BOLETÍN JUDICIAL 57 DEL 28 DE MARZO DEL 2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

SE REPRODUCE POR ERROR EN EL ORIGINAL,

EN LO RESALTADO EN NEGRITA Y SUBRAYADO

CIRCULAR N° 43-2023

ASUNTO: Acuerdo adoptado por la Corte Plena en sesión N° 01-2023, celebrada el 16 de enero de 2023, artículo XXXII, sobre la Regla IV”.

A LAS PERSONAS SERVIDORAS JUDICIALES

DEL PAÍS, DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

Y PÚBLICO EN GENERAL

SE LES HACE SABER QUE:

La Corte Plena en sesión N° 01-2023, celebrada el 16 de enero de 2023, artículo XXXII, tomó el acuerdo, que en lo que interesa dice:

“(…)

Una vez analizado y discutido el asunto,

CONSIDERANDO:

1)     Que en sesión N° 9-2000 del 28 de febrero de 2000, artículo XXXI, se tomó el acuerdo cuya parte dispositiva dice:

“(…)

Recibida la votación correspondiente, se dispuso: Aprobar el informe con los agregados que se indican en relación con las reglas propuestas y hacerlo del conocimiento del Consejo Superior para lo que estime pertinente; así votaron los Magistrados Montenegro, Zeledón, Rivas, Aguirre, van der Laat, Ramírez, Chaves, Castro, Sancho, Calzada, Vargas y los Suplentes Baudrit, Ramos y Amador.

En cuanto al punto N° 1 con el siguiente agregado:

“Si la jubilación es por tiempo de servicio, ésta procederá al cumplirse treinta años de labor y será proporcional, en los términos previstos en la Ley Orgánica, si al mismo tiempo no se cumple con la edad requerida de sesenta y dos años.”

En lo que respecta al punto N° 2 incluyendo lo siguiente:

“En este caso la jubilación será proporcional, si al mismo tiempo no se cumple con la edad requerida de sesenta y dos años.”

Y en cuanto al punto N° 3 se adiciona en el sentido que se indica a continuación:

“En ambos supuestos el monto de la jubilación será proporcional, en los términos previstos en la Ley Orgánica, si no se cumplen simultáneamente los dos requisitos (55 de edad o 30 de servicio).”

Los Magistrados Piza y Solano, se pronunciaron por tener por rendido el informe y trasladarlo al Consejo Superior para que se pronuncie, esta Corte tiene competencia sólo para eso, de conformidad con lo que establece el artículo 81, inciso 12) y el 235 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El Magistrado Zamora emitió su voto por aprobar el informe y ponerlo en conocimiento del Consejo Superior, pero improbar la parte del informe que deja las cosas como están respecto de las pensiones concedidas de manera ilegal, cree que se impone de manera preceptiva iniciar un procedimiento para cancelar esas jubilaciones y así lo debe acordar la Corte y para eso debe comenzar con la consulta obligatoria a la Procuraduría General de la República.

El Presidente, Magistrado Mora, se pronunció por improbar la última parte del informe, ya que le parece que ese es un procedimiento que le corresponde al Consejo Superior y de conformidad a todo lo demás, éste determinará lo que proceda en relación con las pensiones ya otorgadas en su oportunidad”.

2)     Que en sesión N° 50-14 de 27 de octubre de 2014, artículo único, se conoció lo relacionado con la denominada Regla IV, aprobada en sesión N° 9-2000 del 28 de febrero de 2000, artículo XXXI y se tiene lo siguiente:

Fundamentos de la denominada Regla Cuarta.

En la sesión de Corte Plena N°. 9-2000 del 28 de febrero del 2000, con ocasión de un informe presentado por la Comisión del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial en el que se analizó un acuerdo del Consejo Superior sobre la existencia de derechos adquiridos al régimen anterior a la Ley N°. 7302 (artículo LV de la sesión del 10 de enero de 1998), se aprobaron una serie de reglas relativas al otorgamiento de jubilaciones tomando en cuenta la coexistencia de distintos regímenes.

Dentro de las reglas aprobadas por la Corte para jubilarse con promedio completo se encuentran la tercera y la cuarta. La primera de estas señala que “adquirieron derechos”, o, mejor dicho, ostentan una situación jurídica consolidada a jubilarse conforme a las reglas vigentes al amparo de la Ley N°. 6869, quienes ingresaron a laborar antes del 1 de enero de 1994 si a esa fecha cumplían con los requisitos establecidos para jubilarse o los cumplieran dentro de los dieciocho meses siguientes (antes del 29 de junio de 1995) o si, al 1 de enero de 1994 tuvieran 20 años de servicio. Con la excepción que se dirá, se trata del respeto de situaciones jurídicas consolidadas por cumplimiento de requisitos (derecho adquirido en los términos de la jurisprudencia constitucional al no requerir un acto que así lo constituya) o bien, como consecuencia del transitorio XIII de la Ley N° 7333.

En este sentido, la única observación que se hace, aunque no es objeto de este informe, es lo relativo a los dieciocho meses de transitoriedad que se otorga hasta el 29 de junio de 1995. Esto en relación con aquellas personas que llegaron a los 55 años de edad entre el 1 de enero de 1994 y el 29 de junio de 1995, ya que, si bien podría argumentarse que es consecuencia directa de la jurisprudencia constitucional previamente comentada, lo cierto es que al existir una norma transitoria expresa, cabe cuestionar si, adicionalmente resultan aplicables los 18 meses de transitoriedad previstos en la jurisprudencia constitucional. En todo caso, por no ser objeto de este informe, se deja planteada la inquietud para una revisión más pormenorizada en caso de que la Corte lo considere conveniente.

Hasta este punto, y salvo la observación hecha, la regla tercera precisa los términos que se extraen del transitorio XIII de la Ley N° 7333. No obstante lo anterior, la regla cuarta innova un supuesto adicional no previsto expresamente. Se regula el caso de quienes al 1 de enero de 1994 no tuvieran 20 años de servicio (y por lo tanto, no resultarían cobijados por la literalidad del transitorio), en cuyo caso se extiende el tratamiento a que se ha venido haciendo referencia para todos aquellos servidores que al momento en que entró en vigencia la Ley N°. 7302 (Ley Marco de Pensiones) tuvieren más de 10 años laborados o reconocidos, pudiendo jubilarse con promedio completo con 55 o más años de edad y 30 de servicio.

El fundamento sobre el que se basó esta propuesta, aprobada en definitiva por la Corte, parte del análisis de un criterio de Consejo Superior (cuestionado por la Auditoría Judicial) según el cual todos los servidores judiciales que al 15 de julio de 1992 (fecha en que entró a regir la ley Marco de Pensiones) tenían al menos 10 años de servicio, ya sea con el Poder Judicial o reconocidos por este, gozan de un derecho adquirido en cuanto a la pertenencia al régimen de pensiones vigente antes de la modificación operada mediante la Ley Marco de Pensiones. En virtud de lo anterior, quienes en ese momento tuvieran 10 años de servicio, tenían la posibilidad de acceder a la jubilación proporcional cuando cumplieren 55 años, independientemente del tiempo servido.

En el estudio y propuesta que hace la Comisión del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, interpreta que el transitorio III de la Ley N°. 7302 otorga un plazo de transitoriedad a quienes a su entrada en vigencia tuvieren más de 10 años de servicio. Al respecto indicó:

“El Transitorio III de la Ley N° 7302, estableció que únicamente pueden acogerse a su jubilación aquellas personas que a la entrada en vigencia de esa norma tuvieren más de diez años de servicio o de tiempo reconocido y sólo lo podrán hacer cumpliendo también el requisito de la edad. En esos claros términos fue que el legislador mantuvo vigente para ellos y con derecho a acogerse al respectivo régimen jubilatorio, un sistema transitorio especial, que no precisamente era igual al anterior. Obsérvese que la norma establece dos aspectos que no se pueden escindir o dividir a los efectos de entender lo que quiso el legislador: 1°) que los servidores podían descontar de la edad de retiro un año por cada dos servidos, lo cual, si se atiende a la limitación de los 55 años consignada en el párrafo segundo, la norma, como se explicó supra, estaba dirigida a quienes en ese momento tuvieran diez años de servicio o reconocidos; y, 2°) que en el párrafo segundo, se señala una doble condición para poder jubilarse bajo con [sic] ese régimen Transitorio especial y excepcional; cumplir con el mínimo de los cincuenta y cinco años y “los años servidos que determine su régimen”. / Como consecuencia de esa disposición, a partir de la vigencia de la Ley 7302, los servidores judiciales quedaron divididos en dos grupos: los que no tenían los 10 años de servicio en el Poder Judicial o en el resto del Sector Público y legalmente reconocidos, debían necesariamente cumplir el requisito de los 60 años de edad (nuevo régimen) o el tiempo de servicio requerido por el Sistema (sistema ordinario). Los que si ya tenían esos 10 años podían rebajar de los 60 años los años de servicio de la forma explicada, pero en todo caso cumplir el otro requisito de los años servidos que determinaba el régimen del Poder Judicial (30 años); ambos requisitos porque la “y” del Transitorio es copulativa.”

Finalmente, el informe concluye lo siguiente:

“[…] quienes a la entrada en vigencia de la Ley N° 7302 tenían 10 años de servicio, efectivo o reconocido, y que a la entrada en vigencia de la 7333 no alcanzaron los 20 años, pueden jubilarse ordinariamente a los 55 años, pero cumpliendo al mismo tiempo 30 años de servicio, o sea ambos requisitos (55 de edad y 30 de servicio), porque así lo exigió la propia ley.”

Lo anterior se sometió a votación y por mayoría de trece votos, se dispuso:

“(…) 3) Revocar hacia futuro la regla cuarta adoptada por la Corte Plena en la sesión N° 9-00 del 28 de febrero del 2000, artículo XXXI, de conformidad con lo establecido en los artículos 152 y 153 de la Ley General de Administración Pública, por razones de oportunidad y conveniencia para este Poder de la República. 4) Disponer lo que corresponda respecto de aquellas jubilaciones otorgadas en aplicación de esa regla, una vez que la Sala Constitucional resuelva la acción de inconstitucionalidad número 14-0125920007-CO, interpuesta por la Asociación Nacional de Empleados Judiciales (ANEJUD) contra los artículos 34 y 40 del Código Procesal Contencioso Administrativo y a la que se le dio curso mediante resolución de las 13:20 horas del 20 de agosto de 2014. Así emitieron su voto las Magistradas y los Magistrados Ramírez, Rojas, Aguirre, Chinchilla, Arias y los Suplente y las Suplentes Vargas Vargas, Solano Aguilar, Chaves Cervantes, López González, Bogantes Rodríguez, Desanti Henderson, Cortés Coto y Araya García.

(…)”

3)     Que en sesión N° 20-2022 celebrada el 03 de mayo de 2022, artículo XXIII, se conoció el informe de la Dirección Jurídica oficio DJ-2891-2020 de 04 de setiembre de 2020, que con respecto al objeto del presente acuerdo indica que se estima necesario que la Corte Suprema de Justicia adopte la decisión que considere procedente respecto de los actos creadores de derechos en cuanto a la diferencia a favor de los 180 servidores contenidos en el cuadro excel aportado por la Dirección de Gestión Humana, conforme el acuerdo de sesión 050-2014 de 27 de octubre de 2014, artículo único.

4)     Que en sesión N° 20-2022 celebrada el 03 de mayo de 2022, artículo XXIII, se tomó el acuerdo cuya parte dispositiva literalmente dice:

“(…)

Se acordó: 1) Tener por hechas las manifestaciones de los señores magistrados y las señoras magistradas que hicieron uso de la palabra y por recibidos los oficios Nos. 824-2021 y 030-DJA-2022 de la Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, SP-237-2022 de la Superintendente de Pensiones y 105-P-2022, suscrito por la magistrada Solano. 2) Tener por hecha la exposición del señor Director Jurídico, respecto del informe expuesto en el oficio DJ-2891-2020 de 04 de setiembre de 2020, sobre la situación del acuerdo de la sesión N° 9-2000 del 28 de febrero del 2000, artículo XXXI, referente a la denominada regla IV, a efecto de determinar si se estima procedente acoger solicitud de nulidad de los actos generadores de derechos subjetivos a su amparo, conforme al análisis realizado en la sesión N° 50-2014 de 27 de octubre de 2014, artículo único. 3) Solicitar a la Dirección Jurídica, que, en el plazo de 15 días hábiles, prepare un informe en el que se analicen y se plantee a conocimiento de la Corte los diferentes escenarios que se han deliberado sobre los medios idóneos para declarar la nulidad de los respectivos actos administrativos conforme lo expuesto, para que en definitiva se tome una decisión respecto el procedimiento a seguir. 4) Solicitar a la Dirección de Gestión Humana prepare un informe con los montos actualizados de cada una de las sumas pagadas a las personas servidoras jubiladas en los casos de análisis, el total correspondiente erogado por concepto de los referidos actos administrativos y tomando en consideración la fecha de adopción de los mismos, según lo expuesto por la Dirección Jurídica. 5) Hacer este acuerdo de conocimiento de la Superintendencia de Pensiones (SUPEN).”

5)     Que la Secretaría General de la Corte remitió atento recordatorio a la Dirección Jurídica mediante el oficio N° 6004-2022 del 13 de junio de 2022 y a la Dirección de Gestión Humana con los oficios N° 6005-2022 del 13 de junio, N° 6668-2022 del 01 de julio y N° 7275-2022 del 18 de julio, todos del 2022, en los cuales se solicitó remitir lo solicitado a la brevedad posible o bien, se indicaran los motivos por los que no se había contestado oportunamente y se definiera un plazo prudencial para su remisión.

6)     Que el máster Rodrigo Alberto Campos Hidalgo, Director Jurídico interino, mediante oficio N° DJ-C-296-2022 del 01 de julio de 2022, remitió el criterio solicitado.

7)     Que la máster Roxana Arrieta Meléndez, la licenciada Olga Guerrero Córdoba y el licenciado Carlos Lizano Alfaro, por su orden, Directora interina, Subdirectora interina y Jefe interino del Subproceso de Administración Salarial, todos de la Dirección de Gestión Humana, remitieron el oficio N° PJ-DGH-AP-2847-2022.

8)     Que el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública dispone lo siguiente:

Artículo 173.—

1) Cuando la nulidad absoluta de un acto declaratorio de derechos sea evidente y manifiesta, podrá ser declarada por la Administración en la vía administrativa, sin necesidad de recurrir al contencioso-administrativo de lesividad, previsto en el Código Procesal Contencioso-Administrativo, previo dictamen favorable de la Procuraduría General de la República; este dictamen es obligatorio y vinculante. Cuando la nulidad absoluta verse sobre actos administrativos directamente relacionados con el proceso presupuestario o la contratación administrativa, la Contraloría General de la República deberá rendir el dictamen.

En ambos casos, los dictámenes respectivos deberán pronunciarse expresamente sobre el carácter absoluto, evidente y manifiesto de la nulidad invocada”.

9)    Que el artículo 183.3 de la Ley General de la Administración Pública, indica que

“3) Fuera de los casos previstos en el artículo 173 de este Código, la Administración no podrá anular de oficio los actos declaratorios de derechos en favor del administrado y para obtener su eliminación deberá acudir al proceso de lesividad, previsto en el Código Procesal Contencioso-Administrativo”.

10)  Que el artículo 34 del Código Procesal Contencioso Administrativo dispone lo siguiente:

“1) Cuando la propia Administración, autora de algún acto declarativo de derechos, pretenda demandar su anulación ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, previamente el superior jerárquico supremo deberá declararlo lesivo a los intereses públicos, económicos o de cualquier otra naturaleza. El plazo máximo para ello será de un año, contado a partir del día siguiente a aquel en que haya sido dictado, salvo si el acto contiene vicios de nulidad absoluta, en cuyo caso, dicha declaratoria podrá hacerse mientras perduren sus efectos. En este último supuesto, el plazo de un año correrá a partir de que cesen sus efectos y la sentencia que declare la nulidad lo hará, únicamente, para fines de su anulación e inaplicabilidad futura.”

11)    Que es criterio de la Dirección Jurídica que en los casos indicados por la Dirección de Gestión Humana se requiere instaurar procesos de lesividad, toda vez que no estamos en presencia de supuestos de nulidad evidente y manifiesta, al obedecer los indicados actos a determinadas interpretaciones jurídicas sobre el derecho de permanencia a un régimen de jubilaciones con base en el tiempo de estar adscrito al mismo. En este orden de ideas se entiende que el concepto de evidente y manifiesto resulta fundamental como una medida de seguridad jurídica y de protección a los derechos de buena fe del administrado, toda vez que le da un carácter especialmente calificado a la valoración de nulidad administrativa, a fin de que, si no es evidente y palmaria, dicha decisión se sustraiga de la voluntad del ente y corresponda a un órgano jurisdiccional especializado su valoración.

12)    Que la Dirección Jurídica en el informe remitido, mantiene su criterio en el sentido de que en el caso de los actos administrativos previos a enero de 2008, ha caducado la posibilidad de su anulación, sea en sede administrativa o jurisdiccional, toda vez que las disposiciones del Código Procesal Contencioso Administrativo (CPCA), sobre la procedencia de anular actos administrativos mientras surtan efectos para efectos de inaplicabilidad a futuro, sólo es procedente a partir de la vigencia de dicho cuerpo normativo.

