BOLETÍN JUDICIAL 201 DEL 25 DE OCTUBRE DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 187-2022

ASUNTO:    Actualización de la circular 239-2020, sobre la obligación de las oficinas en las cuales se esté implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño, de reportar como días no laborados en la matriz de indicadores los incluidos en el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos (PIN). Esta circular sustituye o deja sin efecto la 239-2020.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 77-2022 celebrada el 08 de setiembre de 2022, artículo XLVIII, dispuso actualizar la circular número 239-2020, sobre la obligación de las oficinas en las cuales se esté implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño Institucional, de reportar como días no laborados en la matriz de indicadores los incluidos en el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos (PIN)[1] a saber: vacaciones, incapacidades, permisos con o sin goce de salario (incluido el rebajo de horas de lactancia para las personas con el beneficio autorizado):

Se hace de conocimiento de todos los despachos jurisdiccionales en donde se está implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño, y en general a todos los despachos donde se cuenta con matrices de indicadores diseñadas por la Dirección de Planificación, que como días no laborados en las matrices solamente es posible incluir aquellos que igualmente implican un registro en el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos (PIN), es decir, vacaciones, incapacidades, permisos con o sin goce de salario (incluido el rebajo de horas de lactancia para las personas con el beneficio autorizado).

Adicionalmente a lo anterior, se aclara se tomará en cuenta, para definir la cuota de trabajo del personal de los despachos judiciales, el permiso para el disfrute del beneficio de la hora de lactancia, el cual será calculado de la siguiente manera:

Fórmula para determinar la equivalencia de los días

a descontar por el beneficio

de la hora de lactancia.

(1) hora de lactancia x ( ) Cantidad de días laborados

8 horas (equivale a un día de trabajo)

 

Por ejemplo: 1 hora x 21 días hábiles 2022 / 8 horas = 2,625 que se redondea a 3 días a rebajar en la matriz de indicadores de gestión, y que equivalen a la disminución de la hora de lactancia, durante los meses en que tenga el permiso de lactancia aprobado.

Además, se les indica que el único ajuste en las cuotas que se puede realizar es en razón de la cantidad de días hábiles de cada mes. De ahí se calcula el rendimiento considerando la cantidad de días hábiles laborados, el cual se aplicará para planes de trabajo, ya que en las matrices la cuota se ajusta automáticamente.

En los meses que dispongan de más de 21 días hábiles, para efectos de no alterar el indicador de Porcentaje de rendimiento por plaza”, deben indicar máximo 21 días.

Aclaración para las materia de cobro y agrario: Esta fórmula de cálculo aplica para todas las materias, salvo 2 casos particulares:

1.  Cobro, que mantiene el uso de la bitácora, en espera del estudio que aún está pendiente para estandarizar la cuota o el inicio del uso de indicadores de gestión en SIGMA. Lo correspondiente al rebajo en horas de lactancia lo deben incluir en la bitácora, en el espacio de “detalle”, campo o columna de la bitácora denominada: “Permisos sin o con goce de salario”.

2.  Agrario, se registran en la matriz como días no laborados también aquellos en que se participan de audiencias en el campo por días completos, específicamente en el caso de los técnicos judiciales quienes no tramitan ese día, por estar fuera de las instalaciones.

De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 4 de octubre de 2022.

                                                  Lic. Carlos T. Mora Rodríguez,

Subsecretario General interino

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022683559 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER

A: Silvia Cristina Arce López, mayor, notaria, cédula de identidad número 01-1065-0580, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 22-000440-0627-NO establecido en su contra por Katiana de Los Ángeles Vargas Salazar, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “traslado de cargos juzgado notarial. A las once horas veinte minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Katiana de Los Ángeles Vargas Salazar contra Silvia Cristina Arce López, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como mínimo y dentro de los ya citados, podrá señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada, lo cual se hará por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales Del Primer Circuito Judicial de San José quienes podrán notificarle en su domicilio registral ubicado en San José, Pavas, de los semáforos plaza mayor, 200 oeste, 100 sur, 25 oeste Central Pavas. Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma 5to piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (Artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado Y Registro Civil. En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores direcciones, hágase consulta vía intranet a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, a efecto hacer constar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Finalmente, se ordena a la Dirección Nacional de Notariado remitir informe de las últimas direcciones reportadas por la denunciada Silvia Cristina Arce López, cédula de identidad 1-1065-0580. Notifíquese. Lic. María Gloriela de La Trinidad Garro Fernandez, Jueza Decisora. Se publicará por una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                   Licda. María Gloriela de La Trinidad Garro Fernández,

                                                      Jueza Decisora

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683537 ).

A Celina María Valenciano Aguilar, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 108500344, de demás calidades ignoradas; que en Proceso Disciplinario Notarial número 22-000444-0627-NO, establecido en su contra por Banco Popular y de Desarrollo Comunal, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas cincuenta y seis minutos del dieciséis de junio del dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial con Pretensión Civil Resarcitoria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Celina María Valenciano Aguilar, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Con respecto de los hechos expondrá, con claridad, si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma oportunidad ofrecerá las pruebas que estime de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que, dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Por indicarse que la parte denunciada tiene oficina en San José, Curridabat, Granadilla: Condominio Poroses, casa 7-A, se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San Jose. Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José, para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Notifíquese. MSc. José Carlos Álvarez Varela, Juez. Juzgado Notarial. A las quince horas cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil veintidós. Solicitud de defensor público: siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) Celina María Valenciano Aguilar, la resolución dictada a las diez horas cincuenta y seis minutos del dieciséis de junio de dos mil veintidós en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado,   y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver consulta de dirección reportada en la Dirección Nacional de Notariado del dieciséis de junio del dos mil veintidós y del Registro Civil del diecinueve de julio del dos mil veintidós, resoluciones de las diez horas cincuenta y seis minutos del dieciséis de junio de dos mil veintidós y de las quince horas cincuenta y seis minutos del veinte de julio de dos mil veintidós, actas de notificación negativas del seis de julio del dos mil veintidós y cinco de setiembre del dos mil veintidós), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (ver consulta de apoderados incorporada al expediente en fecha cinco de octubre del dos mil veintidós), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son “presunta cancelación de hipoteca en primer grado que pesaba sobre la finca del Partido de San José, matrícula de folio real 311189-000, misma que se encontraba inscrita bajos las citas 2011-00323272, la cual era garantía real de la operación crediticia número 084-037-137445-3, por medio de una razón notarial que no fue consentida por el señor Ricardo Meléndez Marín, cédula de identidad 1-0639-0123 quien es Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma del Banco Popular y de Desarrollo Comunal”. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado(a) Celina María Valenciano Aguilar, cédula   de identidad 108500344. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios Montero, Juez/a Decisor/a. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese.

San José, 05 de octubre del 2022.

                                                     Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                   Jueza Notarial

