BOLETÍN JUDICIAL N° 57 DEL 28 DE MARZO DEL 2023
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
SE
REPRODUCE POR ERROR EN EL ORIGINAL,
EN LO RESALTADO EN NEGRITA Y
SUBRAYADO
CIRCULAR N° 43-2023
ASUNTO: “Acuerdo adoptado por la Corte Plena en sesión N° 01-2023, celebrada
el 16 de enero de 2023, artículo XXXII, sobre la Regla IV”.
A LAS PERSONAS
SERVIDORAS JUDICIALES
DEL PAÍS, DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
Y PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
La Corte Plena en sesión N° 01-2023, celebrada el 16 de enero de 2023, artículo XXXII, tomó el acuerdo,
que en lo que interesa
dice:
“(…)
Una vez analizado
y discutido el asunto,
CONSIDERANDO:
1) Que en sesión
N° 9-2000 del 28 de febrero de 2000, artículo XXXI, se tomó el acuerdo cuya
parte dispositiva dice:
“(…)
Recibida la votación correspondiente,
se dispuso: Aprobar el informe
con los agregados que se
indican en relación con las
reglas propuestas y hacerlo del conocimiento del Consejo Superior para lo que estime
pertinente; así votaron los Magistrados
Montenegro, Zeledón,
Rivas, Aguirre, van der Laat, Ramírez,
Chaves, Castro, Sancho, Calzada, Vargas y los Suplentes Baudrit,
Ramos y Amador.
En cuanto al
punto N° 1 con el siguiente
agregado:
“Si la jubilación es por tiempo de servicio,
ésta procederá al cumplirse treinta años de labor y será proporcional, en los
términos previstos en la Ley Orgánica, si al mismo tiempo
no se cumple con la edad requerida de sesenta y dos años.”
En lo que respecta al punto N° 2 incluyendo lo siguiente:
“En este caso
la jubilación será proporcional, si al mismo
tiempo no se cumple con la edad requerida de sesenta y dos años.”
Y en cuanto al punto N° 3 se adiciona en el sentido que se
indica a continuación:
“En ambos supuestos el monto de la jubilación será proporcional, en los términos previstos
en la Ley Orgánica, si no se cumplen simultáneamente los dos requisitos (55 de edad o 30 de servicio).”
Los Magistrados Piza y Solano, se pronunciaron por tener por rendido el
informe y trasladarlo al Consejo Superior para que se pronuncie,
esta Corte tiene competencia sólo para eso, de conformidad con lo que establece el artículo
81, inciso 12) y el 235 de
la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
El Magistrado Zamora emitió su voto
por aprobar el informe y ponerlo
en conocimiento del Consejo Superior, pero improbar la parte del informe que deja las cosas como están
respecto de las pensiones concedidas de manera ilegal, cree que se impone de manera preceptiva iniciar un procedimiento para cancelar esas jubilaciones y así lo debe acordar
la Corte y para eso debe comenzar con la consulta obligatoria
a la Procuraduría General de la República.
El Presidente,
Magistrado Mora, se pronunció
por improbar la última parte del informe, ya que le parece que ese es un procedimiento
que le corresponde al Consejo
Superior y de conformidad a todo
lo demás, éste determinará lo que proceda en relación con las pensiones ya otorgadas
en su oportunidad”.
2) Que en
sesión N° 50-14 de 27 de octubre
de 2014, artículo único, se conoció lo relacionado con la denominada Regla IV, aprobada en sesión
N° 9-2000 del 28 de febrero de 2000, artículo XXXI y se tiene lo siguiente:
“Fundamentos de la denominada Regla
Cuarta.
En
la sesión de Corte Plena N°. 9-2000 del 28 de febrero del 2000, con ocasión de
un informe presentado por la Comisión del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial en el que se analizó
un acuerdo del Consejo
Superior sobre la existencia
de derechos adquiridos al régimen
anterior a la Ley N°. 7302 (artículo LV de la sesión del 10 de enero de 1998),
se aprobaron una serie de reglas relativas al otorgamiento de jubilaciones tomando en cuenta la coexistencia
de distintos regímenes.
Dentro de las reglas aprobadas
por la Corte para jubilarse con promedio completo se encuentran la tercera y la cuarta. La primera de estas señala que “adquirieron
derechos”, o, mejor dicho, ostentan una situación
jurídica consolidada a jubilarse conforme a las reglas vigentes al amparo de la
Ley N°. 6869, quienes ingresaron
a laborar antes del 1 de enero
de 1994 si a esa fecha cumplían
con los requisitos establecidos para jubilarse o los cumplieran dentro de los dieciocho
meses siguientes (antes del 29 de junio
de 1995) o si, al 1 de enero
de 1994 tuvieran 20 años de
servicio. Con la excepción
que se dirá, se trata del respeto de situaciones jurídicas consolidadas por cumplimiento de requisitos (derecho adquirido en los términos
de la jurisprudencia constitucional
al no requerir un acto que así lo constituya) o bien, como consecuencia del transitorio XIII de la Ley N° 7333.
En
este sentido, la única observación que se hace, aunque no es objeto de este informe, es lo relativo a los dieciocho meses de transitoriedad que se otorga
hasta el 29 de junio de
1995. Esto en relación con aquellas personas
que llegaron a los 55 años de edad entre el 1 de enero de 1994 y el 29 de junio de 1995, ya que, si bien podría argumentarse que es consecuencia directa de la jurisprudencia constitucional previamente comentada, lo cierto es que al existir una norma transitoria
expresa, cabe cuestionar si, adicionalmente
resultan aplicables los 18 meses de transitoriedad previstos en la jurisprudencia constitucional. En
todo caso, por no ser objeto de este informe, se deja planteada la inquietud para una revisión más pormenorizada
en caso de que la Corte lo considere conveniente.
Hasta
este punto, y salvo la observación
hecha, la regla tercera precisa los términos que se extraen del transitorio XIII de
la Ley N° 7333. No obstante lo anterior, la regla cuarta innova un supuesto adicional no previsto expresamente. Se regula el caso
de quienes al 1 de enero de
1994 no tuvieran 20 años de
servicio (y por lo tanto,
no resultarían cobijados por la literalidad del transitorio), en cuyo caso se extiende
el tratamiento a que se ha venido haciendo referencia para todos aquellos servidores que al momento en que entró en vigencia
la Ley N°. 7302 (Ley Marco de Pensiones) tuvieren más de 10 años laborados o reconocidos, pudiendo jubilarse con promedio completo con 55 o más años de edad y 30 de servicio.
El
fundamento sobre el que se basó esta propuesta, aprobada en definitiva
por la Corte, parte del análisis de un criterio de Consejo Superior (cuestionado por la Auditoría Judicial) según el cual
todos los servidores judiciales que al 15
de julio de 1992 (fecha en que entró a regir la ley Marco de Pensiones) tenían al menos 10 años de servicio, ya sea con el Poder
Judicial o reconocidos por este, gozan de un derecho adquirido en cuanto
a la pertenencia al régimen
de pensiones vigente antes
de la modificación operada mediante la Ley Marco de Pensiones.
En virtud de lo anterior, quienes
en ese momento tuvieran 10 años de servicio, tenían la posibilidad de acceder a la jubilación
proporcional cuando cumplieren 55 años, independientemente del tiempo servido.
En
el estudio y propuesta que hace la Comisión del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, interpreta que el transitorio III de la Ley N°.
7302 otorga un plazo de transitoriedad a quienes a su entrada en vigencia
tuvieren más de 10 años de servicio. Al respecto indicó:
“El Transitorio III
de la Ley N° 7302, estableció que únicamente
pueden acogerse a su jubilación aquellas
personas que a la entrada en vigencia
de esa norma tuvieren más de diez años de servicio
o de tiempo reconocido y sólo lo podrán hacer cumpliendo también el requisito
de la edad. En esos claros términos fue que el legislador mantuvo
vigente para ellos y con
derecho a acogerse al respectivo régimen jubilatorio, un sistema transitorio especial, que no precisamente
era igual al anterior. Obsérvese
que la norma establece dos aspectos que no se pueden escindir o dividir a los efectos de entender lo que quiso el legislador: 1°) que los servidores podían descontar de la edad de retiro un año por cada
dos servidos, lo cual, si se atiende a la limitación de los 55 años consignada en el párrafo
segundo, la norma, como se explicó supra, estaba dirigida a quienes en ese momento tuvieran diez años de servicio
o reconocidos; y, 2°) que en
el párrafo segundo, se señala una doble condición para poder jubilarse bajo con [sic]
ese régimen Transitorio
especial y excepcional; cumplir
con el mínimo de los cincuenta y cinco años y “los
años servidos que determine
su régimen”. / Como consecuencia de esa disposición, a partir de la vigencia de la Ley 7302, los servidores judiciales quedaron divididos en dos grupos: los que no tenían los 10 años de servicio en el
Poder Judicial o en el resto del Sector Público y legalmente
reconocidos, debían necesariamente cumplir el requisito de los 60 años de edad (nuevo régimen) o el tiempo de servicio
requerido por el Sistema (sistema ordinario). Los que si ya tenían
esos 10 años podían rebajar de los 60 años los
años de servicio de la
forma explicada, pero en todo caso
cumplir el otro requisito de los años servidos
que determinaba el régimen del Poder Judicial (30 años); ambos requisitos porque la “y” del Transitorio es copulativa.”
Finalmente, el informe concluye
lo siguiente:
“[…] quienes a la
entrada en vigencia de la Ley N° 7302
tenían 10 años de servicio, efectivo o reconocido, y que a la entrada en
vigencia de la 7333 no alcanzaron
los 20 años, pueden jubilarse ordinariamente a los 55 años, pero cumpliendo
al mismo tiempo 30 años de servicio, o sea ambos requisitos (55 de edad y 30 de servicio), porque así lo exigió la propia ley.”
Lo anterior se sometió a votación y por mayoría de trece votos, se dispuso:
“(…) 3) Revocar hacia futuro la regla cuarta adoptada
por la Corte Plena en la sesión N° 9-00 del 28 de febrero
del 2000, artículo XXXI, de conformidad
con lo establecido en los artículos 152 y 153 de la Ley
General de Administración Pública,
por razones de oportunidad y conveniencia para este Poder de la República. 4)
Disponer lo que corresponda respecto
de aquellas jubilaciones otorgadas en aplicación
de esa regla, una vez que la Sala Constitucional resuelva la acción de inconstitucionalidad número 14-0125920007-CO, interpuesta
por la Asociación Nacional
de Empleados Judiciales
(ANEJUD) contra los artículos
34 y 40 del Código Procesal Contencioso
Administrativo y a la que se le dio
curso mediante resolución de las 13:20 horas del 20 de agosto
de 2014. Así emitieron su voto las Magistradas
y los Magistrados Ramírez,
Rojas, Aguirre, Chinchilla, Arias y los Suplente y las Suplentes Vargas Vargas, Solano Aguilar, Chaves Cervantes, López González, Bogantes Rodríguez, Desanti
Henderson, Cortés Coto y Araya García.
(…)”
3) Que en sesión
N° 20-2022 celebrada el 03
de mayo de 2022, artículo XXIII, se conoció el informe
de la Dirección Jurídica oficio DJ-2891-2020 de 04 de setiembre
de 2020, que con respecto al objeto
del presente acuerdo indica
que se estima necesario que
la Corte Suprema de Justicia adopte la decisión que considere procedente respecto de los actos creadores
de derechos en cuanto a la diferencia a favor de los 180 servidores contenidos en el cuadro
excel aportado por la Dirección de Gestión Humana, conforme el acuerdo
de sesión 050-2014 de 27 de octubre
de 2014, artículo único.
4) Que
en sesión N° 20-2022 celebrada el 03 de mayo de 2022, artículo XXIII, se tomó el acuerdo cuya
parte dispositiva literalmente dice:
“(…)
Se acordó:
1) Tener por hechas
las manifestaciones de los
señores magistrados y las señoras magistradas que hicieron uso de la palabra y por recibidos los
oficios Nos. 824-2021 y 030-DJA-2022 de la
Junta Administradora del Fondo
de Jubilaciones y Pensiones
del Poder Judicial, SP-237-2022 de la Superintendente de Pensiones y
105-P-2022, suscrito por la
magistrada Solano. 2) Tener por hecha la exposición
del señor Director Jurídico,
respecto del informe expuesto en el
oficio DJ-2891-2020 de 04 de setiembre
de 2020, sobre la situación
del acuerdo de la sesión N° 9-2000 del 28 de febrero del 2000, artículo XXXI, referente a la denominada regla IV, a efecto de determinar si se estima procedente
acoger solicitud de nulidad de los actos generadores de derechos subjetivos a su amparo, conforme al análisis realizado en la sesión N°
50-2014 de 27 de octubre de 2014, artículo
único. 3) Solicitar
a la Dirección Jurídica,
que, en el plazo de 15 días hábiles, prepare
un informe en el que se analicen y se plantee a conocimiento de la
Corte los diferentes escenarios que se han deliberado sobre los medios idóneos
para declarar la nulidad de
los respectivos actos administrativos conforme lo expuesto, para que en definitiva se tome una decisión respecto
el procedimiento a seguir. 4) Solicitar a la Dirección de Gestión Humana
prepare un informe con los montos actualizados de cada una de las sumas pagadas a las personas servidoras jubiladas en los casos
de análisis, el total correspondiente erogado por concepto de los referidos actos
administrativos y tomando en consideración la fecha de adopción de los mismos, según
lo expuesto por la Dirección Jurídica. 5) Hacer este acuerdo
de conocimiento de la Superintendencia
de Pensiones (SUPEN).”
5) Que la Secretaría General de la Corte remitió atento recordatorio a la Dirección Jurídica mediante el oficio N° 6004-2022 del 13 de junio de 2022 y a la Dirección de
Gestión Humana con los oficios N° 6005-2022 del 13 de junio,
N° 6668-2022 del 01 de julio y N° 7275-2022 del 18 de
julio, todos del 2022, en los cuales
se solicitó remitir lo solicitado a la brevedad posible o bien, se indicaran los motivos por
los que no se había contestado oportunamente y se definiera un plazo prudencial para su remisión.
6) Que
el máster Rodrigo Alberto
Campos Hidalgo, Director Jurídico interino,
mediante oficio N°
DJ-C-296-2022 del 01 de julio de 2022, remitió el criterio
solicitado.
7) Que
la máster Roxana Arrieta Meléndez, la licenciada Olga Guerrero Córdoba y el
licenciado Carlos Lizano
Alfaro, por su orden, Directora interina, Subdirectora interina y Jefe interino del Subproceso de Administración Salarial, todos de la Dirección de Gestión Humana, remitieron el oficio
N° PJ-DGH-AP-2847-2022.
8) Que
el artículo 173 de la Ley
General de la Administración Pública
dispone lo siguiente:
“Artículo 173.—
1) Cuando la nulidad absoluta de un acto declaratorio de derechos sea
evidente y manifiesta, podrá ser declarada por la Administración en la vía administrativa,
sin necesidad de recurrir
al contencioso-administrativo de lesividad,
previsto en el Código Procesal Contencioso-Administrativo, previo
dictamen favorable de la Procuraduría General de la
República; este dictamen es obligatorio
y vinculante. Cuando la nulidad absoluta verse sobre actos administrativos
directamente relacionados
con el proceso presupuestario o la contratación administrativa, la Contraloría General de la República deberá
rendir el dictamen.
En ambos casos, los dictámenes respectivos deberán pronunciarse expresamente sobre el carácter
absoluto, evidente y manifiesto de la nulidad invocada”.
9) Que el
artículo 183.3 de la Ley General de la Administración Pública, indica que
“3)
Fuera de los casos previstos en el artículo
173 de este Código, la Administración
no podrá anular de oficio los actos
declaratorios de derechos en
favor del administrado y para obtener
su eliminación deberá acudir al proceso de lesividad, previsto en el
Código Procesal Contencioso-Administrativo”.
10) Que el artículo 34 del Código Procesal Contencioso Administrativo dispone lo siguiente:
“1) Cuando la propia Administración, autora de algún acto declarativo
de derechos, pretenda demandar su anulación ante
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
previamente el superior jerárquico supremo deberá declararlo lesivo a los intereses públicos,
económicos o de cualquier otra naturaleza. El plazo máximo para ello será de un año, contado a partir del día siguiente a aquel en
que haya sido dictado, salvo si el acto contiene
vicios de nulidad absoluta, en cuyo
caso, dicha declaratoria podrá hacerse mientras perduren sus efectos. En este último supuesto,
el plazo de un año correrá a partir
de que cesen sus efectos y
la sentencia que declare la nulidad
lo hará, únicamente, para
fines de su anulación e inaplicabilidad futura.”
11) Que es criterio de la Dirección Jurídica que en los casos
indicados por la Dirección de Gestión Humana se requiere instaurar procesos de lesividad, toda vez que no estamos en presencia
de supuestos de nulidad evidente y manifiesta, al obedecer los indicados
actos a determinadas interpretaciones jurídicas sobre el derecho de permanencia a un régimen de jubilaciones con base en el tiempo de estar
adscrito al mismo. En este orden de ideas se entiende que el concepto de evidente y manifiesto resulta fundamental como una medida
de seguridad jurídica y de protección a los derechos de buena fe del administrado,
toda vez que le da un carácter especialmente calificado a la valoración de nulidad administrativa, a fin de
que, si no es evidente y palmaria, dicha decisión se sustraiga de la voluntad del ente y corresponda a un órgano jurisdiccional especializado su valoración.
12) Que la Dirección Jurídica
en el informe
remitido, mantiene su criterio en
el sentido de que en el caso
de los actos administrativos previos a enero de 2008, ha caducado la posibilidad de su anulación, sea en sede administrativa o jurisdiccional, toda vez que las disposiciones del
Código Procesal Contencioso
Administrativo (CPCA), sobre
la procedencia de anular actos administrativos mientras surtan efectos para efectos de inaplicabilidad a futuro, sólo es procedente a partir de la vigencia de dicho cuerpo normativo.
13) Que en este sentido, dicha unidad asesora indica que:
“Se
estima que los supuestos de la LRJCA son muy específicos y que es dable la ultraactividad de este cuerpo normativo, máxime que, en cuanto a la caducidad y los alcances muy
limitados de anular actos con efectos continuados, resulta más favorable al Administrado y acorde a la seguridad jurídica.
Consecuentemente, solo en aquellos casos en que el
acto haya sido adoptado después
del 1 de enero de 2008 y en el tanto sus efectos se mantengan con efecto continuado, será posible ejercer legítimamente
respecto de él la potestad anulatoria de manera oficiosa por la Administración”.
14) Que de manera adicional
el señor Director Jurídico indica que estima innecesario e improcedente declarar la lesividad del acto administrativo que da lugar a la regla IV en aplicación del artículo 34 y 37.3 del Código Procesal
Contencioso Administrativo.
15) Que la magistrada Rojas y el magistrado suplente
Garita Navarro, proponen
que este órgano solicite la lesividad del acto administrativo que da origen a la Regla IV, e impugne todos los
actos, en tanto estuvo vigente y los efectos de aplicación individual, por cuanto hubo actos
de aplicación individual que están
vigentes, que siguen surtiendo efectos, cada pago es una
ejecución material de ese acto
que supone necesariamente por vinculación lógica a aquella Regla IV como parámetro
habilitante y que, en consecuencia, sí puede ser atacado por su efecto
continuado.
16) Que del análisis de las diligencias, y
la deliberación, estima esta Corte, por mayoría, que debe acogerse la propuesta planteada por la magistrada Rojas y el suplente Garita Navarro en el sentido
de solicitar la lesividad
del acto administrativo que
da origen a la Regla IV, e impugnar todos los actos, en
tanto estuvo vigente y los efectos de aplicación individual.
Por tanto,
Recibida la votación nominal por
mayoría de diecinueve votos, se acordó: Acoger la propuesta de la magistrada Rojas y el suplente Garita Navarro, en el sentido
de que se debe declarar la lesividad del acto administrativo del acuerdo de la sesión Nº 9-2000 del 28 de febrero
del 2000, artículo XXXI, sobre
la aplicación de la Regla
IV, y los actos de aplicación individual del mismo,
dado que siguen surtiendo efectos, toda vez
que cada pago es una ejecución material de ese acto que supone necesariamente por vinculación lógica a aquella Regla IV como parámetro habilitante y que, en consecuencia, sí puede ser atacado por su efecto
continuado. Así votaron los magistrados
y las magistradas Rojas, Chacón, Solano, Ramírez,
Alfaro, Zúñiga, Araya, Garro,
las suplentes Vargas Vargas,
Jiménez Ramírez, Martínez Bolívar, Sánchez Navarro, Pacheco Salazar, Fernández Acuña y los suplentes
Serrano García, Campos Esquivel, Segura Bonilla, Garita
Navarro y Salazar Murillo.
