BOLETÍN
JUDICIAL N° 141 DEL 28 DE
JULIO DEL 2022
CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos
en lo Penal
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
PRIMERA
PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, dentro de
la acción de inconstitucionalidad número 22-0126570007-CO
que promueve Randall Salinas Rodríguez,
se ha dictado la resolución
que literalmente dice: «Sala Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez
horas dieciocho minutos del
veinte de julio de dos mil veintidós. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Randall Salinas
Rodríguez, cédula de identidad N° 6235-843, para que
se declaren inconstitucionales
los artículos 27, 26, inciso b, 28, 30 y 52, inciso a),
de la Convención Colectiva
de las y los Trabajados Municipales del Cantón Central de
Puntarenas, suscrita entre la Municipalidad de
Puntarenas y la Unión de Trabajadores Municipales de Puntarenas, por estimarlos contrarios a los ordinales 11, 33, 46, 50, 57,
68 y 176 de la Constitución Política y los principios de razonabilidad, proporcionalidad, legalidad, equilibrio presupuestario, igualdad y no discriminación en
el trabajo. Se confiere audiencia por
quince días al Procurador General de la República, al
Alcalde de la Municipalidad de Puntarenas y al Secretario
General de la Unión de Trabajadores Municipales de Puntarenas. El artículo
27 se impugna por declarar feriados y de pago obligatorio los días dos de noviembre y treinta y uno de diciembre de cada año. Estima,
el accionante, que excede toda razonabilidad
que, por ejemplo, al ser feriado de ley el primero de enero, también se declare feriado el día antes. Igual sucede con la fecha del dos de noviembre, que
no es feriado en alguna otra parte
del país. Se impugnan, además, el artículo
26, inciso b, que establece
que los trabajadores recibirán el 100% de su décimo tercer
mes, sin que les afecte ninguna incapacidad, así como el
ordinal 28, que dispone que el trabajador
recibirá el 100% de su salario cuando
se encuentre incapacitado, siendo por cuenta
de la municipalidad los tres primeros días y luego el porcentaje
que se requiera para ajustar
ese 100%, y el numeral 30, que prevé
que, cuando la incapacidad
la otorgue el Instituto
Nacional de Seguros, la municipalidad
cubrirá la suma que se requiera para ajustar el 100% del salario. Alega, el accionante,
que no está cuestionando, en sí misma,
la naturaleza o la procedencia
de la convención colectiva objeto de esta acción, sino la desnaturalización de que ha sido objeto a raíz de lo que la doctrina conoce como abuso del derecho y desnaturalización del concepto de
Estado Social de Derecho. Asevera que las disposiciones impugnadas atentan
abiertamente en contra de los artículos 11, 33, 46, 50, 57,
68 y 176 de la Constitución Política y las máximas de razonabilidad, proporcionalidad y equilibrio presupuestario, que constituyen parámetros de constitucionalidad.
Señala que los citados artículos 26, 28 y 30, además de transgredir los principios de proporcionalidad, razonabilidad y
legalidad, generan una gran desigualdad con una gran mayoría de trabajadores costarricenses. Se constituye un grupo de trabajadores privilegiados, que,
sin importar el número de días de la incapacidad,
recibirán siempre su salario completo
al igual que su aguinaldo. Indica que es loable el fin de mejorar las condiciones económico sociales de los trabajadores, pero esa mejoría no puede ser solo para una parte, en detrimento
de parámetros generales del
conjunto de la sociedad en cuanto a la situación fiscal y presupuestaria. Además, existe otro elemento
de preocupación y es que se estimula a empleados que actúan irresponsablemente a prolongar innecesariamente sus incapacidades,
a sabiendas que no tendrán merma alguna
en sus ingresos. Así se dan incapacidades de años, con el consiguiente
desequilibrio presupuestario
en la municipalidad. En cuanto al principio de equilibrio presupuestario, señala que, aparte del gasto que genera el régimen de incapacidades antes dicho, el artículo
52, inciso a), cuestionado en esta acción,
significa un enorme golpe a
las finanzas municipales en detrimento de la eficiente función que debe cumplir en
beneficio de los habitantes del cantón. El ideal
de responsabilidad fiscal constituye
el conjunto de ideales y principios que promueven el adecuado resguardo
de las responsabilidades del funcionario
público en este campo. Este principio constitucional
está íntimamente asociado al principio de eficiencia
administrativa; sin embargo, limita
su esfera de influencia exclusivamente a la actividad fiscal. A raíz de este principio, se impone la obligación de una adecuada administración de los fondos públicos
y todos los contribuyentes del país están pagando, mediante impuestos, los verdaderos privilegios que entrañan normas como las aquí impugnadas. Acusa que las normas impugnadas representan una odiosa discriminación.
Discrimina a una mayoría de trabajadores, públicos o privados, que si les deviene una incapacidad,
esto repercute directamente en su salario y cálculo
de otros derechos laborales.
En razón de lo anterior, podrán empeño en
recuperarse a la mayor brevedad
para reintegrarse a sus labores.
Finalmente, en cuanto el artículo
52, inciso a), precisa que esta norma establece
que la municipalidad debe incluir en cada
presupuesto ordinario anual, la suma de dos mil colones mensuales, que irán sobre la base como aumento de convención colectiva. Sostiene que tal numeral nace de un error material al consignar
la palabra “mensual” en lugar de anual. Dicho incentivo que va a la base salarial, se ha venido cancelando al final de cada año. No obstante, ateniéndose a la literalidad de
la norma, algunos empleados, en los
últimos días, están reclamando el pago
mensual y en forma retroactiva. Asevera que si esto no se declara
inconstitucional, llevaría
a la quiebra al municipio, en perjuicio de la colectividad. Aparte de los aumentos que contempla el párrafo
inicial del mencionado artículo, sumarle dos mil colones mensuales, es desproporcionado y contradictorio
con los principios que se han invocado como
fundamento de la presente acción. Esta acción
se admite por reunir los requisitos
a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
del accionante proviene del
artículo 75, párrafo 2°, de
la Ley de la Jurisdicción Constitucional,
en cuanto se alega la defensa de intereses difusos, por estimar que los normas impugnadas
suponen un “gasto irracional, desproporcionado que
se hace de los recursos públicos, en perjuicio de la extensión y calidad de los servicios que requerimos los ciudadanos”. Publíquese por tres veces
consecutivas un aviso en el Boletín Judicial
sobre la interposición de
la acción. Efectos jurídicos de la interposición de
la acción: la publicación prevista en el
numeral 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional tiene por objeto poner
en conocimiento de los tribunales y los órganos que agotan la vía administrativa,
que la demanda de inconstitucionalidad
ha sido establecida, a efectos de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala
no haya hecho pronunciamiento
del caso. De este precepto legal se extraen varias reglas. La primera, y quizás la más importante, es que la interposición de una acción de inconstitucionalidad no
suspende la eficacia y aplicabilidad en general de las normas. La segunda, es que solo se
suspenden los actos de aplicación de las normas impugnadas por las autoridades judiciales en los
procesos incoados ante ellas, o por las administrativas, en los procedimientos tendientes a agotar
la vía administrativa, pero no su vigencia
y aplicación en general. La
tercera es que -en
principio-, en los casos de acción directa (como ocurre
en la presente acción), no opera el efecto suspensivo de la interposición (véanse votos N°
537-91, 201911633, así como
resoluciones dictadas en los expedientes
números 2019-11022, 19-006416 y 19-015543 del
Tribunal Constitucional). Dentro
de los quince días posteriores
a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes
en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los
que se discuta la aplicación
de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin
de coadyuvar en cuanto a su procedencia
o improcedencia, o para ampliar,
en su caso,
los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción
Constitucional y conforme
lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones
0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación
en los casos
y condiciones señaladas. La
contestación a la audiencia conferida
en esta resolución
deberá ser presentada una única vez,
utilizando solo uno de los siguientes medios: documentación física presentada directamente en la Secretaría de la Sala; el sistema de fax; documentación
electrónica por medio del
Sistema de Gestión en Línea; o bien, a la dirección de correo electrónico
Informes-SC@poder-judicial.go.cr, la cual es correo exclusivo dedicado a la recepción de informes. En cualquiera
de los casos, la contestación y demás documentos deberán indicar de manera expresa el número
de expediente al cual van dirigidos. La contestación que se
rindan por medios electrónicos, deberá consignar la firma de la persona responsable
que lo suscribe, ya sea digitalizando el documento físico que contenga su firma,
o por medio de la firma
digital, según las disposiciones
establecidas en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, Nº 8454, a efectos de acreditar la autenticidad de la gestión. Se advierte que los documentos generados electrónicamente o digitalizados
que se presenten por el Sistema de Gestión en Línea o por
el correo electrónico señalado, no deberán superar los 3 Megabytes. Para notificar
al alcalde de la Municipalidad de Puntarenas y al secretario
general de la Unión de Trabajadores Municipales de Puntarenas, ambos en
las oficinas de la Municipalidad de Puntarenas, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de Puntarenas, despacho al que se hará llegar la comisión por medio del sistema de fax. Esta autoridad deberá practicar la notificación correspondiente dentro del plazo de cinco días contados a partir de la recepción de los documentos, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad
por desobediencia a
la autoridad. Se le advierte
a la autoridad comisionada,
que deberá remitir copia del mandamiento debidamente diligenciado al fax número 2295-3712 o al correo
electrónico: informes-sc@poder-judicial.go.cr, ambos
de esta Sala y los documentos originales por medio de correo certificado o cualquier otro medio que garantice su pronta recepción en este Despacho. Notifíquese con copia del memorial del recurso.
Expídase la comisión correspondiente./Fernando
Castillo Víquez, Presidente/.»
“De conformidad con el acuerdo tomado por el Consejo
Superior del Poder Judicial, sesión
N° 06-2020, Circular 19-2020, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, 20 de julio del 2022.
Mariane
Castro Villalobos
Secretaria a. í.
O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022664002 ).
HACE SABER:
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial,
al Registro Nacional y al Registro
Civil y a toda la ciudadanía
en general, que en el Proceso Disciplinario
Notarial N° 18-001152-0627-NO, de Archivo Notarial
contra Jorge Arturo Benavides Chacón (cédula de identidad
4-0123-0841), este Juzgado mediante resolución N° 2022000168
de las diecisiete horas veintitrés
minutos del treinta y uno
de marzo de dos mil veintidós,
dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio
de la función notarial. Rige
ocho días naturales después
de su publicación en el Boletín
Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código
Notarial. Juzgado Notarial. “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.” Notifíquese.
San José, 19 de mayo del 2022.
M.Sc. Juan Carlos
Granados Vargas,
Juez
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—-( IN2022664003
).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Flor María Amador
Fonseca quien fue mayor,
ama de casa, portadora de la cédula de identidad 0103880406, vecina de San José, Desamparados y falleció el 22 de enero de 2019, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 22-000321-1550-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 22-000321-1550-LA. Por Karla Vanessa Amador Fonseca, portadora
de la cédula de identidad N° 0111410347 en favor de los beneficiarios de la citada fallecida. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de San José (Desamparados), 08 de junio del 2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022663950 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de fallecida Guido Antonio Alfaro Chaves, quien
fue mayor, soltero, cédula N° 2-453-430, profesor, vecino de Alajuela, El Roble, Urbanización
Loma Linda, laboró para el Ministerio de Educación Pública, y falleció el 24 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número 21-001397-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001397-0639-LA. Por fallecido Guido Alberto Alfaro Chaves a favor de Ermida Chaves Oreamuno. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de octubre del año 2021.—Licda. María Fernanda Soto Alfaro, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022663951 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José
Mario Rodríguez Zúñiga, 0114660796, fallecido el 27 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el
número 22-000015-1579-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000015-1579-LA. Promovida por Digna Evelia
Rodríguez Zúñiga, cédula 0602240154 a favor de José
Mario Rodríguez Zúñiga, cédula 0114660796. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional
de Jicaral (Materia Laboral), 19 de julio del año 2022.—Licda. Tatiana María Bolaños
Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663952 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Leonard Gamboa Corrales, fallecido(a) el 01 de octubre del año 2005, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales de
Pers. Fallecidas bajo el número 22-000066-1418-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 22-000066-1418-LA. Por Carolina Gamboa Hernández a favor de Leonard
Gamboa Corrales. Nota: “De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los
artículos 10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos”.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Osa
(Materia Laboral), 20 de julio del año 2022.—Licda. Maureen María
Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022663954 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Christian
Jiménez Arias, quien portó
la cédula de identidad
número 1-1349-0473, y falleció
el día 13 de marzo del
2022, promovido por Maribel
Arias Araya, cédula de identidad N° 1-0513-0666, y
Eladio Jiménez Delgado; se consideren con derecho, para
que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000788-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el
artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 22-000788-0173-LA. Nota: “De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda,
04 de mayo del año 2022.—M.Sc. Susana Porras
Cascante, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022663959 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Noé Rosenstock
Lang, quien portó la cédula
de identidad N° 1-0272-0456, y falleció el día 25 de julio del 2021, promovido por Clara Lieberman
Gruner,
cédula de identidad N° 8-0052-0179; se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 21-003082-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-003082-0173-LA. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 29 de marzo
del año 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663960
).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Marvin Gerardo Esquivel Barrantes, quien fue mayor, casado, portador de la cédula de identidad N° 0106390653, vecino
de San José, Desamparados, y falleció el 14 de abril del 2022, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000434-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000434-1550-LA. Por Xinia María Jiménez
Quirós, portadora de la cédula de identidad N°
0106340595, a favor de Marvin Gerardo Esquivel Barrantes.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 13 de junio del año 2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022663961 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Griselda Chavarría Carmona, quien
fue mayor, soltera, portadora de la cédula de identidad
N° 0106730449, vecina de San José, Desamparados, y falleció el 13 de mayo del 2022,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000448-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000448-1550-LA.
Por Sergio Andrés Rodríguez Chavarría, portador de la cédula
de identidad N° 0113950335, en favor de los beneficiarios de Griselda Chavarría Carmona. Nota: “De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de San José (Desamparados), 13 de junio del año
2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663965 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Mayra Anavita de la Trinidad Brenes
Torres, quien fue mayor, laboró para Nitidos S. A., portadora de la cédula de identidad N°
0105960872, y falleció el 31 de octubre del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 21-000056-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000056-1550-LA. Por
William Alexis Chaves Agüero, portador de la cédula
de identidad N° 0105410149, en favor de los beneficiarios de la citada fallecida. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 09 de junio del año 2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663966 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Félix Gerardo Matarrita Espinoza, 0501790113, fallecido el 04 de abril del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el
número 22-000123-0868-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000123-0868-LA. Por
María Marbeth Chavarría Guevara, en calidad de esposa del fallecido Félix Gerardo Matarrita
Espinoza. Nota: “De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 11 de julio del año 2022.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022664262 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Bayron
Francisco Berrocal López, cédula de identidad número 0604310437, fallecido(a) el 09/01/2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
proc esp. Distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida
bajo el número
22-000088-1590-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000088-1590-LA. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
de Quepos (Materia Laboral), 05 de julio del año 2022.—Licda. Aleyda De Los Ángeles Vargas
López, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022664271 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de noventa y seis mil doscientos
once dólares con noventa y
un centavos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 575-08267-01-0002-001, servidumbre de acueducto citas:
575-08267-01-0003-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 78055-F-000, la cual es terreno naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número ciento cincuenta y siete, apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura
máxima
de dos pisos. Situada: en el distrito
2-San Josecito, cantón
5-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial ciento cincuenta, finca filial ciento cincuenta y seis; al sur,
finca filial ciento cincuenta
y ocho, área común de calle; al este, finca filial ciento cincuenta, finca filial ciento cincuenta y ocho, y al oeste, finca filial ciento cincuenta y seis, área común de calle.
