BOLETÍN JUDICIAL 132 DEL 14 DE JULIO DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

AVISO N° 12-2022

ASUNTO:    Modificación del nombre oficial de la República de Turquía, a “República de Türkiye”.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 51-2021 celebrada el 16 de junio de 2022, artículo LIII, dispuso comunicar a todos los despachos judiciales del país, lo informado mediante oficio N° DGP-1434-2022 del 03 de junio del 2022, suscrito por el señor Istvan Alfaro Solano, Director General de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en el que informa sobre la modificación del nombre oficial de la República de Turquía a “República de Türkiye”. De conformidad con la circular No. 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una única vez en el Boletín Judicial. Refs.: (6631-2022).

San José, 7 de julio de 2022.

                                            Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez

                                           Subsecretario General interino

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661011 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de David Alfredo González Martínez 155817256408, fallecido el 07 de diciembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el Número 22-000031-1516-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000031-1516-LA. Por a favor de David Alfredo González Martínez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Segunda Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Laboral), 04 de abril del 2022.—MSc. Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660587 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Johnny Alberto Salazar Sojo, 0204230298, fallecido el 04 de marzo del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000074-1546-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000074-1546-LA. Por Ministerio de Seguridad Publica a favor de Johnny Alberto Salazar Sojo. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Guácimo (Materia Laboral), 29 de junio del año 2022.—Lic. Yadir Gerardo Jiménez Gutiérrez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660590 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo Enrique Cordero Fernández, 01-0404-0098, fallecido el 01 de noviembre del año 2004, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000490 1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000490-1550-LA. Promovente Adriana Cordero Chacón, causante Gerardo Enrique Cordero Fernández. Licda. Aracelly Naranjo Picado Jueza. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 28 de junio del año 2022.—Aracelly Naranjo Picado, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660637 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Luis Patricio González Ávila, 0601041380, fallecido el 06 de agosto del año 2013, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000168-1342-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000168-1342-LA. Por a favor de Luis Patricio González Ávila. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Laboral), 29 de junio del año 2022.—Lic. Roberto Antonio Corea Badilla, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660920 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roger Porfirio Álvarez Arias, cédula N° 0701140933, fallecido el 14 de junio del 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000588-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000588-0929-LA. Por Lenny Isabel Agüero Rivera, cédula N° 0701430437, a favor de Roger Porfirio Álvarez Arias. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de junio del año 2022.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660923 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Vinicio Angulo Jiménez, quien fue mayor, soltero, portador de la cédula de identidad número 1-1441-0172, fallecido el 31-03-2015, para que, dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en el proceso de Consignación de Prestaciones Laborales tramitado bajo ésta autoridad con el número de expediente 20-000218-1533-LA, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425 del Código de Trabajo, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 27 de junio del 2022.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660930 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Antonio Bourne Bourne, con cédula de identidad N° 7-0032-0461, quien fue mayor, costarricense, profesor, viudo, vecino de Limón, y falleció el dieciséis de febrero del dos mil dieciséis. Se les hace saber que Khristian Bourne Badilla, con cédula de identidad N° 1-0845-0676, mayor, costarricense, soltero, administrador, sin discapacidad, vecino de Limón, contiguo al Restaurante Tortuga Verde, se apersonó a este despacho en calidad de hijo del causante, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. En razón de lo anterior se les confiere a todos los interesados el plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, a efecto de que se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente N° 22-000321-0679-LA, a hacer valer sus derechos, lo anterior de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000321-0679-LA, por Mario Antonio Bourne Bourne, a favor de Khristian Bourne Badilla. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 6 de julio del 2022.—Licda. Norma Sedyer Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660984 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Henry Martín Barrantes Quirós, fallecido el 08 de abril del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000185-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N° 21-000185-0868- LA. Por Kattia Madina Aguilar a favor de Kathiusca Dayana Barrantes Medina y Raúl Barrantes Espinoza.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 05 de octubre del año 2021. Licda. Denisse Melania Carpio Aguilar, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660985 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Gerardo Carrillo Quirós, quien fue mayor, casado, portador de la cédula de identidad número 1-0413-0074, fallecido el 16-06-2021, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en el proceso de consignación de prestaciones laborales tramitado bajo ésta autoridad con el número de expediente 22-000083-1533-LA, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425 del Código de Trabajo, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 27-06-2022.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022660989 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Hugo Chacón Varela, 0204940020, fallecido el 30 de marzo del 2022, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el N° 22-000162-1342-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000162-1342-LA, por Lizbeth Cordero Mora, a favor de Víctor Hugo Chacón Varela. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí, (Materia Laboral), 28 de junio del 2022.—Lic. Roberto Antonio Corea Badilla, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661014 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Heriberto Soto Cruz, fallecido el 03 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de extremos laborales bajo el número 22-000067-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N° 22-000067-0868-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral) 30 de marzo del año 2022.—Licda. Diana Jeannette Peraza Retana, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017JA.—( IN2022661125 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Cephas Hernan Mc Carthy Bennett, 0900820566, fallecido(a) el 14 de julio del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el número 22-000156-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000156-1549-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias y de Capitalización Laboral de la Caja Costarricense de Segur. a favor de Cephas Hernan Mc Carthy Bennett. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Siquirres (Materia Laboral), 22 de junio del año 2022.—Licda. Katherine López Castro, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661126 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leinster Mauricio Calvo Mora, N° 0702640605, fallecido el 18 de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida, bajo el número 22-000600-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000600-0929-LA. Por Compañía Veranda del Este S. A. a favor de Leinster Mauricio Calvo Mora. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de julio del año 2022.—Lic. Andrey de los Ángeles Garro Carvajal, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661128 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Javier Benavides Rodríguez 0203960294, fallecido el 16 de enero del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el Número 22-000137-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000137-1288-LA. Promovido por Tropical Paradise Fruits Company S. A. a favor de Javier Benavides Rodríguez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 21 de marzo del 2022.—Msc. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661130 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Muñoz Corella 0205270852, fallecido el 29 de julio del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector público bajo el número 21-000578-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000578-1288-LA. Promovido por Isela Rose Davis Araya a favor de Jorge Eduardo Muñoz Corella. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 18 de marzo del año 2022.—Lic. Juan Gabriel Rodríguez Oviedo Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661131 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andy Gerardo Rojas Zúñiga, 0604110498, fallecido el 25 de marzo del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000056-1418-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000056-1418-LA. Por Lourdes Patricia Zúñiga Calvo a favor de Andy Gerardo Rojas Zúñiga. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia Laboral), 27 de junio del año 2022.—Licda. Maureen María Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661133 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Roberto Carballo Abarca 0204430802, fallecido el 10 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de extremos laborales bajo el número 22-000054-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000054-1288-LA. Promovido por María Cristina Abarca Soto a favor de Luis Roberto Carballo Abarca. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 31 de enero del año 2022.—Lic. Juan Gabriel Rodríguez Oviedo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661136 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Octavio Agustus Thompson Patterson 0700320329, fallecido el veintitrés de julio del dos mil ocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 20-000896-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000896-0679-LA. Por Jane Eliza Rose Wright a favor de Octavio Agustus Thompson Patterson. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 03 de junio del 2022.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661137 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Soto Porras, 0302530922, fallecido el 26 de diciembre del año 2016, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el número 22-000154-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000154-1001-LA. Por Virginia Soto Porras a favor de Carlos Luis Soto Porras. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 17 de junio del año 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661138 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Manuel Zúñiga Chacón, 0301140353, fallecido el 09 de marzo del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el número 22-000176-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000176-1001-LA. Por Teodora Abadía Chavarría a favor de José Manuel Zúñiga Chacón. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 21 de junio del año 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661140 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Alberto Cruz Mata, cédula de identidad 0503570891, fallecido el 14 de mayo del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000139-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000139-0643-LA. Por Víctor Cruz Leitón, a favor de los causahabientes de Carlos Alberto Cruz Mata.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 01 de julio del año 2022.—M.Sc. Luis Diego Charpantier Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661141 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Antonio López Badilla, 0601850880, fallecido el 16 de mayo del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el número 22-000452-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000452-0643-LA. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 07 de julio del año 2022.—Licda. Marisol Daniela González Sanahuja, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661142 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Guadamuz Arias, 0700430013, fallecido(a) el veintisiete de diciembre del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el número 22-000182-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000182-0679-LA. Por Ana Giselle Guadamuz Cerdas a favor de Víctor Manuel Guadamuz Arias. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de mayo del año 2022.—Licda. Andrea Méndez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661143 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mónica María Rodríguez Hernández 0110520998, fallecida el uno de enero del dos mil veintidós, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de extremos laborales bajo el número 22-000045-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000045-0679-LA. Por a favor María Rosario Hernandez Sandoval de Mónica María Rodríguez Hernández. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de febrero del año 2022.—Licda. Andrea Méndez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661144 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Cruz Antonio Fernández Bermúdez con cédula de identidad 5-0179-0148 quien fue mayor, costarricense, Casado, pensionado, vecino de Limón, Matina, Barrio Cacao, ciento cincuenta metros este de la Guardia rural, y falleció el dieciséis de abril del dos mil veintidós. Se les hace saber que Lileth Latouche Davis con cédula de identidad 7-0075-0441, mayor, costarricense, viuda, ama de casa, nacida el 23 de marzo de 1959, sin discapacidad, con primaria completa, vecina de Limón, Matina, Barrio Cacao, ciento cincuenta metros este de la Guardia rural, se apersonó a este despacho en calidad de esposa del causante, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. En razón de lo anterior se les confiere a todos los interesados el plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, a efecto de que se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número 22- 000319-0679-LA, a hacer valer sus derechos, lo anterior de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 22-000319-0679-LA. Por Cruz Antonio Fernández Bermúdez a favor de Lileth Latouche Davis. Nota: “De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 05 de julio del año 2022.—Licda. Norma Sedyer Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022661148 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Adrián Prado Jenkins, cédula de identidad N° 2-0141-0761, y quien falleció el 16 de agosto del 2016, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000804-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Adrián Prado Jenkins. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio del 2022.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661149 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Heidy de La Trinidad Villalobos Trigueros, cédula de identidad N° 1-0614-0452, y quien falleció 10 de abril del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001739-0166-LA. Diligencias de Distribución de Prestaciones de la Persona Fallecida Heidy de La Trinidad Villalobos Trigueros. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio del 2022.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661150 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de José Nonito Santiago Navarro Leiva, cédula de identidad 3-0082-0723, y quien falleció el 01 de mayo de 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000736-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida José Nonito Santiago Navarro Leiva. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 29 de junio del 2022.—Lic. Armando Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661153 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Ronny Gerardo Ramírez Muñoz, cédula de identidad N° 1-0750-0275, y quien falleció el 09 de octubre del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000793-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Ronny Gerardo Ramírez Muñoz. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio del 2022.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661155 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de José Fabio Ramón de Jesús Chaverri Ruiz, cédula de identidad N° 4-0071-0999, y quien falleció el 23 de diciembre del 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000801-0173-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida José Fabio Ramón de Jesús Chaverri Ruiz. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio del 2022.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez Tramitador.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661157 ).

Se cita y emplaza a las personas que, en carácter de causahabientes de Rodrigo Saravia Prado, cédula de identidad N° 1-0261-0980, y quien falleció el 20 de abril del 2022, se consideren con derecho para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000826-0166-LA. Diligencias de Distribución de Prestaciones de la Persona Fallecida Rodrigo Saravia Prado. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio de 2022.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017JA.—( IN2022661158 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Jorge Alfonso Rafael Arias Vega, cédula de identidad N° 2-0300-0831, y quien falleció el 31 de marzo del 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000809-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Jorge Alfonso Rafael Arias Vega. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de julio del 2022.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661159 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Johan Danilo Morales Figueroa, quien fue soltero, peón, cédula de identidad 0702290166, domicilio Buenos Aires, se les hace saber que: se tramitan diligencias de Consignación de Prestaciones de Johan Danilo Morales Figueroa. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Johan Danilo Morales Figueroa. Expediente número 19-000050-1551-LA. De conformidad con al circular Nº 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Laboral), 05 de febrero del año 2021.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661160 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Graciano Fajardo López, 0501840069, fallecido el 14 de febrero del 2022, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el N° 22-000023-1551-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 22-000023-1551-LA, por a favor de José Graciano Fajardo López.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Laboral), 31 de mayo del 2022.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017JA.—( IN2022661161 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Jolexander de la Trinidad Garita Miranda, cédula de identidad N° 0107070841, fallecido(a) el 07 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000891-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Jolexander de la Trinidad Garita Miranda. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09, emitida por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de julio del año 2020.—M.Sc. Angela Minero Akiya, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661162 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Bernal Francisco Gerardo Salazar Salas, portador de la cédula de identidad 0204440893, operario, casado, vecino de Grecia, Santa Gertrudis, fallecido el diecisiete de febrero del dos mil veintidós, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de extremos laborales bajo el número 22-000275-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000275-1113-LA. Por Deyanira Quesada Espinoza, portadora de la cédula 2-0486-0920, viuda, de oficios domésticos, vecina de Grecia, Santa Gertrudis un kilómetro y medio al sur de la Escuela de Santa Gertrudis sur, carretera hacia los chorros, a favor de Bernal Francisco Gerardo Salazar Salas. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 01 de julio del año 2022.—Licda. Karla Artavia Nájera, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661164 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisca Gregoria Fidelia Dinarte Dinarte, 5-0055-0940, fallecida el 08 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000025-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000025-0643-LA. Promovido por Rafael Dinarte Dinarte a favor de Francisca Gregoria Fidelia Dinarte Dinarte. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 08 de julio del año 2022.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661165 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Antonio Rojas Navarro, fallecido(a) el 29 de abril del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000028-1551-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000028-1551-LA. Por a favor de. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Laboral), 23 de mayo del año 2022.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661166 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Ricardo Gómez Ugalde, cédula de identidad N° 0203970723, fallecido(a) el 04 de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas, bajo el número 22-000886-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000886-0639-LA. Promovido por Oscar Mario Gómez Álvarez, cédula N° 2 0700 0320, María José Gómez Álvarez, cédula N° 2 0780 0134, y José Mario Gómez Álvarez, cédula N° 2 0653 0135, fallecido Mario Ricardo Gómez Ugalde, cédula de identidad número: 2 0397 0723. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de julio del año 2022.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez Tramitador.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661167 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ernesto Rivas Alcón, cédula número 0109700655, fallecido el 30 de abril del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000881-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000881-0639-LA. Promueva Jacqueline Herrera Guzmán, fallecido Ernesto Rivas Alcón. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de julio del año 2022.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661168 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Alejandro Salguero González, cédula N° 2-591-769, fallecido(a) el 27 de marzo del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000666-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000666-0639-LA. Promovidas por Moog MDG S.R.L., fallecido José Alejandro Salguero González, cédula N° 2-591-769. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de julio del año 2022.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661169 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Andrés Porras Murillo, 0205670460, fallecido el 01 de noviembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000163-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000163-1288-LA. Promovido por María Lidia Murillo Salazar, cédula de identidad N° 0104270101 a favor de Carlos Andrés Porras Murillo.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del año 2022.—Lic. Juan Gabriel Rodríguez Oviedo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661170 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerarda Yamileth Alvarado Gutiérrez, N° 0203570768, fallecida el 16 de diciembre del dos mil veintiuno, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de persona fallecidas, bajo el número 22-000025-1551-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000025-1551-LA. Por a favor de Gerarda Yamileth Alvarado Gutiérrez. Nota: Publíquese una vez. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Laboral), 31 de mayo del año 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661171 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Erika de Los Ángeles Vega Mora, 0303820149, fallecida el 18 de julio del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000172-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000172-1001-LA. Por a favor de Erika de Los Ángeles Vega Mora. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 22 de junio del año 2022.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661172 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Oscar Manuel Bolaños Camacho, quien fue mayor, casado, sin profesión u oficio especificado, costarricense, con número de cédula 2-0322-0991, vecino de Grecia, y falleció el catorce de mayo del dos mil cinco, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado, bajo el número 21-000318-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000318-1113-LA. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 04 de agosto del año 2021.—Msc. Karla Artavia Nájera, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661174 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Walter Chavarría Montero, mayor, cédula de identidad N° 2-440-010, casado, vecino de Alajuela, Desamparados, y falleció el 12 de setiembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-001263-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001263-0639-LA. Por fallecido Walter Chavarría Montero, a favor de Ana Yancy Jiménez Paniagua. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de setiembre del año 2021.—Msc. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661175 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando las anotaciones que se dirán a las nueve horas del día miércoles siete de setiembre de dos mil veintidós (07/09/2022 09:00) y con la base de mil ochenta y tres millones setecientos treinta y nueve mil quinientos treinta y nueve colones con diecinueve céntimos (¢1.083.739.539,19), al mejor postor remataré el inmueble del partido de San José, Matrícula Folio Real quinientos noventa mil trescientos ochenta - cero cero cero (FR. 590380-000), de naturaleza Terreno de Potrero. Pasto con un galerón corral charral y montaña, situada en el distrito Cascajal, cantón Vásquez de Coronado, con linderos al norte, Prados de Coronado S. A. y El Río Cascajal, al sur, Quebrada Cascajal, Miguel Córdoba Solís y en parte camino público de lastre con un frente de 674.09 metros, al este, Río Cascajal y al oeste, Los Volio ltda, Prados de Coronado S. A., Juan Herrera Solís, Emilio Cordero Solano, Juan Elías Quirós Chávez, Ramiro Alvarado Vives, Quebrada Casacajal y en parte camino público de lastre con un frente de 994.93 metros, con una medida de un millón seiscientos cuatro mil setecientos dieciocho metros con veintisiete decímetros cuadrados, características correspondientes al plano SJ-1239533-2007, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando: 1.1.- Reservas y Restricciones, inscrito bajo citas 333-03164-01-0901-001 y 1.2.- Servidumbre Trasladada, inscrita bajo citas 333-03164-01-0902-001 .- Para el segundo remate se señalan las nueve horas del día miércoles veintiuno de setiembre de dos mil veintidós (21/09/2022 09:00) , con la base de ochocientos doce millones ochocientos cuatro mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con treinta y nueve céntimos (¢812.804.654,39) (base rebajada en un 25%) y, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del día jueves veintinueve de setiembre de dos mil veintidós (29/09/2022 09:00), con la base de doscientos setenta millones novecientos treinta y cuatro mil ochocientos ochenta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos (¢270.934.884,79) (un 25% de la base original).- Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bernardo Macaya Trejos. Expediente 21-000187-0689-AG. Nota: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de junio del año 2022.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022660487 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 00277965-000, citas: 355-09601-01-0906-001, condiciones ref: 00277965-000, citas: 355-09601-01-0907-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos veintiún mil setecientos veinticinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa y solar, situada en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón de la provincia de San José. Linderos: norte, Antonio Vargas Segura, sur, Flor María Beita Umaña y Adilio Vargas Chinchilla, este, Adilio Vargas Chinchilla y Flor María Beita Umaña Antonio Vargas Segura, oeste, calle pública, Adilio Vargas Chinchilla y Flor María Beita Umaña. Mide: ochocientos ochenta y seis metros cuadrados. Plano: SJ-1503878-2011. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del once de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones doscientos veintinueve mil sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos nueve mil seiscientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ángel Vázquez García contra Olger Jimmy Fernández Meza. Expediente N° 22-001618-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con dieciocho minutos del tres de junio del dos mil veintidós.—Xinia Vindas Mejía, Jueza Tramitadora.—( IN2022660490 ).