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022683558 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Arturo Sosa Ovares 0603280067, fallecido el 09 de mayo del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000963-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22- 000963-0173-LA. Promovente Xinia María Ovares Monge causahabiente Jorge Arturo Sosa Ovares. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 28 de setiembre del año 2022.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683550 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Lopez Hernandez, cédula 05-0146-0813 , fallecido el 09 de octubre del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000682- 1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000682- 1550-LA. Promovente Orfilia María Lopez Hernandez, causante Víctor Manuel Lopez Hernandez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 14 de setiembre del año 2022.—Lic. Luis Manuel Martínez Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683555 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leda del Socorro Zúñiga García 0204760556, fallecida el diecisiete de setiembre del dos mil veintidós, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000352-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000352-0694-LA. Por favor de. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 30 de setiembre del año 2022.—Lic. Gerardo Antonio Pérez Alfaro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683557 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Martha Azucena Mora Irias 155812072712, fallecido el 20 de julio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el número 22-001406-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001406-0166-LA. Por Carlos Adán Mora Morales 155814690900 en favor de Martha Azucena Mora Irias. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.— Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre del año 2022.—Licda. Cindy Campos Coto, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683566 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jean Moisés Román Sequeira 0111100840, fallecido el 30 de mayo del año 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el número 22-001401-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001401-0166-LA. Por Priscila María Román Sequeira 0105830443 a favor de Jean Moisés Román Sequeira. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del año 2022.—Licda. Cindy Campos Coto, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683567 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Elver Danilo Luna García quien fue mayor, portador de la cédula de identidad número 8-0128- 0386, vecino de Desamparados de Alajuela, casado, laboró para ASONITINOL S.R.L, y falleció el 28 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-001711-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001711-0639-LA. Por Alicia Villalobos Quesada a favor de Elver Danilo Luna García. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del Circuito Judicial de Alajuela, 06 de diciembre del año 2021.—Lic. Ronny Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683570 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de diecisiete millones doscientos ochenta y tres mil novecientos dos colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 326-00417-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos noventa y un mil cuatrocientos ochenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito: 03-Daniel Flores, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Flor Leticia Ureña Mora S; al sur, calle pública con 20,00 metros; al este, Luis Ange Cordero Rivera y al oeste, Humberto Alvarado Garita. Mide: Trescientos nueve metros con veintiséis decímetros cuadrados, según plano catastrado número SJ-1204083-2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés, con la base de doce millones novecientos sesenta y dos mil novecientos veintisiete colones con doce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones trescientos veinte mil novecientos setenta y cinco colones con setenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Humberto Araya Hernández. Expediente N° 22-003212-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: once horas con nueve minutos del catorce de octubre del dos mil veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2022686178 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y siete millones quinientos veintiséis mil novecientos setenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 385-14846-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos treinta y cinco mil setecientos veintisiete, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito: 01-San Vicente, cantón: 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Schol Sistem of St Francis of Sainta Joseph Convent; al sur, calle pública; al este, lote número 3 de Urbanización Saint Clare y al oeste lote número 1 de Urbanización Saint Clare. Mide: Doscientos noventa y siete metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintidós, con la base de cuarenta y tres millones ciento cuarenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro colones con sesenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós, con la base de catorce millones trescientos ochenta y un mil setecientos cuarenta y cuatro colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Empresa Comercial Cogusa S. A., Vistas Pacificas El Mirador Uno V P M U S.A. Expediente número 22-001153-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de setiembre del año 2022.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022686182 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 19375-F-000, la cual es naturaleza: Edificio número uno apartamento 104 destinado A uso habitacional. Situada en el distrito: 11-San Sebastián, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, zona verde y edificio 2; al sur área común de acceso y apartamento 101; al este, zona verde pared medianera y apartamento 103, y al oeste, zona verde y acera. Mide: cincuenta y siete metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil veintidós, con la base de dieciocho millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintidós, con la base de seis millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Melany Mireya Jara García Expediente N° 19-011200-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Juez Decisor.—( IN2022686224 ).

En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 467-08661-01-0016-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuarenta y cinco mil trescientos sesenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para vivienda lote 48 Proyecto Huacas. Situada en el distrito 4-Coyolar, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 49; al sur, lote 47; al este, calle y al oeste, pozo. Mide: ochocientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y quince minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y quince minutos del siete de diciembre del año dos mil veintidós con la base de diez millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y quince minutos del once de enero del año dos mil veintitrés con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda contra Ligia María Flores Ramírez. Expediente N° 21-008661-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con dieciocho minutos del siete de octubre del dos mil veintidós.—Manuel Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022686225 ).

En este Despacho, con una base de doce millones quinientos veintiún mil cien colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintitrés mil novecientos sesenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir H-4. Situada en el distrito: 03-Canoas, cantón: 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, avenida uno; al sur, Ganadera La Racha de Darizara Sociedad Anónima; al este, lote 5 H y al oeste, lote 1 H. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: P-0757735-2001 identificador predial: 610030123960 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós, con la base de nueve millones trescientos noventa mil ochocientos veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veintidós, con la base de tres millones ciento treinta mil doscientos setenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Emilce González Medina. Expediente N° 22-000908-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito. Hora y fecha de emisión: quince horas con diecinueve minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Coordinador.—( IN2022686226 ).

En este Despacho, con una base de quince millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta colones con noventa y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando restricciones Reg Art 18, Ley 2825 citas: 526-18664-01-0094-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento sesenta y nueve mil novecientos trece, derecho cero cero cero, la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito 3-Florida, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública, José Miguel Casasola Calderón y José, Brenes Aguilar; al sur, calle pública, Miguel Masis López y resto reservado de Oscar Masis López y otros; al este, Clemencio Brenes Delgado y resto reservado de Oscar Masis López y otros, y al oeste, José Miguel Casasola Calderón, calle pública y Miguel Masis López. Mide: treinta mil doscientos setenta y seis metros cuadrados. Plano: L-2045606-2018. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés, con la base de once millones quinientos ochenta y tres mil novecientos treinta y ocho colones con veintiún céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de tres millones ochocientos sesenta y un mil trescientos doce colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Miguel Francisco Masis López. Expediente N° 22-001301-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 05 de octubre del año 2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2022686247 ).

Edicto: en este Despacho, con una base de ocho millones novecientos veintitrés mil novecientos treinta y seis colones con sesenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas CJM055, marca: Kia, estilo: Rio, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3KPA341ABKE221714, año: 2019, carrocería: sedan 4 puertas, color: azul, tracción: 4X2, peso bruto: 1143 kgrms, chasis: 3KPA341ABKE221714, vin: 3KPA341ABKE221714, N. motor: G4LCKE707456, marca: Kia. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil veintitrés con la base de seis millones seiscientos noventa y dos mil novecientos cincuenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos millones doscientos treinta mil novecientos ochenta y cuatro colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Antonio Camacho Jiménez, expediente 21-002782-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 05 de agosto del año 2022.—MSc Hellen Viviana Segura Godínez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022686274 ).

En este Despacho, con una base de siete millones seiscientos sesenta y seis mil quinientos veinte colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQK591, Marca Toyota, estilo Yaris E, chasis MR2B29F39J1100465, año 2018. Para tal efecto se señalan las uno horas treinta minutos del once de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las uno horas treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones setecientos cuarenta y nueve mil ochocientos noventa colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las uno horas treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintitrés, con la base de un millón novecientos dieciséis mil seiscientos treinta colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Florida Ice and Farm Company Sociedad Anónima y Afines contra José Alberto González Rojas. Expediente 21-004980-1044-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 07 de octubre del año 2022.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza.—( IN2022686278 ).

En este Despacho, I-) con una base de noventa millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, Secuencia: 195; sáquese a remate el vehículo placa: EE-033051, marca: Caterpillar, estilo: D9T, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2006, color: amarillo, Vin: CAT00D9TJRJS00373, cilindrada: 14600 c.c, tracción: oruga, combustible: Diesel, número de motor: RHX01785. Para el segundo remate con una base de sesenta y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). II-) Con una base de veinticinco millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando deuda de marchamos I.N.S. bajo el Tomo: 0004, Asiento: 00041211, Secuencia: 001, embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, Secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: EE-017598, marca: Caterpillar, estilo: 966D, categoría: equipo especial genérico, capacidad: 1 personas, año: 1987, color: amarillo, Vin: no indicado, cilindrada: 10500 c.c, tracción: no aplica, combustible: Diesel, número de motor: 08Z36508, chasis 99Y04637. Para el segundo remate con una base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original), para el tercer remate se señalan las con la base de (25% de la base original). III-) Con una base de setenta y dos millones de colones exactos; libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195; sáquese a remate el vehículo placa: EE-033186, marca: Volvo, estilo: camión articulado, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2008, color: amarillo, Vin: VCE0A30ET00072194, cilindrada: 9400 c.c, tracción: 6x6, combustible: Diesel, número de motor: 160681. Para el segundo remate con una base de cincuenta y cuatro millones de colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de dieciocho millones de colones exactos (25% de la base original). IV-) Con una base de setenta millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195; sáquese a remate el vehículo placa: EE-033373, marca: Volvo, estilo: A 30 E, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2008, color: amarillo, serie y chasis: VCE0A30EC00072131, cilindrada: 9400 c.c, tracción: doble, combustible: Diesel, número de motor: 158608. Para el segundo remate con una base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). V-) Con una base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, Secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: C-146169, marca: Mack, estilo: CV713, categoría: carga pesada, capacidad: 3 personas, año: 2008, color: blanco, chasis: 1M1AG11Y58M069250, cilindrada: 12000 c.c, tracción: 6x4, combustible: Diesel, número de motor: 7B0059. Para el segundo remate con una base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). VI-) Con una base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: C-148366, marca: Mack, estilo: CV713, categoría: carga pesada, capacidad: 2 personas, año: 2008, color: blanco, serie y chasis: 1M1AG11Y88M069257, cilindrada: 12000 c.c, tracción: 6x4, combustible: Diesel, número de motor: 7B0086. Para el segundo remate con una base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). VII-) Con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: C-123749, marca: Mack, estilo: R600, categoría: carga pesada, capacidad: 2 personas, año: 1987, color: blanco, chasis 1M2N179C3HA007518, cilindrada: 11020 c.c, tracción: no aplica, combustible: Diesel, número de motor: EME6300R7B1452. Para el segundo remate con una base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). VIII-) Con una base de cincuenta millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: EE-036665, marca: Caterpillar, estilo: D6TLGP, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2008, color: amarillo, serie y chasis: CAT00D6TVKJL00793, cilindrada: 8800 c.c., tracción: oruga, combustible: Diesel, número de motor: no se indica. Para el segundo remate con una base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de doce millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). IX-) Con una base de sesenta millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: EE-033151, marca: Volvo, estilo: A 30 E, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2008, color: amarillo, serie y chasis: VCE0A30EP00072133, cilindrada: 9400 c.c, tracción: doble, combustible: Diesel, número de motor: 158631. Para el segundo remate con una base de cuarenta y cinco millones de colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de quince millones de colones exactos (25% de la base original). X-) Con una base de treinta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: EE-033181, marca: Volvo, estilo: camión articulado, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2008, color: amarillo, Vin: VCE0A30EP00072164, cilindrada: 9400 c.c, tracción: doble, combustible: Diesel, número de motor: 160056. Para el segundo remate con una base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). XI-) Con una base de trece millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: CL-271500, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año: 2013, color: blanco, Vin: MR0FR22G200699011, cilindrada: 2494 c.c, tracción: 4X4, combustible: Diesel, número de motor: 2KDA086445. Para el segundo remate con una base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). XII-) Con una base de nueve millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: CL-217684, marca: Nissan, estilo: Frontier, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año: 2007, color: negro, Vin: JN1CNUD22Z0743334, cilindrada: 2953 c.c, tracción: 4x4, combustible: Diesel, número de motor: ZD30066868K. Para el segundo remate con una base de siete millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). XIII-) Con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: CL-263118, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año: 2012, color: blanco, Vin: MR0FR22G700605446, cilindrada: 2494 c.c, tracción: 4x4, combustible: Diesel, número de motor: 2KD5595451. Para el segundo remate con una base de nueve millones de colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Para tal efecto se señalan las ocho horas cincuenta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cincuenta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cincuenta minutos del siete de diciembre de dos mil veintidós. Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Maquinaria y Tractores Limitada contra Constructora Sánchez Carvajal S.A., Fernando Sánchez Sirias. Expediente 18-013890-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del año 2022.—Sirlene Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022686283 ).