Los
magistrados Aguirre, Sánchez y el
suplente López González, votaron
por acoger el informe rendido
por la Dirección Jurídica.
La
Dirección Jurídica, procederá a preparar el acto de declaratoria
de lesividad para efectos
de dar traslado a la Procuraduría General de la República, a fin de que sea sometido a conocimiento de esta Corte
Suprema de Justicia”.
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De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en
el Boletín
Judicial.
San José, 17 de febrero de 2023.
Licda.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria General
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023733143 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis, de la Ley Orgánica
del Poder Judicial y para el
caso específico, de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión virtual Nº 01-2022, de fecha
25 de febrero del 2022 artículo
II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2003 al 2017, de la Subdelegación
de Sarapiquí. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 501 H 03, 39 Paquetes, Año: Del 2003-2017, Asunto: Documentación Administrativa: 29 paquetes de legajos policiales del año 2003 al 2011, 2 paquetes de correspondencia enviada del año 2008 al 2016, 1 paquete de correspondencia recibida del año 2008 al 2016. 7 paquetes de registros de Diligencias Menores
del año 2007 al 2017.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría General de la Corte el 22 de junio 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 15 de marzo de 2023.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023731896 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis, de la Ley Orgánica
del Poder Judicial y para el
caso específico De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI,
se hace del conocimiento de
las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 2000
al 2020, de la Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de Alajuela. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 501 A 00, Paquetes:
14, Libro: 19, Ampo: 08, Año:
2000-2020, Asunto: 1 Paquete
de Acuses de Recibidos y Oficios del Año 2019, 1 Paquete de Acuses de Recibido del Año 2020, 1 Paquete de Documentos escaneados de mayo del 2019, 1 Paquete
de Documentos escaneados de
enero del 2019, 1 Paquete
de Documentos escaneados de
abril del 2019, 1 Paquete
de Documentos escaneados de
octubre a diciembre del
2018, 1 Paquete de Escritos
recibidos del año 2020, 1 Paquete de Fax recibidos de Junio
a noviembre del 2020, 1 Paquete
de Fax recibidos de Mayo a Setiembre
2019, 1 Paquete de Fax recibidos
de enero a abril del 2020,
1 Paquete de Quejas y Recursos de Amparo del antiguo Juzgado Civil Mayor Cuantía de
Alajuela 2007-2016,1 Paquete de Ampo
de Autorizaciones del antiguo
Juzgado Civil Mayor Cuantía
2009-2018, 1 Paquete de Escritos
para solicitar al Archivo
Judicial 2015-2018, 1 Paquete Resoluciones
escritos sobre expedientes que han sido eliminados 2010, un Libro de
Entrada de Escritos 2013, un Libro de Entrada de Escritos 4 2010, un Libro de Entrada de Escritos
5 2011, un Libro de Entrada de Escritos 6 2012, un
Libro de Entrada de Escritos 7 2013, un Libro de
Entrada de Escritos 8 2014, un Libro de Entrada de Escritos 9 2014, un Libro de Entrada de Escritos
10 2015, un Libro de Entrada de Escritos 11 2017, un
Libro de Comisiones Juzgado
2010-2011, un Libro Expedientes. Enviados
al Tribunal 2006-2010, un Libro Juzgado Civil Mayor Cuantía Alajuela 2000-2017, un Libro Correo
Corriente Nº 1 2003-2012, Libro Correo
Corriente Nº 2 2012-2017, un Libro Entrega de Fax y Correos
2001-2017, un Libro de Expedientes pasado a los jueces
para fallo 2015, dos Libros
Préstamo de expedientes
2013-2014, un Libro de entrega de documentos
2015. 1 ampo con Informes trimestrales del año 2000 al
2013. 1 ampo Informe mensual
F146 2009-2015, 1 Ampo Informe de Asuntos
entrados F201 2009-2015, 1 Ampo
Informes (Varios) 2015, 1 Ampo Oficios archivo
judicial (Inicia 08/08/11), 1 Ampo
Escritos escaneados. Inicia 03/05/17, 1 Ampo Escritos escaneados Tomo II 2017, 1 Ampo Informes trimestrales F179
2008-2013.
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaria General
de la Corte el 22 de junio
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 15 de marzo de 2023.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023731897 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis, De la Comisión
Institucional de Selección
y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 02-2020, sesión
virtual, de fecha 10 de agosto
del 2020, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 85-20 celebrada el 01 de setiembre del 2020 artículo LIII,
se hace del conocimiento de
las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 2009
al 2021, de la Oficina de Recepción de Documentos del
Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 505 S 09, Paquetes: 29, Año (2009-2021), Asunto: Documentación Administrativa: Libros: Año: 2009 al 2019. Reportes y Registros 19 paquetes
(2009-2021); Boletas de despacho
de materiales y suministros
de bodega 1 paquete (2019); Control de correo certificado 2 paquete (2018-2021); Control y reportes
de fax 1 paquete (2012-2019); Control de giras 1 paquete (2017); Control de parqueos
1 paquete (2018-2021); Correspondencia
2 paquete (2016-2018); Oficios
recibidos1 paquete (2020). Reporte
de inclusión de incapacidad
en el sistema
1 paquete (2020).
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
De conformidad con la circular N°
67-09 emitida por la Secretaria General de la Corte el
22 de junio 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 15 de marzo del 2023.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023731899 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial y para el
caso específico, las siguientes aprobaciones: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión virtual Nº 01-2022, de fecha
25 de febrero del 2022, artículo
II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 34-2022 celebrada el 26 de abril del 2022, artículo LXI, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2000 al 2013, de la Delegación
Regional de Pérez Zeledón. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 501 S 00, Años: 2000 al 2013, Paquetes:
254, Libretas: 161, Libros:
62, Asunto: Documentación
Administrativa: 537 Legajos
Policiales Positivos, Paquetes 14, Año 2012, 1569 Legajos Policiales Negativos, Paquetes 30, Año 2012, 511 Legajos Policiales Positivos, Paquetes 17, Año 2013, 2267 Legajos Policiales Negativos, Paquetes 65, Año 2013, 651 Diligencias Menores,
Paquetes 8, Años 2012, 718
Diligencias Menores, Paquetes
11, Años 2013, 3223 Control y Solicitud
de capturas, Paquetes 40, Años 2000 al 2013, Dictámenes Criminales, Paquetes 14, Años 2003 al 2016, Notas Paquetes 39, Años 2008 al 2013, Ordenes de Remisión, Paquetes 16, Años 2006 al 2013,
161 Libreta de Control y Servicio
de Mantenimiento Preventivo
de Vehículos, Años 2006 al 2013, 8 Libros Ingreso de Denuncias, Años 2006 al 2012, 13 Libros de Conocimiento, Años 2006 al 2013,
1 Libro de Fax, Años 2009, 1 Libro de Juramentaciones, Años 2002, 4 Libros de Entrega de Documentación, Años 2008 al 2011,
6 Libros Control de Informes,
Años 2007 al 2012, 26 Libros
de Prácticas, Años 2004 al
2013, 3 Libro de Control de Entrega de Cámaras de Video y Fotografía, Años 2008 al 2010.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial.
De
conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría
General de la Corte el 22 de junio
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 15 de marzo de 2023.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo del Poder
Judicial
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023731900 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el
caso específico de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N°01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N°51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes del año 2007 al 2018,
de la Juzgado de Pensiones
Alimentaria de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: Q 503 H 07, Expedientes: 110, Paquetes: 5, Año: 2007, Asunto: Pensión Alimentaria (110 sin sentencia).
Remesa: Q 511 H 08, Expedientes: 364, Paquetes: 15, Año: 2008, Asunto: Pensión Alimentaria (348 sin sentencia,
16 por fallecimiento).
Remesa: Q 511 H 09, Expedientes: 535, Paquetes: 21, Año: 2009, Asunto: Pensión Alimentaria (517 sin sentencia,
18 por fallecimiento).
Remesa: Q 511 H 10, Expedientes: 397, Paquetes: 16, Año: 2010, Asunto: Pensión Alimentaria (388 sin sentencias,
9 por fallecimiento).
Remesa: Q 512 H 11, Expedientes: 406, Paquetes: 16, Año: 2011, Asunto: Pensión Alimentaria (389 sin sentencia,
17 por fallecimiento).
Remesa: Q 513 H 12, Expedientes: 300, Paquetes: 12, Año: 2012, Asunto: Pensión Alimentaria (280 sin sentencia,
20 por fallecimiento).
Remesa: Q 507 H 13, Expedientes: 10, Paquetes: 01, Año: 2013, Asunto: Pensión Alimentaria (10 sin sentencia).
Remesa: Q 508 H 14, Expedientes: 10, Paquetes: 01, Año: 2014, Asunto: Pensión Alimentaria (9 sin sentencia,
1 por fallecimiento).
Remesa: Q 507 H 15, Expedientes: 3, Paquetes: 01, Año: 2015, Asunto: Pensión Alimentaria (3 sin sentencias).
Remesa: Q 506 H 16, Expedientes: 9, Paquetes: 01, Año: 2016, Asunto: Pensión Alimentaria (8 sin sentencia,
1 por fallecimiento).
Remesa: Q 503 H 18, Expedientes:
1, Paquetes: 01,
Año: 2018, Asunto: Pensión Alimentaria (1 sin sentencia).
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. De conformidad con la Circular N° 67-09 emitida
por la Secretaria General
de la Corte el 22 de junio
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 15 de marzo de 2023.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— (
IN2023731901 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo
47 bis, de la Ley Orgánica del Poder
Judicial y para el caso específico de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.), en sesión N° 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 78-19, celebrada el
5 de setiembre del 2019, artículo
LXV, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 2018
al 2021, de la Juzgado de Transito de Grecia. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 501 A 18, Ampos: 7, Blocks: 11, Año: 2018-2021, Asunto: Documentación Administrativa: 7 Ampos: 01 ampo correspondencia certificada
2018-2021, 01 ampo solicitudes de fotocopias
2019-2021, 01 ampo Mandamientos
de Levantamiento enviados al Registro 2019-2021,
01 ampo actas de notificación 2018-2021, 01 ampo Acuse de Comisiones enviadas 2019-2020, 01 ampo Listado de boletas remitidas por la Delegación de Tránsito 2019-2021
y 01 ampo Circulares 2020. 11 Blocks: 11 blocks boletas préstamo de expedientes.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaria General
de la Corte el 22 de junio
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
San José, 15 de marzo de 2023.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023731902 ).
HACE SABER
A Registro
Nacional, Archivo Nacional, Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil: Que en el Proceso
Disciplinario Notarial N° 17-000015-0627-NO, de Ademar Orlando
Rojas Arrieta contra Alexander Murillo Rojas, (cédula de identidad N° 109160196), el Juzgado Disciplinario Notarial mediante sentencia 2022000770 de
las nueve horas cuarenta y siete minutos del veintinueve de noviembre de dos
mil veintidós, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión
en el ejercicio
de la función notarial, sanción
que se mantendrá en el tiempo hasta tanto no realice la inscripción respectiva de la escritura número 40. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial. “De conformidad con la circular n°67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.”
San José, 10 de marzo del 2023.
Licda.
Gerling Navarro Porras,
Jueza
1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2023732586 ).
Edicto, a Registro
Nacional, Archivo Nacional, Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil: que en el proceso
disciplinario notarial N° 15-000275-0627-NO, de José Francisco Aguilar Gamboa contra Fidelina Mena
Corrales, (cédula de identidad 109570158), el Juzgado Disciplinario
Notarial mediante sentencia
2022000772 de las diez horas seis minutos
del veintinueve de noviembre
de dos mil veintidós, dispuso
imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el
ejercicio de la función
notarial, sanción que se mantendrá
en el tiempo
hasta que la notaria encausada cumpla
con la inscripción debida. Rige ocho días naturales después de su publicación
en el Boletín
Judicial. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.” Publíquese por una vez
por la Imprenta Nacional en el Boletín
Judicial.
San José, 10 de marzo del 2023.
Licda.
Gerling Navarro Porras,
Jueza Decisora
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2023732587 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter
de causahabientes de Jacqueline Rubi Acuña, quien portó
la cédula 205650772, fallecida el
16 de febrero del año 2023,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignación
de prestaciones laborales
de personas fallecidas, bajo el número de expediente
23-000125-0643-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000125-0643-LA. Por Aslyn Fabiola Araya Rubi, Roger Manuel Araya Madrigal y
Cristopher Alonso Rubí Acuña
a favor de Jacqueline Rubi Acuña. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Puntarenas, 16 de marzo del año
2023.—M.Sc. Michelle Yanes Chacón, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732663
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Antonio Gómez Morera,
quien fue mayor, soltero, cédula 0501730436, pensionado, vecino
de Siquirres, La Laguna, Imperio,
y falleció el 19 de setiembre del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
proc esp. distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida
bajo el número
23-000053-1549-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000053-1549-LA. Por operadora de pensiones complementarias y de capitalización
laboral de la Caja Costarricense de Seguro a favor de. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional
de Siquirres, (Laboral), 06 de marzo del año 2023.—Licda. Siany Pamela Barboza Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732672 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José
Andrés Abelino Mendoza Alemán
quien fue mayor, Casado, jubilado, vecino de Siquirres y falleció el 29 de setiembre del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
proc esp. distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida
bajo el número
23-000061-1549-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000061-1549-LA. Por a
favor de José Andrés Abelino Mendoza Alemán. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional
de Siquirres, (Laboral), 06 de marzo del año 2023.—Licda. Siany Pamela Barboza Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732673 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Lilly Iveth
Herrera Gutiérrez, 0108020049, fallecida el 10 de febrero del año 2023, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 23-000316-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23- 000316-0505-LA. Por
Juan Francisco Vargas Fonseca a favor de Lilly Iveth
Herrera Gutierrez. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 14
de marzo del año 2023.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023732674 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Elías Domitilo de Jesús Villalobos Delgado,
0400870780, fallecido el 28
de diciembre del año 2020,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las Diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 23-000302-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23- 000302-0505-LA. Por
María de Los Ángeles Miranda Ulate
a favor de Elías Domitilo de Jesús Villalobos
Delgado. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 14 de marzo del año
2023.—Msc. Karol Baltodano
Aguilar, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732686 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Edgar Anchía
Arias, 0201880520, fallecido el
14 de mayo del año 2000, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las Diligencias de Proceso de Consignación
de Prestaciones Laborales
de Pers Fallecidas bajo el número 23-000314-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000314-0639-LA. Por a
favor de Edgar Anchía
Arias. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de febrero del año 2023.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023732689 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Felicia
Carvajal Meléndez cc como Alicia Carvajal Meléndez, quien fue mayor, cédula de identidad 2-147-879, Viudo/a, pensionada, vecina de Alajuela y falleció
el 26 de diciembre del año 2020. Se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc. Esp. Distribución de Prestaciones de Persona Trabajadora
Fallecida bajo el número 23-000427-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N°23-000427-0639-LA. Por gestionante Víctor Manuel Zamora Carvajal a favor de fallecido Felicia Carvajal Meléndez. Nota:
De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de marzo del año 2023.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023732690 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andre
Rene Valladares Cruz, 0110170560, fallecido el 09 de enero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas, bajo el número 22-001226-0166-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-001226-0166-LA. Por
Nathalie Corrales Chacon, 0114260970 a favor de. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del año 2022.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023732692 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Miguel Gerardo Soto Diaz, 0103720172, fallecido el 08 de agosto del año 2008, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proc esp. distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 22-000568-0166-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000568-0166-LA. Por
Miguel Alberto Soto Zúñiga, quien
es mayor de edad, costarricense,
portador de la cédula de identidad
1-0801-0335 a favor de Miguel Gerardo Soto Diaz. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de mayo
del año 2022.—M.Sc. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732706
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rubén Uvaldo de
La Trinidad Sequeira Tenorio, 0105200430, fallecido el 15 de agosto del año 2017, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proc Esp. Distribución de Prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número 22-000426-0166-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 22-000426-0166-LA. Por
Marlen Isabel Soto Mejías cédula 1 0674 0214 a favor
de Rubén Uvaldo de La Trinidad Sequeira Tenorio. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de abril del año 2022.—M.Sc. Edwin
Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023732707 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Laura Patricia Umaña
Palma, 0701710077, fallecida el
08 de octubre del año 2022,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers Fallecidas bajo el número 22-000190-1546-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N°22-000190-1546-LA. Por Agro Industrial Bananera Del
Caribe Sociedad Anonima a favor de Laura
Patricia Umaña Palma. Nota:
De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional
de Guácimo, (Materia
Laboral), 27 de enero del año 2023.—Lic. Yadir Gerardo Jiménez Gutierrez, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023732708 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Henry Martin Barahona Alvarez, 0105280388,
fallecido el 24 de setiembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000038- 0166-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000038-0166-LA. Por
Elizabeth Salazar Porras, quien es mayor, costarricense, portadora de la
cédula de identidad 7-0076-0009 a favor de Henry
Martin Barahona Alvarez. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José. 09 de marzo del año 2023.—M.Sc. Armando
Enrique Elizondo Almeida, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732709 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan María Campos González quien fue mayor, casado, pensionado, vecino de
Alajuela, portador de la cédula de identidad número 2-0214-0155 y falleció el 21/11/2022, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
proc esp. distribución de prestaciones
de persona trabajadora fallecida
bajo el número
23-000519-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000519-0639-LA. Por
Francisca Del Carmen Cruz Solano a favor de Juan María Campos González. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de marzo del año 2023.—Licda. Grace Agüero Alvarado, JuezA.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023732786 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Marco Martín Carballo Segura quien
fue mayor, soltero, portador de la cédula de identidad
número 2-0550-0076, vecino
de Alajuela, Barrio San José y falleció el 26 de enero del año 2023, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de proceso de consignaciones
de prestaciones laborales
de pers fallecidas bajo el número 23-000492- 0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000492-0639-LA. Por
María Del Carmen Segura Arguedas a favor de
Marco Martin Carballo Segura. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009,
así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de marzo del año 2023.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023732788 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Rafael Ángel Sanchez Mora, 0201960306, fallecido el 14 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 21-000247-
1288-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000247-1288-LA. Promovente Alexander Sánchez Sánchez
a favor de Rafael Ángel Sánchez Mora. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 03 de mayo
del año 2021.—Licda.
Shirley María Carrillo Angulo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732806 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Liana Iveth Morales Díaz cédula de identidad 5-314-719, quien fue mayor, casada, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Barrio Lajas y falleció el uno de mayo del dos mil once (01/05/2011), se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignación de extremos laborales bajo el número 23-000060-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000060-0775-LA. Por
José Mauricio Bravo Matarrita
cédula de identidad 5-326-764 a favor del mismo. Nota: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo de Santa
Cruz, 15 de marzo del año
2023.—Laura Del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732807
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Diego Fernandez Chaves, 0207690079, fallecido el 03 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 23-000053-1288-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 23-000053-1288-LA. Por
María Eugenia Chaves Méndez a favor de Luis Diego Fernández Chaves. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de febrero del año 2023.—Licda. Karla Valenciano Vargas, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023732808 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
Luis Guillermo Vega Sandoval, 0206460486, fallecido el 15 de agosto del año 2022, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 22-000590- 1288-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N°22-000590-1288-LA. Por
Rosa Angélica
Arroyo Herrera a favor de Luis Guillermo Vega Sandoval. Nota:
De conformidad con la circular N°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de enero del año 2023.— Licda. Karla Valenciano Vargas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N°364-12-2021C.—Solicitud Nº68-2017-JA.—(
IN2023732810 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de la trabajadora fallecida Xiomara
Soto Amador, quien portó la
cédula de identidad 1 0780 0149, y falleció el día 29 de diciembre del 2022, promovido por Healthy Snacks Sociedad Anónima,
cédula jurídica número
3-101-617105; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignaciones
de Prestaciones Laborales
de Pers. Fallecidas bajo el
número 23-000018-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Nota: De conformidad
con la circular N°67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N°23- 000018-0173-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de enero del año 2023.—M.Sc.
Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N°364-12-2021C.—Solicitud Nº68-2017-JA.—( IN2023732812 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Simón Otárola
Vargas cédula de
identidad 0601860752, casado;
vecino de Puntarenas, Osa
Ciudad Cortés; Trabajo 20 años
para el Ministerio de Educación Pública; fallecido el 05 de octubre del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de Persona
Fallecidas bajo el número 23-000019-1418-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N°23-000019-1418-LA. Por a
favor de Jorge Simón Otárola Vargas. Nota: De conformidad con la
circular N°67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Civil, Trabajo,
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Osa, (Laboral),
14 de febrero del año
2023.—Licda. Denisse Melania Carpio Aguilar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023732813 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de
María de Los Ángeles Baltodano Bonilla, 155801969915, fallecida el 13 de diciembre del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-000014-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000014-0639-LA. Por
María Auxiliadora Baltodano
Bonilla a favor de María de Los Ángeles Baltodano Bonilla. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de enero
del año 2021.—Charling
Johanna Vargas Valenciano, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023732815 ).
Se cita y emplaza
a Stanley Gerardo Morera Chavarría
cédula de identidad
6-0301-0781 y Francy Morera
Chavarría cédula de identidad
6-0330-0543 en carácter de
causahabientes de Lorenzo Leonso
Morera Chaves, 0501690634, fallecido
el 21 de noviembre del año 2016, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de proceso de consignaciones de prestaciones laborales de pers fallecidas bajo el número 21-000050-1441-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N°21-000050-1441-LA. Por
Julián Morera Morera a
favor de Lorenzo Leonso Morera
Chaves. Nota: De conformidad
con la circular N°67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio
de 2009, así como los artículos 10 y 425, del
Código de Trabajo, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Contravencional
de Coto Brus, (Laboral), 17 de marzo del año 2023.—Licda. Johanna Quesada Monge, Jueza.—1 vez.—O.
C. N°364-12-2021C.—Solicitud Nº68-2017-JA.—(
IN2023733139 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Adrián Gerardo Quirós Gamboa,
0303230053, fallecido el 08
de enero del año 2023, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Proceso de Consignación
de Prestaciones Laborales
de Persona Fallecida bajo el
número 23-000054-1001-LA-3, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín
Judicial. Expediente N°23-000054-1001-LA-3. Por a
favor de Adrián Gerardo Quirós Gamboa. Nota: De conformidad con la
circular N°67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, así como los artículos
10 y 425, del Código de Trabajo, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Trabajo del Circuito Judicial de Turrialba, (Laboral), 09 de febrero del año 2023.—Lic. Randall Francisco Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023733140 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de un millón ocho mil trescientos veintiún colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: MOT 650755, marca: Haojue, estilo: DM125, categoría: motocicleta, capacidad: 2
personas, serie: LC6PCJ9M0J0001180, número chasis: LC6PCJ9M0J0001180, año fabricación: 2018, color: negro, vin: LC6PCJ9M0J0001180,
características del motor N° motor: 156FMI5AE2E03801, marca: Haojue, N° modelo: DM125, cilindrada: 125
C.C, cilindros: 1 potencia:
5 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del once de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés, con la base de setecientos
cincuenta y seis mil doscientos
cuarenta colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con la base de doscientos
cincuenta y dos mil ochenta
colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Ángel Miguel Álvarez
Rodríguez.
Expediente N° 19-003210-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito, hora y fecha de emisión: ocho horas con treinta minutos del dieciséis de noviembre
del dos mil veintidós.—Elizabeth
Fallas Espinoza, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734129 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones ciento treinta y tres mil ochocientos seis colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones:
18-000188-0498-TR, boleta: 201833300069 del Juzgado de Transito del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica; sáquese
a remate el vehículo placa: 756137, marca: Toyota, estilo: Corolla GLI, año: 2009,
color: negro, VIN: JRDBR42E909019916. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del diecinueve
de abril de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veintisiete de abril de
dos mil veintitrés, con la base de tres millones ochocientos
cincuenta mil trescientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del cinco de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de un millón doscientos
ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y un colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Miguel Andrés
Saborío Brenes. Expediente N°
21-002205-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 16 de febrero del 2023.—Tatiana María Bolaños
Rodríguez, Jueza.—(
IN2023734138 ).
En este Despacho, con una base de un millón setecientos siete mil setecientos noventa colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDG475, marca: Hyundai, estilo Accent, año 1999, Vin KMHCG41BPXU031330, cilindrado
1500 c.c. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del
cuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base de
un millón doscientos ochenta mil ochocientos cuarenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del doce de mayo de dos mil veintitrés
con la base de cuatrocientos veintiséis
mil novecientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Eduardo Steven Campos Prado. Expediente N° 19-007536-1208-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 16 de enero del 2023.—César Roberto
Delgado Montoya, Juez Decisor.—(
IN2023734139 ).
En este despacho,
con una base de cuatro millones
ciento cuarenta y siete mil treinta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate el vehículo titular de la matrícula
BPC465, marca Suzuki, modelo
Grand Vitara, con capacidad para 5 personas, con tracción 4x2, con chasís N°
JS3TE941464103527, del año 2006 y de color plateado. Para tal efecto se señalan las trece horas con treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas con treinta minutos del cinco de mayo de dos mil veintitrés
con la base de tres millones
ciento diez mil doscientos setenta y cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas con treinta minutos del quince de
mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón treinta y seis mil setecientos cincuenta y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Nota: se informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, tal deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
de ejecución prendaria de Instacredit S.A., contra Diego de los
Ángeles Parajeles Sandoval,
expediente 20-000037-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de febrero de
2023.—Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez.—( IN2023734140 ).
En este Despacho,
con una base de cuarenta y tres millones ciento
noventa y ocho mil ochenta colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
146850-000, la cual es naturaleza:
terreno de solar con dos
casas, de forma triangular. Situada en el distrito
(06) Birrisito, cantón (02)
Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al sur, calle pública con un frente a ella de 53.91 cms; al este, Inversiones
R.C.C Campabadal S. A.; al oeste
Inversiones R.C.C Campabadal
S. A. Mide: tres mil cuatrocientos sesenta y cuatro
metros con setenta y cuatro decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de treinta
y dos millones trescientos noventa y ocho mil quinientos sesenta colones con veintiún céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de mayo de dos
mil veintitrés con la base de diez
millones setecientos noventa y nueve mil quinientos veinte colones con siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Adrián Montero Granados, Casa Tierra y Trabajo
S. A. Expediente Nº 17-009814-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 23 de febrero
del año 2023.—Marcela Brenes
Piedra, Jueza Tramitadora.—(
IN2023734142 ).
En este Despacho, con una base de trece millones doscientos quince mil ochocientos
sesenta colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
312-14629-01-0901-002; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 59510, derecho 000, la cual
es terreno de agricultura y
potrero. Situada en el distrito 1- Pacayas, cantón 6-Alvarado, de la
provincia de Cartago.- Colinda: al norte, Río Birris; al sur, calle pública con un frente de 19
metros 91 centímetros; al este,
Óscar Gómez Valverde y al oeste,
Flor Marina y Miriam del Carmen Ambas Vega Sanabria. Mide:
cuatro mil cuatrocientos veinte
metros con sesenta y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del veintiséis
de abril de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del cinco de mayo de dos mil veintitrés
con la base de nueve millones
novecientos once mil ochocientos
noventa y cinco colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del quince de mayo de dos mil veintitrés con la base
de tres millones trescientos tres mil novecientos sesenta y cinco colones con veintiún céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra William Eddy Vega Sánchez. Expediente Nº 21-011124-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 23 de febrero
del año 2023.—Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2023734147
).
Edicto, en
este Despacho, con una base de veintidós millones seiscientos ocho mil noventa colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 400-00260-01-0804-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos sesenta y seis mil doscientos ochenta y siete - cero cero cero, la cual es terreno con un casa de habitación,
Situada en el distrito San Isidro, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, María Teresa
Orozco Delgado; sur, María Teresa
Orozco Delgado; este, calle
pública
con 11,42 metros de frente y oeste,
Clever Salas Arce. Mide: ciento
sesenta y cinco metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del once
de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del diecinueve de mayo de
dos mil veintitrés con la base de dieciséis
millones novecientos cincuenta y seis mil sesenta y siete colones con noventa y cuatro céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés
con la base de cinco millones
seiscientos cincuenta y dos
mil veintidós colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito
de los Servidores Públicos RL
contra Lisseth María Chinchilla
Orozco, Reyffer de la Trinidad Masís Montoya, expediente
23-000001-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 23 de febrero del año 2023.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2023734163 ).
En este Despacho, con una base de novecientos sesenta y siete mil ciento setenta y un colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-523635, marca: Katana, categoría: motocicleta, estilo: SMX200, N°
motor: LF163FMLG1038658, número chasis:
LKXYCML42G0014495, VIN: LKXYCML42G0014495, serie:
LKXYCML42G0014495, cilindrada: 197 c.c., año fabricación: 2016,
combustible: gasolina, capacidad:
2 personas, tracción: 2x2, color: negro, uso: particular, potencia: 12 kw,
modelo: SMX200, cilindros:
1. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cuarenta minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés con la base de setecientos
veinticinco mil trescientos
setenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés
con la base de doscientos cuarenta
y un mil setecientos noventa
y dos colones con setenta y
cinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Víctor Manuel Jaens
Pichardo. Expediente Nº 18-005783-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 30 de enero del año 2023.—Licda. Maricela Monestel Brenes, Jueza Decisora.—( IN2023734166 ).
En este Despacho, con una base de veinticinco mil setecientos
cuatro dólares con ochenta
y cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo GB
003384. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de
mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil veintitrés,
con la base de diecinueve mil doscientos
setenta y ocho dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintitrés,
con la base de seis mil cuatrocientos veintiséis dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Marlon Santiago Solís Cruz. Expediente
N° 21-000917-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: catorce horas
con trece minutos del catorce de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Víctor Hugo
Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—(
IN2023734197 ).
En este Despacho, con una base de dos millones trescientos treinta y un mil ochocientos ochenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BLB641, marca Hyundai, estilo Accent, capacidad 5 personas, carrocería
Sedan 4 puertas Hatchback, año
de fabricación 2001, número
chasis KMHCG51BP1U137928, Vin KMHCG51BP1U137928, cilindros 4, combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del trece de abril del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiuno de abril del dos mil veintitrés, con
la base de un millón setecientos
cuarenta y ocho mil novecientos dieciséis colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de quinientos ochenta
y dos mil novecientos setenta
y dos colones con veinticinco
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
INSTACREDIT S. A. contra Roy Enrique Hernández Jiménez. Expediente
N° 19-004169-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: catorce horas
con cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Anthony Jesús Quesada Soto, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2023734199
).
En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos treinta y dos mil doscientos setenta y tres colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BPW258, marca: Hyundai,
estilo: H 1, categoría: microbús, serie: KMJWA37KAHU886671, color: blanco,
año: 2017. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del
quince de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintitrés de mayo de
dos mil veintitrés, con la base de diez millones trescientos
setenta y cuatro mil doscientos
cuatro colones con noventa
y tres céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del treinta y uno de mayo
de dos mil veintitrés, con la base de tres millones cuatrocientos
cincuenta y ocho mil sesenta y ocho colones con treinta y un céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Amarilyn Rita
Carrillo Carrillo. Expediente
N° 21-004931-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz). Hora y fecha
de emisión: quince horas con veintisiete
minutos del veinte de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—(
IN2023734202 ).
En este Despacho,
con una base de seis millones
doscientos treinta y un mil
ochocientos cincuenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BJX009, marca BYD, estilo F0 GLX I, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2016, color blanco, VIN LC0C14DA7G0000632,
combustible gasolina, motor Nº BYD371QAC15012186.
Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintitrés con
la base de cuatro millones seiscientos
setenta y tres mil ochocientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del cinco de mayo de dos
mil veintitrés con la base de un millón
quinientos cincuenta y siete mil novecientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Diana María Carter
Calvo. Expediente N° 17-003019-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: ocho horas con dieciocho minutos del tres de febrero del dos mil veintitrés.—Franz
Castro Solís, Juez Tramitador.—(
IN2023734206 ).
En este Despacho, con una base de seis millones cuatrocientos noventa y cinco mil setecientos ochenta y nueve colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BPT911, marca: Hyundai, estilo: Elantra GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año fabricación: 2013,
color: plateado, vin:
5NPDH4AEXDH371154, N. motor no visible, cilindrada:
1800 c.c, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con
la base de cuatro millones ochocientos
setenta y un mil ochocientos
cuarenta y un colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dos
de mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón seiscientos veintitrés mil novecientos cuarenta y siete colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Róger José Vargas
Esquivel, expediente 20-002236-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 03 de febrero del año 2023.—María Angelina
Varela Valenciano, Juez/a Decisor/a.—(
IN2023734209 ).
En este Despacho, con una base de tres millones doscientos
setenta y ocho mil trescientos cincuenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 681933, marca: Peugeot, estilo:
Berlina 307 Sedan XS, color gris, año 2007, chasis: 8AD3DRHYM7G025970, N° motor 10DYFG0002781, cilindrada 1997
c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con la base de dos millones
cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos sesenta y cuatro colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de mayo de dos
mil veintitrés, con la base de ochocientos
diecinueve mil quinientos ochenta y ocho colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Carol Olmos Muñoz. Expediente N° 19-005106-1044-CJ. Previo
a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos
del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de enero del 2023.—Hellen Mora Salazar, Jueza
Decisora.—( IN2023734211 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones ciento cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y seis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BNL729, marca Chevrolet, estilo Aveo LT, año 2011, color azul, chasis KL1TD5DE8BB246491, cilindrada
1600 c.c. Para tal efecto
se señalan las ocho horas
quince minutos del diecinueve
de abril del dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince
minutos del veintisiete de abril del dos mil veintitrés, con
la base de tres millones ochocientos sesenta y seis mil novecientos sesenta y siete colones exactos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del nueve de mayo del dos mil veintitrés,
con la base de un millón doscientos
ochenta y ocho mil novecientos ochenta y nueve colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Yeinmy
Alejandra Rojas Vargas. Expediente N°
19-002920-1044-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de enero del año 2023.—Hellen Mora
Salazar, Juez/a Decisor/a.—(
IN2023734212 ).
En este despacho,
con una base de cinco millones ochocientos veintiún mil seiscientos sesenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
BSG477, marca: Hyundai, estilo:
Accent, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, número
chasis, serie y VIN:
KMHCT4AE4FU795329, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2015, color:
rojo, modelo: GLS, cilindrada:
1600 c.c, cilindros: 4, potencia: 85 kw., combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatro millones
trescientos sesenta y seis
mil doscientos cuarenta y
seis colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del diez de mayo de dos mil veintitrés
con la base de un millón cuatrocientos
cincuenta y cinco mil cuatrocientos quince colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Helvethia
Bethania Martínez Ulate. Expediente Nº 22-001951-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 03 de febrero del año 2023.—Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2023734214 ).
En este Despacho, con una base de veinte mil doscientos dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: FCB888, marca: Land Rover, estilo: Discovery Sport, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año fabricación: 2015, color: gris, número
de chasis: SALCA2BG9FH506042, cilindrada:
2000 c.c. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del doce de junio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil veintitrés, con la base de quince mil ciento
cincuenta dólares con tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintitrés, con la base de cinco
mil cincuenta dólares con
un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Julio
Cesar García Cruz. Expediente N°
23-001347-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 01 de marzo del año 2023.—Ricardo Barrantes López, Juez/a Decisor/a.—( IN2023734258 ).
En este Despacho, con una base de once
mil ciento cuarenta y seis dólares con cuarenta y seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: JBB003, marca: Renault, estilo: KWID 1,0,
categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año: 2021, color:
beige, combustible: gasolina, cilindrada:
1000 c.c., VIN: 93YRBB001MJ513755. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de junio de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil veintitrés, con
la base de ocho mil trescientos
cincuenta y nueve dólares con ochenta y cuatro
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de junio de dos mil veintitrés, con
la base de dos mil setecientos ochenta
y seis dólares con sesenta
y un centavos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Nimrod
Aaron Ortiz Zabala. Expediente
N° 23-000251-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 10 de marzo del año 2023.—Licda. Mayra Yesenia
Porras Solís, Jueza.—( IN2023734259 ).
En este Despacho, con una base de seis
mil cuatrocientos dieciocho
dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes
prendarios; sáquese a
remate el vehículo: MMF000,
marca: Kia, estilo:
Picanto, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, tracción: 4x2, año
fabricación: 2018, color: blanco,
vin: KNABX512BJT426063, N° motor:
G4LAGP124717, modelo: TAS6K361B, cilindrada:
1248 C.C, cilindros: 4. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del siete de junio de dos mil veintitrés, con
la base de cuatro mil ochocientos trece
dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del quince de junio de
dos mil veintitrés, con la base de mil seiscientos cuatro dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Eugenia
María
Monge Bonilla. Expediente N° 23-001549-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de marzo del año 2023.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Juez/a
Decisor/a.—( IN2023734261 ).
En este Despacho, con una base de un millón ochocientos veinticuatro mil quinientos treinta y ocho colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 553383, marca: Volkswagen, estilo: GOL, serie: 9BWCC05X74P035079, número chasis: 9BWCC05X74P035079, tracción:
4x2, año fabricación: 2004,
color: negro, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintitrés, con
la base de un millón trescientos
sesenta y ocho mil cuatrocientos tres colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de mayo de dos
mil veintitrés, con la base de cuatrocientos
cincuenta y seis mil ciento
treinta y cuatro colones
con cincuenta céntimos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Marco Vinicio Ramírez Alvarado. Expediente N° 19-005799-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 03 de febrero
del año 2023.—Lic. Pilar Gómez Marín, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734272 ).
En este Despacho,
con una base de setenta y tres millones ciento
cincuenta mil ochenta y ocho colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 108037-000, la cual
es terreno para construir. Situada: en el
distrito 06 San Francisco de Dos Ríos, cantón 01 San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Miguel Jiménez García; al sur, Marta
Ramírez de Chávez; al este, calle
pública,
y al oeste, Álvaro Briceño
Carrillo. Mide: cuatrocientos
tres metros con siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del cinco de setiembre del año dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas cero minutos del trece
de setiembre del año dos
mil veintitrés, con la base de cincuenta
y cuatro millones ochocientos
sesenta y dos mil quinientos
sesenta y seis colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil veintitrés, con la base de dieciocho
millones doscientos ochenta y siete mil quinientos veintidós colones con trece céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Daniel Rodríguez Molina. Expediente N° 20-001018-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José (Sección Tercera),
20 de marzo del año 2023.—Lic. Wilkko Adred
Retana Álvarez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734304 ).
En este despacho,
con una base de trece millones ochocientos treinta y siete mil doscientos un colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
AB-007710, marca: Higer, estilo: KLQ 6540 C, categoría:
microbus, capacidad: 16 personas, serie:
LKLSAAS41JA722462, carrocería: microbus, tracción: 4x2, número de motor:
108222, modelo: KLQ6540CM, número
de VIN: LKLSAAS41JA722462, cilindros: 4, cilindrada: 2500 c.c., combustible: diesel, número chasis: LKLSAAS41JA722462,
año fabricación: 2018,
color: blanco. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos
mil veintitrés con la base de diez
millones trescientos setenta y siete mil novecientos un colones con veinticuatro céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de noviembre de dos mil veintitrés
con la base de tres millones
cuatrocientos cincuenta y nueve mil trescientos colones con cuarenta y un céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Laura María Vázquez Méndez. Expediente Nº 22-000200-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: trece horas con cuarenta y tres minutos del veinte de marzo del dos mil veintitrés.—Manuel Loría
Corrales, Juez.—( IN2023734305 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones cuarenta y un mil novecientos nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 751935, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2004,
color gris, Vin KMHCG45C64U541048, cilindrada 1600
c.c., combustible gasolina, N° motor novisible. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintiséis
de abril de dos mil veintitrés
con la base de dos millones doscientos
ochenta y un mil cuatrocientos
treinta y un colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés
con la base de setecientos sesenta
mil cuatrocientos setenta y
siete colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Pablo Antonio Zapata Gómez.
Expediente N° 20-005007-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: veintidós horas con treinta
y tres minutos del veintiocho de febrero del dos mil
veintitrés.—Lic. Victor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—( IN2023734329
).
En este Despacho,
con una base de nueve millones ochocientos treinta y cinco mil quinientos cincuenta colones con cincuenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2018-88156-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 454335-000, derecho , la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito
13-Peñas Blancas, cantón
2-San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
con William y Freddy ambos Bastos Méndez; al
sur, con William Bastos Méndez en medio servidumbre agrícola y
quebrada y Melvin Méndez Cordero; al este, con Jacinto Vargas Bejarano;
y al oeste, con Bitinia
Bastos Méndez. Mide: cinco mil metros cuadrados.
