BOLETÍN JUDICIAL N° 141 DEL 28 DE JULIO DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:    Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

PRIMERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 22-0126570007-CO que promueve Randall Salinas Rodríguez, se ha dictado la resolución que literalmente dice:  «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas dieciocho minutos del veinte de julio de dos mil veintidós. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Randall Salinas Rodríguez, cédula de identidad N° 6235-843, para que se declaren inconstitucionales los artículos 27, 26, inciso b, 28, 30 y 52, inciso a), de la Convención Colectiva de las y los Trabajados Municipales del Cantón Central de Puntarenas, suscrita entre la Municipalidad de Puntarenas y la Unión de Trabajadores Municipales de Puntarenas, por estimarlos contrarios a los ordinales 11, 33, 46, 50, 57, 68 y 176 de la Constitución Política y los principios de razonabilidad, proporcionalidad, legalidad, equilibrio presupuestario, igualdad y no discriminación en el trabajo. Se confiere audiencia por quince días al Procurador General de la República, al Alcalde de la Municipalidad de Puntarenas y al Secretario General de la Unión de Trabajadores Municipales de Puntarenas. El artículo 27 se impugna por declarar feriados y de pago obligatorio los días dos de noviembre y treinta y uno de diciembre de cada año. Estima, el accionante, que excede toda razonabilidad que, por ejemplo, al ser feriado de ley el primero de enero, también se declare feriado el día antes. Igual sucede con la fecha del dos de noviembre, que no es feriado en alguna otra parte del país. Se impugnan, además, el artículo 26, inciso b, que establece que los trabajadores recibirán el 100% de su décimo tercer mes, sin que les afecte ninguna incapacidad, así como el ordinal 28, que dispone que el trabajador recibirá el 100% de su salario cuando se encuentre incapacitado, siendo por cuenta de la municipalidad los tres primeros días y luego el porcentaje que se requiera para ajustar ese 100%, y el numeral 30, que prevé que, cuando la incapacidad la otorgue el Instituto Nacional de Seguros, la municipalidad cubrirá la suma que se requiera para ajustar el 100% del salario. Alega, el accionante, que no  está cuestionando, en misma, la naturaleza o la procedencia de la convención colectiva objeto de esta acción, sino la desnaturalización de que ha sido objeto a raíz de lo que la doctrina conoce como abuso del derecho y desnaturalización del concepto de Estado Social de Derecho. Asevera que las disposiciones impugnadas  atentan abiertamente en contra de los artículos 11, 33, 46, 50, 57, 68 y 176 de la Constitución Política y las máximas de razonabilidad, proporcionalidad y equilibrio presupuestario, que constituyen parámetros de constitucionalidad. Señala que los citados artículos 26, 28 y 30, además de transgredir los principios de proporcionalidad, razonabilidad y legalidad, generan una gran desigualdad con una gran mayoría de trabajadores costarricenses. Se constituye un grupo de trabajadores privilegiados, que, sin importar el número de días de la incapacidad, recibirán siempre su salario completo al igual que su aguinaldo. Indica que es loable el fin de mejorar las condiciones económico sociales de los trabajadores, pero esa mejoría no puede ser solo para una parte, en detrimento de parámetros generales del conjunto de la sociedad en cuanto a la situación fiscal y presupuestaria. Además, existe otro elemento de preocupación y es que se estimula a empleados que actúan irresponsablemente a prolongar innecesariamente sus incapacidades, a sabiendas  que no tendrán merma alguna en sus ingresos. Así se dan incapacidades de años, con el consiguiente desequilibrio presupuestario en la municipalidad. En cuanto al principio de equilibrio presupuestario, señala que, aparte del gasto que genera el régimen de incapacidades antes dicho, el artículo 52, inciso a), cuestionado en esta acción, significa un enorme golpe a las finanzas municipales en detrimento de la eficiente función que debe cumplir en beneficio de los habitantes del cantón. El ideal de responsabilidad fiscal constituye el conjunto de ideales y principios que promueven el adecuado resguardo de las responsabilidades del funcionario público en este campo. Este principio constitucional está íntimamente asociado al principio de eficiencia administrativa; sin embargo, limita su esfera de influencia exclusivamente a la actividad fiscal. A raíz de este principio, se impone la obligación de una adecuada administración de los fondos públicos y todos los contribuyentes del país están pagando, mediante impuestos, los verdaderos privilegios que entrañan normas como las aquí impugnadas. Acusa que las normas impugnadas representan una odiosa discriminación. Discrimina a una mayoría de trabajadores, públicos o privados, que si les deviene una incapacidad, esto repercute directamente en su salario y cálculo de otros derechos laborales. En razón de lo anterior, podrán empeño en recuperarse a la mayor brevedad para reintegrarse a sus labores. Finalmente, en cuanto el artículo 52, inciso a), precisa que esta norma establece que la municipalidad debe incluir en cada presupuesto ordinario anual, la suma de dos mil colones mensuales, que irán sobre la base como aumento de convención colectiva. Sostiene que tal numeral nace de un error material al consignar la palabra “mensualen lugar de anual. Dicho incentivo que va a la base salarial, se ha venido cancelando al final de cada año. No obstante, ateniéndose a la literalidad de la norma, algunos empleados, en los últimos días, están reclamando el pago mensual y en forma retroactiva. Asevera que si esto no se declara inconstitucional, llevaría a la quiebra al municipio, en perjuicio de la colectividad. Aparte de los aumentos que contempla el párrafo inicial del mencionado artículo, sumarle dos mil colones mensuales, es desproporcionado y contradictorio con los principios que se han invocado como fundamento de la presente acción. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene del artículo 75, párrafo 2°, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto se alega la defensa de intereses difusos, por estimar que los normas impugnadas suponen un “gasto irracional, desproporcionado que se hace de los recursos públicos, en perjuicio de la extensión y calidad de los servicios que requerimos los ciudadanos”. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción. Efectos jurídicos de la interposición de la acción: la publicación prevista en el numeral 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional tiene por objeto poner en conocimiento de los tribunales y los órganos que agotan la vía administrativa, que la demanda de inconstitucionalidad ha sido establecida, a efectos de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho pronunciamiento del caso. De este precepto legal se extraen varias reglas. La primera, y quizás la más importante, es que la interposición de una acción de inconstitucionalidad no suspende la eficacia y aplicabilidad en general de las normas. La segunda, es que solo se suspenden los actos de aplicación de las normas impugnadas por las autoridades judiciales en los procesos incoados ante ellas, o por las administrativas, en los procedimientos tendientes a agotar la vía administrativa, pero no su vigencia y aplicación en general. La tercera es que -en principio-, en los casos de acción directa (como ocurre en la presente acción), no opera el efecto suspensivo de la interposición (véanse votos N° 537-91, 201911633, así como resoluciones dictadas en los expedientes números 2019-11022, 19-006416 y 19-015543 del Tribunal Constitucional). Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. La contestación a la audiencia conferida en esta resolución deberá ser presentada una única vez, utilizando solo uno de los siguientes medios: documentación física presentada directamente en la Secretaría de la Sala; el sistema de fax; documentación electrónica por medio del Sistema de Gestión en Línea; o bien, a la dirección de correo electrónico Informes-SC@poder-judicial.go.cr, la cual es correo exclusivo dedicado a la recepción de informes. En cualquiera de los casos, la contestación y demás documentos deberán indicar de manera expresa el número de expediente al cual van dirigidos. La contestación que se rindan por medios electrónicos, deberá consignar la firma de la persona responsable que lo suscribe, ya sea digitalizando el documento físico que contenga su firma, o por medio de la firma digital, según las disposiciones establecidas en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, Nº 8454, a efectos de acreditar la autenticidad de la gestión. Se advierte que los documentos generados electrónicamente o digitalizados que se presenten por el Sistema de Gestión en Línea o por el correo electrónico señalado, no deberán superar los 3 Megabytes. Para notificar al alcalde de la Municipalidad de Puntarenas y al secretario general de la Unión de Trabajadores Municipales de Puntarenas, ambos en las oficinas de la Municipalidad de Puntarenas, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Puntarenas, despacho al que se hará llegar la comisión por medio del sistema de fax. Esta autoridad deberá practicar la notificación correspondiente dentro del plazo de cinco días contados a partir de la recepción de los documentos, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por desobediencia a la autoridad. Se le advierte a la autoridad comisionada, que deberá remitir copia del mandamiento debidamente diligenciado al fax número 2295-3712 o al correo electrónico: informes-sc@poder-judicial.go.cr, ambos de esta Sala y los documentos originales por medio de correo certificado o cualquier otro medio que garantice su pronta recepción en este Despacho. Notifíquese con copia del memorial del recurso. Expídase la comisión correspondiente./Fernando Castillo Víquez, Presidente/.» “De conformidad con el acuerdo tomado por el Consejo Superior del Poder Judicial, sesión N° 06-2020, Circular 19-2020, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”

San José, 20 de julio del 2022.

                                        Mariane Castro Villalobos

                                                 Secretaria a. í.

O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022664002 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 18-001152-0627-NO, de Archivo Notarial contra Jorge Arturo Benavides Chacón (cédula de identidad 4-0123-0841), este Juzgado mediante resolución N° 2022000168 de las diecisiete horas veintitrés minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.” Notifíquese.

San José, 19 de mayo del 2022.

                              M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                        Juez

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—-( IN2022664003 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Flor María Amador Fonseca quien fue mayor, ama de casa, portadora de la cédula de identidad 0103880406, vecina de San José, Desamparados y falleció el 22 de enero de 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000321-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000321-1550-LA. Por Karla Vanessa Amador Fonseca, portadora de la cédula de identidad N° 0111410347 en favor de los beneficiarios de la citada fallecida. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 08 de junio del 2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022663950 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de fallecida Guido Antonio Alfaro Chaves, quien fue mayor, soltero, cédula N° 2-453-430, profesor, vecino de Alajuela, El Roble, Urbanización Loma Linda, laboró para el Ministerio de Educación Pública, y falleció el 24 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-001397-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001397-0639-LA. Por fallecido Guido Alberto Alfaro Chaves a favor de Ermida Chaves Oreamuno. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de octubre del año 2021.—Licda. María Fernanda Soto Alfaro, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663951 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Mario Rodríguez Zúñiga, 0114660796, fallecido el 27 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-000015-1579-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000015-1579-LA. Promovida por Digna Evelia Rodríguez Zúñiga, cédula 0602240154 a favor de José Mario Rodríguez Zúñiga, cédula 0114660796. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Jicaral (Materia Laboral), 19 de julio del año 2022.—Licda. Tatiana María Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663952 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leonard Gamboa Corrales, fallecido(a) el 01 de octubre del año 2005, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000066-1418-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000066-1418-LA. Por Carolina Gamboa Hernández a favor de Leonard Gamboa Corrales. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia Laboral), 20 de julio del año 2022.—Licda. Maureen María Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663954 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Christian Jiménez Arias, quien portó la cédula de identidad número 1-1349-0473, y falleció el día 13 de marzo del 2022, promovido por Maribel Arias Araya, cédula de identidad N° 1-0513-0666, y Eladio Jiménez Delgado; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000788-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000788-0173-LA. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 04 de mayo del año 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663959 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Noé Rosenstock Lang, quien portó la cédula de identidad N° 1-0272-0456, y falleció el día 25 de julio del 2021, promovido por Clara Lieberman Gruner, cédula de identidad N° 8-0052-0179; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 21-003082-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-003082-0173-LA. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 29 de marzo del año 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663960 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin Gerardo Esquivel Barrantes, quien fue mayor, casado, portador de la cédula de identidad N° 0106390653, vecino de San José, Desamparados, y falleció el 14 de abril del 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000434-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000434-1550-LA. Por Xinia María Jiménez Quirós, portadora de la cédula de identidad N° 0106340595, a favor de Marvin Gerardo Esquivel Barrantes. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 13 de junio del año 2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663961 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Griselda Chavarría Carmona, quien fue mayor, soltera, portadora de la cédula de identidad N° 0106730449, vecina de San José, Desamparados, y falleció el 13 de mayo del 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000448-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000448-1550-LA. Por Sergio Andrés Rodríguez Chavarría, portador de la cédula de identidad N° 0113950335, en favor de los beneficiarios de Griselda Chavarría Carmona. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 13 de junio del año 2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud68-2017-JA.—( IN2022663965 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mayra Anavita de la Trinidad Brenes Torres, quien fue mayor, laboró para Nitidos S. A., portadora de la cédula de identidad N° 0105960872, y falleció el 31 de octubre del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 21-000056-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000056-1550-LA. Por William Alexis Chaves Agüero, portador de la cédula de identidad N° 0105410149, en favor de los beneficiarios de la citada fallecida. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 09 de junio del año 2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663966 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Félix Gerardo Matarrita Espinoza, 0501790113, fallecido el 04 de abril del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-000123-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000123-0868-LA. Por María Marbeth Chavarría Guevara, en calidad de esposa del fallecido Félix Gerardo Matarrita Espinoza. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 11 de julio del año 2022.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022664262 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Bayron Francisco Berrocal López, cédula de identidad número 0604310437, fallecido(a) el 09/01/2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. Distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-000088-1590-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000088-1590-LA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo de Quepos (Materia Laboral), 05 de julio del año 2022.—Licda. Aleyda De Los Ángeles Vargas López, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022664271 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de noventa y seis mil doscientos once dólares con noventa y un centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 575-08267-01-0002-001, servidumbre de acueducto citas: 575-08267-01-0003-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 78055-F-000, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada número ciento cincuenta y siete, apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 2-San Josecito, cantón 5-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial ciento cincuenta, finca filial ciento cincuenta y seis; al sur, finca filial ciento cincuenta y ocho, área común de calle; al este, finca filial ciento cincuenta, finca filial ciento cincuenta y ocho, y al oeste, finca filial ciento cincuenta y seis, área común de calle. Mide: ciento cincuenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del once de noviembre del dos mil veintidós, con la base de setenta y dos mil ciento cincuenta y ocho dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre del dos mil veintidós, con la base de veinticuatro mil cincuenta y dos dólares con noventa y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roger Coto Mora. Expediente N° 19-019144-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: once horas con veintisiete minutos del siete de julio del dos mil veintidós.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022663499 ).

