BOLETÍN JUDICIAL 171 DEL 12 DE SETIEMBRE DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 157-2022

ASUNTO:  Al personal que integra las brigadas de evacuación se le dará prioridad para matricular curso virtual “Atención de Emergencias en caso de sismo, incendio o amenaza de bomba

AL TODO EL PERSONAL JUDICIAL DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N° 70-2022, celebrada el 18 de agosto de 2022, artículo XXXV, dispuso a solicitud de la Dirección de Gestión Humana, informar a todo el personal judicial, que quienes integran las brigadas de evacuación de cada Circuito Judicial, serán el grupo prioritario para matricular el curso virtual “Atención de Emergencias en caso de sismo, incendio o amenaza de bombapor lo que deberán las respectivas jefaturas brindar el apoyo y el espacio para su realización.

De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 26 de agosto de 2022.

                               Licda. Silvia Navarro Romanini,

                                           Secretaria General

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022674146 ).

CIRCULAR N° 162-2022

ASUNTO:      Reiteración de las disposiciones relacionadas con la obligación de mantener todos los registros actualizados en el Sistema de Gestión y Escritorio Virtual en materia de violencia doméstica.

A TODOS LOS JUZGADOS CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión número 67-2022 celebrada el 09 de agosto del 2022, artículo XL, dispuso reiterar a los Juzgados contra la Violencia Doméstica del país su obligación de actualizar los resultados de las audiencias inmediatamente por parte de la persona juzgadora que llevó a cabo la diligencia, dando cumplimiento a la circular 023-2021, sobre la importancia de mantener actualizado los sistemas informáticos y efectuar un registro diario y actualizado de la información de esos sistemas, entre ellos el Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales (SCGDJ) y el de la Agenda “Cronos”. Asimismo, reiterar a los Juzgados contra la Violencia Doméstica del país, el deber de actualizar las fases de los expedientes, según las cuatro fases que existen en materia de Violencia Doméstica, conforme lo dispone la circular 63-2022 y la actualización de los sistemas según circulares 87-15, 159-15, 27 y 28-16, 160-16, 89-18, 133-18 y 94-2019, con relación a la obligación de mantener todos los registros actualizados en el Sistema de Gestión y Escritorio Virtual. Además, deberán los Juzgados contra la Violencia Doméstica del país velar por la actualización de la información en el sistema una vez vencido el plazo de vigencia de las medidas de protección, para evitar mantener en circulante, asuntos que no corresponden.

De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 31 de agosto de 2022.

                                      Msc. Maricruz Chacón Cubillo,

                                           Subsecretaria General a.í.

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022673624 ).

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

ASUETO:    Concedido al personal judicial que labora en las oficinas judiciales del Cantón de Zarcero, provincia de Alajuela

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón central de Zarcero, provincial de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día veinticuatro de octubre de dos mil veintidós, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico-patronales del cantón de Zarcero, provincial de Alajuela. Publíquese por 3 veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos

San José, 30 de agosto del dos mil veintidós.

                                    Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                        Subdirector Ejecutivo

O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022673513 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión virtual N° 01-2022, de fecha 25 de febrero del 2022, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2009 al 2017 de la Unidad Médico Legal del Organismo de Investigación Judicial de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: O 500 C 09, Paquetes: 350, Años: 2009 al 2017, Asunto: Documentación Administrativa, 350 paquetes correspondientes a expedientes médico legales; distribuidos de la siguiente forma: 2013: 73 paquetes, 2014: 70 paquetes, 2015: 73 paquetes, 2016: 79 paquetes, 2017: 55 paquetes. Años: del 2013 al 2017. Asunto: Expedientes Médico Legales. Ampos: 31 paquetes correspondientes a documentación administrativa variada, distribuidos de la siguiente forma: Estadística: 2010: 1 paquete, 2011: 1 paquete, 2012: 1 paquete, 2013: 1 paquete, 2014: 1 paquete, 2015: 1 paquete, 2016: 1 paquete y 2017: 1 paquete. Solicitud de fotocopias: del 2009 al 2014: 1 paquete. Registro de asistencia: del 2009 al 2017: 3 paquetes. Viáticos: del 2009 al 2014: 1 paquete. Correspondencia: 2013: 1 paquete, 2014: 1 paquete, 2015: 1 paquete, 2016: 1 paquete, 2017: 1 paquete. Oficios Varios: 2013: 3 paquetes, 2014: 3 paquetes, 2015: 2 paquetes, 2016: 2 paquetes, 2017: 2 paquetes. Solicitudes de vehículo: del 2011 al 2017: 1 paquete. Años: del 2008 al 2017. Asunto: Gestiones varias.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 30 de agosto del 2022.

                                         Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                              Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022673957 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2005 al 2012 y 2014 al 2021 del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 503 S 05, Años: 2005 al 2012 y 2014 al 2021, Paquetes 13, Agendas 9, Asunto: 6 paquetes, Reportes y Registros, años 2014 al 2021, 1 paquete, Registros de Asistencia, años 2016 al 2021, 1 paquete, Control de Correo Certificado, años 2015 al 2021, 09 Agendas, años 2016 al 2021, 1 paquete, Registro de Oficios Despachados, años 2015 al 2021, 1 paquete, Quejas Declaradas Con Lugar, años 2005 al 2012, 1 paquete, Viáticos, años 2008 al 2012, 1 paquete, Nombramientos de Personal, años 2014 al 2021, 1 paquete Expedientes de Vehículos, año 2019, asunto, Documentación Administrativa.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 29 de agosto del 2022.

                                       Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                            Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022673958 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión número 73-2021 celebrada el 26 de agosto del 2021, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Materia Penal del año 2019 del Juzgado Penal de Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: P 508 P 19, Expedientes: 440, Paquetes: 4, Año: 2019, Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con Desestimación: Referentes a Delitos: Averiguar Desaparación 21exp, Daños 50exp, Ofensas a la Dignidad 36exp, Supresión-Ocultación-Destrucción de Documentos 2exp, Abandono de Incapaces 2exp, Daño Patrimonial 5exp, Lesiones Leves 4exp, Averiguar Muerte 38exp, Atípico 13exp, Violación de Domicilio 12 exp, Maltrato 44exp, Resistencia 13exp, Agresión con Arma 13exp, Lesiones Culposas 32exp, Sustracción Patrimonial 6exp, Infracción Zona Marítimo Terrestre 1 exp, Descuido con Animal 3 exp, Captación Indebida de Manifest. Verb. 1 exp, Uso ilegal de Insig. Policiales 1exp, Discriminación Racial 1exp, Fraude de Simulación 1 exp, Amenazas contra mujer 11exp, Suplantación de Identidad 8exp, Amenaza a Func. Público 11exp, Amenazas Agravadas 17exp, Abuso de Autoridad 1exp, Portación Ilicita de arma Perm. 9exp, Lesiones Levísimas 1exp, Lesiones 2exp, Estafa 6exp, Infrac. Ley Forestal 4exp, Infrac. Ley de Salud 1exp, Infrac Código Minería 1exp, Incump. Medidas Protección 7exp, Robo Simple 1exp, Agresión Calificada 1xp, Hurto Simple 2exp, Profanación de Cementerio 1exp, Circulación de moneda falsa 3exp, Obstrucción de vía Pública 1 exp, Defraud. Fiscal Aduanera 1exp, Tent. de Hurto 1exp, Matrimonio Ilegal 1exp, Daños Agravados 2exp, Infrac. Ley de casa y pesca 4exp, Conducción Temeraria 1exp, Abuso Patria Potestad 5exp, Suicidio 1exp, Estelionato 1exp, Venta-Almacén-Distrib-mercancía fraudulenta 3exp, Infrac. Ley Adulto Mayor 6exp, Falsificación señas y marcas 13exp, Fabricación de materiales explosivos 1exp, Privación de Libertad 1exp. Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo: Referentes a Delitos: Daños 4 exp, Violación de Domicilio 1exp, Maltrato 1exp, Resistencia 1exp, Suplantación de Identidad 1exp, Amenazas Agravadas 1exp, Infrac. Ley Forestal 1exp, Circulación de moneda falsa 1exp, Conducción Temeraria 1exp.

De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 30 de agosto del 2022.

                                           Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022673959 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión virtual Nº 01-2022, de fecha 25 de febrero del 2022, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1989 al 2019 de la Delegación Regional del Organismo de Investigación Judicial de San Ramón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: 21749, Libros: 61, Ampos: 55, Años: 1989 al 2019, Asunto: Documentación Administrativa: LIBROS: Libro ingreso de denuncias: 5 (1989 al 2011). Libro de Registro y Cadena de Custodia de Indicios (F-421): 3 (2007). Libro de Registro y Cadena de Custodia de Indicios (F-421): 1 (2008). Libro de Registro y Cadena de Custodia de Indicios (F-421): 4 (2009). Libro de Registro y Cadena de Custodia de Indicios (F-421): 5 (2010). Libro de control de entrega de cámaras de video y fotografía: 1 (2013). Control y solicitud de capturas: 1 (2009). Libro de control de detenidos (F-420): 1 (2011). Libro de control de detenidos (F-420): 1 (2012). Libro de control de detenidos (F-420): 2 (2014). Libro de control de detenidos (F-420): 2 (2015). Libro de control de detenidos (F-420): 3 (2016). Libro de control de detenidos (F-420): 2 (2017). Libro de control de detenidos (F-420): 4 (2018). Libro de control de detenidos (F-420): 1 (2013). Libros de prácticas: 1 (2011). Libros de prácticas: 5 (2012). Libros de prácticas: 5 (2013). Libros de prácticas: 6 (2014). Libros de prácticas: 5 (2015). Libros de prácticas: 1 (2016). Control de órdenes de libertad, remisión de detenidos y tener a la orden: 1 (2014). Control de órdenes de libertad, remisión de detenidos y tener a la orden: 2 (2017). AMPOS 55: Año 2016, 5 de copias de Ingreso de denuncias, 1 de Copias de certificados de defunción. Año 2017: 1 de originales de Ingreso de denuncias, 12 de copias de Ingreso de denuncias, 2 de Control e informes de solicitudes de presentación. Año 2018: 11 de copias de Ingreso de denuncias, 5 de originales de Ingreso de denuncias, 1 de Copias de certificados de defunción, 4 de Control e informes de solicitudes de presentación. Año 2019: 10 de copias de Ingreso de denuncias, 1 de originales de Ingreso de denuncias, 2 de Control e informes de solicitudes de presentación. 152 libreta de Control y Servicio de Mantenimiento preventivo de vehículos (F-22) (2011- 2016). Año 2012: 3 expedientes Pasivos del personal del OIJ. Un paquete CICOS (2015- 2016); Un paquete Actas de Destrucción de materiales (informes de drogas tenencia, Fuerza Pública 2016). Un paquete de Registros de asistencia (2014-2016,2018, 2019), se aclara que no se incluye 2017 porque no fueron hallados). 6 paquetes de Boleta de Solicitud de vehículo (F-90) (2011-2016); 10 paquetes de Copia de conciliación y copia de báuchers de combustible (2010 al 2013); 11 paquetes de Bitácoras y alimentación de detenidos (2009 al 2016).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 29 de agosto del 2022.

                                        Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                              Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022673960 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de Violencia Doméstica del año 2017 al 2019 del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Nicoya. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: V 505 G 17, Expedientes: 583, Paquete: 20, Año: 2017, Asunto: Violencia Domestica.

Remesa: V 500 G 18, Expedientes: 776, Paquete:19, Año: 2018, Asunto: Violencia Domestica.

Remesa: V 500 G 19, Expedientes: 426, Paquete:11, Año: 2019, Asunto: Violencia Domestica.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 30 de agosto de 2022.

                                       Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                            Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022673961 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión virtual Nº 01-2022, de fecha 25 de febrero del 2022, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2017 de la Unidad Médico Legal del Organismo de Investigación Judicial de La Unión, Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: O 500 C 17, Paquetes 24, Año: 2017, Asuntos: Expedientes Médico Legales.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 30 de agosto del 2022.

                                   Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                           Subdirector Ejecutivo del Poder Judicial

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022673962 ).

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

El Consejo de la Judicatura y la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial abren concursos para integrar listas de jueces y juezas suplentes en las siguientes categorías y despachos.

Para ver la imagen solo en Boletín Judicial con formato PDF

JUECES Y JUEZAS 1

1.             9 - TRIBUNAL PRIMERO DE APELACIÓN CIVIL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

2.             10 - TRIBUNAL SEGUNDO DE APELACIÓN CIVIL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

3.             12 - TRIBUNAL DE FAMILIA - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

4.             16 - TRIBUNAL PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

5.             28 - TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

6.             29 - TRIBUNAL AGRARIO - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

7.             30 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.

8.             172 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS II CIRC. JUD. DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

9.             174 - JUZGADO TRÁNSITO II CIRC.JUD. SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

10.           236 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ASERRI - ASERRI.

11.           239 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE HATILLO - HATILLO.

12.           241 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE PURISCAL - PURISCAL.

13.           242 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SANTA ANA - SANTA ANA.

14.           243 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE TARRAZU, DOTA Y LEON CORTES - TARRAZU.

15.           247 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ACOSTA - ACOSTA.

16.           248 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE TURRUBARES - TURRUBARES.

17.           250 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN SEBASTIAN - SAN SEBASTIAN.

18.           285 - TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

19.           288 - TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.

20.           308 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS I CIR. JUD. ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

21.           310 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE NARANJO - NARANJO.

22.           311 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ZARCERO - ALFARO RUIZ.

23.           312 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ATENAS - ATENAS.

24.           313 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN MATEO - SAN MATEO.

25.           314 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE POAS - POAS.

26.           318 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMEN. II CIR.JUD. ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.

27.           319 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE PALMARES - PALMARES.

28.           321 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SARCHI - VALVERDE VEGA.

29.           322 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE UPALA - UPALA.

30.           323 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE LOS CHILES - LOS CHILES.

31.           324 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GUATUSO - GUATUSO.

32.           335 - TRIBUNAL DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

33.           350 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ALVARADO - ALVARADO.

34.           351 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE PARAISO - PARAISO.

35.           352 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE TURRIALBA - TURRIALBA.

36.           353 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE JIMENEZ – JIMENEZ.

37.           361 - TRIBUNAL DE HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

38.           373 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SANTO DOMINGO -SANTO DOMINGO.

39.           374 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN ISIDRO - SAN ISIDRO.

40.           375 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN RAFAEL - SAN RAFAEL.

41.           384 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – LIBERIA.

42.           399 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE BAGACES - BAGACES

43.           401 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE CARRILLO – CARRILLO.

44.           402 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE CAÑAS – CAÑAS.

45.           403 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ABANGARES – ABANGARES.

46.           416 - TRIBUNAL DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

47.           435 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE JICARAL – JICARAL.

48.           436 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE COBANO – COBANO.

49.           437 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ESPARZA – ESPARZA.

50.           438 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE MONTES DE ORO - MONTES DE ORO.

51.           439 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GOLFITO – GOLFITO.

52.           440 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL II CIRC. JUD. ZONA SUR – CORREDORES.

53.           441 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE COTO BRUS - COTO BRUS.

54.           442 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE OSA – OSA.

55.           443 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE QUEPOS – AGUIRRE.

56.           444 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE BUENOS AIRES - BUENOS AIRES.

57.           445 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GARABITO – GARABITO.

58.           477 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GUACIMO - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.

59.           478 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE BRIBRI - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANT. BRIBRI.

60.           479 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE MATINA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT. MATINA.

61.           489 - JUZGADO TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

62.           497 - JUZGADO TRÁNSITO HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

63.           499 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.

64.           500 - JUZGADO TRÁNSITO PAVAS – PAVAS.

65.           503 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS DE HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

66.           522 - TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ – DESAMPARADOS.

67.           523 - TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, SEDE SUROESTE – HATILLO.

68.           538 - TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA SUR – CORREDORES.

69.           548 - TRIBUNAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA (SAN RAMÓN) - SAN RAMÓN.

70.           577 - TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE – NICOYA.

71.           601 - TRIBUNAL DE II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.

72.           625 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS DEL I CIRC. JUD. DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

73.           626 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DEL I CIR.JUD. SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

74.           671 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE LA FORTUNA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.

75.           693 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENS. ALIMEN. III CIRC. JUD. ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON.

76.           771 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

77.           772 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS DE CARTAGO -        CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

78.           782 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SANTA CRUZ - SANTA CRUZ.

79.           804 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.

80.           805 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DEL III CIRC. JUD. SAN JOSÉ – DESAMPARADOS.

81.           856 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.

82.           858 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE HOJANCHA – HOJANCHA.

83.           860 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL I CIRC. JUD. DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.

84.           864 ADMINISTRACION REGIONAL PUNTARENAS (SUPERNUMERARIOS) - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

85.           872 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – NICOYA.

86.           890 - JUZGADO PENSIONES Y VIOLEN. DOMÉSTICA DE PAVAS – PAVAS.

87.           894 - JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE LA UNIÓN - LA UNIÓN.

88.           916 - JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE ESCAZÚ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

89.           925 - JUZGADO PENSIONES Y VIOL. DOM.  SAN JOAQUIN DE FLORES - SAN JOAQUIN DE FLORES.

90.           926 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN JOAQUIN DE FLORES - SAN JOAQUIN DE FLORES.

91.           933 - JUZGADO PENSIONES Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE SIQUIRRES - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT. SIQUIRRES.

92.           934 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SIQUIRRES - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT. SIQUIRRES.

93.       943 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS I CJ GUANACASTE – LIBERIA.

94.           951 - TRIBUNAL PENAL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

95.           1040 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.

96.           1045 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE PARRITA – PARRITA.

97.           1148 - JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

98.           1149 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

99.           1189 - TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

100.         1210 - TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

101.         1211 - TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL III CIRCUITO JUD. ALAJUELA (SAN RAMÓN) - SAN RAMÓN.

102.         1212 - TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

103.         1213 - TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL DE GUANACASTE – LIBERIA.

104.         1315 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y TRÁNSITO DE SARAPIQUI – SARAPIQUI.

105.         1332 - JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE PUERTO JIMENEZ – GOLFITO.

106.      1815 - JUZGADO TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – LIBERIA.

JUECES Y JUEZAS 2

107.         198 - JUZGADO EJECUCION DE LA PENA DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

108.         549 - JUZGADO EJECUCION DE LA PENA DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

109.         564 - JUZGADO DE EJECUCION DE LA PENA DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

110.         589 - JUZGADO DE EJECUCION DE LA PENA DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

111.         596 - JUZGADO DE EJECUCION DE LA PENA DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.

112.         915 - JUZGADO EJECUCION DE LAS SANCIONES PENALES JUVENILES - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

113.         1012 - JUZGADO ESPECIALIZADO DE COBRO II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

114.         1044 - JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

115.         1157 - JUZGADO DE COBRO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

116.         1158 - JUZGADO DE COBRO DE HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

117.         1170 - JUZGADO SEGUNDO ESPECIALIZADO DE COBRO I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

118.         1183 - JUZGADO EJECUCION DE LA PENA CARTAGO, SEDE ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.

119.         1200 - JUZGADO DE COBRO I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.

120.         1202 - JUZGADO DE COBRO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.

121.         1204 - JUZGADO DE COBRO GRECIA – GRECIA.

122.         1206 - JUZGADO DE COBRO II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE (SANTA CRUZ) - SANTA CRUZ.

123.         1207 - JUZGADO DE COBRO DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

124.         1208 - JUZGADO DE COBRO DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.

125.         1338 - JUZGADO TERCERO ESPECIALIZADO DE COBRO I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

JUECES Y JUEZAS 3

126.         161 - TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – II CIRCUITO JUDICIAL S.J. con énfasis en Conciliación.

127.         161 - TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

128.         163 - JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTR. Y CIVIL DE HACIENDA - II CIRCUITO JUDICIAL S.J. con énfasis en Conciliación.

129.         163 - JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTR. Y CIVIL DE HACIENDA - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

130.         165 - JUZGADO DE FAMILIA II CIRCUITO JUD. DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

131.         187         JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

132.         194 - JUZGADO PENAL JUVENIL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

133.         197 - JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y FAMILIA PURISCAL – PURISCAL.

134.         216 - JUZGADO CIVIL HATILLO, SAN SEBASTIAN Y ALAJUELITA – HATILLO.

135.         217 - JUZGADO CIVIL DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ – DESAMPARADOS.

136.         294 - JUZGADO PENAL JUVENIL DEL I CIRC.JUD. DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

137.         298 - JUZGADO AGRARIO DEL II CIRCUITO JUD. DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.

138.         341 - JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y AGRARIO DE TURRIALBA- TURRIALBA.

139.         386 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – LIBERIA.

140.         387 JUZGADO AGRARIO I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – LIBERIA.

141.         391 - JUZGADO AGRARIO II CIRC. JUD. GUANACASTE – NICOYA.

142.         419 - JUZGADO AGRARIO II CIR. JUD. ZONA SUR – CORREDORES.

143.         423 - JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y FAMILIA DE OSA – OSA.

144.         425 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DE QUEPOS – AGUIRRE.

145.         465 - JUZGADO AGRARIO DEL I CIRC. JUD. DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.

146.      504 - JUZGADO CIVIL DE HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

147.         505 JUZGADO DE TRABAJO DE HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

148.         507 - JUZGADO AGRARIO DEL II CIRC. JUD. DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.