En este Despacho, con una base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 323-03004-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2011-73708-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos diecisiete mil ciento noventa, derecho cero cero cero, la cual es terreno de breñón. Situada en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ananías Arias Arias; al sur, Ana Vita Bonilla Madrigal, servidumbre agrícola; al este, Efraín Navarro Zúñiga y al oeste, Alex Miguel Bonilla Madrigal, servidumbre agrícola. Mide: diez mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marino Barrantes Fonseca contra Kattia de Los Ángeles Bonilla Madrigal. Expediente N° 22-001754-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: siete horas con cuarenta y cinco minutos del veinte de junio del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2022660492 ).

En este Despacho, con una base de un millón cien mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: 631248, marca: Nissan, estilo: Sentra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 1N4EB32A7RC756966, carrocería: Sedan 2 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 1994, color: gris. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veintidós con la base de ochocientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintidós con la base de doscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Globelink Aeroceano Costa Rica Sociedad Anónima contra Marco Aurelio Romero Hernández. Expediente N° 16-006021-1164-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de junio del año 2022.—Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2022660495 ).

En este Despacho, Con una base de veintitrés millones trescientos setenta y tres mil novecientos noventa colones con ochenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número cincuenta y siete mil setecientos cincuenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí de la provincia de Limón Linderos: norte, José Fermín Sosa Medina sur, calle pública con 12,00 mts este, Carlos Murillo Arrieta oeste, Yadira Ortega Valerín. Mide: doscientos treinta y un metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós con la base de diecisiete millones quinientos treinta mil cuatrocientos noventa y tres colones con trece céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de cinco millones ochocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos noventa y siete colones con setenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Xinia Mariela Quesada Campos. Expediente 21-006721-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 08 de junio del año 2022.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Decisora.—( IN2022660497 ).

En este Despacho, con una base de veintidós mil quinientos sesenta y cinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKY570, marca: Toyota, estilo: Yaris S, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: blanco, VIN: MR2KT9F31H1225855, N° motor: 1NZZ404082, cilindrada: 1500 c.c y combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del doce de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintidós con la base de dieciséis mil novecientos veintitrés dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintidós con la base de cinco mil seiscientos cuarenta y un dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Ana Elidiette Ramírez Herrera. Expediente N° 21-010959-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas del veintiocho de marzo del dos mil veintidós.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2022660498 ).

En Turrialba, Santa Rosa, a un costado de la iglesia católica, primer poste a mano derecha, callejón de piedra primer casa con malla a mano izquierda (casa de la depositaria judicial); con una base de un millón ochocientos veintidós mil seiscientos sesenta colones (¢1.822.660,00) sáquese a remate los siguientes bienes:

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Para lo cual se señalan las ocho horas del ocho de agosto de dos mil veintidós (08:00 am 08/08/2022). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del dieciséis de agosto de dos mil veintidós 08:00 a.m .16/08/2022) con la base de un millón trescientos sesenta y seis mil novecientos noventa y cinco colones (¢1.366.995.00) (75% de la base original). Y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós (08:00 a.m. 24/08/2022) con la base de cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos sesenta y cinco colones (¢455 665.00) (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso Or. S. Pri. hostigamiento sexual número 21-000098-1001-LA promovido por Diana Alejandra Coto Aguilar, contra Nelson Román Diaz Aguilar. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con al circular Nº 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), hora y fecha de emisión: al ser las trece horas veinticinco minutos del seis de julio de dos mil veintidós.—Randall Gómez Chacón, Juez Decisor.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660515 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones pero soportando los siguientes practicados: citas 800-506453-01-0001-001, expediente 18-011803-1338-CJ; citas 800-719991-01-0001-001, expediente 21-010845- 1170-CJ; citas 800-733083-01-0001-001, expediente 20-008927-1164-CJ; citas 800-742844-01-0001-001, expediente 22-001644-1044-CJ, a las nueve horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós, y con la base de quince millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 619400-000 la cual es terreno de café y aguacate. Situada en el distrito segundo, San Andrés, cantón veinte, León Cortés Castro, de la provincia de San José. Colinda: al norte Luis Fernando Arias; al sur Guido Jiménez Fernández; al este Luis Fernando Arias y al oeste camino público. Mide: quince mil cuatrocientos veintiocho metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria hipotecaria de Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples contra Kenneth Rodolfo Segura Jiménez. Expediente 22-000065-0699-AG. Nota: Este edicto debe publicarse por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. Artículo 21.5 de la Ley de Cobro Judicial, debiendo hacerse la primera publicación con al menos ocho días de anticipación al primer señalamiento a remate (artículo 23 ibídem). De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario de Cartago, 17 de junio del año 2022.—José Francisco Chacón Acuña, Juez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022660518 ).

En este despacho, con una base de ocho mil ochenta y siete dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BJM766, marca: Suzuki, estilo: Swift GL, serie: MA3ZC62S8GA840688, número chasis: MA3ZC62S8GA840688, Vin: MA3ZC62S8GA840688. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós con la base de seis mil sesenta y cinco dólares con sesenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de dos mil veintiún dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise Sociedad Anónima contra Jorge Antonio Solano Herrera. Expediente 21-008376-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con veintidós minutos del dos de Octubre del dos mil veintiuno.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022660530 ).

En este Despacho, con una base de siete mil quinientos cuarenta y tres dólares con noventa y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BMM944, marca: Mitsubishi, estilo: Mirage, chasis: MMBXNA03AHH000935, capacidad: 5 personas, color: gris, año: 2017, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós, con la base de cinco mil seiscientos cincuenta y siete dólares con noventa y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós, con la base de mil ochocientos ochenta y cinco dólares con noventa y ocho centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A., contra Carlos Eduardo Bonilla Arroyo. Expediente N° 22-003045-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de abril del año 2022.—Wendy Pagani Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2022660531 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés mil novecientos setenta y un dólares con seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 226132, derecho 000, la cual es terreno para construir con tres casas. Situada: en el distrito 1-San Pedro, cantón 15-Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 9 metros 2 centímetros; al sur, Francisco y Álvaro Collado Montealegre; al este, acequia en medio Francisco y Álvaro Collado Montealegre, y al oeste, Ofelia Solano Gutiérrez. Mide: trescientos cuatro metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del dos de setiembre del dos mil veintidós, con la base de diecisiete mil novecientos setenta y ocho dólares con veintinueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del doce de setiembre del dos mil veintidós, con la base de cinco mil novecientos noventa y dos dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Lafise S. A., contra Alex Giovanni Ramírez Beita, Maybell Inés Solís Badilla, Reyes Beita Granados. Expediente N° 22-003075-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de abril del año 2022.—Sirlene de los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022660535 ).

En este Despacho, con una base de seis millones cuatrocientos ochenta y nueve mil noventa y seis colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión del Juzgado de Transito de Cartago, sumaria 17-005180-0496-TR; sáquese a remate el vehículo 745135. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones ochocientos sesenta y seis mil ochocientos veintidós colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós, con la base de un millón seiscientos veintidós mil doscientos setenta y cuatro colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Mauricio Alberto Granados Granados. Expediente 18-017791-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de mayo del año 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2022660602 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos ochenta y seis mil quinientos sesenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; quese a remate el vehículo placa: BNS339, marca: Toyota, estilo: Yaris, capacidad: 5 personas, número chasis: JTDBT923971127667, carrocería: sedan 4 puertas, año fabricación: 2007, color: celeste, cilindrada: 1500 c.c., potencia: 89 kw, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del once de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones ciento catorce mil novecientos veintiséis colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón trescientos setenta y un mil seiscientos cuarenta y dos colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Heimilir de Los Ángeles Cruz Carranza. Expediente N° 19-001014-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 30 de mayo del año 2022.—Licda. Jennsy María Montero Lopez, Jueza Decisora.—( IN2022660604 ).

En este Despacho, con una base de seis millones trescientos ochenta y dos mil setecientos veintitrés colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa BPC608, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color azul, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4X2, vin JTDBT4K39CL037923, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones setecientos ochenta y siete mil cuarenta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos noventa y cinco mil seiscientos ochenta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Jose Luis Padilla Fonseca. Expediente 19-014173-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de abril del año 2022.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022660606 ).

En este Despacho, con una base de dos millones seiscientos ochenta mil novecientos veinticinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 596016, marca Hyundai, estilo GETZ GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año: 2005, color negro, Vin KMHBT51WP5U371852, cilindrada 1500 c.c., combustible Diesel, motor Nº D3EA5591688. Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós con la base de dos millones diez mil seiscientos noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós con la base de seiscientos setenta mil doscientos treinta y un colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Fredy Lennin Sandoval Pineda, expediente N° 20-005839-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con quince minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022660608 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos cincuenta y seis mil ochocientos ocho colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Denuncia de Transito bajo las citas 0800-00826015-001; sáquese a remate el vehículo BMC661, Marca: Toyota, estilo: Yaris, Categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2012, color: Negro, Vin: JTDBT4K37C1418536, N° Motor: No visible, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones diecisiete mil seiscientos seis colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós, con la base de un millón trescientos treinta y nueve mil doscientos dos colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Johnny Villalobos Rodríguez. Expediente N° 20-005912-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de junio del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—( IN2022660609 ).

En este Despacho, con una base de seis millones cuatrocientos dieciocho mil setecientos setenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 858772, marca Hyundai. Estilo Tucson GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2011. Color gris. Vin KMHJT81BABU199239. Cilindrada 2000 C.C. Combustible gasolina. Motor G4KDAU148920. Para tal efecto se señalan las quince horas quince minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones ochocientos catorce mil ochenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós con la base de un millón seiscientos cuatro mil seiscientos noventa y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Alexander Sanchez Calderón. Expediente 20- 013178-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con quince minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022660610 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones trescientos ochenta y cuatro mil quinientos treinta y cinco colones con noventa y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos ochenta y un mil setecientos noventa y cinco, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: lote 2 terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4-San Isidro, cantón 5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Quebrada Cacao; al sur, calle pública con 11.47 metros de frente; al este, Luis Cubero Campos; y al oeste, Victor Julio Chaves Rodríguez. Mide: trescientos cuarenta y dos metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintitrés con la base de siete millones treinta y ocho mil cuatrocientos un colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintitrés con la base de dos millones trescientos cuarenta y seis mil ciento treinta y tres colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Anais Chaves Rodríguez. Expediente N° 22-003733-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con siete minutos del quince de junio del dos mil veintidós.—Victor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2022660619 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones ciento treinta y dos mil quinientos colones, libre de gravámenes de garantías mobiliarias, hipotecarios, prendarios, pero soportando las siguientes anotaciones: Expediente 21-000429-0505-LA, tomo 0800, asiento 00718714, secuencia 001, 21-000427-0505-LA, tomo 0800, asiento 00720688, secuencia 001 y 21-000396-0505-LA, tomo 0800, asiento 00720695, secuencia 001; sáquese a remate el vehículo placa CL 254968. Para tal efecto se señalan las ocho horas del tres de agosto del 2022. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del diecisiete de agosto del 2022 con la base de tres millones noventa y nueve mil trescientos setenta y cinco colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del treinta y uno de agosto del 2022 con la base de un millón treinta y tres mil ciento veinticinco colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso en ejecución de Adriana Marcela Chacón Guillén contra Almacén de Víveres El Bodegón S. A. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente: 21-000429-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 07 de junio del año 2022.—Licda. Ileana Audrey Castillo Porras, Jueza Decisora.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660631 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos veintinueve mil trescientos cincuenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 898326, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2012, color: gris, vin: KMHCT41DACU081485, cilindrada: 1600 c.c., tracción: 4x2, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas diez minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas diez minutos del once de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones ciento cuarenta y siete mil dieciséis colones con diez céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas diez minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón trescientos ochenta y dos mil trescientos treinta y ocho colones con setenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Luis Emmanuel Vega Córdoba. Expediente N° 18-014880-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de marzo del año 2022.—Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—( IN2022660650 ).

En este despacho, con una base de un millón novecientos cincuenta y tres mil setecientos veintiocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 855618, marca Kia, estilo MOHAVE, año 2011, color gris, VIN KNAKN813DB5061441, cilindrada 2959 cc. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del trece de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos sesenta y cinco mil doscientos noventa y seis colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatrocientos ochenta y ocho mil cuatrocientos treinta y dos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Sherson Ricky Davis Waters. Expediente N° 21-002208-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de junio del año 2022.—Karina Alexandra Pizarro García, Jueza.—( IN2022660651 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BNF603, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, año: 2011, color: plateado, VIN: KMHCT41CBBU014386, N° Motor: no visible, cilindrada: 1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós con la base de tres millones trescientos cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón ciento dieciséis mil seiscientos sesenta y tres colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Jorge Castro Solano. Expediente N° 21-005762-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del año 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2022660653 ).

En este despacho, con una base de seis millones trescientos ochenta y dos mil setecientos veintitrés colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa BPC608, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color azul, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, VIN JTDBT4K39CL037923, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones setecientos ochenta y siete mil cuarenta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos noventa y cinco mil seiscientos ochenta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Luis Padilla Fonseca. Expediente N° 19-014173-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de abril del año 2022.—Mayra Vanessa Guillen Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022660654 ).

En este Despacho, con una base de seis millones veinticinco mil cuarenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BRR147 Marca: Hyundai Estilo: Accent categoría: automóvil capacidad: 5 personas carrocería: Sedan 4 puertas Tracción: 4X2 Numero de Chasis: KMHCT4AE4EU587224, año fabricación: 2014, color: Gris Numero Motor: No visible, cilindrada: 1600 c.c, combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones quinientos dieciocho mil setecientos ochenta y dos colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas cero minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos seis mil doscientos sesenta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Instacredit S. A. contra Juan Diego Peña Araya. Exp:20-000479-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: diez horas con catorce minutos del uno de junio del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022660697 ).

En este Despacho, con una base de seiscientos nueve mil ciento diecinueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-496360, marca Formula, categoría motocicleta, estilo Optimus 250, año 2016, color negro, cilindrada 250 c.c., combustible gasolina Para tal efecto se señalan las siete horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cero minutos del seis de setiembre de dos mil veintidós con la base de cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos treinta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cero minutos del catorce de setiembre de dos mil veintidós con la base de ciento cincuenta y dos mil doscientos setenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Byron Martínez Castillo, María Teresa Vega Rojas. Expediente N° 18-000250-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y siete minutos del siete de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022660698 ).

En este Despacho, con una base de once millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 525978 derecho cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-San Pedro, cantón 12-Sarchí, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rebeca Espinoza Araya; al sur, Rebeca Espinoza Araya; al este, Rebeca Espinoza Araya; y al oeste, calle pública con 06.01 m. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Plano: A-1734541-2014. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintidós con la base de ocho millones quinientos noventa y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del uno de setiembre del dos mil veintidós con la base de dos millones ochocientos sesenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Erika Eunice Aguilera Reyes. Expediente N° 22-001611-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y cuatro minutos del cuatro de julio del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022660709 ).

Edicto: en este Despacho, con una base de tres mil seiscientos treinta y seis dólares con treinta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MPV912, marca: Nissan, estilo: TIIDA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3N1CC1CD4ZK131093, año fabricación: 2012, color: azul, vin: 3N1CC1CD4ZK131093, N. motor: HR16228631C, marca: Nissan, N. SERIE: no indicado, modelo: FDTALDFC11EJA-5B-U, cilindrada: 1598 c.c, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con la base de dos mil setecientos veintisiete dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós con la base de novecientos nueve dólares con ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales ( VEINSA ) Sociedad Anónima contra Gabriela Patricia Chacón Zamora, expediente 21-004649-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta minutos del veintiuno de octubre del dos mil veintiuno.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022660715 ).

En este despacho, con una base de dieciséis mil cuatrocientos veintisiete dólares con cuarenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BJV423. Marca Ssang Yong. Estilo Tivoli. Categoría automóvil. Año 2016. Color blanco. VIN KPT20A1VSGP040115. Cilindrada 1600 cc. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós con la base de doce mil trescientos veinte dólares con cincuenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro mil ciento seis dólares con ochenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Alberto Fonseca Quirós. Expediente N° 17-017636-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2022660716 ).

