BOLETÍN JUDICIAL 35 DEL 24 DE FEBRERO DEL 2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMNISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:    Asueto concedido al personal judicial que labora en las Oficinas Judiciales del cantón de Grecia de la provincia de Alajuela.

Que las oficinas judiciales del cantón de Grecia de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día 27 de abril de 2023, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 20 de febrero del 2023.

                                                         Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                                               Subdirector Ejecutivo

O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719348 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A Hugo Eduardo Peña Zúñiga, mayor, a la notaría, cédula de identidad número 0502330235, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 22-000271-0627-NO establecido en su contra por Dirección Nacional de Notariado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las ocho horas cinco minutos del diez de febrero de dos mil veintitrés.-En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Hugo Eduardo Peña Zúñiga, cédula de identidad 0502330235,  la resolución dictada a la(s) ocho horas once minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós,  en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado ver resultado de comisión (E.V.17/06/2022 15:53:25), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil  ver resultado de comisión (E.V .12/09/2022 13:30:15); y en virtud de que tampoco fue posible notificar a su apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio se intento notificar al apoderado ver resultado de comisión (E.V.20/12/2022 16:19:36), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son” a.En fecha 2 de diciembre del 2021, se procede a notificar al notario Hugo Eduardo Peña  Zúñiga al correo electrónico (abogadohugobena@hotmail.com) el cual consta en el Sistema de Gestión de la Información Notarial (SGIN) la resolución de se ordena depósito de tomo de protocolo. b.En fecha 9 de diciembre del 2021, mediante correo electrónico envía al correo institucional del compañero Andrés Mauricio Bastos (abasto@adnn.go.cr) solicitud de prórroga para cumplir con lo ordenado, correo en el cual adjunta un escrito realizado por el notario y una certificación medica c. En fecha 20 del diciembre del 2021, presente en la ciudad de Liberia el compañero Andrés Mauricio Bastos, procedió a notificar en la casa de habitación al notario Hugo Eduardo Peña Zúñiga, pero presente en la dirección reportada le indican que el. notario vive en San José desde hace 3 años. d. En fecha 20 de diciembre del 2021, presente en la ciudad de Liberia el compañero Andrés Mauricio Bastos; procedió a notificar en la oficina al notario Hugo Eduardo Peña Zúñiga, pero presente en la dirección reportada le indican que vecinos de la zona que no conocen la oficina del notario. e. En fecha 10 de enero del 2022, Mediante llamada telefónica se conversar con el notario Hugo Eduardo Peña Zúñiga al número (8670-1527) y se le consulta sobre la razón del porque no ha realizado el depósito del tomo, a lo cual informa que ha seguido delicado de salud, durante la conversación el notario solicita un nuevo plazo de 10 días para desplazarse hasta Liberia para buscar el tomo en la bodega donde lo dejo guardado, durante la llamada el notario confirma tanto el correo que consta ante está Dirección como uno personal que no consta en el registro de notarios, los cuales detallo a continuación abogadohugopena@hotmail.com y abogadohugopena@gmail.com. f. En fecha 26 de enero del 2022, presente en las oficinas de la Dirección Nacional de Notariado el notario Hugo Eduardo Peña Zúñiga, se le notifica personalmente la orden de depósito del tomo de protocolo número 14, por lo cual se realizó la respectiva acta de notificación. g. En fecha 10 de febrero de 2022, al constatar el incumplimiento por parte del notario Hugo Eduardo Peña Zúñiga, para cumplir con el depósito del tomo de protocolo, se procede a notificársele la resolución 225574 de la segunda intimación a fin de que pueda cumplir con lo ordenado. En fecha 11 de febrero de 2022, se conversar con el notario Hugo Eduardo Peña Zúñiga al número (8670-1527) se le consulta si recibió al correo suministrado por él la segunda intimación de depósito del tomo, a lo cual contesta que si la recibió , pero que no logro encontrar el tomo, informa que presentara la denuncia ante la fiscalía por la pérdida del tomo y enviara al correo institucional (ivargas@dnn.go.cr)la documentación que le den en la fiscalía, también se le informa que dada la circunstancia deberá iniciar el trámite de reposición de tomo ante la Dirección Nacional de Notariado. i. En fecha 18 de febrero de 2022, el notario Hugo Eduardo Peña Zúñiga mediante el correo (abogadohugopena@hotmail.com) envía solicitud de prorroga al correo institucional (ivargas@dnn.go.cr) en cuanto al plazo conferido en la resolución #225574 de la segunda intimación, por motivos de enfermedad. j. En fecha 21 de febrero de 2022, al constatar el incumplimiento por parte del notario Hugo Eduardo Peña Zúñiga, para cumplir con el depósito del tomo de protocolo, se procede a notificarle la resolución 233277 de auto de prevención a fin de que pueda cumplir con lo ordenado, sea el depósito del tomo de protocolo ante el Archivo Notarial o en su defecto iniciar ante esta Dirección el trámite respectivo de la reposición del tomo de protocolo. k. En fecha 25 de febrero de 2022, presente en Ias oficinas de la Dirección Nacional de Notariado el notario Hugo Eduardo Peña Zúñiga, presenta escrito con denuncia interpuesta en la fiscalía Adjunta de Heredia sin número de expediente donde denuncia al señor José Enrique Rodríguez Ortiz por el robó del tomo de protocolo número 14, estudio de consultas civiles del Tribunal Supremo de Elecciones y copia de una conversación de la aplicación WhatApp.-(Folios 00052 al 00056)  1. A pesar de todos los esfuerzos realizados por esta Dirección y a pesar de conocer el notario denunciado su deber de depositar el tomo de protocolo número catorce, (14) a él autorizado por encontrarse inhabilitado para ejercer la función notarial o en su defecto realizar los trámites de reposición del mismo, no se logra recuperar el tomo requerido, resistiéndose el notario a cumplir con su deber, de acuerdo a lo que la normativa le obliga, cuestión que se denuncia formalmente, además del no cumplimiento a su deber de custodia del tomo de protocolo que se requiere sea devuelto al Estado.”. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte accionada supra referida. Notifíquese.- Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza.- JCUBILLOZ “ y “Traslado de cargos Juzgado Notarial, a las ocho horas once minutos del veintiséis de abril de dos mil veintidós.- Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Dirección Nacional de Notariado contra Hugo Eduardo Peña Zúñiga, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como mínimo y dentro de los ya citados, podrá señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Así mismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirá para su consulta, en la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “ Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada, lo cual se hará por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Liberia quienes podrán notificarle en su domicilio registral ubicado en Guanacaste, Liberia, de la iglesia católica San José Obrero, 25 metros al sureste o en su oficina sita en Guanacaste, Liberia, del Banco de Costa Rica, 300 metros al norte y 75 metros al este. Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, edificio Sigma 5to piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores direcciones, hágase consulta vía intranet a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, a efecto hacer constar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Notifíquese. Se publicará por una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Lic. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez/a Decisor/a, Juez(a)

                                               Licda. Derling Edith Talavera Polanco,

                                                                   Juez/a Decisor/a

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719237 ).

Que en el proceso disciplinario notarial N°17-000481-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Hugo Alexander Salazar Solano, (cédula de identidad 0204730953), este Juzgado mediante sentencia en firme N° 2023000079 de las once horas tres minutos del ocho de febrero de dos mil veintitrés, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de dos años y diez meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, tome nota la Dirección Nacional de Notariado para lo que corresponda. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                                    Licda. Derling Edith Talavera Polanco

                                                                 Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719238 ).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000181-0627-NO, de Archivo Notarial contra Myrna Ivette Pierre Dixon, (cédula de identidad 0700720310), este Juzgado mediante sentencia en firme N° 2023000042 de las catorce horas veinte minutos del veintisiete de enero de dos mil veintitrés, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. Se hace notar que la sanción se mantendrá en el tiempo, hasta por un plazo máximo de diez años, pues su registración no puede exceder ese plazo, de conformidad con el voto 3484 de la Sala Constitucional de las doce horas del ocho de Julio del año mil novecientos noventa y cuatro, tome nota la Dirección Nacional de Notariado para lo que corresponda. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una vez por la Imprenta Nacional en el Boletín Judicial.