Mide: ciento cincuenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cuarenta
y cinco minutos del once de
noviembre del dos mil veintidós,
con la base de setenta y dos mil ciento
cincuenta y ocho dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cuarenta y
cinco minutos del veintiuno de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de veinticuatro
mil cincuenta y dos dólares
con noventa y ocho centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Roger Coto Mora. Expediente N° 19-019144-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión:
once horas con veintisiete minutos
del siete de julio del dos
mil veintidós.—Pedro
Javier Ubau Hernández, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2022663499 ).
En este
Despacho, con una base de trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT 509342.Marca: Serpento, estilo: Yara S, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie: LB420YCB8GC005669, carrocería: motocicleta, número chasis:
LB420YCB8GC005669, año fabricación:
2016,
color: azul, VIN: LB420YCB8GC005669, características del motor N° motor: 164FML2G005669, marca: Serpento, modelo: Yara S, cilindrada: 200
C.C cilindros: 1, potencia:
10 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cero minutos
del veinte de setiembre de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
veintiocho de setiembre de
dos mil veintidós con la base de doscientos
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del seis
de octubre de dos mil veintidós
con la base de setenta y cinco
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de
Blanca Margarita Villagra Villagra contra Enrique
Esteban Cabezas Jiménez, Roxana Zapata
Villalobos. Expediente N° 10-000084-0422-CI.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha
de emisión: catorce horas
con treinta y seis minutos
del catorce de junio del
dos mil veintidós.—Gerardo
Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—(
IN2022663503 ).
En este
Despacho, con una base de veintisiete mil novecientos treinta y siete dólares con treinta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo SJB 017191, marca:
Nissan, estilo: Urvan
NV350, categoría: microbús, capacidad:
15 personas, serie: JN1UC4E26J9004074, carrocería: microbús, tracción:
4x2, número chasis:
JN1UC4E26J9004074, año fabricación:
2018, color: blanco, vin: JN1UC4E26J9004074.
Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cuarenta y cinco minutos del doce de octubre de dos mil veintidós con la base de veinte
mil novecientos cincuenta y
dos dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre de dos mil veintidós con
la base de seis mil novecientos ochenta
y cuatro dólares con treinta
y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Byron Rivera Mora. Expediente
N° 21-012925-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: ocho horas con catorce minutos del seis de mayo
del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022663504 ).
En este
despacho, con una base de cinco millones ciento noventa y seis mil treinta y ocho colones con sesenta y un céntimos, soportando hipoteca de primer grado bajo las
citas 569-70687-01-0006- 001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 206819- 000, la cual es naturaleza: Terreno con casa de habitación. Situada en el
distrito (01) Pacayas, cantón (06) Alvarado, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública con un frente de 20.77 centímetros; al sur, sucesión de
José María Serrano Ramírez, finca agrícola;
al este, Marco Aurelio Castro Vega, casa antigua y al oeste sucesión de José María Serrano
Ramírez, finca agrícola, sureste,
sucesión de José María Serrano
Ramírez. Mide: ciento setenta y seis metros con sesenta
y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós con la base de tres millones ochocientos noventa y siete mil veintiocho colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós
con la base de un millón doscientos
noventa y nueve mil nueve colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Abdenago Arturo López Montero, Diana Beatriz López Leandro, María Veracita
Solís
Torres. Expediente N° 21-008595-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 12 de julio del año 2022.—Gabriela Rojas Astorga,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022663511 ).
En este
Despacho, con una base de veintidós millones setecientos veintinueve mil trescientos cincuenta y cuatro colones con sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada Citas:
336-09027-01-0907-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 181475, derecho 000, la cual
es terreno para construir
con una casa lote Ñ7-E. Situada en el
distrito 9-Dulce Nombre, cantón 1-Cartago, provincia
Cartago. Colinda: al norte Corporación Inversionista Fallas y Fallas; al sur calle pública con 7 metros; al este Lote Seis y al oeste Lote Ocho.
Mide: ciento cuarenta y seis metros con veintidós
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del dieciocho de agosto de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del veintiséis
de agosto de dos mil veintidós
con la base de diecisiete millones
cuarenta y siete mil dieciséis colones con un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del cinco
de setiembre de dos mil veintidós
con la base de cinco millones
seiscientos ochenta y dos
mil trescientos treinta y ocho colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito ANDE Número Uno R L
contra Rita Fonseca Mayorga. Exp: 21-006297-1164-CJ.— Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 08 de junio
del año 2022.—Lic.
Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez.—( IN2022663516 ).
1) Finca Partido Limón, matrícula 57188 000, con una base de ocho mil cuatrocientos treinta dólares exactos, libre de gravámenes, pero soportando advertencia administrativa res de las 08:00 del 14/10/14. Expediente N° 2013-3347-RIM; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 57188-000, naturaleza: terreno para ganadería de repastos situada en el
distrito 1-Limón, cantón
1-Limón de la provincia de Limón, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, calle pública con 78m 44cm, sur, María
Luisa Viales, Dagoberto Berroca, este, calle pública con 645m 98cm, oeste,
José Luis Hernández Álvaro Murillo. Mide: ciento veinticinco mil ciento dieciocho metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Plano:
L-0937832-1990, identificador predial: 701010057188.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las con la base seis mil trescientos
veintidós dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señala con la base de dos mil ciento
siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). 2) Finca partido Limón matrícula 55594 000, con una base de seis mil novecientos cuarenta dólares, libre de gravámenes, pero soportando advertencia administrativa res de las 08:00 del 14/10/14. Expediente N° 2013-3347-RIM; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 55594, derecho
000, naturaleza: terreno de
repasto, tacotal, montaña, situada en el
distrito 1-Limón cantón
1-Limón de la provincia de Limón finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Marciano Guadamuz Agüero,
sur, calle pública, este,
calle pública, oeste, Álvaro Murillo
Aguilar. Mide: ciento dos
mil novecientos ochenta y siete metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Plano:
L-0070984-1992 identificador predial: 701010055594.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las con la base de cinco
mil doscientos cinco dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate con
la base de mil setecientos treinta
y cinco dólares (25% de la
base original). 3) Finca Partido Limón matrícula 41469 000, con una base de ochenta y seis mil doscientos sesenta y tres dólares exactos,
libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones citas: 376-11767-01-0901-001;
sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número
41469, derecho 000. naturaleza: potrero, montaña con 1
casa. Situada en el distrito 1-Limón, cantón 1-Limón de la provincia de
Limón finca se encuentra en
zona catastrada. Linderos: norte, Mateo Salazar Salazar,
sur, José Luis Flores Barquero, este,
calle pública con 1960 m y otra, oeste, Fernando Castillo Castillo
y otros. Mide: un millón doscientos ochenta mil doscientos setenta y siete metros cuadrados Plano: L-0489770-1982 identificador
predial: 701010041469. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará con la base de sesenta y cuatro mil seiscientos noventa y siete dólares con veinticinco centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan con la
base de veintiún mil quinientos
sesenta y cinco dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). 4) Finca Partido
Limón matrícula
26900 000, con una base de treinta
y tres mil ciento sesenta y seis dólares, libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones citas:
337-18257-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 26900, derecho 000 naturaleza:
terreno para la agricultura
y otros situada en el distrito
1-Limón, cantón 1-Limón de la provincia
de Limón finca se encuentra en
zona catastrada. Linderos: norte, noreste, camino público 187m 15cm, sur, Ricardo Hernández Barrantes, oeste, Río Bitey y otro. Mide:
cuatrocientos noventa y dos
mil doscientos treinta y cinco metros cuadrados. Plano:
L-0486834-1982 identificador predial: 701010026900 De
no haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de veinticuatro
mil ochocientos setenta y
cuatro centavos con cincuenta centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan con la base de ocho mil doscientos noventa y un dólares con cincuenta centavos
(25% de la base original). Para el primer remate se señalan las nueve horas diez minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se señala las nueve
horas diez minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós.—Msc. Sirlene
de Los Ángeles Salazar
Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022663519 ).
En este Despacho, con una base de
seis millones ochocientos cincuenta y un mil doscientos doce colones con
diecisiete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placas BMV521, marca: Hyundai; Estilo: Accent;
categoría: automóvil; capacidad 5 personas; año: 2013; color: blanco; VIN:
KMHCU41EBDU434972; N. Motor: G4FDDU292454, cilindrada 1600 c.c,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta y
cinco minutos del siete de setiembre de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco
minutos del quince de setiembre de dos mil veintidós con la base de cinco
millones ciento treinta y ocho mil cuatrocientos nueve colones con doce
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de
setiembre de dos mil veintidós con la base de un millón setecientos doce mil
ochocientos tres colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Carlos Manuel Amador
Adanis, Linda Darlyn Gutiérrez Morales. Expediente N°
19-008892-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 06 de julio del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza
Decisora.—( IN2022663528 ).
En este
despacho, con una base de siete millones doscientos noventa y siete mil quinientos veintitrés colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 393-10311-01-0962-001, servidumbre
trasladada citas:
399-13255-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 393228-001 la cual es terreno para construir lote 7E. Situada en el distrito
1-San Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 6 E; al sur lote 8 E; al este, Jorge Marín
Arguedas y al oeste, resto dest.
a calle. Mide: Ciento dieciocho metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del trece de setiembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones cuatrocientos setenta y tres mil ciento cuarenta y dos colones con treinta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintidós
con la base de un millón ochocientos
veinticuatro mil trescientos
ochenta colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Comisión Nacional de préstamos
contra Ana Luisa Cerdas González, Eugenia María
González Ugalde, Ronald Antonio Campos Quesada. Expediente
N° 05-015034-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Segunda, 08 de julio del año 2022.—Susana
Murillo Alpizar, Jueza Tramitadora.—(
IN2022663629 ).
En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 298-12685-01-0901-008, servidumbre de paso citas: 2011-260395-01-0005-001, servidumbre
de paso citas: 2014-85624-01-0010-001; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número setecientos seis mil cuatrocientos
cuarenta, derecho 000, la cual
es terreno de café. Situada: en el
distrito 12-La Amistad, cantón
19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre agrícola en medio de Zaida Naranjo Ureña; al sur, José Daniel Jara Naranjo; al este, calle pública, y al oeste, Jeannete Naranjo Ureña. Mide: tres mil veinticinco metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil
veintidós, con la base de un millón
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de setiembre del
dos mil veintidós, con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Xinia Jeannette del Carmen Hidalgo Conejo
contra Lorenzo Antonio Jara Naranjo. Expediente N° 22-001608-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: once horas con nueve minutos del siete de junio del dos mil veintidós.—Eileen Chaves Mora, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022663636 ).
En este
Despacho, con una base de veinte millones seiscientos uno mil quinientos
cuatro colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
108333---000, la cual es naturaleza:
terreno para construir, lote cuatro-B. Situada: en el distrito
1-Nicoya, cantón
2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote tres-B; sur, lote cinco-B; este,
Municipalidad de Nicoya; oeste, calle
pública
con 8,00 metros de frente. Mide:
ciento setenta y seis
metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Plano:
G-0495579-1998. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del seis de setiembre
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas cero minutos
del catorce de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de quince millones cuatrocientos cincuenta y un mil ciento veintiocho colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de setiembre del dos
mil veintidós, con la base de cinco
millones ciento cincuenta mil trescientos setenta y seis colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Nicoya contra Aleida María Peña Vega.
Expediente N° 14-000324-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
hora y fecha de emisión: trece horas del treinta y uno de
mayo del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez/a Decisor/a.—( IN2022663639 ).
En este Despacho, con una base de
cinco millones sesenta mil trescientos catorce colones con cincuenta y ocho
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placas BLP783, marca: Hyundai, Estilo: Accent,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCT51CBCU048814, carrocería: sedan 4 puertas Hatchback,
tracción: 4X2, año fabricación: 2012, color: plateado, cilindrada: 1600 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas del dos de
noviembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las once horas del diez de noviembre del año dos mil veintidós con
la base de tres millones setecientos noventa y cinco mil doscientos treinta y
cinco colones con noventa y tres céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas del
dieciocho de noviembre del año dos mil veintidós con la base de un millón
doscientos sesenta y cinco mil setenta y ocho colones con sesenta y cuatro
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora
de Créditos SJ S. A. Contra Briann Felipe Abarca
Rojas. Expediente N° 20-014227-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20
de junio del 2022.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—(
IN2022663642 ).
En este
Despacho, con una base de dieciséis mil seiscientos dieciocho dólares con
noventa y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo Placa: SJB 016045, Marca: TOYOTA, Estilo: HIACE, Categoría: microbús, capacidad: 16 personas, Tracción: 4X2, Año
Fabricación: 2012, Color: blanco, VIN: JTFSK22P900015113, cilindrada: 2986 C.C.
Para tal efecto se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del
veintitrés de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco minutos del treinta y
uno de agosto de dos mil veintidós con la base de doce mil cuatrocientos
sesenta y cuatro dólares con veinticuatro centavos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
cuarenta y cinco minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós con la base
de cuatro mil ciento cincuenta y cuatro
dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J
S.A contra Manrique Alberto Porras Gómez, Mimia San
Cayetano S.R.L Expediente N°
20-017114-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 29 de junio del año 2022.—Hellen Mora
Salazar, Jueza Decisora.—( IN2022663643 ).
En este
despacho, con una base de
cuatro millones doscientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
CL 211873, marca: Nissan, estilo:
Frontier, categoría: carga liviana,
capacidad: 5 personas, carrocería: camioneta
pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, año fabricación: 2007, color:
negro, cilindrada: 2953 c.c
cilindros: 4, combustible: diesel, N° motor:
ZD30061104K y VIN: JN1CNUD22Z0010386. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós con la base de tres millones doscientos diez mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con
la base de un millón setenta
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Gerardo Nelson Rojas Campos contra Isaac Josué Muñoz
Morales. Expediente N° 22-002735-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de abril del año 2022.—Cinthia Vanessa Segura Duran, Jueza
Decisora.—( IN2022663647 ).