En este Despacho, con una base de trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT 509342.Marca: Serpento, estilo: Yara S, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie: LB420YCB8GC005669, carrocería: motocicleta, número chasis: LB420YCB8GC005669, año fabricación: 2016, color: azul, VIN: LB420YCB8GC005669, características del motor N° motor: 164FML2G005669, marca: Serpento, modelo: Yara S, cilindrada: 200 C.C cilindros: 1, potencia: 10 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintidós con la base de doscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del seis de octubre de dos mil veintidós con la base de setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Blanca Margarita Villagra Villagra contra Enrique Esteban Cabezas Jiménez, Roxana Zapata Villalobos. Expediente N° 10-000084-0422-CI.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y seis minutos del catorce de junio del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—( IN2022663503 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete mil novecientos treinta y siete dólares con treinta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo SJB 017191, marca: Nissan, estilo: Urvan NV350, categoría: microbús, capacidad: 15 personas, serie: JN1UC4E26J9004074, carrocería: microbús, tracción: 4x2, número chasis: JN1UC4E26J9004074, año fabricación: 2018, color: blanco, vin: JN1UC4E26J9004074. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del doce de octubre de dos mil veintidós con la base de veinte mil novecientos cincuenta y dos dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre de dos mil veintidós con la base de seis mil novecientos ochenta y cuatro dólares con treinta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Byron Rivera Mora. Expediente N° 21-012925-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: ocho horas con catorce minutos del seis de mayo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022663504 ).

En este despacho, con una base de cinco millones ciento noventa y seis mil treinta y ocho colones con sesenta y un céntimos, soportando hipoteca de primer grado bajo las citas 569-70687-01-0006- 001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 206819- 000, la cual es naturaleza: Terreno con casa de habitación. Situada en el distrito (01) Pacayas, cantón (06) Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 20.77 centímetros; al sur, sucesión de José María Serrano Ramírez, finca agrícola; al este, Marco Aurelio Castro Vega, casa antigua y al oeste sucesión de José María Serrano Ramírez, finca agrícola, sureste, sucesión de José María Serrano Ramírez. Mide: ciento setenta y seis metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós con la base de tres millones ochocientos noventa y siete mil veintiocho colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós con la base de un millón doscientos noventa y nueve mil nueve colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Abdenago Arturo López Montero, Diana Beatriz López Leandro, María Veracita Solís Torres. Expediente N° 21-008595-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de julio del año 2022.—Gabriela Rojas Astorga, Jueza Tramitadora.—( IN2022663511 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones setecientos veintinueve mil trescientos cincuenta y cuatro colones con sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada Citas: 336-09027-01-0907-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 181475, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa lote Ñ7-E. Situada en el distrito 9-Dulce Nombre, cantón 1-Cartago, provincia Cartago. Colinda: al norte Corporación Inversionista Fallas y Fallas; al sur calle pública con 7 metros; al este Lote Seis y al oeste Lote Ocho. Mide: ciento cuarenta y seis metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con la base de diecisiete millones cuarenta y siete mil dieciséis colones con un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones seiscientos ochenta y dos mil trescientos treinta y ocho colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito ANDE Número Uno R L contra Rita Fonseca Mayorga. Exp: 21-006297-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de junio del año 2022.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez.—( IN2022663516 ).

1) Finca Partido Limón, matrícula 57188 000, con una base de ocho mil cuatrocientos treinta dólares exactos, libre de gravámenes, pero soportando advertencia administrativa res de las 08:00 del 14/10/14. Expediente N° 2013-3347-RIM; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 57188-000, naturaleza: terreno para ganadería de repastos situada en el distrito 1-Limón, cantón 1-Limón de la provincia de Limón, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, calle pública con 78m 44cm, sur, María Luisa Viales, Dagoberto Berroca, este, calle pública con 645m 98cm, oeste, José Luis Hernández Álvaro Murillo. Mide: ciento veinticinco mil ciento dieciocho metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Plano: L-0937832-1990, identificador predial: 701010057188. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las con la base seis mil trescientos veintidós dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señala con la base de dos mil ciento siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). 2) Finca partido Limón matrícula 55594 000, con una base de seis mil novecientos cuarenta dólares, libre de gravámenes, pero soportando advertencia administrativa res de las 08:00 del 14/10/14. Expediente N° 2013-3347-RIM; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 55594, derecho 000, naturaleza: terreno de repasto, tacotal, montaña, situada en el distrito 1-Limón cantón 1-Limón de la provincia de Limón finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Marciano Guadamuz Agüero, sur, calle pública, este, calle pública, oeste, Álvaro Murillo Aguilar. Mide: ciento dos mil novecientos ochenta y siete metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Plano: L-0070984-1992 identificador predial: 701010055594. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las con la base de cinco mil doscientos cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate con la base de mil setecientos treinta y cinco dólares (25% de la base original). 3) Finca Partido Limón matrícula 41469 000, con una base de ochenta y seis mil doscientos sesenta y tres dólares exactos, libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones citas: 376-11767-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 41469, derecho 000. naturaleza: potrero, montaña con 1 casa. Situada en el distrito 1-Limón, cantón 1-Limón de la provincia de Limón finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Mateo Salazar Salazar, sur, José Luis Flores Barquero, este, calle pública con 1960 m y otra, oeste, Fernando Castillo Castillo y otros. Mide: un millón doscientos ochenta mil doscientos setenta y siete metros cuadrados Plano: L-0489770-1982 identificador predial: 701010041469. De no haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de sesenta y cuatro mil seiscientos noventa y siete dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan con la base de veintiún mil quinientos sesenta y cinco dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). 4) Finca Partido Limón matrícula 26900 000, con una base de treinta y tres mil ciento sesenta y seis dólares, libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones citas: 337-18257-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 26900, derecho 000 naturaleza: terreno para la agricultura y otros situada en el distrito 1-Limón, cantón 1-Limón de la provincia de Limón finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, noreste, camino público 187m 15cm, sur, Ricardo Hernández Barrantes, oeste, Río Bitey y otro. Mide: cuatrocientos noventa y dos mil doscientos treinta y cinco metros cuadrados. Plano: L-0486834-1982 identificador predial: 701010026900 De no haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de veinticuatro mil ochocientos setenta y cuatro centavos con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan con la base de ocho mil doscientos noventa y un dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Para el primer remate se señalan las nueve horas diez minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se señala las nueve horas diez minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós.—Msc. Sirlene de Los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022663519 ).

En este Despacho, con una base de seis millones ochocientos cincuenta y un mil doscientos doce colones con diecisiete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BMV521, marca: Hyundai; Estilo: Accent; categoría: automóvil; capacidad 5 personas; año: 2013; color: blanco; VIN: KMHCU41EBDU434972; N. Motor: G4FDDU292454, cilindrada 1600 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del quince de setiembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones ciento treinta y ocho mil cuatrocientos nueve colones con doce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintidós con la base de un millón setecientos doce mil ochocientos tres colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Carlos Manuel Amador Adanis, Linda Darlyn Gutiérrez Morales. Expediente N° 19-008892-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de julio del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022663528 ).

En este despacho, con una base de siete millones doscientos noventa y siete mil quinientos veintitrés colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 393-10311-01-0962-001, servidumbre trasladada citas: 399-13255-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 393228-001 la cual es terreno para construir lote 7E. Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 6 E; al sur lote 8 E; al este, Jorge Marín Arguedas y al oeste, resto dest. a calle. Mide: Ciento dieciocho metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del trece de setiembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones cuatrocientos setenta y tres mil ciento cuarenta y dos colones con treinta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos veinticuatro mil trescientos ochenta colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Comisión Nacional de préstamos contra Ana Luisa Cerdas González, Eugenia María González Ugalde, Ronald Antonio Campos Quesada. Expediente N° 05-015034-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 08 de julio del año 2022.—Susana Murillo Alpizar, Jueza Tramitadora.—( IN2022663629 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 298-12685-01-0901-008, servidumbre de paso citas: 2011-260395-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 2014-85624-01-0010-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número setecientos seis mil cuatrocientos cuarenta, derecho 000, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito 12-La Amistad, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre agrícola en medio de Zaida Naranjo Ureña; al sur, José Daniel Jara Naranjo; al este, calle pública, y al oeste, Jeannete Naranjo Ureña. Mide: tres mil veinticinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil veintidós, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de setiembre del dos mil veintidós, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Xinia Jeannette del Carmen Hidalgo Conejo contra Lorenzo Antonio Jara Naranjo. Expediente N° 22-001608-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: once horas con nueve minutos del siete de junio del dos mil veintidós.—Eileen Chaves Mora, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022663636 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones seiscientos uno mil quinientos cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 108333---000, la cual es naturaleza: terreno para construir, lote cuatro-B. Situada: en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote tres-B; sur, lote cinco-B; este, Municipalidad de Nicoya; oeste, calle pública con 8,00 metros de frente. Mide: ciento setenta y seis metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0495579-1998. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del seis de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del catorce de setiembre del dos mil veintidós, con la base de quince millones cuatrocientos cincuenta y un mil ciento veintiocho colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil veintidós, con la base de cinco millones ciento cincuenta mil trescientos setenta y seis colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Nicoya contra Aleida María Peña Vega. Expediente N° 14-000324-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: trece horas del treinta y uno de mayo del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a Decisor/a.—( IN2022663639 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones sesenta mil trescientos catorce colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BLP783, marca: Hyundai, Estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCT51CBCU048814, carrocería: sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4X2, año fabricación: 2012, color: plateado, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas del dos de noviembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas del diez de noviembre del año dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos noventa y cinco mil doscientos treinta y cinco colones con noventa y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas del dieciocho de noviembre del año dos mil veintidós con la base de un millón doscientos sesenta y cinco mil setenta y ocho colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ S. A. Contra Briann Felipe Abarca Rojas. Expediente N° 20-014227-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2022.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022663642 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil seiscientos dieciocho dólares con noventa y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: SJB 016045, Marca: TOYOTA, Estilo: HIACE, Categoría: microbús, capacidad: 16 personas, Tracción: 4X2, Año Fabricación: 2012, Color: blanco, VIN: JTFSK22P900015113, cilindrada: 2986 C.C. Para tal efecto se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintidós con la base de doce mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con veinticuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil ciento cincuenta y cuatro dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A contra Manrique Alberto Porras Gómez, Mimia San Cayetano S.R.L Expediente N° 20-017114-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de junio del año 2022.—Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2022663643 ).