13)    Que en este sentido, dicha unidad asesora indica que:

“Se estima que los supuestos de la LRJCA son muy específicos y que es dable la ultraactividad de este cuerpo normativo, máxime que, en cuanto a la caducidad y los alcances muy limitados de anular actos con efectos continuados, resulta más favorable al Administrado y acorde a la seguridad jurídica.

Consecuentemente, solo en aquellos casos en que el acto haya sido adoptado después del 1 de enero de 2008 y en el tanto sus efectos se mantengan con efecto continuado, será posible ejercer legítimamente respecto de él la potestad anulatoria de manera oficiosa por la Administración”.

14)    Que de manera adicional el señor Director Jurídico indica que estima innecesario e improcedente declarar la lesividad del acto administrativo que da lugar a la regla IV en aplicación del artículo 34 y 37.3 del Código Procesal Contencioso Administrativo.

15)    Que la magistrada Rojas y el magistrado suplente Garita Navarro, proponen que este órgano solicite la lesividad del acto administrativo que da origen a la Regla IV, e impugne todos los actos, en tanto estuvo vigente y los efectos de aplicación individual, por cuanto hubo actos de aplicación individual que están vigentes, que siguen surtiendo efectos, cada pago es una ejecución material de ese acto que supone necesariamente por vinculación lógica a aquella Regla IV como parámetro habilitante y que, en consecuencia, puede ser atacado por su efecto continuado.

16)    Que del análisis de las diligencias, y la deliberación, estima esta Corte, por mayoría, que debe acogerse la propuesta planteada por la magistrada Rojas y el suplente Garita Navarro en el sentido de solicitar la lesividad del acto administrativo que da origen a la Regla IV, e impugnar todos los actos, en tanto estuvo vigente y los efectos de aplicación individual.

Por tanto,

Recibida la votación nominal por mayoría de diecinueve votos, se acordó: Acoger la propuesta de la magistrada Rojas y el suplente Garita Navarro, en el sentido de que se debe declarar la lesividad del acto administrativo del acuerdo de la sesión Nº 9-2000 del 28 de febrero del 2000, artículo XXXI, sobre la aplicación de la Regla IV, y los actos de aplicación individual del mismo, dado que siguen surtiendo efectos, toda vez que cada pago es una ejecución material de ese acto que supone necesariamente por vinculación lógica a aquella Regla IV como parámetro habilitante y que, en consecuencia, puede ser atacado por su efecto continuado. Así votaron los magistrados y las magistradas Rojas, Chacón, Solano, Ramírez, Alfaro, Zúñiga, Araya, Garro, las suplentes Vargas Vargas, Jiménez Ramírez, Martínez Bolívar, Sánchez Navarro, Pacheco Salazar, Fernández Acuña y los suplentes Serrano García, Campos Esquivel, Segura Bonilla, Garita Navarro y Salazar Murillo.

Los magistrados Aguirre, Sánchez y el suplente López González, votaron por acoger el informe rendido por la Dirección Jurídica.

La Dirección Jurídica, procederá a preparar el acto de declaratoria de lesividad para efectos de dar traslado a la Procuraduría General de la República, a fin de que sea sometido a conocimiento de esta Corte Suprema de Justicia”.

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De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 17 de febrero de 2023.

                                Licda. Silvia Navarro Romanini

                                           Secretaria General

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023733143 ).

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis, de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico, de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión virtual Nº 01-2022, de fecha 25 de febrero del 2022 artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2003 al 2017, de la Subdelegación de Sarapiquí. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: O 501 H 03, 39 Paquetes, Año: Del 2003-2017, Asunto: Documentación Administrativa: 29 paquetes de legajos policiales del año 2003 al 2011, 2 paquetes de correspondencia enviada del año 2008 al 2016, 1 paquete de correspondencia recibida del año 2008 al 2016. 7 paquetes de registros de Diligencias Menores del año 2007 al 2017.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 15 de marzo de 2023.

                                       Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                           Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023731896 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis, de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2000 al 2020, de la Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 501 A 00, Paquetes: 14, Libro: 19, Ampo: 08, Año: 2000-2020, Asunto: 1 Paquete de Acuses de Recibidos y Oficios del Año 2019, 1 Paquete de Acuses de Recibido del Año 2020, 1 Paquete de Documentos escaneados de mayo del 2019, 1 Paquete de Documentos escaneados de enero del 2019, 1 Paquete de Documentos escaneados de abril del 2019, 1 Paquete de Documentos escaneados de octubre a diciembre del 2018, 1 Paquete de Escritos recibidos del año 2020, 1 Paquete de Fax recibidos de Junio a noviembre del 2020, 1 Paquete de Fax recibidos de Mayo a Setiembre 2019, 1 Paquete de Fax recibidos de enero a abril del 2020, 1 Paquete de Quejas y Recursos de Amparo del antiguo Juzgado Civil Mayor Cuantía de Alajuela 2007-2016,1 Paquete de Ampo de Autorizaciones del antiguo Juzgado Civil Mayor Cuantía 2009-2018, 1 Paquete de Escritos para solicitar al Archivo Judicial 2015-2018, 1 Paquete Resoluciones escritos sobre expedientes que han sido eliminados 2010, un Libro de Entrada de Escritos 2013, un Libro de Entrada de Escritos 4 2010, un Libro de Entrada de Escritos 5 2011, un Libro de Entrada de Escritos 6 2012, un Libro de Entrada de Escritos 7 2013, un Libro de Entrada de Escritos 8 2014, un Libro de Entrada de Escritos 9 2014, un Libro de Entrada de Escritos 10 2015, un Libro de Entrada de Escritos 11 2017, un Libro de Comisiones Juzgado 2010-2011, un Libro Expedientes. Enviados al Tribunal 2006-2010, un Libro Juzgado Civil Mayor Cuantía Alajuela 2000-2017, un Libro Correo Corriente Nº 1 2003-2012, Libro Correo Corriente Nº 2 2012-2017, un Libro Entrega de Fax y Correos 2001-2017, un Libro de Expedientes pasado a los jueces para fallo 2015, dos Libros Préstamo de expedientes 2013-2014, un Libro de entrega de documentos 2015. 1 ampo con Informes trimestrales del año 2000 al 2013. 1 ampo Informe mensual F146 2009-2015, 1 Ampo Informe de Asuntos entrados F201 2009-2015, 1 Ampo Informes (Varios) 2015, 1 Ampo Oficios archivo judicial (Inicia 08/08/11), 1 Ampo Escritos escaneados. Inicia 03/05/17, 1 Ampo Escritos escaneados Tomo II 2017, 1 Ampo Informes trimestrales F179 2008-2013.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 15 de marzo de 2023.

                                             Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023731897 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis, De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 02-2020, sesión virtual, de fecha 10 de agosto del 2020, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 85-20 celebrada el 01 de setiembre del 2020 artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2009 al 2021, de la Oficina de Recepción de Documentos del Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 505 S 09, Paquetes: 29, Año (2009-2021), Asunto: Documentación Administrativa: Libros: Año: 2009 al 2019. Reportes y Registros 19 paquetes (2009-2021); Boletas de despacho de materiales y suministros de bodega 1 paquete (2019); Control de correo certificado 2 paquete (2018-2021); Control y reportes de fax 1 paquete (2012-2019); Control de giras 1 paquete (2017); Control de parqueos 1 paquete (2018-2021); Correspondencia 2 paquete (2016-2018); Oficios recibidos1 paquete (2020). Reporte de inclusión de incapacidad en el sistema 1 paquete (2020).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 15 de marzo del 2023.

                                       Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                            Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023731899 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico, las siguientes aprobaciones: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión virtual Nº 01-2022, de fecha 25 de febrero del 2022, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2000 al 2013, de la Delegación Regional de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: O 501 S 00, Años: 2000 al 2013, Paquetes: 254, Libretas: 161, Libros: 62, Asunto: Documentación Administrativa: 537 Legajos Policiales Positivos, Paquetes 14, Año 2012, 1569 Legajos Policiales Negativos, Paquetes 30, Año 2012, 511 Legajos Policiales Positivos, Paquetes 17, Año 2013, 2267 Legajos Policiales Negativos, Paquetes 65, Año 2013, 651 Diligencias Menores, Paquetes 8, Años 2012, 718 Diligencias Menores, Paquetes 11, Años 2013, 3223 Control y Solicitud de capturas, Paquetes 40, Años 2000 al 2013, Dictámenes Criminales, Paquetes 14, Años 2003 al 2016, Notas Paquetes 39, Años 2008 al 2013, Ordenes de Remisión, Paquetes 16, Años 2006 al 2013, 161 Libreta de Control y Servicio de Mantenimiento Preventivo de Vehículos, Años 2006 al 2013, 8 Libros Ingreso de Denuncias, Años 2006 al 2012, 13 Libros de Conocimiento, Años 2006 al 2013, 1 Libro de Fax, Años 2009, 1 Libro de Juramentaciones, Años 2002, 4 Libros de Entrega de Documentación, Años 2008 al 2011, 6 Libros Control de Informes, Años 2007 al 2012, 26 Libros de Prácticas, Años 2004 al 2013, 3 Libro de Control de Entrega de Cámaras de Video y Fotografía, Años 2008 al 2010.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 15 de marzo de 2023.

                                   Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                           Subdirector Ejecutivo del Poder Judicial

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023731900 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N°01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N°51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes del año 2007 al 2018, de la Juzgado de Pensiones Alimentaria de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: Q 503 H 07, Expedientes: 110, Paquetes: 5, Año: 2007, Asunto: Pensión Alimentaria (110 sin sentencia).

Remesa: Q 511 H 08, Expedientes: 364, Paquetes: 15, Año: 2008, Asunto: Pensión Alimentaria (348 sin sentencia, 16 por fallecimiento).

Remesa: Q 511 H 09, Expedientes: 535, Paquetes: 21, Año: 2009, Asunto: Pensión Alimentaria (517 sin sentencia, 18 por fallecimiento).

Remesa: Q 511 H 10, Expedientes: 397, Paquetes: 16, Año: 2010, Asunto: Pensión Alimentaria (388 sin sentencias, 9 por fallecimiento).

Remesa: Q 512 H 11, Expedientes: 406, Paquetes: 16, Año: 2011, Asunto: Pensión Alimentaria (389 sin sentencia, 17 por fallecimiento).

Remesa: Q 513 H 12, Expedientes: 300, Paquetes: 12, Año: 2012, Asunto: Pensión Alimentaria (280 sin sentencia, 20 por fallecimiento).

Remesa: Q 507 H 13, Expedientes: 10, Paquetes: 01, Año: 2013, Asunto: Pensión Alimentaria (10 sin sentencia).

Remesa: Q 508 H 14, Expedientes: 10, Paquetes: 01, Año: 2014, Asunto: Pensión Alimentaria (9 sin sentencia, 1 por fallecimiento).

Remesa: Q 507 H 15, Expedientes: 3, Paquetes: 01, Año: 2015, Asunto: Pensión Alimentaria (3 sin sentencias).

Remesa: Q 506 H 16, Expedientes: 9, Paquetes: 01, Año: 2016, Asunto: Pensión Alimentaria (8 sin sentencia, 1 por fallecimiento).

Remesa: Q 503 H 18, Expedientes: 1, Paquetes: 01, Año: 2018, Asunto: Pensión Alimentaria (1 sin sentencia).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 15 de marzo de 2023.

                                        Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                              Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023731901 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis, de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.), en sesión N° 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2018 al 2021, de la Juzgado de Transito de Grecia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 501 A 18, Ampos: 7, Blocks: 11, Año: 2018-2021, Asunto: Documentación Administrativa: 7 Ampos: 01 ampo correspondencia certificada 2018-2021, 01 ampo solicitudes de fotocopias 2019-2021, 01 ampo Mandamientos de Levantamiento enviados al Registro 2019-2021, 01 ampo actas de notificación 2018-2021, 01 ampo Acuse de Comisiones enviadas 2019-2020, 01 ampo Listado de boletas remitidas por la Delegación de Tránsito 2019-2021 y 01 ampo Circulares 2020. 11 Blocks: 11 blocks boletas préstamo de expedientes.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

San José, 15 de marzo de 2023.

                                           Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023731902 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER

A Registro Nacional, Archivo Nacional, Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil: Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 17-000015-0627-NO, de Ademar Orlando Rojas Arrieta contra Alexander Murillo Rojas, (cédula de identidad N° 109160196), el Juzgado Disciplinario Notarial mediante sentencia 2022000770 de las nueve horas cuarenta y siete minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, sanción que se mantendrá en el tiempo hasta tanto no realice la inscripción respectiva de la escritura número 40. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. “De conformidad con la circular n°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”

San José, 10 de marzo del 2023.

                                    Licda. Gerling Navarro Porras,

                                                        Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023732586 ).

Edicto, a Registro Nacional, Archivo Nacional, Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil: que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000275-0627-NO, de José Francisco Aguilar Gamboa contra Fidelina Mena Corrales, (cédula de identidad 109570158), el Juzgado Disciplinario Notarial mediante sentencia 2022000772 de las diez horas seis minutos del veintinueve de noviembre de dos mil veintidós, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, sanción que se mantendrá en el tiempo hasta que la notaria encausada cumpla con la inscripción debida. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.” Publíquese por una vez por la Imprenta Nacional en el Boletín Judicial.

San José, 10 de marzo del 2023.