149.         510 - JUZGADO PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

150.         512 - JUZGADO PENAL DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO

151.         513 - JUZGADO PENAL DE HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

152.         514 - JUZGADO PENAL DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

153.         515 - JUZGADO PENAL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

154.         516 - JUZGADO PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.

155.         517 - JUZGADO PENAL DE POCOCI GUACIMO - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT. POCOCI-GUACIMO.

156.         525 - JUZGADO PENAL DE HATILLO – HATILLO.

157.         526 - JUZGADO PENAL DE PURISCAL – PURISCAL.

158.         527 - JUZGADO PENAL DE PAVAS – PAVAS.

159.         533 - JUZGADO PENAL DE TURNO EXTRAORDINARIO DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

160.         539 - JUZGADO PENAL DE GOLFITO – GOLFITO.

161.         540 - JUZGADO PENAL DE OSA – OSA.

162.      541 - JUZGADO PENAL II CIRC. JUD. ZONA SUR – CORREDORES.

163.         565 - JUZGADO PENAL DE TURRIALBA – TURRIALBA.

164.         579 - JUZGADO PENAL I CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE – LIBERIA.

165.         580 - JUZGADO PENAL DE CAÑAS – CAÑAS.

166.         581 JUZGADO PENAL II CIRC. JUD. GUANACASTE – NICOYA.

167.         582 - JUZGADO PENAL SANTA CRUZ - SANTA CRUZ.

168.         590 - JUZGADO PENAL DE QUEPOS – AGUIRRE.

169.         603 - JUZGADO PENAL DE SIQUIRRES - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT. SIQUIRRES.

170.         627 - JUZGADO NOTARIAL - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

171.         635 - JUZGADO VIOLENCIA DOM. II CIRC.JUD. DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

172.         637 - JUZGADO FAMILIA III CIRC. JUD. DE SAN JOSÉ – DESAMPARADOS.

173.         638 - JUZGADO CIVIL I CIRCUITO JUD. ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

174.         639 - JUZGADO DE TRABAJO I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

175.         640 - JUZGADO CIVIL DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

176.         641 - JUZGADO DE TRABAJO DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

177.         642 - JUZGADO CIVIL PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

178.         643 - JUZGADO DE TRABAJO DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

179.         672 - JUZGADO DE VIOLENCIA DOM. DEL I CIRC.JUD. SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

180.         674 - JUZGADO DE VIOLENCIA DOM. TURNO EXTRAORD. DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

181.      675 - JUZGADO FAMILIA, PENAL JUV. Y VIOL.DOM. DE TURRIALBA – TURRIALBA.

182.         676 JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

183.         678 JUZGADO CIVIL DEL I CIRC. JUD. DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.

184.         679 - JUZGADO DE TRABAJO I CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.

185.         687 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE GRECIA – GRECIA.

186.         689 - JUZGADO AGRARIO II CIRC.JUD. DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

187.         694 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - SAN RAMON.

188.         695 - JUZGADO PENAL JUVENIL III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON.

189.         696 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA DOM. III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON.

190.         699 - JUZGADO AGRARIO DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

191.         722 - JUZGADO VIOLENCIA DOMÉSTICA HATILLO, SAN SEBASTIAN Y ALAJUELITA – HATILLO.

192.         723 - JUZGADO VIOLENCIA DOMÉSTICA III CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - DESAMPARADOS.

193.         775 - JUZGADO DE TRABAJO DE SANTA CRUZ - SANTA CRUZ.

194.         776 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE SANTA CRUZ - SANTA CRUZ.

195.         812 - JUZGADO PENAL DE TALAMANCA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANT. BRIBRI.

196.         815 - JUZGADO AGRARIO I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

197.         868 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO II CIRC. JUD. DE GUANACASTE – NICOYA.

198.         870 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DEL

                II CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE – NICOYA.

199.         871 JUZGADO PENAL JUVENIL II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – NICOYA.

200.         918 - JUZGADO VIOLENCIA DOMESTICA I CIRC. JUD. ZONA SUR - PEREZ ZELEDON.

201.         920 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR – CORREDORES.

202.         922 - JUZGADO PENAL DE UPALA – UPALA.

203.         927 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DE CAÑAS – CAÑAS.

204.         928 - JUZGADO DE FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOM. DE CAÑAS – CAÑAS.

205.         938 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE – LIBERIA.

206.         958 - JUZGADO CONCURSAL - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

207.         963 - CENTRO DE CONCILIACION DEL PODER JUDICIAL - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

208.         982 - JUZGADO PENAL DE BUENOS AIRES - BUENOS AIRES.

209.         993 - JUZGADO AGRARIO DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON

210.         1036 - JUZGADO PENAL JUVENIL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.

211.         1046 - JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y FAMILIA DE BUENOS AIRES - BUENOS AIRES.

212.         1086 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE GOLFITO – GOLFITO.

213.         1125 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL I CIRCUITO JUDICIALDE LA ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.

214.         1129 - JUZGADO AGRARIO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA SUR - PEREZ ZELEDÓN.

215.         1143 - JUZGADO CIVIL Y TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA, SEDE UPALA – UPALA.

216.         1146 - JUZGADO DE FAMILIA DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

217.         1147 - JUZGADO PENAL JUVENIL DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS

218.         1152 - JUZGADO DE FAMILIA DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA

219.         1178 - JUZGADO DE TRABAJO PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

220.         1203 - JUZGADO DE COBRO DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA (SAN RAMÓN) - SAN RAMÓN.

221.         1207 - JUZGADO DE COBRO DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

222.         1271 - JUZGADO PENAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SEDE LOS CHILES - LOS CHILES.

223.         1276 - JUZGADO PENAL DE TURNO EXTRAORDINARIO, SEDE I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

224.         1288 - JUZGADO DE TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.

225.         1302 - JUZGADO DE FAMILIA DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.

226.         1304 - JUZGADO DE FAMILIA Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA SUR – CORREDORES.

227.         1305 - JUZGADO PENAL JUVENIL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR – CORREDORES.

228.         1306 - JUZGADO PENAL JUVENIL I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – LIBERIA.

229.         1307 - JUZGADO DE FAMILIA DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.

230.         1309 - JUZGADO CIVIL, TRABAJO, FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA SARAPIQUI – SARAPIQUI.

231.         1523 - JUZGADO PENAL DE BATAN – BATÁN.

232.         1533 - JUZGADO DE TRABAJO Y FAMILIA DE HATILLO, SAN SEBASTIAN Y ALAJUELITA – ALAJUELITA.

233.         1587 - JUZGADO AGRARIO PUNTARENAS – GOLFITO.

234.         1591 - JUZGADO FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE QUEPOS – AGUIRRE.

235.         1870 - JUZGADO AGRARIO DE JICARAL – JICARAL.

JUECES Y JUEZAS 4

236.         12 - TRIBUNAL DE FAMILIA - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

237.         16 - TRIBUNAL PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J. FLAGRANCIA.

238.         16 - TRIBUNAL PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

239.         29 - TRIBUNAL AGRARIO - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

240.         30 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR - PEREZ ZELEDON FLAGRANCIA.

241.         30 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR - PEREZ ZELEDON.

242.         161 - TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

243.         161 - TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – II CIRCUITO JUDICIAL S.J. con énfasis en Conciliación.

244.         285 - TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

245.         285 - TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ. FLAGRANCIA.

246.         288 - TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS FLAGRANCIA.

247.         288 - TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA - II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA SAN CARLOS.

248.         335 - TRIBUNAL DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO FLAGRANCIA.

249.         361 - TRIBUNAL DE HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

250.         361 - TRIBUNAL DE HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA FLAGRANCIA.

251.         384 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE - LIBERIA FLAGRANCIA.

252.         384 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE – LIBERIA.

253.         416 - TRIBUNAL DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS FLAGRANCIA.

254.         416 - TRIBUNAL DE PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

255.         459 - TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA FLAGRANCIA.

256.         459 - TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.

257.         523 - TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, SEDE SUROESTE – HATILLO.

258.         523 - TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, SEDE SUROESTE - HATILLO FLAGRANCIA.

259.         536 - TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR, SEDE GOLFITO – GOLFITO.

260.         537 - TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR, SEDE OSA – OSA.

261.         538 - TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA SUR – CORREDORES.

262.         538 - TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA SUR - CORREDORES FLAGRANCIA.

263.         548 - TRIBUNAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON.

264.         548 - TRIBUNAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA (SAN RAMON) - SAN RAMON FLAGRANCIA.

265.         563 - TRIBUNAL DE CARTAGO, SEDE TURRIALBA – TURRIALBA.

266.         576 - TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE, SEDE CAÑAS – LIBERIA.

267.         578 TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE, SEDE SANTA CRUZ - SANTA CRUZ FLAGRANCIA.

268.         578 - TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE, SEDE SANTA CRUZ - SANTA CRUZ.

269.         588 - TRIBUNAL DE PUNTARENAS, SEDE QUEPOS – AGUIRRE.

270.         601 - TRIBUNAL DE II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO.

271.         601 - TRIBUNAL DE II CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA - II CIRC. JUD. ZONA ATLANT POCOCI-GUACIMO FLAGRANCIA.

272.         628 - TRIBUNAL DISCIPLINARIO NOTARIAL - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

273.         912 - TRIBUNAL DE HEREDIA, SEDE SARAPIQUI - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

274.         951 - TRIBUNAL PENAL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

275.         1031 - TRIBUNAL DE FLAGRANCIA DE SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J. FLAGRANCIA.

276.         1623 - TRIBUNAL PRIMERO COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

277.        1624 TRIBUNAL SEGUNDO COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

278.         1625 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL III CIRCUITO JUD. SAN JOSÉ (HATILLO) – HATILLO.

279.         1626 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

280.         1627 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL III CIRCUITO JUD. ALAJUELA (SAN RAMÓN - SAN RAMÓN.

281.         1629 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

282.         1630 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL HEREDIA - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

283.         1631 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUD. GUANACASTE (LIBERIA) – LIBERIA.

284.         1632 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL II CIRCUITO JUD. GUANACASTE (NICOYA) – NICOYA.

285.         1633 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL. PUNTARENAS - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

286.         1634 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUD. ZONA SUR (PEREZ ZELED - PEREZ ZELEDÓN.

287.         1636 - TRIBUNAL COLEGIADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL I CIRCUITO JUD. ZONA ATLANTICA - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.

JUECES Y JUEZAS 5

288.         9 - TRIBUNAL PRIMERO DE APELACION CIVIL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

289.         10 - TRIBUNAL SEGUNDO DE APELACION CIVIL DE SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

290.         28 - TRIBUNAL DE APELACION DE TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

291.         697 - TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO CARTAGO (SEDE CARTAGO) - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

292.         808 - TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO HEREDIA (SEDE HEREDIA) - CIRCUITO JUDICIAL HEREDIA.

293.         813 - TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO ALAJUELA (SEDE ALAJUELA) - I CIRCUITO JUDICIAL ALAJ.

294.      940 - TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO GUANACASTE (SEDE LIBERIA) – LIBERIA.

295.         1120 TRIBUNAL APELACION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

296.         1140 - TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO ZONA ATLANTICA (SEDE LIMON) - I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA.

297.         1189 - TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL JUVENIL - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

298.         1210 - TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - II CIRCUITO JUDICIAL S.J.

299.         1211 - TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL III CIRCUITO JUD. ALAJUELA (SAN RAMÓN) - SAN RAMÓN.

300.         1212 - TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL DE CARTAGO - CIRCUITO JUDICIAL CARTAGO.

301.         1213 - TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL DE GUANACASTE – LIBERIA.

302.         1527 - TRIBUNAL DE APELACION DE TRABAJO I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ - I CIRCUITO JUDICIAL S.J.

303.      1588 - TRIBUNAL DE APELACION CIVIL Y TRABAJO PUNTARENAS (SEDE PUNTARENAS) - CIRCUITO JUDICIAL DE PUNTARENAS.

En cumplimiento a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635), así como lo dispuesto por la Corte Plena en la sesión N° 1119 del 18 de marzo de 2019, artículo XIV, el reconocimiento del pago del Componente Salarial de Prohibición está sujeto a los porcentajes estipulados en la norma. Por lo tanto, las personas profesionales en derecho que ingresen o reingresen a laborar a este Poder de la República en una fecha posterior al 04 de diciembre de 2018 o tengan un ascenso por primera vez posterior a esa misma fecha se les cancelará el porcentaje que por Ley corresponde.

Asimismo, al participar en este proceso selectivo, la persona oferente da fe que conoce los alcances del Reglamento denominadoRegulación para la prevención, identificación y la gestión adecuada de los conflictos de interés en el Poder Judicial”, mediante el cual toda persona se obliga a cumplir las funciones que le confiere la ley, acatando los deberes de imparcialidad y probidad que orienten la satisfacción del interés público, es decir, con rectitud, buena fe y en estricto apego a la legalidad. (Acuerdo de Corte Plena, sesión N° 14-19 del 1 de abril de 2019, artículo XIII).

Requisitos generales que deben reunir

las personas aspirantes:

         Licenciatura en Derecho (Deberá remitirse el título en formato electrónico).

         Elegibilidad en Carrera Judicial.

       Estar incorporado o incorporada al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica (Deberá remitirse el certificado de incorporación en formato electrónico).

         Experiencia para la tramitación, resolución de asuntos judiciales y supervisión de personal. (Requisito deseado, no excluyente).

Otros:

         Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial, Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

       Es indispensable que las personas que resulten elegidas en este concurso realicen los cursos definidos por la institución para cada categoría y materia que se imparten por la Escuela Judicial, entre otros, Sistema de Gestión, Depósitos Judiciales, y los cursos virtuales en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo. Además, deberán mostrar dominio en cuanto al empleo de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso institucional.

         Las personas elegidas en este concurso que ostenten un resultado de recomendados con observaciones en las evaluaciones médicas, trabajo social y psicología, deberán aplicar un proceso de seguimiento con el propósito de fortalecer áreas de mejoras, superando las brechas, acordes con el perfil del puesto.  Dicho seguimiento se llevará a cabo por parte de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, transcurridos seis meses de nombramiento como juez o jueza.

Información adicional:

         Las personas que participen en estos concursos deben cumplir con todos los requisitos vigentes. La información se encuentra disponible en la dirección electrónica:

https://pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/ y para empleados judiciales: https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/wIngreso.aspx.

       Es imprescindible que las personas oferentes se inscriban mediante el formulario electrónico disponible en la página web.

         La inscripción será única y exclusivamente por este medio y quedará registrada en línea automáticamente. Para estos efectos se habilitan las veinticuatro horas del día hasta la fecha de vencimiento del período de inscripción del concurso.

         Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que se complete los espacios requeridos en el formulario electrónico. Al final del proceso de inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura que éste se efectúo con éxito. Caso contrario la solicitud será desestimada.

         Por ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos los días y horas, es inherente al puesto el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad del personal, trabajar horas extraordinarias y estar sujeto a disponibilidad; además, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente y el cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo. El derecho a vacaciones solo se concederá resultado del tiempo laborado en el Poder Judicial. Las plazas de jueces y juezas supernumerarios pueden ser ubicadas en jornada vespertina o en cualquier parte del país, a fin de atender las necesidades donde el servicio público lo requiera.

         Cualquier nombramiento interino estará condicionado a que regrese la persona titular del cargo, o bien, a la confección de una terna, según lo solicite el órgano competente.

         Las personas que aspiran laborar o laboren para el Poder Judicial, deben acatar obligatoriamente los lineamientos establecidos en el Reglamento de vestimenta formal tanto para hombres como para mujeres aprobado por la Corte Plena y que está a su disposición en la página web.

         La Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizará el correo electrónico para todos los efectos como único medio de notificación. Los oferentes deberán de indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto; de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección y se tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe actualizarlo en la página o ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr.

         Las listas y los nombramientos de jueces suplentes están regulados en el artículo 69 de la Ley de Carrera Judicial y artículos del 47 al 55 del Reglamento de Carrera Judicial.

         Independientemente de las opciones que el oferente marque, de conformidad con lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura en la sesión del 03 de setiembre del 2014, artículo II, las propuestas de nombramiento por parte de ese Consejo, se limitarán a cinco por participante para las categorías de juez y jueza 1 y 2 (incluidas las que ya ostente), salvo aquellos casos excepcionales que serán valorados. Para las personas que ya ostenten propiedad y con el fin de no afectar el servicio público, el Consejo de la Judicatura en sesión del 03 de octubre del 2006, artículo II, acordó: “Limitar las posibilidades de nombramiento como suplente, a tres despachos judiciales por participante, salvo casos excepcionales, que serán valorados por este Consejo al momento de conocer las propuestas de nombramiento de una determinada oficina.”

         La Sección Administrativa de la Carrera Judicial, solicitará el informe respectivo a los órganos disciplinarios e informará en forma paralela a las personas participantes y al despacho del que se trate, sobre la escogencia preliminar. Se atenderán las apelaciones o inconformidades recibidas según lo estipulado en el artículo 29 del Reglamento de la Carrera Judicial.

         La Circular N° 245-2014, emitida por la Secretaría General de la Corte fechada 13 de noviembre del 2014, establece, entre otros, que los nombramientos de jueces y juezas suplentes, o de quienes deban cubrir una vacante temporal, que se realice sin concurso, se dará prioridad a las personas elegibles, conforme a quien tenga mejor nota, en primer orden en la categoría y materia que tramite el despacho y en segundo orden las elegibilidades en otras categorías y materias, y haya tenido un adecuado desempeño en el ejercicio del cargo.  Ello implica que la recomendación final que haga el Consejo de la Judicatura en las listas, después de haberse atendido las solicitudes de reconsideración, se hará en estricto orden de notas.

         Si se incurriere en alguna omisión o inexactitud con respecto a los requisitos o la documentación que se debe aportar, no se le dará trámite a la oferta. (Artículo 24 del Reglamento Interno del Sistema de Carrera Judicial).

         Para participar en concursos de ternas en los circuitos judiciales de mayor impacto de la población indígena, entre ellos, el Primer y Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, el Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica y las oficinas de Upala y Guatuso, se tomará en cuenta preferiblemente a las personas concursantes que hayan aprobado los cursos que se imparten en la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial,  denominados “Pueblos Indígenas” e “Introducción a los Derechos Humanos”.

Consultas:

Sección Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a. m. a 12 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m., de lunes a viernes, correo electrónico: carrera-jud@poder-judicial.go.cr o a los teléfonos 2295-3781 ó 2295-3940. Para información general visite la página web:

https://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/organizacion/admin-humana/carrera-judicial.

El concurso estará abierto del 12 al 18 de setiembre del 2022 la inscripción por medio electrónico se habilita las veinticuatro horas del periodo indicado.

*** “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”***

Olga Guerrero Córdoba.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022670639 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general. Que en el Proceso Disciplinario Notarial N°18-000249-0627-NO, de Rodolfo Cárdenas Campos contra Sonia Corella Céspedes (cédula de identidad 2-0390-0397), este Juzgado mediante resolución de las trece horas veintiséis minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós, dispuso que visto el cumplimiento de la inscripción del testimonio de escritura objeto de este asunto, prevenido en sentencia 2022-000202 de las catorce horas cuarenta y uno minutos del veintisiete de abril de dos mil veintidós, se ordena levantar a partir del día treinta de agosto del dos mil veintidós la sanción disciplinaria impuesta a la notaria Sonia Corella Céspedes, que salió publicada en el Boletín Judicial número 137 de fecha 21 de julio del 2022. “De conformidad con la circular n°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.” Juzgado Notarial.

San José, 01 de setiembre 2022

                                       Dra. Melania Suñol Ocampo

                                                         Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022673603 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000558-0627-NO, de Registro Civil contra Geovanny Víquez Arley, cédula de identidad 3-0336-0382, este Juzgado mediante resolución número 2021-000580 de las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno, la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 085-2022 de las diez horas catorce minutos del viernes diecisiete de junio del dos mil veintidós que se encuentra firme, dispone comunicar al notario Geovanny Víquez Arley la corrección disciplinaria de UN MES de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado notarial. ”De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”

San José, 18 de agosto del 2022.