Plano: A-1379453-2009 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del trece de abril de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del veintiuno
de abril de dos mil veintitrés
con la base de siete millones
trescientos setenta y seis
mil seiscientos sesenta y
dos colones con noventa y
dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés
con la base de dos millones cuatrocientos
cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta y siete colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Melvin Gerardo Méndez Cordero. Expediente N° 22-001049-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión:
catorce horas con cincuenta
y cinco minutos del dos de noviembre
del dos mil veintidós.—Viviana
Salas Hernández,
Jueza Decisora.—(
IN2023734349 ).
En este Despacho,
con una base de quince millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones
sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
190321-000, la cual es terreno
para construir lote 15. Situada en el
distrito 6-Santa Rosa, cantón
3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Carlos Eduardo
Arce Arce; al sur, calle pública con 12
metros 80 centímetros de frente;
al este, Tomás Alberto Arce Villalobos;
y al oeste, Tomás Alberto Arce Villalobos.
Mide: trescientos treinta y un metros con sesenta y
dos decímetros cuadrados.
Plano: H-0866518-2003. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de mayo de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés
con la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de El
Buda de Piedra S. A. contra Mónica Solano Acuña. Expediente
N° 22-005421-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora
y fecha de emisión: quince
horas con trece minutos del
veinticuatro de enero del
dos mil veintitrés.—German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2023734394 ).
En la puerta
exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando reservas y restricciones:
397-06856-01-0900-001; a las ocho horas del quince de
mayo de dos mil veintitrés y con la base de dos millones novecientos veinticinco mil ochocientos noventa y cinco colones con noventa y nueve céntimos (¢2,925,895.99), en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Heredia, matrícula
214061-000, la cual es naturaleza
terreno para construir. Situada en el
distrito Segundo La Virgen, cantón
Décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, calle pública con 29.53 metros; al sur, María Angélica
Alfaro Barquero; al este,
María Angélica Alfaro Barquero;
y al oeste, María Angélica
Alfaro Barquero, con una medida de mil cuarenta y tres metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Con número de plano H-1260212-2008. De no haber
postores, para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintitrés de mayo
de dos mil veintitrés, con la base de dos millones ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos
veintiún colones con noventa y nueve céntimos (¢2,194,421.99) (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, de no haber postores tampoco para este segundo remate, se señala un tercer remate a las ocho horas
del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, esta vez con la base de setecientos treinta y un mil cuatrocientos setenta y tres colones con noventa y nueve céntimos (¢731,473.99), (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro
Judicial, si al tercer
remate no hubiere postores,
el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original.
Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso
de ejecución hipotecaria. Nº
23-000053-0507-AG (57-1-23).
De FUNDECOCA contra Disney Araya Alfaro. Este edicto debe publicarse por dos veces consecutivas
en el Boletín
Judicial. Artículo 157.5 del Código Procesal Civil. Debiendo hacerse la primera publicación con al menos ocho días de anticipación al
primer señalamiento a remate (artículo
23 ibídem). De conformidad
con la circular Nº 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio del 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos”.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 10 de marzo del 2023.—Lic. Ronald
Rodríguez Cubillo, Juez.—O. C. N°
364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023734400
).
A las nueve horas del seis de junio del dos mil veintitrés, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas Ley Caminos
bajo las citas 0476-00003853-01-0004- 001, reservas Ley Aguas bajo las citas 0476-00003853-01-0005-001, y con la base de nueve millones novecientos diecinueve mil ochocientos ochenta y dos colones con cincuenta y seis céntimos, en el
mejor postor remataré: la finca inscrita en el Registro
Público de la Propiedad, al partido
de Alajuela, matrícula de folio real número trescientos cincuenta y tres mil cuatrocientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de potrero con un
corral y una casa. Situada en distrito doce,
Monterrey, cantón diez San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, calle pública con 696,63 metros;
al sur, Arnulfo Salazar Vargas; al este, Quebrada
Amba en medio de José Ángel Ulate Chaverri; y al oeste, calle pública
con 199,99 metros. Mide ciento
cuarenta y ocho mil ochocientos cuarenta y ocho metros con un decímetro cuadrado. Plano: A-0551060-1999. Propietario
Ólger Gerardo Salazar Vargas. Si en
el primer remate no hubiere
postores, se efectuará la segunda subasta rebajando la base en un 25 % de
la original, sea con una base de siete
millones cuatrocientos treinta y nueve mil novecientos once colones con noventa y dos céntimos, y para lo
cual se señalan las nueve horas del trece de junio de dos mil veintitrés. Si en el segundo
remate tampoco hay oferentes,
se celebrará una tercera subasta que iniciará con el 25 % de la base
original, sea con la base de dos millones cuatrocientos setenta y nueve mil novecientos setenta colones con sesenta y cuatro céntimos, y para
lo cual se señalan las nueve horas del veinte de junio de dos mil veintitrés. Se remata por ordenarse
así en proceso
de Ejecución Hipotecaria
del Banco Nacional de Costa Rica contra Ólger Salazar
Vargas. Expediente N° 23-000053-0298-AG. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín
Judicial, art. 157.5 del Código Procesal Civil.
De conformidad con la Circular número
67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio del 2009, se comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación de este edicto esta exenta
de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 13 de marzo del 2023.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023734414 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En
este Despacho, con una base de sesenta y ocho millones setecientos diecisiete mil doscientos setenta colones con cincuenta y siete céntimos, soportando hipoteca de primer grado (citas: 2018-641211-01-0005-001), serv y condic
ref: 3069-063-001 (citas: 329-00928-01-0901-001),
serv y condic ref: 3069-061-001 (citas:
329-00928-01-0904-001), servidumbre
sirviente (citas:
338-13993-01-0002-001), servidumbre sirviente (citas:
338-13993-01-0006-001), servidumbre dominante (citas: 339-00515-01-0019-001), servidumbre
dominante (citas:
339-00515-01-0020-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0021-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0022-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0023-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0024-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0025-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0026-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0027-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0028-001),
servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0029-001), servidumbre
sirviente (citas:
339-00515-01-0030-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0031-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0032-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0033-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0034-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0035-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0036-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0091-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0092-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0093-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0094-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0095-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0096-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0097-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0098-001), servidumbre dominante (citas:
339-00515-01-0099-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0100-001), servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0101-001),
servidumbre sirviente (citas: 339-00515-01-0102-001), servidumbre
sirviente (citas:
339-00515-01-0103-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0104-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0105-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0106-001), servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0107-001). servidumbre sirviente (citas:
339-00515-01-0108-001), servid y condic
ref: 00201524 000 (citas: 347-19046-01-0900-001), servidumbre trasladada (citas: 353-14628-01-0900-001), servidumbre
trasladada (citas:
403-15261-01-0920-001), condiciones ref:
243424-000 (citas: 403-15261-01-0921-001), servidumbre trasladada (citas: 403-15261-01-0922-001), servidumbre
trasladada (citas:
403-15261-01-0923-001), condiciones ref:
245222-000 (citas: 403-15261-01-0924-001), sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
154543-F, derecho 001 y 002, la cual es terreno finca filial I-8-4: apartamento
8-4 en proceso de construccion, de una planta destinado a uso habitacional, ubicado en el nivel
8 del edificio I. Situada en el distrito
8-San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, área común
libre (zona verde); al sur, finca filial I-8-3; al este, área común
libre (zona verde); y al oeste,
acceso área común Construida. Mide: setenta y un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de octubre del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil veintitrés con la base de cincuenta
y un millones quinientos treinta y siete mil novecientos cincuenta y dos colones con noventa y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil
veintitrés con la base de diecisiete
millones ciento setenta y nueve mil trescientos diecisiete colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Residencial Condominio
Nueve-Diez contra Marco Tulio Picado Valverde, Mery Ann Quesada Delgado.
Expediente N° 21-007931-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha
de emisión: nueve horas con
trece minutos del quince de
marzo del dos mil veintitrés.—Cinthia Pérez Moncada, Jueza Tramitadora.—( IN2023734044
).
En este Despacho, con una base de veinticuatro
millones trescientos trece mil treinta colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de cloaca citas:
569-85184-01-0004-001; sáquese a remate la finca: provincia: Cartago
finca: 132674 duplicado: horizontal: F derecho:
000,naturaleza: finca filial primaria individualizada numero 357 identificada como 40-L, ubicada en el
bloque L, apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos, situada en el
distrito 11 Quebradilla cantón 1 Cartago de la provincia
de Cartago. Linderos: al norte,
acceso H de área común libre, sur, finca filial primaria
individualizada 7-l, este,
finca filial primaria individualizada
41-L, oeste, finca filial primaria
individualizada 39-L. Mide:
ciento cincuenta y un
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de mayo de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veinticuatro de mayo
de dos mil veintitrés con la base de dieciocho millones doscientos treinta y cuatro mil setecientos setenta y tres colones con cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del primero de junio de
dos mil veintitrés con la base de seis millones setenta y ocho mil doscientos cincuenta y siete colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominios Agapantos Map Treinta
y Cinco Mil Seiscientos Veintitrés
S. A. contra Cindy Janell Roldan Banegas. Expediente
Nº 19-002354-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 27 de enero del año
2023.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2023734230 ).
En este Despacho, con una base de novecientos noventa y cinco mil cuarenta y dos colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
MOT 580025. marca: Honda, estilo:
CB1 TUF, categoría: motocicleta,
capacidad: 2 personas. tracción:
2X2 año fabricación: 2017,
color: rojo. VIN: LALPCJ0H3H3200756. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veintisiete
de abril de dos mil veintitrés
con la base de setecientos cuarenta
y seis mil doscientos ochenta
y un colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés
con la base de doscientos cuarenta
y ocho mil setecientos sesenta colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra José Florentino Castillo Vásquez. Expediente Nº 19-002595-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
hora y fecha de emisión: diecisiete horas con treinta y cinco minutos del once de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez Coordinador.—( IN2023734326 ).
En este Despacho,
con una base de veintinueve
millones ochenta y dos mil ciento ochenta colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería citas:
339-05848-01-0016-001, servidumbre trasladada citas:
339-05848-01-0915-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-310744, derecho 000, la cual
es terreno para construir
con 1 casa N° 49-148. Situada: en el distrito
10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, INVU; al sur, acera
2 con 7 m 39 cm; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: ciento dieciocho metros con veintiún decímetros cuadrados. Plano: SJ-0504469-1983. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de veintiún millones
ochocientos once mil seiscientos
treinta y cinco colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de siete millones
doscientos setenta mil quinientos cuarenta y cinco colones con veintitrés céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica (BCR) contra Shirley María Sánchez Mathey.
Expediente N° 23-000493-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José (Sección Segunda),
06 de marzo del año 2023.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734395 ).
En este Despacho, con una base de dos millones doscientos mil colones, libre de anotaciones, pero soportando gravámenes de servidumbre limitada, reservas y restricciones, sáquese a remate
la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 00199869, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada: en el
distrito 05 Guácima, cantón
01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Centro Campero Los Reyes S.A, lote 136;
al sur, Avenida de la Alvarada; al este, lote 136 Avenida de la Alvarada, y al oeste, Centro Campero Los Reyes S.A., Avenida Alvarada.
Mide: mil doscientos veintiún
metros con veintiséis
decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas del veintiséis de abril
de dos mil veintitrés,
con la base de un millón seiscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del cuatro de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de quinientos cincuenta
mil colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Lafise S.A. contra Constructora
Muro S. A. Expediente N°
04-000824-0181-CI.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 16 de marzo del año 2023.—Gersan Tapia Martínez, Juez.—(
IN2023734444 ).
En este Despacho,
con una base de siete mil doscientos veinticinco dólares con ochenta y siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas 801382, marca: Honda, estilo: Civic Coupe SI, categoría:
automóvil, año fabricación: 2009, color: blanco,
VIN: 2HGFG21509H870068, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan
las nueve horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de cinco
mil cuatrocientos diecinueve
dólares con cuarenta
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de mayo de dos
mil veintitrés con la base de mil ochocientos
seis dólares con cuarenta y
siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Improsa S.A. contra Luis Fernando Torres Brenes. Expediente Nº
21-001283-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 24 de febrero del año
2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2023734483 ).
En este Despacho,
con una base de veintiún
mil cuatrocientos sesenta y
tres dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes
pero soportando denuncia penal: 2021 00046716 001 y colisiones:
18-004120-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placas
BLV552, marca: Hyundai, estilo: Tucson
GL, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año fabricación:
2017, color: gris: VIN: KMHJ2813BHU285570. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintiocho
de abril de dos mil veintitrés,
con la base de dieciséis mil noventa
y siete dólares con noventa y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de cinco mil trescientos
sesenta y cinco dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa Sociedad Anónima contra Freddy Alberto
Valverde Delgado. Expediente N° 21-010659-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
23 de febrero del 2023.—Marcela Brenes
Piedra, Jueza Tramitadora.—(
IN2023734484 ).
En este Despacho,
con una base de quince mil novecientos
once dólares con diecisiete
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo DKS234, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GL, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie:
KMHST81CDFU475465, número chasis: KMHST81CDFU475465. Para tal efecto se señalan
las catorce horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará
a las catorce horas treinta
minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés con la base de once
mil novecientos treinta y tres dólares con treinta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de tres mil novecientos setenta y siete dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se
le
informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDI Q Inversiones CR S.A. contra Kattia Vanessa
Murillo Moscoso, expediente
21-001703-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: catorce horas con treinta y tres minutos del veinte de enero del dos mil veintitrés.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2023734485 ).
En este Despacho,
con una base de doce mil doscientos sesenta y un dólares con noventa centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo CL298356, marca:
Hyundai, estilo: HD 50S, categoría:
carga liviana, capacidad: 3
personas, serie: KMFGA17CPGC296778, peso vacío:
0, carrocería: caja cerrada
o furgón, peso neto: 0 kgrms., tracción: 4X2, peso bruto: 5000 kgrms., número chasis: KMFGA17CPGC29677. Para tal
efecto se señalan las nueve horas cero minutos del catorce de abril de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de abril de dos mil veintitrés
con la base de nueve mil ciento
noventa y seis dólares con cuarenta y tres centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del tres de mayo de dos mil veintitrés con la base de tres mil sesenta y cinco dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Citi Trust de Costa Rica S. A. (no es parte), IMCR Fiduciaria CT S. A. contra David José Rodríguez
Vásquez. Expediente N° 21-003776-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste. hora y fecha
de emisión: diez horas con cincuenta y uno minutos del catorce de febrero del dos mil veintitrés.—Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—(
IN2023734486 ).
En este Despacho,
con una base de dieciséis
mil doscientos sesenta y
cuatro dólares con veintiún
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo CL 298593 que se describe así:
marca: Isuzu, estilo: D Max
LS, categoría: carga liviana,
serie: MPATFS86JHT002969, camioneta
Pick-Up caja abierta o
Cam-Pu, tracción: 4X4, número
chasis: MPATFS86JHT002969, año
2017, extracabina, color anaranjado,
VIN: MPATFS86JHT002969 . Para tal
efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintisiete
de abril de dos mil veintitrés
con la base de doce mil ciento
noventa y ocho dólares con quince centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del diez de mayo de dos
mil veintitrés con la base de cuatro mil sesenta y seis dólares con cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra Geiner de los Ángeles Jimenez Vindas, Vivian Patricia Mena Hernández. Expediente
Nº 22-002096-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial De Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: dieciocho horas
con once minutos del tres
de marzo del dos mil veintitrés.—Víctor
Hugo Martínez Zúñiga, Juez Coordinador.—( IN2023734487 ).
En este Despacho, con una
base de catorce mil ciento setenta y ocho dólares con sesenta y nueve centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia de tránsito bajo el tomo: 800, asiento: 712570, secuencia: 001; sáquese a remate el vehículo: RLC022, marca: Hyundai, estilo: Elantra
GLS, categoría: automóvil, año: 2017, color: blanco, vin:
KMHD841CAHU162589, cilindrada: 1600 C.C. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de mayo de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, con la base de diez
mil seiscientos treinta y
cuatro dólares con un centavos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del seis de junio de dos
mil veintitrés, con la base de tres
mil quinientos cuarenta y
cuatro dólares con sesenta
y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDI Q Inversiones CR S.A., contra Enoc Arnoldo Esquivel Rodríguez. Expediente
N° 22-000008-1044-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de febrero del año 2023.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2023734488 ).
En este Despacho, con una base de mil quinientos cuarenta y cinco dólares con un centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BDJ014, marca: Suzuki, categoría: automóvil, estilo: Celerio GA, capacidad: 5
personas, año fabricación:
2012, color: gris, VIN: MA3FC31S6CA487901, N° motor: K10BN148731, cilindrada:1000 c.c. Para tal efecto se señalan
las quince horas cuarenta y cinco
minutos del dieciocho de
mayo de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cuarenta y cinco
minutos del veintinueve de
mayo de dos mil veintitrés, con la base de mil ciento cincuenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cuarenta y cinco
minutos del seis de junio
de dos mil veintitrés, con la base de trescientos ochenta y seis dólares con veinticinco centavos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDI Q Inversiones CR S. A., contra Masiel Karina Zúñiga López. Expediente N° 23-000968-1044-CJ. Publíquese
el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga
errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 20 de febrero del 2023.—María
Karina Zúñiga Cruz, Jueza Decisora.—( IN2023734489 ).
En este Despacho,
con una base de seis mil seiscientos
setenta y siete dólares con cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo
CL-255094, marca: Chevrolet, estilo
Avalanche LT, capacidad: 5 personas, categoría: carga liviana, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4X4, número chasis: 3GNTK7E30BG238794,
año fabricación: 2011, N° motor: sin número,
cilindrada: 5300 c.c., cilindros:
8, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas veinte minutos del veinticinco de mayo
de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas veinte minutos del dos de junio de dos
mil veintitrés con la base de cinco
mil ocho dólares con siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del doce de junio de dos mil veintitrés con la base de mil seiscientos
sesenta y nueve dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDI Q Inversiones CR S. A. contra Luz Amparo García Arboleda. Expediente N°
23-000973-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 21 de febrero del 2023.—Geovanna Vega Benavides, Jueza Decisora.—( IN2023734491 ).
En este Despacho,
con una base de once mil seiscientos
noventa y nueve dólares con sesenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas: BLH826, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: negro, VIN: KMHCT41BAHU164925, número de motor: G4LCGU632292, marca
del motor: Hyundai. Para tal efecto
se señalan las diez horas diez minutos del quince de mayo
de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas diez minutos del veintitrés de mayo de
dos mil veintitrés con la base de ocho
mil setecientos setenta y
cuatro dólares con setenta
y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas diez minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés
con la base de dos mil novecientos veinticuatro dólares con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDI Q Inversiones CR S.A. contra Luis Eduardo
Rodríguez Rodríguez, expediente
21-018792-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 01 de marzo del año 2023.—Licda. Yesenia Alicia
Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2023734492 ).
En este despacho,
con una base de doce mil trescientos sesenta y cinco dólares con veinte centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando BBBBB; sáquese a
remate el vehículo placas N° JFC181, marca: Hyundai,
estilo: Grand I10 GLS, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2018, carrocería:
sedan 4 puertas hatchback, color: plateado,
tracción: 4x2. Para tal efecto se señalan las tres horas treinta minutos del cinco de mayo de dos
mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
tres horas treinta minutos del quince de mayo de dos mil veintitrés
con la base de nueve mil doscientos
setenta y tres dólares con noventa centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las tres horas treinta minutos del veintitrés de mayo de
dos mil veintitrés con la base de tres
mil noventa y un dólares
con treinta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
CREDI Q Inversiones CR S. A., contra José Francisco
Castillo Araya. Expediente Nº 22-009115-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 27 de febrero del año
2023.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2023734493 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil setecientos sesenta y ocho dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BHS558, marca: Toyota, categoría: automóvil, serie: MR2KT9F39G1176130, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2,
número chasis:
MR2KT9F39G1176130, año fabricación:
2016, color: plateado, vin: MR2KT9F39G1176130, estilo: Yaris E, capacidad: 5
personas. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del once de mayo
de dos mil veintitrés, con la base de tres mil quinientos setenta y seis dólares con treinta y cinco centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de mayo de
dos mil veintitrés, con la base de mil ciento noventa y dos dólares con doce centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A contra
Any Georgina Vargas Alfaro, Miguel Ángel de los Santos Centeno Morales. Expediente
N° 22-002101-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha de emisión: catorce horas con veintiséis minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintitrés.—Lic.
Natalia Orozco Murillo, Juez/a Decisor/a.—( IN2023734494 ).