En este despacho, con una base de cuatro millones doscientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 211873, marca: Nissan, estilo: Frontier, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, año fabricación: 2007, color: negro, cilindrada: 2953 c.c cilindros: 4, combustible: diesel, N° motor: ZD30061104K y VIN: JN1CNUD22Z0010386. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós con la base de tres millones doscientos diez mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con la base de un millón setenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gerardo Nelson Rojas Campos contra Isaac Josué Muñoz Morales. Expediente22-002735-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril del año 2022.—Cinthia Vanessa Segura Duran, Jueza Decisora.—( IN2022663647 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones quinientos cuarenta y un mil novecientos ochenta y cuatro colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref:00221255-000 citas: 361-00763-01-0865-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 450375-000 la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito: 04-Bijagua, cantón: 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública; al sur parcela 106 del Instituto de Desarrollo Agrario; al este, parcela 105 del Instituto de Desarrollo Agrario y al oeste parcela 103 del Instituto de Desarrollo Agrario. Mide: ciento cuatro mil ochocientos ochenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1314575-2009. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés, con la base de veintidós millones novecientos seis mil cuatrocientos veintiún colones con diez céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del seis de marzo de dos mil veintitrés, con la base de siete millones seiscientos treinta y cinco mil cuatrocientos setenta y tres colones con setenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Walter Gerardo Vega Montero. Exp:21-007597-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con tres minutos del cinco de mayo del dos mil veintidós.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022663671 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos trece mil quinientos treinta y dos colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref:2336 427 001000000000001 citas: 299-11729-01-0801-001 y servidumbre de aguas pluviales citas: 489-04035-01-0012-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número noventa y seis mil cuatrocientos setenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno Lote 17 Bloque J terreno para construir. Situada en el Distrito 5-Cariari, Cantón 2-Pococi, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Banco Cuscatlán de Costa Rica S. A.; al sur Avenida; al este, calle y al oeste Lote 18 J. Mide: ciento sesenta metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados, Plano: L-0706204-2001. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones ciento treinta y cinco mil ciento cuarenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós con la base de un millón trescientos setenta y ocho mil trescientos ochenta y tres colones con dieciséis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Francisco Jesús Núñez Cortes, Jacqueline Núñez Cortes. Exp:21-006103-1209-C.—Juzgado de Cobro de Pococí. 23 de junio del año 2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2022663678 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones ciento sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2010-197651-01-0002-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2010-197651-01-0003-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2010-197651-01-0004-001, servidumbre de acueducto citas: 2010-197651-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno lote cinco, terreno para construir. Situada: en el distrito 01-Paraíso, cantón 02-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Bonilla Chaves; sur, servidumbre de paso en medio de 3-101-492236 S. A.; este, lote cuatro; oeste, lote seis. Mide: dos mil trescientos sesenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós, con la base de veintiséis millones trescientos setenta y un mil ochocientos cincuenta y un colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del trece de setiembre del dos mil veintidós, con la base de ocho millones setecientos noventa mil seiscientos diecisiete colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria abierta de Coopealianza R.L. contra Carlos Alfredo Araya Alvarado. Expediente N° 21-012586-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de junio del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—( IN2022663687 ).

En este despacho, con una base de ciento quince mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 300459-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Granadilla, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 6 E; al sur, lote 8 E; al este, calle segunda y al oeste lote 19 E. Mide: trescientos noventa y cuatro metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de ochenta y seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del dos de setiembre de dos mil veintidós con la base de veintiocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Imox Digital S. A. contra Inversiones Rojas de Freses S.R.L. Expediente N° 22-005688-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de junio del año 2022.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2022663712 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil novecientos quince dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: JDL191, Marca: KIA, estilo: Picanto, carrocería: Sedan 4 puertas, Hatchback, número chasis: KNAB3512BJT196377, N° Motor: G4LAHP120523, cilindrada: 1248 c.c., Capacidad: 5 personas, color: plateado, año fabricación: 2018. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del dos de noviembre del dos mil veintidós, con la base de once mil ciento ochenta y seis dólares con noventa y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de noviembre del dos mil veintidós, con la base de tres mil setecientos veintiocho dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S.A contra Leonardo Andrés Ángulo Mora. Expediente21-005881-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del año 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2022663807 ).

En este Despacho, con una base de ciento cincuenta y cinco mil ochocientos dieciocho dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 302-04469-01-0976-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 206849 derechos 001 y 002, la cual es terreno naturaleza: bloque H para construir lote 7 H. Situada: en el distrito 2-Barrantes, cantón 8-Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 9 metros con 82 cm lineales y lote 8 H; al sur, Inmobiliaria San Juan SA; al lote 6 H, y al oeste, Inmobiliaria San Juan SA. Mide: trescientos doce metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Plano: H-1138176-2007. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del primero de setiembre del dos mil veintidós, con la base de ciento dieciséis mil ochocientos sesenta y cuatro dólares con quince centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de setiembre del dos mil veintidós, con la base de treinta y ocho mil novecientos cincuenta y cuatro dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Christian Villalobos Quirós, Ivannia María Barrantes Rosales. Expediente N° 21-003489-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta y seis minutos del seis de octubre del dos mil veintiuno.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022663808 ).

En este Despacho, con una base de once mil cuatrocientos sesenta y tres dólares con un centavos libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BRQ096, Marca: BYD, Estilo: F3, Categoría: automóvil, año: 2019, color: blanco, Vin: LGXC16DF4K0000679, N° Motor: BYD473QE218370175, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós, con la base de ocho mil quinientos noventa y siete dólares con veinticinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós, con la base de dos mil ochocientos sesenta y cinco dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Minor Andrés Vega Vega. Expediente N° 22-004856- 1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del año 2022.—Henry Sanarrusia Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2022663811 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil ochenta y seis dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BJP744 marca: Citroën, estilo: Celysee categoría: automóvil, capacidad: 5 personas año fabricación: 2015, color: gris. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del doce de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintidós, con la base de tres mil sesenta y cinco dólares con veinte centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintidós, con la base de mil veintiún dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Oscar Andrés Santamaria Solorzano. Expediente N° 21-010759-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con seis minutos del seis de diciembre del dos mil veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022663812 ).

En este Despacho, con una base de setenta y seis mil ochocientos veintitrés dólares con treinta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 405983, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote A-cuatro, con una casa de habitación. Situada: en el distrito 4-Patalillo, cantón 11-Vázquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, casa de habitación de Urbanización La Cornelia; al sur, calle pública con 8 metros 50 centímetros; al este, casa cinco A de Urbanización Normandia, y al oeste, casa de habitación tres A de Urbanización Normandia. Mide: ciento cincuenta y dos metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas diez minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas diez minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintidós, con la base de cincuenta y siete mil seiscientos diecisiete dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas diez minutos del siete de octubre del dos mil veintidós, con la base de diecinueve mil doscientos cinco dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Fabián Mauricio Valverde Chacón, Inversiones Ticas Manet Sociedad Anónima. Expediente N° 21-017116-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del año 2022.—Sirlene de los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022663813 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada Citas: 376-19541-01-0900-001; sáquese a remate Hipoteca Inscrita al tomo: 2022, asiento: 56594-01-0001-001 sobre la finca del partido de San José, matrícula número 371806, derecho 000 naturaleza: terreno con una casa de habitación, situada en el distrito: 01-Santiago, cantón: 04-Puriscal, de la provincia de San José, linderos: norte calle pública con un frente de 38,42 m, sur quebrada, este Amable Pérez Madrigal, oeste Rodrigo Murillo Rojas, mide: ochocientos noventa y nueve metros cuadrados. Plano: SJ-1506338-2011. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós, con la base de veintisiete millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del dos de setiembre de dos mil veintidós, con la base de nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Rubrica La Rana Dorada de Occidente Sociedad Anónima contra Luis David Vargas Jiménez. Expediente N° 22-005550-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2022663851 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones setecientos ocho mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando, pero soportando servidumbre trasladada citas: 312-06804-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 242745-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 9-Pavas, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, noreste, Juvenal Hernández Vindas; al sur, suroeste, Av 10 con 12 metros 50 centímetros; al este, noroeste, José Carvajal Chávez, y al oeste, sureste, Luis Carrillo Henchoz. Mide: ciento noventa y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintidós, con la base de quince millones quinientos treinta y un mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diez de octubre del dos mil veintidós, con la base de cinco millones ciento setenta y siete mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense del Seguro Social contra Rodrigo Alberto Solís Jaime. Expediente N° 19-008636-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del año 2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos, Jueza Decisora.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663896 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de: San José, matrícula N° 270433, derecho: 000, la cual es terreno: para construir con una casa de habitación de doble planta. Situada en el distrito: Damas, cantón: Desamparados de la provincia de: San José. Colinda: al norte: avenida segunda; al sur: Inmobiliaria Residencial San Lorenzo S. A.; al este: Inmobiliaria Residencial San Lorenzo S. A.; y al oeste: Inmobiliaria Residencial San Lorenzo S. A. Mide: ciento siete metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del tres de octubre de dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones doscientos ochenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del once de octubre de dos mil veintidós, con la base de cinco millones setecientos sesenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Bayron Alonso Jiménez Arguedas, Rita María Arguedas Arce. Expediente N° 22-004849-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del 2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos, Jueza Decisora.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022663897 ).

En este Despacho, con una base de diez mil quinientos ochenta y dos dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia por lesiones culposas bajo las citas: 800-237319-001; sáquese a remate el vehículo placa: BGH447, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2014, color: gris, vin: KMHJT81EAEU902585, cilindrada: 2000 C.C. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del tres de octubre del dos mil veintidós, con la base de siete mil novecientos treinta y siete dólares con catorce centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del once de octubre del dos mil veintidós, con la base de dos mil seiscientos cuarenta y cinco dólares con setenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Cinthia María Guerrero García. Expediente N° 21-005797-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año 2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos, Juez/a Decisor/a.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663898 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil quinientos cuarenta y dos dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo Placa: TSM789, Marca: Kia, Estilo: Mohave, Categoría: Automóvil, Capacidad: 7 personas, Año Fabricación: 2014, Color: Blanco, Vin: KNAKN814DE5123585, Cilindrada: 2959 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del tres de octubre de dos mil veintidós con la base de trece mil novecientos seis dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del once de octubre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil seiscientos treinta y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jason Dylan MC Nair A. Expediente N° 19-008528-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año 2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos, Jueza Decisora.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022663899 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones ciento veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 370-18655-01-0958-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 370304, derecho 000, naturaleza terreno para construir Lote 18-G con una casa. Situada en el distrito: 09-Pavas cantón: 01-San José de la provincia de San José. Linderos: norte, Parque 1, sur, Lote 09 G, este, Lote 19 G, oeste, Lote 17 G. Mide ciento veintiséis metros con veintiséis decímetros cuadrados, plano: SJ-0432183-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del diecisiete de agosto del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas quince minutos del veinticinco de agosto del año dos mil veintidós, con la base de quince millones ochocientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del dos de setiembre del año dos mil veintidós, con la base de cinco millones doscientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Luis Morales Ulate. Expediente N° 22-005752-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de julio del año 2022.—Licenciada Raquel Priscilla Machado Fernandez, Jueza Tramitadora.—( IN2022663907 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 471840-000, derecho 000, la cual es terreno con una casa, sector 7, lote 156-A. Situada en el distrito 7-Patarrá, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Linderos: al norte, lote 157; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, calle pública; y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ciento treinta y cuatro metros con un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Sifu S. A., contra Evita María Salas Molina. Expediente N° 22-005360-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2022663938 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este despacho, con una base de veintinueve millones ochocientos veintiún mil cuatrocientos diecinueve colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 268-02844-01-0901-001 / reservas y restricciones citas 373-11559-01-0901-001 / servidumbre de paso citas 2016-593059-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 131774-000, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira Quesada; al sur, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira Quesada; al este, Dinorah Oliva De Los Ángeles Moreira Quesada y al oeste, servidumbre de paso de 6 metros de ancho con un frente a ella de 10 metros lineales. Mide: Quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós, con la base de veintidós millones trescientos sesenta y seis mil sesenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintidós, con la base de siete millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos cincuenta y cuatro colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Con una base de veintiún millones seiscientos veintiún mil cuatrocientos veintinueve colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 268- 02844-01-0901-001 / reservas y restricciones citas 373-11559-01-0901-001 / servidumbre de paso citas 2016-593059-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 131775-000, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira; al sur, Ricardo Abel, Roy Nelson y Luis Alfredo todos apellidos González Araya y calle pública con un frente a ella de cuatro metros; al este, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira y al oeste, servidumbre de paso con un frente a ella de cuarenta y cinco metros. Mide: Seiscientos cincuenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós, con la base de dieciséis millones doscientos dieciséis mil setenta y un colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintidós, con la base de cinco millones cuatrocientos cinco mil trescientos cincuenta y siete colones con treinta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Walter Enrique Moreno Alvarado. Expediente N° 18-008480-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza decisora.—( IN2022663908 ).

