BOLETÍN
JUDICIAL N° 201 DEL 25 DE OCTUBRE DEL 2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR N° 187-2022
ASUNTO: Actualización de la circular 239-2020, sobre
la obligación de las oficinas
en las cuales se esté implementando el Modelo de Sostenibilidad
y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño, de reportar como días no laborados en la matriz de indicadores los incluidos en
el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos
(PIN). Esta circular sustituye o deja sin efecto la 239-2020.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión 77-2022 celebrada el 08 de setiembre de 2022, artículo
XLVIII, dispuso actualizar
la circular número 239-2020, sobre
la obligación de las oficinas
en las cuales se esté implementando el Modelo de Sostenibilidad
y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño Institucional, de reportar como días no laborados en la matriz de indicadores los incluidos en el
Sistema de Proposición
Electrónica de Nombramientos
(PIN)[1] a saber: vacaciones, incapacidades, permisos con o sin goce de salario (incluido el rebajo de horas de lactancia para las personas con el
beneficio autorizado):
Se hace de conocimiento de todos los despachos
jurisdiccionales en donde se está implementando
el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño, y en general a todos los despachos
donde se cuenta con
matrices de indicadores diseñadas
por la Dirección de Planificación, que como días no laborados en las matrices solamente es posible incluir aquellos que igualmente implican un registro en el
Sistema de Proposición Electrónica
de Nombramientos (PIN), es decir,
vacaciones, incapacidades, permisos con o sin goce de salario (incluido el rebajo de horas de lactancia para las personas con el
beneficio autorizado).
Adicionalmente a lo anterior,
se aclara se tomará en cuenta, para definir la cuota de trabajo del personal de los despachos judiciales, el permiso para el disfrute del beneficio de la hora de lactancia,
el cual será
calculado de la siguiente manera:
Fórmula para determinar la equivalencia
de los días
a descontar por el beneficio
de la hora de lactancia.
|
(1) hora de lactancia
x ( ) Cantidad de días laborados |
|
8 horas (equivale a un día de trabajo) |
Por ejemplo: 1 hora x 21 días hábiles
2022 / 8 horas = 2,625 que se redondea a 3 días a rebajar en la matriz
de indicadores de gestión,
y que equivalen a la disminución
de la hora de lactancia, durante
los meses en que tenga el permiso
de lactancia aprobado.
Además, se les indica que el único ajuste
en las cuotas que se puede realizar es en razón de la cantidad de días hábiles de cada mes. De ahí
se calcula el rendimiento considerando la cantidad de días hábiles laborados, el cual
se aplicará para planes de trabajo,
ya que en las matrices la cuota se ajusta automáticamente.
En los
meses que dispongan de más
de 21 días hábiles, para efectos
de no alterar el indicador de “Porcentaje de rendimiento por plaza”, deben indicar máximo
21 días.
Aclaración para las materia
de cobro y agrario: Esta fórmula de
cálculo aplica para todas las materias, salvo 2 casos particulares:
1. Cobro,
que mantiene el uso de la bitácora, en espera del estudio
que aún está pendiente para estandarizar la cuota o el inicio
del uso de indicadores de gestión en SIGMA. Lo correspondiente al rebajo en horas de lactancia lo deben incluir en
la bitácora, en el espacio de “detalle”, campo o columna de la bitácora denominada: “Permisos sin o con goce de salario”.
2. Agrario,
se registran en la matriz como días no laborados también aquellos en que se participan de audiencias en el campo por días completos, específicamente en el caso
de los técnicos judiciales quienes no tramitan ese día, por estar fuera de las instalaciones.
De conformidad con la circular 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en el
Boletín Judicial.
San José, 4 de octubre de 2022.
Lic. Carlos T. Mora Rodríguez,
Subsecretario
General interino
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.— ( IN2022683559 ).
HACE SABER
A: Silvia Cristina
Arce López, mayor, notaria, cédula de identidad número 01-1065-0580, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario
notarial número 22-000440-0627-NO establecido
en su contra por Katiana de Los Ángeles Vargas Salazar, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “traslado de cargos juzgado
notarial. A las once horas veinte minutos
del veinticuatro de junio
de dos mil veintidós. Se tiene
por establecido el presente proceso
disciplinario notarial de Katiana
de Los Ángeles Vargas Salazar contra Silvia Cristina
Arce López, a quien se confiere
traslado por el plazo de ocho
días; dentro de ese plazo debe informar respecto
de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés.
Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene
como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben
indicar medio en el cual recibir
notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el
entendido de que, mientras
no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como mínimo y dentro de los ya citados,
podrá señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión,
será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar
fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente
detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si
no lo hiciere se producirán
iguales consecuencias a las
señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar
en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos
se exhibirán para su
consulta, en la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José (tercer
piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un medio de localización
lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.-” Asimismo,
por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar
de residencia. De conformidad con los
artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación
o domicilio registral. Al respecto,
se debe tener en cuenta que si
la notificación es en la
casa de habitación del denunciado
o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier
persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia
persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el
lugar de trabajo u oficina, esta debe
ser entregada únicamente a
la persona denunciada, lo cual
se hará por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales
Del Primer Circuito Judicial de San José quienes podrán notificarle en su domicilio registral ubicado en San José, Pavas, de los semáforos
plaza mayor, 200 oeste, 100 sur, 25 oeste Central Pavas. Así mismo, se comisiona
a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional
de Notariado esta resolución, en el costado oeste
del Mall San Pedro, Edificio Sigma 5to piso. En el
caso de que la notificación
de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario
notificador a fin de realizar
la diligencia encomendada; y en
caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida
la notificación con la entrega
de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (Artículos
4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de
enero del 2009). Obténgase,
por medio de intranet, las direcciones
reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado Y Registro Civil. En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna
de las anteriores direcciones,
hágase consulta vía
intranet a la Dirección de Servicios
Registrales del Registro
Nacional, a efecto hacer constar si
la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Finalmente, se ordena a la Dirección Nacional de
Notariado remitir informe de las últimas direcciones reportadas por la denunciada Silvia Cristina
Arce López, cédula de identidad 1-1065-0580. Notifíquese. Lic. María Gloriela de La Trinidad Garro
Fernandez, Jueza Decisora.
Se publicará por una vez en
el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N°
67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Licda. María Gloriela de La
Trinidad Garro Fernández,
Jueza Decisora
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022683537 ).
A Celina María
Valenciano Aguilar, mayor, notaria pública, cédula de identidad
número 108500344, de demás calidades
ignoradas; que en Proceso Disciplinario Notarial número
22-000444-0627-NO, establecido en
su contra por Banco Popular
y de Desarrollo Comunal, se han
dictado las resoluciones
que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las diez
horas cincuenta y seis minutos
del dieciséis de junio del
dos mil veintidós. Se tiene
por establecido el presente Proceso
Disciplinario Notarial con Pretensión
Civil Resarcitoria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Celina María Valenciano Aguilar,
a quien se confiere traslado por el
plazo de ocho días. Con respecto de los hechos expondrá, con claridad, si los
rechaza por inexactos o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma
oportunidad ofrecerá las pruebas que estime de su interés, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán
referirse. Para los efectos del artículo 153 del
Código Notarial, se tiene como
parte a la Dirección Nacional
de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse
respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que, dentro del plazo citado, deben
indicar medio en el cual recibir
notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el
entendido de que, mientras
no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro
de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse
en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión,
será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no escogiere alguno de los medios anteriormente
detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si
no lo hiciere se producirán
iguales consecuencias a las
señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar
en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos
se exhibirán para su
consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones
del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días
martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso
al funcionario notificador
a fin de realizar la diligencia encomendada;
en caso de omisión se tendrá por válida la notificación
practicada a la persona encargada
de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39,
47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves
29 de enero del 2009). Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión
N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un medio de localización
lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo,
por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. De conformidad con los
artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación
o domicilio registral. Al respecto,
se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula
de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años
o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el
lugar de trabajo u oficina, esta debe
ser entregada únicamente a
la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la
Corte Suprema de Justicia en voto
2010-8722, y por el
Tribunal Disciplinario Notarial en
votos 265-2012 y 70-2015, es obligación
de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados
sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Por indicarse que
la parte denunciada tiene oficina en
San José, Curridabat, Granadilla: Condominio
Poroses, casa 7-A, se comisiona
a Oficina de Comunicaciones Judiciales
del Segundo Circuito Judicial de San Jose. Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
del Segundo Circuito Judicial de San José, para notificar a la Dirección Nacional
de Notariado esta resolución, en el costado oeste
del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones
reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y
para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el
numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones
e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Notifíquese. MSc. José
Carlos Álvarez Varela, Juez. Juzgado
Notarial. A las quince horas cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil veintidós. Solicitud de
defensor público: siendo fallidos los intentos por
notificarle al Licenciado(a)
Celina María Valenciano Aguilar, la resolución dictada a las diez horas cincuenta y seis minutos del dieciséis de junio de dos mil veintidós en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, y el último domicilio registral reportado en el
Registro Civil (ver
consulta de dirección reportada
en la Dirección Nacional de
Notariado del dieciséis de junio del dos mil veintidós y del
Registro Civil del diecinueve
de julio del dos mil veintidós,
resoluciones de las diez
horas cincuenta y seis minutos
del dieciséis de junio de
dos mil veintidós y de las quince horas cincuenta y seis minutos del veinte de julio de dos mil veintidós, actas de notificación negativas del seis
de julio del dos mil veintidós
y cinco de setiembre del
dos mil veintidós), y siendo
que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (ver consulta de apoderados incorporada al expediente en fecha cinco
de octubre del dos mil veintidós),
de conformidad con lo dispuesto
por el párrafo
IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial;
comuníquese a la Imprenta
Nacional. Se le hace saber al denunciado(a)
que los hechos que se le atribuyen son “presunta cancelación de hipoteca en primer grado que pesaba sobre la finca del Partido
de San José, matrícula de folio real 311189-000, misma que se encontraba inscrita bajos las citas 2011-00323272, la cual era garantía real de la operación crediticia número
084-037-137445-3, por medio de una
razón notarial que no fue consentida por el señor Ricardo Meléndez Marín,
cédula de identidad 1-0639-0123 quien
es Apoderado Generalísimo
Sin Límite de Suma del Banco Popular y de Desarrollo Comunal”. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado(a) Celina María Valenciano Aguilar, cédula
de identidad 108500344. Notifíquese.
Dra. Ingrid Palacios Montero, Juez/a Decisor/a. “De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese.
San José, 05 de octubre del 2022.
