BOLETÍN JUDICIAL N° 226 DEL 29 DE NOVIEMBRE DEL 2022
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR Nº203-2022
ASUNTO: Actualización
de la circular 239-2020, sobre la obligación
de las oficinas en las cuales se esté implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño, de reportar como días no laborados en la matriz de indicadores los incluidos en
el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos
(PIN). Esta circular sustituye
o deja sin efecto la
239-2020.
A TODOS LOS DESPACHOS
JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N°89-2022 celebrada el 13 de octubre del 2022, artículo LI, dispuso actualizar la circular número
239-2020, sobre la obligación
de las oficinas en las cuales se esté implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño Institucional, de reportar como días no laborados en la matriz de indicadores los incluidos en el
Sistema de Proposición Electrónica
de Nombramientos (PIN)[1]
a saber: vacaciones, incapacidades,
permisos con o sin goce de salario (incluido el rebajo de horas de lactancia para las personas con el
permiso autorizado). Esta circular sustituye o deja sin efecto la 239-2020:
Se hace de conocimiento
de todos los despachos jurisdiccionales en donde se está
implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño, y en general a todos los despachos donde
se cuenta con matrices de indicadores
diseñadas por la Dirección de Planificación, que como días no laborados en las matrices solamente es posible incluir aquellos que igualmente implican un registro en el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos (PIN), es decir, vacaciones, incapacidades, permisos con o sin goce de salario (incluido el rebajo de horas de lactancia para las personas con el
permiso autorizado).
Adicionalmente a lo
anterior, se aclara se tomará
en cuenta, para definir la cuota de trabajo del personal de los despachos judiciales, el permiso con goce de salario de la hora de lactancia, el cual
será calculado de la siguiente manera:
Fórmula para determinar la equivalencia de los días a descontar por el permiso
con goce de salario de la
hora de lactancia.
(1)
hora de lactancia x ( ) Cantidad de días laborados |
8 horas (equivale a un
día de trabajo) |
Por ejemplo:
1 hora x 21 días hábiles 2022 / 8 horas = 2,625
que se redondea a 3 días a rebajar
en la matriz de indicadores de gestión, y que equivalen a la disminución de la
hora de lactancia, durante los meses en que tenga el permiso
de lactancia aprobado.
Además, se les indica que el único ajuste
en las cuotas que se puede realizar es en razón de la cantidad de días hábiles de cada mes. De ahí
se calcula el rendimiento considerando la cantidad de días hábiles laborados, el cual
se aplicará para planes de trabajo,
ya que en las matrices la cuota se ajusta automáticamente. En los meses que dispongan de más de 21 días hábiles, para efectos de no alterar el indicador de “Porcentaje de rendimiento por plaza”, deben indicar máximo 21 días.
ACLARACIÓN PARA LAS MATERIA DE COBRO Y AGRARIO: Esta fórmula de cálculo aplica para todas las materias, salvo 2 casos particulares:
1. Cobro, que mantiene
el uso de la bitácora, en espera
del estudio que aún está pendiente para estandarizar la cuota o el inicio del uso
de indicadores de gestión en SIGMA. Lo correspondiente al rebajo en horas de lactancia lo deben incluir en la bitácora,
en el espacio
de “detalle”, campo o columna
de la bitácora denominada:
“Permisos sin o con goce de
salario”.
2. Agrario,
se registran en la matriz como días no laborados también aquellos en que se participan de audiencias en el campo por días completos, específicamente en el caso
de los técnicos judiciales quienes no tramitan ese día, por estar fuera
de las instalaciones.
De conformidad con la circular
N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en
el Boletín
Judicial.
San José, 8 de noviembre de 2022.
Lic.
Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino
1 vez.—O.
C. N°364-12-2021C.—Solicitud N°68-2017-JA.— ( IN2022694133 ).
HACE SABER:
Que en el proceso disciplinario
notarial N° 17-000650-0627-NO, de Pablo Arnulfo de Jesús Arroyo Barquero contra Nikohl Vargas
Araya, cédula de identidad
N° 2-0491-0225, este
Juzgado mediante sentencia N° 2022000310 de las nueve
horas dieciocho minutos del
siete de junio de dos mil veintidós, dispuso imponerle a la citada notaria la corrección disciplinaria de seis
meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente
a la escritura que aquí interesa. Se hace notar que la sanción se mantendrá en el
tiempo, hasta por un plazo máximo de diez años, pues
su registración no puede exceder ese plazo, de conformidad con el Voto N° 3484 de la Sala Constitucional de las doce horas
del ocho de julio del año mil novecientos noventa y cuatro, tome nota la Dirección
Nacional de Notariado para lo que corresponda.
Rige ocho días naturales después de su publicación
en el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
M.Sc. José Carlos Álvarez Varela
Juez
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022694150 ).
Haydee Cecilia Taylor Clark,
mayor, a la notaria, cédula de identidad número
0105310186, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial
número 22-000060-0627-NO establecido en su contra por Dirección Nacional de
Notariado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “ Juzgado Notarial.- A las quince horas cuarenta y cinco
minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós. En razón de que han sido
fallidos los intentos por notificarle a la licenciada Haydee Cecilia Taylor
Clark, cédula de identidad 0105310186, la resolución dictada a la diez horas
cero minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós, en las direcciones
que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (de fecha 26/07/2022 en
E.V), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil
(de fecha 24-10-2022 en E.V); y en virtud de que carece de apoderado inscrito
ante el Registro de Personas Jurídicas (de fecha 02-11-2022 en E.V), de
conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código
Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la
presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que
aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son” no haber
depositado el tomo numero dos del protocolo desde 15
de febrero del 2021”. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el
fin de que atienda la defensa técnica de la parte accionada supra referida.
Notifíquese. MSc. Jose Carlos Alvarez
Varela, Juez. “ Y “traslado de cargos juzgado
notarial.- A las diez horas cero minutos del veintidós de febrero de dos mil
veintidós.- Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial
de dirección nacional de notariado contra Haydee Cecilia Taylor Clark, a quien
se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe
informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que
estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se
tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del
plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la
prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que
dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones,
ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de
que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por
el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se
dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera
simultánea como mínimo y dentro de los ya citados, podrá señalarse dos medios
distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma
expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta
Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la
cuenta de correo deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de
la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar
instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se
le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios
anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones,
deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán
iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En
caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las
listas de los procesos se exhibirá para su consulta, en la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso
del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días
martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las
partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente
posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”,
siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez.- Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia.- De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial
y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte
denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa
de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si
la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por
cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona
denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u
oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada, lo cual se
hará por medio de la Oficina De Comunicaciones Judiciales Del Segundo Circuito
Judicial De San José quienes podrán notificarle en su oficina en San José,
Goicoechea, Guadalupe centro, diagonal a Mega Super Coronado. Así mismo, se
comisiona a la Oficina De Comunicaciones Judiciales Del Segundo Circuito
Judicial De San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta
resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma 5to piso. En
el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o
zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario
notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se
impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la
cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de
la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 687,
publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de
enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas
por la parte denunciada en La Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil.
En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores
direcciones, hágase consulta vía intranet a la Dirección de Servicios
Registrales del Registro Nacional, a efecto hacer constar si la parte
denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese. Lic.
Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez Decisor. Se publicará por una vez en el
Boletín Judicial. De conformidad con la circular N°
67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
MSc. José Carlos Álvarez Varela
Juez
1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2022694151 ).
Que en el
proceso disciplinario
notarial N° 15-000571-0627-NO, de Arturo Silesky
Quirós contra Nelson Gerardo Navarro González, (cédula de identidad
2-0433-0312), este Juzgado mediante resolución de las catorce horas cuarenta y nueve minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión
en el ejercicio
de la función notarial, dicha
sanción deberá cumplirse íntegra, aunque el notario
realizara la inscripción
antes de los seis meses y en
el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del vehículo
CL-144375 objeto de la escritura
89 autorizada por él en su
protocolo. Se hace notar que la sanción se mantendrá en el
tiempo, hasta por un plazo máximo de diez años, pues
su registración no puede exceder ese plazo, de conformidad con el voto 3484 de la Sala Constitucional de las doce horas
del ocho de julio del año mil novecientos noventa y cuatro, tome nota la Dirección
Nacional de Notariado para lo que corresponda.
Rige ocho días naturales después de su publicación
en el Boletín
Judicial. Juzgado Notarial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, dieciocho de octubre del dos mil veintidós.
M.Sc. José Carlos Álvarez Varela,
Juez
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022694341
).
Se cita y emplaza
a los que, en carácter de causahabientes de Rose Mary Del Carmen Trejos Ramírez, 0203580302, fallecida
el veintisiete de agosto del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
proc. esp. distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida
bajo el número
22-000477-1113-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000477-1113-LA. Por Ángel Oldemar Quesada Ledezma
a favor de Rose Mary Del Carmen Trejos Ramírez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Laboral), 10 de noviembre del año 2022.—Msc. Emi Lorena Guevara
Guevara, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695556 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Juan José
Matamoros
Blanco, 0201710544, fallecido el
01 de mayo del año 2022, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número
22-001710-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22- 001710-0505-LA. Por Crissya Andrea Matamoros
Rivas cédula 502290796 a favor de Juan José Matamoros Blanco. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—
Juzgado de Trabajo
de Heredia, 02 de noviembre del año 2022.—Licda. Carolina Muñoz
González, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695557 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Luis Enrique De Gerardo Chaves Abraham, 0601600378, fallecido
el 15 de julio del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 22-001507-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001507-0505-LA. Promovidas
por Lic. Manuel Emilio Vega
Vargas, en calidad de apoderado especial judicial de la señora
Carmen Solís Rodríguez. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 27 de setiembre del año
2022.—Licda. Carolina Muñoz González, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022695558 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Guillermo de Gerardo Benavides
Bolaños, 0106330507, fallecido el
05 de setiembre del año
2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 22-001665-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-001665-0505-LA. Diligencia establecida por Ana Patricia Benavides Bolaños. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 24 de octubre
del año 2022.—Licda. Ariana
Hirlany Marin Pérez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022695559 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael
Alberto Gerardo Alvarez Campos, fallecido el 19 de marzo del año 2017, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-001378- 0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-001378-0505-LA. Por Gina Alexandra Alvarez Lizano,
cédula 4-0188- 0207 a favor de Rafael Alberto Gerardo Alvarez Campos. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 29 de agosto del año
2022.—Msc. Ana Patricia Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022695560 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Yorlenny Campos Sánchez,
0401890804, fallecida el 01
de octubre del año 2022, se
consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
proc esp. distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida
bajo el número
22-001583-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-001583- 0505-LA. Por Roy Esteban Ruiz Orozco a favor de Yorlenny
Campos Sánchez. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 13 de octubre del año
2022.—Msc. Karol Baltodano
Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695561 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Paul Gerardo Arce Hernández,
0401580791, fallecido el
08/09/2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 22-001613-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente
N° 22-001613-0505-LA. Por Raquel Hernández Carvajal a favor de Paul Gerardo
Arce Hernandez. Publíquese una
vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 13 de octubre del año
2022.—Msc. Karol Baltodano
Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022695562 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Ana
Matilde de Los Ángeles Arce Gutierrez quien fue mayor, con cédula de identidad 0401190330, y quien falleció el 22 de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo
el número
22-001608-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-001608-0505-LA. Publíquese una
vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 19 de octubre del año
2022.—MSc. María Angélica Fallas
Carvajal, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695564 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yorleni Del
Rosario Bolaños Sanabria, 0107570498, fallecida el 23 de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-001594-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22- 001594-0505-LA. Por Mary Paz Vargas Bolaños a favor de Yorleni
Del Rosario Bolaños Sanabria. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 13 de octubre del año
2022.—Msc. Karol Baltodano
Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695565 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Rosangélica
Solano Herrera, 0604160826, fallecido en el mes
de mayo del año 2022, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 22- 000770-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000770-0643- LA. Por Fredy Solano Montero y otro a
favor de Rosangélica Solano Herrera. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Puntarenas, 18 de noviembre del año 2022.—Licda. Marisol Daniela
González Sanahuja, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022695566 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Margorie Calvo Hernández, cédula
03-0193-0771, fallecida el 15 de febrero del año 2018, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-001388-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-001388-0641-LA. Publíquese una
vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 18 de octubre del año
2022.—Licda. Mónica
Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695567 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Carlos Enrique Moncada González, quien fue mayor, cédula de identidad
2-792-217, soltero, vecino
de San Rafael de Alajuela, laboró para Carguil Pipasa, y falleció el 21 de agosto del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-001320-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-001320-0639-LA. Por fallecido Carlos Enrique
Moncada Gonzáles a favor de gestionante
Jorge Moncada Contreras. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, así
como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de octubre del año 2022.—Licda. María Kassandra Moraga Sanchez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695568 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Gilberto Barrantes Tenorio, cédula 01-0495-0884, fallecido el 25 de octubre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000678-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-000678-0641-LA. Publíquese una
vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 14 de octubre
del año 2022.—Licda. Mónica
Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695569 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Alberto Diaz Vargas, cédula
01-1278-0081, fallecido el
04 de marzo del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-001424-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N°
22-001424-0641-LA. Publíquese una
vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 14 de octubre del año
2022.—Licda. Mónica Zúñiga
Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695570 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
la persona trabajadora fallecida
Flora Isabel Segura Corella, cédula de identidad
1-502-379, quien fue mayor,
casado, laboró para Grupo Misison SRMG SRL, y falleció el 11 de octubre del año
2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el número 22- 001170-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 22-001170-0641-LA, promovido
por Isabel Sanabria Segura, cédula de identidad 1-1020-301 y otras
personas. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago,
20 de octubre del año
2022.—Msc. Silvia Patricia Quesada Alpizar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695571 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Julio
Eduardo Granados Garnier, cédula de identidad N°
3-378-585, quien falleció el 02 de setiembre de 2022, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo
el número
22-001492-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001492-0641-LA. Promovido por Ana María Pérez
Mora, cédula de identidad N° 3-405-811 por el fallecimiento
de Julio Eduardo Granados Garnier, cédula de identidad
N° 3-378-585. Publíquese. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 10 de noviembre del 2022.—Licda. Cinthia Patricia Sánchez Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022695573 ).