                                   Licda. Derling Edith Talavera Polanco,

                                                        Jueza Decisora

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719241 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Joaquín Villegas Grijalba, cédula de identidad número 0501310366, quien fue mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de Guanacaste, Liberia, Barrio Capulín, y falleció el 02/08/2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas, bajo el número 23-000048-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000048-0942-LA. Por Miguelina Carmen Yadira García Ruiz, N° 0501510940, a favor de José Joaquín Villegas Grijalba. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Laboral), 15 de febrero del año 2023.—Licda. Brenda Celina Calvo de la O, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719196 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Luis Alberto Solano Chaves, N° 0501680749, fallecido el 08 de diciembre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de persona trabajadora fallecida, bajo el número 23-000208-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000208-0505-LA. Por Marta Elena Chavarría Bolaños, cédula de identidad N° 4-0128-0853, a favor de Luis Alberto Solano Chaves. Nota: De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 20 de febrero del año 2023.—Licda. Carolina Muñoz González, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719203 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Humberto Josué García Matlack, quien fue mayor de edad, costarricense, soltero, cédula N° 5-0427-0709, vecino de Carrillo, Palmira, fallecido el 13 de noviembre del 2022, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. Fallecidas, bajo el N° 23-000016-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000016-0942-LA. Por a favor de… Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Laboral), 31 de enero del 2023.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719205 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Antonio del Socorro Alpízar Argüello 0203890727, fallecido el tres de enero del dos mil veintitrés, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 23-000066-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 23-000066-1113-LA. Por Blanca Selenia Ledezma Jiménez a favor de Marco Antonio del Socorro Alpízar Argüello. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Laboral), 16 de febrero del año 2023.—Msc. Karla Artavia Nájera, Juez(a) Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719243 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sergio Alonso Mora Picado, cédula de identidad 112390116, soltero, agente hipotecario, vecino de San José, Puriscal, Santiago, cincuenta metros sur de la escuela Diario flores fallecido el 03 de octubre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de personas fallecidas bajo el Número 22-000148-1529-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000148-1529-LA. Por a favor de Sergio Alonso Mora Picado Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Puriscal (Laboral), 02 de febrero del año 2023.—Msc. Rudy Enrique Araya Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719246 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Carlos Muñoz Medina, cédula de identidad número: 05-0217-0619, fallecido el 27 de julio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de extremos laborales bajo el número 22-000259-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 22-000259-0868-LA. A favor de Juan Carlos Muñoz Medina, cédula de identidad número: 05-0217-0619. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Laboral), 02 de febrero del año 2023.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719247 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gamaliel Guadalupe Guadamuz Piña, cédula de identidad N° 0502100660, quien fue mayor, soltero, vecino de Puntarenas, Quepos, y falleció el veinticinco de mayo del dos mil veinte (25/05/2020), se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el Número 23-000030-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 23-000030-0775-LA. Por Marcelina Del Socorro Piña Contreras, cédula de identidad N° 0500500107 a favor de ella misma. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 14 de febrero del 2023.—Lic. Patrick Ramos Chavarría; Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719263 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Sheryl Dayana Parra Straub, quien fue mayor, casada, ocupación no indica, vecina de Liberia, Guanacaste, Barrio Moracia, con documento de identidad (cédula de residencia) número 117002220109, y falleció en el mes de junio del 2020, Carlos Eduardo Chaves Ríos, cédula de identidad número 5-0387-0497, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente número 20-000348-0942-LA-9. Nota: De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 07 de febrero del 2023.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719264 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido Asdrúbal Alvarado Piedra, cédula de identidad N° 3-216-0094, quien era mayor, casado y falleció el 25 de junio del 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el Número 22-001652-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001652-0641-LA. Promovido por Norma Amador Flores, cédula de identidad N° 3-284-179. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 14 de febrero del 2023.—Msc. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719267 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de persona trabajadora fallecida Ramón Elí Fallas Amador, cédula de identidad N° 1-276-0070, quien fue mayor, operario, laboró para Decoraplant S. A., y falleció el 14 de abril del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el Número 22-001035-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 22-001035-1178-LA, promovido por Asociación Solidarista de Empleados de Grupo Empresarial del Este y Afines. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 13 de febrero del 2023.—Msc. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719268 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona fallecida Elieth Maroto Guzmán, cédula de identidad N° 3-189-1319, quien fue mayor, viudo, Pensionada, y falleció el 01 de noviembre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el Número 23-000226-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 23-000226-0641-LA, promovido por Manuel Monge Maroto. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 03 de febrero del 2023.—Msc. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719269 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona fallecida Florencio Segismundo Araya Piedra, cédula de identidad 3-105-998, quien fue mayor, viudo, con último domicilio en Cartago, Occidental, Barrio el Molino, costado sur de la Biblioteca Nacional, y falleció el 16 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el número 23-000149-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000149-0641-LA. Promovido por Ivon Araya Acuña. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 23 de enero del año 2023.—Msc. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719310 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona fallecida Gerardo González Cruz, portó la cédula número 1-0428-0987, quien fue mayor, casado, Pensionado, y falleció el 27 de octubre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el número 23-000198-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000198-0641-LA, promovido por Gabina del Socorro Eras Pineda, viuda, cédula de identidad 5-0141-1371. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 23 de enero del año 2023.—Msc. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719311 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona fallecida Rodrigo Barquero Madriz, cédula de identidad 3-116-865, quien fue mayor, viudo y falleció el 25 de noviembre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el número 23-000079-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000079-0641-LA. Promovido por Kattia Barquero Solano, cédula número 03-0310-0911. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 17 de enero del año 2023.—Msc. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719314 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de David Hernández Madrigal, cédula de identidad N° 1-1461-258, fallecido el 30 de octubre de 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 22-001635-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001635-0641-LA. Promovido por Kimberly Sanabria Navarro, cédula de identidad N° 3-441-783 por el fallecimiento de David Hernández Madrigal, cédula de identidad N° 1-1461- 258. Publíquese. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 01 de febrero de 2023.—Licda. Cinthia Patricia Sánchez Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719317 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edwin Villalobos Sanabria, quien fue mayor, casado, cédula de identidad número 3-0115-0164, con último domicilio en la Unión de Cartago, y falleció el 17 de noviembre del año 2017; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo el expediente número 23- 000315-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000315-0641-LA. Promovidas por Iliana Ángela Villalobos Sánchez, cédula de identidad número 3-0284-0430. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 08 de febrero del año 2023.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719323 ).

ADMNISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de dos millones setecientos dieciséis mil seiscientos cincuenta y tres colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, sumaria 19-000047-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placa: TSJ-6220, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, año: 2005, color: rojo, Vin: KMHCG51FP5U248495, N° motor: G4EA4609739, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas quince minutos del catorce de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del veintidós de marzo de dos mil veintitrés con la base de dos millones treinta y siete mil cuatrocientos ochenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos del treinta de marzo de dos mil veintitrés con la base de seiscientos setenta y nueve mil ciento sesenta y tres colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Rubén Antonio Martín Durán Bockam. Expediente N° 19-015144-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José; 22 de noviembre del 2022.—Yanin Argerie Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2023718860 ).

En este Despacho, con una base de un millón seiscientos sesenta y seis mil seiscientos veintidós colones con sesenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate el vehículo titular de la matrícula TL457, marca FAW, modelo Oley, año 2015, color rojo, chasís LFP83ACC8F1K80341. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés con la base de un millón doscientos cuarenta y nueve mil novecientos sesenta y siete colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos dieciséis mil seiscientos cincuenta y cinco colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Del Socorro Chacón Villegas. Expediente N° 22-001616-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 08 de febrero del 2023.—David Felipe Cortés Segura, Juez.—( IN2023718861 ).

En este Despacho, 1) Con una base de cuarenta y siete millones siete mil setecientos setenta y nueve colones con cincuenta y ocho céntimos, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 97830-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial ciento cuarenta y seis destinada a residencia ubicada en el nivel tres en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común pared, ducto y filial ciento cuarenta y cinco; al sur, filial ciento cuarenta y siete y área común de uso restringido asignada a la filial ciento cuarenta y seis; al este, área común de pared, y área común de uso restringido asignada a la filial ciento cuarenta y seis; y al oeste, área común de pared, ducto y pasillo. Mide: cincuenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés con la base de treinta y cinco millones doscientos cincuenta y cinco mil ochocientos treinta y cuatro colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés con la base de once millones setecientos cincuenta y un mil novecientos cuarenta y cuatro colones con noventa céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de tres millones ochocientos noventa y dos mil doscientos veinte colones con cuarenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 97807-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial ciento veintitrés destinada a estacionamiento ubicada en el nivel uno en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial ciento veinticuatro; al sur, área de juegos infantiles; al este, área de circulación vehicular; y al oeste, área de juegos infantiles. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés con la base de dos millones novecientos diecinueve mil ciento sesenta y cinco colones con treinta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés con la base de novecientos setenta y tres mil cincuenta y cinco colones con once céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra George Bakkar Hindeleh. Expediente N° 22-002993-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Segunda), 16 de febrero del 2023.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2023718862 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos cincuenta y seis mil trescientos sesenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: NCL124, marca: Hyundai, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasis: KMHCT41DACU232453, estilo: Accent GL, capacidad: 5 personas, año: 2012 color: plateado, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés, con la base de dos millones quinientos noventa y dos mil doscientos setenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de marzo del dos mil veintitrés, con la base de ochocientos sesenta y cuatro mil noventa y un colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Ana Lorena Muñoz Álvarez. Expediente N° 18-006970-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de noviembre del año 2022.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—( IN2023718865 ).

En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2009-127837-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 218646-000, la cual es terreno para construir lote 3. Situada: en el distrito 1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Travega S A; sur, Travega S A; este, Amalia Solano Vega; oeste, servidumbre de paso. Mide: quinientos sesenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del dieciséis de marzo del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil veintitrés, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del doce de abril del año dos mil veintitrés, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Los Gallos Guadalupanos Sociedad Anónima contra Carlos Francisco Vega Aguilar, Óscar Adolfo Vega Aguilar, Travega Sociedad Anónima. Expediente N° 21-005291-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de noviembre del año 2022.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023718867 ).

En este Despacho, con una base de quince millones seiscientos ocho mil dos colones con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo FBC054, marca: M.G. Estilo: MG GS del, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie: LSJA24W67KS016686, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: LSJA24W67KS016686, año fabricación: 2019, techo: techo duro, color: café, VIN: LSJA24W67KS016686, N° motor: 20L4E2PSJB010039, cilindrada: 2000 c.c, cilindros: 4, potencia: 78 kw combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés con la base de once millones setecientos seis mil dos colones con veintiún céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de tres millones novecientos dos mil colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica (BNCR) contra Carlos Eduardo Brenes Castro. Expediente Nº 23-000068-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Segunda), 02 de febrero del año 2023.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023718871 ).

En este Despacho, de conformidad con lo establecido en el artículo 157.3 del Código Procesal Civil, se determina que la base para efectos de remate es convencional (la pactada por las partes en el documento constitutivo), siendo el monto del capital por la suma de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 185007, derecho 000, la cual es lote 11 terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Nicoya, cantón: 02-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, resto reservado, sur, Lote 12 por segregar y calle pública con 4 metros, este, Lote 12 por segregar, oeste, resto de Carlos Alberto Sancho Rojas. Mide: quinientos metros cuadrados plano: G-1444589-2010. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de abril del dos mil veintitrés, con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Y el segundo inmueble con una base del monto del capital por la suma de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 185008, derecho 000, la cual es terreno para construir situada en el distrito: 01-Nicoya, cantón: 02-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Lote 11 segregado, sur, calle pública con 17 metros de frente, este, resto reservado, oeste, Lote 11 segregado. Mide: cuatrocientos noventa y ocho metros cuadrados, plano: G-1444586-2010. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del doce de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de abril del dos mil veintitrés, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L. contra Mónica Vanessa Molina Carballo. Expediente N° 22-001832-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y cuatro minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintitrés.—Lic. Anthony Jesús Quesada Soto, Juez Tramitador.—( IN2023718918 ).

En este Despacho, con una base de novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 521246, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número de chasis: KMHVF21NPRU001219, año fabricación: 1994, color: negro, combustible: gasolina, cilindrada: 1468. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del trece de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil veintitrés, con la base de seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dos de mayo del dos mil veintitrés, con la base de doscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Gerardo Enrique Fernández Badilla contra Marianela Piedra Calderón. Expediente N° 22-000339-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: siete horas con cuarenta y nueve minutos del treinta de enero del dos mil veintitrés.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2023718981 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y cuatro millones cuatrocientos veintiséis mil ochocientos noventa colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv comprom ref: 2321-248-001 0 citas: 323-09119-01-0901-001, servidumbre de paso citas: 499-18262-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2016-786765-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 219982-000, la cual es naturaleza: terreno de repasto y de bosque. Situada en el distrito: 02-Sierra, cantón: 07-Abangares, de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al norte, Inversiones Laura del Sol Limitada y Jacedi Dos Mil Seis Limitada y Badilla e Hijos S. A.; al sur, con una servidumbre agrícola y con un frente a la misma de 27 m 76 cm; al este, Inversiones Laura del Sol Limitada y Jacedi Dos Mil Seis Limitada; y al oeste, resto de Inversiones Laura del Sol Limitada y Jacedi Dos Mil Seis Limitada que es servidumbre de paso. Mide: cinco mil ciento un metros cuadrados. Plano: G-1929124-2016. Identificador predial: 507020219982_. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés, con la base de cuarenta y ocho millones trescientos veinte mil ciento sesenta y siete colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés, con la base de dieciséis millones ciento seis mil setecientos veintidós colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L. contra María Gabriela Vargas Sagot. Expediente N° 22-000603-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con veintiuno minutos del tres de febrero del dos mil veintitrés.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2023718984 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo Placa: BMT306, Marca: Nissan, Estilo: Versa, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2008, color: Dorado, Vin: 3N1BC11E58L361693, cilindrada: 1800 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del once de abril de dos mil veintitrés, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Suplidora Técnica Comercial Cartago SUPLITECCR. Expediente Nº 18-013110-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del año 2023.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2023719005 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones setecientos sesenta y un mil ciento cincuenta y cinco colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo PXL228, marca: Kia, estilo: Sorento, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: KNAPH81BDJ5460966, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, número chasis: KNAPH81BDJ5460966, año fabricación: 2018, color: gris, VIN: KNAPH81BDJ5460966, N° motor: D4HBJH369567, cilindrada: 2199, c.c., cilindros: 4, potencia: 142 KW, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés con la base de dieciséis millones trescientos veinte mil ochocientos sesenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintitrés con la base de cinco millones cuatrocientos cuarenta mil doscientos ochenta y ocho colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Allan Mauricio Brenes Cascante, Thilman Brenes Quesada. Expediente N° 22-001611-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 20 de enero del 2023.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2023719025 ).

