BOLETÍN JUDICIAL N° 171 DEL 12 DE SETIEMBRE DEL 2022
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN DE GESTIÓN
HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR N° 157-2022
ASUNTO: Al
personal que integra las brigadas de evacuación se le dará prioridad para matricular curso
virtual “Atención de Emergencias
en caso de sismo, incendio o amenaza de bomba”
AL TODO EL PERSONAL
JUDICIAL DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N° 70-2022, celebrada el 18 de agosto de 2022, artículo XXXV, dispuso a solicitud de la Dirección de Gestión Humana, informar a todo el personal judicial, que quienes integran las brigadas de evacuación de cada Circuito Judicial, serán el grupo
prioritario para matricular el
curso virtual “Atención
de Emergencias en caso de sismo, incendio o amenaza de bomba” por lo que deberán las respectivas jefaturas brindar el apoyo y el
espacio para su realización.
De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Publíquese una
sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 26 de agosto de 2022.
Licda.
Silvia Navarro Romanini,
Secretaria General
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022674146 ).
CIRCULAR N° 162-2022
ASUNTO: Reiteración de las disposiciones relacionadas con
la obligación de mantener todos los registros actualizados en el Sistema de Gestión y Escritorio Virtual en materia de violencia
doméstica.
A TODOS LOS JUZGADOS
CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión número
67-2022 celebrada el 09 de agosto del 2022, artículo XL, dispuso reiterar a los Juzgados contra la Violencia Doméstica del país su obligación
de actualizar los resultados de las audiencias inmediatamente
por parte de la persona juzgadora que llevó a cabo la diligencia, dando cumplimiento a la circular 023-2021, sobre
la importancia de mantener actualizado los sistemas informáticos y efectuar un registro diario y actualizado de la información de esos sistemas, entre ellos el Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales (SCGDJ) y el de la
Agenda “Cronos”. Asimismo, reiterar
a los Juzgados contra la Violencia Doméstica del país, el deber
de actualizar las fases de los expedientes, según las cuatro fases que existen en materia
de Violencia Doméstica, conforme lo dispone la circular 63-2022 y la actualización de los sistemas según circulares 87-15,
159-15, 27 y 28-16, 160-16, 89-18, 133-18 y 94-2019, con relación
a la obligación de mantener
todos los registros actualizados en el Sistema de Gestión y Escritorio Virtual. Además, deberán los Juzgados contra la Violencia Doméstica del país velar por la actualización de la información en el sistema
una vez vencido
el plazo de vigencia de las medidas de protección, para evitar mantener en circulante,
asuntos que no corresponden.
De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en
el Boletín
Judicial.
San José, 31 de agosto de 2022.
Msc.
Maricruz Chacón Cubillo,
Subsecretaria General a.í.
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022673624 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
ASUETO: Concedido al
personal judicial que labora en
las
oficinas judiciales del Cantón de Zarcero, provincia de Alajuela
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón central de Zarcero, provincial de
Alajuela, permanecerán cerradas
durante el día veinticuatro de octubre de dos
mil veintidós, con las salvedades
de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico-patronales
del cantón de Zarcero,
provincial de Alajuela. Publíquese
por 3 veces consecutivas. De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría
de la Corte el 22 de junio
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos
San José, 30 de agosto del dos
mil veintidós.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector
Ejecutivo
O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022673513
).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
De
conformidad con lo dispuesto
en el artículo
47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo
del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión virtual
N° 01-2022, de fecha 25 de febrero del 2022, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N°
34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 2009
al 2017 de la Unidad Médico Legal del Organismo de Investigación
Judicial de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 500 C 09, Paquetes:
350, Años: 2009 al 2017, Asunto: Documentación Administrativa, 350 paquetes correspondientes a expedientes médico legales; distribuidos de la siguiente forma: 2013: 73 paquetes,
2014: 70 paquetes, 2015: 73 paquetes,
2016: 79 paquetes, 2017: 55 paquetes.
Años: del 2013 al 2017. Asunto:
Expedientes Médico Legales.
Ampos: 31 paquetes correspondientes a documentación administrativa variada, distribuidos de la siguiente forma: Estadística:
2010: 1 paquete, 2011: 1 paquete,
2012: 1 paquete, 2013: 1 paquete,
2014: 1 paquete, 2015: 1 paquete,
2016: 1 paquete y 2017: 1 paquete.
Solicitud de fotocopias:
del 2009 al 2014: 1 paquete. Registro
de asistencia: del 2009 al 2017: 3 paquetes. Viáticos: del 2009 al
2014: 1 paquete. Correspondencia:
2013: 1 paquete, 2014: 1 paquete,
2015: 1 paquete, 2016: 1 paquete,
2017: 1 paquete. Oficios Varios: 2013: 3 paquetes, 2014: 3
paquetes, 2015: 2 paquetes,
2016: 2 paquetes, 2017: 2 paquetes.
Solicitudes de vehículo: del 2011 al 2017: 1 paquete. Años: del 2008 al 2017. Asunto: Gestiones varias.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el
22 de junio 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 30 de agosto del 2022.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector Ejecutivo
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— (
IN2022673957 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el
caso específico el acuerdo del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión Nº
03-2019, celebrada el 17 de
julio del 2019, artículo
XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2005 al 2012 y 2014 al 2021 del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, Pérez Zeledón. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 503 S 05, Años: 2005 al 2012 y 2014 al 2021, Paquetes
13, Agendas 9, Asunto: 6 paquetes,
Reportes y Registros, años 2014 al 2021, 1 paquete, Registros de Asistencia, años 2016 al 2021, 1 paquete, Control
de Correo Certificado, años 2015 al 2021, 09 Agendas, años
2016 al 2021, 1 paquete, Registro
de Oficios Despachados, años 2015 al 2021, 1 paquete, Quejas Declaradas Con Lugar, años 2005 al 2012, 1 paquete, Viáticos, años 2008 al 2012, 1 paquete, Nombramientos de
Personal, años 2014 al 2021, 1 paquete
Expedientes de Vehículos, año 2019, asunto, Documentación Administrativa.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el
22 de junio 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 29 de agosto del 2022.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022673958 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el
caso específico el acuerdo del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión número 73-2021 celebrada el 26 de agosto del 2021, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Materia Penal del año
2019 del Juzgado Penal de Puntarenas.
La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 508 P 19, Expedientes: 440, Paquetes: 4, Año: 2019, Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con Desestimación:
Referentes a Delitos: Averiguar Desaparación 21exp, Daños 50exp, Ofensas a la Dignidad 36exp, Supresión-Ocultación-Destrucción
de Documentos 2exp, Abandono
de Incapaces 2exp, Daño
Patrimonial 5exp, Lesiones Leves
4exp, Averiguar Muerte 38exp, Atípico
13exp, Violación de Domicilio
12 exp, Maltrato 44exp, Resistencia 13exp, Agresión con Arma 13exp, Lesiones Culposas 32exp, Sustracción Patrimonial 6exp, Infracción
Zona Marítimo Terrestre 1 exp, Descuido
con Animal 3 exp, Captación Indebida
de Manifest. Verb. 1 exp, Uso ilegal
de Insig. Policiales 1exp, Discriminación Racial 1exp, Fraude
de Simulación 1 exp, Amenazas
contra mujer 11exp, Suplantación
de Identidad 8exp, Amenaza a Func.
Público 11exp, Amenazas Agravadas 17exp, Abuso de Autoridad 1exp, Portación Ilicita de arma Perm. 9exp, Lesiones Levísimas 1exp, Lesiones 2exp, Estafa 6exp, Infrac. Ley Forestal 4exp, Infrac. Ley de Salud 1exp, Infrac Código Minería 1exp, Incump. Medidas
Protección 7exp, Robo Simple 1exp, Agresión Calificada 1xp, Hurto Simple 2exp, Profanación de
Cementerio 1exp, Circulación de moneda
falsa 3exp, Obstrucción de vía
Pública 1 exp, Defraud. Fiscal Aduanera
1exp, Tent. de Hurto 1exp, Matrimonio
Ilegal 1exp, Daños Agravados 2exp, Infrac. Ley de
casa y pesca 4exp, Conducción
Temeraria 1exp, Abuso
Patria Potestad 5exp, Suicidio
1exp, Estelionato 1exp, Venta-Almacén-Distrib-mercancía fraudulenta
3exp, Infrac. Ley Adulto
Mayor 6exp, Falsificación señas
y marcas 13exp, Fabricación
de materiales explosivos
1exp, Privación de Libertad 1exp. Expedientes
todos con Sobreseimiento
Definitivo: Referentes
a Delitos: Daños 4 exp, Violación de Domicilio 1exp, Maltrato 1exp, Resistencia 1exp, Suplantación
de Identidad 1exp, Amenazas Agravadas
1exp, Infrac. Ley Forestal
1exp, Circulación de moneda
falsa 1exp, Conducción Temeraria
1exp.
De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el
22 de junio 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial.
San José, 30 de agosto del 2022.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022673959 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el
caso específico el acuerdo del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión virtual
Nº 01-2022, de fecha 25 de febrero
del 2022, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 1989
al 2019 de la Delegación Regional del Organismo de Investigación
Judicial de San Ramón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 21749, Libros: 61, Ampos: 55, Años: 1989 al 2019, Asunto: Documentación Administrativa:
LIBROS: Libro ingreso de denuncias:
5 (1989 al 2011). Libro de Registro y Cadena de
Custodia de Indicios (F-421): 3 (2007). Libro de Registro y Cadena de Custodia de Indicios
(F-421): 1 (2008). Libro de Registro y Cadena de
Custodia de Indicios (F-421): 4 (2009). Libro de Registro y Cadena de Custodia de Indicios
(F-421): 5 (2010). Libro de control de entrega de cámaras de video y fotografía: 1
(2013). Control y solicitud de capturas:
1 (2009). Libro de control de detenidos (F-420): 1
(2011). Libro de control de detenidos (F-420): 1
(2012). Libro de control de detenidos (F-420): 2
(2014). Libro de control de detenidos (F-420): 2
(2015). Libro de control de detenidos (F-420): 3
(2016). Libro de control de detenidos (F-420): 2
(2017). Libro de control de detenidos (F-420): 4
(2018). Libro de control de detenidos (F-420): 1
(2013). Libros de prácticas:
1 (2011). Libros de prácticas:
5 (2012). Libros de prácticas:
5 (2013). Libros de prácticas:
6 (2014). Libros de prácticas:
5 (2015). Libros de prácticas:
1 (2016). Control de órdenes de libertad,
remisión de detenidos y tener a la orden: 1 (2014).
Control de órdenes de libertad,
remisión de detenidos y tener a la orden: 2 (2017). AMPOS
55: Año 2016, 5 de copias
de Ingreso de denuncias, 1
de Copias de certificados
de defunción. Año 2017: 1
de originales de Ingreso de
denuncias, 12 de copias de Ingreso de denuncias, 2 de
Control e informes de solicitudes de presentación. Año 2018: 11 de copias de Ingreso de denuncias, 5 de originales de Ingreso de denuncias, 1 de Copias de certificados de defunción, 4 de Control e informes
de solicitudes de presentación. Año
2019: 10 de copias de Ingreso de denuncias, 1 de originales
de Ingreso de denuncias, 2
de Control e informes de solicitudes de presentación. 152 libreta de
Control y Servicio de Mantenimiento
preventivo de vehículos
(F-22) (2011- 2016). Año 2012: 3 expedientes
Pasivos del personal del OIJ. Un paquete
CICOS (2015- 2016); Un paquete Actas
de Destrucción de materiales
(informes de drogas tenencia, Fuerza Pública 2016). Un paquete de Registros de asistencia
(2014-2016,2018, 2019), se aclara que no se incluye 2017 porque no fueron hallados). 6 paquetes de Boleta de Solicitud de vehículo (F-90)
(2011-2016); 10 paquetes de Copia
de conciliación y copia de báuchers de combustible (2010 al 2013); 11 paquetes de Bitácoras y alimentación
de detenidos (2009 al 2016).
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 29 de agosto del 2022.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— (
IN2022673960 ).
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta N° 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada
el 24 de mayo de 2016, artículo
XCV, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de expedientes
de Violencia Doméstica del año 2017 al 2019 del Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
de Nicoya. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: V 505 G 17, Expedientes: 583, Paquete: 20, Año: 2017, Asunto: Violencia Domestica.
Remesa: V 500 G 18, Expedientes: 776, Paquete:19, Año:
2018, Asunto: Violencia
Domestica.
Remesa: V 500 G 19, Expedientes: 426, Paquete:11, Año:
2019, Asunto: Violencia
Domestica.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría
General de la Corte el 22 de junio
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 30 de agosto de 2022.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022673961 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el
caso específico el acuerdo del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión virtual
Nº 01-2022, de fecha 25 de febrero
del 2022, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 2017
de la Unidad Médico Legal del Organismo de Investigación Judicial de La Unión, Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 500 C 17, Paquetes 24, Año: 2017, Asuntos: Expedientes Médico Legales.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaria General
de la Corte el 22 de junio
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 30 de agosto del 2022.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo del Poder
Judicial
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022673962 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
El Consejo
de la Judicatura y la Dirección
de Gestión Humana del Poder
Judicial abren concursos
para integrar listas de jueces y juezas suplentes en las siguientes categorías y despachos.
Para ver
la imagen solo en Boletín Judicial con formato PDF
JUECES
Y JUEZAS 1
1. 9 -
TRIBUNAL PRIMERO DE APELACIÓN CIVIL DE
SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.
2. 10 - TRIBUNAL SEGUNDO DE APELACIÓN
CIVIL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
3. 12 - TRIBUNAL DE FAMILIA - I
CIRCUITO JUDICIAL S.J.
4. 16 - TRIBUNAL PENAL DEL I CIRCUITO
JUDICIAL SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
5. 28 - TRIBUNAL DE APELACIÓN
DE TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - II
CIRCUITO JUDICIAL S.J.
6. 29 - TRIBUNAL AGRARIO - II CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
7. 30 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL
ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.
8. 172 - JUZGADO PENSIONES
ALIMENTARIAS II CIRC. JUD. DE SAN JOSÉ - II
CIRCUITO JUDICIAL S.J.
9. 174 - JUZGADO TRÁNSITO
II CIRC.JUD. SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
10. 236 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
ASERRI - ASERRI.
11. 239 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
HATILLO - HATILLO.
12. 241 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
PURISCAL - PURISCAL.
13. 242 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
SANTA ANA - SANTA ANA.
14. 243 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
TARRAZU, DOTA Y LEON CORTES - TARRAZU.
15. 247 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
ACOSTA - ACOSTA.
16. 248 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
TURRUBARES - TURRUBARES.
17. 250 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN
SEBASTIAN - SAN SEBASTIAN.
18. 285 - TRIBUNAL DEL I CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
19. 288 - TRIBUNAL DEL II CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.
20. 308 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS
I CIR. JUD. ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
21. 310 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
NARANJO - NARANJO.
22. 311 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
ZARCERO - ALFARO RUIZ.
23. 312 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
ATENAS - ATENAS.
24. 313 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN
MATEO - SAN MATEO.
25. 314 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE POAS
- POAS.
26. 318 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y
PENSIONES ALIMEN. II CIR.JUD. ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN
CARLOS.
27. 319 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
PALMARES - PALMARES.
28. 321 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
SARCHI - VALVERDE VEGA.
29. 322 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
UPALA - UPALA.
30. 323 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE LOS
CHILES - LOS CHILES.
31. 324 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
GUATUSO - GUATUSO.
32. 335 - TRIBUNAL DE CARTAGO - CIRCUITO
JUDICIAL CARTAGO.
33. 350 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
ALVARADO - ALVARADO.
34. 351 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
PARAISO - PARAISO.
35. 352 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
TURRIALBA - TURRIALBA.
36. 353 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
JIMENEZ – JIMENEZ.
37. 361 - TRIBUNAL DE HEREDIA - CIRCUITO
JUDICIAL HEREDIA.
38. 373 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
SANTO DOMINGO -SANTO DOMINGO.
39. 374 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN
ISIDRO - SAN ISIDRO.
40. 375 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN
RAFAEL - SAN RAFAEL.
41. 384 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL
GUANACASTE – LIBERIA.
42. 399 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
BAGACES - BAGACES
43. 401 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
CARRILLO – CARRILLO.
44. 402 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
CAÑAS – CAÑAS.
45. 403 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
ABANGARES – ABANGARES.
46. 416 - TRIBUNAL DE PUNTARENAS -
CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
47. 435 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
JICARAL – JICARAL.
48. 436 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
COBANO – COBANO.
49. 437 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
ESPARZA – ESPARZA.
50. 438 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
MONTES DE ORO - MONTES DE ORO.
51. 439 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
GOLFITO – GOLFITO.
52. 440 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL II
CIRC. JUD. ZONA SUR – CORREDORES.
53. 441 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE COTO
BRUS - COTO BRUS.
54. 442 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE OSA
– OSA.
55. 443 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
QUEPOS – AGUIRRE.
56. 444 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
BUENOS AIRES - BUENOS AIRES.
57. 445 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
GARABITO – GARABITO.
58. 477 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
GUACIMO - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.
59. 478 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
BRIBRI - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANT. BRIBRI.
60. 479 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
MATINA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT. MATINA.
61. 489 - JUZGADO TRÁNSITO
I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
62. 497 - JUZGADO TRÁNSITO
HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.
63. 499 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y TRÁNSITO
II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.
64. 500 - JUZGADO TRÁNSITO
PAVAS – PAVAS.
65. 503 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS
DE HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.
66. 522 - TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSÉ – DESAMPARADOS.
67. 523 - TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSÉ, SEDE SUROESTE –
HATILLO.
68. 538 - TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL
DE LA ZONA SUR – CORREDORES.
69. 548 - TRIBUNAL DEL III CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA (SAN RAMÓN) - SAN RAMÓN.
70. 577 - TRIBUNAL DEL II CIRCUITO
JUDICIAL DE GUANACASTE – NICOYA.
71. 601 - TRIBUNAL DE II CIRCUITO
JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.
72. 625 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS
DEL I CIRC. JUD. DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
73. 626 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DEL I
CIR.JUD. SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
74. 671 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE LA
FORTUNA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.
75. 693 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENS.
ALIMEN. III CIRC. JUD. ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON.
76. 771 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.
77. 772 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS
DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL
CARTAGO.
78. 782 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
SANTA CRUZ - SANTA CRUZ.
79. 804 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y TRÁNSITO
I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.
80. 805 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DEL III
CIRC. JUD. SAN JOSÉ – DESAMPARADOS.
81. 856 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS
I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.
82. 858 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
HOJANCHA – HOJANCHA.
83. 860 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL I CIRC.
JUD. DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.
84. 864
ADMINISTRACION REGIONAL PUNTARENAS (SUPERNUMERARIOS)
- CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
85. 872 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y TRÁNSITO
II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – NICOYA.
86. 890 -
JUZGADO PENSIONES Y VIOLEN. DOMÉSTICA DE PAVAS – PAVAS.
87. 894 - JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA DOMÉSTICA
DE LA UNIÓN - LA UNIÓN.
88. 916 - JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA
DOMÉSTICA DE ESCAZÚ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
89. 925 - JUZGADO PENSIONES Y VIOL.
DOM. SAN JOAQUIN DE FLORES - SAN JOAQUIN
DE FLORES.
90. 926 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN
JOAQUIN DE FLORES - SAN JOAQUIN DE FLORES.
91. 933 - JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA
DOMÉSTICA DE SIQUIRRES - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT.
SIQUIRRES.
92. 934 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
SIQUIRRES - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT. SIQUIRRES.
93. 943 -
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS I CJ GUANACASTE – LIBERIA.
94. 951 - TRIBUNAL PENAL II CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
95. 1040 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS
II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT
POCOCI-GUACIMO.
96. 1045 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
PARRITA – PARRITA.
97. 1148 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS
DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
98. 1149 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
99. 1189 - TRIBUNAL DE APELACIÓN
DE SENTENCIA PENAL JUVENIL - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.
100. 1210 - TRIBUNAL DE APELACION DE
SENTENCIA PENAL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - II
CIRCUITO JUDICIAL S.J.
101. 1211 - TRIBUNAL DE APELACION DE
SENTENCIA PENAL III CIRCUITO JUD. ALAJUELA (SAN RAMÓN) - SAN RAMÓN.
102. 1212 - TRIBUNAL DE APELACION DE
SENTENCIA PENAL DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.
103. 1213 - TRIBUNAL DE APELACION DE
SENTENCIA PENAL DE GUANACASTE – LIBERIA.
104. 1315 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y TRÁNSITO
DE SARAPIQUI – SARAPIQUI.
105. 1332 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE
PUERTO JIMENEZ – GOLFITO.
106. 1815 -
JUZGADO TRÁNSITO
I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – LIBERIA.
JUECES Y JUEZAS 2
107. 198 -
JUZGADO EJECUCION DE LA PENA DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
108. 549 - JUZGADO EJECUCION DE LA PENA DE
ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
109. 564 - JUZGADO DE EJECUCION DE LA PENA
DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.
110. 589 - JUZGADO DE EJECUCION DE LA PENA
DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
111. 596 - JUZGADO DE EJECUCION DE LA PENA
DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.
112. 915 - JUZGADO EJECUCION DE LAS
SANCIONES PENALES JUVENILES - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.
113. 1012 - JUZGADO ESPECIALIZADO DE COBRO
II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - II
CIRCUITO JUDICIAL S.J.
114. 1044 - JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE
COBRO I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
115. 1157 - JUZGADO DE COBRO DEL I CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
116. 1158 - JUZGADO DE COBRO DE HEREDIA -
CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.
117. 1170 - JUZGADO SEGUNDO ESPECIALIZADO DE
COBRO I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
118. 1183 - JUZGADO EJECUCION DE LA PENA
CARTAGO, SEDE ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.
119. 1200 - JUZGADO DE COBRO I CIRCUITO
JUDICIAL ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.
120. 1202 - JUZGADO DE COBRO DEL II CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.
121. 1204 - JUZGADO DE COBRO GRECIA –
GRECIA.
122. 1206 -
JUZGADO DE COBRO II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE (SANTA CRUZ) - SANTA CRUZ.
123. 1207 - JUZGADO DE COBRO DE PUNTARENAS -
CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
124. 1208 - JUZGADO DE COBRO DEL I CIRCUITO
JUDICIAL ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.
125. 1338 - JUZGADO TERCERO ESPECIALIZADO DE
COBRO I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
JUECES Y JUEZAS 3
126. 161 -
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – II CIRCUITO JUDICIAL S.J. con énfasis en Conciliación.
127. 161 -
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.
128. 163 - JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTR. Y
CIVIL DE HACIENDA - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.
con énfasis en Conciliación.
129. 163 - JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTR. Y
CIVIL DE HACIENDA - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.
130. 165 - JUZGADO DE FAMILIA II CIRCUITO
JUD. DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.
131. 187 JUZGADO
SEGUNDO DE FAMILIA DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
132. 194 - JUZGADO PENAL JUVENIL DE SAN JOSÉ
- I CIRCUITO JUDICIAL S.J.
133. 197 - JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y FAMILIA
PURISCAL – PURISCAL.
134. 216 - JUZGADO CIVIL HATILLO, SAN
SEBASTIAN Y ALAJUELITA – HATILLO.
135. 217 - JUZGADO CIVIL DEL III CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSÉ – DESAMPARADOS.
136. 294 - JUZGADO PENAL JUVENIL DEL I
CIRC.JUD. DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
137. 298 - JUZGADO AGRARIO DEL II CIRCUITO
JUD. DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.
138. 341 - JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y AGRARIO
DE TURRIALBA- TURRIALBA.
139. 386 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO I
CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – LIBERIA.
140. 387 JUZGADO AGRARIO I CIRCUITO JUDICIAL
GUANACASTE – LIBERIA.
141. 391 - JUZGADO AGRARIO II CIRC. JUD.
GUANACASTE – NICOYA.
142. 419 -
JUZGADO AGRARIO II CIR. JUD. ZONA SUR – CORREDORES.
143. 423 - JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y FAMILIA
DE OSA – OSA.
144. 425 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DE QUEPOS
– AGUIRRE.
145. 465 - JUZGADO AGRARIO DEL I CIRC. JUD.
DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.
146. 504 -
JUZGADO CIVIL DE HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.
147. 505 JUZGADO DE TRABAJO DE HEREDIA -
CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.
148. 507 - JUZGADO AGRARIO DEL II CIRC. JUD.
DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.
149. 510 - JUZGADO PENAL DEL I CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
150. 512 - JUZGADO PENAL DE CARTAGO -
CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO
151. 513 - JUZGADO PENAL DE HEREDIA -
CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.
152. 514 - JUZGADO PENAL DE PUNTARENAS -
CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
153. 515 - JUZGADO PENAL II CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
154. 516 - JUZGADO PENAL DEL I CIRCUITO
JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.
155. 517 - JUZGADO PENAL DE POCOCI GUACIMO -
II CIRC. JUD. ZONA ATLANT. POCOCI-GUACIMO.
156. 525 - JUZGADO PENAL DE HATILLO –
HATILLO.
157. 526 - JUZGADO PENAL DE PURISCAL –
PURISCAL.
158. 527 - JUZGADO PENAL DE PAVAS – PAVAS.
159. 533 - JUZGADO PENAL DE TURNO
EXTRAORDINARIO DE SAN JOSÉ - II
CIRCUITO JUDICIAL S.J.
160. 539 - JUZGADO PENAL DE GOLFITO –
GOLFITO.
161. 540 - JUZGADO PENAL DE OSA – OSA.
162. 541 -
JUZGADO PENAL II CIRC. JUD. ZONA SUR – CORREDORES.
163. 565 - JUZGADO PENAL DE TURRIALBA –
TURRIALBA.
164. 579 - JUZGADO PENAL I CIRCUITO JUDICIAL
DE GUANACASTE – LIBERIA.
165. 580 - JUZGADO PENAL DE CAÑAS – CAÑAS.
166. 581 JUZGADO PENAL II CIRC. JUD.
GUANACASTE – NICOYA.