En este Despacho, 1) con una base de siete millones colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 300-21061-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 353-12374-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 353-12374-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 356-16481-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 365-17828-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 167208, derecho 001, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito 3-Carmen, Cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Antonio Arias Arias; al sur Antonio Arias Arias; al este Antonio Arias Arias y al oeste calle publica, con 29.09 metros de frente. Mide: seiscientos cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). 2) Con una base de siete millones colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 300-21061-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 353-12374-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 353-12374-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 356-16481-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 365-17828- 01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 167208 derecho 002, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito 3-Carmen, Cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Antonio Arias Arias; al sur Antonio Arias Arias; al este Antonio Arias Arias y al oeste calle pública, con 29.09 metros de frente. Mide: seiscientos cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil veintidós con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francisco Alexis Mora Castro contra Arely Jahayra Roque Quintero, Greivin Jose Solano Ibarra. Expediente:22-001900-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago. 18 de octubre del año 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022686308 ).

En este Despacho, con la base de veintidós millones quinientos mil colones (¢22.500.000) sea dieciocho millones (suma acordada) más el 25 % por costas, libre de anotaciones y soportando servidumbre trasladada bajo las citas 384- 10238-01-0832-002, finca referencia: 00211945-000, afecta a finca: 2- 00252279- 000. Sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 252279-000, la cual es terreno naturaleza: para construir lote 4, en el distrito 09- Alfaro, cantón 02- San Ramón, de la Provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Moisés Elizondo Méndez; al sur, Moisés Elizondo Méndez; al este, calle pública con 8 metros y al oeste, Moisés Elizondo Méndez, medida: doscientos ochenta metros con seis decímetros cuadrados, plano: A-0886346-1990. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del veintiocho de noviembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del seis de diciembre del año dos mil veintidós, con la misma base y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del catorce de diciembre del año dos mil veintidós, con la misma base. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso divorcio de Amelia Montero Araya contra Juan Carlos López Arias. Expediente 15-000192-0688-FA. Nota: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- De conformidad con la circular 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), 12 de octubre del año 2022.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—( IN2022686331 ).

En la puerta exterior de este Despacho a las ocho horas treinta minutos del primero de diciembre de dos mil veintidós sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita al partido de Alajuela N° 503202-000: libre de gravámenes hipotecarios, sin anotaciones, soportando afectaciones de reservas Ley Aguas según citas 411-15206-01-0031-001, y reservas Ley Caminos según citas 411-15206-01-0032-001, y de anotaciones, con la base de setenta y cinco millones de colones. La finca partido de Alajuela N° 503202-000 a rematar se describe: Naturaleza: terreno de agricultura. Situada en el distrito tercero Jesús María, cantón cuarto San Mateo de la provincia de Alajuela. Dicha finca colinda: norte, calle pública con un frente a ella de setenta y siete metros, veintiocho centímetros, sur, María Teresa Porras Méndez, este, María Teresa Porras Méndez, oeste, calle pública con sesenta y cuatro metros, ochenta y ocho centímetros. Mide: cinco mil metros cuadrados, con plano: A-1583046-2012. En caso de fracasar el primer remate, y con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones se señala para segundo remate las ocho horas treinta minutos del trece de diciembre de dos mil veintidós. En caso de fracasar el segundo remate, y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones se señala tercer remate a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Así ordenado en expediente ejecución hipotecaria interpuesto por Vitaminas y Minerales S. A., contra Distribuidora Retana y Salmerón R y S S. A. número 21-010902-1157-CJ. Nota: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Ma. Carolina Hurtado García, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022686352 ).

En la puerta exterior de este Despacho a las ocho horas treinta minutos del primero de diciembre de dos mil veintidós sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita al partido de Alajuela N°503202-000: libre de gravámenes hipotecarios, sin anotaciones, soportando afectaciones de reservas Ley Aguas según citas 411-15206-01-0031-001, y reservas Ley Caminos según citas 411- 15206-01-0032-001, y de anotaciones, con la base de setenta y cinco millones de colones. La finca partido de Alajuela N°503202-000 a rematar se describe: Naturaleza: Terreno de Agricultura, situada en el distrito tercero Jesús María, cantón cuarto San Mateo de la Provincia de Alajuela. Dicha finca colinda: norte: calle pública con un frente a ella de setenta y siete metros, veintiocho centímetros, sur: María Teresa Porras Méndez, este: María Teresa Porras Méndez, oeste: calle pública con sesenta y cuatro metros, ochenta y ocho centímetros. Mide: cinco mil metros cuadrados, con plano: A-1583046-2012. En caso de fracasar el primer remate, y con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones se señala para segundo remate las ocho horas treinta minutos del trece de diciembre de dos mil veintidós. En caso de fracasar el segundo remate, y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones se señala tercer remate a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Así ordenado en expediente ejecución hipotecaria interpuesto por Vitaminas y Minerales S. A., contra Distribuidora Retana y Salmerón R y S S.A. Número 21-010902-1157-CJ. Nota: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Ma. Carolina Hurtado García, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022686355 ).

En este Despacho, con una base de ciento treinta y seis mil novecientos veintiséis dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 394141-000, la cual es terreno para construir con 1 casa lote 46. Situada en el distrito: 04-Mata de Plátano, cantón: 08-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 53; al sur, calle F con 08mts; al este, lote 47 y al oeste, lote 45. Mide: Ciento treinta y un metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós, con la base de ciento setenta y un mil ciento cincuenta y siete dólares con ochenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil veintidós, con la base de treinta y cuatro mil doscientos treinta y un dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Noily Patricia Obando Peñaranda, Roque Fernando Salazar Salazar. Expediente N° 22-001466-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de octubre del año 2022.—Johnny Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022686406 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro millones setecientos veintiséis mil seiscientos cuarenta y dos colones con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 50807-F, derecho 001-002, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veintiuno, apta para construir que se destinará a uso habitacional y podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 05-Concepción, cantón: 03-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Jorge Rafael Cubero Cervantes; al sur, área común libre de calle; al este, finca filial veintidós y al oeste, finca filial veinte. Mide: ciento treinta y siete metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós, con la base de cuarenta y un millones cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y dos colones con veintiún céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de diciembre de dos mil veintidós, con la base de trece millones seiscientos ochenta y un mil seiscientos sesenta colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jhoany Francisco Castillo Oporta, María Concepción González Téllez. Expediente 22-002894-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de setiembre del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022686407 ).