En este Despacho, Con una base de ¢23.777.192,57, libre de gravámenes hipotecarios, pero con anotaciones bajo las citas 357-19898-01-0914-001 por condiciones, 800- 284071-01-0001-001 por gravamen practicado, 800-332419-01-0001-001 por gravamen practicado, 800-361542-01-0001-001 por gravamen practicado, 800-387712-01-0001-001 por gravamen practicado, 800-403992-01-0001-001 por gravamen practicado, 800-445245-01-0001-001 por gravamen practicado, 800-457792-01-0001-001 por gravamen practicado, 800-485303-01-0001-001 por gravamen practicado, 800-500791-01-0001-001 por gravamen practicado, 800-500819-01-0001-001 por gravamen practicado, 800-502177-01-0001-001 por gravamen practicado, y 800-606245-01-0001-001 por gravamen practicado; sáquese a remate la finca situada en la provincia Limón y titular de la matrícula número 32347-000, la cual es terreno para agricultura y corresponde al Lote 270-120-2, se sitúa en el Distrito Batán, del Cantón Matina, colinda: al norte con carretera nacional; al sur y al oeste con Leticia Espinoza, y al este con Orlando Gil y otro, y mide: treinta y seis mil seiscientos treinta y dos metros con sesenta y tres decímetros cuadrados Para tal efecto, se señalan las 08:00 del 21/6/2023. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 08:00 del 29/6/2023 con la base de ¢17.832.894,43 (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 08:00 del 7/7/2023 con la base de ¢5.944.298,14 (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Comando de Seguridad Cantillo Ltda. Exp:20-002967-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. 13 de febrero del año 2023.—David Felipe Cortés Segura, Juez.—( IN2023719081 ).

En este Despacho, con una base de noventa millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 194668-000, la cual es terreno cultivado de café y edificio de la Distribuidora Marcos Padilla S. A. Situada en el distrito 2 San Miguel, cantón 3 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Distribuidora Marcos Padilla Sociedad Anónima; al sur; callejón de acceso de tres Mketros y Rosa Lilliam Padilla Hernández; al este, Rodrigo Delgado Chacón y al oeste, calle pública con frente de nueve metros veintiocho decímetros. Mide: Quinientos treinta y seis metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados plano: SJ-0740208-2001 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés con la base de sesenta y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo de dos mil veintitrés con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Unilever de Centroamérica S. A. contra Distribuidora Marcos Padilla Dimarpa S. A. Expediente Nº 22-012210-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de febrero del año 2023.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023719125 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones Ref:2336-157-001 citas: 340-06918- 01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento seis mil cuatrocientos ochenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 05-Cariari, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón.- Colinda: al norte Marino Chaves Fernández; al sur calle pública; al este Miguel Chavarría Peraza y al oeste Miguel Chavarría Peraza, Jerdin Enrique Cambronero Solís. Mide: mil ochocientos treinta y siete metros con dieciocho decímetros cuadrados, plano: L-0865422- 2003 . Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés, con la base de diecinueve millones ochocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés, con la base de seis millones seiscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Miguel Andrey Chavarría Salazar. Expediente Nº 19-004100-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 08 de febrero del año 2023.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719127 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y cinco millones trescientos setenta y seis mil seiscientos noventa colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento ochenta y ocho mil ochocientos tres, derechos cero cero uno, cero cero tres, cero cero cuatro, cero cero siete, cero cero ocho y cero cero nueve. Situada en el distrito dos, Cinco Esquinas, cantón trece Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública con tres metros treinta y cuatro centímetros y otro; al sur: Matilde Cabrera; al este: Agripino y Enriqueta López y al oeste: Fermín Mora. Mide: doscientos noventa y un metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas del diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del veintiséis de abril de dos mil veintitrés conservándose la base original y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan nueve horas del cinco de mayo de dos mil veintitrés conservándose la base original. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de división de cosa común de Ivonne Barquero Montero, Juan Carlos Barquero Montero, Juan Carlos Barquero Varela y Multiservicios Maeju S. A. contra Gonzalo Antonio Campos Valverde y Jacqueline Pamela Alfaro Loría, expediente: 13-000021-0164-CI.—Tribunal Segundo Colegiado Primera Instancia Civil del primer Circuito Judicial de San José. 25 de enero del año 2023.—Diego Sánchez Cascante, Juez.—( IN2023719143 ).

En este Despacho, con una base de setenta y dos millones ciento cincuenta y ocho mil ochocientos noventa y seis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 391641, derechos 003, 004, 005 y 006, la cual es terreno con dos casas y solar. Situada: en el distrito 2-San Miguel, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, río Damiana y otro; al sur, calle pública con 10,38; al este, Edwin Delgado Ureña, y al oeste, Consuelo Muñoz Barquero. Mide: mil trescientos dieciséis metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de María Elena Romero Calvo contra Carmen Eugenia Romero Calvo, Elizabeth Romero Calvo y Minor Enrique Romero Calvo. Expediente N° 20-000593-0217-CI.—Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Hatillo), 07 de febrero del año 2023.—Lic. Rosny Arce Jiménez, Juez.—( IN2023719146 ).

En este Despacho, con una base de siete millones setecientos cincuenta y ocho mil setenta y siete colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic y reservref 2646-197-001 bajo las citas 317-07957-01-0901-001, prohibiciones ref 2646-197-001 bajo las citas 317-07957-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 86023-000, la cual es naturaleza: terreno de ca/a. Situada en el Distrito (08) Tayutic, Cantón (05) Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Rodrigo Monge Valverde; al sur camino público; al este Rodrigo Monge Valverde y al oeste Rodrigo Monge Valverde. Mide: mil novecientos sesenta metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones ochocientos dieciocho mil quinientos cincuenta y ocho colones con once céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés, con la base de un millón novecientos treinta y nueve mil quinientos diecinueve colones con treinta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Ande Número Uno R. L. contra Helbert Gerardo Mora Salmerón. Exp:22-008180-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago. 16 de febrero del año 2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2023719149 ).

En este Despacho, 1) Con una base de once millones novecientos treinta y un mil seiscientos cuatro colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número 111492-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de solar. Situada en el distrito 1- Cañas, cantón 6-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Leticia Wong Torres; al sur, Leticia Wong Torres; al este, calle pública de lastre con 10 metros de frente y al oeste, Elda Díjeres Duarte. Mide: ciento noventa metros cuadrados. Plano: G-0953456-2004. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintitrés con la base de ocho millones novecientos cuarenta y ocho mil setecientos tres colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos millones novecientos ochenta y dos mil novecientos un colones con veintidós céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de cuatro millones trescientos once mil novecientos sesenta y siete colones con siete céntimos libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 404-04242-01-0800-001, servidumbre de paso citas: 516-05338-01-0004-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-306191-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número 192160-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de solar. Situada en el distrito 1-Bagaces cantón 4-Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, lote 12 de León Rene Viellevoije; sur, Cornelia Theodora Francisca Vraets, este, calle pública; oeste, lote 9 de León Rene Viellevoije. Mide: doscientos veinticinco metros cuadrados. Plano: G-1568951-2012. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintitrés con la base de tres millones doscientos treinta y tres mil novecientos setenta y cinco colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón setenta y siete mil novecientos noventa y un colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Andrea Dayana Solano Brenes, Warren Francisco Araya Sandoval. Expediente Nº 22-000685-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primere Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta y ocho minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Jueza.—( IN2023719151 ).

En este Despacho, con una base de setenta y ocho millones doce mil quinientos dieciséis colones con diecisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 327-02190-01-0909-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 94379-F-, derecho 000, la cual es terreno finca filial veinticuatro identificada como veinticuatro-a ubicada en el tercer nivel de la torre uno destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el Distrito: 01-Puntarenas, Cantón. 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte vacío sobre arena común; al sur muro divisorio con la finca filial Veintitrés-A; al este en parte vacío sobre área común, parte área común de circulación y acceso al condominio y al oeste vacío sobre área común. Mide: ciento veintidós metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de cincuenta y ocho millones quinientos nueve mil trescientos ochenta y siete colones con trece céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de agosto de dos mil veintitrés, con la base de diecinueve millones quinientos tres mil ciento veintinueve colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Puntarenas contra B L Fiduciarios S.A. Exp:19-009912-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: nueve horas con diecisiete minutos del seis de febrero del dos mil veintitrés. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2023719152 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos noventa y ocho mil setecientos cuarenta y seis colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: BSW832, marca: Geely, estilo: GC6, categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas, serie: LB37624SXLL000293 carrocería: sedan 4 puertas tracción: 4x2 número chasis: LB37624SXLL000293 año fabricación: 2020 VIN: LB37624SXLL000293, características del motor: N° motor: JLB4G15K2CA3206502 modelo: JLB4G15, cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones trescientos cuarenta y nueve mil sesenta colones con diecinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintitrés con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y nueve mil seiscientos ochenta y seis colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de banco nacional de costa rica contra Melania De Los Ángeles Zúñiga Umaña. Expediente Nº 22-002973-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 12 de enero del año 2023.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—( IN2023719173 ).

En este Despacho, con una base de veintidós mil seiscientos veintinueve dólares con un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: VDK010, marca: Nissan, categoría: automóvil, estilo: Qashqai, capacidad: 5 personas, color: gris, año: 2018, tracción: 4x4. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diez de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés, con la base de dieciséis mil novecientos setenta y un dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, con la base de cinco mil seiscientos cincuenta y siete dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Mario Alberto Arroyo Barboza. Expediente N° 22-001015-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del año 2022.—María Karina Zúñiga Cruz, Juez/a Decisor/a.—( IN2023719215 ).