En este
Despacho, con una base de treinta millones quinientos cuarenta y un mil novecientos ochenta y cuatro colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condiciones
ref:00221255-000 citas: 361-00763-01-0865-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
450375-000 la cual es terreno
de agricultura. Situada en el distrito:
04-Bijagua, cantón: 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte calle pública; al
sur parcela 106 del Instituto de Desarrollo Agrario; al este, parcela 105 del Instituto de Desarrollo Agrario
y al oeste parcela 103 del
Instituto de Desarrollo Agrario. Mide:
ciento cuatro mil ochocientos
ochenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1314575-2009. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veinticuatro
de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de veintidós millones
novecientos seis mil cuatrocientos
veintiún colones con diez céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del seis de marzo de dos
mil veintitrés, con la base de siete
millones seiscientos treinta y cinco mil cuatrocientos setenta y tres colones con setenta céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Walter Gerardo Vega Montero.
Exp:21-007597-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con tres minutos del cinco de mayo del dos mil veintidós.—Viviana Salas
Hernández, Jueza Decisora.—(
IN2022663671 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones quinientos trece mil quinientos treinta y dos colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref:2336
427 001000000000001 citas: 299-11729-01-0801-001 y servidumbre de aguas pluviales citas:
489-04035-01-0012-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número noventa y seis mil cuatrocientos setenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno Lote 17 Bloque J terreno para construir. Situada en el Distrito 5-Cariari, Cantón 2-Pococi, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte
Banco Cuscatlán de Costa Rica S. A.; al sur Avenida; al este,
calle y al oeste Lote 18 J. Mide: ciento sesenta metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados, Plano:
L-0706204-2001. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintidós con la base de cuatro millones
ciento treinta y cinco mil ciento cuarenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós con la base de un millón
trescientos setenta y ocho mil trescientos ochenta y tres colones con dieciséis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Francisco Jesús Núñez
Cortes, Jacqueline Núñez Cortes.
Exp:21-006103-1209-C.—Juzgado de Cobro de Pococí. 23 de junio del año 2022.—Hazel
Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2022663678 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y cinco millones ciento sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve colones
con trece céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre de paso citas:
2010-197651-01-0002-001; servidumbre de líneas eléctricas y
de paso citas: 2010-197651-01-0003-001, servidumbre ecológica y limitaciones citas: 2010-197651-01-0004-001, servidumbre
de acueducto citas:
2010-197651-01-0007-001; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula
número doscientos veintiocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro, derecho 000, la cual
es terreno lote cinco, terreno para construir. Situada: en el distrito
01-Paraíso, cantón 02-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Carlos Bonilla Chaves; sur, servidumbre de paso en medio de
3-101-492236 S. A.; este, lote
cuatro; oeste, lote seis. Mide: dos mil trescientos sesenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas cero minutos del treinta
y uno de agosto del dos mil veintidós,
con la base de veintiséis millones
trescientos setenta y un
mil ochocientos cincuenta y
un colones con ochenta y
cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del trece de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de ocho millones
setecientos noventa mil seiscientos diecisiete colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria abierta de Coopealianza R.L.
contra Carlos Alfredo Araya Alvarado. Expediente N°
21-012586-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 24 de junio del año
2022.—Licda. Tatiana Meléndez
Herrera, Jueza Tramitadora.—( IN2022663687 ).
En este
despacho, con una base de ciento quince mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 300459-000, la cual
es terreno para construir
con una casa. Situada en el distrito
Granadilla, cantón Curridabat,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 6 E; al sur,
lote 8 E; al este, calle segunda y al oeste lote 19 E. Mide: trescientos noventa y cuatro metros con cuarenta
y dos decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós con la base de ochenta
y seis mil doscientos cincuenta
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del dos de setiembre de dos mil veintidós
con la base de veintiocho mil setecientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Imox Digital S. A. contra Inversiones
Rojas de Freses S.R.L. Expediente
N° 22-005688-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de junio del año 2022.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza
Decisora.—( IN2022663712 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil novecientos quince dólares con ochenta y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa: JDL191, Marca:
KIA, estilo: Picanto, carrocería:
Sedan 4 puertas, Hatchback, número
chasis: KNAB3512BJT196377, N° Motor: G4LAHP120523, cilindrada: 1248 c.c., Capacidad: 5 personas, color: plateado,
año fabricación: 2018. Para
tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del dos de noviembre
del dos mil veintidós, con la base de once mil ciento ochenta y seis dólares con noventa y dos
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos
del diez de noviembre del
dos mil veintidós, con la base de tres
mil setecientos veintiocho dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) S.A contra Leonardo
Andrés Ángulo
Mora. Expediente N° 21-005881-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de julio del año
2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—(
IN2022663807 ).
En este
Despacho, con una base de ciento cincuenta y cinco mil ochocientos dieciocho dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
302-04469-01-0976-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 206849 derechos 001 y 002, la cual
es terreno naturaleza: bloque H para construir lote 7 H. Situada: en el distrito
2-Barrantes, cantón 8-Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, calle pública con 9
metros con 82 cm lineales y lote
8 H; al sur, Inmobiliaria San Juan SA; al lote 6 H, y al oeste, Inmobiliaria San Juan SA. Mide: trescientos doce metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Plano: H-1138176-2007. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de agosto del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del primero de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de ciento dieciséis mil ochocientos sesenta y cuatro dólares con quince centavos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de treinta y ocho
mil novecientos cincuenta y
cuatro dólares con setenta
y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Christian Villalobos Quirós,
Ivannia María Barrantes Rosales. Expediente N°
21-003489-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: once horas con cincuenta
y seis minutos del seis de octubre
del dos mil veintiuno.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022663808 ).
En este Despacho, con una base de once mil cuatrocientos sesenta y tres dólares con un centavos libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa: BRQ096, Marca: BYD, Estilo:
F3, Categoría: automóvil, año: 2019, color: blanco,
Vin: LGXC16DF4K0000679, N° Motor: BYD473QE218370175, cilindrada:
1500 c.c., combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos
mil veintidós, con la base de ocho
mil quinientos noventa y siete dólares con veinticinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de dos mil ochocientos sesenta y cinco dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Minor
Andrés Vega Vega. Expediente
N° 22-004856- 1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 07 de julio del año
2022.—Henry Sanarrusia Gómez, Jueza
Tramitadora.—( IN2022663811 ).
En este
Despacho, con una base de
cuatro mil ochenta y seis dólares
con noventa y tres
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa BJP744 marca: Citroën, estilo: Celysee categoría: automóvil, capacidad: 5
personas año fabricación:
2015, color: gris. Para tal efecto
se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del doce de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de tres mil sesenta
y cinco dólares con veinte centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de mil veintiún dólares
con setenta y tres centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Oscar Andrés Santamaria Solorzano. Expediente N°
21-010759-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con seis
minutos del seis de diciembre
del dos mil veintiuno.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022663812 ).
En este
Despacho, con una base de setenta y seis mil ochocientos veintitrés dólares con treinta y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
405983, derecho 000, la cual es terreno
para construir, lote
A-cuatro, con una casa de habitación.
Situada: en el distrito 4-Patalillo, cantón 11-Vázquez de Coronado,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, casa de habitación
de Urbanización La Cornelia; al sur, calle pública con 8 metros 50 centímetros;
al este, casa cinco A de Urbanización Normandia, y al oeste, casa de habitación tres A de Urbanización Normandia. Mide: ciento cincuenta y dos metros con
ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas diez minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas diez minutos del veintinueve de setiembre del dos
mil veintidós, con la base de cincuenta
y siete mil seiscientos diecisiete dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas diez minutos del siete de octubre del dos mil veintidós, con la base de diecinueve
mil doscientos cinco dólares con ochenta y cuatro
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Fabián Mauricio Valverde
Chacón, Inversiones Ticas
Manet Sociedad Anónima. Expediente
N° 21-017116-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de
mayo del año 2022.—Sirlene
de los Ángeles Salazar
Muñoz, Jueza Decisora.—(
IN2022663813 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada Citas: 376-19541-01-0900-001; sáquese a remate Hipoteca Inscrita al tomo: 2022, asiento:
56594-01-0001-001 sobre la finca del partido de San José, matrícula número 371806, derecho
000 naturaleza: terreno con
una casa de habitación, situada en el
distrito: 01-Santiago, cantón:
04-Puriscal, de la provincia de San José, linderos: norte calle pública con un frente de 38,42 m,
sur quebrada, este Amable Pérez
Madrigal, oeste Rodrigo Murillo Rojas, mide: ochocientos noventa y nueve metros cuadrados. Plano: SJ-1506338-2011. Para tal
efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós, con
la base de veintisiete millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del dos de setiembre de
dos mil veintidós, con la base de nueve
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de Rubrica La Rana Dorada de Occidente
Sociedad Anónima contra Luis David Vargas Jiménez. Expediente
N° 22-005550-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 24 de junio del año 2022.—Jessica
Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—(
IN2022663851 ).
En este
Despacho, con una base de veinte millones setecientos ocho mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando, pero soportando servidumbre trasladada citas: 312-06804-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 242745-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito
9-Pavas, cantón 1-San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
noreste, Juvenal Hernández Vindas; al sur, suroeste, Av 10 con 12 metros 50 centímetros;
al este, noroeste, José
Carvajal Chávez, y al oeste, sureste,
Luis Carrillo Henchoz. Mide:
ciento noventa y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de quince millones quinientos
treinta y un mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diez de octubre del dos mil veintidós, con la base de cinco millones ciento setenta y siete mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados
de la Caja Costarricense
del Seguro Social contra Rodrigo Alberto Solís Jaime. Expediente N° 19-008636-1044-CJ. Publíquese
el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto
se encuentre correcta previo a su publicación.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de julio del año 2022.—Shirley Yislen Murcia
Ríos, Jueza Decisora.—O. C.
Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022663896 ).
En este
Despacho, con una base de veintitrés millones cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de: San José, matrícula N° 270433,
derecho: 000, la cual es terreno:
para construir con una casa
de habitación de doble planta. Situada
en el distrito:
Damas, cantón: Desamparados de la provincia
de: San José. Colinda: al norte:
avenida segunda; al sur: Inmobiliaria Residencial San Lorenzo S. A.; al este: Inmobiliaria Residencial
San Lorenzo S. A.; y al oeste: Inmobiliaria
Residencial San Lorenzo S. A. Mide: ciento siete metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del tres de octubre de dos mil veintidós, con la base de diecisiete
millones doscientos ochenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del once de octubre de
dos mil veintidós, con la base de cinco
millones setecientos sesenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Bayron
Alonso Jiménez Arguedas, Rita María Arguedas Arce. Expediente N° 22-004849-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 20 de julio del
2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos, Jueza
Decisora.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022663897 ).
En este
Despacho, con una base de diez mil quinientos ochenta y dos dólares con ochenta y cinco centavos, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia por lesiones
culposas bajo las citas:
800-237319-001; sáquese a remate el
vehículo placa: BGH447, marca: Hyundai, estilo: Tucson
GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2014, color: gris, vin: KMHJT81EAEU902585, cilindrada: 2000 C.C. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de setiembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del tres
de octubre del dos mil veintidós,
con la base de siete mil novecientos
treinta y siete dólares con catorce centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del once
de octubre del dos mil veintidós,
con la base de dos mil seiscientos cuarenta y cinco dólares con setenta y un centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta
Nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Cinthia María Guerrero
García. Expediente N°
21-005797-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año 2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos, Juez/a Decisor/a.—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663898
).
En este
Despacho, con una base de dieciocho mil quinientos cuarenta y dos dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el Vehículo Placa: TSM789, Marca: Kia, Estilo:
Mohave, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 7 personas, Año Fabricación: 2014, Color: Blanco, Vin: KNAKN814DE5123585, Cilindrada: 2959 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del tres de octubre de dos mil veintidós con la base de trece
mil novecientos seis dólares
con sesenta y seis centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del once de octubre de dos mil veintidós con
la base de cuatro mil seiscientos treinta
y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Scotiabank
de Costa Rica S. A. contra Jason Dylan MC Nair A. Expediente
N° 19-008528-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año 2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos, Jueza
Decisora.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022663899 ).
En este
Despacho, con una base de veintiún millones ciento veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 370-18655-01-0958-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 370304, derecho
000, naturaleza terreno
para construir Lote 18-G
con una casa. Situada en el distrito:
09-Pavas cantón:
01-San José de la provincia de San José. Linderos: norte, Parque 1, sur, Lote 09 G, este, Lote 19 G, oeste, Lote 17 G. Mide ciento veintiséis metros con veintiséis decímetros cuadrados, plano:
SJ-0432183-1997. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
quince minutos del diecisiete
de agosto del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas quince minutos del veinticinco
de agosto del año dos mil veintidós, con la base de quince millones
ochocientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del
dos de setiembre del año
dos mil veintidós, con la base de cinco
millones doscientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Luis Morales Ulate.
Expediente N° 22-005752-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 14 de julio del año 2022.—Licenciada Raquel Priscilla Machado Fernandez, Jueza Tramitadora.—( IN2022663907
).
En este
Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
471840-000, derecho 000, la cual es terreno con una casa, sector 7, lote 156-A. Situada en el distrito
7-Patarrá, cantón 3-Desamparados, de la provincia
de San José. Linderos: al norte,
lote 157; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, calle pública; y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.
Mide: ciento treinta y cuatro metros con un decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas con cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós
con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Corporación Sifu S. A., contra Evita María
Salas Molina. Expediente N° 22-005360-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial
de San José, 12 de junio del
2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2022663938
).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En este
despacho, con una base de veintinueve millones ochocientos veintiún mil cuatrocientos diecinueve colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas
268-02844-01-0901-001 / reservas y restricciones citas
373-11559-01-0901-001 / servidumbre de paso citas 2016-593059-01-0007-001; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 131774-000,
derecho cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito
Guápiles,
cantón Pococí, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira
Quesada; al sur, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira
Quesada; al este, Dinorah Oliva De Los Ángeles Moreira Quesada y al oeste, servidumbre de paso de 6
metros de ancho con un frente a
ella de 10 metros lineales.
Mide: Quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veinte
de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de veintidós millones
trescientos sesenta y seis
mil sesenta y cuatro colones
con cuarenta y seis céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos
mil veintidós, con la base de siete
millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos cincuenta y cuatro colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Con una
base de veintiún millones seiscientos veintiún mil cuatrocientos veintinueve colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 268-
02844-01-0901-001 / reservas y restricciones
citas 373-11559-01-0901-001 / servidumbre
de paso citas 2016-593059-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número
131775-000, derecho cero cero cero,
la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito
Guápiles,
cantón Pococí, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira; al
sur, Ricardo Abel, Roy Nelson y Luis Alfredo todos apellidos González Araya y calle pública con un frente a ella de cuatro metros; al este, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira y
al oeste, servidumbre de
paso con un frente a ella
de cuarenta y cinco metros.