Dra.
Ingrid Palacios Montero,
Jueza Notarial
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.— ( IN2022683558 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Jorge Arturo Sosa Ovares 0603280067, fallecido el 09 de mayo del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000963-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22- 000963-0173-LA. Promovente Xinia María Ovares Monge causahabiente Jorge
Arturo Sosa Ovares. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Puntarenas, 28 de setiembre del año 2022.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022683550 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de
Víctor Manuel Lopez Hernandez,
cédula 05-0146-0813 , fallecido el 09 de octubre del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000682- 1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000682- 1550-LA. Promovente Orfilia María Lopez
Hernandez, causante Víctor Manuel Lopez Hernandez. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 14 de setiembre del año 2022.—Lic. Luis Manuel
Martínez Castro, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022683555 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Leda del Socorro Zúñiga García 0204760556, fallecida
el diecisiete de setiembre del dos mil veintidós,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000352-0694-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000352-0694-LA. Por
favor de. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 30 de setiembre del año 2022.—Lic. Gerardo Antonio Pérez Alfaro, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022683557 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Martha Azucena Mora Irias 155812072712, fallecido el 20 de julio del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el número 22-001406-0166-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001406-0166-LA. Por
Carlos Adán Mora Morales 155814690900 en favor de Martha Azucena Mora Irias.
Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—
Juzgado de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre del año 2022.—Licda. Cindy Campos Coto, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683566 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Jean Moisés
Román Sequeira 0111100840, fallecido
el 30 de mayo del año 2005,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el número 22-001401-0166-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001401-0166-LA. Por
Priscila María Román Sequeira 0105830443 a favor de Jean
Moisés Román Sequeira. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del año 2022.—Licda. Cindy Campos Coto, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022683567 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Elver Danilo Luna García quien fue mayor, portador de la cédula de identidad
número 8-0128- 0386, vecino
de Desamparados de Alajuela, casado, laboró para ASONITINOL S.R.L, y falleció
el 28 de octubre del año 2021, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número
21-001711-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001711-0639-LA. Por
Alicia Villalobos Quesada a favor de Elver Danilo Luna García. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del Circuito Judicial de Alajuela, 06 de diciembre del año 2021.—Lic. Ronny Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022683570 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de diecisiete millones doscientos ochenta y tres mil novecientos dos colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
326-00417-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos noventa y un mil cuatrocientos ochenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el
distrito: 03-Daniel Flores, cantón:
19-Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Flor Leticia Ureña Mora S;
al sur, calle pública con
20,00 metros; al este, Luis Ange Cordero Rivera y al oeste, Humberto Alvarado Garita. Mide:
Trescientos nueve metros
con veintiséis decímetros cuadrados, según plano catastrado número SJ-1204083-2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés, con la base de doce millones novecientos sesenta y dos mil novecientos veintisiete colones con doce céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones
trescientos veinte mil novecientos setenta y cinco colones con setenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Humberto Araya Hernández. Expediente
N° 22-003212-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: once horas con nueve minutos del catorce de octubre del dos mil veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2022686178 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y siete millones quinientos veintiséis mil novecientos setenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 385-14846-01-0904-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos treinta y cinco mil setecientos veintisiete, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito: 01-San Vicente, cantón:
14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Schol Sistem of St Francis of Sainta Joseph Convent; al sur, calle
pública;
al este, lote número 3 de Urbanización Saint Clare y al oeste lote número
1 de Urbanización
Saint Clare. Mide: Doscientos
noventa y siete metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil
veintidós, con la base de cuarenta
y tres millones ciento cuarenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro colones con sesenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós, con la base de catorce
millones trescientos ochenta y un mil setecientos cuarenta y cuatro colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Empresa Comercial Cogusa S. A., Vistas Pacificas El Mirador Uno V P M U S.A. Expediente número 22-001153-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Segunda, 26 de setiembre del año
2022.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022686182 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
19375-F-000, la cual es naturaleza:
Edificio número uno apartamento 104 destinado A uso habitacional. Situada en el
distrito: 11-San Sebastián, cantón:
01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, zona verde y edificio 2; al sur área común de acceso
y apartamento 101; al este,
zona verde pared medianera
y apartamento 103, y al oeste,
zona verde y acera. Mide: cincuenta y siete metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil veintidós, con la base de dieciocho
millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos
mil veintidós, con la base de seis millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Melany Mireya Jara
García Expediente
N° 19-011200-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del año 2022.—Isabel
Cristina Castillo Navarro, Juez Decisor.—(
IN2022686224 ).
En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas:
467-08661-01-0016-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuarenta y cinco mil trescientos sesenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para vivienda lote 48 Proyecto Huacas. Situada en el
distrito 4-Coyolar, cantón
9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 49; al sur, lote 47; al este, calle y al oeste, pozo. Mide:
ochocientos metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y
quince minutos del veintiocho
de noviembre del año dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las dieciséis
horas y quince minutos del siete
de diciembre del año dos
mil veintidós con la base de diez
millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y quince minutos
del once de enero del año
dos mil veintitrés con la base de tres
millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela la Vivienda contra Ligia María Flores Ramírez. Expediente N° 21-008661-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con dieciocho minutos del siete de octubre del dos mil veintidós.—Manuel
Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022686225 ).
En este Despacho, con una base de doce millones quinientos
veintiún mil cien colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento veintitrés mil novecientos sesenta, derecho cero
cero cero, la cual es terreno para construir H-4. Situada en el distrito:
03-Canoas, cantón: 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, avenida uno; al
sur, Ganadera La Racha de Darizara Sociedad Anónima; al este,
lote 5 H y al oeste, lote 1 H. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: P-0757735-2001 identificador predial:
610030123960 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las siete
horas treinta minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós, con la base de nueve millones trescientos noventa mil ochocientos veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veintidós,
con la base de tres millones
ciento treinta mil doscientos setenta y cinco colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Emilce González
Medina. Expediente N° 22-000908-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito. Hora y fecha
de emisión: quince horas con diecinueve
minutos del treinta de setiembre del dos mil veintidós.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez
Coordinador.—( IN2022686226 ).
En este Despacho, con una base de quince millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta colones con noventa y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando restricciones Reg Art
18, Ley 2825 citas: 526-18664-01-0094-001; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número
ciento sesenta y nueve mil novecientos trece, derecho cero cero cero, la cual es terreno de repasto. Situada en el
distrito 3-Florida, cantón
3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública, José Miguel Casasola Calderón y José, Brenes Aguilar; al sur, calle pública, Miguel Masis López y resto reservado
de Oscar Masis López y otros; al este, Clemencio Brenes Delgado y resto reservado
de Oscar Masis López y otros, y al oeste, José Miguel Casasola Calderón, calle pública y Miguel Masis López. Mide: treinta mil doscientos setenta y seis metros cuadrados. Plano: L-2045606-2018. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de enero del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés, con la base de once millones
quinientos ochenta y tres mil novecientos treinta y ocho colones con veintiún céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de tres millones ochocientos sesenta y un mil trescientos doce colones con setenta y cuatro céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional Costa Rica contra Miguel Francisco Masis
López. Expediente N° 22-001301-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 05 de octubre
del año 2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2022686247 ).
Edicto: en este Despacho, con una base de ocho millones novecientos veintitrés mil novecientos treinta y seis colones con sesenta y seis céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas CJM055, marca: Kia, estilo: Rio, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
3KPA341ABKE221714, año: 2019, carrocería:
sedan 4 puertas, color: azul,
tracción: 4X2, peso bruto:
1143 kgrms, chasis:
3KPA341ABKE221714, vin: 3KPA341ABKE221714, N. motor: G4LCKE707456, marca: Kia. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil veintitrés con la base de seis millones
seiscientos noventa y dos
mil novecientos cincuenta y
dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del
cuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de
dos millones doscientos treinta mil novecientos ochenta y cuatro colones con diecisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Antonio Camacho Jiménez, expediente 21-002782-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
05 de agosto del año
2022.—MSc Hellen Viviana Segura Godínez, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022686274 ).
En este Despacho, con
una base de siete millones seiscientos sesenta y seis mil quinientos veinte
colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BQK591, Marca Toyota, estilo Yaris
E, chasis MR2B29F39J1100465, año 2018. Para tal efecto se señalan las uno horas
treinta minutos del once de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las uno horas treinta minutos del diecinueve
de enero de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones setecientos
cuarenta y nueve mil ochocientos noventa colones con cincuenta céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las uno horas treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil
veintitrés, con la base de un millón novecientos dieciséis mil seiscientos
treinta colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Florida Ice and Farm Company Sociedad Anónima y Afines contra José Alberto
González Rojas. Expediente N° 21-004980-1044-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 07 de octubre del año
2022.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza.—(
IN2022686278 ).
