BOLETÍN JUDICIAL N° 132 DEL 14 DE JULIO DEL 2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
AVISO N° 12-2022
ASUNTO: Modificación
del nombre oficial de la
República de Turquía, a “República de Türkiye”.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión N°
51-2021 celebrada el 16 de junio de 2022, artículo LIII, dispuso comunicar a todos los despachos
judiciales del país, lo informado mediante oficio N° DGP-1434-2022 del 03 de junio
del 2022, suscrito por el señor Istvan Alfaro Solano,
Director General de Protocolo del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, en el
que informa sobre la modificación del nombre oficial de la República de Turquía
a “República de Türkiye”. De conformidad
con la circular No. 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una única
vez en el
Boletín Judicial. Refs.: (6631-2022).
San José, 7 de julio de 2022.
Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez
Subsecretario General interino
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022661011 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de David Alfredo González Martínez
155817256408, fallecido el
07 de diciembre del año
2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignación
de prestaciones laborales
de personas fallecidas bajo el
Número 22-000031-1516-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000031-1516-LA. Por a favor de David Alfredo González Martínez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segunda Circuito Judicial
de Alajuela, Sede Upala,
(Materia Laboral), 04 de abril del 2022.—MSc.
Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660587 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Johnny Alberto Salazar Sojo, 0204230298, fallecido el 04 de marzo del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000074-1546-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000074-1546-LA. Por Ministerio de Seguridad Publica a
favor de Johnny Alberto Salazar Sojo. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional
de Guácimo (Materia Laboral), 29 de junio del año 2022.—Lic. Yadir Gerardo Jiménez Gutiérrez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022660590 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes
de Gerardo Enrique Cordero Fernández, 01-0404-0098, fallecido
el 01 de noviembre del año 2004, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas bajo el
número 22-000490 1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000490-1550-LA. Promovente Adriana Cordero Chacón,
causante Gerardo Enrique Cordero Fernández. Licda. Aracelly Naranjo Picado Jueza. Nota: “De conformidad con
la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 28 de junio del año 2022.—Aracelly Naranjo
Picado, Jueza Tramitadora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022660637 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter
de causahabientes de Luis
Patricio González Ávila, 0601041380, fallecido el 06 de agosto del año 2013, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000168-1342-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000168-1342-LA. Por a
favor de Luis Patricio González Ávila. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Sarapiquí
(Materia Laboral), 29 de junio del año 2022.—Lic. Roberto Antonio Corea Badilla, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022660920 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Roger Porfirio Álvarez Arias,
cédula N° 0701140933, fallecido el
14 de junio del 2022, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000588-0929-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000588-0929-LA. Por
Lenny Isabel Agüero Rivera, cédula N° 0701430437, a favor de Roger Porfirio
Álvarez Arias. Nota: “De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de junio del año 2022.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660923 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Marco Vinicio Angulo Jiménez, quien fue mayor, soltero, portador de la cédula de
identidad número
1-1441-0172, fallecido el
31-03-2015, para que, dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en el proceso
de Consignación de Prestaciones
Laborales tramitado bajo ésta autoridad con el número de expediente
20-000218-1533-LA, ello de conformidad
con lo establecido en el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese por única vez
en el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad
con la Circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425 del Código de Trabajo, se comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
27 de junio del 2022.—Lic.
José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660930 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Mario Antonio Bourne Bourne, con cédula de identidad N° 7-0032-0461, quien fue mayor, costarricense, profesor, viudo, vecino de Limón, y falleció el dieciséis de febrero del dos mil dieciséis. Se
les hace saber que Khristian
Bourne Badilla, con cédula
de identidad N° 1-0845-0676, mayor, costarricense, soltero, administrador, sin discapacidad, vecino de Limón, contiguo al Restaurante Tortuga Verde, se apersonó
a este despacho
en calidad de hijo del causante, a fin de promover las presentes
diligencias de consignación de prestaciones.
En razón de lo anterior se
les confiere a todos los interesados el plazo improrrogable
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, a
efecto de que se apersonen
ante este despacho en las diligencias de consignación
de prestaciones bajo el expediente N° 22-000321-0679-LA, a hacer
valer sus derechos, lo anterior de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000321-0679-LA, por Mario Antonio Bourne Bourne, a favor de Khristian Bourne Badilla. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 6 de julio del 2022.—Licda. Norma Sedyer Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660984 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Henry Martín Barrantes
Quirós, fallecido el 08 de abril del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número
21-000185-0868-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: “De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N° 21-000185-0868- LA. Por Kattia Madina Aguilar a favor de Kathiusca
Dayana Barrantes Medina y Raúl Barrantes
Espinoza.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 05 de octubre del año 2021. Licda. Denisse Melania Carpio Aguilar, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660985 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Miguel Ángel Gerardo Carrillo Quirós, quien fue mayor,
casado, portador de la cédula de identidad número 1-0413-0074, fallecido el
16-06-2021, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus
derechos en el proceso de consignación de prestaciones laborales tramitado bajo
ésta autoridad con el número de expediente 22-000083-1533-LA, ello de
conformidad con lo establecido en el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese por única vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad
con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de
la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425 del Código de
Trabajo, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta
materia la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
27-06-2022.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022660989 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Víctor Hugo Chacón Varela, 0204940020, fallecido
el 30 de marzo del 2022, se
consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el
N° 22-000162-1342-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000162-1342-LA, por Lizbeth Cordero Mora, a favor de Víctor Hugo Chacón Varela. De conformidad con
la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Sarapiquí,
(Materia Laboral), 28 de junio del 2022.—Lic. Roberto Antonio Corea Badilla, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661014 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Heriberto Soto Cruz, fallecido el 03 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de extremos laborales bajo el número 22-000067-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: “De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N° 22-000067-0868-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral) 30 de marzo
del año 2022.—Licda. Diana Jeannette Peraza Retana,
Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017JA.—( IN2022661125 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Cephas Hernan Mc Carthy Bennett, 0900820566, fallecido(a)
el 14 de julio del año 2021, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el número 22-000156-1549-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000156-1549-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias y de Capitalización Laboral de la Caja Costarricense de Segur. a favor de Cephas Hernan Mc Carthy
Bennett. Nota: “De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Siquirres
(Materia Laboral), 22 de junio del año 2022.—Licda. Katherine López Castro,
Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661126 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Leinster Mauricio Calvo Mora, N°
0702640605, fallecido el 18
de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
proc. esp. distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida,
bajo el número
22-000600-0929-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000600-0929-LA. Por Compañía Veranda del Este S. A. a favor de Leinster
Mauricio Calvo Mora. Nota: De conformidad
con la Circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de julio del año 2022.—Lic. Andrey de los Ángeles Garro
Carvajal, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661128 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Javier Benavides Rodríguez
0203960294, fallecido el 16
de enero del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el Número 22-000137-1288-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000137-1288-LA. Promovido por
Tropical Paradise Fruits Company S. A. a favor de Javier Benavides Rodríguez.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 21 de marzo
del 2022.—Msc. Martha Chaves Chaves,
Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022661130 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter
de causahabientes de Jorge Eduardo Muñoz Corella
0205270852, fallecido el 29
de julio del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
sector público bajo el número 21-000578-1288-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000578-1288-LA. Promovido por Isela Rose Davis
Araya a favor de Jorge Eduardo Muñoz Corella. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 18 de marzo del año 2022.—Lic. Juan Gabriel
Rodríguez Oviedo Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661131 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Andy
Gerardo Rojas Zúñiga, 0604110498, fallecido
el 25 de marzo del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000056-1418-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000056-1418-LA. Por
Lourdes Patricia Zúñiga Calvo a favor de Andy Gerardo
Rojas Zúñiga. “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia
Laboral), 27 de junio del año
2022.—Licda. Maureen María Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661133 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Luis Roberto Carballo Abarca 0204430802, fallecido el 10 de setiembre del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignación
de extremos laborales bajo el número 22-000054-1288-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000054-1288-LA. Promovido por María Cristina Abarca Soto a favor de Luis Roberto Carballo Abarca. Nota: “De conformidad con
la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 31 de enero del año 2022.—Lic. Juan Gabriel
Rodríguez Oviedo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661136 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Octavio Agustus
Thompson Patterson 0700320329, fallecido el veintitrés de julio del dos mil ocho, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 20-000896-0679-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
20-000896-0679-LA. Por Jane Eliza Rose Wright a favor de Octavio Agustus Thompson Patterson. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 03 de junio del 2022.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022661137 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Carlos Luis Soto Porras, 0302530922,
fallecido el 26 de diciembre del año 2016, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
Proc. Esp. Distribución de Prestaciones
de Persona Trabajadora Fallecida
bajo el número
22-000154-1001-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000154-1001-LA. Por
Virginia Soto Porras a favor de Carlos Luis Soto Porras. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba
(Materia Laboral), 17 de junio del año 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661138 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de José Manuel Zúñiga
Chacón, 0301140353, fallecido
el 09 de marzo del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el número 22-000176-1001-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000176-1001-LA. Por
Teodora Abadía
Chavarría
a favor de José Manuel Zúñiga Chacón.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba
(Materia Laboral), 21 de junio del año 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661140 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Carlos Alberto Cruz Mata, cédula
de identidad 0503570891, fallecido
el 14 de mayo del año 2012,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-000139-0643-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000139-0643-LA. Por Víctor Cruz Leitón, a favor de los causahabientes de Carlos Alberto Cruz Mata.—Juzgado de Trabajo de
Puntarenas, 01 de julio del año
2022.—M.Sc. Luis Diego Charpantier Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661141 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter
de causahabientes de José
Antonio López Badilla, 0601850880, fallecido el 16 de mayo del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el número 22-000452-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000452-0643-LA. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 07 de julio
del año 2022.—Licda.
Marisol Daniela González Sanahuja, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661142 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Víctor Manuel Guadamuz Arias, 0700430013, fallecido(a)
el veintisiete de diciembre del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
Proc. Esp. Distribución de Prestaciones
de Persona Trabajadora Fallecida
bajo el número
22-000182-0679-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000182-0679-LA. Por
Ana Giselle Guadamuz Cerdas
a favor de Víctor Manuel Guadamuz Arias. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de mayo del año
2022.—Licda. Andrea Méndez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661143 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Mónica María Rodríguez Hernández
0110520998, fallecida el
uno de enero del dos mil veintidós,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignación
de extremos laborales bajo el número 22-000045-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000045-0679-LA. Por a
favor María Rosario Hernandez Sandoval de Mónica María Rodríguez Hernández. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 01 de febrero del año 2022.—Licda. Andrea Méndez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661144 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Cruz Antonio Fernández Bermúdez con cédula de identidad N° 5-0179-0148 quien fue mayor, costarricense, Casado,
pensionado, vecino de Limón, Matina, Barrio Cacao, ciento cincuenta metros este
de la Guardia rural, y falleció el dieciséis de abril del dos mil veintidós. Se
les hace saber que Lileth Latouche
Davis con cédula de identidad N° 7-0075-0441, mayor,
costarricense, viuda, ama de casa, nacida el 23 de marzo de 1959, sin
discapacidad, con primaria completa, vecina de Limón, Matina, Barrio Cacao,
ciento cincuenta metros este de la Guardia rural, se apersonó a este despacho
en calidad de esposa del causante, a fin de promover las presentes diligencias
de consignación de prestaciones. En razón de lo
anterior se les confiere a todos los interesados el plazo improrrogable de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, a efecto de que se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
bajo el expediente número 22- 000319-0679-LA, a hacer valer sus derechos, lo
anterior de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000319-0679-LA. Por Cruz Antonio Fernández Bermúdez a
favor de Lileth Latouche
Davis. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los
artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de
Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 05 de julio del
año 2022.—Licda. Norma Sedyer Villegas Méndez,
Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661148 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de Adrián Prado Jenkins,
cédula de identidad N° 2-0141-0761, y quien falleció el 16 de agosto del 2016, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000804-0166-LA.
Diligencias de distribución de prestaciones
de la persona fallecida Adrián Prado Jenkins. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio del 2022.—Lic. Edwin
Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661149 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de Heidy de La Trinidad Villalobos Trigueros, cédula de identidad N°
1-0614-0452, y quien falleció
10 de abril del 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001739-0166-LA.
Diligencias de Distribución de Prestaciones
de la Persona Fallecida Heidy de La Trinidad
Villalobos Trigueros. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio del 2022.—Lic. Edwin
Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661150 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de José Nonito
Santiago Navarro Leiva, cédula de identidad
3-0082-0723, y quien falleció
el 01 de mayo de 2022, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000736-0166-LA.
Diligencias de distribución de prestaciones
de la persona fallecida José Nonito
Santiago Navarro Leiva. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 29 de junio del 2022.—Lic. Armando
Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661153 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de Ronny Gerardo Ramírez Muñoz, cédula
de identidad N° 1-0750-0275, y quien falleció el 09 de octubre del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000793-0166-LA.
Diligencias de distribución de prestaciones
de la persona fallecida Ronny Gerardo Ramírez Muñoz.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio del 2022.—Lic. Edwin
Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661155 ).
Se cita y emplaza a
las personas que en carácter
de causahabientes de José Fabio Ramón de Jesús Chaverri
Ruiz, cédula de identidad N° 4-0071-0999, y quien falleció el 23 de diciembre del 2019, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000801-0173-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de
la persona fallecida José Fabio Ramón de Jesús Chaverri
Ruiz. Nota: De conformidad
con la Circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio del
2022.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez Tramitador.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661157 ).
Se cita y emplaza a
las personas que, en carácter
de causahabientes de Rodrigo Saravia Prado, cédula de
identidad N° 1-0261-0980, y quien
falleció el 20 de abril del 2022, se consideren con
derecho para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000826-0166-LA. Diligencias de Distribución de Prestaciones de
la Persona Fallecida Rodrigo Saravia Prado. Nota: “De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los
artículos 10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio de 2022.—Lic.
Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017JA.—( IN2022661158 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de Jorge Alfonso Rafael Arias Vega, cédula
de identidad N° 2-0300-0831, y quien
falleció el 31 de marzo del 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000809-0166-LA.
Diligencias de distribución de prestaciones
de la persona fallecida Jorge Alfonso Rafael Arias
Vega. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio del 2022.—Lic. Edwin
Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661159 ).
A los causahabientes de quien en vida
se llamó Johan Danilo Morales Figueroa, quien fue soltero,
peón, cédula de identidad
0702290166, domicilio Buenos Aires, se les hace saber que: se tramitan
diligencias de Consignación de Prestaciones
de Johan Danilo Morales Figueroa. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho,
en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez
en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Johan Danilo Morales Figueroa. Expediente número 19-000050-1551-LA. De conformidad
con al circular Nº 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia
Laboral), 05 de febrero del año
2021.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661160 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de José Graciano Fajardo López,
0501840069, fallecido el 14
de febrero del 2022, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas bajo el
N° 22-000023-1551-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial.
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 22-000023-1551-LA, por a favor de José Graciano Fajardo López.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia
Laboral), 31 de mayo del 2022.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora,
Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017JA.—( IN2022661161 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de Jolexander de
la Trinidad Garita Miranda, cédula de identidad N° 0107070841, fallecido(a)
el 07 de julio del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000891-0166-LA.
Diligencias de distribución de prestaciones
de la persona fallecida Jolexander
de la Trinidad Garita Miranda. Nota: De conformidad
con la Circular N° 67-09, emitida por
la Secretaría General de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de julio del año 2020.—M.Sc. Angela Minero Akiya, Jueza Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022661162 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter
de causahabientes de Bernal Francisco Gerardo Salazar
Salas, portador de la cédula de identidad
0204440893, operario, casado,
vecino de Grecia, Santa Gertrudis, fallecido el diecisiete
de febrero del dos mil veintidós,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignación
de extremos laborales bajo el número 22-000275-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000275-1113-LA. Por Deyanira Quesada Espinoza, portadora
de la cédula 2-0486-0920, viuda, de oficios domésticos, vecina de Grecia, Santa Gertrudis un kilómetro
y medio al sur de la Escuela de Santa Gertrudis sur, carretera
hacia los chorros, a favor de Bernal Francisco Gerardo Salazar Salas.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 01 de julio del año 2022.—Licda. Karla Artavia Nájera, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661164 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Francisca Gregoria Fidelia Dinarte Dinarte, 5-0055-0940, fallecida el 08 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000025-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000025-0643-LA. Promovido por Rafael Dinarte Dinarte a favor de
Francisca Gregoria Fidelia Dinarte Dinarte. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 08 de julio
del año 2022.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661165 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Jorge Antonio Rojas Navarro, fallecido(a) el 29 de abril del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000028-1551-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000028-1551-LA. Por a
favor de. Nota: “De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Laboral), 23
de mayo del año 2022.—Lic.
Jean Carlos Céspedes
Mora, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661166 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Mario Ricardo Gómez Ugalde, cédula
de identidad N° 0203970723, fallecido(a) el 04 de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas, bajo el número 22-000886-0639-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000886-0639-LA. Promovido por Oscar Mario Gómez Álvarez,
cédula N° 2 0700 0320, María José Gómez Álvarez, cédula N° 2 0780 0134, y José Mario Gómez Álvarez,
cédula N° 2 0653 0135, fallecido Mario Ricardo Gómez Ugalde, cédula
de identidad número: 2 0397
0723. Nota: De conformidad
con la Circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de julio del año 2022.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez
Tramitador.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022661167 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Ernesto Rivas Alcón, cédula número 0109700655, fallecido el 30 de abril del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000881-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000881-0639-LA.
Promueva Jacqueline Herrera Guzmán, fallecido Ernesto Rivas Alcón.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 01 de julio del año 2022.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661168 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de José Alejandro Salguero
González, cédula N° 2-591-769, fallecido(a) el 27 de marzo del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000666-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000666-0639-LA. Promovidas por Moog MDG S.R.L., fallecido José Alejandro Salguero González, cédula N° 2-591-769.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 04 de julio del año 2022.—Lic. Ignacio Saborío
Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661169 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Carlos Andrés Porras Murillo,
0205670460, fallecido el 01
de noviembre del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000163-1288-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000163-1288-LA. Promovido por María Lidia Murillo
Salazar, cédula de identidad N° 0104270101 a
favor de Carlos Andrés Porras Murillo.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del año 2022.—Lic. Juan Gabriel Rodríguez Oviedo, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022661170 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Gerarda
Yamileth Alvarado Gutiérrez, N° 0203570768, fallecida el 16 de diciembre del dos mil veintiuno,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de persona fallecidas, bajo el
número 22-000025-1551-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000025-1551-LA. Por a
favor de Gerarda Yamileth
Alvarado Gutiérrez. Nota: Publíquese
una vez. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires (Materia Laboral), 31 de mayo del año 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022661171 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Erika de Los Ángeles
Vega Mora, 0303820149, fallecida el
18 de julio del año 2017,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso
de consignaciones de prestaciones
laborales de pers fallecidas
bajo el número
22-000172-1001-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000172-1001-LA. Por a
favor de Erika de Los Ángeles Vega Mora. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 22 de junio del año 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661172 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter
de causahabientes de Oscar
Manuel Bolaños Camacho, quien fue
mayor, casado, sin profesión
u oficio especificado, costarricense, con número de
cédula 2-0322-0991, vecino de Grecia, y falleció el catorce
de mayo del dos mil cinco, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado, bajo el número
21-000318-1113-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000318-1113-LA. Nota: De conformidad con la
Circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Laboral), 04 de agosto del año 2021.—Msc. Karla Artavia Nájera, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022661174 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Walter Chavarría
Montero, mayor, cédula de identidad N° 2-440-010, casado, vecino de Alajuela,
Desamparados, y falleció el
12 de setiembre del año
2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-001263-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001263-0639-LA. Por fallecido Walter Chavarría
Montero, a favor de Ana Yancy Jiménez Paniagua. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de setiembre del año 2021.—Msc. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661175 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando las anotaciones que se dirán a las nueve horas del día miércoles
siete de setiembre de dos mil veintidós (07/09/2022 09:00) y con la base de mil
ochenta y tres millones setecientos treinta y nueve mil quinientos treinta y
nueve colones con diecinueve céntimos (¢1.083.739.539,19), al mejor postor
remataré el inmueble del partido de San José, Matrícula Folio Real quinientos
noventa mil trescientos ochenta - cero cero cero (FR. 590380-000), de naturaleza Terreno de Potrero. Pasto
con un galerón corral charral y montaña, situada en el distrito Cascajal,
cantón Vásquez de Coronado, con linderos al norte, Prados de Coronado S. A. y
El Río Cascajal, al sur, Quebrada Cascajal, Miguel Córdoba Solís y en parte
camino público de lastre con un frente de 674.09 metros, al este, Río Cascajal
y al oeste, Los Volio ltda, Prados de Coronado S. A.,
Juan Herrera Solís, Emilio Cordero Solano, Juan Elías Quirós Chávez, Ramiro
Alvarado Vives, Quebrada Casacajal y en parte camino
público de lastre con un frente de 994.93 metros, con una medida de un millón
seiscientos cuatro mil setecientos dieciocho metros con veintisiete decímetros
cuadrados, características correspondientes al plano SJ-1239533-2007, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando: 1.1.- Reservas y Restricciones,
inscrito bajo citas 333-03164-01-0901-001 y 1.2.- Servidumbre Trasladada,
inscrita bajo citas 333-03164-01-0902-001 .- Para el segundo remate se señalan
las nueve horas del día miércoles veintiuno de setiembre de dos mil veintidós
(21/09/2022 09:00) , con la base de ochocientos doce millones ochocientos
cuatro mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con treinta y nueve céntimos
(¢812.804.654,39) (base rebajada en un 25%) y, para el tercer remate, se
señalan las nueve horas del día jueves veintinueve de setiembre de dos mil
veintidós (29/09/2022 09:00), con la base de doscientos setenta millones
novecientos treinta y cuatro mil ochocientos ochenta y cuatro colones con
setenta y nueve céntimos (¢270.934.884,79) (un 25% de la base original).- Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bernardo Macaya
Trejos. Expediente N° 21-000187-0689-AG. Nota:
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De
conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia
agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de
especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de junio del año
2022.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660487
).