                                    Licda. Gerling Navarro Porras,

                                                 Jueza Decisora

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023732587 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jacqueline Rubi Acuña, quien portó la cédula 205650772, fallecida el 16 de febrero del año 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de prestaciones laborales de personas fallecidas, bajo el número de expediente 23-000125-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000125-0643-LA. Por Aslyn Fabiola Araya Rubi, Roger Manuel Araya Madrigal y Cristopher Alonso Rubí Acuña a favor de Jacqueline Rubi Acuña. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 16 de marzo del año 2023.—M.Sc. Michelle Yanes Chacón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732663 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Antonio Gómez Morera, quien fue mayor, soltero, cédula 0501730436, pensionado, vecino de Siquirres, La Laguna, Imperio, y falleció el 19 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000053-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000053-1549-LA. Por operadora de pensiones complementarias y de capitalización laboral de la Caja Costarricense de Seguro a favor de. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional de Siquirres, (Laboral), 06 de marzo del año 2023.—Licda. Siany Pamela Barboza Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732672 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Andrés Abelino Mendoza Alemán quien fue mayor, Casado, jubilado, vecino de Siquirres y falleció el 29 de setiembre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000061-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000061-1549-LA. Por a favor de José Andrés Abelino Mendoza Alemán. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional de Siquirres, (Laboral), 06 de marzo del año 2023.—Licda. Siany Pamela Barboza Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732673 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Lilly Iveth Herrera Gutiérrez, 0108020049, fallecida el 10 de febrero del año 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 23-000316-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23- 000316-0505-LA. Por Juan Francisco Vargas Fonseca a favor de Lilly Iveth Herrera Gutierrez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 14 de marzo del año 2023.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732674 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Elías Domitilo de Jesús Villalobos Delgado, 0400870780, fallecido el 28 de diciembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000302-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23- 000302-0505-LA. Por María de Los Ángeles Miranda Ulate a favor de Elías Domitilo de Jesús Villalobos Delgado. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 14 de marzo del año 2023.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732686 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edgar Anchía Arias, 0201880520, fallecido el 14 de mayo del año 2000, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Proceso de Consignación de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el número 23-000314-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000314-0639-LA. Por a favor de Edgar Anchía Arias. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de febrero del año 2023.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732689 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Felicia Carvajal Meléndez cc como Alicia Carvajal Meléndez, quien fue mayor, cédula de identidad 2-147-879, Viudo/a, pensionada, vecina de Alajuela y falleció el 26 de diciembre del año 2020. Se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora Fallecida bajo el número 23-000427-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°23-000427-0639-LA. Por gestionante Víctor Manuel Zamora Carvajal a favor de fallecido Felicia Carvajal Meléndez. Nota: De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de marzo del año 2023.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732690 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andre Rene Valladares Cruz, 0110170560, fallecido el 09 de enero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas, bajo el número 22-001226-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-001226-0166-LA. Por Nathalie Corrales Chacon, 0114260970 a favor de. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del año 2022.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732692 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Gerardo Soto Diaz, 0103720172, fallecido el 08 de agosto del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-000568-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000568-0166-LA. Por Miguel Alberto Soto Zúñiga, quien es mayor de edad, costarricense, portador de la cédula de identidad 1-0801-0335 a favor de Miguel Gerardo Soto Diaz. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del año 2022.—M.Sc. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732706 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rubén Uvaldo de La Trinidad Sequeira Tenorio, 0105200430, fallecido el 15 de agosto del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 22-000426-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000426-0166-LA. Por Marlen Isabel Soto Mejías cédula 1 0674 0214 a favor de Rubén Uvaldo de La Trinidad Sequeira Tenorio. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de abril del año 2022.—M.Sc. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732707 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Laura Patricia Umaña Palma, 0701710077, fallecida el 08 de octubre del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers Fallecidas bajo el número 22-000190-1546-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°22-000190-1546-LA. Por Agro Industrial Bananera Del Caribe Sociedad Anonima a favor de Laura Patricia Umaña Palma. Nota: De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional de Guácimo, (Materia Laboral), 27 de enero del año 2023.—Lic. Yadir Gerardo Jiménez Gutierrez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732708 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Henry Martin Barahona Alvarez, 0105280388, fallecido el 24 de setiembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000038- 0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000038-0166-LA. Por Elizabeth Salazar Porras, quien es mayor, costarricense, portadora de la cédula de identidad 7-0076-0009 a favor de Henry Martin Barahona Alvarez. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José. 09 de marzo del año 2023.—M.Sc. Armando Enrique Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732709 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan María Campos González quien fue mayor, casado, pensionado, vecino de Alajuela, portador de la cédula de identidad número 2-0214-0155 y falleció el 21/11/2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 23-000519-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000519-0639-LA. Por Francisca Del Carmen Cruz Solano a favor de Juan María Campos González. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de marzo del año 2023.—Licda. Grace Agüero Alvarado, JuezA.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732786 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Martín Carballo Segura quien fue mayor, soltero, portador de la cédula de identidad número 2-0550-0076, vecino de Alajuela, Barrio San José y falleció el 26 de enero del año 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 23-000492- 0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000492-0639-LA. Por María Del Carmen Segura Arguedas a favor de Marco Martin Carballo Segura. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de marzo del año 2023.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732788 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Ángel Sanchez Mora, 0201960306, fallecido el 14 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000247- 1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000247-1288-LA. Promovente Alexander Sánchez Sánchez a favor de Rafael Ángel Sánchez Mora. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 03 de mayo del año 2021.—Licda. Shirley María Carrillo Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732806 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Liana Iveth Morales Díaz cédula de identidad 5-314-719, quien fue mayor, casada, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Barrio Lajas y falleció el uno de mayo del dos mil once (01/05/2011), se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de extremos laborales bajo el número 23-000060-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000060-0775-LA. Por José Mauricio Bravo Matarrita cédula de identidad 5-326-764 a favor del mismo. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 15 de marzo del año 2023.—Laura Del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732807 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Diego Fernandez Chaves, 0207690079, fallecido el 03 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 23-000053-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 23-000053-1288-LA. Por María Eugenia Chaves Méndez a favor de Luis Diego Fernández Chaves. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de febrero del año 2023.—Licda. Karla Valenciano Vargas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732808 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Guillermo Vega Sandoval, 0206460486, fallecido el 15 de agosto del año 2022, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 22-000590- 1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°22-000590-1288-LA. Por Rosa Angélica Arroyo Herrera a favor de Luis Guillermo Vega Sandoval. Nota: De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de enero del año 2023.— Licda. Karla Valenciano Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. N°364-12-2021C.—Solicitud Nº68-2017-JA.—( IN2023732810 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la trabajadora fallecida Xiomara Soto Amador, quien portó la cédula de identidad 1 0780 0149, y falleció el día 29 de diciembre del 2022, promovido por Healthy Snacks Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-617105; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Pers. Fallecidas bajo el número 23-000018-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Nota: De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N°23- 000018-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de enero del año 2023.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N°364-12-2021C.—Solicitud Nº68-2017-JA.—( IN2023732812 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Simón Otárola Vargas cédula de identidad 0601860752, casado; vecino de Puntarenas, Osa Ciudad Cortés; Trabajo 20 años para el Ministerio de Educación Pública; fallecido el 05 de octubre del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Persona Fallecidas bajo el número 23-000019-1418-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°23-000019-1418-LA. Por a favor de Jorge Simón Otárola Vargas. Nota: De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Osa, (Laboral), 14 de febrero del año 2023.—Licda. Denisse Melania Carpio Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732813 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María de Los Ángeles Baltodano Bonilla, 155801969915, fallecida el 13 de diciembre del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000014-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000014-0639-LA. Por María Auxiliadora Baltodano Bonilla a favor de María de Los Ángeles Baltodano Bonilla. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de enero del año 2021.—Charling Johanna Vargas Valenciano, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732815 ).

Se cita y emplaza a Stanley Gerardo Morera Chavarría cédula de identidad 6-0301-0781 y Francy Morera Chavarría cédula de identidad 6-0330-0543 en carácter de causahabientes de Lorenzo Leonso Morera Chaves, 0501690634, fallecido el 21 de noviembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 21-000050-1441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°21-000050-1441-LA. Por Julián Morera Morera a favor de Lorenzo Leonso Morera Chaves. Nota: De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional de Coto Brus, (Laboral), 17 de marzo del año 2023.—Licda. Johanna Quesada Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. N°364-12-2021C.—Solicitud Nº68-2017-JA.—( IN2023733139 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Adrián Gerardo Quirós Gamboa, 0303230053, fallecido el 08 de enero del año 2023, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignación de Prestaciones Laborales de Persona Fallecida bajo el número 23-000054-1001-LA-3, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°23-000054-1001-LA-3. Por a favor de Adrián Gerardo Quirós Gamboa. Nota: De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos 10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Circuito Judicial de Turrialba, (Laboral), 09 de febrero del año 2023.—Lic. Randall Francisco Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023733140 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de un millón ocho mil trescientos veintiún colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: MOT 650755, marca: Haojue, estilo: DM125, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie: LC6PCJ9M0J0001180, número chasis: LC6PCJ9M0J0001180, año fabricación: 2018, color: negro, vin: LC6PCJ9M0J0001180, características del motor N° motor: 156FMI5AE2E03801, marca: Haojue, N° modelo: DM125, cilindrada: 125 C.C, cilindros: 1 potencia: 5 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del once de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés, con la base de setecientos cincuenta y seis mil doscientos cuarenta colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con la base de doscientos cincuenta y dos mil ochenta colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Ángel Miguel Álvarez Rodríguez. Expediente N° 19-003210-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veintidós.—Elizabeth Fallas Espinoza, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734129 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ciento treinta y tres mil ochocientos seis colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones: 18-000188-0498-TR, boleta: 201833300069 del Juzgado de Transito del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica; sáquese a remate el vehículo placa: 756137, marca: Toyota, estilo: Corolla GLI, año: 2009, color: negro, VIN: JRDBR42E909019916. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con la base de tres millones ochocientos cincuenta mil trescientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintitrés, con la base de un millón doscientos ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y un colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Miguel Andrés Saborío Brenes. Expediente N° 21-002205-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de febrero del 2023.—Tatiana María Bolaños Rodríguez, Jueza.—( IN2023734138 ).

En este Despacho, con una base de un millón setecientos siete mil setecientos noventa colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDG475, marca: Hyundai, estilo Accent, año 1999, Vin KMHCG41BPXU031330, cilindrado 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón doscientos ochenta mil ochocientos cuarenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del doce de mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos veintiséis mil novecientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Eduardo Steven Campos Prado. Expediente N° 19-007536-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de enero del 2023.—César Roberto Delgado Montoya, Juez Decisor.—( IN2023734139 ).

En este despacho, con una base de cuatro millones ciento cuarenta y siete mil treinta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate el vehículo titular de la matrícula BPC465, marca Suzuki, modelo Grand Vitara, con capacidad para 5 personas, con tracción 4x2, con chasís N° JS3TE941464103527, del año 2006 y de color plateado. Para tal efecto se señalan las trece horas con treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas con treinta minutos del cinco de mayo de dos mil veintitrés con la base de tres millones ciento diez mil doscientos setenta y cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas con treinta minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón treinta y seis mil setecientos cincuenta y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Nota: se informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, tal deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Instacredit S.A., contra Diego de los Ángeles Parajeles Sandoval, expediente 20-000037-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de febrero de 2023.—Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez.—( IN2023734140 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y tres millones ciento noventa y ocho mil ochenta colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 146850-000, la cual es naturaleza: terreno de solar con dos casas, de forma triangular. Situada en el distrito (06) Birrisito, cantón (02) Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al sur, calle pública con un frente a ella de 53.91 cms; al este, Inversiones R.C.C Campabadal S. A.; al oeste Inversiones R.C.C Campabadal S. A. Mide: tres mil cuatrocientos sesenta y cuatro metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de treinta y dos millones trescientos noventa y ocho mil quinientos sesenta colones con veintiún céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de diez millones setecientos noventa y nueve mil quinientos veinte colones con siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Adrián Montero Granados, Casa Tierra y Trabajo S. A. Expediente Nº 17-009814-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de febrero del año 2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2023734142 ).

En este Despacho, con una base de trece millones doscientos quince mil ochocientos sesenta colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 312-14629-01-0901-002; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 59510, derecho 000, la cual es terreno de agricultura y potrero. Situada en el distrito 1- Pacayas, cantón 6-Alvarado, de la provincia de Cartago.- Colinda: al norte, Río Birris; al sur, calle pública con un frente de 19 metros 91 centímetros; al este, Óscar Gómez Valverde y al oeste, Flor Marina y Miriam del Carmen Ambas Vega Sanabria. Mide: cuatro mil cuatrocientos veinte metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintitrés con la base de nueve millones novecientos once mil ochocientos noventa y cinco colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés con la base de tres millones trescientos tres mil novecientos sesenta y cinco colones con veintiún céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra William Eddy Vega Sánchez. Expediente Nº 21-011124-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de febrero del año 2023.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2023734147 ).

Edicto, en este Despacho, con una base de veintidós millones seiscientos ocho mil noventa colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 400-00260-01-0804-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos sesenta y seis mil doscientos ochenta y siete - cero cero cero, la cual es terreno con un casa de habitación, Situada en el distrito San Isidro, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Teresa Orozco Delgado; sur, María Teresa Orozco Delgado; este, calle pública con 11,42 metros de frente y oeste, Clever Salas Arce. Mide: ciento sesenta y cinco metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del once de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de dieciséis millones novecientos cincuenta y seis mil sesenta y siete colones con noventa y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de cinco millones seiscientos cincuenta y dos mil veintidós colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos RL contra Lisseth María Chinchilla Orozco, Reyffer de la Trinidad Masís Montoya, expediente 23-000001-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 23 de febrero del año 2023.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2023734163 ).

En este Despacho, con una base de novecientos sesenta y siete mil ciento setenta y un colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-523635, marca: Katana, categoría: motocicleta, estilo: SMX200, N° motor: LF163FMLG1038658, número chasis: LKXYCML42G0014495, VIN: LKXYCML42G0014495, serie: LKXYCML42G0014495, cilindrada: 197 c.c., año fabricación: 2016, combustible: gasolina, capacidad: 2 personas, tracción: 2x2, color: negro, uso: particular, potencia: 12 kw, modelo: SMX200, cilindros: 1. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés con la base de setecientos veinticinco mil trescientos setenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés con la base de doscientos cuarenta y un mil setecientos noventa y dos colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Víctor Manuel Jaens Pichardo. Expediente Nº 18-005783-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de enero del año 2023.—Licda. Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—( IN2023734166 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco mil setecientos cuatro dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo GB 003384. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintitrés, con la base de diecinueve mil doscientos setenta y ocho dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintitrés, con la base de seis mil cuatrocientos veintiséis dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marlon Santiago Solís Cruz. Expediente N° 21-000917-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: catorce horas con trece minutos del catorce de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—( IN2023734197 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos treinta y un mil ochocientos ochenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BLB641, marca Hyundai, estilo Accent, capacidad 5 personas, carrocería Sedan 4 puertas Hatchback, año de fabricación 2001, número chasis KMHCG51BP1U137928, Vin KMHCG51BP1U137928, cilindros 4, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del trece de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiuno de abril del dos mil veintitrés, con la base de un millón setecientos cuarenta y ocho mil novecientos dieciséis colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés, con la base de quinientos ochenta y dos mil novecientos setenta y dos colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de INSTACREDIT S. A. contra Roy Enrique Hernández Jiménez. Expediente N° 19-004169-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Anthony Jesús Quesada Soto, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734199 ).

En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos treinta y dos mil doscientos setenta y tres colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BPW258, marca: Hyundai, estilo: H 1, categoría: microbús, serie: KMJWA37KAHU886671, color: blanco, año: 2017. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, con la base de diez millones trescientos setenta y cuatro mil doscientos cuatro colones con noventa y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil sesenta y ocho colones con treinta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Amarilyn Rita Carrillo Carrillo. Expediente N° 21-004931-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz). Hora y fecha de emisión: quince horas con veintisiete minutos del veinte de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—( IN2023734202 ).

En este Despacho, con una base de seis millones doscientos treinta y un mil ochocientos cincuenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BJX009, marca BYD, estilo F0 GLX I, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2016, color blanco, VIN LC0C14DA7G0000632, combustible gasolina, motor Nº BYD371QAC15012186. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones seiscientos setenta y tres mil ochocientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón quinientos cincuenta y siete mil novecientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Diana María Carter Calvo. Expediente N° 17-003019-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciocho minutos del tres de febrero del dos mil veintitrés.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2023734206 ).

En este Despacho, con una base de seis millones cuatrocientos noventa y cinco mil setecientos ochenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BPT911, marca: Hyundai, estilo: Elantra GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: plateado, vin: 5NPDH4AEXDH371154, N. motor no visible, cilindrada: 1800 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones ochocientos setenta y un mil ochocientos cuarenta y un colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón seiscientos veintitrés mil novecientos cuarenta y siete colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Róger José Vargas Esquivel, expediente 20-002236-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del año 2023.—María Angelina Varela Valenciano, Juez/a Decisor/a.—( IN2023734209 ).

En este Despacho, con una base de tres millones doscientos setenta y ocho mil trescientos cincuenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 681933, marca: Peugeot, estilo: Berlina 307 Sedan XS, color gris, año 2007, chasis: 8AD3DRHYM7G025970, N° motor 10DYFG0002781, cilindrada 1997 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos sesenta y cuatro colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de ochocientos diecinueve mil quinientos ochenta y ocho colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Carol Olmos Muñoz. Expediente N° 19-005106-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de enero del 2023.—Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2023734211 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ciento cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y seis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BNL729, marca Chevrolet, estilo Aveo LT, año 2011, color azul, chasis KL1TD5DE8BB246491, cilindrada 1600 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del diecinueve de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince minutos del veintisiete de abril del dos mil veintitrés, con la base de tres millones ochocientos sesenta y seis mil novecientos sesenta y siete colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del nueve de mayo del dos mil veintitrés, con la base de un millón doscientos ochenta y ocho mil novecientos ochenta y nueve colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Yeinmy Alejandra Rojas Vargas. Expediente N° 19-002920-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de enero del año 2023.—Hellen Mora Salazar, Juez/a Decisor/a.—( IN2023734212 ).

En este despacho, con una base de cinco millones ochocientos veintiún mil seiscientos sesenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BSG477, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, número chasis, serie y VIN: KMHCT4AE4FU795329, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2015, color: rojo, modelo: GLS, cilindrada: 1600 c.c, cilindros: 4, potencia: 85 kw., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones trescientos sesenta y seis mil doscientos cuarenta y seis colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos quince colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Helvethia Bethania Martínez Ulate. Expediente Nº 22-001951-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del año 2023.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2023734214 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil doscientos dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: FCB888, marca: Land Rover, estilo: Discovery Sport, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año fabricación: 2015, color: gris, número de chasis: SALCA2BG9FH506042, cilindrada: 2000 c.c. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del doce de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés, con la base de quince mil ciento cincuenta dólares con tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, con la base de cinco mil cincuenta dólares con un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Julio Cesar García Cruz. Expediente N° 23-001347-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de marzo del año 2023.—Ricardo Barrantes López, Juez/a Decisor/a.—( IN2023734258 ).

En este Despacho, con una base de once mil ciento cuarenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: JBB003, marca: Renault, estilo: KWID 1,0, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2021, color: beige, combustible: gasolina, cilindrada: 1000 c.c., VIN: 93YRBB001MJ513755. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil veintitrés, con la base de ocho mil trescientos cincuenta y nueve dólares con ochenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de junio de dos mil veintitrés, con la base de dos mil setecientos ochenta y seis dólares con sesenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Nimrod Aaron Ortiz Zabala. Expediente N° 23-000251-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de marzo del año 2023.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza.—( IN2023734259 ).

En este Despacho, con una base de seis mil cuatrocientos dieciocho dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo: MMF000, marca: Kia, estilo: Picanto, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2018, color: blanco, vin: KNABX512BJT426063, N° motor: G4LAGP124717, modelo: TAS6K361B, cilindrada: 1248 C.C, cilindros: 4. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con la base de cuatro mil ochocientos trece dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintitrés, con la base de mil seiscientos cuatro dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Eugenia María Monge Bonilla. Expediente N° 23-001549-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de marzo del año 2023.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—( IN2023734261 ).

En este Despacho, con una base de un millón ochocientos veinticuatro mil quinientos treinta y ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 553383, marca: Volkswagen, estilo: GOL, serie: 9BWCC05X74P035079, número chasis: 9BWCC05X74P035079, tracción: 4x2, año fabricación: 2004, color: negro, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con la base de un millón trescientos sesenta y ocho mil cuatrocientos tres colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de mayo de dos mil veintitrés, con la base de cuatrocientos cincuenta y seis mil ciento treinta y cuatro colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Marco Vinicio Ramírez Alvarado. Expediente N° 19-005799-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de febrero del año 2023.—Lic. Pilar Gómez Marín, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734272 ).

