarenta y ocho minutos del catorce de junio del dos mil veintidós.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022657593
).
En este Despacho, con una base de veintidós millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número trescientos catorce mil quinientos noventa y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito:
01-San Isidro de El General, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte,
Jorge Luis Murillo; al sur, calle pública; al este, Odilié Jiménez, y al oeste,
Blanca Flor Valverde. Mide:
trescientos ochenta y
cuatro metros con treinta y cinco
decímetros cuadrados metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas cero minutos del dieciséis
de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de diecisiete millones
cien mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos
mil veintidós, con la base de cinco
millones setecientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Daisy Porras Padilla contra German Abraham Alfaro Cordero. Expediente
N° 21-003889-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Hora y fecha de emisión: trece horas con veintisiete minutos del veintiocho de junio del dos mil veintidós.—Lilliana
Castillo Bolaños, Jueza Tramitadora.—(
IN2022657609 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios,
a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de enero del año dos mil veintitrés, y con la base de cincuenta
y un millones novecientos doce mil ochocientos seis colones con sesenta y cuatro céntimos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número
95754-000, la cual es terreno para construir con 1
casa. Situada: en el distrito: 04-San Nicolás, cantón: 01-Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
lote cuatro, bloque C; al
sur, Parque Municipal; al este, Parque Municipal, y
al oeste, calle pública. Mide: ciento ochenta
y nueve metros con cuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de enero del año dos mil veintitrés, con la base de treinta
y ocho millones novecientos treinta y cuatro mil seiscientos cuatro colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de febrero del año dos mil veintitrés, con la
base de doce millones novecientos setenta y ocho mil doscientos un colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial)., Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maykel Richard Barrios Salazar. Expediente
N° 18-003649-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 01 de junio del año 2022.—Msc. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza.—( IN2022657620 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de un millón quinientos cuarenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes, sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
78451, derecho 000, la cual es terreno
para construir una casa de habitación. Situada en el distrito
Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte: calle pública; al sur: Hacienda Carrizal
S. A.; al este: Cecilia Álvarez Alvarado; y al oeste: Shirley Mena Miranda. Mide:
ciento noventa y cuatro metros
cuadrados con veinticuatro decímetros. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de agosto del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del diez de agosto del año dos mil veintidós, con la
base de un millón ciento cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil veintidós, con la
base de trescientos ochenta
y seis mil doscientos cincuenta
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución de sentencia de Xinia Roxana Chaves Hernández contra Juan Luis Rojas
Carmona. Expediente N° 20-000005-1633-CI.—Juzgado Civil de
Puntarenas, hora y fecha de emisión:
dieciséis horas con veintisiete
minutos del siete de junio del dos mil veintidós.—Licda.
Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza
Decisora.—(
IN2022657642 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones cuatrocientos ochenta y seis mil setecientos sesenta colones con setenta
y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMX590, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie:
KMHCU41EBBU016037, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año:
2011, modelo: GLS. cilindrada:
1600 c.c., cilindros: 4, potencia:
80 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las quince horas treinta minutos
del veintinueve de agosto
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del seis de setiembre del dos mil veintidós
con la base de dos millones seiscientos
quince mil setenta colones
con cincuenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del catorce de setiembre
del dos mil veintidós con la base de ochocientos setenta y un mil seiscientos noventa colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones
Sociedad Ano contra Gabriel Felipe Sánchez Sánchez,
María Sofía Meneses Leiva.
Expediente N° 21-008281-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 10
de junio del 2022.—Licda.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—( IN2022657698
).
En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones de colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
453535-000, derecho, la cual es terreno
cultivado de café. Situada
en el distrito:
05-Zapote, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte: Juan Sandí Díaz; al sur: calle pública con 9.90 metros de frente;
al este: Víctor Manuel Mora Sandi; y al oeste: calle pública con 18,63 metros de frente. Mide: ciento
ochenta y un metros con cuarenta
y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del dieciocho
de agosto de dos mil veintidós,
con la base de veintiséis millones
doscientos cincuenta mil colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Guillermo Gómez Retana. Expediente número 22-000851-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 20 de junio del año 2022.—Ana Elsy
Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—(
IN2022657700 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos noventa y un mil trescientos sesenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BDH321, Marca:
Toyota, Estilo: Yaris, Categoría:
Automóvil, Capacidad: 5
personas, Año Fabricación:
2013, Color: Plateado, Vin: JTDBT92300L043988, Cilindrada: 1496 c.c., Combustible: Gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del diez de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones
doscientos sesenta y ocho mil quinientos veintiún colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno
con la base de un millón cuatrocientos
veintidós mil ochocientos cuarenta colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
3-101-498502 Sociedad Anónima contra Katherine
Stephanie Sánchez Garita. Expediente N°
20-006100-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 26 de mayo del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes
Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022657751 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho millones ciento treinta y ocho mil quinientos once colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
281144-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir con una casa marcada con el número
142. Situada en el distrito 1-Alajuela, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, I.N.V.U. UR: acera seis; al este, I.N.V.U.; y
al oeste, I.N.V.U. Mide: ciento nueve metros con cincuenta y siete decímetros
cuadrados. Plano: A-0718053-1987 datos
adicionales: se advierte
que la pared del costado este
es medianera. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de febrero del dos mil
veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del siete de marzo del dos mil veintitrés con
la base de veintiún millones
ciento tres mil ochocientos ochenta y tres colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de marzo del dos mil veintitrés con
la base de siete millones treinta y cuatro mil seiscientos veintisiete colones con noventa y cuatro céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Lino De
Jesús Rodríguez Córdoba. Expediente
N° 22-003025-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión:
once horas con cuarenta y cuatro minutos
del veintiséis
de mayo del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza
Tramitadora.—( IN2022657759 ).
En este Despacho, con una base de treinta y seis millones ochocientos diecinueve mil ciento cuarenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
434511, derechos 001, 002, 004 y 005, la cual es terreno con casa y solar. Situada:
en el distrito:
01-Aserrí, cantón: 06-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Patricia López Córdoba; al sur, José
Ricardo Calvo Díaz; al este, calle
pública
con 10 metros lineales de frente,
y al oeste, Rafael Abelardo Vargas Mora y Ricardo
Calvo Díaz. Mide: noventa y
nueve metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados, con el plano número SJ-0438486-1997.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas del veintiséis de julio del dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ordinario de Jocksan
Mauricio Calderón Fallas contra Maricruz Calderón
Mora. Expediente N° 21-000227-0217-CI.—Tribunal
Colegiado Primera Instancia
Civil del Tercer Circuito
Judicial de San José (Hatillo), 07 de junio del año 2022.—Ana Córdoba Artavia, Jueza
Decisora.—( IN2022657774 ).
En este Despacho, con una base de treinta y un millones ciento cincuenta y tres mil quinientos dos colones con ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número trescientos sesenta y dos mil novecientos setenta y cinco, derecho cero cero dos, cero cero tres, cero cero cuatro, cero cero cinco, la cual es terreno para construir con 1 casa lote 2. Situada en el
distrito: 01-Curridabat, cantón:
18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Urbanización
Los Tulipanes casa 13; al sur, calle
pública
con 11 mt; al este, Urbanización Los Tulipanes
casa 24; y al oeste, Urbanización Los Tulipanes
casa 12. Mide: noventa y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del trece de febrero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintiuno
de febrero del dos mil veintitrés,
con la base de veintitrés millones
trescientos sesenta y cinco mil ciento veintiséis colones con cincuenta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del uno
de marzo del dos mil veintitrés,
con la base de siete millones
setecientos ochenta y ocho mil trescientos setenta y cinco colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra María Calvo Camacho, Leda María Camacho Loaiza, Luis Carlos Calvo Camacho. Expediente
N° 21-000025-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Tercera,
28 de junio del 2022.—Lic. Wilkko Retana Álvarez, Juez Tramitador.—( IN2022657802 ).
En este Despacho, con una base de ochenta y
cinco millones seiscientos catorce mil cuatrocientos seis colones con cuarenta
y cuatro céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate la finca del partido
de San Jose, matrícula número 168135 derecho 000, la cual es terreno
construido.- Situada en el distrito catedral, cantón San José, de la provincia
de San Jose.- Colinda: al norte Osvaldo Sanchez
Álvarez; al sur, Zoraida Carpio Morales; al este Inversiones Fracemo S.A y al oeste calle publica con 8.30 m.- Mide:
ciento sesenta metros cuadrados. Plano:SJ-2160277-2019 Para tal efecto, se
señalan las diez horas quince minutos del diecinueve de julio de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas quince minutos del veintiocho de julio de dos mil veintidós con la base
de sesenta y cuatro millones doscientos diez mil ochocientos cuatro colones con
ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del ocho de
agosto de dos mil veintidós con la base de veintiún millones cuatrocientos tres
mil seiscientos un colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de
Costa Rica S. A. contra Katia María Zamora Campos. Expediente N° 22-003121-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10
de mayo del año 2022. Licda. Nidia Duran Oviedo, Jueza Tramitadora.—(
IN2022657813 ).
En este Despacho, con
una base de treinta y cinco millones novecientos setenta y cinco mil doscientos
cinco colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 220-01587-01- 0901-002; sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cincuenta y
nueve mil ochocientos treinta, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote 6 repasto y bosque. Situada
en el distrito 2-Sierra, cantón 7-Abangares, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, calle publica con frente de 86 mts
13 cm; al sur, Aurelio Bello Pérez; al este, Aurelio Bello Pérez y al oeste,
Aurelio Bello Pérez.- Mide: doce mil seiscientos
ochenta y un metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-1174674-
2007. Identificador predial: 507020159830. Para tal efecto, se señalan las ocho
horas cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del doce
de agosto de dos mil veintidós con la base de veintiséis millones novecientos
ochenta y un mil cuatrocientos cuatro colones con dieciséis céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las ocho horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós con
la base de ocho millones novecientos noventa y tres mil ochocientos un colones
con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha
fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Prestamos Para
Educación contra Verónica Yoihana Carballo Bello.
Expediente N° 20-000341- 1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del I Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión:
diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos del veinte de junio del dos mil
veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022657814 ).
En este Despacho, con una base de dos millones ochocientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKB465. Marca: Geely, Estilo: GC2,
Capacidad: 5 personas, Categoría: Automóvil, Carrocería: Sedan 4 puertas
hatchback, Tracción: 4x2, Número
Chasis: LB37122S0GX401139, Año
Fabricación: 2016, N° Motor:
MR479QF5L104521, Cilindrada: 1300 c.c., Cilindros: 4, Combustible: Gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil veintidós con la base de dos millones
ciento cuarenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós con
la base de setecientos quince mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Mónica Edith Miranda Carmona. Expediente
N° 22-001636-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de junio del año 2022.—Geovanna Vega Benavides, Jueza Decisora.—( IN2022657815 ).
En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos treinta y seis mil novecientos setenta y siete colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: CL-432357,
Marca: Nissan, Estilo: Frontier XE, Categoría: Carga liviana, Serie:
3N6CD33B6JK802530, Año: 2017, Color: Azul, N° Motor: YD25665877P, Cilindrada: 2500 c.c., Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan
las ocho horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil veintidós con la base de diez millones trescientos setenta y siete mil setecientos treinta y tres colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós con
la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil doscientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Ronald Alfredo
Jiménez Arias. Expediente N° 19-003591-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con once
minutos del nueve de marzo del dos mil veintidós.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Tramitadora.—( IN2022657816
).
