BOLETÍN JUDICIAL 226 DEL 29 DE NOVIEMBRE DEL 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR Nº203-2022

ASUNTO: Actualización de la circular 239-2020, sobre la obligación de las oficinas en las cuales se esté implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño, de reportar como días no laborados en la matriz de indicadores los incluidos en el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos (PIN). Esta circular sustituye o deja sin efecto la 239-2020.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N°89-2022 celebrada el 13 de octubre del 2022, artículo LI, dispuso actualizar la circular número 239-2020, sobre la obligación de las oficinas en las cuales se esté implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño Institucional, de reportar como días no laborados en la matriz de indicadores los incluidos en el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos (PIN)[1] a saber: vacaciones, incapacidades, permisos con o sin goce de salario (incluido el rebajo de horas de lactancia para las personas con el permiso autorizado). Esta circular sustituye o deja sin efecto la 239-2020:

Se hace de conocimiento de todos los despachos jurisdiccionales en donde se está implementando el Modelo de Sostenibilidad y Seguimiento de los Proyectos de Rediseño, y en general a todos los despachos donde se cuenta con matrices de indicadores diseñadas por la Dirección de Planificación, que como días no laborados en las matrices solamente es posible incluir aquellos que igualmente implican un registro en el Sistema de Proposición Electrónica de Nombramientos (PIN), es decir, vacaciones, incapacidades, permisos con o sin goce de salario (incluido el rebajo de horas de lactancia para las personas con el permiso autorizado).

Adicionalmente a lo anterior, se aclara se tomará en cuenta, para definir la cuota de trabajo del personal de los despachos judiciales, el permiso con goce de salario de la hora de lactancia, el cual será calculado de la siguiente manera:

Fórmula para determinar la equivalencia de los días a descontar por el permiso con goce de salario de la hora de lactancia.

(1) hora de lactancia x ( ) Cantidad de días laborados

8 horas (equivale a un día de trabajo)

 

Por ejemplo: 1 hora x 21 días hábiles 2022 / 8 horas = 2,625 que se redondea a 3 días a rebajar en la matriz de indicadores de gestión, y que equivalen a la disminución de la hora de lactancia, durante los meses en que tenga el permiso de lactancia aprobado.

Además, se les indica que el único ajuste en las cuotas que se puede realizar es en razón de la cantidad de días hábiles de cada mes. De ahí se calcula el rendimiento considerando la cantidad de días hábiles laborados, el cual se aplicará para planes de trabajo, ya que en las matrices la cuota se ajusta automáticamente. En los meses que dispongan de más de 21 días hábiles, para efectos de no alterar el indicador de “Porcentaje de rendimiento por plaza”, deben indicar máximo 21 días.

ACLARACIÓN PARA LAS MATERIA DE COBRO Y AGRARIO: Esta fórmula de cálculo aplica para todas las materias, salvo 2 casos particulares:

1. Cobro, que mantiene el uso de la bitácora, en espera del estudio que aún está pendiente para estandarizar la cuota o el inicio del uso de indicadores de gestión en SIGMA. Lo correspondiente al rebajo en horas de lactancia lo deben incluir en la bitácora, en el espacio de “detalle”, campo o columna de la bitácora denominada: “Permisos sin o con goce de salario”.

2. Agrario, se registran en la matriz como días no laborados también aquellos en que se participan de audiencias en el campo por días completos, específicamente en el caso de los técnicos judiciales quienes no tramitan ese día, por estar fuera de las instalaciones.

De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 8 de noviembre de 2022.

                                         Lic. Carlos T. Mora Rodríguez

                                          Subsecretario General interino

1 vez.—O. C. N°364-12-2021C.—Solicitud N°68-2017-JA.— ( IN2022694133 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

Que en el proceso disciplinario notarial N° 17-000650-0627-NO, de Pablo Arnulfo de Jesús Arroyo Barquero contra Nikohl Vargas Araya, cédula de identidad N° 2-0491-0225, este Juzgado mediante sentencia N° 2022000310 de las nueve horas dieciocho minutos del siete de junio de dos mil veintidós, dispuso imponerle a la citada notaria la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. Se hace notar que la sanción se mantendrá en el tiempo, hasta por un plazo máximo de diez años, pues su registración no puede exceder ese plazo, de conformidad con el Voto N° 3484 de la Sala Constitucional de las doce horas del ocho de julio del año mil novecientos noventa y cuatro, tome nota la Dirección Nacional de Notariado para lo que corresponda. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                              M.Sc. José Carlos Álvarez Varela

                                                     Juez

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022694150 ).

Haydee Cecilia Taylor Clark, mayor, a la notaria, cédula de identidad número 0105310186, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 22-000060-0627-NO establecido en su contra por Dirección Nacional de Notariado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “ Juzgado Notarial.- A las quince horas cuarenta y cinco minutos del dos de noviembre de dos mil veintidós. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle a la licenciada Haydee Cecilia Taylor Clark, cédula de identidad 0105310186, la resolución dictada a la diez horas cero minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós, en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (de fecha 26/07/2022 en E.V), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (de fecha 24-10-2022 en E.V); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (de fecha 02-11-2022 en E.V), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son” no haber depositado el tomo numero dos del protocolo desde 15 de febrero del 2021”. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte accionada supra referida. Notifíquese. MSc. Jose Carlos Alvarez Varela, Juez. “ Y “traslado de cargos juzgado notarial.- A las diez horas cero minutos del veintidós de febrero de dos mil veintidós.- Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de dirección nacional de notariado contra Haydee Cecilia Taylor Clark, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como mínimo y dentro de los ya citados, podrá señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirá para su consulta, en la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.- De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada, lo cual se hará por medio de la Oficina De Comunicaciones Judiciales Del Segundo Circuito Judicial De San José quienes podrán notificarle en su oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe centro, diagonal a Mega Super Coronado. Así mismo, se comisiona a la Oficina De Comunicaciones Judiciales Del Segundo Circuito Judicial De San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma 5to piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente 687, publicada en La Gaceta 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en La Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores direcciones, hágase consulta vía intranet a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, a efecto hacer constar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese. Lic. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez Decisor. Se publicará por una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                                     MSc. José Carlos Álvarez Varela

                                                           Juez

1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.— ( IN2022694151 ).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000571-0627-NO, de Arturo Silesky Quirós contra Nelson Gerardo Navarro González, (cédula de identidad 2-0433-0312), este Juzgado mediante resolución de las catorce horas cuarenta y nueve minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, dicha sanción deberá cumplirse íntegra, aunque el notario realizara la inscripción antes de los seis meses y en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del vehículo CL-144375 objeto de la escritura 89 autorizada por él en su protocolo. Se hace notar que la sanción se mantendrá en el tiempo, hasta por un plazo máximo de diez años, pues su registración no puede exceder ese plazo, de conformidad con el voto 3484 de la Sala Constitucional de las doce horas del ocho de julio del año mil novecientos noventa y cuatro, tome nota la Dirección Nacional de Notariado para lo que corresponda. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, dieciocho de octubre del dos mil veintidós.