En este Despacho, I-) con una base de noventa millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, Secuencia: 195;
sáquese a remate el vehículo placa: EE-033051, marca: Caterpillar, estilo: D9T, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2006,
color: amarillo, Vin: CAT00D9TJRJS00373, cilindrada: 14600 c.c, tracción: oruga, combustible:
Diesel, número de motor: RHX01785. Para el
segundo remate con una base
de sesenta y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y para el tercer
remate con una base de veintidós
millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). II-) Con una base de veinticinco
millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando deuda de marchamos I.N.S. bajo el Tomo: 0004, Asiento: 00041211, Secuencia:
001, embargo administrativo bajo el
Tomo: 2020, Asiento: 00011891, Secuencia:
195, sáquese a remate el vehículo placa: EE-017598, marca: Caterpillar, estilo: 966D,
categoría: equipo especial genérico, capacidad: 1 personas, año: 1987, color: amarillo, Vin:
no indicado, cilindrada:
10500 c.c, tracción: no aplica, combustible: Diesel, número de motor: 08Z36508, chasis 99Y04637. Para el segundo remate con una base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y para el tercer
remate con una base de seis millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original), para el tercer
remate se señalan las con la base de (25% de la base
original). III-) Con una base de setenta
y dos millones de colones exactos; libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo
bajo el Tomo: 2020,
Asiento: 00011891, secuencia: 195; sáquese a remate el vehículo placa:
EE-033186, marca: Volvo, estilo:
camión articulado, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2008,
color: amarillo, Vin: VCE0A30ET00072194, cilindrada: 9400 c.c, tracción: 6x6, combustible: Diesel, número
de motor: 160681. Para el segundo remate con una base de cincuenta y cuatro millones de colones exactos (75% de la base
original) y para el tercer
remate con una base de dieciocho
millones de colones exactos (25% de la base original). IV-) Con una base de setenta millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia:
195; sáquese a remate el vehículo placa: EE-033373, marca: Volvo, estilo: A 30 E, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2008,
color: amarillo, serie y chasis: VCE0A30EC00072131, cilindrada:
9400 c.c, tracción: doble,
combustible: Diesel, número de motor: 158608. Para el segundo remate con una base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). V-) Con una base de dieciocho
millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo
bajo el Tomo: 2020,
Asiento: 00011891, Secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: C-146169, marca: Mack, estilo: CV713, categoría: carga pesada, capacidad: 3 personas, año: 2008,
color: blanco, chasis:
1M1AG11Y58M069250, cilindrada: 12000 c.c, tracción: 6x4, combustible:
Diesel, número de motor: 7B0059. Para el segundo remate con una base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y para el tercer
remate con una base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). VI-) Con una base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia:
195, sáquese a remate el vehículo placa: C-148366, marca: Mack, estilo: CV713, categoría: carga pesada, capacidad: 2 personas, año: 2008,
color: blanco, serie y chasis: 1M1AG11Y88M069257, cilindrada:
12000 c.c, tracción: 6x4,
combustible: Diesel, número
de motor: 7B0086. Para el segundo
remate con una base de trece
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y para el tercer
remate con una base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). VII-) Con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa:
C-123749, marca: Mack, estilo:
R600, categoría: carga pesada,
capacidad: 2 personas, año: 1987, color: blanco, chasis 1M2N179C3HA007518, cilindrada:
11020 c.c, tracción: no aplica, combustible: Diesel, número
de motor: EME6300R7B1452. Para el segundo
remate con una base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). VIII-) Con una base de cincuenta millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo
bajo el Tomo: 2020,
Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: EE-036665, marca: Caterpillar, estilo:
D6TLGP, categoría: equipo
especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2008,
color: amarillo, serie y chasis: CAT00D6TVKJL00793, cilindrada:
8800 c.c., tracción: oruga,
combustible: Diesel, número de motor: no se indica.
Para el segundo remate con una base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de doce millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). IX-) Con una base de sesenta
millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo
bajo el Tomo: 2020,
Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: EE-033151, marca: Volvo, estilo: A 30 E, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2008,
color: amarillo, serie y chasis: VCE0A30EP00072133, cilindrada:
9400 c.c, tracción: doble,
combustible: Diesel, número de motor: 158631. Para el segundo remate con una base de cuarenta y cinco millones de colones exactos (75% de la base
original) y para el tercer
remate con una base de quince millones
de colones exactos (25% de
la base original). X-) Con una base de treinta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia:
195, sáquese a remate el vehículo placa: EE-033181, marca: Volvo, estilo: camión articulado, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, año: 2008,
color: amarillo, Vin: VCE0A30EP00072164, cilindrada: 9400 c.c, tracción: doble, combustible: Diesel, número de motor: 160056. Para el segundo remate con una base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base
de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). XI-) Con una base de trece
millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia:
195, sáquese a remate el vehículo placa: CL-271500, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año: 2013,
color: blanco, Vin: MR0FR22G200699011, cilindrada: 2494 c.c, tracción: 4X4, combustible: Diesel, número
de motor: 2KDA086445. Para el segundo
remate con una base de nueve
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). XII-) Con una base de nueve millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando embargo administrativo
bajo el Tomo: 2020,
Asiento: 00011891, secuencia: 195, sáquese a remate el vehículo placa: CL-217684, marca: Nissan, estilo: Frontier, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año: 2007,
color: negro, Vin: JN1CNUD22Z0743334, cilindrada:
2953 c.c, tracción: 4x4,
combustible: Diesel, número
de motor: ZD30066868K. Para el segundo
remate con una base de siete
millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). XIII-) Con una base de doce
millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando embargo administrativo bajo el Tomo: 2020, Asiento: 00011891, secuencia:
195, sáquese a remate el vehículo placa: CL-263118, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año: 2012,
color: blanco, Vin: MR0FR22G700605446, cilindrada: 2494 c.c, tracción: 4x4, combustible: Diesel, número de motor: 2KD5595451. Para el segundo remate con una base de nueve millones de colones exactos (75% de la base original) y para el tercer remate con una base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Para tal
efecto se señalan las ocho horas cincuenta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cincuenta minutos del veintinueve de noviembre de dos
mil veintidós y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cincuenta minutos del siete de diciembre de dos mil veintidós. Publíquese el edicto
de ley. La parte interesada
debe revisar que la información incluida en el edicto
se encuentre correcta previo a su publicación.
Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de Maquinaria y Tractores Limitada contra Constructora
Sánchez Carvajal S.A., Fernando Sánchez Sirias. Expediente
18-013890-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del año 2022.—Sirlene Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2022686283 ).
En este Despacho, 1) con una base
de siete millones colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 300-21061-01-0901-001, servidumbre
trasladada citas:
353-12374-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
353-12374-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
356-16481-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
365-17828-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 167208, derecho 001, la cual
es terreno para construir. Situada en el
Distrito 3-Carmen, Cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte Antonio Arias Arias;
al sur Antonio Arias Arias; al este
Antonio Arias Arias y al oeste
calle publica, con 29.09 metros de frente. Mide: seiscientos
cuarenta metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del dieciocho
de noviembre de dos mil veintidós
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil veintidós
con la base de un millón setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). 2) Con una base de siete millones colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
300-21061-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
353-12374-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
353-12374-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
356-16481-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 365-17828-
01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 167208 derecho 002, la cual
es terreno para construir. Situada en el
Distrito 3-Carmen, Cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte Antonio Arias Arias;
al sur Antonio Arias Arias; al este
Antonio Arias Arias y al oeste
calle pública, con 29.09 metros de frente.
Mide: seiscientos cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del dieciocho
de noviembre de dos mil veintidós
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer
remate se señalan las catorce
horas cero minutos del veintiocho
de noviembre de dos mil veintidós
con la base de un millón setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Francisco Alexis Mora Castro contra Arely Jahayra
Roque Quintero, Greivin Jose Solano Ibarra.
Expediente:22-001900-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago. 18 de octubre del año
2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022686308
).
En este Despacho, con la base de veintidós
millones quinientos mil colones (¢22.500.000) sea dieciocho millones (suma
acordada) más el 25 % por costas, libre de anotaciones y soportando servidumbre
trasladada bajo las citas 384- 10238-01-0832-002, finca referencia:
00211945-000, afecta a finca: 2- 00252279- 000. Sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 252279-000, la cual es terreno
naturaleza: para construir lote 4, en el distrito 09- Alfaro, cantón 02- San
Ramón, de la Provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Moisés Elizondo Méndez;
al sur, Moisés Elizondo Méndez; al este, calle pública con 8 metros y al oeste,
Moisés Elizondo Méndez, medida: doscientos ochenta metros con seis decímetros
cuadrados, plano: A-0886346-1990. Para tal efecto, se señalan las ocho horas
del veintiocho de noviembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas del seis de diciembre del año dos
mil veintidós, con la misma base y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas del catorce de diciembre del año dos mil
veintidós, con la misma base. Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso divorcio de Amelia Montero Araya contra Juan Carlos López Arias.
Expediente 15-000192-0688-FA. Nota: Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas en el Boletín Judicial, la primera publicación con un
mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- De
conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la
Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le
comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y
Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia Familia), 12 de octubre del año 2022.—Msc.
Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—( IN2022686331
).
En la puerta
exterior de este Despacho a
las ocho horas treinta minutos del primero de diciembre
de dos mil veintidós sáquese
a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita
al partido de Alajuela N° 503202-000: libre de gravámenes hipotecarios, sin anotaciones, soportando afectaciones de reservas Ley Aguas según citas
411-15206-01-0031-001, y reservas Ley Caminos según citas
411-15206-01-0032-001, y de anotaciones, con la base
de setenta y cinco millones de colones. La finca partido de Alajuela N° 503202-000 a rematar
se describe: Naturaleza: terreno
de agricultura. Situada en el distrito
tercero Jesús María, cantón
cuarto San Mateo de la provincia
de Alajuela. Dicha finca colinda:
norte, calle pública con un
frente a ella
de setenta y siete metros, veintiocho centímetros, sur, María
Teresa Porras Méndez, este, María Teresa Porras
Méndez, oeste, calle pública con sesenta y cuatro metros, ochenta
y ocho centímetros. Mide: cinco mil metros cuadrados, con plano:
A-1583046-2012. En caso de fracasar el primer remate, y con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones se señala para segundo remate las ocho horas treinta minutos del trece de diciembre de dos mil veintidós. En caso
de fracasar el segundo remate, y con el veinticinco por ciento de la base original,
sea la suma de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones se señala tercer remate a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Así ordenado en
expediente ejecución hipotecaria interpuesto por Vitaminas y Minerales S. A., contra Distribuidora
Retana y Salmerón R y S S. A. número 21-010902-1157-CJ. Nota: Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda.
Ma. Carolina Hurtado García, Juez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022686352 ).
En la puerta
exterior de este Despacho a
las ocho horas treinta minutos del primero de diciembre
de dos mil veintidós sáquese
a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita
al partido de Alajuela N°503202-000: libre de gravámenes hipotecarios, sin anotaciones, soportando afectaciones de reservas Ley Aguas según citas
411-15206-01-0031-001, y reservas Ley Caminos según citas 411-
15206-01-0032-001, y de anotaciones, con la base de setenta y cinco millones de colones. La finca partido de Alajuela N°503202-000 a rematar
se describe: Naturaleza: Terreno
de Agricultura, situada en el distrito tercero
Jesús María, cantón cuarto
San Mateo de la Provincia de Alajuela. Dicha finca colinda: norte: calle pública con un frente
a ella de setenta y siete metros, veintiocho centímetros, sur:
María Teresa Porras Méndez, este: María Teresa Porras
Méndez, oeste: calle pública con sesenta y cuatro metros, ochenta
y ocho centímetros. Mide: cinco mil metros cuadrados, con plano:
A-1583046-2012. En caso de fracasar el primer remate, y con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones se señala para segundo remate las ocho horas treinta minutos del trece de diciembre de dos mil veintidós. En caso
de fracasar el segundo remate, y con el veinticinco por ciento de la base original,
sea la suma de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones se señala tercer remate a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Así ordenado en
expediente ejecución hipotecaria interpuesto por Vitaminas y Minerales S. A., contra Distribuidora
Retana y Salmerón R y S
S.A. Número 21-010902-1157-CJ. Nota:
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda.
Ma. Carolina Hurtado García, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—
( IN2022686355 ).