167. 582 - JUZGADO PENAL SANTA CRUZ - SANTA
CRUZ.
168. 590 - JUZGADO PENAL DE QUEPOS –
AGUIRRE.
169. 603 - JUZGADO PENAL DE SIQUIRRES - II
CIRC. JUD. ZONA ATLANT. SIQUIRRES.
170. 627 - JUZGADO NOTARIAL - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
171. 635 - JUZGADO VIOLENCIA DOM. II
CIRC.JUD. DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
172. 637 - JUZGADO FAMILIA III CIRC. JUD. DE
SAN JOSÉ – DESAMPARADOS.
173. 638 - JUZGADO CIVIL I CIRCUITO JUD.
ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
174. 639 - JUZGADO DE TRABAJO I CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
175. 640 - JUZGADO CIVIL DE CARTAGO -
CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.
176. 641 - JUZGADO DE TRABAJO DE CARTAGO -
CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.
177. 642 - JUZGADO CIVIL PUNTARENAS -
CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
178. 643 - JUZGADO DE TRABAJO DE PUNTARENAS
- CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
179. 672 - JUZGADO DE VIOLENCIA DOM. DEL I
CIRC.JUD. SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
180. 674 - JUZGADO DE VIOLENCIA DOM. TURNO
EXTRAORD. DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
181. 675 -
JUZGADO FAMILIA, PENAL JUV. Y VIOL.DOM. DE TURRIALBA – TURRIALBA.
182. 676 JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA
DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
183. 678 JUZGADO CIVIL DEL I CIRC. JUD. DE
LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.
184. 679 - JUZGADO DE TRABAJO I CIRCUITO
JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.
185. 687 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA
DOMÉSTICA DE GRECIA – GRECIA.
186. 689 - JUZGADO AGRARIO II CIRC.JUD. DE
SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.
187. 694 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL III
CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - SAN RAMON.
188. 695 - JUZGADO PENAL JUVENIL III
CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON.
189. 696 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA
DOM. III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON.
190. 699 - JUZGADO AGRARIO DE CARTAGO -
CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.
191. 722 - JUZGADO VIOLENCIA DOMÉSTICA
HATILLO, SAN SEBASTIAN Y ALAJUELITA – HATILLO.
192. 723 - JUZGADO VIOLENCIA DOMÉSTICA
III CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - DESAMPARADOS.
193. 775 - JUZGADO DE TRABAJO DE SANTA CRUZ
- SANTA CRUZ.
194. 776 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA
DOMÉSTICA DE SANTA CRUZ - SANTA CRUZ.
195. 812 - JUZGADO PENAL DE TALAMANCA - I
CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANT. BRIBRI.
196. 815 - JUZGADO AGRARIO I CIRCUITO
JUDICIAL ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
197. 868 -
JUZGADO CIVIL Y TRABAJO II CIRC. JUD. DE GUANACASTE – NICOYA.
198. 870 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA
DOMÉSTICA DEL
II CIRCUITO JUDICIAL DE
GUANACASTE – NICOYA.
199. 871 JUZGADO PENAL JUVENIL II CIRCUITO
JUDICIAL GUANACASTE – NICOYA.
200. 918 - JUZGADO VIOLENCIA DOMESTICA I
CIRC. JUD. ZONA SUR - PEREZ ZELEDON.
201. 920 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO II
CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR – CORREDORES.
202. 922 - JUZGADO PENAL DE UPALA – UPALA.
203. 927 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DE CAÑAS
– CAÑAS.
204. 928 - JUZGADO DE FAMILIA, PENAL JUVENIL
Y VIOLENCIA DOM. DE CAÑAS – CAÑAS.
205. 938 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA
DOMÉSTICA DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE –
LIBERIA.
206. 958 - JUZGADO CONCURSAL - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
207. 963 - CENTRO DE CONCILIACION DEL PODER
JUDICIAL - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.
208. 982 - JUZGADO PENAL DE BUENOS AIRES -
BUENOS AIRES.
209. 993 - JUZGADO AGRARIO DEL III CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON
210. 1036 - JUZGADO PENAL JUVENIL II
CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.
211. 1046 - JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y FAMILIA
DE BUENOS AIRES - BUENOS AIRES.
212. 1086 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA
DOMÉSTICA DE GOLFITO – GOLFITO.
213. 1125 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL I
CIRCUITO JUDICIALDE LA ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.
214. 1129 - JUZGADO AGRARIO DEL I CIRCUITO
JUDICIAL DE LA ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.
215. 1143 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO II
CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA, SEDE UPALA – UPALA.
216. 1146 - JUZGADO DE FAMILIA DE PUNTARENAS
- CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
217. 1147 - JUZGADO PENAL JUVENIL DE
PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS
218. 1152 - JUZGADO DE FAMILIA DEL I
CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA
219. 1178 - JUZGADO DE TRABAJO PRIMER
CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
220. 1203 - JUZGADO DE COBRO DEL III
CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA (SAN RAMÓN) - SAN RAMÓN.
221. 1207 - JUZGADO DE COBRO DE PUNTARENAS -
CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
222. 1271 - JUZGADO PENAL DEL II CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA, SEDE LOS CHILES - LOS CHILES.
223. 1276 - JUZGADO PENAL DE TURNO
EXTRAORDINARIO, SEDE I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
224. 1288 - JUZGADO DE TRABAJO II CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.
225. 1302 - JUZGADO DE FAMILIA DEL II
CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.
226. 1304 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA
DOMÉSTICA DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA SUR –
CORREDORES.
227. 1305 - JUZGADO PENAL JUVENIL II
CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR – CORREDORES.
228. 1306 - JUZGADO PENAL JUVENIL I CIRCUITO
JUDICIAL GUANACASTE – LIBERIA.
229. 1307 - JUZGADO DE FAMILIA DEL II
CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT
POCOCI-GUACIMO.
230. 1309 - JUZGADO CIVIL, TRABAJO, FAMILIA,
PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA
SARAPIQUI – SARAPIQUI.
231. 1523 - JUZGADO PENAL DE BATAN – BATÁN.
232. 1533 - JUZGADO DE TRABAJO Y FAMILIA DE
HATILLO, SAN SEBASTIAN Y ALAJUELITA – ALAJUELITA.
233. 1587 - JUZGADO AGRARIO PUNTARENAS –
GOLFITO.
234. 1591 - JUZGADO FAMILIA, PENAL JUVENIL Y
VIOLENCIA DOMÉSTICA DE QUEPOS – AGUIRRE.
235. 1870 - JUZGADO AGRARIO DE JICARAL –
JICARAL.
JUECES Y JUEZAS 4
236. 12 -
TRIBUNAL DE FAMILIA - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.
237. 16 - TRIBUNAL PENAL DEL I CIRCUITO
JUDICIAL SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL
S.J. FLAGRANCIA.
238. 16 - TRIBUNAL PENAL DEL I CIRCUITO
JUDICIAL SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
239. 29 - TRIBUNAL AGRARIO - II CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
240. 30 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA
SUR - PEREZ ZELEDON FLAGRANCIA.
241. 30 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA
SUR - PEREZ ZELEDON.
242. 161 - TRIBUNAL CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.
243. 161 - TRIBUNAL CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO – II CIRCUITO JUDICIAL S.J. con énfasis
en Conciliación.
244. 285 - TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL
DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
245. 285 - TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL
DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ. FLAGRANCIA.
246. 288 - TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL
DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS FLAGRANCIA.
247. 288 - TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL
DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.
248. 335 - TRIBUNAL DE CARTAGO - CIRCUITO
JUDICIAL CARTAGO FLAGRANCIA.
249. 361 - TRIBUNAL DE HEREDIA - CIRCUITO
JUDICIAL HEREDIA.
250. 361 - TRIBUNAL DE HEREDIA - CIRCUITO
JUDICIAL HEREDIA FLAGRANCIA.
251. 384 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL
GUANACASTE - LIBERIA FLAGRANCIA.
252. 384 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL
GUANACASTE – LIBERIA.
253. 416 - TRIBUNAL DE PUNTARENAS - CIRCUITO
JUDICIAL DE PUNTARENAS FLAGRANCIA.
254. 416 - TRIBUNAL DE PUNTARENAS - CIRCUITO
JUDICIAL DE PUNTARENAS.
255. 459 - TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL
DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL
ZONA ATLANTICA FLAGRANCIA.
256. 459 - TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL
DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.
257. 523 - TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSÉ, SEDE SUROESTE –
HATILLO.
258. 523 - TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSÉ, SEDE SUROESTE -
HATILLO FLAGRANCIA.
259. 536 - TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL
ZONA SUR, SEDE GOLFITO – GOLFITO.
260. 537 - TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL
ZONA SUR, SEDE OSA – OSA.
261. 538 - TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL DE
LA ZONA SUR – CORREDORES.
262. 538 - TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL DE
LA ZONA SUR - CORREDORES FLAGRANCIA.
263. 548 - TRIBUNAL DEL III CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON.
264. 548 - TRIBUNAL DEL III CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON FLAGRANCIA.
265. 563 - TRIBUNAL DE CARTAGO, SEDE
TURRIALBA – TURRIALBA.
266. 576 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL
GUANACASTE, SEDE CAÑAS – LIBERIA.
267. 578 TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL
DE GUANACASTE, SEDE SANTA CRUZ - SANTA CRUZ FLAGRANCIA.
268. 578 - TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL
DE GUANACASTE, SEDE SANTA CRUZ - SANTA CRUZ.
269. 588 - TRIBUNAL DE PUNTARENAS, SEDE
QUEPOS – AGUIRRE.
270. 601 - TRIBUNAL DE II CIRCUITO JUDICIAL
DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.
271. 601 - TRIBUNAL DE II CIRCUITO JUDICIAL
DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO FLAGRANCIA.
272. 628 - TRIBUNAL DISCIPLINARIO NOTARIAL -
I CIRCUITO JUDICIAL S.J.
273. 912 - TRIBUNAL DE HEREDIA, SEDE
SARAPIQUI - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.
274. 951 - TRIBUNAL PENAL II CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSE - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.
275. 1031 - TRIBUNAL DE FLAGRANCIA DE SAN
JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J. FLAGRANCIA.
276. 1623 - TRIBUNAL PRIMERO COLEGIADO
PRIMERA INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUDICIAL
SAN JOSÉ -
I CIRCUITO JUDICIAL S.J.
277.
1624 TRIBUNAL SEGUNDO COLEGIADO
PRIMERA INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUDICIAL
SAN JOSÉ - I
CIRCUITO JUDICIAL S.J.
278. 1625 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA
INSTANCIA CIVIL III CIRCUITO JUD. SAN JOSÉ (HATILLO) –
HATILLO.
279. 1626 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA
INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
280. 1627 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA
INSTANCIA CIVIL III CIRCUITO JUD. ALAJUELA (SAN RAMÓN - SAN RAMÓN.
281. 1629 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA
INSTANCIA CIVIL CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.
282. 1630 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA
INSTANCIA CIVIL HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.
283. 1631 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA
INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUD. GUANACASTE (LIBERIA) – LIBERIA.
284. 1632 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA
INSTANCIA CIVIL II CIRCUITO JUD. GUANACASTE (NICOYA) – NICOYA.
285. 1633 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA
INSTANCIA CIVIL. PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.
286. 1634 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA
INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUD. ZONA SUR (PEREZ ZELED - PEREZ ZELEDÓN.
287. 1636 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA
INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUD. ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA
ATLANTICA.
JUECES Y JUEZAS 5
288. 9 -
TRIBUNAL PRIMERO DE APELACION CIVIL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
289. 10 - TRIBUNAL SEGUNDO DE APELACION
CIVIL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL
S.J.
290. 28 - TRIBUNAL DE APELACION DE TRABAJO
II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - II
CIRCUITO JUDICIAL S.J.
291. 697 - TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y
TRABAJO CARTAGO (SEDE CARTAGO) - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.
292. 808 - TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y
TRABAJO HEREDIA (SEDE HEREDIA) - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.
293. 813 - TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y
TRABAJO ALAJUELA (SEDE ALAJUELA) - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.
294. 940 -
TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO GUANACASTE (SEDE LIBERIA) – LIBERIA.
295. 1120 TRIBUNAL APELACION CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.
296. 1140 - TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y
TRABAJO ZONA ATLANTICA (SEDE LIMON) - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.
297. 1189 - TRIBUNAL DE APELACION DE
SENTENCIA PENAL JUVENIL - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.
298. 1210 - TRIBUNAL DE APELACION DE
SENTENCIA PENAL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - II
CIRCUITO JUDICIAL S.J.
299. 1211 - TRIBUNAL DE APELACION DE
SENTENCIA PENAL III CIRCUITO JUD. ALAJUELA (SAN RAMÓN) - SAN RAMÓN.
300. 1212 - TRIBUNAL DE APELACION DE
SENTENCIA PENAL DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.
301. 1213 - TRIBUNAL DE APELACION DE
SENTENCIA PENAL DE GUANACASTE – LIBERIA.
302. 1527 - TRIBUNAL DE APELACION DE TRABAJO
I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - I CIRCUITO
JUDICIAL S.J.
303. 1588 -
TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO PUNTARENAS (SEDE PUNTARENAS) - CIRCUITO
JUDICIAL DE PUNTARENAS.
En cumplimiento a la Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas
(Ley 9635), así como lo dispuesto por la Corte Plena en la sesión N° 1119 del 18 de marzo de 2019, artículo XIV, el reconocimiento del pago del Componente Salarial de Prohibición está sujeto a los
porcentajes estipulados en la norma. Por lo tanto, las
personas profesionales en
derecho que ingresen o reingresen
a laborar a este Poder de la República en una fecha
posterior al 04 de diciembre de 2018 o tengan un ascenso por primera vez
posterior a esa misma fecha se les cancelará el porcentaje que por Ley corresponde.
Asimismo, al participar en este proceso selectivo,
la
persona oferente da fe que conoce los alcances
del Reglamento denominado “Regulación para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los conflictos de interés en el Poder
Judicial”, mediante el cual toda persona se obliga a cumplir las funciones que le confiere la ley,
acatando los deberes de imparcialidad y probidad que orienten la satisfacción del interés público, es decir, con rectitud, buena fe y en estricto
apego a la legalidad. (Acuerdo de Corte Plena, sesión N° 14-19 del 1 de abril de 2019, artículo XIII).
Requisitos generales que deben reunir
las personas aspirantes:
✓ Licenciatura en Derecho (Deberá remitirse el título
en formato electrónico).
✓ Elegibilidad en
Carrera Judicial.
✓ Estar
incorporado o incorporada
al Colegio de Abogados
y Abogadas de Costa Rica (Deberá
remitirse el certificado de incorporación en formato electrónico).
✓ Experiencia para la tramitación, resolución de asuntos judiciales y supervisión de personal. (Requisito
deseado, no excluyente).
Otros:
✓ Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la
Ley de Carrera Judicial, Reglamento de Carrera
Judicial y demás disposiciones
vigentes.
✓ Es indispensable que las
personas que resulten elegidas en este concurso
realicen los cursos definidos por la institución para cada categoría y materia que se imparten por la Escuela Judicial, entre otros,
Sistema de Gestión, Depósitos
Judiciales, y los cursos virtuales en materia de equidad
de género, accesibilidad, servicio público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo. Además,
deberán mostrar dominio en cuanto
al empleo de paquetes
informáticos básicos de oficina y de uso institucional.
✓ Las personas elegidas en este concurso
que ostenten un resultado
de recomendados con observaciones
en las evaluaciones médicas, trabajo social y psicología, deberán aplicar un proceso de seguimiento con el propósito de fortalecer áreas de mejoras, superando las brechas, acordes con el perfil del puesto. Dicho seguimiento se llevará a cabo por parte
de la Sección Administrativa
de la Carrera Judicial, transcurridos seis meses de nombramiento como juez o jueza.
Información adicional:
✓ Las personas que participen
en estos concursos deben cumplir con todos los requisitos vigentes. La información se encuentra disponible en la dirección electrónica:
https://pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/
y para empleados judiciales:
https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/wIngreso.aspx.
✓ Es imprescindible
que las personas oferentes se inscriban mediante el formulario
electrónico disponible en
la página web.
✓ La inscripción será
única y exclusivamente por este medio y quedará registrada en línea automáticamente.
Para estos efectos se habilitan las veinticuatro horas
del día hasta la fecha de vencimiento
del período de inscripción
del concurso.
✓ Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que se complete los espacios requeridos en el formulario
electrónico. Al final del proceso
de inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura
que éste se efectúo con éxito. Caso contrario la solicitud será desestimada.
✓ Por ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos los días y horas, es inherente al puesto el trabajo en
diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes
a la generalidad del personal, trabajar
horas extraordinarias y estar
sujeto a disponibilidad; además, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente y el cargo no apareja derecho a estacionamiento
o parqueo. El derecho a vacaciones
solo se concederá resultado
del tiempo laborado en el Poder
Judicial. Las plazas de jueces y juezas
supernumerarios pueden ser ubicadas en jornada vespertina o en cualquier parte del país, a fin de atender las necesidades donde el servicio público
lo requiera.
✓ Cualquier
nombramiento interino estará condicionado a que regrese la persona titular del cargo, o bien, a la confección de una terna, según lo solicite el órgano competente.
✓ Las personas que aspiran laborar o laboren para el Poder Judicial, deben acatar obligatoriamente los lineamientos establecidos en el Reglamento de vestimenta formal tanto para hombres como
para mujeres aprobado por la Corte Plena y que está a su disposición en la página web.
✓ La Sección Administrativa
de la Carrera Judicial utilizará el
correo electrónico para todos los efectos
como único medio de notificación. Los oferentes deberán de indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones
las veinticuatro horas, ya
que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto; de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección
y se tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe actualizarlo en la página o ser comunicado oportunamente a esta oficina
al correo electrónico
carrera-jud@poder-judicial.go.cr.
✓ Las listas
y los nombramientos de jueces suplentes están regulados en el artículo
69 de la Ley de Carrera Judicial y artículos del 47
al 55 del Reglamento de Carrera Judicial.
✓ Independientemente de las opciones que el oferente marque, de conformidad
con lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura en la sesión del 03 de setiembre del
2014, artículo II, las propuestas
de nombramiento por parte de ese Consejo, se limitarán a cinco por participante para las categorías de juez y jueza 1 y 2 (incluidas las que ya ostente), salvo aquellos casos excepcionales que serán valorados. Para las personas que ya
ostenten propiedad y con el fin de no afectar el servicio público,
el Consejo de la Judicatura en sesión
del 03 de octubre del 2006, artículo
II, acordó: “Limitar las posibilidades de nombramiento como suplente, a tres despachos judiciales por participante, salvo casos excepcionales, que serán valorados por este
Consejo al momento de conocer las propuestas de nombramiento de una determinada oficina.”
✓ La Sección Administrativa
de la Carrera Judicial, solicitará el informe respectivo a los órganos disciplinarios e informará en forma paralela a las personas participantes
y al despacho del que se trate,
sobre la escogencia preliminar. Se atenderán las apelaciones o inconformidades recibidas según lo estipulado en el
artículo 29 del Reglamento
de la Carrera Judicial.
✓ La Circular N° 245-2014, emitida por la Secretaría General de la
Corte fechada 13 de noviembre
del 2014, establece, entre otros,
que los nombramientos de jueces y juezas suplentes, o de quienes deban cubrir una
vacante temporal, que se realice
sin concurso, se dará prioridad a las personas elegibles,
conforme a quien tenga mejor nota, en primer orden en la categoría y materia que tramite el despacho y en
segundo orden las elegibilidades en otras categorías y materias, y haya tenido un adecuado desempeño en el
ejercicio del cargo.
Ello implica que la recomendación
final que haga el Consejo de la Judicatura en las listas, después de haberse atendido las solicitudes de reconsideración,
se hará en estricto orden de notas.
✓ Si se incurriere en alguna omisión
o inexactitud con respecto
a los requisitos o la documentación que se debe aportar, no se le dará trámite a la oferta. (Artículo 24 del Reglamento Interno del Sistema de
Carrera Judicial).
✓ Para participar en concursos de ternas en los circuitos
judiciales de mayor impacto
de la población indígena, entre ellos,
el Primer y Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur, el Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica
y las oficinas de Upala y Guatuso, se tomará en cuenta preferiblemente
a las personas concursantes que hayan
aprobado los cursos que se imparten en la Dirección de Gestión Humana del Poder
Judicial, denominados
“Pueblos Indígenas” e “Introducción
a los Derechos Humanos”.
Consultas:
Sección Administrativa
de la Carrera Judicial, ubicada en
el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación
Judicial (OIJ), horario de atención
de 7:30 a. m. a 12 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m., de lunes a viernes, correo electrónico: carrera-jud@poder-judicial.go.cr o a los teléfonos
2295-3781 ó 2295-3940. Para información general visite la página web:
https://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/organizacion/admin-humana/carrera-judicial.
El
concurso estará abierto del 12 al 18 de setiembre
del 2022 la inscripción por
medio electrónico se habilita
las veinticuatro horas del periodo
indicado.
***
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”***
Olga Guerrero Córdoba.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022670639
).
HACE SABER:
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial,
al Registro Nacional y al Registro
Civil, y a toda la ciudadanía
en general. Que en el Proceso Disciplinario
Notarial N°18-000249-0627-NO, de Rodolfo Cárdenas Campos contra Sonia Corella Céspedes (cédula de identidad
2-0390-0397), este Juzgado mediante resolución de las trece horas veintiséis minutos del uno de setiembre de
dos mil veintidós, dispuso
que visto el cumplimiento
de la inscripción del testimonio de escritura objeto de este asunto, prevenido
en sentencia 2022-000202 de
las catorce horas cuarenta
y uno minutos del veintisiete
de abril de dos mil veintidós,
se ordena levantar a partir del día treinta de agosto del dos mil veintidós la sanción disciplinaria impuesta a la notaria Sonia Corella Céspedes,
que salió publicada en el Boletín
Judicial número 137 de fecha 21 de julio del 2022. “De conformidad con la circular
n°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.” Juzgado
Notarial.
San José, 01 de setiembre 2022
Dra. Melania Suñol Ocampo
Jueza
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2022673603 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial,
al Registro Nacional y al Registro
Civil, y a toda la ciudadanía
en general, Que en el proceso disciplinario
notarial N° 18-000558-0627-NO, de Registro Civil
contra Geovanny Víquez Arley,
cédula de identidad 3-0336-0382, este
Juzgado mediante resolución número 2021-000580 de
las ocho horas y cincuenta
y cinco minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno, la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 085-2022 de las diez horas catorce minutos del viernes diecisiete de junio del dos mil veintidós que se encuentra firme, dispone comunicar al notario Geovanny Víquez Arley la corrección disciplinaria de UN MES de suspensión
en el ejercicio
de la función notarial. Rigen
ocho días naturales después
de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado notarial. ”De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio
de 2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, 18 de agosto del 2022.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2022674169 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Erick José Mena Castillo, identificación N°
15580092614, fallecido el 19 de mayo del año
2021, se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número
21-000017-1601-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000017-1601-LA. Por
Luisa del Carmen Ruiz Rocha, con cédula número 155823028032, en favor de ella
como esposa y de sus hijos menores de edad Aylyn
Esperanza, Andrey José y Erick Joel todos de apellidos Mena Ruiz. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Monteverde (Materia Laboral), 17 de junio del año 2022.—Licda. Andreina Chaves Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022673643 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hipólito Olivio
Rojas Blanco 0601320909, fallecido el 06 de agosto del año 2016, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el Número
22-000309-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le
comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 22-000309-1125-LA. Por Luis Ángel Rojas Jimenez a favor
de Hipólito Olivio Rojas Blanco”.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Laboral), 30 de agosto del año 2022.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila,
Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673645 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de José
Wilber Baltodano Gómez,
0502900179, fallecido el 23
de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
Proc. Esp. Distribución de Prestaciones
de Persona Trabajadora Fallecida
bajo el número
22-000174-0868-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000174-0868-LA. Por Operadora de Pensiones del Banco
Nacional a favor de José Wilber Baltodano Gómez. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 17 de agosto del año 2022.—Lic. Carlos Eduardo Arce Matarrita,
Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022673646 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido: Dionisio
Jorge Cabal Antillón, cédula de identidad
N° 1-0425-0831 y falleció el
20 de octubre del 2021, promovido
por María De L Alba
Sola Pages, cédula de identidad N° 801190985; se consideren con derecho para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las Diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el N°
21-003040-0173-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-003040-0173-LA. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 30 de mayo del 2022.—MSc. Susana
Porras Cascante, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673671 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fiorella Chinchilla Vargas, con cédula de
identidad número
0116910098, fallecida el 09
de enero del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000121-1590-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000121-1590-LA. Por Adriana Chinchilla Vargas a favor de Fiorella
Chinchilla Vargas. Nota: “De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo de Quepos (Materia Laboral), 22
de agosto del año 2022.—Licda. Aleyda Vargas López, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022673673 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido: Ottón Manuel González Jiménez, quien
portó la cédula de identidad
N° 6-0044-0496 y falleció el
1° de febrero del 2022, promovido por Marianela González
Pino, cédula de identidad N° 1-0793-0542; se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el N°
22-000644-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000644-0173-LA. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de mayo del 2022.—M.Sc. Susana
Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022673674 ).
