BOLETÍN JUDICIAL 44 DEL 9 DE MARZO DEL 2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos En Lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso según acuerdo Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N°34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2011 al 2019 de la Unidad de Capacitación y Supervisión del Ministerio Público. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 506 S11, Paquetes: 43 paquetes, Año: 2011 al 2019, Asunto: 6 paquetes Certificados de Capacitaciones, 14 paquetes Expedientes Físicos de Valoraciones, 2015 al 2019, 1 paquete Registros de Entrevistas a personas oferentes en temas de Trabajo Social 2013 al 2016, 22 paquetes Pruebas Psicológicas 2016 al 2019.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 24 de febrero de 2023.

                                   Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                        Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—
( IN2023723088 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 02-2020, sesión virtual, de fecha 10 de agosto del 2020, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 85-20 celebrada el 01 de setiembre del 2020 artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2019 al 2020 del Oficina de Comunicaciones Judiciales de San Carlos. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 503 A 19, Cajas: 6, Año: 2019 y 2020, Asuntos: Documentos Administrativos: 3 cajas con cédulas de citación del año 2019, 2 cajas con cedulas de citación del año 2020 y 1 caja con actas de estrados y casilleros judiciales del año 2019 y 2020.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 24 de febrero de 2023.

                                Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                     Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-22017-JA.—( IN2023723089 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV y de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV.  se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2008 al 2021, Documentación Base de año 2019 y Expedientes de Violencia Doméstica del año 2019 del Juzgado contra la Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 503 S 08, 3 Paquetes, Actas de Notificación Escaneadas, Años 2020. 1 Paquete, Control de Solicitudes,  Años  2008 al 2020. 2 Agendas de Señalamiento, Año 2021. 1 Libro de Conocimiento, Años 2018 al 2020, Asunto: Documentación Administrativa.

Remesa: S 501 S 19, 13 Discos de Pruebas, Años 2019, Asunto: Documentación Base.

Remesa: V 501 S 19, Expedientes 1704 , Paquetes 27, Año 2019, Asunto Violencia Doméstica.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 24 de febrero de 2023.

                                    Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                        Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—
( IN2023723090 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A: José Jesús Gazel Briceño, mayor, al notario, cédula de identidad número 105880157, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 21-001106-0627-NO establecido en su contra por Dirección Nacional de Notariado, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las siete horas veintiuno minutos del seis de enero de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Dirección Nacional de Notariado contra José Jesús Gazel Briceño, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados mediante denuncia disciplinaria número DJ-071-2021 de fecha 06 de diciembre del año 2021 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Asimismo, se le previene que, dentro del plazo citado, debe indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo haga, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene que, si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre de 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio reportado por la parte denunciada ante el Registro Nacional de Notarios de la Dirección Nacional de Notariado, sea: San José, Moravia, San Vicente, del Colegio de Ingenieros Agrónomos 50 metros al este, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en San José, Moravia, San Vicente, Urb. Los Colegios-50 este Colegio de Agrónomos. Se Comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en San José, Goicoechea, Guadalupe, costado norte del Guadalupano. Se Comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador, a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (Artículos 4°, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, realícese consulta por medio de la página web del Registro Nacional, con el fin de verificar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito ante ese Registro. Notifíquese. Dra. Melania Suñol Ocampo, Jueza. DCARVAJALC” y “Juzgado Notarial, a las diecisiete horas nueve minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al licenciado José Jesús Gazel Briceño, cédula de identidad N° 105880157, la resolución dictada a las siete horas veintiuno minutos del seis de enero de dos mil veintidós (que le da curso al proceso), en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (documento incorporado en fecha siete de marzo del dos mil veintidós), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (documento incorporado en fecha seis de enero del dos mil veintidós); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (documento incorporado en fecha catorce de febrero del dos mil veintitrés), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son: Primero: Que mediante sentencia penal número 155-2020, dictada a las quince horas treinta minutos del 06 de febrero del año 2020, dentro de la causa penal N° 15-000756-0612-PE, el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, declaro al notario José Jesús Gazel Briceño autor responsable del delito de falsedad ideológica con una pena de un año de prisión en perjuicio de la Fe Pública, Michael John Green y la señora Kay Rosita Green, otorgándole el beneficio de ejecución condicional de la pena. Dicha sentencia se encuentra firme al 19 de marzo del 2021 y enviada a la DNN por el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, momento en el cual la institución tiene conocimiento por primera vez de la sentencia citada. Segundo: Que conforme a la sentencia anteriormente descrita y en atención a la parte dispositiva de la misma (por tanto) dictada por la autoridad judicial penal en razón de la comprobación de los hechos probados cuya comisión se le endilga al notario José Jesús Gazel Briceño y que están de forma clara contenidos en la sentencia citada ofrecida como prueba en la presente denuncia, se procede a transcribir en lo que interesa y es relevado para los efectos del presente proceso en contra del notario José Jesús Gazel Briceño en la siguiente manera: Por tanto: De conformidad a lo expuesto y de conformidad en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos 1, 2, 4, 11, 16, 17, 22, 30, 45, 50, 51, 59 a 63, 70 al 74, 76, 216, 366, 367 del Código Penal; 1 a 4 y 39 del Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y notariado número 39078-JP, por unanimidad de los votos: 1) Se declara a José Jesús Gazel Briceño autor responsable por el delito, así recalificado de falsedad ideológica en perjuicio de la Fe Pública y la señora Kay Rosita y el señor Michael John, ambos de apellido Green y en tal carácter se le impone la pena de un año de prisión. 2)…, 3) por, cumplirse con los requisitos de ley, se le otorga a ambos sentenciados el beneficio de ejecución condicional de la pena por el plazo de tres años, lapso durante el cual no podrán ser sancionados por un nuevo delito doloso condenado con una pena superior a seis meses de prisión. 4)... 5)... 6).... 7) Se ordena la devolución del tomo nueve del protocolo del notario público José Jesús Gazel Briceño al Archivo Notarial. 8)... 9). Firme esta sentencia emítanse las comunicaciones respectivas al Juzgado de Ejecución de la Pena al Archivo Judicial, al Centro de Información Penitenciaria, al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, a la Dirección Nacional de Notariado, Al Archivo Nacional, al Registro Nacional y a la Dirección General de Migración y Extranjería, para lo que corresponda. 10)... 11). Se ordena a José Jesús Gazel Briceño y Nerio Arany Zavala Cerrato al pago de las costas personales a favor de los querellantes por el monto de seiscientos sesenta mil colones exactos. Notifíquese mediante lectura que se llevará a cabo el día trece de febrero de dos mil veinte al ser las quince horas. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte accionada José Jesús Gazel Briceño. Notifíquese. Dra. Melania Suñol Ocampo, Jueza. MLLANOS. Se publicará por una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

                          Dra. Melania Suñol Ocampo

                                            Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023723078 ).

