BOLETÍN JUDICIAL N° 39 DEL 2 DE MARZO DEL 2023
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
DEPARTAMENTO DE
GESTIÓN HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMNISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
Para ver
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San José, 13 de febrero de 2022
Lic.
Carlos Toscano Mora Rodríguez
Subsecretario
General interino
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N°
68-2017-JA.— ( IN2023719339 ).
CIRCULAR N° 46-2023
ASUNTO: Instar
a los despachos civiles a valorar la posibilidad de sumarse al modelo de gestión de oficina que ofrece GICA-Justicia,
con el objetivo de mejorar la calidad del servicio que ofrece la Jurisdicción Civil en general.
A TODOS LOS DESPACHOS
CIVILES, JUZGADOS
CIVILES, JUZGADOS COBRATORIOS,
TRIBUNALES
COLEGIADOS DE PRIMERA INSTANCIA,
TRIBUNALES
DE APELACIÓN CIVIL DEL PAÍS
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N°
4-2023 celebrada el 19 de enero de 2023, artículo LXI, dispuso aprobar la propuesta de circular presentada por la Comisión de la Jurisdicción Civil, para instar a los
despachos civiles a valorar la posibilidad de sumarse al modelo de gestión de oficina que ofrece GICA-Justicia, con el objetivo de mejorar la calidad del servicio que ofrece la Jurisdicción Civil en general.
La
presente circular obedece
al oficio de la Secretaría
General de la Corte Suprema de Justicia número
9867-2022 del 30 de setiembre del 2022 que contiene el acuerdo
tomado por el Consejo Superior en sesión N° 78-2022 celebrada el 13 de setiembre de 2022, artículo LXIV,
donde se dispuso acoger el acuerdo
tomado por la Comisión de la Jurisdicción
Civil, en sesión Nº 10-2022
celebrada el 19 de julio de 2022, artículo XXII,
para instar a los despachos
civiles a valorar la posibilidad de sumarse al modelo de gestión de oficina que ofrece GICA-Justicia,
con el objetivo de mejorar la calidad del servicio que ofrece la Jurisdicción Civil en general.
Conforme a lo anterior, se hace saber a los despachos Civiles y de Cobro Judicial sobre los principales beneficios y pasos para optar por los Sellos
de Gestión de Calidad de la Política de Gestión de Calidad del Poder
Judicial Gica-Justicia:
1. Procedimiento: Los Sellos de Gestión de Calidad se implementan
paulatinamente por el despacho judicial, según su interés
y de manera voluntaria. Es importante recalcar que, el despacho judicial toma la decisión voluntaria del sello que desea implementar, sea que paulatinamente implementa cada sello; o bien, considere mantenerse únicamente en la implementación de solamente uno
de los sellos de gestión de calidad. A continuación, se muestra una ruta de trabajo
que describe ese proceso:
2. La implementación
de los Sellos de Gestión de Calidad inicia con un proceso de sensibilización mediante la celebración de un Taller con la participación de todo el personal de la oficina o despacho, en el cual
se explican conceptos generales de Gestión de Calidad y
los alcances de cada Sello y sus criterios. También el enfoque se orienta
a que el personal se comprometa
en el proceso
y su posterior sostenibilidad,
así como la importancia de la participación
de todas las personas en la
implementación de los criterios de calidad. Sumado a lo anterior, se desarrolla
la importancia de temas como el liderazgo,
trabajo en equipo, la comunicación efectiva y asertiva, como variables cualitativas que mejoran la dinámica organizacional. En este grupo de criterios
finalmente se incluye un aspecto innovador que es la gestión de las oportunidades de mejora, entendidas como todas aquellas
ideas, sugerencias y propuestas
que se originen de cualquiera
de las personas que son parte de la oficina, con el fin de exponerlas, registrarlas y analizar su implementación
en el tiempo.
3. Principales Beneficios: Se desarrolla la sinergia y visión común de todo el
personal del despacho.
a. Desarrolla una cultura de equipo de trabajo.
b. Se desarrollan
habilidades para la medición
de las tareas, permitiendo
la mejora constante a través de esa medición.
c. Avances en la automatización y sistematización de procesos.
d. Este proceso
de acreditación de calidad,
evidencia logros palpables y da la oportunidad de seguimiento en su implementación, de ahí que promueve la mejora constante por lo que se insta a los despachos civiles
a acceder a la obtención de
uno, o de los tres sellos de calidad.
4. Criterios de calidad: La acreditación obedece a los siguientes criterios de calidad:
De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en
el Boletín
Judicial.
San José, 23 de febrero de 2023.
Lic.
Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General Interino
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023721479 ).
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA
PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, dentro de
la acción de inconstitucionalidad número 23-002835-0007-CO
que promueve Asociación
de Profesores de Segunda Enseñanza,
se ha dictado la resolución
que literalmente dice: «Sala Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las doce
horas once minutos del veintidós
de febrero de dos mil veintitrés.
/Se da curso a la acción de
inconstitucionalidad número 23-002835-0007-CO interpuesta por Ana Doris González González,
mayor, divorciada, educadora,
con cédula de identidad
N° 2-408-135, vecina de Ciudad Quesada en su condición
de Presidenta de la Asociación
de Profesores de Segunda Enseñanza
para que se declare inconstitucional la omisión del artículo 2, Título 1.1.1.1.210.000-Ministerio de Educación
Pública de la Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario
de la República del Ejercicio Económico
2023, N° 10331, de 29 de noviembre de 2022, publicada en el
Alcance 267 del Diario Oficial La Gaceta, N° 235
de 9 de diciembre de 2022, por
estimar que lesiona lo dispuesto en el
artículo 78 Constitución Política.
Se confiere audiencia por
quince días a la Procuraduría General de la
República, a la Ministra de Educación
Pública y al Presidente del
Directorio de la Asamblea Legislativa.
La referida omisión se impugna en cuanto,
en criterio de la representante de la Asociación accionante, en la construcción y definición de la institucionalidad y la democracia
de nuestro país, la educación ha jugado un papel histórico, privilegiado y determinante. Esta extraordinaria importancia se refleja en la constante voluntad del legislador constitucional de promover y
regular de manera progresiva
este derecho fundamental. El acceso
a la educación facilita mejores condiciones de empleo, ingresos y, en general, una mejor calidad de vida. Es una herramienta
de movilidad social, que contribuye
a reducir la desigualdad
social y económica de la población. Se trata de un factor de desarrollo humano y un componente esencial del Estado Social Democrático.
La asignación de recursos presupuestarios suficientes, con
la finalidad de garantizar
la universalidad de la cobertura
y la mejor calidad del sistema educativo, juega un papel redistributivo de la riqueza nacional, conforme lo estipula el artículo
50 constitucional. En nuestro ordenamiento jurídico, este derecho
fundamental está consagrado
en el Título
VII de la Constitución Política, denominado
“De la educación y la cultura”.
El derecho a la educación comprende
un haz de libertades, recogidas en diferentes disposiciones de este capítulo constitucional,
empezando por el
artículo 77 que disciplina
la educación como un proceso integral, que comprende diferentes niveles y ciclos, desde preescolar
hasta la formación universitaria.
El artículo 78 ha tenido un
desarrollo progresivo que culminó con la declaratoria de obligatoriedad de la educación preescolar, educación general básica y diversificada, gratuita y costeada por el Estado y, con la asignación de una partida presupuestaria mínima a la educación pública. Por Ley N° 8954 de 9 de junio
de 2011, se realizó la última
reforma constitucional al artículo 78 cuyo objetivo fue incrementar
la inversión pública, con
la finalidad de fortalecer el sistema de educación
pública de cara a las exigencias que demanda el futuro y realizar
una reforma educativa “que tenga como centro del proceso a la persona humana, porque invertir en educación es invertir en desarrollo
humano”. (exposición de motivos del proyecto de reforma parcial del artículo 78 constitucional). Así, se pasó de asignar un 6% a un 8% del PIB. Mediante un Transitorio se dispuso que el gasto público
en educación podrá ser inferior al 8% durante los períodos fiscales
anteriores al 2014. Sin embargo, en
ningún caso el porcentaje del producto interno bruto destinado a educación podrá
ser más bajo que el del año precedente. De acuerdo con el primer transitorio de la reforma, a partir del ejercicio económico 2014, debió presupuestarse, por lo menos, el 8% PIB. No obstante, no
se cumplió en ese período, tampoco en los ejercicios
posteriores y, muchos menos, en la última
ley de presupuesto de la República, correspondiente al actual ejercicio
económico (2023). Aún más, en la Ley N° 10331 únicamente se destinó a la educación pública un 5.31% del
PIB, el más bajo desde que se modificó el artículo 78 constitucional; incluso el más bajo desde
la reforma constitucional
de 1997. Aún más, si conforme al artículo 29 del Título IV de la
Ley de Fortalecimiento de las Finanzas
Públicas, N° 9635, se incluye
el presupuesto del
Instituto Nacional de Aprendizaje, del Programa Provisión de Servicios de Salud y el Presupuesto del Programa de Recursos de Cuido, todos del ejercicio económico 2023, la suma total destinada a la educación pública en la última ley de presupuesto, solamente alcanzó un 5.80% del PIB. Los informes
técnicos de la Contraloría
General de la República, acerca de los proyectos de ley de presupuesto ordinario y extraordinario, han advertido que las asignaciones a
la educación pública, están por abajo
del mínimo fijado constitucionalmente. Las leyes de
presupuesto ordinario y extraordinario de la República, de los
últimos tres ejercicios económicos han sido particularmente
bajas: la del 2021 fue en el orden
del 6.95% PIB y la del año 2022 fue
del 6.34%, y la del actual, en el
orden del 5.80% (con los presupuestos del INA, CEN-CINAI y Red de Cuido). Esta asignación
representante un decrecimiento
del 1.6% con respecto a la Ley actualizada
del Presupuesto del 2022, es decir,
casi 40.000 millones de colones menos destinados
a educación pública. La Comisión permanente ordinaria de Asuntos Hacendarios, el 19 de octubre de 2022, rindió Dictamen Afirmativo de mayoría del “Proyecto de Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario
de la Republica para el Ejercicio Económico 2023”, en el cual
se asignó a la educación pública ¢ 2.528.217.413.232 de colones.
Pese a que significó un aumento en relación
con la partida original, siempre
quedó muy por debajo del 8% del PIB. El monto del PIB para el 2023, estimado por el
Banco Central de Costa Rica, asciende a la cantidad de ¢ 47.463.452,00 millones.
El 8% de esta suma, que es el que se debió asignar a la educación pública, responde a la suma de ¢ 3.797.076,16 millones
de colones. Esto significa que a la educación pública se le redujo la cantidad de ¢ 1.044.442,74, es decir,
más de un billón de colones, déficit que tendrá un grave impacto en la sociedad y democracia costarricense. Los
fines de la enmienda constitucional,
el mejoramiento y fortalecimiento del sistema educativo, no se han podido alcanzar, porque el legislador
presupuestario, históricamente,
ha mantenido una contumaz conducta de rechazo de la ordenanza constitucional, la cual han convertido en letra muerta.
Adicionalmente, la norma impugnada lesiona el principio de progresividad, en tanto la partida asignada es la más baja en
el siglo XXI, respondiendo
a esa tendencia
regresiva, en virtud de la cual se recortan, cada vez más, los
recursos asignados a la educación pública. (ver en este sentido voto
N° 2016-12803). El desfinanciamiento de la educación pública, cada vez más
regresivo, produce graves alteraciones
en el sistema
educativo, principalmente en perjuicio de los sectores más
vulnerables de la población costarricense.
La representante de la Asociación
actora solicita que se
declare la inconstitucionalidad de la omisión de la Ley de Presupuesto
del ejercicio económico
2023. Esta acción se admite por reunir
los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
de la Asociación accionante
deriva del artículo 75, párrafo 2° de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, en tanto acuden en defensa del derecho a la educación, que es un interés difuso. Publíquese por tres veces consecutivas
un aviso en el Boletín Judicial sobre
la interposición de la acción.
Efectos jurídicos de la interposición de la acción: La publicación prevista en el numeral 81 de
la Ley de la Jurisdicción Constitucional tiene por objeto poner
en conocimiento de los tribunales y los órganos que agotan la vía administrativa,
que la demanda de inconstitucionalidad
ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho pronunciamiento del caso.
De este precepto legal se extraen varias reglas. La primera, y quizás la más importante,
es que la interposición de una
acción de inconstitucionalidad
no suspende la eficacia y aplicabilidad en general de las normas. La segunda, es que solo
se suspenden los actos de aplicación de las normas impugnadas por las autoridades judiciales en los
procesos incoados ante ellas, o por las administrativas, en los procedimientos tendientes a agotar
la vía administrativa, pero no su vigencia
y aplicación en general. La
tercera es que -en
principio-, en los casos de acción directa (como ocurre
en la presente acción), no opera el efecto suspensivo de la interposición (véase voto N° 537-91 del Tribunal Constitucional).
Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en
asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en
los que se discuta sobre lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su
procedencia o improcedencia,
o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. La contestación a la
audiencia conferida en esta resolución deberá ser presentada una única vez,
utilizando solo uno de los siguientes medios: documentación física presentada directamente en la Secretaría de la Sala; el sistema de fax; documentación electrónica por medio del Sistema de Gestión en Línea; o bien, a la dirección de correo electrónico Informes-SC@poder-judicial.go.cr, la cual es correo exclusivo dedicado a la recepción de informes. En cualquiera de los casos, la contestación
y demás documentos deberán indicar de manera expresa el número de expediente
al cual van dirigidos. La contestación que se rindan por medios electrónicos,
deberá consignar la firma de la persona responsable
que lo suscribe, ya sea digitalizando el documento físico que contenga su firma,
o por medio de la firma
digital, según las disposiciones
establecidas en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, N° 8454, a efectos de acreditar la autenticidad de la gestión. Se advierte que los documentos generados electrónicamente o digitalizados
que se presenten por el Sistema de Gestión en Línea o por
el correo electrónico señalado, no deberán superar los 3 Megabytes. Notifíquese.
/Fernando Castillo Víquez, presidente».
Publicar tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, tal y como lo
estipula el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional. De conformidad
con el acuerdo tomado por el
Consejo Superior del Poder
Judicial, sesión N° 06-2020, Circular 19-2020, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 22 de febrero del 2023.
Luis Roberto Ardón Acuña
Secretario
O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—
( IN2023720520 ).
HACE SABER:
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso
disciplinario notarial N°18-000928-0627-NO, de Dirección Nacional De Notariado
contra Alexander Murillo Rojas, (cédula de identidad
1-0916-0196), este Juzgado mediante resolución número 2022-000765 de las nueve
horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre del dos mil veintidós, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de ocho meses de suspensión en el ejercicio
de la función notarial. Rige
ocho días naturales después
de su publicación en el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos
San José, 26 de enero del año 2023.
Dra. Melania Suñol Ocampo
Jueza
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—(
IN2023721474 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial,
al Registro Nacional y al Registro
Civil, y a toda la ciudadanía
en general, Que en el Proceso Disciplinario
Notarial
N°18-000829-0627-NO,
de Registro Civil contra Daniela Ramos Morales,
(cédula de identidad 4-0188-0437), este Juzgado mediante
resolución número
2022-000718 de las catorce horas doce
minutos del cuatro de noviembre
de dos mil veintidós, dispuso
imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión
en el ejercicio
de la función notarial. Rige
ocho días naturales después
de su publicación en el Boletín
Judicial. Juzgado Notarial. “De conformidad con la circular n°67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, 26 de enero del año 2023.
Dra. Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—(
IN2023721475 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial,
al Registro Nacional y al Registro
Civil, y a toda la ciudadanía
en general, Que en el Proceso Disciplinario
Notarial
N°18-000418-0627-NO,
de Registro Civil contra Marjorie Fernández
Vásquez, (cédula de identidad 1-0595-0683), este Juzgado mediante
resolución número
2022-000778 de las once horas veintiséis minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio
de la función notarial. Rige
ocho días naturales después
de su publicación en el Boletín
Judicial. Juzgado Notarial. ”De
conformidad con la circular n°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, 26 de enero del año 2023
Dra. Melania Suñol Ocampo
Jueza
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—(
IN2023721476 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial,
al Registro Nacional y al Registro
Civil, y a toda la ciudadanía
en general, Que en el proceso disciplinario
notarial N° 18-000738-0627-NO, de Dirección Nacional
De Notariado contra Elicio
Duran Bolaños, (cédula de identidad 1- 0581-0470), este Juzgado mediante
resolución número
2022-000606 de las quince horas siete minutos del tres de octubre de dos mil veintidós, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de diez años y diez
meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular n°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 12 de enero del año 2023.
Dra. Melania Suñol Ocampo
Jueza
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—(
IN2023721587 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Astúa Retana,
0102630247, fallecido el 09
de julio del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 23-000033-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000033-1550-LA. Promueve María de Los Ángeles
Monge Zúñiga, cédula 01-0345-0739. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José, (Desamparados), 25 de enero del año 2023.—Licda. Cinthia
Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721448 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Amado Elías
Vargas Quirós, 0103320168, fallecido el 02 de setiembre del año 2013, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 23-000023-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 23-000023-1550-LA. Promueve Ana Isabel Vargas
Quirós, cédula de identidad 108240184. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer
Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 23 de enero del año 2023.—Licda. Cinthia Pérez
Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721449 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Erny Arturo Cruz Jiménez, fallecido
el 29 de noviembre del año 2022, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 23-000016-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000016-1550-LA. Promueve Yesenia Madrigal Mora, cédula de identidad 111260915. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José, (Desamparados), 23 de enero del año 2023.—Licda. Cinthia Pérez
Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721468 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Urbano Nilo de las Piedades Gutiérrez
Benavides, 0400460635, fallecido el
05 de agosto del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 23-000011-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23- 000011-1550-LA. Promueve María Eidilia cc. María Idalia Fernández León, cédula de identidad 022000863. Nota: “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José, (Desamparados), 23 de enero del año 2023.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023721469 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ricardo Alberto Brown Danderson,
07-0089-0518, fallecido el 14 de agosto del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-000165- 1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000165-1550- LA. Promovente Patricia Del Carmen Fallas
Bogarin, causante Ricardo
Alberto Brown Anderson. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José, (Desamparados), 10 de marzo del año 2022.—Licda. Cinthia Pérez
Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721470 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Oscar Fernández Ramírez, mayor, soltero,
0115110597, fallecido el 29
de noviembre del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 23-000001- 1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por
el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000001-1550- LA. Promueve
Milena Ramírez Porras, cédula de identidad
0106860265. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José, (Desamparados), 16 de enero del año 2023.—Licda. Cinthia Pérez
Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721471 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Adrián Corrales Araya, mayor, casado, pensionado,
cédula 0202270103, vecino de Naranjo, fallecido el veintiséis
de setiembre del dos mil veintidós,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 23-000074-1113-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000074- 1113-LA. Por
Rosa Morales Chavarría, a favor de Adrián Corrales
Araya. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia, (Laboral), 21 de febrero del año 2023.—Msc. Karla Artavia Nájera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721591 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Luis Salas Bermúdez, quien fue mayor, cédula identidad
6-117-126, soltero, vecino
de La Guácima de Alajuela y falleció
el 03 de enero del año 2023., se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 23-000394-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000394-0639-LA. Por fallecido Luis Salas Bermúdez a
favor de gestionante Zelmira
Salas Bermúdez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de febrero del año 2023.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721592 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Carlos Alfaro Herrera, quien fue mayor,
cédula de identidad 2-434-980, casado,
vecino de Poás de Alajuela,
laboró para Servicios Múltiples Juama Sociedad de Responsabilidad Limitada, y falleció el 25 de setiembre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 23-000386-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial.