En este Despacho, con una base de ciento treinta y seis mil novecientos veintiséis dólares con veinticuatro
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
394141-000, la cual es terreno
para construir con 1 casa lote
46. Situada en el distrito: 04-Mata de Plátano, cantón: 08-Goicoechea,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 53; al sur, calle F con 08mts; al este, lote 47 y al oeste, lote 45. Mide: Ciento treinta y un metros con
cuatro decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós,
con la base de ciento setenta
y un mil ciento cincuenta y
siete dólares con ochenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil veintidós,
con la base de treinta y cuatro mil doscientos treinta y un dólares con cincuenta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Noily Patricia Obando Peñaranda,
Roque Fernando Salazar Salazar. Expediente
N° 22-001466-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de octubre
del año 2022.—Johnny Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022686406
).
En este Despacho, con una base de cincuenta y
cuatro millones setecientos veintiséis mil seiscientos cuarenta y dos colones
con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 50807-F, derecho
001-002, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número
veintiuno, apta para construir que se destinará a uso habitacional y podrá
tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 05-Concepción,
cantón: 03-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Jorge
Rafael Cubero Cervantes; al sur, área común libre de calle; al este, finca
filial veintidós y al oeste, finca filial veinte. Mide: ciento treinta y siete
metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las ocho horas cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero
minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós, con la base de cuarenta y
un millones cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y dos colones con
veintiún céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas
cero minutos del veinte de diciembre de dos mil veintidós, con la base de trece
millones seiscientos ochenta y un mil seiscientos sesenta colones con setenta y
tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Jhoany Francisco
Castillo Oporta, María Concepción González Téllez.
Expediente N° 22-002894-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 14 de setiembre del año 2022.—Licda.
Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022686407 ).
En este Despacho, con una base de diez millones setecientos
ochenta y cinco mil ochocientos colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones: número de sumaria: 20-000335-0489-TR, número
de Boleta: 2019244401297; sáquese
a remate el vehículo placas: BKY755, Marca: Weichai Estilo: Enranger G 3 Luxury Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas
Serie: L3AKFEM35GY000033 peso vacío: 0 carrocería: todo terreno 4 puertas peso neto: 0 kgrms. Tracción: 4x2 peso bruto: 1213 kgrms. Número chasis:
L3AKFEM35GY000033 valor hacienda: 6,290,000.00 año fabricación: 2016 estado actual: inscrito longitud: 0 mts. Estado tributario: pago derechos de aduana cabina: desconocido clase tributaria: 2529642 techo: no aplica uso: particular
peso remolque: 0 valor contrato:
10,790,000.00 color: blanco número registral: 0 convertido: N° moneda: colones Vin: L3AKFEM35GY000033. Características
del motor: N° Motor: 4A91SMK7760, marca: Mitsubishi
N° Serie no indicado modelo:
Enranger G 3 Luxury cilindrada:
1500 c.c cilindros: 4 potencia: 83 kw combustible: gasolina
fabricante: no indicado procedencia: desconocida. Para tal efecto se señalan
las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo de
dos mil veintitrés, con la base de ocho millones ochenta
y nueve mil trescientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de junio de dos mil veintitrés, con
la base de dos millones seiscientos
noventa y seis mil cuatrocientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco de Costa Rica contra Hulda Noheni
Ibarra Aguilera. Expediente número 22-001974-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
13 de octubre del año
2022.—Licda. Vivian Monge Herrera, Jueza tramitadora.—( IN2022686410 ).
En este Despacho, con una base de tres millones novecientos
treinta y seis mil trescientos
ochenta y ocho colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa
TSJ000197 (tómese en consideración que el vehículo garante posee placas de taxi por lo que se aclara que las mismas no son objeto de remate),
Marca: Greatwall, Categoría: automóvil,
estilo C 30 c.c. 7150 CE 00 14, Capacidad:
5 personas, Serie: LGWEE2K50JE607460, año: 2018, carrocería: Sedan 4 puertas,
color: rojo, Tracción: 4x2, Chasis
LGWEE2K50JE607460, número de motor GW4G151701011483, Cilindrada 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del
quince de febrero del año
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del veintitrés de febrero
del año dos mil veintitrés,
con la base de dos millones novecientos
cincuenta y dos mil doscientos
noventa y un colones con setenta y dos céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del tres de marzo del año dos mil veintitrés, con la
base de novecientos ochenta
y cuatro mil noventa y siete
colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Gerardo Arias Sánchez. Expediente
N° 22-000999-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 30 de junio del año
2022.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2022686412 ).
En este Despacho, con
una base de nueve millones ochenta y siete mil setecientos cincuenta y seis
colones con noventa y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate el vehículo Placas FTB167, Marca: KIA, Categoría: automóvil, Serie:
chasis y Vin: 3KPA241ABJE056911, Capacidad para cinco
personas, año: 2018, color azul, numero de Motor: G4LCHE721818, cilindrada:
1368 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas
treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del
doce de diciembre de dos mil veintidós, con la base de seis millones
ochocientos quince mil ochocientos diecisiete colones con setenta y cuatro
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas treinta minutos del veinte de diciembre de
dos mil veintidós, con la base de dos millones doscientos setenta y un mil
novecientos treinta y nueve colones con veinticuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Servicios
Técnicos Acondicionados Gekar Sociedad Anónima.
Expediente N° 22-001190-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 18 de octubre del año 2022.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez
Tramitador.—( IN2022686415 ).
En este despacho, con una base de treinta y cuatro millones quinientos ochenta y seis mil ochocientos cuarenta y dos colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 326-04019-01-0905-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 155744-000, la cual es terreno para construir con una casa. situada en el
distrito: 02-Santiago, cantón:
02-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Consejo Parroquial de San Antonio
Piedra Azul; al sur, Irma Araya Sáenz; al este, Irma Araya Sáenz y al oeste calle publica con 10,30
metros de frente. Mide: Doscientos seis metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diez de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del dieciocho
de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de veinticinco millones
novecientos cuarenta mil ciento treinta y dos colones con doce céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de noviembre de dos
mil veintidós, con la base de ocho
millones seiscientos cuarenta y seis mil setecientos diez colones con setenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Dennis Alejo Corrales Araya, Jeison Jose Corrales Araya Expediente N° 22-001518-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 17 de agosto
del año 2022.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022686453 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones ochocientos setenta y ocho mil seiscientos treinta colones con catorce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Serv y Reservas Ref: 0478-393-019 citas:
293-05225-01-0901- 001, servidumbre de paso citas: 491-12024-01-0002-001, servidumbre
de paso citas: 528-17855-01-0002-001, servidumbre de paso citas:
2011-337818-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 2012-00110-01-0003-001, servidumbre
de paso citas: 2013-177353-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
doscientos cuarenta y
cuatro mil novecientos sesenta
y tres, derecho 000, la cual
es terreno de solar. Situada
en el distrito:
06-Pavones cantón:
05-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Quebrada Eslabón y Muza Latiff Pineda Sur; El Eslabón
Hacienda de Turrialba S. A., servidumbre de paso con
un frente de 7 metros, Aníbal
Brenes Zúñiga y Francisco Jamison Fonseca, este, Muza Latiff
Pineda y Francisco Jamienson Fonseca; oeste, El Eslabón Hacienda de Turrialba y Aníbal
Brenes Zúñiga. Mide: Cinco
mil metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las
quince horas cero minutos del diez
de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del dieciocho de noviembre
de dos mil veintidós, con la base de treinta y ocho millones novecientos ocho mil novecientos setenta y dos colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintiocho
de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de doce millones
novecientos sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y siete colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mohamed Polidecto Latif Pineda. Expediente
N° 22-001958-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 16 de agosto del año
2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—(
IN2022686454 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones ciento veintidós mil setecientos noventa y siete colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 241-07723-01-0901-001; servidumbre
trasladada citas:
339-05848-01-0927-001; servidumbre dominante citas:
339-05848-01-0928-001; servidumbre dominante citas:
339-13169-01-0022-001; servidumbre de alero citas:
340-17426-01-0005-001;servidumbre sirviente citas: 341-14441-01-0905-001; servidumbre
sirviente citas:
342-12893-01-0023-001; servidumbre de alero citas:
344-16382-01-0007-001;servidumbre sirviente, citas: 349-07499-01-0195-001; servidumbre
sirviente citas:
349-07499-01-0212-001; servidumbre dominante citas:349-07499-01-0213-001;servidumbre dominante citas:
349-07499-01-0218- 001; servidumbre sirviente citas:
349-07499-01-0233-001; servidumbre dominante
citas:349-07499-01-0234-001;servidumbre.trasladada citas:
349-07499-01-0235- 001; servidumbre dominante citas:
349-07499-01-0236-001; servidumbre sirviente citas:
349-07499-01-0239-001; servidumbre dominante citas:
349-07499-01-0244- 01;servidumbre sirviente citas: 349-07499-01-0246-001; servidumbre
sirviente citas:
349-07499-01-0248-001; servidumbre dominante citas:
349-07499-01-0249-001; servidumbre de aleroref: 00327565 000 citas:
351-09587-01-0905- 001;servidumbre sirviente
citas:353-12262-01-0032-001; servidumbre dominante citas:
356-01059-01-0913-001; servidumbre sirviente citas:
356-01059-01-0914- 001; servidumbre trasladada citas:
364-15578-01-0803-001; servidumbre trasladada citas:
364-15578-01-0826-001; servidumbre de alero ref:00350726-000 citas:
365- 12999-01-0903-001; servidumbre de aleroref: 00350926-000 citas:
365-12999-01-0906-001; servidumbre dominante citas:
366-07889-01-0009-001; servidumbre sirviente citas:
366-07889-01-0010-001 servidumbre dominante
citas: 371-08784-01-0005-001; servidumbre
sirviente citas:
371-08784-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número
557676, derecho 000, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir lote N.579. Situada en el
Distrito 10-Hatillo, Cantón 1-San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte: Maritza
Jiménez Ríos con pared medianera; al sur: acera; al este: Lote 580 con pared medianera y al
oeste: Lote 578 con pared medianera. Mide: treinta y cuatro metros con sesenta
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas del dieciséis
de noviembre del año dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas del veinticuatro de noviembre del año dos mil veintidós con la base
de tres millones noventa y dos mil noventa y ocho colones con dieciocho céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas del dos de diciembre
del año dos mil veintidós
con la base de un millón treinta
mil seiscientos noventa y nueve colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Yamileth Meza Soto. Expediente:22-000521-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera. 20 de mayo del año
2022.—Lic. Wilkko Adred Retana
Alvarez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022686455 ).
