BOLETÍN JUDICIAL N° 225 DEL 28 DE NOVIEMBRE DEL 2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN
HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
CONVOCATORIA
INTERNA CV-026-2022
La Dirección de Gestión Humana invita a las personas interesadas a participar en la convocatoria, para
conformar registros de postulantes y
elegibles en todo el país, para los cargos de la Jurisdicción Especializada en
Delincuencia Organizada de:
DEFENSOR (A)
PÚBLICO (A)
Forma de participar, requisitos y otros detalles
se pueden acceder en la
siguiente dirección electrónica:
https://ghreclutamientoyseleccion.poder-judicial.go.cr/index.php/concursos-yconvocatorias/vigentes
Periodo de
inscripción
Inicia: 28 de noviembre de 2022
Finaliza: 2 de diciembre de 2022
Horario de
atención al público
De lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 12:00
m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Correo:
reclutamiento@poder-judicial.go.cr
Teléfono: 2295-3590.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está
exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez.
Responsable.—Priscilla Romero Calderón, Profesional 2,
Reclutamiento y Selección, DGH.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022694603 ).
CONVOCATORIA
INTERNA CV-027-2022
La Dirección de Gestión Humana invita a las
personas interesadas a participar en la convocatoria, para conformar registros
de postulantes y elegibles en todo el país, para los cargos de la Jurisdicción
Especializada en Delincuencia Organizada de:
INVESTIGADOR(A)
DE LA DEFENSA PÚBLICA
Forma de participar, requisitos y otros detalles se pueden acceder en
la siguiente dirección electrónica:
https://ghreclutamientoyseleccion.poder-judicial.go.cr/index.php/concursos-y-convocatorias/vigentes
Periodo de
inscripción
Inicia: 28 de noviembre de 2022
Finaliza: 2 de diciembre de 2022
Horario de
atención al público
De lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 12:00
m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Correo:
reclutamiento@poder-judicial.go.cr
teléfono: 2295-3590
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos. Publíquese una vez.
Responsable: Priscilla Romero Calderón, Profesional 2, Reclutamiento y
Selección, DGH.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022694607 ).
CONVOCATORIA
INTERNA CV-028-2022
La Dirección de Gestión Humana invita a las personas interesadas a
participar en la convocatoria, para conformar registros de postulantes y
elegibles en todo el país, para los cargos de la Jurisdicción Especializada en
Delincuencia Organizada de:
TÉCNICO JURÍDICO
Forma de participar, requisitos y otros detalles
se pueden acceder en la
siguiente dirección electrónica:
https://ghreclutamientoyseleccion.poder-judicial.go.cr/index.php/concursos-y-convocatorias/vigentes
Periodo de
inscripción
Inicia: 28 de noviembre de 2022
Finaliza: 2 de diciembre de 2022
Horario de
atención al público
De lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 12:00
m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
Correo: reclutamiento@poder-judicial.go.cr
teléfono: 2295-3590
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Publíquese una vez.
Responsable: Priscilla Romero Calderón, Profesional 2.— 1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022694614 ).
HACE SABER
A Jacqueline Andrea Mora Bonilla, cédula de identidad 1-1052-0089, que en el proceso Disciplinario
Notarial 21-000868-0627-NO establecido en su contra por Arreinda Express
S. A., se han dictado las resoluciones que literalmente dicen:” Juzgado
Notarial, a las siete horas diez minutos del veinte de enero de dos mil
veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial
con pretensión resarcitoria de Arreinda Express S. A. contra Jacqueline Andrea
Mora Bonilla, Rodolfo Jose Quirós Campos, a quien se confiere traslado por el
plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos
denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los
efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la
Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe
referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere
pertinente. Se le previene a las partes que, dentro del plazo citado, deben
indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico,
fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o
si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por
la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán
automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias.
De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse
dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá
indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso
de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare
correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el
Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de
señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional.
Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no escogiere alguno de los
medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender
notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se
producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación
automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las
listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina
Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer
piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los
días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a
las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de
que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de
uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente
recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras
necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo,
pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo
legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le
solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) sexo. c)
Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De
conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de
Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante
cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o
domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la
notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por
cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona
denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u
oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La
notificación en el domicilio registral de la parte denunciada Jacqueline Andrea
Mora Bonilla ubicada en San José, Moravia, La Trinidad, De La Iglesia Católica,
250 metros noroeste, calle la colonia, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de
San José (Goicoechea). A Rodolfo Jose Quirós Campos en: Guanacaste, Nicoya,
Nicoya, 800 metros al norte y 200 metros al este de la entrada principal
Bosques Don José, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y
Otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya). La
notificación en la oficina notarial de la parte denunciada Jacqueline Andrea
Mora Bonilla ubicada en San José, San José, Uruca, 400 metros sur de la
Ferretería El Lagar, mano izquierda, Oficentro La Uruca, se comisiona a la Oficina
de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial
de San José. A Rodolfo Jose Quirós Campos En: Guanacaste, Nicoya, Nicoya, del
BCR 300 metros al oeste y 25 metros sur, oficinas color ladrillo a mano
izquierda, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya). Asimismo, se
ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión
dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San
José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio
SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso
al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en
caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la
entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la
entrada (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N°8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del
2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte
denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al
numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, se ordena consultar la página web
de la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para certificar
si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese.
Dra. Melania Suñol Ocampo, Jueza. “así como la resolución “Juzgado Notarial. A
las nueve horas cuarenta y siete minutos del quince de diciembre de dos mil
veintiuno. En vista que la parte actora no cumple la totalidad de la prevención
realizada mediante resolución de las trece horas cincuenta y seis minutos del
diez de noviembre de dos mil veintiuno; Se resuelve: 1). Siendo evidente la
intención de la parte de subsanar las omisiones prevenidas en su escrito
inicial con el escrito visible en el expediente virtual el día diecinueve de
noviembre del presente año, sin embargo considera con el fin de cumplir con los
requisitos establecidos en el artículo 152 del Código Notarial y el artículo
35.1 del Código Procesal Civil para garantizar el derecho de defensa a la notaría denunciada, excepcionalmente y por última
vez, se le previene a la denunciante que dentro del plazo de cinco días, debe
indicar los instrumentos notariales (número de escritura) donde consta los
actos irregulares por los que denuncia a la notaría denunciada Jacqueline Andrea Mora Bonilla, además
indicar cuál es su pretensión a fin de que establezca si solicita la imposición
de alguna medida disciplinaria contra la notaría y el notario accionado o si
únicamente solicita la pretensión civil resarcitoria. Lo anterior bajo
apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declarará inadmisibilidad
de la presente denuncia y se ordenará el archivo del expediente (artículo 35.4
Código Procesal Civil). 2). De conformidad con lo dispuesto en los artículos
152, 163 último párrafo del Código Notarial, en relación con los numerales y el
artículo 35.1, 35.4 del Código Procesal Civil, los daños y perjuicios de la
demanda deben estimarse independientemente, por cuanto los primeros reflejan
las pretensiones del demandante y los segundos fijan el límite de esas
pretensiones, así las cosas, se le previene a Selma Alarcón Fonseca que dentro
del plazo de cinco días, deberán cumplir con los siguiente: 2.1) Indicar en
forma clara y por separado, en qué consisten los daños y en qué consisten los
perjuicios que originan su pretensión; 2.2) La estimación específica de los
daños, la estimación específica de los perjuicios y la estimación total de la
demanda; 2.3) Estimar su demanda en moneda nacional, así como cancelar los
timbres correspondientes (tendrá que constar el monto de timbres pagado, no
únicamente indicar el número de entero), esto según lo indicado por el Tribunal
de Notariado en sus votos números 50-2006 y 262-2006 que en lo que interesa
dice “...Ya este Tribunal, en el voto Nº 50-2006 que cita la autoridad de
primera instancia, se ha pronunciado en el sentido de que para efectos
procesales, como el colón es la moneda de curso legal en Costa Rica, la demanda
de daños y perjuicios debe estimarse en moneda nacional. Ahora bien, la
estimación que hace el apelante en su escrito de agravios sobre esos rubros,
resulta extemporánea, por lo que cuantificar esos montos en dólares o en
colones indistintamente, debe decirse primero que todo que la Ley de la Moneda
no es aplicable, pues fue derogada por la Ley Orgánica del Banco Central, y
segundo que aun cuando esta ley establece que los actos, contratos y
obligaciones en moneda extranjera, serán válidos, eficaces y exigibles, ello no
obsta para que la estimación de la demanda, que sólo tiene efectos procesales,
se haga en colones, pues es la moneda de curso legal en el país. Así las cosas,
por encontrarse a derecho el rechazo de esa demanda, ha de confirmarse lo
resuelto por el juzgador de instancia....”. Dicho escrito debe ser autenticado
por un profesional en derecho. De todo lo prevenido anteriormente deberá
presentar original y dos juegos de copias. En caso de no pretender el cobro de
daños y perjuicios debe indicarlo y dejar claro que el objetivo de su denuncia
es únicamente disciplinario. 3). Vista la petitoria realizada por la
denunciante, de que se anule la escritura pública mediante la cual se traspasó
el vehículo placa BFZ505, para recuperar el vehículo; se le hace saber que
dicha petición se encuentra fuera del ámbito de competencia que por ley le ha
sido conferida a este despacho; lo anterior, por cuanto en la Jurisdicción
Notarial únicamente se tramitan dos tipos de pretensiones, por un lado la
estrictamente disciplinaria, que tiene como objetivo imponer una sanción a la
notaría o al notario conforme a los hechos que se le atribuyen, y por otro
lado, la pretensión resarcitoria, cuyo propósito es conocer sobre los presuntos
daños y perjuicios causados por la actuación notarial que se acusa como
defectuosa. (Artículos 138, 140, 141, 150 a 152, y 169, todos del Código
Notarial, en relación con los numerales 5.2, 5.2 del Código Procesal Civil). En
consecuencia, se rechaza de plano la petitoria formulada por la parte actora en
cuanto al anterior extremo citado. Notifíquese. Dra. Melania Suñol Ocampo,
Jueza”, y la resolución “Juzgado Notarial, a las catorce horas treinta y cuatro
minutos del once de octubre de dos mil veintidós. Siendo fallidos los intentos
por notificarle a la Licenciada Jacqueline Andrea Mora Bonilla, la resolución
dictada a las siete horas diez minutos del veinte de enero de dos mil
veintidós, en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado
y en su domicilio reportado en el Registro Civil (EV 09-11-2021 y EV 22-06-2022),
y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas
( EV 11-10-2022), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del
artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional
esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por
una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional.
Se le hace saber a la denunciada que los hechos que se le atribuyen son: “1- Un
instrumento notarial en el cual constan los actos irregulares cometidos por la
notaría Jacqueline Andrea Mora Bonilla con numero de cedula 1-10520089, es el
papel de seguridad o papel notarial tamaño oficio, utilizado para hacer constar
un Poder Especial (escritura número 169-2) otorgado por Iván Espino Effio,
nacionalidad panameña, numero de pasaporte PA 0093994 y de Jorge Enrique
Ricardo Morales Méndez, nacionalidad panameña con pasaporte número PA 0144421,
ambos apoderados generalísimos de la empresa
Arrienda Express S.A el siete de setiembre del 2021 a las catorce horas. Que el
poder falso, fue utilizado por el Notario Rodolfo José Quirós Campos, para
realizar la venta del vehículo placa número BF7505, mismo que fue traspasado el
23 de setiembre del 2021, este instrumento contiene el código de barras
respectivo con la numeración consecutiva Nº 23255-54734462 el cual indica tanto
en la parte superior del papel notarial como en la parte inferior el nombre de
Jacqueline Andrea Mora Bonilla. El original está en poder del Licenciado
Rodolfo José Quirós Campos. Que la información indicada en el supuesto poder
especial es falsa, por cuanto Espino Effio y Morales Mora nunca comparecieron
para otorgar este poder, residen en Panamá y no han visitado Costa Rica en más
de un año; desde el inicio de la pandemia 2- El instrumento notarial en
el cual constan los actos cometidos por el notario Rodolfo José Quirós Campos
es el protocolo tomo sexto, escritura número siento setenta y cuatro visible a
folio ciento catorce vuelto a folio ciento quince frente. 3- Estos actos
ilegítimos fueron puestos en conocimiento de mi representada el día 4 de
octubre del presente año por medio del Señor Eduardo Castillo León, apoderado
de Arrienda Express S. A. 4- En cuanto a la pretensión de mi representada es
que el acto jurídico ilegitimo mediante el cual se traspasó el vehículo placa
BFZ505 se anule de manera que mi representada puede recuperar el vehículo. Y
que cancelen los daños que sufra el vehículo mientras se encuentra fuera de la
custodia del propietario legitimo. Este vehículo se encontraba a nombre de mi
representada Arrienda Express S.A, y de
manera ilegitima fue puesto en posesión de Rigoberto Matarrita Villalobos. 5-
Los daños materiales consisten en la pérdida económica, por la salida de
la esfera de poder de mis representados, del vehículo placa 8E2505, cuyo valor
es de 3.890.000 colones. El perjuicio causado es no poder vender el vehículo,
actividad a la que se dedican mis representados
y el costo del traspaso del vehículo, en caso de ser recuperado. que sería de un
4.8% sobre el valor o sea (186.720 colones), ciento ochenta y seis mil
setecientos veinte colones. Se estima el daño en 3.890.000 de colones Se
estiman el perjuicio en 186.720 mil colones Se estima la demanda en 4.076.720,
cuatro millones setenta y seis mil setecientos veinte colones. El monto
cancelado con el entero 432009329 de timbres del Colegio de Abogados es por
2.200 colones.” Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta
resolución a la Jefatura de Defensores públicos, con el fin de que se le nombre
un defensor público a la denunciada Jacqueline Andrea Mora Bonilla, cédula de identidad 1-10520089. Notifíquese. Dra. Melania
Suñol Ocampo, Jueza. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está
exenta de todo pago de derechos” publíquese por una vez por la Imprenta
Nacional en el Boletín Judicial.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022693507 ).
A Registro Nacional, Archivo Nacional, Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil: Que
en el Proceso Disciplinario Notarial N° 18-000745-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra
Carlos Luis Camacho Monge (cédula de identidad 400900207), el Juzgado
Disciplinario Notarial mediante sentencia 2022000406 de las diez horas
dieciséis minutos del veintiséis de julio de
dos mil veintidós, confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial en su voto
0137-2022 de las nueve horas cincuenta y ocho minutos del viernes veintitrés de
setiembre de dos mil veintidós, dispuso imponerle al citado notario la
corrección disciplinaria de ocho meses de suspensión en el ejercicio de la
función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial. “De conformidad con la circular N°67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, 31 de octubre del 2022.
Dra.
Ingrid Palacios Montero
Jueza
Notarial
1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022693906 ).
A: Brayan Antonio Alfaro Aragon, mayor, al notario, cédula de identidad
número 0206490750, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario
notarial número 21-000271-0627-NO establecido en su contra por Registro Civil,
se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a
las trece horas veinticuatro minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós.
En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al licenciado
Brayan Antonio Alfaro Aragon, cédula de identidad N° 0206490750, la resolución dictada a la(s) siete horas doce
minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno, en las direcciones que
reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (de fecha 19-05-2021 en E.V),
como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (de
fecha 11-10-2022 en E.V); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante
el Registro de Personas Jurídicas (de fecha 02-11-2022 en E.V), de conformidad
con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se
dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por
medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial.
Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se
ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son “Primero: Que ante la persona notaria de Brayan Antonio Alfaro Aragón,
cédula de identidad N° 206490750, carné número 20892, se celebró el matrimonio
de Rulberth Alberto Rojas Campos, cédula de identidad N° 205900186, y Adriana
Marcela Herrera Calvo, documento de identidad N° PAS423523, el día 12 de
octubre de 2019; bajo el Certificado de Declaración de Matrimonio Civil N°
8030527. Segundo: Que en fecha 10 de febrero de 2021, se le comunicó a Brayan Antonio
Alfaro Aragón, que debía subsanar el defecto advertido en la declaración de
matrimonio presentado, a lo cual se le otorgó el plazo de un mes para su
cumplimiento y a la fecha de la interposición de esta demanda, no se ha
cumplido con dicho previo y, por consiguiente, aún se encuentra sin inscribir
el matrimonio en cuestión (ver folio 9)”. Conforme lo dispone el citado
numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con
el fin de que atienda la defensa técnica de la parte accionada supra referida.
Notifíquese. MSc. José
Carlos Álvarez Varela, Juez. JCUBILLOZ” y “Traslado
de cargos.—Juzgado Notarial, a las siete horas doce
minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido
el presente proceso disciplinario notarial de Registro Civil contra Brayan
Antonio Alfaro Aragon, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días;
dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y, oponer
defensas y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los
efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la
Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe
referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere
pertinente. Se le previene a las partes que, dentro del plazo citado, deben
indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico,
fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o
si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por
la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán
automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas
después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como mínimo
y dentro de los ya citados, podrá señalarse dos medios distintos o iguales para
recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos
se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que
realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo
deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de la Información del
Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro
del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no
escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado
para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no
lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la
notificación Automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la
parte, que las listas de los procesos se exhibirá para su consulta, en la
Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José (tercer
piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los
días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a
las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido
de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser
de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se
exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y
eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo
electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas
de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07
celebrada el 18 de octubre de 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d)
Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con los
artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones,
notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias
de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral.
Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de
habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de
notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente
ser mayor de quince años o por la propia
persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u
oficina, esta debe ser entregada únicamente
a la persona denunciada, lo cual se hará por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito
Judicial de Alajuela quienes podrán notificarle en su oficina ubicada en Alajuela, Alajuela, Alajuela,
entrada este de Plaza Real Alajuela doscientos sur y cien este, casa esquinera.
Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo
Circuito Judicial de San José, para notificar a la Dirección Nacional de
Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, Edificio
Sigma, 5to piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación
con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular
la entrada. (Artículos 4°,
11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N°
687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del
2009). Obténgase, por medio de
intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil.
En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores
direcciones, hágase consulta vía intranet a la Dirección de Servicios
Registrales del Registro Nacional, a efecto hacer
constar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro.
Notifíquese. Lic. Francis Porras León, Juez/a Decisor/a. GVILLALOBOSR”. Se
publicará por una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la
circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia,
el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
M.Sc.
José Carlos Álvarez Varela
Juez
1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022693907 ).
Que en proceso disciplinario notarial N° 19-000186-0627-NO, de Marilyn Morales Contreras contra Alida
Maria Cubillo Chavarría,
(cédula de identidad N° 5-0298-0007), este juzgado mediante resolución de las
ocho horas treinta minutos del treinta y uno de octubre de dos mil veintidós,
dispuso levantar a partir del veintiséis de octubre del dos mil veintidós, la
sanción disciplinaria impuesta a la notaria Alida María Cubillo Chavarría, mediante sentencia de primera instancia N° 2021000809 de las
nueve horas cuarenta y seis minutos del nueve de diciembre de dos mil
veintiuno, que salió publicada en el Boletín Judicial N° 24 de fecha
siete de febrero del dos mil veintidós. Juzgado Notarial. “De conformidad con
la circular n°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, treinta y uno de octubre del dos mil veintidós.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022693908 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Verónico Méndez Espinales, cédula de
residencia 155803946624, fallecido el 02 de marzo del año 2022, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias promovidas por Santos Erasmo Méndez Núñez, cédula de residencia
155814596224, de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de
Personas Fallecidas bajo el número 22-000508-0929-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
22-000508-0929-LA. Por a favor de Verónico Méndez Espinales. Nota: “De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se
le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de mayo
del año 2022.—Licda. Maureen Vanessa
Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695369 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Zaida María Vega Jiménez, cédula de identidad
104820494, fallecido el 20 de octubre del año 2022, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
promovidas por Daniela Pérez Vega, cédula de identidad 206200896, de Proc Esp.
Distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-000948-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
22-000948-0929-LA. Por Operadora de Pensiones Banco Popular a favor de Zaida
María Vega Jiménez. Nota: “De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como
los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
08 de noviembre del año 2022.—Msc. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022695371 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Minor
Enrique Ramírez Flores, 0601340753, fallecido(a) el veinte de agosto del dos
mil veintidós, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de
prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-000515-0679-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000515-0679-LA. Promovidas por Mónica De Los Ángeles Saborío
Sossa, cédula 0701250204 a favor de Minor Enrique Ramírez Flores. Nota: “De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se
le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de
noviembre del año 2022.—Lic. Luis Diego Araya González, Juez.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695523 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Jorge Corrales Álvarez, cédula de identidad número: 3 0173
0491, mayor, cuyo último domicilio fue Alajuela, Desamparados, fallecido el 22 de
noviembre del año 2011, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Consignación de
Prestaciones Sector privado, bajo el número 21-001597-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-001597-0639-LA. Promovidas por Rosa María Corrales Murillo y otros
a favor de Jorge Corrales Álvarez. Nota: “De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los
artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos”.—Juzgado Trabajo del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 11 de noviembre del año 2021.—Licda. Michelle Francine
Allen Umaña Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695524 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Apolinar Anastasio Quirós Quirós, 0502000663, fallecido(a) el
01 de marzo del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de
consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número
22-000022-1560-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000022-1560-LA. Por Caja
Costarricense Seguro Social a favor de Apolinar Anastasio Quirós Quirós. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte
el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia,
la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
Contravencional de Bagaces (Materia Laboral), 07 de setiembre del
año 2022.—Licda. Seilin Yadira López González, Juez(a).—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695525 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Giovanni Alberto Ramírez Morales 0302670508, fallecido el 05 de noviembre del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones
Laborales de Personas Fallecidas bajo el número 22-000378-1001-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte
el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia,
la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 17 de
noviembre del año 2022. Expediente N° 22-000378-1001-LA. Por Flor Vargas León a favor de Giovanni Alberto Ramírez Morales.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695526 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Eddie Yogell Román López, 0112670470, fallecido(a) el 16 de
mayo del año 2008, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de
consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número
22-000012-1430-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000012-1430-LA. Nota: “De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se
le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos”. Promovido por Mayra López
Navarro, causante Eddie Yogell Román López.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores)
(Materia Laboral), 16 de noviembre del año 2022.—Msc. Nancy Magaly García Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022695527 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Olger Eduardo Morales Azofeifa, 0602670814, fallecido(a) el 17 de octubre del año
2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de
prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-000062-1513-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000062-1513-LA. Por a favor de Olger Eduardo Morales Azofeifa.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como
los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos”.—Juzgado Contravencional de
la Fortuna (Materia Laboral), 27 de octubre del año 2022.—Msc. Yamileth
Tejada Solano Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695529 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Gilberto Tello Núñez, 0602670065, fallecido el 19 de diciembre del
año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de
prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-000033-1430-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de
Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N°
22-000033-1430-LA. Por Mery del Socorro Martínez, causante Gilberto Tello Núñez.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Laboral), 15 de noviembre del
año 2022.—Msc. Nancy Magaly García Sánchez, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695530 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Flora
Carrión Herra, quien fue mayor, soltero, vecina de Alajuela, cédula de
identidad 203850083 y falleció el 22 de octubre del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el número 22-001498-0639-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
22-001498-0639-LA. Por Oscar Eduardo Carrión
Herra a favor de Flora Carrión Herra. Nota: “De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como
los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos”.—Juzgado Trabajo del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 15 de noviembre del año 2022. Msc. Eugenio
Molina Sequeira Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695531 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Gilberto Tello Núñez, 0602670065, fallecido el 19 de diciembre del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones
laborales de personas fallecidas bajo el número 22-000033-1430-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000033-1430-LA. Por Mery del Socorro Martínez, causante
Gilberto Tello Núñez. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio
de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación
está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores)
(Materia Laboral), 15 de noviembre del año 2022.—Msc. Nancy Magaly
García Sánchez, Jueza.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695532 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Flora Carrión Herra, quien fue mayor, soltera, vecina de Alajuela, cédula de
identidad 203850083 y falleció el 22 de octubre del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el número 22-001498-0639-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se
le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos”. Expediente N° 22-001498-0639-LA.
Por Oscar Eduardo Carrión Herra a favor de Flora Carrión Herra.—Juzgado Trabajo
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de noviembre del año
2022.—Msc. Eugenio Molina Sequeira, Juez(a).—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695533 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin
Rodolfo Sánchez Masís, cédula
03-0257-0984, fallecido el 18 de agosto del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
21-001372-0641-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N° 21-001372-0641-LA. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425,
del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 08 de
noviembre del año 2022.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695535 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario
Alberto del Carmen Ramírez Cascante quien portó el documento de identidad número 07-0070-0579, fallecido el 20
de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 21-000864- 1550-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Expediente N° 21-000864-1550-
LA. Promovente Yeiner Alberto Ramírez Brenes, causante, Mario Alberto Del
Carmen Ramírez Cascante. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de
Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de
Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de San José (Desamparados),
28 de octubre del año 2021.—M.Sc. Vladimir Gustavo Sibaja Ferreto, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695536 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Fabiola
Castillo Suarez, 0109000599, fallecido(a) el 26 de agosto del año 2022, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones
laborales de personas fallecidas bajo el número 22-001607-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-001607-0641-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias y
de Capitalización Laboral de la CCSS S. A., a favor de Fabiola Castillo Suarez.
Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de
Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 17 de noviembre del año 2022.—Lic. José Alfredo
Sánchez González, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695537 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Rafael Humberto Mora
Solano, cédula 03-0225-0269, fallecido(a) el 18 de octubre del año 2019, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo
el número 21-001141-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001141-0641-LA. Nota: “De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se
le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 24 de octubre del año 2022.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Juez(a).—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695538 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Luis Enrique Monge
Chinchilla, cédula de identidad 0601840268, fallecido el 11 de octubre del año
2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de
prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-001748-0505-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001748-0505-LA.
Promovido por Greivin Enrique Monge Castillo, portador de la cédula de
identidad 1-1488-0755. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10
y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos”.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 10 de noviembre del año 2022.—Lic. Ronny Gerardo Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022695540 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Cesar Antonio Espinoza Castillo, 0107470274, fallecido el 20
de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de
prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-000814-1550-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-000814-1550-LA. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los
artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 08 de noviembre del
año 2022.—Licda. Aracelly Naranjo Picado, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695541 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de María Luisa Umaña Vargas,
0104061201, fallecida el 13 de julio del año 2022, se consideren con derecho, para
que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida
bajo el número 22-001773-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001773-0505-LA.
Diligencias establecidas por Shirley Fonseca Umaña, cédula de identidad
1-0526-0729. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación
está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de
Trabajo de Heredia, 16 de noviembre del año 2022.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez,
Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022695542 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo
Alberto Francisco Cabezas Solera, 0400800583, fallecido el 04 de agosto del año
2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de
prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 22-001734- 0505-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001734-0505-LA. Por María Santos
Bolaños cédula 0700340514 a favor de Gerardo Alberto Francisco Cabezas Solera.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009,
así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está
exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo
de Heredia, 15 de noviembre del año 2022.—Licda. Carolina Muñoz González, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022695543 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodrigo
Chavarría Gutiérrez, 0104550163, fallecido el 04 de diciembre del año 2015, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de proceso de distribución de prestaciones
laborales de pers fallecidas bajo el número 22-001741-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Expediente N° 22- 001741-0505-LA. Diligencias establecidas
por Emilia Marin Camacho, portadora de la cédula de identidad número uno- cero quinientos quince- cero cero ochenta y
ocho. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio
de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación
está exenta de todo pago de derechos.— Juzgado de
Trabajo de Heredia, 09 de noviembre del año 2022.— Msc. Juan Pablo Carpio
Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022695546 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco
Córdoba Truque, 0102060082, fallecido el 13 de febrero del año 2022, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones
laborales de personas fallecidas bajo el número 22-001375-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001375-0505-LA. Promovidas por Ana
Cecilia Arias Quesada. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte
el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia,
la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 25 de agosto del año 2022.—Licda. Carolina Muñoz
González, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695547 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel
Ángel Garita Ramírez, 0400460784, fallecido el 18 de febrero del año 2022, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones
laborales de pers fallecidas bajo el número 22-001755-0505-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22- 001755-0505-LA. Por Feliciana
Cruz Cruz, cédula de identidad 201710213 a favor de Miguel Ángel Garita
Ramírez. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio
de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 11 de noviembre del año 2022.—Licda. Carolina Muñoz
González, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695548 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Noemy Aguilar Jiménez, 0107370474, fallecida el 29 de octubre
del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de
prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-001750-0505-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22- 001750-0505-LA. Por Alexandra
Alvarez Aguilar, cédula 1-1515-277 a favor de Noemy Aguilar Jiménez. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como
los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 11 de noviembre del año 2022.—Licda. Carolina Muñoz González, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022695549 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Keyri
Marcelo Cáceres Medina, 0402490830, fallecido el 15 de setiembre del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de
persona trabajadora fallecida bajo el número 22-001684-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Expediente N°
22-001684-0505-LA. Promovido por Valor Global Information Technologies Costa
Rica Limitada, cédula jurídica 3-102-684843. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425,
del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 08 de
noviembre del año 2022.—Lic. Ronny Gerardo Arias Corrales, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695551 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes
de Karla Adonay Herrera Quesada, quien fue mayor, con cédula de identidad
0112040224, y falleció el 16 de julio del año 2022, se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas
bajo el número 22-001469-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001469-0505-LA. Nota:
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte
el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia,
la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 12 de setiembre del año 2022.—Msc. María Angélica
Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695552 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Eduardo
Gerardo Vega Rubí, 0401360658, fallecido el 27 de junio del año 2013, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones
laborales de personas fallecidas bajo el número 22-001736-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 22-001736-0505-LA. Por a favor de Eduardo Gerardo Vega Rubí. Nota: “De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como
los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 07 de noviembre del año 2022.—Lic. Rúsbel Alberto Herrera Medina, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022695553 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Ronald Gerardo García Wille, 0108850052, fallecido(a) el 12 de agosto del año
2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de
consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el
número 22-001733-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 22-001733-0505-LA. Por Extrusiones De Aluminio Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica 3-101-088031 a favor de Ronald Gerardo García Wille. Nota: “De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se
le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 08 de noviembre del año 2022.—Licda.
Carolina Muñoz González, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695554 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Johnson
Guillermo Cambronero Rodríguez, 0502280789, fallecido el 10 de octubre del año
2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de proceso de distribución de prestaciones
laborales de personas fallecidas bajo el número 22-001719-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001719-0505-LA. Diligencias establecidas por
Maribel Serrano Sánchez, cédula de identidad 401480041. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio
de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación
está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 03 de noviembre del año 2022.—Msc. Juan Pablo Carpio
Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022695555 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos mil colones exactos , libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
324-12005-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón,
matrícula número ciento setenta y dos mil trescientos ochenta y nueve, derecho
cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: solar situada en el distrito:
01-Guápiles cantón: 02-Pococí de la provincia de Limón Linderos: norte, Eduardo
Salazar Jiménez, sur, Ana Isabel Camacho Leiva este, Río Santa Clara oeste,
calle pública con una distancia a ella de 17 mts con 49 cms lineales. Mide:
novecientos tres metros cuadrados Plano: L-1996682-2017. Para tal efecto, se
señalan las dieciséis horas cero minutos del doce de enero de dos mil
veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
dieciséis horas cero minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés, con la
base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las dieciséis horas cero minutos del treinta de enero de dos mil
veintitrés, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodrigo Edelman
Cambronero Murillo contra Kattia María Salazar Jiménez. Expediente N°
22-002871-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí,
03 de noviembre del año 2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza
Decisora.—( IN2022694479 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones
ciento ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 468797, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa N° 116. Situada: en el distrito: 10-Hatillo, cantón: 01-San José, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, IMAS; al sur, IMAS; al este, IMAS, y al oeste,
calle pública. Mide: ciento cuarenta y un metros con noventa y un
decímetros cuadrados. Plano: SJ-0222553-1994. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas cero minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintitrés. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos
del primero de marzo de dos mil veintitrés, con la base de tres millones
ochocientos ochenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero
minutos del nueve de marzo de dos mil veintitrés, con la base de un millón
doscientos noventa y cinco mil colones exactos (25% de la base original).
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ricardo Solera Campos contra
Blanca Nieves Vargas Pérez. Expediente N° 22-008298-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del año 2022.—Jessica Viviana
Vargas Barboza, Jueza.—( IN2022696400 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa RGF123, Marca: KIA Estilo:
RIO Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas, Serie: 3KPA251ABJE011912,
carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4X2, año fabricación: 2018,
cilindrada: 1368 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos
del veinte de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta de enero de
dos mil veintitrés, con la base de siete millones quinientos mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas treinta minutos del siete de febrero de dos
mil veintitrés, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica
contra Andrea Teresita Gómez Chinchilla. Expediente N° 20-000701-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de
noviembre del año 2022.—Licda. Gabriela Rojas Astorga, Jueza Tramitadora.—(
IN2022696487 ).
En este Despacho, con una base de treinta millones
trescientos setenta mil novecientos cincuenta y ocho colones con noventa
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 368-08575-01-0900-001; sáquese a remate la finca del
partido de Limón, matrícula número treinta y ocho mil novecientos
veintiuno, derecho cero cero cero, la cual es terreno con árboles frutales y una
casa. Situada en el distrito: 01-Guácimo, cantón: 06-Guácimo, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 35 metros; al
sur, Raúl de La Espriella Velásquez; al este, Félix Antonio Domínguez Alfaro, María Ofelia Carrillo Arley
y al oeste, Rolando Madrigal Carrillo. Mide: mil trescientos noventa y un
metros con treinta y un decímetros cuadrados. Plano:
L-0357664-1996. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos
del doce de diciembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del veinte de diciembre de
dos mil veintidós, con la base de veintidós millones setecientos setenta y ocho
mil doscientos diecinueve colones con dieciocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
dieciséis horas cero minutos del once de enero de dos mil veintitrés, con la
base de siete millones quinientos noventa y dos mil setecientos treinta y nueve
colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sara
Patricia Quirós Mendoza contra 3-102-782805 SRL, representada por Ruth
Magdalena Martínez Mairena. Expediente 22-001824-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 12 de octubre del año
2022.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza Decisora.—( IN2022696495 ).
En este Despacho, con una base de trece millones quinientos mil colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
Partido de San José, matrícula número quinientos cincuenta y cuatro mil
cuatrocientos siete, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito. 02-El General, cantón: 19-Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al
norte: Tulio Calderón Retana; al sur. calle
pública con 14.70 metros de ancho y 29.31 metros de frente y lote segregado; al
este: Alexander Barboza Sánchez, Mayela Mata Jiménez, Ramón Calderón, Julio
Garro Campos, Víctor Muñoz Arroyo, Mireya Gómez Retana, Luis Alberto Sánchez
Sánchez, Bertalia Vargas Morera, Xenia y Floribeth Benavides Todos en parte y
lote segregado; y al oeste: Jorge Elías
Solís Ruiz. Mide: dos mil setecientos sesenta y cuatro metros con cincuenta y
cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado N° SJ-0726279-2001. Para
tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veinte de marzo de
dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés, con
la base de diez millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas treinta minutos del cinco de abril de dos mil veintitrés, con la
base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge
Giovanni Solís Carranza. Expediente
N° 22-003891-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón). Hora y fecha de emisión:
dieciséis horas con cincuenta y ocho minutos del
quince de noviembre del dos mil veintidós.—Carlos Contreras Reyes, Juez
Tramitador.—( IN2022696506 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil cuatrocientos cincuenta y
siete dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas BNR908, marca: Hyundai, estilo: Accent GLS,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, vin: KMHCS41CBBU142670,
carrocería: sedan cuatro puertas, tracción: 4x2 color: blanco. Para tal efecto
se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de febrero
de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas cuarenta y cinco minutos del ocho de marzo de dos mil
veintitrés con la base de diez mil ochocientos cuarenta y tres dólares con dos
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de
marzo de dos mil veintitrés con la base de tres mil seiscientos catorce dólares
con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin
S.A. contra Dagoberto Camacho Monge. Expediente N° 20-010144-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 24 de octubre del año 2022.—Lic. Verny
Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2022696569 ).
Primer Remate: a las diez
horas del veinte de enero del dos mil veintitrés, en la puerta exterior del
Juzgado Agrario de Liberia, soportando el gravamen hipotecario de primer grado
a favor de la Comisión Nacional de Préstamos para Educación, inscrito con las
citas 2010-241339-01-0001-001, y el gravamen hipotecario de segundo grado a
favor de Comisión Nacional de Préstamos para Educación, inscrito con las citas
2010-273648-01-0001-001, y con la base de doscientos cuarenta y un millones
trescientos noventa y cuatro mil quinientos cincuenta y nueve colones con
veintiún céntimos, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el
Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Guanacaste, número once
mil doscientos diecinueve. Es terreno inculto, ubicado en Liberia [distrito
primero], de Liberia [cantón Primero] de la provincia de Guanacaste. Sus
linderos son: norte, Cándida Dijeres; sur avenida cero en medio con un frente
de 25 metros, Juan Rafael Villegas; este, Raúl Álvarez; y oeste, Ramon Samper.
Mide mil doscientos cincuenta y un metros con cuarenta y ocho decímetros
cuadrados. Pertenece Real Estate Mari A.A.R.S. de Liberia S. A. Otros
gravámenes y anotaciones: No tiene. Segundo
Remate: De no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate,
se señalan las diez horas del treinta de enero del dos mil veintitrés, con la
base de ciento ochenta y un millones cuarenta y cinco mil novecientos
diecinueve colones con cuarenta y un céntimos (rebajada en un 25% de la base
original). Tercer Remate: De
no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan
las diez horas del siete de febrero del dos mil veintitrés, con la base de
sesenta millones trescientos cuarenta y ocho mil seiscientos treinta y nueve
colones con ochenta céntimos (un 25% de la base original). Se remata por estar
ordenado en proceso de ejecución de costas N°10-000131-0387-AG, de la Sucesión
de John Henry Sepúlveda contra Real Estate Mari A.A.R.S. de Liberia S. A. y
otro. Nota: Publíquese por dos veces consecutivas. La primera publicación con
un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De
conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria, se aplica el
principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún
tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de
Liberia. Liberia, once de noviembre del dos mil veintidós.—Eliana
María Hernández Vanegas, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022696596 ).