Se cita y emplaza
a los que, en carácter de causahabientes de
Juan Rafael Agüero Villegas, 0503790432, fallecido el 15 de julio del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000020-1579-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000020-1579-LA. Por a
favor de Juan Rafael Agüero Villegas, cédula
N° 0503790432. Nota: “De conformidad con
la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Jicaral
(Materia Laboral), 31 de agosto del año 2022.—Lic. Cristian Antonio Ureña Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673675 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Morales Canessa Miguel
Alberto, quien portó la
cédula de identidad 6 0032 0896 y falleció
el día 18 de febrero del
2022, promovido por Morales
Campos Miguel Alberto, cédula de identidad 9 0049
0446; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número
22-000934-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial, expediente N° 22-000934-0173-LA. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de mayo del año
2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673677
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Melvin Delgado Solís 0701270688, fallecido el 05 de agosto del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
Proc Esp. Distribución de Prestaciones
de Persona Trabajadora Fallecida
bajo el Número
22-000043-1542-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por
los artículos 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: “De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N° 22-000043-1542-LA. Por a favor
de Melvin Delgado Solís.—Juzgado Contravencional
de Matina (Materia Laboral), 27 de julio del año
2022.—Lic. Carlos Manrique Martínez Durán, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022673679
).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Humberto
Ulloa Benavides, quien portó
la cédula de identidad N° 3-0130-0765 y falleció el 20 de octubre del 2021, promovido por Elieth Fernández Chacón, cédula de identidad N°
1-0297-0785; se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de pers. fallecidas bajo el
N° 22-000915-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000915-0173-LA. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de mayo del 2022.—M.Sc. Susana
Porras Cascante, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022673680 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Isidro Torres Vallejos, fallecido
el 06 de junio del año 2016, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. fallecidas bajo el
número 22-000584-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial, expediente N° 22-000584-0643-LA. Promovido por María
Vargas Zamora a favor del fallecido Isidro Torres Vallejos. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 26 de agosto
del año 2022.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673712 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Martin Murillo Vásquez 0203030089, fallecido(a) el 14 de mayo del año 2021, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de personas fallecidas bajo el
número 22-000196-1342-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000196-1342-LA. Por a
favor de Jorge Martin Murillo Vásquez. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica
de Sarapiquí (Materia
Laboral), 22 de agosto del año
2022.—Lic. Roberto Antonio Corea
Badilla, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673713 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Célimo Valenciano Ríos
0700460651, fallecido(a) el seis de abril del dos mil veintiuno, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignación de pagos bajo el Número 22-
000185-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000185-0679-LA. Por Lucy Valenciano
Fernández cédula de identidad 403110829 a favor de Célimo
Valenciano Ríos. De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como
los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 22 de agosto del año 2022.—Licda. Tiffany Andrea Ordoñez
Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022673715 ).
Se cita y emplaza
a los que, en carácter de causahabientes de
Joel Alfaro Alfaro, quien fue mayor, cédula de identidad N°
1-695-879, divorciado dos veces, vecino de Canoas de Alajuela, Calle La Flory, laboró para Monteros Target Security Sociedad Anónima, y falleció el 06 de junio del año 2021, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el número 22-000727-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000727-0639-LA. Por Maryuris Alfaro Miranda a favor de fallecido
Joel Alfaro Alfaro. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 21 de junio del año 2022.—Msc. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673717 ).
Edicto, se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Fabio Berrocal
Loría,
cédula de identidad 2-333-221, quien
fue mayor, soltero, vecino de Alajuela, Pueblo Nuevo, falleció
el 07 de diciembre del año 2011, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas bajo el
número 22-000974-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial, expediente N° 22-000974-0639-LA. Por gestionante Alba María Berrocal Loría a favor de Fabio Berrocal Loría. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 26 de julio del año 2022.—Licda. Digna María
Rojas Rojas, Juez(a) Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022673719 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Diego Espinoza Acuña,
cédula N° 0205740481, fallecido el
24 de noviembre del 2021, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el N°
22-000958-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000958-0639-LA, por Viviana Lucía Flores Mora, a favor de Luis Diego
Espinoza Acuña. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de julio del 2022.—Lic. Ignacio Saborío
Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673720 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Javier Ceciliano Bermúdez, mayor, estado
civil viudo, costarricense,
con documento de identidad
0102930064 y vecino(a) de Pérez Zeledón
y de Rita Dinorah del Socorro Benavides Álvarez,
mayor, costarricense, viuda,
con documentos de identidad
0400870082 y vecina de Pérez Zeledón.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente
22-000198-0188-CI-7.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Civil), hora y fecha de emisión:
trece horas con diez minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós.—Msc.
Harold Ríos Solórzano, Juez/a.—1 vez.—( IN2022673865 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Alvin Belisario De L Rojas Sánchez,
0107060947, fallecido el 25
de marzo del 2022, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas bajo el
N° 22-000712-0929-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000712-0929-LA, por Marjorie Inés
López Castro, a favor de Alvin Belisario De L
Rojas Sanchez. Nota: “De conformidad con la circular
N° 67-09, emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 23 de agosto del 2022.—Lic. José
Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-20221C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022674163 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Faustino Espinoza Espinoza,
mayor, costarricense, cédula de identidad
número: 202500142, fallecido
el 06 de agosto de 2022, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de personas fallecidas, bajo el
número 22-000743-0929-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 22-000743-0929-LA. Por Operadora de Pensiones Banco Popular a favor de Faustino Espinoza Espinoza. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de agosto del año
2022.—Licda. Sugey Martínez
Cano, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022674165 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Bonilla Madrigal 0301240899, fallecido el 30 de agosto del año 2014, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el Número 22-000733-0929-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 22-000733-0929-LA. Por Ileana Patricia Bonilla Cárdenas a favor de Rafael
Bonilla Madrigal.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 24 de agosto del año 2022. Lic. Mario José Rojas Soro. Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022674166 ).
Edicto, se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Alberto Retana
Berrocal, cédula de identidad
102360626, fallecido el 21
de agosto de 2019, que se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias promovidas por María Retana Jiménez. c.c. Marielos Retana Jiménez, cédula de identidad
105460019, de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers. fallecidas bajo el
número 22-000643-0929-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial,
expediente N° 22-000643-0929-LA. Por Operadora de Pensiones Popular Pensiones a favor de Alberto Retana
Berrocal. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 13 de julio del año 2022.—Lic. Andrey de los Ángeles Garro Carvajal, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674167 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Eduardo De La Trinidad Mora Barrantes,
0105360864, fallecido el 28
de abril del 2022, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el N° 22-001084-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001084-0505-LA. Por a
favor de Ronald Eduardo De La Trinidad Mora Barrantes.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 21 de junio
del 2022.—Licda. Carolina Muñoz González, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-1-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022674176 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
740158, marca: Peugeot, estilo: Partner XT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción:
4X2, número chasis: VF3GJWJYB8J031533,
año fabricación: 2008,
color: gris, cilindrada: 1868 c.c
cilindros: 4. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós con la base de un millón
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con
la base de seiscientos veinticinco
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Patricia Fernández Cordero contra Fernando Antonio de la
Trinidad Fernandez Moya, expediente 20-006019-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
10 de agosto del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes
Ávila, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022674771 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos noventa y un mil trescientos sesenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
BDH321, marca: Toyota, estilo:
Yaris, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año fabricación:
2013, color: plateado, vin: JTDBT92300L043988,
cilindrada: 1496 c.c,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del nueve de noviembre de
dos mil veintidós con la base de cuatro millones doscientos sesenta y ocho mil quinientos veintiún colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del diecisiete
de noviembre de dos mil veintidós
con la base de un millón cuatrocientos
veintidós mil ochocientos cuarenta colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de 3-101-498502 Sociedad Anónima contra
Katherine Stephanie Sánchez Garita, expediente
20-006100-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 11 de agosto del año
2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—(
IN2022674773 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y ocho mil novecientos noventa y ocho dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
316-01626-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintisiete
mil doscientos cuarenta y
dos, derecho cero cero cero,
la cual es terreno de montaña y agricultura. Situada: en el
distrito 2-Puerto Jiménez, cantón 7-Golfito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública con 119.71 mts. de frente;
al sur, Antonio Retana; al este,
Marvin Aguirre Chaves, y al oeste, Marco Antonio
Aguirre Chaves. Mide: treinta
mil metros cuadrados. Plano: P-0656411-2000 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del primero de diciembre
del dos mil veintidós, con la base de veintinueve mil doscientos cuarenta y ocho dólares con sesenta y seis
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del doce de diciembre del dos mil veintidós, con la base de nueve
mil setecientos cuarenta y nueve dólares con cincuenta y cinco centavos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Fernando Antonio Retana Jara. Expediente
N° 21-001665-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito, hora y fecha
de emisión: catorce horas
con cincuenta y nueve minutos del veintinueve de agosto del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco,
Juez/a Coordinador/a.—(
IN2022674779 ).
En este
Despacho, con una base de cinco mil seiscientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 187-04721-01-0003-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 620904-000, la cual es naturaleza: Terreno de café. Situada: en el distrito
4-Cangrejal, cantón 12-Acosta, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Ilda Garro Abarca; al sur, Rodrigo y Cristóbal Garro Abarca; al este, Luz Marina Garro Abarca, y al oeste, calle pública. Mide: mil seiscientos veintiún metros cuadrados. Plano:
SJ-1470294-2010. Para tal efecto,
se señalan las trece horas cincuenta minutos del veintisiete de setiembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas cincuenta minutos del
cinco de octubre del dos
mil veintidós, con la base de cuatro mil doscientos dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas cincuenta minutos del trece de octubre del dos mil veintidós,
con la base de mil cuatrocientos dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
3-101-736181 S. A. contra Noemy Garro
Abarca. Expediente N°
20-003242-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de
mayo del año 2022.—Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022674780 ).
En este
Despacho, con una base de tres millones ochocientos veintitrés mil treinta
y siete colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: NBM431, marca: Kia, estilo: Picanto, serie:
KNABX512AHT398742, número chasis:
KNABX512AHT398742, color: beige, vin: KNABX512AHT398742, N° motor: G4LAGP108250, modelo: TAS6K3615,
combustible: gasolina. Para tal
efecto, se señalan
las dieciséis horas quince minutos
del veinte de febrero del
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las dieciséis horas quince minutos
del veintiocho de febrero
del dos mil veintitrés, con la base de dos millones ochocientos sesenta y siete mil doscientos setenta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas quince minutos
del ocho de marzo del dos
mil veintitrés, con la base de novecientos
cincuenta y cinco mil setecientos cincuenta y nueve colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Alfonso Bermúdez Herrera. Expediente
N° 22-001478-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintitrés horas con cincuenta y ocho minutos del seis de junio del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez
Alfaro, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022674815 ).
En este
Despacho, con una base de tres millones quinientos
cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BDN 170, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, serie:
JTDBT923X01424968, carrocería: sedán 4 puertas,
número motor: 1NZE160323, cilindrada:
1496 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las nueve horas cero minutos
del tres de octubre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del once de octubre
de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintidós con
la base de ochocientos ochenta
y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A. contra Marco Aurelio Alemán Gamboa, expediente
20-014310-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con veintisiete minutos del diecisiete de enero del dos mil veintidós.—Licda. Lidieth Venegas Chacón, Jueza Tramitadora.—( IN2022674839 ).
En este
Despacho, con una base de cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones
17-010423-0489-TR 2017317000869 0 0 Juzgado de Tránsito del
Primer Circuito Judicial de San José
y colisiones 18-002262-0497-TR 2018-241600255 0 0 Juzgado de Tránsito de Heredia;
sáquese a remate el vehículo
placa: BNG826, marca: Mitsubishi, estilo: Mirage, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
MMBXTA03AHH004944, número chasis:
MMBXTA03AHH004944, año fabricación:
2017, color: gris, vin: MMBXTA03AHH004944, N° motor: 3A92UGA8392, marca: Mitsubishi, N°
serie:
no indicado, modelo: A03AXTHHL, cilindrada:
1193 C.C, cilindros: 3, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dos
de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del diez de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres mil setecientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A.
(I Grado) contra Nathalie Alejandra Alfaro Aguilar. Expediente
N° 21-009828-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: diez horas con cincuenta y tres minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022674840 ).
En este
Despacho, con una base de
seis mil doscientos diecinueve dólares con noventa
y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisiones Número de Sumaria
17-005619-0494-TR, Número Boleta
201738500713. Colisiones Número
de Sumaria 19-002310-0494-TR, Número
Boleta 2019-212100358; sáquese
a remate el vehículo placa: BNX458. Marca: Mitsubishi. Estilo:
Mirage G4. Categoría: Automóvil.
Capacidad: 5 personas. Año Fabricación: 2017. Color: gris. VIN: MMBSTA13AHH005174. N.Motor: 3A92UDY9723. Cilindrada: 1193 c.c. Combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del tres de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cuarenta y cinco minutos del once de octubre de
dos mil veintidós con la base de cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro dólares con noventa y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintidós con
la base de mil quinientos cincuenta
y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A.,
contra Olga María Valdez Cuadra. Exp: 21-011400-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con ocho minutos del catorce de enero del dos mil veintidós.—Lidieth De Los Ángeles Venegas Chacón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022674841 ).
En este despacho, con una base de dieciséis mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: BQD161, marca: Hyundai, estilo: IONIQ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: KMHC851CGJU079202, peso vacío:
0, carrocería: sedan 4 puertas,
peso neto: 1370 kgrms., tracción: 4x2, peso bruto: 1870 kgrms., número chasis: KMHC851CGJU079202, año fabricación: 2018, color: azul.
Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas
cero minutos del uno de noviembre
de dos mil veintidós con la base de doce mil trescientos sesenta y dos dólares con cuatro
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil ciento
veinte dólares con sesenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A.
contra Juan Arturo Barrientos Peña. Expediente N°
21-012070-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con diecisiete
minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós.—Manuel
Loria Corrales, Juez Tramitador.—(
IN2022674842 ).
En este
Despacho, Con una base de
seis millones seiscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos
sesenta y un colones con ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
44082, derecho 0000, la cual es terreno
de pastos finca se encuentra
en zona catastrada. Situada en el
distrito 01 Puntarenas, cantón
01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Fertica S. A.; al sur, lote para calle; al este lote para calle y al oeste lote 82. Mide: Trescientos setenta y siete metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintinueve de setiembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del siete
de octubre de dos mil veintidós
con la base de cuatro millones novecientos
noventa mil ochocientos cuarenta y cinco colones con ochenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós con la base de un millón
seiscientos sesenta y tres mil seiscientos quince colones con veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Asociación Evangélica de Shekinah de Puntarenas, Kemblye
Marcela Álvarez
Tercero. Expediente N°
20-001954-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: quince horas
con cincuenta y cuatro minutos
del treinta de marzo del
dos mil veintidós.—Anny
Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022674853 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones ciento setenta y cinco mil trescientos treinta y nueve colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BND526 Marca Suzuki, estilo SWIFT GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, Serie MA3ZC62SXJAC33735, Año 2017, carrocería Sedan 4 puertas Hatchback, color gris,
Tracción 4X2, Vin MA3ZC62SXJAC33735 cilindrada 1200c.c, N Motor K12MN1926099. Para tal efecto se señalan
las catorce horas cero minutos
del veinte de abril del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintiocho
de abril del año dos mil veintitrés con la base de tres millones ochocientos ochenta y un mil quinientos
cuatro colones con cincuenta
y cinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del nueve de mayo del año dos mil veintitrés con la
base de un millón doscientos
noventa y tres mil ochocientos treinta y cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Marco Antonio González Ugalde.
Expediente:21-000782-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 19 de agosto del año 2022.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza
Tramitadora.—( IN2022674855 )
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de cuarenta y tres mil quinientos sesenta dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
0342-12358-01-0002-001, servidumbre sirviente citas:
0369-13768-01-0040-001, servidumbre sirviente citas:
0369-13768-01-0041-001, servidumbre trasladada 369-13768-01-0930-001, servidumbre
de paso citas: 0485-10957-01-0028-01
0485-10957-01-0029-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0030-01, servidumbre
de paso citas: 0485-10957-01-0031-01, servidumbre de paso citas:
0485-10957-01-0032-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0033-01, servidumbre
de paso citas: 0485-10957-01-0034-01, servidumbre de paso citas:
0485-10957-01-0035-01, 0485-10957-01-0036-01, servidumbre
de paso citas: 0485-10957-01-0037-01, servidumbre de paso citas:
0485-10957-01-0038-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0039-01, servidumbre
de paso citas: 0485-10957-01-0040-01, servidumbre de paso citas:
0485-10957-01-0041-01, servidumbre de paso citas: 0497-00014033-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 149779-000,
derecho, la cual es terreno
de repastos. Situada: en el distrito
01-Espíritu Santo, cantón 02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Campos Espamar S.
A., Castro Castro Castro,
ambos en parte; al sur, servidumbre en medio de Adolfo
Campos Suarez; al este, Ana Ruth Arce Barrantes, y al oeste, Adolfo
Campos Suarez. Mide: seis mil seiscientos
veintiséis metros con dieciséis
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de treinta
y dos mil seiscientos setenta
dólares exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil veintidós,
con la base de diez mil ochocientos
noventa dólares exactos (25% de la base original). Con una
base de veintidós mil cuatrocientos
cuarenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número 136685-000, la cual
es terreno de zona verde. Situada: en el
distrito 01-Espíritu Santo, cantón
02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Campos y Designios S. A.; al sur, calle pública con un frente de 20
metros; al este, Campos y designios
S. A., y al oeste, Campos y Designios
S. A. Mide: dos mil trescientos
noventa y siete metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de dieciséis
mil ochocientos treinta dólares exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil
veintidós, con la base de cinco
mil seiscientos diez dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Erick Fernández
Rivera. Expediente N° 17-011992-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de agosto
del año 2022.—Maureen Cecilia Vargas Solano, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022674902 ).
En este
Despacho, con una base de sesenta y dos mil seiscientos catorce dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
387-07939-01-0800-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 230955 derechos 001 y 002, la cual
es terreno para construir bloque B lote 18. Situada: en el
distrito 9-Dulce Nombre, cantón 1-Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo; al este, lote 19 bloque B, y al oeste, lote 17 bloque B. Mide: ciento cuarenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de octubre del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós,
con la base de cuarenta y seis mil novecientos sesenta y un dólares con tres centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós,
con la base de quince mil seiscientos cincuenta y tres dólares con sesenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Francisco Roberto Granados Ureña, Nuria del Carmen
Arrieta Ramírez. Expediente N°
21-010716-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 22 de julio del año
2022.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga,
Juez Tramitador.—( IN2022674903 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones veintisiete mil cien colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número 44564, derecho 000, la cual
es terreno para construir en parte charrales
y para la agricultura. Situada:
en el distrito
2 Tárcoles, cantón 11
Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carmen Alvarado;
al sur, Rigoberto Soto Blanco; al este, Rigoberto
Soto Blanco, y al oeste, María Camacho Mondragón S.
A. Mide: cuatro mil cuatrocientos
dos metros setenta y un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas del veintisiete de setiembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas del
cinco de octubre del dos
mil veintidós, con la base de treinta
y tres millones veinte mil trescientos veinticinco colones (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del trece de octubre del dos mil veintidós,
con la base de once millones seis mil setecientos setenta y cinco colones (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución de sentencia de
Francisco de la Trinidad Rodríguez Argüello contra
María Camacho Mondragón S. A. Expediente N° 18-000036-0642-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia
Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión: catorce horas con catorce minutos del primero de setiembre del dos mil veintidós.—Eunice Villalobos Jiménez, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022674906 ).
En este Despacho, con una base de trece millones novecientos cincuenta mil colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208
Sist. Financiero de Vivienda citas:
2014-319003-01-0001-001 Bono Nº
1006767004,
las viviendas de interés social son inembargables
por 3° acreedores 5.525.000
Col; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 174812-000, la cual es terreno bloque G lote 3 terreno dedicado a pastos. Situada en el
distrito 1-Paraíso, cantón
2- Paraíso,
de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, lote 4 bloque G; al sur, lote 2 bloque G; al este, lote 8 bloque G y al oeste, calle pública con 8,00 metros. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veintiséis
de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del cuatro de octubre de dos mil veintidós
con la base de diez millones
cuatrocientos sesenta y dos
mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del doce
de octubre de dos mil veintidós
con la base de tres millones
cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación
Solidarista de Empleados de Plycem
Construsistemas Costa Rica contra Luis Enrique Pérez Ramírez, expediente
21-006369-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 15 de julio del año
2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022674913 ).
En este
Despacho, con una base de cinco mil setecientos cincuenta y ocho dólares con cuarenta y un
centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando infracción/colisión bajo sumaria
18-001780-0607-TR; denuncia de tránsito bajo las citas: 0800-00933757-001 sáquese
a remate el vehículo:
BKB748, marca: Toyota, estilo:
Yaris, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie/chasis/vin: JTDBT4K38A1384684, tracción:
4x2, motor marca: Toyota, número
ilegible, cilindrada: 1500
cc, combustible: gasolina; sáquese
a remate el vehículo:
BKB748. Para tal efecto, se
señalan las ocho horas cero
minutos del veinticuatro de
noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del dos de diciembre del
dos mil veintidós, con la base de cuatro mil trescientos dieciocho dólares con ochenta y un centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós, con la base de mil cuatrocientos
treinta y nueve dólares con sesenta centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDIQ (Cedente), Luis Alonso Camacho Arias (Cesionario) contra Leuman Gabriel
Paredes Guadamuz. Expediente
N° 20-008085-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con catorce minutos
del seis de setiembre del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022674914 ).
A las ocho horas treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veintidós (08:30 horas del 05-10-2022), en
la puerta exterior del local que ocupa
este Juzgado, al mejor postor, por
la suma de un millón trescientos veintinueve mil seiscientos ochenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos (¢1.329.685,66),
libre de gravámenes hipotecarios,
remataré el inmueble dado en garantía, sea: Partido de Alajuela, matrícula
número doscientos veinticuatro mil noventa y cinco-cero cero cero
(2-224095-000), que es terreno con un local comercial. Sito: en distrito 3, San José (Pizote), cantón 13, Upala de la provincia de Alajuela. Lindante:
al norte, calle pública con frente de 18,84 mts;
al sur, Yaneth Rodríguez Mora; al este,
María de la Cruz Obando Sánchez, y al oeste, Carlos Ortega
Obando; el cual mide: trescientos noventa y seis metros cuadrados, según plano N°
A-0670552-2000, propiedad del demandado Ólger Rojas Villalobos. En caso
de resultar fracasado el primer remate, para la segunda
subasta y con la rebaja del
veinticinco por ciento de la base original, sea la suma
de novecientos noventa y siete mil doscientos sesenta y cuatro colones con veinticinco céntimos
(¢997.264,25), se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de octubre del dos mil veintidós (08:30 horas del 13-10-2022). En la eventualidad de que en el segundo
remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco
por ciento de la base
original, o sea la suma de trescientos
treinta y dos mil cuatrocientos
veintiún colones con cuarenta y un céntimos
(¢332.421,41), se señalan las ocho
horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil veintidós (08:30 horas del 21-10-2022). Razón:
Publíquese por dos veces consecutivas en el Boletín
Judicial. De conformidad con la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte, del 22 de junio
de 2009. Se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos. Lo anterior por estar
así ordenado en proceso: ejecución
hipotecaria N° 19-002302-1202-CJ establecido
por Banco Nacional de Costa Rica, contra Ólger Rojas Villalobos.—Juzgado
Civil y Trabajo Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Agraria), Upala,
25 de agosto del 2022.—Lic.
Armando Guevara Rodríguez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022674921 ).
A las nueve horas del veintiocho de octubre de dos mil veintidós, en la puerta exterior del local que ocupa
este juzgado, en el mejor
postor remataré, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo las citas:
0322-00004480-01-0901-001, servidumbre de paso bajo
las citas: 0516-00016462-01-0014-001, y con la base fijada pericialmente de ciento treinta y tres millones seiscientos
treinta y dos mil setecientos
sesenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos, la finca embargada inscrita en propiedad al Partido de
Alajuela matrícula número ciento ochenta y cuatro mil cero ochenta y tres-cero cero cero, naturaleza: terreno de charral, situada en distrito
cuatro Aguas Zarcas, cantón diez San Carlos, de la Provincia de Alajuela, linderos:
al norte: Asociación Administradora del Acueducto
Rural de San Carlos, Sociedad Juan Pablo Primero, al sur: Asociación
Administradora del Acueducto
Rural de San Carlos y calle pública,
al este: Asociación Administradora del Acueducto
Rural de San Carlos, Aníbal Quesada, calle privada, y al oeste: Minervino Rodríguez. Mide cincuenta y un mil doscientos sesenta y cuatro
metros con setenta y dos decímetros
cuadrados. No se indica plano.
Propiedad de La Gota S. A.
Para la segunda subasta,
con la rebaja del veinticinco
por ciento de la base
original, sea la base de cien millones
doscientos veinticuatro mil
quinientos setenta y siete colones con once céntimos se señalan las nueve horas del siete de noviembre de dos mil veintidós.
Para la tercera subasta,
que iniciará con el veinticinco por ciento de la base original, sea la base de treinta y tres millones cuatrocientos ocho mil ciento noventa y dos colones con treinta y seis céntimos, se señalan las nueve horas del
quince de noviembre de dos mil veintidós.
Se remata por ordenarse así en
proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra La Gota S. A. Exp.
Nº 15-000993-1202-CJ. Lic. William Arburola Castillo, juez. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín
Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil.
De conformidad con la Circular número
67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación de este edicto está exenta
de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 24 de agosto de 2022. Lic. William Arburola Castillo, Juez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022674922 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones seiscientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando citas: 0800-00689192-001;
sáquese a remate el vehículo placa: CL 299702, marca: Ford, color: blanco, capacidad: 5 personas, serie:
AFAFP5MP5HJT32876, chasis: AFAFP5MP5HJT32876, vin:
AFAFP5MP5HJT32876, año de fabricación:
2017. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintinueve de mayo del dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del seis de junio
del dos mil veintitrés, con la base de quince millones quinientos diecisiete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de junio del dos mil veintitrés, con
la base de cinco millones ciento setenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Ricavi de Alajuela Sociedad Anónima contra Natalie Soto Alpízar. Expediente N° 20-010024-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con once minutos
del treinta de agosto del
dos mil veintidós.—Angie
Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022674989 ).