Expediente N° 23-000386-0639-LA. Por fallecido Juan Carlos Alfaro Herrera a favor de gestionante María del Rocío
Fonseca Murillo. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de febrero del año 2023.—Msc. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721593 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Rebeca de Jesús Sanchez Guevara, quien fue mayor, cédula de identidad 2-693-442,
soltera, Asistente Veterinaria, vecina de Canoas de
Alajuela, laboró para HVA Nutrición
animal S.A. y falleció el
19 de enero del año 2023,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 23-000385-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000385-0639-LA. Por gestionante Giselle Guevara González a favor de fallecido Rebeca Sánchez Guevara. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 21 de febrero del año 2023.—Msc. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721595 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes del trabajador fallecido Luis Antonio
Mendoza Artavia cédula 1 291 814, y falleció el día 06 de julio del 2021, promovido por Zaida Mena Espinoza
cédula 1 356 316; se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número 21-002997-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-002997-0173-LA. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 16 de diciembre
del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721766
).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Emérita González Murillo, cédula
02-0170-0906, fallecida el
21 de noviembre del año 2022 y José
Sánchez Rodríguez, cédula 02-0147-0163 fallecido el 26 de junio del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las Diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers Fallecidas bajo el número 23-000001-1472-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000001-1472-LA. Establecido por Rosa María
Sánchez González cédula N° 2-0315-0933, a favor de Emérita
González Murillo y José Sánchez Rodríguez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional
de Orotina, (Laboral), 01 de febrero del año 2023.—Lic. Guillermo José
Ocampo Arrieta, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721767 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Vinicio Salazar Quesada,
0107890561, fallecido el 20
de diciembre del año 2016,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-000086- 1584-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000086-1584-LA. Por Elieth de Los Ángeles Chavarría Cascante a favor de Carlos Vinicio Salazar
Quesada. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional
de Carrillo, (Materia Laboral), 01 de diciembre
del año 2021.—Lic.
Guillermo Emilio Benavides Ruiz, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721769 ).
Se cita y emplaza
a los causahabientes de
Carlos Luis de La Trinidad Diaz Abarca, 0106700944, fallecido el 05 de febrero del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de
proc esp. Distribución de prestaciones
de persona fallecida bajo el
número 23-000006-1551-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 de código de trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 23-000006-1551-LA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la secretaría de la corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Civil, Trabajo,
Familia, Agrario, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Buenos Aires, ( Laboral ), 31 de enero del año 2023.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023721770 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
William Gerardo Ugalde Maroto quien
fue mayor, casado, costarricense, pensionado, cédula de identidad
5-0312-0646, y falleció el
08 de agosto del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de persona fallecida bajo el
número 23-000014-1557-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000014-1557-LA. Por la
Operadora de Pensiones Complementarias de la Caja Costarricense del Seguro
Social a favor de William Gerardo Ugalde Maroto. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Civil y Trabajo
De Cañas (Materia Laboral), 27 de enero del año 2023.—Msc. Carolina Quirós Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023721771 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Isidro Ríos Diaz, 0108530424, fallecido el 10 de abril del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de
persona trabajadora fallecida
bajo el Número
23-000007-1551-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000007-1551-LA. Por a
favor de Isidro Ríos Diaz. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de
Civil, Trabajo, Familia, Agrario,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica
de Buenos Aires, (Laboral), 07 de febrero del año 2023.—Licda. María Fernanda
Herrera Fonseca, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721787 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alexander de La Trinidad Sánchez Rojas,
cédula de identidad número
1-0870-0934, quien fue
mayor, casado, mecánico, laboró para 3-101-518405 Sociedad Anónima,
fallecido el 06 de abril del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000655-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000655-0641-LA. Promovido por 3-101-518405
Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-518405 a favor de Alexander de La
Trinidad Sánchez Rojas. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 09 de mayo del año 2022.—Licda. Kattia Priscilla Castro Calvo, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023721793 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Ana
Yancy Guzmán Retana, con cédula de identidad número 3-0310-0783, quien fue mayor, casada, conserje, domicilio Cartago, Paraíso, Ajenjal,
laboró para el Ministerio de Educación Pública, fallecido el 18 de setiembre del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 22-001547-0641- LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22- 001547-0641-LA. Promovido por Rafael Ángel Fonseca Fonseca, con cédula
de identidad número
3-0251-0464 a favor de Ana Yancy Guzmán Retana. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 07 de noviembre del año
2022.—Licda. Kattia Priscilla Castro Calvo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721794 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de
un millón cien mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 352-05790-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos sesenta y cuatro mil setenta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con casa, corredor, chochera, aula
internet, librería, video, cancha uno con área de servicio a clientes, mezanine cancha uno y
cancha dos con plaza de comidas Situada
en el distrito
11-Turrúcares , cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela.- colinda:
al norte calle publica con
un frente de 44,69 cm y Marcos Calvo Bolaños; al sur Custodio Murillo Sánchez y José Manuel Alfaro arroyo; al este en parte
Marcos Calvo Bolaños , María Eugenia Araya Calvo , José Manuel Alfaro Arroyo ,
Carlos López Rodríguez y calle publica con un frente de 12,78 c y al oeste argentina Pérez Bolaños. Mide: catorce mil quinientos sesenta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de agosto del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de agosto del dos mil veintitrés,
con la base de ochocientos veinticinco
mil dólares exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto del dos
mil veintitrés, con la base de doscientos
setenta y cinco mil dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Bombardelli y Asociados Sociedad Anónima contra Avícola H H Sociedad Anónima, Hernán Hernández Araya. Expediente
Nº 21-006777-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: cinco horas con cuarenta y cinco minutos del veintinueve de enero del dos mil veintitrés.—MSc. María Fernanda Soto Alfaro, Jueza.—( IN2023721445 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número ciento veintitrés
mil veinticuatro, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para uso agrícola, lote catorce. Situada en el distrito:
05-Cariari, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, camino; al sur, Gonzalo Javier Ávila Céspedes;
al este, lote quince; y al oeste, lote trece.
Mide: dos mil cuatrocientos
noventa y nueve metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Plano:
L-1191764-2007. Para tal efecto,
se señalan las dieciséis
horas cero minutos del once de abril
de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
dieciséis horas cero minutos
del diecinueve de abril de
dos mil veintitrés, con la base de tres millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Eduardo Ávila Céspedes.
Expediente N° 22-001815-1209-CJ.—Juzgado de Cobro
de Pococí, 01 de febrero
del 2023.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—(
IN2023721486 ).
En este Despacho, con una base de doscientos veintiocho millones seiscientos diez mil quinientos veintiocho colones con once céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
655324-000, derecho 000, la cual es terreno para construir y bodega. Situada en el
distrito: 03-Calle Blancos,
cantón: 08-Goicoechea, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Bernardo Zamora Arroyo; al sur, Adelia Umaña
Valenciano; al este, calle pública
con 24.40 m de frente; y al oeste,
Guillermina López Chinchilla, Enrique Zamora Arroyo. Mide:
cuatrocientos noventa y nueve con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del once de abril
de dos mil veintitrés, con la base de ciento setenta y un millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ochocientos noventa y seis colones con ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés, con la base de cincuenta
y siete millones ciento cincuenta y dos mil seiscientos treinta y dos colones con dos céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Teja Real Sociedad Anónima.
Expediente número 22-002928-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial
de San José (Sección Segunda), 15 de febrero del 2023.—Licda. Karina
Alexandra Pizarro García, Jueza Tramitadora.—( IN2023721517
).
En este Despacho con una base de diecisiete mil novecientos dólares libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BKT076, marca Nissan, estilo Tiida, categoría automóvil, capacidad cinco personas, serie, chasís y VIN número tres N uno C C uno A D X H K uno nueve cero cero seis siete, año 2017, carrocería sedan cuatro
puertas, color gris, tracción
4x2, motor marca Nissan, número de motor H R uno seis siete ocho seis cuatro dos siete L, cilindrada 1598 c.c., cilindros cuatro, combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés con
la base de trece mil cuatrocientos
veinticinco dólares (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintitrés
con la base de cuatro mil cuatrocientos setenta y cinco dólares (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco de Costa Rica contra Ronald Quirós Luna. Expediente N° 22-000041-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José
(Sección Primera), 21 de febrero
del 2023.—Lic. Alonso Chaves Ledezma,
Juez Tramitador.—( IN2023721524 ).
En este Despacho, con una base de trece mil novecientos sesenta y tres dólares con cuarenta y siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa BQK306, marca: Chevrolet, Estilo: Beat LTZ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año fabricación: 2018,
color: blanco, número de chasis: MA6CH5CD9JT001939, cilindrada:
1200 c.c. Para tal efecto
se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés
con la base de diez mil cuatrocientos
setenta y dos dólares con sesenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintitrés con la base
de tres mil cuatrocientos noventa dólares con ochenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Ana
Carolina Vargas Delgado contra Francisco Gavino
Angulo Expediente Nº 21-005745-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del año 2023.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2023721538 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta millones doscientos siete mil ochocientos setenta y cuatro colones con catorce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 493-12219-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 526967, derecho
000, la cual es terreno naturaleza: terreno de solar. Situada en el
distrito 4-Carrillos, cantón
8-Poás, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
Virginia Arias Valverde; al sur, Robert Renick Corrales; al este,
Oscar Francisco Zúñiga
Loría;
y al oeste, calle pública
con un frente a ella de 12.57 metros. Mide: cuatrocientos dieciséis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés con la base de treinta
millones ciento cincuenta y cinco mil novecientos cinco colones con sesenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés con
la base de diez millones cincuenta y un mil novecientos sesenta y ocho colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Kenneth
González González, Olman
Abel González González. Expediente
N° 22-003370-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión: catorce horas con veinticinco minutos del diecisiete de junio del dos mil veintidós.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2023721560
).
A las ocho horas del cuatro de
mayo de dos mil veintitrés, en
la puerta exterior del local que ocupa
este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones bajo las citas
345-19804-01-0900-001, para el primer remate y con la
base de sesenta millones de
colones (¢60.000.000), remataré:
el inmueble dado en garantía, partido
de Alajuela, matrícula número
doscientos nueve mil trescientos veinticinco-triple
cero, que es casa de repastos, tacotal
y montaña, sito en el distrito:
02- Caño Negro, cantón: 14-Los
Chiles, de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, Antonio Salas
Ramírez y otra; al sur, Río Mónico, calle pública y otro; al este, Juana Argüello y otros; y al oeste, Pablo Abarca y otros, el cual
mide un millón sesenta y siete mil doscientos dieciséis metros cuadrados, según plano Nº A-0474012-1982, propiedad
de la demandada Maridilia
Rodríguez Chacón. En caso
de resultar fracasado el primer remate, para la segunda
subasta y con la rebaja del
veinticinco por ciento de la base original, sea la suma
de cuarenta y cinco millones de colones
(¢45.000.000), se señalan las ocho
horas del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco
por ciento de la base
original, o se la suma de quince millones
de colones (¢15.000.000), se señalan
las ocho horas del veinticinco
de mayo de dos mil veintitrés. Lo anterior, por estar así
ordenado en Proceso: ejecución hipotecaria N° 22-000140-1520-AG establecido
por Banco Nacional de Costa Rica contra Maridilia Rodríguez Chacón y otro.
Razón: Publíquese por dos veces consecutivas
en el Boletín
Judicial. De conformidad con la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte, del 22 de junio
de 2009. Se le comunica que en
virtud del Principio de Gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 16 de febrero de 2023.—Lic. William Arburola Castillo, Juez Agrario.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023721586 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve mil seiscientos ochenta y cuatro dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo SJB
017989, Marca: Maxus, Estilo: Microbús, Categoría: Microbús, Capacidad: 15 personas, Serie: LSKG5GC11LA042019, Año: 2020, Carrocería: Microbús, Color:
Negro, Tracción: 4x2, Peso Bruto:
3500 kgrms, Chasis:
LSKG5GC11LA042019, Vin: LSKG5GC11LA042019, Cabina: No
aplica, N° Ejes: 2, Techo:
Techo duro, Uso: Transporte público, Utilización: Transporte público, N° Motor:
R9197022738, Motor Marca: Maxus, N° Serie: No indicado, Modelo: V80, Cilindrada: 2500
c.c., Cilindros: 4, Potencia:
100.00 kW, combustible: Diésel. Para tal efecto se señalan las quince
horas treinta minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés, con la base de veintidós
mil doscientos sesenta y tres dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés, con
la base de siete mil cuatrocientos
veintiún dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jenerie Segura
Chacón.
Expediente número
22-001314-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Primera), 08 de febrero
del año 2023.—Licda.
Lissette Córdoba Quirós, Jueza Tramitadora.—( IN2023721772
).
En este Despacho, con
una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas
y Restricciones citas:
306-03407-01-0903-001; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número 180163-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito: 01-Buenos Aires, cantón: 03-Buenos Aires, de la provincia
de Puntarenas, finca se encuentra en
zona catastrada. Colinda:
al norte: José Ángel Oviedo García; al sur: Amado Morales Vargas y Maritza Morales Batista; al este: calle pública con 11 metros y 40 centímetros; y al oeste: Guido
Duarte Carvajal. Mide: novecientos
ochenta y siete metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: P-0862319-2003. Para tal
efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del doce
de abril de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veinte de abril de dos
mil veintitrés, con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del veintiocho de abril de
dos mil veintitrés, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Loander José Granados Aráuz. Expediente N° 21-003896-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: diez horas con cinco minutos del veintisiete de enero del dos mil veintitrés.—Marcela Arce Matarrita,
Jueza Tramitadora.—(
IN2023721781 ).
En este
Despacho, con una base de catorce millones cuarenta y cuatro mil quinientos treinta y seis colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento cincuenta y seis mil setecientos cincuenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito: 03-Guaycará, cantón: 07-Golfito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Beatriz Rojas Olmos y canal en parte;
al sur, calle pública de nueve metros; al este, Juanita
Ocampo Rojas, y al oeste, Lucy Hernández González. Mide: trescientos treinta y cuatro metros con cuarenta
y cinco decímetros cuadrados, plano: P-0494326-1998.
Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas treinta minutos del quince de
mayo del dos mil veintitrés, con la base de diez millones quinientos
treinta y tres mil cuatrocientos dos colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del veintitrés de mayo
del dos mil veintitrés, con la base de tres millones quinientos
once mil ciento treinta y
cuatro colones con veinte céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Franklin de Los Ángeles
Rosales Campos. Expediente N° 22-000226-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito. Hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta
y seis minutos del veintiocho
de noviembre del dos mil veintidós.—Elizabeth Fallas Espinoza, Jueza Tramitadora.—( IN2023721782 ).
En este
Despacho, con una base de veintinueve millones noventa y ocho mil seiscientos trece colones con sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
sesenta y ocho mil trescientos cuarenta y siete, derecho 000, la cual es terreno con una pequeña casa. Situada en el distrito
05 Paquera, cantón 01
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública, Luciano Erasmo
Calderón Calderón y Lyan
Melissa Calderón Jiménez;
al sur, río
San Rafael; al este, Silvia Vindas
Ugalde y Luciano Calderón Calderón;
y al oeste, Luciano Erasmo Calderón
Calderón.
Mide: dos mil ochocientos dieciocho metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del siete de julio del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del diecisiete de julio del dos mil veintitrés con la base de veintiún
millones ochocientos veintitrés mil novecientos sesenta colones con veintisiete céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas del veintiséis de julio del dos mil veintitrés con la base de siete millones doscientos setenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y tres colones con cuarenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de
Fundación para el Desarrollo de Base FUNDEBASE contra
Gerardo Hernán Guido Cruz, Luciano Erasmo Calderón
Calderón.
Expediente N° 15-001083-1207-CJ.—Juzgado de Cobro
de Puntarenas, hora y fecha de emisión: once horas con treinta y
ocho minutos del diecinueve de enero del dos mil veintitrés.—Luis
Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2023721817 ).
En este
Despacho, Con una base de veinticinco millones setecientos veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 367-01215-01-0909-001, servidumbre
de paso citas: 2014-115814-01-0002-001, servidumbre de paso citas:
2014-147884-01-0002-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 517533-000, derecho, la cual
es terreno de cultivos. Situada en el
distrito 7-La Fortuna, cantón
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: servidumbre agrícola con 25,90
m., y Agrícola Bameca S.A;
al sur: Dinorah Vargas Rojas y Asociación Hermanas Franciscanas de Nuestra Señora
del Sagrado Corazón; al este: Agrícola
Bameca S. A., y servidumbre
de paso con 3,5 m y al oeste: Hernán
Herrera Blanco. Mide: seis mil setecientos
sesenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1732210-2014. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del seis de julio de dos mil veintitrés con
la base de diecinueve millones
doscientos noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del catorce de julio de dos mil veintitrés con
la base de seis millones cuatrocientos
treinta y un mil doscientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Eliecer Alfonso Morera Vega
contra Jenny Paula de la Trinidad Mejías Padilla. Expediente N° 22-001338-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: quince horas
con veintinueve minutos del
treinta de enero del dos
mil veintitrés.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2023721827 ).
En este
Despacho, con una base de ochenta y nueve mil novecientos noventa y siete dólares con veintidós centavos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando. Serv. y condic. ref.: 3069-063-001 (citas:
329-00928-01-0901-001), serv. y condic. ref.:
3069-061-001 (citas:329-00928-01- 0904-001), servidumbre
sirviente (citas:
338-13993-01-0002-001), servidumbre sirviente (citas: 338-
13993-01-0006-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0019-001), servidumbre
dominante (citas:
339-00515-01-0020-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0021-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0022-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0023-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0024-001), servidumbre dominante (citas: 339-
00515-01-0025-001), servidumbre dominante
(citas: 339-00515-01-0026-001), servidumbre
dominante (citas:
339-00515-01-0027-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0028-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0029-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0030-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0031-001), servidumbre sirviente (citas: 339-
00515-01-0032-001), servidumbre sirviente
(citas: 339-00515-01-0033-001), servidumbre
sirviente (citas:
339-00515-01-0034-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0035-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0036-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0091-001), servidumbre dominante (citas:339-00515-01-0092-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0093-001), servidumbre
dominante (citas:
339-00515-01-0094-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0095-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0096-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0097-001), servidumbre dominante (citas: 339-
00515-01-0098-001), servidumbre dominante
(citas: 339-00515-01-0099-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0100-001), servidumbre
sirviente (citas:
339-00515-01-0101-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0102-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0103-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0104-001), servidumbre sirviente (citas: 339-
00515-01-0105-001), servidumbre sirviente
(citas: 339-00515-01-0106-001), servidumbre
sirviente (citas:
339-00515-01-0107-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0108-001), servid. y condic.
ref.: 00201524 000 (citas: 347-19046- 01-0900-001), servidumbre trasladada (citas: 353-14628-01-0900-001), servidumbre
trasladada (citas:
403-15261-01-0920- 001), condiciones ref.:243424-000
(citas: 403-15261-01-0921-001), servidumbre
trasladada (citas:
403-15261- 01- 0922-001), servidumbre trasladada (citas:
403-15261-01-0923-001), condiciones ref.: 245222-000
(citas: 403-15261-01-0924-001); sáquese
a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula
N° 154461-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial G-3- 4: apartamento
3-4 en proceso de construcción, de una planta destinado a uso habitacional, ubicado en el nivel
3 del edificio G. Situada en el distrito
8-San Rafael, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte: Finca Filial G-3-3; al sur: área común libre (zona verde); al este: acceso área común construida; y al oeste; área común
libre (zona verde). Mide: setenta y un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del doce de abril del dos mil veintitrés, con la base de sesenta
y siete mil cuatrocientos noventa y siete dólares con noventa centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés, con
la base de veintidós mil cuatrocientos
noventa y nueve dólares con treinta centavos (25%
de la base original). Con una base de cinco mil setecientos cuarenta y cuatro dólares con cuarenta y nueve centavos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando serv. y condic. ref.: 3069-063-001 (citas:
329-00928-01-0901-001), serv. y condic. ref:
3069-061-001 (CITAS: 329-00928-01-0904-001), servidumbre
sirviente (citas:
338-13993-01-0002-001), servidumbre sirviente (citas:
338-13993-01-0006-001), servidumbre
dominante (citas: 339-00515-01-0019-001),
servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0020-001), servidumbre
dominante (citas:
339-00515-01-0021-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0022-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0023-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0024-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0025-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0026-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0027-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0028-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0029-001), servidumbre
sirviente (citas:
339-00515-01-0030-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0031-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0032-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0033-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0034-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0035-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0036-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0091-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0092-001),
servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0093-001), servidumbre
dominante (citas:
339-00515-01-0094-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0095-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0096-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0097-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0098-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0099-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0100-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0101-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0102-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0103-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0104-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0105-001), servidumbre sirviente (citas: 339- 00515-01-0106-001), servidumbre
sirviente (citas:
339-00515-01-0107-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0108-001), servid. y condic. ref.: 00201524 000 (citas:
347-19046-01-0900-001), servidumbre trasladada (citas:
353-14628-01-0900-001), servidumbre trasladada (citas:
403-15261-01-0920-001), condiciones ref.: 243424-000
(citas: 403-15261-01-0921-001), servidumbre
trasladada (citas:
403-15261-01-0922- 001), servidumbre trasladada (citas:
403-15261-01-0923-001), condiciones ref:245222 - 000
(citas: 403-15261-01-0924-001), sáquese
a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula
N° 154843-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial, estacionamiento
G-3-4: estacionamiento G-3-4, en
proceso de construcción, destinado para parqueos de vehículos. Situada en el distrito
8-San Rafael, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte: área común libre
(zona verde); al sur: área común libre (calle de acceso); al este: finca filial estacionamiento G-1-1; y al oeste:
finca filial estacionamiento G-3-3. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del doce de abril del dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil trescientos
ocho dólares con treinta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés, con la base de mil cuatrocientos
treinta y seis dólares con doce centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco
BAC San José S. A., contra Jorge Gerardo Coronado Alvarado, Valery Maria
Coronado Villalobos. Expediente N° 21-000846-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y uno minutos del treinta de junio
del dos mil veintidós.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2023721829 ).