En la puerta exterior de este Despacho, al mejor postor, remataré, al
ser las trece horas treinta minutos del seis de febrero del dos mil veintitrés,
con la base de seis millones ochocientos veinticinco mil ochocientos veinte
colones (¢6.825.820,00);
soportando gravámenes con las citas: 392-00504-01-0803-001, 392-00504-01-0804-001, 392-00504-01-0805-001,
430-10605-01-0056-00, 430-10605-01-0084-001, 800-46970-01-0001-001, 800-62763-01-0001-001,
800-170230-01-0001-01, 800-242222-01-0001-001, 800-333308-01-0001-001, 800-597547-01-0001-001 y 800-722084-01-0001-001, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de
Limón, matrícula setenta mil novecientos cuarenta y uno triple cero el
cual es terreno para la agricultura. Situada: en el distrito Cahuita, cantón
Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: norte, calle y lotes 49 y 50;
sur, lote 53; este, lote 47; oeste, lote 51. Mide: veintitrés mil seiscientos
once punto treinta dos metros cuadrados 23, 611.32 m2. De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, con la base de cinco millones
ciento diecinueve mil trescientos sesenta y cinco colones con cero céntimos
(¢5.119.365,00), rebajada en un 25% se señalan a las trece horas y treinta
minutos del quince de febrero del dos mil veintitrés. De no haber postores,
para llevar a cabo el tercer remate, con la base de un millón setecientos seis
mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones con cero céntimos (¢1.706.455,00),
rebajada en un 75% de la segunda base, se señalan a las ocho horas del
veintitrés de febrero del dos mil veintitrés. Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución de
Elmer Kurr Montique contra Martín Torres Arce. Expediente N° 08-000502-0678-CI.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. De
conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia
agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de
especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 10 de
noviembre del 2022.—M.Sc. Patricia Hidalgo Somarribas, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022696602 ).
A las ocho horas del diez de enero de dos mil veintitrés en la puerta
exterior del local que ocupa este juzgado, en el mejor postor remataré las
siguientes fincas hipotecadas: 1. Libre de gravámenes hipotecarios y soportando
servidumbre de paso, bajo las citas: 2011-285791-01-00005-001, 2017-126835-01-0003-001, 2017-675976-01-0001-001, con la
base de treinta y seis millones novecientos noventa y dos mil
setecientos veinticinco colones con treinta y cinco céntimos (¢36.992.725,35)
la finca inscrita en propiedad al Partido de Alajuela, matrícula número ciento
treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y dos-cero cero cero, que es terreno
de potrero con una lechería, situado en el distrito cinco Venecia del cantón
diez San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, al norte: Francisco y
Edgar Estrada Jara, José Pablo Estrada Alfaro y Julio Piedra Villegas, al sur:
José Pablo Estrada Alfaro, Flor María Estrada Jara, Servidumbre de paso, Jorge
Quesada Quesada, Eliana Picado Cubillo y Garza S. A.; al este: calle pública
con un frente de 7.06 metros, Francisco y Edgar Estrada Jara, José Pablo
Estrada Alfaro, al oeste: José Pablo Estrada Alfaro, Flor María Estrada Jara,
servidumbre de paso y Jorge Quesada Quesada, del plano: A-1980616-2017.
Propietaria: Luz Marina Del Carmen Alfaro Esquivel. Mide: siete mil metros
cuadrados. 2. Libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre de paso
bajo las citas: 2017-675976-01-0001-001 y con la base de cuarenta y un millones
ciento setenta y tres mil ochocientos cuarenta y dos colones con ochenta y
cuatro céntimos (¢41.173.842,84) la finca inscrita en propiedad al Partido de
Alajuela, matrícula número cuatrocientos sesenta y cinco mil novecientos
cincuenta y uno-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el
distrito cinco Venecia, del cantón diez San Carlos de la Provincia de Alajuela.
Linderos al norte: Francisco Estrada Jara y María Julia Cordero Piedra, al sur:
frente de 39.5 metros a servidumbre de paso con 7 metros de ancho y José Pablo
Estrada Alfaro, al este: José Pablo Estrada Alfaro, al oeste: José Pablo
Estrada Alfaro, del plano: A-1422646-2010. Propietario: José Pablo Estrada
Alfaro. Mide: dos mil setecientos setenta metros cuadrados. 3. Libre de
gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre de paso bajo las citas:
2011-285791-01-0005-001 y con la base de trece millones setecientos sesenta y
nueve mil quinientos cincuenta y nueve colones con noventa y cinco céntimos
(¢13.769.559,95) la finca inscrita en propiedad al Partido de Alajuela,
matrícula número quinientos seis mil setenta y dos-cero cero cero, que es
terreno de solar, situado en el distrito cinco Venecia del cantón diez San
Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, al norte: José Pablo Estrada
Alfaro, al sur: José Pablo Estrada Alfaro y calle pública con un frente de 13
metros lineales, al este: José Pablo Estrada Alfaro y calle pública con un frente
de 25,39 metros lineales y al oeste: José Pablo Estrada Alfaro del plano:
A-1637623-2013. Propietario. José Pablo Estrada Alfaro. Mide: mil veinte metros
cuadrados. 4. libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre de paso
bajo las citas: 2011-285791-01-0005-001 y con la base de dieciocho millones
cuatrocientos noventa y siete mil novecientos treinta y nueve colones con
cincuenta y cuatro céntimos (¢18.497.939,54) la finca inscrita en Propiedad, al
partido de Alajuela, matrícula número quinientos mil ciento treinta y
cinco-cero cero cero, que es terreno de solar, situado en el distrito cinco
Venecia del cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos al
norte: José Estrada Alfaro, al sur: calle pública, al este: José Estrada Alfaro,
y al oeste: José Estrada Alfaro y Garsa S. A., del plano A-1595807-2012.
Propietario. José Pablo Estrada Alfaro. Mide: mil metros cuadrados. En caso de
resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del
veinticinco por ciento de la base original, sea la base de veintisiete millones
setecientos cuarenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro colones con dos
céntimos (¢27.744.544,02) remataré la finca del Partido de Alajuela, matrícula
número ciento treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y dos-cero cero cero,
para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base
original, sea la base de treinta millones ochocientos ochenta mil trescientos
ochenta y dos colones con trece céntimos (¢30.880.382,13), remataré la finca
del Partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos sesenta y cinco mil
novecientos cincuenta y uno-cero cero cero, para la segunda subasta con la
rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de diez
millones trescientos veintisiete mil ciento sesenta y nueve colones con noventa
y siete céntimos (¢10.327.169,97), remataré la finca del Partido de Alajuela,
matrícula número quinientos seis mil setenta y dos-cero cero cero, para la
segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original,
sea la base de trece millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos
cincuenta y cuatro colones con sesenta y seis céntimos (¢13.873.454,66),
remataré la finca del Partido de Alajuela, matrícula número quinientos mil
ciento treinta y cinco-cero cero cero, para lo cual se señalan ocho horas del
veinte de enero del dos mil veintitrés. En la eventualidad de que en el segundo
remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del
veinticinco por ciento de la base original, sea la base de nueve millones
doscientos cuarenta y ocho mil ciento ochenta y un colones con treinta y cuatro
céntimos (¢9.248.181,34) remataré la finca del Partido de Alajuela, matrícula
número ciento treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y dos-cero cero cero,
para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base
original, sea la base de diez millones doscientos noventa y tres mil
cuatrocientos sesenta colones con setenta y un céntimos (¢10.293.460,71), remataré
la finca del Partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos sesenta y
cinco mil novecientos cincuenta y uno-cero cero cero, para la tercera almoneda
con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres
millones cuatrocientos cuarenta y dos mil trescientos ochenta y nueve colones
con noventa y nueve céntimos (¢3.442.389,99), remataré la finca del Partido de
Alajuela, matrícula número quinientos seis mil setenta y dos-cero cero cero,
para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base
original, sea la base de cuatro millones seiscientos veinticuatro mil
cuatrocientos ochenta y cuatro colones con ochenta y ocho céntimos
(¢4.624.484,88), remataré la finca del Partido de Alajuela, matrícula número
quinientos mil ciento treinta y cinco-cero cero cero, para lo cual se señalan
las ocho horas del tres de febrero de dos mil veintitrés. Lo anterior por estar
así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Luz Marina Alfaro Esquivel y otro. Expediente N° 22-000008-0298-AG.
Razón: Publicar dos veces consecutivas en el Boletín Judicial, art.
157.5 del Código Procesal Civil. De conformidad con la Circular N° 67-09,
emitida por la Secretaría de
la Corte el 22 de junio del 2009, se comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación de este edicto esta exenta de
todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 21 de octubre de 2022.—Ana
Milena Castro Elizondo, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022696604 ).
En este Despacho, con una base de ochenta y dos millones ochocientos
noventa y ocho mil cuarenta y cuatro colones con noventa céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José,
matrícula N° 573364, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 4-Tirrases, cantón 18-Curridabat de la provincia de San José.
Colinda: al norte: Nazareth Berrocal Barquero; al sur. calle pública; al este: Rafael Arnoldo Berrocal
Sandoval; y al oeste: Santiago Mora Jiménez y Municipalidad de Curridabat. Mide: trescientos
sesenta y un metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las quince horas cero
minutos del catorce de diciembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintidós de
diciembre de dos mil veintidós, con la base de sesenta y dos millones ciento
setenta y tres mil quinientos treinta y tres colones con sesenta y siete
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas cero minutos del trece de enero de dos mil
veintitrés, con la base de veinte millones setecientos veinticuatro mil quinientos
once colones con veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Jaine Berrocal Barquero, Martha Catarina Berrocal
Barquero. Expediente N° 22-001969-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Segunda, 24 de octubre del 2022.—Licda. Susana María Murillo Alpízar, Jueza
Tramitadora.—( IN2022696675 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y cinco mil doscientos
cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de San José,
matrícula número doscientos cuarenta y cinco mil setecientos sesenta y ocho,
derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el
distrito San Vicente, cantón Moravia, de la
provincia de San José. Colinda: al norte Adriana
Villalobos; al sur calle; al este T.R. División Vivienda y al oeste T.R.
División Vivienda. Mide: ciento setenta y nueve metros con ochenta y tres
decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece
horas treinta minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del
veintidós de febrero de dos mil veintitrés con la base de cuarenta y un mil
cuatrocientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintitrés con la base
de trece mil ochocientos doce dólares con cincuenta centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Giselle Vargas Rey contra Fasosqui S. A.
Exp:20-000345-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José. 14 de
octubre del año 2022.—Yanin Argerie Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2022696677 ).
En este Despacho, con una base de ochenta mil dólares exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 531775-000, derecho, la cual es terreno para construir con una
casa. Situada: en el distrito 3-San Rafael, cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Eduardo Jiménez Mora; al sur,
calle pública con 8 metros de frente; al este,
Desarrollo de Inversiones Conlara Tres Sociedad Anónima, y al oeste, Manuel Cartín Porras. Mide: ciento veinte metros con catorce decímetros cuadrados. Plano: SJ-0826832-2002.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de
enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las nueve horas cero minutos del primero de febrero de dos mil
veintitrés, con la base de sesenta mil
dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de febrero
de dos mil veintitrés, con la base de veinte mil dólares exactos (25% de la
base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Acolchados Americanos S. A., contra 3-101-780350 S. A., Russell Torres Castro.
Expediente N° 22-008920-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de
setiembre del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—( IN202696678 ).
En este Despacho, con una base de ciento cincuenta y seis mil dólares
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
Partido de San José, matrícula N° 291539, derecho 000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito: 04-San Rafael, cantón: 15-Montes de Oca de
la provincia de San José. Colinda: al norte. calle pública; al sur: Leytex Sociedad Anónima; al este: Leytex Sociedad Anónima; y al oeste: Monte Verde Del Este S.
A. Mide: nueve mil novecientos dieciséis
metros con diez decímetros cuadrados.
Plano: SJ-0428709-1981. Para tal efecto se señalan las diez horas quince
minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las diez
horas quince minutos del uno de febrero de dos mil veintitrés, con la base de
ciento diecisiete mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince minutos
del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de treinta y nueve mil
dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Eduardo Álvarez Murillo contra
El Nuevo Domicilio Sociedad Anónima, Ronald Segura Jiménez. Expediente N°
20-012548-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 15
de setiembre del 2022.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—(
IN2022696679 ).
En este Despacho, con una base de ciento noventa y seis mil dólares mil
ochocientos dólares exactos se rematará lo siguiente: 1.-libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas
315-08097-01-0901-001; la finca del partido de San José, matrícula número 203968-000, la cual es terreno
inculto con una casa. Situada en el Distrito 4 Catedral, Cantón 1 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte María Cristina Murillo
Blanco; al sur Rafael Ángel Agüero Soto; al este María de Los Ángeles Lemaire
Zamora y al oeste Efraín Cordero Fernández
y servidumbre de paso con un ancho 1.66 metros. Mide: ciento treinta y nueve
metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados, y; 2.-libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones, la finca del partido de San José matrícula número 145193-000, la cual es
terreno inculto con una casa. Situada en el Distrito 4 Catedral, Cantón 1 San
José, de la provincia de San José. Colinda: al norte Sergio Roberto e Iván
Manuel ambos Sandi Zumbado; al sur Mario Castro Sánchez; al este, calle 13 y al
oeste María Celestin Murillo Blanco y Eduardo Madrigal Bermúdez. Mide:
trescientos treinta y ocho metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del siete de febrero de dos
mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas cero minutos del quince de febrero de dos mil veintitrés con la base de
ciento cuarenta y siete dólares exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero
minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintitrés con la base de cuarenta
y nueve mil doscientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Liwu
Hu Hu Hu contra María Cristina Chaves Granja. Expediente N° 22-009667-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José. 06 de octubre del año 2022.—Mayra Vanessa
Guillen Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022696681 ).
En este Despacho, con una base de noventa y cinco millones treinta y
siete mil setecientos ochenta y siete colones con cuarenta y ocho céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de
Cartago, matrícula N° 208102-000, derecho 000, la cual es terreno para la
construcción, lote 16 J. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La
Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: avenida pública 4, con 7 metros; al sur: Urbanizadora
Siglo Veinte S. A.; al este: lote 17 J; y al oeste: lote 15 J. Mide: ciento
cuarenta metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las
once horas cero minutos (11:00 a. m.) del tres de marzo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero
minutos (11:00 a. m.) del quince de marzo de dos mil veintitrés, con la base de
setenta y un millones doscientos setenta y ocho mil trescientos cuarenta
colones con sesenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos (11:00
a. m.) del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés, con la base de veintitrés
millones setecientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y seis colones
con ochenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Alejandro Fonseca Garita. Expediente N° 19-005381-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de
noviembre del 2022.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—(
IN2022696693 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las catorce
horas cero minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés, y en la puerta
exterior de este Despacho; libres de gravámenes prendarios; con sus respectivas
bases y en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Con la base de tres
millones de colones exactos, máquina
cortadora de papel (guillotina) eléctrica -
trifásica marca Baum Folder I, modelo trescientos cinco -.AHSH con
unidad micro cúter con tres cuchillas hidráulica, serie treinta-cincuenta,
serial seis ocho cero seis cero cero dos circuito, potencia máxima quince,
color verde, voltaje doscientos ocho doscientos treinta HZ, amperaje quince. 2)
Con la base de nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes
prendarios; máquina de impresión
litográfica no nueva eléctrica marca Heidelberg Offsest Letterset, modelo 74 y
año mil novecientos noventa y cinco, color verde, serie 505577. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del
diecisiete de mayo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos por el primer bien mueble mencionado;
y con la base de seis millones setecientos cincuenta
mil colones exactos, por el segundo bien mueble mencionado (rebajada en un
25%). Y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
catorce horas cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintitrés, con
la base de setecientos cincuenta mil colones exactos, por el primer bien mueble
mencionado; y con la base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos por el segundo bien mueble mencionado (un 25% de
la base original). Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Rodolfo Rojas Salas. Expediente N°
17-002905-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y cinco minutos del
veinticuatro de octubre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro Sánchez, Jueza Decisora.—(
IN2022696787 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos ochenta y
seis mil doscientos cincuenta y ocho colones con sesenta y ocho céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo GVS678, marca:
Nissan, categoría: automóvil, Serie: 3N1CC1AD8HK199639, carrocería: Sedan 4
puertas, tracción: 4x2, número chasis: 3N1CC1AD8HK199639, año fabricación:
2017, color: gris, Vin: 3N1CC1AD8HK199639,
estilo: TIIDA, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las
ocho horas cero minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos
del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones
treinta y nueve mil seiscientos noventa y cuatro colones con un céntimos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se
señalan las ocho horas cero minutos del dos de febrero del dos mil veintitrés,
con la base de un millón trescientos cuarenta y seis mil quinientos sesenta y
cuatro colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Vargas Rodríguez. Expediente N°
21-005451-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: once horas con
cincuenta y ocho minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós.—Lic.
Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022696793
).
En este Despacho, con una
base de siete millones doscientos setenta y
nueve mil ochocientos setenta y cinco colones con diecisiete céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: C165505, marca:
Mitsubishi, estilo: Canter Fuso, categoría: carga pesada, serie:
JLBFE85PHGKU40007, año: 2016, N. Motor: 4D34P27848, cilindrada: 3900 c.c.,
modelo: FE85PHZSLGPA, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las nueve
horas cero minutos del dieciséis de enero de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del
veinticuatro de enero de dos mil veintitrés con la base de cinco millones cuatrocientos
cincuenta y nueve mil novecientos seis colones con treinta y ocho céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas cero minutos del uno de febrero de dos mil veintitrés
con la base de un millón ochocientos diecinueve mil novecientos sesenta y ocho
colones con setenta y nueve céntimos (25% de la base original). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Jose Pablo Coto Arroyo. Expediente N° 21-007135-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de
emisión: nueve horas con treinta y cinco minutos del catorce de febrero del dos
mil veintidós.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Tramitadora.—( IN2022696799 ).
En este Despacho, con una
base de cuarenta y seis millones quinientos ochenta y cuatro mil seiscientos
colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 94577-001 y 002, la
cual es naturaleza: terreno de solar con una casa. Situada en el distrito: (09)
Dulce Nombre, cantón: (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Digna Solano Sánchez; al sur, calle publica con un frente de seis metros
cuarenta y cuatro centímetros; al este German Solano Sánchez y al oeste,
Rodolfo Solano Villalta. Mide: ciento cuarenta y dos metros con setenta y un
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiséis de enero de
dos mil veintitrés, con la base de treinta y cuatro millones novecientos
treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta colones con dieciocho céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas cero minutos del tres de febrero de dos mil
veintitrés, con la base de once millones seiscientos cuarenta y seis mil ciento
cincuenta colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ángela
Eugenia Coto Mata, María Isabel de Los Ángeles Mata Navarro. Expediente N°
22-002762-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 21 de noviembre del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2022696805 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho millones sesenta y siete mil
setecientos noventa y cinco colones con noventa y seis céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 311-09622-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas:
429-17330-01-0011-001, y bajo las citas: 578-04264-01-0002-001; sáquese a
remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número 448626-000, la cual
es terreno de potrero. Situada en el distrito 1- Quesada, cantón: 10-San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Randall Rojas Castro y
servidumbre de paso sur: José María Rojas Núñez, este, José María Rojas Núñez
oeste: servidumbre de paso Mide: cinco mil sesenta y seis metros con ochenta
decímetros cuadrados plano: A-1229023-2008. Para tal efecto, se señalan las
diez horas treinta minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos
del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés con la base de trece millones
quinientos cincuenta mil ochocientos cuarenta y seis colones con noventa y
siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta y uno de
mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones quinientos dieciséis
mil novecientos cuarenta y ocho colones con noventa y nueve céntimos (25% de la
base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional De Costa Rica contra Jeyner Rojas Castro Expediente N°
19-008758-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: diecisiete horas
con cincuenta y seis minutos del quince de Noviembre del dos mil
veintidós.—Lilliana Garro Sánchez, Jueza Decisora.—( IN2022696806 ).
