BOLETÍN
JUDICIAL N° 194 DEL 14 DE OCTUBRE DEL 2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
CIRCULAR Nº 185-2022
Asunto: Suspensión del uso de las mascarillas.
A TODOS LOS SERVIDORES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
tercera
Publicación
El Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión No. 82-2022 celebrada el
22 de setiembre de 2022, artículo
XLIV, dispuso:
Considerando:
1º—Que los artículos 21 y 50 de la Constitución
Política regulan los
derechos fundamentales a la vida
y salud de las personas, así
como el bienestar
de la población, que constituyen bienes
jurídicos de interés público y que el Estado está obligado a proteger, mediante la adopción de medidas que les defiendan de toda amenaza o peligro.
2º—Que los artículos 1,
4, 6, 7, 337, 338, 340, 341, 355 y 356 de la Ley General de Salud,
Ley No. 5395 del 30 de octubre de 1973, y 2 inciso b) y c) y 57 de la Ley Orgánica
del Ministerio de Salud,
Ley No. 5412 del 08 de noviembre de 1973, regulan la obligación de protección de los bienes jurídicos de la vida y la salud pública por parte
del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud. Asimismo, la salud de la población es un bien de interés
público tutelado por el Estado, y que las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas relativas a la salud son de orden público, por lo que en caso
de conflicto prevalecen sobre cualesquiera otras disposiciones de igual validez formal.
3º—Que, con fundamento en
las medidas especiales para
evitar el riesgo o daño a la salud de las personas, o que estos
se difundan o agraven, así como para inhibir
la continuación o reincidencia
en la infracción de los particulares. Tomadas por el
Ministerio de Salud en materia de salud
consagran la potestad de imperio en materia
sanitaria, que le faculta para dictar
todas las medidas que sean necesarias para enfrentar y resolver el estado de emergencia sanitario.
4º—Que mediante
el Decreto Ejecutivo número 42227-MP-S del
16 de marzo de 2020, se declaró
estado de emergencia nacional en todo
el territorio de la República
de Costa Rica, debido a la situación
de alerta sanitaria provocada
por la enfermedad COVID19, debido al estado de necesidad y urgencia ocasionado por dicho virus, dada su magnitud como pandemia
y sus consecuencias en el territorio nacional.
5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo número 42421-S del 26 de junio de
2020, el Poder Ejecutivo estableció el uso obligatorio
de la mascarilla o la careta como equipo
de protección especial, concretamente
para “( ... ) todas las personas cuando requieran acceder a los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento, que determinará el Ministerio de Salud vía resolución,
así como para acceder al servicio de transporte público remunerado de personas en sus diferentes modalidades( ... )”. Para el cumplimiento de dicha medida, el Poder
Ejecutivo dispuso una serie de deberes
a cargo por competencia de esta cartera ministerial como rectora de la salud pública, así como la obligación
de coordinar las acciones
con otras instancias públicas para el debido cumplimiento de esta medida.
6º—Que, mediante Decreto
Ejecutivo 43544-S, del 11 de mayo del 2022, denominado Reforma al Decreto Ejecutivo Nº 42421-S del
10 de marzo de 2021, denominado
medida especial sobre el uso obligatorio
de mascarilla como equipo de protección personal debido al estado de emergencia nacional por el COVID-19, estableció en vista del índice de vacunación elevado en la población costarricense, la suspensión de
la obligatoriedad de la utilización
de mascarilla, para la población en
general, a excepción del personal de salud de primera línea de atención, de la Caja Costarricense de Seguro
Social, Cruz Roja Costarricense,
Instituto Nacional de Seguros (servicios
hospitalarios), el cual está considerado
como el personal que tiene mayor riesgo de exposición por llevar a cabo actividades
en la atención directa de pacientes (contacto estrecho y con mayor tiempo de exposición). Por
tanto.
Se acordó: Que en vista de la situación epidemiológica actual, así como el índice
de vacunación elevado en la población costarricense, se
suspende la obligatoriedad
de la utilización de mascarilla
para la población judicial, a excepción del personal
que se pueda equiparar a establecimientos de salud, tal es el caso
de los consultorios del Departamento de Medicina Legal, los Servicios de Salud de la Dirección de Gestión Humana, la Sección de Patología Forense, cualquier otra oficina judicial que pueda fungir como consultorio de atención de la salud y para el personal de las Secciones de Cárceles cuando atiendan personas con casos positivos o casos de riesgos. De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en
el Boletín
Judicial.
San José, 27 de setiembre de 2022
Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino
O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022680834 ).
ASUNTO: Consulta Judicial.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES
DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional,
que en la Consulta Judicial que se tramita con el número 20-010033-0007-CO promovida
por Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia en lo referente a la resolución de las 10:20 horas del 17 de enero
de 2020, dictada en el expediente número
17-000121-1557-LA que es proceso de pensión por invalidez
de MGH contra la Caja Costarricense
del Seguro Social, se ha dictado el
voto número 2022-006668 de
las quince horas veinte minutos
del veintitrés de marzo de
dos mil veintidós, que literalmente
dice:
«Se evacuan las consultas
judiciales facultativas acumuladas, formuladas por la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en el
sentido de que, el párrafo tercero, del artículo 8, del Reglamento del
Seguro de Invalidez, Vejez
y Muerte de la Caja Costarricense
de Seguro Social, no infringe los artículos
33, de la Constitución Política, 5 y 12, de la Convención
sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad, siempre
y cuando se interprete lo siguiente:
1) Que la discapacidad
de una persona no puede ser
considerada como una preinvalidez o como sinónimo a un estado de invalidez. Por lo
tanto, las deficiencias anatómicas
o funcionales existentes de
la persona con discapacidad, al momento
de integrarse al aseguramiento
laboral no impedirán que,
con posterioridad, se determine la calificación de su invalidez permanente (sea porque, con posterioridad a la afiliación, tales deficiencias se
hayan agravado, provocando por sí mismas o por
concurrencia de nuevas lesiones o patologías, una disminución o anulación de la capacidad laboral que tenía el interesado en
el momento de su aseguramiento) y pueda tener acceso
a una pensión por invalidez.
2) Que la invalidez parcial preexistente de una persona, que
no le impidió trabajar y cotizar durante el plazo mínimo
requerido, pueda posteriormente optar por una pensión
por invalidez, si con posterioridad a la afiliación y previo cumplimiento de los requisitos, se determine que tales deficiencias
se han agravado, provocando por sí mismas o por
concurrencia de nuevas lesiones o patologías, una disminución o anulación de la capacidad laboral que tenía el interesado en
el momento de su aseguramiento.
El magistrado
Rueda Leal da razones diferentes
en el sentido
de que, concretamente respecto
de lo consultado, el párrafo tercero del artículo 8 del Reglamento del
Seguro de Invalidez, Vejez
y Muerte de la Caja Costarricense
de Seguro Social no tiene roces
de constitucionalidad.
La magistrada Garro Vargas consigna razones diferentes.
Reséñese este pronunciamiento en
el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín
Judicial. Notifíquese.»
Publicar tres
veces consecutivas en el Boletín
Judicial, tal y como lo
establece el artículo 90 párrafo primero de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional
“De conformidad con el acuerdo tomado por el Consejo
Superior del Poder Judicial, sesión
N° 06-2020, Circular 19-2020, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, 27 de setiembre del 2022.
Luis
Roberto Ardón Acuña
Secretario
O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022680860 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta
del Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica a las siete horas cero minutos del seis de febrero de
dos mil veintitrés, y con la
base de cuarenta y siete millones seiscientos cinco mil colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca que se describe así,
inscrita en el
Registro Público, Partido de
Limón, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número
147824---000, la cual es terreno
de solar con una casa. Situada
en el distrito
Guápiles cantón Pococí, de la Provincia de Limón.
Colinda: al norte Servidumbre de Paso 4 metros de ancho con fuente de 30,42; al sur Julieta Bolaños Artavia; al este Yhandy Leiva
Barrios y al oeste calle pública con frente de 23,27
metros. Mide: seiscientos ochenta y siete metros cuadrados. Soportando Gravámenes de una hipoteca con la Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo, y anotaciones en los procesos
judiciales en los Juzgados de Cobro de Grecia, del Primer Circuito
de San José y en el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.
De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan
las siete horas cero minutos
del veinte de febrero de
dos mil veintitrés, con la base de treinta y cinco millones setecientos tres mil setecientos cincuenta colones. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las siete horas cero minutos del seis de marzo de dos
mil veintitrés, con la base de once millones novecientos un mil doscientos cincuenta colones. Publíquese el edicto de ley, el cual se mantendrá
a disposición del interesado
por el plazo
de ocho días en el despacho, en
caso de no ser retirado en ese plazo será
remitido a la Imprenta
Nacional. Nota: Se les informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Nota: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución de José Francisco Granados
García contra Rony Javier Medina Agüero, STT Transport Sociedad Anónima. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratitud
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Expediente:19-001181-0929-LA.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 05 de octubre
del año 2022.—Daniela Lucía Vega Rojas, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017 JA.—(
IN2022683995 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eloy Francisco Rodríguez Montero, quien era portador de la cédula
de identidad número
0203310820, fallecido el veintidós de marzo del dos mil veintidós, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000405-1113-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. expediente N° 22-000405-1113-LA. Por
Rosa María Benavides Rodríguez a favor de Eloy Francisco Rodríguez Montero. Nota: De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Laboral), 16 de setiembre del año 2022.—Msc. Freddy Aikman
Espinoza, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022681028 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de
Carlos Alonso Herrera Madrigal, quien fue mayor, casado, portador de la cédula de identidad
número 1-0268-0054, fallecido
el 30-04-2022, para que dentro
del plazo improrrogable
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en el proceso de consignación
de prestaciones laborales tramitado bajo ésta autoridad con el número de expediente 22-000114-
1533-LA, ello de conformidad
con lo establecido en el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese por única vez
en el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad
con la Circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425 del Código de Trabajo, se comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo y Familia de
Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 12 de setiembre del 2022.—Lic. José
Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022681036 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes del trabajador fallecido Jesús Alberto Pérez Sequeira, quien portó la cédula 401830498, falleció
el 10 de febrero de 2019, promovido por Julia Maritza Pérez
Sequeira, cédula 601660509; se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-001290-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001290-0173-LA. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 27 de julio
del año 2022.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022681037 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Ronald Eduardo Quesada Brenes 0107880005, fallecido el
19 de setiembre del año
2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-001477-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001477-0173-LA. Por a
favor de Ronald Eduardo Quesada Brenes. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 29 de setiembre del año
2022.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022681180 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Ricardo Tomas Carriols Vargas 0700920709, fallecido
el 04 de setiembre del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-001350-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001350-0641-LA. Por a
favor de Ricardo Tomas Carriols Vargas. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 28 de setiembre del año
2022.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022681181 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Carlos Manuel Vega Aguilar, quien fue
mayor, casado, cédula de identidad
número 3-0239-0617, con último domicilio en los Ángeles
de Cartago, y falleció el 20 de diciembre del año
2012; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias del proceso de consignación
de prestaciones laborales,
que se tramita bajo el expediente número
22-001257-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001257-0641-LA. Promovidas por Floribeth de Los Ángeles Arrieta
Fernández, cédula de identidad número 3-0281-0802. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 06 de setiembre del año
2022.—Msc. Ronald Figueroa Acuña,
Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022681182 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Alonso Barquero
Alvarado, cédula 03-0156-0749, fallecido
el 09 de noviembre del año 2012, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-001274-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001274-0641-LA. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 09 de setiembre del año
2022.—Lic. Anthony Jesús Quesada Soto, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022681184 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Jeiner Alfonso Hernández González, quien
fue mayor, soltero, cédula
de identidad número 3-0444-
0215, con último domicilio en Quircot de Cartago, y falleció el 2 de Noviembre del año 2008; se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo
el expediente número 22-001308-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001308-0641-LA. Promovidas por Reichell Nicole Duran Castro, cédula de identidad
número 3-0531-0317. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 15 de setiembre del año
2022.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022681185 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Juan Daniel Beita Solís 01-0695-0584, fallecido el 11 de agosto del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000720-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000720-1550-LA. Promovente Tania María Bejarano Arguedas, causante
Juan Daniel Beita Solis. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito
Judicial de San José (Desamparados), 21 de setiembre del año 2022.—Lic. Luis Manuel
Martínez Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022681188 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Montserrat de Los Ángeles Rimola Noguera, 01-0735-0308, fallecida el 28 de agosto del año 2011, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000719- 1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000719- 1550-LA. Promovente Rodrigo Alberto Bonilla Rimola,
causante Montserrat de Los Ángeles
Rimola Noguera. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 21 de setiembre del año 2022.—Licda. Aracelly Naranjo Picado, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022681189 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Manuel Antonio Ureña Cascante 01-0415-0372, fallecido el 10 de marzo del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000715-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000715-1550-LA. Promovente Grace Leal Miranda, causante Manuel Antonio Ureña
Cascante. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 20 de setiembre del año
2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022681192 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Luis Roberto Quesada Petgrave 03-0219-0289, fallecido el 12 de mayo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el número 22-000705-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000705-1550-LA. Promovente Adrián Rodrigo Quesada Luckert,
Causante Luis Roberto Quesada Petgrave
Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 16 de setiembre del año 2022.—Lic.
Luis Manuel Martínez Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022681193 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Caleb Waylon Antunez Powery
134000178303, fallecido el
31 de mayo del año 2022, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000697-1550-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000697-1550-LA. Promovente Clicklease Limitada, causante Caleb Waylon Antunez Powery. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio
de 2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 14 de setiembre del año 2022.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022681196 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Lucrecia María Mora Sandi
01-1404-0096, fallecida el
23 de junio del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000694-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000694-1550-LA. Promovente Kattya Patricia Mora
Sandi, causante Lucrecia María Mora Sandi. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito
Judicial de San José (Desamparados), 14 de setiembre del año 2022.—Lic. Luis Manuel Martínez Castro, Juez.—1 vez.—
O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022681197 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Rosibel
Palacios Peralta 155805015236, fallecida el 27 de diciembre del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers Fallecidas bajo el número 22-000691-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000691-1550-LA. Promovente Anthony Rony Russell Palacios, causante Rosibel Palacios
Peralta. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 14 de setiembre del año 2022.—Licda.
Aracelly Naranjo Picado, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022681198 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Heinor
de La Trinidad Duran Mata 01-0555-0216, fallecido el 18 de agosto del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000689-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000689-1550-LA. Promovente Berthilda Dolores Lacayo Zapata, causante Heinor de La Trinidad Duran Mata. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 14 de setiembre del año 2022.—Licda. Cinthia Pérez
Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022681200 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de nueve millones setecientos setenta y nueve mil ochocientos dos colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 180329, derecho 000, la cual
es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa, lote numero 28-B. Situada en el distrito
2-San José, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Solís Zeledón y Asociados
Ltda.; al sur Solís Zeledón y Asociados
Ltda.; al este, calle pública y al oeste, Solís Zeledón y Asociados Ltda. Mide: ciento veintiún metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de diciembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cuarenta y cinco minutos del doce de enero de dos mil veintitrés con
la base de siete millones trescientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y dos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés con
la base de dos millones cuatrocientos
cuarenta y cuatro mil novecientos
cincuenta colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación
Solidarista de Empleados de Componentes
INTEL de Costa Rica y AFINES siglas ASINTEL contra
Juan Jimmy Carranza
Montero. Expediente N° 20-008857-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con treinta y dos minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintidós.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022683395
).