En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.:
00277965-000, citas: 355-09601-01-0906-001, condiciones ref: 00277965-000, citas:
355-09601-01-0907-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos veintiún mil setecientos veinticinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa y solar, situada en el
distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón de la provincia de San José. Linderos: norte, Antonio Vargas Segura, sur, Flor María Beita Umaña y Adilio Vargas Chinchilla, este, Adilio Vargas Chinchilla y
Flor María Beita Umaña Antonio Vargas Segura, oeste, calle pública, Adilio
Vargas Chinchilla y Flor María Beita Umaña. Mide: ochocientos ochenta y seis metros cuadrados.
Plano: SJ-1503878-2011. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del tres
de agosto de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del once de agosto
de dos mil veintidós con la base de cuatro millones doscientos veintinueve mil sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón
cuatrocientos nueve mil seiscientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Ángel Vázquez García contra Olger
Jimmy Fernández Meza. Expediente N° 22-001618-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con dieciocho minutos del tres de junio del dos mil veintidós.—Xinia Vindas Mejía, Jueza Tramitadora.—( IN2022660490
).
En este Despacho, con una base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
323-03004-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2011-73708-01-0003-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos diecisiete mil ciento noventa, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de breñón. Situada
en el distrito
1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Ananías Arias Arias; al sur, Ana
Vita Bonilla Madrigal, servidumbre agrícola; al este, Efraín Navarro Zúñiga y al oeste, Alex Miguel Bonilla Madrigal, servidumbre
agrícola. Mide: diez mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós con
la base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Marino Barrantes Fonseca contra Kattia de Los Ángeles Bonilla Madrigal. Expediente
N° 22-001754-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: siete horas con cuarenta y cinco minutos del veinte de junio del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez
Tramitador.—( IN2022660492 ).
En este Despacho, con una base de un millón cien mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: 631248, marca: Nissan, estilo: Sentra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 1N4EB32A7RC756966, carrocería:
Sedan 2 puertas, tracción:
4x2, año fabricación: 1994, color: gris. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veintidós con la base de ochocientos
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintidós con la base de doscientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Globelink Aeroceano Costa Rica
Sociedad Anónima contra Marco Aurelio Romero Hernández. Expediente N° 16-006021-1164-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de junio del año 2022.—Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2022660495 ).
En este Despacho, Con
una base de veintitrés millones trescientos setenta y tres mil novecientos
noventa colones con ochenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número
cincuenta y siete mil setecientos cincuenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí de la
provincia de Limón Linderos: norte, José Fermín Sosa Medina sur, calle pública
con 12,00 mts este, Carlos Murillo Arrieta oeste,
Yadira Ortega Valerín. Mide: doscientos treinta y un
metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las quince horas treinta minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós con la base de diecisiete
millones quinientos treinta mil cuatrocientos noventa y tres colones con trece
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas treinta minutos del veinticinco de agosto de
dos mil veintidós con la base de cinco millones ochocientos cuarenta y tres mil
cuatrocientos noventa y siete colones con setenta y un céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en Proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica
contra Xinia Mariela Quesada Campos. Expediente N°
21-006721-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí,
08 de junio del año 2022.—Eida Virginia Madrigal
Camacho, Jueza Decisora.—( IN2022660497 ).
En este Despacho, con una base de veintidós mil quinientos sesenta y cinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKY570, marca: Toyota, estilo:
Yaris S, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año fabricación:
2017, color: blanco, VIN: MR2KT9F31H1225855, N° motor: 1NZZ404082, cilindrada: 1500 c.c y
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las catorce horas quince minutos del doce de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas quince minutos del veintiuno
de setiembre de dos mil veintidós
con la base de dieciséis mil novecientos
veintitrés dólares con setenta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del veintinueve de setiembre de dos
mil veintidós con la base de cinco
mil seiscientos cuarenta y
un dólares con veinticinco
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco de Costa Rica contra Ana Elidiette Ramírez Herrera. Expediente
N° 21-010959-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: quince horas del veintiocho
de marzo del dos mil veintidós.—Liseth
Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022660498 ).
En Turrialba, Santa Rosa, a un costado de la iglesia católica, primer poste a mano derecha,
callejón de piedra primer
casa con malla a mano izquierda
(casa de la depositaria judicial); con una base de un millón ochocientos veintidós mil seiscientos sesenta colones (¢1.822.660,00) sáquese a
remate los siguientes bienes:
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Para lo cual se señalan las ocho horas del ocho de agosto de dos mil veintidós
(08:00 am 08/08/2022). De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas del dieciséis de agosto
de dos mil veintidós 08:00 a.m
.16/08/2022) con la base de un millón trescientos sesenta y seis mil novecientos noventa y cinco colones (¢1.366.995.00)
(75% de la base original). Y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós
(08:00 a.m. 24/08/2022) con la base de cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos sesenta y cinco colones (¢455 665.00) (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso Or. S. Pri. hostigamiento sexual número 21-000098-1001-LA promovido
por Diana Alejandra Coto
Aguilar, contra Nelson Román Diaz Aguilar. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con al circular Nº 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), hora y fecha de emisión: al ser las trece horas veinticinco minutos del seis de julio de dos
mil veintidós.—Randall Gómez Chacón,
Juez Decisor.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660515
).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de anotaciones pero soportando los siguientes practicados: citas
800-506453-01-0001-001, expediente 18-011803-1338-CJ; citas
800-719991-01-0001-001, expediente 21-010845- 1170-CJ; citas
800-733083-01-0001-001, expediente 20-008927-1164-CJ; citas
800-742844-01-0001-001, expediente 22-001644-1044-CJ, a las nueve horas treinta
minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós, y con la base de quince
millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 619400-000 la cual es terreno de café y
aguacate. Situada en el distrito segundo, San Andrés, cantón veinte, León
Cortés Castro, de la provincia de San José. Colinda: al norte Luis Fernando
Arias; al sur Guido Jiménez Fernández; al este Luis Fernando Arias y al oeste
camino público. Mide: quince mil cuatrocientos veintiocho metros con nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta
minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós, con la base de once
millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos
del cinco de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de tres millones setecientos cincuenta mil (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria hipotecaria de
Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples contra Kenneth Rodolfo Segura
Jiménez. Expediente N° 22-000065-0699-AG. Nota: Este
edicto debe publicarse por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial.
Artículo 21.5 de la Ley de Cobro Judicial, debiendo hacerse la primera
publicación con al menos ocho días de anticipación al primer señalamiento a
remate (artículo 23 ibídem). De conformidad con la
circular Nº 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario de Cartago, 17 de junio del
año 2022.—José Francisco Chacón Acuña, Juez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660518
).
En este despacho, con una
base de ocho mil ochenta y siete dólares con cuarenta y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BJM766, marca:
Suzuki, estilo: Swift GL, serie: MA3ZC62S8GA840688, número chasis: MA3ZC62S8GA840688, Vin: MA3ZC62S8GA840688. Para tal efecto se señalan las ocho
horas quince minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del diecisiete
de agosto de dos mil veintidós con la base de seis mil sesenta y cinco dólares
con sesenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del
veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de dos mil veintiún
dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Lafise Sociedad Anónima
contra Jorge Antonio Solano Herrera. Expediente N°
21-008376-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con
veintidós minutos del dos de Octubre del dos mil veintiuno.—Cinthia Pérez
Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022660530 ).
En este Despacho, con una base de siete mil quinientos cuarenta y tres dólares con noventa y cuatro
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BMM944, marca: Mitsubishi, estilo:
Mirage, chasis: MMBXNA03AHH000935,
capacidad: 5 personas, color: gris, año: 2017, combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós, con la base de cinco
mil seiscientos cincuenta y
siete dólares con noventa y cinco centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós, con
la base de mil ochocientos ochenta
y cinco dólares con noventa y ocho centavos (25% de
la base original). Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Lafise S. A., contra Carlos Eduardo Bonilla Arroyo. Expediente N°
22-003045-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 29 de abril del año 2022.—Wendy Pagani Rojas, Jueza
Tramitadora.—( IN2022660531 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés mil novecientos setenta y un dólares con seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
226132, derecho 000, la cual es terreno
para construir con tres
casas. Situada: en el distrito 1-San Pedro, cantón 15-Montes de Oca, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle pública con 9 metros 2 centímetros;
al sur, Francisco y Álvaro Collado Montealegre; al este, acequia en medio Francisco y Álvaro Collado
Montealegre, y al oeste,
Ofelia Solano Gutiérrez. Mide: trescientos
cuatro metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del veinticinco de agosto
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del dos de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de diecisiete mil novecientos
setenta y ocho dólares con veintinueve centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del doce
de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de cinco mil novecientos
noventa y dos dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Lafise S. A., contra Alex Giovanni Ramírez Beita, Maybell Inés Solís Badilla, Reyes Beita Granados. Expediente N°
22-003075-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de abril del año 2022.—Sirlene de los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022660535 ).
En este Despacho, con una base de seis
millones cuatrocientos ochenta y nueve mil noventa y seis colones exactos,
libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión del Juzgado de
Transito de Cartago, sumaria 17-005180-0496-TR; sáquese a remate el vehículo
745135. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del
dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro
de agosto de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones ochocientos
sesenta y seis mil ochocientos veintidós colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de un millón seiscientos veintidós mil doscientos setenta y cuatro
colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A.
contra Mauricio Alberto Granados Granados.
Expediente N° 18-017791-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05
de mayo del año 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—(
IN2022660602 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos ochenta y seis mil quinientos sesenta y nueve colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BNS339, marca: Toyota, estilo: Yaris, capacidad: 5 personas, número chasis: JTDBT923971127667, carrocería:
sedan 4 puertas, año fabricación: 2007, color: celeste, cilindrada:
1500 c.c., potencia: 89 kw, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del once de agosto de dos mil veintidós
con la base de cuatro millones ciento
catorce mil novecientos veintiséis colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del veintidós
de agosto de dos mil veintidós
con la base de un millón trescientos
setenta y un mil seiscientos
cuarenta y dos colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Heimilir
de Los Ángeles Cruz Carranza.
Expediente N° 19-001014-1203-CJ.—Juzgado de Cobro
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón), 30 de mayo del año
2022.—Licda. Jennsy María
Montero Lopez, Jueza Decisora.—( IN2022660604 ).
En este Despacho, con una base de seis
millones trescientos ochenta y dos mil setecientos veintitrés colones exactos,
libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa BPC608, marca Toyota, estilo Yaris,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color azul, carrocería
sedan 4 puertas, tracción 4X2, vin JTDBT4K39CL037923,
cilindrada 1500 cc, combustible gasolina. Para
tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de agosto de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós con la base
de cuatro millones setecientos ochenta y siete mil cuarenta y dos colones con
veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis
de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos noventa y
cinco mil seiscientos ochenta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Jose Luis Padilla Fonseca. Expediente N°
19-014173-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de abril del año
2022.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022660606 ).
En este Despacho, con una base de dos millones seiscientos ochenta mil novecientos veinticinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 596016, marca Hyundai, estilo GETZ GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año: 2005, color negro, Vin KMHBT51WP5U371852, cilindrada
1500 c.c., combustible Diesel, motor Nº D3EA5591688. Para tal
efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós con
la base de dos millones diez
mil seiscientos noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós
con la base de seiscientos setenta
mil doscientos treinta y un
colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Fredy Lennin
Sandoval Pineda, expediente N° 20-005839-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: dieciséis horas con quince minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—(
IN2022660608 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos cincuenta y seis mil ochocientos ocho colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Denuncia de Transito bajo las citas 0800-00826015-001; sáquese
a remate el vehículo BMC661,
Marca: Toyota, estilo: Yaris, Categoría:
Automóvil, capacidad: 5
personas, año fabricación:
2012, color: Negro, Vin: JTDBT4K37C1418536, N° Motor: No visible, cilindrada: 1500 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las once
horas cero minutos del veintitrés
de agosto de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del treinta y uno de agosto
de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones diecisiete mil seiscientos seis colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del ocho
de setiembre de dos mil
veintidós, con la base de un millón
trescientos treinta y nueve mil doscientos dos colones exactos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Johnny Villalobos Rodríguez. Expediente
N° 20-005912-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 15 de junio del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—( IN2022660609 ).
En este Despacho, con una
base de seis millones cuatrocientos dieciocho mil setecientos setenta y nueve
colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 858772, marca
Hyundai. Estilo Tucson GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2011.
Color gris. Vin KMHJT81BABU199239. Cilindrada 2000
C.C. Combustible gasolina. Motor N° G4KDAU148920.
Para tal efecto se señalan las quince horas quince minutos del dieciséis de
agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las quince horas quince minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós con la base de cuatro millones ochocientos catorce mil ochenta y
cuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos del uno de setiembre de dos mil
veintidós con la base de un millón seiscientos cuatro mil seiscientos noventa y
cuatro colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Alexander Sanchez Calderón. Expediente N° 20- 013178-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con quince
minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas,
Juez Tramitador.—( IN2022660610 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones trescientos ochenta y cuatro mil quinientos treinta y cinco colones con noventa y cuatro céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
doscientos ochenta y un mil
setecientos noventa y cinco, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: lote 2 terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 4-San Isidro, cantón
5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Quebrada
Cacao; al sur, calle pública con 11.47 metros de frente; al este, Luis Cubero
Campos; y al oeste, Victor Julio Chaves Rodríguez. Mide: trescientos cuarenta y dos metros con sesenta
y ocho decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintitrés con la base de siete millones treinta y ocho mil cuatrocientos un colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintitrés con
la base de dos millones trescientos
cuarenta y seis mil ciento treinta y tres colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Anais Chaves Rodríguez. Expediente
N° 22-003733-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con siete minutos del quince de junio del
dos mil veintidós.—Victor
Obando Rivera, Juez Tramitador.—(
IN2022660619 ).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones
ciento treinta y dos mil quinientos colones, libre de gravámenes de garantías mobiliarias, hipotecarios, prendarios, pero soportando las siguientes anotaciones: Expediente
21-000429-0505-LA, tomo 0800, asiento 00718714, secuencia 001, 21-000427-0505-LA, tomo
0800, asiento 00720688, secuencia 001 y 21-000396-0505-LA, tomo 0800,
asiento 00720695, secuencia 001; sáquese
a remate el vehículo placa CL 254968. Para tal efecto se señalan las ocho horas del tres de agosto del 2022. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas del diecisiete de agosto
del 2022 con la base de tres millones
noventa y nueve mil trescientos setenta y cinco colones (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas del treinta y uno de agosto del 2022
con la base de un millón treinta
y tres mil ciento veinticinco colones (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
en ejecución de Adriana
Marcela Chacón Guillén contra Almacén
de Víveres El Bodegón S. A.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente: 21-000429-0505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 07 de junio
del año 2022.—Licda. Ileana Audrey Castillo Porras, Jueza
Decisora.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660631 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos veintinueve mil trescientos cincuenta y cinco colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: 898326, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2012, color: gris, vin: KMHCT41DACU081485, cilindrada: 1600 c.c., tracción:
4x2, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las catorce horas diez minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas diez minutos del once de agosto de dos mil veintidós con
la base de cuatro millones ciento
cuarenta y siete mil dieciséis colones con diez céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas diez minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón
trescientos ochenta y dos
mil trescientos treinta y ocho colones con setenta céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Luis Emmanuel Vega Córdoba. Expediente N° 18-014880-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de marzo del año 2022.—Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—(
IN2022660650 ).
En este despacho, con una base de un millón novecientos cincuenta y tres mil setecientos veintiocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 855618, marca Kia, estilo MOHAVE, año 2011, color gris, VIN KNAKN813DB5061441, cilindrada 2959 cc. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del trece de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón
cuatrocientos sesenta y cinco mil doscientos noventa y seis colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós con
la base de cuatrocientos ochenta
y ocho mil cuatrocientos treinta y dos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Sherson
Ricky Davis Waters. Expediente N° 21-002208-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 13 de junio del año 2022.—Karina
Alexandra Pizarro García, Jueza.—( IN2022660651 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BNF603, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, año: 2011, color: plateado, VIN:
KMHCT41CBBU014386, N° Motor: no visible, cilindrada:
1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós con
la base de tres millones trescientos cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós con
la base de un millón ciento
dieciséis mil seiscientos sesenta y tres colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Jorge Castro Solano. Expediente N° 21-005762-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José,
27 de mayo del año 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2022660653
).
En este despacho, con una base de seis millones trescientos ochenta y dos mil setecientos veintitrés colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa
BPC608, marca Toyota, estilo
Yaris, categoría
automóvil,
capacidad 5 personas, año
2012, color azul, carrocería sedan 4 puertas,
tracción
4x2, VIN JTDBT4K39CL037923, cilindrada 1500 cc, combustible
gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones
setecientos ochenta y siete mil cuarenta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con
la base de un millón quinientos
noventa y cinco mil seiscientos ochenta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Luis Padilla Fonseca.
Expediente N° 19-014173-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 27 de abril del año 2022.—Mayra Vanessa
Guillen Rodríguez, Jueza Decisora.—(
IN2022660654 ).
En este Despacho, con una base de seis millones veinticinco mil cuarenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BRR147 Marca: Hyundai Estilo:
Accent categoría: automóvil
capacidad: 5 personas carrocería:
Sedan 4 puertas Tracción: 4X2 Numero de Chasis: KMHCT4AE4EU587224, año fabricación: 2014, color: Gris Numero
Motor: No visible, cilindrada: 1600 c.c, combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cero minutos
del dieciséis de agosto de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
veinticuatro de agosto de
dos mil veintidós con la base de cuatro millones quinientos dieciocho mil setecientos ochenta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las cero horas cero minutos
del uno de setiembre de dos mil veintidós
con la base de un millón quinientos
seis mil doscientos sesenta
colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Prendaria de Instacredit S. A. contra Juan Diego Peña Araya. Exp:20-000479-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: diez horas con catorce minutos del uno de junio del dos
mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022660697 ).
En este Despacho, con una base de seiscientos nueve mil ciento diecinueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-496360, marca
Formula, categoría motocicleta,
estilo Optimus 250, año
2016, color negro, cilindrada 250 c.c., combustible gasolina Para tal efecto se señalan las siete horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las siete
horas cero minutos del seis de setiembre
de dos mil veintidós con la base de cuatrocientos cincuenta y seis
mil ochocientos treinta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las siete horas cero minutos del catorce de setiembre de dos mil veintidós
con la base de ciento cincuenta
y dos mil doscientos setenta
y nueve colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Byron Martínez Castillo, María
Teresa Vega Rojas. Expediente N° 18-000250-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y siete minutos del siete de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza
Decisora.—(
IN2022660698 ).
En este Despacho, con una base de once millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 525978 derecho
cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
4-San Pedro, cantón 12-Sarchí, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Rebeca Espinoza Araya; al sur, Rebeca
Espinoza Araya; al este, Rebeca Espinoza Araya; y al oeste, calle pública con 06.01 m. Mide: ciento cincuenta
metros cuadrados. Plano: A-1734541-2014. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del veinticuatro de
agosto del dos mil veintidós
con la base de ocho millones
quinientos noventa y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del
uno de setiembre del dos mil veintidós
con la base de dos millones ochocientos
sesenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Erika Eunice Aguilera Reyes. Expediente N°
22-001611-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora
y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y cuatro
minutos del cuatro de julio
del dos mil veintidós.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022660709 ).