En este Despacho, con una base de doce mil seis
dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: BDC183, marca: Daihatsu, estilo: Terios, categoría:
automóvil, capacidad:
5 personas, serie: JDAJ210G003002019, número chasis: JDAJ210G003002019, año fabricación:
2013, vin: JDAJ210G003002019, N° motor: 2783371,
cilindros: 4, cilindrada: 1497
C.C, combustible: gasolina, tracción: 4x4. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas veinte minutos del primero de febrero de dos mil veintitrés, con la
base de doce mil seis dólares con treinta centavos. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las nueve horas veinte minutos del nueve de
febrero de dos mil veintitrés, con la base de nueve mil cuatro dólares con
setenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas veinte minutos del
diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, con la base de tres mil un dólares
con cincuenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin
S. A. contra Corporación
Automotora, Michael Alexander González
Trejos. Expediente N° 22-010693-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03
de noviembre del año 2022.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Juez/a Decisor/a.—( IN2022696808 ).
En este
Despacho, con una base de ocho mil quinientos nueve dólares con ochenta y ocho
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
BHV368, marca: Chevrolet, estilo: Aveo LTZ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, número chasis: 3G1TC5CF8FL107934, año fabricación: 2015, color: gris, Vin: 3G1TC5CF8FL107934, N° motor:
F16D3FL107934, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las ocho horas quince minutos del tres de febrero de dos mil
veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas quince minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés con la base de
seis mil trescientos ochenta y dos dólares con cuarenta y un centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las ocho horas quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil
veintitrés con la base de dos mil ciento veintisiete dólares con cuarenta y
siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Promerica de Costa Rica S. A. contra Yairo Isarac Triana Obregón. Expediente N°
21-005865-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de noviembre del año
2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2022696811 ).
En este Despacho (Alajuela, Ciudad Quesada, San
Carlos, 150 metros sur del Ministerio de Hacienda, edificio a mano derecha,
segundo piso), con una base de diez millones novecientos mil colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
363-00664-01-0903-001, bajo las citas: 380-05668-01-0906-001, bajo las citas:
380-05668-01-0907-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 497553-000, la cual es terreno con una casa de habitación de
interés social. Situada: en el distrito: 4-Aguas Zarcas,
cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 10.07 metros lineales; sur, Bertilia Barrantes
Barrantes; este, lote 3; oeste, Bertilia Barrantes Barrantes. Mide: ciento
ochenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1580648-2012. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas treinta minutos del once de mayo de dos mil
veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base
de ocho millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
catorce horas treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de dos millones setecientos veinticinco mil colones exactos (25% de
la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jorge Isabel Silva López. Expediente N°
22-002091-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con
cuarenta y ocho minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro
Sánchez, Juez/a Decisor/a.—( IN2022696814 ).
En este Despacho, con una base de siete mil trescientos cuarenta y un
dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate el vehículo BBP536, marca: Mercedes Benz, estilo: CGI, categoría:
automóvil, capacidad:5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2,
año fabricación: 2012, color: azul, serie/ vin: WDDGF4KB8CA604774. Para tal
efecto se señalan las ocho horas quince minutos (08:15 a.m.) del veintitrés de
enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las ocho horas quince minutos (08:15 a.m.) del nueve de febrero de dos mil
veintitrés con la base de cinco mil quinientos seis dólares con veintidós
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas quince minutos (08:15 a.m.) del veinte de
febrero de dos mil veintitrés con la base de mil ochocientos treinta y cinco
dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha
fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de
publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no
contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al
despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor
de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra José Eduardo Gómez Navarro. Expediente N°
22-006177-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del año
2022.—Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2022696825 ).
En este Despacho, con una
base de seis mil doscientos setenta y siete dólares con setenta y ocho
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placas DXD289, Marca: Nissan, Estilo: QASHQAI, Categoría: automóvil, número
chasis: SJNJBAJ10Z7202654, año fabricación: 2014. Para tal efecto se señalan las
quince horas quince minutos del treinta de enero de dos mil veintitrés. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince
minutos del siete de febrero de dos mil veintitrés con la base de cuatro mil
setecientos ocho dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas quince minutos del quince de febrero de dos mil veintitrés con la
base de mil quinientos sesenta y nueve dólares con cuarenta y cinco centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra
Bayron José Campos Campos. Expediente N° 22-002083-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión:
diecisiete horas con veinticinco minutos del veintiséis de abril del dos mil
veintidós.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022696826 ).
En este Despacho, con una base de mil cuatrocientos
sesenta y dos dólares con setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas. BGF850, marca: Daihatsu,
estilo: Terios, categoría:
automóvil capacidad: 5 personas, serie: JDAJ200G003005191, tracción: 4x2, color
blanco, año 2014. Para tal efecto se señalan las nueve horas quince minutos del
diecisiete de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas quince minutos del veinticinco de enero
de dos mil veintitrés, con la base de mil noventa y siete dólares con cinco
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas quince minutos del dos de febrero de dos mil
veintitrés, con la base de trescientos sesenta y cinco dólares con sesenta y
ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica
S. A., contra Consultécnica
S. A. Expediente N° 22-007736-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22
de setiembre del 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2022696828
).
En este Despacho, con una base de veintidós mil seis dólares con catorce centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MYR567, Marca: Mercedes
Benz, Carrocería: Sedan 4 puertas, Categoría: Automóvil, Estilo: C, Capacidad:5 personas, Año
Fabricación: 2017, Color: Azul, VIN: WDDWF4FB2HF416431, Cilindrada:1991 c.c.,
Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan al ser las nueve horas quince
minutos del tres de febrero del año dos mil veintitrés. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará al ser las nueve horas quince minutos del trece
de febrero del año dos mil veintitrés, con la base de dieciséis mil quinientos
cuatro dólares con cero centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan al ser las nueve horas quince
minutos del veintiuno de febrero del año 2023 con la base de cinco mil
quinientos un dólares con cincuenta y tres centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco Promerica de Costa Rica
S.A. contra Gilberto Alexander Saborío Aragón. Expediente:22-009650-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—Cinthia Sáenz
Valerio, Jueza Decisora.—( IN2022696829 ).
En este
Despacho, Con una base de doce mil cuatrocientos treinta y dos dólares con
noventa y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BPY849, Marca: BYD categoría: automovil
capacidad: 5 personas, serie: LGXC16DF9G0000118, año fabricación: 2016, color:
negro, Vin: LGXC16DF9G0000118, N. motor: BYD473QE215046049, cilindrada: 1500
C.C. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del tres de
febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas cero minutos del trece de febrero de dos mil
veintitrés con la base de nueve mil trescientos veinticuatro dólares con
sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de
febrero de dos mil veintitrés con la base de tres mil ciento ocho dólares con veintidós
centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Maricruz
Hernández Montero contra Olga Salazar Sanchez Randall Gerardo Ureña Álvarez.
Expediente N° 19-018370-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—Ximena Lucia Jimenez
Soto, Jueza Decisora.—( IN2022696830 ).
En este Despacho, con una base de trescientos sesenta y tres mil
dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del Partido de Puntarenas, matrícula número doscientos diez mil trescientos
cincuenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno construido.
Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte: Fernando Mier Valladares; al sur: calle pública con 19,28 metros de frente a ella; al este: Marcelino Lostalo González, y al oeste. calle pública con 25,07 metros de frente a ella. Mide: cuatrocientos noventa y seis metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de enero
de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil veintitrés,
con la base de doscientos setenta y dos mil doscientos cincuenta dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de enero de
dos mil veintitrés, con la base de noventa mil setecientos cincuenta dólares
exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para
la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Manuel
Bernardo De La Trinidad Naranjo Córdoba, Nora Maria Del Rosario
Bolaños Vargas, NS de San Pablo Cuatro Four Sociedad Anónima. Expediente N°
22-003528-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas.
Hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y cinco minutos del ventiséis de setiembre del
dos mil veintidós.—Douglas
Quesada Zamora, Jueza Decisor.—( IN2022696896 ).
En este Despacho, con una base de treinta millones de colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número 279440–000, derecho 000, la cual es terreno construido
con una casa y jardines. Situada en el distrito 3-Dulce Nombre de Jesús, cantón
11 Vázquez De Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Constructora Valmor S A; al sur, Alameda A con 21 metros; al este, calle
pública con 11 metros, y al oeste, Constructora Valmor S. A. Mide: doscientos
treinta y un metros cuadrados metros cuadrados, plano: SJ-0313594-1978. Para
tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de enero
del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés,
con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las diez horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil veintitrés, con
la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Geovanni Allan De Jesús Rodríguez Granados. Expediente N°
22-008242-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del año
2022.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—(
IN2022696897 ).
En este Despacho, con una
base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 546049
derecho 003-004, la cual es terreno para construir--lote -catorce- B. Situada
en el distrito 7-Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José.- Colinda: al norte calle publica; al sur Banco
Hipotecario de la Vivienda; al este lote 13-B y al oeste lote 15-B.- Mide:
ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del
veintiséis de enero de dos mil veintitrés con la base de quince millones de
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de febrero de
dos mil veintitrés con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Freddy Ruiz Ramírez, Yadira de Los Ángeles
Almanzor Varela. Expediente N° 22-009183-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04
de octubre del año 2022.—María Angelina Varela Valenciano, Jueza Decisora.—(
IN2022696898 ).
En este Despacho, con una base de seis millones doscientos ochenta y
dos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando reservas y
restricciones citas: 345-12738-01-0901-001, reservas y restricciones citas:
345-12738-01-0999-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ochenta
mil trescientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para
construir lote 38. Situada: en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 12 mts; al sur, lote 131; al este, lote 139,
y al oeste, lote 137. Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de enero de
dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés, con
la base de cuatro millones setecientos once mil quinientos colones exactos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se
señalan las trece horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil
veintitrés, con la base de un millón quinientos setenta mil quinientos colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra Evelyn Ramírez Solís. Expediente N° 22-001323-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 08 de noviembre del
año 2022.—Licda. Hellen María
Gutiérrez Desanti, Juez/a Decisor/a.—( IN2022696899 ).
En este Despacho, con una base de diez millones
ciento veinticuatro mil colones exactos, libre de gravámenes , pero soportando
ver servidumbre ref:1336-285-002 citas: 308-06756-01-0901-002, servidumbre de
paso citas: 432-13663-01-0004-001, servidumbre de paso citas:
557-18404-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 557-18404-02-0002-001,
servidumbre de paso citas: 557-18404-03-0002-001; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cinco mil
ciento cincuenta y nueve, derecho cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Luz Marina Acuña Rodríguez, sur,
Carlos Gerardo Mora Ureña, este, Carlos Gerardo Mora Ureña. oeste: calle pública con un frente de
6,44 metros. Mide: ciento treinta y tres metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Plano:
A-1066588-2006. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del
dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiséis de enero
de dos mil veintitrés con la base de siete millones quinientos noventa y tres
mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del tres de
febrero de dos mil veintitrés con la base de dos millones quinientos treinta y
un mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Gerardo Mora Chaves.
Expediente N° 22-002883-1204-CJ.—Juzgado de Cobro
de Grecia, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y ocho minutos
del tres de noviembre del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2022696900
).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 287-01248-01-0901-001,servidumbre sirviente
citas: 347-16084-01-0008-001,
servidumbre sirviente citas: 353-12913-01-0004-001, servidumbre sirviente
citas: 353-13153-01-0005-001, servidumbre sirviente citas:
370-00508-01-0003-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas,
matrícula N° 119689-000, la cual es terreno para construir con una sala de
video y dos viviendas. Situada en el distrito 2-Tárcoles, cantón 11-Garabito de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte: Berta María Rodríguez Aguilar, Negocios Hercal
de Quebrada S. A. y Jesús Hernández Hernández todos en parte; al sur: zona de
protección del Río Agujas; al este: calle pública con 6,84 metros de frente, Lorena Patricia Agüero Arias, Raquel Agüero Arias y Entimo Agüero Cambronero, y al oeste: Negocios Hercal
de Quebrada S. A. y Jesús Hernández Hernández
y Lidia Irías Ledezma todos en parte. Mide: quinientos ochenta y dos metros
cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas cinco minutos del
dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce horas cinco minutos del veintiséis de enero
de dos mil veintitrés, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas cinco minutos del tres de febrero de dos
mil veintitrés, con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Francisco Del Socorro Marín Quirós, Freddy Jiménez
Delgado. Expediente N° 22-003486-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: quince horas con veintisiete
minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza
Tramitadora.—( IN2022696901 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y dos mil cuatrocientos
sesenta y dos dólares con cincuenta y ocho centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el Vehículo
Placa: CL-305273, marca: Volkswagen, estilo: Amarok, categoría: carga liviana,
capacidad: 5 personas, año fabricación: 2018, color: negro, vin: WV1ZZZ2HZJA001679,
cilindrada: 3000 c.c. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero
minutos del veintitrés de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del nueve de
febrero del dos mil veintitrés, con la base de treinta y un mil ochocientos
cuarenta y seis dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original),
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis
horas cero minutos del veinte de febrero del dos mil veintitrés, con la base de
diez mil seiscientos quince dólares con sesenta y cuatro centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
BAC San José S. A. contra Adrián Mauricio Herrera León. Expediente N° 21-000859-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03
de noviembre del año 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022696908 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y
cuatro millones diez mil doscientos treinta y un colones con treinta y dos
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de la provincia: Alajuela, finca: 266562 duplicado: horizontal:
derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: terreno para construir con una
casa de habitación. Situada: en el distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Linderos: norte, lotes 23 y 24; sur, calle pública; este, lote 13;
oeste, lote 11. Mide: ciento sesenta y dos metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veinte de marzo de
dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
once horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés, con
la base de cuarenta millones quinientos siete mil seiscientos setenta y tres
colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos
del trece de abril de dos mil veintitrés, con la base de trece millones
quinientos dos mil quinientos cincuenta y siete colones con ochenta y tres
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Tatiana María Herrera Flores. Expediente N° 22-001380-1207-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con cuarenta y cuatro
minutos del veintitrés de junio del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2022696914 ).
En este Despacho, con una base de siete millones novecientos ochenta y
nueve mil setecientos sesenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Caminos citas
0407-00008924-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número 86435, derecho 000, la cual es terreno con 1 casa de
habitación de cemento. Situada en el distrito 1-Puntarenas, cantón
1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública
con un frente a ella de 8 metros 68 cm; al sur, hoy
con José Luis Calderón Mena; al este, Julián Vega Elizondo y al oeste, Alberto
Zúñiga Villegas. Mide: ciento ochenta metros
con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete
horas cincuenta minutos del doce de enero de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cincuenta minutos
del veinte de enero de dos mil veintitrés con la base de cinco millones novecientos
noventa y dos mil trescientos veintitrés colones con setenta y tres céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las siete horas cincuenta minutos del treinta de enero de dos mil
veintitrés con la base de un millón novecientos noventa y siete mil
cuatrocientos cuarenta y un colones con veinticuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander de Jesús Chacón
Zúñiga, Xinia Díaz Vega Expediente N° 22-001391-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y
cinco minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós.—Lic. Luis Carrillo
Gómez, Juez Decisor.—( IN2022696915 ).
En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones doscientos
sesenta y cinco mil ochocientos treinta y siete colones con sesenta y siete
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintisiete mil seiscientos
treinta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito 15-El Roble, cantón 1-Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lote 6; al sur, calle pública; al
este, calle pública, y al oeste, Lote 2. Mide: doscientos sesenta metros con
cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano: P-0809488-2002. Para tal efecto, se
señalan las siete horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil
veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete
horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la
base de veintiséis millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos
setenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas
treinta minutos del dos de febrero del dos mil veintitrés, con la base de ocho
millones ochocientos dieciséis mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones con
cuarenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Mónica Anett Acevedo Ugalde. Expediente N° 22-001537-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: nueve horas con
treinta y uno minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós. Licda.
Anny Hernández Monge, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022696916
).
En este Despacho, con una base de un millón novecientos ochenta y ocho
mil cuatrocientos ochenta y dos colones con diecinueve céntimos, soportando
Condiciones Citas 394-13875-01-0822-001, sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número ciento diecinueve mil seiscientos treinta, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito:
02-Jiménez, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Línea Ferrea; al sur calle pública con un frente de 9 metros y 50
centímetros; al este Urina Salas Tenorio y al oeste Kattia Angulo Jarquín.
Mide: ciento veinticinco metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano:
L-0448197-1997. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del
dieciséis de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticuatro de enero de
dos mil veintitrés, con la base de un millón cuatrocientos noventa y un mil
trescientos sesenta y un colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas cero minutos del uno de febrero de dos mil veintitrés, con la base
de cuatrocientos noventa y siete mil ciento veinte colones con cincuenta y
cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Hipotecaria de Flor Elvia Vargas Gamboa contra Elizabeth
Jarquín Zamora. Exp:18-001147-1209-CJ.—Juzgado de
Cobro de Pococí, 31 de octubre del año
2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2022696918 ).
En este Despacho, con una
base de doscientos catorce mil novecientos cincuenta dólares exactos , libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 320-
05303- 01-0901-001; sáquese a remate la finca N°1-231070-000, naturaleza:
terreno para construir situada en el distrito 10- Damas cantón 3-Desamparados
de la provincia de San José Linderos: norte: Rio Damas, sur, Guillermo Rojas
Cubero este, Río Damas oeste, en parte con José Flores Oviedo y Nuria Oviedo
Vindas, Juan Mora Rojas y calle pública. Mide: tres mil doscientos cuarenta y
nueve metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados plano: SJ-0002258-1975.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos (10:30 a.m.) del
dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas treinta minutos (10:30 a.m.) del
veintiséis de enero de dos mil veintitrés con la base de ciento sesenta y un
mil doscientos doce dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas
treinta minutos (10:30 a.m.) del seis de febrero de dos mil veintitrés con la
base de cincuenta y tres mil setecientos treinta y siete dólares con cincuenta
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el
edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta
nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a
fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en
el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la
respectiva corrección. Se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Global Mortgage Solutions
Limitada contra AG Gramovi Cero Uno Sociedad Anónima. Expediente N°
22-004569-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de octubre del año 2022.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—(
IN2022696968 ).
En este
Despacho, con una base de diecisiete mil ochocientos cuarenta y cinco dólares
exactos moneda en curso legal de los Estados Unidos , libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas
matrícula número 116564 F , derecho 000, la cual es terreno finca filial
primaria individualizada número 235 (futura finca matriz) apta para construir
que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de 4
pisos..- Situada en el distrito 02-Tárcoles , cantón 11-Garabito, de la
provincia de . Colinda: al norte finca filial 234 y con área común libre acceso
catorce; al sur finca filial 236 y área común libre servidumbre pluvial; al este área común libre servidumbre pluvial y finca filial 234
y al oeste área común libre acceso catorce y finca filial 236. Mide:
cuatrocientos setenta y cuatro metros
cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta
minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de
marzo de dos mil veintitrés con la base de trece mil trescientos ochenta y tres
dólares con setenta y cinco centavos moneda en curso legal de los estados
unidos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de marzo de
dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil cuatrocientos sesenta y un
dólares con veinticinco centavos moneda en curso legal de los estados
unidos(25% de la base original). Asimismo con una base de siete mil
quinientos veinticinco dólares moneda en curso legal de los estados unidos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de
Puntarenas matrícula número 116501, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada
número 172 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual
podrá tener una altura máxima de 2 pisos.- Situada en el distrito: 02-Tárcoles,
cantón: 11-Garabito, de la provincia de .- Colinda: al norte, área común libre
acceso trece y finca filial 171; al sur, fincas filiales 174 y 173; al este,
fincas filiales 171 y 174 y al oeste, fincas filiales 173 y área común libre
acceso trece. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las trece horas treinta minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta
minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, con la base de cinco mil
seiscientos cuarenta y tres dólares moneda en curso legal de los Estados Unidos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil
veintitrés, con la base de mil ochocientos ochenta y un dólares con veinticinco
centavos moneda en curso legal de los Estados Unidos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Erera
Sociedad Anónima contra Danilo Alberto
Villalobos Solano, Mangotam de Punta Leona Sociedad Anónima. Expediente N°
21-005648-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas.
Hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y seis minutos del diecinueve
de octubre del dos mil veintidós.—Anny Hernández
Monge, Jueza Tramitadora.—( IN2022696970 ).
A las trece horas treinta minutos del trece de abril de dos mil
veintitrés, en la puerta exterior de este Despacho, (Ciudad Quesada, San
Carlos, 150 metros sur del Ministerio de Hacienda, edificio a mano derecha,
segundo piso), de la forma que se dirá y con sus respectivas bases, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: 1) Finca
422814-000: Con una base de doscientos treinta y siete millones ochocientos
setenta mil ochocientos quince colones con ochenta y cinco céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 422814-000, la cual es terreno de pastos. Situada: en el distrito
6-Río Cuarto, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Lidianeth Gómez Arce y Joaquín Arrieta Rojas; sur, calle pública con 13.26 metros y Guido Solís Jiménez; este, Edwin Solís Jiménez; oeste, calle pública con 12.73 metros y Guido Solís Jiménez. Mide: ochocientos catorce metros con treinta y
siete decímetros cuadrados.
Plano: A-1080928-2006. 2) Finca 196897-000:
Con una base de cuarenta y tres millones cuatrocientos once mil ciento ochenta
y nueve colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 196897-000, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito 6-Río Cuarto, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Alfredo Rojas; sur, Ricardo Mejías; este, calle pública; oeste, Alfredo Rojas. Mide: doscientos setenta
y un metros con noventa y seis decímetros
cuadrados. Plano: A-0355684-1979. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil
veintitrés, con las bases de 1) Finca 422814-000: Con la base de ciento
setenta y ocho millones cuatrocientos tres mil ciento once colones con ochenta
y ocho céntimos (75% de la base original). 2) Finca
196897-000: Con la base de treinta y dos millones quinientos cincuenta y
ocho mil trescientos noventa y dos colones con doce céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
trece horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés, con las
bases 1) Finca 422814-000: Con la base de
cincuenta y nueve millones cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos tres
colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). 2) Finca 196897-000: Con la base de diez millones
ochocientos cincuenta y dos mil setecientos noventa y siete colones con treinta
y siete céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Héctor Francisco Quesada Murillo contra Francisco Alberto
del Socorro Gómez Vargas. Expediente N° 19-008602-1202-CJ. Notas: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de
emisión: catorce horas con treinta y dos minutos del once de noviembre del dos
mil veintidós.—Lilliana Garro Sánchez, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022696972 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y dos millones trescientos
setenta y cinco mil ochocientos sesenta y seis colones exactos, soportando
servidumbre trasladada citas: 374-08741-01-0991-001 e hipoteca citas:
2019-332588-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de San Jose,
matrícula número 365081, derecho 000, la cual es terreno para construir con una
casa lote 233.- Situada en el distrito
1-Curridabat, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
lote 234; al sur, lote 232; al este, calle con 9m y al oeste, Urbanizadora
Pilón S. A. Mide: ciento cincuenta y siete metros con cincuenta decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del
veinte de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta de enero de dos mil
veintitrés con la base de treinta y nueve millones doscientos ochenta y un mil
ochocientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas treinta minutos del siete de febrero de dos mil veintitrés con la
base de trece millones noventa y tres mil novecientos sesenta y seis colones
con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Comisión Nacional de
Préstamos para la Educación (CONAPE) contra Ana Patricia Rojas Hernández, Rafael Antonio
Rojas Hernández, Yamileth Hernández Carvajal
Expediente N° 20-001969-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 22 de agosto del año 2022.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—(
IN2022697071 ).
En este Despacho, con una
base de setenta y ocho millones cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos
sesenta y siete colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas número
0332-00014411-01-0002-001, servidumbre líneas eléctricas y de paso citas número
0518- 00002756-01-0001-001 Y número 0518-00002756-01-0002-001; sáquese a remate
la finca del partido de San José, matrícula número 679644-000 , la cual es
terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito San Lorenzo, cantón
Tarrazu, de la provincia de San José. Colinda: al norte, quebrada María del
Milagro, Ana Leidy, Patricia y Julián todos Picado Cruz, Diego Alonso y Esteban
Artudo ambos Ureña Picado y Edgar Monge Solís; al sur Eugenio Rodríguez Sanchez
y Agrícola Calmon S. A.; al este, Agrícola Calmon S. A. y al oeste, calle
pública. Mide: ciento ochenta y ocho mil ciento siete metros con cero
decímetros cuadrados. Para tal efecto, señalan las catorce horas quince minutos
del catorce de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del veintidós de febrero
de dos mil veintitrés con la base de cincuenta y ocho millones ochocientos
treinta y nueve mil doscientos colones con noventa y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las catorce horas quince minutos del dos de marzo de dos mil veintitrés con la
base de diecinueve millones seiscientos trece mil sesenta y seis colones con
noventa y siete céntimos (25% de la base original). Con una base de veintinueve
millones cuatrocientos cinco mil seiscientos noventa y cuatro colones con
ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas número 0293-00018990-01-0002-001; sáquese a remate
la finca del partido de San José, matrícula número 678574-000
, la cual es terreno de cultivo, montaña y construido. Situada en el
distrito San Isidro , cantón Leon Cortes , de la
provincia de San José. Colinda: este: calle pública, oeste, quebrada, noreste,
Gerardo Picado, noroeste: quebrada, sureste, calle pública, suroeste, Abdenago
Alvarado y resto reservado. Mide: cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y
cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas quince minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince
minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés con la base de veintidós
millones cincuenta y cuatro mil doscientos setenta continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del dos de
marzo de dos mil veintitrés con la base de siete millones trescientos cincuenta
y un mil cuatrocientos veintitrés colones con setenta y dos céntimos (25% de la
base original). Con una base de quince
millones setecientos cuarenta y siete mil trescientos doce colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 665411-000, la cual
es terreno potrero y montaña. Situada en el distrito San Isidro
, cantón Leon Cortes , de la provincia de San José. Colinda: al norte,
quebrada en medio de Juan Mora Mora; al sur, Julián Picado Cruz; al este,
Julián Picado Cruz y al oeste, Julián Picado Cruz, noreste, Ulises Ureña
Hidalgo, suroeste, calle pública con un largo de 77.92 metros lineales. Mide:
treinta y un mil trescientos cincuenta y seis metros con cero decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del
catorce de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del veintidós de febrero
de dos mil veintitrés con la base de once millones ochocientos diez mil
cuatrocientos ochenta y cuatro colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas
quince minutos del dos de marzo de dos mil veintitrés con la base de tres
millones novecientos treinta y seis mil ochocientos veintiocho colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José
Sociedad Anónima Contra Henry Alcides Gerardo Picado Cruz y Rafaelita Elieth
Ureña Ureña Expediente N° 22-009638-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10
de noviembre del año 2022.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—(
IN2022697098 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil ciento cincuenta y seis
dólares con sesenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BQM 930, marca: Hyundai, estilo: Grand I10 Gls, categoría:
automóvil, número chasis: MALA841CBJM303144, año fabricación: 2018. Para tal
efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de junio
de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil
veintitrés con la base de diez mil seiscientos diecisiete dólares con cuarenta
y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del
veintiuno de junio de dos mil veintitrés con la base de tres mil quinientos
treinta y nueve dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
BAC San José Sociedad Anónima
contra Gabriel Jesús Quirós Rojas. Expediente N° 22-007643-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas del cinco de setiembre del
dos mil veintidós.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022697102 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos,
libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión sumaria
19-000104-1696-TR, boleta 2019-67800403 del Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Mora; sáquese a remate el vehículo CL314186, marca Kia, estilo Bongo
III, categoría carga liviana, capacidad 06 personas, año 2012, color azul, VIN KNCSHY74CCK637958 cilindrada 3000 c.c.
combustible diesel, Motor Nº NV. Para tal efecto se señalan las quince horas
cero minutos del siete de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de
febrero de dos mil veintitrés con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero
minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintitrés con la base de dos
millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marco Vinicio Mora
Mora contra Marlene Laitano Castro. Expediente N° 21-001877-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de
emisión: diez horas con cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil
veintidós.—Paula Priscilla Vargas Rodríguez, Jueza Decisora.—(
IN2022697105 ).
En este despacho, con una base de ochenta mil trescientos dieciocho dólares
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de la provincia: Alajuela finca: 117307 duplicado: horizontal: F
derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: finca filial número 2 de una
planta ubicada en el 1 nivel destinada a uso habitacional en proceso de
construcción, situada en el distrito 5-Guácima, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela.
Linderos: norte, finca filial 5, sur, finca filial 1, este, área común libre, oeste, área privada no construida destinada a parqueo. Mide: cien metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las diez horas cuarenta y cinco
minutos del tres de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del once
de julio de dos mil veintitrés con la base de sesenta mil doscientos treinta y
ocho dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco
minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés con la base de veinte mil
setenta y nueve dólares con cincuenta centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Mario
Andrés Vidal Rivera. Expediente N° 22-009918-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión:
veintiuno horas con dos minutos del veintiocho de octubre del dos mil
veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2022697123 ).
En este Despacho, con una base de siete mil seiscientos veintiocho
dólares con treinta y seis centavos, soportando colisiones 19-001235-0491-TR,
sáquese a remate el vehículo placa: BCX327, marca: Hyundai, estilo: Accent GL,
categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año fabricación: 2013, color: plateado, vin: KMHCT41CADU356060,
cilindrada: 1400 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las
diez horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos
del ocho de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cinco mil setecientos
veintiún dólares con veintisiete centavos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero
minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, con la base de mil
novecientos siete dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
BAC San José S. A. contra Christian de los Ángeles Sancho Ramírez. Expediente N° 20-015730-1164-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
19 de octubre del año 2022.—Lic. Víctor
Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022697125 ).
A las diez horas cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil
veintitrés, en la puerta exterior de este Despacho, de la forma que se dirá y
con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con una
base de seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis
colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas: 375-01602-01-0901-001;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
2-542.439-000, la cual es terreno para construir, Situada en el distrito 1-Los
Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Humedales del Norte S.A.; al sur, Humedales del Norte S.A.; al este, calle pública, y al oeste, Humedales del Norte S.
A. Mide: ochocientos noventa y siete metros cuadrados. Plano: A-1841439-2015.
2) Con una base de seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos
sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
375-01602-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 2-542.440-000, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Humedales del Norte S.A.; al sur, Humedales del Norte S.A;
al este, calle pública, y al oeste,
Humedales del Norte S. A. Mide: ochocientos noventa y siete metros cuadrados.
Plano: A-1841441-2015. c) Con una base de seis millones seiscientos sesenta y
seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 375-01602-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 2-542.441-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Humedales del Norte S.A.; al sur, Humedales del
Norte S.A.; al este, calle pública,
y al oeste, Humedales del Norte S. A. Mide: ochocientos noventa y siete metros
cuadrados. Plano: A-1841437-2015. Para el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la
base de cinco millones de colones exactos (75% de la base original) por la
finca 2-542.439-000, con la base de cinco millones de colones exactos (75% de
la base original) por la finca: 2-542.440-000 y con la base de cinco millones
de colones exactos (75% de la base original) por la finca: 2- 542.441-000. para
el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del uno de junio de
dos mil veintitrés con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil
seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base
original), por la finca: 2-542.439-000; y con la base de un millón seiscientos
sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete
céntimos (25% de la base original), por la finca: 2-542.440-000 y con la base
de un millón seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones
con sesenta y siete céntimos (25% de la base original), por la finca:
2-542.441-000. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en
la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Néstor Alejandro
Mora Corella Expediente N° 22-001732-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y seis
minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas
Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022697128 ).
Se hace saber: Que
ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000062-0642-CI donde se
promueve información posesoria por parte de María De Los Ángeles Marín Ugalde quien es mayor, estado civil casado/a,
vecino(a) de Cedral de la Unión, Montes de Oro, Puntarenas, portador(a) de la
cédula número 0603180776, profesión Costurera, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de patio con una
casa. Situada en el Distrito Cedral de La Unión, Cantón Montes De Oro. Colinda:
al norte con Olger Morales Badilla; al sur con Jesús María Marín González; al este con Jesús María Marín González y al oeste con calle pública con once punto veinte
metros lineales. Mide: cuatrocientos treinta y cuatro metros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir
mediante el plano catastral número P-2265788-2021 no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de cuatro millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble
mediante el plano catastral número P-2265788-2021, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en una casa pequeña, limpieza del solar, mantenimiento y cuido
necesario de forma permanente. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por María De Los Ángeles
Marín Ugalde. Exp:22-000062-0642-CI-0. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de
Puntarenas. Hora y fecha de emisión: cinco horas con treinta y dos minutos
del uno de abril del dos mil veintidós.—Yeimy Jiménez
Alvarado, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2022693639 )
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°12-
000089-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Jorge Arturo Araya Naranjo quien es mayor, costarricense, portador del
documento de identidad número 1-477-499, administrador de empresas, casado,
vecino de San Vito, Coto Brus, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es potrero. Situada en el Distrito cuarto Limoncito, Cantón octavo
Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Rafael Rodríguez
Solís; al sur: calle pública con 56.96 metros de frente; al este: Rafael
Rodríguez Solís y al oeste: Banco de Costa Rica, Marcos Carpio Segura y
Asociación de Lecheros de Santa Rita de Limoncito. Mide: una hectárea con mil
veinticuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
P-1855336-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra
venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en construcción de
cercas y mantenimiento del mismo así como siembra de cultivos. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer
sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Jorge Arturo Araya Naranjo. Exp: 12-000089-1129-AG NOTA:
Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De
conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia
agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de
especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur Corredores).
Corredores, 03 de octubre del año 2022.—Oscar Andrés Segura Navarro, Juez (a).—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022693909 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N°22-000236-0216-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de
Walkiria Brenes Ayerdis quien es mayor, estado civil casada, vecina de San José, San Sebastián, Paso Ancho, portadora de
la cédula número 155807669616, profesión cajera, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno construido.
Situada en el Distrito San Sebastián, cantón San José. Colinda: al norte con
Dunia Marín Mora; al sur con
Zona de Protección; al este con Municipalidad de San José y al oeste con calle
pública. Mide: ciento setenta metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir Plano 1-38823-2022 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de
colones exactos. Que adquirió dicho inmueble en febrero de 1997, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en mantener, y conservar buena parte del terreno para
uso de habitación de la suscrita. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Walkiria Brenes Ayerdis. Exp:22-000236-0216-CI-8.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veintitrés minutos del cuatro de
noviembre del dos mil veintidós.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2022693948 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000323-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Carlos
Javier Sequeira Calderón quien es mayor,
Casado, pensionado vecino de Cuatro Reinas de Tibás Urbanización El Rey,
de Mega Súper 100 metros norte y 100 metros oeste casa N° 11-E, portador de la
cédula número 0106240320, Desconocido, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno terreno para construir.
Situada en el Distrito Noveno Tamarindo, Cantón Tercero Santa Cruz. Colinda: al
norte con servidumbre de paso; al sur con Pánfilo Hubert Bustos Álvarez; al
este con simón Matarrita Valle y al oeste con simón Matarrita Valle. Mide:
Doscientos setenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco
millones colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de una compra, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en dar mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Carlos Javier Sequeira Calderón.
Expediente:22-000323-0388-CI-7. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa
Cruz. Hora y fecha de emisión: nueve horas con cincuenta y cuatro minutos
del catorce de octubre del dos mil veintidós.—Milkyan
Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2022693959 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 22-000421-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de María Amparo
Marchena Peraza quien es mayor, casada una vez, vecina de San Rafael de
Alajuela, Barrio Lourdes frente ANEJUD, portadora de la cédula número
0502140221, Oficios Domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar. Situada en el
Distrito Tercero Santa Cruz, cantón Quinto Cartagena. Colinda: al norte con
Mauricio José Brenes Morales; al sur con calle pública; al este con Katia María
Guadamuz Viales y al oeste con calle pública. Mide: cuatrocientos cuarenta y
nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir con plano catastrado número 5-2297869-202l no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones exactos colones. Que
adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en reparación de
cercas, limpieza, mantenimiento de orillas y siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por María Amparo Marchena Peraza.
Exp:22-000421-0388-CI-0. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial
por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz.
Hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta minutos del veinticuatro
de octubre del dos mil veintidós.—Milkyan Sánchez Aguilar,
Juez/a Decisor/a.—1 vez.—(
IN2022694010 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000069-0422-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Emelina
Sánchez Sánchez quien es mayor, estado civil Viuda, vecina de 75 mts este de la
antigua Delegación Policial de Río
Claro de Golfito, portadora de la cédula número 0600550510, profesión oficios
domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno de patio con una casa de habitación. Situada en
el Distrito Guaycará, Cantón Golfito.
Colinda: al norte con calle pública; al sur con Vilma Amador Chinchilla y Henry
Mata Rodríguez; al este con Flor María González Álvarez y al oeste con Anayuri
Olivares Sánchez. Mide: quinientos treinta y nueve metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de quinientos mil colones exactos colones. Que adquirió
dicho inmueble compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento
del bien inmueble en limpieza y chapias del terreno y en habitarlo con casa
propia, reparación de la casa con pintarla y reparar goteras. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer
sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Emelina Sánchez
Sánchez. Exp:21-000069-0422-CI-5. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y
Trabajo de Golfito (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: quince horas
con tres minutos del treinta de setiembre del dos mil veintiuno.—Lic.
Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694036 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000042-0197-CI donde se promueve información posesoria por parte de Fernando
Quirós Aguero quien es mayor, estado civil casado, agricultor, vecino de San
José, Puriscal, Guarumal 50 metros sur de la escuela pública, portador(a) de la
cédula número1-0393-1475 , a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la
provincia de San José, la cual es terreno Pasto-Piña. Situada en distrito
nueve, Chires, cantón cuarto, Puriscal. Colinda: al norte y sur con Roy Quirós
Cerdas y Willy Quirós Cerdas; al este calle pública y Roy Quirós Cerdas y al oeste con Eladio Mora
Arias. Mide: setenta y ocho mil trescientos metros con noventa y seis decímetros
cuadrados metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir se encuentra libre de gravámenes hipotecarios,
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble
por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno
debidamente deslindado de los demás colindantes mediante cercas y la debida
conservación del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Fernando Quirós. Exp:22-000042-0197-CI-8. Nota:
Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia
Civil). Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con veintinueve minutos
del veinticinco de agosto del dos mil veintidós.—MSc.
Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez Civil.—1 vez.—(
IN2022694049 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000050-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Katelin González
Otárola quien es mayor, estado civil soltera,
vecino(a) de kilómetro 33, seiscientos sesenta metros al norte de la Escuela
Moisés Vicencio Pachecho, Guaycara, Golfito,
Puntarenas, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número
0603080284, profesión productora pecuaria, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
cuya naturaleza es potrero. Situada en el distrito Corredores, cantón Corredor,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ada Otárola Calderón; al sur, Rossy Luz Quirós Otárola; al este, Víctor Manuel Otárola Villalobos y al oeste, carretera interamericana.