Se cita y emplaza
a los que, en carácter de causahabientes de
Rosa María Cortes Cerdas, 0301720937, fallecido(a) el 21 de setiembre del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de
personas fallecidas bajo el
número 22-001570-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001570-0641-LA. Por Caja Costarricense de Seguro Social a favor de Rosa María Cortes Cerdas. Nota: “De conformidad con
la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 09 de noviembre del año 2022.—Lic. José Alfredo Sánchez
González, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022695574 ).
Se cita y emplaza
a los que, en carácter de causahabientes de
Adrián Antonio Mora Castro, quien portó
el documento de identidad número 01-1483-0515, fallecido(a) el 22 de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
sector privado bajo el número
21-001211-0166-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-001211-0166-LA. Promovente Coca Cola Femsa de
Costa Rica S. A. Causante Adrián
Antonio Mora Castro. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 23 de noviembre del año 2021.—M.Sc.
Vladimir Gustavo Sibaja Ferreto,
Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695575
).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Andrea Caridad Rivas Tenorio, 0500680207,
fallecido(a) el 28 de octubre del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
proc. esp. distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida
bajo el número
22-001708-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001708-0505-LA. Por Crissya Andrea Matamoros Rivas a favor de Andrea Caridad
Rivas Tenorio. Nota: “De conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 31 de octubre
del año 2022.—Msc. Priscila
Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695576 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Ángel Hernández Gómez, cédula de identidad número tres-doscientos treinta y uno-ciento noventa y uno, mayor, vecino de Pérez Zeledón, San
Isidro de El General, barrio Las Américas, costado este del parquecito, fallecido el 24 de octubre del año 2022, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 22-000423-1125-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000423-1125-LA. Por Xinia Corrales Corrales a favor
de José Ángel Hernández Gómez. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Publíquese por una sola vez en
el Boletín
Judicial. Teléfono: 2770-1570.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 16 de noviembre
del año 2022.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022695577 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
A las catorce horas cero minutos del nueve de mayo de dos
mil veintitrés, y en la puerta exterior de este Despacho; libres de gravámenes prendarios; con sus respectivas bases y en el mejor postor,
remataré lo siguiente: 1)
Con la base de tres millones
de colones exactos, máquina cortadora de papel (guillotina) eléctrica
- trifásica marca Baum
Folder I, modelo trescientos
cinco -.AHSH con unidad
micro cúter con tres cuchillas hidráulica, serie treinta-cincuenta, serial seis ocho
cero seis cero cero dos circuito,
potencia máxima quince,
color verde, voltaje doscientos ocho doscientos treinta HZ, amperaje quince. 2) Con la base de nueve
millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios; máquina de impresión litográfica no nueva eléctrica marca Heidelberg Offsest Letterset, modelo 74 y año mil novecientos noventa y cinco, color verde, serie 505577. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del diecisiete
de mayo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos por el
primer bien mueble mencionado;
y con la base de seis millones
setecientos cincuenta mil colones exactos, por el segundo
bien mueble mencionado (rebajada en un 25%). Y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticinco de mayo
de dos mil veintitrés, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos, por el primer bien mueble mencionado; y con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos por el segundo
bien mueble mencionado (un
25% de la base original). Notas: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Rodolfo Rojas Salas. Expediente N° 17-002905-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con treinta y cinco minutos del veinticuatro de octubre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro
Sánchez, Jueza Decisora.—(
IN2022696787 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones trescientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta y ocho colones con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo GVS678, marca: Nissan, categoría: automóvil, Serie: 3N1CC1AD8HK199639, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número chasis:
3N1CC1AD8HK199639, año fabricación:
2017, color: gris, Vin: 3N1CC1AD8HK199639, estilo: TIIDA, capacidad: 5 personas.
Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con
la base de cuatro millones treinta
y nueve mil seiscientos noventa y cuatro colones con un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del dos de febrero del
dos mil veintitrés, con la base de un millón trescientos cuarenta y seis mil quinientos sesenta y cuatro colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Vargas Rodríguez. Expediente N° 21-005451-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta y ocho minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez
Decisor.—(
IN2022696793 ).
En este
Despacho, con una base de siete millones doscientos setenta y nueve mil
ochocientos setenta y cinco colones con diecisiete céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo placa: C165505,
marca: Mitsubishi, estilo: Canter Fuso, categoría:
carga pesada, serie: JLBFE85PHGKU40007, año: 2016, N. Motor: 4D34P27848,
cilindrada: 3900 c.c., modelo: FE85PHZSLGPA, combustible: diesel.
Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de enero
de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés
con la base de cinco millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil novecientos
seis colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero
minutos del uno de febrero de dos mil veintitrés con la base de un millón
ochocientos diecinueve mil novecientos sesenta y ocho colones con setenta y
nueve céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jose Pablo
Coto Arroyo. Expediente N° 21-007135-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y cinco minutos
del catorce de febrero del dos mil veintidós.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza
Tramitadora.—( IN2022696799 ).
En este Despacho, con una base de
cuarenta y seis millones quinientos ochenta y cuatro mil seiscientos colones
con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de Cartago, matrícula número 94577-001 y 002, la cual es
naturaleza: terreno de solar con una casa. Situada en el distrito: (09) Dulce
Nombre, cantón: (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Digna Solano Sánchez; al sur, calle publica con un frente de seis metros
cuarenta y cuatro centímetros; al este German Solano Sánchez y al oeste,
Rodolfo Solano Villalta. Mide: ciento cuarenta y dos metros con setenta y un
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiséis de enero de
dos mil veintitrés, con la base de treinta y cuatro millones novecientos
treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta colones con dieciocho céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas cero minutos del tres de febrero de dos mil
veintitrés, con la base de once millones seiscientos cuarenta y seis mil ciento
cincuenta colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ángela
Eugenia Coto Mata, María Isabel de Los Ángeles Mata Navarro. Expediente N° 22-002762-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 21 de noviembre del año 2022.—Marcela
Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022696805 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho millones sesenta y siete mil
setecientos noventa y cinco colones con noventa y seis céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 311-09622-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas:
429-17330-01-0011-001, y bajo las citas: 578-04264-01-0002-001; sáquese a
remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número 448626-000, la cual
es terreno de potrero. Situada en el distrito 1- Quesada, cantón: 10-San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Randall Rojas Castro y
servidumbre de paso sur: José María Rojas Núñez, este, José María Rojas Núñez
oeste: servidumbre de paso Mide: cinco mil sesenta y seis metros con ochenta
decímetros cuadrados plano: A-1229023-2008. Para tal efecto, se señalan las diez
horas treinta minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del
veintitrés de mayo de dos mil veintitrés con la base de trece millones
quinientos cincuenta mil ochocientos cuarenta y seis colones con noventa y
siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta y uno de
mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones quinientos dieciséis
mil novecientos cuarenta y ocho colones con noventa y nueve céntimos (25% de la
base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional De Costa Rica contra Jeyner Rojas
Castro Expediente N° 19-008758-1202-CJ. Notas:
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con cincuenta y seis
minutos del quince de Noviembre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro Sánchez,
Jueza Decisora.—( IN2022696806 ).
En este Despacho, con una base de doce mil seis dólares con treinta centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BDC183, marca: Daihatsu, estilo: Terios, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, serie: JDAJ210G003002019, número chasis: JDAJ210G003002019, año fabricación: 2013, vin: JDAJ210G003002019,
N° motor: 2783371, cilindros: 4, cilindrada: 1497 C.C,
combustible: gasolina, tracción:
4x4. Para tal efecto, se señalan las nueve horas veinte minutos del primero de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de doce mil seis dólares
con treinta centavos. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas veinte minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de nueve mil cuatro dólares
con setenta y tres centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas veinte minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de tres mil un dólares
con cincuenta y ocho
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Corporación Automotora, Michael Alexander González Trejos. Expediente N° 22-010693-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Juez/a Decisor/a.—( IN2022696808 ).
En este
Despacho, con una base de ocho mil quinientos nueve dólares con ochenta y ocho
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
BHV368, marca: Chevrolet, estilo: Aveo LTZ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, número chasis: 3G1TC5CF8FL107934,
año fabricación: 2015, color: gris,
Vin: 3G1TC5CF8FL107934, N° motor: F16D3FL107934, cilindrada: 1600 c.c.,
combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del tres de febrero de
dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas quince minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés con la base
de seis mil trescientos ochenta y dos dólares con cuarenta y un centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las ocho horas quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil
veintitrés con la base de dos mil ciento veintisiete dólares con cuarenta y
siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Promerica de Costa Rica S. A. contra Yairo Isarac Triana Obregón.
Expediente N° 21-005865-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 10
de noviembre del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(
IN2022696811 ).
En este Despacho
(Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, 150 metros sur del
Ministerio de Hacienda, edificio
a mano derecha, segundo piso), con una base de diez millones novecientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 363-00664-01-0903-001, bajo las citas: 380-05668-01-0906-001, bajo las citas:
380-05668-01-0907-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 497553-000, la cual es terreno con una casa de habitación de interés social. Situada:
en el distrito:
4-Aguas Zarcas, cantón:
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 10.07 metros lineales; sur, Bertilia Barrantes Barrantes; este, lote 3; oeste,
Bertilia Barrantes Barrantes. Mide: ciento ochenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1580648-2012. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de ocho millones
ciento setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintinueve de mayo
de dos mil veintitrés, con la base de dos millones setecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Jorge Isabel Silva López. Expediente N° 22-002091-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y ocho minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro
Sánchez, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022696814 ).
En este
Despacho, con una base de siete mil trescientos cuarenta y un dólares con sesenta y tres centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BBP536, marca: Mercedes
Benz, estilo: CGI, categoría:
automóvil, capacidad:5 personas, carrocería:
sedan 4 puertas, tracción:
4x2, año fabricación: 2012,
color: azul, serie/ vin:
WDDGF4KB8CA604774. Para tal efecto
se señalan las ocho horas
quince minutos (08:15 a.m.) del veintitrés
de enero de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince
minutos (08:15 a.m.) del nueve
de febrero de dos mil veintitrés
con la base de cinco mil quinientos
seis dólares con veintidós
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos (08:15 a.m.)
del veinte de febrero de
dos mil veintitrés con la base de mil ochocientos treinta y cinco dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación
con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se le informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Promerica
de Costa Rica S. A. contra José Eduardo
Gómez Navarro. Expediente N° 22-006177-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—Hellen
Mora Salazar, Jueza Decisora.—(
IN2022696825 ).
En este Despacho, con una base de
seis mil doscientos setenta y siete dólares con setenta y ocho centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas DXD289, Marca:
Nissan, Estilo: QASHQAI, Categoría: automóvil,
número chasis: SJNJBAJ10Z7202654, año fabricación: 2014. Para tal efecto
se señalan las quince horas quince minutos del treinta de enero de dos mil
veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas quince minutos del siete de febrero de dos mil veintitrés con la base de
cuatro mil setecientos ocho dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las quince horas quince minutos del quince de febrero de dos mil veintitrés con
la base de mil quinientos sesenta y nueve dólares con cuarenta y cinco centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Bayron José Campos Campos. Expediente N° 22-002083-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con
veinticinco minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós.—Cinthia
Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022696826 ).
En este Despacho, con una base de mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas. BGF850, marca: Daihatsu, estilo: Terios, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie:
JDAJ200G003005191, tracción: 4x2, color blanco, año 2014. Para tal efecto se señalan
las nueve horas quince minutos
del diecisiete de enero de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas quince minutos
del veinticinco de enero de
dos mil veintitrés, con la base de mil noventa y siete dólares con cinco centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del
dos de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de trescientos sesenta
y cinco dólares con sesenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A., contra Consultécnica
S. A. Expediente N° 22-007736-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de setiembre del
2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza
Decisora.—( IN2022696828 ).
En este
Despacho, con una base de veintidós mil seis dólares con catorce centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate el vehículo
MYR567, Marca: Mercedes Benz, Carrocería: Sedan 4 puertas, Categoría: Automóvil, Estilo: C, Capacidad:5
personas, Año Fabricación:
2017, Color: Azul, VIN: WDDWF4FB2HF416431, Cilindrada:1991 c.c., Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan al ser las nueve horas quince minutos del tres de febrero del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará al ser las nueve horas
quince minutos del trece de
febrero del año dos mil veintitrés, con la base de dieciséis
mil quinientos cuatro dólares
con cero centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan al ser
las nueve horas quince minutos
del veintiuno de febrero
del año 2023 con la base de cinco
mil quinientos un dólares
con cincuenta y tres
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S.A. contra Gilberto
Alexander Saborío Aragón. Expediente:22-009650-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—Cinthia Sáenz Valerio, Jueza Decisora.—( IN2022696829 ).
En este
Despacho, Con una base de doce mil cuatrocientos treinta y dos dólares con
noventa y un centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BPY849, Marca:
BYD categoría: automovil capacidad: 5 personas,
serie: LGXC16DF9G0000118, año fabricación: 2016, color: negro, Vin: LGXC16DF9G0000118, N. motor: BYD473QE215046049,
cilindrada: 1500 C.C. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos
del tres de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del trece de febrero de dos
mil veintitrés con la base de nueve mil trescientos veinticuatro dólares con
sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de
febrero de dos mil veintitrés con la base de tres mil ciento ocho dólares con
veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Maricruz
Hernández Montero contra Olga Salazar Sanchez Randall Gerardo Ureña Álvarez.