                                      Dra. Melania Suñol Ocampo,

                                                        Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022674169 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Erick José Mena Castillo, identificación N° 15580092614, fallecido el 19 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000017-1601-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000017-1601-LA. Por Luisa del Carmen Ruiz Rocha, con cédula número 155823028032, en favor de ella como esposa y de sus hijos menores de edad Aylyn Esperanza, Andrey José y Erick Joel todos de apellidos Mena Ruiz. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Monteverde (Materia Laboral), 17 de junio del año 2022.—Licda. Andreina Chaves Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673643 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hipólito Olivio Rojas Blanco 0601320909, fallecido el 06 de agosto del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el Número 22-000309-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente 22-000309-1125-LA. Por Luis Ángel Rojas Jimenez a favor de Hipólito Olivio Rojas Blanco”.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 30 de agosto del año 2022.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022673645 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Wilber Baltodano Gómez, 0502900179, fallecido el 23 de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el número 22-000174-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000174-0868-LA. Por Operadora de Pensiones del Banco Nacional a favor de José Wilber Baltodano Gómez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 17 de agosto del año 2022.—Lic. Carlos Eduardo Arce Matarrita, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673646 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido: Dionisio Jorge Cabal Antillón, cédula de identidad N° 1-0425-0831 y falleció el 20 de octubre del 2021, promovido por María De L Alba Sola Pages, cédula de identidad N° 801190985; se consideren con derecho para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las Diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el N° 21-003040-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-003040-0173-LA. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 30 de mayo del 2022.—MSc. Susana Porras Cascante, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673671 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fiorella Chinchilla Vargas, con cédula de identidad número 0116910098, fallecida el 09 de enero del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000121-1590-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000121-1590-LA. Por Adriana Chinchilla Vargas a favor de Fiorella Chinchilla Vargas. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo de Quepos (Materia Laboral), 22 de agosto del año 2022.—Licda. Aleyda Vargas López, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673673 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido: Ottón Manuel González Jiménez, quien portó la cédula de identidad N° 6-0044-0496 y falleció el 1° de febrero del 2022, promovido por Marianela González Pino, cédula de identidad N° 1-0793-0542; se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el N° 22-000644-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000644-0173-LA. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de mayo del 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673674 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Juan Rafael Agüero Villegas, 0503790432, fallecido el 15 de julio del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000020-1579-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000020-1579-LA. Por a favor de Juan Rafael Agüero Villegas, cédula N° 0503790432. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de Jicaral (Materia Laboral), 31 de agosto del año 2022.—Lic. Cristian Antonio Ureña Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673675 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Morales Canessa Miguel Alberto, quien portó la cédula de identidad 6 0032 0896 y falleció el día 18 de febrero del 2022, promovido por Morales Campos Miguel Alberto, cédula de identidad 9 0049 0446; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-000934-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000934-0173-LA. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de mayo del año 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673677 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Melvin Delgado Solís 0701270688, fallecido el 05 de agosto del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el Número 22-000043-1542-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N° 22-000043-1542-LA. Por a favor de Melvin Delgado Solís.—Juzgado Contravencional de Matina (Materia Laboral), 27 de julio del año 2022.—Lic. Carlos Manrique Martínez Durán, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673679 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Humberto Ulloa Benavides, quien portó la cédula de identidad N° 3-0130-0765 y falleció el 20 de octubre del 2021, promovido por Elieth Fernández Chacón, cédula de identidad N° 1-0297-0785; se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de pers. fallecidas bajo el N° 22-000915-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000915-0173-LA. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de mayo del 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673680 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Isidro Torres Vallejos, fallecido el 06 de junio del año 2016, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. fallecidas bajo el número 22-000584-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000584-0643-LA. Promovido por María Vargas Zamora a favor del fallecido Isidro Torres Vallejos. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 26 de agosto del año 2022.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673712 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Martin Murillo Vásquez 0203030089, fallecido(a) el 14 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-000196-1342-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000196-1342-LA. Por a favor de Jorge Martin Murillo Vásquez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Laboral), 22 de agosto del año 2022.—Lic. Roberto Antonio Corea Badilla, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673713 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Célimo Valenciano Ríos 0700460651, fallecido(a) el seis de abril del dos mil veintiuno, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de pagos bajo el Número 22- 000185-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 22-000185-0679-LA. Por Lucy Valenciano Fernández cédula de identidad 403110829 a favor de Célimo Valenciano Ríos. De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 22 de agosto del año 2022.—Licda. Tiffany Andrea Ordoñez Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022673715 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Joel Alfaro Alfaro, quien fue mayor, cédula de identidad N° 1-695-879, divorciado dos veces, vecino de Canoas de Alajuela, Calle La Flory, laboró para Monteros Target Security Sociedad Anónima, y falleció el 06 de junio del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el número 22-000727-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000727-0639-LA. Por Maryuris Alfaro Miranda a favor de fallecido Joel Alfaro Alfaro. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de junio del año 2022.—Msc. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673717 ).

Edicto, se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fabio Berrocal Loría, cédula de identidad 2-333-221, quien fue mayor, soltero, vecino de Alajuela, Pueblo Nuevo, falleció el 07 de diciembre del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000974-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000974-0639-LA. Por gestionante Alba María Berrocal Loría a favor de Fabio Berrocal Loría. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de julio del año 2022.—Licda. Digna María Rojas Rojas, Juez(a) Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673719 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Diego Espinoza Acuña, cédula N° 0205740481, fallecido el 24 de noviembre del 2021, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el N° 22-000958-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000958-0639-LA, por Viviana Lucía Flores Mora, a favor de Luis Diego Espinoza Acuña. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de julio del 2022.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673720 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Javier Ceciliano Bermúdez, mayor, estado civil viudo, costarricense, con documento de identidad 0102930064 y vecino(a) de Pérez Zeledón y de Rita Dinorah del Socorro Benavides Álvarez, mayor, costarricense, viuda, con documentos de identidad 0400870082 y vecina de Pérez Zeledón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 22-000198-0188-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: trece horas con diez minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez/a.—1 vez.—( IN2022673865 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alvin Belisario De L Rojas Sánchez, 0107060947, fallecido el 25 de marzo del 2022, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el N° 22-000712-0929-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000712-0929-LA, por Marjorie Inés López Castro, a favor de Alvin Belisario De L Rojas Sanchez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de agosto del 2022.—Lic. José Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-20221C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022674163 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Faustino Espinoza Espinoza, mayor, costarricense, cédula de identidad número: 202500142, fallecido el 06 de agosto de 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas, bajo el número 22-000743-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000743-0929-LA. Por Operadora de Pensiones Banco Popular a favor de Faustino Espinoza Espinoza. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de agosto del año 2022.—Licda. Sugey Martínez Cano, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022674165 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Bonilla Madrigal 0301240899, fallecido el 30 de agosto del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el Número 22-000733-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000733-0929-LA. Por Ileana Patricia Bonilla Cárdenas a favor de Rafael Bonilla Madrigal.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de agosto del año 2022. Lic. Mario José Rojas Soro. Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022674166 ).

Edicto, se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alberto Retana Berrocal, cédula de identidad 102360626, fallecido el 21 de agosto de 2019, que se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias promovidas por María Retana Jiménez. c.c. Marielos Retana Jiménez, cédula de identidad 105460019, de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-000643-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000643-0929-LA. Por Operadora de Pensiones Popular Pensiones a favor de Alberto Retana Berrocal. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de julio del año 2022.—Lic. Andrey de los Ángeles Garro Carvajal, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674167 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Eduardo De La Trinidad Mora Barrantes, 0105360864, fallecido el 28 de abril del 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el N° 22-001084-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001084-0505-LA. Por a favor de Ronald Eduardo De La Trinidad Mora Barrantes. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 21 de junio del 2022.—Licda. Carolina Muñoz González, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-1-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022674176 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 740158, marca: Peugeot, estilo: Partner XT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, número chasis: VF3GJWJYB8J031533, año fabricación: 2008, color: gris, cilindrada: 1868 c.c cilindros: 4. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Patricia Fernández Cordero contra Fernando Antonio de la Trinidad Fernandez Moya, expediente 20-006019-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de agosto del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022674771 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos noventa y un mil trescientos sesenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDH321, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: plateado, vin: JTDBT92300L043988, cilindrada: 1496 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones doscientos sesenta y ocho mil quinientos veintiún colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos veintidós mil ochocientos cuarenta colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de 3-101-498502 Sociedad Anónima contra Katherine Stephanie Sánchez Garita, expediente 20-006100-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de agosto del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022674773 ).

En este Despacho, con una base de treinta y ocho mil novecientos noventa y ocho dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 316-01626-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintisiete mil doscientos cuarenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno de montaña y agricultura. Situada: en el distrito 2-Puerto Jiménez, cantón 7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 119.71 mts. de frente; al sur, Antonio Retana; al este, Marvin Aguirre Chaves, y al oeste, Marco Antonio Aguirre Chaves. Mide: treinta mil metros cuadrados. Plano: P-0656411-2000 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del primero de diciembre del dos mil veintidós, con la base de veintinueve mil doscientos cuarenta y ocho dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del doce de diciembre del dos mil veintidós, con la base de nueve mil setecientos cuarenta y nueve dólares con cincuenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Fernando Antonio Retana Jara. Expediente N° 21-001665-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y nueve minutos del veintinueve de agosto del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez/a Coordinador/a.—( IN2022674779 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil seiscientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 187-04721-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 620904-000, la cual es naturaleza: Terreno de café. Situada: en el distrito 4-Cangrejal, cantón 12-Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ilda Garro Abarca; al sur, Rodrigo y Cristóbal Garro Abarca; al este, Luz Marina Garro Abarca, y al oeste, calle pública. Mide: mil seiscientos veintiún metros cuadrados. Plano: SJ-1470294-2010. Para tal efecto, se señalan las trece horas cincuenta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas cincuenta minutos del cinco de octubre del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil doscientos dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas cincuenta minutos del trece de octubre del dos mil veintidós, con la base de mil cuatrocientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-736181 S. A. contra Noemy Garro Abarca. Expediente N° 20-003242-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del año 2022.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Juez/a Decisor/a.—( IN2022674780 ).

En este Despacho, con una base de tres millones ochocientos veintitrés mil treinta y siete colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: NBM431, marca: Kia, estilo: Picanto, serie: KNABX512AHT398742, número chasis: KNABX512AHT398742, color: beige, vin: KNABX512AHT398742, N° motor: G4LAGP108250, modelo: TAS6K3615, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos del veinte de febrero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas quince minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintitrés, con la base de dos millones ochocientos sesenta y siete mil doscientos setenta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas quince minutos del ocho de marzo del dos mil veintitrés, con la base de novecientos cincuenta y cinco mil setecientos cincuenta y nueve colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfonso Bermúdez Herrera. Expediente N° 22-001478-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintitrés horas con cincuenta y ocho minutos del seis de junio del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022674815 ).

En este Despacho, con una base de tres millones quinientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BDN 170, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, serie: JTDBT923X01424968, carrocería: sedán 4 puertas, número motor: 1NZE160323, cilindrada: 1496 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del tres de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del once de octubre de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintidós con la base de ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A. contra Marco Aurelio Alemán Gamboa, expediente 20-014310-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con veintisiete minutos del diecisiete de enero del dos mil veintidós.—Licda. Lidieth Venegas Chacón, Jueza Tramitadora.—( IN2022674839 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 17-010423-0489-TR 2017317000869 0 0 Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José y colisiones 18-002262-0497-TR 2018-241600255 0 0 Juzgado de Tránsito de Heredia; sáquese a remate el vehículo placa: BNG826, marca: Mitsubishi, estilo: Mirage, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MMBXTA03AHH004944, número chasis: MMBXTA03AHH004944, año fabricación: 2017, color: gris, vin: MMBXTA03AHH004944, N° motor: 3A92UGA8392, marca: Mitsubishi, N° serie: no indicado, modelo: A03AXTHHL, cilindrada: 1193 C.C, cilindros: 3, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dos de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del diez de noviembre del dos mil veintidós, con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintidós, con la base de mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. (I Grado) contra Nathalie Alejandra Alfaro Aguilar. Expediente N° 21-009828-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y tres minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintidós.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022674840 ).

En este Despacho, con una base de seis mil doscientos diecinueve dólares con noventa y ocho centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones Número de Sumaria 17-005619-0494-TR, Número Boleta 201738500713. Colisiones Número de Sumaria 19-002310-0494-TR, Número Boleta 2019-212100358; sáquese a remate el vehículo placa: BNX458. Marca: Mitsubishi. Estilo: Mirage G4. Categoría: Automóvil. Capacidad: 5 personas. Año Fabricación: 2017. Color: gris. VIN: MMBSTA13AHH005174. N.Motor: 3A92UDY9723. Cilindrada: 1193 c.c. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del tres de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cuarenta y cinco minutos del once de octubre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro dólares con noventa y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre de dos mil veintidós con la base de mil quinientos cincuenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A., contra Olga María Valdez Cuadra. Exp: 21-011400-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con ocho minutos del catorce de enero del dos mil veintidós.—Lidieth De Los Ángeles Venegas Chacón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022674841 ).

En este despacho, con una base de dieciséis mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BQD161, marca: Hyundai, estilo: IONIQ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHC851CGJU079202, peso vacío: 0, carrocería: sedan 4 puertas, peso neto: 1370 kgrms., tracción: 4x2, peso bruto: 1870 kgrms., número chasis: KMHC851CGJU079202, año fabricación: 2018, color: azul. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós con la base de doce mil trescientos sesenta y dos dólares con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil ciento veinte dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A. contra Juan Arturo Barrientos Peña. Expediente N° 21-012070-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con diecisiete minutos del ocho de febrero del dos mil veintidós.—Manuel Loria Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022674842 ).

En este Despacho, Con una base de seis millones seiscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y un colones con ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 44082, derecho 0000, la cual es terreno de pastos finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Fertica S. A.; al sur, lote para calle; al este lote para calle y al oeste lote 82. Mide: Trescientos setenta y siete metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del siete de octubre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones novecientos noventa mil ochocientos cuarenta y cinco colones con ochenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós con la base de un millón seiscientos sesenta y tres mil seiscientos quince colones con veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Asociación Evangélica de Shekinah de Puntarenas, Kemblye Marcela Álvarez Tercero. Expediente N° 20-001954-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y cuatro minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022674853 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ciento setenta y cinco mil trescientos treinta y nueve colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BND526 Marca Suzuki, estilo SWIFT GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, Serie MA3ZC62SXJAC33735, Año 2017, carrocería Sedan 4 puertas Hatchback, color gris, Tracción 4X2, Vin MA3ZC62SXJAC33735 cilindrada 1200c.c, N Motor K12MN1926099. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de abril del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiocho de abril del año dos mil veintitrés con la base de tres millones ochocientos ochenta y un mil quinientos cuatro colones con cincuenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del nueve de mayo del año dos mil veintitrés con la base de un millón doscientos noventa y tres mil ochocientos treinta y cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marco Antonio González Ugalde. Expediente:21-000782-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 19 de agosto del año 2022.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2022674855 )

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de cuarenta y tres mil quinientos sesenta dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 0342-12358-01-0002-001, servidumbre sirviente citas: 0369-13768-01-0040-001, servidumbre sirviente citas: 0369-13768-01-0041-001, servidumbre trasladada 369-13768-01-0930-001, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0028-01 0485-10957-01-0029-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0030-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0031-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0032-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0033-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0034-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0035-01, 0485-10957-01-0036-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0037-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0038-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0039-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0040-01, servidumbre de paso citas: 0485-10957-01-0041-01, servidumbre de paso citas: 0497-00014033-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 149779-000, derecho, la cual es terreno de repastos. Situada: en el distrito 01-Espíritu Santo, cantón 02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Campos Espamar S. A., Castro Castro Castro, ambos en parte; al sur, servidumbre en medio de Adolfo Campos Suarez; al este, Ana Ruth Arce Barrantes, y al oeste, Adolfo Campos Suarez. Mide: seis mil seiscientos veintiséis metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de treinta y dos mil seiscientos setenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil veintidós, con la base de diez mil ochocientos noventa dólares exactos (25% de la base original). Con una base de veintidós mil cuatrocientos cuarenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 136685-000, la cual es terreno de zona verde. Situada: en el distrito 01-Espíritu Santo, cantón 02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Campos y Designios S. A.; al sur, calle pública con un frente de 20 metros; al este, Campos y designios S. A., y al oeste, Campos y Designios S. A. Mide: dos mil trescientos noventa y siete metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de dieciséis mil ochocientos treinta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil veintidós, con la base de cinco mil seiscientos diez dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Erick Fernández Rivera. Expediente N° 17-011992-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de agosto del año 2022.—Maureen Cecilia Vargas Solano, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022674902 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y dos mil seiscientos catorce dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 387-07939-01-0800-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 230955 derechos 001 y 002, la cual es terreno para construir bloque B lote 18. Situada: en el distrito 9-Dulce Nombre, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo; al este, lote 19 bloque B, y al oeste, lote 17 bloque B. Mide: ciento cuarenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós, con la base de cuarenta y seis mil novecientos sesenta y un dólares con tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós, con la base de quince mil seiscientos cincuenta y tres dólares con sesenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Francisco Roberto Granados Ureña, Nuria del Carmen Arrieta Ramírez. Expediente N° 21-010716-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de julio del año 2022.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2022674903 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones veintisiete mil cien colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 44564, derecho 000, la cual es terreno para construir en parte charrales y para la agricultura. Situada: en el distrito 2 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carmen Alvarado; al sur, Rigoberto Soto Blanco; al este, Rigoberto Soto Blanco, y al oeste, María Camacho Mondragón S. A. Mide: cuatro mil cuatrocientos dos metros setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas del veintisiete de setiembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas del cinco de octubre del dos mil veintidós, con la base de treinta y tres millones veinte mil trescientos veinticinco colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del trece de octubre del dos mil veintidós, con la base de once millones seis mil setecientos setenta y cinco colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Francisco de la Trinidad Rodríguez Argüello contra María Camacho Mondragón S. A. Expediente N° 18-000036-0642-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión: catorce horas con catorce minutos del primero de setiembre del dos mil veintidós.—Eunice Villalobos Jiménez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022674906 ).

En este Despacho, con una base de trece millones novecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de Vivienda citas: 2014-319003-01-0001-001 Bono 1006767004, las viviendas de interés social son inembargables poracreedores 5.525.000 Col; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 174812-000, la cual es terreno bloque G lote 3 terreno dedicado a pastos. Situada en el distrito 1-Paraíso, cantón 2- Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 4 bloque G; al sur, lote 2 bloque G; al este, lote 8 bloque G y al oeste, calle pública con 8,00 metros. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veintiséis de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del cuatro de octubre de dos mil veintidós con la base de diez millones cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del doce de octubre de dos mil veintidós con la base de tres millones cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Plycem Construsistemas Costa Rica contra Luis Enrique Pérez Ramírez, expediente 21-006369-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de julio del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022674913 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil setecientos cincuenta y ocho dólares con cuarenta y un centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción/colisión bajo sumaria 18-001780-0607-TR; denuncia de tránsito bajo las citas: 0800-00933757-001 sáquese a remate el vehículo: BKB748, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie/chasis/vin: JTDBT4K38A1384684, tracción: 4x2, motor marca: Toyota, número ilegible, cilindrada: 1500 cc, combustible: gasolina; sáquese a remate el vehículo: BKB748. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del dos de diciembre del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil trescientos dieciocho dólares con ochenta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós, con la base de mil cuatrocientos treinta y nueve dólares con sesenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDIQ (Cedente), Luis Alonso Camacho Arias (Cesionario) contra Leuman Gabriel Paredes Guadamuz. Expediente N° 20-008085-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con catorce minutos del seis de setiembre del dos mil veintidós.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022674914 ).

A las ocho horas treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veintidós (08:30 horas del 05-10-2022), en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, por la suma de un millón trescientos veintinueve mil seiscientos ochenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos (¢1.329.685,66), libre de gravámenes hipotecarios, remataré el inmueble dado en garantía, sea: Partido de Alajuela, matrícula número doscientos veinticuatro mil noventa y cinco-cero cero cero (2-224095-000), que es terreno con un local comercial. Sito: en distrito 3, San José (Pizote), cantón 13, Upala de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, calle pública con frente de 18,84 mts; al sur, Yaneth Rodríguez Mora; al este, María de la Cruz Obando Sánchez, y al oeste, Carlos Ortega Obando; el cual mide: trescientos noventa y seis metros cuadrados, según plano N° A-0670552-2000, propiedad del demandado Ólger Rojas Villalobos. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de novecientos noventa y siete mil doscientos sesenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (¢997.264,25), se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de octubre del dos mil veintidós (08:30 horas del 13-10-2022). En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o sea la suma de trescientos treinta y dos mil cuatrocientos veintiún colones con cuarenta y un céntimos (¢332.421,41), se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil veintidós (08:30 horas del 21-10-2022). Razón: Publíquese por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. De conformidad con la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte, del 22 de junio de 2009. Se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Lo anterior por estar así ordenado en proceso: ejecución hipotecaria N° 19-002302-1202-CJ establecido por Banco Nacional de Costa Rica, contra Ólger Rojas Villalobos.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Upala, 25 de agosto del 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674921 ).