                                  M.Sc. José Carlos Álvarez Varela,

                                                         Juez

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2022694341 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Rose Mary Del Carmen Trejos Ramírez, 0203580302, fallecida el veintisiete de agosto del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-000477-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000477-1113-LA. Por Ángel Oldemar Quesada Ledezma a favor de Rose Mary Del Carmen Trejos Ramírez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 10 de noviembre del año 2022.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695556 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan José Matamoros Blanco, 0201710544, fallecido el 01 de mayo del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-001710-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22- 001710-0505-LA. Por Crissya Andrea Matamoros Rivas cédula 502290796 a favor de Juan José Matamoros Blanco. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.— Juzgado de Trabajo de Heredia, 02 de noviembre del año 2022.—Licda. Carolina Muñoz González, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695557 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Enrique De Gerardo Chaves Abraham, 0601600378, fallecido el 15 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-001507-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001507-0505-LA. Promovidas por Lic. Manuel Emilio Vega Vargas, en calidad de apoderado especial judicial de la señora Carmen Solís Rodríguez. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 27 de setiembre del año 2022.—Licda. Carolina Muñoz González, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695558 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Guillermo de Gerardo Benavides Bolaños, 0106330507, fallecido el 05 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-001665-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001665-0505-LA. Diligencia establecida por Ana Patricia Benavides Bolaños. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 24 de octubre del año 2022.—Licda. Ariana Hirlany Marin Pérez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695559 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Alberto Gerardo Alvarez Campos, fallecido el 19 de marzo del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-001378- 0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001378-0505-LA. Por Gina Alexandra Alvarez Lizano, cédula 4-0188- 0207 a favor de Rafael Alberto Gerardo Alvarez Campos. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 29 de agosto del año 2022.—Msc. Ana Patricia Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695560 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yorlenny Campos Sánchez, 0401890804, fallecida el 01 de octubre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-001583-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001583- 0505-LA. Por Roy Esteban Ruiz Orozco a favor de Yorlenny Campos Sánchez. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 13 de octubre del año 2022.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695561 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Paul Gerardo Arce Hernández, 0401580791, fallecido el 08/09/2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-001613-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001613-0505-LA. Por Raquel Hernández Carvajal a favor de Paul Gerardo Arce Hernandez. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 13 de octubre del año 2022.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695562 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana Matilde de Los Ángeles Arce Gutierrez quien fue mayor, con cédula de identidad 0401190330, y quien falleció el 22 de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-001608-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001608-0505-LA. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 19 de octubre del año 2022.—MSc. María Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695564 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yorleni Del Rosario Bolaños Sanabria, 0107570498, fallecida el 23 de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-001594-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22- 001594-0505-LA. Por Mary Paz Vargas Bolaños a favor de Yorleni Del Rosario Bolaños Sanabria. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 13 de octubre del año 2022.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695565 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosangélica Solano Herrera, 0604160826, fallecido en el mes de mayo del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22- 000770-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000770-0643- LA. Por Fredy Solano Montero y otro a favor de Rosangélica Solano Herrera. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 18 de noviembre del año 2022.—Licda. Marisol Daniela González Sanahuja, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695566 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Margorie Calvo Hernández, cédula 03-0193-0771, fallecida el 15 de febrero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-001388-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001388-0641-LA. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 18 de octubre del año 2022.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695567 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Enrique Moncada González, quien fue mayor, cédula de identidad 2-792-217, soltero, vecino de San Rafael de Alajuela, laboró para Carguil Pipasa, y falleció el 21 de agosto del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-001320-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001320-0639-LA. Por fallecido Carlos Enrique Moncada Gonzáles a favor de gestionante Jorge Moncada Contreras.  Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de octubre del año 2022.—Licda. María Kassandra Moraga Sanchez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695568 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gilberto Barrantes Tenorio, cédula 01-0495-0884, fallecido el 25 de octubre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000678-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-000678-0641-LA. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 14 de octubre del año 2022.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695569 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Alberto Diaz Vargas, cédula 01-1278-0081, fallecido el 04 de marzo del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-001424-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001424-0641-LA. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 14 de octubre del año 2022.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695570 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona trabajadora fallecida Flora Isabel Segura Corella, cédula de identidad 1-502-379, quien fue mayor, casado, laboró para Grupo Misison SRMG SRL, y falleció el 11 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el número 22- 001170-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001170-0641-LA, promovido por Isabel Sanabria Segura, cédula de identidad 1-1020-301 y otras personas. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 20 de octubre del año 2022.—Msc. Silvia Patricia Quesada Alpizar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695571 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Julio Eduardo Granados Garnier, cédula de identidad N° 3-378-585, quien falleció el 02 de setiembre de 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 22-001492-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001492-0641-LA. Promovido por Ana María Pérez Mora, cédula de identidad N° 3-405-811 por el fallecimiento de Julio Eduardo Granados Garnier, cédula de identidad N° 3-378-585. Publíquese. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 10 de noviembre del 2022.—Licda. Cinthia Patricia Sánchez Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695573 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Rosa María Cortes Cerdas, 0301720937, fallecido(a) el 21 de setiembre del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de personas fallecidas bajo el número 22-001570-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001570-0641-LA. Por Caja Costarricense de Seguro Social a favor de Rosa María Cortes Cerdas. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 09 de noviembre del año 2022.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695574 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Adrián Antonio Mora Castro, quien portó el documento de identidad número 01-1483-0515, fallecido(a) el 22 de agosto del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el número 21-001211-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-001211-0166-LA. Promovente Coca Cola Femsa de Costa Rica S. A. Causante Adrián Antonio Mora Castro. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 23 de noviembre del año 2021.—M.Sc. Vladimir Gustavo Sibaja Ferreto, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695575 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Andrea Caridad Rivas Tenorio, 0500680207, fallecido(a) el 28 de octubre del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-001708-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001708-0505-LA. Por Crissya Andrea Matamoros Rivas a favor de Andrea Caridad Rivas Tenorio. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 31 de octubre del año 2022.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695576 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Ángel Hernández Gómez, cédula de identidad número tres-doscientos treinta y uno-ciento noventa y uno, mayor, vecino de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, barrio Las Américas, costado este del parquecito, fallecido el 24 de octubre del año 2022, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc. esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-000423-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000423-1125-LA. Por Xinia Corrales Corrales a favor de José Ángel Hernández Gómez. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial. Teléfono: 2770-1570.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 16 de noviembre del año 2022.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022695577 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las catorce horas cero minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés, y en la puerta exterior de este Despacho; libres de gravámenes prendarios; con sus respectivas bases y en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Con la base de tres millones de colones exactos, máquina cortadora de papel (guillotina) eléctrica - trifásica marca Baum Folder I, modelo trescientos cinco -.AHSH con unidad micro cúter con tres cuchillas hidráulica, serie treinta-cincuenta, serial seis ocho cero seis cero cero dos circuito, potencia máxima quince, color verde, voltaje doscientos ocho doscientos treinta HZ, amperaje quince. 2) Con la base de nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios; máquina de impresión litográfica no nueva eléctrica marca Heidelberg Offsest Letterset, modelo 74 y año mil novecientos noventa y cinco, color verde, serie 505577. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos por el primer bien mueble mencionado; y con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos, por el segundo bien mueble mencionado (rebajada en un 25%). Y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintitrés, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos, por el primer bien mueble mencionado; y con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos por el segundo bien mueble mencionado (un 25% de la base original). Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Rodolfo Rojas Salas. Expediente N° 17-002905-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con treinta y cinco minutos del veinticuatro de octubre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro Sánchez, Jueza Decisora.—( IN2022696787 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta y ocho colones con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo GVS678, marca: Nissan, categoría: automóvil, Serie: 3N1CC1AD8HK199639, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: 3N1CC1AD8HK199639, año fabricación: 2017, color: gris, Vin: 3N1CC1AD8HK199639, estilo: TIIDA, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones treinta y nueve mil seiscientos noventa y cuatro colones con un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del dos de febrero del dos mil veintitrés, con la base de un millón trescientos cuarenta y seis mil quinientos sesenta y cuatro colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Vargas Rodríguez. Expediente N° 21-005451-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta y ocho minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2022696793 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos setenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco colones con diecisiete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: C165505, marca: Mitsubishi, estilo: Canter Fuso, categoría: carga pesada, serie: JLBFE85PHGKU40007, año: 2016, N. Motor: 4D34P27848, cilindrada: 3900 c.c., modelo: FE85PHZSLGPA, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés con la base de cinco millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil novecientos seis colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del uno de febrero de dos mil veintitrés con la base de un millón ochocientos diecinueve mil novecientos sesenta y ocho colones con setenta y nueve céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jose Pablo Coto Arroyo. Expediente 21-007135-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y cinco minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Tramitadora.—( IN2022696799 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y seis millones quinientos ochenta y cuatro mil seiscientos colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 94577-001 y 002, la cual es naturaleza: terreno de solar con una casa. Situada en el distrito: (09) Dulce Nombre, cantón: (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Digna Solano Sánchez; al sur, calle publica con un frente de seis metros cuarenta y cuatro centímetros; al este German Solano Sánchez y al oeste, Rodolfo Solano Villalta. Mide: ciento cuarenta y dos metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés, con la base de treinta y cuatro millones novecientos treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta colones con dieciocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés, con la base de once millones seiscientos cuarenta y seis mil ciento cincuenta colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ángela Eugenia Coto Mata, María Isabel de Los Ángeles Mata Navarro. Expediente 22-002762-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de noviembre del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022696805 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones sesenta y siete mil setecientos noventa y cinco colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 311-09622-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas: 429-17330-01-0011-001, y bajo las citas: 578-04264-01-0002-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número 448626-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 1- Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Randall Rojas Castro y servidumbre de paso sur: José María Rojas Núñez, este, José María Rojas Núñez oeste: servidumbre de paso Mide: cinco mil sesenta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados plano: A-1229023-2008. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés con la base de trece millones quinientos cincuenta mil ochocientos cuarenta y seis colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones quinientos dieciséis mil novecientos cuarenta y ocho colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional De Costa Rica contra Jeyner Rojas Castro Expediente 19-008758-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: diecisiete horas con cincuenta y seis minutos del quince de Noviembre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro Sánchez, Jueza Decisora.—( IN2022696806 ).

En este Despacho, con una base de doce mil seis dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDC183, marca: Daihatsu, estilo: Terios, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JDAJ210G003002019, número chasis: JDAJ210G003002019, año fabricación: 2013, vin: JDAJ210G003002019, N° motor: 2783371, cilindros: 4, cilindrada: 1497 C.C, combustible: gasolina, tracción: 4x4. Para tal efecto, se señalan las nueve horas veinte minutos del primero de febrero de dos mil veintitrés, con la base de doce mil seis dólares con treinta centavos. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas veinte minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de nueve mil cuatro dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas veinte minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, con la base de tres mil un dólares con cincuenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Corporación Automotora, Michael Alexander González Trejos. Expediente N° 22-010693-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Juez/a Decisor/a.—( IN2022696808 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil quinientos nueve dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHV368, marca: Chevrolet, estilo: Aveo LTZ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, número chasis: 3G1TC5CF8FL107934, año fabricación: 2015, color: gris, Vin: 3G1TC5CF8FL107934, motor: F16D3FL107934, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés con la base de seis mil trescientos ochenta y dos dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintitrés con la base de dos mil ciento veintisiete dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Yairo Isarac Triana Obregón. Expediente 21-005865-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de noviembre del año 2022.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2022696811 ).

En este Despacho (Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, 150 metros sur del Ministerio de Hacienda, edificio a mano derecha, segundo piso), con una base de diez millones novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 363-00664-01-0903-001, bajo las citas: 380-05668-01-0906-001, bajo las citas: 380-05668-01-0907-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 497553-000, la cual es terreno con una casa de habitación de interés social. Situada: en el distrito: 4-Aguas Zarcas, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 10.07 metros lineales; sur, Bertilia Barrantes Barrantes; este, lote 3; oeste, Bertilia Barrantes Barrantes. Mide: ciento ochenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1580648-2012. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones setecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jorge Isabel Silva López. Expediente N° 22-002091-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y ocho minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro Sánchez, Juez/a Decisor/a.—( IN2022696814 ).

En este Despacho, con una base de siete mil trescientos cuarenta y un dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BBP536, marca: Mercedes Benz, estilo: CGI, categoría: automóvil, capacidad:5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2012, color: azul, serie/ vin: WDDGF4KB8CA604774. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos (08:15 a.m.) del veintitrés de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos (08:15 a.m.) del nueve de febrero de dos mil veintitrés con la base de cinco mil quinientos seis dólares con veintidós centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos (08:15 a.m.) del veinte de febrero de dos mil veintitrés con la base de mil ochocientos treinta y cinco dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra José Eduardo Gómez Navarro. Expediente N° 22-006177-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2022696825 ).

En este Despacho, con una base de seis mil doscientos setenta y siete dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas DXD289, Marca: Nissan, Estilo: QASHQAI, Categoría: automóvil, número chasis: SJNJBAJ10Z7202654, año fabricación: 2014. Para tal efecto se señalan las quince horas quince minutos del treinta de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince minutos del siete de febrero de dos mil veintitrés con la base de cuatro mil setecientos ocho dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos del quince de febrero de dos mil veintitrés con la base de mil quinientos sesenta y nueve dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Bayron José Campos Campos. Expediente 22-002083-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con veinticinco minutos del veintiséis de abril del dos mil veintidós.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022696826 ).

En este Despacho, con una base de mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas. BGF850, marca: Daihatsu, estilo: Terios, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie: JDAJ200G003005191, tracción: 4x2, color blanco, año 2014. Para tal efecto se señalan las nueve horas quince minutos del diecisiete de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas quince minutos del veinticinco de enero de dos mil veintitrés, con la base de mil noventa y siete dólares con cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del dos de febrero de dos mil veintitrés, con la base de trescientos sesenta y cinco dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A., contra Consultécnica S. A. Expediente N° 22-007736-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2022696828 ).

En este Despacho, con una base de veintidós mil seis dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MYR567, Marca: Mercedes Benz, Carrocería: Sedan 4 puertas, Categoría: Automóvil, Estilo: C, Capacidad:5 personas, Año Fabricación: 2017, Color: Azul, VIN: WDDWF4FB2HF416431, Cilindrada:1991 c.c., Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan al ser las nueve horas quince minutos del tres de febrero del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará al ser las nueve horas quince minutos del trece de febrero del año dos mil veintitrés, con la base de dieciséis mil quinientos cuatro dólares con cero centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan al ser las nueve horas quince minutos del veintiuno de febrero del año 2023 con la base de cinco mil quinientos un dólares con cincuenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S.A. contra Gilberto Alexander Saborío Aragón. Expediente:22-009650-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—Cinthia Sáenz Valerio, Jueza Decisora.—( IN2022696829 ).

En este Despacho, Con una base de doce mil cuatrocientos treinta y dos dólares con noventa y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BPY849, Marca: BYD categoría: automovil capacidad: 5 personas, serie: LGXC16DF9G0000118, año fabricación: 2016, color: negro, Vin: LGXC16DF9G0000118, N. motor: BYD473QE215046049, cilindrada: 1500 C.C. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés con la base de nueve mil trescientos veinticuatro dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintitrés con la base de tres mil ciento ocho dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Maricruz Hernández Montero contra Olga Salazar Sanchez Randall Gerardo Ureña Álvarez. Expediente 19-018370-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—Ximena Lucia Jimenez Soto, Jueza Decisora.—( IN2022696830 ).