En este Despacho,
con una base de doce mil seiscientos setenta y dos dólares con veintisiete centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BHZ626, marca: Hyundai, año: 2016, color:
azul, N° motor: G4LCFU400125. Para tal efecto se señalan
las once horas treinta minutos
del dieciocho de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del veintinueve de
mayo de dos mil veintitrés con la base de nueve mil quinientos cuatro dólares con veinte centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del
seis de junio de dos mil veintitrés
con la base de tres mil ciento
sesenta y ocho dólares con seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo,
en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra
Carolay Eugenia Vega Barrantes.
Expediente N° 21-001109-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
17 de febrero del 2023.—Kreysa
Marín Mata, Jueza Decisora.—(
IN2023734495 ).
En este Despacho,
con una base de once mil setecientos
ochenta dólares con ochenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate el vehículo placas BKD241, marca Chevrolet, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas
hatchback, chasis MA6CH6CD2GT000274, uso particular, estilo Spark Classic LTZ, capacidad
5 personas, año 2016, color blanco,
número motor B12D1152660018, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas veinte minutos del once de mayo
del dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas veinte
minutos del diecinueve de
mayo del dos mil veintitrés con la base de ocho mil ochocientos treinta y cinco dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas veinte minutos del veintinueve de mayo
del dos mil veintitrés
con la base de dos mil novecientos cuarenta y cinco dólares con veintiún centavos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A.
contra Johnn Michael Chaves Soto, expediente
19-014557-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del año 2023.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Juez/a
Decisor/a.—( IN2023734496 ).
En este Despacho,
con una base de quince mil cuatrocientos
sesenta dólares con diez centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BGJ 214 marca Hyundai, estilo Grand
I10, categoría automóvil, capacidad cinco personas,
año
dos mil quince, color plateado, VIN MALA851CAFM095308,
combustible gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas cero minutos del dieciséis
de mayo del dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del veinticuatro de mayo del dos mil veintitrés, con la base de once mil quinientos noventa y cinco dólares con tres centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas cero minutos del primero de junio del dos mil veintitrés, con
la base de tres mil ochocientos
sesenta y cinco dólares con tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en Proceso Ejecución Prendaria de Banco Improsa S.A., contra Adriana Viales
Peraza, Davis Orlando Valerín Gómez. Expediente N° 17-000692-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hora y fecha de emisión: quince horas
con dieciocho minutos del siete de febrero del dos mil veintitrés.—José Ricardo Cerdas
Monge, Juez Tramitador.—(
IN2023734497 ).
En este Despacho,
con una base de quince mil ochenta
y ocho dolares con ochenta y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BKG.564, marca: Hyundai,
estilo: Tucson GL, categoría:
automóvil,
serie: KMHJ2813AGU063926, tracción:
4X2, año fabricación: 2016,
color: negro, N°
motor:
G4NAFU047010, cilindrada: 2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince
horas cero minutos del seis de junio
de dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del catorce
de junio de dos mil veintitrés
con la base de once mil trescientos dieciséis dolares con sesenta y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince
horas cero minutos del veintidós
de junio de dos mil veintitrés
con la base de tres mil setecientos
setenta y dos dolares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR Sociedad Anónima contra Oldemar Arias
Rojas. Expediente N° 22-002108-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha
de emisión: ocho horas con cuarenta y nueve minutos del once de enero del dos
mil veintitrés.—Viviana Salas Hernández, Jueza
Decisora.—( IN2023734498 ).
En este Despacho,
con una base de tres mil ochocientos dólares con ochenta y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BFH862, Marca: Hyundai, Estilo:
Elantra GLS, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 5 personas, Carrocería:
Sedan 4 puertas, 4x2, Número Chasis: KMHDH41EAEU859987,
Año
Fabricación:
2014, Blanco, Vin: KMHDH41EAEU859987, N°
Motor: G4NBDU699028. Para tal
efecto se señalan las diez horas veinte minutos del diecinueve de junio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas veinte minutos del veintisiete de junio de dos mil veintitrés, con la base de dos mil ochocientos
cincuenta dólares con sesenta y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del cinco de julio de dos mil veintitrés, con
la base de novecientos cincuenta
dólares con veintidós
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
CREDI Q INVERSIONES CR S. A. contra Mónica Denisse
Barrantes Robles. Expediente
N° 23-000077-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas. Hora y fecha de emisión: diez horas con veinticuatro minutos del veinticinco de enero del dos mil veintitrés.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2023734499 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil sesenta y seis dólares
con seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa:
BHW720, marca: Hyundai, estilo:
Accent GL, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año fabricación:
2015, color: negro, vin: KMHCT41DAFU849473, cilindrada:
1600 c.c, N° motor: G4FCEU514639. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo
de dos mil veintitrés, con la base de tres mil cuarenta y nueve dólares con cincuenta y cinco centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del ocho de junio de dos mil veintitrés, con la base de mil dieciséis
dólares con cincuenta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR SA contra Suehellen Melissa Alvarado Pachón.
Expediente N° 23-000968-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2023.—Lic. Verny Arias Vega, Juez/a Tramitador/a.—( IN2023734500 ).
En este Despacho,
con una base de doce mil doscientos veinte dólares con treinta centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: FCS224, marca: Nissan, estilo: Qashqai, categoría: automóvil, serie: SJNFBNJ11FA149552, tracción:
4X4, año
fabricación:
2015, color: gris, VIN: SJNFBNJ11FA149552, N° motor:
MR20306110W, cilindrada: 2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince
horas cero minutos del cinco
de julio de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del trece de julio de dos
mil veintitrés, con la base de nueve
mil seiscientos quince dólares con veintitrés
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintiuno
de julio de dos mil veintitrés,
con la base de tres mil doscientos
cinco dólares con ocho centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Improsa Sociedad Anónima
contra Oldemar Arias Rojas. Expediente
N° 22-003240-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Hora y fecha de emisión: nueve horas con diecinueve minutos del diez de febrero del dos mil veintitrés.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2023734501 ).
En este Despacho,
con una base de veinte mil doscientos noventa y cuatro dólares con ocho centavos, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito citas 800-00776403-001 y denuncia
de tránsito 800-00877415-001;
sáquese a remate el vehículo CL-305996, marca Isuzu, categoría carga liviana, tracción 4x4, año de fabricación 2018, cabina doble,
color azul, estilo D Max
LS, chasis MPATFS86JJT001262, mot. marca Isuzu, cilindrada 2500 c.c.
Para tal efecto se señalan las ocho horas veinticinco minutos del diecisiete de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas veinticinco minutos
del veintiséis de julio de
dos mil veintitrés con la base de quince mil doscientos veinte dólares con cincuenta y seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinticinco minutos del cuatro de agosto de
dos mil veintitrés con la base de cinco
mil setenta y tres dólares con cincuenta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de CREDI Q INVERSIONES CR S.A. contra
Valeria Salazar Cortes. Expediente Nº 22-006838-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, hora y fecha
de emisión: dieciséis horas
con cuarenta y tres minutos del veintiséis de enero del dos mil veintitrés.—Luis
Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(
IN2023734502 ).
En este despacho,
con una base de quince mil doscientos
treinta y siete dólares con cuarenta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo CL 311045, marca: Isuzu, estilo:
QKR77L-EE1AYCON, categoría: carga liviana,
capacidad: 3 personas, serie:
JAA1KR77EJ7100651, carrocería: caja cerrada
o furgón,
tracción: 4x2, número
chasis: JAA1KR77EJ7100651, año
fabricación: 2018, color: blanco.
Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del once de setiembre de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil veintitrés con la base de once mil cuatrocientos
veintiocho dólares con seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de tres mil ochocientos
nueve dólares con treinta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A.
contra Eddie Gerardo Chaves Ruiz, expediente
23-000056-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: ocho horas con cuatro minutos del veintisiete de febrero del dos mil veintitrés.—Manuel Loría
Corrales, Juez Decisor.—(
IN2023734503 ).
En este Despacho,
Finca Nº 1: Con una base de treinta
y cuatro millones cuatrocientos
cuarenta y seis mil setenta
y nueve colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
doscientos siete mil setecientos treinta derecho 000;
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
1-Paraíso, cantón 2-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, calle pública
con cuatro metros de frente y lote
dos de Carlos Luis y Manuel Alfonso, ambos Brenes
Zamora; al sur, Claudio Francisco Moya Bonilla; al este,
Claudio Francisco Moya Bonilla; y al oeste, Gonzalo
Valverde Calvo. Mide: ochocientos
ochenta y seis metros con noventa
y dos decímetros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos (03:00 pm) del veinte
de abril de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
(03:00 pm) del veintiocho de abril
de dos mil veintitrés con la base de veinticinco millones ochocientos treinta y cuatro mil quinientos cincuenta y nueve colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos (03:00 pm) del nueve de mayo de dos mil veintitrés
con la base de ocho millones
seiscientos once mil quinientos
diecinueve colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Finca N° 2: Con una base de siete millones cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos veintiocho colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
207731 derecho 000, la cual es terreno
terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Paraíso, cantón
2-Paraiso, de la provincia de Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, calle pública con tres metros lineales y Raquel
Viviana Morales Quesada; al sur, lote número uno de
Carlos, Luis y Manuel Alfonso, ambos Brenes Zamora;
al este, Raquel Viviana Morales Quesada y Claudio
Francisco Moya Bonilla; y al oeste, lote número uno de Carlos Luis y Manuel Alfonso, ambos Brenes Zamora. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados metros cuadrados, para
lo cual se señalan las
quince horas cero minutos (03:00 pm) del veinte de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores,el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
quince horas cero minutos (03:00 pm) del veintiocho de abril de dos mil veintitrés con la base de cinco millones seiscientos nueve mil seiscientos cuarenta y seis colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos quince horas cero minutos (03:00 pm) del nueve de
mayo de dos mil veintitrés con la base de un millón ochocientos sesenta y nueve mil ochocientos ochenta y dos colones con trece céntimos (25% de la base original). Publíquese
el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto
se encuentre correcta previo a su publicación.
Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Enrique de Los Brenes
Hernández.
Expediente N° 17-014168-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 23 de marzo del 2023.—Licda. Sabina
Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—(
IN2023734506 ).
En este Despacho,
con una base de once millones
doscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta y dos colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: JJC420, Kia,
Rio, automóvil,
5 personas, Sedan 4 puertas, gris, 2019, chasis: 3KPA341ABKE20445. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintiuno
de abril de dos mil veintitrés,
con la base de ocho millones
cuatrocientos cincuenta y
cuatro mil novecientos treinta
y nueve colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés,
con la base de dos millones ochocientos
dieciocho mil trescientos trece colones con doce céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Juan José Álvarez
Cubero. Expediente N° 21-004962-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: trece horas con
veinticinco minutos del diecisiete de febrero del dos mil
veintitrés.—Lic. Anthony Jesús Quesada
Soto, Juez Tramitador.—( IN2023734507 ).
En este despacho,
con una base de siete millones ciento setenta mil setenta y cinco colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito citas 800 00977717 001 y denuncia
de tránsito
citas 800 00989606 001; sáquese
a remate el vehículo placas: BSQ313, marca: BYD, estilo: F3, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción:
4X2, año fabricación: 2020,
color: blanco, VIN: LGXC16DF6L0000684, N° motor: BYD473QE219320932, cilindrada: 1500 c.c, cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de agosto de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre de dos mil veintitrés,
con la base de cinco millones
trescientos setenta y siete mil quinientos cincuenta y seis colones con noventa y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de setiembre de dos mil veintitrés,
con la base de un millón setecientos
noventa y dos mil quinientos
dieciocho colones con noventa y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Jeymer Estiben Pinzón Arroyo. Expediente N°
22-007460-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: nueve horas con
tres minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2023734519
).
En este Despacho,
con una base de sesenta y tres millones seiscientos
ochenta y un mil sesenta y cinco colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento cuarenta y cuatro mil ochenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el
distrito 01 Quepos, cantón
06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Agropecuaria Alvarado Chaves S. A.; al sur, calle pública con un frente de 24,30 centímetros lineales; al este, Julio Calderón
Valverde y al oeste, Marcos Fallas
Arias. Mide: Mil ochocientos
setenta y cuatro metros con cinco
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintitrés con la base de cuarenta
y siete millones setecientos sesenta mil setecientos noventa y nueve colones con diecinueve céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintitrés con la base de quince millones
novecientos veinte mil doscientos sesenta y seis colones con cuarenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Ramón del Carmen Fallas
Arias, Kattia de los Ángeles
Merlo Brenes. Expediente Nº
23-000098-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, hora y fecha de emisión: diez horas con veinticinco minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés.—Douglas
Quesada Zamora, Juez Decisor.—(
IN2023734523 ).
En este despacho,
con una base de cincuenta y
ocho millones setecientos setenta y ocho mil ciento setenta y seis colones con cincuenta y seis céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo citas: 218-
01807-01-0002-001, servidumbre trasladada
bajo citas: 218-01807-01-0901-001 y servidumbre trasladada bajo citas: 384-03957-01-0900-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 528473-000. Naturaleza Bloque B Lote 18 terreno para construir. Situada en el distrito
San Isidro, cantón Vásquez De Coronado, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Lote 17-B; al sur,
Lote 19-B; al este, calle con 8.75 metros, y al oeste,
Lotes 3-B y 4-B. Mide: ciento ochenta y cuatro metros
con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del cuatro de agosto del
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas cero minutos
del quince de agosto del dos mil veintitrés,
con la base de cuarenta y cuatro millones
ochenta y tres mil seiscientos treinta y dos colones con cuarenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintitrés,
con la base de catorce millones
seiscientos noventa y
cuatro mil quinientos cuarenta
y cuatro colones con catorce
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa, a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Guillermo Alfredo Castro Contreras. Expediente N° 19-000145-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José (Sección Tercera),
17 de febrero del año
2023.—Lic. Gonzalo Gamboa
Valverde, Juez. Tramitador.—( IN2023734524 ).
En este Despacho,
1) Con una base de dieciocho
millones de colones exactos, sáquese a remate 60 cajas de vidrio decorativo; conteniendo cada caja 30 unidades
de vidrio. Para lo cual se señalan las once horas cero minutos
del diecisiete de julio de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del veintiséis
de julio de dos mil veintitrés,
con la base de trece millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del cuatro de agosto
de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). 2) Con una base de diecisiete
millones trescientos sesenta mil colones exactos, sáquese a remate 868 paquetes de láminas de cartón comprimido MDF de 3mm de grosor; conteniendo cada paquete 10 unidades, con medidas globales de 90 x 210 pulgadas y 7
x 217 pulgadas. Para lo cual
se señalan las once horas cero minutos
del diecisiete de julio de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del veintiséis
de julio de dos mil veintitrés,
con la base de trece millones
veinte mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del cuatro de agosto
de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones trescientos cuarenta mil colones exactos (25% de la base original). 3) Con una base de trece millones de colones exactos, sáquese a remate 1 máquina para tallar, Marca Philicam FLDJ1325, Modelo 1325, secuencia 2016020030, de 80w, color azul.
Para lo cual se señalan las
once horas cero minutos del diecisiete
de julio de dos mil veintitrés. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veintiséis de julio de
dos mil veintitrés, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del cuatro de agosto de dos mil veintitrés,
con la base de tres millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). 4) Con una base de dieciséis
millones de colones exactos, sáquese a remate 1 máquina láser, marca Philicam FLDJ1325, modelo 1325, secuencia 20170123,
de 260w, color blanco. Para lo cual
se señalan las once horas cero minutos
del diecisiete de julio de
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del veintiséis
de julio de dos mil veintitrés,
con la base de doce millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del cuatro de agosto
de dos mil veintitrés, con la base de cuatro millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
monitorio dinerario de Transportes Paco International Cargo S. A. contra Grupo Sánchez S.A., Ricardo
Alberto de Jesús
Sánchez
Obando, expediente 18-000590-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia. Hora y fecha de emisión: cero horas con dieciséis minutos del veintiocho de febrero del dos mil veintitrés.—German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2023734533 ).
En este Despacho,
con una base de diez millones seiscientos cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 372-15056-01-0900-001, servidumbre
de paja de agua citas: 429-08537-01-0006-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 167685-001 y
002, la cual es naturaleza:
terreno para construir con una casa lote 32. Situada en el
distrito (04) Cachi, cantón (02) Paraíso, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
avenida segunda; al sur, lotes 60,31 y 62; al este, lote 33; y al oeste, lote 31. Mide: ciento setenta y dos metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas treinta minutos del
once de mayo de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del diecinueve de
mayo de dos mil veintitrés con la base de siete millones novecientos cincuenta y cuatro
mil noventa y cuatro colones
con dieciocho céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del veintinueve de mayo de dos mil veintitrés con la base de dos millones
seiscientos cincuenta y un
mil trescientos sesenta y
cuatro colones con setenta
y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Pedro Gerardo Núñez
Ramírez, Xinia Patricia de La Trinidad Sandoval
Solano. Expediente N° 22-009514-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 16 de marzo del 2023.—Marcela
Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2023734571 ).
En este Despacho,
con una base de ciento sesenta mil ochocientos noventa dólares con quince
centavos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 396-18877-01-0930-001 y etapa
de ejecución citas:
800-746209-01- 0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de Heredia, matrícula
número 41999-F, derecho 000, la cual
es terreno finca filial seis de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito 6-Santa Rosa, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte
Arcadio Rodríguez Bolaños; al sur finca filial siete; al este Finca Callejones de Santo Domingo Sociedad Anónima
y lote dos-C y al oeste acceso vehicular. Mide: ciento treinta y nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. Plano:
H-0946915-2004. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil veintitrés. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del treinta de agosto de dos mil veintitrés con la base de ciento veinte mil seiscientos sesenta y siete dólares con sesenta y un centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del siete de setiembre de dos mil veintitrés
con la base de cuarenta mil doscientos
veintidós dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Davivienda ( Costa
Rica ) Sociedad Anónima contra Guiselle
María Mora Blanco Expediente Nº 22-005264-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, hora y fecha de emisión:
catorce horas con cincuenta
y siete minutos del catorce de marzo del dos mil veintitrés.—German Valverde Vindas,
Juez Tramitador.—(
IN2023734578 ).
En este Despacho, con una base de un millón cincuenta y siete mil trescientos
ochenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-549553, marca: BAJAJ, estilo: Discover
125, categoría: motocicleta,
capacidad: 2 personas, carrocería:
motocicleta, tracción: 2x2,
año fabricación: 2017, N°
motor: JZZWGA65334, marca:
BAJAJ, modelo: Discover 125, cilindrada:
125 c.c., cilindros: 1, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del diecisiete
de abril de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veinticinco de abril de
dos mil veintitrés con la base de setecientos
noventa y tres mil treinta y cinco colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del cuatro de mayo de dos mil veintitrés con la base
de doscientos sesenta y
cuatro mil trescientos cuarenta
y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Kenneth Mauricio Barrantes García. Expediente N° 18-009030-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha
de emisión: quince horas con treinta
y seis minutos del diecisiete
de marzo del dos mil
veintitrés.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2023734579 ).
En este Despacho,
con una base de un millón seiscientos catorce mil cuarenta y siete colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo BMG959, marca: Daewoo, categoría: automóvil, serie: KLY4A11BD4C040200, carrocería:
sedan 4 puertas hatchback, tracción:
4X2, número chasis:
KLY4A11BD4C040200, año fabricación:
2004, color: turquesa, VIN: KLY4A11BD4C040200, estilo: Matiz, capacidad: 5 personas; sáquese a
remate el vehículo BMG959.
Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del trece de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintitrés con
la base de un millón doscientos
diez mil quinientos treinta y cinco colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del uno
de mayo de dos mil veintitrés con la base de cuatrocientos tres mil quinientos once colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Adela del Carmen Flores Pineda. Expediente N° 20-006344-1205-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta y ocho minutos del veintiuno de marzo del dos mil veintitrés.—Rolando Valverde Calvo, Juez.—( IN2023734581 ).