A las nueve horas del veintiocho de octubre de dos mil veintidós, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, en el mejor postor remataré, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0322-00004480-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas: 0516-00016462-01-0014-001, y con la base fijada pericialmente de ciento treinta y tres millones seiscientos treinta y dos mil setecientos sesenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos, la finca embargada inscrita en propiedad al Partido de Alajuela matrícula número ciento ochenta y cuatro mil cero ochenta y tres-cero cero cero, naturaleza: terreno de charral, situada en distrito cuatro Aguas Zarcas, cantón diez San Carlos, de la Provincia de Alajuela, linderos: al norte: Asociación Administradora del Acueducto Rural de San Carlos, Sociedad Juan Pablo Primero, al sur: Asociación Administradora del Acueducto Rural de San Carlos y calle pública, al este: Asociación Administradora del Acueducto Rural de San Carlos, Aníbal Quesada, calle privada, y al oeste: Minervino Rodríguez. Mide cincuenta y un mil doscientos sesenta y cuatro metros con setenta y dos decímetros cuadrados. No se indica plano. Propiedad de La Gota S. A. Para la segunda subasta, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cien millones doscientos veinticuatro mil quinientos setenta y siete colones con once céntimos se señalan las nueve horas del siete de noviembre de dos mil veintidós. Para la tercera subasta, que iniciará con el veinticinco por ciento de la base original, sea la base de treinta y tres millones cuatrocientos ocho mil ciento noventa y dos colones con treinta y seis céntimos, se señalan las nueve horas del quince de noviembre de dos mil veintidós. Se remata por ordenarse así en proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra La Gota S. A. Exp. Nº 15-000993-1202-CJ. Lic. William Arburola Castillo, juez. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil. De conformidad con la Circular número 67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación de este edicto está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de agosto de 2022. Lic. William Arburola Castillo, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674922 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones seiscientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando citas: 0800-00689192-001; sáquese a remate el vehículo placa: CL 299702, marca: Ford, color: blanco, capacidad: 5 personas, serie: AFAFP5MP5HJT32876, chasis: AFAFP5MP5HJT32876, vin: AFAFP5MP5HJT32876, año de fabricación: 2017. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintinueve de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del seis de junio del dos mil veintitrés, con la base de quince millones quinientos diecisiete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de junio del dos mil veintitrés, con la base de cinco millones ciento setenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ricavi de Alajuela Sociedad Anónima contra Natalie Soto Alpízar. Expediente N° 20-010024-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con once minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022674989 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BPR005, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GLS, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2007, color: plateado, Vin: KMHCM41AP7U145088, cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas quince minutos del tres de octubre del dos mil veintidós, con la base de dos millones quinientos ochenta y dos mil quinientos ochenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del once de octubre del dos mil veintidós, con la base de ochocientos sesenta mil ochocientos sesenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credimundo S. A. contra Ricardo Antonio Orozco Aguilar. Expediente N° 18-009149-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de julio del año 2022.—Shirley Yislen Murcia Ríos, Jueza Decisora.—( IN2022675022 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta millones seiscientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 191834, derecho 000, la cual es terreno de pastos. Situada en el Distrito: 02-La Unión, Cantón: 04-Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte en parte Rodrigo Vargas Salas y en parte Ángela Marín González; al sur Rodrigo Vargas Salas; al este Rodrigo Vargas Salas y al oeste calle pública. Mide: cuatro mil treinta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas veinte minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas veinte minutos del dos de diciembre de dos mil veintidós, con la base de treinta millones quinientos dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas veinte minutos del catorce de diciembre de dos mil veintidós, con la base de diez millones ciento sesenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Agropecuaria Río Zapotal S.A, Andrés Vargas Quiroga. Exp:19-004747-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: catorce horas con dieciocho minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022675034 ).

En este Despacho, 1) Con una base de catorce millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 174282, derecho 000, la cual su terreno es parte edificio para habitación. Situada en el distrito 4-Catedral, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda: al norte: Claudia y Carmen Marín Barrientos; al sur: Francia Ramos Marín; al este: calle siete con 5,30 m.; y al oeste: Claudia y Carmen Marín Barrientos. Mide: cincuenta y seis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, para lo cual se señalan las nueve horas diez minutos del cuatro de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del doce de octubre del dos mil veintidós, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del veinte de octubre del dos mil veintidós, con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). 2) con una base de treinta y tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 174284, derecho 000, la cual su terreno es solar con una casa de habitación. Situada en el distrito 4-Catedral, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda: al norte: avenida 16 con 11 m. 50 cm.; al sur: Juan Elías Ramos Noemy Marín y otros; al este: Juan Elías Ramos, Noemy Marín y otros: y al oeste. Hortensia Rivera Cordero. Mide: ciento cuarenta y dos metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. De no haber postores para el segundo remate la base de veinticuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carla Maria Urroz Molina. Expediente20-001180-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de mayo del 2022.—María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2022675049 ).

En este Despacho, con una base de once millones setecientos setenta y seis mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento doce mil setecientos tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno de casa y patio con una casa de interés social. Situada en el distrito 3-Pocora, cantón 6-Guácimo de la provincia de Limón. Linderos: al norte, Rafael Alfaro Arias; al sur, Municipalidad de Guácimo, Sonia Parra Alfaro; al este, calle pública con un frente de 15,04 metros y al oeste, Sonia Parra Alfaro. Mide: doscientos cincuenta y cinco metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: L-0005327-1991. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del doce de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veinte de octubre de dos mil veintidós con la base de ocho millones ochocientos treinta y dos mil trescientos setenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil veintidós con la base de dos millones novecientos cuarenta y cuatro mil ciento veinticinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Aaron Josué Pérez Granados y Miurel Polet Rojas Brenes, expediente 21-007160-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 12 de agosto del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2022675050 ).

En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 319-10990-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 325-19912-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento noventa y tres mil ciento veintiocho, derecho 001, 002, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 18; sur, lote 15; este, lotes 8, 9 y 10; oeste, calle pública con 18 metros. Mide: trescientos veinticuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós, con la base de nueve millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del dos de noviembre del dos mil veintidós, con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Grettel Balbina de los Ángeles Rojas Cruz, Julio Antonio Gómez Carballo. Expediente N° 21-013229-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de julio del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022675051 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y tres millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 273-00560-01-0901-003), servidumbre de paso (citas: 2011-228188-01-0003-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 485684, derecho 000, la cual es terreno Lote A, terreno para construir. Situada en el Distrito: 04-Carrillos, Cantón: 08-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Tito Monge León; al sur Lote B de Transportes Daxi, S. A. y servidumbre de paso; al este Roberto Miranda León y al Oeste Isabel León Soto. Mide: doscientos noventa y siete metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós, con la base de treinta y dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós, con la base de diez millones novecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Alexandra María Chaves Araya, Christian Alfredo Víquez Chaves. Exp:22-000071-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con ocho minutos del veintisiete de enero del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—( IN2022675052 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos; soportando: reservas y restricciones citas: 373-19688-01-0902-001, sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 256805-000, la cual es terreno para construir N. 881. Situada en el distrito1-Alajuela, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte: calle el Colegio; sur: INVU; este: INVU; y oeste: INVU. Mide: ciento siete metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda, contra Severa Anabel Rosales Espinoza, William Szuster Saborío. Expediente N° 22-000093-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con un minuto del quince de febrero del dos mil veintidós.—M.Sc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022675053 ).

En este Despacho, con una base de quince millones quinientos sesenta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 2014-257262-01-0004-001, servidumbre de paso, citas: 2016-442265-01-0014-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento sesenta mil ciento setenta y tres, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito 5-Cariari, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Linderos: al norte, German Solano Peraza; al sur, German Solano Peraza; al este, servidumbre de paso con un frente a ella de 12 metros lineales; al oeste, Yeinier Guevara Alemán. Mide: doscientos cincuenta y un metros cuadrados. Plano: L-1902718-2016. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós, con la base de once millones seiscientos setenta y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dos de noviembre del dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos noventa mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adrián Jafet Durán Ugalde, Hillary Marian Valverde Vega. Expediente N° 22-000110-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 17 de agosto del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2022675054 ).

En este despacho, con una base de tres millones novecientos mil colones exactos libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos siete mil ciento cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-Laurel, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de Servicios Múltiples de La Vaquita R.L.; al sur, cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de Servicios Múltiples de La Vaquita R.L.; al este, Cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de Servicios Múltiples de La Vaquita R.L y al oeste, calle pública con 20 metros de frente. Mide: seiscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del catorce de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintidós con la base de dos millones novecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós con la base de novecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Danny Rafael Alvarado Castro, expediente 22-000417-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y seis minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—( IN2022675055 ).

En este Despacho, con una base de un millón trescientos cuarenta y siete mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic. y limita Ref.: 2579-241-001, citas: 311-15239-01-0921-005; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta mil ciento cuarenta y cuatro, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-Pavón, cantón 7-Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Primitivo Alfaro Méndez; al sur: calle pública; al este: Rafael Ángel Castro Mata; y al oeste: Primitivo Alfaro Méndez. Mide: doscientos noventa y seis metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: P-0964169-2004. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del doce de octubre de dos mil veintidós, con la base de un millón diez mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veintidós, con la base de trescientos treinta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Anais Mora Villanueva, Miguel Antonio Barrantes Jiménez. Expediente N° 22-000591-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito. Hora y fecha de emisión: trece horas con nueve minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—( IN2022675056 ).

En este Despacho, con una base de diez millones seiscientos ochenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2015-124385-01-0002-001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-124385-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 414655 001 y 002, la cual es terreno terreno para construir con una vivienda de interés social. Situada en el Distrito 4-San Pedro, Cantón 12-Sarchí, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Fidel Madrigal Vega; al sur servidumbre de paso con diez metros cincuenta y un cm en medio, Albino Morales Alfaro.; al este Yorleni Gerarda Cortes Salas. y al oeste Víctor Manuel Obando Rojas y Elena Rojas Vargas. Mide: doscientos nueve metros cuadrados plano: A-1771004-2014. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós con la base de ocho millones trece mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Brayan David Cortes Cubero, Jackeline Susana Espinoza Porras. Expediente:22-002284-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y seis minutos del dos de Setiembre del dos mil veintidós.—Heiner Eduardo Baltodano Solís, Juez Decisor.—( IN2022675057 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. med. Ref.: 2562 145 001, bajo las citas: 314-01643-01-0901-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 254964, derecho: 000, la cual es terreno: para construir y una casa, lote 862. Situada en el distrito: Cinco Esquinas, cantón: Tibás de la provincia de: San José. Colinda: al norte: lote: 863; al sur: lote 861; al este: alameda 18; y al oeste: lote 880. Mide: setenta y seis metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós, con la base de dieciocho millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil veintidós, con la base de seis millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Fernanda Vargas Solano. Expediente N° 22-006709-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2022675058 ).

En este Despacho, con una base de quince millones novecientos cincuenta mil ochocientos ochenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 317-10881-01-0901-001 y reservas y restricciones citas: 375-04600-01-0905-001, sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento veintiséis mil setenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 2-Cañas Dulces, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Zelmira Ruiz Espinalez; sur, Zelmira Ruiz Espinalez; este, Carretera Interamericana con un frente de 16 metros 50 centímetros; oeste, Zelmira Ruiz Espinalez. Mide: trescientos metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0723237-2001. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del once de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil veintidós, con la base de once millones novecientos sesenta y tres mil ciento sesenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil veintidós, con la base de tres millones novecientos ochenta y siete mil setecientos veinte colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Conforme a lo ordenado por resolución de las quince horas con trece minutos del veintiocho de abril del dos mil veintidós, el depósito para participar (cuando sea necesario) será de la totalidad de la base. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos José Guerra Salinas contra Nydia de los Ángeles Ruiz Espinales, y Pablo Alfredo Blandón López. Expediente N° 16-001533-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: once horas con veintinueve minutos del doce de julio del dos mil veintidós.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022675096 ).

En este Despacho, con una base de once mil ochocientos quince dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: PHC 008, marca: Nissan, estilo: Tida, categoría: automóvil, año: 2017, serie, vin y chasis: 3N1CC1AD4HK200429, color: dorado, Sedan 4 puertas, capacidad: 5 personas, combustible: gasolina, N° motor: HR16855370L. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintiséis de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del cuatro de octubre del dos mil veintidós, con la base de ocho mil ochocientos sesenta y un dólares con noventa y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del trece de octubre del dos mil veintidós, con la base de dos mil novecientos cincuenta y tres dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S.A. contra Paula Daniela Hidalgo Cerdas. Expediente N° 21-011386-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veintitrés minutos del cinco de setiembre del dos mil veintidós.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022675107 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta mil quinientos setenta y ocho dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CYN001, marca: Porsche, estilo: Cayenne, chasis: WP1ZZZ92ZDLA26662, capacidad: 5 personas, color: café, año: 2013, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de treinta mil cuatrocientos treinta y tres dólares con cincuenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del dos de febrero del dos mil veintitrés, con la base de diez mil ciento cuarenta y cuatro dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de GDP Capitales y Descuentos S. A. contra Nicolas Ibáñez Puente. Expediente N° 22-005091-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de agosto del año 2022.—Susana Mata Gómez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022675139 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós. Para la primera finca: Con una base de cuarenta y cinco millones novecientos sesenta y tres mil ciento setenta y cuatro colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 348-12093-01-0993-001 condiciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y nueve mil ochocientos sesenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote R N 10 agricultura. Situada: en el distrito 2-La Cuesta, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, calle con 180 m; sur, Roberto Picado; este, Ma Damiana Juarez; oeste, Ildefonso Gómez. Mide: sesenta y ocho mil cuatrocientos noventa y siete metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: P-0608124-1985. Para la segunda finca: Con una base de cincuenta y seis millones quinientos treinta y seis mil ochocientos veinticinco colones con veintinueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 313-06023-01-0902-004; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número veintisiete mil novecientos quince, derecho cero cero cero, la cual es terreno agricultura. Situada: en el distrito 4-Laurel, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Juan Trejos; sur, carretera pública, Amelia Batista Torres, Ana Yeinny Segura Batista y Nancy Patricia Segura Batista; este, Félix Parra y Ana Yeinny Segura Batista; oeste, carretera pública. Mide: setenta y cinco mil ciento veinte metros cuadrados. Plano: P-0942749-2004. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintidós, con la base de treinta y cuatro millones cuatrocientos setenta y dos mil trescientos ochenta y un colones con tres céntimos (75% de la base original) (para la primera finca), y con la base de cuarenta y dos millones cuatrocientos dos mil seiscientos dieciocho colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original) (para la segunda finca). Y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veintidós, con la base de once millones cuatrocientos noventa mil setecientos noventa y tres colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original) (para la primera finca). Y con la base de catorce millones ciento treinta y cuatro mil doscientos seis con treinta y dos céntimos (25% de la base original) (para la segunda finca). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alexis Javier de Jesús Segura Ruiz. Expediente N° 20-001730-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: diez horas con veintinueve minutos del cinco de setiembre del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—( IN2022675150 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones novecientos noventa y siete mil quinientos ochenta y ocho colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 245256-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 14-Sarapiquí, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lilliam Vásquez Ferreto; al sur, Montero Montero Alberto; al este, Gladys Castro Alfaro, y al oeste, calle pública 18 m 58 cm. Mide: quinientos cuarenta y siete metros con setenta decímetros cuadrados. Plano: A-0832501-1989. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil veintidós, con la base de trece millones cuatrocientos noventa y ocho mil ciento noventa y un colones con cuarenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones cuatrocientos noventa y nueve mil trescientos noventa y siete colones con trece céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Freddy Guillermo Alfaro Chaves. Expediente N° 21-000297-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veintitrés minutos del veintinueve de julio del dos mil veintidós.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022675168 ).

En este Despacho, con una base de ciento ochenta y cinco mil setecientos treinta y siete dólares con veinticinco centavos, soportando servidumbre trasladada citas: 0324-00016967-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 0324-00016976-01-0901-001, demanda ejecutiva hipotecaria citas: 0800-00696547-01-0001-001 sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00033981, derecho F 000 naturaleza: finca filial tres, casa tipo tres en proceso de construcción destinada a vivienda. Situada en Distrito 03 San Rafael, Cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Linderos: Norte: zona de circulación de vehículos y finca filial número dos. Sur: Finca filial número cuatro y Cooperativa de Vivienda Cursor R L. Este: Zona de circulación de vehículos y finca filial número cuatro. Oeste: Finca filial numero dos y Cooperativa de Vivienda Cursor R L. Mide: doscientos ochenta y tres metros con un decímetro cuadrado. Plano: SJ-0905290-2004. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de ciento treinta y nueve mil trescientos dos dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuarenta y seis mil cuatrocientos treinta y cuatro dólares con treinta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra Alexander Francisco Martínez Freer, Jug Vereda de La Sierra Ocho S. A. Exp:22-008228-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2022675170 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho mil seiscientos sesenta dólares con setenta y nueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones boleta 201830600106 sumaria 18-001325-0496-TR; sáquese a remate el vehículo placa Nº CL-306924; marca: Mitsubishi; estilo: L200; capacidad: 5 personas; color: gris; año:2017; vin: MMBJNKL30HH023393. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos (11:00 a.m.) del veintiséis de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos (11:00 a.m.) del tres de noviembre de dos mil veintidós con la base de veintiún mil cuatrocientos noventa y cinco dólares con cincuenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos (11:00 a.m.) del once de noviembre de dos mil veintidós con la base de siete mil ciento sesenta y cinco dólares con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Gabriel Alonso Camacho Jiménez. Expediente N° 22-000118-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de agosto del año 2022.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022675171 ).

En este Despacho, con una base de trece millones trescientos cincuenta y ocho mil seis colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 326-17981-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula 290138 derecho 000, naturaleza: Terreno para construir, Lote 8 R, Distrito: 1-Desamparados, Cantón: 3-Desamparados, Provincia: San José, norte: alameda 16 con ocho metros, noventa y nueve centímetros, sur: T. R. División Vivienda Sociedad Anónima con cuatro metros, treinta y dos centímetros, este: Alameda 17 con doce metros, cuarenta y un centímetros, oeste: T. R. División Viviendad Sociedad Anónima con once metros, cincuenta centímetros, mide: setenta y seis metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintidós con la base de diez millones dieciocho mil quinientos cinco colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós con la base de tres millones trescientos treinta y nueve mil quinientos un colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José S. A. Contra Sebastián Castro Castro y Urías Castro Umaña. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Expediente: 22-007088-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del año 2022.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2022675172 ).

En este Despacho, con una base de doce mil ciento cinco dólares con treinta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: SVC275, marca: Toyota, estilo: Etios, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: plateado, vin: 9BRB29BT4H2161782, número motor: 2NR4106791, combustible: gasolina, cilindrada: 1500 C.C. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós, con la base de nueve mil setenta y nueve dólares con un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintidós, con la base de tres mil veintiséis dólares con treinta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Silvio Ramón Casanova Flores, Verónica Francisca Castellón Méndez. Expediente N° 22-006241-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del año 2022.—Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2022675173 ).

En este Despacho, con una base de once mil setecientos ochenta y un dólares con sesenta y un centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 19-005021-0496-TR número de boleta 2019229900852 Fiscalía Adjunta de Cartago (Materia Penal); sáquese a remate el vehículo MPV314 Marca: KIA Estilo: Picanto categoría: automóvil capacidad: 5 personas Serie: KNAB3512AJT016472 carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback Tracción: 4X2, año fabricación: 2018, cilindrada: 1248 c.c, cilindros: 4, potencia: 63 kw, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del doce de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veintidós con la base de ocho mil ochocientos treinta y seis dólares con veintiún centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil veintidós con la base de dos mil novecientos cuarenta y cinco dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A. contra Jenifer Paola Pineda Meneses. Exp:21-010671-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago.- 04 de agosto del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022675176 ).

En este Despacho, con una base de trece mil trescientos setenta dólares con ochenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BNN780 marca: Toyota estilo: Etios categoría: automóvil capacidad: 5 personas año fabricación: 2017 color: blanco vin: 9BRB29BT6H2163419, N. motor: 2NR4110263 marca: Toyota, cilindrada: 1500 c.c cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos (03:30 pm) del uno de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos (03:30 pm) del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de diez mil veintiocho dólares con doce centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos (03:30 pm) del diecisiete de noviembre de dos mil veintidós con la base de tres mil trescientos cuarenta y dos dólares con setenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A. contra Karla Patricia Montero González. Expediente 20-012920-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de agosto del año 2022. Es todo.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2022675177 ).

En este Despacho, Con una base de dieciséis mil setecientos cuarenta y seis dólares con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BNN286, marca: Toyota, estilo: Etios, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: azul, categoría: automóvil, VIN: 9BRB29BT6H2162562, N. motor: 2NR4108464, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con la base de doce mil quinientos cincuenta y nueve dólares con ochenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil ciento ochenta y seis dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José contra Melanie Sibaja Rodríguez. Expediente 19-000900-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2022675179 ).

En este Despacho, con una base de dos millones cuarenta y dos mil doscientos ochenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMN604, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCU41EBCU253513, carrocería: Sedan 4 puertas, color: blanco. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón quinientos treinta y un mil setecientos diez colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintidós con la base de quinientos diez mil quinientos setenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Dennis Alberto Vílchez Sequeira contra Andrea Paola Mathiu Castillo, Patricio Ramón Chacón Zapata. Expediente N° 17-014976-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de agosto del año 2022.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2022675204 ).

En este Despacho, con una base de veintiún mil seiscientos noventa y tres dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 316-10842-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 102147-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada A sesenta y dos apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito: 02-San Miguel, cantón: 06-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca Filial Primaria Individualizada A Sesenta y Tres; al sur, Finca Filial Primaria Individualizada A Sesenta y Uno; al este, servidumbre pluvial y finca filial primaria individualizada A sesenta y cuatro, y al oeste, área común acceso uno uno. Mide: seiscientos ochenta y dos metros cuadrados. Valor porcentual: 0.25445. Valor medida: 0.00071. Plano: A-1609060-2012. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de dieciséis mil doscientos setenta dólares con veinticinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil veinte, con la base de cinco mil cuatrocientos veintitrés dólares con cuarenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial Comercial Turístico Hotelero Agrícola y Ecuestre de FFPI Hacienda contra Carol Susana Agüero Quesada. Expediente N° 22-000015-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y ocho minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós.—Heiner Eduardo Baltodano Solís, Juez Decisor.—( IN2022675205 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco mil doscientos cuarenta y cuatro dólares con sesenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: CL309487, marca: Mitsubishi estilo: L200, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, serie: MMBJNKL30JH002015, año: 2018, carrocería: camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, color: azul, tracción: 4x4 chasis: MMBJNKL30JH002015, Vin: MMBJNKL30JH002015, N° motor: 4D56UAM0109, cilindrada: 2477 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós, con la base de dieciocho mil novecientos treinta y tres dólares con cincuenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós con la base de seis mil trescientos once dólares con diecisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Martín Leonicio Aguilar Alvarado. Expediente N° 21-013961-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 04 de agosto del año 2022.—Licda. Pilar Gómez Marin, Jueza Tramitadora.—( IN2022675206 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve millones cien mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 312-15022-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 345-00859-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 345-00859-01-0906- 001, servidumbre trasladada citas: 345-00859-01-0908-001, servidumbre trasladada, citas: 345-00859-01-0909-001, servidumbre trasladada, citas: 345-00859-01-0910-001, servidumbre trasladada, citas: 345-00859-01-0911-001 y servidumbre trasladada, citas: 345-00859-01-0912-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 156361, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 2-Tucurrique, cantón 4- Jiménez, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, Juan Carlos, Enrique, Luis Fernando, Ana Isabel y Rafael Sánchez Córdoba; al sur, calle pública con 12 m de frente; al este, calle pública con 35.02 m de frente y al oeste, Juan Carlos, Enrique, Luis Fernando, Ana Isabel y Rafael Sánchez Córdoba. Mide: trescientos noventa y nueve metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil veintidós con la base de veintinueve millones trescientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil veintidós con la base de nueve millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marcos Vinicio Brenes Cerdas, expediente 19-014329-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de agosto del año 2022.—Pilar Gómez Marín, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022675209 ).