En este Despacho, con una base de trescientos sesenta y tres mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número doscientos diez mil trescientos cincuenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno construido. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Fernando Mier Valladares; al sur: calle pública con 19,28 metros de frente a ella; al este: Marcelino Lostalo González, y al oeste. calle pública con 25,07 metros de frente a ella. Mide: cuatrocientos noventa y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil veintitrés, con la base de doscientos setenta y dos mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintitrés, con la base de noventa mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Manuel Bernardo De La Trinidad Naranjo Córdoba, Nora Maria Del Rosario Bolaños Vargas, NS de San Pablo Cuatro Four Sociedad Anónima. Expediente N° 22-003528-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y cinco minutos del ventiséis de setiembre del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Jueza Decisor.—( IN2022696896 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 279440–000, derecho 000, la cual es terreno construido con una casa y jardines. Situada en el distrito 3-Dulce Nombre de Jesús, cantón 11 Vázquez De Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Constructora Valmor S A; al sur, Alameda A con 21 metros; al este, calle pública con 11 metros, y al oeste, Constructora Valmor S. A. Mide: doscientos treinta y un metros cuadrados metros cuadrados, plano: SJ-0313594-1978. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil veintitrés, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Geovanni Allan De Jesús Rodríguez Granados. Expediente N° 22-008242-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del año 2022.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2022696897 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 546049 derecho 003-004, la cual es terreno para construir--lote -catorce- B. Situada en el distrito 7-Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José.- Colinda: al norte calle publica; al sur Banco Hipotecario de la Vivienda; al este lote 13-B y al oeste lote 15-B.- Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Freddy Ruiz Ramírez, Yadira de Los Ángeles Almanzor Varela. Expediente 22-009183-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de octubre del año 2022.—María Angelina Varela Valenciano, Jueza Decisora.—( IN2022696898 ).

En este Despacho, con una base de seis millones doscientos ochenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones citas: 345-12738-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 345-12738-01-0999-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ochenta mil trescientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 38. Situada: en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 12 mts; al sur, lote 131; al este, lote 139, y al oeste, lote 137. Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones setecientos once mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés, con la base de un millón quinientos setenta mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra Evelyn Ramírez Solís. Expediente N° 22-001323-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 08 de noviembre del año 2022.—Licda. Hellen María Gutiérrez Desanti, Juez/a Decisor/a.—( IN2022696899 ).

En este Despacho, con una base de diez millones ciento veinticuatro mil colones exactos, libre de gravámenes , pero soportando ver servidumbre ref:1336-285-002 citas: 308-06756-01-0901-002, servidumbre de paso citas: 432-13663-01-0004-001, servidumbre de paso citas: 557-18404-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 557-18404-02-0002-001, servidumbre de paso citas: 557-18404-03-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento cincuenta y nueve, derecho cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luz Marina Acuña Rodríguez, sur, Carlos Gerardo Mora Ureña, este, Carlos Gerardo Mora Ureña. oeste: calle pública con un frente de 6,44 metros. Mide: ciento treinta y tres metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-1066588-2006. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés con la base de siete millones quinientos noventa y tres mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés con la base de dos millones quinientos treinta y un mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Gerardo Mora Chaves. Expediente N° 22-002883-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y ocho minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2022696900 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 287-01248-01-0901-001,servidumbre sirviente citas: 347-16084-01-0008-001, servidumbre sirviente citas: 353-12913-01-0004-001, servidumbre sirviente citas: 353-13153-01-0005-001, servidumbre sirviente citas: 370-00508-01-0003-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula N° 119689-000, la cual es terreno para construir con una sala de video y dos viviendas. Situada en el distrito 2-Tárcoles, cantón 11-Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Berta María Rodríguez Aguilar, Negocios Hercal de Quebrada S. A. y Jesús Hernández Hernández todos en parte; al sur: zona de protección del Río Agujas; al este: calle pública con 6,84 metros de frente, Lorena Patricia Agüero Arias, Raquel Agüero Arias y Entimo Agüero Cambronero, y al oeste: Negocios Hercal de Quebrada S. A. y Jesús Hernández Hernández y Lidia Irías Ledezma todos en parte. Mide: quinientos ochenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas cinco minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cinco minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cinco minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Francisco Del Socorro Marín Quirós, Freddy Jiménez Delgado. Expediente N° 22-003486-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: quince horas con veintisiete minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Tramitadora.—( IN2022696901 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y dos mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con cincuenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo Placa: CL-305273, marca: Volkswagen, estilo: Amarok, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2018, color: negro, vin: WV1ZZZ2HZJA001679, cilindrada: 3000 c.c. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintitrés de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés, con la base de treinta y un mil ochocientos cuarenta y seis dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veinte de febrero del dos mil veintitrés, con la base de diez mil seiscientos quince dólares con sesenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Adrián Mauricio Herrera León. Expediente N° 21-000859-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del año 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Juez/a Decisor/a.—( IN2022696908 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro millones diez mil doscientos treinta y un colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de la provincia: Alajuela, finca: 266562 duplicado: horizontal: derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lotes 23 y 24; sur, calle pública; este, lote 13; oeste, lote 11. Mide: ciento sesenta y dos metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés, con la base de cuarenta millones quinientos siete mil seiscientos setenta y tres colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés, con la base de trece millones quinientos dos mil quinientos cincuenta y siete colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Tatiana María Herrera Flores. Expediente N° 22-001380-1207-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con cuarenta y cuatro minutos del veintitrés de junio del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022696914 ).

En este Despacho, con una base de siete millones novecientos ochenta y nueve mil setecientos sesenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Caminos citas 0407-00008924-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 86435, derecho 000, la cual es terreno con 1 casa de habitación de cemento. Situada en el distrito 1-Puntarenas, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con un frente a ella de 8 metros 68 cm; al sur, hoy con José Luis Calderón Mena; al este, Julián Vega Elizondo y al oeste, Alberto ñiga Villegas. Mide: ciento ochenta metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas cincuenta minutos del doce de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cincuenta minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés con la base de cinco millones novecientos noventa y dos mil trescientos veintitrés colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cincuenta minutos del treinta de enero de dos mil veintitrés con la base de un millón novecientos noventa y siete mil cuatrocientos cuarenta y un colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander de Jesús Chacón Zúñiga, Xinia Díaz Vega Expediente N° 22-001391-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y cinco minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2022696915 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones doscientos sesenta y cinco mil ochocientos treinta y siete colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintisiete mil seiscientos treinta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 15-El Roble, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lote 6; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, Lote 2. Mide: doscientos sesenta metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano: P-0809488-2002. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de veintiséis millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos setenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil veintitrés, con la base de ocho millones ochocientos dieciséis mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones con cuarenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mónica Anett Acevedo Ugalde. Expediente N° 22-001537-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y uno minutos del quince de setiembre del dos mil veintidós. Licda. Anny Hernández Monge, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022696916 ).

En este Despacho, con una base de un millón novecientos ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y dos colones con diecinueve céntimos, soportando Condiciones Citas 394-13875-01-0822-001, sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento diecinueve mil seiscientos treinta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 02-Jiménez, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Línea Ferrea; al sur calle pública con un frente de 9 metros y 50 centímetros; al este Urina Salas Tenorio y al oeste Kattia Angulo Jarquín. Mide: ciento veinticinco metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano: L-0448197-1997. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés, con la base de un millón cuatrocientos noventa y un mil trescientos sesenta y un colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del uno de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cuatrocientos noventa y siete mil ciento veinte colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Flor Elvia Vargas Gamboa contra Elizabeth Jarquín Zamora. Exp:18-001147-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí,  31 de octubre del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2022696918 ).

En este Despacho, con una base de doscientos catorce mil novecientos cincuenta dólares exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 320- 05303- 01-0901-001; sáquese a remate la finca N°1-231070-000, naturaleza: terreno para construir situada en el distrito 10- Damas cantón 3-Desamparados de la provincia de San José Linderos: norte: Rio Damas, sur, Guillermo Rojas Cubero este, Río Damas oeste, en parte con José Flores Oviedo y Nuria Oviedo Vindas, Juan Mora Rojas y calle pública. Mide: tres mil doscientos cuarenta y nueve metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados plano: SJ-0002258-1975. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos (10:30 a.m.) del dieciocho de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos (10:30 a.m.) del veintiséis de enero de dos mil veintitrés con la base de ciento sesenta y un mil doscientos doce dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos (10:30 a.m.) del seis de febrero de dos mil veintitrés con la base de cincuenta y tres mil setecientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Global Mortgage Solutions Limitada contra AG Gramovi Cero Uno Sociedad Anónima. Expediente 22-004569-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de octubre del año 2022.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2022696968 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil ochocientos cuarenta y cinco dólares exactos moneda en curso legal de los Estados Unidos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas matrícula número 116564 F , derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número 235 (futura finca matriz) apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de 4 pisos..- Situada en el distrito 02-Tárcoles , cantón 11-Garabito, de la provincia de . Colinda: al norte finca filial 234 y con área común libre acceso catorce; al sur finca filial 236 y área común libre servidumbre pluvial; al este área común libre servidumbre pluvial y finca filial 234 y al oeste área común libre acceso catorce y finca filial 236. Mide: cuatrocientos setenta y cuatro metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintitrés con la base de trece mil trescientos ochenta y tres dólares con setenta y cinco centavos moneda en curso legal de los estados unidos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil cuatrocientos sesenta y un dólares con veinticinco centavos moneda en curso legal de los estados unidos(25% de la base original). Asimismo con una base de siete mil quinientos veinticinco dólares moneda en curso legal de los estados unidos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas matrícula número 116501, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número 172 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de 2 pisos.- Situada en el distrito: 02-Tárcoles, cantón: 11-Garabito, de la provincia de .- Colinda: al norte, área común libre acceso trece y finca filial 171; al sur, fincas filiales 174 y 173; al este, fincas filiales 171 y 174 y al oeste, fincas filiales 173 y área común libre acceso trece. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, con la base de cinco mil seiscientos cuarenta y tres dólares moneda en curso legal de los Estados Unidos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, con la base de mil ochocientos ochenta y un dólares con veinticinco centavos moneda en curso legal de los Estados Unidos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Erera Sociedad Anónima contra Danilo Alberto Villalobos Solano, Mangotam de Punta Leona Sociedad Anónima. Expediente 21-005648-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y seis minutos del diecinueve de octubre del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Tramitadora.—( IN2022696970 ).

A las trece horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés, en la puerta exterior de este Despacho, (Ciudad Quesada, San Carlos, 150 metros sur del Ministerio de Hacienda, edificio a mano derecha, segundo piso), de la forma que se dirá y con sus respectivas bases, en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Finca 422814-000: Con una base de doscientos treinta y siete millones ochocientos setenta mil ochocientos quince colones con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 422814-000, la cual es terreno de pastos. Situada: en el distrito 6-Río Cuarto, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lidianeth Gómez Arce y Joaquín Arrieta Rojas; sur, calle pública con 13.26 metros y Guido Solís Jiménez; este, Edwin Solís Jiménez; oeste, calle pública con 12.73 metros y Guido Solís Jiménez. Mide: ochocientos catorce metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-1080928-2006. 2) Finca 196897-000: Con una base de cuarenta y tres millones cuatrocientos once mil ciento ochenta y nueve colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 196897-000, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito 6-Río Cuarto, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alfredo Rojas; sur, Ricardo Mejías; este, calle pública; oeste, Alfredo Rojas. Mide: doscientos setenta y un metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0355684-1979. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés, con las bases de 1) Finca 422814-000: Con la base de ciento setenta y ocho millones cuatrocientos tres mil ciento once colones con ochenta y ocho céntimos (75% de la base original). 2) Finca 196897-000: Con la base de treinta y dos millones quinientos cincuenta y ocho mil trescientos noventa y dos colones con doce céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés, con las bases 1) Finca 422814-000: Con la base de cincuenta y nueve millones cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos tres colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). 2) Finca 196897-000: Con la base de diez millones ochocientos cincuenta y dos mil setecientos noventa y siete colones con treinta y siete céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Héctor Francisco Quesada Murillo contra Francisco Alberto del Socorro Gómez Vargas. Expediente N° 19-008602-1202-CJ. Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y dos minutos del once de noviembre del dos mil veintidós.—Lilliana Garro Sánchez, Juez/a Decisor/a.—( IN2022696972 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y dos millones trescientos setenta y cinco mil ochocientos sesenta y seis colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 374-08741-01-0991-001 e hipoteca citas: 2019-332588-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de San Jose, matrícula número 365081, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa lote 233.- Situada en el distrito 1-Curridabat, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 234; al sur, lote 232; al este, calle con 9m y al oeste, Urbanizadora Pilón S. A. Mide: ciento cincuenta y siete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta de enero de dos mil veintitrés con la base de treinta y nueve millones doscientos ochenta y un mil ochocientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del siete de febrero de dos mil veintitrés con la base de trece millones noventa y tres mil novecientos sesenta y seis colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Comisión Nacional de Préstamos para la Educación (CONAPE) contra Ana Patricia Rojas Hernández, Rafael Antonio Rojas Hernández, Yamileth Hernández Carvajal Expediente N° 20-001969-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 22 de agosto del año 2022.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2022697071 ).