A Fredy José González Chaves, cédula de identidad 502050526, mayor, a la notaria, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 21-000665-0627-NO establecido en su contra por sucesión de Johnny Joseph Cofini se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Notarial. San José a las trece horas nueve minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial con pretensión civil resarcitoria de sucesión de Johnny Joseph Cofini contra Fredy Jose González Chaves, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Con respecto de los hechos expondrá, con claridad, si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma oportunidad ofrecerá las pruebas que estime de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 7807 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.- De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 2652012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Por indicarse que la parte denunciada tiene oficina en Guanacaste, Santa Cruz, cien metros al sur de los tribunales de justicia, se comisiona a Oficina De Comunicaciones Judiciales De Santa Cruz. Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales Del Segundo Circuito Judicial De San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el Costado Oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma, quinto PISO. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Previo a expedir comisión a efecto de notificar la existencia del presente proceso al notario denunciado y a la Dirección Nacional de Notariado se le previene a la parte denunciante aportar dos juegos de copias del expediente, bajo apercibimiento de que en caso de omisión y sin resolución que así lo indique; no se oirán sus gestiones posteriores y además se mantendrá el expediente en archivo temporal hasta el cumplimiento de lo prevenido anteriormente, sin perjuicio que una vez cumplida dicha prevención se continúe con el debido trámite del proceso. Lo anterior de conformidad con el artículo 27.2  del Código Procesal Civil. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios Montero, Jueza. Juzgado Notarial.- A las nueve horas veintinueve minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintitrés.-En atención a la solicitud de pronto despacho presentada por la parte actora en fecha veintitrés de febrero del dos mil veintitrés, se hace saber a la misma que el artículo 153 del Código Notarial, en su párrafo cuarto establece que ante la ausencia del notario sin apoderado inscrito, la notificación se realizará por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial y el proceso seguirá con un defensor público, por lo que la consulta ordenada en autos al Registro Nacional no es de manera antojadiza, sino que forma parte del proceso de notificación del proceso disciplinario notarial. Por única vez, se atiende la gestión autenticada sin el respectivo timbre de autenticación del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica por la firma del Licenciado José María Penabad Bustamante, por lo que en adelante, deberán las partes aportar el correspondiente timbre por autenticación en caso de que sus gestiones se presenten autenticadas por un profesional en derecho, conforme a lo establecido en el artículo 105 del Decreto Ejecutivo número 41930-JP del 23 de mayo del 2019 sobre el Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado, en relación a los numerales 4 y 7 de la Ley N° 3245 del 3 de diciembre de 1963, bajo apercibimiento de que en caso de omisión, no se atenderá la gestión. En otro orden de ideas, siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) Freddy José González Chaves,  la resolución dictada a las trece horas nueve minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (consulta a la Dirección Nacional de Notariado agregada al expediente el veintidós de abril del dos mil veintidós, la resolución de las trece horas nueve minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno, acta de notificación negativa de las trece horas con siete minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós, consulta del domicilio registral al Registro Civil agregada al expediente el dieciocho de mayo del dos mil veintidós, resolución de las trece horas y cincuenta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintidós, acta de notificación negativa de las catorce horas con diez minutos del veintidós de noviembre del dos mil veintidós), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (consulta de apoderado al Registro Nacional agregada al expediente en fecha veintitrés de febrero del dos mil veintitrés), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son presuntamente que: “Primero: en estricto apego a las obligaciones inherentes al puesto de Albacea de la Sucesión de mi padre, hace 3 meses presenté ante la Fiscalía correspondiente, denuncia Penal contra el señor Mario Villalobos Calderón, sumaria 20-001258-0412-PE, por el despojo/robo descarado de la finca Partido de Guanacaste, matrícula de folio real número 081524-000; traspaso que operó por medio de la escritura número 292, presentada al Diario del Registro Nacional bajo tomo: 2020, asiento: 368045, confeccionada por el Notario Juan Carlos Vega Montoya, Notario que se encuentra ya suspendido, y bajo intensa investigación criminal. (mi padre tenía ya 7 meses de fallecido cuando esto ocurre) Según se desprende del texto de dicha escritura, mi padre recibe del señor Villalobos Calderón la suma de ocho millones de colones, razón por la cual, este le traspasa dicho bien. Segundo: dentro de dicha investigación criminal, descubrimos que sobre la finca objeto de la investigación criminal, pocos meses después, aparece constituida una hipoteca. de 1er grado a favor del señor José Francisco González Chaves, cédula 501421233, por la suma de quince millones de colones, y cuyo deudor es el denunciado Villalobos Calderón; resulta evidente que para los ojos de la razón, esta transacción hipotecaria no tiene asidero en la razón, puesto que, se compra la finca en 8 millones, y pocos meses después se hipoteca en casi el doble. Tercero: al analizar el documento que origina dicha carga real, documento presentado al Diario del Registro Nacional, Sección Propiedad, bajo tomo: 2020, asiento: 652911, secuencia: 001, (adjunto) nos llevamos las sorpresa que el Notario cartulante, y aquí denunciado, es hermano consanguíneo del Acreedor hipotecario, lo que evidentemente contraviene lo dispuesto en el artículo séptimo, inciso c) del Código Notarial, el que literalmente dice: Artículo 7,- Prohibiciones. Prohíbase al Notario Público. c) Autorizar actos o contratos en los cuales tengan interés el notario, alguno de los intérpretes o los testigos instrumentales, sus respectivos cónyuges o con vivientes, ascendientes, descendientes, hermanos tíos o sobrinos por consanguinidad o afinidad. Se entenderá que ese interés existe en los actos o contratos concernientes a personas jurídicas o entidades en las cuales el notario, sus padres, cónyuge o conviviente, hijos y hermanos por consanguinidad o afinidad, tengan o ejerzan cargos como directores, gerentes, administradores o representantes legales. “. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado(a) Fredy José González Chaves, cédula de identidad 502050526. Notifíquese - Licda. Gerling Cristina Navarro Porras, Jueza.-” Se publicará por una vez en el Boletín Judicial.- De conformidad con la circular N° 6709, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”

San José, 23 de febrero del 2023

                               Licda. Gerling Navarro Porras

                                                  Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023723557 ).

A: José Fernando Jiménez García, mayor, al notario, cédula de identidad número 0108490268, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 22-000460-0627-NO establecido en su contra por Archivo Notarial, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las nueve horas veinticuatro minutos del veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al licenciado José Fernando Jiménez García, cédula de identidad 0108490268, la resolución dictada a las quince horas cincuenta y cinco minutos del dieciséis de junio de dos mil veintidós, en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (ver acta en E.V 18-07-2022 y 01-02-2023), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (ver acta en E.V 08-11-2022); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (ver escrito de prueba en E.V 12-12- 2022), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son “Que el notario Jiménez García José Fernando, fue inhabilitado en la función notarial, mediante proceso 11-000566-0627-NO, resolución 0322-2017 del 21 de diciembre 2017 que comprende del 26 de abril del 2018 al 25 de abril del 2021. Que de acuerdo con la información contenida en los índices de instrumentos públicos, presentados a este Departamento, se determinó que el notario Jiménez García, otorgó escrituras durante dicho período, como se comprueba con la documentación adjunta”. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte accionada supra referida. Notifíquese. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza”. y “Traslado de Cargos Juzgado Notarial. A las quince horas cincuenta y cinco minutos del dieciséis de junio de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Archivo Notarial contra José Fernando Jiménez García, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que, dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como mínimo y dentro de los ya citados, podrá señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agudización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada, lo cual se hará por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José quienes podrán notificarle en su oficina ubicada en San José San José Pavas, Rohrmoser, Oficentro Plaza Mayor, Tercer Piso, Oficina Número Siete o en San José San José, Catedral avenida 8, calle 13-15, contiguo a librería Barrabás, tercer piso. Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, edificio Sigma 5to piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N°687, publicada en La Gaceta N°20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en La Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. En caso de que el denunciado no sea habido en ninguna de las anteriores direcciones, hágase consulta vía intranet a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, a efecto hacer constar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. “Se publicará por una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N°67-09, emitida por la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Licda. Derling Edith Talavera Polanco, JuezaNotifíquese.

Lic. María Gloriela De La Trinidad Garro Fernandez

                       Juez/a Decisor/a.

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023723584 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yendry Yasmin Zúñiga Delgado, 0112240183, mayor, divorciada, vecina de Desamparados, fallecida el 25 de noviembre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 22-000921-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22- 000921-1550-LA. Promueve Rafael Gutiérrez Quirós. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 11 de enero del año 2023.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723073 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Inés Rubén Herrera Quirós, 6- 0399-0571, fallecido el 20 de junio del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000097-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000097-0643-LA. Promovido por Jessica María Hernández Solís a favor de Inés Rubén Herrera Quirós. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 27 de febrero del año 2023.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723109 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jesús Miki González Gutiérrez cédula de identidad 5-0257-0898, quien fue mayor, soltero, vecino de Guanacaste, quien falleció el dieciocho de setiembre de dos mil catorce (18/09/2014), se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de extremos laborales bajo el número 23-000040-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000040-0775-LA. Por Jacqueline Angulo Grijalba cédula de identidad 503150374 a favor de Andrés Eduardo González Angulo cédula de identidad 5-463-299. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 28 de febrero del año 2023.—Patrick Ramos Chavarría, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723561 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jesús Manuel Flores Pereira, quien fue mayor, casado, cédula de identidad número 3-0205-0407, con último domicilio en San Blas del Carmen de Cartago, y falleció el 19 de Junio del año 2020; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo el expediente número 23-000257-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000257-0641-LA. Promovida por Sergio Flores Peña, cédula de identidad número 3-0395-0990. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 07 de febrero del año 2023.—Licda. Cinthia Patricia Sánchez Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723585 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido Sebastián Dato Morice, con cédula de identidad número 1-1087-0096, quien fue mayor, divorciado, Ingeniero Electrónico y falleció el 18 de noviembre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales bajo el número 22-001709-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001709-0641-LA, promovida por Olga, Morice Muñoz, cédula de identidad 1-479-716. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 26 de enero del año 2023.—Msc. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723586 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Stephanie María Bolaños Obaldía quien fue mayor, casada, portadora de la cédula de identidad número 4-0194-0802, laboró para Philips de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, y falleció el 26 de diciembre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers. fallecidas bajo el número 23-000175-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000175-0639-LA. Por Philips de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada a favor de Stephanie María Bolaños Obaldía. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de febrero del año 2023.—Msc. Wendy Gabriela Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723588 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yazmín María Monge Vargas de persona trabajadora fallecida Yazmín María Monge Vargas quien fue mayor, soltera, vecina de Desamparados de Alajuela laboró, cédula de identidad número 2-0660-0200 y falleció el 17 de setiembre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000177-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000177-0639-LA. Por Leandro Mauricio Acuña Sandí a favor de Yazmín María Monge Vargas. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de febrero del año 2023.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723589 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eduardo Albín Gonzalo Johanson quien fue mayor, casado, vecino de San José, pensionado, portador de la cédula de identidad número 2-0289-0407 y falleció el 02 de enero del año 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 23-000207-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000207-0639-LA. Por Gina Vanessa Moore Pereira a favor de Eduardo Albin Gonzalo Johanson. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de febrero del año 2023.—Msc. Andrés Alberto Jiménez Vega, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723590 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; soportando condiciones reservas y prohibiciones, según citas: 0351-00014774-01-0902-001 y 0351-00014774-01-0903-001; a las trece horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil veintitrés (13:30 horas 03 mayo 2023), y con la base de trece millones doscientos cuarenta mil setecientos noventa colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos doce mil ochocientos noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno pastos y montaña, inscrita bajo el plano N° A-0471193-1982. Situada: en el distrito uno Upala, cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Alberto Rojas Salazar; al sur, servidumbre de paso y en medio Luis Esquivel Quirós; al este, servidumbre de paso y en medio Francisco Anchía, y al oeste, Carlos Alberto Rojas Salazar. Mide: trescientos siete mil quinientos catorce metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintitrés (13:30 horas 24 mayo 2023), con la base de nueve millones novecientos treinta mil quinientos noventa y tres colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas treinta minutos del siete de junio del dos mil veintitrés (13:30 horas 07 junio 2023) con la base de tres millones trescientos diez mil ciento noventa siete colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria el Secretaría Técnica del Sistema Banca para el Desarrollo contra Cesar Eduardo Chavarría Rojas. Expediente N° 17-004496-1765-CJ. Nota: Publicar 2 veces en el Boletín Judicial. Por el principio de gratuidad que rige la materia agraria contemplado en el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria y oficio número 2023 De/Al 2009 de la Dirección Ejecutiva, la publicación del presente edicto debe realizarse sin ningún costo para las partes.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Upala, 23 de febrero del año 2023.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023724855 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones trescientos sesenta y ocho mil setecientos noventa y cuatro colones con dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BSW183, Kia Picanto, año 2020, color blanco, VIN KNAB2512ALT571840, chasis KNAB2512ALT571840. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veinticinco de abril de dos mil veintitrés con la base de seis millones doscientos setenta y seis mil quinientos noventa y cinco colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos millones noventa y dos mil ciento noventa y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra William David Hibbert Gallo. Expediente N° 22-000119-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: catorce horas con cuatro minutos del veintisiete de febrero del dos mil veintitrés.—Anthony Jesús Quesada Soto, Juez Tramitador.—( IN2023724893 ).