En este Despacho, con una base de setenta y tres millones ciento cincuenta mil ochenta y ocho colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 108037-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 06 San Francisco de Dos Ríos, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Miguel Jiménez García; al sur, Marta Ramírez de Chávez; al este, calle pública, y al oeste, Álvaro Briceño Carrillo. Mide: cuatrocientos tres metros con siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del cinco de setiembre del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del trece de setiembre del año dos mil veintitrés, con la base de cincuenta y cuatro millones ochocientos sesenta y dos mil quinientos sesenta y seis colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil veintitrés, con la base de dieciocho millones doscientos ochenta y siete mil quinientos veintidós colones con trece céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Daniel Rodríguez Molina. Expediente N° 20-001018-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Tercera), 20 de marzo del año 2023.—Lic. Wilkko Adred Retana Álvarez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734304 ).

En este despacho, con una base de trece millones ochocientos treinta y siete mil doscientos un colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa AB-007710, marca: Higer, estilo: KLQ 6540 C, categoría: microbus, capacidad: 16 personas, serie: LKLSAAS41JA722462, carrocería: microbus, tracción: 4x2, número de motor: 108222, modelo: KLQ6540CM, número de VIN: LKLSAAS41JA722462, cilindros: 4, cilindrada: 2500 c.c., combustible: diesel, número chasis: LKLSAAS41JA722462, año fabricación: 2018, color: blanco. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés con la base de diez millones trescientos setenta y siete mil novecientos un colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintitrés con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil trescientos colones con cuarenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Laura María Vázquez Méndez. Expediente Nº 22-000200-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y tres minutos del veinte de marzo del dos mil veintitrés.—Manuel Loría Corrales, Juez.—( IN2023734305 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cuarenta y un mil novecientos nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 751935, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2004, color gris, Vin KMHCG45C64U541048, cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina, N° motor novisible. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés con la base de dos millones doscientos ochenta y un mil cuatrocientos treinta y un colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de setecientos sesenta mil cuatrocientos setenta y siete colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Pablo Antonio Zapata Gómez. Expediente N° 20-005007-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: veintidós horas con treinta y tres minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintitrés.—Lic. Victor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—( IN2023734329 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones ochocientos treinta y cinco mil quinientos cincuenta colones con cincuenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2018-88156-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 454335-000, derecho , la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con William y Freddy ambos Bastos Méndez; al sur, con William Bastos Méndez en medio servidumbre agrícola y quebrada y Melvin Méndez Cordero; al este, con Jacinto Vargas Bejarano; y al oeste, con Bitinia Bastos Méndez. Mide: cinco mil metros cuadrados. Plano: A-1379453-2009 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés con la base de siete millones trescientos setenta y seis mil seiscientos sesenta y dos colones con noventa y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta y siete colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Melvin Gerardo Méndez Cordero. Expediente N° 22-001049-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y cinco minutos del dos de noviembre del dos mil veintidós.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2023734349 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 190321-000, la cual es terreno para construir lote 15. Situada en el distrito 6-Santa Rosa, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Carlos Eduardo Arce Arce; al sur, calle pública con 12 metros 80 centímetros de frente; al este, Tomás Alberto Arce Villalobos; y al oeste, Tomás Alberto Arce Villalobos. Mide: trescientos treinta y un metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Plano: H-0866518-2003. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Buda de Piedra S. A. contra Mónica Solano Acuña. Expediente N° 22-005421-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas con trece minutos del veinticuatro de enero del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2023734394 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones: 397-06856-01-0900-001; a las ocho horas del quince de mayo de dos mil veintitrés y con la base de dos millones novecientos veinticinco mil ochocientos noventa y cinco colones con noventa y nueve céntimos (¢2,925,895.99), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, matrícula 214061-000, la cual es naturaleza terreno para construir. Situada en el distrito Segundo La Virgen, cantón Décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 29.53 metros; al sur, María Angélica Alfaro Barquero; al este, María Angélica Alfaro Barquero; y al oeste, María Angélica Alfaro Barquero, con una medida de mil cuarenta y tres metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Con número de plano H-1260212-2008. De no haber postores, para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos veintiún colones con noventa y nueve céntimos (¢2,194,421.99) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, de no haber postores tampoco para este segundo remate, se señala un tercer remate a las ocho horas del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, esta vez con la base de setecientos treinta y un mil cuatrocientos setenta y tres colones con noventa y nueve céntimos (¢731,473.99), (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso de ejecución hipotecaria. 23-000053-0507-AG (57-1-23). De FUNDECOCA contra Disney Araya Alfaro. Este edicto debe publicarse por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. Artículo 157.5 del Código Procesal Civil. Debiendo hacerse la primera publicación con al menos ocho días de anticipación al primer señalamiento a remate (artículo 23 ibídem). De conformidad con la circular Nº 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 10 de marzo del 2023.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023734400 ).

A las nueve horas del seis de junio del dos mil veintitrés, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas Ley Caminos bajo las citas 0476-00003853-01-0004- 001, reservas Ley Aguas bajo las citas 0476-00003853-01-0005-001, y con la base de nueve millones novecientos diecinueve mil ochocientos ochenta y dos colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, al partido de Alajuela, matrícula de folio real número trescientos cincuenta y tres mil cuatrocientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de potrero con un corral y una casa. Situada en distrito doce, Monterrey, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, calle pública con 696,63 metros; al sur, Arnulfo Salazar Vargas; al este, Quebrada Amba en medio de José Ángel Ulate Chaverri; y al oeste, calle pública con 199,99 metros. Mide ciento cuarenta y ocho mil ochocientos cuarenta y ocho metros con un decímetro cuadrado. Plano: A-0551060-1999. Propietario Ólger Gerardo Salazar Vargas. Si en el primer remate no hubiere postores, se efectuará la segunda subasta rebajando la base en un 25 % de la original, sea con una base de siete millones cuatrocientos treinta y nueve mil novecientos once colones con noventa y dos céntimos, y para lo cual se señalan las nueve horas del trece de junio de dos mil veintitrés. Si en el segundo remate tampoco hay oferentes, se celebrará una tercera subasta que iniciará con el 25 % de la base original, sea con la base de dos millones cuatrocientos setenta y nueve mil novecientos setenta colones con sesenta y cuatro céntimos, y para lo cual se señalan las nueve horas del veinte de junio de dos mil veintitrés. Se remata por ordenarse así en proceso de Ejecución Hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Ólger Salazar Vargas. Expediente N° 23-000053-0298-AG. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil. De conformidad con la Circular número 67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación de este edicto esta exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 13 de marzo del 2023.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023734414 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de sesenta y ocho millones setecientos diecisiete mil doscientos setenta colones con cincuenta y siete céntimos, soportando hipoteca de primer grado (citas: 2018-641211-01-0005-001), serv y condic ref: 3069-063-001 (citas: 329-00928-01-0901-001), serv y condic ref: 3069-061-001 (citas: 329-00928-01-0904-001), servidumbre sirviente (citas: 338-13993-01-0002-001), servidumbre sirviente (citas: 338-13993-01-0006-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0019-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0020-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0021-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0022-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0023-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0024-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0025-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0026-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0027-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0028-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0029-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0030-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0031-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0032-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0033-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0034-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0035-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0036-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0091-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0092-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0093-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0094-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0095-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0096-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0097-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0098-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0099-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0100-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0101-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0102-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0103-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0104-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0105-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0106-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0107-001). servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0108-001), servid y condic ref: 00201524 000 (citas: 347-19046-01-0900-001), servidumbre trasladada (citas: 353-14628-01-0900-001), servidumbre trasladada (citas: 403-15261-01-0920-001), condiciones ref: 243424-000 (citas: 403-15261-01-0921-001), servidumbre trasladada (citas: 403-15261-01-0922-001), servidumbre trasladada (citas: 403-15261-01-0923-001), condiciones ref: 245222-000 (citas: 403-15261-01-0924-001), sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 154543-F, derecho 001 y 002, la cual es terreno finca filial I-8-4: apartamento 8-4 en proceso de construccion, de una planta destinado a uso habitacional, ubicado en el nivel 8 del edificio I. Situada en el distrito 8-San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común libre (zona verde); al sur, finca filial I-8-3; al este, área común libre (zona verde); y al oeste, acceso área común Construida. Mide: setenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de octubre del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintitrés con la base de cincuenta y un millones quinientos treinta y siete mil novecientos cincuenta y dos colones con noventa y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil veintitrés con la base de diecisiete millones ciento setenta y nueve mil trescientos diecisiete colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Residencial Condominio Nueve-Diez contra Marco Tulio Picado Valverde, Mery Ann Quesada Delgado. Expediente N° 21-007931-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: nueve horas con trece minutos del quince de marzo del dos mil veintitrés.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2023734044 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones trescientos trece mil treinta colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de cloaca citas: 569-85184-01-0004-001; sáquese a remate la finca: provincia: Cartago finca: 132674 duplicado: horizontal: F derecho: 000,naturaleza: finca filial primaria individualizada numero 357 identificada como 40-L, ubicada en el bloque L, apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, situada en el distrito 11 Quebradilla cantón 1 Cartago de la provincia de Cartago. Linderos: al norte, acceso H de área común libre, sur, finca filial primaria individualizada 7-l, este, finca filial primaria individualizada 41-L, oeste, finca filial primaria individualizada 39-L. Mide: ciento cincuenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de dieciocho millones doscientos treinta y cuatro mil setecientos setenta y tres colones con cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del primero de junio de dos mil veintitrés con la base de seis millones setenta y ocho mil doscientos cincuenta y siete colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominios Agapantos Map Treinta y Cinco Mil Seiscientos Veintitrés S. A. contra Cindy Janell Roldan Banegas. Expediente Nº 19-002354-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de enero del año 2023.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2023734230 ).

En este Despacho, con una base de novecientos noventa y cinco mil cuarenta y dos colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: MOT 580025. marca: Honda, estilo: CB1 TUF, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas. tracción: 2X2 año fabricación: 2017, color: rojo. VIN: LALPCJ0H3H3200756. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés con la base de setecientos cuarenta y seis mil doscientos ochenta y un colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés con la base de doscientos cuarenta y ocho mil setecientos sesenta colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra José Florentino Castillo Vásquez. Expediente Nº 19-002595-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: diecisiete horas con treinta y cinco minutos del once de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—( IN2023734326 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve millones ochenta y dos mil ciento ochenta colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería citas: 339-05848-01-0016-001, servidumbre trasladada citas: 339-05848-01-0915-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-310744, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa N° 49-148. Situada: en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, acera 2 con 7 m 39 cm; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: ciento dieciocho metros con veintiún decímetros cuadrados. Plano: SJ-0504469-1983. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés, con la base de veintiún millones ochocientos once mil seiscientos treinta y cinco colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés, con la base de siete millones doscientos setenta mil quinientos cuarenta y cinco colones con veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica (BCR) contra Shirley María Sánchez Mathey. Expediente N° 23-000493-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Segunda), 06 de marzo del año 2023.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734395 ).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos mil colones, libre de anotaciones, pero soportando gravámenes de servidumbre limitada, reservas y restricciones, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 00199869, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 05 Guácima, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Centro Campero Los Reyes S.A, lote 136; al sur, Avenida de la Alvarada; al este, lote 136 Avenida de la Alvarada, y al oeste, Centro Campero Los Reyes S.A., Avenida Alvarada. Mide: mil doscientos veintiún metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas del veintiséis de abril de dos mil veintitrés, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del cuatro de mayo de dos mil veintitrés, con la base de quinientos cincuenta mil colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Lafise S.A. contra Constructora Muro S. A. Expediente N° 04-000824-0181-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 16 de marzo del año 2023.—Gersan Tapia Martínez, Juez.—( IN2023734444 ).

En este Despacho, con una base de siete mil doscientos veinticinco dólares con ochenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 801382, marca: Honda, estilo: Civic Coupe SI, categoría: automóvil, año fabricación: 2009, color: blanco, VIN: 2HGFG21509H870068, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de cinco mil cuatrocientos diecinueve dólares con cuarenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de mil ochocientos seis dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa S.A. contra Luis Fernando Torres Brenes. Expediente Nº 21-001283-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de febrero del año 2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2023734483 ).

En este Despacho, con una base de veintiún mil cuatrocientos sesenta y tres dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes pero soportando denuncia penal: 2021 00046716 001 y colisiones: 18-004120-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placas BLV552, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: gris: VIN: KMHJ2813BHU285570. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés, con la base de dieciséis mil noventa y siete dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de cinco mil trescientos sesenta y cinco dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Freddy Alberto Valverde Delgado. Expediente N° 21-010659-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de febrero del 2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2023734484 ).

En este Despacho, con una base de quince mil novecientos once dólares con diecisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo DKS234, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GL, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: KMHST81CDFU475465, número chasis: KMHST81CDFU475465. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés con la base de once mil novecientos treinta y tres dólares con treinta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de tres mil novecientos setenta y siete dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q Inversiones CR S.A. contra Kattia Vanessa Murillo Moscoso, expediente 21-001703-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y tres minutos del veinte de enero del dos mil veintitrés.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2023734485 ).

En este Despacho, con una base de doce mil doscientos sesenta y un dólares con noventa centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL298356, marca: Hyundai, estilo: HD 50S, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, serie: KMFGA17CPGC296778, peso vacío: 0, carrocería: caja cerrada o furgón, peso neto: 0 kgrms., tracción: 4X2, peso bruto: 5000 kgrms., número chasis: KMFGA17CPGC29677. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del catorce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de abril de dos mil veintitrés con la base de nueve mil ciento noventa y seis dólares con cuarenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de mayo de dos mil veintitrés con la base de tres mil sesenta y cinco dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Citi Trust de Costa Rica S. A. (no es parte), IMCR Fiduciaria CT S. A. contra David José Rodríguez Vásquez. Expediente N° 21-003776-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y uno minutos del catorce de febrero del dos mil veintitrés.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2023734486 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil doscientos sesenta y cuatro dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 298593 que se describe así: marca: Isuzu, estilo: D Max LS, categoría: carga liviana, serie: MPATFS86JHT002969, camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4X4, número chasis: MPATFS86JHT002969, año 2017, extracabina, color anaranjado, VIN: MPATFS86JHT002969 . Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés con la base de doce mil ciento noventa y ocho dólares con quince centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatro mil sesenta y seis dólares con cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra Geiner de los Ángeles Jimenez Vindas, Vivian Patricia Mena Hernández. Expediente Nº 22-002096-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial De Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciocho horas con once minutos del tres de marzo del dos mil veintitrés.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—( IN2023734487 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ciento setenta y ocho dólares con sesenta y nueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito bajo el tomo: 800, asiento: 712570, secuencia: 001; sáquese a remate el vehículo: RLC022, marca: Hyundai, estilo: Elantra GLS, categoría: automóvil, año: 2017, color: blanco, vin: KMHD841CAHU162589, cilindrada: 1600 C.C. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de diez mil seiscientos treinta y cuatro dólares con un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del seis de junio de dos mil veintitrés, con la base de tres mil quinientos cuarenta y cuatro dólares con sesenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q Inversiones CR S.A., contra Enoc Arnoldo Esquivel Rodríguez. Expediente N° 22-000008-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de febrero del año 2023.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2023734488 ).

En este Despacho, con una base de mil quinientos cuarenta y cinco dólares con un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDJ014, marca: Suzuki, categoría: automóvil, estilo: Celerio GA, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2012, color: gris, VIN: MA3FC31S6CA487901, N° motor: K10BN148731, cilindrada:1000 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de mil ciento cincuenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del seis de junio de dos mil veintitrés, con la base de trescientos ochenta y seis dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q Inversiones CR S. A., contra Masiel Karina Zúñiga López. Expediente N° 23-000968-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de febrero del 2023.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2023734489 ).

En este Despacho, con una base de seis mil seiscientos setenta y siete dólares con cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-255094, marca: Chevrolet, estilo Avalanche LT, capacidad: 5 personas, categoría: carga liviana, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4X4, número chasis: 3GNTK7E30BG238794, año fabricación: 2011, N° motor: sin número, cilindrada: 5300 c.c., cilindros: 8, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas veinte minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas veinte minutos del dos de junio de dos mil veintitrés con la base de cinco mil ocho dólares con siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del doce de junio de dos mil veintitrés con la base de mil seiscientos sesenta y nueve dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q Inversiones CR S. A. contra Luz Amparo García Arboleda. Expediente N° 23-000973-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del 2023.—Geovanna Vega Benavides, Jueza Decisora.—( IN2023734491 ).

En este Despacho, con una base de once mil seiscientos noventa y nueve dólares con sesenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BLH826, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: negro, VIN: KMHCT41BAHU164925, número de motor: G4LCGU632292, marca del motor: Hyundai. Para tal efecto se señalan las diez horas diez minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas diez minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés con la base de ocho mil setecientos setenta y cuatro dólares con setenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas diez minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos mil novecientos veinticuatro dólares con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q Inversiones CR S.A. contra Luis Eduardo Rodríguez Rodríguez, expediente 21-018792-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de marzo del año 2023.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2023734492 ).