En este
Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos
cuarenta y tres mil cuatrocientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BPR005, Marca:
Hyundai, Estilo: Accent GLS, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, año fabricación:
2007, color: plateado, Vin: KMHCM41AP7U145088, cilindrada: 1500 c.c. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veintiuno de setiembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas quince minutos del tres
de octubre del dos mil veintidós,
con la base de dos millones quinientos
ochenta y dos mil quinientos
ochenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del
once de octubre del dos mil veintidós,
con la base de ochocientos sesenta
mil ochocientos sesenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Credimundo S. A. contra Ricardo Antonio Orozco Aguilar. Expediente N° 18-009149-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de julio del año 2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos,
Jueza Decisora.—(
IN2022675022 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta millones seiscientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
191834, derecho 000, la cual es terreno
de pastos. Situada en el Distrito: 02-La Unión, Cantón: 04-Montes de Oro, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte
en parte Rodrigo Vargas
Salas y en parte Ángela Marín González;
al sur Rodrigo Vargas Salas; al este Rodrigo Vargas
Salas y al oeste calle pública. Mide: cuatro mil treinta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas veinte minutos del veinticuatro de noviembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas veinte minutos del
dos de diciembre de dos mil veintidós,
con la base de treinta millones
quinientos dos mil quinientos
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas veinte minutos del catorce de diciembre de dos mil veintidós, con la base de diez millones ciento sesenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Agropecuaria Río
Zapotal S.A, Andrés Vargas Quiroga.
Exp:19-004747-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: catorce horas con dieciocho minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022675034 ).
En este
Despacho, 1) Con una base
de catorce millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 174282, derecho 000, la cual
su terreno es parte edificio para habitación. Situada en el distrito
4-Catedral, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda:
al norte: Claudia y Carmen Marín
Barrientos; al sur: Francia Ramos Marín; al este: calle siete
con 5,30 m.; y al oeste: Claudia y Carmen Marín
Barrientos. Mide: cincuenta
y seis metros con cuarenta y siete
decímetros cuadrados, para
lo cual se señalan las nueve horas diez minutos del cuatro de octubre del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas diez minutos del doce de octubre del dos mil veintidós,
con la base de diez millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del veinte de octubre del dos mil veintidós, con la base de tres millones quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). 2) con una base de treinta y tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de San José, matrícula N° 174284,
derecho 000, la cual su terreno es solar con una casa de habitación. Situada en el distrito
4-Catedral, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda:
al norte: avenida 16 con 11
m. 50 cm.; al sur: Juan Elías Ramos Noemy Marín y otros; al este: Juan Elías
Ramos, Noemy Marín y otros: y al oeste. Hortensia
Rivera Cordero. Mide: ciento
cuarenta y dos metros con cincuenta
y siete decímetros cuadrados. De no haber postores para el segundo remate la base de veinticuatro
millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carla Maria Urroz
Molina. Expediente N° 20-001180-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 31 de mayo del 2022.—María Del Carmen Vargas
González, Jueza Decisora.—(
IN2022675049 ).
En este
Despacho, con una base de
once millones setecientos setenta y seis mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número ciento doce mil setecientos tres, derecho cero cero cero, la cual
es terreno naturaleza: terreno de casa y patio con una
casa de interés
social. Situada en el distrito 3-Pocora, cantón 6-Guácimo
de la provincia de Limón. Linderos: al norte, Rafael Alfaro
Arias; al sur, Municipalidad de Guácimo, Sonia Parra Alfaro; al este,
calle pública con un frente de 15,04
metros y al oeste, Sonia Parra Alfaro. Mide: doscientos cincuenta y cinco metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: L-0005327-1991. Para tal
efecto, se señalan las once
horas cero minutos del doce
de octubre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veinte de octubre de
dos mil veintidós con la base de ocho
millones ochocientos treinta y dos mil trescientos setenta y cinco colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del veintiocho de octubre
de dos mil veintidós con la base de dos millones novecientos cuarenta y cuatro mil ciento veinticinco colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Aaron Josué Pérez Granados
y Miurel Polet Rojas Brenes, expediente
21-007160-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 12 de agosto
del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2022675050 ).
En este
Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 319-10990-01-0901-001, servidumbre
trasladada citas:
325-19912-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento noventa
y tres mil ciento veintiocho, derecho 001, 002, la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación. Situada:
en el distrito
5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte,
lote 18; sur, lote 15; este, lotes 8, 9 y 10; oeste, calle pública con 18 metros. Mide: trescientos veinticuatro metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós,
con la base de nueve millones
de colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del dos
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Grettel Balbina de los Ángeles Rojas Cruz, Julio
Antonio Gómez Carballo. Expediente
N° 21-013229-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 27 de julio del año
2022.—Licda. Tatiana Meléndez
Herrera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022675051 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y tres millones ochocientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada (citas: 273-00560-01-0901-003), servidumbre
de paso
(citas: 2011-228188-01-0003-001); sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 485684, derecho
000, la cual es terreno Lote A, terreno para construir. Situada en el Distrito: 04-Carrillos, Cantón: 08-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte Tito Monge León; al sur Lote B de Transportes Daxi, S. A. y servidumbre de
paso; al este Roberto Miranda León
y al Oeste Isabel León Soto. Mide: doscientos noventa y siete metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil
veintidós, con la base de treinta
y dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de noviembre de dos
mil veintidós, con la base de diez
millones novecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Alexandra María Chaves Araya,
Christian Alfredo Víquez Chaves. Exp:22-000071-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con ocho minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2022675052 ).
En este
Despacho, con una base de
quince millones de colones exactos; soportando: reservas y restricciones citas: 373-19688-01-0902-001, sáquese
a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula
N° 256805-000, la cual es terreno
para construir N. 881. Situada
en el distrito1-Alajuela, cantón
1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte: calle el Colegio; sur: INVU; este: INVU; y oeste: INVU. Mide: ciento siete
metros con seis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta minutos del veinticinco de octubre de dos mil
veintidós, con la base de once millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda, contra Severa
Anabel Rosales Espinoza, William Szuster Saborío. Expediente N° 22-000093-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con un minuto del quince de febrero del
dos mil veintidós.—M.Sc. Angie Rodríguez
Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2022675053 ).
En este
Despacho, con una base de
quince millones quinientos sesenta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos,
citas: 2014-257262-01-0004-001, servidumbre
de paso, citas: 2016-442265-01-0014-001; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número ciento sesenta mil ciento setenta y tres, derecho cero cero uno y
cero cero dos, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito
5-Cariari, cantón
2-Pococí, de la provincia de Limón. Linderos: al norte, German Solano
Peraza; al sur, German Solano Peraza; al este, servidumbre de paso con un frente
a ella de 12 metros lineales; al oeste, Yeinier Guevara Alemán. Mide:
doscientos cincuenta y un
metros cuadrados. Plano: L-1902718-2016. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós,
con la base de once millones seiscientos
setenta y dos mil doscientos
cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dos
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
ochocientos noventa mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adrián Jafet Durán Ugalde,
Hillary Marian Valverde Vega. Expediente N°
22-000110-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 17 de agosto
del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2022675054 ).
En este
despacho, con una base de tres millones novecientos
mil colones exactos libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
doscientos siete mil ciento cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 4-Laurel, cantón
10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de Servicios Múltiples de
La Vaquita R.L.; al sur, cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de Servicios Múltiples de
La Vaquita R.L.; al este, Cooperativa
de Autogestión
Agropecuaria y de Servicios
Múltiples
de La Vaquita R.L y al oeste, calle
pública
con 20 metros de frente. Mide:
seiscientos metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del catorce de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las siete
horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos
mil veintidós con la base de dos millones
novecientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós
con la base de novecientos setenta
y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Danny Rafael Alvarado Castro, expediente 22-000417-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito, hora y fecha de emisión:
diez horas con cuarenta y
seis minutos del veinticinco
de agosto del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco,
Juez Coordinador.—(
IN2022675055 ).
En este Despacho, con una base de un millón trescientos cuarenta y siete mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic. y limita Ref.: 2579-241-001, citas:
311-15239-01-0921-005; sáquese a remate la finca del
Partido de Puntarenas, matrícula número
ciento cuarenta mil ciento cuarenta y cuatro, derecho
cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito
4-Pavón,
cantón 7-Golfito de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte:
Primitivo Alfaro Méndez; al sur: calle pública; al este: Rafael Ángel Castro Mata; y al oeste: Primitivo
Alfaro Méndez.
Mide: doscientos noventa y seis metros con ochenta
y cuatro decímetros
cuadrados. Plano: P-0964169-2004. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del doce de octubre de dos mil veintidós, con la base de un millón
diez mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veintidós, con
la base de trescientos treinta
y seis mil setecientos cincuenta
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Anais Mora Villanueva, Miguel Antonio Barrantes Jiménez. Expediente N° 22-000591-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito. Hora y fecha
de emisión: trece horas con
nueve minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez
Coordinador.—( IN2022675056 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones seiscientos
ochenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
2015-124385-01-0002-001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-124385-01-0003-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 414655 001 y
002, la cual es terreno terreno para construir con una vivienda de interés social. Situada en el Distrito 4-San Pedro, Cantón 12-Sarchí, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
Fidel Madrigal Vega; al sur servidumbre de paso con diez metros cincuenta y un cm en medio, Albino Morales Alfaro.; al este
Yorleni Gerarda Cortes
Salas. y al oeste Víctor Manuel Obando Rojas y Elena
Rojas Vargas. Mide: doscientos
nueve metros cuadrados plano: A-1771004-2014. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós con la base de ocho millones trece mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con la base de dos millones
seiscientos setenta y un
mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Brayan David Cortes Cubero, Jackeline
Susana Espinoza Porras. Expediente:22-002284-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia. Hora y fecha de emisión:
nueve horas con treinta y
seis minutos del dos de Setiembre
del dos mil veintidós.—Heiner Eduardo Baltodano Solís, Juez Decisor.—( IN2022675057 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. med. Ref.: 2562 145 001, bajo las citas: 314-01643-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del Partido de San José, matrícula
N° 254964, derecho: 000, la cual es terreno: para construir y una casa, lote 862. Situada en el
distrito: Cinco Esquinas, cantón: Tibás de la provincia de: San José. Colinda:
al norte: lote: 863; al
sur: lote 861; al este:
alameda 18; y al oeste: lote
880. Mide: setenta y seis
metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintiséis
de octubre de dos mil veintidós,
con la base de dieciocho millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del
cuatro de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de seis millones de colones
exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta
Nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Fernanda Vargas Solano. Expediente N° 22-006709-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de agosto del
2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza
Decisora.—( IN2022675058 ).
En este
Despacho, con una base de
quince millones novecientos
cincuenta mil ochocientos ochenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
317-10881-01-0901-001 y reservas y restricciones citas:
375-04600-01-0905-001, sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento veintiséis
mil setenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito
2-Cañas Dulces, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, Zelmira Ruiz Espinalez; sur, Zelmira Ruiz Espinalez; este, Carretera Interamericana con un frente de
16 metros 50 centímetros;
oeste, Zelmira Ruiz Espinalez. Mide: trescientos metros con noventa y
seis decímetros
cuadrados. Plano: G-0723237-2001. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del once de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil
veintidós, con la base de once millones
novecientos sesenta y tres mil ciento sesenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
novecientos ochenta y siete mil setecientos veinte colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Conforme a lo ordenado por resolución de las quince
horas con trece minutos del
veintiocho de abril del dos
mil veintidós, el depósito para participar (cuando sea necesario) será de la totalidad de la base.
Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Carlos José Guerra
Salinas contra Nydia de los Ángeles Ruiz Espinales, y Pablo Alfredo Blandón López. Expediente N° 16-001533-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: once horas con veintinueve minutos del doce de julio del dos mil veintidós.—Rolando
Valverde Calvo, Juez Decisor.—(
IN2022675096 ).
En este
Despacho, con una base de
once mil ochocientos quince dólares
con ochenta y nueve
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: PHC 008, marca: Nissan,
estilo: Tida, categoría: automóvil, año: 2017, serie, vin y chasis:
3N1CC1AD4HK200429, color: dorado, Sedan 4 puertas, capacidad: 5 personas, combustible: gasolina,
N° motor:
HR16855370L. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
quince minutos del veintiséis
de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince
minutos del cuatro de octubre
del dos mil veintidós, con la base de ocho mil ochocientos sesenta y un dólares con noventa y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del trece de octubre del dos mil veintidós,
con la base de dos mil novecientos cincuenta y tres dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S.A. contra Paula Daniela Hidalgo Cerdas. Expediente N° 21-011386-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veintitrés minutos
del cinco de setiembre del
dos mil veintidós.—Cinthia
Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—(
IN2022675107 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta mil quinientos setenta y ocho dólares exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: CYN001, marca: Porsche, estilo: Cayenne, chasis: WP1ZZZ92ZDLA26662, capacidad:
5 personas, color: café, año: 2013, combustible:
diesel. Para tal efecto, se
señalan las diez horas
quince minutos del diecisiete
de enero del dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince
minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con
la base de treinta mil cuatrocientos
treinta y tres dólares con cincuenta centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del dos
de febrero del dos mil veintitrés,
con la base de diez mil ciento
cuarenta y cuatro dólares
con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de GDP Capitales y Descuentos S. A.
contra Nicolas Ibáñez Puente. Expediente N°
22-005091-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 31 de agosto del año 2022.—Susana Mata Gómez, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2022675139 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En este
Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós.
Para la primera finca: Con una base
de cuarenta y cinco millones novecientos sesenta y tres mil ciento setenta y cuatro colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas:
348-12093-01-0993-001 condiciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
cuarenta y nueve mil ochocientos sesenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote R N 10 agricultura. Situada: en el distrito
2-La Cuesta, cantón
10-Corredores, de la provincia
de Puntarenas. Linderos: norte,
calle con 180 m; sur, Roberto Picado; este, Ma Damiana Juarez; oeste,
Ildefonso Gómez. Mide: sesenta y ocho mil cuatrocientos noventa y siete metros con setenta y cuatro
decímetros
cuadrados. Plano: P-0608124-1985. Para la segunda finca: Con una base
de cincuenta y seis millones
quinientos treinta y seis
mil ochocientos veinticinco
colones con veintinueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
313-06023-01-0902-004; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número veintisiete mil novecientos quince, derecho cero cero
cero, la cual es terreno agricultura. Situada: en el
distrito 4-Laurel, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linderos:
norte, Juan Trejos; sur, carretera
pública,
Amelia Batista Torres, Ana Yeinny Segura Batista y
Nancy Patricia Segura Batista; este, Félix
Parra y Ana Yeinny Segura Batista; oeste, carretera pública. Mide: setenta y cinco mil ciento veinte metros cuadrados. Plano:
P-0942749-2004. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las siete horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de treinta y cuatro millones
cuatrocientos setenta y dos
mil trescientos ochenta y
un colones con tres céntimos (75% de la base original) (para la primera finca), y con la base de cuarenta y dos millones cuatrocientos dos mil seiscientos
dieciocho colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original) (para la segunda finca). Y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de once millones cuatrocientos
noventa mil setecientos noventa y tres colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base
original) (para la primera finca). Y con la base de catorce millones ciento treinta y cuatro mil doscientos seis con treinta y dos
céntimos (25% de la base original) (para la segunda finca). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Alexis Javier de Jesús Segura Ruiz. Expediente N° 20-001730-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito, hora y fecha de emisión:
diez horas con veintinueve minutos del cinco de setiembre del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco,
Juez Coordinador.—(
IN2022675150 ).
En este
Despacho, con una base de diecisiete millones novecientos noventa y siete mil quinientos ochenta y ocho colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
245256-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada: en el
distrito 14-Sarapiquí, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Lilliam Vásquez Ferreto; al
sur, Montero Montero Alberto; al este,
Gladys Castro Alfaro, y al oeste, calle
pública
18 m 58 cm. Mide: quinientos
cuarenta y siete metros con
setenta decímetros cuadrados. Plano:
A-0832501-1989. Para tal efecto,
se señalan las once horas treinta
minutos del catorce de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta
minutos del veintidós de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de trece millones
cuatrocientos noventa y ocho mil ciento noventa y un colones con cuarenta céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de cuatro millones cuatrocientos
noventa y nueve mil trescientos noventa y siete colones con trece céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Freddy Guillermo Alfaro Chaves. Expediente N° 21-000297-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: dieciséis horas con veintitrés minutos
del veintinueve de julio
del dos mil veintidós.—Pedro
Javier Ubau Hernández, Juez
Tramitador.—( IN2022675168 ).
En este
Despacho, con una base de ciento ochenta y cinco mil setecientos treinta y siete dólares con veinticinco centavos,
soportando servidumbre trasladada citas:
0324-00016967-01-0903-001, servidumbre trasladada citas:
0324-00016976-01-0901-001, demanda ejecutiva hipotecaria citas: 0800-00696547-01-0001-001 sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula
número 00033981, derecho F 000 naturaleza:
finca filial tres, casa tipo
tres en proceso
de construcción destinada a
vivienda. Situada en Distrito 03 San Rafael, Cantón
02 Escazú, de la provincia de
San José. Linderos: Norte: zona de circulación de vehículos y finca
filial número dos. Sur: Finca filial número cuatro y Cooperativa de
Vivienda Cursor R L. Este: Zona de circulación de vehículos y finca filial número
cuatro. Oeste: Finca filial numero dos y Cooperativa de Vivienda Cursor R L. Mide:
doscientos ochenta y tres metros con un decímetro cuadrado. Plano: SJ-0905290-2004. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del uno de noviembre de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós
con la base de ciento treinta
y nueve mil trescientos dos
dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil veintidós con la base de cuarenta
y seis mil cuatrocientos treinta
y cuatro dólares con treinta
y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de contra Alexander Francisco Martínez Freer, Jug Vereda de La Sierra Ocho S. A. Exp:22-008228-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del año 2022.—Jessica
Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—(
IN2022675170 ).
En este
Despacho, con una base de veintiocho mil seiscientos sesenta dólares con setenta y nueve centavos, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones boleta 201830600106 sumaria 18-001325-0496-TR; sáquese
a remate el vehículo placa Nº CL-306924; marca:
Mitsubishi; estilo: L200; capacidad:
5 personas; color: gris; año:2017; vin: MMBJNKL30HH023393. Para tal efecto se señalan
las once horas cero minutos (11:00 a.m.) del veintiséis de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas cero minutos (11:00 a.m.) del tres de noviembre de dos mil veintidós
con la base de veintiún mil cuatrocientos
noventa y cinco dólares con cincuenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
(11:00 a.m.) del once de noviembre de dos mil veintidós con la base de siete
mil ciento sesenta y cinco dólares con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Gabriel
Alonso Camacho Jiménez. Expediente N° 22-000118-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 03 de agosto
del año 2022.—Licda. Sabina
Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022675171
).
En este
Despacho, con una base de trece millones trescientos cincuenta y ocho mil seis colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 326-17981-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula 290138 derecho 000, naturaleza:
Terreno para construir, Lote 8 R, Distrito: 1-Desamparados, Cantón: 3-Desamparados, Provincia:
San José, norte: alameda 16 con ocho metros, noventa y nueve centímetros, sur: T. R.
División Vivienda Sociedad Anónima con cuatro metros,
treinta y dos centímetros, este: Alameda 17 con doce metros,
cuarenta y un centímetros, oeste: T. R. División Viviendad
Sociedad Anónima con once metros, cincuenta
centímetros, mide: setenta y seis metros con cincuenta
y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil
veintidós con la base de diez
millones dieciocho mil quinientos cinco colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós
con la base de tres millones
trescientos treinta y nueve mil quinientos un colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Bac San José S. A. Contra Sebastián Castro Castro
y Urías Castro Umaña. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta
Nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Expediente: 22-007088-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 25 de agosto del año 2022.—Ricardo Barrantes
López, Juez Decisor.—(
IN2022675172 ).
En este
Despacho, con una base de doce mil ciento cinco dólares con treinta y cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: SVC275, marca: Toyota, estilo: Etios, capacidad: 5
personas, año: 2017, color: plateado,
vin: 9BRB29BT4H2161782, número motor: 2NR4106791, combustible: gasolina,
cilindrada: 1500 C.C. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de nueve mil setenta
y nueve dólares con un
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de tres
mil veintiséis dólares con treinta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Silvio Ramón Casanova
Flores, Verónica Francisca Castellón Méndez. Expediente N° 22-006241-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del año 2022.—Marvin
Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2022675173
).
En este
Despacho, con una base de
once mil setecientos ochenta
y un dólares con sesenta y
un centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando colisiones 19-005021-0496-TR
número
de boleta 2019229900852 Fiscalía
Adjunta de Cartago (Materia Penal); sáquese a remate el vehículo MPV314 Marca: KIA Estilo:
Picanto categoría: automóvil
capacidad: 5 personas Serie: KNAB3512AJT016472 carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback
Tracción: 4X2, año fabricación: 2018, cilindrada:
1248 c.c, cilindros: 4, potencia: 63 kw, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del doce de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veintidós con la base de ocho mil
ochocientos treinta y seis dólares con veintiún centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil veintidós con
la base de dos mil novecientos cuarenta
y cinco dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Bac San José S. A. contra Jenifer Paola Pineda Meneses.
Exp:21-010671-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago.- 04 de agosto del año
2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022675176 ).
En este
Despacho, con una base de trece mil trescientos setenta dólares con ochenta y
dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placas BNN780 marca: Toyota estilo: Etios
categoría: automóvil capacidad: 5 personas año fabricación: 2017 color: blanco vin: 9BRB29BT6H2163419, N. motor: 2NR4110263 marca: Toyota,
cilindrada: 1500 c.c cilindros: 4, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos (03:30
pm) del uno de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas treinta minutos (03:30 pm) del nueve de
noviembre de dos mil veintidós con la base de diez mil veintiocho dólares con
doce centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos (03:30 pm) del
diecisiete de noviembre de dos mil veintidós con la base de tres mil
trescientos cuarenta y dos dólares con setenta centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A. contra
Karla Patricia Montero González. Expediente N° 20-012920-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de
agosto del año 2022. Es todo.—Licda. Sabina Hidalgo
Ruiz, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022675177 ).
En este
Despacho, Con una base de dieciséis mil setecientos cuarenta y seis dólares con
cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BNN286, marca: Toyota,
estilo: Etios, capacidad: 5 personas, año: 2017,
color: azul, categoría: automóvil, VIN: 9BRB29BT6H2162562, N. motor: 2NR4108464, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de
octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil
veintidós con la base de doce mil quinientos cincuenta y nueve dólares con
ochenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del
cuatro de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil ciento
ochenta y seis dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco Bac San José contra Melanie Sibaja Rodríguez. Expediente N°
19-000900-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José,
16 de agosto del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2022675179 ).
En este
Despacho, con una base de
dos millones cuarenta y dos
mil doscientos ochenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMN604, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: KMHCU41EBCU253513, carrocería:
Sedan 4 puertas, color: blanco.
Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón
quinientos treinta y un mil
setecientos diez colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil veintidós con la base de quinientos
diez mil quinientos setenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Dennis Alberto Vílchez Sequeira
contra Andrea Paola Mathiu Castillo, Patricio Ramón
Chacón Zapata. Expediente
N° 17-014976-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 31 de agosto del año 2022.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza
Decisora.—( IN2022675204 ).
En este Despacho, con una base de veintiún mil seiscientos noventa y tres dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 316-10842-01-0002-001;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
102147-F-000, la cual es terreno
finca filial primaria individualizada
A sesenta y dos apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos pisos. Situada: en el
distrito: 02-San Miguel, cantón:
06-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca Filial
Primaria Individualizada A Sesenta y Tres; al sur, Finca Filial Primaria Individualizada A Sesenta y Uno;
al este, servidumbre
pluvial y finca filial primaria individualizada
A sesenta y cuatro, y al oeste,
área común acceso uno uno. Mide: seiscientos
ochenta y dos metros cuadrados.
Valor porcentual: 0.25445. Valor medida:
0.00071. Plano: A-1609060-2012. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de dieciséis
mil doscientos setenta dólares con veinticinco centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil veinte, con
la base de cinco mil cuatrocientos
veintitrés dólares con cuarenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial Comercial
Turístico Hotelero Agrícola y Ecuestre de FFPI Hacienda contra Carol Susana Agüero
Quesada. Expediente N° 22-000015-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: trece horas con
cincuenta y ocho minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós.—Heiner
Eduardo Baltodano Solís, Juez
Decisor.—( IN2022675205 ).
En este
Despacho, con una base de veinticinco mil doscientos cuarenta y cuatro dólares con sesenta y siete centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: CL309487, marca: Mitsubishi estilo: L200, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, serie:
MMBJNKL30JH002015, año: 2018, carrocería: camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, color: azul, tracción: 4x4 chasis: MMBJNKL30JH002015, Vin: MMBJNKL30JH002015, N° motor:
4D56UAM0109, cilindrada: 2477 c.c. Para tal efecto se señalan
las catorce horas treinta minutos del seis de octubre del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós,
con la base de dieciocho mil novecientos
treinta y tres dólares con cincuenta centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós con
la base de seis mil trescientos once dólares con diecisiete centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Martín Leonicio Aguilar Alvarado. Expediente
N° 21-013961-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 04 de agosto del año
2022.—Licda. Pilar Gómez Marin, Jueza
Tramitadora.—( IN2022675206 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y nueve millones cien mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas:
312-15022-01-0902-001, servidumbre trasladada citas:
345-00859-01-0904-001, servidumbre trasladada citas:
345-00859-01-0906- 001, servidumbre trasladada citas:
345-00859-01-0908-001, servidumbre trasladada, citas:
345-00859-01-0909-001, servidumbre trasladada, citas:
345-00859-01-0910-001, servidumbre trasladada, citas:
345-00859-01-0911-001 y servidumbre trasladada, citas:
345-00859-01-0912-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 156361, derecho 000, la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación.
Situada en el distrito 2-Tucurrique, cantón 4- Jiménez, de la provincia
de Cartago. Finca se encuentra en
zona catastrada. Colinda:
al norte, Juan Carlos, Enrique, Luis Fernando, Ana
Isabel y Rafael Sánchez Córdoba; al
sur, calle pública con 12 m de frente; al este, calle pública con 35.02 m de frente y
al oeste, Juan Carlos, Enrique, Luis Fernando, Ana
Isabel y Rafael Sánchez Córdoba. Mide: trescientos noventa y nueve metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del
once de noviembre de dos mil veintidós
con la base de veintinueve millones
trescientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil
veintidós con la base de nueve
millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Marcos Vinicio Brenes Cerdas, expediente
19-014329-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 19 de agosto del año
2022.—Pilar Gómez Marín, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022675209 ).