En este Despacho, con una base de diez millones setecientos ochenta y cinco mil ochocientos colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones: número de sumaria: 20-000335-0489-TR, número de Boleta: 2019244401297; sáquese a remate el vehículo placas: BKY755, Marca: Weichai Estilo: Enranger G 3 Luxury Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas Serie: L3AKFEM35GY000033 peso vacío: 0 carrocería: todo terreno 4 puertas peso neto: 0 kgrms. Tracción: 4x2 peso bruto: 1213 kgrms. Número chasis: L3AKFEM35GY000033 valor hacienda: 6,290,000.00 año fabricación: 2016 estado actual: inscrito longitud: 0 mts. Estado tributario: pago derechos de aduana cabina: desconocido clase tributaria: 2529642 techo: no aplica uso: particular peso remolque: 0 valor contrato: 10,790,000.00 color: blanco número registral: 0 convertido: N° moneda: colones Vin: L3AKFEM35GY000033. Características del motor: N° Motor: 4A91SMK7760, marca: Mitsubishi N° Serie no indicado modelo: Enranger G 3 Luxury cilindrada: 1500 c.c cilindros: 4 potencia: 83 kw combustible: gasolina fabricante: no indicado procedencia: desconocida. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones ochenta y nueve mil trescientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de junio de dos mil veintitrés, con la base de dos millones seiscientos noventa y seis mil cuatrocientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Hulda Noheni Ibarra Aguilera. Expediente número 22-001974-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 13 de octubre del año 2022.—Licda. Vivian Monge Herrera, Jueza tramitadora.—( IN2022686410 ).

En este Despacho, con una base de tres millones novecientos treinta y seis mil trescientos ochenta y ocho colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa TSJ000197 (tómese en consideración que el vehículo garante posee placas de taxi por lo que se aclara que las mismas no son objeto de remate), Marca: Greatwall, Categoría: automóvil, estilo C 30 c.c. 7150 CE 00 14, Capacidad: 5 personas, Serie: LGWEE2K50JE607460, año: 2018, carrocería: Sedan 4 puertas, color: rojo, Tracción: 4x2, Chasis LGWEE2K50JE607460, número de motor GW4G151701011483, Cilindrada 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del quince de febrero del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintitrés de febrero del año dos mil veintitrés, con la base de dos millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos noventa y un colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del tres de marzo del año dos mil veintitrés, con la base de novecientos ochenta y cuatro mil noventa y siete colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Gerardo Arias Sánchez. Expediente N° 22-000999-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 30 de junio del año 2022.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2022686412 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones ochenta y siete mil setecientos cincuenta y seis colones con noventa y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas FTB167, Marca: KIA, Categoría: automóvil, Serie: chasis y Vin: 3KPA241ABJE056911, Capacidad para cinco personas, año: 2018, color azul, numero de Motor: G4LCHE721818, cilindrada: 1368 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del doce de diciembre de dos mil veintidós, con la base de seis millones ochocientos quince mil ochocientos diecisiete colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veinte de diciembre de dos mil veintidós, con la base de dos millones doscientos setenta y un mil novecientos treinta y nueve colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Servicios Técnicos Acondicionados Gekar Sociedad Anónima. Expediente 22-001190-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 18 de octubre del año 2022.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2022686415 ).

En este despacho, con una base de treinta y cuatro millones quinientos ochenta y seis mil ochocientos cuarenta y dos colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 326-04019-01-0905-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 155744-000, la cual es terreno para construir con una casa. situada en el distrito: 02-Santiago, cantón: 02-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Consejo Parroquial de San Antonio Piedra Azul; al sur, Irma Araya Sáenz; al este, Irma Araya Sáenz y al oeste calle publica con 10,30 metros de frente. Mide: Doscientos seis metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, con la base de veinticinco millones novecientos cuarenta mil ciento treinta y dos colones con doce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, con la base de ocho millones seiscientos cuarenta y seis mil setecientos diez colones con setenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Dennis Alejo Corrales Araya, Jeison Jose Corrales Araya Expediente N° 22-001518-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de agosto del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022686453 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones ochocientos setenta y ocho mil seiscientos treinta colones con catorce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Serv y Reservas Ref: 0478-393-019 citas: 293-05225-01-0901- 001, servidumbre de paso citas: 491-12024-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 528-17855-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2011-337818-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 2012-00110-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2013-177353-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos cuarenta y cuatro mil novecientos sesenta y tres, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito: 06-Pavones cantón: 05-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Quebrada Eslabón y Muza Latiff Pineda Sur; El Eslabón Hacienda de Turrialba S. A., servidumbre de paso con un frente de 7 metros, Aníbal Brenes Zúñiga y Francisco Jamison Fonseca, este, Muza Latiff Pineda y Francisco Jamienson Fonseca; oeste, El Eslabón Hacienda de Turrialba y Aníbal Brenes Zúñiga. Mide: Cinco mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, con la base de treinta y ocho millones novecientos ocho mil novecientos setenta y dos colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, con la base de doce millones novecientos sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y siete colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mohamed Polidecto Latif Pineda. Expediente N° 22-001958-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de agosto del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—( IN2022686454 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones ciento veintidós mil setecientos noventa y siete colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 241-07723-01-0901-001; servidumbre trasladada citas: 339-05848-01-0927-001; servidumbre dominante citas: 339-05848-01-0928-001; servidumbre dominante citas: 339-13169-01-0022-001; servidumbre de alero citas: 340-17426-01-0005-001;servidumbre sirviente citas: 341-14441-01-0905-001; servidumbre sirviente citas: 342-12893-01-0023-001; servidumbre de alero citas: 344-16382-01-0007-001;servidumbre sirviente, citas: 349-07499-01-0195-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0212-001; servidumbre dominante citas:349-07499-01-0213-001;servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0218- 001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0233-001; servidumbre dominante citas:349-07499-01-0234-001;servidumbre.trasladada citas: 349-07499-01-0235- 001; servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0236-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0239-001; servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0244- 01;servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0246-001; servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0248-001; servidumbre dominante citas: 349-07499-01-0249-001; servidumbre de aleroref: 00327565 000 citas: 351-09587-01-0905- 001;servidumbre sirviente citas:353-12262-01-0032-001; servidumbre dominante citas: 356-01059-01-0913-001; servidumbre sirviente citas: 356-01059-01-0914- 001; servidumbre trasladada citas: 364-15578-01-0803-001; servidumbre trasladada citas: 364-15578-01-0826-001; servidumbre de alero ref:00350726-000 citas: 365- 12999-01-0903-001; servidumbre de aleroref: 00350926-000 citas: 365-12999-01-0906-001; servidumbre dominante citas: 366-07889-01-0009-001; servidumbre sirviente citas: 366-07889-01-0010-001 servidumbre dominante citas: 371-08784-01-0005-001; servidumbre sirviente citas: 371-08784-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 557676, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote N.579. Situada en el Distrito 10-Hatillo, Cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte: Maritza Jiménez Ríos con pared medianera; al sur: acera; al este: Lote 580 con pared medianera y al oeste: Lote 578 con pared medianera. Mide: treinta y cuatro metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas del dieciséis de noviembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del veinticuatro de noviembre del año dos mil veintidós con la base de tres millones noventa y dos mil noventa y ocho colones con dieciocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del dos de diciembre del año dos mil veintidós con la base de un millón treinta mil seiscientos noventa y nueve colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Yamileth Meza Soto. Expediente:22-000521-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera. 20 de mayo del año 2022.—Lic. Wilkko Adred Retana Alvarez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022686455 ).

En este Despacho, con una base de ciento dieciséis mil setenta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas: 800-732930-01-0001-001 y demanda ordinaria citas: 800-526334-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 118864-A, derecho 000, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito: 01-San Vicente, cantón: 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rodolfo Fernando Stradurger Rothe; al sur, avenida dos pública con ocho metros, cincuenta y un centímetros de frente; al este, Eduardo Solís Hernández y al oeste, Lizie Hidalgo Hidalgo. Mide: Doscientos quince metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós, con la base de ochenta y siete mil cincuenta y cinco dólares con once centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil veintidós, con la base de veintinueve mil dieciocho dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo contra Tania María Suñol Muñoz Expediente N° 18-007579-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 10 de octubre del año 2022.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022686456 ).

