BOLETÍN
JUDICIAL N° 190 DEL 10 DE OCTUBRE DEL 2022
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
JUZGADO
NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Convocatorias
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos
Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos
en lo Penal
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para
el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión N.º 02-2020, celebrada el 10
de agosto del 2020, artículo IV y el acuerdo tomado por el Consejo Superior del
Poder Judicial, en sesión N° 85-2020 celebrada el 01
de agosto del 2020, artículo LII, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Documentación Administrativa del año 2000 al 2020 de la Sala Constitucional.
La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 504 S 00, Paquetes: 291, Ampos: 5 Asunto: Documentación Administrativa, Años 2000
al 2020: 90 paquetes de Actas de notificación del 2017 al 2020, 57 paquetes de
Informes del 2011 al 2018, 137 paquetes de Escritos de Interposición Originales
del año 2011 al 2018, 2 paquetes de Fax incompletos del 2015 al 2017, 1 paquete
de correo interno del año 2013-2015, 2 paquetes de correo interno certificado
del año 2000 al 2005, 3 paquetes de boletas de requisición del año 2004 al
2019, 5 ampos de solicitudes de certificaciones por boleta y por despacho
judicial y otros del año 2005 al 2011, 3 paquetes Gestiones recibidas en el
despacho y 1 paquete de oficios de comunicaciones del año 2007 al 2016. Es
todo.
De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio 2009, se
le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
San José, 26 de setiembre de 2022.
Lic.
Miguel Ovares Chavarría
Subdirector
Ejecutivo a. í
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.— ( IN202679933 ).
HACE SABER:
A: Christopher Josué Rojas López, cédula de identidad N° 1-1287-0602, que en el proceso disciplinario notarial:
21-000908-0627-NO, establecido en su contra por el Registro Civil, se han
dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las
quince horas quince minutos del doce de noviembre de dos mil veintiuno. Se
tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro
Civil contra Christopher Josué Rojas López, a quien se confiere
traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto
de los hechos denunciados mediante oficio N°
O-IFRA-359-2021 de fecha 22 de octubre del 2021 y ofrecer la prueba de descargo
que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código
Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que
dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y
aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual
recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en
estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no
se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las
resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente
notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas,
incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya
citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir
notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se
utilizará como principal;
en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se
señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por
el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de
señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere
alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para
atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo
hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la
notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la
parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la
Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San
José, (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito
Judicial), los días martes y jueves de cada semana.
Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII,
Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente
posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”,
siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre
del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten
ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a)
Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y
19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte
denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa
de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del
denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias
podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince
años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en
el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona
denunciada. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada
ubicada en San José, cantón Desamparados, Distrito Administrativo San Rafel
Abajo, Distrito Electoral Valencia, frente Heladería Vizcaya, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y Otras Comunicaciones del Tercer Circuito Judicial de San José. La
notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en San José,
Curridabat, Curridabat, 600 metros sur y 100 metros este de Macdonalds,
Plaza del Sol N° 1415, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y
Otras Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial De San José (Goicoechea). Asimismo, se ordena
notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la
Oficina de
Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes
de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el
caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o
zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario
notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se
impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la
cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada (artículos
4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20
del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las
direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y
Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, se
ordena consultar la página web de la Dirección de Servicios Registrales del
Registro Nacional, para certificar si la parte denunciada tiene apoderado
inscrito en ese Registro. Notifíquese. Dra. Melania Suñol
Ocampo, Jueza” y la resolución “Juzgado Notarial, a las catorce horas treinta y
tres minutos del nueve de agosto de dos mil veintidós. Siendo fallidos los
intentos por notificarle al Licenciado Christopher Josué Rojas López, la resolución dictada
a las quince horas y quince minutos del doce de noviembre del dos mil veintiuno,
en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y en su
domicilio reportado en el Registro Civil (EV 12-11-2022), y siendo que no tiene
apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas ( EV 09-08-2022), de
conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código
Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como
la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al
denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son: “Que ante la persona notaria
Christopher Josué Rojas López, cédula de identidad 112870602, carné número
26202, se celebró el matrimonio de Jorman Dadson Rodríguez España, documento de identidad P068378967 y Natali del Valle
Muñoz Baptista, documento de identidad P080072492 el 11 de octubre de 2021;
tanto el certificado de matrimonio civil N° 8062828 como los anexos, fueron enviados y recibidos
el 11 de octubre del 2021, comprobándose que el documento del contrayente se encontraba vencido al
momento de la celebración del matrimonio.” Conforme lo dispone el citado
numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público
a la denunciada Christopher Josué Rojas Lopez, cédula de
identidad N° 1-1287-0602. Notifíquese. Dra. Melania Suñol Ocampo, Jueza. “De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022679886 ).
Se
convoca a todos los asociados de SINCORP Seguridad Limitada, cédula jurídica 3-101-225585, a una junta que se
verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del tres de
noviembre del dos mil veintidós, con el fin de elegir el representante. Se hace
la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de
miembros presentes y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En
caso de no asistir ningún miembro a la junta, el juez hará el nombramiento que
corresponda. proceso ordinario laboral. Expediente número 19-000009-1551-LA
promovente Jan Carlo Flores Elizondo, contra
SINCORP Seguridad Limitada y otros. Nota: Publíquese por una única vez.
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud
del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos” Juzgado de Trabajo de Buenos Aires, 09 de
setiembre 2022.—Licda. Francella Guzmán Valerio, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022682207 ).
Edicto, se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Olga Verónica
Cerna García, documento de identidad registrado en la
defunción 726820859, fallecida el 01 de mayo del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las
diligencias de consig. prest. bajo el número
22-001082-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. expediente N°
22-001082-1178-LA. A favor de los causahabientes de Olga Verónica Cerna García,
documento de identidad registrado en la defunción 726820859. Nota: “De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425,
del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San
José, Sección Primera, 20 de mayo del año 2022.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza Tramitadora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022677478 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En
este Despacho, con una base de veintisiete mil trescientos doce dólares con
cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo Placa: BNV607, Marca: BYD, estilo: S1, Categoría: automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie: LC0C14DF9J0016334, peso vacío: 0, carrocería: todo terreno, 4 puertas,
peso neto: 0 kgrms., tracción: 4x2, peso bruto: 1325 kgrms, número chasis: LC0C14DF9J0016334, año fabricación: 2017, color:
blanco. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del
ocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de mayo de
dos mil veintitrés, con la base de veinte mil cuatrocientos ochenta y cuatro
dólares con treinta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y
cinco minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de
seis mil ochocientos veintiocho dólares con doce centavos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima, contra Louie Emanuel
Rodríguez Lara.
Expediente N° 22-005718-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro
del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cincuenta y
ocho minutos del veintiocho de julio del dos mil veintidós.—Manuel Loría Corrales, Juez
Tramitador.—( IN2022681705 ).
En este Despacho, Con una base de tres millones quinientos mil colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
dominante citas: 369-06796-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 118049 derecho 000, la cual es terreno de café. Situada en el
Distrito 7-Corralillo, Cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte Río Alumbre; al sur Antonio Ure/a Padilla; al este Juan Navarro Jiménez y al
oeste camino público y Elcinio Padilla Venegas. Mide:
catorce mil novecientos veintiuno metros con cincuenta y tres decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del treinta
y uno de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las once horas cero minutos del ocho de noviembre de dos mil
veintidós con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil
veintidós con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rayner Del
Carmen Portuguéz Ceciliano contra Elicinio Padilla Venegas.Expediente:22-001906-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago. 08 de
agosto del año 2022.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga,
Juez. Tramitador.—( IN2022681707 ).
En este
Despacho, con una base de seis millones novecientos cincuenta mil colones
exactos (¢6.950.000,00), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo Placa PB-002249, marca Bluebird, categoría
autobús, tracción 4x2, número de chasis 1BABHC9A16F057757, año de fabricación
2006, estilo All American, con capacidad para 52
personas, cilindrada 12700 c.c., combustible Diesel. Para tal efecto se señalan
las nueve horas del catorce de noviembre de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del veintidós de
noviembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones doscientos doce
mil quinientos colones exactos (¢5.212.500,00) (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del
treinta de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón setecientos
treinta y siete mil quinientos colones exactos (¢1.737.500,00) (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
quiebra de Hilda María Matamoros Torre contra Transportes Montes de Oro S. A.
Expediente N° 16-000204-0642-CI.—Juzgado
Concursal, 28 de setiembre del año 2022.—Lic. Sergio Huertas Ortega,
Juez.—( IN2022681710 ).
En este Despacho, con una base de doce mil quinientos cincuenta y un
dólares con noventa y un centavos, libre de gravámenes prendarios, pero
soportando colisiones 17-005008-0174-TR Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo Placa: DFT009, Marca: Fiat,
color: beige, año:2016, VIN: 9BD197335G3274336, N.Motor: 327A0552627630, cilindrada: 1368 c.c. Para
tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de
noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de diciembre de
dos mil veintidós con la base de nueve mil cuatrocientos trece dólares con
noventa y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del
dieciséis de diciembre de dos mil veintidós con la base de tres mil ciento
treinta y siete dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
MB Créditos S. A. contra Andrea Eugenia Montero Rodríguez. Expediente: 19-018369-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José. 22
de setiembre del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Juez/a Decisor/a.—( IN2022681711 ).
En este
Despacho, con una base de dos millones doscientos mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón,
matrícula número ciento veintiún mil seiscientos noventa y ocho, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 5-Cariari, cantón 2-Pococí de la provincia de Limón. Linderos: al norte,
Silvio Carrillo Torres; al sur, calle pública; al este, Ronulfo Carrillo Badilla; al oeste, Raúl Carrillo Badilla. Mide:
trescientos noventa y un metros cuadrados. Plano: L-1064029-2006. Para tal
efecto, se señalan las once horas cero minutos del catorce de noviembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintidós con la base
de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas cero minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós con la base
de quinientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Angie Verliet Solís Arias
contra Wálter
de Jesús Méndez Porras, expediente 22-000641-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 13 de setiembre del año 2022.—Hazel Patricia
Castillo Bolaños, Jueza Decisora.—( IN2022681715 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones de colones exactos, soportando
hipoteca I grado a favor del Banco de Costa Rica bajo las citas:
2010-13328-01-0004-001, servidumbre trasladada citas: 369-06219-01- 0891-001,
servidumbre trasladada citas: 369-06219-01-0892-001, sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula número 324555-000, la cual es terreno con
una casa de habitación. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Área De Parque; al sur, calle
pública, Avenida Pocosol con un frente de 22 metros lineales; al este, Lote
ciento veinte, y al oeste, Lote ciento diecisiete. Mide: cuatrocientos sesenta
y siete metros con diez decímetros cuadrados. Plano: A-0700338-2001. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de febrero del
dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés, con
la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las trece horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil
veintitrés, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Tatiana Lizano Esquivel contra Villa Ron Ron S.A, Yadira Virginia Hernández Rojas. Expediente N° 21-007119-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de
emisión: diez horas con cincuenta y tres minutos del veintinueve de agosto del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza,
Juez/a Decisor/a.—( IN2022681718 ).
Primer remate: A las trece horas y
treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós (01:30 p.m. del
09/11/2022), en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, y con la base de treinta y nueve millones ochocientos setenta y
cuatro mil cuatro colones con setenta céntimos (¢39 874 004, 70), por la mejor
postura se rematará la finca inscrita en el Registro Público Inmobiliario,
número dos cinco tres cinco tres dos-cero cero cero.
Es terreno de agricultura, ubicado en Buena Vista [distrito dos], de Guatuso
[cantón quince] de la provincia de Alajuela. Sus linderos son: norte, Odilia
Vásquez, Óscar Hernández y Luz Obando; sur, Xinia Vargas; este, calle pública, Óscar Hernández y Luz
Obando, y oeste, Odilia Vásquez. Mide: setenta y siete mil treinta y nueve
metros cuadrados. Plano: A-un millón trescientos un mil trescientos
veintidós-dos mil ocho. Pertenece a Eraida González
Pineda. Anotaciones: si hay, sea bajo la cita: 2020-337882-001. Otros
gravámenes: citas 390-19189-01-0926-001. Segundo
remate: De no existir postura, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintidós (01:30 p.m. del 17/11/2022), con la base de veintinueve millones
novecientos cinco mil quinientos tres colones con cincuenta y dos céntimos (¢29
905 503, 52) (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: De no existir postura en el segundo remate, para
celebrar el tercero, se señalan las trece horas y treinta minutos del
veinticinco de noviembre del dos mil veintidós (01:30pm del 25/11/2022), con la
base de nueve millones novecientos sesenta y ocho mil quinientos un colones con diecisiete céntimos (¢9 968 501, 17) (un 25%
de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de COOCIQUE R.L. contra Eraida González Pineda.
Expediente N° 21-002620-1202-CJ. Nota: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con
el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica
el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún
tipo para su publicación.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 29
de setiembre del año 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022681815 ).
En este Despacho, con una base de trece millones quinientos mil colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas:
319-00861-01-0908-002 condic-restric. Ref.:
2708-125-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula
número 88343-000, la cual es naturaleza: terreno para agricultura finca se
encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 3-Pejibaye, cantón
4-Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, resto destinado a
camino y Xinia Retes Gómez; al sur, Marcel De Werdt y
Nohile Ballestero Granados; al este, Lote 42, y al
oeste, destinado a camino y Xinia Retes Gómez. Mide: dieciocho mil novecientos
treinta metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto se
señalan las once horas treinta minutos del tres de noviembre del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once
horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil veintidós, con la base
de diez millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Edwin
Camacho Ulloa, Esteban Jesús Camacho Zúñiga. Expediente N°
22-002408-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 06 de setiembre del año 2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022681835 ).
En este Despacho, con una base de treinta y nueve millones cincuenta y
seis mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones con veintiún céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón,
matrícula número treinta y un mil novecientos cincuenta y siete, derecho cero cero cuatro y cero cero cinco, la
cual es terreno terreno de solar con una casa de
habitación. Situada en el Distrito 1-Guápiles, Cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte
Wilber Arrieta Bolaños; al sur Hernán Arrieta Bolaños; al este, calle pública y al oeste María Gerardina
Ramírez Loría. Mide: ciento ochenta y ocho metros con
setenta y seis decímetros cuadrados, plano: L-0685774-1987. Para tal efecto, se
señalan las diez horas cero minutos del catorce de noviembre de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintidós con la base
de veintinueve millones doscientos noventa y dos mil trescientos cuarenta y
ocho colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del
treinta de noviembre de dos mil veintidós con la base de nueve millones
setecientos sesenta y cuatro mil ciento dieciséis colones con cinco céntimos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de
Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L.
contra Irene Loaiza Núñez, Rafael Ángel Vásquez Ovares. Exp: 21-002368-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 12 de setiembre del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels,
Juez Decisor.—( IN2022671836 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y
cinco millones trescientos cuarenta y cinco mil novecientos nueve colones con
cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de San José, matrícula número 537893 derecho 000, la cual
es terreno para construir, lote 104. Situada en el distrito: 11-San Sebastián,
cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al noreste: lote
105; al noroeste: calle publica con un frente a ella de 7 metros; al sureste:
lote 117 y al suroeste: lote 103. Mide: ciento veintidós metros con cincuenta
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta
minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del quince de
noviembre de dos mil veintidós, con la base de treinta y cuatro millones nueve
mil cuatrocientos treinta y dos colones con dieciséis céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de once millones trescientos treinta y seis mil cuatrocientos
setenta y siete colones con treinta y ocho céntimos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Ande Número
Uno R.L. contra Kattia Eugenia Morúa Calvo.
Expediente N° 22-007988-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05
de setiembre del año 2022.—Raquel Priscilla Machado Fernández, Jueza
Decisora.—( IN2022681837 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones setecientos ochenta y
seis mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate la finca del Partido de San José, matrícula número quinientos treinta
y dos mil cuatrocientos sesenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 2-El General, cantón 19-Pérez Zeledón de la
provincia de San José. Colinda: al norte: Anabelio
Jiménez Jiménez; al sur: Ana Patricia Jiménez Carranza; al este: calle pública; y al
oeste: Miguel Ángel Morera Bejarano.
Mide: cuatrocientos noventa y nueve metros con setenta y nueve decímetros
cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del uno
de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil
veintidós, con la base de seis millones quinientos ochenta y nueve mil
ochocientos setenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, con la base
de dos millones ciento noventa y seis mil seiscientos veinticinco colones
exactos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Tulio
Nazareno Hernández Alfaro contra Luis
Guillermo De Los Ángeles Gómez Gómez. Expediente N°
22-002114-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión:
dieciséis horas con treinta y tres minutos del cinco
de setiembre del dos mil veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—(
IN2022681838 ).
En este Despacho, con una base de seis millones cuatrocientos setenta y
nueve mil trescientos cuarenta y dos colones con cuarenta y siete céntimos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y restricciones bajo
las citas: 327-00384-01-0900-001, reservas y
restricciones bajo las citas: 327-00386-01-0901-001, reservas y
restricciones bajo las citas: 329-17375-01-0900-001, reservas y restricciones
bajo las citas: 347-08182-01-0900-001 y servidumbre de paso bajo las citas:
572-31374-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 501.946-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 13-Pocosol, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública;
al sur, Carlos Luis Jara Durán; al
este, Julio Ramírez Arias y al oeste, Geiner Ramírez
Arias. Mide: mil seiscientos veintiún metros cuadrados. Plano: A-1583029-2012.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintisiete de
octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil
veintidós con la base de cuatro millones ochocientos cincuenta y nueve mil
quinientos seis colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas
treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil veintidós con la base de un
millón seiscientos diecinueve mil ochocientos treinta y cinco colones con
sesenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Adrián
Alfaro Castro contra Inversiones Cuervo Negro Sociedad Anónima. Expediente N° 21-006492-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de
emisión: quince horas con cincuenta minutos del veintitrés de setiembre del dos
mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022681839 ).
En este Despacho, con una base de siete millones seiscientos cincuenta
mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula número 200962-000, la cual es terreno
con una casa de habitación. Situada en el Distrito 2-Florencia, Cantón 10-San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública; al sur: Héctor Arrieta Pérez; al este: Río San Rafael y al oeste: calle pública. Mide:
trescientos treinta y dos metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Plano:
A-0314853-1978. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del
trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil
veintitrés con la base de cinco millones setecientos treinta y siete mil
quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dos
de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón novecientos doce mil
quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Luis Antonio Sánchez Lorií contra Félix Elías Arias Gamboa. Exp:
22-001040-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: catorce
horas con siete minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós.—Giovanni
Vargas Loaiza, Juez/a Decisor/a.—( IN2022681843 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
millones cien mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas:
292-17476-01-0903-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 49628-F-000, la cual es terreno:
naturaleza: finca filial primaria individualizada número sesenta y
cuatro ,apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos situada en el distrito: 07-puente de
Piedra cantón: 03-Grecia de la provincia de Alajuela Linderos: norte, acceso
tres, su, acceso dos, este: acceso tres, oeste, finca filial primaria
individualizada número sesenta y cinco mide: trescientos diecisiete metros con
veinticuatro decímetros cuadrados plano: A-1060677-2006. Situada en el
distrito, cantón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte; al sur; al
este y al oeste Mide: metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez
horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos
del uno de noviembre de dos mil veintidós, con la base de quince millones
ochocientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas
treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de
cinco millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Andrey Santamaría Artavia. Expediente
N° 22-002306-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, Hora y fecha de emisión: once horas con veintitrés
minutos del catorce de setiembre del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño
Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2022681846 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones
ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de
paso bajo citas 2016-281322-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número 540808 derecho, la cual es terreno para
construir. Situada en el Distrito 03 Jesús María, Cantón 04 San Mateo, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte servidumbre de paso y resto; al sur
Fernando Chavarría Ardón; al este Juan Luis Umaña Mora y al oeste Marianela
Umaña Delgado. Mide: tres mil trescientos setenta y cinco metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintisiete de
febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las ocho horas cero minutos del siete de marzo de dos mil
veintitrés con la base de siete millones trescientos cincuenta mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas cero minutos del quince de marzo de dos mil
veintitrés con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Carlos Martín
Rojas Saborío contra Rosa Angela Umaña Delgado. Exp:
17-000262-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas.