En este despacho, con una base de sesenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 399-02790-01-0875-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y ocho mil cuatrocientos noventa y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura lote 10.- Situada en el distrito 3-Potrero Grande, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Carlos Chaves Jiménez; al este, parcela 38 y al oeste, Carlos Chaves Jiménez. Mide: trescientos cuarenta y cuatro mil ciento setenta y un metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del tres de octubre de dos mil veintidós con la base de cuarenta y cinco millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del once de octubre de dos mil veintidós con la base de cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y siete colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ronald Fallas Navarro contra Maykel Estarlyn Webb Villanueva. Expediente N° 22-001866-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciséis minutos del veintidós de julio del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022663943 ).

En este despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones ciento diez mil ochocientos ochenta y seis colones con veinte céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 151-04969-01-0901-001, reservas y restricciones bajo las citas: 151-04969-01-0902-001, Servid Reserv Ref: 00081257 000 bajo las citas: 358-07692-01-0900-001, Servid-Reserv Ref: 00081257 000 bajo las citas: 358-07692-01-0901-001, servidumbre trasladada bajo las citas: 394-14361-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 470410, derecho 000, la cual es terreno para urbanizar lote cuarenta y seis con una casa de habitación. Situada en el distrito 3-La Trinidad, cantón 14- Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote cuarenta y cinco; al sur, lote cuarenta y siete; al este, calle pública con 7,.00 metros y al oeste, Carlos Rodríguez Vargas. Mide: Ciento noventa y un metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintidós con la base de treinta y tres millones ochenta y tres mil ciento sesenta y cuatro colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veintidós con la base de once millones veintisiete mil setecientos veintiún colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada Coocique R.L. contra Miguel Gerardo Vargas Calderón, Servitec Varca Sociedad Anónima. Expediente22-005542-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de julio del año 2022.—Víctor Obando Rivera, Juez/a Decisor/a.—( IN2022663945 ).

En este Despacho, se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil veintidós, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil setecientos setenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada: en el distrito: 04-Limoncito, cantón: 08-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, calle pública; sur, Eliécer Rodríguez Rojas, María Eugenia Lara González y Aurora Elizondo Vindas; este, Eliécer Rodríguez Rojas, María Eugenia Lara González con yurro en parte; oeste, calle pública y Carol Viviana Guillén Lara. Mide: cinco mil seiscientos sesenta y tres metros con siete decímetros cuadrados. Plano: P-1010201-2005. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del diez de octubre del dos mil veintidós, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo del Carmen Guillén Cascante. Expediente N° 22-000411-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito. Hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta minutos del once de julio del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—( IN2022663967 ).

En este despacho, con una base de catorce millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos diez colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 378229-000, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda al este, calle pública con 4.95 metros, al noreste, calle pública con 5.51 metros; al noroeste, casa y lote 17 de Colonia Belgrado; al sureste, calle pública con 11.76 metros, al suroeste, Escuela Quince de Setiembre. Mide: Ciento treinta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós con la base de diez millones novecientos noventa y seis mil ochocientos ochenta y dos colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós con la base de tres millones sesenta y cinco mil seiscientos veintisiete colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bernardo Enrique Carranza Castillo, María del Roció Jiménez Corrales. Expediente N° 19-002023-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de junio del año 2022.—Licda. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora.—( IN2022663989 ).

En este Despacho, con una base de dos millones ochocientos dieciocho mil setenta y cuatro colones con veintinueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 378-07484-01-0913-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento veintitrés mil cuatrocientos cuatro, derecho 003, 004 y 005, la cual es terreno para construir lote 14 A con casa. Situada: en el distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Humberto Ortiz Leiva; al sur, Humberto Ortiz Leiva; al este, Guarcoco S A, y al oeste, calle pública con 07m 50cm. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil veintidós, con la base de dos millones ciento trece mil quinientos cincuenta y cinco colones con setenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del trece de setiembre del dos mil veintidós, con la base de setecientos cuatro mil quinientos dieciocho colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Édgar Arturo Brenes Calvo. Expediente N° 21-012284-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de junio del año 2022.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022663999 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones setecientos treinta y seis mil novecientos sesenta y ocho colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Caminos citas: 2013-229986-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 509349-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Luis Ángel Gamboa Rodríguez; al sur: Cintia Del Pilar Vargas Chaves; al este: calle pública y al oeste: María Del Carmen Gamboa Rodríguez. Mide: ciento treinta y ocho metros cuadrados. Plano: A-2030668-2018. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós, con la base de diecisiete millones cincuenta y dos mil setecientos veintiséis colones con veinte céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós, con la base de cinco millones seiscientos ochenta y cuatro mil doscientos cuarenta y dos colones con siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Grettel Johanna Duarte Reyes, Melvin Roberto Segura Arroyo. Expediente N°  21-005399-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y seis minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno.—Alonso Ernesto Hernández Méndez, Juez Decisor.—( IN2022664038 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones seiscientos noventa y un mil trescientos noventa y tres colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 316-05612-01-0903-001, reservas y restricciones citas: 316-05612-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 88871-000. Que se describe así: Naturaleza: terreno de tacotal. Situada: en el distrito 1-Nicoya, cantón 2 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Manuel Cubillo y Abel Barrantes Quirós; sur, calle pública; este, Manuel Rogelio Cubillo Aguilar, quebrada; oeste, Abel Barrantes Quirós, Rosendo Jiménez Medina. Mide: siete mil doscientos cuarenta y seis metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano: G-0945971-1991. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós, con la base de catorce millones dieciocho mil quinientos cuarenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones seiscientos setenta y dos mil ochocientos cuarenta y ocho colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Justin Josué Moraga Rodríguez. Expediente N° 21-004922-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: diecisiete horas con cincuenta y tres minutos del seis de mayo del dos mil veintidós.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022664039 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones quinientos ochenta y cuatro mil novecientos sesenta y siete colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 2012-69562-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 206453-000, la cual es naturaleza: solar. Situada en el distrito 3-Sardinal cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, José Manuel Contreras Vallejos, sur, Edwin José Contreras Gutiérrez, este, calle pública con 8 metros 58 centímetros de frente, oeste, Edwin José Contreras Gutiérrez. Mide: cuatrocientos metros cuadrados plano: G-1742153-2014. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós, con la base de siete millones ciento ochenta y ocho mil setecientos veinticinco colones con cincuenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintidós, con la base de dos millones trescientos noventa y seis mil doscientos cuarenta y un colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Elber Gerardo Lara Rodríguez. Expediente N° 21-005024-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y dos minutos del cinco de mayo del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022664040 ).

En este Despacho, con una base de dos millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos cuarenta y un colones con cincuenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número cuarenta y siete mil cuatrocientos ochenta y seis, derecho 000, la cual es terreno de patio con una casa situada en el distrito: 01-Cañas cantón: 06-Cañas de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Alejandro Reyes Reyes; sur, Julia Alvarado Briceño; este, calle pública con un frente de 9 metros oeste, Alejandro Reyes Reyes. Mide: Ciento veinte metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0857749-2003. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós, con la base de un millón ochocientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y seis colones con diecisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dos de setiembre de dos mil veintidós, con la base de seiscientos catorce mil quinientos ochenta y cinco colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Gustavo Rosales Lara. Expediente N° 21-005712-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: doce horas con quince minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintidós.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022664042 ).

En este Despacho, con una base de dos millones ochocientos cincuenta mil quinientos ochenta y siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: CL 308206, marca: Isuzu, estilo: NPR, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, carrocería: caja cerrada o furgón, tracción: 4x2, año fabricación: 2000, cilindrada: 4800 C.C, cilindros: 4, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintidós, con la base de dos millones ciento treinta y siete mil novecientos cuarenta colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del primero de setiembre del dos mil veintidós, con la base de setecientos doce mil seiscientos cuarenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Renaceres Monsa del BH S. A. contra Héctor Manuel Mora Rojas. Expediente N° 22-000359-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta y ocho minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022664045 ).

En este Despacho, 1) con una base de ciento cuarenta y nueve mil trescientos setenta y cinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de: SAN JOSÉ, matrícula número: 322625, derecho: 000, la cual es terreno: para construir lote N6.- Situada en el distrito: 2-GRANADILLA, cantón: 18- CURRIDABAT, de la provincia de: SAN JOSÉ. COLINDA: al norte: noreste resto destinado a calle 14m; al sur: suroeste ROL S A con 14m; al este: sureste INMOB SOROBARU SA 33m 75cm y al oeste: noroeste INMOB SOROBARU SA 33m 75cm.- MIDE: cuatrocientos setenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintidós con la base de ciento doce mil treinta y un dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós con la base de treinta y siete mil trescientos cuarenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. 2) Con una base de ciento cuarenta y nueve mil trescientos setenta y cinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de: San José, matrícula número: 322624, derecho: 000, la cual es terreno: para construir lote N 5. Situada en el distrito: 2-Granadilla, cantón: 18-Curridabat, de la provincia de: San José. Colinda: al norte, noreste, resto dest a calle con 14m; al sur, suroeste, Rol S. A. con 14m; al este, sureste, Inmob Sorobaru 33m 75cm y al oeste, noroeste, Luis Agüero con 33 m 75 cm. Mide: cuatrocientos setenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintidós con la base de ciento doce mil treinta y un dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós con la base de treinta y siete mil trescientos cuarenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Club Campestre Internacional Uno S. A., Diego Bermúdez Dejuk, Gaillard Outsourcing Limitada, Inmobiliaria Benrujai BCB S.R.L., Inversiones Inmobiliarias Marujen MRJ S.R.L., Programas TEF S. A., Rodrigo Jaikel Gazel, Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Cuatro Mil Setecientos Sesenta y Seis S.R.L. contra Sonia Virginia de los Ángeles Sánchez Sirias. Expediente N° 20-006466-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de julio del año 2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos, Jueza Decisora.—( IN2022664121 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete mil ochocientos sesenta y seis dólares con treinta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo CL290823, Marca: Toyota; Estilo: Hilux, Categoría: Carga liviana, Capacidad: 5 personas, Carrocería: Camioneta Pick-Up caja abierta o cam-pu, Tracción: 4x4, Número Chasis: MR0KS8CD0H1101787, Año Fabricación: 2017, Color: Blanco, N° Motor: 2KDU862189, Cilindrada: 2500 c.c., Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del trece de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintidós con la base de veinte mil ochocientos noventa y nueve dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del tres de octubre de dos mil veintidós con la base de seis mil novecientos sesenta y seis dólares con cincuenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Luis Emilio Chaves Flores. Expediente N° 18-018560-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del año 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2022664122 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones trescientos noventa y cinco mil novecientos sesenta colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito Tomo 0800 Asiento 0724225 Secuencia 001 Fecha 8-mar-2021; sáquese a remate el vehículo LYB084 Marca: Kia Estilo: Río Categoría: Automóvil Capacidad: 5 personas Serie: 3KPA251ABJE100323 carrocería: Sedan 4 puertas hatchback tracción: 4x2 año: 2018. Modelo: H9S6K461F cilindrada: 1368 c.c cilindros: 4 potencia: 76 kw combustible: Gasolina Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil veintidós con la base de siete millones cuarenta y seis mil novecientos setenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós con la base de dos millones trescientos cuarenta y ocho mil novecientos noventa colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Karla María Guevara Ceciliano. Expediente:21-010655-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de julio del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—( IN2022664123 ).