En este despacho, con una base de doce mil trescientos sesenta y cinco dólares con veinte centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando BBBBB; sáquese a remate el vehículo placas N° JFC181, marca: Hyundai, estilo: Grand I10 GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2018, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, color: plateado, tracción: 4x2. Para tal efecto se señalan las tres horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las tres horas treinta minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés con la base de nueve mil doscientos setenta y tres dólares con noventa centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las tres horas treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés con la base de tres mil noventa y un dólares con treinta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de CREDI Q Inversiones CR S. A., contra José Francisco Castillo Araya. Expediente Nº 22-009115-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de febrero del año 2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2023734493 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil setecientos sesenta y ocho dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BHS558, marca: Toyota, categoría: automóvil, serie: MR2KT9F39G1176130, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, número chasis: MR2KT9F39G1176130, año fabricación: 2016, color: plateado, vin: MR2KT9F39G1176130, estilo: Yaris E, capacidad: 5 personas. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintitrés, con la base de tres mil quinientos setenta y seis dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de mil ciento noventa y dos dólares con doce centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A contra Any Georgina Vargas Alfaro, Miguel Ángel de los Santos Centeno Morales. Expediente N° 22-002101-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: catorce horas con veintiséis minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintitrés.—Lic. Natalia Orozco Murillo, Juez/a Decisor/a.—( IN2023734494 ).

En este Despacho, con una base de doce mil seiscientos setenta y dos dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BHZ626, marca: Hyundai, año: 2016, color: azul, N° motor: G4LCFU400125. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de nueve mil quinientos cuatro dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del seis de junio de dos mil veintitrés con la base de tres mil ciento sesenta y ocho dólares con seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Carolay Eugenia Vega Barrantes. Expediente N° 21-001109-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de febrero del 2023.—Kreysa Marín Mata, Jueza Decisora.—( IN2023734495 ).

En este Despacho, con una base de once mil setecientos ochenta dólares con ochenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BKD241, marca Chevrolet, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas hatchback, chasis MA6CH6CD2GT000274, uso particular, estilo Spark Classic LTZ, capacidad 5 personas, año 2016, color blanco, número motor B12D1152660018, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas veinte minutos del once de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas veinte minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintitrés con la base de ocho mil ochocientos treinta y cinco dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas veinte minutos del veintinueve de mayo del dos mil veintitrés con la base de dos mil novecientos cuarenta y cinco dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A. contra Johnn Michael Chaves Soto, expediente 19-014557-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del año 2023.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Juez/a Decisor/a.—( IN2023734496 ).

En este Despacho, con una base de quince mil cuatrocientos sesenta dólares con diez centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGJ 214 marca Hyundai, estilo Grand I10, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año dos mil quince, color plateado, VIN MALA851CAFM095308, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintitrés, con la base de once mil quinientos noventa y cinco dólares con tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del primero de junio del dos mil veintitrés, con la base de tres mil ochocientos sesenta y cinco dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco Improsa S.A., contra Adriana Viales Peraza, Davis Orlando Valerín Gómez. Expediente N° 17-000692-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: quince horas con dieciocho minutos del siete de febrero del dos mil veintitrés.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2023734497 ).

En este Despacho, con una base de quince mil ochenta y ocho dolares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKG.564, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, serie: KMHJ2813AGU063926, tracción: 4X2, año fabricación: 2016, color: negro, N° motor: G4NAFU047010, cilindrada: 2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del seis de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del catorce de junio de dos mil veintitrés con la base de once mil trescientos dieciséis dolares con sesenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintidós de junio de dos mil veintitrés con la base de tres mil setecientos setenta y dos dolares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR Sociedad Anónima contra Oldemar Arias Rojas. Expediente N° 22-002108-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuarenta y nueve minutos del once de enero del dos mil veintitrés.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2023734498 ).

En este Despacho, con una base de tres mil ochocientos dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFH862, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra GLS, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Carrocería: Sedan 4 puertas, 4x2, Número Chasis: KMHDH41EAEU859987, Año Fabricación: 2014, Blanco, Vin: KMHDH41EAEU859987, N° Motor: G4NBDU699028. Para tal efecto se señalan las diez horas veinte minutos del diecinueve de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas veinte minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés, con la base de dos mil ochocientos cincuenta dólares con sesenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés, con la base de novecientos cincuenta dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra Mónica Denisse Barrantes Robles. Expediente N° 23-000077-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: diez horas con veinticuatro minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2023734499 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil sesenta y seis dólares con seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BHW720, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2015, color: negro, vin: KMHCT41DAFU849473, cilindrada: 1600 c.c, N° motor: G4FCEU514639. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, con la base de tres mil cuarenta y nueve dólares con cincuenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés, con la base de mil dieciséis dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR SA contra Suehellen Melissa Alvarado Pachón. Expediente N° 23-000968-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Lic. Verny Arias Vega, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734500 ).

En este Despacho, con una base de doce mil doscientos veinte dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: FCS224, marca: Nissan, estilo: Qashqai, categoría: automóvil, serie: SJNFBNJ11FA149552, tracción: 4X4, año fabricación: 2015, color: gris, VIN: SJNFBNJ11FA149552, N° motor: MR20306110W, cilindrada: 2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintitrés, con la base de nueve mil seiscientos quince dólares con veintitrés centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veintitrés, con la base de tres mil doscientos cinco dólares con ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Oldemar Arias Rojas. Expediente N° 22-003240-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: nueve horas con diecinueve minutos del diez de febrero del dos mil veintitrés.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2023734501 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil doscientos noventa y cuatro dólares con ocho centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito citas 800-00776403-001 y denuncia de tránsito 800-00877415-001; sáquese a remate el vehículo CL-305996, marca Isuzu, categoría carga liviana, tracción 4x4, año de fabricación 2018, cabina doble, color azul, estilo D Max LS, chasis MPATFS86JJT001262, mot. marca Isuzu, cilindrada 2500 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas veinticinco minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas veinticinco minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés con la base de quince mil doscientos veinte dólares con cincuenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinticinco minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés con la base de cinco mil setenta y tres dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S.A. contra Valeria Salazar Cortes. Expediente Nº 22-006838-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta y tres minutos del veintiséis de enero del dos mil veintitrés.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2023734502 ).

En este despacho, con una base de quince mil doscientos treinta y siete dólares con cuarenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 311045, marca: Isuzu, estilo: QKR77L-EE1AYCON, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, serie: JAA1KR77EJ7100651, carrocería: caja cerrada o furgón, tracción: 4x2, número chasis: JAA1KR77EJ7100651, año fabricación: 2018, color: blanco. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del once de setiembre de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintitrés con la base de once mil cuatrocientos veintiocho dólares con seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintitrés con la base de tres mil ochocientos nueve dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A. contra Eddie Gerardo Chaves Ruiz, expediente 23-000056-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuatro minutos del veintisiete de febrero del dos mil veintitrés.—Manuel Loría Corrales, Juez Decisor.—( IN2023734503 ).

En este Despacho, Finca Nº 1: Con una base de treinta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y seis mil setenta y nueve colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos siete mil setecientos treinta derecho 000; la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Paraíso, cantón 2-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con cuatro metros de frente y lote dos de Carlos Luis y Manuel Alfonso, ambos Brenes Zamora; al sur, Claudio Francisco Moya Bonilla; al este, Claudio Francisco Moya Bonilla; y al oeste, Gonzalo Valverde Calvo. Mide: ochocientos ochenta y seis metros con noventa y dos decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos (03:00 pm) del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos (03:00 pm) del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de veinticinco millones ochocientos treinta y cuatro mil quinientos cincuenta y nueve colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos (03:00 pm) del nueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de ocho millones seiscientos once mil quinientos diecinueve colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Finca N° 2: Con una base de siete millones cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos veintiocho colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 207731 derecho 000, la cual es terreno terreno para construir. Situada en el distrito 1-Paraíso, cantón 2-Paraiso, de la provincia de Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con tres metros lineales y Raquel Viviana Morales Quesada; al sur, lote número uno de Carlos, Luis y Manuel Alfonso, ambos Brenes Zamora; al este, Raquel Viviana Morales Quesada y Claudio Francisco Moya Bonilla; y al oeste, lote número uno de Carlos Luis y Manuel Alfonso, ambos Brenes Zamora. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados metros cuadrados, para lo cual se señalan las quince horas cero minutos (03:00 pm) del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores,el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos quince horas cero minutos (03:00 pm) del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de cinco millones seiscientos nueve mil seiscientos cuarenta y seis colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos quince horas cero minutos (03:00 pm) del nueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón ochocientos sesenta y nueve mil ochocientos ochenta y dos colones con trece céntimos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Enrique de Los Brenes Hernández. Expediente N° 17-014168-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de marzo del 2023.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2023734506 ).

En este Despacho, con una base de once millones doscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta y dos colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: JJC420, Kia, Rio, automóvil, 5 personas, Sedan 4 puertas, gris, 2019, chasis: 3KPA341ABKE20445. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés, con la base de ocho millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil novecientos treinta y nueve colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés, con la base de dos millones ochocientos dieciocho mil trescientos trece colones con doce céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan José Álvarez Cubero. Expediente N° 21-004962-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: trece horas con veinticinco minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintitrés.—Lic. Anthony Jesús Quesada Soto, Juez Tramitador.—( IN2023734507 ).

En este despacho, con una base de siete millones ciento setenta mil setenta y cinco colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito citas 800 00977717 001 y denuncia de tránsito citas 800 00989606 001; sáquese a remate el vehículo placas: BSQ313, marca: BYD, estilo: F3, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año fabricación: 2020, color: blanco, VIN: LGXC16DF6L0000684, N° motor: BYD473QE219320932, cilindrada: 1500 c.c, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de cinco millones trescientos setenta y siete mil quinientos cincuenta y seis colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de setiembre de dos mil veintitrés, con la base de un millón setecientos noventa y dos mil quinientos dieciocho colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jeymer Estiben Pinzón Arroyo. Expediente N° 22-007460-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: nueve horas con tres minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2023734519 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y tres millones seiscientos ochenta y un mil sesenta y cinco colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil ochenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Agropecuaria Alvarado Chaves S. A.; al sur, calle pública con un frente de 24,30 centímetros lineales; al este, Julio Calderón Valverde y al oeste, Marcos Fallas Arias. Mide: Mil ochocientos setenta y cuatro metros con cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintitrés con la base de cuarenta y siete millones setecientos sesenta mil setecientos noventa y nueve colones con diecinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintitrés con la base de quince millones novecientos veinte mil doscientos sesenta y seis colones con cuarenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Ramón del Carmen Fallas Arias, Kattia de los Ángeles Merlo Brenes. Expediente Nº 23-000098-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: diez horas con veinticinco minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2023734523 ).

En este despacho, con una base de cincuenta y ocho millones setecientos setenta y ocho mil ciento setenta y seis colones con cincuenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas: 218- 01807-01-0002-001, servidumbre trasladada bajo citas: 218-01807-01-0901-001 y servidumbre trasladada bajo citas: 384-03957-01-0900-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 528473-000. Naturaleza Bloque B Lote 18 terreno para construir. Situada en el distrito San Isidro, cantón Vásquez De Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lote 17-B; al sur, Lote 19-B; al este, calle con 8.75 metros, y al oeste, Lotes 3-B y 4-B. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del cuatro de agosto del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del quince de agosto del dos mil veintitrés, con la base de cuarenta y cuatro millones ochenta y tres mil seiscientos treinta y dos colones con cuarenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintitrés, con la base de catorce millones seiscientos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro colones con catorce céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Guillermo Alfredo Castro Contreras. Expediente N° 19-000145-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Tercera), 17 de febrero del año 2023.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez. Tramitador.—( IN2023734524 ).

En este Despacho, 1) Con una base de dieciocho millones de colones exactos, sáquese a remate 60 cajas de vidrio decorativo; conteniendo cada caja 30 unidades de vidrio. Para lo cual se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). 2) Con una base de diecisiete millones trescientos sesenta mil colones exactos, sáquese a remate 868 paquetes de láminas de cartón comprimido MDF de 3mm de grosor; conteniendo cada paquete 10 unidades, con medidas globales de 90 x 210 pulgadas y 7 x 217 pulgadas. Para lo cual se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés, con la base de trece millones veinte mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones trescientos cuarenta mil colones exactos (25% de la base original). 3) Con una base de trece millones de colones exactos, sáquese a remate 1 máquina para tallar, Marca Philicam FLDJ1325, Modelo 1325, secuencia 2016020030, de 80w, color azul. Para lo cual se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). 4) Con una base de dieciséis millones de colones exactos, sáquese a remate 1 máquina láser, marca Philicam FLDJ1325, modelo 1325, secuencia 20170123, de 260w, color blanco. Para lo cual se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintiséis de julio de dos mil veintitrés, con la base de doce millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Transportes Paco International Cargo S. A. contra Grupo Sánchez S.A., Ricardo Alberto de Jesús Sánchez Obando, expediente 18-000590-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: cero horas con dieciséis minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2023734533 ).

En este Despacho, con una base de diez millones seiscientos cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 372-15056-01-0900-001, servidumbre de paja de agua citas: 429-08537-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 167685-001 y 002, la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa lote 32. Situada en el distrito (04) Cachi, cantón (02) Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, avenida segunda; al sur, lotes 60,31 y 62; al este, lote 33; y al oeste, lote 31. Mide: ciento setenta y dos metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de siete millones novecientos cincuenta y cuatro mil noventa y cuatro colones con dieciocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos millones seiscientos cincuenta y un mil trescientos sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Pedro Gerardo Núñez Ramírez, Xinia Patricia de La Trinidad Sandoval Solano. Expediente N° 22-009514-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de marzo del 2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2023734571 ).

En este Despacho, con una base de ciento sesenta mil ochocientos noventa dólares con quince centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 396-18877-01-0930-001 y etapa de ejecución citas: 800-746209-01- 0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 41999-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial seis de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 6-Santa Rosa, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Arcadio Rodríguez Bolaños; al sur finca filial siete; al este Finca Callejones de Santo Domingo Sociedad Anónima y lote dos-C y al oeste acceso vehicular. Mide: ciento treinta y nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. Plano: H-0946915-2004. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintitrés con la base de ciento veinte mil seiscientos sesenta y siete dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintitrés con la base de cuarenta mil doscientos veintidós dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda ( Costa Rica ) Sociedad Anónima contra Guiselle María Mora Blanco Expediente Nº 22-005264-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y siete minutos del catorce de marzo del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2023734578 ).

En este Despacho, con una base de un millón cincuenta y siete mil trescientos ochenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-549553, marca: BAJAJ, estilo: Discover 125, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, carrocería: motocicleta, tracción: 2x2, año fabricación: 2017, N° motor: JZZWGA65334, marca: BAJAJ, modelo: Discover 125, cilindrada: 125 c.c., cilindros: 1, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veinticinco de abril de dos mil veintitrés con la base de setecientos noventa y tres mil treinta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de doscientos sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Kenneth Mauricio Barrantes García. Expediente N° 18-009030-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión: quince horas con treinta y seis minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintitrés.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2023734579 ).

En este Despacho, con una base de un millón seiscientos catorce mil cuarenta y siete colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo BMG959, marca: Daewoo, categoría: automóvil, serie: KLY4A11BD4C040200, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4X2, número chasis: KLY4A11BD4C040200, año fabricación: 2004, color: turquesa, VIN: KLY4A11BD4C040200, estilo: Matiz, capacidad: 5 personas; sáquese a remate el vehículo BMG959. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés con la base de un millón doscientos diez mil quinientos treinta y cinco colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del uno de mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos tres mil quinientos once colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Adela del Carmen Flores Pineda. Expediente N° 20-006344-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta y ocho minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintitrés.—Rolando Valverde Calvo, Juez.—( IN2023734581 ).

En este Despacho, con una base de un millón setecientos cuarenta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 16-600094-0402-TR; sáquese a remate el vehículo BKL916, marca: Hyundai, categoría: automóvil, serie: KMHDM41BP6U265326, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número chasis: KMHDM41BP6U265326, año fabricación: 2006, color: azul, VIN: KMHDM41BP6U265326, estilo: Elantra, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón trescientos once mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos treinta y siete mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Olger Enrique Mena Espinoza. Expediente N° 21-002351-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: diecinueve horas con cinco minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintitrés.—Rolando Valverde Calvo, Juez.—( IN2023734583 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones novecientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CL 228187, marca: Chevrolet, estilo: Colorado LT, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, Serie: 1GCDT13E988172255, carrocería: Camioneta Pick-Up Caja Abierta o Cam-Pu, tracción: 4x4, número chasis: 1GCDT13E988172255, año fabricación: 2008, color: gris, Vin: 1GCDT13E988172255, N° motor: no indica, modelo: CT15643, cilindrada: 3700, c.c, cilindros: 5, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dos de mayo del dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones cuatrocientos ochenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo del dos mil veintitrés, con la base de un millón cuatrocientos noventa y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de FONTANDON S. A. contra María Fernanda Pérez Murillo. Expediente N° 22-001459-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con veintidós minutos del doce de julio del dos mil veintidós.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2023734584 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil ochocientos setenta y seis dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BJV666, marca: Hyundai, año fabricación: 2015, color: blanco, estilo: Accent GL, N° motor: G4LCEU231339. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés con la base de tres mil seiscientos cincuenta y siete dólares con diez centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés con la base de mil doscientos diecinueve dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Raúl Iván León Naranjo. Expediente N° 23-000566-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2023.—Ximena Lucía Jiménez Soto, Jueza Decisora.—( IN2023734609 ).