Hora y fecha de emisión: trece horas con veintinueve minutos del tres de
octubre del dos mil veintidós. Anny Hernández Monge,
Juez/a Tramitador/a.—( IN2022681847 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil doscientos veintinueve
dólares con sesenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas: BTQ395, marca: BYD, estilo: F3, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2020, color:
blanco, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina, motor:
BYD473QE219355146. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco
minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del
ocho de febrero del dos mil veintitrés, con la base de diez mil seiscientos
setenta y dos dólares con veinte centavos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas
cuarenta y cinco minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintitrés, con
la base de tres mil quinientos cincuenta y siete dólares con cuarenta centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra
Karla María Escalante Gutierrez. Expediente N° 22-002536-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26
de setiembre del año 2022.—Licda. Gabriela de los Ángeles Mora Vargas, Jueza.—(
IN2022681849 ).
En este Despacho, con una base de seis
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y ocho mil
ochocientos quince, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construcción lote 16-B.
Situada en el distrito 12 Chacarita, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte avenida 1era con 12m 35cm; al sur lote 11; al este lotes 14 y 15 y al oeste lote 17. Mide: doscientos
noventa y cuatro metros cuadrados plano: P-2070982-2018. Para tal efecto, se
señalan las ocho horas cuarenta minutos del dos de noviembre de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas cuarenta minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós con la base
de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta
minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de un
millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Crediday Sociedad Anónima contra Jenny
Francela Raygada Bustos. Expediente N° 21-004764-1207-CJ.—Juzgado de Cobro
de Puntarenas, hora y fecha de emisión:
trece horas con treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil
veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Tramitadora.—(
IN2022681854 ).
En este Despacho, con una base de ocho mil setenta y cinco dólares con
treinta y cinco centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisión bajo la sumaria 17-004146-0500-TR;
sáquese a remate el vehículo placa CMH298, marca Nissan, categoría
automóvil, estilo Versa, capacidad 5 personas, año 2014, color gris, tracción
4x2, vin 3N1CN7AD9ZK141912, cilindrada 1600 c.c.,
combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta
minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del catorce
de diciembre del dos mil veintidós, con la base de seis mil cincuenta y seis
dólares con cincuenta y un centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta
minutos del veintidós de diciembre del dos mil veintidós, con la base de dos
mil dieciocho dólares con ochenta y tres centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Vilma Margarita West Catta.
Expediente N° 19-008046-1044-CJ. La parte interesada
debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta
previo a su publicación.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de
setiembre del año 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022681857 ).
En este Despacho, con una base de catorce millones
setecientos veinte mil seiscientos cuarenta colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas DBL007, Marca: Jeep, Estilo: Renegade, categoría: automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie, chasis y Vin todos:
988611457HK099133, carrocería: todo terreno 4 puertas, Tracción: 4X2, año
fabricación: 2017, color: negro. Características del motor; N.Motor: novisible, Marca:
Jeep, N. Serie: No indicado, Modelo: Sport cilindrada: 1800 c.c. Para tal
efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de octubre del
año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las ocho horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil
veintidós con la base de once millones cuarenta mil cuatrocientos ochenta
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de noviembre
del año dos mil veintidós con la base de tres millones seiscientos ochenta mil
ciento sesenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Asociación Solidarista de Empleados Dos Pinos contra Byron Leonardo Sánchez Calvo.
Exp:22-002461-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 17 de agosto del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez
Herrera, Jueza.—( IN2022681859 ).
En este Despacho, con una base de seiscientos
uno mil quinientos cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 324-12005-01-0901-001,
servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 427-14528-01- 0002-001;
sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 155232,
derecho 000, la cual es terreno lote uno, terreno de potrero. Situada en el
distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón.-
Colinda: al norte con calle publica; al sur con calle publica; al este con
calle publica y al oeste con calle publica. Mide:
diez mil seiscientos sesenta y nueve metros con diez decímetros cuadrados.
Plano: L-1115764-2006. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta
minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del nueve de
noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatrocientos cincuenta y un mil
ciento sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintidós con la base de ciento cincuenta mil trescientos
ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Gold Sew And Fabrics Sociedad Anónima contra Compañía Maderera Lujo de Guápiles Sociedad Anónima.
Expediente N° 22-000147-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 29 de setiembre del año 2022.—Sugey Martínez Cano,
Jueza.—( IN2022681868 ).
En este Despacho, 1) con una base de setenta
mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca número: 1-88649-B-000, la cual es terreno: con 1 casa. Situada en el
distrito: Merced, cantón: San José, de la provincia de: San José. Colinda: al
norte, José Wonsover Altmark;
al sur, Carmen Montiel Medina; al este: Ricardo Víquez Hernández y al oeste,
calle 24 bis con 8m 10 cm. Mide: trescientos treinta y seis metros con setenta
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos
del tres de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas cero minutos del catorce de noviembre de
dos mil veintidós con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil
veintidós con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (25% de la
base original). 2) con una base de cien mil dólares exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca número: 1-237110-000, la
cual es terreno: para construir lote uno con una casa. Situada en el distrito:
Pavas, cantón: San José, de la provincia de: San José. Colinda: al norte, lote
2; al sur, Gustavo Adolfo Madrigal Quirós; al este, calle con 12M 50 cm y al
oeste, Manuel Ortuño e Hijos Ltda.- Mide: trescientos veintinueve metros con
sesenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas
cero minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del catorce de
noviembre de dos mil veintidós con la base de setenta y cinco mil dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos
mil veintidós con la base de veinticinco mil dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Publíquese el
edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta
nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a
fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en
el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la
respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Jorge Luis Víquez Carvajal contra sucesión de Guita Wonsover Cisneros.
Expediente N° 22-000403-0182-CI.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del primer Circuito Judicial de
San José, 15 de setiembre del año 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza
Decisora.—( IN2022681915 ).
En la puerta exterior de este Despacho y con
una base de veinticinco millones trescientos veintinueve mil ochocientos
noventa y cinco colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas
0368-00010863-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 355102, derecho 000, la cual es terreno de solar con una casa
de habitación. Situada en el distrito Santiago, cantón Puriscal, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Josefa Hernández; al sur, Miguel
Murillo; al este, Esperanza Chacón y al oeste, calle. Mide: ciento noventa y
seis metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las once horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del dieciocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de dieciocho
millones novecientos noventa y siete mil cuatrocientos veintiún colones con
setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del
veintiocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de seis millones
trescientos treinta y dos mil cuatrocientos setenta y tres colones con noventa
y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Cristina de los Ángeles Arias Chacón.
Expediente N° 21-000614-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 14 de setiembre del año 2022.—Johnny Esquivel Vargas, Juez
Tramitador.—( IN2022681961 ).
En este Despacho, con una
base de treinta y seis millones trescientos sesenta y nueve mil seiscientos
dieciséis colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
268-08707-01-0901-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas:
410-11844-01-0002-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
410-11844-01-0007-001 y demanda ordinaria citas: 800-457462- 01-0001-001;
sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número
doscientos cinco mil ciento setenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno para
construir lote 10 situada en el distrito: 01-Cañas cantón: 06-Cañas de la
provincia de Guanacaste Linderos: norte, Banco Improsa S. A., sur, calle
publica, este, lote 9, oeste, lote 11. Mide: doscientos cincuenta y cinco
metros cuadrados plano: G-1732391-2014. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas cero minutos del doce de enero de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del
veinte de enero de dos mil veintitrés, con la base de veintisiete millones
doscientos setenta y siete mil doscientos doce colones con treinta y tres
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas cero minutos del treinta de enero de dos mil
veintitrés, con la base de nueve millones noventa y dos mil cuatrocientos
cuatro colones con once céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Marisol
Milanés Matamoros, y Randall Domingo Alvarado Navarro. Expediente N° 21-000463-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de
emisión: nueve horas con trece minutos del veintidós de setiembre del dos mil veintidós.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—(
IN2022681963 ).
En la puerta exterior de este Despacho, sáquese a remate el bien dado en
garantía sea la finca del partido de Guanacaste matrícula 80821-000 libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 396-13779-01-0906-001
condiciones Ref: 00014775 000, que se describe así:
naturaleza: terreno para construir con 1 casa situada en el distrito 1-Nicoya
cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, María Teresa Berrios Cruz, sur, calle pública,
este, Sigifredo Rodríguez y otro, oeste, Joy Rae
Flores. Mide: setenta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados,
plano: G-0078954-1992. Con una base para el primer remate por la suma de
dieciséis millones setecientos noventa y un mil doscientos ocho colones con
veinte céntimos. Para el segundo remate, la suma de doce millones quinientos
noventa y tres mil cuatrocientos seis con quince céntimos (75% de la base
original). Para el tercer remate, la suma de cuatro millones ciento noventa y
siete mil ochocientos dos colones con cinco céntimos (25% de la base original).
Señalamientos: El primer remate, se llevará a cabo a las diez horas y treinta
minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintidós. El segundo remate,
se llevará a cabo a las diez horas y treinta minutos del veinticinco de
noviembre del dos mil veintidós. El tercer remate, se llevará a cabo a las diez
horas y treinta minutos del seis de diciembre del dos mil veintidós. Notas: Se
le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Nicoya contra Javier Gerardo Rodríguez González, María Yety Gutiérrez Zúñiga. Expediente N° 17-003327-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: once horas con veinticuatro minutos del
veintitrés de setiembre del dos mil veintidós.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez/a Decisor/a.—( IN2022681964 ).
Edicto, en este Despacho, con una base de treinta y ocho millones
cuatrocientos ochenta y seis mil cuatrocientos noventa y seis colones con
cuarenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y siete mil
ciento noventa derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito Buenos Aires, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con un frente de
nueve metros con cincuenta centímetros;
al sur, Cecilia Vargas Rodríguez; al
este, José Francisco Rodríguez
Castillo y al oeste, José Francisco Rodríguez Castillo. Mide: ciento cuarenta y ocho
metros con cincuenta y ocho decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del doce
de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil
veintitrés con la base de veintiocho millones ochocientos sesenta y cuatro mil
ochocientos setenta y dos colones con treinta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas treinta minutos del treinta de enero de dos mil veintitrés con la
base de nueve millones seiscientos veintiún mil seiscientos veinticuatro
colones con diez céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Allen José Vargas Abarca, Katty María Rodríguez
Vargas, expediente N°
22-000893-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 08 de setiembre del año
2022.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza Decisora.—(
IN2022681965 ).
En este Despacho, con una base de treinta y siete
millones trescientos cuarenta y un mil quinientos quince colones con cinco
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones hipotecarios; sáquese a remate la finca
Partido San José, matrícula: 188957-001 y 002, naturaleza: terreno con tres casas de
habitación, situada en el distrito 4-Tirrases, cantón 18-Curridabat de la
provincia de San José. Linderos: norte: calle las Mercedes; sur: Carlos Polini Fernández;
este: Rafael Guzmán Murillo; oeste: Lovela Molina Amacell. Mide:
quinientos cuarenta y cinco metros con tres decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del
veintiocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas cero minutos del siete de noviembre de dos
mil veintidós, con la base de veintiocho millones seis mil ciento treinta y
seis colones con veintinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del quince de noviembre de dos
mil veintidós, con la base de nueve millones trescientos treinta y cinco mil
trescientos setenta y ocho colones con setenta y seis céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ana Felicia De Los Ángeles Navarro Fallas,
Raquel Maria Guzmán Navarro. Expediente N°
22-000472-1765-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera.
10 de marzo
del 2022.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—(
IN2022681966 ).
En este Despacho, con una base de quince millones seiscientos mil
colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 520893-000, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 01-San Ignacio, cantón
12-Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con
veinte metros ochenta y tres centímetros de frente; al sur, Víctor Manuel Mora
Umaña y Martin Mora Sánchez; al este, Martin Mora Sánchez, y al oeste, Víctor
Manuel Mora Umaña. Mide: ciento sesenta y nueve metros con diecisiete
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas del nueve de
marzo del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas del diecisiete de marzo del año dos mil veintitrés
con la base de once millones setecientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas del veintisiete de marzo del año dos mil veintitrés con la base de
tres millones novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Nacional de Costa Rica contra Héctor Madrigal Somoza Expediente N° 22-005035-1338-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José Sección
Tercera, 29 de julio del año 2022.—Floryzul
Porras López, Jueza Tramitadora.—( IN2022681967 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base
de trece millones doscientos sesenta y siete mil setenta y seis colones con
treinta y tres céntimos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: PVG014, Marca: Ssang Yong,
Estilo: Tivoli, Categoría: automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie: KPT20A1VSLP320517, carrocería: Todo terreno 4 puertas,
Tracción: 4X2, Número Chasis: KPT20A1VSLP320517, año fabricación: 2020, color:
negro, Vin: KPT20A1VSLP320517, N. Motor:
17391002184033, Marca: Ssang Yong, N. Serie: No indicado, cilindrada: 1600 c.c.
cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las
quince horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós, con la base de nueve
millones novecientos cincuenta mil trescientos siete colones con veinticuatro céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil veintidós, con la base de tres millones trescientos dieciséis mil
setecientos sesenta y nueve colones con ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. “Se recuerda a las partes en el proceso lo
dispuesto en el párrafo tercero del artículo 159 del Código Procesal Civil y a
saber “El postor, para participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50%)
de la base, en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal,
cheque certificado de un banco costarricense o cualquier mecanismo tecnológico
debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para
atender notificaciones. Si en el acto del remate el comprador no paga la
totalidad de lo ofrecido deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo
hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del
original, para lo cual deberán tomar las previsiones necesarias, caso contrario
se proseguirá con la diligencia señalada”. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Linneth Paola Vega Gómez. Exp:22-000211-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera. 22 de setiembre del año
2022.—Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—(
IN2022681989 ).
En este
Despacho, con una base de once millones novecientos
veintidós mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones (citas: 311-09049-01-0901-001), servidumbre trasladada (citas: 335-10332-01-0901-001,
serv. canal rieg. Ref.:
(citas: 343-04417-01-0001-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
574-05234-01-0476-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
574-05234-01-0652-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 65134-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria
individualizada número veinticinco-a apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 6-San Isidro, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, finca filial primaria individualizada número veinticuatro-A; al sur,
finca filial primaria individualizada número veintiséis-A; al este, área común
libre de acceso tres y al oeste área común libre de zona recreativa. Mide:
trescientos dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas treinta minutos del doce de junio de dos mil
veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés con la base de
ocho millones novecientos cuarenta y un mil quinientos colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés
con la base de dos millones novecientos ochenta mil quinientos colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Laura Mayela
Chacón Arce. Expediente N° 22-007425-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con veintinueve minutos del
veintidós de Setiembre del dos mil veintidós.—Raquel Machado Fernández,
Jueza.—( IN2022681992 ).
En este
Despacho, con una base de doscientos noventa y un mil ochocientos dólares
exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas 241-07407-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 330-08965-01-0002-001; citas: 330- 08965-01-0004-001,
citas: 330-08965-01-0006-001, citas: 330- 08965-01- 0911-001, servid de paso ref:1640-130-003 citas: 335-15458-
01-0002- 001, servidumbre dominante citas: 335-15458-01-0003-001, servidumbre trasladada citas:
335-15458-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 396-15860-01-0910-001, servidumbre
de acueducto y de paso de A Y A citas: 2011-335807-01-0001-001; sáquese a
remate la finca del partido de San José,
matrícula número 83353-F derecho 001-002, la cual es terreno finca filial
primaria individualizada número treinta y seis apta para construir que se
destinara a uso habitacional la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos. Situada
en el distrito 1-San Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial treinta y siete; al
sur, filial treinta y cinco; al este, filial veintiocho y al oeste, calle común número
cuatro con diez cincuenta metros lineales de frente. Mide: doscientos doce
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos
del veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintinueve de
noviembre de dos mil veintidós con la base de doscientos dieciocho mil
ochocientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos
del trece de diciembre de dos mil veintidós con la base de setenta y dos mil
novecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Carlos Alberto Vélez
Mejía, Sandra Milena Loaiza Vargas, expediente 22-000720-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Tercera, 12 de mayo del año 2022.—Lic. Wilkko
Adred Retana Álvarez,
Juez/a Tramitador/a.—( IN2022681993 ).
En este Despacho, Con una base de once millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
311-13967-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 229079, derecho 001 y 002, la cual es terreno con una casa de
habitación lote 73 bloque I. Situada en el distrito 1-San Rafael, cantón
7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, lote 72 I; al noroeste,
lotes 51 Y 52 I; al sureste, calle pública con 6.67 mts
y al, suroeste, lote 74 I.- Mide: ciento cuarenta y siete metros con noventa
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta
minutos del siete de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de
febrero de dos mil veintitrés con la base de ocho millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del
veintisiete de febrero de dos mil veintitrés con la base de dos millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro
y Préstamo contra Alexis Gerardo Segura Rojas, Rose Mery Beita
Quiel, Yarol Gerardo
Segura Beita. Expediente N°
22-005919-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de setiembre del año 2022.—Sabina Hidalgo
Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022681994 ).
En este Despacho, Con una base de dos millones trescientos ochenta y
seis mil novecientos cincuenta y un colones
exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, Número de
sumaria 19-007222-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placas BCL262,
Marca: Hyundai, Estilo: I10 GLS, categoría: automóvil, año fabricación: 2013,
color: azul, Vin: MALAN51CADM175984 y N. Motor:
G4LACM861668. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos (09:00
a.m.) del veintiocho de octubre de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos (09:00 a.m.) del
ocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón setecientos
noventa mil doscientos trece colones con veinticinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas cero minutos (09:00 a.m.) del dieciséis de noviembre de dos mil
veintidós con la base de quinientos noventa y seis mil setecientos treinta y
siete colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado
cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores
que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del
tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Francisco
González Briceño. Expediente N° 19-010051-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de
agosto del año 2022.—Audrey Abarca Quirós, Juez/a Decisor/a.—( IN2022682020 ).
En este
Despacho, con una base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo
BVY004, marca: Hyundai, estilo: Tucson, categoría: automóvil, año 2011,
color plateado, vin KMHJT81VBBU178576, cilindrada
1298 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veintiocho
de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las once horas cero minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintidós con la
base de doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A.
contra Rogelio Antonio Murillo Fernández. Expediente N°
22-007285-1044-CJ Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte
actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo
comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 29 de agosto del año
2022.—Yessenia Brenes González, Juez/a Decisor/a.—( IN2022682021 ).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y libre de
anotaciones judiciales de todo tipo, soportando condiciones y reservas
inscritas en las citas: 385-09485-01-0850-012; a las quince horas del
veintitrés de noviembre del dos mil veintidós, y con la base de dos millones
seiscientos cincuenta y dos mil seiscientos ochenta colones con cuarenta y nueve
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula N° 71782-000, la cual es
lote 578, terreno para la agricultura. Situada en el distrito tres Potrero
Grande, cantón tercero: Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte: con Gerardo Hernández Esquivel y calle, al sur: con lote 576 y otro, al
este: con Gerardo Hernández Esquivel y lote 577; y al oeste: con Gerardo
Hernández Esquivel y lote 579 y otro. Mide: veintidós mil seiscientos sesenta y
nueve metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas del primero de diciembre del dos mil veintidós, con la
base de un millón novecientos ochenta y nueve mil quinientos diez colones con
treinta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas del ocho de diciembre del dos mil
veintidós, con la base de seiscientos sesenta y tres mil ciento setenta colones
con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, contra Yamileth Solís González. Expediente N°
21-000023-1046-CI. Nota: publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta.—Juzgado Agrario de Buenos Aires.—Lic.
Jean Carlos Céspedes
Mora, Juez.—( IN2022682028 ).