En este Despacho, con una base de setenta y ocho millones cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos sesenta y siete colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas número 0332-00014411-01-0002-001, servidumbre líneas eléctricas y de paso citas número 0518- 00002756-01-0001-001 Y número 0518-00002756-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 679644-000 , la cual es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito San Lorenzo, cantón Tarrazu, de la provincia de San José. Colinda: al norte, quebrada María del Milagro, Ana Leidy, Patricia y Julián todos Picado Cruz, Diego Alonso y Esteban Artudo ambos Ureña Picado y Edgar Monge Solís; al sur Eugenio Rodríguez Sanchez y Agrícola Calmon S. A.; al este, Agrícola Calmon S. A. y al oeste, calle pública. Mide: ciento ochenta y ocho mil ciento siete metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, señalan las catorce horas quince minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés con la base de cincuenta y ocho millones ochocientos treinta y nueve mil doscientos colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del dos de marzo de dos mil veintitrés con la base de diecinueve millones seiscientos trece mil sesenta y seis colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Con una base de veintinueve millones cuatrocientos cinco mil seiscientos noventa y cuatro colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas número 0293-00018990-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 678574-000 , la cual es terreno de cultivo, montaña y construido. Situada en el distrito San Isidro , cantón Leon Cortes , de la provincia de San José. Colinda: este: calle pública, oeste, quebrada, noreste, Gerardo Picado, noroeste: quebrada, sureste, calle pública, suroeste, Abdenago Alvarado y resto reservado. Mide: cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés con la base de veintidós millones cincuenta y cuatro mil doscientos setenta continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del dos de marzo de dos mil veintitrés con la base de siete millones trescientos cincuenta y un mil cuatrocientos veintitrés colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original).  Con una base de quince millones setecientos cuarenta y siete mil trescientos doce colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 665411-000, la cual es terreno potrero y montaña. Situada en el distrito San Isidro , cantón Leon Cortes , de la provincia de San José. Colinda: al norte, quebrada en medio de Juan Mora Mora; al sur, Julián Picado Cruz; al este, Julián Picado Cruz y al oeste, Julián Picado Cruz, noreste, Ulises Ureña Hidalgo, suroeste, calle pública con un largo de 77.92 metros lineales. Mide: treinta y un mil trescientos cincuenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés con la base de once millones ochocientos diez mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del dos de marzo de dos mil veintitrés con la base de tres millones novecientos treinta y seis mil ochocientos veintiocho colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima Contra Henry Alcides Gerardo Picado Cruz y Rafaelita Elieth Ureña Ureña Expediente 22-009638-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de noviembre del año 2022.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2022697098 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ciento cincuenta y seis dólares con sesenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQM 930, marca: Hyundai, estilo: Grand I10 Gls, categoría: automóvil, número chasis: MALA841CBJM303144, año fabricación: 2018. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil veintitrés con la base de diez mil seiscientos diecisiete dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio de dos mil veintitrés con la base de tres mil quinientos treinta y nueve dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Gabriel Jesús Quirós Rojas. Expediente N° 22-007643-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas del cinco de setiembre del dos mil veintidós.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2022697102 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión sumaria 19-000104-1696-TR, boleta 2019-67800403 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Mora; sáquese a remate el vehículo CL314186, marca Kia, estilo Bongo III, categoría carga liviana, capacidad 06 personas, año 2012, color azul, VIN KNCSHY74CCK637958 cilindrada 3000 c.c. combustible diesel, Motor Nº NV. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del siete de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de febrero de dos mil veintitrés con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintitrés con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marco Vinicio Mora Mora contra Marlene Laitano Castro. Expediente N° 21-001877-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: diez horas con cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veintidós.—Paula Priscilla Vargas Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022697105 ).

En este despacho, con una base de ochenta mil trescientos dieciocho dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de la provincia: Alajuela finca: 117307 duplicado: horizontal: F derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: finca filial número 2 de una planta ubicada en el 1 nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situada en el distrito 5-Guácima, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, finca filial 5, sur, finca filial 1, este, área común libre, oeste, área privada no construida destinada a parqueo. Mide: cien metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del tres de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del once de julio de dos mil veintitrés con la base de sesenta mil doscientos treinta y ocho dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de julio de dos mil veintitrés con la base de veinte mil setenta y nueve dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Mario Andrés Vidal Rivera. Expediente N° 22-009918-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con dos minutos del veintiocho de octubre del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2022697123 ).

En este Despacho, con una base de siete mil seiscientos veintiocho dólares con treinta y seis centavos, soportando colisiones 19-001235-0491-TR, sáquese a remate el vehículo placa: BCX327, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: plateado, vin: KMHCT41CADU356060, cilindrada: 1400 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cinco mil setecientos veintiún dólares con veintisiete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, con la base de mil novecientos siete dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Christian de los Ángeles Sancho Ramírez. Expediente N° 20-015730-1164-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de octubre del año 2022.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2022697125 ).

A las diez horas cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés, en la puerta exterior de este Despacho, de la forma que se dirá y con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con una base de seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 375-01602-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 2-542.439-000, la cual es terreno para construir, Situada en el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Humedales del Norte S.A.; al sur, Humedales del Norte S.A.; al este, calle pública, y al oeste, Humedales del Norte S. A. Mide: ochocientos noventa y siete metros cuadrados. Plano: A-1841439-2015. 2) Con una base de seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 375-01602-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 2-542.440-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Humedales del Norte S.A.; al sur, Humedales del Norte S.A; al este, calle pública, y al oeste, Humedales del Norte S. A. Mide: ochocientos noventa y siete metros cuadrados. Plano: A-1841441-2015. c) Con una base de seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 375-01602-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 2-542.441-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Humedales del Norte S.A.; al sur, Humedales del Norte S.A.; al este, calle pública, y al oeste, Humedales del Norte S. A. Mide: ochocientos noventa y siete metros cuadrados. Plano: A-1841437-2015. Para el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones de colones exactos (75% de la base original) por la finca 2-542.439-000, con la base de cinco millones de colones exactos (75% de la base original) por la finca: 2-542.440-000 y con la base de cinco millones de colones exactos (75% de la base original) por la finca: 2- 542.441-000. para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del uno de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original), por la finca: 2-542.439-000; y con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original), por la finca: 2-542.440-000 y con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original), por la finca: 2-542.441-000. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Néstor Alejandro Mora Corella Expediente N° 22-001732-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del  Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y seis minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2022697128 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de trescientos veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 47155-F-000, la cual es terreno finca filial sesenta y dos, terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Colon, cantón 7-Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle privada denominada acceso tres y servidumbre pluvial; al sur, zona de protección; al este, finca filial primaria individualizada número sesenta y uno, y al oeste, servidumbre pluvial. Mide: mil quinientos noventa y seis metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de febrero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés, con la base de doscientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintitrés, con la base de ochenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Douglas Rolando Alfaro Lazo. Expediente N° 22-010900-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de noviembre del año 2022.—Geovanna Vega Benavides, Jueza Decisora.—( IN2022697130 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil cuatrocientos cuarenta y un dólares con cincuenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BSZ891, Marca: Chery, Estilo: Tiggo 2, Capacidad: 5 personas, año: 2020, color: gris, Categoría: automóvil, Vin: LVVB11B3ME000039, N Motor: SQRD4G15BAFKK00363, cilindrada; 1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de catorce mil quinientos ochenta y un dólares con diecisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil ochocientos sesenta dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Jonathan Sandí Quesada. Expediente 21-005930-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2022697131 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ciento sesenta y dos dólares con catorce centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo la sumaria 19-001928-0500-TR del Juzgado de Transito de Pavas; sáquese a remate el vehículo Placa: BGS766, Marca: Renault, Categoría: automóvil, año: 2015, color: verde, Vin: 9FBHSRAJBFM451764, Motor: F4RB403C049437, cilindrada: 1998 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del diecinueve de enero del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince minutos del treinta de enero del dos mil veintitrés, con la base de diez mil seiscientos veintiún dólares con sesenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del siete de febrero del dos mil veintitrés, con la base de tres mil quinientos cuarenta dólares con cincuenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Kevin Alberto Quirós Quesada. Expediente N° 21-005871-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de octubre del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Juez Decisor.—( IN2022697134 ).