Expediente N° 19-018370-1044-CJ. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional
los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de
cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la
respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—Ximena Lucia
Jimenez Soto, Jueza Decisora.—( IN2022696830 ).
En este Despacho, con una base de trescientos sesenta y tres mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número doscientos diez mil trescientos cincuenta y seis,
derecho cero cero cero, la cual es terreno construido. Situada en el distrito
01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte: Fernando Mier
Valladares; al sur: calle pública con 19,28 metros de frente a ella;
al este: Marcelino Lostalo
González, y al oeste. calle pública con 25,07 metros de frente
a ella. Mide:
cuatrocientos noventa y
seis metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de enero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil veintitrés, con la base de doscientos
setenta y dos mil doscientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintitrés, con
la base de noventa mil setecientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Manuel Bernardo De La Trinidad Naranjo Córdoba, Nora Maria Del
Rosario Bolaños Vargas, NS de San Pablo Cuatro Four Sociedad Anónima. Expediente N° 22-003528-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas. Hora y fecha de emisión:
diez horas con cuarenta y cinco minutos del ventiséis de setiembre del dos mil veintidós.—Douglas
Quesada Zamora, Jueza Decisor.—(
IN2022696896 ).
En este
Despacho, con una base de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
279440–000, derecho 000, la cual es terreno construido con una casa y jardines. Situada en el
distrito 3-Dulce Nombre de
Jesús, cantón 11 Vázquez De Coronado, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Constructora Valmor S A; al sur, Alameda A con 21 metros; al este, calle pública
con 11 metros, y al oeste, Constructora
Valmor S. A. Mide: doscientos treinta y un metros cuadrados metros cuadrados, plano: SJ-0313594-1978. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de veintidós
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil veintitrés,
con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Geovanni Allan De Jesús Rodríguez Granados.
Expediente N° 22-008242-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del año 2022.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2022696897 ).
En este Despacho, con una base de
veinte millones de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número 546049 derecho 003-004, la cual es terreno para construir--lote -catorce- B. Situada en el distrito
7-Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José.-
Colinda: al norte calle publica; al sur Banco Hipotecario de la Vivienda; al
este lote 13-B y al oeste lote 15-B.- Mide: ciento veinte metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de enero
de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés con
la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero
minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés con la base de cinco millones
de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Freddy Ruiz Ramírez,
Yadira de Los Ángeles Almanzor Varela. Expediente N°
22-009183-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de octubre del año
2022.—María Angelina Varela Valenciano, Jueza Decisora.—( IN2022696898 ).
En este
Despacho, con una base de
seis millones doscientos ochenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones citas: 345-12738-01-0901-001, reservas
y restricciones citas:
345-12738-01-0999-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ochenta mil trescientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 38. Situada: en el distrito
Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, calle pública con 12 mts; al sur, lote
131; al este, lote 139, y
al oeste, lote 137. Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones
setecientos once mil quinientos
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de un millón quinientos
setenta mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de contra
Evelyn Ramírez Solís. Expediente
N° 22-001323-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 08
de noviembre del año 2022.—Licda. Hellen María Gutiérrez Desanti, Juez/a Decisor/a.—( IN2022696899 ).
En este Despacho, con una base de diez millones ciento veinticuatro mil colones exactos, libre de gravámenes , pero soportando ver servidumbre ref:1336-285-002 citas: 308-06756-01-0901-002, servidumbre
de paso citas: 432-13663-01-0004-001, servidumbre de paso citas:
557-18404-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 557-18404-02-0002-001, servidumbre
de paso citas: 557-18404-03-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento cincuenta y nueve, derecho cero cero cero la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Naranjo, cantón
6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luz Marina Acuña
Rodríguez, sur, Carlos Gerardo Mora Ureña, este,
Carlos Gerardo Mora Ureña.
oeste: calle pública con un
frente de 6,44 metros. Mide:
ciento treinta y tres metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-1066588-2006. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta
minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés con la base de siete millones quinientos noventa y tres mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés con la base de dos millones
quinientos treinta y un mil
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Gerardo Mora Chaves. Expediente N° 22-002883-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, hora y fecha de emisión:
nueve horas con treinta y ocho minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—(
IN2022696900 ).
En este Despacho, con una base de veintidós millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
287-01248-01-0901-001,servidumbre sirviente citas: 347-16084-01-0008-001, servidumbre
sirviente citas:
353-12913-01-0004-001, servidumbre sirviente citas:
353-13153-01-0005-001, servidumbre sirviente citas:
370-00508-01-0003-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Puntarenas, matrícula N° 119689-000, la cual es terreno para construir con una sala de video y dos viviendas. Situada en el
distrito 2-Tárcoles, cantón 11-Garabito de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte:
Berta María Rodríguez Aguilar, Negocios Hercal de Quebrada S. A. y Jesús Hernández Hernández todos en parte; al sur: zona de protección del Río Agujas; al este: calle pública con 6,84 metros de frente, Lorena Patricia Agüero Arias,
Raquel Agüero Arias y Entimo Agüero
Cambronero, y al oeste: Negocios
Hercal de Quebrada S. A. y Jesús Hernández Hernández y
Lidia Irías Ledezma todos en parte.
Mide: quinientos ochenta y dos metros cuadrados.
Para tal efecto se señalan las catorce horas cinco minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cinco minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés, con la base de dieciséis
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cinco minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Francisco Del Socorro Marín Quirós, Freddy Jiménez
Delgado. Expediente N° 22-003486-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha
de emisión: quince horas con veintisiete
minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós.—Anny
Hernández Monge, Jueza Tramitadora.—(
IN2022696901 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y dos mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con cincuenta y ocho centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el Vehículo Placa:
CL-305273, marca: Volkswagen, estilo: Amarok, categoría:
carga liviana, capacidad: 5
personas, año fabricación:
2018, color: negro, vin: WV1ZZZ2HZJA001679, cilindrada:
3000 c.c. Para tal efecto
se señalan las dieciséis
horas cero minutos del veintitrés
de enero del dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas
cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés,
con la base de treinta y un mil ochocientos
cuarenta y seis dólares con
noventa y tres centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veinte de febrero del dos mil veintitrés, con la base de diez
mil seiscientos quince dólares
con sesenta y cuatro centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Banco BAC
San José S. A. contra Adrián Mauricio Herrera León. Expediente N° 21-000859-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—María Karina Zúñiga
Cruz, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022696908 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro millones diez
mil doscientos treinta y un
colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de la provincia:
Alajuela, finca: 266562 duplicado: horizontal:
derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el
distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lotes 23 y 24; sur, calle pública; este, lote 13; oeste, lote 11. Mide: ciento sesenta y dos metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés, con la base de cuarenta
millones quinientos siete mil seiscientos setenta y tres colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés, con
la base de trece millones quinientos dos mil quinientos cincuenta y siete colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Tatiana María Herrera Flores. Expediente N° 22-001380-1207-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con cuarenta y
cuatro minutos del veintitrés de junio
del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022696914 ).
En este
Despacho, con una base de siete millones novecientos ochenta y nueve mil setecientos sesenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Caminos citas 0407-00008924-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 86435, derecho
000, la cual es terreno con
1 casa de habitación de cemento.
Situada en el distrito 1-Puntarenas, cantón 1-Puntarenas, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte
calle pública con un frente a ella
de 8 metros 68 cm; al sur, hoy con José Luis Calderón Mena; al este, Julián Vega Elizondo y al oeste,
Alberto Zúñiga
Villegas. Mide: ciento ochenta metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas cincuenta minutos del doce de enero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cincuenta minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés con la base de cinco millones novecientos noventa y dos mil trescientos veintitrés colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cincuenta minutos del treinta de enero de dos mil veintitrés con
la base de un millón novecientos
noventa y siete mil cuatrocientos cuarenta y un colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander de Jesús Chacón
Zúñiga, Xinia Díaz Vega Expediente N° 22-001391-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, hora y fecha de emisión:
ocho horas con treinta y cinco minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós.—Lic. Luis Carrillo
Gómez, Juez Decisor.—( IN2022696915 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y cinco millones doscientos sesenta y cinco mil ochocientos treinta y siete colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento veintisiete mil seiscientos treinta y dos,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 15-El Roble, cantón
1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lote 6; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, Lote 2. Mide: doscientos sesenta metros con cincuenta y
dos decímetros cuadrados.
Plano: P-0809488-2002. Para tal efecto,
se señalan las siete horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las siete
horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de veintiséis
millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos setenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del dos de febrero del
dos mil veintitrés, con la base de ocho millones ochocientos
dieciséis mil cuatrocientos
cincuenta y nueve colones con cuarenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Mónica Anett
Acevedo Ugalde. Expediente N° 22-001537-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y uno minutos del quince
de setiembre del dos mil veintidós.
Licda. Anny Hernández Monge, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2022696916
).
En este Despacho, con una base de un millón novecientos ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y dos colones con diecinueve céntimos, soportando Condiciones Citas
394-13875-01-0822-001, sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento diecinueve
mil seiscientos treinta,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito:
02-Jiménez, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Línea Ferrea; al sur calle pública con un
frente de 9 metros y 50 centímetros;
al este Urina Salas Tenorio
y al oeste Kattia Angulo Jarquín.
Mide: ciento veinticinco metros con veintitrés
decímetros cuadrados.
Plano: L-0448197-1997. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del dieciséis
de enero de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés, con
la base de un millón cuatrocientos
noventa y un mil trescientos
sesenta y un colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del uno
de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de cuatrocientos noventa
y siete mil ciento veinte colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de
Flor Elvia Vargas Gamboa contra Elizabeth Jarquín Zamora. Exp:18-001147-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 31 de octubre
del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2022696918 ).
En este
Despacho, con una base de doscientos catorce
mil novecientos cincuenta dólares exactos , libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada, citas: 320- 05303- 01-0901-001; sáquese
a remate la finca N°1-231070-000, naturaleza: terreno para construir situada en
el distrito 10- Damas cantón 3-Desamparados de la provincia de San José
Linderos: norte: Rio Damas, sur, Guillermo Rojas Cubero este, Río Damas oeste,
en parte con José Flores Oviedo y Nuria Oviedo Vindas, Juan Mora Rojas y calle
pública. Mide: tres mil doscientos cuarenta y nueve metros con cincuenta y
nueve decímetros cuadrados plano: SJ-0002258-1975. Para tal efecto, se señalan
las diez horas treinta minutos (10:30 a.m.) del dieciocho de enero de dos mil
veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos (10:30 a.m.) del veintiséis de enero de dos mil
veintitrés con la base de ciento sesenta y un mil doscientos doce dólares con
cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos (10:30 a.m.) del
seis de febrero de dos mil veintitrés con la base de cincuenta y tres mil
setecientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección. Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Global Mortgage
Solutions Limitada contra AG Gramovi
Cero Uno Sociedad Anónima. Expediente N°
22-004569-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de octubre del año 2022.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—(
IN2022696968 ).
En este
Despacho, con una base de diecisiete mil ochocientos cuarenta y cinco dólares
exactos moneda en curso legal de los Estados Unidos , libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas matrícula número 116564 F , derecho 000, la cual es terreno
finca filial primaria individualizada número 235 (futura finca matriz) apta
para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de 4 pisos..- Situada en el
distrito 02-Tárcoles , cantón 11-Garabito, de la provincia de . Colinda: al
norte finca filial 234 y con área común libre acceso catorce; al sur
finca filial 236 y área común libre servidumbre pluvial; al este
área común libre servidumbre pluvial y finca filial 234 y al oeste área
común libre acceso catorce y finca filial 236. Mide: cuatrocientos setenta y
cuatro metros cuadrados metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del trece de marzo
de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las trece horas treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintitrés
con la base de trece mil trescientos ochenta y tres dólares con setenta y cinco
centavos moneda en curso legal de los estados unidos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas
treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, con la base de
cuatro mil cuatrocientos sesenta y un dólares con veinticinco centavos moneda
en curso legal de los estados unidos(25% de la base original). Asimismo con una
base de siete mil quinientos veinticinco dólares moneda en curso legal
de los estados unidos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas matrícula número 116501, derecho 000, la cual
es terreno finca filial primaria
individualizada número 172 apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de 2 pisos.- Situada en el
distrito: 02-Tárcoles, cantón: 11-Garabito, de la provincia de .- Colinda: al
norte, área común libre acceso trece y finca filial 171; al sur, fincas
filiales 174 y 173; al este, fincas filiales 171 y 174 y al oeste, fincas
filiales 173 y área común libre acceso trece. Mide: doscientos metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del
trece de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de marzo de dos
mil veintitrés, con la base de cinco mil seiscientos cuarenta y tres dólares
moneda en curso legal de los Estados Unidos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas
treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, con la base de
mil ochocientos ochenta y un dólares con veinticinco centavos moneda en curso
legal de los Estados Unidos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha
fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Erera
Sociedad Anónima contra Danilo Alberto
Villalobos Solano, Mangotam de Punta Leona Sociedad Anónima.
Expediente N° 21-005648-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y
seis minutos del diecinueve de octubre del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Tramitadora.—( IN2022696970 ).
A las trece horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés, en la puerta exterior de este Despacho, (Ciudad Quesada, San Carlos, 150 metros sur del Ministerio de Hacienda, edificio
a mano derecha, segundo piso), de la forma que se dirá y
con sus respectivas bases, en
el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Finca
422814-000: Con una base de doscientos
treinta y siete millones ochocientos setenta mil ochocientos quince colones con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
422814-000, la cual es terreno
de pastos. Situada: en el distrito
6-Río Cuarto, cantón
3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lidianeth Gómez Arce y Joaquín Arrieta
Rojas; sur, calle pública con 13.26 metros y Guido
Solís Jiménez; este,
Edwin Solís Jiménez; oeste, calle pública con 12.73 metros y Guido
Solís Jiménez. Mide: ochocientos catorce metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Plano:
A-1080928-2006. 2) Finca 196897-000: Con una base de cuarenta y tres millones cuatrocientos
once mil ciento ochenta y nueve colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 196897-000, la cual
es terreno con una casa. Situada: en el
distrito 6-Río Cuarto, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Alfredo Rojas; sur, Ricardo Mejías; este, calle
pública;
oeste, Alfredo Rojas. Mide:
doscientos setenta y un
metros con noventa y seis decímetros cuadrados.