En este
Despacho, se rematará las fincas 1. Finca del
partido de San José, matrícula: 710575-000, con una base de doscientos
veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada
bajo las citas: 326-10950-01-0901-001, servidumbre sirviente bajo las
citas: 349-06245-01-0004-001, servidumbre sirviente bajo las citas:
349-06245-01-0005-001, servidumbre dominante
bajo las citas: 349-06245-01-0006-001, servidumbre dominante bajo las
citas: 349-06245-01-0007-001, servidumbre sirviente bajo las citas:
349-06245-01-0008-001, servidumbre sirviente bajo las citas:
349-06245-01-0009-001, servidumbre dominante bajo
las citas: 349-06245-01-0010-001, servidumbre dominante bajo las citas: 349-06245-01-0011-001, servidumbre trasladada
bajo las citas: 349-06245-01-0901-001; la cual es terreno repasto y
construcciones. Situada en el distrito: 05-Cascajal, cantón 11-Vazquez de
Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Zerpa y Ramírez S. A.
y calle pública; al sur, Quebrada Guaba; al este, calle pública y Zerpa y Ramírez S.A. y al oeste,
Inversiones Babilonia S. A. y Quebrada Guaba. Mide: veintinueve mil doscientos
ochenta y un metros cuadrados. Plano: SJ-2173978-2019. De no haber postores, el
segundo remate se ordenará con una base de ciento sesenta y ocho mil
setecientos cincuenta dólares exactos. y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se fija como base el monto de cincuenta y seis mil doscientos
cincuenta dólares exactos. 2. Finca del partido de San José, matrícula:
710579-000, con una base de cien mil dólares exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
326-10950-01-0901- 001, servidumbre sirviente bajo las citas: 349-06245-01-0004-001, servidumbre sirviente bajo las citas:
349-06245-01-0005-001, servidumbre dominante bajo las citas:
349-06245-01-0006-001, servidumbre dominante bajo las citas:
349-06245-01-0007-001, servidumbre sirviente bajo las citas:
349-06245-01-0008-001, servidumbre sirviente bajo las citas:
349-06245-01-0009-001, servidumbre dominante bajo las citas:
349-06245-01-0010-001, servidumbre dominante bajo
las citas: 349-06245-01-0011-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
349-06245-01-0901-001; la cual es terreno repasto. Situada en el distrito:
05-Cascajal, cantón: 11-Vázquez de
Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte Huetares
del Atlántico S. A., quebrada sin nombre, Zerpa T Ramírez S. A. y servidumbre
agrícola; al sur, Quebrada Guaba; al este lote segregado, Quebrada Guaba y
Zerpa y Ramírez S. A. y al oeste Las Cumbres de Coronado S. A., Quebrada Guaba,
quebrada sin nombre. Mide: sesenta y un mil seiscientos treinta y cinco metros
cuadrados. Plano: SJ-2174772-2019. De no haber postores, el segundo remate se
ordenará con una base de setenta y cinco mil dólares exactos. y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se fija como base el monto de veinticinco
mil dólares exactos. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y
cinco minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco
minutos del uno de febrero de dos mil veintitrés, y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del
nueve de febrero de dos mil veintitrés. Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria Rodríguez Fernández S.A. contra Inversiones Babilonia CR Sociedad
Anónima, Tierras Mexicanas A F Sociedad Anónima Expediente N°
22-009057-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del año
2022.—Licda. Gabriela de Los Ángeles Mora Vargas, Jueza.—( IN2022682049 ).
Edicto,
en este Despacho, con una base de ocho mil novecientos veintiún dólares con
cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo placas MDP845, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, categoría:
automóvil, capacidad: 7 personas, vin:
MMBGUKS10HH000339, año fabricación: 2017. Para tal efecto se señalan las once
horas treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del
catorce de noviembre de dos mil veintidós con la base de seis mil seiscientos
noventa y un dólares con diez centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos
del veintidós de noviembre de dos mil veintidós con la base de dos mil
doscientos treinta dólares con treinta y seis centavos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise
Sociedad Anónima contra Manrique Rojas Gamboa, expediente
22-002786-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 29 de agosto del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2022682060 ).
En este
Despacho, con una base de doce mil setecientos setenta y siete dólares con
treinta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placas N° BNH290, marca: Suzuki, estilo:
Vitara GL Plus Z, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017,
carrocería: todo terreno 4 puertas, color: negro, tracción: 4x2. Para tal
efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de noviembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil veintidós con la base
de nueve mil quinientos ochenta y dos dólares con noventa y nueve centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil
veintidós con la base de tres mil ciento noventa y cuatro dólares con treinta y
tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise
S.A. contra Edwin Sergie Umaña Camacho, expediente
21-009437-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 19 de agosto del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2022682061 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En
este Despacho, con una base de doscientos veinticinco mil dólares exactos,
libre de gravámenes, pero soportando
reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas:
317-14664-01-0203-001 y servidumbre de acceso al tanque de agua por la Asada,
citas: 2020-136850-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número quinientos sesenta y dos mil trescientos setenta y seis,
derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir y repasto.
Situada: en el distrito 4-Grifo Alto, cantón Puriscal, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Rosa Iris Gómez Retana; al sur, Cuenca La Bambú S. A., Antonio Montero Compañía y lote 1; al
este, Ronal Arias Monge y río Chucas
intermedio y lote 1, y al oeste, Martiniano Jiménez Mora, calle pública con trescientos veinticinco metros con
cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Mide:
doscientos siete mil trescientos cuarenta y cinco metros cuadrados metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas veinte minutos del
veinticuatro de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las nueve horas veinte minutos del dos de
diciembre del dos mil veintidós, con la base de ciento sesenta y ocho mil
setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas veinte minutos
del trece de diciembre del dos mil veintidós, con la base de cincuenta y seis
mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Living
In Peace And Beauty S. A.
contra Young Pharaoh
Inc Limitada. Expediente N°
22-007137-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 10 de agosto del año 2022.—Yesenia
Auxiliadora Hernández Ugarte, Juez/a Decisor/a.—( IN2022676901 ).
En este Despacho, con una base de seis millones quinientos mil colones exactos, soportando condic y reservref:00017305 000 citas:
374-06631-01-0900-001 y prohibiciones ref:00017305 000 citas: 374-06631-01-0901-001,
sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento treinta
y tres mil seiscientos cuatro, derecho cero cero uno
y cero cero dos, la cual es terreno construido y de
solar. Situada en el distrito: 01-Siquirres, cantón: 03-Siquirres, de la
provincia de Limón. Colinda: al Norte Ángel Benavides Bell; al sur calle
publica; al este Ángel Benavides Bell y al oeste Ángel Benavides Bell. Mide:
trescientos veinticuatro metros cuadrados plano: L-1405478-2010. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de noviembre de
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil
veintidós, con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de
Ahorro y Préstamo contra Manuel Alberto Masís Mena, Yuristi Alexandra Jimenez Tenorio
Expediente N° 22-000944-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 03 de octubre del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels,
Juez Decisor.—( IN2022682100 ).
En este Despacho, con una base de doscientos cincuenta mil dólares exactos, soportando serv. conds. Ref.: 2142-393-001
citas: 296-13548-01-0901-002, servidumbre sirviente
citas: 340-16358-01-0003-001, demanda ejecutiva hipotecaria citas:
800-588613-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 657499,
derecho 000 naturaleza: terreno de café con montaña, situada en el
distrito: 04-Uruca cantón: 09-Santa Ana de la provincia de San José. Linderos: norte, Inversiones Ilerda S.A. en
parte, First Boston Investments
Inc., Unicor Global S.A., calle pública, sur, First Boston Investments Inc y Unicor Global S.A., este, First Boston Investments Inc y Unicor Global S.A., oeste, Río Oro y Virginia González
Quesada, Mide: cincuenta mil noventa y tres metros cuadrados.
Plano:SJ-1788015-2014. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del treinta y uno de
enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas quince minutos del ocho de febrero de dos mil
veintitrés, con la base de ciento ochenta y siete mil quinientos dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas quince minutos del dieciséis de febrero de
dos mil veintitrés, con la base de sesenta y dos mil quinientos dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha
fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Pachavi S. A. contra Ma Carter
Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada Expediente N° 22-008810-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 22 de setiembre del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza,
Jueza Tramitadora.—( IN2022682101 ).
En este
Despacho, con una base de doce millones novecientos treinta mil colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 4 reservas y
restricciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número quinientos treinta y cinco mil novecientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno de ornamentales. Situada en el
distrito Alfaro, cantón San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 7
metros 53 centímetros lineales; al sur, Follajes La Colina S. A.; al este,
Follajes La Colina S. A., y al oeste, Follajes La Colina S. A. Mide: ciento
sesenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas
cero minutos del veintisiete de octubre del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del
cuatro de noviembre del dos mil veintidós, con la base de nueve millones
seiscientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer, remate se señalan las
diez horas cero minutos del catorce de noviembre del dos mil con la base de
tres millones doscientos treinta y dos mil quinientos colones exactos (25% de
la base original). Notas: 1) Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. 2) Al
tratarse de hipoteca con bono, se advierte a terceros oferentes que de
conformidad con el artículo 153 bis de la Ley 7052, el monto total de la oferta
debe ser entregado en el remate. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Rebeca María Carvajal Vargas. Expediente N°
21-000960-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 11 de agosto del año 2022.—María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2022682105 ).
En este
Despacho, con una base de veinticuatro millones quinientos noventa mil colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Serv
Restric Ref: 00170828,
citas 0361-00016776-01-0900-001; medianería citas: 0361-00016776-01-0901-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 344272,
derecho 000, la cual es terreno para construir N 36. Situada en el distrito 09
Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte INVU;
al sur Miguel Obregón Loría; al
este INVU y al oeste calle Nicolás Ulloa. Mide: ciento sesenta y cinco metros
con cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas
treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del
veintiocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de dieciocho millones
cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas treinta minutos del siete de diciembre de dos mil veintidós con la
base de seis millones ciento cuarenta y siete mil quinientos colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rigoberto Gregorio
Acuña Luna, Steven Rigoberto Acuña Monge. Expediente:22-001882-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 30 de setiembre del año 2022.—Lic.
Óscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez Tramitador.—( IN2022682108 ).
A las nueve horas cero minutos del trece de marzo de dos mil
veintitrés, con la base de diez mil dólares (Moneda de Curso Legal de los
Estados Unidos de América), en la puerta exterior de este Despacho, por cada
una de las fincas y de la forma que se indicara, sáquese a remate los
siguientes inmuebles: 1) libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
353-04418-01-0004-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas:
2014-22270-01-0039-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número
477108-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de pastos situada en el
distrito 7-la fortuna cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela
linderos: norte, Pueblo Arenal IV y V S. A., sur, Pueblo Arenal IV y V S. A.,
este, calle pública con 16.64 mt, oeste, inversiones
Las Fuentes de la Fortuna LYX S. A. Mide: seiscientos treinta y cuatro metros
cuadrados plano: a-1678143-2013. 2) libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre sirviente citas: 353-04418-01-0004-001, servidumbre de
paso citas: 2014-22270-01-0002-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 519776-000, la cual es terreno naturaleza: lote para construir situada
en el distrito 7-La Fortuna cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela
linderos: norte, Company Internacional L, Villegas y Fortuna S. A.,, sur, CJE
Consultoría y Fiduciaria S. A., en medio servidumbre de paso con un frente de
14.12 mt, este, Company Internacional LVC Villegas y
Fortuna S. A.,, oeste, CJE Consultoría y Fiduciaria S. A., Mide: cuatrocientos nueve metros cuadrados plano: A-1709352-2013.
3) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente
citas: 353-04418-01-0004-001, servidumbre de paso citas:
2014-22270-01-0042-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número
519775-000, la cual es terreno naturaleza: lote para construir situada en el
distrito 7-la fortuna cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela
linderos: norte, Company Internacional LVC Villegas y Fortuna S. A., sur,
Company Internacional LVC Villegas y Fortuna S. A., este, calle pública con un
frente de 27.15 mt, oeste, Company Internacional LVC
Villegas y Fortuna S. A., Mide: cuatrocientos
nueve metros cuadrados plano: a-1709355-2013. 4) libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
353-04418-01-0004-001, servidumbre de paso citas: 2014-22270-01-0042-001; la
finca del partido de Alajuela, matrícula número 519777-000, la cual es terreno
naturaleza: lote para construir situada en el distrito 7-La Fortuna cantón
10-San Carlos de la provincia de Alajuela linderos: norte, Company
Internacional LVC Villegas y Fortuna S. A., sur, Company Internacional LVC
Villegas y Fortuna S. A., este, calle pública con un frente de 27.15 mt, oeste, CJE Consultoría y Fiduciaria S. A., Mide:
cuatrocientos ochenta y cuatro metros cuadrados plano: A-1709353-2013. 5) libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre sirviente citas: 353-04418-01-0004-001, servidumbre
de paso citas: 2014-22270-01-0042-001; la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 519778-000, la cual es terreno naturaleza: lote para construir
situada en el distrito 7-la fortuna cantón 10-San Carlos de la provincia de
Alajuela linderos: norte, Company Internacional LVC Villegas y Fortuna S. A.,
sur, Company Internacional LVC Villegas y Fortuna S. A., de por medio
servidumbre de paso con un frente de 14.95 mt, este,
Company Internacional LVC Villegas y Fortuna S. A., oeste, Company
Internacional LVC Villegas y Fortuna S. A.. Mide: cuatrocientos ocho metros
cuadrados plano: A-1709354-2013. 6) libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre sirviente citas: 353-04418-01-0004-001; la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 519779-000, la cual es terreno
naturaleza: lote para construir situada en el distrito 7-la fortuna cantón
10-San Carlos de la provincia de Alajuela, linderos: norte, calle pública con
un frente de 26 mt, sur, Company Internacional LVC
Villegas y Fortuna S. A., este, Company Internacional LVC Villegas y Fortuna S.
A., oeste, Company Internacional LVC Villegas y Fortuna S. A., Mide:
cuatrocientos once metros cuadrados plano:a-1679197-2013. 7) libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
353-04418-01-0004-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número 519780-000,
la cual es terreno naturaleza: lote para construir situada en el distrito 7-La
Fortuna cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela linderos: norte, calle
pública con un frente de 18.60 mt, sur, Company
Internacional LVC Villegas y Fortuna S. A., este, calle pública con un frente
de 25.90 mt, oeste, Company Internacional LVC
Villegas y Fortuna S. A., Mide: cuatrocientos once metros cuadrados
plano:a-1679204-2013. 8) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre sirviente citas: 353-04418-01-0004-001; la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 519781-000, la cual es terreno naturaleza: lote para
construir situada en el distrito 7-La Fortuna cantón 10-San Carlos de la
provincia de Alajuela linderos: norte, Company Internacional LVC Villegas y
Fortuna S. A., sur, CJE Consultoría y Fiduciaria S. A. este, calle pública con
un frente de 22.26 mt, oeste, Company Internacional
LVC Villegas y Fortuna S. A. Mide: cuatrocientos cuarenta y siete metros cuadrados plano: A-1679201-2013. 9) libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
353-04418-01-0004-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número
519792-000, la cual es terreno naturaleza: lote para construir situada en el
distrito 7-La Fortuna cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela
linderos: norte, calle pública con un frente de 25.79 mt,
sur, Ciudad Comercial Internacional LVS S. A., este, Ramon Ulate López oeste,
calle pública con un frente de 12.31 mt, Mide:
cuatrocientos metros cuadrados plano:a-1678068-2013. 10) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
sirviente citas: 353-04418-01-0004-001; la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 519795-000, la cual es terreno naturaleza: lote para construir
situada en el distrito 7-la fortuna cantón 10-San Carlos de la provincia de
Alajuela linderos: norte, Ciudad Comercial Internacional LVC S. A., sur, Ciudad
Comercial Internacional LVC S. A., este, Ramon Ulate López, oeste, calle
pública con un frente de 15.81 mt, Mide:
cuatrocientos metros cuadrados plano:a-1678074-2013. 11) libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
353-04418-01-0004-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número
519796-000, la cual es terreno naturaleza: lote para construir situada en el
distrito 7-la fortuna cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela
linderos: norte, Ciudad Comercial Internacional LVC S. A., sur, Ciudad
Comercial Internacional LVC S. A., este, Ramon Ulate López oeste, calle pública
con un frente de16.21 mt, Mide: cuatrocientos metros
cuadrados plano: a-1678322-2013. 12) libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre sirviente citas: 353-04418-01-0004-001; la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 519797-000, la cual es terreno
naturaleza: lote para construir situada en el distrito 7-la fortuna cantón
10-San Carlos de la provincia de Alajuela linderos: norte, Ciudad Comercial
Internacional LVC S. A., sur, Ciudad Comercial Internacional LVC S. A., este,
Ramón Ulate López oeste, calle pública con un frente de16.21 mt. Mide: cuatrocientos metros cuadrados plano:
A-1678323-2013. 13) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre sirviente citas: 353-04418-01-0004-001; la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 519798-000, la cual es terreno naturaleza: lote para
construir situada en el distrito 7-la fortuna cantón 10-San Carlos de la
provincia de Alajuela linderos: norte, Ciudad Comercial Internacional LVC S.
A., en parte calle pública con un frente de 18.28 mt,
sur, Inversiones Las Fuente de La Fortuna LYX S. A.,, este, Ramon Ulate López
oeste, Ciudad Comercial Internacional LVC S. A., Mide: seiscientos setenta y un
metros cuadrados plano: a-1678141-2013. 14) libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre sirviente citas: 353-04418-01-0004-001; la finca
del partido de Alajuela, matrícula número 519809-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno de pastos situada en el distrito 7-la fortuna cantón 10-San
Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle pública con un
frente de 17.81 Mt Lineales y el ICE, sur, Pueblo Arenal IV y V S. A., este,
I.C.E. en parte y Pueblo Arenal IV y V S. A.,, oeste,
Las Fuentes de la Fortuna LYX S. A., Mide: cuatrocientos metros cuadrados plano:
a-1678147-2013. 15) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre sirviente citas: 35304418-01-0004-001; la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 519810-000, la cual es terreno naturaleza: terreno
de pastos situada en el distrito 7-La Fortuna cantón 10-San Carlos de la
provincia de Alajuela linderos: norte, calle pública con un frente de 15.08 mt, lineales y el ice sur, Pueblo Arenal IV y V S. A.,
este, calle pública con un frente de 21.99 mt, oeste,
Las Fuentes de la Fortuna LYX S. A., y el I.C.E. Mide: cuatrocientos metros cuadrados plano: a-1678148-2013. 16) libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
353-04418-01-0004-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número
519814-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de pastos situada en el
distrito 7-la fortuna cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela
linderos: norte, Pueblo Arenal IV y V S. A., sur, calle pública con un frente
de 22.59 mt, lineales este, calle pública con un
frente de 14.74 mt, oeste, Las Fuentes De La Fortuna
LYX S. A., y el I.C.E Mide: cuatrocientos veintitrés metros cuadrados plano:
A-1678077-2013. 17) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre sirviente citas: 353-04418-01-0004-001; la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 519815-000, la cual es terreno naturaleza: terreno
de pastos situada en el distrito 7-la fortuna cantón 10-San Carlos de la
provincia de Alajuela linderos: norte, Pueblo Arenal IV y V S. A., sur, Pueblo
Arenal IV y V S. A., este, calle pública con un frente de 14.04 mt, oeste, Inversiones Las Fuentes de la Fortuna LYX S. A.
y el I.C.E Mide: cuatrocientos veintitrés metros
cuadrados plano: A-1678145-2013. 18) libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre sirviente citas: 353-04418-01-0004-001; la finca
del partido de Alajuela, matrícula número 519816-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno de pastos situada en el distrito 7-la fortuna cantón 10-San
Carlos de la provincia de Alajuela linderos: norte, Pueblo Arenal IV y V S. A.,
sur, calle pública con un frente de 22.59 mt,
lineales este, calle pública con un frente de 12.54 mt,
oeste, inversiones las Fuentes de la Fortuna LYX S. A.. y el I.C.E. Mide:
cuatrocientos veintitrés metros cuadrados plano:a-1678142-2013.
19) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente
citas: 353-04418-01-0004-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 519817-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de pastos situada en
el distrito 7-La Fortuna cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela
linderos: norte, Pueblo Arenal IV y V S. A., sur, Pueblo Arenal IV y V S. A.,
este, calle pública con un frente de 12.54 mt, oeste,
Inversiones Las Fuentes de la Fortuna LYX s. a. y el I.C.E Mide: cuatrocientos
veintitrés metros cuadrados plano: a-1678078-2013. 20) libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
353-04418-01-0004-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número
519818-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de pastos situada en el
distrito 7-la fortuna cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela
linderos: norte, Pueblo Arenal IV y V S. A., sur, Pueblo Arenal IV y V S. A.,
este, calle pública con un frente de 17.73 mt, oeste,
Inversiones Las Fuentes de la Fortuna LYX S. A., y el I.C.E Mide: seiscientos
treinta y cuatro metros cuadrados plano: A-16781462013. de no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiuno de
marzo de dos mil veintitrés con la base de siete mil quinientos dólares (moneda
de curso legal de los estados unidos de américa) (75% de la base original) por
cada una de las fincas antes descritas y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintinueve de marzo
de dos mil veintitrés con la base de dos mil quinientos dólares (25% de la base
original) por cada una de la fincas antes descritas. notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de CJE Consultoría y Fiduciaria S. A., contra Ciudad Comercial Internacional LVC S. A., Company
Internacional LVC Villegas & Fortuna S. A., Pueblo Arenal IV & V S. A.,, Expediente N°
21-004264-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once
horas con uno minutos del treinta de Agosto del dos mil veintidós.—Viviana
Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022682113 ).