En este Despacho, con una base de once millones cuatrocientos seis mil ciento cincuenta y siete colones con siete céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando demanda del Juzgado de Familia
bajo sumaria 16-001269-1146-FA; sáquese a remate el vehículo placas
BKZ529. Marca: Mitsubishi, estilo: Outlander, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, chasis:
JMYXTGF2WHJ000390, serie:
JMYXTGF2WHJ000390, año: 2017, tracción:4X2, color:
negro, número de motor: 4B11RM6698, marca: Mitsubishi, modelo: GF2WXTSGL, cilindrada:
2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de diciembre de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del quince de diciembre
de dos mil veintidós con la base de ocho millones quinientos
cincuenta y cuatro mil seiscientos
diecisiete colones con ochenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de diciembre de dos
mil veintidós con la base de dos millones
ochocientos cincuenta y un
mil quinientos treinta y nueve colones con veintisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Adriana María Solano Vargas.
Exp:18-003074-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con doce minutos del veintiséis de setiembre del dos mil veintidós.—Luis
Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(
IN2022683396 ).
Edicto, en este Despacho, con una base de veintiocho millones quinientos treinta y nueve mil setecientos colones con dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
número 181863-000, la cual
es terreno de potrero. Situada
en el distrito
1-Liberia, cantón
1-Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con un frente de 14m 76
cm; sur, William Carballo Gutiérrez; este, lote dos y oeste, Inversiones Jusa & Diga S.A. Mide: doscientos setenta y nueve metros cuadrados. Plano:
G-1439241-2010. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del diecisiete
de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veintidós
con la base de veintiún millones
cuatrocientos cuatro mil setecientos
setenta y cinco colones con dos céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del seis
de diciembre de dos mil veintidós
con la base de siete millones
ciento treinta y cuatro mil
novecientos veinticinco colones con un céntimos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Dayanna Paola
Arias González, Jefry Andrés González
Salazar, María Lourdes Ester González Salazar, expediente
22-000858-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: diez horas con doce minutos del tres de octubre del dos mil veintidós.—Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—(
IN2022683408 ).
En este Despacho, con una base de quince millones quinientos treinta y ocho mil veinticinco colones con cincuenta y un céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el: vehículo placas BWF 037, marca: Chery, categoría: automóvil, capacidad para cinco personas, serie, vin, chasis: LVVDBDOSUNOBXPD cero uno cero dos cuatro cuatro, año 2022, color negro, número de motor SQRE Cuatro GU Uno Cinco CBDMM cero cero ocho uno cuatro. Para tal efecto se señalan
las catorce horas treinta minutos del uno de noviembre del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de once millones seiscientos
cincuenta y tres mil quinientos diecinueve colones con catorce céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de tres
millones ochocientos ochenta y cuatro mil quinientos
seis colones con treinta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Gerald Francisco Solano Bustos. Expediente N° 22-001172-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 06 de setiembre del año 2022.—Licda. Vivian Monge Herrera, Jueza
Tramitadora.—( IN2022683412 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y nueve millones seiscientos setenta y nueve mil setecientos veintiocho colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando, reservas Ley Aguas, citas:
408-08962-01-0296-001 y reservas Ley Caminos, citas: 408-08962-01-0297- 001; sáquese
a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula
N° 284423, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno para la agricultura, asentamiento Campesino Coyolar, bloque M lote M-2. Situada en el
distrito: 04-Coyolar, cantón:
09-Orotina de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: lote 11-1; al sur: carretera; al este: lote 1; y al oeste: lote 3. Mide: veintiún mil ciento cincuenta y cuatro metros con cincuenta
decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de diciembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas cuarenta y cinco minutos del doce de enero de dos mil veintitrés, con
la base de cuarenta y cuatro millones
setecientos cincuenta y nueve mil setecientos noventa y seis colones con sesenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés, con
la base de catorce millones
novecientos diecinueve mil novecientos treinta y dos colones con veinte céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra 3-102-716076 Sociedad de Responsabilidad Limitada, Constructora Intervalle Solano
Mata Sociedad Anónima, Roger Alonso Solano Mata. Expediente N° 22-007817-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: nueve horas con cuatro minutos
del tres de octubre del dos
mil veintidós.—Cinthia Pérez Moncada,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022683413 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando cédulas hipotecarias citas:
557-04432-01-0001-001, e hipoteca citas:
557-04432-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ochenta y dos mil setecientos uno, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito 9-Monte Verde, cantón
1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan Luis Solís Villegas;
al sur, Cándida
Gudiel Taleno; al este, Juan Luis Solís Villegas, y al oeste, calle pública con 14,00 mts. Mide: doscientos ocho metros con dieciocho decímetros cuadrados. Plano: P-0092516-1993. Identificador
predial: 601090082701. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del siete de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de noviembre
del dos mil veintidós, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Ólger González Méndez. Expediente N° 11-000626-0386-CI.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: once horas con cuatro minutos
del siete de setiembre del
dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a
Decisor/a.—( IN2022683453 ).
Edicto, en este Despacho, con una base de veintitrés millones quinientos setenta y tres mil seiscientos veintitrés colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto citas: 550-16760-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 203540-000, la cual es terreno lote B terreno de solar. Situada en el
distrito 8-Barranca, cantón
1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mopro Org S.A.; al sur, Mopro ORG
S.A.; al este, Ovidio
Arguedas Arguedas y al oeste,
calle pública con 40 metros de frente. Mide: nueve mil novecientos veinte metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós
con la base de diecisiete millones
seiscientos ochenta mil doscientos diecisiete colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones ochocientos noventa y tres mil cuatrocientos cinco colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores
R.L. contra Carlos Lizanías
Murillo Soto, Árbol de Teka Costa Azul Sociedad Anónima, expediente
21-008356-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y siete minutos del veinticinco de agosto del dos mil
veintidós.—Anny
Hernández Monge, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022683457 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
326-00417-01-0901-001, demanda ordinaria
citas: 800-630019-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 524886, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, MAPIVE S.A; al sur, calle
pública; al este, MAPIVE
S.A., y al oeste, MAPIVE S. A. Mide:
ciento ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de diecinueve
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de seis millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Edwin Manuel Freer Vega. Expediente N° 22-002945-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: quince horas con quince minutos
del veintidós de setiembre
del dos mil veintidós.—Eileen Chaves Mora, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022683476 ).
En este Despacho, con una base de once millones cuatrocientos quince mil
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo citas: 360-17524-01-0961-001; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento treinta
y dos mil quinientos veinte,
derecho 001 y 002, la cual es terreno
para agricultura N 33-33-7. Situada:
en el distrito
Río Blanco, cantón
Limón, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, Betty Alix
Delgado Acuña;
al sur, servidumbre; al este,
Ulises Antonio Araya Porras, y al oeste, servidumbre. Mide: doscientos treinta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de ocho
millones quinientos sesenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del primero de diciembre
del dos mil veintidós, con la base de dos millones ochocientos cincuenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alicia Judith Cruz Pereira, Douglas Enrique
Cooper Delgado. Expediente N° 21-005909-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 22 de setiembre del año 2022.—Hazel
Carvajal Rojas, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022683477 ).
En este Despacho, con una base de sesenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas
y restricciones citas:
300-17148-01-0901-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas:
421-03927-01-0001-001, servidumbre de paso citas:
421-03928-01- 0001-001; sáquese a remate la finca del
partido de Guanacaste, matrícula
número 187798-000, la cual
es terreno para construir lote 17-B. Situada en el distrito
1-Liberia, cantón
1-Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote 18-B; sur, lote 16-B; este, lote destinado
a calle pública con un frente de 8 metros
lineales y oeste, CDJ
Consulting Sociedad Anónima.
Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Plano: G-1516369-2011. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del dieciocho
de noviembre de dos mil veintidós
con la base de cuarenta y cinco
mil dólares exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de noviembre de dos
mil veintidós con la base de quince mil dólares exactos (25% de la base
original). Notas: se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Isaac Lezama Alfaro. Expediente
21-003397-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y cinco minutos del doce de setiembre del dos mil veintidós.—Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez Decisor.—(
IN2022683479 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y cinco mil cien dólares exactos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 300-17148-01-0901-001, servidumbre
de acueducto y de paso de A y A citas:
421-03927-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 421-03928-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 194452 derecho
000, la cual es terreno
para construir lote dieciocho B. Situada en el distrito
1-Liberia cantón 1-Liberia de la provincia
de Guanacaste. Linderos: norte,
Lote juegos infantiles; sur, Lote diecisiete B; este, calle pública con un frente de 8 metros; oeste, Lote A. Mide: ciento
sesenta y ocho metros cuadrados, Plano: G-1585144-2012. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de cuarenta
y ocho mil ochocientos veinticinco dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de diciembre del
dos mil veintidós, con la base de dieciséis
mil doscientos setenta y cinco dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela. La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Betty Guevara García, Hillary López Guevara, Sirza
Praxedis Ruiz Guevara. Expediente
N° 21-003595-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta y ocho minutos del veinte de Setiembre del dos mil veintidós.—Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—(
IN2022683480 ).
En este Despacho, con una base de catorce millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 272-04855-01-0002-001, servidumbre
trasladada citas:
315-06740-01-0902-001, servidumbre de paso citas: 476-08662-01-0004-001, servidumbre
de líneas eléctricas y de
paso citas: 2014-215434-01-0003-001, servidumbre de paso citas:
2014-215434-01-0004-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2014-215434-01-0005-001, servidumbre
de acueducto citas:
2014-215434-01-0006-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 519926-000, la cual
es terreno Lote Dos: terreno para construir. Situada en el
Distrito 2-San Miguel, Cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte Grupo Nelro S. A.;
al sur Guillermo Morales Fallas, Grupo Nelro S. A.; al este, servidumbre de paso con 22,61 m y al oeste
Benedicto Cruz Conejo. Mide: trescientos veintidós metros cuadrados plano: A-1740884-2014 metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del quince de noviembre
de dos mil veintidós con la base de once millones ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del veintitrés de noviembre
de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos
doce mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eliseth Alvarado
Arrieta, Hilda Alvarado Arrieta. Exp:22-002511-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia. Hora y fecha de emisión:
trece horas con cincuenta y
tres minutos del tres de octubre del dos mil veintidós.—Maricruz
Barrantes Córdoba, Juez/a Decisor/a.—( IN2022683481 ).
Edicto, en este Despacho, con una base de ochenta y seis mil cuatrocientos setenta y ocho dólares con cincuenta y tres centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
ciento noventa y nueve mil trescientos cincuenta y seis, derecho cero cero
uno, cero cero dos, cero cero
tres, cero cero cuatro y,
la cual es terreno construir con una casa destinada a habitación. Situada en el
distrito 2-Cinco Esquinas, cantón 13-Tibás, de la provincia de
San José. Colinda: al norte,
sucesión de Mauro Alvarado y otros;
al sur, calle pública con frente
11m 49cm; al este, Roberto Ramírez y otro y al oeste, Orlando Ruiz. Mide: doscientos treinta metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veintidós
con la base de sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y ocho dólares con noventa centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del seis de diciembre de
dos mil veintidós con la base de veintiún
mil seiscientos diecinueve dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Mauricio Arguedas Alfaro, expediente 22-001480-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de setiembre del año 2022.—Licenciada Elia Corina Marchena Fennell, Jueza Tramitadora.—( IN2022683483
).
En este Despacho, 1) Con una base de
quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: SJB 008383, categoría: transporte colectivo, año fabricación: 2002, color: blanco, N° motor: 1HZ0379363. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del dos de noviembre
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del diez
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del veintiuno
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). 2) Con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
SJB 007356, marca: Volvo, estilo:
B7R, año: 2000, color: blanco,
N° motor: D7109962. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del dos de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del diez de noviembre del
dos mil veintidós, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del veintiuno
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). 3) Con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones
19-000118-0494-TR, Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de Alajuela; sáquese a remate el vehículo placa: AB002726, marca: Scania, año fabricación: 2000, color: blanco, N°
motor: 3131701. Para tal efecto,
se señalan las quince horas cero minutos
del dos de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del diez de noviembre del
dos mil veintidós, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del veintiuno
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Franklin David de la Trinidad Rodríguez Blanco contra Kawasmytours.
Expediente N° 22-005406-1044-CJ. Publíquese
el edicto de Ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del edicto
a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de setiembre del año 2022.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Juez/a
Decisor/a.—( IN2022683502 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis millones trescientos noventa y siete mil doscientos sesenta y siete colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 187-05283-01-0901-001, citas:
306-08173-01-0903-001, servidumbre sirviente citas:
267-05909-01-0901-001, servid polieduc.
citas: 308-07994-01-0901-001, servid
de paso citas: 308-07994-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
180944-000, la cual es naturaleza:
terreno para construir bloque D Lote 25. Situada en el distrito 4-San Nicolas, cantón 1-Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Lote 24 D; al sur, resto reservado
destinado a avenida segunda; al este, Lote 26 D, y al oeste, resto reservado destinado a calle pública dos. Mide: doscientos metros con quince decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de noviembre
del dos mil veintidós, con la base de diecinueve millones setecientos noventa y siete mil novecientos cincuenta colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de diez
millones quinientos cincuenta y ocho mil novecientos dieciséis colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra Linnette Rocío Soto
Garita. Expediente N° 22-002816-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 24 de agosto del año
2022.—Licda. Pilar Gómez Marin, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022683503 ).
En este Despacho, con una base de ciento seis millones doscientos noventa y nueve mil cuatrocientos veintiocho colones con setenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre de Aguas Pluviales citas:
464-05122-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 173649-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
1-Oriental, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte: calle pública con 10
metros de frente; al sur: Lote
Siete-C; al este: Lote Siete-C; y al oeste: calle pública con 10 metros de frente. Mide: doscientos
veinte metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del dieciséis de noviembre
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del veinticuatro
de noviembre de dos mil veintidós
con la base de setenta y nueve
millones setecientos veinticuatro mil quinientos setenta y un colones con cincuenta y dos céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del dos de diciembre de dos mil veintidós
con la base de veintiséis millones
quinientos setenta y cuatro
mil ochocientos cincuenta y
siete colones con diecisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Sebastián Bonilla Amador. Expediente
N° 22-003253-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 06 de setiembre del año
2022.—Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022683508 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando medianería citas:
287-09387-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número dieciséis mil doscientos uno, derecho 000, la cual
es terreno para construir
con una casa lote 15 O. Situada: en el
distrito: 01-Puntarenas, cantón:
01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ana María
Salas Solís; al este, Gumercindo Espinoza Obando, y
al oeste, Ronald Vargas Mora. Mide:
ciento treinta metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de dos millones
cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de diciembre del
dos mil veintidós, con la base de ochocientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Aqua Marine Reef Sociedad Civil contra Karla Elena Peña Chaves. Expediente N° 20-008090-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas. Hora y fecha de emisión:
once horas con diecinueve minutos
del diez de mayo del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Juez Decisor.—( IN2022683509 ).