En este Despacho, con una base de diez millones seiscientos noventa y ocho mil cincuenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 82977, derecho 000, la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 3-San Antonio, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al norte, Nicolás Cortés Matarrita y otro; al sur, sucesión de Sabas Gómez Obando, al este, calle pública con 16,19 y otro; y al oeste, sucesión de Sabas Gómez Obando, otro. Mide: quinientos catorce metros con veintinueve decímetros cuadrados. Plano: G-0088476-1992. Identificador predial: 502030082977. Mide: metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintidós de mayo de dos mil veintitrés con la base de ocho millones veintitrés mil quinientos cuarenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos millones seiscientos setenta y cuatro mil quinientos catorce colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hacienda Mastate S. A., contra Jimmy Saturnino Fonseca Villegas. Expediente N° 19-004587-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: dieciocho horas con cuarenta y cuatro minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintitrés.—Victor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—( IN2023734637 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve mil setecientos once dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BTN606, marca Peugeot, estilo 2008, VIN VR3USHNJHMJ503596, año 2020, color negro, N° motor 10XVDF1673019, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del dieciocho de abril del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del veintisiete de abril del dos mil veintitrés, con la base de veintidós mil doscientos ochenta y tres dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del ocho de mayo del dos mil veintitrés, con la base de siete mil cuatrocientos veintisiete dólares con setenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra José Pablo Valladares Sanabria. Expediente N° 23-000761-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de febrero del año 2023.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2023735242 ).

En este Despacho, con una base de siete mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MCZ114, marca: Peugeot, estilo: 2008 Active, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF3CU5FS0FY001939, carrocería: Station Wagon o familiar, tracción: 4x2, año fabricación: 2015, color: rojos. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés con la base de cinco mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil veintitrés con la base de mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A., contra Oscar Andrés Morux Rivera. Expediente Nº 22-005511-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y seis minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés.—Noelia prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2023735243 ).

En este Despacho, con una base de once mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 300-14851-01-0901-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 122549-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número treinta y dos apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos niveles. Situada en el distrito 11-Turrucares, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial treinta y tres; al sur, finca filial treinta y uno; al este, Las Campanas S.A., y al oeste, calle tres. Mide: ciento sesenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del quince de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintitrés, con la base de ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintitrés, con la base de dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Pis de Costa Rica Sociedad Anónima contra FC Soluciones Tecnológicas Sociedad Anónima. Expediente N° 21-003657-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: doce horas con cinco minutos del doce de agosto del dos mil veintidós.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2023735260 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 23-000077-0297-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de William Bismarck Polanco, quien es mayor, casado una vez, vecino de Santo Domingo de Monterrey de San Carlos, del Banco de Costa Rica, un kilómetro al este, primera entrada a mano derecha, portador de la cédula número 155819762514, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en Las Delicias, distrito doce-Monterrey, cantón décimo-San Carlos. Colinda: al norte, sur y este con: Rodales Roam S. A.; y al oeste con: calle pública con un frente a ella de veintiséis metros noventa y dos centímetros lineales. Mide: seiscientos cincuenta metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima dicho inmueble en la suma de ocho millones de colones y en la misma suma estima las presentes diligencias. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera la señora Fanny Guiselle Medina Sequeira, quien es mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, Río Cuarto Centro, de la Municipalidad de Río Cuarto, 125 metros al norte y 25 metros oeste, con quien no le une parentesco alguno, en fecha 25 de abril de 2022, mediante escritura pública número 74 otorgada ante el notario Ricardo Reyes Calix y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiarlo, mantenerlo limpio, cercarlo, habitarlo, sembrarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por William Bismarck Polanco. Expediente N° 23-000077-0297-CI-7. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con dieciséis minutos del quince de marzo del dos mil veintitrés.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023732883 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000075-1309-CI donde se promueve información posesoria por parte de Adrián Mauricio Rojas Rodríguez quien es mayor, estado civil Soltero/a, vecino(a) de Cureña de Sarapiquí, portador(a) de la cédula número 0110740646, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno con construcción. Situada en el Distrito Cureña, Cantón Sarapiquí. Colinda: al norte con Mauricio Víquez Salazar; al SUR con Geiner Adrián Quesada Vargas; al este con Mauricio Víquez Salazar y al oeste con calle pública. Mide: doscientos ochenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir plano número 4-2200149-2020 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble plano número 4-2200149-2020, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Adrián Mauricio Rojas Rodríguez. Exp:22-000075-1309-CI-1. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Civil). 25 de enero del año 2023.—Lic. Roberto Antonio Corea Badilla, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2023732992 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°22-000158-0390-CI donde se promueve información posesoria por parte de Asociación Pro-Construcción del Templo Católico de Cerrillos de Hojancha, cédula jurídica N°3-002-837950, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Primero Hojancha, cantón once Hojancha. Colinda: al norte, con Municipalidad de Hojancha; al sur, y oeste, con Asociación de Desarrollo Integral de Hojancha Guanacaste; y al este, con calle pública con un frente a ella de once metros con cincuenta y ocho centímetros lineales. Mide: trescientos once metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de donación realizada por María de los Ángeles Obregón Muñoz y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapias y rondas, mantenimiento de la propiedad con siembra de diferentes árboles frutales, construcción de un templo católico. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación Pro-Construcción del Templo Católico de Cerrillos de Hojancha. Expediente N°22-000158-0390-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), quince horas con tres minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Jueza.—1 vez.—( IN2023733116 ).

Citaciones

Notifíquese a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue Fibby Arburola Cordero, mayor, viuda, educadora jubilada, cédula N° 6-0175-0664, con último domicilio en Heredia, San Miguel de Santo Domingo, de la Venta de Autos Villalobos, 100 metros al oeste, fallecida el 17/11/2020 y Carlos Alberto Ramírez Rodríguez, mayor, viudo, educador jubilado, cédula N° 6-0283-0264, con último domicilio en Heredia, San Miguel de Santo Domingo de la Venta de Autos Villalobos, 100 metros al oeste, fallecido el 10/10/2022; para que hagan valer sus derechos, por el plazo de 15 días, el cual se tramita en la notaría de Evelin Sandoval Sandoval en San Francisco de Dos Ríos, de la iglesia católica 400 metros este, 100 sur.—San José, 17 de marzo de 2023.—1 vez.—( IN2023732228 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Georgina Auxiliadora Madriz Hernández, a las dieciocho horas del doce de febrero del dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento de Jorge Madriz Calderón, quien era mayor de edad, viudo en primeras nupcias, comerciante, portaba la cédula de identidad tres-cero ciento cincuenta y dos-cero ochocientos noventa y nueve, y Zoraida Jeannette Del Rosario Hernández Morales, quien era mayor de edad, casada en primeras nupcias, ama de casa, y portaba la cédula de identidad número cuatro-cero cero ochenta-cero novecientos cuarenta y ocho, ambos vecinos de Cartago, Barrio Los Ángeles, Urbanización Las Brisas, casa trece B, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio acumulado ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República. Notaría del Msc. Diego Arturo Pacheco Solano. Cartago, Quebradilla, cincuenta metros oeste del Templo Católico, DPS Estudio Jurídico, teléfono: 8484-7000.—Diecinueve de marzo de dos mil veintitrés.—1 vez.—( IN2023732229 ).

Se hace saber que en esta notaría se tramita proceso sucesorio de Francisco Alberto Alvarado Montes, quien fuera mayor, viudo una vez, jubilado, vecino de San Ramón de Alajuela, Barrio Los Jardines, de la segunda entrada, setenta y cinco metros al oeste, cédula dos-ciento ochenta y cuatro-quinientos setenta y dos. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derecho, con el apercibimiento a aquellos que crean tener mejor derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 0003-2023. Notaría del Licenciado Sergio Vargas López, sito en la ciudad de San Ramón de Alajuela. Correo electrónico: licsergiovargaslopez@gmail.com.—1 vez.—( IN2023732230 ).

Que en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio notarial ab-intestato de la causante Teresa Valverde Segura, cédula de identidad N° 1-0235-0252, vecina de La Palma de Pérez Zeledón, provincia de San José, fallecida el 26 de julio del 2016. Se emplaza a todos los sucesores, interesados, acreedores y terceros en general para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Avenida González, exactamente 150 metros al oeste del abastecedor la Avenida, casa a mano derecha, con verjas rojas, contiguo a los Apartamentos Way Cori, bajo apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2023. Tel.: 2771-3912.—San Isidro de Pérez Zeledón, 20 de marzo del 2023.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—( IN2023732308 ).

Se emplaza a todos los interesados al sucesorio en sede notarial de Wilbert Francisco Chávez Loaiza, cédula de identidad N° 1-1508-0170, vecino de San José, Alajuelita, La Aurora, Avenida Seis, casa ciento cincuenta y cinco, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 02-2023. Notaría del Licenciado Ernesto Chinchilla Vílchez, Alajuelita de la iglesia católica cien metros al sur y diez al oeste.—Alajuelita, 20 de marzo del 2023.—Lic. Ernesto Chinchilla Vílchez.—1 vez.—( IN2023732310 ).

Mediante acta de apertura de sucesorio notarial escritura 294-65, otorgada ante esta notaría por Carmen Didier Alfaro Elizondo, cédula N° 1-0553-0926, comprobado el fallecimiento, el suscrito notario mediante resolución de las 9 horas del 23 de febrero del 2023, declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera, Carlos Luis Morera Elizondo, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, cédula N° 9-0046-0064, vecino de Naranjo de Platanares de Pérez Zeledón, 400 metros al suroeste de la escuela, fallecido el 11 de noviembre del 2020. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, situada en San Isidro de Pérez Zeledón, contiguo a Restaurante El Balcón, a hacer valer sus derechos.—20 de febrero del 2023.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario Público.—1 vez.—( IN2023732312 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Joel Mena Méndez, a las 13:00 horas del 13 de marzo del 2023 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato quien en vida fuera Leonarda Mayela Vargas Gamboa conocida como Zoraida Vargas Gamboa, mayor, casada una vez, administradora del hogar, cédula de identidad número 1-0508-0178, vecina Cacao de Volcán de Buenos Aires, Puntarenas exactamente 600 metros al sureste del Super Amigos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Maurin Zúñiga Núñez, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, frente a Hospital Las Américas. Teléfono 2772-3235.—1 vez.—( IN2023732383 ).

Edicto, se hace saber que, en la notaría del licenciado Rolando José Villalobos Romero, se tramita el proceso sucesorio acumulado de quienes en vida se llamaron Alfredo Vega Quirós quien fuera mayor, casado una vez, mensajero, vecino de San Vicente de Santo Domingo de Heredia, cédula número tres-cero uno cuatro nueve-cero nueve ocho nueve y Elodia Margarita Rodríguez Monge, mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de San Vicente de Santo Domingo de Heredia, cédula número cuatro-cero cero ocho cuatro-cero seis cinco siete Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda Notaría ubicada en San Joaquín de Flores de Heredia, correo electrónico bufetevillalobos.castro@gmail.com. Expediente número cero cero cero uno-dos mil veintitrés (0001-2023). (Publíquese una vez en el Boletín Judicial ).—Lic. Rolando José Villalobos Romero, Notario.—1 vez.—( IN2023732384 ).

Por una vez se emplaza al sucesorio en sede notarial extra protocolario de Fanny Maroto Gabarruz, cédula 301180209, fallecida, por 15 días a partir de esta publicación a mi notaría, avenida 12, número 2375, a los interesados para hacer valer derechos de oposición o interés, en la apertura, nombramiento de albacea, declaración de heredero. Albacea nombrada la señora Roxana María Arguedas Maroto, cédula de identidad número 401290259. Expediente N° 004 03-2023-WRHJ4966.—San José 20 de marzo del 2023.—Walter Rubén Hernández, Juárez, Notario.—1 vez.—( IN2023732493 ).

Edicto, se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión conjunta in testada de: José Arnulfo Alvarado Gamboa, mayor, pensionado, casado en segundas nupcias, cédula uno-cero cuatrocientos dos-mil ciento sesenta y ocho, fallecido el veintiuno de febrero de mil novecientos noventa y seis; y de Maribel Araya Castillo, quien fue mayor, viuda de su primer matrimonio, asistente dental, cédula cinco-cero doscientos veintinueve-cero setecientos veinticinco, fallecida el quince de diciembre del dos mil veintidós, esposos entre si, y ambos vecinos de Alajuela San Carlos, Ciudad Quesada, Urbanización La Unión, costado sur de la parada de autobuses; para que en el plazo de 15 días, contados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen ante esta notaria, sita en San José, Desamparados, Damas, Dos Cercas, de la entrada de la Villa Olímpica, veinticinco metros oeste, a hacer valer sus derechos, que de no apersonarse dentro del plazo indicado, fa herencia pasará a quien en derecho corresponda, expediente 23-0001-15544. Es todo. Publíquese.—San José, 20 de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Rafael Antonio Arroniz Castillo, Notario Público.—1 vez.—( IN2023732658 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la Sucesión de, Carmen Estrella de Jesús Vásquez Lobo conocida como Estrella Carmen Vásquez Lobo, mayor, viuda en primeras nupcias, ama de casa, costarricense, con cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos veinte-cero ciento veintiocho, vecina de Heredia, Santo Domingo, Urbanización Yurusti, casa F ocho, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente Nº 0001-2023. Notaría de la Licenciada Yannory Triunfo Otoya, Notaria Pública con oficina sita en San José, La Uruca, Residencial Los Árboles, avenida treinta y uno, calles setenta y seis y ochenta y seis.—San José, 21 de marzo de 2023.—1 vez.—( IN2023732666 ).

Se hace saber a las personas herederas, legatarias, acreedoras y a todos los interesados en el Proceso Sucesorio Notarial de quien en vida se llamó Miguel Alonso Padilla Cáceres, mayor, cédula de identidad cinco-cero trescientos ochenta y nueve-cero quinientos dos, soltero, jardinero, con última residencia en Bagaces, Guanacaste, quien falleció el veintitrés de agosto del año dos mil veintidós en centro Liberia. Para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca ante esta notaría en Bagaces, Guanacaste, cien metros oeste de la entrada principal al cementerio de Bagaces; a hacer valer sus derechos. Si no se apersona dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente cero cero dos-dos mil veintitrés.—Bagaces, veinte de marzo de dos mil veintitrés.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Notaria.—1 vez.—( IN2023732684 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Adela de Las Piedades Jiménez Badilla, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0108080650 y vecino San José, León Corte Castro, San Pablo, Carrizales detrás de la escuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a  quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el  plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 23-000073-0640-CI-0.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: doce horas con seis minutos del ocho de marzo del dos mil veintitrés.—Dr. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—( IN2023732710 ).

Mediante acta de apertura ante esta notaría, por Dwight Hasani Stewart Hiburt, a las 16:00 horas del 14 de marzo de 2023, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de Ida Elizabeth Hiburt Scott, mayor, soltera, psicóloga, vecina de Limón, Siquirres y portadora de la cédula de identidad: tres-doscientos ochenta y ocho-quinientos sesenta y uno. Se cita a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos. Notaría Francisco Javier Stewart Satchuell, satchuell@ice.co.cr. Montes de Oca, Los Yoses, 300 al sur y 250 al oeste, Bufete Stewart.—Lic. Francisco Stewart Satchuell.—1 vez.—( IN2023732767 ).

Sucesión ab intestato en sede notarial de María del Carmen Masís Pérez. Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Sharon Eugenia Vargas Masís, y Sofía Paola Caldera Masís, a las diez horas del día nueve del mes de marzo de dos mil veintitrés, y comprobado el fallecimiento de María del Carmen Masís Pérez, portadora de la cédula de identidad número uno-cero quinientos veintitrés-cero ochocientos cincuenta y ocho, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Javier Eduardo Luna Montero, en San José, Montes de Oca, Barrio Dent, Edificio Magnalex. Teléfono: 8898-0250.—Diecisiete de marzo de dos mil veintitrés.—Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario Público.—1 vez.—( IN2023732780 ).

Grace María Sánchez Granados, notaria pública con carné N° 5284, hace saber que se ha abierto el proceso sucesorio testamentario expediente N° 0001-2023, de quien en vida se llamó Yalile Srur Feris, cédula de identidad N° 202810119. Se cita a posibles herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este aviso comparezcan ante la suscrita notaria a hacer valer sus derechos, apercibidos, los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro en ese plazo aquella pasará a quien corresponda.—San José, 20 de marzo de 2023.—1 vez.—( IN2023732797 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Alberto Vindas Pérez, mayor, casado, agricultor, costarricense, vecino de Cartago, con documento de identidad 0103430032. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 220003900180CI.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: once horas con nueve minutos del siete de Setiembre del dos mil veintidós.—M.S.c. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—( IN2023732799 ).