En este
Despacho, con una base de
seis millones doscientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número quinientos ochenta y cinco mil novecientos dieciséis, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
4-Piedades Norte, cantón 2-San Ramón,
de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Arnoldo Bogantes
Araya; al sur, Arnoldo Bogantes Araya; al este, calle pública con un frente
de 8.05 mts. y al oeste, Arnoldo Bogantes
Araya. Mide: ciento sesenta y siete metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintitrés
con la base de cuatro millones seiscientos
setenta y dos mil quinientos
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintitrés
con la base de un millón quinientos
cincuenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Geovanny Vargas López contra
Heiner Gerardo González Ramírez, expediente
23-000023-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 20 de febrero del año 2023.—Jennsy María Montero López,
Juez/a Decisor/a.—(
IN2023721839 ).
En este
Despacho, Con una base de treinta y seis mil cuatrocientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa N° C-158179, marca: International, chasis:
3HTWYAXT08N046846, estilo: 7600 (6X4), año: 2008. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos (10:00
am) del veinte de abril de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos
(10:00 a.m.) del veintiocho de abril
de dos mil veintitrés, con la base de veintisiete mil trescientos dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos (10:00 a.m.) del nueve de
mayo de dos mil veintitrés, con la base de nueve mil cien dólares exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Caterpillar Crédito S. A. de C.V. Sociedad Financiera
de Objeto Múltiple Entidad Regulada, contra Constructora
RAASA S. A., Sergio Araya Mena. Expediente N°
16-000466-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 9 de febrero del 2023.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza
Tramitadora.—( IN2023721860 ).
En este
Despacho, con una base de trece mil ochocientos treinta y nueve dólares con catorce centavos,
libre de gravámenes prendarios,
pero soportando denuncia de tránsito
0800-00905347-001; sáquese a remate el vehículo BHZ191, Marca:
Mitsubishi, Estilo: Montero Sport, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, Serie: MMBGNKG40GF000588, carrocería: Todo terreno 4 puertas. Tracción: 4X2, Número Chasis: MMBGNKG40GF000588, Año Fabricación: 2016, color: azul,
N. Motor: 4D56UCFU0965, combustible: Diesel. Para tal
efecto se señalan las
quince horas treinta minutos
del dieciséis de marzo de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del veinticuatro de marzo
de dos mil veintitrés con la base de diez mil trescientos setenta y nueve dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintitrés con
la base de tres mil cuatrocientos
cincuenta y nueve dólares con setenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Félix Adrián Arias Diaz. Expediente:22-007729-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago.
29 de noviembre del año
2022. Sabina Hidalgo Ruiz, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023721861 ).
En este Despacho, con una base de setenta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia,
matrícula número
154952-000, la cual es terreno
para construir con una casa
de habitación de una
planta. Situada en el distrito 1-San Antonio, cantón 7-Belén, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
Lote número cinco; al sur zona de protección
de río (Río Bermúdez) y servidumbre de aguas pluviales ambos en parte; al este calle pública (calle Doña
Talía), con veintiún
metros, veintiséis centímetros
de frente y servidumbre de agua pluviales, ambos en parte y al oeste,
Asociacion de Hermanas Presentacionistas Sociedad Anónima. Mide: trescientos noventa y siete metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintiocho
de abril de dos mil veintitrés
con la base de cincuenta y seis millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del nueve de mayo de dos
mil veintitrés con la base de dieciocho
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Granja Avícola Piedras Negras Sociedad Anónima contra Silvia Elena Murillo Vega. Expediente N° 22-004224-1170-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión:
once horas con diecinueve minutos
del ocho de diciembre del
dos mil veintidós.—Licda.
Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2023721892 ).
Edicto, en este Despacho, con una base de cinco millones quinientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
doscientos diecinueve mil quinientos veinticinco, derecho
000, la cual es terreno
monte café y
rancho. Situada en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con 91m 69cm; al sur,
río Tacares; al este, río Tacares y al oeste, Jorge Arturo Salazar Arias. Mide: mil cuatrocientos
veinticinco metros con cincuenta
y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0575377-1985. Identificador
predial: 203050219525. Para tal efecto,
se señalan las dieciséis
horas cero minutos del veintisiete
de marzo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas
cero minutos del dieciocho
de abril de dos mil veintitrés
con la base de cuatro millones ciento
sesenta y dos mil quinientos
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés con
la base de un millón trescientos
ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Yohana Patricia Rodríguez Arias contra Wálter Vargas Salas, expediente 23-000130-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, hora y fecha de emisión:
trece horas con veintidós minutos
del diecisiete de febrero
del dos mil veintitrés.—Maricruz
Barrantes Córdoba, Juez/a Decisor/a.—( IN2023721899 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de nueve millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 386-10986-01-0900-001, servidumbre
de paso citas: 2009-272944-01-0019-001, servidumbre de paso citas: 2020-49787-01-0002-001;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
463458-003, la cual es terreno
de potrero con una casa. Situada:
en el distrito:
02-Florencia, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Bryan Araya Flores servidumbre
de paso en medio María Chavarría
Blanco y Sandra Chavarría
Ugalde, María Eugenia Miranda Ugalde y Emilio Chavarría
Ugalde; al sur, Belisario Chavarría Blanco y María Chavarría
Blanco; al este, Ramiro Cubero Herrera quebrada sin nombre en medio, y al oeste, parte lote
de Egerico Picado Orias,
Ramiro Cubero Herrera quebrada sin nombre en medio. Mide: cuatro mil seiscientos metros cuadrados. Plano:
A-2174936-2019. Para tal efecto,
se señalan las once horas cero minutos
del tres de julio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas cero minutos del once de julio de dos mil veintitrés, con
la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del diecinueve de julio de
dos mil veintitrés, con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-577741
S. A. contra Miguel Mauricio Campos Araya. Expediente
N° 22-002706-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y siete minutos del dos de febrero del
dos mil veintitrés.—Viviana Salas
Hernández, Jueza Decisora.—(
IN2023721854 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y un millones ciento treinta mil quinientos ochenta y nueve colones con cincuenta céntimos
(¢41,130,589.50), soportando servidumbres
trasladadas de tomo 323,
asiento 08820, secuencia 01, sub-secuencia
0901, 001 y de tomo 376, asiento 02197, secuencia 01, sub-secuencia 0900,
001; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 247833, derechos 001, 002, 003 y 004, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
sexto (San Francisco de Dos Ríos), cantón primero
(San José), de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida 6; sur, lote 20 O; este, lote 14 O y oeste, Silvia Gabriela Alvarado Fallas.
Mide: ciento treinta metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés
(10:00 horas - 22/03/2023). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así mediante el auto dictado a las catorce horas cincuenta y un minutos del tres de noviembre del dos mil veintidós, en Proceso Ordinario
de Illiam Freer Herrera contra Gloriana González
Freer e Illiam María González
Freer, expediente Nº 21-000098-1624-CI.—Tribunal Segundo Colegiado
Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de San José, San José, 16 de febrero del año 2023.—MS.s Blanca
Ramírez González, Juez Decisor.—(
IN2023721936 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete mil doscientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas MNR016, marca Honda, estilo City LX, categoría automóvil, carrocería sedán 4 puertas, serie, chasis y vin: MRHGM2520DP060158,
color blanco, capacidad
para cinco personas, año
2013, número
de motor L15A77808522, cilindrada 1497 c.c.,
combustible gasolina. Para tal
efecto se señalan las catorce horas cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veintiuno
de abril de dos mil veintitrés
con la base de doce mil novecientos
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés
con la base de cuatro mil trescientos dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco de Costa Rica contra Minor Antonio Murillo Camacho, expediente
22-000312-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Primera), 16 de febrero
del año 2023.—Lic. Alonso
Chaves Ledezma, Juez Tramitador.—(
IN2023721972 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones seiscientos noventa y tres mil trescientos sesenta y nueve colones con setenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv drenaje ref:00113845-000 citas:
354-15226-01-0919-001, serv ferrocarriref:00113845-000 citas: 354-15226-01-0920-001, servidumbre
dominante citas:
354-15227-01-0050-001, servidumbre dominante citas:
354-15227-01-0051-001, servidumbre dominante citas:
369-13592-01-0042-001, servidumbre dominante citas: 369- 13592-01-0043-001, servidumbre
dominante citas:
369-13592-01-0044-001, servidumbre dominante citas:
369-13592-01-0045-001, servi cables viref:00136844
000 citas: 395-16618-01-0034-001, servi
cables viref:00136845 000 citas:
395-16618-01-0035-001, servi cables viref:00136846
000 citas: 395-16618-01-0036-001, servi
cables viref:00136847 000 citas:
395-16618-01-0037-001 y servidumbre de paso citas: 474-13373-01-0037-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y ocho mil ciento sesenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno de casa y patio parcela 465. Situada en el distrito
Las Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte,
Standard y alameda con 13,02 metros; al sur, Standard; al este,
Standard y alameda con 13,02 metros y al oeste,
Standard. Mide: doscientos ocho metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de marzo de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintitrés, con la base de siete millones doscientos setenta mil veintisiete colones con veintiocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veintitrés, con
la base de dos millones cuatrocientos
veintitrés mil trescientos cuarenta y dos colones con cuarenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Edgar Eduardo Salazar Salas, expediente 22-003275-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia. Hora y fecha de emisión:
nueve horas con diez minutos del quince de febrero del
dos mil veintitrés.—Liseth
Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2023721995 ).
En este
Despacho, 1) Con una base
de ciento un mil cuatrocientos
catorce dólares con treinta y ocho centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito: 0800-00678784-001, denuncia
de tránsito:
0800-00746084-001, denuncia de tránsito: 0800-00924296-001, denuncia de tránsito: 0800-00963743-001, denuncia
de tránsito:
0800-00973080-001, denuncia de tránsito: 0800-00919761-001, denuncia de tránsito: 0800-00942587-001, denuncia
de tránsito:
0800-00859964-001, denuncia de tránsito: 0800-00874310-001, denuncia de tránsito: 0800-00903352-001,
denuncia de tránsito: 0800-00960000-001, denuncia de tránsito: 0800-00964570-001. Sáquese
a remate el vehículo
SJB-17552, marca: Volkswagen, estilo:
VW17.230 OD Euro V, categoría: autobús, capacidad:
49 personas, serie: 9532G82W7KR919301, carrocería: autobús, tracción: 4x2, número chasis: 9532G82W7KR919301, año fabricación: 2019, color: verde,
VIN: 9532G82W7KR919301, N° motor: 0165167A065162, cilindrada:
4500 C.C, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintisiete
de marzo de dos mil veintitrés,
con la base de setenta y seis mil sesenta
dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). 2) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito:
0800-00678784-001, denuncia de tránsito: 0800-00746084-001, denuncia de tránsito: 0800-00924296-001, denuncia
de tránsito:
0800-00963743-001, denuncia de tránsito: 0800-00973080-001, denuncia de tránsito: 0800-00919761-001, denuncia
de tránsito:
0800-00942587-001, denuncia de tránsito: 0800-00859964-001, denuncia de tránsito: 0800- 00874310-001, denuncia
de tránsito:
0800-00903352-001, denuncia de tránsito: 0800-00960000-001, denuncia de
tránsito:
0800-00964570-001. Sáquese a remate el vehículo: SJB-17553, marca: Volkswagen, estilo:
VW17.230 EOD, categoría: autobús, capacidad:
56 personas, serie: 9532L82W9JR819002, carrocería: autobús, tracción: 4x2, número chasis: 9532L82W9JR819002, año
fabricación: 2019, color: blanco,
VIN: 9532L82W9JR819002, N° motor: F1A079818, cilindrada:
7200 C.C, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintisiete
de marzo de dos mil veintitrés,
con la base de setenta y seis mil sesenta
dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). 3) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito:
0800-00678784-001, denuncia de tránsito: 0800-00746084-001, denuncia
de tránsito:
0800-00924296-001, denuncia de tránsito: 0800-00963743-001, denuncia de tránsito: 0800-00973080-001, denuncia
de tránsito:
0800-00919761-001, denuncia de tránsito: 0800-00942587-001, denuncia de tránsito: 0800-00859964-001, denuncia
de tránsito:
0800-00874310-001, denuncia de tránsito: 0800-00903352-001, denuncia
de tránsito:
0800-00960000-001, denuncia de tránsito: 0800-00964570-001. Sáquese a remate el vehículo: SJB-17554: marca: Volkswagen, estilo: VW17.230 EOD, categoría: autobús, capacidad:
56 personas, serie: 9532L82W9JR819081, carrocería: autobús, tracción: 4x2, número chasis: 9532L82W9JR819081,
año fabricación: 2019,
color: blanco, VIN: 9532L82W9JR819081, N° motor:
F1A079848, cilindrada: 7200 C.C, combustible: Diesel.
Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés, con
la base de setenta y seis mil sesenta
dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). 4) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito:
0800-00678784-001, denuncia de tránsito: 0800-00746084-001, denuncia de tránsito: 0800-00924296-001, denuncia
de tránsito:
0800-00963743-001, denuncia de tránsito: 0800-00973080-001, denuncia de tránsito: 0800-00919761-001,
denuncia de tránsito: 0800-00942587-001, denuncia de tránsito: 0800-00859964-001, denuncia
de tránsito:
0800-00874310-001, denuncia de tránsito: 0800-00903352-001, denuncia de tránsito: 0800-00960000-001, denuncia
de tránsito:
0800-00964570-001. Sáquese a remate el vehículo: SJB-17555, marca: Volkswagen, Estilo:
VW17.230 EOD, categoría: autobús, capacidad:
56 personas, serie: 9532L82W4JR819201,
carrocería:
autobús,
tracción: 4x2, número
chasis: 532L82W4JR819201, año
fabricación: 2019, color:
blanco, VIN: 9532L82W4JR819201, N°
motor: F1A079874, cilindrada:
7200 C.C, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintisiete
de marzo de dos mil veintitrés,
con la base de setenta y seis mil sesenta
dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). 5) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito:
0800-00678784-001, denuncia de tránsito: 0800-00746084-001, denuncia de tránsito: 0800-00924296-001, denuncia
de tránsito:
0800-00963743-001, denuncia de tránsito: 0800-00973080-001, denuncia de tránsito: 0800-00919761-001, denuncia
de tránsito:
0800-00942587-001, denuncia de tránsito: 0800-00859964-001, denuncia de tránsito: 0800-00874310-001, denuncia
de tránsito:
0800-00903352-001, denuncia de tránsito: 0800-00960000-001 denuncia de tránsito: 0800-00964570-001. Sáquese a remate el vehículo:
SJB-17545, marca: Volkswagen, estilo: VW17.230 OD Euro V, categoría:
autobús,
capacidad: 50 personas, serie:
9532G82W0KR915588, carrocería: autobús, tracción: 4X2, número chasis: 9532G82W0KR915588,
año fabricación: 2019,
color: azul, VIN: 9532G82W0KR915588, N° motor:
0165072A375067, marca: MAN, cilindrada:
4500 C.C, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintisiete
de marzo de dos mil veintitrés,
con la base de setenta y seis mil sesenta
dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). 6) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito:
0800- 00678784-001, denuncia de tránsito: 0800-00746084-001, denuncia de tránsito: 0800-00924296-001, denuncia
de tránsito:
0800-00963743-001, denuncia de tránsito: 0800-00973080-001, denuncia de tránsito: 0800-00919761-001, denuncia
de tránsito:
0800-00942587-001, denuncia de tránsito: 0800-00859964-001, denuncia de tránsito: 0800-00874310-001, denuncia
de tránsito:
0800-00903352-001, denuncia de tránsito: 0800- 00960000-001, denuncia de tránsito: 0800-00964570-001. Sáquese
a remate el vehículo:
SJB-17546, marca: Volkswagen, estilo:
VW17.230 OD EURO V, categoría: autobús, capacidad: 50
personas, serie: 9532G82W6KR915627, carrocería: autobús, tracción: 4X2, número chasis: 9532G82W6KR915627, año fabricación: 2019, color: azul,
VIN: 9532G82W6KR915627, N° motor: 0165136A365129, marca:
MAN, cilindrada: 4500, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cero minutos
del diecisiete de marzo de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
veintisiete de marzo de dos
mil veintitrés, con la base de setenta
y seis mil sesenta dólares
con setenta y ocho centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con la base de veinticinco
mil trescientos cincuenta y
tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25%
de la base original). 7) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y ocho centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito: 0800-00678784-001, denuncia
de tránsito:
0800-00746084-001, denuncia de tránsito: 0800-00924296-001, denuncia de tránsito: 0800-00963743-001, denuncia
de tránsito:
0800-00973080-001, denuncia de tránsito: 0800-00919761-001, denuncia de tránsito: 0800-00942587-001, denuncia
de tránsito:
0800-00859964-001, denuncia de tránsito: 0800-00874310-001, denuncia de tránsito: 0800-00903352-001, denuncia
de tránsito:
0800-00960000-001, denuncia de tránsito: 0800-00964570-001. Sáquese a remate el vehículo. SJB-17570, marca: Volkswagen, estilo: VW17.230 EOD, categoría: autobús,
capacidad: 56 personas, serie:
9532L82W4JR819005, carrocería: autobús, tracción: 4x2, número chasis: 9532L82W4JR819005,
año fabricación: 2019, VIN:
9532L82W4JR819005, N° motor: F1A079819, cilindrada:
7200 C.C, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintisiete
de marzo de dos mil veintitrés,
con la base de setenta y seis mil sesenta
dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). 8) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito:
0800-00678784-001, denuncia de tránsito:
0800-00746084-001, denuncia de tránsito: 0800-00924296-001, denuncia de tránsito: 0800-00963743-001, denuncia de tránsito:
0800-00973080-001, denuncia de tránsito:
0800-00919761-001, denuncia de tránsito: 0800-00942587-001, denuncia de tránsito: 0800-00859964-001, denuncia
de tránsito:
0800-00874310-001, denuncia de tránsito: 0800-00903352-001, denuncia
de tránsito:
0800-00960000-001, denuncia de tránsito: 0800-00964570-001. Sáquese a remate el vehículo: SJB-17654, marca:
Volkswagen, estilo: VW17.230 OD EURO V, categoría: autobús, capacidad: 51 personas, serie: 9532G82W4KR908417, carrocería: autobús, tracción: 4X2, número
chasis: 9532G82W4KR908417, año
fabricación: 2019, color: verde,
VIN: 9532G82W4KR908417, N°
motor: 0165060A225058, cilindrada:
4600 C.C, combustible:
Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés, con
la base de setenta y seis mil sesenta
dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). 9) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito:
0800-00678784-001, denuncia de tránsito: 0800-00746084-001, denuncia de tránsito: 0800-00924296-001, denuncia
de tránsito:
0800-00963743-001, denuncia de tránsito: 0800-00973080-001, denuncia de tránsito: 0800-00919761-001, denuncia
de tránsito:
0800-00942587-001, denuncia de tránsito: 0800-00859964-001, denuncia de tránsito: 0800-00874310-001, denuncia
de tránsito:
0800-00903352-001, denuncia de tránsito: 0800-00960000-001, denuncia de tránsito: 0800-00964570-001. Sáquese
a remate el vehículo:
SJB-17510, marca: Volkswagen, estilo:
VW17.230 OD EURO V, categoría: autobús, capacidad: 50
personas, serie: 9532G82W1KR914210, carrocería: autobús, tracción: 4x2, número chasis: 9532G82W1KR914210, año fabricación: 2019 color: blanco,
VIN: 9532G82W1KR914210, N° motor: 0165072A365067, cilindrada:
4500 C.C, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintisiete
de marzo de dos mil veintitrés,
con la base de setenta y seis mil sesenta
dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). 10) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito:
0800-00678784-001, denuncia de tránsito: 0800-00746084-001, denuncia de tránsito: 0800-00924296-001, denuncia
de tránsito:
0800- 00963743-001, denuncia de tránsito: 0800-00973080-001, denuncia de tránsito: 0800-00919761-001, denuncia
de tránsito:
0800-00942587-001, denuncia de tránsito: 0800-00859964-001, denuncia de tránsito: 0800-00874310-001, denuncia
de tránsito:
0800-00903352-001, denuncia de tránsito: 0800-00960000-001, denuncia
de tránsito:
0800-00964570-001. Sáquese a remate el vehículo: GB-3522, marca: Volkswagen, estilo: VW17.230
OD EURO V, categoría:
autobús,
capacidad: 50 personas serie: 9532G82WXJR809521, carrocería: autobús, tracción: 4X2, número chasis: 9532G82WXJR809521, año fabricación: 2018 color: verde,
VIN: 9532G82WXJR809521, N° motor: 0164830A154825, cilindrada:
4500 C.C, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintisiete
de marzo de dos mil veintitrés,
con la base de setenta y seis mil sesenta
dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria
de Eurobus S. A., contra Autotransportes
Zapote S.A. Expediente N° 22-004422-1338-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
2 de diciembre del 2022.—Licda.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Tramitadora.—( IN2023722016
).