Plano: A-0355684-1979. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés, con las bases de 1) Finca 422814-000: Con la base de ciento setenta y ocho millones cuatrocientos tres mil ciento once colones con ochenta y ocho céntimos (75% de la base
original). 2) Finca 196897-000: Con la base
de treinta y dos millones quinientos cincuenta y ocho mil trescientos noventa y dos colones con doce céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dos de mayo
de dos mil veintitrés, con las bases 1) Finca 422814-000: Con la base de cincuenta y nueve millones cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos tres colones con noventa y siete céntimos (25% de la base
original). 2) Finca 196897-000: Con la base
de diez millones ochocientos cincuenta y dos mil setecientos noventa y siete colones con treinta y siete céntimos. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Héctor Francisco Quesada
Murillo contra Francisco Alberto del Socorro Gómez Vargas. Expediente
N° 19-008602-1202-CJ. Notas: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y dos minutos del once de
noviembre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro
Sánchez, Juez/a Decisor/a.—(
IN2022696972 ).
En este
Despacho, con una base de cincuenta y dos millones trescientos setenta y cinco mil ochocientos sesenta y seis colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 374-08741-01-0991-001 e hipoteca
citas: 2019-332588-01-0002-001, sáquese
a remate la finca del partido de San Jose, matrícula número 365081, derecho
000, la cual es terreno
para construir con una casa
lote 233.- Situada en el
distrito 1-Curridabat, cantón
18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 234; al sur,
lote 232; al este, calle con 9m y al oeste, Urbanizadora Pilón S. A. Mide: ciento cincuenta
y siete metros con cincuenta
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del treinta de enero de dos mil veintitrés con la base de treinta
y nueve millones doscientos ochenta y un mil ochocientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del siete de febrero de dos mil veintitrés con la base de trece millones noventa y tres mil novecientos sesenta y seis colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de Comisión Nacional de Préstamos
para la Educación (CONAPE) contra Ana Patricia Rojas
Hernández,
Rafael Antonio Rojas Hernández, Yamileth Hernández Carvajal Expediente N° 20-001969-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
22 de agosto del año 2022.—Iván
Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022697071 ).
En este Despacho, con una base de
setenta y ocho millones cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos sesenta y
siete colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas
número 0332-00014411-01-0002-001, servidumbre líneas eléctricas y de
paso citas número 0518- 00002756-01-0001-001 Y número
0518-00002756-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 679644-000 , la cual es terreno de potrero y montaña. Situada
en el distrito San Lorenzo, cantón Tarrazu, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, quebrada María del Milagro, Ana Leidy,
Patricia y Julián todos Picado Cruz, Diego Alonso y Esteban Artudo
ambos Ureña Picado y Edgar Monge Solís; al sur Eugenio Rodríguez Sanchez y
Agrícola Calmon S. A.; al este, Agrícola Calmon S. A. y al oeste, calle pública. Mide: ciento
ochenta y ocho mil ciento siete metros con cero decímetros cuadrados. Para tal
efecto, señalan las catorce horas quince minutos del catorce de febrero de dos
mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas quince minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés con
la base de cincuenta y ocho millones ochocientos treinta y nueve mil doscientos
colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos
del dos de marzo de dos mil veintitrés con la base de diecinueve millones
seiscientos trece mil sesenta y seis colones con noventa y siete céntimos (25%
de la base original). Con una base de veintinueve millones cuatrocientos cinco
mil seiscientos noventa y cuatro colones con ochenta y seis céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas número
0293-00018990-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 678574-000 , la cual es terreno de
cultivo, montaña y construido. Situada en el distrito San Isidro
, cantón Leon Cortes , de la provincia de San
José. Colinda: este: calle pública, oeste, quebrada, noreste, Gerardo Picado,
noroeste: quebrada, sureste, calle pública, suroeste, Abdenago
Alvarado y resto reservado. Mide: cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y
cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas quince minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince
minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés con la base de veintidós
millones cincuenta y cuatro mil doscientos setenta continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del dos de
marzo de dos mil veintitrés con la base de siete millones trescientos cincuenta
y un mil cuatrocientos veintitrés colones con setenta y dos céntimos (25% de la
base original). Con una base de quince
millones setecientos cuarenta y siete mil trescientos doce colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 665411-000, la cual
es terreno potrero y montaña. Situada en el distrito San Isidro
, cantón Leon Cortes , de la provincia de San
José. Colinda: al norte, quebrada en medio de Juan Mora Mora;
al sur, Julián Picado Cruz; al este, Julián Picado Cruz y al oeste, Julián
Picado Cruz, noreste, Ulises Ureña Hidalgo, suroeste, calle pública con un
largo de 77.92 metros lineales. Mide: treinta y un mil trescientos cincuenta y
seis metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas quince minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince
minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés con la base de once
millones ochocientos diez mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce horas quince minutos del dos de marzo de dos mil
veintitrés con la base de tres millones novecientos treinta y seis mil
ochocientos veintiocho colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima Contra Henry
Alcides Gerardo Picado Cruz y Rafaelita Elieth Ureña Ureña
Expediente N°
22-009638-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de noviembre del año
2022.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2022697098 ).
En este
Despacho, con una base de catorce mil ciento cincuenta y seis dólares con sesenta centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BQM 930,
marca: Hyundai, estilo:
Grand I10 Gls, categoría: automóvil, número chasis: MALA841CBJM303144, año fabricación: 2018. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil veintitrés con
la base de diez mil seiscientos
diecisiete dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio de dos mil veintitrés con la base de tres
mil quinientos treinta y nueve dólares con quince centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Gabriel Jesús Quirós Rojas. Expediente N° 22-007643-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas del cinco de setiembre del dos mil veintidós.—Cinthia
Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—(
IN2022697102 ).
En este
Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión sumaria
19-000104-1696-TR, boleta 2019-67800403 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Mora; sáquese a remate el vehículo CL314186, marca Kia, estilo Bongo III, categoría carga
liviana, capacidad 06
personas,
año 2012, color azul, VIN KNCSHY74CCK637958 cilindrada 3000 c.c. combustible diesel, Motor Nº NV. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del siete
de febrero de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del quince de febrero de dos mil veintitrés
con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del veintitrés de febrero
de dos mil veintitrés con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Marco Vinicio Mora Mora contra Marlene Laitano Castro. Expediente N°
21-001877-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: diez horas con cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos
mil veintidós.—Paula Priscilla Vargas Rodríguez, Jueza Decisora.—(
IN2022697105 ).
En este despacho, con una base de ochenta mil trescientos dieciocho dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de la provincia: Alajuela finca: 117307 duplicado: horizontal: F derecho: 000, segregaciones:
no hay, naturaleza: finca filial número
2 de una planta ubicada en el 1 nivel
destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situada en el
distrito 5-Guácima, cantón 1-Alajuela de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 5, sur, finca filial 1, este, área común
libre, oeste, área privada no construida destinada a parqueo. Mide: cien metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del tres de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del once de julio de dos
mil veintitrés con la base de sesenta
mil doscientos treinta y ocho dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés con
la base de veinte mil setenta
y nueve dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Mario Andrés Vidal
Rivera. Expediente N° 22-009918-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con dos minutos del veintiocho de octubre del dos mil
veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2022697123 ).
En este
Despacho, con una base de siete mil seiscientos veintiocho dólares con treinta y seis centavos, soportando
colisiones 19-001235-0491-TR, sáquese
a remate el vehículo placa: BCX327, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: plateado,
vin: KMHCT41CADU356060, cilindrada: 1400 C.C,
combustible: gasolina. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del ocho
de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de cinco mil setecientos
veintiún dólares con veintisiete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de mil novecientos siete
dólares con nueve centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José S. A. contra Christian de los Ángeles Sancho Ramírez.
Expediente N° 20-015730-1164-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 19 de octubre
del año 2022.—Lic. Víctor
Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022697125 ).
A las diez horas cero minutos del dieciséis de mayo de
dos mil veintitrés, en la puerta exterior de este Despacho, de la forma que se dirá
y con sus respectivas bases, en
el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con una base de
seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
375-01602-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 2-542.439-000, la cual es terreno para construir, Situada en el
distrito 1-Los Chiles, cantón
14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Humedales del Norte S.A.; al sur, Humedales
del Norte S.A.; al este, calle
pública,
y al oeste, Humedales del
Norte S. A. Mide: ochocientos
noventa y siete metros cuadrados. Plano: A-1841439-2015. 2) Con una base de seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 375-01602-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 2-542.440-000,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Humedales del
Norte S.A.; al sur, Humedales del Norte S.A; al este, calle pública, y al oeste,
Humedales del Norte S. A. Mide:
ochocientos noventa y siete metros cuadrados. Plano:
A-1841441-2015. c) Con una base de seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
375-01602-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 2-542.441-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Los Chiles, cantón
14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Humedales del Norte S.A.; al sur, Humedales
del Norte S.A.; al este, calle
pública,
y al oeste, Humedales del
Norte S. A. Mide: ochocientos
noventa y siete metros cuadrados. Plano: A-1841437-2015. Para el
segundo remate se efectuará
a las diez horas cero minutos
del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones de colones exactos (75% de la base original) por
la finca 2-542.439-000, con la base de cinco millones de colones exactos (75% de la base original) por
la finca: 2-542.440-000 y con la base de cinco millones de colones exactos (75% de la base original) por
la finca: 2- 542.441-000. para el tercer
remate, se señalan las diez
horas cero minutos del uno de junio
de dos mil veintitrés con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original), por
la finca: 2-542.439-000; y con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base
original), por la finca: 2-542.440-000 y con la base
de un millón seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original), por
la finca: 2-542.441-000. Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Néstor Alejandro
Mora Corella Expediente N° 22-001732-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y seis minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós.—Giovanni
Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022697128 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de trescientos veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
47155-F-000, la cual es terreno
finca filial sesenta y dos, terreno
apto para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito
1-Colon, cantón 7-Mora, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle privada denominada acceso tres y servidumbre pluvial; al
sur, zona de protección; al este,
finca filial primaria individualizada
número sesenta y uno, y al oeste, servidumbre pluvial. Mide: mil quinientos noventa y seis metros
con cincuenta y tres decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de febrero de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas treinta minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de doscientos cuarenta
y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de ochenta y un mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Douglas
Rolando Alfaro Lazo. Expediente
N° 22-010900-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de noviembre del año 2022.—Geovanna Vega Benavides, Jueza Decisora.—( IN2022697130 ).
En este
Despacho, con una base de diecinueve mil cuatrocientos cuarenta y un dólares
con cincuenta y seis centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo Placa: BSZ891, Marca: Chery, Estilo: Tiggo
2, Capacidad: 5 personas, año: 2020, color: gris, Categoría: automóvil, Vin: LVVB11B3ME000039, N Motor: SQRD4G15BAFKK00363,
cilindrada; 1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las
nueve horas cero minutos del veintitrés de
enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil
veintitrés, con la base de catorce mil quinientos ochenta y un dólares con
diecisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de febrero
de dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil ochocientos sesenta dólares
con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Jonathan
Sandí Quesada. Expediente N° 21-005930-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 28 de
octubre del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2022697131 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil ciento sesenta
y dos dólares con catorce
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando colisiones bajo la sumaria
19-001928-0500-TR del Juzgado de Transito
de Pavas; sáquese a remate el vehículo Placa:
BGS766, Marca: Renault, Categoría:
automóvil, año: 2015,
color: verde, Vin: 9FBHSRAJBFM451764, Motor:
F4RB403C049437, cilindrada: 1998 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas quince minutos
del diecinueve de enero del
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas quince minutos
del treinta de enero del
dos mil veintitrés, con la base de diez mil seiscientos veintiún dólares con sesenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del siete de febrero del dos mil veintitrés,
con la base de tres mil quinientos
cuarenta dólares con cincuenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Kevin
Alberto Quirós Quesada. Expediente N° 21-005871-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 24 de octubre del año 2022.—Isabel
Cristina Castillo Navarro, Juez Decisor.—(
IN2022697134 ).
En este Despacho, con una base de once mil seiscientos sesenta y seis dólares con cuarenta centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placas: BTB284, Marca: BYD, estilo:
F3 Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas año fabricación: 2020 color: negro, Vin: LGXC16DF5L0001759.
Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos
del diecinueve de diciembre
de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del diecisiete
de enero de dos mil veintitrés,
con la base de ocho mil setecientos
cuarenta y nueve dólares con ochenta centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas cero minutos del veinticinco
de enero del dos mil veintitrés,
con la base de dos mil novecientos dieciséis dólares con sesenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank
de Costa Rica S. A. contra Enrique Alejandro Aguilar Esquivel Expediente número
22-004744-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 26 de octubre del año
2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2022697138 ).
En este
Despacho, con una base de cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de la provincia:
Alajuela, matrícula: 491811 duplicado:
horizontal: derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: terreno de potrero para
construir. Situada: en el distrito:
05-Concepción, cantón:
05-Atenas, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle pública con frente de 101,88
metros; sur, Corporación
de Inversiones Garileca S.
A.; este, calle pública; oeste, Keneth Garita
Vindas. Mide: cuatro mil cincuenta y dos metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince
minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con
la base de treinta y siete
mil quinientos dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés, con la base de doce
mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Christian Alberto Villegas Arguedas contra Kenneth Garita
Vindas. Expediente N°
20-013157-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y cinco minutos del once de noviembre del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez
Alfaro, Jueza Tramitadora.—(
IN2022697144 ).