En este Despacho, con una base de tres millones quinientos cinco mil doscientos veintidós colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BQN754, marca: Hyundai Estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas serie: KMHCT4AE1GU955670, Carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: KMHCT4AE1GU955670, año fabricación: 2016, color: azul Vin: KMHCT4AE1GU955670.- Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos veintiocho mil novecientos dieciséis colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de ochocientos setenta y seis mil trescientos cinco colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Asimismo. se le pone en conocimiento a los postores, oferentes o terceros interesados que, para ofrecer posturas dentro del presente asunto por el inmueble a rematar, deberá aportar la oferta en la moneda en la que se haya establecido la base para remate. Lo anterior, bajo el apercibimiento de no atender las posturas que sean aportadas en moneda distinta a la del remate que se celebra. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de María Isabel Rapson González contra Sulman Lucrecia Rodríguez Tenorio. Expediente 22-001105-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: veintidós horas con treinta y ocho minutos del dos de setiembre del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Decisor.—( IN2022675210 ).

En este Despacho, con una base de diez millones cuatrocientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 294365, Marca: Mitsubishi Estilo: Canter Fuso Categoría: carga liviana capacidad: 3 personas Serie: JLBFE73CEHKU40035 carrocería: caja cerrada o furgon Tracción: 4X2 número chasis: JLBFE73CEHKU40035 Año Fabricación: 2017 Color: blanco VIN: JLBFE73CEHKU40035. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós con la base de siete millones ochocientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil veintidós con la base de dos millones seiscientos veintidós mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales ( Veinsa ) Sociedad Anónima contra Tecnilimpieza de San Carlos RVAT S. A. Expediente 20- 003972-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con veinte minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022675214 ).

En este Despacho, con una base de setenta y cinco millones de colones exactos, soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 2014-102561-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 212611-000, la cual es terreno naturaleza: Terreno de patio casa y jardín. Situada en el distrito 4-Belén, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: Saturnino Marchena Díaz; sur: calle pública con un frente a ella de 47.68 metros ruta nacional 155; este: Manuel Ángel Paniagua Mendoza; oeste: Walter Marchena Marchena. Mide: tres mil ochenta y siete metros cuadrados. Plano: G-1816786-2015. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós con la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil veintidós con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Veintisiete Montecristo S.A.. Expediente N° 22-001132-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y siete minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Decisor.—( IN2022675226 ).

En este Despacho, con una base de diez millones ochocientos ochenta y nueve mil novecientos treinta y un colones con setenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 377-17937-01-0900-001, servidumbre de paso citas: 477-08341-01-0004-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 518-13959-01-0069-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento treinta y dos mil novecientos cuarenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno parcela cuatro. Situada: en el distrito 8-Biolley, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, reserva del I.D.A.; al este, parcela cinco-dos, y al oeste, calle pública. Mide: veintiocho mil setecientos diez metros con un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas quince minutos del veinte de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas quince minutos del veintiocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de ocho millones ciento sesenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas quince minutos del siete de noviembre del dos mil veintidós, con la base de dos millones setecientos veintidós mil cuatrocientos ochenta y dos colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fanny Elena Rojas Badilla. Expediente N° 22-002233-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciséis minutos del cuatro de agosto del dos mil veintidós.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2022675401 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones quinientos cuarenta y siete mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, agua, eléctrica y pluvial citas 2017-612138-01-0013-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos cincuenta y siete mil cuatrocientos diecinueve derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno terreno para construir. Situada en el Distrito Alfaro, Cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Braulio Campos Quirós; al sur Oscar Mario Araya Salas; al este con servidumbre de paso con un frente a ella de 16.07metros y al oeste Carlos Marín Vargas. Mide: doscientos seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con la base de doce millones cuatrocientos diez mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones ciento treinta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: 1) Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. 2) Al tratarse de hipoteca con bono, se advierte a terceros oferentes que de conformidad con el artículo 153 bis de la Ley 7052, el monto total de la oferta debe ser entregado en el Remate. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Martha Enereyda Espinoza Gómez y Máximo Manzanarez Duarte EXP:22-001409-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 01 de agosto del año 2022.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2022675409 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y un millónes de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos treinta y un mil doscientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno lote 17: terreno para construir. Situada en el Distrito Zaragoza, Cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte lote 16; al sur Inmobiliaria La Pilarica S. A. lote 18; al este calle pública paseo de los árboles y al oeste Vitalino Rojas Ruiz. Mide: doscientos sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con la base de cuarenta y cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós con la base de quince millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Maximino Rivera Suira. Expediente:22- 001441-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 03 de agosto del año 2022.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2022675410 )

En este despacho, con una base de cinco millones setecientos veinte mil colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta mil siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno Naturaleza: Terreno para Construir, Situada en el distrito 1-Buenos Aires, Cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas, finca se encuentra en zona catastrada, linderos: Norte: Balbina Vargas, Gómez Sur: Balbina Vargas Gómez, Este: Balbina Vargas Gómez, Oeste: calle pública, mide: trescientos treinta y cuatro metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados, Plano:P-1215993- 2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones doscientos noventa mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón cuatrocientos treinta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Douglas Antonio Ortiz Irigoyen. Expediente 22-002677-1200-C.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y uno minutos del uno de setiembre del dos mil veintidós—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2022675411 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando cond. y limit. Ref.: 2836-223-001, citas: 324-15059-01-0901-011 y reservas y restricciones citas: 324-15059-01-0902-009; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número doscientos mil setecientos ochenta y uno, derecho 000, la cual es terreno, terreno para construir, situada en el distrito: 04-Santa Rosa, cantón: 08-Tilarán de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: calle pública con un frente de 15 metros, sur: Marcos Aurelio Solano Mejías; este: Marcos Aurelio Solano Mejías, oeste: Marcos Aurelio Solano Mejías. Mide: seiscientos metros cuadrados. Plano: G-1667355-2013, identificador predial: 508040200781_. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós, con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós, con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda, contra Shirley Johanna Solano Molina. Expediente: 22-000092-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con siete minutos del diecinueve de julio del dos mil veintidós.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022675412 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones cuatrocientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 247-05436-01-0901-001 y servidumbre de paso bajo las citas: 2016-679604-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José matrícula folio real número 463231 derechos 001 y 002, con naturaleza: terreno para construir, distrito: 2-Mercedes Sur, cantón: 4-Puriscal, provincia: San José norte, Mayela Cordero Valverde y Ganadera Las Bonitas S.A., sur: Andrés Segura Castillo, este, Ganadera Las Bonitas S.A., oeste, servidumbre de paso con un frente de 8 metros. Mide: trescientos treinta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintidós con la base de catorce millones seiscientos dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones ochocientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jimmy Alberto Hidalgo Guzmán y Ivannia Cristina Barboza Mora. Expediente N° 22-006772-1044-CJ Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del año 2022.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2022675413 ).

En este Despacho, con una base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A Citas: 572-97844-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y un mil setecientos ochenta y uno, derecho 000, la cual es terreno lote seis, terreno para construir situada en el distrito 1-Cañas cantón 6-Cañas de la provincia de Guanacaste Linderos: norte, calle publica con 11.11 metros de frente sur, lote ocho este, lote cinco oeste, lote siete. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados plano: G-1090612-2006. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós con la base de dos millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso. ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Marco Aurelio Salguera Elizondo. Expediente 22-000109-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Hora y fecha de emisión: nueve horas con once minutos del veintiuno de julio del dos mil veintidós.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022675414 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 8690-F, derecho 000, naturaleza: Apartamento 5 habitacional, distrito: 11-San Sebastián, cantón: 1-San José, provincia: San José; norte: Viviendas y Desarrollos S. A.; sur: Área común de circulación peatonal; este: Apto 6; oeste: Apartamento 4. Mide: sesenta y tres metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Guido y Samudio S. A. contra Loide Mc Kensie Thorpe. Expediente N° 19-002102-1208-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del año 2022.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2022675416 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 360-17524-01-0985-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número treinta y cuatro mil cuatro, derecho cero cero cero (hipoteca de primer grado) la cual es terreno para agricultura N.336-87-2. Situada: en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ottis Guibson y Roberto Ramos; al sur, Adalid Díaz y Vera Vindas; al este, calle pública, y al oeste, Ottis Guibson. Mide: seiscientos veintiuno metros con ochenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintiuno, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Félix Severino Zavaleta Mariños, Ricardo Gerardo Soto Vega. Expediente N° 16-002027-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 05 de agosto del año 2022.—Hazel Carvajal Rojas, Juez/a Decisor/a.—( IN2022675500 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones sesenta y cuatro mil ciento cuarenta y seis colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando el vehículo: BLC179, colisiones (sumaria: 16-003121-0494-TR), número de Boleta: 2016248800251; sáquese a remate los 1) Vehículo: Placas número BLC179, Marca: Suzuki, estilo: Grand Vitara, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: gris, Vin: JS3TE04VXG4103967, cilindrada: 2393 c.c., combustible: gasolina, Motor N° J24B1301475 2) Vehículo Placas número BKP231, Marca: Suzuki, estilo: Celerio GLX, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2016, color: blanco, Vin: MA3FC42S9GA259112, cilindrada 996 c.c., combustible: gasolina, motor N° K10BN1902949. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del seis de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés, con la base de quince millones cuarenta y ocho mil ciento nueve colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones dieciséis mil treinta y seis colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Importadora Monge de Alajuela S.A. y afines, contra Geancarlo Gerardo Rojas Prendas. Expediente N° 19-000589-1170-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y dos minutos del cuatro de mayo del dos mil veintidós.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022675505 ).

En este Despacho, con una base de un millón quinientos treinta y cuatro mil ciento ochenta colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia O.I.J. bajo el tomo: 800, asiento: 00570184; sáquese a remate el vehículo: BCL457, marca: Daihatsu, estilo: H 1 Starex microbús, año: 2001, color: verde, vin: KMFWVH7HP1U356743, cilindrada: 2500 C.C. Para tal efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del trece de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince minutos del veinticuatro de octubre del dos mil veintidós, con la base de un millón ciento cincuenta mil seiscientos treinta y cinco colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del primero de noviembre del dos mil veintidós, con la base de trescientos ochenta y tres mil quinientos cuarenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Yadira del Carmen Ramírez Montano. Expediente N° 19-018552-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al Despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de agosto del año 2022.—Yessenia Brenes González, Juez/a Decisor/a.—( IN2022675509 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 250-05404-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 121003, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Alpízar Aguilar; al sur, Vargas Mora Víctor; al este, calle pública con un frente de 11.75 metros, y al oeste, calle pública con un frente de 11.91 metros. Mide: doscientos veintiún metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil veintidós, con la base de treinta y tres mil dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del dos de noviembre del dos mil veintidós, con la base de once mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas de Puente Salas Ltda. contra Veintiocho de Orotina Sociedad Anónima. Expediente N° 22-000573-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y ocho minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintidós.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2022675519 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 150334-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Rafael de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: Rosario Campos Campos; al sur: Vitalina Campos Ramírez; al este: Adelnila Ramírez Ramírez, acequia en medio, servidumbre de paso; y al oeste: Adelina Ramírez y otros. Mide: ciento veintinueve metros con dos decímetros cuadrados Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero, contra Luis Diego Otárola Cambronero. Expediente N° 18-006979-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con ocho minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintidós.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2022675522 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: NSR160, Marca: Nissan, estilo: Note, Categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, número chasis: 3N1CE2CD1HL350487, año: 2017, N° motor: HR16741732M, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintitrés, con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del seis de marzo del dos mil veintitrés, con la base de un millón ochocientos mil colones exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marcianito Humano Sociedad Anónima contra Luis Gerardo Huertas Rojas. Expediente N° 21-006925-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y nueve minutos del veinticinco de abril del dos mil veintidós. Bridley Rodríguez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—( IN2022675528 ).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa Nº VBS222; marca: Hyundai; Vin: KMJHRD37FP2K5441 86; estilo: Grace; capacidad: 15 personas; año: 2002; color: plateado. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil doscientos cuarenta colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil veintidós con la base de quinientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos trece colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Albín Eduardo Vargas Prado, expediente 20-010480-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de agosto del año 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022675566 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y un millones setecientos noventa y un mil quinientos ochenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Medianeria Bajo las citas: 331-05723-01-0902-001 e Hipoteca en primer grado, bajo las citas 572-25046-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-209888-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito: 11-San Sebastián, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, William Mora; al sur, Calle Acacias; al este, Rebeca Segura, y al oeste, Alameda. Mide: ciento novena y seis metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del siete de octubre del dos mil veintidós, con la base de cuarenta y seis millones trescientos cuarenta y tres mil seiscientos ochenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil veintidós, con la base de quince millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos noventa y seis colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de San José contra Víctor Hugo Varela Alfaro. Expediente N° 20-001305-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 31 de marzo del año 2022.—M.S.c. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2022675576 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones trescientos mil colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: P Y R tres dos uno, Marca KIA, Estilo: Picanto, año modelo: dos mil diecinueve, Motor número: G Cuatro LAKP Cero Tres Cero Cuatro Uno Uno, chasis número: knab dos cinco uno dos akt cuatro ocho cinco ocho cero cero, carrocería: Sedan cuatro puertas Hatchback, Categoría: automóvil, cilindrada mil doscientos cuarenta y ocho centímetros cúbicos capacidad: cinco personas, color: blanco, combustible: gasolina, tracción: cuatro por dos, cilindros: cuatro. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del seis de octubre del año dos mil veintidós, con la base de seis millones novecientos setenta y cinco mil colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del catorce de octubre del año dos mil veintidós, con la base de dos millones trescientos veinticinco mil colones (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Mauricio Jara Salazar, Yulieth Prissila Ramírez Vargas. Expediente N° 21-003501-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 31 de enero del año 2022.—Msc. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2022675592 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 207-04035-01-0902-001, servidumbre trasladada bajo las citas: 207-04035-01-0915-001 y servidumbre trasladada bajo las citas: 298-14213-01-0927-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 447057 derecho 000, con naturaleza: terreno sin cultivar, Distrito: 1-Santiago, Cantón: 4-Puriscal, provincia: San José, norte: Carlos Monge Carlomgano Gómez, Amigos Ticos S. A., Vilma Acuña, Randal Vargas Borbón, Loenard Vargas Cubillo, Jackeline María Salazar Riveros, Compracioj Industrial S. A., Carlos Monge, Gloria Araya, Joel Jiménez Oanagia Quirós, Corrales Hellen Cubillo, sur: Cristina Alpizir Carlos Monge Amigos Ticos S. A. Vilma Acuña, Randal Vargas, lote cinco y seis Jackeline Salazar, Antonio Guzmán, Abrahán Elizondo, Flora Abarca, Oanagia Quirós Corrales, Hellen Cubillo, Anabelle Mora Barrantes, este: Carlos Monge, Grettel Burgos, Abrahán Elizondo Delgado lotes uno, dos tres cuatro cinco Riveros Corporación Industrial, Gloria Herrera Amigos Ticos S. A. Oanagia Quirós Corrales, Hellen Cubillo y Anabelle Mora Barrantes, oeste: Amigos Ticos S. A., Cristina Alpízar, Jakeline Salazar Delgado, CALR, mide: cinco mil quinientos cincuenta y cinco metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del trece de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintidós con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Laura Patricia Mora León contra Amigos Ticos S. A. Exp: 16-005058-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del año 2022.—Ricardo Barrantes López, Juez/a Decisor/a.—( IN2022675599 ).

En este Despacho, con una base de un millón seiscientos cincuenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: 741223, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, capacidad: 5 personas, serie: JA4LS31H5YP008475, carrocería: Station Wagon o Familiar, tracción: 4x2, número chasis: K860YP008475, N° motor: 6G72JN5546, cilindrada: 3000 C.C., cilindros: 6, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del diez de octubre del dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos treinta y nueve mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de cuatrocientos trece mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Hazel Arce Ortega. Expediente N° 22-004197-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del año 2022.—Geovanna Vega Benavides, Jueza Decisora.—( IN2022675605 ).

En este Despacho, con una base de un millón noventa y seis mil trescientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BKY587, marca: BMW, categoría: automóvil, serie vin chasis: WBAVB33526PS11254, carrocería: Sedan 4 puertas, estilo: 330, capacidad: 5 personas, año: 2006, color: gris, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del diez de octubre del dos mil veintidós, con la base de ochocientos veintidós mil doscientos cincuenta y cinco colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós, con la base de doscientos setenta y cuatro mil ochenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Melissa Mercedes Meza Mendoza. Expediente N° 22-004198-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de junio del año 2022.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2022675607 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones ochenta y nueve mil ciento treinta y siete colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo BDX497, Marca: Honda, Estilo: CRV LX, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, año fabricación: 2013, color: gris, Vin: 3HGRM4830DG600680, N. Motor: K24Z92521432, cilindrada: 2354 c.c., cilindros: 4, Potencia: 140 kw, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del cuatro de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del doce de octubre de dos mil veintidós, con la base de tres millones sesenta y seis mil ochocientos cincuenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del veinte de octubre de dos mil veintidós, con la base de un millón veintidós mil doscientos ochenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Edgardo Orozco Umaña. Expediente 22-007302-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de agosto del año 2022.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022675608 ).

En este Despacho, con una base de dos mil novecientos nueve dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 209017, marca: Toyota, estilo: Hilux DX, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, año: 2006, carrocería: camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4x2, color: rojo. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del seis de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós con la base de dos mil ciento ochenta y un dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós con la base de setecientos veintisiete dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A., contra Pachecorp S. A. Exp:19-000981-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de julio del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022675609 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones seiscientos diecinueve mil novecientos doce colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos veintiocho mil trescientos treinta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de naturaleza: terreno para construir, lote 2. Situada: en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linderos: norte, Lorenzo Navarro Porras; sur, servidumbre de paso; este, Crispín Leiva Romero; oeste, lote uno de Joice Delgado Leiva. Mide: trescientos metros con noventa y un decímetros cuadrados. Plano: SJ-0755686-2001. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiséis de octubre del dos mil veintidós, con la base de veinticinco millones novecientos sesenta y cuatro mil novecientos treinta y cuatro colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós, con la base de ocho millones seiscientos cincuenta y cuatro mil novecientos setenta y ocho colones con veintidós céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopeco R.L. contra Joice Ivette Delgado Leiva. Expediente N° 22-001068-1200-CJ. Nota: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: dieciséis horas con diez minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022675619 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 308-18396-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos noventa mil ochocientos cincuenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno actualmente construido. Situada en el Distrito: 08-San Antonio, Cantón 04-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte: Juan Mora Segura, al sur: Jesny Porras Mata, al este: calle publica con 13.41 metros de frente y al oeste: Carlos Luis Mora Rojas. Mide: doscientos diez metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veintidós, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veintidós, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Luis de La Trinidad Chavarría Herrera contra Mayra Zulay de Los Ángeles Arias Salazar. Exp:22-006711-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José. 17 de agosto del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022675624 ).

En este Despacho, con una base de setenta y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número nueve ocho cuatro nueve tres, derechos cero cero uno, cero cero cuatro, cero cero seis y cero cero nueve, la cual es terreno inculto. Situada: en el distrito San Ramón, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Emilio Picado y otro; al sur, Julio Zamora; al este, Ángel Durán Zamora, y al oeste, calle pública y otro. Mide: doscientos ochenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del diez de noviembre del año dos mil veintidós. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ordinario de Juan Diego Ulate Fernández contra Beleida María Ulate Fernández, Raquel Ulate Sandino. Expediente N° 21-000061-1627-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 12 de agosto del año 2022.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—( IN2022675651 ).

En este Despacho, con una base de trece millones seiscientos veintiocho mil ciento treinta y cuatro colones con ochenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BMF975, Marca: Mitsubishi, Estilo: Montero Sport, Categoría: automóvil, Capacidad: 7 personas, año fabricación: 2017. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del treinta de mayo del dos mil veintitrés, con la base de diez millones doscientos veintiún mil ciento un colones con trece céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de junio del dos mil veintitrés, con la base de tres millones cuatrocientos siete mil treinta y tres colones con setenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jaime Arturo Gómez Betancur. Expediente N° 22-002935-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con treinta y cinco minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2022675654 ).