En este
Despacho, con una base de siete millones setecientos setenta y siete mil
novecientos dieciocho colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando pero soportando servidumbre sirviente, bajo
citas: 378-04424-01-0007-001, servidumbre sirviente: 378-04425-01-0007-001, servidumbre de paso: 419-03901-01-0002-001; sáquese a remate la finca del Partido
de Puntarenas, matrícula número ciento treinta y un mil quinientos uno,
derecho 000, la cual es terreno para construir, con una casa de habitación.
Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 01
Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Berta Briceño
Herrera; al sur: calle pública con un frente de 48 metros con 93 centímetros;
al este: Berta Briceño Herrera; y al oeste: Alfredo Segura Briceño. Mide: mil
ochocientos treinta y siete metros con treinta y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del dieciséis de
noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las siete horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre de
dos mil veintidós, con la base de cinco millones ochocientos treinta y tres mil
cuatrocientos treinta y ocho colones con setenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
siete horas treinta minutos del dos de diciembre de dos mil veintidós, con la
base de un millón novecientos cuarenta y
cuatro mil cuatrocientos setenta y nueve colones con cincuenta y siete céntimos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Adita Segura Briceño. Expediente N° 21-001076-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha
de emisión: dieciséis horas con once minutos del cinco de octubre del dos
mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022682122 ).
En este
Despacho, con una base de seis millones ochocientos setenta y siete mil ciento
tres colones con noventa céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 328-10228-01-0002-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula número 508351, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el Distrito San Jerónimo, Cantón Naranjo, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte Carmen Cubero Gonzalez;
al sur calle publica con nueve metros ochenta y dos centímetros de frente; al
este Víctor Julio Cubero Gonzalez y al oeste Víctor
Julio Cubero Gonzalez. Mide: ciento noventa y un
metros cuadrados plano: A-1625158-2012. Para tal efecto, se señalan las quince
horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones
ciento cincuenta y siete mil ochocientos veintisiete colones con noventa y tres
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas treinta minutos del nueve de noviembre de
dos mil veintidós, con la base de un millón setecientos diecinueve mil
doscientos setenta y cinco colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Luis Alexander Díaz Chaves.
Exp:22-002349-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia.
Hora y fecha de emisión: trece horas con cincuenta y ocho minutos del
veintiocho de setiembre del dos mil veintidós.—José Luis Camareno
Castro, Juez Decisor.—( IN2022682204 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula
número veintiún mil novecientos sesenta y seis, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan Arturo Saborío Blanco; al sur, Transporte de la Costa Tralaco S. A.; al este, Ana Cecilia Rojas Quesada,
Francisco Mejía Montoya, y servidumbre
de paso con un frente a ella de 12 m lineales, y al oeste, Transporte de la
Costa Tralapo S. A. Mide: dos mil ciento noventa y
ocho metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
trece horas cuarenta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas
cuarenta minutos del siete de diciembre del dos mil veintidós, con la base de
siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas
cuarenta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintidós, con la base
de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Alpízar
Rojas S. A. contra Transporte de la Costa Tralaco S.
A. Expediente N° 15-001937-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: diez horas con veintidós minutos del treinta de setiembre del dos mil
veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022682310 ).
En la
puerta exterior de este Despacho, con una base de catorce millones novecientos
cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y ocho colones con tres céntimos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada citas:
353-07874-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 507593-000, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito Aserrí, cantón Aserrí,
de la provincia de San José.
Colinda: al norte: Guillermo Araya Mejías;
al sur: Olid Abellan Cisneros; al este: Eduardo
Fallas Abarca; y al oeste: calle pública.
Mide: trescientos treinta y ocho metros con noventa y nueve metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dos de noviembre
de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós, con la
base de once millones doscientos quince mil dieciocho colones con cincuenta y
dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de
noviembre de dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos
treinta y ocho mil trescientos treinta y nueve colones con cincuenta céntimos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo contra Jimmy Alejandro de Los Ángeles Monge Castro. Expediente N° 22-005802-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 08 de setiembre del año 2022.—Zary
Cecilia Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2022682223 ).
En este Despacho, con una base de ochenta y seis millones doscientos
noventa y tres mil ochocientos ochenta y dos colones con sesenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes pero soportando
Condiciones Ref:2780-213-001 bajo las citas: 323-13300-01-0902-011,
limitaciones bajo las citas 323-13300-01-0903-007, Condiciones Ref:00184447 000 bajo las citas:
339-12001-01-0902-001 y servidumbre trasladada bajo las citas:
0339-12001-01-0904-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 184447, derecho 002, la cual es terreno para agricultura.
Situada en el distrito: 11-Cutris, cantón: 10-San Carlos. Colinda: al norte
Marcelino Godínez; al sur Noe Cordero; al este Guillermo Salas y al oeste
Leónidas Ruiz. Mide: un millón quinientos cuarenta mil novecientos sesenta y
dos metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas cero minutos del siete de noviembre del dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos
del quince de noviembre del dos mil veintidós, con la base de sesenta y cuatro
millones setecientos veinte mil cuatrocientos once colones con noventa y ocho
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de noviembre del
dos mil veintidós, con la base de veintiún millones quinientos setenta y tres
mil cuatrocientos setenta colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria
de Mario Edmundo Acuña Sánchez contra Luis Enrique Brenes Fallas. Expediente N° 07-000905-0181-CI.—Juzgado
Tercero Civil de San José.—MSc. Margarita Mena
Gutiérrez, Jueza.—( IN2022682363 ).
En este
Despacho, con una base de un millón doscientos cincuenta y seis mil doscientos
noventa y seis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa: 911988, Marca: Honda, Estilo: Civic
LX, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie/Vin:
JHMEG8550PS052973, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año: 1993,
color: blanco, cilindrada: 1500 c.c., cilindros: 04, combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cincuenta minutos del diez de
noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las ocho horas cincuenta minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de novecientos cuarenta y dos mil doscientos
veintidós colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cincuenta minutos
del veintiocho de noviembre del dos mil veintidós, con la base de trescientos
catorce mil setenta y cuatro colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Marcos Vinicio Cárdenas
Salazar contra Luis Alberto Rosales Díaz. Expediente
N° 16-001366-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 26 de setiembre del año 2022.—Licda. Heilim
María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—(
IN2022682371 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 132248, derecho 000, la cual es terreno con 1 casa. Situada en
el distrito: 09-Río Segundo, cantón:
01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle publica con
10m; al sur sucesión de José Nery
Murillo; al este Rita Ávila y al oeste Rafael Murillo Cambronero. Mide:
doscientos setenta y tres metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de octubre de
dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintidós, con la
base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas cero minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós, con la
base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zonificadora
Notarial de Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada contra Grupo Corporativo Aduanero del Hemisferio S.A. Exp:08-012332-1044-CJ. Publíquese el
edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta
nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a
fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en
el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la
respectiva corrección. 19 de agosto del año 2022.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Jueza Decisora.—( IN2022682375
).
En este
Despacho, con una base de nueve millones sesenta y tres mil doscientos seis
colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 423-19443-01-0335-001; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 552774-001-002, la
cual es terreno para construir. Situada: en el distrito: 01-Los Chiles, cantón:
14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Martín Pérez Jiménez; al sur, calle pública con un frente de 9.64 metros; al este,
Martín Pérez Jiménez, y al oeste, Martín Pérez Jiménez. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano:
A-1946390-2017. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del
treinta y uno de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del ocho de
noviembre del dos mil veintidós, con la base de seis millones setecientos
noventa y siete mil cuatrocientos cinco colones con siete céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las once horas cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de dos millones doscientos sesenta y cinco mil ochocientos un
colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra
Kerlin Zulethe Boza
Sandoval, Melvin Ramón Ortega López. Expediente N° 21-006844-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: ocho horas con
cuarenta minutos del diez de enero del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—(
IN2022682380 ).
En este
Despacho, Número 1: Con una base de
ochenta y un millones ciento sesenta y seis mil quinientos once colones con
veintitrés céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando al tomo
800, asiento 587408 001 denuncia de tránsito
del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito
Judicial de San José, sumaria N° 20-002316-0489-TR,
al tomo 800, asiento 00842745 denuncia de tránsito
del Juzgado de Tránsito de Desamparados, número de sumaria 21-002386-0491-TR;
sáquese a remate el vehículo Placa: SJB 017454, Marca: BLK, estilo: JXK6133,
Categoría: autobús, Capacidad: 46 personas, Serie: LA9A5MRY6KBJXK023,
carrocería: autobús, tracción: 4x2, número chasis: LA9A5MRY6KBJXK023, año
fabricación: 2019, N° Motor: ISDE24578692139, Marca: Cummins, color: blanco, capacidad: 46 personas, Modelo:
JXK6133, cilindrada: 6700 c.c. Para tal efecto, se señalan las catorce horas
cero minutos del diecinueve de mayo del año dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del
veintinueve de mayo del año dos mil veintitrés, con la base de sesenta millones ochocientos setenta y cuatro mil
ochocientos ochenta y tres colones con cuarenta y dos céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se
señalan las catorce horas cero minutos del seis de junio del año dos mil
veintitrés, con la base de veinte millones doscientos noventa y un mil
seiscientos veintisiete colones con ochenta y un céntimos (25% de la base
original). Número 2: Con una base de
ochenta y un millones ciento sesenta y seis mil quinientos once colones con
veintitrés céntimos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el
vehículo placa: SJB 017455, Marca: BLK, Estilo: JXK6133, Categoría: autobús, Capacidad: 46 personas, Serie: LA9A5MRY8KBJXK024,
carrocería: autobús, tracción: 4x2, número
chasis: LA9A5MRY8KBJXK024, año fabricación: 2019, N° Motor: ISDE2453178692140, Marca: Cummins, Modelo: JXK6133, color: blanco, cilindrada: 6700
c.c. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve
de mayo del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las catorce horas cero minutos del veintinueve de mayo del año dos mil
veintitrés, con la base de sesenta millones ochocientos setenta y cuatro mil
ochocientos ochenta y tres colones con cuarenta y dos céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
catorce horas cero minutos del seis de junio del año dos mil veintitrés, con la
base de veinte millones doscientos noventa y un mil seiscientos veintisiete
colones con ochenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Autotransportes
Sabana Cementerio S. A., Inversiones Espinoza Mora S. A., Maritza Damaris de
Los Ángeles Monge Fallas. Expediente N° 22-001887-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 20 de setiembre del año 2022.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza
Tramitadora.—( IN2022682391 ).
En este
Despacho, con una base de diecinueve millones ciento sesenta y cinco mil
seiscientos cincuenta y seis colones con diecisiete céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
476-01743-01-0004-001, plazo de convalidación
(rectificación de medida) citas:
2013-200916-01-0013-001, servidumbre de paso citas:
2019-756367-01-0002-001 y plazo de convalidación
(rectificación de medida) citas: 2019-756367-01-0005-001;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento
setenta y seis mil seiscientos treinta y dos, derecho 000, la cual es terreno
para construir con 2 casas de habitación,
un restaurante, una bodega y patio. Situada: en el distrito: 01-San Joaquín, cantón: 08-Flores, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Miguel Segnini Venegas, Zeidy Madrigal Mora y Greivin Madrigal Mora, todos en
parte; al sur, servidumbre de paso; al este, Zeidy
Madrigal Mora, Greivin Madrigal Mora y calle pública
todos en parte, y al oeste, Miguel Segnini Venegas.
Mide: mil cuatrocientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las quince horas treinta minutos del nueve de enero del dos mil
veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince
horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés, con la
base de catorce millones trescientos setenta y cuatro mil doscientos cuarenta y
dos colones con trece céntimos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos
del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones
setecientos noventa y un mil cuatrocientos catorce colones con cuatro céntimos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Inversiones El Tucán de
Flores Sociedad Anónima, María Oliva Altamirano Bermúdez. Expediente N°
22-006897-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia.
Hora y fecha de emisión: doce horas con treinta y tres minutos del diecinueve
de agosto del dos mil veintidós.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—(
IN2022682407 ).
En este
Despacho, con una base de siete millones quinientos mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número doscientos noventa y cinco mil trescientos once, derecho 001 y
002, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir, lote 223, hoy con
una casa. Situada en el distrito: 05-Guacima, cantón: 01-Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte lote 222 del Banco Popular y
Desarrollo Comunal; al sur calle publica; al este, calle pública y al oeste lote 193 y en parte lote 192
del Banco Popular y Desarrollo Comunal. Mide: doscientos treinta y cinco metros
con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas quince minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas quince minutos del
veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones
seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, con la base de
un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Jorge Luis Granados Sánchez, María de Los Ángeles Guzmán Garita.
Exp:22-000064-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: once horas con
cuarenta y cinco minutos del treinta de Junio del dos mil veintidós.—Manuel
Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022682414 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones ochocientos mil ochocientos setenta y
cinco colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando Servidumbre Trasladada bajo las Citas 375-02919-01-0929-002;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 366339,
derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa lote 230. Situada
en el distrito 9-Pavas, cantón 1-San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte I.N.V.U.; al sur calle pública;
al este lote 231 y al oeste lote 229. Mide: ciento dieciséis metros con ochenta
y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta
minutos del once de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintitrés de
noviembre de dos mil veintidós con la base de ocho millones cien mil
seiscientos cincuenta y seis colones con cincuenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas treinta minutos del primero de diciembre de dos mil veintidós con la
base de dos millones setecientos mil doscientos dieciocho colones con ochenta y
tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Hipotecaria de Asociación
Solidarista de Empleados de Prismar de Costa Rica
Sociedad Anónima y Afines contra Ingrid María Hernández Fajardo. Exp:
22-007780-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 20 de setiembre del año 2022.—Yessenia Brenes Gonzalez,
Jueza Decisora.—( IN2022682435 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y tres millones ochocientos cincuenta mil
seiscientos cincuenta y tres colones con ochenta y ocho céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
447-09086-01-0012-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 498067-000, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 4-San Rafael Arriba, cantón 3-Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Oriel S.A;
al sur, servidumbre con 23 metros 26 centímetros; al este, Oriel
Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública con 08 metros 29 centímetros. Mide:
doscientos nueve metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0576826-1999. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos
del veintisiete de octubre del dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del cuatro de
noviembre del dos mil veintidós, con la base de treinta y dos millones
ochocientos ochenta y siete mil novecientos noventa colones con cuarenta y un
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de
noviembre del dos mil veintidós, con la base de diez millones novecientos
sesenta y dos mil seiscientos sesenta y tres colones con cuarenta y siete
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Heep S. A., Jairo Jesús De La Trinidad Aguzzi Valverde. Expediente N°
22-000600-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera,
08 de marzo del año 2022.—Msc. Cristian Mora Acosta,
Juez Tramitador.—( IN2022682436 ).
En este Despacho, con una base de tres millones doscientos mil colones,
libre de gravámenes hipotecarios y libre de anotaciones judiciales de todo
tipo, soportando reservas de Ley
inscrita en las citas 385-09485-01-0861-003; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número dos uno ocho cero uno siete, derecho
cero cero cero, la cual es
terreno de café. Situada en el distrito octavo: Biolley, cantón tercero: Buenos
Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre agrícola;
al sur, calle pública; al este, Víctor
Julio Torres Solís y al oeste, Olivier Trejos Arce. Mide: ocho mil doscientos un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce
horas del veintitrés de noviembre de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas del treinta de noviembre de dos mil veintidós con la base de dos millones cuatrocientos mil
colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas del siete de diciembre de dos mil veintidós con la base de ochocientos mil colones (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Evacio Neón Trejos Solís,
expediente 21-000029-1046-CI. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires
(Materia Agraria), 09 de setiembre del año 2022.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora,
Juez Decisor.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022682450 ).
En este
Despacho, con una base de ciento cincuenta y seis mil setecientos ochenta
dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando Servidumbre Trasladada bajo las citas: 326-05434-01-0901-001 y
Servidumbre de Paso bajo las citas: 483-00944-01-0002-001; sáquese a remate la
finca del partido de: San José, matrícula número: 565197, derecho: 000, la cual
es terreno: para construir. Situada en el distrito: Pozos, cantón: Santa Ana,
de la provincia de: San José. Colinda: al norte: Arnoldo Ruiz Solórzano; al sur: Arnoldo Ruiz Solórzano; al este: Arnoldo Ruiz Solórzano y al oeste: calle pública. Mide: cuatrocientos noventa y seis
metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las quince horas cero minutos del once de noviembre de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veintitrés de noviembre de dos mil veintidós con la base de ciento
diecisiete mil quinientos ochenta y cinco dólares con cincuenta centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas cero minutos del primero de diciembre de dos mil
veintidós con la base de treinta y nueve mil ciento noventa y cinco dólares con
diecisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.
Publíquese el edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de
Banco LAFISE S.A. contra Inmobiliaria Furicor
Sociedad Anónima, Sergio Fournier Granados.
Expediente: 22-007298-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de
setiembre del año 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—(
IN2022682459 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho mil
quinientos dólares exactos, libre de gravámenes pero soportando denuncia de
tránsito al Tomo 0800 Asiento 00598431, Secuencia 001 del Juzgado de
Tránsito de Pavas, sáquese a remate el vehículo CCC182, Marca: NISSAN Estilo:
Tiida, categoría: automóvil capacidad: 5 personas serie, chasis y VIN:
3N1CC1AD9HK190187, Carrocería: sedan 4 puertas, Tracción: 4X2, año Fabricación:
2017, color: blanco, número de motor: HR16739771M Marca: NISSAN, Modelo:
BDTALAFC11EJA-RA, Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince
horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiséis
de mayo de dos mil veintitrés con la base de trece mil ochocientos setenta y
cinco dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del cinco de junio de
dos mil veintitrés con la base de cuatro mil seiscientos veinticinco dólares
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Cesar Cortés Cortés.
Expediente N° 22- 001992-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 16 de setiembre del año 2022.—Lic.
Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—( IN2022682465 ).
En este
Despacho, con una base de veintiocho millones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soporta servidumbre trasladada bajo el tomo
378-12804-01-0807-004 y demanda ordinaria bajo el tomo 800-721799-01-0001-001
del Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José, bajo el
Expediente 21-001577-0637-FA; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número 372666, derecho 000, la cual es terreno: naturaleza:
terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito San Rafael Arriba,
cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto,
sur, resto, este, Fernando Ortu/o Sobrado, oeste,
calle pública. Mide: ciento treinta metros con cero decímetros cuadrado. Para
tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintisiete de octubre
del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos del cuatro de noviembre del dos mil veintidós, con
la base de veintiún millones exactos (75% de la base original), de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos
del catorce de noviembre del dos mil veintidós, con la base de siete millones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Guillermo Gutiérrez Portilla. Expediente N°
22-000452-1765-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 10 de
junio del año 2022.—Lic. Wilkko Adred
Retana Álvarez, Juez Tramitador.—( IN2022682466 ).
En este
Despacho, con una base de diecisiete millones seiscientos cincuenta y siete mil
veinticuatro colones con cincuenta y un céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
396-17492-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 145219-000, derecho cero cero cero, la cual es terreno de
solar con una casa. Situada: en el distrito 1-Guácimo,
cantón 6-Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Inmobiliaria Agrícola y Urbana Arias Cruz e Hijos Limitada, con
servidumbre de paso; al sur, Inmobiliaria Agrícola
y Urbana Arias Cruz e Hijos Limitada; al este, río Roca, y al oeste,
Inmobiliaria Agrícola y Urbana Arias Cruz e
Hijos Limitada, con servidumbre de paso. Mide: mil trescientos un metros cuadrados. Plano: L-1624112-2012. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del primero de noviembre del dos mil veintidós, con la base
de trece millones doscientos cuarenta y dos mil setecientos sesenta y ocho
colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos
del nueve de noviembre del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones
cuatrocientos catorce mil doscientos cincuenta y seis colones con trece céntimos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo
contra Carlos Luis Arias Cruz. Expediente N° 18-009030-1765-CJ.—Juzgado de
Cobro de Pococí, 24 de agosto del año
2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez/a Decisor/a.—( IN2022682493 ).