En este
Despacho: 1) Con una base
de ciento un mil cuatrocientos
catorce dólares, con treinta y ocho centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando demanda laboral citas: 0800-00816164-001, colisiones:
19-002687-0496-TR 201993100008; sáquese a remate el vehículo Placa:
SJB 017380, Marca: Volkswagen, estilo: VW17.230 EOD, Categoría: autobús, Capacidad: 55 personas. Para
tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintidós de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las dieciséis
horas cero minutos del treinta
de mayo de dos mil veintitrés, con la base de setenta y seis mil sesenta dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con sesenta centavos (25%
de la base original). 2) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares, con treinta y ocho centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando demanda laboral citas: 0800-00816181-001, denuncia
de tránsito
citas: 0800-00664340-001, denuncia
de tránsito
citas: 0800-00729981-001, denuncia
de tránsito
citas: 0800-00799430-001; sáquese
a remate el vehículo Placa: SJB 017381, Marca: Volkswagen, estilo:
VW17.230 EOD, Categoría: autobús, capacidad:
56 personas. Para tal efecto,
se señalan las dieciséis
horas cero minutos del veintidós de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las dieciséis
horas cero minutos del treinta
de mayo de dos mil veintitrés, con la base de setenta y seis mil sesenta dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con sesenta centavos (25%
de la base original). 3) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares, con treinta y ocho centavos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda laboral citas: 0800-00816165-001, denuncia
de tránsito
citas: 0800-00928803-001; sáquese
a remate el vehículo placa: SJB 017382, Marca: Volkswagen, estilo:
VW17.230 EOD, Categoría: autobús, Capacidad:
56 personas. Para tal efecto,
se señalan las dieciséis
horas cero minutos del veintidós de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las dieciséis
horas cero minutos del treinta
de mayo de dos mil veintitrés, con la base de setenta y seis mil sesenta dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con sesenta centavos (25%
de la base original). 4) Con una base de ciento un mil cuatrocientos catorce dólares, con treinta y ocho centavos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda laboral citas: 0800-00804582-001, denuncia
de tránsito
citas: 0800-00699439-001, denuncia
de tránsito
citas: 0800-00875781-001 y denuncia
de tránsito
citas: 0800-00928263-001; sáquese
a remate el vehículo placa: SJB 017387, Marca: Volkswagen, estilo:
VW17.230 EOD, Categoría: autobús, Capacidad:
56 personas. Para tal efecto,
se señalan las dieciséis
horas cero minutos del veintidós de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las dieciséis
horas cero minutos del treinta
de mayo de dos mil veintitrés, con la base de setenta y seis mil sesenta dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con
la base de veinticinco mil trescientos
cincuenta y tres dólares con sesenta centavos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Eurobus S.A contra Magasoso de
las Lomas Sur S.A. Expediente N° 22-004421-1338-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta y siete minutos del veinte de setiembre del dos mil veintidós.—Angie
Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2023722021 ).
En este
Despacho, a) Con una base
de cincuenta y cuatro millones
quinientos veintitrés mil novecientos setenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
208281, derecho 000, la cual es terreno
lote 3 E terreno construido con una casa de habitación. Situada en el
distrito: 02-San Diego, cantón:
03-La Unión, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte,
lote 2-E de Urbanizadora Siglo 20 S.A.; al sur, lote 4-E
de Urbanizadora Siglo 20
S.A.; al este, lote 37-E y lote 6- E de Urbanizadora Siglo 20 S.A. Ambos en parte y al oeste calle 1 pública con un frente de 7.00
metros. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate con la base de cuarenta millones ochocientos noventa y dos mil novecientos setenta y nueve colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate con la base de trece
millones seiscientos treinta mil novecientos noventa y tres colones exactos (25% de la base
original). b) Con una base de ochenta
y un millones cincuenta y
cuatro mil setecientos noventa
y cuatro colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
203436, derecho 000, la cual es terreno
para construir con 1 casa. Situada
en el distrito:
05-Zapote, cantón: 01-San José, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, calle pública con
08m; al sur, Locafi S.A.; al este,
Locafi S.A. y al oeste, Locafi S.A. Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. De no haber postores, el segundo
remate con la base de sesenta millones
setecientos noventa y un
mil noventa y cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate con la base de veinte
millones doscientos sesenta y tres mil seiscientos noventa y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Las fechas para realización
de los remates son las siguientes:
primer remate: catorce horas cero minutos
del diecinueve de abril de
dos mil veintitrés. segundo
remate: catorce horas cero minutos
del veintisiete de abril de
dos mil veintitrés. tercer
remate: catorce horas cero minutos
del ocho de mayo de dos mil veintitrés.
Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito
de Los Empleados del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alejandro Centeno Roa,
expediente 18-006265-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 08 de febrero
del año 2023.—Lic. Víctor
Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2023722025
).
En este
Despacho, con una base de treinta y cinco millones cincuenta y dos mil trescientos tres colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley de caminos citas 336-00814-01-0002-001, reservas
ley de aguas citas
336-00814-01-0003-001, reservas ley forestal citas
336-00814-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos cuarenta y ocho mil setecientos veintiséis, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa y para uso agrícola. Situada
en el distrito:
11-Paramo, Cantón: 19-Perez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte Romilio Gerardo Monge Gamboa, Annia Quirós Fallas y Uriel Rojas
Monge, Yurro en medio de Annia Quirós Fallas y Uriel Rojas
Monge Y servidumbre agrícola
con siete metros de ancho. al sur calle
publica con un frente de noventa
y siete punto cuarenta y ocho metros lineales, Romilio Gerardo Monge Gamboa,
Sergio Morales Monge, Justen Miller y Río San Ramón.
al este Romilio Gerardo
Monge Gamboa, Uriel Rojas Monge y Río
San Ramón. Al oeste Romilio Gerardo Monge Gamboa, Annia Quirós Fallas, servidumbre agrícola siete metros de ancho con un frente
de doscientos veintidós,
punto noventa y un metros lineales.
Mide: veinticuatro mil diecisiete metros cuadrados.
Plano SJ-2323791-2021. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés, con
la base de veintiséis millones
doscientos ochenta y nueve mil doscientos veintisiete colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del uno de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de ocho millones
setecientos sesenta y tres mil setenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Con una
base de ocho millones cuatrocientos doce mil ochocientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley de caminos citas 336-00814-01- 0002-001, reservas
ley de aguas citas
336-00814-01-0003-001, reservas ley forestal citas
336-00814-01-0004-001; sáquese a remate la finca del
Partido de San José, matrícula número
seiscientos dos mil doscientos
sesenta y dos, derecho cero cero
cero, la cuales terreno de café. Situada en el distrito:
11-Paramo, cantón: 19-Perez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte German Guido
Monge Barrantes; al sur Rodolfo Monge Barrantes; al este Rodolfo Monge Barrantes y al oeste German Guido
Monge Barrantes Y servidumbre
de paso. Mide: diez mil
metros cuadrados. plano
SJ-1336494-2009. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas
cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintiuno
de abril de dos mil veintitrés,
con la base de seis millones trescientos
diez mil trescientos ochenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dos
de mayo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones ciento tres mil cuatrocientos sesenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Hacienda Vista al Valle Sociedad Anónima contra Rodolfo de Jesús Monge Barrantes,
Teresita del Carmen Zúñiga Amador. Exp:19-002550-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur. Hora y fecha de emisión: catorce horas con cinco minutos del trece de febrero del dos mil veintitrés.—José
Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2023722099 ).
En este Despacho, con una base de veintidós mil novecientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas:
JJV271
marca, Nissan, estilo:
Versa, categoría: automóvil,
serie: 3N1CN7AD8HK390121, número
chasis: 3N1CN7AD8HK390121, año fabricación: 2017. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinte de marzo del dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintitrés, con
la base de diecisiete mil ciento
setenta y cinco dólares exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del trece de abril del dos mil veintitrés, con
la base de cinco mil setecientos
veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco de Costa Rica contra José Jesús Villamizar Martínez. Expediente
N° 20-001302-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diez horas con nueve minutos del diecisiete de junio del dos mil veintidós.—M.sc. Angie Rodríguez
Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2023722364 ).
En este
Despacho, con una base de cinco mil ciento cincuenta y un dólares con ochenta y siete centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo SMF236, marca: Kia, estilo: Picanto, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas
hatchback, tracción: 4X2, año
fabricación: 2016, color: blanco,
serie/ VIN: KNABX512AGT130180. Para tal efecto se señalan
las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés
con la base de tres mil ochocientos
sesenta y tres dólares con noventa centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés
con la base de mil doscientos ochenta
y siete dólares con noventa y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Scarlet Massey Fonseca, expediente 22-000029-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de enero del año 2023.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Juez/a Decisor/a.—(
IN2023722532 ).
En este
Despacho, con una base de veinte millones cuatrocientos ocho mil ochocientos cuatro colones con ochenta y cuatro céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos bajo las citas
300-18351-01-0179-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 159264-000, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada en el
distrito San Antonio, cantón
Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, resto de José Néstor Chavarría Gómez; al sur,
resto de José Néstor Chavarría
Gómez; al este, Eva Juárez Juárez,
y al oeste, calle pública con frente 38, 28 metros.
Mide: tres mil novecientos un metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veinte de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil veintitrés, con la base de quince millones
trescientos seis mil seiscientos
tres colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del doce de abril del dos mil veintitrés, con la base de cinco millones ciento dos mil doscientos un colones con veintiún céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Caterine Rivera
Arguedas. Expediente N° 16-035616-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Segunda), 03 de febrero
del año 2023.—Licenciada Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2023722577
).
En este
Despacho, con una base de dieciocho millones setecientos setenta y siete mil seiscientos setenta y ocho colones con ochenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 319-04606-01-
0901-001, servidumbre trasladada
citas: 347-13132-01-0900- 001,servidumbre trasladada citas:
347-13132-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
347-13132-01-0902-001, servidumbre trasladada citas:
347-13132-01-0903-001,servidumbre trasladada citas: 347-13132-01-0904-001, servidumbre
trasladada citas: 347-
13132-01-0905-001, servidumbre trasladada
citas: 347-13132-01-0906- 001, servidumbre
trasladada citas: 347-13132-01-0907-001, servidumbre trasladada citas: 347-13132-01-0908-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 151684, derecho
000, la cual es terreno lote 3 terreno de caña. Situada en
el distrito 2 La Suiza, cantón 5 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, calle pública con 41 metros 73 centímetros
de frente; al sur Teresa Hidalgo Paniagua y Luis
Martin Hidalgo Paniagua ambos en parte;
al este Eusebia Hidalgo Paniagua y al oeste Luis Martin Hidalgo Paniagua e Inversiones
Ortuño Victory S. A., ambos en
parte. Mide: ocho mil ochocientos cuarenta y ocho metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará
a las diez horas cero minutos
del veintiocho de marzo de
dos mil veintitrés con la base de catorce
millones ochenta y tres mil doscientos cincuenta y nueve colones con diecisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del catorce de abril de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones
seiscientos noventa y
cuatro mil cuatrocientos diecinueve
colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Saul Fernández Solano. Expediente
Nº 20-001436-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 12 de diciembre del año
2022.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—(
IN2023722578 ).
Edicto, en
este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLX815, marca: Hyundai, estilo: H 1, categoría: microbús, capacidad: 12 personas, serie:
KMJWA37HAGU767615, año: 2016, carrocería:
microbús,
color: gris, tracción: 4X2, chasis: KMJWA37HAGU767615, N. motor: D4BHF026008, marca: Hyundai. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés con la base de nueve millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés con
la base de tres millones de
colones exactos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Prendaria de
Banco de Costa Rica contra Carlos Alberto Venegas Montero, expediente 22-003164-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: quince horas con veinticuatro
minutos del veintisiete de enero del dos mil veintitrés.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Juez/a Decisor/a.—( IN2023722579
).
En este
Despacho se remata lo siguiente: Primera finca: Con una
base de tres millones doscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos setenta y siete colones exacto,
libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
330-07759-01-0004-001, servidumbre de paso citas: 571- 47591-01-0002-001, servidumbre
de paso citas: 571- 89378-01-0002-001, servidumbre de paso citas:
572-11505-01-0004-001, servidumbre de paso citas: 573-22976-01-0007-001, servidumbre
de paso citas: 573-22976-01- 0009-001, servidumbre de paso citas: 2010-
345134-01-0004- 001,servidumbre de paso citas:
2015-292348-01- 0003-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 565757-000, para lo cual
se señalan las ocho horas
del veintisiete de marzo
del año dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del
once de abril del año dos
mil veintitrés, con la base de dos millones cuatrocientos treinta y nueve mil trescientos cincuenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del diecinueve de abril del año dos mil veintitrés, con la base de ochocientos
trece mil ciento diecinueve colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Segunda finca: Con una base de un millón trescientos treinta y cuatro mil cuarenta y
seis colones exactos, libre
de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
330-07759-01-0004-001, servidumbre de paso citas: 571-47591-01-0002-001, servidumbre
de paso citas: 571-89378-01-0002-001, servidumbre de paso citas:
572-11505-01-0004- 001, servidumbre de paso citas: 573-22976-01-0007-001, servidumbre
de paso citas: 573-22976-01-0009-001, servidumbre de paso citas:
2010-345134-01-0004-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 615067-000 para lo cual
se señalan las ocho horas
del veintisiete de marzo
del año dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del
once de abril del año dos
mil veintitrés, con la base de un millón
quinientos treinta y cuatro
colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del diecinueve de abril del año dos mil veintitrés, con la base de trescientos
treinta y tres mil quinientos once colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de
Banco Nacional de Costa Rica contra Olman Rodrigo
Hernández Ureña. Expediente:15-032276-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda. 26 de enero
del año 2023.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2023722581 ).
En este
Despacho, con una base de cincuenta millones quinientos dos mil ciento ochenta y cuatro colones con sesenta y seis céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de Alajuela, matrícula N°
583062-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno con dos casas y un garaje. Situada en el
distrito 2-Florencia, cantón
10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Eida Villalobos Salas y Jovita Quesada Arias; al sur: calle pública con un frente de quince
metros con treinta y tres centímetros; al este: Esperanza
Gabriela Lizano Naranjo; y al oeste:
Lortena Barrantes Quesada. Mide: quinientos trece metros cuadrados. Plano:
A-2114687-2019. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de treinta y siete
millones ochocientos setenta y seis mil seiscientos treinta y ocho colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de junio de dos
mil veintitrés, con la base de doce
millones seiscientos veinticinco mil quinientos cuarenta y seis colones con diecisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica, contra Mauricio Gerardo Madrigal Ortiz, Yesenia
María Hernández Rojas. Expediente
N° 22-001719-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con seis minutos del ocho de noviembre del dos mil veintidós.—Lic. Pablo Asdrúbal López Vindas, Juez Decisor.—( IN2023722605 ).
En este
Despacho, con una base de
seis millones noventa mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 344-10080-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del Partido de Limón, matrícula número noventa y cuatro mil cuatrocientos
setenta y seis, derecho cero cero
uno y cero cero dos, la cual
es terreno lote 3, terreno para construir. Situada en el distrito:
03-Rita, cantón: 02-Pococí de la provincia
de Limón. Colinda: al norte. calle pública con 15.50 metros; al sur. Consultores
Econoagro el Sembrador Sociedad Anónima; al este. Consultores Econoagro el Sembrador
Sociedad Anónima; y al oeste:
calle pública con 20.13 metros. Mide: trescientos once metros con sesenta
y ocho decímetros cuadrados. Plano: L-0554898-1999. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del
doce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veinte
de abril de dos mil veintitrés,
con la base de cuatro millones quinientos
sesenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés, con la base de un millón
quinientos veintidós mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo, contra José Manuel Solís Artavia, Laura de Los Ángeles Zúñiga Ardón. Expediente N° 22-004206-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 13
de febrero del 2023.—Hazel Patricia Castillo Bolaños,
Jueza.—( IN2023722606 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y un millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 445908,
derecho 000, la cual es terreno
lote 470-A, terreno para construir. Situada: en el distrito
4-León
XIII, cantón 13-Tibás, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, INVU; al sur, avenida
10; al este, alameda 10, y al oeste,
INVU. Mide: ciento veinte metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0243241-1995. Para tal efecto,
se señalan las once horas quince minutos
del doce de abril de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas quince minutos del veinte
de abril de dos mil veintitrés,
con la base de veintitrés millones
trescientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas quince minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés, con la base de siete millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gregoria
Fernández
Pérez.
Expediente N° 22-011325-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de noviembre del año 2022.—Jessica
Viviana Vargas Barboza, Jueza.—( IN2023722607 ).
En este Despacho, Con una base de veintisiete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 315-02238-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 201648-001 y
002, la cual es naturaleza:
Terreno para construir Lote 20 - Bloque A. Situada en el
Distrito 1-Liberia Cantón 1-Liberia de la provincia de Guanacaste Linderos:
Norte: Jorge Baltodano Guillén; sur: calle
pública
con 8,51 metros; este: Lote
21; oeste: Lote 19. Mide: ciento setenta
y cinco metros cuadrados.
Plano: G-1682367-2013. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés
con la base de seis millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Hilda Melissa Meléndez Carmona, Irene Yinnet Carmona Alvarado, Jose Eduardo Meléndez Chevez. Exp:21-005577-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: quince horas
con cuarenta y tres minutos del dos de febrero
del dos mil veintitrés.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez
Decisor.—( IN2023722608 ).
En este
Despacho, con una base de
un millón quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
ciento sesenta y siete mil trescientos noventa y cinco, derecho 002, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito: 01-San Rafael, cantón:
07-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con frente de 20,00
metros; al sur, Municipalidad de Oreamuno; al este, calle pública con frente de 10,00
metros; y al oeste, Municipalidad de Oreamuno. Mide: ciento noventa
y siete metros con treinta
y siete decímetros cuadrados.
Plano C-0370197-1996. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del veintisiete
de abril de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del ocho de
mayo de dos mil veintitrés, con la base de un millón ciento veinticinco
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de trescientos setenta
y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de Crediuno S. A. contra Douglas Alberto Castillo Arias. Expediente N° 18-001299-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José,
09 de febrero del 2023.—Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—(
IN2023722615 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones trescientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando condiciones citas: 361-05377-01-0815-001;
sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 224600-000, la cual
es naturaleza: lote cuatro,
terreno para construir, situada en el
distrito: 2-Santa Cecilia, cantón: 10-La Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte: con resto de la finca madre;
sur: con resto de la finca madre; este:
con resto de la finca madre; oeste:
con calle publica con un frente
de 10 metros con 54 centímetros.
Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: G-1979057-2017. Para tal
efecto se señalan las nueve horas cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintiuno
de abril de dos mil veintitrés,
con la base de siete millones
setecientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de dos millones quinientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela la Vivienda, contra Diego Antonio Santana Cortés.
Expediente N° 21-005610-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con veinte minutos
del dos de febrero del dos mil veintitrés.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez
Decisor.—( IN2023722617 ).
En este
Despacho, con una base de ocho millones novecientos
cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
364-08744-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 85223 derecho 000, la cual
es terreno para construir
con una casa. Situada: en el distrito
1-Cañas, cantón
6-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Linderos: noreste, calle pública con 17 mts 92 cm; noroeste,
Inversiones La Esperanza Bagaceña Sociedad Anónima;
sureste, calle pública con 7
mts 35 cm. Mide: ciento treinta y cinco metros cuadrados. Plano: G-1990900-2017. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés, con la base de seis millones
setecientos cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de mayo
de dos mil veintitrés, con la base de dos millones doscientos treinta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Vicky Magaly Leitón Martínez. Expediente N° 21-005626-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y tres minutos del tres de febrero del dos mil veintitrés.—Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2023722618 ).
En este
despacho, con una base de
seis millones ochocientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de guanacaste,
matrícula número 138317
derechos 001 y 002, la cual es naturaleza:
Terreno para construir con una casa de habitación situada en el
distrito: 01-Liberia cantón:
01-Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Kevin Alonso Dijeres López; sur, calle pública con un frente de 8 metros
50 centímetros; este, Atiliano López López; oeste, Hairo Eduardo Dijeres Bermúdez. Mide: Ciento ochenta
y cuatro metros con cincuenta y un decímetros cuadrados Plano:
G-0801430-2002. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés, con
la base de cinco millones ciento quince mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dos
de mayo de dos mil veintitrés, con la base de un millón setecientos cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Ronald Daniel Mora Sibaja.
Expediente Nº 21-005640-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste. Hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y tres minutos del tres de febrero del dos mil veintitrés.—Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—(
IN2023722619 ).
En este
Despacho, Con una base de diez millones novecientos
cincuenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos bajo las citas: 325- 02022-01-0009-001, Reservas
ley caminos bajo las citas:
325-02022-01-0010-001 y Servidumbre trasladada bajo las citas:
334-18259-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 490.814-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
Distrito 4-Aguas Zarcas, Cantón
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Bernán Vargas Ulate; al sur Bernán Vargas Ulate; al este Bernán Vargas Ulate y al oeste calle pública con un frente de 9,95 cm.
Mide: doscientos cuarenta y ocho metros cuadrados, y Plano: A-1494305-2011 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del catorce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veinticuatro
de abril de dos mil veintitrés
con la base de ocho millones
doscientos dieciséis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del tres de mayo de dos
mil veintitrés con la base de dos millones
setecientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra Diana María Leon Cubillo.
Expediente:21-012117-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y nueve minutos del veintiséis de setiembre del dos mil veintidós.—Giovanni
Vargas Loaiza, Juez/a Decisor/a.—( IN2023722620 ).
En este
Despacho, con una base de catorce millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 430-10279-01-0021-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 440294- 001 y
002, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito:
13-Garita cantón: 01-Alajuela de la provincia de Alajuela Linderos: norte, calle pública
con 11,56 mts; sur, Aida Marín Bermúdez; este, Mario Esteban de Jesús Rojas Zumbado;
oeste, servidumbre de paso
con 14,03 mts; Mide: ciento
cincuenta y ocho metros con
cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil veintitrés, con
la base de diez millones novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de tres millones
seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Nils Gerardo Umaña
Durán, Sianny María Umaña
Fonseca, Vera Violeta Fonseca Alfaro. Expediente Nº
22-004899-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: trece horas con doce minutos del cuatro de julio del dos mil veintidós.—M.Sc.
Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2023722621 ).
En este
Despacho, con una base de
dos millones novecientos veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 422786-000, la cual
es terreno para construcción
de vivienda de interés
social. Situada en el Distrito: 06-Pital, Cantón:
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública mediante callejón de acceso con un frente de 3.06 metros, Elier
Rojas, Olman Lizano
Rodríguez; al sur: Alexis Rojas Alfaro; al este:
Alexis Rojas Alfaro y al oeste: Elier
Rojas Arias, Olman Lizano
Rodríguez y Albino Rojas. Mide: quinientos
cinco metros con dieciséis decímetros cuadrados. Plano:
A-1075441-2006. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil veintitrés con la base de dos millones
ciento noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés
con la base de setecientos treinta
y un mil doscientos cincuenta
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Grethel Ivannia Rojas Rojas. Exp:
22-001529-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y siete minutos del veinticuatro de octubre del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2023722622 ).
En este
Despacho, con una base de siete millones ochocientos diecinueve mil doscientos diecinueve colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
RBT916, marca: Suzuki, estilo:
Ciaz GLX T, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, año fabricación: 2017, uso:
particular, color: café, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del dieciocho de mayo de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las dieciséis horas cero minutos
del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones ochocientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos
catorce colones con cuarenta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con
la base de un millón novecientos
cincuenta y cuatro mil ochocientos
cuatro colones con ochenta
y tres céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Roberto Josué Alvarado Meza. Expediente N° 20-004467-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión:
once horas con cuarenta minutos
del veintisiete de enero del dos mil veintitrés.—Noelia Prendas
Ugalde, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2023722639 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y tres millones trescientos noventa y siete mil cuatrocientos veintitrés colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
cincuenta y tres mil quinientos veinticinco, derecho
000, la cual es terreno
para construir con una
casa, finca se encuentra en
zona catastrada. Situada en el distrito
2-San Juan Grande, cantón 2-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Redoble S. A.; al
sur, calle pública con 15m
15cm; al este, Martha Arguedas Segura, y al oeste, Otilio Arguedas Barrantes. Mide: novecientos diez metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
diez minutos del treinta de mayo del dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas diez minutos del siete de junio del dos mil veintitrés, con
la base de treinta y dos millones
quinientos cuarenta y ocho mil sesenta y siete colones con ochenta céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas diez minutos del quince de junio del
dos mil veintitrés, con la base de diez millones ochocientos
cuarenta y nueve mil trescientos cincuenta y cinco colones con noventa y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito
de La Comunidad de Ciudad Quesada Coocique
R.L. contra Oscar Erico Benavides Segura. Expediente N° 22-007645-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, hora y fecha de emisión:
nueve horas con cuarenta y
dos minutos del veinte de febrero del dos mil veintitrés.—Douglas
Quesada Zamora, Juez Decisor.—(
IN2023722665 ).
En este
Despacho, con una base de cuatrocientos mil colones, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
cuatrocientos noventa y tres mil doscientos cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el
distrito cuarto Rivas, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San
José. Colinda: al norte,
resto de Julieta Hidalgo Arias y Carlos Zúñiga
Montero; al sur, al este, y al oeste,
con Hugo Solís Fonseca. Mide: ocho
mil quinientos dieciocho
metros con cuarenta y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del veinticuatro de marzo del dos mil
veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas del doce de abril del
dos mil veintitrés con la base de trescientos
mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del veintiuno de abril del dos mil veintitrés con la base de cien
mil colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución de sentencia de
Brandon Scott Cárdenas Vargas contra Hugo Miguel Del Carmen Solís Fonseca. Expediente N° 16-000096-0188-CI.—Juzgado
de Civil y Trabajo del
Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur (Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y tres minutos del trece de febrero del dos mil veintitrés.—Msc.
Harold Ríos Solórzano, Juez.—( IN2023722684 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
19-000205-0388-CI donde se promueve
Información Posesoria por parte de Danny Ricardo Salazar
Hidalgo, quien es mayor, casado
una vez, vecino de Comunidad, Palmira,
Carrillo, portador de la cédula número
0701180416, constructor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
apto para construir. Situada: en el
distrito Palmira, cantón
Carrillo. Colinda: al norte,
con Evelio Castro Artavia; al sur, con calle pública; al este, con María Mayela Sánchez Ángulo, y al oeste, con calle pública. Mide: doscientos veintidós metros cuadrados y setenta y uno decímetros. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir descrito bajo el plano N° G-47553-1992 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta
de Gerardo Espinales Villegas, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en cercado con tapia, limpieza y construcción de Iglesia Evangélica. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Danny Ricardo
Salazar Hidalgo. Expediente N° 19-000205-0388-CI-1. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 17 de julio del año 2019.—Diego Steven
Durán Mora, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2023721430
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000656-0640-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Ronald Gerardo
Arrieta Álvarez quien es mayor, costarricense,
casado, agricultor, vecino de Cartago Barrancas de El Guarco,
portador de la cédula número
0303110804, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar con una casa.- Situada en el distrito
Tobosi, cantón El Guarco. Colinda: Al norte con Xinia Cerdas Cordero; al sur con José Olivier Arrieta Álvarez; al
este con calle pública y al oeste con Importadora Noba de Costa Rica S.
A. Mide: ciento veintiséis metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir Plano
C-2186618-2020 no pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble el 05 de diciembre del 2005, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en realizar mejoras
en el terreno
como cercas, construir casa de habitación y mantenimiento de la propiedad.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. proceso
información posesoria, promovida por Ronald Gerardo
Arrieta Álvarez. Exp:22-000656-0640-CI-4. Nota: Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por
una sola vez.—Juzgado Civil de Cartago.
doce horas con treinta y tres minutos del treinta de octubre del dos mil veintidós.—Lic. Allan Esteban Barquero
Durán, Juez.—1 vez.—( IN2023721571 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000217-0298-AG, donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de María Del
Milagro Vargas Cordero c.c. Ana Lucrecia Vargas Cordero, cédula de identidad N° 2-0450- 0035, mayor, casada
una vez, ama de casa, vecina de San Carlos, Ciudad Quesada, Sucre, del Salón Comunal, cuatro kilómetros sureste, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: terreno
de montaña y pastos, sito en Sucre, distrito uno Quesada, cantón diez San Carlos de la provincia
de Alajuela, con los siguientes
linderos: al norte: Río Peje; al sur: Minor Arturo Guzmán Rodríguez, Julio Eduardo
Guzmán Rodríguez, en medio servidumbre
agrícola con un frente de veintidós metros con quince decímetros
y Amalia Vargas Cordero; al este: Río Peje, Minor Arturo Guzmán Rodríguez y Julio Eduardo Guzmán
Rodríguez; y al oeste: María Amalia Vargas Cordero. Mide: catorce mil seiscientos veinticinco metros cuadrados, tal y como lo indica el Plano Catastral N° A-2160161-2019 de fecha
15 de octubre de 2019. Indica la promovente
que sobre el inmueble no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estimo el inmueble
y las diligencias en la suma
de siete millones de colones cada una.
Que adquirió dicho inmueble por donación
que le hiciera el señor: José Luis Vargas Arroyo, mayor, viudo,
ganadero, cédula de identidad
N° 2-0206-0432, vecino de San Carlos, Ciudad Quesada,
Sucre, del Salón Comunal, en
fecha 06 de mayo de 2021 mediante
testimonio de escritura número
ciento treinta y dos-dos, otorgada ante la Notaria Pública Katty Mariela Campos Chacón
y quien le transmitió los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en
forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, de buena fe y a título
de dueña por más de diez años.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria N° 22-000217-0298-AG, promovidas por María Del Milagro Vargas Cordero c.c. Ana Lucrecia
Vargas Cordero. Razón: publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Por el principio de gratuidad
que rige la materia agraria contemplado en el artículo
26 de la Ley de Jurisdicción Agraria
y oficio número 243 DE/AL
2009, la publicación del presente
edicto debe realizarse sin ningún costo para las partes.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 30 de enero de 2023.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023721588
).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000563-0388-CI, donde se promueve
información posesoria por parte de Yerlin
Guido Apu quien es mayor, soltera, empleada doméstica, portadora del documento de identidad
05-0357-0949, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
de solar, situado en El Edén, del distrito quinto
Cartagena, cantón tercero
Santa Cruz, mide doscientos
metros cuadrados, colinda
al norte con Dubelia Apu Viales, sur con Marisela
Guido Apu, este con
Reynaldo Díaz Hidalgo y oeste con servidumbre
de paso, Yarelis Bustos Apu
y Mayra Bustos Apu, según el plano catastrado
G- ocho mil trescientos noventa y siete - dos mil veintidós. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de colones.
Que adquirió dicho inmueble por donación
que le realizó su madre María Elena Apu Viales , y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueño. Que desde entonces lo ha limpiado, cercado, cambiando posteria y poseerlo de modo continuo, público,
ininterrumpido, como dueño único. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Yerlin
Guido Apu. Nota: Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por
una sola vez. Expediente Nº 22-000563-0388-CI-7.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Hora y fecha de emisión: once horas con nueve minutos del veintiuno de febrero del dos mil veintitrés.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—(
IN2023721761 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N°21-000124-0391-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Silenia María Bustos Gutiérrez quien
es mayor, casa una vez, ama
de casa, vecina de San José, portadora
de la cédula de identidad vigente
número 050670913, Carlos Luis Bustos Gutiérrez,
mayor, soltero, jornalero, vecino de San Pedro de Santa Cruz, cédula de identidad 0501480978, Junior Gerardo Bustos Gutiérrez,
mayor, salonero, electricista,
vecino de San Pedro de Santa Cruz, cédula
05-0954-0261, a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es solar con una casa
de habitación. Situada en el Distrito Tercero, Cantón Tercero, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte
Gerardo, Jeanory, Marjorie, Jeannete,
Alfonso todos Dinarte Zúñiga; al sur calle pública con un frente de dieciocho metros con cincuenta y cinco centímetros lineales y Víctor Bustos Dinarte;
al este, servidumbre agrícola y al oeste Jeannory Dinarte Zúñiga. Mide: cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado
número G-2123403-2019. Indican los
promoventes que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una.
Que adquirieron dicho inmueble por medio de donación verbal y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de veinte años.
Que si existen condueños.-
Que los actos de posesión han consistido
en chapeas, cercas y rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Silenia
María Bustos Gutiérrez y otros. Exp: 21-000124-0391-AG.
Nota: Publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste. Santa
Cruz, 15 de febrero del año
2023.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721773 ).
Edicto, se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000032-0391-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de José
Florencio Eleazar Campos Jiménez quien es mayor, casado en segundas
nupcias, médico pensionado,
cédula 5 0112 0264, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya
naturaleza es terreno dedicado a reforestación. Situada en San Isidro del distrito primero, cantón segundo - Nicoya, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Mainor Suárez Villalobos; al sur, Dinorah, Hilma, Araminta,
Óscar Emilio, Evelio, María Cristina y
el suscrito, todos de apellidos Campos Jiménez
y Dimas Elías, Aiza Campos con
Quebrada Barro Negro medio y servidumbre de paso con
un frente de siete metros;
al este, Hacienda La Cananga Sociedad Anónima y al oeste, Mainor Suárez
Villalobos. Mide: veintiocho
mil cuatrocientos metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado
número G-2112833-2019. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
en dos millones de colones y las presentes diligencias
en la suma de tres millones de colones cada una.
Que adquirió dicho inmueble por compra,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en construir y reparar cercos, siembra de agricultura y frutales, reforestación y cuido en general que requiere una propiedad
de esta índole. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por José Florencio Eleazar Campos
Jiménez, expediente 20-000032-0391-AG. Nota: publíquese este edicto por
una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario Segundo
Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz,
03 de marzo del año 2020.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721774
).
Edicto, se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
22-000166-0388-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Sune
Benavides Duarte quien es mayor, casada,
vecina de Alajuela, La Guácima,
Rincón Chiquito, Condominio Boulevard Los Malinches,
portadora de la cédula número
0205490656, educadora, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
solar. Situada en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz. Colinda: al norte, con Yendry Jaén Marchena y Selenia Duarte Castillo; al sur, con servidumbre
de paso con un frente a la misma
de treinta metros con setenta
y ocho centímetros lineales; al este, con Sidar Montes Montes y al oeste, servidumbre de paso y con Selenia Duarte Castillo. Mide: cuatrocientos sesenta y cuatro
metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir
con plano catastrado número G-2252731-2021 no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de tres millones setecientos
cincuenta mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento necesario de limpieza y cuido. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Sune
Benavides Duarte, expediente 22-000166-0388-CI-0. Nota: publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de
Santa Cruz, hora y fecha de emisión:
diez horas con cincuenta y
cuatro minutos del veintisiete
de junio del dos mil veintidós.—Milkyan
Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—1
vez.—( IN2023721909 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 22-000129-0390-CI donde se promueve
información posesoria por parte de ADI Esterones, cédula jurídica N° 3002791562, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la
cual es terreno cementerio. Situada en el Distrito quinto Sámara, Cantón segundo Nicoya. Colinda: al norte con Novelteak Costa Rica
S.A; al sur y este con Félix Ángel
Hernández Mendoza y al oeste con calle
pública. Mide: mil quinientos cuatro metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión
originaria, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en realizar tumbas,
mantenimiento de las mismas,
construcción de una pequeña capilla y limpieza del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por ADI Esterones. Exp:22- 000129-0390-CI-0. Nota:
Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por
una sola vez.—Juzgado de Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Civil). Hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y ocho minutos del treinta de enero del dos mil veintitrés.—David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—( IN2023721973 ).
Se hace saber
que ante este Despacho se tramita el expediente N°
16-100096-0642-CI, donde se promueve
información posesoria por parte de Ornan
Villalobos Pérez, quien es mayor, estado
civil casado, vecino de Monteverde, Puntarenas, portador de la
cédula N° 0502780495, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la
cual es terreno construido y solar. Situada en el distrito:
Santa Elena, cantón: Monteverde. Colinda:
al norte: con calle pública con frente a ella de diez
metros con veinte decímetros
lineales; al sur: con Denise Villalobos Castro; al este: con Damaris Villalobos Pérez; y al oeste: con calle pública con un frente a ella de dieciocho metros con ochenta y dos decímetros lineales. Mide: doscientos treinta y cuatro
metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir: p-1789166-2014, no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de un millón de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble: P-1789166-2014, por medio de donación que le hizo su padre José Ángel Villalobos Rodríguez, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el cuido
y las mejoras del terreno.
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Ornan
Villalobos Pérez. Expediente N° 16-100096-0642-CI-7. Nota: publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: catorce horas con once minutos
del siete de febrero del
dos mil veintitrés.—Lic.
Ramón Meza Marín, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023721990 ).
Edicto, se cita y emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida
fuera Ramona del Socorro Calvo Mora, quien en vida
fuere mayor de edad, casada en primeras
nupcias, ama de casa, portador
de la cédula de identidad número
seis-ciento cuarenta y dos-seiscientos setenta y dos, vecina de la Panadería Maricel, cincuenta metros norte, cuarta casa a mano derecha sobre alameda, Linda
Vista, Río Azul, La Unión de Cartago, para que dentro
de los siguientes treinta días hábiles se apersonen a reclamar sus derechos
bajo el apercibimiento de
que si no lo hacen la herencia pasara a quien corresponda. Notaría de Christy Alejandra Martínez Carvajal, la cual sita en
San José, Montes de Oca, Mercedes, Barrio Alma Mater, calle
A, número nueve.—San José, veintisiete de febrero del dos mil veintitrés.—1
vez.—( IN2023721411 ).
Se hace
saber: que, en la notaría de la Licenciada
Ana Marcela Quesada Salas, ubicada en San Ramón de Alajuela, se tramita proceso
sucesorio notarial ab intestato
de quien en vida fue Avelino Villalobos
Araya, cédula dos-ciento sesenta
y uno-cero noventa y cinco,
y también en quien vida fue
Alicia Segura Alvarado, cédula dos-ciento setenta y cinco-trescientos diecisiete, ambos vecinos de San
Ramón,
Alajuela. Se emplaza a herederos,
acreedores y en general a todos los interesados
para que, en el plazo de treinta días a partir de la fecha de la publicación de este edicto, comparezca hacer valer los
derechos, con el apercibimiento
de que, si no lo hicieren en el plazo
dicho, la herencia pasará a quien en derecho corresponda de conformidad con testamento suscrito por la causante. Expediente 001-2023.—San Ramón de Alajuela, 24 de febrero del dos mil veintitrés.—Ana Marcela Quesada Salas, Notaria, Carné:
11344.—1 vez.—( IN2023721416 ).