Mide: Seiscientos cincuenta y seis metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de dieciséis millones
doscientos dieciséis mil setenta y un colones con noventa y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de cinco millones
cuatrocientos cinco mil trescientos cincuenta y siete colones con treinta céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores
R.L. contra Walter Enrique Moreno Alvarado. Expediente
N° 18-008480-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza decisora.—( IN2022663908 ).
En este
despacho, con una base de sesenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 399-02790-01-0875-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y ocho mil cuatrocientos noventa y dos,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura lote 10.- Situada en el
distrito 3-Potrero Grande, cantón
3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Carlos Chaves Jiménez; al este, parcela 38 y al oeste, Carlos Chaves Jiménez. Mide:
trescientos cuarenta y
cuatro mil ciento setenta y
un metros con cuatro decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del tres de octubre de dos mil veintidós con
la base de cuarenta y cinco
millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del once
de octubre de dos mil veintidós
con la base de cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y siete colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Ronald Fallas Navarro contra Maykel
Estarlyn Webb Villanueva. Expediente
N° 22-001866-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciséis minutos
del veintidós
de julio del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022663943 ).
En este
despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones ciento diez mil ochocientos ochenta y seis colones con veinte céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
151-04969-01-0901-001, reservas y restricciones
bajo las citas: 151-04969-01-0902-001,
Servid Reserv Ref: 00081257
000 bajo las citas: 358-07692-01-0900-001, Servid-Reserv Ref: 00081257 000 bajo las citas: 358-07692-01-0901-001, servidumbre
trasladada bajo las citas:
394-14361-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 470410, derecho 000, la cual
es terreno para urbanizar lote cuarenta y seis con una casa de habitación. Situada en el
distrito 3-La Trinidad, cantón
14- Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote cuarenta y cinco; al sur, lote cuarenta y siete; al este, calle pública con 7,.00 metros y al oeste, Carlos Rodríguez Vargas.
Mide: Ciento noventa y un metros con cincuenta
y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil
veintidós con la base de treinta
y tres millones ochenta y tres mil ciento sesenta y cuatro colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veintidós
con la base de once millones veintisiete
mil setecientos veintiún colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada Coocique
R.L. contra Miguel Gerardo Vargas Calderón, Servitec Varca Sociedad Anónima. Expediente N° 22-005542-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 06 de julio del año 2022.—Víctor Obando Rivera, Juez/a Decisor/a.—( IN2022663945 ).
En este
Despacho, se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de setiembre del dos
mil veintidós, con una base
de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento cuarenta y cinco mil setecientos setenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada: en el
distrito: 04-Limoncito, cantón: 08-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas, finca se encuentra
en zona catastrada. Linderos: norte, calle pública; sur, Eliécer Rodríguez Rojas,
María Eugenia Lara González y Aurora
Elizondo Vindas; este, Eliécer Rodríguez Rojas,
María Eugenia Lara González con yurro en parte;
oeste, calle pública y
Carol Viviana Guillén
Lara. Mide: cinco mil seiscientos sesenta y tres metros con siete decímetros cuadrados. Plano: P-1010201-2005. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cero minutos
del treinta de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del diez de octubre del dos mil veintidós, con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo del Carmen Guillén Cascante. Expediente
N° 22-000411-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito. Hora y fecha
de emisión: diez horas con cincuenta minutos del once de julio del dos mil veintidós.—Gerardo
Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—(
IN2022663967 ).
En este
despacho, con una base de catorce millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos diez colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 378229-000, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda al
este, calle pública con 4.95 metros, al noreste,
calle pública con 5.51
metros; al noroeste, casa y lote
17 de Colonia Belgrado; al sureste,
calle pública con 11.76
metros, al suroeste, Escuela Quince de Setiembre. Mide: Ciento treinta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del diez de agosto de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós con
la base de diez millones novecientos noventa y seis mil ochocientos ochenta y dos colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del veintinueve
de agosto de dos mil veintidós
con la base de tres millones
sesenta y cinco mil seiscientos veintisiete colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Bernardo Enrique Carranza Castillo, María
del Roció
Jiménez Corrales. Expediente N° 19-002023-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de junio
del año 2022.—Licda.
Adriana Sequeira Muñoz, Jueza
Tramitadora.—( IN2022663989 ).
En este
Despacho, con una base de
dos millones ochocientos dieciocho mil setenta y cuatro colones con veintinueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
378-07484-01-0913-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento veintitrés
mil cuatrocientos cuatro, derecho 003, 004 y 005, la cual es terreno para construir lote 14 A con casa. Situada: en el
distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Humberto Ortiz Leiva;
al sur, Humberto Ortiz Leiva; al este,
Guarcoco S A, y al oeste, calle pública con 07m 50cm. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil veintidós, con la base de dos millones
ciento trece mil quinientos cincuenta y cinco colones con setenta y un céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas treinta minutos
del trece de setiembre del
dos mil veintidós, con la base de setecientos
cuatro mil quinientos dieciocho
colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Édgar Arturo Brenes Calvo. Expediente N°
21-012284-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 26 de junio del año
2022.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga,
Juez Tramitador.—( IN2022663999 ).
En este
Despacho, con una base de veintidós millones setecientos treinta y seis mil novecientos sesenta y ocho colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Caminos citas:
2013-229986-01-0004-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 509349-000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito: 01-Quesada, cantón:
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Luis Ángel Gamboa Rodríguez; al
sur: Cintia Del Pilar Vargas Chaves; al este: calle pública y al oeste:
María Del Carmen Gamboa Rodríguez. Mide:
ciento treinta y ocho metros cuadrados. Plano: A-2030668-2018. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintiséis
de agosto de dos mil veintidós,
con la base de diecisiete millones
cincuenta y dos mil setecientos
veintiséis colones con veinte céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de cinco millones
seiscientos ochenta y
cuatro mil doscientos cuarenta
y dos colones con siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Grettel Johanna Duarte Reyes, Melvin Roberto Segura Arroyo.
Expediente N° 21-005399-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y seis minutos del siete de setiembre del dos mil veintiuno.—Alonso
Ernesto Hernández Méndez, Juez Decisor.—(
IN2022664038 ).
En este
Despacho, con una base de dieciocho millones seiscientos noventa y un mil trescientos noventa y tres colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 316-05612-01-0903-001, reservas
y restricciones citas:
316-05612-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 88871-000. Que se describe así:
Naturaleza: terreno de tacotal. Situada: en el distrito
1-Nicoya, cantón
2 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Manuel Cubillo y
Abel Barrantes Quirós; sur, calle pública; este, Manuel Rogelio
Cubillo Aguilar, quebrada; oeste, Abel Barrantes Quirós, Rosendo
Jiménez Medina. Mide: siete mil doscientos cuarenta y seis metros con sesenta
decímetros
cuadrados. Plano: G-0945971-1991. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós, con la base de catorce
millones dieciocho mil quinientos cuarenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de cuatro millones seiscientos
setenta y dos mil ochocientos
cuarenta y ocho colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Justin Josué Moraga
Rodríguez. Expediente N°
21-004922-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: diecisiete horas
con cincuenta y tres minutos del seis de mayo del dos mil veintidós.—Víctor Hugo
Martínez Zúñiga, Juez
Tramitador.—( IN2022664039 ).
En este
Despacho, con una base de nueve millones quinientos ochenta y cuatro mil novecientos sesenta y siete colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos citas: 2012-69562-01-0004-001;
sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
206453-000, la cual es naturaleza:
solar. Situada en el distrito 3-Sardinal cantón
5-Carrillo de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, José Manuel Contreras Vallejos,
sur, Edwin José Contreras Gutiérrez, este, calle pública
con 8 metros 58 centímetros de frente,
oeste, Edwin José Contreras Gutiérrez.
Mide: cuatrocientos metros cuadrados plano: G-1742153-2014.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós, con la base de siete millones ciento ochenta y ocho mil setecientos veinticinco colones con cincuenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos
mil veintidós, con la base de dos millones
trescientos noventa y seis
mil doscientos cuarenta y
un colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Elber Gerardo Lara Rodríguez. Expediente N° 21-005024-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
hora y fecha de emisión:
quince horas con treinta y dos minutos
del cinco de mayo del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez Tramitador.—( IN2022664040 ).
En este
Despacho, con una base de
dos millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil
trescientos cuarenta y
un colones con cincuenta y
seis céntimos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número cuarenta y siete mil cuatrocientos ochenta y seis, derecho
000, la cual es terreno de
patio con una casa situada en el distrito:
01-Cañas cantón:
06-Cañas de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Alejandro Reyes Reyes; sur, Julia Alvarado Briceño; este,
calle pública con un frente de 9 metros
oeste, Alejandro Reyes Reyes.
Mide: Ciento veinte metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0857749-2003. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veinticinco
de agosto de dos mil veintidós,
con la base de un millón ochocientos
cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y seis colones con diecisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dos
de setiembre de dos mil veintidós,
con la base de seiscientos catorce
mil quinientos ochenta y cinco colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis
Gustavo Rosales Lara. Expediente N° 21-005712-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: doce horas con quince minutos del dieciocho de mayo del
dos mil veintidós.—Rolando Valverde
Calvo, Juez Decisor.—(
IN2022664042 ).
En este
Despacho, con una base de
dos millones ochocientos cincuenta mil quinientos ochenta y siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: CL 308206, marca:
Isuzu, estilo: NPR, categoría:
carga liviana, capacidad: 3
personas, carrocería:
caja cerrada o furgón, tracción: 4x2, año fabricación: 2000, cilindrada:
4800 C.C, cilindros: 4, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintidós, con
la base de dos millones ciento
treinta y siete mil novecientos cuarenta colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del primero de setiembre
del dos mil veintidós, con la base de setecientos doce mil seiscientos cuarenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Renaceres Monsa del BH S. A.
contra Héctor Manuel Mora Rojas. Expediente
N° 22-000359-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: quince horas con cuarenta
y ocho minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022664045 ).
En este Despacho, 1) con una base
de ciento cuarenta y nueve mil trescientos setenta y cinco dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de: SAN
JOSÉ, matrícula número: 322625, derecho: 000, la cual es terreno: para
construir lote N6.- Situada en el distrito: 2-GRANADILLA, cantón: 18-
CURRIDABAT, de la provincia de: SAN JOSÉ. COLINDA: al norte: noreste resto
destinado a calle 14m; al sur: suroeste ROL S A con 14m; al este: sureste INMOB
SOROBARU SA 33m 75cm y al oeste: noroeste INMOB SOROBARU SA 33m 75cm.- MIDE:
cuatrocientos setenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de setiembre de
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintidós con
la base de ciento doce mil treinta y un dólares con veinticinco centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil
veintidós con la base de treinta y siete mil trescientos cuarenta y tres
dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. 2) Con una base de ciento cuarenta y nueve mil trescientos setenta y
cinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de: San José, matrícula número: 322624, derecho: 000, la cual
es terreno: para construir lote N 5. Situada en el distrito: 2-Granadilla,
cantón: 18-Curridabat, de la provincia de: San José. Colinda: al norte,
noreste, resto dest a calle con 14m; al sur,
suroeste, Rol S. A. con 14m; al este, sureste, Inmob Sorobaru 33m 75cm y al oeste, noroeste, Luis Agüero con 33
m 75 cm. Mide: cuatrocientos setenta y dos metros con cincuenta decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del
veinte de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de
setiembre de dos mil veintidós con la base de ciento doce mil treinta y un
dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del
diez de octubre de dos mil veintidós con la base de treinta y siete mil
trescientos cuarenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (25% de la
base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado
cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores
que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del
tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Club Campestre Internacional Uno S. A.,
Diego Bermúdez Dejuk, Gaillard Outsourcing Limitada,
Inmobiliaria Benrujai BCB S.R.L., Inversiones
Inmobiliarias Marujen MRJ S.R.L., Programas TEF S.
A., Rodrigo Jaikel Gazel, Tres-Ciento Dos-Seiscientos
Ochenta y Cuatro Mil Setecientos Sesenta y Seis S.R.L. contra Sonia Virginia de
los Ángeles Sánchez Sirias. Expediente N° 20-006466-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18
de julio del año 2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos,
Jueza Decisora.—( IN2022664121 ).
En este
Despacho, con una base de veintisiete mil ochocientos sesenta y seis dólares con treinta y tres centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo CL290823, Marca: Toyota; Estilo:
Hilux, Categoría: Carga liviana,
Capacidad: 5 personas, Carrocería:
Camioneta Pick-Up caja abierta o cam-pu, Tracción: 4x4, Número Chasis:
MR0KS8CD0H1101787, Año Fabricación:
2017, Color: Blanco, N° Motor: 2KDU862189, Cilindrada: 2500
c.c., Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del trece de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil
veintidós con la base de veinte
mil ochocientos noventa y nueve dólares con setenta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del tres de octubre de dos mil veintidós con
la base de seis mil novecientos sesenta
y seis dólares con cincuenta
y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra
Luis Emilio Chaves Flores. Expediente N° 18-018560-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del año 2022.—Mayra Yesenia
Porras Solís, Jueza Tramitadora.—(
IN2022664122 ).
En este
Despacho, con una base de nueve millones trescientos noventa y cinco mil novecientos sesenta colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito Tomo 0800 Asiento
0724225 Secuencia 001 Fecha
8-mar-2021; sáquese a remate el
vehículo LYB084 Marca: Kia Estilo:
Río Categoría: Automóvil Capacidad: 5 personas
Serie: 3KPA251ABJE100323 carrocería: Sedan 4 puertas hatchback tracción: 4x2 año: 2018. Modelo: H9S6K461F cilindrada:
1368 c.c cilindros: 4 potencia: 76 kw combustible: Gasolina
Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del treinta de setiembre de dos mil veintidós
con la base de siete millones
cuarenta y seis mil novecientos
setenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del diez de octubre de dos
mil veintidós con la base de dos millones
trescientos cuarenta y ocho mil novecientos noventa colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Karla María Guevara Ceciliano.
Expediente:21-010655-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 12 de julio del año 2022.—Licda.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—(
IN2022664123 ).
En este
despacho, con una base de cincuenta millones setecientos noventa y seis mil seiscientos diez colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 344-05418-01-0904-001, servidumbre
trasladada citas:
344-05418-01-0905-001, servidumbre trasladada citas:
344-05418-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento cinco
mil novecientos ochenta y
dos, derecho 000, la cual es terreno
para construir con 1 casa. Situada
en el distrito
5- Aguacaliente (San Francisco), cantón
1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos
Corrales Coto, Minor Coto
Arce y Gerardo González Brenes;
al sur, calle pública; al este,
Carlos Luis Ramírez y al oeste, Víctor Manuel
Mata Maroto. Mide: Cuatrocientos ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintidós
con la base de treinta y ocho
millones noventa y siete mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil
veintidós con la base de doce
millones seiscientos noventa y nueve mil ciento cincuenta y dos colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Estiven
Fabricio Calderón Gómez.