En este Despacho, con una base de ciento treinta y ocho mil cien dólares
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
268-01957-01-0901-001, servidumbre de oleoducto y de paso de RECOPE citas:
511-06404-01-0001-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2014-190396-01-0395-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2014-190396-01-0395-001, servidumbre
de acueducto y de paso de AyA
citas: 2016-374121-01-0142-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 111420-F,
derecho 000, la cual es terreno
finca filial primaria individualizada
número sesenta y dos, apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura
máxima
de dos pisos. Situada: en el distrito
3-La Trinidad, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Los Sitios de Moravia SA; al sur, área común libre destinada a acceso; al este,
finca filial sesenta y tres,
y al oeste, finca filial sesenta
y uno. Mide: doscientos ocho metros cuadrados. Plano:
SJ-1663974-2013. Para tal efecto,
se señalan las once horas treinta
minutos del veinte de julio del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta
minutos del veintinueve de julio del dos mil veintidós, con
la base de ciento tres mil quinientos setenta y cinco dólares exactos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas treinta minutos
del nueve de agosto del dos
mil veintidós, con la base de treinta
y cuatro mil quinientos veinticinco
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José S. A. contra Diego Alonso Jara
Madrigal. Expediente N° 22-001130-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de febrero del año 2022.—Mariela Iveth Cortes García, Juez/a Decisor/a.—( IN2022657817 ).
En este Despacho, con una base de veinte mil ochocientos sesenta y nueve dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa BVX872. Marca: Geely, Estilo: GX3, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas,
Año fabricación: 2022,
Color: Blanco, Número de chasis:
LB37522ZXNL003328, Cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan
las once horas cero minutos del veintiuno
de julio de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del uno de agosto de dos mil veintidós
con la base de quince mil seiscientos cincuenta y dos dólares con dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del diez de agosto de dos
mil veintidós con la base de cinco
mil doscientos diecisiete dólares con treinta y cuatro
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Kiterly Cordero Díaz.
Expediente: 22-003257-1044-CJ Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de
mayo del año 2022.—Ricardo Barrantes
López, Juez Decisor.—( IN2022657818 ).
En este Despacho, con una base de diez mil sesenta dólares con cincuenta y cuatro
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa BMH746, marca: Suzuki, estilo: Ciaz GL T, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: gris, Vin: MMSVC41S5HR101301, número de motor: K14BS130911, marca
de motor: Suzuki. Para tal efecto
se señalan las nueve horas
cero minutos del veintiocho
de julio del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós con
la base de siete mil quinientos
cuarenta y cinco dólares con cuarenta y un
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós con la base de dos mil quinientos
quince dólares con catorce
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Adrián Belford Zúñiga Campos. Expediente
N° 21-012451-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 28 de febrero del
2022.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2022657819 ).
En este Despacho, con una base de once
mil quinientos diecinueve dólares con ochenta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BMP137, marca: Toyota, estilo: Yaris E, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
MR2KT9F34H1228474, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2,
cilindrada: 1500 C.C. Para tal
efecto, se señalan las diez horas
cero minutos del veintinueve
de julio del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós, con
la base de ocho mil seiscientos
treinta y nueve dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós, con
la base de dos mil ochocientos setenta
y nueve dólares con noventa y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José
S. A. contra Pedro Evangelista Torres Fernández. Expediente
N° 19-008878-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 09 de junio del año
2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—(
IN2022657820 ).
En este Despacho, Con
una base de diez mil ochenta y siete dólares con sesenta y ocho centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BQK357, marca:
Suzuki ,estilo: Celerio GLX,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2018, color: blanco, VIN:
MA3FC42S4KA484806, cilindrada: 996 c.c tracción: 4X2,
combustible: gasolina, numero de motor: K10BN2090396. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y quince minutos del tres de agosto del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y quince minutos del once de agosto del dos mil veintidós con la base de
siete mil quinientos sesenta y cinco dólares con setenta y seis centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas con quince minutos del veintidós de agosto del dos mil
veintidós con la base de dos mil quinientos veintiún dólares con noventa y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Promerica de Costa Rica S. A. contra Alison Yesenia Arias Brenes. Expediente N° 22-004072-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06
de junio del año 2022.—Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2022657823 ).
En este Despacho, con
una base de nueve millones ciento diecisiete mil doscientos cincuenta colones
con sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BRT644, marca Suzuki estilo Ertiga
GLX ID, año 2018, color blanco serie MHYZE81SXKJ302069, chasis
MHYZE81SXKJ302069 VIN MHYZE81SXKJ302069. Para tal efecto se señalan las trece
horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del
doce de agosto de dos mil veintidós con la base de seis millones ochocientos
treinta y siete mil novecientos treinta y ocho colones con un céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil
veintidós con la base de dos millones doscientos setenta y nueve mil
trescientos doce colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Andrea Estefanía
Meza Pilarte. Expediente N° 22-000025-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera,
23 de junio del año 2022.—Msc. Zary
Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2022657887 ).
A las siete horas cuarenta y cinco minutos
los días 09/08/2022 16/08/2022 23/08/2022, en la puerta exterior de este
Despacho, y con la base de con el fin de evitar futuras nulidades se procede de
ordenar el remate en nuevas fechas, con la base de ¢48,000.160.00, soportando
hipoteca de primer grado bajo citas 2015-00309141-01-0002-001 del Banco
Nacional de Costa Rica, sáquese a remate el inmueble embargado en autos.- Finca
que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
251364-001, 002 la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito 09
cantón 01, de la Provincia de Cartago.- Colinda: al norte avenida 6; al sur
Universidad de Costa Rica Jardín Botánico Lankaster;
al este lote 70 del bloque A y al oeste lote 68 del bloque A.- Mide: 152 metros
cuadrados.- Para tal efecto se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos
(7:45am) del nueve de agosto de dos mil veintidós.- (primer Remate) De no haber
posturas, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las siete horas
cuarenta y cinco minutos (7:45am) del dieciséis de agosto de dos mil veintidós,
con la base de ¢36,000,120 (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes,
para el tercer remate, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos
(7:45 a. m.) del veintitrés de agosto de dos mil veintidós con la base de
¢12,000,040, (25% de la base). Se remata por
ordenarse así en proceso abreviado de Silvia María Chaves Vargas contra
Christian Alberto Navarro Serrano. Expediente N°
20-000140-0338-FA. Nota: De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le
comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación
a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de
Familia de Cartago, 28 de abril del año 2022.—Licda. Patricia Cordero
García, Jueza.—( IN2022657889 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve millones seiscientos noventa y ocho mil ochocientos veintiséis colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 344-03935-01-0903-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento ochenta y ocho mil tres, derecho 000, la cual es terreno con una casa, solar y patio. Situada en el distrito
3-Las Horquetas, cantón
10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Clodomiro
Rodríguez Calderón; al sur Ericka Yorleny Rodríguez
Ocampo; al este Franco Loría
Garita y al oeste calle pública con
11.76 metros. Mide: seiscientos
treinta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintiocho de julio de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas quince minutos del ocho
de agosto de dos mil veintidós
con la base de catorce millones
setecientos setenta y
cuatro mil ciento veinte colones con diez céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones
novecientos veinticuatro
mil setecientos seis colones
con setenta céntimos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Dinier Antonio Rodríguez Ocampo. Expediente:
20-001353-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: catorce horas
con ocho minutos del siete de febrero del dos mil veintidós.—Natalia Orozco Murillo, Jueza
Tramitadora.—( IN2022657926 ).
En este Despacho, con una base de noventa y dos millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número cuatrocientos dos
mil doscientos noventa y tres, derecho cero cero uno, la cual es terreno con una construcción con cabinas y restaurante. Situada en el distrito:
02-San Miguel, cantón: 06-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, zona verde y Autopista Bernardo Soto y L.A.C. Pollo 06 S. A. y Anka y Cubecon and Sons S. A.; al
sur, Bethy Castro Rodríguez; al este, Carlos Castillo Solís; y al oeste, servidumbre agrícola
y Marcolidio Rojas Castro, L.A.C. Pollo 06 S. A. y Anka y Cubecon and Sons S. A. Mide: nueve mil veintiún
metros con ocho decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós, con
la base de sesenta y nueve millones quinientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós, con la base de veintitrés
millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ordinario de Victor Hugo Pérez Rodríguez
contra Gregorio José Chaves Vargas. Expediente N°
16-000200-0295-CI.—Tribunal Colegiado
Primera Instancia Civil del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón), 31 de mayo del 2022.—Licda. Nuria Rodríguez Bermúdez, Jueza.—(
IN2022657941 ).
En este Despacho, con una base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BCL137. Marca:
Toyota. Estilo: Yaris. Categoría:
automóvil.
Carrocería:
Sedan 4 puertas. Tracción:
4X2. Año fabricación: 2013. Marca: Toyota. Cilindrada: 1496 c.c. cilindros: 4.
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las trece horas treinta minutos del uno de agosto de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del
once de agosto de dos mil veintidós,
con la base de un millón seiscientos
ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós, con
la base de quinientos sesenta
y dos mil quinientos colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Marco Vinicio Mora Mora contra Carlos Eduardo
Alvarado Hernández. Expediente N° 22-001391-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: nueve horas con
cincuenta y ocho minutos del veintidós de junio
del dos mil veintidós.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022657957 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis millones ciento cincuenta mil novecientos cincuenta y nueve colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQY300. Marca
Mitsubishi. Estilo Outlander. Categoría
automóvil.
Capacidad 7 personas. Serie JMYXTGF2WJZ001057. Año 2018. Color blanco. Vin
JMYXTGF2WJZ001057. Cilindrada 2000 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº 4B11YB5223. Para tal
efecto se señalan las diez horas cero minutos del uno
de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintidós
con la base de doce millones
ciento trece mil doscientos diecinueve colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós
con la base de cuatro millones treinta
y siete mil setecientos treinta y nueve colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Tomas Alexander de Los Ángeles Fernández Aguilar. Expediente
N° 21-003953-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Tercera,
17 de enero del 2022.—Iván Tiffer
Vargas, Juez Tramitador.—(
IN2022657982 ).
En este Despacho, con
una base de doscientos veintisiete mil novecientos ocho dólares con cincuenta y
tres centavos, soportando servidumbre de aguas pluviales citas:
541-11297-01-0001- 001 y servidumbre de cloaca citas: 550-13273-01-0001-001,
sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 56361-F,
derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número
ocho bloque C apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual
podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 03-Carmen,
cantón: 01-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte con avenida
número tres con trece metros y ochenta y tres centímetros de frente; al sur con
lote quince-C; al este con calle número tres con veintidós metros con
veintiséis centímetros de frente y al oeste con lote siete-C.- Mide: trescientos
cuarenta y cinco metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las quince horas cero minutos del uno de agosto de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintidós, con la base de
ciento setenta mil novecientos treinta y un dólares con treinta y nueve
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas cero minutos del diecinueve de agosto de dos
mil veintidós, con la base de cincuenta y seis mil novecientos setenta y siete
dólares con trece centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra 3-101-683157
Sociedad Anónima, Ingrid María Sanchez Elizondo.