En este Despacho, con una base de once mil seiscientos sesenta y seis dólares con cuarenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BTB284, Marca: BYD, estilo: F3 Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas año fabricación: 2020 color: negro, Vin: LGXC16DF5L0001759. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del diecisiete de enero de dos mil veintitrés, con la base de ocho mil setecientos cuarenta y nueve dólares con ochenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés, con la base de dos mil novecientos dieciséis dólares con sesenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Enrique Alejandro Aguilar Esquivel Expediente número 22-004744-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de octubre del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2022697138 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de la provincia: Alajuela, matrícula: 491811 duplicado: horizontal: derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: terreno de potrero para construir. Situada: en el distrito: 05-Concepción, cantón: 05-Atenas, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle pública con frente de 101,88 metros; sur, Corporación de Inversiones Garileca S. A.; este, calle pública; oeste, Keneth Garita Vindas. Mide: cuatro mil cincuenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés, con la base de doce mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Christian Alberto Villegas Arguedas contra Kenneth Garita Vindas. Expediente N° 20-013157-1158-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y cinco minutos del once de noviembre del dos mil veintidós.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2022697144 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones setecientos treinta y un mil novecientos sesenta y dos colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 358-08508-01-0937-001 y servidumbre trasladada citas: 395-03669-01-0020-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 142214, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito: 01-Parrita, cantón: 09-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 19 metros 90 centímetros; al sur, quebrada Palma; al este, Wilberth Salazar Marín, y al oeste, Juan Honzalez Chavarría. Mide: tres mil ciento once metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas diez minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas diez minutos del primero de junio de dos mil veintitrés, con la base de veintitrés millones cuarenta y ocho mil novecientos setenta y un colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas diez minutos del nueve de junio de dos mil veintitrés, con la base de siete millones seiscientos ochenta y dos mil novecientos noventa colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Joaquina Aguilar Rojas. Expediente N° 22-004846-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: diez horas con once minutos del catorce de noviembre del dos mil veintidós.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2022697145 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento setenta mil quinientos noventa y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa lote 22, bloque A. Situada: en el distrito: 08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rafael Hernández Molina; al sur, calle pública; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y Oscar Brenes Mora, y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: setenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintitrés, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Leonor Mayela Villafuerte Villafuerte contra Yendry Patricia Alpízar Gómez. Expediente N° 22-005900-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: quince horas con dieciocho minutos del quince de noviembre del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2022697146 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones ochocientos ochenta y cinco mil ciento ochenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando restricciones Reg. Art. 18, Ley N° 2825 citas: 523-19580-01-005-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos sesenta mil doscientos setenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Peñas Blancas, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al oeste, Segundo Barquero Vásquez; al noreste, José Francisco Rodríguez Ledezma y Jesús Rojas Arguedas; al noroeste, zona de protección de quebrada con 10 m de ancho; sureste, calle pública, y al suroeste, José Francisco Rodríguez Ledezma y Jesús Rojas Arguedas. Mide: tres mil ciento setenta y uno metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del primero de febrero de dos mil veintitrés, con la base de veintiséis millones ciento sesenta y tres mil ochocientos ochenta y cinco colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones setecientos veintiún mil doscientos noventa y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Allam Astorga Gatgens. Expediente N° 20-002153-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 17 de noviembre del año 2022.—Zary Cecilia Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2022697238 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 512910-000, la cual es terreno para construir con un local comercial en el ubicado. Situada: en el distrito: 05-Ipís, cantón: 08-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte noreste, calle pública con 11,80; al sur noroeste, casa 25 de Urbanización Siglo Nuevo, casa contigua; al este sureste, calle pública con 14,89, y al suroeste, casa 26 Urbanización Siglo Nuevo, casa contigua. Mide: doscientos metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diez de febrero del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veinte de febrero del año dos mil veintitrés, con la base de cuarenta y dos millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de febrero del año dos mil veintitrés, con la base de catorce millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jesús Huarcaya Basques. Expediente N° 22-001056-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 27 de junio del año 2022.—Msc. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2022697248 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones doscientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 385-04384-01-0945-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 382411, derecho 000, el cual es terreno naturaleza lote 5=A terreno para construir. Situada: en el distrito: 04-Mata de Plátano, cantón: 08-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 4=A; al sur, lote 6=A; al este, Rubén Quirós Retana, y al oeste, calle pública con 6,00 mts. Mide: ciento dieciocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del veinticinco de enero de dos mil veintitrés, con la base de diecisiete millones cuatrocientos treinta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones ochocientos diez mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alejandra Patricia Solís Alpízar. Expediente N° 19-007788-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de octubre del año 2022.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2022697297 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones quinientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 317-08599-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 408677 001 y 002, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito: 05-San Jerónimo, cantón: 06-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Bertilio González González; al sur, servidumbre de paso en medio resto con un frente de quince metros lineales; al este, calle pública con un frente de diez metros con sesenta y cuatro centímetros y al oeste, Idania María Sáenz Sánchez. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: A-0542450-1999. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del uno de febrero de dos mil veintitrés, con la base de trece millones ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones trescientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra Esteban José Sáenz Sánchez, Judith Antonia Gómez Meléndez. Expediente 21-000741-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y uno minutos del once de noviembre del dos mil veintidós.—Paula Priscilla Vargas Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022697298 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones trescientos cuarenta y siete mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 346-03108-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 201965 derecho 000, la cual es lote para construir situada en el distrito: 01-Filadelfia cantón: 05-Carrillo de la provincia de Guanacaste Linderos: norte, Gerardo Araya Rodríguez, sur, calle pública con un frente a ella de nueve metros con cuarenta y cinco centímetros. Lineales: este, Gerardo Araya Rodríguez, oeste, Gerardo Araya Rodríguez. Mide: ciento ochenta y ocho metros cuadrados Plano: G-1633496-2013. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintisiete de enero de dos mil veintitrés, con la base de tres millones doscientos sesenta mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de febrero de dos mil veintitrés, con la base de un millón ochenta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Álvaro Gerardo Medina Duarte. Expediente N° 21-003927-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: once horas con veintidós minutos del quince de noviembre del dos mil veintidós.—Lic. Anthony Jesús Quesada Soto, Juez.—( IN2022697299 ).

En este Despacho, con una base de seis millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir una vivienda de interés social. Situada en el distrito: 05-Tacares, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con un frente a ella de 12 mts. con 99 cms. Lineales: al sur, Ulises Ulate Ávila; al este, Rita María Ulate Ávila y al oeste, Federico Ulate Ávila. Mide: doscientos veintisiete metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0827125-2002. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del uno de febrero de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Brayan Josué Rodríguez Mora, Carolina Bolaños Ulate. Expediente N° 22-002930-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil veintidós.—Paula Priscilla Vargas Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2022697300 ).

En este Despacho, con una base de trece millones setecientos setenta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos cuarenta y dos mil doscientos cincuenta y tres, derecho cero cero cero la cual es terreno para construir y callejón de acceso. Situada en el distrito: 05-Rodríguez, cantón: 12-Sarchí, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Julia Barrantes Carvajal; al sur, Ólger Campos Rodríguez; este, Ólger Campos Rodríguez, calle pública con un frente de 3 metros lineales y oeste, Ólger Campos Rodríguez. Mide: doscientos treinta y dos metros cuadrados. Plano: A-1902871-2016. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintitrés, con la base de diez millones trescientos treinta y tres mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del seis de febrero de dos mil veintitrés, con la base de tres millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dany Alberto Campos Espinoza, Paola Melissa Corrales Argüello, expediente 22-002957-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia. Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y tres minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2022697301 ).

En este Despacho, con una base de once millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 234918, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito: 02-Volcán, cantón: 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Walter Gutiérrez Obando y Annia Cecilia Gutiérrez Obando; al sur, José Walter Gutiérrez Obando y Annia Cecilia Gutiérrez Obando; al este, José Walter Gutiérrez Obando y Annia Cecilia Gutiérrez Obando y al oeste, calle pública. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de febrero de dos mil veintitrés, con la base de dos millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Walter José Gutiérrez Martínez. Expediente N° 22-003265-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con nueve minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintidós.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2022697302 ).

En este Despacho, con una base de quince millones doscientos diecinueve mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre traslada citas 293-11564-01-0903-002, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 211041-000, naturaleza: terreno de una casa; situada en el distrito: 04-Mata de Plátano; cantón: 08-Goicoechea; de la provincia de San José Linderos norte, calle pública; sur, Asociación Iglesia Geneses S. A.; este, José  Luis Vargas Gamboa; oeste: María Emilia Gamboa Araya. Mide: doscientos sesenta y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de once millones cuatrocientos catorce mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero de dos mil veintitrés, con la base de tres millones ochocientos cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fondo de Inversión de Titularización de Flujos de Cartera Hipotecaria de Vivienda Colónes número 1 contra Giovanni Antonio Garita Calvo. Expediente 22- 009475-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022697303 ).

En este Despacho, con una base de dos millones seiscientos veinticinco mil cuatrocientos veinticinco colones con quince céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos sesenta y uno derechos cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres (468561-001, 002, 003), la cual es terreno para construir con dos casas. Situada en el distrito: 10-Damas, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Daniel Vargas Mora, al sur, Florindo Solano Gómez, al este, Proyecto Urbanístico La Suecia, y al oeste, calle pública con 6,27 metros de frente. Mide: ciento cuarenta y siete metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de un millón novecientos sesenta y nueve mil sesenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de febrero de dos mil veintitrés, con la base de seiscientos cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y seis colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Alexander Castro Varela Expediente N° 22-009653-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de noviembre del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2022697304 ).

En este Despacho, con una base de siete millones sesenta y seis mil ochocientos treinta y cinco colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 319-01766-01-0901-002, servidumbre de paso citas: 467-03390-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos noventa y dos mil setecientos setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito: 01-Santa María, cantón: 17-Dota, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos Chacón Valverde; al sur, Cafetalera Don Agapito S.A.; al este, Cafetalera Don Agapito S.A. y en parte servidumbre de paso con frente de 25 metros y 50 centímetros y al oeste en pare con servidumbre agrícola en medio de Cafetalera Don Agapito S.A. con frente de 41 metros y 59 centímetros y parte con servidumbre agrícola a fincas con frente de 39 metros 83 centímetros. Mide: siete mil dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones trescientos mil ciento veintiséis colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de febrero de dos mil veintitrés, con la base de un millón setecientos sesenta y seis mil setecientos ocho colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Luis Diego Chacón Monge. Expediente número 22-002331-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de noviembre del año 2022.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2022697314 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones trescientos cincuenta y dos mil cuatrocientos treinta y tres colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 519-19646-01-0008-001 y limitaciones del IDA Ley 2825 Art.67 citas: 519-19646-01-0009-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 107754-001, la cual es terreno Asentamiento Bataan lote 61 para construir. Situada en el distrito: 02-Batán, cantón: N 5-Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, canal en medio con COOPEBATAAN; al este, Lidieth Rodríguez Suárez y al oeste, Luis Hernández Fonseca. Mide: quinientos cuarenta y tres metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas del trece de marzo del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintiuno de marzo del año dos mil veintitrés, con la base de dieciocho millones doscientos sesenta y cuatro mil trescientos veinticuatro colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del veintinueve de marzo del año dos mil veintitrés, con la base de seis millones ochenta y ocho mil ciento ocho colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Caja Costarricense del Seguro Social contra María del Carmen Corea Toruño, expediente 12-021747-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 04 de noviembre del año 2022.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2022697317 ).

En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo C-170107, Marca: Freightliner, estilo: CL 120 Columbia, Categoría: tracto camión (carga pesada), Capacidad: 2 personas, carrocería: cabezal o tracto camión, año: 2006, cabina: sencilla, color: blanco, Vin: 1FUJA6CG46LV73965, combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del diez de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintitrés, con la base de nueve millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintitrés, con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Andrés Brenes Rivera contra Viviana de Los Ángeles Mendoza Chavarría. Expediente N° 22-001821-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 10 de octubre del año 2022.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez.—( IN2022697354 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil seiscientos veintiséis colones con sesenta y un céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 349-12048-01-0913-001 servidumbre trasladada citas: 349-12048-01-0914-001 servidumbre: 2016-472264-01-0001-001 servidumbre de aguas para el paso de alcantarillado sanitario y pluvial, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 152228-F-001-002, la cual es terreno finca filial 020, de 2 plantas o niveles, destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada: en el distrito: 02-Rincón de Sabanilla, cantón: 09-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común; al sur, finca filial 031; al este, finca filial 019, y al oeste, finca filial 021. Mide: noventa y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del primero de febrero de dos mil veintitrés, con la base de veintisiete millones trescientos treinta y seis mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés, con la base de nueve millones ciento doce mil ciento cincuenta y seis colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Israel José Guevara Rojas, Katherine Vanessa Arias López. Expediente N° 20-001354-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y siete minutos del catorce de noviembre del dos mil veintidós.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2022697475 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000143-0391-AG donde se promueve información posesoria por parte de Max Gerardo Ortega Villafuerte quien es mayor, casado una vez, vecino de Santa Bárbara, Santa Cruz, Guanacaste, ciento cincuenta al sur y ciento cincuenta este de la iglesia católica, portador de la cédula número 0501920908, pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno solar cona una casa. Situada en el distrito Sétimo Diría, cantón Tercero Santa Cruz. Colinda: al norte con Francisco Javier Gómez Mena; al sur con calle pública; al este con Francisco Javier Gómez Mena y al oeste con Luz Marina Villafuerte Ramírez. Mide: doscientos setenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir con plano catastrado número G-2255878-2021 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en hacer cercar, rondas, reparación de cercas, siembra de plantas, chapias y limpieza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Max Gerardo Ortega Villafuerte. Expediente N° 22-000143-0391-AG-9. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, hora y fecha de emisión: quince horas con doce minutos del catorce de setiembre del dos mil veintidós.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez Decisor.—
1 vez.—( IN2022695515 ).