En este
Despacho, con una base de treinta millones setecientos treinta y un mil novecientos sesenta y dos colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 358-08508-01-0937-001 y servidumbre
trasladada citas:
395-03669-01-0020-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 142214, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada: en el
distrito: 01-Parrita, cantón:
09-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 19 metros 90 centímetros; al sur, quebrada Palma; al este,
Wilberth Salazar Marín, y al oeste,
Juan Honzalez Chavarría. Mide: tres mil ciento once metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas diez minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas diez minutos del primero de junio de dos mil veintitrés, con la base de veintitrés
millones cuarenta y ocho mil novecientos setenta y un colones con setenta y seis céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas diez minutos del nueve de junio de dos mil veintitrés, con
la base de siete millones seiscientos ochenta y dos mil novecientos noventa colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Joaquina Aguilar Rojas. Expediente
N° 22-004846-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: diez horas con once minutos del catorce de noviembre del dos mil veintidós.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022697145 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento setenta mil quinientos noventa y uno, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa lote 22, bloque A. Situada: en el
distrito: 08-Barranca, cantón:
01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rafael Hernández
Molina; al sur, calle pública; al este,
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y Oscar Brenes Mora, y al oeste,
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: setenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de marzo de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintitrés, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, con la base de un millón
ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Leonor Mayela Villafuerte Villafuerte
contra Yendry Patricia Alpízar Gómez. Expediente N° 22-005900-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas. Hora y fecha de emisión:
quince horas con dieciocho minutos
del quince de noviembre del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022697146 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, con una base de treinta y cuatro millones ochocientos ochenta y cinco mil ciento ochenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando restricciones Reg.
Art. 18, Ley N° 2825 citas: 523-19580-01-005-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos sesenta mil doscientos setenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito Peñas Blancas, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al oeste, Segundo Barquero
Vásquez;
al noreste, José Francisco Rodríguez Ledezma
y Jesús
Rojas Arguedas; al noroeste, zona de protección de
quebrada con 10 m de ancho; sureste, calle pública, y al suroeste, José Francisco Rodríguez Ledezma
y Jesús
Rojas Arguedas. Mide: tres
mil ciento setenta y uno metros
con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del primero de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de veintiséis millones
ciento sesenta y tres mil ochocientos ochenta y cinco colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones setecientos veintiún mil doscientos noventa y cinco colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de
Banco Nacional de Costa Rica contra Allam Astorga Gatgens. Expediente N°
20-002153-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 17 de noviembre
del año 2022.—Zary Cecilia
Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—(
IN2022697238 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 512910-000, la cual
es terreno para construir
con un local comercial en el ubicado. Situada:
en el distrito:
05-Ipís, cantón: 08-Goicoechea, de la provincia
de San José. Colinda: al norte
noreste, calle pública con
11,80; al sur noroeste, casa 25 de Urbanización Siglo Nuevo, casa contigua; al este sureste, calle pública con
14,89, y al suroeste, casa 26 Urbanización
Siglo Nuevo, casa contigua.
Mide: doscientos metros con
sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diez de febrero del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del veinte
de febrero del año dos mil veintitrés, con la base de cuarenta
y dos millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de febrero del año dos mil veintitrés, con la
base de catorce millones de
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jesús Huarcaya
Basques. Expediente N° 22-001056-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial
de San José, Sección Tercera, 27 de junio del año 2022.—Msc.
Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2022697248
).
En este
Despacho, con una base de veintitrés millones doscientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 385-04384-01-0945-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 382411, derecho
000, el cual es terreno naturaleza lote 5=A terreno para construir. Situada: en el distrito:
04-Mata de Plátano,
cantón: 08-Goicoechea, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
lote 4=A; al sur, lote 6=A;
al este, Rubén Quirós Retana, y al oeste, calle pública con 6,00 mts. Mide: ciento dieciocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de enero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veinticinco
de enero de dos mil veintitrés,
con la base de diecisiete millones
cuatrocientos treinta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de febrero de
dos mil veintitrés, con la base de cinco millones ochocientos diez mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alejandra Patricia Solís Alpízar. Expediente N° 19-007788-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 03 de octubre del año 2022.—Yessenia Brenes González,
Jueza Decisora.—( IN2022697297
).
En este Despacho, con una base de diecisiete millones quinientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
317-08599-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 408677 001 y 002, la cual
es terreno con una casa de habitación. Situada en el
distrito: 05-San Jerónimo, cantón:
06-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Bertilio González González; al
sur, servidumbre de paso en
medio resto con un frente de quince metros lineales; al este, calle pública con un frente de diez metros con sesenta y cuatro centímetros y
al oeste, Idania María
Sáenz Sánchez.
Mide: ciento cincuenta y nueve metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano:
A-0542450-1999. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
cero minutos del veinticuatro
de enero de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del uno de febrero de dos
mil veintitrés, con la base de trece
millones ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de cuatro millones trescientos
ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra Esteban José Sáenz Sánchez,
Judith Antonia Gómez Meléndez.
Expediente 21-000741-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia. Hora y fecha de emisión:
catorce horas con treinta y
uno minutos del once de noviembre
del dos mil veintidós.—Paula Priscilla Vargas
Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022697298 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones trescientos cuarenta y siete mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
346-03108-01-0900-001; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
número 201965 derecho 000, la cual
es lote para construir situada en el
distrito: 01-Filadelfia cantón:
05-Carrillo de la provincia de Guanacaste Linderos: norte, Gerardo Araya
Rodríguez, sur, calle pública con un frente
a ella de nueve metros con cuarenta y cinco centímetros. Lineales: este, Gerardo Araya Rodríguez, oeste,
Gerardo Araya Rodríguez. Mide: ciento
ochenta y ocho metros cuadrados Plano: G-1633496-2013. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintisiete
de enero de dos mil veintitrés,
con la base de tres millones
doscientos sesenta mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de febrero de
dos mil veintitrés, con la base de un millón ochenta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Álvaro Gerardo Medina Duarte. Expediente N° 21-003927-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz).
Hora y fecha de emisión:
once horas con veintidós minutos
del quince de noviembre del dos mil veintidós.—Lic. Anthony Jesús Quesada Soto, Juez.—( IN2022697299 ).
En este Despacho, con una base de seis millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número trescientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos
setenta y siete, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir una vivienda
de interés social. Situada
en el distrito:
05-Tacares, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, servidumbre de
paso con un frente a ella de 12 mts. con 99 cms. Lineales: al sur, Ulises Ulate
Ávila; al este, Rita María Ulate
Ávila y al oeste, Federico Ulate
Ávila. Mide: doscientos veintisiete metros con cincuenta
y un decímetros cuadrados.
Plano: A-0827125-2002. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del veinticuatro
de enero de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del uno de febrero de dos
mil veintitrés, con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de un millón
seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Brayan Josué
Rodríguez Mora, Carolina Bolaños Ulate. Expediente N°
22-002930-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: ocho horas con treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil veintidós.—Paula
Priscilla Vargas Rodríguez, Jueza Decisora.—(
IN2022697300 ).
En este Despacho, con una base de trece millones setecientos setenta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
quinientos cuarenta y dos
mil doscientos cincuenta y tres, derecho cero cero cero la cual es terreno para construir y callejón de acceso. Situada en el distrito:
05-Rodríguez, cantón: 12-Sarchí, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Julia Barrantes Carvajal;
al sur, Ólger Campos Rodríguez; este,
Ólger Campos Rodríguez, calle pública con un frente de 3 metros
lineales y oeste, Ólger Campos Rodríguez. Mide: doscientos treinta y dos metros cuadrados. Plano: A-1902871-2016. Para tal
efecto, se señalan las
quince horas treinta minutos
del diecinueve de enero de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del veintisiete de enero de
dos mil veintitrés, con la base de diez millones trescientos
treinta y tres mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del seis de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de tres millones
cuatrocientos cuarenta y
cuatro mil quinientos colones
exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Dany Alberto Campos Espinoza, Paola Melissa Corrales Argüello, expediente
22-002957-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia. Hora y fecha
de emisión: quince horas con cincuenta
y tres minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza
Decisora.—( IN2022697301 ).
En este Despacho, con una base de once millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula número 234918, derecho
000, la cual es terreno de
solar. Situada en el distrito: 02-Volcán, cantón: 03-Buenos Aires, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
José Walter Gutiérrez Obando y Annia
Cecilia Gutiérrez Obando; al sur, José
Walter Gutiérrez Obando y Annia Cecilia Gutiérrez
Obando; al este, José Walter
Gutiérrez Obando y Annia Cecilia Gutiérrez Obando y
al oeste, calle pública. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de febrero de
dos mil veintitrés, con la base de dos millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Walter José Gutiérrez
Martínez. Expediente N° 22-003265-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con nueve minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós.—Eileen
Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—(
IN2022697302 ).
En este Despacho, con una base de
quince millones doscientos diecinueve mil
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre traslada
citas 293-11564-01-0903-002, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 211041-000,
naturaleza: terreno de una casa; situada en el distrito: 04-Mata de Plátano;
cantón: 08-Goicoechea; de la provincia de San José Linderos norte, calle
pública; sur, Asociación Iglesia Geneses S. A.; este,
José Luis Vargas Gamboa; oeste: María
Emilia Gamboa Araya. Mide: doscientos sesenta y nueve metros con noventa y
cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta
y cinco minutos del veintitrés de enero de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco
minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de once
millones cuatrocientos catorce mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero de dos
mil veintitrés, con la base de tres millones ochocientos cuatro mil setecientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Fondo de Inversión de Titularización de Flujos de
Cartera Hipotecaria de Vivienda Colónes número 1
contra Giovanni Antonio Garita Calvo. Expediente N°
22- 009475-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del año 2022.—Isabel Cristina
Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022697303 ).
En este Despacho, con una base de dos millones seiscientos veinticinco mil cuatrocientos veinticinco colones con quince céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos sesenta y uno derechos
cero cero uno, cero cero
dos, cero cero tres
(468561-001, 002, 003), la cual es terreno para construir con dos casas. Situada en el distrito:
10-Damas, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Daniel Vargas Mora, al sur, Florindo Solano Gómez, al este,
Proyecto Urbanístico La Suecia,
y al oeste, calle pública con
6,27 metros de frente. Mide:
ciento cuarenta y siete metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del nueve
de febrero de dos mil veintitrés,
con la base de un millón novecientos
sesenta y nueve mil sesenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de febrero de dos mil veintitrés, con la base de seiscientos
cincuenta y seis mil trescientos
cincuenta y seis colones
con veintiocho céntimos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Alexander
Castro Varela Expediente N° 22-009653-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 02 de noviembre del año 2022.—Isabel
Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—(
IN2022697304 ).
En este
Despacho, con una base de siete millones sesenta y seis mil ochocientos treinta y cinco colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
319-01766-01-0901-002, servidumbre de paso citas: 467-03390-01-0003-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos noventa y dos mil setecientos setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de café. Situada
en el distrito:
01-Santa María, cantón: 17-Dota, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Carlos Chacón
Valverde; al sur, Cafetalera Don Agapito
S.A.; al este, Cafetalera
Don Agapito S.A. y en parte servidumbre de paso con frente de 25 metros y 50 centímetros
y al oeste en pare con servidumbre agrícola en medio de Cafetalera Don Agapito S.A. con frente de 41
metros y 59 centímetros y parte
con servidumbre agrícola a
fincas con frente de 39 metros 83 centímetros.
Mide: siete mil dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil
veintitrés, con la base de cinco
millones trescientos mil ciento veintiséis colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de febrero de dos mil veintitrés, con la base de un millón
setecientos sesenta y seis
mil setecientos ocho colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional Costa Rica contra Luis Diego Chacón
Monge. Expediente número 22-002331-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de noviembre del año 2022.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza
Tramitadora.—( IN2022697314 ).
En este
Despacho, con una base de veinticuatro millones trescientos cincuenta y dos mil cuatrocientos treinta y tres colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos
citas: 519-19646-01-0008-001 y limitaciones
del IDA Ley 2825 Art.67 citas: 519-19646-01-0009-001;
sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número
107754-001, la cual es terreno
Asentamiento Bataan lote 61
para construir. Situada en el distrito:
02-Batán, cantón: N
5-Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, canal en medio
con COOPEBATAAN; al este, Lidieth
Rodríguez Suárez y al oeste, Luis Hernández Fonseca.
Mide: quinientos cuarenta y tres metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas del trece de marzo del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintiuno de marzo del año dos mil veintitrés, con la
base de dieciocho millones doscientos sesenta y cuatro mil trescientos veinticuatro colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas del veintinueve de marzo del año dos mil veintitrés, con la
base de seis millones ochenta
y ocho mil ciento ocho colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de Caja Costarricense del Seguro
Social contra María del Carmen Corea Toruño, expediente
12-021747-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 04 de noviembre del año 2022.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2022697317 ).
En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo C-170107, Marca: Freightliner,
estilo:
CL 120 Columbia, Categoría: tracto
camión (carga pesada), Capacidad:
2 personas, carrocería: cabezal o tracto camión, año: 2006, cabina: sencilla, color: blanco, Vin:
1FUJA6CG46LV73965, combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del diez de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del dieciocho
de enero de dos mil veintitrés,
con la base de nueve millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés, con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de José
Andrés Brenes Rivera contra Viviana de Los Ángeles Mendoza Chavarría. Expediente N° 22-001821-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 10 de octubre del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez.—(
IN2022697354 ).
En este Despacho, con una base de treinta y seis millones cuatrocientos
cuarenta y ocho mil seiscientos veintiséis colones con sesenta y un céntimos, soportando servidumbre trasladada citas:
349-12048-01-0913-001 servidumbre trasladada
citas: 349-12048-01-0914-001 servidumbre:
2016-472264-01-0001-001 servidumbre de aguas para el paso de alcantarillado sanitario y
pluvial, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 152228-F-001-002, la cual
es terreno finca filial 020, de 2 plantas
o niveles, destinada a uso residencial en proceso de construcción.