Expediente número 21-003186-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 26 de mayo del año 2022.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022658055 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000020-1309-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Ivannia
María Salas Campos, quien es mayor, estado civil viudo/a, vecino(a) de Heredia, Sarapiquí, Horquetas, Río Frío, Finca once, portador(a) de
la cédula número 0107080254, profesión cuidador/a de niños, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Heredia,
la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito Horquetas, cantón Sarapiquí. Colinda: al norte con: calle pública; al sur con: José Barrantes Salas y Yinet Sandoval
Hernández; al este con: Standart
Fruit Company de Costa Rica S. A.; y al oeste con:
Karol Campos Salas. Mide: seiscientos
noventa y cuatro metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir Plano
4-2317460-2021. No pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble desde hace veinte años,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en casa de habitación y cultivo de algunos árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Ivannia
María Salas Campos. Expediente N°
22-000020-1309-CI-0. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo,
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia
Civil), 06 de mayo del año 2022.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez
Tramitador.—(
IN2022657656 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000018-0920-CI,
donde se promueve Información Posesoria por parte de Fanny Patricia
Segura Martínez, quien es mayor, estado
civil: soltera, vecina de
Puntarenas, Corredores, La Cuesta, de la Comandancia
1.8 kilómetros carretera a
La Palma, portadora de la cédula número
0111910467, profesión: repostera,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno
de patio con una casa de habitación.
Situada: en La Cañaza, distrito segundo La Cuesta, cantón décimo Corredores. Colinda: al norte, con Jenny
Pérez Gamboa; al sur, con José Manuel Cubillo Santamaría; al este, con calle pública, y al oeste, con José
Manuel Cubillo Santamaría. Mide:
mil ochocientos diez metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir P-377-2022 No, pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble P-377-2022, por compra al señor
José Manuel Cubillo Santamaría, quien
es mayor, cédula número 6-0181-0910, soltero, agricultor, vecino de Puntarenas, Corredores,
La Cuesta, de la Comandancia 2 kilómetros carretera a La Palma, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en terreno debidamente
deslindado, mediante cerca de alambre de púas y carriles
amplios y visibles, destinado a casa de habitación.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Fanny Patricia
Segura Martínez. Expediente N° 22-000018-0920-CI-7. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil). Hora y fecha
de emisión: once horas con cincuenta
y dos minutos del doce de
mayo del dos mil veintidós.—Dany
Gerardo Matamoros Bendaña, Juez
Decisor.—1 vez.—(
IN2022657758 ).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
22-000048-0390-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Xiomara Matarrita Hernández quien es
mayor, soltera, ama de casa, portadora
de la cédula número 0503190268, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno de lote con una casa de habitación. Situada en el
distrito 06 Nosara, cantón 02 Nicoya. Colinda: al norte, con María Regina Hernández Carrillo; al sur, con Asociación de Desarrollo Integral de las Delicias de Garza; al este, con Marcial Ruiz Carrillo; y al oeste,
con calle pública. Mide: ciento sesenta
y siete metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapeas, rondas,
levantamientos de cercos y mantenimiento en general. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Xiomara Matarrita Hernández. Expediente
N° 22-000048-0390-CI-0.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste
(Nicoya) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: nueve horas con siete minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintidós.—Msc. Carlos Eduardo Arce Matarrita,
Juez.—1
vez.—( IN2022657842 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000059-1002-AG donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de Óscar Jiménez Araya, quien es mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Turrialba, Pacayitas, cien metros al oeste de la
Escuela San Vicente, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-cero
ciento cincuenta-cero cuatrocientos doce (3-0150-0412),
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno de
solar con una casa, cultivos
varios y árboles frutales. Situada: en
San Vicente, del distrito dos La Suiza,
cantón cinco Turrialba, de
la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, calle pública con un frente a ella de diecinueve
metros con cincuenta y un centímetros
lineales; al sur, Elsa Jiménez Rojas; al este, Elsa Jiménez Rojas, y al oeste,
Elsa Jiménez Rojas. Mide: cuatrocientos
cuarenta y siete metros con
setenta y siete decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número C-seiscientos setenta y seis mil ciento treinta y cuatro-mil novecientos ochenta y siete (C-676134-1987).
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en
la suma de dos millones de colones cada una.
Que adquirió dicho inmueble por compra
a Édgar Jiménez Rojas, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de veintiséis años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en darle mantenimiento
a las respectivas cercas
que se ubican en las colindancias, a la casa de habitación,
a los cultivos y árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todas las personas interesadas en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de
un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovido por Óscar Jiménez Araya. Expediente
N° 21-000059-1002-AG. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba (Materia Agraria),
Turrialba, 21 de junio del año
2021.—Lic. Yeison Darío
Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017 JA.—( IN2022657846 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en las sucesiones de quien en vida se llamaron
Brígida Navarro Espinoza y María Teresa Navarro
Espinoza, quienes fueron mayores, madre e hija entre sí, vecinas de San José, Desamparados, El Cruce,
Urbanización Esteban Rey, casa Nº 45B, ambas amas de
casa, con cédula número por
su orden 2-171-411 y
2-292-477, para que en el término de 15 días naturales comparezcan
a hacer valer sus derechos
que les pudiera corresponder
ante la Notaria Pública Diana Marcela Gutiérrez
Centeno, en dicho despacho se encuentra el expediente 2022-001-SN. Los interesados podrán hacer valer sus derechos dentro del término del emplazamiento al correo electrónico dgutierrez@cjalegal.com.—San
José a las ocho horas del veintiocho
de junio del 2022.—Diana Marcela Gutiérrez Centeno,
Notaria.—1 vez.—( IN2022657372 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, por Yolanda de Jesús Solano Hernández y Raquel María, Cinthya Lucia,
Daniel Rigoberto y Steven David todos las anteriores de apellidos Torres
Solano, a las dieciséis horas del veintidós de abril del dos mil veintidós y
comprobado el fallecimiento de Daniel Rigoberto Del Torres Arroyo, mayor de
edad, casado una vez, agricultor, vecino de Cartago, Paraíso, del puente La
Laguna veinticinco metros al sur y veinticinco metros al este, casa trescientos
siete, con cédula de identidad número tres-doscientos sesenta y nueve-
ochocientos treinta y siete, fallecido el día veintiuno de octubre del dos mil
veintiuno en Cartago, Central, Oriental Esta Notaría ha declarado abierto su
proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene
como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha
indicado. Notaría de la Licda. Andrea Gabriela Hidalgo Coronado. Cartago El
Guarco, Tejar, de la capilla de la Asunción setenta y cinco metros oeste.
Teléfonos 7103 7870.—Licda. Andrea Gabriela Hidalgo Coronado.—1
vez.—( IN2022657521 ).
Se cita y se emplaza
a todos los interesados en la sucesión de la señora María de Los Ángeles Hernández Martínez,
quien fuera mayor, casada una vez„
ama de casa, vecina de Cartago, Residencial El Molini portadora de la cédula de identidad número tres-cero ciento noventa y cuatro-cero trescientos
veinticinco uno, fallecida el doce de setiembre
del dos mil once, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos. Expediente:
001-2022. Notaría
del licenciado Jorge Sánchez Garbanzo, cédula N° 1-0776-0647. Abogado y Notario Urbanización Pinares, doscientos metros norte y setenta y cinco metros oeste de Agencia BMW.—Pinares, San José, 24 de junio
del 2022.—Lic. Jorge Sánchez Garbanzo, Notario.—1
vez.—( IN2022657522 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por
Carlos Luis Barrantes Sánchez, a las diez horas del veintiocho marzo del dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera
Gilberto Barrantes Venegas. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Humberto Herrera Castillo, San Miguel de Santo
Domingo de Heredia.—Lic.
Luis Humberto Herrera Castillo.—1 vez.—(
IN2022657526 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Álvaro
Arturo García Viales,
mayor, soltero, profesor,
cédula: 5-246-250, vecino de Guardia de Liberia,
Guanacaste, de la escuela, cuatrocientos
metros al norte, fallecido el día 24 de noviembre del 2020.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000170-0386-CI-0.—Juzgado
Civil y Trabajo de Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con seis minutos
del catorce de junio del dos mil veintiuno.—Licda.
Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022657568 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las quince horas del 25 de junio del 2022, bajo el expediente número 0001-2022, se
ha abierto la sucesión ab intestado por medio de la actividad no contenciosa en sede notarial, conforme con lo establecido en los artículos ciento
quince a ciento treinta y cinco del Código Procesal Civil y
ciento veintinueve, siguientes y concordantes del
Código Notarial, de la señora Ana Gloria Blanco
Sánchez, quién era mayor, casada
una vez, ama de casa, vecina de Tibás, Llorente, Jardines, del parqueo del Instituto Costarricense
de Electricidad, cuatrocientos
metros al sur y cincuenta metros al oeste, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos veintitrés-cero ochocientos setenta. Se cita y emplaza a los posibles
herederos a presentarse
ante esta notaría, situada
en San José, Barrio Francisco Peralta, de la Casa
Italia, setenta y cinco
metros al este, edificio número 2947, dentro del plazo de quince días siguientes a
la publicación del presente
edicto, para hacer valer sus derechos.—San José, 27
de junio del 2022.—Lic.
Leonardo Ugalde Cajiao, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022657579 ).
Se cita y emplaza a los sucesores e interesados de la sucesión en sede Notarial de quien en vida
fueron los señores Tobías Diaz Contreras,
cédula: 5-0046-0822, Pensionado, y María De Jesús Espinoza Ortega, ama de casa,
cédula: 6-0071-0675, casados entre sí en único
matrimonio, vecinos de
Alajuela Centro, Residencial El Rey, Casa uno I. Para que, dentro
del término Improrrogable
de quince días contados a partir
de la publicación del presente
edicto, se apersonen a aceptar la herencia y hacer valer sus derechos, debiendo presentar las pruebas y atestados que les acrediten como tales, apercibidos de que, en caso de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho, conforme lo dispone el artículo 126.3 del Código Procesal Civil. Expediente número: 0004-2022. Oficina situada en San Antonio de
Desamparados de San José, Residencial El Solar, Casa Uno C. Fax: 2276-9287. Teléfono celular: 7006-0621, Correo Electrónico: giviza@gmail.com.—San José, 28 de junio
del 2022.—Lic. Gilberto Villalobos Zamora, Notario. Carne: 4725.—1 vez.—( IN2022657595 )
Se cita y emplaza a los sucesores e interesados de la sucesión en sede Notarial
de quien en vida fue el
señor Eduardo Alvarado Sánchez, cédula: 1-0370-0431, soltero,
pensionado, vecino de León XIII, de Tibás de San José, de la Escuela setenta
y cinco metros al norte.
Para que, dentro del término
improrrogable de quince días contados
a partir de la publicación
del presente edicto, se apersonen a aceptar
la herencia y hacer valer sus derechos, debiendo presentar las pruebas y atestados que les acrediten como tales, apercibidos de que, en caso de no hacerlo,
la herencia pasará a quien corresponda en derecho, conforme lo dispone el artículo 126.3 del Código Procesal Civil. Expediente número: 0002-2022. Oficina situada en San Antonio de
Desamparados de San José, Residencial El Solar, casa Uno C. Fax: 2276-9287. Teléfono celular: 7006-0621, correo electrónico: giviza@gmail.com.—San José, 28 de junio
del 2022.—Lic. Gilberto Villalobos Zamora, Notario. Carné: 4725.—1 vez.—( IN2022657596 ).