Edicto: en este
Despacho, con una base de tres mil seiscientos treinta y seis dólares con treinta y tres centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MPV912, marca: Nissan, estilo: TIIDA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3N1CC1CD4ZK131093, año fabricación: 2012, color: azul, vin: 3N1CC1CD4ZK131093,
N. motor: HR16228631C, marca: Nissan, N. SERIE: no indicado, modelo:
FDTALDFC11EJA-5B-U, cilindrada: 1598 c.c, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con la base de dos mil setecientos
veintisiete dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós
con la base de novecientos nueve
dólares con ocho centavos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales ( VEINSA )
Sociedad Anónima
contra Gabriela Patricia Chacón Zamora, expediente
21-004649-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: quince horas con cincuenta
minutos del veintiuno de octubre del dos mil veintiuno.—Pedro
Javier Ubau Hernández, Juez
Tramitador.—( IN2022660715 ).
En este despacho, con una base de dieciséis mil cuatrocientos veintisiete dólares con cuarenta centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BJV423.
Marca Ssang Yong. Estilo
Tivoli. Categoría automóvil.
Año 2016. Color blanco. VIN
KPT20A1VSGP040115. Cilindrada 1600 cc. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós con
la base de doce mil trescientos
veinte dólares con cincuenta y cinco centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós con la base de cuatro mil ciento seis dólares con ochenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Alberto Fonseca Quirós. Expediente N° 17-017636-1044-CJ. Previo
a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos
del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 17 de junio del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2022660716 ).
En este despacho, con una base de sesenta y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 190226-000, la cual
es terreno de café. Situada
en el distrito
1-Naranjo, cantón 6- Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote uno; al sur,
lote tercero y Warner Villalobos
Álvarez; al este, calle
pública
y Warner Villalobos Álvarez y al oeste, José Herrera. Mide: Dos mil ochenta metros con setenta y ocho decímetros cuadrados plano: A-0732514-2001. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del diecisiete
de agosto de dos mil veintidós
con la base de cincuenta y un millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de diecisiete
millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Operaciones y Logísticas Sociedad Anónima contra
Forum Educativ Inc Sociedad Anónima.
Expediente N° 21-002846-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, hora y fecha de emisión:
once horas con cuarenta y nueve
minutos del veinticuatro de
junio del dos mil veintidós.—Heiner Eduardo Baltodano Solís, Juez Decisor.—( IN2022660718 ).
En este Despacho, con una base de veinticinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos citas: 312-13756-01-0002-001, sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 177652-000, la cual es naturaleza: terreno con un edificio. Situada en el
distrito 1-Carmona, cantón
9-Nandayure de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Gustavo Adolfo Mayorga Hernández, sur, calle pública con un frente de 11.97 metros, este,
Gustavo Adolfo Mayorga Hernández, oeste, calle publica con un frente de
12.32 metros. Mide: ciento cuarenta y siete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados plano: G-1245222-2008. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del dieciocho
de agosto del dos mil veintidós,
con la base de dieciocho millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós, con
la base de seis millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Gustavo Adolfo Mayorga Hernández. Expediente N° 21-001778-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: quince horas con once minutos
del veintidós de abril del
dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo
Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—(
IN2022660719 ).
En este despacho, con una base de veintinueve millones ciento cincuenta y ocho mil doscientos veintisiete colones con cincuenta y dos céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 388-03864-01-0926-004 y soporta
una demanda ordinaria según practicado citas: 800-340349-01-
0001-001 número de expediente
11-100235-0197-CI; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y cuatro mil doscientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 1016. Situada en el distrito
08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, INVU; al sur, INVU; al este,
calle pública y al oeste, INVU. Mide: Trescientos treinta metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós con la base de veintiún
millones ochocientos sesenta y ocho mil seiscientos setenta colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de setiembre de
dos mil veintidós con la base de siete
millones doscientos ochenta y nueve mil quinientos cincuenta y seis colones con ochenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Edgar Álvarez Cerdas. Expediente N° 16-000812-1207-CJ.—Juzgado de Cobro
de Puntarenas, hora y fecha de emisión: ocho horas con diecinueve minutos del veinte de junio del dos mil veintidós.—Douglas
Quesada Zamora, Juez Decisor.—(
IN2022660724 ).
En este despacho, con una base de cincuenta y tres millones quinientos sesenta y cuatro mil quinientos ochenta y ocho colones con cincuenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 800-526636-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 6193, derecho
000, la cual es terreno de cocal y frutales. Situada en el
distrito 01- Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, línea de centro de vía férrea; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, Graciela
Villareal Herrera y al oeste, Sonia Porras Vargas. Mide: Cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros cuadrados, plano L-0577383-1999.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con
la base de cuarenta millones
ciento setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y un colones con cuarenta y dos céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós con la base de trece millones trescientos noventa y un mil ciento cuarenta y siete colones con catorce céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra depósito Ferretero
Lumi S. A., José Alfredo Pérez Solano.
Expediente N° 20-002298-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 14 de junio del año 2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2022660727 ).
En este Despacho, con una base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: 429385, marca: Nissan, año: 1995, color verde, VIN:
1N4AB41D3SC784821, motor N° GA16871016K. Para tal
efecto se señalan las ocho horas quince minutos del veinticuatro de octubre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas quince minutos del uno de noviembre
de dos mil veintidós, con la base de un millón doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós, con la base de trescientos
treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Roger Francisco De Jesús Artavia Villalobos contra Jose Carlos Gerardo De Jesús Arce Cruz. Expediente N°
18-003547-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y siete minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2022660832 ).
En este Despacho, con una base de diez millones cuatrocientos
veintisiete mil novecientos
dos colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
BTG045, marca: Suzuki, estilo:
Baleno GLX, categoría: automóvil,
capacidad: 5
personas, serie: MBHWB52S3LG380375, carrocería: sedan 4 puertas
hatchback, tracción: 4X2, año fabricación: 2020, color: gris, N° motor: K14BN4142321, marca: Suzuki, potencia: 68 KW, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del tres de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de agosto del
dos mil veintidós con la base de siete
millones ochocientos veinte mil novecientos veintiséis colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós con la base de dos millones
seiscientos seis mil novecientos
setenta y cinco colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Previo
a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos
del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Joeilly Milena
Castro Prendas. Expediente
N° 22-004189-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 06 de julio
del 2022.—Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2022660855 ).
En este Despacho, con una base de treinta y cinco mil dólares, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de Cartago, matrícula N° 119722,
derechos 004 y 005, la cual es terreno
para construir, lote 9BM
con una casa. Situada en el distrito
5-Aguacaliente (San Francisc., cantón
1-Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: lote N° 8 M; al sur: lote N°
10 M; al este: Almacén González S. A. y otro; y al oeste: calle pública, frente de 6 m. Mide: ciento veinticinco
metros con veinticinco decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del once de agosto
de dos mil veintidós, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós, con
la base de ocho mil setecientos
cincuenta dólares (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Asesoría e Inversiones Horus-Pab S.A., Inversiones Santobru Sociedad Anónima contra
Bryan Vinicio Montero Rivera, Yahaira Aracelly
Montero Rivera. Expediente N° 21-006625-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
18 de mayo del 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022660862 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de diecinueve millones cuatrocientos diecinueve mil setecientos ocho colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
doscientos dieciocho mil doscientos noventa y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 04-Cipreses, cantón
07-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Malaquías Mora Masis; al sur,
María Elieth Víquez Gómez;
al este, calle pública con veinticuatro metros
con quince céntimos, y al oeste,
María Elieth Víquez
Gómez. Mide: setecientos sesenta y nueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta
minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós, con
la base de catorce millones
quinientos sesenta y cuatro
mil setecientos ochenta y
un colones con diecinueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del dos de setiembre de
dos mil veintidós, con la base de cuatro millones ochocientos cincuenta y cuatro mil novecientos
veintisiete colones con
seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Ana María
Vargas Monge. Expediente N° 20-000495-1763-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 08 de julio
del año 2022.—Lic. Carlos
Alberto Marin Angulo, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022660865 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 180788, derecho 000, la cual
es terreno para construir
F-7- Situada en el distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco, provincia Cartago. Colinda: al norte: calle pública con 8,00 metros; al
sur: Inversiones Técnicas M
& B Sociedad Anónima; al este:
Inversiones Técnicas M
& B Sociedad Anónima; y al oeste:
Inversiones Técnicas M
& B Sociedad Anónima. Mide:
ciento setenta y cinco metros con ochenta decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las catorce horas cero minutos
del cinco de agosto del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del dieciséis
de agosto del dos mil veintidós,
con la base de veintiséis millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintidós, con
la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Mutual
Cartago Ahorro y Préstamo
contra Tony Alexander Camacho Camacho. Expediente N° 21-006573-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 30 de mayo del 2022.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez.—(
IN2022660868 ).
En este Despacho,
con una base de trece mil novecientos treinta y cinco dólares con doce centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas:
BSD700, marca: Peugeot, estilo:
2008, categoría: automóvil capacidad: 5 personas tracción:
4x2 año fabricación: 2017
color: blanco VIN: VF3CU5FS0JY000282 N°
motor: 10FHCP2303999, cilindrada: 1600 c.c, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós, con la base de diez
mil cuatrocientos cincuenta
y un dólares con treinta y
cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós, con la base de tres
mil cuatrocientos ochenta y
tres dólares con setenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de AGE
Capital S. A., contra Marco Tulio De Los Ángeles
Vargas Artavia. Expediente N° 21-010979-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: doce horas con trece minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022660870
).
En este Despacho, con una base de $15 934.91
dólares americanos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placa: GQL303, marca: KIA, Estilo: Sportage, Serie: KNAPM81ADH7161669,
año: 2017, Color: plateado, N. Motor: G4NAGH893250, cilindrada: 1999 c.c, modelo: D9W52G61G, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las trece horas treinta minutos del diez de agosto de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós con la base
de $11 951.18 dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del
veintinueve de agosto de dos mil veintidós con la base de $3 983.73 dólares
(25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Herlin
Patricia Román Sibaja. Expediente N°
20-002578-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta..—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con
treinta y ocho minutos del nueve de junio del dos mil veintidós.—Edith Brenes
Quesada, Juez Decisor.—( IN2022660874 ).
En este despacho, con una base de ochenta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
125015-000, la cual es terreno
de potreros con una lechería.
Situada en el distrito 4-Cirrí Sur, cantón 6-Naranjo, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
María Gerarda Castro Alpízar; al sur, Hilda Barrantes Camacho en medio servidumbre agrícola con un frente a ella
de siete metros con ochenta
y tres decímetros cuadrados; al este, Amalia, José David y
Guillermo todos González Barrantes
y al oeste, quebrada palmita. Mide:
cincuenta y ocho mil novecientos veintidós metros cuadrados, plano: A-2284610-2021.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós con la base de sesenta millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós
con la base de veinte millones
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Francisco Javier Murillo Duran contra María Gerarda
Castro Alpízar.
Expediente N° 22-001618-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, hora y fecha de emisión:
diecisiete horas con quince minutos
del siete de julio del dos
mil veintidós.—Heiner
Eduardo Baltodano Solís, Juez
Decisor.—( IN2022660879 ).
En este Despacho, con una base de veinte
millones ciento cincuenta mil colones exactos , libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número
ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta y cinco, derecho 000, la cual
es terreno para construir con dos casas.- Situada en el distrito 7- Corralillo
cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago.- Colinda: al norte, Carlos
Navarro Picado sur, Enrique Navarro Picado este, calle publica oeste: Carlos
Navarro Picado, noreste, Carlos Navarro Picado noroeste, Carlos Navarro Picado,
sureste, calle publica con un frente de 13,90 metros suroeste, María Rosa Navarro
Picado.- Mide: cuatrocientos setenta y siete metros con setenta y ocho
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta
minutos del uno de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del diez de agosto
de dos mil veintidós con la base de quince millones ciento doce mil quinientos
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de
agosto de dos mil veintidós con la base de cinco millones treinta y siete mil
quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra Enrique de Jesús
Navarro Brenes, María Milcira Brenes Brenes Como Beneficiaria del Patrimonio Familiar y Albacea
de Enrique Navarro Picado. Expediente N° 21-006153-
1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
05 de julio del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—(
IN2022660880 ).
En este despacho, con una base de quince
mil setecientos nueve dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placas BNL322, Marca Toyota, Categoría automóvil, Serie 9BRB29BT9H2164466, carrocería
Sedan 4 puerta. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del cinco de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós, con la base de once mil setecientos
ochenta y dos dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós, con la base de tres
mil novecientos veintisiete
dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José
Sociedad Anónima
contra Carlos Arnulfo Álvarez
Sosa. Expediente N° 20-000383-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de marzo del año 2022.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2022660887 ).
En este despacho, con una base de noventa y ocho millones novecientos sesenta mil novecientos veintidós colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
79878-000, la cual es naturaleza:
Terreno de potrero con locales y casa. Situada en el
distrito (03) Carmen, cantón
(01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, JLRS S. A.; al
sur, carretera nacional con
13 mts. 34 decímetros de frente;
al este, Franklin Otoniel
Guerrero Beltran y al oeste, callejón de acceso
en medio con Fernando Carballo Jiménez. Mide: Cuatrocientos noventa y un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del doce de agosto de dos mil veintidós con la base de setenta
y cuatro millones doscientos
veinte mil seiscientos noventa y un colones con sesenta y dos céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós con la base de veinticuatro
millones setecientos cuarenta mil doscientos treinta colones con cincuenta y cuatro céntimos (25%
de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Adriana María Omodeo Montes. Expediente N° 21-007299-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 02 de junio del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022660890 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
1) Con una base global de doscientos sesenta y siete mil seiscientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate los siguientes artículos de mercadería: 1) Papel higiénico Flen (23 fardos de 12 uds de 4 rollos) con un valor de ¢250,608.
2) Papel higiénico Flen (3 fardos de 24 rollos-presentación individual) con un valor de ¢16,992.
Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del siete de setiembre del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de doscientos mil setecientos
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del veintisiete
de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de sesenta y seis mil novecientos
colones exactos (25% de la
base original). 2) Con una base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
572688, marca: Toyota, estilo:
Yaris, categoría:
automóvil, año de fabricación: 2005, capacidad: 5
personas, color: gris, vin: JTDBT113600358928, cilindrada:
1497 C.C. Para tal efecto,
se señalan las quince horas cero minutos
del siete de setiembre del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de un millón doscientos
treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del veintisiete
de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de cuatrocientos doce
mil quinientos colones exactos (25% de la base original). 3) Con una base de diez millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: C-159625, marca: Hino, estilo:
XZU730L-HKFTL 3, categoría: carga pesada,
capacidad: 3 personas, año
de fabricación: 2012, color: blanco,
vin: JHHZCL2H60K001495, cilindrada: 4009 C.C. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del siete de setiembre del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de siete millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del veintisiete
de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de dos millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). 4) Con una base de seis millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
CL-241094, marca: Hino, estilo:
Dutro XZU423L-HKMRD3, categoría:
carga liviana, capacidad: 3
personas, año de fabricación:
2009, color: blanco, vin: JHFYT20H902001752, cilindrada: 4009 C.C. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del siete
de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de cinco millones cien mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del veintisiete de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de un millón setecientos mil colones exactos (25% de la base
original). 5) Con una base de dieciocho millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
C-160894, marca: International, estilo:
4300, categoría: carga pesada,
capacidad: 3 personas, año
de fabricación: 2013, color: blanco,
vin: 3HAMMAAR5DL160310, cilindrada: 7600 C.C. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del siete de setiembre del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de trece millones
setecientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del veintisiete
de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de cuatro millones quinientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). 6) Con una base global de cinco millones ciento treinta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate los siguientes artículos de oficina: 1) Sillas giratorias (8: Estado
regular) con un valor de ¢36,000. 2) Sillas fijas (5: Estado regular) con un valor de ¢22.500. 3) Sillas-base metal y asiento y respaldar
plástico negro (16: Muy buen estado, 1 silla no tiene respaldar) con un valor de ¢120,000. 4) Archivos
de madera (2: Muy buen estado, a uno le falta un rodin, 3 gavetas con llave) con un valor
de ¢30,000. 5) Archivo de metal (1: Regular, tiene un golpe externo y le faltan 2 rodines) con un valor de
¢20,000. 6) Archivo de madera
(1: 3 gavetas, estado
regular/malo) con un valor de ¢5,000. 7) Escritorios (2: Base de metal y sobre
de madera) con un valor de ¢104,000. 8) Esquinero de madera (1: 4 niveles) con un valor de ¢6,000. 9) Escritorio
(1: De madera con 3 gavetas)
con un valor de ¢58,000. 10) Mueble con 2 estantes (1) con un valor de ¢6,000. 11) Sillas (13) con un valor ¢96,000. 12) Archivo
de madera color café (2: 4 gavetas
c/u con llavín general, excelente
estado) con un valor de 60,000. 13) Archivo de madera color beige (2:
gavetas c/u con llavín
individual unidos por sobre de madera superior, excelente estado) con un valor de
¢50,000. 14) Proyector (1: Marca BenQ, mod. MX6238t,
color blanco, estéticamente
buen estado) con un valor
de ¢70,000. 15) Computadora de escritorio
(1: Monitor AOC, CPU, teclado, Mouse) con un valor de
¢70,000. 16) Laptop HP (1: Mod J8V57LT#ABM, serial CND5054PYO, estéticamente ok) con un valor de ¢65,000. 17) Equipo de audio multifuncional
portable Pekey (1: Mod. Escort) con un valor de
¢110,000. 18) Computadora de escritorio
AOC (1: monitor (F19s), teclado, mouse y CPU) con un
valor de 70,000. 19) Pantalla Sony 46” LCD (1: Mod.
KDL-46BX420, excelente estado)
con un valor de ¢180,000. 20) Parlantes Audio Pipe
(2: Mod. APA-4100, 75W continuos, 150W programados) con un valor de 40,000. 21) Pantalla Panasonic 42” (1: Mod. TC-P42X3X, excelente estado estético) con un valor de 160,000. 22) Archivero
Blanco (1: 3 gavetas, con 1 llave,
en mal estado) con un valor
de ¢5,000. 23) Máquina
contadora de dinero CDM (1: Mod. 22cf) con un valor
de ¢68,000. 24) Impresora de Carnets (1: CD800, mod.
PX30) con un valor de ¢225,000. 25) Balanza UWE (1:
Estado estético regular) con un valor de ¢10,000. 26)
Impresora Epson (1: De cinta,
mod. FX890, estado regular) con un valor de ¢10,000.
27) Rack para de TV de 42” aprox. (1: estado bueno) con un valor de ¢8,000. 28) Rack para de TV
de 50” aprox. (1: Estado regular) con un valor de
¢8,000. 29) Trituradora de papel
Fellowes (1: Estado bueno) con un valor de ¢16,000. 30) Teléfono
inalámbricos Panasonic (4: Buen
estado) con un valor de ¢56,000. 31) Teléfono inalámbricos Panasonic
(2: Buen estado) con un
valor de ¢28,000. 32) 6 Radios de comunicación y 2
bases de carga y regleta (Bueno, regular, antenas quebradas, marca Radtel Comm XV-1000E) con un valor de ¢55,000. 33) Escritorios con sobre de madera y base de metal (2: Desarmados)
con un valor de ¢40,000. 34) Archivero sobre azul de madera
(1: Estado regular) con un valor de ¢20,000. 35) Sillas
base metal, asiento y respaldar de plástico negro (22: Estado Bueno) con un valor de ¢176,000.