En este Despacho, con una base de seis mil seiscientos noventa y dos dólares con ochenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BGR349, marca: Toyota, estilo: Yaris E, categoría: automóvil, año: 2015, color: rojo, VIN: MR2KT9F33F1142070, N° motor: 1NZZ079800, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del quince de marzo de dos mil veintitrés con la base de cinco mil diecinueve dólares con sesenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés con la base de mil seiscientos setenta y tres dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima, contra André ST Clare Pryce. Exp:20-012142-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José. 14 de febrero del año 2023.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2023719217 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cuatro millones cinco mil novecientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos, soportando denuncia de tránsito citas: 0800-848287-001, sáquese a remate el vehículo BSM232, marca: BYD, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción 4X2, carrocería: sedan 4 puertas, año: 2020. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del once de abril de dos mil veintitrés con la base de tres millones cuatro mil cuatrocientos cincuenta y siete colones con ochenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés con la base de un millón mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con noventa y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra César Barquero Méndez, Susan Palma Calderón. Expediente N° 22-001891-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 27 de enero del 2023.—Karina Alexandra Pizarro García, Jueza Tramitadora.—( IN2023719295 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones trescientos trece mil trescientos sesenta y ocho colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de Fiscalía citas: 2018-00358614-002; sáquese a remate el vehículo placa: BGT567, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015, color: plateado, tracción: 4x2, carrocería: Sedan 4 puertas, número de chasis, serie y vin: KMHCT41BAFU746489, cilindrada: 1400C.C., combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés, con la base de seis millones doscientos treinta y cinco mil veintiséis colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con la base de dos millones setenta y ocho mil trescientos cuarenta y dos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Gladys María García Pereira. Expediente N° 19-006789-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del año 2022.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Juez/a Decisor/a.—( IN2023719297 ).

En este Despacho, con una base de un millón quinientos noventa y siete mil quinientos sesenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKW848, Marca: Daewoo, estilo: Matiz SE, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas hatchback, año fabricación: 2002, color: plateado y Serie, Vin y chasis: KLY4A11BD2C839360. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos (02:00 p.m.) del quince de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos (02:00 p.m.) del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, con la base de un millón ciento noventa y ocho mil ciento setenta y un colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos (02:00 p.m.) del once de abril de dos mil veintitrés, con la base de trescientos noventa y nueve mil trescientos noventa colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra María de Los Ángeles Soza Castillo. Expediente N° 19-020555-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de diciembre del 2022.—Audrey Abarca Quirós, Jueza Decisora.—( IN2023719299 ).

En este Despacho, con una base de un millón ciento tres mil setecientos cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: N° MOT 627371, marca: Freedom, estilo: ZS200GY-3III, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2018, carrocería: motocicleta, color: negro, tracción: 2x2. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés, con la base de ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y ocho colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, con la base de doscientos setenta y cinco mil novecientos veintiséis colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Beleida del Carmen Quirós Soto. Expediente N° 20-000076-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de enero del año 2023.—Allan Barquero Durán, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023719303 ).

En este Despacho, con una base de dos millones novecientos dieciocho mil quinientos cinco colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando tipo colisiones número de sumaria 18-010407-0174-TR, número boleta 2018316500638; sáquese a remate el vehículo BLF941, marca: Hyundai, estilo: Elantra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHDN51BP5U154661, peso vacío: 0, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, peso neto: 0 kgrms, tracción: 4X2, peso bruto:900 kgrms, número chasis: KMHDN51BP5U154661, color: negro. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del catorce de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintitrés con la base de dos millones ciento ochenta y ocho mil ochocientos setenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del treinta de marzo de dos mil veintitrés con la base de setecientos veintinueve mil seiscientos veintiséis colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Angie Elena Kiechle Narváez. Expediente N° 21-002067-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: nueve horas con catorce minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintitrés.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2023719306 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis mil ciento ochenta y ocho dólares con treinta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BPK981, marca: Nissan, estilo: Qashqai, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2018, color: blanco, número de chasis: SJNFBAJ11JA070944, cilindrada: 2000 C.C. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintitrés, con la base de diecinueve mil seiscientos cuarenta y un dólares con veinticinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil veintitrés, con la base de seis mil quinientos cuarenta y siete dólares con ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Moisés David Portilla Mora. Expediente N° 19-002630-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de febrero del año 2023.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2023719309 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido la provincia: Alajuela finca: 261076 duplicado: horizontal: derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: lote 4 Sección C-terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 04-San Antonio, cantón 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, parque; al sur, calle pública con 6.00 metros; al este, Neftalí Arroyo Fuentes; y al oeste, Susana Núñez Valerio. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados, provincia: Alajuela finca: 261076 duplicado: horizontal: derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: lote 4 Sección C-terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04-San Antonio, cantón 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, parque; al sur, calle pública con 6.00 metros; al este, Neftalí Arroyo Fuentes; y al oeste, Susana Núñez Valerio. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, con la base de diecinueve millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rodrigo Herrera Madrigal. Expediente N° 22-005974-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y dos minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintitrés.—M.Sc. María Fernanda Soto Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2023719335 ).

En este Despacho, con una base de seis millones quinientos ochenta y siete mil doscientos veinticinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 363-03105-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 363-03105-01-0901-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número seiscientos diecinueve mil ochocientos setenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-San Isidro de El General, cantón: 19-Perez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur: Romelia Fallas Navarro; al este: Romelia Fallas Navarro; y al oeste: Marlene Bonilla Fallas. Mide: doscientos sesenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos dieciocho colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dos de junio de dos mil veintitrés, con la base de un millón seiscientos cuarenta y cinco mil ochocientos seis colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Sandra Marlene Bonilla Fallas. Expediente N° 21-001205-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur. Hora y fecha de emisión: diez horas con trece minutos del veinte de febrero del dos mil veintitrés.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2023719338 ).

En este Despacho, con una base de doce mil trescientos cuatro dólares con noventa y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: CKC219, Marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno, 4 puertas, tracción: 4X4, año fabricación: 2014, uso: particular, color: azul, N° Motor: G4KEEU329731, Marca: Hyundai, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del once de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés, con la base de nueve mil doscientos veintiocho dólares con sesenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con la base de tres mil setenta y seis dólares con veintitrés centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A., contra Ariel Riascos Gamboa. Expediente N° 19-012821-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: diez horas con once minutos del doce de diciembre del dos mil veintidós.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2023719358 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta mil cuatrocientos setenta y tres dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BQF-785, Chevrolet Equinox P, año: 2018, color: blanco, VIN: 3GNAX9DV2JS594294, chasis: 3GNAX9DV2JS594294. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés, con la base de treinta mil trescientos cincuenta y cinco dólares con dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés, con la base de diez mil ciento dieciocho dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A., contra Javier Venegas Álvarez. Expediente20-005343-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: diez horas con veinticuatro minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintitrés.—Lic. Anthony Jesús Quesada Soto, Juez Tramitador.—( IN2023719359 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil quinientos cincuenta y cinco dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión; sáquese a remate el vehículo placa número: CL-294591, Marca: Isuzu, Categoría: carga liviana. Serie: MPATFS85JGT001079, Carrocería: camioneta Pick-Up caja abierta o cam-pu, Año 2016, color: blanco, combustible: diésel, cilindrada: 3000 c.c., número de Motor: 4JJ1NX1250. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del once de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés, con la base de catorce mil seiscientos sesenta y seis dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil ochocientos ochenta y ocho dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Marcos Antonio Sánchez Segura. Expediente Nº 21-006351-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 01 de febrero del año 2023.—Sugey Martínez Cano, Jueza Decisora.—( IN2023719360 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ochocientos setenta y ocho dólares con setenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BFG373, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color gris, gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés, con la base de once mil ciento cincuenta y nueve dólares con cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés, con la base de tres mil trescientos diecinueve dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Jonathan Sánchez Muñoz. Expediente N° 22-002450-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y tres minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2023719361 ).

En este Despacho, con una base de dos millones seiscientos dieciocho mil seiscientos ochenta y ocho colones con doce céntimos, libre de gravámenes prendarios, sáquese a remate el vehículo BKZ055, Marca Hyundai, Estilo: Accent, Categoría automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación:2011, color: gris, Vin: KMHCN4ACXBU605066, N° Motor: no legible, combustible: gasolina, cilindrada: 1600 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintitrés, con la base de un millón novecientos sesenta y cuatro mil dieciséis colones con nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintitrés, con la base de seiscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos setenta y dos colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A contra Lizbeth Chinchilla Arias. Expediente Nº 22-003241-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y cinco minutos del dieciocho de enero del dos mil veintitrés.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2023719362 ).

En este Despacho, con una base de diez mil doscientos tres dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo HCV000 Marca: Hyundai. Estilo: Tucson GL. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 Personas. Año: 2017. Color: negro. Carrocería: todo terreno 4 puertas. Tracción: 4X2. Cilindrada: 2000 c.c. combustible: gasolina. Cilindros: 04. Serie, Chasís y Vin: KMHJ2813BHU272815. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés con la base de siete mil seiscientos cincuenta y dos dólares con treinta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés con la base de dos mil quinientos cincuenta dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra Henry Andrés Ceciliano Vargas. Expediente Nº 22-004999-1207-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Hora y fecha de emisión: quince horas con seis minutos del treinta de Enero del dos mil veintitrés.—Marcela Arce Matarrita, Jueza Tramitadora.—( IN2023719363 ).

En este Despacho, con una base de un millón ciento cincuenta y ocho mil seiscientos ochenta y ocho colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: JJM826, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2014, color: blanco, serie/VIN: KMHCT41DAEU628929. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos (09:30 a. m.) del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos (09:30 a. m.) del veintiséis de abril de dos mil veintitrés ,con la base de doscientos ochenta y nueve mil seiscientos setenta y dos colones con diecinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos (09:30 a. m.) del ocho de mayo de dos mil veintitrés, con la base de ochocientos sesenta y nueve mil dieciséis colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A., contra Armando Roger Armas Briones, María Elena Lopez Alejo. Expediente N° 22-010973-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de enero del 2023.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2023719364 ).

En este Despacho, con una base de seis mil setecientos cuarenta y cinco dólares con cuarenta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo: LMG234, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación: 2012, color: rojo, Vin: KMHCT41CBCU190884, N° Motor: G4FABU756140, modelo: SBS4D161B D H349, cilindrada: 1400 c.c., cilindros: 4. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con la base de cinco mil cincuenta y nueve dólares con ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del ocho de mayo de dos mil veintitrés, con la base de mil seiscientos ochenta y seis dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra Kevin Jesús Alvarado Marín. Expediente N° 22-012117-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de febrero del 2023.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2023719365 ).