Se cita y emplaza a los sucesores e
interesados de la sucesión en sede notarial de quien en vida fue la señorita
Jenny Guzmán Campos, cédula: 1-0809-0986, soltera, comerciante, vecina de
Escazú de San José, 500 metros al Sur del Banco Nacional. Para que, dentro del
término Improrrogable de quince días contados a partir de la publicación del
presente edicto, se apersonen a aceptar la herencia y hacer valer sus derechos,
debiendo presentar las pruebas y atestados que les acrediten como tales, apercibidos
de que, en caso de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda en
derecho, conforme lo dispone el artículo 126.3 del Código Procesal Civil.
Expediente número: 0003-2022. Oficina situada en San Antonio de Desamparados de
San losé, Residencial El Solar, Casa Uno C. Fax: 2276-9287. Teléfono celular:
7006-0621, Correo Electrónico: giviza@gmail.com.—San
José, 28 de junio del 2022.—Lic. Gilberto Villalobos Zamora, Notario, carné:
4725.—1 vez.—( IN2022657597 ).
Ante esta notaria, mediante acta de apertura otorgada por Emilia Mercedes Carcheri
Pages, mayor de edad, separada
judicialmente, portadora de
la cédula de identidad número
uno-cero tres seis cuatro-cero seis ocho seis, pensionada, vecina de Heredia, Barva, San
Pablo, de la iglesia católica,
quinientos metros norte y diez metros este, a las quince
horas del veintiséis de junio
del dos mil veintidós y comprobado
el fallecimiento de Ana
Carmen Martínez Ortiz Carcheri, mayor de edad, soltera, estudiante, portadora de la
cédula de identidad número
uno-uno cero seis seis-cero tres seis tres, vecina de Heredia, Barva, San Pablo, de la iglesia católica, quinientos metros norte y diez metros este, esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada
en San José, Barrio Escalante, Calle veintinueve, Avenida siete, Oficina N° veintinueve diez, teléfono dos dos cinco siete-cero
cero cero seis, a hacer valer sus derechos.—San José, a las quince horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil veintidós.—Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022657607 ).
Por el término de quince días hábiles se cita y emplaza a los interesados,
herederos, y acreedores,
para que dentro de dicho plazo se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en la sucesión de quien en vida
se llamó María Julia Vargas Angulo, mayor, soltera, vecina de La Palma, Paso
Canoas, El Guay, Corredores,
Puntarenas, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero cero sesenta y
uno-cero ochocientos doce, quien falleció en fecha nueve
de junio del dos mil veinte.
Apertura del proceso en fecha del 12 de abril del 2022.
Ciudad Neilly, Corredores, Puntarenas, Expediente N° 0001-2022. Queda el expediente a disposición en la oficina de la notario Wendy Mayela Mora Garro, sita en Ciudad Neilly, frente al Parqueo del Banco
Nacional, Corredores, Puntarenas. Notaría
de la Licda. Wendy Mayela
Mora Garro.—1
vez.—( IN2022657613 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, el
02 de mayo del 2022, y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio de quien en vida fue
Salvador Alpízar
Lobo, mayor, casado de primeras
nupcias, agricultor, vecino de San Juan de San Ramón, con cédula de identidad número 200980005. Se cita y emplaza a los interesados para que, en el plazo
de 30 días siguientes, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos ante esta notaría,
ubicada en San José, Sabana Norte, Sabana Norte, avenida 7 y 9 A, calle 62.—San
José, 28 de junio del 2022.—Lic. Franklin Morera Sibaja, teléfono: 22901059.—1 vez.—( IN2022657628 ).
Ante esta notaría, se procede a la apertura y tramitación del proceso sucesorio de quien en vida fue
el señor Carlos Fernando Barrantes Quirós, mayor, soltero en unión de hecho,
portador de la cédula de identidad número 2-0302-0621, vecino de Heredia, para lo cual queda abierto el
mismo para cualquier reclamo, para lo cual señalo para recibir cualquier oposición en mi oficina la cual sito en
San José, Zapote, Barrio Córdoba, de Autos Bohío 100
sur y 100 oeste, segundo piso Clínica Arjona,
dentro del término de Ley
para recibo de las mismas.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Abogado y Notario
Público.—1
vez.—( IN2022657652 ).
Mediante resolución inicial
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas cinco minutos del día quince de junio del dos mil veintidós, esta notaría declaró
la apertura del procedimiento
sucesorio notarial de quien
en vida fue:
David Ruiz Salgueras, mayor, quien
fue casado una vez, agricultor,
vecino de San Ramón de Río Claro, Golfito, cédula de identidad número ocho-cero cero cincuenta y
uno-cero quinientos ochenta
y cinco. Se cita y emplaza a todos los sucesores e interesados, para que, dentro del
plazo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a
aceptar la herencia y hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Allan Artavia Solís, oficina abierta en San José, Hatillo centro, de
la entrada principal del Centro Comercial Plaza
América, cincuenta metros norte
y quince metros este. Teléfonos:
8867-9315 y 2214-5585. Expediente notarial N° 001-2022.—Lic. Allan Artavia Solís, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022657660 ).
Se cita y emplaza a
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
presentarse a gestionar lo
que corresponda en el proceso sucesorio
en sede notarial de quién en vida
se llamó Antonio Gerardo Irola
Alfaro, mayor de edad, casado
en primeras nupcias, médico pensionado, vecino de Ujarrás de Paraíso de
Cartago y portador de la cédula de identidad número tres-ciento noventa y nueve-mil cuatrocientos siete, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría situada
en Cartago, cincuenta
metros este de la esquina noreste de los Tribunales de Justicia, Edificio Oficentro La Soledad, a reclamar
sus derechos, con el apercibimiento
que de no hacerlo dentro
del plazo citado se procederá conforme corresponda. Expediente N° 004-2022.—Eduardo Cortés
Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2022657714 ).
Notifíquese a los
herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
en el Proceso
Sucesorio de quien en vida fue;
Gerardina Padilla Moya, mayor, soltera,
pensionada, cédula N° 7-0043-0867, con último domicilio en Limón, Barrio Veracruz, del antiguo
Taller Mc Carthy 75, casa de cemento
celeste con marrón, fallecida
el 26 de abril del año 2022 para que hagan valer sus derechos, por el plazo de 15 días, el cual se tramita
en la notaría de: Evelin
Sandoval Sandoval en San
Francisco de Dos Ríos, de la iglesia católica 400 metros este, 100
sur.—San José, 28 de junio de 2022.—1 vez.—( IN2022657744 ).
Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Eguel Herbert Carvajal Vindas,
con cédula de identidad número:
uno cero doscientos noventa
y cuatro cero quinientos cincuenta
y dos, cuyo último domicilio fue San José, Goicoechea, distrito San
Francisco del Marinos Bar doscientos
norte y ciento cincuenta al este, para que, dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar todos sus derechos, se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
0003-2022. Notaría de la Licenciada
Silvia Elena Quirós Campos. Dirección: San José, Goicoechea, 400 norte y 25 oeste de la Bomba diagonal a los Tribunales.—San José, 26 de mayo del 2022.—Licda.
Silvia Elena Quirós Campos, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2022657767 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos
y cualquier otro interesado en la sucesión de quien fue José Manuel Arias Castro, mayor, casado
una vez, agricultor, cédula de identidad número uno-doscientos dieciocho-ochocientos treinta, para que, comparezcan en la oficina del suscrito notario, en San Isidro del General, cincuenta
metros oeste de la Gasolinera
Delta, a reclamar y hacer valer sus derechos dentro de los 15 días a partir de la publicación de este edicto.—San Isidro del General, 24 de junio
del 2022.—Lic. Jorge Enrique Infante Rojas, Notario.—1
vez.—( IN2022657775 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida
fue Jonathan Gabriel Quirós Retana,
quien fue mayor, soltero, con discapacidad permanente, portador de la cédula
identidad número
1-1885-0683, vecino de San José, Desamparados, Damas,
Barrio Fátima, Residencial Miracruz, casa 23-A, para
que, dentro del plazo de 15
días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaría pública, ubicada en San José, Barrio Córdoba, diagonal al Liceo Castro Madriz, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2022.—San José, 23 de junio
del 2022.—Lic. Juan Carlos
González Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2022657786 ).
Mediante escritura número ciento cuatro-tres, otorgada ante esta notaría, se declara abierto el sucesorio
del señor José Román Siles Valle, se cita a los interesados mediante el plazo
de Ley, notificaciones: lic-delgado@outlook.com. Publicar una vez
en el Boletín
Judicial.—Lic. Jorge Andrés Delgado Carvajal.—1
vez.—( IN2022657805 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por
Mayra Cascante Rodríguez, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula número uno-quinientos setenta y nueve-ciento ochenta y siete, vecina de Pérez Zeledón, San
Rafael Norte, doscientos metros sureste
de Mirador La Torre, comprobado el
fallecimiento del causante,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
testamentario de quien en vida fue
Jesús Granados Navarro, mayor, que fuera soltero, agricultor, cédula número uno-trescientos dos-seiscientos setenta, vecino de Pérez Zeledón, San
Rafael Norte, cien metros sur y setecientos
metros oeste de Soda Popeye, fallecido
el catorce de marzo de dos mil veintidós. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Eduardo Román Gómez, en San Isidro de
El General, Pérez Zeledón doscientos
metros norte de los Tribunales de Justicia, Teléfono
2771-36-22. Expediente N° 0003-2022, sucesión en sede
Notarial de Jesús Granados Navarro.—A las once horas treinta minutos del doce de mayo de dos mil veintidós.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario Público.—1
vez.—( IN2022657806 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por
Fabio Alejandro Gamboa Vargas, mayor, casado una vez,
funcionario judicial, cédula número
uno-mil cuatrocientos veintinueve-ochocientos
treinta y siete, vecino de Pérez Zeledón, Rivas, detrás de la Iglesia Católica, casa con tapia color café, Víctor Manuel
Gamboa Vargas, mayor, soltero,
enfermero, cédula número
uno-mil quinientos setenta
y cinco-novecientos ochenta
y cinco, vecino de San
José, Sabana, veinte metros
norte de la Universidad La Salle, Víctor Manuel
Gamboa Cordero, mayor, soltero,
comerciante, cédula número uno-mil ochocientos setenta y tres-doscientos setenta y ocho, vecino de Pérez Zeledón, Rivas, detrás del antiguo Bar Tules, y Virginia Elizondo Fallas,
mayor, viuda dos veces, ama
de casa, cédula número uno-doscientos
cincuenta y tres-setecientos
noventa y siete, vecina de Pérez Zeledón, Villa
Ligia, Calle Licho, trescientos
cincuenta metros este del Súper Económico, contiguo a Taller Fello, comprobado el fallecimiento
del causante, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fue Víctor Manuel Gamboa
Elizondo, mayor, que fuera soltero,
comerciante, cédula número
uno-quinientos setenta y tres-doscientos cincuenta y
cuatro, vecino de Pérez Zeledón,
Rivas, detrás del antiguo
Bar Tules, fallecido el dieciocho de abril de dos mil veintidós. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Eduardo Román Gómez, en San Isidro de
El General, Pérez Zeledón doscientos
metros norte de los Tribunales de Justicia, Teléfono
2771-36-22. Expediente N° 0002-2022, Sucesión en sede
notarial de Víctor Manuel Gamboa Elizondo. Publicar 1 vez en el Boletín
Judicial.—Veinticinco de mayo de dos mil veintidós.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario Público.—1
vez.—( IN2022657808 ).