En este despacho, con una base de cincuenta millones setecientos noventa y seis mil seiscientos diez colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 344-05418-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 344-05418-01-0905-001, servidumbre trasladada citas: 344-05418-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento cinco mil novecientos ochenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 5- Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Corrales Coto, Minor Coto Arce y Gerardo González Brenes; al sur, calle pública; al este, Carlos Luis Ramírez y al oeste, Víctor Manuel Mata Maroto. Mide: Cuatrocientos ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintidós con la base de treinta y ocho millones noventa y siete mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veintidós con la base de doce millones seiscientos noventa y nueve mil ciento cincuenta y dos colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Estiven Fabricio Calderón Gómez. Expediente N° 21-006451-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de junio del año 2022.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022664124 ).

En este Despacho, con una base de ciento cuarenta y ocho mil seiscientos noventa y un dólares con veinte centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de aguas pluviales bajo las citas: 0442-00002844-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 77760-F-000, la cual es naturaleza: finca filial primaria individualizada veintidós apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito (09) Dulce Nombre, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, acceso vehicular; al noroeste, filial veintitrés; al sureste, filial veintiuno, y al suroeste, Julio Céspedes Álvarez. Mide: doscientos dieciséis metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintidós, con la base de ciento once mil quinientos dieciocho dólares con cuarenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintidós, con la base de treinta y siete mil ciento setenta y dos dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Desarrollos Flabra Sociedad Anónima, Rebeca Alejandra Gómez Molina. Expediente N° 21-008993-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de julio del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022664125 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil novecientos setenta y cuatro dólares con noventa y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MYP020, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MALA851CAGM330767, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4X2, número chasis: MALA851CAGM330767, año fabricación: 2016, color: blanco, Vin: MALA851CAGM330767, N° motor: G4LAFM786839, modelo: B4S6K3615 G G038, cilindrada: 1200 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del doce de abril del dos mil veintitrés con la base de tres mil setecientos treinta y un dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés con la base de mil doscientos cuarenta y tres dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Melissa Umaña Quesada. Expediente N° 22-004725-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con tres minutos del veintisiete de junio del dos mil veintidós.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2022664127 ).

En este despacho, con una base de seis millones trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 45691, derecho 000, la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 10-Llano Grande, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 18 metros 392 mm; al este, Abelardo Sánchez; al oeste, Gerardo Aguilar Leitón y al sureste, Juan Vargas Román. Mide: Ciento noventa y siete metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del siete de octubre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones setecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María De Los Ángeles Monge Guzmán, Pablo Alejandro González Monge. Expediente N° 19-008705-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de julio del año 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022664129 ).

En este despacho, con una base de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 518967-000, la cual es terreno naturaleza: terreno construido. Situada en el distrito 8-San Rafael cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, María Josefa Camacho Rivera; sur, María Jinneth Fernández Camacho; este, Clodomira Morales Seguro; oeste, servidumbre de paso mide: trescientos setenta y cinco metros cuadrados plano: A-1654385-2013. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil veintidós con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintidós con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Chacón Araya contra Luis Guillermo Fernández Camacho. Expediente N° 22-000105-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veinte horas con treinta y tres minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/A Tramitador/a.—( IN2022664184 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando citas: 304-16784-01-0901-003 condiciones Ref: 2238 265 001 sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número quince mil seiscientos noventa y siete, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 132. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, José Joaquín Castro Castro; al sur, Municipalidad de Limón; al este, calle pública con 10m 67cm, y al oeste, Municipalidad de Limón. Mide: trescientos cincuenta y dos metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil veintidós, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintidós, con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Manuel Hernández Chaves contra María Isabel De La Cruz Fonseca Ruiz. Expediente N° 16-001027-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 08 de julio del año 2022.—Karina Alexandra Pizarro García, Jueza.—( IN2022664185 ).

En este Despacho, con una base de ciento cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 320-05272-01-0907-001, servidumbre trasladada citas: 324-15454-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cincuenta mil ciento setenta y ocho, derecho cero cero cero la cual es terreno de café y zonas protegidas. Situada en el distrito: 03-San José, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada y Tomas Barrantes Quesada, sur, quebrada, Mario Salmerón Romero y resto de la finca madre, este, calle pública, Antonio Alfaro Ramírez, Lizbeth, Rosania y Kattia Milady todas Mora Alfaro. oeste: quebrada. Mide: treinta y siete mil trescientos setenta y ocho metros con nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0822699-2002. Identificador predial: 203030450178. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del seis de setiembre de dos mil veintidós, con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del catorce de setiembre de dos mil veintidós, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Andrés Bolaños Alpízar. Expediente N° 22-001864-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veinticuatro minutos del dieciocho de julio del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022664213 ).

En este despacho, con una base de treinta y dos mil cuatrocientos veinticuatro dólares con ochenta y cuatro centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 388-14468-01-0909-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos nueve mil ciento noventa y siete-cero cero cero (209197-000), la cual es terreno naturaleza: terreno de potrero. Situada en el distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Inmobiliaria SRM Río Frío S. A.; al sur, Alberto Mora Quirós; al este, Inmobiliaria SRM Río Frío S. A. y al oeste, calle pública. Mide: dos mil ciento noventa y ocho metros con veintiséis decímetros cuadrados, plano: H-1272789-2008. Para tal efecto, se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintidós con la base de veinticuatro mil trescientos dieciocho dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós con la base de ocho mil ciento seis dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de sociedad anónima de Vehículos Automotores contra 3101691741 Sociedad Anónima, Jessica Argerie Carranza Villalobos, Jose Alberto Carranza Morales, Velkis Saleska Gómez Arias. Expediente N° 18-010868-1170-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y cuatro minutos del tres de mayo del dos mil veintidós.—Noelia Prendas Ugalde, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022664222 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6-San Juan, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Resto Reservado; al sur: Resto Reservado; al este: Servidumbre de Paso con 15 metros de frente; y al oeste: Marlene Elizondo Vega. Mide: ciento cuarenta y seis metros cuadrados. Plano: A-1433640-2010. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintidós con la base de dos millones trescientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós con la base de setecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Gabriela Alcázar Rodríguez. Expediente N° 22-001886-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: doce horas con ocho minutos del veintidós de julio del dos mil veintidós.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2022664225 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 346-11718-01-0002-001, medianería citas: 346-11718-01-0900-001, condic. y servi. Ref.: 00027342 000 citas: 346-11718-01-0901-001 y toda carga tributaria; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 319710-001 y 002, la cual es terreno, terreno construir una casa N° 663. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda: al norte: INVU; al sur: INVU; al este: alameda con 5 m. 9 cm. de frente; y al oeste: INVU. Mide: cuarenta y cuatro metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del dos de setiembre de dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de San José, contra Roberto Antonio Castro Sandí. Expediente N° 16-017992-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 de julio del 2022.—Jennifer Margarita Saborío Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2022664236 ).

En este Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós. Con una base de ocho mil doscientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado citas: 2017-00317-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 155446-000, la cual es terreno de casa y patio. Situada en el Distrito: 1-San Vito Cantón 8-Coto Brus de la provincia de Puntarenas Linderos: Norte: calle pública sur: Benito Campos García este: Benito Campos García oeste: Antonio Campos Alvarado. Mide: seiscientos treinta y nueve metros con treinta y un decímetros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintidós con la base de seis mil ciento cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós con la base de dos mil cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Todo Motor S. A. contra Melvin León Guzmán. Exp:18-005185-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito. Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y nueve minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—( IN2022664241 ).

En este Despacho, Con una base de cuarenta y un mil seiscientos dólares exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 361586, derecho 000, la cual es terreno lote 191 para construir con 1 casa.- Situada en el distrito 11-San Sebastián, cantón 1-San José, de la provincia de San José.- Colinda: al norte, lote 143; al sur, lote 192; al este, lote 144 y al oeste, calle con 06 m. Mide: ciento dos metros cuadrados plano:SJ-0720772- 1988. Para tal efecto, se señalan las nueve horas veinte minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas veinte minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós con la base de treinta y un mil doscientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas veinte minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós con la base de diez mil cuatrocientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de Heredia S. A. contra Inversiones del Caribe C A H R Sociedad Anónima. Expediente N° 22-003073-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,18 de abril del año 2022.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022664276 ).

Convocatorias

Se hace saber que en este Despacho se tramitan diligencias no contenciosas promovidas por Gustavo Adolfo Rojas Antillón, con el fin de que se nombre un Consejo de Patrocinadores, con el objetivo de que éstos procedan a nombrar el grupo de directores que la Ley de Fundaciones exige, defina sus funciones y forma en que se irá renovando, así como cualquier otro punto relevante para el buen funcionamiento de la fundación Conservatorio de Castella. Se convoca a los señores Ronald Bonilla Carvajal, Ana Rosa López Duran, Marjorie Soto Quirós y Evelin Soto Quirós como patrocinadores indicados por el promovente en su escrito inicial, así como a otros posibles interesados en la representación de la Fundación Conservatorio Castella para que comparezcan a una audiencia oral y se conozcan las peticiones pendientes en el escrito de demanda no contenciosa, incluyendo la posible ratificación del nombramiento del presidente y nombramiento del resto de los integrantes de la Junta Administrativa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Fundaciones vigente. Para llevar a cabo la audiencia referida se señalan las nueve horas del veintinueve de agosto del dos mil veintidós, en la sala de audiencias que será asignada posteriormente. Expediente N° 20-000979-0180-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Es responsabilidad de la parte interesada verificar los datos consignados en este documento previo a la publicación del mismo.—Juzgado Primero Civil de San José, 11 de julio del año 2022.—Msc. Adriana Orocú Chavarría, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022664007 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000179-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marco Tulio Santos Jiménez Bolaños, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Caracol Norte de Corredores, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0601810646, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es para agricultura. Situada en el distrito Guaycara, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Allan Quiel Castro; al sur, calle pública; al este, Juan Jiménez Bolaños y al oeste, Allan Quiel Castro. Mide: mil trescientos noventa y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 6-2289992-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Posesión Originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 20 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marco Tulio Santos Jiménez Bolaños. Expediente N° 22-000179-0419-AG. Nota: Este Edicto debe publicarse por una sola vez. De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 15 de julio del año 2022.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663978 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000028-0699-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Guillermo Obando Abarca, quien es mayor, estado civil viudo, agricultor, vecino de La Estrella, de El Guarco, Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 301570843, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca destinada a siembra de cabuya, cuando decreció el mercado de ella se destinó a potrero para que el ganado paste, asimismo hay construido un tanque de agua. Situado en el distrito 2°-San Isidro, cantón 8°-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: rumbo norte: norte: María del Rocío y María Patricia ambas Obando Navarro; rumbo sur: Hugo Eduardo Navarro Garro y Xinia Isabel Cerdas Segura; este: María del Rocío y María Patricia ambas Obando Navarro; oeste: calle pública con un frente de veintiséis metros treinta y dos centímetros. Mide: mil doscientos sesenta y ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-2320538-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cinco millones de colones y las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hizo su hijo junto con los derechos posesorios el día once de diciembre de dos mil veintiuno, quién lo había adquirido a su vez de su persona por donación que hizo el día cuatro de noviembre de dos mil nueve. El promovente lo poseía a su vez desde el año mil novecientos ochenta y dos, fecha en que su padre Aquileo Obando Robles le donó, quién a su vez la había poseído desde el año mil novecientos treinta y cinco aproximadamente y hasta la fecha lo han mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de cabuya, cuando decreció el mercado de ella se destinó a potrero. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Guillermo Obando Abarca. Expediente N° 22-000028-0699-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de Cartago. Cartago, 14 de julio del año 2022.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022663979 ).