En este Despacho, con una base de seis mil doce dólares con setenta y nueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito citas 0800-00608331-001; sáquese a remate el vehículo placas BMX112, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, serie: KMHCT41BEHU219037, número chasis: KMHCT41BEHU219037, color: azul, Vin: KMHCT41BEHU219037, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas quince minutos del once de setiembre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del veinte de setiembre de dos mil veintitrés con la base de cuatro mil quinientos nueve dólares con cincuenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintitrés con la base de mil quinientos tres dólares con veinte centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de IMCR Fiduciaria CT S. A. contra Erika María Murillo Cambronero. Expediente N° 23-000057-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y cuatro minutos del tres de febrero del dos mil veintitrés.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2023719366 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 508037, derecho 000, a cuál es terreno de repastos. Situada en el distrito 2- Mercedes sur, cantón 4- Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Olivier Garro Vindas; al sur, Herbert Campos Jiménez; al este, Luis Mora Jiménez y al oeste, camino público con 6 metros de ancho. Mide: dieciséis mil ciento setenta y nueve metros con veintisiete decímetros cuadrados. Situada en el distrito, cantón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, al sur, al este, y al oeste. Mide: metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Moreno de Cartago S.R.L contra Los Arroyo del San Juan S. A. Expediente Nº 20-003641-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de febrero del año 2023.—María Angelina Varela Valenciano, Jueza Decisora.—( IN2023719378 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, pero soportando hipoteca legal, Ley 9428, citas: 2022-361385-01-0278-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 361404-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito: 02-Mercedes Sur, cantón: 04-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte: Río San Juan; al sur: Yadira Rojas Arroyo; al este: Yadira Rojas Arroyo; y al oeste: servidumbre con tres metros. Mide: dos mil doscientos setenta metros con veinte decímetros cuadrados metros cuadrados Para tal efecto, se señalan las once horas diez minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas diez minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintitrés, con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas diez minutos del doce de abril del dos mil veintitrés, con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Moreno de Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada, contra Los Arroyo de San Juan S.A. Expediente N° 20-010592-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2023719379 ).

En este Despacho, con una base de treinta mil tres dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo SJB-015568, Toyota, año 2016, color blanco, Vin JTFSS22P7G0147359, chasis JTFSS22P7G0147359. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés con la base de veintidós mil quinientos dos dólares con treinta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de siete mil quinientos dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Transportes Turísticos Rogo EX S. A. Expediente20-003529-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: ocho horas con veintiocho minutos del quince de febrero del dos mil veintitrés.—Anthony Jesús Quesada Soto, Juez Tramitador.—( IN2023719389 ).

En este Despacho, con una base de ciento dieciocho mil doscientos treinta y cinco dólares con once centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 278-06196-01-0901-001, servidumbre de acueducto y de paso de A Y A citas: 552-06805-01-0183-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 45057-F-000, la cual es terreno bloque G finca filial quince apta para construir que se destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 10-Damas, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial dieciséis del bloque G; al sur, finca filial catorce bloque G; al este, Propiedades Barahona Montes de Oca Sociedad Anónima; y al oeste, Avenida Uno. Mide: noventa y seis metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas veinte minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas veinte minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés con la base de ochenta y ocho mil seiscientos setenta y seis dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés con la base de veintinueve mil quinientos cincuenta y ocho dólares con setenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Juan José Amey Espinoza. Expediente N° 23-000293-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2023.—Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—( IN2023719392 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil quinientos sesenta y siete dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: VLN207, marca: Hyundai, estilo: I20 GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MALBM51CBLM698065, número chasis: MALBM51CBLM698065, año fabricación: 2019, color: blanco, VIN: MALBM51CBLM698065, N° motor: G4LCJU066829, marca: Hyundai, modelo: C7S6K461B D D698, cilindrada: 1400 C.C, cilindros: 4,combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del quince marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés, con la base de catorce mil seiscientos setenta y cinco dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil ochocientos noventa y un dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Erika Marcela Rojas Calderón. Expediente N° 22-009027-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del primer Circuito Judicial de San José, 4 de octubre del 2022.—Sirlene De Los Ángeles Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2023719393 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete millones setecientos cincuenta y ocho mil seiscientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 64.281-F-000, la cual es naturaleza: finca filial primaria individualizada número quince apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 5-Sámara, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, calle de acceso; al sur, finca filial catorce; al este, finca filial dieciséis; y al oeste, calle de acceso. Mide: ciento ochenta y ocho metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Valor porcentual: 2.858. Valor medida: 0.02858. Plano: G-1197416-2008. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del nueve de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés con la base de veintiocho millones trescientos dieciocho mil novecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés con la base de nueve millones cuatrocientos treinta y nueve mil seiscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Panamá Sámara contra 3-101-531599-S. A. Expediente N° 18-000540-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuarenta minutos del treinta y uno de enero del dos mil veintitrés.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—( IN2023719469 ).

En este Despacho, con una base de tres millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones citas: 369-01959-01-0903-001, Plazo de Convalidación (Rectificación de Medida) citas: 2020-446937-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número sesenta y tres mil setecientos sesenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito: 01-Cañas, cantón: 06-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: Isabel Pineda Bonilla; al sur: calle pública con 10 metros; al este: Odry Galera Galera; y al oeste: Pastora Marichal Solís. Mide: ciento sesenta y cinco metros cuadrados. Plano: G-2208108-2020. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés, con la base de novecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Arango del Sur y López del Norte Sociedad Anónima contra Odry Galera Galera. Expediente N° 22-003390-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: once horas con treinta y cuatro minutos del catorce de febrero del dos mil veintitrés.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2023719964 ).

En este Despacho, con una base de siete millones novecientos cuarenta y seis mil novecientos quince colones con doce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre de Paso citas: 471-04964-01-0016-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 454418-001-002, la cual es terreno Naturaleza: Terreno para construir Lote 7. Situada en el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte: calle pública; sur: Santiago Pineda Hurtado; este: Ratum Fabuerit Sociedad Anónima; oeste: Ratum Fabuerit Sociedad Anónima. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Plano: A-1339165-2009. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés con la base de cinco millones novecientos sesenta mil ciento ochenta y seis colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés con la base de un millón novecientos ochenta y seis mil setecientos veintiocho colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carolina Huete Hernández, Julio Alexander Sequeira Duarte. Expediente N° 21-003769-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con veintiocho minutos del catorce de setiembre del dos mil veintidós.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2023719976 ).

En este Despacho, con una base de once mil doscientos tres dólares con treinta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal citas 2018-00490368-001; sáquese a remate el vehículo BLH613, marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: KMHCT41BEHU132449, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2017, color: azul, N. Motor: G4LCGU599422, Marca: Hyundai. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés, con la base de ocho mil cuatrocientos dos dólares con cincuenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del ocho de mayo de dos mil veintitrés, con la base de dos mil ochocientos dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A contra Dorian Román Pérez. Expediente Nº 22- 004333-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: catorce horas con dieciséis minutos del catorce de febrero del dos mil veintitrés.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2023720038 ).

En este Despacho, con una base de once millones noventa mil trescientos dos colones con diecisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 239-05741-01-0951-001, servidumbre trasladada citas: 394-19892-01-0918-001, servidumbre trasladada citas: 394-19892-01-0919-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 460411-000, la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito: 01-Santa María, cantón: 17-Dota, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle publica sur, Hermanos Ureña Zúñiga este, calle publica oeste, Hermanos Ureña Zúñiga. Mide: doscientos metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del quince de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones trescientos diecisiete mil setecientos veintiséis colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones setecientos setenta y dos mil quinientos setenta y cinco colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Gerardina Fallas Valverde, Noel Esteban Ureña Fallas. Expediente Nº 21-006039-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de enero del año 2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2023720052 ).

En este Despacho, con una base de doscientos sesenta y nueve mil trescientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre traslada citas: 338-13235-01-0904-001, citas: 800-447964-01-0001-001, número de expediente: 16-000013-0033-TP, embargo administrativo art. 175 Ley 4755 citas 2017-715148-01- 0001-001, demanda ordinaria citas: 800-529810- 01-0001-001, demanda ordinaria citas: 800- 564484-01-0001-001, demanda ordinaria citas: 800-571553-01-0001-001 y demanda ordinaria citas: 800-584699-01-0001-001, demanda ordinaria citas: 800-598344-01-0001-001 y demanda ordinaria citas: 800-613262-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 202196, derecho: 000, la cual es terreno: de café. Situada en el distrito: Puente de Piedra, cantón: Grecia de la provincia de: Alajuela. Colinda: al norte: Nuria Rojas Bolaños; al sur: Lidiette Rojas Bolaños; al este: calle pública; y al oeste: Rafael Siles. Mide: nueve mil cuatrocientos cincuenta metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de doscientos uno mil novecientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del uno de junio de dos mil veintitrés, con la base de sesenta y siete mil trescientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cornelia María Magdalena Bartels, contra JCB Distribuidora S. A. Expediente N° 18-006915-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del 2023.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2023720082 ).

En este Despacho, Con una base de dieciocho millones novecientos veinte mil seiscientos colones con nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 492595-000, la cual es terreno para construir lote 124. Situada en el Distrito 1-Desamparados, Cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al noreste Taller de Puertas y Ventanas de San José Sociedad Anónima; al noroeste: Taller de Puertas y Ventanas de San José Sociedad Anónima; al sureste: Taller de Puertas y Ventanas de San José Sociedad Anónima y al suroeste: calle pública con 06.00 metros de frente. Mide: ciento sesenta y seis metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del trece de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil veintitrés con la base de catorce millones ciento noventa mil cuatrocientos cincuenta colones con seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones setecientos treinta mil ciento cincuenta colones con dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Abigail Castro Taborda. Expediente: 22-007105-1338-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda. 19 de enero del año 2023.—Susana Murillo Alpízar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023720107 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000031-0930-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Joaquín Arias Astúa, quien es mayor de edad, cédula N° 1-0448-0891, casado en segundas nupcias, pensionado, vecino de Bella Vista, Guápiles, Pococí, Limón, a un costado del Albergue la Leona, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: lote de zona verde con una casa de habitación y una galera, situado en distrito Guápiles, cantón Pococí. Colinda: al norte: con Roberto Arias Astúa; al sur: con calle pública; al este: con servidumbre de paso y Carlos Luis Badilla Quirós; y al oeste: con Javier Vargas Arce. Mide: quinientos veinticuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir con el número de plano castrado L-2295221-2021, no pesan cargas reales ni condueños, y que esta información posesoria no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de siete millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa al señor Roberto Arias Astúa y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, quieta, interrumpida y a título de dueño por más de 40 años, sumada a la posesión de anteriores dueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y conservación del inmueble, construcción de una casa de habitación, una galera y mantenimiento de cercas colindantes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos, se le hace saber a la parte actora, que es su responsabilidad verificar que todos los datos publicados en el edicto sean correctos y en caso de una inconsistencia o error, hacerlo saber al despacho a fin de corregir el mismo. Proceso información posesoria promovida por Joaquín Arias Astúa. Expediente N° 22-000031-0930-CI-0. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de marzo del 2022.—Licda. Lilliana Garro Sánchez, Jueza.—1 vez.—( IN2023719055 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000320- 0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Álvaro Ruiz Cabalceta quien es mayor, casado una vez, abogado, vecino de Barrio Guayabal de Santa Cruz, de la Escuela cien metros al sur, portador de la cédula de identidad vigente número 5-179-573 y El Alcornoque de la Bajura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- doscientos cuarenta mil trescientos sesenta y seis, representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con facultades judiciales y extrajudiciales, el señor José Ángel Ruiz Cabalceta, mayor, casado una vez, Abogado, carne número 1500 y cédula número 5- 117-097, vecino de Santa Cruz Guanacaste, sito del Colegio de Abogados ciento veinticinco metros al sur, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es para agricultura. Situada en el distrito tercero, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte y al este: Cesar Espinoza Espinoza; al sur calle pública con un frente de veinticuatro metros y cuarenta y ocho centímetros lineales; y al oeste Adanilo Arroyo Matarrita. Mide: mil novecientos setenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-doce mil ochenta y uno-dos mil veintidós. Indica los promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuatro años. Que si existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en rondas, chapeas y arreglo de los cercos. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Álvaro Ruiz Cabalceta y El Alcornoque de la Bajura Sociedad Anónima. Expediente N° 22-000320-0391-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado de Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste. Santa Cruz, 06 de febrero del año 2023.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719204 ).