En este Despacho, con una base de un millón novecientos noventa y siete mil seiscientos noventa y nueve colones con cincuenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas citas: 427-16894-01-0004-001, Reservas Ley Caminos citas: 427-16894-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos noventa y tres mil seiscientos cuarenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 2-El Mastate, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gerardo Gutiérrez Salas; al sur, calle pública con 11 metros; al este, Carlos Montero Arroyo; y al oeste, calle pública con 13 metros 35 cm. Mide: doscientos setenta y seis metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil veintitrés con la base de un millón cuatrocientos noventa y ocho mil doscientos setenta y cuatro colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos noventa y nueve mil cuatrocientos veinticuatro colones con ochenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada COOCIQUE R.L contra Randall Chavarría Argüello, Yesenia María Gutiérrez Pérez. Expediente N° 22-005098-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cinco minutos del ocho de julio del dos mil veintidós.—Manuel Loría Corrales, Juez Tramitador.—( IN2023724895 ).

En este Despacho, con una base de tres millones seiscientos noventa y ocho mil trescientos sesenta y seis colones con diez céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas NDR013, Marca: Kia, estilo: Picanto, Categoría: automóvil, Serie, chasis y Vin: KNAB2512AJT214173,        capacidad para cinco personas, año 2018, color plateado, numero de motor: G4LAHP132189, cilindrada: 1248 c.c., combustible: gasolina, para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil veintitrés, con la base de dos millones setecientos setenta y tres mil setecientos setenta y cuatro colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de mayo del dos mil veintitrés, con la base de novecientos veinticuatro mil quinientos noventa y un colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Enderson Alberto Lara Vásquez. Expediente N° 23-000282-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Primera), 15 de febrero del año 2023.—Lic. Alonso Chaves Ledezma, Juez Tramitador.—( IN2023724971 ).

En este Despacho, con una base de siete millones ciento sesenta y ocho mil colones (¢7.168.000,00), libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 358-08508-01-0830-001 y servidumbre trasladada citas: 395-03669-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento setenta y ocho mil novecientos cuatro, derecho cero cero cero, (178.904-000), la cual es terreno para construir lote E1. Situada: en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote E 2; al sur, tanques de agua; al este, Rafael Calvo Solano, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos veinticuatro metros cuadrados. Plano: P-1427836-2010. Para tal efecto, se señalan las catorce horas del doce de abril de dos mil veintitrés (02.00 p.m. del 12/04/2023). De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas del veinte de abril de dos mil veintitrés (02.00 p.m. del 20/04/2023), con la base de cinco millones trescientos setenta y seis mil colones (¢5.376.000,00), (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del dos de mayo de dos mil veintitrés (02.00 p.m. del 02/05/2023), con la base de un millón setecientos noventa y dos mil colones (¢1.792.000,00), (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Luis Diego Matarrita Corrales contra Park Slope Development S.R.L. Expediente N° 21-000387-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Laboral), a las ocho horas ocho minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintitrés.—Lic. Natanael Sánchez Guzmán, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023724974 ).

En este Despacho, con una base de quince millones trescientos once mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 198514, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3- Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, resto reservado; al este, lote por segregar, y al oeste, Guiselle García Villanueva. Mide: doscientos cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil veintitrés, con la base de once millones cuatrocientos ochenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de mayo del dos mil veintitrés, con la base de tres millones ochocientos veintisiete mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Verónica de los Ángeles Solano Espinoza. Expediente N° 23-000488-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: once horas con veintidós minutos del quince de febrero del dos mil veintitrés.—Eileen Chaves Mora, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023724981 ).

En este Despacho, con una base de cuatrocientos treinta y seis mil seiscientos setenta y cuatro dólares con noventa y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 183114-000, la cual es terreno para construir lote 4. Situada en el distrito sétimo, cantón tercero, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Terrbela S. A; al sur, calle publica; al este lote tres, y al oeste, lote cinco. Mide: ochocientos setenta y ocho metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del cinco de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del quince de mayo del dos mil veintitrés, con la base de trescientos veintisiete mil quinientos seis dólares con veintitrés centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintitrés, con la base de ciento nueve mil ciento sesenta y ocho dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Paola Mora Tumminelli. Expediente N° 20-000523-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de febrero del año 2023.—Marcela Brenes Piedra, Juez/a.—( IN2023724984 ).

En este Despacho, con una base de once mil doscientos sesenta y dos dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BMW543, Marca: Chevrolet, Estilo: Spark LTZ, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Carrocería: Sedan 4 puertas hatchback, Tracción: 4x2, Año Fabricación: 2017, Uso: Particular, Color: Plateado, Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés, con la base de ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés, con la base de dos mil ochocientos quince dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda contra Carolina Vanessa Sánchez Monge. Expediente N° 19-018463-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: veinte horas con veinte minutos del doce de enero del dos mil veintitrés.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Decisora.—( IN2023724989 ).

En este Despacho, Con una base de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 342-19881-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento doce mil ochocientos catorce, derecho cero cero cero, la cual es terreno Lote 15 -C para construir. Situada en el distrito 1-Corredor, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ricardo Neily Jop; al sur, calle con 22 metros; al este, Ricardo Neily Jop, y al oeste, Ricardo Neily Jop. Mide: cuatro mil ciento veinticuatro metros con noventa decímetros cuadrados. Plano: P-0478402-1998. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del doce de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil veintitrés, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de mayo del dos mil veintitrés, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Eric Mora Algueras, Kattia Vannessa Sibaja Espinoza. Expediente N° 22-000344-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y tres minutos del veintiuno de diciembre del dos mil veintidós.—Elizabeth Fallas Espinoza, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023725003 ).