José Giovanni Mora Mena, cédula de identidad número 1-0889-0089, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Antonio León Cortés, San José, promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de pasto. Sito en: San Antonio, distrito sexto San Antonio, del cantón veinte de León Cortés, de la provincia de San José, Mide: tres mil trescientos once metros cuadrados. Linda norte, José Giovanni Mora Mena (promovente), rumbo, sur, Selenia Mora Mena y Sergio Luis Leiva Robles, rumbo, este, Ana Mora Mena y Sergio Luis Leiva Robles, rumbo, oeste, José Giovanni Mora Mena (promovente) y Selenia Mora Mena. Se admite la testimonial de Emilciades Antonio Mora Vargas, José Manuel Mora Gutiérrez y Édgar Mora Fernández. Graficado en el Plano Catastrado Número 1-2083156-2018, se estima el inmueble en la suma de tres millones de colones y las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales, no existe gravamen sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de su padre el señor Elicio Mora Badilla, aproximadamente en el año dos mil diecisiete, por ser donación de parte de su padre, no posee documento que conste dicha transacción y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años junto con la posesión transmitida por sus anteriores dueños. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente N° 21-000146-0699- AG, Proceso Información Posesoria, Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario Cartago. Cartago, 08 de junio de 2022.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022663980 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000027-0422-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ana María de Los Ángeles Salazar Solís quien es mayor, estado civil casada, vecina de Golfito, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 06-0148-0757, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito primero, cantón sétimo, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Quebrada Purruja; al este, María Esperanza Salazar Solís y al oeste, Flor María Salazar Solís. Mide: Mil cuatrocientos noventa metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidar el inmueble, conservarlo debidamente deslindado con cerca de alambre de púa por todos sus rumbos, chapearlo, construir dos casas, aunque ya una no existe. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ana María de Los Ángeles Salazar Solís. Expediente N° 16-000027-0422-CI-9 Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil), hora y fecha de emisión: trece horas con diez minutos del uno de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022664134 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22- 000014-1309-CI donde se promueve información posesoria por parte de Anthonny Andrés Montero Muñoz, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Heredia, Sarapiquí, Horquetas, ciento cincuenta metros norte de la Iglesia Católica de Horquetas, portador(a) de la cédula número 0402060511, profesión policía, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno solar con casa. Situada en el distrito tres, cantón diez. Colinda: al norte, con Henry Artavia Núñez y Fernando Vargas Romero; al sur, con calle pública; al este con Jennnifer Tatiana Montero Muñoz, y al oeste, con Fernando Vargas Romero. Mide: doscientos cincuenta y seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir plano: 4-2112563-2019 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidado y mantenimiento del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Anthonny Andrés Montero Muñoz. Expediente N° 22-000014-1309-CI-5.—Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil), 22 de marzo del año 2022.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022664168 ).

Citaciones

Según expediente N° 22-000101-0930-CI del Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, que lleva a cabo Lusania Madrigal Campos, cédula dos-quinientos- doscientos ochenta y tres, a las ocho horas cuarenta y dos minutos del trece de junio de dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento se declara abierto el proceso sucesorio ab instestato de quién en vida fuera Ramón Zacarias Madrigal Villalobos, cédula de identidad número seis-cero cincuenta-doscientos ochenta y seis casado una vez, vecino de Astua Pirie, Cariari, Pococí. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante este juzgado a hacer valer sus derechos.—Guápiles, Pococí, Limón veintiuno de julio 2022.—Lic. Criselda Valverde Elizondo.—( IN2022663776 ).                                                       3 v. 2.

Mediante acta de apertura ante esta notaría por Marlene de los Ángeles Rojas Quesada, cédula uno-cero quinientos cincuenta y cuatro-cero trescientos cincuenta y cinco, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Alfonso Quesada Lemaire, cédula uno cero doscientos catorce cero ciento ochenta y siete, vecino de San José, Paso Ancho, de Seguridad Vial, ciento cincuenta metros al sur. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del MBA Danilo Phillips Murillo.—San José, avenidas seis y ocho, calle veinticuatro, frente al edificio Areke.—MBA. Danilo Phillips Murillo.—1 vez.—( IN2022663906 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Raúl Ernesto Espinoza Espinoza, fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula N° 5-0093-0429, con último domicilio conocido Guanacaste, Liberia, Barrio Moracia, 75 sur de la Iglesia San Martín. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000308-0386-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: ocho horas con trece minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O.—1 vez.—( IN2022663926 ).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión legítima extrajudicial de quien en vida fue Luz Marina Solís Rodríguez, mayor, casada, de oficios del hogar, cédula de identidad número uno-cero doscientos doce-cero setecientos ochenta y uno, vecina de San José, Goicoechea, El Carmen de Guadalupe, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término, la herencia pasará a quien corresponda. El expediente se encuentra en la Notaría del Lic. Arnoldo Soley Soler, situada en San José, Zapote, Barrio Montealegre, del Parque Los Mangos 100 metros sur y 100 metros oeste, casa al fondo de calle sin salida, donde puede ser consultado por cualquier interesado.—San José, once horas del dieciocho de julio del año dos mil veintidós.—Licenciado Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—( IN2022663939 ).

Que el veintiuno de julio del dos mil veintidós. Se solicita a Manuel Tuckler Oconnor, en mi carácter de notario público, proceda a la apertura en Sede Notarial de Juicio Sucesorio Notarial, de quien en vida fuera Geiner Castillo Rodríguez, cédula cinco-ciento cincuenta y ocho-novecientos ochenta y cinco; quien falleciera el cinco de julio del dos mil veintidós. Por medio del presente edicto se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días, de conformidad con el artículo 126.3 del Código Procesal Civil; comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Apertura de juicio sucesorio en Sede Notarial de quien en vida fuera Geiner Castillo Rodríguez. Notario con oficina abierta en la ciudad de La Fortuna, Centro Comercial El Burio, segunda planta, local número nueve, San Carlos, Alajuela. Expediente N° 02-2022.—Ciudad de La Fortuna, San Carlos, Alajuela, 21 de julio del 2.022.—Manuel Tuckler O`Connor, Notario Público.—1 vez.—( IN2022663940 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Anastasia Valverde Herra, mayor, estado civil casada una vez, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0500760642 y vecina de San José, Moravia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000268-0181-CI-1.—Juzgado Segundo Civil de San José, 18 de mayo del 2022.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022663946 ).

Se cita y emplaza por única vez a todos los interesados en la sucesión de Blanca Rosa Coto Albán, quien fue mayor, viuda, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número tres-cero cero cincuenta y cuatro-siete mil noventa y seis, vecina de San José, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2022. Notaría de la Licda. Raquel Quirós Mora en San José, Edificio Centro Colón, último piso. Fax número 2223-8400.—San José, 22 de julio del 2022.—1 vez.—( IN2022663948 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José David de Los Ángeles Esquivel Ramírez, mayor, divorciado, operador, costarricense, con documento de identidad número 0105490759 y vecino de San José, Goicoechea, Guadalupe, Mozotal. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000220-0182-CI-9.—Juzgado Tercero Civil de San José, 04 de abril del año 2022.—Gersan Tapia Martínez, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022663958 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alexander Alfaro Orias, mayor, Soltero, Técnico en Electrónica, costarricense, con documento de identidad 0108650629 y vecino de Santa Cruz, Guanacaste, Santa Cruz, Barrio San Marín, doscientos metros hacia el sur del PANI. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:21-000165-0388-CI-6.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 22 de abril del año 2021.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022663968 ).

Ante esta notaría conforme al numeral 120 del C.P.C. y 129 del Código Notarial se realizó apertura del sucesorio 002-SU-2020 de: Uriel Ángel Elizondo Méndez, pensionado, cédula N° 2-0165-0625 y de Cecilia Calderón Anchía; del hogar, cédula N° 1-0234-0955; quienes en vida fueron mayores, casados entre , de último vecindario en Concepción de Alajuelita. Se cita a terceros e interesados, para que dentro del plazo de 15 días se apersonen a hacer valer sus derechos, ante esta notaría sita en Alajuelita, avenida cero, calle seis, caso contrario la herencia pasará a quien corresponda.—Licda. Yolanda Cecilia Solano Rodríguez, cédula Nº 1-0606-0194. Tel 8822-0741.—1 vez.—( IN2022663969 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial ab in testato de quien en vida fuera Steven Guevara Gutiérrez, quien fuera mayor, soltero, Ingeniero en Producción, vecino de Arado de Santa Cruz, Guanacaste, ciento cincuenta metros al Oeste y ciento cincuenta metros al Sur de la Ermita, portador de la cédula de identidad número cinco-trescientos ochenta y uno-ciento ochenta; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda.- Expediente 001-2022. Santa Cruz, Guanacaste, veintidós de julio del año dos mil veintidós. Licda. Alicia Esquivel Carranza. Notaría Pública con oficina en Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al Sur del antiguo Palacio Municipal.—Licda. Alicia Esquivel Carranza.—1 vez.—( IN2022663976 ).

Proceso sucesorio notarial Mauro Jafet Leal Sovalbarro, Notaría: Violeta Mendoza García. Expediente: 006-2022. Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por: Jafet Leal Sovalbarro, a las diecisiete horas del día trece de julio del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento del señor Aurelio Leal Álvarez, mayor, soltero, cédula: cinco cero dos nueve ocho cero seis cero dos, vecino de Cementerio de Río Seco, de las Delicias de Santa Cruz, fallecido el día dieciséis de junio del dos mil veintidós. Esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato, bajo el expediente número 001-2022. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Violeta Mendoza García Notaria Pública con oficina en Las Palmas Carrillo, Guanacaste; Teléfono 60776823. Las Palmas a las diecisiete horas del día trece de julio del año dos mil veintidós.—Licda. Violeta Mendoza García, Notaria.—1 vez.—( IN2022663985 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestato que tramita ante esta notaría bajo el expediente N° cero cero cero dos-dos mil veintidós, de quien en vida fue la señora: Nidia Santamria Álvarez, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Alajuela, Itiquis, Calle Loria, de la Pulpería el Durazno, cien metros al este, cédula número: dos-tres uno ocho-cero seis uno, quien falleció en la Cuidad de Alajuela, Central, Alajuela, el veintiséis de abril del dos mil veintidós, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso comparezcan ante este despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría ubicada en la ciudad de Alajuela, Central, Urbanización Barcelona, casa número setenta y cinco, Central. Es todo. Publíquese.—Lic. Mario Morales Arroyo, Notario.—1 vez.—( IN2022664035 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Iris María Irías Hernández, cédula N° 2-285-140; a las 17 horas del 23 de mayo del 2022, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Ángela del Carmen Hernández Gutiérrez, quien fue viuda, ama de casa, vecino de Alajuela, Atenas centro, cédula N° 4-0063-0602, fallecido el veintitrés de febrero del dos mil veintidós. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Rosa María Artavia Sánchez, ubicada en la ciudad de Atenas, frente el costado este del Mercado Municipal edificio Vicdani segunda planta, Teléfono dos cuatro cuatro seis-tres siete-cero nueve. Publicar uno vez en el Boletín Judicial.—Licda. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2022664044 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Efraín Braulio Niño Torres, mayor, casado, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0600590843 y vecino de San José, San Josecito de Las Vistas De Alajuelita, 350 mts sur. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:22-000235-0182-CI-5. Notas 1) Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. 2) Este documento fue enviado a la Imprenta Nacional para su publicación, debe comunicarse con dicha entidad para la respectiva cancelación de los derechos de publicación. <A_FECHAEMISIONFIRMA[-R1]>.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. Hora y fecha de emisión:.Licda. Adriana Brenes Castro, Juez.—1 vez.—( IN2022664062 ).

Se cita y emplaza a todas las personas herederas, legatarias y demás interesadas en la sucesión de quien en vida fue la señora Francisca Norma Morales de López, nicaragüense, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número: cuatro ocho uno uno cero uno cero cuatro cuatro cero cero cero cero N, portadora del pasaporte nicaragüense número: C cero uno uno nueve siete uno seis ocho, y vecina de Nicaragua, Nueva Segovia, Ocotal, del centro escolar Carlos Tercero, cincuenta metros al sur y cien al oeste, quien falleció el siete de mayo del dos mil veintidós en Nicaragua, para que, en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que, si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría Pública de José Miguel Estrada Castro, ubicada en el Cartago, Cartago, Dulce Nombre, Condominio Hacienda Las Cóncavas, número uno. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil veintidós.—Cartago, 21 de julio del dos mil veintidós.—Lic. José Miguel Estrada Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN2022664070 ).