Edicto, se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 15-000250-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Junta de Educación Escuela de Rodeito, Liberia, Guanacaste, representada por presidenta Ehilen Patricia Leiva Scott, mayor de edad, soltera en unión libre, ama de casa vecina de barrio Rodeito de Liberia, Guanacaste, cédula 502920762, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de patio con una escuela. Situada en el distrito primero, cantón primero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cornelio Barboza Chacón; al sur, Cornelio Barboza Chacón; al este, Cornelio Barboza Chacón y al oeste, Cornelio Barbaza Chacón. Mide: tres mil novecientos setenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de treinta millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación que hiciera la familia Barbaza, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en darle mantenimiento al.. edificio las aulas de la escuela y chapeas y rondas al inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Junta de Educación Escuela Rodeito, Liberia, Guanacaste, expediente 15-000250-0386-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda (Contencioso Administrativo), 01 de junio del año 2022.—Licda. Karla Suárez Baltodano, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023719231 ).

Citaciones

Se hace saber a todos los interesados en la sucesión de Ricardo Porras Moreira, quien fue mayor, pensionado, casado una vez, cédula dos cero uno cero site cero cinco uno cinco y Yolanda Martínez Zelaya, quien fue mayor, pensionada, casada una vez, cédula ocho cero cero cinco siete cero tres cuatro uno, ambos vecinos de Puntarenas, Rio Claro, diagonal a Conarroz, se cita a los herederos, legatarios, y los que crean tener derecho para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se les apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasara a quien corresponda, expediente número dos mil veintitrés-cero cero uno-SN. Notifíquese. Publíquese una vez.—Lic. Luis Alberto Vega Solís.—1 vez.—( IN2023718886 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue la señora Lilliana Alpízar Monge, mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de San José, Moravia, San Vicente, del hogar de ancianos San Francisco de Asís cincuenta metros al este, casa H cuatro, cédula uno-cuatrocientos catorce-quinientos setenta y seis, para que dentro del término de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, sita en San Pedro de Montes de Oca, del Servicentro El Higuerón cuatrocientos metros al sur y veinticinco al este, Edificio Natcar, número 105, para hacer valer sus derechos. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se apersonan dentro de ese término, la misma pasará a quien corresponda. Sucesión extrajudicial expediente número 0001-2023.—San José, 16 de febrero de 2023.—Carlos Eduardo Quesada Hernández, Notario Público.—1 vez.—( IN2023718901 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante este notario por Flor María Porras Díaz, Cinthya Yirleni Retana Porras, Magally María Retana Porras y Andrea María Retana Porras, en Heredia, Santa Bárbara, San Juan, a las dieciséis horas del dieciocho de febrero del dos mil veintitrés y comprobado fehacientemente el fallecimiento, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue: Carlos Luis Retana Agüero, quien portó la cédula de identidad número cuatro-uno cero ocho-ocho cuatro dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Manrique González Venegas. Heredia, Santa Bárbara, San Juan, Cinco Esquinas, Contiguo a Bodegas Italtica. Teléfono 2430-0509. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Lic. Manrique González Venegas, carné N° 18083.—1 vez.—( IN2023718903 ).

Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Juan Alberto Lacayo Soto, a las catorce horas del trece de enero del año dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento de Vera Isabel Gómez Ramírez, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Guanacaste, Liberia, de la parada Municipal cien metros al norte cien metros al oeste y cincuenta metros al norte Teléfono 88879058, a hacer valer sus derechos. Publicar.—Liberia, a las quince horas y treinta minutos del trece del mes de enero del año dos mil veintitrés.—Lic. Carlos Alberto Ugarte Chevez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023718941 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, de quien en vida se llamó María Cecilia Jiménez Palma, quien fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Santa Bárbara de Heredia Carrizal, un kilómetro al noroeste de la Pulpería Centro de Amigos, calle al tanque; cédula de identidad número: dos-cero doscientos cincuenta y seis-cero ciento treinta y cinco; para que en el término de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que no lo hicieren en el término indicado ante esta Notaría, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Marco Aurelio Maroto Marín 190 metros al oeste de Central de Autos Tibás, expediente 002-2022.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN2023718990 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, de quien en vida se llamó Hugo Ernesto Sánchez Navarro, quien fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de Alajuela, de la Laguna de Fraijanes, seiscientos metros al norte y cien metros al oeste; cédula de identidad número: tres-cero ciento cuarenta y seis-cero trescientos cuarenta y seis; para que, en el término de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que no lo hicieren en el término indicado ante esta notaría, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, 190 metros al oeste de Central de Autos Tibás. Expediente N° 001-2022.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN2023718991 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de 1, quien en vida fue pensionado, casado una vez, vecino de San Juan Sur, Poás de Alajuela, doscientos cincuenta metros al norte de la entrada a calle Lilles, cédula número uno-cero dos cinco ocho-cero cinco cero nueve, fallecido el veintiocho de setiembre de dos mil veintidós, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a la oficina del notario Lic. William David Solís Segura, San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Barrio Santa Cecilia, del puente de Los Reyes cincuenta metros al norte, edificio de dos plantas color blanco al lado derecho, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda.—San Isidro, Pérez Zeledón, veintiuno de febrero de dos mil veintitrés.—Lic. William David Solís Segura, Notario.—1 vez.—( IN2023719010 ).

Esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera, Salex Geovanni Jiménez Espinoza, mayor, costarricense, vendedor independiente, vecino de San José, Moravia, La Trinidad, quien contaba con la cédula de identidad número seis-doscientos ocho-setecientos sesenta y dos; quien falleció el diecinueve de diciembre del dos mil veintidós; según las citas de defunción inscritas: en la provincia de San José, tomo: seiscientos sesenta y seis, folio: cuatrocientos treinta y cinco, asiento: ochocientos sesenta y nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos en San José, Curridabat, cien metros oeste de Plaza Cristal, teléfono 6072-5075, email: mymabogadoscr@outlook.com, expediente número cero cero cero uno-dos mil veintitrés.—Lic. Miguel Alberto Venegas Chacón, Notario Público.—1 vez.—( IN2023719013 ).

Apertura sucesorio notarial de quien en vida se llamó Álvaro Matteucci Alonso, cédula 1-0396-0819, fallecido el 16 de febrero del 2022. Albacea: Elsa Nelly Wo, Ching Arias, cédula N° 7-0043-0775. Se emplaza a los sucesores e interesados por el plazo de 15 para hacer valer sus derechos. artículo 126, inciso 3 del Código Procesal Civil. Notaría: Urbanización Florencio del Castillo, casa 19 B. San Diego, La Unión, Cartago. Expediente N° 1-2023.—Licda. Virginia Saborío Chaves, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023719024 ).

Se cita a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Joh Stephen Mc Grath Holliday, mayor, estadounidense, casado una vez, pensionado, pasaporte número A cero cuatro cero cero cinco cinco siete cuatro, vecino de Guanacaste, Tilarán, fallecido el 7 de octubre de 2022, según consta en certificación del Tribunal Supremo de Elecciones, Registro Civil, Registro de Defunciones de la provincia de San José, al tomo 132; folio 443; asiento 885; cita 501324430885, para que, dentro del plazo de Ley, contado a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaría, ubicada en San José, avenida 12, calles 11 y 13, oficina 1136; por lo cual se apercibe que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente N° 2023-0004.—Lic. Luis Alberto Campos Azofeifa, cédula N° 106230731.—1 vez.—( IN2023719041 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Luis Enrique Fallas Castro, casado una vez, vecino de La Cruz de Acosta, cédula uno-tres nueve cuatro-mil doce, para que en el plazo de quince días hábiles contados a partir la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente 02-2022- N SJ. Notaría del bufete Lic. Eduardo Mora Bermúdez, Notario.—Lic. Eduardo Mora Bermúdez, Notario Público.—1 vez.—( IN2023719046 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Rosa Mora Mora, casada una vez, vecina de San Ignacio de Acosta, cédula uno- dos cuatro cero-uno nueve cinco, para que, en el plazo de quince días hábiles contados a partir la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaria del bufete. Expediente Nº 03-2022-N-SJ.—Lic. Eduardo Mora Bermúdez, Notario Publico.—1 vez.—( IN2023719047 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Angie María Jiménez Corella, cédula de identidad número 1-1105-0032 a las 7 horas del 18 de enero del año 2023 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Hannia Corella Arce, cédula 3- 0179- 0519. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Ronald Brealey Mora, con oficina en La Uruca. Teléfono 2289-2631.—Lic. Ronald Brealey Mora.—1 vez.—( IN2023719073 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión conjunta in testada, de José Arnulfo Alvarado Gamboa, mayor, casado en segundas nupcias, pensionado, con cédula de identidad número: uno-cero cuatro cero dos-uno uno seis ocho, quien murió el veintiuno de febrero de mil novecientos noventa y seis; y de la señora Maribel Araya Castillo, mayor, viuda de su primer matrimonio, asistente dental, cédula de identidad número: cinco-cero dos dos nueve-cero siete dos cinco, fallecida el día quince de diciembre del año dos mil veintidós, esposos entre y ambos vecinos de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Urbanización La Unión, costado sur de la parada de autobuses; para que dentro del plazo común de 15 días, contados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen ante esta notaría, sita en San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Rothe, casa veinte, a hacer valer sus derechos; con el apercibimiento a quienes crean tener la calidad de herederos, que de no apersonarse dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien en Derecho corresponda. Expediente N° 23-0002-7592-P.S. / Es todo.—San José, 20 de febrero del 2023.—Lic. José Rodolfo Estrada Hernández, Notario Público.—1 vez.—( IN2023719087 ).

Edicto, se hace saber, en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Evelia Jiménez Hidalgo, mayor, estado civil viudo/a, profesión u oficio, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201630852 y vecino(a) de Itiquis de Alajuela, 300 norte del Restaurante Pipos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 23-000055-0638-CI-0.—Juzgado de Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: once horas con cincuenta minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés.—Lic. Ricardo Zapata Corrales, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023719147 ).

Se hace saber que, en este despacho de tramita proceso sucesorio notarial de Elier Angel Eduarte Alfaro quien fue casado una vez , pensionado, vecino de Labrador de San Mateo, con cédula nueve-cero cuarenta y nueve-doscientos cuarenta y cuatro. Se cita a los herederos y demás interesados para que el plazo de quince días se apersonen a hacer valer sus derechos. Expediente N° 001-2023.—Lic. Guillermo Carballo Rojas.—1 vez.—( IN2023719213 ).