Situada: en el distrito: 02-Rincón de
Sabanilla, cantón: 09-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, área común; al sur, finca filial 031; al este,
finca filial 019, y al oeste, finca filial 021. Mide: noventa y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las dieciséis
horas cero minutos del primero de febrero
de dos mil veintitrés, con la base de veintisiete millones trescientos treinta y seis mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con noventa y seis céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de nueve millones ciento doce mil ciento cincuenta y seis colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Israel
José Guevara Rojas, Katherine Vanessa Arias López. Expediente
N° 20-001354-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: catorce horas
con treinta y siete minutos del catorce de noviembre del dos mil veintidós.—Noelia
Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022697475 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000143-0391-AG donde se promueve
información posesoria por parte de Max Gerardo Ortega
Villafuerte quien es mayor, casado
una vez, vecino de Santa Bárbara, Santa Cruz, Guanacaste, ciento cincuenta al sur y ciento cincuenta este de la iglesia católica, portador de la cédula número 0501920908, pensionado, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno solar cona una casa. Situada en el distrito
Sétimo Diría, cantón Tercero Santa Cruz. Colinda: al norte con Francisco
Javier Gómez Mena; al sur con calle pública; al este con Francisco Javier Gómez Mena y al oeste con Luz Marina
Villafuerte Ramírez. Mide: doscientos
setenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir con plano catastrado número G-2255878-2021
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos
mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en hacer cercar,
rondas, reparación de cercas, siembra de plantas, chapias y limpieza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Max Gerardo Ortega
Villafuerte. Expediente N° 22-000143-0391-AG-9. Nota: Publíquese este
edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: quince horas con doce minutos del catorce de setiembre del dos mil veintidós.—Milkyan
Sánchez Aguilar, Juez Decisor.—
1 vez.—( IN2022695515 ).
Se cita y se emplaza
a todos los interesados en la sucesión de quien vida fue el
señor Elodia Carmona Arias, mayor, casada una vez,
ama de casa, cedula identidad uno-cero trescientos cero ocho-cero setenta y seis, vecina de San
Pedro Montes de Oca, doscientos metros este y veinticinco sur del
Colegio Don Bosco, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Notaría de la Licenciada
Adelita Mariana Brenes
Arce, oficina abierta al público San José, Montes de Oca, Barrio Dent, Niehaus
Abogados. Es todo.—San José, catorce de noviembre del dos mil veintidós.—Licda. Adelita Mariana Brenes Arce.—1 vez.—(
IN2022693954 ).
En mi notaría se inicia
sucesorio notarial de quien
en vida fuera
Plácida
Jiménez Villalobos, cédula: dos-ciento
cuarenta y tres-cero treinta y dos, mayor, viuda una vez, ama de casa vecina de Alajuela, San Ramón, de la Delegación
de Policía, veinticinco metros norte,
cédula de identidad dos-ciento
cuarenta y tres-cero treinta y dos, misma que falleció el dos de julio del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento.
Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria carné: 13236.—1 vez.—( IN2022693974 ).
Que en el término de quince días, contados a partir de su publicación se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados para que se apersone a hacer valer sus derechos, en la sucesión de quien en vida fue
Andrés Sosa Villalobos para que, se apersone a la notaría de la Licda. Ana María Roiz Ballestero ubicada en Esparza, Puntarenas, ocho de noviembre del dos mil veintidós.—1
vez.—( IN2022693986 ).
Se cita y se emplaza
a todos los interesados en la sucesión de quien vida fue el
señor Dora Jinesta Alvarez,
mayor, casada una vez, ama de casa, cedula identidad
dos- ciento diecisiete-cero
seiscientos cincuenta y
seis, vecina de Alajuela, comparezcan
ante esta Notaria a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licenciada Adelita Mariana Brenes Arce, oficina abierta al público San José,
Montes de Oca, Barrio Dent, Niehaus Abogados. Es todo.—San José, catorce de noviembre del dos mil veintidós.—Licenciada Adelita Mariana Brenes Arce.—1 vez.—( IN2022693987 ).
Por una única vez, se cita y
emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida fue Albino Patricio
Cruz Cruz, cédula de identidad 5-140-1397, para que
dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a hacer valer sus derechos ante mi despacho en Ciudad Neily, cien metros al Este del Mercado Municipal, Corredor,
Corredores, Puntarenas o al correo electrónico campos.abogado.notario@gmail.com
bajo apercibimiento de que, si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 0002-2022. Código 7208.—Ciudad Neily, 14 de noviembre del 2022.—Lic. Yorhanny
Campos Piedra, Notario Público.—1 vez.—( IN2022694000
).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Luis Diego
Corrales Arce, a las ocho horas del veintinueve de octubre del dos
mil veintidós y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Clara Ivette Arce Barrantes, quien
fue mayor de edad, viuda de sus primeras nupcias, empresaria, portadora de la cédula de identidad
costarricense número:
dos-cero doscientos veintiocho-cero
ochocientos seis, vecina de
Alajuela, San Carlos, Florencia, del Banco Nacional, cien
metros al sur. Se cita y emplaza
a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a
partir de la publicación de
este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Daniela
Alexandra Garita Sánchez, Notaria Pública
con oficina abierta en la ciudad de
Alajuela, San Carlos, Florencia, de la Fuerza Pública, ciento veinticinco metros al norte. Teléfono N° 8810-3812.—1 vez.—( IN2022694009 ).
El suscrito notario
hago constar que el día de hoy se presentaron a mi
despacho: Claudina Araya
Jiménez, mayor, viuda de su
único matrimonio, pensionada portadora de la cédula
de identidad número
dos-cero uno dos ocho-cero siete
siete cinco, vecina de San José, Central, Catedral,
Barrio La Cruz, calles nueve
y once, avenida veintiséis,
casa novecientos cincuenta
y dos; María Enid Vargas Araya, mayor, soltera,
pensionada, portadora de la
cédula de identidad número
dos-cero dos siete cinco-cero
ocho nueve cinco, de mismo domicilio que la anterior compareciente;
Ever Vargas Araya, mayor, casado una
vez, Abogado y Notario, portador de la cédula de identidad
número dos-cero tres cuatro
seis-cero tres uno siete, vecino de San José, Escazú, doscientos cincuenta metros al oeste del Palacio Municipal; Manuel Vargas Araya, casado una vez,
Abogado, portador de la cédula de identidad
número nueve-cero cero tres cero-cero nueve uno dos, vecino de San José, Central, Pavas,
costado norte del Colegio
Humboldt, casa esquinera; Edwin Vargas Araya, mayor, casado una vez,
contador público, portador de la cédula de identidad
número dos-cero tres siete uno-cero nueve siete dos, vecino de San José,
Moravia, San Vicente, del Palenque del Club La Guaria,
setenta metros al norte;
Alba Vargas Araya, mayor, viuda de su único matrimonio,
empresaria, portadora de la
cédula de identidad número
dos-cero dos cuatro cuatro-cero nueve seis cuatro, vecina de Heredia, San Pablo, Urbanización
Yuli, casa número cuarenta y seis y Olger Clodomiro
Vargas Araya, mayor, viudo de su
único matrimonio, ebanista, portador de la cédula
de identidad número
dos-cero tres dos siete-cero
dos cinco siete, vecino de San José, Central, Hatillo, Hatillo dos, calle cincuenta, avenida treinta A, casa número seis siete ocho, y me solicitaron que iniciara la tramitación
extrajudicial del sucesorio del señor
Manuel Vargas Álvarez, quien fue casado una
vez, pensionado, vecino de
San José, Central, Catedral, Barrio La Cruz, calles nueve y once, avenida veintiséis, casa novecientos cincuenta y dos,
cédula identidad número
dos-cero uno uno tres-cero
cuatro uno siete. Con base en
lo anterior se cita y emplaza
a los herederos e interesados en dicha sucesión, para que, dentro del término de quince días
contados a partir de esta publicación, se apersonen ante la oficina del suscrito notario, situada en San Pedro de Montes de
Oca, Barrio Vargas Araya, de la Escuela Laboratorio
Emma Gamboa, doscientos
metros al sur, edificio esquinero,
oficina uno, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo verifican, la herencia pasará a quién legalmente corresponda.—San Pedro
de Montes de Oca, 11 de noviembre de 2022.—Humberto Fallas Cordero, Notario.—(
IN2022694011 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Mariana Cordero Blanco. Se cita y emplaza a
todos los interesados en la Sucesión de Alfonso Ramírez Obando, portaba la cédula de identidad número uno- cero
ciento sesenta y siete- cero ochocientos sesenta y nueve, para que dentro del plazo de ley, comparezca a hacer valer sus
derechos; Expediente 2022- 0006. Notaría del Lic. Esteban Hernández Álvarez,
Heredia, Santa Bárbara, San Bosco 25 metros al sur de la Farmacia.—Lic.
Esteban Hernández Álvarez.—1 vez.—( IN2022694023 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Fabio Fuentes
Hernández, mayor, casado en
segundas nupcias, cédula N°
2-0451-0049, comerciante, vecino
de Heredia, San Antonio de Belén, a las 10:00 horas
del 3 de noviembre del 2022 y comprobado el fallecimiento
de Nicolás Fuentes Navarro, costarricense,
con cédula
número 2-0242-0944, esta notaría ha declarado abierto su proceso notarial. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría del Licenciado
Luis Álvaro Castro Sandi, en San Rafael de Alajuela, teléfono N° 83-94-2688.—Alajuela, 15 de noviembre
del 2022.—1 vez.—( IN2022694048 ).
Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores e interesados en el proceso sucesorio
de Carmen Quesada Arias, quien en
vida fue mayor, casada una vez,
ama de casa, cédula de identidad número
1 0222-0830 y vecino de San José, Hatillo, Sagrada
Familia, 175 norte de la escuela
Carolina Dent, y de quien también
en vida fue:
Jacqueline Fernández Quesada, mayor, soltera, ama de
casa, cédula número 1 0703-0639, vecina
de San José, Hatillo, Sagrada Familia 175 norte de la
escuela Carolina Dent, para que dentro
del plazo de quince días se apersonen
ante la oficina del notario
Juan José Chavarría Mora, ubicada
en San José, San Sebastián, Residencial Las
Margaritas avenida 44 B casa 237, a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se apersonan en este plazo,
la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente notarial
Dos-dos mil veintidós.—San José, 14 de noviembre de
2022.—Juan José Chavarría Mora, Notario.—1
vez.—( IN2022694060 ).
Ante el infrascrito
Notario, se inicia el Proceso Sucesorio
Intestado bajo número
PSI-cero cero cero dos-dos mil veintidós,
de quién en vida se llamó el
señor Carlos Humberto Solís Chinchilla, quien portara la cédula de identidad uno-cinco cuatro uno-siete tres cero, soltero, vecino de San Juan de
Dios de Desamparados y a ruego de su
progenitora señora María
Cecilia Chinchilla Castro, con cédula de identidad
uno-dos cinco ocho-siete
cuatro cero, soltera, pensionada,
vecina de igual dirección y domicilio del causante y que mediante esta citación se comunica a los herederos, legatarios, terceros, acreedores e interesados, para que dentro de
un plazo de treinta días contados a partir de la única publicación de ésta para que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
derecho a la herencia, de que, si
no se presentan en este plazo, aquella
pasará a quién corresponda según lo dispuesto en el
artículo 945 y siguientes
del Código de Rito y el artículo 129 y siguientes del
Código Notarial, ante esta Notaria, situada en San José, Aserrí, ciudad de Aserrí, precisamente de la Municipalidad 350 metros al Este, teléfono de oficina 2230-5185, teléfono celular 8706-2646, fax
2230-3038, correo electrónico
vicareca@hotmail.com.—Dado en la ciudad de Aserrí, a las 18 horas del 14 de noviembre
del año 2022.—Lic. Víctor Evelio Castro Retana, , carné de colegiado
2241, Notario Público.—1
vez.—( IN2022694073 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Alexis Obando Alvarado, quien
fue mayor, costarricense, comerciante, divorciado una vez, cédula uno cero dos tres dos cero cero uno cero, quien falleció en Hospital, Central, San José, el
día veinticuatro de marzo
del dos mil dieciocho, para que dentro
del
plazo de treinta días. contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos; y se apercibe
a quienes crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia respectiva pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio número 002-2022.—Heredia, 5 de agosto
del año 2022.—Licenciado
Fabian Azofeifa Arce, Notario
Público.—1
vez.—( IN2022694076 ).
Por escritura número doscientos
ochenta y ocho a las once horas del once de noviembre del dos mil veintidós ,
visible al folio ciento sesenta y ocho vuelto del tomo catorce de esta misma
notaria, se ha solicitado la apertura y tramite del proceso sucesorio en sede
notarial, de quien en vida fue Claudio Norberto Fallas Mora , mayor de edad,
casada una vez, agricultor, vecino de Pococí, La Rita , Palmitas , del Ebais cien metros este y cincuenta metros sur, cédula seis -cero cero tres dos
- cero cuatro cuatro uno Se cita a los
interesados en esta sucesión para que dentro de un plazo de quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante esta notaría
a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos aquellos interesados, que si no se apersonan dentro del plazo dicho, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente número 04-2022. Notario del Licenciado
Randall Eduardo Ramírez Vargas, con oficina abierta en Pococí, Cariari, Almacén
San Francisco cincuenta metros norte. Es Todo, a las ocho horas del catorce de
noviembre del dos mil veintidós.—Randall Eduardo
Ramírez Vargas.—1 vez.—( IN2022694111 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría, a solicitud de Roger
Fonseca Marín, a las 11 horas del 01 noviembre del año 2022 y comprobado el fallecimiento de Bolívar del
Carmen Torres Elizondo, mayor de edad, soltero, agricultor, vecino San Miguel, Desamparados, provincia
de San José, exactamente Urbanización
El Huazo, con cédula de identidad
número 6-0195-0613, fallecido
el 08 de mayo del 2006 en
la provincia de San José, Desamparados, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Geilin del Carmen Salas Cruz, con oficina
abierta en San José, San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, frente a Tribunales de Justicia,
Plaza Tracopa, local número
uno. Teléfono 8708-6840.—Día 16 de noviembre del año 2022.—Geilin del Carmen Salas Cruz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022694193 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados de quien en vida fuera
Zaida Valerín Cedeño, cédula de identidad
cinco-ciento noventa y cinco-cero sesenta y dos, quien fuera vecina
de Santa Cruz, distrito Tempate,
en Portegolpe, de la Iglesia Católica doscientos cincuenta metros al oeste y setenta y cinco al sur, falleció el veintiocho de julio del año dos mil trece, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos. Se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
0003-2022-15916-OIGP. Notaría Licda.