En este Despacho, con una base de siete millones novecientos diecisiete mil ciento sesenta y siete colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas: 495 07840-01-0001-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 496 02860-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 371925-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida 7 con un frente de 8,50 metros lineales; al sur, lote 8-J; al este, lote 16-J y al oeste lote 18-J. Mide: ciento sesenta y ocho metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticinco de abril de dos mil veintitrés con la base de cinco millones novecientos treinta y siete mil ochocientos setenta y cinco colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón novecientos setenta y nueve mil doscientos noventa y un colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Jania Francisca Ponce González, Mabery Antonio Mejías Ponce. Expediente 20-000258-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y uno minutos del once de octubre del dos mil veintidós.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022686457 ).

En la puerta exterior de este despacho, con la base indicada por el perito, sea la suma de ochenta y seis millones quinientos ochenta mil ochocientos veinte colones, soportando condiciones de citas: 0311-00011061-01-0901-001 y 0367-00013560-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula de folio real número 111376-000, el cual es terreno para construir, situada en el distrito primero de Limón, cantón uno de la provincia de Limón, la cual colinda al norte, con resto de Archibold Stephen Stephen Nelson, al sur, con resto de Archibold Stephen Stephen Nelson, al este, con resto de Archibold Stephen Stephen Nelson y al oeste, con calle pública con frente a ella de 10,00 metros. Mide: doscientos cincuenta y tres metros con cinco decímetros cuadrados y posee el plano número L-0514701-1983. Para llevar a cabo el remate de dicho bien se señalan las trece horas treinta minutos del primero de diciembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del doce de diciembre del año dos mil veintidós con la base de sesenta y cuatro millones novecientos treinta y cinco mil seiscientos quince colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de diciembre del año dos mil veintidós con la base de veintiún millones seiscientos cuarenta y cinco mil doscientos cinco colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Asociación Iglesia Morava en Costa Rica contra Dan James Mc Donald Charles, Dianycka Michelle Mc Donald Carnegie. Expediente número 19-000018-1636-CI-1. Nota: publíquese dos veces de forma consecutiva en el Boletín Judicial.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de octubre del año 2022.—Licda. Valeria Torres Morales, Jueza.—( IN2022686504 ).

En este Despacho, con una base de setecientos treinta y seis mil doscientos sesenta y un colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, inscrita bajo las citas: 298-05916-01-0901-001, 351-14287-01-0901-001,351-14287-01-0902-001, 397-19085-01-0902-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 631355-000, la cual es terreno, terreno de potrero y cultivo de café; con una casa. Situada en el distrito 3-Copey, cantón 17-Dota de la provincia de San José. Colinda: al norte: Armando, Marino y Jorge Arturo, todos Retana Chinchilla; al sur: Armando, Marino y Jorge Arturo todos Retana Chinchilla y calle pública; al este: Armando, Marino y Jorge Arturo, todos Retana Chinchilla; y al oeste: Armando, Marino y Jorge Arturo, todos Retana Chinchilla. Mide: nueve mil cuatrocientos dos metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de mayo del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil veintitrés, con la base de quinientos cincuenta y dos mil ciento noventa y cinco colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del primero de junio del dos mil veintitrés, con la base de ciento ochenta y cuatro mil sesenta y cinco colones con treinta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Katherine Retana Calderón. Expediente N° 22-001880-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 14 de octubre del 2022.—Msc. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2022686505 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de ochenta y cinco millones seiscientos setenta y ocho mil setecientos cuatro colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 181266-F-001-002, la cual es terreno finca filial número 10-16, de dos plantas ubicada en el primer y segundo nivel, destinada a uso habitacional, en proceso de construcción. Situada en el distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial número 10-17; al sur, área común libre de avenida segunda del Condominio Madre; al este, área común libre de parque y de zona de protección de pozo de agua ambos del condominio madre y al oeste, finca filial 10-15. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós con la base de sesenta y cuatro millones doscientos cincuenta y nueve mil veintiocho colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del dos de diciembre de dos mil veintidós con la base de veintiún millones cuatrocientos diecinueve mil seiscientos setenta y seis colones con diez céntimos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eleroy Gerardo Rodríguez Araya, Keila Nicole Silva Montes, expediente 22-003926-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de setiembre del año 2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022686534 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil ochocientos nueve dólares con cincuenta y seis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones número de sumaria 19-004061-0494-TR número de boleta 2019250700457; sáquese a remate el vehículo FCL234 marca: Mitsubishi, estilo: Montero GLS, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: JMYLYV98WDJ000584, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, N° motor 4M41UAJ344, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil veintidós con la base de catorce mil ciento siete dólares con diecisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintidós con la base de cuatro mil setecientos dos dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S.A. contra Griselda María Morales Ugalde. Expediente N° 20-001332-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós.—Manuel Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022686552 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones novecientos ocho mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con veintisiete céntimos, soportando reservas y restricciones citas: 294-01690-01-0903-001, sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número cien mil trescientos noventa y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada: en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Inversiones Avendborbo S.A.; al sur, Inversiones Avendborbo S.A.; al este, Inversiones Avendborbo S.A., y al oeste, calle pública con frente de 10 metros. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: L-0755490-2001. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del diez de enero del dos mil veintitrés, con la base de diecisiete millones ciento ochenta y un mil trescientos treinta y nueve colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil veintitrés, con la base de cinco millones setecientos veintisiete mil ciento trece colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ana Yensy Quirós Quirós. Expediente N° 19-005166-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 17 de octubre del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez/a Decisor/a.—( IN2022686583 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro millones ochocientos mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 263-07835-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 130315-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número 24 del bloque H, apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de 2 pisos. Situada en el distrito 4-San Nicolás, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial 33-H; al sur, avenida cinco; al este, finca filial 23-H y al oeste, finca filial 25-H. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dos de diciembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del quince de diciembre del dos mil veintidós con la base de cuarenta y un millones cien mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de diciembre del dos mil veintidós con la base de trece millones setecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Édgar Antonio Chavarría Álvarez, expediente 22-000660-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de octubre del año 2022.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022686617 ).

En este Despacho, con una base de siete millones novecientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: 632501, marca: Hyundai, categoría: automóvil, estilo: Terracan GLS, carrocería: Station Wagon O Familiar, tracción: 4x4, N° motor: D4BH5236735, capacidad: 7 personas, color: azul, año fabricación: 2006. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós, con la base de cinco millones novecientos cuarenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintidós con la base de un millón novecientos ochenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caja de ANDE contra Gilbert José Mesén Mendoza. Expediente N° 19-011011-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de agosto del año 2022.—Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2022686674 ).

En este Despacho con una base de siete millones quinientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres colones con cincuenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMT 388, marca Hyundai, estilo Creta GL, año dos mil diecisiete, capacidad cinco pasajeros, categoría automóvil, carrocería todo terreno, cuatro puertas, color rojo, tracción cuatro por dos, serie, chasís y vin número M A L C dos ocho uno C B H M uno ocho cero cero tres nueve, cilindrada mil seiscientos centímetros cúbicos, cilindros cuatro, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones seiscientos setenta y tres mil trescientos cincuenta y cinco colones con trece céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil veintidós con la base de un millón ochocientos noventa y un mil ciento dieciocho colones con treinta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Wendy Campos Rojas, expediente 21-007910-1170-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 octubre 2022.—Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022686684 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones seiscientos noventa y seis mil setecientos diez colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 347108-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4-San Isidro, cantón 5-Atenas de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, resto de Freddy Rodríguez Arce; sur, calle pública con un frente de ocho metros; este, Carlos Ramírez Chaves y oeste, resto de Freddy Rodríguez Arce. Mide: ciento veintiocho metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0579485-1999. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés con la base de dieciséis millones doscientos setenta y dos mil quinientos treinta y dos colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de cinco millones cuatrocientos veinticuatro mil ciento setenta y siete colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Milton Saúl Moraga Gutiérrez, expediente 22-006030-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con ocho minutos del tres de agosto del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022686685 ).

En este Despacho, con una base de treinta y un millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 349-17854-01-0990-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 324128, derecho 005 y 006, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 2-Cinco Esquinas, cantón 13-Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote cuatro; al sur, lote seis; al este, calle pública y al oeste, lote 29 30. Mide: ciento once metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del once de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintidós con la base de veintitrés millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del primero de diciembre de dos mil veintidós con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gabriela María Quijano Chacón, Gustavo Adolfo Alpízar Fonseca, Heriberto Enrique Quijano Chacón, expediente 22-006228-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de octubre del año 2022.—Yessenia Brenes González, Juez/a Decisor/a.—( IN2022686701 ).