Citaciones

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien vida fue el señor Elodia Carmona Arias, mayor, casada una vez, ama de casa, cedula identidad uno-cero trescientos cero ocho-cero setenta y seis, vecina de San Pedro Montes de Oca, doscientos metros este y veinticinco sur del Colegio Don Bosco, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Adelita Mariana Brenes Arce, oficina abierta al público San José, Montes de Oca, Barrio Dent, Niehaus Abogados. Es todo.—San José, catorce de noviembre del dos mil veintidós.—Licda. Adelita Mariana Brenes Arce.—1 vez.—( IN2022693954 ).

En mi notaría se inicia sucesorio notarial de quien en vida fuera Plácida Jiménez Villalobos, cédula: dos-ciento cuarenta y tres-cero treinta y dos, mayor, viuda una vez, ama de casa vecina de Alajuela, San Ramón, de la Delegación de Policía, veinticinco metros norte, cédula de identidad dos-ciento cuarenta y tres-cero treinta y dos, misma que falleció el dos de julio del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria carné: 13236.—1 vez.—( IN2022693974 ).

Que en el término de quince días, contados a partir de su publicación se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados para que se apersone a hacer valer sus derechos, en la sucesión de quien en vida fue Andrés Sosa Villalobos para que, se apersone a la notaría de la Licda. Ana María Roiz Ballestero ubicada en Esparza, Puntarenas, ocho de noviembre del dos mil veintidós.—1 vez.—( IN2022693986 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien vida fue el señor Dora Jinesta Alvarez, mayor, casada una vez, ama de casa, cedula identidad dos- ciento diecisiete-cero seiscientos cincuenta y seis, vecina de Alajuela, comparezcan ante esta Notaria a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Adelita Mariana Brenes Arce, oficina abierta al público San José, Montes de Oca, Barrio Dent, Niehaus Abogados. Es todo.—San José, catorce de noviembre del dos mil veintidós.—Licenciada Adelita Mariana Brenes Arce.—1 vez.—( IN2022693987 ).

Por una única vez, se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida fue Albino Patricio Cruz Cruz, cédula de identidad 5-140-1397, para que dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos ante mi despacho en Ciudad Neily, cien metros al Este del Mercado Municipal, Corredor, Corredores, Puntarenas o al correo electrónico campos.abogado.notario@gmail.com bajo apercibimiento de que, si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2022. Código 7208.—Ciudad Neily, 14 de noviembre del 2022.—Lic. Yorhanny Campos Piedra, Notario Público.—1 vez.—( IN2022694000 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Luis Diego Corrales Arce, a las ocho horas del veintinueve de octubre del dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Clara Ivette Arce Barrantes, quien fue mayor de edad, viuda de sus primeras nupcias, empresaria, portadora de la cédula de identidad costarricense número: dos-cero doscientos veintiocho-cero ochocientos seis, vecina de Alajuela, San Carlos, Florencia, del Banco Nacional, cien metros al sur. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Daniela Alexandra Garita Sánchez, Notaria Pública con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, San Carlos, Florencia, de la Fuerza Pública, ciento veinticinco metros al norte. Teléfono N° 8810-3812.—1 vez.—( IN2022694009 ).

El suscrito notario hago constar que el día de hoy se presentaron a mi despacho: Claudina Araya Jiménez, mayor, viuda de su único matrimonio, pensionada portadora de la cédula de identidad número dos-cero uno dos ocho-cero siete siete cinco, vecina de San José, Central, Catedral, Barrio La Cruz, calles nueve y once, avenida veintiséis, casa novecientos cincuenta y dos; María Enid Vargas Araya, mayor, soltera, pensionada, portadora de la cédula de identidad número dos-cero dos siete cinco-cero ocho nueve cinco, de mismo domicilio que la anterior compareciente; Ever Vargas Araya, mayor, casado una vez, Abogado y Notario, portador de la cédula de identidad número dos-cero tres cuatro seis-cero tres uno siete, vecino de San José, Escazú, doscientos cincuenta metros al oeste del Palacio Municipal; Manuel Vargas Araya, casado una vez, Abogado, portador de la cédula de identidad número nueve-cero cero tres cero-cero nueve uno dos, vecino de San José, Central, Pavas, costado norte del Colegio Humboldt, casa esquinera; Edwin Vargas Araya, mayor, casado una vez, contador público, portador de la cédula de identidad número dos-cero tres siete uno-cero nueve siete dos, vecino de San José, Moravia, San Vicente, del Palenque del Club La Guaria, setenta metros al norte; Alba Vargas Araya, mayor, viuda de su único matrimonio, empresaria, portadora de la cédula de identidad número dos-cero dos cuatro cuatro-cero nueve seis cuatro, vecina de Heredia, San Pablo, Urbanización Yuli, casa número cuarenta y seis y Olger Clodomiro Vargas Araya, mayor, viudo de su único matrimonio, ebanista, portador de la cédula de identidad número dos-cero tres dos siete-cero dos cinco siete, vecino de San José, Central, Hatillo, Hatillo dos, calle cincuenta, avenida treinta A, casa número seis siete ocho, y me solicitaron que iniciara la tramitación extrajudicial del sucesorio del señor Manuel Vargas Álvarez, quien fue casado una vez, pensionado, vecino de San José, Central, Catedral, Barrio La Cruz, calles nueve y once, avenida veintiséis, casa novecientos cincuenta y dos, cédula identidad número dos-cero uno uno tres-cero cuatro uno siete. Con base en lo anterior se cita y emplaza a los herederos e interesados en dicha sucesión, para que, dentro del término de quince días contados a partir de esta publicación, se apersonen ante la oficina del suscrito notario, situada en San Pedro de Montes de Oca, Barrio Vargas Araya, de la Escuela Laboratorio Emma Gamboa, doscientos metros al sur, edificio esquinero, oficina uno, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo verifican, la herencia pasará a quién legalmente corresponda.—San Pedro de Montes de Oca, 11 de noviembre de 2022.—Humberto Fallas Cordero, Notario.—( IN2022694011 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Mariana Cordero Blanco. Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de Alfonso Ramírez Obando, portaba la cédula de identidad número uno- cero ciento sesenta y siete- cero ochocientos sesenta y nueve, para que dentro del plazo de ley, comparezca a hacer valer sus derechos; Expediente 2022- 0006. Notaría del Lic. Esteban Hernández Álvarez, Heredia, Santa Bárbara, San Bosco 25 metros al sur de la Farmacia.—Lic. Esteban Hernández Álvarez.—1 vez.—( IN2022694023 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Fabio Fuentes Hernández, mayor, casado en segundas nupcias, cédula N° 2-0451-0049, comerciante, vecino de Heredia, San Antonio de Belén, a las 10:00 horas del 3 de noviembre del 2022 y comprobado el fallecimiento de Nicolás Fuentes Navarro, costarricense, con cédula número 2-0242-0944, esta notaría ha declarado abierto su proceso notarial. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Luis Álvaro Castro Sandi, en San Rafael de Alajuela, teléfono N° 83-94-2688.—Alajuela, 15 de noviembre del 2022.—1 vez.—( IN2022694048 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el proceso sucesorio de Carmen Quesada Arias, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número 1 0222-0830 y vecino de San José, Hatillo, Sagrada Familia, 175 norte de la escuela Carolina Dent, y de quien también en vida fue: Jacqueline Fernández Quesada, mayor, soltera, ama de casa, cédula número 1 0703-0639, vecina de San José, Hatillo, Sagrada Familia 175 norte de la escuela Carolina Dent, para que dentro del plazo de quince días se apersonen ante la oficina del notario Juan José Chavarría Mora, ubicada en San José, San Sebastián, Residencial Las Margaritas avenida 44 B casa 237, a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se apersonan en este plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente notarial Dos-dos mil veintidós.—San José, 14 de noviembre de 2022.—Juan José Chavarría Mora, Notario.—1 vez.—( IN2022694060 ).

Ante el infrascrito Notario, se inicia el Proceso Sucesorio Intestado bajo número PSI-cero cero cero dos-dos mil veintidós, de quién en vida se llamó el señor Carlos Humberto Solís Chinchilla, quien portara la cédula de identidad uno-cinco cuatro uno-siete tres cero, soltero, vecino de San Juan de Dios de Desamparados y a ruego de su progenitora señora María Cecilia Chinchilla Castro, con cédula de identidad uno-dos cinco ocho-siete cuatro cero, soltera, pensionada, vecina de igual dirección y domicilio del causante y que mediante esta citación se comunica a los herederos, legatarios, terceros, acreedores e interesados, para que dentro de un plazo de treinta días contados a partir de la única publicación de ésta para que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quién corresponda según lo dispuesto en el artículo 945 y siguientes del Código de Rito y el artículo 129 y siguientes del Código Notarial, ante esta Notaria, situada en San José, Aserrí, ciudad de Aserrí, precisamente de la Municipalidad 350 metros al Este, teléfono de oficina 2230-5185, teléfono celular 8706-2646, fax 2230-3038, correo electrónico vicareca@hotmail.com.—Dado en la ciudad de Aserrí, a las 18 horas del 14 de noviembre del año 2022.—Lic. Víctor Evelio Castro Retana, , carné de colegiado 2241, Notario Público.—1 vez.—( IN2022694073 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Alexis Obando Alvarado, quien fue mayor, costarricense, comerciante, divorciado una vez, cédula uno cero dos tres dos cero cero uno cero, quien falleció en Hospital, Central, San José, el día veinticuatro de marzo del dos mil dieciocho, para que dentro del plazo de treinta días. contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a quienes crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia respectiva pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio número 002-2022.—Heredia, 5 de agosto del año 2022.—Licenciado Fabian Azofeifa Arce, Notario Público.—1 vez.—( IN2022694076 ).

Por escritura número doscientos ochenta y ocho a las once horas del once de noviembre del dos mil veintidós , visible al folio ciento sesenta y ocho vuelto del tomo catorce de esta misma notaria, se ha solicitado la apertura y tramite del proceso sucesorio en sede notarial, de quien en vida fue Claudio Norberto Fallas Mora , mayor de edad, casada una vez, agricultor, vecino de Pococí, La Rita , Palmitas , del Ebais cien metros este y cincuenta metros sur, cédula seis -cero cero tres dos - cero cuatro cuatro uno Se cita a los interesados en esta sucesión para que dentro de un plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos aquellos interesados, que si no se apersonan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 04-2022. Notario del Licenciado Randall Eduardo Ramírez Vargas, con oficina abierta en Pococí, Cariari, Almacén San Francisco cincuenta metros norte. Es Todo, a las ocho horas del catorce de noviembre del dos mil veintidós.—Randall Eduardo Ramírez Vargas.—1 vez.—( IN2022694111 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a solicitud de Roger Fonseca Marín, a las 11 horas del 01 noviembre del año 2022 y comprobado el fallecimiento de Bolívar del Carmen Torres Elizondo, mayor de edad, soltero, agricultor, vecino San Miguel, Desamparados, provincia de San José, exactamente Urbanización El Huazo, con cédula de identidad número 6-0195-0613, fallecido el 08 de mayo del 2006 en la provincia de San José, Desamparados, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Geilin del Carmen Salas Cruz, con oficina abierta en San José, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, frente a Tribunales de Justicia, Plaza Tracopa, local número uno. Teléfono 8708-6840.—Día 16 de noviembre del año 2022.—Geilin del Carmen Salas Cruz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022694193 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados de quien en vida fuera Zaida Valerín Cedeño, cédula de identidad cinco-ciento noventa y cinco-cero sesenta y dos, quien fuera vecina de Santa Cruz, distrito Tempate, en Portegolpe, de la Iglesia Católica doscientos cincuenta metros al oeste y setenta y cinco al sur, falleció el veintiocho de julio del año dos mil trece, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0003-2022-15916-OIGP. Notaría Licda. Olga Granados Porras.—Nicoya Guanacaste Barrio Guadalupe. Teléfono 83991766.—Licda. Olga Granados Porras.—1 vez.—( IN2022694195 ).