Se declara la apertura del proceso sucesorio notarial, de quien en vida fue María Isabel Guevara Rosales, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula N° 5-0121-0689, vecina de Santa Cruz, Guanacaste, Barrio Limón de la UCR, ochocientos metros al este, quien murió el día cinco de agosto del dos mil veintiuno. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento, que de no hacerlo dentro del plazo dicho la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de la Lic. Marylin Chaves Badilla, Santa Cruz, Guanacaste, cincuenta metros norte de la Tienda Claro, en Bufete Santa Cruz Legal.—21 de febrero del 2023.—1 vez.—( IN2023719218 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Edgar Antonio Chaverri Díaz, a las 13:00 horas del 17 de febrero de 2023 y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera Edgar Antonio Chaverri Soto, mayor, anestesiólogo, casado en primeras nupcias, cédula de identidad número cuatro-cero cero setenta y uno-cero novecientos veintiuno, vecino de San José, Paso Ancho, de la Iglesia San Cayetano, cien metros sur, cien metros oeste y cien metros sur, fallecido el 5 de noviembre de 1969. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Johannes Pereira Casal, teléfono: (506) 2290-2550, correo electrónico: jpereira@chaverrisoto.com.—1 vez.—( IN2023719226 ).

A los herederos e interesados en el sucesorio de quien en vida fue Marvin Zúñiga Arley, mayor, cédula uno-cuatrocientos noventa y uno-novecientos ocho, casado una vez, transportista, vecino de San José, Puriscal, Santiago, Barrio Santa Cecilia Abajo, doscientos metros norte de las oficinas del MINAE; les informo que en la oficina del suscrito notario se ha presentado como heredera: su conyugue supérstite Rosa María Jiménez Fernández, cédula uno-trescientos setenta y seis-trescientos veintiuno, solicitando la tramitación en sede notarial del sucesorio del causante indicado. Cualquier heredero o interesado deberá apersonarse a mi oficina, sita en Puriscal, cien metros sur de los Ebais, dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación del edicto, para hacer valer sus derechos.—Puriscal, veinte de febrero del dos mil veintitrés.—Lic. Ernesto Jiménez Mora. (Expediente N° 01-2023).—1 vez.—( IN2023719229 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante el notario Marlon Jesús Salas Solano, con oficina abierta en Cartago, San Nicolás, cien metros sur del Súper Linda Vista, escritura número 222 de las 14:30 horas del 16 de febrero del 2023, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quién en vida fueran Octavio Solano Aguilar, mayor, costarricense, casado una vez, empresario, quien portó la cédula de identidad tres-cero uno cuatro ocho-cero tres uno tres, vecino de San José, Hatillo seis sur, Alameda doce, fallecido el día 12 de julio del año 2022, y María Daisy Ramírez Chacón, mayor, viuda de primeras nupcias, ama de casa, quien portó la cédula de identidad tres-cero uno cinco dos-cero nueve seis cuatro, vecina de San José, Hatillo seis sur, Alameda doce, fallecida el día 19 de enero del año 2023. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Según lo establece el artículo 126.3 del Código Procesal Civil vigente en Costa Rica. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Cartago, 21 de febrero del 2023.—Marlon Jesús Salas Solano, Notario Público.—1 vez.—( IN2023719230 ).

Avisos

Licenciada Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza del Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Familia), se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, se le hace saber que en demanda procesos especiales, establecida por Patronato Nacional de la Infancia, Sede Upala, contra Aracelly Bonilla Dávila y Eliecer Gustavo García García, ambos mayores de edad, de nacionalidades nicaragüenses, demás calidades desconocidas por esta entidad, y ambos de domicilio desconocido, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Familia), a las ocho horas veintiuno minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor. Paola Bonilla Dávila y Yunior Alexander García Bonilla, planteado por Patronato Nacional de la Infancia, Sede Upala, contra Aracelly Bonilla Dávila, y Eliecer Gustavo García García, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Expediente N° 22-000148-1517-FA. Publíquese por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Familia).—Licda. Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023718084 ).        3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Allisson Pamela Morera Solís, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 20-001172-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. Nota: publíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas con cuarenta y nueve minutos del quince de febrero del año dos mil veintitrés.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023718834 ).                     3 v. 2.

Juzgado de Trabajo de Heredia, a las catorce horas seis minutos del trece de febrero de dos mil veintitrés. Se hace saber que en este Despacho, se interpuso proceso de diligencias de disolución y liquidación de Asociación Solidarista de Empleados de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado, cédula jurídica N° 3-002-628127, expediente número 23-000121-0505-LA, el acuerdo dice: Acta de asamblea general extraordinaria de la Asociación Solidarista de Empleados de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (ASEUCCAEP), cédula jurídica N° 3-002-628127, inscrita en el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, bajo el expediente código 2785-AS, celebrada el 6 de julio del 2022, la cual fue debidamente convocada como lo señalan los estatutos y el ordenamiento vigente en la materia, cita en San Isidro de Heredia, dando inicio a las 14:00 horas en primera convocatoria, con la presencia de cinco asociados, que representan el cien por ciento de la totalidad de los asociados, de dicha organización social, listado que se adjunta a la presente documentación. Artículo primero: El presidente Frank Cerdas Núñez, procede a realizar la apertura de la asamblea, recordando el motivo por los cuales los tienen reunidos. Artículo segundo: El presidente hace alusión a la situación ya conocida por todos, con respecto al interés de todos los asociados de disolver la asociación. Artículo tercero: Se somete a votación para ratificar todas las actuaciones de la Junta Directiva, aprobándose por unanimidad de los votos presentes, todo lo actuado. Artículo cuarto: Tomando en cuenta que los asociados están enterados y que existe un consenso general para realizar la disolución de la asociación se presenta la moción para que ante el acaecimiento de los supuestos contemplados por los incisos a) y la ch) del artículo 56 de la Ley de Asociaciones Solidaristas. Ley N° 6970, se disuelva la asociación Solidarista. Una vez sometida a votación la propuesta, se acuerda por unanimidad de los presentes disolver la Asociación Solidarista de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (ASEUCCAEP) la cual será efectiva a partir del día de hoy. Acuerdo en firme. Artículo sexto: Se comisiona al presidente para que proceda ante las autoridades que corresponda a solicitar la desinscripción de la organización de sus registros. Así mismo a la presentación de declaración de renta de la pane proporcional del 2022, y el pago de las retenciones en la fuente de los excedentes distribuidos. Igualmente, se le comisiona para que realice la comunicación debida al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, del acuerdo de disolución y proceda dicha dependencia con el trámite correspondiente. Sin más asuntos que tratar y de conformidad se concluye al ser catorce horas con treinta minutos del mismo día. Publíquese dos veces en el Boletín Judicial libre de derechos. Disolución y/o liquidación asociación. Expediente N° 23-000123-0505-LA. De conformidad con al circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Nota: Publíquese este edicto dos veces en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la última publicación.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 01 de febrero de 2023.— Karol Baltodano Aguilar, Decisor/a.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023718832 ).                                                                                 2 v. 2.

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Gloriana María Riggioni Vargas, mayor, casada, escultora, documento de identidad N° 0112060670, vecina de India, mediante el cual pretende cambiarse el nombre a Gloriana mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 22-001045-0504-CI-9.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta minutos del veintisiete de enero del dos mil veintitrés.—Giannina Lacayo Quirós, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2023718959 ).

Que en este Despacho se tramita expediente No Contenciosos Especiales de Johnny Antonio Ugalde Meza contra Albar de los Ángeles Ulloa Porras, Expediente N° 22-000327-0181-CI. Juzgado Segundo Civil de San José. El presente proceso es con la pretensión de declarar el derecho de posesión de la parte promovente sobre la propiedad número San José, matrícula de folio real número 00166115 derecho 000. Al desconocerse quiénes son los eventuales interesados, conforme al artículo 3.4 se concede audiencia por tres días a los interesados a fin de que se apersonen a éste proceso y manifiesten lo que consideren oportuno. Se publicará en el Boletín Judicial. Nota: Sin fecha límite de publicación.—Juzgado Segundo Civil de San José. 30 de noviembre del año 2022.—Licda. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023719026 ).

Licda. Tatiana Chaves Sánchez, hace saber: que en este despacho se tramita el proceso de disolución de fundación N° 21-000274-0180-CI, promovido por Jorge Alberto Serendero Hulssner, dentro del cual se dictó la sentencia N° 2022001172 de las diez horas cuarenta y siete minutos del catorce de diciembre del dos mil veintidós, que literalmente dice en su por tanto: “Se declara la disolución de fundación SSCS Costa Rica, cédula jurídica N° 3-006-712361, y se acoge la pretensión de estas diligencias. Expídase el edicto de ley para advertir a interesados que cuentan con el plazo de tres días hábiles, luego de publicado el edicto respectivo, y habiéndose comprobado su publicación con documento idóneo, según las circunstancias, y comprobada la publicación, se extenderá la ejecutoria del fallo para su inscripción en Registro respectivo, al margen de las citas de inscripción de la disuelta, sea citas, tomo: 2016, asiento: 147926, o cualquier otra sede registral que se indique, previa aportación de copias y especies fiscales necesarias. Se resuelve sin especial condenatoria en costas por su naturaleza. Proceso disolución de fundación de Fundación SSCS Costa Rica, contra Expediente N° 21-000274-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 9 de febrero del 2023.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2023719035 ).

Se convoca a quienes, por ley, les pueda corresponder la representación de Inversiones y Desarrollos Emalu del Norte S. A., cédula jurídica número 3101613648, para que en el plazo de cinco días se apersonen a este Despacho y manifiesten lo que corresponda respecto de la representación de la persona indicada, conforme al artículo 19.4 del Código Procesal Civil. En caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de un curador procesal. Lo anterior por ordenarse así en proceso liquidación persona jurídica de Lucy Dayana Camacho Guzmán. Expediente N° 22-000599-0182-CI. Nota: Sin fecha límite de publicación.—Juzgado Tercero Civil de San José, 13 de enero del año 2023.—Lic. Natanael Sánchez Guzmán, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2023719090 ).

Se comunica al señor: Jeison Eli Arroyo Caballero, mayor, soltero, de ocupación desconocida, cédula N° 1-1455-0645, domicilio y demás datos desconocidos, que en este juzgado se tramita proceso especial de medidas de protección a favor de su hijo menor de edad: Jeicob Eli Arroyo Rodríguez, bajo expediente N° 23-000169-1302-FA, promovido por el Lic. Alex Ricardo Arce Rodríguez, representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde solicita que se prorroguen las medidas dictada a favor del citado niño; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de esta publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Notas: 1) Publíquese una vez. 2) De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 21 de febrero del 2023.—MSC. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719197 ).

Se comunica a la señora Karla Johanna Ureña Cubero, mayor, costarricense, cédula 1-1306-0582, salonera, último domicilio La Unión de Venecia, Bar 22, madre de los menores de edad Joan José Zumbado Ureña y Davidson Gabriel Davis Ureña, que en este Juzgado se tramita Proceso de Depósito Judicial de Menor, bajo el Expediente 23-000012-1302FA, promovido el Lic. Luis Roberto Vega Céspedes, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de Aguas Zarcas, donde solicita que se apruebe el depósito del citado menor de edad; por lo que se les concede el plazo de tres dias contados a partir de esta publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias. Notas: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 17 de febrero del 2023.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719198 ).