En este Despacho, con una base de quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 302-06617-01-0937-001, servidumbre de paso citas: 2012-24520-01- 0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 29477, derecho 014, la cual es naturaleza: Terreno de agricultura, situada en el Distrito 1-Nicoya Cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste Linderos: Norte: Calle Luis Ortiz, sur: Higinio Navarro y otro este: Eduardo Diaz y otro oeste: Tránsito Díaz. Mide: trescientos cuatro mil trescientos treinta y nueve metros cuadrados plano: No se indica. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veintidós con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintidós con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Paulina Judith Aiza Gutiérrez contra Paul Tarcicio Díaz Briceño. Exp:21-005111-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: doce horas con cuatro minutos del trece de junio del dos mil veintidós.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a Decisor/a.—( IN2022675665 ).

En este Despacho, con una base de once millones doscientos cuarenta y nueve mil novecientos noventa y ocho colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 323-11241-01-0901-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 433-11217-01-0218-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número quinientos cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 8-Bolívar, cantón 3-Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública; al sur: calle pública; al este: Martín Castro Villalobos y Maribel Ulate Hidalgo, y al oeste: Javier Zamora Rojas. Mide: mil quinientos metros cuadrados. Plano: A-1890517-2016. Identificador predial: 203080548755. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veintiséis de setiembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del cuatro de octubre de dos mil veintidós, con la base de ocho millones cuatrocientos treinta y siete mil cuatrocientos noventa y ocho colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del doce de octubre de dos mil veintidós, con la base de dos millones ochocientos doce mil cuatrocientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Christian Eduardo Castro Ulate. Expediente: 22-002066-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y ocho minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós.—Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Tramitador.—( IN2022675666 ).

En este Despacho, con una base de siete mil trescientos trece dólares con diecisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BKK 952, marca Hyundai, estilo Tucson GL, serie KMHJ2813CGU128260, vin KMHJ2813CGU128260, año 2016, color negro, N. motor G4NAFU118051, modelo D3W52G618 D D561, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de setiembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del cinco de octubre del dos mil veintidós con la base de cinco mil cuatrocientos ochenta y cuatro dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos del trece de octubre del dos mil veintidós con la base de mil ochocientos veintiocho dólares con veintinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda ( Costa Rica ) Sociedad Anónima contra Luis Sandy Bermúdez Aguilar, expediente 22-005211-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2022675667 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil quinientos siete dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BKZ682, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: plateado, vin: MALA851CAGM316498, cilindrada: 1200 C.C., combustible: gasolina, N° motor G4LAFM758240. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del cinco de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del trece de octubre del dos mil veintidós, con la base de siete mil ciento treinta dólares con ochenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil veintidós, con la base de dos mil trescientos setenta y seis dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Krissya Daiana González Badilla. Expediente N° 20-001576-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 26 de agosto del año 2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2022675668 ).

Convocatorias

Se convoca a las partes a una audiencia de llamamiento a los socios, asociados y quien corresponda designar como representantes de las sociedades 3-101-454536 S. A., y Gustiniano de Aplontes S. A., a las nueve horas cero minutos del treinta de setiembre de dos mil veintidós, en la sala de audiencias que será asignada posteriormente. Para que se apersonen a hacer valer sus derechos. Las partes interesadas deberán consultar en el área de atención al público de esta oficina Juzgado Primer Especializado de Cobro, Torre Judicial piso 10, con anterioridad a la hora de inicio. Deberán ser notificados las sociedades y los representantes por medio de publicación de edicto. Se reservan las nuevas fechas de remate para ser conocida en su momento procesal oportuno. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado del Primer Circuito Judicial de San José.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022673963 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000053-1870-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Rodrigo Antonio Gómez Rosales, quien es mayor, casado, comerciante, vecino de Jicaral, Barrio El Encanto, 800 metros oeste del MAG, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-0280-0944, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para potrero y pasto, situado en el distrito 4°-San Pablo, cantón 9-Nandayure, de la provincia 5 de Guanacaste propiamente en la comunidad de Pavones. Se tiene como colindante por el rumbo: norte: calle pública; sur: Claudia Núñez Núñez; este: calle pública; oeste: Adelania Núñez Núñez y Heiner Carrillo. Mide: tres hectáreas seis mil quinientos setenta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 5-2124197-2019-. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble en la suma de cuatro millones de colones y las presentes diligencias en el monto de cuatro millones de colones de colones. Que adquirió dicho inmueble de sus anterior poseedora Delfilia Rosales Arauz y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de posesión sobre el bien han consistido cercado, chapias y en general asistencia de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efectos de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de Información Posesoria, promovido por Rodrigo Antonio Gómez Rosales. Expediente N° 21-000053-1870-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de Puntarenas, Sede Jicaral. Jicaral, Lepanto, 30 de agosto del año 2022.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673630 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°16-000006-1520-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Nelson Marchena Arias, quien es mayor, divorciado una vez, vecino de Guanacaste, Bagaces, Falconiana, antigua pulpería Cucho, portador de la cédula de identidad número cinco-cero doscientos catorce-cero ochocientos setenta, profesión no indica, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno para construir. Situada en el distrito tercero de San José, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública, con un frente de veinte metros con veinte centímetros; al sur Sonia de Jesús Aguirre González; al este Sonia de Jesús Aguirre González y al oeste José Alberto Umaña Alvarado. Mide: setecientos sesenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-dos millones doscientos treinta y cinco mil treinta y cuatro-dos mil veinte. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por cesión de derechos posesorios, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, mantener el lote limpio (chapear), siembra de plátanos y limón. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Nelson Marchena Arias. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación. Exp: 16-000006-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Alajuela, Upala, 20 de julio del año 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez. Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673631 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°20-000036-1520-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Leonardo Gerardo Sánchez Gutiérrez quien es mayor, pensionado, casado dos veces, vecino de Barrio Los Ingenieros, Upala, Alajuela, portador de la cédula de identidad 5-139-1087, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es Agricultura. Situada en el Verbena, Upala (distrito primero), Upala (cantón décimo tercero), de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte y este Palmitos del Norte S. A.; al sur con servidumbre de paso y en parte con Palmitos del Norte S. A.; y al oeste Rosibel Calvo García. Mide: 75.538 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-2086001-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no le pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera José López Rodríguez, el 24 de enero de 1962, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de las cercas y limpieza de malezas, y cultivos anuales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Leonardo Gerardo Sánchez Gutiérrez. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación. Exp: 20-000036-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Alajuela, Upala, 30 de mayo del año 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673644 ).

Edicto, se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000040-1143-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Ramón Antonio Castañeda Tenorio quien es mayor, casado una vez, vecino de Canalete de Upala, Alajuela, Barrio La Unión, portador de la cédula número 800690822, pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito: ocho Canalete, cantón trece Upala. Colinda: al norte, Roy Murillo Ruiz; sur, calle pública con un frente a ella de cuarenta y seis metros con sesenta centímetros lineales, Gregorio Tenorio Urbina y María Luisa García Teilez, Luis Tenorio García; al este, Roy Murillo Ruiz, y Vicente Gómez Gómez y al oeste, calle pública con un frente a ella de ciento catorce con treinta y cuatro metros lineales, Francisca Gregorio Tenorio García. Mide: una hectárea mil cincuenta y seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Adquirió el bien a titular por medio de compraventa ejerciendo sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. Valora el terreno en la suma de dos millones de colones y estima las presentes diligencias en la misma suma de quinientos mil colones. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ramón Antonio Castañeda Tenorio, expediente: 19-000040-1143-CI-0. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 24 de agosto del año 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673669 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el Expediente N°14-000016-1143-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Andrea Rivera Grillo cédula de identidad 5-0362-0688, mayor, soltera, estudiante vecina de Liberia, Barrio La Victoria, Finca La Carreta y Yolanda Patricia Rivera Grillo, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad 5-374-929, vecina de Barrio La Victoria, Finca La Carreta, a fin de que se inscriba a nombre de su representada en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, es terreno de potrero, situado en Colonia Libertad, distrito Aguas Claras, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. colinda: al norte, Guanacaste Dry Forest Conservation Fundación, Yolanda y Andrea ambas Rivera Grillo, este, Yolanda y Andrea ambas Rivera Grillo, y oeste, Guanacaste Dry Forest Conservation Fundación, sur: Rio Jala Piedra, Guanacaste Dry Forest Conservation Fundación. Mide: quinientos trece mil setecientos diez metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el representante de la sociedad titulante que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cincuenta y un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo han mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpia del mismo, mantener las cercas, cría de ganado. Que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información posesoria, promovida por Andrea y Yolanda Ambas Rivera Grillo. Expediente 14-000016-1143-AG. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, Upala, 25 de agosto de 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022673670 ).

Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000783-0640-CI donde se promueve información posesoria por parte de Juan José Vega Monestel, mayor, electricista, cédula 1-0662-0396 y María Isabel Solís Chaves, mayor, ama de casa, cédula 1-0605-0218, casados entre y vecinos de Dulce Nombre de La Unión, Cartago a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno casa de dos plantas. Situada en el distrito 06 Dulce Nombre, cantón 03 La Unión. Colinda: al norte, con Guadalupe Vega Monestel; al sur, con Municipalidad de La Unión; al este, con Teresa Amable Andrade Rojas y al oeste, con calle pública con un frente de 11.50 metros lineales. Mide: ciento veintinueve metros cuadrados. Indican los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de nueve millones quinientos mil colones exactos colones. Que adquirieron dicho inmueble de forma originaria desde el año 1985 y hasta la fecha lo han mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en habitar su casa de habitación, mantenimiento y limpieza de la misma. Que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria. Expediente 21-000783-0640-CI. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Cartago, nueve horas con cuarenta y ocho minutos del nueve de agosto del dos mil veintidós.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022673776 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000220-0642-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Puntarenas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno, cuya construcción es la iglesia católica de la ciudad de Esparza, casa cural, zonas verdes y jardines. Situada en el distrito primero, cantón segundo. Colinda: al norte: con calle pública; al sur: con calle pública; al este: con calle pública; y al oeste: con calle pública. Mide: seis mil setecientos veintinueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir P-18943-76, pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble P-18943-76, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en forma quieta, única, pública y pacífica. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Puntarenas. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con siete minutos del veintitrés de junio del dos mil veintidós. Expediente N° 22-000220-0642-CI-1.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022673946 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°15-000449-0504-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Fernando Cordero Fonseca quien es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Isidro, Alumbre, Central, Cartago, un kilómetro al oeste de la escuela, cédula tres-uno nueve cero-una uno dos siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero. Situada en Sardinal en el distrito segundo La Virgen, cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: Guido González Ugalde, Favio González Guzmán y Quebrada; al sur: Especies del Bosque Lluvioso S. A., Luis Badilla Martínez y Quebrada, al este: calle pública con un frente a la misma de cuatrocientos cincuenta y dos metros con sesenta centímetros lineales y Luis Badilla Martínez y al oeste: calle pública con frente a la misma de setecientos setenta y cuatro metros con veinte centímetros lineales. Mide: treinta y dos hectáreas ocho mil doscientos once metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número H-1815165-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias así como el inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias. De conformidad con la circular Nº 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Proceso Información Posesoria, promovida por Fernando Cordero Fonseca. Exp: 15-000449-0504-CI.—Juzgado Agrario del Segunda Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 29 de agosto de 2022.—Lic. Francisco Daniel González Sibaja. Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022674145 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000123- 0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Erick Lucas Ramírez Muñoz quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino(a) de Puerto Jiménez, Golfito, Cañaza, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-ce dos cuatro nueve- cero nueve ocho nueve, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es para la agricultura. Situada en el distrito de Puerto Jiménez, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Gerardo Ramírez Ardón; al sur, Mercedez Zúñiga Espinoza, Damaris Rosales Espinoza; al este, Asociación Concilio de Iglesias de Costa Rica, Flor Iveth Leitón Soto y calle pública y al oeste, Río Barrigones. Mide: ocho mil doscientos trece metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Carlos Medina Rivas mediante escritura pública y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diecisiete años. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Erick Lucas Ramírez Muñoz. Expediente 22-000123- 0419-AG. Nota: Este edicto debe publicarse por una sola vez. De conformidad con la circularN°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exentade todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 24 de agosto del año 2022.—Lic. Óscar Andrés Segura Navarro, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022674159 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000005-0423-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Edith de los Ángeles Reyes Segura, quien es mayor, soltera, costarricense, portadora del documento de identidad N° 6-352-643, de oficios domésticos no remunerados y vecina de Coronado de Osa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terrenos frutales. Situada: en Coronado, distrito primero Cortés, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Victoria Segura Méndez; al sur, Mercedes García Meléndez; al este, Mercedes García Meléndez, y al oeste, José Sequeira Fernández y Carlos Sequeira Fernández. Mide: tres mil setecientos sesenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-2196638-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno y siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Edith de los Ángeles Reyes Segura. Expediente N° 22-000005-0423-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 16 de mayo del año 2022.—Óscar Andrés Segura Navarro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674162 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000079-0197-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Puriscal, cédula jurídica N° 3-0020-78903, representada por María Eugenia Fernández Otárola, mayor, casada una vez, administradora de empresas, vecina de San Rafael de Puriscal, portador(a) de la cédula número 1-06010396, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno zonas verdes y un tanque. Situada: en el distrito San Rafael Abajo, cantón Puriscal. Colinda: al norte, con calle pública de cincuenta y un metros; al sur, con Ascensión Jiménez Otárola; al este, con Ascensión Jiménez Otárola, y al oeste, con Ascensión Jiménez Otárola. Mide: tres mil ciento noventa y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir plano número SJ-dos uno cinco cinco nueve ocho cinco-dos mil diecinueve, no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble más de treinta años mediante donación verbal y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno debidamente deslindado de los demás terrenos colindantes, mediante cercas vivas con alambre de púas con un ancho de 50 metros y carriles amplios y visibles, siembra y corta de zacate y unos árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Puriscal. Expediente N° 22-000079-0197-CI-0. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Civil), hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y nueve minutos del cinco de agosto del dos mil veintidós.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez Civil.—1 vez.—( IN2022674172 ).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rubín Mora Zúñiga, cédula de identidad número cinco-doscientos cincuenta y uno-trescientos treinta y seis, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue Elsie Ramona Zúñiga Ramírez, mayor, casada una vez, Ama de casa, vecina de Cañas, Guanacaste, de la Iglesia Católica trescientos metros oeste, cédula de identidad número cinco-cero noventa y ocho-cero veintiséis, fallecida el día catorce de junio de dos mil diez. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Ester Cecilia Solano Jerez, en Cañas, Guanacaste, del Banco Nacional cien metros norte y veinticinco metros oeste, teléfono 2669-0850.—Licda. Ester Cecilia Solano Jerez.—1 vez.—( IN2022673604 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olman Gerardo Solís Jiménez, mayor, casado, comerciante, costarricense, con documento de identidad uno-cero cuatrocientos sesenta y siete cero quinientos cuarenta y vecino de Daniel Flores en Pérez Zeledón.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 09-100283-0188-CI - 0.—Juzgado Civil y Trabajo del I Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y tres minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—( IN2022673615 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de quien en vida fuera Luis Ricardo del Socorro Arias Delgado, mayor de edad, casado una vez, cédula uno-cero seis uno nueve-cero tres cuatro siete, vecino de Barrio El Pocito, Pérez Zeledón, apartamentos esquineros, segunda entrada a mano derecha, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a la oficina de la Notaria Hilda Calderón Calvo, ubicada en San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio Villa Ligia ochocientos metros sur de la Cancha Sintética, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que, no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N cero cero cero nueve-dos mil veintidós, en sucesión de Luis Ricardo del Socorro Arias Delgado. San Isidro de Pérez Zeledón, veintitrés de agosto del año dos mil veintidós. Notaria Licda. Hilda Calderón Calvo. Teléfono 2771-7237. Correo electrónico lahi.22@hotmail.com.—Licda. Hilda Calderón Calvo.—1 vez.—( IN2022673616 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leida Dina Del Socorro Martínez Robles quien fue mayor, viuda, pensionada, vecina de Aserrí, portadora de la cédula de identidad número 0301240314 y falleció el 25 de octubre de 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-000344-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000344-1550-LA. Por Martina Maribel Venegas Martínez portadora de la cédula de identidad 0107000903 en favor de los beneficiarios de la citada fallecida. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 22 de agosto del año 2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673647 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter del trabajador fallecido: José Canuto Jiménez Azofeifa, cédula de identidad N° 1-0402-0528, y falleció el 15 de febrero 2017, promovido por Idalia Araya Bermúdez, cédula de identidad N° 1-0418-0961; se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 21-001395-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001395-0173-LA, por a favor de Jose Canuto De La Trinidad Jiménez Azofeifa. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 9 de marzo del 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673649 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Aracelly Mora Bermúdez, mayor, estado civil casada, profesión u oficio administradora del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0102960795 y vecino(a) de San Vito de Coto Brus, Santa Rica, 200 mts. este de la Iglesia La Luz del Mundo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 22-000054-0920-CI-3, proceso promovido por Sidieth Moraga Mora. Nota: publíquese una sola vez, en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (materia civil), hora y fecha de emisión: quince horas del once de julio del dos mil veintidós.—Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022673695 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María del Carmen Mercedes Villanueva Bermúdez, mayor, viuda, de oficios domésticos, con documento de identidad 0600640494 y con último domicilio en: Buenos Aires, Puntarenas, 100 mts. norte y 100 mts. al este de la carnicería Los Almendros. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:22-000046-1046-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: trece horas con veintidós minutos del once de agosto del dos mil veintidós.—Jean Carlos Céspedes Mora, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022673701 ).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Xinia Lemaire Flores, quien en vida fuera, mayor de edad, viuda una vez, ama de casa, cédula de identidad número uno - doscientos cincuenta y dos - ciento noventa y uno, domiciliada en San José, Desamparados, San Rafael Abajo, Santa Cecilia, para que dentro del plazo de quince días, comparezcan a la oficina del Notario Público Víctor Raúl Obando Mendoza, situada en la ciudad de San José, calle siete, avenidas seis y ocho, edificio seis dos seis, segundo piso, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda según la ley. Expediente 0001-2022, proceso sucesión de Xinia Lemaire Flores. Publicarse una vez en el Boletín Judicial.—San José, 16 de agosto de 2022.—Lic. Víctor Raúl Obando Mendoza, Notario Público.—1 vez.—( IN2022673735 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio de Abel Guillermo Guillen Chaves, quien en vida fuera mayor, casado una vez, pensionado, cédula tres cero dos cero nueve cero tres uno dos, vecino de Cartago, San Rafael de Oreamuno cuatrocientos metros este del cementerio, para que en un plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, apercibiendo a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 05-2022. Notaría del Bufete de la Licenciada Vera Garro Navarro.—Licda. Vera Garro Navarro.—1 vez.—( IN2022673748 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Walter Antonio Bonilla Mora, mayor, viudo, pensionado, costarricense, con cédula de identidad N° 3-0171-0224, y vecino de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000597-0504-CI-8.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: once horas con seis minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Andrey de los Ángeles Garro Carvajal, Juez.—1 vez.—( IN2022673752 ).

Edicto, se hace saber: en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Isidro Teófilo del Socorro Gutiérrez Chávez, mayor, estado civil divorciado una vez, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0500460450 y vecino de Limón, Pococí, Cariari, Campo Cinco, frente al cementerio. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 22-000250-0930-CI-8.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de agosto del año 2022.—Licda. Lilliana Garro Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022673757 ).

Se hace saber que esta notaría abre proceso sucesorio, de quien en vida fue Alfredo Mata León mayor, casado una vez, cédula N° 1-0327-0065, fallecido el 23 de julio del 2022, quien fuera vecino de San José, Curridabat, del Banco Nacional, 300 metros al sur, para que herederos, acreedores y en general a todos aquellos interesados en esta sucesión, se apersonen en el plazo de ley, para hacer valer sus derechos, y si no se presentan en ese plazo, dicha herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 22-002-SUC. Notaría del Lic. José Villanave Solano, notario público. San José, San Sebastián, Urbanización Mallorca, casa: 9-G, tel. 8364-2525.—San José, 7 de agosto del 2022.—Lic. José Villanave Solano, Notario Público.— 1 vez.—( IN2022673759 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sandra María del Carmen Ugalde Arias, mayor, estado civil: divorciada, profesión u oficio: pensionada, nacionalidad: Costa Rica, con documento de identidad N° 0900140830, y vecino(a) de Alajuela, Urbanización La Trinidad. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000369-0638-CI-1.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con ocho minutos del veintiocho de junio del dos mil veintidós.—M.Sc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022673763 ).

Ante esta Notaría se tramita el sucesorio notarial de quien en vida se llamó David Omar Solís Solís, mayor, casado dos veces, pensionado, cédula de identidad 1-0231-0157. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, ubicada en 100 metros al norte de la Estación de Bomberos, con el apercibimiento de que, si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 2 de setiembre del 2022.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—( IN2022673767 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Marvin Tito Vallejo Espinoza, portador de la cédula de identidad N° 5-0207-0436, quien en vida fue mayor, soltero, agricultor, cuyo último domicilio fue en Cañafistola, Santa Cruz, Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. EXP:22-000266-0388-CI-2.—Juzgado Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta minutos del quince de julio del dos mil veintidós.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2022673778 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Grethel Francini Oviedo Campos, mayor, divorciada dos veces, costarricense, con cédula de identidad 4-0165-0268 y vecina Heredia, San Rafael. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp: 22-000303-0504-CI-1.—Juzgado Civil de Heredia. Hora y fecha de emisión: veinte horas con treinta y ocho minutos del trece de mayo del dos mil veintidós.—M.Sc. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—( IN2022673790 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Spears Thomas Mc Caskill Jr-, mayor, estado civil: divorciado, profesión u oficio: pensionado, nacionalidad: estadounidense, con documento de identidad N° 184000733413, y vecino de San José, Sabana Norte. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000285-0180-CI-7.—Juzgado Primero Civil de San José, 29 de junio del año 2022.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022673830 ).