En este Despacho, con una base de quince millones doscientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas: 570-63129-01-0002-001, servidumbre de acueducto y de paso de A Y A citas: 570-63131-01-0001-001, servidumbre de paso, citas: 575-17822-01-0004-001, servidumbre de paso, citas: 2016-260608-01-0003-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número seiscientos setenta y cuatro mil ciento ochenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: para construir, situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Perez Zeledón de la provincia de San José. Linderos: norte: Zaida María Monge Chinchilla; sur: Zaida Maria Monge Chinchilla; este: Zaida María Monge Chinchilla; oeste: calle pública con 11 metros de ancho. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: SJ-1116895-2006. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós, con la base de once millones cuatrocientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós, con la base de tres millones ochocientos diecisiete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Geizel María Aguilar Acosta. Expediente N° 22-003030-1200-CJ. Nota:Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y seis minutos del veintiséis de setiembre del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2022686702 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 289232-000, la cual es terreno Lote 3-15 terreno con una casa. Situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte: 3-16; al sur: 3-14; al este: 3-4; y al oeste: calle con 09-00. Mide: ciento noventa y cuatro metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del seis de diciembre de dos mil veintidós con la base de tres millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del quince de diciembre de dos mil veintidós con la base de un millón ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Jaffeth Navarro Arauz, Carlos Manuel Elizondo Delgado. Expediente N° 22-003063-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y dos minutos del cuatro de octubre del dos mil veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2022686703 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San Jose, matrícula número 289232-000, la cual es terreno lote 3-15 terreno con una casa. Situada en el distrito 3- Daniel Flores, cantón 19-Perez Zeledón, de la provincia de San Jose. Colinda: al norte, 3-16; al sur, 3-14; al este 3-4 y al oeste, calle con 09- 00. Mide: ciento noventa y cuatro metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del seis de diciembre de dos mil veintidós con la base de tres millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del quince de diciembre de dos mil veintidós con la base de un millón ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Jaffeth Navarro Arauz, Carlos Manuel Elizondo Delgado. Expediente 22-003063-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y dos minutos del cuatro de octubre del dos mil veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2022686704 ).

En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo características de vehículo de carga liviana de placas: CL295232, marca: Nissan, estilo: Navara LE, categoría: carga liviana, N° motor: YD25555968T, número chasis, vin, serie: MNTVCUD40Z0608874, cilindrada: 2488 C.C, año fabricación: 2015, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del primero de diciembre del dos mil veintidós, con la base de diez millones trescientos ochenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del trece de diciembre del dos mil veintidós, con la base de tres millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de María de los Ángeles Martínez Quesada contra Marco Vinicio Martínez Quesada, Mitología Consultores S. A. Expediente N° 18-016423-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de julio del año 2022.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Juez/a Decisor/a.—( IN2022686752 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones treinta y un mil cuatrocientos sesenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: 576790, Mazda, Mazda3, automóvil, color amarrillo, año 2005, Sedan 4 puertas, chasis JM7BK326251124994. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos setenta y tres mil seiscientos un colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós, con la base de un millón doscientos cincuenta y siete mil ochocientos sesenta y siete colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Trabajadores de la Constructora Meco contra Denis Alberto Rivera Matarrita. Expediente N° 21-000971-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: once horas con veintinueve minutos del diecinueve de octubre del dos mil veintidós.—Lic. Anthony Quesada Soto, Juez Decisor.—( IN2022686931 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve mil ochocientos dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 334-11148-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento setenta y seis mil ochocientos diecisiete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada: en el distrito: 09-Pavas, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Urbanizadora La Favorita; al este, Urbanizadora La Favorita, y al oeste, Urbanizadora La Favorita. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del seis de diciembre del dos mil veintidós, con la base de veintinueve mil ochocientos cincuenta dólares con cuarenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós, con la base de nueve mil novecientos cincuenta dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Desarrollos El Malecón S. A. contra Julio Alberto Miller Morales. Expediente N° 22-007963-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Juez Decisor.—( IN2022687002 ).

En este Despacho, con una base de quince mil ochocientos veintitrés dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión expediente 17-003202-0497-TR del Juzgado de Tránsito de Heredia; sáquese a remate el vehículo placa: RGM771, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, categoría: automóvil, serie / chasis / vin: MMBGRKG40ED011464, tracción: 4x2, año fabricación: 2014, color: negro, N° motor: 4D56UCEJ7375, cilindrada: 2477 c.c., combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cincuenta minutos del diez de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cincuenta minutos del dieciocho de enero del dos mil veintitrés, con la base de once mil ochocientos sesenta y siete dólares con ochenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cincuenta minutos del veintiséis de enero del dos mil veintitrés, con la base de tres mil novecientos cincuenta y cinco dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito S J S. A. contra Randal Alberto Guillén Morales. Expediente N° 19-006662-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del año 2022.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2022687030 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil trescientos diecisiete dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: SPH095, Marca: Changan, estilo: CS 15, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie, Chasis y Vin todos: LS5A3DBE5JD902338, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2018, color: gris. Características del motor; N° Motor: JL473QFH3CK548440, Marca: Changan, N° Serie: no indicado, Modelo: SC7159AA5, cilindrada: 1500 c.c., cilindros: 4, potencia: 80 Kw, combustible: gasolina, fabricante: no indicado. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de noviembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil veintidós, con la base de seis mil novecientos ochenta y siete dólares con noventa centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de diciembre del año dos mil veintidós, con la base de dos mil trescientos veintinueve dólares con treinta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Diana Carolina Vargas Castillo. Expediente N° 22-005245-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de setiembre del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2022687031 ).

En este Despacho, con una base de seis mil novecientos veinte dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BKD269, marca: M.G., estilo: MG 3 COM categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, vin: LSJZ14E34GS010008, N° motor: 15S4UQJGE9160690. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del doce de junio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinte de junio del dos mil veintitrés, con la base de cinco mil ciento noventa dólares con setenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil veintitrés, con la base de mil setecientos treinta dólares con veintitrés centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Marco Andrey Gutiérrez Vargas. Expediente N° 22-008193-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta y uno minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022687032 ).

En este Despacho, con una base de quince mil novecientos cuarenta y tres dólares con veinte centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL-232147, marca: Nissan, estilo: Navara LE, año: 2009, color: negro, serie: MNTVCUD40Z0005299, cilindrada: 2488 CC, N° motor: YD25081326T, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintinueve de noviembre del dos mil veintidós, con la base de once mil novecientos cincuenta y siete dólares con cuarenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de diciembre del dos mil veintidós, con la base de tres mil novecientos ochenta y cinco dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S.J S. A. contra Jorge de Hannover Sierra Ruiz. Expediente N° 16-001237-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 02 de setiembre del año 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022687033 ).

En este Despacho, con una base de quince mil ciento cuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 19-001442-0500-TR; sáquese a remate el vehículo: BPY185, marca: Geely, estilo: GC6, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: LB37624S4JL000299, año fabricación: 2018, color: blanco, vin: LB37624S4JL000299, N° motor: JLB4G15GBCX20188, cilindrada: 1500 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del catorce de febrero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil veintitrés, con la base de once mil trescientos veintiocho dólares con cuarenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil veintitrés, con la base de tres mil setecientos setenta y seis dólares con trece centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S.J S. A. contra Josehp Ange Cubillo Garita. Expediente N° 18-010080-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de octubre del año 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022687034 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil once dólares con sesenta y ocho centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones número de expediente: 18-000723-0742-TR, bajo las citas: 2018-252900498-0; sáquese a remate el vehículo Placa: BDN510, Marca: Hyundai, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: MALAM51CBDM347827, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, número chasis: MALAM51CBDM347827, año fabricación: 2013, color: blanco, N° Motor: G4LADM984066, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiséis de abril del dos mil veintitrés, con la base de tres mil setecientos cincuenta y ocho dólares con setenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del cinco de mayo del dos mil veintitrés, con la base de mil doscientos cincuenta y dos dólares con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos de SJ S. A. contra Ruma Jivi S. A. Expediente N° 19-009943-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: nueve horas con seis minutos del once de octubre del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022687035 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil cuatrocientos noventa y seis dólares con doce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BFX202, marca: Suzuki, estilo: Celerio GL, categoría: automóvil, estilo: Celerio GL, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: negro, vin: MA3FC31S2EA702211, N° motor: K10BN1665467, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de diciembre del dos mil veintidós, con la base de cuatro mil ciento veintidós dólares con nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintidós, con la base de mil trescientos setenta y cuatro dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Neismy Faviola Ramírez Corrales. Expediente N° 20-000940-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de setiembre del año 2022.—Yessenia Brenes González, Juez/a Decisor/a.—( IN2022687036 ).