En este despacho, con una base de sesenta y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 190226-000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6- Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote uno; al sur, lote tercero y Warner Villalobos Álvarez; al este, calle pública y Warner Villalobos Álvarez y al oeste, José Herrera. Mide: Dos mil ochenta metros con setenta y ocho decímetros cuadrados plano: A-0732514-2001. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós con la base de cincuenta y un millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de diecisiete millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Operaciones y Logísticas Sociedad Anónima contra Forum Educativ Inc Sociedad Anónima. Expediente N° 21-002846-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta y nueve minutos del veinticuatro de junio del dos mil veintidós.—Heiner Eduardo Baltodano Solís, Juez Decisor.—( IN2022660718 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 312-13756-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 177652-000, la cual es naturaleza: terreno con un edificio. Situada en el distrito 1-Carmona, cantón 9-Nandayure de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Gustavo Adolfo Mayorga Hernández, sur, calle pública con un frente de 11.97 metros, este, Gustavo Adolfo Mayorga Hernández, oeste, calle publica con un frente de 12.32 metros. Mide: ciento cuarenta y siete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados plano: G-1245222-2008. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gustavo Adolfo Mayorga Hernández. Expediente N° 21-001778-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: quince horas con once minutos del veintidós de abril del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022660719 ).

En este despacho, con una base de veintinueve millones ciento cincuenta y ocho mil doscientos veintisiete colones con cincuenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 388-03864-01-0926-004 y soporta una demanda ordinaria según practicado citas: 800-340349-01- 0001-001 número de expediente 11-100235-0197-CI; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y cuatro mil doscientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 1016. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, calle pública y al oeste, INVU. Mide: Trescientos treinta metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós con la base de veintiún millones ochocientos sesenta y ocho mil seiscientos setenta colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós con la base de siete millones doscientos ochenta y nueve mil quinientos cincuenta y seis colones con ochenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Edgar Álvarez Cerdas. Expediente N° 16-000812-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: ocho horas con diecinueve minutos del veinte de junio del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022660724 ).

En este despacho, con una base de cincuenta y tres millones quinientos sesenta y cuatro mil quinientos ochenta y ocho colones con cincuenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 800-526636-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 6193, derecho 000, la cual es terreno de cocal y frutales. Situada en el distrito 01- Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, línea de centro de vía férrea; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, Graciela Villareal Herrera y al oeste, Sonia Porras Vargas. Mide: Cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros cuadrados, plano L-0577383-1999. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con la base de cuarenta millones ciento setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y un colones con cuarenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós con la base de trece millones trescientos noventa y un mil ciento cuarenta y siete colones con catorce céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra depósito Ferretero Lumi S. A., José Alfredo Pérez Solano. Expediente N° 20-002298-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 14 de junio del año 2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2022660727 ).

En este Despacho, con una base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: 429385, marca: Nissan, año: 1995, color verde, VIN: 1N4AB41D3SC784821, motor N° GA16871016K. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós, con la base de un millón doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós, con la base de trescientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Roger Francisco De Jesús Artavia Villalobos contra Jose Carlos Gerardo De Jesús Arce Cruz. Expediente N° 18-003547-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y siete minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022660832 ).

En este Despacho, con una base de diez millones cuatrocientos veintisiete mil novecientos dos colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BTG045, marca: Suzuki, estilo: Baleno GLX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MBHWB52S3LG380375, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4X2, año fabricación: 2020, color: gris, N° motor: K14BN4142321, marca: Suzuki, potencia: 68 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del tres de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de agosto del dos mil veintidós con la base de siete millones ochocientos veinte mil novecientos veintiséis colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos seis mil novecientos setenta y cinco colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Joeilly Milena Castro Prendas. Expediente N° 22-004189-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de julio del 2022.—Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2022660855 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco mil dólares, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 119722, derechos 004 y 005, la cual es terreno para construir, lote 9BM con una casa. Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisc., cantón 1-Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: lote N° 8 M; al sur: lote N° 10 M; al este: Almacén González S. A. y otro; y al oeste: calle pública, frente de 6 m. Mide: ciento veinticinco metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del once de agosto de dos mil veintidós, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós, con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asesoría e Inversiones Horus-Pab S.A., Inversiones Santobru Sociedad Anónima contra Bryan Vinicio Montero Rivera, Yahaira Aracelly Montero Rivera. Expediente N° 21-006625-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de mayo del 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022660862 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de diecinueve millones cuatrocientos diecinueve mil setecientos ocho colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos dieciocho mil doscientos noventa y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04-Cipreses, cantón 07-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Malaquías Mora Masis; al sur, María Elieth Víquez Gómez; al este, calle pública con veinticuatro metros con quince céntimos, y al oeste, María Elieth Víquez Gómez. Mide: setecientos sesenta y nueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós, con la base de catorce millones quinientos sesenta y cuatro mil setecientos ochenta y un colones con diecinueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del dos de setiembre de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones ochocientos cincuenta y cuatro mil novecientos veintisiete colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana María Vargas Monge. Expediente N° 20-000495-1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 08 de julio del año 2022.—Lic. Carlos Alberto Marin Angulo, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022660865 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 180788, derecho 000, la cual es terreno para construir F-7- Situada en el distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco, provincia Cartago. Colinda: al norte: calle pública con 8,00 metros; al sur: Inversiones Técnicas M & B Sociedad Anónima; al este: Inversiones Técnicas M & B Sociedad Anónima; y al oeste: Inversiones Técnicas M & B Sociedad Anónima. Mide: ciento setenta y cinco metros con ochenta decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del cinco de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintidós, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Tony Alexander Camacho Camacho. Expediente N° 21-006573-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 30 de mayo del 2022.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez.—( IN2022660868 ).

En este Despacho, con una base de trece mil novecientos treinta y cinco dólares con doce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BSD700, marca: Peugeot, estilo: 2008, categoría: automóvil capacidad: 5 personas tracción: 4x2 año fabricación: 2017 color: blanco VIN: VF3CU5FS0JY000282 N° motor: 10FHCP2303999, cilindrada: 1600 c.c, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós, con la base de diez mil cuatrocientos cincuenta y un dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós, con la base de tres mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con setenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de AGE Capital S. A., contra Marco Tulio De Los Ángeles Vargas Artavia. Expediente N° 21-010979-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: doce horas con trece minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022660870 ).

En este Despacho, con una base de $15 934.91 dólares americanos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: GQL303, marca: KIA, Estilo: Sportage, Serie: KNAPM81ADH7161669, año: 2017, Color: plateado, N. Motor: G4NAGH893250, cilindrada: 1999 c.c, modelo: D9W52G61G, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del diez de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós con la base de $11 951.18 dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós con la base de $3 983.73 dólares (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Herlin Patricia Román Sibaja. Expediente 20-002578-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta..Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y ocho minutos del nueve de junio del dos mil veintidós.—Edith Brenes Quesada, Juez Decisor.—( IN2022660874 ).

En este despacho, con una base de ochenta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 125015-000, la cual es terreno de potreros con una lechería. Situada en el distrito 4-Cirrí Sur, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Gerarda Castro Alpízar; al sur, Hilda Barrantes Camacho en medio servidumbre agrícola con un frente a ella de siete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados; al este, Amalia, José David y Guillermo todos González Barrantes y al oeste, quebrada palmita. Mide: cincuenta y ocho mil novecientos veintidós metros cuadrados, plano: A-2284610-2021. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós con la base de sesenta millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós con la base de veinte millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francisco Javier Murillo Duran contra María Gerarda Castro Alpízar. Expediente N° 22-001618-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con quince minutos del siete de julio del dos mil veintidós.—Heiner Eduardo Baltodano Solís, Juez Decisor.—( IN2022660879 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones ciento cincuenta mil colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno para construir con dos casas.- Situada en el distrito 7- Corralillo cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago.- Colinda: al norte, Carlos Navarro Picado sur, Enrique Navarro Picado este, calle publica oeste: Carlos Navarro Picado, noreste, Carlos Navarro Picado noroeste, Carlos Navarro Picado, sureste, calle publica con un frente de 13,90 metros suroeste, María Rosa Navarro Picado.- Mide: cuatrocientos setenta y siete metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del diez de agosto de dos mil veintidós con la base de quince millones ciento doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós con la base de cinco millones treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra Enrique de Jesús Navarro Brenes, María Milcira Brenes Brenes Como Beneficiaria del Patrimonio Familiar y Albacea de Enrique Navarro Picado. Expediente 21-006153- 1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de julio del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—( IN2022660880 ).

En este despacho, con una base de quince mil setecientos nueve dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas BNL322, Marca Toyota, Categoría automóvil, Serie 9BRB29BT9H2164466, carrocería Sedan 4 puerta. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del cinco de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós, con la base de once mil setecientos ochenta y dos dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós, con la base de tres mil novecientos veintisiete dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Carlos Arnulfo Álvarez Sosa. Expediente N° 20-000383-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de marzo del año 2022.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2022660887 ).

En este despacho, con una base de noventa y ocho millones novecientos sesenta mil novecientos veintidós colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 79878-000, la cual es naturaleza: Terreno de potrero con locales y casa. Situada en el distrito (03) Carmen, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, JLRS S. A.; al sur, carretera nacional con 13 mts. 34 decímetros de frente; al este, Franklin Otoniel Guerrero Beltran y al oeste, callejón de acceso en medio con Fernando Carballo Jiménez. Mide: Cuatrocientos noventa y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del doce de agosto de dos mil veintidós con la base de setenta y cuatro millones doscientos veinte mil seiscientos noventa y un colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós con la base de veinticuatro millones setecientos cuarenta mil doscientos treinta colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adriana María Omodeo Montes. Expediente N° 21-007299-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 02 de junio del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022660890 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

1) Con una base global de doscientos sesenta y siete mil seiscientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate los siguientes artículos de mercadería: 1) Papel higiénico Flen (23 fardos de 12 uds de 4 rollos) con un valor de ¢250,608. 2) Papel higiénico Flen (3 fardos de 24 rollos-presentación individual) con un valor de ¢16,992. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de doscientos mil setecientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós, con la base de sesenta y seis mil novecientos colones exactos (25% de la base original). 2) Con una base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 572688, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, año de fabricación: 2005, capacidad: 5 personas, color: gris, vin: JTDBT113600358928, cilindrada: 1497 C.C. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós, con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). 3) Con una base de diez millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: C-159625, marca: Hino, estilo: XZU730L-HKFTL 3, categoría: carga pesada, capacidad: 3 personas, año de fabricación: 2012, color: blanco, vin: JHHZCL2H60K001495, cilindrada: 4009 C.C. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). 4) Con una base de seis millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL-241094, marca: Hino, estilo: Dutro XZU423L-HKMRD3, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, año de fabricación: 2009, color: blanco, vin: JHFYT20H902001752, cilindrada: 4009 C.C. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de cinco millones cien mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós, con la base de un millón setecientos mil colones exactos (25% de la base original). 5) Con una base de dieciocho millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: C-160894, marca: International, estilo: 4300, categoría: carga pesada, capacidad: 3 personas, año de fabricación: 2013, color: blanco, vin: 3HAMMAAR5DL160310, cilindrada: 7600 C.C. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de trece millones setecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). 6) Con una base global de cinco millones ciento treinta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate los siguientes artículos de oficina: 1) Sillas giratorias (8: Estado regular) con un valor de ¢36,000. 2) Sillas fijas (5: Estado regular) con un valor de ¢22.500. 3) Sillas-base metal y asiento y respaldar plástico negro (16: Muy buen estado, 1 silla no tiene respaldar) con un valor de ¢120,000. 4) Archivos de madera (2: Muy buen estado, a uno le falta un rodin, 3 gavetas con llave) con un valor de ¢30,000. 5) Archivo de metal (1: Regular, tiene un golpe externo y le faltan 2 rodines) con un valor de ¢20,000. 6) Archivo de madera (1: 3 gavetas, estado regular/malo) con un valor de ¢5,000. 7) Escritorios (2: Base de metal y sobre de madera) con un valor de ¢104,000. 8) Esquinero de madera (1: 4 niveles) con un valor de ¢6,000. 9) Escritorio (1: De madera con 3 gavetas) con un valor de ¢58,000. 10) Mueble con 2 estantes (1) con un valor de ¢6,000. 11) Sillas (13) con un valor ¢96,000. 12) Archivo de madera color café (2: 4 gavetas c/u con llavín general, excelente estado) con un valor de 60,000. 13) Archivo de madera color beige (2: gavetas c/u con llavín individual unidos por sobre de madera superior, excelente estado) con un valor de ¢50,000. 14) Proyector (1: Marca BenQ, mod. MX6238t, color blanco, estéticamente buen estado) con un valor de ¢70,000. 15) Computadora de escritorio (1: Monitor AOC, CPU, teclado, Mouse) con un valor de ¢70,000. 16) Laptop HP (1: Mod J8V57LT#ABM, serial CND5054PYO, estéticamente ok) con un valor de ¢65,000. 17) Equipo de audio multifuncional portable Pekey (1: Mod. Escort) con un valor de ¢110,000. 18) Computadora de escritorio AOC (1: monitor (F19s), teclado, mouse y CPU) con un valor de 70,000. 19) Pantalla Sony 46” LCD (1: Mod. KDL-46BX420, excelente estado) con un valor de ¢180,000. 20) Parlantes Audio Pipe (2: Mod. APA-4100, 75W continuos, 150W programados) con un valor de 40,000. 21) Pantalla Panasonic 42” (1: Mod. TC-P42X3X, excelente estado estético) con un valor de 160,000. 22) Archivero Blanco (1: 3 gavetas, con 1 llave, en mal estado) con un valor de ¢5,000. 23) Máquina contadora de dinero CDM (1: Mod. 22cf) con un valor de ¢68,000. 24) Impresora de Carnets (1: CD800, mod. PX30) con un valor de ¢225,000. 25) Balanza UWE (1: Estado estético regular) con un valor de ¢10,000. 26) Impresora Epson (1: De cinta, mod. FX890, estado regular) con un valor de ¢10,000. 27) Rack para de TV de 42” aprox. (1: estado bueno) con un valor de ¢8,000. 28) Rack para de TV de 50” aprox. (1: Estado regular) con un valor de ¢8,000. 29) Trituradora de papel Fellowes (1: Estado bueno) con un valor de ¢16,000. 30) Teléfono inalámbricos Panasonic (4: Buen estado) con un valor de ¢56,000. 31) Teléfono inalámbricos Panasonic (2: Buen estado) con un valor de ¢28,000. 32) 6 Radios de comunicación y 2 bases de carga y regleta (Bueno, regular, antenas quebradas, marca Radtel Comm XV-1000E) con un valor de ¢55,000. 33) Escritorios con sobre de madera y base de metal (2: Desarmados) con un valor de ¢40,000. 34) Archivero sobre azul de madera (1: Estado regular) con un valor de ¢20,000. 35) Sillas base metal, asiento y respaldar de plástico negro (22: Estado Bueno) con un valor de ¢176,000. 36) Archivo de metal de 3 gavetas gris (1: Estado regular, tiene pequeños golpes en el exterior) con un valor de ¢21,000. 37) Archivo de madera (1: Excelente estado, 1 gaveta y 2 puertas) con un valor de ¢40,000. 38) Archivo madera (1: 4 divisiones) con un valor de ¢35,000. 39) Esquineros de madera (2: Estados malo, 4 divisiones) con un valor de ¢14,000. 40) Pulpito de madera (1: Excelentes condiciones) con un valor de ¢70,000. 41) Trípode Steren (3: Diámetro del tubo 3,5cm, muy buenas condiciones) con un valor de ¢51,000. 42) Archivo metal de 4 divisiones 127x47x69 (1: Marca Metalín) con un valor de ¢35,000. 43) Archivo de madera de 4 divisiones 132x48x59 (1: Estado regular, gavetas trabadas) con un valor de ¢30,000. 44) Sillas giratorias (2: Mal estado) con un valor de ¢6,000. 45) Sillas, base metal y acolchadas (11: Plástico podrido) con un valor de ¢38,500. 46) Sillas base metal, asiento y respaldar de plástico negro (12: Muy buen estado) con un valor de ¢96,000. 47) Monitores Dell de 17” a 21” aprox. (12: Buen estado) con un valor de ¢252,000. 48) CPU (6) Intel Core I5 con un valor de ¢192,000. 49) CPU pequeños (3: Intel Core I5) con un valor de ¢96,000. 50) Teclado Dell (5: Buen estado) con un valor de ¢10,000. 51) Teclado BengQ (1: Buen estado) con un valor de ¢2,000. 52) Mouse de cable (3: Buen estado) con un valor de ¢90,000. 53) Mouse inalámbricos (2: Buen estado) con un valor de ¢10,000. 54) Teléfono inalámbricos Panasonic (2: Buen estado) con un valor de ¢28,000. 55) Teléfono fijo Panasonic (1: Buen estado) con un valor de ¢20,000. 56) Impresora Multifuncional Canon MX371 (2: Buen estado) con un valor de 75,000. 57) Impresora de Cinta Epson (1: FX-890) con un valor de ¢10,000. 58) Lector de Huella Schlage (1: Hand Punch 2000) con un valor de ¢5,000. 59) Base de escritorio de madera (1: 60x160) con un valor de ¢10,000. 60) Muebles de madera (2: 73x48x55, 2 gavetas, 1 manija quebrada, raspones) con un valor de ¢32,000. 61) Mueble de madera 3 estantes (1: 2 puertas, 176x80x30 buen estado, madera oscuro) con un valor de ¢35,000. 62) Armario de madera de 2 puertas (1: 180x90x44 Estantes internos, color claro) con un valor de ¢40,000. 63) Exibidor de madera (1: 212x120x37 Vidrios quebrados, sin puerta) con un valor de ¢45,000. 64) Mueble de madera (1: 150x210x40 buen estado) con un valor de ¢125,000. 65) Mueble de madera 12 puertas (1: 150x200x55 buen estado, pequeños detalles) con un valor de ¢235,000. 66) Mueble exhibidor de madera (1: 126x207x36 Tiene detalles por mejorar en la madera) con un valor de ¢40,000. 67) Sobre de mesa y escritorio (1: Buen estado) con un valor de ¢20,000. 68) Sofá café (75x190x90, buen estado, forrado en cuerina) con un valor de 70,000. 69) Refrigeradora pequeña (1: 85x50x55, pequeños golpes en el exterior) con un, valor de ¢40,000. 70) Mueble de madera horizontal (1: 80x125x33 3 puertas, estado muy bueno= con un valor de ¢64,000. 71) Escritorio desarmado, 2 esquineros de madera (falta armar, estado 7/10) con un valor de ¢50,000. 72) Mueble de licores de madera (1: 110x140x60, muy buen estado) con un valor de ¢55,000. 73) Cortina para proyección de Video-in (1: 210x145, pequeños golpes en el exterior, mecanismo de auto retracción dañado) con un valor de ¢27,000. 74) Mueble de madera (1: 105x96x43, 7 espacios, 2 puertas, buen estado) con un valor de ¢122,000. 75) Mueble exhibidor de madera (1: 145x195x40, 6 divisiones pequeñas, 1 división grande, estado regular) con un valor de ¢45,000. 76) Estantería metálica (1: 155x90x50, buen estado) con un valor de ¢15,000. 77) Escritorio base metal y sobre de madera (1: 73x120x70, bueno) con un valor de ¢52,000. 78) Escritorio madera (1: 78x150x60, el sobre está en otra tarima, muy raspado, estado regular) con un valor de ¢38,000. 79) Escritorio (1: 3 gavetas, 1 división para teclado, sobre rayado) con un valor de ¢42,000. 80) Escritorio (1) Falta una pata de metal, estado regular con un valor de ¢15,000. 81) Archiveros café (2: 21 divisiones, buen estado, detalles de rayones) con un valor de ¢240,000. 82) Mueble de melamina negro (2: 60x120x30, pequeños rayones) con un valor de ¢80,000. 83) Muebles de melamina blancos (2: 120x82x70, no están firmes) con un valor de ¢17,000. 84) Escritorio de madera de 2 gavetas (1: 72x140x50, raspado, falta parte de sobre) con un valor de ¢20,000. 85) Mesa para impresora de madera (1: 72x90x40, 2 gavetas) con un valor de ¢25,000. 86) Muebles de melamina (2: altura 75, 2 divisiones) con un valor de ¢20,000. 87) Mueble pequeño de 2 gavetas (1: 56x42x44, con llave, muy buen estado) con un valor de ¢16,000. 88) Mueble 2 gavetas y 1 división (1: 73x49x55, pequeños raspones) con un valor de ¢16,000. 89) Base de escritorio de madera (1: 73x167x82) con un valor de ¢12,000. 90) Mesas de madera largas (5: 79x295x70) con un valor de ¢125,000. 91) Escritorio desarmado (1: Bases de metal, sobre de madera) con un valor de ¢20,000. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos cincuenta y tres mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos ochenta y cuatro mil quinientos colones exactos (25% de la base original). 7) Con una base global de ocho millones setecientos veinticinco mil seiscientos cuarenta y seis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate los siguientes racks metálicos: 1) Azules: Medidas: 502cm x 90cm, cantidad: 128 uds. 2) Rojos: Medidas: 278cm x 12cm, cantidad: 215 uds. 3) Amarillos: Medidas: 240cm x 12cm, cantidad: 378 uds. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de seis millones quinientos cuarenta y cuatro mil doscientos treinta y cuatro colones con cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós, con la base de dos millones ciento ochenta y un mil cuatrocientos once colones con cinco céntimos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Colgate Palmolive (Costa Rica) S. A. contra Distribuidora JJ Lamugue S. A., Jorge Isaac Jiménez Lamugue. Expediente N° 17-019415-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de julio del año 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2022660851 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 97987-002, la cual es naturaleza terreno para construir. Situada en el distrito dos Occidental, cantón Uno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Inversiones El Molino S.A.; al sur, Inversiones El Molino S.A.; al este, Inversiones El Molino S.A.; y al oeste, calle pública con veinte metros. Mide: seiscientos ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del seis de setiembre del dos mil veintidós con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintidós con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Diego Mora Cerdas contra Elsa María Gerardina Rojas Orozco. Expediente N° 18-010849-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de junio del 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022660906 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 361-05871-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos veintiún mil setecientos sesenta, derecho cero cero uno, cero cero dos, cero cero cinco y cero cero seis, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 13-Garita, cantón 01- Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Arrieta y otro; al sur, Jorge Alfaro Delgado; al este, Carlos Valverde Garbanzo y al oeste, calle pública con 8m 50cm. Mide: Ciento cincuenta metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Enrique de Jesús Valerio Contreras contra Josimar Segura Morera, Paul Esteban Segura Morera, Peter Jesús Segura Morera. Expediente N° 17-010438-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y uno minutos del trece de junio del dos mil veintidós.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez.—( IN2022660940 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones ochenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 682212, marca Chevrolet, estilo Aveo, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color vino, Vin KL1TJ51YX7B131731, cilindrada 1500 c.c., combustible gasolina, motor Nº F15S3181159K. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veintidós, con la base de tres millones sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del trece de octubre del dos mil veintidós, con la base de un millón veintiún mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociacion Solidarista de Empleados de ICU Medical Costa Rica LTD (ASEICU) contra Yitzak Dayan Cordero Segura. Expediente N° 18-003546-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y uno minutos del siete de junio del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022661027 ).