En este Despacho, con una base de un millón quinientos cincuenta y siete mil seiscientos setenta y cinco colones con cuarenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: MOT 528106, Marca: All Terrain, Estilo: AT 150 Speed, Categoría: Motocicleta, Serie: LXYPCKL00F0360521, año: 2015, color: blanco, N° Motor: 162FMJFA185805, Marca: All Terrain, Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veintisiete de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del siete de agosto de dos mil veintitrés, con la base de un millón ciento sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y seis colones con cincuenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, con la base de trescientos ochenta y nueve mil cuatrocientos dieciocho colones con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de COOCIQUE R.L. contra Auner Israel Sequeira Sequeira. Expediente N° 18-003005-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y uno minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintitrés.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2023725006 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones novecientos sesenta mil cuatrocientos setenta y dos colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando restricciones Reg Art 18, Ley 2825, citas: 546-00254-01-0018-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y seis mil trescientos ochenta y uno, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Gustavo Herrera Rojas y Zaida Miranda Zamora; sur, Jorge Luis Salas Aguilar; este, Orlando Brenes Varela y Auto Rectificación Guido S. A. y oeste, calle pública con 23 metros, 31 cm y Jorge Luis Salas Aguilar. Mide: cinco mil trescientos cuarenta y nueve metros con once decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del doce de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés, con la base de dieciséis millones cuatrocientos setenta mil trescientos cincuenta y cuatro colones con diez céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones cuatrocientos noventa mil ciento dieciocho colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R.L. contra Rónald Lobo Herrera, expediente 22-005775-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: catorce horas con quince minutos del diecisiete de enero del dos mil veintitrés.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2023725008 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones ochocientos doce mil cuatrocientos diez colones con cuarenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada citas: 307-17666-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 14657-000, la cual es terreno con instalaciones de Lubricentro y un galerón para reparación de llantas, bodega y local para la venta de repuestos. Situada en el distrito: 01-Espíritu Santo, cantón: 02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Carretera Interamericana con cuarenta y tres metros y treinta y nueve centímetros; al sur: Cristina Ruphy Segura; al este: María Esther Badilla Valverde; y al oeste: calle pública con treinta metros y dos centímetros. Mide: mil doscientos noventa metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés con la base de veintiséis millones ciento nueve mil trescientos siete colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones setecientos tres mil ciento dos colones con sesenta y dos céntimos (25% de la base original). Asimismo con una base de cuarenta y nueve millones seecientos treinta y dos mil catorce colones con noventa y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre Trasladada citas: 305-04822-01-0911-001, Practicado citas: 800-760004-01-0001-001, Hipoteca citas: 2011-126323-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 39005-000, la cual es terreno construido con casa y patio. Situada en el distrito: 01-Espíritu Santo, cantón: 02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Carretera Interamericana con frente a ella de 69.94 mts; al sur: calle pública con frente a ella de 57.49 mts; al este: Corporación Gasolinera del Norte; y al oeste: Climax S. A., Ginna María Lamas Jiménez, Sonia Torres Ugalde, Susana Ledezma Zúñiga, Isaac y Nazareth Barrantes Herrera, Elizabeth Duarte Flores y Verónica González Duarte. Mide: tres mil setecientos cuarenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés con la base de treinta y siete millones doscientos noventa y nueve mil once colones con veintiún céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de doce millones cuatrocientos treinta y tres mil tres colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ciudad Montana del Este S.A., Eduardo Benavides Vindas, Materiales Ferresparza S. A., Virginia Cecilia del Carmen Vindas Soto. Expediente N° 22-006132-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, Hora y fecha de emisión: diez horas con tres minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Jueza Tramitadora.—( IN2023725010 ).

En este Despacho, con una base de un millón doscientos noventa y tres mil setecientos cincuenta y seis colones con setenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 305-12843-01-0902-001 condiciones ref.: 2140 433 001, demanda ordinaria citas: 800-771640-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 18953-001 y 002, la cual es terreno de frutales hoy con una casa. Situada: en el distrito 1-Miramar, cantón 4-Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María de los Ángeles Mora Villalobos; al sur, Lilllian González Ledezma; al este, Amalia González González, y al oeste, calle pública 13 mts. Mide: trescientos sesenta y cuatro metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés, con la base de novecientos setenta mil trescientos diecisiete colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de trescientos veintitrés mil cuatrocientos treinta y nueve colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Luis Martínez Guillén. Expediente N° 22-006194-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: once horas con dos minutos del nueve de noviembre del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023725013 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos veintinueve mil trescientos cincuenta y ocho colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas SJB010658 Marca: Toyota; Estilo: Hiace; categoría: microbús; Serie: JTFSK22P400001264; Número Chasis: JTFSK22P400001264; año fabricación: 2006; color: gris. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del doce de abril de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones doscientos noventa y siete mil dieciocho colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés con la base de un millón cuatrocientos treinta y dos mil trescientos treinta y nueve colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Manuel Eduardo Villalobos Barquero. Exp:21-003043-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: catorce horas con dos minutos del veinticuatro de junio del dos mil veintidós.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2023725084 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 248459-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 2-Cervantes, cantón 6-Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 30; al sur, lote 37; al este, calle pública con frente de 3 metros y lotes 32, 33, 34, y al oeste, lote 6. Mide: trescientos cincuenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintitrés, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil veintitrés, con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Laura Mariana Solano Orozco. Expediente N° 22-008492-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de febrero del año 2023.—Licda. Pilar Gómez Marín, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023725117 ).

A las nueve horas del cuatro de mayo de dos mil veintitrés, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo las citas: 288-10741-01-0901-001, con la base de tres millones setecientos siete mil ciento sesenta y seis colones sesenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré: la finca hipotecada que es finca del partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número trescientos ochenta y nueve mil ciento cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno de repasto. Sito en: Pocosol, distrito trece de San Carlos, cantón diez, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Édgar Blanco Acuña en medio quebrada sin nombre; al sur, calle pública; al este, Junta Edificadora de San Luis de Pocosol; al oeste, Aide Aragón Góngora. Mide: cuatro mil novecientos noventa metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0358709-1996. Propiedad del demandado Avelino Rodríguez Murillo. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones setecientos ochenta mil trescientos setenta y cinco colones, se señalan las nueve horas del once de mayo del dos mil veintitrés. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de novecientos veintiséis mil setecientos noventa y un colones sesenta y siete céntimos, se señalan las nueve horas del dieciocho de mayo del dos mil veintitrés. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria de la Secretaría Técnica del Sistema de Banca para el Desarrollo contra Avelino Rodríguez Murillo. Expediente N° 18-000089-0298-AG. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín Judicial. De conformidad con la Circular número 67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación de este edicto está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de febrero del 2023.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023725122 ).

En este Despacho, con una base de novecientos cincuenta y cinco mil ochocientos noventa y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT-488921, marca: Bajaj, estilo: Pulsar 135 LS, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año fabricación: 2016, color: negro, número de chasis: MD2A17CZ1GWB48103, cilindrada: 135 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril del dos mil veintitrés, con la base de setecientos dieciséis mil novecientos veinticuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril del año dos mil veintitrés, con la base de doscientos treinta y ocho mil novecientos setenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra William Marcel Rose Vargas. Expediente N° 19-016318-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2023.—Hellen Mora Salazar, Juez/a Decisor/a.—( IN2023725189 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y cuatro dólares con ochenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: EE-033883, Marca: Caterpillar, estilo: 430 E, Categoría: Equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, Serie: CAT0430EVEAT01147 carrocería: Retroexcavadora, tracción: 4x4, número chasis: CAT0430EVEAT01147, año fabricación: 2008 color: amarillo Vin: CAT0430EVEAT01147, cilindrada: 4400 c.c. combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del treinta de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintitrés, con la base de treinta y seis mil cuatrocientos treinta y ocho dólares con sesenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintiséis de abril del dos mil veintitrés, con la base de doce mil ciento cuarenta y seis dólares con veinte centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima contra Ellian Espinoza López, Grevin Mata Espinoza. Expediente N° 16-003902-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 02 de febrero del año 2023.—Sabina Hidalgo Ruiz, Juez Tramitador.—( IN2023725190 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis millones novecientos uno mil trescientos sesenta y dos colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas citas: 319-11828-01-0901-001, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 466-14181-01-0019-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 344679-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para la agricultura lote 2 Situada en el distrito 6-Río Cuarto cantón 3-Grecia de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Lote AD-2, 1 y Reserva del IDA, sur, calle pública, este, Río Cuarto, oeste, calle pública. Mide: veintitrés mil seiscientos noventa y seis metros con setenta decímetros cuadrados, plano: A-0541846-1999. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de julio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del doce de julio del dos mil veintitrés, con la base de veinte millones ciento setenta y seis mil veintiún colones con noventa y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de julio del dos mil veintitrés, con la base de seis millones setecientos veinticinco mil trescientos cuarenta colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L. contra Miguel Del Carmen Vindas Badilla. Expediente N° 22-000096-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con cuarenta y nueve minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintitrés.—Viviana Salas Hernández, Juez/a Decisor/a.—( IN2023725191 ).

En este despacho, con una base de doscientos veintiocho mil doscientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Mot 481406, Marca: United Motors, estilo: Max 125, Categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas., Serie: L5DPCJF19FZM00147, carrocería: motocicleta, tracción: 2x2, número chasis: L5DPCJF19FZM00147, año fabricación: 2015, color: rojo, Vin: L5DPCJF19FZM00147, N° Motor: 157FMI15L00371, modelo: Max 125 cilindrada: 125 c.c. cilindros: 1, potencia: 11 kw., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés, con la base de ciento setenta y un mil ciento cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veinticuatro de abril de dos mil veintitrés, con la base de cincuenta y siete mil cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Darling Melissa Sobalbarro Castillo. Expediente Nº 18-012502-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de enero del año 2023.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2023725443 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de seiscientos cuarenta y nueve mil ochocientos treinta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 399440, marca: Mazda, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2000, color: plateado, vin: JMZGF12F201405559, cilindrada: 1991 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés, con la base de cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos setenta y tres colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés, con la base de ciento sesenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Ledya Duque Bolaños. Expediente N° 19-007086-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de febrero del año 2023.—Lic. Natalia Fallas Granados, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023725667 ).

En este Despacho, con una base de un millón doscientos cuarenta y seis mil novecientos treinta y seis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 398560, marca: Land Rover, estilo: Discovery, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, carrocería: familiar, año: 2000, tracción: 4x4, vin: SALLTGM24YA249364, N° motor: 56DA24610, cilindrada: 4000 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintitrés, con la base de novecientos treinta y cinco mil doscientos dos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil veintitrés, con la base de trescientos once mil setecientos treinta y cuatro colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Roy Francisco Núñez Núñez. Expediente N° 18-006722-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del año 2023.—Maricela Monestel Brenes, Juez/a Decisor/a.—( IN2023725678 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones novecientos treinta y nueve mil setecientos setenta y cuatro colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 382-02917-01-0804-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y un mil cuarenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote 17 terreno para construir. Situada: en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, IMAS; al sur, lote 18; al este, calle pública, y al oeste, IMAS. Mide: doscientos noventa y siete metros con nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil veintitrés, con la base de once millones doscientos cuatro mil ochocientos treinta colones con setenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de tres millones setecientos treinta y cuatro mil novecientos cuarenta y tres colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Daniel Eduardo Cernas Jiménez. Expediente N° 21-006223-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: nueve horas con quince minutos del siete de diciembre del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez/a Decisor/a.—( IN2023725682 ).