36) Archivo de metal de 3 gavetas
gris (1: Estado regular, tiene pequeños
golpes en el exterior) con
un valor de ¢21,000. 37) Archivo de madera (1: Excelente estado, 1 gaveta y 2 puertas) con un valor de ¢40,000. 38) Archivo
madera (1: 4 divisiones)
con un valor de ¢35,000. 39) Esquineros de madera (2: Estados malo, 4 divisiones) con un valor
de ¢14,000. 40) Pulpito de madera
(1: Excelentes condiciones)
con un valor de ¢70,000. 41) Trípode Steren (3: Diámetro del tubo 3,5cm, muy buenas condiciones) con un valor
de ¢51,000. 42) Archivo metal de 4 divisiones 127x47x69 (1: Marca Metalín)
con un valor de ¢35,000. 43) Archivo de madera de 4 divisiones 132x48x59
(1: Estado regular, gavetas trabadas)
con un valor de ¢30,000. 44) Sillas giratorias (2: Mal estado) con un
valor de ¢6,000. 45) Sillas, base metal y acolchadas (11: Plástico podrido) con un valor de ¢38,500. 46) Sillas
base metal, asiento y respaldar de plástico negro (12: Muy buen estado) con un valor de
¢96,000. 47) Monitores Dell de 17” a 21” aprox. (12: Buen estado) con un valor de ¢252,000. 48) CPU (6) Intel Core I5
con un valor de ¢192,000. 49) CPU pequeños (3: Intel
Core I5) con un valor de ¢96,000. 50) Teclado Dell
(5: Buen estado) con un
valor de ¢10,000. 51) Teclado BengQ
(1: Buen estado) con un
valor de ¢2,000. 52) Mouse de cable (3: Buen estado) con un valor de ¢90,000. 53) Mouse inalámbricos (2: Buen estado) con un valor de ¢10,000. 54) Teléfono
inalámbricos Panasonic (2: Buen
estado) con un valor de ¢28,000. 55) Teléfono fijo Panasonic (1: Buen estado) con un valor de
¢20,000. 56) Impresora Multifuncional
Canon MX371 (2: Buen estado)
con un valor de 75,000. 57) Impresora de Cinta Epson (1: FX-890) con un valor de ¢10,000. 58) Lector
de Huella Schlage (1: Hand Punch 2000) con un valor
de ¢5,000. 59) Base de escritorio de madera (1: 60x160) con un valor de ¢10,000. 60) Muebles de madera (2: 73x48x55, 2
gavetas, 1 manija quebrada,
raspones) con un valor de ¢32,000. 61) Mueble de madera 3 estantes (1: 2 puertas, 176x80x30
buen estado, madera oscuro) con un valor de
¢35,000. 62) Armario de madera
de 2 puertas (1: 180x90x44 Estantes
internos, color claro) con un valor de ¢40,000. 63) Exibidor de madera (1: 212x120x37
Vidrios quebrados, sin puerta) con un valor de ¢45,000. 64) Mueble
de madera (1: 150x210x40 buen
estado) con un valor de ¢125,000. 65) Mueble de madera 12 puertas (1: 150x200x55 buen estado, pequeños detalles) con un valor de ¢235,000. 66) Mueble
exhibidor de madera (1:
126x207x36 Tiene detalles por
mejorar en la madera) con un valor de ¢40,000. 67) Sobre
de mesa y escritorio (1: Buen
estado) con un valor de ¢20,000. 68) Sofá café
(75x190x90, buen estado, forrado en cuerina)
con un valor de 70,000. 69) Refrigeradora pequeña (1: 85x50x55, pequeños
golpes en el exterior) con
un, valor de ¢40,000. 70) Mueble de madera horizontal (1: 80x125x33 3 puertas,
estado muy bueno= con un
valor de ¢64,000. 71) Escritorio desarmado,
2 esquineros de madera (falta armar, estado
7/10) con un valor de ¢50,000. 72) Mueble de licores de madera (1: 110x140x60,
muy buen estado) con un valor de ¢55,000. 73) Cortina para proyección de Video-in (1: 210x145, pequeños
golpes en el exterior, mecanismo de auto retracción dañado) con un valor de ¢27,000. 74) Mueble
de madera (1: 105x96x43, 7 espacios,
2 puertas, buen estado) con un valor de ¢122,000. 75) Mueble
exhibidor de madera (1:
145x195x40, 6 divisiones pequeñas,
1 división grande, estado regular) con un valor de ¢45,000. 76) Estantería metálica
(1: 155x90x50, buen estado)
con un valor de ¢15,000. 77) Escritorio
base metal y sobre de madera
(1: 73x120x70, bueno) con un valor de ¢52,000. 78) Escritorio
madera (1: 78x150x60, el sobre está en
otra tarima, muy raspado, estado
regular) con un valor de ¢38,000. 79) Escritorio (1:
3 gavetas, 1 división para teclado, sobre rayado) con un valor de ¢42,000. 80) Escritorio
(1) Falta una pata de
metal, estado regular con un valor de ¢15,000. 81) Archiveros café (2: 21 divisiones,
buen estado, detalles de rayones) con un valor
de ¢240,000. 82) Mueble de melamina
negro (2: 60x120x30, pequeños rayones)
con un valor de ¢80,000. 83) Muebles de melamina blancos (2: 120x82x70,
no están firmes) con un
valor de ¢17,000. 84) Escritorio de madera de 2 gavetas (1:
72x140x50, raspado, falta parte de sobre) con un valor de
¢20,000. 85) Mesa para impresora de madera (1: 72x90x40, 2 gavetas)
con un valor de ¢25,000. 86) Muebles de melamina (2: altura 75, 2 divisiones) con un valor de ¢20,000. 87) Mueble pequeño de 2 gavetas (1: 56x42x44, con llave, muy buen estado)
con un valor de ¢16,000. 88) Mueble 2 gavetas y 1 división (1:
73x49x55, pequeños raspones)
con un valor de ¢16,000. 89) Base de escritorio de madera (1: 73x167x82) con un valor de ¢12,000. 90) Mesas de
madera largas (5:
79x295x70) con un valor de ¢125,000. 91) Escritorio desarmado (1: Bases de metal, sobre
de madera) con un valor de ¢20,000. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del siete de setiembre del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
ochocientos cincuenta y tres mil quinientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del veintisiete de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos ochenta y cuatro mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). 7) Con una base global de ocho millones setecientos
veinticinco mil seiscientos
cuarenta y seis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate los siguientes racks metálicos: 1) Azules: Medidas: 502cm x 90cm, cantidad:
128 uds. 2) Rojos: Medidas: 278cm x 12cm, cantidad:
215 uds. 3) Amarillos: Medidas: 240cm x 12cm, cantidad:
378 uds. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del siete
de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de seis millones
quinientos cuarenta y
cuatro mil doscientos treinta
y cuatro colones con cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del veintisiete de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de dos millones ciento ochenta y un mil cuatrocientos
once colones con cinco céntimos (25% de la base original). Publíquese
el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del Edicto
a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto
se encuentre correcta previo a su publicación.
Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Colgate Palmolive (Costa Rica) S. A. contra Distribuidora JJ Lamugue S. A.,
Jorge Isaac Jiménez Lamugue. Expediente
N° 17-019415-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de julio del año 2022.—María Karina Zúñiga
Cruz, Jueza Decisora.—(
IN2022660851 ).
En este Despacho, con una base de treinta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
97987-002, la cual es naturaleza
terreno para construir. Situada en el
distrito dos Occidental, cantón
Uno, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Inversiones El
Molino S.A.; al sur, Inversiones El Molino S.A.; al este, Inversiones El Molino S.A.;
y al oeste, calle pública con veinte metros. Mide: seiscientos ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del seis de setiembre
del dos mil veintidós con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de setiembre del dos
mil veintidós con la base de ocho
mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Luis Diego Mora Cerdas contra Elsa María Gerardina Rojas Orozco. Expediente
N° 18-010849-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
de Cartago, 27 de junio del
2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2022660906 ).
En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 361-05871-01-0904-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos veintiún mil setecientos sesenta, derecho cero
cero uno, cero cero dos,
cero cero cinco y cero cero seis, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el
distrito 13-Garita, cantón
01- Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Arrieta y
otro; al sur, Jorge Alfaro Delgado; al este, Carlos Valverde Garbanzo y al oeste,
calle pública con 8m 50cm. Mide: Ciento cincuenta metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas quince minutos del veintiuno
de marzo de dos mil veintitrés,
con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
José Enrique de Jesús Valerio Contreras contra Josimar
Segura Morera, Paul Esteban Segura Morera, Peter Jesús Segura Morera. Expediente N° 17-010438-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y uno minutos del trece de junio del dos mil veintidós.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez.—(
IN2022660940 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones ochenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
682212, marca Chevrolet, estilo
Aveo, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2007,
color vino, Vin KL1TJ51YX7B131731, cilindrada 1500
c.c., combustible gasolina, motor Nº F15S3181159K.
Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veintidós, con la base de tres millones sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del trece de octubre del dos mil veintidós,
con la base de un millón veintiún
mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Asociacion Solidarista de Empleados de ICU Medical
Costa Rica LTD (ASEICU) contra Yitzak Dayan Cordero
Segura. Expediente N° 18-003546-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: diez horas con cincuenta y uno minutos del siete de junio del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas,
Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022661027 ).
En este despacho, con una base de quince millones
de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas
y restricciones: citas: 294-23068-01-0901-001; sáquese a remate la finca del
partido de la provincia: Guanacaste finca: 175866 duplicado: horizontal:
derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: parcela para uso agrícola numero A-5, situada en el distrito 1-Cañas cantón 6-Cañas
de la provincia de Guanacaste, Linderos: norte, Desarrollos Granera y Varela S.
A., sur, servidumbre de uso agrícola con 97.24 metros de frente, este:
Desarrollos Granera y Varela S. A., oeste, Desarrollos Granera y Varela S. A.,
Mide: diez mil doscientos sesenta y tres metros con ocho decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del doce de setiembre
de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las quince horas cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintidós
con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil
veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Alejandro Daniel Granera Vega. Expediente N°
18-028963-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del I Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con dieciocho
minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno.—Jazmín Núñez Alfaro,
Jueza Tramitadora.—( IN2022661028 ).
En este Despacho, con una base de dos millones quinientos ochenta y un mil ciento diez colones exactos,
libre de gravámenes prendarios,
pero soportando denuncia O.I.J. Citas 0800
00675019 001; sáquese a remate el
vehículo Placas BHT396,
Marca: Hyundai estilo: Accent, Categoría:
automóvil capacidad: 5
personas, tracción: 4x2, año fabricación: 2001, color: blanco, Vin: KMHCG51FP1U132656, N° Motor: ilegible, cilindrada: 1500 c.c. cilindros: 4 combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós, con la base de un millón
novecientos treinta y cinco mil ochocientos treinta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de seiscientos cuarenta
y cinco mil doscientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Laura María Chaves Velandos.
Expediente N° 17-004365-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia.
Hora y fecha de emisión:
once horas con treinta y ocho
minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós.—German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022661046 ).
En este Despacho, con una base de ochocientos cincuenta y cuatro
mil doscientos treinta y cinco colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa: MOT-525521.
Marca: Yamaha, estilo: XTZ125E, Categoría: motocicleta,
Capacidad: 2 personas, año fabricación: 2016, color: negro, Vin: LBPKE1802G0048456, cilindrada: 125 c.c., combustible: gasolina,
N° Motor: E3N2E047564. Para tal efecto se señalan
las catorce horas diez minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas diez minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintidós, con la base de seiscientos
cuarenta mil seiscientos setenta y seis colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas diez minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de doscientos trece
mil quinientos cincuenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Isabel Cristina Sandí Solís. Expediente N° 19-015132-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de marzo del año 2022.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2022661047 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones ciento noventa y cinco mil ochocientos un colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 19-000492-1598-TR, Boleta
201926700470, rollo 0, imagen 0, Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Garabito; sáquese a
remate el vehículo Placa BNY555, Marca: Hyundai, Estilo:
Accent, Categoría: automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCU5AE4CU054502, carrocería: Sedan 4 puertas
hatchback, tracción: 4X2, año
fabricación: 2012, color: negro. Para tal efecto se señalan
las once horas cuarenta y cinco
minutos del once de agosto
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cuarenta y cinco
minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con
la base de tres millones ochocientos noventa y seis mil ochocientos cincuenta colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y
cinco minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós, con la base de un millón
doscientos noventa y ocho mil novecientos cincuenta colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Rubén Emilio Ochoa Navas. Expediente N° 19-012712-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con catorce minutos del nueve de junio del dos mil veintidós.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022661049
).
En este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos noventa mil doscientos setenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BRW387, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, número chasis:
KMHCT4AE6GU025005, vin: KMHCT4AE6GU025005, cilindrada: 1600 C.C. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veinticinco
de agosto del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
trescientos sesenta y siete mil setecientos cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del dos
de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de un millón ciento
veintidós mil quinientos sesenta y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Carlos Enrique Cortés Zúñiga. Expediente N°
20-007693-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: once horas del
once de abril del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022661050 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones trescientos cuarenta y dos mil ochocientos setenta y cuatro colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 369-02774-01-0915-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela matrícula número 232586 derecho
000, la cual es terreno
para construir con una
casa. Situada en el distrito 1- Quesada, cantón 10-San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
María De Los Ángeles Pérez y otro; al sur, José Fco. Segura García y otro; al este, COOPURVI R L y al oeste, calle pública. Mide: Doscientos nueve metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del treinta y
uno de agosto de dos mil veintidós
con la base de treinta y cuatro millones
siete mil ciento cincuenta y cinco colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós
con la base de once millones trescientos
treinta y cinco mil setecientos dieciocho colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Ana Isabel
De La Trinidad Quesada Campos. Expediente N°
18-013606-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio del año 2022.—Isabel
Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—(
IN2022661067 ).
En este Despacho, con una base de ochenta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto citas: 2014-31262-01-0002-001, servidumbre
de paso citas: 2014-31262-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
quinientos veinticinco mil seiscientos tres, derecho 000, la
cual es terreno cultivado de helecho. Situada: en el
distrito Sabanilla, cantón
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Guido Delgado
Herrera; al sur, Walter Rodríguez Castro y Negocios
Sumarios de Pana S. A.; al este,
Walter Rodríguez Castro y Negocios Sumarios
de Pana S. A., y al oeste, calle
pública.
Mide: cinco mil quinientos ochenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós, con la base de sesenta
y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós, con la base de veintiún
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Pablo José Aguirre Saavedra. Expediente
N° 16-027293-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 24 de junio
del año 2022.—Msc. Zary Navarro Zamora, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022661081 ).
En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
2013-24108-01-0002-001; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula
número 510959, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 5-Concepción, cantón
5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Luis
Álvarez Ramos y servidumbre de paso; al sur, Ricardo
Castro Ramos; al este, Carlos Luis Álvarez Ramos y al
oeste, Carlos Luis Álvarez Ramos y servidumbre de paso. Mide: Seiscientos treinta y seis metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veinticuatro de octubre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas quince minutos del uno de noviembre
de dos mil veintidós con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós
con la base de un millón setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Martin Asdrúbal Vargas Cerdas
contra Horacio Joaquín Álvarez Moreno. Expediente N°
17-010659-1044-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintidós horas con cuarenta y dos minutos del cuatro de febrero del
dos mil veintidós.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2022661100 ).
En este Despacho, con una base de ocho mil ciento noventa y nueve dólares con cincuenta y cuatro
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: MTS410, marca: Mercedes Benz, estilo: ML,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: plateado,
Vin: WDCDA7DB5DA206640, cilindrada: 4700 c.c. Para tal efecto se señalan
las diez horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós con
la base de seis mil ciento cuarenta
y nueve dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintidós con
la base de dos mil cuarenta y nueve
dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de GC Prendario S. A. contra Barris
Padawan Group S.R.L. Expediente N° 22-004405-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 06 de julio del
2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza
Decisora.—( IN2022661182 ).
En este Despacho, con una base de treinta y un millones cincuenta y seis mil novecientos cincuenta y tres colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal citas:
800-739120-01-0001-001; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula
número 558295-004, la cual
es terreno naturaleza: terreno de solar con 09 casas. Situada
en el distrito
5-Guácima, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Finca 1 y Jovel Córdoba Salas; al sur, Botellita
de Guácimo
BG S. A.; al este, camino público con un
frente de 327 mts 67 cms; y
al oeste, Jovel Córdoba
Salas. Mide: dieciocho mil ochocientos trece metros cuadrados. Plano: A-1963610-2017. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de abril del dos mil veintitrés con la base de veintitrés
millones doscientos noventa y dos mil setecientos catorce colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés con
la base de siete millones setecientos sesenta y cuatro mil doscientos treinta y ocho colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
María Mireya Morales Castillo contra Inversiones
Salas e Hijos de La Guácima Sociedad Anónima. Expediente N° 18-002007-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y seis minutos del veinticuatro de junio del dos mil
veintidós.—Angie
Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2022661192 ).
En este Despacho, con una base de seis millones ciento cuarenta y nueve mil novecientos tres colones con quince céntimos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada al tomo 305 asiento 20183; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 457773, derecho
000, la cual es terreno Bloque B-3, Lote 8, terreno para construir con una casa de habitación y un apartamento. Situada en el distrito
Pavas, cantón San José, de
la provincia de San José. Colinda:
al norte, Lote 7; al sur, Lote 9; al este, Lote 29, y al oeste, Alameda 16; Mide: noventa metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del once de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós con
la base de cuatro millones seiscientos
doce mil cuatrocientos veintisiete colones con treinta y seis céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós con
la base de un millón quinientos
treinta y siete mil cuatrocientos setenta y cinco colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Estibali Paola Delgado Sánchez Expediente
N° 19-000953-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 01 de julio
del año 2022.—Zary Cecilia
Navarro Zamora, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022661221 ).
En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal citas: 2012-275869-01-0002-001, Fiscalía
Adjunta Liberia. Sumaria
12-0010178-0396-PE; sáquese a remate la a finca del partido de Guanacaste, matrícula número 105746, derecho 000, la cual
es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito
Liberia, cantón Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo
para La Vivienda; al sur, Mutual Guanacaste de Ahorro
y Préstamo para la Vivienda; al este,
calle pública con un frente de diez metros, y al oeste, Mutual Guanacaste De Ahorro
Y Préstamo Para La Vivienda. Mide:
Doscientos Cincuenta Metros
Cuadrados, Plano: G-0748904-1988. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta minutos del doce de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas cuarenta minutos del veinte de octubre del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta minutos del veintiocho de octubre de dos mil veintidós con
la base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio La Ladera Bloque C J K Lote Dos B B B S. A. contra Denelia Vásquez Acevedo. Expediente
N° 12-009319-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de
mayo del año 2022.—María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022661244 ).
En este despacho, con una base de un millón ochocientos veintidós mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas:
289129, Marca: Toyota, estilo: Corolla DX, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 1993, color: verde, VIN: no indicado, cilindrada: 1600 c.c., tracción: 4x2, combustible: gasolina,
N° Motor: 7AF346884. Para tal efecto
se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós, con la base de un millón
trescientos sesenta y seis
mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós, con
la base de cuatrocientos cincuenta
y cinco mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de
Adela Yadira Jarquín
Delgadillo contra Christian Damián Moraga Moreno, Raquel Cerdas
Jiménez. Expediente N° 14-014622-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José,
09 de marzo del año
2022.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—(
IN2022661267 ).
En este Despacho, con una base de siete mil seiscientos setenta y dos dólares con doce centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa CMC506, marca Honda, estilo Civic LX, categoría automóvil, año 2014, color gris,
vin 19XFB2550EE500893, motor R18Z13687280, cilindrada
1798 c.c. Para tal efecto
se señalan las nueve horas
quince minutos del siete de
setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas
quince minutos del quince de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de cinco mil setecientos cincuenta y cuatro dólares con nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de mil novecientos dieciocho
dólares con tres centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Josué Murillo Abarca. Expediente N° 22-005265-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de julio del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022661296 ).
En este Despacho, con una base de once
mil novecientos noventa y
cuatro dólares con veintiséis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BSH011, marca: Suzuki, estilo: CIAZ GL T,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2019, color: plateado,
Vin: MMSVC41S4KR104763, cilindrada: 1400 c.c. Para tal efecto se señalan
las once horas quince minutos del siete
de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas quince minutos
del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de ocho mil
novecientos noventa y cinco dólares con setenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas quince minutos
del veintisiete de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de dos mil novecientos noventa y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (25%
de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Fernando Alberto
Alfaro Alani. Expediente N° 22-005264-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 07 de julio del año 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Juez/a Decisor/a.—( IN2022661298 ).
En este Despacho, 1) Con una base de cuarenta y cinco mil doscientos noventa y ocho dólares con cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de San José, matrícula N°
127585, horizontal: F derecho 000, la cual la naturaleza de su terreno es finca filial número cincuenta,
terreno destinado a uso habitacional, de una planta, en proceso de construcción y se ubicará en el segundo
nivel del edificio D. Situada en el
distrito 10-Hatillo, cantón
1-San José de la provincia de San José. Colinda: al norte. pasillo; al
sur: espacio aéreo; al este: finca filial cuarenta y nueve, y al oeste: área común construida, destinada
a elevador. Mide: cuarenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del tres de agosto del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas con cincuenta minutos del once de agosto del año dos mil veintidós, con la
base de treinta y tres mil novecientos setenta y tres dólares con cincuenta y tres centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con la
base de once mil trescientos veinticuatro
dólares con cincuenta y un
centavos (25% de la base original). 2) Con una base de
once mil novecientos treinta
y cinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de San José, matrícula N° 127751
horizontal: F derecho 000, la cual la naturaleza de su terreno es finca filial número doscientos
dieciséis, terreno destinado a uso estacionamiento, de una planta en proceso de construcción
y se ubicará
en el primer nivel. Situada en el distrito
10-Hatillo, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda:
al norte: acceso cinco; al sur: área común libre, destinada a zona verde; al este: finca filial doscientos diecisiete; y al oeste: finca
filial doscientos quince. Mide:
catorce metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del tres de agosto del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas con cincuenta minutos del once de agosto del dos mil veintidós, con
la base de ocho mil novecientos
cincuenta y un dólar con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con la base de dos mil novecientos
ochenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco
BAC San José S.A., contra Angie Yazmín Quirós Quirós. Expediente N° 22-002146-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de junio del 2022.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022661300 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y
siete mil ciento noventa y tres dólares con veintiocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 103325-001- 002-004, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito: 01-El Tejar, cantón: 08-El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Hacienda Agua Caliente S. A.; al sur Hacienda Agua
Caliente S A; al este, Hacienda Agua Caliente S. A. y al oeste, calle con 8m.
Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce
horas cero minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del
once de agosto de dos mil veintidós, con la base de cincuenta mil trescientos
noventa y cuatro dólares con noventa y seis centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce
horas cero minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós, con la base de
dieciséis mil setecientos noventa y ocho dólares con treinta y dos centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José
S.A. contra Allan Guillermo López Umaña, Lindsay Dayanna
López Umaña, Luis Alberto Retana Fuentes, María Mayela Umaña Navarro.
Expediente N° 21-007849-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 08 de junio del año 2022.—Marcela Brenes
Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022661301 ).
En este Despacho, Con una base de cincuenta y
seis millones setecientos sesenta y cuatro mil novecientos setenta y nueve
colones con ochenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando serv y calle ref:1281-235-001 citas:
276-02818-01-0901-002; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número ciento ochenta y nueve mil ciento cuarenta y seis, derecho
000, la cual es terreno para construir, lote 55-B.- Situada en el distrito ,
3-San Juan cantón 3-La Unión , de la provincia de Cartago.- Colinda: al norte,
lote 56-B sur, lote 54-B este, lote 66-B oeste, calle publica con un frente de
10 metros.- Mide: trescientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintidós con la base de
cuarenta y dos millones quinientos setenta y tres mil setecientos treinta y
cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas
treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veintidós con la base de
catorce millones ciento noventa y un mil doscientos cuarenta y cuatro colones
con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Manrique Rojas Gamboa, Paula Inés Quesada Gómez, Warrant S. A.
Expediente N°:21-012687-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
28 de junio del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—(
IN2022661332 ).
En este Despacho,
con una base de trece mil trescientos trece dólares con cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: BHL218, marca: Hyundai, estilo: I10 GL, categoría: automóvil, capacidad 5 personas, año: 2015, color: gris, VIN: MALAM51BAFM590991, cilindrada 1100 cc, combustible: gasolina,
motor N° GAHGEM850173. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del uno
de agosto de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintidós, con
la base de nueve mil novecientos
ochenta y cuatro dólares
con setenta y nueve
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós, con la base de tres
mil trescientos veintiocho dólares con veintiséis centavos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Rent
ADN Car J Y V S. A., contra Stefan Andrés Solís Toledo. Expediente N° 18-000030-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y cuatro minutos del diez de junio del dos mil veintidós.—Xinia Vindas
Mejía, Jueza Tramitadora.—(
IN2022661343 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
mil trescientos treinta y nueve dólares con ochenta y tres centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BMY450, marca
Hyundai, estilo Creta GL, color beige, año 2017 viin:
MALC281CAHM189204. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos
del veintitrés de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del treinta y uno de
agosto de dos mil veintidós con la base de trece mil cuatro dólares con ochenta
y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de
setiembre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil trescientos treinta y
cuatro dólares con noventa y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se
le informa a las personas interesadas en participar en
la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Yiressi Gabriela Bermúdez Núñez. Expediente N° 21-005041- 1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de mayo del
año 2022.—Hazel Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—( IN2022661344 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000142-0642-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Pedro Luis Pablo
Rodríguez Loria quien es mayor, estado
civil casado/a, comerciante,
vecino de Judas de Chomes,
Puntarenas, portador de la cédula número
0501870431, profesión comerciante,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno
de repastos con una casa construida. Situada en el distrito
Chomes, cantón Puntarenas. Colinda: al norte con Rosaura
Rodríguez Loría y Sergio Rodríguez Paniagua; al sur
con Banco de Costa Rica; al este con Jesús Carrillo
Miranda y al oeste con Municipalidad de Puntarenas. Mide: cuatro mil novecientos noventa y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, P-2287893-2021, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpia, chapea,
construcción y mantenimiento.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. proceso
información posesoria, promovida por Pedro Luis Pablo
Rodríguez Loría.
Expediente N° 22-000142-0642-CI-5. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de
Puntarenas, hora y fecha de emisión:
ocho horas con cincuenta y
cuatro minutos del veintiuno
de junio del dos mil veintidós.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660523 ).
Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N°
10-0005990388-CI, el cual corresponde a un proceso de
diligencias de información posesoria,
promovido por Gabriel Jaén Castellón, quien es mayor, casado una vez , enfermero,
cédula de identidad cero cinco
ciento treinta y dos cero ochocientos sesenta y cinco, vecino de Barrio El Cacao,
del abastecedor Silvia doscientos
metros al oeste; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir, situado en El Cacao, distrito 1° ( Santas Cruz), cantón 3° (Santa Cruz), Provincia
de Guanacaste; el cual colinda al norte, Gregoria
Rafaela Jaén Castellón;
sur, Berta Jaén Castellón,
Este: María Eugenia Jaén Castellón
y Donald Jaén Castellón, oeste, calle pública
con una medida de treinta metros con noventa y ocho centímetros lineales; mide 1409 m2,
según plano G-1954023-2017.
Indica la parte promotora:
que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble
en un millón de colones, que lo adquirió mediante donación verbal que le hiciera su padre Adelio Jaén Jaén,
mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Barrio El Cacao, del abastecedor
Silvia doscientos metros al oeste,
el día doce de febrero del mil novecientos ochenta, de que hasta la fecha lo
ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión
que ha ejercido sobre el han consistido
en arreglo de cercos, chapea, rondas y cuido en general; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este
medio a todas las personas interesadas
en este asunto,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil
y de Trabajo de Santa Cruz (Guanacaste), 01 de
Agosto de 2018.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2022660630 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
11-000066-1129-AG, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de Diego
Alejandro Salazar Gamboa, quien
es mayor, casado una vez, vecino de Garabito de
Puntarenas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-1161-0623, salonero, Frank Salazar Gamboa,
mayor, casado una vez, supervisor de mantenimiento,
vecino de Garabito de Puntarenas, cédula N°
1-0997-0998, Randall Salazar Gamboa, mayor, casado una vez,
cajero, vecino de Montelimar de Turrubares, cédula número 1-1161-0623, y Gerardo Salazar Jiménez, mayor, casado una vez,
agricultor, vecino de la Pavona de San Gabriel de Turrubares,
cédula número 09-0037-0266, a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para construir con una casa y dedicado a la agricultura y ganadería. Situada en el
distrito décimo (Río
Nuevo), cantón diecinueve
(Pérez Zeledón), de la provincia
de San José. Colinda: al norte:
Dayana Fallas Godínez y
quebrada en medio de Taft S. A.; al sur: Desarrollos Kanuva Sociedad Anónima; al este: Gonzalo Rojas
Alvarado, Marco, Carlos, Víctor, Sergio, José, Gilberth,
Johnny, Geiner, Rosa y José, todos
de apellidos Cordero Elizondo; y al oeste: Róger Sánchez Portuguez y María Alemán García. Mide: ciento ocho
hectareas tres mil doscientos sesenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1467250-2010. Indican los promoventes que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en
la suma de treinta y dos millones de colones por su orden.
Que adquirieron dicho inmueble por venta
que hiciera Belarmino Marín
Azofeifa, y hasta la fecha
lo han mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en mantenimiento y limpieza, reparación de cercas, chapeas, siembra de árboles frutales, repasto y ganadería. Que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Diego Alejandro
Salazar Gamboa, Frank Salazar Gamboa,
Randall Salazar Gamboa y Gerardo Salazar Jiménez. Expediente N° 11-000066-1129-AG. Nota:
Publíquese este edicto por una
sola vez en el Boletín Judicial.
De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Pérez Zeledón, 20
de mayo del año 2022.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez Agrario.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660673 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000045-1129-AG
donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de Luis Felipe
Arias Esquivel, quien es mayor, estado
civil: soltero, vecino de ochocientos cuarenta Roabling Avenida, Trenton, New Jersey, código
cero ocho seis uno uno, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número uno-mil ciento noventa y ocho-cero doscientos sesenta y nueve, profesión encargado de mantenimiento comercial, representado por su apoderado
generalísimo sin límite de suma José Arias Cordero, quien es
mayor, estado civil: viudo una vez, vecino
de La Suiza de Daniel Flores de Pérez Zeledón, trescientos metros sur
de la Torre Telefónica, portador de la cédula de identidad número uno-cero trescientos veinticinco-cero quinientos noventa y tres, profesión agricultor, a fin de inscribir a nombre de su representado
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de uso agrícola. Situada: en el distrito
tercero (Daniel Flores), cantón
diecinueve (Pérez Zeledón),
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública con un frente a ella de noventa
y tres metros cuarenta y nueve centímetros; al sur, Jorge
Cordero Mora y Guido Esquivel Fallas; al este, Guido Esquivel Fallas, y al
oeste, Hannia Arias
Esquivel. Mide: diez mil ochocientos noventa y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número SJ-dos millones ciento diecinueve mil cuatrocientos tres-dos mil diecinueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
en la suma de quince millones de colones y las presentes diligencias en la suma de cinco millones
de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en mantener un huerto con plantas de café, con
sombra de poró, algunos frutales como guayaba y cacao, plantas de yuca y una pequeña milpa. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Luis Felipe Arias
Esquivel. Expediente N° 22-000045-1129-AG. Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 24
de junio del año 2022.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022660676 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000029-1129-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Ruth Elizondo
Alvarado, quien es mayor, estado
civil soltera, vecina de
Pérez Zeledón, Rivas, San Gerardo, barrio la Chispa,
un kilómetro y medio al norte
de la escuela, portadora de
la cédula de identidad vigente
que exhibe número cero
uno-cero seiscientos setenta
y nueve-cero ochocientos
dos, agricultura, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es pasto, café y casa. Situada en La Chispa en el distrito (cuatro) Rivas, cantón (diecinueve) Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Seidy Monge Elizondo y Miguel Elizondo Alvarado, al sur,
Melvin Monge Marín, Laura Jazmín Martínez Elizondo;
al este, Laura Jazmín
Martínez Elizondo, y al oeste, calle
pública con catorce metros,
con un frente a la propiedad
de ochenta y cuatro metros lineales
con cincuenta y tres centímetros. Mide: ciento veintitrés mil trescientos cincuenta y dos
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-Dos millones trescientos cinco mil ciento sesenta y uno-dos mil veintiuno. Indica la promovente
que sobre el inmueble a inscribir
NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble y la presente diligencias en la suma de diez millones
de colones exactos cada uno. Que adquirió dicho inmueble de forma de Cesión que se realizó con el señor Gilberto Mejías Monge
C.C. Gilberto Elizondo Monge y hasta la fecha lo hemos mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de cuarenta años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en construcción de casa de habitación, por medios propios desde hace ya
más 26 años, siembra y cultivo de café, desde hace más
de 24 años, con sus respectivos
podas del cultivo, además en la actualidad
aun cosechamos el café, hechura y mantenimiento de las cercas en alambre de púas a 3 a cinco hilos en
algunas de las colindancias,
en la colindancia oeste postes de cemento, y en las otras colindancias, postes vivos, palmera,
guítite, poró, mantenimiento de la finca, chapeas,
libre de malezas, siembre
de repastos, se le construyo
un corral de aproximadamente setenta
metros cuadrados, donde se mantiene animales para cuido y alimentación de la casa, en el resto de la propiedad existen sembradíos de algunos árboles frutales en conjunto con árboles de
sombra, la propiedad no tiene
yurros, acequias, quebradas, nacientes,
ni veranear ni inverniz, tanto dentro como en
las colindancias de la propiedad
a titular, se encuentra debidamente
limitada con postes de cemento vivos, y con alambre de pues de tres y cinco hilos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. proceso
información posesoria, promovido por Ruth Elizondo
Alvarado. Expediente N° 22-000029-1129-AG. Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón,
02 de junio del 2022.—Lic.
Carlos Eduardo Rojas Rojas.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022660677 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000030-0388-CI
donde se promueve información posesoria por parte de Jimena Patricia Fernández Velásquez quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Alajuela, distrito Sarchí Norte, cantón Sarchí, cuatrocientos noroeste del Centro
de Salud, casa a mano derecha
color verde claro, portadora
de la cédula número 0208200143, profesión
estudiante, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito Primero Santa Cruz, cantón
Tercero Santa Cruz. Colinda:
al norte, con Cristóbal Cabalceta
Mora; al sur, con Retiro Víal
y calle pública; al este, con Marco Cabalceta
Vásquez; y al oeste, con Willy Cabalceta
Jiménez. Mide: doscientos setenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir G-2029056- 2018 pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de tres millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble G-2029056-2018, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en elaboración de chapias y rondas, siembra de diferentes árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Jimena Patricia
Fernández Velásquez. Expediente N° 21-000030-0388-CI-0.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 09 de febrero
del 2021.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022660782 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000073-0507-AG,
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Miguel Mora Núñez, quien es mayor, masculino, costarricense, agricultor, casado una vez, cédula N°
1-0309-0394, vecino de Limón, Pococí,
Guápiles, Jiménez, cien
metros oeste y doscientos cincuenta metros sur de la iglesia
católica, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno solar, ubicado en Suerre, distrito
segundo Jiménez del cantón segundo Pococí de la provincia de Limón. Mide: 2.625
m². Linda al norte. Inmobiliaria
e Inversiones el Trapiche
Sociedad Anónima,
al sur: con Miguel Mora Núñez, al este:
con Miguel Mora Núñez y calle
pública con una medida de catorce metros con noventa y cinco centímetros lineales, al oeste: con Inmobiliaria e Inversiones el Trapiche Sociedad Anónima. Graficado en el
plano catastrado N°
L-2304374-2021. Inmueble que fue
estimado en la suma de ¢3.000.000,00 y las diligencias en
¢3.000.000,00. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo,
no posee condueños y con
las presentes diligencias no se pretende
evadir las consecuencias de
un proceso sucesorio. Por
medio de este edicto se
llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro
del plazo de un mes contado a partir de su publicación, se apersonen en este
juzgado en defensa de sus derechos, bajo los
apercibimientos legales en caso de omisión.
Nota: este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el
Boletín Judicial de conformidad
con el artículo 5 de la Ley
de Informaciones Posesorias.
De conformidad con la
circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 4 de julio de 2022.— Lic. Daniel
González Sibaja, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660924 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 20-000102-1520-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Familia Rodríguez y
Venegas de Arenal Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero
uno-uno cero seis seis seis
ocho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Terreno de
repasto. Situada en el distrito Cote, cantón Guatuso, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte calle pública; al sur y este Importaciones Murchi Sociedad Anónima y al oeste Tres Uno Cero Uno Cuatro
Seis Cero Tres Seis Nueve Sociedad Anónima.- Mide: ochenta y cuatro mil ciento
cuarenta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número dos-uno nueve nueve uno seis ocho uno- dos mil
diecisiete.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de diecisiete millones de
colones.- Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe
y a título de dueño por más de diez años.- Que no existen condueños.- Que los
actos de posesión han consistido en limpieza del inmueble y cultivo de plantas
y ganadería.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos.- Proceso información posesoria, promovida por Familia
Rodríguez Y Venegas de Arenal Sociedad
Anónima. Expediente N° 20-000102-1520-AG. Nota:
Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De
conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia
agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de
especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia
Agraria). Alajuela, Upala, 26 de junio del año 2022.—Lic. Armando Guevara
Rodríguez, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660927
).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000003-0386-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Javier Antonio
Sánchez Quiroz mayor, nicaragüense, viudo, soldador vecino de Alajuela, San Pedro de Poas,
de la Escuela Imas doscientos
cincuenta metros este, Urbanización La Delia, ultima calle
segunda casa, con cédula de residencia número 155808529635, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno lote con naturaleza de terreno con casa; sito en distrito
dos Cañas Dulces, cantón primero Liberia, de la provincia
de Guanacaste, linda al norte
con Lisbeth Méndez Baltodano, al sur, con José Albino
Delgado Coronado y Ángela López Zapata, al este, con Frank Randall Monge Moya, y al oeste, con frente a servidumbre de paso de diecinueve
metros con ochenta y siete centímetros lineales en medio con José Luis Quirós Estrada, mide
590 metros cuadrados, descripción
que se ajusta en un todo al plano catastrado
número 5-225671-2021. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble señora Shirley Castillo
Moreno, mayor, divorciada de primeras
nupcias, administradora del
hogar, vecina de Cañas Dulces, Liberia,
Guanacaste, de la escuela 100 metros sur y 25 metros oeste, con cédula de identidad número 5-0213-0641, y, con quien no le une parentesco,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en la tenencia material del lote, cuido del mismo, limpieza constante, conservación de cercas y, otras actividades menores. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Javier Antonio
Sánchez Quiroz. Expediente N°
22-000003-0386-CI-5Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo
de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Civil), hora y fecha de emisión: nueve horas con diecinueve minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Brenda Celina
Calvo De La O, Jueza.—1 vez.—( IN2022660954 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000034-0391-AG
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Antonia María
Flora Álvarez Carrillo, quien es mayor, estado civil viuda, vecina de Diría de Santa Cruz,
Guanacaste del Ángel San
Rafael, doscientos veinticinco
metros al este, portador de
la cédula de identidad número
5-106-007, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno de
potrero y montaña. Situada en el distrito: sétimo (Diría), cantón: tercero (Santa Cruz), de
la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Armando Moreno Carmona y Jhonny Centeno García ambos en parte; al sur, calle pública con un frente a ella de cuatrocientos
cincuenta y cinco metros lineales, al este, María Victoria
Álvarez Carrillo, y al oeste, Armando Moreno Carmona.
Mide: siete hectáreas con cuatro mil cuatrocientos
noventa y dos metros con veintisiete
decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número G-841869-2003. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una.
Que adquirió dicho inmueble por donación
de su padre Mario Rosa Álvarez Hernández, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de diez años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en chapia, rondas
y mantenimiento en buen estado de la cerca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Antonia María Flora
Álvarez Carrillo. Expediente N° 22-000034-0391-AG. Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
Santa Cruz, 17 de junio del año
2022.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022660983 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000052-0391-AG
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Jesús Antonio
Rodríguez Leal, quien es mayor, estado
civil casado una vez, vecino de Playa Junquillal de Santa Cruz, portador
de la cédula de identidad número
5-0357-0145, profesión Oficial
de Seguridad, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es
solar con árboles frutales.
Situada en el distrito tercero
(27 de Abril), cantón tercero
(Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Wilmar Ascensión Gutiérrez Baltodano; al
sur, Wilmar Ascensión Gutiérrez Baltodano
y servidumbre de paso en
medio; al este, Heidy Gutiérrez Reyes, Mercedes Reyes
Reyes, y Jesús Rodrigo Gutiérrez Reyes, y al oeste, Wilmar Ascensión Gutiérrez
Baltodano. Mide: cuatrocientos cuarenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 5-2308449-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una.
Que adquirió dicho inmueble por compra
a Wilmar Ascensión Gutiérrez Baltodano,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de diez años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en arreglos de cercas, chapeas, rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Jesús Antonio
Rodríguez Leal. Expediente N° 22-000052-0391-AG. Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
Santa Cruz, 23 de junio del año
2022.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022660992 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se
tramita el expediente N° 21-000172-0388-CI, donde se
promueve Información Posesoria por parte de Álvaro Francisco de la Trinidad
Picado Picado, quien es mayor, casado una vez,
pensionado, vecino de Cartago, San Antonio costado sur del templo católico,
portador de la cédula número 0107420066, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
ubicada en Bejuco de la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para
construir.- Situada en el distrito 4°: Tempate. Cantón 3°: Santa Cruz. Colinda
al norte, con: Yuri Morales Moreno; al sur, con: Raúl Martínez Cornejo; al
este, con: Walter Arias Ávila y al Oeste con: Eulalio Paulo Morales Moreno.
Mide: 583 metros cuadrados, según plano G-2169014-2019. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble lo adquirió mediante venta que
le realizara a la señora Segunda Soyla Moreno
Peralta, mayor, viuda una vez, Pensionada, con cédula cinco- cero uno cero
seis- cero dos dos seis, vecina de Tempate, Bejuco,
Santa Cruz, Guanacaste, con quien no le liga parentesco alguno, el dieciséis de
enero del año dos mil quince, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento y asistencia durante todo este tiempo, se chapea constantemente,
se han sembrado árboles frutales de melina, marañón, plátano y mangos, y se les
da mantenimiento a las cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Álvaro Francisco de la Trinidad Picado Picado. Expediente N°
21-000172-0388-CI-6. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial
por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz,
06 de mayo del año 2021.—Milkyan Sánchez Aguilar,
Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022661035 ).