Se hace saber que en la notaría del Lic. Jose Alberto Zúñiga Monge, y
habiéndose comprobado el fallecimiento de quien en vida
fuera: María Anicia
Valverde Corella, cédula número 1-673-524, a las
quince horas del 26 de febrero del dos mil veintitrés, se ha declarado abierta su sucesión.
Promovente: Juan Manuel Valverde Corella. Se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados, para que dentro del término de ley se apersonen ante esta notaría, ubicada en San Gabriel de Aserrí, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que, si no lo hicieren, el haber sucesorio
de la causante pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. José Alberto Zúñiga Monge. Aserrí. San Gabriel.—José Alberto Zúñiga Monge, Notario.—1 vez.—( IN2023721422 ).
Se hace saber en
este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Ana María Vargas Arce, mayor, estado civil soltera, oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N° 2-319-014 y vecina
de Naranjo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
23-000018-0295-CI-3. Publíquese el
edicto una vez en el
Boletín Judicial.—Juzgado
de Civil y Trabajo de Grecia, (Civil). Hora y fecha de emisión: quince horas
con cincuenta y nueve minutos del uno de febrero del
dos mil veintitrés.—MSC. Emi Lorena
Guevara Guevara, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2023721425 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó José María Vallejos Gallo, mayor, soltero, trabajador social, costarricense,
con documento de identidad
0501580592 y vecino(a) Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Artola, del Salón Valle
Artola, ciento cincuenta metros al oeste, casa a
mano izquierda. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto.
Expediente:20-000346-0388-CI-0.—Juzgado
Civil de Santa Cruz. 14 de octubre del año 2020.—Carlos Esteban Sancho Araya, Juez/a
Decisor/a.—1 vez.—(
IN2023721426 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las
seis horas, del catorce de febrero
del 2023, se tiene por abierto el sucesorio
de quien en vida fuera Hormidas
Murillo Vargas, quien en vida fue mayor, casado una vez,
agricultor, vecino de
Aranjuez, Puntarenas, cédula seis-cero cero cuarenta
y dos-cero quinientos trece.
Se solicita y emplaza a todos los interesados
para que, se personen en el plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto, hacer valer
sus derechos ante esta notaría. Notaría del Licenciado
Marvin Cubero Martínez, cita en
Puntarenas Centro 50 metros al oeste del Banco
Nacional, Teléfono 4700-4430.—Licenciado
Marvin Cubero Martínez, Carné 14004.—1 vez.—( IN2023721431 ).
Se iniciaron sucesorios notariales de manera conjunta de Manuel Eugenio
Escoto León cédula 3-0046-8984 y Marta Leiva
Ortuño cédula 3-0194-0131, quienes
en vida fueron
mayores, casados una vez entre sí
y vecinos de Cartago. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días a partir de esta publicación, comparezcan ante esta notaría en Heredia, San Juan de
Santa Bárbara, frente al Aserradero
Lara, teléfono 8312-4085 a hacer
valer sus derechos, expediente
N° 0001-2023.—Ileana Bonilla Goldoni, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023721453 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Ronald Gustavo Monge
Salazar, Ingeniero Industrial, cédula de identidad N° 1-783-173, vecino
San José Pozos de Santa Ana, Residencial Montana,
casa 64 frente a calle pública, diagonal a la empresa
Kato Rentals, comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Zaida Salazar Barquero,
ama de casa, casada una vez, cédula de identidad N°
1-383-572, vecina de San José Pozos
de Santa Ana, Residencial Montana, casa 64 frente a calle pública, fallecida el 11 de marzo de dos mil 2021, según citas de defunción:
10634-488-976. Se cita y emplaza
a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Giovanni
Hernández Mora, San José, Hatillo 4, calle Costa Rica
25 metros sur del Restaurante Distrito 87, este del Ebais, sobre el bulevar.
Teléfono 8711-3327.—Lic. Giovanni Hernández Mora.—1 vez.—( IN2023721477 ).
Con 30 días de término, se emplaza
a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Johanna Fresen Martínez, mayor, casada una vez, empresaria,
vecina de Alajuela, de nacionalidad
colombiana con cédula de residencia de la
República
de Costa Rica número uno uno
siete cero cero cero seis cinco uno dos uno cinco, para que se apersonen en defensa de sus derechos ante
la notaría de la suscrita, sita en San José, Goicoechea,
50 metros sur del Mall El Dorado y se les apercibe a quienes crean tener
algún derecho, que deberán hacerlo dentro del ese plazo. Sucesión en sede notarial
N°001-2023.—Laura Ramírez Torres, Notaria Pública. Carné
5866.—1 vez.—( IN2023721490 ).
Se hace
saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Salvador Fuentes Fuentes, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio trabajador agrícola, nacionalidad salvadoreño, con documento de identidad 2201047904167 y vecino
de Siquirres. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000385-0930-CI-4.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de enero del año 2023.—Lic.
Carlos Soto Madrigal, Juez.—1 vez.—( IN2023721506 ).
Se hace saber en
este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Ana Patricia Flores Murillo, mayor, estado civil casada, profesión u oficio del hogar, nacionalidad Costa Rica,
con documento de identidad
N° 0105780443 y vecina de Goicoechea.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
23-000074-0182-CI. Nota: publíquese
por única vez en el
Boletín Judicial de la Imprenta Nacional, de conformidad
con el artículo 126.3 del
Código Procesal Civil.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 20 de febrero del 2023.—Licda. María
Antonieta Alfaro Calvo, Jueza.—1
vez.—( IN2023721507 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
José León Li Chin,
mayor, estado civil soltero,
profesión u oficio
Pensionado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°
0600730791 y vecino de Roble de Puntarenas. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000465-0642-CI-4.—Juzgado
Civil de Puntarenas, hora y fecha
de emisión: once horas con trece
minutos del diecinueve de enero del dos mil veintitrés.—Ramón
Meza Marín, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2023721523 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, al ser las dieciséis
horas del día seis de febrero del año
dos mil diecinueve, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida Rigoberto Chavarría Ángulo.
Se cita y emplaza a todos los interesados
mediante el plazo de Ley Expediente en Sede Notarial 2023-0002. Notaría Pública del Lic. Jorge Andrés Delgado Carvajal. Notificaciones:
lic-delgado@outlook.com. (Publicar 1 vez en el
Boletín Judicial).—1 vez.—( IN2023721532 ).
Se solicita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de Rosa Antonia Mejía Namoyure,
cédula 500660970, viuda, ama de casa, vecina de San José, Hatillo 5, de Mas por
Menos 800 metros al Oeste, para que dentro del plazo de 15 días a partir de la publicación del presente edicto comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de tal plazo
la herencia pasará a quienes corresponda. expediente 03-23.- Notaría de La
Aurora, Ulloa, Heredia, cien metros al oeste de la entrada principal a urbanización
Jeréz. Notario: Warren
Aguilar Villarreal Tel: 88616829 Correo:
d.oporto6787@hotmail.com.—1 vez.—( IN2023721535 ).
Se emplaza
a interesados en sucesión extrajudicial en sede notarial de Robert John (nombre)
Gagliardo (apellido) de un
solo apellido en razón de nacionalidad estadounidense, cédula de residencia permanente
libre condición de Costa Rica N° 184000440606, falleció el 08 de noviembre del 2022, para que dentro
del plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto se apersonen a este proceso en resguardo
de sus derechos, apercibidos los
que crean tener derecho a
la herencia de que si no se
presentan en este plazo aquella
pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio extrajudicial en sede de la notaría de María
Etelvina Arrieta Gutiérrez, notaria pública, tronadora, Tilarán,
mearrietag@gmail.com. Expediente N° 0003-2023.—Tilarán,
24 de enero del 2023.—Licda. María Etelvina Arrieta Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—( IN2023721564 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, Yamileth
Díaz
Cásares,
a las diez horas y treinta minutos del día veintitrés de agosto del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento,
ésta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab-intestato, de quien en vida fuera
María
Félix Cásares
Piñar, mayor, soltera, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero cuarenta y cinco-novecientos setenta y ocho, vecina de Guanacaste, Nicoya Belén
trescientos metros al norte
de la Escuela El Portal. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo, hacer valer
sus derechos. Expediente N° 001-2023. Notaría de la Licda. Mónica María
Calderón
Solano, San José, Hatillo, avenida cuarenta calle sesenta y cuatro C.—1 vez.—( IN2023721576 ).
Se hace saber en
este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó. Imelda Virginia De Jesús Ruiz Rodríguez,
mayor, estado civil soltera,
profesión u oficio administradora del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
4-0066-0864 y vecina de San Rafael de Heredia. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° :23-000098-0504-CI-8.—Juzgado Civil de Heredia, diez
horas con treinta y siete minutos del catorce de febrero del dos mil veintitrés.—Lic.
Andrey de Los Ángeles Garro
Carvajal, Juez.—1 vez.—( IN2023721582 ).
Ante la notaría
del suscrito, a solicitud
del señor Rodolfo Mena Castillo inicié
el proceso sucesorio en sede
notarial de quien en vida fue María Virginia Prendas Montoya, quien era vecina de Tibás, cédula de identidad N° 1-459-648. Se emplazan
a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos y si no se presentan dentro del mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda- la dirección para oír los apersonamientos
es la oficina del suscrito en San José, calle once, avenida seis, edificio Alfavia segundo piso o por medio de correo electrónico sotcar@gmail.com.—San José, 20 de febrero
del 2023.—Lic. Carlos Soto Calderón, Notario.—1
vez.—( IN2023721583 ).
Por escritura
otorgada hoy ante esta notaría, compareció la albacea testamentaria Melania
María Ortiz Volio, solicitando
que se declare abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuere
Carmen María Hernández Brenes, mayor, soltera, ejecutiva, vecina de San José, San Rafael de Escazú, del Cruce ochocientos metros al sur,
y cincuenta al oeste, Condominio Escazú Colonial número
diez, con cédula de identidad
uno-cero ciento ochenta y siete-cero doscientos setenta y dos. Comprobado el fallecimiento, se declara abierto dicho procedimiento sucesorio. Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados, para que, en el plazo de Ley de 15 días hábiles a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia,
de que, si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina de la suscrita Notaria Pública se encuentra ubicada en San José, Escazú, San Rafael, del Centro Comercial Paco doscientos metros este, edificio Spazio Ejecutivo, oficina FF ocho, Platinum Consorcio. Expediente
0001-2023.—San José, 24 de febrero del 2023.—Maribell Arcia Fernández, Notaria
Pública.—1
vez.—( IN2023721584 ).
Se hace saber
que, ante esta notaría, se tramita sucesorio notarial de quien en vida
fue Rigoberto Aguilar Artavia, mayor, casado una vez,
pensionado, vecino Barrio la Trinidad, Ciudad Colón,
50 metros al norte de la imagen, con cédula de identidad N° 103840699, fallecido
el 11 de agosto del 2014.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo
de 15 días hábiles a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, Ciudad Colón, 300
metros este de la Distribuidora
Colón.—San José, 27 de febrero
del 2023.—Licda. Lilliana Ramírez Molina.—1
vez.—( IN2023721596 ).
Edicto, se hace saber que ante esta notaría, se tramita Sucesorio Notarial de quien en vida fue
Elena Guzmán Jiménez, mayor, divorciada una vez, pensionada, vecina de Ciudad Colón, cien
metros oeste del restaurante
La Choza de don Johel, con
cédula de identidad número:
1-0473-0476, quien falleció
el 18 de enero del 2023. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo
de 15 días hábiles a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, Ciudad Colón, 300
metros este de la Distribuidora
Colón.—Notaria Licda. Lilliana Ramírez Molina.—San
José, 27 de febrero del 2023.—1 vez.—(
IN2023721597 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la Sucesión en Sede
Notarial del proceso sucesorio
extrajudicial de quien en vida fuera Carmelina de la
Trinidad Cerdas Martínez, mayor, casada
una vez, ama de casa, cédula
número tres- ciento cuatro- ciento treinta, vecina de Cartago, quien falleció el día veintidós de agosto del dos mil veintidós,
para que dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, quienes crean tener
derecho a la herencia, apercibidos
de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda Expediente Nº 001-2023 – Licda.
Yadira Alfaro Retana, Notaria Pública,
con oficina en Grecia, cien metros norte cien metros oeste y veinticinco norte de la Escuela
Eulogia Ruiz, dieciséis de febrero
del dos mil veintitrés.—1 vez.—(
IN2023721599 ).
Edicto, mediante
acta de esta Notaría llevada
a cabo en escritura número ciento veintiocho
de las diez horas del veintitrés de febrero
de dos mil veintitrés,
a solicitud de la señora María Dolores
Salazar Álvarez y comprobado el fallecimiento del señor Gerardo
Méndez Salazar, quien en vida fue
mayor de edad, casado una vez, ingeniero,
vecino de Alajuela, Urbanización Ciruelas, del Abastecedor Miraflores cien sur y
veinticinco este, ingeniero, con cédula la número uno
cero tres cuatro seis cero dos siete
dos, quien igualmente portó el pasaporte estadounidense
número
cuatro tres uno nueve cero
dos siete siete cero, esta Notaría declara abierto
el proceso Sucesorio Notarial Testamentario
del señor
Méndez Salazar. Se cita
y emplaza a todos los sucesores e interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, de conformidad con el artículo 126.3
del Código Procesal Civil contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a aceptar la herencia
y hacer valer sus derechos.
Notaría
de la Lic. Mónika Valerio De Ford, de INCAE
200 oeste, Residencial Los Viveros
Nº 30, La Garita, Alajuela, al correo
electrónico
valeriomonika@gmail.com, o teléfono 8824-1600 con asunto: sucesorio 0003-2023. Gerardo Méndez Salazar.—1 vez.—( IN2023721600 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión notarial del señor: Marcial Castro Castro, mayor, casado una vez,
ebanista, cédula de identidad
número uno-uno-cero ciento treinta y seis cero setecientos setenta y cinco, quien falleció en San Juan de Dios, Desamparados de la provincia
de San José, el treinta de julio de mil novecientos noventa y nueve, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos en la siguiente dirección: San José, Aserrí, Barrio Corazón de Jesús, de la clínica
Mercedes Chacón Porras, setenta y cinco
metros al oeste, cincuenta
metros al norte y setenta y
cinco metros al oeste. Se apercibe a aquellos
que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente:
001-2023. Licda. Runia
Elena Fallas Abarca,
Notaria Pública, carné N° 27979, celular: 8891 2285.—1 vez.—( IN2023721604 ).
Se hace saber que, ante esta notaría, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida fue
Gerardo Antonio de los Ángeles Monge López,
mayor, cédula N° 5-160-068, casado una
vez, jornalero, vecino de Guanacaste, Palmira de Cañas,
ciento cincuenta metros oeste del Ebais, para que, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto cualquier persona que considere tener un interés legítimo haga la gestión correspondiente.—Licda. Débora Herrera Arias,
Notaria.—1 vez.—( IN2023721746 ).
Sucesión ab intestato
en sede notarial de Luz
Marina Esquivel Rodríguez. Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por John Eduardo Sánchez
Esquivel, mayor de edad, soltero,
vecino de Heredia, Barva,
San Pedro, frente a la Iglesia
de San Pedro de Barva, casa esquinera,
técnico en mantenimiento de edificios,
cédula de identidad número
2-0638-0362, el señor Diego
Alfonso Sánchez Esquivel, mayor de edad, soltero, técnico de farmacia, vecino Heredia, Santa Barvara, 25 metros norte del Ebais de San Pedro de Santa Barvara
de Heredia, casa a mano derecha, cédula de identidad 2-0677-0310, y el señor Rodolfo Martin Sánchez Soto, mayor de edad, viudo de sus primeras nupcias, mecánico automotriz, vecino de Heredia, Santa Barvara
75 metros al sur del Vivero de Rosales Ark Herb Farm de San Pedro de Santa Barvara, cédula de identidad 4
-0120 — 0659, y comprobado el
fallecimiento de Luz Marina Esquivel Rodríguez, mayor
de edad, casada en primeras nupcias,
ama de casa, vecina de Heredia, Santa Barvara 75 metros al sur del Vivero de Rosales Ark Herb
Farm de San Pedro de Santa Barvara, con cédula de identidad número: 6-0153-0306, fallecida el veintidós
de octubre del año dos mil diecinueve, en San José, Uruca central San José, esta Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
Licenciado Sergio Cristofer Nájera
Carvajal.—Heredia, a las dieciocho
horas del tres de febrero
del dos mil veintidós.—Lic.
Sergio Cristofer Nájera Carvajal.—1
vez.—( IN2023721752 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión del señor Jorge Emilio Pérez
Villegas, mayor, casado una
vez, pensionado, cédula de identidad
número uno-cero cuatrocientos setenta y nueve cero ochocientos dieciocho, quien falleció en San José, Central El Carmen, el
día cuatro de diciembre de dos mil veintidós, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos en la siguiente dirección: San José,
San José, Aserrí, Barrio Corazón de Jesús, de la Clínica Mercedes Chacón Porras, setenta
y cinco metros al oeste, cincuenta metros al norte y setenta y cinco metros al oeste. Se apercibe a aquellos que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Runia Elena Fallas Abarca, Notaria Pública, Carnet N° 27979, celular: 8891-2285.—1 vez.—( IN2023721756 ).
Con quince días plazo, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó. Flora Fernández Durán,
quien en vida fue mayor, viuda de sus únicas nupcias, ama de casa, portadora
de la cédula de identidad número
uno-cero trescientos quince-cero cuatro seis ocho, vecina de San José,
Desamparados, San Rafael Arriba, Barrio el Bambú, del súper Básico, setenta y cinco metros oeste, a fin de que comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo
la herencia pasará a manos
de quien o quienes hayan demostrado en el proceso
su legítimo derecho a heredar. Asimismo, se le previene acerca del señalamiento de un medio (fax o correo
electrónico), para atender
sus futuras notificaciones,
apercibidos de que en caso de no hacerlo o bien que el medio escogido imposibilite su notificación por causas ajenas a
esta notaría las resoluciones que se dicten se les
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igualmente, se les hace saber que
de surgir controversia en relación a la tramitación de esta sucesión en esta
sede, se procederá a dar por terminado
el proceso en sede notarial, para su inmediata remisión
a la sede judicial. La dirección
de esta notaría es en San José, Aserrí, Centro Comercial Alfano XIII, local número
trece, teléfono número veintidós treinta-diez trece. Expediente número. cero cero cinco-dos mil veintitrés.—Aserrí, San José, a las diez
horas del veintiuno de febrero
del dos mil veintitrés.—Licda.
Karina Del Carmen Badilla Abarca,
Notaria.—1 vez.—(
IN2023721786 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
José Mercedes Apu Apu,
mayor, estado civil casado,
constructor, costarricense, con documento
de identidad N° 0500680342 y vecino
de San José, Alajuelita. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 22-000132-0216-CI-7.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha
de emisión: ocho horas con cincuenta y seis minutos del seis
de junio del dos mil veintidós.—Licda.
Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—(
IN2023721808 ).
Por una sola vez se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de quién en vida se llamó
Jorge Eduardo Díaz Vargas, quien en
vida era portador de la
cédula de identidad número ocho-cero nueve siete-tres cero seis, fallecido el día veintiocho de diciembre del año dos mil veintidós, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus Derechos
bajo apercibimiento de que si
no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente Número 001-2023, sucesorio
notarial de Jorge Eduardo Diaz Vargas. Lic. Edgar
Hernández Mora.—San José, quince del mes de febrero del año dos mil veintitrés.—Lic. Edgar Hernández Mora, Notario
Público. C-10933.—1 vez.—( IN2023721814 ).
Se hace saber en
este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Delmer Jimmy Villalobos Porras, mayor, estado civil divorciado, taxista, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0502930204 y vecino
de Alajuela, Barrio Lisboa. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto, expediente 22-000456-0638-CI-7.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: diez horas con veintidós minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veintidós.—Licda. Jenny María Corrales Torres, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2023721831 ).