En este
Despacho, con una base de ciento noventa mil ochocientos dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de
Puntarenas, matrícula N° 208670, derecho 000, la cual
es terreno, terreno para construir. Situada en el distrito 2-Tárcoles, cantón 11-Garabito de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte: calle pública;
al sur: 3-101-472608 S. A.; al este: 3-101-507072 S. A. y lote segregado; y al
oeste: Corporación Montecielo S. A. Mide: treinta y siete mil cuatrocientos treinta
y ocho metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez
horas treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos
del veintidós de noviembre de dos mil veintidós, con la base de ciento cuarenta
y tres mil cien dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del
treinta de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuarenta y siete mil
setecientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Corporación Bejuco
Tenzapo Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Carara Parque Resort Corporation
CPRC Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente N°
22-001548-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas.
Hora y fecha de emisión: once horas con cuarenta y dos minutos del treinta de
julio del dos mil veintidós.—Douglas
Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022682500 ).
En este
Despacho, con una base de doscientos mil dólares exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula
número 163492-000. Que se describe así: naturaleza: terreno para construir lote
4. Situada en el Distrito 9-Tamarindo Cantón 3 Santa Cruz de la provincia de
Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada linderos: Norte: calle pública sur: Acropolys
Garita S A este: Acropolys Garita S A oeste: Acropolys Garita S A. Mide: setecientos setenta y nueve
metros con sesenta y un decímetros cuadrados plano: G-1069282-2006. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de noviembre
de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las trece horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil
veintidós con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas treinta minutos del trece de diciembre de dos mil veintidós con la
base de cincuenta mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Patrick José Semo No Indica
contra Byblos Numero
JKL S. A. Expediente:20-003423- 1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz). Hora y
fecha de emisión: dieciséis horas con cincuenta y cuatro minutos del cinco de
octubre del dos mil veintidós.—Anthony Jesús Quesada
Soto, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022682522 ).
En este
Despacho, con una base de cuatro millones ochocientos setenta mil colones,
libre de gravámenes y anotaciones, soportando reservas y restricciones
inscritas sobre las citas: 392-18250-01-0866-002; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta y cinco mil ochocientos
sesenta y uno, derecho cero cero cero,
la cual es terreno para agricultura. Situada: en el distrito tercero Potrero
Grande, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, lote cuarenta y dos, Augusto Avendaño y lote segregado; al sur, camino,
lote cuarenta y ocho, cuarenta y nueve y lote segregados; al este, lote
cuarenta y ocho y lote segregado, y al oeste, lote cuarenta y dos y cuarenta y
nueve. Mide: veintisiete mil trescientos veinte metros con siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las quince horas treinta minutos del veintitrés
de noviembre del dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta
minutos del siete de diciembre del dos mil veintidós, con la base de tres millones quinientos
ochenta y cinco mil colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del
veintiuno de diciembre del dos mil veintidós,
con la base de un millón doscientos diecisiete
mil quinientos colones (25% de la base original). Con una base de cuatro
millones ochocientos ochenta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones,
soportando reservas y restricciones inscritas en citas: 392-18250-01-0876-001;
sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta
y cinco mil ochocientos sesenta y tres, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para la agricultura.
Situada: en el distrito tercero Potrero Grande, cantón tercero Buenos Aires, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote cincuenta y cuarenta y
siete; al sur, camino; al este, lote cuarenta y siete, y al oeste, lote
cincuenta. Mide: veintitrés mil
seiscientos nueve metros con cuarenta y seis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del
veintitrés de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las quince horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil
veintidós, con la base de tres millones seiscientos
sesenta mil colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del
veintiuno de diciembre del dos mil veintidós,
con la base de un millón doscientos veinte mil
colones (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Víctor Hugo González Carrillo. Expediente N° 21-002607-1200-CJ. De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires
(Materia Agraria), 21 de setiembre del año 2022.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora,
Juez/a Decisor/a.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022682536 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 20-000153-1520-AG, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de José Carlos Hidalgo
Rodríguez, quien es mayor, estado civil: soltero, ganadero, vecino de Monterrey
de San Carlos, Alajuela del EBAIS ochocientos metros oeste cien metros al sur,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-seiscientos
veinticuatro-seiscientos setenta y dos, profesión: ganadero, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero, corral, lechería y
casa. Situada: en el distrito Katira, cantón Guatuso,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Arturo Fonseca Marín,
Lauren Viviana Gómez Murcia y río La Muerte; al sur, calle pública con un
frente a ella de doscientos noventa y cinco metros seis centímetro, Sonia María
Jenkins Oliverio, Eliberto Álvarez Martínez, Paula
Emilia Mejía Jirón, María Isabel Salazar Castro, y Elizabeth Jiménez Ocampo; al
este, río La
Muerte y
quebrada, y al oeste, Víctor Julio Rojas Quesada y calle pública con un frente
a ella de cuatrocientos veinticuatro metros sesenta y nueve centímetro. Mide:
ciento sesenta y cinco mil ochocientos cuarenta y seis metros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número A-dos dos cero ocho dos dos ocho-dos mil veinte. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de cuatro millones de colones exactos colones cada una.
Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de 12 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en cuido de terreno, mantenimiento de colindancias, limpieza,
chapias, ordeño, siembra de pastos mejorados en la actualidad vive un
colaborador en la casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por José Carlos Hidalgo Rodríguez. Expediente N°
20-000153-1520-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga
el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia
Agraria), Alajuela, Upala, 12 de setiembre del año 2022.—Lic. Armando
Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679668
).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000555-0640-CI donde se promueve información
posesoria por parte de Edgar Gerardo Ramírez Montoya, quien es mayor, casado, administrador
vecino de
Cartago,
Paraíso, Santiago, portador de la cédula número 0303070717, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno
solar. Situada
en el distrito segundo San Tiago, cantón segundo Paraíso. Colinda: al norte, con
prediales 30202012958900, 30202020931800, 30202026433100, 30202026454900, sur, con prediales
30202009726700, 30202025772800, 3020202168400, 30202021684000, este, con
prediales 30202020540100, oeste, con calle pública con un frente de 6 metros.
Mide: cuatrocientos seis metros cuadrados, según plano 2022-59483-c. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de Un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble de Enrique Ramírez Portuguéz, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Edgar Gerardo Ramírez Montoya. Expediente N°
21-000555-0640-CI-8.—Juzgado Civil de Cartago,
hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta minutos del treinta y uno de
agosto del dos mil veintidós.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—(
IN2022679727 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
encuentra el expediente N° 15-000235-0388- CI, el
cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria,
promovido por Marco Antonio Vidaurre Arredondo, quien es mayor, casado,
Licenciado en Psicología, cédula 05-0235-0969, y vecino de Liberia, Barrio Los
Cerros, cincuenta metros al norte del Hotel La Riviera; el cual interpuso a fin
de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un
terreno que es casa con patio, situado en Playa Grande, distrito 8° ( Cabo
velas), cantón 3° (Santa Cruz), Provincia de Guanacaste; el cual colinda al
Norte: Saturdino Jaen
Rosales Sur: Adam Garbanzo González, Este: Calle pública con un frente a ella
de quince metros veinticinco centímetros lineales y Oeste: Tulipanes del
Desierto S.A mide 298 m2, según plano G-1863615-2015. Indica la parte
promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante
dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que
estima el inmueble en quince millones de colones, que lo adquirió mediante
compra que le hizo Saturdino Jaen
Rosales, mayor, casado una vez, agricultor, cédula. 050136-0158, vecino de
Santa Cruz, Guanacaste, Matapalo de la plaza de deportes veinticinco metros al
sur, y con quien no le liga parentesco alguno, que hasta la fecha lo ha poseído
en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y
pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre el
han consistido en cuidado de cercas, amojonamiento por medio de postes muertos
de cemento, chapeas, conservación de árboles; que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de
título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5
de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las
personas interesadas en este asunto, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Santa Cruz (Guanacaste), 20 de abril de 2018.—Licda.
Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2022679907 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000006-1587-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Luis Randall Chaves Esquivel quien es mayor, estado civil soltero,
vecino de Heredia, San Rafael de los Ángeles, calle Hernández, del Bar Parchís,
ciento cincuenta metros este y ciento cincuenta metros al sur, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe número uno-uno uno seis uno-ocho cinco
tres (1-1161-853), profesión salonero, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno de montaña y pasto. Situada en Zapotal el distrito 02 La
Unión, cantón 04 Montes del Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte con: calle pública con un frente a ella de setenta y cinco metros con
cincuenta y uno centímetros lineales; al sur con: calle pública con un frente a
ella de ciento cuarenta metros con cuarenta centímetros lineales; al este con:
María Esther Elizondo Elizondo y al oeste con: Juan
González Chavarría. Mide: cinco mil doscientos treinta y ocho metros cuadrados
tal como lo indica el plano catastrado número seis-dos dos nueve ocho tres cero
siete-dos cero dos uno (P-2298307-2021). Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por medio de compra que le hizo a la señora Marta Sánchez Quirós y
donación que le hiciera su madre Yalile Esquivel
Alfaro, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años incluyendo
la de sus transmitentes. Que no existen condueños, pero si un derecho de
usufructo a favor de la señora Yalile Esquivel
Alfaro. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno y
mantenimiento de cercas, siembra de pasto. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Nota: Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez. De conformidad con el artículo 26 de
la Ley de Jurisdicción Agraria, se aplica el principio de gratuidad, de ahí que
no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación. Proceso
Información Posesoria, promovida por Luis Randall Chaves Esquivel. Expediente:
22-000006-1587-AG.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Licda. Dayana Mercedes Rodríguez
Rojas. Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022679913
).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-160109-0642- AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Los Jardines De Ojo De Agua S. A.
domiciliada en Puntarenas-Puntarenas, Ojo de Agua, Arancibia, Pitahaya
doscientos metros de la Escuela cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos cincuenta y cinco mil doscientos setenta y tres (3-101-355273),
representada por Erick Solís Fallas quien es mayor, estado civil soltero, vecino
de San José, Uruca, ciudadela La Carpio, de la tercera parada, cincuenta metros
norte y ciento setenta metros este portador de la cédula de identidad vigente
que exhibe número uno-ocho seis tres-nueve cinco seis (1-863-956), profesión
operario industrial, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno de repastos y cultivos con una casa. Situada en Río Seco el distrito 01
Miramar, cantón 04 Monte de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte; al este, y al oeste, con Félix Campos García, y al sur, con: calle
pública con un frente a ella de noventa y siete metros con treinta y cuatro
decímetros lineales. Mide: seis mil setecientos diecisiete metros con ochenta y
uno decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
seis-uno dos uno ocho nueve nueve nueve-dos cero cero ocho (P-1218999-2008). Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por cesión de derecho que le hizo la señora Yenory
Morales Vargas con quien no le une parentesco, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años contando la de sus
transmitentes. Que existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en hechura de cercas por todas las colindancias, limpieza y siembra de
cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por
Los Jardines de Ojo de Agua S. A. Expediente N°
11-160109-0642-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el
principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún
tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Alonso Hernández Méndez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.— ( IN2022679914 ).
Se hace
saber: que ante este despacho se tramita el expediente Nº
22-000164-0297-CI donde se promueve información posesoria por parte de Blanca
Susana Espinoza Mena, mayor de edad, conserje, portadora de la cédula de
identidad número 2-0429-0905, vecina de Alajuela, Grecia, San Roque, calle
Santa Lucía, frente al Salón Xiomara, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno con
casa, situado en San Diego de Pocosol, distrito trece de San Carlos, cantón
diez de la provincia de Alajuela, colinda al norte, con Carlos Eduardo, Edgar
Antonio, Jorge Luis, y Marvin Arturo, todo Argüello Cubillo, al sur, con calle
pública con un frente a ella de setenta y ocho metros con noventa y cinco
centímetros lineales, al este, con calle pública con un frente a ella de ciento
veintisiete metros con noventa y ocho centímetros lineales, y al oeste, con
Carlos Eduardo, Edgar Antonio, Jorge Luis, y Marvin Arturo, todo Argüello
Cubillo. Mide once mil seiscientos cincuenta y ocho metros cuadrados. Cuenta
con el plano catastrado número 2-2227557-2020. Manifiesta la titulante que el
inmueble lo adquirió por donación que le hizo su hermano José David Chavarría
Mena, mayor, casado dos veces, oficial de seguridad, vecino de Alajuela, San
Carlos, Pocosol. San Diego, costado norte de la escuela del lugar, cédula
2-0515-0404, en escritura pública número 62 otorgada ante el notario público Alfonso
Altamirano Suárez, a las 8:30 horas del 15/10/2021. El inmueble fue estimado en
la suma de cinco millones de colones, y las diligencias fueron estimadas en la
suma de un millón de colones. Con un mes de término contado a partir de la
publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados
con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos.
Información Posesoria promovida por Blanca Susana Espinoza Mena. Expediente N° 22-000164-0297-CI. Lic. William Arburola Castillo, Juez.
Razón: Publíquese una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la
Circular número 67-09 emitida por la Secretaría
de la Corte el 22 de junio del 2009, se comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación de este edicto está exenta de
todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad Quesada, 26 de setiembre del
2022.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022679953 ).
Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bernardita De Los Ángeles Hernández
González, mayor, estado civil divorciada, profesión u oficio Oficios Domésticos, nacionalidad Costa Rica,
con documento de identidad 0205260602 y vecina de No Indica. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000041-1309-CI-2.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil), 08 de
julio del año 2022.—Roberto Antonio Corea Badilla, Juez Tramitador.—1
vez.—( IN2022677549 ).
Ante
esta notaría, mediante acta de solicitud de apertura
otorgada por Alfredo Francisco Sancho Rodríguez, mayor, soltero, científico,
vecino de Cartago, Cartago, Occidental, de la puerta principal del Colegio de
San Luis Gonzaga, ciento cincuenta metros sur y veinticinco este, casa color
verde, mano izquierda portador de la cédula número uno cero seiscientos
cuarenta y seis cero doscientos setenta y nueve, quien por medio de un poder
especial quien le confiere en escritura pública número cuarenta y uno
dos, con fecha del catorce de
setiembre del dos mil veintidós, a las quince horas, para la señora Jazmín
Gabriela Leitón Madrigal, mayor, soltera, abogada, vecina de Cartago, Cartago,
Occidental, Barrio El Molino, avenida cuatro, calles doce y catorce a mitad de
cuadra, casa color terracota, portadora de la cédula número tres cero
trescientos ochenta y nueve cero ochocientos cincuenta y siete, para que lo
represente en el presente proceso sucesorio notarial ab-intestato en todos los
actos jurídicos del proceso sucesorio, no obstante el acto último de
adjudicación de la escritura final la firmará el señor heredero Alfredo
Francisco Sancho Rodríguez, de calidades antes descritas. Y comprobado el
fallecimiento de quien en vida fue Alfredo Sancho Masís, mayor, divorciado,
pensionado, vecino de Cartago, Cartago, Occidental, de la puerta principal del
Colegio de San Luis Gonzaga, ciento cincuenta metros sur y veinticinco este,
casa color verde, mano izquierda, portador de la cédula número tres cero ciento
veintiséis cero ciento veintiuno. Esta notaría ha
declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para
que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Cartago,
Cartago, Occidental, Barrio El Molino, de la Biblioteca Pública cincuenta
metros este, avenida cuatro, oficina mano derecha, mitad de cuadra, color
blanco con café claro. Teléfono: ochenta y ocho-cincuenta y nueve-treinta y
siete-veinticinco, a hacer valer sus derechos.—Cartago,
a las dieciséis horas del día veinticuatro de setiembre del dos mil
veintidós.—Lic. Madeleine Cubero Fernández, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022679700 ).
Se hace
saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó María Rosa Hernández Delgado,
mayor, casada, ama de casa, vecina de San Sebastián, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 104580721. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000235-0216-CI-3.—Juzgado Civil Hatillo, San
Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con tres
minutos del once de setiembre del dos mil veintidós.—Licda.
Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022679715 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Antonio José Vásquez Troconis, mayor,
estado civil casado/a, profesión u oficio Administrador(a) de Empresas,
nacionalidad: Costa Rica, con documento de identidad N°
0801230274 y vecino de Pozos De Santa Ana. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000417-0181-CI-4.—Juzgado
Segundo Civil de San José, 6 de setiembre del 2022.—Msc. Daniel Jimenez Medrano, Juez.—1 vez.—( IN2022679731 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Leandra Barquero Romero, mayor,
estado civil viuda una vez, profesión u oficio domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0800580009, y vecino de
Liberia, Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras
y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N° 21-000253-0386-CI-0.
Publíquese una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo de
Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), hora y
fecha de emisión: once horas con veintitrés
minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós.—Licda. Michelle Francine
Allen Umaña, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022679762 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Samuel Villanueva Villanueva,
mayor, casado una vez, agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad N° 0900780806, y vecino de La Puna de
Potrero Grande, quien falleció el día 13 de marzo del 2020. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000041-1046-CI-8. “Este documento fue enviado a la
Imprenta Nacional para su publicación, debe comunicarse con dicha entidad para la
respectiva cancelación de los derechos de publicación”.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil). Hora y fecha de
emisión: veintidós horas con treinta y nueve minutos del treinta y uno
de agosto del dos mil veintidós.—Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza
Decisora.—1 vez.—( IN2022679803 ).
Mediante
acta de apertura de las nueve horas del treinta de agosto de dos mil veintidós,
otorgada ante esta notaría por Patricia Pritchard
Brown, mayor de edad, viuda, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
número siete-cero treinta y ocho-setecientos cuarenta y uno, vecina de Limón,
vecina de Limón, barrio Pueblo Nuevo, del lavacarros
El Pueblo, cien metros a mano izquierda, casa de una planta en concreto, portón
en color blanco con fachaleta en color gris y
comprobado el fallecimiento de Alfonso Arnoldo Romero Smith, mayor, casado una
vez, pensionado, dueño de la cédula de identidad número siete-cero treinta y
cuatro-cuatrocientos cincuenta y seis, quien fue vecino de Limón, barrio Pueblo
Nuevo, del lavacarros El Pueblo, cien metros a mano
izquierda, casa de una planta en concreto, portón en color blanco con fachaleta en color gris, fallecido el día quince de
noviembre de dos mil seis en Limón, esta Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene
como parte a la Procuraduría General de la República.—Notaría
del Licenciado Joshua Rosales Watson.—1 vez.—( IN2022679831 ).
Se hace
saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Roberto Cuauhtémoc Pineda García, mayor, estado civil Casado,
pensionado, con documento de identidad 0800890741 y vecino de Laguna, Zarcero,
Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente:22- 000193-0296-CI.—Nota:
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil),
09 de agosto del año 2022.—Licda. Yorleni Bello
Varela, Jueza.—1 vez.—( IN2022679837 ).
Se cita y emplaza a cualquier persona que crea tener derecho legítimo al
proceso sucesorio Ab-intestado de quien en vida fue Elsie Miranda Salazar,
mayor, ama de casa, vecina de Orotina Marichal, cédula dos-cero doscientos
setenta-cero ochocientos treinta y uno, casada una vez, para que en el plazo de
quince días contados a partir de la publicación de este aviso, comparezca ante
la notaría del Lic. Leiner Molina Pérez, cien metros sur de Acueductos y
Alcantarillados, Alajuela, San Mateo, a hacer valer sus derechos; de lo
contrario la herencia pasará a quien corresponda. El proceso se tramita en el
expediente 01-2022. Albacea designado Rafael Leonardo Umaña Miranda, mayor,
cédula uno-cero ochocientos quince-cero doscientos ocho, mediante escritura
número 14 del 21 de septiembre del 2022.—San Mateo, 26 de septiembre del
2022.—Lic. Leiner Molina Pérez, Notario.—(
IN2022679838 ).
Se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien
en vida fue: Magdalena Castro Rodríguez, quien fue mayor, casada una vez, ama
de casa, vecina Curridabat, Granadilla Norte, Residencial Alta Monte, casa Q
131, cédula 1-0338-0668, para que en el plazo de 15 días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo
apercibimiento de que, si no lo hacen dentro del plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente número 003-2022 de La Notaría Licda. Laurita
Navarro Barahona, 200 metros este del Cementerio de Tres Ríos, en Plaza
Estación, Consultoras Figueroa y Palma, Tres Ríos, La Unión, Cartago.—1
vez.—( IN2022679840 ).