Se avisa a los interesados que, ante mi notaría, se ha solicitado y decretado la apertura de proceso sucesorio testado, en sede notarial, de la causante quien en vida se llamó: Isabel Solís Ching, conocida como Elizabeth Solís Ching quien fuera mayor, costarricense, viuda, ama de casa, vecina de Cartago, Turrialba, Turrialba, barrio San Cayetano, casa número treinta y siete, quien portaba la cédula de identidad siete – cero treinta y dos – ciento treinta y uno y quien falleciera el día primero de junio del año dos mil veintidós. Por ser procedente se ha ordenado la apertura del proceso sucesorio en sede notarial y se emplaza a los interesados y posibles herederos a comparecer ante esta notaría pública, ubicada en Cartago, El Guarco, Tejar. —Cartago, 02 de setiembre de 2022. Lic. Eliécer Garita Zamora, Notario Público.—1 vez.—( IN2022673831 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quine en vida fue Humberto Zúñiga Arce, mayor, casado una vez, cédula de identidad personal número uno-trescientos veintidós-quinientos dos, para que, dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, sita en Cartago, San Blas, de la escuela doscientos metros este y cien sur, edificio Codehse. Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que vencido el citado plazo la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 01 de setiembre del 2022.—Lic. Francisco Martí Meneses.—1 vez.—( IN2022673835 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Nicoletta Gregoris, a las dieciséis horas el catorce de agosto del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento, esta notaria declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Louis Gregoris, único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, mayor de edad, casado una vez, empresario, vecino de Canadá, pasaporte de su país número HN seis cero uno seis siete cuatro, fallecido en Canadá el día veinticuatro de abril del dos mil diecinueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Mónica Lleras Barrantes, con oficina en Puntarenas, Garabito, Jacó del Lagar seiscientos metros al este. Teléfono 83347670.— Licda. Mónica Lleras Barrantes.—1 vez.—( IN2022673842 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue María Amalia Estrada Morales, mayor, soltera, ama de casa, cédula N° 1-765-940, vecina de Mollejoncito de Platanares de Pérez Zeledón, 100 metros al norte de Pulpería Alto Los Pinos, quien falleció el día 23 de agosto del 2022; a fin de que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante la notaría de la licenciada Betsabé Zúñiga Blanco, situada en San Isidro de Pérez Zeledón, altos Tienda Salvadoreña, costado norte del Parque, oficina número 4, (horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.), a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de este término, aquella pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede notarial del causante se tramita bajo expediente número: cero tres-dos mil veintidós.—Licda. Betsabé Zúñiga Blanco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022673853 ).

Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rosibel De Los Ángeles Navarro Martínez, mayor, soltera, operaria de litografía, costarricense, con documento de identidad 0302640443 y vecino Cartago, Guadalupe. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000474-0640-CI-7.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: quince horas con veintiséis minutos del veintinueve de julio del dos mil veintidós.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—( IN2022673856 ).

Se cita y emplaza a todos los sucesores e interesados de la sucesión ab intestato de Arnoldo Noel Cerda Cruz, quien fuera mayor, casado una vez, jubilado, vecino de Upala centro, cincuenta metros al este del Super Las Palmas, cédula de identidad número ocho-cero sesenta y cuatro-setecientos noventa y dos, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a aceptar la herencia y hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2022. Notaría del Lic. Miguel Ángel Orozco Velásquez, en Upala centro, cincuenta metros al este del Instituto Costarricense de Electricidad, correo electrónico: orozvelas@gmail.com.—Lic. Miguel Ángel Orozco Velásquez, Notario.—1 vez.—( IN2022673879 ).

Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Tatiana Calero González, a las 13 horas del 17 de julio del año 2022, y comprobado el fallecimiento de José Francisco Monge Lobo, mayor, casado, comerciante, vecino de Heredia, La Aurora, Condominio Patricia, casa N° 58, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada en Heredia, La Aurora, frente al Condominio Jenny, local número 3, teléfono: 8381-1675, a hacer valer sus derechos.—Heredia, a las 8 horas del día 17 del mes de agosto del año 2022.—Lic. Karen Viviana Montero Badilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2022673884 ).

Sucesión AB intestato en sede notarial de Ángela Catalina Pérez Córdoba. Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Ana Mélida Bermúdez Pérez, mayor, viuda, vecina de Puntarenas, Parrita, Parrita, Valeria, del antiguo abastecedor Crisarel ciento cincuenta metros oeste casa a mano izquierda, portadora de la cédula de identidad número seis cero ciento ochenta y seis cero setecientos treinta y uno, a las ocho horas del once de agosto del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Ángela Catalina Pérez Córdoba, quien en vida fue mayor, ama de casa, vecina de Parrita, Valeria, doscientos cincuenta metros oeste del abastecedor Crisarel, quien falleció en fecha el dos de abril del dos mil diecinueve, al tomo : folio : asiento : cita : seis-cero ciento treinta y seis-ciento sesenta y dos-cero tres veinticuatro, a la edad : ochenta y dos años, en centro Parrita, Puntarenas dos de abril de dos mil diecinueve, por A) Fallo multiorgánico B) Desnutrición C) Enfermedad renal crónica causa de muerte. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Grecia, calle Carmona, cincuento cienta metros al oeste, contiguo a la estación de autobuses, edifcio KMR, (Dirección exacta), teléfono 24940809 y 85678413, a hacer valer sus derechos, Publicar.—Grecia, 18 de agosto del 2022 al ser las once horas.—Notario Público.—1 vez.—( IN2022673888 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Olga Marta Roldán Castro, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Rafael de Escazú, del Antiguo Colegio Country Club, cuatrocientos al oeste y cien al norte, cédula de identidad: cinco-cero tres uno dos-cero cuatro uno dos, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto concurran hacer valer sus derechos dentro del Proceso Sucesorio Extra Judicial, abierto ante el suscrito notario y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos si no se presentan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Es todo.—San José, veinticinco de agosto del dos mil veintidós.—1 vez.—( IN2022673889 ).

Se hace saber: En este Juzgado se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Leonardo de Jesús Estrella Noguera, mayor de edad, nicaragüense, portador de la cédula de identidad N° 8-0105-0554, soltero, comerciante, y vecino de Orotina de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000353-0638-CI-0.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con veinticinco minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2022673890 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Eduardo Ballar González, mayor, divorciado, comerciante, costarricense, con documento de identidad 0900480991 y vecino de San José, Moravia Los Colegios, San Vicente, Barrio San Martín. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 21-000442-0182-CI – 1. Nota: Publíquese por única vez en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 126.3 del Código Procesal Civil.—Juzgado Tercero Civil de San José, 23 de julio del año 2021.—Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2022673891 ).

Ante esta notaria, mediante acta de apertura otorgada por Sun Lay María Araya Góngora, a las quince horas del veintinueve de julio del dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de José Julio Saavedra Chacón, mayor de edad, casado una vez, administrador vecino de Tibás, Cinco Esquinas Bajo Piuses, cincuenta metros oeste de la panadería Suárez, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en San Isidro de Coronado, contiguo a la Casa Cural. Email: integralecr.com hacer valer sus derechos.—San José, a las diecisiete horas del veintinueve de julio del dos mil veintidós.—Lic. Fernando González Medina. Notario Público.—1 vez.—( IN2022673897 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Giselle Rojas Rojas, mayor, divorciada tres veces, comerciante, vecina de Zarcero, con documento de identidad 0202921244.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 22-000195-0296-CI. Nota: Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 05 de agosto del año 2022.—Lic. Gerardo Antonio Pérez Alfaro, Juez.—1 vez.—( IN2022673899 ).

Edicto, de acuerdo a lo establecido en los artículos 126.1 y 126.3 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se informa, cita y emplaza a todos aquellos interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta Notaría se ha iniciado en sede notarial, la sucesión Ab lntestato de Marco Antonio Brenes Jiménez, cédula de identidad número 1-0458-0785, vecino de San José, Coronado, para que en el término de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. La Notaría está ubicada en San José, Curridabat, de la Pops quinientos metros sur y veinticinco metros este, Summa Lex Abogados.—San José, 01 setiembre, 2022.—Lic. José Enrique Guevara Acuña, Notario Público.—1 vez.—( IN2022673910 ).

Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Francisco Vásquez Jiménez, mayor, casado una vez, agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0202970623 y vecino de Santa Rosa de Pocosol. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000326-0297-CI-3.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con veintitrés minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez, Decisor.—1 vez.—( IN2022673916 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general todos los interesados, en la sucesión de: Miguel Ángel Durán Arias, vecino de Heredia, Guararí, Los Sauces, casa número ciento diecinueve, cédula uno-cero cuatrocientos seis-cero cuatrocientos cuatro, en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante la notaría de Cecilia Roxana Monge Quesada en San Rafael, Heredia, cien sur, setenta y cinco oeste del hogares ancianos, hacer valer sus derechos, de lo contrario pasará a quien corresponda. Expediente N° 010-2022. Licda. Cecilia Roxana Monge Quesada.—1 vez.—( IN2022673927 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Luis Artavia Castro, mayor, estado civil: casado/a, profesión u oficio: jornalero(a), nacionalidad: Costa Rica, con documento de identidad N° 0900560973, y vecino(a) de Garabito, Puntarenas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000258-0642-CI-9.—Juzgado Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y dos minutos del once de julio del dos mil veintidós.—Yeimy Jiménez Alvarado, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022673928 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Guillermo González Carvajal, mayor, estado civil casado/a, profesión u oficio, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0205580947 y vecino(a) de Alajuela, el Cacao. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 21-000120-0638-CI-1.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de febrero del año 2021.—Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022673936 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Juan Bautista Arroyo Rivera, quien fue mayor, casado una vez, empleado bancario, cédula de identidad número uno-cero cuatro uno cinco-uno dos cero cero, vecino de Heredia, del Colegio Samuel Saénz Flores cien metros sur, se declara abierto su proceso sucesorio, para que dentro del plazo de ley, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, situada en Heredia calles 1 y 3, avenida 2, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Heredia, dos de setiembre.—Licda. María del Rocío Montero Vílchez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022673938 ).

Edicto, se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sonia Lía Ortega Dillón, mayor, divorciada una vez, ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0601180827 y vecina de San José, Ciudad Colón, Brasil de Mora. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 22-000510-0180-CI-7. Nota: publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Primero Civil de San José, 18 de agosto del año 2022.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza Decisora.—( IN2022673954 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera: Flory Guzmán Murillo, cédula de identidad N° 202220995, fallecida el 29 de junio del 2019; sucesión que se tramita en sede notarial, para que en un plazo de treinta días comparezcan ante esta notaría, situada en Alajuela, Villa Bonita, Lotes Murillo, 75 metros este del abastecedor el progreso, a reclamar sus derechos, bajo apercibimiento que de no hacerlo la herencia pasará a quien corresponda. Es todo.—Alajuela, 1° de setiembre del 2022.—Licda. Ivannia Jesús Marín Valerio.—1 vez.—( IN2022673965 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Óscar Poveda Solano, mayor, costarricense, casado, pensionado, vecino de Cot, Oreamuno, Cartago, con documento de identidad N° 0301450719. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 220005310640CI-1.—Juzgado Civil de Cartago, a las trece horas con diecinueve minutos del diecisiete de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Allan Esteban Barquero Durán, Juez.—1 vez.—( IN2022673994 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial del proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera: Mario Arturo Hernández Monge, mayor de edad, casado en segundas nupcias, pensionado, vecino de San José, Moravia, Residencial Saint Clare, casa treinta y seis K, portador de la cédula de identidad número tres-cero doscientos tres-cero seiscientos diez; fallecido el ocho de agosto del dos mil diecinueve, para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, quienes crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda Expediente N° 05-2022. Lic. Magally María Guadamuz García, notaria pública, Santa Ana, Lindora, Edificio Vía Lindara, cuarto piso.—San José, 2 de setiembre de 2022.—1 vez.—( IN2022674008 ).

Avisos

Lic. Roberto Antonio Corea Badilla, Juez del Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia); hace saber a Carlos Eduardo Murillo Guzmán, cédula de identidad número 155814403331, mayor, soltero en unión de hecho, ayudante de la cocina, cédula de identidad número dos-cero seiscientos ochenta y seis-cero doscientos uno, vecino de Alajuela, Sarapiquí, Nueva Cinchona, casa setenta y uno y a Lina Rosa Guzmán Flores, mayor de edad, soltera, ama de casa, vecina de Alajuela, Sarapiquí, portadora de la cédula de residencia número uno cinco cinco ocho uno cuatro cero tres tres tres uno, que en este Despacho se interpuso un proceso presunción de muerte en su contra, bajo el expediente número 21-000525-0638-CI-5, donde se encuentra la sentencia N° 2022000041, de las dieciséis horas cuarenta y cuatro minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós, que en lo que interesa dice: Donde se encuentra la sentencia N° 2022000041, de las dieciséis horas cuarenta y cuatro minutos del veintinueve de junio del dos mil veintidós, que en lo que interesa dice: Resultando: I.-(...). II.-(...). III.-(...). Considerando: I.-Sobre el fondo: (...). III. Por tanto: Razones expuestas y artículos de ley mencionados; se declara la presunción de muerte del señor Rafael Ángel Murillo Sibaja, cédula cuatro-cero ciento treinta-cero quinientos nueve. Siendo que no registra bienes a su nombre, no hay que entregar posesión definitiva sus bienes. Se ordena transcribir lo resuelto al Registro Civil de las Personas, para su inscripción. Publíquese esta declaración por tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de quince días, y en un periódico de circulación nacional. Notifíquese. Lic. Roberto Antonio Corea Badilla, Juez Tramitador. Proceso presunción de muerte de Carlos Eduardo Murillo Guzmán. Expediente N° 21-000525-0638-CI. Nota: Publíquese esta declaración por tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de quince días. (Artículo 181.2 del Código Procesal Civil).—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil), 06 de julio del año 2022.—Roberto Antonio Corea Badilla, Juez Tramitador.—( IN2022669182 ).  3 v. 2 Alt.

Edicto, se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Aníbal Alexandro Ceciliano Ureña, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 18-002128-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas cincuenta y seis minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno, 02 de marzo del año 2021.—Licda. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673217 ).                                                                                3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Igrid Masiel Gómez Rodríguez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°19-000386-0776-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese tres veces consecutivas.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia). A las nueve horas veintinueve minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno. 31 de agosto del año 2021.—Msc. Ana Lucrecia Valverde Arguedas. Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673440 ).       3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores Jazael Navarro Manzanares, Daria Michelle Pérez Manzanares y Reichel Yarani Arguedas Manzanares, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-001513-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas once minutos del 19 de agosto del 2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673708 ).     3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Greylin Jimena Gamboa Hernández, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, en contra de los padres registrales Juan José Gamboa Núñez y Meylin Hernández Espinoza (fallecida), para que, se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-000161-1591-FA. Clase de asunto: Depósito judicial de la persona menor de edad. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), a las trece horas cincuenta y cuatro minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintidós.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673711 ).                                                       3 v. 1.

A todos quienes tengan interés en la Tutela de la persona menor de edad Jade Sofía Núñez Briceño, se les hace saber que deben de presentarse dentro del plazo de Quince días contados a partir de la fecha de publicación de este edicto. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente Nº 22-000812-1146-F.A. Diligencias de Tutela.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 12 de agosto de 2022.—Msc. Marianela Vargas Cousin, Jueza de Familia.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022674147 ). 3 v. 1.

Licenciado(a) Berta Lidieth Araya Porras, juez(a) del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), se convoca por medio de este edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de Urlich Diermissen López y a Keyder López López para que se apersonen dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000305-0869-fa. Proceso tutela. Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia). Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Nicoya, 25 de agosto del 2022.—Msc. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674148 ).                                     3 v. 1.

Edicto, MSC. Marilene Herra Alfaro, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José, hace saber a Ariel Bacallao La Rosa, mayor, casado, de nacionalidad cubano, con documento de identidad número 79101226526, de domicilio desconocido. Actúa como curador procesal de dicho demandado, el Licenciado David Ricardo Fernández Tercero, que en este Despacho se interpuso un proceso inexistencia del matrimonio en su contra, bajo el expediente número 16-001115-0186-FA donde se dictó sentencia de primera instancia N° 2022000680 resolución de las quince horas cuatro minutos del veintiséis de julio de dos mil veintidós cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: de conformidad con lo expuesto, normas legales citadas, este proceso de declaratoria de matrimonio inexistente formulado por el Estado contra los señores Ariel Bacallao La Rosa y Leyda Magaly Novoa Ponce se resuelve de la siguiente manera: 1) Se declara con lugar la presente demanda. Se declara la inexistencia del matrimonio civil celebrado entre los señores Ariel Bacallao La Rosa y Leyda Magaly Novoa Ponce. 2) Se declara nula la inscripción de Ariel Bacallao La Rosa como progenitor de la persona menor de edad Denilson Jair Bacallao Novoa (cita de nacimiento 1-2168-431-0861). En lo sucesivo esa persona menor de edad queda inscrita como hijo únicamente de la señora Leyda Magaly Novoa Ponce. 3) Se ordena comunicar lo dispuesto en este pronunciamiento a la Dirección General de Migración y Extranjería, y al Registro Civil, Sección de Opciones y Naturalizaciones, para que procedan a anular cualquier trámite de modificación de status migratorio o naturalización que eventualmente pudiere estar realizando el señor Ariel Bacallao La Rosa, aduciendo estar casado con la señora Leyda Magaly Novoa Ponce. 4) Se establece que el matrimonio que aquí se declara inexistente no produce efectos patrimoniales, sociales, ni personales. 5) Firme esta sentencia, se ordena la cancelación de la inscripción de ese matrimonio ante el Registro de Matrimonios de la provincia de San José (inscrito bajo las citas 1-0471-429-0857). 6) Se exime a los demandados del pago de las costas personales y procesales de este asunto. 7) Notifíquese a los demandados Ariel Bacallao La Rosa y Leyda Magaly Novoa Ponce la parte dispositiva de esta sentencia por medio de Edicto, que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. 8) Notifíquese esta sentencia al Patronato Nacional de la Infancia. Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso inexistencia del matrimonio de el Estado contra Ariel Bacallao La Rosa y Leyda Magaly Novoa Ponce, expediente Nº 16-001115-0186-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de San José, 17 de agosto del año 2022.—Marilene Herra Alfaro, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673601 ).

Lic. Leonardo Loría Alvarado Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Darwuid Moisés Ojeda Herrera, documento de identidad C02322601, casado, Músico, vecino de desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de suspensión de responsabilidad parental en su contra, bajo el expediente número 22-001187-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: De la anterior demanda de abreviado de suspensión de responsabilidad parental establecida por el accionante Nora Mercedes Retto Varela, se confiere traslado a la accionada(o) Darwuid Moisés Ojeda Herrera por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Parte Interviniente: Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del casillero 403 de estos Tribunales. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono”. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Igualmente, si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea y a señalar este medio para recibir notificaciones, lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde la comodidad de su casa a consultar su expediente y revisar sus notificaciones, con lo anterior se evitará largas filas de espera. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través de cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que, si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 2207-4223. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrará en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un Lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar Medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar Dos Medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Nombramiento de Curador: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora indicar las generalidades de ley de dos testigos que declaren sobre el conocimiento o desconocimiento del paradero del demandado. Prevención de Honorarios: Se le previene a la parte actora que a efectos de que proceder cubrir los honorarios del curador a nombrar, dicho monto lo es la suma de noventa y seis mil cincuenta colones (a razón de ochenta y cinco mil colones más el 13% del IVA), por lo que deberá depositarlo en la cuenta N° 22-001187-0364-FA-1, del Banco de Costa Rica. Citación a la parte actora y a dos testigos: Se cita a la señora Nora Mercedes Retto Varela y a dos testigos para que en el plazo de una semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que, si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese. Leonardo Loría Alvarado. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de suspensión de responsabilidad parental de Nora Mercedes Retto Varela contra Darwuid Moisés Ojeda Herrera; Expediente Nº 22-001187-0364-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de julio del año 2022.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673625 ).