En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 370-19513-01-0900-001, aviso catastral citas: 2013-314704-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 63291-000. Que se describe así: Naturaleza: terreno de repasto. Situada: en el distrito 4-San Pablo, cantón 9-Nandayure, de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Ángel Rosales Pérez; sur, Bertilia Briceño Cruz; este, Bertilia Briceño Cruz y Juana Díaz Rosales; oeste, Claudia Rosales Pérez y Euclides Rosales Pérez. Mide: diez mil ciento veintinueve metros con nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0783971-1988. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veintidós, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del seis de diciembre del dos mil veintidós, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Gustavo de Jesús Rodríguez Vargas contra Duglas Anival García Romero. Expediente N° 18-000123-0390-CI.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: veintitrés horas con treinta y ocho minutos del catorce de setiembre del dos mil veintidós.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a Decisor/a.—( IN2022687037 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil doscientos sesenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: CL 296165, Marca: Citroën, Estilo: Berlingo, Categoría: carga liviana, Capacidad: 2 personas, Serie: VF77H9HECHJ503625, carrocería: Panel, tracción: 4x2, número chasis: VF77H9HECHJ503625, año fabricación: 2017, color: blanco, Vin: VF77H9HECHJ503625, N° Motor: 10JBEB0109346, cilindrada: 1560 c.c. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintidós, con la base de tres mil novecientos cincuenta y un dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dos de diciembre del dos mil veintidós, con la base de mil trescientos diecisiete dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de CR SA contra Rebeca Ortiz Salazar. Expediente N° 22-004057-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de setiembre del año 2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022687053 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y un millones cuatrocientos cincuenta mil quinientos noventa colones exactos ,soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal inscrita bajo las citas 567-99695-01-0002-001, servidumbres trasladadas bajo las citas: 260-03954-01-0901-001, 328-06939-01-0901-002, 346-09511-01-0900-001, 346-09511-01-0901- 001, 346-09511-01-0902-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 309616-005-006-007, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito: 05, Palmira, cantón: 11-Zarcero de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, German Rojas Salas; sur, Rónald Rojas Alvarado; este, calle pública y oeste, German Rojas Salas. Mide: setecientos setenta y cuatro metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0038928-1992. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, con la base de treinta y un millones ochenta y siete mil novecientos cuarenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, con la base de diez millones trescientos sesenta y dos mil seiscientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Rosa Alfaro Rodríguez contra Yorleny María Otárola Jiménez, expediente 14-002307-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y dos minutos del doce de setiembre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro Sánchez, Jueza Decisora.—( IN2022687077 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones treinta y siete mil cuatrocientos noventa y cuatro colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: CL-314.768, Marca: Mitsubishi, Categoría: carga liviana, Serie: MMBJYKL30JH022247, carrocería: Camioneta Pick-Up Caja Abierta o Campu, tracción: 4x4, fabricación: 2018, color: gris, N° Motor: 4D56UAR4661, cilindrada: 2477 c.c., combustible: diésel. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del doce de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés, con la base de quince millones setecientos setenta y ocho mil ciento veinte colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintitrés, con la base de cinco millones doscientos cincuenta y nueve mil trescientos setenta y tres colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marco Aurelio Huertas Araya. Expediente N° 22-000758-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: veintiuno horas con cuarenta y siete minutos del veintitrés de setiembre del dos mil veintidós.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022687079 ).

Citaciones

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María de Los Ángeles Gómez Calvo, mayor de edad, estado civil viudo una vez, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0101320924 y vecino(a) San José, Moravia, Coronado de la iglesia católica setecientos metros al norte y quinientos metros al este en finca Apaican. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000564-0181-CI-1.—Juzgado Segundo Civil de San José, 04 de octubre del año 2022.—Lic. Daniel Jiménez Medrano, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022683499 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Mauro Isaac Contreras Viales y fue mayor, estado civil casado, pensionado, vecino de Cartagena de Santa Cruz, Guanacaste, con documento de identidad 0500350096. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000111-0388-CI-9.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: once horas con veinticinco minutos del once de mayo del dos mil veintidós. —Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2022683518 ).

Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Cipriano Paulino Espinoza Duarte conocido como “Guillermo Espinoza Duarte”, mayor, soltero, profesión u oficio desconocido, costarricense, con documento de identidad 0501180057 y vecino de Santa Cruz, Guanacaste, frente al centro educativo Josefina López Bonilla. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000488-0388-CI-5.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: catorce horas con veintidós minutos del quince de diciembre del dos mil veintiuno.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2022683521 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eduardo Israel de la Trinidad Sánchez Alpízar, mayor, casado una vez, arquitecto, con documento de identidad 0501250039. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Conforme a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley de Consultorios Jurídicos o Trabajo Comunal N°4775, se comunica que la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente 22-000248-0296-CI.—Juzgado Civil Y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 04 de octubre del año 2022.—Lic. Gerardo Antonio Pérez Alfaro, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022683539 ).

Avisos

Se hace saber: que por iniciativa de Cooperativa de Ahorro y Crédito COOPEANDE Número Uno Responsabilidad Limitada, COOPEANDE UNO RL, cédula jurídica número 3-000-404527, se ha promovido un proceso judicial a fin de que se le reponga cédula hipotecaria bajo las citas 2011-305655-01-001-001 y sobre la finca del partido de San José matrícula 448184.Se concede un plazo de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en defensa de sus derechos. Se ordena así en proceso judicial de reposición de título valor, expediente 22-000259-0180-CI-4. Nota: se le recuerda a la persona interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.—Juzgado Primero Civil de San José, 12 de agosto del año 2022.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Juez/a Decisor/a.—( IN2022682430 ).                       3 v. 3.

Licda. Melissa Chaves Agüero Juez(a) del Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia); hace saber a José Jerónimo Valle Pérez, documento de identidad 0207660652, soltero/a, Peón de explotaciones agrícolas, vecino de Guápiles, que en este Despacho se interpuso un proceso procesos especiales en su contra, bajo el expediente número 21-000222-1517-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor Genesis Sofia y Meria José ambas de apellidos Valle Amador, planteado por Patronato Nacional de la Infancia Upala contra José Jerónimo Valle Pérez y Yahaira Amador Fuentes, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se nombra a Jose Francisco Madrigal Bogantes y Laura Bogantes Bolaños como depositarios judiciales provisionales a quienes se les previene en el plazo de cinco días, presentarse a este despacho aceptar y jurar el cargo conferido. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Y la resolución de las diez horas cincuenta y cinco minutos del treinta de setiembre de dos mil veintidós que dice: Encontrándose notificada al la parte demandada Yaharia Amador Fuentes y siendo que no fue posible localizar al demandado José Jerónimo Valle Pérez, a fin de que se otorgue representación al demandado Valle Pérez, se nombra como curadora a la Licenciada Karol Priscilla Barrantes Fallas; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido.- Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Lo anterior se ordena así en proceso procesos especiales de Patronato Nacional de la Infancia Upala contra José Jerónimo Valle Pérez; expediente Nº 21-000222-1517-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia), 30 de setiembre del año 2022.—Licda. Melissa Chaves Agüero, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017 JA.—( IN2022683534 ).

Licenciada Guadalupe Solano Patiño, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Héctor Enrique Segura Valverde, en su carácter personal, quien es mayor de edad, divorciado, cédula de identidad 1-1013-0914, se le hace saber que en demanda de suspensión de responsabilidad parental, establecida por María Fernanda Luna Bonilla contra Héctor Enrique Segura Valverde, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2022002223. Juzgado de Familia de Cartago. A las quince horas veintisiete minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós. Proceso establecido por María Fernanda Luna Bonilla, mayor, divorciada, administradora, portadora de la cédula de identidad número 0304290278 contra Héctor Enrique Segura Valverde, mayor, Abogado, portador de la cédula de identidad número 0110130914. Resultando (....) Considerando I.-Hechos probados. (....) II.-Sobre el fondo del Asunto. (...) III.-Caso concreto. (...) Por tanto. De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 51 de la Constitución Política, 158 y subsiguientes del Código de Familia, 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Se declara con lugar el presente proceso de Suspensión de la Patria Potestad. Se suspende a Héctor Enrique Segura Valverde en el ejercicio de los atributos de la patria potestad sobre Mattias Ignacio Segura Luna, por el plazo de cinco años, de conformidad con el artículo 159 del Código de Familia, entendiéndose que no está autorizados de ejercer ninguno de los atributos de la autoridad parental.- A fin de ser restablecido en el goce de los atributos de la autoridad parental, mediante el respectivo incidente de restitución deberá el demandado demostrar que: a) Aporta económicamente para la manutención y satisfacción de las necesidades de Mattias Ignacio Segura Luna. b) Cuenta con la capacidad de asumir de forma asertiva, activa y responsable sus rol paterno. Entonces los progenitores suspendidos en el ejercicio de la patria potestad podrían ser rehabilitados para volver a ejercer tales atributos. El artículo 163 del Código de Familia se refiere al carácter no definitivo de la suspensión de la patria potestad al reglar la rehabilitación, así como una causa adicional de pérdida de la patria potestad. “Articulo 163. Recuperación de la patria potestad. Cuando haya cesado el motivo de la suspensión o de la incapacidad, el suspenso o el incapacitado recobrará los derechos de la patria potestad, mediante declaratoria expresa del Tribunal que lo rehabilite, siempre y cuando la persona menor de edad no haya sido declarada judicialmente en estado de abandono con fines de adopción. Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Expediente 21-003102-0338-FA. Nota: Publíquese por una única vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago.—Msc. Guadalupe Solano Patiño, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683538 ).