Se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien
en vida fue: Milady Eugenia De La Trinidad Salazar
Escamilla, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de vecina del
Cantón de Goicoechea, Distrito Ipís, Ciudadela
Rodrigo Facio, Avenida Víctor Méndez casa número catorce, cédula 1-0571-0224,
para que en el plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si
no lo hacen dentro del plazo, la herencia pasará
a quien corresponda. Expediente número 001-2022 de la Notaria Licda. Laurita Navarro
Barahona, 200 metros este del Cementerio de Tres Ríos, en Plaza Estación,
Consultoras Figueroa y Palma.—Tres Ríos, La Unión,
Cartago.—1 vez.—( IN2022679842 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial del señor Luis Ángel
Herrera Castro, mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de Sabanilla de Montes
de Oca, de la Agencia del Banco de Costa Rica, veinticinco metros al sur,
cédula número seis-cero cuarenta y cuatro-cuatrocientos cuarenta y cuatro, para
que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, a los interesados, que no se presenten dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 004-2022. San
José, carretera a Sabanilla de la Farmacia La Paulina, veinticinco metros este,
cien norte y veinticinco este, casa número veintiséis, a las catorce horas del
día veintiséis de setiembre del año dos mil veintidós.—Lic.
Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario Público.—1 vez.—( IN2022679843 ).
Ante mi Lic. Miguel Zamora Azofeifa, notario con oficina en San José,
mediante escritura número trescientos sesenta y uno, otorgada a las diez horas
del doce de setiembre del año dos mil veintidós, visible al folio ciento
setenta y nueve vuelto del tomo veinticuatro de mi protocolo se tiene por abierto
el proceso sucesorio de quien en vida fue el señor Gerardo Araya Salazar,
mayor, viudo, comerciante, vecino de Alajuela, San Ramón, cédula número
dos cero
doscientos treinta y ocho cero novecientos veintitrés, quien falleció el diecinueve de agosto
del año dos mil veinte, se invita a terceros con algún derecho, para que hagan
valer su derecho ante esta notaría, diagonal al Liceo
Castro Madriz, Barrio Córdoba, Bufete Zamora y Asociados. Es todo.—San
José, a las trece horas del veinte de setiembre del año dos mil veintidós.—1
vez.—(
IN2022679845 ).
Se
emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida
fue: Jeanette de La Trinidad Fernández
Meléndez, quien fue mayor, casada una vez, diseñadora industrial, vecina de
Granadilla, Curridabat, del Colegio SEK trescientos metros al noroeste y
veinticinco metros oeste, avenida Roble, casa de dos plantas color gris con
portones blancos, cédula de identidad número 1-0647-0983, para que en el plazo
de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a
hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que, si no lo hacen dentro del
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 002-2022 de la
notaria Licda. Laurita Navarro Barahona, 200 metros
este del Cementerio de Tres Ríos, en Plaza Estación, Consultoras Figueroa y Palma.— Tres Ríos, La
Unión, Cartago.—Licda. Laurita Navarro Barahona.—1 vez.—( IN2022679850
).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida fue Ulpiano Gómez Calero, mayor, viudo, pensionado, con documento
de identidad N° 6-0043-0802, vecino de Puntarenas,
Lepanto, Barrio Las Tranqueras. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del
plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
22-000137-0391-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no
devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado
Agrario de Puntarenas, Sede Jicaral, 08 de setiembre del año 2022.—Lic.
Luis Araya Cerdas, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679882
).
Se hace
saber que, en esta notaría, situada en San José, San Vicente de Moravia
doscientos metros al sur del Bac San José, se tramita el proceso sucesorio de Lesvia Emelina Rivas Ríos, mayor, del hogar, viuda, al
momento de su defunción, y fue portadora de la cédula de identidad ocho- cero
cuarenta y ocho-setecientos treinta y ocho, quien tuvo como domicilio San José,
Guadalupe El Alto, con bienes inmuebles. Se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la Sucesión,
para que, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonaren dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente número 01-2022. Teléfono 8382-8723, correo: alexgranados14@yahoo.com.—Lic. Alexander Granados Loaiza.—1
vez.—( IN2022679896 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Diego Alberto Rodríguez Martínez, mayor,
estado civil soltero, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad
0600440768 y vecino de Alajuela, Calle Loría. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000452-0638-CI-9.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con
cincuenta y dos minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintidós.—Licda. Jenny María Corrales Torres, Jueza
Decisora.—1 vez.—( IN2022679900 ).
Se hace saber: Que en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida fuera Rene Eulogio de Jesús Contreras Sandoval, quien era
portador de la cédula de identidad número: 5-0137-0120, casado una vez,
educador pensionado, vecino de Guanacaste, Carillo, Sardinal, 100 metros oeste
de la Delegación de Policía, se cita y emplaza a todos los interesados, para
que dentro del plazo de 15 días contados a partir de su publicación,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Para efectos de recibir notificaciones, en
mi Bufete, ubicada en Guanacaste, Santa Cruz, Barrio Limón, 100 metros al sur y
25 metros al este del Recinto de la UCR. Notaría: Licda. Kathia María
Portilla Arguedas. Expediente N° 0001-2022.—Licda.
Kathia María Portilla Arguedas, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2022679940 ).
Publicación una vez, mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Irene María Vargas López,
a las diez horas del veintiuno de setiembre del año dos mil veintidós y
comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio
de quien en vida fuera Ana Isabel López
Vargas. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—San
José, veintiuno de setiembre del año dos mil veintidós.—Notaría del Lic. Jorge
Arturo Arce Lara.—1 vez.—( IN2022679954 ).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Irene María Vargas López, a las diez horas treinta minutos del
veintiuno de setiembre del año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento,
esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Karla
Marcela Bermúdez López. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría a hacer valer sus derechos.—San José,
veintiuno de setiembre del año dos mil veintidós.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara,
Notario.—1 vez.—( IN2022679955 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Ofelia Blanca Rosa Céspedes Altamirano, mayor, estado civil viudo/a, ama de
casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0101260691,
y vecina de Puntarenas, Sonador de Volcán,
150 mts sur de Restaurante El Bosque. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 22-000425-0182-CI-7. Nota: Publíquese una vez en
el Boletín Judicial.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), hora y fecha de
emisión: catorce horas con treinta y cinco minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintidós.—Jean Carlos Céspedes Mora, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2022679957 ).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Leonardo Navarro Alvarado,
Xinia María Navarro Alvarado, Francisco Alexander Navarro Alvarado, Johnny
Alberto Navarro Alvarado y Julio Andrés Navarro Alvarado, a las dieciséis horas
del veinticuatro de setiembre de dos mil veintidós y comprobado el
fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera Arturo Navarro Fuentes, portador de la cédula de
identidad tres-cero uno uno nueve-cero tres cuatro
dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría mediante correo electrónico
hsalas@yh-asesores.com a hacer valer sus derechos. (Publicar 1 vez en el Boletín
Judicial).—Notaría del Lic. Héctor Hugo Salas
Maroto.—1 vez.—( IN2022679983 ).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Norma Isidora Fernandez
Navarro, Nelson Fernandez Navarro, Milton
Fernandez Navarro, Alexis Fernandez Navarro y Francisco Fernandez
Navarro, a las quince horas del veinticuatro de setiembre de dos mil veintidós
y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Marta Fernández Navarro, cédula
de identidad tres-cero uno siete siete-cero uno dos cero. (Publicar 1 vez en el
Boletín Judicial). Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría mediante correo electrónico
hsalas@yh-asesores.com a hacer valer sus derechos.—Notaría
del Lic. Héctor Hugo Salas Maroto.—1 vez.—( IN2022679985 ).
Ante esta notaria, mediante acta de apertura
otorgada por Angie Tatiana Espinoza Castro, Michael Enrique Espinoza Castro, Lorlly Zurielyi Espinoza Castro,
a las 12 horas del 24 de setiembre del año dos mil veintidós y comprobado el
fallecimiento de Zurielyi Castro Cabezas, esta
Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a
todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría ubicada en San Pedro, Vargas Araya, contiguo a New Form
Gym, Teléfono 8920-1517, a hacer valer sus
derechos.—San José, a las 12 horas y 30 minutos del 26 del mes de setiembre del
año dos mil veintidós.—Lic. Sindy Francella Vargas
Quesada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022679986 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Eugenia Zoraida Vidal
Bermúdez, quien fue mayor, cédula número seis-cero sesenta y tres-seiscientos
diecinueve, casada una vez, educadora jubilada, vecina de Barreal de Heredia,
Residencial Portal del Valle, frente a Condominios La Ladera, de la entrada
principal cien metros norte y ciento veinticinco metros al este, casa número
cuarenta y uno, quien falleció el día tres de octubre del año dos mil veinte en
Heredia, para que, dentro de los quince días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría a reclamar sus derechos
y se apercibe además a las personas que crean tener la calidad de herederos,
que si no se presentan a esta oficina dentro del plazo citado en aras de
ejercer sus derechos, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 002-2022.
Notaria: Florita Vásquez Calderón, Colegiada N° 16629, con oficina
abierta en Buenos Aires de Puntarenas, setenta y cinco metros norte del
Ministerio de Salud, en Bufete Vásquez & Asociados, a las ocho horas del
día veintidós de agosto del año dos mil veintidós.—Licda.
Florita Vásquez Calderón.—1 vez.—( IN2022679987 ).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las 22:50 horas del 27 de setiembre
de 2022, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestado por medio de la actividad no contenciosa en sede
notarial, conforme lo establecido en los artículos ciento quince a ciento
treinta y cinco del Código Procesal Civil y ciento veintinueve, siguientes y
concordantes del Código Notarial, bajo el expediente número 0003-2022, de la
señora María de Guadalupe Lobo González, quien fue mayor, casada una vez,
docente, portadora de la cédula de identidad número 1-1089-0320, vecina de
Guadalupe, Goicoechea, Ipís, La Facio, de la Cruz Roja de Ipís cuatrocientos metros este y
veinticinco metros sur, primera casa a mano derecha portón rojo con negro, muro
de fachaleta frente a Iglesia Adventista, fallecida
el día veintiséis de junio de dos mil veintidós. Se cita y emplaza a los
posibles herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
a presentarse ante esta notaría, situada en
Moravia, La Trinidad, del Condominio Altivar doscientos metros norte, para
que, dentro del plazo de quince días siguientes a la publicación del presente
edicto, comparezcan para hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, que, si no se apersonan dentro
de ese plazo, la misma pasará a quien corresponda. Teléfono: 2285-8369.—San
José, 28 de setiembre de 2022.—Licda. Reyna Gertrudes
Loría González, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022680286
).
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores Ángel
Gabriel Castillo Sánchez, María Ángel Rojas Sánchez, Pablo Andrés Sánchez Rojas, para
que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de
la Corte el 22 de junio de 2009,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia,
la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces
consecutivas dentro del mismo mes. Expediente N°22-000208-1591-FA. Clase de
Asunto Actividad Judicial no Contenciosa.—Juzgado
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), a las nueve horas cincuenta y seis minutos del
veintiuno de setiembre de dos mil veintidós, 21 de setiembre del año 2022.—Lic.
Douglas Ruiz Gutiérrez, Juez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022679104 ). 3
v. 3.
Edicto, se convoca por medio de edicto que se
publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela de la persona menor de edad Eliza Valentina Martínez Castro hija de Elías Anacor Martínez Castro y Rocío
Castro Méndez; ya por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten dentro del
plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último
edicto, expediente N° 22-000961-1302-FA. Proceso tutela legítima. Promovente: Patronato
Nacional de la Infancia. Notas: 1) publíquese tres veces consecutivas. 2) De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 07 de setiembre del año
2022.—MSC Marisel Zamora Ramírez,
Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679638 ). 3 v. 2.
Se convoca por medio de edicto que se publicará
por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a
la tutela de la persona menor de edad Emily Abril Sandoval Rivera y Denia Alexari Sandoval, hijo de Hoheyling
Eveling Sandoval Rivera; ya por corresponderles la legitima tutela, para que se
presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de
publicación del último edicto. Expediente N°
22-000769-1302-FA. Proceso: Tutela legitima. Promovente: Patronato Nacional de
la Infancia. Notas: 1) Publíquese tres veces consecutivas. 2) De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de
la Corte el 22 de junio de 2009, se le
comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 22 de setiembre del
año 2022.—Msc. Marisel Zamora Ramírez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679644 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito de la persona menor Jensi
Antonio López Blandón, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente N° 22-000853-0292-FA. Clase de Asunto
actividad judicial no contenciosa Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela. A las ocho horas y diecisiete
minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022679677
). 3 v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito de la persona menor Alexandra Saray Guzmán
Villalobos, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado,
expediente N° 22-000198-1591-FA. Clase de asunto
actividad judicial no contenciosa. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces consecutivas dentro del
mismo mes.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Quepos (Materia Familia), a las diez horas diecisiete minutos
del veintitrés de setiembre de dos mil veintidós, 23 de setiembre del año
2022.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez,
Juez Decisor.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679678 ). 3 v. 2.
Se hace saber en este tribunal de justicia se
tramita proceso de Perpetua Memoria promovido por Sandra De Los Ángeles Amador
Porras, mayor, divorciado/a, documento de identidad 0602800480, vecino(a) de
Tercera de Boulevar del Sol, casa H 4, Roble, en el
cual solicita a las autoridades de educación
copia del título de Educación Primaria. Se concede el plazo de quince días a
cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus
derechos. Artículo 55 del Código Civil. Nota: Se le recuerda a la persona
interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos
de publicación de este edicto. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000287-0642-CI-5.—Juzgado
Civil de Puntarenas, hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y
cinco minutos del ocho de agosto del dos mil veintidós.—Yeimy
Jiménez Alvarado, Juez/a Decisor/a.—( IN2022679610 ). 3
v. 1. Alt.
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Bastian
Cabrera Ocampo, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente N°22-000778-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de Alajuela. A las nueve horas veintiséis minutos del diez de mayo de dos
mil veintidós. 10 de mayo del año 2022.—Msc. Francinni Campos León, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022679951 ). 3
v. 1.
Licenciado
Jimmy Alexander Robles Hernández. Juez del Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela San Carlos, a los señores Jeimy
Porras Solís y William Alberto Muedano Loría, se le
hace saber que, en proceso de Depósito
Judicial de menor, expediente número
22-000767-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. A las trece horas siete
minutos del veintisiete de julio de dos mil veintidós. De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Valezka
Juliana Muedano Porras, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere audiencia por tres días a Jeimy Porras Solís y William Alberto Muedano
Loría, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta
N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax
debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que
suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y
recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.
“Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que
además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder
a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder
judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en
que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial,
Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Jeimy
Porras Solís y William Alberto Muedano Loría,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y Otras Comunicaciones; Heredia, Tercer Circuito Judicial de San
José. En caso que el lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo
4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Sobre la medida cautelar: En otro
orden de ideas, De conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de la Niñez
y Adolescencia, se ordena el depósito provisional de Valezka
Juliana Muedano Porras, en el hogar de la señora Judy
Quesada Solís, por lo que se previene al ente actor apersonar a dicha señora a
este Despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo que
se le ha conferido. Asimismo, deberá hacer ver a la depositaria provisional su
obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de
edad que va a tener a su cargo como buena madre de familia. Nota: De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos. Notifíquese.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679720 ).
Se hace
saber: en este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre
promovido por Carmen Florinda Sánchez Madrigal mayor, soltera, operaria de
corte y confección, documento de identidad 0205580387, vecina de San Ramón, en
el cual pretende cambiarse el nombre a Flor mismos apellidos. Se concede el
plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al
proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 22-000225-0296-CI-8. Nota: Se le recuerda a la persona
interesada que deberá acudir a la Imprenta
Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese
por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil Y Trabajo Del Iii Circuito
Judicial De Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 06 de setiembre del
año 2022.—Gerardo Antonio Pérez Alfaro, Juez.—1 vez.—( IN2022679826 ).
Licda.
Paola Fonseca Porras, jueza del Tribunal Primero Colegiado de Primera Instancia
Civil de San José, hace saber: que dentro del proceso ordinario Nº 19-000176-1623-CI de Constructora Gonzalo Delgado S. A.
contra Hacienda El Dorado S.A., se dictó la siguiente resolución: en este caso
siendo que el anotante Ronald Joseph Kalman Kovacs no
cuenta con dirección exacta para notificarlo (Ver oficio emitido por el
Registro Civil en fecha 19-07- 2022), ni posee apoderados en el país que
represente sus intereses (Ver oficio emitido por el Registro Nacional en fecha
06-07-2022), y no cuenta con movimientos migratorios (Ver oficio emitido por
Departamento de Dirección General de Migración en fecha 18-07-2022), habiéndose
agotado todas las vías procesales correspondientes para proceder a notificar al
señor Kalman Kovacs; se ordena notificar al anotante
Ronald Joseph Kalman Kovacs por medio de edicto, el señalamiento de remate que
será celebrado los días 10, 18 y 28 de noviembre del año 2022 dentro del
expediente 19-000176-1623-CI, que corresponde al proceso ordinario de
Constructora Gonzalo Delgado S.A. contra Hacienda El Dorado S. A., lo anterior
en aplicación del artículo 21 de la Ley de Notificaciones Judiciales, así como
el artículo 29.3 del Código Procesal Civil que permite la notificación por
edicto únicamente cuando la ley lo establezca. “Este documento será enviado a
la Imprenta Nacional para su publicación, debe comunicarse con dicha entidad
para la respectiva cancelación de los derechos de publicación.”—Tribunal Primero Colegiado de Primera Instancia
Civil de San José.—Licda.-
Paola Fonseca Porras, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022679870 ).
Licda.
Melissa Chaves Agüero, Jueza del Juzgado Civil y Trabajo del segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia); hace saber a Eliodoro Ramon
López Potoy, cédula de identidad 0206580133, Emmanuel
Canales Cano, documento de identificación 0114480308 y Rebeca Carrillo
Gutiérrez, cédula de identidad 0503990507, que en este Despacho se interpuso un
proceso procesos especiales de declaratoria judicial de abandono de persona
menor de edad en su contra, bajo el expediente número 21-000117-1517-FA donde
se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia). A las
dieciséis horas siete minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno. Se
tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono
de los menores Ángel Ramon López Carrillo y Anyel Daniel Carrillo Gutiérrez, planteado
por Patronato Nacional de la Infancia contra Eliodoro Ramon López Potoy, Emmanuel Canales Cano y Rebeca Carrillo Gutiérrez, a
quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se
pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con
los artículos 121 y 122 del Código de Familia. De conformidad con el artículo
161 del Código de Familia, se nombra a la señora Gerardo Carrillo Gutiérrez,
cédula de identidad número 503130224, como depositario provisional, de las
personas menores de edad Ángel Ramon López Carrillo y Anyel Daniel Carrillo Gutiérrez. Lo anterior,
se confiere el plazo de tres días a las partes interesadas, para lo que ha bien
tengan manifestar, bajo apercibimiento que, en caso de no hacerlo, no se
atenderán futuras gestiones. En ese mismo plazo, en el primer escrito que
presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío
y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal
para la recepción de notificaciones. “Igualmente se les invita a utilizar “El
Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para
recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial
del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita
el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c)
Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se
le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso
seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme
lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez
recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a los
demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de
habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. En la siguiente forma: 1) A Rebeca Carrillo
Gutiérrez, en su domicilio registrado, sita: Upala, Alajuela, Canalete, del
comando de la Fuerza Pública, 500 metros sur, casa color verde de madera. 2) A
Eliodoro Ramon López Potoy, en su domicilio registrado,
sita: Higuerón, Upala, del templo bíblico 1.5 km al sur. 3) A Emmanuel Canales
Cano, en su domicilio registrado, sita: Progreso Llano Azul, Upala, del súper
gallo 400 al sur. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de Upala-Guatuso. En caso de que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de
practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso
procesos especiales de Patronato Nacional de la Infancia, sede Upala contra
Eliodoro Ramon López Potoy, Emmanuel Canales Cano y
Rebeca Carrillo Gutiérrez; expediente Nº21-000117- 1517-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de
circulación nacional. Los plazos comenzarán a
correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad
con la circular N°56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la
circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Sede Upala (Materia Familia), 23 de setiembre del año 2022.—Licda. Melissa
Chaves Agüero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679888 ).
Licda.