En este despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones: citas: 294-23068-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de la provincia: Guanacaste finca: 175866 duplicado: horizontal: derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: parcela para uso agrícola numero A-5, situada en el distrito 1-Cañas cantón 6-Cañas de la provincia de Guanacaste, Linderos: norte, Desarrollos Granera y Varela S. A., sur, servidumbre de uso agrícola con 97.24 metros de frente, este: Desarrollos Granera y Varela S. A., oeste, Desarrollos Granera y Varela S. A., Mide: diez mil doscientos sesenta y tres metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del doce de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintidós con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alejandro Daniel Granera Vega. Expediente 18-028963-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del I Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con dieciocho minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veintiuno.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2022661028 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos ochenta y un mil ciento diez colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia O.I.J. Citas 0800 00675019 001; sáquese a remate el vehículo Placas BHT396, Marca: Hyundai estilo: Accent, Categoría: automóvil capacidad: 5 personas, tracción: 4x2, año fabricación: 2001, color: blanco, Vin: KMHCG51FP1U132656, N° Motor: ilegible, cilindrada: 1500 c.c. cilindros: 4 combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós, con la base de un millón novecientos treinta y cinco mil ochocientos treinta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós, con la base de seiscientos cuarenta y cinco mil doscientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Laura María Chaves Velandos. Expediente N° 17-004365-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: once horas con treinta y ocho minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022661046 ).

En este Despacho, con una base de ochocientos cincuenta y cuatro mil doscientos treinta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: MOT-525521. Marca: Yamaha, estilo: XTZ125E, Categoría: motocicleta, Capacidad: 2 personas, año fabricación: 2016, color: negro, Vin: LBPKE1802G0048456, cilindrada: 125 c.c., combustible: gasolina, N° Motor: E3N2E047564. Para tal efecto se señalan las catorce horas diez minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas diez minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós, con la base de seiscientos cuarenta mil seiscientos setenta y seis colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas diez minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós, con la base de doscientos trece mil quinientos cincuenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Isabel Cristina Sandí Solís. Expediente N° 19-015132-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de marzo del año 2022.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2022661047 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ciento noventa y cinco mil ochocientos un colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 19-000492-1598-TR, Boleta 201926700470, rollo 0, imagen 0, Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Garabito; sáquese a remate el vehículo Placa BNY555, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCU5AE4CU054502, carrocería: Sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4X2, año fabricación: 2012, color: negro. Para tal efecto se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del once de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos noventa y seis mil ochocientos cincuenta colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos noventa y ocho mil novecientos cincuenta colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Rubén Emilio Ochoa Navas. Expediente N° 19-012712-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con catorce minutos del nueve de junio del dos mil veintidós.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022661049 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos noventa mil doscientos setenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BRW387, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: KMHCT4AE6GU025005, vin: KMHCT4AE6GU025005, cilindrada: 1600 C.C. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós, con la base de tres millones trescientos sesenta y siete mil setecientos cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del dos de setiembre del dos mil veintidós, con la base de un millón ciento veintidós mil quinientos sesenta y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Carlos Enrique Cortés Zúñiga. Expediente N° 20-007693-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: once horas del once de abril del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022661050 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones trescientos cuarenta y dos mil ochocientos setenta y cuatro colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 369-02774-01-0915-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela matrícula número 232586 derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1- Quesada, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María De Los Ángeles Pérez y otro; al sur, José Fco. Segura García y otro; al este, COOPURVI R L y al oeste, calle pública. Mide: Doscientos nueve metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintidós con la base de treinta y cuatro millones siete mil ciento cincuenta y cinco colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós con la base de once millones trescientos treinta y cinco mil setecientos dieciocho colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Ana Isabel De La Trinidad Quesada Campos. Expediente N° 18-013606-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022661067 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto citas: 2014-31262-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2014-31262-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos veinticinco mil seiscientos tres, derecho 000, la cual es terreno cultivado de helecho. Situada: en el distrito Sabanilla, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Guido Delgado Herrera; al sur, Walter Rodríguez Castro y Negocios Sumarios de Pana S. A.; al este, Walter Rodríguez Castro y Negocios Sumarios de Pana S. A., y al oeste, calle pública. Mide: cinco mil quinientos ochenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós, con la base de sesenta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós, con la base de veintiún millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Pablo José Aguirre Saavedra. Expediente N° 16-027293-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 24 de junio del año 2022.—Msc. Zary Navarro Zamora, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022661081 ).

En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2013-24108-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 510959, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-Concepción, cantón 5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Luis Álvarez Ramos y servidumbre de paso; al sur, Ricardo Castro Ramos; al este, Carlos Luis Álvarez Ramos y al oeste, Carlos Luis Álvarez Ramos y servidumbre de paso. Mide: Seiscientos treinta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas quince minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Martin Asdrúbal Vargas Cerdas contra Horacio Joaquín Álvarez Moreno. Expediente N° 17-010659-1044-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintidós horas con cuarenta y dos minutos del cuatro de febrero del dos mil veintidós.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2022661100 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil ciento noventa y nueve dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: MTS410, marca: Mercedes Benz, estilo: ML, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: plateado, Vin: WDCDA7DB5DA206640, cilindrada: 4700 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós con la base de seis mil ciento cuarenta y nueve dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintidós con la base de dos mil cuarenta y nueve dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de GC Prendario S. A. contra Barris Padawan Group S.R.L. Expediente N° 22-004405-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de julio del 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2022661182 ).

En este Despacho, con una base de treinta y un millones cincuenta y seis mil novecientos cincuenta y tres colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal citas: 800-739120-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 558295-004, la cual es terreno naturaleza: terreno de solar con 09 casas. Situada en el distrito 5-Guácima, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Finca 1 y Jovel Córdoba Salas; al sur, Botellita de Guácimo BG S. A.; al este, camino público con un frente de 327 mts 67 cms; y al oeste, Jovel Córdoba Salas. Mide: dieciocho mil ochocientos trece metros cuadrados. Plano: A-1963610-2017. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de abril del dos mil veintitrés con la base de veintitrés millones doscientos noventa y dos mil setecientos catorce colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés con la base de siete millones setecientos sesenta y cuatro mil doscientos treinta y ocho colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Mireya Morales Castillo contra Inversiones Salas e Hijos de La Guácima Sociedad Anónima. Expediente N° 18-002007-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y seis minutos del veinticuatro de junio del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022661192 ).

En este Despacho, con una base de seis millones ciento cuarenta y nueve mil novecientos tres colones con quince céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 305 asiento 20183; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 457773, derecho 000, la cual es terreno Bloque B-3, Lote 8, terreno para construir con una casa de habitación y un apartamento. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lote 7; al sur, Lote 9; al este, Lote 29, y al oeste, Alameda 16; Mide: noventa metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del once de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós con la base de cuatro millones seiscientos doce mil cuatrocientos veintisiete colones con treinta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós con la base de un millón quinientos treinta y siete mil cuatrocientos setenta y cinco colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Estibali Paola Delgado Sánchez Expediente N° 19-000953-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 01 de julio del año 2022.—Zary Cecilia Navarro Zamora, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022661221 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal citas: 2012-275869-01-0002-001, Fiscalía Adjunta Liberia. Sumaria 12-0010178-0396-PE; sáquese a remate la a finca del partido de Guanacaste, matrícula número 105746, derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo para La Vivienda; al sur, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo para la Vivienda; al este, calle pública con un frente de diez metros, y al oeste, Mutual Guanacaste De Ahorro Y Préstamo Para La Vivienda. Mide: Doscientos Cincuenta Metros Cuadrados, Plano: G-0748904-1988. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta minutos del doce de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta minutos del veinte de octubre del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta minutos del veintiocho de octubre de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio La Ladera Bloque C J K Lote Dos B B B S. A. contra Denelia Vásquez Acevedo. Expediente N° 12-009319-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de mayo del año 2022.—María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022661244 ).

En este despacho, con una base de un millón ochocientos veintidós mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: 289129, Marca: Toyota, estilo: Corolla DX, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 1993, color: verde, VIN: no indicado, cilindrada: 1600 c.c., tracción: 4x2, combustible: gasolina, N° Motor: 7AF346884. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós, con la base de un millón trescientos sesenta y seis mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós, con la base de cuatrocientos cincuenta y cinco mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Adela Yadira Jarquín Delgadillo contra Christian Damián Moraga Moreno, Raquel Cerdas Jiménez. Expediente N° 14-014622-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de marzo del año 2022.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2022661267 ).

En este Despacho, con una base de siete mil seiscientos setenta y dos dólares con doce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CMC506, marca Honda, estilo Civic LX, categoría automóvil, año 2014, color gris, vin 19XFB2550EE500893, motor R18Z13687280, cilindrada 1798 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas quince minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas quince minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de cinco mil setecientos cincuenta y cuatro dólares con nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós, con la base de mil novecientos dieciocho dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Josué Murillo Abarca. Expediente N° 22-005265-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022661296 ).

En este Despacho, con una base de once mil novecientos noventa y cuatro dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BSH011, marca: Suzuki, estilo: CIAZ GL T, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2019, color: plateado, Vin: MMSVC41S4KR104763, cilindrada: 1400 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas quince minutos del siete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas quince minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós, con la base de ocho mil novecientos noventa y cinco dólares con setenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas quince minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós, con la base de dos mil novecientos noventa y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Fernando Alberto Alfaro Alani. Expediente N° 22-005264-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del año 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Juez/a Decisor/a.—( IN2022661298 ).

En este Despacho, 1) Con una base de cuarenta y cinco mil doscientos noventa y ocho dólares con cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 127585, horizontal: F derecho 000, la cual la naturaleza de su terreno es finca filial número cincuenta, terreno destinado a uso habitacional, de una planta, en proceso de construcción y se ubicará en el segundo nivel del edificio D. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda: al norte. pasillo; al sur: espacio aéreo; al este: finca filial cuarenta y nueve, y al oeste: área común construida, destinada a elevador. Mide: cuarenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del tres de agosto del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas con cincuenta minutos del once de agosto del año dos mil veintidós, con la base de treinta y tres mil novecientos setenta y tres dólares con cincuenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con la base de once mil trescientos veinticuatro dólares con cincuenta y un centavos (25% de la base original). 2) Con una base de once mil novecientos treinta y cinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 127751 horizontal: F derecho 000, la cual la naturaleza de su terreno es finca filial número doscientos dieciséis, terreno destinado a uso estacionamiento, de una planta en proceso de construcción y se ubicará en el primer nivel. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda: al norte: acceso cinco; al sur: área común libre, destinada a zona verde; al este: finca filial doscientos diecisiete; y al oeste: finca filial doscientos quince. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del tres de agosto del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas con cincuenta minutos del once de agosto del dos mil veintidós, con la base de ocho mil novecientos cincuenta y un dólar con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas con cincuenta minutos del veintidós de agosto del dos mil veintidós, con la base de dos mil novecientos ochenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S.A., contra Angie Yazmín Quirós Quirós. Expediente N° 22-002146-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de junio del 2022.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022661300 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y siete mil ciento noventa y tres dólares con veintiocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 103325-001- 002-004, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-El Tejar, cantón: 08-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Hacienda Agua Caliente S. A.; al sur Hacienda Agua Caliente S A; al este, Hacienda Agua Caliente S. A. y al oeste, calle con 8m. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del tres de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del once de agosto de dos mil veintidós, con la base de cincuenta mil trescientos noventa y cuatro dólares con noventa y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós, con la base de dieciséis mil setecientos noventa y ocho dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S.A. contra Allan Guillermo López Umaña, Lindsay Dayanna López Umaña, Luis Alberto Retana Fuentes, María Mayela Umaña Navarro. Expediente 21-007849-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de junio del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022661301 ).

En este Despacho, Con una base de cincuenta y seis millones setecientos sesenta y cuatro mil novecientos setenta y nueve colones con ochenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y calle ref:1281-235-001 citas: 276-02818-01-0901-002; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento ochenta y nueve mil ciento cuarenta y seis, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote 55-B.- Situada en el distrito , 3-San Juan cantón 3-La Unión , de la provincia de Cartago.- Colinda: al norte, lote 56-B sur, lote 54-B este, lote 66-B oeste, calle publica con un frente de 10 metros.- Mide: trescientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintidós con la base de cuarenta y dos millones quinientos setenta y tres mil setecientos treinta y cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veintidós con la base de catorce millones ciento noventa y un mil doscientos cuarenta y cuatro colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Manrique Rojas Gamboa, Paula Inés Quesada Gómez, Warrant S. A. Expediente N°:21-012687-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de junio del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—( IN2022661332 ).