En este Despacho, con una base de
tres millones quinientos cinco mil doscientos veintidós colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BQN754, marca:
Hyundai Estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas serie: KMHCT4AE1GU955670, Carrocería: sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número chasis: KMHCT4AE1GU955670, año fabricación: 2016, color: azul Vin: KMHCT4AE1GU955670.- Para tal efecto se señalan las
trece horas treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta
minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós con la base de dos millones
seiscientos veintiocho mil novecientos dieciséis colones con cincuenta céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil
veintidós con la base de ochocientos setenta y seis mil trescientos cinco
colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Asimismo. se le pone en conocimiento a los postores, oferentes o terceros
interesados que, para ofrecer posturas dentro del presente asunto por el
inmueble a rematar, deberá aportar la oferta en la moneda en la que se haya
establecido la base para remate. Lo anterior, bajo el apercibimiento de no
atender las posturas que sean aportadas en moneda distinta a la del remate que
se celebra. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de María
Isabel Rapson González contra Sulman Lucrecia Rodríguez Tenorio. Expediente N°
22-001105-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de
emisión: veintidós horas con treinta y ocho minutos del dos de setiembre del
dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Decisor.—(
IN2022675210 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones cuatrocientos noventa mil colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa:
CL 294365, Marca: Mitsubishi Estilo: Canter Fuso
Categoría: carga liviana capacidad: 3 personas Serie: JLBFE73CEHKU40035 carrocería: caja cerrada o furgon
Tracción: 4X2 número chasis: JLBFE73CEHKU40035 Año Fabricación: 2017 Color:
blanco VIN: JLBFE73CEHKU40035. Para tal efecto se señalan las ocho horas
treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del
siete de noviembre de dos mil veintidós con la base de siete millones
ochocientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil veintidós con la
base de dos millones seiscientos veintidós mil quinientos colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos
Internacionales ( Veinsa ) Sociedad Anónima contra Tecnilimpieza de San Carlos RVAT S. A. Expediente N° 20- 003972-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con veinte
minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Viviana Salas
Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022675214 ).
En este
Despacho, con una base de setenta y cinco millones de colones exactos, soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos
citas: 2014-102561-01-0004-001, sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 212611-000, la cual es terreno naturaleza: Terreno de patio casa
y jardín. Situada en el distrito
4-Belén, cantón 5-Carrillo,
de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte: Saturnino Marchena Díaz;
sur: calle pública con un frente
a ella de 47.68 metros ruta nacional 155; este: Manuel Ángel Paniagua
Mendoza; oeste: Walter Marchena Marchena.
Mide: tres mil ochenta y siete metros cuadrados. Plano: G-1816786-2015. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós con la base de cincuenta
y seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del once de noviembre de
dos mil veintidós con la base de dieciocho
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Veintisiete Montecristo S.A.. Expediente N°
22-001132-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: dieciséis horas
con treinta y siete minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós.—Lic.
Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Decisor.—(
IN2022675226 ).
En este Despacho, con una base de diez millones ochocientos ochenta y nueve mil novecientos treinta y un colones con setenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 377-17937-01-0900-001, servidumbre
de paso citas: 477-08341-01-0004-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos
citas: 518-13959-01-0069-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento treinta y dos mil novecientos cuarenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno parcela cuatro. Situada: en el
distrito 8-Biolley, cantón
3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, reserva del
I.D.A.; al este, parcela cinco-dos, y al oeste, calle pública. Mide: veintiocho mil setecientos diez metros con un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las siete horas quince minutos del veinte de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas
quince minutos del veintiocho
de octubre del dos mil veintidós,
con la base de ocho millones
ciento sesenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas quince minutos del siete de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de dos millones setecientos veintidós mil cuatrocientos ochenta y dos colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fanny
Elena Rojas Badilla. Expediente
N° 22-002233-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciséis minutos
del cuatro de agosto del dos mil veintidós.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez
Tramitador.—( IN2022675401 ).
En este
Despacho, con una base de dieciséis millones quinientos cuarenta y siete mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, agua, eléctrica y pluvial citas
2017-612138-01-0013-001; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número quinientos cincuenta y siete mil cuatrocientos diecinueve derechos
cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno terreno para construir. Situada en el
Distrito Alfaro, Cantón San Ramón,
de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte Braulio Campos Quirós; al sur Oscar Mario
Araya Salas; al este con servidumbre
de paso con un frente a ella de 16.07metros y al oeste
Carlos Marín Vargas. Mide: doscientos
seis metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintiséis
de octubre de dos mil veintidós
con la base de doce millones
cuatrocientos diez mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós
con la base de cuatro millones ciento
treinta y seis mil setecientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
1) Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. 2) Al tratarse de hipoteca con bono, se advierte a terceros oferentes que de conformidad con el artículo 153 bis de la Ley 7052, el
monto total de la oferta debe ser entregado en el Remate. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Martha Enereyda Espinoza Gómez y Máximo Manzanarez
Duarte EXP:22-001409-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 01 de agosto del año 2022.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2022675409 ).
En este
Despacho, con una base de sesenta y un millónes de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
quinientos treinta y un mil
doscientos treinta y
cuatro-cero cero cero, la cual
es terreno lote 17: terreno para construir. Situada en el
Distrito Zaragoza, Cantón Palmares,
de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte lote 16; al sur Inmobiliaria La Pilarica S. A. lote 18; al este calle pública paseo de los árboles y al oeste Vitalino Rojas Ruiz. Mide: doscientos sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintiséis
de octubre de dos mil veintidós
con la base de cuarenta y cinco
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós con la base de quince millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Maximino Rivera Suira. Expediente:22- 001441-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 03 de agosto del año 2022.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2022675410 )
En este despacho, con una base de
cinco millones setecientos veinte mil colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta mil siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno
Naturaleza: Terreno para Construir, Situada en el distrito 1-Buenos
Aires, Cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas, finca se encuentra
en zona catastrada, linderos: Norte: Balbina Vargas, Gómez Sur: Balbina Vargas
Gómez, Este: Balbina Vargas Gómez, Oeste: calle pública, mide: trescientos
treinta y cuatro metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados,
Plano:P-1215993- 2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos
del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de octubre de
dos mil veintidós con la base de cuatro millones doscientos noventa mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de noviembre de dos mil
veintidós con la base de un millón cuatrocientos treinta mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro
y Préstamo contra Douglas Antonio Ortiz Irigoyen. Expediente N° 22-002677-1200-C.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Hora y fecha de emisión:
quince horas con treinta y uno minutos del uno de setiembre del dos mil
veintidós—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—(
IN2022675411 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando cond. y limit.
Ref.: 2836-223-001, citas: 324-15059-01-0901-011 y reservas y restricciones citas: 324-15059-01-0902-009; sáquese
a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula
número doscientos mil setecientos ochenta y uno,
derecho 000, la cual es terreno,
terreno para construir, situada en el
distrito: 04-Santa Rosa, cantón: 08-Tilarán
de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: calle pública con un frente
de 15 metros, sur: Marcos Aurelio Solano Mejías; este:
Marcos Aurelio Solano Mejías, oeste: Marcos Aurelio
Solano Mejías.
Mide: seiscientos metros cuadrados. Plano: G-1667355-2013, identificador
predial: 508040200781_. Para tal efecto
se señalan las nueve horas
cero minutos del dieciocho
de octubre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós, con
la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de dos millones trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela la Vivienda, contra Shirley Johanna Solano Molina. Expediente: 22-000092-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con siete minutos del diecinueve de julio del dos mil veintidós.—Rolando
Valverde Calvo, Juez Decisor.—(
IN2022675412 ).
En este
Despacho, con una base de diecinueve millones cuatrocientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 247-05436-01-0901-001 y servidumbre
de paso bajo las citas: 2016-679604-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José matrícula folio real número
463231 derechos 001 y 002, con naturaleza: terreno para construir, distrito: 2-Mercedes Sur, cantón:
4-Puriscal, provincia: San José norte,
Mayela Cordero Valverde y Ganadera
Las Bonitas S.A., sur: Andrés Segura Castillo, este, Ganadera Las Bonitas S.A., oeste, servidumbre de paso con un frente
de 8 metros. Mide: trescientos
treinta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil
veintidós con la base de catorce
millones seiscientos dos
mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós
con la base de cuatro millones ochocientos
sesenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jimmy Alberto Hidalgo Guzmán y Ivannia Cristina Barboza Mora. Expediente
N° 22-006772-1044-CJ Publíquese el
edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del Edicto
a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de agosto del año 2022.—Ricardo Barrantes
López, Juez Decisor.—(
IN2022675413 ).
En este Despacho, con una base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos , libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A
Citas: 572-97844-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y un mil setecientos ochenta y uno,
derecho 000, la cual es terreno lote seis, terreno para construir situada en el
distrito 1-Cañas cantón 6-Cañas de la provincia de Guanacaste Linderos: norte,
calle publica con 11.11 metros de frente sur, lote ocho este, lote cinco oeste,
lote siete. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados plano: G-1090612-2006.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de
octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil
veintidós con la base de dos millones ochocientos doce mil quinientos colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas cero minutos del tres de noviembre de dos mil
veintidós con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso. ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda contra Marco Aurelio Salguera Elizondo. Expediente N° 22-000109-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Hora y fecha de
emisión: nueve horas con once minutos del veintiuno de julio del dos mil
veintidós.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022675414 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
8690-F, derecho 000, naturaleza: Apartamento
5 habitacional, distrito:
11-San Sebastián, cantón: 1-San José, provincia: San José; norte: Viviendas y Desarrollos S. A.;
sur: Área común de circulación peatonal; este: Apto 6; oeste:
Apartamento 4. Mide: sesenta y tres metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos
mil veintidós con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del uno de noviembre de
dos mil veintidós con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Guido y Samudio S. A. contra Loide
Mc Kensie Thorpe. Expediente
N° 19-002102-1208-CJ. Publíquese el
edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del Edicto
a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 05 de agosto del año 2022.—Ricardo Barrantes
López, Juez Decisor.—(
IN2022675416 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
360-17524-01-0985-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número treinta y cuatro mil
cuatro, derecho cero cero cero
(hipoteca de primer grado)
la cual es terreno para agricultura N.336-87-2. Situada: en el distrito
Limón, cantón Limón,
de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, Ottis Guibson y Roberto Ramos; al sur, Adalid
Díaz y Vera Vindas; al este, calle pública, y al oeste,
Ottis Guibson. Mide: seiscientos veintiuno metros con ochenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta
minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de cuatro millones ciento
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas treinta minutos
del veinticuatro de noviembre
del dos mil veintiuno, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Félix Severino
Zavaleta Mariños, Ricardo
Gerardo Soto Vega. Expediente N° 16-002027-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 05 de agosto del año 2022.—Hazel
Carvajal Rojas, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022675500 ).
En este
Despacho, con una base de veinte millones sesenta y cuatro mil ciento cuarenta y seis colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando el vehículo: BLC179, colisiones (sumaria: 16-003121-0494-TR), número de Boleta:
2016248800251; sáquese a remate los
1) Vehículo: Placas número BLC179, Marca: Suzuki, estilo:
Grand Vitara, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: gris, Vin: JS3TE04VXG4103967,
cilindrada: 2393 c.c., combustible: gasolina, Motor N° J24B1301475 2) Vehículo Placas número BKP231, Marca: Suzuki, estilo:
Celerio GLX, Categoría: automóvil, Capacidad:
5 personas, año:
2016, color: blanco, Vin: MA3FC42S9GA259112, cilindrada 996 c.c., combustible: gasolina,
motor N° K10BN1902949. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del seis de febrero de
dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés, con la base de quince millones
cuarenta y ocho mil ciento nueve colones
con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de cinco millones
dieciséis mil treinta y
seis colones con sesenta y
un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Asociación
Solidarista de Empleados de Importadora
Monge de Alajuela S.A. y afines, contra Geancarlo Gerardo Rojas Prendas. Expediente N° 19-000589-1170-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y dos minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022675505 ).
En este
Despacho, con una base de
un millón quinientos treinta y cuatro mil ciento ochenta colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia O.I.J. bajo el tomo: 800, asiento: 00570184; sáquese a remate el vehículo: BCL457, marca:
Daihatsu, estilo: H 1 Starex
microbús,
año: 2001, color: verde,
vin: KMFWVH7HP1U356743, cilindrada: 2500 C.C. Para tal efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del trece de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince
minutos del veinticuatro de
octubre del dos mil veintidós,
con la base de un millón ciento
cincuenta mil seiscientos treinta y cinco colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del primero de noviembre
del dos mil veintidós, con la base de trescientos ochenta y tres mil quinientos cuarenta y cinco colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Yadira del Carmen Ramírez Montano. Expediente N° 19-018552-1044-CJ. Previo
a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos
del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al Despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 12 de agosto del año 2022.—Yessenia Brenes González, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022675509 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y cuatro mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
250-05404-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 121003, derecho 000, la cual
es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
1-Orotina, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Juan Alpízar
Aguilar; al sur, Vargas Mora Víctor; al este, calle pública
con un frente de 11.75 metros, y al oeste, calle pública
con un frente de 11.91 metros. Mide:
doscientos veintiún metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del diecisiete
de octubre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del veinticinco de octubre
del dos mil veintidós, con la base de treinta y tres mil dólares exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del dos de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de once mil dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas de Puente
Salas Ltda. contra Veintiocho de Orotina Sociedad Anónima. Expediente N°
22-000573-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y ocho minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2022675519 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 150334-000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito San Rafael, cantón
San Rafael de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: Rosario Campos
Campos; al sur: Vitalina
Campos Ramírez; al este: Adelnila
Ramírez Ramírez, acequia en
medio, servidumbre de paso; y al oeste:
Adelina Ramírez y otros. Mide:
ciento veintinueve metros con dos decímetros cuadrados Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas quince minutos del veinticinco
de octubre de dos mil veintidós,
con la base de cuatro millones ciento
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del dos
de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de un millón trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Rafael Ángel Arguedas Montero, contra Luis Diego Otárola
Cambronero. Expediente N° 18-006979-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: diecinueve
horas con ocho minutos del veintitrés de
mayo del dos mil veintidós.—German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022675522 ).
En este Despacho, con una base de siete millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: NSR160,
Marca: Nissan, estilo: Note, Categoría:
automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, número chasis:
3N1CE2CD1HL350487, año: 2017, N° motor: HR16741732M, cilindrada:
1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las nueve horas cero minutos
del dieciséis de febrero
del dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cero minutos
del veinticuatro de febrero
del dos mil veintitrés, con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del seis
de marzo del dos mil veintitrés,
con la base de un millón ochocientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Marcianito
Humano Sociedad Anónima contra Luis Gerardo Huertas
Rojas. Expediente N° 21-006925-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y nueve minutos del veinticinco de abril del dos mil veintidós. Bridley Rodríguez Aguilar, Juez/a
Decisor/a.—( IN2022675528 ).
En este
Despacho, con una base de
dos millones doscientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa Nº VBS222; marca: Hyundai;
Vin: KMJHRD37FP2K5441 86; estilo: Grace; capacidad: 15 personas; año:
2002; color: plateado. Para tal
efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón
seiscientos setenta y cinco mil doscientos cuarenta colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil veintidós
con la base de quinientos cincuenta
y ocho mil cuatrocientos trece colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Albín
Eduardo Vargas Prado, expediente 20-010480-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
03 de agosto del año
2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—(
IN2022675566 ).
En este
Despacho, con una base de sesenta y un millones setecientos noventa y un mil quinientos ochenta y cinco colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando Medianeria Bajo las citas:
331-05723-01-0902-001 e Hipoteca en
primer grado, bajo las citas
572-25046-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-209888-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito:
11-San Sebastián, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, William Mora; al sur, Calle Acacias; al este, Rebeca Segura, y al oeste,
Alameda. Mide: ciento
novena y seis metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del siete de octubre del dos mil veintidós,
con la base de cuarenta y seis millones
trescientos cuarenta y tres mil seiscientos ochenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós,
con la base de quince millones cuatrocientos
cuarenta y siete mil ochocientos noventa y seis colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de San José contra Víctor Hugo
Varela Alfaro. Expediente N° 20-001305-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 31 de marzo del año 2022.—M.S.c. Hellen Viviana Segura Godínez,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022675576 ).
En este
Despacho, con una base de nueve millones trescientos mil colones, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: P Y R tres dos uno, Marca KIA, Estilo:
Picanto, año modelo: dos
mil diecinueve, Motor número:
G Cuatro LAKP Cero Tres Cero Cuatro Uno Uno, chasis número: knab dos cinco uno dos akt cuatro ocho cinco ocho
cero cero, carrocería:
Sedan cuatro puertas Hatchback, Categoría:
automóvil, cilindrada mil doscientos cuarenta y ocho centímetros cúbicos capacidad: cinco personas, color: blanco,
combustible: gasolina, tracción:
cuatro por dos, cilindros:
cuatro. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del seis de octubre
del año dos mil veintidós,
con la base de seis millones novecientos
setenta y cinco mil colones (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del catorce de octubre del año dos mil veintidós, con la
base de dos millones trescientos
veinticinco mil colones
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco de Costa Rica contra Mauricio Jara Salazar, Yulieth Prissila Ramírez Vargas. Expediente N° 21-003501-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
31 de enero del año 2022.—Msc. Hellen Viviana
Segura Godínez, Jueza
Tramitadora.—( IN2022675592 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 207-04035-01-0902-001, servidumbre
trasladada bajo las citas:
207-04035-01-0915-001 y servidumbre trasladada bajo las citas:
298-14213-01-0927-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 447057 derecho 000, con naturaleza:
terreno sin cultivar, Distrito: 1-Santiago, Cantón: 4-Puriscal, provincia:
San José, norte: Carlos Monge Carlomgano Gómez, Amigos Ticos S. A., Vilma Acuña, Randal
Vargas Borbón, Loenard
Vargas Cubillo, Jackeline María Salazar Riveros, Compracioj Industrial S.
A., Carlos Monge, Gloria Araya, Joel Jiménez Oanagia
Quirós, Corrales Hellen Cubillo, sur: Cristina Alpizir Carlos Monge Amigos Ticos S. A. Vilma Acuña, Randal Vargas, lote cinco y seis Jackeline Salazar, Antonio Guzmán, Abrahán Elizondo, Flora Abarca, Oanagia Quirós Corrales, Hellen Cubillo,
Anabelle Mora Barrantes,
este: Carlos Monge, Grettel
Burgos, Abrahán Elizondo Delgado lotes uno, dos tres cuatro cinco Riveros Corporación
Industrial, Gloria Herrera Amigos Ticos S. A. Oanagia
Quirós Corrales, Hellen Cubillo y Anabelle Mora Barrantes, oeste: Amigos Ticos S.
A., Cristina Alpízar, Jakeline Salazar Delgado, CALR,
mide: cinco mil quinientos cincuenta y cinco metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del trece de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintidós con
la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del uno
de noviembre de dos mil veintidós
con la base de dos millones quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Laura Patricia Mora León contra Amigos Ticos S. A. Exp: 16-005058-1044-CJ. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta
Nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del año 2022.—Ricardo Barrantes López, Juez/a Decisor/a.—( IN2022675599 ).
En este
Despacho, con una base de
un millón seiscientos cincuenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: 741223, marca: Mitsubishi, estilo:
Montero Sport, capacidad: 5 personas, serie: JA4LS31H5YP008475, carrocería:
Station Wagon o Familiar, tracción: 4x2, número chasis: K860YP008475, N° motor: 6G72JN5546,
cilindrada: 3000 C.C., cilindros:
6, combustible: gasolina. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del diez
de octubre del dos mil veintidós,
con la base de un millón doscientos
treinta y nueve mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós,
con la base de cuatrocientos trece
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Grupo Canafin S. A. contra Hazel Arce Ortega. Expediente N° 22-004197-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de mayo del año 2022.—Geovanna Vega Benavides, Jueza Decisora.—( IN2022675605 ).
En este
Despacho, con una base de
un millón noventa y seis
mil trescientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BKY587, marca: BMW, categoría: automóvil, serie
vin chasis: WBAVB33526PS11254, carrocería: Sedan 4 puertas,
estilo: 330, capacidad: 5
personas, año: 2006, color: gris, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del diez
de octubre del dos mil veintidós,
con la base de ochocientos veintidós
mil doscientos cincuenta y cinco colones exactos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de doscientos
setenta y cuatro mil ochenta
y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Grupo Canafin S. A. contra Melissa Mercedes Meza
Mendoza. Expediente N° 22-004198-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 20 de junio del año 2022.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte,
Jueza Decisora.—(
IN2022675607 ).
En este Despacho, con una base de
cuatro millones ochenta y nueve mil ciento treinta y siete colones exactos,
libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo BDX497, Marca:
Honda, Estilo: CRV LX, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería:
todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, año fabricación: 2013, color: gris, Vin: 3HGRM4830DG600680, N. Motor: K24Z92521432, cilindrada:
2354 c.c., cilindros: 4, Potencia: 140 kw,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos
del cuatro de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas quince minutos del doce de octubre de dos
mil veintidós, con la base de tres millones sesenta y seis mil ochocientos
cincuenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas
quince minutos del veinte de octubre de dos mil veintidós, con la base de un
millón veintidós mil doscientos ochenta y cuatro colones con veinticinco
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Edgardo Orozco Umaña. Expediente N° 22-007302-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08
de agosto del año 2022.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—(
IN2022675608 ).
En este
Despacho, con una base de
dos mil novecientos nueve dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 209017, marca:
Toyota, estilo: Hilux DX, categoría:
carga liviana, capacidad: 3
personas, año: 2006, carrocería:
camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4x2,
color: rojo. Para tal efecto
se señalan las ocho horas
cero minutos del seis de octubre
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
diecisiete de octubre de
dos mil veintidós con la base de dos mil ciento ochenta y un dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós con
la base de setecientos veintisiete
dólares con veinticinco
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Grupo Canafin S. A., contra Pachecorp
S. A. Exp:19-000981-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 22 de julio del año
2022.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2022675609 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y cuatro millones seiscientos diecinueve mil novecientos doce colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
quinientos veintiocho mil trescientos treinta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de naturaleza: terreno para construir, lote 2. Situada: en el distrito
1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Linderos: norte,
Lorenzo Navarro Porras; sur, servidumbre de paso; este, Crispín Leiva
Romero; oeste, lote uno de Joice Delgado Leiva. Mide: trescientos metros con noventa y un decímetros cuadrados. Plano: SJ-0755686-2001. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintiséis
de octubre del dos mil veintidós,
con la base de veinticinco millones
novecientos sesenta y
cuatro mil novecientos treinta
y cuatro colones con sesenta
y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de ocho millones
seiscientos cincuenta y
cuatro mil novecientos setenta
y ocho colones con veintidós céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Coopeco R.L. contra Joice Ivette
Delgado Leiva. Expediente
N° 22-001068-1200-CJ. Nota: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con diez minutos del veinticuatro de agosto del dos
mil veintidós.—Franz
Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022675619 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 308-18396-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos noventa mil ochocientos cincuenta y cuatro,
derecho 000, la cual es terreno
actualmente construido. Situada en el
Distrito: 08-San Antonio, Cantón 04-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda:
al norte: Juan Mora Segura, al sur: Jesny Porras Mata, al este: calle publica con 13.41 metros de frente
y al oeste: Carlos Luis Mora Rojas. Mide: doscientos diez metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de dos millones quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Carlos Luis de La Trinidad Chavarría Herrera contra
Mayra Zulay de Los Ángeles
Arias Salazar. Exp:22-006711-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José. 17 de agosto del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022675624 ).
En este
Despacho, con una base de setenta y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número nueve ocho cuatro nueve tres, derechos cero cero uno,
cero cero cuatro, cero cero
seis y cero cero nueve, la cual es terreno inculto. Situada: en el distrito
San Ramón, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Emilio Picado y otro;
al sur, Julio Zamora; al este, Ángel
Durán Zamora, y al oeste,
calle pública y otro. Mide: doscientos
ochenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del diez de noviembre del año dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ordinario de Juan Diego Ulate
Fernández contra Beleida María Ulate Fernández, Raquel Ulate
Sandino. Expediente N° 21-000061-1627-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 12 de agosto del año 2022.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—( IN2022675651 ).
En este
Despacho, con una base de trece millones seiscientos veintiocho mil ciento treinta y cuatro colones con ochenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa:
BMF975, Marca: Mitsubishi, Estilo: Montero Sport, Categoría:
automóvil,
Capacidad: 7 personas, año fabricación: 2017. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de mayo del
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas treinta minutos del treinta de mayo del
dos mil veintitrés, con la base de diez millones doscientos
veintiún mil ciento un colones con trece céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de junio del dos mil veintitrés, con la base de tres millones cuatrocientos siete mil treinta y tres colones con setenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jaime Arturo Gómez Betancur.
Expediente N° 22-002935-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con treinta y cinco minutos del dieciséis
de agosto del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022675654 ).
En este
Despacho, con una base de quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 302-06617-01-0937-001,
servidumbre de paso citas:
2012-24520-01- 0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula
número 29477, derecho 014, la cual
es naturaleza: Terreno de agricultura, situada en el Distrito 1-Nicoya Cantón 2-Nicoya de la provincia
de Guanacaste Linderos: Norte: Calle Luis Ortiz, sur:
Higinio Navarro y otro este: Eduardo Diaz y otro oeste: Tránsito Díaz. Mide: trescientos cuatro mil trescientos treinta y nueve metros cuadrados plano: No se indica. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veintidós con la base de trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintidós con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Paulina Judith Aiza Gutiérrez contra Paul Tarcicio Díaz Briceño. Exp:21-005111-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz).