En este Despacho, con una base de quince millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número noventa y dos mil setecientos noventa y nueve, derecho 000, la cual es naturaleza: lote 24-E terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, lote 25-E; al noroeste, resto destinado a calle; al sureste, lote 33-E, y al suroeste, lote 23-E. Mide: ciento veintiocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés, con la base de once millones ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintitrés, con la base de tres millones novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Carlos Andrés León Cuadra. Expediente N° 22-005153-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: diez horas con seis minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veintidós.—Douglas Quesada Zamora, Juez/a Decisor/a.—( IN2023725688 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil cuatrocientos dieciocho dólares con cincuenta centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando sumaria: 17-601589-0500-TC Judicial Juzgado de Tránsito de Pavas, sumaria: 17-603032-0500-TC Judicial Juzgado de Tránsito de Pavas; sáquese a remate el vehículo placa: MBZ315, marca: BYD, estilo: S 6 GS-I, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015, carrocería: todo terreno 4 puertas, color: dorado, tracción: 4x2, vin: LC0CG4CG4F1006868, motor número: BYD488QA514008256. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de doce mil trescientos trece dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del primero de junio de dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil ciento un dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Clesy Marisa Rosales Mora. Expediente N° 20-011509-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del año 2023.—Lic. Verny Gustavo Arias Vega, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023725691 ).

En este Despacho, con una base de trece mil setecientos noventa y un dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes, pero soportando colisiones, número de sumaria: 19-000371-0768 TR, número de boleta: 201920100469, autoridad judicial: Juzgado de Menor Cuantía y Tránsito de Nicoya (Materia Civil); sáquese a remate el vehículo: BNH058. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintitrés, con la base de diez mil trescientos cuarenta y tres dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintitrés, con la base de tres mil cuatrocientos cuarenta y siete dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A., contra Orlando Vinicio Vargas Nanne. Expediente N° 20-014432-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: siete horas con treinta y nueve minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós.—Msc. Laura Marcela Alfaro Vargas, Jueza.—( IN2023725694 ).

En este Despacho, con una base de setenta y tres millones ciento treinta y seis mil ciento treinta y cinco colones con treinta y siete céntimos, soportando hipoteca por un monto de dos millones de colones, pagadera en 20 cuotas mensuales y consecutivas de cien mil colones y que no devenga intereses corrientes. Dicho gravamen inició el 18 de marzo de 2021 y vence el 18 de marzo de 2023, cuyo acreedor es Antonio Jorge Mario Piedra Arias, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número tres cinco cero uno cuatro nueve (350149), submatrículas cero cero uno, cero cero cinco y cero cero seis, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito: 01-Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, Calzada Cucubre, y al oeste, INVU. Mide: doscientos ochenta y cinco metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas del dieciocho de abril del dos mil veintitrés. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Jonathan José Chaverri Barrios, Miriam Patricia Lobo Barrios contra Luis Heriberto Chaverri Sandoval. Expediente N° 21-000017-1625-CI.—Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Hatillo), 02 de marzo del año 2023.—Ana Córdoba Artavia, Jueza Decisora.—( IN2023725702 ).

A las nueve horas del cuatro de mayo de dos mil veintitrés, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo las citas 288-10741-01-0901-001, con la base de tres millones setecientos siete mil ciento sesenta y seis colones sesenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré: la finca hipotecada que es finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número trescientos ochenta y nueve mil ciento cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno de repasto, sito en Pocosol, distrito trece de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela. Colinda al norte, Edgar Blanco Acuña en medio quebrada sin nombre; al sur, calle pública; al este, Junta Edificadora de San Luis de Pocosol; y al oeste, Aide Aragón Góngora. Mide cuatro mil novecientos noventa metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Plano A-0358709-1996. Propiedad del demandado Avelino Rodríguez Murillo. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones setecientos ochenta mil trescientos setenta y cinco colones, se señalan las nueve horas del once de mayo del dos mil veintitrés. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de novecientos veintiséis mil setecientos noventa y un colones sesenta y siete céntimos, se señalan las nueve horas del dieciocho de mayo del dos mil veintitrés. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria de la Secretaría Técnica del Sistema de Banca para el Desarrollo contra Avelino Rodríguez Murillo. Expediente N° 18-000089-0298-AG. Razón: Publicar dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. De conformidad con la Circular número 67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación de este edicto está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de febrero del 2023.—Ana Milena Castro Elizondo. Jueza.. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023725734 )

Con una base de setenta y un mil seiscientos trece dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 329-14051-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula 99036 derecho 000, la cual es de naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 01-El Tejar, cantón: 08-El Guarco de la provincia de Cartago. Linderos: norte, Hacienda Agua Caliente S.A.; sur, Hacienda Agua Caliente S.A.; este, calle pública con 8 metros y oeste, Hacienda Agua Caliente S.A. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Plano: C-0406993-1980 para lo cual se señalan catorce horas y cero minutos del diecinueve de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a catorce horas cero minutos de veintisiete de abril del dos mil veintitrés, con la base de cincuenta y tres mil setecientos nueve colones con noventa y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan catorce horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil veintitrés, con la base de diecisiete mil novecientos tres colones con treinta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zonificadora Notarial de Costa Rica S.R.L. contra María Marcela Campos Sanabria. Expediente 18-002359-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de enero del año 2023.—Greivin Gerardo Fallas Abarca, Jueza Decisora.—( IN2023725820 ).

En el Juzgado de Familia de Heredia, por haberse ordenado en resolución dictada a las dieciséis horas ocho minutos del catorce de febrero de dos mil veintitrés. Expediente. 18-000191-0364-FA, proceso ordinario establecido por la señora María Gabriela Salazar Calvo contra Mauricio José de Jesús Hernández Delgado, con la base acordada por las partes de cien millones de colones (¢100.000,000), se procederá al remate del bien inmueble que se describe así: a) Finca inscrita en el Registro Nacional, Sección Bienes Inmuebles, partido de Heredia matrícula 104372-000, con una base de cien millones de colones (¢100.000,000), la cual corresponde a un terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 04-Jesús, cantón: 04-Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al norte, calle pública con 24,10 metros; al sur, José Traube Jenhir; al este, Rafael Ovidio Menden; y al oeste, José Francisco Vargas Bolaños. Mide: mil novecientos treinta y siete metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: H-0788907-1988, identificador predial: 404040104372. anotaciones sobre la finca: no hay gravámenes o afectaciones: si hay servidumbre trasladada citas: 335-18395-01-0907-001 finca referencia: 082931-000 afecta a finca: 4-00104372-000 cancelaciones parciales: no hay anotaciones del gravamen: no hay hipoteca citas: 520-03271-01-0001-001 afecta a finca: 4-00104372-000 monto: seis millones colones intereses: corrientes del veinte y uno punto cincuenta por ciento anual fija inicia: 04 de junio de 2003 vence: 04 de junio de 2013 forma de pago: diez años mediante cuotas 120 cuotas mensuales variables vencidas y consecutivas de ciento veintiún mil novecientos ochenta y dos colones con un céntimos renuncias: domicilio, requerimientos de pago y tramites de juicio ejecutivo responde por: seis millones colones grado: primer grado base de remate: capital adeudad acreedor Banco Nacional de Costa Rica cédula jurídica 4-000-001021 deudor José Ramón Varela Conejo cédula identidad 1-0494-0742 estado civil: casado una vez cancelaciones parciales: no hay anotaciones del gravamen: no hay hipoteca, citas: 543-09427-01-0001-001 afecta a finca: 4-00104372-000, monto: veinte mil cuatrocientos unidades de desarrollo intereses: 8.00 % anual inicia: 08 de noviembre de 2004 vence: 08 de noviembre de 2018 forma de pago: lo pagara en el plazo de 14 años. renuncias: domicilio, requerimientos de pago y tramites de juicio ejecutivo responde por: veinte mil cuatrocientos unidades de desarrollo grado: segundo grado base de remate: cap. x resp. acreedor Banco Nacional de Costa Rica cédula jurídica 4-000-001021 deudor José Ramon Varela Conejo cédula identidad 1-0494-0742 estado civil: casado una vez cancelaciones parciales: no hay anotaciones del gravamen: no hay demanda ordinaria citas: 800-458430-01-0001-001 número de expediente 18-000191-0364-FA afecta a finca: 4-00104372-000 inicia el: 06 de febrero de 2018 finaliza el: 06 de febrero de 2028 cancelaciones parciales: no hay anotaciones del gravamen: no hay. Para tal efecto se señalan las: trece horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las: trece horas treinta minutos del ocho de mayo del dos mil veintitrés, con la base de cien millones de colones (¢100.000,000). De no apersonarse rematantes, para el Tercer Remate, se señalan las: trece horas treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintitrés, con la base de cien millones de colones (¢100.000,000). Expediente N° 18-000191-0364-FA. Nota: publíquese este edicto dos veces, en días consecutivos, la primera con un mínimo de ocho días hábiles de antelación a la fecha fijada para la subasta. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia de Heredia, 03/03/2023.—MSc. Pablo Amador Villanueva, Juez de Familia.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023725825 ).