En la puerta
exterior de este Despacho: Primer remate: A las diez
horas del treinta y uno de octubre
del dos mil veintidós, en
la puerta exterior del Juzgado
Agrario de Liberia, libre de gravámenes,
hipotecarios y con la base de ciento
veintidós millones novecientos un mil novecientos sesenta y nueve colones, en el
mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Registro
Público Inmobiliario, partido de Guanacaste, matrícula ciento veinticuatro mil trescientos cincuenta y nueve-cero cero cero
(5-124359-000), es terreno para la agricultura con una casa, ubicado en Mogote (distrito tres), de Bagaces (cantón cuarto) de la provincia de Guanacaste. Sus linderos
son: norte, calle pública con un frente de ciento setenta y cinco metros y Yalile Pastrana
Jiménez; sur, Cecilio Fuentes Sequeira
y en parte río Guayabo; este,
Juan Matamoros Ugalde, Amalia Fallas Fuentes,
Emiliano Murillo Esquivel, en parte
río Guayabo y Jesús Damián
e Iker Antonio ambos de apellidos Calvo Cantillo, y oeste, Cecilio Fuentes Sequeira. Mide: ochenta y nueve mil setecientos trece metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Pertenece a Ovidio Lobo Cruz. Otros gravámenes y anotaciones: gravamen hipotecario
de segundo grado a favor de
Inversiones Lemur de Occidente
S.A., inscrito con las citas:
2017-488950-01-0001-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos
con las citas: 497-04528-01-004-001. reservas de Ley Forestal citas: 497-04528-01-0005-001 y practicado
citas: 800-648735-01-648735-01-0001-001. b) Segundo remate: De no haber
postores en esa diligencia, se llevará a cabo el segundo
remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de noventa y dos millones ciento setenta y seis mil cuatrocientos setenta y seis colones setenta y cinco céntimos. Se celebrará a las diez horas ocho de noviembre del dos mil veintidós. c) Tercer remate:
Si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con
la base de treinta millones
setecientos veinticinco mil
cuatrocientos noventa y dos
colones con veinticinco céntimos, un 25% de la base original. Se celebrará a las diez horas del dieciséis de noviembre del dos
mil veintidós. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Secretaría
Técnica del Sistema de Banca para el Desarrollo
contra Donald Lobo Alvarado y Ovidio Pablo de Jesús
Lobo Cruz. Expediente N° 17-000098-0387-AG. Nota: Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de
Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia),
04 de octubre del año
2022.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña,
Juez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022683546 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
del treinta de noviembre
del dos mil veintidós, y con la base de siete millones novecientos cincuenta mil cuatrocientos diez mil colones con noventa y seis céntimos (¢7.950 410.96), en el mejor postor,
remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos veintinueve
mil cuatrocientos treinta y
cuatro-cero cero cero, la cual
es terreno de potrero y tacotal.
Situada: en el distrito: 04-Bijagua, cantón: 13-Upala, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
José Joaquín Alvarado Hidalgo; al sur, Róger
Rodríguez Rojas; al este, Rafael Ramírez Arguedas, y
al oeste, calle pública con un
frente a ella
de cuarenta y cuatro metros con setenta
y seis centímetros lineales.
Mide: cuarenta y tres mil quinientos ochenta y ocho metros con treinta y un decímetros cuadrados. Todo según plano A-0489563-1998. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del nueve de diciembre del dos mil veintidós, con la base de cinco millones novecientos sesenta y dos mil ochocientos ocho colones con veintidós céntimos (¢5.962
808.22) (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil veintidós,
con la base de un millón novecientos
ochenta y siete mil seiscientos dos colones con setenta y cuatro céntimos
(¢1.987602.74) (25% de la base original). Notas: Se
le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ana Daisy Barrantes Carvajal, Wilber
Alfaro Rodríguez.
Expediente N° 17-000027-1520-AG. Nota:
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Agraria), 29 de agosto del año 2022.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683551
).
En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos setenta y ocho mil novecientos cuarenta y un colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reserva de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos visible a las citas:
297-14095-01-0017-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa y cinco mil cuatrocientos veintiséis, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno de sembradíos. Situada: en el
distrito 1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Finca se encuentra
en zona catastrada. Linderos: norte, Xinia Guzmán Gómez y Flor María Gómez
Murillo; sur, Jovany Guzmán Gómez y Xinia Guzmán
Gómez; este, Flor María Gómez
Murillo; oeste, calle pública con un
frente a ella
de trece metros once centímetros.
Mide: setecientos setenta y siete metros cuadrados. Plano: P-1625745-2012. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del once de noviembre
del dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos
treinta y cuatro mil doscientos
seis colones con treinta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de un millón doscientos
cuarenta y cuatro mil setecientos
treinta y cinco colones con cuarenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón R.L. contra Gregorio Gerardo Villanueva Valderramos. Expediente N°
22-002943-1200-CJ. Nota: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y nueve minutos del doce de setiembre del dos mil veintidós.—Franz
Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022683574 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con
una base de cinco millones de colones exactos , libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 315-10249-01-0008-001 y plazo de convalidación
(rectificación de medida) citas: 567-13465-01-0006- 001; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento nueve mil
ochocientos ocho, derecho 000, la cual es terreno de café y charral. Situada en
el distrito Vuelta de Jorco, cantón Aserrí, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Luz Miriam Abarca; al sur, Manuel Segura Valverde; al este,
quebrada en medio Manuel Segura y al oeste, Doris Dallas Cascante. Mide: nueve
mil doscientos treinta y cuatro metros con cincuenta y nueve decímetros
cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas
treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del
diecisiete de noviembre de dos mil veintidós con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veintidós con la base
de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.-
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Roberto Antonio Quirós
Solano. Expediente N° 22-000910-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 13 de setiembre del año
2022.—Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2022683661 ).
En este Despacho, con una base de ciento cuarenta y ocho millones cuarenta
y nueve mil siete colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
181057-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
1 Desamparados, cantón 3 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Clara
María Chinchilla
Quesada; al este, Mario Bonilla Hernández, y al oeste,
calle pública. Mide: trescientos cincuenta y tres metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas quince minutos del dos de noviembre del dos mil veintidós, con
la base de ciento once millones
treinta y seis mil setecientos
cincuenta y cinco colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del diez de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de treinta y siete
millones doce mil doscientos cincuenta y un colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Tres Cientos seiscientos noventa y ocho mil setecientos noventa y siete SRL contra María Irene Clemencia Román Ledezma. Expediente N° 22-001019-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 13 de julio del año 2022.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—( IN2022683687
).
En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, soportando reservas y restricciones bajo citas: 319-15958-01-0912-003, sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta y cuatro mil quinientos treinta y tres, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de Repasto. Situada en el
distrito: 05-Cariari, cantón:
02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Marino
Granados Solano; al sur, Marino Granados Solano; al este,
calle pública con un frente de 19,71 metros, y al oeste,
Marino Granados Solano. Mide: novecientos
cincuenta y un metros con cincuenta
y dos decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil veintidós, con la base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil veintidós,
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Rafael Ángel Fernández Sánchez contra Álvaro de Los Ángeles Durán Berrocal. Expediente N° 15-001430-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 26 de setiembre
del año 2022.—Sugey
Martínez Cano, Jueza Decisora.—(
IN2022683708 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
443628 derecho 000, la cual es Naturaleza:
terreno de café Lote 2. Situada en el
distrito: 06- Frailes, cantón: 03-Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Jorge Valverde Monge; al sur, Eriber Valverde Monge,
Orlando Valverde Monge y William Valverde Mora; al este,
Yurro en medio de beneficiadora Santa Elena S. A., y al oeste,
Jorge Valverde Monge y servidumbre de paso. Mide: tres mil ochocientos treinta y ocho metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-0289670-1995; Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del diecisiete
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
de colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil
veintidós, con la base de un millón
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de la
Sucesión de Laudencio
Gonzalo Navarro Ceciliano contra Fernelli
Antonio Navarro Tencio. Expediente
N° 21-005863-1164-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del año 2022.—María del
Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—(
IN2022683722 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y seis mil cuatrocientos
veintisiete dólares con noventa y tres centavos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 358-00036-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento seis mil doscientos dos, derecho 004, 005, 006, la cual es terreno construido. Situada en el distrito:
03-San Juan de Dios, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Hilda Retana Mora;
al sur, calle pública con
10.00 metros; al este servidumbre
de acceso de 04.26 metros, y al oeste,
Miguel Ángel Astúa Retana. Mide: trescientos
dos metros con noventa decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós, con la base de treinta
y cuatro mil ochocientos veinte
dólares con noventa y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de once mil seiscientos seis dólares con noventa y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco
BAC San José S. A. contra Andrés David Figueroa Guevara, Damaris Francisca
Figueroa Retana, Grace Patricia Corella Retana, María Elena Ramírez Figueroa. Expediente
N° 22-007086-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 25 de
agosto del año 2022.—Audrey
Abarca Quirós, Jueza Decisora.—( IN2022683733 ).
En este Despacho, con una base de siete mil doscientos cincuenta y siete dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes
prendarios; sáquese a
remate el vehículo: BNW270,
marca: Suzuki, estilo:
SWIFT D ZIRE GL, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2017, color: bronce,
Vin: MA3ZF62S9JAA64914, N° motor: K12MN1922201, modelo: ZI13C2C00019600, Cilindrada: 1200 c.c., cilindros:
4. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil veintitrés, con la base de cinco
mil cuatrocientos cuarenta
y tres dólares con veintidós centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del tres de febrero del dos mil veintitrés, con la base de mil ochocientos
catorce dólares con cuarenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.
Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Jessenia José
Aguilera Sánchez, Expediente N° 22-008300-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José,
07 de setiembre del año
2022.—Mayra Vanessa Guillen Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022683734 ).
En este Despacho, con una base de ciento cincuenta y siete mil trescientos sesenta y cinco dólares con cinco centavos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando serv y calle ref:1882/417/004 citas:
305-14318-01-0901-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas:
2013-47353-01-0764-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2013-307427-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 101351-F-000, la
cual es terreno Finca
Filial número D cincuenta y
uno de dos plantas destinada
a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito 3- San Juan, cantón 3-La Unión, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
finca filial cincuenta D; al sur, finca filial cincuenta y dos D; al este, acceso vehicular, y al oeste, Cafetalera Bella Vista S. A., y Hacienda Herrán S. A. Mide: doscientos cuarenta y un metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del quince de noviembre
del dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del veintitrés de noviembre
del dos mil veintidós, con la base de ciento dieciocho mil veintitrés dólares con setenta y nueve centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del uno
de diciembre del dos mil veintidós,
con la base de treinta y nueve
mil trescientos cuarenta y
un dólares con veintiséis
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José S. A. contra Rodrigo Enrique Arias Lopez. Expediente N° 22-002061-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 04 de octubre
del año 2022.—Licda. Pilar
Gómez Marin, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022683735 ).
En este Despacho,
con una base de doce mil cuatrocientos diez dólares con veinticuatro
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando colisiones 20-000537-0174-TR; sáquese
a remate el vehículo placas: DJP006, marca:
Suzuki, estilo: Vitara GL Plus Z, categoría:
automóvil
capacidad: 5 personas, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2017, cilindrada:
1600 c.c, cilindros: 4,
combustible: gasolina, N. motor: M16A2041199, vin:
TSMYD21SXHM220299. Para tal efecto
se señalan las trece horas cincuenta minutos del once de enero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cincuenta minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés con la base de nueve
mil trescientos siete dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cincuenta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintitrés con la base de tres
mil ciento dos dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Banco BAC
San José S.A. contra Luis Carlos Acosta Echeverría, expediente
21-006672-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de agosto del año 2022.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Juez/a Decisor/a.—( IN2022683736 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de veinte mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones
citas: 357-15375-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número cincuenta y siete mil ciento sesenta y dos - cero cero cero, la cual
es terreno apto para construir. Situada en el distrito
Sardinal, cantón Carrillo,
de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Nini Chinchilla;
sur, camino público con 42m 33cm; este, Édgar Ríos
y oeste, camino público con
76m 71cm. Mide: dos mil doscientos
seis metros con ochenta y nueve
decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del doce de enero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés con la base de quince mil dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta de enero de dos mil veintitrés con la base de cinco
mil dólares exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
3-102-858168 Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Ulrico Frannz Josef Schulz, expediente 14-002841-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del
Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón),
09 de setiembre del año
2022.—María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza Decisora.—(
IN2022683484 ).
En este Despacho, con una base de trece mil trescientos cincuenta y siete dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el Vehículo
CL301867, marca: Isuzu, estilo:
QKR55L-EE1AYVT, categoría: carga liviana,
capacidad: 3 personas, carrocería:
caja cerrada o furgón, tracción: 4x2, número chasis: JAA1KR55EH7101110, año fabricación: 2017, color: blanco,
motor: 4JB13A5783. Para tal efecto
se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de diez mil dieciocho
dólares con cuarenta y dos
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del trece de diciembre del dos mil veintidós, con la base de tres
mil trescientos treinta y nueve dólares con cuarenta y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Jessica Alejandra Morales González contra Ingrid Leticia Arias Borbón. Expediente N° 21-001107-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto
del año 2022.—Mayra Yesenia Porras Solís, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022683752 ).
En este Despacho, con una base de siete millones ochocientos veintidós mil doscientos cincuenta y cuatro colones con treinta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa:
BTD214. Marca: Geely, Estilo:
GX3, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Carrocería:
Todo terreno 4 puertas, Tracción: 4x2, Número de Chasis: LB37522S7LL001407, Año Fabricación: 2020, Color: Azul, Cilindrada: 1500, Combustible: Gasolina.
Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del
once de noviembre de dos mil veintidós
con la base de cinco millones
ochocientos sesenta y seis
mil seiscientos noventa colones con setenta y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil
veintidós con la base de un millón
novecientos cincuenta y cinco mil quinientos sesenta y tres colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jeiko Josué Mora Mora. Expediente
N° 22-002852-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón),
hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y cinco minutos del ocho de setiembre del dos mil veintidós.—Eileen
Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—(
IN2022683793 ).
En este Despacho, con una base de un millón ciento noventa y ocho mil trescientos cuarenta y tres colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo MOT 657021, Marca: AKT Estilo: AK 180 TTR, categoría: motocicleta capacidad: 2 personas,
carrocería: Motocicleta, año fabricación: 2018, color: azul, color: azul, combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del treinta y uno de octubre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las dieciséis horas
cero minutos del ocho de noviembre de dos mil veintidós
con la base de ochocientos noventa
y ocho mil setecientos cincuenta y siete colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil
veintidós con la base de doscientos
noventa y nueve mil quinientos ochenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Mario Alberto Varela Santamaria.
Exp:19- 002591-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: veinte horas
con uno minutos del veintiocho
de setiembre del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia
Cedeño Leitón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022683794 ).