En este Despacho, con una base de un millón setecientos cuarenta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 16-600094-0402-TR; sáquese
a remate el vehículo
BKL916, marca: Hyundai, categoría:
automóvil, serie:
KMHDM41BP6U265326, carrocería: sedan 4 puertas, tracción:
4X2, número chasis: KMHDM41BP6U265326,
año fabricación: 2006,
color: azul, VIN: KMHDM41BP6U265326, estilo: Elantra, capacidad: 5
personas. Para tal efecto
se señalan las diez horas
cero minutos del veintiséis
de abril de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintitrés
con la base de un millón trescientos
once mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintitrés
con la base de cuatrocientos treinta
y siete mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Olger
Enrique Mena Espinoza. Expediente N° 21-002351-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, hora y fecha
de emisión: diecinueve
horas con cinco minutos del
veinticuatro de febrero del
dos mil veintitrés.—Rolando
Valverde Calvo, Juez.—( IN2023734583 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones novecientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
CL 228187, marca: Chevrolet, estilo:
Colorado LT, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas,
Serie: 1GCDT13E988172255, carrocería: Camioneta Pick-Up Caja Abierta o Cam-Pu, tracción: 4x4, número chasis: 1GCDT13E988172255, año
fabricación: 2008, color: gris, Vin:
1GCDT13E988172255, N° motor: no indica, modelo:
CT15643, cilindrada: 3700, c.c,
cilindros: 5, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril del dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dos de mayo del dos mil veintitrés,
con la base de cuatro millones cuatrocientos
ochenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo del dos
mil veintitrés, con la base de un millón
cuatrocientos noventa y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
FONTANDON S. A. contra María Fernanda
Pérez Murillo. Expediente N° 22-001459-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: diecisiete horas con veintidós minutos del doce de julio del dos mil veintidós.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(
IN2023734584 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil ochocientos setenta
y seis dólares con catorce
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BJV666, marca: Hyundai, año fabricación: 2015, color: blanco,
estilo: Accent GL, N° motor: G4LCEU231339.
Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del dos de mayo de dos mil veintitrés con la base de tres
mil seiscientos cincuenta y
siete dólares con diez centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del diez de mayo de dos
mil veintitrés con la base de mil doscientos
diecinueve dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Raúl
Iván León Naranjo. Expediente N° 23-000566-1044-CJ. Publíquese
el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la
Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del edicto
a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
31 de enero del 2023.—Ximena Lucía
Jiménez Soto, Jueza Decisora.—( IN2023734609 ).
En este Despacho,
con una base de diez millones seiscientos noventa y ocho mil cincuenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
82977, derecho 000, la cual es naturaleza:
terreno para construir. Situada en el
distrito 3-San Antonio, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra
en zona catastrada. Linderos: al norte, Nicolás
Cortés Matarrita y otro; al sur, sucesión de Sabas
Gómez Obando, al este, calle pública con 16,19 y otro; y
al oeste, sucesión de Sabas
Gómez Obando, otro. Mide: quinientos catorce metros con veintinueve decímetros
cuadrados. Plano: G-0088476-1992. Identificador
predial: 502030082977. Mide: metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintidós de mayo de
dos mil veintitrés con la base de ocho
millones veintitrés mil quinientos cuarenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del treinta de mayo de dos mil veintitrés
con la base de dos millones seiscientos
setenta y cuatro mil quinientos
catorce colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Hacienda Mastate S. A., contra Jimmy Saturnino
Fonseca Villegas. Expediente N° 19-004587-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: dieciocho horas
con cuarenta y cuatro minutos
del dieciséis
de marzo del dos mil veintitrés.—Victor Hugo Martínez
Zúñiga, Juez Coordinador.—(
IN2023734637 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve mil setecientos once dólares con catorce centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa BTN606, marca Peugeot, estilo 2008, VIN
VR3USHNJHMJ503596, año 2020, color negro, N°
motor 10XVDF1673019, combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos
del dieciocho de abril del
dos mil veintitrés. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas cero minutos del veintisiete
de abril del dos mil veintitrés,
con la base de veintidós mil doscientos
ochenta y tres dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos
del ocho de mayo del dos mil veintitrés,
con la base de siete mil cuatrocientos
veintisiete dólares con setenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa,
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A.
contra José Pablo Valladares Sanabria. Expediente N°
23-000761-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 09 de febrero del año 2023.—Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2023735242
).
En este Despacho,
con una base de siete mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MCZ114, marca: Peugeot, estilo: 2008
Active, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie:
VF3CU5FS0FY001939, carrocería: Station Wagon o
familiar, tracción: 4x2, año
fabricación: 2015, color: rojos.
Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del dieciocho de abril de dos mil veintitrés con
la base de cinco mil doscientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil veintitrés
con la base de mil setecientos cincuenta
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A.,
contra Oscar Andrés Morux Rivera. Expediente
Nº 22-005511-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: diez horas con cincuenta y seis minutos del nueve de febrero del dos mil veintitrés.—Noelia prendas
Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2023735243 ).
En este Despacho,
con una base de once mil dólares
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas:
300-14851-01-0901-001); sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula
número 122549-F, derecho 000, la cual
es terreno finca filial primaria
individualizada número treinta y dos apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos niveles. Situada en el
distrito 11-Turrucares, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial treinta y tres; al sur, finca
filial treinta y uno; al este,
Las Campanas S.A., y al oeste, calle
tres. Mide: ciento sesenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del quince de mayo del dos mil veintitrés.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de mayo
del dos mil veintitrés, con la base de ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintitrés,
con la base de dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa, a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de Pis de Costa Rica Sociedad Anónima
contra FC Soluciones Tecnológicas
Sociedad Anónima. Expediente
N° 21-003657-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: doce horas con cinco minutos del doce de agosto del dos mil veintidós.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(
IN2023735260 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
23-000077-0297-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de William Bismarck
Polanco, quien es mayor, casado
una vez, vecino de Santo Domingo de Monterrey de San Carlos, del
Banco de Costa Rica, un kilómetro al este, primera entrada a mano derecha, portador de la cédula número 155819762514, agricultor,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en Las Delicias, distrito doce-Monterrey, cantón décimo-San Carlos. Colinda: al norte, sur y este con: Rodales Roam S. A.; y
al oeste con: calle pública con un frente a ella de veintiséis
metros noventa y dos centímetros
lineales. Mide: seiscientos cincuenta metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio. Estima dicho inmueble en la suma de ocho
millones de colones y en la misma suma
estima las presentes
diligencias. Que adquirió dicho
inmueble por venta que le hiciera la señora Fanny Guiselle Medina
Sequeira, quien es mayor, divorciada
una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, Río Cuarto Centro, de la Municipalidad
de Río Cuarto, 125 metros al norte y 25 metros oeste, con quien no le une parentesco
alguno, en fecha 25 de abril de 2022, mediante escritura pública número 74 otorgada ante el notario Ricardo Reyes Calix y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiarlo, mantenerlo
limpio, cercarlo, habitarlo, sembrarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por William Bismarck
Polanco. Expediente N° 23-000077-0297-CI-7. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con dieciséis
minutos del quince de marzo
del dos mil veintitrés.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2023732883 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N°22-000075-1309-CI donde
se promueve información posesoria por parte
de Adrián Mauricio Rojas Rodríguez quien es mayor, estado civil Soltero/a, vecino(a) de Cureña de Sarapiquí, portador(a) de la
cédula número 0110740646, profesión
comerciante, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Heredia,
la cual es terreno con construcción. Situada en el Distrito Cureña, Cantón Sarapiquí. Colinda: al norte con Mauricio Víquez
Salazar; al SUR con Geiner Adrián Quesada Vargas; al este con Mauricio Víquez Salazar
y al oeste con calle pública.
Mide: doscientos ochenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir plano número 4-2200149-2020 pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble plano número 4-2200149-2020, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de
la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Adrián Mauricio
Rojas Rodríguez. Exp:22-000075-1309-CI-1. Nota: Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por
una sola vez.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Sarapiquí
(Materia Civil). 25 de enero del año 2023.—Lic.
Roberto Antonio Corea Badilla,
Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2023732992 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N°22-000158-0390-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Asociación
Pro-Construcción del Templo
Católico de Cerrillos de Hojancha,
cédula jurídica N°3-002-837950, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito Primero Hojancha, cantón once Hojancha. Colinda: al norte, con
Municipalidad de Hojancha; al sur, y oeste, con Asociación de
Desarrollo Integral de Hojancha Guanacaste; y al este, con calle pública con un frente a ella de once metros con cincuenta y ocho centímetros lineales. Mide: trescientos once metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de donación realizada por María de los Ángeles Obregón Muñoz y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en chapias y rondas,
mantenimiento de la propiedad
con siembra de diferentes árboles frutales, construcción de un templo católico. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Asociación
Pro-Construcción del Templo Católico de Cerrillos de Hojancha.
Expediente N°22-000158-0390-CI-7.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste
(Nicoya) (Materia Civil), quince horas con tres minutos del treinta de noviembre del dos mil veintidós.—Licda.
Ana Laura Solís Mena, Jueza.—1 vez.—(
IN2023733116 ).
Notifíquese a los
herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
en el proceso
sucesorio de quien en vida fue
Fibby Arburola Cordero,
mayor, viuda, educadora jubilada, cédula N° 6-0175-0664, con último
domicilio en Heredia, San
Miguel de Santo Domingo, de la Venta de Autos
Villalobos, 100 metros al oeste, fallecida
el 17/11/2020 y Carlos Alberto Ramírez Rodríguez,
mayor, viudo, educador jubilado, cédula N° 6-0283-0264, con último
domicilio en Heredia, San
Miguel de Santo Domingo de la Venta de Autos
Villalobos, 100 metros al oeste, fallecido
el 10/10/2022; para que hagan
valer sus derechos, por el plazo de 15 días, el cual se tramita
en la notaría de Evelin
Sandoval Sandoval en San
Francisco de Dos Ríos, de la iglesia católica 400 metros este, 100
sur.—San José, 17 de marzo de 2023.—1 vez.—( IN2023732228 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Georgina Auxiliadora Madriz Hernández, a las dieciocho
horas del doce de febrero
del dos mil veintitrés y comprobado
el fallecimiento de Jorge
Madriz Calderón, quien era mayor de edad, viudo en
primeras nupcias, comerciante, portaba la cédula de
identidad tres-cero ciento cincuenta y dos-cero ochocientos noventa y nueve, y Zoraida Jeannette Del Rosario Hernández Morales, quien era mayor de edad, casada en primeras
nupcias, ama de casa, y portaba
la cédula de identidad número
cuatro-cero cero ochenta-cero novecientos
cuarenta y ocho, ambos vecinos de Cartago, Barrio Los Ángeles,
Urbanización Las Brisas,
casa trece B, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio acumulado ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República. Notaría del Msc. Diego Arturo
Pacheco Solano. Cartago, Quebradilla, cincuenta metros oeste del Templo Católico, DPS Estudio Jurídico, teléfono: 8484-7000.—Diecinueve
de marzo de dos mil veintitrés.—1 vez.—( IN2023732229 ).
Se hace
saber que en esta notaría se tramita proceso sucesorio de Francisco
Alberto Alvarado Montes, quien fuera
mayor, viudo una vez, jubilado, vecino de San Ramón de Alajuela, Barrio Los Jardines, de la segunda entrada, setenta y cinco metros al oeste, cédula dos-ciento ochenta y cuatro-quinientos setenta y dos. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derecho, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener mejor derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará
a quien corresponda. Expediente N° 0003-2023. Notaría del Licenciado Sergio Vargas López, sito
en la ciudad de San Ramón de Alajuela. Correo electrónico: licsergiovargaslopez@gmail.com.—1 vez.—(
IN2023732230 ).
Que en esta notaría, se tramita el proceso
sucesorio notarial ab-intestato
de la causante Teresa Valverde Segura, cédula de identidad N° 1-0235-0252, vecina
de La Palma de Pérez Zeledón, provincia
de San José, fallecida el
26 de julio del 2016. Se emplaza
a todos los sucesores, interesados, acreedores y terceros en general para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada
en San José, Pérez Zeledón,
San Isidro de El General, Avenida González, exactamente
150 metros al oeste del abastecedor
la Avenida, casa a mano derecha, con verjas rojas, contiguo
a los Apartamentos Way
Cori, bajo apercibimiento a aquellos
que crean tener derecho a
la herencia, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2023. Tel.: 2771-3912.—San Isidro de Pérez Zeledón, 20 de marzo del 2023.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1
vez.—( IN2023732308 ).
Se emplaza a todos
los interesados al sucesorio en sede
notarial de Wilbert Francisco Chávez Loaiza, cédula de identidad N° 1-1508-0170, vecino
de San José, Alajuelita, La Aurora, Avenida Seis,
casa ciento cincuenta y cinco, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 02-2023. Notaría del Licenciado
Ernesto Chinchilla Vílchez, Alajuelita
de la iglesia católica cien metros al sur y diez al oeste.—Alajuelita, 20 de marzo del
2023.—Lic. Ernesto Chinchilla Vílchez.—1 vez.—( IN2023732310 ).
Mediante acta de apertura de sucesorio notarial escritura
294-65, otorgada ante esta notaría por Carmen Didier Alfaro
Elizondo,
cédula N° 1-0553-0926, comprobado
el fallecimiento, el suscrito notario
mediante resolución de las
9 horas del 23 de febrero del 2023, declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera,
Carlos Luis Morera Elizondo, quien
fuera mayor, casado una vez, agricultor,
cédula
N° 9-0046-0064, vecino de Naranjo de Platanares
de Pérez Zeledón, 400 metros al suroeste
de la escuela, fallecido el 11 de noviembre del 2020. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, situada
en San Isidro de Pérez Zeledón,
contiguo a Restaurante El Balcón, a hacer valer sus derechos.—20 de febrero del 2023.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario Público.—1 vez.—( IN2023732312 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Joel Mena Méndez, a las 13:00 horas
del 13 de marzo del 2023 y comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato quien en vida fuera
Leonarda Mayela Vargas Gamboa
conocida como Zoraida
Vargas Gamboa, mayor, casada
una vez, administradora del hogar, cédula
de identidad número
1-0508-0178, vecina Cacao de Volcán
de Buenos Aires, Puntarenas exactamente 600 metros al
sureste del Super Amigos. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días naturales, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licda. Maurin Zúñiga Núñez, San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, frente a Hospital Las Américas. Teléfono
2772-3235.—1 vez.—( IN2023732383 ).
Edicto, se hace saber que, en la notaría del licenciado Rolando
José Villalobos Romero, se tramita el proceso sucesorio
acumulado de quienes en vida se llamaron
Alfredo Vega Quirós quien fuera
mayor, casado una vez, mensajero, vecino de San Vicente de Santo Domingo de Heredia, cédula número tres-cero uno cuatro nueve-cero nueve ocho nueve y Elodia Margarita
Rodríguez Monge, mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de San
Vicente de Santo Domingo de Heredia, cédula número
cuatro-cero cero ocho cuatro-cero seis cinco siete Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda Notaría ubicada en San Joaquín de Flores de Heredia, correo
electrónico bufetevillalobos.castro@gmail.com. Expediente número cero cero cero uno-dos mil veintitrés (0001-2023). (Publíquese
una vez en
el Boletín Judicial ).—Lic. Rolando José Villalobos Romero, Notario.—1 vez.—( IN2023732384 ).
Por una vez se emplaza al sucesorio en sede
notarial extra protocolario de Fanny Maroto Gabarruz, cédula
301180209, fallecida, por
15 días a partir de esta publicación a mi notaría, avenida 12, número 2375, a los interesados para hacer valer derechos de oposición o interés, en la apertura, nombramiento de albacea, declaración de heredero. Albacea nombrada la señora Roxana María Arguedas Maroto,
cédula de identidad número
401290259. Expediente N° 004 03-2023-WRHJ4966.—San
José 20 de marzo del 2023.—Walter Rubén Hernández,
Juárez, Notario.—1 vez.—( IN2023732493 ).
Edicto, se cita y emplaza a
todos los herederos e interesados en la sucesión conjunta in testada de: José Arnulfo Alvarado Gamboa, mayor, pensionado, casado
en segundas nupcias, cédula uno-cero cuatrocientos
dos-mil ciento sesenta y ocho, fallecido el veintiuno de febrero de mil novecientos noventa y seis; y de Maribel Araya Castillo, quien fue mayor, viuda de su primer matrimonio, asistente dental,
cédula cinco-cero doscientos
veintinueve-cero setecientos
veinticinco, fallecida el quince de diciembre del dos
mil veintidós, esposos
entre si, y ambos vecinos de Alajuela
San Carlos, Ciudad Quesada, Urbanización La Unión, costado sur de la parada de
autobuses; para que en el plazo de 15 días, contados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen ante esta notaria, sita en San José, Desamparados,
Damas, Dos Cercas, de la entrada de la Villa Olímpica, veinticinco metros oeste, a hacer valer sus derechos, que de no apersonarse
dentro del plazo indicado, fa herencia pasará a quien en derecho corresponda, expediente 23-0001-15544. Es todo.
Publíquese.—San
José, 20 de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Rafael Antonio Arroniz
Castillo, Notario Público.—1
vez.—( IN2023732658 ).
Se cita y emplaza
a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
en la Sucesión de, Carmen
Estrella de Jesús Vásquez
Lobo conocida como Estrella
Carmen Vásquez Lobo, mayor, viuda
en primeras nupcias, ama de casa, costarricense,
con cédula de identidad número
uno-cero cuatrocientos veinte-cero
ciento veintiocho, vecina de Heredia, Santo Domingo, Urbanización
Yurusti, casa F ocho, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente Nº 0001-2023. Notaría
de la Licenciada Yannory Triunfo Otoya, Notaria Pública con oficina sita en San José, La Uruca, Residencial Los Árboles, avenida treinta y uno, calles setenta y seis y ochenta y seis.—San José, 21 de marzo de 2023.—1 vez.—(
IN2023732666 ).
Se hace saber
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y a todos los interesados en el Proceso
Sucesorio Notarial de quien
en vida se llamó Miguel Alonso Padilla Cáceres,
mayor, cédula de identidad cinco-cero
trescientos ochenta y nueve-cero quinientos dos, soltero, jardinero, con última residencia en Bagaces, Guanacaste, quien falleció el veintitrés de agosto del año dos mil veintidós en centro
Liberia. Para que, dentro del plazo
de quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezca ante esta notaría en Bagaces, Guanacaste, cien metros oeste de la entrada
principal al cementerio de Bagaces; a hacer valer sus derechos. Si no
se apersona dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente cero cero dos-dos mil veintitrés.—Bagaces, veinte de marzo de dos mil veintitrés.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Notaria.—1
vez.—( IN2023732684 ).
Se hace saber en
este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Adela de Las Piedades Jiménez Badilla,
mayor, estado civil soltera,
profesión u oficio ama de
casa, nacionalidad costarricense,
con documento de identidad
0108080650 y vecino San José, León Corte Castro, San
Pablo, Carrizales detrás de
la escuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince
días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente Nº
23-000073-0640-CI-0.—Juzgado
Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: doce horas con seis minutos del ocho de marzo del dos mil veintitrés.—Dr. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—( IN2023732710 ).
Mediante acta de apertura ante esta notaría, por
Dwight Hasani Stewart Hiburt,
a las 16:00 horas del 14 de marzo de 2023, esta Notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de Ida Elizabeth Hiburt
Scott, mayor, soltera, psicóloga,
vecina de Limón, Siquirres
y portadora de la cédula de identidad:
tres-doscientos ochenta y ocho-quinientos sesenta y uno. Se
cita a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos. Notaría Francisco Javier Stewart Satchuell,
satchuell@ice.co.cr. Montes de Oca, Los Yoses, 300 al
sur y 250 al oeste, Bufete Stewart.—Lic. Francisco Stewart Satchuell.—1
vez.—( IN2023732767 ).
Sucesión ab intestato
en sede notarial de María
del Carmen Masís
Pérez. Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Sharon Eugenia Vargas
Masís, y
Sofía Paola Caldera Masís, a las diez
horas del día nueve del mes
de marzo de dos mil veintitrés,
y comprobado el fallecimiento de María del Carmen Masís Pérez, portadora
de la cédula de identidad número
uno-cero quinientos veintitrés-cero
ochocientos cincuenta y ocho, esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta
lo ha indicado. Notaría del
Lic. Javier Eduardo Luna Montero, en
San José, Montes de Oca, Barrio Dent, Edificio Magnalex. Teléfono: 8898-0250.—Diecisiete de marzo de dos mil veintitrés.—Lic.
Javier Eduardo Luna Montero, Notario Público.—1 vez.—( IN2023732780 ).
Grace María Sánchez Granados, notaria pública con carné
N°
5284, hace saber que se ha abierto
el proceso sucesorio testamentario expediente N° 0001-2023, de quien
en vida se llamó Yalile Srur
Feris, cédula de identidad
N° 202810119. Se cita a posibles
herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados,
para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este
aviso comparezcan ante la suscrita
notaria a hacer valer sus
derechos, apercibidos, los
que crean tener derecho a
la herencia que si no se presentan dentro en ese plazo aquella
pasará a quien corresponda.—San
José, 20 de marzo de 2023.—1 vez.—(
IN2023732797 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Carlos Alberto Vindas Pérez, mayor, casado, agricultor, costarricense, vecino de Cartago,
con documento de identidad
0103430032. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente Nº
220003900180CI.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: once horas con nueve minutos del siete de Setiembre del dos mil veintidós.—M.S.c. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—( IN2023732799 ).