Edicto, MSC. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, al señor Daniel Álvarez Macias, mayor, casado, médico, nacionalidad Cubana, documento de identidad 040334, domicilio actual desconocido, hace saber, que en proceso abreviado de divorcio, expediente número 22-001257-1302FA, de Sheyla María Arias Vásquez contra Daniel Álvarez Macías, se dictó la resolución que literalmente dice: “Trasladopor contestada. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. A las siete horas cuarenta y cinco minutos del siete de febrero del dos mil veintitrés. I.- De la presente demanda abreviada de divorcio establecida por Sheyla María Arias Vásquez, se confiere traslado al accionado Daniel Álvarez Macias por medio de su curador procesal: Lic. Frederick Pincay Fonseca para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores de edad interesados, se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia de esta ciudad, a quien se le confiere audiencia, a dicho ente se le notificará la presente resolución, por medio del Casillero 015. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”....La presente resolución se le notificará a la actora en el medio señalado; y para los efectos del artículos 263 del Código Procesal Civil al demandado se le notificará por medio de su curador procesal y de edicto que se publicará por única vez en el Diario Oficial La Gaceta; confecciónese y expídase. Se omite notificar al demandado en su domicilio registral por ser extranjero. II.- Se desprende de los autos que en fecha 01/02/2023 el Curador Procesal, Frederick Pincay Fonseca presentó Escrito de contestación de demanda, por lo que desde ya, se tiene por contestada en tiempo y forma esta acción, de la oposición formulada se confiere audiencia por el plazo de tres días a la parte actora quien al referirse a ella podrá proponer su contraprueba. Artículo 305 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza”. Se cita y emplaza a todos lo que tuvieren interés en el presente   asunto para que se apersonen a este despacho, dentro del plazo de diez días, que se contarán a partir de la publicación de este edicto. Proceso abreviado de divorcio, expediente 22-001257-1302FA, Notas: 1) Publíquese una vez. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de San Carlos, 17 de febrero del 2023.—MSC. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719199 ).

Licenciada María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Cristina Alejandra Zumbado Solorzano, Jhonny Alberto Aguirre Alemán, Jonis Yamir Angulo Martínez, mayor, portadores de las cédulas de identidad número 0206270105, 0206590330, 316101282000, de domicilios desconocidos, se le hace saber que en proceso deposito judicial, expediente 14-000736-0292-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia contra Cristina Zumbado Solórzano, se dictó la sentencia que en lo conducente dice: sentencia N° 2022002198. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas cincuenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. Proceso de depósito judicial formulado por la Licda. Verónica Artavia Villegas, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de San Rafael de Alajuela, según nombramiento dado en dictamen 064 del 22 de abril de 2013 de la Procuraduría General de la República y sesión del 10 de noviembre de 2020, en contra de Cristina Zumbado Solórzano, mayor, costarricense, soltera, oficio desconocido, cédula 206700105, domicilio desconocido. Se dio audiencia a los señores Jonis Yamir Angulo Martínez y Jhonny Alberto Aguirre Alemán. Por tanto: por razones dichas y citas normativas indicadas, se declara con lugar el proceso de depósito judicial formulado por Lic. Christian solano machado y Licda. Verónica Artavia Villegas, ambos, representantes legales del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de San Rafael de Alajuela en contra de Cristina Zumbado Solórzano, en consecuencia, se dispone: a) Otorgar el depósito judicial de Ana Daniela en el Patronato Nacional de la Infancia para que sea por su medio que se decida la conveniencia de ubicarla en alguna alternativa sea familiar o comunal, sin necesidad de posterior autorización judicial. B) Otorgar el depósito judicial de elena en el Patronato Nacional de la Infancia para que sea por su medio que se decida la conveniencia de ubicarla en alguna alternativa sea familiar o comunal, sin necesidad de posterior autorización judicial. C) Se otorga el depósito de Dalayán en su abuela paterna, doña Juanita Aguirre Alemán, quien debe apersonarse a aceptar el cargo, en un plazo de 5 días, después de la firmeza del fallo. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Hágase saber este fallo al medio señalado y por una vez publíquese la parte dispositiva en La Gaceta. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la secretaría de la corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una única vez.— Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719206 ).

Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Familia); hace saber a Cecilia Sanjur Atencio, de calidades ignoradas que en este Despacho se interpuso un proceso actividad judicial no contenciosa de depósito judicial en su contra, y a favor de la persona menor de edad Matilde Sanjur, bajo el expediente número 22-000224-1086-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Familia). A las catorce horas cuarenta y nueve minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. De las presentes diligencias de depósito de las persona menor Matilde Sanjur, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Cecilia Sanjur Atencio a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Cecilia Sanjur Atencio y , personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se nombra depositaria judicial de la persona menor de edad a la señora Sabina Montezuma Contreras, a quien se le previene acepta el cardo dentro del plazo de cinco días. Asimismo, revisada la documentación que consta dentro del expediente, se resuelve: El depósito de personas menores de edad buscaresguardar” o proteger a la persona menor que por múltiples razones no conviene que esté bajo el cuidado directo de sus progenitores. En tal sentido, se prevé la posibilidad de que el o la menor sean ubicados en un recurso, familiar o no, que reúna las condiciones materiales, afectivas e integrales que necesita cualquier niño o niña para desarrollarse plenamente en todos los ámbitos de la vida; sea el material, espiritual, físico y otros. Se trata de diligencias no contenciosas, en razón de que no existe una demanda conteniendo una pretensión dirigida en contra de una parte accionada o demandada, sino que la pretensión va dirigida hacia el juez o jueza, con el fin de que se otorgue una autorización concreta; en este caso el depósito de la persona menor de edad. Evidentemente, se tendrá que dar audiencia a las personas interesadas, tales como los progenitores de la persona menor, para escuchar su posición ante el requerimiento hecho. Ahora bien, consta en autos que se han hecho múltiples intentos por notificar de forma personal al progenitor en cuestión, sin éxito, por lo que no queda más que notificarlo vía publicación de edicto, sin necesidad de que se le nombre curador procesal; ya que -se repite- no se trata de un proceso contencioso. Publíquese el edicto que corresponde. Lo anterior se ordena así en proceso actividad judicial no contenciosa de Patronato Nacional de la Infancia contra Cecilia Sanjur Atencio; expediente Nº 22-000224-1086-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Familia), 17 de febrero del año 2023.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez. Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719245 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 22-001191-0338-FA, Antonio José Montero Villalobos, solicitan se apruebe la adopción de hijo de cónyuge de la persona menor Brittany Angulo González. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por única vez en el Boletín Judicial.—juzgado de Familia de Cartago, 11 de julio del año 2022.—Licda. Natalia Fallas Granados, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719262 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Hendrick Jiménez López, costarricense, estado civil: soltero, cédula de identidad N° 7-0152-0683, edad en años cumplidos: 39 años, ocupación: jornalero, sexo: masculino, nacido en: provincia: Limón Central, en fecha: 15/03/1983 y Sandra Patricia Ruiz Corte, costarricense, estado civil: soltera, cédula de identidad N° 5-0311-0021, edad en años cumplidos: 43 años, ocupación: miscelánea, sexo: femenino, nacida en: Central Limón, en fecha: 15/06/1983 ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Barrio Río Banano. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 22-000825-1152-FA-1. Notifíquese. Publíquese una vez. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 2 de febrero del 2023.—Lic. Marco Vinicio Soto Herrera, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023718864 ).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes: Melvin Andrey Hurtado González, mayor, soltero, peón de planta, cédula de identidad número 7-0200-0401, hijo de Felipe Hurtado Hurtado y Lidia González Bravo, nacido en Centro de Limón, el 04/09/1990, con 32 años de edad; y Yorlin Nayri Retana Araya, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 2-0754-0760, hija de Leandro Gerardo Retana Luna y Yendry Milena Araya Rojas, nacida en Quesada, San Carlos, el 28/06/1996, actualmente con 26 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Aguas Zarcas de San Carlos. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 23-000151-1302-FA. Notas: 1) Publíquese una vez. 2) De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 15 de febrero del 2023.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719201 ).

José Ignacio Hernández Alpízar, mayor, de 28 años de edad, soltero, telefonista, de nacionalidad costarricense, nacido el 16 de mayo de 1994, vecino de Villa Jaris de Mora, 800 metros noroeste del templo católico, casa color terracota, cédula de identidad número 1-1570-564, teléfono 6146-82-07 hijo de Cristhian Hernández Rojas y Giselle Alpizar Rojas, ambos de nacionalidad costarricense, y Ana Luisa Miranda Alfaro, mayor, soltera, de 25 años de edad, telefonista, de nacionalidad costarricense, nacido el 09 de octubre de 1997, vecino de Villa Jaris de Mora, 800 metros noroeste del templo católico, casa color terracota, cédula de identidad número 1-1689-378 teléfono 8683-11-50, hijo de Manuel Miranda Marín y Anaveliz Alfaro Ruiz, costarricense,han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente Nº 22-000014-1530-FA. Este edicto se publicará solo una vez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la secretaria de la Corte el 22 de junio de 2019, se le comunica que en virtud de gratuita que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil, de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 16 de enero de 2023.—Lic. Diana Vanessa Castillo Pérez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719248 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil José Ezequiel Navas Segura, mayor, soltero, Mensajero, cédula de identidad número 0603070385, vecino de Golfito Kilómetro Uno, hijo de Berta Segura Miranda y Antonio Navas García, nacido en Centro Golfito Puntarenas, el 25/07/1980, con 42 años de edad, y Ana Isabel Hernández Del Río, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0602150949, vecina de Golfito Barrio Bella Vista, hija de Nery Trinidad del Río Sánchez y Ángel Edgar Hernández Hernández, nacida en Centro Golfito Puntarenas, el 08/07/1968, actualmente con 54 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 23-000036-1086-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por única vez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Familia), Golfito, fecha, 10 de febrero del año 2023.—Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023719261 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Karla Quesada Chacón, mayor de edad, soltera, cédula de identidad N° 113270686, recursos humanos, vecina de Alajuela, Alajuela, Guácima arriba, hija de Jorge Ricardo Quesada Zúñiga y de María del Rocío Chacón Chavarría, ambos costarricenses nacida en Carmen Central San José, en fecha 18 de setiembre de 1987, con 35 años de edad, y el señor Mario Antonio Rodríguez Ramírez, mayor de edad, cédula de identidad N° 603600955, Ingeniero Civil, vecino de Alajuela, Guácima Arriba, hijo de Marcial Rodríguez Garro, y de María Esther Ramírez González, ambos costarricenses, nacido en Centro Central Puntarenas, en fecha 14 de enero de 1987, con 36 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000334-0292-FA. Nota: Publíquese por una única ocasión. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de febrero del 2023.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023719266 ).