Mide: cuatro mil doscientos setenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
6-2039553-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Katelin González Otárola, expediente
21-000050-0419-AG. Nota: este edicto debe publicarse por una sola vez. De
conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22
de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores,
11 de noviembre del año 2022.—Lic. Maricel Zamora Arias, Juez (a). Decisor(a)—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022694124 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente
N°22-000065-0386-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria
por parte de Félix Antonio Camacho Duartes quien es mayor, estado civil divorciado
dos veces, pensionado, vecino de Los Andes, La Garita, La Cruz, de la Iglesia
Evangélica 100 metros al este, camino al pochote, portador de la cédula de
identidad vigente que exhibe número , profesión , a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca cuya naturaleza es repasto. Situada en Los Andes el distrito tres
(La Garita), cantón diez (La Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte calle publica y Quebrada Santa Cruz; al suroeste Félix Camacho Duarte y
Quebrada Santa Cruz; y al suroeste Walter Joaquín Duarte Peña. Mide: tres
hectáreas ocho mil ochenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número 5-2204904-2020 de fecha 10 de agosto del 2020 a nombre de
Félix Camacho Duartes. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble en la suma de siete millones
de colones y as presentes diligencias en la suma de once millones de colones.
Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera a Mireya Angulo Duarte el
04 de enero del 2022, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
veintitrés años. Que existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido actualmente sembrada con pasto mejorado para ganado y pastoreo de
semovientes, realización de rondas, mantenimiento de cercas a cuatro hilos de
alambre de púas, con poste de madero. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que,
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Félix
Antonio Camacho Duartes. Expediente N° 22-000065-0386-CI. Nota: Publíquese este
edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo
26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio
de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de Primer Circuito Judicial
de Guanacaste (Liberia). Liberia, 03 de noviembre del año
2022.—Eliana María Hernández Vanegas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022694138 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N°21-000050-0419-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Katelin González Otárola
quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Kilómetro 33, seiscientos
sesenta metros al norte de la Escuela Moisés Vicencio Pachecho, Guaycará, Golfito Puntarenas,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0603080284,
profesión productora pecuaria, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es potrero. Situada en el distrito Corredores, cantón Corredor, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Ada Otárola Calderón; al sur
Rossy Luz Quirós Otárola; al este Víctor Manuel Otárola Villalobos y al oeste
Carretera Interamericana. Mide: cuatro mil doscientos setenta y cuatro metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 6-2039553-2018. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y
a título de dueño. Que no existen condueños. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Katelin González Otárola. Expediente
N°21-000050-0419-AG. Nota: Este Edicto debe publicarse por una sola vez. De
conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22
de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que
rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 11 de noviembre del año 2022.—Lic.
Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694141 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-
000333-0388-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de María
Lisbet del Socorro Bolaños Chacon quien es mayor, estado civil casada una vez,
vecina de La Garita Nueva, Santa Cruz, Guanacaste, portadora de la cédula
número 0401061368, profesión pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno jardín con dos casas.
Situada en el distrito Garita, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de
Guanacaste. colinda: al norte con servidumbre de paso; al sur con Maribel
Villarreal López; al este con Maribel Villarreal López y al oeste con Lisbeth
Bolaños Chacón. Mide: seiscientos cincuenta y seis metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de un millón de colones exactos. Que adquirió dicho
inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercado,
limpieza y el mantenimiento de este. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por María Lisbet del Socorro Bolaños Chacon. Expediente N°
13-000333-0388-CI.-Nota: Publíquese este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 27 de
febrero del año 2019.—Licda. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza.—1
vez.—( IN2022694188 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000448-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Dionisia
Miriam Suazo Rosales quien es mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de
la cédula número 05-0223-0719, vecina de Tamarindo de Santa Cruz, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno para construir bajo el plano G-52927-1992. Situada en Refundores,
distrito Veintisiete de Abril, cantón Santa Cruz. Colinda: al norte con
Francisco Hernández Ramos; al SUR con calle pública con un frente a ella de veintiocho metros y veintisiete centímetros
lineales y José Ángel Suazo Rosales, al este con calle pública con un frente a
ella de cuarenta y un metros y catorce centímetros lineales y al oeste con José
Ángel Suazo Rosales. Mide: mil noventa y nueve metros cuadrados con doce
centímetros. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones quinientos mil
colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de Fermin Suazo Suazo, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica continúa y en calidad
de propietaria. Que los actos de posesión han consistido en chapeas, cuido y
mantenimiento del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Dionisia Miriam Suazo Rosales. Expediente N°
22-000448-0388-CI-0. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por
una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora
y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y nueve minutos del uno de
noviembre del dos mil veintidós.— Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—(
IN2022694352 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-
000224-0642-CI donde se promueve información posesoria por parte de Vivian
Guido Alvarado quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Santa Teresa,
Cóbano, Puntarenas, portadora de la cédula número 0603320622, profesión ama de
casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Paquera,
cantón Puntarenas. Colinda: al norte con Iván Darío Pérez Peláez; al sur con
Cristobalina Madrigal Molina; al este con Wainer Gómez Bustos, Illiana Álvarez Martínez y al oeste con
Magaly Herrer Áreas, María
Fernanda Mora Herrera y Joan Alberto Mora Herrera. Mide: Quinientos cincuenta y
nueve metros cuadrados.- Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir 6-26286-2022 no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de cinco millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble
6-26286-2022 por compra y venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en vivir
en el terreno de forma pública, pacífica y continua. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Expediente N° 20-000224-0642-CI-1. Proceso información posesoria, promovida por
Vivian Guido Alvarado. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial
por una sola vez.—Juzgado Civil de Puntarenas,
hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y cinco minutos del treinta y
uno de agosto del dos mil veintidós.—Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—(
IN2022694363 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000346-0678-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Keisy
Maciel Buchanan Ramsey quien es mayor, soltera, domiciliada en el distrito
Limón, del cantón Limón, de la provincia Limón, y titular de la cédula de
identidad número 0701270905, profesión Psicóloga, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito Limón, cantón Limón. Colinda: al norte con Alberto West
Henry; al Sur con Municipalidad de Limón; al este con Alberto West Henry y al
oeste con Rosa Elena Saborío Ortega. Mide: 167.93 metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir
7-777918-1988. Carecen de cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ¢500.000,00. Que adquirió dicho inmueble 7-777918-1988, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y
cuido. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Keisy Maciel Buchanan Ramsey. Expediente
N° 22-000346-0678-CI-0. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 14 de noviembre del año
2022.—Ramón Antonio Meza Marín,
Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694445 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000434-0642-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Carlos
Antonio de Jesús Cruz Castillo quien es mayor, estado civil casado dos veces,
vecino de Residencial Los Corales casa número uno ocho, portador de la cédula
número 0105930737, profesión Comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno sin inscribir.
Situada en el distrito doce, cantón uno. Colinda: al norte con Nancy Paola
Alpízar Rodríguez; al sur con calle pública; al este con Mirna Cecilia Cano
Chaves y al oeste con Sonia Fuji More. Mide: ciento sesenta y uno metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir P-2112617-2019 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de
colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble P-2112617-2019, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y
limpieza general de la propiedad cerca y cuido de árboles. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según
se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Carlos Antonio de Jesús Cruz Castillo.
Expediente N° 21- 000434-0642-CI-0.—Juzgado Civil
de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: once horas con quince minutos del
tres de agosto del dos mil veintidós.—Yeimy Jiménez
Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2022694458 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-
000382-0297-CI donde se promueve información posesoria por parte de
Temporalidades de la iglesia católica diócesis de Ciudad Quesada, cédula
jurídica 3-010-179406, representada por Alban Arroyo Vega, quien es mayor,
soltero, sacerdote católico, vecino de Aguas Zarcas de San Carlos, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno con una iglesia, cancha de basketbol y jardines. Situada en el distrito
Cuarto Aguas Zarcas, cantón Diez San Carlos. Colinda: al norte con calle
publica con 75 metros con 76 centímetros lineales; al sur con calle publica con
72 metros con 72 centímetros lineales; al este con calle publica con 71 metros
con 37 centímetros lineales y al oeste con calle publica con 66 metros con 46
centímetros lineales. Mide: 4992 metros con 62 decímetros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de ochenta y un millones de colones. Que adquirió dicho
inmueble por medio de donación que le hiciera Virgilia Gamboa Alfaro, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en mantenimiento del terreno. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso
información posesoria, promovida por Temporalidades de la iglesia católica
diócesis de Ciudad Quesada. Expediente N° 22-000382-0297-CI-7. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión:
once horas con uno minutos del catorce de octubre del dos mil veintidós.—Lic.
Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2022694459 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000453-0388-CI, donde se promueve información posesoria por parte de
Nicolasa Renee Angulo Duartes quien es mayor, estado civil viuda, vecina de
Heredia, Ciudadela Benavidez, portadora de la cédula número 0500910085, de
oficios domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno casa y solar. Situada en el distrito Cabo Velas,
cantón Tercero, Santa Cruz. Colinda: al norte con Julián Cruz Vallejos; al sur
con servidumbre de paso constituida; al este con Julián Cruz Vallejos y al
oeste con Julián Cruz Vallejos. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir G-
2321643-2021 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble G- 2321643-2021, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
el mantenimiento del mismo, reparación de cercas, siembra de plantas, y árboles
frutales, realización del plano catastrado, y construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer
sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Nicolasa Renee
Angulo Duartes. Expediente N° 22-000453-0388-CI-0.—Juzgado
Civil de Santa Cruz. Hora y fecha de emisión: once horas con treinta y ocho
minutos del once de noviembre del dos mil veintidós.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2022694594 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente # 22-000137-0197-CI donde se promueve información posesoria por parte
de Ana Luisa Pérez Mora, casada una vez, ama de casa, vecina de Naranjo de
Guayabo de Mora, San José, 50 metros sur de la antigua Fábrica Granados,
portadora de la cédula número 0108120464, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno Naturaleza: terreno de
solar con una casa. Situada en el distrito segundo, cantón sétimo, Mora. Plano
SJ-2298263-2021. Colinda: al norte con Hernán Pérez Mora; al sur con Sur: Marco
Aurelio Pérez Mora, al este con calle pública con un frente a
ella de 09,39 metros y al oeste con Sonia Chinchilla Hernández. Mide: ciento
treinta y un metros cuadrados exactos metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir En el inmueble de marras
no existen condueños y se encuentra libre y no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en limpieza de malezas, reparación y
construcción de cercas, las cuales se encuentran debidamente delimitadas, y asistencia en
general del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Expediente N° 22-000137-0197-CI-0. Proceso
información posesoria, promovida por Ana Luisa Pérez Mora. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Civil), hora y fecha de emisión:
once horas con veintiuno minutos del quince de noviembre del dos mil
veintidós.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2022694813 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
08-160102-0642- AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Silvia Elena Solano Salas, quien es mayor, estado civil casada dos
vez, ocupación trabajadora social, vecina de Esparza, 75 metros al este del
Abastecedor Efraín Hidalgo, portadora de la cédula de identidad dos- cuatro
siete tres - nueve siete tres, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es frutales y tacotal. Situada en Marañonal del distrito 03 Macacona, cantón 02
Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte con Rafael Castillo
Venegas; al sur con calle pública con catorce metros con ochenta y nueve
centímetros lineales; al este con Rafael Ángel Castillo Calvo y al oeste con
Rodrigo Castillo Castillo y Luis Castillo Castillo. Mide: mil doscientos cinco
metros con tres centímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número P-689382-1987. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias por la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió
dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por mas de
diez años junto anteriores transmitentes. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en limpiar y levantar cercas. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Silvia Elena Solano Salas. Expediente N° 08-160102-0642-AG. Nota:
Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De
conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia
agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de
especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado
Agrario de Puntarenas, Puntarenas, 03 de noviembre del año
2022.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—1 vez.— (
IN2022694842 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
15-100120-0642- CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Eladio Sibaja Rodríguez, quien es mayor, estado civil soltero,
ocupación agricultor, vecino de Arancibia de Puntarenas, dos kilómetros al norte de la escuela Corazón de Jesús, portador de la
cédula de identidad seis- cero ocho cero-uno ocho dos, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es construir con una casa y el resto de charral.
Situada en Corazón de Jesús del distrito 16 Arancibia, cantón 01 Puntarenas, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte con identificador predial
60116017854700 a nombre de Jorge Gerardo Jiménez Arias; al sur con
identificador predial 60116P00915500 a nombre de Jose Arnoldo Sibaja Benavides;
al este con identificador predial 60116010918800 a nombre de Walter Eloy
Miranda Lobo y 60116P00302500 a nombre de Yordi Natividad Miranda Lobo y al oeste con Calle Pública con una medida
de frente lineal de cincuenta y tres metros con ochenta y tres centímetros.
Mide: cuatro mil novecientos veinte metros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número P-2237190-2020. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble por la suma
de cinco millones de colones y las presentes diligencias por la suma de dos
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por ocupación originaria y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por veinticinco años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercar todas las
colindancias del fundo, limpieza del terreno, construcción de casa y corral y
siembra de pasto y caña. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eladio Sibaja
Rodríguez. Expediente N° 15-100120-0642-CI. Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la
Ley de Jurisdicción Agraria en materia
agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de
especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de Puntarenas, Puntarenas, 08 de noviembre del año 2022.—Licda. Rosaura
Segnini Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021c.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694849 ).
Luis Alonso Dávila Angulo, mayor,
casado una vez, chofer, cédula cinco-doscientos noventa-ciento cincuenta y
seis; Yessica Paola Dávila Angulo, mayor, divorciada dos veces, administradora
del hogar, cédula cinco-trescientos trece-cero noventa y Marieta Andrea Dávila
Angulo, mayor, soltera, educadora, cédula cinco-doscientos noventa y
nueve-setecientos dieciséis, todos vecinos de Guanacaste, Liberia, Guardia,
promueven Información Posesoria. Pretenden inscribir a su nombre en el Registro
Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, excepto servidumbre
de paso, el inmueble que se describe así: Terreno para agricultura, sin
construcciones, situado en Guardia, Liberia [distrito primero], Liberia [cantón
primero], provincia de Guanacaste. Linderos: norte: María Ester Dávila
Espinoza, sur y oeste: Central Azucarera Tempisque S.A. y este: Fernando Lara
Gutiérrez. Según plano catastrado G-dos millones doscientos diecisiete mil
setecientos noventa y cinco-dos mil veinte, mide seis mil cuatrocientos sesenta
y cuatro metros cuadrados. Declararon no está inscrito, carecen de título
inscribible y no pretenden evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no
tienen personas condueñas, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el
inmueble. Lo adquirieron por donación de Simeón García García, el quince de
diciembre de dos mil diez. Estiman el inmueble en la suma de cinco millones de
colones y el proceso en quinientos mil colones. Por el plazo de un mes contados
a partir de la publicación del edicto, se cita a todas las personas interesadas
para que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria
21-000191-0386-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín
Judicial. Conforme al artículo 26 Ley de Jurisdicción Agraria, en materia
agraria se aplica el principio de gratuidad, por lo que no se pagan especies de
ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario
Primer Circuito Judicial Guanacaste, Liberia. Liberia, 15 de noviembre de
2022.—Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694850 ).
Sonia Dayanis Cruz López, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad ocho-ciento treinta y ocho- novecientos dieciocho, vecina de
Alajuela, San Carlos, Buenos Aires, Santa Rosa de Pocosol, del Aserradero
Atenas 300 metros sureste, caso color verde, finca don Paco. Solicita se
levante información posesoria a fin de que se inscriban a su nombre en el
Registro Público de la Propiedad, los fundos sin inscribir que le pertenece y
que se describe así: Terreno de Pasto, agriculturas y árboles frutales, con dos
casas de habitación, sito en Buenos Aires, Santa Rosa Pocosol, Distrito 13,
Cantón diez de San Carlos, de la Provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: Al norte: Félix Antonio Bustillo
Gutiérrez; al sur: Inversiones Rodce de Palmares S.A., al este: Calle pública
con un frente a ella de doscientos sesenta metros con veintidós centímetros al
oeste: Quebrada la Perra. Mide: De acuerdo al plano catastral aportado número
A- 624268-1986 de fecha 13 de marzo de 1986, una superficie de treinta y ocho
mil quinientos ochenta y dos metros con dieciocho decímetros cuadrados. El
inmueble antes descrito, manifiesta la titulante, que lo adquirió por donación
verbal, en el mes de octubre del 2011, que le hiciera su compañero sentimental
quien en vida fue el señor Jorge Antonio Sánchez Sánchez, mayor, cédula de
identidad 4-106-521, y quien le trasmitió los derechos posesorios ejercidos
sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de cuarenta y tres años.
Valora el terreno en la suma de cuatro millones de colones y las presentes
diligencias en la suma de cuatro millones de colones. Con un mes de término
contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados
que se crean lesionados con esta titulación, a efecto
de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información
posesoria No 22- 000204-0298 AG,
establecida por Sonia Dayanis Cruz López. De conformidad con la Circular 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte,
del 22 de junio de 2009. Se le comunica que en virtud del Principio de
Gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 31 de octubre de 2022.—Ana Milena Castro Elizondo,
Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694851 ).
Luis Alonso Dávila Angulo, mayor, casado
una vez, chofer, cédula cinco- doscientos noventa-ciento cincuenta y seis;
Yessica Paola Dávila Angulo, mayor, divorciada dos veces, administradora del
hogar, cédula cinco-trescientos trece-cero noventa y Marieta Andrea Dávila
Angulo, mayor, soltera, educadora, cédula cinco-doscientos noventa y
nueve-setecientos dieciséis, todos vecinos de Guanacaste, Liberia, Guardia,
promueven información posesoria. Pretenden inscribir a su nombre en el Registro
Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, excepto servidumbre
de paso, el inmueble que se describe así: Terreno para agricultura, sin
construcciones, situado en Guardia, Liberia [distrito primero], Liberia [cantón
primero], provincia de Guanacaste. Linderos: norte: María Ester Dávila
Espinoza, sur y oeste: Central Azucarera Tempisque S.A. y este: Fernando Lara
Gutiérrez. Según plano catastrado G-dos millones doscientos diecisiete mil
setecientos noventa y cinco-dos mil veinte, mide seis mil cuatrocientos sesenta
y cuatro metros cuadrados. Declararon no está inscrito, carecen de título
inscribible y no pretenden evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no
tienen personas condueñas, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el
inmueble. Lo adquirieron por donación de Simeón García García, el quince de
diciembre de dos mil diez. Estiman el inmueble en la suma de cinco millones de
colones y el proceso en quinientos mil colones. Por el plazo de UN MES contados
a partir de la publicación del edicto, se cita a todas las personas interesadas
para que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria
21-000191-0386-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín
Judicial. Conforme al artículo 26 Ley de Jurisdicción Agraria, en materia
agraria se aplica el principio de gratuidad, por lo que no se pagan especies de
ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario
Primer Circuito Judicial Guanacaste, Liberia, Liberia, 15 de noviembre de
2022.— Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694879 ).