En esta notaría se declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Marco Antonio Zúñiga Cervantes, cédula 104560786, vecino de Escazú, fallecido el 22/07/22. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de Ligia Rodríguez Pacheco. Teléfono 8341-9894.—San José, 16 de noviembre del 2022.—Ligia Rodríguez Pacheco, Notario.—1 vez.—( IN2022694206 ).

Se hace saber a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general que tengan interés en la sucesión abintestato del señor: Exides Meléndez Mancia, cédula DI 122200464610, mayor, soltero, comerciante, vecino Alajuela, Alajuela, Sabanilla, para que a partir de la presente y dentro del plazo máximo de 30 días hagan valer sus derechos, en la notaria de la Licenciada Ana Lucrecia Morales Ugalde, en Alajuela, San Isidro, Itiquis, 200 norte de la Iglesia Católica, con teléfono 88504521, expedientes: Numero Suc. 002-2022, (publíquese 1 vez en el Boletín Judicial).— Ana Lucrecia Morales Ugalde.—1 vez.—( IN2022694212 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Victoria Núñez Sánchez, costarricense, cédula de identidad cinco-ciento cincuenta y dos-novecientos catorce, a las catorce horas del día catorce de abril del año dos mil veintidós y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Santiaga Chavarría Chavarría, costarricense, cédula de identidad, seis-cero treinta y dos-seiscientos setenta y ocho, soltera, del hogar y vecina de Línea 13 de Matina, Limón. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Minor Alemán Torres, Bataan, Matina, Limón, frente a las oficinas del Ministerio de Salud en Bataan centro, teléfono seis cero ocho siete nueve dos tres dos.—Bataan, Limón diez de noviembre del dos veintidós.—Lic. Minor Alemán Torres.—1 vez.—( IN2022694224 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Manuel Sánchez Mena, costarricense, cédula de identidad número siete-ciento once-doscientos diecisiete, a las dieciséis horas del día veinte de mayo del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Rafael Sánchez Mesén, costarricense, cédula de identidad número uno-doscientos cincuenta y seis-ochocientos cincuenta, viudo, pensionado, y vecino de La Colonia Puriscaleña de Matina, Limón. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Minor Alemán Torres, Bataan, Matina, Limón, frente a las oficinas del Ministerio de Salud en Bataan centro, teléfono: seis cero ocho siete nueve dos tres dos.—Bataan, Limón, diez de noviembre del dos mil veintidós.—Lic. Minor Alemán Torres.—1 vez.—( IN2022694225 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por los presuntos herederos a las diez horas del trece de noviembre de dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de Manuel Segura González, quien en vida fue, mayor, casado una vez, Funcionario Judicial, cédula de identidad número uno-cero cuatro cuatro ocho-cero uno cuatro nueve, vecino de San José, Desamparados San Antonio de Plazoleta cien al sur, fallecido el día trece de setiembre de dos mil seis, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—San José, Aserrí, Salitrillos.—Lic. Danilo Alejandro Fallas Monge. Notario. Teléfonos 7208-4585 /8339-5838.—1 vez.—( IN2022694231 ).

Ante esta notaría se está tramitando el proceso sucesorio de Marjorie Castro Quesada, por lo que se hace saber a los presuntos interesados que en el plazo de quince días deben comparecer ante esta notaría Lic. Juan Edgar Fallas García, frente al parqueo de la Iglesia Católica, con el fin de hacer velar sus derechos.—San José, quince horas del quince de noviembre del dos mil veintidós.—Juan Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—( IN2022694233 ).

El suscrito, Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario Público con oficina en Guadalupe, Goicoechea, San José, Oficentro Bariloche, de conformidad con lo dispuesto en los artículos ciento quince siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y artículo ciento veintinueve del Código Notarial, hace constar que en esta notaria se tramita el proceso sucesorio de Jimmy Alberto Jiménez Arguedas, por lo que se cita y emplaza a los interesados para que dentro de los quince días siguientes a esta publicación, concurran a hacer valer sus derechos.—1 vez.—( IN2022694275 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del siete de octubre del presente año, comprobado el fallecimiento de quien fue Carlos Boschini Figueroa, con cédula de identidad uno-trescientos cincuenta y siete-ciento cuarenta y seis, se declara abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días naturales. Contados a partir de la ubicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. El expediente en cuestión es el número cero cero cero uno-dos mil veintidós, notaría del notario público Carlos Chaves Araya, cita en Liberia de Guanacaste, cincuenta metros sur del Casino Liberia. Publíquese una vez.—Liberia, Guanacaste, ocho horas del veintiuno de octubre dos mil veintidós.—Carlos Chaves Araya, Notario Público, carné 4112, cédula 5-197-848.—1 vez.—( IN2022694287 ).

Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Mary Kay (nombre) Hankins (apellido), a las 10 horas 30 minutos del 12 de noviembre del año 2022 y comprobado el fallecimiento de George Blair (nombre) Hankins JR (apellido), quien en vida fue de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor de edad, portador del pasaporte de su país número 505460392, casado una vez, ingeniero, y con domicilio en número 39, Vista del Lago, Las Brisas de Chapala, Jalisco, México, código postal número 45908, y la existencia y validez del testamento por él otorgado; esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, a hacer valer sus derechos. Dirección: Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, Centro Comercial Tamarindo Business Center, oficina P&D Abogados, locales 1 y 2, teléfono 2653-2009, correo electrónico: evelynlopezguerrero@outlook.com.—Tamarindo, a las diez horas del dieciséis de noviembre del año dos mil veintidós.—Licda. Evelyn Isabel López Guerrero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2022694294 ).

Se hace saber: Que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Yuri Alberto Méndez Masis, quien en vida gozaba de las siguientes calidades: mayor, soltero, doctor en farmacia, con cédula de identidad: uno- seis nueve seis- siete cuatro cuatro, vecino de Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, cine metros al sur de la C.C.S.S, casa mano derecha, Se cita los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, por lo cual, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente N° cero cero doce-dos mil veintidós, del Licdo. Noel Claudio Gutiérrez Zúñiga con oficina abierta en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, del costado sur-este de la Iglesia Católica cien metros al sur, a las catorce horas con treinta y nueve minutos del quince de noviembre del año dos mil veintidós.—Lic. Noel Claudio Gutiérrez Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2022694307 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juana de Los Ángeles Delgado Sandí, quien fue mayor, viuda una vez, miscelánea, cédula de identidad número seis-cero setenta y seis-ochocientos noventa y siete, vecina de Puntarenas, El Roble. Para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0050-2022. Notaría del Bufete del Lic. Álvaro Córdoba Díaz. Notario. Teléfono 8371-4420.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2022694321 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso de quien fue Ezequiel Vallejos Fernández, mayor, casada una vez, pastor evangélico, cédula seis-cero ciento siete-cero quinientos cincuenta y uno y vecino de Puntarenas, Chahuite, para que dentro del plazo de quince días se apersones a hacer valer sus derechos y se apercibe a las que crean tener calidad de herederos que, si no se apersone en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Ante notario Guillermo Carballo Rojas. Puntarenas centro, veinticinco este de la Casa Cultura, número de sucesorio 11-22.—1 vez.—( IN2022694326 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso de quien fue Olger Gerardo Lara Miranda, mayor, casada una vez, pensionado, cédula cinco-cero ciento cincuenta y tres-cero seiscientos treinta y siete y vecino de Puntarenas, Barranca para que dentro del plazo de quince días se apersones a hacer valer sus derechos y se apercibe a las que crean tener calidad de herederos que, si no se apersone en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Ante notario Guillermo Carballo Rojas. Puntarenas centro veinticinco este de La Casa Cultura, número de sucesorio 020-22.—Guillermo Carballo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2022694337 ).

Se cita y se emplaza a los interesados en la sucesión de: Blanca Rosa Sánchez Guillen, divorciada, oficios del hogar, cédula número dos- cuatrocientos diecisiete-cuatrocientos cuarenta y uno, vecina de Buenos Aires de Palmares, Alajuela, en Urbanización Los Marinos, frente a la antena grande; para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este Edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quién corresponda. Publicar una vez. Cel 8812-5054. Expediente Número: cero cero cero seis-dos mil veintidós. Notaria del Bufete Campos Doubleday.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2022694376 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad: Denzel Isaac y Rihanna Narahi, ambos apellidos Guevara Canda, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 21-001366-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas cuarenta y dos minutos del 08 de noviembre del 2022.—Msc. Francinni Campos León, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022693526 ).      3 v. 3.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela persona menor de edad Ashly Brigitte Zeledón Duarte, para que se apersonen dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial. Publíquese 3 veces consecutivas. Lo anterior se ordena así en proceso actividad judicial no contenciosa - tutela de Patronato Nacional de la Infancia. Expediente Nº 22-000326-0928-FA. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese 3 veces consecutivas.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), 31 de octubre del año 2022.—Lic. Roly Arturo Bogarín Morales, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022693540 ).                  3 v. 3.

Edicto, se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Pamela Sánchez Villegas y Dariel Gael Sánchez Villegas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 22-000610-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas dieciséis minutos del cinco de abril de dos mil veintidós, 05 de abril del año 2022.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022693541 ).           3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Kenneth Campos Picado, Jarian Stiwar Pérez Picado, Luna Dayanara Campos Picado y Yeirel David Campos Picado, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°22-002013-0292-FA. Clase de Asunto Actividad Judicial No Contenciosa (Depósito Judicial). Nota: Publíquese tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. 28 de octubre del año 2022.—Msc. Liana Mata Méndez. Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022693548 ).           3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Jeffry Josué Ponce Ulate, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°22-001576-0292-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa Nota: Notifíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas doce minutos del veintinueve de agosto de dos mil veintidós.- 29 de agosto del año 2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Juez(a).—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022693570 ).           3 v. 3.

Edicto, se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Marlin Tiree Martin Amador, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 22-001922-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Nota: publíquese tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas veinte minutos del nueve de noviembre de dos mil veintidós, 09 de noviembre del año 2022.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022693573 ).           3 v. 3.