Melissa Chaves Agüero, Jueza del Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia); hace saber a José Trujillo,
que en este Despacho se interpuso un proceso procesos especiales de declaratoria
judicial de abandono de persona menor de edad en su contra, bajo el expediente
número 21-000297-1517-FA donde se dictó la resolución que literalmente dice:
Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Familia), a las diez horas cincuenta y cuatro minutos del veintisiete
de octubre de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente proceso
especial de declaratoria de abandono del menor Meyling
Martina Trujillo Álvarez, planteado por PANI Upala-Guatuso, Patronato Nacional
de la Infancia Sede Upala contra Dominga Álvarez Amador y José Trujillo, a quién se le concede el plazo de
cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y
ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del
Código de Familia. De conformidad con el artículo 161 del Código de Familia, se
nombra a la señora María Magdalena Álvarez, cédula de residencia número
1558314800340, vecina de México de Upala, como depositaria provisional, de la
persona menor de edad Meyling Martina Trujillo
Álvarez. Lo anterior, se confiere el plazo de tres días a las partes
interesadas, para lo que ha bien tengan manifestar, bajo apercibimiento que, en
caso de no hacerlo, no se atenderán futuras gestiones. Nómbrese curador
procesal al demandado José Trujillo, para lo cual solicítese a la
Administración Regional de estos Tribunales, los honorarios respectivos para
nombrar uno de la lista de abogados con que cuenta la Dirección Ejecutiva. Se
nombra a Anyela Xiomara Venegas Gómez,
cédula de identidad N° 0603670306, como curadora
procesal a quien se le previene comparecer a este Despacho, dentro del plazo de
tres días, a aceptar y jurar el cargo; y se le informa que sus honorarios
responden a la suma noventa mil cuatrocientos colones (¢90.400,00) la cual se
desglosa de la siguiente forma: ochenta mil colones netos por concepto de
honorarios profesionales y diez mil cuatrocientos colones netos correspondiente
al Impuesto de Valor Agregado (sea este el trece por ciento, 13%) de
conformidad con el artículo 2° del
Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado. En ese mismo plazo,
en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta
N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del
2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax
debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que
suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y
recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”.
Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que
además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder
a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18
de octubre de 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar
la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento.
d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Se le advierte que, si no
contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con
una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el
artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas,
se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la Curadora Procesal por
medio del correo electrónico: anyelavenegasg@gmail.com. Notifíquese a la
demandada Dominga Álvarez Amador, de manera personal, en su casa de habitación
o domicilio real, localizable en: Alajuela, Upala, México, del puente La
Patriótica 500 metros este, casa de madera sin pintar de dos plantas. Para lo
cual se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Upala; asimismo,
se hace saber a la parte actora que queda la comisión a su disposición a fin de
que la diligencia ante la oficina comisionada. En caso que
el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a
efectos de practicar la notificación, artículo 4° de
la Ley de Notificaciones Judiciales. Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez. Lo anterior se
ordena así en proceso procesos especiales de Patronato Nacional de la Infancia,
Sede Upala contra José Trujillo y Dominga Álvarez Amador. Expediente N° 21-000297-1517-FA. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se
hizo la publicación. De conformidad con la circular N°
56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia
Familia), 23 de setiembre del año 2022.—Licda. Melissa Chaves Agüero,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022679889 ).
Licda.
Melissa Chaves Agüero, Jueza del Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia); hace saber a José Trujillo,
que en este Despacho se interpuso un proceso procesos especiales de
declaratoria judicial de abandono de persona menor de edad en su contra, bajo
el expediente número 21-000297-1517-FA donde se dictó la resolución que
literalmente dice: Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Sede Upala (Materia Familia). A las diez horas cincuenta y cuatro
minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintiuno.- Se tiene por
establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor Meyling Martina Trujillo Álvarez, planteado por PANI Upala,
Guatuso Patronato Nacional de la Infancia Sede Upala contra Dominga Álvarez Amador
y Jose Trujillo, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga
excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. De conformidad
con el artículo 161 del Código de Familia, se nombra a la señora María Magdalena Álvarez, cédula de
residencia número 1558314800340, vecina de México de Upala, como
depositaria provisional, de la persona menor de edad Meyling
Martina Trujillo Álvarez. Lo anterior, se confiere el plazo de tres días a las
partes interesadas, para lo que ha bien tengan manifestar, bajo apercibimiento que en caso de no hacerlo, no se atenderán futuras
gestiones. Nómbrese curador procesal al demandado José Trujillo, para lo cual
solicítese a la Administración Regional de estos Tribunales, los honorarios
respectivos para nombrar uno de la lista de abogados con que cuenta la
Dirección Ejecutiva. Se nombra a Anyela Xiomara Venegas Gómez, cédula de
identidad 0603670306, como curadora procesal a quien se le previene comparecer
a este Despacho, dentro del plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo; y
se le informa que sus honorarios responden a la suma noventa mil cuatrocientos
colones (¢90.400.00) la cual se desglosa de la siguiente forma: ochenta mil
colones netos por concepto de honorarios profesionales y diez mil cuatrocientos
colones netos correspondiente al Impuesto de Valor Agregado (sea este el trece
por ciento, 13%) de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de la Ley del
Impuesto sobre el Valor Agregado.- En ese mismo plazo, en el primer escrito que
presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le
hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita
a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como
medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más
información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente
de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c)
fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Se
le advierte que si no contesta en el indicado plazo de
cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia
oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 Ibidem; y una vez
recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la
Curadora Procesal por medio del correo electrónico: anyelavenegasg@gmail.com.
Notifíquese a la demandada Dominga Álvarez Amador. de manera personal, en su
casa de habitación o domicilio real, localizable en: Alajuela, Upala, México,
del Puente La Patriótica 500 metros este, casa de madera sin pintar de dos
plantas. Para lo cual se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de
Upala; asimismo, se hace saber a la parte actora que queda la comisión a su
disposición a fin de que la diligencia ante la oficina comisionada. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a)
notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Lic. Jainer Alonso Gamboa
Muñoz, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso procesos especiales de
Patronato Nacional de la Infancia, Sede Upala contra José Trujillo y Dominga
Álvarez Amador; Expediente Nº 21-000297-1517-FA.
Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en
un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días
después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de
la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Sede Upala (Materia Familia), 23 de setiembre del año 2022.—Licda. Melissa
Chaves Agüero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022679909 ).
MSC.
Marilene Herra Alfaro, Jueza del Juzgado Primero de
Familia de San José, hace saber a Delio Jair Castillo Córdoba, quien es mayor, casado, colombiano, comerciante, de paradero
desconocido, portador del pasaporte número: PCC94443668, y a Vera Violeta
Méndez Castillo, mayor, casada, costarricense, comerciante, portadora
del documento de identidad 0107070505, de paradero o domicilio desconocido que
en este Despacho se interpuso un Proceso Nulidad de Matrimonio en su contra,
bajo el expediente número 19-001280-0186-FA, donde se dictó la sentencia de
primera instancia N° 2022000862, de las ocho horas
veinticuatro minutos del cinco de setiembre de dos mil veintidós cuya parte
dispositiva literalmente dice: “Por tanto: con fundamento en todo lo
anteriormente expuesto se estima pertinente al final del asunto puesto en
conocimiento de este despacho judicial, acceder a la pretensión del
representante legal de la entidad que promueve el proceso y por ende declarar
sin lugar el presente Proceso Abreviado de Nulidad de Matrimonio por Simulación
interpuesto por el representante de la Procuraduría General de la República
declarar sin lugar la presente demanda abreviada de nulidad de matrimonio
interpuesta por el representante de la Procuraduría General de la República en
contra de los señores Delio Jair Castillo Córdoba de nacionalidad colombiana y
la señora Vera Violeta Méndez Castillo de nacionalidad costarricense. Se
declara con lugar la excepción de falta de derecho interpuesta por el curador
procesal del demandado Castillo Córdoba. Se declaran sin lugar todas la pretensiones accesorias planteadas en la demanda
inicial, así como la subsidiaria de decidir la inexistencia del matrimonio
entre las partes, pues tampoco existen aportados diligentemente a los autos
elementos probatorios que acrediten los presupuestos de ley para tales efectos.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 263 del Código Procesal Civil,
notifíquese la parte dispositiva de esta sentencia a los demandados con
domicilio desconocido, sea a los señores Méndez Castillo y Castillo Córdoba
mediante edicto que se publicará en el Boletín Judicial o bien otro
medio similar. Expídase el mismo. Se resuelve sin especial condenatoria en
costas. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por única vez en el Boletín
Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo
normativo supra citado. Por haber cumplido con sus labores propias del cargo
designado, solicítese a la Administración del Primer Circuito Judicial de San
José cancelar los honorarios de las personas profesionales en derecho que
figuran como curadoras procesales en este caso, por un monto de setenta y cinco
mil colones exactos más el trece por ciento de I.V.A dicho monto por concepto
de impuesto al valor agregado, según aplicación de la Ley de Fortalecimiento de
Finanzas Públicas y Circulares de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial,
para un total de ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos.
Una vez aprobados los mismos, se estará comunicando el número de autorización
para que los abogados (a) se presenten ante este despacho la factura por sus
servicios profesionales, consignando el número asignado a fin de proceder a
realizar el visto bueno. Se informa que se cuenta con la posibilidad de
impugnar la presente resolución dentro del plazo de ley ante el superior.
Notifíquese. MSc. Patricia Vega Jenkins. Jueza.” Lo
anterior se ordena así en proceso nulidad de matrimonio del Estado contra Delio
Jair Castillo Córdoba y Vera Violeta
Méndez Castillo; expediente Nº 19-001280-0186-FA.
Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. Los
plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la
publicación. De conformidad con la circular N° 56-12
emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 13 de setiembre del año 2022.—Marilene Herra Alfaro, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022679911 ).
Licenciado
Walter Alvarado Arias, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, a
Leonor Norma Pérez Armenteros, en su carácter personal, quien es mayor,
casado/a, pensionado(a), vecino de domicilio desconocido, de nacionalidad
cubana, pasaporte C191080, se le hace saber que en demanda proceso abreviado de
nulidad de matrimonio, expediente: 19-000879-0187-FA establecida por
Procuraduría General de la República contra Leonor Norma Pérez Armenteros y
Mario Morales Pérez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia N° 2022001015 de las nueve horas cincuenta y tres
minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintidós, que en lo conducente
dice: Por tanto: Por las razones expuestas y citas legales invocada, se declara
con lugar la demanda abreviada de nulidad de matrimonio, incoada por la
Procuraduría General de la República en contra de Leonor Norma Pérez Armenteros
y Mario Morales Pérez; en consecuencia: 1. Se anula el matrimonio de las
partes, así como la inscripción de dicho matrimonio según las siguientes citas:
1-0473-418-0835; comunicándose al Registro Civil mediante certificación o
ejecutoria de forma oficiosa. 2. Se anula todo trámite de naturalización
presentado por Leonor Norma Pérez Armenteros, producto del matrimonio nulo, específicamente
el trámite del expediente 99-2018. 3. De existir, se anula todo acto
preparatorio emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería,
tendente a otorgar la residencia a Leonor Norma Pérez Armenteros, producto del
matrimonio nulo. 4. Una vez firme este fallo, se ordena pagar al Lic. Randall
Alberto Quirós Herrera, cédula N° 115200697,
por concepto de honorarios y por parte de la Administración de tribunales, la
suma de ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones, de los cuales se
debe retener el 13% que corresponde al Impuesto de Valor Agregado (IVA), sin
necesidad de ulterior resolución. 5. Por ser este proceso con curador procesal,
se ordena publicar una vez la parte dispositiva en La Gaceta. 6. Se
resuelve sin especial condenatoria en costas. Hágase saber. Nota: Publíquese
este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de
circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél
en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de
la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022679935 ).
Lic. Cesar Monge Vallejos, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San
José; hace saber: de la solicitud de autorización de adopción de mayor de edad,
que promueve: Gerardo Alberto Díaz Rojas, se confiere audiencia por el plazo de
cinco días a los interesados directos para que mediante escrito formulen su
oposición si así lo consideren necesario, debiendo con ello exponer en forma
precisa los motivos de su inconformidad y ofrezcan prueba que fundamente sus
alegatos, se les previene que deberán indicar medio (fax/casillero/correo
electrónico) para recibir notificaciones, dentro del perímetro judicial de esta
ciudad, bajo el apercibimiento que en caso de omisión las futuras resoluciones
que se dicten se les tendrán por debidamente notificadas con el solo transcurso
de veinticuatro horas; igual consecuencia producirá si el medio escogido
imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho. Publíquese la
presente resolución por una sola ocasión en el Boletín Judicial. El
edicto será enviado por el sistema electrónico que para los efectos cuenta el
despacho. César Monge Vallejos, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso actividad
judicial no contenciosa de Gerardo Alberto Díaz Rojas. Expediente N° 22-000402-0673-NA.
Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en
un periódico de circulación nacional.- Los plazos comenzarán a correr tres días
después de aquél en que se hizo la publicación.-De conformidad con la circular
N° 56-12 emitida por la
Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09, emitida por la Secretaría de la Corte
el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Segundo de Familia de San José, 6 de setiembre del 2022.—Cesar Monge
Vallejos, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017 JA.— ( IN2022679947 ).
Lic. Cesar Monge Vallejos Juez del Juzgado Segundo de Familia de San
José; hace saber: De la solicitud de autorización de adopción de mayor de edad
que promueve Gerardo Alberto Díaz Rojas, se confiere audiencia por el plazo de
cinco días a los interesados directos para que mediante escrito formulen su
oposición si así lo consideren necesario, debiendo con ello exponer en forma
precisa los motivos de su inconformidad y ofrezcan prueba que fundamente sus
alegatos, se les previene que deberán indicar medio (fax/casillero/correo
electrónico) para recibir notificaciones, dentro del perímetro judicial de esta
Ciudad, bajo el apercibimiento que en caso de omisión las futuras resoluciones
que se dicten se les tendrán por debidamente notificadas con el solo transcurso
de veinticuatro horas; igual consecuencia producirá si el medio escogido
imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. Publíquese la
presente resolución por una sola ocasión en el Boletín Judicial. El
edicto será enviado por el sistema electrónico que para los efectos cuenta el
despacho. Cesar Monge Vallejos, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso
actividad judicial no contenciosa de Gerardo Alberto Diaz Rojas. Expediente Nº 22-000402-0673-NA. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se
hizo la publicación. De conformidad con la circular N°
56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Segundo de Familia de San José, 06 de setiembre del año 2022.—Cesar Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679950 ).
Licenciada Alinne Solano Ramírez, Jueza del Juzgado de Trabajo y Familia
de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia), a Percy Bernier, en
su carácter personal, quien es mayor de paradero desconocido, pasaporte número
WF680571, se le hace saber que en expediente 21-000102-1534-FA, que es demanda
suspensión de responsabilidad parental, establecida por Sarita de Los Ángeles
Soto Díaz contra Percy Bernier, se ordena notificarle por edicto, la resolución
que en lo conducente dice: De conformidad con el artículo 420 del Código Procesal
Civil se tiene por entablada la presente demanda abreviada de suspensión de
responsabilidad parental incoada por Sarita de Los Ángeles Soto Díaz en contra de Percy
Bernier. Siendo que la persona curadora procesal del demandado ya se pronunció
sobre la demanda interpuesta se omite el emplazamiento. Siendo que existe una
persona menor de edad involucrada en este asunto se tiene como parte al
Patronato Nacional de la Infancia. A quien se le confiere el plazo perentorio
de diez días para que se oponga a la presente demanda o manifieste su
conformidad con la misma, en el mismo escrito de contestación deberá de ofrecer
la prueba que tuviere con la advertencia de que si es testimonial, deberá
indicar el nombre, apellidos y demás generales de los testigos, con la
indicación expresa de los hechos a que deberán referirse. Así las cosas, se le
hace saber que de conformidad con el numeral 422 ibidem podrá dentro del plazo
de cinco días oponer excepciones previas. En caso de contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los
fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda,
deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones.
Deberá señalar un medio para atender notificaciones en el primer escrito que
presenten, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado (artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29
de enero de 2009).Notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la
Infancia, en su domicilio social ubicado en San José, Hatillo Centro de la
Veterinaria Vehasa 100 metros al oeste, casa a mano
derecha, color pastel, para lo se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales del Tercer Circuito Judicial de San José, lo anterior haciéndose
saber que deberá la actora llevar dentro del plazo de cinco días un juego de
copias de todo el expediente así como de las resoluciones que aquí se ordenan,
ello a la oficina supra indicada, la cual se ubica en Paso Ancho, Jardines de
Cascajal, contiguo a la Guardería Roblealto, bajo el
apercibimiento de que en caso de omisión, la notificación aquí ordenada no
podrá ser efectuada, manteniéndose éste expediente sin movimiento alguno por
parte de esta autoridad. Se deja sin efecto el señalamiento a audiencia de
recepción de pruebas por resultar prematuro. Notifíquese esta resolución al
demandado ausente en el medio señalado por su curador y en el Boletín
Judicial Licda. Alinne Solano Ramírez. Jueza. Publíquese por única vez.
Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está
exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia).—Licda. Alinne Solano Ramírez,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679962 ).
El
Juzgado de Familia de Desamparados, hace saber a la señora María del Carmen Neris de
Oro, mayor, casado dos veces, comerciante, cubano, pasaporte R119200247527, de
demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita el proceso número
22-000760-0637-FA, que es proceso de divorcio en su contra y por lo tanto se le
concede el plazo de diez días a efecto de que se apersone para contestar o
formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que
se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho
emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la
publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar
medio para recibir notificaciones, caso contrario después de tres días de
publicado el presente edicto, comenzará a aplicar la notificación automática.
Publíquese una sola vez. “... De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de Corte el 22 de junio
de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo
pago de derecho ...”.—Juzgado de Familia de
Desamparados, 23/09/2022.—Licda. Zeidy Jacobo Morán, Jueza
Decisora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022679963 ).
Se cita
y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la
persona menor (incapaz) demandado, para que se apersonen a este Juzgado dentro
del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia, (Materia
de Familia), a las once horas con cincuenta y un minutos del nueve de setiembre
del año dos mil veintidós. De las presentes diligencias de depósito de las
personas menores Esther Yuliana Hernández
Rodríguez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a Luis Rolando Hernández
Chacón, a quienes se les previene que en el primer
escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes
a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos
y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial: http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión: 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este
asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g)
Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Luis
Rolando Hernández Chacón,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real: Alajuela, San Carlos, Aguas Zarcas, El Puente de
Altamira, Supermercado Ebenezer, 200 mts. al oeste,
casa esquinera, teléfono N°
6294-6200, artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos se comisiona Fuerza Pública de San Carlos, Aguas
Zarcas. En caso que el lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren
interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte promovente que queda a su
disposición la comisión a fin de que la diligencie personalmente. Licda.
Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza. Expediente N°
22-000692-0687-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: de
conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia,
(Materia de Familia), 9 de setiembre del 2022.—Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.— 1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022679964 ).