En este Despacho, con una base de setenta y dos mil dólares, libre
de gravámenes pero soportando servi. y condic ref. 3069-063-001 citas:
329-00928-01-0901-001, servi. y condic
ref. 3069-061-001 citas: 329-00928-01-0904-001, servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0002-001; servidumbre
sirviente citas:
338-13993-01-0006-001; servidumbre dominante citas:
339-0515-01-0019-001; servidumbre dominante
citas: 339-0515-01-0020-001; servidumbre
dominante citas: 339-0515-
01-0021-001; servidumbre dominante
citas: 339-0515-01-0022-001; servidumbre
dominante citas:
339-0515-01-0023-001; servidumbre dominante
citas: 339-0515-01-0024-001; servidumbre
dominante citas:
339-0515-01-0025-001; servidumbre dominante
citas: 339-0515-01-0026-001; servidumbre
dominante citas:
339-0515-01-0027-001; servidumbre sirviente
citas: 339-0515-01-0028-001; servidumbre
sirviente citas:
339-0515-01-0029-001; servidumbre sirviente
citas: 339-0515-01-0030-001; servidumbre
sirviente citas:
339-0515-01-0031-001; servidumbre sirviente
citas: 339-0515-01-0032-001; servidumbre
sirviente citas:
339-0515-01-0033-001; servidumbre sirviente
citas: 339-0515-01-0034-001; servidumbre
sirviente citas:
339-0515-01-0035-001; servidumbre sirviente
citas: 339-0515-01-0036-001; servidumbre
dominante citas:
339-00515-01-0091-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0092-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0093-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0094-001; servidumbre
dominante citas:
339-00515-01-0095-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0096-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0097-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0098-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0099-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0100-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0101-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0102-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0103-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0104-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0105-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0106-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0107-001;
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0108-001; servid
y condic ref. 00201524-000 citas
347-19046-01-0900-001; servidumbre trasladada citas
353-14628-01-0900-001; servidumbre trasladada citas:
403-015261-01-0920-001; condiciones ref. 243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001; servidumbre
trasladada citas
403-015261-01-0922-001; servidumbre trasladada citas
403-015261-01-0923-001; condiciones ref. 245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001, practicado
citas: 800-493839-01-0001-001 y practicado
citas: 800-563185-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 46379-F-000, la cual es terreno finca filial tres-dieciséis apartamento en proceso de construcción
destinado a uso habitacional de una planta con estacionamiento para un vehículo. Situada
en el distrito
08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Finca filial tres quince; al sur, área común de uso restringido Nº Doce; al este, Filial tres catorce y área común de acceso, y al oeste, área verde
común. Mide: noventa y tres metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. plano no se indica.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del cinco de junio del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas
quince minutos del trece de
junio del dos mil veintitrés
con la base de cincuenta y cuatro mil dólares (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del veintiuno de junio del dos mil veintitrés, con la base de dieciocho
mil dólares (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José contra Adolfo Ramírez Lopez. Expediente
N° 20-003712-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciocho horas con tres minutos del dieciséis de setiembre del dos
mil veintidós.—M.Sc. María Fernanda Soto Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2022683799
).
En este Despacho, con una base de ciento cincuenta y tres mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones bajo las
citas 351-07135-01-0805-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos dieciocho mil veintitrés, derecho 000, la cual
es terreno de casa, jardín
y solar. Situada en el distrito 4-Cipreses, cantón 7-Oreamuno, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte
Bozard Rossorkh y Norma
Cruz Morúa;
al sur William Masís
González; al este, calle pública con un
frente de 30 metros con 55 centímetros
y al oeste William Masís González. Mide:
dos mil ochocientos veintidós
metros con sesenta y un decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de noviembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del trece
de diciembre de dos mil veintidós
con la base de ciento quince mil ciento
veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiuno de diciembre de dos mil
veintidós con la base de treinta
y ocho mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Juan Alexis Ugalde Moya. Exp:19-009191-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
de Cartago, 14 de setiembre del año 2022.—Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2022683803 ).
En este Despacho, con una base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
número ciento treinta y tres mil veintinueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
Distrito 1-Las Juntas, Cantón 7-Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte calle pública con un
frente de 8 metros; al sur Municipalidad de Abangares; al este Municipalidad
de Abangares y al oeste
Municipalidad de Abangares. Mide:
doscientos siete metros con
veinticinco decímetros cuadrados. Plano: G-0119347-1993. Identificador
predial: 507010133029. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del
cuatro de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil veintidós con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintidós
con la base de doscientos cincuenta
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Francibel Q.M S. A.
contra Alexander De La Trinidad Salazar Badilla. Expediente:
19-005501-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha
de emisión: ocho horas con cincuenta y tres minutos del uno de setiembre del
dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez/a Decisor/a.—( IN2022683813 ).
En este Despacho, con una base de ochenta y un mil ochocientos sesenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 180512-000, la cual
es naturaleza: terreno para
construir con una casa, Bloque Z, Lote 11. Situada en el
Distrito (01) El Tejar, Cantón
(08) El Guarco, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte
lote 22; al sur calle
publica; al este Lote 12 y
al oeste Lote 10. MIDE: ciento treinta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil veintidós
con la base de sesenta y un mil trescientos
noventa y cinco dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil
veintidós con la base de veinte
mil cuatrocientos sesenta y
cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Bac San José S. A. contra Alexis Bernardo Gómez Gómez,
Paola Gabriela Quirós González. Exp:19-014869-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 18 de agosto
del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022683844 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número cuatrocientos treinta y tres mil
quinientos dieciséis,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito San Isidro, Cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte calle pública; al
sur quebrada, en medio María Teresa Mora Madrigal; al
este Álvaro Arias Madriz y al oeste
Miriam Sanabria Esquivel. Mide: quinientos
cuarenta y ocho metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, plano: SJ-0203054-1994. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del treinta
de noviembre de dos mil veintidós
con la base de cuatro millones ciento
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de diciembre de dos mil veintidós con la base de un millón
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Juan
Carlos Martínez Solano contra Roberto Mora Mora.
Exp:11-000301-0188-CI.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y ocho minutos del veintinueve de Setiembre del dos
mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022683900 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil ciento setenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número cuatrocientos noventa y seis mil quinientos
once, derecho 000, la cual es terreno
para construir bloque K Lote Catorce K. Situada en el
distrito 4- Mata de Plátano,
cantón 8- Goicoechea, de la
provincia de San José. Colinda:
al norte Lote Trece K; al sur Municipalidad de Goicoechea;
al este resto destinada calle pública y al oeste Braulio Rojas Cubero. Mide:
doscientos cincuenta metros
con tres decímetros cuadrados. Plano: SJ-0590113. Para tal
efecto, se señalan las once
horas cero minutos del diecisiete
de enero de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veinticinco de enero de
dos mil veintitrés con la base de diez
mil seiscientos veintisiete
dólares con cincuenta
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del dos de febrero
de dos mil veintitrés con la base de tres mil quinientos
cuarenta y dos dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de
Diego Bermúdez Dejuk,
Rodrigo Jaikel Gazel contra
Christopher Stephan Amrhein
Cruz. Exp:20-003867-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 01 de setiembre del año 2022.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2022683907 ).
En este Despacho, con una base de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 323-07660-01-0906-001, denuncia
citas: 800-743439-01-0001-001 y denuncia
citas: 800-760277-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número veintitrés mil cuarenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito
1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Didier Alpízar Rodríguez;
al sur, Edna Julia y Gilbert E. Rodríguez; al este,
Edna Julia y Gilbert Rodríguez A. y al oeste, calle pública con 11m 96cm de frente. Mide: cuatrocientos setenta y ocho metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Plano:
L-0331284-1978. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del once de noviembre
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
veintiuno de noviembre de
dos mil veintidós con la base de veintidós
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós
con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Jose Eladio Alvarado Chacón, José Francisco
Alvarado Montoya contra 3-102-782826 S.R.L.,
Ruth Magdalena Martínez Mairena. Expediente N° 22-000845-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 14
de setiembre del año
2022.—Hazel Patricia Bolaños, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022683910 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta millones setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando adjudicación de finca (divorcio)
bajo las citas 2016- 801287-001, donación
bajo las citas 2017-180730-001, adjudicación
de la finca (divorcio) bajo las citas
2017-471888-001, adjudicación de la finca (divorcio) bajo las citas
2017-786626-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 170149-000, la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito
(05) Agua Caliente, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Lotes
dos-R y tres-R; al sur, calle
pública con un frente de
15.05 metros; al este, calle
pública con un frente de
14.91 metros, y al oeste, Lote
26-R. Mide: doscientos cincuenta y un metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del once de noviembre
del dos mil veintidós, con la base de treinta millones cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiuno de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de diez
millones dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
José Joaquín Hidalgo Calderón contra Adrián Gerardo De Los Ángeles Breckenridger Vargas. Expediente N° 18-001271-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 18 de agosto
del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022683929 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BNB634. Marca: Hyundai, Estilo:
Accent GLS, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 5 personas, Carrocería:
Sedan 4 puertas, Tracción:
4x2, Número Chasis: KMHCT4AE8FU801570, Año Fabricación: 2015, Color: Plateado. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del uno de febrero
de dos mil veintitrés con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Rolando Antonio Coto Buganza
contra Gladys Eliette Araya Flores. Expediente N° 22-007539-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de setiembre
del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Decisora.—( IN2022683969 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BNB634 Marca: Hyundai. Estilo:
Accent GLS. Categoría: Automóvil.
Capacidad: 5 personas. Carrocería:
Sedan 4 puertas. Tracción:
4X2. Número Chasis: KMHCT4AE8FU801570. Año Fabricación: 2015. Color: Plateado. Para tal efecto se señalan
las nueve horas cero minutos
del veinticuatro de enero
de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del uno de febrero de dos mil veintitrés
con la base de seis millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Prendaria de
Rolando Antonio Coto Buganza
contra Gladys Eliette Araya Flores.
Expediente:22-007539- 1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 15 de setiembre del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—( IN2022683970 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de veinticinco
millones doscientos noventa y seis mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número doscientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y tres, derecho 000, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito
Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte Lotes 94 y 95; al
sur calle pública con 10m 08cm; al este Lote 148 y al oeste parque número 6. Mide: doscientos cuarenta y dos metros
con veintitrés decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veinticuatro
de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del dos de diciembre de dos mil veintidós
con la base de dieciocho millones
novecientos setenta y dos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del catorce
de diciembre de dos mil veintidós
con la base de seis millones trescientos
veinticuatro mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Franklin De Jesús Brenes Umaña. Expediente:21-000914-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 07 de octubre del año 2022.—Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2022683973 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil quinientos treinta y
dos dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa BCK385. Placa: BCK385,
Marca: Daihatsu, Estilo: Terios,
Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: JDAJ210G003000285, Carrocería: Todo terreno 4 puertas, Tracción: 4x4, Número Chasis: JDAJ210G003000285,
Fabricación: 2013, Uso:
Particular, Color: Plateado, Vin: JDAJ210G003000285, N° Motor:
2764240, Marca: Daihatsu, Modelo: J210LG-GMDF, Cilindrada: 1495 c.c., Cilindros:
4, Combustible: Gasolina. Para tal
efecto se señalan las nueve horas con cuarenta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas con cuarenta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós
con la base de tres mil trescientos
noventa y nueve dólares con sesenta y seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas con cuarenta minutos del dos de diciembre de
dos mil veintidós con la base de mil ciento treinta y tres dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) S. A. contra Christian Enrique Oviedo Rojas. Expediente
N° 22-006755-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de julio del año 2022.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2022683981 ).
En este Despacho, con una base de setecientos cuarenta y nueve mil setecientos veintidós colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-275228, Marca.
JIANSHE Estilo Montañera. Categoría Motocicleta. Chasis LAPJCMLA38B060086. Capacidad 2 personas. Año 2009. Carrocería
Motocicleta. Color verde. Tracción 2X2. Para tal efecto se señalan las nueve horas veinte minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas veinte minutos del uno de diciembre de dos mil veintidós
con la base de quinientos sesenta
y dos mil doscientos noventa
y un colones con noventa y
un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas veinte minutos del trece de diciembre de dos mil veintidós con la base de ciento ochenta y siete mil cuatrocientos treinta colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA
S.A. contra Alejandro Armando Montero Gamboa. Expediente:14-010857-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de julio del año 2022.—Sirlene De Los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022683983 ).
En este Despacho, con una base de un millón ciento ochenta
y nueve mil doscientos ochenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-509780 Marca Hero, Estilo
Hero Glamour, Color Azul, Año 2016, VIN
MBLJA06ANGGT00695. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos
mil veintidós con la base de ochocientos
noventa y un mil novecientos
sesenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de diciembre de dos mil veintidós
con la base de doscientos noventa
y siete mil trescientos veintidós colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Prendaria de
INSTACREDIT S. A. contra Arbey Vianey
Rodriguez Gutierrez. Expediente:17-003190-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 30 de agosto del año 2022.—Karina Alexandra Pizarro García, Jueza.—( IN2022683992 ).
En este Despacho, con una base de once millones ciento treinta y seis mil quinientos treinta y cinco colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
PKK643 Marca: BYD, categoría: automóvil, Serie: LGXCG6DFL0001002, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, Chasis:
LGXCG6DFL0001002, Vin: LGXCG6DFL0001002, uso:
particular, Estilo: F3 GLX I, capacidad:
5 personas, año: 2020, color: blanco,
peso bruto: 1210 kgrms, Número de Motor: BYD473QE219326882, cilindrada:
1500 c.c, combustible: gasolina,
cilindros: 4. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinte de diciembre del dos mil veintidós con la base de ocho millones trescientos cincuenta y dos mil cuatrocientos
un colones con setenta y
dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del once de enero del dos
mil veintitrés con la base de dos millones
setecientos ochenta y
cuatro mil ciento treinta y
tres colones con noventa y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Minor Roberto
De Los Ángeles Duran Alfaro. Expediente:21-000787-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del segundo Circuito Judicial de San
José, Sección Segunda, 04 de octubre
del año 2022.—Susana Murillo Alpízar,
Jueza Tramitadora.—(
IN2022683993 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de ocho millones noventa mil doscientos once colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 350615 KIA, Estilo: K2500, Categoría: Carga liviana, Capacidad: 3 personas,
Serie: KNCSHX76AH7132396, Carrocería: Caja cerrada o Furgón, Tracción: 4x2, Peso Bruto: 1742 kgrms, Número Chasis: KNCSHX76AH7132396,
Valor Hacienda: 8.800.000,00, Año Fabricación:
2017, Estado Actual: Inscrito, Estado Tributario: Pago Derechos de Aduana,
Cabina: No aplica, Clase Tributaria: 1104065, Techo: No aplica, Uso: Particular, Valor Contrato:
19.500,00, Color: Blanco, Vin: KNCSHX76AH7132396, N° Motor: D4CBG147569,
Marca: Kia, Modelo: HDH76B857, Cilindrada:
2497 c.c., Cilindros: 04, Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan
las nueve horas cero minutos
del veintiocho de noviembre
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del siete de diciembre de
dos mil veintidós con la base de seis millones sesenta y siete mil seiscientos cincuenta y ocho colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de diciembre de dos mil
veintidós con la base de dos millones
veintidós mil quinientos cincuenta y dos colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Johnny Antonio Chaves Torres. Expediente N° 22-000204-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de octubre
del año 2022.—Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2022683994
).