A Dixon Alberto Corrales Galiano y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Nathaly Tamara Corrales Quirós, se les pone en conocimiento la resolución de las quince horas con diecisiete minutos del treinta de junio del año dos mil veintidós de este despacho que en lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Nathaly Tamara Corrales Quirós, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Yailyn Priscila Quirós Alemán y Dixon Alberto Corrales Galiano, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Yailyn Priscila Quirós Alemán y Dixon Alberto Corrales Galiano, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real: Alajuela, Naranjo, San Juan, 800 norte de Bar Los Pilones, Calle Porosal, casa a mano derecha con portón de malla, teléfono 8972-7270. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona Fuerza Pública de Naranjo.- En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.- Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Queda la comisión/documentación a disposición de la parte interesada en el Sistema de Gestión en Línea para su diligenciamiento. El párrafo final del artículo 19 de la Ley de Notificaciones, N° 8687 indica que a la notificación se le acompañarán copias de los escritos y documentos salvo disposición legal en contrario. El artículo 27.2 del Código Procesal Civil establece que cuando los documentos o escritos fueran incorporados a la carpeta escaneados o por otros medios, no se requerirá la presentación de copias salvo que se trate de documentación que no pueda ser escaneada. Con motivo de lo anterior, deberá la parte demandada, acceder al “Sistema de Gestión en Línea” (https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr) para obtener las copias de todas las piezas del expediente, no siendo necesario adjuntarle a la notificación las copias del mismo. Para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema la cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Por otro lado, según lo establece el artículo 8 de la Ley de Notificaciones, N°8687, la persona que notifica está investida de autoridad para exigir la plena identificación de la persona que reciba la cédula, así como para solicitar el auxilio de otras autoridades, cuando lo necesite para cumplir sus labores. (contenciosos) En caso de cuya omisión transcurrido el plazo de tres meses se declarará la deserción, (no contenciosos) En cuya omisión transcurrido el plazo de 06 meses se declarará el abandono del proceso. Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera. Juez(a). Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia ( Materia de Familia ).—Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud68-2017-JA.—( IN2022693580 ).  3 v. 3.

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 19-000049-0776-FA, Jazmine Rosita Ángulo Chavarría, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor Dylan Josué Medina Chavarría. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una sola vez.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), 11 de noviembre del año 2022.—Msc. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694129 ).

Por tanto: Razones dadas y normativa citada. Se acoge la acción presentada por el Patronato Nacional de la Infancia y se declara en estado de abandono a la menor Yogeilyn López Rivera, por parte de la progenitora Marjorie López Rivera, a quien se le da por extinta la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de la mencionada menor a la señora María Elena Chevez Vivas, a quien también se le nombra como tutora de la menor, por lo que deberá seguir velando por su seguridad, estabilidad, protección en el sentido amplio de la palabra a fin que logren crecer como persona sana física y emocionalmente. Firme esta resolución inscríbase mediante ejecutoria que se expedirá, en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la menor: Yogeilyn López Rivera, nació el 06 de diciembre del año 2007 y su nacimiento está inscrito en Alajuela, al tomo ochocientos noventa y siete, folio trescientos veintisiete y asiento seiscientos cincuenta y tres. Publíquese la parte dispositiva de este fallo por una única vez, en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo dentro del plazo del Ley. Melissa Chaves Agüero, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso procesos especiales de Patronato Nacional de la Infancia contra Marjorie López Rivera. Expediente N° 22-000070-1517-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia), Alajuela, Upala, 27 de octubre del año 2022.—Licda. Melissa Chaves Agüero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694142 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente N° 19-000049-0776-FA, Jazmine Rosita Angulo Chavarría, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor: Dylan Josué Medina Chavarría. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una sola vez.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz, (Materia Familia), 11 de noviembre del 2022.—Msc. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022694147 ).

Alberto Jiménez Mata, Juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Jacob Antonio Ramírez Rivera, cédula 3-453-841, se le hace saber que en proceso abreviado de suspensión de los atributos de la responsabilidad parental establecida contra él por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado De Familia De Cartago.- A las nueve horas doce minutos del cuatro de abril de dos mil veintidós.- De la anterior demanda abreviada de suspensión de patria potestad expediente 22-000800-0338-FA, establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado al accionado Jacob Antonio Ramírez Rivera por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones.- En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “ celular “ , con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.- Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona  a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de Cartago. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Vista la medida cautelar solicitada por el ente actor por el interés superior de las personas menores de edad se otorga el deposito provisional de Deylan Yahir, Michaela Naomy y Dylan Mateo todos apellidos Ramírez Gómez en el recurso de la señora Bernarda Martina Rivera Rodríguez”. Nota: De conformidad con la circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este Edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado de Familia de Cartago.—Alberto Jiménez Mata, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. 364-12-2021C.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2022694328 ).

Alberto Jiménez Mata, Juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Kattya Sofía Hernández Rojas, cédula N° 3-494-631, se le hace saber que en proceso de declaratoria judicial de estado de abandono de persona menor de edad, establecida contra ella por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las once horas trece minutos del siete de febrero de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono, expediente N° 21-003379-0338-FA de la persona menor Nicolás José Hernández Rojas, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Kattya Sofía Hernández Rojas, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial: http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de Cartago. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria 0notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se procede a resolver la medida cautelar solicitada por el ente actor de acuerdo con lo solicitado, y por el interés superior de la persona menor de edad, se otorga el depósito provisional de Nicolas Hernández Rojas en el Patronato Nacional de la Infancia. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este Edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado de Familia de Cartago.—Alberto Jiménez Mata, Juez Tramitador.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022694330 ).

Licda. Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza del Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia); hace saber a Elizabeth Mongrio Sequeira, documento de identidad 0207100233, soltero/a, oficios domésticos, vecino de no indica, que en este Despacho se interpuso un proceso procesos especiales en su contra, bajo el expediente número 22-000105-1517-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia), a las trece horas veintidós minutos del dieciocho de abril de dos mil veintidós.- Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria judicial de abandono en beneficio de los menores Ashly Franciny Chacón Mongrio, José Antonio Mongrio Sequeira, Matías y Mateo ambos de apellidos Arias Mongrio, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Elizabeth Mongrio Sequeira, Henry Alberto Chacón Palacios, Rigoberto Arias Huertas, a quienes se le concede el plazo de cinco días para que opongan excepciones, se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Lo anterior se ordena así en proceso procesos especiales de Oficina Local Upala-Guatuso contra Elizabeth Mongrio Sequeira, Henry Alberto Chacón Palacios, Rigoberto Arias Huertas. Expediente Nº 22-000105-1517-FA. Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia). 12 de octubre del año 2022. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Familia).—Licda. Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694331 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza de Familia. Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 22-001078-1307-FA, los señores José Rafael León Quirós y Marcela María Ramírez Esquivel, solicitan se apruebe la adopción de la menor Danna Saray Ortega Moreira. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Este edicto debe ser publicado una sola vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 0 de noviembre del año 2022.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694333 ).

Edicto, por única vez, se avisa al señor Laura Carolina Delgado Morales, portador de la cédula de identidad número 1-1320-0692 de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 22-000662-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el especial de protección de la persona menor de edad Tiffany Verónica Brenes Delgado. Se le concede el plazo de tres días hábiles, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de Noviembre de dos mil veintidós.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694334 ).

Msc. Lorena María Mc Laren Quirós Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Kazuki Kase, que en este Despacho se interpuso un proceso procesos especiales de autorización de salida de país en su contra, bajo el expediente número 22-000384-0165-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José. A las nueve horas treinta y tres minutos del diecisiete de octubre de dos mil veintidós. Del interior proceso de autorización de salida del país, establecido por Guiselle Marcela Rivera Vargas, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Kazuki Kase representado por su curadora procesal la Licenciada María Fernanda Robles Calvo (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones de este circuito. Se ordena al Departamento de Trabajo Social de estos Tribunales, realizar el estudio correspondiente y presentar el informe a la mayor brevedad. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694340 ).

Licenciada Guadalupe Solano Patiño, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Fredy Antonio Arias Abreu, en su carácter personal, quien es mayor, mayor, de nacionalidad Dominicana, casado, comerciante, domicilio desconocido, portador de la cédula de Residencia Permanente Dimex 121400224704, se le hace saber que en Demanda Abreviado de Divorcio, establecida por Ashley Paola Guzmán Alegría contra Fredy Antonio Arias Abreu, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las trece horas cincuenta y cuatro minutos del diez de junio del dos mil veintidós. De la anterior demanda abreviado de divorcio establecida por la accionante Ashley Paola Guzmán Alegría, se confiere traslado al accionado Fredy Antonio Arias Abreu por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita, a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de Este Circuito Judicial. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Con el fin de verificar que efectivamente el demandado no se localiza en el país, se ordena enviar atento oficio dirigido a la Dirección General de Migración y Extranjería. Notifíquese. Expediente 22-001403-0338-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cartago. Cartago, 06 de octubre del 2022.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694345 ).

Edictos Matrimoniales

Msc. Kensy Carolina Cruz Chaves, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Ariel Esteban Sorio Montenegro, mayor, soltero, Albañil, cédula de identidad número 0701910894, nacido en Centro, Central, Limón, el 13/06/1989, con 33 años de edad, y Kemberly Vanessa Ching Pérez, mayor, soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0701490624, nacida en Centro, Central, Limón, el 27/11/1982, actualmente con 39 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Barrio Cristóbal Colón del Mercadito Colon, 75 este, casa de cemento color verde. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 22-000832-1152-FA. Publíquese una vez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.— Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, fecha, 21 de noviembre del año 2022.—Msc. Kensy Carolina Cruz Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022696636 ).

Edictos en lo Penal

Por requerirse así en la sumaria: 19-000591-0485-PE, en contra de Cheily Rodríguez Madrigal, por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), en perjuicio de Cristopher Calvo Loaiza, se solicita publicar por medio de edicto y por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal la siguiente Resolución: Se tiene por presentada acción civil resarcitoria del quince de abril del dos mil veinte, al ser las once horas y veintiséis minutos , establecida por Abraham Chaves Acuña en calidad de abogado del ofendido Cristopher Calvo Loaiza, en contra del tercer civil interesado: José Alexis Rodríguez Sequeira, cédula de identidad N° 7-0100-0574, esto para que interponga las excepciones que estime convenientes. Lo anterior de carácter urgente ya que la causa prescribe el 11 de diciembre del 2022. De conformidad con la circular N° 67-09- emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige en esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho. Publíquese tres veces.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Guillermo Cordero Camacho, Fiscal Auxiliar.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2022694136 ).          3 v. 1.

Al ser las trece horas del diez de noviembre del dos mil veintidós, se comunica: Que en el Legajo principal número 20-003326-0305-PE, seguido contra Francisco Javier Hernández González, por el delito de Abusos Sexuales Personas Mayores, en perjuicio de Johana Arguedas Castillo de conformidad con el artículo 162 del Código Procesal se le comunica al señor Manuel Antonio de la Trinidad Valverde Huertas representante de la Agencia Valverde Huertas S. A., cédula jurídica N° 3-101-122631, de domicilio desconocido, que con base a la Circular número 108-09 de la Secretaria de la Corte, la resolución del traslado de la Acción Civil Resarcitoria de las trece horas y quince minutos del veintiocho de febrero del año dos mil trece. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Jhoana Arguedas Castillo, a darle traslado al demandado civil Manuel Antonio de la Trinidad Valverde Huertas representante de la Agencia Valverde Huertas S. A., cédula jurídica N° 3-101-122631, de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del (la) actor (a) civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en forma separada. Notifíquese. De conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal y con base a la Circular número 108-09 de la Secretaria de la Corte, se comunica de lo anterior. Por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Notifíquese. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Fiscalía Adjunta Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Leyla Flores Badilla, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2022694338 ).

 

 



[1]                Que es el utilizado obligado a los indicadores automatizados.