Sonia Dayanis Cruz López, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad ocho-ciento treinta y ocho- novecientos dieciocho, vecina de
Alajuela, San Carlos, Buenos Aires, Santa Rosa de Pocosol, del Aserradero
Atenas 300 metros sureste, casa color verde, finca don Paco. Solicita se
levante información posesoria a fin de que se inscriban a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, los fundos sin inscribir que le pertenece y que se
describe así: Terreno de Pasto, agriculturas y árboles frutales, con dos casas
de habitación, sito en Buenos Aires, Santa Rosa Pocosol, Distrito 13, Cantón
diez de San Carlos, de la Provincia de Alajuela, con los siguientes linderos:
Al norte: Félix Antonio Bustillo Gutiérrez; al sur: Inversiones Rodce de
Palmares S.A., al este: calle pública con un frente a ella de doscientos
sesenta metros con veintidós centímetros al oeste: Quebrada la Perra. Mide: De
acuerdo al plano catastral aportado número A- 624268-1986 de fecha 13 de marzo
de 1986, una superficie de treinta y ocho mil quinientos ochenta y dos metros
con dieciocho decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta la
titulante, que lo adquirió por donación verbal, en el mes de octubre del 2011,
que le hiciera su compañero sentimental quien en vida fue el señor Jorge
Antonio Sánchez Sánchez, mayor, cédula de identidad 4-106-521, y quien le
trasmitió los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta,
pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de cuarenta y
tres años. Valora el terreno en la suma de cuatro millones de colones y las
presentes diligencias en la suma de cuatro
millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación
de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta
titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de
sus derechos. Diligencias de información posesoria N° 22- 000204-0298 AG, establecida por Sonia Dayanis Cruz López.
De conformidad con la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte, del
22 de junio de 2009. Se le comunica que en virtud del Principio de Gratuidad
que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 31
octubre de 2022.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694880 ).
Luis Alonso Dávila Angulo, mayor, casado una vez, chofer, cédula
cinco-doscientos noventa-ciento cincuenta y seis; Yessica Paola Dávila Angulo,
mayor, divorciada dos veces, administradora del hogar, cédula cinco-trescientos
trece-cero noventa y Marieta Andrea Dávila Angulo, mayor, soltera, educadora,
cédula cinco-doscientos noventa y nueve-setecientos dieciséis, todos vecinos de
Guanacaste, Liberia, Guardia, promueven información posesoria. Pretenden
inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes
y cargas reales, excepto servidumbre de paso, el inmueble que se describe así:
Terreno para agricultura, sin construcciones, situado en Guardia, Liberia
[distrito primero], Liberia [cantón primero], provincia de Guanacaste.
Linderos: norte: María Ester Dávila
Espinoza, sur y oeste: Central Azucarera Tempisque S.A. y este: Fernando Lara
Gutiérrez. Según plano catastrado G-dos millones doscientos diecisiete mil
setecientos noventa y cinco-dos mil veinte, mide seis mil cuatrocientos sesenta
y cuatro metros cuadrados. Declararon no está inscrito, carecen de título
inscribible y no pretenden evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no
tienen personas condueñas, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el
inmueble. Lo adquirieron por donación de Simeón García García, el quince de
diciembre de dos mil diez. Estiman el inmueble en la suma de cinco millones de
colones y el proceso en quinientos mil colones. Por el plazo de UN MES contados
a partir de la publicación del edicto, se cita a todas las personas interesadas
para que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria
21-000191-0386-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín
Judicial. Conforme al artículo 26 Ley de Jurisdicción Agraria, en materia
agraria se aplica el principio de gratuidad, por lo que no se pagan especies de
ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario
Primer Circuito Judicial Guanacaste, Liberia, Liberia, 15 de noviembre de
2022.—Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022694885 ).
Sonia Dayanis Cruz López, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad ocho-ciento treinta y ocho- novecientos dieciocho,
vecina de Alajuela, San Carlos, Buenos Aires, Santa Rosa de Pocosol, del
Aserradero Atenas 300 metros sureste, caso color verde, finca don Paco.
Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriban a su nombre
en el Registro Público de la Propiedad, los fundos sin inscribir que le
pertenece y que se describe así: Terreno de Pasto, agriculturas y árboles
frutales, con dos casas de habitación, sito en Buenos Aires, Santa Rosa
Pocosol, Distrito 13, Cantón diez de San Carlos, de la Provincia de Alajuela,
con los siguientes linderos: Al norte: Félix Antonio Bustillo Gutiérrez; al
sur: Inversiones Rodce de Palmares S.A., al este: Calle pública con un frente a
ella de doscientos sesenta metros con veintidós centímetros al oeste: Quebrada
la Perra. Mide: De acuerdo al plano catastral aportado número A- 624268-1986 de
fecha 13 de marzo de 1986, una superficie de treinta y ocho mil quinientos
ochenta y dos metros con dieciocho decímetros cuadrados. El inmueble antes
descrito, manifiesta la titulante, que lo adquirió por donación verbal, en el
mes de octubre del 2011, que le hiciera su compañero sentimental quien en vida
fue el señor Jorge Antonio Sánchez Sánchez, mayor, cédula de identidad
4-106-521, y quien le trasmitió los derechos posesorios ejercidos sobre el
fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño
por más de cuarenta y tres años. Valora el terreno en la suma de cuatro
millones de colones y las presentes diligencias en la suma de cuatro millones
de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este
Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos.
Diligencias de información posesoria No 22- 000204-0298 AG, establecida por
Sonia Dayanis Cruz López. De conformidad con la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de
la Corte, del 22 de junio de 2009. Se le comunica que en virtud del Principio de Gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 31 de
octubre de 2022.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694886 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000076-1143-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Endrina
Ordoñez Méndez quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Liberia,
Guanacaste, Barrio Moracia, portadora de la cédula número 0503960313, profesión
doctora en medicina, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia
de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Aguas
Claras, cantón Upala. Colinda: al norte con Alexis Rodríguez Araya al sur con
calle pública; al este con Alexis Rodríguez Araya y al oeste con Arturo
Rodríguez Jiménez. Mide: ciento cincuenta y seis metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de tres millones colones. Que adquirió dicho inmueble
venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.
Que los actos de posesión han consistido en delimitación de linderos, consta
árboles frutales, pago de impuestos municipales. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Expediente N° 21-000076-1143-CI-4. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez. Proceso Información Posesoria, promovida por
Endrina Ordoñez Méndez.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Civil), 19 de
agosto del año 2022.—Licda. Melissa Chaves Agüero, Jueza.—1
vez.—( IN2022694898 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-
000786-0504-CI donde se promueve información posesoria por parte de Fundaciones
Costarricense para Ciegos ( FUCOPCI ), cédula jurídica
3- 006-71751, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Heredia, la cual es terreno para construir con árboles silvestres. Situada en
el distrito San José, cantón San Isidro. Colinda: al norte con María Teresa
Blandón De Corsi; al sur con Ronald Eduardo Castro Chaverri; al este con calle
pública y al oeste con río para blanco. Mide: cuatro mil cuatrocientos metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir estima dicho inmueble en la suma
de nueve millones quinientos mil colones exactos colones. Que adquirió dicho
inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.
Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, cuidado y
cercado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Expediente N° 22-000786-0504-CI-5.
Proceso información posesoria, promovida por Fundaciones Costarricense para
Ciegos ( FUCOPCI ).—Juzgado Civil De Heredia, Hora y fecha de emisión: veintiuno horas con cuarenta y tres minutos
del veintiocho de octubre del dos mil
veintidós.—Lic. Andrey de Los Ángeles Garro Carvajal, Juez.—1
vez.—( IN2022694987 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000586-0182-CI donde se promueve información posesoria por parte de José Inocencio Merchán Romero, quién es mayor,
casado, vecino de Santa Ana, portador de la cédula número 0800930847,
empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San
José, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 5
Piedades, cantón 9 Santa Ana. Colinda: al norte con Paulino Morales Alpízar; al
sur con María Eugenia Mena Morales y Servidumbre de paso de 5.11 metros; al
este con Ana Cecilia Mena Morales, y al oeste con Ana Maritza Mena Morales.
Mide: cuatrocientos cincuenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir plano catrastrado
SJ-24145-2022 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones
exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra-venta, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en mantener cercas en buen estado, sembrar plantas de
jardín y construcción de la casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que,
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por José
Inocencio Merchán Romero. Expediente N° 22- 000586-0182-CI-6. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 02 de noviembre del año 2022.—Gersan Tapia
Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2022694994 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
19-000320-0297-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Marcos
Vinicio Sequeira Quesada, quien es mayor, soltero, vecino de Los Ángeles de la
Fortuna, San Carlos, Alajuela, 200 metros al oeste de la Empacadora Bajo Cero, portador de la cédula número
0207960030, estudiante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la
provincia de Alajuela, la cual es terreno de solar destinado a zona verde.
Situada en el distrito sétimo, Fortuna, cantón décimo, San Carlos. Colinda: al
norte con Estelia Cordero Castro; al sur con calle pública; al este con Marvin
Quesada Porras y al oeste con Alba Quesada Porras. Mide: mil ochocientos tres
metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones exactos.
Que adquirió dicho inmueble en fecha 03/04/2019, por donación que le hiciere
Alba Quesada Porras, mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de Los
Ángeles de la fortuna, 200 metros oeste de la Empacadora Bajo Cero, portadora
de la cédula de identidad 0204100701, quien sí le liga parentesco pues es su
madre y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.-
Que los actos de posesión han consistido en construcción de las cercas,
mantenimiento de las colindancias y limpieza regular del terreno. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer
sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Marcos Vinicio
Sequeira Quesada. Expediente N° 19-000320-0297-CI-1. Nota: Publíquese este
edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 23 de octubre del año
2019.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(
IN2022695015 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000232-0678-CI donde se promueve información posesoria por parte de Luis
Fernando Zúñiga Valverde quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Limón,
Talamanca, Puerto Viejo, de la cédula número 0112550493, profesión empresario
en construcción, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Limón, la cual es terreno solar. Situada en el distrito Bratsi, cantón Talamanca. Colinda: al norte Alessandro Montanari
Tarabella, Rey Alexander Reyes Ojeda, Gissela Calderón Bustos; al sur calle
pública con un frente de 11.74 metros lineales y Sonia Chaverri Elizondo; al
este con Henry Villanueva Vargas y al oeste con Sonia Chaverri Elizondo. Mide:
setecientos cincuenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir L-22678-2022 no pesan cargas
reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de tres millones de colones exactos colones. Que adquirió
dicho inmueble L-22678-2022, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en dar
mantenimiento a las cercas y chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Luis Fernando Zúñiga Valverde. Expediente N°
22-000232-0678-CI-5. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial
por una sola vez.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 21 de setiembre del año 2022.—Lic. Diego
Steven Duran Mora, Juez.—1 vez.—( IN2022695070 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000575-0640-CI donde se promueve información posesoria por parte de Jorge
Andrey Moya Quirós quien es mayor, estado civil soltero, vecino del Guarco de
Cartago, portador de la cédula número 0304780650, profesión Comerciante, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito seis Guadalupe, cantón primero
Cartago. Colinda: al norte con Impresmo S.A; al sur con Impresmo S.A; al este
con Mario Guzmán Cordero y al oeste con Impresmo S.A. Mide: cuatrocientos
metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones
exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por compra mediante escritura
pública, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.
Que los actos de posesión han consistido en custodia y mantenimiento de la
propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Jorge Andrey Moya Quirós. Expediente N° 22-000575-0640-CI-4.
Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de
emisión: trece horas con treinta y seis minutos del nueve de Setiembre del dos
mil veintidós.—Marjorie Zacharry Wilson Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2022695227
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-
000232-0295-CI donde se promueve información posesoria por parte de Rogelio
Villalobos Jiménez quien es costarricense, mayor, casado, agricultor, cédula
número 0203200864 y vecino de Trojas, Sarchí, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de solar con una
construcción. Situada en el distrito cuatro San Pedro, cantón doce Sarchí.
Colinda: al noreste con Carlos Luis Villalobos Jiménez ahora Yohanna Villalobos
Rugama; al noroeste con Calle Pública con un frente a
ella de catorce metros con sesenta y nueve centímetros lineales, al suroeste
con Inversiones Gemoxi S.A. Mide: ciento ochenta y cuatro metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de diecinueve millones cuatrocientos treinta y cinco
mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en delimitación del terreno por los linderos,
mantenimiento de casa de habitación, así como el pago de los gastos que genera
el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Rogelio Villalobos Jiménez. Expediente N° 22-000232-0295-CI-0.
Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil),
hora y fecha de emisión: once horas con trece minutos del trece de setiembre
del dos mil veintidós.—Emi Lorena Guevara Guevara, Juez.—1 vez.—( IN2022695288
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita
el expediente N° 22- 000104-0927-CI donde se promueve información posesoria por
parte de Victoria María González Villegas mayor, cédula de identidad 5-0351-
0179, soltera, ama de casa y vecina de Heredia, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno lote sin
inscribir. Situada en el distrito Tierras Morenas, cantón Tilarán. Colinda: al
norte con identificador predial 50806P00037000 propiedad de Esnider Mejías
Cascante; al sur con Calle pública con 12 metros lineales; al este con
identificador predial 50806P00037000 propiedad de Esnider Mejías Cascante y al
oeste con identificador predial 50806P00037000 propiedad de Esnider Mejías
Cascante y calle pública. Mide: mil seiscientos cincuenta y tres metros
cuadrados metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón
colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en limpia de maleza, chapeo, rondeo, reparación de cercas, cuido en
general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que, dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Victoria María González Villegas. Expediente N°
22-000104-0927-CI-5. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial
por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas
(Materia Civil), hora y fecha de emisión: once horas con veintiséis minutos
del ocho de noviembre del dos mil veintidós.—Licda. Xinia María Esquivel
Herrera, Jueza.—1 vez.—( IN2022695344 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N°20-000027- 1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria
por parte de Carlos Luis Rafael Naranjo Cordero, mayor, casado una vez, vecino
de Pérez Zeledón, Mollejones 30 metros oeste de la plaza de Mollejones, cédula
de identidad vigente que exhibe número 03-0203-0848, agricultor, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya naturaleza es Terreno para agricultura. Situada
en el distrito Siete Pejibaye (San Pablo), cantón Diecinueve (Pérez Zeledón),
de la provincia de San José. Colinda: al norte Pablo Montero Arias y Emanuel
Naranjo Abarca; al sur Arnoldo Ortega Camacho; al este Carlos Naranjo Cordero y
al oeste Porfirio Varela Elizondo, Julia Elizondo Fernández y Nicasio Varela
Carranza. Mide: treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y seis metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ 2183044-2020.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por venta que le hizo el señor Juan Rafael Naranjo Cordero, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en construcción de cercas divisorias,
siembra de café, conservación del bosque, construcción de una casa. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer
sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Carlos Luis Rafael
Naranjo Cordero. Expediente N° 20-000027-1129-AG. Nota: Publíquese este edicto
por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de
la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de
gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón). Pérez Zeledón, 09 de marzo del año 2021.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez Agrario.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022695373 ).
Se hace saber: que ante este despacho se tramita
el expediente N° 17-000086-0465-AG donde se promueve información posesoria por
parte de Adrián Gustavo Baldunciel Obregón quien es mayor, de nacionalidad
Española, Fontanero, vecino de España, portador del pasaporte AAI 628738, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca. Colinda: al
norte con Earl Brown Forbes; al sur con Nizi Rojas; al este con Ray Anthony
Steel Barns y Gabriela Bottari y al oeste con Benjamin Alan Sadavoy. Mide:
ochocientos setenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir L-1952817-2017 no pesan cargas
reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de un millón de colones exactos colones. Que adquirió dicho
inmueble por medio del señor Earl Brown Forbes, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en mantenimiento constante y limpieza, pago de impuestos, y
recolección de basura residencial. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que,
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Adrián Gustavo Baldunciel Obregón. Expediente N°
17-000086-0465-AG-9. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial
por una sola vez.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 17 de noviembre del año 2022.—Licda. Edith
Aleida Brenes Quesada, Juez.—1 vez.—( IN2022695450 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de Aida
Cortés Pereira , quien fue mayor, divorciada, del hogar, vecina de Cartago,
Barrio Los Ángeles, cédula de identidad Tres-ciento cuarenta y siete- ciento
sesenta y ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
Sucesorio 0001-2022. De Aida Cortés Pereira. Notaría del Lic. Luis Anselmo
Solano Vargas. Notario Público de Cartago en avenida cero calles siete y once.—Lic. Luis Anselmo Solano Vargas, Notario Público.—1
vez.—( IN2022693682 ).
Mediante escritura de apertura otorgada ante esta notaría por la
apoderada de Peggy Oliver (nombre) White (único apellido) en razón de su
nacionalidad estadounidense, con pasaporte de ese país número seis cinco ocho
siete dos nueve cinco nueve seis, mayor, viuda, vecina de novecientos treinta y
uno, Christine St Pampa Texas, al ser las quince horas con treinta minutos del
once de noviembre del dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de quien
se dirá, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de
quien en vida fuera: Richard Monroe (nombres) White (único apellido) en razón
de su nacionalidad estadounidense con pasaporte de ese país número: cinco cinco
cero nueve cero siete siete tres tres, con dirección en Ojochal de Osa, Puntarenas,
Condominio Residencial Palmera del Trópico
S.A. lote nueve D-cero cero dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría de la Licenciada. Yendry Viviana Chacón Picado y María
Gabriela Elizondo Alpízar, Uvita, Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, Centro
Comercial el Domo, primera planta oficina siete, teléfono +(506) 2743-8416,
email: vivianachaconp@gmail.com.—1 vez.—( IN2022693690
).
Se cita y emplaza a los
herederos legatarios acreedores e interesados en la Sucesión de Jose Rafael
Brenes Brenes, quien fue mayor, cédula 301400189, vecino de Cartago quién
falleció el 29 de junio 2022. para que en el plazo de
quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos apercibidos de que no
hacerlo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 001- 2022 Notaria
de la Licda. Rita María Solano Méndez oficina ubicada en Cartago veinticinco
metros al oeste del Templo Don Bosco.—Licda. Rita
María Solano Méndez.—1 vez.—( IN2022693700 ).
Se hace saber que, en mi notaría, situada en San
José, se tramita proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alex David Castro
Mora, quien fue mayor, soltero, comerciante, cédula uno-uno seis cero
nueve-cero uno dos siete, quien fue vecino de Tarbaca de Aserrí, doscientos
metros al sur del Mirador Ram Luna, Cita de Defunción uno cero seis seis cinco uno
dos seis cero’ dos-cinco’ dos, falleció Fecha de Defunción: veintitrés de
setiembre del año dos mil veintidós, Suceso: Tarbaca Aserrí San José, Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras, y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos; asimismo,
se les advierte a los que se crean con interés en la herencia, de que de no
apersonarse aceptando expresamente la herencia, no se les declarará herederos y
los bienes pasarán a quien o quienes corresponda, de conformidad con los
artículos 258, 529 y 531 del Código Civil. Expediente Nº 7-2022. Nota:
Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—San José, once horas del 14 de noviembre dos mil
veintidós.—Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—( IN2022693708 ).
Se hace saber que, ante mí, se tramita la sucesión de quien en vida se
llamó, Vera Violeta Murillo Segura, mayor, cédula de identidad número: cuatro-ciento
seis-mil cincuenta y siete. Quien murió el pasado día seis de agosto del dos
mil seis, según consta en el registro de defunciones de la provincia de
Alajuela, al Tomo: doscientos dieciocho, Folio: trescientos setenta y uno,
Asiento: setecientos cuarenta y uno. y se emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto en el boletín judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, en el
apercibimiento, a quienes crean tener derecho a la herencia de que si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se hace saber que
la notaría está situada en San Rafael de Alajuela, doscientos metros norte de la
Cruz Roja.—Alajuela a las 07:00 horas del 12 de
noviembre del año 2022.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas. Notario.—1
vez.—( IN2022693731 ).