Edicto: Lic. Leonardo Loría Alvarado, juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Jimmy Alonso Chévez Calderón, documento de identidad 0110120376, divorciado/a, no indica, vecino de desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso procesos especiales de salida del país en su contra, bajo el expediente número 22-000450-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por Adriana Eugenia Quesada González, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Jimmy Alonso Chevez Calderón (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: de la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659. Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Si escoge correo electrónico, debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Prevención de honorarios: inclúyase el presente asunto en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa del Poder Judicial (SIGAPJ), esto con el fin que la Unidad Administrativa de Heredia asuma el pago de honorarios de curador a nombrar, y de conformidad con la circular numero 86-2019 de la Dirección Ejecutiva, emitida el 28 de junio del 2019 y conforme con lo establecido en la Ley 9635 “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” y el Reglamento 41779 “Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado”, la Dirección Jurídica emitió criterio mediante oficio N° DJ-193-2019 del 13 de junio de 2019, y en acatamiento a dicha circular los honorarios se fijan en la suma de cincuenta y seis mil quinientos colones, monto que incluye el 13% del I.V.A. Publicación de edictos: por medio de un edicto que se publicará por única vez en el Boletín Judicial se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en el presente asunto, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del edicto (artículos 4 y 869 del Código Procesal Civil). El edicto será enviado electrónicamente por este despacho a la Imprenta Nacional, para lo cual la parte interesada debe estar atenta a su publicación y una vez cumplido el plazo deberá aportarlo al despacho. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si la demandada ausente cuenta con apoderado inscrito y así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública del señor Jimmy Alonso Chévez Calderón. Citación parte actora y testigos: se previene a la parte actora que en el plazo de una semana presente al despacho dos testigos, para que bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del Curador Procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese esta resolución a la gestionante y al curador procesal. Leonardo Loría Alvarado, juez. Lo anterior se ordena así en proceso procesos especiales de Adriana Eugenia Quesada González contra Jimmy Alonso Chévez Calderón; expediente Nº 22-000450-0364-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673626 ).

Leonardo Loría Alvarado, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Yessenia Cañas Pineda, en su carácter personal, quien es mayor, soltero/a, vecina de desconocido, con pasaporte A04497219, se le hace saber que en demanda Procesos especiales Declaratoria Judicial de Abandono de persona menor de edad, expediente 20-000892-0364-FA, establecida por Karen Dacnoly Landaverde Coto contra Yessenia Cañas Pineda, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N°2022001570. Juzgado de Familia de Heredia, a las diez horas treinta y ocho minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós. Proceso procesos especiales declaratoria judicial de abandono de persona menor de edad, expediente 20-000892-0364-FA, establecido por Karen Dacnoly Landaverde Coto, mayor, Soltero/a, cédula 8-0067-228, vecina de Heredia, cédula 0800670228 contra Yessenia Cañas Pineda, mayor, Soltera, vecina de desconocido, con pasaporte A04497219. Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la Demanda Especial de Declaratoria Judicial de Abandono de persona menor de edad establecida por Karen Dacnoly Landaverde Coto contra Yessenia Cañas Pineda, declarando en esta vía judicial el estado de abandono, con fines de adopción del menor de edad Henri Isay Cañas Pineda, con la consecuente pérdida de los derechos de la Responsabilidad Parental que de él ostentaba la aquí demandada. Una vez firme esta sentencia, anótese el fallo en el asiento de inscripción del menor de edad, para lo cual deberá el Registro Civil inscribir a Henri Isay Cañas Pineda, nacido el 07 de setiembre de 2010 como hijo de Yessenia Cañas Pineda, salvadoreña con pasaporte A04497219, teniendo ella terminada la autoridad parental sobre el menor, mientras que el depósito judicial lo continuará ostentando doña Karen Dacnoly hasta que se finalice el proceso de adopción citado. Este asunto se resuelve sin condena en costas para la demandada en virtud del tipo de litigio que se trata y su posición en el proceso. Hágase saber. De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez de Familia.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022673627 ).

Msc. Mario Felipe Marín Cascante, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Trent Mattew Poole, en su carácter personal, quien es mayor, divorciado, guarda, vecino de desconocido, portador del pasaporte N° P-310492386, se le hace saber que en demanda procesos especiales declaratoria judicial de abandono con fines de adopción, expediente N° 20-001848-0364-FA, establecida por Sergio David Soto Molina, contra Trent Mattew Poole, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente dice: N° 2022001605. Juzgado de Familia de Heredia, a las catorce horas veintiocho minutos del veintisiete de junio de dos mil veintidós. Proceso procesos especiales declaratoria judicial de abandono con fines de adopción, expediente N° 20-001848-0364-FA, establecido por Sergio David Soto Molina, mayor, divorciado, guarda, vecino de Heredia, cédula N° 0113870111, contra Trent Mattew Poole, mayor, divorciado, vecino de desconocido, portador del pasaporte N° P-310492386:... Por tanto: se declara con lugar la demanda de declaratoria judicial de abandono con fines de adopción, planteada por Sergio David Soto Molina y se declara judicialmente en estado de abandono con fines de adopción al joven Federico Jesús Poole Zeledón, por parte de su progenitor Trent Mattew Poole, a quien, de conformidad con el inciso 3° del artículo 158 del Código de parental, sobre Federico Jesús Poole Zeledón. La modificación de apellidos deberá tramitarse en el correspondiente proceso de adopción. Una vez firme el fallo, se ordena su inscripción en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de San José, al tomo: dos mil veinticinco, página. trescientos cuarenta y uno, asiento: seiscientos ochenta y dos. Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.” Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Mario Felipe Marín Cascante, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673629 ).

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 22-000592-0673-NA, Alberto Giannetta y Cinzia Pasini, solicitan se apruebe la adopción internacional de la persona menor de edad Ballolitt Celeni Pérez Romero. Se concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Niñez y Adolescencia de San José, 29 de agosto del 2022.—MSc. Charlyn Susana Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673641 ).

Lic. Carlos Miguel García Araya, juez del Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace saber a José Francisco de La Trinidad Azofeifa Delgado, quien es mayor, casado dos veces, soldador, costarricense, portador de la cédula de identidad número 6-0229-0188, que en este despacho se interpuso Proceso de Abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente número 19-000027-1534-FA, cuya pretensión principal es que se disuelva el vínculo matrimonial que lo une con Silvia Victoria de Los Ángeles Molina Arias y a quien se le otorgó el plazo de 10 días a fin de que conteste la presente demanda. Expediente 19-000027-1534-FA. Notas: 1) Publíquese por única vez en el Boletín Judicial. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 30 de agosto del 2022.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673648 ).

Master Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Carlos Alberto Arguedas Calderón, Guillermo Heriberto Navarro Castillo y Weiners Pérez Arguedas, se le hace saber que en demanda Depósito Judicial, expediente N° 22-001513-0292-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Cindy María Manzanares Guzmán, Carlos Alberto Arguedas Calderón, Guillermo Heriberto Navarro Castillo y Weiners Pérez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas cincuenta y uno minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Jazael Navarro Manzanares, Daria Michelle Pérez Manzanares y Reichel Yarani Arguedas Manzanares, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Cindy María Manzanares Guzmán, Carlos Alberto Arguedas Calderón, Guillermo Heriberto Navarro Castillo y Weiners Pérez Arguedas, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Cindy María Manzanares Guzmán, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real: Alajuela, Guácima, Calle Barquero, antepenúltima entrada, casa color roja. Telef. 71461230. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Edicto- Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Medida Cautelar: Con fundamento en lo peticionado por el representante legal del ente promotor en el escrito inicial de fecha 18 de agosto de 2022 así como en el informe Informe Técnico Final emitido por Sharon Salazar Aguilar Trabajadora Social a.i. de la Oficina Local San Rafael de Alajuela y sin perjuicio de lo que se resuelva en sentencia, se ordena como medida cautelar el Depósito Provisional de la personas menores de edad Jazael Navarro Manzanares, Daria Michelle Pérez Manzanares y Reichel Yarani Arguedas Manzanares en el hogar de la señora Rosa Carmina Manzanares Guzmán, a quien se le previene apersonarse a este despacho en el plazo de cinco días a fin de aceptar el cargo conferido y declarar sobre la ausencia de los demandados. Lo anterior al tenor de los numerales 242 del Código Procesal Civil, 1, 2, 3, 5, del Código de Niñez y Adolescencia, 1, 2, 3, 5, 8, 9, de la Convención sobre los derechos del Niño/a, por estimar esta autoridad que resulta lo más cercano por el momento al interés superior y estabilidad de la persona menor de edad. Al tenor del ordinal 136 del Código Procesal Civil, se le previene al representante legal del PANI que deberá aportar en el término de tres días 2 juegos de copias de la solicitud inicial en la manifestación de este despacho, con el fin de notificar a los demandados. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela de este Circuito Judicial. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una vez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673710 ).

Msc. José Olger Valverde Leitón, Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Joel Exsabu Hernández Pena, documento de identidad 155800853330, casado, desempleado, vecino de desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso Procesos Especiales de Filiación en su Modalidad de Declaratoria de Hijos Extramatrimoniales en su contra, bajo el expediente número 22-000823-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente Dicen: Se tiene por establecido por parte de María Daniela Hernández Sánchez el presente proceso de declaratoria de hijos extramatrimoniales en contra de Joel Exsabu Hernández Pena a quien se le confiere traslado por el plazo de Diez Días, para que la conteste, oponga excepciones previas, la prueba documental que tuviere y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia, ordenándose notificar a dicha entidad al casillero 113 de estos Tribunales. Asimismo, se previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 2207-4223. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso , que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar Medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar Dos Medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Nombramiento de Curador: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si la demandada ausente cuenta con apoderado inscrito. Además, las generalidades de ley de dos testigos que declaren sobre el conocimiento o desconocimiento del paradero del demandado. Prevención de Honorarios: Inclúyase el presente asunto en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa del Poder Judicial (SIGAPJ), esto con el fin que la Unidad Administrativa de Heredia asuma el pago de honorarios de curador a nombrar, y de conformidad con la circular numero 86-2019 de la Dirección Ejecutiva, emitida el 28 de junio del 2019 y conforme con lo establecido en la Ley 9635 “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” y el Reglamento 41779 “Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado”, la Dirección Jurídica emitió criterio mediante oficio N° DJ-193-2019 del 13 de junio de 2019, y en acatamiento a dicha circular los honorarios se fijan en la suma de cincuenta y seis mil quinientos colones, monto que incluye el 13% del I.V.A. Citación a la parte actora y a dos testigos: Se cita a la señora María Daniela Hernández Sánchez y a dos testigos para que en el plazo de una semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese. Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso Procesos Especiales de Filiación en su Modalidad de Declaratoria de Hijos Extramatrimoniales de María Daniela Hernández Sánchez contra Joel Exsabu Hernández Pena. Expediente 22-000823-0364-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 19 de julio del año 2022.—Msc. José Olger Valverde Leitón, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673716 ).

Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por William Rogelio Araya Saborío, mayor, casado, documento de identidad 1-0882-0142, vecino de Hatillo, San José, en el cual pretende cambiarse el nombre a William mismos apellidos. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos y si así lo consideran pertinente presentar sus oposiciones conforme al artículo 55 del Código Civil, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Expediente N° 22-000169-0216-CI-0. Nota: Se le recuerda a la persona interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: quince horas con trece minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022673988 ).

Edicto, Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez del Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace saber a Sunday Uli, quien es mayor, portador del pasaporte de su país Sudáfrica número 458278716, que en este despacho se interpuso proceso por conflicto de autorización parental en su contra, bajo el expediente número 22-000409-1534-FA, cuya pretensión principal es la salida del país de la menor de edad Ashley María Uli Rodríguez y a quien se le otorgó el plazo de cinco días a fin de que conteste la presente demanda. Expediente 22-000409-1534-FA. Notas 1) Publíquese por única vez en el Boletín Judicial. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 30 de agosto 2022.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674134 ).

Licenciado(a) Marjorie Salazar Herrera. Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 22-000671-0687-FA, establecido por Antony Madrigal Rodríguez, solicitan se apruebe la adopción de la persona menor Ian Navarro Rodríguez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia de Familia), 31 de agosto del año 2022.—Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674136 ).

Edicto, licenciada Patricia Cordero García, jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Enrique Aragón Pasquiel y Luz Marina Peralta Sanders, en su carácter personal, se les hace saber que, en demanda abreviada de suspensión de responsabilidad parental, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Enrique Aragón Pasquiel y Luz Marina Peralta Sanders, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las quince horas cincuenta y seis minutos del siete de febrero de dos mil veintidós. De la anterior demanda abreviada de suspensión de responsabilidad parental expediente numero 21-001259-0338-FA, establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a los accionados Enrique Aragón Pasquiel y Luz Marina Peralta Sanders por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para lo cual indique el ente actor si conoce el paradero de los requeridos. En cuanto a la medida cautelar solicitada de acuerdo con la misma, por el interés superior de las personas menores de edad se otorga el depósito provisional de Luz Mariela Aragon Peralta y Luz Clarita Aragon Peralta en el recurso de la señora María Isabel Muñoz Galagarza. Notifíquese. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674138 ).

Msc. Isabel Ortiz Fernández, Juez(a) del Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), a Vismar Pérez Granado, en su carácter demandado, quien es mayor, agricultor, nicaragüense, vecino de dirección desconocida, con cédula de residencia número 155800877517, se le hace saber que en proceso procesos especiales [salida del país], establecido por Reyna Auxiliadora Rivas Jaime, tramitado bajo el expedientes N° 22-000232-1343-FA, se ordenó notificarle por edicto, que en lo conducente dice: Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia), a las quince horas cincuenta y ocho minutos del once de agosto del dos mil veintidós. I) Se tiene por establecido el presente trámite de conflicto de autoridad parental promovido por Reyna Auxiliadora Rivas Jaime. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Vismar Pérez Granado, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del Despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. II) Por existir personas menores de edad interesadas en este proceso, téngase a su vez como parte al Patronato Nacional de la Infancia. III) Señala entrevista: De conformidad con el artículo 105 del Código de la Niñez y, lo dispuesto en la Convención de los Derechos del Niño, con la finalidad de realizar una entrevista oral y privada a la persona menor de edad Yesslin Maciel Pérez Rivas, se señala a las catorce horas treinta minutos del seis de setiembre del dos mil veintidós (14:30 horas del 06/09/2022) se le previene a la señora Reyna Auxiliadora Rivas Jaime que deberá presentar a estrados judiciales a la persona menor de edad mencionada. IV) Notificaciones: Visto lo manifestado por la promovente en la solicitud de fecha 11 de agosto del 2022 y, siendo que se desconoce la dirección del demandado Vismar Pérez Granado, tomando en consideración que en el proceso no se está desplazando ningún derecho de la persona menor de edad, en aplicación de los principios de oralidad, inmediatez, concentración, celeridad, gratuidad, publicidad, etc., que rigen en la materia de Niñez (Artículos 105, 106, 107, 108, 112, 113, 114 y 115), se ordena notificar al señor supra por medio de edicto, que se publicará una única vez en el Boletín Judicial. Msc. Isabel Ortiz Fernández, Juez(a). CMURILLOQ. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia).—Msc. Isabel Ortiz Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674139 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil presentes en este Despacho Laura María Solano Fernández, mayor, divorciada, ama de casa, celular: 60195102, cédula de identidad N° 401730683, vecina de Heredia, Santa Bárbara, San Juan, hija de Álvaro Solano Sánchez, Idaly Fernández Mejías, nacida en Centro, Central, Heredia, con 41 años de edad, y Maycol Conejo Rodríguez, mayor, divorciado, chofer de camión, cédula de identidad N° 110200996, vecino de Heredia, Santa Bárbara, San Juan, celular: 72098264, hijo de Gerardo Conejo Campos, Carolina Rodríguez Vargas, nacido en Hospital, Central, San José, con 43 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-001602-0364-FA. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de julio del 2022.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022673622 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: William Roberto Artavia Ramírez, mayor de edad, soltero, conductor de autobuses, cédula de identidad número 111760096, vecino de Paraíso de Cartago, 500 metros sur de Los Magdala, hijo de María de los Ángeles Ramírez Hernández y Roberto Artavia Salazar, nacido en Carmen de Central de San José, el 14/06/1983, con 39 años de edad; y Daniela María Morales Picado, mayor de edad, soltera, asistente de enfermería, cédula de identidad número 0305080291, vecina de Paraíso de Cartago, Barrio Florencio del Castillo, hija de Juanita Picado Granados y Francisco Morales Céspedes, nacida en Oriental de Central de Cartago, el 21/02/1998, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-001943-0338-FA. Nota: Publíquese por una única vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 31 de agosto del 2022.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673667 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores: Rica Tatiana Loaiza Álvarez, mayor de edad, soltera, oficios domésticos, portadora de la cédula de identidad N° 0304330034, nombre de la progenitora: Rosa María Álvarez Valverde y nombre del progenitor Raúl Loaiza Fuentes, domicilio en Cartago, Turrialba, San Juan Norte, el 24/10/1988, con 33 años de edad, y Óscar Alonso Víquez Pereira, mayor de edad, Soltero, Peón, portador de la cédula de identidad N° 0303990952, nombre de la progenitora: Jeannette Pereira Marín y nombre del progenitor Óscar Arnoldo Víquez Brenes, domicilio en Cartago, Jiménez, Pejiballe, el 19/12/1984, actualmente con 37 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000298-0675-FA-W. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba, (Materia Familia), 11 de agosto del 2022.—Licda. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022674160 ).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Marisol Cordero Jiménez, mayor, divorciada, operaria, cédula de identidad número 900930180, hija de Gladys Cordero Jiménez, nacida en San Isidro Pérez Zeledón, con 52 años de edad, y el señor Jairo Javier Jarquín Calero, mayor, soltero, operario, cédula de residencia número 155803560135, hijo de Juan Jarquín y Angélica Calero de Jarquín, nacido en Masaya, Nicaragua con 50 años de edad, ambos vecinos de Heredia. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este juzgado dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente 220015380364FA. Nota: Publíquese una sola vez. De conformidad con la circular Nº 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige este materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia. 21/07/2022.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022674170 ).

Edictos en lo Penal

En vista de que el codemandado civil Christian Gairaud Villalta cédula de identidad 1-1482-0889, no fue habido para ponerle en conocimiento la sumaria penal en la que figura como demandado civil, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra, por medio de edicto que se publicará tres veces en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo. Fiscal Coordinador de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil.

Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo Fiscal de la Fiscalía de Hatillo, a Christian Gairaud Villalta, le hace saber que: En el legajo de acción civil resarcitoria 20-000875-0492-TR, ofendido Carlos Manuel Retana Mendoza y Elida Yanira Pérez Sandí contra Christian Osvaldo Ortiz Fonseca, se ha dictado resolución que literalmente dice: Comunicación por Edicto: Fiscalía de Hatillo, a las trece horas con cuarenta y cinco minutos del 27 de julio del dos mil veintidós. En vista de que el tercer demandado civil Allan Rodrigo Chacón Chaves, no ha sido posible comunicarle la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Carlos Manuel Retana Mendoza y Elida Yanira Pérez Sandí, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo. Fiscal de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del Tercer demandado civil Christian Gairaud Villalta la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar.

Comuníquese. Fiscalía de Hatillo. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. 3 veces. Fiscalía Hatillo, teléfonos 2254-8842 o 2214-9557. Fax: 2254-4603.—Fiscalía de Hatillo, a las trece horas con cuarenta y cinco minutos del 27 de julio del dos mil veintidós.—Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo, Fiscal.—O.C. N° 364-12-2021C.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022665453 ).    3 v. 3.

Por requerirse así en la sumaria N° 18-000895-0066-PE, en contra de Dagoberto Méndez Jara, por el delito de Lesiones Culposas (Ley de Tránsito), Conducción Temeraria, en perjuicio de Cesar Andrés Pérez Ledezma, se solicita publicar por medio de edicto y por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal la siguiente resolución: Acción Civil Resarcitoria del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, establecida por el licenciada Amanda Vargas Acuña, en calidad de abogada de la ofendida Cesar Andrés Pérez Ledezma, en contra del tercero demandado civilmente Eddy Pereira Morales, cédula de identidad N° 2-0638-0078, esto para que interponga las excepciones que estime convenientes. Lo anterior de carácter urgente ya que la causa prescribe el 18 de marzo del 2020. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige en esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho. Publíquese tres veces.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. Yorleny Ching Cubero, Fiscal Auxiliar.—O.C. N° 364-12-2021C.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673640 ).   3 v. 1.

Fiscalía de Batán, licenciada Maricela Montero Orozco, Fiscal de la Fiscalía de Batán, al señor Carlos Andrés Cargas Campos, cédula o documento de identidad número 402220081, se le hace saber que, en el Legajo de Legajo de Investigación, seguido en contra de Elio José Viachica Vallejo, en perjuicio de la fe pública, por el delito de falsificación de señas y marcas, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Fiscalía de Batán, a las quince horas con siete minutos del quince de noviembre del dos mil veintiuno. En vista de que el señor Carlos Andrés Vargas Campos es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial, resolución que literalmente dice: no existiendo medios que permitan su localización, se le saber al señor Carlos Andrés Vargas Campos, cédula de identidad 4-0222-0081 de domicilio desconocido que en virtud de la causa 20-000257-1521-PE contra Elio José Viachiga Vallejo por el delito de receptación en perjuicio de la administración de la justicia se decomisó la motocicleta marca Freedom, color gris, tipo ZS, número de vin LBMPCML32H1000432, con número de motor ZS163FML8H100457, con la placa de circulación sticker número MOT526403. En virtud de lo anteriormente expuesto, se le otorga al señor Vargas Campos, el plazo de treinta días para que se presente ante esta Fiscalía de Batán con la finalidad de hacerle entrega de la motocicleta supra. Lo anterior, bajo el apercibimiento que, en caso contrario, se pondrá el inmueble a la orden de la Proveeduría Judicial para su destrucción. Publíquese. Publíquese una sola vez. Nota: de conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Fiscalía de Batán.—Maricela Montero Orozco, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022673642 ).