Ante esta notaría a solicitud de las señoras: Lidieth Ruíz Picado, cédula N° 2-404-070, Flor Ruíz Picado, cédula N° 2-428-333, Carmen Ruíz Picado, cédula N° 2-413-353, Oswaldo Ruíz Picado, cédula N° 2-440-351, Ana Lorena Ruíz Picado, cédula N° 2-472-026, Lourdes Ruíz Picado, cédula N° 2-508-955, Geovana Ruíz Picado, cédula N° 2-564-704, Miriam Ruíz Picado, cédula N° 1-1005-802, Ahias Ruíz Villalobos, cédula N° 2-220-990, todos vecinos de San Ramón, Alajuela, calidades que constan en el expediente, solicitan la apertura en sede notarial del sucesorio de quien en vida fue su esposa y madre: María Cecilia Picado Vega, cédula N° 2-232-969, quien en vida fuer mayor, casada, vecina de San Ramón, Alajuela, 25 m. norte del Kínder Felicítas Ramírez. Se emplaza a todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para que, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2023. Sucesorio en sede notarial.—San Ramón, 20 de marzo del 2023.—Notaria: Rosamira Cordero Méndez, arimasor66@hotmail.com.—1 vez.—( IN2023732819 ).

Edicto, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Ricardo Fernando Thomas Dixon, mayor, casado dos veces, administrador, portador de la cédula de identidad número siete-cero cero cinco tres-cero uno seis cinco, quien era vecino de Limón centro, siglo veintiuno, setenta y cinco metros al sur del Bar Linda Vista, casa número veinte, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Para el evento de presentar cualquier apersonamiento, se comunica que la dirección de esta notaría es la siguiente: San José, Escazú, San Rafael, del Supermercado Saretto doscientos metros norte, cien al oeste y doscientos metros norte Bufete Venture Legal Abogados, expediente 001-2023. Notaría de José Antonio Reyes Villalobos.—1 vez.—( IN2023732823 ).

Ante esta notaría, a solicitud de las señoras Kattia Vanessa Picado Vega, con cédula de identidad 2-555-768, Erica Patricia Picado Vega, cédula 2-661-032, todas ellas vecinas de San Ramón, Alajuela, con calidades que constan en el expediente, quienes solicitan la apertura en sede notarial del sucesorio de quien en vida fue su madre María Nicolasa Del Socorro Picado Vega, con cédula de identidad 2-319-998, quien en vida fuera mayor, soltera, vecina de San Ramón, Alajuela. Se emplaza a todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para que dentro del plazo de 15 días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp Nº 002-2023. Sucesorio En Sede Notarial.—San Ramón. 20 de marzo 2023.—Rosamira Cordero Méndez. arimasor66@hotmail.com, Notaria.—1 vez.—( IN2023732831 ).

Por el término de quince días hábiles se cita y emplaza a los interesados, herederos, y acreedores, para que dentro de dicho plazo se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en la Sucesión de quien en vida se llamó Luz María Reyes Picado, mayor, casada dos veces, del hogar, portadora de la cédula de identidad número seis-cero ciento cincuenta y uno-cero doscientos sesenta, vecina de Puntarenas, Golfito, Conté, ochocientos metros al oeste de la Clínica de Conté, quien falleció en fecha 11 de marzo del 2023. Apertura del proceso en fecha del 14 de marzo del 2023. Ciudad Neilly, Corredores, Puntarenas, Expediente 0002-2023. Queda el expediente a disposición en la oficina de la Notario Wendy Mayela Mora Garro, sita en Ciudad Neilly, frente al Parqueo del Banco Nacional, Corredores, Puntarenas.—Licda. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—( IN2023732835 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dinorah Hernández Cambronero, mayor, viuda, costarricense, con documento de identidad N° 102810156, y vecina de Hatillo. Se emplaza a todos los herederos, de legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el Boletín Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 23-000004-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con veintisiete minutos del veintisiete de febrero del dos mil veintitrés.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2023732841 ).

Se cita a los interesados en la sucesión notarial Carmen Marín Sánchez, quien fue casada una vez, ama de casa, cédula 3-152-817, vecina de El Carmen, Cartago, quien falleció el 03 de noviembre del 2015 a reclamar sus derechos en mi oficina en Cartago, calle 5 avenidas 1 y central. Se apercibe que si nadie se presenta dentro del plazo de ley, la herencia pasará a quien corresponda.—Cartago, 21 de marzo 2023.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano.—1 vez.—( IN2023732843 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gemma Mora Valverde, mayor, del hogar, viuda una vez, cédula número uno-cero doscientos treinta y ocho-cero novecientos noventa y cinco (102380995), vecina de San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, cien metros sur del Bar Nom Plus. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Promueve Humberto Sigifredo Mesén Mora y María del Carmen Mesén Mora. Exp:23-000029-0188-CI-2.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Civil). Hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintitrés. Teléfono 27701570.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2023732846 ).

Se hace constar que ante este notario Alexander Francisco Pereira González con oficina en Cartago frente al edificio dos Universidad Florencio Castillo, se tramita sucesorio de quien fue Reynaldo López López cédula número uno cero nueve cuatro seis cero cuatro cero uno. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras, en general quienes tengan un interés legítimo en el proceso a hacer valer sus derechos en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente notarial 004-2022.—Cartago 15 de marzo del 2023.—Alexander Francisco Pereira González.—1 vez.—( IN2023732852 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a las diez horas del dieciocho de marzo del dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento de Ignacio Alvarado Hernández, ciudadano salvadoreño, mayor de edad, casado una vez, comerciante, con cédula de residencia N° 22010063340874, vecino de Limón, Matama, Beverley, cien metros antes de la escuela, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato, expediente notarial 2023-0001. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Yorleni Carballo Gómez. Dirección Limón, Matina, Batán, del polideportivo, 350 metros oeste y 150 metros al norte.—20 de marzo de 2023.—Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—( IN2023732858 ).

Se cita y emplaza a los interesados en proceso sucesorio en sede notarial ab intestato, del causante señor Felipe Díaz Villareal, cédula de identidad número cinco-cero uno cero cinco-cero cero siete dos, mayor, soltero, pensionado, vecino de Nambí de Nicoya, Guanacaste, de dos cero cero metros. noreste del EBAIS, casa mano izquierda color verde, fallecido el veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, en Nicoya, Guanacaste. De conformidad con el numeral 126.3, del Código Procesal Civil, Ley Número 9342 vigente para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2023, ante la notaría de la Licenciada Anabel Arias Pérez.—1 vez.—( IN2023732860 ).

De acuerdo a lo establecido en los artículos 115 y siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se informa y cita a todas aquellos interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta notaría se ha iniciado en sede notarial, la sucesión de quien en vida se llamó Ángela Mary Woods Lenderink conocida como Ángela Lenderink, quien fuera mayor, viuda, vecino de casa 27, Condominio Residencial La Carolina, costado este de Lincoln Plaza, San Vicente, Moravia, San José, cédula de residencia 152800018906, para que en el término de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. La notaría está ubicada 25 metros al este del Polideportivo de Ipís, Goicoechea, San José, correo gloriavega@ice.co.cr., fax 2229 6551.—Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023732867 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Betty Fernández Delgado, mayor, estado civil viuda, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0101131066 y vecina de California, Estados Unidos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 23-000149-0504-CI - 7.—Juzgado Civil De Heredia, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con once minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintitrés.—MSc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—1 vez.—( IN2023732888 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mario Nazario Escoto León, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0101131066 y vecino de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:23-000149-0504-CI-7.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con once minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintitrés.—MSc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—1 vez.—( IN2023732890 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Miguel Ángel Garro Valerio, mayor, estado civil viudo, profesión u oficio transportista, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0400950305 y vecino de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 23-000192-0504-CI-3.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas con cinco minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintitrés.—M.Sc. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—( IN2023732892 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Susanita Leandro Fallas, mayor, soltero, auxiliar de contabilidad, documento de identidad: 0304120631, vecina de Cartago, El Guarco, Urbanización Hacienda Vieja, casa once G, de la entrada principal, 200 metros sur en el cual pretende cambiarse el nombre a Susana mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 23-000091-0640-CI-9. Nota: Se le recuerda a la persona interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: catorce horas con veintidós minutos del dos de marzo del dos mil veintitrés.—MSc. Meicer Araya Espinoza, Jueza.—1 vez.—( IN2023732935 ).

Edicto de sucesión testamentaria en sede notarial de Pilar José Bolaños Herrera. Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Eber David Bolaños Meléndez, mayor, soltero, farmacéutico, cedula de identidad número uno-mil quinientos dos-ciento cuarenta y cuatro, vecino de San José, Santa Ana Centro, del Centro Comercial Roble Sabana cien metros al oeste, casa a mano derecha contiguo al plantel casa verde con blanco, a las doce horas del dos de marzo del dos mil veintitrés, y comprobado el fallecimiento de Pilar José Bolaños Herrera, mayor, divorciado en primeras nupcias, cédula de identidad numero dos-cero ciento sesenta y tres-cero seiscientos cuarenta y dos, quien fue vecino de San José, Santa Ana Centro, del Centro Comercial Roble Sabana cien metros al oeste, y la existencia y validez del testamento por él otorgado; esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, de Taco Bell de San Pedro, quinientos metros oeste cien norte, casa esquinera celeste, teléfono 8864-50-83, a hacer valer sus derechos. Publicar una vez.—San José, ocho de marzo del dos mil veintitrés.—Licda. Eugenia Brenes Rojas, carné 13620, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023732937 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Felipe Antonio Sánchez Andrade, mayor, casado, costarricense, con documento de identidad 0301650391 y vecino Cartago, La Unión. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:23-000141-0640-CI-3.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y uno minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL,M. Juez.—1 vez.—( IN2023732954 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Juana Emilce Garita Romero, cédula identidad 9-0059-0969, a fin de que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante la notaría de la Licenciada Lindsay Blanco Esquivel, notaria pública con oficina abierta en la ciudad de San Isidro, Pérez Zeledón, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de este término, aquella pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede Notarial de los causantes y se tramita bajo Expediente N° 0004-2022.—Licda. Lindsay Blanco Esquivel.—1 vez.—( IN2023732956 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial extrajudicial del señor Omar Gerardo del Carmen Valerio Aguilar, mayor, casado dos veces, chofer, vecino Alajuelita, San Felipe, veinticinco metros al sur de la Iglesia Católica, cédula de identidad número cuatro-cero ciento quince-cero quinientos cincuenta y dos, para que comparezcan dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, ante esta notaría ubicada en: Escazú, de la entrada principal del Colegio Nuestra Señora del Pilar cincuenta metros al sur y ciento veinticinco metros al este, teléfono dos dos ocho nueve cinco nueve cero uno; a reclamar o hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente N° 0002-2023.—Escazú, 16 de marzo del 2023.—Licda. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—( IN2023732965 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial extrajudicial de la señora María de los Ángeles Ramírez Araya, mayor, viuda, ama de casa, vecina de Escazú, de la esquina noroeste del Colegio Nuestra Señora del Pilar, cincuenta metros al oeste, mano derecha, cédula de identidad número uno-cero tres cuatro cuatro-cero seis cuatro tres, para que, comparezcan dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, ante esta notaría ubicada en: Escazú, de la entrada principal del Colegio Nuestra Señora del Pilar, cincuenta metros al sur y ciento veinticinco metros al este, teléfono: dos dos ocho nueve cinco nueve cero uno; a reclamar o hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 0003-2023.—Escazú, 20 de marzo del 2023.—Licda. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—( IN2023732966 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Anabelle Villalobos Espinoza, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense, con documento de identidad 0104840958 y vecina de Barva de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 23-000135-0504-CI-5.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas con cinco minutos del quince de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Andrey de los Ángeles Garro Carvajal, Juez.—1 vez.—( IN2023732974 ).

En esta notaría del Licenciado Eddy José Cuevas Marín, cita en Heredia, central, de Quiznos 125 metros al este, a las 07:00 horas del 06 de marzo del año 2023 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Rafael Ángel de la Trinidad Bernini González; quien era mayor, casado en segundas nupcias, cédula de identidad 4-0106-0153, vecino de Heredia, San Rafael, Los Ángeles, Residencia del Monte (El Tirol), camino Las Moras casa 42 F. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Notaría del Lic. Eddy José Cuevas Marín, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2023732980 ).

Se hace saber que ante la notario público José Pablo Ramírez Avendaño, se tramita la sucesión de quien en vida fue Dora Vargas Bogantes, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Heredia, Flores, San Joaquín, quien porto de la cédula de identidad número: cuatro-cero cero sesenta y dos-cero doscientos quince, quien murió el día diecisiete de octubre del dos mil veintiuno, según consta en el Registro Civil, sección de Defunciones de la Provincia de Heredia, al Tomo: Ciento Diecinueve, Folio: Cuatrocientos dieciséis, Asiento: Ochocientos treinta y dos. Y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en el presente proceso para que dentro de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos en el apercibimiento, a quienes crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se hace saber que el notario se encuentra situado en la ciudad de San Joaquín de Flores, Heredia, costado sur de la Escuela Estados Unidos de América. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil veintitrés.—Lic. José Pablo Ramírez Avendaño, Notario Público.—1 vez.—( IN2023732982 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida fuera: María Elena de los Ángeles Navarro Cordero, divorciada de primeras nupcias, oficios del hogar, cédula de identidad tres-doscientos cincuenta-novecientos noventa y cuatro, vecina de San José, Desamparados, San Cristóbal Norte, del Centro Social Las Tejas, cincuenta metros al norte, y cien metros al oeste, casa dos plantas, color rosado, al final de la calle, quien falleció el veintidós de octubre de dos mil veintidós en San José, central, Carmen, para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, sita en San José, El Carmen, Barrio Escalante, avenidas: 0 y 1, calle: 33, N° 35-N Oficentro Jaramk, con apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese plazo esta pasará a quien corresponda, expediente sucesorio notarial. 001-2023.—San José, 20 de marzo de 2023.—Lic. Johnny Calderón Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2023732989 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general todos los interesados, en la sucesión de: María de los Ángeles González Arguedas, quien fuera mayor, costarricense, oficios domésticos, casada una vez, portadora de la cédula cuatro cero ciento cuarenta y ocho cero novecientos cuarenta y tres, vecina de Alajuela, El Roble de la Iglesia Católica seiscientos metros oeste, en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante la notaría Cecilia Roxana Monge Quesada en San Rafael Heredia, cien sur setenta y cinco oeste hogares ancianos, hacer valer sus derechos, de lo contrario pasará a quien corresponda. Expediente 001-2023.—Licda. Cecilia Roxana Monge Quesada.—1 vez.—( IN2023732994 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Vanessa Fallas Campos, mayor de edad, casada una vez, comerciante, cédula de identidad número: cuatro-cero uno seis siete-cero cinco nueve nueve, vecina de Heredia, Barva, Santa Lucía, fallecido el cuatro de agosto de año dos mil dieciocho, en San José, La Uruca y comprobado el fallecimiento de Fernando Mayorga Sánchez, mayor de edad, divorciado una vez, pensionado, cédula de identidad número: uno-cero dos seis dos-cero dos cero dos, vecino de San José, Tibás, Llorente, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, tal como ésta lo ha indicado. Publicar una vez.—Heredia, San Rafael, San Josecito.—Telf. 8998-9053.—Lic. Erick Jiménez Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2023732998 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Clara Navarro Rodríguez, a las catorce horas del catorce de marzo del dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Gerardo Ulises Fernández Valverde, mayor, casado una vez, vecino de Alajuela, Orotina, Barrio El Carmen, cien metros al norte, del cementerio, pensionado, cédula: 9-0027-0950, fallecido el día ocho de junio año dos mil veintidós. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Wendy María Garita Ortiz, Orotina centro, cien metros al este del Mercado, edificio esquinero, teléfono: 8448-2525.— Licda. Wendy María Garita Ortiz, Notaria.—1 vez.—( IN2023733001 ).