Jaime Campos
Estrada, mayor, soltero, ganadero,
cédula de identidad número
0603030336, vecino de Buenos Aires, Changuena, La Bonga, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba
a su nombre en el Registro
Público de Propiedad, la
finca sin inscribir que le pertenece
y que se describe así: terreno
de árboles Potrero y montaña, sita en el distrito sétimo Changuena
del cantón tercero Buenos
Aires, de la provincia sexta
Puntarenas, con los siguientes
linderos: norte, Río Limón, servidumbre
Agrícolas, Quebrada Fury en medio de Ganadera Campos y
Estrada de Changuena Sociedad Anónima,
sur, servidumbre agrícola,
Rosalina Trinidad Arias Umaña, oeste,
Quebrada Fury, en medio Ganadera
Campos y Estrada de Changuena Sociedad Anónima y Celin Morales Vargas y este
Jaime Campos Estrada, Servidumbre agrícola,
quebrada sin nombre, Benito Cedeño Morales. Mide 89ha2510 metros cuadrados, según plano catastrado
6-14147-2022. El terreno antes descrito,
el solicitante ha sido el poseedor
en calidad de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años.
Estima el fundo en la suma
de ciento veintidós millones cuatrocientos sesenta y nueve mil colones, igualmente las presentes diligencias. Se emplaza
a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Jaime Campos
Estrada. Expediente N° 22-000023-1555-AG. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires (Materia Civil).—Licda.
Xinia Vindas Mejía, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661052 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
19-000183-0642-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Pulidora
del Este Sociedad Anónima representada
por el señor
Manuel Enrique Villalobos Carvajal, mayor, costarricense,
casado una vez, cédula 1-382-311, medico, vecino
de San José, Urbanización José María Zeledón, casa K12, a fin de inscribir
a nombre de la sociedad
supra citada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Puntarenas matrícula folio real 10331-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas. Colinda: al norte, con Vicenzo Giampa Giampa; al sur,
con calle pública; al este, con Raúl Ernesto Morales, y al oeste,
con Pulidora del Este S. A. Mide:
Doscientos cincuenta y seis
metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a rectificar
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble 06-010331-000, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en una posesión
ejercida a título de dueño por más
de veinte años. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria (Rectificación medidas), promovida por Pulidora
Del Este Sociedad Anónima. Expediente
N° 19-000183-0642-CI-0. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Puntarenas, 06 de julio del año 2020.—Jhonny Esquivel Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022661065 ).
Mediante escritura pública número doscientos veinticuatro-uno, de las diez horas con cero minutos del siete de julio del dos mil veintidós otorgada en esta notaría,
se dio apertura del proceso sucesorio de José Ramón Lizano Méndez, mayor, cédula de identidad
número 1-0291-0566, casado
de sus primeras nupcias,
pensionado, vecino de San José, Vásquez de Coronado,
Cascajal, San Pedro, Lotes Méndez, ciento setenta y cinco metros al sur del Super Nuevo Amanecer,
casa color verde a mano derecha.
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieran la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Carlos Manuel Navarro Moreno, Notario
Público, con oficina abierta en San José, San
Sebastián, Barrio El Carmen, Paso Ancho cien metros
al este del Bar Orotinense
a mano izquierda, casa de dos plantas
con portones de malla blancos, teléfono número 7048-0863.—San José, fecha
07 de julio de 2022.—Lic. Carlos Manuel Navarro Moreno.—1
vez.—( IN2022660496 ).
Comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera el señor Gerardo
Enrique Barrantes Vega, mayor de edad, costarricense, quien en vida fue casado
una vez, portador de la cédula de identidad número: Seis- cero ciento cincuenta
y ocho- cero seiscientos noventa y tres, docente y cuyo último domicilio fue vecino de Puntarenas, Barranca, Palmas del Río,
Segunda entrada casa frente al parque. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Expediente 0002-2021 Notaria de la Licda. Paola Patricia Andrade
Mora, Puntarenas, Esparza, setenta y cinco metros al sur del cementerio principal.—Esparza, a ser las catorce horas y cuarenta
minutos del día ocho de julio del año dos mil veintidós.— Licda. Paola Patricia
Andrade Mora.—1 vez.—( IN2022660596 ).
Por escritura otorgada
hoy ante esta notaría, comparecieron los presuntos herederos:
Rosa María Quirós Mejía, y Natalia Carolina Cerdas
Quirós, solicitando que se declare abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fuere Alver Alcides De Jesús Cerdas Ureña, mayor, casado una vez,
vendedor, vecino de San
José, Escazú, Bello
Horizonte, con cédula 1–0685-0775. Comprobado el fallecimiento, se declara abierto dicho procedimiento sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que en el plazo
de Ley de 15 días hábiles a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia,
de que si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito Notario se encuentra ubicada en San José, Escazú, Plaza
Colonial, oficina 3-2-A. Expediente
0004-2022.—San José, 28 de junio del 2022.—Esteban
Matamoros Bolaños.—1 vez.—(
IN2022660635 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Andrea Verónica Somma Genta, mayor, estado civil Casado/a, profesión
u oficio gestora cultural, nacionalidad Uruguaya, con documento de identidad
185800015701 y vecino(a) de San José, Escazú, San Rafael, edificio doscientos cuatro Avenida Escazú,
apartamento 603.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Nota: Este documento fue enviado a la Imprenta Nacional para su publicación, debe comunicarse con dicha entidad para la respectiva cancelación de los derechos de publicación. Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. Es responsabilidad de la parte interesada verificar los datos
consignados en este documento previo a la publicación del mismo. Expediente N°
21-000642-0180-CI-0.—Juzgado Primero Civil
de San José, 31 de marzo del año
2022.—Lizeth Álvarez Salas, Juez/a Decisor/a.—1
vez.—(
IN2022660642 ).
En esta notaría del Licenciado Eddy José
Cuevas Marín, cita en
Heredia, Central, de Quiznos 125 metros al este, el 08 de julio del 2022, se dio por abierto el
procedimiento sucesorio
extrajudicial de quien en vida fue Guillermo Montero Miranda,
quien era mayor, casado una vez, cédula de
identidad N° 2-0176-0475, vecino de Heredia, quien falleció el día 15 de mayo del
1986. Se nombró albacea a
María Margarita de Los Ángeles Vargas Murillo, con cédula de identidad
número
2-0232-0602, vecina de Heredia, La Asunción de Belén.—08
de julio del 2022.—Lic.
Eddy José Cuevas Marín, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2022660645 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de quien se llamó Miguel Villalobos Alpízar, mayor, casado una vez, vecino
de Alajuela, San Carlos, Florencia, cédula de identidad
número dos-cero trescientos
veinte-cero cero cincuenta
y ocho; para que dentro del
plazo máximo de quince
días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría Pública de la Licda Susan Milena Murillo Arce con oficina
en Alajuela, San Carlos, Florencia, Caimitos seiscientos metros al norte de la
escuela. Teléfono 8433-4232.—Licda. Susan Milena Murillo
Arce, Notaria Pública Tramitadora.
Carné N° 29252.—1 vez.—(
IN2022660646 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida
fuera la señora María
Eugenia Jiménez Jiménez,
mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San
José, Moravia, La Isla, del salón comunal
doscientos metros oeste y cien metros sur, casa número diez,
portadora de la cédula de identidad
número: uno-cero quinientos
veintisiete-cero ciento trece, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
a reclamar sus derechos ante la notaría
del Notario Público Julio César Azofeifa Soto, en oficinas BLC & CEN Abogados y Contadores,
ubicadas en San José, Goicoechea, de la esquina noreste de los Tribunales cien metros al este, en dicha
oficina con el Licenciado Mamfled Johel Ureña Morales, se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento Sucesorio
Extrajudicial de Juan José Mora Meza. Expediente
número 0002-2022.—San José,
a las ocho horas del día siete
de julio del dos mil veintidós.—Lic. Julio César Azofeifa
Soto, Notario Tramitador.—1 vez.—( IN2022660647 ).
Se tiene por abierto
el sucesorio extrajudicial
de quien en vida fue: María del
Rosario Arce Solano, cédula cuatro-cero cero setenta
y nueve-cero doscientos cincuenta y tres. Se cita a todos los
interesados, para que dentro
del término común de quince
días, a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos. Albacea
Sergio Campos Arce. Notaría Pública
del Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca. Expediente N°
008-2022.—Heredia ocho de julio del año dos mil veintidós.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca.—1
vez.—( IN2022660648 ).
Ante esta notaria, mediante acta de apertura otorgada por Isabel Cristina Sánchez Navarro y otros, a las trece 13.40 del
08/7/2022 y comprobado el fallecimiento de Huimber Lander
Román Alfaro, mayor, divorciado, Licenciado en Informática,
portador de la cedula uno-cero siete
siete uno-cero cinco uno
cero, vecino de San José, San Francisco de dos Ríos, doscientos metros sur este del parque El Bosque, esta Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada
en Limón centro frente al Restaurante Park Hotel
local cuatro, Teléfono 2758-46-67, a hacer valer sus derechos.—Limón, a las 15:00 horas del 08/07/2022.—Lic. Genie Alfaro Silva, Notario.—1 vez.—( IN2022660649 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Pedro Edén Ulucio Elizondo Beita, quien fue mayor, cédula número seis-ciento veintisiete-ochocientos ochenta y
ocho, quien fue soltero,, Educador
Jubilado, vecino de Buenos
Aires de Puntarenas, frente al Colegio Técnico Profesional, quien falleció el día once de setiembre del año dos mil veintiuno, para que dentro de los quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a esta Notaría a reclamar sus derechos y se apercibe
además a las personas que crean
tener la calidad de herederos, que si no se presentan a esta oficina dentro del plazo citado en
aras de ejercer sus
derechos, la herencia pasará
a quien corresponda. Expediente número 001-2022.
Notaria: Florita Vásquez Calderón, Colegiada 16629, con oficina abierta en Buenos Aires de
Puntarenas, setenta y cinco
metros norte del Ministerio
de Salud, en Bufete Vásquez & Asociados, a
las ocho y treinta horas
del día once de julio del año
dos mil veintidós.—Licda. Florita
Vásquez Calderón.—1 vez.—(
IN2022660652 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Freddy Madrigal Valverde, mayor, estado civil divorciado, profesión u oficio dato desconocido,
nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0202130118 y vecino de San José, San Sebastián, Barrio Cañada del Sur, detrás de la Segunda Comisaria.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000221-0180-CI-7. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. Es responsabilidad de la parte interesada verificar los datos
consignados en este
documento previo a la publicación del mismo.—Juzgado Primero Civil
de San José, 28 de abril del 2022.—Lic. Allan Esteban Barquero Durán, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2022660707 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión testamentaria del señor: Patrick
Oliver (nombres) de apellido
Schindler, único apellido en razón de su
nacionalidad alemana, soltero, agricultor, portador del pasaporte de la
República Federal de Alemania número:
C C J dos M Z Y L F y
con la cédula de residencia costarricense número: DI uno dos siete seis
cero cero cero cero cinco nueve
uno nueve, vecino de San
José, Pérez Zeledón, Barú,
San Salvador del Súper Abues
doscientos metros noroeste,
en finca Diamante Luz, para que dentro
del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos. Expediente: 0002-2022.—Notaría de
la Licenciada Mercedes Vásquez Agüero, carné 16294.—1 vez.—( IN2022660713 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Margarita Araya Rojas, quien fue
mayor, viuda una vez, costarricense, con documento de identidad 0202570807
y vecina de Naranjo de Alajuela. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000151-0295-CI-0.—Juzgado
Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y
fecha de emisión: quince
horas con nueve minutos del
cinco de Julio del dos mil veintidós.—M.Sc. Karla Artavia Nájera, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022660714 ).
Ante esta notaría, mediante
acta de apertura otorgada por Olga Marita González Chavarría,
a las diez horas del siete
de julio del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de Julio César Rosales
Jaén,
mayor, casado una vez, vecino de Palmar, Osa, setenta y cinco metros al sur del abastecedor
La Nury, con cédula de identidad
número cinco-cero ciento seis-cero setecientos, y la existencia y validez del testamento por él otorgado;
esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
testamentario. Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada
en Palmar, Osa, Puntarenas,
en altos de pollos Palmarín, a hacer valer sus derechos.—Palmar, Osa, al ser las nueve horas del nueve de julio del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Trejos
Ugalde, Notario Público.—1 vez.—( IN2022660765 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de Odilia
Morales Salas, quien fue
mayor de edad, del hogar,
cédula dos-cero ciento cuarenta
y siete-cero cero noventa y
tres y Aniceto Castro
Ugalde, quien fue mayor de edad, agricultor, cédula dos-cero
ciento siete-cero trescientos veinte, ambos casados una vez,
y vecinos de Alajuela, Grecia, Santa Gertrudis, Calle
Guayabal, de la entrada un kilómetro,
para que dentro del plazo
de treinta días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
0001-2022. Notaría
del Bufete Lic. Luis Adrián
Alfaro Ramírez, Notario Público.
Alajuela, Grecia, trescientos cincuenta
metros al este del Palí.—Grecia, veintisiete de junio del dos mil veintidós.—1 vez.—( IN2022660775
).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y/o interesados en la Sucesión Notarial de la señora
María Brígida Figueroa Villanueva, quien en vida
fuera mayor de edad, cédula
seis-cero cero noventa y uno-cero trescientos
once, viuda de sus únicas nupcias, oficios del hogar, vecina de San José, Pérez Zeledón, Cajón, Las Brisas, ochocientos metros sur de
la escuela del lugar para
que; dentro del plazo de 15
días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; en la notaría de la Licenciada Lizeth
Mata Sánchez, ubicada en
el centro de la ciudad de
San Isidro de Pérez Zeledón, costado
noroeste de Migración y Extranjería y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
0001-2022.—Licda. Lizeth
Mata Sánchez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022660778 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Herbert Wolfang Martínez Flor, mayor, soltero, costarricense, con
cédula de identidad N°
8-0133-0264 y vecino de Mercedes Norte de Heredia. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000426-0504-CI-5.—Juzgado Civil de Heredia, hora
y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta minutos del seis de julio del dos
mil veintidós.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2022660787 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión testamentaria en Sede Notarial de quien en vida fue
Claudia Sandoval Navarro, mayor, oficios del hogar, soltera, cédula cinco-ciento doce-ciento veintidós, vecina de San José, Pavas, Lomas del Río, costado oeste del Lubricentro
El Macho; para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos. Se apercibe
a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Claudia
Sandoval Navarro.—Expediente
0001-2022.—Notaría del Lic.
Luis Vargas Vargas, 16 de junio
de 2022.—1 vez.—( IN2022660802 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por
Francisco Murillo Navarro, a las once horas del primero de julio
del año dos mil veintidós; comprobado el fallecimiento,
esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera
Fernando Elías Murillo Navarro, mayor, soltero, Ingeniero en Madera, vecino de San José, San Francisco de Dos Ríos, con cédula
de identidad número:
uno-cero seiscientos noventa
y seis- cero ochocientos veinticinco.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. Marlene
Elizondo Alfaro, con oficina abierta
en San Luis de Santo Domingo de Heredia, de la
Escuela del lugar, trescientos
metros al sur y veinticinco metros al este, Teléfono: 83942132.—1 vez.—(
IN2022660808 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por
Vera Lidiette Vargas Vargas,
a las quince horas con treinta minutos
del primero de julio del año
dos mil veintidós; comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Rafael Ángel Murillo Navarro, mayor, casado una vez,
pensionado, vecino de Heredia, Barrio Corazón de
Jesús, con cédula de identidad número:
uno-cero cuatrocientos noventa-cero
cuatrocientos cincuenta, costarricense, fallecido el diecisiete de octubre del dos mil veinte. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. Marlene
Elizondo Alfaro, con oficina abierta
en San Luis de Santo Domingo de Heredia, de la escuela del lugar, trescientos metros al sur y veinticinco
metros al este. Teléfono:
8394-2132.—Licda. Marlene
Elizondo Alfaro, Notaria.—1 vez.—(
IN2022660809 ).
Expediente N° 001-2022. Sucesión testamentaria en sede notarial de Luis Muños Muñoz, notaría de la licenciada Yoselyn María Morales
Salazar, Idalie Mora Lara, José Luis Muñoz Mora,
María Isabel Muñoz Mora y comprobado el fallecimiento de Luis Muños Muñoz, quien fue mayor, casado una vez, comerciante,
portador de la cédula número
uno-cero doscientos ochenta
y dos-cero cuatrocientos cincuenta,
vecino de Alajuela, Naranjo, San Juanillo,
de la Escuela quinientos metros norte
y cien oeste, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ad intestato en sede notarial. Se cita y emplaza a todos los herederos
y todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría, a hacer
valer sus derechos. No se tiene
como parte a la Procuraduría General de la República. Dirección de la notaría:
Alajuela, Naranjo, El Rosario, notaría de la licenciada Yoselyn María Morales
Salazar, Alajuela, Naranjo, nueve horas cuarenta y siete minutos del treinta de junio del dos mil veintidós.—Licda. Yoselyn
María Morales Salazar, Notaria.—1 vez.—(
IN2022660843 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a solicitud de Melitina Quesada Ureña, a las 8 horas del 06 de julio
del año 2022 y comprobado el fallecimiento de Ángel Varela Ramírez, mayor de edad,
casado una vez, agricultor, vecino Naranjo de Platanares,
Pérez Zeledón, exactamente
un kilómetro suroeste de la
escuela, con cédula de identidad
número dos-cero doscientos
quince-cero ciento cincuenta
y seis, fallecido el 16 de abril de 2000 en la provincia de San José, cantón
Pérez Zeledón, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Geilin del Carmen Salas Cruz, con oficina
abierta en San José, San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, frente a Tribunales de Justicia,
Plaza Tracopa, local número
uno. Teléfono 8708-6840.—Día 11 de julio del año 2022.—Geilin del Carmen Salas Cruz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022660847 ).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el proceso sucesorio
de Roque Montero Arguedas, quien en
vida fue mayor, casada dos veces, pensionado,
cédula de identidad número
1-0343-0516, y vecino de San José, Hatillo, Sagrada
Familia, costado este de la
parroquia de Sagrada Familia, para que, dentro del plazo de quince días
se apersonen ante la oficina
del notario Juan José Chavarría
Mora, ubicada en San José,
Hatillo, San Sebastián Residencial Las Margaritas, avenida
44 B, casa N° 237, a hacer valer
sus derechos y se apercibe a los
que crean tener la calidad de herederos que, si no se apersonan en este plazo,
la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente notarial número uno-dos
mil veintidós.—San José, 11 de julio del 2022.—Lic. Juan José Chavarría Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN2022660850 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión en sede notarial de quien en vida
fue Francisco María Bonilla Abarca,
mayor, cédula número tres-cero ochenta
y siete-novecientos cincuenta
y siete, viudo, agricultor, vecino de Cartago, Corralillo, Loma Larga, un kilómetro al suroeste del Templo Católico; para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe
a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de
Francisco Bonilla Abarca. Expediente
N° 0002-2020. Notaría del Lic. Luis Vargas Vargas.—San José,
17 de junio del 2021.—Lic.
Luis Adolfo Vargas Vargas, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022660864 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se Llamó Ramona María de Jesús
Campos Alvarado, mayor, estado civil Soltero/a, profesión Oficios Domésticos,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0600520814 y vecina de
Ciudad Quesada, falleció el 26 de mayo de 2016.- Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda.- Expediente Nº17-000081-0317-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía Del Ii Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Civil), 03 de julio del año 2017.—Licda. Dinia
Peraza Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2022660873 ).
Se convoca a los interesados
herederos y terceros de buena fe en
la sucesión de quien en vida se llamó
Carlos Luis Campos Valverde, cédula N° 1-0369-0188. Para que en el plazo
de quince días hábiles, comparezca
ante esta notaría, cita
San José, San Sebastián, Paso Ancho diagonal a la terminal de buses, teléfono 8843-9292, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento de que sí no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien
corresponda por derecho. Expediente N° 03-2022.—San José, 11 de julio
del 2022.—Licda. Raquel
María Arias Castellón.—1 vez.—( IN2022660881 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión en sede notarial, de quien en vida
fue: Édgar Barquero Rojas, mayor de edad, casado una
vez, agricultor, con cédula
de identidad número
2-0256-0777, vecino de Alajuela, La Guácima Arriba, del Otto´s Bar ciento
cincuenta metros al este,
para que, dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de ese edicto,
comparezcan a reclamar sus
derechos y, se aperciben a los
que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero dos-dos mil veintidós.—Alajuela, 24 de junio del 2022.—Licda. Mónica
Elena Arroyo Herrera, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022660895 ).