En este Despacho, con una base de trece mil trescientos trece dólares con cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BHL218, marca: Hyundai, estilo: I10 GL, categoría: automóvil, capacidad 5 personas, año: 2015, color: gris, VIN: MALAM51BAFM590991, cilindrada 1100 cc, combustible: gasolina, motor N° GAHGEM850173. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del uno de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintidós, con la base de nueve mil novecientos ochenta y cuatro dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós, con la base de tres mil trescientos veintiocho dólares con veintiséis centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Rent ADN Car J Y V S. A., contra Stefan Andrés Solís Toledo. Expediente N° 18-000030-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y cuatro minutos del diez de junio del dos mil veintidós.—Xinia Vindas Mejía, Jueza Tramitadora.—( IN2022661343 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil trescientos treinta y nueve dólares con ochenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BMY450, marca Hyundai, estilo Creta GL, color beige, año 2017 viin: MALC281CAHM189204. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintidós con la base de trece mil cuatro dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil trescientos treinta y cuatro dólares con noventa y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Yiressi Gabriela Bermúdez Núñez. Expediente 21-005041- 1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de mayo del año 2022.—Hazel Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—( IN2022661344 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000142-0642-CI donde se promueve información posesoria por parte de Pedro Luis Pablo Rodríguez Loria quien es mayor, estado civil casado/a, comerciante, vecino de Judas de Chomes, Puntarenas, portador de la cédula número 0501870431, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de repastos con una casa construida. Situada en el distrito Chomes, cantón Puntarenas. Colinda: al norte con Rosaura Rodríguez Loría y Sergio Rodríguez Paniagua; al sur con Banco de Costa Rica; al este con Jesús Carrillo Miranda y al oeste con Municipalidad de Puntarenas. Mide: cuatro mil novecientos noventa y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, P-2287893-2021, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpia, chapea, construcción y mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria, promovida por Pedro Luis Pablo Rodríguez Loría. Expediente N° 22-000142-0642-CI-5. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y cuatro minutos del veintiuno de junio del dos mil veintidós.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660523 ).

Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 10-0005990388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Gabriel Jaén Castellón, quien es mayor, casado una vez , enfermero, cédula de identidad cero cinco ciento treinta y dos cero ochocientos sesenta y cinco, vecino de Barrio El Cacao, del abastecedor Silvia doscientos metros al oeste; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir, situado en El Cacao, distrito 1° ( Santas Cruz), cantón 3° (Santa Cruz), Provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, Gregoria Rafaela Jaén Castellón; sur, Berta Jaén Castellón, Este: María Eugenia Jaén Castellón y Donald Jaén Castellón, oeste, calle pública con una medida de treinta metros con noventa y ocho centímetros lineales; mide 1409 m2, según plano G-1954023-2017. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió mediante donación verbal que le hiciera su padre Adelio Jaén Jaén, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Barrio El Cacao, del abastecedor Silvia doscientos metros al oeste, el día doce de febrero del mil novecientos ochenta, de que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre el han consistido en arreglo de cercos, chapea, rondas y cuido en general; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz (Guanacaste), 01 de Agosto de 2018.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2022660630 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000066-1129-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Diego Alejandro Salazar Gamboa, quien es mayor, casado una vez, vecino de Garabito de Puntarenas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-1161-0623, salonero, Frank Salazar Gamboa, mayor, casado una vez, supervisor de mantenimiento, vecino de Garabito de Puntarenas, cédula N° 1-0997-0998, Randall Salazar Gamboa, mayor, casado una vez, cajero, vecino de Montelimar de Turrubares, cédula número 1-1161-0623, y Gerardo Salazar Jiménez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de la Pavona de San Gabriel de Turrubares, cédula número 09-0037-0266, a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para construir con una casa y dedicado a la agricultura y ganadería. Situada en el distrito décimo (Río Nuevo), cantón diecinueve (Pérez Zeledón), de la provincia de San José. Colinda: al norte: Dayana Fallas Godínez y quebrada en medio de Taft S. A.; al sur: Desarrollos Kanuva Sociedad Anónima; al este: Gonzalo Rojas Alvarado, Marco, Carlos, Víctor, Sergio, José, Gilberth, Johnny, Geiner, Rosa y José, todos de apellidos Cordero Elizondo; y al oeste: Rógernchez Portuguez y María Alemán García. Mide: ciento ocho hectareas tres mil doscientos sesenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1467250-2010. Indican los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de treinta y dos millones de colones por su orden. Que adquirieron dicho inmueble por venta que hiciera Belarmino Marín Azofeifa, y hasta la fecha lo han mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y limpieza, reparación de cercas, chapeas, siembra de árboles frutales, repasto y ganadería. Que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Diego Alejandro Salazar Gamboa, Frank Salazar Gamboa, Randall Salazar Gamboa y Gerardo Salazar Jiménez. Expediente N° 11-000066-1129-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Pérez Zeledón, 20 de mayo del año 2022.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez Agrario.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660673 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000045-1129-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Luis Felipe Arias Esquivel, quien es mayor, estado civil: soltero, vecino de ochocientos cuarenta Roabling Avenida, Trenton, New Jersey, código cero ocho seis uno uno, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-mil ciento noventa y ocho-cero doscientos sesenta y nueve, profesión encargado de mantenimiento comercial, representado por su apoderado generalísimo sin límite de suma José Arias Cordero, quien es mayor, estado civil: viudo una vez, vecino de La Suiza de Daniel Flores de Pérez Zeledón, trescientos metros sur de la Torre Telefónica, portador de la cédula de identidad número uno-cero trescientos veinticinco-cero quinientos noventa y tres, profesión agricultor, a fin de inscribir a nombre de su representado y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de uso agrícola. Situada: en el distrito tercero (Daniel Flores), cantón diecinueve (Pérez Zeledón), de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de noventa y tres metros cuarenta y nueve centímetros; al sur, Jorge Cordero Mora y Guido Esquivel Fallas; al este, Guido Esquivel Fallas, y al oeste, Hannia Arias Esquivel. Mide: diez mil ochocientos noventa y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-dos millones ciento diecinueve mil cuatrocientos tres-dos mil diecinueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de quince millones de colones y las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener un huerto con plantas de café, con sombra de poró, algunos frutales como guayaba y cacao, plantas de yuca y una pequeña milpa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Luis Felipe Arias Esquivel. Expediente N° 22-000045-1129-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 24 de junio del año 2022.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660676 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000029-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ruth Elizondo Alvarado, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Pérez Zeledón, Rivas, San Gerardo, barrio la Chispa, un kilómetro y medio al norte de la escuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cero uno-cero seiscientos setenta y nueve-cero ochocientos dos, agricultura, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es pasto, café y casa. Situada en La Chispa en el distrito (cuatro) Rivas, cantón (diecinueve) Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Seidy Monge Elizondo y Miguel Elizondo Alvarado, al sur, Melvin Monge Marín, Laura Jazmín Martínez Elizondo; al este, Laura Jazmín Martínez Elizondo, y al oeste, calle pública con catorce metros, con un frente a la propiedad de ochenta y cuatro metros lineales con cincuenta y tres centímetros. Mide: ciento veintitrés mil trescientos cincuenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-Dos millones trescientos cinco mil ciento sesenta y uno-dos mil veintiuno. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble y la presente diligencias en la suma de diez millones de colones exactos cada uno. Que adquirió dicho inmueble de forma de Cesión que se realizó con el señor Gilberto Mejías Monge C.C. Gilberto Elizondo Monge y hasta la fecha lo hemos mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en construcción de casa de habitación, por medios propios desde hace ya más 26 años, siembra y cultivo de café, desde hace más de 24 años, con sus respectivos podas del cultivo, además en la actualidad aun cosechamos el café, hechura y mantenimiento de las cercas en alambre de púas a 3 a cinco hilos en algunas de las colindancias, en la colindancia oeste postes de cemento, y en las otras colindancias, postes vivos, palmera, guítite, poró, mantenimiento de la finca, chapeas, libre de malezas, siembre de repastos, se le construyo un corral de aproximadamente setenta metros cuadrados, donde se mantiene animales para cuido y alimentación de la casa, en el resto de la propiedad existen sembradíos de algunos árboles frutales en conjunto con árboles de sombra, la propiedad no tiene yurros, acequias, quebradas, nacientes, ni veranear ni inverniz, tanto dentro como en las colindancias de la propiedad a titular, se encuentra debidamente limitada con postes de cemento vivos, y con alambre de pues de tres y cinco hilos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria, promovido por Ruth Elizondo Alvarado. Expediente N° 22-000029-1129-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 02 de junio del 2022.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660677 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000030-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Jimena Patricia Fernández Velásquez quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Alajuela, distrito Sarchí Norte, cantón Sarchí, cuatrocientos noroeste del Centro de Salud, casa a mano derecha color verde claro, portadora de la cédula número 0208200143, profesión estudiante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Primero Santa Cruz, cantón Tercero Santa Cruz. Colinda: al norte, con Cristóbal Cabalceta Mora; al sur, con Retiro Víal y calle pública; al este, con Marco Cabalceta Vásquez; y al oeste, con Willy Cabalceta Jiménez. Mide: doscientos setenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir G-2029056- 2018 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble G-2029056-2018, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en elaboración de chapias y rondas, siembra de diferentes árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jimena Patricia Fernández Velásquez. Expediente N° 21-000030-0388-CI-0.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 09 de febrero del 2021.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022660782 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000073-0507-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miguel Mora Núñez, quien es mayor, masculino, costarricense, agricultor, casado una vez, cédula N° 1-0309-0394, vecino de Limón, Pococí, Guápiles, Jiménez, cien metros oeste y doscientos cincuenta metros sur de la iglesia católica, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno solar, ubicado en Suerre, distrito segundo Jiménez del cantón segundo Pococí de la provincia de Limón. Mide: 2.625 m². Linda al norte. Inmobiliaria e Inversiones el Trapiche Sociedad Anónima, al sur: con Miguel Mora Núñez, al este: con Miguel Mora Núñez y calle pública con una medida de catorce metros con noventa y cinco centímetros lineales, al oeste: con Inmobiliaria e Inversiones el Trapiche Sociedad Anónima. Graficado en el plano catastrado N° L-2304374-2021. Inmueble que fue estimado en la suma de ¢3.000.000,00 y las diligencias en ¢3.000.000,00. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación, se apersonen en este juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Nota: este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 4 de julio de 2022.— Lic. Daniel González Sibaja, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660924 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 20-000102-1520-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Familia Rodríguez y Venegas de Arenal Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno cero seis seis seis ocho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Terreno de repasto. Situada en el distrito Cote, cantón Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública; al sur y este Importaciones Murchi Sociedad Anónima y al oeste Tres Uno Cero Uno Cuatro Seis Cero Tres Seis Nueve Sociedad Anónima.- Mide: ochenta y cuatro mil ciento cuarenta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número dos-uno nueve nueve uno seis ocho uno- dos mil diecisiete.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diecisiete millones de colones.- Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años.- Que no existen condueños.- Que los actos de posesión han consistido en limpieza del inmueble y cultivo de plantas y ganadería.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.- Proceso información posesoria, promovida por Familia Rodríguez Y Venegas de Arenal Sociedad Anónima. Expediente 20-000102-1520-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria). Alajuela, Upala, 26 de junio del año 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022660927 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000003-0386-CI donde se promueve información posesoria por parte de Javier Antonio Sánchez Quiroz mayor, nicaragüense, viudo, soldador vecino de Alajuela, San Pedro de Poas, de la Escuela Imas doscientos cincuenta metros este, Urbanización La Delia, ultima calle segunda casa, con cédula de residencia número 155808529635, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno lote con naturaleza de terreno con casa; sito en distrito dos Cañas Dulces, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste, linda al norte con Lisbeth Méndez Baltodano, al sur, con José Albino Delgado Coronado y Ángela López Zapata, al este, con Frank Randall Monge Moya, y al oeste, con frente a servidumbre de paso de diecinueve metros con ochenta y siete centímetros lineales en medio con José Luis Quirós Estrada, mide 590 metros cuadrados, descripción que se ajusta en un todo al plano catastrado número 5-225671-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble señora Shirley Castillo Moreno, mayor, divorciada de primeras nupcias, administradora del hogar, vecina de Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, de la escuela 100 metros sur y 25 metros oeste, con cédula de identidad número 5-0213-0641, y, con quien no le une parentesco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la tenencia material del lote, cuido del mismo, limpieza constante, conservación de cercas y, otras actividades menores. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Javier Antonio Sánchez Quiroz. Expediente N° 22-000003-0386-CI-5Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: nueve horas con diecinueve minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza.—1 vez.—( IN2022660954 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000034-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Antonia María Flora Álvarez Carrillo, quien es mayor, estado civil viuda, vecina de Diría de Santa Cruz, Guanacaste del Ángel San Rafael, doscientos veinticinco metros al este, portador de la cédula de identidad número 5-106-007, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito: sétimo (Diría), cantón: tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Armando Moreno Carmona y Jhonny Centeno García ambos en parte; al sur, calle pública con un frente a ella de cuatrocientos cincuenta y cinco metros lineales, al este, María Victoria Álvarez Carrillo, y al oeste, Armando Moreno Carmona. Mide: siete hectáreas con cuatro mil cuatrocientos noventa y dos metros con veintisiete decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-841869-2003. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación de su padre Mario Rosa Álvarez Hernández, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapia, rondas y mantenimiento en buen estado de la cerca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Antonia María Flora Álvarez Carrillo. Expediente N° 22-000034-0391-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 17 de junio del año 2022.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660983 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000052-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jesús Antonio Rodríguez Leal, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Playa Junquillal de Santa Cruz, portador de la cédula de identidad número 5-0357-0145, profesión Oficial de Seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es solar con árboles frutales. Situada en el distrito tercero (27 de Abril), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Wilmar Ascensión Gutiérrez Baltodano; al sur, Wilmar Ascensión Gutiérrez Baltodano y servidumbre de paso en medio; al este, Heidy Gutiérrez Reyes, Mercedes Reyes Reyes, y Jesús Rodrigo Gutiérrez Reyes, y al oeste, Wilmar Ascensión Gutiérrez Baltodano. Mide: cuatrocientos cuarenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 5-2308449-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra a Wilmar Ascensión Gutiérrez Baltodano, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en arreglos de cercas, chapeas, rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jesús Antonio Rodríguez Leal. Expediente N° 22-000052-0391-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 23 de junio del año 2022.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660992 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente 21-000172-0388-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Álvaro Francisco de la Trinidad Picado Picado, quien es mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Cartago, San Antonio costado sur del templo católico, portador de la cédula número 0107420066, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en Bejuco de la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito 4°: Tempate. Cantón 3°: Santa Cruz. Colinda al norte, con: Yuri Morales Moreno; al sur, con: Raúl Martínez Cornejo; al este, con: Walter Arias Ávila y al Oeste con: Eulalio Paulo Morales Moreno. Mide: 583 metros cuadrados, según plano G-2169014-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble lo adquirió mediante venta que le realizara a la señora Segunda Soyla Moreno Peralta, mayor, viuda una vez, Pensionada, con cédula cinco- cero uno cero seis- cero dos dos seis, vecina de Tempate, Bejuco, Santa Cruz, Guanacaste, con quien no le liga parentesco alguno, el dieciséis de enero del año dos mil quince, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y asistencia durante todo este tiempo, se chapea constantemente, se han sembrado árboles frutales de melina, marañón, plátano y mangos, y se les da mantenimiento a las cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Álvaro Francisco de la Trinidad Picado Picado. Expediente 21-000172-0388-CI-6. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 06 de mayo del año 2021.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022661035 ).

Jaime Campos Estrada, mayor, soltero, ganadero, cédula de identidad número 0603030336, vecino de Buenos Aires, Changuena, La Bonga, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de árboles Potrero y montaña, sita en el distrito sétimo Changuena del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, Río Limón, servidumbre Agrícolas, Quebrada Fury en medio de Ganadera Campos y Estrada de Changuena Sociedad Anónima, sur, servidumbre agrícola, Rosalina Trinidad Arias Umaña, oeste, Quebrada Fury, en medio Ganadera Campos y Estrada de Changuena Sociedad Anónima y Celin Morales Vargas y este Jaime Campos Estrada, Servidumbre agrícola, quebrada sin nombre, Benito Cedeño Morales. Mide 89ha2510 metros cuadrados, según plano catastrado 6-14147-2022. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de ciento veintidós millones cuatrocientos sesenta y nueve mil colones, igualmente las presentes diligencias. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jaime Campos Estrada. Expediente N° 22-000023-1555-AG. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil).—Licda. Xinia Vindas Mejía, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661052 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000183-0642-CI donde se promueve información posesoria por parte de Pulidora del Este Sociedad Anónima representada por el señor Manuel Enrique Villalobos Carvajal, mayor, costarricense, casado una vez, cédula 1-382-311, medico, vecino de San José, Urbanización José María Zeledón, casa K12, a fin de inscribir a nombre de la sociedad supra citada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas matrícula folio real 10331-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas. Colinda: al norte, con Vicenzo Giampa Giampa; al sur, con calle pública; al este, con Raúl Ernesto Morales, y al oeste, con Pulidora del Este S. A. Mide: Doscientos cincuenta y seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a rectificar no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble 06-010331-000, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en una posesión ejercida a título de dueño por más de veinte años. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria (Rectificación medidas), promovida por Pulidora Del Este Sociedad Anónima. Expediente N° 19-000183-0642-CI-0. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Puntarenas, 06 de julio del año 2020.—Jhonny Esquivel Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022661065 ).