Ante esta notaria, mediante acta de apertura otorgada por Luis Ángel Quesada Villalobos, a
las dieciocho horas del diez
de febrero del año dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento de Jenny
Esmeralda Rojas Ramírez, mayor,
ama de casa, casada una vez, vecina de Tacares de Grecia, ciento cincuenta metros oeste de la escuela de La Cataluña, cédula de identidad:
dos-cero cuatrocientos veinticinco-cuatrocientos
setenta y cuatro, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada
en Alajuela, Grecia, trescientos
metros norte y setenta y cinco este de la iglesia Las Mercedes, teléfono
8592-6862, a hacer valer
sus derechos.—Grecia, a las nueve
horas del veintisiete de febrero
del dos mil veintitrés.—Licda.
Luz Marili Alfaro Bolaños, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023721838 ).
Licenciado Roly Arturo Bogarin
Morales. Juez del Juzgado de Familia,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica
de Cañas (Familia), hace
saber a Kennia Vanessa Monge Arce, quien es mayor, vecino se desconoce su domicilio
, cédula 0901060509, se le hace saber que en proceso actividad
judicial no contenciosa de depósito
judicial de menor, establecido
Por Patronato Nacional De La Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Cañas (Familia).
A las nueve horas treinta y
ocho minutos del nueve de febrero de dos mil veintitrés. De las presentes
diligencias de depósito de la persona menor de edad Moisés
Nahum Vargas Monge, promovidas por
el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Kennia Vanessa Monge Arce, a quienes
se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Por medio de un edicto
que se publicará en el Boletín Judicial por una sola vez,
se convoca a todas aquellas personas que tuvieran
derecho al ejercicio de la tutela sobre
la menor aquí interesada, para que se presenten
dentro del plazo de quince
días, a partir de la última
publicación.-Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente,
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este
sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Medida cautelar: Tal y como lo solicita la parte actora en
su escrito inicial de demanda, se concede en depósito judicial provisional
a la persona menor de edad Moisés Nahum Vargas Monge en el hogar del señor
Victor Manuel Poveda Chevez, deberá
presentarse a este Despacho a aceptar el cargo como depositario
judicial provisional de la persona menor de interés o bien presentar el escrito de aceptación
al presente proceso. Se ordena notificar mediante edicto de notificación la presente resolución a la señora Kennia Vanessa Monge Arce, el cual será enviado
a la Imprenta Nacional para su
publicación. Notifíquese. Lic. Roly Arturo Bogarin Morales, Juez. Lo
anterior se ordena así en proceso actividad
judicial no contenciosa de depósito
judicial de menor establecido
por el Patronato Nacional
de la Infancia.
Expediente Nº 23-000044-0928-FA. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas Poder Judicial (Familia),
09 de febrero del año
2023.—Roly Arturo Bogarin
Morales, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023721590 ).
Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a José David
Jiménez Serna, en su carácter personal, quien es
mayor, de nacionalidad Colombiana,
documento de identidad
cédula CC98710385, de domicilio desconocido,
se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio 20-001974-0292-FA, establecida
por Yem Artavia Benavides
contra José David Jiménez Serna, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela. A las nueve horas veinticinco minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil veintiuno. Mediante memorial de fecha diecisiete de setiembre de dos mil veintiuno,
se tiene por aceptado el cargo conferido por parte
de la Licenciada Montano Vega. No ha lugar a la interposición de excepciones que realiza en el citado
memorial, por cuanto a la fecha no se ha instado el curso del proceso
ni ha sido emplazada del mismo. Así las cosas, de la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por la accionante Yem Artavia Benavides contra José David Jiménez
Serna, quien se encuentra representado por su curador procesal
Licenciada Erika María Montano Vega, a quien se le concede el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo,
por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese la presente resolución a las partes en los medios
señalados. Nota: publíquese una vez. De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023721775 ).
Lic. Roly
Arturo Bogarín
Morales, Juez(a) del Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia
Familia); hace saber a Solange Ixayana
Quirós Ortega, mayor, documento de residencia N°
0304360513, soltera, nicaragüense, vecina se desconoce, su domicilio, que en este Despacho
se interpuso un proceso declaratoria judicial de abandono
de persona menor de edad en su contra, bajo el expediente número
23-000030-0928-FA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: Juzgado de Familia,
Penal Juvenil y Violencia Doméstica
de Cañas (Familia), a las doce
horas once minutos del veinticuatro
de febrero de dos mil veintitrés.
Revisado que ha sido los autos, y previo
a dar la efectiva prosecución procesal al presente asunto, habiéndose recibido la prueba testimonial a efectos de demostrar la ausencia de la demandada Solange Ixayana Quirós Ortega. Se procede
a fijar los honorarios del curador procesal en la en la suma de ciento
trece mil colones exactos (incluido el IVA) -sin posibilidad de readecuación- que deberán ser asumidos por la Administración Regional de Liberia, así
las cosas, se nombra como tal al licenciado
Dirian Sosa Mora; a quien
se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho
dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo
acepta y se nombrará otro en su
lugar. Asimismo, se le previene que, en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito
que presente señalar medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
La parte interesada puede localizarlo al teléfono: 8730-9243. En otro orden de ideas, se tiene por establecido
el presente proceso especial de declaratoria
de abandono del menor Brad
Dominic Solís Quirós, planteado por Patronato Nacional de la Infancia
contra Julio Mauricio Solís Millet y
Solange Ixayana Quirós Ortega, a quién
se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del
Código de Familia. En ese mismo
plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20,
del 29 de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente,
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este
sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, sesión N°
78-07 celebrada
el 18 de octubre de 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de
cédula, h) lugar de residencia. Se le advierte que, si no contesta en el
indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una
convocatoria a una
audiencia oral y privada, conforme
lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas
las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al demandado Julio Mauricio Solís Millet, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
de Liberia. La parte demandada
puede ser localizada en la siguiente dirección: Liberia, Residencial Almendrales
75 metros de la entrada, casa izquierda color naranja número A-11. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar mediante edicto de notificación, la presente resolución, a la demandada ausente Solange Ixayana Quirós Ortega, el cual será enviado
a la Imprenta Nacional para su
publicación. Notifíquese. Lic. Roly Arturo Bogarín
Morales, Juez. Lo anterior se ordena
así en proceso
declaratoria judicial de abandono
de persona menor de edad de
Patronato Nacional de la Infancia contra Julio
Mauricio Solís Millet y Solange Ixayana
Quirós Ortega. Expediente N° 23-000030-0928-FA. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), 24 de febrero
del año 2023.—Lic. Roly Arturo Bogarín Morales, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721791 ).
Licenciada Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia
de Heredia, a Crisanto Alfredo Gómez Mejía,
en su carácter
personal, cocinero, cédula de identidad número 5-0212-0339, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio, bajo el número de expediente
19-001530-0364-FA-2, establecida por
Teresita de Jesús Cordero Canales
contra Crisanto Alfredo Gómez Mejía,
se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: “N° 2021002945 Sentencia
de Primera Instancia Juzgado
de Familia de Heredia. A las veintidós horas cuarenta y dos minutos del treinta de noviembre de dos mil veintiuno. Resultando: ... Considerando:…
Por tanto: Conforme con lo expuesto,
jurisprudencia citada y lo previsto en los
artículos 1, 102, 104, 155, 317, 420 y siguientes y concordantes del Código
Procesal Civil; 1, 2, 8, 48 inciso
8) y del Código de Familia, se resuelve: Se acoge la excepción de falta de derecho y se declara in lugar la demanda abreviada de divorcio promovida por Teresita Cordero
Canales contra Crisanto Alfredo Gómez Mejía.
Se falla este asunto sin especial condenatorias
en costas. Notifíquese. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023721943 ).
Lic. Walter Alvarado
Arias, Juez del Juzgado
Segundo de Familia de San José; hace saber a
Alejandro Aceituno Ávila documento
de identificación R26002149910002, de nacionalidad hondureño, de domicilio desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada en
su contra promovido por Josué Alberto Herrera Vásquez, bajo el expediente número
23-000127-0187-FA donde se dictó el
auto de traslado de las quince horas dieciséis minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintitrés que en lo interesa dice: “I. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento
de hijo de mujer casada promovido por Josué Alberto Herrera Vásquez a
favor de la persona menor Ashley Mariam Aceituno Ayala. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el
plazo de tres días. De los autos se observa
que se encuentra debidamente
apersonada la madre de la
persona menor no oponiendo objeción alguna al presente proceso. II. Con la finalidad de recibir el testimonio de Suyapa Aracely
Lemus Iriartes y Flor de María Román Reyes se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintitrés. Se les previene a las
partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar
de residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. III. Para notificar
al ente aludido, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de San José
de este circuito judicial.
Para tales efectos se le previene
a la parte promovente para
que, en el plazo de tres días, aporte un juego de copias de la demanda a efecto de notificar
al Patronato Nacional de la Infancia, se le apercibe que en caso de omisión no se atenderán futuras gestiones y se remitirá el expediente a casilla de archivo provisional, pudiendo reactivarlo en el momento
en que se cumpla la prevención. IV. En razón que el paradero
del padre registral es desconocido, se ordena notificarle del presente auto de traslado mediante edicto publicado en el
Boletín Judicial, para tales efectos remítase de manera electrónica a la Imprenta Nacional. Lic. Walter
Alvarado Arias Juez.” Nota:
Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial o en
un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida
por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67- 09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023721956 ).
Lic. Leonardo Loría Alvarado Juez
del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a José Rolando Lázaro Leiva, documento de identidad 0114890346, soltero, de
paradero desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso abreviado de terminación de patria potestad
en su contra, bajo el expediente número
22-002214-0364-FA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: De la anterior demanda
abreviado de terminación de
patria potestad establecida
por el accionante
Jorgin Nela Vega Vargas, se
confiere traslado al accionado José Rolando Lázaro Leiva por el
plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Lo anterior se ordena
así en proceso
abreviado de Jorgin Nela Vega Vargas contra José Rolando Lázaro
Leiva; Expediente
Nº22-002214-0364-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 24 de febrero del año 2023.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez(a).—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2023721960 ).
Lic. Walter Alvarado Arias
Juez del Juzgado Segundo de
Familia de San José; hace saber a Ricardo Reyes N/A, documento de identidad
P491267606, dato desconocido,
no indica, vecino de desconocido,
que en este Despacho se interpuso un Proceso Abreviado en su contra, bajo el expediente número
22-000821-0187-FA, donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: 2023000151 de las once horas veintiocho minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Considerando: I.-
II.- III.- IV.- V.- VI.- VII.- Por tanto: conforme a lo expuesto y normas de derecho citadas, se resuelve: 1) Se rechaza la excepción de falta de derecho interpuesta, pues a la parte actora sí
le asiste el derecho de entablar la presente acción. 2) Se declara con lugar la presente demanda abreviada de divorcio y en razón
de ello se declara disuelto el vínculo
matrimonial que ha unido a los
señores Susan Sánchez Ramírez
y Ricardo Reyes -con un único apellido
en razón de su nacionalidad-. Una vez firme esta
sentencia inscríbase en el Registro
Civil, Sección matrimonios,
de la provincia de San José bajo las siguientes citas al Tomo: 625, Folio: 141, Asiento: 281. 3) Por no haber sido declarado
ninguno cónyuge culpable
ambos mantienen el derecho
a solicitarle al otro, pensión alimentaria, esto previa demostración de posibilidad y necesidad en la vía alimentaria. Lo concerniente
a la pensión alimentaria a favor de la persona menor de edad también
deberá tramitarse en la vía respectiva. 4) No existen bienes gananciales para liquidar y se excluye de la condición de ganancialidad los vehículos MOT 584706 y MOT 385504 -pues
su causa adquisitiva precedió al matrimonio-. No
obstante, de existir eventualmente
bienes que no se hayan señalado en este
proceso y cuya naturaleza sea ganancial, cada cónyuge adquiere
el derecho de participar en el cincuenta
por ciento de tales hipotéticos bienes con carácter de gananciales que se constaten en el
patrimonio del otro cónyuge, como lo dispone el numeral 41 del Código de Familia. 5) Se resuelve este asunto
sin especial condenatoria en
costas. Lo anterior se ordena
así en proceso
abreviado de Susan Sánchez Ramírez contra Ricardo Reyes
N/A; Expediente Nº 22-000821-0187-FA. Nota: publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Segundo de Familia de San José, 24 de febrero del
año 2023.—Lic. Walter
Alvarado Arias, Juez Decisor.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721966 ).
Lic. Walter Alvarado
Arias, Juez del Juzgado
Segundo de Familia de San José; hace saber a
Alexandra Barrera Riquelme, documento
de identidad 167476503, Dato Desconocido,
Dato Desconocido, vecino de
desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado en su
contra, bajo el expediente número 22-001033-0187-FA donde se
dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: Con
el escrito presentado el catorce
de febrero de dos mil veintitrés,
se tiene por aceptado el cargo por parte de la Licenciada Viviana Melissa Vargas Téllez, como curadora procesal
de la señora Barrera Riquelme.
De la anterior demandada abreviada
de divorcio interpuesta por Ricardo Adolfo Barquero Solís
se confiere traslado a la accionada(o) Alexandra Barrera Riquelme
por el plazo
perentorio de diez días,
para que en la persona de su
curadora procesal se oponga a la demanda o manifieste su conformidad
con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión
N°65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones”. Asimismo,
por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio,
e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín
Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del
Código Procesal Civil. Inclúyase
en el mismo
los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Nota: Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N°56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular
N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Lo anterior se ordena
así en proceso
abreviado de Ricardo Adolfo Barquero
Solís
contra Alexandra Barrera Riquelme; expediente
Nº22-001033-0187-FA.—Juzgado Segundo de
Familia de San José. 16 de febrero del año 2023.—Lic.
Walter Alvarado Arias. Juez.—1 vez.—O. C. N°364-12-2021C.—Solicitud N°68-2017-JA.—( IN2023721967 ).
Msc. Carlos Sánchez
Miranda, Juez del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José;
hace saber a Yiniert Acosta
Romero, mayor, de nacionalidad cubana,
portador del DIMEX número
DI82051704421, de domicilio desconocido;
que en este Despacho se interpuso un proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada
en el que figura como interesado,
bajo el expediente número 21-00685-0187-FA donde se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José. A
las nueve horas trece minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintidós. Se tienen por establecidas
las presentes diligencias de reconocimiento
de hijo de mujer casada promovidas por Luis Diego Sancho Leiva en favor de las personas menores
de edad Nicole Francini,
Luis Dorian y Diego Moisés todos
de apellido Acosta Muñoz. De las mismas
se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el
plazo de tres días. A su vez por
el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia, a la madre de
la persona menor de edad,
sea la señora Cindy María Muñoz
Ramírez y al padre registral de las personas menores
de edad, sea el señor Yiniert Acosta Romero. Se
les previene a las partes,
que en el primer escrito que presenten deben señalar medio donde atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo hagan,
las resoluciones posteriores
que se dicten inclusive la sentencia,
se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido
imposibilite la notificación
por causas ajenas al despacho. Siendo que el señor
Yiniert Acosta Romero es de paradero
desconocido, notifíquesele
las presentes diligencias por
medio de un edicto que se publicará
en el Boletín
Judicial; para los efectos
de los artículos 85 del
Código de Familia y 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el
mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. En otro orden de ideas, esta autoridad considera oportuno reservar de momento la recepción de la prueba
testimonial hasta que el despacho
cuente con espacio en la agenda para dichos fines. Prevención de copias: De conformidad con el artículo 136 del Código Procesal
Civil, previo a notificar
al PANI, deberá el promovente aportar un juego de copias de todo el expediente,
copias que deberá de entregar en la manifestación del despacho; bajo el apercibimiento de que en caso de omisión
no se atenderán futuras gestiones. Nota: Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con
la circular N° 56-12 emitida por
la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc.
Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023721998 ).
Se avisa al señor
Giovanni García Rodríguez y a la señora Luz Marina
Pérez Sánchez, de domicilios y demás
calidades desconocidas,
que, en este Juzgado, se tramita el expediente 20-001093-1307-FA, correspondiente a Diligencias no Contenciosas
de Depósito Judicial, promovidas
por el Patronato Nacional de
la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Alan Adrián
García Pérez, Juan García Pérez y Mariana Selena García Pérez. Se le concede el plazo de tres días naturales,
para que manifiesten su conformidad o se oponga en estas diligencias. Este edicto debe ser publicado solo una vez en
el Boletín
Judicial. Se exonera del pago
de la publicación, en razón de la materia. (Circular N°
67-09, emitida por la Secretaría del la Corte el 22 de junio de 2009.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí.—Licda. Grace María Cordero Solórzano, (fecha
30 de setiembre del 2022).—Licda. Grace María Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023722001 ).
Se avisa a
Irma María Ortega Rocha de domicilio y demás calidades desconocidas, quién es representada por la curadora procesal Licenciada Rosa Lidia Del Carmen Villalobos Retana, que en este Despacho se dictó dentro del expediente N° 19-000447-0673-NA establecido
por el Licenciado
Luis Roberto Vargas Montero en calidad
de Representante Legal del Patronato Nacional de La Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 2023000055. Juzgado
de Familia de Niñez y Adolescencia,
a las catorce horas dieciséis
minutos del uno de febrero
de dos mil veintitrés. Resultando:
I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos
probados… II. Sobre el fondo: … Por tanto: Por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad Ethan Todd Dupuis Ortega. Se suspende
a la señora Irma María Ortega Rocha en el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito
judicial de la persona menor de edad
Ethan Todd Dupuis Ortega en el
hogar de la señora Karina Solorzano Aguilera, debiendo
legal apersonarse dentro de
tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de Alajuela, al tomo: tomo: ochocientos setenta y tres. Folio: trescientos setenta y dos,
asiento: setecientos cuarenta
y cuarto. Se resuelve sin
especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo.
Notifíquese. MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza. Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia (Circular N° 67-09, emitida
por la Secretaría de la
Corte Suprema de Justicia del 22 de junio de 2009).—Juzgado de Familia de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de febrero de 2023.—Msc Milagro Rojas Espinoza. Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023722003 ).
Licda. María Marta Corrales
Cordero. Jueza de Familia. Se avisa
que en este Despacho bajo el expediente número
22-000885-1307-FA, la señora Rebeca Mondragón Castro, solicita se apruebe la adopción de la persona
menor de edad María Luisa
Artavia Castro. Se concede a los interesados
el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Este edicto debe ser publicado una sola vez en
el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
07 de setiembre del año
2022.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023722006 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Maritza Sojo
Sánchez, mayor, costarricense, soltera,
ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 3-0245-0052, vecina de San José, Coronado, San Antonio, entrando a la cancha de deportes
de coronado contiguo a la
Cantina Barba Rojas, nacido el
22/01/1961, hija de Carmen Sánchez Fernández y Miguel
Sojo Corrales, actualmente
con años de edad 62 años; y Guido Félix Salazar Torres c.c: Guido
Fonseca Torres, mayor, costarricense, divorciado, jubilado, portador de la cédula de identidad
número 1-0292-0093, vecino
San José, Coronado, San Antonio, entrando a la cancha
de deportes de coronado contiguo a la Cantina Barba Rojas, hijo
de Marco Aurelio Salazar Fonseca, actualmente con 81 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de
manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
23-000102-0165-FA. Nota: Publíquese
por única vez. De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea,
fecha 10 de febrero del año 2023.—Msc. Ramón Zamora Montes,
Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721410 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Esther Guevara Miranda, mayor, divorciada una vez, salonera, sin discapacidad, cédula de identidad
número 0503130920, vecina Cañas, Barrio Unión, hija de Nery
Miranda Agüero y Alejandro Guevara Arias, nacida en Centro, Nicoya, Guanacaste, el
04/01/1980, con 43 años de edad,
teléfono: 6257 7489; y Abraham Sánchez Murillo,
mayor, divorciado una vez, supervisor de seguridad privada, cédula de identidad número 0109340878, vecino Cañas, Barrio Unión, hijo de
Elizabeth Murillo Canales y José Sánchez Espinoza, nacido
en Hospital, Central, San José, el
27/03/1976, actualmente con 47 años
de edad. Teléfono: 6141
9709. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Publíquese una sola vez. Expediente
N° 23-000055-0928-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Familia), Guanacaste, Cañas,
15 de febrero del año
2023.—Lic. Walter Chavarría
Ching, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023721414 ).