Hora y fecha de emisión: doce horas con cuatro minutos del
trece de junio del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez/a Decisor/a.—( IN2022675665 ).
En este Despacho, con una base de once millones doscientos cuarenta y nueve mil novecientos noventa y ocho colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
323-11241-01-0901-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas:
433-11217-01-0218-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Alajuela, matrícula número
quinientos cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de agricultura. Situada en el
distrito 8-Bolívar, cantón
3-Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública; al sur: calle pública; al este: Martín Castro Villalobos y Maribel Ulate Hidalgo, y
al oeste: Javier Zamora Rojas. Mide:
mil quinientos metros cuadrados.
Plano: A-1890517-2016. Identificador predial:
203080548755. Para tal efecto,
se señalan las quince horas cero minutos
del veintiséis de setiembre
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del cuatro de octubre de dos mil veintidós, con
la base de ocho millones cuatrocientos treinta y siete mil cuatrocientos noventa y ocho colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del doce
de octubre de dos mil veintidós,
con la base de dos millones ochocientos
doce mil cuatrocientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra
Christian Eduardo Castro Ulate. Expediente:
22-002066-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: trece horas con
cuarenta y ocho minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós.—Mauricio
Hidalgo Hernández,
Juez Tramitador.—(
IN2022675666 ).
En este Despacho, con una base de siete mil trescientos trece dólares con diecisiete centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa BKK 952, marca Hyundai, estilo Tucson GL, serie KMHJ2813CGU128260, vin KMHJ2813CGU128260, año 2016, color negro, N. motor G4NAFU118051, modelo D3W52G618 D
D561, combustible gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de setiembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas quince minutos del cinco
de octubre del dos mil veintidós
con la base de cinco mil cuatrocientos
ochenta y cuatro dólares con ochenta
y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del trece de octubre del dos mil veintidós con
la base de mil ochocientos veintiocho
dólares
con veintinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda ( Costa
Rica ) Sociedad Anónima
contra Luis Sandy Bermúdez
Aguilar, expediente 22-005211-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 17 de junio del año 2022.—Jessica
Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—(
IN2022675667 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil quinientos siete dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BKZ682, marca: Hyundai, estilo:
Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: plateado, vin:
MALA851CAGM316498, cilindrada: 1200 C.C.,
combustible: gasolina, N° motor
G4LAFM758240. Para tal efecto,
se señalan las quince horas
cero minutos del cinco de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del trece de octubre del
dos mil veintidós, con la base de siete
mil ciento treinta dólares con ochenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos
del veintiuno de octubre
del dos mil veintidós, con la base de dos mil trescientos setenta y seis dólares con noventa y cuatro
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Krissya Daiana González Badilla.
Expediente N° 20-001576-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 26
de agosto del año
2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—(
IN2022675668 ).
Se
convoca a las partes a una audiencia de llamamiento a los socios, asociados
y quien corresponda designar como representantes
de las sociedades 3-101-454536 S. A., y Gustiniano de Aplontes S. A., a
las nueve horas cero minutos
del treinta de setiembre de
dos mil veintidós, en la sala de audiencias que será asignada posteriormente. Para que
se apersonen a hacer valer sus derechos. Las partes interesadas deberán consultar en el
área de atención al público de esta oficina Juzgado Primer Especializado de Cobro, Torre
Judicial piso 10, con anterioridad
a la hora de inicio. Deberán
ser notificados las sociedades
y los representantes por medio de publicación de edicto. Se reservan las nuevas fechas de remate para ser conocida en su
momento procesal oportuno. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado del Primer Circuito Judicial de San José.—Ximena Lucía Jiménez
Soto, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022673963 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000053-1870-AG, donde se promueven
diligencias de Información
Posesoria por parte de Rodrigo Antonio Gómez Rosales, quien
es mayor, casado, comerciante,
vecino de Jicaral, Barrio
El Encanto, 800 metros oeste del MAG, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 6-0280-0944, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para potrero y pasto, situado en el
distrito 4°-San Pablo, cantón
9-Nandayure, de la provincia 5 de Guanacaste propiamente en la comunidad de Pavones. Se tiene como colindante por el rumbo: norte:
calle pública; sur: Claudia
Núñez Núñez; este: calle pública; oeste:
Adelania Núñez Núñez y Heiner Carrillo. Mide: tres hectáreas seis mil quinientos setenta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número 5-2124197-2019-. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble
en la suma de cuatro millones de colones y las presentes diligencias en el monto de cuatro millones de colones de colones. Que adquirió dicho inmueble de sus anterior poseedora Delfilia Rosales Arauz y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión sobre el bien han
consistido cercado, chapias y en general asistencia de la propiedad. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efectos de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
de Información Posesoria, promovido por Rodrigo Antonio
Gómez Rosales. Expediente N° 21-000053-1870-AG. Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de
Puntarenas, Sede Jicaral. Jicaral, Lepanto, 30 de agosto
del año 2022.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673630 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente
N°16-000006-1520-AG, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de Nelson
Marchena Arias, quien es mayor, divorciado
una vez, vecino de Guanacaste, Bagaces, Falconiana,
antigua pulpería Cucho, portador de la cédula de identidad número cinco-cero doscientos catorce-cero ochocientos setenta, profesión no indica, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya
naturaleza es terreno para construir. Situada en el distrito
tercero de San José, cantón
Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte
calle pública, con un frente de veinte metros con veinte centímetros; al sur Sonia
de Jesús Aguirre González; al este Sonia de Jesús
Aguirre González y al oeste José Alberto Umaña
Alvarado. Mide: setecientos
sesenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-dos millones doscientos treinta y cinco mil treinta y cuatro-dos
mil veinte. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por cesión de derechos posesorios, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de diez años.
Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento de cercas, mantener el lote limpio
(chapear), siembra de plátanos y limón. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Nelson Marchena
Arias. Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación. Exp: 16-000006-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria),
Alajuela, Upala, 20 de julio
del año 2022.—Lic. Armando
Guevara Rodríguez. Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673631 ).
Se hace
saber que, ante este Despacho
se tramita el expediente N°20-000036-1520-AG, donde
se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de Leonardo Gerardo Sánchez Gutiérrez quien es mayor, pensionado, casado
dos veces, vecino de Barrio
Los Ingenieros, Upala, Alajuela,
portador de la cédula de identidad
5-139-1087, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya
naturaleza es Agricultura. Situada
en el Verbena, Upala (distrito primero), Upala (cantón décimo
tercero), de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
y este Palmitos del Norte
S. A.; al sur con servidumbre de paso y en parte con Palmitos del Norte S. A.; y al oeste
Rosibel Calvo García. Mide:
75.538 metros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número A-2086001-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no le pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones
de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera José López Rodríguez, el
24 de enero de 1962, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en mantenimiento de las cercas y limpieza de malezas, y cultivos anuales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Leonardo Gerardo Sánchez Gutiérrez. Nota:
Publíquese este edicto por una
sola vez en el Boletín Judicial.
De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.
Exp: 20-000036-1520-AG.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Agraria), Alajuela, Upala,
30 de mayo del año 2022.—Lic.
Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673644 ).
Edicto, se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
19-000040-1143-CI, donde se promueve
información posesoria por parte de Ramón Antonio Castañeda Tenorio quien es mayor,
casado una vez, vecino de Canalete de Upala, Alajuela,
Barrio La Unión, portador de la cédula número 800690822, pensionado, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno de potrero. Situada
en el distrito:
ocho Canalete, cantón trece Upala.
Colinda: al norte, Roy
Murillo Ruiz; sur, calle pública con un frente
a ella de cuarenta y seis metros con sesenta
centímetros lineales,
Gregorio Tenorio Urbina y María Luisa García
Teilez, Luis Tenorio García; al este, Roy Murillo Ruiz, y Vicente Gómez Gómez
y al oeste, calle pública con un
frente a ella de ciento catorce con treinta y cuatro metros lineales,
Francisca Gregorio Tenorio García. Mide: una hectárea mil cincuenta y seis metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio. Adquirió el bien a titular por medio de compraventa ejerciendo sobre el fundo
en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más
de diez años. Valora el terreno
en la suma de dos millones de colones y estima las presentes diligencias en la misma suma
de quinientos mil colones.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Ramón Antonio Castañeda Tenorio, expediente:
19-000040-1143-CI-0. Nota: publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede
Upala (Materia Agraria),
24 de agosto del año 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez
Decisor.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022673669 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el Expediente N°14-000016-1143-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Andrea Rivera Grillo cédula
de identidad 5-0362-0688, mayor, soltera, estudiante vecina de Liberia, Barrio
La Victoria, Finca La Carreta y Yolanda Patricia Rivera Grillo, mayor, soltera,
estudiante, cédula de identidad 5-374-929, vecina de Barrio La Victoria, Finca
La Carreta, a fin de que se inscriba a nombre de su representada en el Registro
Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, es terreno de potrero,
situado en Colonia Libertad, distrito Aguas Claras, cantón Upala, de la
provincia de Alajuela. colinda: al norte, Guanacaste Dry
Forest Conservation Fundación, Yolanda y Andrea ambas
Rivera Grillo, este, Yolanda y Andrea ambas Rivera Grillo, y oeste, Guanacaste Dry Forest Conservation
Fundación, sur: Rio Jala Piedra, Guanacaste Dry
Forest Conservation Fundación. Mide: quinientos trece
mil setecientos diez metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta
el representante de la sociedad titulante que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de cincuenta y un millón de colones. Que adquirió
dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo han mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpia del mismo, mantener las cercas, cría de ganado. Que no han
inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
posesoria, promovida por Andrea y Yolanda Ambas Rivera Grillo. Expediente
14-000016-1143-AG. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial
por una sola vez. De conformidad con la circular Nº
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte
el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, Sede Upala, Upala, 25 de agosto de 2022.—Lic. Armando Guevara
Rodríguez, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673670
).
Que ante este Despacho
se tramita el expediente N° 21-000783-0640-CI donde
se promueve información posesoria por parte
de Juan José Vega Monestel, mayor, electricista, cédula 1-0662-0396 y María Isabel Solís
Chaves, mayor, ama de casa, cédula 1-0605-0218, casados
entre sí y vecinos de Dulce
Nombre de La Unión, Cartago a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de Cartago,
la cual es terreno casa de
dos plantas. Situada en el distrito
06 Dulce Nombre, cantón 03
La Unión. Colinda: al norte,
con Guadalupe Vega Monestel; al sur, con
Municipalidad de La Unión; al este, con Teresa Amable Andrade Rojas y al oeste,
con calle pública con un frente de 11.50 metros lineales. Mide: ciento veintinueve
metros cuadrados. Indican los promoventes que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de nueve
millones quinientos mil colones exactos colones. Que adquirieron dicho inmueble de forma originaria desde el año 1985 y hasta la fecha lo han mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en habitar su
casa de habitación, mantenimiento
y limpieza de la misma. Que
no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria. Expediente 21-000783-0640-CI. Nota:
Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por
una sola vez.—Juzgado Civil de
Cartago, nueve horas con cuarenta
y ocho minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós.—M.Sc.
Alonso Oviedo Betrano, Juez
Decisor.—1 vez.—(
IN2022673776 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000220-0642-CI, donde se promueve
información posesoria por parte de Temporalidades
de la Iglesia Católica Diócesis de
Puntarenas, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno,
cuya construcción es la iglesia católica de la ciudad de
Esparza, casa cural, zonas verdes
y jardines. Situada en el distrito
primero, cantón segundo. Colinda: al norte: con calle pública; al sur: con calle pública; al este: con calle pública; y al oeste: con calle pública. Mide: seis mil setecientos veintinueve metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir P-18943-76, pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco
millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble P-18943-76, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en forma quieta, única, pública y pacífica. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Temporalidades
de la Iglesia Católica Diócesis de
Puntarenas. Nota: publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con siete minutos del
veintitrés
de junio del dos mil veintidós. Expediente
N° 22-000220-0642-CI-1.—Licda.
Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2022673946 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N°15-000449-0504-CI donde
se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de Fernando Cordero Fonseca quien
es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Isidro, Alumbre,
Central, Cartago, un kilómetro al oeste
de la escuela, cédula tres-uno
nueve cero-una uno dos siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es
potrero. Situada en Sardinal en el
distrito segundo La Virgen,
cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte:
Guido González Ugalde, Favio González Guzmán y
Quebrada; al sur: Especies del Bosque Lluvioso S. A., Luis Badilla
Martínez y Quebrada, al este: calle
pública con un frente a la misma de cuatrocientos cincuenta y dos metros con sesenta
centímetros lineales y Luis
Badilla Martínez y al oeste:
calle pública con frente a la misma de setecientos setenta y cuatro
metros con veinte centímetros
lineales. Mide: treinta y dos hectáreas ocho mil doscientos once metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número H-1815165-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias así como el
inmueble en la suma de tres millones
de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de 10 años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Este edicto
debe de publicarse por una sola vez
y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial
de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones
Posesorias. De conformidad
con la circular Nº 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio del 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Proceso Información Posesoria, promovida por Fernando Cordero
Fonseca. Exp: 15-000449-0504-CI.—Juzgado
Agrario del Segunda Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 29 de agosto de 2022.—Lic. Francisco Daniel González Sibaja.
Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022674145 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N°22-000123- 0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Erick Lucas Ramírez Muñoz quien es mayor, estado civil casado una vez,
vecino(a) de Puerto Jiménez, Golfito, Cañaza, portador(a) de la cédula de
identidad vigente que exhibe número seis-ce dos cuatro nueve- cero nueve ocho
nueve, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es para la agricultura. Situada en el distrito de Puerto Jiménez, cantón
Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Gerardo Ramírez
Ardón; al sur, Mercedez Zúñiga Espinoza, Damaris
Rosales Espinoza; al este, Asociación Concilio de Iglesias de Costa Rica, Flor
Iveth Leitón Soto y calle pública y al oeste, Río Barrigones. Mide: ocho mil
doscientos trece metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Carlos
Medina Rivas mediante escritura pública y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de diecisiete años. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Erick Lucas Ramírez Muñoz. Expediente N°
22-000123- 0419-AG. Nota: Este edicto debe publicarse por una sola vez. De
conformidad con la circularN°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22
de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que
rige esta materia, la publicación está exentade todo pago de derechos.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores,
24 de agosto del año 2022.—Lic. Óscar Andrés Segura Navarro, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022674159 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000005-0423-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de Edith de los Ángeles Reyes
Segura, quien es mayor, soltera,
costarricense, portadora
del documento de identidad N°
6-352-643, de oficios domésticos no remunerados y vecina de Coronado
de Osa, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es terrenos frutales. Situada: en Coronado, distrito primero Cortés, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Victoria Segura Méndez; al sur, Mercedes
García Meléndez; al este,
Mercedes García Meléndez, y al oeste, José Sequeira Fernández y
Carlos Sequeira Fernández. Mide:
tres mil setecientos sesenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número P-2196638-2020. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una.
Que adquirió dicho inmueble por donación,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de cuarenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en limpieza del terreno y siembra de árboles frutales.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Edith de los Ángeles Reyes
Segura. Expediente N° 22-000005-0423-CI. Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 16
de mayo del año 2022.—Óscar
Andrés Segura Navarro, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022674162 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000079-0197-CI donde se promueve
Información Posesoria por parte de Asociación
de Desarrollo Integral de San Rafael de Puriscal,
cédula jurídica N° 3-0020-78903, representada
por María Eugenia Fernández Otárola,
mayor, casada una vez, administradora de empresas, vecina de San Rafael de
Puriscal, portador(a) de la
cédula número 1-06010396, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de San
José, la cual es terreno
zonas verdes y un tanque. Situada: en el
distrito San Rafael Abajo, cantón
Puriscal. Colinda: al norte, con calle pública de cincuenta y un metros; al sur, con Ascensión
Jiménez Otárola; al este,
con Ascensión Jiménez Otárola,
y al oeste, con Ascensión
Jiménez Otárola. Mide: tres mil ciento noventa y un metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir plano número SJ-dos uno cinco cinco nueve
ocho cinco-dos mil diecinueve, no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble más de treinta años mediante donación
verbal y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en mantener el
terreno debidamente deslindado de los demás terrenos colindantes, mediante cercas vivas con alambre de púas con un ancho de 50 metros y carriles
amplios y visibles, siembra y corta de zacate y unos árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Asociación
de Desarrollo Integral de San Rafael de Puriscal. Expediente N° 22-000079-0197-CI-0. Nota:
Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por
una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal
(Materia Civil), hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y nueve minutos del cinco de agosto del dos mil veintidós.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado
Hernández, Juez Civil.—1 vez.—(
IN2022674172 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Rubín Mora Zúñiga, cédula de identidad número cinco-doscientos cincuenta y uno-trescientos treinta y seis, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fue Elsie Ramona Zúñiga
Ramírez, mayor, casada una vez, Ama de casa, vecina de Cañas, Guanacaste, de la Iglesia Católica trescientos metros oeste, cédula de identidad número cinco-cero noventa y ocho-cero veintiséis, fallecida el día catorce de junio de dos mil diez. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Ester
Cecilia Solano Jerez, en Cañas,
Guanacaste, del Banco Nacional cien metros norte y veinticinco metros oeste, teléfono 2669-0850.—Licda. Ester Cecilia Solano Jerez.—1 vez.—( IN2022673604 ).
Se hace saber: En este tribunal
de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olman
Gerardo Solís Jiménez, mayor, casado, comerciante, costarricense, con documento
de identidad uno-cero cuatrocientos sesenta y siete cero quinientos cuarenta y vecino
de Daniel Flores en Pérez Zeledón.- Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
09-100283-0188-CI - 0.—Juzgado Civil y Trabajo del I Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: quince
horas con treinta y tres minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—(
IN2022673615 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de quien en vida fuera
Luis Ricardo del Socorro Arias Delgado, mayor de edad,
casado una vez, cédula uno-cero seis uno nueve-cero
tres cuatro siete, vecino de Barrio El Pocito, Pérez
Zeledón, apartamentos esquineros, segunda entrada a
mano derecha, para que dentro
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a la oficina de la Notaria Hilda Calderón Calvo, ubicada en San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio Villa Ligia ochocientos
metros sur de la Cancha Sintética, a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener la calidad de herederos que, sí no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará
a quien corresponda.
Expediente N cero cero cero nueve-dos mil veintidós, en
sucesión de Luis Ricardo del Socorro Arias Delgado.
San Isidro de Pérez Zeledón, veintitrés
de agosto del año dos mil veintidós. Notaria Licda. Hilda
Calderón
Calvo. Teléfono 2771-7237. Correo
electrónico lahi.22@hotmail.com.—Licda. Hilda Calderón Calvo.—1
vez.—( IN2022673616 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Leida Dina Del Socorro Martínez Robles quien fue mayor, viuda, pensionada, vecina de Aserrí, portadora de la cédula de
identidad número 0301240314
y falleció el 25 de octubre de 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de personas fallecidas bajo el
número 22-000344-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000344-1550-LA. Por
Martina Maribel Venegas Martínez portadora de la
cédula de identidad 0107000903 en
favor de los beneficiarios
de la citada fallecida.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 22 de agosto del año 2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza
de Trabajo.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022673647 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter del trabajador fallecido: José Canuto Jiménez Azofeifa, cédula
de identidad N° 1-0402-0528, y falleció
el 15 de febrero 2017, promovido por Idalia Araya Bermúdez, cédula de identidad N°
1-0418-0961; se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el N° 21-001395-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001395-0173-LA, por a favor de Jose Canuto De La
Trinidad Jiménez
Azofeifa. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 9 de marzo
del 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022673649 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Aracelly Mora Bermúdez, mayor, estado
civil casada, profesión u oficio administradora del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0102960795 y vecino(a)
de San Vito de Coto Brus, Santa Rica, 200 mts. este de la Iglesia La Luz del
Mundo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente
22-000054-0920-CI-3, proceso promovido
por Sidieth Moraga Mora. Nota: publíquese una sola vez, en
el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (materia civil),
hora y fecha de emisión:
quince horas del once de julio del dos mil veintidós.—Dany
Gerardo Matamoros Bendaña, Juez
Decisor.—1 vez.—(
IN2022673695 ).
Se hace saber
en este Tribunal de
Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó María del Carmen Mercedes Villanueva Bermúdez, mayor, viuda, de oficios domésticos, con documento de identidad 0600640494
y con último domicilio en: Buenos Aires, Puntarenas, 100 mts. norte
y 100 mts. al este de la carnicería
Los Almendros. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Exp:22-000046-1046-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Buenos Aires (Materia Civil). Hora y fecha
de emisión: trece horas con
veintidós
minutos del once de agosto
del dos mil veintidós.—Jean Carlos Céspedes Mora, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022673701 ).
Se cita a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de
Xinia Lemaire Flores, quien en vida fuera, mayor de edad, viuda una vez, ama de
casa, cédula de identidad número uno - doscientos cincuenta y dos - ciento
noventa y uno, domiciliada en San José, Desamparados, San Rafael Abajo, Santa
Cecilia, para que dentro del plazo de quince días, comparezcan a la oficina del
Notario Público Víctor Raúl Obando Mendoza, situada en la ciudad de San José,
calle siete, avenidas seis y ocho, edificio seis dos seis, segundo piso, a
hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a
la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda según la ley. Expediente N° 0001-2022,
proceso sucesión de Xinia Lemaire Flores. Publicarse una vez en el Boletín Judicial.—San
José, 16 de agosto de 2022.—Lic. Víctor Raúl Obando Mendoza, Notario Público.—1
vez.—( IN2022673735 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso
sucesorio de Abel Guillermo Guillen Chaves, quien en vida
fuera mayor, casado una vez, pensionado, cédula tres cero dos cero nueve cero tres uno dos, vecino de Cartago,
San Rafael de Oreamuno cuatrocientos metros este del cementerio, para que en un plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, apercibiendo a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente 05-2022. Notaría
del Bufete de la Licenciada
Vera Garro Navarro.—Licda. Vera Garro Navarro.—1 vez.—( IN2022673748 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Walter Antonio Bonilla Mora, mayor, viudo, pensionado, costarricense,
con cédula de identidad N° 3-0171-0224, y vecino de
Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000597-0504-CI-8.—Juzgado
Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: once horas con seis minutos
del treinta y uno de agosto
del dos mil veintidós.—Lic. Andrey de los Ángeles Garro Carvajal, Juez.—1 vez.—( IN2022673752 ).
Edicto, se hace saber: en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Isidro Teófilo
del Socorro Gutiérrez Chávez, mayor, estado civil divorciado
una vez, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0500460450
y vecino de Limón, Pococí,
Cariari, Campo Cinco, frente al cementerio.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente
22-000250-0930-CI-8.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de agosto del año 2022.—Licda.
Lilliana Garro Sánchez, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2022673757 ).
Se hace saber que esta notaría abre
proceso sucesorio, de quien en vida
fue Alfredo Mata León mayor, casado una vez,
cédula N° 1-0327-0065, fallecido el
23 de julio del 2022, quien
fuera vecino de San José, Curridabat, del Banco Nacional, 300 metros al sur, para que
herederos, acreedores y en general a todos aquellos interesados en esta sucesión,
se apersonen en el plazo de ley, para hacer valer sus derechos, y si no se presentan en ese plazo, dicha
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 22-002-SUC. Notaría
del Lic. José Villanave
Solano, notario público.
San José, San Sebastián, Urbanización Mallorca, casa:
9-G, tel. 8364-2525.—San José, 7 de agosto del 2022.—Lic. José Villanave Solano, Notario Público.—
1 vez.—( IN2022673759 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Sandra María del Carmen Ugalde Arias, mayor, estado civil: divorciada, profesión u oficio: pensionada, nacionalidad: Costa
Rica, con documento de identidad N°
0900140830, y vecino(a) de Alajuela, Urbanización La Trinidad. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N°
22-000369-0638-CI-1.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión:
nueve horas con ocho minutos del veintiocho de junio del dos mil veintidós.—M.Sc.
Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2022673763 ).
Ante esta Notaría se tramita el sucesorio notarial de quien en vida
se llamó David Omar Solís Solís,
mayor, casado dos veces,
pensionado, cédula de identidad 1-0231-0157. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos, ubicada en 100 metros al norte de la Estación de Bomberos,
con el apercibimiento de
que, si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 2 de setiembre del
2022.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—( IN2022673767 ).
Se hace saber en
este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Marvin Tito Vallejo Espinoza, portador de la cédula de identidad
N° 5-0207-0436, quien en vida fue mayor, soltero, agricultor, cuyo último domicilio fue en
Cañafistola, Santa Cruz, Guanacaste. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse
a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
EXP:22-000266-0388-CI-2.—Juzgado
Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta minutos del quince de julio del
dos mil veintidós.—Lic.
Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2022673778 ).
Se hace
saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Grethel
Francini Oviedo Campos, mayor, divorciada
dos veces, costarricense, con cédula de identidad 4-0165-0268 y vecina Heredia, San Rafael. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Exp:
22-000303-0504-CI-1.—Juzgado
Civil de Heredia. Hora y fecha de emisión: veinte horas con treinta y ocho minutos del trece de mayo del dos
mil veintidós.—M.Sc. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2022673790 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Spears Thomas Mc Caskill
Jr-, mayor, estado civil: divorciado,
profesión u oficio:
pensionado, nacionalidad: estadounidense,
con documento de identidad
N° 184000733413, y vecino de San José, Sabana Norte. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000285-0180-CI-7.—Juzgado Primero Civil
de San José, 29 de junio del año
2022.—Licda. Tatiana Chaves
Sánchez, Juez/a Decisor/a.—1
vez.—(
IN2022673830 ).
Se avisa a los interesados que,
ante mi notaría, se ha solicitado y decretado la apertura de proceso sucesorio
testado, en sede notarial, de la causante quien en vida se llamó: Isabel Solís
Ching, conocida como Elizabeth Solís Ching quien fuera mayor, costarricense,
viuda, ama de casa, vecina de Cartago, Turrialba, Turrialba, barrio San
Cayetano, casa número treinta y siete, quien portaba la cédula de identidad
siete – cero treinta y dos – ciento treinta y uno y quien falleciera el día
primero de junio del año dos mil veintidós. Por ser procedente se ha ordenado
la apertura del proceso sucesorio en sede notarial y se emplaza a los
interesados y posibles herederos a comparecer ante esta notaría pública,
ubicada en Cartago, El Guarco, Tejar. —Cartago, 02 de setiembre de 2022. Lic.