Citaciones

Mediante escritura pública número doscientos veinticuatro-uno, de las diez horas con cero minutos del siete de julio del dos mil veintidós otorgada en esta notaría, se dio apertura del proceso sucesorio de José Ramón Lizano Méndez, mayor, cédula de identidad número 1-0291-0566, casado de sus primeras nupcias, pensionado, vecino de San José, Vásquez de Coronado, Cascajal, San Pedro, Lotes Méndez, ciento setenta y cinco metros al sur del Super Nuevo Amanecer, casa color verde a mano derecha. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieran la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Carlos Manuel Navarro Moreno, Notario Público, con oficina abierta en San José, San Sebastián, Barrio El Carmen, Paso Ancho cien metros al este del Bar Orotinense a mano izquierda, casa de dos plantas con portones de malla blancos, teléfono número 7048-0863.—San José, fecha 07 de julio de 2022.—Lic. Carlos Manuel Navarro Moreno.—1 vez.—( IN2022660496 ).

Comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera el señor Gerardo Enrique Barrantes Vega, mayor de edad, costarricense, quien en vida fue casado una vez, portador de la cédula de identidad número: Seis- cero ciento cincuenta y ocho- cero seiscientos noventa y tres, docente y cuyo último domicilio fue vecino de Puntarenas, Barranca, Palmas del Río, Segunda entrada casa frente al parque. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente 0002-2021 Notaria de la Licda. Paola Patricia Andrade Mora, Puntarenas, Esparza, setenta y cinco metros al sur del cementerio principal.—Esparza, a ser las catorce horas y cuarenta minutos del día ocho de julio del año dos mil veintidós.— Licda. Paola Patricia Andrade Mora.—1 vez.—( IN2022660596 ).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, comparecieron los presuntos herederos: Rosa María Quirós Mejía, y Natalia Carolina Cerdas Quirós, solicitando que se declare abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuere Alver Alcides De Jesús Cerdas Ureña, mayor, casado una vez, vendedor, vecino de San José, Escazú, Bello Horizonte, con cédula 1–0685-0775. Comprobado el fallecimiento, se declara abierto dicho procedimiento sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que en el plazo de Ley de 15 días hábiles a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito Notario se encuentra ubicada en San José, Escazú, Plaza Colonial, oficina 3-2-A. Expediente 0004-2022.—San José, 28 de junio del 2022.—Esteban Matamoros Bolaños.—1 vez.—( IN2022660635 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Andrea Verónica Somma Genta, mayor, estado civil Casado/a, profesión u oficio gestora cultural, nacionalidad Uruguaya, con documento de identidad 185800015701 y vecino(a) de San José, Escazú, San Rafael, edificio doscientos cuatro Avenida Escazú, apartamento 603.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Nota: Este documento fue enviado a la Imprenta Nacional para su publicación, debe comunicarse con dicha entidad para la respectiva cancelación de los derechos de publicación. Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Es responsabilidad de la parte interesada verificar los datos consignados en este documento previo a la publicación del mismo. Expediente N° 21-000642-0180-CI-0.—Juzgado Primero Civil de San José, 31 de marzo del año 2022.—Lizeth Álvarez Salas, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022660642 ).

En esta notaría del Licenciado Eddy José Cuevas Marín, cita en Heredia, Central, de Quiznos 125 metros al este, el 08 de julio del 2022, se dio por abierto el procedimiento sucesorio extrajudicial de quien en vida fue Guillermo Montero Miranda, quien era mayor, casado una vez, cédula de identidad N° 2-0176-0475, vecino de Heredia, quien falleció el día 15 de mayo del 1986. Se nombró albacea a María Margarita de Los Ángeles Vargas Murillo, con cédula de identidad número 2-0232-0602, vecina de Heredia, La Asunción de Belén.—08 de julio del 2022.—Lic. Eddy José Cuevas Marín, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2022660645 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien se llamó Miguel Villalobos Alpízar, mayor, casado una vez, vecino de Alajuela, San Carlos, Florencia, cédula de identidad número dos-cero trescientos veinte-cero cero cincuenta y ocho; para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría Pública de la Licda Susan Milena Murillo Arce con oficina en Alajuela, San Carlos, Florencia, Caimitos seiscientos metros al norte de la escuela. Teléfono 8433-4232.—Licda. Susan Milena Murillo Arce, Notaria Pública Tramitadora. Carné N° 29252.—1 vez.—( IN2022660646 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera la señora María Eugenia Jiménez Jiménez, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Moravia, La Isla, del salón comunal doscientos metros oeste y cien metros sur, casa número diez, portadora de la cédula de identidad número: uno-cero quinientos veintisiete-cero ciento trece, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la notaría del Notario Público Julio César Azofeifa Soto, en oficinas BLC & CEN Abogados y Contadores, ubicadas en San José, Goicoechea, de la esquina noreste de los Tribunales cien metros al este, en dicha oficina con el Licenciado Mamfled Johel Ureña Morales, se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento Sucesorio Extrajudicial de Juan José Mora Meza. Expediente número 0002-2022.—San José, a las ocho horas del día siete de julio del dos mil veintidós.—Lic. Julio César Azofeifa Soto, Notario Tramitador.—1 vez.—( IN2022660647 ).

Se tiene por abierto el sucesorio extrajudicial de quien en vida fue: María del Rosario Arce Solano, cédula cuatro-cero cero setenta y nueve-cero doscientos cincuenta y tres. Se cita a todos los interesados, para que dentro del término común de quince días, a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos. Albacea Sergio Campos Arce. Notaría Pública del Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca. Expediente N° 008-2022.—Heredia ocho de julio del año dos mil veintidós.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca.—1 vez.—( IN2022660648 ).

Ante esta notaria, mediante acta de apertura otorgada por Isabel Cristina Sánchez Navarro y otros, a las trece 13.40 del 08/7/2022 y comprobado el fallecimiento de Huimber Lander Román Alfaro, mayor, divorciado, Licenciado en Informática, portador de la cedula uno-cero siete siete uno-cero cinco uno cero, vecino de San José, San Francisco de dos Ríos, doscientos metros sur este del parque El Bosque, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Limón centro frente al Restaurante Park Hotel local cuatro, Teléfono 2758-46-67, a hacer valer sus derechos.—Limón, a las 15:00 horas del 08/07/2022.—Lic. Genie Alfaro Silva, Notario.—1 vez.—( IN2022660649 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Pedro Edén Ulucio Elizondo Beita, quien fue mayor, cédula número seis-ciento veintisiete-ochocientos ochenta y ocho, quien fue soltero,, Educador Jubilado, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, frente al Colegio Técnico Profesional, quien falleció el día once de setiembre del año dos mil veintiuno, para que dentro de los quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta Notaría a reclamar sus derechos y se apercibe además a las personas que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan a esta oficina dentro del plazo citado en aras de ejercer sus derechos, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 001-2022. Notaria: Florita Vásquez Calderón, Colegiada 16629, con oficina abierta en Buenos Aires de Puntarenas, setenta y cinco metros norte del Ministerio de Salud, en Bufete Vásquez & Asociados, a las ocho y treinta horas del día once de julio del año dos mil veintidós.—Licda. Florita Vásquez Calderón.—1 vez.—( IN2022660652 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Freddy Madrigal Valverde, mayor, estado civil divorciado, profesión u oficio dato desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0202130118 y vecino de San José, San Sebastián, Barrio Cañada del Sur, detrás de la Segunda Comisaria. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000221-0180-CI-7. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Es responsabilidad de la parte interesada verificar los datos consignados en este documento previo a la publicación del mismo.—Juzgado Primero Civil de San José, 28 de abril del 2022.—Lic. Allan Esteban Barquero Durán, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022660707 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria del señor: Patrick Oliver (nombres) de apellido Schindler, único apellido en razón de su nacionalidad alemana, soltero, agricultor, portador del pasaporte de la República Federal de Alemania número: C C J dos M Z Y L F y con la cédula de residencia costarricense número: DI uno dos siete seis cero cero cero cero cinco nueve uno nueve, vecino de San José, Pérez Zeledón, Barú, San Salvador del Súper Abues doscientos metros noroeste, en finca Diamante Luz, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos. Expediente: 0002-2022.—Notaría de la Licenciada Mercedes Vásquez Agüero, carné 16294.—1 vez.—( IN2022660713 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Margarita Araya Rojas, quien fue mayor, viuda una vez, costarricense, con documento de identidad 0202570807 y vecina de Naranjo de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000151-0295-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), hora y fecha de emisión: quince horas con nueve minutos del cinco de Julio del dos mil veintidós.—M.Sc. Karla Artavia Nájera, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022660714 ).

Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Olga Marita González Chavarría, a las diez horas del siete de julio del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de Julio César Rosales Jaén, mayor, casado una vez, vecino de Palmar, Osa, setenta y cinco metros al sur del abastecedor La Nury, con cédula de identidad número cinco-cero ciento seis-cero setecientos, y la existencia y validez del testamento por él otorgado; esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Palmar, Osa, Puntarenas, en altos de pollos Palmarín, a hacer valer sus derechos.—Palmar, Osa, al ser las nueve horas del nueve de julio del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Trejos Ugalde, Notario Público.—1 vez.—( IN2022660765 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Odilia Morales Salas, quien fue mayor de edad, del hogar, cédula dos-cero ciento cuarenta y siete-cero cero noventa y tres y Aniceto Castro Ugalde, quien fue mayor de edad, agricultor, cédula dos-cero ciento siete-cero trescientos veinte, ambos casados una vez, y vecinos de Alajuela, Grecia, Santa Gertrudis, Calle Guayabal, de la entrada un kilómetro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2022. Notaría del Bufete Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario Público. Alajuela, Grecia, trescientos cincuenta metros al este del Palí.—Grecia, veintisiete de junio del dos mil veintidós.—1 vez.—( IN2022660775 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y/o interesados en la Sucesión Notarial de la señora María Brígida Figueroa Villanueva, quien en vida fuera mayor de edad, cédula seis-cero cero noventa y uno-cero trescientos once, viuda de sus únicas nupcias, oficios del hogar, vecina de San José, Pérez Zeledón, Cajón, Las Brisas, ochocientos metros sur de la escuela del lugar para que; dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; en la notaría de la Licenciada Lizeth Mata Sánchez, ubicada en el centro de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, costado noroeste de Migración y Extranjería y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2022.—Licda. Lizeth Mata Sánchez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022660778 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Herbert Wolfang Martínez Flor, mayor, soltero, costarricense, con cédula de identidad N° 8-0133-0264 y vecino de Mercedes Norte de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000426-0504-CI-5.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta minutos del seis de julio del dos mil veintidós.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2022660787 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria en Sede Notarial de quien en vida fue Claudia Sandoval Navarro, mayor, oficios del hogar, soltera, cédula cinco-ciento doce-ciento veintidós, vecina de San José, Pavas, Lomas del Río, costado oeste del Lubricentro El Macho; para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Claudia Sandoval Navarro.—Expediente 0001-2022.—Notaría del Lic. Luis Vargas Vargas, 16 de junio de 2022.—1 vez.—( IN2022660802 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Francisco Murillo Navarro, a las once horas del primero de julio del año dos mil veintidós; comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Fernando Elías Murillo Navarro, mayor, soltero, Ingeniero en Madera, vecino de San José, San Francisco de Dos Ríos, con cédula de identidad número: uno-cero seiscientos noventa y seis- cero ochocientos veinticinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. Marlene Elizondo Alfaro, con oficina abierta en San Luis de Santo Domingo de Heredia, de la Escuela del lugar, trescientos metros al sur y veinticinco metros al este, Teléfono: 83942132.—1 vez.—( IN2022660808 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Vera Lidiette Vargas Vargas, a las quince horas con treinta minutos del primero de julio del año dos mil veintidós; comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Rafael Ángel Murillo Navarro, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Heredia, Barrio Corazón de Jesús, con cédula de identidad número: uno-cero cuatrocientos noventa-cero cuatrocientos cincuenta, costarricense, fallecido el diecisiete de octubre del dos mil veinte. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. Marlene Elizondo Alfaro, con oficina abierta en San Luis de Santo Domingo de Heredia, de la escuela del lugar, trescientos metros al sur y veinticinco metros al este. Teléfono: 8394-2132.—Licda. Marlene Elizondo Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2022660809 ).

Expediente N° 001-2022. Sucesión testamentaria en sede notarial de Luis Muños Muñoz, notaría de la licenciada Yoselyn María Morales Salazar, Idalie Mora Lara, José Luis Muñoz Mora, María Isabel Muñoz Mora y comprobado el fallecimiento de Luis Muños Muñoz, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula número uno-cero doscientos ochenta y dos-cero cuatrocientos cincuenta, vecino de Alajuela, Naranjo, San Juanillo, de la Escuela quinientos metros norte y cien oeste, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ad intestato en sede notarial. Se cita y emplaza a todos los herederos y todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República. Dirección de la notaría: Alajuela, Naranjo, El Rosario, notaría de la licenciada Yoselyn María Morales Salazar, Alajuela, Naranjo, nueve horas cuarenta y siete minutos del treinta de junio del dos mil veintidós.—Licda. Yoselyn María Morales Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2022660843 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a solicitud de Melitina Quesada Ureña, a las 8 horas del 06 de julio del año 2022 y comprobado el fallecimiento de Ángel Varela Ramírez, mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino Naranjo de Platanares, Pérez Zeledón, exactamente un kilómetro suroeste de la escuela, con cédula de identidad número dos-cero doscientos quince-cero ciento cincuenta y seis, fallecido el 16 de abril de 2000 en la provincia de San José, cantón Pérez Zeledón, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Geilin del Carmen Salas Cruz, con oficina abierta en San José, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, frente a Tribunales de Justicia, Plaza Tracopa, local número uno. Teléfono 8708-6840.—Día 11 de julio del año 2022.—Geilin del Carmen Salas Cruz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022660847 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el proceso sucesorio de Roque Montero Arguedas, quien en vida fue mayor, casada dos veces, pensionado, cédula de identidad número 1-0343-0516, y vecino de San José, Hatillo, Sagrada Familia, costado este de la parroquia de Sagrada Familia, para que, dentro del plazo de quince días se apersonen ante la oficina del notario Juan José Chavarría Mora, ubicada en San José, Hatillo, San Sebastián Residencial Las Margaritas, avenida 44 B, casa N° 237, a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se apersonan en este plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente notarial número uno-dos mil veintidós.—San José, 11 de julio del 2022.—Lic. Juan José Chavarría Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN2022660850 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Francisco María Bonilla Abarca, mayor, cédula número tres-cero ochenta y siete-novecientos cincuenta y siete, viudo, agricultor, vecino de Cartago, Corralillo, Loma Larga, un kilómetro al suroeste del Templo Católico; para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Francisco Bonilla Abarca. Expediente N° 0002-2020. Notaría del Lic. Luis Vargas Vargas.—San José, 17 de junio del 2021.—Lic. Luis Adolfo Vargas Vargas, Notario Público.—1 vez.—( IN2022660864 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se Llamó Ramona María de Jesús Campos Alvarado, mayor, estado civil Soltero/a, profesión Oficios Domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0600520814 y vecina de Ciudad Quesada, falleció el 26 de mayo de 2016.- Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.- Expediente Nº17-000081-0317-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía Del Ii Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 03 de julio del año 2017.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2022660873 ).

Se convoca a los interesados herederos y terceros de buena fe en la sucesión de quien en vida se llamó Carlos Luis Campos Valverde, cédula N° 1-0369-0188. Para que en el plazo de quince días hábiles, comparezca ante esta notaría, cita San José, San Sebastián, Paso Ancho diagonal a la terminal de buses, teléfono 8843-9292, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento de que no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda por derecho. Expediente N° 03-2022.—San José, 11 de julio del 2022.—Licda. Raquel María Arias Castellón.—1 vez.—( IN2022660881 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial, de quien en vida fue: Édgar Barquero Rojas, mayor de edad, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad número 2-0256-0777, vecino de Alajuela, La Guácima Arriba, del Otto´s Bar ciento cincuenta metros al este, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de ese edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y, se aperciben a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero dos-dos mil veintidós.—Alajuela, 24 de junio del 2022.—Licda. Mónica Elena Arroyo Herrera, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022660895 ).

Se hace saber, que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de quienes en vida fueron: Jilma Venegas Jiménez, cédula dos-doscientos cincuenta y cuatro-ciento veinte, y Norman Fertig Gottheil, cédula ocho-cero ochentacuatrocientos sesenta y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero dos-dos mil veintidós. Notaría del Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, carné tres mil ochenta y nueve, cédula uno-quinientos veintisietequinientos cuarenta y uno, sita en San José, Goicoechea, Guadalupe Centro, cien metros al norte de la sucursal del Banco de Costa Rica, edificio esquinero, segunda planta.—San José, doce de julio del dos mil veintidós.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga.—1 vez.—( IN2022660915 ).

Avisos

Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia). Expediente N° 19-000605-0687-FA.—A Andrés Eduardo Taylor Acuña y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Gabriel Taylor Román, se les pone en conocimiento la resolución de las trece horas con treinta minutos del veintinueve de junio del año dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor Gabriel Taylor Román, planteado por María José Román Vindas contra Andres Eduardo Taylor Acuña representado por el curador Lic. Jorge Eduardo Rodríguez Rodríguez, a quién se le concede el plazo de CINCO DÍAS para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar  y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibidem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notificaciones: Notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia, así como al señor Andrés Eduardo Taylor Acuña, por medio de su curador procesal, así como por medio de edicto en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000605-0687-FA. Clase de Asunto declaratoria judicial de abandono. publíquese tres veces. Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes. Juez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente: 19-000605-0687-FA. Dirección: III Circuito Judicial de Alajuela (Grecia), Cantón Tercero, Distrito Primero, 800 metros norte de las Oficinas del ICE, Segundo piso. Teléfono: 2495-6670 / 2495-6675 Fax: 2494-4669. Correo electrónico: gre-jfamilia@poder-judicial.go.cr. En este proceso una de las partes es una persona adulta mayor, por lo que se solicita se atienda la gestión de manera prioritaria, eficiente y eficaz.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia, (Materia de Familia).—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Juez(a).—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017 JA.—( IN2022659978 ).                                                                                3 v. 3.

Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza, Juzgado de Familia de Grecia. Se cita y emplaza a Gloriana Espinoza Esquivel y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor. Expediente 22-000314-0687-FA, en el cual se dictó la resolución de las once horas con cuarenta minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintidós, la cual dice: De las presentes diligencias de depósito de la persona menor Jordán Brenes Espinoza, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Gloriana Espinoza Esquivel y Jefry Ricardo Brenes Lara, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Notifíquese esta resolución a Jefry Ricardo Brenes Lara, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Grecia. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se notificará a la Señora Gloriana Espinoza Esquivel y se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se deposita provisionalmente a la persona menor de edad Jordán Brenes Espinoza, bajo la responsabilidad de la Señora Marcelina Clotilde Lara Gómez, quien deberá presentarse a este Despacho a aceptar dicho cargo, dentro del plazo de tres días. publíquese tres veces. A las trece horas con veintitrés minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintidós. 04 de mayo del año 2022. Expediente N°22-000314-0687-FA. Clase de Asunto Actividad Judicial No Contenciosa Depósito Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia).—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660561 ).                                                                                                              3 v. 2

Licda. María Magdalena Alfaro, Juez, Juzgado de Familia de Grecia. Se cita y emplaza a María José Gómez Suárez y Eyner José Corrales Sequeira y todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor (incapaz) Ruby Concepción y José Gulberto ambos de apellidos Corrales Gómez, dentro del proceso de Depósito Judicial número 22-000336-0687-FA se dictó la resolución de las siete horas con cincuenta y seis minutos del nueve de mayo del año dos mil veintidós, la cual dice: De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Ruby Concepción y José Gulberto ambos de apellidos Corrales Gómez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a María José Gómez Suárez y Eyner José Corrales Sequeira, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Deposito Provisional: Tal y como lo solicita la parte actora y siendo procedente su solicitud, se ordena el depósito provisional de los menores Ruby Concepción y José Gulberto ambos de apellidos Corrales Gómez, bajo el cuidado y responsabilidad de la señora Margoth De Los Ángeles Gómez Suárez, quien deberá presentarse a este Juzgado a aceptar dicho cargo dentro del plazo de tres días. Notificación por edicto: Notifíquese a las partes los señores María José Gómez Suárez y Eyner José Corrales Sequeira y se emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, que por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660626 ).           3 v.1.

Se avisa al señor Orlando Gerardo Sosa Sosa, mayor, costarricense, cédula de identidad N° 0602740630, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 22-000140-1146-FA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad: Neydelin Damaris Sosa Araya. Se le concede el plazo de tres dias, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—MSc. Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660562 ).

Se avisa a la señora Jessica Ugalde Miranda, mayor, costarricense, cédula de identidad número 0206620834, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 20-001122-1146-FA, correspondiente a Diligencias no Contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Logan Jondayme Herrera Ugalde, Danver Hidan y Tailon Yuritbe ambos Ugalde Miranda. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660565 ).

Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez, se encuentra la sentencia numero 2022000240 diez horas treinta y nueve minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós, que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, a las diez horas treinta y nueve minutos del veintiocho de junio de dos mil veintidós. Proceso abreviado de divorcio establecido por Johnny Eskarleth Mena Ramírez c.c. Honyel Eskarleth Sauma Ramírez, mayor de edad, casada en primeras nupcias, ama de casa vecina de Barrio Bello Horizonte, Cañas, Guanacaste, cédula de identidad cinco-doscientos ochenta y nueve-doscientos doce, contra Guoan Rong Zheng, mayor, casado en primeras nupcias, de nacionalidad china, Pasaporte de su país P 141165576, con domicilio desconocido. Interviene como Curador Procesal del demandado el Licenciado Gerardo Andrés Camacho Quirós, mayor de edad, abogado, vecina de Liberia, Guanacaste.”

Resultando:

I) ....-

II) ...-

III) ...-

IV) ...-

Considerando:

I. Hechos probados: De importancia en la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) ..., b) ... c)...

II.- Fondo del asunto: III.- IV.- ..., V.-..., VI..., Por tanto:

Lo expuesto, artículos citados, numerales 221, 420 y siguientes del Código Procesal Civil, 48 Inciso 8 del Código de Familia se declara con lugar el presente proceso abreviado de divorcio de Johnny Eskarleth Mena Ramírez c.c. Honyel Eskarleth Sauma Ramírez contra Guoan Rong Zheng. Se declara la disolución del vínculo conyugal. Sin pronunciamiento, guarda, crianza y educación y la patria potestad por no haber mérito para ello. Bienes gananciales: el vehículo placas HSJ 009 se excluye como bien ganancial, por haber sido adquirida antes del matrimonio, por lo que deberá de variarse el estado civil de la actora al margen de inscripción del vehículo indicado de casada una vez a divorciada una vez. Ninguna de las partes tiene obligación alimentaria para con la otra. En consecuencia, firme la presente sentencia ordénese anotar el divorcio al Tomo sesenta y ocho, Folio trescientos veintiséis, Asiento seiscientos cincuenta y dos, de la Sección de Matrimonios del Registro Civil de la provincia de Heredia. Se condena en costas personales y procesales a la parte demandada de conformidad con el artículo 221 del Código Procesal Civil. En razón de ser la demanda ausente se ordena publicar la parte dispositiva de la presente sentencia en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional por una sola vez. Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez. Expediente N° 20-000162-0928-FA. Proceso abreviado de divorcio, establecido por Johnny Eskarleth Mena Ramírez contra Guoan Rong Zheng. Se ordena publicar la sentencia de la demanda en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional por una sola vez. “A fin de que sea publicado por única vez, en el Boletín Judicial, en cualquier momento y, exonerado de cualquier impuesto o pago, y basado en el Principio de Gratuidad, de conformidad con el artículo 6 del Código de Familia.”.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, Cañas, 30 de junio del 2022.—Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660627 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 21-000559-1304-FA, Floribeth Ugalde Mora, solicitan se apruebe la adopción nacional individual de la persona menor Oriel Alejandro Carranza Vallecillo. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia Y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), 27 de junio del año 2022.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022660629 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente N° 22-000349-0687-FA, adopción, Ana Yensy Jarquín Mena, solicitan se apruebe la adopción de la persona menor: Kembly Shantal Navarro Villalobos. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Publíquese una vez. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia, (Materia de Familia), 9 de mayo del 2022.— Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660634 ).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Sergio García Del Sol, documento de identidad N° 66032316641, casado, vecino de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente número 17-000249-0186-FA donde se dictó sentencia de primera instancia N° 2022000220, resolución de las ocho horas diecinueve minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintidós, cuya parte dispositiva literalmente dice: Por tanto: Por las razones expuestas y citas legales invocada, se declara con lugar la demanda abreviada de nulidad de matrimonio, incoada por Guillermo Fernández Lizano, representante legal de la Procuraduría General de la República en contra de Sergio Carciga del Sol; en consecuencia: 1. Se anula el matrimonio de las partes, así como la inscripción de dicho matrimonio citas 1-0492-289-0577; comunicándose al Registro Civil mediante certificación o ejecutoria. 2. Se anula todo tramite de naturalización presente o futuro formulado por el demandado Sergio Carciga Del Sol. 3. Se anula todo acto preparatorio presente o futuro emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería, tendente a otorgar la residencia al señor Sergio Carciga del Sol, producto del matrimonio nulo. 4. Una vez firme este fallo, se ordena pagar a la Licda. Diana Chaves Araya, cédula 109310169, por concepto de honorarios y por parte de la Administración de Tribunales, la suma de setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones; de los cuales ocho mil cuatrocientos cincuenta colones corresponde al 13% del impuesto valor agregado, sin necesidad de resolución posterior. 6. Por ser esta demanda con curadora procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. 7. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Hágase saber. MSc. Patricia Méndez Gómez, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Estado contra Sergio García Del Sol. Expediente Nº 17-000249-0186-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de San José, 25 de febrero del 2022.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660928 ).

Licenciada Grace Cordero Solórzano, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Denis Alexandra Estrada Acuña, mayor, colombiana, pasaporte: PCC44000078, demás calidades desconocidas, representada por el Lic. César Antonio Hines Céspedes, curador procesal, se le hace saber que en demanda proceso abreviado de nulidad de matrimonio, expediente: 21-000967-0187-FA, establecida por contra David Jiménez Acuña, se ordena notificarle por edicto, la sentencia N° 2022000726, de las doce horas veintitrés minutos del cinco de julio de dos mil veintidós que en lo conducente dice: Por tanto: por las razones expuestas y citas legales invocada, se declara con lugar la demanda abreviada de nulidad de matrimonio, incoada por la Procuraduría General de la República en contra de Denis Alexandra Estrada Acuña y David Jiménez Acuña; en consecuencia: 1.- Se anula el matrimonio de las partes, así como la inscripción de dicho matrimonio según las siguientes citas: 1-0489-257-0514; comunicándose al Registro Civil, mediante certificación o ejecutoria. 2.- Se anula todo trámite de naturalización presentado por la demandada Denis Alexandra Estrada Acuña. 3.- De existir, se anula todo acto preparatorio emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería, tendente a otorgar la residencia a la señora Denis Alexandra Estrada Acuña, producto del matrimonio nulo. 4.- Una vez firme este fallo, se ordena pagar a Lic. César Antonio Hines Céspedes, cédula N° 0700610989, por concepto de honorarios, la suma de 84.750,00, por parte de estos tribunales, monto al cual se le debe rebajar el 13% del impuesto de valor agregado IVA, sea la suma de nueve mil setecientos cincuenta colones, sin necesidad de resolución posterior. 5.- Por ser esta demanda con curador procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. 6.- Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional.- Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660931 ).

Licenciado Carlos Miguel García Araya. Juez del Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia), a Juan Alberto Hoyos Castro, quien es mayor, colombiano, de paradero desconocido, pasaporte PCC70556159, representado dentro de éste asunto por la curadora Licda. Zulma Margarita Reyes Zúñiga, se le hace saber que en proceso Procesos Especiales de Filiación, establecido por Yerlyn Daniela Caisedo Álvarez, se ordena notificarle por edicto, La Sentencia que en lo conducente dice: Se homologa el acuerdo de las partes y se declara al señor Luis Steven Alpízar Solano, como padre Biológico de las personas menores de edad Deyan Angellin y Deyani Stacey, y en adelante llevará el apellido de su padre Alpízar, y serán llamadas Deyan Angellin y Deyani Stacey ambas apellido Alpízar Caisedo. Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia), a las catorce horas dieciocho minutos del veintidós de junio de dos mil veintidós. Proceso Procesos Especiales de Filiación, Establecido por Yerlyn Daniela Caisedo Álvarez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente 19-000178-1534-FA. Notifíquese.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia).—Lic. Carlos Miguel García Araya. Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660981 ).

MSC. Johanna Vargas Hernández, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Familia), a Ricardo Gómez Suarez, en su carácter de interesado, de quien se desconoce su paradero, dirección y datos personales, se ordena notificarle por edicto, que en procesos especiales - autorización de salida del país de persona menor de edad, expediente N° 19-0001181304-FA, establecido por Brigitte Michelle Hubbard Fernández, se dictó la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Familia), a las diez horas y treinta y siete minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno. I (...), II.- En acatamiento de lo anterior; se tiene por establecido el presente trámite de conflicto de autoridad parental en su modalidad de autorización de salida del país de persona menor de edad, promovido por Brigitte Michelle Hubbard Fernández, en favor de la persona menor de edad: Ethan Gómez Hubbard. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Ricardo Gómez Suárez, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del poder judicial: http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. II.- (...). Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez como parte al Patronato Nacional de la Infancia. A efecto de resolver oportunamente la gestión se convoca a las partes a una audiencia de conciliación y pruebas que se realizará en la sede de este Juzgado a las diez horas del trece de diciembre de dos mil veintiuno (10:00 a.m. - 13/12/2021) (artículo 151 del Código de Familia). Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Se advierte a la parte actora, que con respecto a los testigos ofrecidos, debido a la supuesta ausencia del padre del menor, deben referirse sobre el ultimo paradero de este, además de los hechos por los cuales se solicita la autorización de salida. Posterior a esta diligencia, sin perjuicio de la potestad de ordenar prueba para mejor resolver, se dictará la resolución de fondo. III.- Notifíquese esta resolución a la parte promovente en su medio señalado. Al ente aludido, en sus oficinas en esta ciudad.- Con respecto al padre de la persona menor de edad de interés, tomando en consideración que el mismo es padre ausente, no tiene comunicación con la persona menor de edad, no existe un vínculo afectivo cercano entre padre e hijo y siendo que en caso de otorgar el trámite de las presentes diligencias, contribuirían en una alternativa de recreación personal para el niño dentro de su desarrollo integral al lado de su madre y no resultando violatorio a los derechos que ostenta el señor Ricardo Gómez Suárez, se ordena notificarle la presente resolución por medio de edicto que se publicará por única vez en el Boletín Judicial, a fin de que se agote la posibilidad de comunicación pertinente a peste asunto que en cuanto a lo que se pretende, no le suspende, restringe o modifica los derechos que como padre puede ostentar en caso de interés en la crianza y educación de su hijo. Procédase con la confección del edicto de notificación. Una vez conste en autos la publicación correspondiente, se ordenará señalar la audiencia de recepción de pruebas correspondiente. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Familia).—MSC. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660986 ).

Licenciada Angie Loría Gamboa, Jueza del Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), hace saber a Darwin Aldreny Zorrilla Carrasco en su carácter personal, quien es mayor, soltero, conductor de taxis, domicilio desconocido, cédula 121400157709 que en procesos especiales [Salida del País], establecido por Lindsay Fabiola Álvarez Chavarría contra Darwin Aldreny Zorrilla Carrasco, que se tramita en este despacho, bajo la sumaria número 22-0001071343-F.A, se encuentra la resolución de las resolución dictada a las catorce horas dieciséis minutos del seis de abril de dos mil veintidós que en lo que interesa dice: Se tiene por establecido el presente trámite de conflicto de autoridad parental (Permiso de Salida del País de menores de edad) promovido por Lindsay Fabiola Álvarez Chavarría. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Darwin Aldreny Zorrilla Carrasco, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez como parte al Patronato Nacional de la Infancia. A efecto de resolver oportunamente la gestión se convoca a las partes a una audiencia de conciliación, recepción de pruebas y entrevista de las personas menores de edad Weshlyn Alana Zorrilla Álvarez y Danny Jean Pierre Zorrilla Álvarez que se realizará en la sede de este Juzgado a las diez horas y cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintidós (10:00 Hrs. del 04/05/2022) (artículo 151 del Código de Familia). Las partes y sus testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad vigente. Posterior a esta diligencia, sin perjuicio de la potestad de ordenar prueba para mejor resolver, se dictará la resolución de fondo. Así mismo de conformidad con elProtocolo para la realización de Audiencias Virtuales por Medios Tecnológicos en la Jurisdicción de Familia”, dicha audiencia se llevará a cabo mediante la aplicación denominada Microsoft Teams; (se realizará al menos quince minutos antes de la hora de inicio de la citada audiencia oral las pruebas para verificar la conectividad así como los demás aspectos necesarios para la debida realización del acto procesal). Los requerimientos técnicos necesarios para que este Despacho proceda a contactar a las partes será mediante un dispositivo móvil (teléfonos y tabletas) o bien equipo tipo computadora portátil o de escritorio, que cuenten con conexión a internet para todos los casos, micrófono y cámara digital. Aunado a ello se le informa a las partes así como a cada una de las personas que asistirán a la audiencia, que deberán indicar su consentimiento expreso para la audiencia virtual y suministrar un correo electrónico con la finalidad de incluirlos en la plataforma Teams dentro de tres días, de manera que se remitirá la dirección o link para realizar la diligencia al correo suministrado. Asimismo, si alguna de las partes se opone a la realización de la audiencia virtual, estarán en el deber de motivar ante este despacho las razones de su negativa, o bien, no cuente con las herramientas para acceder a la plataforma Teams deberá informarlo al Juzgado, dentro del mismo plazo de tres días. Así mismo las partes deberán adoptar las previsiones necesarias para su adecuada participación, será obligatorio para las partes y sus abogados (as) asistir a los señalamientos de audiencias orales por medios tecnológicos, con las excepciones que indica el protocolo de audiencias y se advierte que si antes de la hora señalada para la audiencia se presenta algún inconveniente que impida su celebración están en la obligación de informarlo de forma inmediata a este Tribunal. Cuando se trate de personas en condiciones de vulnerabilidad o necesidades especiales, se tomarán las previsiones para la participación en la audiencia oral, conforme a los avances tecnológicos y las políticas institucionales de accesibilidad. Para ello, se deberá considerar lo establecido en la circular número 173-2019 de la Corte Suprema de Justicia. En caso de que por motivos justificados, alguna de las personas que deban intervenir en la audiencia, no cuenten con los medios tecnológicos para ello, a criterio del tribunal, se podrá citar a la persona a un espacio adecuado en el asiento del tribunal u otra oficina judicial cercana al domicilio de esta, para su realización. Por otro lado, se hace ver a las partes que, en caso de aportar prueba para mejor resolver, debe estar disponible previo al señalamiento incorporado de forma electrónica en el expediente (Sistema de Gestión n Línea). En caso de requerir alguna de las partes contactarse a este Despacho lo podrá hacer a los siguientes medios Teléfonos 2766-7193 o al correo electrónico hdajmixto- arapiqui@poder-judicial.go.cr. Se le solicita a los abogados (as) de las partes indicar sus números de teléfono a fin de poderles contactar de forma eficaz y expedita. Para finalizar, en caso que la diligencia se lleva a cabo en este Juzgado se le advierte a las partes que para la realización de la audiencia deberán cumplir con lo siguiente: 1) El día de la audiencia deberán todas las partes traer puesta su propia mascarilla, o bien, colocársela antes de ingresar a las instalaciones del Poder Judicial. 2) Lavarse correctamente las manos antes de ingresar. 3) A la audiencia deberán presentarse únicamente las personas que han sido convocadas, no se dejaran ingresar acompañantes, salvo que se trate de adultos mayores, menores de edad convocados a la audiencia, personas con alguna discapacidad, o alguna otra situación especial, la cual deberá ponerla en conocimiento al oficial de seguridad para su valoración. 4) Respetar los espacios señalados para su estancia en el Juzgado, no debiendo realizar aglomeraciones en los pasillos. 5) También se les solicita que, en caso de presentar síntomas respiratorios, o algún riesgo importante, informarlo de inmediato al Juzgado y realizar la correspondiente justificación por escrito, para proceder a la suspensión de la audiencia. Notificaciones: Por desconocer la parte actora el paradero del demandado, se ordena notificar la presente resolución a Darwin Aldreny Zorrilla Carrasco por medio de por medio de edicto, que se publicará por una única vez en el Boletín Judicial. Notifíquese. Msc. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), a las ocho horas trece minutos del once de julio del dos mil veintidós.—Licda. Angie Loría Gamboa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660987 ).