Mediante escritura número ciento tres-tres, otorgada ante esta notaría, se declara abierto el sucesorio
de la señora María Inés Valle Gómez, se cita a los interesados
mediante el plazo de Ley, notificaciones:
lic-delgado@outlook.com. Publicar una
vez en el
Boletín Judicial.—Lic.
Jorge Andrés Delgado Carvajal.—1 vez.—(
IN2022657809 ).
Se hace saber que, ante esta
notaría, se tramita el proceso sucesorio
de Elena Victoria Ramona Villalobos Guzmán, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
número: cinco-cero ciento sesenta y cuatro-cero quinientos veintisiete, vecina de
Guanacaste, Bagaces, Río
Naranjo, del Salón Comunal cincuenta
metros al oeste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de quince días a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante el suscrito notario, quien cuenta con oficina abierta en la ciudad de San José, Barrio Francisco Peralta, de la
Casa Italia, cincuenta metros al norte;
frente al IMAS, edificio
AB&P Abogados, a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2022. Sucesión
notarial: Elena Victoria Ramona Villalobos Guzmán.—San
José, 29 de junio del 2022.—Lic.
Félix Montoya Ordóñez, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022657822 ).
Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Jose Antonio Picado
Solano, a las diecisiete horas veinte
minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento
de Ana Victoria Picado Solano, mayor, soltera, vecina de Cartago, Paraíso, frente
a la Bomba Serpasa, casa esquinera de dos plantas, cédula
de identidad número tres-ciento cincuenta y cinco-quinientos ochenta y uno, y
la existencia y validez del
testamento por ella otorgado; esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
testamentario. Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada
en Cartago, trescientos
metros norte y diez metros oeste de Farmacia Fischel. Teléfono 8858-6344, a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado.—Cartago, a las diez horas del veintidós de junio de dos mil veintidós.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notario Público.—1
vez.—( IN2022657837 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Marlene de Los Ángeles Picado Monge, mayor, soltera, ama de casa,
con número de cédula de identidad
06-0292-0410, quien fue vecina Bambel de Corredores. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000259-419-AG, Proceso: Sucesorio.
Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona
Sur, Corredores, Corredores,
06 de enero de 2022.—Licda.
Stephanie Alvarado Bejarano, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022657847 ).
Ante esta notaría se solicita el trámite
del sucesorio en sede notarial de quien en vida fuera
quien en vida se llamó Santos Raimundo
Mora Vallejos quien era casado una vez,
pensionado, con cédula de identidad cinco-ciento cincuenta y nueve-seiscientos veintinueve, y
que falleció el diecinueve de mayo del dos mil veintiuno.
El bien a inventariar es el
muebles inscritos vehículo placa número siete siete
cuatro cero seis dos.—Nicoya, veintiocho
de junio del dos mil veintidós.—Licda. Penelope Cárdenas Sánchez.—1
vez.—( IN2022657854 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor
Kevin Andrés Martínez Ávila, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente
N°21-000633-0292-FA. Clase de Asunto
Depósito Judicial. Nota: Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. A las ocho horas cuarenta y tres minutos del veintidós de junio de dos mil veintidós. 22 de
junio del año 2022.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022657019 ). 3
v.3.
Se avisa, a Marco Antonio Anchia Rojas cédula
de identidad número 2- 0556-0664, de
domicilio y de demás calidades desconocidas, representados por el curador
procesal Licenciado Jean Carlo de la Sera Muñoz ,se le hace saber que existe
proceso N° 21-000176-0673-NA de suspensión de
patria potestad de las personas menores de edad Brillitte
Daniela Anchia Jimenez y Nigel Mathias
Mata Jimenez establecido por el Patronato Nacional de
la Infancia en contra de Marco Antonio Anchia Rojas, Juan de Jesús Mata Pérez y
Katherine Andrea Jimenez Monge que en resolución
dictada por el Juzgado De Niñez Y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de
San José, a las catorce horas y veintidós minutos del diecinueve de abril del
dos mil veintiuno, que en lo conducente dice: Se le concede el plazo de diez
días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es
del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le
advierte a la accionada que si no contesta en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se
tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos. Se
exonera del pago de la publicación, en razón de la
materia. (Circular N° 67-09, emitida por la
Secretaría del la Corte el 22 de junio de 2009).Notifíquese. Licda. Grace Cordero Solorzano.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de
junio del 2022.—Msc. Charlyn
Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022657572 ).
Se avisa a Roberto Antonio Castillo Collado de nacionalidad dominicana, portador del documento de residencia número
121400110834, y Cinthia Leticia Ulloa Mairena de nacionalidad nicaragüense, portadora del documento de residencia número
155803193617, ambos mayores, de domicilio
y demás calidades desconocidas, representados por la curadora procesal Licenciada Alba María
Solano Arias, se le hace saber que existe proceso N° 19-000823-0673-NA
de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad
Austin Roberto Castillo Ulloa establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia en
contra de Roberto Antonio Castillo Collado y Cinthia
Leticia Ulloa Mairena, que en
resolución dictada por el Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas y treinta y nueve minutos del veintiuno de noviembre de dos mil
diecinueve, que en lo conducente dice: Se les concede el
plazo de cinco días para
que se pronuncien sobre el mismo y ofrezcan
prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que, si no contestan en el
plazo dicho, el proceso seguirá
su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una
vez recibida la prueba se dictará sentencia Notifíquese. Lic. Juan José Alvarado Quirós, Juez.
Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia. (Circular N°
67-09, emitida por la Secretaría del la Corte el 22 de junio de 2009). Edicto: publicar una vez.—Jueza
del Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de junio del 2022.—MSC.
Charlyn Susana Miranda Arias.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022657573 ).
Se avisa, a Jeihir Sánchez Amador, cédula
de identidad número 6-0315-0074, de domicilio
y de demás calidades desconocidas y a la señora Perla
de Los Ángeles Avellan, portadora
de la identidad número
DI117114A, de domicilio y demás
calidades desconocidas, representado por el curador procesal
Licenciado Luis Diego Delgado Vargas, se le hace saber que existe proceso N° 21-000013-0673-NA de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad
Joseling de Los Ángeles
Sánchez Avellan establecido por
el Patronato Nacional de la
Infancia en contra de Jeihir Sánchez Amador y Perla de Los Ángeles
Avellan, que en resolución dictada por el
Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las quince horas y veintiuno minutos del primero de julio de
dos mil veintiuno, que en
lo conducente dice: Se le concede el
plazo de diez días para que
se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal
Civil. Se les advierte a los
accionados que si no contestan en el
plazo dicho, el proceso seguirá
su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los
hechos. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San
José, 24 de junio de 2022.—Msc.
Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657576 ).
Licda. Valeria Arce Ihabadjen Juez(a) del Juzgado Primero de Familia de San
José; hace saber a Cesar Augusto Mazuera Pérez, documento de identidad
117000300001, Casado/a, vecino de paradero desconocido, que en este Despacho se
interpuso un proceso nulidad matrimonio el expediente número 22-000388-0186-FA
donde se pretende la nulidad de su matrimonio con la señora González Sánchez y
se otorgó plazo de diez días para contestar la demanda. Lo anterior se ordena
así en proceso nulidad matrimonio de Estado contra Cesar Augusto Mazuera Pérez,
Kathia Patricia González Sanchez; Expediente Nº 22-000388-0186-FA. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín Judicial.- Los plazos comenzarán a correr tres días
después de aquél en que se hizo la publicación.-De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de
la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos.—Juzgado Primero de Familia de San José, 21 de junio del año
2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657709 ).
Licda. Mayra Trigueros
Brenes, Jueza del Juzgado
Primero de Familia de San José; hace saber a Orlando
Acevedo Galán, documento de
identidad N° 69122400268, casado,
cubano, vecino de paradero desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso Nulidad de Matrimonio en su contra, bajo el expediente número
15-001385-0186-FA donde se dictó
sentencia de primera instancia N° 2022000588, resolución de las quince horas seis minutos
del diez de junio de dos
mil veintidós, cuya parte dispositiva literalmente dice: Por tanto: Acorde
con lo expuesto, artículos
420 y siguientes del Código Procesal
Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del
Código de Familia y demás normativa
citada, se acoge la presente demanda y 1) Se declara confesa a la señora Karen Lucrecia Blanco Chavarría
en relación con las preguntas de la 1 a la 20. 2) Se declara
nulo el matrimonio
de Orlando Acevedo Galán, mayor, casado,
cubano, con documento de identidad número al momento del acto 69122400268, de oficio y domicilio desconocido, y Karen Lucrecia Blanco Chavarría,
mayor de edad, casada, costarricense, ama de casa, portador
de la cédula de identidad número
0111420316, vecino de San José, celebrado
el 30 de junio del 2005, inscrito al Tomo: 0466; Folio:
424; Asiento: 0848, citas 1-0466-424-0848 la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José. 3) Comuníquese
tanto al Registro Civil, como
a la Dirección General de Migración,
para que en caso de que
Orlando Acevedo Galán, hubiese
obtenido beneficios migratorios o de naturalización,
para que se tome nota de que tales beneficios serán nulos conforme
lo establece el numeral 19
del Código de Familia. 4) Se resuelve sin especial condenatoria en costas. 5) Por ser esta demanda con curador procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva
de esta sentencia en el Boletín
Judicial. 6) Una vez firme,
gírese los respectivos honorarios al curador procesal, sin necesidad de resolución que así lo indique. La suma de ¢84.750, de la siguientes forma ¢75.000,00 + 13% ¢9.750 = total
¢84.750,00, por concepto de
Honorarios de Curadora Procesal. 7) Eliminarse del Registro Civil Sección de
Nacimiento de la persona menor de edad
Juan de Dios Acevedo Blanco, nació el 14/05/2009. Registradas como hijos de Karen Lucrecia
Blanco Chavarría y Orlando Acevedo Galán (ver prueba
documental agregada el día
de hoy). Las citas de inscripción
de nacimiento es 120550361. Quienes
de ahora en adelante llevará únicamente los apellidos de la madre, su nombre se leerá
Juan de Dios Blanco Chavarría. 8) Expídase
la ejecutoria del caso,
previa solicitud de la parte
interesada. 9) Se les recuerda
a las partes su derecho a recurrir esta decisión
en caso de inconformidad. Lo anterior se ordena
así en proceso
Nulidad Matrimonio de
Estado contra Orlando Acevedo Galán; Expediente N° 15-001385-0186-FA. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial. Los plazos comenzarán
a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la Circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la Circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de
Familia de San José, 14 de junio del año 2022.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657710 ).
Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace
saber a Cesar Augusto Mazuera Pérez, documento de identidad N°
117000300001, casado, vecino
de paradero desconocido,
que en este Despacho se interpuso un Proceso Nulidad Matrimonio el expediente
número 22-000388-0186-FA, donde
se pretende la nulidad de su matrimonio con la señora González Sánchez y se otorgó
plazo de diez días para contestar la demanda. Lo anterior
se ordena así en Proceso Nulidad
Matrimonio de Estado contra Cesar Augusto Mazuera Pérez, Kathia Patricia González Sánchez. Expediente N° 22-000388-0186-FA. Nota:
Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de San José, 21 de
junio del año 2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022657711 ).