En este Despacho, con una base de veintisiete millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de San José, matrícula número 177709, Derecho 000 Naturaleza:
construir. Situada en el Distrito 9-Pavas Cantón 1-San José de la provincia de San José; Linderos: norte: destinado a calle pública, sur:
Rodolfo Montero, este: Milagro Rojas, oeste: Urbanizac Rohrmoser S A, mide: doscientos dos metros con cuarenta
y ocho decímetros cuadrados, plano:SJ-0004747-1966. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cincuenta minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cincuenta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil
veintidós con la base de veinte
millones setecientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cincuenta minutos del veintiocho de noviembre de dos
mil veintidós con la base de seis millones
novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jose Martin Artavia Jiménez. Expediente:20-013282-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del año 2022.—Cinthia
Vanessa Segura Duran, Jueza Decisora.—(
IN2022684009 ).
En este Despacho, con una base de seis millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Restricciones Reg. Art. 18, Ley 2825 citas
526-10638-01-0048-001, Reservas Ley Forestal citas
526-10638-01-0067-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 526-10638-01-0086-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y dos, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte: Luis Enrique Mata Mora; al sur: Luis
Enrique Mata Mora; al este: calle
pública;
y al oeste: Luis Enrique Mata Mora. Mide: doscientos diez metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones
setecientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil veintidós con la base de un millón
quinientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Karen Gabriela Segura Mora. Expediente N° 21-002959-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciséis minutos del veintisiete de setiembre del dos mil
veintidós.—Eileen
Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—(
IN2022684010 ).
En este Despacho, con una base de diez millones novecientos
setenta y seis mil colones exactos , soportando hipoteca legal ley 7052 CITAS: 2019-133664-01-0004-001 Y reservas y restricciones citas: 315-04866-01-0901-001, servidumbre
de paso citas: 2016-790644-01-0005-001, servidumbre de paso citas:
2016-790644-01-0007-001, servidumbre de paso citas: 2017-06009-01-0004-001, servidumbre
de paso citas: 2017-350612-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
doscientos veinte mil setecientos seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir con zanjón y muro. Situada en el
Distrito 1-Quepos, Cantón 6-Quepos, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte
Maritzabel Ulloa Elizondo; al sur Alfredo Chavarría Ferrero; al este, servidumbre de paso y al oeste Alfredo Chavarría Ferrero. Mide: cuatrocientos noventa metros cuadrados.
Plano:P-1939096-2016. Para tal efecto,
se señalan las catorce horas
treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del
once de noviembre de dos mil veintidós
con la base de ocho millones
doscientos treinta y dos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil veintidós
con la base de dos millones setecientos
cuarenta y cuatro mil colones
exactos (25% de la base original). notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Kimberly Pamela Bonilla Montero.
Expediente:22-002157-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con dos minutos del nueve de Setiembre del dos mil veintidós.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Tramitadora.—( IN2022684011 ).
En este Despacho, con una base de trece millones de colones exactos, soportando servidumbre de paso citas: 465-10675-01-0008- 001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 423000-000, Naturaleza: terreno para construir con una casa situada en el
distrito 1-Naranjo cantón
6-Naranjo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte: Francisco
Rodriguez, sur: Antonio Vargas, este: calle pública con 08 mts 99 cms oeste: Ángel Adrián
Villalobos Montero Mide: doscientos
un metros con treinta decímetros
cuadrados. Plano: A-1071181-2006. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del catorce de noviembre de
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del veintidós
de noviembre de dos mil veintidós
con la base de nueve millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del treinta de noviembre de
dos mil veintidós con la base de tres
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Fernando Francisco De La Trinidad Madrigal Ledezma, Jurgen Fernando Madrigal Jarquín.
Expediente:22- 002519-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: diez horas con
uno minutos del seis de octubre
del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—(
IN2022684012 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
trescientos cincuenta y
seis mil quinientos veinticuatro-cero
cero cero, la cual es terreno de charral. Situada en el
Distrito San Rafael, Cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte Julio Sánchez Quesada y servidumbre
de acceso de 5 mts frente calle pública; al sur quebrada de Llano Brenes; al este Asdrúbal Rodríguez Espinoza
y al oeste Joaquín Herrera Quesada. Mide: veintiocho mil ochocientos cincuenta y cuatro
metros con cuarenta y cuatro decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del doce de enero del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veinte de enero del dos
mil veintitrés con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del treinta
de enero del dos mil veintitrés
con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Roy Gilberto Esquivel Ferreto contra Sonia María Del
Socorro Salas Alvarado. Expediente:19-002360-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón). 08 de setiembre del año 2022.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2022684039 ).
En este Despacho, con una base de doce mil trescientos sesenta y cinco dólares con veintiún centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa SYM187, Marca:
Nissan, Estilo: Kicks, categoría: automóvil, Serie / Chasis / VIN: 3N8CP5HD5JL513315, tracción:
4x2, año fabricación: 2018,
color: gris, N. Motor: HR16574160T, cilindrada: 1600 c.c, combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del veinticuatro
de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del dos de diciembre de dos mil veintidós
con la base de nueve mil doscientos
setenta y tres dólares con noventa centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del trece
de diciembre de dos mil veintidós
con la base de tres mil noventa
y un dólares con treinta
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Shiari Yinneth Martínez Umaña. Expediente:20-011111-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José. 30 de agosto del año 2022.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—(
IN2022684047 ).
En este Despacho, con una base de catorce millones de colones exactos, soportando: servidumbre trasladada citas:
302-05468-01-0901-001; servidumbre trasladada citas:
375-10931-01-0900-001; servidumbre trasladada citas:
375-10931-01-0901-001; servidumbre trasladada citas: 375-
10931-01-0903-001; servidumbre trasladada
citas: 375-10931-01-0904-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 354382-001 y
002, la cual es terreno
para construir Bloque I Lote 3. Situada en el Distrito 2- San José Cantón 1-Alajuela de la provincia
de Alajuela Linderos: norte:
calle pública; sur: Luis Soto Rojas y Danuela
María y Marianela Manzanarez Alvarez; este: INVU y oeste: INVU; mide: ciento setenta
y un metros con sesenta y tres
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós
con la base de diez millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Hans Gerardo Schmidt Fernández contra Ana Siria Villalobos Arguedas,
Jorge Enrique Céspedes Quirós. Expediente:22- 001111-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diecinueve horas con diecinueve minutos del ocho de marzo del dos mil veintidós.—M.Sc. Angie Rodríguez Salazar, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2022684051 ).
En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 281294, derecho 000, la cual
es terreno naturaleza: terreno para construir, lote 29, con una casa de habitación. Situada en el Distrito 12-Tambor, Cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
área destinada a juegos infantiles; al sur calle pública con un frente de 8.00
metros; al este lote 30 y
al oeste lote 28. Mide: ciento cincuenta
y dos metros cuadrados metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos
mil veintidós con la base de once millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de William Antonio Schmidt Vega contra María Loyda Sánchez Castro. Expediente:22-000503-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cincuenta y ocho minutos del tres de marzo del dos mil veintidós.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(
IN2022684053 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
194630-000. Que se describe así: Naturaleza:
Terreno para construir. Situada en el
Distrito 6- Bejuco Cantón 9 Nandayure
de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada linderos: Norte: calle publica con un frente de
20.14 metros sur: Carlos Emilio Zamora Bolaños este:
Ramón Espinoza Esquivel oeste: Carlos Emilio
Zamora Bolaños. Mide: mil nueve
metros cuadrados, plano:
G-1592368-2012. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil
veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil veintidós
con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Ferretería y Materiales Rugama Sociedad Anónima contra Marlene Del Socorro
Rodríguez Sánchez. Expediente:21-001453-1158-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz).
Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta y nueve minutos del seis de octubre del dos mil veintidós.—Anthony Jesús Quesada Soto, Juez
Tramitador.—( IN2022684084 ).
En este Despacho,
con una base de quince millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 87400, derecho
000, la cual es terreno hoy
con 1 casa. Situada en el distrito 2-Occidental, cantón 1-Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública con 10M; al
sur, otro y beneficiadora Cachi S A; al este, Beneficiadora Cachi S A, y al oeste, Margarita Corrales. Mide: doscientos metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de once millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Lemur de Occidente
Sociedad Anónima contra Guillermo Gerardo Zumbado Cordero. Expediente N°
22-001177-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 11 de agosto del año
2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—(
IN2022684089 ).
En este Despacho,
1. con una base de tres millones ochocientos veinte mil setecientos
noventa y ocho colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
328-10042-01-0901-002, servidumbre trasladada citas:
328-10042-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 484862, derecho 000, la cual
es terreno naturaleza: terreno de patio con una casa de habitación. Situada en el distrito
3-San Rafael, cantón 8-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Alejandra María Castro Jiménez y Marco
Vinicio Castro Jiménez; al sur, Lote 2; al este, Gabriel Castro Morales, y al oeste,
calle pública con frente de 6 metros. Mide: ciento veintidós metros cuadrados; Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de diciembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del doce de enero de dos mil veintitrés, con
la base de dos millones ochocientos
sesenta y cinco mil quinientos noventa y ocho colones con sesenta céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés, con
la base de novecientos cincuenta
y cinco mil ciento noventa y nueve colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base
original). 2. Con una base de tres
millones seiscientos setenta y nueve mil cuarenta y un colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
328-10042-01-0901-002; servidumbre trasladada citas:
328-10042-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 484863, derecho 000, la cual
es terreno naturaleza: terreno de patio con una casa de habitación. Situada en el
distrito 3-San Rafael, cantón
8-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lote 1; al sur, Gabriel Castro Morales; al este, Gabriel Castro Morales, y al oeste,
calle pública con frente de 6 metros. Mide: ciento veinticuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de diciembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del doce de enero del dos mil veintitrés, con
la base de dos millones setecientos
cincuenta y nueve mil doscientos ochenta y un colones con cuarenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de enero del dos mil veintitrés, con
la base de novecientos diecinueve
mil setecientos sesenta colones con cuarenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra
Luis Guillermo Barquero Paniagua. Expediente
N° 22-004414-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y
dos minutos del treinta de setiembre del dos
mil veintidós.—Manuel Loría
Corrales, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022684112 ).
En este Despacho
con una base de siete millones trescientos noventa y ocho
mil doscientos cuarenta y
seis colones con dos céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José matrícula número
setenta y un mil setecientos
setenta y cinco, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito tres Hospital, Cantón uno San
José, de la provincia de San José. Colinda: Norte avenida 14 en medio de Carlos Fallas
Chinchilla; sur Olga Martha Araya Araya; este, calle doce
y oeste José María Paniagua mora. mide:
doscientos setenta y siete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del dos de diciembre
de dos mil veintidós con la base de cinco millones quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y un céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del catorce de diciembre de
dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos cuarenta y nueve mil quinientos sesenta y un colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Fabiola Zúñiga Hidalgo. Expediente:22- 001107-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera.
07 octubre 2022.—Carlos Alejandro Báez
Astúa, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022684113
).
En este Despacho, con una base de trescientos dos mil seiscientos treinta y nueve colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 371168, Marca: Hyundai, Estilo:
Accent GL, Automóvil, Tracción:
4x2, Serie y Chasis: KMHVF31NPXU581237. Para tal efecto se señalan
las catorce horas cero minutos
del uno de diciembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del catorce de
diciembre de dos mil veintidós
con la base de doscientos veintiséis
mil novecientos setenta y nueve colones con cincuenta y cuatro céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de diciembre de dos mil
veintidós con la base de setenta
y cinco mil seiscientos cincuenta y nueve colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Marco Tulio Matamoros Núñez contra Oldemar
Camilo Moncada Mena. Expediente N° 22-000713-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 30 de setiembre
del año 2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza Decisora.—( IN2022684115 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios,
pero servidumbre sirviente citas:
335-16763-01-0002-001, servidumbre trasladada citas:
345-06913-01-0903-001, plazo de convalidación
(Ley de Localización
de Derec citas:
2019-159314-01-0004-001 (los cuales
pesan sobre ambas fincas), sáquese a remate los bienes garantes: 1-) Finca del partido de Guanacaste matrícula
234302-000, que se describe así: naturaleza: terreno de pastos
situada en el distrito 2-Mansión cantón
2-Nicoya de la provincia de Guanacaste Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Rosa Obregón Guevara, sur,
Matarrita Obregón y Asociados,
este, Rosa Obregón Guevara, oeste,
calle pública con un frente a ella
de 114.35 metros. Lineales mide:
treinta y nueve mil setecientos tres metros cuadrados plano: G-2105790-2019.
2-) Finca del partido de Guanacaste, matrícula 234303-000, que se describe así:
naturaleza: terreno de tacotal. Situada en el distrito
2-Mansion cantón
2-Nicoya de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada Linderos: norte, Rosa Obregón Guevara, sur,
Amado Obregón
Guevara y Santos Obregón Guevara, este,
calle pública con un frente
a ella de 112. 12 metros lineales oeste, Flory Murillo
Quesada. Mide: veintitrés
mil ochocientos setenta y siete metros con veintiséis decímetros cuadrados Plano:
G-1249527-2008. Con una base de un millón de colones exactos, para lo cual se señalan las catorce horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintiocho
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del siete de diciembre del dos mil veintidós, con la base de doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Lo anterior sobre las dos fincas de manera conjunta y no por separado, es decir que la base de
remate es una sola para los
dos bienes. Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de sucesión de
Ana Josefa Fernandez Venegas contra María De Los Santos Obregón
Guevara. Expediente N° 21-004230-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: dieciséis horas
con cincuenta y cinco minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós.—Víctor
Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a
Decisor/a.—( IN2022684120 ).
En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 3-242154-000 la cual
es terreno para construir. Situada en el
Distrito 4-San Nicolás, Cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte Oscar Alberto Masis
Pérez; al sur calle pública; al este
Oscar Alberto Masis Pérez y al oeste
Oscar Alberto Masis Pérez. Mide:
ciento cincuenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del quince de noviembre
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del veintitrés de noviembre
de dos mil veintidós con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del
uno de diciembre de dos mil veintidós
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Juan Ariel Loria Cartin, Yamileth De Los Ángeles Rodríguez
Ovares. Expediente:20-013154-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago. 01 de setiembre
del año 2022.—Licda. Pilar Gómez Marin, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022684134 ).
En este Despacho, con una base de veintidós millones veinticinco mil doscientos sesenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 357, asiento 00651 secuencia
01- 0967-001; sáquese a remate la finca del Partido
de San José folio real matrícula trescientos
treinta y seis mil doscientos
cuarenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno lote para construcción de vivienda de interés social. Situada en el Distrito Nueve Pavas, Cantón
Primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte Lote 19 f; al sur Lote 17 f; al este Alameda Seis M y al oeste Lote Siete F. Mide:
noventa metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del dos de diciembre de
dos mil veintidós con la base de dieciséis
millones quinientos dieciocho mil novecientos cuarenta y siete colones con sesenta y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del catorce de diciembre de dos mil veintidós
con la base de cinco millones
quinientos seis mil trescientos
quince colones con ochenta
y nueve céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular de Desarrollo Comunal contra Aida
Martina Fallas Delgado, José Alfredo Álvarez Fallas, Pablo Andrés Mesen Quesada. Expediente:19-003369-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera. 07 de octubre
del año 2022.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2022684138
).