Expediente N° 21-006451-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 27 de junio
del año 2022.—Lic.
Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez
Tramitador.—(
IN2022664124 ).
En este
Despacho, con una base de ciento cuarenta y ocho mil seiscientos noventa y un dólares con veinte centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de aguas pluviales bajo las citas: 0442-00002844-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 77760-F-000, la cual es naturaleza: finca filial primaria individualizada veintidós apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura
máxima
de dos pisos. Situada: en el distrito
(09) Dulce Nombre, cantón
(01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, acceso vehicular; al noroeste,
filial veintitrés; al sureste,
filial veintiuno, y al suroeste,
Julio Céspedes
Álvarez. Mide: doscientos dieciséis metros con
cero decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos
mil veintidós, con la base de ciento
once mil quinientos dieciocho
dólares con cuarenta
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintidós,
con la base de treinta y siete
mil ciento setenta y dos dólares con ochenta centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Desarrollos Flabra Sociedad Anónima, Rebeca Alejandra Gómez
Molina. Expediente N° 21-008993-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
07 de julio del año
2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2022664125 ).
En este Despacho, con una base de cuatro mil novecientos
setenta y cuatro dólares
con noventa y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MYP020, marca: Hyundai, estilo: Grand
I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MALA851CAGM330767, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4X2,
número chasis:
MALA851CAGM330767, año fabricación:
2016, color: blanco, Vin: MALA851CAGM330767, N°
motor: G4LAFM786839, modelo:
B4S6K3615 G G038, cilindrada: 1200 c.c., cilindros: 4,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas quince minutos del doce
de abril del dos mil veintitrés
con la base de tres mil setecientos
treinta y un dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés con
la base de mil doscientos cuarenta
y tres dólares con setenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Melissa Umaña
Quesada. Expediente N° 22-004725-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha
de emisión: nueve horas con
tres minutos del veintisiete de junio del dos mil veintidós.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2022664127 ).
En este
despacho, con una base de
seis millones trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 45691, derecho 000, la cual
es terreno solar con una
casa. Situada en el distrito 10-Llano Grande, cantón 1-Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública con 18 metros 392 mm; al este,
Abelardo Sánchez; al oeste,
Gerardo Aguilar Leitón
y al sureste, Juan Vargas Román. Mide: Ciento noventa
y siete metros con sesenta
y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del siete de octubre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones
setecientos sesenta y dos
mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós con la base de un millón
quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra María De Los Ángeles Monge Guzmán,
Pablo Alejandro González Monge. Expediente N° 19-008705-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 19 de julio
del año 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022664129
).
En este
despacho, con una base de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
518967-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno construido. Situada en el distrito
8-San Rafael cantón
1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, María
Josefa Camacho Rivera; sur, María Jinneth Fernández
Camacho; este, Clodomira
Morales Seguro; oeste, servidumbre
de paso mide: trescientos setenta y cinco metros cuadrados plano: A-1654385-2013.
Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre
de dos mil veintidós con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos
mil veintidós con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Carlos Chacón Araya contra Luis Guillermo Fernández
Camacho. Expediente N° 22-000105-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veinte horas con treinta y tres minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/A Tramitador/a.—(
IN2022664184 ).
En este
Despacho, con una base de
dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando citas: 304-16784-01-0901-003
condiciones Ref: 2238 265 001 sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número quince mil seiscientos noventa y siete, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 132. Situada en el
distrito Limón, cantón
Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, José Joaquín
Castro Castro; al sur, Municipalidad de Limón; al este, calle pública
con 10m 67cm, y al oeste, Municipalidad de Limón. Mide: trescientos cincuenta y dos metros con noventa
y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de quinientos mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Víctor
Manuel Hernández Chaves contra María Isabel De
La Cruz Fonseca Ruiz. Expediente N° 16-001027-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 08 de julio del año 2022.—Karina
Alexandra Pizarro García, Jueza.—( IN2022664185 ).
En este Despacho, con una base de
ciento cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
320-05272-01-0907-001, servidumbre trasladada citas: 324-15454-01-0903-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos
cincuenta mil ciento setenta y ocho, derecho cero cero
cero la cual es terreno de café y zonas protegidas.
Situada en el distrito: 03-San José, cantón: 03-Grecia,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada y Tomas
Barrantes Quesada, sur, quebrada, Mario Salmerón Romero y resto de la finca
madre, este, calle pública, Antonio Alfaro Ramírez, Lizbeth, Rosania y Kattia Milady todas
Mora Alfaro. oeste: quebrada. Mide: treinta y siete mil trescientos setenta y
ocho metros con nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0822699-2002.
Identificador predial: 203030450178. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del
seis de setiembre de dos mil veintidós, con la base de ciento doce mil
quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del
catorce de setiembre de dos mil veintidós, con la base de treinta y siete mil
quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Andrés
Bolaños Alpízar. Expediente N°
22-001864-1204-CJ.—Juzgado de Cobro
de Grecia, Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veinticuatro
minutos del dieciocho de julio del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño
Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022664213 ).
En este despacho, con una base de treinta y dos mil cuatrocientos veinticuatro dólares con ochenta y cuatro
centavos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 388-14468-01-0909-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos nueve mil ciento noventa y siete-cero cero cero
(209197-000), la cual es terreno
naturaleza: terreno de
potrero. Situada en el distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiquí,
de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, Inmobiliaria SRM
Río Frío S. A.; al sur, Alberto Mora Quirós; al este, Inmobiliaria SRM
Río Frío S. A. y al oeste,
calle pública. Mide: dos mil ciento noventa y ocho metros con veintiséis decímetros cuadrados, plano: H-1272789-2008. Para tal efecto, se señalan las once horas
cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta
y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos
mil veintidós con la base de veinticuatro
mil trescientos dieciocho dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y
cinco minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós con la base de ocho mil
ciento seis dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de sociedad anónima de Vehículos Automotores contra 3101691741 Sociedad Anónima, Jessica Argerie Carranza Villalobos, Jose Alberto Carranza Morales, Velkis
Saleska Gómez Arias. Expediente
N° 18-010868-1170-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: trece horas con cincuenta y cuatro minutos del tres de mayo del dos mil veintidós.—Noelia
Prendas Ugalde, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2022664222 ).
En este
Despacho, con una base de tres millones cien
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y dos, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 6-San Juan, cantón
6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Resto Reservado; al sur: Resto Reservado;
al este: Servidumbre de
Paso con 15 metros de frente; y al oeste: Marlene Elizondo Vega. Mide:
ciento cuarenta y seis
metros cuadrados. Plano: A-1433640-2010. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas
cero minutos del veinticuatro
de agosto de dos mil veintidós
con la base de dos millones trescientos
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del
uno de setiembre de dos mil veintidós
con la base de setecientos setenta
y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra María Gabriela Alcázar Rodríguez. Expediente
N° 22-001886-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión:
doce horas con ocho minutos del veintidós de julio
del dos mil veintidós.—Patricia
Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2022664225 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 346-11718-01-0002-001, medianería citas:
346-11718-01-0900-001, condic. y servi.
Ref.: 00027342 000 citas: 346-11718-01-0901-001 y toda carga tributaria; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 319710-001 y 002, la cual
es terreno, terreno construir una casa N° 663. Situada en
el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda:
al norte: INVU; al sur: INVU; al este:
alameda con 5 m. 9 cm. de frente; y al oeste: INVU. Mide: cuarenta y cuatro metros con noventa
decímetros
cuadrados. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del dos de setiembre de
dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de San José, contra Roberto Antonio Castro Sandí. Expediente N°
16-017992-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 de julio
del 2022.—Jennifer Margarita Saborío Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2022664236 ).
En este
Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintidós. Con una base de ocho mil doscientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado citas:
2017-00317-01-0002-001; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número 155446-000, la cual
es terreno de casa y patio. Situada
en el Distrito: 1-San Vito Cantón 8-Coto Brus de la provincia
de Puntarenas Linderos: Norte: calle
pública
sur: Benito Campos García este: Benito Campos García oeste: Antonio Campos Alvarado. Mide:
seiscientos treinta y nueve metros con treinta y un decímetros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos
mil veintidós con la base de seis mil ciento cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós con la base de dos mil cincuenta
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Todo Motor S. A. contra Melvin León Guzmán.
Exp:18-005185-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito. Hora y fecha
de emisión: quince horas con cincuenta
y nueve minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo
Monge Blanco, Juez Coordinador.—(
IN2022664241 ).
En este Despacho, Con una base de
cuarenta y un mil seiscientos dólares exactos , libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número 361586, derecho 000, la cual es terreno lote 191 para construir con 1
casa.- Situada en el distrito 11-San Sebastián, cantón 1-San José, de la
provincia de San José.- Colinda: al norte, lote 143; al sur, lote 192; al este,
lote 144 y al oeste, calle con 06 m. Mide: ciento dos metros cuadrados
plano:SJ-0720772- 1988. Para tal efecto, se señalan las nueve horas veinte
minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas veinte minutos del treinta de
agosto de dos mil veintidós con la base de treinta y un mil doscientos dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas veinte minutos del siete de setiembre de dos
mil veintidós con la base de diez mil cuatrocientos dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de
Heredia S. A. contra Inversiones del Caribe C A H R Sociedad Anónima.
Expediente N° 22-003073-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,18 de abril
del año 2022.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022664276
).
Se
hace saber que en este Despacho se tramitan diligencias no contenciosas
promovidas por Gustavo
Adolfo Rojas Antillón,
con el fin de que se nombre
un Consejo de Patrocinadores,
con el objetivo de que éstos procedan a nombrar el grupo
de directores que la Ley de Fundaciones
exige, defina sus funciones y forma en que se irá renovando, así como cualquier
otro punto relevante para el buen funcionamiento
de la fundación Conservatorio
de Castella. Se convoca a los
señores Ronald Bonilla Carvajal, Ana Rosa López
Duran, Marjorie Soto Quirós y Evelin
Soto Quirós como patrocinadores indicados por el promovente
en su escrito
inicial, así como a otros posibles
interesados en la representación de la Fundación Conservatorio Castella para que comparezcan
a una audiencia oral y se conozcan
las peticiones pendientes en el escrito
de demanda no contenciosa, incluyendo la posible ratificación del nombramiento del
presidente y nombramiento
del resto de los integrantes
de la Junta Administrativa, todo
de conformidad con lo establecido
en el artículo
11 de la Ley de Fundaciones vigente.
Para llevar a cabo la
audiencia referida se señalan
las nueve horas del veintinueve
de agosto del dos mil veintidós,
en la sala de audiencias
que será asignada posteriormente. Expediente N°
20-000979-0180-CI. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. Es responsabilidad de la parte interesada verificar los datos
consignados en este documento previo a la publicación del mismo.—Juzgado Primero Civil de San José, 11 de julio del año 2022.—Msc. Adriana Orocú Chavarría, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2022664007 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000179-0419-AG
donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Marco Tulio
Santos Jiménez Bolaños, quien es
mayor, estado civil soltero,
vecino de Caracol Norte de Corredores, portador de la cédula
de identidad vigente que exhibe número 0601810646, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es para agricultura.
Situada en el distrito Guaycara,
cantón Golfito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Allan Quiel Castro; al sur, calle
pública; al este, Juan Jiménez
Bolaños y al oeste, Allan Quiel
Castro. Mide: mil trescientos
noventa y dos metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado
número 6-2289992-2021. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una.
Que adquirió dicho inmueble por Posesión
Originaria, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de 20 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en siembra de frutales.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Marco Tulio Santos
Jiménez Bolaños. Expediente
N° 22-000179-0419-AG. Nota: Este Edicto
debe publicarse por una sola vez.
De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 15
de julio del año 2022.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022663978 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000028-0699-AG, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de Guillermo
Obando Abarca, quien es
mayor, estado civil viudo, agricultor, vecino de La
Estrella, de El Guarco, Cartago, portador
de la cédula de identidad vigente
que exhibe número
301570843, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca destinada
a siembra de cabuya, cuando
decreció el mercado de ella se destinó a potrero para
que el ganado paste, asimismo hay construido un tanque de agua. Situado en el
distrito 2°-San Isidro, cantón
8°-El Guarco, de la provincia
de Cartago. Colinda: rumbo norte:
norte: María del Rocío y
María Patricia ambas Obando Navarro; rumbo sur: Hugo Eduardo Navarro Garro y Xinia Isabel Cerdas Segura; este: María del Rocío y María Patricia ambas Obando Navarro; oeste: calle pública
con un frente de veintiséis
metros treinta y dos centímetros.
Mide: mil doscientos sesenta y ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-2320538-2021. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
en la suma de cinco millones de colones y las presentes
diligencias en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hizo su hijo
junto con los derechos posesorios
el día once de diciembre de
dos mil veintiuno, quién lo
había adquirido a su vez de su
persona por donación que hizo el día cuatro de noviembre de dos mil nueve. El promovente lo poseía a su vez desde
el año mil novecientos ochenta y dos, fecha en que su
padre Aquileo Obando Robles le donó,
quién a su vez la había poseído
desde el año mil novecientos treinta y cinco aproximadamente y hasta la fecha
lo han mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de cabuya, cuando decreció el mercado de ella se destinó a potrero. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Guillermo Obando Abarca. Expediente N°
22-000028-0699-AG. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de Cartago. Cartago, 14 de julio
del año 2022.—Lic. José Francisco Chacón Acuña,
Juez Decisor.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022663979 ).
José Giovanni Mora Mena, cédula
de identidad número 1-0889-0089, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de
San Antonio León Cortés, San José, promueve diligencia de Información Posesoria
para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble
que se describe así: Terreno de pasto. Sito en: San Antonio, distrito sexto San
Antonio, del cantón veinte de León Cortés, de la provincia de San José, Mide:
tres mil trescientos once metros cuadrados. Linda norte, José Giovanni Mora
Mena (promovente), rumbo, sur, Selenia Mora Mena y
Sergio Luis Leiva Robles, rumbo, este, Ana Mora Mena y Sergio Luis Leiva
Robles, rumbo, oeste, José Giovanni Mora Mena (promovente) y Selenia Mora Mena. Se admite la testimonial de Emilciades Antonio Mora Vargas, José Manuel Mora Gutiérrez
y Édgar Mora Fernández. Graficado en el Plano Catastrado Número 1-2083156-2018,
se estima el inmueble en la suma de tres millones de colones y las presentes
diligencias en la suma de tres millones de colones. Manifiesta que no está
inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas
reales, no existe gravamen sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de su
padre el señor Elicio Mora Badilla, aproximadamente
en el año dos mil diecisiete, por ser donación de parte de su padre, no posee
documento que conste dicha transacción y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de diez años junto con la posesión transmitida por sus anteriores
dueños. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas
diligencias para que dentro del plazo de un mes,
contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de
sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente
N° 21-000146-0699- AG, Proceso Información Posesoria, Nota: Publíquese este
edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el
principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún
tipo para su publicación.—Juzgado Agrario Cartago.