Se avisa que, en este
Despacho, David Aaron Guillén Hernández, solicitan
se apruebe la adopción
individual de la persona menor de edad
Alice Kamill Barboza Murillo. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo
de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
22-000280-1534-FA. Se exonera del pago
de la publicación, en razón de la materia. (Circular N°
67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009).—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de junio del año 2022.—Msc. Charlyn Susana
Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022657718 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número
22-000104-1146-FA, Juan Delmer Badilla Rojas, cédula
de identidad N° 0602600510,
e Idalia Rebeca Madrigal Kiel,
cédula
de identidad N° 0602710430, solicitan se
apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Josias Miguel Fuentes Badilla.
Se concede a los interesados
el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 17 de mayo
del 2022.—MSc. Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017 JA.—( IN2022657719 ).
Se avisa que en este
Despacho bajo el expediente número
22-000026-0364-FA, William Ernesto Papili Campos, solicitan se apruebe la adopción de hijo de cónyuge (mayor de edad) de la
persona Elmer Andrey Facey Solano. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 20 de abril del año 2022.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017 JA.—(
IN2022657720 ).
MSc. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José, hace saber a Héctor
Enrique Román Vega, mayor, casado, de nacionalidad nicaragüense, portador de la cédula de residencia N° 155803220921, de domicilio desconocido, que en este Despacho
se interpuso un Proceso de Reconocimiento de Hijo de Mujer Casada en
el que figura como interesado, bajo el expediente número
22-000988-0165-FA, donde se dictó
la resolución que literalmente
dice: Se tienen por establecidas las presentes
diligencias de reconocimiento de hijo
de mujer casada promovido por Yulian
Mauricio Ríos Orozco a favor de la persona menor de edad Samuel Adrián Román Ramírez. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia,
por el plazo
de tres días. A su vez por el
mismo plazo otorgado, se le confiere
audiencia, tanto a la madre Cindy Vanessa Ramírez
Mena como al padre registral de la persona menor, sea al señor Héctor
Enrique Román Vega. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar medio y lugar, éste último dentro
del circuito judicial de este
Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se
les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido
imposibilite la notificación
por causas ajenas al Despacho. Siendo que el señor
Héctor Enrique Román Vega es de paradero desconocido, notifíquesele las presentes diligencias por medio
de un edicto que se publicará
en el Boletín
Judicial; para los efectos
de los artículos 85 del
Código de Familia y 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el
mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Prevención de copias: Previo a indicar cual será
la entidad que se comisiona
para realizar la notificación
del PANI y a la madre de la persona menor de edad, con la finalidad de efectuar las mismas, deberá el promovente aportar
en la manifestación del Despacho, dos juegos de copias de todo el expediente. Lo anterior, de conformidad con el artículo 136 del Código Procesal
Civil de 1989 -vigente para la materia
de familia por disposición de la ley 9621-, bajo el
apercibimiento de que en caso de omisión no se atenderán futuras gestiones. Nota: Publíquese por única vez. De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—MSc. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017 JA.—( IN2022657721 ).
Licenciada Katherine Meza Chaves, Jueza del Juzgado de Familia de
Puntarenas, hace saber: Que en
proceso actividad judicial
de adopción de mayor de edad,
establecido por Alexa Cerda
Esquivel, que se tramita en
este Despacho con el número
de expediente 21-001220-1146-FA, se encuentra la resolución que literalmente dice: “Juzgado de
Familia de Puntarenas, a las diez horas treinta y seis minutos del cinco de noviembre del dos mil veintiuno. Revisado que ha sido el presente
asunto, se tiene que el mismo fue
presentado como acuerdo extrajudicial, sin embargo; siendo
que el instituto jurídico de la adopción no admite la figura de la conciliación, en virtud de la naturaleza filiatoria de la misma, bajo la cual una persona pasa a ser hija de quien o quienes no son sus padres
biológicos, se reconduce el mismo, para en su lugar
ser tramitado en la forma
que establece la normativa.
Así las cosas, se tiene por establecidas
estas diligencias como adopción de hijo de cónyuge (mayor de edad) promovido por Alexa Cerda
Esquivel con apersonamiento de la madre,
y del adoptante. A los interesados directos se les comunicará por medio de un aviso
que se publicará en el Boletín Judicial,
de conformidad con lo prescrito
por el numeral 131 del
Código de Familia. En otro orden de ideas, se le indica a la parte
adoptante que deberá aportar a los autos
certificación de bienes muebles e inmuebles inscritos a nombre de la adoptando, así como las certificaciones de ingresos expedidas ya sea por la empresa,
o por un contador acreditado al efecto y un
dictamen médico válido, toda vez que el
aportado no indica ningún aspecto de la salud del mismo. Hágase Saber. Diego
Acevedo Gómez, Juez.” Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017 JA.—(
IN2022657722 ).
Se avisa que, en este
Despacho bajo el expediente número
17-000581-1146-FA, Edith de Los Ángeles Varela Ledezma y José Manuel Pizarro Fajardo, cédulas de identidad Nos. 0503080726 y 0602930261, respectivamente,
solicitan se apruebe la adopción individual de la persona menor
Jerlyn Guadalupe Valerio Pizarro. Se concede a los interesados el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos
de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 06 de junio del 2022.—Licda. Katherine Meza
Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017 JA.—( IN2022657723 ).
Ante esta notaría, a las diecisiete horas y
quince minutos del veintisiete
del mes de junio del año dos mil veintidós, se
ha procedido a la apertura
del proceso de adopción de persona mayor de edad a favor de: Karina Valeska Fallas
Sáenz, mayor, nicaragüense,
estudiante, portadora del pasaporte nicaragüense número: C cero tres cero uno dos siete nueve dos, por parte de: Carlos Adolfo Fallas Tenorio, quien es mayor, costarricense, casado dos veces, pensionado, portador de la
cédula de identidad número: tres-cero
doscientos treinta y siete-cero novecientos cuarenta y tres. Dicho proceso se tramita bajo el expediente número dos mil veintidós-cero
cero uno. Las personas interesadas o bien que deseen formular oposiciones a esta adopción, podrán hacerlo saber en esta notaría, ubicada
en San Juan de Tibás, Oficentro CIVSA, oficina seis; número telefónico: ochenta y ocho doce cuarenta
y seis, cuarenta y cinco; dentro del plazo de cinco días a partir de la publicación de este edicto, aportando las pruebas que tengan para su oposición.—Lic. Roberto García Ulloa, Notario Público.—1 vez.—( IN2022657803 ).
MSC. Marilene Herra Alfaro, Jueza del Juzgado Primero de
Familia de San José; hace saber a Hubert de La
Trinidad Solano Quesada, documento de identidad N° 0108720642, casado, oficial de seguridad, que en este Despacho
se interpuso un proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente número
19-000433-0186-FA donde se dictó
la Sentencia N° 2022000308 de las veintiuno
horas cero minutos del veintitrés
de marzo de dos mil veintidós,
que en lo conducente dice:
“Por tanto: De acuerdo con las razones
dadas, artículos 51 y 52 de la Constitución
Política; artículos 420 siguientes
y concordantes del Código Procesal
Civil, Ley 7130, vigente para los
asuntos de familia, según Ley 9621 del 3 de octubre
de 2018, artículos 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48, 55
y 57 del Código de Familia; se declara parcialmente con lugar la demanda de divorcio por la causal de sevicia formulada por Juana Pérez Hidalgo
en contra de Hubert Solano Quesada, en consecuencia: 1. Se disuelve el vínculo
matrimonial que une a las partes
por la causal de sevicia, cuya culpabilidad recae en el
accionado y por lo que resulta cónyuge inocente la actora. 2. Se mantiene el derecho alimentario a la actora, el cual debe
hacer valer en la vía respectiva;
mientras que el demandado pierde ese derecho por ser cónyuge culpable de la sevicia; 3. Sobre el derecho de posesión adquirido por las partes, según la información suministrada en la escritura número 305, otorgada por el Lic.
José Luis Valdivia Rodríguez del 2 de setiembre de
2013, se dispone que el derecho de la actora no es ganancial, mientras que el derecho del accionado sí es ganancial, por lo que la señora Pérez Hidalgo tiene
derecho de participar en el cincuenta por
ciento de su valor neto, que hará efectivo en la vía de ejecución de sentencia. 4. Se ordena girar como honorarios
al Lic. Oscar Eduardo Gómez Ulloa, cédula 700580538,
un monto de 73.450,00 (setenta
y tres mil cuatrocientos cincuenta colones), de los cuales 65.000,00 (sesenta y cinco mil colones) son por concepto de honorarios y 8.450,00
(ocho mil cuatrocientos cincuenta colones) por concepto del impuesto de valor agregado (IVA),
todo sin necesidad de
posterior resolución. 5. Se resuelve
sin especial condenatoria en
costas. Una vez firme este fallo
inscríbase en la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Tomo 540, Folio
261, Asiento 521. Hágase saber resta
resolución a las partes en el medio señalado
y además, publíquese la parte dispositiva en el diario
oficial La Gaceta,
dado que se tramitó con curador
procesal. MSc. Patricia Méndez Gómez, Jueza.” Lo anterior se ordena así en proceso
abreviado de divorcio de
Juana Rose Mary Pérez Hidalgo contra Hubert de La Trinidad Solano Quesada. Expediente Nº 19-000433-0186-FA. Nota:
Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 05 de abril del 2022.—Marilene Herra Alfaro, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657845 ).
Licda. Valeria Arce Ihabadjen
Jueza del Juzgado Primero
de Familia de San José; hace saber a Enith Miroslava Soto Silva, documento de identidad, mayor, casada, de paradero desconocido que en este Despacho se interpuso un proceso de Inexistencia de Matrimonio en su contra, bajo el expediente número
22-000499-0186-FA donde se le confiere
traslado por tres días y se le previene, que en el primer escrito
que presente debe señalar medio y lugar, éste último dentro
del circuito judicial de este
Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se
les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido
imposibilite la notificación
por causas ajenas al
despacho, o bien si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, el cual también
tiene como fin declarar la inexistencia de matrimonio que la une con el señor Rodolfo Rodríguez
Arroyo. Lo anterior se ordena así
en proceso Inexistencia de Matrimonio de Procuraduría General de la República contra Enith Miroslava Soto Silva y
Rodolfo Rodríguez Arroyo. Expediente
Nº22-000499-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 17 de junio del año 2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657848 ).
Licda. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Mónica
Priscilla Calvo Gómez, documento de identidad N° 0111080061, casada, dato desconocido, de paradero desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso Abreviado de Nulidad de Matrimonio en su
contra, bajo el expediente número 17-000742-0186-FA, donde
se le confiere traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre
y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar
medio para atender notificaciones,
apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer
con claridad si lo rechaza por inexacto
o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye, asimismo este proceso
tiene como pretensión determinar la nulidad del matrimonio que la une con el señor
Juan Carlos Zuluaca Ortega. Lo anterior se ordena así en
proceso Abreviado Nulidad de Matrimonio de Procuraduría General de la República contra Juan Carlos Zuluaca Ortega, Mónica Priscilla Calvo Gómez; Expediente N° 17-000742-0186-FA. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la Circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la Circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de San José, 30 de
mayo del año 2022.—Licda.