En este Despacho, con una base de trece mil trescientos ochenta y seis dólares con un
centavos (moneda de curso
legal de los estados unidos), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BND459, marca: Hyundai, estilo: Creta GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
MALC381CBHM211594. Para tal efecto
se señalan las once horas quince minutos
del dos de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas quince minutos
del diez de noviembre del
dos mil veintidós con la base de diez
mil treinta y nueve dólares con cincuenta centavos (moneda de curso legal de los estados unidos)
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas quince minutos del veintiuno
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de tres mil trescientos
cuarenta y seis dólares con
cincuenta centavos (moneda
de curso legal de los estados unidos) (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDI Q INVERSIONES CR Sociedad Anónima contra
Eduardo Rodrigo De Lima No Indica Expediente N° 21-005832-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de setiembre del año 2022.—Hellen Mora Salazar, Juez/a
Decisor/a.—( IN2022684141 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones ciento cincuenta y nueve mil cincuenta y nueve colones con cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 294915, Marca: KIA
Estilo: Bongo III, Categoría:
Carga liviana, Capacidad: 6
personas, Carrocería: Arenero,
Tracción: 4x4, Año Fabricación: 2006, Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del treinta
y uno de octubre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del ocho de noviembre de
dos mil veintidós con la base de tres
millones ciento diecinueve mil doscientos noventa y cuatro colones con veintinueve céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del dieciséis de noviembre
de dos mil veintidós con la base de un millón treinta y nueve mil setecientos sesenta y cuatro colones con setenta y seis céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Juan Bautista Sánchez
Hidalgo. Expediente N° 18-004002-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: catorce horas con dos minutos del veintiocho de setiembre del dos
mil veintidós.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón, Jueza
Tramitadora.—( IN2022684143 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de dieciséis millones ciento ocho mil novecientos cincuenta y dos colones con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 535770-000, la cual
es terreno para construir bloque I lote 39. Situada en el
distrito 7-Salitrillos, cantón
6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 2 I; al noroeste, lote 38 I; al sureste, lote 40 y al suroeste, calle pública. Mide: ciento veintisiete metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós
con la base de doce millones
ochenta y un mil setecientos
catorce colones con setenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro millones
veintisiete mil doscientos treinta y ocho colones con veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Rodrigo Alberto Espinoza Pandolfi, expediente
22-001090-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 29 de agosto del año 2022.—Maureen
Cecilia Vargas Solano, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022684148 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones doscientos cincuenta y tres mil ochocientos catorce colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TC-464 marca: Toyota, estilo: Yaris categoría: automóvil, capacidad: 5 personas serie:
JTDBT903894052223, carrocería: sedan 4 puertas tracción: 4x2 número chasis: JTDBT903894052223 año fabricación: 2009 uso: particular
color: rojo moneda: colones
Vin: JTDBT903894052223, N° motor:
no visible marca: Toyota modelo:
STD cilindrada: 1500 c.c cilindros: 4 potencia: 85 kw
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós, con la base de tres millones novecientos cuarenta mil trescientos sesenta colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de diciembre del dos mil veintidós,
con la base de un millón trescientos
trece mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de
INSTACREDIT S. A. contra Miguel Ángel Guillen Solano. Expediente N° 20-000603-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 23 de setiembre
del año 2022.—Licda. Pilar
Gómez Marin, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022684149 ).
En este Despacho, Con una base de tres millones ciento
nueve mil ciento noventa y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento sesenta y nueve mil ochocientos veinte, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: Terreno de pasto. Situada en el
Distrito 2-Volcan, Cantón 3-Buenos Aires, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte
servidumbre con 05 metros y Manrique Beita Carvajal; al sur resto reservado;
al este Quebrada Maura en
medio Werner Steinvorth y al oeste
resto reservado. Mide: diez mil doscientos dieciocho metros con treinta y nueve decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince
minutos del quince de noviembre
de dos mil veintidós con la base de dos millones trescientos treinta y un mil ochocientos noventa y seis colones con veinticinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintidós
con la base de setecientos setenta
y siete mil doscientos noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de
Edelmira Araya Alpízar contra Carlos Manrique Beita Carvajal. Expediente:12-002075-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y uno minutos del veintinueve de setiembre del dos
mil veintidós.—Manuel Loría Corrales, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022684153 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones ciento cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BMM261, Marca:
Hyundai, Estilo: Elantra Limited, Año Fabricación: 2012,
Color: Rojo, Vin: KMHDH4AE8CU468532. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil veintidós con la base de seis millones
ochocientos cincuenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de diciembre de dos mil veintidós
con la base de dos millones doscientos
ochenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Oldemar
Gerardo Fallas Martínez. Expediente N° 20-020076-1044-CJ. Publíquese
el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder
con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de setiembre del año 2022.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Jueza Decisora.—( IN2022684159 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 21-000227-0419-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Corporación Malpaso Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-248509, representada por su presidente
Freiner William Lara Blanco, quien
es mayor, divorciado una vez, vecino de La Mona de
Golfito, portador de la cédula de identidad
seis-doscientos sesenta y
seis-doscientos veintiocho,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es Tacotal y
Montaña. Situada Linda Vista en
el distrito 03° Guaycará, cantón 07° Golfito, de
la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Guillermo Moya Meléndez; al sur, Elieth de los Ángeles
Ledezma Carazo y servidumbre
agrícola en medio; al este, Gladis Miranda Rivera y al oeste, Aurelio Miranda Rivera y Río Román. Mide: cien mil metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-2297878-2021. Estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco
millones de colones cada una. Se emplaza
a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de
un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Corporación
Malpaso Sociedad Anónima. Expediente N° 21-000227-0419-AG. Nota:
Publíquese este edicto por una
sola vez en el Boletín Judicial.
De conformidad con la circular Nº 067-09 emitida por la Secretaría de
la Corte el 22 de junio de
2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad,
que rige esta materia la publicación esta exenta de todo pago de derechos para su publicación.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Corredores), Corredores, 22 de setiembre
del año 2022.—Lic.
Óscar Andrés Segura Navarro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022681024 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
22-000325-0388-CI donde se promueve
Información Posesoria por parte de Luis Diego Rodríguez
Contreras, quien es mayor, estado
civil casado, vecino de Sardinal de Carrillo, Guanacaste, portador
de la cédula número 0503280680, cocinero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
solar. Situada: en el distrito tercero,
cantón quinto. Colinda: al norte, con Rafael Ángel Contreras
Contreras; al sur, con calle
pública; al este, con
Rafael Ángel Contreras Contreras,
y al oeste, con Rafael Ángel
Contreras Contreras. Mide: trescientos cuarenta y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir G-2315378-2021 pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble G-2315378-2021, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en cuido, cercado,
limpieza de rondas, chapeas y mantenimiento en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Luis Diego
Rodríguez Contreras. Expediente N°
22-000325-0388-CI-6. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: nueve horas con diecisiete minutos del cinco de setiembre del dos mil veintidós.—Milkyan
Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1
vez.—( IN2022681128 ).
Se emplaza los interesados
en la sucesión de Marvin
Fernando Alvarado García, quien en vida fue
mayor, maestro de obras, casado
una vez, vecino de Dos Cercas,
Desamparados, cédula N°
1-0548-0772 a que, dentro del
plazo de quince días a partir
de la publicacion
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; se apercibe a los
que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2022. Teléfono
2294-5964, correo vargas.federico351@gmail.com.—Lic. Federico Vargas Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2022681002 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante la notaría de Mireya Padilla García, a las diez
horas, del primero de octubre, del año dos mil veintidós y, comprobado el fallecimiento,
esta Notaría declara abierto
el proceso sucesorio intestado de quien en vida
fuera Ivonne Núñez Arauz,
cédula 6-0137-0682, casada una vez, docente
pensionada, quien fuera vecina de San José, Calle Blancos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
quince días, contados a partir
de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. Mireya Padilla García, correo
electrónico
mirepadigar@gmail.com, fax 2271-0009 y teléfono 2271-0070.—San Jose, 01 de octubre,
2022.—Licda. Mireya Padilla
García.—1 vez.—(
IN2022681043 ).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y demás interesados, por el plazo de quince días contados a partir de la publicación del edicto, para que
se apersonen al Proceso Sucesorio en sede
Notarial de la señora Hortensia Briceño
Villafuerte, quien fue
mayor, viuda una vez, artesana, vecina de Santa Cruz, Guanacaste, Guaitil
diagonal a la esquina noreste
de la Plaza de Deportes; cédula de identidad número cinco-cero cuarenta y nueve-setecientos veinticuatro;
para que se apersonen a esta
notaria haciendo valer sus
derechos, o de lo contrario la herencia
pasará a quien corresponda. Notaría Pública
del Lic. Elmer Andrés Barrantes
Castillo, Santa Cruz, Guanacaste, Bufete Barrantes.—Santa Cruz, cincuenta metros al sur de los Tribunales; veintisiete de septiembre de dos mil veintidós.—1
vez.—( IN2022681045 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta Notaría por Paola, María Gabriela y Varinia,
de apellidos Sancho Mena, a las 11:00 horas del 8 de septiembre del 2022, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio de quien en vida fuera
María Del Carmen Mena Quesada, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad
número dos-doscientos veintitrés-quinientos sesenta y
dos. Se citan y emplazan a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de 15 días naturales, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licda. Marcela Rodríguez Chaves ubicada
en San José, avenida 10, calle 8, contiguo a Palí La Castellana.—Licda. Marcela Rodríguez Chaves.—1
vez.—( IN2022681046 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Ana Lucia Del Socorro Acuña Bonilla, mayor, casada una vez, contadora
pública, costarricense, con
documento de identidad
0401410634 y vecina de San Rafael, Heredia. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto.
Expediente:22-000601-0504-CI-0.—Juzgado
Civil de Heredia. Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta
y siete minutos del treinta de agosto del dos mil veintidós.—Licda. Lidieth De Los Ángeles Venegas Chacón, Jueza.—1 vez.—( IN2022681049 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en
vida se llamó Luzmilda Brenes Umaña, mayor, viuda,
pensionada, costarricense, con documento de identidad 0202570169 y vecina de
Palmares. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N°
22-000199-0295-CI – 0. Nota: Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 02 de setiembre del año
2022.—Lic. Gerardo Antonio Pérez Alfaro, Juez.—1 vez.—( IN2022681053 ).
Se hace saber, en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Erika Vanessa Stephen
Brenes, mayor, casada, ingeniera
agrónoma, costarricense, con documento de identidad 0701320260 y vecina de
San José, San Sebastián. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente
22-000248-0216-CI-0.—Juzgado
Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y
fecha de emisión: diez horas con diecisiete minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintidós.—Licda.
Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022681082 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión del señora Ana Luz Vargas Castillo, cédula dos-doscientos ochenta y uno-doscientos cincuenta y ocho, mayor, casada una vez, vecina
de Palmares, Rincón de
Zaragoza frente a la escuela
Pablo Alvarado, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente 0001-2022. Notaría del Bufete
del Lic. Didier Solorzano
Ruiz, Palmares, Esquipulas setecientos metros este del estadio, Tel/ 83862380, Correo electrónico: licdidier2@hotmail.com.—1
vez.—( IN2022681091 ).
Ante esta notaría, mediante
acta de apertura otorgada por Mirna Elizabeth Vanegas García, a las diez horas del veinticinco
de septiembre del año dos
mil veintidós y comprobado el fallecimiento de Hilda Miriam
Rivera Martínez, mayor, viuda, administradora
del hogar, vecina de
Heredia, San Francisco Barrio La Milpa del Abastecedor
El Mirador cincuenta metros sur casa cuarenta y seis-dos, portadora de
la cédula de residencia permanente número uno dos dos dos cero cero dos nueve tres dos uno tres, fallecida el día veintiséis de diciembre del año dos mil veintiuno, y la existencia y validez del testamento por ella otorgado;
esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
testamentario. Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada
en Grecia, Barrio Los Pinos
veinticinco metros al sur de las oficinas
del Instituto Nacional de Seguros, Teléfono 24-44-5338, a hacer valer sus derechos.—Grecia, once
horas del veintisiete de septiembre
del año dos mil veintidós.—Licda. María Emilia Alfaro Rojas, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2022681100 ).
Ante la notaría, se ha abierto proceso sucesorio en sede notarial conforme el artículo 129 y siguientes
y concordantes del Código Notarial y el artículo 115 siguientes y concordantes del nuevo Código Procesal
Civil. A nombre de quien en vida fue
María Adonay Marín Umaña, cédula de identidad número uno cero quinientos ochenta y dos cero trescientos treinta y cinco, soltera, ama de casa, vecina de Palmita de Montes de Oro, La Unión, Puntarenas,
un kilómetro al norte de la
iglesia. Se cita y se emplaza a todos los herederos, legatarios acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría de
la Licenciada Julia Ibarra Seas, carné 13636, con oficina
ubicada en Orotina Centro
del Parque José Martí cien oeste
y cincuenta norte, teléfono 8310-8504.—Orotina, 30 de setiembre
del 2022.—Julia Ibarra Seas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022681108 ).
El suscrito notario
Alejandro Hernández Porras, domiciliado en Turrialba, con oficina
abierta en La Suiza, hace constar
que mediante acta notarial, del día 23 de setiembre del 2022; se abrió proceso sucesorio de quien en vida
fuera, Jubel Romero
Padilla, cédula 3-278-124. Es todo.—03 de junio del 2022.—1 vez.—( IN2022681112 ).
Ante esta notaria, mediante
acta de apertura otorgada por Eva Beatrix Fink-Stoll y Andrea Eva María Stüdeli, a las trece horas del veintinueve de julio del año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento
de Sandro Bruno Meinrado (nombre)
Fink(apellido) de un solo apellido
en razón de su nacionalidad suiza, mayor de edad, casado una vez,
doctor, vecino de Suiza, Büetigenstrasse cincuenta, dos cinco cinco siete
Stunden, pasaporte suizo número cuatro seis uno siete cero tres cinco, esta Notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada
en San José, Desamparados, Patarrá,
trescientos metros este del
cementerio, contiguo a
Super Mega Max, Teléfono ocho
tres ocho cuatro-nueve uno cero uno, a hacer valer sus derechos.—San José, a las nueve
horas y treinta y ocho minutos del treinta del mes de julio del año dos mil veintidós.—Lic. Raúl Babbar Amighetti, Notario Público.—1
vez.—( IN2022681121 ).
Se hace saber: En este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quién en vida se llamó
Eduardo Roberto Soto Porras, mayor, soltero, jubilado, vecino de Turrialba,
Carmen Lyra y con número de cédula 0302530921. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días, contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000075-0341-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba,
hora y fecha de emisión: diez horas con dos minutos del ocho de junio del dos mil veintidós.—Licda.
Ivannia Jiménez Castro, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2022681125 ).
Se cita a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida fue: Ricardo Tomas de Guadalupe Carriols Vargas, mayor, costarricense, casado una vez,
Administrador, cédula de identidad número: 700920709, vecino de Cartago, San
Nicolas, Taras, avenida 23, 150 metros oeste de motores Koreanos
(antiguo Taller Claudio Zúñiga) fallecido el 4 de setiembre del año dos mil
veintidós, según consta en certificación del Tribunal Supremo de Elecciones,
Registro Civil, Registro de Defunciones de la Provincia de San José, al Tomo
663; Folio 254; Asiento 508; Cita 1-0663-254-0508, para que dentro del plazo de
ley, contado a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar
sus derechos ante esta notaria ubicada en San José, avenida 12 calles 11 y 13 ,
oficina 1136, segunda planta; por lo cual se apercibe que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente:
2022-0002.—Lic. Luis Alberto. Campos Azofeifa Cédula:
106230731.—1 vez.—( IN2022681139 ).