Cartago, 08 de junio de 2022.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022663980 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000027-0422-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Ana María de
Los Ángeles Salazar Solís quien
es mayor, estado civil casada,
vecina de Golfito, portadora
de la cédula de identidad vigente
que exhibe número
06-0148-0757, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno
con una casa de habitación.
Situada en el distrito primero, cantón sétimo, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Quebrada Purruja;
al este, María Esperanza Salazar Solís y al oeste, Flor María Salazar Solís. Mide:
Mil cuatrocientos noventa
metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en cuidar el
inmueble, conservarlo debidamente deslindado con cerca de alambre de púa por todos sus rumbos, chapearlo, construir dos casas, aunque ya una
no existe. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Ana María de Los Ángeles Salazar Solís. Expediente
N° 16-000027-0422-CI-9 Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo
de Golfito (Materia Civil), hora y fecha de emisión: trece horas con diez minutos del uno de febrero del dos mil veintidós.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez
Tramitador.—1
vez.—( IN2022664134 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22- 000014-1309-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Anthonny
Andrés Montero Muñoz, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Heredia, Sarapiquí, Horquetas, ciento cincuenta metros norte de la Iglesia Católica de Horquetas, portador(a) de la
cédula número 0402060511, profesión
policía, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno solar con casa. Situada en el distrito
tres, cantón diez. Colinda: al norte, con Henry Artavia Núñez y Fernando Vargas Romero; al sur, con calle pública; al este con Jennnifer Tatiana
Montero Muñoz, y al oeste, con Fernando Vargas
Romero. Mide: doscientos cincuenta y seis metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir plano: 4-2112563-2019 no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidado y mantenimiento
del inmueble. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Anthonny
Andrés Montero Muñoz. Expediente N°
22-000014-1309-CI-5.—Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo,
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia
Civil), 22 de marzo del año
2022.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022664168 ).
Según expediente N° 22-000101-0930-CI del Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, que lleva a cabo Lusania
Madrigal Campos, cédula dos-quinientos- doscientos ochenta y tres, a las ocho horas cuarenta y dos minutos del trece de junio de dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento se declara abierto el proceso sucesorio
ab instestato de quién en vida fuera
Ramón Zacarias Madrigal Villalobos, cédula de identidad número seis-cero cincuenta-doscientos
ochenta y seis casado una vez, vecino
de Astua Pirie, Cariari, Pococí.
Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante este juzgado a hacer valer sus derechos.—Guápiles, Pococí, Limón veintiuno de julio 2022.—Lic. Criselda Valverde Elizondo.—(
IN2022663776 ). 3
v. 2.
Mediante acta de apertura ante esta notaría por
Marlene de los Ángeles
Rojas Quesada, cédula uno-cero quinientos cincuenta y cuatro-cero trescientos
cincuenta y cinco, esta Notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Alfonso Quesada Lemaire, cédula uno cero doscientos catorce cero ciento ochenta y siete, vecino de San José, Paso Ancho, de Seguridad
Vial, ciento cincuenta
metros al sur. Se cita y emplaza
a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días
naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del MBA Danilo Phillips Murillo.—San
José, avenidas seis y ocho,
calle veinticuatro, frente al edificio Areke.—MBA. Danilo Phillips Murillo.—1
vez.—( IN2022663906 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Raúl
Ernesto Espinoza Espinoza, fue
mayor, casado una vez, pensionado, cédula N° 5-0093-0429, con último domicilio
conocido Guanacaste, Liberia, Barrio Moracia, 75 sur de la Iglesia San
Martín. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000308-0386-CI-7.—Juzgado
Civil y Trabajo de Primer
Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: ocho horas con trece minutos del diez de noviembre del dos mil veintiuno.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O.—1 vez.—( IN2022663926 ).
Se cita y emplaza
a los herederos y demás interesados en la sucesión legítima
extrajudicial de quien en vida fue Luz Marina Solís
Rodríguez, mayor, casada,
de oficios del hogar, cédula
de identidad número uno-cero doscientos doce-cero setecientos ochenta y uno, vecina de San José,
Goicoechea, El Carmen de Guadalupe, para que en el término
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
en este proceso
a hacer valer sus derechos,
bajo el apercibimiento de
que si no lo hicieren dentro del indicado término, la herencia pasará a quien corresponda.
El expediente se encuentra en la Notaría del Lic. Arnoldo Soley Soler, situada en San José, Zapote,
Barrio Montealegre, del Parque Los Mangos 100 metros
sur y 100 metros oeste, casa al fondo
de calle sin salida, donde puede ser consultado por cualquier interesado.—San José, once horas
del dieciocho de julio del año dos mil veintidós.—Licenciado Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—( IN2022663939 ).
Que el veintiuno
de julio del dos mil veintidós. Se solicita a Manuel Tuckler Oconnor, en mi carácter de notario público,
proceda a la apertura en Sede Notarial de Juicio Sucesorio Notarial, de quien en vida
fuera Geiner Castillo Rodríguez, cédula cinco-ciento cincuenta y ocho-novecientos ochenta y cinco; quien falleciera
el cinco de julio del dos mil veintidós. Por medio
del presente edicto se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días, de conformidad con el artículo
126.3 del Código Procesal Civil; comparezcan ante esta notaría,
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento, a los que crean tener
derecho a la herencia, de que si
no se presentan en ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Apertura de juicio sucesorio en Sede
Notarial de quien en vida fuera Geiner
Castillo Rodríguez. Notario con oficina abierta en la ciudad de La Fortuna, Centro Comercial
El Burio, segunda planta,
local número nueve, San Carlos,
Alajuela. Expediente N° 02-2022.—Ciudad de La
Fortuna, San Carlos, Alajuela, 21 de julio del
2.022.—Manuel Tuckler O`Connor, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022663940 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Anastasia Valverde Herra, mayor, estado
civil casada una vez, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad
0500760642 y vecina de San José, Moravia. Se indica a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000268-0181-CI-1.—Juzgado
Segundo Civil de San José, 18 de mayo del 2022.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza Tramitadora.—1
vez.—( IN2022663946 ).
Se cita y emplaza
por única vez a todos los
interesados en la sucesión de Blanca Rosa Coto Albán, quien fue
mayor, viuda, ama de casa, portadora
de la cédula de identidad número
tres-cero cero cincuenta y
cuatro-siete mil noventa y
seis, vecina de San José, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2022. Notaría
de la Licda. Raquel Quirós Mora en
San José, Edificio Centro Colón, último
piso. Fax número
2223-8400.—San José, 22 de julio del 2022.—1 vez.—(
IN2022663948 ).
Se hace saber: En este tribunal
de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José
David de Los Ángeles Esquivel Ramírez, mayor, divorciado, operador,
costarricense, con documento de identidad número 0105490759 y vecino de San
José, Goicoechea, Guadalupe, Mozotal. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000220-0182-CI-9.—Juzgado Tercero Civil de San José, 04 de abril del
año 2022.—Gersan Tapia Martínez, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022663958 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Alexander Alfaro Orias, mayor, Soltero, Técnico en Electrónica, costarricense, con documento de identidad 0108650629 y vecino de
Santa Cruz, Guanacaste, Santa Cruz, Barrio San Marín, doscientos
metros hacia el sur del
PANI. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación
de este edicto. Exp:21-000165-0388-CI-6.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 22 de abril del año 2021.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—(
IN2022663968 ).
Ante esta notaría
conforme al numeral 120 del C.P.C. y 129 del Código
Notarial se realizó apertura
del sucesorio 002-SU-2020 de: Uriel Ángel Elizondo Méndez, pensionado, cédula N° 2-0165-0625 y
de Cecilia Calderón Anchía; del hogar,
cédula N° 1-0234-0955; quienes en
vida fueron mayores, casados entre sí, de último vecindario
en Concepción de Alajuelita.
Se cita a terceros e interesados, para que dentro del plazo de 15 días se apersonen a hacer valer sus derechos, ante esta notaría sita
en Alajuelita, avenida cero, calle seis, caso contrario la herencia pasará a quien corresponda.—Licda. Yolanda Cecilia Solano
Rodríguez, cédula Nº 1-0606-0194. Tel 8822-0741.—1 vez.—( IN2022663969 ).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión en sede notarial ab in testato
de quien en vida fuera Steven Guevara Gutiérrez, quien fuera mayor, soltero,
Ingeniero en Producción, vecino de Arado de Santa Cruz, Guanacaste, ciento
cincuenta metros al Oeste y ciento cincuenta metros al Sur de la Ermita,
portador de la cédula de identidad número cinco-trescientos ochenta y
uno-ciento ochenta; para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de éste edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda.- Expediente
001-2022. Santa Cruz, Guanacaste, veintidós de julio del año dos mil veintidós.
Licda. Alicia Esquivel Carranza. Notaría Pública con oficina en Santa Cruz,
Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al Sur del antiguo Palacio Municipal.—Licda. Alicia Esquivel Carranza.—1 vez.—(
IN2022663976 ).
Proceso sucesorio
notarial Mauro Jafet Leal Sovalbarro,
Notaría:
Violeta Mendoza García. Expediente:
006-2022. Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por: Jafet
Leal Sovalbarro, a las diecisiete
horas del día trece de julio
del año dos mil veintidós,
y comprobado el fallecimiento del señor Aurelio
Leal Álvarez, mayor, soltero, cédula: cinco cero dos nueve ocho cero seis cero dos, vecino
de Cementerio de Río Seco, de las Delicias de Santa Cruz, fallecido
el día dieciséis de junio del dos mil veintidós. Esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato, bajo el expediente número 001-2022. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Violeta
Mendoza García Notaria Pública con
oficina en Las Palmas
Carrillo, Guanacaste; Teléfono 60776823. Las Palmas a
las diecisiete horas del día trece
de julio del año dos mil veintidós.—Licda. Violeta Mendoza García, Notaria.—1 vez.—( IN2022663985 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión ab intestato que tramita ante esta notaría bajo el expediente N°
cero cero cero dos-dos mil veintidós, de quien en vida fue
la señora: Nidia Santamria Álvarez,
mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Alajuela, Itiquis,
Calle Loria, de la Pulpería el
Durazno, cien metros al este,
cédula número:
dos-tres uno ocho-cero seis
uno, quien falleció en la Cuidad de Alajuela,
Central, Alajuela, el veintiséis
de abril del dos mil veintidós,
para que dentro del plazo
de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso comparezcan ante este despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría ubicada en la ciudad de Alajuela, Central, Urbanización
Barcelona, casa número setenta
y cinco, Central. Es todo. Publíquese.—Lic. Mario Morales Arroyo, Notario.—1 vez.—( IN2022664035 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Iris María Irías Hernández, cédula N° 2-285-140; a las 17 horas del 23
de mayo del 2022, comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Ángela del Carmen
Hernández Gutiérrez, quien fue
viuda, ama de casa, vecino
de Alajuela, Atenas centro, cédula N° 4-0063-0602, fallecido el veintitrés
de febrero del dos mil veintidós.
Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
licenciada Rosa María Artavia
Sánchez, ubicada en la
ciudad de Atenas, frente el
costado este del Mercado
Municipal edificio Vicdani segunda planta, Teléfono dos
cuatro cuatro seis-tres siete-cero nueve. Publicar uno vez en el Boletín
Judicial.—Licda. Rosa María Artavia
Sánchez, Notaria.—1 vez.—(
IN2022664044 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Efraín
Braulio Niño Torres, mayor, casado, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0600590843
y vecino de San José, San Josecito
de Las Vistas De Alajuelita, 350 mts sur. Se indica a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto.
Exp:22-000235-0182-CI-5. Notas 1) Publíquese este edicto por una
sola vez en el Boletín Judicial.
2) Este documento fue
enviado a la Imprenta
Nacional para su publicación,
debe comunicarse con dicha entidad para la respectiva cancelación de los derechos de publicación.
<A_FECHAEMISIONFIRMA[-R1]>.—Juzgado
Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. Hora y
fecha de emisión:.—Licda. Adriana Brenes Castro, Juez.—1 vez.—( IN2022664062 ).
Se cita y emplaza
a todas las personas herederas,
legatarias y demás interesadas en la sucesión de quien en vida fue
la señora Francisca Norma Morales de López, nicaragüense, mayor de edad, casada una vez,
ama de casa, con cédula de identidad número: cuatro ocho uno uno cero uno cero cuatro cuatro
cero cero cero cero N, portadora del pasaporte nicaragüense número: C cero uno uno nueve siete uno seis ocho, y vecina de Nicaragua,
Nueva Segovia, Ocotal, del centro
escolar Carlos Tercero, cincuenta
metros al sur y cien al oeste,
quien falleció el siete de mayo del dos mil veintidós en Nicaragua, para que,
en el plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que, si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría Pública de José Miguel
Estrada Castro, ubicada en el Cartago, Cartago, Dulce
Nombre, Condominio Hacienda
Las Cóncavas, número uno. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil veintidós.—Cartago,
21 de julio del dos mil veintidós.—Lic. José Miguel Estrada Castro, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022664070 ).
El suscrito,
Luis Diego Salazar Gonzalo, notario público de San José, pone en conocimiento la apertura
extrajudicial de la sucesión de quien
en vida fuera
Eulogía Lidia Vega Mora, mayor, casada
una vez, pensionada, cédula uno- doscientos
cincuenta y ocho-setecientos
cincuenta y tres, vecina de La Florida de Tibás, fallecida el treinta
de mayo del dos mil veintidós, en
San José, por lo que se solicita
a todos los interesados apersonarse en los siguientes
quince días para hacer valer
sus derechos, al correo electrónico
ldsgonzalo@abogados.or.cr.—San José, 22 de julio del
2022.—Lic. Luis Diego Salazar Gonzalo, Notario Público.—1 vez.—( IN2022664072 ).
Se hace saber en
este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Oder Andrei Herrera Meza, mayor, estado civil soltero en unión
de hecho, profesión u oficio enfermero, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0603420290 y vecino de Golfito,
Residencial Ureña. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000011-0423-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo
de Golfito (Materia Civil). hora y fecha
de emisión: quince horas con cincuenta
y dos minutos del diez de mayo del
dos mil veintidós.—Luis Diego Bonilla
Alvarado, Juez Tramitador.—1
vez.—( IN2022664088 ).
Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
en la sucesión ab intestato en sede
notarial de Ivonne Salazar Ocañas, quien fuera mayor de edad, casada en
segundas nupcias, con
cédula de identidad número
uno-cero cuatrocientos cuarenta
y seis-cero setecientos siete,
con último domicilio en San José, Goicoechea, Calle Blancos. Para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos ante mi notaría, sita en
San José, avenidas once y trece,
calle diecinueve número once veintidós, con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero dos - dos mil veintidós.—San
José, doce de marzo del dos
mil veintidós.—José Manuel Mojica Cerda, Notario Público.—1 vez.—( IN2022664092 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la Sucesión Testamentaria en Sede Notarial de Ezequiel
Eduardo Alfaro Jiménez quien en
vida fue mayor, casado una vez,
arquitecto, vecino de San
José, San Rafael de Escazú del Centro Comercial Rolex Plaza, ochocientos
metros al sur, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento treinta y dos-doscientos cincuenta y dos, para
que dentro del plazo de
quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en
San José, Notaría del Lic.
Walter Gerardo Gómez Rodríguez, sita en el Bufete
Projur Abogados, sito en San José, Barrio González Lahmann,
doscientos oeste de la
Fundación Omar Dengo, casa blanca
a mano derecha, portón
negro. Teléfono dos dos ocho cero- ocho uno ocho cero, Fax dos dos ocho-ocho cinco cinco dos, correo electrónico: notificaciones@projurcr.com.-
Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. - San José, 21
de julio de 2022. Sucesión
de Ezequiel Eduardo Alfaro Jiménez en Sede Notarial. Expediente 01-2022.—Notaría del Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, carné
15832.—1 vez.—( IN2022664096 ).
Se cita a todos
los interesados de la sucesión de Lilliam Beleida Rojas
Delgado, cédula de identidad número
1-0510-0380, fallecida el
día 28 de agosto de 2021, para que comparezcan dentro de los 15 días posteriores a la publicación de este edicto a la oficina del suscrito notario ubicada en Heredia, calle 2, avenidas 1 y 3, correo electrónico manuelvilchez@ice.co.cr, teléfono
2237-2711, a aceptar la herencia
y hacer valer sus derechos,
caso contrario la herencia pasará a quien corresponda.—Heredia, 22 de
julio del 2022.—Lic. Manuel
Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—( IN2022664108 ).
Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó William Barrantes Arroyo, mayor, estado
civil casado, agricultor, costarricense, con documento de identidad uno-cero novecientos cinco-cero ochocientos catorce y vecino de Pejibaye,
Pérez Zeledón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000182-0188-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), hora y fecha
de emisión: diez horas del diecinueve de julio del dos mil veintidós.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila,
Jueza.—1
vez.—( IN2022664177 ).
Se hace saber que en mi notaría, ubicada en San José, Escazú, San Rafael, Urbanización
Los Anonos, número noventa y siete, se tramita el proceso
sucesorio acumulado de quienes en vida
fueron Claudia Quirós Zúñiga,
mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San
José, Goicoechea, San Francisco, portadora
de la cédula de identidad uno cero ciento sesenta y siete cero doscientos ochenta y tres y Santiago Mora
Santamaría, mayor, casado una
vez, vecino de San José, Goicoechea, San Francisco, portador
de la cédula de identidad uno cero trescientos cuarenta y seis cero trescientos treinta y cinco, fallecidos respectivamente en San José, el 29 de agosto del 2019 y el 21 de junio del 2005. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a cualquier interesado para que dentro del plazo de Quince días que dispone el
artículo 126.3 del Código Procesal
Civil comparezcan a hacer valer sus derechos, con la advertencia
de que si no comparecen dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2022-NOT.—San José, veintisiete de junio del dos mil veintidós.—Licenciada Patricia
Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(
IN2022664199 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión en sede
notarial del causante: Gilberto Leiva
Leiva, mayor, casado una vez, vecino
de la misma dirección que la
primer compareciente, agricultor,
cédula uno-cero doscientos noventa
y siete-cero cuatrocientos sesenta y cuatro,
para que dentro del plazo
de Ley, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en
San José, Desamparados, Entrada a la Lucha, setenta y cinco metros oeste de la escuela José Ángel Padilla Solís. Se apercibe
a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Gilberto
Leiva Leiva en Sede Notarial. Expediente
0003-2022. Notaría del Lic.
Ronald Hidalgo Vega. Teléfono: 8856-2957.—1 vez.—(
IN2022664210 ).
En esta Notaría se tramita el sucesorio
de Marco Antonio
Camacho Vargas, cédula 9-0025-0608, último domicilio en Heredia, San Rafael.
Se convoca a herederos, legatarios y terceros interesados a presentar sus reclamos dentro de los 15 días posteriores a esta publicación, en Tibás, Anselmo Llorente, calle 25, avenida 53, Nº 20.—Tibás, 25 de julio de 2022.—Daniel Bolaños Zamora, Notario. 83186511.—1 vez.—( IN2022664227 ).
Se hace saber que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio
en sede notarial del señor:
Rigoberto Gerardo Bolaños Barrantes, mayor, casado dos veces, comerciante, vecino de Alajuela, Grecia, Bolívar, trescientos metros al noroeste de
la Iglesia Católica de Cajón, portador
de la cédula de identidad numero
dos-cero cuatrocientos veintiuno-cero
seiscientos sesenta y ocho. Se cita y emplaza a todos los herederos, legataries, acreedores y en general a todos los interesados
para que dentro del plazo
de quince días contados a partir de esta primera y única publicación comparezcan ante esta notaría, situada en
Alajuela, Grecia, veinticinco metros al este de la Gasolinera Delta, en la notaría de la Licenciada Laura Ramírez
Brenes, a hacer valer sus derechos, y se apercibe a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien
corresponda por ley. Expediente N° 02-2021. Notaría de Laura Ramírez Brenes.—Grecia, 22 de julio del 2022.—Licda. Laura Ramírez Brenes,
Notaria.—1 vez.—(
IN2022664237 ).
Se hace saber que, ante esta
notaría, se tramita el Proceso Sucesorio en Sede Notarial de la señora fue la
señora Idalia Delgado Fernández, quien fue casada una vez, ama de casa, con
cédula de identidad número dos - cero doscientos ochenta -cero setecientos
doces, con ultimo domicilio vecina de Alajuela,
Atenas, Concepción de Balsa, setenta y cinco metros al norte y veinticinco
metros al oeste del Súper La Arrocera. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del
plazo de quince días, contados a partir de esta primera y única publicación,
comparezcan ante esta Notaria situada en Alajuela, Grecia, veinticinco metros
al este de la gasolinera Delta, en la Notaria de la Licenciada Laura Ramírez
Brenes, a hacer valer sus derechos, y se apercibe a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda por Ley. Expediente Nº
03-2022. Notaria de Laura Ramírez Brenes.—Grecia, 22
de julio del 2022.—Licda. Laura Ramírez Brenes.—1 vez.—( IN2022664238 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión en sede
notarial de quien en vida fue: Amparo Isabel De Los Ángeles Molina Mora, mayor, casada
de segundas nupcias, ama de
casa, con cédula de identidad N° 900240642, vecina de San José, cantón
central, distrito El Carmen, de la antigua Bomba Gasotica,
200 metros sur y 200 metros este, calle
19, Carlos María Jiménez, casa N° B-32, para que dentro
del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de ese edicto comparezcan a
reclamar sus derechos y, se aperciben
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Alajuela, 23
de julio del 2022.—Licda.
Mónica Elena Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—( IN2022664239 ).
Se cita y emplaza
a los posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
en el proceso
sucesorio en sede notarial de Consuelo Gómez Solano,
mayor de edad, casada, del hogar, vecina de San José,
Central, San Francisco de Dos Ríos, Santa
Marta, con cédula de identidad número
tres-cero ciento noventa y ocho-mil doscientos veintitrés, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos ante la notaría de la licenciada Verónica
Ureña Rojas, con oficina abierta en la ciudad de San José,
Desamparados, Damas, Villas Don Alfonso y como medio
de notificaciones el correo electrónico
info@umasesores.net, con el apercibimiento
de que en caso de que no se
presenten dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Albacea: María de los
Ángeles Gómez Solano. Expediente N° 0001-2022.—San José, veintiséis
de julio del dos mil veintidós.—Licda.
Verónica Ureña Rojas, Notaria.—1
vez.—( IN2022664252 ).
MSC. Cynthia Rodríguez Murillo Jueza
del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber al señor Bladimir Aragón Ocampo, mayor, de nacionalidad
nicaragüense, demás calidades y domicilio desconocidos, que en este despacho el
Patronato Nacional de la Infancia
interpuso proceso de depósito judicial a favor de la persona menor
de edad Tiffanny Karina
Aragón Arara, bajo el número de expediente
210010770364FA, donde se ordenó
notificarle por edicto el contenido
de la resolución que literalmente
dice: “Juzgado de Familia de Heredia, a las quince
horas treinta y cuatro minutos
del veintiocho de mayo de dos mil veintiuno.
De las presentes diligencias de depósito
de la persona menor Tifanny
Aragón Araya, promovidas por
el Patronato Nacional de la
Infancia, se confiere traslado por tres
días a Bladimir Aragón Ocampo, a quien se le previene que en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente,
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que, resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de
trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Depósito provisional: En atención al mejor interés de la persona menor de edad, y en aplicación
del artículo 113 del Código de la Niñez
y la Adolescencia de conformidad
con la ampliación de poderes
de la persona juzgadora, con el
fin de salvaguardar la integridad
física y emocional
de la persona menor de edad
se concede el depósito provisional
del menor de edad Tifanny Aragón Araya a la señora Dignora Araya Castillo
-abuela materna-, a quien deberá apersonar el ente promovente
dentro del plazo de tres días con el fin de aceptar el cargo conferido. Notifíquese esta resolución a Bladimir Aragón Ocampo por medio de edicto,
que se publicará por tres veces consecutivas
en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado...” 20/04/2022. Nota: Publíquese este edicto por
única vez. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida
por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—O. C. Nº
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022663262 ). 3 v. 3.
Se cita
y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
judicial de la persona menor de edad
Kristel Daniela Espinoza Vargas, para que se apersonen
a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente
N°21-000210-0292-FA. Clase de Asunto
deposito judicial. Nota: De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces
consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. A las veinte horas cincuenta minutos del veintitrés de mayo de
dos mil veintidós. 23 de mayo del año
2022.—Msc. Liana Mata
Méndez, Juez(a).—O. C. N°
364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663565
). 3 v. 3.
Silan Priscila Navarro Jiménez, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace
saber a Naraya Josefa Bonilla Baltodano,
documento de identidad
0503510579, soltero/a, oficios
domésticos, vecino de paradero desconocido,
que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de suspensión de patria potestad en su contra por
parte del señor Shayne
Andrew Karas no indica segundo apellidos,
bajo el expediente número 21-000484-0187-FA donde se
dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las quince horas ocho minutos del ocho de febrero de dos mil veintidós. Se accede a la solicitud formulada por el actor en
su memorial de fecha ocho de febrero de dos mil veintidós, por lo que se ordena reconducir el proceso a uno abreviado de suspensión de la
patria potestad, esto en atención al mejor interés para la persona menor de edad, del cual se confiere audiencia por el plazo
perentorio de diez días a
la señora Nayara Josefa
Bonilla Baltodano, para que se oponga
a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta
N°20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión
N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo,
por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Karol Vindas
Calderón, Jueza. Nota: Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Silan
Priscila Navarro Jiménez, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022663828 ).
Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace
saber a Tiffany Natascha Fernández Hernández,
documento de identidad
1-1787-0799, Soltera, Dato Desconocido,
vecino de dato desconocido , que en este Despacho se interpuso un proceso Procesos Especiales de Declaratoria Judicial de Abandono
con fines de Adopción en su contra, bajo el expediente número
19-001223-0364-FA, donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: Se tiene por establecido el presente Proceso
Especial de Declaratoria de Abandono
con fines de Adopción de la persona menor de edad Dreysler
Fernández Hernández, planteado por
Patronato Nacional de la Infancia
Local Sur de Heredia contra Tiffany Natascha Fernández Hernández, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte que, si no contesta en el
indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una
convocatoria a una
audiencia oral y privada, conforme
lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas
las pruebas, se dictará sentencia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
Gestión en línea: Si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a
internet desde su hogar o un café internet, se le insta
a usar el Sistema de Gestión
en Línea, a señalar este medio para recibir notificaciones, e ingresar escritos directamente al expediente; lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial
www.poderjudicial.go.cr. al link Gestión en Línea y con la clave que se le
proporcionará personalmente
en el despacho,
usted podrá ingresar desde cualquier dispositivo electrónico a consultar su expediente, revisar sus notificaciones así como los
escritos presentados, con
lo anterior se evitará largas
filas. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14,
celebrada el 6 de mayo del
2014, artículo XLIII, se le previene
a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar
de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre
de algún familiar o vecino
a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que si por el
monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones
económicas no le es posible
pagar los servicios profesionales de un
abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios
Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro,
San José, y se atiende de Lunes a viernes
de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de
Heredia, horario de atención:
Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2277-6715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a
viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 2283-5533. En otros lugares
del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así
como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín
de Flores de Heredia, competencia únicamente
vecinos de Flores, Belén y
Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 2265-5640. Y en la Defensa Publica de Heredia.
Teléfono 2560-0659. Se advierte,
eso sí, que la demanda debe ser contestada en el
plazo que se le ha concedido,
por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)” Siendo que la Ley No. 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29 de enero de2009 y que entrará en vigencia el
28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos
de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58)
y en todos los demás procesos,
las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática.
(Art.34). Así las cosas, se
le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una
única vez y no cada vez
que señale ese medio). Para ello
debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar
la ejecución de una prueba hacia el
casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr
para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento
a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada
a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Medida cautelar: Se otorga el depósito judicial provisional de la
persona menor de edad Dreysler Fernández Hernández a la Institución
que representa la Licda. Kathya Vargas Cubillo, de la Oficina
Local del PANI, Local Sur de Heredia. A la cual se le
previene que deberá comparecer a este
despacho en el plazo de tres
días, a aceptar y jurar el cargo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 del Código
de Familia. Lo anterior, bajo apercibimiento de que en caso de omisión
se procederá a nombrar un profesional en derecho en su lugar.
Prevención: Previamente a enviar la comisión para notificar a la parte demandada personalmente, deberá la parte actora aportar un juego de copias de todo el expediente,
de lo contrario no se confeccionará
la misma. Se le hace saber
a la parte interesada que dichas copias deberán
ser presentadas exclusivamente
en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante
respectivo. Lo anterior deberán
cumplirlo en el plazo de tres
días, bajo apercibimiento de que en
caso de incumplimiento, no
se atenderán sus futuras gestiones y se ordenará el archivo. (artículo
136 del Código Procesal Civil). Notifíquese
esta resolución a la demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de
ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales.
Para estos efectos, una vez que cumplan con la prevención supracitada, se comisionará a la Oficina de
Comunicaciones y Otras Comunicaciones; de Heredia. Notifíquese.