Valeria Arce Ihabadjen, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022657849 ).
Licda. Kensy
Carolina Cruz Chaves, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, el señor
Johnnoy Castro Bonilla, de calidades
y domicilio desconocido, se
le hace saber que en
Diligencias de Depósito Judicial de Persona Menor de Edad, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificar por edicto
Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica. A las diez horas once minutos del veintidós de junio de dos mil veintidós. Se tiene por apersonado al licenciado Randolph Foster Hutchinson, en
su condición de representante legal del Patronato
Nacional de la Infancia, en
sustitución temporal del licenciado
Carlos Soto Meléndez, además por
parte del licenciado se tiene por cumplido
lo prevenido en autos por el citado
licenciado, se resuelve: De
las presentes diligencias de depósito
de la persona menor Keivin
Andrey Castro Bermúdez, promovidas
por el Patronato
Nacional de la Infancia Sede
Limón, se confiere traslado
por tres días a Johnnoy Castro Bonilla (paradero desconocido), a quien se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente,
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Edicto de paradero desconocido: Siendo que el padre registral de la persona menor
de edad es de paradero desconocido, notifíquese al mismo por medio de edicto que se publicará por única vez
en el Boletín
Judicial. Edicto de interés:
Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado. Medida cautelar: En atención a la solicitud de la promovente, se resuelve: Se le otorga al Patronato Nacional de la Infancia
el depósito judicial provisional
de la persona menor de edad
Keivin Andrey Castro Bermúdez,
quien deberá por medio de su representante dentro del plazo de cinco días, jurar aceptar el
cargo designado. Notifíquese.
Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica.—Msc. Kensy Carolina Cruz Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022657860 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la personas menor
de edad Keivin Andrey
Castro Bermúdez, actor Patronato
Nacional de la Infancia de Limón, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-000288-1152-FA. Clase
de Asunto Depósito
Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las diez horas
once minutos del veintidós
de junio de dos mil veintidós.—Licda. Kensy Carolina Cruz
Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657861 ).
Se avisa al señor
Luis Alberto Paladino Rivas, mayor, casado, nacionalidad nicaragüense, con pasaporte número C1344673 y domicilio desconocido, que en este Despacho
se tramita diligencias de reconocimiento
de hijo de mujer casada expediente N° 22-000086-0186-FA promovido por Carlos Alberto Guillén
Gámez, para que en sentencia se le autorice a reconocer como su hija a la persona menor de edad Emily Nicole
Paladino Avilez. El emplazamiento
corre tres días después de esta publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular
67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia del Primer
Circuito Judicial de San José, 21
de junio de 2020.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022657862 ).
Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace
saber a Mónica Priscilla Calvo Gómez, documento de identidad N° 0111080061, casada, dato desconocido,
de paradero desconocido,
que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente número
17-000742-0186-FA, donde se le confiere
traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar
medio para atender notificaciones,
apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer
con claridad si lo rechaza por inexacto
o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye, asimismo este proceso
tiene como pretensión determinar la nulidad del matrimonio que la une con el señor
Juan Carlos Zuluaca Ortega. Lo anterior se ordena así en
proceso abreviado nulidad de matrimonio de Procuraduría General de la República contra Juan Carlos Zuluaca Ortega, Mónica Priscilla Calvo Gómez. Expediente Nº 17-000742-0186-FA. Nota:
Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida
por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de San
José, 30 de mayo del 2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657863 ).
Licenciada Felicia Quesada Zúñiga. Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a
Oswaldo Rafael Cortés Rosales, en su
carácter personal, quien es
mayor, casado, cédula 0901090264, y demás calidades desconocidas se le hace saber que
en demanda Abreviado de Suspensión de Patria
Potestad, bajo el número del expediente
22-000388-0364-FA, establecida por
Hazel Sodieth Aragón Cruz contra Oswaldo Rafael Cortés Rosales,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado de
Familia de Heredia. A las catorce horas siete minutos del veinticuatro de febrero de dos
mil veintidós. De la anterior demanda
Abreviada de Suspensión de
Patria Potestad establecida
por el accionante
Hazel Sodieth Aragón Cruz, se confiere
traslado a la accionada(o)
Oswaldo Rafael Cortés Rosales por el
plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del casillero 403. Se
le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo,
por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
de la persona funcionaria notificadora,
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Medida cautelar: Se concede el cuido provisional de la persona menor
de edad Leonardo Rafael Cortés Aragón a su madre Hazel Sodieth Aragón Cruz sin que esto implique la suspensión temporal
de la Patria Potestad. Nombramiento
de curador: De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin
de proceder a nombrarle curador procesal al señor Oswaldo Rafael Cortés Rosales se resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado
ausente cuenta con apoderado inscrito. Además, las generalidades de ley
de dos testigos que declaren
sobre el conocimiento o desconocimiento
del paradero del demandado.
Prevención de honorarios:
Se le previene a la parte actora que a efectos
de que proceder cubrir los honorarios del curador a nombrar, dicho monto lo es la suma de noventa y seis mil cincuenta colones, monto que incluye el 13% del I.V.A. por lo que deberá depositarlo en la cuenta N°
22-000388-0364-FA-4, del Banco de Costa Rica. Citación
a la parte actora y dos testigos: Se cita a la señora y dos testigos para que en el plazo
de una semana comparezcan al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán
para determinar la procedencia
del nombramiento del curador
procesal del demandado,
bajo apercibimiento de que, si
no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el22 de junio
de 2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022657865 ).
Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza del Juzgado Segundo de
Familia de San José; hace saber a Luis Andrés Suarez
Herrera documento de identificación
N° 1-2270-0885, de nacionalidad costarricense,
de domicilio desconocido,
que en este Despacho se interpuso un Proceso de Salida del País en su contra promovido por Andrea Sandi Amador, bajo el expediente número
22-000252-0187-FA donde se dictó
el auto de traslado de las
once horas treinta y seis minutos
del veintisiete de abril de
dos mil veintidós que en lo
interesa dice: “I.—Del anterior proceso
Sumario de Autorización de
Salida Permanente del País y Obtención del Pasaporte que solicita Andrea
Sandi Amador se concede audiencia por el plazo de cinco
días al señor Luis Andrés Suarez Herrera para que la conteste en la forma que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil. Se ordena tener como interviniente
de estas diligencias al Patronato
Nacional de la Infancia, institución
a la cual se le previene indicar medio (fax / casillero / correo electrónico) para escuchar notificaciones, con advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de las veinticuatro horas luego de su dictado (Artículo 11 Ley de Notificaciones Judiciales). Con el objeto de fomentar
prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación procesal, el Poder
Judicial está desarrollando
políticas para disminuir el uso del papel,
promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación. (Sesión de Corte Plena N° 16-09 del 11 de mayo de
2009, Art. XXI) Por ello, esta
autoridad se permite instar
a las partes, abogado y demás
intervinientes en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas
en el artículo
39 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal
para la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. II.—De conformidad con el artículo 151 del Código de
Familia, se convoca a las partes
y sus abogados a la audiencia oral que se realizará en este Juzgado
a las ocho horas treinta
minutos del veinte de junio de dos mil veintidós.
Se tiene por aportada la documental presentada
por la actora, así mismo se admite
el testimonio de Sergio Segura Gorgona
y Adriana Avedaño López, quienes
se referirán a todos los
hechos de esta demanda. III.—Notifíquese
esta resolución al demandado, así como al Patronato Nacional de la Infancia. Sin embargo, de previo
a dicha notificación se le previene a la parte actora para que en el plazo de tres
días aporten dos juegos
de copias de la demanda a efecto de notificarlos.
Se le apercibe que en caso de omisión no se atenderán futuras gestiones y se remitirá el expediente a casilla de archivo provisional, pudiendo reactivarlo en el momento
en que se cumpla la gestión. IV.—Ciertamente uno de los atributos en
el ejercicio de la autoridad parental es el que tiene que ver con la legítima representación que ejercen los progenitores
a favor de sus hijos menores
de edad. Se discute a nivel doctrinario si esa representación
parental debe ser ejercida en todos los
casos en forma conjunta - por ambos padres a la vez- o si alguno
de los padres puede actuar válidamente por separado. El sistema de ejercicio indistinto parte de la presunción de cada uno de los progenitores decidirá en última
instancia conforme a lo que
mejor convenga al hijo en común.
El sistema de ejercicio
conjunto busca que las decisiones
sean adoptadas por ambos padres mediante mutuos acuerdos, mismos que de igual forma deben entenderse son adoptados considerando la conveniencia del hijo. En nuestro medio, en el tema
de las autorizaciones de salidas
del país, ciertamente opera
aquel ejercicio conjunto, pues de acuerdo con el artículo 48 del Reglamento para la Aplicación de
la Ley General de Migración y Extranjería
número 8764 a las Personas Menores
de Edad publicado en La Gaceta N°
133 del 11 de julio del 2011, la autorización
de salida del menor debe ser otorgada por ambos progenitores, sin perjuicio por supuesto
de la autorización judicial ante el
conflicto de intereses de los padres; autorización judicial
esa incluso que puede ser concedida obviando formalidades de tramitología considerando en todo momento
el interés superior de la
persona menor de edad, tal y como lo prevé
el numeral 110 del supra citado
Reglamento. Pero incluso en ese mismo presupuesto
donde es requerido la voluntad de ambos padres, ciertos
trámites migratorios pueden válidamente ser ejecutados por uno de los progenitores sin requerir la concurrencia del otro, como es precisamente
el trámite para la renovación del pasaporte para el menor, pues
si bien el artículo 29 del citado Reglamento refiere que para la tramitación del pasaporte el menor debe
estar acompañado por sus padres o representantes legales, tal situación
lo es para los casos donde los progenitores
de común acuerdo otorgarán el permiso
de salida del hijo, pues la misma norma
citada refiere que en ese acto se le expedirá el permiso
de salida al menor de edad. Ahora bien, en lo que respecta a los trámites de renovación de pasaporte es claro
que la sola renovación de tal
documento de viaje no
equivale a la autorización misma
de salida del país, por lo que en ese tanto, siendo que la renovación del documento aludido que haga uno solo de los padres no tiene la potestad de variar o modificar la condición del permiso de salida del país, bien puede en este
caso la gestionante por si sola y sin requerir la autorización expresa del padre de su hijo (a), tramitar la renovación del pasaporte. Lo mismo ocurre con relación a los trámites de renovación de la Visa
para el menor, pues si bien es un documento de permiso de ingreso o salida del territorio nacional, no es la autorización misma de salida del país, por lo que su renovación
tampoco tiene la potestad de modificar propiamente la condición de salida del país del infante. Conforme lo dicho antes, queda autorizada la señora Andrea Sandi Amador para que personalmente
y sin la autorización del padre, pueda
gestionar lo expídase el oficio que interesa
a las autoridades de Migración
y Extranjería quienes deben ejecutar lo aquí dispuesto aun cuando la resolución
no se encuentre en firme.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.”
Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la Circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la Circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657967 ).