Olga Granados Porras.—Nicoya Guanacaste Barrio Guadalupe. Teléfono 83991766.—Licda. Olga Granados Porras.—1 vez.—( IN2022694195 ).
En esta notaría se declara abierto el proceso sucesorio
de quien en vida fue Marco Antonio Zúñiga Cervantes, cédula 104560786, vecino de Escazú, fallecido el 22/07/22. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de Ligia Rodríguez Pacheco. Teléfono
8341-9894.—San José, 16 de noviembre del 2022.—Ligia
Rodríguez Pacheco, Notario.—1 vez.—( IN2022694206
).
Se hace saber
a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general que tengan interés
en la sucesión abintestato del señor: Exides Meléndez Mancia, cédula DI
122200464610, mayor, soltero, comerciante, vecino Alajuela, Alajuela,
Sabanilla, para que a partir de la presente y dentro del plazo máximo de 30
días hagan valer sus derechos, en la notaria de la
Licenciada Ana Lucrecia Morales Ugalde, en Alajuela, San Isidro, Itiquis, 200 norte de la Iglesia Católica, con teléfono
88504521, expedientes: Numero Suc. 002-2022,
(publíquese 1 vez en el Boletín Judicial).— Ana
Lucrecia Morales Ugalde.—1 vez.—( IN2022694212 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Victoria Núñez Sánchez, costarricense,
cédula de identidad cinco-ciento
cincuenta y dos-novecientos
catorce, a las catorce
horas del día catorce de abril
del año dos mil veintidós y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Santiaga Chavarría Chavarría, costarricense, cédula de identidad,
seis-cero treinta y dos-seiscientos
setenta y ocho, soltera, del hogar y vecina de Línea 13 de Matina,
Limón. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Minor Alemán Torres, Bataan, Matina, Limón, frente
a las oficinas del Ministerio
de Salud en Bataan centro, teléfono seis cero ocho siete nueve
dos tres dos.—Bataan, Limón diez de noviembre del dos veintidós.—Lic. Minor Alemán Torres.—1 vez.—( IN2022694224 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Manuel Sánchez Mena, costarricense, cédula de identidad número siete-ciento once-doscientos diecisiete, a las dieciséis horas del día veinte de
mayo del año
dos mil veintidós, y comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Rafael Sánchez Mesén, costarricense,
cédula de identidad número uno-doscientos
cincuenta y seis-ochocientos
cincuenta, viudo,
pensionado, y vecino de La Colonia Puriscaleña de
Matina, Limón. Se cita y emplaza
a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Minor Alemán Torres, Bataan, Matina, Limón, frente
a las oficinas del Ministerio
de Salud en Bataan centro, teléfono: seis cero ocho siete nueve
dos tres dos.—Bataan, Limón,
diez de noviembre del dos
mil veintidós.—Lic. Minor Alemán Torres.—1 vez.—( IN2022694225 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta Notaría por los
presuntos herederos a las diez horas del trece de noviembre de dos mil veintidós, y
comprobado el fallecimiento de Manuel Segura González, quien
en vida fue,
mayor, casado una vez, Funcionario Judicial, cédula de identidad número uno-cero cuatro cuatro ocho-cero uno cuatro nueve, vecino de San José,
Desamparados San Antonio de Plazoleta cien al sur, fallecido el día trece de setiembre de dos mil seis, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—San José, Aserrí, Salitrillos.—Lic. Danilo
Alejandro Fallas Monge. Notario.
Teléfonos 7208-4585 /8339-5838.—1 vez.—( IN2022694231 ).
Ante esta notaría
se está tramitando el proceso sucesorio
de Marjorie Castro Quesada, por lo que se hace saber a los presuntos interesados que en el plazo
de quince días deben comparecer
ante esta notaría Lic. Juan Edgar Fallas García, frente al parqueo de la Iglesia Católica, con el fin de hacer velar sus derechos.—San José, quince horas del quince de noviembre del dos mil veintidós.—Juan Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—( IN2022694233 ).
El suscrito, Ronald Antonio
Sánchez Trejos, Notario Público
con oficina en Guadalupe, Goicoechea, San José, Oficentro Bariloche, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos ciento quince siguientes y concordantes del
Código Procesal Civil y artículo
ciento veintinueve del
Código Notarial, hace constar
que en esta notaria se tramita el proceso
sucesorio de Jimmy Alberto Jiménez Arguedas, por lo que se cita y emplaza a los interesados
para que dentro de los
quince días siguientes a esta
publicación, concurran a hacer valer sus derechos.—1 vez.—( IN2022694275 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del siete de octubre del presente año, comprobado el fallecimiento
de quien fue Carlos
Boschini Figueroa, con cédula de identidad uno-trescientos cincuenta y siete-ciento cuarenta y seis, se declara abierto su proceso sucesorio
testamentario. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días naturales. Contados
a partir de la ubicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. El expediente en cuestión
es el número cero cero cero uno-dos mil veintidós, notaría del notario público Carlos Chaves
Araya, cita en Liberia de
Guanacaste, cincuenta metros sur del Casino Liberia. Publíquese una vez.—Liberia,
Guanacaste, ocho horas del veintiuno
de octubre dos mil veintidós.—Carlos
Chaves Araya, Notario Público,
carné
4112, cédula 5-197-848.—1 vez.—( IN2022694287 ).
Ante esta notaría, mediante acta
de apertura otorgada por Mary Kay (nombre) Hankins
(apellido), a las 10 horas 30 minutos del 12 de noviembre del año 2022 y
comprobado el fallecimiento de George Blair (nombre) Hankins
JR (apellido), quien en vida fue de un solo apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense, mayor de edad, portador del pasaporte de su país
número 505460392, casado una vez, ingeniero, y con domicilio en número 39,
Vista del Lago, Las Brisas de Chapala, Jalisco, México, código postal número 45908,
y la existencia y validez del testamento por él otorgado; esta Notaría ha
declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los
herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta Notaría, a hacer valer sus derechos. Dirección:
Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, Centro Comercial Tamarindo Business Center,
oficina P&D Abogados, locales 1 y 2, teléfono 2653-2009, correo
electrónico: evelynlopezguerrero@outlook.com.—Tamarindo,
a las diez horas del dieciséis de noviembre del año dos mil veintidós.—Licda.
Evelyn Isabel López Guerrero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022694294 ).
Se hace saber: Que en este despacho
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Yuri Alberto Méndez Masis,
quien en vida gozaba de las siguientes calidades: mayor, soltero, doctor en farmacia, con cédula de identidad:
uno- seis nueve seis- siete
cuatro cuatro, vecino de Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, cine metros al sur de la
C.C.S.S, casa mano derecha, Se cita
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, por lo cual, si
no se apersonan dentro de
ese plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente N° cero cero doce-dos mil veintidós, del Licdo. Noel
Claudio Gutiérrez Zúñiga con oficina
abierta en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, del costado
sur-este de la Iglesia Católica cien metros al sur, a
las catorce horas con treinta
y nueve minutos del quince
de noviembre del año dos
mil veintidós.—Lic. Noel Claudio Gutiérrez Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2022694307 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de Juana de Los Ángeles
Delgado Sandí, quien fue mayor, viuda una vez, miscelánea,
cédula de identidad número
seis-cero setenta y seis-ochocientos
noventa y siete, vecina de Puntarenas, El Roble. Para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
0050-2022. Notaría del Bufete
del Lic. Álvaro Córdoba
Díaz. Notario. Teléfono
8371-4420.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1
vez.—( IN2022694321 ).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso de quien
fue Ezequiel Vallejos
Fernández, mayor, casada una
vez, pastor evangélico, cédula seis-cero ciento siete-cero quinientos cincuenta y uno y vecino de Puntarenas, Chahuite,
para que dentro del plazo
de quince días se apersones a hacer
valer sus derechos y se apercibe
a las que crean tener calidad de herederos que, si no se apersone en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Ante notario
Guillermo Carballo Rojas. Puntarenas centro, veinticinco este de la Casa Cultura, número de sucesorio 11-22.—1 vez.—( IN2022694326 ).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso de quien
fue Olger Gerardo Lara
Miranda, mayor, casada una vez, pensionado, cédula cinco-cero ciento cincuenta y tres-cero seiscientos treinta y siete y vecino de Puntarenas, Barranca
para que dentro del plazo
de quince días se apersones a hacer
valer sus derechos y se apercibe
a las que crean tener calidad de herederos que, si no se apersone en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Ante notario
Guillermo Carballo Rojas. Puntarenas centro veinticinco este de La Casa Cultura, número de sucesorio
020-22.—Guillermo Carballo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2022694337 ).
Se cita y se emplaza a los interesados
en la sucesión de: Blanca
Rosa Sánchez Guillen, divorciada, oficios
del hogar, cédula número
dos- cuatrocientos diecisiete-cuatrocientos
cuarenta y uno, vecina de
Buenos Aires de Palmares, Alajuela, en Urbanización Los Marinos, frente a la antena grande; para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este Edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quién corresponda. Publicar una vez. Cel
8812-5054. Expediente Número:
cero cero cero seis-dos mil
veintidós. Notaria del Bufete
Campos Doubleday.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2022694376 ).
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de las personas menores de edad: Denzel Isaac y
Rihanna Narahi, ambos apellidos
Guevara Canda, para que se apersonen
a este juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
21-001366-0292-FA. Clase de Asunto
Depósito
Judicial. Nota: de conformidad
con la circular N° 67-09, emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia,
la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces
consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las catorce horas cuarenta y dos minutos del 08 de noviembre del 2022.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022693526
). 3 v. 3.
Se
convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces
consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela persona menor de edad Ashly Brigitte Zeledón
Duarte, para que se apersonen dentro
del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto en el
Boletín Judicial. Publíquese
3 veces consecutivas. Lo anterior se ordena así
en proceso actividad judicial no contenciosa
- tutela de Patronato Nacional de la Infancia. Expediente Nº 22-000326-0928-FA. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese 3 veces consecutivas.—Juzgado de Familia,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica
de Cañas (Materia Familia), 31 de octubre del año 2022.—Lic. Roly Arturo Bogarín
Morales, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022693540 ). 3 v. 3.
Edicto, se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
judicial de las personas menores de edad Pamela Sánchez Villegas y Dariel
Gael Sánchez Villegas, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N°
22-000610-0292-FA. Clase de asunto
depósito judicial. Nota: de
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas dieciséis minutos del cinco de abril de dos mil veintidós, 05 de abril del año 2022.—Msc. Liana Mata Méndez,
Jueza Decisora.—O.C.
Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022693541 ). 3 v. 3.
Se
cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito judicial de las personas menores
de edad Kenneth Campos Picado, Jarian
Stiwar Pérez Picado, Luna Dayanara
Campos Picado y Yeirel David Campos Picado, para que
se apersonen a este Juzgado dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°22-002013-0292-FA. Clase
de Asunto Actividad
Judicial No Contenciosa (Depósito
Judicial). Nota: Publíquese
tres veces consecutivas. De conformidad con
la circular N°67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. 28 de octubre del año 2022.—Msc.
Liana Mata Méndez. Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022693548 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor Jeffry Josué Ponce Ulate, para que
se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente
N°22-001576-0292-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa Nota:
Notifíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas
doce minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós.- 29 de agosto del
año 2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Juez(a).—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022693570 ). 3 v. 3.
Edicto, se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
judicial de la persona menor de edad
Marlin Tiree Martin Amador, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 22-001922-0292-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa. De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Nota: publíquese tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas veinte minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós,
09 de noviembre del año
2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2022693573 ). 3 v. 3.
A Dixon Alberto
Corrales Galiano y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de los menores Nathaly
Tamara Corrales Quirós, se les pone en conocimiento la resolución de las
quince horas con diecisiete minutos
del treinta de junio del año dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito
de las personas menores Nathaly Tamara Corrales
Quirós, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres
días a Yailyn Priscila Quirós Alemán
y Dixon Alberto Corrales Galiano, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20,
del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que no
pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones”. Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Yailyn Priscila
Quirós Alemán y Dixon Alberto Corrales Galiano, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real: Alajuela, Naranjo, San Juan, 800 norte de Bar
Los Pilones, Calle Porosal,
casa a mano derecha con portón
de malla, teléfono
8972-7270. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona Fuerza Pública de Naranjo.- En caso que el
lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado.- Se le previene a la parte interesada, que para efectos de
la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Queda la comisión/documentación
a disposición de la parte interesada en el Sistema de Gestión
en Línea para su diligenciamiento. El párrafo final del artículo 19 de
la Ley de Notificaciones, N° 8687 indica que a la notificación se le acompañarán copias de los
escritos y documentos salvo
disposición legal en contrario.