En este Despacho, con una base de ciento dieciséis mil setenta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas:
800-732930-01-0001-001 y demanda ordinaria
citas: 800-526334-01-0001-001; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 118864-A, derecho 000, la cual
es terreno con 1 casa. Situada
en el distrito:
01-San Vicente, cantón: 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Rodolfo Fernando Stradurger
Rothe; al sur, avenida dos pública con ocho metros, cincuenta y un centímetros de
frente; al este, Eduardo
Solís Hernández y al oeste, Lizie Hidalgo Hidalgo. Mide: Doscientos quince metros
con cincuenta y un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veintidós de noviembre
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del treinta de noviembre de
dos mil veintidós, con la base de ochenta
y siete mil cincuenta y cinco dólares con once centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil veintidós, con la base de veintinueve
mil dieciocho dólares con treinta y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo contra Tania María Suñol Muñoz Expediente N° 18-007579-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
10 de octubre del año
2022.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022686456 ).
En este Despacho, con una base de siete
millones novecientos diecisiete mil ciento sesenta y siete colones con
dieciocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre de aguas pluviales citas: 495 07840-01-0001-001, servidumbre de
aguas pluviales citas: 496 02860-01-0002-001; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 371925-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 1-Upala, cantón
13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida 7 con un
frente de 8,50 metros lineales; al sur, lote 8-J; al este, lote 16-J y al oeste
lote 18-J. Mide: ciento sesenta y ocho metros con ochenta y seis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del
diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticinco de abril de
dos mil veintitrés con la base de cinco millones novecientos treinta y siete
mil ochocientos setenta y cinco colones con treinta y nueve céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés con la
base de un millón novecientos setenta y nueve mil doscientos noventa y un
colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y
Desarrollo Comunal contra Jania Francisca Ponce
González, Mabery Antonio Mejías Ponce. Expediente N° 20-000258-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de
emisión: catorce horas con cincuenta y uno minutos del once de octubre del dos
mil veintidós.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2022686457
).
En la puerta exterior de este despacho, con la base indicada por el
perito, sea la suma de ochenta y seis millones quinientos ochenta mil ochocientos veinte colones, soportando condiciones de citas:
0311-00011061-01-0901-001 y 0367-00013560-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula de folio real número
111376-000, el cual es terreno para construir, situada en el
distrito primero de Limón, cantón
uno de la provincia de Limón, la cual
colinda al norte, con resto
de Archibold Stephen Stephen
Nelson, al sur, con resto de Archibold Stephen Stephen Nelson, al este, con
resto de Archibold Stephen Stephen
Nelson y al oeste, con calle
pública con frente a ella de 10,00 metros. Mide: doscientos cincuenta y tres metros con cinco decímetros cuadrados y posee el plano
número
L-0514701-1983. Para llevar a cabo
el remate de dicho bien se señalan las trece horas treinta minutos del primero de diciembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del doce de diciembre del año dos mil veintidós con la base
de sesenta y cuatro millones
novecientos treinta y cinco mil seiscientos quince colones (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de diciembre del año dos mil veintidós con la base de veintiún
millones seiscientos cuarenta y cinco mil doscientos cinco colones (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ordinario de Asociación Iglesia Morava en Costa Rica
contra Dan James Mc Donald Charles, Dianycka Michelle
Mc Donald Carnegie. Expediente número
19-000018-1636-CI-1. Nota: publíquese
dos veces de forma consecutiva
en el Boletín
Judicial.—Tribunal
Colegiado Primera Instancia
Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de octubre del año 2022.—Licda. Valeria Torres
Morales, Jueza.—( IN2022686504 ).
En este Despacho, con una base de setecientos treinta y seis mil doscientos sesenta y un colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, inscrita bajo las citas: 298-05916-01-0901-001,
351-14287-01-0901-001,351-14287-01-0902-001, 397-19085-01-0902-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 631355-000, la cual
es terreno, terreno de
potrero y cultivo de café; con una
casa. Situada en el distrito 3-Copey, cantón 17-Dota de la provincia de
San José. Colinda: al norte:
Armando, Marino y Jorge Arturo, todos Retana Chinchilla; al sur: Armando, Marino y Jorge Arturo todos Retana Chinchilla y calle pública; al este: Armando, Marino
y Jorge Arturo, todos Retana
Chinchilla; y al oeste: Armando, Marino y Jorge
Arturo, todos Retana
Chinchilla. Mide: nueve mil
cuatrocientos dos metros cuadrados.
Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos
del dieciséis de mayo del año
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del veinticuatro
de mayo del año dos mil veintitrés,
con la base de quinientos cincuenta
y dos mil ciento noventa y cinco colones con noventa y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del primero de junio del dos mil veintitrés,
con la base de ciento ochenta
y cuatro mil sesenta y cinco
colones con treinta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Katherine Retana
Calderón. Expediente N° 22-001880-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 14 de octubre del 2022.—Msc. Hellen
Viviana Segura Godínez,
Jueza Tramitadora.—( IN2022686505 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de ochenta y cinco millones seiscientos setenta y ocho mil setecientos cuatro colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 181266-F-001-002, la cual
es terreno finca filial número 10-16, de dos plantas ubicada en el primer y segundo nivel, destinada a uso habitacional, en proceso de construcción. Situada
en el distrito
1-El Tejar, cantón 8-El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte,
finca filial número
10-17; al sur, área común libre de
avenida segunda del Condominio Madre; al este, área común libre de parque
y de zona de protección
de pozo de agua ambos del condominio madre y al oeste, finca filial 10-15. Mide: doscientos metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del veinticuatro de
noviembre de dos mil veintidós
con la base de sesenta y cuatro millones
doscientos cincuenta y nueve mil veintiocho colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del dos de diciembre de dos mil veintidós
con la base de veintiún millones
cuatrocientos diecinueve
mil seiscientos setenta y
seis colones con diez céntimos (25% de la base original). Notas:
se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Eleroy Gerardo
Rodríguez Araya, Keila
Nicole Silva Montes, expediente 22-003926-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
06 de setiembre del año
2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2022686534
).
En este Despacho, con una base de dieciocho mil ochocientos nueve dólares con cincuenta y seis centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisiones número de sumaria
19-004061-0494-TR número de boleta
2019250700457; sáquese a remate el
vehículo FCL234 marca:
Mitsubishi, estilo: Montero GLS, categoría: automóvil,
capacidad: 7 personas, serie:
JMYLYV98WDJ000584, carrocería: todo terreno 4
puertas, tracción:
4x4, N° motor 4M41UAJ344, combustible: diesel. Para tal
efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre
de dos mil veintidós con la base de catorce mil ciento siete dólares con diecisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintidós
con la base de cuatro mil setecientos dos dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Cafsa S.A. contra
Griselda María Morales Ugalde. Expediente N°
20-001332-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta
minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintidós.—Manuel
Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2022686552 ).
En este Despacho, con una base de veintidós millones novecientos ocho mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con veintisiete céntimos, soportando reservas y restricciones citas:
294-01690-01-0903-001, sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número cien mil trescientos noventa y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada: en el
distrito 1-Guápiles, cantón
2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Inversiones Avendborbo S.A.; al
sur, Inversiones Avendborbo
S.A.; al este, Inversiones Avendborbo S.A., y al oeste, calle pública con frente de 10 metros. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: L-0755490-2001. Para tal
efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del diez de enero del dos mil veintitrés, con la base de diecisiete
millones ciento ochenta y un mil trescientos treinta y nueve colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil veintitrés, con la base de cinco millones setecientos veintisiete mil ciento trece colones con treinta y dos céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Ana Yensy Quirós Quirós. Expediente N° 19-005166-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 17 de octubre del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez/a
Decisor/a.—( IN2022686583 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro millones ochocientos mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 263-07835-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 130315-F,
derecho 000, la cual es terreno
finca filial primaria individualizada
número
24 del bloque H, apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de 2 pisos. Situada en el
distrito 4-San Nicolás, cantón
1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial
33-H; al sur, avenida cinco;
al este, finca filial 23-H y al oeste,
finca filial 25-H. Mide: ciento
cincuenta metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dos de diciembre del
dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del quince de diciembre del dos mil veintidós con la base de cuarenta
y un millones cien mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de diciembre del dos mil veintidós
con la base de trece millones
setecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Édgar Antonio Chavarría Álvarez, expediente 22-000660-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
19 de octubre del año
2022.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2022686617
).
En este Despacho, con una base de siete millones novecientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: 632501, marca: Hyundai, categoría: automóvil, estilo: Terracan GLS, carrocería: Station Wagon O Familiar, tracción: 4x4, N° motor: D4BH5236735, capacidad:
7 personas, color: azul, año
fabricación: 2006. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas quince minutos del dieciséis
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de cinco millones
novecientos cuarenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintidós con la base de un millón novecientos ochenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Caja de ANDE contra Gilbert José Mesén Mendoza. Expediente N°
19-011011-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 03 de agosto del año 2022.—Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2022686674 ).
En este Despacho con una base de siete millones quinientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres colones con cincuenta y un céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMT 388, marca Hyundai, estilo Creta GL, año dos mil diecisiete, capacidad cinco pasajeros, categoría automóvil, carrocería todo terreno, cuatro puertas, color
rojo, tracción cuatro por
dos, serie, chasís y vin número M A L C dos ocho uno C B H
M uno ocho cero cero tres nueve, cilindrada
mil seiscientos centímetros
cúbicos, cilindros cuatro,
combustible gasolina. Para tal
efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós con la base de cinco millones seiscientos setenta y tres mil trescientos cincuenta y cinco colones con trece céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos
mil veintidós con la base de un millón
ochocientos noventa y un
mil ciento dieciocho colones con treinta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Wendy Campos Rojas, expediente
21-007910-1170-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 octubre
2022.—Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2022686684 ).
En este Despacho, con una base de veintiún millones seiscientos noventa y seis mil setecientos diez colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 347108-000, la cual
es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
4-San Isidro, cantón
5-Atenas de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, resto de Freddy
Rodríguez Arce; sur, calle pública con un frente
de ocho metros; este,
Carlos Ramírez Chaves y oeste, resto de Freddy Rodríguez Arce. Mide: ciento veintiocho
metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0579485-1999. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del dieciséis
de mayo de dos mil veintitrés con la base de dieciséis millones doscientos setenta y dos mil quinientos treinta y dos colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés
con la base de cinco millones
cuatrocientos veinticuatro
mil ciento setenta y siete colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Milton Saúl Moraga Gutiérrez, expediente 22-006030-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con ocho minutos del tres de agosto del dos mil veintidós.—Angie
Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022686685 ).