De conformidad con el acta de solicitud de intervención notarial de las
10:05 horas del 11 de noviembre del 2022, se cita y emplaza a todos los
posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
en el proceso sucesorio intestado en sede notarial de Anabell Obando Sánchez,
quien fuera en vida mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de San José,
Montes de Oca, San Pedro, Barrio Lourdes, de la Iglesia Católica 100 metros al
sur y 25 metros al este, casa color terracota, portadora de la cédula de
identidad número 106200393, para que dentro del plazo de 15 días contados a
partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos
ante la notaría del licenciado Efraín Mauricio Carvajal Madrigal, sita en San
José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Lourdes, de la esquina noreste de la
Iglesia Católica 25 metros al este, contiguo a la pescadería Happy Fish y como
medios para notificaciones vía email a bufetemcarvajal@ice.co.cr como medio
principal y a la dirección electrónica carvajalmadrigal@ice.co.cr como medio
accesorio, con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro
de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Albacea provisional
nombrada: Katherine Vanessa Vargas Obando, expediente número 0002-2022.—San
Pedro, Montes de Oca.—San José, 14 de noviembre del
2022.—Efraín Mauricio Carvajal
Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2022693775 ).
Con
quince días plazo, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto,
se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la
sucesión de quien en vida se llamó Pablo Monge Fallas, mayor, casado una vez,
pensionado, cédula número uno-cero quinientos cuatro-cero doscientos sesenta y
siete, vecino de San José, Aserrí, Vuelta de Jorco, Ajo de Agua, cuatrocientos
metros este del cruce de Ojo de Agua, carretera hacia Aserrí, casa a mano
izquierda, color blanco, a fin de que comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la
herencia pasará a manos de quien o quienes hayan demostrado en el proceso su
legítimo derecho a heredar. Asimismo, se le previene acerca del señalamiento de
un medio (fax o correo electrónico), para atender sus futuras notificaciones,
apercibidos de que, en caso de no hacerlo, o bien que el medio escogido
imposibilite su notificación por causas ajenas a esta notaría, las resoluciones
que se dicten se les tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas. Igualmente, se les hace saber que, de surgir
controversia en relación a la tramitación de esta
sucesión en esta sede, se procederá a dar por terminado el proceso en sede
notarial, para su inmediata remisión a la sede judicial. La dirección de esta
notaría es en Aserrí, San José, frente a la Escuela Santa María, teléfono
número veintidós treinta - noventa catorce. Expediente número cero once - dos
mil veintidós.—Aserrí, San José, diez horas del siete
de noviembre del dos mil veintidós.—Licda. Karina del Carmen Badilla Abarca,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022693793 ).
Por número trescientos
ochenta y ocho, del tomo número uno , otorgada a las
quince horas diez minutos del once de noviembre de dos mil veintidós, ante la
notaría del Lic. German Cascante Montero, se solicitó la apertura del proceso
sucesorio extrajudicial intestato de: Jorge Gerardo Herrera Rodríguez, con
documento de identidad número tres-cero uno siete ocho- cero ocho ocho cero. Se
cita a los interesados y herederos a apersonarse en las oficinas de dicho
profesional ubicada 50 metros oeste del almacén San Francisco del distrito de
Guápiles del Cantón de Pococí, Provincia de Limón a hacer valer sus derechos.—Ciudad Pococí, 14 de noviembre del 2022.—Licdo.
German Cascante Montero, Notario Público.—1 vez.—( IN2022693805 ).
Edicto, mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por
Kimberly Pamela Vásquez Sandí, a las 11:00 horas del 31 de agosto de 2022 y
comprobado el fallecimiento de quien en vida fuera María del Carmen Altamirano
Altamirano, mayor, ama de casa, soltera, cédula de identidad número uno-cero
doscientos cincuenta y cuatro-cero novecientos veinte, con domicilio en San
José, Tibás, León Trece, El Progreso, alameda 4, casa 74, quien falleció el día
06 de junio de 2021; se declaró abierta la tramitación del proceso sucesorio
notarial testamentario, bajo expediente 0001-2022. Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para
que, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Jesús Adrián Chacón Naranjo. Dirección: Cartago, El
Guarco, El Tejar, 800m sur del Parque Industrial,
oficinas contiguas a Supermercado Homex, teléfono 8317-8562, correo
electrónico: licadri.chacon@gmail.com, publicar una vez.—Cartago,
08 de noviembre de 2022.—1 vez.—( IN2022693822 ).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la Sucesión de Robert Walter Zergman de un solo apellido por
razón de su nacionalidad estadounidense, quien en vida fuera mayor, casado dos
veces, portaba el pasaporte número 1 8 cuatro cero cero uno tres cero cuatro
ocho cero seis, quien fue vecino de Puntarenas Esterillos, para que dentro del
plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 2022-03. Notaría del Bufete de la Licda.
Lilliam Hidalgo Álvarez.—Licda. Lilliam Hidalgo
Álvarez.—1 vez.—( IN2022693830 ).
Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Jeyrel Antonio
Rodríguez Kurr, mayor, soltero, portadora de la cédula de identidad:
siete-doscientos treinta y ocho-doscientos tres, vecino de la ciudad de Limón,
para que en el Plazo de quince días contados a partir de esta publicación
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los interesados que, si no
se presentan en dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp N° 004-2022.—Limón, 04 de noviembre 2022.—Licda. Victoria Fernández Ríos, Notaria Publica.—1 vez.—( IN2022693833 ).
Ante esta notaría, mediante acta de
apertura otorgada Judith Anderson Morgan, mayor, divorciada una vez, de oficios
del hogar, portadora de la cédula de identidad siete-cero cero sesenta y
siete-cero cuatrocientos noventa y cuatro vecina de Heredia, La Aurora, de la
guardia rural, cincuenta al sur, dieciséis horas y treinta minutos del
veintisiete de setiembre del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento de
Noemy Anita Anderson Morgan, mayor, soltera, cédula de identidad siete-cero
cero cincuenta y siete-novecientos ochenta y nueve quien falleció en la ciudad
de Heredia, el día diez de julio del dos mil veintidós, esta notaría ha
declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para
que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en San Pablo
de Heredia, 800 este Mall Paseo de las Flores. Teléfono 83766462, a hacer valer
sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Publicar.—Heredia
a las ocho horas del doce de octubre del dos mil veintidós.—Lic. María Lourdes Delgado Jiménez.—1
vez.—( IN2022693839 ).
Se hace saber que, ante esta
notaría situada en la ciudad de San José, Escazú, San Rafael de Escazú,
Guachipelín, condominio Hacienda El Cocoy número cuarenta y nueve se tramita-
en sede notarial- el proceso sucesorio ab intestato del señor Eric Michael
Spittlehouse Parker, conocido también como Eric Michael Parker, mayor, casado
una vez, retirado, de nacionalidad canadiense, pasaporte expedido por su país
número QK cero uno siete cuatro ocho nueve, vecino de Vancouver, provincia de
British Columbia, Canadá quién falleció en Vancouver, Canadá el dos de abril de
dos mil diecisiete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro
del plazo máximo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto, concurran ante esta notaria para hacer valer sus derechos..—San
José, trece de noviembre de dos mil veintidós.—Oscar Gallegos Borbón, Notario
Público. Carné 1459.—1 vez.—( IN2022693855 ).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuere. Erminia Verónica (nombres) Mazzoleni (apellido), quien
en vida fue mayor, ciudadana de la República Italiana, razón por la cual
solamente lleva un apellido, casada una vez, ama de casa, vecina de San Antonio
de Grecia, Alajuela, veinticinco metros al sur de Autos San Antonio y portadora
del pasaporte número cinco uno cinco dos cinco siete N, para que dentro de los
siguientes quince días hábiles se apersonen a reclamar sus derechos bajo el apercibimiento
de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de Luis
Alejandro Álvarez Mora, con oficina abierta en la Ciudad de San José,
exactamente en Desamparados, setenta y cinco metros sur del Colegio Nuestra Señora.—San José, Desamparados, catorce de noviembre del dos
mil veintidós.—Luis Alejandro Álvarez Mora.—1 vez.—( IN2022693860 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios
acreedores e interesados en la sucesión extrajudicial de María Cecilia Morera
Madrigal , quien era mayor ,
costarricense , casada una vez , ama de casa , la que tuvo su último domicilio
común en Alajuela centro, del Banco Popular doscientos metros al sur y
cincuenta metros al oeste , casa de color terracota, tenía la cédula de
identidad número nueve cero cero uno cuatro cero ocho tres uno , para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen en el Bufete Leiva y Asociados, en Upala centro, Alajuela,
frente a la plaza del Colegio Técnico Profesional; en resguardo de sus
derechos, apercibidos los que crean tener derecho a la herencia, de que si no
se presentan en ese plazo aquélla pasará a quien corresponda. Juicio sucesorio
extrajudicial. Expediente N° 005- 09-SUC-2022.—Upala, Alajuela 14 de noviembre
del dos mil veintidós.—Lic. Gustavo Gerardo Leiva
González, Notario.—1 vez.—( IN2022693865 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Peter Josef Kader, cédula de residencia 127600092408 para que
dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.
Expediente 0002-2022. Notaría de la Licda. Giselle Piedra Cortés, teléfono
85424426, Notaria Pública.—14 noviembre 2022.—1
vez.—( IN2022693931 ).
Yo, Alonso Fonseca Pión, carné número 29341, hago
constar que, en mi notaría, se está tramitando el proceso sucesorio de quien en
vida fuera George Robert (nombre) Soetje (apellido), de un único apellido en
razón de su nacionalidad estadounidense, mayor de edad, divorciado, empresario,
con domicilio en Sagle, Boner, Idaho, Estados Unidos de América, y portador del
pasaporte estadounidense número cuatro dos uno ocho ocho nueve seis cuatro
cero. Se emplaza a todos los interesados en los términos del Código Civil
vigente de Costa Rica.—23 de noviembre de 2023.—1
vez.—( IN2022696962 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial de la persona menor de edad: Patrick Jareth
Ramos Pilarte, para que se apersonen a este juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-002353-0292-FA, clase de
asunto: actividad judicial no contenciosa, promovido por el Patronato Nacional
de la Infancia contra la señora Fátima Auxiliadora Pilarte Granizo y el señor
Rodolfo Alberto Ramos Velásquez.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas doce minutos del
9 de noviembre del 2022.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022693080 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de las personas menores de edad: Denzel Isaac y Rihanna Narahi, ambos
apellidos Guevara Canda, para que se apersonen a este
juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-001366-0292-FA. Clase de
Asunto Depósito Judicial. Nota:
de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte
el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación
está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las catorce horas cuarenta y dos minutos del 08 de
noviembre del 2022.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022693526 ). 3
v. 2.
Se convoca por medio de edicto que se publicará
por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a
la tutela persona menor de edad Ashly Brigitte Zeledón Duarte, para que se
apersonen dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación
de este edicto en el Boletín Judicial.
Publíquese 3 veces consecutivas. Lo anterior se ordena así en proceso actividad
judicial no contenciosa - tutela de Patronato Nacional de la Infancia.
Expediente Nº 22-000326-0928-FA. De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le
comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la
publicación está exenta de todo pago de
derechos. Publíquese 3 veces consecutivas.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia),
31 de octubre del año 2022.—Lic. Roly Arturo Bogarín Morales, Juez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022693540 ). 3 v. 2.
Edicto, se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de
las personas menores de edad Pamela Sánchez Villegas y Dariel Gael Sánchez
Villegas, para que se apersonen a este Juzgado dentro
del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado, expediente N° 22-000610-0292-FA. Clase de asunto depósito
judicial. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos. Publíquese tres veces consecutivas.—Juzgado
de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela,
a las quince horas dieciséis minutos del cinco de abril de dos mil veintidós,
05 de abril del año 2022.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022693541 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a
todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas
menores de edad Kenneth Campos Picado, Jarian Stiwar Pérez
Picado,
Luna Dayanara Campos Picado y Yeirel David Campos Picado, para que se apersonen
a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente
N°22-002013-0292-FA. Clase de Asunto Actividad Judicial No Contenciosa
(Depósito Judicial). Nota: Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad
con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. 28 de octubre del año 2022.—Msc. Liana Mata Méndez. Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022693548 ). 3
v. 2.
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona
menor Jeffry Josué Ponce Ulate, para que se apersonen a este Juzgado dentro del
plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Expediente N°22-001576-0292-FA. Clase de Asunto actividad
judicial no contenciosa Nota: Notifíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud
del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas doce
minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós.- 29 de agosto del año
2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Juez(a).—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022693570 ). 3
v. 2.
Edicto, se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la
persona menor de edad Marlin Tiree Martin Amador, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N°
22-001922-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Nota: publíquese tres veces consecutivas.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas
veinte minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós, 09 de noviembre del
año 2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—O.C.
Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022693573 ). 3 v. 2.
A Dixon Alberto Corrales Galiano y a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Nathaly Tamara
Corrales Quirós, se les pone en conocimiento la resolución de las quince horas
con diecisiete minutos del treinta de junio del año dos mil veintidós de este
despacho que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito de
las personas menores Nathaly Tamara Corrales Quirós, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Yailyn
Priscila Quirós Alemán y Dixon Alberto Corrales Galiano, a quienes se les
previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del
2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior,
en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII,
Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b)
sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta resolución a Yailyn Priscila Quirós Alemán y Dixon
Alberto Corrales Galiano, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley
en su casa de habitación, o bien en su domicilio real: Alajuela, Naranjo, San
Juan, 800 norte de Bar Los Pilones, Calle Porosal, casa a mano derecha con
portón de malla, teléfono 8972-7270. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona Fuerza Pública de Naranjo.- En caso que el lugar de residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo
4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a
todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del
plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado.- Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la
diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para
atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Queda
la comisión/documentación a disposición de
la parte interesada en el Sistema de Gestión en Línea para su
diligenciamiento. El párrafo final del artículo 19 de la Ley de Notificaciones,
N° 8687 indica que a la notificación se
le acompañarán copias de los escritos y documentos
salvo disposición legal en contrario. El artículo
27.2 del Código Procesal Civil establece que cuando los documentos o escritos
fueran incorporados a la carpeta escaneados o por otros medios, no se requerirá la presentación de copias salvo que
se trate de documentación que no pueda ser
escaneada. Con motivo de lo anterior, deberá la parte demandada,
acceder al “Sistema de Gestión en Línea”
(https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr) para obtener las copias de todas las
piezas del expediente, no siendo necesario adjuntarle a la notificación las
copias del mismo. Para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema la
cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Por otro lado, según
lo establece el artículo 8 de la Ley de Notificaciones, N°8687, la persona que
notifica está investida de autoridad para exigir la plena identificación de la
persona que reciba la cédula, así como para
solicitar el auxilio de otras autoridades, cuando lo necesite para cumplir sus
labores. (contenciosos) En caso de cuya omisión transcurrido el plazo de tres
meses se declarará la deserción, (no contenciosos) En cuya omisión transcurrido
el plazo de 06 meses se declarará el abandono del proceso. Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera.
Juez(a). Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos. Publíquese tres veces.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
de Grecia ( Materia de Familia ).—Licda.
Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Juez.—O. C.
N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022693580 ). 3 v. 2.
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Margarita
Fernández Escalante, conocida como Peggy Fernández Escalante, con cédula de identidad
número uno-cero ciento noventa-cero ciento ochenta y siete, mayor, viuda de
únicas nupcias, pensionada y vecina de San José, Curridabat, Urbanización Los
Faroles, Granadilla Norte, casa treinta-A, para que dentro del plazo de quince
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente 0013-2022. Notaría
del Bufete de la Licenciada Denoris Orozco Salazar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022694087 ).
Por tanto: Razones dadas y
normativa citada. Se acoge la acción presentada por el Patronato Nacional de la
Infancia y se declara en estado de abandono a la menor Yogeilyn López Rivera,
por parte de la progenitora Marjorie López Rivera, a quien se le da por extinta
la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de la mencionada menor a la
señora María Elena Chevez Vivas, a quien también se le nombra como tutora de la
menor, por lo que deberá seguir velando por su seguridad, estabilidad,
protección en el sentido amplio de la palabra a fin que
logren crecer como persona sana física y emocionalmente. Firme esta resolución
inscríbase mediante ejecutoria que se expedirá, en el Registro Civil, Sección
de nacimientos de la menor: Yogeilyn López Rivera, nació el 06 de diciembre del
año 2007 y su nacimiento esta inscrito en Alajuela, al tomo ochocientos noventa
y siete, folio trescientos veintisiete y asiento
seiscientos cincuenta y tres. Publíquese la parte dispositiva de este fallo por
una única vez, en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Se resuelve sin especial
condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar este
fallo dentro del plazo del Ley. Melissa Chaves Aguero, Jueza.-
Lo anterior se ordena así en proceso procesos especiales de Patronato Nacional de la Infancia contra Marjorie Lopez Rivera;
Expediente Nº22-000070-1517-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en
el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional.- Los
plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.-
De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en
reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22
de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que
rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, Sede Upala (Materia
Familia), Alajuela, Upala, 27 de octubre del año 2022.—Licda. Melissa Chaves
Agüero, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2022694126 ).
Licda. Grace María Cordero Solórzano, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil la señora Jessica Vásquez García, mayor, soltera, ama
de casa, portadora de la cédula de identidad número 8-0141-0266, nacida el
diecinueve de setiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, vecina de
Pococí, Roxana, de la panadería Ivarody trescientos metros norte, casa amarilla
a mano izquierda; y el señor Ricardo Conejo Espinoza, mayor, soltero, privado de
libertad, de veintinueve años de edad, hijo de María Conejo Espinoza, portador
de la cédula de identidad número 7-0216-0427, nacido el veintiuno de noviembre
del año mil novecientos noventa y dos, vecino actualmente del Centro de
Atención Institucional Carlos Luis Fallas, pabellón A-5. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 22-000905-1307-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte
el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Este edicto debe ser publicado solo una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de noviembre del año 2022.—Licda.
Grace María Cordero Solorzano, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695363 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Allan Iván Mayorga Rojas, mayor, soltero, peón
agrícola, cédula de identidad número 0116470134, vecino de Buenos Aires,
Cabagra, Pueblo Nuevo, 25 metros sureste de la escuela, hijo de María de Los
Ángeles Mayorga Rojas, nacido en San Isidro, Pérez
Zeledón,
San Jose, el 08/07/1996, con 25 años de edad, y Yesenia Lizeth Figueroa
Morales, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número
0603230692, vecina de la misma dirección de Allan, hija de Celedonia Morales
Obando y Víctor Hugo Figueroa Ortiz, nacida en Potrero Grande, Buenos Aires,
Puntarenas, el 18/03/1980, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº21-
000174-1552-FA. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos. Nota: Publíquese por única vez.—
Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia),
Puntarenas, Buenos Aires, fecha, 07 de julio del año 2022.—Licda. Alicia
Fracella Guzmán Valerio, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022695528 ).
Licda. Norma Iris Zárate Fajardo, Jueza del
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Donoban Lee
Pérez Fernández, mayor, soltero, Dependiente, cédula de identidad número
0702820383, nacido en Centro, Central, Limón, el 25/08/1994, con 28 años de
edad, y Juliana de Los Ángeles Alvarado Picado, mayor, soltera, Estilista,
cédula de identidad número 0604290322, nacida en Centro, Central, Puntarenas,
el 23/01/1996, actualmente con 26 años de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Barrio Roosevelt, frente a la Yamaha, casa de cemento
color verde verjas negras, Limón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº22-000804-1152-FA. Publíquese una vez.
Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, Limón, fecha, 16 de noviembre del año 2022.—Licda.
Norma Iris Zárate Fajardo, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695534 ).