Se cita a sucesores
e interesados de quien en vida fue:
Vilma Coin Tullock, quien fue mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
número siete-cero cero treinta y cinco-cero ochocientos diecinueve, vecina de San José, Catedral, avenida doce, calles
cinco y siete, casa quinientos cincuenta, quien falleció el pasado veinticuatro
de febrero de mil novecientos
noventa y seis, en La
Dolorosa, Catedral, San José, para que en el plazo
de quince días posteriores a la publicación del presente edicto, se apersonen para hacer valer sus derechos y señalen
medio para recibir notificaciones,
ante la Notaría del suscrito
Notario Público, ubicada en San José, San Pedro de
Montes de Oca, Barrio Dent, ciento cincuenta al sur del INEC, oficinas
del Bufete Interlex-Echeverría,
expediente dos-dos mil veintidós, proceso
sucesorio conjunto de Vilma Esmeralda Calvo Coin y
Vilma Coin Tullock. Publíquese
por una vez
el edicto de Ley en el Boletín
Judicial, todo lo anterior según
se dispone en el artículo ciento veintiséis punto tres del Código Procesal Civil.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro,
Notario Público.—1 vez.—( IN2022681141 ).
Se cita y emplaza a
todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida
fue William Humerto Calvo
Rojas, quien fuera divorciado una vez, cédula de identidad número uno cero setecientos setenta y siete cero ochocientos sesenta y dos, con el fin de que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante la notaría del Licenciado Asdrúbal Antonio Mora Marín en
Paraíso, trescientos metros norte
y ciento setenta y cinco oeste de la Bomba Serpasa, Cartago, o bien por medio del correo electrónico: asdrubalmora00@gmail.com a reclamar
sus derechos y se apercibe a los
que crean tener derecho a
la herencia, que si no se presentan dentro de este término, aquella
pasará a quien corresponde. El sucesorio de la causante se tramita bajo el expediente número
FAD cero uno-dos mil veintidós. Publíquese
por una vez
en La Gaceta.—San José, tres de octubre del dos mil veintidós. Correo electrónico:
asdrubalmora00@gmail.com / teléfono: 88155230.—Lic. Asdrúbal
Antonio Mora Marín.—1 vez.—(
IN2022681151 ).
El suscrito notario Álvaro Enrique Arguedas
Durán, hago constar que a las once horas del veintiocho de setiembre del dos
mil veintidós; bajo el expediente número 22-02-SN, declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato en Sede Notarial de Juan Augusto Mesen Rodríguez, quien
fue mayor, casado una vez, Agricultor, con cédula de identidad número uno –
seiscientos setenta - ochocientos setenta y dos, del mismo vecindario de la
solicitante fallecido el día veintiuno de octubre del dos mil dieciocho, se
cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la
publicación del Edicto de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener derechos a la herencia que de no
presentarse en el plazo ante esta Notaría ubicada, San José, Mora, Colón. La
herencia pasará a quien corresponda.—Álvaro Enrique
Arguedas Durán.—1 vez.—( IN2022681159 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Carlos Martín Mora Mora, mayor, casado, costarricense, con documento de identidad
N° 0104240289, y vecino de Heredia, Barva. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000799-0504-CI-2. Nota:
Se le recuerda a la persona interesada
que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese
por una sola vez en el
Boletín Judicial.—Juzgado
Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: veintidós horas con treinta y seis minutos del seis de setiembre del
dos mil veintidós.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—1 vez.—(
IN2022681161 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión de Ana Lorena Brenes Solano, quien fue
mayor, viuda en primeras nupcias, cédula de identidad número uno -
cuatrocientos trece- cero treinta, fue vecina de San José, San Pablo de León
Cortes, de la delegación mano derecha, primera casa, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaria en reclamo de sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
003-2022.—Licda. Leslie Guiselle Mora Cordero, carne
11249, cel. 88732069, 22507817, 22191242, correo: Guismo0827@gmail.com.—1
vez.—( IN2022681169 ).
Se hace saber: En este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quién en vida se llamó
José Ramón Ángel Aguilar Sanabria, cédula
de identidad N° 0301090693, mayor, viudo, agricultor y vecino de Cartago, Jiménez, Juan Viñas,
Barrio El Rastro, 300 metros al este
Plaza Santa Cecilia. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000132-0341-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de
Turrialba, hora y fecha de emisión:
nueve horas con cincuenta minutos del veintidós de setiembre
del dos mil veintidós.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez
Castro, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2022681173 ).
Notaría del Licenciado
Mario Enrique Ulate Ulate.
Se hace saber: Que en esta Notaría se tramita el proceso
Sucesorio Notarial de quien
en vida fue,
Elí De Jesús Rojas Campos, mayor, casado
una vez, educador pensionado, vecino de La
Puebla de San Pablo de Heredia, del Hogar de Ancianos
Alfredo y Delia González Flores, cien metros al norte y veinticinco metros este, casa a mano derecha, color terracota, cédula de identidad
cuatro-cero ochenta y seis-setecientos
nueve, quien falleció el día cuatro de abril del año dos mil veintidós, en San José-Central-Uruca., se declara abierto este proceso
sucesorio. Se emplaza a los herederos, acreedores, y en general a todos los interesados
para que, dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia,
de que, si no se apersonaren
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Número: cero cero cero dos-dos mil veintidós. Notaría del Licenciado Mario Enrique Ulate Ulate, sita en
la ciudad de Heredia, Avenida cuatro, calles dos y
cuatro, contiguo al Parqueo
Número Uno. Teléfonos: doscientos treinta y siete- setenta y ocho- once, doscientos sesenta y uno-ochenta y seis-cuarenta y dos.—Licenciado Mario Enrique Ulate Ulate.—1 vez.—( IN2022681191 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
judicial de la persona menor de edad
Gabriel Vanegas López, para que se apersonen a este juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
22-001582-0292-FA. Clase de asunto
actividad judicial no contenciosa.
Nota: notifíquese por tres veces
consecutivas. De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, A las catorce horas treinta y seis minutos del 1° de setiembre del 2022..—Msc. Liana
Mata Méndez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022680901 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores Wendolyn
Nahomy Obando Amador, Sianny Obando Amador y Dylan Amadros Cisneros, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Expediente N°20-001248-0292-FA. Clase de
Asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: Publíquese tres veces
consecutivas De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
11 de octubre del año 2021.—Licda. Jorleny María
Murillo Vargas, Jueza.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022680918
). 3 v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de las personas menores de edad
Daniel Guillén
Meléndez, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
22-001651-0292-FA. Clase de asunto
depósito
judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez
horas tres minutos del trece de setiembre del dos mil veintidós, 13 de setiembre del año 2022.—MSc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022680994 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial de las
personas menores de edad
José Daniel Saavedra Soto y Marian Saavedra Soto, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°22-001596-0292-FA. Clase
de asunto depósito
judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces
consecutivas.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil veintidós.—M.S.c. Liana Mata Méndez, Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022680997 ). 3
v. 2.
MSc. Luz Amelia
Ramírez Garita. Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a Kimberly Yesenia García Ortega, en su carácter personal, quien es mayor, casada, de domicilio desconocido, cédula
0206400257, se le hace saber que en
demanda abreviado de divorcio. Exp. 17-000916-0292-FA, establecida
por Carlos Antonio Murillo Marín contra
Kimberly Yesenia García Ortega, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de primera instancia N° 2022001601 Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.
A las doce horas veintinueve
minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintidós. Proceso Abreviado de divorcio incoado por Carlos Antonio Murillo Marín persona mayor de edad, casado en
segunda vez, contratista, costarricense, porta
cédula de identidad número
5022600499, vecino de Alajuela Barrio San José;
contra Kimberly Yesenia García Ortega quien es mayor
de edad, casada una vez, costarricense,
porta cédula de identidad número
206400257, de domicilio desconocido.
Actúa como apoderada especial judicial de la parte
actora la Licenciada Ileana
María Sanabria Vargas, como Curadora
procesal de la parte accionada la Licenciada Nathaly
Nicole Guzmán Sánchez. Por tanto: De conformidad con
las razones indicadas, fundamento de derecho doctrina y jurisprudencia citada, se declara con lugar la demanda de divorcio por la causal de adulterio, que presenta el señor
Carlos Antonio Murillo Marín en contra de Kimberly
Yesenia García Ortega; se declara a la demandada cónyuge culpable de cometer adulterio, en consecuencia, se disuelve el vínculo
matrimonial que une a las partes.
Declarando, además: 1.-Al
no haber hijos e hijas menores de edad no se dispone sobre ejercicio de la responsabilidad
parental; 2.-La demandada pierde
derecho a recibir alimentos
de parte del actor, para este
último se declara extinguido este derecho.
3.-Durante la convivencia matrimonial no se adquirió bienes con naturaleza ganancial por ninguna de las partes que haya que liquidar. El vehículo placa BRR 384 no es un bien ganancial.
A la firmeza de esta resolución anótese de manera oficiosa el divorcio de las partes al margen de las citas de matrimonio en Provincia de Alajuela: citas tomo: 247, folio: 421,
asiento: 842. Se resuelve el presente
asunto sin especial condena
en costas personales y procesales. Nota: Publíquese por una única
vez. De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos Notifíquese.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022681017 ).
Licda. Daniela de los
Ángeles Obando Jiménez, Jueza del Juzgado Primero de
Familia de San José; hace saber a Eduardo Vinicio Obando
Araya y Katia García Serrano, documento de identidad N°
0111920333 y N° 688812, vecinos de paradero
desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número
18-000035-0186-FA donde se dictó
sentencia de primera instancia N° 2022000908, resolución
de las catorce horas cuarenta
y cinco minutos del catorce de setiembre del dos mil veintidós, cuya parte dispositiva literalmente dice: Por tanto: Con fundamento
en todo lo anteriormente expuesto se estima pertinente al final del asunto puesto en
conocimiento de este despacho judicial, acceder a la pretensión
del representante legal de la entidad
que promueve el proceso y por ende
declarar con lugar el presente proceso
abreviado de nulidad de matrimonio simulado interpuesto por el representante de la Procuraduría General de la República en
contra de Katia García Serrano de nacionalidad cubana y Eduardo Vinicio Obando Araya de nacionalidad costarricense, por ende, se ordena:
a) Se decreta la nulidad absoluta del vínculo matrimonial
entre los demandados
Eduardo Vinicio Obando Araya de nacionalidad costarricense y Katia García Serrano de nacionalidad cubana, inscrito en el
Registro Civil, Registro de
Matrimonios de la provincia
de San José, al tomo 0471; folio 0151; asiento 0301.
Se ordena consecuentemente
la cancelación de la inscripción
registral de dicho matrimonio
ante el Registro Civil. Comuníquese lo pertinente a dicha entidad para lo de su cargo. b) Se ordena la nulidad absoluta de todo proceso en
trámite y/o eventual acto
final administrativo que tenga
como fin conferir o aprobar el otorgamiento
de la nacionalidad costarricense
por naturalización a favor
de Katia García Serrano ante el Registro
Civil de Costa Rica, con ocasión de su matrimonio con el costarricense Eduardo Vinicio
Obando Araya. Tales actos o beneficios
deberán ser considerados como absolutamente nulos conforme lo establece el numeral 19 del
Código de Familia. c) Se ordena la nulidad absoluta de cualquier trámite llevado a cabo o que se realice ante la Dirección General
de Migración y Extranjería
de Costa Rica tendiente a conceder
residencia o cualesquiera otro
beneficio migratorio a la señora Katia García Serrano con ocasión
de su matrimonio con el señor Obando Araya. Tales beneficios deberán ser considerados como absolutamente nulos; comuníquese mediante oficio a la entidad indicada para lo de su cargo. d) Ninguno de los demandados registra bienes muebles o inmuebles en Costa Rica. En caso de que aparezcan bienes, derechos o valores en titularidad
o posesión de alguno de los demandados, de cualquier naturaleza, adquiridos dentro de los años de vigencia
del enlace matrimonial, cuya nulidad
absoluta se ordena a través de esta resolución, se ordena excluirlos de toda consideración de ganancialidad. Permanecerán en patrimonio o posesión personal exclusiva de su dueño o poseedor (a) y se inscribirán bajo su estado civil de persona soltera en caso necesario.
e) De conformidad con lo dispuesto
por el artículo
263 del Código Procesal Civil, notifíquese
la parte dispositiva de esta sentencia a los demandados con domicilio desconocido, sea a
ambos en este caso, tanto a la señora García Serrano como al señor Obando Araya, mediante edicto que se publicará en el
Boletín Judicial o bien otro medio similar. Expídase el mismo; y f) Se exime del pago de costas a los demandados.
g) Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por única vez en
el Boletín
Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo
263 del cuerpo normativo
supra citado. h) Por haber cumplido con sus labores propias del cargo designado, solicítese a la Administración
del Primer Circuito Judicial de San José cancelar los honorarios
de la personas profesionales en
derecho que figuran como curadores procesales, sea a la Licda. Luz Marina Gutiérrez Porras y al Lic.
Juan Carlos Durán Matamoros, por el
monto que disponga el despacho judicial tramitador, al que deberá agregársele el trece por ciento
de I.V.A por concepto de impuesto al valor agregado, según aplicación de la Ley de Fortalecimiento de Finanzas Públicas y Circulares de la Dirección
Ejecutiva del Poder
Judicial. Una vez aprobados
los mismos, se estará comunicando el número de autorización
para que dicha abogada presente ante este despacho la factura por sus servicios profesionales, consignando el número asignado a fin de proceder a realizar el visto bueno. Una vez firme la sentencia se ordena mediante ejecutoria disponer su inscripción ante el Registro Civil sección de Matrimonios de la provincia de
San José al tomo 0471; folio 0151; asiento 0301. Se informa que se cuenta con la posibilidad de impugnar la presente resolución dentro del plazo de ley ante el superior. Lo anterior se ordena así en
proceso nulidad matrimonio de Estado contra Eduardo Vinicio Obando Araya,
Katia García Serrano. Expediente N°
18-000035-0186-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial. Los plazos comenzarán
a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de San José, 28 de
setiembre del año 2022.—Licda. Daniela de los Ángeles Obando Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022681021 ).