Eliécer Garita Zamora, Notario Público.—1 vez.—(
IN2022673831 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quine en vida fue Humberto Zúñiga Arce, mayor, casado una vez,
cédula de identidad personal número
uno-trescientos veintidós-quinientos
dos, para que, dentro de treinta
días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, sita
en Cartago, San Blas, de la escuela
doscientos metros este y cien sur, edificio Codehse. Se apercibe a los que crean tener
la calidad de herederos,
que vencido el citado plazo la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 01 de setiembre del
2022.—Lic. Francisco Martí Meneses.—1 vez.—( IN2022673835 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Nicoletta Gregoris, a las dieciséis horas el catorce de agosto
del dos mil veintidós y comprobado
el fallecimiento, esta notaria declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Louis Gregoris, único apellido en razón de su
nacionalidad canadiense,
mayor de edad, casado una vez, empresario, vecino de Canadá, pasaporte de su país número HN seis cero uno seis
siete cuatro, fallecido en Canadá el
día veinticuatro de abril
del dos mil diecinueve. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Mónica Lleras Barrantes,
con oficina en Puntarenas,
Garabito, Jacó del Lagar seiscientos
metros al este. Teléfono 83347670.— Licda. Mónica Lleras
Barrantes.—1 vez.—( IN2022673842 ).
Se cita y emplaza
a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida
fue María Amalia
Estrada Morales, mayor, soltera, ama de casa, cédula
N° 1-765-940, vecina de Mollejoncito
de Platanares de Pérez Zeledón,
100 metros al norte de Pulpería
Alto Los Pinos, quien falleció el día 23 de agosto del 2022; a fin de que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante la notaría de la licenciada Betsabé Zúñiga Blanco, situada en San Isidro de Pérez Zeledón, altos Tienda Salvadoreña,
costado norte del Parque, oficina número 4, (horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.), a reclamar
sus derechos y se apercibe a los
que crean tener derecho a
la herencia, que si no se presentan dentro de este término, aquella
pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede notarial del causante se tramita bajo expediente número: cero tres-dos mil veintidós.—Licda. Betsabé Zúñiga Blanco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022673853 ).
Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Rosibel
De Los Ángeles Navarro Martínez, mayor, soltera, operaria de litografía, costarricense, con documento de identidad 0302640443
y vecino Cartago, Guadalupe. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000474-0640-CI-7.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: quince horas con veintiséis
minutos del veintinueve de julio del dos mil veintidós.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—( IN2022673856 ).
Se cita y emplaza a todos los sucesores e interesados de la sucesión ab intestato de Arnoldo Noel Cerda Cruz, quien
fuera mayor, casado una vez, jubilado,
vecino de Upala centro, cincuenta metros al este del Super Las Palmas, cédula de identidad
número ocho-cero sesenta y cuatro-setecientos noventa y dos, para que, dentro
del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a aceptar la herencia y hacer valer sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2022. Notaría
del Lic. Miguel Ángel
Orozco Velásquez, en Upala centro, cincuenta
metros al este del Instituto Costarricense
de Electricidad, correo electrónico: orozvelas@gmail.com.—Lic. Miguel Ángel Orozco Velásquez, Notario.—1 vez.—( IN2022673879 ).
Ante esta notaría, mediante
acta de apertura otorgada por Tatiana Calero González, a las
13 horas del 17 de julio del año
2022, y comprobado el fallecimiento de José Francisco
Monge Lobo, mayor, casado, comerciante,
vecino de Heredia, La Aurora, Condominio
Patricia, casa N° 58, esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada
en Heredia, La Aurora, frente
al Condominio Jenny, local número
3, teléfono: 8381-1675, a hacer
valer sus derechos.—Heredia,
a las 8 horas del día 17 del mes de agosto del año 2022.—Lic. Karen Viviana Montero Badilla,
Notario Público.—1 vez.—( IN2022673884 ).
Sucesión AB intestato
en sede notarial de Ángela Catalina Pérez
Córdoba. Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Ana Mélida Bermúdez Pérez, mayor, viuda, vecina de Puntarenas, Parrita, Parrita, Valeria, del antiguo abastecedor Crisarel ciento cincuenta metros oeste casa a mano
izquierda, portadora de la
cédula de identidad número
seis cero ciento ochenta y
seis cero setecientos treinta
y uno, a las ocho horas del once de agosto del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento
de Ángela Catalina Pérez Córdoba, quien
en vida fue
mayor, ama de casa, vecina de Parrita,
Valeria, doscientos cincuenta
metros oeste del abastecedor
Crisarel, quien falleció en fecha
el dos de abril del dos mil
diecinueve, al tomo : folio
: asiento : cita : seis-cero ciento
treinta y seis-ciento sesenta y dos-cero tres veinticuatro, a la edad : ochenta y dos años, en centro Parrita,
Puntarenas dos de abril de dos mil diecinueve, por A) Fallo multiorgánico B) Desnutrición C) Enfermedad
renal crónica
causa de muerte. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada
en Grecia, calle Carmona, cincuento cienta metros al oeste, contiguo a la estación de autobuses, edifcio
KMR, (Dirección exacta), teléfono
24940809 y 85678413, a hacer valer
sus derechos, Publicar.—Grecia, 18 de agosto del 2022 al ser las once horas.—Notario
Público.—1 vez.—(
IN2022673888 ).
Se emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Olga Marta Roldán Castro,
mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San
Rafael de Escazú, del Antiguo
Colegio Country Club, cuatrocientos al oeste y cien al norte, cédula de identidad: cinco-cero tres uno dos-cero
cuatro uno dos, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto concurran
hacer valer sus derechos dentro del Proceso Sucesorio Extra Judicial, abierto
ante el suscrito notario y se apercibe a los que crean tener
la calidad de herederos si no se presentan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Es todo.—San
José, veinticinco de agosto
del dos mil veintidós.—1 vez.—(
IN2022673889 ).
Se hace
saber: En este Juzgado se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Leonardo de Jesús
Estrella Noguera, mayor de edad,
nicaragüense, portador de
la cédula de identidad N° 8-0105-0554, soltero, comerciante, y vecino de Orotina de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000353-0638-CI-0.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con veinticinco minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—(
IN2022673890 ).
Se hace
saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Jorge Eduardo Ballar González, mayor, divorciado, comerciante,
costarricense, con documento de identidad 0900480991 y vecino de San José,
Moravia Los Colegios, San Vicente, Barrio San Martín. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000442-0182-CI – 1. Nota: Publíquese por única vez en
el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 126.3 del Código
Procesal Civil.—Juzgado Tercero Civil de San José,
23 de julio del año 2021.—Gersan Tapia Martínez,
Juez.—1 vez.—( IN2022673891 ).
Ante esta notaria, mediante acta de apertura
otorgada por Sun Lay María
Araya Góngora, a las quince horas del veintinueve de julio del dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de José Julio Saavedra Chacón, mayor de edad, casado una vez,
administrador vecino de Tibás, Cinco Esquinas Bajo Piuses, cincuenta metros oeste de la panadería Suárez, esta
Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada
en San Isidro de Coronado, contiguo
a la Casa Cural. Email: integralecr.com hacer valer sus derechos.—San José, a las diecisiete
horas del veintinueve de julio
del dos mil veintidós.—Lic.
Fernando González
Medina. Notario Público.—1 vez.—( IN2022673897 ).
Se hace saber: En este tribunal
de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Giselle
Rojas Rojas, mayor, divorciada tres veces,
comerciante, vecina de Zarcero, con documento de identidad 0202921244.- Se
indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar
en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente N° 22-000195-0296-CI. Nota: Publíquese por
única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 05 de agosto del año
2022.—Lic. Gerardo Antonio Pérez Alfaro, Juez.—1 vez.—( IN2022673899 ).
Edicto, de acuerdo a lo establecido en los artículos
126.1 y 126.3 siguientes y concordantes
del Código Procesal Civil, artículo
129 del Código Notarial, se informa, cita y emplaza a todos aquellos interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta Notaría
se ha iniciado en sede notarial, la sucesión Ab lntestato de Marco Antonio Brenes
Jiménez, cédula de identidad número
1-0458-0785, vecino de San José, Coronado, para que en el término
de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
derecho a la herencia, de que si
no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. La Notaría está ubicada en
San José, Curridabat, de la Pops quinientos
metros sur y veinticinco metros este,
Summa Lex Abogados.—San José, 01 setiembre,
2022.—Lic. José Enrique Guevara Acuña,
Notario Público.—1 vez.—( IN2022673910 ).
Se hace
saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó José Francisco
Vásquez Jiménez, mayor, casado una
vez, agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0202970623 y vecino
de Santa Rosa de Pocosol. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000326-0297-CI-3.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con veintitrés minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Adolfo Mora Arce,
Juez, Decisor.—1 vez.—( IN2022673916 ).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general todos los interesados, en la sucesión de: Miguel Ángel Durán
Arias, vecino de Heredia, Guararí, Los Sauces, casa número ciento diecinueve,
cédula uno-cero cuatrocientos seis-cero cuatrocientos cuatro, en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante la notaría de Cecilia Roxana Monge Quesada en
San Rafael, Heredia, cien sur, setenta
y cinco oeste del hogares ancianos, hacer valer sus derechos, de lo contrario pasará a quien corresponda. Expediente N° 010-2022. Licda.
Cecilia Roxana Monge Quesada.—1 vez.—(
IN2022673927 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Carlos Luis Artavia Castro, mayor, estado civil: casado/a, profesión u oficio: jornalero(a), nacionalidad: Costa
Rica, con documento de identidad
N° 0900560973, y vecino(a) de Garabito, Puntarenas.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000258-0642-CI-9.—Juzgado Civil de
Puntarenas, hora y fecha de emisión:
nueve horas con cincuenta y
dos minutos del once de julio
del dos mil veintidós.—Yeimy
Jiménez Alvarado, Juez/a Decisor/a.—1
vez.—( IN2022673928 ).
Se hace
saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Luis Guillermo González Carvajal, mayor, estado civil casado/a,
profesión u oficio, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad
0205580947 y vecino(a) de Alajuela, el Cacao. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000120-0638-CI-1.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 26 de febrero del año 2021.—Luis Guillermo
Ruiz Bravo, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022673936 ).
Se emplaza a todos los interesados
en la sucesión del señor Juan Bautista Arroyo Rivera, quien
fue mayor, casado una vez, empleado
bancario, cédula de identidad
número uno-cero cuatro uno cinco-uno
dos cero cero, vecino de
Heredia, del Colegio Samuel Saénz Flores cien metros sur, se declara abierto su proceso
sucesorio, para que dentro
del plazo de ley, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, situada en Heredia calles 1 y 3, avenida 2, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Heredia, dos de setiembre.—Licda. María del Rocío Montero Vílchez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022673938 ).
Edicto, se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Sonia Lía Ortega Dillón,
mayor, divorciada una vez, ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0601180827 y vecina de
San José, Ciudad Colón, Brasil de Mora. Se indica a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto, expediente 22-000510-0180-CI-7. Nota:
publíquese por una sola vez en
el Boletín Judicial.—Juzgado Primero Civil de San José, 18 de agosto del año 2022.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza Decisora.—( IN2022673954 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fuera: Flory Guzmán Murillo, cédula de identidad N° 202220995, fallecida
el 29 de junio del 2019; sucesión que se tramita en sede notarial, para que en un plazo de treinta días comparezcan ante esta notaría, situada en Alajuela, Villa Bonita, Lotes
Murillo, 75 metros este del abastecedor
el progreso, a reclamar sus derechos, bajo apercibimiento
que de no hacerlo la herencia
pasará a
quien corresponda. Es todo.—Alajuela,
1°
de setiembre del 2022.—Licda.
Ivannia Jesús Marín Valerio.—1 vez.—(
IN2022673965 ).
Se hace saber en
este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Óscar Poveda
Solano, mayor, costarricense, casado,
pensionado, vecino de Cot, Oreamuno, Cartago, con documento de identidad N°
0301450719. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
220005310640CI-1.—Juzgado
Civil de Cartago, a las trece horas con diecinueve minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Allan Esteban Barquero
Durán, Juez.—1 vez.—( IN2022673994 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión en sede
notarial del proceso sucesorio
extrajudicial de quien en vida fuera: Mario Arturo Hernández
Monge, mayor de edad, casado
en segundas nupcias, pensionado, vecino de
San José, Moravia, Residencial Saint Clare, casa treinta
y seis K, portador de la cédula de identidad número tres-cero doscientos tres-cero seiscientos diez; fallecido el ocho de agosto
del dos mil diecinueve, para que dentro
del plazo de quince días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, quienes crean tener
derecho a la herencia, apercibidos
de que si no lo hacen dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda Expediente N° 05-2022. Lic. Magally María Guadamuz García,
notaria
pública, Santa Ana,
Lindora, Edificio Vía Lindara, cuarto piso.—San
José, 2 de setiembre de 2022.—1 vez.—(
IN2022674008 ).
Lic. Roberto Antonio Corea Badilla, Juez del Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Sarapiquí
(Materia Familia); hace saber a Carlos Eduardo Murillo
Guzmán, cédula de identidad número
155814403331, mayor, soltero en
unión de hecho, ayudante de la cocina, cédula de identidad número dos-cero seiscientos ochenta y seis-cero doscientos
uno, vecino de Alajuela, Sarapiquí,
Nueva Cinchona, casa setenta y uno y a Lina Rosa
Guzmán Flores, mayor de edad, soltera,
ama de casa, vecina de Alajuela, Sarapiquí,
portadora de la cédula de residencia número uno cinco cinco ocho uno cuatro cero tres tres tres
uno, que en este Despacho se interpuso un proceso presunción de muerte en su
contra, bajo el expediente número 21-000525-0638-CI-5, donde
se encuentra la sentencia
N° 2022000041, de las dieciséis horas cuarenta y cuatro minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós, que en lo que interesa dice: Donde se encuentra la sentencia N°
2022000041, de las dieciséis horas cuarenta y cuatro minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós, que en lo que interesa dice: Resultando:
I.-(...). II.-(...). III.-(...). Considerando: I.-Sobre el fondo:
(...). III. Por tanto: Razones expuestas
y artículos de ley mencionados;
se declara la presunción de
muerte del señor Rafael Ángel Murillo Sibaja, cédula cuatro-cero ciento
treinta-cero quinientos nueve. Siendo que no registra bienes a su nombre, no hay que entregar posesión definitiva sus bienes. Se ordena transcribir lo resuelto al Registro Civil de las
Personas, para su inscripción.
Publíquese esta declaración por tres veces en
el Boletín
Judicial, con intervalos de quince
días, y en
un periódico de circulación nacional. Notifíquese. Lic.
Roberto Antonio Corea Badilla,
Juez Tramitador. Proceso presunción de muerte de Carlos Eduardo Murillo Guzmán. Expediente N° 21-000525-0638-CI. Nota:
Publíquese esta declaración por tres veces en
el Boletín
Judicial, con intervalos de quince días. (Artículo 181.2 del Código Procesal
Civil).—Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil), 06 de julio
del año 2022.—Roberto Antonio Corea
Badilla, Juez Tramitador.—( IN2022669182 ). 3 v. 2 Alt.
Edicto, se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
Aníbal
Alexandro Ceciliano Ureña,
para que se apersonen a este Juzgado dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 18-002128-0292-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa. Nota:
publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las catorce horas cincuenta y seis minutos del dos
de marzo de dos mil veintiuno,
02 de marzo del año 2021.—Licda. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza
Decisora.—O.C.
Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022673217 ). 3
v. 3.
Se cita
y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
de la persona menor Igrid Masiel Gómez Rodríguez, para que se apersonen
a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°19-000386-0776-FA. Clase
de Asunto Depósito Judicial. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia,
la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese tres veces
consecutivas.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz
(Materia Familia). A las nueve horas veintinueve minutos del treinta y uno de agosto de dos
mil veintiuno. 31 de agosto
del año 2021.—Msc. Ana Lucrecia Valverde Arguedas. Jueza.—O. C. N°
364-12-2021C.— Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022673440 ). 3
v. 2.
Se cita
y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito
de las personas menores Jazael
Navarro Manzanares, Daria Michelle Pérez Manzanares y Reichel Yarani Arguedas Manzanares, para que se apersonen
a este juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-001513-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las once horas once minutos
del 19 de agosto del 2022.—Msc.
Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673708
). 3 v. 1.
Se
cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito judicial de la persona menor
de edad Greylin Jimena Gamboa Hernández, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, en contra de los padres registrales Juan José Gamboa
Núñez y Meylin Hernández Espinoza (fallecida), para que, se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
22-000161-1591-FA. Clase de asunto:
Depósito judicial de la persona menor
de edad. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos
(Materia Familia), a las trece horas cincuenta y cuatro minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Douglas Ruiz
Gutiérrez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022673711 ). 3 v. 1.
A todos
quienes tengan interés en la Tutela de la
persona menor de edad Jade
Sofía Núñez Briceño, se les
hace saber que deben de presentarse dentro del plazo de Quince días contados a partir de la fecha de publicación de este edicto. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente Nº 22-000812-1146-F.A. Diligencias de Tutela.—Juzgado de
Familia de Puntarenas, 12 de agosto de 2022.—Msc. Marianela Vargas Cousin, Jueza
de Familia.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022674147 ). 3
v. 1.
Licenciado(a) Berta Lidieth Araya Porras, juez(a) del
Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), se convoca
por medio de este edicto que se publicará por tres veces
consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho
a la tutela de Urlich Diermissen
López y a Keyder López
López
para que se apersonen dentro
del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto en el Boletín
Judicial, expediente N° 22-000305-0869-fa. Proceso tutela. Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)
(Materia Familia). Nota:
de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Nicoya, 25 de agosto del 2022.—Msc. Berta
Lidieth Araya Porras, Jueza
Decisora.—O.C.
Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022674148 ). 3
v. 1.
Edicto, MSC. Marilene Herra Alfaro, Jueza del Juzgado Primero de
Familia de San José, hace saber a
Ariel Bacallao La Rosa, mayor, casado,
de nacionalidad cubano, con
documento de identidad número 79101226526, de domicilio desconocido. Actúa como curador procesal
de dicho demandado, el Licenciado David Ricardo
Fernández Tercero, que en este Despacho se interpuso un proceso inexistencia del matrimonio en su contra, bajo el expediente número
16-001115-0186-FA donde se dictó
sentencia de primera instancia N° 2022000680 resolución
de las quince horas cuatro minutos del veintiséis de julio de dos mil veintidós cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: de conformidad
con lo expuesto, normas legales citadas, este proceso de declaratoria de matrimonio inexistente formulado por el Estado contra los señores Ariel Bacallao La Rosa y Leyda Magaly Novoa Ponce se resuelve de la siguiente manera: 1) Se declara con lugar la presente demanda. Se declara la inexistencia del matrimonio civil celebrado entre los señores Ariel Bacallao La Rosa y Leyda Magaly Novoa Ponce. 2) Se declara nula la inscripción de Ariel Bacallao La Rosa como progenitor
de la persona menor de edad
Denilson Jair Bacallao Novoa (cita de nacimiento 1-2168-431-0861). En
lo sucesivo esa persona menor de edad queda
inscrita como hijo únicamente de la señora Leyda Magaly Novoa Ponce. 3) Se ordena comunicar lo dispuesto en este pronunciamiento a la Dirección General de Migración y Extranjería, y al Registro Civil,
Sección de Opciones y Naturalizaciones, para que procedan
a anular cualquier
trámite
de modificación de status migratorio
o naturalización que eventualmente
pudiere estar realizando el señor
Ariel Bacallao La Rosa, aduciendo
estar casado con la señora Leyda Magaly Novoa Ponce. 4) Se establece que el matrimonio que aquí se declara inexistente no produce efectos patrimoniales, sociales, ni personales. 5) Firme esta sentencia, se ordena la cancelación de la inscripción de ese matrimonio
ante el Registro de Matrimonios de la provincia de
San José (inscrito bajo las citas
1-0471-429-0857). 6) Se exime a los
demandados del pago de las costas personales y procesales de este asunto. 7) Notifíquese a los demandados Ariel Bacallao La Rosa y Leyda Magaly Novoa Ponce la parte dispositiva de esta sentencia por medio de Edicto, que se publicará por una sola vez
en el Boletín
Judicial. 8) Notifíquese esta
sentencia al Patronato
Nacional de la Infancia. Msc.
Marilene Herra Alfaro, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso
inexistencia del matrimonio
de el Estado contra Ariel Bacallao
La Rosa y Leyda Magaly Novoa
Ponce, expediente Nº 16-001115-0186-FA. Nota: publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de San José, 17 de
agosto del año 2022.—Marilene Herra Alfaro, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022673601 ).
Lic. Leonardo Loría Alvarado Juez
del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Darwuid Moisés Ojeda Herrera, documento
de identidad C02322601, casado,
Músico, vecino de desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de suspensión de responsabilidad parental en su contra, bajo el expediente número
22-001187-0364-FA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente dicen: De la
anterior demanda de abreviado
de suspensión de responsabilidad
parental establecida por el accionante Nora Mercedes Retto Varela, se confiere traslado a la accionada(o) Darwuid Moisés Ojeda Herrera por el plazo
perentorio de diez días,
para que se oponga a la demanda
o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Parte Interviniente: Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del casillero 403 de estos Tribunales. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono”.
Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones”. Igualmente,
si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar
o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea y a señalar
este medio para recibir notificaciones, lo único que debe hacer es ingresar
a la página del poder judicial
www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le
proporcionará personalmente
en el despacho,
usted podrá ingresar desde la comodidad de su casa a consultar su expediente
y revisar sus notificaciones,
con lo anterior se evitará largas
filas de espera. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia.
De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior
N°41-14, celebrada el 6 de
mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección
de la vivienda como el lugar de trabajo,
horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números
telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre
de algún familiar o vecino
a través de cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que, si por el
monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones
económicas no le es posible pagar los
servicios profesionales de
un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios
Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran
ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y
se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las
11:00 horas, teléfono central número
2207-4223. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio.
Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo
que se le ha concedido, por
lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de
Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que
la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrará en vigencia el
28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos
de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un Lugar para atender notificaciones. (Art.58)
y en todos los demás procesos,
las partes deben señalar Medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar Dos Medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática.
(Art.34). Así las cosas, se
le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento
de Tecnología de Información
del Poder Judicial (gestión
que debe hacerse una única vez
y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar
la ejecución de una prueba hacia el
casillero electrónico que
se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento
a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento
citado ingresará la cuenta
autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Nombramiento de Curador: De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder
a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora indicar
las generalidades de ley de dos testigos
que declaren sobre el conocimiento o desconocimiento del paradero del demandado. Prevención de Honorarios: Se le previene a la parte actora que a efectos de que proceder cubrir los honorarios del curador a nombrar, dicho monto lo es la suma de noventa y seis mil cincuenta colones (a razón de ochenta y cinco mil colones más el 13% del IVA), por lo que deberá depositarlo en la cuenta N° 22-001187-0364-FA-1, del Banco de Costa Rica. Citación a la parte actora y a dos testigos: Se cita a la señora Nora Mercedes Retto Varela y a dos testigos
para que en el plazo de una semana
comparezca al Juzgado y, bajo
juramento, responda las preguntas que se le formularán
para determinar la procedencia
del nombramiento del curador
procesal del demandado,
bajo apercibimiento de que, si
no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese. Leonardo Loría Alvarado. Juez. Lo anterior
se ordena así en proceso abreviado
de suspensión de responsabilidad
parental de Nora Mercedes Retto Varela contra Darwuid Moisés Ojeda Herrera; Expediente Nº 22-001187-0364-FA. Nota:
Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida
por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Familia de Heredia, 28 de julio del año 2022.—Leonardo Loría
Alvarado, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022673625 ).
Edicto: Lic.
Leonardo Loría Alvarado, juez
del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Jimmy Alonso Chévez Calderón,
documento de identidad
0110120376, divorciado/a, no indica, vecino de desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso procesos especiales de salida del país en su
contra, bajo el expediente número 22-000450-0364-FA donde se
dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: del
anterior proceso de autorización
de salida del país, establecido por Adriana Eugenia
Quesada González, se confiere traslado
por el plazo
perentorio de cinco días a
Jimmy Alonso Chevez Calderón (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene
que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Se informa a la parte
demandada que si por el monto
de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por
limitaciones económicas no
le es posible pagar los servicios profesionales
de un abogado, puede recibir
asistencia jurídica en los Consultorios
Jurídicos, los cuales son los siguientes: de la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro,
San José, y se atiende de Lunes a viernes
de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de
Heredia, horario de atención:
Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a
viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares
del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así
como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín
de Flores de Heredia, competencia únicamente
vecinos de Flores, Belén y
Santa Barbara de Heredia, teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono
25600659. Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el
28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos
de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58)
y en todos los demás procesos,
las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática.