Se hace saber que anti mi notaría sita en Cartago, Tejar del Guarco, Residencial Las Catalinas, lote Ocho U, teléfono: dos cinco siete tres nueve seis dos seis, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Gilberto Serrano Rojas, mayor, cédula de identidad número tres-doscientos noventa y cinco-trescientos noventa y seis, soltero, ebanista, vecino de Cartago, Higuito del Guarco, setenta y cinco metros oeste de la Iglesia, por lo que cito a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos interesado para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos en el entendido de que cumplido dicho plazo se procederá a la declaratoria de herederos y la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente N° 23-00001-TFM.—Cartago, veinte de marzo del dos mil veintitrés.—Helen Tatiana Fernandez Mora.—1 vez.—( IN2023733018 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Lorenza Rojas Rojas, quien fuera mayor, viuda, cédula de identidad número seis-cero cero cuarenta y cuatro-cero trescientos ochenta y ocho, vecina de Palmar, Osa, Puntarenas, quien falleció el día catorce de febrero de dos mil veintitrés; para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Vencido dicho plazo la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente 001-2023-ojdh.—Moravia, San José, teléfono: 2236-0662 y 8764-5079, correo electrónico servilaw@gmail.com.—Lic. Orlando José Díaz Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2023733061 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general todos los interesados, en la sucesión de: Damián Ugalde Campos, quien fuera mayor, costarricense, viudo una vez, pensionado, vecino de Heredia, Barva, Juan Pablo II, casa nueve A, cédula cuatro cero ciento veintiuno cero setecientos ochenta y ocho, en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante la notaria Cecilia Roxana Monge Quesada en San Rafael Heredia, cien sur setenta y cinco oeste hogares ancianos, hacer valer sus derechos, de lo contrario pasará a quien corresponda. Expediente 004-2023.—Licda. Cecilia Roxana Monge Quesada.—1 vez.—( IN2023733068 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Hugo Antonio de la Trinidad Hidalgo Mora, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número uno-cero setecientos veintitrés-cero novecientos setenta y seis, vecino de San Ignacio de Acosta cincuenta metros al sur de la iglesia católica, quien falleció el primero de marzo del dos mil veintitrés, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría en reclamo de sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 001-2020. Notaría de la Licda. Grace Barquero Varela, carné 12974, correo electrónico: gbarquero13@gmail.com, teléfono celular: 8816-7604.—Licda. Grace Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2023733069 ).

Se hace saber: Que ha sido solicitada la intervención de la suscrita notario para tramitar el proceso sucesorio extrajudicial testamentario de quien en vida fue Carlos Pinto González, mayor, casado una vez, ingeniero, cédula de identidad N° 1-0372-0751, con domicilio en San Rafael de Escazú, Condominio Stradivari, apartamento número 6, quien falleció en Costa Rica, San José, Escazú, San Rafael, Maynard, el día 5 de febrero de 2023. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina de la suscrita notario se encuentra ubicada en San José, Escazú, del Centro Comercial Multiplaza 150 metros al sur, Edificio Terraforte, piso 4, Lex Counsel, Fax (506) 2201-5191. Email acalvo@lexcounsel.com. Expediente N° 0001-2023.—San José, 21 de marzo del año 2023.—Adriana Calvo Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2023733071 ).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el respectivo sucesorio Testamentario del Señor José Agustín Chaves Ovares mayor, casado dos veces, Ingeniero Agrónomo, vecino de Limón, Matina, Zent, Carrandí, de la Bomba de Matina frente a Ruta treinta y dos, trescientos metros este, cédula número dos-cero dos ocho cero-uno cuatro cero siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que sino se apersonan dentro de este plazo aquella pasará a quienes corresponda. Expediente 001-23-STSN. Lic. Douglas Castro Peña oficina sita en Pavas, Favorita Sur, Calle 106, avenida 28 de la Embajada Americana 300 oeste, 50 norte, 75 este, RFI Consultores casa color blanco a mano izquierda.—San José, 17 de marzo del 2023.—Lic. Douglas Castro Peña.—1 vez.—( IN2023733077 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 21 de marzo de 2023, se abrió proceso sucesorio de quien en vida fue: Alexis Gerardo Corrales Barquero, cédula: uno-quinientos cincuenta y uno-seiscientos cincuenta y cinco, casado una vez, agente de ventas vecino de Calle Blancos. Albacea: Judith Ford Monge. Es todo.—San José, 21 de marzo de 2023.—Notaría Pública: Susan Grace Muñoz Rosales.—1 vez.—( IN2023733106 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de Asdrúbal Quesada Díaz, cedula de identidad número 104400342, pensionado, casado una vez, vecino de Sabanilla de Montes de Oca, del parque un kilómetro al este contiguo al edificio Servicios Médicos del Este, portón blanco, quien falleció el veinticinco de junio del dos mil catorce, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en caso de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. La dirección de la notaría es: San José, Barrio México, avenida 11 bis, calle 20 y 22, edificio número 2080. Fax 22-55-15-94.—Mario Alberto Marín Villalobos. Notario.—1 vez.—( IN2023733122 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó German Céspedes Quesada, mayor, casado, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0301290716 y vecino de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar lo que corresponda en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp:22-000122-1629-CI.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: quince horas con cincuenta y uno minutos del veintisiete de febrero del dos mil veintitrés.—Dr. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—( IN2023733135 ).

Se hace saber que en esta notaria se tramita el proceso sucesorio de Fernando Antonio Sarmiento Meneses, mayor de edad, casado dos veces, pensionado, cédula de identidad número tres-cero uno seis ocho-cero siete dos dos, con último domicilio en San José, Moravia, San Vicente, cien metros norte de plaza Los Colegios. Comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio en sede notarial, se emplaza a los interesados y posibles herederos a comparecer ante esta notaría pública ubicada en San José, Moravia, San Vicente, veinticinco metros este de la Delegación Policial, dentro del plazo de ley. Expediente 03-2023.—San José, 08 de marzo del 2023.—Licda. Maureen Masís Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023733169 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Ángel Matarrita Carrillo, mayor, estado civil divorciado, con documento de identidad N° 5-0196-0353, vecino de Cabuya, Cóbano. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de quince contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 23-000006-0642-CI. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de Puntarenas, Sede Jicaral, 14 de febrero del 2022.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023733173 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Ariana Lineth Pérez García, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-000115-1517-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa. NOTA: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil, Trabajo, Agrario, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Familia), a las quince horas veinte minutos del 1° de marzo del 2023.—Licda. Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza Decisora.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023731788 ).          3 v. 3

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de las personas menores de edad Starley Daniel Rojas Solís y Rosselyn Daniela Rojas Solís, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Este edicto debe ser publicado por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Proceso de Tutela, número 23-000245-1307-FA. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023731799 ).  3 v. 2.

Se hace saber que por iniciativa de O C C Merce Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3101358653, se ha promovido un proceso judicial a fin de que se le reponga cédula hipotecaria. Se concede un plazo de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en defensa de sus derechos. Se ordena así en proceso judicial de reposición de título valor. Expediente N° 22-000026-0920-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil). Hora y fecha de emisión: diez horas con treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintidós.—Nancy Magaly García Sánchez, Jueza Decisora.—( IN2023731866 ).                                                     3 v. 2.

Se convoca por medio de este edicto que se publicará por tres veces, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de Maripaz Rodríguez Chacón para que se apersonen dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial. Expediente N° 22-000346-0364-FA-0. Proceso de tutela. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia de Heredia. 16 de febrero del 2022.—Leonardo Loría Alvarado, Juez de Familia.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732639 ).     3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Xiomara Elizabeth Urbina Miranda, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Lo anterior por requerirse así dentro del expediente 23-000032-1591-FA, que es proceso de depósito judicial, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, a favor de la persona menor de edad Xiomara Elizabeth Urbina Miranda, en contra de los patras registrales Rigoberto Urbina García y Yamileth Mirnda Rosales. Nota: Publíquese este edicto por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica de Quepos (Familia). 16 de marzo del año 2023.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguéz, Juez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023733178 ).              3 v. 1.

Msc. Johanna Vargas Hernández, Juez del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), a Guiselle Jiménez Contreras, en su carácter demandada, cédula 603530089, se le hace saber que en Proceso Abreviado de Suspensión de Patria Potestad N° 22-000533-1304-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia).- A las trece horas cuarenta y dos minutos del ocho de setiembre de dos mil veintidós.- Ha procedido este despacho a realizar consulta ante el Registro Civil y se ha obtenido dirección del domicilio de la parte demandada, por lo que se resuelve; De la anterior Demanda Abreviado de Suspensión de Responsabilidad Parental establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a la accionada Giselle Jiménez Contreras por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado Civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con el fin de garantizar la protección de los derechos de la persona menor de edad Isaías Montezuma Jiménez, se otorga el Depósito Provisional de dicho menor al señor Elías Montezuma Jiménez, persona propuesta por el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Coto Brus para dicho cargo, a quien se le previene que presenten un escrito en el cual manifiesten aceptar o no dicho cargo y jurar su fiel cumplimiento y para lo cual, se les concede el plazo de tres días, ya que en caso contrario se desistirá de ello. Notifíquese esta resolución a la demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina De Comunicaciones Judiciales Y Otras Comunicaciones; Cartago. La parte demandada Giselle Jiménez Contreras puede ser localizada en la siguiente dirección: San José, San Marcos, Tarrazú, de la escuela la pastora un kilómetro al sur, En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores) (Materia Familia).—Msc. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023732662 ).

Licenciado Juan Carlos Sánchez García, Juez del Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Familia), a Juana Castillo Lucas en su carácter personal, quien es mayor, domicilio desconocido, cédula 1274182 y Néstor Palacios Palacios en su carácter personal, quien es mayor, domicilio desconocido, cédula desconocida, se le hace saber que en demanda procesos especiales N° 22-000381-1304-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia. OL Coto Brus contra Juana Castillo Lucas y Néstor Palacios Palacios, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Familia), a las trece horas catorce minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria judicial de abandono con fines de adopción del menor Alexánder Palacio Castillo, planteado por Patronato Nacional de la Infancia. Coto Brus contra Juana Castillo Lucas y Néstor Palacios Palacios, a quien se le concede el plazo de diez días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, deberá la entidad promovente aportar a los autos dirección donde localizar a los mismos. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la circular N° 5-2012 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, el procedimiento de notificación por medio de comisión, la parte interesada deberá reservarse las correspondientes copias en su poder, en el caso de haber señalado el correo electrónico como medio para recibir notificaciones, de tal modo que el despacho le remitirá la comisión para que la imprima, agregue las copias y la lleve para su diligenciamiento, lo anterior de conformidad con el artículo 15 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Familia).—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud68-2017-JA.—( IN2023732670 ).

Edicto, MSC. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Juez(a) del Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica de Grecia (Familia), se ordena notificar a Leysi Eloisa Valledarez Santos quien es la demandada en el proceso abreviado de divorcio, establecida por José Rodolfo González Arias, se ordena notificar la resolución que en la conducente dice: “Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica de Grecia (Familia). A las catorce horas con diecinueve minutos del trece de marzo del año dos mil veintitrés. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante José Rodolfo González Arias, se confiere traslado a la accionada(o) Leysi Eloisa Valledarez Santos por medio de su curadora procesal Isabel Acuña Álvarez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la señora Leysi Eloisa Valledarez Santos, por medio de edicto de ley que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial del Periódico La Gaceta. Publíquese. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica de Grecia (Familia).—Msc. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Juez(a) 1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732781 ).

Se avisa, al señor Ayran Johel Ordoñez Carranza, costarricense, cédula de identidad N° 7-307-737 de domicilio desconocido y de Anyell Andreni Chacón Durán, costarricense, cédula de identidad N° 7-240-398 que existe proceso número 23-000299-1307-FA de depósito judicial a favor de la persona menor de edad Ayran Gerardo Ordoñez Chacón establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Ayran Johel Ordoñez Carranza y Anyell Andreni Chacón Durán que en resolución dictada por el Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica de las ocho horas cuarenta y nueve minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés, que en lo conducente dice: “Se tiene por establecido el presente proceso de Depósito Judicial en sede judicial que promueve el Patronato Nacional de la Infancia de Guadalupe en favor de la persona menor de edad Ayran Gerardo Ordoñez Chacón. Notifíquese a Ayran Johel Ordoñez Carranza y Anyell Andreni Chacón Durán a quien se le previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias...” Notifíquese. Lic. José Olger Valverde Leitón. Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia. (Circular N°67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de octubre del 2023.—Lic. José Olger Valverde Leitón.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023732785 ).

Que en este Despacho se tramita expediente N° 23-000108-0180-CI que es Solicitud de Nombramiento de Liquidador presentado por Banco Popular y Desarrollo Comunal, cédula jurídica 400042152 a fin de que se nombre liquidador de la sociedad Taller Industrial De Campamentos Turísticos CT S.A, cédula jurídica 3-101-109343. Conforme a lo establecido por los artículos 209 y 210 del Código de Comercio, procédase a nombrar liquidador en virtud de que la sociedad Taller Industrial de Campamentos Turísticos CT S.A fue disuelta por Ley 9024, Con la finalidad de nombrar el liquidador de la sociedad indicada y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 178.1 del Código Procesal Civil, se concede audiencia por quince días a los socios e interesados a fin de que se apersonen a éste proceso y manifiesten lo que consideren oportuno. Al desconocerse quiénes son los socios de Taller Industrial De Campamentos Turísticos CT S.A y eventuales interesados, se ordena, conforme al artículo 3.4 del mismo cuerpo legal, la notificación por medio de un edicto, que se publicará en el Boletín Judicial. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Es responsabilidad de la parte interesada verificar los datos consignados en este documento previo a la publicación del mismo.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2023732882 ).

Se convoca a los socios, asociados o a quienes corresponda designar representante de Quirós Rojas SR Ltda., cédula jurídica número 3102005956, para que en el plazo de cinco días se apersonen a este Despacho y manifiesten lo que corresponda respecto de la representación de la persona indicada, conforme al artículo 19.4 del Código Procesal Civil. En caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de un curador procesal. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Moravia contra Quirós Rojas SR Ltda. Expediente N° 22-001005-1764-CJ. Nota: Sin fecha límite de publicación.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 20 de junio del año 2022.—Lic. Alonso Chaves Ledezma, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2023732900 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Teresita de los Ángeles Méndez Sanabria, mayor, soltera, cajera, costarricense, con documento de identidad N° 0304950740, vecina de Cartago, Oreamuno, en el cual se solicita cambiar el nombre de su hija menor Kendra Sofía Méndez Sanabria por el de Sofía mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presente al proceso a hacer valer sus derechos o formular una oposición fundada. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 22-000896-0640-CI. Nota: Se le recuerda a la persona interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: once horas con cinco minutos del veintiséis de enero del dos mil veintitrés.—Mateo Ivankovich Fonseca. LL.M, Juez.—1 vez.—( IN2023732911 ).

Se convoca a los socios, asociados o a quienes corresponda designar representante de Sur Pata Sur S.A, cédula jurídica número 3101259950, para que en el plazo de cinco días se apersonen a este Despacho y manifiesten lo que corresponda respecto de la representación de la persona indicada, conforme al artículo 19.4 del Código Procesal Civil. En caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de un curador procesal. Lo anterior por ordenarse así en proceso Liquidación Persona Jurídica de Luis Carlos García Rivera contra Sur Pata Sur S.A, Expediente N°22-000833-0181-CI. Nota: Sin fecha límite de publicación. Publíquese por una única vez el presente edicto.—Juzgado Segundo Civil de San José, 15 de febrero del año 2023.—M.Sc. Alonso Oviedo Betrano, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2023733112 ).

Edictos Matrimoniales

Han solicitado ante esta notaría, contraer matrimonio civil: Tatiana Cristina Carranza Navarro, mayor, soltera, cédula N° 603910279, analista en sistemas, edad: 32 años; y Jonathan Ledezma Zumbado, mayor, divorciado una vez, cédula N° 112220224, agente de aerolínea, edad: 38 años, ambos vecinos de Alajuela, Rincón de Cacao, del Hotel Berna Tica, 100 oeste y 50 sur. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, deberá manifestarlo ante esta notaría ubicada en Alajuela, Atenas, San José Sur, 150 este de la plaza de deportes, dentro de los 8 días siguientes a la publicación del edicto.—Licda. Nazareth Serrano Aguilar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023733117 ).

Edicto, han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Geovanny Andrés Bermúdez Achoy, mayor de edad, soltero, chofer, cédula de identidad número 3 0425 0248, vecino de Cartago, El Carmen, San Blas, 25 metros al sur de la casa curia Juan Pablo Segundo, casa color verde a mano derecha, hijo de Fanny Maria Achoy Pérez y Norman Yovani Bermúdez Madrigal, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 09/01/1988, con 35 años de edad, y Neschmy Johanna Mata Muñoz, mayor de edad, divorciada de José Mauricio Borbón Barrantes el 23/08/2007, en Cartago, oficios domésticos, cédula de identidad número 3 0391 0304, vecina de Cartago, El Carmen, San Blas, 25 metros al sur de la casa curia Juan Pablo Segundo, casa color verde a mano derecha, hija de Cira María Mata Muñoz, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 23/11/1983, actualmente con 39 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 23-000690-0338-FA. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado de Familia de Cartago, fecha, 16 de marzo del año 2023.—MSc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023733150 ).

Se hace saber que ante la notaría pública Dixie Mariela Quesada Madrigal, con oficina abierta en Santa Gertrudis Sur de Grecia, Alajuela, de la Iglesia trescientos metros norte, han comparecido, Eladio Andrés Vílchez Solís, cédula de identidad vigente número 402320030, vecino de Santa Barbara de Heredia, y la señorita Stephanie Viviana Alfaro Huertas, cédula de identidad vigente número 117240404, vecino de San Pedro de Poas, Alajuela, han comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que si existe alguna oposición a la unión solicitada, lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de este edicto ante esta notaría.—1 vez.—( IN2023733155 ).