Ante esta notaría a solicitud de las señoras: Lidieth Ruíz Picado, cédula N° 2-404-070, Flor Ruíz
Picado, cédula N° 2-428-333, Carmen Ruíz Picado,
cédula N° 2-413-353, Oswaldo Ruíz Picado, cédula N°
2-440-351, Ana Lorena Ruíz Picado, cédula N°
2-472-026, Lourdes Ruíz Picado, cédula N° 2-508-955, Geovana Ruíz Picado, cédula N°
2-564-704, Miriam Ruíz Picado, cédula N° 1-1005-802, Ahias Ruíz Villalobos, cédula N°
2-220-990, todos vecinos de
San Ramón, Alajuela, calidades que constan en el
expediente, solicitan la apertura en sede
notarial del sucesorio de quien
en vida fue
su esposa y madre: María Cecilia Picado Vega, cédula N° 2-232-969, quien en vida
fuer mayor, casada, vecina de San Ramón, Alajuela, 25 m. norte
del Kínder Felicítas
Ramírez. Se emplaza a todos
los terceros interesados en defensa de sus derechos, para que, dentro
del plazo de 15 días contados
a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N°
001-2023. Sucesorio en sede notarial.—San Ramón, 20 de marzo del 2023.—Notaria: Rosamira
Cordero Méndez, arimasor66@hotmail.com.—1 vez.—(
IN2023732819 ).
Edicto, se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida
fue Ricardo Fernando Thomas Dixon, mayor, casado dos veces, administrador, portador de la
cédula de identidad número siete-cero cero cinco tres-cero uno seis cinco, quien era vecino de Limón centro, siglo veintiuno,
setenta y cinco metros al
sur del Bar Linda Vista, casa número veinte, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Para el evento de presentar
cualquier apersonamiento,
se comunica que la dirección
de esta notaría es la siguiente: San José, Escazú, San Rafael, del Supermercado Saretto doscientos metros norte, cien al oeste y doscientos metros norte Bufete Venture Legal Abogados, expediente
001-2023. Notaría de José Antonio
Reyes Villalobos.—1 vez.—(
IN2023732823 ).
Ante esta notaría, a solicitud de las señoras Kattia Vanessa Picado Vega, con cédula de identidad 2-555-768, Erica Patricia Picado Vega, cédula
2-661-032, todas ellas vecinas de San Ramón, Alajuela, con calidades
que constan en el expediente, quienes solicitan la apertura en sede
notarial del sucesorio de quien
en vida fue
su madre María Nicolasa Del Socorro Picado Vega, con cédula de identidad 2-319-998, quien en vida fuera
mayor, soltera, vecina de
San Ramón, Alajuela. Se emplaza a todos
los terceros interesados en defensa de sus derechos, para que dentro
del plazo de 15 días contados
a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia
pasará a quien corresponda. Exp Nº 002-2023. Sucesorio
En Sede Notarial.—San Ramón.
20 de marzo 2023.—Rosamira Cordero Méndez. arimasor66@hotmail.com, Notaria.—1 vez.—( IN2023732831 ).
Por el término
de quince días hábiles se cita
y emplaza a los interesados, herederos, y acreedores, para que dentro de dicho plazo se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en la Sucesión de quien en vida se llamó
Luz María Reyes Picado, mayor, casada dos veces, del hogar, portadora de la cédula de identidad
número seis-cero ciento cincuenta y uno-cero doscientos sesenta, vecina de Puntarenas,
Golfito, Conté, ochocientos metros al oeste de la Clínica de Conté, quien falleció en fecha 11 de marzo del 2023. Apertura del proceso
en fecha del 14 de marzo del 2023. Ciudad Neilly, Corredores,
Puntarenas, Expediente 0002-2023. Queda
el expediente a disposición en la oficina de la Notario Wendy Mayela Mora Garro, sita en Ciudad Neilly, frente al Parqueo del Banco
Nacional, Corredores, Puntarenas.—Licda. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—( IN2023732835 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Dinorah Hernández Cambronero, mayor, viuda, costarricense, con documento de identidad N° 102810156, y vecina
de Hatillo. Se emplaza a todos
los herederos, de legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el
Boletín Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean
tener derecho a la herencia,
de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 23-000004-0216-CI.—Juzgado
Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hora y fecha de emisión:
diecisiete horas con veintisiete
minutos del veintisiete de febrero del dos mil veintitrés.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2023732841 ).
Se cita a los interesados en la sucesión notarial Carmen
Marín Sánchez, quien
fue casada una vez, ama de casa, cédula
3-152-817, vecina de El Carmen, Cartago, quien falleció el 03 de noviembre del 2015 a reclamar sus derechos en mi oficina en Cartago, calle 5 avenidas 1 y central. Se apercibe que si nadie se presenta dentro del plazo de ley, la herencia pasará a quien corresponda.—Cartago, 21 de marzo 2023.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano.—1 vez.—( IN2023732843 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Gemma Mora Valverde, mayor, del hogar, viuda una vez,
cédula número uno-cero doscientos
treinta y ocho-cero novecientos noventa y cinco (102380995), vecina de San
José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, cien metros sur del Bar Nom Plus. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Promueve Humberto Sigifredo Mesén Mora y
María del Carmen Mesén
Mora. Exp:23-000029-0188-CI-2.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Civil). Hora y fecha de emisión: nueve horas con treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintitrés. Teléfono 27701570.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez/a
Decisor/a.—1 vez.—( IN2023732846 ).
Se hace constar
que ante este notario
Alexander Francisco Pereira González con oficina en Cartago frente al edificio dos Universidad Florencio Castillo, se tramita sucesorio de quien fue Reynaldo López López cédula número uno cero nueve cuatro seis cero cuatro cero uno. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras, en general quienes tengan un interés legítimo en el proceso
a hacer valer sus derechos en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto. Expediente notarial
004-2022.—Cartago 15 de marzo del 2023.—Alexander
Francisco Pereira González.—1 vez.—(
IN2023732852 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a las diez horas del dieciocho de marzo del dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento de Ignacio
Alvarado Hernández, ciudadano salvadoreño,
mayor de edad, casado una vez, comerciante,
con cédula de residencia N° 22010063340874, vecino de
Limón, Matama, Beverley, cien
metros antes de la escuela, esta
notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato, expediente notarial 2023-0001. Se cita
y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Yorleni Carballo Gómez. Dirección Limón, Matina, Batán,
del polideportivo, 350 metros oeste
y 150 metros al norte.—20 de marzo de 2023.—Liana Mata
Méndez, Jueza.—1 vez.—( IN2023732858 ).
Se cita y emplaza a los interesados
en proceso sucesorio en sede
notarial ab intestato, del causante
señor Felipe Díaz Villareal, cédula de identidad número cinco-cero uno cero cinco-cero
cero siete dos, mayor, soltero,
pensionado, vecino de Nambí
de Nicoya, Guanacaste, de dos cero cero metros. noreste del EBAIS, casa mano izquierda
color verde, fallecido el veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, en Nicoya, Guanacaste. De conformidad
con el numeral 126.3, del Código Procesal
Civil, Ley Número 9342 vigente
para que, dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2023, ante la notaría
de la Licenciada Anabel Arias Pérez.—1 vez.—(
IN2023732860 ).
De acuerdo a lo establecido en los artículos 115 y siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código
Notarial, se informa y cita
a todas aquellos interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta notaría se ha iniciado
en sede notarial, la sucesión de quien en vida
se llamó
Ángela Mary Woods Lenderink conocida como Ángela Lenderink, quien fuera mayor, viuda, vecino de casa 27, Condominio
Residencial La Carolina, costado este
de Lincoln Plaza, San Vicente, Moravia, San José, cédula
de residencia 152800018906, para que en el término
de quince días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
derecho a la herencia de que si
no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. La notaría está ubicada 25 metros al este del Polideportivo de Ipís, Goicoechea,
San José, correo
gloriavega@ice.co.cr., fax 2229 6551.—Gloria Virginia Vega Chávez,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023732867 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Betty Fernández Delgado, mayor, estado civil viuda, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0101131066 y vecina de
California, Estados Unidos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente Nº 23-000149-0504-CI - 7.—Juzgado Civil De Heredia, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con once minutos
del diecinueve de febrero
del dos mil veintitrés.—MSc. Luis Guillermo Ruiz
Bravo, Juez.—1 vez.—( IN2023732888 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Mario Nazario Escoto León, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0101131066
y vecino de
Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Exp:23-000149-0504-CI-7.—Juzgado Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: veintiuno horas con once minutos
del diecinueve
de febrero del dos mil veintitrés.—MSc.
Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—1 vez.—( IN2023732890 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Miguel Ángel Garro Valerio, mayor, estado
civil viudo, profesión u oficio transportista, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0400950305
y vecino de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente 23-000192-0504-CI-3.—Juzgado
Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas con cinco minutos del dieciséis de marzo
del dos mil veintitrés.—M.Sc.
Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—(
IN2023732892 ).
Se hace saber en
este tribunal de justicia
se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Susanita
Leandro Fallas, mayor, soltero,
auxiliar de contabilidad, documento
de identidad: 0304120631, vecina
de Cartago, El Guarco, Urbanización
Hacienda Vieja, casa once G, de la entrada principal,
200 metros sur en el cual pretende cambiarse
el nombre a Susana mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para
que se presenten al proceso
a hacer valer sus derechos.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente
N° 23-000091-0640-CI-9. Nota: Se le recuerda a la persona interesada
que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese
por una sola vez en el
Boletín Judicial.—Juzgado
Civil de Cartago. Hora y fecha de emisión: catorce horas con veintidós minutos del dos de marzo del dos
mil veintitrés.—MSc. Meicer Araya Espinoza, Jueza.—1 vez.—(
IN2023732935 ).
Edicto de sucesión testamentaria
en sede notarial de Pilar
José Bolaños Herrera. Ante esta notaría, mediante acta de apertura otorgada por Eber David Bolaños
Meléndez, mayor, soltero, farmacéutico,
cedula de identidad número
uno-mil quinientos dos-ciento
cuarenta y cuatro, vecino
de San José, Santa Ana Centro, del Centro Comercial
Roble Sabana cien metros al
oeste, casa a mano derecha contiguo al plantel casa verde con blanco, a las doce horas del dos de marzo del
dos mil veintitrés, y comprobado
el fallecimiento de Pilar
José Bolaños Herrera, mayor, divorciado en primeras nupcias,
cédula de identidad numero
dos-cero ciento sesenta y tres-cero seiscientos cuarenta y dos, quien fue vecino de San José, Santa Ana
Centro, del Centro Comercial Roble Sabana cien metros al oeste, y la existencia y validez del testamento por él otorgado;
esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
testamentario. Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada
en San José, de Taco Bell de San Pedro, quinientos metros oeste cien norte, casa esquinera celeste, teléfono
8864-50-83, a hacer valer
sus derechos. Publicar una vez.—San
José, ocho de marzo del dos
mil veintitrés.—Licda.
Eugenia Brenes Rojas, carné
13620, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023732937 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Felipe Antonio Sánchez Andrade, mayor, casado, costarricense, con documento de identidad 0301650391 y vecino
Cartago, La Unión. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Exp:23-000141-0640-CI-3.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: diez horas con treinta y uno minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintitrés.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL,M. Juez.—1 vez.—(
IN2023732954 ).
Se cita y emplaza
a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida
fue: Juana Emilce Garita Romero, cédula identidad
9-0059-0969, a fin de que en el
plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto, concurran ante la notaría de la Licenciada Lindsay Blanco Esquivel, notaria pública con oficina abierta en la ciudad de San
Isidro, Pérez Zeledón, a reclamar
sus derechos y se apercibe a los
que crean tener derecho a
la herencia, que si no se presentan dentro de este término, aquella
pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede Notarial de los causantes y se tramita bajo Expediente N° 0004-2022.—Licda. Lindsay Blanco Esquivel.—1 vez.—( IN2023732956 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión notarial extrajudicial del señor
Omar Gerardo del Carmen Valerio Aguilar, mayor, casado
dos veces, chofer, vecino Alajuelita, San Felipe, veinticinco metros al sur de la Iglesia
Católica, cédula de identidad número
cuatro-cero ciento quince-cero quinientos
cincuenta y dos, para que comparezcan
dentro del plazo de quince
días, contados a partir de
la publicación de este edicto, ante esta notaría ubicada en: Escazú, de la entrada principal del Colegio Nuestra Señora del Pilar cincuenta metros
al sur y ciento veinticinco
metros al este, teléfono
dos dos ocho nueve cinco nueve
cero uno; a reclamar o hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente N°
0002-2023.—Escazú, 16 de marzo del 2023.—Licda. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1
vez.—( IN2023732965 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión notarial extrajudicial de la señora
María de los Ángeles Ramírez
Araya, mayor, viuda, ama de casa, vecina
de Escazú, de la esquina noroeste
del Colegio Nuestra Señora del Pilar, cincuenta metros al oeste, mano derecha, cédula de identidad número uno-cero tres cuatro
cuatro-cero seis cuatro tres, para que, comparezcan dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, ante esta notaría ubicada
en: Escazú, de la entrada principal del Colegio
Nuestra Señora del Pilar, cincuenta
metros al sur y ciento veinticinco
metros al este, teléfono:
dos dos ocho nueve cinco nueve
cero uno; a reclamar o hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
0003-2023.—Escazú, 20 de marzo del 2023.—Licda. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1
vez.—( IN2023732966 ).
Se hace saber: en este
Tribunal de Justicia se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Anabelle Villalobos Espinoza, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense,
con documento de identidad
0104840958 y vecina de Barva
de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente
23-000135-0504-CI-5.—Juzgado
Civil de Heredia, hora y fecha de emisión: quince horas con cinco minutos del quince de marzo del
dos mil veintitrés.—Lic. Andrey de los Ángeles Garro Carvajal, Juez.—1 vez.—( IN2023732974 ).
En esta notaría
del Licenciado Eddy José Cuevas Marín, cita en Heredia, central, de Quiznos 125 metros al este, a las
07:00 horas del 06 de marzo del año
2023 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio de quien en vida fuera
Rafael Ángel de la Trinidad Bernini González; quien era mayor, casado en segundas nupcias,
cédula de identidad 4-0106-0153, vecino
de Heredia, San Rafael, Los Ángeles, Residencia del
Monte (El Tirol), camino Las Moras
casa 42 F. Se cita y emplaza
a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Notaría del Lic. Eddy José Cuevas
Marín, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2023732980 ).
Se hace saber que ante la notario público José Pablo
Ramírez Avendaño, se tramita
la sucesión de quien en vida fue
Dora Vargas Bogantes, mayor, soltera,
ama de casa, vecina de Heredia, Flores, San Joaquín, quien porto de la cédula de identidad número: cuatro-cero
cero sesenta y dos-cero doscientos
quince, quien murió el día diecisiete de octubre del dos mil veintiuno, según consta en
el Registro Civil, sección de Defunciones de la Provincia de Heredia, al Tomo: Ciento Diecinueve, Folio: Cuatrocientos dieciséis, Asiento:
Ochocientos treinta y dos.
Y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en el presente
proceso para que dentro de
quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto en el
Boletín Judicial, comparezcan
a hacer valer sus derechos en el apercibimiento,
a quienes crean tener derecho a la herencia, de
que si no se presentan en este plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Se hace saber que el notario se encuentra situado en la ciudad de San
Joaquín de Flores, Heredia, costado sur de la Escuela
Estados Unidos de América. Expediente
número: cero cero cero uno-dos mil veintitrés.—Lic. José Pablo Ramírez Avendaño, Notario Público.—1 vez.—( IN2023732982 ).
Se cita y emplaza
a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida
fuera: María Elena de los Ángeles
Navarro Cordero, divorciada de primeras nupcias, oficios del hogar, cédula de identidad tres-doscientos cincuenta-novecientos noventa y
cuatro, vecina de San José, Desamparados, San Cristóbal
Norte, del Centro Social Las Tejas, cincuenta metros al norte, y cien metros al oeste, casa dos plantas, color rosado, al final de la calle,
quien falleció el veintidós de octubre de dos mil veintidós en San José, central, Carmen, para que dentro
del plazo de quince días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, sita
en San José, El Carmen, Barrio Escalante, avenidas: 0 y 1, calle: 33, N°
35-N Oficentro Jaramk, con apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese plazo esta pasará
a quien corresponda, expediente sucesorio notarial.
001-2023.—San José, 20 de marzo de 2023.—Lic. Johnny Calderón Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2023732989 ).
Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general todos los interesados,
en la sucesión de: María
de los Ángeles González
Arguedas, quien fuera
mayor, costarricense, oficios
domésticos, casada una vez, portadora
de la cédula cuatro cero ciento cuarenta
y ocho cero novecientos cuarenta y tres, vecina de Alajuela, El Roble de la Iglesia
Católica seiscientos metros oeste,
en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante la notaría Cecilia Roxana Monge Quesada en
San Rafael Heredia, cien sur setenta
y cinco oeste hogares ancianos, hacer valer sus derechos, de lo contrario pasará a quien corresponda. Expediente 001-2023.—Licda. Cecilia Roxana Monge Quesada.—1
vez.—( IN2023732994 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Vanessa Fallas Campos, mayor de edad, casada una vez,
comerciante, cédula de identidad
número: cuatro-cero uno seis siete-cero
cinco nueve nueve, vecina de Heredia, Barva, Santa Lucía, fallecido el cuatro de agosto de año dos mil dieciocho, en San José, La Uruca y comprobado el fallecimiento de Fernando
Mayorga Sánchez, mayor de edad, divorciado
una vez, pensionado, cédula
de identidad número:
uno-cero dos seis dos-cero dos cero dos, vecino de
San José, Tibás, Llorente, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, tal como ésta
lo ha indicado. Publicar una vez.—Heredia, San Rafael, San Josecito.—Telf. 8998-9053.—Lic. Erick Jiménez Calvo,
Notario.—1
vez.—( IN2023732998 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Clara Navarro Rodríguez, a las catorce horas del catorce de marzo del dos mil veintitrés y comprobado el fallecimiento,
esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera
Gerardo Ulises Fernández Valverde, mayor, casado una vez, vecino
de Alajuela, Orotina, Barrio El Carmen, cien metros
al norte, del cementerio,
pensionado, cédula: 9-0027-0950, fallecido el día ocho de junio año dos mil veintidós. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licenciada Wendy María Garita
Ortiz, Orotina centro, cien
metros al este del Mercado, edificio
esquinero, teléfono: 8448-2525.—
Licda. Wendy María Garita Ortiz, Notaria.—1 vez.—( IN2023733001 ).
Se hace saber que anti mi notaría sita en Cartago, Tejar del Guarco, Residencial Las
Catalinas, lote Ocho U, teléfono: dos cinco siete tres
nueve seis dos seis, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó:
Gilberto Serrano Rojas, mayor, cédula de identidad número tres-doscientos noventa y cinco-trescientos noventa y seis,
soltero, ebanista, vecino de Cartago, Higuito del Guarco, setenta y cinco metros oeste de la Iglesia, por lo que cito a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos interesado para que en el plazo
de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
a hacer valer sus derechos en el entendido
de que cumplido dicho plazo se procederá a la declaratoria de herederos y la herencia pasará a quien en
derecho corresponda. Expediente
N° 23-00001-TFM.—Cartago, veinte
de marzo del dos mil veintitrés.—Helen
Tatiana Fernandez Mora.—1 vez.—( IN2023733018 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue Lorenza Rojas Rojas, quien fuera mayor, viuda, cédula de identidad número seis-cero cero cuarenta y
cuatro-cero trescientos ochenta
y ocho, vecina de Palmar, Osa, Puntarenas, quien falleció el día catorce de febrero de dos mil veintitrés;
para que dentro del plazo
de quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Vencido dicho plazo la herencia pasará a quienes corresponda.
Expediente 001-2023-ojdh.—Moravia,
San José, teléfono: 2236-0662 y 8764-5079, correo electrónico
servilaw@gmail.com.—Lic. Orlando José Díaz Hernández,
Notario.—1
vez.—( IN2023733061 ).
Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general todos los interesados,
en la sucesión de: Damián
Ugalde Campos, quien fuera
mayor, costarricense, viudo
una vez, pensionado, vecino de Heredia, Barva, Juan
Pablo II, casa nueve A, cédula cuatro cero ciento veintiuno cero setecientos ochenta y ocho, en el
plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante la notaria Cecilia Roxana Monge Quesada en San Rafael Heredia, cien sur setenta y cinco oeste hogares ancianos,
hacer valer sus derechos,
de lo contrario pasará a quien corresponda. Expediente 004-2023.—Licda. Cecilia Roxana Monge Quesada.—1
vez.—( IN2023733068 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de Hugo Antonio de la Trinidad Hidalgo Mora, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número uno-cero setecientos veintitrés-cero novecientos setenta y seis, vecino de San
Ignacio de Acosta cincuenta metros al sur de la iglesia católica, quien falleció el primero de marzo del dos mil veintitrés, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría en reclamo de sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 001-2020. Notaría de la Licda. Grace Barquero Varela, carné 12974, correo electrónico:
gbarquero13@gmail.com, teléfono celular: 8816-7604.—Licda. Grace Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2023733069 ).
Se hace saber: Que ha sido solicitada la intervención de la suscrita notario para tramitar el proceso sucesorio
extrajudicial testamentario de quien
en vida fue
Carlos Pinto González, mayor, casado una vez, ingeniero,
cédula de identidad N° 1-0372-0751, con domicilio en San Rafael de Escazú,
Condominio Stradivari, apartamento
número 6, quien falleció en Costa Rica, San José,
Escazú, San Rafael, Maynard, el día 5 de febrero de 2023. Se cita y emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina de la suscrita notario se encuentra ubicada en San José, Escazú, del Centro Comercial
Multiplaza 150 metros al sur, Edificio
Terraforte, piso 4, Lex
Counsel, Fax (506) 2201-5191. Email acalvo@lexcounsel.com. Expediente
N° 0001-2023.—San José, 21 de marzo del año 2023.—Adriana Calvo Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2023733071 ).
Se hace saber que en esta notaría
se tramita el respectivo sucesorio Testamentario del Señor José Agustín Chaves Ovares mayor, casado dos veces, Ingeniero Agrónomo, vecino de Limón, Matina, Zent, Carrandí, de la Bomba de Matina frente a Ruta treinta
y dos, trescientos metros este,
cédula número dos-cero dos ocho
cero-uno cuatro cero siete. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia
de que sino se apersonan dentro de este plazo aquella pasará
a quienes corresponda. Expediente 001-23-STSN. Lic.
Douglas Castro Peña oficina sita
en Pavas, Favorita Sur, Calle 106, avenida
28 de la Embajada Americana 300 oeste,
50 norte, 75 este, RFI Consultores casa color blanco a
mano izquierda.—San José, 17 de marzo del 2023.—Lic. Douglas Castro Peña.—1 vez.—( IN2023733077 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las
11:00 horas del 21 de marzo de 2023, se abrió proceso sucesorio de quien en vida
fue: Alexis Gerardo Corrales Barquero, cédula:
uno-quinientos cincuenta y
uno-seiscientos cincuenta y
cinco, casado una vez, agente
de ventas vecino de Calle Blancos. Albacea: Judith Ford
Monge. Es todo.—San José, 21 de marzo de 2023.—Notaría Pública: Susan Grace
Muñoz Rosales.—1 vez.—( IN2023733106 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en el sucesorio de Asdrúbal Quesada Díaz, cedula
de identidad número
104400342, pensionado, casado una
vez, vecino de Sabanilla de
Montes de Oca, del parque un kilómetro
al este contiguo al edificio Servicios Médicos del Este, portón blanco, quien falleció
el veinticinco de junio del dos mil catorce, para
que, dentro del plazo de
quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos, en caso de no
hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. La dirección de la notaría es: San José, Barrio México, avenida 11 bis, calle 20 y 22, edificio número 2080. Fax
22-55-15-94.—Mario Alberto Marín
Villalobos. Notario.—1 vez.—( IN2023733122 ).
Se hace
saber: En este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó German Céspedes Quesada, mayor, casado, pensionado, costarricense,
con documento de identidad
0301290716 y vecino de Cartago. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar lo que corresponda en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Exp:22-000122-1629-CI.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: quince horas
con cincuenta y uno minutos
del veintisiete de febrero
del dos mil veintitrés.—Dr. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—( IN2023733135 ).
Se hace saber que en esta notaria se tramita el proceso
sucesorio de Fernando Antonio Sarmiento Meneses,
mayor de edad, casado dos veces, pensionado, cédula de identidad
número tres-cero uno seis ocho-cero siete dos dos, con último domicilio en San José, Moravia,
San Vicente, cien metros norte
de plaza Los Colegios. Comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio en sede notarial, se emplaza a los interesados y posibles herederos a comparecer ante esta notaría pública ubicada en San José, Moravia, San
Vicente, veinticinco metros este
de la Delegación Policial, dentro
del plazo de ley. Expediente
03-2023.—San José, 08 de marzo del 2023.—Licda. Maureen Masís Mora,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2023733169 ).
Se hace
saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Rafael Ángel Matarrita Carrillo, mayor, estado civil divorciado, con documento de identidad N°
5-0196-0353, vecino de Cabuya, Cóbano.
Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de quince contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia,
de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 23-000006-0642-CI. Nota:
Publíquese este edicto por una
sola vez en el Boletín Judicial.
De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no devenga el pago
de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado Agrario de
Puntarenas, Sede Jicaral,
14 de febrero del 2022.—Licda.
Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2023733173 ).
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor Ariana Lineth Pérez García,
para que se apersonen a este juzgado dentro
del plazo de treinta días
que se contarán a partir de
la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 22-000115-1517-FA.
Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.
NOTA: De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil, Trabajo, Agrario, Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Familia), a las quince horas veinte
minutos del 1° de marzo
del 2023.—Licda. Mónica Marcela Mora Vílchez,
Jueza Decisora.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023731788 ). 3
v. 3
Se convoca
por medio de edicto que se publicará por tres
veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de las personas menores de edad Starley Daniel Rojas Solís y Rosselyn
Daniela Rojas Solís, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Este edicto debe ser publicado por tres
veces consecutivas en el Boletín
Judicial. Proceso de Tutela, número
23-000245-1307-FA. Nota: De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—O. C. Nº
364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023731799
). 3 v. 2.
Se hace
saber que por iniciativa de
O C C Merce Sociedad Anónima,
cédula jurídica número
3101358653, se ha promovido un proceso
judicial a fin de que se le reponga cédula hipotecaria. Se concede un plazo
de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para
que se presenten en defensa de sus derechos. Se ordena
así en proceso
judicial de reposición de título
valor. Expediente N° 22-000026-0920-CI-1.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil). Hora y fecha
de emisión: diez horas con treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintidós.—Nancy Magaly García Sánchez,
Jueza Decisora.—(
IN2023731866 ). 3
v. 2.
Se convoca
por medio de este edicto que se publicará por tres veces,
a todas aquellas personas
que tuvieran derecho a la tutela de Maripaz Rodríguez Chacón para que se apersonen
dentro del plazo de quince
días contados a partir de
la publicación de este edicto en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 22-000346-0364-FA-0. Proceso de tutela. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese tres veces.—Juzgado de Familia de Heredia. 16 de febrero del
2022.—Leonardo Loría Alvarado, Juez
de Familia.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023732639 ). 3 v.
2.
Se
cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor
Xiomara Elizabeth Urbina Miranda, para que se apersonen
a este Juzgado
dentro del plazo de cinco días hábiles que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Lo anterior por requerirse así dentro del expediente 23-000032-1591-FA, que es proceso
de depósito judicial, promovido
por el Patronato Nacional
de la Infancia, a favor de la persona menor de edad Xiomara Elizabeth
Urbina Miranda, en contra de los
patras registrales
Rigoberto Urbina García y Yamileth Mirnda Rosales. Nota: Publíquese este edicto por tres
veces consecutivas en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular N° 56-12 emitida
por la Dirección Ejecutiva, en reiteración
a la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia,
la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Contra la Violencia Doméstica de Quepos
(Familia). 16 de marzo del año
2023.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguéz, Juez.—O.
C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023733178 ). 3
v. 1.
Msc. Johanna Vargas
Hernández, Juez del Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), a Guiselle
Jiménez Contreras, en su carácter demandada, cédula
603530089, se le hace saber que en
Proceso Abreviado de Suspensión de Patria Potestad N°
22-000533-1304-FA, establecido por
el Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia).- A las trece
horas cuarenta y dos minutos
del ocho de setiembre de
dos mil veintidós.- Ha procedido
este despacho a realizar consulta ante el Registro Civil y se ha obtenido dirección del domicilio de la parte demandada, por lo que se resuelve; De la
anterior Demanda Abreviado
de Suspensión de Responsabilidad
Parental establecida por el accionante Patronato Nacional
de la Infancia, se confiere
traslado a la accionada
Giselle Jiménez Contreras por el
plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso
del nombre y las generales
de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado.- Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.-
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo,
por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado Civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Con el fin de garantizar
la protección de los
derechos de la persona menor de edad
Isaías Montezuma Jiménez, se otorga
el Depósito Provisional de dicho menor al señor Elías Montezuma Jiménez, persona propuesta
por el Patronato Nacional
de la Infancia, Oficina
Local de Coto Brus para dicho
cargo, a quien se le previene
que presenten un escrito en el cual
manifiesten aceptar o no dicho cargo y jurar su fiel cumplimiento
y para lo cual, se les concede el
plazo de tres días, ya que en caso
contrario se desistirá de ello. Notifíquese esta resolución a la demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de
ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina De Comunicaciones Judiciales
Y Otras Comunicaciones; Cartago. La parte demandada Giselle Jiménez
Contreras puede ser localizada
en la siguiente dirección: San José, San Marcos, Tarrazú,
de la escuela la pastora un
kilómetro al sur, En caso,
que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Nota:
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que
en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo
Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores) (Materia Familia).—Msc. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021C.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2023732662 ).
Licenciado Juan Carlos Sánchez García, Juez del Juzgado
de Familia y contra la Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Sur (Familia), a Juana Castillo Lucas en su carácter personal, quien es mayor, domicilio desconocido, cédula 1274182 y Néstor Palacios Palacios en su
carácter personal, quien es
mayor, domicilio desconocido,
cédula desconocida, se le hace
saber que en demanda procesos especiales N°
22-000381-1304-FA establecida por
Patronato Nacional de la Infancia. OL Coto Brus contra Juana Castillo Lucas y Néstor Palacios Palacios, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y contra la Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Familia), a las trece horas catorce minutos del veintitrés de junio de dos mil veintidós. Se tiene por establecido el presente proceso
especial de declaratoria judicial de abandono con fines de adopción
del menor Alexánder Palacio Castillo, planteado por Patronato Nacional
de la Infancia. Coto Brus
contra Juana Castillo Lucas y Néstor Palacios Palacios, a quien se le concede el plazo de diez días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en
el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada
en La Gaceta
N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente
se les invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Se le advierte que, si
no contesta en el indicado plazo
de cinco días, el proceso seguirá su curso con una
convocatoria a una
audiencia oral y privada, conforme
lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas
las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de
ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, deberá la entidad promovente aportar a los autos
dirección
donde localizar a los mismos. En caso que el lugar
de residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le previene
a la parte interesada, que
para efectos de la diligencia en
cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar
un medio para atender notificaciones
ante la autoridad comisionada,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de
2009. Tome nota la parte interesada
lo dispuesto por la
circular N° 5-2012 emanada por el Consejo
Superior del Poder Judicial; en el
sentido de que, el procedimiento de notificación por medio de comisión, la parte interesada deberá reservarse las correspondientes copias en su poder,
en el caso
de haber señalado el correo electrónico
como medio para recibir notificaciones, de tal modo que el despacho le remitirá la comisión para que la imprima, agregue las copias y la lleve para su diligenciamiento, lo anterior
de conformidad con el artículo 15 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Nota: de conformidad con la circular N° 67-09 emitida
por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de
2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Sur (Familia).—Lic. Juan
Carlos Sánchez García, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2023732670
).
Edicto, MSC. Yuliana Andrea
Ugalde Zumbado, Juez(a) del
Juzgado de Familia y contra la Violencia
Doméstica de Grecia (Familia), se ordena
notificar a Leysi Eloisa Valledarez Santos quien es la demandada en el
proceso abreviado de divorcio, establecida por José Rodolfo
González Arias, se ordena notificar la resolución que en la conducente dice: “Juzgado de Familia y contra la Violencia
Doméstica de Grecia (Familia). A las catorce horas con diecinueve minutos del trece de marzo del año dos mil veintitrés. De la anterior demanda
abreviada establecida por el accionante
José Rodolfo González Arias,
se confiere traslado a la accionada(o) Leysi Eloisa Valledarez Santos por medio de su curadora procesal
Isabel Acuña Álvarez por el plazo
perentorio de diez días,
para que se oponga a la demanda
o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso
del nombre y las generales
de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada
el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución a la señora Leysi Eloisa Valledarez Santos, por medio de edicto de ley que se
publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial del Periódico La Gaceta. Publíquese. Nota: De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica de Grecia
(Familia).—Msc. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Juez(a) 1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021C.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2023732781 ).
Se avisa, al señor Ayran Johel
Ordoñez Carranza, costarricense,
cédula de identidad
N° 7-307-737 de domicilio desconocido y de Anyell Andreni Chacón Durán, costarricense, cédula
de identidad N° 7-240-398 que existe
proceso número 23-000299-1307-FA
de depósito
judicial a favor de la persona menor de edad Ayran Gerardo Ordoñez Chacón establecido por el Patronato Nacional de la Infancia
en contra de Ayran Johel Ordoñez Carranza y Anyell Andreni Chacón
Durán que en resolución dictada por el Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica de las ocho horas cuarenta y nueve minutos del veinte de marzo de dos mil veintitrés, que en lo conducente dice: “Se tiene por establecido
el presente proceso de Depósito Judicial en sede judicial que promueve el Patronato Nacional de la Infancia
de Guadalupe en favor de la persona menor de edad Ayran
Gerardo Ordoñez Chacón. Notifíquese a Ayran Johel Ordoñez Carranza y Anyell Andreni Chacón
Durán a quien se le previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias...” Notifíquese.
Lic. José Olger Valverde Leitón.
Se exonera del pago de la publicación, en razón de la materia. (Circular
N°67-09, emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009).—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de octubre del
2023.—Lic. José Olger
Valverde Leitón.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021C.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2023732785 ).
Que en este Despacho se tramita expediente N° 23-000108-0180-CI que es Solicitud de Nombramiento de Liquidador presentado por
Banco Popular y Desarrollo Comunal, cédula jurídica 400042152 a fin de que se nombre
liquidador de la sociedad
Taller Industrial De Campamentos Turísticos
CT S.A, cédula jurídica 3-101-109343. Conforme a lo establecido por los artículos
209 y 210 del Código de Comercio, procédase a nombrar liquidador en virtud de que la sociedad Taller Industrial de Campamentos
Turísticos CT S.A fue disuelta por Ley 9024, Con la finalidad de nombrar el liquidador de la sociedad indicada y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 178.1 del Código Procesal Civil, se concede audiencia por
quince días a los socios e interesados a fin de que se apersonen
a éste proceso y manifiesten lo que consideren oportuno. Al desconocerse quiénes son los socios de Taller Industrial De Campamentos
Turísticos CT S.A y eventuales
interesados, se ordena, conforme al artículo 3.4 del mismo cuerpo legal, la notificación por medio de un edicto, que se publicará en el Boletín
Judicial. Nota: Publíquese
este edicto por una sola vez
en el Boletín
Judicial. Es responsabilidad de la parte interesada verificar los datos
consignados en este documento previo a la publicación del mismo.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—(
IN2023732882 ).
Se convoca a los socios, asociados
o a quienes corresponda designar representante de Quirós
Rojas SR Ltda., cédula jurídica número
3102005956, para que en el plazo de cinco días se apersonen a este
Despacho y manifiesten lo
que corresponda respecto de
la representación de la persona indicada,
conforme al artículo 19.4
del Código Procesal Civil. En caso
de no apersonarse ninguna
persona interesada, este
tribunal procederá a la designación
de un curador procesal.
Lo anterior por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Moravia contra Quirós Rojas SR Ltda. Expediente
N° 22-001005-1764-CJ. Nota: Sin fecha
límite de publicación.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 20 de junio
del año 2022.—Lic. Alonso
Chaves Ledezma, Juez Tramitador.—1
vez.—( IN2023732900 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Teresita de los Ángeles Méndez Sanabria, mayor, soltera, cajera, costarricense, con documento de identidad N° 0304950740, vecina de Cartago,
Oreamuno, en el cual se solicita cambiar el nombre
de su hija menor Kendra Sofía Méndez
Sanabria por el de Sofía
mismos apellidos. Se
concede el plazo de quince
días a cualquier persona interesada
para que se presente al proceso
a hacer valer sus derechos
o formular una oposición fundada. Artículo 55 del Código
Civil. Expediente N° 22-000896-0640-CI. Nota: Se le recuerda a la persona
interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional
para cancelar los derechos
de publicación de este edicto. Publíquese por una sola vez
en el Boletín
Judicial.—Juzgado Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: once horas con cinco minutos del veintiséis de enero del dos mil veintitrés.—Mateo Ivankovich
Fonseca. LL.M, Juez.—1 vez.—( IN2023732911 ).
Se convoca a los socios, asociados
o a quienes corresponda designar representante de Sur Pata Sur S.A, cédula jurídica número 3101259950, para que en el plazo de cinco
días se apersonen a este Despacho y manifiesten lo que corresponda respecto de la representación de la persona indicada,
conforme al artículo 19.4
del Código Procesal Civil. En caso
de no apersonarse ninguna
persona interesada, este
tribunal procederá a la designación
de un curador procesal. Lo
anterior por ordenarse así en proceso
Liquidación Persona Jurídica
de Luis Carlos García Rivera contra Sur Pata Sur S.A,
Expediente N°22-000833-0181-CI. Nota:
Sin fecha límite de publicación. Publíquese por una única
vez el presente
edicto.—Juzgado Segundo Civil de San José, 15 de febrero del año 2023.—M.Sc.
Alonso Oviedo Betrano, Juez
Tramitador.—1 vez.—(
IN2023733112 ).
Han solicitado ante esta notaría, contraer
matrimonio civil: Tatiana Cristina Carranza Navarro,
mayor, soltera, cédula N° 603910279, analista en sistemas, edad:
32 años; y Jonathan Ledezma Zumbado, mayor, divorciado una vez, cédula
N° 112220224, agente
de aerolínea, edad: 38 años, ambos vecinos de Alajuela, Rincón de Cacao, del Hotel Berna Tica, 100 oeste y 50 sur. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, deberá manifestarlo ante esta notaría ubicada en
Alajuela, Atenas, San José Sur, 150 este de la plaza
de deportes, dentro de los 8 días siguientes a la publicación del edicto.—Licda. Nazareth Serrano Aguilar, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2023733117 ).
Edicto, han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Geovanny Andrés Bermúdez Achoy, mayor de edad, soltero, chofer, cédula de identidad número 3 0425 0248, vecino de Cartago, El Carmen, San Blas, 25 metros al sur de
la casa curia Juan Pablo Segundo, casa color verde a
mano derecha, hijo de Fanny
Maria Achoy Pérez y Norman
Yovani Bermúdez
Madrigal, nacido en
Oriental, Central, Cartago, el 09/01/1988, con 35 años de edad, y Neschmy Johanna Mata Muñoz, mayor de edad,
divorciada de José Mauricio Borbón Barrantes el 23/08/2007, en Cartago, oficios domésticos, cédula de identidad número 3 0391 0304, vecina de
Cartago, El Carmen, San Blas, 25 metros al sur de la casa curia Juan Pablo
Segundo, casa color verde a mano derecha,
hija de Cira María Mata Muñoz, nacida en Oriental, Central,
Cartago, el 23/11/1983, actualmente
con 39 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro
de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº
23-000690-0338-FA. Nota: de conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por
la Secretaría de la Corte el
22 de junio de 2009, se le comunica
que en virtud del principio
de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Este edicto debe publicarse por una sola vez.—Juzgado
de Familia de Cartago, fecha, 16 de marzo del año 2023.—MSc. Jenniffer de los Ángeles Ocampo Cerna, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021C.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2023733150 ).
Se hace saber que ante la notaría pública Dixie Mariela Quesada Madrigal, con oficina
abierta en Santa Gertrudis Sur de Grecia, Alajuela, de la Iglesia
trescientos metros norte,
han comparecido, Eladio
Andrés Vílchez Solís, cédula de identidad
vigente número 402320030, vecino de Santa Barbara de Heredia, y la señorita Stephanie Viviana Alfaro Huertas, cédula de identidad vigente número 117240404, vecino de San
Pedro de Poas, Alajuela, han
comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento
del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en
aras de que si existe alguna oposición
a la unión solicitada, lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de este edicto ante esta notaría.—1 vez.—( IN2023733155 ).