Se hace saber, que ante esta notaría se tramita el proceso
sucesorio notarial de quienes
en vida fueron:
Jilma Venegas Jiménez, cédula dos-doscientos cincuenta y cuatro-ciento veinte, y Norman Fertig Gottheil, cédula ocho-cero ochentacuatrocientos sesenta y tres. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero dos-dos mil veintidós. Notaría del Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, carné
tres mil ochenta y nueve, cédula uno-quinientos veintisietequinientos cuarenta y
uno, sita en San José, Goicoechea, Guadalupe Centro, cien
metros al norte de la sucursal
del Banco de Costa Rica, edificio esquinero,
segunda planta.—San José, doce de julio del dos mil veintidós.—Lic. Luis Mariano
Vargas Mayorga.—1 vez.—(
IN2022660915 ).
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia). Expediente N° 19-000605-0687-FA.—A Andrés Eduardo Taylor Acuña
y a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de los menores Gabriel Taylor Román, se les pone en
conocimiento la resolución
de las trece horas con treinta
minutos del veintinueve de junio del año dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: Se tiene por establecido el presente proceso
especial de declaratoria de abandono
de la persona menor Gabriel Taylor Román, planteado por María José Román Vindas
contra Andres Eduardo Taylor Acuña representado por el curador Lic.
Jorge Eduardo Rodríguez Rodríguez, a quién se le concede el plazo de CINCO DÍAS para que oponga
excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del
Código de Familia. Por existir personas menores involucradas en este proceso
se tiene como parte al Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia.
En ese mismo plazo, en el
primer escrito que presente(n)
debe(n) señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal
para la recepción de notificaciones.”
Igualmente, se les invita a
utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Se le advierte que, si
no contesta en el indicado plazo
de cinco días, el proceso seguirá su curso con una
convocatoria a una
audiencia oral y privada, conforme
lo estipula el artículo 123 ibidem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notificaciones: Notifíquese esta resolución al Patronato Nacional
de la Infancia, así como al señor Andrés Eduardo
Taylor Acuña, por medio de su curador procesal,
así como por medio de edicto en el Boletín
Judicial. Expediente N° 19-000605-0687-FA. Clase de Asunto declaratoria judicial de abandono.
publíquese tres veces. Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes.
Juez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente: 19-000605-0687-FA. Dirección:
III Circuito Judicial de Alajuela (Grecia), Cantón Tercero, Distrito Primero,
800 metros norte de las Oficinas del ICE, Segundo piso. Teléfono: 2495-6670 / 2495-6675 Fax: 2494-4669. Correo electrónico:
gre-jfamilia@poder-judicial.go.cr. En este proceso una
de las partes es una
persona adulta mayor, por
lo que se solicita se atienda
la gestión de manera prioritaria, eficiente y eficaz.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia, (Materia de Familia).—Licda. María
Magdalena Alfaro Barrantes, Juez(a).—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017 JA.—( IN2022659978 ). 3
v. 3.
Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza, Juzgado de Familia de Grecia. Se cita
y emplaza a Gloriana Espinoza Esquivel y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor. Expediente
22-000314-0687-FA, en el cual se dictó la resolución de las once horas con cuarenta
minutos del cuatro de mayo del año
dos mil veintidós, la cual
dice: De las presentes diligencias de depósito de la persona menor Jordán Brenes Espinoza, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres
días a Gloriana Espinoza Esquivel y Jefry Ricardo Brenes Lara, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Notifíquese esta resolución a Jefry Ricardo Brenes Lara, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; Grecia. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial,
se notificará a la Señora Gloriana
Espinoza Esquivel y se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro
del plazo de treinta días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Se deposita provisionalmente a la persona
menor de edad Jordán Brenes Espinoza, bajo la responsabilidad de la Señora
Marcelina Clotilde Lara Gómez, quien deberá presentarse a este Despacho
a aceptar dicho cargo, dentro del plazo de tres días. publíquese tres veces. A las trece horas con veintitrés minutos del cuatro de mayo del año
dos mil veintidós. 04 de mayo del año
2022. Expediente N°22-000314-0687-FA. Clase de Asunto Actividad Judicial No Contenciosa
Depósito
Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes,
Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022660561 ). 3
v. 2
Licda. María
Magdalena Alfaro, Juez, Juzgado
de Familia de Grecia. Se cita y emplaza
a María José Gómez Suárez y Eyner José Corrales Sequeira y todas las personas que
tuvieren interés en el depósito
de la persona menor (incapaz)
Ruby Concepción y José Gulberto ambos de apellidos
Corrales Gómez, dentro del proceso
de Depósito Judicial número
22-000336-0687-FA se dictó la resolución
de las siete horas con cincuenta
y seis minutos del nueve de
mayo del año dos mil veintidós,
la cual dice: De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Ruby Concepción y José Gulberto
ambos de apellidos Corrales Gómez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres
días a María José Gómez Suárez y Eyner José
Corrales Sequeira, a quienes
se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Deposito Provisional: Tal y como
lo solicita la parte actora y siendo procedente su solicitud,
se ordena el depósito provisional de los menores Ruby Concepción y José Gulberto
ambos de apellidos Corrales Gómez, bajo el cuidado y responsabilidad
de la señora Margoth De Los
Ángeles Gómez Suárez, quien
deberá presentarse a este Juzgado
a aceptar dicho cargo dentro del plazo de tres días. Notificación por edicto: Notifíquese
a las partes los señores María José Gómez Suárez y Eyner José Corrales Sequeira y se
emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, que por medio de edicto, que se publicará por tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial,
se cita, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes,
Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660626 ). 3 v.1.
Se avisa al señor Orlando Gerardo
Sosa Sosa, mayor, costarricense,
cédula de identidad N° 0602740630, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado
se tramita el expediente N° 22-000140-1146-FA, correspondiente
a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas
por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad: Neydelin Damaris Sosa Araya. Se le concede el plazo de tres
dias, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Familia de Puntarenas.—MSc. Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660562 ).
Se avisa a la señora Jessica Ugalde
Miranda, mayor, costarricense, cédula de identidad número 0206620834, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado
se tramita el expediente N° 20-001122-1146-FA, correspondiente a Diligencias no Contenciosas
de Depósito Judicial, promovidas
por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Logan Jondayme Herrera Ugalde, Danver Hidan y Tailon Yuritbe ambos Ugalde Miranda. Se le concede el plazo de tres
días, para que manifieste su
conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022660565 ).
Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez, se encuentra la sentencia numero 2022000240 diez horas treinta y nueve minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós, que literalmente dice: “Juzgado de
Familia de Cañas, Guanacaste, a las diez horas treinta y nueve minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós. Proceso abreviado de divorcio establecido por Johnny Eskarleth Mena Ramírez c.c. Honyel Eskarleth Sauma Ramírez, mayor
de edad, casada en primeras nupcias,
ama de casa vecina de Barrio Bello Horizonte, Cañas, Guanacaste, cédula de identidad
cinco-doscientos ochenta y nueve-doscientos doce, contra Guoan Rong Zheng, mayor, casado en primeras nupcias,
de nacionalidad china, Pasaporte de su país P 141165576, con domicilio desconocido. Interviene como Curador Procesal
del demandado el Licenciado Gerardo Andrés Camacho Quirós, mayor de edad, abogado, vecina de Liberia,
Guanacaste.”
Resultando:
I) ....-
II) ...-
III) ...-
IV) ...-
Considerando:
I. Hechos probados: De
importancia en la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) ..., b) ... c)...
II.- Fondo del asunto:
III.- IV.- ..., V.-..., VI..., Por tanto:
Lo expuesto, artículos citados, numerales 221, 420 y siguientes del Código Procesal
Civil, 48 Inciso 8 del Código de Familia se declara con lugar el presente proceso
abreviado de divorcio de
Johnny Eskarleth Mena Ramírez c.c. Honyel Eskarleth Sauma Ramírez contra Guoan Rong
Zheng. Se declara la disolución
del vínculo conyugal. Sin
pronunciamiento, guarda, crianza
y educación y la patria potestad
por no haber mérito para ello. Bienes gananciales: el vehículo placas
HSJ 009 se excluye como
bien ganancial, por haber sido adquirida
antes del matrimonio, por
lo que deberá de variarse el estado civil de la actora al margen de inscripción del vehículo indicado de casada una vez a divorciada
una vez. Ninguna de las partes tiene obligación alimentaria para
con la otra. En consecuencia, firme la presente sentencia ordénese anotar el divorcio al Tomo sesenta y ocho, Folio trescientos veintiséis,
Asiento seiscientos cincuenta
y dos, de la Sección de Matrimonios
del Registro Civil de la provincia
de Heredia. Se condena en costas personales y procesales a la parte demandada de conformidad con el artículo 221 del Código Procesal
Civil. En razón de ser la demanda ausente se ordena publicar la parte dispositiva de la presente sentencia en el Boletín
Judicial o en un diario
de circulación nacional por una sola vez.
Lic. Luis Fernando Saurez
Jiménez, Juez. Expediente
N° 20-000162-0928-FA. Proceso abreviado
de divorcio, establecido por Johnny Eskarleth Mena Ramírez
contra Guoan Rong Zheng. Se ordena
publicar la sentencia de la demanda en el Boletín
Judicial o en un diario
de circulación nacional por una sola vez.
“A fin de que sea publicado
por única vez, en el
Boletín Judicial, en
cualquier momento y, exonerado de cualquier impuesto o pago, y basado en el
Principio de Gratuidad, de conformidad
con el artículo 6 del
Código de Familia.”.—Juzgado
de Familia de Cañas, Guanacaste, Cañas,
30 de junio del 2022.—Lic.
Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez
Decisor.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022660627 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el
expediente número 21-000559-1304-FA, Floribeth Ugalde
Mora, solicitan se apruebe la adopción nacional individual de la persona menor Oriel Alejandro Carranza Vallecillo. Se concede a los
interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito
donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en
que fundamenta la misma. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Familia Y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur
(Corredores) (Materia Familia), 27 de junio del año 2022.—Lic. Juan Carlos
Sánchez García, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660629
).
Se avisa que en este
Despacho bajo el expediente N° 22-000349-0687-FA, adopción,
Ana Yensy Jarquín Mena, solicitan
se apruebe la adopción de
la persona menor: Kembly Shantal Navarro Villalobos. Se concede a los interesados el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos
de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Publíquese una vez. Nota:
de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia, (Materia de Familia), 9 de mayo
del 2022.— Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660634 ).
Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace
saber a Sergio García Del Sol, documento de identidad N° 66032316641, casado,
vecino de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente número
17-000249-0186-FA donde se dictó
sentencia de primera instancia N° 2022000220, resolución
de las ocho horas diecinueve minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintidós, cuya parte dispositiva literalmente dice: Por tanto: Por las razones
expuestas y citas legales invocada, se declara con lugar la demanda abreviada de nulidad de matrimonio, incoada por Guillermo Fernández Lizano, representante legal de la
Procuraduría General de la República en contra de Sergio Carciga del
Sol; en consecuencia: 1. Se
anula el matrimonio de las partes, así como la inscripción
de dicho matrimonio citas 1-0492-289-0577; comunicándose
al Registro Civil mediante certificación o ejecutoria. 2. Se
anula todo tramite de naturalización presente o futuro formulado por el
demandado Sergio Carciga
Del Sol. 3. Se anula todo acto preparatorio presente o futuro emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería, tendente a otorgar la residencia al señor Sergio Carciga del Sol, producto del matrimonio nulo. 4. Una vez firme este fallo,
se ordena pagar a la Licda. Diana Chaves Araya, cédula 109310169, por concepto de honorarios y por parte de la Administración de Tribunales, la suma de setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones; de los cuales ocho mil cuatrocientos cincuenta colones corresponde al 13% del impuesto valor agregado, sin necesidad de resolución
posterior. 6. Por ser esta demanda
con curadora procesal, debe publicarse una vez la parte
dispositiva de esta sentencia en el
Boletín Judicial. 7. Se resuelve
sin especial condenatoria en
costas. Hágase saber. MSc.
Patricia Méndez Gómez, Jueza. Lo anterior se ordena así en
proceso nulidad matrimonio de Estado contra Sergio García Del Sol. Expediente Nº 17-000249-0186-FA. Nota:
Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida
por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de
San José, 25 de febrero del 2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022660928 ).
Licenciada Grace Cordero Solórzano, Jueza del Juzgado Segundo de
Familia de San José, a Denis Alexandra Estrada Acuña,
mayor, colombiana, pasaporte:
PCC44000078, demás calidades
desconocidas, representada por el Lic.
César Antonio Hines Céspedes, curador
procesal, se le hace saber
que en demanda proceso abreviado de nulidad de matrimonio, expediente: 21-000967-0187-FA, establecida
por contra David Jiménez Acuña,
se ordena notificarle por edicto, la sentencia N° 2022000726, de las doce horas veintitrés minutos del cinco de julio de dos mil veintidós que en lo conducente dice: Por tanto:
por las razones expuestas y citas legales invocada, se declara con lugar la demanda abreviada de nulidad de matrimonio, incoada por la Procuraduría General de la República en
contra de Denis Alexandra Estrada Acuña y David
Jiménez Acuña; en consecuencia: 1.- Se anula el matrimonio de las partes, así como
la inscripción de dicho matrimonio según las siguientes citas:
1-0489-257-0514; comunicándose al Registro
Civil, mediante certificación
o ejecutoria. 2.- Se anula todo trámite de naturalización presentado por la demandada Denis Alexandra
Estrada Acuña. 3.- De existir,
se anula todo acto preparatorio emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería, tendente a otorgar la residencia a la señora Denis Alexandra Estrada Acuña,
producto del matrimonio nulo. 4.- Una vez firme este fallo,
se ordena pagar a Lic. César Antonio Hines Céspedes,
cédula N° 0700610989, por concepto
de honorarios, la suma de
84.750,00, por parte de estos tribunales, monto al cual se le debe rebajar el
13% del impuesto de valor agregado
IVA, sea la suma de nueve
mil setecientos cincuenta colones, sin necesidad de resolución posterior. 5.- Por ser esta
demanda con curador procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva
de esta sentencia en el Boletín
Judicial. 6.- Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Nota: publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.- Los plazos comenzarán
a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida
por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660931 ).
Licenciado Carlos Miguel García
Araya. Juez del Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia), a Juan Alberto Hoyos Castro, quien es mayor, colombiano, de paradero desconocido, pasaporte
PCC70556159, representado dentro
de éste asunto por la curadora Licda. Zulma Margarita Reyes Zúñiga,
se le hace saber que en proceso Procesos Especiales de Filiación, establecido por Yerlyn Daniela Caisedo Álvarez, se ordena notificarle por edicto, La Sentencia que en lo conducente dice: Se homologa el acuerdo de las partes y se declara al señor Luis Steven Alpízar Solano,
como padre Biológico de las
personas menores de edad
Deyan Angellin y Deyani
Stacey, y en adelante llevará el apellido
de su padre Alpízar, y serán llamadas Deyan Angellin y Deyani Stacey ambas apellido Alpízar Caisedo. Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia), a las catorce
horas dieciocho minutos del
veintidós de junio de dos
mil veintidós. Proceso Procesos Especiales de Filiación, Establecido por Yerlyn Daniela Caisedo Álvarez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la Corte
el 22 de junio de 2009, se
le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente 19-000178-1534-FA. Notifíquese.—Juzgado de Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita
(Materia Familia).—Lic. Carlos Miguel García
Araya. Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660981 ).
MSC. Johanna
Vargas Hernández, Jueza del Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Familia), a Ricardo Gómez Suarez, en su carácter
de interesado, de quien se desconoce su paradero,
dirección y datos personales, se ordena notificarle por edicto, que en procesos especiales - autorización de salida del país de persona menor de edad, expediente N°
19-0001181304-FA, establecido por
Brigitte Michelle Hubbard Fernández, se dictó la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Familia), a las diez
horas y treinta y siete minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno. I
(...), II.- En acatamiento
de lo anterior; se tiene por
establecido el presente trámite de conflicto de autoridad parental en su modalidad
de autorización de salida
del país de persona menor
de edad, promovido por Brigitte Michelle Hubbard Fernández, en favor de la persona menor de edad: Ethan Gómez Hubbard. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Ricardo Gómez Suárez, a quien se le previene que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20
del 29 de enero de 2009.- Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 1692008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente,
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del poder judicial: http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. II.- (...). Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez
como parte al Patronato Nacional de la Infancia.
A efecto de resolver oportunamente la gestión se convoca a las partes a una audiencia de conciliación y pruebas que se realizará en la sede de este
Juzgado a las diez horas
del trece de diciembre de
dos mil veintiuno (10:00 a.m. - 13/12/2021) (artículo 151 del Código de Familia). Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Se advierte a la parte actora, que con respecto a los testigos ofrecidos, debido a la supuesta ausencia del padre del menor, deben referirse sobre el ultimo paradero de este, además de los hechos
por los cuales
se solicita la autorización
de salida. Posterior a esta diligencia, sin perjuicio de
la potestad de ordenar prueba para mejor resolver, se dictará la resolución de fondo. III.- Notifíquese esta resolución a la parte promovente en su medio señalado.
Al ente aludido, en sus oficinas en esta ciudad.- Con respecto al padre de la persona menor
de edad de interés, tomando en consideración
que el mismo es padre ausente, no tiene comunicación con la persona menor
de edad, no existe un vínculo afectivo cercano entre padre e hijo y siendo que en caso
de otorgar el trámite de las presentes
diligencias, contribuirían en
una alternativa de recreación personal para el niño dentro de su desarrollo integral al lado de su madre
y no resultando violatorio
a los derechos que ostenta el señor Ricardo Gómez Suárez, se ordena notificarle la presente resolución por medio de edicto que se publicará por única
vez en el
Boletín Judicial, a fin de que se agote la posibilidad de comunicación pertinente a peste asunto que en cuanto a lo que se pretende, no le suspende, restringe o modifica los derechos que como padre puede ostentar en caso de interés
en la crianza y educación de su hijo. Procédase con la confección del edicto de notificación. Una vez conste en autos la publicación correspondiente, se ordenará señalar la audiencia de recepción de pruebas correspondiente. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia
Familia).—MSC. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660986 ).
Licenciada Angie Loría
Gamboa, Jueza del Juzgado Civil, Trabajo, Familia,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica
de Sarapiquí (Materia Familia), hace
saber a Darwin Aldreny Zorrilla
Carrasco en su carácter personal, quien es
mayor, soltero, conductor de taxis, domicilio desconocido, cédula
121400157709 que en procesos
especiales [Salida del País], establecido
por Lindsay Fabiola Álvarez Chavarría
contra Darwin Aldreny Zorrilla
Carrasco, que se tramita en
este despacho, bajo la sumaria número 22-0001071343-F.A,
se encuentra la resolución
de las resolución dictada a
las catorce horas dieciséis
minutos del seis de abril
de dos mil veintidós que en
lo que interesa dice: Se tiene
por establecido el presente trámite
de conflicto de autoridad
parental (Permiso de Salida del País de menores de edad) promovido por Lindsay Fabiola
Álvarez Chavarría. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Darwin Aldreny Zorrilla Carrasco, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.-
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.-” Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este
sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a
las demás partes interesadas. Téngase a su vez como
parte al Patronato Nacional
de la Infancia. A efecto de resolver oportunamente
la gestión se convoca a las
partes a una audiencia de conciliación, recepción de pruebas y entrevista de las
personas menores de edad Weshlyn Alana Zorrilla Álvarez y
Danny Jean Pierre Zorrilla Álvarez que se realizará en la sede de este Juzgado
a las diez horas y cero minutos
del cuatro de mayo de dos mil veintidós (10:00 Hrs.
del 04/05/2022) (artículo 151 del Código de Familia).
Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Posterior a esta diligencia, sin perjuicio de
la potestad de ordenar prueba para mejor resolver, se dictará la resolución de fondo. Así mismo
de conformidad con el “Protocolo para la realización de
Audiencias Virtuales por Medios Tecnológicos en la Jurisdicción de Familia”, dicha audiencia se llevará a cabo mediante la aplicación denominada Microsoft
Teams; (se realizará al menos
quince minutos antes de la hora de inicio de la citada audiencia
oral las pruebas para verificar
la conectividad así como los demás
aspectos necesarios para la
debida realización del acto procesal). Los requerimientos técnicos necesarios para que este Despacho proceda a contactar a las partes será mediante un dispositivo móvil (teléfonos y tabletas) o bien equipo tipo computadora
portátil o de escritorio,
que cuenten con conexión a internet para todos los casos,
micrófono y cámara digital.
Aunado a ello se le informa a las partes así como a cada
una de las personas que asistirán
a la audiencia, que deberán indicar
su consentimiento expreso para la audiencia virtual y suministrar
un correo electrónico con
la finalidad de incluirlos en la plataforma Teams dentro de tres días, de manera que se remitirá la dirección o link para realizar la
diligencia al correo suministrado.