El artículo 27.2 del Código Procesal Civil establece que cuando los documentos o escritos fueran incorporados a la carpeta escaneados o por otros medios, no se requerirá
la presentación de copias salvo
que se trate de documentación que no pueda ser escaneada. Con motivo de lo anterior, deberá la parte demandada, acceder al “Sistema de Gestión en Línea”
(https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr) para obtener
las copias de todas las piezas del expediente, no siendo necesario adjuntarle a la notificación las copias del mismo. Para ello, deberá obtener
una clave de acceso al sistema la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Por otro lado, según
lo establece el artículo 8 de la Ley de Notificaciones,
N°8687, la persona que notifica está
investida de autoridad para
exigir la plena identificación
de la persona que reciba la cédula, así como para solicitar
el auxilio de otras autoridades, cuando lo necesite para cumplir sus labores. (contenciosos) En caso de cuya omisión
transcurrido el plazo de tres meses se declarará la deserción, (no contenciosos) En cuya omisión transcurrido
el plazo de 06 meses se declarará el abandono
del proceso. Licda.
Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera. Juez(a). Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia ( Materia de Familia ).—Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar
Herrera, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022693580 ). 3 v. 3.
Se avisa que en este Despacho
bajo el expediente número 19-000049-0776-FA, Jazmine Rosita Ángulo Chavarría, solicita se apruebe
la adopción individual de la persona menor Dylan Josué Medina Chavarría. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una sola vez.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz
(Materia Familia), 11 de noviembre del año 2022.—Msc. Ana Lucrecia
Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694129 ).
Por tanto: Razones dadas y normativa citada. Se acoge la acción presentada por el Patronato Nacional de la Infancia y se declara en estado de abandono
a la menor Yogeilyn López
Rivera, por parte de la progenitora Marjorie López Rivera, a quien
se le da por extinta la
patria potestad. Se ordena el depósito judicial de la mencionada menor a la señora María Elena Chevez Vivas, a quien también se le nombra como tutora de la menor, por lo que deberá seguir velando
por su seguridad,
estabilidad, protección en el sentido
amplio de la palabra a fin que logren
crecer como persona sana física y emocionalmente.
Firme esta resolución inscríbase mediante ejecutoria que se expedirá, en el Registro
Civil, Sección de Nacimientos de la menor: Yogeilyn
López Rivera, nació el 06
de diciembre del año 2007 y
su nacimiento está inscrito en
Alajuela, al tomo ochocientos
noventa y siete, folio trescientos veintisiete y asiento
seiscientos cincuenta y tres. Publíquese la parte dispositiva de este fallo por
una única vez, en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Se resuelve sin
especial condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo
dentro del plazo del Ley.
Melissa Chaves Agüero, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso procesos especiales de Patronato Nacional
de la Infancia contra Marjorie López Rivera. Expediente N° 22-000070-1517-FA. Nota:
Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida
por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia),
Alajuela, Upala, 27 de octubre
del año 2022.—Licda.
Melissa Chaves Agüero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694142 ).
Se avisa que en
este Despacho bajo el expediente N°
19-000049-0776-FA, Jazmine Rosita Angulo Chavarría, solicita
se apruebe la adopción
individual de la persona menor: Dylan Josué Medina Chavarría. Se
concede a los interesados el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos
de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una sola vez.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa
Cruz, (Materia Familia), 11 de noviembre
del 2022.—Msc. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022694147 ).
Alberto Jiménez Mata, Juez del
Juzgado de Familia de Cartago, a Jacob Antonio Ramírez Rivera, cédula
3-453-841, se le hace saber que en proceso abreviado de suspensión de los
atributos de la responsabilidad parental establecida contra él por el Patronato
Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto la resolución que en
lo conducente dice: “Juzgado De Familia De Cartago.- A las nueve horas doce
minutos del cuatro de abril de dos mil veintidós.- De la anterior demanda
abreviada de suspensión de patria potestad expediente 22-000800-0338-FA,
establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere
traslado al accionado Jacob Antonio Ramírez Rivera por el plazo perentorio de
diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la
misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al
contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para
su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos
de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si
los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones.- En la misma oportunidad deberá ofrecer las
pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de
ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las
sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio
de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se
exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “ celular “
, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.-
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre
2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o
por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real.- Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y Otras Comunicaciones de Cartago. En caso que
el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a
efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Vista la medida cautelar solicitada por el ente actor por el
interés superior de las personas menores de edad se otorga el deposito provisional de Deylan Yahir, Michaela Naomy y
Dylan Mateo todos apellidos Ramírez Gómez en el recurso de la señora Bernarda
Martina Rivera Rodríguez”. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de
junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige
esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este
Edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado de
Familia de Cartago.—Alberto Jiménez Mata, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2022694328 ).
Alberto Jiménez Mata, Juez del Juzgado de Familia de
Cartago, a Kattya Sofía Hernández Rojas, cédula
N° 3-494-631, se le hace saber que en proceso de declaratoria
judicial de estado de abandono
de persona menor de edad, establecida contra ella por el Patronato
Nacional de la Infancia, se ordena
notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las once horas trece minutos del siete de febrero de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso
especial de declaratoria de abandono,
expediente N° 21-003379-0338-FA de la persona menor Nicolás José Hernández Rojas, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Kattya Sofía
Hernández Rojas, a quien se le concede el plazo de cinco
días para que oponga excepciones,
se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo,
en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero de
2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial: http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, sesión
78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
Se le advierte que si no contesta en el
indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una
convocatoria a una
audiencia oral y privada, conforme
lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas
las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones de Cartago. En caso que el
lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria 0notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Se procede a resolver la medida
cautelar solicitada por el ente
actor de acuerdo con lo solicitado,
y por el interés superior de la persona menor
de edad, se otorga el depósito provisional de Nicolas Hernández Rojas
en el Patronato
Nacional de la Infancia. Nota:
de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este Edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado
de Familia de Cartago.—Alberto Jiménez Mata, Juez Tramitador.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022694330 ).
Licda. Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza del Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia); hace saber a Elizabeth Mongrio Sequeira, documento de identidad 0207100233, soltero/a, oficios domésticos, vecino de no indica, que en este Despacho se interpuso un proceso procesos especiales en su contra, bajo el expediente número
22-000105-1517-FA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Familia), a las trece horas veintidós minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós.- Se tiene por establecido el presente proceso
especial de declaratoria judicial de abandono en beneficio
de los menores Ashly Franciny Chacón Mongrio, José Antonio Mongrio Sequeira, Matías y Mateo ambos de
apellidos Arias Mongrio, planteado por Patronato
Nacional de la Infancia contra Elizabeth Mongrio Sequeira, Henry Alberto Chacón Palacios, Rigoberto Arias Huertas, a quienes se le concede el plazo de cinco días para que opongan excepciones, se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte
al Representante Legal del Patronato
Nacional de la Infancia. En
ese mismo plazo, en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Lo anterior se ordena
así en proceso
procesos especiales de Oficina Local Upala-Guatuso
contra Elizabeth Mongrio Sequeira,
Henry Alberto Chacón Palacios, Rigoberto Arias
Huertas. Expediente Nº 22-000105-1517-FA. Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia). 12
de octubre del año 2022. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia).—Licda. Mónica Marcela Mora Vílchez,
Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022694331 ).
Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza de
Familia. Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número
22-001078-1307-FA, los señores
José Rafael León Quirós y Marcela María Ramírez Esquivel, solicitan
se apruebe la adopción de
la menor Danna Saray Ortega
Moreira. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Este edicto debe ser publicado una sola vez en
el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 0 de noviembre del año 2022.—Licda. María Marta
Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694333 ).
Edicto, por
única vez, se avisa al señor Laura Carolina
Delgado Morales, portador de la cédula de identidad número 1-1320-0692 de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente 22-000662-0673-NA, correspondiente
a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el especial de protección de la persona menor de
edad Tiffany Verónica Brenes Delgado. Se le concede el plazo de tres días hábiles, para
que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias. Nota: de conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de Noviembre
de dos mil veintidós.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2022694334 ).
Msc. Lorena María Mc Laren Quirós Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José; hace saber a Kazuki Kase, que en este Despacho
se interpuso un proceso procesos especiales de autorización de salida de país en su
contra, bajo el expediente número 22-000384-0165-FA donde se
dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José. A las nueve horas treinta y tres minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. Del
interior proceso de autorización
de salida del país, establecido por Guiselle Marcela Rivera Vargas, se confiere
traslado por el plazo perentorio
de cinco días a Kazuki Kase representado por su curadora
procesal la Licenciada
María Fernanda Robles Calvo (art. 433 del Código Procesal
Civil). Se le previene que en
el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta
N°20, del 29 de enero de
2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.-
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá
oponer excepciones previas
y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte
al Patronato Nacional de la Infancia.
Notifíquese a dicha institución por medio de la a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y otras Comunicaciones de este
circuito. Se ordena al Departamento de Trabajo Social de
estos Tribunales, realizar el estudio
correspondiente y presentar
el informe a la mayor brevedad. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el
Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional;
para los efectos del artículo 263 del Código Procesal
Civil. Inclúyase en el mismo los
datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc.
Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022694340 ).
Licenciada Guadalupe
Solano Patiño, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Fredy Antonio Arias Abreu,
en su carácter
personal, quien es mayor, mayor, de nacionalidad Dominicana, casado, comerciante, domicilio desconocido, portador de la cédula de Residencia Permanente Dimex 121400224704, se le hace
saber que en Demanda Abreviado de Divorcio, establecida por Ashley Paola
Guzmán Alegría contra Fredy Antonio Arias Abreu, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago, a las trece horas cincuenta y cuatro minutos del diez de junio del dos mil veintidós. De la anterior demanda
abreviado de divorcio establecida por la accionante Ashley Paola Guzmán Alegría,
se confiere traslado al accionado Fredy Antonio Arias Abreu por
el plazo perentorio de diez días, para que
se oponga a la demanda o manifieste su conformidad
con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20,
del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo.
b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia.
Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; de Este Circuito
Judicial. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
de la persona funcionaria notificadora,
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Con el fin de verificar que efectivamente el demandado no se localiza en el país,
se ordena enviar atento oficio dirigido
a la Dirección General de Migración
y Extranjería. Notifíquese.
Expediente 22-001403-0338-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por única vez
en el Boletín Judicial.—Juzgado
de Familia de Cartago. Cartago, 06 de octubre del
2022.—Licda. Guadalupe
Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694345 ).
Msc. Kensy
Carolina Cruz Chaves, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón. Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Ariel Esteban Sorio
Montenegro, mayor, soltero, Albañil,
cédula de identidad número
0701910894, nacido en
Centro, Central, Limón, el 13/06/1989, con 33 años de edad, y Kemberly Vanessa
Ching Pérez, mayor, soltera, Oficios
Domésticos, cédula de identidad
número 0701490624, nacida en Centro, Central, Limón, el
27/11/1982, actualmente con 39 años
de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Limón, Barrio
Cristóbal Colón del Mercadito Colon, 75 este, casa de cemento color verde. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº22-000832-1152-FA. Publíquese
una vez. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.— Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
Limón,
fecha, 21 de noviembre del año 2022.—Msc. Kensy Carolina Cruz
Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022696636 ).
Por requerirse
así en la sumaria: 19-000591-0485-PE, en
contra de Cheily Rodríguez Madrigal, por el delito
de lesiones culposas (Ley
de Tránsito), en perjuicio de Cristopher Calvo Loaiza,
se solicita publicar por medio de edicto y por tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial
y de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal
Penal la siguiente Resolución:
Se tiene por presentada acción civil resarcitoria del quince de abril
del dos mil veinte, al ser las once horas y veintiséis minutos , establecida por Abraham Chaves Acuña en calidad
de abogado del ofendido Cristopher Calvo Loaiza, en contra del tercer civil interesado: José Alexis Rodríguez Sequeira,
cédula de identidad N° 7-0100-0574, esto para que interponga las excepciones que estime convenientes. Lo anterior de carácter
urgente ya que la causa prescribe el 11 de diciembre del 2022. De conformidad
con la circular N° 67-09- emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad que rige
en esta materia,
la publicación está exenta de todo pago de derecho. Publíquese tres veces.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Guillermo Cordero Camacho, Fiscal Auxiliar.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2022694136 ). 3
v. 1.
Al ser las trece horas del diez de noviembre del dos mil veintidós, se comunica: Que en el Legajo principal número 20-003326-0305-PE, seguido
contra Francisco Javier Hernández González, por el delito de Abusos
Sexuales Personas Mayores, en perjuicio de Johana Arguedas Castillo de conformidad
con el artículo 162 del
Código Procesal se le comunica
al señor Manuel Antonio de la Trinidad Valverde
Huertas representante de la Agencia
Valverde Huertas S. A., cédula jurídica
N° 3-101-122631, de domicilio
desconocido, que con base a la Circular número 108-09 de la Secretaria de
la Corte, la resolución del traslado
de la Acción Civil Resarcitoria
de las trece horas y quince minutos
del veintiocho de febrero
del año dos mil trece. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal
Penal, se procede con vista en
la Acción Civil Resarcitoria
interpuesta por Jhoana Arguedas Castillo, a darle
traslado al demandado civil
Manuel Antonio de la Trinidad Valverde Huertas representante
de la Agencia Valverde Huertas S. A., cédula jurídica N° 3-101-122631, de las pretensiones
expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad
del (la) actor (a) civil en este
proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le
concede el término de ley
para que haga valer sus
derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta
N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en
forma separada. Notifíquese.
De conformidad con el artículo 162 del Código Procesal
Penal y con base a la Circular número 108-09 de la Secretaria de la Corte, se comunica
de lo anterior. Por medio de edicto
que se publicará una sola vez en el
Boletín Judicial. Notifíquese.
“De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Fiscalía Adjunta Primer Circuito Judicial
de Alajuela.—Leyla Flores Badilla, Fiscal
Auxiliar.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2022694338 ).