(Art.34). Si escoge correo electrónico, debe registrar la dirección electrónica en el Departamento
de Tecnología de Información
del Poder Judicial (gestión
que debe hacerse una única vez
y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar
la ejecución de una prueba hacia el
casillero electrónico que
se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento
a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento
citado ingresará la cuenta
autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Prevención de honorarios: inclúyase el presente asunto
en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa del Poder Judicial
(SIGAPJ), esto con el fin
que la Unidad Administrativa de Heredia asuma el pago
de honorarios de curador a nombrar, y de conformidad con la
circular numero 86-2019 de la Dirección
Ejecutiva, emitida el 28 de junio del 2019 y conforme con lo establecido en la Ley 9635 “Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas” y
el Reglamento 41779 “Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado”, la Dirección Jurídica emitió criterio mediante oficio N° DJ-193-2019 del 13 de junio
de 2019, y en acatamiento a
dicha circular los honorarios se fijan en la suma de cincuenta
y seis mil quinientos colones,
monto que incluye el 13% del I.V.A. Publicación de edictos: por medio de un edicto que se publicará por única vez
en el Boletín
Judicial se convoca a todas
aquellas personas que tengan
interés en el presente asunto,
para que se presenten dentro
del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
del edicto (artículos 4 y
869 del Código Procesal Civil). El edicto será enviado
electrónicamente por este despacho a la Imprenta Nacional, para lo cual
la parte interesada debe estar atenta
a su publicación y una vez cumplido
el plazo deberá aportarlo al despacho. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si la demandada ausente cuenta con apoderado inscrito y así como Certificación
de Movimientos Migratorios
del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio
de Seguridad Pública del señor Jimmy Alonso Chévez Calderón. Citación parte actora y testigos: se previene a la parte actora que en el
plazo de una semana presente al despacho dos testigos, para que
bajo juramento, respondan
las preguntas que se le formularán
para determinar la procedencia
del nombramiento del Curador
Procesal del demandado,
bajo apercibimiento de que si
no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese esta resolución a la gestionante y al curador procesal. Leonardo Loría
Alvarado, juez. Lo anterior se ordena
así en proceso
procesos especiales de
Adriana Eugenia Quesada González contra
Jimmy Alonso Chévez
Calderón; expediente Nº
22-000450-0364-FA. Nota: publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673626
).
Leonardo Loría Alvarado, Juez del
Juzgado de Familia de Heredia, a Yessenia Cañas Pineda, en su carácter
personal, quien es mayor, soltero/a, vecina de desconocido, con pasaporte Nº A04497219, se le hace saber que en demanda Procesos
especiales Declaratoria Judicial de Abandono de persona menor de edad,
expediente N° 20-000892-0364-FA, establecida por
Karen Dacnoly Landaverde Coto contra Yessenia Cañas
Pineda, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente
dice: N°2022001570. Juzgado de Familia de Heredia, a las diez horas treinta y
ocho minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós. Proceso procesos
especiales declaratoria judicial de abandono de persona menor de edad,
expediente N° 20-000892-0364-FA, establecido por
Karen Dacnoly Landaverde Coto, mayor, Soltero/a,
cédula Nº 8-0067-228, vecina de Heredia, cédula
0800670228 contra Yessenia Cañas Pineda, mayor, Soltera, vecina de desconocido,
con pasaporte Nº A04497219. Por tanto: De acuerdo a
lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y
34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140
y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la Demanda Especial de
Declaratoria Judicial de Abandono de persona menor de edad establecida por
Karen Dacnoly Landaverde Coto contra Yessenia Cañas
Pineda, declarando en esta vía judicial el estado de abandono, con fines de
adopción del menor de edad Henri Isay Cañas Pineda, con la consecuente pérdida
de los derechos de la Responsabilidad Parental que de él ostentaba la aquí
demandada. Una vez firme esta sentencia, anótese el fallo en el asiento de
inscripción del menor de edad, para lo cual deberá el Registro Civil inscribir
a Henri Isay Cañas Pineda, nacido el 07 de setiembre de 2010 como hijo de
Yessenia Cañas Pineda, salvadoreña con pasaporte Nº
A04497219, teniendo ella terminada la autoridad parental sobre el menor,
mientras que el depósito judicial lo continuará ostentando doña Karen Dacnoly hasta que se finalice el proceso de adopción
citado. Este asunto se resuelve sin condena en costas para la demandada en
virtud del tipo de litigio que se trata y su posición en el proceso. Hágase
saber. De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación
está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de
Familia de Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez de Familia.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022673627 ).
Msc. Mario Felipe Marín Cascante, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Trent Mattew
Poole, en su carácter personal, quien es
mayor, divorciado, guarda, vecino de desconocido, portador del pasaporte N°
P-310492386, se le hace saber que en
demanda procesos especiales declaratoria judicial
de abandono con fines de adopción,
expediente N° 20-001848-0364-FA, establecida
por Sergio David Soto Molina, contra Trent Mattew Poole, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente dice: N°
2022001605. Juzgado de Familia de Heredia, a las catorce horas veintiocho minutos del veintisiete de junio de dos mil veintidós. Proceso procesos especiales declaratoria judicial
de abandono con fines de adopción,
expediente N° 20-001848-0364-FA, establecido
por Sergio David Soto Molina, mayor, divorciado, guarda, vecino de Heredia, cédula N° 0113870111, contra Trent Mattew Poole, mayor, divorciado, vecino de desconocido, portador del pasaporte N°
P-310492386:... Por tanto: se declara con lugar la demanda de declaratoria judicial de abandono
con fines de adopción, planteada
por Sergio David Soto Molina y se declara
judicialmente en estado de abandono con fines de adopción al joven Federico Jesús Poole Zeledón, por
parte de su progenitor
Trent Mattew Poole, a quien,
de conformidad con el inciso 3° del artículo 158 del
Código de parental, sobre Federico Jesús Poole Zeledón. La modificación
de apellidos deberá tramitarse en el
correspondiente proceso de adopción. Una vez firme el fallo,
se ordena su inscripción en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de San José, al tomo:
dos mil veinticinco, página.
trescientos cuarenta y uno,
asiento: seiscientos ochenta
y dos. Sin especial condenatoria en
costas. Notifíquese. Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.”
Nota: de conformidad con la
circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Mario Felipe Marín Cascante, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022673629 ).
Se avisa que en
este Despacho en el expediente
número 22-000592-0673-NA, Alberto Giannetta
y Cinzia Pasini, solicitan se apruebe la adopción internacional de la
persona menor de edad Ballolitt Celeni Pérez Romero. Se concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Niñez y Adolescencia de San José, 29 de agosto
del 2022.—MSc. Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022673641 ).
Lic. Carlos Miguel García
Araya, juez del Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace saber a José
Francisco de La Trinidad Azofeifa Delgado, quien es mayor, casado dos veces, soldador, costarricense, portador de la
cédula de identidad número
6-0229-0188, que en este despacho se interpuso Proceso de Abreviado de divorcio en su
contra, bajo el expediente número 19-000027-1534-FA, cuya pretensión principal es que se disuelva
el vínculo matrimonial que
lo une con Silvia Victoria de Los Ángeles Molina Arias y a quien se le otorgó el plazo de 10 días a fin de que conteste la presente demanda. Expediente
19-000027-1534-FA. Notas: 1) Publíquese
por única vez en el
Boletín Judicial. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
30 de agosto del 2022.—Lic.
Carlos Miguel García Araya, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022673648 ).
Master Luz Amelia Ramírez Garita,
Jueza del Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a
Carlos Alberto Arguedas Calderón, Guillermo
Heriberto Navarro Castillo y Weiners Pérez Arguedas,
se le hace saber que en demanda Depósito Judicial, expediente N°
22-001513-0292-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia
contra Cindy María Manzanares Guzmán, Carlos Alberto Arguedas Calderón,
Guillermo Heriberto Navarro Castillo y Weiners Pérez,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a
las diez horas cincuenta y
uno minutos del diecinueve
de agosto de dos mil veintidós.
De las presentes diligencias de depósito
de las personas menores Jazael
Navarro Manzanares, Daria Michelle Pérez Manzanares y Reichel Yarani Arguedas Manzanares, promovidas
por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a Cindy María Manzanares Guzmán, Carlos Alberto
Arguedas Calderón, Guillermo Heriberto Navarro Castillo y Weiners
Pérez Arguedas, a quienes se les previene
que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión N°
78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio,
e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Cindy María Manzanares Guzmán, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real: Alajuela, Guácima, Calle Barquero,
antepenúltima entrada, casa color roja.
Telef. 71461230. Artículo
19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela.
En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Edicto- Por
medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado. Medida Cautelar: Con fundamento en lo peticionado por el representante legal del ente promotor en el escrito inicial
de fecha 18 de agosto de
2022 así como en el informe
Informe
Técnico Final emitido por Sharon Salazar Aguilar Trabajadora
Social a.i. de la Oficina Local San Rafael de Alajuela y sin perjuicio de lo que se resuelva en sentencia, se ordena como medida
cautelar el Depósito Provisional de la personas menores
de edad Jazael Navarro
Manzanares, Daria Michelle Pérez Manzanares y Reichel Yarani
Arguedas Manzanares en el hogar de la señora Rosa Carmina
Manzanares Guzmán, a quien se le previene
apersonarse a este despacho en el
plazo de cinco días a fin
de aceptar el cargo conferido y declarar sobre la ausencia de los demandados. Lo anterior al
tenor de los numerales 242
del Código Procesal Civil, 1, 2, 3, 5, del Código de Niñez y Adolescencia, 1, 2, 3, 5,
8, 9, de la Convención sobre
los derechos del Niño/a, por
estimar esta autoridad que resulta lo más cercano por
el momento al interés superior y estabilidad de
la persona menor de edad.
Al tenor del ordinal 136 del Código Procesal Civil,
se le previene al representante
legal del PANI que deberá aportar
en el término
de tres días 2 juegos de copias de la solicitud inicial en la manifestación
de este despacho, con el fin de notificar a los demandados. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; Primer Circuito
Judicial de Alajuela de este Circuito
Judicial. Nota: De conformidad
con la Circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una vez.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673710 ).
Msc. José
Olger Valverde Leitón, Juez del Juzgado de Familia de
Heredia; hace saber a Joel Exsabu
Hernández Pena, documento
de identidad 155800853330, casado,
desempleado, vecino de desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso Procesos Especiales de Filiación en su
Modalidad de Declaratoria
de Hijos Extramatrimoniales
en su contra, bajo el expediente número
22-000823-0364-FA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
Dicen: Se tiene por establecido por parte de María Daniela
Hernández Sánchez el presente
proceso de declaratoria de hijos extramatrimoniales en contra de Joel Exsabu Hernández
Pena a quien se le confiere
traslado por el plazo de Diez Días, para que
la conteste, oponga excepciones previas, la prueba
documental que tuviere y la testimonial con indicación en su
caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia, ordenándose notificar a dicha entidad al casillero 113 de estos Tribunales. Asimismo, se previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de
cédula, h) lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto
de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por
limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios
profesionales de un abogado, puede
recibir asistencia jurídica en los
Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad
de Costa Rica se encuentran ubicados
frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las
19:30 horas, y los sábados
de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 2207-4223. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí,
que la demanda debe ser contestada en el
plazo que se le ha concedido,
por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”.
Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia
el 28 de febrero de 2009,
dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica
es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58)
y en todos los demás procesos,
las partes deben señalar Medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar Dos Medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.
34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento
de Tecnología de Información
del Poder Judicial (gestión
que debe hacerse una única vez y no cada vez
que señale ese medio). Para ello
debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar
la ejecución de una prueba hacia el
casillero electrónico que
se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento
a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento
citado ingresará la cuenta
autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Nombramiento de Curador: De conformidad con lo dispuesto por el artículo
262 el Código Procesal
Civil, a fin de proceder a nombrarle
curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo
263 del Código Procesal Civil. De igual
manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si la demandada ausente cuenta con apoderado inscrito. Además, las generalidades de ley
de dos testigos que declaren
sobre el conocimiento o desconocimiento
del paradero del demandado.
Prevención de Honorarios: Inclúyase el presente
asunto en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa del Poder Judicial (SIGAPJ), esto con
el fin que la Unidad Administrativa
de Heredia asuma el pago de honorarios de curador a nombrar, y de conformidad con la circular numero
86-2019 de la Dirección Ejecutiva,
emitida el 28 de junio del 2019 y conforme con lo establecido en la Ley 9635 “Ley
de Fortalecimiento de las Finanzas
Públicas” y el Reglamento 41779 “Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado”, la Dirección Jurídica emitió criterio mediante oficio N° DJ-193-2019
del 13 de junio de 2019, y en
acatamiento a dicha
circular los honorarios se fijan en la suma
de cincuenta y seis mil quinientos
colones, monto que incluye el 13% del I.V.A. Citación a la parte actora y a dos testigos: Se cita a la señora María Daniela
Hernández Sánchez y a dos testigos para que en el plazo
de una semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán
para determinar la procedencia
del nombramiento del curador
procesal del demandado,
bajo apercibimiento de que si
no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese. Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.
Lo anterior se ordena así en proceso Procesos
Especiales de Filiación en su Modalidad de Declaratoria de Hijos Extramatrimoniales
de María Daniela Hernández Sánchez
contra Joel Exsabu Hernández Pena. Expediente Nº
22-000823-0364-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida
por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 19 de julio del año 2022.—Msc. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673716 ).
Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por William Rogelio Araya Saborío,
mayor, casado, documento de
identidad 1-0882-0142, vecino
de Hatillo, San José, en el
cual pretende cambiarse el nombre
a William mismos apellidos.
Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos y si así lo consideran
pertinente presentar sus oposiciones conforme al artículo 55 del Código Civil, bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Expediente N° 22-000169-0216-CI-0. Nota:
Se le recuerda a la persona interesada
que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación
de este edicto.—Juzgado Civil
Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: quince horas
con trece minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022673988 ).
Edicto, Lic.
Carlos Miguel García Araya, Juez del Juzgado de Trabajo y Familia de
Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace saber a Sunday Uli, quien es mayor, portador del pasaporte de su país Sudáfrica número 458278716, que en este despacho se interpuso proceso por conflicto de autorización parental en su contra, bajo el expediente número
22-000409-1534-FA, cuya pretensión
principal es la salida del país
de la menor de edad Ashley
María Uli Rodríguez y a quien
se le otorgó el plazo de cinco días a fin de que conteste la presente demanda. Expediente
22-000409-1534-FA. Notas 1) Publíquese
por única vez en el
Boletín Judicial. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
30 de agosto 2022.—Lic.
Carlos Miguel García Araya, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022674134 ).
Licenciado(a) Marjorie
Salazar Herrera. Se avisa que en
este Despacho bajo el expediente número
22-000671-0687-FA, establecido por
Antony Madrigal Rodríguez, solicitan se apruebe la adopción de la persona
menor Ian Navarro Rodríguez. Se
concede a los interesados el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos
de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia de
Familia), 31 de agosto del año
2022.—Licda. Marjorie de los
Ángeles Salazar
Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674136 ).
Edicto, licenciada
Patricia Cordero García, jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a
Enrique Aragón Pasquiel y Luz Marina Peralta Sanders,
en su carácter
personal, se les hace saber que, en
demanda abreviada de suspensión de responsabilidad
parental, establecida por Patronato Nacional de la Infancia
contra Enrique Aragón Pasquiel y Luz Marina Peralta
Sanders, se ordena notificarle
por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago. A las quince horas cincuenta y
seis minutos del siete de febrero de dos mil veintidós. De
la anterior demanda abreviada
de suspensión de responsabilidad
parental expediente numero
21-001259-0338-FA, establecida por
el accionante Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado a los accionados Enrique Aragón Pasquiel y Luz Marina Peralta Sanders por
el plazo perentorio de diez días, para que
se oponga a la demanda o manifieste su conformidad
con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo,
por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de
ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para lo cual indique el ente
actor si conoce el paradero de los requeridos. En cuanto a la medida cautelar solicitada de acuerdo con la misma, por el
interés superior de las personas menores
de edad se otorga el depósito provisional de Luz Mariela Aragon Peralta y Luz
Clarita Aragon Peralta en el
recurso de la señora María
Isabel Muñoz Galagarza. Notifíquese.
Nota: de conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado
de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero
García, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674138 ).
Msc. Isabel Ortiz
Fernández, Juez(a) del Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), a Vismar
Pérez Granado, en su carácter
demandado, quien es mayor, agricultor, nicaragüense, vecino de dirección desconocida, con cédula de residencia número
155800877517, se le hace saber que en proceso procesos
especiales [salida del país], establecido por Reyna Auxiliadora Rivas
Jaime, tramitado bajo el expedientes N° 22-000232-1343-FA, se ordenó notificarle por edicto, que en lo conducente dice: Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Sarapiquí
(Materia Familia), a las quince horas cincuenta y ocho minutos del once de agosto del dos mil veintidós. I)
Se tiene por establecido el presente trámite de conflicto de autoridad parental promovido por Reyna Auxiliadora Rivas Jaime. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Vismar Pérez
Granado, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.-
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente,
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del Despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, sesión
N° 78-07 celebrada el 18 de
octubre del 2007, artículo
LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a
las demás partes interesadas. II) Por existir
personas menores de edad interesadas en este proceso, téngase
a su vez como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. III) Señala
entrevista: De conformidad
con el artículo 105 del Código de la Niñez
y, lo dispuesto en la Convención de los Derechos del
Niño, con la finalidad de realizar
una entrevista oral y privada a la persona menor de edad Yesslin Maciel
Pérez Rivas, se señala
a las catorce horas treinta
minutos del seis de setiembre
del dos mil veintidós (14:30 horas del 06/09/2022) se
le previene a la señora
Reyna Auxiliadora Rivas Jaime que deberá
presentar a estrados judiciales a la persona menor de edad mencionada. IV) Notificaciones: Visto lo manifestado
por la promovente en la solicitud de fecha 11 de agosto del 2022 y, siendo que se desconoce la dirección del demandado Vismar Pérez Granado, tomando en consideración que en el proceso
no se está desplazando ningún derecho de la persona menor
de edad, en aplicación de los principios de oralidad, inmediatez, concentración, celeridad, gratuidad, publicidad, etc., que rigen en la materia de Niñez (Artículos 105, 106, 107,
108, 112, 113, 114 y 115), se ordena notificar al señor supra por medio de edicto, que se publicará una única
vez en el
Boletín Judicial. Msc.
Isabel Ortiz Fernández, Juez(a). CMURILLOQ. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo,
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia
Familia).—Msc. Isabel Ortiz Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022674139 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil presentes en este
Despacho Laura María Solano
Fernández, mayor, divorciada, ama de casa, celular: 60195102, cédula de identidad
N° 401730683, vecina de Heredia, Santa Bárbara,
San Juan, hija de Álvaro Solano Sánchez, Idaly Fernández Mejías, nacida
en Centro, Central, Heredia, con 41 años de edad, y Maycol Conejo Rodríguez, mayor, divorciado, chofer de camión, cédula de identidad N°
110200996, vecino de Heredia, Santa Bárbara,
San Juan, celular: 72098264, hijo
de Gerardo Conejo Campos, Carolina Rodríguez Vargas, nacido en Hospital, Central, San
José, con 43 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación
de manifestarlo en este despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-001602-0364-FA. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de julio del 2022.—Msc. Cynthia
Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673622 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: William Roberto Artavia Ramírez, mayor de
edad, soltero, conductor de
autobuses, cédula de identidad número
111760096, vecino de Paraíso de Cartago, 500 metros
sur de Los Magdala, hijo de María de los Ángeles Ramírez Hernández y Roberto Artavia Salazar, nacido
en Carmen de Central de San José, el
14/06/1983, con 39 años de edad;
y Daniela María Morales Picado, mayor de edad, soltera, asistente de enfermería, cédula de identidad número 0305080291, vecina de
Paraíso de Cartago, Barrio Florencio del Castillo, hija
de Juanita Picado Granados y Francisco Morales Céspedes,
nacida en Oriental de
Central de Cartago, el 21/02/1998, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-001943-0338-FA. Nota:
Publíquese por una única vez.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 31 de
agosto del 2022.—Licda.
Guadalupe Solano Patiño, Jueza
de Familia.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673667
).
Han comparecido
a este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores: Rica Tatiana Loaiza Álvarez, mayor de edad, soltera, oficios domésticos, portadora de la cédula de identidad
N° 0304330034, nombre de la progenitora:
Rosa María Álvarez Valverde y nombre del progenitor Raúl Loaiza Fuentes, domicilio en Cartago, Turrialba,
San Juan Norte, el 24/10/1988, con 33 años de edad, y Óscar Alonso Víquez
Pereira, mayor de edad, Soltero,
Peón, portador de la cédula
de identidad N° 0303990952, nombre
de la progenitora: Jeannette Pereira Marín y nombre
del progenitor Óscar Arnoldo Víquez Brenes, domicilio en Cartago, Jiménez, Pejiballe, el 19/12/1984, actualmente con 37
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación
de manifestarlo en este despacho dentro
de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000298-0675-FA-W. Nota: de conformidad
con la circular N° 67-09, emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba,
(Materia Familia), 11 de agosto del 2022.—Licda. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022674160 ).
Han comparecido ante este despacho solicitando
contraer matrimonio civil
la señora Marisol Cordero Jiménez, mayor, divorciada, operaria, cédula de identidad número 900930180, hija de Gladys Cordero Jiménez, nacida
en San Isidro Pérez Zeledón,
con 52 años de edad, y el señor Jairo Javier Jarquín Calero, mayor, soltero, operario, cédula de residencia número
155803560135, hijo de Juan Jarquín
y Angélica Calero de Jarquín,
nacido en Masaya, Nicaragua
con 50 años de edad, ambos vecinos de Heredia. Si alguna
persona tuviere conocimiento
de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo
ante este juzgado dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente
220015380364FA. Nota: Publíquese
una sola vez. De conformidad con la circular Nº 67-09 emitida
por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige este materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia. 21/07/2022.—Msc. Pablo Amador
Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674170 ).
En vista de que el codemandado
civil Christian Gairaud Villalta
cédula de identidad 1-1482-0889, no fue habido para ponerle en conocimiento
la sumaria penal en la que figura como demandado
civil, se procede a comunicarle
la resolución que cursa la acción civil en su contra, por medio de edicto que se publicará tres veces en
el Boletín
Judicial. Confeccionándose el
oficio de estilo. Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo.
Fiscal Coordinador de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil.
Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo Fiscal de la Fiscalía
de Hatillo, a Christian Gairaud Villalta,
le hace saber que: En el legajo de acción
civil resarcitoria 20-000875-0492-TR, ofendido Carlos Manuel Retana
Mendoza y Elida Yanira Pérez Sandí contra Christian
Osvaldo Ortiz Fonseca, se ha dictado resolución que literalmente dice:
Comunicación por Edicto: Fiscalía de Hatillo, a
las trece horas con cuarenta
y cinco minutos del 27 de julio del dos mil veintidós. En vista de que el tercer demandado civil Allan
Rodrigo Chacón Chaves, no ha sido
posible comunicarle la resolución dictada por este despacho,
que da curso a la acción
civil resarcitoria incoada por Carlos Manuel Retana Mendoza
y Elida Yanira Pérez Sandí, se procede
a comunicarle la resolución
que cursa la acción civil en su contra por
medio de edicto que se publicará
tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.
Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo.
Fiscal de Hatillo: Se pone en conocimiento
la acción civil: De conformidad
con los artículos 115 y 120
del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del Tercer demandado civil Christian Gairaud Villalta la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del
actor civil planteando las excepciones
que correspondan. La oposición
se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la
audiencia preliminar.
Comuníquese. Fiscalía de Hatillo. De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio del 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. 3 veces. Fiscalía Hatillo, teléfonos 2254-8842 o 2214-9557. Fax:
2254-4603.—Fiscalía de
Hatillo, a las trece horas con cuarenta y cinco minutos del 27 de julio del dos
mil veintidós.—Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo,
Fiscal.—O.C. N° 364-12-2021C.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022665453 ). 3 v. 3.
Por requerirse
así en la sumaria N° 18-000895-0066-PE, en contra de Dagoberto Méndez Jara, por el
delito de Lesiones Culposas (Ley de Tránsito), Conducción
Temeraria, en perjuicio de Cesar Andrés Pérez
Ledezma, se solicita publicar por medio de edicto y por tres
veces consecutivas en el Boletín
Judicial y de conformidad con el
artículo
115 del Código Procesal Penal la siguiente
resolución: Acción Civil Resarcitoria del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, establecida por el licenciada Amanda Vargas Acuña, en calidad
de abogada de la ofendida
Cesar Andrés Pérez Ledezma, en
contra del tercero demandado
civilmente Eddy Pereira Morales, cédula de identidad N° 2-0638-0078, esto para que interponga las excepciones que estime convenientes. Lo anterior
de carácter urgente ya que la causa prescribe el 18 de marzo del 2020. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige en esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho. Publíquese tres veces.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. Yorleny Ching Cubero,
Fiscal Auxiliar.—O.C. N° 364-12-2021C.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673640 ). 3 v. 1.
Fiscalía de Batán, licenciada
Maricela Montero Orozco, Fiscal de la Fiscalía de Batán, al señor Carlos Andrés Cargas Campos, cédula o documento de identidad número 402220081, se le hace
saber que, en el Legajo de Legajo de Investigación, seguido en contra de Elio José Viachica
Vallejo, en perjuicio de la
fe pública, por el
delito de falsificación de señas y marcas, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Fiscalía
de Batán, a las quince horas con siete
minutos del quince de noviembre
del dos mil veintiuno. En
vista de que el señor
Carlos Andrés
Vargas Campos es de domicilio desconocido,
se procede a comunicarle la
resolución por medio de edicto que se publicará una sola vez en
el Boletín Judicial, resolución
que literalmente dice: no existiendo
medios que permitan su localización, se le saber al señor Carlos Andrés Vargas
Campos, cédula de identidad 4-0222-0081 de domicilio desconocido que en virtud de la causa 20-000257-1521-PE contra Elio José Viachiga Vallejo por el delito de receptación
en perjuicio de la administración de la justicia se decomisó la motocicleta marca Freedom, color gris, tipo
ZS, número de vin LBMPCML32H1000432, con número de motor ZS163FML8H100457, con la placa de circulación sticker número MOT526403. En virtud de lo anteriormente expuesto, se le otorga al señor Vargas Campos, el plazo de treinta
días para que se presente ante esta
Fiscalía de Batán con la finalidad de hacerle
entrega de la motocicleta
supra. Lo anterior, bajo el apercibimiento
que, en caso contrario, se pondrá el inmueble a la orden de la Proveeduría
Judicial para su destrucción.
Publíquese. Publíquese una sola vez. Nota:
de conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Fiscalía de Batán.—Maricela
Montero Orozco, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022673642 ).