Silan Jiménez
Navarro, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a
Wilberth Matamoros Barrantes documento de
identificación 6-0357-0628, de nacionalidad costarricense, de domicilio
desconocido, que en este Despacho se interpuso un Proceso de Salida del País en
su contra promovido por Natalia de Los Ángeles Sánchez
Sanchez, bajo el expediente número 22-000180-0187-FA
donde se dictó la sentencia 2022001130 de las 08:56 horas del 05 de octubre de
2022 que en lo interesa Dice: “Por tanto: con base en lo expuesto y en
artículos 5, 16 y 105 del Código de Niñez y Adolescencia, así como en numeral
151, siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara Con Lugar las
presentes diligencias de Solicitud de Permiso de Salida del País, establecida
por la actora, en consecuencia: 1. Se autoriza la Salida del País permanente de
las personas menores de edad Yherland Enrique y Yilmar André, ambos de apellido Matamoros Sánchez en compañía de su madre, hacia los
destinos que esta determine en su momento. 2. Se autoriza a la madre de las
personas menores de edad para que gestione en forma individual a favor de
dichos menores la emisión de pasaporte o su renovación ante la Dirección
General de Migración y Extranjería en el momento que sea necesario, pudiendo a
su vez resguardar dichos documentos, así como a gestionar en forma individual,
en favor de los menores referidos Yherland Enrique y Yilmar André, ambos de apellido Matamoros Sanchez, la expedición de las visas de ingreso en los
países que así lo requieran. 3. Quedan entendidas las partes de que las salidas
del país, deberán de implicar el retorno, ya que es en
Costa Rica, donde tiene su residencia habitual las personas menores de edad,
además, la salidas del país no podrán afectar el calendario académico de los
menores, a menos que la salida tenga como propósito una actividad académica,
deportiva, cultural o que sea una situación extraordinaria médica o personal
(fallecimiento de familiares por ejemplo). 4. Se hace la advertencia legal de
que el incumplimiento malicioso de lo presente deviene eventualmente en delito
de desobediencia a la autoridad, además, el progenitor incumplidor podría
cometer el delito de sustracción de menor conforme el numeral 192 bis del
Código Penal, que conlleva pena de prisión, asimismo el progenitor no incumpliente podría ejercer las potestades que le otorga el
Convenio de la Haya, para sustracción de menores. Una vez firme la presente
sentencia procédase a girar los honorarios correspondientes a la curadora
procesal Licenciada Aponte Agüero que fue nombrada en autos. Por la naturaleza
del presente proceso se dicta esta sentencia sin especial condenatoria en
costas. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o
en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres
días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la
circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva,
en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos. Por favor, Notifíquese.—Silán Navarro Jiménez/ Jueza de Familia”.—Juzgado
Segundo de Familia de San José.—Silan Jiménez
Navarro, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017JA.—( IN2022682218
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil el señor Galvin David
Carranza Segura, mayor de edad, soltero cédula de identidad 1-1755-416,
ocupación panadero pizzero, vecino de Alajuela, Carrizal, Calle El Tanque, hijo
de Galvin Carranza Pérez y de Vera Lidieth Segura Chavarría, nacido en Uruca Central San José,
en fecha 21 de setiembre de 1999, con 23 años de edad, y la señora María
Gabriela Chavarría Matamoros, mayor de edad, soltera, cédula de identidad
2-728-423, ocupación ama de casa, vecina de Alajuela, Carrizal, Calle El
Tanque, hija de Luis Omar Chavarría López y de Carmen María Matamoros Gómez,
nacida en Centro Central Alajuela, en fecha 03 de agosto de 1994, con 28 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
este matrimonio se realice, está en la
obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto. Exp. Nº
22-001748-0292-FA, Nota: De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le
comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela,
22 de setiembre del año 2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez
Garita, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2022679687 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer Matrimonio Civil Ana Yuri
Araya Navarro, mayor, Divorciada, de Carlos Eduardo Rodríguez Jiménez, en
Cartago, el 08/04/2013, Oficial de Seguridad, vecina de La Lima, de Cartago,
200 metros al sur del Bar Linda Vista, casa de color blanco con portón negro, cédula
de identidad número 0900990806, hija de Arcelio Araya Muñoz Y Noemi Navarro
Quirós, nacida en San Pablo de León Cortés, el 03/11/1973, con 48 años de edad
y Evelyn Liliana Pitta Ortiz, mayor, soltera, Ama de
Casa, vecina de La Lima de Cartago, 200 metros al sur del Bar Linda Vista, casa
de color blanco con portón negro, cédula de identidad número 0603690844, hija
de Luis Pitta Villanueva y Zeneyda
Ortiz Rojas, nacida en Centro Buenos Aires Puntarenas, el 25/02/1988,
actualmente con 34 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente. Nº22-002042-0338-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de
la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cartago,
Cartago, Fecha, 25 de agosto del año 2022.—Licda. Patricia Cordero García,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679688 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Miguel
Santos Perdomo Sáenz, hombre, mayor de
edad, costarricense por naturalización, divorciado, estilista, vecino de San
Rafael de Escazú, cédula de identidad número 8-0092-0320, hijo de Miguel
Perdomo Cifuentes y Urbelina Sáenz, nacido en Cunday, Tolima, Colombia, el 13
de mayo de 1955, con 67 años de edad cumplidos y Norma Nergidia
Trejos Valverde, mujer, mayor de edad, costarricense, viuda, administradora del
hogar, cédula de identidad número 1-0543-0414, hija de Óscar Trejos Chavarría y Flor de María Valverde
Chavarría, nacida en San José, cantón Central, distrito Hospital, el 10 de
noviembre de 1960, con 61 años de edad cumplidos. Ambos son vecinos de Escazú,
San Rafael, 200 metros norte de Cerámicas Fernández Aguilar. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000706-0186-FA. Publíquese por una sola ocasión en el Boletín Judicial.
Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está
exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de
Familia de San José, San José, fecha, 07 de setiembre del año 2022.—Licda.
Valeria Arce Ihabadjen, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022679689 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Bryan Francisco Castro Alvarado, de veintidós
años de edad, nacido en Oriental, Central, Cartago, el trece de mayo del dos
mil, hijo de Yorleny Alvarado Muñoz y Francisco Javier Castro Arroliga,
soltero, Técnico en CCTV, cédula de identidad número tres-quinientos
veinticuatro-ochocientos noventa y uno, vecino de Cartago, El Carmen, 350
metros al norte de plaza Beylin y Lesbia Lidibede Dávila
Rivas, c.c. Lili Dávila Rivas, de veinte años
de edad, nacida en Oriental Central Cartago, el veintitrés de febrero del dos
mil dos, hija de Lorenza Antonia Rivas Cruz y Francisco Nolberto Dávila Guevara, soltera,
estudiante, cédula de identidad tres-quinientos
treinta y siete-cuatrocientos sesenta y ocho, vecina de Cartago, proyecto
Manuel de Jesús Jiménez, de la guardia
rural, 200 metros al sur y 50 al este, casa M46. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en
la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-002199-0338-FA. Nota: De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22de junio de 2009, se le
comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos. Este Edicto debe publicarse
por una sola vez.—Juzgado de Familia de Cartago,
22 de setiembre del 2022.—Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017JA.—( IN2022679691 ).
Se hace saber que ante la Notaria Pública Carolina Jiménez
Fonseca, con oficina en la provincia de San José, cantón San
José, distrito
Merced, Paseo Colón, Edificio
Centro Colón, último
piso, en las oficinas del Bufete Robles Oreamuno, han comparecido los señores
(i) Paola del Carmen Castillo Gómez, de nacionalidad costarricense, mayor,
soltera, enfermera, vecina de Río Oro
de Santa Ana, San José, portadora
de la cédula de identidad número 1-1084-0991, hija del señor Maximiliano Castillo Sánchez
y de la señora Zoila Rosa Gómez Guzmán, y (ii)
Bernardo Jaén (nombre) Marques (apellido), de un solo apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense, mayor, divorciado una vez, desarrollador web, con
domicilio en Río Oro de Santa Ana, San José, portador del pasaporte de su país
de origen número 582665886, hijo del señor Bernardo Nicolas Marques Ravelo y de
la señora Irina Ramos Arrocha, a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a
nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del
Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que si
existe alguna oposición a la unión solicitada lo hagan saber dentro del plazo
de ocho días naturales después de la publicación de este edicto ante la notaría
de la Licenciada Carolina Jiménez Fonseca.—San José,
26 de setiembre de 2022.—Licda. Carolina Jiménez Fonseca, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2022679858 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil,
Sara María Agüero Madrigal, mayor, divorciado/a, oficios domésticos, cédula de
identidad número 0603660983, vecina de Centro de la Cuesta, Corredores,
Puntarenas, hija de Zelmira Madrigal Portuguez y Lino
Agüero Agüero, nacida en Centro Golfito Puntarenas,
el 04/10/1987, con 34 años de edad, y Rafael Ángel Cascante Quesada, mayor,
divorciado, supervisor, cédula de identidad número 0602190967, vecino de misma
dirección anterior, hijo de Luz Marina Quesada Arias y Jorge Cascante
Rodríguez, nacida en Villa Neilly Golfito Puntarenas, el 31/12/1968, actualmente con 53 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000508-1304-FA, Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese
una sola vez.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia
Familia), Corredores, Ciudad Neily, 23 de agosto
del año 2022.—Licda. Meibol Yordalie
Araya Arguedas, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022679884
).
Piden casarse: Elesmes
Oldemar Morales González, cédula: 602140817 y Zoraida Moreno Moreno, cédula: 602250904, ambos vecinos de Puntarenas,
Osa, Ciudad Cortes de Osa. Si alguna persona conoce impedimento para que esta boda se realice,
deberá manifestarlo a este despachó dentro del plazo de 8 días siguientes de la
publicación de este edicto. Es todo. Expediente: 22-000220-1420-FA. Nota:
Publíquese por 1 sola vez en el Boletín Judicial. Está publicación es
gratuita conforme al principio de gratuidad. Circular 67-09 de la Secretaría de
la Corte del 22/6/2009. Publicada en La Gaceta: 129 del 6/7/2009.
Juzgado de Familia de Osa: Teléfono 2785-2690, fax: 2788-8346.—Juzgado de
Familia de Osa, 29/08/2022.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022679932
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil José Eduardo Aguilar Chaves, mayor, soltero, quien se encuentra privado de
libertad en CAI Terrazas, San Rafael de Alajuela, cédula de identidad número
0603210486, con 40 años de edad, y Josseline
Morales Quesada, mayor, soltera, revendedora, cédula de identidad número
0604330148, actualmente con 25 años de edad, vecina de Puntarenas, Chacarita.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000850-1146-FA, Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud
del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, Puntarenas, Fecha, 21 de setiembre del año 2022.—Msc. Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022679956
).
Dentro del expediente 19-001278-0064-PE, contra Sabas Nicolas Jen Rodrieguez, por el delito de HOMICIDIO culposo, en
perjuicio de José Filiberto Salazar Rodríguez, se delegó Acción Civil Resarcitoria por parte de la Licenciada Elvia Jeanneth
Quirós Quirós, en representación de la denunciante
Zaida Marlene Rivas Espinoza, en representación del ofendido Sabas Nicolas Jaén
Rodríguez, por lo que se ha ordenado notificar la resolución de las diez horas
veintisiete minutos del cuatro de diciembre del dos mil veinte, a la tercera
civilmente demandada la señora Zaida Marlene Rivas Espinoza, cédula de
identidad número 1-0972-0371, en la cual, de conformidad con el artículo 115
del Código Procesal Penal, se le comunica el contenido de la presente acción
civil resarcitoria, como tercera civilmente demandada, quien podrá oponerse
dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta
resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. Se le
previene a la demandada civil que deberá señalar medio y lugar dentro del perímetro
judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo
omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas
ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán
por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas. (Artículo 354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley
de notificaciones y Citaciones Judiciales). Lo anterior de acuerdo con la circular N°
65- 2004, que autoriza la publicación del edicto a efecto de notificar a las
partes y de conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación
está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez. Comuníquese.—Fiscalía
Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Buenos Aires), al ser
las diez horas cincuenta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintidós.—Msc. María Gabriela
Araya Sánchez, Fiscal Auxiliar.—O.C. N° 364-12-2021C.—
Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022678818 ). 3 v. 3.
Se
señala fecha y hora para Destrucción de Droga mediante incineración. Juzgado Penal
del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las trece horas treinta
minutos del cinco de octubre del dos mil veintidós.
Vista la solicitud de
destrucción de droga formulada por el Lic. Minor
Monge Camacho, en su calidad de Jefe Unidad de
Custodia Análisis e Incineración de Drogas de la Oficina de Planes y
Operaciones, mediante oficio N° 125-BD-22, se
resuelve:
Considerando:
I.—Mediante oficio
anteriormente referido, de fecha veintinueve de setiembre de dos mil veintidós
de abril de dos mil veintidós, se solicita se realicen los trámites pertinentes
para la ejecución de la destrucción de droga que se expone y que consiste en la
siguiente;
COCAÍNA |
|||||
Bolsa Nº |
Causa |
Caso |
N° INT |
Peso |
Marchamo |
11 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12045 |
0013489 |
12 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12280 |
0013490 |
13 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12025 |
0013491 |
14 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11935 |
0013492 |
15 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11925 |
0013493 |
16 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11930 |
0013494 |
17 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11940 |
0013495 |
18 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11985 |
0013496 |
19 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11795 |
0013497 |
20 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12030 |
0013498 |
21 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11445 |
0013499 |
22 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11260 |
0013500 |
23 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11905 |
0013501 |
24 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12135 |
0013502 |
25 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11655 |
0013503 |
26 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12120 |
0013504 |
27 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11930 |
0013505 |
28 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11875 |
0013506 |
29 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11985 |
0013507 |
30 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12055 |
0013508 |
31 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12000 |
0013509 |
32 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11840 |
0013510 |
33 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12190 |
0013511 |
34 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12050 |
0013512 |
35 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12130 |
0013513 |
36 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11910 |
0013514 |
37 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11790 |
0013515 |
38 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
11970 |
0013516 |
39 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
12165 |
0013517 |
40 |
21-001400-0472-PE |
21-5516-QUI |
21-0084-I |
10745 |
0013518 |
41 |
21-000674-0454-PE |
21-5769-QUI |
21-0089-I |
1000 |
0014051 |
42 |
21-000674-0454-PE |
21-5769-QUI |
21-0089-I |
11435 |
0014052 |
43 |
21-000674-0454-PE |
21-5769-QUI |
21-0089-I |
11420 |
0014053 |
44 |
21-000674-0454-PE |
21-5769-QUI |
21-0089-I |
11360 |
0014054 |
45 |
21-000674-0454-PE |
21-5769-QUI |
21-0089-I |
11375 |
0014055 |
46 |
21-002020-0396-PE |
21-6140-QUI |
21-0095-I |
10230 |
0014609 |
47 |
21-002020-0396-PE |
21-6140-QUI |
21-0095-I |
11410 |
0014610 |
48 |
21-002020-0396-PE |
21-6140-QUI |
21-0095-I |
11360 |
0014611 |
49 |
21-002020-0396-PE |
21-6140-QUI |
21-0095-I |
11425 |
0014612 |
50 |
21-002020-0396-PE |
21-6140-QUI |
21-0095-I |
11455 |
0014613 |
51 |
21-002020-0396-PE |
21-6140-QUI |
21-0095-I |
11425 |
0014614 |
52 |
21-002020-0396-PE |
21-6140-QUI |
21-0095-I |
12560 |
0014615 |
53 |
21-002020-0396-PE |
21-6140-QUI |
21-0095-I |
12520 |
0014616 |
54 |
21-002020-0396-PE |
21-6140-QUI |
21-0095-I |
12590 |
0014617 |
55 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
11215 |
0014619 |
56 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
12080 |
0014620 |
57 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
12150 |
0014621 |
58 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
12190 |
0014622 |
59 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
12315 |
0014623 |
60 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
12125 |
0014624 |
61 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
12200 |
0014625 |
62 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
12065 |
0014626 |
63 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
12045 |
0014627 |
64 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
12035 |
0014628 |
65 |
21-001633-0472-PE |
21-6300-QUI |
21-0101-I |
10915 |
0014629 |
66 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
10250 |
0014811 |
67 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
10720 |
0014812 |
68 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
10910 |
0014813 |
69 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
10645 |
0014814 |
70 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
10970 |
0014815 |
71 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
10985 |
0014816 |
72 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
11450 |
0014817 |
73 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
10965 |
0014818 |
74 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
11000 |
0014819 |
75 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
10945 |
0014820 |
76 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
8780 |
0014821 |
77 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
7005 |
0014822 |
78 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
6065 |
0014823 |
79 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
2275 |
0014824 |
80 |
22-000089-0066-PE |
22-0198-QUI |
22-0001-I |
1565 |
0014825 |
81 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
11145 |
0014763 |
82 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12600 |
0014764 |
83 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12535 |
0014765 |
84 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12530 |
0014766 |
85 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12545 |
0014767 |
86 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12540 |
0014768 |
87 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12620 |
0014769 |
88 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12255 |
0014770 |
89 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12440 |
0014771 |
90 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12430 |
0014772 |
91 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12550 |
0014773 |
92 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12515 |
0014774 |
93 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12530 |
0014775 |
94 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12520 |
0014776 |
95 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12455 |
0014777 |
96 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12550 |
0014778 |
97 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12250 |
0014779 |
98 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12545 |
0014780 |
99 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12405 |
0014781 |
100 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12360 |
0014782 |
101 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12555 |
0014783 |
102 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12175 |
0014784 |
103 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12535 |
0014785 |
104 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12470 |
0014786 |
105 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12125 |
0014787 |
106 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12505 |
0014788 |
107 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12635 |
0014789 |
108 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12550 |
0014790 |
109 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12510 |
0014791 |
110 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12540 |
0014792 |
111 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12415 |
0014793 |
112 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12595 |
0014794 |
113 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12555 |
0014795 |
114 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12460 |
0014796 |
115 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
12510 |
0014797 |
116 |
22-000081-0472-PE |
22-0211-QUI |
22-0004-I |
11045 |
0014798 |
117 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11230 |
0013521 |
118 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11865 |
0013522 |
119 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12275 |
0013523 |
120 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12040 |
0013524 |
121 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12350 |
0013525 |
122 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12125 |
0013526 |
123 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12000 |
0013527 |
124 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11990 |
0013528 |
125 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11910 |
0013529 |
126 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12200 |
0013530 |
127 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12145 |
0013531 |
128 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12145 |
0013532 |
129 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12120 |
0013533 |
130 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12005 |
0013534 |
131 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12095 |
0013536 |
132 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12050 |
0013535 |
133 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12295 |
0013537 |
134 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11850 |
0013538 |
135 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11910 |
0013539 |
136 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11955 |
0013540 |
137 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12000 |
0013541 |
138 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12100 |
0013542 |
139 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12105 |
0013543 |
140 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11905 |
0013544 |
141 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11960 |
0013545 |
142 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11890 |
0013546 |
143 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11980 |
0013547 |
144 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11905 |
0013548 |
145 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12105 |
0013549 |
146 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11975 |
0013550 |
147 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12165 |
0013551 |
148 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12255 |
0013552 |
149 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
11980 |
0013553 |
150 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12095 |
0013554 |
151 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12370 |
0013555 |
152 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12020 |
0013556 |
153 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
12185 |
0013557 |
154 |
21-001401-0472-PE |
21-5530-QUI |
21-0085-I |
10990 |
0013558 |
Total, de sustancias a destruir: Un millón setecientos ochenta y seis mil ochocientos quince gramos (1,686,815).
II.—Para llevar a cabo
la diligencia se efectuará la destrucción mediante incineración en el
incinerador instalado en el Complejo de Ciencias Forenses, en San Joaquín de
Flores, Heredia.
III.—Conforme con el
artículo 91 de la Ley sobre Estupefacientes Sustancias Psicotrópicas, drogas de
uso no autorizado y actividades conexas, Nº8204 del 26 de diciembre de
2001 y Reglamento Sobre Custodia y Destrucción de Drogas, Estupefacientes,
Psicotrópicos y Enervantes, estima este juzgador procedente acoger la solicitud
anterior y fijar hora y fecha para la destrucción en cuestión, sea para
llevarse a cabo a partir de las a partir de las siete horas de los días doce,
trece y catorce del mes de octubre del dos mil veintidós.
IV.—Para la
verificación acerca de la naturaleza, cantidad y peso de la droga por destruir
y que se encuentra en el sótano del edificio del O.I.J. en San José, se señalan
a partir de las trece horas treinta minutos en adelante del once de octubre
del dos mil veintidós, diligencia que será realizada por el juzgador que
por rol corresponda.
V.—Dispóngase lo
pertinente para el seguro traslado de la droga desde el Primer Circuito
Judicial de San José en el cual se encuentra resguardada, hasta el lugar de
incineración y tómese las demás providencias y medidas precautorias que el acto
requiera. Invítese al menos a un miembro del Ministerio de Salud Área Rectora Belén y un representante del Instituto
Costarricense sobre Drogas. Procédase al levantamiento del acta en donde
firmarán los intervinientes. No omite indicarse que de conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Por tanto,
Por lo anteriormente expuesto y siendo necesaria la diligencia aquí
requerida, esta autoridad procede a señalar las SIETE HORAS de los días DOCE,
TRECE y CATORCE DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS, para la
incineración de la droga antes mencionada,
previa verificación de su naturaleza, así como corroboración de la cantidad y
peso por destruir. Publíquese una vez, edicto de incineración a través de la
Dirección Ejecutiva y notifíquese esta resolución a los funcionarios, cuya
intervención requiere el acto. No omite indicarse que de conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese.—Juzgado Penal del Primero Circuito Judicial
de San José.—Ricardo Alvarado Calderón, Juez Penal.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022682205 ).