El suscrito, Luis Diego Salazar Gonzalo, notario público de San José, pone en conocimiento la apertura extrajudicial de la sucesión de quien en vida fuera Eulogía Lidia Vega Mora, mayor, casada una vez, pensionada, cédula uno- doscientos cincuenta y ocho-setecientos cincuenta y tres, vecina de La Florida de Tibás, fallecida el treinta de mayo del dos mil veintidós, en San José, por lo que se solicita a todos los interesados apersonarse en los siguientes quince días para hacer valer sus derechos, al correo electrónico ldsgonzalo@abogados.or.cr.—San José, 22 de julio del 2022.—Lic. Luis Diego Salazar Gonzalo, Notario Público.—1 vez.—( IN2022664072 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Oder Andrei Herrera Meza, mayor, estado civil soltero en unión de hecho, profesión u oficio enfermero, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0603420290 y vecino de Golfito, Residencial Ureña. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000011-0423-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil). hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y dos minutos del diez de mayo del dos mil veintidós.—Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022664088 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión ab intestato en sede notarial de Ivonne Salazar Ocañas, quien fuera mayor de edad, casada en segundas nupcias, con cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos cuarenta y seis-cero setecientos siete, con último domicilio en San José, Goicoechea, Calle Blancos. Para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos ante mi notaría, sita en San José, avenidas once y trece, calle diecinueve número once veintidós, con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero dos - dos mil veintidós.—San José, doce de marzo del dos mil veintidós.—José Manuel Mojica Cerda, Notario Público.—1 vez.—( IN2022664092 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión Testamentaria en Sede Notarial de Ezequiel Eduardo Alfaro Jiménez quien en vida fue mayor, casado una vez, arquitecto, vecino de San José, San Rafael de Escazú del Centro Comercial Rolex Plaza, ochocientos metros al sur, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento treinta y dos-doscientos cincuenta y dos, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San José, Notaría del Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, sita en el Bufete Projur Abogados, sito en San José, Barrio González Lahmann, doscientos oeste de la Fundación Omar Dengo, casa blanca a mano derecha, portón negro. Teléfono dos dos ocho cero- ocho uno ocho cero, Fax dos dos ocho-ocho cinco cinco dos, correo electrónico: notificaciones@projurcr.com.- Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. - San José, 21 de julio de 2022. Sucesión de Ezequiel Eduardo Alfaro Jiménez en Sede Notarial. Expediente 01-2022.—Notaría del Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, carné 15832.—1 vez.—( IN2022664096 ).

Se cita a todos los interesados de la sucesión de Lilliam Beleida Rojas Delgado, cédula de identidad número 1-0510-0380, fallecida el día 28 de agosto de 2021, para que comparezcan dentro de los 15 días posteriores a la publicación de este edicto a la oficina del suscrito notario ubicada en Heredia, calle 2, avenidas 1 y 3, correo electrónico manuelvilchez@ice.co.cr, teléfono 2237-2711, a aceptar la herencia y hacer valer sus derechos, caso contrario la herencia pasará a quien corresponda.—Heredia, 22 de julio del 2022.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—( IN2022664108 ).

Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó William Barrantes Arroyo, mayor, estado civil casado, agricultor, costarricense, con documento de identidad uno-cero novecientos cinco-cero ochocientos catorce y vecino de Pejibaye, Pérez Zeledón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000182-0188-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: diez horas del diecinueve de julio del dos mil veintidós.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—( IN2022664177 ).

Se hace saber que en mi notaría, ubicada en San José, Escazú, San Rafael, Urbanización Los Anonos, número noventa y siete, se tramita el proceso sucesorio acumulado de quienes en vida fueron Claudia Quirós Zúñiga, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Goicoechea, San Francisco, portadora de la cédula de identidad uno cero ciento sesenta y siete cero doscientos ochenta y tres y Santiago Mora Santamaría, mayor, casado una vez, vecino de San José, Goicoechea, San Francisco, portador de la cédula de identidad uno cero trescientos cuarenta y seis cero trescientos treinta y cinco, fallecidos respectivamente en San José, el 29 de agosto del 2019 y el 21 de junio del 2005. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a cualquier interesado para que dentro del plazo de Quince días que dispone el artículo 126.3 del Código Procesal Civil comparezcan a hacer valer sus derechos, con la advertencia de que si no comparecen dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2022-NOT.—San José, veintisiete de junio del dos mil veintidós.—Licenciada Patricia Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2022664199 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial del causante: Gilberto Leiva Leiva, mayor, casado una vez, vecino de la misma dirección que la primer compareciente, agricultor, cédula uno-cero doscientos noventa y siete-cero cuatrocientos sesenta y cuatro, para que dentro del plazo de Ley, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San José, Desamparados, Entrada a la Lucha, setenta y cinco metros oeste de la escuela José Ángel Padilla Solís. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Gilberto Leiva Leiva en Sede Notarial. Expediente 0003-2022. Notaría del Lic. Ronald Hidalgo Vega. Teléfono: 8856-2957.—1 vez.—( IN2022664210 ).

En esta Notaría se tramita el sucesorio de Marco Antonio Camacho Vargas, cédula 9-0025-0608, último domicilio en Heredia, San Rafael. Se convoca a herederos, legatarios y terceros interesados a presentar sus reclamos dentro de los 15 días posteriores a esta publicación, en Tibás, Anselmo Llorente, calle 25, avenida 53, Nº 20.—Tibás, 25 de julio de 2022.—Daniel Bolaños Zamora, Notario. 83186511.—1 vez.—( IN2022664227 ).

Se hace saber que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio en sede notarial del señor: Rigoberto Gerardo Bolaños Barrantes, mayor, casado dos veces, comerciante, vecino de Alajuela, Grecia, Bolívar, trescientos metros al noroeste de la Iglesia Católica de Cajón, portador de la cédula de identidad numero dos-cero cuatrocientos veintiuno-cero seiscientos sesenta y ocho. Se cita y emplaza a todos los herederos, legataries, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días contados a partir de esta primera y única publicación comparezcan ante esta notaría, situada en Alajuela, Grecia, veinticinco metros al este de la Gasolinera Delta, en la notaría de la Licenciada Laura Ramírez Brenes, a hacer valer sus derechos, y se apercibe a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda por ley. Expediente N° 02-2021. Notaría de Laura Ramírez Brenes.—Grecia, 22 de julio del 2022.—Licda. Laura Ramírez Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2022664237 ).

Se hace saber que, ante esta notaría, se tramita el Proceso Sucesorio en Sede Notarial de la señora fue la señora Idalia Delgado Fernández, quien fue casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número dos - cero doscientos ochenta -cero setecientos doces, con ultimo domicilio vecina de Alajuela, Atenas, Concepción de Balsa, setenta y cinco metros al norte y veinticinco metros al oeste del Súper La Arrocera. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de esta primera y única publicación, comparezcan ante esta Notaria situada en Alajuela, Grecia, veinticinco metros al este de la gasolinera Delta, en la Notaria de la Licenciada Laura Ramírez Brenes, a hacer valer sus derechos, y se apercibe a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda por Ley. Expediente 03-2022. Notaria de Laura Ramírez Brenes.—Grecia, 22 de julio del 2022.—Licda. Laura Ramírez Brenes.—1 vez.—( IN2022664238 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de quien en vida fue: Amparo Isabel De Los Ángeles Molina Mora, mayor, casada de segundas nupcias, ama de casa, con cédula de identidad N° 900240642, vecina de San José, cantón central, distrito El Carmen, de la antigua Bomba Gasotica, 200 metros sur y 200 metros este, calle 19, Carlos María Jiménez, casa N° B-32, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de ese edicto comparezcan a reclamar sus derechos y, se aperciben a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Alajuela, 23 de julio del 2022.—Licda. Mónica Elena Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—( IN2022664239 ).

Se cita y emplaza a los posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio en sede notarial de Consuelo Gómez Solano, mayor de edad, casada, del hogar, vecina de San José, Central, San Francisco de Dos Ríos, Santa Marta, con cédula de identidad número tres-cero ciento noventa y ocho-mil doscientos veintitrés, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos ante la notaría de la licenciada Verónica Ureña Rojas, con oficina abierta en la ciudad de San José, Desamparados, Damas, Villas Don Alfonso y como medio de notificaciones el correo electrónico info@umasesores.net, con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Albacea: María de los Ángeles Gómez Solano. Expediente N° 0001-2022.—San José, veintiséis de julio del dos mil veintidós.—Licda. Verónica Ureña Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2022664252 ).

Avisos

MSC. Cynthia Rodríguez Murillo Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber al señor Bladimir Aragón Ocampo, mayor, de nacionalidad nicaragüense, demás calidades y domicilio desconocidos, que en este despacho el Patronato Nacional de la Infancia interpuso proceso de depósito judicial a favor de la persona menor de edad Tiffanny Karina Aragón Arara, bajo el número de expediente 210010770364FA, donde se ordenó notificarle por edicto el contenido de la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas treinta y cuatro minutos del veintiocho de mayo de dos mil veintiuno. De las presentes diligencias de depósito de la persona menor Tifanny Aragón Araya, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Bladimir Aragón Ocampo, a quien se le previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que, resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Depósito provisional: En atención al mejor interés de la persona menor de edad, y en aplicación del artículo 113 del Código de la Niñez y la Adolescencia de conformidad con la ampliación de poderes de la persona juzgadora, con el fin de salvaguardar la integridad física y emocional de la persona menor de edad se concede el depósito provisional del menor de edad Tifanny Aragón Araya a la señora Dignora Araya Castillo -abuela materna-, a quien deberá apersonar el ente promovente dentro del plazo de tres días con el fin de aceptar el cargo conferido. Notifíquese esta resolución a Bladimir Aragón Ocampo por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado...” 20/04/2022. Nota: Publíquese este edicto por única vez. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663262 ). 3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Kristel Daniela Espinoza Vargas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°21-000210-0292-FA. Clase de Asunto deposito judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las veinte horas cincuenta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintidós. 23 de mayo del año 2022.—Msc. Liana Mata Méndez, Juez(a).—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663565 ).  3 v. 3.

Silan Priscila Navarro Jiménez, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Naraya Josefa Bonilla Baltodano, documento de identidad 0503510579, soltero/a, oficios domésticos, vecino de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de suspensión de patria potestad en su contra por parte del señor Shayne Andrew Karas no indica segundo apellidos, bajo el expediente número 21-000484-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las quince horas ocho minutos del ocho de febrero de dos mil veintidós. Se accede a la solicitud formulada por el actor en su memorial de fecha ocho de febrero de dos mil veintidós, por lo que se ordena reconducir el proceso a uno abreviado de suspensión de la patria potestad, esto en atención al mejor interés para la persona menor de edad, del cual se confiere audiencia por el plazo perentorio de diez días a la señora Nayara Josefa Bonilla Baltodano, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Karol Vindas Calderón, Jueza. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Silan Priscila Navarro Jiménez, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663828 ).

Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Tiffany Natascha Fernández Hernández, documento de identidad 1-1787-0799, Soltera, Dato Desconocido, vecino de dato desconocido , que en este Despacho se interpuso un proceso Procesos Especiales de Declaratoria Judicial de Abandono con fines de Adopción en su contra, bajo el expediente número 19-001223-0364-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Se tiene por establecido el presente Proceso Especial de Declaratoria de Abandono con fines de Adopción de la persona menor de edad Dreysler Fernández Hernández, planteado por Patronato Nacional de la Infancia Local Sur de Heredia contra Tiffany Natascha Fernández Hernández, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Gestión en línea: Si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea, a señalar este medio para recibir notificaciones, e ingresar escritos directamente al expediente; lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial www.poderjudicial.go.cr. al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde cualquier dispositivo electrónico a consultar su expediente, revisar sus notificaciones así como los escritos presentados, con lo anterior se evitará largas filas. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2277-6715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 2283-5533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 2265-5640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 2560-0659. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)” Siendo que la Ley No. 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de2009 y que entrará en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Medida cautelar: Se otorga el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Dreysler Fernández Hernández a la Institución que representa la Licda. Kathya Vargas Cubillo, de la Oficina Local del PANI, Local Sur de Heredia. A la cual se le previene que deberá comparecer a este despacho en el plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 del Código de Familia. Lo anterior, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar un profesional en derecho en su lugar. Prevención: Previamente a enviar la comisión para notificar a la parte demandada personalmente, deberá la parte actora aportar un juego de copias de todo el expediente, de lo contrario no se confeccionará la misma. Se le hace saber a la parte interesada que dichas copias deberán ser presentadas exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante respectivo. Lo anterior deberán cumplirlo en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento, no se atenderán sus futuras gestiones y se ordenará el archivo. (artículo 136 del Código Procesal Civil). Notifíquese esta resolución a la demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, una vez que cumplan con la prevención supracitada, se comisionará a la Oficina de Comunicaciones y Otras Comunicaciones; de Heredia. Notifíquese. Lo anterior se ordena así en Proceso Procesos Especiales de Patronato Nacional de la Infancia contra Tiffany Natascha Fernández Hernández. Expediente Nº 19-001223-0364-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 03 de junio del 2022.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022663831 ).