Asimismo, si alguna de las partes se opone a la realización de la
audiencia virtual, estarán en
el deber de motivar ante este despacho las razones de su negativa, o bien, no cuente con las herramientas para
acceder a la plataforma Teams deberá
informarlo al Juzgado, dentro del mismo plazo de tres días. Así mismo las partes
deberán adoptar las previsiones necesarias para su adecuada participación,
será obligatorio para las partes y sus abogados (as) asistir
a los señalamientos de
audiencias orales por medios tecnológicos, con las excepciones que indica el protocolo de audiencias y se advierte
que si antes de la hora señalada
para la audiencia se presenta algún
inconveniente que impida su celebración están en la obligación
de informarlo de forma inmediata
a este Tribunal. Cuando se trate de personas en condiciones de vulnerabilidad o necesidades especiales, se tomarán las previsiones para la participación
en la audiencia oral, conforme
a los avances tecnológicos y las políticas institucionales de accesibilidad.
Para ello, se deberá considerar lo establecido en la circular número 173-2019 de
la Corte Suprema de Justicia. En caso
de que por motivos justificados, alguna de las
personas que deban intervenir
en la audiencia, no cuenten
con los medios tecnológicos para ello, a criterio del tribunal, se podrá citar a la persona a un espacio adecuado en el
asiento del tribunal u otra oficina
judicial cercana al domicilio
de esta, para su realización. Por otro lado, se hace ver
a las partes que, en caso de aportar prueba para mejor resolver, debe estar disponible previo al señalamiento incorporado de forma electrónica en el expediente
(Sistema de Gestión n Línea).
En caso de requerir alguna de las partes contactarse a este Despacho
lo podrá hacer a los siguientes medios Teléfonos 2766-7193 o al correo electrónico hdajmixto- arapiqui@poder-judicial.go.cr. Se le solicita a los abogados (as) de
las partes indicar sus números de teléfono a fin de poderles contactar de forma eficaz y expedita. Para finalizar, en caso
que la diligencia se lleva a cabo
en este Juzgado
se le advierte a las partes
que para la realización de la audiencia deberán cumplir con lo siguiente: 1) El día de la audiencia deberán
todas las partes traer puesta su
propia mascarilla, o bien, colocársela antes de ingresar a
las instalaciones del Poder
Judicial. 2) Lavarse correctamente
las manos antes de ingresar. 3) A la audiencia deberán presentarse únicamente las personas que han sido convocadas, no se dejaran ingresar acompañantes, salvo que se trate
de adultos mayores, menores de edad convocados a la audiencia, personas con alguna
discapacidad, o alguna otra situación especial, la cual deberá ponerla
en conocimiento al oficial de seguridad para su valoración. 4) Respetar los espacios
señalados para su estancia en el Juzgado,
no debiendo realizar aglomeraciones en los pasillos. 5) También se les solicita que, en caso de presentar síntomas respiratorios, o algún riesgo importante,
informarlo de inmediato al Juzgado y realizar la correspondiente justificación por escrito, para proceder a la suspensión de la
audiencia. Notificaciones: Por desconocer
la parte actora el paradero del demandado, se ordena notificar la presente resolución a Darwin Aldreny Zorrilla Carrasco por medio de por medio de edicto, que se publicará por una
única vez en el Boletín
Judicial. Notifíquese. Msc.
Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.
Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo,
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia
Familia), a las ocho horas trece
minutos del once de julio
del dos mil veintidós.—Licda.
Angie Loría Gamboa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022660987 ).
Msc. Kensy Carolina Cruz Chaves. Jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, los señores Eduardo Rodolfo Caravaca Arias, Costarricense, estado civil: divorciado, cédula
de identidad número:
7-091-0287, edad en años cumplidos: 53 años, ocupación: Chofer de vehículo pesado, sexo: masculino,
nacido en: provincia: Limón, en fecha: 13/07/1968, vecino Limón,
entrada Santa Rosa, 250 suroeste frente
a bomba de agua, casa de cemento color beige y ANA María De Las Piedades
Rodríguez Rodríguez, Costarricense,
estado civil: viuda, cédula
de identidad número:
5-245-732, edad en años cumplidos: 53 años, ocupación: taxista, sexo: femenino, nacida en: Guanacaste, en fecha: 15/12/1967, vecina de
Almendros, 25 metros antes de la chicharronera casa
de cemento blanca a mano izquierda. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente. Nº22-000443-1152-FA. Publíquese
una vez. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 30 de junio del
año 2022.—Msc. Kensy Carolina Cruz Chaves, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022660662 ).
Han comparecido ante este
Juzgado de Familia de Heredia, solicitando
contraer matrimonio civil:
Diana Carolina Villalobos Salazar, mayor, soltera,
ama de casa, 30 años de edad,
vecina de Heredia, Los Sauces en
Guararí, la radial casa número
9, cédula de identidad 4 0215 0152, nacida en Heredia 18/05/1992, hija de Allin Gerardo Villalobos
Robles y Dulce María Salazar Cárdenas y Stiven Alberto Sojo
Carvajal, mayor, soltero, mantenimiento
en la Municipalidad de Heredia, 29 años de edad, vecino
del mismo domicilio
anterior, cédula de identidad número
4 0218 0746, hijo de Jose Alberto Sojo
Arley y Ana Cecilia Carvajal Jara.
Expediente: 22-001104-0364-FA. Si alguna
persona tuviere conocimiento
de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este Despacho Juzgado de Familia de Heredia, dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Nota: de conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado
Familia de Heredia, 05 de julio del 2022.—MSc.
Pablo Amador Villanueva, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017JA.—( IN2022660663 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Kenneth
Andrés Rodríguez Guadamuz, mayor, soltero/a,
Oficial de Seguridad,
cédula de identidad número
0503990798, vecino(a) de Cañas,
Barrio Chorotega uno, casa 3-P, casa color blanca, hijo(a) de Jeannette Guadamuz
Herrera y Carlos Antonio Rodríguez Arce, nacido(a) en Centro Liberia Guanacaste, el
10/08/1994, con 27 años de edad,
e Yosselinne Valeria Aguilar Sequeira,
mayor, soltero/a, Panadero(a), cédula de identidad número 0504130421, vecino(a) de Cañas, Barrio San
Antonio, 250 metros al norte del antiguo
CNP casa color blanca, hijo(a)
de Yorlennie Sequeira Sequeira y Arnoldo Aguilar Segura, nacida
en Centro Liberia Guanacaste, el
14/11/1996, actualmente con 25 años
de edad, teléfono: 6044
9680/ 8772 9438. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000189-0928-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas,
20 de junio del año 2022.— Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez,
Juez.—
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022660664 ).
Ante mi notaría ubicada en San José, Barrio Luján, 150 metros sur de la Oficina Central del Patronato
Nacional de la Infancia, N° 1453, comparecen:
Sebastián Montoya Gutiérrez, mayor, soltero, oficio comerciante, nacionalidad colombiana, identificada con pasaporte de su país número:
PE185297, edad: 39 años, nacido en Medellín, Colombia, 05 noviembre de 1982, hijo de:
William Montoya Valencia, y María Cecilia Gutiérrez Lopera, ambos de nacionalidad colombianos; y Xinia Jennifer Solís Somarribas,
mayor, soltera, oficio del hogar, costarricense, identificada con cédula: 1-1113-0627, edad:
40 años, nacida en San José, Central, Uruca, hija de Daniel Solís Herrera, y Xinia
Somarribas Leiva, ambos costarricenses, ambos vecinos de
San José, Hatillo cinco, alameda once, casa 293. Solicitan contraer matrimonio civil, se hace la publicación conforme al artículo 26 del Código de Familia. Si alguna
persona tuviere conocimiento
de la existencia de causa legal y/o impedimento para la realización
del matrimonio de los solicitantes, deberá manifestarlo a la notaría en la dirección señalada, bien podrá hacerlo mediante correo electrónico:
jubeda@abogados.or.cr, teléfono: 8783-1805, dentro del plazo de ocho días naturales contados a partir de la publicación del edicto.—San
José, 08 julio 2022.—Lic.
José Miguel Úbeda Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2022660914 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil,
William Mora Guerrero, mayor, soltero, electricista, 42 años de edad, cédula de identidad número 110430395, vecino de
Heredia, San Francisco, La Milpa, del abastecedor El
Mirador 100 metros norte, 25 metros oeste, casa H-45, nacido en San José, en fecha 25/08/1979, hijo de
Elizabeth Guerrero Barahona y Jorge Alberto Mora Delgado; y Ilenia Lucía Arronis Ruiz, mayor, divorciada,
ama de casa, 35 años de edad,
cédula de identidad número
112990792, vecina de Heredia, San Francisco, La Milpa,
del abastecedor El Mirador 100 metros norte, 25 metros oeste, casa
H-45, nacida en San José, fecha 14/11/1986, hija de Rodolfo
Martín Arronis Castro y Rita Isabel Ruiz Lorio. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-001359-0364-FA. Nota:
De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de
Heredia, Heredia, fecha, 24 de junio del año 2022.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022660956 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio, el señor Edwin Lucio Baltodano Tijerino, mayor, divorciado, guarda de seguridad privada, cédula de identidad número 0203700133, nacido en San José Upala Alajuela, el 24/02/1962,
con 60 años de edad, y la señora Margarita Baltodano Ulloa,
mayor, soltera, cocinera,
cédula de identidad número
0204350495, nacida en Upala Grecia Alajuela, el
01/09/1967, actualmente con 54 años
de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000421-0938-FA. Nota: Para que sea
publicado por una única vez.
De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia),
Liberia, fecha,
28 de junio del año 2022.—Msc. Marcela González Solera, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022660990 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Alondra De Los Ángeles Arroyo Montenegro, mayor,
soltera, ama de casa, vecina de San Rafael de Oreamuno, Vista Hermosa, casa H
9, cédula de identidad número 0305090871, hija de Yahaira del Carmen Arroyo
Montenegro, nacida en Oriental Central Cartago, el 28/04/1998, con 24 años de edad
y Kevin Jossue Fernández Cardoza, mayor, Soltero,
repartidor, vecino de Caballo Blanco, del Mac Donald´s
25 metros al este y 75 metros al sur, casa de color blanca con verjas negras,
cédula de identidad número 0118350156, hijo de Luis Diego Fernandez
Vargas y Leonor Cardoza Martínez, nacido en hospital central San Jose, el
14/02/2002, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que
este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº22-001123-0338-FA. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cartago,
Cartago, 20 de mayo del año 2022.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661012 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Ángel Lorenzo Hernández Castañeda,
mayor, viudo, pescador,
cédula de identidad número
0503090577, vecino de Gte.,
Santa Cruz, El Llano, de la antigua Bomba 500 metros al norte, hijo de Sayda Castañeda
Marchena y Rafael Ángel Hernández Arias, ambos costarricenses, nacido en Centro Nicoya Guanacaste, el
01/02/1979, con 43 años de edad,
tengo un hijo menor de edad de nombre Ángel Yandel Hernández Avendaño de 15 años de edad y Anielka Llanes Silva, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número nicaragüense 284-030690-0000V, vecina
de Gte., Santa Cruz, El Llano, de la antigua Bomba 500 metros al norte, hija de Juana Cecicilia Silva Murillo y Roger Justino Llanes
López ambos nicaragüenses, nacida
en Nicaragua en La Paz
Centro, el 03/06/1990, actualmente
con 31 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000127-0776-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz
(Materia Familia), Santa Cruz, 14 de junio del año 2022.—Licda. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022661022 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Miriam Yadira
Arburola Flores, mayor, Divorciado/a, Oficios Domésticos, cédula de identidad
número 0108980471, vecina de Buenos Aires, Urbanización Las Vegas, casa N° 19-A, hija de Adriana Flores Gómez y Leopoldo Arburola
Moya, nacida en San Isidro Pérez Z San José, el 11/10/1974, con cuarenta y
siete años de edad, y Osvaldo Rojas Fuentes, mayor, Soltera, Peón de
explotaciones agrícolas, cédula de identidad número 0603840712, vecino de
Buenos Aires, Urbanización Las Vegas, casa N° 19-A,
hijo de Ana Matilde Fuentes Cordero y Selim Rojas Elizondo, nacido en Cortes
Osa Puntarenas, el 03/12/1989, actualmente con treinta y tres años de edad Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000098- 1552-FA. Nota: De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22
de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que
rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos
Aires (Materia Familia), Puntarenas, Buenos Aires, Fecha, 24 de junio del
año 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022661058 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Adelicio Jiménez Sandí, mayor, divorciado/a,
pensionado(a), cédula de identidad número 0104600067, vecino(a) de
Buenos Aires, El Socorro de Brunka, 800 metros al norte de la Escuela del lugar, hijo(a) de Corona Sandí Valverde y Rodrigo Jiménez Castro,
nacido(a) en San Rafael, Tarrazú, San José, el
04/05/1956, con sesenta y seis años
de edad; y Margarita Yohanna
Ortiz Torres, mayor, soltero/a, oficios
domésticos, cédula de identidad
número 0604420591, vecino(a)
de Buenos Aires, El Socorro de Brunka, 800 metros al norte de la Escuela del lugar, hijo(a) de Griselda Torres Ortiz y Edvin Ortiz Torres, nacida en Potrero Grande, Buenos
Aires, Puntarenas, el 12/10/1997, actualmente
con veinticuatro años de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio Puntarenas, Buenos Aires. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000091-1552-FA. Publíquese por
una sola vez. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), Puntarenas, Buenos Aires, 16
de junio del año 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022661060 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
Jonathan Gerardo Zúñiga Chavarría, mayor,
divorciado, inspector, cédula de identidad
número 0113560929, vecino
de Buenos Aires, Los Ángeles de Volcán,
300 metros noreste de la Escuela Pavones,
casa de cemento color verde
agua, hijo de María de Los Ángeles Zúñiga Chavarría, nacido en San Isidro Pérez Zeledón San
José, el 01/07/1988, con treinta
y tres años de edad, y Melissa Tatiana Retana
Padilla, mayor, soltera, oficios
domésticos, cédula de identidad
número 0604070563, vecina
de Buenos Aires, Los Ángeles de Volcán,
300 metros noreste de la Escuela Pavones,
casa de cemento color verde
agua, hija de Luz Mirian Padilla Garro y Victor
Manuel Retana Vargas, nacida
en Palmar Osa Puntarenas, el 30/12/1992, actualmente con veintinueve años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000072-1552-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), Puntarenas, Buenos
Aires, 18 de mayo del 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022661061 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Adrián
Roberto Quiel Beita, mayor,
soltero, transportista,
cédula de identidad número
0113190946, vecino de Buenos Aires, Urbanización Lomas, casa N° 118, hijo
de Nora Beita Vidal y Leonel Quiel
Reyes, nacido en San Isidro
Pérez Zeledón, San José, el 25/06/1987, con treinta y cinco años de edad,
y María Nuria Espinoza Mayorga, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número
0603980161, vecina de Buenos Aires, Urbanización
Lomas, casa N° 118, hijo de Cecilia Mayorga Ortiz y
Miguel Espinoza Quirós, nacida en
Centro Buenos Aires Puntarenas, el 09/10/1990, actualmente con treinta y un años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Publíquese por una sola vez.
Expediente N° 22-000105-1552-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), Puntarenas, Buenos Aires, fecha, 04 de julio del año 2022.—Lic. José Francisco Azofeifa
Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661062 ).
Se orden devolver motocicleta y publicar edicto. Fiscalía Auxiliar de la Fortuna, al ser las quince horas treinta y cinco minutos del ocho de julio de dos mil veintidós. Luego de un estudio de los autos, se desprende
que en la presente causa
penal N° 22-000076-1185-PE, contra Isaías Hernández Madrigal, por el delito
de falsificación de señas y
marcas en perjuicio de La Fe Pública, se decomisó un vehículo automotor, mismo que se encuentra en custodia de la Depósito de Vehículos Decomisados a la orden de esta Fiscalía Fortuna, siendo que el artículo
200 del Código Procesal Penal, señala
que es obligación de las autoridades
devolver a la persona legitimada
los objetos secuestrados no sometidos a comiso, restitución o embargo después de realizadas las
diligencias para las cuales se obtuvieron
-devolución que podrá ser
provisional o definitiva-, se ordena
la entrega definitiva de una motocicleta marca placa MOT 504517, marca Serpento, estilo: Forza, año de fabricación: 2016, número de marco: LV7MKA402GA901061, número
de motor: 162FMJ1606902948, a su propietario
registral o bien a quien demuestre
ser su legítimo propietario, debiendo aportar la certificación
registral y demás documentos
que lo demuestren. En otro orden de ideas, ante la imposibilidad material de localizar
por los medios
idóneos a Roxana León Marín, dueño
registral de dicha motocicleta,
se ordena la publicación de
un único edicto en el Boletín
Judicial, siendo que al transcurrir
tres meses naturales a partir
de su publicación, sin que exista reclamo alguno, se solicitará el comiso a favor del Estado de
la motocicleta indicada. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida
por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese.—Fiscalía Auxiliar de
La Fortuna.—Randall Miranda Gómez, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022660957 ).
Que en la causa
20-000363-1220-PE, seguida contra Manuel Morejón Hernández, por el delito de
falsedad ideológica, en perjuicio de sucesión de María Esther Vargas Segura. Se
pone en conocimiento y se cita para audiencia preliminar a sucesión de María
Esther Vargas Segura en calidad de ofendidos, que este despacho mediante
resolución de las doce horas y veintinueve minutos del veintidós de junio del
año dos mil veintidós, señaló audiencia preliminar el día diez de octubre del
año dos mil veintidós, a las diez horas y treinta minutos; Por lo que se
procede a comunicar por medio de Edicto por una única ocasión y de conformidad
con los numerales 316, 317 del Código Procesal Penal se concede el plazo de los
cinco días la disposición de las partes, actuaciones y evidencias reunidas
durante la investigación por parte del Ministerio Público para que las examine
pudiendo realizar cualquiera de las gestiones indicadas en los artículos
mencionados de la normativa procesal penal y/o proponer medidas alternas
indicadas en el artículo 297 del mismo cuerpo legal mencionado. No omite
indicarse que de conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos. Ejecútese lo dispuesto y emítanse las comunicaciones de
rigor a la Procuraduría Judicial, una vez firme esta resolución. Expediente:
20-000363-1220-PE imputado: Manuel Morejón Hernández ofendido: sucesión de
María Esther Vargas Segura, delito: falsedad ideológica. Notifíquese.—Juzgado
Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las catorce horas
catorce minutos del ocho de julio del año dos mil veintidós.—Licda. Kimberly
Arley Elizondo, Jueza Penal.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660982
).
Al ser las 13:50 horas del 04 de julio del 2022,
se comunica que en el legajo principal N°
200001010305PE, seguido contra Kevin Alvarado Tencio, por el
delito de receptación, en perjuicio de la administración de justicia,
de conformidad con el artículo 162 del Código Procesal
Penal, se le comunica a Jorge Luis Ortega García, cédula de residencia N° 115590081, en su condición de dueño
registral de la Moto Placa: 634066, Marca: Serpento, Estilo: Yara R, que por haberse ordenado
así en esta
sumaria y ante la necesidad
de hacerle devolución de dicho bien, que se encuentra decomisado en el
depósito de vehículos, debe presentarse ante la Fiscalía Adjunta de Alajuela, en el plazo
de ocho días desde la presente publicación, con el fin de hacerle devolución de dicho bien. Se
publica por una sola vez en el
Boletín Judicial. Notifíquese.
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Fiscalía Adjunta del
Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Allan
González Navas, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022661020 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita
la causa número 21-000224-0801-PE seguida
contra Elmer Rodolfo Obregón Castellanos en perjuicio de la salud pública por el
delito de transporte internacional de droga. Mediante sentencia de proceso especial abreviado número 2022-000130 de
las quince horas del diecinueve de abril de dos mil veintidós, se ordena la devolución de un semiremolque marca Utility, estilo LSWX15-2, serie 39201, placa S030951 inscrito a nombre de Importadora y Exportadora A&B Aquarius Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-777821. Se ordena dicha devolución a quien haga su
reclamo debidamente fundado, caso contrario,
vencido el plazo de tres meses contados a partir de la publicación del presente edicto, sin mediar gestión o reclamo alguno, se dispondrá el comiso de dichos
bienes a favor del Instituto Costarricense
sobre Drogas de conformidad
con los artículos 83 y 90
de la Ley 8204, y con ello se ordenará
la inscripción en el Registro a favor de dicha entidad. Expediente N° 21-000224-0801-PE. Nota:
Publíquese este edicto por una
sola vez. En virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Tribunal
de Juicio del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas cinco minutos del siete de julio del dos mil veintidós.—Licda. Stephanie Rebeca Carrillo Molina, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661023 ).