Se avisa que en este Despacho Félix Ángel Espinoza López, solicitan se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Samuel Andrés Alvarado Salazar. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma, expediente 22-000604-0673-NA. Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia. (Circular N° 67-09, emitida por la Secretaría del la Corte el 22 de junio de 2009).—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 04 de octubre del año 2022.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Juez(a) Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683545 ).

Se avisa, a los señores Cindy Tatiana Castillo Méndez portadora de la cédula de identidad N° 7-0245-0228, mayor, de domicilio desconocido y Elías Torres Marchena, portador de la cédula de identidad número 1-1176-0366, mayor, de domicilio desconocido, mismos representados por el curador procesal licenciada Sandra Marjorie Retana Hidalgo, se le hace saber que existe proceso N° 20-001137-1302-FA, de Suspensión de Responsabilidad Parental de la Persona Menor de Edad Elías Torres Castillo, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Cindy Tatiana Castillo Méndez y Elías Torres Marchena, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las once horas treinta y siete minutos del seis de julio de dos mil veintidós, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas. Teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia 2295-3115. Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia. (Circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009). Publicar una vez.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de julio de 2022.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud68-2017-JA.—( IN2022683547 ).

Se avisa a la señora Laura Tatiana Estrada Rivera, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 22-000354-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Eusebio Gerardo Ferlini Estrada Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias. Nota: De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de agosto de dos mil veintidós.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022683548 ).

Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Jehudy David Briceño Robles, en su carácter personal, quien es mayor, casado, cédula N° 0701420466, de más calidades y paradero desconocido, se le hace saber que en demanda abreviado, establecida por Jessica Alejandra Vargas Pérez, contra Jehudy David Briceño Robles, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: De la anterior demanda abreviada de divorcio, establecida por la accionante Jessica Alejandra Vargas Pérez, se confiere traslado a la accionado Jehudy David Briceño Robles, por el plazo perentorio de diez días para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado mediante la publicación del edicto que establece el artículo 263 del Código Procesal Civil, vigente para la materia de Familia. Nota: publíquese por una vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022683552 ).

MSC. Marilene Herra Alfaro, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Melvin Antonio Guerra Quirós, cédula 0603120045, casado, quien es mayor, de paradero desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso inexistencia de matrimonio en su contra, bajo el expediente número 14-001106-0186-FA donde se dictó sentencia de primera instancia 2022000883, de las catorce horas doce minutos del doce de setiembre de dos mil veintidós, cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: Por las razones expuestas y citas legales invocada, se declara con lugar la demanda de inexistencia de matrimonio, incoada por la Procuraduría General de la República en contra de Yamile Eliana Gallego Carmona y Melvin Antonio Guerra Quirós; en consecuencia: 1.- Por ser inexistente el matrimonio de Melvin Antonio Guerra Quirós y Yamile Eliana Gallego Carmona, se anula la inscripción de dicho matrimonio en la Sección Matrimonios de San José, Tomo 440, Folio 24, Asiento 48; comunicándose al Registro Civil de oficio mediante certificación o ejecutoria. 2.- Se anula todo la naturalización otorgada a Yamile Eliana Gallego Carmona y a sus hijos Kelly Patiño Gallego y David Mosquera Gallego, producto del matrimonio nulo, lo cual debe comunicarse al Registro Civil mediante ejecutoria o certificación para que se inscriba en las siguientes citas: Caso de Kelly 800930640 y en el caso de David 800930641. 3.- De existir, se anula todo acto preparatorio emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería, tendente a otorgar la residencia a Yamile Eliana Gallego Carmona, producto del matrimonio nulo. 4.- Una vez firme este fallo, se ordena pagar al Lic. Jorge Eduardo Sanabria Rosito, cédula 105340704 y al Lic. Luis Diego Delgado Vargas, cédula 107120016, por concepto de honorarios y por parte de la Administración de Tribunales, la suma de 60.000,00, monto al cual se le debe retener el 13% del impuesto de valor agregado IVA, sin necesidad de una resolución posterior. 5. Por ser esta demanda con curador procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. 6.- Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Hágase saber. Lo anterior se ordena así en proceso inexistencia de matrimonio de Estado contra Jorge Eduardo Arango Pérez. Expediente 14-001106-0186-FA. Nota: De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Primero de Familia de San José, 20 de setiembre del año 2022.—Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022683553 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Heinner Andrés Mejías Carmona, mayor, Soltero, construcción, cédula de identidad número 0504250789, nacido en centro Liberia Guanacaste, el 02/02/1999, con 23 años de edad, y Daniela Esmeralda Martínez Alvarado, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0504040146, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el 18/04/1995, actualmente con 27 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 22-000625-0938-FA. Nota: Para que sea publicado por una única vez. De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 03 de octubre del año 2022.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022683560 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Carlos Giovanni Elizondo Rivera, mayor de edad, soltero, operario en mantenimiento de hotel, cédula de identidad N° 1-0725-0748, vecino de Cartago, Urbanización Manuel de Jesús Jiménez, casa F 99, hijo de Gloria Rivera Ortiz y Manuel Elizondo Calderón, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón de San José, el 17 de julio de 1968, con 54 años de edad; y María Auxiliadora Ramos Sanabria, mayor de edad, divorciada en Cartago, oficios domésticos, cédula de identidad N° 1-0805-0975, vecina de Cartago, Urbanización Manuel de Jesús Jiménez, casa F 99, hija de María del Carmen Ramos Sanabria, nacida en Hospital de Central de San José, el 28 de octubre de 1971, actualmente con 50 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-002464-0338-FA. Nota: Publíquese por una única vez. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 11 de octubre del 2022.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022684636 ).

Edictos en lo Penal

Notificación por edicto. Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las catorce horas del 10 de octubre del 2022. Quien suscribe Roy Jiménez Mata, Juez Penal del Primer Circuito Judicial de San José, mediante la causa penal N° 20-000363-1220-PE, causa seguida contra Manuel Morejón Hernández, por el delito de estafa en perjuicio de la sucesión de María Ester Vargas Segura, se ha señalado para audiencia preliminar el 25 de octubre del 2022, a las trece horas con treinta minutos; se ponen en conocimiento y se cita, para la audiencia preliminar antes dicha, a la sucesión de María Ester Vargas Segura, por lo que se procede a comunicar mediante la presente publicación de un edicto por una única vez se publicará este edicto; así mismo de conformidad con lo establecido en los artículos 316 y 317 del código procesal penal se pone en conocimiento todas las actuaciones y pruebas por el plazo de cinco días. No omite indicarse que de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Ejecútese lo dispuesto y emítanse las comunicaciones de rigor a la Procuraduría Judicial, una vez firme esta resolución. Comuníquese.—Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las catorce horas del 10 de octubre del año dos mil veintidós.—MSC. Roy Jiménez Mata, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022683565 ).

Licenciado José Orlando Fernández Córdoba, Fiscal del Fiscalía Adjunta de Segundo Circuito Judicial de San José, al señor Yu-Kuei Chu, cédula o documento de identidad número 1158-00034508, se le hace saber que, en el Legajo de Legajo de Investigación, seguido en contra de Fernando Cheng Chu, en perjuicio de Carlos Morales Montenegro, por el delito de Lesiones Culposas (Ley de Tránsito), se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Se procede a dar traslado de acción civil, en el Fiscalía Adjunta de Segundo Circuito Judicial de San José. Expediente 20-004089-0174-TR, siendo que es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Fiscalía Adjunta de Segundo Circuito Judicial de San José, a las ocho horas y treinta minutos.—José Orlando Fernández Córdoba, Fiscal.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022683569 ).



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