Edictos Matrimoniales

Msc. Kensy Carolina Cruz Chaves. Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Eduardo Rodolfo Caravaca Arias, Costarricense, estado civil: divorciado, cédula de identidad número: 7-091-0287, edad en años cumplidos: 53 años, ocupación: Chofer de vehículo pesado, sexo: masculino, nacido en: provincia: Limón, en fecha: 13/07/1968, vecino Limón, entrada Santa Rosa, 250 suroeste frente a bomba de agua, casa de cemento color beige y ANA María De Las Piedades Rodríguez Rodríguez, Costarricense, estado civil: viuda, cédula de identidad número: 5-245-732, edad en años cumplidos: 53 años, ocupación: taxista, sexo: femenino, nacida en: Guanacaste, en fecha: 15/12/1967, vecina de Almendros, 25 metros antes de la chicharronera casa de cemento blanca a mano izquierda. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente. Nº22-000443-1152-FA. Publíquese una vez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 30 de junio del año 2022.—Msc. Kensy Carolina Cruz Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660662 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil: Diana Carolina Villalobos Salazar, mayor, soltera, ama de casa, 30 años de edad, vecina de Heredia, Los Sauces en Guararí, la radial casa número 9, cédula de identidad 4 0215 0152, nacida en Heredia 18/05/1992, hija de Allin Gerardo Villalobos Robles y Dulce María Salazar Cárdenas y Stiven Alberto Sojo Carvajal, mayor, soltero, mantenimiento en la Municipalidad de Heredia, 29 años de edad, vecino del mismo domicilio anterior, cédula de identidad número 4 0218 0746, hijo de Jose Alberto Sojo Arley y Ana Cecilia Carvajal Jara. Expediente: 22-001104-0364-FA. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho Juzgado de Familia de Heredia, dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado Familia de Heredia, 05 de julio del 2022.—MSc. Pablo Amador Villanueva, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017JA.—( IN2022660663 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Kenneth Andrés Rodríguez Guadamuz, mayor, soltero/a, Oficial de Seguridad, cédula de identidad número 0503990798, vecino(a) de Cañas, Barrio Chorotega uno, casa 3-P, casa color blanca, hijo(a) de Jeannette Guadamuz Herrera y Carlos Antonio Rodríguez Arce, nacido(a) en Centro Liberia Guanacaste, el 10/08/1994, con 27 años de edad, e Yosselinne Valeria Aguilar Sequeira, mayor, soltero/a, Panadero(a), cédula de identidad número 0504130421, vecino(a) de Cañas, Barrio San Antonio, 250 metros al norte del antiguo CNP casa color blanca, hijo(a) de Yorlennie Sequeira Sequeira y Arnoldo Aguilar Segura, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el 14/11/1996, actualmente con 25 años de edad, teléfono: 6044 9680/ 8772 9438. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000189-0928-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas, 20 de junio del año 2022.— Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.— 1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022660664 ).

Ante mi notaría ubicada en San José, Barrio Luján, 150 metros sur de la Oficina Central del Patronato Nacional de la Infancia, N° 1453, comparecen: Sebastián Montoya Gutiérrez, mayor, soltero, oficio comerciante, nacionalidad colombiana, identificada con pasaporte de su país número: PE185297, edad: 39 años, nacido en Medellín, Colombia, 05 noviembre de 1982, hijo de: William Montoya Valencia, y María Cecilia Gutiérrez Lopera, ambos de nacionalidad colombianos; y Xinia Jennifer Solís Somarribas, mayor, soltera, oficio del hogar, costarricense, identificada con cédula: 1-1113-0627, edad: 40 años, nacida en San José, Central, Uruca, hija de Daniel Solís Herrera, y Xinia Somarribas Leiva, ambos costarricenses, ambos vecinos de San José, Hatillo cinco, alameda once, casa 293. Solicitan contraer matrimonio civil, se hace la publicación conforme al artículo 26 del Código de Familia. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de causa legal y/o impedimento para la realización del matrimonio de los solicitantes, deberá manifestarlo a la notaría en la dirección señalada, bien podrá hacerlo mediante correo electrónico: jubeda@abogados.or.cr, teléfono: 8783-1805, dentro del plazo de ocho días naturales contados a partir de la publicación del edicto.—San José, 08 julio 2022.—Lic. José Miguel Úbeda Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2022660914 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, William Mora Guerrero, mayor, soltero, electricista, 42 años de edad, cédula de identidad número 110430395, vecino de Heredia, San Francisco, La Milpa, del abastecedor El Mirador 100 metros norte, 25 metros oeste, casa H-45, nacido en San José, en fecha 25/08/1979, hijo de Elizabeth Guerrero Barahona y Jorge Alberto Mora Delgado; y Ilenia Lucía Arronis Ruiz, mayor, divorciada, ama de casa, 35 años de edad, cédula de identidad número 112990792, vecina de Heredia, San Francisco, La Milpa, del abastecedor El Mirador 100 metros norte, 25 metros oeste, casa H-45, nacida en San José, fecha 14/11/1986, hija de Rodolfo Martín Arronis Castro y Rita Isabel Ruiz Lorio. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-001359-0364-FA. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, fecha, 24 de junio del año 2022.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660956 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio, el señor Edwin Lucio Baltodano Tijerino, mayor, divorciado, guarda de seguridad privada, cédula de identidad número 0203700133, nacido en San José Upala Alajuela, el 24/02/1962, con 60 años de edad, y la señora Margarita Baltodano Ulloa, mayor, soltera, cocinera, cédula de identidad número 0204350495, nacida en Upala Grecia Alajuela, el 01/09/1967, actualmente con 54 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000421-0938-FA. Nota: Para que sea publicado por una única vez. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, fecha, 28 de junio del año 2022.—Msc. Marcela González Solera, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660990 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Alondra De Los Ángeles Arroyo Montenegro, mayor, soltera, ama de casa, vecina de San Rafael de Oreamuno, Vista Hermosa, casa H 9, cédula de identidad número 0305090871, hija de Yahaira del Carmen Arroyo Montenegro, nacida en Oriental Central Cartago, el 28/04/1998, con 24 años de edad y Kevin Jossue Fernández Cardoza, mayor, Soltero, repartidor, vecino de Caballo Blanco, del Mac Donald´s 25 metros al este y 75 metros al sur, casa de color blanca con verjas negras, cédula de identidad número 0118350156, hijo de Luis Diego Fernandez Vargas y Leonor Cardoza Martínez, nacido en hospital central San Jose, el 14/02/2002, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº22-001123-0338-FA. Nota: De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 20 de mayo del año 2022.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022661012 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Ángel Lorenzo Hernández Castañeda, mayor, viudo, pescador, cédula de identidad número 0503090577, vecino de Gte., Santa Cruz, El Llano, de la antigua Bomba 500 metros al norte, hijo de Sayda Castañeda Marchena y Rafael Ángel Hernández Arias, ambos costarricenses, nacido en Centro Nicoya Guanacaste, el 01/02/1979, con 43 años de edad, tengo un hijo menor de edad de nombre Ángel Yandel Hernández Avendaño de 15 años de edad y Anielka Llanes Silva, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número nicaragüense 284-030690-0000V, vecina de Gte., Santa Cruz, El Llano, de la antigua Bomba 500 metros al norte, hija de Juana Cecicilia Silva Murillo y Roger Justino Llanes López ambos nicaragüenses, nacida en Nicaragua en La Paz Centro, el 03/06/1990, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000127-0776-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), Santa Cruz, 14 de junio del año 2022.—Licda. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661022 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Miriam Yadira Arburola Flores, mayor, Divorciado/a, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0108980471, vecina de Buenos Aires, Urbanización Las Vegas, casa 19-A, hija de Adriana Flores Gómez y Leopoldo Arburola Moya, nacida en San Isidro Pérez Z San José, el 11/10/1974, con cuarenta y siete años de edad, y Osvaldo Rojas Fuentes, mayor, Soltera, Peón de explotaciones agrícolas, cédula de identidad número 0603840712, vecino de Buenos Aires, Urbanización Las Vegas, casa 19-A, hijo de Ana Matilde Fuentes Cordero y Selim Rojas Elizondo, nacido en Cortes Osa Puntarenas, el 03/12/1989, actualmente con treinta y tres años de edad Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 22-000098- 1552-FA. Nota: De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), Puntarenas, Buenos Aires, Fecha, 24 de junio del año 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022661058 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Adelicio Jiménez Sandí, mayor, divorciado/a, pensionado(a), cédula de identidad número 0104600067, vecino(a) de Buenos Aires, El Socorro de Brunka, 800 metros al norte de la Escuela del lugar, hijo(a) de Corona Sandí Valverde y Rodrigo Jiménez Castro, nacido(a) en San Rafael, Tarrazú, San José, el 04/05/1956, con sesenta y seis años de edad; y Margarita Yohanna Ortiz Torres, mayor, soltero/a, oficios domésticos, cédula de identidad número 0604420591, vecino(a) de Buenos Aires, El Socorro de Brunka, 800 metros al norte de la Escuela del lugar, hijo(a) de Griselda Torres Ortiz y Edvin Ortiz Torres, nacida en Potrero Grande, Buenos Aires, Puntarenas, el 12/10/1997, actualmente con veinticuatro años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio Puntarenas, Buenos Aires. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000091-1552-FA. Publíquese por una sola vez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), Puntarenas, Buenos Aires, 16 de junio del año 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661060 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jonathan Gerardo Zúñiga Chavarría, mayor, divorciado, inspector, cédula de identidad número 0113560929, vecino de Buenos Aires, Los Ángeles de Volcán, 300 metros noreste de la Escuela Pavones, casa de cemento color verde agua, hijo de María de Los Ángeles Zúñiga Chavarría, nacido en San Isidro Pérez Zeledón San José, el 01/07/1988, con treinta y tres años de edad, y Melissa Tatiana Retana Padilla, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0604070563, vecina de Buenos Aires, Los Ángeles de Volcán, 300 metros noreste de la Escuela Pavones, casa de cemento color verde agua, hija de Luz Mirian Padilla Garro y Victor Manuel Retana Vargas, nacida en Palmar Osa Puntarenas, el 30/12/1992, actualmente con veintinueve años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000072-1552-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), Puntarenas, Buenos Aires, 18 de mayo del 2022.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661061 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Adrián Roberto Quiel Beita, mayor, soltero, transportista, cédula de identidad número 0113190946, vecino de Buenos Aires, Urbanización Lomas, casa N° 118, hijo de Nora Beita Vidal y Leonel Quiel Reyes, nacido en San Isidro Pérez Zeledón, San José, el 25/06/1987, con treinta y cinco años de edad, y María Nuria Espinoza Mayorga, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0603980161, vecina de Buenos Aires, Urbanización Lomas, casa N° 118, hijo de Cecilia Mayorga Ortiz y Miguel Espinoza Quirós, nacida en Centro Buenos Aires Puntarenas, el 09/10/1990, actualmente con treinta y un años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Publíquese por una sola vez. Expediente N° 22-000105-1552-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), Puntarenas, Buenos Aires, fecha, 04 de julio del año 2022.—Lic. José Francisco Azofeifa Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022661062 ).

Edictos en lo Penal

Se orden devolver motocicleta y publicar edicto. Fiscalía Auxiliar de la Fortuna, al ser las quince horas treinta y cinco minutos del ocho de julio de dos mil veintidós. Luego de un estudio de los autos, se desprende que en la presente causa penal N° 22-000076-1185-PE, contra Isaías Hernández Madrigal, por el delito de falsificación de señas y marcas en perjuicio de La Fe Pública, se decomisó un vehículo automotor, mismo que se encuentra en custodia de la Depósito de Vehículos Decomisados a la orden de esta Fiscalía Fortuna, siendo que el artículo 200 del Código Procesal Penal, señala que es obligación de las autoridades devolver a la persona legitimada los objetos secuestrados no sometidos a comiso, restitución o embargo después de realizadas las diligencias para las cuales se obtuvieron -devolución que podrá ser provisional o definitiva-, se ordena la entrega definitiva de una motocicleta marca placa MOT 504517, marca Serpento, estilo: Forza, año de fabricación: 2016, número de marco: LV7MKA402GA901061, número de motor: 162FMJ1606902948, a su propietario registral o bien a quien demuestre ser su legítimo propietario, debiendo aportar la certificación registral y demás documentos que lo demuestren. En otro orden de ideas, ante la imposibilidad material de localizar por los medios idóneos a Roxana León Marín, dueño registral de dicha motocicleta, se ordena la publicación de un único edicto en el Boletín Judicial, siendo que al transcurrir tres meses naturales a partir de su publicación, sin que exista reclamo alguno, se solicitará el comiso a favor del Estado de la motocicleta indicada. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese.—Fiscalía Auxiliar de La Fortuna.—Randall Miranda Gómez, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022660957 ).

Que en la causa 20-000363-1220-PE, seguida contra Manuel Morejón Hernández, por el delito de falsedad ideológica, en perjuicio de sucesión de María Esther Vargas Segura. Se pone en conocimiento y se cita para audiencia preliminar a sucesión de María Esther Vargas Segura en calidad de ofendidos, que este despacho mediante resolución de las doce horas y veintinueve minutos del veintidós de junio del año dos mil veintidós, señaló audiencia preliminar el día diez de octubre del año dos mil veintidós, a las diez horas y treinta minutos; Por lo que se procede a comunicar por medio de Edicto por una única ocasión y de conformidad con los numerales 316, 317 del Código Procesal Penal se concede el plazo de los cinco días la disposición de las partes, actuaciones y evidencias reunidas durante la investigación por parte del Ministerio Público para que las examine pudiendo realizar cualquiera de las gestiones indicadas en los artículos mencionados de la normativa procesal penal y/o proponer medidas alternas indicadas en el artículo 297 del mismo cuerpo legal mencionado. No omite indicarse que de conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Ejecútese lo dispuesto y emítanse las comunicaciones de rigor a la Procuraduría Judicial, una vez firme esta resolución. Expediente: 20-000363-1220-PE imputado: Manuel Morejón Hernández ofendido: sucesión de María Esther Vargas Segura, delito: falsedad ideológica. Notifíquese.—Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las catorce horas catorce minutos del ocho de julio del año dos mil veintidós.—Licda. Kimberly Arley Elizondo, Jueza Penal.—1 vez.—O.C. 364-12-2021B.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022660982 ).

Al ser las 13:50 horas del 04 de julio del 2022, se comunica que en el legajo principal N° 200001010305PE, seguido contra Kevin Alvarado Tencio, por el delito de receptación, en perjuicio de la administración de justicia, de conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal, se le comunica a Jorge Luis Ortega García, cédula de residencia N° 115590081, en su condición de dueño registral de la Moto Placa: 634066, Marca: Serpento, Estilo: Yara R, que por haberse ordenado así en esta sumaria y ante la necesidad de hacerle devolución de dicho bien, que se encuentra decomisado en el depósito de vehículos, debe presentarse ante la Fiscalía Adjunta de Alajuela, en el plazo de ocho días desde la presente publicación, con el fin de hacerle devolución de dicho bien. Se publica por una sola vez en el Boletín Judicial. Notifíquese. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Allan González Navas, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661020 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita la causa número 21-000224-0801-PE seguida contra Elmer Rodolfo Obregón Castellanos en perjuicio de la salud pública por el delito de transporte internacional de droga. Mediante sentencia de proceso especial abreviado número 2022-000130 de las quince horas del diecinueve de abril de dos mil veintidós, se ordena la devolución de un semiremolque marca Utility, estilo LSWX15-2, serie 39201, placa S030951 inscrito a nombre de Importadora y Exportadora A&B Aquarius Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-777821. Se ordena dicha devolución a quien haga su reclamo debidamente fundado, caso contrario, vencido el plazo de tres meses contados a partir de la publicación del presente edicto, sin mediar gestión o reclamo alguno, se dispondrá el comiso de dichos bienes a favor del Instituto Costarricense sobre Drogas de conformidad con los artículos 83 y 90 de la Ley 8204, y con ello se ordenará la inscripción en el Registro a favor de dicha entidad. Expediente N° 21-000224-0801-PE. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez. En virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas cinco minutos del siete de julio del dos mil veintidós.—Licda. Stephanie Rebeca Carrillo Molina, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022661023 ).