En este Despacho, con una base de treinta y un millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas
349-17854-01-0990-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 324128, derecho 005 y 006, la cual
es terreno para construir
con una casa. Situada en el distrito
2-Cinco Esquinas, cantón
13-Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote cuatro; al sur, lote seis;
al este, calle pública y al oeste, lote 29 30. Mide: ciento once metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del once
de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintidós
con la base de veintitrés millones
seiscientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del primero de diciembre
de dos mil veintidós con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gabriela María Quijano Chacón,
Gustavo Adolfo Alpízar
Fonseca, Heriberto Enrique Quijano Chacón, expediente
22-006228-1044-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de octubre del año 2022.—Yessenia Brenes González, Juez/a Decisor/a.—( IN2022686701
).
En este Despacho, con una base de quince millones doscientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas: 570-63129-01-0002-001, servidumbre de acueducto y de
paso de A Y A citas: 570-63131-01-0001-001, servidumbre de paso, citas:
575-17822-01-0004-001, servidumbre de paso, citas:
2016-260608-01-0003-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número seiscientos setenta y cuatro mil ciento ochenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual
es terreno naturaleza: para
construir, situada en el distrito
3-Daniel Flores, cantón
19-Perez Zeledón
de la provincia de San José. Linderos:
norte: Zaida María Monge Chinchilla; sur: Zaida Maria
Monge Chinchilla; este: Zaida María Monge Chinchilla; oeste: calle pública con 11
metros de ancho. Mide: doscientos
cincuenta y nueve metros
con ochenta y un decímetros cuadrados.
Plano: SJ-1116895-2006. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas cero minutos del veintiuno
de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintinueve
de noviembre de dos mil veintidós,
con la base de once millones cuatrocientos
cincuenta y dos mil quinientos
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de diciembre de dos mil veintidós,
con la base de tres millones
ochocientos diecisiete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Geizel María Aguilar Acosta. Expediente
N° 22-003030-1200-CJ. Nota:Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta
y seis minutos del veintiséis de setiembre
del dos mil veintidós.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2022686702
).
En este Despacho, con una base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número 289232-000, la cual es terreno Lote 3-15 terreno con una casa. Situada en el
distrito 3-Daniel Flores, cantón
19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte: 3-16; al sur: 3-14; al este:
3-4; y al oeste: calle con
09-00. Mide: ciento noventa y cuatro metros con noventa
y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del veinticinco
de noviembre de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del seis de diciembre de dos mil veintidós
con la base de tres millones
quinientos sesenta y dos
mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del quince de diciembre
de dos mil veintidós con la base de un millón ciento ochenta
y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Jaffeth
Navarro Arauz, Carlos Manuel Elizondo Delgado. Expediente N° 22-003063-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y dos minutos del cuatro de octubre del dos mil veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2022686703
).
En este Despacho, con
una base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San Jose,
matrícula número 289232-000, la cual es terreno lote 3-15 terreno con una casa.
Situada en el distrito 3- Daniel Flores, cantón 19-Perez Zeledón, de la
provincia de San Jose. Colinda: al norte, 3-16; al sur, 3-14; al este 3-4 y al
oeste, calle con 09- 00. Mide: ciento noventa y cuatro metros con noventa y
nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero
minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del
seis de diciembre de dos mil veintidós con la base de tres millones quinientos
sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero
minutos del quince de diciembre de dos mil veintidós con la base de un millón
ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda
de Ahorro y Préstamo contra Carlos Jaffeth Navarro
Arauz, Carlos Manuel Elizondo Delgado. Expediente N°
22-003063-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión:
nueve horas con cuarenta y dos minutos del cuatro de octubre del dos mil
veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2022686704 ).
En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo características de vehículo de carga liviana de placas: CL295232, marca: Nissan, estilo: Navara LE,
categoría: carga liviana, N° motor: YD25555968T, número chasis,
vin, serie: MNTVCUD40Z0608874, cilindrada:
2488 C.C, año fabricación: 2015, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veintitrés
de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos
del primero de diciembre del dos mil veintidós, con la base de diez millones trescientos ochenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas cero minutos del trece
de diciembre del dos mil veintidós,
con la base de tres millones
cuatrocientos sesenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de María de los Ángeles Martínez Quesada contra Marco Vinicio Martínez
Quesada, Mitología Consultores
S. A. Expediente N° 18-016423-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 29 de julio del año 2022.—Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Juez/a
Decisor/a.—( IN2022686752 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones treinta y un mil cuatrocientos sesenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: 576790, Mazda,
Mazda3, automóvil,
color amarrillo, año 2005,
Sedan 4 puertas, chasis
JM7BK326251124994. Para tal efecto,
se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós, con la base de tres millones setecientos setenta y tres mil seiscientos un colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós, con la base de un millón
doscientos cincuenta y siete mil ochocientos sesenta y siete colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Asociación
Solidarista de Trabajadores de la Constructora
Meco contra Denis Alberto Rivera Matarrita.
Expediente N° 21-000971-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz).
Hora y fecha de emisión:
once horas con veintinueve minutos
del diecinueve de octubre
del dos mil veintidós.—Lic.
Anthony Quesada Soto, Juez Decisor.—( IN2022686931 ).
En este Despacho, con una base de treinta y nueve mil ochocientos dólares con sesenta y tres centavos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 334-11148-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento setenta y seis mil ochocientos diecisiete, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada: en el distrito:
09-Pavas, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública; al
sur, Urbanizadora La Favorita;
al este, Urbanizadora La Favorita, y al oeste, Urbanizadora La Favorita. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del seis de diciembre del
dos mil veintidós, con la base de veintinueve
mil ochocientos cincuenta dólares con cuarenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós,
con la base de nueve mil novecientos
cincuenta dólares con
quince centavos (25% de la base original). Notas: Se
le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Desarrollos El Malecón S. A. contra Julio Alberto
Miller Morales. Expediente N° 22-007963-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre del año 2022.—Isabel
Cristina Castillo Navarro, Juez Decisor.—(
IN2022687002 ).
En este Despacho,
con una base de quince mil ochocientos veintitrés dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión expediente 17-003202-0497-TR del Juzgado
de Tránsito
de Heredia; sáquese a remate el
vehículo placa: RGM771, marca: Mitsubishi, estilo:
Montero Sport, categoría: automóvil, serie
/ chasis / vin: MMBGRKG40ED011464, tracción: 4x2, año fabricación: 2014, color: negro, N° motor:
4D56UCEJ7375, cilindrada:
2477 c.c., combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cincuenta minutos del diez de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas cincuenta minutos del
dieciocho de enero del dos
mil veintitrés, con la base de once mil ochocientos sesenta y siete dólares con ochenta y tres centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cincuenta minutos del veintiséis de enero del dos mil veintitrés, con
la base de tres mil novecientos
cincuenta y cinco dólares con noventa y cuatro
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito S J S. A.
contra Randal Alberto Guillén Morales. Expediente N°
19-006662-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del año 2022.—Licda. Heilim María Badilla
Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2022687030 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil trescientos diecisiete dólares
con veintiún centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placas: SPH095, Marca: Changan, estilo: CS 15, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie, Chasis
y Vin todos: LS5A3DBE5JD902338, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2018, color: gris. Características del motor; N° Motor: JL473QFH3CK548440, Marca: Changan, N° Serie: no indicado, Modelo:
SC7159AA5, cilindrada: 1500 c.c., cilindros:
4, potencia: 80 Kw, combustible: gasolina,
fabricante: no indicado.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de noviembre del año dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil veintidós, con la
base de seis mil novecientos ochenta
y siete dólares con noventa centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de diciembre del año dos mil veintidós, con la
base de dos mil trescientos veintinueve
dólares con treinta
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Diana
Carolina Vargas Castillo. Expediente N°
22-005245-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 21 de setiembre del año
2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(
IN2022687031 ).
En este Despacho, con una base de seis
mil novecientos veinte dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: BKD269, marca: M.G., estilo: MG 3 COM categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, vin:
LSJZ14E34GS010008, N° motor:
15S4UQJGE9160690. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del doce de junio del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinte de junio del dos mil veintitrés, con
la base de cinco mil ciento
noventa dólares con setenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil veintitrés, con
la base de mil setecientos treinta
dólares con veintitrés
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Marco
Andrey Gutiérrez Vargas. Expediente N° 22-008193-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con cuarenta
y uno minutos del dieciséis de setiembre
del dos mil veintidós.—Angie
Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022687032 ).
En este Despacho, con una base de quince
mil novecientos cuarenta y tres dólares con veinte centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: CL-232147, marca: Nissan, estilo: Navara LE, año: 2009,
color: negro, serie: MNTVCUD40Z0005299, cilindrada: 2488 CC, N° motor:
YD25081326T, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintinueve
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de once mil novecientos cincuenta y siete dólares con cuarenta centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de diciembre del dos mil veintidós, con la base de tres
mil novecientos ochenta y cinco dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S.J S. A. contra Jorge
de Hannover Sierra Ruiz. Expediente N°
16-001237-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 02 de setiembre del año
2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022687033 ).
En este Despacho, con una base de quince
mil ciento cuatro dólares
con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 19-001442-0500-TR; sáquese
a remate el vehículo:
BPY185, marca: Geely, estilo: GC6, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: LB37624S4JL000299, año fabricación: 2018, color: blanco,
vin: LB37624S4JL000299, N° motor: JLB4G15GBCX20188, cilindrada: 1500
C.C, combustible: gasolina. Para tal
efecto, se señalan las once
horas treinta minutos del catorce de febrero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil veintitrés, con la base de once mil trescientos
veintiocho dólares con cuarenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del dos de marzo del dos
mil veintitrés, con la base de tres
mil setecientos setenta y
seis dólares con trece
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S.J S. A. contra Josehp Ange Cubillo Garita. Expediente N° 18-010080-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 06 de octubre
del año 2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2022687034 ).
En este Despacho, con una base de cinco mil once dólares con sesenta y ocho centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando colisiones número de expediente: 18-000723-0742-TR, bajo las citas:
2018-252900498-0; sáquese a remate el vehículo Placa:
BDN510, Marca: Hyundai, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas,
Serie: MALAM51CBDM347827, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, número chasis: MALAM51CBDM347827, año fabricación: 2013, color: blanco,
N° Motor: G4LADM984066, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintiséis
de abril del dos mil veintitrés,
con la base de tres mil setecientos
cincuenta y ocho dólares con setenta y seis
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del cinco de mayo del dos mil veintitrés,
con la base de mil doscientos cincuenta
y dos dólares con noventa y
dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos de SJ S.