Han comparecido a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil: Karen Virginia Rivera Carvajal, mayor,
cédula de identidad número
0602490570 y Rodrigo Alberto Brito Flores, mayor, cédula de identidad
número 0202520905. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 22-000454-1146-FA. Nota:
de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Puntarenas, fecha, 30 de mayo del año 2022.—Licda. Marianela Vargas Cousin, Jueza
Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022657629 ).
Licenciada Mariam Calderón Villegas, Jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, los señores Félix Rodríguez Bonilla, mayor, costarricense, soltero, jornalero, cédula de identidad número 7-0067-0553, hijo de Estanislado Rodríguez Grijalba y
Virginia Bonilla Araya, nacido en
Zent, Central, Limón, el
18/05/1960, con 62 años de edad;
y Alba Barrera Gochez, mayor, costarricense,
soltera, ama de casa, cédula de identidad
número 7-0045-0635, hija de
Ana Barrera Gochez, nacida en Central, Limón, el 16/06/1950,
actualmente con 72 años de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Limón, Barrio Bambú 1, de la pulpería Chito,
100 metros a la izquierda, casa madera
sin pintar. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000423-1152-FA. Publíquese
una vez. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 23 de junio del año 2022.—Msc. Mariam Calderón Villegas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022657630 ).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil:
Esmeralda Guadalupe Morales, pasaporte número 02970336, y Santos Eliodoro
Martínez González, cédula de identidad número 0207600105. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000568-1146-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas,
14 de junio del año 2022.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022657631 ).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Eder
Osvaldo Carballo Pérez,
cédula de identidad
número 0603780370, y Susana
Rodríguez González, cédula de identidad número 0603950803. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000640-1146-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas,
20 de junio del año 2022.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022657632 ).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Erick
Rodolfo Barrantes Venegas, cédula de identidad número 0603720630, y Leonela Mariel León Calderón, cédula de identidad
número 0604190232. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento
para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000385-1146-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas,
25 de abril del año 2022.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza
de Familia.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022657633
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jason Jaffet Peraza Villarreal, mayor, costarricense,
soltero, labora el sábila, cédula de identidad número 0504030912, vecino de Liberia, Los Terreros,
de la Escuela Bermúdez cien
metros al oeste, hijo de
María Del Pilar Villarreal Obando y Juan Peraza Darcia,
nacido en Centro Liberia Guanacaste,
el 06/04/1995, con 27 años
de edad y Massiel Magalis Molina Romero, mayor, nicaragüense,
soltera, estilista, pasaporte número C02139057, vecina de Liberia, Los Terreros,
de la Escuela Bermúdez
cien metros al oeste, hija de Ana Virginia Romero Suazo
y Ramón Alejandro Molina Espinoza, nacida en Managua Nicaragua, el
23/07/1988, actualmente con 33 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000413-0938-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica
del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 22 de junio del 2022.—Msc. Marcela
González Solera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657634 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil
Florentino Rangel Jirón,
mayor, soltero, peón,
cédula de identidad número
0502110556, vecino de Conte, Golfito, hijo de Isabel Jirón Díaz y Justo Rangel Pérez, nacido en Maquenco Nicoya Guanacaste, el 16/10/1963, con 58 años de edad, y Mérida Rosibel Beita Morales, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0107250398, vecina de Conte, Golfito, hija de
Pascuala Morales Obando y Eugenio Serapio
Beita Zúñiga, nacida en San Isidro Pérez Zeledón San
José, el
24/11/1967, actualmente con 54 años
de edad Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000152-1086-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica
de Golfito (Materia Familia), Golfito,
24 de junio del 2022.—Ana Catalina Cisneros Martínez,
Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657635
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Cesia Rebeca Guerra Espinoza, mayor, soltera
en unión libre, contadora privada, cédula de identidad número 0603990191, vecina de Paso Canoas, Barrio Carlin, un costado de la plaza de deportes,
casa de color blanca con mallas,
hija de Jannette Espinoza Álvarez y Reinaldo Guerra
Espinosa, nacida en Corredor, Corredores, Puntarenas,
el 15/12/1991, con treinta años de edad; y Zabdiel David Mora Salinas, mayor, soltero
en unión, técnico en electricidad,
cédula de identidad número
0604040824, vecino de la misma
dirección de la anterior, hijo
de Lilliana Salinas Montoya y José Heriberto Mora Valdivia, nacido
en Corredor, Corredores, Puntarenas, el
07/09/1992, actualmente con veintinueve
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000393-1304-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del
Segundo Circuito Judicial de la Zona
Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, 23 de junio
del 2022.—MSC. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657636 ).
Licenciada Kensy Cruz
Chaves, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores German Eduardo Vargas
Rivera, mayor, costarricense, soltero,
vendedor, cédula de identidad número
3-0423- 0482, hijo de Randall Alexander Vargas Mora y
Alexandra Rivera Córdoba, nacido en
Cartago, el 29/10/1987, con 34 años
de edad, y Verónica Gómez Maroto,
mayor, costarricense, soltera,
vendedora, cédula de identidad
número 1-1065-0488, hija de
Carlos Gómez Loriz y María Amelia Maroto
Madrigal, nacida en San
José el 27/03/1980, actualmente
con 42 años de edad; ambas
personas contrayentes tienen
el domicilio en Limón, Puerto Viejo, Playa Negra, del Super Black Beach,
350 metros norte y 50 metros este
y 150 metros sur, casa color amarilla con verjas negras. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000398-1152-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 21 de junio
del 2022.—Msc. Kensy Cruz
Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657637 ).
Ha comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Lester
Alejandro López Poveda, mayor, soltero, mantenimiento, cédula de identidad
número 155819136825, vecino
de Guanacaste, Santa Cruz, Villarreal, de la plaza vieja
50 metros norte y 50 metros este,
casa de color verde, casa esquinera,
hijo de Fátima de Los Ángeles Poveda y Catalino López Membreño, nacido
en Chinandega, el
13/11/1986, con 35 años de edad
y Silvia Saray Villafuerte Valdivia, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0701640746, vecina de
Guanacaste, Santa Cruz, Villarreal, de la plaza vieja
50 metros norte y 50 metros este,
casa de color verde, casa esquinera,
hija de Rosibel Valdivia
Arguedas y Nieves Villafuerte Villafuerte, nacida en Centro Central Limón, el
02/05/1985, actualmente con 37 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este despacho
dentro de los ocho días, siguientes a la publicación del edicto. Expediente. N° 22-000201-0776-FA. Las partes
interesadas en este asunto sean
el señor Lester Alejandro
López Poveda puede ser localizado
al teléfono 6196-1399, correo
electrónico: cris2010921@gmail.com y la señora Silvia Saray Villafuerte Valdiviar puede ser localizada al siguiente teléfono: 6051-2816, correo electrónico: sarayvillav02@gmail.com. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Santa
Cruz, Santa Cruz, 10 de junio del 2022.—Licda. Gely Marcela Espinoza
Gómez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022657638 ).
Se hace saber a quienes interese que, ante este Juzgado, han comparecido
a efecto de contraer matrimonio civil: Deisler Enrique Hernández Esquivel, mayor, costarricense, soltero, vecino de San José, Uruca,
Rossiter Carballo, Los Manzanos, casa C-11, portador
de la cédula de identidad número
1-1870-0981, nacido el catorce de marzo del dos mil tres. De 19 años de edad. Hijo de Greivin
Alberto Hernández Granados y Elizabeth de los Ángeles Esquivel Mena, ambos son costarricenses;
y Lizbeth Fernández Salazar, mayor, costarricense, divorciada, administradora del hogar, vecina de San José, Uruca, Rossiter Carballo, Los Manzanos, casa C-11, portadora del documento de identificación N° 1-1456-0508, nacida
el doce de febrero de mil novecientos noventa y uno. De 31 años de edad. Hija de Ofelia Salazar
López y Neftalí Fernández Carvajal, ambos costarricenses. Si alguna persona
tuviere conocimiento de la existencia de algún impedimento legal para este matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días posteriores
a la publicación de este edicto en el
Boletín Judicial, debiendo
con ello señalar lugar o medio (fax/casillero/correo electrónico) donde atenderá sus notificaciones, apercibido(a)
que, si no lo hiciere, todas aquellas resoluciones que en lo futuro se dicten, se tendrán por notificadas
en el solo transcurso de veinticuatro horas después de notificadas. Igual consecuencia ocurrirá si el
medio señalado fuere impreciso, no exista, o existiendo se encuentre inhabilitado o se impida la notificación por causas ajenas al Despacho. Expediente N°
22-000476-0187-FA. Solicitud
de matrimonio. Nota: Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Segundo de Familia de San José, a las
once horas veintitrés minutos
del veintisiete de junio
del dos mil veintiuno.—Licda.
Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017 JA.—( IN2022657844 ).
César Lara Fallas, Juez de Juicio del Tribunal de Flagrancia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón),
hace saber a Luis Alberto García Cisneros, mayor de edad, con número de identificación 0900890694 que, en
este Tribunal se tramita
causa número 20-001528-0219-PE, por
el delito de Robo Agravado, contra Michell Mora Paniagua y como ofendido Ólger Hernán Ulate Araya. Proceso en el cual,
se dictó la resolución que literalmente dice: “...Ahora bien,
en cuanto a la prueba material que se describe según
en el acta de decomiso de las diecinueve horas
con veinte minutos del veintiuno de agosto del año dos mil veinte, y el oficio número
PO-011-20PZ de la Fuerza Pública
de Pérez Zeledón, de la siguiente
manera: “... Un arma de fuego: Tipo pistola, marca Bersa, modelo
Thunder 380 super, calibre 380, caliber Diferenciador ATP...” (sic) y “...Serie A69333. Marca. Bersa. Tipo. Pistola. Modelo.
Thunder 380 super. Calibre. 380. F. Inscripción. 12/01/11. Registrada
a nombre de: García Cisneros Luis Alberto, cédula N°
9-0089-0694 (sic)...”;
siendo que, la misma presenta una denuncia
de robo ante el Organismo de Investigación
Judicial, bajo la sumaria número
17-002683-0064-PE, interpuesta por
Manuel Enrique Bolaños Fonseca, dueño de un local comercial que se dedica a la compra y venta de artículos, este Tribunal considera que, se debe proceder a entregar de forma definitiva el arma
antes descrita, al propietario
registral Luis Alberto García Cisneros, cédula de identidad
número 9-0089-0694, quien contará con un plazo de tres meses para realizar el trámite para el retiro del bien citado en este
Tribunal . Por la naturaleza del bien entregado,
deberá el interesado, o quien demuestre mejor derecho, de contar con permiso de portación de armas vigente y presentarlo junto con
la matrícula del arma, o cualquier documento que acredite su existencia,
de lo contrario no se entregará
dicho bien hasta que cumpla
los requisitos. Además, se recuerda al interesado que, de no realizar algún acto para retirar el arma
dentro del plazo de tres meses a partir de la firmeza de la resolución, se ordenará el comiso
a favor del Estado sin necesidad de una nueva resolución.
En caso ordenarse
el comiso a favor del
Estado, se ordena mantener la
evidencia a la orden de este Tribunal, según el plazo de conservación establecido administrativamente para este tipo de objeto, y transcurrido el plazo, se ordena su destrucción”. Publíquese este edicto tres veces
en el Boletín
Judicial. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—César Lara Fallas, Juez Decisor.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022656747
). 3 v. 3.