En este Despacho Judicial, con una base de cincuenta millones novecientos sesenta mil novecientos treinta y cinco colones con noventa céntimos (¢50.960.935,90) (base otorgada por avalúo pericial), libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas: 569-82576-1-0025-001, y servidumbre de paso, citas: 569-82576-01-0051-000; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil trescientos veintitrés, derecho cero cero cero, la cual es lote 16 terreno de repastos. Situada en el distrito Sexto Tierras Morenas, cantón Octavo Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noreste, lote diecisiete y Río Sábalo; al noroeste, Carmen Adelina Zamora Sancho; al sureste, lotes doce y dieciocho; y al suroeste, lote diez. Mide: cinco mil trescientos ochenta y ocho metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas del lunes veintisiete de marzo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del martes once de abril del dos mil veintitrés con la base de treinta y ocho millones doscientos veinte mil setecientos un colones con noventa y tres céntimos (¢38.220.701,93) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del miércoles veintiséis de abril del dos mil veintitrés con la base de doce millones setecientos cuarenta mil doscientos treinta y tres colones con noventa y ocho (¢12.740.233,98) (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Mansión Teolinda Sociedad Anónima contra Cindy Caroccio no indica. Expediente N° 11-100155-0927-CI.—Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia). Hora y fecha de emisión: dieciséis horas con nueve minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintitrés.—Licda. Katherine Salazar Segura, Jueza Decisora.—( IN2023725837 ).

En este Despacho, Tomando en cuenta la base de remate pactada en la hipoteca de segundo grado bajo las citas: 2013-168918-01-0003-001, por cuanto la hipoteca de primer grado se encuentra cancelada: Con una base de treinta y cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo las citas: 2020-77228-01-0001-00 y obligaciones ref:002617589001 bajo las citas: 314-11562-01-0901-002; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 405.972-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 05-Venecia, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Yadira Estrada Quesada; al sur, Yadira Estrada Quesada; al este, calle pública, y al oeste, Yadira Estrada Quesada. Mide: setecientos dieciocho metros con veinte decímetros cuadrados, Plano: A-0979400-2005. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dos de junio del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del doce de junio del dos mil veintitrés, con la base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil veintitrés, con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Adolfo Montoya Garro. Expediente N° 22-001454-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y tres minutos del veintiocho de noviembre del dos mil veintidós.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2023725838 ).

En este Despacho, con una base de ¢30.872.363,50, libre de gravámenes hipotecarios, pero con citas: 317-14702-01-0915-001CONDIC REF:02669 017 01 y servidumbre trasladada bajo citas: 317-14702-01-0916-001, sáquese a remate la finca situada en la provincia Limón y titular de la matrícula número 20538-000, la cual es terreno correspondiente al Lote 228 para agricultura, se sitúa en el distrito Limón, del cantón Limón. Colinda: al norte, Wilfred Williams y otro; al sur, este y oeste, Misetta Blackwood, Mide: trece mil trece metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 10:30 del 12/4/2023. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las 10:30 del 20/4/2023 con la base de ¢23.154.272,63 (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las 10:30 del 28/4/2023 con la base de ¢7.718.090,88 (25% de la base original). Notas: Se le informa. a las personas interesadas en participar en la almoneda que. en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos para la Educación contra José Ignacio Barrientos Zamora, Víctor Hugo Barrientos Vega. Expediente N° 20-003385-1765-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de febrero del año 2023.—David Felipe Cortés Segura, Juez.—( IN2023725878 ).

En este despacho, con una base de dos millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BLL809, marca: Toyota, estilo: echo, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 2 puertas, tracción: 4x2, año: 2001, color: dorado. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del doce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés con la base de dos millones veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos Hermanos Barrantes contra Miguel Ángel Zúñiga Matarrita. Expediente Nº 20-000581-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercero Circuito Judicial De Alajuela (San Ramón), 08 de febrero del año 2023.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza.—( IN2023725945 ).

En este Despacho, con una base de once millones ciento setenta y tres mil setecientos cincuenta y tres colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 127046-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 1-Quepos, cantón 6-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Carlos Manuel Brenes Castillo; al sur calle pública con 11,97 cm; al este Álvaro Rodríguez Rodríguez y al oeste Municipalidad de Aguirre. Mide: cuatrocientos treinta y nueve metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés con la base de ocho millones trescientos ochenta mil trescientos quince colones con cuarenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos millones setecientos noventa y tres mil cuatrocientos treinta y ocho colones con cuarenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sonia Sánchez Garita. Expediente:22-007063-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: diez horas con veinte minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veintidós.—Anny Hernández Monge, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023725949 ).

En este Despacho, con una base de un millón quinientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el vehículo placas BTB654, marca: Toyota, estilo: RAV 4, 4X4, año 2003, color negro, motor número 1AZ4356444, 2000 cc, gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de junio de dos mil veintitrés con la base de trescientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Alonso León Montero contra Diego Andrés Carvajal Sibaja, expediente 22-002831-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 23 de febrero del año 2023.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2023725951 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones ciento cuarenta mil trescientos once colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 358-08508-01-0830-001, 395-03669-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos quince mil seiscientos setenta y nueve, derecho cero cero uno y cero cero dos, para ambos derechos: la cual son terreno de palma africana. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con 120 metros lineales de frente; al sur Shirley Mayela Bolaños Vega; al este Shirley Mayela Bolaños Vega y al oeste Juan Viales Rodríguez. Mide: veinte mil metros cuadrados. Plano: P-1917191-2016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas diez minutos del uno de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas diez minutos del nueve de junio de dos mil veintitrés con la base de veintiséis millones trescientos cincuenta y cinco mil doscientos treinta y tres colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas diez minutos del diecinueve de junio de dos mil veintitrés con la base de ocho millones setecientos ochenta y cinco mil setenta y siete colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Pérez Mora, Víctor Manuel del Carmen Pérez Amador. Exp:22-001121-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: quince horas con nueve minutos del nueve de enero del dos mil veintitrés.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2023725955 ).

En la puerta exterior de este Despacho, sáquese a remate, las fincas del Partido de Guanacaste, matrícula Nos. 73918-000 y 151815-000. Lo anterior con base en lo siguiente: 1-) Finca 5-73918-000, libre de gravámenes y anotaciones. La cual se describe así: naturaleza: terreno para construir, situada en el distrito 3-Veintisiete Abril, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: calle pública con 27,62 mts.; sur: Gerardo Rosales; este: Julio Valverde; oeste: calle pública con 22,60 mts. Mide: trescientos ochenta y un metros con treinta decímetros cuadrados. Plano: G-0967577-1991. Con una base para remate de: primer remate cuarenta y ocho mil quinientos tres dólares con ochenta y cinco centavos ($48.503,85). Segundo remate treinta y seis mil trescientos setenta y siete dólares con ochenta y nueve centavos ($36.377,89) (75% de la base original). Tercer remate doce mil ciento veinticinco dólares con noventa y seis centavos ($12.125,96) (25% de la base original). 2-) Finca 5-151815-000, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 568-55390-01-0004-001. la cual se describe así: naturaleza: terreno de potrero, situada en el distrito 9-Tamarindo, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: Lorena Chávez Molina; sur: calle pública lastreada con frente a ella de 46 metros con 75 centímetros lineales; este: Antonio Armillota y Andrea Salazar Ramírez; oeste: Hans Mille Faint y Verónica Scarlato. Mide: tres mil cuatrocientos diecisiete metros cuadrados. Plano: G-1435316-2010. Con una base para remate de: primer remate cuarenta y siete mil quince dólares con diez centavos ($47.015,10). Segundo remate treinta y cinco mil doscientos sesenta y un dólares con treinta y dos centavos ($32.261,33) (75% de la base original). Tercer remate once mil setecientos cincuenta y tres dólares con setenta y siete centavos ($11.753,77) (25% de la base original). Para lo cual se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés. Publíquese el edicto de ley. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Isaac De Jesús Rodríguez Alemán, Llinis Sotera Rosales Zamora, Transportes la Ruta 66 S. A. Expediente N° 18-003134-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: ocho horas con cincuenta y seis minutos del seis de marzo del dos mil veintitrés.—Anthony Jesús Quesada Soto, Juez Tramitador.—( IN2023725959 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos treinta y cinco mil doscientos sesenta colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BVH158. Marca: Hyundai Estilo: Accent. Categoría: automóvil . Capacidad: 5 personas. carrocería: sedan 4 puertas Hatchback. Tracción: 4X2. Año fabricación: 2013 N.Motor: no visible marca: Hyundai. Cilindrada: 1600 c.c cilindros: 4. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del veintidós de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones setenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés con la base de un millón trescientos cincuenta y ocho mil ochocientos quince colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Rodolfo Gerardo Sancho Dittel contra Oscar Rafael Maroto Elizondo. Expediente Nº 22-000002-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y cinco minutos del seis de marzo del dos mil veintitrés.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2023725985 ).