Ante esta notaría solicitan la celebración de matrimonio los señores: Pantaleón Mata, estadounidense, mayor
de edad, soltero, comerciante, portador del pasaporte número seis siete seis cero nueve seis cuatro
cero ocho, vecino de Estados Unidos, doscientos veintisiete, North Main Street Austin, Minnesota, cinco cinco nueve
uno dos, en su condición de turista, de paso por
Costa Rica, hijo de José Mata Masías
y Virginia Aguirre Coronado, ambos de nacionalidad
Mexicana y Carlos Javier Cáceres Ruiz, mayor de edad, soltero, abogado, portador del pasaporte número F dos seis siete cero cuatro cero, vecino de
Honduras, Orlancho, Juticalpa,
en su condición
de turista, de paso por Costa Rica, hijo de Estela Guillermina Cáceres Ruiz, de nacionalidad hondureña. Solicitan celebrar matrimonio a las catorce horas
del día siete de marzo del año dos mil veintitrés, en Alajuela centro, se hace de conocimiento de terceros.—Alajuela,
3 de febrero del 2023.—Lic.
Maximiliano Villalobos Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2023721415 ).
Se hace saber que en esta notaría
se tramita matrimonio civil
de Joshua Joseph (nombres) Davies (apellido), de un solo apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense,
mayor de edad, soltero, comerciante, vecino de San José,
San José, Catedral, Torre Latitud
Los Yoses, apartamento diecisiete cero seis, pasaporte estadounidense número seis siete siete uno uno nueve cero siete siete, y Karen Noelia
Castro Cascante, costarricense, mayor de edad, soltera, agente de servicio al cliente, vecina de San José, San
José, Catedral, Torre Latitud
Los Yoses, apartamento diecisiete cero seis, cédula de identidad
número uno-mil quinientos sesenta y siete-cero cero ochenta y seis, a realizarse en San José tentativamente el veintidós de marzo de dos mil veintitrés. Quien tenga oposición
a dicha unión, deberá hacerlo saber a esta notaría.
Notaría del Licenciado
Esteban Chaverri Jiménez, sita
en San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Azáleas, Oficentro Torre Condal, Piso tres,
Oficina tres-B, Artavia
& Barrantes Abogados. Teléfono
2234-0233.—San José, 24 de febrero de 2023.—1 vez.—(
IN2023721429 ).
Han comparecido a este despacho solicitando
contraer matrimonio civil:
Joselyn Andrea Vargas Blanco, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad N° 1-1492-0082, hija de Nelly Vargas Blanco, nacida
en Morazán, Pérez Zeledón,
San José, el 28/12/1991, y Moisés Monge Vásquez,
mayor, soltero, guarda de seguridad, cédula de identidad N°
1-1428-0837, hijo de Juan Carlos Monge Fallas y Mireya Del Carmen Vásquez Arbustini, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, San
José, el 21/05/1990; ambas personas tienen el domicilio
en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
23-000130-1303-FA. Nota: publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 de febrero de 2023.—Licda. María
Del Rocío
Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023721441 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Sidenia Solangie Granados Jiménez, mayor, soltera,
miscelánea, cédula de identidad
N° 1-1511-0504, hija de Wilberth
Eduardo Granados Quirós y Estrella Mayela Jiménez
Mena, nacida en San Isidro,
Pérez Zeledón, San José, el
14/07/1992, y Steven de Jesús Fonseca Alfaro, mayor, soltero,
constructor, cédula de identidad N° 1-1347-0545, hijo de Oldemar Fonseca Piedra y
Teresita Alfaro Mora, nacido en
San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 05/03/1988; ambas personas tienen
el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
23-000134-1303-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona
Sur, Pérez Zeledón, 20 de febrero
de 2023.—Licda. Xinia Vindas Mejía, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023721442 ).
Han comparecido
a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Marling Alicia López Busto, mayor, soltera, ama de casa, pasaporte
N°C02724807, hija de Douglas Enrique López Bravo y Martha
Patricia Busto Ruiz, nacida en
Masaya, Nicaragua, el 29/03/1995, y Patrocinio Monge Elizondo, mayor, soltero,
desempleado, cédula de identidad
N°1-1799-0810, hijo de Marcial
Monge Mora y María De Los Ángeles Elizondo Hernández, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 19/06/1978;
ambas personas tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000123-1303-FA. Nota:
Publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 14 de febrero del 2023.—Licda. María
Del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023721443 ).
Han comparecido a este
despacho solicitando contraer matrimonio civil José Sibaja
Esquivel, mayor, soltero, jardinero,
cédula de identidad N° 1-0701-0449, hijo de Vidal Sibaja Amador y
Evangelina Esquivel Cascante, nacido en Hospital Central, San José, el
01/06/1967, y Dacia Núñez Álvarez, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad N° 1-0987-0791, hija de
Israel Núñez Mena y Carmen Álvarez Morera, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, San
José, el 23/05/1970; ambas personas tienen el domicilio
en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
23-000117-1303-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez
en el Boletín
Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 14 de febrero de
2023.—Licda. Xinia Vindas Mejía, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023721447 ).
Han comparecido
a este despacho solicitando contraer matrimonio civil: Beatriz de Los Ángeles Quirós Zúñiga, mayor,
divorciada una vez, comerciante, cédula de identidad N° 1-0881-0945, hija de
Pedro Quirós
Castro y Norma Zúñiga Porras, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 27/05/1974,
y Genaro Ramón
Sosa Robles, mayor, divorciado una
vez, contador privado,
cédula de identidad N° 1-0576-0953, hijo de Graciela Sosa Robles, nacido
en Hospital Central, San José, el
11/04/1962; ambas personas tienen el
domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en
la obligación de manifestarlo
en este despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 23-000102-1303-FA. Nota:
publíquese este edicto por única
vez en el
Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 09 de febrero de 2023.—Licda. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023721451 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Dihalá De Los Ángeles Chavarría López, mayor divorciada una vez, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0503200556, vecino Cañas, Barrio las Cañas, hija de Adays López Salas
y José Ángel Chavarría Chavarría, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el
17/02/1981, con 42 años de edad,
teléfono: 8342 9722 y Michael Andrés Mayorga Álvarez,
mayor, divorciado una vez, Electricista, cédula de identidad número 0503330069, vecino Cañas, Barrio las Cañas, hijo de Ana Modesta Álvarez López y Marvin Andrés Mayorga Porras, nacida en Centro Liberia
Guanacaste, el 14/02/1983, actualmente
con 40 años de edad, teléfono: 8756 9530. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Publíquese una sola vez. Expediente N°
23-000056-0928-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Familia), Guanacaste, Cañas,
fecha, 15 de febrero del año 2023.—Lic. Roly Arturo Bogarin Morales, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721472 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las siguientes
personas: Francisco Luis Acevedo Martínez, mayor, Soltero,
Vendedor de detalles y acabados, cédula de identidad número 0502580557, vecino de de Belén de Carrillo Barrio Ana
Paula casa 86 de color gris, hijo de Paulina Martínez García y Manuel Acevedo Robles, nacido en Centro Liberia
Guanacaste, el 10/01/1970, con 53 años
de edad y Luisa Alonso Cascante Angulo, mayor, Soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0502190531, vecina de Belén de Carrillo Barrio Ana Paula casa 86 de color gris, hija de Marta Felicia Cascante Angulo, nacida
en Centro Liberia Guanacaste, el
15/09/1964, actualmente con 58 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho dentro de los ocho
días siguientes a la publicación
del edicto. Expediente Nº
23-000043-0776-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Santa Cruz (Familia), Santa Cruz, 06
de febrero del año 2023.—Licda. Gely Marcela Espinoza
Gómez, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023721478
).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Alexis Sebastián Álvarez Flores, mayor de edad, Soltero, Operario, portador de la cédula
de identidad número 0305190300,
nombre de la progenitora
María Elisa Flores González y nombre del progenitor
Alexis Álvarez Cerdas, domicilio
en Cartago Turrialba, Turrialba, calle
cementerio, el 07/07/1999,
con 23 años de edad, y
Valeria Argentina Monge Calvo, mayor de edad, soltera, oficios domésticos, portadora de la
cédula de identidad número
0305020607, nombre de la progenitora
María Argentina Monge Calvo, domicilio en Cartago Turrialba, Turrialba, calle
cementerio, el 10/05/1997, actualmente con 25 años de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Cartago Turrialba,
Turrialba, Calle Cementerio. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente. Nº 22-000453-0675-FA-I. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba
(Familia), Turrialba, 08 de febrero del año 2023.—Licda. Viria Artavia Quesada, Juez(a).—( IN2023721585 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil María Esmeralda Bellido Hernández, mayor, divorciado,
cocinero, cédula de identidad número
0603090467, vecino de Guanacaste, Cañas,
Barrio Santa Isabel Abajo después del puente Cañas, casa a mano derecha segunda entrada, casa
celeste, hijo de María Eugenia Hernández Rodríguez y
Alberto Bellido Mairena, nacido en Centro Central
Puntarenas, el 25/11/1980, con 42 años
de edad, celular N°
61167360 y Juan Miguel Jiménez Salguera, mayor, divorciado/a, Bodeguero(a),
cédula de identidad número
0502920770, vecino de Guanacaste, Cañas,
Barrio Santa Isabel Abajo después del puente Cañas, casa a mano derecha segunda entrada, casa
celeste, hijo de Mayra Salguera
Salguera y Miguel Jiménez Murillo, nacida en Centro Cañas Guanacaste, el 14/03/1976, actualmente con 47 años de edad; Celular 64232954. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Publíquese una sola vez. Expediente
N° 23-000050-0928-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Familia), Guanacaste, Cañas,
fecha, 13 de febrero del año 2023.—Lic. Roly Arturo Bogarin Morales, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721589 ).
Para los efectos
de los artículos 25 y 26
del Código de Familia, se hace saber que en la notaría de la Notaria Pública Josefina Apuy Ulate, situada
en Heredia, San Antonio de Belén,
75 metros norte del Banco Nacional de Costa Rica, contraerán matrimonio Luis Diego
Chacón Otoya, nacionalidad costarricense, cédula
de identidad número:
dos-cero cinco ocho cinco-cero uno uno dos, bodeguero, soltero, vecino de Alajuela, San Rafael, Urbanización
María Auxiliadora y Hazel Marcela Rodríguez
Vega, mayor, casada una vez, Licenciada en Administración de Empresas, cédula cuatro-ciento setenta y uno-setecientos siete, vecina de Heredia, La
Ribera de Belén, 200 oeste
y 50 norte de cementerio.—San
Antonio de Belén, 27 de febrero
del 2023.—Licda. Josefina Apuy
Ulate.—1
vez.—( IN2023721747 ).
Han comparecido
a este despacho solicitando contraer matrimonio civil: Freiser Eduardo
Jiménez Amador, mayor, costarricense, divorciado de Angie Pamela Venegas Navarro el 20 de junio de 2019 en Desamparados, San José, electrónico,
cédula de identidad N° 0114580298, vecino de Higuito del Guarco, hijo de Rosalba Amador
Meza y Ramón
Amador Jiménez Bonilla, ambos padres costarricenses, nacido en Hospital, Central, San
José, el 06/03/1991, con 31 años
de edad, y Natalia Del Carmen Navarro Flores, mayor, costarricense, soltera, administradora del hogar, cédula
de identidad N° 0305140808, vecina
de Higuito del Guarco
Cartago, hija de Maribel Flores Carpio y Alexandro
Navarro Herrera, ambos padres costarricenses, nacida en Oriental, Central,
Cartago, el 04/01/1999, actualmente
con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación
de manifestarlo en este despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente N° 23-000183-0338-FA. Nota:
publíquese por única vez. De conformidad
con la circular N° 67-09, emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de enero del 2023.—Licda. Guadalupe
Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023721768
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil
Karen Figueroa Iglesias, mayor, soltera, de nacionalidad costarricense, de oficio domésticos, teléfono 8689-96-27, cédula de identidad
número 4-0244-0122, vecino(a)
de Buenos Aires, Salitre, 200 metros al este del Ebais del lugar, casa de madera, sin pintar, hijo(a) de Roberto
Figueroa Estrada y Marta Iglesia Figueroa, nacido(a) en Centro, Central,
Heredia, el 03/09/1999, con 23 años
de edad, y Minor Esteban Rojas Rojas,
mayor, Soltero, de oficio Jornalero, costarricense, no tiene teléfono, cédula de identidad número 1-1799-0501, vecino(a) de Buenos Aires, Salitre,
200 metros al este del Ebais
del lugar, casa de madera,
sin pintar, hijo(a) de
Mainor Rojas Morales y Bertlia Rojas Figueroa, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 23/12/2000,
actualmente con 22 años de edad.; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Puntarenas, Buenos
Aires. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Publíquese por una sola vez.
Expediente N° 23-000008-1552-FA. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia
Familia), Puntarenas, Buenos Aires, fecha, 13 de enero del año 2023.—Licda. María Fernanda Herrera Fonseca. Juez(a).—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721776 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil
Caleb Montezuma Atencio, mayor, soltero, técnico en farmacia,
cédula de identidad número
0604460390, vecino de Barrio Los Comandos,
Corredores, Puntarenas, hijo
de Marcela Atencio Bejarano y Paulino
Montezuma Atencio, nacido en
Corredor, Corredores,
Puntarenas, el 17/05/1998, con 24 años
de edad y Sharon Rebeca Durán Jiménez,
mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0114970748, vecina de misma dirección anterior, hija de Josefina Jiménez Abarca y Aníbal Durán Martínez, nacida en Hospital, Central, San
José, el 25/03/1992, actualmente
con 30 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº
23-000105-1304-FA. Nota: de conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Familia), Corredores, Ciudad Neily, fecha,
24 de febrero del año
2023.—MSC. Juan Carlos Sánchez García, Juez Decisor.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721792 ).
Juzgado Penal de Turrialba, a
las diez horas cuarenta minutos del siete de febrero del dos mil veintitrés. Licda. Karla Porras Arce, Jueza
Penal, al señor Gerardo Machado Ramírez, costarricense, mayor, cédula de identidad
número 0301910110, le hace
saber que: En vista de que figura
como tercero civilmente demandado en la presente causa, al cual no ha sido posible comunicarle la resolución de las nueve horas cincuenta y cuatro minutos del treinta de enero del año dos mil veintitrés, donde se convoca a las partes a la realización de la
Audiencia Preliminar que se llevará acabo
en este despacho
a las catorce horas y treinta
minutos del siete de marzo del año dos mil veintitrés, del proceso penal
incoado por José
Eliecer Goñi Cordero,
contra Carlos Eduardo Machado Tencio, bajo la sumaria 20-001184-359-PE, por el delito de Desobediencia,
Se ordena realizar edicto que se publicará tres veces los
en el Boletín
Judicial. Confeccionándose el
oficio de estilo. Se pone en conocimiento la causa antes indicada de acuerdo a los artículo 124 y 162 de Código Procesal Penal y el artículo 7 de la Ley de Tránsito,
al Tercero civilmente demandado Gerardo Machado Ramírez, cédula de identidad número 0301910110. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando
las excepciones que correspondan.
La oposición se pondrá en conocimiento al actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar.
Comuníquese.—Juzgado Penal de
Turrialba.—Licda. Karla Porras Arce, Jueza Penal.—( IN2023720217 ). 3 v. 3.
Fiscalía Adjunta Penal del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea; al ser las trece horas con diez minutos del día veintitrés de febrero del dos mil veintitrés.
Mediante auto de las trece horas con diez minutos del día veintitrés de febrero del dos mil
veintitrés del representante
Fiscal, se ha ordenado publicar
Edicto en el Boletín Judicial
para efectos de poner en conocimiento la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Jonathan Steven
Gómez González, darle traslado
a Representante Legal de Auto Transportes
Lumaca Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-280236, de las pretensiones expuestas por dicha parte,
es que esta cámara ordena publicar por dos veces consecutivas
en el Boletín
Judicial un edicto, para efectos
de que se pronuncie sobre
la admisibilidad o inadmisibilidad
del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le
concede el término de ley
para que haga valer sus
derechos. Asimismo, se le previene
que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, esto en el
Juzgado Penal de Goicoechea,
ubicado en los Tribunales de Calle Blancos. Expediente:
19-010367-0174-TR, contra: Limber Trinidad Diaz Vargas, por
el delito de Lesiones Culposas (Ley de Tránsito) “De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.” Notifíquese.—Fiscalía Adjunta Penal del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 23 de febrero del 2023.—Luis Carlos Morales Cortés Fiscal de Goicoechea.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023722000 ). 2
v. 1.
Fiscalía Adjunta Penal del Segundo Circuito
Judicial De San José-Goicoechea; al ser las quince
horas con cincuenta y nueve
minutos del día veinticuatro
de febrero del dos mil veintitrés.
Mediante auto de las quince horas con cincuenta y tres minutos del día veinticuatro de febrero del dos
mil veintitrés del representante
Fiscal, se ha ordenado publicar
Edicto en el Boletín Judicial para efectos de poner en conocimiento a los propietarios registrales: a) Vehículo, Placas N°: Mot 467299, relacionado con
la ubicación del vehículo placas metálicas Mot 467299, marca: Fórmula, estilo: Nano 200, con el número de serie/chasis/vin: LF3PCM4A9GB000255, con el
número de motor: 163FML2G5000622 (Propietario
Registral Roy Axel Cascante Guzmán, cédula de identidad
N.º: 1-1612-010), del requerimiento Fiscal de Comiso ante el Juzgado Penal de Goicoechea de
las partes de los vehículos localizados, por lo anterior, es que esta cámara ordena publicar
por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial
un edicto, para efectos de
que los actuales propietarios de dichas piezas se apersonen a la causa y hagan valer sus derechos dentro del plazo de 3 meses
naturales con el fin del retiro
de dichas piezas, correspondientes a los vehículos de su propiedad, esto en el Juzgado
Penal de Goicoechea, ubicado
en los Tribunales
de Calle Blancos. Expediente:
20-000136-0053-PE, contra: Ignorado, por el delito
de Robo Agravado, en perjuicio de Roy Cascante Guzmán. “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta Penal del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 24 de febrero del 2023.—Lic. Leonel
Cisneros Córdoba, Fiscal de Goicoechea. Exento.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023721959 ).
Fiscalía Adjunta Penal del Segundo Circuito
Judicial de San José-Goicoechea, al ser las trece horas con cincuenta y seis minutos del día veinticuatro de febrero del dos mil veintitrés.
Mediante auto de las trece horas con cincuenta y tres minutos del día veinticuatro de febrero del dos mil veintitrés,
del representante Fiscal, se ha ordenado
publicar edicto en el Boletín
Judicial para efectos de poner
en conocimiento a los propietarios registrales: a) Vehículo placas N°: Mot 658662, relacionado
con la ubicación del vehículo
placas metálicas Mot
658662, marca: Katana, estilo:
SMX, con el número de marco: LKXYCML47J0013091, con el número de motor: AD163FMLJ0103296 (propietaria
registral Amanda Raudes Centeno, cédula de identidad N° 1-1600-153), del requerimiento
Fiscal de Comiso ante el Juzgado Penal de Goicoechea de
las partes de los vehículos localizados, por lo anterior, es que esta cámara ordena publicar
por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial
un edicto, para efectos de
que los actuales propietarios de dichas piezas se apersonen a la causa y hagan valer sus derechos dentro del plazo de 3 meses
naturales con el fin del retiro
de dichas piezas, correspondientes a los vehículos de su propiedad, esto en el Juzgado
Penal de Goicoechea, ubicado
en los Tribunales
de Calle Blancos. Expediente
N° 21-004628-0042-PE. Contra: Ignorado, por el delito
de Robo Agravado, en perjuicio de Amanda Raudes
Centeno. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.” Notifíquese.—Fiscalía Adjunta Penal del Segundo Circuito
Judicial de San José-Goicoechea, 24 de febrero del 2023.—Lic. Leonel
Cisneros Córdoba, Fiscal de Goicoechea.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023722004 ).