Licenciada Marisel Zamora Ramírez, Jueza del Juzgado de Familia el Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos, al señor Rossini Amauri Martínez, se le hace saber que en proceso de Divorcio, expediente número 21-001504-1302-FA, incoado por Cinthya María Garita Chaves, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas cuarenta y ocho minutos del trece de julio de dos mil veintidós. En virtud del escrito incorporado por el curador procesal en fecha 12/07/2022, se tienen por hechas sus manifestaciones y por aceptado el cargo conferido mediante auto de las diez horas cuarenta y siete minutos del ocho de julio de dos mil veintidós. Ahora bien, de la anterior demanda Abreviada de Divorcio establecida por el accionante Cinthya María Garita Chaves, se confiere traslado a la accionado Rossini Amauri Martínez por medio de su curador procesal por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado por medio de su representante su curador procesal. Asimismo, siendo que el demandado es de domicilio desconocido se ordena notificar a dicho señor el auto de traslado por medio de edicto que se publicará por única vez en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por única vez.—Juzgado de Familia el Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos.—Msc. Marisel Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022663901 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Aracelly Nazira González Quintero mayor, soltera, oficios domésticos, documento de identidad N° 0603880333, vecina de Panamá, Chiriquí, Puerto Armuelles, Corregimiento Rodolfo Aguilar, Burica, de Coopemapache 800 metros hacia Blanco Arriba, casa de zócalo, en el cual pretende cambiarse el nombre a Ana Lorena González Quintero. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 22-000056-0920-CI-2, promovido por Aracelly Nazira González Quintero.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta y seis minutos del ocho de julio del dos mil veintidós.—Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022663919 ).

Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez del Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), a Isabel Cristina García Figueredo, en su carácter personal, mayor, Casada, de vecindario desconocido, documento de identidad 139122754, se le hace saber que en demanda abreviado, establecida por Álvaro Asch Vargas, contra Isabel Cristina García Figueredo, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2020000099. Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), a las ocho horas y cincuenta y ocho minutos del siete de mayo de dos mil veinte. Proceso abreviado, establecido por Álvaro Asch Vargas, mayor, casado, administrador, vecino de Puntarenas, Quepos, Manuel Antonio, cédula N° 0107110947 contra Isabel Cristina García Figueredo, mayor, casada, vecina desconocido, portadora del pasaporte de la República de Venezuela número 139122754. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: Conforme lo expuesto y artículos 52 de la Constitución Política de Costa Rica y 1, 2, 8, 41, 58 inciso 8, del Código de Familia, se acoge la excepción de falta de derecho invocada por la representación de la parte demanda, se declara sin lugar el proceso abreviado de separación judicial promovido por el señor Álvaro Asch Vargas contra la señora Isabel Cristina García Figueredo. Son ambas costas en relación a la demanda a cargo de la parte actora, el señor Álvaro Asch Vargas. Notifíquese. Licda. Johanna Vargas Hernández. Jueza de Familia. Expediente: 190002161591FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia).—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud68-2017-JA.—( IN2022663988 ).

Msc. Felicia Quesada Zúñiga Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a John Sandigo Jirón, documento de identidad 155807381914, casado, no indica, vecino de desconocido, que en este Despacho se interpuso un Proceso Divorcio en su contra, bajo el expediente número 21-000391-0364-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “... Juzgado de Familia de Heredia. A las catorce horas nueve minutos del catorce de julio de dos mil veintiuno. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por Valeria del Rosario Toribio López, se confiere traslado a la accionada John Sandigo Jirón por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por loque no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que, si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que la Ley No. 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr, para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Nombramiento de curador: Previo a ordenar el nombramiento de un Curador Procesal, y habiendo accesado este Juzgado a la Consulta Electrónica de Extranjeros Residentes según constancia de página 49 del expediente electrónico, se obtuvo que la dirección registrada por John Sandigo Jirón, cédula de residencia 155807381914, al día de hoy es: Heredia, Barva, San Pablo, Frente al Club de León, se ordena agotar la misma, remitiendo la Comisión respectiva a dicha dirección. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Heredia. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Previo a su notificación aporte el actor un juego de copias de todo el expediente en la secretaria del despacho, dentro del plazo de tres días, bajo el apercibimiento de que, si no lo hiciera, no se le atenderán futuras gestiones (art. 136 del Código Procesal Civil). Notifíquese. Msc. Felicia Quesada Zúñiga. Juez(a)...  Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Valeria Del Rosario Toribio López contra John Sandigo Jirón; Expediente Nº21-000391-0364-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 20 de abril del año 2022.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663990 ).

Edictos Matrimoniales

Me manifestaron que desean contraer matrimonio: Adelina Santos Miranda, conocida como: Adelina Santos González, mayor, divorciada, costurera, cédula N° 6-196-040, nacida en Puntarenas Buenos Aires, hija de Nicolás Santos Palacios, María Cosme Miranda Guerra y Luis Carlos de Gerardo Cubero Vega, mayor, soltero, agricultor, cédula N° 2-432-975, ambos vecinos Alajuela, Sarchí, Sabanilla del Cruce de San Jerónimo cuatrocientos metros al norte nacido en Sarchí Norte, hijo de Rubén Cubero Rojas y Ilma Vega Bonilla Lo presente se publica para que terceros interesados en término de ley oponga cualquier objeción, comunicarlo a la oficina de la notario María Alejandra Conejo Corrales, Sarchí Norte, 200 metros al norte del Beneficio la Eva, 19 de julio del dos mil veintidós.—María Alejandra Conejo Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2022663953 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jorge Arturo Ramírez Núñez, mayor, Soltero, Comerciante, vecino de Dulce Nombre, Urbanización Bruma Azul, casa 82, Cartago, cédula de identidad número 0304980137, hijo de Elizabeth Núñez Portugués y Rómulo Ramírez Córdoba, nacido en Oriental Central Cartago, el 26/10/1996, con 25 años de edad y Sharon Virginia Zúñiga Vega, mayor, Soltera, Estudiante, vecina de Dulce Nombre de Cartago, Urbanización Bruma Azul, casa 82, cédula de identidad número 0305460372, hija de Jenny María Vega Vargas y Jonny Alvan Zúñiga Solano, nacida en Oriental Central Cartago, el 28/06/2003, actualmente con 18 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº22-001335-0338-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 07 de junio del año 2022.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—-( IN2022663974 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Segundo Álvarez Morales, mayor, soltero, cédula de identidad número 0901050150, vecino de Puntarenas, Corredores, Laurel, Caracol, 300 metros sur de la plaza de deportes, hijo de Petrona Rita Morales Traña e Isidro Álvarez Acosta, nacido en Centro Golfito, Puntarenas, el 02/04/1960, con 62 años de edad; y Nelsy María Arias Castillo, mayor, soltera, cédula de identidad número 0106710061, vecina de Puntarenas, Corredores, Paso Canoas, arriba, frente a la pulpería El Ranchito, hija de Amada Castillo Arauz y Rodrigo Victorino Arias, nacida en Hospital Central San José, el 27/02/1966, actualmente con 56 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000442-1304-FA, Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, fecha, 18 de julio del año 2022.—Msc. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663975 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Víctor Manuel Torres Rivera mayor de edad, costarricense, divorciado en primeras nupcias, peón de construcción, cédula de identidad número 2-0339-0423, nacido en San José, cantón central, Distrito Catedral el 18 de enero de 1959, con 63 años cumplidos, hijo de Elena Torres Rivera y Francisca Matilde Rayo Silva, mujer, soltera, mayor de edad, nicaragüense, oficios domésticos, pasaporte de la República de Nicaragua número C1428991, nacida en el Municipio de San Isidro, Departamento de Matagalpa, República de Nicaragua, el 3 de marzo de 1976, hija de Leocadio Rayo Mendoza y Francisca Silva Rodríguez, con 46 años de edad cumplidos, ambos vecinos de Barrio Güell, Plaza Cleto González Víquez, de la Iglesia Cuadrangular 15 metros al sur, casa 2615 y que manifiestan: “Tenemos una hija en común de nombre Andrea Cristina Torres Rayo, mayor de edad, nacida el 31 de agosto de 1998, cédula de identidad número 9-0136-0630. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº22-000426-0186-FA. Nota: Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial Gratuidad. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de San José, San José, fecha, 08 de julio del año 2022.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663977 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Erick Roberto Arauz Gutiérrez, mayor, Soltero, deshuesador, cédula de identidad número 0115870151, vecino de Alajuela, Barrio San José, Calle San Pío, hijo de Yajaira Gutiérrez Torres y Pablo Antonio Arauz, nacido en Hospital Central, San José, el 01/11/1994, con 27 años de edad, y Jesica Auxiliadora AlemÁn González, mayor, Soltera, ama de casa, número de pasaporte C02709472, vecina de Alajuela, Barrio San José, Calle San Pío, hija de VÍctor Manuel AlemÁn Mena y Bartola De Jesús González Centeno, nacida en Granada, el 29/07/1988, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-001219-0292-FA. Nota: Publíquese una vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, fecha, 05 de julio del año 2022.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022664223 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jorge Alvarado Varela, mayor de edad, divorciado, cédula de identidad 1-507-313, ocupación contador, vecino de Alajuela, Urbanización Lisboa, hijo de Nautilio Alvarado Zúñiga y de María Luisa Varela Conejo ambos de nacionalidad costarricenses, nacido en San José, en fecha 25 de octubre de 1958, con 63 años de edad, y la señora Mónica Hernández Villalobos, mayor de edad, soltera, cédula de identidad 2-661-328, ocupación ama de casa, vecina de Alajuela, Urbanización Lisboa, hija de Gerardo Humberto Hernández Elizono y Milber Villalobos Salas ambos de nacionalidad costarricense, nacida en Centro Central Alajuela, en fecha 15 de julio de 1986, con 35 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº22-001047-0292- FA. nota: Publíquese por una vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, fecha 13 de julio del año 2022.—Msc. Francinni Campos León, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022664254 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Erick Roberto Arauz Gutiérrez, mayor, soltero, deshuesador, cédula de identidad número 0115870151, vecino de Alajuela, Barrio San José, Calle San Pío, hijo de Yajaira Gutierrez Torres y Pablo Antonio Arauz, nacido en Hospital Central San José, el 01/11/1994, con 27 años de edad, y Jesica Auxiliadora Alemán González, mayor, soltera, ama de casa, número de pasaporte C02709472, vecina de Alajuela, Barrio San José, Calle San Pío, hija de Víctor Manuel Alemán Mena y Bartola De Jesús González Centeno, nacida en Granada, el 29/07/1988, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°22-001219-0292-FA. Nota: Publíquese una vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, fecha, 05 de julio del año 2022.—Msc. Francinni Campos Leon, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022664268 ).

Edictos en lo Penal

Dentro del expediente 20-001274-0064-PE, contra Jessica Carolina Hernández López, por el delito de Hurto Simple, en perjuicio de Brunilda De Los Ángeles Bustos Aguilar, se delegó Acción Civil Resarcitoria por parte de la Licenciada Elvia Jeanneth Quirós Quirós, en representación de la ofendida Brunilda De Los Ángeles Bustos Aguilar, por lo que se ha ordenado notificar la resolución de las once horas siete minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós, a la señora Jessica Carolina Hernández López, cédula de identidad número0207740496, en la cual, de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, se le comunica el contenido de la presente acción civil resarcitoria, como tercera civilmente demandada, quien podrá oponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. Se le previene a la demandada civil que deberá señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. (Artículo 354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de notificaciones y Citaciones Judiciales) . Lo anterior de acuerdo con la circular N° 65- 2004, que autoriza la publicación del edicto a efecto de notificar a las partes y de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez. Comuníquese.—Programa Justicia Restaurativa (Oficina de Justicia Restaurativa de Pérez Zeledón), al ser las quince horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintidós.—Licda. Estela Tenorio Fernández Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022664340 ).