En este despacho, con una base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 146335-F-000, la cual es terreno finca filial número 32 bloque B apta para construir que podrá tener una altura máxima de 2 pisos destinada a uso habitacional. Situada en el distrito 7- La Granja, cantón 7- palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial 31 B; al sur calle interna; al este, finca filial 33 B y al oeste calle interna. Mide: Doscientos sesenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones y Desarrollos Browaeys Sociedad Anónima contra Ecosa Equipos De Construcción S. A. Expediente Nº 21-001356-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 27 de febrero del año 2023.—Licda. Jennsy María Montero López, Jueza.—( IN2023725993 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000024-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de La Ceiba Amarilla de Palmar de Osa Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-226652, representada por Santiago Aguilar Mora portador del documento de identidad 6-0094-170 y vecino de Palmar Norte, a fin de  inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero, palma aceitera, con dos casa  de habitación y un corral. Situada en el distrito segundo Palmar Norte, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 405.87 metros de frente; al sur, Flor Flores Arrieta; al este, Flor Flores Arrieta y Investment for the South Zone S. A y al oeste, calle pública con un frente de 309.05 metros de frente. Mide: Cincuenta y cuatro mil quinientos noventa y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-42507-2022. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por cesión de derechos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,  pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez  años.- Que no existen condueños.- Que los actos de posesión han consistido en  cultivo y cosecha de palma aceitera, mantenimiento de potrero y cercas, cuido y  protección de quebrada.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de  Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de  la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la  publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por La Ceiba Amarilla de Palmar de Osa Sociedad Anónima. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación. Expediente Nº 23-000024-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur, Corredores, 22 de febrero del año 2023.—Lic. Oscar Andrés Segura Navarro, Juez (a).—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023723553 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000452-0465-AG donde se promueve información posesoria por parte de Clara Isabel Leitón Meneses quien es mayor, casada, vecina de Guácima, Alajuela, portadora de la cédula número uno-cero quinientos ochenta y nueve-cero setecientos veintiocho, pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón-Bataán, la cual es terreno para la agricultura cultivado con cacao y montaña. Situada en el Distrito segundo de Bataán, Cantón quinto de Matina. Colinda: al norte con quebrada y con Nelson Castrillo Sobalbarro; al sur con Nelson Castrillo Sobalbarro; al este con Francisco Araya Chavarría y al oeste con Marlene del Carmen Otárola Sobalbarro. Mide: cuarenta y cuatro mil seiscientos sesenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la agricultura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Clara Isabel Leitón Meneses. Expediente:22-000452-0465-AG-0. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. 16 de enero del año 2023.—Licenciada. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723556 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000325-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Yineth Molina Guido C. C Jinette quien es mayor, soltera, vecina de Nicoya, Barrio Santa Lucía, portadora de la cédula de identidad vigente número 5-143-656, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero y tacotal. Situada en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Daniel Molina Guido; al sur, Yadira Molina Guido y Río Quirimán; al este, Río Quirimán, y al oeste, Yadira Molina Guido, Fa Cloud Nine y servidumbre. Mide: catorce hectáreas con noventa y ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 5-2248416-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble diez millones de colones y las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de linderos, rondas y cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Yineth Molina Guido. Expediente N° 22-000325-0391-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 12 de diciembre del año 2022.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723558 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000148-0993-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Emiliano Gómez Víquez, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de San Roque de Grecia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-cero seiscientos setenta y cuatro-cero seiscientos quince, profesión ingeniero electromecánico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos. Situada en el distrito: 05-Piedades Sur, cantón: 02-San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Adrián González Calderón; al sur: Rubén Rafael de la Trinidad Ramírez Varela y Adrián González Calderón; al este: calle pública con un frente a esta de cuarenta y tres metros y setenta y un decímetros lineales; y al oeste: Greivin José González Alvarado y Adrián González Calderón. Mide: treinta y cuatro mil novecientos cuarenta y tres metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° A-895417-90. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de tres millones de colones y las presentes diligencias en la suma de cien mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de la propiedad, construcción y mantenimiento de cercas, plantación de árboles, siembra de café, yuca y plátano. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Emiliano Gómez Víquez. Expediente N° 22-000148-0993-AG. Nota: publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), 27 de febrero del 2023.—Msc. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023723569 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000042-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marco Tulio Carranza Ramírez quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino(a) de Piedades Sur de San Ramón, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-cero ciento setenta y seis-cero cero cincuenta y cinco, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es repasto y árboles frutales. Situada en el distrito Piedades Sur, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de cinco metros y setenta y nueve centímetros; al sur, Teresita Cordero Guerrero; al este, Teresita Cordero Guerrero y Arifer Limitada, y al oeste, Evelyn Carranza Ramírez, Meilyn Carranza Ramírez y calle pública con frente a esta de diez metros con noventa y cuatro centímetros. Mide: novecientos cincuenta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-dos millones trescientos mil trescientos ochenta y dos-dos mil veintiuno. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, levantamiento de cercas y cultivo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marco Tulio Carranza Ramírez. Expediente N° 22-000042-0993-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 24 de febrero del año 2023.—Msc. Tatiana De Los Ángeles Rodríguez Herrera, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023723570 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 22-000021-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jennifer Tatiana Montero Muñoz, quien es mayor, femenina, costarricense, educadora, casada  una vez, cédula Nº 1-1516-0455, vecina de Heredia, Sarapiquí, Horquetas, frente a la Delegación de Horquetas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno  que se describe así: Terreno de solar con árboles frutales en forma triangular. Ubicado en Horquetas, distrito tercero Horquetas, del cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia. Mide: 256 m². Linda al noroeste, con Anthony Montero Muñoz, al suroeste, con calle pública con un frente de 21.07 metros lineales y al este con Henry Artavia Núñez. Graficado en el Plano Catastrado Nº 4-2294672-2021. Inmueble que fue estimado en la suma de ¢1.000.000.00 y las diligencias en ¢100.000.00. Dicho inmueble fue adquirido por la gestionante por donación que le hiciera su padre, señor José Arnoldo Montero Flores. El inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Diligencias de información posesoria Nº 22-000021-0507-AG. Nota: Este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias. De conformidad con la circular Nº 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Guápiles, 28 de febrero de 2023.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023723572 ).

Citaciones

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mario Huertas Gomez, mayor, casado por tercera vez, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0104280718 y vecino de San José, Llorente de Tibás, frente a Grupo Nación. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000059- 0180-CI - 8.—Juzgado Primero Civil de San José, 09 de febrero del año 2023.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez.—1 vez.—( IN2023723023 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Gregory Reynolds (nombres) Paradise (apellido), quien en vida fuera mayor, divorciado de sus primeras nupcias y en unión libre, empresario, vecino de Monteverde, Puntarenas, Costa Rica, frente al Hotel El Establo, titular del pasaporte de los Estados Unidos número seis cuatro cinco cero cinco cero cero siete siete; para que en el plazo de quince días contados a partir de esta publicación comparezcan a reclamar sus derechos ante la Notaría del Licenciado Paul Zúñiga Hernández, cita San José, la Uruca, de las bodegas de la Liga de la Caña cien metros sur y ciento cincuenta metros oeste, casa número ciento cuarenta, Bufete Esquivel y Asociados, y se apercibe a quienes crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0003-2023.—Notaría del Licenciado Paul Zúñiga Hernández.—1 vez.—( IN2023723053 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante la notaria Joselyn Pamela Granados Tames, notarías públicas, con oficina abierta en la ciudad de Cartago, Agua Caliente, trescientos metros oeste, de la Plaza  de Deportes, Urbanización Cocorí, casa número quinientos cincuenta y cuatro, escritura número 225 de las 17:30 horas del 03 de febrero 2023, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quién en vida fuera Ramsés Francisco Ortiz González, mayor, auditor, casado dos veces, quien portó la cédula de identidad número tres-cero trescientos dieciséis- cero  novecientos cuarenta y uno, vecino de Cartago, Tres Ríos, Condominio Imperial casa veinte-C, quien  falleció el día cuatro de enero dos mil veintitrés. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Según lo establece el artículo 126.3 del Código Procesal Civil vigente en Costa Rica. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Cartago, 01 de marzo del 2023.—Joselin Pamela Granados Tames, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023723066 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio Notarial de Manuel Daube Céspedes Benavides, quien en vida fue, viudo, pensionado, cédula dos cero dos seis tres cero siete cuatro ocho, vecino de provincia San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos, de la plaza de deportes trescientos setenta y cinco metros sur contiguo al talle HR Lukir. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días hábiles a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2023. Notaría de Elena Murillo Agüero, carné 11149, ubicada en Curridabat, barrio La Lía, residencial Lomas de Curridabat casa nueve H. Teléfono 8725-0315.—San José primero de marzo del dos mil veintitrés.—1 vez.—( IN2023723067 ).

Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rosa Lía Román Zúñiga, mayor, estado civil casada una vez, profesión oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0302020475 y vecina de Puntarenas, Buenos Aires del Hospital de Buenos Aires 100 metros norte y 50 metros oeste, casa mano izquierda de una planta. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº18-000033-1046-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Civil), 20 de diciembre del 2022.—Lic. Ronald Mora Solano, Juez.—1 vez.—( IN2023723068 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Maricel Fallas Suarez, mayor, casada, dependiente, vecina de San José, Barrio Lourdes de Aserrí, 75 metros oeste y 50 metros sur de la Escuela de Sáurez, con documento de identidad 01-1185-0122.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 22-000147-0217-CI-1. Nota: Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), hora y fecha de emisión: trece horas con trece minutos del treinta de marzo del dos mil veintidós.—M.Sc. Wálther Obando Corrales, Juez.—1 vez.—( IN2023723085 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Felipe Alfaro Picado, mayor, casado, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0302510175 y vecino de San José, San Antonio, del bar La Pia Pia, 200 mts norte y 600 mts sur, urbanización Las Parcelas, casa 17. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 23-000121-0182-CI- 0.—Juzgado Tercero Civil de San José, 24 de febrero del año 2023.—Licda. Lidieth Venegas Chacón, Juez.—1 vez.—( IN2023723100 ).

Por escritura de 11:00 horas del 08 de diciembre de 2022, se abrió sucesorio de Jean Ives Georges (nombre) Paradise (apellido) de un solo apellido en razón de su nacionalidad francesa, mayor, casado dos veces, comerciante, cédula de residencia N° 125000068826, vecino en sus últimos días de Guanacaste. Se cita interesados por el plazo de ley. Oposiciones: aandreoli@abcqlegal.com.— MSc. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2023723103 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso SUCESORIO de quien en vida se llamó José Lucio Carrillo Medina, mayor, soltero, jornalero costarricense, con documento de identidad 0500900731 y vecino de Nicoya, Pozo de Agua, un kilómetro norte de la plaza de Deportes. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº22-000296-0391-AG. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 17 de febrero del año 2023.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—( IN2023723107 ).

Mediante acta de apertura ante esta notaría, por Johnny Emilio Lewis Lewis, a las 9:00 horas del veintisiete de febrero del año 2023, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de Loyrian Jean Lewis Lewis, mayor, soltera, ama de casa, vecina de San José, Paso Ancho y portadora de la cédula de identidad: siete-cero treinta y ocho-cuatrocientos siete. Se cita a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos. Notaría Francisco Javier Stewart Satchuell, satchuell@ice.co.cr.—Montes de Oca, Los Yoses, 300 al sur y 250 al oeste, Bufete Stewart.—Lic. Francisco Stewart Satchuell.—1 vez.—( IN2023723563 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Nya Nixiana Chavarría Murillo, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Nota: Publíquese por tres veces consecutivas. De conformidad con la circular N° 67- 09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N° 21-000604-0292-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del ¨Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas treinta y siete minutos del once de mayo de  dos mil veintiuno. 11 de mayo del año 2021.—Msc. Jenniffer De Los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023723583 ).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Ángela María Solano Delgado, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Cartago, La Unión, Tres Ríos, costado este de la Municipalidad, cédula de identidad número uno-cuatrocientos veinte-ochocientos cuarenta para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta Notaría, (Tres Ríos 150 metros norte de Palí), a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia. de que, si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 1.-2023. Notario: Víctor Hugo Rodríguez Pérez.—Tres Ríos, 1 de marzo del dos mil veintitrés, Teléfono 25180311.—1 vez.—( IN2023723587 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rafael Castro Valverde, Dayanna Patricia Castro Sandi, Carolina Castro Sandi y Alberto Castro Sandi, a las dieciséis horas del dieciocho de febrero del dos mil  veintitrés y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Luis Alberto Castro Carmona, mayor, divorciado una vez, chofer, con cédula de identidad uno-mil doscientos ochenta-setecientos cincuenta y tres, vecino de San Antonio de Escazú, de la terminal de buses  La Tapachula, trescientos metros al sur. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Ana Yanci Marín Vega, San José, Escazú, San Antonio, del descanso setenta y cinco metros al sur, Teléfono 83270959; E-mail: anaymv@gmail.com.—1 vez.—( IN2023723598 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Herbert Jesús Valerín Valladares, mayor de edad, casado en primeras nupcias, Empresario, vecino de San José, Curridabat, Lomas de Ayarco Sur, del antiguo Restaurante La Casa de Doña Leia doscientos metros al sur y veinticincos metros al oeste, segunda casa mano izquierda, cedula de identidad número tres-trescientos dos-ciento catorce, fallecido el veinticuatro de noviembre del dos mil veintidós, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 001-2023. Notaria del Bufete de la Licda. Marianela Soto Vega, correos electrónicos: marianela.sotoveqa@hotmaii.com y cintyvm.29@gmail.com. Notaria Pública ( Publicar 1 vez).—San José, 11 de febrero del 2023.—1 vez.—( IN2023723601 ).

Ante esta Notaría, mediante Acta de Apertura otorgada por Xinia Valverde Jara, en su condición de Apoderada Generalísima sin límite de suma y en representación del señor José Ricardo Pintor Herrera a las veinte horas del día primero de marzo del año dos mil veintitrés y comprobado los fallecimientos de Claudio Pintor Herrera, Ury Herrera Ugalde y Claudio Pintor López, esta Notaría ha declarado abierto sus procesos sucesorios Abintestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a toda persona que tenga un interés legítimo, para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta Notaría ubicada en San Cayetano de la Escuela Ricardo Jiménez cincuenta metros sur, Teléfono 89949981 a hacer valer sus derechos.—San José dos de marzo del año dos mil veintitrés.—Licda. Lissette Araya Paniagua.—1 vez.—( IN2023723634 ).

Avisos

Edicto, se hace saber, que ante este Tribunal de Justicia se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Vidney Gerardo Fernández García, c.c. Visney Fernández García, mayor, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0603440832, en el cual se solicita declarar ausente a Susana Margarita Sánchez Ortiz, mayor, casada en primeras nupcias, nacionalidad mexicana, pasaporte número 08835201575. Se concede a los interesados el plazo de un mes contado a partir de la última publicación de este edicto para que se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos. Transcurrido el plazo de un mes, se resolverá si procede o no la declaración de ausencia, expediente 22-000046-0920-CI-9. Promovido por Vidney Gerardo Fernández García. Nota: publíquese una vez en un diario de circulación nacional. (Artículo 181.2 del Código Procesal Civil).—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia civil), hora y fecha de emisión: quince horas con uno minutos del seis de octubre del dos mil veintidós.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez/a Decisor/a.—( IN2023712717 ).        3 v. 2. Alt.

Se convoca a quienes fueron socios, asociados o a quienes corresponda designar representante de Bluegreen Mercantile Group S. A., cédula jurídica N° 3-101-250052, para que, en el plazo de cinco días se apersonen a este Despacho y manifiesten lo que corresponda respecto de la representación de la sociedad jurídica indicada, conforme al artículo 19.4 del Código Procesal Civil. En caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de un curador procesal. Lo anterior por ordenarse así en proceso liquidación persona jurídica de Bluegreen Mercantile Group S. A. Expediente N° 20-000875-0181-CI. Nota: Sin fecha límite de publicación.—Juzgado Segundo Civil de San José, 10 de febrero del año 2021.—Msc. Daniel Jiménez Medrano, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023721551 ).

Edictos En Lo Penal

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1 vez.—Solicitud N° 68-2017-JA.—O. C. N° 364-12-2021C.—( IN2023725879 ).

Expediente N° 18-006048-0489-TR contra: Terry Chase Mayorga. Ofendido/a: Laura Marlise Díaz Agüero. Delito: lesiones culposas. Edicto Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las diecisiete horas veinticinco minutos del veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. Se pone en conocimiento y se cita para audiencia preliminar al señor Fabián Mora Rojas, mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad número 1-1295-0874 en calidad de tercero civilmente demandado que este despacho mediante resolución de las diecisiete horas dieciséis minutos de veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, se han dictado los autos donde ordena la notificación por edicto que literalmente dicen: “Siendo que en la causa penal se ha señalado para audiencia preliminar para las diez horas con treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintitrés; pese que la Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de San José hizo lo posible por ubicar al señor Fabián Mora Rojas quien figura como tercero civilmente demandado en la presente causa y no se obtuvo respuesta alguna, se ponen en conocimiento y se cita por edicto al señor Fabián Mora Rojas, cédula de identidad 1-1295-0874 para la audiencia preliminar antes dicha, por lo que se le comunicará la presente mediante la publicación de un edicto, por única ocasión; así mismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 316 y 317 del código procesal penal se pone en conocimiento todas las actuaciones y pruebas por el plazo de cinco días. No omite indicarse que de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Ejecútese lo dispuesto y emítanse las comunicaciones de rigor a la Procuraduría Judicial, una vez firme esta resolución. Así mismo, de conformidad con el numeral 120 del Código Procesal Penal, siendo que el tercero civil demandado, hasta este momento, se encuentra ausente, se ordena la designación de un defensor público de esta localidad para que represente al señor Fabián Mora Rojas, mientras dure su ausencia y se comparezca a la audiencia preliminar señalada. Comuníquese. Licenciada. Thamara Leandro White, Jueza Penal”. Comuníquese.—Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José.—Licda. Thamara Leandro White, Jueza Penal.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023723970 ).