Lo anterior se ordena así en Proceso Procesos
Especiales de Patronato
Nacional de la Infancia contra Tiffany Natascha Fernández Hernández. Expediente Nº
19-001223-0364-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia,
03 de junio del 2022.—Lic.
Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022663831 ).
Licenciada Marisel Zamora Ramírez, Jueza del
Juzgado de Familia el
Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos, al señor Rossini Amauri Martínez, se
le hace saber que en proceso de Divorcio, expediente número
21-001504-1302-FA, incoado por
Cinthya María Garita Chaves, se dictó la resolución que literalmente dice:
Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, a las diez horas cuarenta y ocho minutos del trece de julio de dos mil veintidós. En virtud del escrito
incorporado por el curador procesal
en fecha 12/07/2022, se tienen por hechas
sus manifestaciones y por aceptado el cargo conferido mediante auto de las diez horas cuarenta y siete minutos del ocho de julio de dos mil veintidós. Ahora bien, de la
anterior demanda Abreviada
de Divorcio establecida por el accionante
Cinthya María Garita Chaves, se confiere traslado a la accionado Rossini Amauri Martínez por medio de su curador procesal
por el plazo
perentorio de diez días,
para que se oponga a la demanda
o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en Sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo,
por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
N° 78-07 celebrada el 18 de
octubre 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución al demandado por medio de su representante su curador procesal. Asimismo, siendo que el demandado es de domicilio desconocido se ordena notificar a dicho señor el
auto de traslado por medio
de edicto que se publicará por única vez
en el Boletín
Judicial de conformidad con el
artículo 263 del Código Procesal
Civil. Notifíquese. Nota:
De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por única vez.—Juzgado
de Familia el Segundo Circuito
Judicial de Alajuela San Carlos.—Msc. Marisel Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022663901 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Aracelly
Nazira González Quintero mayor, soltera, oficios domésticos, documento de identidad N°
0603880333, vecina de Panamá, Chiriquí, Puerto Armuelles, Corregimiento Rodolfo Aguilar, Burica, de Coopemapache 800
metros hacia Blanco Arriba, casa de zócalo, en el
cual pretende cambiarse el nombre
a Ana Lorena González
Quintero. Se concede el plazo
de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten
al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55
del Código Civil. Expediente N° 22-000056-0920-CI-2, promovido por Aracelly
Nazira González Quintero.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Sur (Corredores) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con cuarenta y seis minutos
del ocho de julio del dos
mil veintidós.—Dany Gerardo Matamoros Bendaña,
Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022663919 ).
Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez,
Juez del Juzgado Familia,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica
de Quepos (Materia Familia), a Isabel Cristina García Figueredo, en
su carácter personal,
mayor, Casada, de vecindario
desconocido, documento de identidad 139122754, se le hace
saber que en demanda abreviado, establecida por Álvaro Asch Vargas, contra Isabel Cristina García
Figueredo, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2020000099. Juzgado
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), a las ocho horas y cincuenta y ocho minutos del siete de mayo de dos mil veinte. Proceso abreviado, establecido por Álvaro Asch
Vargas, mayor, casado, administrador,
vecino de Puntarenas, Quepos, Manuel Antonio, cédula
N° 0107110947 contra Isabel Cristina
García Figueredo, mayor, casada, vecina
desconocido, portadora del pasaporte de la República de
Venezuela número 139122754. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: Conforme
lo expuesto y artículos 52
de la Constitución Política de Costa Rica y 1, 2, 8,
41, 58 inciso 8, del Código de Familia, se acoge la excepción de falta de derecho invocada por la representación de la parte demanda, se declara sin lugar el proceso abreviado
de separación judicial promovido
por el señor
Álvaro Asch Vargas contra la señora
Isabel Cristina García Figueredo. Son ambas costas en relación a la demanda a cargo de la parte actora, el señor
Álvaro Asch Vargas. Notifíquese. Licda.
Johanna Vargas Hernández. Jueza de Familia. Expediente: 190002161591FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez.—Juzgado Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica
de Quepos (Materia Familia).—Lic. Douglas Ruiz
Gutiérrez,
Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—(
IN2022663988 ).
Msc. Felicia Quesada Zúñiga Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace
saber a John Sandigo Jirón,
documento de identidad
155807381914, casado, no indica, vecino
de desconocido, que en este Despacho se interpuso un Proceso Divorcio en su
contra, bajo el expediente número 21-000391-0364-FA, donde
se dictaron las resoluciones
que literalmente dicen:
“... Juzgado de Familia de Heredia. A las catorce horas nueve minutos del catorce de julio de dos mil veintiuno. De la
anterior demanda abreviada
de divorcio establecida por Valeria del Rosario Toribio López, se confiere traslado a la accionada John Sandigo Jirón por el
plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20,
del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido
de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por loque no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio,
e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
Se informa a la parte demandada que, si por el monto
de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por
limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios
profesionales de un abogado, puede
recibir asistencia jurídica en los
Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad
de Costa Rica se encuentran ubicados
frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las
19:30 horas, y los sábados
de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí,
que la demanda debe ser contestada en el
plazo que se le ha concedido,
por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”.
Siendo que la Ley No. 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el
28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos
de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58)
y en todos los demás procesos,
las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática.
(Art.34). Así las cosas, se
le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento
de Tecnología de Información
del Poder Judicial (gestión
que debe hacerse una única vez y no cada vez
que señale ese medio). Para ello
debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar
la ejecución de una prueba hacia el
casillero electrónico que
se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr,
para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento
a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento
citado ingresará la cuenta
autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad
con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada
el 6 de mayo del 2014, artículo
XLIII, se le previene a la parte
actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar
de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún
familiar o vecino a través
del cual pueda lograrse el contacto
con las partes. Nombramiento
de curador: Previo a ordenar el nombramiento
de un Curador Procesal, y habiendo accesado este Juzgado a la Consulta Electrónica de Extranjeros Residentes según constancia de página 49 del expediente electrónico, se obtuvo que la dirección registrada por John Sandigo Jirón, cédula de
residencia 155807381914, al día de hoy es: Heredia, Barva,
San Pablo, Frente al Club de León,
se ordena agotar la misma, remitiendo la Comisión respectiva a dicha dirección. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de
ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y otras Comunicaciones; Heredia. En
caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso
de la persona funcionaria notificadora,
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Previo a su notificación aporte el actor un juego de copias de todo el expediente
en la secretaria del despacho, dentro del plazo de tres días, bajo el apercibimiento de que, si no lo hiciera, no se le atenderán futuras gestiones (art. 136 del
Código Procesal Civil). Notifíquese.
Msc. Felicia Quesada Zúñiga. Juez(a)...” Lo anterior se ordena así en
proceso divorcio de Valeria
Del Rosario Toribio López contra John Sandigo Jirón; Expediente
Nº21-000391-0364-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 20 de abril del año 2022.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga,
Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022663990 ).
Me
manifestaron que desean contraer matrimonio: Adelina
Santos Miranda, conocida como:
Adelina Santos González, mayor, divorciada, costurera, cédula N°
6-196-040, nacida en
Puntarenas Buenos Aires, hija de Nicolás Santos
Palacios, María Cosme Miranda Guerra y Luis Carlos de
Gerardo Cubero Vega, mayor, soltero, agricultor, cédula N°
2-432-975, ambos vecinos Alajuela, Sarchí, Sabanilla del Cruce de
San Jerónimo cuatrocientos
metros al norte nacido en Sarchí Norte, hijo de Rubén Cubero Rojas y Ilma
Vega Bonilla Lo presente se publica para que terceros interesados en término de ley oponga cualquier objeción, comunicarlo a la oficina de la notario María
Alejandra Conejo Corrales, Sarchí
Norte, 200 metros al norte del Beneficio
la Eva, 19 de julio del dos mil veintidós.—María
Alejandra Conejo Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2022663953 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil
Jorge Arturo Ramírez Núñez, mayor, Soltero, Comerciante, vecino de Dulce Nombre, Urbanización Bruma Azul, casa 82, Cartago, cédula de
identidad número
0304980137, hijo de Elizabeth Núñez
Portugués y Rómulo Ramírez
Córdoba, nacido en Oriental
Central Cartago, el 26/10/1996, con 25 años de edad y Sharon Virginia Zúñiga Vega, mayor, Soltera, Estudiante, vecina de Dulce Nombre de Cartago, Urbanización
Bruma Azul, casa 82, cédula de identidad número 0305460372, hija de Jenny
María Vega Vargas y Jonny Alvan Zúñiga Solano, nacida en Oriental Central
Cartago, el 28/06/2003, actualmente
con 18 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº22-001335-0338-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por única vez
en el Boletín
Judicial.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, fecha, 07 de junio del año 2022.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—-( IN2022663974 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio
civil: Segundo Álvarez Morales, mayor, soltero, cédula de identidad número 0901050150, vecino de Puntarenas,
Corredores, Laurel, Caracol,
300 metros sur de la plaza de deportes, hijo de Petrona Rita Morales Traña e Isidro Álvarez Acosta, nacido
en Centro Golfito, Puntarenas, el
02/04/1960, con 62 años de edad;
y Nelsy María Arias Castillo, mayor, soltera, cédula de identidad número 0106710061, vecina de
Puntarenas, Corredores, Paso Canoas, arriba, frente a la pulpería El Ranchito, hija de
Amada Castillo Arauz y Rodrigo Victorino
Arias, nacida en Hospital
Central San José, el 27/02/1966, actualmente
con 56 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000442-1304-FA, Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores)
(Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, fecha, 18 de julio del año 2022.—Msc. Johanna Vargas
Hernández, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022663975 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil los señores Víctor Manuel Torres
Rivera mayor de edad, costarricense,
divorciado en primeras nupcias, peón de construcción, cédula de identidad número 2-0339-0423, nacido en San José, cantón central, Distrito Catedral
el 18 de enero de 1959, con
63 años cumplidos, hijo de Elena Torres Rivera y Francisca Matilde Rayo Silva,
mujer, soltera, mayor de edad, nicaragüense, oficios domésticos, pasaporte de la República de Nicaragua número
C1428991, nacida en el Municipio de San Isidro, Departamento
de Matagalpa, República de Nicaragua, el 3 de marzo de 1976, hija de Leocadio Rayo Mendoza y Francisca Silva Rodríguez, con 46 años de edad cumplidos,
ambos vecinos de Barrio Güell,
Plaza Cleto González Víquez,
de la Iglesia Cuadrangular
15 metros al sur, casa 2615 y que manifiestan: “Tenemos una hija
en común de nombre Andrea Cristina Torres Rayo, mayor de edad, nacida el
31 de agosto de 1998, cédula de identidad
número 9-0136-0630. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº22-000426-0186-FA. Nota: Publíquese
por una sola vez en el
Boletín Judicial Gratuidad.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de San José, San
José, fecha, 08 de julio
del año 2022.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021B.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022663977 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Erick Roberto Arauz Gutiérrez, mayor, Soltero, deshuesador, cédula de identidad número 0115870151, vecino de
Alajuela, Barrio San José, Calle San Pío, hijo de Yajaira Gutiérrez Torres y Pablo Antonio
Arauz, nacido en Hospital Central, San José, el
01/11/1994, con 27 años de edad,
y Jesica Auxiliadora AlemÁn
González, mayor, Soltera, ama de casa, número de pasaporte C02709472, vecina de Alajuela, Barrio San José,
Calle San Pío, hija de VÍctor Manuel AlemÁn Mena y Bartola De Jesús González Centeno, nacida
en Granada, el 29/07/1988, actualmente con 33 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-001219-0292-FA. Nota: Publíquese
una vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Alajuela, fecha, 05 de julio del año 2022.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021B.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022664223 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Jorge Alvarado Varela, mayor de edad, divorciado, cédula de identidad 1-507-313, ocupación contador, vecino de Alajuela, Urbanización Lisboa, hijo de Nautilio Alvarado Zúñiga y de María Luisa Varela Conejo
ambos de nacionalidad costarricenses,
nacido en San José, en fecha 25 de octubre de 1958, con 63 años de edad, y la señora Mónica
Hernández Villalobos, mayor de edad, soltera, cédula de identidad
2-661-328, ocupación ama de casa, vecina de Alajuela, Urbanización Lisboa, hija de Gerardo Humberto
Hernández Elizono y Milber
Villalobos Salas ambos de nacionalidad costarricense, nacida en Centro Central Alajuela, en fecha 15 de julio de 1986, con 35
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº22-001047-0292- FA. nota:
Publíquese por una vez. De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta
de todo pago de derechos.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
Alajuela, fecha 13 de julio del año 2022.—Msc. Francinni Campos León, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021B.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022664254 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Erick Roberto Arauz
Gutiérrez, mayor, soltero,
deshuesador, cédula de identidad
número 0115870151, vecino
de Alajuela, Barrio San José, Calle San Pío, hijo de Yajaira Gutierrez Torres y Pablo Antonio Arauz, nacido en
Hospital Central San José, el 01/11/1994, con 27 años de edad, y Jesica Auxiliadora Alemán González, mayor,
soltera, ama de casa, número
de pasaporte C02709472,
vecina de Alajuela, Barrio San José, Calle San Pío, hija de Víctor Manuel Alemán Mena y Bartola De Jesús
González Centeno, nacida en
Granada, el 29/07/1988, actualmente con 33 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente
N°22-001219-0292-FA. Nota: Publíquese
una vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, Alajuela, fecha, 05 de julio
del año 2022.—Msc. Francinni Campos Leon, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022664268 ).
Dentro del expediente
20-001274-0064-PE, contra Jessica Carolina Hernández López, por
el delito de Hurto Simple, en perjuicio de Brunilda De Los Ángeles
Bustos Aguilar, se delegó Acción
Civil Resarcitoria por parte de la Licenciada Elvia Jeanneth Quirós Quirós, en representación de la ofendida
Brunilda De Los Ángeles Bustos Aguilar, por lo
que se ha ordenado notificar
la resolución de las once horas siete
minutos del veintiuno de junio de dos mil veintidós, a la señora Jessica Carolina Hernández López, cédula de identidad número0207740496, en la
cual, de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, se le comunica el contenido de la presente acción civil resarcitoria, como tercera civilmente demandada, quien podrá oponerse dentro de los cinco
días hábiles siguientes después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. Se le previene a la
demandada civil que deberá señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas
del despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas
con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. (Artículo 354, 357 y 433 del Código Procesal
Civil; 6 y 12 de la Ley de notificaciones y Citaciones Judiciales) . Lo anterior de acuerdo con la
circular N° 65- 2004, que autoriza la publicación del edicto a efecto de notificar a las partes y de conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez. Comuníquese.—Programa Justicia Restaurativa
(Oficina de Justicia Restaurativa
de Pérez Zeledón), al ser las quince horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintidós.—Licda. Estela Tenorio
Fernández Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022664340 ).