A. contra Ruma Jivi S. A. Expediente N° 19-009943-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: nueve horas con seis minutos del
once de octubre del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022687035 ).
En este Despacho, con una base de cinco mil cuatrocientos noventa y seis dólares con doce centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BFX202, marca: Suzuki, estilo: Celerio
GL, categoría: automóvil, estilo: Celerio GL, capacidad: 5
personas, año: 2014, color: negro, vin:
MA3FC31S2EA702211, N° motor: K10BN1665467, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del siete de diciembre del dos mil veintidós,
con la base de cuatro mil ciento veintidós
dólares con nueve centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veintidós,
con la base de mil trescientos setenta
y cuatro dólares con tres
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Neismy Faviola Ramírez Corrales. Expediente
N° 20-000940-1044-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de setiembre del año 2022.—Yessenia Brenes González, Juez/a Decisor/a.—( IN2022687036 ).
En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 370-19513-01-0900-001,
aviso catastral citas:
2013-314704-01-0002-001; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula
número 63291-000. Que se describe así: Naturaleza:
terreno de repasto. Situada: en el distrito
4-San Pablo, cantón
9-Nandayure, de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Ángel Rosales Pérez; sur, Bertilia Briceño Cruz;
este, Bertilia Briceño Cruz y Juana Díaz Rosales; oeste, Claudia Rosales Pérez y Euclides Rosales Pérez. Mide: diez mil ciento veintinueve metros con nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0783971-1988. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veinticinco
de noviembre del dos mil veintidós,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del seis de diciembre del
dos mil veintidós, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Luis Gustavo de Jesús Rodríguez Vargas contra Duglas Anival García Romero. Expediente N° 18-000123-0390-CI.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
hora y fecha de emisión: veintitrés
horas con treinta y ocho minutos del catorce de setiembre del dos mil veintidós.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a Decisor/a.—( IN2022687037 ).
En este Despacho,
con una base de cinco mil doscientos sesenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placas: CL 296165, Marca: Citroën, Estilo:
Berlingo, Categoría: carga liviana,
Capacidad: 2 personas, Serie: VF77H9HECHJ503625, carrocería: Panel, tracción: 4x2,
número chasis:
VF77H9HECHJ503625, año fabricación:
2017, color: blanco, Vin: VF77H9HECHJ503625, N° Motor: 10JBEB0109346, cilindrada: 1560 c.c. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos
mil veintidós, con la base de tres
mil novecientos cincuenta y
un dólares con sesenta y
seis centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del dos de diciembre del
dos mil veintidós, con la base de mil trescientos diecisiete dólares con veintidós centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Carrofácil de
CR SA contra Rebeca Ortiz Salazar. Expediente N°
22-004057-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 10 de setiembre del año
2022.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2022687053 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y un millones cuatrocientos cincuenta mil quinientos noventa colones exactos ,soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal inscrita bajo las citas 567-99695-01-0002-001, servidumbres
trasladadas bajo las citas:
260-03954-01-0901-001, 328-06939-01-0901-002, 346-09511-01-0900-001,
346-09511-01-0901- 001, 346-09511-01-0902-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
309616-005-006-007, la cual es terreno
con una casa de habitación.
Situada en el distrito: 05, Palmira, cantón:
11-Zarcero de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, German Rojas Salas; sur, Rónald Rojas Alvarado; este, calle pública y oeste,
German Rojas Salas. Mide: setecientos
setenta y cuatro metros con treinta
y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0038928-1992. Para tal
efecto, se señalan las
quince horas cero minutos del trece
de marzo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veintiuno de marzo de
dos mil veintitrés, con la base de treinta y un millones ochenta y siete mil novecientos cuarenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintinueve
de marzo de dos mil veintitrés,
con la base de diez millones
trescientos sesenta y dos
mil seiscientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Ana Rosa Alfaro Rodríguez contra Yorleny María Otárola
Jiménez, expediente 14-002307-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas
con treinta y dos minutos
del doce de setiembre del
dos mil veintidós.—Lilliana Garro Sánchez, Jueza Decisora.—( IN2022687077 ).
En este Despacho, con una base de veintiún millones treinta y siete mil cuatrocientos noventa y cuatro colones con cuatro céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: CL-314.768, Marca:
Mitsubishi, Categoría: carga liviana,
Serie: MMBJYKL30JH022247, carrocería: Camioneta Pick-Up Caja Abierta o Campu, tracción: 4x4, fabricación: 2018, color: gris, N° Motor: 4D56UAR4661, cilindrada:
2477 c.c., combustible: diésel. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del doce de abril del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés, con la base de quince millones
setecientos setenta y ocho mil ciento veinte colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintitrés, con la base de cinco millones doscientos cincuenta y nueve mil trescientos setenta y tres colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Marco Aurelio Huertas Araya. Expediente N° 22-000758-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: veintiuno horas con cuarenta y siete minutos del veintitrés de setiembre del dos mil veintidós.—Viviana Salas Hernández, Jueza
Decisora.—( IN2022687079 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó María de Los Ángeles Gómez Calvo, mayor de edad,
estado civil viudo una vez, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0101320924 y vecino(a)
San José, Moravia, Coronado de la iglesia católica setecientos metros al norte y quinientos metros al este en finca Apaican.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
22-000564-0181-CI-1.—Juzgado Segundo Civil
de San José, 04 de octubre del año 2022.—Lic.
Daniel Jiménez Medrano, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2022683499 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
José Mauro Isaac Contreras Viales y fue mayor, estado civil casado, pensionado, vecino de
Cartagena de Santa Cruz, Guanacaste, con documento de
identidad 0500350096. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000111-0388-CI-9.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: once horas con veinticinco minutos del once de
mayo del dos mil veintidós. —Lic.
Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—(
IN2022683518 ).
Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Cipriano Paulino Espinoza Duarte conocido
como “Guillermo Espinoza Duarte”, mayor, soltero, profesión u oficio desconocido, costarricense, con documento de identidad 0501180057 y vecino de
Santa Cruz, Guanacaste, frente al centro
educativo Josefina López Bonilla. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000488-0388-CI-5.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: catorce horas con veintidós minutos del quince de diciembre
del dos mil veintiuno.—Lic.
Milkyan
Sánchez
Aguilar, Juez Decisor.—1 vez.—(
IN2022683521 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Eduardo Israel de la Trinidad Sánchez Alpízar, mayor, casado una vez,
arquitecto, con documento de identidad 0501250039. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Conforme a lo
dispuesto en el artículo 2° de la Ley de Consultorios Jurídicos o Trabajo
Comunal N°4775, se comunica que la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 22-000248-0296-CI.—Juzgado
Civil Y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 04 de octubre del año 2022.—Lic. Gerardo Antonio
Pérez Alfaro, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022683539 ).
Se hace saber: que por iniciativa de Cooperativa de Ahorro y Crédito COOPEANDE Número Uno Responsabilidad Limitada, COOPEANDE UNO RL, cédula jurídica
número 3-000-404527, se ha promovido
un proceso judicial a fin de que se le reponga cédula hipotecaria bajo
las citas 2011-305655-01-001-001 y sobre la finca del partido de San
José matrícula 448184.Se concede un plazo de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en defensa de sus derechos. Se ordena así en
proceso judicial de reposición
de título valor, expediente
22-000259-0180-CI-4. Nota: se le recuerda
a la persona interesada que deberá
acudir a la Imprenta
Nacional para cancelar los
derechos de publicación de este
edicto. Publíquese por tres veces
en el Boletín
Judicial.—Juzgado Primero Civil de San José, 12 de agosto del año 2022.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Juez/a Decisor/a.—( IN2022682430 ). 3
v. 3.
Licda. Melissa Chaves Agüero Juez(a) del Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Familia); hace saber a José Jerónimo Valle
Pérez, documento de identidad
0207660652, soltero/a, Peón
de explotaciones agrícolas,
vecino de Guápiles, que en
este Despacho se interpuso un proceso procesos especiales en su contra, bajo el expediente número
21-000222-1517-FA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: Se tiene por establecido el presente proceso
especial de declaratoria de abandono
del menor Genesis Sofia y Meria
José ambas de apellidos Valle Amador, planteado por Patronato
Nacional de la Infancia Upala
contra José Jerónimo
Valle Pérez y Yahaira Amador Fuentes, a quién se
le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del
Código de Familia. Se nombra a Jose Francisco
Madrigal Bogantes y Laura Bogantes
Bolaños como depositarios judiciales provisionales a quienes se les previene en el plazo
de cinco días, presentarse a este despacho
aceptar y jurar el cargo conferido. En ese mismo plazo,
en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Y la resolución de las diez horas cincuenta y cinco minutos del treinta de setiembre de dos mil veintidós
que dice: Encontrándose notificada
al la parte demandada Yaharia Amador Fuentes y siendo
que no fue posible localizar al demandado José Jerónimo Valle Pérez, a fin de que se otorgue
representación al demandado
Valle Pérez, se nombra como
curadora a la Licenciada
Karol Priscilla Barrantes Fallas;
a quien se le previene que en caso de anuencia
deberá comparecer a este Despacho dentro
del plazo de cinco días
para aceptar el cargo conferido.- Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en
su lugar. Lo anterior se ordena así en
proceso procesos especiales de Patronato Nacional
de la Infancia Upala contra
José Jerónimo
Valle Pérez; expediente Nº 21-000222-1517-FA. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia),
30 de setiembre del año
2022.—Licda. Melissa Chaves Agüero, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017 JA.—( IN2022683534 ).
Licenciada Guadalupe Solano Patiño,
Jueza del Juzgado de
Familia de Cartago, a Héctor Enrique Segura Valverde, en
su carácter personal, quien es mayor de edad, divorciado, cédula de identidad 1-1013-0914,
se le hace saber que en demanda de suspensión de responsabilidad parental, establecida
por María Fernanda Luna Bonilla contra Héctor Enrique
Segura Valverde, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2022002223. Juzgado
de Familia de Cartago. A las quince horas veintisiete
minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós. Proceso establecido por María Fernanda Luna Bonilla, mayor, divorciada,
administradora, portadora
de la cédula de identidad número
0304290278 contra Héctor Enrique Segura Valverde, mayor, Abogado, portador de la cédula de identidad
número 0110130914. Resultando
(....) Considerando I.-Hechos
probados. (....) II.-Sobre el fondo del Asunto.
(...) III.-Caso concreto. (...) Por tanto. De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 51 de la Constitución Política, 158 y subsiguientes
del Código de Familia, 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y 5
del Código de la Niñez y la Adolescencia.
Se declara con lugar el presente proceso
de Suspensión de la Patria Potestad.