M.Sc. Cindy Fumero Molina, Jueza
del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a
Karol Matilde Quirós Bianco, Ronys
Rivero Rodríguez, documento de identidad
0111130300 y 85112203064, vecinos de paradero desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso Nulidad Matrimonio en su contra, bajo el expediente número
17-001080-0186-FA donde se dictó
sentencia de primera instancia N° 2022000906, resolución
de las diez horas cuatro minutos
del catorce de setiembre de
dos mil veintidós, cuya parte dispositiva literalmente dice: Por tanto: Con fundamento
en todo lo anteriormente expuesto se estima pertinente al final del asunto puesto en
conocimiento de este despacho judicial, acceder a la pretensión
del representante legal de la entidad
que promueve el proceso y por ende
Declarar Con Lugar el presente Proceso Abreviado de Nulidad de Matrimonio Simulado interpuesto por el representante de la Procuraduría General de la República en
contra de los señores Ronys Rivero Blanco de nacionalidad
cubana y la señora Karol
Matilde Quirós Blanco; por ende,
se ordena: a.-) Se decreta
la nulidad absoluta por simulación del vínculo matrimonial entre los demandados Ronys Rivero Rodríguez
de nacionalidad cubana y la
señora Karol Matilde Quirós Blanco debidamente inscrito en el Registro
Civil, Registro de Matrimonios
de la Provincia de San José, al Tomo
0484; Folio 273; Asiento 545. Se ordena la nulidad y por ende
la cancelación de la inscripción
registral de dicho matrimonio
ante el Registro Civil. Comuníquese lo pertinente a esta entidad administrativa
para lo de su cargo.; b.-) Comuníquese
tanto al Registro Civil, así
como a la Dirección General
de Migración y Extranjería
de Costa Rica, para que en caso
de que el demandado Ronys Rivero Rodríguez hubiese gestionado, obtenido o pretenda hacerlo, cualquier tipo de trámite o beneficio migratorio o bien de nacionalidad
costarricense por naturalización con ocasión de su matrimonio con la señora Quirós Blanco, para que se tome nota de que tales trámites o actos administrativos o beneficios, deberán ser considerados como absolutamente nulos conforme lo establece el numeral 19 del
Código de Familia; c.-) No existen bienes gananciales de ninguna naturaleza registrales o no, a nombre o posesión de las partes que ameriten liquidación con ocasión de este proceso. En caso
de que aparezcan cada uno los conservará en su patrimonio
personal exclusivo y se inscribirán
bajo su estado civil
original, sea soltera o divorciado.
d.-) Como una consecuencia directa de la declaratoria de nulidad absoluta por simulación del matrimonio entre los demandados, se ordena también el cambio
de apellidos de las personas menores
de edad Iker Matías, Joseph
Fabián y Valentina todos apellidos
Rivero Quirós. En su lugar serán registrados
únicamente como hijos(a) de Karol Matilde Quirós Blanco, sin la filiación registral paterna del señor Rivero Rodríguez. Es decir como Iker Matías, Joseph Fabián y
Valentina, todos apellidos
Quirós Blanco. Se ordena eliminar
de sus respectivas inscripciones
registrales de nacimiento el nombre de Ronys
Rivero Rodríguez como el nombre de su padre y el apellido Rivero como su apellido
paterno. Expídase la ejecutoria correspondiente para
ante el Registro Civil a
fin de que se inscriba registralmente
lo así ordenado. e.-) De conformidad con lo dispuesto por el artículo
263 del Código Procesal Civil, notifíquese
esta sentencia a la parte accionada con domicilio desconocido, sea a los señores Ronys
Rivero Rodríguez y Karol Matilde Quirós Rivero mediante
Edicto que se publicará en el Boletín
Judicial o bien otro medio similar. Expídase el mismo;
y f.-) Se exime del pago de
costas a la parte demandada, por cuanto la ausencia de los demandados, así como la no oposición al proceso de los curadores procesales
que los representan más la probanzas ya analizadas, propiciaron el resultado antes expuesto; ya que no hubo mayor contención al respecto. g.-) Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por única vez en
el Boletín
Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo
263 del cuerpo normativo
supra citado. h.-) Por haber
cumplido con sus labores propias del cargo designado, solicítese a la Administración
del Primer Circuito Judicial de San José cancelar los honorarios
de las dos personas profesionales en
derecho que figuran como curadores procesales, sea para el Lic. Randall Quirós Herrera y Lic. Julio César González Méndez. Lo anterior en el monto
que determine el despacho tramitador para este tipo de este proceso,
aplicando sobre el mismo el
impuesto del valor agregado,
según aplicación de la Ley
de Fortalecimiento de Finanzas
Públicas y Circulares de la Dirección
Ejecutiva del Poder
Judicial. Una vez aprobados
los mismos, se estará comunicando el número de autorización
para que dicha abogada presente ante este despacho la factura por sus servicios profesionales, consignando el número asignado a fin de proceder a realizar el visto bueno. Mediante ejecutorias
que serán expedidas por este despacho,
se ordena la inscripción
registral de lo así dispuesto
ante el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de San José al Tomo
0484; Folio 273; Asiento 545. Asimismo ante el Registro Civil sección de Nacimientos todos de la provincia de San
José, al Tomo 2141; Folio 275; Asiento 550 en el caso
de Iker Matías, al Tomo
2189; Folio 453; Asiento 905 en el
caso de Joseph Fabián y al Tomo
2257; Folio 068; Asiento 0136 en el
caso de Valentina cuyos apellidos se ordenaron modificar registralmente, para inscribirse todos (as) con los apellidos maternos,
sea como Quirós Blanco. Se informa
que se cuenta con la posibilidad
de impugnar la presente resolución dentro del plazo de ley ante el superior.. Lo anterior se ordena así en proceso
Nulidad Matrimonio de
Estado contra Karol Matilde Quirós Bianco, Ronys
Rivero Rodríguez; Expediente N° 17-001080-0186-FA. Nota: Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la Circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la Circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 24 de setiembre
del año 2022.—M.Sc. Cindy Priscilla Fumero Molina, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022681022
).
Licda. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza del Juzgado Primero
de Familia de San José; hace saber a
Álvaro de Jesús Jaramillo Sossa, documento de identidad
CC10082500, casado, comerciante,
vecino de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso Inexistencia de Matrimonio en su contra, bajo el expediente número
18-000713-0186-FA donde se pretende
la declaratoria de inexistencia
de su matrimonio con la señora Gómez Naranjo. Lo anterior se ordena
así en proceso
Inexistencia Matrimonio de
Estado contra Álvaro de Jesús Jaramillo Sossa, Ileana
María Gómez Naranjo. Nota: Publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial. Los plazos comenzarán
a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente
Nº18-000713-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José. 30 de agosto del año 2022.—Licda.
Valeria Arce Ihabadjen. Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022681023 ).
MSc. Luz Amelia Ramírez Garita.
Jueza del Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, a Kimberly Yesenia García Ortega, en su carácter
personal, quien es mayor, casada, de domicilio desconocido, cédula 0206400257,
se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio. Expediente N° 17- 000916-0292-FA, establecida por Carlos Antonio
Murillo Marín contra Kimberly Yesenia García Ortega, se ordena notificarle por
edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia N° 2022001601juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. A las doce horas veintinueve minutos del diecisiete de
agosto de dos mil veintidós. Proceso Abreviado de divorcio incoado por Carlos
Antonio Murillo Marín persona mayor de edad, casado en segunda vez,
contratista, costarricense, porta cédula de identidad número 5022600499, vecino
de Alajuela Barrio San José; contra Kimberly Yesenia García Ortega quien es
mayor de edad, casada una vez, costarricense, porta cédula de identidad número
206400257, de domicilio desconocido . Actúa como
apoderada especial judicial de la parte actora la Licenciada Ileana María
Sanabria Vargas, como Curadora procesal de la parte accionada la Licenciada Nathaly Nicole Guzmán Sánchez. Por tanto: De conformidad
con las razones indicadas, fundamento de derecho doctrina y jurisprudencia
citada, se declara con lugar la demanda de divorcio por la causal de adulterio,
que presenta el señor Carlos Antonio Murillo Marín en contra de Kimberly
Yesenia García Ortega; se declara a la demandada cónyuge culpable de cometer
adulterio, en consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial que une a las
partes. Declarando, además: 1. Al no haber hijos e hijas menores de edad no se
dispone sobre ejercicio de la responsabilidad parental; 2. La demandada pierde
derecho a recibir alimentos de parte del actor, para este último se declara
extinguido este derecho. 3. Durante la convivencia matrimonial no se adquirió
bienes con naturaleza ganancial por ninguna de las partes que haya que
liquidar. El vehículo placa BRR 384 no es un bien ganancial. A la firmeza de
esta resolución anótese de manera oficiosa el divorcio de las partes al margen
de las citas de matrimonio en Provincia de Alajuela: citas tomo: 247, folio:
421, asiento: 842. Se resuelve el presente asunto sin especial condena en
costas personales y procesales. Nota: Publíquese por una única vez. De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos. Notifíquese.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc.
Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022681026 ).
Msc. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza del Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz
(Materia Familia), a Flor de Lis Matarrita Moreno, en su carácter
personal, datos desconocidos, divorciada, vecina de domicilio desconocido, cédula N°
0503510967, se le hace saber que en
incidente de modificación
de fallo establecido por Javier Elías Martínez Chavarría
contra Flor de Lis Matarrita
Moreno, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2022000295. Número
de expediente: 13-000032-0776-FA.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), a las quince
horas veinticuatro minutos
del nueve de agosto del dos
mil veintidós. Proceso: Incidente, establecido por Javier Elías Martínez Chavarría,
mayor, casado/a, abogado, vecino
de Guanacaste, Santa Cruz, de la Finca Monte Grande 300 metros al sur, camino a Barrio Los Camarenos, cédula
N° 0503190084, contra Flor de Lis Matarrita
Moreno, cédula N° 0503510967, demás datos desconocidos.
Resultando: XXX...; Considerando:
XXX…; Por tanto: Se declara con lugar
el incidente de modificación de fallo de guarda, crianza y educación iniciado por Javier Elías Martínez Chavarría
contra Flor de Lis Matarrita
Moreno modificando únicamente
el acuerdo enumerado como 1 de la sentencia N°
2019-262 dictada por
este despacho a las catorce horas y veintinueve minutos del doce de setiembre del dos mil diecinueve,
referido a la guarda, crianza, educación de la persona menor de edad Elías José Martínez
Matarrita, declarando que en adelante la guarda, crianza y educación de Elías José Martínez Matarrita
estarán a cargo de su
progenitor Javier Elías Martínez Chavarría. Los demás atributos de la responsabilidad parental (representación,
administración de bienes de
la persona menor de edad
Elías José) estarán a cargo de ambas personas progenitoras. Se pronuncia el Despacho sin condena gastos el proceso. Publíquese
un extracto de esta sentencia en el
Boletín Judicial. Notifíquese.
Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una sola vez.—Juzgado
Familia y Violencia Doméstica
de Santa Cruz (Materia Familia).—Msc. Ana
Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022681029 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número
19-001433-0292-FA, Manuel Antonio Gamboa Vallejos y Sara Isabel Campos Rodríguez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Melanie Akira
Carranza Céspedes.
Se concede a los interesados
el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán
los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: publíquese
por una vez
en el boletín
judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 24 de febrero del año 2021.—Msc. Liana Mata Méndez,
Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022681187 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Henry de los
Ángeles Pérez Rojas, mayor, divorciado una vez, Agricultor, cédula de identidad
número 0502710385, vecino de Valle Verde de Aguas Claras de Upala, un kilómetro
al noroeste de la iglesia evangélica, casa de color verde claro, hijo de Idalie
Rojas López y Santos Moisés Pérez Ordoñez ambos progenitores de nacionalidad
costarricenses, nacido en Fortuna Bagaces Guanacaste, el 01/04/1972, con 50
años de edad, y Mireya del Rescate Álvarez
Matarrita, mayor, Soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad
número 0204470521, vecina) de Valle Verde de Aguas Claras de Upala, un
kilómetro al noroeste de la iglesia evangélica, casa de color verde Claro, hija
de Antonia Matarrita García y Domingo Álvarez Álvarez
ambos progenitores de nacionalidad costarricenses, nacida en Guatuso Grecia
Alajuela, el 30/01/1969, actualmente con 53 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000190-1517-FA, Nota: De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le
comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
del II Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia), Alajuela,
Upala, Upala, 22 de julio del año 2022.—Licda. Melissa Chaves Agüero,
Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022681009 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil,
Esteban Francisco Arce López, mayor, soltero, Repartidor, cédula de identidad número 0504160338, vecino de Cañas, barrio Las Palmas, de la antigua
pulpería Madrigal, 200 metros oeste
y 25 metros sur, hijo de Damaris López Calero y Yolan Francisco Arce Soto, nacido
en Liberia, el 20/05/1997,
con 25 años de edad, y Yeicin Adriana Chavarría Picado,
mayor, soltera, operaria,
cédula de identidad número
0504310828, vecina de Cañas,
barrio Las Palmas, de la antigua pulpería
Madrigal, 200 metros oeste y 25 metros sur, hija de Dilana Picado Alemán y Keyner Chavarría Soto, nacida en Liberia, el 16/02/2000, actualmente con 22 años de edad, teléfono 7042-2142/
6195-7379. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
22-000272-0928-FA, Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una sola vez.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas
(Materia Familia), Guanacaste, Cañas, fecha, 21 de setiembre del año 2022.—Lic. Luis Fernando Sáurez
Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022681018 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil,
Esteban Francisco Arce López, mayor, soltero, Repartidor, cédula de identidad número 0504160338, vecino de Cañas, barrio Las Palmas, de la antigua
pulpería Madrigal, 200 metros oeste
y 25 metros sur, hijo de Damaris López Calero y Yolan Francisco Arce soto, nacido en Liberia, el 20/05/1997, con 25 años de edad, y Yeicin Adriana Chavarría Picado, mayor, soltera,
operaria, cédula de identidad
número 0504310828, vecina
de Cañas, barrio Las Palmas, de la antigua pulpería Madrigal, 200
metros oeste y 25 metros sur, hija
de Dilana Picado Alemán y Keyner Chavarría Soto, nacida en Liberia, el 16/02/2000, actualmente con 22
años de edad, teléfono 7042-2142/ 6195-7379. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000272-0928-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una sola vez.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia
Familia), Guanacaste, Cañas, 21 de setiembre del año 2022.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022681027 ).
Ante esta notaría, se
han presentado solicitando matrimonio civil, el señor.
Claudio Osvaldo (nombres) Labbé
Reyes (apellidos), mayor de edad,
con 54 años de edad, divorciado una vez, empresario musical, ciudadano
Chileno, con pasaporte de ese país
número F41050346, nativo de
Independencia, Santiago, Chile, nacido
el 09 de octubre de 1967, hijo de Humberto Labbé Miranda y
Rosa Elvira Reyes Bahamondez; y la señora: Elida Colette Daly Mullins, mayor de edad, con 40 años de edad, soltera, psicóloga, con cédula de identidad
de Costa Rica número 111200731, nativa
de Hospital, Central, San José, Costa Rica, nacida el 24 de octubre de 1981, hija de Orlando Aguirre Daly Bruce y Marva Elida Mullins
Fuller, y ambos vecinos actualmente
de Limón, Talamanca, Cahuita, Playa Negra, cincuenta
metros este de la plaza de fútbol. Si alguna
persona conoce algún impedimento legal para la celebración
de este matrimonio, sírvase comunicarlo dentro de los ocho
días siguientes a la publicación
a la presente notaría, en Limón, Talamanca, Cahuita, Hone Creek, segunda planta del Super Negro.—30
de setiembre del 2022.—Licda.
Daniela Madriz Quesada, Notaria.—1 vez.—(
IN2022681107 ).