Se suspende a Héctor Enrique Segura Valverde en el ejercicio
de los atributos de la
patria potestad sobre
Mattias Ignacio Segura Luna, por el
plazo de cinco años, de conformidad con el artículo 159 del Código de
Familia, entendiéndose que no está
autorizados de ejercer ninguno de los atributos de la autoridad
parental.- A fin de ser restablecido en el goce
de los atributos de la autoridad parental, mediante el respectivo incidente
de restitución deberá el demandado demostrar
que: a) Aporta económicamente
para la manutención y satisfacción
de las necesidades de Mattias Ignacio Segura Luna. b)
Cuenta con la capacidad de asumir de forma asertiva, activa y responsable sus rol paterno. Entonces
los progenitores suspendidos en el ejercicio de la patria potestad podrían ser rehabilitados para volver a ejercer tales atributos. El artículo 163 del
Código de Familia se refiere al carácter
no definitivo de la suspensión
de la patria potestad al reglar
la rehabilitación, así como una causa adicional de pérdida de la patria
potestad. “Articulo 163. Recuperación de la patria potestad.
Cuando haya cesado el motivo
de la suspensión o de la incapacidad,
el suspenso o el incapacitado recobrará los derechos de la
patria potestad, mediante declaratoria expresa del Tribunal
que lo rehabilite, siempre
y cuando la persona menor
de edad no haya sido declarada judicialmente en estado de abandono con fines de adopción. Se resuelve este asunto sin especial condena en costas.
Expediente 21-003102-0338-FA. Nota:
Publíquese por una única vez.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago.—Msc. Guadalupe Solano Patiño, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022683538 ).
Se avisa que en este
Despacho Félix Ángel Espinoza López, solicitan se apruebe
la adopción individual de la persona menor de edad Samuel Andrés
Alvarado Salazar. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos
de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma, expediente
22-000604-0673-NA. Se exonera del pago
de la publicación, en razón de la materia. (Circular N°
67-09, emitida por la Secretaría del la Corte el 22 de junio de 2009).—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial, San José, 04 de octubre del año 2022.—Msc. Milagro Rojas
Espinoza, Juez(a) Tramitador(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022683545 ).
Se avisa, a los señores
Cindy Tatiana Castillo Méndez portadora de la cédula de identidad N° 7-0245-0228, mayor, de domicilio
desconocido y Elías Torres Marchena, portador de la cédula de identidad
número 1-1176-0366, mayor, de domicilio
desconocido, mismos representados por el curador procesal
licenciada Sandra Marjorie Retana
Hidalgo, se le hace saber que existe
proceso N° 20-001137-1302-FA, de Suspensión
de Responsabilidad Parental de la Persona Menor de Edad Elías Torres
Castillo, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Cindy
Tatiana Castillo Méndez y Elías Torres Marchena, que en resolución dictada por el Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, a las once
horas treinta y siete minutos del seis de julio de dos
mil veintidós, que en lo conducente dice: se le concede el
plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso con una
audiencia oral y privada conforme
con el artículo 123 del
Código de Familia y una vez
recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez
Rojas. Teléfono del Juzgado
de Niñez y Adolescencia 2295-3115.
Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia. (Circular N°
67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009). Publicar una vez.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de julio de 2022.—Licda. Nelda
Jiménez Rojas, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022683547 ).
Se avisa a la señora Laura Tatiana Estrada
Rivera, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
22-000354-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de
Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se
solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Eusebio Gerardo
Ferlini Estrada Se le concede el plazo de tres días
naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas
diligencias. Nota: De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le
comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de
agosto de dos mil veintidós.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022683548 ).
Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a Jehudy David Briceño Robles, en su carácter personal, quien es mayor, casado, cédula N°
0701420466, de más calidades
y paradero desconocido, se
le hace saber que en demanda abreviado, establecida por Jessica Alejandra
Vargas Pérez, contra Jehudy
David Briceño Robles, se ordena
notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: De la
anterior demanda abreviada
de divorcio, establecida por la accionante Jessica
Alejandra Vargas Pérez, se confiere traslado a la accionado Jehudy David Briceño Robles, por el plazo
perentorio de diez días
para que se oponga a la demanda
o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de este
circuito. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°
20 del 29 de enero de 2009.- Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal
para la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07, celebrada
el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución al demandado mediante la publicación del edicto que establece el artículo 263 del Código Procesal Civil, vigente para la materia de Familia. Nota: publíquese por una vez. De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez
Garita, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022683552 ).
MSC. Marilene Herra
Alfaro, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Melvin
Antonio Guerra Quirós, cédula 0603120045, casado, quien es mayor, de paradero
desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso inexistencia de
matrimonio en su contra, bajo el expediente
número 14-001106-0186-FA donde se dictó sentencia de primera instancia N° 2022000883, de las catorce horas doce minutos del doce
de setiembre de dos mil veintidós,
cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: Por las razones expuestas
y citas legales invocada, se declara con lugar la demanda de inexistencia de
matrimonio, incoada por la Procuraduría General de la República en contra de
Yamile Eliana Gallego Carmona y Melvin Antonio Guerra Quirós; en consecuencia:
1.- Por ser inexistente el matrimonio de Melvin Antonio Guerra Quirós y Yamile
Eliana Gallego Carmona, se anula la inscripción de dicho matrimonio en la
Sección Matrimonios de San José, Tomo 440, Folio 24, Asiento 48; comunicándose
al Registro Civil de oficio mediante certificación o ejecutoria. 2.- Se anula todo la naturalización otorgada a Yamile Eliana Gallego
Carmona y a sus hijos Kelly Patiño Gallego y David Mosquera Gallego, producto
del matrimonio nulo, lo cual debe comunicarse al Registro Civil mediante
ejecutoria o certificación para que se inscriba en las siguientes citas: Caso
de Kelly 800930640 y en el caso de David 800930641. 3.- De existir, se anula
todo acto preparatorio emitido por la Dirección General de Migración y
Extranjería, tendente a otorgar la residencia a Yamile Eliana Gallego Carmona,
producto del matrimonio nulo. 4.- Una vez firme este fallo, se ordena pagar al
Lic. Jorge Eduardo Sanabria Rosito, cédula 105340704
y al Lic. Luis Diego Delgado Vargas, cédula 107120016, por concepto de
honorarios y por parte de la Administración de Tribunales, la suma de
60.000,00, monto al cual se le debe retener el 13% del impuesto de valor
agregado IVA, sin necesidad de una resolución posterior. 5. Por ser esta
demanda con curador procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva de
esta sentencia en el Boletín
Judicial. 6.- Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Hágase saber. Lo
anterior se ordena así en proceso inexistencia de matrimonio de Estado contra
Jorge Eduardo Arango Pérez. Expediente Nº
14-001106-0186-FA. Nota: De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le
comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 20 de setiembre del año 2022.—Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022683553 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el
señor Heinner Andrés Mejías Carmona, mayor, Soltero,
construcción,
cédula de identidad número 0504250789, nacido en centro Liberia Guanacaste, el
02/02/1999, con 23 años de edad, y Daniela Esmeralda Martínez Alvarado, mayor,
soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0504040146, nacida en Centro
Liberia Guanacaste, el 18/04/1995, actualmente con 27 años de edad; ambas
personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000625-0938-FA. Nota: Para que sea publicado por una
única vez. De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación
está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia
Familia), Liberia, 03 de octubre del año 2022.—Licda. María Alejandra
Quesada García, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022683560
).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Carlos
Giovanni Elizondo Rivera, mayor de edad, soltero, operario en mantenimiento de hotel, cédula
de identidad N° 1-0725-0748, vecino de Cartago, Urbanización
Manuel de Jesús Jiménez, casa F 99, hijo de Gloria
Rivera Ortiz y Manuel Elizondo Calderón, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón de
San José, el 17 de julio de
1968, con 54 años de edad;
y María Auxiliadora Ramos Sanabria, mayor de edad, divorciada en Cartago, oficios domésticos, cédula de identidad N°
1-0805-0975, vecina de Cartago, Urbanización Manuel de Jesús Jiménez, casa F 99, hija de María del Carmen Ramos Sanabria, nacida en Hospital de Central de
San José, el 28 de octubre
de 1971, actualmente con 50 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-002464-0338-FA. Nota:
Publíquese por una única vez.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 11 de
octubre del 2022.—Licda.
Patricia Cordero García, Jueza de Familia.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022684636 ).
Notificación
por edicto. Juzgado Penal del Primer Circuito
Judicial de San José, al ser las catorce horas del 10
de octubre del 2022. Quien suscribe Roy Jiménez Mata, Juez
Penal del Primer Circuito Judicial de San José, mediante la causa penal N° 20-000363-1220-PE, causa seguida contra Manuel Morejón
Hernández, por el delito de estafa en perjuicio de la sucesión de María Ester Vargas Segura, se ha señalado para audiencia preliminar
el 25 de octubre del 2022,
a las trece horas con treinta
minutos; se ponen en conocimiento y se cita, para la audiencia preliminar
antes dicha, a la sucesión
de María Ester Vargas Segura, por lo que se procede a comunicar mediante la presente publicación de un edicto por una única
vez se publicará este edicto; así
mismo de conformidad con lo
establecido en los artículos 316 y 317 del código procesal penal se pone en conocimiento todas las actuaciones y pruebas por el
plazo de cinco días. No omite indicarse que de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Ejecútese lo dispuesto
y emítanse las comunicaciones
de rigor a la Procuraduría Judicial, una vez firme
esta resolución. Comuníquese.—Juzgado Penal del Primer Circuito
Judicial de San José, al ser las catorce horas
del 10 de octubre del año
dos mil veintidós.—MSC. Roy Jiménez Mata, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022683565 ).
Licenciado José Orlando Fernández Córdoba,
Fiscal del Fiscalía Adjunta de Segundo Circuito Judicial de San José, al señor Yu-Kuei Chu, cédula o documento de identidad número
1158-00034508, se le hace saber que, en el Legajo de Legajo de Investigación,
seguido en contra de Fernando Cheng Chu, en perjuicio de Carlos Morales
Montenegro, por el delito de Lesiones Culposas (Ley de Tránsito), se ha dictado
resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Se procede a dar
traslado de acción civil, en el Fiscalía Adjunta de Segundo Circuito Judicial
de San José. Expediente 20-004089-0174-TR, siendo que es de domicilio
desconocido, se procede a comunicarle la resolución por medio de edicto que se
publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos.—Fiscalía Adjunta de Segundo
Circuito Judicial de San José, a las ocho horas y treinta minutos.—José Orlando
Fernández Córdoba, Fiscal.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022683569
).